MARTES 09 DE MARZO DE 2021 ECONOMÍA
Sin cifras, el próximo presidente trabajará a ‘ciegas’ 3
Ecuador
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¿Qué se traen Jaime Vargas y Andrés Arauz?
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Eficacia alentadora en la vacuna El laboratorio de la Universidad Central realizó una investigación en 100 ecuatorianos que recibieron la dosis de Pfizer: 97 tuvieron un alto nivel de anticuerpos y 3 una cantidad moderada. Los datos son preliminares. 4 PAÍS
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A contrarreloj, el CNE debe subsanar errores de la primera vuelta electoral 2
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QUITO
Analizan bioseguridad para la segunda vuelta Utilice aquí un lector de código QR
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LUGAR. Junta Receptora del Voto, resguardada por efectivos militares, durante la primera jornada electoral del 7 de febrero.
El CNE plantea flexibilizar el ingreso a los recintos, para evitar aglomeraciones.
los lugares de votación.
Regulación de actos proLa campaña electoral por la so (CREO) aumentó 229.252; selitistas en las calles segunda vuelta inicia en nueve días y, con ella, los mítines políticos se activarán a las calles. El Consejo Nacional Electoral (CNE), analiza las variables en los protocolos de seguridad sanitaria, pero se concentra en la capacitación de los miembros de las Juntas Receptoras del Voto, para evitar que se generen actas con inconsistencias Tras la primera vuelta electoral y el recuento de 31 actas en nueve provincias -por pedido del movimiento Pachakutic- se registraron variaciones que, si bien no cambiaron los resultados, evidenció inconsistencias llamativas como el incremento de 403.484 a favor de Andrés Arauz (UNES). Igualmente, Guillermo Las-
y; Yaku Pérez, 144.921 votos. Este hecho alentó al Movimiento Indígena que reclama por un presunto fraude e insiste en que se de un recuento más amplio. Por ello, para evitar las inconsistencias luego de la segunda vuelta, el consejero de CNE, Enrique Pita, consideró oportuno concentrar esfuerzos en la capacitación de los miembros de la JRV, pero también de los ciudadanos para evitar el ausentismo. En cuanto a las medidas sanitarias, el CNE analiza flexibilizar el ingreso a los recintos electorales para evitar aglomeraciones. Según el ECU911, 2.869 aglomeraciones se reportaron luego de las elecciones del 7 de febrero, en los exteriores de
El organismo electoral no se ha pronunciado todavía respecto a si se modificarán las normas vigentes. Para los comicios del 7 de febrero se pidió que no se efectúen concentraciones masivas, que los candidatos no entreguen artículos promocionales para evitar el contacto con la población, el uso de la mascarilla, alcohol, distanciamiento social, entre otras acciones, pero no se cumplieron a cabalidad. Según el mismo reporte del ECU911, en cuatro días de campaña hubo 177 concentraciones políticas con 40.547 personas. En enero también hubo aglomeraciones en 601 eventos, que concentraron a 56.640 ciudadanos. (LGP)
Encuentros entre Andrés Arauz y Jaime Vargas causan malestar en el sector indígena Las últimas acciones y decisiones de Jaime Vargas fracturaron sus relaciones con las bases del movimiento indígena y otros dirigentes. Desde octubre de 2019, junto a Leonidas Iza, Vargas se posicionó como una de las figuras más notorias de las protestas; ahora, en las próximas 24 horas, se decidirá su titularidad en la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie). El tren de la Conaie busca corregir sus rieles para evitar cualquier acercamiento con el correísmo y, por ello, la dirigencia indígena ve con preocupación las fotos y videos de Vargas con el candidato de UNES, Andrés Arauz. Vargas niega que existan acuerdos con el correísmo, mientras Arauz se mantiene al margen. Pero las dudas fueron mayores luego de sus cuestionamientos y los de su copartidario Leonidas Iza en contra del candidato Yaku Pérez, a quien tampoco respaldaron durante la marcha que convocó la Ecuarunari para protestar por los resultados de la primera vuelta y pedir un recuento de votos.
El día que Guatemala expulsó a Vargas
El anuncio de la expulsión de Jaime Vargas y otros dos líderes °indígenas, desde Guatemala, se conoció el 15 de febrero de 2020
por el presidente de ese país, Alejandro Giammattei. Vargas tildó de falsas esas declaraciones y aseguró que “nunca hubo ninguna expulsión”. Se conoce que los representantes indígenas fueron invitados por la Coordinación y Convergencia Nacional Maya Waqib’ Kej, para “intercambiar experiencias, palabras y alternativas de despojo al racismo y a toda forma de opresión que están viviendo nuestros pueblos”, cita un comunicado de la organización. Por otro lado, la versión oficial de Guatemala es que las autoridades de migración y policía de ese país detuvieron a Vargas y compañía, para luego expulsarlos por violar leyes migratorias e intromisión en asuntos internos de Guatemala.
Al interior del Movimiento Indígena existen voces que cuestionan a Vargas por los encuentros con Arauz. El primer encuentro registrado en el último año entre ambos políticos fue sobre una tarima en Bolivia, en el marco de las celebraciones por el regreso de Evo Morales a ese país. Las fotos y videos de esa reunión fueron públicas y, tras el evento, la dirigencia de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), intentó marcar distancia del candidato de la UNES. El 17 de noviembre de 2020, Vargas y su copartidario Leonidas Iza aseguraron que aquello no significó una alianza, previo al proceso
CITA. Jaime Vargas, dirigente del movimiento indígena, junto al candidato del correísmo, Andrés Arauz. Foto: Archivo.
las arengas de los presentes. Al respecto, la Conaie electoral. “No confundamos emitió un comunicado, con un tema organizativo con un el que nuevamente tuvo que tema político electoral”, dijo aclarar que dicho encuentro no implicó algún tipo de Vargas en su momento. Luego, el 24 de enero pa- acuerdo. “Aclaramos que se sado, Vargas y Arauz fueron trató de un encuentro fortuifotografiados en un mercado to”, cita el documento. “Las bases no van a perde Puyo, pero el candidato dijo que fue una coinciden- mitir eso porque tenemos cia, pues se encontraba en la una lucha histórica. No vazona haciendo campaña. Lo mos a permitir que ahora, a que Vargas tildó de ser una nombre de jóvenes o nuevos “corta charla”, fue grabado dirigentes, quieran arrastrar en video y se hizo popular en hacia allá. Si ellos tienen una ideología e independencia, las redes sociales. En el video, Vargas le pide pueden ir, nadie les impide. a Arauz respeto a los territo- Pero tienen que dejar a la rios indígenas y afirma que organización, no tienen por estarían siendo perseguidos qué arrastrar al movimiento por reclamar sus derechos. indígena”, dijo Carlos SuPor su parte, Arauz escuchó cuzhañay, presidente de la al líder indígena, en medio de Ecuarunari.
EL DATO La Conaie surgió en 1986 y está conformada por tres estructuras: la Ecuarunari, la Conaice y la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía (Confeniae). Su brazo político es Pachakutik. Su suerte se define el 10 de marzo El martes 2 de marzo, durante las protestas del Movimiento Indígena en Morona Santiago, el dirigente de Pachakutik, Walter Wasum, sentenció: “Resolvimos desconocer a Jaime Vargas como presidente de la Conaie”. (LGP)
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BALANCE. Lenín Moreno deja un legado en rojo con respecto a la transparencia en diversos aspectos de su mandato.
Información respecto al empleo, empresas públicas y presupuesto deja más dudas que certezas Se pone cuesta arriba la elaboración de políticas de trabajo, gasto y manejo del sector público al próximo Gobierno A pesar del discurso de transparencia pregonado por el Gobierno de Lenín Moreno desde el inicio de su periodo -a menos de tres meses del cambio de mandoexiste información incompleta, contradictoria y poco clara en sectores importantes de la economía.
Más preguntas que respuestas en el empleo El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), ha incumplido su compromiso de publicar cifras de empleo mensuales durante 2021. Además, los datos correspondientes al tercer trimestre de 2020 recién se revelaron en marzo de este año, pero con la advertencia de que se cambió la metodología de cálculo. Sin explicación, las auto-
ridades expusieron que la información de años anteriores no puede compararse con la generada en la pandemia. Félix Casares, economista, aseguró que no entiende qué hizo el INEC porque, aunque se anunció que las encuestas ahora son mixtas (presenciales y telefónicas), no se incrementó el tamaño de la muestra. Asimismo, se consultó 2,5 veces más a hogares en Guayaquil que en Quito; y, además, dejaron de publicar cifras detalladas por ciudades y rango de edad. Roberto Castillo, exdirector del INEC, aseguró que el proceso de desmantelamiento inició cuando la institución pasó a estar adscrita a la Presidencia de la República, en mayo 2019. Por otro lado, José Hi-
dalgo Pallares, director de la Corporación de Estudios para el Desarrollo (Cordes), dudó que, con semejantes vacíos en las cifras, se pueda hacer una buena reforma laboral o cuantificar los resultados de la Ley Humanitaria. “La credibilidad del INEC ha sufrido un golpe durísimo”, acotó.
Manto negro sobre empresas públicas En los cuatro años de Gobierno de Lenín Moreno, la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO), ha tenido ocho diferentes presidentes en el directorio. A la par, se han ido acumulando ‘zonas oscuras’ sobre el proceso de optimización que, a mediados de 2019 se aseguraba que implicaría la reducción de al menos el 10% de la nómina. Andrea Cabrera, economista e investigadora, comentó que es indudable que ha habido recortes, pero no
hay información de cuál es su real dimensión ni cómo se tomaron las decisiones. Además, luego de que en mayo de 2020 se anunciara la liquidación de entidades como Tame y Ferrocarriles, todavía persiste poca transparencia sobre el avance de los procesos, el nivel de activos y pasivos están en juego y las deudas pendientes con extrabajadores. Entre junio y julio 2020, las autoridades de Emco ofrecieron que en la página web de esa institución se publicaría constantemente las cifras actualizadas de las empresas en vías de eliminación, pero nunca se concretó este anuncio. El manejo poco claro se ve, por ejemplo, en el anuncio sobre la creación de una nueva empresa pública de Servicio Postal, con una inversión inicial de $10 millones, pero sin explicar cómo se asumirán los lastres de la fracasada Correos del Ecuador.
