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Ímpetu, Pucallpa 27 de junio de 2020

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SÁBADO 27

S/ 0.50 DE JUNIO DE 2020

AÑO L N° 20085 www.impetu.pe

Director Fernando Sánchez Rengifo

GRUPO

ÍMPETU

NO SE PONEN DE ACUERDO: LOCAL Pág. 2

MINSA y DIRESA-Ucayali a diario detallan reporte reporte distinto

Decano de la Prensa en la Amazonía

DESDE EL 1 DE JULIO TU DIARIO IMPETU A S/ 0.70 Ante la presunta escasez del plátano, el Director Regional de Agricultura, brindó una entrevista a Diario IMPETU para aclarar sobre una supuesta baja en la producción de este alimento regional y afirmando que es todo lo contrario. Los que hacen subir los precios son los intermediarios.

TEMA DEL DÍA > Página. 3

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1 DE JULIO

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DESDE 1969

¿CÓMO NOS AFECTA?

HAY PLÁTANO DE SOBRA

Extienden la emergencia sanitaria hasta el 31 de julio ACTUALIDAD Pág. 6

ARGUYE QUE DESCONOCÍA QUE PASAJEROS LLEVABAN DROGA

Apelan prisión preventiva contra chofer mototaxista JUDICIAL Pág. 14


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Un grupo de moradores del caserío Soledad ubicado a la altura del kilometro 10 de la carretera Federico Basadre (entrando al menos 7 kilómetros) juramentaron como nuevos ronderos del distrito de Manantay. Ellos se ofrecieron voluntariamente a pertenecer a la Central Única Nacional de Rondas Campesinas y Urbanas del Perú (CUNARC), base Ucayali, con el objetivo de luchar contra la inseguridad ciuda-

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LOCAL

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PARA COMBATIR LA INSEGURIDAD CIUDADANA

Ronderos juramentan nuevas bases dana que golpea a su alejado poblado y donde escasea la presencia del Serenazgo y la Policía Nacional del Perú (PNP). Julio César Arbildo Sanchez, representante de las rondas indicó que la función que ellos cumplen es luchar contra la lacra de la delincuencia, que en estos días que termine la cuarentena comenzará a incremen-

tarse nuevamente en la ciudad y los caseríos. Señala que trabajan en coordinación con la PNP, tal como lo hicieron durante la cuarentena y recalca que no reciben apoyo del Gobierno Regional de Ucayali, ni de las municipalidades; solo su vocación de servicio les hace continuar en esta labor. ALI RODRIGUEZ

CON RESPECTO A LOS CASOS POR COVID-19

No se ponen de acuerdo: MINSA y DIRESA-Ucayali a diario detallan reporte distinto

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o se ponen de acuerdo. Las cifras que muestra el Ministerio de Salud con respecto a la cantidad de pacientes infectados por el Covid-19 que hay en Ucayali, no coinciden con lo que la Dirección Regional de Salud-Ucayali (DIRESA) da a conocer a diario. Este desacuerdo se ha venido dando desde días atrás. Mientras que, para el MINSA nuestra región recién va por los 7,399 casos, la DIRESA

informa que estamos por llegar a los 11 mil infectados. Este error garrafal viene desde la semana pasada, una entidad como el MINSA, que son los que debe tener “las cifras oficiales” de casos positivos por región, cometan esta equivocación, o, ¿acaso la DIRESA no está informando las cifras actualizadas al MINSA? Si comenzamos a analizar solamente desde el 20 de junio, para el Ministerio de Salud en Ucayali había un total de 6,915, para la DIRESA, esa

fecha había 9,528, una diferencia abismal de 2,613 casos. Y no solo es con la cantidad de infectados, sino también la cantidad de pruebas que se procesan a diario, el acumulado y la velocidad del virus. Con respecto a la toma de pruebas de descarte, también se muestra un gran desbalance, el 20 de junio se tomó 20,007 pruebas y hasta el 25 del mismo mes según el MINSA 21,792 pruebas de las cuales tenemos un acumulado de 7,399 casos positivos.

Sin embargo, para la DIRESA, hasta el cierre de esta nota se han procesado 25,648, una diferencia de 3,856 pruebas rápidas. Lo impresionante es que si sustituiríamos los datos que nos da la DIRESA-Ucayali con respecto a la Sala Situacional de Covid-19, estaríamos entre las regiones de Piura y Lambayeque y muy lejos de la región de Loreto. La primera diferencia que encontramos es la cantidad de pruebas (3,856) hasta la fecha y la segunda es que aún no se han registrado 3,139 casos positivos de diferencia. Como consecuencia de este enorme desbalance en el total de casos, podemos observar cómo la DIRESA eleva a promedios del 70% de cada 100 personas testeadas,

mientras que el INS a través de la Sala Situacional de Covid-19 podemos indicar un promedio en esta última semana del 30% aproximadamente de los casos positivos de cada 100 personas testeadas. Cabe informar que generalmente se digita una ficha con datos de la persona, su respectivo triaje, el tipo de prueba a la que es sometido,

entre otros datos, los cuales deben de ser digitados en el sistema del INS (Instituto Nacional de Salud) y esta a su vez ser transferido al MINSA y ver la parte evolutiva del virus. Sin embargo, sabemos el gran esfuerzo que nuestro sistema de salud-Ucayali está haciendo, pero se deben de cruzar datos o el formato de atención especialmente con las clínicas o algunas entidades estatales donde se les ha tomado la prueba para poder tener una buena muestra, de esta forma evitaremos que el sistema del INS en Lima cuando cruce los datos, solo admite aquellos que están haciéndose la prueba por primera vez al menos que sea una prueba de descarte o alta epidemiológica. GABRIELA SÁNCHEZ


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a llegada del Covid-19 a nuestro país, también afectó a los agricultores, y con esto, también se vieron afectadas las cosechas, ocasionando la escasez de algunos productos o la especulación de sus precios. Según informaron los comerciantes de diferentes centros de abastos, el plátano sería uno de los alimentos que estaría en escasez. Sin embargo, el director de la Dirección Regional de Agricultura lo niega. Ante la controversia sobre la escasez del plátano, el Director Regional del Ministerio de Agricultura, Edwin Miranda Ruíz brindó una entrevista a Diario IMPETU para aclarar este tema. Negando toda afirmación sobre la baja producción del plátano, y afirmando que es todo lo contrario. “Es falso lo que dicen sobre la escasez del plátano, más bien es todo lo contrario, hay sobreproducción, y mejor prueba de ello es que el plátano está barato, quien mejor que yo, el director de agricultura lo afirmo, hay una sobreabundancia de este alimento” declaró Ruiz Miranda. Asimismo, Miranda Ruiz acepta que la llegada del virus a nuestra región ocasionó que los productores dejen de cosechar por miedo a contagiarse,

DIRECTOR DE AGRICULTURA SOBRE ESCASEZ DEL PLÁTANO

“Plátano es lo que sobra en Ucayali”

ante esto, implementaron acciones inmediatas para dar solución y evitar que el pueblo ucayalino se quede

sin productos básicos para la alimentación, como lo es el plátano. “Porque estamos en

pandemia, el movimiento por carretera y río está restringido, los agricultores no están cosechando, porque tienen miedo a contagiarse. Y esto está ocasionando que en la chacra se está desperdiciando el plátano, lo poco que se trae de Aguaytía, Iparía, Curimaná, lo estamos vendiendo, pero sí se está trayendo el plátano, así que no hay escasez” informó Miranda. Recalcó que el plátano en nuestra región está en sobreabundancia. Y que se puede comprobar en los centros de abastos más

frecuentados como el mercado Mayorista, papelera de Manantay, Reloj Público, a espaldas del estadio. Para concluir, agregó que el Ministerio de Agricultura continúa con los mercados itinerantes de la “Chacra a la Olla”, en donde ellos se encargan de traer al agricultor a vender sus productos para que no haya pérdida y a precios bajos, siendo los beneficiados los mismos agricultores. “Nosotros compramos el plátano, y lo vendemos tan barato, ¿por qué? porque nosotros traemos al agricultor

directamente a la ciudad, para que pueda vender su producción. Los que hacen subir de precio son los intermediarios, no agricultura” finalizó. GABRIELA SÁNCHEZ

ESTE AÑO NO HABRÁ PESCA MILAGROSA

Inician actividades por la Semana del Pescador Ucayalino Con el recojo y colecta de víveres para que posteriormente sean donadas a los pobladores vulnerables y a las familias afectadas por el Covid-19, se dio inicio a las actividades por la Semana del Pescador Ucayalino 2020. El director de la producción en Ucayali, Richard Ferré Rodriguez, indicó que por el Día de San Pedro y San Pablo o Día del Pescador, se dieron inicio a las actividades, pero con una coyuntura diferente a causa de la pandemia, que limita realizar eventos masivos.

El objetivo es reconocer a los pescadores de la región, que pese a la pandemia no paralizaron sus labores, trabajaron arduamente estos más de cien días que dura la cuarentena llevando su pesca a los principales mercados de la ciudad. Hoy realizarán la Feria del Pescado en el Parque Bolognesi, donde ofertarán su producción a precios económicos, el domingo 28 una misa virtual y el lunes 29 se realizará la ceremonia central y se dará el reconocimiento a los pescadores. ALI RODRIGUEZ


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ACTUALIDAD

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PARA CASI 24 MILLONES DE PERUANOS

Gobierno aprueba el “Bono de Electricidad” Ya son más de tres meses desde que comenzó la cuarentena en nuestro país, pero en nuestra región de Ucayali, muchos usuarios aún deben la mensualidad de sus servicios

básicos como, por ejemplo, la electricidad, que es consumida a diario por toda la población y es muy usada para hacer actividades comerciales. Sin embargo, debido a la

crisis económica que atraviesa todo el país, muchos usuarios morosos aún no pagan sus deudas, pese a que las empresas de estos servicios brindan facilidades para el

pago de recibos. Por ello, ayer el Consejo de Ministros bajo el liderazgo del presidente Martín Vizcarra y el premier Vicente Zeballos aprobaron el subsidio de electricidad de S/

