Ecuador
miércoles 02 de junio de 2021
Luz Elena Coloma (CREO)
Eduardo del Pozo (CREO)
Santiago Guarderas
Rene Bedón (Unión Ecuatoriana)
Fernando Morales (Concertación)
Juan Manuel Carrión (Concertación)
Bernardo Abad
Mario Granda (Izquierda Democrática -Vive)
Gissela Chalá (Fuerza Compromiso Social)
Juan Carlos Fiallo (Fuerza Compromiso Social)
Soledad Benítez
(Unión Ecuatoriana)
(Izquierda Democrática)
(Fuerza Compromiso Social)
Luis Reina (Fuerza Compromiso Social)
Brith Vaca (Fuerza Compromiso Social)
Orlando Núñez (Fuerza Compromiso Social)
país
No existe un plan para la vacunación en las cárceles 4
#YoMeCuido
Marco Collahuazo (Unión Ecuatoriana)
Andrea Hidalgo
Analía Ledesma
(Izquierda Democrática)
(Izquierda Democrática)
El Alcalde en manos de concejales
21
Blanca Paucar (Fuerza Compromiso Social)
Mónica Sandoval
(Fuerza Compromiso Social)
economía
El ingreso por impuestos será bajo este año 3
Omar Cevallos (Concertación)
Luis Robles (Fuerza Compromiso Social)
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Sector indígena dividido ante llamado a movilizaciones 2
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miércoles 02 de junio de 2021 La Hora ecuador
I Marcha. El movimiento indígena anunció que realizará movilizaciones en diferentes provincias del país.
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El poder de convocatoria de Leonidas Iza no tiene alcance nacional Las tres confederaciones que integran la Conaie no formarán parte de la convocatoria de Leonidas Iza. Dicen respetarla, pero no compartirla.
La propuesta de Leonidas Iza, presidente del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi (MICC) y candidato a la presidencia de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), de convocar a una movilización para el 11 de junio de 2021, pierde fuerza en las bases de la organización. Al menos cuatro serían los motivos para esta convocatoria: solicitar la derogatoria del Decreto Ejecutivo 1158, que regula el precio de los combustibles a través de un sistema bandas móviles; moratoria de un año para el pago de créditos en bancos y cooperativas; derogatoria de
la Ley de Defensa de la Dolarización; y, su inconformidad por una supuesta privatización de los bienes públicos.
Dirigentes indígenas se apartan del llamado
Tres son las organizaciones que conforman la Conaie: la Conaice (Costa); Ecuarunari (Sierra); y, Confenaie (Amazonía). Gustavo Tenesaca, dirigente de la Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador (Ecuarunari), menciona que las bases del movimiento indígena están en la capacidad de organizarse territorialmente, pero es el Consejo Ampliado de la CONAIE, quien decide si toman alguna medida de carácter nacional. "No hay una manifestación unificada mayoritariamente de las federaciones provinciales", dijo. Además, indica que no "se responsabilizan de una convocatoria a nivel nacional ni regional". Aclaró que Iza no es dirigen-
El bastón de mando, un medio para conseguir cuotas de poder °
Guillermo Lasso, en menos de 7 días, recibió dos bastones de mando por parte de comunidades indígenas de la serranía ecuatoriana. El primer acto se celebró en Tamboloma, provincia de Tungurahua; y, el segundo, en la Nación Puruhá, provincia de Chimborazo. Rafael Lucero considera que la entrega del bastón de mando responde a "intereses personales de ciertos grupos de autoridades y dirigentes indígenas" que hacen de este acto ancestral una mercantilización para conseguir "cuotas de poder". Aseguró que para Pachakutik y el movimiento indígena es un tema ancestral sagrado. "La entrega del bastón de mando se lo hace a una autoridad que se identifique con las demandas del pueblo ecuatoriano". Mencionó que quienes organizan estos actos están en libertad de hacerlo pero que lo "rechazan y no están de acuerdo". Gustavo Tenesaca, comentó que algunos sectores y actores que son parte de los pueblos y nacionalidades, pero que no representan al movimiento indígena, son los que promueven este tipo de eventos. Indicó que hay que hay una folklorización en doble vía, tanto de
te regional ni nacional, por lo que "no tiene la autoridad para convocar a una movilización" de ese tipo. Andrés Tapia, dirigente de comunicación de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (Confenaie), aclaró que "no decimos que no apoyamos esa movilización, se trata de una movilización territorial". Enfatizó que no existe un llamado a un paro nacional, sino que se trata de una medida de hecho en la provincia de Cotopaxi. Este diario buscó vía telefónica conocer el pronunciamiento de Javier Aguavil, presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Costa (Conaice) y candidato a la presidencia de la CONAIE, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.
Desde el legislativo son cautos
Rafael Lucero, jefe de la bancada legislativa de Pachakutik,
el dato
Del 25 al 27 de junio se realizará la elección de las nuevas autoridades de la Conaie. aseguró desconocer la agenda que plantea Iza y si este lo hace como parte de la Conaie. "Como bloque Pachakutik hemos escuchado por los medios y las redes sociales que llaman a una movilización", aseguró. Dijo respetar esta convocatoria y que mientras no tengan una "propuesta documentada" el bloque de Pachakutik no se sentará a tratar el tema. "Esperemos que en los próximos días lo puedan hacer". Comentó que de lo que se ha enterado por medios no oficiales, son temas que están en la "agenda legislativa". La marcha está convocada para el 11 de junio. En primera instancia sería en Cotopaxi y no se ampliaría a otras provincias. (AS)
las autoridades de turno como de quienes la promueven. Los primeros buscan "legitimarse" frente a los pueblos indígenas y los segundos, quieren "congraciarse" con el gobernante. Explicó que "hay que entender que las autoridades de elección popular representan a un régimen constitucional", en cambio las autoridades indígenas representan a un régimen "comunitario de los pueblos y nacionalidades a nivel territorial". Para el antropólogo político Jacques Ramírez, la entrega del bastón de mando es un elemento cultural que no sólo se circunscribe al territorio andino ecuatoriano sino a otros estados del continente. Su entrega normalmente se da al interior de las comunidades. Cada una con particularidades simbólicas propias. Considera que dentro del actual Gobierno existe un desconocimiento de los significados. "No se trata de la entrega de buenas energías o poder, por lo general significa el deseo de un buen gobierno y del compromiso que este acepta de no olvidarse de la comunidad". Ramírez agrega que mucho de lo que está en juego cuando se entregan estos símbolos es "comprometerle (al Mandatario) como un aliado con los proyectos y necesidades, en el caso de Tamboloma, con canales de riego y precios justos" para productos agrícolas. (AS)
El ingreso por impuestos se reducirá este 2021
Se proyecta que la recaudación de impuestos de todo este año sea al menos $1.200 millones por debajo de los niveles pre pandemia. La recuperación económica no llega. La recaudación de impuestos representa hasta el 70% de los ingresos del Estado. Si la economía no se reactiva, no habrá suficiente dinero para todas las necesidades del país. Entre enero y mayo de 2021, se logró recaudar $150 millones más que en igual periodo de 2020. Sin embargo, si se compara con los niveles pre pandemia, doce sectores económicos siguen en caída. Solo actividades como minería, agricultura y servicios médicos obtienen buenos resultados. Según Fausto Ortiz, exministro de Economía, se prevé que los ingresos tributarios cierren este año en un máximo de $13.200 millones, es decir, al menos $1.200 millones menos que lo que se generaba hasta 2019. Ese faltante es equivalente a tres meses de transferencias
a Gobiernos locales y universidades públicas; o cinco meses y medio del presupuesto del Ministerio de Salud.
Sin reactivación a la vista
“Si el sector privado sigue vendiendo menos y produciendo menos, todos perdemos. El Gobierno tendrá menos para gastar y le tocará ajustarse. Las familias seguirán con poco dinero en el bolsillo y el consumo seguirá a la baja”. Antonio Mendoza, arquitecto y empresario inmobiliario, comentó que el círculo vicioso de la crisis sigue en marcha. Entre 2019 y 2021, el sector de la construcción y el inmobiliario dejaron de pagar más de $76 millones en impuestos, con caídas del 39% y 18% respectivamente. Según Fernando Acurio, socio de Acurio y Asociados, las reservas de nuevas
economía I
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Tres sectores crecen °La minería, agricultura y los servicios de salud han crecido CRISIS. La construcción redujo su aporte en 39%
viviendas han caído más del 25% y las ventas en general más del 15%. Además, el desplome de la inversión pública, que representa el 70% del negocio de la construcción, también ha profundizado la recesión. Ese desplome se visualiza en el hecho de que toda la administración estatal, y sus empleados en relación de dependencia, han dejado de contribuir con más de $70 millones en tributos. Por su parte, el comercio y el turismo (alojamiento y servicios de comida) han reducido su pago en $195 millones y $15 millones solo entre enero y abril 2021. Holbach Muñeton, presidente de la Federación de Cámaras de Turismo, explicó que a nivel nacional los hoteles tienen una ocupación promedio de hasta el
25%, la cual no alcanza para cubrir todos los costos. Otro sector fuertemente afectado, con una caída de más del 33%, es el de artes y entretenimiento. El pago de impuestos pasó de más de $10 millones a menos de $7 millones. En el caso del transporte y almacenamiento, la contribución se contrajo en más de $16 millones. Los gremios de esta actividad están presionando al Gobierno para que congele los precios de los combustibles, refinancie las deudas y les dé beneficios arancelarios para importación de vehículos y repuestos. La lista de actividades que no levantan cabeza se completa con enseñanza, servicios administrativos y profesionales, bancos y seguros. Las caídas van entre 17,3% y 10,5%. (JS)
entre 16% y 11% en los últimos dos años. Su contribución total al fisco pasó de $544,73 millones a $608 millones. La pandemia y la fortaleza de las exportaciones son dos de los factores principales para ese resultado. Según Julio José Prado, ministro de Producción, la estrategia de reactivación del Gobierno estará enfocada en el comercio exterior y en el fomento de inversiones en sectores como el minero. En ese contexto, la meta es concretar acuerdos con México y la Alianza del Pacífico; y a la par, elaborar un plan de competitividad para reducir costos y trámites.
Banco Central reduce la proyección de crecimiento ° Este 1 de junio, el Banco
Central del Ecuador (BCE) publicó una proyección actualizada del crecimiento de la economía para 2021. El resultado es que la meta se reduce del 3,1% al 2,8%. Según el BCE, las exportaciones crecerán menos del 3%; luego un salto de más del 10% en 2020. El consumo de los hogares se recuperará un 2,1%, luego de la caída de más del 30% como consecuencia de la pandemia. Santiago García, presidente del Colegio de Economistas del Pichincha, explicó que, con el nivel de crecimiento proyectado, tomará más de cuatro años retomar los niveles pre pandemia. Antes de la crisis, entre 2014 y 2019, el país creció un promedio de 0,5% al año, lo que representa menos del 1,9% del aumento de la población. En la región, solo Costa Rica, con un 2,6%, tiene un peor pronóstico económico que Ecuador durante 2021.
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Vacunación en la cárcel de Sucumbíos. El 31 de mayo se vacunó a 10 PPL, quienes tenían doble vulnerabilidad en su salud. El plan para las cárceles no está definido. (Foto: SNAI)
1% de los presos en Ecuador ha sido vacunado contra la Covid-19 Aunque es un sector prioritario debido al hacinamiento, su padrón electoral está desactualizado y el mecanismo de inoculación no es claro. En Ecuador hay aproximadamente 38.000 personas privadas de la libertad (PPL), pero solo el 1% de ellos ha recibido la vacuna contra la Covid-19, dice Edmundo Moncayo, director del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI). En conversación con LA HORA, Moncayo menciona que los inoculados han sido adultos mayores o con enfermedades catastróficas. Agrega que están a la espera de los lineamientos del
A los PPL con enfermedades catastróficas y tercera edad se les ha comenzado a vacunar. Todavía falta mucho que andar en eso pero ya hemos dado los primeros pasos”, Edmundo Moncayo, director del SNAI.
Ministerio de Salud Pública (MSP) que lleva a cabo el nuevo plan de vacunación.