Caos en la ejecución del Presupuesto General del Estado Como consecuencia del fracaso en la implementación del nuevo Sistema Integrado para la Administración de Finanzas Públicas, el Ministerio de Economía ha tenido que recurrir a métodos manuales -más lentos e ineficientes- para cumplir con compromisos básicos como el pago de bonos sociales y nómina del sector público. Este sistema proviene de un contrato firmado en 2015 por $60 millones, pero que ha provocado que no se tenga información actualizada de cómo va la ejecución del Presupuesto General del Estado (PGE), lo que, a criterio de Jaime Carrera, miembro del Observatorio de la Política Fiscal, suma más incertidumbre a la transición de Gobierno que debe darse en un poco más de dos meses. (JS)
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Un estudio del laboratorio de la Universidad Central demostró que 97 de 100 muestras de sangre desarrollaron un nivel alto de anticuerpos, tras recibir la primera dosis. ¿Cómo están asimilando los ecuatorianos la vacuna contra la Covid-19?, es una pregunta que intenta resolver el equipo del laboratorio del Instituto de Investigación en Biomedicina (Inbiomed), de la Universidad Central. Desde hace tres meses los investigadores iniciaron un ensayo con el que lograron desarrollar una prueba de anticuerpos que, entre sus principales usos, es capaz de evaluar la eficacia de la vacuna contra la Covid-19 en la población local. Ángel Guevara, investigador de la UCE, señaló que la prueba consiste en realizar un examen de sangre “que evalúa si las personas que se han vacunado responden eficientemente desarrollando anticuerpos”. Los resultados del ensayo fueron publicados en la revista científica del Centro Nacional para la Información Biotecnológica, de Estados Unidos. “Ahí se detalla qué se hizo, pero la evaluación de la eficacia de la vacuna son datos preliminares”, expresó Guevara, quien adelanta que los resultados son optimistas. La prueba la hicieron a 100 personas que recibieron la primera dosis y “los 100 desarrollaron buena cantidad de anticuerpos”, dijo el investigador. “Pero no podemos revelar de dónde son esas personas vacunadas, pero sí que todo el ensayo es sobre la vacuna de Pfizer que es la que se está aplicando en el país”. Del centenar de personas, 97 desarrollaron un nivel alto de anticuerpos, los otros tres una cantidad moderada. “En la segunda dosis la probabilidad es
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Vacuna anticovid es efectiva en ecuatorianos Protocolo de seguimiento es de 48 horas Según el Ministerio de Salud °Pública (MSP), 64.920 perso-
nas en Ecuador, han recibido la primera dosis de la vacuna de Pfizer. El protocolo de esta cartera de Estado es que las personas inoculadas sean vigiladas en una sala de descanso por 30 minutos, lo que permite determinar si presentan síntomas secundarios. Si no hay novedades son dados ‘de alta’ y, durante las 48 horas siguientes, se les realiza un seguimiento. Esta información la confirmó el terapista respiratorio, Ricardo Paredes, quien no tuvo más que un dolor en el brazo. “El personal del Ministerio de Salud te pregunta los siguientes dos días cómo te has sentido, si todo está bien y te dicen que vuelvas para la segunda dosis”. Pero, si tras ese lapso, una persona tiene alguna novedad debe reportarla inmediatamente al MSP o al hospital donde le pusieron la vacuna. Por el momento el Ministerio de Salud destaca que no han habido “reacciones graves”, sino solo las contempladas: dolor del brazo, fiebre o cansancio.
MOMENTO. Personal del Inbiomed-UCE en el proceso de desarrollo del ensayo.
QUIÉNES NO DEBEN VACUNARSE ° Mujeres embarazadas o en periodo de lactancia. ° Menores de 18 años. ° Personas con inmunodepresión, problemas de coagulación o reacciones alérgicas.
cuánto dura la inmunidad de las vacunas “porque el mundo no lleva más de cuatro meses aplicándola”, dijo la infectóloga Saskya Lemus. ° Lemus apuntó que los ensayos clínicos con las vacunas anticovid presumen que la respuesta inmunológica puede durar entre cuatro y seis meses.
° Quienes ya se contagiaron de COVID-19 ° Por eso señaló que las personas que se haque tengan una cantidad yan vacunado no pueden relajarse. “Hay que (Por el momento). elevada”, es decir que se alentender que la vacuna no mata el virus, lo canzaría la eficacia total de que logra es prevenir la infección o reducir Ecuador se encuentra monitoreando acti° la vacuna (95%), o valores vamente los avances de la evidencia científi- los efectos de la enfermedad para que no cercanos. sean graves”. ca sobre el cambio de estos criterios. Guevara enfatizó en que el test es 100% específico” ¿CUÁNTO DURA LA INMUNIDAD? “Para tener mayores certezas hay que esperar a que un 50 o 40% de la población se para detectar anticuerpos de tipo IgG contra el coro° No hay datos exactos que determinen haya vacunado”, agregó. navirus SARS-COV-2. Además, su sensibilidad es suEl investigador de la UCE ciones, como por ejemplo: perior al 90%. EL DATO señaló que es importante determinar si alguien ya El proceso consiste en este ensayo porque todas tuvo el virus. El Instituto de Investigación tomar la muestra de sangre las vacunas tienen estudios en Biomedicina de la Contar con una base de después de 21 días de aplica- previos. “Pero en Ecuador datos sobre la población que Universidad Central realiza da la primera dosis y, como no se han hecho; todas las se contagió, pero no tuvo sínpruebas gratuitas para que la segunda dosis es un re- vacunas hicieron ensayos tomas “es útil para los planes las personas conozcan si ya fuerzo, se realizacontrajeron coronavirus. en otros países, por de vacunación, porque quiería en un lapso de eso es conveniente nes se infectaron tienen un EL DATO máximo 15 días. tener un estudio grado de protección causa- pueden acudir, se les explica Las personas que confirme que do por la infección. Lo que de qué se trata y si están de vacunadas en Un insumo Ecuador tienen la vacuna funcio- permite que se dé prioridad acuerdo firman un consenPara realizar estos un seguimiento na, de esa manera a otros más vulnerables”, co- timiento informado”, dijo ensayos la acadela gente va a tomar mentó Guevara. el investigador quien destapor 48 horas. mia necesita el aval confianza de que es Por eso, Inbiomed está ca que los resultados de la del Ministerio de un producto de ca- realizando pruebas gratuitas prueba demoran entre dos y Salud. Sin embargo, Gueva- lidad el que se les está admi- a la población que requiera tres horas. ra señala que es una inves- nistrando”. saber si ya tuvo el virus y coLa gente puede contactartigación independiente que, nocer su desarrollo de inmu- se a través de las redes sociasi la cartera de Estado qui- Otros usos nidad. “Al ser un proyecto de les de la UCE. Por el momensiera, podría utilizar como La prueba desarrollada por investigación no tiene costo to, la prueba no es comercial. insumo. la UCE tiene varias aplica- y las personas que quieran (AVV)
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Los líderes terroristas son inteligentes y grandes manipuladores; al igual que los líderes de culto.”
Destruir el libre mercado crea uno ‘negro’; abrumar a la gente con normas la induce a romper la ley.
LORETTA NAPOLEONI (1955- ) ECONOMISTA Y PERIODISTA ITALIANA
WINSTON CHURCHILL (1874-1965) ESTADISTA E HISTORIADOR BRITÁNICO.
EMILIA GRIJALVA REYES
Que prime el respeto
En 1948 se aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos, que consagra el respeto a los derechos humanos y a la dignidad de la persona como fundamento para la libertad, justicia y paz en el mundo. A lo largo de la historia las sociedades han luchado incansablemente por eliminar toda forma de discriminación al ejercicio pleno de los derechos. Respetar el derecho propio y el de los demás; el respeto y cumplimiento de las leyes y normas es fundamental en un verdadero Estado de Derecho. Respetar exige que alertemos y denunciemos las irregularidades, la falta de transparencia, la discriminación, los actos ilícitos y todo hecho o circunstancia que limite, menoscabe o socave los derechos individuales o colectivos y el bien común. El Ecuador merece y exige respeto. Los ecuatorianos merecemos y exigimos autoridades respetables, probas, independientes, responsables y transparentes. Jueces que ejerzan sin presiones ni dilaciones y que no permitan la impunidad. Autoridades que representen la voluntad del pueblo, que antepongan las necesidades del ciudadano a sus intereses particulares. Los ecuatorianos exigimos el respeto a nuestro derecho a trabajar para llevar alimento a nuestros hogares. El respeto exige que alcemos la voz cuando algo está mal y que aplaudamos las buenas acciones, especialmente aquellas que promueven otros valores como la honestidad y la integridad. A ustedes, mujeres, todo nuestro respeto y admiración, no por el hecho de ser mujeres, ni por el 8 de marzo, sino por la labor que realizan, por aportar al desarrollo del país desde sus hogares, a través de sus estudios, de sus trabajos, al inculcar valores en sus hijos y educarles con el ejemplo. El mérito y el respeto no son una cuestión de género. * Miembro del directorio de la Cámara de Comercio de Quito. egrijalva@lacamaradequito. com
Mercado negro de vacunas
Son mercado negro todas las operaciones de intercambio que se hacen al margen de la ley y la ética, y las vacunas no son la excepción. Las grandes farmacéuticas imponen plazos de entrega, precios diferenciados según el poder del comprador con acuerdos de confidencialidad e impunidad. Para los líderes mundiales, salvo honrosas excepciones, solo existen sus propios connacionales, no hay solidaridad internacional. Las vacunas son para gobernantes, sus ministros y parientes, para los de la troncha en el poder; igual que la lista de Odebrecht, un secreto de Estado. Existe ya un poderoso mercado negro y la Interpol advierte que las vacunas serán objeto de tráfico ilegal. Pronto las farmacéuticas, al igual que los fabricantes de armas y explosivos, producirán de agache para abastecer SALVATORE FOTI
Ofrecen vacunas, pero Ecuador no quiere Funcionarios de la embajada china habrían mantenido conversaciones con funcionarios del ministerio de Salud ecuatoriano para proporcionar entre 3 y 7 millones de vacunas a nuestro país a un costo menor que las vacunas Pfizer. Según fuentes confiables e involucradas en el diálogo, un laboratorio privado chino quiere implementar en Ecuador una planta que podrá -en una primera fase- empacar y luego producir la vacuna contra el Covid-19. Esto garantizaría las dosis necesarias para nuestra población y podría volvernos proveedores en
a los nuevos delincuentes, que no contentos con los sobreprecios y lo que robaron en la pandemia o el descontrol del Estado en la regulación de precios de los medicamentos y servicios hospitalarios, hoy se aprestan para el nuevo asalto. Los carteles mexicanos ya tienen laboratorios para la fabricación de ‘vacunas’ falsificadas; y ya sabemos lo cerca que aquellos operan de nuestras esferas de poder. Ecuador debe apoyar a la Organización Mundial de Comercio para suspender el registro de patentes de las vacunas de Covid y permitir la fabricación de genéricas. Al menos, un acierto; el gobierno condicionó a las municipalidades en la compra de vacunas: nada de intermediarios, se comprarán a los fabricantes a precios internacionales y no tendrán costo para la población.
