CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y USO - SOFTWARE MULTIMEDIA - Enero de 2022

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CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y USO - SOFTWARE MULTIMEDIA - Enero de 2022 PREÁMBULO A partir de la aceptación por parte del Cliente (de manera electrónica o de otra manera), estas Condiciones Generales de Venta y Uso (CGVU) forman, junto con la Oferta Comercial o la Hoja de Pedido adjunta y la Declaración de Confidencialidad aplicable, el contrato que rige exclusivamente el uso del Software y las Bases de Datos por parte del Cliente, con exclusión de cualquier otro documento, en particular los términos y condiciones del Cliente. El Cliente reconoce que actúa en su calidad de profesional, que es su responsabilidad evaluar la idoneidad del Software para sus propias necesidades y que ha recibido de ETAI toda la información que le permite celebrar un contrato con pleno conocimiento de causa. ETAI se reserva el derecho de rechazar un pedido. ARTÍCULO 1 – DEFINICIONES Anomalía: Mal funcionamiento reproducible del Software que impide su uso de acuerdo con la Documentación y es exclusivamente atribuible a ETAI. Base de Datos: Recopilación de Datos Técnicos recogidos y estructurados por ETAI de manera sistemática y metódica, y que ETAI hace accesibles individualmente. Hoja de Pedido/Oferta comercial: Documento elaborado por ETAI en el que se especifican las condiciones de puesta a disposición del Software que, una vez aceptado por el Cliente, forma, junto con las CGVU, el Contrato celebrado con ETAI. En caso de contradicción entre la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial y las CGVU, la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial prevalecerá. CGVU: El presente documento. Cliente: Persona física o jurídica identificada en la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial que suscribe el Contrato con ETAI a los efectos de utilizar el Software en el marco de su actividad profesional interna. Configuración Aprobada: Requisitos técnicos previos necesarios para el funcionamiento del Software. Están sujetos a evolución de acuerdo con los estándares del mercado y las sucesivas versiones publicadas por terceros editores. Sus modificaciones se comunicarán al Cliente por cualquier medio. Contrato: Contrato celebrado entre el Cliente y ETAI que consiste en las Condiciones Generales de Venta y Uso, la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial adjunta, y la Declaración de Confidencialidad aplicable. Documentación: Documento en el que se describen las funcionalidades e instrucciones de uso del Software (según el caso, en francés, español, alemán o inglés), excluyendo cualquier documentación comercial o de formación. Datos Técnicos: Conjunto de datos técnicos y tarifarios y otros elementos independientes recopilados por ETAI, especialmente de los fabricantes, fabricantes de equipos originales, centros autorizados y empresas especializadas, que ETAI integra en las Bases de Datos. Datos del Cliente: Los datos introducidos por el Cliente en el Software y que le pertenecen. Software: Programa informático designado por la Hoja de Pedido o la Oferta Comercial; es decir, un programa de gestión y/o un programa que permite el acceso a las Bases de Datos de ETAI. Cliente: Cualquier empleado o colaborador del Cliente o un sublicenciatario que utilice el Software en el marco de su actividad profesional. ARTÍCULO 2 – DERECHOS DE USO DEL SOFTWARE 2.1 Derecho concedido ETAI concede al Cliente, con carácter no exclusivo, durante el período mencionado en el Artículo 9 y para los territorios, centros de trabajo y números de accesos mencionados en la Oferta Comercial o en la Hoja de Pedido, un derecho personal de uso del Software que incluye, según el caso: - un simple derecho a usar el Software para las necesidades profesionales internas del Cliente, - un simple derecho a consultar las Bases de Datos para las necesidades profesionales internas del Cliente. Los derechos anteriores son intransferibles por cualquier motivo y deben ser ejercidos por el Cliente y los Clientes de conformidad con el Contrato y la Documentación. El Cliente no adquiere —explícita o implícitamente— ningún otro derecho que no sea el mencionado en este Artículo y cualquier otro uso constituye una infracción de los derechos de ETAI. 2.2 Limitación del derecho concedido El Contrato no transfiere al Cliente ningún derecho de propiedad relacionado con el Software o las Bases de Datos

que siguen siendo propiedad de ETAI, independientemente de las formas, los idiomas y los soportes en los que se pongan a disposición. El Cliente se abstiene así, y de forma general, de infringir directa o indirectamente los derechos de ETAI y sus asociados, en particular:

En esta misma hipótesis, ETAI garantiza al Cliente con sujeción a las condiciones acumulativas que se indican a continuación:

- cualquier retención o conservación de los Datos Técnicos más allá del Contrato,

- el Cliente deberá proporcionar fielmente a ETAI todos los elementos, datos y asistencia necesarios para que pueda asegurar su defensa.

