Vigilad, orad, resistid
11. Defensa de la Fe
El Concilio Vaticano II ha representado históricamente la irrupción, en la jerarquía y en la doctrina de la Iglesia, del modernismo condenado por San Pío X. Ahora bien, si hay algo que los modernistas pretendían, era justamente una reconciliación de la Iglesia con el mundo de hoy, una adaptación de la doctrina de la Iglesia al pensamiento y a las aspiraciones del hombre moderno. Todo ello ha culminado en lo que podríamos llamar una redefinición de la Iglesia católica. Veámoslo brevemente.
1º La Constitución Lumen Gentium, documento central del Concilio. Coinciden todos los comentaristas del Concilio Vaticano II en designar la Constitución Lumen Gentium como «el documento más importante y el punto central del Concilio». El Papa Pablo VI, en el discurso de la última Congregación solemne (7 de diciembre de 1965), parecía confirmar esta opinión cuando afirmaba, al hacer un examen de conciencia del Concilio, que «más que de las verdades divinas, se ha ocupado principalmente de la Iglesia, de su naturaleza, de su composición, de su vocación ecuménica, de su actividad apostólica y misionera», aspectos todos que han sido tratados con detención en la Constitución «Lumen Gentium», y que tuvieron después una mayor explanación en varios otros documentos conciliares, que fueron, en su gran mayoría, ulteriores desarrollos o concreciones de puntos diversos de la Constitución sobre la Iglesia.
2º Novedades de la Constitución Lumen Gentium. Ahora bien, en este documento se insertan varias y revolucionarias novedades, señaladas por los mismos comentaristas. El Padre Ignacio Riudor, en la introducción que hace a la Constitución, menciona las siguientes: 1º El Sacerdocio común del Pueblo de Dios (nº 10 y 11). Este aspecto había quedado un poco olvidado y hasta mirado con recelo en la Iglesia católica por la exageración de los reformadores del siglo XVI, que lo exaltaron hasta negar la existencia de un Sacerdocio ministerial y jerárquico. Hoy la Constitución, recordando la diferencia