Padrón electoral desactualizado
El plan de vacunación 9-100 del Gobierno se maneja de acuerdo con el padrón electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE). En los comicios de 2021, apenas 8.307 PPL constaron como empadronados, porque la Ley determina que sean solo los procesados los que se incluyan en el padrón. . Moncayo aclara que para la vacunación de este sector no se puede seguir este mecanismo porque además es un padrón desactualizado. “Ya se lo realizó hace mucho tiempo atrás y muchos de los procesados ya están en libertad (…) por eso es que votaron muy pocos”. Al consultar cuál será el mecanismo y los tiempos de inoculación de este grupo, el
el dato
En promedio, el hacinamiento en las cárceles es del 30,5%; es decir, 8.000 presos por encima de la capacidad. Director del SNAI contesta que aún no ha tenido pronunciamiento por parte de la ministra de Salud, Ximena Garzón.
Hacinamiento factor de riesgo
En las cárceles del país el hacinamiento es del 30%, esto evita que los reos puedan mantener distanciamiento social. Vianca Gavilánes, coordinadora de gestión de la Fundación Dignidad, dice que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha incluido dentro de sus protocolos de vacunación – en primera fase – no solo al personal de primera línea sino también a los presos. Además del hacinamiento, el sistema inmunológico de estas personas es más débil y su expectativa de vida disminuye al menos 10 años, en relación a una persona en
libertad, dice Gavilánes. “Es prioritario que reciban una vacuna para que no existan más muertes, ni contagios internos que podrían llevarnos a una catástrofe crónica a nivel penitenciario, en el sistema de hospitales”, agrega la abogada. Actualmente, según cifras de SNAI, existen a nivel nacional 22 privados de la libertad aislados por tener Covid-19.
85% de agentes penitenciarios vacunados
La fase 1 del plan de vacunación del gobierno de Lenín Moreno consideró a los agentes penitenciarios como prioridad. Este proceso ha avanzado “de forma oportuna”, dice Moncayo, y detalla que de los 1.470 agentes del sistema, el 85% ya fue inmunizados, al menos con una dosis. Además del 60% de otros funcionarios del sistema. Según el cronograma del MSP, en la fase 1 ‘salvamos vidas’ se encuentran mayores de 65 años, personas de 50 a 64 años con condiciones graves, discapacidad y enfermedades crónicas, además de ciudadanos que tra-
Pandemia Ecuador Cárceles
30 PPL han fallecido por Covid-19
°
25 han fallecido por sospecha de Covid-19
°
° 22 están actualmente aislados por coronavirus
380 de los 38.000 PPL han sido vacunados
°
° 3 agentes penitenciarios han fallecidos por Covid-19
1.249 de los 1470 han sido vacunados
°
Fuente: SNAI
bajan o viven en condiciones de alto riesgo. Gavilánes considera que la condición de alto riesgo es la denominación para los PPL “no pueden esperar más” así como otras poblaciones como las que viven en condición de calle y los migrantes irregulares, acota Gavilánes.
Es prioritario que reciban una vacuna para que no existan más muertes ni contagios internos, que podrían llevarnos a una catástrofe crónica a nivel penitenciario”, Vianca Gavilánes,
coordinadora de gestión de la Fundación Dignidad.
opinión 5
Pablo Escandón Montenegro
El conocimiento no es garantía de buen comportamiento político, Generalizaciones pero la ignorancia es prácticamensemana pasada, realizando late una garantía de mal comportamiento. La bores domésticas, que mi madre
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miércoles 02 de JUNIO de 2021 La Hora ecuador
Martha Nussbaum (1947), filósofa estadounidense
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Lorena Ballesteros
Quito sin alcalde Durante las últimas semanas la presión ciudadana sobre el alcalde Jorge Yunda ha crecido. Su popularidad es inversamente proporcional al descuido de la ciudad. Mientras sus puntos caen, los problemas sustanciales de Quito van en aumento: inseguridad, desempleo, contaminación, caos vehicular… Hartos de la ausencia del edil principal, miles de quiteños decimos “¡basta!” y exigimos la remoción de su cargo. Esos procesos para removerlo se debaten hoy, 2 de junio, en el Concejo Metropolitano. ¿Será posible que Quito finalmente se libere de Yunda? La tarea no es sencilla porque se requiere de 14 de los 21 votos totales. Y si llegan a darse, el Alcalde podrá apelar al Tribunal Contencioso Electoral. También hay sectores políticos y sociales que victimizan a Yunda y consideran que se trata de persecución. Pero basta con seguir las noticias o salir a las calles para palpar vivamente que la capital carece de una administración honesta y efectiva. Quito lleva dos años sin Alcalde y no puede seguir así ni un día más. Para muestra un botón. El proyecto de repavimentación no fue concluido porque se destapó el escándalo de Geinco. En plena emergencia sanitaria y cuando la ciudad más requería de una detección temprana del virus, saltó la denuncia por presunto peculado en la adquisición de pruebas para el Covid-19. Con cada aguacero el sistema de alcantarillado colapsa, pero un proyecto por este concepto en las parroquias de Cumbayá y Tumbaco ha sido cuestionado por la Contraloría por una subcontratación injustificada del Municipio a Geinco e Hidalgo y Cevallos; lo mismo sucedió con otro de agua potable para Calderón. El Metro de Quito sigue sin inaugurarse y se han nombrado cuatro gerentes en los dos años de gestión de Yunda. ¿Cuántas pruebas más necesitamos? Lo sensato sería que Yunda renuncie. Salpicado y acorralado como está, debería dar un paso al costado. Pero así como Quito carece de una cabeza que lo guíe, el Alcalde carece de juicio. @loballesteros
La maquinaria fuera de control
Resulta tentador creer que los problemas de toda una ciudad se reducen a un solo funcionario, pues la complejidad del Municipio de Quito hace tiempo rebasó a sus administradores. Las empresas municipales, un modelo ensalzado por sus creadores como una garantía de eficiencia, son hoy un costoso lastre para la ciudad. Las autoridades electas no pueden fiscalizarlas, al encontrarse con barreras derivadas de un marco legal inconcebible. Desde la indefensión, los quiteños están atados de manos al ver que en la ciudad se hace y deshace sin que nadie tenga claro qué es lícito, qué lleva sobreprecio y quién vela por ello. La burocracia municipal es insostenible y justifica su existencia con un innavegable mar de trámites y trabas. Daniel Márquez Soares
El libro de Mahuad El expresidente Jamil Mahuad aún exhibe al escribir la misma jovialidad, claridad y soltura que lo caracterizaba ante las cámaras. “Así dolarizamos al Ecuador” lleva al lector de vuelta a una de las épocas más oscuras del país. Se podría definir a la obra como una justa e inoportuna serie de excusas. Es justa porque vale recordar cuán precaria era la situación del país cuando Mahuad ascendió. Narra detalladamente la inminencia de una guerra total con el Perú, algo que entonces y ahora los políticos han tenido la delicadeza de mantener en reserva. Recuerda la serie de desafortu-
El Quito de hoy impone un desafío más complejo que el de hace dos o tres décadas, pues la administración de la ciudad creció divorciada de la realidad de sus habitantes. El resultado es una institución ajena, extemporánea y fuera de control que, bajo las circunstancias actuales, difícilmente podrá gestionarse con destreza. No es difícil llegar a un consenso sobre la necesidad de una profunda reorganización de la ciudad en función de su nueva realidad. La cuestión es de dónde debe nacer dicho proceso. El circo jurídico y mediático del alcalde Jorge Yunda es una distracción innecesaria ante los reales problemas de los quiteños. Parecería que la ciudad apenas espera un nuevo caudillo o la ayuda del Estado, cuando son sus habitantes quienes deben tomar ya la batuta.
nados eventos externos que pusieron al país de rodillas y cómo la crisis bancaria no fue creada, sino heredada. Es inoportuna porque, aunque se debe recordar los duros desafíos que enfrenta un gobernante, no se ve bien que sea este quien lo haga. Es mejor dejar que sean otros los apologetas o, como Arroyo del Río, hacerlo de forma póstuma. El libro tiene trechos muy valiosos. Destaca cuán discutida y resistida fue la opción de la dolarización, sobre todo por importantes personalidades del Congreso y del Banco Central. En tanto esta estuvo inspirada en la convertibilidad argentina, resulta irónico que el caso ecuatoriano haya sobrevivido y el argentino fracasado estrepitosamente. Lo que no queda claro es quiénes ni por qué, por medio de la Ley Trole 1, le asignaron al Banco Central el confuso papel en la dolarización que distorsiona la economía
hasta hoy. Llama la atención la negativa, con sabor a maldad, del FMI a socorrer a Ecuador, cuya narración genera angustia. Lo mejor del libro, por mucho, es la descripción del burdo proceso judicial del que ha sido víctima el expresidente y la farsa que han sido las investigaciones resultantes. Nos recuerda que el país, por culpa del manejo propagandístico y politiquero, aún está muy lejos de conocer y entender la verdad sobre esa crisis. Lo peor es la despiadada extensión; hubiese podido acortarse considerablemente sacrificando un poco de autocomplacencia y su obsesión por hablar de Harvard, y dejando los trechos de cursis consejos de autoayuda para otra obra. El elefante en el cuarto es la interrogante sobre su estado de salud y cuánto influyó este en sus decisiones. Que vengan los siguientes. dmarquez@lahora.com.ec
me enseñó desde bien pequeño, no porque eran labores de hombre o mujer, sino porque nos decía a mi hermano y a mí que hay que ser limpios y ordenados, tuve un accidente: un vaso de vidrio se rompió mientras lo lavaba e hizo un corte en uno de mis dedos, ni tan profundo como para perderlo ni tan superficial como para ignorarlo. Con mi esposa en el trabajo y mis hijas en teleeducación, luego de limpiar la herida y constatar que se necesitaban algunas puntadas y que por ahí no se me saldría el insuflo divino, arreglé el desastre, dejé a mis hijas advertidas de lo que haría y fui a un centro médico. Allí, luego de hacer el papeleo, entré al mundo de la ‘sororidad’ mal comprendida, de donde solo el buen humor me sacó victorioso sin ninguna otra herida. Cuando llegué al cubículo, la enfermera me dijo que debía recibir un par de puntadas y me pidió que le relatara lo ocurrido; cuando mencioné que me corté lavando los platos del desayuno, irrumpió una mujer de mi misma edad, que estaba con su hijo, y exclamó: “Claro, se pinchan un poquito y se mueren, como no están acostumbrados a hacer nada en la casa, todo es pretexto. Si una se lastima, se chupa la sangre y sigue lavando”. La enfermera creyó que esa mujer era mi esposa y que desde su conocimiento me estaba juzgando y sentenciando, pues la generalización es que todos los hombres no hacemos nada en casa. Es muy cierto que las generaciones anteriores a la mía no movían un plato en la cocina. A mi padre se le quemaba el agua, aunque era plomero, gasfitero, ebanista, reconstructor, decorador y muy estricto con la limpieza, pues todos los días barría, limpiaba los polvos y dejaba brillante la casa. Pero cocinar y lavar platos, no. Generalizar los comportamientos de hombres o mujeres es torpe; somos seres humanos y necesitamos comprendernos. La solidaridad no es para agredir ni para enfrentarse, sino para unir. pescandon@gmail.com
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional GABRIELA VIVANCO SALVADOR Editores Regionales JULIA GUERRA - FRANCISCO Varela e-mail:
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XXXVIII No. 13137
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
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miércoles 02 de junio de 2021 La Hora ecuador
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Hoy, 2 de junio, el Concejo Metropolitano resuelve la posible remoción del alcalde Jorge Yunda. Los concejales no anticipan su intención de voto para no caer en prevaricato. Las investigaciones de Fiscalía y Contraloría en contra de Jorge Yunda por presunta corrupción no serán el motivo de su posible remoción. El Concejo Metropolitano votará este 2 de junio sobre la permanencia o destitución de Yunda con base en las nueve causas de incumplimiento en el cargo, incluidas en las solicitudes de destitución presentadas por dos grupos ciudadanos: Quito Honesto y el Frente de Profesionales por la Dignidad de Quito. La remoción en manos del Concejo, en palabras del concejal Bernardo Abad, responde a “un proceso de fiscalización y control político que fue incluido en las normas en la época del expresidente Rafael Correa”, en referencia a los artículos 332 y 333 del Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad). “Sería la primera vez que Quito, apoyándose en esta norma, llegue a la remoción de su principal autoridad”. Fueron 47 las causas de incumplimiento presentadas por Quito Honesto y el Frente de Profesionales por la Dignidad de Quito, pero fueron nueve las aceptadas por la Comisión de Mesa que aprobó la tramitación de ambos pedidos. Entre las denuncias calificadas que se analizarán
el dato Quito Honesto y el Frente de Profesionales por la Dignidad de Quito presentaron las solicitudes de destitución
QUITO
Los concejales decidirán hoy si Yunda sigue en el Municipio
Municipio. Los ediles de Quito estarán en sesión del Concejo Metropolitano para analizar el futuro de la primera aturoridad de la ciudad.
para la remoción de Yunda está el no haber informado a la Asamblea de Quito sobre la ejecución presupuestaria de 2019 y 2020, el cumplimiento de metas y las prioridades de ejecución del siguiente año. También se acusa al Alcalde de despilfarro, uso indebido o mal manejo de fondos del Gobierno Autónomo Descentralizado, legal y debidamente comprobado. Además de incumplir con el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), con ordenanzas o resoluciones adoptadas por órganos normativos de los gobiernos autónomos descentralizados, sin causa justificada.