- cualquier traducción, adaptación o modificación del Software o de las Bases de Datos, - cualquier extracción automatizada y/o masiva de los contenidos accesibles a través del Software, - cualquier extracción o uso manifiestamente anormal habida cuenta de la actividad del Cliente, el número de accesos autorizados, el número de puestos de trabajo declarados (en lo que respecta a la solicitud de registro, si el Cliente se beneficia del servicio, se considera anormal un volumen de búsquedas por matrícula superior a 1200 búsquedas anuales),

- el Cliente ha notificado a ETAI, en el plazo de una semana y por escrito, dicha reclamación;

En caso de procedimiento judicial o negociaciones de conciliación: - ETAI podrá intervenir voluntariamente en el procedimiento, en la dirección de los litigios y las negociaciones, - ETAI se hará cargo de los daños y perjuicios a los que sea condenado el Cliente por un acto de falsificación desde el momento en que la decisión final o el protocolo de conciliación sea ejecutorio. ETAI no asumirá responsabilidad alguna si la reclamación es resultado de:

- cualquier reproducción, representación, difusión, puesta a disposición de terceros, en particular servicios de consultoría, Hot line o de asistencia técnica, por cualquier motivo, de todo o parte del Software o de las Bases de Datos sin la autorización específica de ETAI,

- el uso de una versión del Software distinta a la versión en curso y no modificada,

- cualquier intervención en el Software, incluso con fines de corrección, quedando el derecho de corregir el Software reservado exclusivamente a ETAI,

- el uso del Software no conforme al Contrato.

- cualquier descarga, reproducción, adaptación del código del Software o de su forma con el fin de obtener la información relativa a su interoperabilidad, cualquier solicitud relativa a la interoperabilidad debe ser dirigida a ETAI, - cualquier descompilación de todo o parte del Software, aparte de los casos autorizados, especialmente para la concepción, difusión o comercialización de un producto total o parcialmente similar, equivalente o de sustitución. ARTÍCULO 3 – MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE 3.1 Mantenimiento del Software ETAI realiza un mantenimiento correctivo de las Anomalías como se ha definido anteriormente y proporcionará en este marco soluciones para evitar o corregir las Anomalías. El mantenimiento excluye la corrección de las Anomalías no atribuibles a ETAI y, en particular: - la corrección de incidentes que se produzcan imputables al Cliente: uso no conforme con la Documentación, incumplimiento de la configuración aprobada, etc. - la corrección de incidentes resultantes del uso continuado del Software sin el acuerdo de ETAI tras un primer incidente o la realización de una operación de mantenimiento programada, - los desplazamientos a los centros de trabajo del Cliente, - el mal funcionamiento derivado de una modificación o un fallo del entorno informático (hardware, software) o de las redes (telecomunicaciones, electricidad, etc.) del Cliente. 3.2 Mantenimiento de las Bases de Datos Cuando es puesto en práctica, este mantenimiento incluye la actualización de los Datos Técnicos contenidos en el Software de acuerdo con las evoluciones recogidas. Se llevará a cabo en las condiciones del Artículo 5.2 siguiente. ARTÍCULO 4 – SERVICIOS ASOCIADOS Y OPCIONES 4.1 Servicios asociados ETAI puede ofrecer un servicio puntual de asistencia documental que permita al Cliente recibir Datos Técnicos adicionales que no estén incluidos en la Base de Datos, si están disponibles. Si está disponible, esa asistencia se prestará sin ninguna garantía de plazo de entrega. ETAI se reserva el derecho, sin previo aviso, de limitar el acceso a este servicio. 4.2 Opciones El Cliente puede contratar opciones en complemento de su suscripción al Software que pueden estar sujetas a la aceptación previa de condiciones adicionales y estar sujetas a períodos de prueba según las modalidades definidas por ETAI. ARTÍCULO 5 – GARANTÍAS 5.1 Garantía en caso de falsificación En caso de una reclamación por vulneración de un derecho de propiedad intelectual por el Software o la Base de Datos, ETAI podrá, y el cliente así lo acepta, sustituir o modificar todo o parte del elemento en litigio para poner fin a dicha reclamación.

