Fondo de Becas Orfandad ITYC, A.C.
Protege a quien más quieres y siéntete tranquilo de que estarás siempre ahí para quienes más amas.
Hablar de protección, es hablar de paz, de certidumbre y tranquilidad a nuestros seres queridos. Hoy más que nunca la vida nos ha confirmado que nadie está exento de ser víctima de alguna enfermedad o de sufrir algún accidente. Hacemos una vez más este llamado para proteger a quienes más amamos, Xochicalco 495, Col. Vértiz Narvarte, C.P. 03600, exhortándolos a adherirse al Fondo de Becas Orfandad ITYC, A.C. Benito Juárez, CDMX, Tel.: 5543 1424
FONDO DE BECAS
ORFANDAD ITYC A.C.
CICLO ESCOLAR 2026-2027
Desde el ciclo escolar 2010-2011, se constituyó la asociación sin fines de lucro Fondo de Becas Orfandad ITYC A.C. con el propósito de apoyar a las familias en el lamentable caso del fallecimiento del padre, la madre o el tutor. El siguiente documento establece las bases del programa. Con el fin de hacerlo lo más didáctico posible, se ha redactado en forma de preguntas y respuestas. Quienes estén interesados en adquirir esta protección para sus hijos, deberán imprimir y llenar la Carta de Adhesión al Programa, el Cuestionario Médico y Consentimiento, adjuntar el comprobante de pago y y entregar personalmente en la recepción del ITYC para poder incorporarse a la póliza. Cualquier duda por favor comunicarse a la recepción del ITYC o al correo becasityc@ityc.edu.mx, con gusto le atenderemos.
¿POR QUÉ PARTICIPAR EN UN SEGURO DE ORFANDAD? Sólo hay un evento en la vida que es absolutamente previsible, sólo un evento futuro lo podemos conocer con total certeza: en algún momento nuestra vida concluirá. Otra verdad irrefutable es que la muerte no avisa, llega de pronto, de manera sorpresiva, abruptamente. No sabemos cuándo llegará este momento ni tampoco en qué condiciones. Es común escuchar que la única herencia que les dejamos a nuestros hijos es su educación. Ésta es la única plataforma que tendrán ellos para construir mejores alternativas laborales que les permitan tener una buena calidad de vida. Al egresar del ITYC, nuestros estudiantes ingresan a las mejores universidades. Esto les abre las puertas a las mejores oportunidades de trabajo y por tanto, a un mejor ingreso que les permita una vida digna y holgada. Todos los padres deseamos esto para nuestros hijos. Visto así, la protección que podamos dejarles para garantizar su bienestar y futuro, debe ser una prioridad, ya que en el lamentable caso de que repentinamente ya no estemos, ellos quedarían sin la posibilidad de una educación de élite y por tanto, este anhelo nunca se concretará. Siendo nosotros el sostén económico que mantiene el privilegio de estudiar en un colegio como el ITYC, al momento de fallecer, les quitamos esta plataforma.
El seguro de orfandad es opcional y es una protección que garantiza que en el momento en que fallezcamos, este deseo quedará totalmente blindado y por tanto, será una realidad, aun cuando nosotros ya no estemos. Si protegemos a nuestros hijos, su futuro queda garantizado.
CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA 1. ¿Cómo funciona el seguro? Al adherirse al programa y pagar la cuota, el padre, madre o tutor, automáticamente protege a sus hijos. En caso de fallecimiento de quien se haya registrado, la educación por el resto de su estancia escolar dentro del ITYC hasta que termine 6º de preparatoria queda garantizada, el hijo no interrumpe sus estudios.
2. ¿Se requiere un mínimo de inscritos al programa? Sí. Se necesita de la participación de todos los padres de familia para mantener las cuotas bajas. Un seguro de este tipo –colectivo- es mucho más accesible que adquirirlo de manera particular. Como en cualquier convenio colectivo, entre más registros haya, el costo es menor. Las cuotas actuales señaladas en este documento las establece la compañía de seguros y son requeridos 400 alumnos registrados. En caso de ser menos, el programa tendría que cancelarse ya que las cuotas se incrementarían significativamente.
3. ¿Qué cubre el seguro? Las inscripciones y colegiaturas por el resto de su estancia escolar dentro del ITYC hasta que concluya sus estudios en 6º de preparatoria. NO están considerados, uniformes, campamentos, útiles y libros escolares, actividades vespertinas, estancia y demás cuotas de cualquier naturaleza.
4. ¿Quiénes son susceptibles de adherirse al programa? Papá, mamá o tutor legal. En este último caso se deberá comprobar la tutoría a través de un documento notarial.
5. ¿Puede otro familiar o una persona ajena a la familia ser el registrado? No. Esto se debe a la posibilidad de que haya fraudes. Si un tercero ajeno a la familia es el sostén del alumno, deberá otorgar los recursos al padre, madre o tutor y cualquiera de estos últimos realizar el pago. Serán los padres o tutor los únicos adherentes al programa.