Voto secreto
A pocas horas de que los 21 concejales capitalinos voten a favor o en contra de los dos pedidos de remoción, estos se mostraban prudentes respecto a anticipar su decisión, aunque cuestionan abiertamente la gestión del
No porque recibió el favor popular puede hacer lo que se le dé la gana”. Luis Reina,
el dato El Concejo Metropolitano sesionará a las 08:30 y las 15:30 de este miércoles.
concejal.
burgomaestre. suspender la sesión e inclu“Si se da paso a la remo- so tomar acciones en contra ción sería la primera vez que del concejal. Con esto no un alcalde de Quito es des- anula el debate de su remotituido”, comentó el concejal ción, pero sí retrasaría el Bernardo Abad (ID), quien proceso”. prefirió no anticipar su voto Conscientes de esto, edipara no caer en la figura del les como Luz Elena Coloprevaricato. ma, del Movimiento CREO, Esto significa que si uno prefieren no dar un pronunde los concejales exciamiento puntual. presara su decisión Eso sí, Abad aseantes de la resoluguró: “Voy a dar un ción final del Convoto en defensa de cejo, podría incurrir Quito y en defensa en esa figura y la sede los quiteños”. votos sión podría suspenPero aunque no derse. Así lo explicó se necesitan expresen abierel penalista Fredy para remover tamente su voto, Castillo. CREO y la Izquieral alcalde “Al anticipar su Jorge Yunda. da Democrática voto, un edil podría -que suman cinco caer en prevaricato, voluntades- son dos porque se estaría anticipado bloques que piden rendir a una resolución del Conce- cuentas al Alcalde por sus jo que aún no está resuelta”, acciones y le han pedido que señaló. “Así, el alcalde Jorge dé un paso al costado con el Yunda podría usar esto para fin de que atienda a la inves-
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tigaciones por corrupción que pesan en su contra suya y de su familia.
Cambio de posición
El movimiento Unión Ecuatoriana fue el que le dio el respaldo a Yunda para llegar a la Alcaldía. Son tres ediles los que forman parte de este bloque: el vicealcalde Santiago Guarderas y los concejales René Bedón y Marco Collaguazo. Guarderas se distanció del burgomaestre luego de los escándalos de corrupción y ahora es parte de la Comisión de Mesa que aprobó los pedidos de remoción. “Mi voto se ajustará a lo que sea examinado, siempre garantizando el debido proceso y la presunción de inocencia”, dijo Guarderas. Tras ser cuestionado por su antigua cercanía política con Yunda, aseguró que su lealtad “es con Quito”. “Si no hubiesen existido estos actos bochornosos en la administración municipal, no habría esta moción de remoción”, apuntó.
El correísmo votaría en bloque durante la sesión del Concejo Son nueve los votos que suma el bloque del movimiento correísta Fuerza Compromiso Social, rebautizado por sus miembros como Revolución Ciudadana. Aunque ellos conformaron desde un inicio un fuerte grupo de apoyo al
Alcalde, en las últimas sesiones mostraron distanciamiento y posturas en contra de Jorge Yunda. “Es preferible que nosotros votemos en bloque como lo hemos venido haciendo, pero deberemos escuchar primero
Alterna de concejal de Quito sí votará en sesión de remoción de Yunda °El equipo legal del concejal Mario Granda se comunicó con LA HORA para informar irregularidades en el trámite por principalizar
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Decisiòn. El alcalde Jorge Yunda podrá consultar al Tribunal Contencioso Electoral sobre su permanencia en el cargo.
calde fue puesto en el cargo por elección popular “no porque recibió el favor popular puede hacer lo que se le dé la gana”. Ayer se conoció extraoficialmente que el bloque correísta baraja un voto a favor de la remoción de Yunda, pero ninguno de sus integrantes lo hizo público. (LGP)
¿Qué pasa si sale Yunda? uno de los dos pedidos de remoción en contra de Jorge Yunda °seSiaprueban este 2 de junio, al Alcalde le quedaría acudir al Tribunal Contencioso Electoral (TCE); al respecto, Guarderas aclaró que ese organismo no analiza las pruebas sino el debido proceso. “El TCE no analiza el fondo del asunto, eso es competencia del Concejo Metropolitano”, explicó el vicealcalde. Abad agregó que, en caso de salir Yunda de la Alcaldía, y asumir Guarderas, “la Vicealcaldía deberá ir a manos de una mujer, porque ya está vigente por obligatoriedad de equidad de género”.
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Un punto de acuerdo Una acción futura que fue °mencionada por varios concejales es la necesidad de llegar a acuerdos, sea que Yunda salga del Municipio o permanezca. “Si se da la remoción, en el bloque de la Revolución Ciudadana hemos quedado en que debemos llegar a acuerdos mínimos, para que en los siguientes años podamos trabajar por la ciudad”, dijo Fiallo. Bernardo Abad coincidió. “Debemos llegar a una agenda legislativa mínima para que podamos cambiar el rumbo de Quito. Hay temas urgentes que tratar como el proceso de vacunación, de la mano con el Ministerio de Salud”. Por su parte, el concejal Fernando Morales, del Movimiento Concertación, mencionó que “se deberán impulsar soluciones ante el manejo de la pandemia de COVID-19, la movilidad, los barrios, la pavimentación de las calles, entre otros”.
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a su alterna, Paulina Izurieta. El edil, confirmó su equipo, se encuentra en terapia intensiva por COVID-19, lo que le impide asistir a la sesión de Concejo Metropolitano de hoy. El único punto del orden del día es la votación de dos procesos de remoción contra el alcalde de Quito, Jorge Yunda. Pero sin la principalización no era posible que Izurieta vote. “Yo me anticipo a decir que es una jugada política que la secretaría del Concejo no permita la principalización de la alterna”, dice Sebastián Bedón, del equipo legal de Granda. El pedido fue presentado pasado el medio día de este 1 de junio de 2021, sin respuesta. En redes sociales, los internautas criticaron la falta de acción de la secretaría del Concejo Metropolitano. Finalmente, a las 19:45, el pedido fue aceptado. Bedón destaca que Izurieta seguirá la misma línea que ha mantenido el Concejal de la alianza Izquierda Democrática- Vive, sobre la situación del Alcalde. También pidió que no se caiga en especulaciones sobre la postura política de Granda quien “ha estado muy expectantes de este proceso pero que, lamentablemente, el COVID lo alcanzó”.(AVV)
todas las pruebas para tomar una decisión”, dijo el concejal Juan Carlos Fiallo. El edil Luis Reina, también de la Revolución Ciudadana, afirmó que la bancada discutía hasta ayer sobre la remoción del Alcalde, incluso se analizaba si habrá sanciones en caso de que uno de sus nueve compañeros vote de manera distinta. “El bloque hará sus análisis y propondrá un voto; luego, cada uno tendrá la elección de votar como la conciencia lo determine”, dijo. “Siempre la conciencia de uno va a estar sobre todo y nosotros somos partidarios de la libertad de conciencia”. Según Reina, si bien el Al-
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Agentes civiles con lineamientos ‘anti persecución’ El nuevo presidente de la Manco°munidad de Tránsito afirma que se ha
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Multas. El nuevo presidente afirmó que se socializará con los Agentes Civiles de Tránsito para que no haya más ‘persecución’ a los conductores.
visto un problema con la presencia de los Agentes Civiles de Tránsito en todos los municipios, los calificó como un dolor de cabeza. “Tenemos que socializar para que no se vuelvan persecutores, porque cuando hay que sancionar se debe hacer, pero se han dado muchas persecuciones, que es lo que tratamos de rectificar”, aseguró Armando Paillacho. Dijo que, por ejemplo, el transporte en Huaca y en Carchi es muy diferente al de Imbabura. “Nosotros todavía tenemos las camionetas donde los ciudadanos y agricultores llevan a personas a trabajar al campo, que es muy distinto a Imbabura. Ya basta de persecuciones, de operativos. Lo más importante es llegar a un consenso donde se haga lo que se tiene que hacer, amparados en la ley”.
‘Ordenar la casa’, el reto de la mancomunidad del Norte
El nuevo presidente de la organización de tránsito más grande del país asume el cargo en medio de controversias. Carchi • Notificar a la Contraloría General del Estado para que haga exámenes a la Empresa Pública de Movilidad (EPM), a cargo de la Mancomunidad de Tránsito del Norte, es una de las primeras tareas que cumplirá Armando Paillacho, quien asumió la presidencia del directorio el 31 de mayo de 2021. En sus primeras declara-
Nuevo gerente de la EPM °De los 15 alcaldes que conforman la Mancomunidad de Tránsito sale un nuevo directorio, presidido por Armando Paillacho, el cual será el encargado de elegir al nuevo gerente de la EPM, de una terna. Juan Manuel Mantilla estuvo en el cargo gerencial desde mayo de 2019. En su renuncia, presentada el 25 de mayo de 2021, expuso supuestas negociaciones de puestos y direcciones a cambio de votos para las candidaturas a la presidencia de la Mancomunidad.
ciones a la prensa, Paillacho, quien además es alcalde de Huaca, uno de los 15 municipios de Carchi, Imbabura, Esmeraldas y Pichincha que conforma la Mancomunidad, aseguró que aún están a la espera de los informes técnicos, jurídicos, económicos y financieros de la anterior administración. “Nosotros, desde el momento que asumimos esta responsabilidad, exigimos que se haga la etapa de transición respectiva, para que la ciudadanía pueda tener también la información de lo que se recibe y de lo que se ha venido trabajando”, aseguró.
Retos
Paillacho también mencionó que buscará reducir la
tome nota El viernes 4 de junio de 2021 sesionarán los 15 alcaldes para elegir al nuevo directorio, presidido por Armando Paillacho, y al nuevo gerente de la EPM.
Pedidos de otros municipios Desde el Municipio de Antonio Ante se solicitó que entre las °iniciativas que deberán tomarse en cuenta, es la realización de la
Funcionario. Armando Paillacho, alcalde de Huaca (Carchi), será el presidente de la Mancomunidad de Tránsito del Norte hasta 2023.
carga de funcionarios que tiene la EPM, para dar un alivio financiero. “Convoqué al jefe financiero y de talento humano para que se nos entregue información sobre cuántas personas están con nombramiento, con libre remoción, en las direcciones, en las jefaturas”. Agregó que el nuevo directorio, que se elegirá en una reunión el 4 de junio de 2021,junto con el nuevo gerente de la EPM serán los encargados de decidir sobre la reducción burocrática.
señalética horizontal y vertical, junto con la infraestructura para garantizar la seguridad vial y trabajar en programas de educación vial con estudiantes. Con el propósito de reactivarse económicamente, el alcalde Rolando López dijo que es importante calificar y certificar a las mecánicas de cada jurisdicción, además de abrir una línea de denuncia ciudadana para que actos irregulares de ciertos agentes civiles de tránsito puedan ser denunciados y actuar de manera firme. Del mismo modo, López, alcalde de Antonio Ante, manifestó que siendo el nuevo presidente un candidato de consenso, que representa a los cantones pequeños, que también tienen problemáticas y necesidades, la elección del gerente de la EPM y de las unidades que son de libre remoción se debe llevar a cabo a través de un concurso público, donde se califique el perfil y la experiencia para manejar la competencia de la Mancomunidad.