- la combinación, la puesta en práctica o el uso del Software con programas o datos no proporcionados por ETAI, Las disposiciones del presente artículo definen todas las obligaciones de ETAI en materia de falsificación, que el Cliente acepta. 5.2 Garantía sobre los Datos Técnicos Los Datos Técnicos provienen de terceros (fabricantes, fabricantes de equipos originales, proveedores, etc.) y se proporcionan tal cual y sin garantía. Las Bases de Datos abarcan los modelos más comunes y ETAI se esfuerza por (i) ampliar esta cobertura regularmente según la evolución del parque automovilístico y (ii) proporcionar las indicaciones más exactas posibles (en particular: planes de mantenimiento, listas de operaciones, precios, referencias de las piezas, tiempos de reparación, métodos y datos técnicos transmitidos por los fabricantes). Sin embargo, en vista del número y la complejidad de la información y de la velocidad a la que estos datos son modificados por los fabricantes, los fabricantes de equipos originales, etc., ETAI no puede garantizar la exhaustividad y la exactitud de los Datos Técnicos. Dado que los Datos Técnicos accesibles a través del módulo de Piezas de Reutilización son introducidos directamente por los centros especializados, ETAI no puede ser considerada responsable de los errores relativos a dichos Datos Técnicos ni, por tanto, de los daños resultantes. Se aconseja al Cliente que se ponga en contacto directamente con el centro autorizado correspondiente para confirmar la información obtenida a través del Módulo de Piezas de Reutilización. 5.3 Garantía del Software ETAI garantiza la conformidad del Software con su Documentación —con sujeción al respeto a la Configuración Autorizada— durante treinta (30) días a partir de su entrega. Quedan expresamente excluidos de esta garantía los servicios solicitados a ETAI relativos a fallos en el funcionamiento no imputables a ETAI: intervención no autorizada del Cliente en el Software, error de manipulación, uso no conforme a la Documentación y al Contrato, combinación, puesta en práctica o uso del Software con programas o datos no suministrados por ETAI, etc. ETAI no garantiza en general la corrección de todos los errores, ni que el Software sea apto para satisfacer las necesidades propias del Cliente, ni su funcionamiento en cualquier combinación distinta a las indicadas en la Documentación, ni su funcionamiento ininterrumpido o exento de errores o Anomalías. Las Partes descartan, y el Cliente acepta expresamente, la aplicación de las disposiciones legales relativas a la garantía para los defectos y vicios ocultos. ARTÍCULO 6 – PRECIOS 6.1 Las condiciones de pago y el precio para la concesión de los derechos de uso y mantenimiento del Software se indican en la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial. A la firma del Contrato, se puede exigir al Cliente que abone (i) una tasa de acceso al software como cuota de implementación de su suscripción y/o (ii) los gastos de instalación y puesta en servicio. Los servicios adicionales que no se mencionen expresamente en la Hoja de Pedido o en la Oferta Comercial se facturarán por separado sobre la base de un presupuesto presentado al Cliente 6.2 El precio de suscripción puede revisarse en función de la evolución positiva del IPC durante el período en cuestión. Esta revisión puede afectar al precio de las sublicencias.