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l mes de abril de este año (2020), fue un mes muy oscuro para la actividad del rubro económico de restaurantes (servicios de comidas y bebidas) que decreció en 93,78%. Tendencia marcada a nivel nacional, del que la región Ucayali no es la excepción. El sector fue afectado por 30 días de paralización, ante la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional en marzo, debido a la presencia del Covid-19, señala el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Retroceso por grupos: El grupo de restaurantes decreció -99,59%, debido al cierre total de establecimientos en los negocios de pollerías, restaurantes, comidas rápidas, chifas, cevicherías, café restaurantes, restaurantes turísticos y, carnes y parrillas. Los establecimientos de expendio de comidas y bebidas estuvieron cerrados todo el mes de abril. De igual forma los negoNuestra región es rica en recursos naturales y en cultura, cuna de varios pueblos nativos, hogar de gente emprendedora, ligada a la naturaleza, a su tierra. Sin embargo, afronta grandes problemas ambientales que no son muy difundidos en los medios de comunicación, e ignorados por las autoridades, tanto regionales como nacionales. Y ante este olvido, nace la revista virtual ‘Enfoque Ambiental’, en un intento de tratar estos temas. La presentación será

160 para alrededor de 24 millones de peruanos y con una inversión de más de S/ 800 millones. Asimismo, lo confirmó la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Gloria Montenegro, a través de su cuenta de Twitter, donde adelantó que el Gobierno entregará a las familias un bono de electricidad para cubrir

los gastos que se van acumulando. Ante la noticia, hicimos el llamado a Electro Ucayali, respondiendo que todavía no cuentan con información precisa para proceder y que a partir de hoy tomarán la decisión de cuanto será el beneficio para todos los usuarios de nuestra región. CLAUDIA ROJAS

COMUNIDADES NATIVAS DE ATALAYA Y CORONEL PORTILLO

Recibirán atención y bonos mediante las PIAS vía aérea

EN ABRIL DE 2020 PRODUCTO DE LA PANDEMIA

Negocios de restaurantes disminuyeron 93,78% cios de sandwicherías, heladerías, comida japonesa, comida criolla, pizzerías y dulcerías. El grupo de otras actividades de servicio de comidas registraron una disminución de 62,70%, por los menores servicios de alimentación brindados

por empresas concesionarias de alimentos. El servicio de bebidas reportó contracción del -99,90%, al no brindar atención las cafeterías, bar restaurantes, discotecas, juguerías, bares y pubs, dado que los establecimientos permanecieron cerrados.

El suministro de comidas por encargo (catering) descendió -96,50%, debido al nulo requerimiento en el servicio de preparación y distribución de alimentos para eventos, en la atención de buffets y banquetes. ALI RODRIGUEZ

ESTE SÁBADO SU GRAN LANZAMIENTO

Una revista que ama la naturaleza el sábado 27 de junio a las 12:30 de la tarde, mediante transmisión en vivo, a través del fanpage de la Universidad Nacional de Ucayali (UNU). Y estará a cargo del reconocido periodista y catedrático, Pepe Hidalgo Jiménez. El reconocido comunicador social, Franco Castillo, es el director de este proyecto periodístico y su principal impulsor. “Esta

revista es un sueño que he perseguido por varios años y me alegro que ahora se concrete. Considero que Ucayali afronta muchos problemas de índole ambiental y debe existir una ventana para difundirlas y así despertar a la población y autoridades.”, expresó. Mencionó además que la reciente pandemia del Coronavirus, que afrontamos todos los peruanos,

nos invita a ponerle más atención a la protección del medio ambiente, ya que de ese modo también nos cuidamos nosotros. Informó también que, por las nuevas circunstancias, la revista ‘Enfoque Ambiental’ será lanzado de forma digital, aunque no se descarta que en un futuro cercano tenga su versión impresa. GABRIELA SÁNCHEZ

Las comunidades indígenas u originarias ubicadas en ocho cuencas de las regiones de Loreto, Ucayali y Puno, recibirán atención sanitaria y entrega de bonos mediante las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS) vía aérea, por la emergencia sanitaria por el Covid-19. La primera campaña se realizó en Loreto. La próxima campaña se realizará el 29 de junio en la nuestra región, donde se llevarán servicios prioritarios a 42 comunidades nativas de las provincias de Atalaya (en los distritos de Tahuania, Sepahua y Yurúa), Coronel Portillo (Iparia y Masisea) en beneficio de 9,180 ciudadanos. Entre los beneficiarios se encuentran ciudadanos pertenecientes a pueblos indígenas de Amahuaca, Asháninka, Asháninka, Chitonahua, Matsigenka, Shipibo-Konibo, Yaminahua y Yines. Además, informar que, la implementación de esta estrategia, se lleva a cabo gracias al apoyo de la Fuerza Aérea del Perú

(FAP), 60 especialistas que realizan una estricta cuarentena y pasan las pruebas de descarte de Covid-19 antes del ingreso a las cuencas. La participación del Ministerio de Cultura en las intervenciones de las PIAS aéreas se realiza a través del equipo de intérpretes y mediadores culturales que, en trabajo de campo, informan previamente a los pueblos indígenas sobre la llegada de las PIAS y les detallan los beneficios al que podrán acceder. GABRIELA SÁNCHEZ

Más Las PIAS, se encargan de acercar los servicios del Estado, como salud, identidad y programas sociales, a las poblaciones que viven en zonas rurales en condición de pobreza y pobreza extrema.

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ACTUALIDAD

A MÁS DE 2 MIL TRABAJADORES

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obligación de pagar los sueldos suspendidos durante el estado de emergencia. “Cineplex S.A. (razón social de la firma) ha sido notificada de la Resolución

Directoral General N°01812020-MTPE/2/14, por medio de la cual la Dirección General de Trabajo ha resuelto desaprobar la solicitud de suspensión perfecta de la-

PRESIDENTE DE PERÚPETRO

Contratos petroleros deberán incluir beneficios para comunidades nativas LIMA.- Luego del cierre de todos los lotes petroleros en la selva norte, su reapertura o la futura adjudicación de otros yacimientos en la Amazonía será mucho más difícil que antes, no solo por los bajos precios del crudo sino también por el creciente descontento social, que ha agudizado la pandemia, según observó Seferino Yesquén, presidente de PeruPetro. “Ya no será posible hacer nuevos contratos para la selva sin tener en cuenta en esos contratos, y en una nueva legislación, la necesidad de que las comunidades (nativas) en torno a los campos petroleros sean las primeras beneficiadas de los ingresos que da esa industria”, advirtió. Durante un evento virtual organizado por Perú Energía, Yesquén explicó que la pandemia ha generado mucho resentimiento por la falta de atención inmediata a poblaciones en áreas de influencia de los yacimientos. Además, indicó que las re-

galías y el canon que aporta la industria petrolera no han generado bienestar en lo que se refiere a mejorar la economía, salud y educación en las regiones donde opera, mientras que las propias empresas, en ocasiones, deben enfrentar las faltas del Estado para atender a las poblaciones de su entorno. Por esas razones, señaló que, una vez concluida la pandemia, un gran desafío será reabrir la producción de la selva y atraer inversiones en exploración y producción, por lo que es necesario reconfigurar el sector con nuevas condiciones contractuales que inclu-

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SUSPENDEN ATENCIÓN PRESENCIAL EN EL GOREHCO

Cineplanet deberá pagar sueldos pendientes n medio de una de las crisis más grandes que atraviesa el mundo entero, las autoridades peruanas, en este caso el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se ha dispuesto a evaluar las solicitudes de «suspensión perfecta de labores» de diversas empresas, denegando la de Avianca y de forma más reciente la de la cadena de cines, Cineplanet. El pasado martes 23 de junio se publicó un Hecho de Importancia en el portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), por lo que Cineplanet ya tendría de conocimiento su

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yan a las comunidades como beneficiarias. Además, remarcó que es necesario modificar de inmediato la norma que distribuye el canon (para que alcance a las comunidades). Ya días atrás, ante el Congreso, Yesquén había invocado que era necesario revisar la norma del canon, para que llegue a las comunidades asentadas en torno al lote 192, como paso previo para que se pueda llevar a cabo la consulta previa en esa área. (Revista Energía y Negocios-Diario Gestión)

bores presentada”, refirió la compañía. La decisión se habría tomado luego de que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) no encontrará evidencia alguna de que Cineplanet haya entablado negociaciones con sus trabajadores, a fin de satisfacer las necesidades de ambas partes. Cabe mencionar que este tipo de procesos exigen siempre la gestión de un acuerdo justo. Al ser negada la solicitud de «suspensión perfecta de labores», Cineplanet se encuentra en la obligación de pagar los sueldos no abonados hasta la actualidad a sus más de 2170 trabajadores en Perú.

Gobernador Juan Alvarado da positivo en COVID-19 HUÁNUCO.- El gobernador regional de Huánuco, Juan Alvarado ingresó de emergencia al Seguro tras sufrir una descompensación en su oficina. Se conoció que el gobernador pasó por diversas pruebas, entre ellas por Ccpvid-19, donde dio positivo y sería un paciente asintomático. “Su estado de salud es estable; sin embargo, permanece internado a fin de prevenir complicaciones. Se ha recomendado hacer la prueba a todos sus familiares y a su círculo social y laboral”, dijo el director del hospital, Milward Ubillus Trujillo. Asimismo, el titular de EsSalud Huánuco precisó que se realizará otro examen de rigor a la autoridad regional para que pase a aislamiento domiciliario. Agregó que tras pasar por una tomografía, el gobernador Juan Alvarado no presenta sintomatología a la enfermedad. SUSPENDEN ACTIVIDADES Desde este lunes 29 de junio las labores presenciales en la sede del Gobierno Regional de Huánuco quedan suspen-

didas tras confirmar que 13 trabajadores, entre funcionarios y servidores dieron positivo por covid-19, informó el gerente general, Luis Briceño Jara. Según se conoció, diez de los infectados son del sector Agricultura, un consejero y un funcionario de confianza. Además, del gobernador regional Juan Alvarado quien dio positivo en la prueba rápida que le practicaron en el Hospital II de EsSalud. Briceño Jara explicó que la suspensión de actividades en el Gobierno Regional inicia el lunes, pero no hay fecha de retorno porque no se puede determinar el impacto de la pandemia en los próximos días. El pasado 27 de mayo, el Gobierno Regional reinició las labores presenciales en su sede de Calicanto con el 40 % de los trabajadores, mientras el otro 60 % realizaba trabajo remoto. Sin embargo, un mes después se vuelve a suspender el trabajo presencial debido al incremento de casos Covid-19 en el departamento. Hasta este viernes se contaban 2785 casos positivos y 104 muertos como consecuencia de la enfermedad.