“Hemos palpado que hay muchas personas trabajando en la Mancomunidad. Si talento humano emite un informe de que son necesarias para hacer todo lo que está estipulado nosotros respetaremos”. Entre sus principales objetivos destacó que se pondrá a las órdenes del transporte provincial y cantonal, a nivel de los municipios que conforman la Mancomunidad, “para trabajar con miras a buscar días mejores para el transporte de los 15 cantones
de Imbabura, Carchi, Esmeraldas y Pichincha”. Una vez que estructuren el directorio, con el nuevo gerente, afirmó que trabajarán buscando lineamientos y acercamientos con los sectores del transporte.
el dato La Mancomunidad de Tránsito del Norte se conformó en 2014, con 15 municipios de Imbabura, Carchi, Esmeraldas y Pichincha.
global
Acuerdan desbloquear vías en Colombia Bogotá • Las autoridades colombianas y manifestantes acordaron desbloquear algunos puntos de la Panamericana, la principal carretera del suroeste de Colombia, que estaba taponada desde hace más de un mes cuando comenzaron las protestas contra el Gobierno.
Así lo anunció la Defensoría del Pueblo, que detalló su papel mediador para desbloquear algunas zonas en los departamentos del Cauca y Nariño, donde campesinos e indígenas impedían el paso de manera intermitente desde hace varias semanas.
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El Papa cambia una ley para criminalizar delitos sexuales La reforma del Código de Derecho Canónico por primera vez permitirá sancionar crímenes cometidos por sacerdotes. Vaticano • La reforma del Libro VI del Código de Derecho Canónico, sobre las sanciones penales en la Iglesia (católica), ha introducido la pederastia como delito contra la dignidad de las personas. Uno de los puntos clave de esta modificación, aprobada por el papa Francisco, se refiere a la pederastia como "un delito contra la dignidad humana", que puede derivar en la expulsión del estado clerical. Según especifica el artículo 1398, el clérigo que "comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o con persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela", será “castigado con la privación del oficio y con otras justas penas, sin excluir, si el caso lo requiriese, la expulsión del estado clerical. También sanciona a quien "recluta o induce a un menor, o a una persona que
habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón, o a la que el derecho reconoce igual tutela, para que se exponga pornográficamente o para participar a exhibiciones pornográficas, tanto verdaderas como simuladas". Se incluye a quien "inmoralmente adquiere, conserva, exhibe o divulga, en cualquier forma y con cualquier instrumento, imágenes pornográficas de menores o de personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón".
Vigencia desde diciembre
El Libro VI es uno de los siete que forman el Código de Derecho Canónico y su modificación entrará en vigor a partir del próximo 8 de diciembre. "Para responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia (católica) en todo el mundo resultaba evidente la necesidad de revisar también la disciplina penal pro-
mulgada por san Juan Pablo II, el 25 de enero de 1983, con el Código de Derecho Canónico", explicó Francisco. El trabajo de revisión se inició en 2007 con el papa emérito Benedicto XVI y concluye el 1 de junio de 2021, con un texto que "introduce cambios de diversa índole en el derecho vigente y sanciona algunas nuevas figuras delictivas", en palabras del Papa. Afirmó que también se ha mejorado "desde el punto de vista técnico, especialmente en lo que se refiere a aspectos fundamentales del derecho penal, como el derecho de defensa, la prescripción de la acción penal, una determinación más precisa de las penas". El presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Filippo Iannone, subrayó que la presencia en las comunidades de algunas situaciones irregulares y los recientes escándalos, derivados de los casos de pederastia, han llevado a revitalizar el derecho penal canónico, integrándolo con oportunas reformas legislativas.
Chile da un paso para aprobar el matrimonio igualitario Valparaíso • El presidente de Chile, el conservador Sebastián Piñera, dijo que "ha llegado el tiempo" de aprobar el matrimonio igualitario en el país. Aseguró que le otorgará "carácter de urgencia" a un proyecto de ley que lleva discutiéndose desde 2017 en el Parlamento. "Debemos profundizar sobre el valor de la libertad, incluyendo la libertad de amar y formar familia con el ser amado y también sobre
el valor de la dignidad de todas las relaciones de amor y de afecto entre dos personas", indicó el mandatario durante su último discurso ante el Congreso.
Lucha histórica
El matrimonio entre personas del mismo sexo se ha convertido en los últimos años en una de las mayores luchas de los colectivos LGTBI en Chile, donde los homosexuales solo pueden
unirse desde 2015 bajo la figura legal de "unión civil", similar a la pareja de hecho. Si el proyecto ingresado durante el segundo Gobierno de la expresidenta socialista Michelle Bachelet (2014-2018) se aprueba finalmente, "todas las personas, sin distinguir por orientación sexual, podrán vivir el amor y formar familias con toda la protección y dignidad que necesitan", agregó Piñera.
Pontífice. La modificación aprobada por Francisco busca proteger a la comunidad y prestar mayor atención a la reparación del escándalo y la indemnización por daños.
Otras incorporaciones en el Código Canónico Se incorporan al Código los delitos tipificados en los últimos °años en leyes especiales, como el intento de ordenación de mujeres, el registro de confesiones y la consagración eucarística con finalidad sacrílega. También algunos casos presentes en el Codex de 1917, que no fueron aceptados en 1983, como la corrupción en actos oficiales, la administración de sacramentos a sujetos a los que no se les pueden administrar, el encubrimiento a la autoridad legítima de cualquier irregularidad o censura en la recepción de las órdenes sagradas. A todos ellos, se añaden algunos casos nuevos, como la violación del secreto pontificio, la omisión de la obligación de ejecutar una sentencia o decreto penal, o la omisión de la obligación de notificar la comisión de un delito. El texto contiene una adecuada determinación de las leyes penales que antes no existía, para poder dar una indicación precisa y segura a quienes deben aplicarlas. Se ha establecido también la posibilidad de aplicar la pena de suspensión a todos los fieles y ya no solo a los clérigos. Y se ha cambiado el plazo de prescripción de delitos, con el fin de favorecer la conclusión de los procesos en un tiempo razonablemente corto.
AVISO
Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTÍA O DEVOLUCIÓN DE APORTES
Del que en vida fue:
SCOP. CEDEÑO DELGADO JULIO CÉSAR Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación. JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL P-35653-LR/MA.
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Otros medios para saber dónde vacunarse
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Aporte. Los pacientes realizan varias técnicas para rehabilitar su trabajo pulmonar.
Primera clínica de rehabilitación post covid en Ambato Este servicio de rehabilitación post covid es el primero en el país y se instaló con los recursos del Hospital IESS. Médicos y especialistas han advertido sobre las secuelas que el covid puede ocasionar en los pacientes que lo padecieron. Una de las principales es la afectación del aparato respiratorio por neumonía bilateral. Ante esto, la fisioterapia respiratoria adquiere un papel vital en esta pandemia y será fundamental para mejorar la salud de muchos de los pacientes afectados por coronavirus. Atención Mabel Chimbo, médico fisiatra y coordinadora del servicio de rehabilitación del Hospital IESS Ambato, explicó que es indispensable recuperar las funciones adecuadas de un paciente. “Cuando afecta la enfermedad del covid hay un daño pulmonar que impide una ventilación adecuada del paciente”, dijo al tiempo de asegurar que se requiere un plan de tratamiento para recuperar estas capacidades. En este contexto en Am-
bato se inauguró la primera Clínica de rehabilitación post covid que funcionará en el Hospital General IESS. Se trata de un espacio destinado para la atención de pacientes que han superado la fase crítica y que buscan mejorar el trabajo pulmonar. Como se hace La fisiatra aseguró que lo que primero se hace es una valoración y de acuerdo a ello se planifica un tratamiento, que consiste en una fase de calentamiento. Posteriormente ejercicios de ventilación y trabajo físico, ya sea en caminadora, bicicleta u otras estrategias para mejorar el equilibrio, fuerza muscular y más. Además, se apoya con magnetoterapia entre otras técnicas. Quiénes necesitan esta rehabilitación Todos los pacientes requieren de un proceso de rehabilitación, pero se adapta de acuerdo a cada persona. “No da lo mismo un pa-
Para quienes todavía no conozcan dónde les toca vacunarse y no cuenten con internet o conectividad, el Ministerio de Salud Pública (MSP) habilitó la línea 171, esta es gratuita. Otra de las formas para conocer el lugar de inoculación es mediante los infocentros que se encuentran en las parroquias de Tungurahua. En estos espacios puede pedir asesoría gratuita, de lunes a viernes de 09:00 a 16:00. El cronograma semanal
puede encontrarse a través de http://bit.ly/3uzAljX o visitar la página https://lugarvacunacion.cne.gob.ec. Según el MSP, también se habilitarán puntos de información en farmacias y supermercados y en las cajas de los principales supermercados del país, sin embargo, estos todavía no se habilitan. De acuerdo a declaraciones del Gobierno, se indicó que las más de 900 brigadas de vacunación llegarán a todos los puntos del país. (CNS)
ACCESO. Las personas pueden llamar o asistir a los infocentros para conocer dónde vacunarse.
Afiliados
Cómo acceder
° Estar recuperados de covid ° Llevar un examen negativo ° Acercarse directamente a la Clínica ° Cumplir con la valoración del médico especialista ° Aplicar el plan de tratamiento
ciente joven que uno de avanzada edad o si estuvo en terapia intensiva. Tenemos muchos parámetros”, dijo y aseguró que el plan de tratamiento se realiza de acuerdo a la valoración médica. Santiago Aponte, director administrativo del Hospital manifestó que esta iniciativa se implementa para los afiliados, en función de las nuevas necesidades que van apareciendo a medida que transcurre este duro ciclo de pandemia. Testimonio Andrés Pérez, usuario de esta clínica, aseguró que es importante el acompañamiento médico desde los diversos frentes. Según explicó permaneció durante varios días en una Unidad de Cuidados Intensivos, eso le dejó varias secuelas las cuales va superando gracias al trabajo de rehabilitación física. (FCT)
Homenaje para niños de la Casa Hogar Santa Marianita
]Los 26 niños de la Casa Hogar Santa Marianita recibieron un agasajo por parte del Cuerpo de Bomberos de Ambato con su soberana, Ana Belén Barragán. Entre las actividades recreativas, los niños pasearon en la motobomba y recibieron varios regalos. (CNS)
SE REQUIERE Contratar empleada domestica a medio tiempo para trabajar en sector residencial de Ambato; la interesadas deben presentarse en Radio Ambato en horas de oficina, portando documentación que incluya certificado de salud actualizado y 3 certificados personales.
Se ofrece pagar todos los beneficios de ley
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AFECTACIÓN. Las enfermedades que causan en los niños el uso del celular son progresivas y pueden convertirse en irreversibles.