6. ¿Se pueden adherir al programa personas que presenten padecimientos . extremos preexistentes, incapacidades, que practiquen deportes o manipulen maquinaria pesada? Depende del tipo de padecimiento. Al momento de registrarse, se debe responder un cuestionario que se debe contestar verídicamente y sirve para que el seguro determine la procedencia o improcedencia del caso. En algunas circunstancias, la compañía de seguros podrá solicitar un examen diagnóstico médico adicional para confirmar el estado de salud del solicitante. En cualquier caso, la compañía podrá rechazar la adhesión al programa si así lo considera. El seguro no cubre el pago cuando la causa del fallecimiento de la persona asegurada sea por cualquiera de las siguientes enfermedades preexistentes aun cuando ya se haya dado de alta al paciente: diabetes, leucemia, VIH/ sida, insuficiencia renal, enfermedades del cerebro y/o mentales, hipertensión arterial, tumores malignos, enfermedades cardiovasculares, problemas de hígado, cáncer, alcoholismo y/o drogadicción, enfisema pulmonar, lupus eritematoso sistémico, esclerosis múltiple. Si el padre o la madre asegurados que presenten cualquiera de los padecimientos antes mencionados, quedan registrados en la póliza y llegaran a fallecer por cualquier otra causa no imputable a las enfermedades preexistentes antes mencionadas, quedará a consideración de la seguradora la cobertura. El seguro tampoco cubre fallecimientos de personas con incapacidad, por accidentes en deportes extremos, ni por manipulación de maquinaria pesada.
8.¿Cubre el seguro la muerte por secuestro, asesinato o riñas no provocadas?
7. ¿Hay un límite de edad para poder adquirir el seguro? Sí. Padres de familia mayores a 64 años no pueden formar parte de este programa.
Sí
9.¿Cuánto cuesta? ¿Qué tipos de planes hay? Depende del tipo de plan y del grado escolar en que se encuentren sus hijos. La siguiente tabla indica los costos por cada uno de los hijos. a. Plan Individual: cubre el fallecimiento de papá o mamá. Solamente uno de ellos, el que quede registrado. b. Plan conyugal: cubre el fallecimiento de cualquiera de los dos.
TAB L A DE CUOTA S IND IVIDUALE S POR GR ADO E SCOL AR Y TIP O DE PL AN Único pago anual y en una sola exhibición Departamento
Plan Individual
Plan Conyugal
Maternal y Jardín de niños
$4,770.00
$6,260.00
Primaria baja (1º a 3º)
$4,360.00
$5,870.00
Primaria alta (4º a 6º)
$3,960.00
$5,470.00
Secundaria
$3,580.00
$5,060.00
Preparatoria
$3,180.00
$4,670.00
Plan Conyugal
$6,260.00
Plan Individual
$4,770.00
En 17 años
$ 6,188,390.74
Observe el siguiente ejemplo: Tomando como muestra a un alumno de Maternal, el seguro cubriría un monto total de $6,188,390.74 pesos para resguardar las inscripciones y colegiaturas de sus próximos 17 años (considerando un aumento anual aproximado del 8%). Compárelo usted contra el costo del seguro en Plan Individual o Plan Conyugal. Analice la diferencia. Pregúntese “¿Cuánto me cuesta el seguro en relación al beneficio que recibiría mi hijo. Haga usted su propio cálculo. Sume las inscripciones y colegiaturas de todos los grados que le faltan a su hijo y compárelo con el costo del plan que le corresponda. ¿Qué es mayor: el costo del seguro o el beneficio recibido? ¿Cuántas veces mayor es el beneficio en relación al costo? ¿Vale la pena el pago del seguro en relación a lo que mi hijo recibiría en caso de que yo fallezca?
En este ejemplo, se puede ver claramente que el beneficio obtenido es sustancialmente mayor al costo del seguro:
* Es 1,297 veces mayor el beneficio en comparación al costo del plan individual.
* Es 989 veces mayor el beneficio en comparación al costo del plan conyugal.
10. ¿En caso de que muera el adherente, es necesario seguir pagando las cuotas del seguro los siguientes años? No. El pago de las cuotas futuras del seguro se suspende.
11.¿Cómo hay que pagarlo? El pago debe hacerse en una sola exhibición, y se deberá realizar un pago por cada uno de los hijos inscritos en el ITYC. Deberá hacerse por transferencia o depósito a Bancomer CTA: 0173383350 ó CLABE: 012180001733833503 a nombre de Fondo de Becas Orfandad ITYC A.C. poniendo como concepto únicamente los dos apellidos del alumno.
12. ¿A partir de qué fecha empieza a cubrir la protección? Fondo de Becas Orfandad ITYC A.C. hace la contratación del seguro a partir del 1 de julio y para nuevos ingresos del 1 de septiembre del presente año ,y tiene una vigencia hasta el 30 de junio del siguiente año.