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OPINIÓN/ACTUALIDAD

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A MI MANERA

CUARENTENA FOCALIZADA Por:

Fernando Sánchez Rengifo

Y llegó el momento de la verdad. El gobierno instauró la cuarentena focalizada desde este 1 de julio, es decir, solo mantendrán la cuarentena los niños menores de 14 años, personas que presenten comorbilidades y adultos mayores a 65 años. Los demás tenemos que realizar la denominada cuarentena inteligente ya que este virus aun no es desterrado de nuestra vida diaria, siendo más penoso, el desconocer si realmente uno está contagiado ya que según cifras brindadas por el Organismo Mundial de la Salud un gran porcentaje de contagiados son asintomáticos. Con esta medida el gobierno del presidente Vizcarra buscará regresar gradualmente a la normalidad en los diferentes sectores económicos como el comercio, los servicios prestados por profesionales, para tratar de recuperar la vida productiva del país. Para ello se han establecido distintos protocolos a los cuales ya debemos estar acostumbrándonos como el de los aforos en los lugares públicos, el uso obligatorio de mascarillas y las desinfecciones e higiene de rigor porque será nuestra rutina por algún tiempo hasta que se encuentre una vacuna contra el coronavirus. Esta medida del Estado lo que busca es recuperar la productividad pero protegiendo la salud y la vida de la población en general. Lo positivo de dicha medida estatal es que se mantiene el toque de queda, eso sí diferenciado de las regiones del sur del país que vienen sufriendo los embates de la pandemia, en donde el horario del mismo empezará un poco más temprano que en el resto del país.

Qué nos pasa

GOBIERNO INFORMÓ QUE SERÁ HASTA EL 31 DE JULIO

¿Cómo nos afecta la extensión de la emergencia nacional?

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l día de ayer el Gobierno dictó la extensión del Estado de Emergencia que será hasta el 31 de julio, esto se decidió luego que el diario Oficial El Peruano publicara el Decreto Supremo 044-2020PCM, donde se precisa que la cuarentena será focalizada. Nuestra región de Ucayali a pesar de estar en la lista de las regiones más afectadas por el coronavirus, está incluida en el nuevo toque de queda que será de 10 pm has-

ta las 4 am, donde se dispone de la inmovilización social obligatoria de todas las personas. Además, durante la cuarentena focalizada, se seguirá exceptuando al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de servicios de abastecimientos de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, telecomunicaciones, entre otras actividades que están incluidas en la reanudación de actividades económicas.

Con todo ello, los mercados, supermercados y otros centros de venta de alimentos, tendrán un aforo no mayor del 50%, con el respectivo protocolo sanitario dispuesto por el Ministerio de Salud. Además, está prohibido el ingreso de los niños a cualquier lugar público de la región, pero sí pueden salir durante una hora a una distancia de 500 metros de sus casas. En el caso de las personas de riesgo como adultos mayores o personas con alguna otra enfermedad, no pue-

FUNDADOR: Fernando Sánchez Vela DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo EDITOR GENERAL: Javier Medina Dávila EDITOR GRAFICO Y PRE-PRENSA: Carlos Kukurelo Corilloclla JEFE DE INFORMACIONES: Luis David Barriga Pérez Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2012-00034 Contenido elaborado por: Empresa Periodística Editorial de la Amazonía SAC Jirón Nueve de Diciembre 599 Teléfono (61) 573443 Los artículos firmados son de absoluta responsabilidad de sus autores

Impreso en Imprenta Impetu Editorial SRL Avenida Centenario 281 www.impetu.pe redaccion@diarioimpetu.com publicidad@diarioimpetu.com

den salir de sus casas a menos que se requiera su presencia obligatoria para el cobro de algún bono, Pensión 65 o hacer algún trámite importante. Esta nueva extensión del Estado de Emergencia nos seguirá afectando y la normalidad se quedará para mejorar la salubridad de muchos establecimientos, por ende, la población ucayalina debe acatar las normas, porque solo así se disminuirán los contagios y se terminará la cuarentena. CLAUDIA ROJAS


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ACTUALIDAD

ADEX SOLICITÓ ACELERAR LAS COMPRAS PÚBLICAS

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A TRAVÉS DEL “PROGRAMA TRABAJA PERÚ”

Mypes formales podrían recuperarse a fines del 2021

MDM generará más puestos de trabajo

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as micro y pequeñas empresas formales podrían recuperarse a finales del próximo año o a inicios del 2022 si se activa la demanda pública y privada y si las iniciativas del Gobierno dan resultados positivos, estimó el presidente de la Asociación de Exportadores (ADEX), Erik Fischer Llanos. Luego de resaltar la ampliación de los recursos del Fondo de Apoyo Empresarial FAE-Mype con S/ 1000 millones adicionales, a fin de atender la demanda de créditos de 100 mil mypes, comentó la importancia de agilizar las compras públicas ‘Compras MYPerú’, pues ayudará a reactivar a esas unidades empresariales. Fischer sugirió evitar la burocracia y promover la participación activa –con voz y voto– de los representantes mypes en la Núcleos Ejecutores de Compra (NEC) de los programas que se pondrán en marcha (sectores textil-confecciones, cuero-calzado, metalmecánica y muebles de plástico y madera). Añadió que en el caso del parque industrial de Villa El Salvador, las empresas inician lentamente la producción, cumpliendo las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno, aunque siguen padeciendo, al igual que las grandes y medianas empresas, de problemas de desabastecimiento de insumos, pues no todos los

proveedores están autorizados a reiniciar sus actividades. “El Estado es un gran comprador por lo que destinar presupuestos a las compras pública ayudará a generar puestos de trabajo y formalizar a las mypes, que en estos momentos se han visto fuertemente golpeadas por la crisis sanitaria”, acotó El líder gremial recomendó al Gobierno implementar los mecanismos que permitan identificar a las formales que tienen años de experiencia comprobada y trabajar con ellas. “El Estado debe ser eficiente en la ejecución del presupuesto e implementar nuevos

procedimientos, tomando como punto de referencia el NEC Kits de los Juegos Panamericanos, que el año pasado ejecutó en un menor plazo del previsto la adquisición de los más 100 mil productos demandados”, dijo. Si bien consideró que el mercado interno está contraído, sugirió evaluar la posibilidad de iniciar una campaña para promover el consumo de productos nacionales. “Otros de los problemas que enfrentan las pequeñas empresas es el acceso a la tecnología (maquinaria y equipos), por lo que sería interesante que el Gobierno proponga algo al respecto y ayude a mejorar su produc-

tividad y competitividad”, manifestó. En esa misma línea y dada la necesidad de financiamiento, Fischer insistió en su pedido para que más empresas de factoring puedan intermediar recursos del fondo del Proyecto Crecer y ser las aliadas de las mypes. Asimismo, implementar programas de rescate financiero que ayuden a reestructurar las deudas, entre otros. Existen mypes informales y otras que, si bien tienen RUC para su actividad comercial, no tienen personal en planilla y los mismos dueños no tienen seguro social, por lo que las iniciativas del gobierno no llegan a ellos.

CONCEJO MDM APROBÓ ORDENANZA

Vendedores tendrán espacio temporal para trabajar MANANTAY.- El Concejo Municipal de Manantay aprobó una ordenanza que permitirá la reubicación de más de 500 vendedores que se encuentran dispersos en diferentes calles de la ciudad previniendo la venta ambulatoria. De acuerdo a lo normado en esta ordenan ocuparán espacios de forma temporal para trabajar con

tranquilidad en un zona acondicionada del parque principal del asentamiento humano Manantay, hasta que se culminen las obras del Hospital de Contingencia. Esta iniciativa fue presentada por el alcalde Víctor Hugo López y fue respaldada y aprobada por el Pleno de Regidores manantaínos, en vista que los

cuatro mercados temporales de abastos no cuentan con espacio suficiente para recibir a gran número de vendedores. “Con la aprobación de la ordenanza municipal se determinó un área específica temporal detrás de la construcción del Hospital de Contingencia, para estar el tiempo suficiente hasta que funcione dicho nosoco-

mio”, puntualizó la primera autoridad manantaína. Fue enfático en señalar que la parte más importarte de este trabajo es el diálogo para llegar a buenos acuerdos, incidiendo que no los retirará a la fuerza de las calles, ni castigará atropellando sus derechos, porque es prioridad de su gestión reactivar la economía en el distrito.

MANANTAY.- Un equipo técnico de la municipalidad de Manantay elabora más de 7 proyectos que serán evaluados y financiados por el Ministerio de Economía y Finanzas a través del “Programa Trabaja Perú”, que asignó un presupuesto de S/ 1 100 239. Este monto servirá para la contratación temporal de personal técnico (mano de obra no calificada) quienes desarrollarán actividades en materia de limpieza, mantenimiento de parques, infraestructura y saneamiento, entre otros. El Ministerio de Economía y Finanzas inició conferencias virtuales para las coordinaciones respectivas con el equipo técnico municipal, donde dieron a conocer la trans-

ferencia de 67 mil soles a la municipalidad para la contratación de dos especialistas para elaborar proyectos. De igual forma, designarán 11 mil soles para la elaboración de fichas técnicas que serán evaluadas por el MEF y el Ministerio de Trabajo, quienes darán su visto de admisibilidad y elegibilidad de cada proyecto que dará trabajo temporal a más de 150 familias. El alcalde Víctor Hugo López manifestó que los proyectos apoyarán a las madres de los comités de Vaso de Leche de la jurisdicción. “Los manantaínos podrán recuperarse luego de tres meses de pandemia que desequilibró su economía, se generarán más puestos de trabajo”, dijo.