los próximos años. Sin embargo, los múltiples desaciertos en el manejo de la pandemia limitan la toma de decisiones de nuestros poco confiables ministros y autoridades. Si, por un lado, han sido muy seguros en tomar las peores decisiones para el país, ahora están súper inseguros para tomar las que, a primera vista, podrían ser las mejores. Tenemos a un exministro de salud fugado y al actual hablando del estrepitoso éxito por la llegada de pocos millares de dosis; seguimos en pañales, a un año de la pandemia, mientras otros países nos llevan la delantera y abren la puerta a diferentes vacunas que hoy se suministran hasta en farmacias. Por falta de liderazgo, nos complicamos la vida y en no permitir que el país vuelva a arrancar económica y socialmente. Es cierto que se necesitan
muchas garantías antes de autorizar la importación de vacunas, pero no socializarlo o darle largas sin tomar una postura definitiva, decir SI o NO, mientras miles de ecuatorianos mueren a causa del virus es realmente imperdonable. Hacernos proveedores de la vacuna no solamente devolvería la salud a la población sino que también tendría un impacto social económico de increíble envergadura pues hasta generaría nuevas fuentes de trabajo. En fin, comentan hasta de MasterChef pero no hablan de oportunidades que se presentan y que estamos desperdiciando. Somos rehenes de un ejecutivo sin ninguna empatía con su población. Vacunar a la población es la última carta que tienen para rescatar lo poco que queda de su imagen. ecuasalvo@yahoo.it
RODRIGO SANTILLÁN PERALBO
La Mujer 2021
La Organización de las Naciones Unidas, para celebrar el Día Internacional de la Mujer, decidió denominar este año: “Mujeres líderes: Por un futuro igualitario en el mundo de la Covid-19”, porque “las mujeres del mundo desean y merecen un futuro igualitario sin estigma, estereotipos, ni violencia; un futuro que sea sostenible, pacífico, con igualdad de derechos y oportunidades para todas las personas. A fin de lograr este objetivo, el mundo necesita mujeres en todas las mesas en las que se tomen decisiones”. La mujer no es símbolo, es una persona con todos los derechos, libertades, dignidades que, por su abnegación, esfuerzo, lucha y arduo trabajo es acreedora de todos los reconocimientos, mucho más en esta pandemia en la que la madre sacrificada, sin que le importen los peligros, sale a las calles en busca de un pan para sus hijos. Es la heroína del hogar en estos duros tiempos y, a pesar de ello, en muchas ocasiones es marginada, maltratada y asesinada por hombres violentos, prepotentes, ignaros del valor consustancial de la mujer en el desarrollo de la humanidad. Es la trabajadora de todas las profesiones y oficios, y en millares de casos está en la primera línea de combate para enfrentar al Covid-19. Muchas han enfermado y muerto, en ocasiones en el abandono y absurda soledad, y en cientos de casos son víctimas de la violencia machista y feminicidio. En homenaje a la mujer se efectuará el Foro Generación Igualdad en Ciudad de México entre el 29 y el 31 de marzo, y se clausurará en París en junio de 2021. La lucha por la igualdad, dignidad y respeto a la mujer es aquí, ahora y mañana, en cada instante. rodsantillanp@gmail.com
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Editora Nacional GABRIELA VIVANCO SALVADOR Editores Regionales JULIA GUERRA - FRANCISCO VARELA e-mail:
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XXXVIII No. 13077
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
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Francia pide más liderazgo femenino
BOLIVIA. Policías antidisturbios chocan con integrantes del grupo feminista Mujeres Creando durante una manifestación por el Día Internacional de la Mujer, en la Plaza Murillo, frente al Palacio de Gobierno en La Paz (Bolivia).
COLOMBIA. Un grupo de mujeres realiza un performance simbólico denominado "Vivas nos queremos".
BRASIL. Mujeres parte del colectivo Mujeres por la Vida participan en una protesta contra el presidente de Brasil, Jair Bolsonaro, en el marco del Día de la Mujer, en Sao Paulo (Brasil).
ECUADOR. Movimientos feministas marcharon por las calles de Quito. Pese a la lluvia, aproximadamente 300 personas se hicieron eco frente a la violencia y desigualdad de género.
A través de la ley se busca que más mujeres ocupen altos cargos en el país europeo. Mientras, en Argentina se trabajará en la prevención de femicidios. "La pandemia tuvo un impacto fuerte en la condición de vida de las mujeres. Son ellas las que más sienten los efectos de las crisis sanitarias y son las que más tiempo llevan para recuperar los niveles de condición de vida ", dijo la gerente de programas de la ONU Mujeres en Brasil, Ana Carolina Querino. Históricamente la balanza ha estado inclinada a favor de los hombres, por eso, a través de las marchas de cada 8 de marzo -por el Día Internacional de la Mujer- se busca visibilizar este problema. No se pide un trato exclusivo, pero sí igualdad. Más allá de los discursos hay países que han demostrado su interés por mejorar la
situación. Por ejemplo, los diputados del partido del presidente francés, Emmanuel Macron, presentaron ayer una proposición de ley que fija objetivos de cuotas mínimas de mujeres en los puestos de mayor responsabilidad de las grandes empresas. La iniciativa, encabezada por la presidenta de la delegación de los Derechos de las Mujeres en la Asamblea Nacional, Marie-Pierre Rixain, establece una obligación de transparencia para las compañías de más de 1.000 empleados, que deberían publicar cada año el número de hombres y mujeres que ocupan el 10 % de los cargos en la cúspide del organigrama. En un horizonte de cinco
años, las mujeres deberían representar al menos el 30 % en esos puestos de responsabilidad y un 40 % al cabo de ocho años, con una sanción para las empresas incumplidoras equivalente al 1 % de su masa salarial. En Argentina se firmó ayer un acuerdo para la prevención y el abordaje de femicidios, travesticidios y transfemicidios, en las 24 jurisdicciones del país. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe propuso la creación de un ingreso básico de emergencia ($120), para las 13 millones de mujeres de la región que perdieron su empleo en 2020 debido a la pandemia del coronavirus. EFE
MÉXICO. Mujeres colocan flores y carteles con nombres de víctimas por feminicidios, en cercos metálicos instalados por el Gobierno.
Anulan condenas de Lula y es habilitado para ser candidato presidencial
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Sobre el expresidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, pesaban dos sentencias por supuestos delitos relacionados con corrupción, que sumaban 26 años de prisión. sos sean ahora reiniciados y juzgados por tribunales federales en Brasilia, que decidirán sobre el curso de cada uno de los casos.
Soborno y corrupción El exsindicalista, cuyas penas de prisión sumaban 25 años tras ser condenado en dos de los procesos, llegó a pasar 580 días en prisión, pero fue liberado después de que el Supremo alteró su propia jurisdicción y decidió que un condenado solo puede ir a la cárcel una vez agotados los recursos en todas las instancias, lo que no es el caso de Lula. Ahora, en su más reciente decisión, Fachin consideró que los casos en los que Lula fue acusado de recibir sobornos en dinero y propiedades de constructoras implicadas
en el escándalo de ‘Lava Jato’ no tenían relación con los desvíos de dinero en la estatal Petrobras, que fueron los que justificaron los procesos. Según el magistrado, la Justicia de Curitiba no tenía competencia legal sobre los escándalos en Petrobras, que debían ser juzgados en otras instancias. La defensa afirmó que Lula "fue preso injustamente, tuvo sus derechos políticos indebidamente retirados y sus bienes bloqueados". Para el hermano de Lula, el sindicalista José Ferreira da Silva, más conocido como Frei Chico, la anulación de los procesos supone una "enorme victoria política" para el exmandatario, pero no es el final de su lucha judicial.
Comienza juicio que implica al presidente de Honduras en narcotráfico El juicio contra el supuesto narcotraficante Geovanny Fuentes Ramírez, por tráfico de drogas, un proceso en el que se ha implicado repetidas veces al presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, comenzó este lunes (8 de marzo), en Nueva York. Los fiscales federales estadounidenses han asegurado, durante la preparación del juicio, que el presidente hondureño presuntamente aceptó millones de dólares en sobornos por parte de una organización de narcotraficantes, con la que también estaba implicado su hermano, Tony, condenado en octubre de 2019 en EE.UU. por delitos de tráfico de drogas y armas. Niega acusaciones El presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, reiteró que los testimonios de narcotraficantes que enfren-
IMPLICADO. Pese a las acusaciones, Juan Orlando Hernández no figura como imputado y ha negado repetidas veces las acusaciones. (EFE) tan juicio en Estados Unidos, donde lo han venido implicando a él, son falsos. En el anuncio de la detención de Geovanny Fuentes Ramírez, el Departamento de Justicia de Estados Unidos aseguraba que él había "conspirado con políticos de alto nivel y miembros de la Policía Nacional para operar laboratorios de cocaína
EL DATO
Las investigaciones de la Agencia de Control de Drogas (DEA), sobre la implicación de altos funcionarios hondureños en el tráfico de drogas, comenzaron en 2013. en Honduras y distribuir la droga por rutas aéreas y marítimas".
EL DATO
La Fiscalía General ya ha adelantado que pretende apelar, lo que llevaría la decisión al pleno del Supremo o a la segunda sala de la máxima Corte.
PERSONAJE. Lula gobernó Brasil entre 2003 y 2010. (EFE)
¿Candidato en 2022? El hábeas corpus dictado permite a Lula recuperar sus derechos °políticos y le cede el paso para una eventual candidatura en las
presidenciales de 2022, siempre y cuando la decisión del magistrado sea mantenida y el exmandatario no sea condenado en segunda instancia por los tribunales federales, hasta entonces. El expresidente, de 75 años, fue impedido por su situación judicial de participar en los comicios de 2018, los cuales resultaron en la victoria de Bolsonaro, líder de la ultraderecha y su principal rival político.
