Ecuador
JUEVES 11 DE NOVIEMBRE DE 2021
‘Coincidencias’ a medias
Quito fue el escenario de nuevas marchas, previas a la reunión
No hubo acuerdo. El Gobierno revisará la propuesta del sector indígena de bajar los precios del combustible a $1,50 el diésel y $2,10 la gasolina. En caso de ceder y seguir con los subsidios, al país le costaría cerca de $560 millones. En lo que sí estuvieron de acuerdo fue en: créditos, control a los precios de los insumos agrícolas y educación bilingüe intercultural. Leónidas Iza lideró la comisión que habló con el presidente Lasso
Los acercamientos de los sectores indígenas y el Gobierno continuarán
Guillermo Lasso escuchó las propuestas de los sectores indígenas
Delincuentes exigen $150 a cambio de seguridad QUEVEDO
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SOCIEDAD
Fallido estado de excepción por falta de normativa 4
ECONOMÍA
GLOBAL
Reforma tributaria busca recuperar capitales ‘fugados’
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#YoMeCuido
Joe Biden da su ‘estate quieto’ a Daniel Ortega 6
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JUEVES 11 DE NOVIEMBRE DE 2021 La Hora ECUADOR
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El Ejecutivo analizará temas mineros y de combustibles en un plazo de 21 días. La Conaie se mantiene en asamblea permanente hasta tener respuestas.
ACERCAMIENTO. Se prevé un próximo encuentro entre el Gobierno y la Conaie en un plazo de 15 días.
Diálogo entre la Conaie y el Gobierno terminó sin acuerdos Tras 6 horas de análisis y diálogo entre el Gobierno y la Conaie, no se lograron acuerdos sino ‘coincidencias’, según mencionó la ministra de Gobierno, Alexandra Vela. De las 6 demandas que presentaron las organizaciones sociales, solo 3 fueron aceptadas para revisión del Ejecutivo, entre ellas -según mencionó Vela- lo relacionado a la moratoria en los créditos del sector productivo; el manejo y control de precios para los insumos de carácter agrícola y control de contrabando; y el fortalecimiento de la educación bilingüe e intercultural. Mientras que para analizar lo que se refiere a precios de los combustibles, minería y petróleo le tomará al Ejecutivo un plazo de
15 a 21 días para dar una respuesta. Frente a esto, la Ministra de Gobierno aseguró que fueron planteadas propuestas sobre los precios de los combustibles, no obstante, habría que hacer una revisión. “No puedo decir cifras ni precios porque están sujetos a consenso”, dijo Vela. Por su parte, Leonidas Iza mencionó que hubo un avance importante pero no un acuerdo y reiteró que estarán pendientes a las respuestas del Gobierno, que se comprometió a entregar resultados en un periodo de tiempo. Iza y los representantes de las organizaciones sociales propusieron que el precio de los combustibles se congele en $1,50 el diésel y $2,10 la gasolina. Aunque en un inicio, la
respuesta del Presidente a esta propuesta fue que “entiende el problema, pero las circunstancias del país no lo permiten”, finalmente será un pedido que se analizará. Sin embargo, mantener el subsidio a los combustibles le costaría al país alrededor de $560 millones, en 2022; un monto equivalente a cuatro meses de pagos de aportes estatales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
do de Pachakutik en algunas decisiones dentro de la Asamblea y que esta organización política no se alíe con UNES, para hacer mucho ruido con el tema de Pandora Papers y neutralizarlo”, explica Zamora Enfatiza además, en que el Presidente y su Gobierno son políticamente débiles para tomar decisiones, por lo cual buscan respaldo en las fuerzas políticas de la Asamblea y de la calle.
Débil respaldo político y falta de estrategias
¿Acuerdos o coincidencias?
Además del tema económico, aquí se juegan cartas políticas. Para el analista político y catedrático, Edgar Zamora, el Presidente cedería, en cierta forma, al tema de combustibles “a cambio de tener el respal-
Leonidas Iza, presidente de la Conaie, inició diciendo que llegaron al acuerdo de una revisión en el precio de los combustibles. Sin embargo, después de las intervenciones de sus compañeros se retractó y dijo que, “hay avances pero no acuerdos”. Con esto coincidió Eustaquio Tuala, presidente de
la FEINE, quien indicó que se mantienen vigilantes a la respuesta del Gobierno, en 15 días. Iza finalizó diciendo que no habrá un consenso, en ningún sentido, “mientras no se resuelva el tema de los combustibles” y mencionó que la Conaie y las organizaciones sociales se mantienen en asambleas permanentes en todos los territorios. Durante las declaraciones se pudo observar que, aunque hubo puntos en común entre estos dos sectores, el líder de la Conaie dedicó su discurso al tema de combustibles dejando de lado los otros dos puntos de coincidencia que destacó la ministra de Gobierno. Se espera una próxima reunión entre las organizaciones sociales y el Ejecutivo en donde se definirán respuestas frente a los temas de mayor alcance social. (MFU)
Los pedidos y aciertos
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A una hora de las conversaciones, ya hubo un primer acierto entre la Conaie y el Gobierno. Carlos Jijón, vocero oficial, en sus declaraciones dijo que había un ambiente positivo en la mesa de diálogo. “El presidente de la Conaie, Leonidas Iza, ha insistido en que los créditos con el sector productivo entren a una moratoria. El Presidente aceptó y dijo que es partidario de la condonación de los créditos de los pequeños agricultores con BanEcuador”, finalizó Jijón. La Secretaría de Comunicación de la Presidencia, mediante un comunicado, dijo que “el Ejecutivo está realizando las acciones necesarias para que, desde el 1 de enero de 2022, estén disponibles créditos al 1 % de interés”. PROPUESTAS. El subsidio de combustibles le costaría al país $559,78 millones, en 2022.
ECONOMÍA
SRI recuperó más de $600 millones de contribuyentes morosos Entre enero y octubre de 2021, el Servicio de Rentas Internas (SRI) logró recuperar $567 millones en impuestos adeudados por contribuyentes morosos. A través de mayores gestiones de cobro y juicios de coactiva, las autoridades buscan incrementar los ingresos tributarios.Sin embargo, el SRI tiene que lidiar con procesos de miles de millones de dólares por deudas en firme, pero en donde los deudores en la mayoría de los casos (57%) no tienen patrimonio para responder. Además, hay otras obligaciones que están impugnadas y cuyos procesos judiciales pueden demorar 5 años o más.
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Más de $16.000 millones salieron del país de forma ilegal Durante el segundo año del Gobierno de Correa se registró la mayor salida de capitales. Las actuales autoridades buscan abrir una ventana para la regularización de lo fugado. En los últimos 14 años, más de $1.173 millones anuales han salido, en promedio, de manera ilícita del Ecuador. En otras palabras, esos recursos se han “fugado”, sin ningún tipo de declaración o registro ante las autoridades nacionales. Según Global Financial Integrity, esos flujos son un cálculo aproximado e incluyen dinero de la corrupción, narcotráfico y otros delitos, pero también el patrimonio lícito de personas y empresas que han buscado blindarse de la inestabilidad política, económica y normativa del país. Así, por ejemplo, en 2008 se registró la mayor fuga (más de $4.000 millones) relacionados en su mayoría con ecuatorianos que temían confiscaciones o cobros exagerados de impuestos durante los primeros meses de Rafael Correa en el poder. En total, se estima que hay más de $16.400 millones que están en el exterior y fuera del radar de las instituciones como el Servicio de Rentas Internas (SRI). Sin embargo, esa cifra se puede duplicar si se suman los recursos que podrían estar involucrados en la llamada facturación falsa dentro del comercio internacional, es decir, la subvaloración de exportaciones e importaciones para desviar fondos. Asimismo, la dimensión de todo lo que realmente genera el crimen organizado es complicado de cuantificar con exactitud Según Belén Rodríguez,
abogada tributaria, esta realidad es uno de los mayores retos dentro de los esfuerzos que se puedan hacer para combatir la evasión fiscal. “Varios gobiernos han puesto la mira en eso, pero nunca se ha concretado nada. En el Gobierno de Lenín Moreno se propuso un régimen de regularización de activos en el exterior; pero no prosperó. Ahora, el Gobierno de Guillermo Lasso lo vuelve a intentar dentro de su reforma tributaria”, comentó.
Comenzar a recuperar parte de lo que se fugó En la llamada Ley de Desarrollo Económico, el actual Gobierno incluye un régimen temporal para declarar y regularizar activos en el exterior. Así, se abre una ventana, entre marzo y diciembre de 2022, para que se legalicen bienes y dinero, a cambio de un pago de entre 3,5% y 5,5% sobre el valor de estos. La principal ventaja de esta iniciativa es que la im-
Salida ilícita de capitales durante los últimos 14 años USD millones
plementación de un régimen de este tipo es requisito indispensable para que puedan entrar en vigor los convenios de intercambio de información financiera que el Ecuador ha firmado con Estados Unidos y más de 100 países a escala mundial. Con estos intercambios, a mediano y largo plazo, las autoridades como el SRI podrán monitorear de mejor manera y detectar los flujos ilícitos para imponer sanciones drásticas y obligar al pago de impuestos.