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CENTRAL

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SOCIEDAD NACIONAL DE MINERÍA, PETRÓLEO Y ENERGÍA >

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IMA.- Frente a la profunda crisis económica que afronta el país por la pandemia del Covid-19 y estando a más de 100 días de iniciado el aislamiento social, la Sociedad Nacional de Minería Petróleo y Energía (SNMPE) propone una campaña nacional por la “Reactivación Económica y la Recuperación del Empleo”, para que, a partir de la protección de la salud de las personas, se adopten desde el gobierno medidas complementarias urgentes que permitan revertir el colapso productivo y lograr la rápida recuperación de los puestos de trabajo que los peruanos necesitan con urgencia. El gremio empresarial señaló que con ese fin el gobierno debiera desmontar en lo inmediato una gran cantidad de innecesarias medidas administrativas y engorrosos trámites que han proliferado en los últimos años en el Estado, y que solo obstaculizan el quehacer de las empresas y los emprendimientos, pro-

Proponen campaña por reactivación económica

moviendo la informalidad, dilatando plazos y asfixiando la inversión cuando más se ne-

cesita de ella. “No es posible que en medio de la peor crisis que ha golpeado al país en

los últimos 100 años, algunas instancias públicas insistan en mantener procedimientos

y trámites que obstaculizan y frenan la reactivación, sin generar ningún valor para los ciudadanos”, refirió Manuel Fumagalli, presidente de la SNMPE, al subrayar que “no hay tiempo que perder para arrancar los motores de la economía, partiendo por desmantelar la enrevesada maraña burocrática que nos agobia a todos”. Una de las medidas que debiera abordarse en lo inmediato –explicó- pasa por replantear la aplicación del silencio administrativo negativo que, erróneamente, se ha convertido en la regla para muchos de los procedimientos que siguen las empresas, y que en el fondo reflejaría una desconfianza en los administrados o la imposibili-

dad de la administración para cumplir con los plazos de ley. “Los programas de apoyo que viene promoviendo el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para paliar los efectos de la recesión resultarán insuficientes si no están aparejados de un proceso paralelo de simplificación y facilitación administrativa impulsado desde todos los ministerios, que promueva y agilice la inversión y la generación de empleo”, puntualizó Fumagalli. La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, anotó, que desde hace un par de años se viene trabajando en mesas ejecutivas sectoriales para simplificar procedimientos, con resultados limitados. “Se han identificado oportunidades de mejoras, como la aplicación de aprobaciones automáticas con fiscalización posterior y otras iniciativas para mejorar la competitividad que, en el contexto actual, sumarían mucho a la construcción de confianza y urgente reactivación económica”, señaló. ANDINA

PARA FAMILIAS VULNERABLES >

Gobierno analiza nuevo bono familiar LIMA.- La ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, informó que el Gobierno está evaluando la entrega de un nuevo bono para las familias vulnerables, como los subsidios otorgados mediante el Bono Familiar Universal de 760 soles por cada hogar. “Algo importante es que cuando empezamos a reactivar la economía, la mayoría de las personas volverán a sus trabajos, pero también tendremos una gran parte de la población que no. Estamos evaluando para ellos medidas importantes para proteger sus hogares, quizás considerando una nueva

transferencia de dinero para sus casas”, señaló. “Asimismo, ya tenemos en marcha programas de alimentos, para lo cual damos dinero a los gobiernos locales. Estamos muy preocupados ahora por la idea de que las familias tengan comida y la protección adecuada”, agregó. Durante el conversatorio “Deuda en mercados emergentes: una ruta más allá del covid”, organizado por Bloomberg, María Antonieta Alva recordó que la primera medida del Gobierno cuando se inició la emergencia sanitaria fue el programa de transferencia de dinero, a través

de los bonos, para las familias vulnerables. “Es la primera vez que en Perú damos dinero directamente a los hogares y esa fue nuestra primera respuesta. Ahora, la segunda es generar programas de empleo temporal, creemos que sería una gran oportunidad para solucionar los problemas de infraestructura de las ciudades y zonas rurales”, sostuvo. “Y la tercera, que también estamos evaluando seriamente, es implementar medidas con un programa dirigido a los hogares más vulnerables”, manifestó.

MEF dice que programas de empleo temporal darán ingresos a familias y mejorarán infraestructura urbana y rural.

REACTIVACIÓN ECONÓMICA Por otro lado, la ministra comentó que ahora la preocupación del Gobierno es que el virus esté contenido en momentos que se está reactivando la economía.

“Estamos trabajando en esta segunda parte de la reactivación económica, protegiendo los hogares, implementando grandes programas de empleo temporal para las zonas urbanas y rurales que ayudarán a las familias”, afirmó.

En la conferencia virtual de Bloomberg también participaron el secretario de Hacienda de México, Arturo Herrera, el secretario de Finanzas de Filipinas, Carlos Domínguez, y el ministro de Economía de Argentina, Martín Guzmán. ANDINA

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CENTRAL

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POR: ANDINA

CONGRESO >

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l Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio que propone modificar normas de la legislación electoral para garantizar paridad y alternancia de género en las listas de candidatos. 111 votos a favor, 15 en contra y una abstención obtuvo la propuesta que modifica los artículos 104 y 116 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones. El texto sustitutorio, que fue consensuado de las comisiones de Constitución y Reglamento, y de la Mujer y Familia, fue exonerado del trámite de segunda votación. Según el texto aprobado, los candidatos a la presidencia de la República y Vicepresidencias de la República, sean de un partido, agrupación independiente o alianza, solicitan su inscripción en una sola y misma fórmula, la cual debe incluir, por lo menos a una

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mujer a un hombre en su conformación, ubicados intercaladamente de la siguiente forma: una mujer, un hombre, una mujer o un hombre, una mujer, un hombre. En las elecciones internas o primarias, los candidatos postulan de forma individual. El conjunto de candidatos está integrado por el 50% de mujeres o de hombres, ubicados intercaladamente de la siguiente forma: una mujer o un hombre una mujer. El voto se emite a favor de candidato individual. La lista resultante de las elecciones internas o elecciones primarias se ordena según el resultado de la votación y respetando el 50% de mujeres o de hombres. Los candidatos que obtengan la mayor votación ocupan los primeros lugares, pero una vez cubierta la cantidad máxima de candidatos de un mismo sexo se continúa con el candida-

Aprobaron paridad y alternancia El texto sustitutorio, que fue consensuado de las comisiones de Constitución y Reglamento, y de la Mujer y Familia, fue exonerado del trámite de segunda votación.

to del sexo opuesto que se requiera para cumplir con la cuota mínima. La lista final se orde-

na intercaladamente de la siguiente forma: una mujer, un hombre o un hombre, una mujer.

Los candidatos que por cualquier motivo no puedan integrar la lista final, deben ser reempla-

zados por otro candidato del mismo sexo, para que se asegure la paridad y alternancia. En la lista de candidatos al Congreso de la República y Parlamento Andino para las elecciones generales se considerarán los resultados de la democracia interna y se ubican los candidatos en forma intercalada: una mujer un hombre o un hombre una mujer. El criterio de paridad y alternancia de género debe verificarse también sobre el número total de candidatos presentados por cada organización política. ANDINA


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ORDENANZA

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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2020-MPCP Pucallpa, 26 de junio del 2020.

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Coronel Portillo visto el Expediente Interno N° 12004-2020, en Sesión Ordinaria N° 012-2020 (modalidad virtual – no presencial) de fecha 25 de junio del 2020, emitió el Acuerdo N° 056-2020, contenido en el acta de la referida sesión, y;

artículo 9° numeral 8 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Provincia de Coronel Portillo, mediante Acuerdo N° 056-2020, contenido en el acta de Sesión Ordinaria N° 012-2020 (modalidad virtual – no presencial), por unanimidad de votos de sus miembros aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO A FIN DE MITIGAR EL IMPACTO ECONÓMICO PRODUCTO DEL ESTADO DE EMERGENCIA POR EL BROTE DEL COVID-19

CONSIDERANDO: CAPÍTULO I Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, lo cual es concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, la Organización Mundial de la Salud ha calificado, con fecha 11 de marzo de 2020, el brote del COVID-19 (coronavirus) como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA de fecha 11 de marzo de 2020, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendarios (ampliado mediante D.S. N° 020-2020-SA), y se dictaron medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19. Que, mediante Decreto de Urgencia N° 026-2020 de fecha 15 de marzo de 2020, se establecieron medidas adicionales extraordinarias que permiten adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus del COVID-19, en el territorio nacional, así como coadyuvar a disminuir la afectación a la economía peruana por el alto riesgo de propagación del mencionado virus a nivel nacional. El artículo 11° del acotado Decreto de Urgencia N° 026-2020 establece que “En el marco de sus competencias reconocidas por la Ley Orgánica de Municipalidades los gobiernos locales coordinan con la Autoridad de Salud las actividades de fiscalización del cumplimiento de las disposiciones establecidas por ésta en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA. Para ello, adoptan las medidas correctivas que se consideren necesarias para garantizar la vigencia efectiva de estas disposiciones.”; Que, con Decreto Supremo N° 044-2020-PCM de fecha 15 de marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; Que, el artículo 11° y la disposición final única del D.S. N° 044-2020-PCM, del 15 de marzo de 2020, modificado, ampliado y precisado mediante los Decretos Supremos Nº 0452020-PCM, Nº 046-2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 061-2020-PCM y N° 064-2020-PCM, establece que, (i) “durante la vigencia del estado de emergencia, los ministerios y las entidades públicas en sus respectivos ámbitos de competencia dictan normas que sean necesarias para cumplir el presente decreto supremo. Los gobiernos regionales y locales contribuyen al cumplimiento de las medidas establecidas en el presente decreto supremo, en el marco de sus competencias.” y (ii) “en el marco de su autonomía, los otros poderes del Estado y los organismos constitucionalmente autónomos adoptan las medidas para dar cumplimiento al presente Decreto Supremo”; Que, mediante Informe Nº 566-2020-MPCP-GSAT-SGCR de fecha 05 de junio del 2020, la Sub Gerencia de Control y Recaudación remite el proyecto de Ordenanza Municipal que establece beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo a fin de mitigar el impacto económico producto del estado de emergencia por el brote del COVID – 19; Que, mediante Informe Legal Nº 292-2020-MPCP-GM-GAJ de fecha 08 de junio del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que deviene en procedente se apruebe el proyecto de ordenanza descrito en el considerando anterior; asimismo mediante Dictamen Nº 002-2020-MPCP-CR-CP-CPPRyDE de fecha 22 de junio del 2020, la Comisión de Planificación, Presupuesto, Rentas y Desarrollo Económico dictaminan procedente el proyecto de ordenanza materia de análisis; Que, mediante Proveído Nº 056-2020-MPCP-ALC-GSG de fecha 26 de junio del 2020, la Gerencia de Secretaria General comunica que en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 012-2020 (modalidad virtual – no presencial) de fecha 25 de junio del 2020, los miembros del Concejo Municipal por unanimidad de votos acordó aprobar el dictamen descrito en el considerando anterior; Que, de conformidad, a lo establecido en el artículo 195° numeral 4) y por el artículo 74° de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenando del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13313-EF, así como el artículo 9º numeral 9) de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se precisa que los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, a través del Concejo Municipal.

ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer beneficios para el cumplimiento del pago de deudas tributarias y no tributarias, cuya administración se encuentra a cargo de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria – GSAT, con el fin de mitigar el impacto económico a consecuencia de las medidas adoptadas para prevenir y controlar la propagación del COVID-19. Artículo 2.- Definiciones a) Deuda Tributaria Tributaria:: Deuda proveniente del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala, Multas Tributarias, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos e Impuesto a las Apuestas. b) Deuda No tributaria: Entiéndase para los términos de la presente Ordenanza que las deudas no tributarias comprenden la deuda originada por concepto de multas administrativas regulada por la Ordenanza Municipal N°002-2020-MPCP que aprueba el Reglamento de fiscalización y sanción (REFISA) de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, así como las que provengan de: adjudicación de lotes de terreno, mausoleos, nichos mayores, nichos menores y otros. c) Deuda por convenios de fraccionamiento: Deuda tributaria y no tributaria que se encuentran con convenios de fraccionamiento incluye los convenios con pérdidas de fraccionamiento. d) Interés Moratorio: Importe en soles, resultante de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 33 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº133-2013-EF. e) GSAT: Gerencia de Servicios de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Artículo 3.- Sujetos comprendidos y deuda materia de acogimiento. Podrán acogerse al presente beneficio los contribuyentes y/o administrados que mantengan deudas correspondientes al ejercicio 2020 y/o años anteriores, cualquiera sea el estado en que se encuentren: a. Deudas Tributarias. - Las comprendidas en el literal a) del artículo 2 de la presente norma, generadas hasta un día antes de su entrada en vigencia. Asimismo, podrán acogerse los omisos y subvaluadores, respecto de las deudas generadas durante la vigencia del beneficio, como producto del cumplimiento de sus obligaciones formales o de acciones de fiscalización, realizadas con anterioridad o durante dicho periodo. b. Deudas No tributarias. - Las comprendidas en el literal b) del artículo 2 de la presente norma, impuestas hasta un día antes de su entrada en vigencia. c. Deuda por convenios de fraccionamiento: Las comprendidas en el literal c) del artículo 2 de la presente norma, con convenios suscritos o con pérdida de convenios, hasta un día antes de su entrada en vigencia. Artículo 4.- Acogimiento. Para obtener los beneficios de la presente Ordenanza los contribuyentes y/o administrados optarán cualquiera de las siguientes modalidades de pago: a) Pago al contado: Realizado en una sola cuota y al instante, a través de cualquiera de los canales implementados y mediante cualquier medio de pago aceptado por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria – GSAT. b) Pago a cuenta: Los pagos a cuenta se realizarán por la totalidad del año de deuda. Respecto a la deuda de arbitrios los pagos a cuenta por la totalidad del año se realizarán por cada predio, dichos pagos a cuenta se descontarán de la deuda insoluta. Artículo 5.- Plazo para el acogimiento. Los contribuyentes y/o administrados podrán acogerse a los beneficios regulados en la presente ordenanza, desde su entrada en vigencia hasta el 30 de setiembre del año 2020. CAPÍTULO II

Que, siguiendo el hilo discursivo del considerando anterior, según lo establecido en el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº133-2013-EF, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley, precisando que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. Que, en ese orden de ideas, resulta aplicable lo establecido en el Artículo 9°, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 se establece que es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”. Asimismo, la atribución del Concejo Municipal, antes descrita se expresa a través de OrdenanA zas Municipales conforme lo prescrito en el Artículo 40° del mismo cuerpo normativo que prevé: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el

BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Artículo 6.- Beneficios para el pago de deuda tributaria 2020. Dispóngase que, durante la vigencia de la presente Ordenanza, la deuda tributaria vencida correspondiente al ejercicio fiscal 2020, podrá ser pagada sin intereses moratorios. Artículo 7.- Beneficios otorgados por el pago al contado de tributos y multas tributarias. Dispóngase la aplicación de descuentos por el pago al contado, de los montos insolutos de los tributos y/o de la multa tributaria según corresponda, así como de los intereses moratorios, en los porcentajes que se detallan a continuación: a)Impuestos Municipales. - Por el pago al contado, se otorgarán los descuentos únicamente respecto de los intereses moratorios:


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Artículo 14.- Convenios de fraccionamiento En caso de que el administrado opte por suscribir convenio de fraccionamiento perderá todos los beneficios. Artículo 15.- De las Costas procesales y gastos administrativos. b)Arbitrios Municipales. - Por el pago al contado anual por predio, se otorgarán los descuentos respecto del insoluto de la deuda y los intereses moratorios conforme a continuación se detalla:

Disponer la condonación de las costas procesales y gastos administrativos en caso se pague la totalidad de la deuda por expediente coactivo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Pagos anteriores. Los pagos efectuados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no serán materia de devolución o compensación alguna. Asimismo, los beneficios regulados en la presente Ordenanza no serán aplicables a las solicitudes de compensación. Segunda.- Suspensión de acciones de ejecución coactiva.

c) Multas Tributarias. - Por el pago al contado de tributos por año, se otorgarán los descuentos respecto del insoluto de la deuda y los intereses moratorios conforme a continuación se detalla :

La vigencia de la presente ordenanza no suspende los procedimientos de ejecución coactiva en curso, iniciados con anterioridad al 16 de marzo de 2020. Asimismo, los embargos en forma de retención ordenados con anterioridad al 16 de marzo de 2020, mantienen sus efectos legales. La imputación, durante la vigencia del beneficio, de los montos obtenidos como consecuencia de dichas medidas, deberá ser realizada con los beneficios que les resulten aplicables. Tercera.- Desistimiento. Es requisito, para el acogimiento de las deudas a los beneficios, desistirse de los procedimientos contenciosos o no contenciosos iniciados respecto de dichas deudas.

En caso se hubieran realizado pagos a cuenta con anterioridad a la vigencia del presente beneficio, los descuentos serán realizados sobre el saldo pendiente. Artículo 8.- Beneficios otorgados a convenios de fraccionamiento de tributos y multas tributarias. Los beneficios otorgados por el pago de deudas que se encuentran con convenios de fraccionamiento consistirán en la aplicación del 100% de descuento, respecto de los intereses por cuota, incluido los intereses del detalle que forman parte de las cuotas. Artículo 9.- Condonación de intereses. Disponer la condonación de los intereses moratorios generados de la deuda vencida, del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales e Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos e Impuesto a las Apuestas. CAPÍTULO III BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS Artículo 10.- Beneficios otorgados por el pago al contado de multas administrativas. Por el pago al contado, se otorgarán los descuentos siguientes respecto del insoluto de la multa y su reajuste:

1. Tratándose de procedimientos contenciosos o no contenciosos cuya resolución sea de competencia de la GSAT, se entenderá que, con el acogimiento a los beneficios, se produce el desistimiento automático. Asimismo, que implica el reconocimiento voluntario de la deuda. 2. En caso el deudor hubiera iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante otras instancias administrativas, o inició algún proceso judicial contra la GSAT y/o la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, por las deudas materia de acogimiento, deberá efectuar el desistimiento de estos durante el periodo de vigencia del beneficio. El cumplimiento de dicho requisito debe ser acreditado por el deudor, a partir del día siguiente hábil de culminado el periodo de beneficio y, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, presentando copia del desistimiento formulado ante las instancias administrativas o judiciales correspondientes. A partir del día siguiente hábil de vencido el plazo otorgado al deudor, la administración deberá verificar el cumplimiento del requisito en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, quedando facultada a dejar sin efecto los beneficios otorgados en caso el deudor no acredite el desistimiento. Cuarta.- Implementación y cumplimiento. Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria – GSAT, así como la Sub Gerencia de Control y Recaudación el cumplimiento de la presente ordenanza como su implementación. Quinta.- Delegación de facultades. Facúltese al Alcalde a dictar, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como para establecer su prórroga. Sexto.- Publicación y distribución. Encárguese a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario encargado de los avisos judiciales así como su distribución y notificación.

En caso se hubieran realizado pagos a cuenta con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, los descuentos serán realizados sobre el saldo pendiente. Artículo 11. Beneficios otorgados por el pago en convenios de fraccionamiento de deudas no tributarias: multas administrativas, adjudicaciones de lotes de terreno, mausoleo, nichos mayores y menores, tierra común y otros que corresponden a deudas no tributarias. Los beneficios otorgados por el pago de deudas que se encuentran con convenios de fraccionamiento consistirán en la aplicación del 100% de descuento, respecto de los intereses por cuota. Artículo 12.- De las multas no tributarias sujetas a descuentos previos. Tratándose de multas no tributarias que se encuentran sujetas a descuentos establecidos en los respectivos reglamentos, de resultar estos más beneficiosos para el administrado que los regulados en la presente Ordenanza; dichas deudas no podrán ser materia de acogimiento. Artículo 13. De las deudas reducidas con beneficio de la presente Ordenanza. Las deudas reducidas con el beneficio de la presente ordenanza NO podrán ser materia de acogimiento a un convenio de fraccionamiento.

Séptimo.- Publicación en la página web institucional Encárguese a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente en el portal web de la entidad www.municportillo.gob.pe, Octavo.- Difusión. Encárguese a la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo, la difusión de la presente ordenanza en los medios posibles. Noveno. Entrada en vigencia. La presente ORDENANZA MUNICIPAL entrará en vigencia desde el 01 de julio del 2020. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


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ORDENANZA “Año de la Universalización de la Salud” MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2020-MDY Puerto Callao, 22 de junio del 2020. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA • POR CUANTO: CUANTO: El Concejo Distrital de Yarinacocha, mediante Acuerdo de Concejo N° 002-2020-SEC-MDY de fecha 22 de junio del 2020, adoptado en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 002-2020-SEC-MDY de fecha 22 de junio del 2020, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado reformada mediante Ley Nº 27680, N° 28607, N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, y tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que es concordante con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, dispone que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala: “Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (…)”. Asimismo el artículo 9º numeral 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, conforme a la norma antes citada, los artículos 46° y 74° de la Ley N° 27972, disponen que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento conlleva la aplicación de sanciones, sin perjuicio de promover las acciones judiciales que corresponda; Que, conforme lo ha establecido la Organización Mundial de la Salud – OMS, el COVID-19, es una enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Ésta se contrae por contacto de una persona a otra que esté infectada por el virus, propagándose con más rapidez con el hacinamiento de personas; Que, con fecha 06 de marzo de 2020, se confirmó dentro del territorio del Perú, el primer caso de COVID-19, el mismo que fue informado por el Presidente a toda la colectividad, motivo por el cual se dictaron las siguientes medidas: •