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: RODRÍGUEZ CERDA ROCÍO VALERIA(1501027310), PAULO CÉSAR YUMBO CHIMBO(1500542087) SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENAPROVINCIA DE NAPO, Ab. Adrián Urvina Ocampo, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Francisco Ltda.”, portador de la cédula número 1500844012, ha presentado un juicio de Procedimiento Ejecutivo, en contra de: RODRÍGUEZ CERDA ROCÍO VALERIA(1501027310), PAULO CÉSAR YUMBO CHIMBO(1500542087) mediante, al cual se le asignó el No. 15301-2019-00631, cuyo extracto es como sigue: AUTO : 27/08/ 2019, las 14h52 : “VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015.- PRIMERO: AVOCO conocimiento de esta demanda (…) la actora COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO SAN FRANCISCO LTDA., ha completado su demandada en el momento procesal oportuno, esta es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No.811887 (adjunto), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347.5 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; SEGUNDO: por lo que DISPONGO: 2.1.- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.2.- CITACIÓN: Se ordena la citación del demandado/a RODRÍGUEZ CERDA ROCÍO VALERIA(1501027310), PAULO CÉSAR YUMBO CHIMBO(1500542087) (…)TERCERO.-CONTESTE DEMANDA: En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP ”. Auto: 21 /12/ 2020, las 16h11: “VISTOS: (…) Atento a lo solicitado por la parte actora , requiero la comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día 11 DE ENERO DEL 2021 A LAS 10H00 a fin de que el Abogado Leyton Adrián Urvina Ocampo Procurador Judicial Cooperativa de ahorro y Crédito San Francisco Ltda., DECLARE BAJO JURAMENTO, que le es imposible determinar la individualidad del domicilio o residencia de los demandados señores RODRÍGUEZ CERDA ROCÍO VALERIA(1501027310), PAULO CÉSAR YUMBO CHIMBO(1500542087); además, declare haber efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a los mismos; cumpliendo con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. 3) Hecho que sea la declaración Bajo Juramento, concédase el EXTRACTO.- CÍTENSE a los señores RODRÍGUEZ CERDA ROCÍO VALERIA (1501027310), PAULO CÉSAR YUMBO CHIMBO(1500542087); por medio de un Diario que tenga cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho, procederá a entregar de forma inmediata el extracto respectivo, mismo que será retirado desde la ventanilla de atención al público de este complejo judicial. 4) Actúe como secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en TenaNapo el Abogado Jonny Benavides Guyta.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. LO CERTIFICO, Tena, 12 de enero de 2021.
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El expresidente brasileño Luiz Inacio Lula da Silva recuperó sus derechos políticos y puede volver a ser candidato en las elecciones de 2022, después de que el juez Edson Fachin, de la Corte Suprema de Brasil, anuló este lunes (8 de marzo), las condenas a prisión que pesaban en su contra. Fachin dictó un habeas corpus mediante el cual anuló cuatro procesos en los que Lula fue juzgado por un tribunal de primera instancia de Curitiba, cuyo titular, el ahora exministro Sergio Moro, no tenía "competencia jurídica" para analizar esos casos. El magistrado, responsable en la máxima corte de la operación anticorrupción conocida como ‘Lava Jato, determinó que los proce-
Hay firma y sello
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Delitos se redujeron en Imbabura en los primeros meses del año
Según las estadísticas policiales, siete son las actividades delictivas más frecuentes en la provincia. IMBABURA • La Policía Nacional maneja un “balance positivo” en cuanto a reducción de delitos, en Imbabura, en lo que va del año. Víctor Herrera, comandante de la Subzona Imbabura, explicó que, según las estadísticas que se registran en el Cuadro de Mando Integral (CMI), a diferencia del 2020, desde el 1 de enero al 28 de febrero, en el año 2021 no se han registrado muertes violentas, que “es uno de los factores principales en donde se nota los niveles de violencia que se tiene en un territorio”.
Delitos recurrentes En lo que respecta a los delitos de mayor frecuencia que se analizan en el CMI, Herrera manifestó que son siete los que predominan en Imbabura. Entre los princi-
pales, se encuentran el solo robo a personas, domicilios, entidades económicas, bienes, accesorios, motocicletas y vehículos. En general, dijo que existe un decremento del 37% en lo que respecta a delincuencia. Mientras que el delito que mayor reducción registra, según la estadística policial, es el robo a personas, con un 51% menos en comparación al 2020. El robo a domicilios, por otra parte, se redujo en un 33% en los primeros meses del 2021, comparado con las estadísticas del año pasado. Los asaltos a entidades económicas también se redujeron en un 17%; el robo de bienes y accesorios, bajó un 15%; el robo de motos descendió 3%; y, el robo a vehículos menos 1%. Desde la Policía Nacional
OPERATIVOS. Las estadísticas de la Policía Nacional mencionan que los delitos se redujeron en enero y febrero de 2021, en relación al año pasado. también se hizo un llamado a la ciudadanía a mantener las normas de seguridad y bioseguridad. Insistieron en que denuncien formalmente, en las instancias legales, todos los hechos delictivos, pues esto permitirá realizar las investigaciones pertinentes para intentar detener a los autores del delito.
Amenazaba con una pistola en un barrio de Ibarra Entre los últimos hechos delictivos de relevancia, la Policía °señaló que el trabajo operativo y de patrullaje permitió dete-
ner a personas en cuyo poder se encontró armas de fuego. “En el sector de Azaya, en Ibarra, nuestro personal del eje preventivo acudió a un llamado del ECU-911 para detener a un ciudadano que estaba realizando disparos al aire, por lo que fue necesario el uso progresivo de la fuerza”, detallaron, en un comunicado. Además, otro ciudadano fue capturado en Otavalo portando una pistola marca Pietro Beretta, calibre 9 milímetros.
Ibarra entregó reconocimientos a mujeres IMBABURA • En el auditorio Monseñor Leonidas Proaño, este 8 de marzo de 2021, el Municipio de Ibarra realizó la sesión solemne en conmemoraciones al Día Internacional de la Mujer, con la entrega de la condecoración Zoyla Tafur Cisneros y otros reconocimientos a destacadas mujeres de la ciudad, merecedoras de este acto simbólico. En el discurso de orden, la concejala Betty Romero agradeció a las heroínas que a pesar de la pandemia han sido ejemplo. de trabajo en el planeta, recordando que es necesario romper estereotipos de la masculinidad.
Condecoraciones La gobernadora de Imbabura, Gabriela Jaramillo, entregó la condecoración Zoila Tafur Cisneros a Jheny Paulina Gonzalón Caicedo, quien ha luchado por la reivindicación de los derechos de las mujeres. Al ser condecorada, empezó un cántico de resistencia femenina y agradeció en
representación de “las mujeres de a pie, siendo este galardón un reconocimiento a la mujer de Alpachaca”. Se entregó igualmente el reconocimiento a Flérida Clemencia Churta Chamorro, representante de la mujer artesana; y, a María Norma Felicita Muñoz, destacada maestra, quien agradeció a nombre de las mujeres educadoras.
Otros proyectos La alcaldesa de Ibarra, Andrea Scacco, expresó que su administración municipal ha enfocado “todos los esfuerzos para reconocer el trabajo y la lucha diaria de las mujeres ibarreñas, que cada día se levantan temprano y se acuestan tarde buscando el beneficio para los suyos”. Resaltó que en noviembre del 2020, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la No Violencia, se inauguró la casa de acogida Zoila Espinoza, un espacio dedicado a brindar protec-
EL DATO
Antes de la sesión solemne, el Municipio de Ibarra organizó la colocación de ofrendas florales en el monumento a Zoila Tafur Cisneros, lideresa referente de la ciudad. ción a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y de género. Esta infraestructura tiene una capacidad para atender hasta 50 personas y 10 familias a través de un proceso de apoyo psicoterapéutico, acompañamiento jurídico y de trabajo social, que se complementa con terapias individuales y colectivas de rescate, seguimiento y empoderamiento de víctimas de violencia. “En estos dos años hemos trabajado en la creación de un tejido social que proteja los derechos de las mujeres, sus capacidades y las formas para enfrentar retos”, dijo.
RECUENTO. El 5 de marzo se desarrolló el proceso en Tulcán.
Falta de una firma obligó a revisar acta de Asambleístas Nacionales en Carchi CARCHI • A las 10:00 del pasado viernes (5 de marzo), la Junta Provincial Electoral de Carchi instaló la sesión pública de recuento de un acta de la dignidad de asambleístas nacionales, debido a una inconsistencia por falta de firmas.
Sin novedades “Tras el recurso presentado por la organización política Pachakutik, la tarde del 4 de marzo, en el marco de la reinstalación de la audiencia pública de escrutinios, el
Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), autorizó el reconteo de 72 actas, para lo cual se dispuso a ocho provincias iniciar con el proceso de verificación de forma inmediata”, detallaron desde el CNE en Carchi. Marco Robalino, presidente de la Junta Electoral, indicó que el proceso se desarrolló sin novedad. Recalcó la presencia de los delegados de las organizaciones políticas como UNES, CREO y Pachakutik, donde al final los resultados numéricos no variaron.
Descargas de Manduriacu ponen en alerta a las autoridades
Desde ayer, la hidroeléctrica lanzó sus aguas contaminadas hacia los ríos Blanco y Esmeraldas.
La Central Hidroeléctrica Manduriacu, que trabaja desde el 2015, ubicada entre las provincias de Pichincha e Imbabura, abrió sus compuertas para las descargas de sedimentos desde ayer y finaliza el 13 de marzo; la cual se la realizará una vez al año por ocho días cada ocho horas, lo que a su vez causa contaminación de los ecosistemas debido al aumento del nivel de residuos que arrastra el río Esmeraldas, que es parte de la cuenca Guayllabamba y hasta el momento ha provocado un alto grado de turbiedad en las aguas del afluente. Estas descargas de sedimentos por parte de la central obligan a aplicar el plan de emergencia para evitar el desabastecimiento de agua potable en los cantones Rioverde, Atacames y Esmeraldas. El Comité de Operaciones de la mesa técnica conformada por el Ministerio del Ambiente y Agua en Esmeraldas en conjunto con La Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP) y La Empresa Pública Mancomunada de Agua Potable y Saneamiento Esmeraldas (Ep-mapse) lleva a cabo un desalojo y monitoreo controlado de los sedimentos acumulados en la central. Esto ha causado preocupación por parte de autoridades y ciudadanos de Esme-
raldas debido a la afectación que se está presentando en el río durante la segunda descarga de la Hidroeléctrica Manduriacu.