Padres desconocen los daños que causan los teléfonos en los niños Problemas físicos, mentales y emocionales son los que se producen con la sobreexposición de los niños a los dispositivos móviles. Tatiana acaba de cumplir 10 años, pero a los 9 ya le regalaron un celular que se ha vuelto su ‘brazo derecho’, sobre todo desde el inicio de la pandemia, pues ahora recibe clases a través del Zoom. Sus padres hicieron un esfuerzo y le regalaron un teléfono de alta gama para que sus clases no se interrumpan, pero les ha traído más problemas que ayuda. Ahora la niña pasa más de nueve horas con su equipo móvil, muchas veces come a destiempo, no se baña como antes, porque dice que está ocupada, e inclusive su carácter ha cambiado desde hace un par de meses. Hace unos días su madre revisó su teléfono y tenía chats con personas de otros países, juegos descargados y aplicaciones que serían utilizadas no aptas para su edad. Pero ese no es el único
Problemas
Uso excesivo de dispositivos móviles
° Retraso en el desarrollo del niño ° Obesidad infantil ° Alteraciones del sueño infantil ° Enfermedad mental ° Conductas agresivas en la infancia ° Falta o déficit de atención ° Adicción infantil ° Demasiada radiación ° Sobreexposición problema, pues ahora físicamente la nota encorvada y ya se ha quejado del dolor de sus dedos pulgares y muñecas, todo por estar en el celular. Preocupación Como este, hay un sinfín de casos en las familias que notan estos cambios, pero poco o nada pueden hacer para enfrentar a su rival la tecnología. Se dice que los niños ahora nacen prácticamente con
un objeto tecnológico lo que seguimos en el celular, se les hace denominarse como predica con el ejemplo de lo nativos digitales de forma di- contrario no vamos a lograr recta o indirecta por poseer nada”, puntualizó Jurado. un equipo cerca. Según expertos, los Aspectos a tomar en El Dato mismos padres crean cuenta este hábito pues con el El desarrollo cerebral La Academia objetivo de calmarlos Americana de de los niños se ve afectay la los ‘dopan’ y entretie- Pediatría do frente al uso excesivo Sociedad de nen para que dejen de Canadiense Pediatría revelan de la luz tecnológica, su que los niños molestar. cerebro puede crecer menores de 12 no deben usar “Antes los padres dispositivos más aceleradamente de nos las ingeniábamos móviles sin con- lo normal. trol. para jugar o pasar el Hay déficit de atentiempo con nuestros ción, retraso cognitivo, hijos, ahora las cosas han impulsividad, problemas de cambiado y aunque vivimos aprendizaje entre otros. en una misma casa toEn el desarrollo fídos nos aislamos en tome nota sico puede mostrarse nuestros propios mununa limitada actividad dos a través de los celu- La Academia de movimientos lo que de lares”, dice Rosario Ju- Americana le impide agilidad para Pediatría y la rado, psicóloga clínica. Sociedad reaccionar a cualquier Canadiense de Pediatría especifiLa experta señala can que los bebés estímulo. Hay tendique dentro de las fa- de 0 a 2 años no nitis, inflamación de deben tener conmilias deben crearse tacto alguno con lumbago, dolor de cuela tecnología; los hábitos adecuados, en de 3 a 5 años, llo y falta de visión. debe ser restrinlos que se les den otro gido a una hora El insomnio a esa día; de 6 a 18 edad es grave pues al tipo de distracciones a por años la restricdebería ser los pequeños sin que ción no descansar su cuercomo máximo se recurran a estos dos horas diarias. po empieza a enfermar aparatos. más frecuentemente de “Pero no es que le digo a lo normalidad, aquí aparece mi hijo o mi hija que haga el sedentarismo también. otras tareas y como padre La salud mental es otra
Desarrollo cerebral de los niños °
Un desarrollo cerebral causado por la exposición excesiva a las tecnologías, puede acelerar el crecimiento del cerebro de los bebés entre 0 y 2 años de edad, y asociarse con la función ejecutiva y déficit de atención, retrasos cognitivos, problemas de aprendizaje, aumento de la impulsividad y de la falta de autocontrol (rabietas).
que se afecta inmediatamente, empieza la ansiedad y la depresión hasta hacerlos dependientes del equipo móvil hasta llegar a la abstinencia si no lo tienen cerca. La Organización Mundial de la Salud inclusive habla de la peligrosidad de la radiación que emana, donde los niños son más sensibles a adquirir un cáncer. Inclusive se habla del riesgo que corren de ser expuestos y volverse víctimas de abuso cibernético o atentar contra su integridad por lo que los padres deben estar atentos. (CNS)
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REVISTA JUDICIAL C00
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
MIÉRCOLES, 02 DE JUNIO DE 2021 La Hora QUITO, ECUADOR
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
http//www.derechoecuador.com
NOCIONES DE DERECHO ADMINISTRATIVO
AUTOR: AB. PABLO CASTAÑEDA.
El 9 de agosto del 2020, se presenta el libro denominado Nociones de Derecho Administrativo Ecuatoriano, Editorial Kinnor, Quito, 164 paginas, cuyo autor es el Dr. Fernando Ortega Cárdenas, actual Conjuez de la Corte Nacional de Justicia, quien posee experiencia como asesor de los Consultorios Jurídicos de la PUCE, Dirección Nacional de Cooperativas, Cooperativa COOPAD, docente y expositor en foros organizados por el IAEN y otras instituciones; el autor se propone, actualizar el conocimiento de las principales instituciones del Derecho Administrativo, incentivar a sujetos y agentes del Derecho Administrativo para que adopten una dimensión de comprensión y aplicación de la ley, basada en la axiología, filosofía del derecho, principios y garantías propias de esta disciplina, así mismo compartir su práctica y experiencia como Juez Nacional especializado, resolviendo conflictos judiciales en la magistratura que ejerce desde cerca de una década. En el texto, el autor refleja sus convicciones y creencias relacionados con derecho, ética, espiritualidad, donde toca temas polémicos, controvertidos y que obligan a la adopción de una postura frente a diversas corrientes que conviven en el seno de la sociedad ecuatoriana y mundial, en el marco de las transformaciones que ha sufrido la sociedad en el ámbito jurídico. Al efecto, el autor cita a autores relacionados con temas como el sistema jurídico, derecho, neoconstitucionalismo, Estado, poder, potestades, prerrogativas y múltiples conceptos que la doctrina identifica como “conceptos jurídicos indeterminados”, entendiendo que el derecho público es todo aquel que interesa al Estado, para velar por el inte-
rés público, el bien común y otros conceptos que hacen relación a la intervención del Estado; lo que se complementa con abundante jurisprudencia que hace relación a cada tema específico. Para el efecto de su estudio, el autor divide su análisis en tres capítulos: I Cuestiones Previas en los que hace un resumen de la materia, relaciones del derecho administrativo con otras materias del Derecho, análisis de los principios del Derecho Administrativo; en el capítulo II desarrolla temas vinculados con el acto administrativo (naturaleza, elementos, tipos), acto de simple administración, hecho administrativo, silencio administrativo, ejecución, suspensión del acto administrativo; en el III Capitulo, se desarrolla el contrato administrativo, principios, procedimientos, terminación, teoría de los actos separables, igualmente detallando jurisprudencia a cada tema. Es así, que desarrollando su capacidad de síntesis, desarrolla extensos temas que han requerido estudios de administrativistas como Agustín Gordillo, Miguel Marienhoff, Santiago Muñoz, Carlos Balbín, Enrique Sayagués, Santiago González, Allan Brewer, Jaime Santofimio, Rodolfo Barra,
Fernando Garrido, los ecuatorianos Granja Galindo, Morales Tobar, Secaira Durango, López Jácome, Benalcazar Guerrón y otros. Leída la obra, recoge un esfuerzo de compendio de temas delDerechoAdministrativo. Citando contenidos del Capítulo II, del libro referido, que desarrolla el silencio administrativo, se transcribe y parafrasea al libro. En este sentido, resaltaremos ideas que constan de la página 84 a la 102 que se citan en extenso. Para el autor Fernando Ortega, el acto administrativo, es expreso y emerge ante la acción volitiva de la función administrativa, por otro lado existe el acto administrativo presunto o ficto, derivado de la inacción, omisión o inactividad del Estado, existen dos clases de silencio administrativo el negativo y el positivo. El primero entendido como otorgar un efecto de orden procesal a la falta de contestación, y el segundo como un acto administrativo presunto que produce efectos en los derechos subjetivos. El artículo 66 numeral 23º de la Constitución de la República prescribe el derecho de petición, en este sentido por un lado está la obligación del Estado a respon-
der a los ciudadanos; y, por otro lado esta, el derecho de estos a que se les responda de manera motivada y dentro de un tiempo oportuno, por lo que la negligencia de la Administración debe ser sancionada legalmente, precisamente con el acto administrativo presunto. Sobre el silencio administrativo positivo, manifiesta que este, se debe entender como un acto presunto o ficto, que viene a ser un real acto administrativo que produce efectos jurídicos en los derechos subjetivos individuales a través de una ficción que da a luz la entelequia de la voluntad administrativa en una no acción volitiva, el acto administrativo presunto. El artículo 207 del COA, produce un verdadero acto administrativo regular presunto que da conclusión al procedimiento administrativo; en otras palabras, no es que el procedimiento administrativo termina con el silencio administrativo positivo sino con un acto administrativo regular presunto (págs. 91 a 97). Continúa Ortega Cárdenas: en cuanto al silencio negativo, este tiene exclusivos efectos procesales, en efecto desestimatorio. Propone dos ejemplos en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado (LOCGE) y el Código Orgánico Administrativo COA: 1.- en el artículo 85 de la LOCGE, que señala que si las impugnaciones a las resoluciones de la Contraloría General del Estado, sobre responsabilidades, órdenes de reintegro, dentro de sus tiempos oportunos previstos en la ley, su falta de expedición causa el efecto de denegación tacita; 2.- en el artículo 229 del COA, la negativa de la suspensión del acto administrativo en fase gubernativa, podría ser resuelta por impugnación judicial, por tratarse de un acto administrativo susceptible de control de legalidad, al amparo del
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Consulta Laboral
¿Cuál es la diferencia entre la calificación de maestro de taller y los beneficios de la Ley de Fomento Artesanal? RESPUESTA
De acuerdo con la Ley de Defensa del Artesano la calificación de Maestro de Taller corresponde a la Junta de Defensa del Artesano, conferir esa acreditación, y por tanto se acoge a las exenciones en materia de remuneraciones con respecto a los operarios y aprendices. Otro tema es la calificación que debe obtener el artesano para hacerse acreedor a ciertos beneficios que ofrece la Ley de Fomento Artesanal, como en el ámbito tributario por ejemplo; para ello requiere ser calificado por el Comité Interinstitucional de Fomento Artesanal del Ministro de Industrias y Productividad. Por tanto, no se debe confundir la calificación de artesano con lo que es la aprobación de acceso a los beneficios de la Ley de Fomento Artesanal, esta última a cargo del Ministro de Industrias y Productividad. En el caso de un proceso judicial cuando se alegue tener derecho a las exenciones en materia de remuneraciones, el artesano o maestro de taller debe acreditar la calificación de la Junta Nacional de Defensa del Artesano, única entidad legalmente competente. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
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MIÉRCOLES 02 DE JUNIO DE 2021 La Hora ECUADOR
artículo 173 de la Constitución. Casos en que no procedería el silencio administrativo Parafraseando al autor, no cabría la aplicación del silencio
REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17983202100143 Casillero Judicial No: 2020 Casillero Judicial Electrónico No: 1721616942 abogadoleonardovelasco@hotmail.com, aguilarsteve34@gmail.com Fecha: lunes 01 de marzo del 2021 A: LEDESMA LOPEZ JANETH ALEXANDRA Dr/Ab.: LEONARDO SANTIAGO VELASCO LOMBEIDA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CARCELÉN DEL D.M.Q. En el Juicio Especial No. 17983202100143, hay lo siguiente: Quito, lunes 1 de marzo del 2021, a las 17h26. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Carcelén del Distrito Metropolitano de Quito, Cantón Quito, provincia de Pichincha, causa que ha llegado a este despacho judicial en atención al sorteo electrónico de Ley precedente. [I] PROCEDIMIENTO. El artículo 76 numeral 3 de la Constitución de la República, señala que solo se puede juzgar a las personas ante un juez o autoridad competente y con la observancia del trámite propio de cada procedimiento, en consecuencia el acto de proposición demanda de declaratoria de unión de hecho post mortem presentada por la señora LEDESMA LÓPEZ JANETH ALEXANDRA, que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO determinado en el Art. 346 último inciso ibídem. [II] CITACIÓN. Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a los herederos presuntos y desconocidos del señor HUGO CLEMENTE ALAVA ORTIZ con cédula de ciudadanía 1721384103, en atención al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 58 Y 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, a fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común a todos los procesos (Art. 107.4 Ib.) [III] Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en los artículos 142, 143, 151, 152 y bajo prevenciones del Art. 156 del mismo cuerpo normativo. [IV] ANUNCIO DE PRUEBAS. Con relación a la prueba anunciada por el accionante de ser procedente y en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta. [V] NOTIFICACIONES. En atención al Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla judicial y domicilio judicial electrónico señalado por la parte actora para futuras notificaciones, así como la autorización que concede a su procurador judicial. Actúe la Ab. Daniela Campoverde, en su calidad de secretaria de este despacho judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.f).- RAMOS ARTEAGA ANGELA MARINA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. CAMPOVERDE HERRERA DANIELA CONCEPCIÓN SECRETARIA
administrativo positivo en los siguientes casos: 1.- Contratación pública, en la fase de ejecución contractual no cabe la creación de un acto administrativo presunto; 2.- Para los casos en que se pretende, de un ente público, el pago cuantificado de indemnizaciones de daños y perjuicios que provengan de la responsabilidad objetiva del Estado o de un acto administrativo, no se puede reconocer, a través de silencio administrativo positivo, un valor fijado, arbitraria y unilateralmente establecido por parte del ciudadano sin previo haber seguido un proceso determinador de la cuantía del daño (página 96); 3.- Para eludir los procedimientos administrativos establecidos en la ley, pues el procedimiento debe cumplirse, lo contrario sería
obtener un acto administrativo irregular por ser contrario a derecho, al encontrarse esta realidad habría que tener cuidado con la verificación de la solicitud del administrado y que la misma contenga un acto presunto regular; 4.- No cabe aplicar la figura del silencio administrativo a los procedimientos sancionadores, no parece correcto que lo aplicable sea la caducidad, que es la pérdida de la facultad que tiene el ente público para sancionar, al transcurrir el tiempo sin pronunciamiento, conforme lo estatuye la ley. Es una institución de aplicación “ipso iure” (la ley misma), por ser de orden público; es decir, no requiere alegación del administrado; y, la autoridad administrativa debería declararla incluso de oficio, en cambio, el silencio administrativo positivo proviene
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TRANSHERCULES S.A.