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Decreto Supremo N° 008-2020-SA, del 11 de marzo de 2020, por el cual se decretó la EMERGENCIA SANITARIA a nivel nacional por un plazo de noventa (90) días calendario, dictando además medidas de prevención y control del COVID-19. Se dispone además que los gobiernos locales adopten medidas preventivas y de control sanitario, con el fin de evitar su propagación y contribuir al cumplimiento de las normas y disposiciones emitidas por el Poder Ejecutivo, en los espacios públicos y privados. Decreto de Urgencia N° 026-2020, publicado oficialmente el 15 de marzo de 2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, se aprueban medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad COVID-19, en el territorio nacional, así como coadyuvar a disminuir la afectación a la economía peruana por el alto riesgo de propagación del mencionado virus a nivel nacional. El artículo 11° del citado Decreto de Urgencia, referido a la ¨Fiscalización a cargo de los Gobiernos Locales¨, establece que en el marco de sus competencias reconocidas por la Ley Orgánica de Municipalidades los gobiernos locales coordinan con la Autoridad de Salud las actividades de fiscalización del cumplimiento de las disposiciones establecidas por ésta en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA. Para ello, adoptarán las medidas correctivas que se consideren necesarias para garantizar la vigencia efectiva de estas disposiciones. Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, en cuyo Artículo 1° disponer declararse el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y se dispone el AISLAMIENTO SOCIAL OBLIGATORIO (cuarentena), lo cual es prorrogado por los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM y N° 083-2020-PCM, siendo que con este último se declara el Estado de Emergencia Nacional hasta el domingo 24 de mayo de 2020. Dentro del citado Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, en su numeral 7.1) de su artículo 7° se dispuso: La suspensión del acceso público a los locales y establecimientos, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, grifos y establecimientos de venta de combustible y los servicios para las actividades comprendidas en las cuatro fases de la estrategia de ¨Reanudación de actividades¨, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, conforme a su implementación. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que, a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio” La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida debe ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. En todo caso, se deben evitar aglomeraciones y se controla que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios. Se suspende el acceso al público a los museos, archivos, bibliotecas, monumentos, así como a los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, actividades culturales, deportivas y de ocio. Se suspenden las actividades de restaurantes y otros centros de consumo de alimentos. Asimismo, se suspenden los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como cualquier otro tipo de reunión que ponga en riesgo la salud pública. Asimismo, el Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, de fecha 27 de marzo de 2020, dispone en su artículo 3° la Inmovilización Social Obligatoria, durante la prórroga del Estado de Emergencia Nacional, de todas las personas en sus domicilios desde las 20:00 horas hasta las 5:00 horas del día siguiente. Decreto Supremo N° 057-2020-PCM, publicado el 2 de abril de 2020, se modifica el artículo 3° del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, incorporando el numeral 3.8) al artículo 3°, en el que se establece que “Para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos, solo está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar. Los días lunes, miércoles y viernes únicamente podrán transitar personas del sexo masculino y los martes, jueves y sábados las personas del sexo femenino. Asimismo, el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día. Para la aplicación y control de la presente disposición, queda prohibido cualquier tipo de discriminación. Se exceptúa de lo dispuesto en el presente numeral a aquellas personas que deban circular para el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias. Es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.” Decreto Supremo N° 064-2020-PCM, del 10 de abril de 2020, Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19 y dicta otras medidas, además de prorrogar el Estado de Emergencia, modifica el artículo 3° del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, estableciéndose ¨ Durante la prórroga del Estado de Emergencia Nacional, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 18:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente. (…) 3.8 Para la adquisición de víveres, productos farmacéuticos y trámites financieros, solo está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar de lunes a sábado. Asimismo, el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día. Se entiende que se encuentran dentro del permiso dispuesto en el párrafo precedente, a aquellas personas que deban circular para el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias. Es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.” El Ministerio de Agricultura y Riesgo publicó los Lineamientos para Garantizar el Cumplimiento de Normas

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de Salubridad en Mercado de Productores, en mérito a los cuales, las autoridades locales deben implementar y fiscalizar normas de salubridad en mercados de productores y también en centros de abasto. Con el artículo 2° del Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, se modifica el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, precisado por Decreto Supremo Nº 046-2020-PCM y modificado por Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, 053-2020-PCM, 058-2020-PCM, 063-2020-PCM, 064-2020-PCM y 072-2020PCM, estableciéndose en el numeral 4.2) que ¨(..) la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 20.00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 16.00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente. Asimismo, el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día. (…)Es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público¨. Asimismo, el Artículo 5° del citado Decreto Supremo N° 083-2020-PCM prescribe que ¨En los bancos y otras entidades financieras, se permite un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%). Además, se exige para el ingreso, desinfección previa y el uso obligatorio de mascarillas, así como mantener una distancia social no menor de un (1) metro. (…) ¨; siendo además que su Artículo 6° establece que ¨Sobre los mercados, supermercados, establecimientos comerciales minoristas de alimentación y otros centros de venta de alimentos no preparados, se permite un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%). Además, se exige para el ingreso, desinfección previa y el uso obligatorio de mascarillas, así como mantener una distancia social no menor de un (1) metro. (…)”¨.

Que, mediante Informe Nº 502-2020-MDY-SGP-SPGS de fecha 17.06.2020, la Gerencia de Servicios Públicos, propone un proyecto de Ordenanza que establece las medidas de prevención y control contra el COVID-19 para establecimientos comerciales y personas que concurran a éstos dentro del distrito de Yarinacocha, las mismas que tendrían vigencia mientras dure la Emergencia Sanitaria decretada a través del Decreto Supremo N° 008-2020-SA y el Estado de Emergencia Nacional conforme al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus modificatorias; Así mismo en el citado informe refiere que ante el Estado de Emergencia Sanitaria declarada por el Estado, y ante las disposiciones dictadas por éste para evitar la propagación del Coronavirus (COVID-19), resulta necesario que dentro de la jurisdicción de Yarinacocha, se establezcan medidas de estricto cumplimiento para los establecimientos comerciales que, dentro del Estado de Emergencia Sanitaria y del Estado de Emergencia Nacional se encuentren permitidos de desarrollar sus actividades comerciales, así como para los ciudadanos que concurran a éstos; con la finalidad de contribuir a las medidas vigentes y evitar el riesgo de infección comunitaria dentro de nuestro distrito, además de adoptar las medidas correctivas que correspondan ante el incumplimiento, dentro de la facultad sancionadora conferida por Ley; por lo que el proyecto de ordenanza establece disposiciones específicas para fortalecer la prevención y el desarrollo armónico del distrito, por lo que se deberá implementar con los recursos presupuestales aprobados a las unidades orgánicas y órganos de la municipalidad involucrados y no requerirá disponibilidad presupuestal adicional, siendo compatible con la finalidad (fines), visión, misión y los planes institucionales (estrategias y objetivos) de la Municipalidad; Que, la finalidad de regular y establecer medidas de prevención y control contra el COVID-19 para establecimientos comerciales y personas que concurran a éstos dentro del Estado de Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional, las mismas que se mantendrán hasta que la Municipalidad lo considere pertinente, radica en la necesidad de salvaguardar la vida, la salud e integridad física de los ciudadanos frente al riesgo de contraer el COVID-19 al asistir a los establecimientos comerciales por no guardar las normas sanitarias necesarias para combatir la propagación de dicho virus. En tal sentido, considerando que es función de la Municipalidad el velar por la salud y bienestar de sus habitantes, así como fortalecer las capacidades en materia de seguridad ciudadana y responsable de controlar y supervisar el desarrollo de actividades comerciales dentro del distrito, además de salvaguardar y garantizar los derechos de los ciudadanos en virtud del Estado de Emergencia Sanitaria declarada en las disposiciones normativas que ha dictado el Gobierno Nacional para la prevención y control del COVID-19; para el presente caso el prescindir de la publicación de la propuesta se justifica en la urgente necesidad de contar con el marco legal que establezcan el cumplimiento de medidas de prevención, protección y control contra el COVID-19 en el desarrollo de las actividades comerciales. Que, mediante Informe Legal Nº 329-2020-MDY-GM-GAJ de fecha 18 de junio del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica tras un análisis de las normas precitadas y los considerandos precedentes opina que resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza, por lo que se debe elevar los actuados a concejo, a fin de que conforme a sus atribuciones proceda a determinar la procedencia o improcedencia del pedido. Que, estando a lo expuesto en los considerandos y en virtud a las facultades conferidas en el Artículo 39º y 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 002-2020-SEC-MDY de fecha 22 de junio del 2020, el Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-2020-SEC-MDY de fecha 22 de junio del 2020, adoptó por “UNANIMIDAD de los presentes”, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE “LINEAMIENTOS COMPLEMENTARIOS DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL SANITARIO PARA PREVENIR EL CONTAGIO Y PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19), EN LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS QUE REALIZAN ACTIVIDADES ECONÓMICA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y/O DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE YARINACOCHA” E INCORPORA CÓDIGOS DE INFRACCIÓN AL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA, APROBADO POR LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2019-MDY. ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece “lineamientos complementarios de bioseguridad y control sanitario para prevenir el contagio y propagación del coronavirus (COVID-19), en los establecimientos públicos y privados que realizan actividades económica de comercio, industria y/o de servicios en el distrito de Yarinacocha”, la misma que como Anexo I, forma parte integrante de la presente ordenanza. ARTÍCULO SEGUNDO.-APROBAR SEGUNDO.-APROBAR la Incorporación de los Códigos de Infracción al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 010-2019-MDY, la misma que como Anexo II, forma parte integrante de la presente ordenanza. ARTÍCULO TERCERO.- FACULTAR FACULTAR,, al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las modificatorias en cuanto a los horarios y asimismo las normas complementarias y reglamentarias para la correcta aplicación e implementación de la presente Ordenanza, de conformidad con la estrategia de ¨Reanudación de actividades¨, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, conforme a su implementación; así como las disposiciones que modifiquen o dejen en suspenso algunas medidas aprobadas en la presente Ordenanza. ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos, Sub Gerencia de Comercialización, Oficina de Defensa Civil y demás órganos Instructores involucradas en la fiscalización y control, el irrestricto cumplimiento de la presente ordenanza, ARTÍCULO QUINTO.- EXHORTAR EXHORTAR,, a todos los conductores de los establecimientos públicos y privados de los establecimientos comerciales públicos y privados a coadyuvar en la prevención para evitar la propagación del coronavirus SARSCoV2 que causa la enfermedad COVID-19, cumpliendo e implementando las medidas de bioseguridad y control que se aprueban con la presente ordenanza y las demás normas de alcance nacional. ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR, ENCARGAR, a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación local, así como la distribución y notificación de la presente Ordenanza Municipal y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación del texto íntegro del mismo en el Portal Web de Transparencia de la Municipalidad: www.muniyarinacocha.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.