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En este sentido, las personas y empresas que se acojan a esa ventana de oportunidad tendrán dos ventajas principales. En primer lugar, pagarán un impuesto mínimo (entre más pronto pagan, el porcentaje es más bajo) para regularizar sus activos. En segundo lugar, se evitan consecuencias posteriores, tanto económicas como legales, si las autoridades detectan en el futuro recursos no declarados y, que, en su momento, se podrían haber acogido a las facilidades planteadas en la reforma laboral. “Se podrá exigir un pago más alto de impuestos a la renta, de hasta el 37% sobre todo lo no declarado, sin tomar en cuenta multas e intereses. Además, se deberán enfrentar a juicios y auditorías tributarias severas”, puntualizó Rodríguez. La idea detrás de esto es que la única forma de ir reduciendo la salida ilícita de recursos, y la evasión que va de la mano, es con el efecto disuasorio de ver qué se sancione con toda la fuerza a los que incumplen las leyes y no pagan lo que deben. El Gobierno espera recaudar alrededor de $200 millones con la regularización inmediata, lo que representa una cifra conservadora, si se toma en cuenta solo los más de $16.000 millones de flujos ilegales calculados por Global Financial Integrity. La meta ecuatoriana es mucho menor de lo que se logró con procesos similares en países como Colombia, Chile o Argentina, debido a que la economía nacional es más pequeña; pero también a que un gran porcentaje de los capitales fugados tienen su origen en la corrupción y el narcotráfico. En esos casos, una declaración voluntaria es completamente impensable. (JS)
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Una de las causas del fracaso de la medida responde a la falta de leyes que se han estancado en la Asamblea Nacional. El lunes 18 de octubre de 2021, el presidente Guillermo Lasso declaró estado de excepción en Ecuador, como parte del Plan Nacional de Seguridad ante el aumento delictivo y de muertes violentas. Aunque el Gobierno declaró la emergencia de seguridad por 60 días, la Corte Constitucional (CC) la redujo a 30, ya que “el Ejecutivo no justificó las razones para que dure dos meses”, señaló la CC. Pero pese a los más de 30.000 operativos de control de policías y militares, desde la declaratoria del estado de excepción se han registrado 110 personas asesinadas de manera violenta a escala nacional. Solo en Guayas, donde se registra el 70% de las muertes violentas, ha habido 42 de estas muertes. A esto se suma que, durante los cinco días del feriado de noviembre, ocurrieron 49 crímenes en todo el país. Sin leyes el estado de excepción no sirve El Ministerio de Defensa
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110 muertes violentas registradas durante el estado de excepción junto a las Fuerzas Armadas presentaron tres proyectos de ley a la Asamblea en el gobierno de Lenin Moreno. Los proyectos fueron: Código Orgánico de Seguridad del Estado; Ley de Navegación, Gestión de la Seguridad y Protección Marítima Ley Orgánica de Personal y Disciplina de Fuerzas Armadas Durante el período Ejecutivo y Legislativo 2017-2021 De estas, solo la Ley de Navegación, Gestión de la Seguridad y Protección Marítima se aprobó a finales de mayo de 2021, días antes de que Guillermo Lasso asumiera la presidencia. Alberto Santamaría, sociólogo y experto en seguridad, dice que, a medida que el crimen organizado gana terreno, los estados de excepción no pueden actuar por sí solos sin una legislación de respaldo. En el caso del Código Orgánico de Seguridad del Estado, una vez aprobado– detalla Santamaría– se podría definir la estructura, organización y funcionamiento del Sistema de Seguridad del Estado, con inversión en seguridad interna e inteligencia. “Hoy por hoy todos corren hacia un mismo sitio cuando hay una emergencia, si pasa algo en las cárceles todas las fuerzas van a sus exteriores y primeros filtros, entonces se descuida la se-
DATOS. 1.995 muertes violentas se registran en Ecuador en lo que va del 2021. Esto representa un incremento de al menos el 108% con relación al 2020.
Ordenanza Leyes de seguridad nacional, ‘estancadas’ en la Asamblea Orgánico de Seguridad del Estado: presentado en octubre °deCódigo 2018. Se encuentra en etapa de revisión para primer debate. Ley de Personal y Disciplina de Fuerzas Armadas: presentada en °agosto de 2019. Está listo el informe para segundo debate, aunque no se ha establecido una fecha. Ley de derribo de aviones que estén volando de manera ilegal en el °espacio aéreo ecuatoriano: anunciada en octubre de 2021, no se ha entregado a la Asamblea.
LEYES. En la Asamblea se han atorado las leyes que permitirían que los estados de excepción funcionen.
guridad ciudadana”, señala el experto. Esto iría de la mano con la otra ley en espera: Ley Orgánica de Personal y Disciplina de Fuerzas Armadas, que regularía el régimen de carrera profesional militar, la selección y formación de los aspirantes a oficiales o miembros de tropa; así como los regímenes disciplinarios del personal militar de las Fuerzas Armadas. “Sin afán de generalizar, se necesita que las Fuerzas Armadas marcos que regulen a sus miembros desde los inicios, su comportamiento
y así evitar situaciones penosas como la de militares intentando ingresar objetos prohibidos a cárceles. Este marco serviría como base para el reclutamiento de guías penitenciarios”, destaca Santamaría. Decomisar no es combatir el narcotráfico Mario Pazmiño, exjefe de inteligencia militar, también critica que no haya celeridad en leyes que estructuren el rol e inversión de planes de inteligencia militar; así como las demoras para enviar la Ley que autoriza
el derribo de aviones que estén volando de manera ilegal en el espacio aéreo ecuatoriano. El Gobierno no ha detallado una fecha para la presentación del proyecto, pero se han dado adelantos de que será el bloque legislativo oficialista (CREO) el que lo presente y no la Presidencia. Pero mientras tanto, ambos expertos detallan que existe un error del mensaje oficial, que supone que las incautaciones de droga son ‘golpes’ contra el narcotráfico cuando “lo que representan son indicadores para trazar una ruta de trabajo y no creer que el trabajo está hecho”, dice Santamaría. Según datos de la Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional, entre enero y octubre de 2021 se decomisaron 159,9 toneladas de droga como cocaína, pasta base, heroína y marihuana. Este número, sin terminar el 2021, será el mayor de la historia nacional después de las 128 toneladas incautadas en 2020. (AVV)
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Sé la mejor Quienes paversión de ti gan la verdamisma en vez dera cuenta de la mala copia de de la corrupción alguien más.” son los pobres.”
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JUDY GARLAND (1922-1969), ACTRIZ ESTADOUNIDENSE
FRANCISCO (1936), ACTUAL PAPA DE LA IGLESIA CATÓLICA
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CARTA A LA DIRECCIÓN
Con dedicatoria
Es urgente rechazar la pretensión de crear inestabilidad política en el país, afectando a la necesaria paz social y a la economía. Se golpea a los más pobres, al ahuyentar la inversión nacional y extranjera, cuando un 66% de ecuatorianos están desempleados. Ridículo es invocar el Art. 130 de la Constitución, como si estuviéramos en una grave crisis política y de conmoción interna. La corrupción de los últimos catorce años que, ahora, hasta nos hace pagar los 900 millones de dólares, que costaron las vacunas, sí fue una verdadera conmoción. Ojo. Manipulación a los ecuatorianos, a propósito de los Pandora Papers, es el no decir que para ser candidato, hasta antes del 2017, no existía la prohibición de tener recursos lícitos, bien habidos, fuera del país. Reprochable siempre será ocultar en paraísos fiscales dineros robados en sus países por supuestos revolucionarios, en lugar de invertir en salud, seguridad, educación y crear empleo, principalmente. Wilson Sánchez Castello
Si me porto bien…
El pasado 2 de noviembre, aprovechando del largo feriado para honrar a nuestros difuntos, visité el cementerio de San Diego en la ciudad de Quito. Habían pasado aproximadamente 60 años que no lo visitaba. Lo que más me llamo la atención fue sin duda lo organizado de la población. Todos en fila para entrar recibiendo no agua bendita sino alcohol por parte de empleados municipales; luego, en Información, la buena disposición de los empleados. Ayudaban cortésmente a responder nuestras preguntas. Gracias a los buenos guías de la funeraria nacional en San Diego llegué a los lugares de mis recuerdos. Lo abundante en policías, la baja cantidad de delincuentes, hizo que me sintiese en otro país. Gracias a un excelente empleado de Funeraria Nacional, llegue al mausoleo de mi familia. Mi esposa me ha dicho repetidamente que, si me porto bien, tendré a su debido momento un agujero para mis cenizas con su familia en Monte Olivo, sin embargo, ¡algo me dice que gran parte de mi desea cuidar de los nuestros en nuestro cementerio de San Diego! Raúl González Tobar DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono y correo electrónico. OFICIOS LEGALES EXCLUSIVAMENTE EN: legal@lahora.com.ec
EL COSTO DE LOS QUE NO SE VACUNAN Más de tres millones de ciudadanos mayores de cinco años restan por vacunarse contra el covid, pese a que el Gobierno ofrece a todos la oportunidad de hacerlo. Mientras tanto, se observa un ligero repunte en las cifras de contagio y de hospitalización que se teme se agudizará en los próximos días. En muchos casos, el miedo, la displicencia y la confusión ideológica justifican ese proceder. Apelar al sentido de autoprotección e instinto de sobrevivencia de esos ciudadanos ha resultadoo inútil. Con mentalidad de polizón, creen que pueden beneficiarse de la inmunidad masiva y la consiguiente inmunidad de rebaño sin tener que “poner el hombro”. Tampoco parece importarles el bien común, ¿cómo, si no es así, explicar el desdén que exhiben ante la posibilidad de, aunque ellos no enfermen gravemente, contagiar a otros? Este
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL
Corrupción política La política es una manera de ejercer el poder, mediando las diferencias que se presentan entre las partes, en lo que se refiere a intereses económicos y sociales; es una actividad practicada por un grupo de personas que toman decisiones y cumplen con objetivos concretos, sin abusar del poder o la tiranía, que corrompe a quienes haciendo uso ilegal e ilegítimo de las organizaciones sociales se enriquecen y favorecen a sus coidearios, amigos, parientes y allegados. El juego deshonesto de algunos políticos hace que se adueñen
debería ser un privilegio otorgado únicamente a los pocos que, por sus priopias condiciones de salud, corren alto riesgo en vacunarse. La pandemia del covid-19 ha sido un problema de salud pública y, como tal, se la ha enfrentado en su mayoría con fondos públicos. La vacunación, la costosísima atención en las UCI de los hospitales públicos, los honorarios del personal de salud, la productividad perdida, todo se cubre con dinero de todos y, en gran parte, con deuda pública que tomará varios años pagar. Son justamente esas personas que se rehúsan a vacunarse quienes están protagonizando los nuevos casos graves, que requieren costosa hospitalización en este tiempo de crisis. ¿Es acaso justo que toda la ciudadanía tenga que seguir asumiendo el costo de su decisión?