Planes de contingencia Daniel Bravo, director de Gestión Ambiental de la Prefectura de Esmeraldas, indicó que en el periodo entre 2015 y 2019, el monitoreo realizado físico y químico arrojó como resultado la contaminación del agua y la muerte de especies acuáticas. La descarga de sedimentos también ocasionó malos olores, debido a que el agua tenía exceso de bacterias fecales, además recalcó que lo más preocupante de estos sedimentos es que, la contaminación afecta a la captación del sistema de agua potable de la Regional Esmeraldas, que abastece
a la población y mencionó además que este año se espera que la contaminación reduzca y haya una pronta solución al grave problema que afecta a Esmeraldas. Desde la Dirección Zonal del Ambiente y Agua Esmeraldas, se informó que, Manduriacu mejoró desde el año pasado sus indicadores de disponibilidad y confiabilidad y superó los índices planificados para ese periodo; sin embargo, no descarta la posibilidad de que se presente turbiedad en las aguas y esto afecte a los peces por la falta de oxígeno que esta puede ocasionar, por lo que como plan de contingencia están realizando brigadas constantemente en las zonas más afectadas del río Esmeraldas para cuidar la preservación de la fauna acuática y asimismo la salud de los esmeraldeños.
El Colegio de Médicos de Esmeraldas, presidido por Julio Valencia Zamora, gestiona a través del Ministerio de Salud Pública, la adquisición de vacunas contra el Covid-19 para los médicos y profesionales de la salud de la provincia de Esmeraldas sin relación de dependencia y jubilados. Los interesados deben registrarse hasta el miércoles 10 de marzo en el Colegio de Médicos, ubicado en las calles Colón y Loja, frente al hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), o remitir la información al correo electrónico colmedesmeraldas@yahoo.com.es o al número de whatsapp 09 81 83 97 27. En los datos debe constar nombres y apellidos,
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edad, profesión, número de cédula de ciudadanía, teléfono celular, dirección y correo electrónico. Recopilada la información se conocerá el número de vacunas a solicitar y los beneficiados deberán esperar la notificación que le indique la fecha, el día, la hora y el lugar dónde se le aplicará el inmunizante. El Presidente del Colegio de Médico de Esmeraldas, considera que es importante que todos los profesionales de la salud estén protegidos contra el virus del Covid-19 para que sigan atendiendo a la población. El Ministerio de Salud empezó con la vacunación para los médicos y profesionales de la salud que están en primera línea, la siguiente fase es para los administrativos y todo el personal de las diferentes áreas de hospitales y centros de salud de la provincia.
Preocupación ciudadana En Esmeraldas hay quejas de los pobladores que denuncian a través de las redes °sociales las afectaciones al ambiente y al agua del río Esmeraldas a lo largo y ancho
AVISO Se va a proceder el pago de: DEVOLUCIÓN DE APORTES. Del que en vida fue: SGOS. LASSO BETANCOURT WILLINGTON DAVID
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Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTIA DE LA POLICÍA NACIONAL
CONTROL. La distribución del agua potable solo se suspenderá si los técnicos de laboratorio identifican algún grado de contaminación.
Gestionan vacunas para médicos particulares y jubilados
de la provincia. Otro daño que trae como consecuencia las descargas de sedimentos por parte de Manduriacu es que las especies bioacuáticas mueren por la falta de oxígeno en el agua del río y la gente no debería consumir peces o camarones muertos que recogen, manifestó Charding Preciado, ambientalista de la ciudad.
Distribución normal Víctor Estupiñán, Gerente General de la Ep-mapse dijo que desde ayer se °realizan monitoreos del agua antes, durante y después de llegar a la hidroeléc-
trica para verificar la calidad de líquido, también recalcó que el servicio de agua potable se realizará de manera normal, de acuerdo al calendario programado y únicamente se suspenderá, si los técnicos de laboratorio, consideren que el agua tiene algún grado de contaminación que represente algún tipo de peligro para su procesamiento y consumo.
REPRESENTANTE. Julio Valencia Zamora, presidente del Colegio de Médicos de Esmeraldas.
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REVISTA JUDICIAL C00
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
MARTES, 09 DE MARZO DE 2021 La Hora QUITO, ECUADOR AUTOR: AB. DIEGO BENAVIDES
¿Qué es un laudo arbitral? El autor ecuatoriano, Doctor Ernesto Salcedo Verduga1 en su obra “El Arbitraje La Justicia Alternativa” respecto al laudo menciona que: “El laudo es la decisión emanada de los árbitros que pone término al proceso arbitral, resolviendo en forma definitiva la controversia que las partes sometieron a su conocimiento. Tanto por su contenido formal como por el sustancial, el laudo equivale a una verdadera sentencia y, por esta razón, su alcance y efecto son idénticos”. Mientras que el autor colombiano, Jorge Pallares Bossa2 en su libro “Arbitraje conciliación y Resolución de Conflictos, Teoría, Técnicas y Legislación” se refiere al concepto de laudo diciendo que: “La decisión que producen los árbitros tanto en derecho como en equidad o técnico, se denomina Laudo Arbitral. También se conoce con el nombre de Sentencia Arbitral, por cuanto no solo formalmente sino en su contenido es esencialmente idéntica a la sentencia proferida por los jueces ordinarios”. De lo anteriormente citado se puede indicar que el laudo arbitral, es un acto que se origina dentro del derecho procesal ecuatoriano privado principalmente, por lo que en la mayoría o en la totalidad de casos en los que se resuelve bajo esta modalidad, va existir previamente, plena voluntad y autonomía de las partes para reconocer a los árbitros, quienes, en breves palabras, son los “jueces” que resuelven el conflicto o problema que ha surgido entre ellos. Sin embargo, la Ley de Arbitraje y Mediación a los árbitros únicamente les ha concedido la posibilidad de “juzgar”, pero no de “hacer ejecutar lo juzgado”, es decir carecen de “imperium” en la ejecución de sus decisiones o sus laudos arbitrales. Es importante indicar que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 168 numeral 3, reconoce el principio de exclusividad en la jurisdic-
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
LAUDO ARBITRAL
ción, en el cual se determina que la potestad de administrar justicia ha de ser ejercida exclusivamente por los órganos judiciales; siendo por lo tanto la mediación y el arbitraje, una excepción a este principio. Además, al ser éste un medio alternativo de solución de conflictos, siempre se tendrá la obligación de desarrollarlo con apego y bajo principios y preceptos legales y procesales. Entre los principales principios que encontramos en el campo arbitral están: a) la autonomía de las partes (principio central en el derecho de arbitraje), b) la asistencia, c) la no intervención de los tribunales judiciales internos después del desarrollo de la instancia arbitral, d) la celeridad, e) la autonomía de las convenciones arbitrales, f) la facultad reconocida al Estado de comprometerse, no obstante su posible incapacidad en Derecho interno, g) la reducción de consideraciones de orden público a un umbral mínimo y, en fin, todos los que favorezcan el control muy limitado de las sentencias arbitrales por la jurisdicción de derecho común. Principales características de los laudos arbitrales: 1. La ley no otorga recursos verticales o de alzada a los justiciables involucrados en un arbitraje, ya que el laudo arbitral tiene como una de sus características principales que es inapelable; sin embargo, se podrá interponer recursos horizontales, los cuales permiten su ampliación o aclaración 2. Para la expedición del laudo, se requiere que se cuente con la mayoría de votos que lo fundamenten. 3. Por cuanto el arbitraje y por ende su resolución responden de manera directa al principio de celeridad, la resolución arbitral será de cumplimiento inmedia-
to una vez que ésta se encuentre ejecutoriada. 4. Los laudos dictados en un procedimiento internacional, podrán tener los mismos efectos que los laudos dictados en un procedimiento de arbitraje en el Ecuador; siempre y cuando cumpla con el trámite respectivo de homologación o también conocido como “exequatur”; requisito indispensable que la ley exige para que pueda tener validez en el ordenamiento jurídico nacional. 5. En el caso en que se presenten irregularidades en el laudo arbitral, cualquiera de las partes que se vea afectada por las mismas, podrá pedir que se declare su nulidad. Finalmente es importante resaltar que el legislador ecuatoriano, ha otorgado a los laudos arbitrales el mismo efecto de sentencia ejecutoriada y de cosa juzgada y que, por ende, éstos se ejecutarán del mismo modo que las sentencias de última instancia, es decir siguiendo la vía de apremio. ¿Quién ejecuta los laudos arbitrales en el Ecuador? Los árbitros a pesar de poseer las facultades otorgadas tanto por la ley e inclusive concedidas hasta por las partes, carecen de eficacia en la ejecución de lo que ellos han resuelto, o dicho de otra manera no existen procedimientos coercitivos para llegar a ejecutar lo resuelto en el laudo arbitral; es por eso que para que dicha fase sea completa dentro del arbitraje y así se les otorgue a los justiciables un cumplimiento cabal de su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, éstos deben recurrir al auxilio de otras instituciones y funcionarios estatales para que lo hagan. La ejecución de un laudo es el acto judicial, obligatorio y forzoso por el cual un juez hace efectiva
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la decisión de los árbitros sobre la materia controvertida, utilizando para ello todas las medidas que la legislación contempla para dicho fin. El artículo 32 de la Ley de Arbitraje y Mediación determina que: “Ejecutoriado el laudo las partes deberán cumplirlo de inmediato. Cualquiera de las partes podrá pedir a los jueces ordinarios, que ordenen la ejecución del laudo o de las transacciones celebradas, presentando una copia certificada del laudo o acta transaccional, otorgada por el secretario del tribunal, el director del centro o del árbitro o árbitros, respectivamente con la razón de estar ejecutoriada”. El laudo arbitral, una vez que deviene ejecutoriado y con efecto de cosa juzgada, se convierte en título, apto para ser ejecutado del mismo modo que las sentencias de última instancia; es decir siguiendo la vía de apremio y sin necesidad de homologación judicial. La fase de ejecución forzosa de una sentencia judicial o de un laudo arbitral en el Ecuador, se la conoce como la “vía de apremio”, la cual como su nombre lo indica, comprende la aplicación de apremios o medidas coercitivas de las cuales se vale un juez o tribunal, para que sean obedecidas sus providencias por las personas que no las cumplen y dentro de los términos respectivos. Por lo tanto y, en conclusión, el funcionario encargado de hacer respetar, pero sobre todo hacer cumplir el laudo arbitral y por lo tanto su ejecución, es el juez ordinario o juez de instancia, a quien la ley, le otorga y le recubre de “imperium” en sus decisiones y actuaciones, inclusive para para el efecto también facultándole el uso de medidas coercitivas. ¿Cuáles son los principales convenios y normas internacionales que rigen en la ejecución de los laudos arbitrales extranjeros? El Ecuador ha suscrito y ha ratificado varias convenciones internacionales que tienen relevancia tales como:
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CONSULTA PENAL ¿Qué limitaciones existen en los casos de delitos de tránsito para imponer medidas cautelares sobre bienes del propietario del vehículo, que según la ley es responsable solidario? RESPUESTA
Los últimos incisos de los Art.379 y 380 del COIP que tratan sobre los delitos de tránsito con resultado de lesiones y daños materiales respectivamente, determinan que la o el propietario del vehículo será solidariamente responsable de los daños civiles. La o el juez en el inicio del proceso penal, a solicitud del fiscal tiene la facultad de imponer medidas cautelares sobre los bienes para garantizar los derechos de las víctimas y la reparación integral (Art.519 del COIP), conforme al caso concreto, pueden imponerse medidas cautelares sobre los bienes de la persona que, de conformidad con la ley, resulta ser solidariamente responsable por los daños civiles ocasionados por un accidente de tránsito (Arts.569 y 570 del COIP) Recordemos además que el derecho a la reparación integral, es un derecho de rango constitucional , y como tal, todas y todos los administradores de justicia deben procurar garantizar su ejercicio, y su efectivo cumplimiento. Por lo tanto, con el fin de garantizar la reparación integral a favor de la víctima, conforme al caso concreto, en respeto a la naturaleza de la solidaridad, el juez debería, cuando sea necesario, imponer medidas cautelares por sobre los bienes del propietario del automotor. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley de la Corte Nacional de Justicia
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ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8072044400 Cartola 16659490425 Cliente RODRIGUEZ AVILES, MARITZA-PIEDAD del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8053254100 Cartola 16951050794 Cliente SOLANO ANGULO, LUIS-VICENTE del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
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CONVOCATORIA
CLUB DE AGRICULTORES INDUSTRIALES Y PROFESIONALES El Presidente del Directorio del Club de Agricultores, convoca a los Socios Activos, Vitalicios y Honorarios a la Asamblea Ordinaria que se celebrará en sus instalaciones el día viernes 19 de Marzo de 2021, a las 17:00 horas conforme con lo dispuesto en el Estatuto, en el Capítulo V, Artículo 26, Artículo 32, Literales a, b, c y h, con el siguiente orden del día: 1. Informe anual de labores del Presidente, el informe anual del Comisario, las cuentas y el balance. 2. Conocer y resolver sobre el Presupuesto Anual del Club de Agricultores para el año 2021.