Pucallpa, sábado 27 de junio de 2020

SOBRE (ING.) BUSCADOR DE INTERNET

SUBASTA PUBLICA

PADRE DE THOR

IMPETU.pe

RED (ING.)

ARIES (marzo 21-abril 20) Evita los riesgos relacionados con el tacto. Cuida lo que tocas y evita las sustancias abrasivas. Es mejor que use guantes en el trabajo, para disminuir problemas.

EXITO (ING.)

3000 (ROM.)

LA DAMA DE LA PAMPA

TAURO (abril 21-mayo 20) QUE SALA

Hoy es un día en el que va a haber un pulso dentro de la relación. Tu pareja se planta acerca de ciertas decisiones que ha tomado (parece que sobre formar una familia).

ACTOR “LA ROCA”

FUERA (ING.)

LIDER PACIFISTA HINDU

“LOS COSACOS”

“BUSCANDO AMERICA”

PLANTA ACUATICA

ACTRIZ “LA PROFECIA”

FILME CON GLENN FORD

CANCER (junio 22-julio 22) No abuses de tu energía. Te sientes bien, y tu primer impulso es exprimirte hasta quedar exánime. Ese es un error. No te explotes a ti miso, por duro que sea el contexto.

56 (ROM.)

RADICAL ALCOHOL

LEO (julio 23-agosto 22)

... DIESEL (ACTOR)

EN ESTE DIA

Hay una pequeña conspiración a tus espaldas que debes atender. No te alarmes, pues como dicen “No hace dalo quien quiere, sino quien puede”.

ESCULPIO “EL PENSADOR” CORREO BASURA

DESEO SEXUAL

VIRGO (agosto 23-septiembre 22)

DIOSA LUNAR

MORAS, HABITAS

PASE DE DENTRO AFUERA

LIBRA (septiembre 23-octubre 22) Este es un buen día para sacar de tu casa todas esas energías negativas que las últimas visitas han dejado a su paso. Esa amargura, ese rencor, esa tristeza.

ALOE

1 DIA ANTES DE HOY

Es uno de esos días en que todo se empantana y en que parece que hasta el aire se ha detenido. Son días que son parte del amor, donde el aburrimiento y la rutina toman su parte.

COMPLEMENTO DEL YIN

“DON MANUEL”

ABISMO (ING.)

ACTOR “100 RIFLES”

Cuando las cosas se tornan más difíciles es cuando hay que portarse mejor. Comienza una nueva etapa en tu crecimiento personal, e implica nuevos desafíos.

BEBER (ING.)

DESPUES DE LA “F”

# ATOM.: 7, 92 Y 6

17ª, 1ª Y 5ª LETRAS

GEMINIS (mayo 21-junio 21)

REZAN

LEWIS WALLACE:

ULCERA FACIAL

“AMINTA”

PALOMA (QUECH.)

DIVAN, CANAPE, TURCA

ACTOR “ANT-MAN”

SAMUEL L. CLEMENS

EL REY DE LA PUNTUALIDAD

PEREZOSO DE TRES DEDOS

AYUDA AL ENCONTRAR JUAN JOSE ... TOCAR REPETIDAMENTE PASANDO LA MANO ALCOHOLICO (ING.) (DT DE FUT.)

HERMANO DE MOISES

ADVERSARIO DE SHERLOCK HOLMES

13

Horóscopo

PROV. DE LIMA

SACERDOTISA “CYRANO DE BACO DE BERGERAC”

Grama

ENTRETENIMIENTO

13ª LETRA GRIEGA

ACTRIZ “MALEFICA”

NINGUNA COSA

Hoy debes cuidar en particular todo lo que tiene que ver con tu piel. Los elementos van a jugar en su contra, y por ello debes tomar medidas extras.

FILME DE BUÑUEL

POR LA MAÑANA

ACUDID

ESCORPIO (octubre 23-noviembre 21)

SAGITARIO (noviembre 22-diciembre 21)

No puedes ser feliz si tu pareja no lo es. No puedes sentirte realizado si tu pareja se siente menospreciada. Cuando se inicia un proyecto común.

CAP. DE COSTA RICA

Por: Eduardo Ribeyro Ponce

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“EL CANTO ERRTANTE” NOBEL DE MED. 1912

AUTOMOVIL

COMBATE, PELEA

ENSENADA AMPLIA

FLAUTA ANDINA

PEREZOSO DE TRES DEDOS

12ª, 17ª Y 1ª LETRAS

INV. LA DINAMITA

LETRA REPETIDA

OBSERVA

V E

ACTRIZ “EL EXORCISTA”

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CONOZCO

DESCIFRAR LO ESCRITO

NOBEL DE FISICA 1921

ALTAR

“ROBINSON CRUSOE”

MORADA DE LOS DIOSES GRIEGOS

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CELULA GERMINAL

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PRESID. DEL PERU 1948

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DISTINTO, DIFERENTE PREFIJO “OIDO” PONE REMEDIO

R E M E D A M B I R T O R A A L L A O S

CONTORNO, PERIMETRO

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DISPERSO, ESPACIOSO

Por: Eduardo Ribeyro Ponce

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SOBRINO DE ABRAHAM

ACTOR PERUANO DE ESPECIALISTA CINE, TEATRO EN TEOLOGIA Y TELEVISION

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NOBEL DE LIT. 1913

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DIRIGIO “SIN CITY”

RELATIVO AL VIRUS

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BISMUTO, CARBONO, NITROGENO

BAÑA COSTAS DE BRASIL

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CAP. DE INGLATERRA

EN LA PARTE ALTA

T E H U Ü Z R N K S

CANTAUTORA BRITANICA

PADRE DE TESEO

F O R M A S X R R P

ALJABA

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SIGUE A LA CUARTA

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ULCERA FACIAL

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EL ZORZAL CRIOLLO

DIOS DEL VIENTO

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MONSTRUO INFERNAL QUE PETRIFICABA CON LA MIRADA

ABUELA DE JESUS DERROTADO EN WATERLOO

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Grama

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No eres un médico, y la tuya es la última voz autorizada para hablar de ti mismo y de tu salud. De manera que consulta a una mirada experta. Lo que vas a conseguir. ACUARIO (enero 21-febrero 19)

Tu cuerpo es un templo hecho de los materiales más humildes, pero sostenido por lo más valioso que hay en este mundo: tu pasión. Es momento de recuperarla. PISCIS (febrero 20-marzo 20)

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CAPRICORNIO (diciembre 22-enero 20)

Este es un día el que habrá cierta tensión en el ambiente. Tu pareja parece desconfiar de tus palabras y no importa todo lo que haces para intentar agradarle.


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Pucallpa, sábado 27 de junio de 2020

JUDICIAL/POLICIAL

IMPETU.pe

ARGUYE QUE DESCONOCÍA ACTIVIDADES DE PASAJEROS

A MINISTERIO PÚBLICO LE FALTÓ SUSTENTAR PARTICIPACIÓN DELICTIVA

Apelan prisión preventiva contra chofer mototaxista

Juez libera al alcalde de Ciudad Constitución

La prisión preventiva de nueve meses que impusiera la Juez de Cuarto Juzgado de Investigación preparatoria Andrea Calderón Pacahuala, contra Michel Carbajal Tenazoa, Christian Castro Ahuanari y Angelo Michel Siccha Tamani, como presuntos autores del delito de tráfico ilícito de drogas, quedó apelada y a más tardar en un mes una sala penal revisará esta decisión, informó el abogado Luper García Sandoval. El abogado, dijo que es un acto de injusticia que la juez no haya considerado los hechos de manera objetiva, toda vez que, si bien es cierto que el 9 de junio el presente año, a horas 17:45 aproximadamente, personal policial de San Fernando, intervinieron al imputado Angelo Michel Siccha Tamani, quién se encontraba manejando un vehículo trimóvil color rojo marca Haojin, llevando de pasajeros a Michel Carbajal Tenazoa y Christian Castro Ahuanari. Al ser registrado a uno de los pasajeros les encontraron dos bolsas que conte-

nían bolsas de pasta básica de cocaína, una de ellas con 546 gramos y otra con 36 gramos. En este caso, los pasajeros dijeron ser dueños de la droga y que el chofer era un desconocido, porque solo le habían tomado la carrera para trasladarlos. Luper García, dijo que Angelo Siccha Tamani, tenía desconocimiento de lo que sus pasajeros tenían y al enviarlo a prisión preventiva, sin considerar ese elemento corresponderá en una audiencia de apelación la explicación del mismo. El mototaxista llevaba días de trabajar con un mototaxi de un amigo que le dio la mano para que en este tiempo de pandemia trabaje y lleve sustento a su mujer y dos hijas que quedaron en la orfandad. TONY REATEGUI

PRISIÓN SUSPENDIDA PUEDE CONVERTIRSE EN EFECTIVA

‘La Gata’ de nuevo es detenida por hurto en Aguaytía Stephany Greta Calderón Moreno (24) más conocida en Aguaytía como ‘La Gata’ volvió a caer, sindicada por el delito de hurto agravado. Por este nuevo hecho puede terminar presa, debido a que en una reciente sentencia condenatoria le dieron prisión suspendida de tres años, bajo reglas de conducta que acaba de incumplir. Ocurre que Greta Calderón, el pasado 25 de junio en la Junta Vecinal el Manto de la Novia y su pareja Marco Giovanni Arévalo Abril (30) alias ‘Giovi’, bautizados por la

policía como “Los Malditos de las Delicias”, fueron delatados por Catherine Sandy Zavala Porta (28) alias ‘Katty’ al aceptar su participación en el hurto de una bodega por el sector de la Iglesia Grande – Pampa Yúrac; junto a los mencionados. ‘La Gata” tiene una sentencia condenatoria de 3 años de pena privativa de libertad suspendida por delito de hurto agravado en agravio de Multiservicios El Bambú ocurrido el día 19 de junio en el caserío Mariela. TONY REATEGUI

