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Ímpetu, Pucallpa 13 de junio de 2020

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SÁBADO 13

AÑO L N° 20074 www.impetu.pe

S/ 0.50 DE JUNIO DE 2020

Director Fernando Sánchez Rengifo

GRUPO

ÍMPETU

32°-23ºC

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Compra: S/ 3.43 Venta: S/ 3.46

Decano de la Prensa en la Amazonía

DESDE 1969

LOCAL Pág. 3

ALÓ REPORTERO 986742717

SOLICITAN UN POCO DE TIEMPO A LA MPCP

Comerciantes informales piden no ser desalojados

DESDE ESTE 15

En los meses de abril a mayo, la población de la región Ucayali registró un incremento sustancial de muertes, a raíz del impacto de la pandemia del Covid 19; pero no todas fueron por este mortal virus, también por otros males uno de los cuales está pasando desapercibido.

Llévate

MIL SOLES

rapidito con el

Bingotón de

ÍMPETU

ÍCONO DE LA RADIO Y TV

‘Don Shico’ en peligro de quedarse sin programa ACTUALIDAD Pág. 6

COBRAN A PUNTA DE BALA

Prestamistas hieren a deudor tras forcejeo POLICIAL Pág. 15

TEMA DEL DÍA > Pag. 3

¿Y EL DENGUE?


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Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

LOCAL

¿Qué piensa de que se haya dispuesto que este año no se darán clases presenciales para evitar contagios por coronavirus?

LA VOZ DE LA CALLE POR: PABLO SALAS

JUAN VÁSQUEZ (37) PROFESOR

EDGAR TAPULLIMA (39) DOCENTE DE MÚSICA La Emergencia Sanitaria ha dado lugar a la suspensión de clases, esta fue una de las primeras medidas en el sector educación y desde allí se ha dado un giro de 180 grados, en corto tiempo los docentes pudimos armar un plan de enseñanza virtual que nos ha permitido acercarnos a los alumnos y a los padres. Cabe mencionar que el acompañamiento es bueno, pero hay cosas que mejorar, al comienzo de la modalidad virtual fue chocante para los estudiantes y padres, muchas veces se ha menospreciado el trabajo de los docentes. Considero que esta etapa de virtualidad va a ayudar a que los padres valoren aún más nuestra labor. pedagógica que busca que los estudiantes sigan fortaleciendo vínculos y sigan adquiriendo saberes nuevos.

ORESTES RIOS (19) ESTUDIANTE Considero que fue la mejor decisión que tomó el Estado peruano en estos tiempos de Covid-19. Teniendo en cuenta que la educación tiene que ser integral y de calidad para cada estudiante hasta en los lugares más distantes. La salud de los estudiantes tiene que ser protegida y garantizada, se consideró que no se puede vulnerar el derecho a la salud exponiéndolo al riesgo de la pandemia y a un posible contagio, efecto de eso, la propagación a más familias.

De una parte, me parece bien la toma de decisión del Presidente de la República por ver la salud de los niños, adolescentes y jóvenes estudiantes de todos los niveles ya que las instalaciones de las instituciones educativas se hubiesen convertido en focos infecciosos y por el bien de ellos me parece asertiva la decisión y la otra parte es sobre la educación en estos momentos. No es igual a lo presencial, es otra forma de enseñanza; pero a la vez como maestro es un reto de enseñar virtualmente con algunas dificultades. Sólo quiero decir de una y otra forma, la educación tiene que continuar.

ROSA REYES (47) DOCENTE DE ARTES VISUALES Ante lo decretado por el Estado con respecto a que las clases presenciales no se llevarán a cabo para evitar el contagio de coronavirus es muy razonable, debido a que estamos en un Estado de Emergencia y frente a una pandemia que día a día está cobrando víctimas. Es responsabilidad del Ministerio de Educación y por ende de los gobiernos regionales hacer cumplir éste dispositivo para salvaguardar la integridad saludable de los estudiantes. Poniendo énfasis en las clases virtuales que sin duda es un gran reto para el magisterio en general demostrando responsabilidad y sobre todo el amor a su profesión.


LOCAL

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NO TODOS LOS DECESOS FUERON POR COVID

“También pueden haber sido muertes por dengue; no hay una data exacta”

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n los meses de abril a mayo, de este año, la población de la región Ucayali registró un incremento sustancial de muertes, a raíz del impacto de la pandemia del coronavirus Covid 19; pero no todas fueron por este mortal virus, también por otros males. Ucayali desde años atrás es una región endémica del dengue, cada año registra muertes, aunque mínimas. Pero con la llegada de este nuevo virus las demás enfermedades locales pasaron a un segundo plano e incluso dejaron de tratarse. Hoy ÍMPETU entrevistó a Daniel Mori Rios, director de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental (DESA), sobre el dengue. Estamos en una época muy difícil por la pandemia del coronavirus, pero esta no es la única enfermedad endémica en la región ¿Cómo se ha dado tratamiento a esta enfermedad? La DESA realizó un plan estratégico para el 2020, desde enero con intervenciones programadas y planificadas, como el control focal, la eliminación de criaderos y la fumigación a los tres distritos grandes de Pucallpa, con cerca de 90000 viviendas. Estaba contemplado realiza la intervención al 100%. Pero el 16 de marzo inició la cuarentena por la pandemia a nivel nacional. El plan COVID desmeritó y cortó las acciones programadas, la que llegamos a avanzar hasta en cuarenta por ciento.