1. Constatación del Quórum 2. Informe del Sr. Presidente de la Compañía TRANSQUIME S.A. y del Directorio correspondiente al año 2020. 3. Informe del Sr. Gerente General correspondiente al año 2020. 4. Informe del Sr. Comisario Principal correspondiente al año 2020. 5. Conocimiento y aprobación de los Balances y el Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico del año 2020. 6. Destino de las utilidades del Ejercicio Económico 2020 7. Aprobación del presupuesto para el año 2021 8. Elección de 5 vocales Principales y 5 vocales Suplentes 9. Elección de Presidente 10. Elección de Gerente General 11. Elección de Comisario Principal y 1 Suplente 12. Posesión de los nuevos Dirigentes para el periodo comprendido del 1ero. de abril del año 2021 al 31 de marzo del año 2023.
Nota: Los respectivos informes, balances y presupuestos a ser conocidos en la Junta General se enviarán a sus respectivos correos electrónicos, los mismos que estarán a disposición de los señores Accionistas en la oficina de la Compañía en horario de oficina.
3. Posesionar Presidente, Vicepresidente, 3 vocales principales, y 3 vocales alternos del Directorio. 4. Coctel homenaje por los 99 años de fundación del Club de Agricultores. ING. ESTEBAN SEVILLA QUINTANA Presidente del Directorio
De conformidad con las disposiciones de la Ley de Compañías y con las normas del Estatuto Social se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA SERVICIO DE TRANSPORTE EN TAXIS CIUDAD METROPOLITANA TRANSQUIME S.A., al a Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día Sábado 27 de Marzo del año 2021, a partir de las 10H00, en forma Virtual a través de la aplicación ZOOM, a fin de tratar el siguiente orden del día:
De manera especial y señalaba se convoca al Sr. Franklin Edmundo Toro Santacruz, Comisario Principal.
Quito, 5 de Marzo del año 2021 001-004-0106/ms
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8484351300 Cartola 19766000012 Cliente PILATASIG PANCHI, JEFFERSON-SANTIAGO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
dicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas. Se exceptúan los tratados e instrumentos internacionales que establezcan la solución de controversias entre Estados y ciudadanos en Latinoamérica por instancias arbitrales regionales o por órganos jurisdiccionales de designación de los países signatarios. No podrán intervenir jueces de los Estados que como tales o sus nacionales sean parte de la controversia. En el caso de controversias relacionadas con la deuda externa, el Estado ecuatoriano promoverá soluciones arbitrales en función del origen de la deuda y con sujeción a los principios de transparencia, equidad y justicia internacional”.
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCINISTAS DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS DE TRANSPORTE EN TAXIS CIUDAD METROPOLITANA TRANSQUIME S.A.
1.- Constatación de Quórum. 2.- Lectura del acta anterior. 3.- Informe económico de gerencia 4.- Elección y posesión de los nuevos dirigentes 5.- Clausura
Sr. Jhon Salazar GERENTE GENERAL
inversión que el Ecuador ha suscrito con más de 20 países: Alemania, Argentina, Bolivia, Canadá, Chile, China, Cuba, El Salvador, España, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Países Bajos, Paraguay, Perú, Rumania, Suecia, Suiza y Venezuela; los cuales en su mayoría remiten las controversias de los inversionistas con los Estados a un proceso de arbitraje internacional. Sin embargo es apropiado mencionar que la Constitución ecuatoriana en su artículo 422, en lo referente al tema de tratados internacionales y otros instrumentos, brinda una cierta protección a la jurisdicción nacional, ya que manifiesta que: “No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda juris-
Compañía Servicios de Transporte en Taxis Ciudad Metropolitana “TRANSQUIME S.A.”
Nota: Deberán estar al día en sus haberes económicos para poder ejercer el voto o ser candidato a cualquier dignidad en la Compañía.
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ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8407989800 Cartola 19222410029 Cliente GUILCAPI CAYAMBE, WELINTON-ADALBERTO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
Se convoca con caracter obligatorio a todos los socios y accionistas de la Compañía de Transporte Escolar e Institucional “LIEDNEL S.A.” A la Asamblea General a realizarse el dìa, 9 de Marzo del 2021, a las 10:00 horas, en la oficina de la Compañía ubicada en la calle” San Juan de Obrero y Fernando Daquilema (Cotogchoa ) a fin de tratar el siguiente òrden del dìa.
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8054640700 Nro. Cartola 16616820664 Cliente RENTERIA SALAZAR, JORGE-ALFONZO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8183924100 Cartola 17907350015 Cliente SUAREZ CARRION, EDISONJAVIER del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
COMPAÑIA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL LIEDNEL S.A
CONVOCATORIA
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ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8010588100 Cartola 18225640467 Cliente GRIJALVA CHAVEZ, GUIDOHERNAN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
1966(“ConveniodeWashington”).5 4. La Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional de 1975 (“Convención de Panamá”).6 5. La Convención Interamericana sobre Eficacia Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Arbitrales Extranjeros de 1979 (“Convención de Montevideo”).7 Se debe considerar adicionalmente los tratados bilaterales de
Sangolqui, 08 de Marzo del 2021
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C2
1. La Convención sobre Derecho Internacional Privado de la Habana de 1928 (“Código Sánchez de Bustamante”).3 2.LaConvencióndelasNaciones Unidas sobre el Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras de 1958 (“Convención de Nueva York”).4 3. El Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados de
SR. JULIO VIANNA PRESIDENTE
SR. SEGUNDO CACHIPUENDO GERENTE GENERAL
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REVISTA JUDICIAL
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Atentamente, Ab. Santiago Salazar Intriago Gerente General SOA-ASESORES LEGALES CIA LTDA., COMPAÑÍA LIQUIDADORA DE PD DRILLING HOLDINGS INC.
A LOS SOCIOS DE DISETEC COMPAÑÍA LIMITADA
Por medio del presente se convoca a la Junta General Ordinaria de Socios de la Compañía DISETEC CIA. LTDA., que se realizará el día lunes 22 de marzo de 2021 a las 11h30. El Orden del Día a tratar es el siguiente: 1. Conocimiento y resolución sobre el informe de la administración de la Compañía. 2. Conocimiento y resolución sobre el informe de auditoria externa de la Compañía. 3. Conocimiento y resolución sobre el balance y las cuentas, el estado de situación financiera y estado de resultado integral, estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo, correspondientes al ejercicio económico que terminó el 31 de diciembre de 2020. 4. Conocimiento y resolución sobre la distribución de los beneficios sociales del ejercicio 2020. 5. Designación de auditoria externa para el ejercicio 2021.
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001-004-086
Sin otro particular,
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 1000110001228000 Cliente VELA SILVA MARGOTH DEL PILAR Cédula de Ciudadanía Nro. 1700719451 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8190581600 Cartola 17976940308 Cliente GARCIA CALERO, CHRISTIANPATRICIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: AMAGUAY INFANTE ANGEL POLIVIO (C.C. N°1600117608) ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO 29 DE OCTUBRE LTDA. DEMANDADOS: AMAGUAY INFANTE ANGEL POLIVIO JUICIO: CONCURSAL AUSUNTO: CONCURSO DE ACREEDORES No.- 15301-2019-00798 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO Tena, martes 27 de octubre del 2020, las 11h52, Dentro de la causa N.- 15301-2019-00798, en lo principal: 1.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, proveyendo el mismo y por cuanto han procedido a declarar bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el domicilio, paradero o residencia de(l) (los) demandado(s) señor(es) AMAGUAY INFANTE ANGEL POLIVIO (C.C. N°1600117608), conforme obra del escrito que se despacha; Por lo tanto, de conformidad a lo que disponen los Arts. 76 numeral 1 de la Constitución de la República, y 56 numeral 1 del COGEP, CÍTESE a(l) (los) demandado(s) AMAGUAY INFANTE ANGEL POLIVIO respectivamente, mediante 3 publicaciones que se realizarán por la prensa en el diario “LA HORA” de la ciudad de Quito, para lo cual otórguese el extracto correspondiente. 2.- Actúe el Secretario Titular de esta Unidad Judicial. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO Razón.- Siento la de que se entregó un extracto a la ventanilla de servicios para que sea entregado a la parte actora. Certifico.Tena, 19 de noviembre de 2020 Ab. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO Hay firmas
001-004-0100
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CONVOCATORIA
De conformidad con el Art. 393 de la Ley de Compañías, vigente hasta la publicación de la reforma a la Ley de Compañías en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 353 del 23-X-2018, la liquidadora CONVOCA a los acreedores de la compañía PD DRILLING HOLDINGS INC., para que en el término de veinte días contados desde la última publicación, presenten los documentos que acrediten su derecho, en la siguiente dirección: Av. Eloy Alfaro N33-231 y Av. 6 de Diciembre, Monasterio Plaza, oficina 1001A. Transcurrido este término, la liquidadora tomará en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación.