P

or el presunto delito resistencia a la autoridad, el juez de Aguaytía, Rony Díaz Torres declaró infundado el pedido de nueve meses de prisión preventiva en contra del alcalde de Ciudad Constitución Booz Mariano Chávez Huaranga, a quien lo investigará con comparecencia con restricciones junto al miembro del Serenazgo de Constitución Rodil Trinidad Del Aguila y Walter Celestino Torres Chávez. El caso llevado al tribunal estuvo a cargo del fiscal de Puerto Inca, quien solicitó la prisión preventiva de nueve meses, en razón a que el 21 del presente, un vehículo que llegaba a Ciudad Constitución fue intervenido por personal policial de Puerto Inca y cuando era trasladado hacia la comisaría el

chofer del vehículo estacionó en el frontis de la municipalidad de Ciudad Constitución. La carga era de alcohol, mascarilla y otros elementos de bioseguridad de la municipalidad de Ciudad Constitución y al momento en que llegó el personal policial encaró al chofer y las personas que pretendieron bajar la carga discutieron con el personal policial hasta que cuando los quisieron

agredido a los policías al momento de la intervención. Sin embargo, la defensa técnica a cargo del abogado Hilder Alegría Díaz rebatió al fiscal, señalando que el pedido de prisión preventiva era innecesario, más aún cuando no había precisado de manera objetiva cual había sido el hecho objetivo como para investigar a una autoridad con una decisión de tal magnitud. El alegato del abogado fue considerado en la resolución del juez al momento de notificar dando cuenta que declaraba infundado el pedido de prisión preventiva y señalando la comparecencia con restricciones para el alcalde Booz Mariano Chávez Huaranga y comparecencia simple para Rodil Trinidad Del Aguila y Walter Celestino Torres Chávez. TONY REATEGUI

intervenir Booz Mariano Chávez Huaranga corrió hacia su despacho para estar a buen recaudo. En esa circunstancia es que los policías acudieron hasta el despacho del alcalde, rompieron la chapa y cuando no lo hallaron también rompieron la chapa de la ducha en donde intervinieron al alcalde, imputándole de haber opuesto resistencia a la intervención del vehículo y de haber

Pupihistoria GUSTAVO GUTIÉRREZ MERINO

FILÓSOFO TEÓLOGO INICIADOR TEOLOGÍA DE LA LIBERACIÓN ESTUDIAR LA BIBLIA

Y LUCHAR JUSTICIA SOCIAL FUNDADOR INSTITUTO BARTOLOMÉ DE LAS CASAS

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Pucallpa, sábado 27 de junio de 2020

ADOLESCENTE DIJO A LA POLICÍA QUE NO PIENSA REGRESAR

Menor huyó y se niega a regresar a su casa

JUDICIAL/POLICIAL La policía y las fuerzas armadas el pasado 24 de junio se concentraron al ingreso de las principales playas y balnearios de nuestra región para evitar que los bañistas concurran a refrescarse en las aguas ante la declaratoria de emergencia que vive

IMPETU.pe

CIENTOS PASARON SAN JUAN EN DUBÁI DE LA HOYADA

Niños y grandes nadaron hasta el cansancio el país. Con viandas para celebrar la tradicional fiesta de San Juan, incumpliendo lo establecido por el jefe de Estado, un grupo de perso-

nas con ropas de baño adecuadas, decidieron sacarle la vuelta al Aislamiento Social Obligatorio y llegaron hasta la última cuadra de

la avenida Sáenz Peña en el sector conocido como ‘La Hoyada’,. Niños y adultos se bañaron y degustaron los popu-

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lares Juanes a la orilla de unos grandes estanques de agua que le pusieron el nombre de Dubái, ciudad donde que no existe la pobreza y se ubica en el continente asiático, considerado también como una ciudad más grande de su país. CEYMO RENGIFO

VERDUGO CUENTA CON ANTECEDENTES Y ESTÁ EN CONDICIÓN DE NO HABIDO

Investigadores identificaron a presunto asesino Agentes de la policía se hallan agotando todos los medios posibles para encontrar a una adolescente quien fugó de su domicilio por tercera vez. Aheli Heydi Príncipe León de 16 años, salió de su vivienda donde vivía con su madre hace tres días atrás indicando que iría a entregar un perrito a su amigo. Policías de la unidad de personas desaparecidas refirieron que se habrían comunicado con la menor vía telefónica y ella le expresó verbalmente que ya no piensa regresar a su domicilio, por lo que el caso deberá pasar a la fiscalía del menor. Si alguien conoce de su paradero comunicar a la policía. CEYMO RENGIFO

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Si alguien lo reconoce comunicar inmediatamente a la policía.

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espués de recabar el testimonio de los testigos del cri-

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men ocurrido la noche del Día del Padre, agentes de la comisaría de Atalaya, identificaron al presunto asesino de

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Miguel Pérez Naldo de 24 años, el mismo que se encontraba celebrando con su propio homicida cuyo desenlace ocurrió luego de sostener una discusión. El hombre con el que bebía licor decidió pegarle un tiro mortal en el pecho y luego huyó caminando como si no pasaría nada. Lloel Llonatan Jiménez Zevallos, está siendo

buscado intensamente por los familiares del occiso y los agentes PNP quienes indicaron que Jiménez Zevallos, estuvo preso por el delito de robo agravado. El sangriento crimen se produjo a tan solo una cuadra de la plaza de armas de Atalaya, lo que causó gran temor entre los pobladores es la frialdad con la que actuó el criminal, según declaraciones de

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los testigos, el supuesto homicida trabajaría para un cartel de droga. Y aparentemente el suceso se debió a un ajuste de cuentas ya que el fallecido habría extraviado un motor fluvial hace varios meses, el occiso también se ganaba la vida como transportista, es una parte de la conversación que escucharon los testigos. CEYMO RENGIFO NOTIFICACIÓN

LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA A TRAVES DE LA GERENCIA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL HACE DE SU CONOCIMIENTO PÚBLICO, QUE SE HA PRESENTADO EL EXPEDIENTE N° 20305-2020 SOLICITADO POR LA SEÑORA ANA JESUS DIAZ RAMIREZ IDENTIFICADA CON DNI N° 00113713, QUIEN SOLICITA CONSTANCIA DE POSESION DEL LOTE 09 MZ. A DE LA HABILITACION URBANA TERESA DE JESUS CON FRENTE AL JIRON MASISEA, SEGÚN EL PLANO REGULADOR DEL DISTRITO DE YARINACOCHA. SI HUBIERA COLINDANTES O TERCEROS INTERESADOS QUE SE OPONGAN AL REFERIDO TRAMITE POR CONSIDERAR MEJOR DERECHO DE POSESION, SIRVASE PRESENTAR Y SUSTENTAR SU OPOSICIÓN ANTE LA REFERIDA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA. Yarinacocha, 15 de Junio del 2020

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LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA A TRAVES DE LA GERENCIA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL HACE DE SU CONOCIMIENTO PÚBLICO, QUE SE HA PRESENTADO EL EXPEDIENTE N° 20306-2020 SOLICITADO POR LA SEÑORA ANA JESUS DIAZ RAMIREZ IDENTIFICADA CON DNI N° 00113713, QUIEN SOLICITA CONSTANCIA DE POSESION DEL LOTE 06 MZ. A DE LA HABILITACION URBANA TERESA DE JESUS CON FRENTE A LA AVENIDA UNION, SEGÚN EL PLANO REGULADOR DEL DISTRITO DE YARINACOCHA. SI HUBIERA COLINDANTES O TERCEROS INTERESADOS QUE SE OPONGAN AL REFERIDO TRAMITE POR CONSIDERAR MEJOR DERECHO DE POSESION, SIRVASE PRESENTAR Y SUSTENTAR SU OPOSICIÓN ANTE LA REFERIDA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA. Yarinacocha, 15 de Junio de 2020.

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SALUD D

PPucallpa, ucallpa, ssábado ábado 27 de junio de 2020

¿Qué es la hipertrofia de cornetes? Reducción o pérdida del olfato. Ronquidos. Dolor en el rostro. ¿Qué se puede hacer en caso de hipertrofia de cornetes?

Síntomas de esta afección

La hipertrofia de cornetes

L

a hipertrofia de los cornetes nasales es una afección en la que se incrementa el tamaño de los cornetes, a veces de manera intermitente y otras veces de forma continua. Cuando el problema se vuelve crónico genera una congestión nasal que está presente casi todo el tiempo. Los cornetes nasales son unas estructuras de forma alargada, que están ubicados en el interior de la nariz. En cada cavidad

nasal hay tres cornetes. Estos se localizan de forma escalonada y son de tres tipos: superior, medio e inferior. La inflamación, por lo general, afecta a los cornetes inferiores. La función de los cornetes es humidificar, calentar y limpiar el aire que se inhala. Sin embargo, se trata de órganos muy delicados, que se inflaman y cambian de tamaño con facilidad. Ahí se produce la hipertrofia, un problema de salud que de todas maneras es tratable.

¿Por qué se produce este problema? Lo más habitual es que la hipertrofia de cornetes surja como resultado de algún proceso alérgico, como la rinitis alérgica. No obstante, hay muchas otras razones por las cuales puede presentarse esta anomalía. Entre las posibles causas están las siguientes: Cambios hormonales. Los cambios hormonales dan lugar a un incremento del tejido mucoso y esto puede derivar

en hipertrofia de cornetes. Envejecimiento. Con el paso de los años es posible que se degraden los cornetes, generando segregación abundante de mucosa y obstrucción nasal. Sinusitis. La inflamación de los senos paranasales puede llevar a esta anomalía. Tabique desviado. La desviación del tabique dificulta la respiración y exige mayor esfuerzo en los cornetes; esto podría traducirse en hipertrofia de los mismos. Entornos inadecuados. Los ambientes en los que hay vapores o elementos tóxicos, o una temperatura muy baja, facilitan el desarrollo de esta anomalía.

El síntoma más característico de la hipertrofia de cornetes es la congestión nasal, que puede ser intermitente o constante. Hay que anotar que existen casos en los que está presente la hipertrofia, pero no hay síntomas visibles de la misma. Sin embargo, lo más habitual es que haya manifestaciones clínicas como las siguientes: Cansancio. Apnea del sueño. Dificultades para dormir de forma continua. Hemorragias nasales. Dificultad para respirar por la nariz. Molestias auditivas.

El tratamiento de la hipertrofia dependerá de la causa que la produce y del estado de esas estructuras en cada paciente. Si lo que causa el problema es un factor externo, como un entorno poco saludable o la ingestión de alguna sustancia o medicamento, bastará con suprimir esas variables para lograr la remisión de los síntomas. Si el problema se origina por sinusitis o un tabique desviado, se hará el tratamiento correspondiente para eliminar la causa. En caso de que estas medidas no funcionen, o que la causa no pueda establecerse, lo usual es que se acuda primero a un tratamiento farmacológico para desinflamar los cornetes.

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Ímpetu, Pucallpa 27 de junio de 2020 by Diario Ímpetu - Issuu