de los recursos del pueblo con promesas, mentiras y fantasías, poniendo al descubierto a déspotas, perversos y corrompidos que fomentan la discusión entre ideas socialistas, democráticas, comunistas y capitalistas. Para administrar el poder hay que hacerlo con sabiduría y respeto pensando en la cultura y estilo de vida de los pueblos, y, adaptándose a las condiciones de vida de la gente en cada región, respetando el desarrollo de las comunidades, pensando siempre en la mancomunidad y la cooperación externa, la inversión, el comercio y el combate al narcotráfico. Es lamentable que la política ecuatoriana sea entendida como: soborno, peculado, extorsión, concusión, tráfico de influencias, peculado o abuso de información privilegiada, en provecho personal o colectivo de quienes se han apoderado de la mente de forajidos de cuello blanco, pon-
cho o camisas estampadas, que buscan afanosamente deformar las leyes pretendiendo ocultar la nefasta herencia de una fracasada revolución que engañó al pueblo y lo llevó a la pobreza en base al latrocinio de gente inescrupulosa y un tirano ausente. La honestidad o deshonestidad, lo justo o injusto, no termina en los tribunales de justicia, por más que se trate de rescatar sus valores; la corrupción persiste y sigue vigente con gente inescrupulosa y argumentos jurídicos amañados. La relación entre corrupción y política es muy profunda entre quienes viven de ella. Una sana metodología obliga a tomar precauciones para combatir el cinismo y la hipocresía, rescatando las acciones de profesionales honestos, quienes con ética, valores y principios aplican las leyes sin hacerle el juego a la corrupción. rcontero@gmail.com
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO
Ciudadela universitaria en La Floresta No todos los días llegan buenas noticias, más aún a una ciudad como Quito que ha sido maltratada durante los últimos tiempos; por ello nos entusiasma y queremos relievar la importancia de una iniciativa liderada por tres universidades que tienen sus campus o al menos parte de ellos en el tradicional barrio de La Floresta. Se trata de las universidades: Politécnica Salesiana, Politécnica Nacional y la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. La iniciativa mira a crear lo que se denomina una Ciudadela Universitaria en la zona de La Floresta, considerando el importante contingente que estos centros universitarios le dan a este espacio con el flujo de estudiantes y docentes, el movimiento que a través de ellos se genera, con negocios que surgen alrededor, con la vida que normalmente un centro de educación superior le da al lugar en el que se encuentra enclavado. Se dice que donde hay estudiantes hay vida; y es verdad. Ojalá también el Centro Histórico de Quito pudiera beneficiarse de albergar en su seno a universidades que le generan no solo movimiento económico sino la necesaria presencia de personas que le aportan con su dinamia y presencia. Hemos visto, con ocasión de visitas a otras ciudades de diversos países, cómo la presencia de las universidades vuelve cálidos a los lugares y les dotan de un particular sabor; como lo que ocurre con Georgetown en la capital norteamericana, un vívido ejemplo de lo que constituye la recuperación de un barrio. La Floresta es un hermoso barrio, con una esencia turística que le da características especiales, gracias a los hoteles y restaurantes, a los centros de diversión, pero que necesita trabajar en su seguridad, en su limpieza, en todo lo que lo puede volver un destino cada vez más atractivo y vibrante. Tampoco puede dejarse de lado el tema cultural, una universidad es también centro de cultura, más aún si tres universidades asumen el reto que conlleva la creación de esta ciudadela universitaria. rosaliaa@uio.telconet.net
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional GABRIELA VIVANCO SALVADOR Editores Regionales JULIA GUERRA - FRANCISCO VARELA e-mail:
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XXXIX No. 13254
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
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EE.UU. demanda a Uber por tarifa a discapacitados
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El Gobierno de Estados Unidos anunció que ha presentado una demanda contra la empresa de transporte Uber por cobrar una tarifa adicional en concepto de “tiempo de espera” a las personas que, a causa de una discapacidad, tardan más tiempo en acce-
La crítica economía de Nicaragua se enfrenta a sanciones
El presidente de EE.UU., Joe Biden, firmó la ley que permite revisar acuerdos comerciales con el país. Esto podría aumentar la pobreza y la migración. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, firmó ayer una ley que busca presionar al reelegido mandatario nicaragüense Daniel Ortega con más sanciones y permite que se revise un tratado de libre comercio con el país centroamericano. La legislación urge al Gobierno de Biden a examinar la participación de Nicaragua en el Tratado de Libre Comercio con Centroamérica (Cafta, en inglés) y, además, le pide que aumente sus sanciones contra actores cla-
der al vehículo. Uber empezó a cobrar la tarifa adicional por tiempo de espera en abril de 2016, un suplemento que se activa cuando el conductor debe esperar más de dos minutos desde que llega al lugar de recogida y hasta que el pasajero accede al vehículo y se inicia el viaje. EFE
ses de las instituciones multilaterales de crédito usar su influencia para detener la financiación a los organismos estatales nicaragüenses.
ves del Gobierno de Ortega. El texto también insta a Biden a expandir la cooperación con Canadá y con la Unión Europea (UE) en la política (sancionatoria) hacia el país centroamericano. Asimismo, el proyecto amplía la supervisión de los préstamos de las instituciones financieras internacionales a Nicaragua. A finales de 2018, el Congreso de EE.UU. ya aprobó un proyecto de ley conocido como Nica Act, que ordena a funcionarios estadouniden-
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Efectos económicos
Este tipo de sanciones de EE.UU. han dificultado que Nicaragua, uno de los países más pobres de América Latina, salga de la depresión económica que atraviesa desde las protestas de 2018, que perjudicaron las inversiones nacionales y extranjeras y provocaron el colapso del turismo. Ahora, con la posibilidad de más sanciones, la situación se complica. Hay quienes piensan que un mayor empobrecimiento empujaría a más migrantes hacia
EFECTO. Un exiliado nicaragüense protesta en Costa Rica. Expertos temen que las sanciones generen una ola migratoria hacia ese país y Estados Unidos.
la vecina Costa Rica y hacia Estados Unidos. Hasta el momento, los nicaragüenses son minoría migrando hacia el norte, entre un gran número de hondureños, salvadoreños y guatemaltecos, aunque el flujo migratorio ha crecido en lo que va de 2021. Dentro del país, algunos analistas consideran que Ortega podría buscar un acercamiento con el sec-
tor empresarial, con el que mantuvo acuerdos hasta 2018. Ese año, el gremio empresarial apoyó las protestas contra el Mandatario, que se saldaron con la muerte de 328 personas, según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La ruptura tuvo efectos: el Producto Interno Bruto cayó por tres años consecutivos a partir de entonces. (EFE-LAG)
Dormir desde las 10 u 11 de la noche es bueno para el corazón
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA VICSANLOGISTICS S.A. De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias se convoca a los accionistas de la Compañía VICSANLOGISTICS S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el lunes 22 de noviembre del 2021, a las 18:00 horas a través de la plataforma ZOOM y desde el domicilio de la compañía, ubicada en la calle Manuel Iturrey E10-56 y Av. La Coruña, de esta ciudad de Quito, Parroquia Mariscal Sucre, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, con el objeto de tratar los siguientes puntos del día: 1.- Nombrar Representante Legal de la Compañía por los próximos 5 años. 2.- Nombrar Presidente de la Compañía por los próximos 5 años. 3.- Nombrar Comisario de la Compañía por los próximos 3 años. Los accionistas podrán hacerse representar por un apoderado que exhiba su poder notariado donde se especifique que puede acudir a las Juntas de Accionistas cumpliendo con el requisito antes señalado. Para dar inicio a la sesión, se concederá 20 minutos de plazo luego de la hora fijada para iniciar dicha junta. Luego de este tiempo, si se cuenta con el quórum y mayoría exigidos en los estatutos, se dará inicio a la Junta sin más espera.