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ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8403198700 Cartola 19195870001 Cliente MAILA TRUJILLO, VICTORIAELIZABETH del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
MARTES 09 DE MARZO DE 2021 La Hora ECUADOR
001-004-083/ms
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8046668200 Cartola 16605220553 Cliente MANRIQUE TUGUMBANGO, SEGUNDO-FRANCISCO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
REVISTA JUDICIAL
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ANULACION DE PAGO Se comunica al público, la anulación por sustracción del cheque N° 218 al N°225 presentado por el girador JOSE DANIEL PAZ Y MIÑO Cta. Cte. No. 5085010687 DEL BANCO BOLIVARIANO
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ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8024527200 Cartola 17194441105 Cliente ORTIZ CIFUENTES, JORGEANIBAL del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
001-005-674
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8160982000 Cartola 17667590339 Cliente ORTEGA SALAN, BENITOJAVIER del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: GREFA SHIGUANGO LIDIA ANA, con C.C. número 1500637036. SE LE HACE SABER Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, Dra. Dalia Rubí Unda Mena, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre Ltda, portador de la cédula número 1500277056, ha presentado un juicio de Procedimiento Ejecutivo, en contra de: GREFA SHIGUANGO LIDIA ANA, al cual se le asigna el No. 15301-2019-00162, cuyo extracto es como sigue: Auto12/03/2019,15h00, “VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro. 1115- DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015.-AVOCO conocimiento de esta demanda (...) la actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 29 DE OCTUBRE LTDA., debidamente representada por el gerente EDWIN CARLOS MARIO ÉGUEZ LUPERA, quien comparece mediante PROCURADORA JUDICIAL. DRA. DALIA UNDA MENA, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstas en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originalmente en el Pagaré No.6206353176 (adjunta fs2), documento que constituye título ejecutivo, (...) SEGUNDO: CITACION. Se ordena la citación del demandado GREFA SHIGUANGO LIDIA ANA (1500637036). TERCERA: CONTESTACION A LA DEMANDA.- En aplicación de los artículos 351 y 355 y 333, numeral 3 del COGEP, SE CONCEDE EL TÉRMINO DE QUINCE (15) DIAS para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 de código citado. El demando/a contestará la demanda en la forma que determinan las normas señaladas, y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso cuarto del COGEP de ser necesario, y se señalará día y hora, a fin de que se lleve afecto la audiencia única. Bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP (…)” Auto 24/01/2020, 09h35, “(...) Dentro de la causa de procedimiento Ejecutivo. Dispongo: 1) agréguese al proceso los escritos y sus anexos ingresado por Dra. Dalia Unda en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de octubre Ltda, de fechas 23/12/2019 y 06/01/2020. 2) Atenta a lo solicitado por la parte actora, requiero la comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día MIERCOLES 29 DE ENERO DEL 2020 A LAS 14H30, a fin de que la Dr. Dalia Unda en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de octubre Ltda., DECLARE BAJO JURAMENTO, que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados señores LIDIA ANA GREFA SHIGUANGO con. C.C. 1500637036; además, declare haber efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a los mismos, cumpliendo con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.-3) Hecho que sea la declaración Bajo Juramento, concédase el EXTRACTO.-(...)” Auto 5/10/2020, las 15h42, “(...) Añádase al proceso el escrito de fecha jueves veinticuatro de septiembre del dos mil veinte a las nueve horas y siete minutos Suscrito por Unda Mena Dalia Rubí en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa 29 de Octubre Ltda, en lo principal Dispongo: (…) 2) la actora proceda a publicar el extracto de la citación a GREFA SHIGUANGO LIDIA ANA, con C.C. número 1500637036, en la prensa escrita que circula a nivel nacional de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, el actuario de este despacho, procederá a entregar el extracto respectivo, mismo que será retirado desde la ventanilla de atención al público de este Complejo Judicial una vez ejecutoriado el presente auto de sustanciación. 3) Actúe como secretario de Unidad Judicial Civil con sede en Tena- Napo el Abogado Jonny Benavides Guayta.- Notifíquese y Cúmplase. LO CERTIFICO, Tena, 07 de OCTUBRE de 2020. Benavides Guayta Jonny Jaime SECRETARIO
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8009463600 Cartola 17373650989 Cliente FIALLOS PADILLA, WILLAMSFRANCISCO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
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ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8058761100 Cartola 17192510554 Cliente CELI MACAS, ALBARO-ESTUARDO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
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ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8204887600 Cartola 18066580384 Cliente BUNAY YAGUACHE, JONATHAN-JAVIER del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO Tena, lunes 17 de febrero del 2020, las 16h42, VISTOS1) EXTRACTO.- Luego de lo cual, CÍTESE a: CALAPUCHA YUMBO LENIN BOLIVAR con C.C. número 1500812290 y GREFA GREFA ZENEIDA MARIZA con C.C. número 2200096705; por medio del Diario “LA HORA” que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, cumplida que sea la diligencia, el actuario de este despacho procederá a entregar de forma inmediata el extracto respectivo. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO Tena, jueves 20 de agosto del 2020, las 15h21, Dentro de la causa N° 15301-2019-00687, en lo principal: 1.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, proveyendo el mismo téngase en cuenta lo manifestado, en efecto realícese las publicaciones de citación judicial a los demandados en forma digital, y una vez realizado dicha diligencia justifíquese con impresiones digitales las correspondientes publicaciones. NOTIFIQUESE. – Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO Hay firma y sello
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001-004-084/ms
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: CALAPUCHA YUMBO LENIN BOLIVAR con C.C. número 1500812290 y GREFA GREFA ZENEIDA MARIZA con C.C. número 2200096705 ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ““29 DE OCTUBRE” LTDA”. DEMANDADOS: Calapucha Yumbo Lenin Bolivar Con C.C. Número 1500812290 Y Grefa Grefa Zeneida Mariza con C.C. número 2200096705 JUICIO: EJECUTIVO AUSUNTO: PAGARE No.- 15301-2019-00687 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO Tena, viernes 6 de diciembre del 2019, las 16h25, VISTOS: Revisada que ha sido la acción propuesta por LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA.; debidamente representado por el GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL señor GALLEGOS BAYAS FREDDY BLAS, su demanda es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). TERCERO: DISPONGO: 3.1.- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 3.2.- CITACION: Cítese a los demandados CALAPUCHA YUMBO LENIN BOLIVAR (1500812290), GREFA GREFA ZENEIDA MARIZA (2200096705);CONTESTE LA DEMANDA: En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que los demandados proponga alguna de las excepciones taxativas del Art. 353 del código citado, bajo prevención
17203-2021-00648-OFICIO-01494-2021 Causa Nº 17203202100648 Quito, jueves 18 de febrero del 2021 Señor(es) CARLOS FELIPE SÁNCHEZ RUIZ Presente. En el juicio Nº 17203202100648, hay lo siguiente UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DEL PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL Quito, viernes 12 de febrero del 2021, a las 13h33. VISTOS: (17203-2021-00648) Una vez que se ha cumplido con lo dispuesto en auto inmediato anterior. Avoco conocimiento de la presente demanda, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, causa que ha llegado a este despacho judicial en atención al sorteo electrónico de Ley precedente. 1° Procedimiento. El artículo 76 numeral 3 de la Constitución de la República, dice que solo se puede juzgar a las personas ante un juez o autoridad competente y con la observancia del trámite propio de cada procedimiento, en consecuencia la demanda de suspensión de la Patria Potestad, propuesto por la señorita Andrea Stefanny Rodríguez Coronel, que la dirige en contra del señor Carlos Felipe Sánchez Ruiz, se admite al procedimiento sumario, de conformidad con el artículo 332.3, 333 del Código Orgánico General de Procesos, (en adelante, COGEP). 2° En mérito al juramento rendido por la accionante y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56, numeral 1 del COGEP, cítese por la prensa de circulación nacional al demandado señor Carlos Felipe Sánchez Ruiz, para el efecto, por secretaría entréguese el extracto correspondiente. Se advierte a la parte demandada la obligación de comparecer a juicio ante esta Unidad Judicial en la ciudad de Quito y contestar la demanda, conforme lo determinado en los artículos 142, 151 y 152 del COGEP, en caso de no hacerlo se procederá conforme lo determina el Art. 157 ibídem; en atención a lo dispuesto en el Art. 66 Ib., señale casillero judicial físico y/o electrónico. 2.1. Audiencia única. Cumplida la solemnidad sustancial de la citación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 168.6 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 333.4 del COGEP, se señalará día y hora para que se lleve a cabo la audiencia única. 2.2. Las partes procesales deberán comparecer a la audiencia única, como lo determina el Art. 86 del COGEP, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para sustituir la procuración a favor de otro profesional, allanarse a la demanda, transigir, desistir de la acción, aprobar convenios, entre otros, según lo determina el art. 43 del COGEP, amén de las prevenciones establecidas en el Art. 131.4 del Código Orgánico de la Función Judicial. 3° Anuncio de prueba. En aplicación de lo dispuesto en el Art. 159, en concordancia con los Arts. 142.8 y 143 del COGEP, se dispone: Prueba documental. a) Téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios que se ofrecen para acreditar los hechos, incorpórese al proceso los medios probatorios que adjunta a su demanda. b) En la Audiencia Única, previo los protocolos de Ley, recéptese la declaración testimonial de los señores: Guillermo Alfredo Silva Soto, cédula de ciudadanía No. 050185464-0, y de la señora Gloria María Del Alcázar Saona, cédula de ciudadanía No. 170366263-3, al tenor del interrogatorio y contrainterrogatorio conforme el Art. 174 ib., previo los protocolos de Ley. c) Audiencia reservada. Con fundamento en el art. 45 de la Constitución de la República del Ecuador; art. 12.2 de la Convención Sobre los Derechos del Niño; Art. 31 inciso final del COGEP, Art. 106 último inciso del Código de la Niñez y Adolescencia, la niña Luisana Rafaela Sánchez Rodríguez, de ocho años dos meses de edad, será escuchada en audiencia reservada por el juzgador, el día de la audiencia única, en este despacho Judicial. 4° Notificaciones. En atención al Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla judicial, casillero electrónico y correo electrónico señalado para futuras notificaciones que le corresponde a la accionante, así como la autorización que concede a sus Defensores Técnicos. Actúe el Dr. Carlos Humberto Miranda Vela, en su calidad de secretario de este despacho judicial. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico para los fines de ley. MIRANDA VELA CARLOS HUMBERTO SCRETARIO DE LA UNIDAD JUDICILA TERCERA Hay firma y sello