13. ¿Se devuelve dinero si el alumno se retira por cualquier motivo durante el ciclo escolar? No. Las aportaciones son ABSOLUTAMENTE IRREVOCABLES.
14. ¿Pueden perderse los beneficios? Sí, Estos beneficios son únicamente para alumnos inscritos en el ITYC, por tanto, se perderán si se separan POR CUALQUIER MOTIVO del Instituto. Los beneficios se pierden también en caso de que el adherente haya mentido, manipulado, procurado engañar, ocultado información sobre su estado de salud al momento de incorporarse al programa. En este caso, por ley, el seguro se anula automáticamente.
15. ¿Qué requisitos hay para inscribirse al programa? 1. Cubrir con las exigencias de la compañía de seguros. 2. Contar con la documentación completa en su expediente que incluye la Carta de Adhesión al Programa, el Cuestionario Médico y Consentimiento por cada alumno protegido. 3. Contar con el comprobante de transferencia o depósito
16. ¿Qué debo hacer y qué documentos se deben entregar en caso de presentarse el fallecimiento del adherente? Lo primero es dar aviso al ITYC para que el colegio de inmediato contacte a la aseguradora. La compañía de seguros hará saber al padre de familia todos los documentos necesarios para procesar el trámite. Estos documentos son un requisito y por tanto, mientras no se entreguen en tiempo y forma, de conformidad con lo que la compañía establezca, el seguro no tendrá efecto. Las colegiaturas pendientes de pago mientras se desahoga el trámite, deberán cubrirse en su totalidad. Éstas serán reembolsadas una vez que la compañía resuelva a favor del beneficiario. Los documentos obligatorios son la carta de adhesión, cuestionario médico y consentimiento firmados en original, factura de pago de la cuota de orfandad del ciclo correspondiente, adicional a los documentos que la aseguradora solicite a cada caso en particular por las causas de fallecimiento.
M ECA NISMO DE REGISTRO Y PA G O
***IMPORTANTE*** Les pedimos leer detenidamente la siguiente información sobre el seguro de orfandad. La aseguradora nos ha exigido el seguir estrictamente las indicaciones que se dan en la carta adjunta para que podamos incorporarlos a la póliza de Fondo de Becas Orfandad ITYC, A.C. y dejar a sus hijos protegidos en el lamentable caso de un fallecimiento. Deberá entregar personalmente en la recepción del instituto los siguientes documentos, la carta de adhesión es el único que es uno por familia, todos los demás deben ser un documento por cada alumno: EL COMPROBANTE DE TRANSFERENCIA O DEPÓSITO, LA CARTA DE ADHESIÓN, EL CUESTIONARIO MÉDICO Y EL CONSENTIMIENTO INDIVIDUAL Los formatos se deberán imprimir, llenar a mano y firmar para entregar en la recepción del ITYC. La documentación deberá ser perfectamente legible y se deberá entregar un juego de documentos por cada alumno. AUNQUE SE HAYA REALIZADO EL PAGO, SIN ESTA DOCUMENTACIÓN DEBIDAMENTE REQUISITADA Y ENTREGADA, EL SEGURO NO LO CONSIDERARÁ COMO ALTA, Y POR LO TANTO, NO CUBRE LOS BENEFICIOS.
N OTA S I M P O R TA N T E S • La Aseguradora nos ha informado que quiere de manera forzosa
contar con un registro escrito del padre interesado. Por tanto, este registro es OBLIGATORIO. Reiteramos aún cuando el padre haya hecho el pago de la cuota, SIN esta documentación debidamente requisitada y entregada, el seguro No lo considera como alta y por tanto, no cubre los beneficios. • Les recordamos que el rol de tutores es un nombramiento jurídico y por tanto, en el
lamentable caso de fallecimiento, el seguro requiere la acreditación legal del mismo a través de un documento notarial. • Les recordamos que este plan y sus respectivos costos solo serán posibles siempre que haya al
menos 400 alumnos inscritos en el programa. En caso de que este número no se cubra, se deberá cancelar de manera definitiva todo tipo de apoyo a la orfandad ya que las cuotas se elevarían sensiblemente. • En caso de fallecimiento, para no perder los beneficios el responsable del menor deberá cumplir
con los tiempos establecidos por la aseguradora para el desahogo de los trámites administrativos. Del mismo modo, es condición necesaria entregar toda la documentación requerida tal como se menciona en el punto 16 de este documento.
Los alumnos de nuevo ingreso que se inscribieron al ciclo 2026-2027, solo podrán adicionarse a la póliza en el mes de septiembre. Recordemos que los imprevistos suceden en cualquier momento y sin previo aviso. Estamos seguros que con este plan, muchos padres querrán construir una sólida protección para sus hijos, y participarán en él de la misma forma que lo hicieron el ciclo escolar actual.
Cualquier duda por favor comunicarse a la recepción del ITYC o al correo becasityc@ityc.edu.mx, con gusto le atenderemos.