001-003-462/ms
REVISTA JUDICIAL
CONVOCATORIA
Conforme a lo dispuesto por la Ley de Compañía coficiada y a los estatutos sociales, se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TRANSHERCULES S.A. a la reunión de Junta General extraordinaria de accionistas que tendrá lugar en el barrio San Juan de Ascazubi de la ciudad de Cayambe, instalaciones de Transhercules avenida panamericana E35 a 2 kilómetros de la Y de Santa Rosa de Cuzubamba, el día domingo 13 de junio del 2021 a las 9:00 horas, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:
Referencias:
1. Constatación del Quorum y bienvenida declarando instaurada la reunión 2. Conocer y resolver sobre el nombramiento del Gerente General de Transhercules 3. Conocer y resolver sobre el nombramiento del presidente de Transhercules 4. Conocer y resolver sobre los miembos del directorio 4 principales y 4 suplentes. 5. Conocer y resolver sobre el nombramiento de los comisarios 1 principal y un suplente 6. Aprobación de montos a manejar, para presidente y gerente con firmas conjuntas. 7. Posición y toma de juramento a Gerente, presidente, directorio y comisarios 8. Receso para elaboración del acta 9. Lectura y aprobación del acta 10. Claurua de la reunión
Se convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la COMPAÑÍA SERVICIOS DE TAXIS TRANSLLANOCHICO S.A., para el día lunes 14 de junio del año 2021, a las (16:00pm) cuatro de la tarde, misma que se realizará en las oficinas de la Compañía, ubicada en la calle Ana de Alfaro Nro. 185 y Mariana de Jesús, Sector San Rafael, de la Ciudad de Sangolquí, del cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha; para tratar los siguientes puntos del orden del día. 1.- Constatación del quórum e instalación. 2.- Informe del señor Comisario de la Compañía, sobre los años 2013, 2014, 2015, 2016, 2017. 3.- Convalidar y Ratificar todas y cada una de las actuaciones y decisiones realizadas de las actas de Junta General de fecha 05 de junio del año 2015; 28 de marzo del año 2016; 10 de diciembre del año 2018. 4.- Informe de Gerente de los años 2018 y 2019. 5.- Informe del Comisario 2018 y 2019. 6.- Conocer y Aprobar los estados financieros, correspondiente al ejercicio económico de los años 2018 y 2019. 7.- Convalidar los actos administrativos del Presidente y Gerente General de la Compañía. 8.- Elección de Comisarios Principal y Suplentes, para la revisión de los periodos 2020 y 2021. 9.- Elección de los nuevos Administradores, Gerente General y Presidente Ejecutivo.
Especial e individual convocamos a los señores comisarios de la Compañía señor Fabian León y Fredy Chacón, los accionistas que hasta la presente fecha hayan registrado su dirección electrónica en la oficina de la Compañía, serán adicionalmente convocados por este medio.
Nota.- Se convoca de manera especial a los señores Comisarios de la Compañía Orlando Bucheli y Juan Isidro Almachi.- Se ruega a los accionistas puntual asistencia.
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Atentamente. Sr. Alfonso Achig Llumiquinga. Gerente General.
de una solicitud del administrado. Si bien las dos instituciones tienen que ver con el transcurso del tiempo y la incuria de la administración, su naturaleza y efectos son diferentes; 5.- Cuando el acto administrativo pueda y deba ser impugnado en la vía judicial como un proceso de conocimiento por la vía ordinaria, esta es la vía adecuada y eficaz para obtener protección a derechos subjetivos vulnerados por el acto administrativo. Como lo menciona el Dr. Juan Carlos Merizalde en el prólogo, el anhelo del el autor es la construcción de una base doctrinaria, análisis jurisprudencial que guie las actuaciones de los abogados, funcionarios judiciales, servidores públicos, contratistas, ciudadanos y estudiantes de derecho, con la certeza de que en estos nuevos tiempos y desafíos, se den buenas prácticas en el ejercicio de la función pública en las sedes administrativa, judicial y constitucional, que abran la esperanza de un sistema jurídico que preste seguridad para el desarrollo normal de las actividades económicas, empresariales, laborales, contractuales, que el Ecuador necesita; en conclusión, se trata de un libro de actualidad, con visión amplia, estilo claro y aborda temas contemporáneos del derecho administrativo cuya lectura se recomienda, por ser un texto amigable y comprensible. • Aguado I Cudola Vicenç, Casos Prácticos y Materiales de Derecho Administrativo (3ª Ed.), Ed. CEDECS, España, 1999; • Alonso Vidal Horacio, Silencio administrativo ¿Qué es y cómo opera?, España, 2018, https://www.devesaycalvo.es/silencio-administrativo-opera; • Alonso Vidal Horacio, Derecho Administrativo y Teoría del Derecho tres cuestiones fundamentales, Ed. Palestra, 2019, Perú; • Jácome María del Carmen, El Silencio Administrativo en el COA, Quito, 2018; Apuntes de Clases, USFQ 2017, UASB 2018; IAEN 2019; youtube.com/watch?v=3g2vDTlvrSU; Conferencia: Silencio Administrativo, 2020, IAEN; • Narváez María José, El Acto Administrativo - Naturaleza jurídica y elementos de validez, Conferencia: Silencio Administrativo, 2019, 2020, IAEN, youtube.com/ watch?v=p5wVfCE9H8E; • allanbrewercarias.com; • boe.es/biblioteca_juridica/ publicacion.php?id=PUB-PB-201573&tipo=L&modo=2 • e-archivo.uc3m.es/handle/10016/27504; • gordillo.com; • repositorio.uchile.cl/handle/2250/142183; • r u a .u a .e s /d sp ace/ h a ndle/10045/55388.
mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.16.- Según el escrito de completación a la demanda, un bien inmueble Rural, ubicado en el cantón Tena, provincia de Napo, signado con el número QUINCE, mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.5.- Cantón MANTA.- 3.5.1.- Un bien inmueble Urbano, signado con el número CUARENTA, manzana “H”, ubicado en la Lotización Marbella, parroquia Tarqui, cantón Manta, provincia de Manabí, para el cumplimiento de esta diligencia de ser el caso se DEPRECARA a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Manta. 3.6.- Cantón QUITO. - Derechos y acciones en el porcentaje del CINCO PUNTO UNO CERO DOS CERO POR CIENTO (5.1020%) del predio virgen Pamba, perteneciente a la parroquia Pifo, cantón Quito, provincia de Pichincha; para el cumplimiento de esta diligencia de ser el caso se DEPRECARÁ a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito. 3.7.- VEHICULOS. - Notificar al señor Director de la Agencia Nacional de Transito de Napo (ANT) para que se proceda a inscribir la presente demanda en el libro correspondiente y se prohíba la venta de los automotores: a) Un vehículo Marca SOUEAST, año 2019, de placas TBH8043 y b) Un vehículo marca NISSAN del año 2019, con placas PDI6866, cuyas más especificaciones constan en los certificados adjuntos a la demanda. CUARTO.- DE LA CITACIÓN.4.1.- Cítese a la señora: Karina Elizabeth Calle Lastra, por sus propios derechos, así como en calidad de madre y representante legal de la menor SAMARA ANTONELLA CHAVEZ CALLE, en su domicilio ubicado la vía Tena Archidona, Kilómetro cinco y medio, a 100 metros de la Unidad Educativa “UNEXPA”, perteneciente a la ciudad de Tena, provincia de Napo, junto al puente, en una casa mixta con techo de zinc, con cerramiento de malla, sin perjuicio de que sea citada en su lugar de trabajo ubicado en el edificio del GAD provincial de Napo, Edificio Sumak Kawsay Wasi, ubicado en la av. Jumandy y Tamiahurco de esta ciudad y cantón Tena, se tendrá en cuenta el croquis que consta del proceso. 4.2.- Al señor MAURICIO XAVIER CHAVEZ CALLE, en su domicilio ubicado la vía Tena Archidona, Kilómetro cinco y medio, a 100 metros de la Unidad Educativa “UNEXPA”, perteneciente a la ciudad de Tena, provincia de Napo, junto al puente, en una casa mixta con techo de zinc, con cerramiento de malla. 4.3.- Por cuanto se indica que la señora Karina Elizabeth Calle Lastra es la madre de uno de los sucesores, al existir intereses contrapuestos, una vez que este citada y comparezca a juicio deberá insinuar un CURADOR AD LITEM, a favor de su hija SAMARA ANTONELLA CHAVEZ CALLE, a fin de que se encuentre representada en legal y debida forma. 4.4.En aplicación al artículo 1278 del Código Civil, cuéntese también con los interesados, presuntos herederos conocidos y desconocidos del causante Dr. Edison Chávez Vargas y quienes tengan interés actual sobre los bienes hereditarios a quienes se los citará conforme el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, a través de publicaciones en el Diario “La Hora” con amplia circulación, que se edita en la ciudad de Quito, esto en armonía con el numeral 1 del artículo 56 del COGEP, para cuyo efecto el señor secretario de esta judicatura elaborará los extractos correspondientes, hecho lo cual y a partir de la fecha de la última publicación se procederá conforme indica la ley, respecto de la contestación a la demanda. (…) 4.7.- Cuéntese con el señor Director del Servicio de Rentas Internas a quien se le notificará en el edificio de ubicado en la av. 15 de Noviembre y Gonzalo Díaz de Pineda, de esta Ciudad de Tena, como referencia junto a las dependencias del banco del Austro. (…). NOVENO.- Téngase presente la cuantía de la demanda, designación de la Dra. Dalia Unda Mena, la autorización y Procuración Judicial conferida, el casillero electrónico señalado para posteriores notificaciones y actuaciones…CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE”.-Fdo. Dr. German Casanova Borja-JUEZ. LO CERTIFICO. Abg. Carmen Leonor Ortiz Guevara SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA Hay firma y sello
REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 02 DE JUNIO DE 2021 La Hora ECUADOR
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UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA CITACION JUDICIAL AL SEÑOR MOREIRA ALVARADO JORGE ENRIQUE, SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN CANTON MORONA, A CARGO DE LA AB. JANETH SERRANO CARDENAS, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EJECUTIVA EN SU CONTRA, CUYA COPIA DEL EXTRACTO Y LOS AUTOS RECAÍDOS EN ELLA SON TAL COMO SIGUEN: ACCION Cobro de Cheque NATURALEZA Sumario ACTORA Unda Mena Dalia Rene DEMANDADO Moreira Alvarado Jorge Enrique No. 14307-2019-00690 PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MORONA DE MORONA SANTIAGO. Morona, lunes 9 de septiembre del 2019, las 11h12. VISTOS: Ab. Janeth Serrano Cárdenas, en mi calidad de JUEZA TITULAR DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MORONA, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se la califica y se la admite a trámite mediante procedimiento SUMARIO. Cítese a la parte demandada señor MOREIRA ALVARADO JORGE ENRIQUE, esta diligencia se la comisiona al señor Comisario Nacional de Policía del cantón Morona. Para el cumplimiento de la citación se adjuntará la demanda y copia certificada de este auto dejando la disponibilidad respectiva del expediente a las partes para efectos de contradicción y defensa. Se concede a la parte accionada el término de QUINCE DÍAS, para que conteste la demanda propuesta de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Janeth Serrano Cárdenas.- / SIGUE OTRA PROVIDENCIA: Morona, miércoles 7 de abril del 2021, las 09h06. VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior, en lo principal, de la revisión de las constancias procesales, se colige que se ha agotado la citación al demandado en las direcciones registradas en las instituciones públicas requeridas siendo imposible dar con su domicilio, por lo tanto, por secretaría concédase a la parte actora el extracto respectivo para que el señor MOREIRA ALVARADO JORGE ENRIQUE, sea citado mediante publicaciones de prensa que se realizarán en el Diario El MERCURIO, por ser uno de los diarios de mayor circulación nacional. Notifíquese.- f) Ab. Janeth Serrano Cárdenas.Al acreedor se le previene de la obligación de señalar casilla judicial para futuras notificaciones en esta Judicatura. General Proaño, 16 de abril del 2021. Ab. Verónica Montalvo Moscoso SECRETARIA Hay firma y sello
001-003-456/ms