001-004-085/ms
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8287084900Nro. Cartola 18486330253 Cliente MENDEZ RIVERA, JORGE-JONATHAN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
001-005-674
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8295436500 Nro. Cartola 18517480036 Cliente ORNA ESPINOSA, JULIO-CESAR del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8054009200 Cartola 17206670667 Cliente MEZA ZAPATA, CARLOS-ADAN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
001-003-109
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 2000110000081000 Cliente PIRCA CHILCAÑAN MARIA LUISA Cédula de Ciudadanía Nro. 1700289158 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
001-005-674
MARTES 09 DE MARZO DE 2021 La Hora ECUADOR
001-004-0101
C4
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8159236600 Cartola 17648700486 Cliente MORALES ARBOLEDA, CRISTIAN-PATRICIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
001-005-674
REVISTA JUDICIAL
MARTES 09 DE MARZO DE 2021 La Hora ECUADOR
C5
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8326488600 Cartola 18717320081 Cliente BARRERA PAVON, DAVID-ANDRES del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
001-005-674
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8261475300 Cartola 18373770017 Cliente BALSECA GUANGA, CARMITASANDRA del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
REVISTA JUDICIAL 001-005-674
ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8248556200 Cartola 18298150105 Cliente ALMEIDA ALBAN, MANUELBENEDICTO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
001-005-674
Hay firma y sello
001-003-103/ms
NOTARIA CUADRAGESIMO PRIMERA DEL DISTRITO METROPOLITANA DE QUITO EXTRACTO NOTARIA CUADRAGESIMO PRIMERA DEL CANTÓN QUITO Pongo en conocimiento del público en general un extracto de le escritura de DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL PASION MAGNATE S.C.C., la misma que fue elevada a escritura el 02 de febrero de 2021, otorgada ante el Dr. Dobri Albornoz Donoso, Notario Cuadragésimo Principal del Cantón Quito, para que las personas que tengan eventual interés puedan presentar su oposición en el plazo de 05 días, a partir de la fecha de publicación del último extracto. La compañía se constituyó mediante escritura pública otorgada el 24 de septiembre de 2018, ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón Quito, doctor Jaime Andrés Acosta Holguín, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Rumiñahui el 5 de noviembre de 2018. El señor JUAN CARLOS ROMO ALMEIDA, en acatamiento de lo resuelto en el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL PASION MAGNATE S.C.C., de 19 de enero de 2021, procedió a declarar la disuelta voluntariamente y liquidada la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL PASION MAGNATE S.C.C. Particular que pongo en conocimiento del público en general, para los fines legales correspondientes. Quito, 02 de Febrero de 2021
A LOS ACCIONISTAS DE INSTRUPETROL SOCIEDAD ANONIMA Por medio del presente se convoca a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía INSTRUPETROL S.A., que se realizará el día lunes 22 de marzo de 2021 a las 15:00. El Orden del Día a tratar es el siguiente: 1. Conocimiento y resolución sobre el informe de la administración de la Compañía 2. Conocimiento y resolución sobre el informe de Comisario de la Compañía 3. Conocimiento y resolución sobre el balance y las cuentas, el estado de situación financiera y estado de resultado integral, estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo, correspondientes al ejercicio económico que terminó el 31 de diciembre de 2020. 4. Conocimiento y resolución sobre la distribución de los beneficios sociales del ejercicio 2020. 5. Designación de comisario para el ejercicio 2021 Sin otro particular,
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rios, avalúo y tasación de los bienes sucesorios, con intervención del perito que será designado mediante sorteo, para que proceda a la formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes en presencia de los interesados, y cumpliendo con los requisitos del Arts. 342 del mismo cuerpo normativo antes invocado, para lo cual tanto la parte actora como la parte demandada presten las facilidades que el caso amerite, a quien se concederá un término prudencial para que presente el informe correspondiente; así también se regulará los honorarios del perito.- [5] Tómese en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial y electrónico señalado por las partes actoras para recibir sus notificaciones posteriores, el nombramiento y autorización manifestada en favor de su defensor Técnico.- [6] Tómese en cuenta la prueba documental que acompaña a la demanda.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.25/02/2021 13:41.- VISTOS: Una vez que la señora MAGDALENA BEATRIZ ESTRELLA PICO han dado cumplimiento al auto inmediato anterior, y mediante Juramento de Imposibilidad de desconocimiento de domicilio de los Herederos Presuntos y Desconocidos quien en vida fue su hijo el señor JUAN CARLOS GARCIA ESTRELLA, han manifestado: “De conformidad con el artículo, 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos reformado mediante suplemento del Registro Oficial Nro. 517 del 26 de junio del 2019, declaramos bajo juramento, que nos es imposible determinar la individualidad y/o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS del señor CARLOS ALFONSO GARCIA HERNÁNDEZ” y conforme lo señalado en los Arts. 56, 58 y 68.1 del Código Orgánico General de Procesos reformado parcialmente mediante suplemento del Registro Oficial Nro. 517 del 26 de junio del 2019 se dispone: Notificar a los herederos desconocidos del causante señor JUAN CARLOS GARCIA ESTRELLA mediante una sola publicación en un diario de amplia circulación nacional.- EXTRACTO: “(…)Con los antecedentes señalados comparecemos ante usted señora Jueza y de la manera más comedida solicitamos se proceda a: La formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes hereditarios dejados por quien en vida fue nuestro padre el señor Carlos Joaquín García Chávez con intervención del perito que será designado mediante sorteo para que proceda a la formación de inventarios y avalúo y tasación de los bienes que en presencia de los interesados y cumpliendo con los requisitos del Art. 342 del Código Orgánico General de Procesos…”. Por Intermedio de secretaría confiérase el respectivo extracto judicial, a fin de que se por una sola vez, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 Ibidem, publique por la prensa en el diario de mayor circulación . Hecho lo cual se continuará con la sustanciación de la presente causa.- NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. 01/03/2021 16:29. VISTOS: Al amparo de lo que prescribe los Arts. 82 y 169 de la Constitución de la Republica, y el Art. 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se rectifica el error deslizado en el auto de fecha 25 de febrero del 2021, a las 13h41 esto es “. . . declaramos bajo juramento, que nos es imposible determinar la individualidad y/o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS del señor CARLOS ALFONSO GARCIA HERNÁNDEZ” y conforme lo señalado en los Arts. 56, 58 y 68.1 del Código Orgánico General de Procesos reformado. . .” siendo lo correcto “. . . declaramos bajo juramento, que nos es imposible determinar la individualidad y/o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS del señor JUAN CARLOS GARCIA ESTRELLA” y conforme lo señalado en los Arts. 56, 58 y 68.1 del Código Orgánico General de Procesos reformado,. . .” en lo demás estarán a lo dispuesto en el auto de sustanciación anterior, hecho que sea confiérase el extracto para los fines de ley.- Notifíquese.Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones.- Certifico.Atentamente ABG. JUAN PABLO LOJANO SECRETARIO - UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE Hay firma y sello
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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A; LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR JUAN CARLOS GARCIA ESTRELLA ACTOR; SRA. DOLORES GARCIA HERNANDEZ, CARLOS ALFONSO GARCIA HERNANDEZ y otros DEMANDADO; HUGO GILBERTO GARCIA HERNANDEZ y otros CAUSA: INVENTAIRO DE BIENES SUCESORIOS TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTÍA: INDETERMINADA NÚMERO DEL EXPEDIENTE; 17203-2019-09385 JUEZ.. DRA. DELICIA GARCES ABAD UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 8 de enero del 2020, las 15h04, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Parroquia La Mariscal, del Distrito Metropolitano de Quito dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 024-2013 de fecha 23 de abril del año 2013 con acción de personal N° 7709- DNP y en virtud del sorteo de Ley.- [1] CALIFICACIÓN: En lo principal, la demanda de inventarios de bienes sucesorios presentado por DOLORES MARIA, CARLOS ALFONSO, JULIO RUBEN, ROSARIO BEATRIZ, DELIA YOLANDA, CARMEN LUZ, EDUARDO ALFREDO Y LEONOR MARIA GARCIA HERNANDEZ por sus propios derechos y en calidad de mandante del señor JOSE VICENTE GARCIA HERNANDEZ, es clara, completa, precisa y reúne los requisitos establecidos en el Art. 142 Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, acorde a lo contemplado en el Art. 334 Nral. 4 y 341 del Código Orgánico General de Procesos y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador.- [2] De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para los fines de ley.- [3] CITACIÓN: Cumplida que sea la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad, con el contenido de la demanda y este auto interlocutorio, CÍTESE al demandado señor HUGO GILBERTO GARCIA HERNANDEZ, en la dirección que se indica en escrito de complemento a la demanda, conforme a lo que prescribe el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; así como a la última Reglamentación respecto de las citaciones emitida por el Consejo de la Judicatura, para lo cual se enviarán las boletas de citación al departamento de Citaciones de esta Unidad Judicial, para lo cual se le recuerda a la demandada que debe comparecer conforme a lo dispuesto en los Arts. 335 y 336 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual la parte accionante deberá acercarse a una de las ventanillas y/o archivo de esta Unidad Judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones.- Una vez que se dé cumplimiento con lo dispuesto, se enviará el despacho suficiente a la sala de citaciones para que se cumpla con la respectiva citación.- [3.1] CITACIÓN DESCONOCIMIENTO DOMICILIO: Toda vez que se ha realizado la diligencia de juramento imposibilidad de determinar la individualidad, residencia y/o domicilio de los herederos presuntos y desconocidos del señor CARLOS JOAQUIN GARCIA CHAVEZ, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, y Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone, cítese en legal y debida forma, herederos presuntos y desconocidos en la presente causa, dispongo publicar por la prensa por tres ocasiones en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, mediando ocho días entre cada publicación. Una vez citada, fenecido el término que contempla el Art. 56 del COGEP, para lo cual se le recuerda a la demandada que debe comparecer conforme a lo dispuesto en los Arts. 335 y 336 del Código Orgánico General de Procesos, bajo las prevenciones que son de Ley; se advierte a los demandados de su obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía, por secretaria confiera se el extracto para la publicación por la prensa.- [4] Citados que sean las partes procesales, se procederá a la formación de inventa-
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MARTES 09 DE MARZO DE 2021
QUITO
Ecuador
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