001-003-937/ms
Quito, 11 de noviembre del 2021.
Irse a dormir entre las diez y las once de la noche se asocia con un menor riesgo de desarrollar enfermedades cardíacas en comparación con las horas más tempranas o más tardías, según un estudio publicado en el 'European Heart Journal Digital Health', una revista de la Sociedad Europea de Cardiología (ESC). "El cuerpo tiene un reloj interno de 24 horas, llamado ritmo circadiano, que ayuda a regular el funcionamiento físico y mental --señala el autor del estudio, el doctor David Plans, de la Universidad de Exeter (Reino Unido)--. Aunque no podemos concluir la causalidad a partir de nuestro estudio, los resultados sugieren que es más probable que las
ESTUDIO. Los investigadores hicieron seguimiento de 88.026 personas durante aproximadamente 5,7 años para desarrollar las conclusiones.
horas de acostarse temprano o tarde alteren el reloj corporal, con consecuencias adversas para la salud cardiovascular". Durante un seguimiento medio de 5,7 años, 3.172 participantes (3,6% de 88.026
individuos) desarrollaron una enfermedad cardiovascular. La incidencia fue mayor en los que dormían a medianoche o más tarde y menor en los que empezaban a dormir entre las 10:00 y las 10:59 de la noche. (EFE)
NORTE
Decomisan 75 armas en la cárcel de Ibarra
REFERENCIA. Aparte de los stands para generar enlaces productivos, habrá capacitaciones y experiencias sobre temas relacionados al sector agrícola, cadena productiva y comercialización.
Carchi e Imbabura se mostrarán en una feria productiva y comercial tores de las dos provincias, abordando sobre cultivos de exportación, organización y negocios; que se complementan con exposiciones artísticas y actos culturales. “Durante los dos días, la feria estará abierta al público de manera gratuita, esperando la presencia masiva y como resultado un movimiento económico importante”, agregó.
Dos días serán destinados para la primera feria biprovincial de la región norte del Ecuador, que espera ser un impulso para la recuperación económica de Imbabura y Carchi. Esta iniciativa está res- Golpeados por la pandemia paldada por los gobiernos Desde la Prefectura de Imbalocales de ambas provincias, bura, una de las instituciones con el apoyo del Ministerio que aporta a la feria, se explide Agricultura y Ganadería có que el sector productivo es (MAG), asociaciones de pro- uno los sectores más afectaductores y fundaciones que dos por la pandemia de Cotrabajan en temas de desa- vid-19, pues las restricciones rrollo económico. de movilización y el Miguel Guamán, confinamiento disEL DATO coordinador de la fe- El ingreso a puesto por las autoriria, explicó que duran- la feria, las dades del Comité de te los días 20 y 21 de conferencias Operaciones de Emernoviembre de 2021, y los espa- gencia (COE) limitó se ha previsto la ins- cios cultura- su campo de acción, talación de 40 stands, les y artísti- por ende las pérdidas en donde se mostrará cos no tiene económicas resultaningún lo mejor de la producron cuantiosas. costo. ción agrícola, artesa“Por eso, ahora esnal y los diversos emtán empeñados en deprendimientos de familias y sarrollar iniciativas que les asociaciones que contribuyen permita abrir mercados y con el fortalecimiento de la llegar con sus productos dieconomía regional. rectamente a los consumidoAdemás, explicó que ha- res. Las ferias son, sin duda, brá conferencias sobre te- un buen espacio para lograr mas de agroecología, reme- este objetivo. Favorecer los diación y recuperación de procesos de venta, mostrar suelos, nutrición y soberanía lo mejor de la producción loalimentaria, innovación tec- cal, facilitar la demostración nológica y exportación. y presentación de productos, La programación contem- contactar con compradores, pla además la exposición de son entre otras las ventajas experiencias de agricul- que ofrece”, comentaron.
Será en Ibarra
El espacio elegido para la feria es el coliseo de la Unión Nacional de Educadores (UNE), en las calles Sánchez y Cifuentes y Luis Fernando Villamar, en Ibarra, capital provincial de Imbabura, hasta donde llegarán los productores de los diferentes cantones de ambas provincias. El evento, aparte de contar con el apoyo de la empresa pública y privada, es organizado por la Asociación de Carchenses Residentes en Ibarra, quienes aseguran que también es una feria que coincide con la celebración de los 141 años de provincialización de Carchi.
75 armas blancas
Desde el Comando de Policía de la Subzona Imbabura se informó que, en el último operativo de noviembre, se ingresó a cada una de las celdas, acompañados por un fiscal, donde se reportaron varias novedades. “Durante la requisa, se encontraron 75 armas corto punzantes, 11 teléfonos de diferentes marcas, 17 accesorios de telefonía, 11 pipas artesanales, 4 correas, entre otros objetos. Las armas corto punzantes y demás objetos encontrados en el operativo de control fueron trasladados a la bodega de Policía Judicial con su respectiva cadena de custodia”, detallaron.
Problemas carcelarios
La situación carcelaria en
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RESULTADOS. Todos los objetos decomisados fueron llevados a las bodegas policiales.
Ibarra es precaria, como se ha denunciado más de una vez por parte de autoridades nacionales y locales. Este sitio, que está prácticamente en el centro de la ciudad, junto a una escuela, fue edificado hace más de 100 años, inicialmente con una capacidad máxima para 250 presos, pero actualmente alberga a un promedio de 650. El exdirector del SNAI (Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores), Fausto Cobo, en su momento reconoció que Ibarra tiene el centro carcelario con más vulnerabilidades a escala nacional, donde aparte del hacinamiento faltan guías penitenciarios. P
Ibarra, 11 de noviembre de 2021
Expresa su sentido de pesar y solidaridad por el fallecimiento de quien en vida fue
Hedwig Purtschert Co-fundadora de Floralp
Paz en su tumba LA DIRECTIVA 001-005-1056
Las provincias buscan impulsar, con esta iniciativa, a los sectores más afectados por la pandemia.
El último operativo policial en el interior del centro de rehabilitación social de Ibarra, la noche de este 9 de noviembre de 2021, dejó como resultado, nuevamente, el decomiso de armas blancas, celulares y objetos prohibidos. Es que a pesar del estado de excepción impuesto por el Gobierno Nacional en las cárceles y las constantes requisas en las celdas, en cada nuevo operativo aparecen decenas de objetos prohibidos para los privados de libertad.
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No será obligatorio asistir con uniforme a clases presenciales
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QUITO
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Más de 32 mil estudiantes acuden a clases presenciales en Loja. No hay obligatoriedad de usar uniformes. En caso que el Comité de Operaciones Emergentes (COE) Nacional autorice el regreso del 100% de los estudiantes a los centros educativos del país, el Ministerio de Educación, informó que no será obligatorio el uso del uniforme para que retornen a la presencialidad. Algunos planteles en la provincia han optado por
solicitar únicamente el uniforme de educación física y no del diario.
Amanda Torres, madre de familia, manifestó que su hijo regresó a clases presenciales la semana anterior, las autoridades del plantel les pidieron únicamente el uniforme de educación física, para evitar gastos exagerados en esta pandemia.
“Pero igual a nosotros nos tocó comprar el terno, porque el anterior se quedó pequeño, luego de dos años que no hubo presencialidad. En mi caso gasté cerca de 35 dólares, incluida la mochila que también estaba en mal estado”, dijo. Según el coordinador Zonal 7 del Ministerio de Educación, Camilo Espinosa, manifestó que la ministra ha sido clara, que luego de pasar por estos duros momentos a causa de la pandemia del Covid-19, no
EXTRACTO CASILLA 1154 CITACIÓN JUDICIAL A: CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA JUICIO: CONCURSAL No. 17230¬2020¬00233 ACTOR: BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P. DEMANDADOS: CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 9 de enero del 2020, las 14h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede. Se califica la demanda formulada por la BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P., de clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de concurso necesario. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, se presume el estado de insolvencia y se declara la interdicción del señora: CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA, con cedula de ciudadanía No. 1705427829, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al concurso necesario, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias.- CÍTESE, a la parte demandada señora: CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA, en el lugar señalado, a fin de que en el término de diez (10) días presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; para tal propósito, remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente a fin de dar cumplimiento con esta diligencia (El accionante provea de las copias necesarias para la citación); Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem. En el tiempo procesal oportuno se designará el síndico de quiebras, quien será la depositaria de los bienes del fallido; La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte demandada: CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA, con cedula de ciudadanía No. 1705427829; Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 2.8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 2.9. : Se dispone que la señora CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA, con cedula de ciudadanía No. 1705427829, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Actúe Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.-F) Dra. Celma Espinosa Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 2 de junio del 2021, a las 12h45. Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad del domicilio o residencia de la parte demandada CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA, se dispone: CITESE: a la parte demandada CEVALLOS MOREIRA PATRICIA GERMANIA, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, en concordancia con el Memorando circular DP17-2020-0402-MC de fecha 31 de agosto de 2020 suscrito por el Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura que dispone la concurrencia de los servidores judiciales a cada dependencia institucional, con el aforo del 30% por motivo de las disposiciones del COE, hasta que se supere la emergencia sanitaria nacional por la pandemia, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. Adicionalmente se recuerda a las partes que a partir del 11 de mayo del 2020, con la resolución 045-2020 emitida por el Pleno del Consejo entró en vigencia el acceso al módulo externo por medio de la Oficina de Gestión Judicial Electrónica a través de la página web del Consejo de la Judicatura, por medio del cual los defensores técnicos de las partes pueden ingresar con sus credenciales, a fin de verificar el contenido de los escritos digitalizados, para su conocimiento.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE..-.-F) Dra. Celma Espinosa Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Firma ilegible Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP)
VENTA. Los uniformes que más se venden por ahora son los de educación física.