Los posibles descuentos aplicables el día del pedido no se prorrogarán al renovar el Contrato, a menos que las Partes acuerden expresamente lo contrario. Los descuentos sujetos al cumplimiento de condiciones dejarán de aplicarse si desaparece alguna de ellas. Los costes generados por la adquisición de software o hardware de terceros, o la actualización del entorno informático del Cliente, en particular para cumplir con la Configuración Aprobada, correrán a cargo del Cliente. 6.3 En caso de impago de una factura por parte del Cliente en su fecha de vencimiento, ETAI podrá, sin previo aviso formal: - exigir el pago inmediato de todas las sumas adeudadas en virtud del Contrato, - suspender la ejecución de todo o parte del Contrato hasta el pago de la factura en cuestión, sin que dicha suspensión se considere una resolución por ETAI o un incumplimiento contractual de ETAI por el que se le pueda exigir algún tipo de responsabilidad, - aplicar sanciones por demora (tipo aplicable en el primer semestre del año en cuestión = tipo de interés del BCE incrementado en 10 puntos en vigor a 1 de enero del año en cuestión / tipo aplicable en el segundo semestre del año = tipo de interés del BCE incrementado en 10 puntos en vigor a 1 de julio del año en cuestión), - solicitar el pago de una indemnización fija de 40 euros en concepto de costes de cobro. 6.4 Sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones legales, en caso de que el Cliente efectúe un pago parcial cuando se adeuden varias facturas, ETAI podrá imputar dicho pago como considere oportuno. No podrá producirse ninguna compensación sin el acuerdo formal de ETAI. ARTÍCULO 7 – RESPONSABILIDAD 7.1 ETAI está sujeta a una obligación general de medios y el Software, los servicios asociados y las opciones se utilizan bajo la única dirección, control y responsabilidad del Cliente y los Clientes. 7.2 ETAI no será responsable de ningún daño resultante de la falta de disponibilidad del Software, del uso de codificaciones e informaciones erróneas o de usos no conformes con la Documentación y el Contrato. Asimismo, ETAI no podrá ser considerada responsable de los daños resultantes de los trabajos realizados por el Cliente o cualquier Cliente sobre la base de las informaciones y los datos provenientes del Software, de los daños resultantes de cualquier pérdida de datos, de la posible contaminación del entorno informático del Cliente por cualquier virus o elemento malicioso, o del incumplimiento de la naturaleza confidencial y personal de las credenciales de inicio de sesión. 7.3 Dado que el Software es una herramienta de asistencia para la confección de documentos comerciales, el Cliente será el único responsable de hacer constar las menciones requeridas por las leyes y reglamentos aplicables a su actividad y ETAI no podrá ser considerado responsable de los daños derivados del incumplimiento de dichos reglamentos por parte del Cliente. 7.4 El Cliente es, por un lado, el único responsable de su entorno informático (redes, hardware, software) y, por otro lado, de manera general, ETAI no podrá ser considerado responsable en lo que respecta a los daños derivados de las fluctuaciones de las velocidades de acceso, las pérdida de conectividad, las interrupciones temporales y las faltas de disponibilidad debidas a fallos de las redes de telecomunicaciones públicas o privadas o debidas al uso de soluciones de terceros, en particular en caso de interfaz del Software con softwares de terceros, etc. 7.5 En cualquier caso, si se considerara a ETAI responsable en virtud del Contrato por una resolución judicial ejecutoria definitiva, el importe total de la indemnización debida por ETAI en compensación por todos los daños directos sufridos por el Cliente no podrá exceder las sumas efectivamente pagadas por el Cliente por el derecho a usar el Software durante el período contractual en el que se produjeron todos los hechos que dieron lugar a los mencionados daños. 7.6 5 En cualquier caso, si se considerara a ETAI responsable, eso excluiría la compensación de cualquier daño indirecto, a saber, en particular: cualquier perjuicio comercial, coste de explotación adicional, pérdida de datos, pérdida de volumen de facturación, de beneficios, de clientela o de oportunidades, cualquier daño sufrido por terceros relacionado con la puesta a disposición o el uso del Software, incluso si se hubiera advertido a ETAI de la posibilidad de que se produjeran tales pérdidas o daños. 7.7 Se acuerda expresamente entre las Partes, y el Cliente lo acepta, que las disposiciones de esta cláusula seguirán aplicándose después de la finalización del Contrato por cualquier motivo, incluso en caso de rescisión establecida por una resolución judicial definitiva.


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