con una extensión de 2.500 metros cuatros, las demás especificaciones constan en la documentación adjunta, se deprecara a uno de los señores Jueces del cantón Quijos. 3.3.- Cantón ARCHIDONA.- 3.3.1.Un bien inmueble Rural signado con el número CINCO, ubicado en el sector Lagarto Cocha Osayacu, parroquia Cotundo, cantón Archidona, provincia de Napo, las demás especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.3.2.- Inmueble Rural, ubicado en sector Pumacocha, parroquia San Pablo, cantón Archidona, con una superficie de 20.000 metros, más especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.3.3.- Dos bienes inmuebles rurales signados con los números cinco y cinco A, los mismos que forman un solo cuerpo, esto según escrito de completación a la demanda, predio ubicado en NINACASPI JONDACHI, parroquia Cotundo, cantón Archidona; provincia de Napo. 3.4.- Cantón TENA.3.4.1.- Un bien inmueble rural signado con el número QUINCE GUION UNO, ubicado en el Calvario, parroquia san Juan de Muyuna, cantón Tena, provincia de Napo, más especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.2.- Un bien inmueble urbano, signado con el número TRES, ubicado en el sector Chimbadero, Lotización SOMTE, Av. Jumandy cantón Tena, provincia de Napo, más especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.3.- Un bien Urbano, signado con el número CATORCE; lotización SOMTE, calle segunda, cantón Tena, provincia de Napo, más especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.4.- Un bien inmueble Urbano, signado con el número UNO de la manzana DOS, ubicado en el barrio El Paraíso, Lotización Ricardo Tapuy Papa, calle segunda de la parroquia y cantón Tena, provincia de Napo, más especificaciones constan en la documentación adjunta. 3.4.5.- Un bien raíz Urbano, signado con el número DIEZ, de la manzana “J” sector el Chimbadero, de la parroquia y cantón Tena, provincia de Napo, mas especificaciones constan en la documentación adjunta. 3.4.6.- DOS lotes de terrenos urbanos, signados con los números 7 y 8, ubicados en el sector el CHIMBADERO, de la ciudad y cantón Tena, provincia de Napo, mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.7.- Un lote de terreno urbano, signado con el número 7, manzana DIEZ, ubicado en el sector san Jacinto, de la ciudad y cantón Tena, provincia de Napo, mas especificaciones constan en la documentación adjunta. 3.4.8.- Un lote de terreno, signado con el número TRECE-J de la Lotización Selva alegre, sector San Jacinto, de la ciudad y cantón Tena, mas especificaciones constan en la documentación adjunta. 3.4.9.Según el escrito de completación a la demanda, un bien inmueble RURAL signado con el número QUINCE, ubicado en el sector Alto Pano, segunda parte, parroquia y cantón Tena, provincia de Napo, mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.10.- Según el escrito de completación a la demanda, un bien rural inscrito a nombre de la señora Karina Elizabeth Calle Lastra, perteneciente al cantón Tena, provincia de Napo, lote de terreno signado con el número SIETE, Manzana DIEZ, sector San José de Cachumbi, mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.11.- Según el escrito de completación a la demanda, un lote de terreno Rural inscrito a nombre de la señora Karina Elizabeth Calle Lastra, signado con el número TRECE, de la manzana J, ubicado en el sector San José de Chacumbi, perteneciente al cantón Tena, provincia de Napo; 3.4.12.- Según el escrito de completación a la demanda, un bien inmueble rural ubicado en la parroquia San Juan de Muyuna, cantón Tena, provincia de Napo, sector el Calvario, signado con el número QUINCE UNO, mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.13.- Según el escrito de completación a la demanda, un bien inmueble Rural, ubicado en el cantón Tena, provincia de Napo; signado con el número ONCE, mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.14.- Según el escrito de completación a la demanda, un bien inmueble ubicado en la parroquia Pano, cantón Tena, provincia de Napo, sector Pano Alto, signado con el número CIENTO CUARENTA Y DOS, mas especificaciones constan en la documentación adjunta; 3.4.15.Según el escrito de completación a la demanda, un bien inmueble urbano, ubicado en el cantón Tena, provincia de Napo, signado con el número TRECE;
001-004-0493/ms
R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA EXTRACTO JUDICIAL ACTORA: DRA. DALIA RUBI UNDA MENA Procuradora Judicial de los señores EDISON ANDRES CHAVEZ NIETO, VERONICA DEL PILAR CHAVEZ NIETO, LOURDES VALERIA CHÁVEZ NIETO Y EDISON JAVIER CHAVEZ GUAMBI. DEMANDADOS: KARINA ELIZABETH CALLE LASTRA madre y representante legal de la menor SAMARA ANTONELLA CHAVEZ CALLE, MAURICIO XAVIER CHAVEZ CALLE, y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDISON GUSTAVO CHAVEZ VARGAS. SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA JUICIO: 15951-2020-00140 CAUSA: DEMANDA DE INVENTARIOS DE BIENES SUCESORIOS TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTIA: INDETERMINADA SE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la señora UNDA MENA DALIA RUBI Procuradora judicial de los señores EDISON ANDRES CHAVEZ NIETO, VERONICA DEL PILAR CHAVEZ NIETO, LOURDES VALERIA CHÁVEZ NIETO Y EDISON JAVIER CHAVEZ GUAMBI. Presentó una demanda de INVENTARIOS DE BIENES SUCESORIOS en contra de la señora KARINA ELIZABETH CALLE LASTRA madre y representante legal de la menor SAMARA ANTONELLA CHAVEZ CALLE, MAURICIO XAVIER CHAVEZ CALLE, y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDISON GUSTAVO CHAVEZ VARGAS, causa número 15951-2020-00140, cuyo extracto es como sigue: “…VISTOS: PRIMERO.- Acogiendo el fallo emitido por la Sala Única Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Napo: AVOCO conocimiento de la presente causa, se califica la demanda de Inventarios Sucesorios, de clara, precisa y completa por cuanto reúne los requisitos de ley contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se admite a trámite respectivo, establecido en los Art. 334 numeral 4 del cuerpo legal invocado, en procedimiento Voluntario. SEGUNDO.Con la documentación adjunta a la demanda y al escrito de completación, se determina que existen bienes inmuebles; bienes muebles, enseres de oficina, automotores; semovientes, créditos, activos y pasivos que al momento se encuentran pro indiviso; por lo que se manda a declarar abierta la sucesión intestada de la masa común de bienes del causante quien en vida fue Dr. Edison Gustavo Chávez Vargas y a formar el Inventario y Avalúo de todos los bienes que se encuentran descritos en las piezas procesales mencionadas anteriormente, Facción de Inventarios que se realizará con la intervención de Peritos especializados debido a la naturaleza y determinación de los bienes que se dicen forman parte de la masa sucesoria, peritos que serán designados oportunamente mediante sorteo y conforme las regulaciones de la materia. TERCERO.- INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA.- Dando cumplimiento con el Art. 146, inciso 5 y 6 del COGEP se dispone notificar a los señores Registradores Municipales de la Propiedad, a fin de procedan a la Inscripción de la demanda y prohibición de enajenar, en los siguientes cantones y ciudades: 3.1.- Cantón el CHACO provincia de Napo, para que se proceda a inscribir la presente demanda en el libro correspondiente de los siguientes bienes inmuebles: 3.1.1.- Bien Inmueble Urbano signado con el número DOCE, de la manzana “A”, ubicado en la parroquia San Marcos, las demás especificaciones constan en la documentación adjunta a la demanda y al escrito de completación; 3.1.2.- Bien inmueble ubicado en CUSUMBE, predio Santamaría, las demás especificaciones y extensión constan en la documentación adjunta, se deprecara a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial del cantón Quijos; 3.2.Cantón el QUIJOS provincia de Napo: 3.2.1.- Bien Inmueble rural, sector CONDIJUA, parroquia Baeza;
ABG. JOFFRE MARCELO RAMÍREZ FRANCO C.C. NO. 120159517-8 LIQUIDADOR DE LA COMPAÑÍA
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AVISO A LOS ACREEDORES REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS Y VALORES EXTRACTO DISOLUCIÓN DE LA COMPAÑÍA SERFUN S.A. “EN LIQUIDACIÓN” La compañía SERFUN S.A. “EN LIQUIDACIÓN” con número de R.U.C 0992351853001, fue declarada en disolución mediante resolución NO. SCV-INCDNASD-SD-14-0030153 de fecha 17 de noviembre de 2014, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Babahoyo el 29 de junio de 2015, compañía que actualmente se encuentra en estado de liquidación. De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a los acreedores de la compañía antes mencionada que en el término de veinte días, contados a partir de la última publicación de esta notificación, presenten los documentos o instrumentos que acrediten su derecho en las oficinas de la compañía ubicadas en Ricaurte 112 Malecón y General Barona Cafetal, del cantón Babahoyo, provincia Los Ríos. 1. Domicilio: Cantón Babahoyo, Provincia de los Ríos 2. Capital: Suscrito USD 800.00$ 3. Objeto: El objeto de la compañía es a) Proveer servicios funerarios a nivel nacional, y de la lotización, equipamiento, organización, administración y explotación y/o parques para descanso eterno, etc. 4. Liquidador: Se designo al Abg. Joffre Marcelo Ramírez Franco mediante oficio NO. SCVS-INC-DNASD-202000048971-O. Babahoyo, 28 de mayo de 2021
Se convoca a los Señores Accionistas de la Empresa PLUSAMBIENTE S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se realizará el día 11 de junio de 2021, a las 17h00 en el domicilio de la Compañía ubicado en Av. De los Shyris N32-42 y Av. 6 de Diciembre Edifico Aveiro, 2do piso. Oficina 203, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1. Autorización a la Gerente General para que presente una propuesta de servicios a EcuaCorriente S.A. ECSA. 2. Autorización a la Gerente General para que suscriba el contrato de servicios con la empresa EcuaCorriente S.A. ECSA. 3. Autorización a la Gerente General para que suscriba las garantías económicas y aquellas que se requieran dentro del contrato de servicios con la empresa EcuaCorriente S.A. ECSA. Se convoca especial e individualmente al Comisario Principal de la Compañía, señor Lenin Santiago Carvajal Fernández, Domiciliado en calle Aurelio Guerrero S34-163 e Isidro de Tapia Barrio Asistencia Social. Teléfono: 2684768, sin perjuicio de la comunicación individual enviada por escrito. Atentamente,
Quito, 2 de junio del 2021
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“POR PERDIDA SE ANULA EL CDP No.16301DPV005579-2 A FAVOR DE: EDISON POMPEO TAPIA IBUJES CC# 1708541592 POR VALOR DE $ 20,000.00 DE BANCO BOLIVARIANO”.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE PLUSAMBIENTE S.A.
De conformidad con lo que dispone la cláusula Decima Sexta del Estatuto Social, en concordancia con el artículo 235 de la Ley de Compañías Vigente. LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TAXORBE S.A. Convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a llevarse a efecto el día Miércoles 23 de Junio del 2021 a las 10h00 en la sede de la Compañía, ubicada en las calles S47A S46-738 y calle Oe3K del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar los siguientes puntos del orden del día. 1.- CONSTATACION DEL QOURUM. 2.- CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DEL INFORME DE GERENTE GENERAL DEL PERIODO 2020. 3.- CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DEL INFORME DE COMISARIO DEL PERIODO 2020. 4.- ANALISIS Y APROBACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO ECONOMICO 2020 5.- CONOCIMIENTO Y RESOLUCION SOBRE EL DESTINO DEL RESULTADO OBTENIDO EN EL AÑO 2020. 6.- ANALISIS Y APROBACION DEL PRESUPUESTO PARA EL AÑO 2021 Nota: se convoca de manera e individual al señor Gustavo Calvopiña Castillo, Comisario Principal de la Compañía, domiciliado en el Distrito Metropolitano de Quito en las calles los Eucaliptos N-66-53 y Bartolomé de Zamora. Los Estados Financieros , Informes y demás documentos a tratarse en la Junta General, se encuentran a disposición de los señores accionistas para su revisión, en la Oficina de la Compañía, ubicada en la calle S47AS46-738 y calle Oe3K de la Ciudadela el Ejercito 2da Etapa, del Distrito Metropolitano de Quito. Quito, a 02 de junio del 2021 Sr. Alberto Andrango A. GERENTE GENERAL. CIA TAXORBE S.A.