es el momento para volver a educativo exija la obligatorielas exigencias normales, como dad del uso de uniforme, los pedir que los estudiantes estén padres de familia deben acucorrectamente uniformados o dir al Distrito del Ministerio de que compren su lista de útiles Educación e implementar las escolares. “En esta ocasión hay acciones legales que sean perflexibilidad, entendiendo la si- tinentes. tuación económica de los hogares, por eso es que el EL DATO Comercio por los suelos uniforme no es requisito La situación en los locales indispensable para ir a Un uniforme comerciales y de venta de deportivo (5 pielas aulas”, reveló. zas) oscila desde uniformes es crítica, el co28 dólares en Indicó a la vez que los adelante, depen- mercio no se ha reactivado, diendo talla continúan las ventas en un puede haber excepcio- y calidaddedelatela. nes, en el caso de la edu10% desde septiembre, una cación fiscomisional o vez que inició el año lectivo particular, que mediante un régimen Sierra-Amazonía. “No ha acuerdo con los padres de fa- cambiado la situación, pese a exismilia, se pueda llegar a un en- tir clases presenciales seguimos tendimiento para uniformarse como antes, lo que más se vende o no. “Todo es optativo. Igual son los uniformes de educación ocurre con los útiles escola- física, los del diario casi nada. En res, no se pide más que lo bá- mi caso, tengo trajes de todos los sico, pero si padres de familia colegios de Loja, la gente compra y autoridades deciden incurrir poco, pese a que bajamos los preen gastos mayores, ya queda a cios en un 3 y 5% para que la gente libre elección, sobre todo en la adquiera”, reveló Efrén Vélez, proeducación privada”, acotó. Si pietario de un local deportivo en la en caso de que algún plantel ciudad.
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LUGAR. En este lugar los militares y policías realizan constantes operativos, pese a ello se han suscitado algunas muertes violentas.
Familias de Playa Grande estarían siendo víctimas de extorsión Con el asesinato de sitio. cuatros personas durante el veAdemás, la parroquia urlorio de Jefferson Javier Mesías bana sería considera como teGoya, conocido también como rritorio liderado por el grupo ‘El Enano’, quien fue victima- delictivo ‘Los Choneros’ y que do mientras supuestamente ahora está siendo disputado laboraba en la construcción con los llamados ‘Los Lobos’. del paso a desnivel, a la altura de la avenida Detalles Walter Andrade, viPERSONAS Por su parte, el jefe nieron más problemas fueron asesina- del distrito de Policía para los habitantes de das la madruga- Quevedo-Mocache, la parroquia Nicolás da del pasado Holguer Cortez, maviernes en el Infante Díaz, donde nifestó que tienen sector de Playa conocimiento sobre sujetos fuertemente Grande. armados protagonizaeste hecho, aunque no ron una balacera, hasexiste ninguna denunta lanzaron granadas. cia formal. MUERTES Según dieron a “Hemos tenido coviolentas se conocer algunas pernocimiento de que registran en sonas a Diario LA Quevedo, en lo existe estos esqueHORA, grupos delicti- que va del año. mas extorsivos, pero vos les estarían solicial tener limitante de tando dinero, para según ellos, denuncias formales, lo que hedarles ‘seguridad’. mos hecho es poner en conoEsto preocupa a los morado- cimiento de las unidades esperes de este populoso lugar, que ciales, direccionadas a manejar es considerado una ‘zona ca- este tipo de delitos, como es la liente’ por la Policía Nacional, Unidad de Antisecuestro y Exdebido a los constantes hechos torsión, pidiendo su presencia violentes que se suscitan en el con equipos para que comience
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‘Choneros v Lobos’
° En el conflicto por disputa de territorio entre los grupos delincuenciales han sido asesinados 23 personas. De ellas 18 serían de la agrupación ‘Los Choneros’ y 5 de ‘Los Lobos’. a trabajar en este tipo de dinámica”, puntualizó el oficial de Policía. Cortez aseguró que se ha designado la presencia policial en este conflictivo sector, para evitar que se repliquen las acciones violentas, como la que se suscitó el pasado 5 de noviembre, pero que esto jamás se debe “interpretar como que la Policía está dando seguridad a los grupos que realizan actividades al margen de la ley”, dijo el uniformado, quien descartó que hayan alertas de un segundo atentado. Sobre si se va a solicitar uniformados de otras zonas, para que sean ubicados en Playa Grande, el jefe policial afirmó que mantendrán hasta el momento el mismo dispositivo, que es parte del modelo de gestión que se encuentra aterrizado en el subcircuito, y que genera presencia policial en todos los rincones del cantón riosense. (LRU)
¿Qué debería hacerse? °
El experto en seguridad, Mario Pazmiño, manifestó que ahora la fuerza pública deberá estar permanentemente en dicha zona, no con patrullaje, sino las 24 horas del día, con el propósito darle seguridad a la ciudadanía. Ya no ejecutar los famosos circuitos y retenes. “Lo que tienen que hacer es dotar de la presencia policial, así lo hacen en Israel, Fuerza Armadas, terrestres, aérea e inteligencia, además de ir emulando las alcaldías locales, lo que está haciendo Guayaquil, es decir, incorporar a las empresas privadas y equipando a la Policía. Pazmiño hizo énfasis en que el problema es que Los Ríos es una provincia que facilita el ingreso de alcaloide, narco tráfico y el armamento para otras provincias. Por lo que va a convulsionar con altos índices de violencia.
EMPRESA TURÍSTICA DE PICHINCHA “MITAD DEL MUNDO” - EP Convocamos a las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en el arrendamiento de los locales ubicados en las instalaciones de la ETPMM-EP detallados en el siguiente cuadro: Local No.
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FACT 001-005-1055
Delincuentes les estarían exigiendo dinero por brindarles seguridad. La Policía asegura que no hay denuncias formales, pero que sí investigan.
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Ecuador
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Amapolas en la ópera de Sidney
El 11 de noviembre se celebra el Día del Recuerdo, un acto conmemorativo anual, instaurado para recordar a los soldados que han muerto en el cumplimiento del deber. EFE
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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
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ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
http//www.derechoecuador.com
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CONSULTA PENAL ¿Cabe o no diferir el juicio flagrante sin la presencia de la víctima en contravenciones de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar?
OBSERVATORIOS CIUDADANOS Y CONTROL SOCIAL
AUTORA: AB. ROSANA CASTRO ARROYO, MSC
La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 85 estableció que para la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantiza la participación ciudadana, esto incluye a personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, con el objeto de hacer efectivo estos derechos; el mismo cuerpo legal creó al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Esta es una institución pública que se encargará de promover e incentivar el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana, e impulsará y establecerá mecanismos de control social en los asuntos de interés público, esto de conformidad con el artículo 207 de la Constitución de la República del Ecuador. Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Para regular al Consejo de
Participación Ciudadana y Control Social, se emitió la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, mediante la cual el Consejo tendría entre sus atribuciones, la promoción y estimulación de iniciativas de control social, sobre el ejercicio de las políticas públicas, sea de entidades del sector público, de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios públicos, sea que manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público; también podrán apoyar técnica y metodológicamente las iniciativas de veeduría, observatorios y demás espacios de control social, como lo determina el artículo 8 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Para regular la participación ciudadana, se emitió la Ley Orgánica de Participación Ciudadana,quefacultóalConsejo de Participación Ciudadana y Control Social la regulación de
Observatorios Ciudadanos, es decir, a través de un instructivo denominado “Instructivo para la conformación de Observatorios Ciudadanos”, emitido mediante la Resolución No. PLE–CPCCS807-18-10-2017, de fecha 18 de octubre de 2017, esto de conformidad con el artículo 79 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Los Observatorios Ciudadanos son un mecanismo de control social, se constituyen por ciudadanos u organizaciones ciudadanas que se encuentren interesadas en conjunto con la academia y expertos, en elaborar diagnósticos, seguimiento técnico e independiente, para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública. Los ciudadanos participantes no deben tener conflicto de intereses con la política pública a ser observada; su finalidad es vigilar el cumplimiento de las políticas públicas. Los Observatorios Ciudadanos fomentan el ejercicio del
derecho a la contraloría social, a través de la construcción metodológica de procedimientos que guíen la conformación, estructura y funcionamiento de las herramientas de participación ciudadana y control social.
