Circular nº 21/12 De: Secretaría Confederal de Acción Sindical A: Responsables de Acción Sindical y Negociación Colectiva de las organizaciones sectoriales y territoriales de CCOO CC: Comisión Ejecutiva Confederal, Secretarías Generales
Vigencia de los convenios: Criterios de actuación para evitar la pérdida de la ultraactividad
Sustituye a la Circular 19/12 (Difusión exclusivamente interna)
26 de diciembre de 2012
El sistema de vigencia de los convenios colectivos es una materia que se ha visto radicalmente alterada por las modificaciones introducidas primero por el RDL 3/12 y luego por la Ley 3/12, por el que se añade un último párrafo en el apartado 3 del Art. 86 del ET, de forma que la ultraactividad sólo está garantizada durante un año desde la denuncia del convenio colectivo1, salvo pacto en contrario. Para los convenios denunciados antes de la entrada en vigor de la Ley, el 8 de julio de 2012, el plazo de un año cuenta a partir de dicha fecha. La dimensión del problema que puede causar la pérdida de ultraactividad por aplicación de la previsión legal es, hoy por hoy, difícilmente cuantificable por carecer de información oficial al respecto, pues aunque se está trabajando en la identificación de los convenios que tienen vigencia prorrogada, bien por no haber sido denunciados, o bien porque, habiendo sido denunciados, aún no se ha producido acuerdo para la firma de un nuevo convenio que sustituya al anterior, aún no se dispone de datos suficientemente contrastados con todas las autoridades laborales ni con las organizaciones sindicales y empresariales, además de ser necesario depurar con datos de otras fuentes los convenios de empresas que estando aparentemente en situación de prorroga carecen, no obstante, de eficacia alguna por haberse extinguido la empresa, sin que se haya producido una sucesión regulada en el Art. 44 del Estatuto de los Trabajadores. 1
A partir de la denuncia de un convenio colectivo, durante las negociaciones para su renovación decaen las cláusulas convencionales por las que se hubiera renunciado a la huelga.
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