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MIÉRCOLES 02 DE JUNIO DE 2021 La Hora ECUADOR
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CASILLA JUDICIAL: 5880 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZA PONENTE: AB. DORIS ALEXANDRA LLERENA FLORES.CITACIÓN JUDICIAL A: NELLY YOLANDA PINTO RODRIGUEZ. DEMANDADOS: NELLY YOLANDA PINTO RODRIGUEZ. JUICIO No. 17233-2020-04159. TRAMITE: ORDINARIO. CUANTÍA: CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. AB. DEFENSOR: DRA. DANA ABAD AREVALO, EN CALIDAD DE DEFENSORA TECNICA DE JORGE ALFONSO PAEZ ANDRADE, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE AUTOLANDIA S.A. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE SIRVA DISPONER EL PAGO DE CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA A FAVOR DE LA ACCIONADA. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 28 de febrero del 2018, las 15h51, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado puesto en mi despacho en la presente fecha. Habiendo culminado el receso obligatorio (vacancia judicial) de la Función Judicial, materia Civil y Laboral, conforme se dispuso en Resolución No. 141 de 2020, dictada por el Consejo de la Judicatura, en cumplimiento de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 345 de 8 de diciembre de 2020, en lo principal. En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento en lo dispuesto se considera: PRIMERO. CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE. La demanda presentada por el señor JORGE ALFONSO PÁEZ ANDRADE en calidad de Gerente General y como tal representante Legal de la compañía AUTOLANDIA S.A., como se desprende de la documentación adjunta y con la cual legitiman su intervención, en contra de los señores NELLY YOLANDA PINTO RODRÍGUEZ y los herederos presuntos y desconocidos del señor LUIS ALBERTO CHASI PULLOPAXI, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; por lo que se la califica y se la admite a trámite de procedimiento ordinario. SEGUNDO. CITACIÓN. Se ordena la citación de la demandada señora NELLY YOLANDA PINTO RODRÍGUEZ en el lugar señalado en el líbelo de la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, el escrito que la completa y este auto inicial, la citación se la hará a través de la Sala de Citaciones de este Complejo Judicial Sur, conforme la Resolución 300-2015 del Consejo de la Judicatura y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones, la parte accionante proporcione copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación. El citador o funcionario que realice la citación deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 63 del COGEP, cerciorándose de la identidad de la persona citada y la determinación del lugar (domicilio), fecha y hora de la citación, si existiere la negativa de la persona citada de firmar en la constancia, deberá sentar la correspondiente razón de sustento. Por otro lado; y, en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora conforme lo dispone el Art. 56 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019 en concordancia con el Art. 58 ibídem. CITESE a los herederos presuntos y desconocidos del señor LUIS ALBERTO CHASI PULLOPAXI, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual por secretaría de esta Unidad Judicial Civil elabórese el extracto respectivo, dejando constancia en el Sistema SATJE. TERCERO. SOBRE LA OBLIGACIÓN. En aplicación del artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de treinta (30) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 153 reformado por la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019. CUARTO. ANUNCIO DE PRUEBA. Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda y escrito que la completa, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. QUINTA. NOTIFICACIÓN. Tómese en cuenta la cuantía, la casilla judicial así como los correos electrónicos que señala la actora para recibir futuras notificaciones. CITESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F). AB. DORIS ALEXANDRA LLERENA.- JUEZA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 18 de mayo del 2021, las 16h25, VISTOS: De conformidad con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial “Principio de Celeridad”; y, atenta la petición formulada por la parte accionante y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora (fs. 82), conforme lo dispone el Art. 56 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019. CITESE a la parte demandada señora NELLY YOLANDA PINTO RODRIGUEZ, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual por secretaría de esta Unidad Judicial Civil, elabórese el extracto respectivo, dejando constancia en el Sistema SATJE, remitiéndose el extracto correspondiente al casillero judicial señalado por la parte actora. CITESE y NOTIFIQUESE. AB. DORIS ALEXANDRA LLERENA FLORES.- JUEZA Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO
001-004-0492/ms
REVISTA JUDICIAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 236 de la Ley de Compañías, el artículo 3 del Reglamento de las Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, y el articulo DECIMO TERCERO de los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca de manera urgente a todos los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL “TRANSCOLEQUITO S.A.”, a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrara el próximo día JUEVES 10 de JUNIO del dos mil veinte y uno, a las 10:00 horas, en la UNION DE COOPERATIVAS DE TRANSPORTE EN TAXIS DE PICHINCHA ubicado en la calle Gonzalo Cabeza S10-616 y Av. Teniente Hugo Ortiz, diagonal a la Tribuna del Sur en la ciudad de Quito, a fin de tratar los siguientes asuntos del orden del día:
Conforme a los artículos 231, 233, 236, 242 y 292 de la Ley de Compañías vigente, y al artículo noveno del estatuto social de la compañía, se convoca POR SEGUNDA OCASIÓN a los accionistas de la compañía RIESLINGFLOWER SERVICIOS S.A. para reunirse en JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a fin de tratar y resolver los puntos del orden día indicados en la primera convocatoria: 1. Resolución acerca del informe de Comisario sobre los negocios sociales correspondientes al ejercicio del año 2020; 2. Resolución sobre el conocimiento y aprobación del balance general y el estado de Pérdidas y Ganancias y sus anexos, del ejercicio económico del año 2020; 3. Resolución acerca de la aprobación del informe del Gerente General sobre el ejercicio económico del año 2020; 4. Resolver acerca de la distribución de los beneficios sociales; 5. Resolución acerca de la aprobación y ratificación de las actas, cuentas, balances generales, estados de pérdidas y ganancias, informes de administración y comisario, e información adicional de la compañía, correspondientes a los ejercicios económicos de los años 2010 a 2019 y que se encuentran presentados a la Superintendencia de Compañías; 6. Resolución acerca de la renuncia del Gerente General y designación del nuevo Gerente General; 7. Resolución sobre la designación del nuevo Presidente de la Compañía; 8. Resolución acerca de la disolución voluntaria anticipada de la compañía y posterior procedimiento de liquidación y cancelación.
MIÉRCOLES 02 DE JUNIO DE 2021 La Hora ECUADOR
Margarita de Jesús Ontaneda Sánchez COMISARIA PRINCIPAL TRANSCOLEQUITO S.A.
001-003-470
SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FEEBETAXI TRANSPORTE C.A.
001-003-474/ms
Quito, 2 de junio de 2021
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO BAAGTRUCKS S.A. De conformidad con la Ley de Compañías y el Estatuto social, se convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía de Transporte Pesado BAAGTRUCKS S.A. A celebrarse el día sábado 12 de junio del 2021, para tratar el siguiente orden del día:
De acuerdo al artículo 236 de la Ley de Compañías y a los Estatutos Sociales de la compañía FEEBETAXI TRANSPORTE C.A. cumpliendo los protocolos de bioseguridad otorgados por el COE, se convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse:
1.- Constatación del quórum 2.- Elección y nombramiento de Gerente, Presidente y Secretario, de acuerdo al Art. 269 de la ley de Compañías Ante la imposibilidad de llevar a cabo una reunión presidencial de Junta General por razones que son de dominio público, la normativa vigente contempla la posibilidad de que se haga de forma virtual; (se enviará el link a cada socio) por lo tanto, para que se convoque a junta general de Accionista, resulta posible aplicar el Art. 233, 236 y 211 de la Ley de Compañías así como también el CAPITULO III DE LA COMPARECENCIA Y DE LA REPRESENTACIÓN CONVENCIONAL Art. 19, 20 y 21 del Reglamento sobre Juntas Genrales de Socios y Accionistas de las Compañias de Responsabilidad Limitadas, Anónimas, en comandita por Acciones y de Economía Mixta, emitido por la Superintendencia de Compañías y Valores, mediante resolución No. SCV-DNCDN-14-014 del 13 de octubre del 2014.
Fecha: Jueves, 10 de Junio de 2021 Lugar: Barrio Santiago Roldos, Calle B, Tercera Transversal, Manzana 5, Lote 9 Parroquia de Cutuglagua, Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. Hora: 09:00 (nueve horas) El orden del día a tratarse es el siguiente: 1. Elección de Presidente 2. Elección de Gerente 3. Elección de Comisario Principal 4. Elección de Comisario Suplente
Distrito Metropolitano de Quito, 01 de junio del 2021
001-003-473/ms
001-003-472
De manera especial se convoca al Comisario Principal y Suplente de la Compañía.
AVISO A LOS ACREEDORS REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS Y VALORES EXTRACTO DISOLUCIÓN DE LA COMPAÑÍA SERFUN S.A. “EN LIQUIDACIÓN” La compañía SERFUN S.A. “EN LIQUIDACIÓN” con número de R.U.C 0992351853001, fue declarada en disolución mediante resolución NO. SCV-INC-DNASDSD-14-0030153 de fecha 17 de noviembre de 2014, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Babahoyo el 29 de junio de 2015, compañía que actualmente se encuentra en estado de liquidación. De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a los acreedores de la compañía antes mencionada que en el término de veinte días, contados a partir de la última publicación de esta notificación, presenten los documentos o instrumentos que acrediten su derecho en las oficinas de la compañía ubicadas en Ricaurte 112 Malecón y General Barona Cafetal, del cantón Babahoyo, provincia Los Ríos. 1. Domicilio: Cantón Babahoyo, Provincia de los Ríos 2. Capital: Suscrito USD 800.00$ 3. Objeto: El objeto de la compañía es a) Proveer servicios funerarios a nivel nacional, y de la lotización, equipamiento, organización, administración y explotación y/o parques para descanso eterno, etc. 4. Liquidador: Se designo al Abg. Joffre Marcelo Ramírez Franco mediante oficio NO. SCVS-INCDNASD-2020-00048971-O. Babahoyo, 28 de mayo de 2021 ABG. JOFFRE MARCELO RAMÍREZ FRANCO C.C. NO. 120159517-8 LIQUIDADOR DE LA COMPAÑÍA
001-003-467
De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de las Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, se prescinde de la convocatoria al COMISARIO.
Jean Philippe Pascal Herbeth Gros GERENTE GENERAL
Atentamente, Galo Benavides PRESIDENTE
C5
1.- Informe de la señora Comisaria sobre la situación Financiera y Administrativa de la Compañía. 2.- Informe del señor Presidente sobre la situación Administrativa de la Compañía. 3.- Remoción o Ratificación de Gerente 4.- Resoluciones.
La fecha en que se realizará la Junta General Ordinaria de Accionistas es el día viernes 11 de junio de 2021, a las 09h00, en las oficinas de la compañía, ubicadas en la ciudad de Quito, parroquia Cumbayá, en las calles Chimborazo 705 y Pampite, Centro de Negocios La Esquina, Torre 1 planta baja local 4A. El Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias y sus anexos, la Memoria del Administrador y el Informe del Comisario se encuentran a disposición de los accionistas en las oficinas de la compañía en la dirección señalada en el párrafo precedente, con expresa mención que dicha información está a disposición de los accionistas con más de quince días de anticipación a la celebración de la junta. Se convoca especial e individualmente a la Comisario de la compañía, señora Karina Paola Cisneros Jaramillo. Por tratarse de segunda convocatoria a Junta General Ordinaria y conforme a la Ley de Compañías y al Estatuto Social, la Junta General se instalará con el número de accionistas presentes.
Quito DM, 01 de junio de 2021
REVISTA JUDICIAL
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL TRANSCOLEQUITO S.A.
RIESLINGFLOWER SERVICIOS S.A. SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
miércoles 02 de junio de 2021
QUITO
Ecuador
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