¿En qué se puede aplicar los Observatorios Ciudadanos? 1) Políticas Públicas de: i) Salud; ii) Educación; iii) Justicia; iv) Seguridad Ciudadana; v) ServiciosPúblicos;vi)Economía; vii) Derechos Humanos; viii) Discapacidades; ix) Cultura; x) Medios de Comunicación; y, xi) Naturaleza. ¿Cuál sería el procedimiento para conformar un Observatorio Ciudadano? 1) Identificación del ámbitoobjeto; 2) Mapeo de Actores; 3) Reunión con actores en torno a la política pública que se decide observar; 4) Elaboración del plan de trabajo y generación de indicadores; 5) Negociación entre los actores públicos y privados, incluye lobby, alianzas,
RESPUESTA Art. 643.5 ibídem: “Reglas. El procedimiento para juzgar la contravención penal de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, se sustanciará de conformidad con las siguientes reglas:...5. La o el juzgador competente, cuando de cualquier manera llegue a conocer alguna de las contravenciones de violencia contra la mujer y la familia, procederá de inmediato a imponer una o varias medidas de protección; a receptar el testimonio anticipado de la víctima o testigos y a ordenar la práctica de los exámenes periciales y más diligencias probatorias que el caso requiera, en el evento de no haberse realizado estos últimos.” Art. 642.5 del COIP: “Reglas.El procedimiento expedito de contravenciones penales deberá sustanciarse de conformidad con las disposiciones que correspondan del presente Código y las siguientes reglas:...5. Si la víctima en el caso de violencia contra la mujer y miembro del núcleo familiar no comparece a la audiencia, no se suspenderá la misma y se llevará a cabo con la presencia de su defensora o defensor público o privado...” Para evitar la revictimización, no debería diferirse la audiencia de juicio en caso de contravención flagrante por ausencia de la víctima, con los demás elementos que deben ser legalmente incorporados y contradecidos en la audiencia, la jueza o el juez pueden emitir la decisión que corresponda. Para la valoración se debe imperativamente aplicar criterios de protección a la víctima, propios de la justicia especializada. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
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convenios, cooperación internacional; 6) Elaboración de propuestas y estructura organizativa; 7) Ejecución y Desarrollo del Observatorio; 8) Análisis y sistematización de la información obtenida; 9) Presentación y socialización de resultados; 10) Implementación de las recomendaciones del Observatorio; y, 11) Seguimiento y cumplimiento. El Control Social se encuentra ligado a los derechos de participación y este permite la intervención activa de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades en: 1) La toma de decisiones; 2) En la planificación y gestión de los asuntos públicos; y, 3) En el control popular de las instituciones del Estado, de la sociedad, y de sus representantes. Es un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. ¿Cuáles son los objetivos del Control Social? 1) Aumentar la capacidad de
influencia de la sociedad civil sobre el papel regulador del Estado, para fortalecer el poder ciudadano; 2) Equilibrar las relaciones de poder, fortaleciendo la democracia participativa; 3) Proponer alternativas para el mejoramiento permanente de la gestión de lo público, contribuyendo al buen vivir; y, 4) Fortalecimiento de capacidades organizacionales y ciudadanas para la incidencia en lo público. ¿Cuáles son los elementos del Control Social? 1) Capacidad: Que tiene la sociedad para controlar e incidir en el desempeño. Es un conjunto de recursos y aptitudes que tienen las personas para desempeñar una determinada actividad. En este sentido, esta noción se relaciona con el aprendizaje de habilidades, conocimientos, aptitudes y recursos que necesitan, en este caso, para ejercer el control social; y, 2) Mecanismos e instrumentos: Estos previenen que aparezcan conductas que sean contrarias a las normas establecidas por la sociedad, a derecho y, si lo están encauzarlos hacia el desempeño legal y ético. Estos permiten vigilar las conductas de los dife-
rentes actores e integrantes del control social. Estos mecanismos son: i) Veedurías Ciudadanas; ii) Observatorios Ciudadanos; iii) Defensorías Comunitarias; y, iv) Comités de Usuarios. ¿Qué implica el ejercicio del Control Social? 1) Organización de la ciudadanía; 2) Identificación del objeto del control; 3) Solicitud al CPCCS de apoyo técnico; 4) ejecución del control social; 5) Obtención de datos e información; 6) Socialización de la nueva información; y, 7) Monitoreo a la implementación. ¿Qué puede ser objeto de Control Social? 1) Toma de decisiones, como: i) los efectos que produce determinada decisión, como la aprobación de ordenanzas, resoluciones, decretos; ii) decisiones legales; iii) decisiones legítimas; 2) Plan de Desarrollo y Organización Territorial (PDyOT), que es un instrumento técnico y normativo para la planificación territorial. Orienta las intervenciones de las instituciones públicas y privadas para generar el desarrollo local. Ordena la gestión de un territorio, en conformidad con los
actores involucrados y de acuerdo a las vocaciones del territorio. Además, es un instrumento político, pues refleja la visión de desarrollo, estrategias, programas y proyectos que permiten alcanzar el plan de trabajo de la autoridad electa. En este caso, encontramos: i) Planeación, asignación de presupuesto, ejecución y evaluación del gasto público para el cumplimiento de los derechos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador; ii) Cumplimiento de objetivos, claramente definidos; iii) Verificar la participación de personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; iv) Avance; v) Resultado en el cumplimiento; vi) Correlación entre el plan cantonal y el plan provincial; 3) Políticas Públicas: Son directrices generales que impulsa un gobierno para respetar, proteger y realizar los derechos de las personas, de forma individual y colectiva. En este caso, encontramos: i) La participación de personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; ii) Propician la Equidad; iii) Tienen legitimidad; iv) Verifican avances; v) Verifican el resultado del cumplimiento; 4) Proyectos: Es una planifi-
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cación, que consiste en un conjunto de actividades a realizar de manera articulada entre sí, con el fin de producir determinados bienes o servicios capaces de satisfacer necesidades o resolver problemas, dentro de los límites de un presupuesto y de un periodo de tiempo dados. En este caso, encontramos: i) Verifican que sean pertinentes a las necesidades; ii) Contratación Pública; iii) Monto; iv) Avances; 5) Presupuesto Participativo: Es el proceso mediante el cual, las ciudadanas y los ciudadanos, de forma individual o por medio de organizaciones sociales, contribuyen voluntariamente a la toma de decisiones respecto de los presupuestos estatales, en reuniones con las autoridades electas y designadas. En este caso, encontramos: i) La participación de personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; ii) La calidad de inversión pública y la igual distribución de los beneficios de la inversión; iii) Proyectos de arrastre; iv) Criterios de distribución a barrios, comunidades; v) Resultados de ejecución presupuestaria; y, vi) Deudas/ pasivos; 6) Servicios que ofertan: agua basura, luz, recolección de basura, tratamiento de los residuos sólidos. En este caso, encontramos: i) Calidad del producto o del servicio; ii) Calidez de atención; iii) Impacto de los recursos, de los servicios; y, iv) Cobertura y satisfacción de necesidades; 7) Talento humano y recursos: En este caso, encontramos: i) Número de funcionarios y actividades que cumplen; y, ii) Sueldo en relación con las funciones que realizar; 8) Derechos: En este caso, encontramos: i) Ejecución de acción afirmativa; ii) Reparación a la violación de derechos; 9) Leyes: En este caso, encontramos: i) Su cumplimiento o incumplimiento; ii) Acciones para garantizar la transparencia; iii) Acciones que denuncien el incumplimiento. A manera de conclusiones, el Observatorio Ciudadano fomenta construye metodología para la conformación, estructura y funcionamiento de las herramientas de participación ciudadana y control social; elabora diagnóstico, da un seguimiento independiente y técnico, para impulsar, evaluar, monitorear y vigilar el cumplimiento de la política pública. Ab. Rosana Castro Arroyo, MSc
rosipaocastro@yahoo.com/ @rosicastroa
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ANULACION DE PAGO Se comunica al público, la anulacion por perdida del cheque N° 1463 presentado por el girador URBEFASHION Cta Cte No. 5085012719 DEL BANCO BOLIVARIANO.
Nro. 1480-DP-2020-VS, de fecha 07 de febrero del 2020. Agréguese al proceso el escrito y el anexo presentado por la actora señora Magali del Rocio Blacio Mora, el viernes 1 de octubre del 2021, a las 14h14. Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento al auto de fecha jueves 19 de agosto del 2021, a las 16h35, dispone: PRIMERO.- La solicitud que antecede y solicitud que completa la misma, es clara, precisa y reúne los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la admite a procedimiento voluntario establecido en el Art. 334, Capítulo IV, Título I, del Libro IV del cuerpo normativo ante referido.SEGUNDO.- a) Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor CARLOS LUIS PACHECO RAMON, en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia de Pichincha, conforme lo dispone el Art. 58, del Código Orgánico general de Proceso, para lo cual por Secretaria confiérase el correspondiente extracto. b) Se le previene a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, de contestar la demanda planteada en su contra en el TÉRMINO DE 15 DÍAS contados a partir de la citación, así como de anunciar los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción observando lo dispuesto en los Arts. 151, 152, 153, 157, 169 inciso cuarto del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- Téngase en cuenta la autorización conferida a su defensor y los correos señalados para recibir las notificaciones.CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico para los fines de ley. CISNEROS MORALES RAFAEL GUSTAVO SECRETARIO Hay firma y sello
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17201-2021-00567-OFICIO-01392-2021 Causa Nº 17201202100567 Cayambe, lunes 25 de octubre del 2021 Señor(es) UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA PROVINCIA DE PICHINCHA Presente: En el juicio Nº 17201202100567, hay lo siguiente: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN CAYAMBE DE LA PROVINCIA. REPUBLICA DEL ECUADOR Cítese con el siguiente extracto a: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR CARLOS LUIS PACHECO RAMON ACTOR: BLACIO MORA MAGALI DEL ROCIO DEMANDADO: CARLOS LUIS PACHECO RAMON Y OTROS JUICIO VOLUNTARIO – AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONA SOMETIDAS A GUARDA No. 172012021-00567 CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ QUE CONOCE LA CAUSA: DR. CARLOS AUGUSTO MORENO FIALLOS SECRETARIO: DR. RAFAEL GUSTAVO CISNEROS MORALES OBJETO DE LA DEMANDA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA VISTOS.- El suscrito Dr. Carlos Augusto Moreno Fiallos, en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Cayambe de la Provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal
REVISTA JUDICIAL
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Expediente No. 17985-2021-00073G UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SDE EN LA PARROQUIA TUMBACO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 10 de noviembre del 2021, a las 09h11. A TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O DE QUIENES PUEDAN TENER INTERÉS EN EL ASUNTO VISTOS. En virtud de lo dispuesto en los Arts. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, en cumplimiento de las Resoluciones del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 199-2013, de 10 de Diciembre de 2013, publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 195 de 05 de Marzo de 2014; y, 51-2017 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 994 de 28 de Abril de 2017; y el sorteo de ley que antecede, en mi calidad de Jueza de ésta Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia de Tumbaco del Distrito Metropolitano de Quito AVOCO conocimiento de la presente causa y dispongo: Agréguese al proceso el escrito que antecede con el que se da cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior: 1) En lo principal la demanda presentada por DOLORES DEL CARMEN BARRE ZAMBRANO, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta a procedimiento voluntario de conformidad con lo señalado en el Art. 334 del Código Orgánico General de Procesos. 2) De conformidad con la resolución No. 10-16 dictada por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia se señala para el día 10 DE NOVIEMBRE DE 2021, LAS 09H00, a fin de que ésta autoridad escuche de forma reservada a MIGUEL ANGEL NUÑEZ BARRE, y de su opinión respecto del curador especial insinuado. 3) Practicada la diligencia anterior y de conformidad con lo señalado en el Art. 335 tercer inciso del Código Orgánico General de Procesos se convoca a las partes (actora, curadora, y testigos) para el día 10 DE NOVIEMBRE DE 2021, a las 09H05, a la audiencia respectiva en la que la que de ser pertinente la curadora se posesionará y discernirá del cargo. Se previene a las partes de la posibilidad de que la audiencia se realice por medios telemáticos. 4) Se ordena la CITACIÓN DE TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O DE QUIENES PUEDAN TENER INTERÉS EN EL ASUNTO, para lo cual se realizará una sola publicación en un medio de comunicación a elección del accionante, conforme art. 56 del COGEP, bajo prevención que, de hacerlo de forma digital se proceda a cumplir con lo que señalan los art. 18 de la Ley Notarial y 4 y 5 del Reglamento a la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, para lo cual, entréguense los extractos correspondientes, solicitando a las partes se realice con suficiente tiempo la publicación a fin de cumplir con los tiempos procesales previo la instalación de audiencia. 5) Hecho lo cual entréguese copia certificada del acta de discernimiento que constituirá el nombramiento para que se protocolice en una de las notarías de este cantón y le sirva de suficiente título al Curador Especial nombrado.- Tómese en cuenta, el domicilio judicial que señala la accionante para sus notificaciones y la designación y autorización a su abogado defensor.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.GARATE ABAD MARCO VINICIO SECRETARIO Hay firma y sello
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17230-2020-04826. OFICIO 17238-2021 Causa Nº 17230202004826 Quito, viernes 29 de octubre del 2021 Señor(es) EXTRACTO-CITACION PRENSA-CAUSA 17230-2020-04826 Presente En el juicio No. 17230202004826, hay siguiente: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL EXTRACTO DE CITACION POR LA PRENSA Se le hace saber a: GONZALO LEON SERRANO CONSTRUCTORES S. A. R. LEGAL GONALO CAYETANO CAMILO LEON SERRANO – GERENTE, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: MARIA FERNANDA NOBOA GOMEZ Y CLAUDIA SILVANA NOBOA GOMEZ DEMANDADOS: GONZALO LEON SERRANO, CONSTRUCTORES S. A., GONZALO CAYETANO CAMILO LEON SERRANO , GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL JUICIO: 17230-2020-04826 PROCEDIMIENTO / ACCION: ORDINARIO / INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO OBJETO.- Según referencia de la parte actora, de la Escritura de Promesa de Compraventa y expediente de trámite de Requerimiento de Contrato adjuntos a la demanda, se conoce que mediante escritura de 6 de noviembre del 2017, suscrita ante el DR. ROLANDO FALCONI MOLINA, Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito, provincia de Pichincha, LAS ACCIONATES, por sus propios y personales derechos en calidad de Promitentes compradores; y la compañía GONZALO LEON SERRANO CONSTRUCTORES S. A., representada por el DR. GONZALO CAYETANO CAMILO LEON SERRANO como promitente vendedor, en calidad de Gerente y Representante legal, suscribieron un contrato de PROMESA DE COMPRA VENTA, mediante el cual el DR. GONZALO CAYETANO CAMILO LEON SERRANO en la condición señalada, se comprometió a dar en venta y perpetua enajenación el departamento signado como: D cuatrocientos siete D-407, de setenta y cinco metros cuadrados de construcción, con estacionamiento numero D, del subsuelo 2 situados en el Bloque D, que formara parte del proyecto inmobiliario denominado PRADOS DE SAN MATEO, que será construido sobre el lote de terrero de diez mil seiscientos cuarenta y dos metros cuadrados. Identificado con el número predial 345045, situado en la parroquia ZAMBIZA, cantón Quito, Provincia de Pichincha, dicha construcción duraría 14 meses y tenía que entregarse en diciembre del 2019, por lo que la compañía GONZALO LEON SERRANO CONSTRUCTORES, han incumplido con el contrato de promesa de compra venta. Que el precio pactado por las partes para la transferencia de dominio del referido inmueble fue en la suma de USD 85.900,00; que se debía pagar de la siguiente forma: a) USD 14.000,00 por concepto de reservación del departamento, cancelados por el Promitente comprador el 21 de octubre del 2019, en varias cuotas de 400 dólares, y USD 71900, que debía ser cancelado en el mes de noviembre del 2019, fecha en que se debía suscribir el contrato de transferencia de dominio y la entrega del inmueble, Que es su pretensión que en sentencia se condene al demandado al cumplimiento de lo siguiente el pago de la suma de USD 14.000,00, que corresponde al valor estipulado en el contrato por los abonos realizados hasta el 2019, El pago de la suma de USD 30.000,00 por concepto de canón arrendaticio de vivienda que ha venido sufragando en la cantidad de USD 2.000,00 mensuales desde diciembre del 2019, fecha en que debía tomar posesión del departamento si hubiera cumplido el contrato; el pago de las costas judiciales y los honorarios profesionales de su defensor, en la cantidad de USD 6.000,00, incluidos los arriendos el pago de USD 10.000,00 CUANTIA.- Se fija la cuantía en la suma de USD -30.000,00 PROVIDENCIAS. Juicio No. 17230-2020-04826 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de julio del 2020, a las 15h35. Vistos.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, la demanda que antecede reúne los requisitos formales, por lo que se admite a trámite de juicio ordinario, en consecuencia se dispone citar a la parte demandada: GONZALO LEON SERRANO CONSTRUCTORES S.A., Representada por el señor GONZALO CAYETANO CAMILO LEON SERRANO, en su calidad de Gerente y Representante Legal, a fin de que en el término de 30 días, conteste la acción, conforme al Art. 152 y siguientes del COGEP.- Con fundamento en el Art. 146 del COGEP, se dispone inscribir la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Quito, para lo cual por medio de Secretaría remítase atento oficio.- Notifíquese.- ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ(PONENTE) Juicio No. 17230-2020-04826 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de octubre del 2021, a las 11h25. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- PRIMERO.- En virtud de lo manifestado por la parte actora y de la revisión del proceso se observa que se ha efectuado el juramento respectivo de imposibilidad imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la parte demanda, se dispone: De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada señor GONZALO LEON SERRANO CONSTRUCTORES S.A. –R. LEGAL GONZALO CAYETANO CAMILO LEON SERRANO - GERENTE, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- SEGUNDO.- Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: ”Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, en concordancia con el Memorando circular DP17-2020-0402-MC de fecha 31 de agosto de 2020 suscrito por el Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura que dispone la concurrencia de los servidores judiciales a cada dependencia institucional, con el aforo del 50% por motivo de las disposiciones del COE, hasta que se supere la emergencia sanitaria nacional por la pandemia, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. Adicionalmente se recuerda a las partes que a partir del 11 de mayo del 2020, con la resolución 045-2020 emitida por el Pleno del Consejo entró en vigencia el acceso al módulo externo por medio de la Oficina de Gestión Judicial Electrónica a través de la página web del Consejo de la Judicatura, por medio del cual los defensores técnicos de las partes pueden ingresar con sus credenciales, a fin de verificar el contenido de los escritos digitalizados, para su conocimiento NOTIFÍQUESE ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ(PONENTE) Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted, para los fines de Ley.- Se le previene de la obligación que tiene de señalar la casilla judicial de un Abogado y correo electrónico como dispone la Ley, para que reciba sus notificaciones Lo que comunico para los fines de ley, TAIPE REDROVAN BLANCA JANETD SECRETARIA Hay firma y sello
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001-003-930
La Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPAD, pone en conocimiento del público en general, la anulación por extravío de la póliza número 0023336, perteneciente a Maria Belen Espinosa Gordon, por el valor de $3000
FACT 001-003-933
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000160000617007 Cliente LOPEZ LAURA MARIA Cédula de Ciudadanía Nro. 1710236017 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
FACT 001-003-934
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000070000024002 Cliente TORRES CERON NATALIA Cédula de Ciudadanía Nro. 1703696714 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A: RICARDO JAVIER DIAZ COLMACHI JUICIO: LESIONES CAUSA No: 17294-2021-00009 CUANTIA: INDETERMINADA. PROCEDIMIENTO: EJERCICIO PRIVADO DE LA ACCION QUERELLANTE: CAMPAÑA GRANADOS LOUIS EDWIN. QUERELLADO/A: RICARDO JAVIER DIAZ COLMACHI. UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 29 de octubre del 2021, a las 12h37.- Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor LOUIS EDWIN CAMPAÑA GRANADOS, en atención al mismo se dispone: En lo principal, toda vez que el señor LOUIS EDWIN CAMPAÑA GRANADOS, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, se dispone: Cítese al señor RICARDO JAVIER DIAZ COLMACHI, por la prensa en esta ciudad de Quito, de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual la parte interesada deberá acercarse a la Unidad Judicial Penal con sede en Iñaquito, a fin de retirar dicho extracto.- CITESE Y CUMPLASE.. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta Unidad Judicial Penal con Sede en la Parroquia Iñaquito Del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia De Pichincha. AB. Mercedes Guamushig Zamora SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello
001-003-928/ms
001-005-1053
“POR PERDIDA SE ANULA EL CDP No. 05001DPV050099-5 A FAVOR DE DUQUE MORA MARTHA BLANCA CI# 17104252111 POR VALOR DE $ 2.730,01 DE BANCO BOLIVARIANO”.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS De conformidad con el Nº 7 de la Sección VI de la Ley de Compañías y artículo cuadragésimo cuarta; artículo 3 del Reglamento de Juntas Generales; y, artículo 22 del Estatuto Social, se CONVOCA a las Señoras y Señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES ECUATORIANA TRANSHEROICA S.A., a la Junta General Extraordinaria, a celebrarse el día jueves 25 de noviembre del 2021, a las 10h00 en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Av. La Ecuatoriana Oe8-179 y Luis Riofrío, sector La Ecuatoriana, del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de tratar y resolver sobre el siguiente orden del día: 1. Designación del Presidente de la Compañía para el periodo estatutario de dos (2) años, conforme establece el artículo trigésimo séptimo del estatuto social; 2. Designación del Gerente General de la Compañía para el periodo estatutario de dos (2) años conforme establece el artículo trigésimo noveno del estatuto social; 3. Designación de seis Vocales Principales y seis Vocales suplentes que integren el Directorio de la Compañía para el periodo estatutario de dos (2) años, conforme establece el artículo trigésimo del estatuto social; 4. Designación de un Comisario Principal y de un Comisario Suplente para el periodo legal y estatutario de un (1) año, conforme dispone el artículo cuadragésimo tercero del estatuto social; 5. Elaboración, lectura y aprobación del acta. En observancia de lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Compañías se convoca especial e individualmente a la Comisaria Principal de la Compañía, Señora Matilde Alexandra Parra Parra. La reunión se instalará a la hora indicada, rogamos puntual asistencia. Quito, 10 de noviembre del 2021.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO EXTRACTO JUDICIAL JUICIO No.: 17204-2021-03892 ACCION: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS PARTE ACTORA: GABRIELA ALEJANDRA IRAZABAL VASQUEZ Y ANDREA NATHALY IRAZABAL VASQUEZ PARTE DEMANDADA: JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON, la niña MALENA TAIS IRAZABAL ZAMBRANO, representada por su madre JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON y herederos presuntos y desconocidos de VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO OBJETO: Se realice el inventario y tasación de los bienes dejados por el causante VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO FUNDAMENTO DE LA ACCIÓN: Artículos 341 y siguientes del COGEP TRÁMITE: Voluntario AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. . Quito, viernes 22 de octubre del 2021, a las 15h41. VISTOS.- La demanda de alistamiento, inventario y tasación de bienes sucesorios, propuesta por GABRIELA ALEJANDRA IRAZABAL VASQUEZ Y ANDREA NATHALY IRAZABAL VASQUEZ que antecede es clara y reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en el Art. 334 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos.- CÍTESE de INMEDIATO con la demanda y este auto a los herederos de VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO; su cónyuge sobreviviente JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON y a la niña MALENA
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JUEVES 11 DE NOVIEMBRE DE 2021 La Hora ECUADOR
TAIS IRAZABAL ZAMBRANO, que será citada por medio de su madre JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON, en la dirección domiciliaria, que señala para el efecto, para lo cual, remítase las boletas correspondientes a la Oficina de Citaciones, asignada a esta Unidad Judicial, para los fines de Ley, previniéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para que reciba sus notificaciones, caso contrario se continuará la causa en rebeldía.- En virtud del juramento rendido por las accionantes GABRIELA ALEJANDRA IRAZABAL VASQUEZ Y ANDREA NATHALY IRAZABAL VASQUEZ, bajo su estricta responsabilidad y con fundamento en lo previsto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos de VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO, por medio de la prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, por secretaria, entréguese el extracto correspondiente.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para los fines de Ley, para lo cual, remítase atento oficio al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, adjuntando las copias certificadas necesarias.Una vez citados los demandados, se procederá conforme lo establece el Art. 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por las accionantes, para sus notificaciones.-CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f) LILIA ERNESTINA AGUILAR GORDON, JUEZA.Lo que comunico y LE CITO para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en la causa 17204-2021-03892 para posteriores notificaciones.- CERTIFICO. Quito, 27 de octubre de 2021. ABG. FAUSTO TOMÁS ABAD JIMÉNEZ SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello
001-003-924/ms
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Extracto Quito, 8 de Noviembre del 2021 NOTARÍA NOVENA DEL CANTÓN QUITO.- Cúmpleme poner en conocimiento que mediante escritura pública Número 2021170109P02039, celebrada el diecinueve de octubre del dos mil veintiuno, ante la suscrita Notaria Doctora Alicia Yolanda Alabuela Toapanta, se constituyó la SOCIEDAD CIVIL JARDINES DE SAN VIRGILIO S.C. A fin de proceder a su aprobación, de conformidad con la ley pongo en conocimiento del público el extracto de la referida sociedad cuyas características son las siguientes: 1. IDENTIDAD DE LOS SOCIOS QUE LA COFORMAN: Los Socios que la conforman son: 1. Cerda Mamallacta Simon Sebastian; 2. Garzon Calle Dolores Romelia; 3. Garzón Zapata Maria Alicia; 4. Garzón Zapata Dora Teresa; 5. Guevara Pantoja Ana Katherine; 6. Jaramillo Azanza Walter Milton; 7. Ledesma Ocampo Alicia Cristina, 8. Mejia Campoverde Marcos David; 9. Naula Reina Jorge Luis; 10. Pantoja Alex Fernando; 11. Perez Estrada Maria Margarita; 12. Pozo Jimenez Cristina Raquel; 13. Rodriguez Garzon Andres Santiago; 14. Rodriguez Garzon Paul Andre; 15. Rodriguez Garzon Andrea Stefany; 16. Salvador Lopez Tatiana Elizabeth; 17. Vaca Ledesma Henry Efrain; 18. Vaca Ledesma Juan Carlos; 19. Vaca Ledesma Geofre Bladimir; 20. Valenzuela Garzon Ana del Rocio. Todos son de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados y residentes en este cantón Quito, a excepción de la Sra. Romelia Garzón Calle, quien tiene su domicilio en la parroquia de Tixán, del cantón Alausí, y la señora Tatiana Elizabeth Salvador López, quien tiene su domicilio en el Cantón Rumiñahui. 2. RAZÓN SOCIAL: La razón social de la Sociedad Civil es: SOCIEDAD CIVIL JARDINES DE SAN VIRGILIO S.C. 3. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto social las siguientes actividades: La Sociedad se dedicará a la administración y planificación de los lotes de terreno de su propiedad, con el fin de adjudicar a favor de sus socios, de la misma manera, podrá vender o enajenar éstos a favor de un tercero, según corresponda, pudiendo celebrar toda clase de actos y contrato permitidos por la ley y que se relacionen a su objeto social. Así mismo, podrá comprar, vender y comercializar toda clase de materiales de ferretería y los que se requieren para la construcción y sus acabados, ya sea grifería, cerámica, piso flotante, acero, ladrillos, bloques, bambú, artículos de madera, como pisos, gabinetes, lacenas, closets, etc. Para poder desarrollar su objeto social, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos que se relacionen con sus actividades. 4. CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El capital social suscrito y pagado es de USD $500,00 5. PLAZO: El plazo de duración es de diez años. Particular que pongo en conocimiento del público para los efectos legales pertinentes. Hay firma y sello
001-003-932/ms
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