Comerciantes informales piden no ser desalojados

cultad de saber en ese momento si tenían dengue o Covid, he ahí el detalle.

¿Cómo está el índice aédico; porque se nota mucha cantidad de zancudos? Al inicio se estaba controlando, pero por la medida de emergencia sanitaria y haciendo un análisis situacional, el índice aédico (cantidad de zancudos) aumentó de cinco a nueve por ciento, hoy estamos en nueve que es alto. Se hizo intervenciones la primera quincena de marzo y abril, cabe destacar que parte del personal de la DESA se incluyó al equipo humanitario de producción de cadáveres a causa del Covid. ¿Se registró muertos por dengue en estos meses de emergencia sanitaria? Se pudo registrar que hubo un muerto por dengue. Debo aclarar que muchas veces se mal interpretó la sintomatología del Covid con el dengue, porque ambos presentan fiebres; hay personas que ingresaron pensando que tenían Covid.

Entonces también se incrementó los casos de dengue. Si se han incrementado por el tema de la sintomatología, los médicos muchas veces lo relacionaban con el Covid, en ocasiones no se hicieron los análisis correspondientes en los establecimientos por el caso de la pandemia. Tenemos un registró que a fines de abril se registró un promedio de veinte a veinticinco casos por semana. ¿Hubo dificultad de diferenciar los casos de dengue con el Covid? Esos días hubo una cumbre de fallecidos por Covid y también con cuadros clínico de dengue. También hago el análisis de la producción de cadáveres y mencionan las sintomatologías de que falleció las personas. Entonces había muchas insuficiencias respiratorias y fiebres altas, ahí hubo esa difi-

Se puede decir, que ahí pudo haberse dado más de un fallecimiento por dengue. Sí porque el profesional asistencial no se arriesgaba a dar un diagnóstico inmediato, para diagnosticar dengue o Covid se necesita la muestra de sangre, y no había esa seguridad para hacer el tratamiento de muestra de sangre. En el caso de los levantamientos vimos que de cada diez solamente uno tenía la prueba rápida, el resto se consultó las sintomatologías. Pueden haber sido muertes por otro tipo de enfermedades incluido el dengue; no hay una data exacta. ¿Se retomarán los trabajos de lucha contra el dengue? Vamos a focalizar, hoy ya tenemos diferenciado las sintomatologías de ambas enfermedades, y tenemos el cuadro de transmisión y el mapa de infestaciones. Esta semana vamos a empezar con viviendas positivas, con el control focal y fumigaciones. La población también puede colaborar en la lucha contra el dengue ¿Qué deben hacer? Lavar y tapar los recipientes de agua, eliminar los criaderos de zancudos de sus viviendas y ante cualquier dolencia acudir al centro de salud. Hoy tenemos un taller diferenciado donde se diagnostica el dengue y Covid. ALI RODRIGUEZ

PARA APOYAR EMERGENCIA POR EL COVID-19

Funcionarios de la Contraloría reducen sueldos Más de 140 directivos y funcionarios de la Contraloría General voluntariamente decidieron autorizar un descuento temporal de sus remuneraciones y donar lo recaudado para atender necesidades urgentes de pacientes afectados

SOLICITAN UN POCO DE TIEMPO A LA MPCP

con el Covid-19. Convencidos de la importancia de la solidaridad entre los peruanos en este momento difícil para el país, es que funcionarios de la contraloría autorizaron la reducción voluntaria de sus sueldos. Esta decisión se concretará en

junio, julio y agosto del 2020 y el monto del descuento será de entre 10% y 20%, de acuerdo a sus categorías y niveles remunerativos. Cabe mencionar que el último miércoles se aprobó un decreto de urgencia que dispone el

descuento a trabajadores del presidente que perciban más de 15 mil soles mensuales, entre ellos mismos y sus ministros. Esta medida permitirá ahorrar 8 millones de soles para el sector salud. GABRIELA SÁNCHEZ

Los ciento sesenta comerciantes del mercadillo informal “Las Pampas de la Hoyada”, ubicado en el distrito de Callería, solicitan a la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo que no los desalojen, al menos durante el tiempo que dure la pandemia. Los vendedores indicaron que por más de cuarenta años se dedican a la venta de pescados y otros productos en la última cuadra de la avenida Sáenz Peña, y conti-

nuamente pagan sus arbitrios municipales por el uso de la vía pública. Pero que, la municipalidad les informó que los iban a desalojar solo a ellos, más no al mercadillo que está al lado, medida que consideran abusiva. Sin embargo, solicitan un poco de tiempo para ser reubicados, al menos durante el tiempo que dure la pandemia que a muchos ha dejado sin capital. ALÍ RODRÍGUEZ


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ACTUALIDAD

IMPETU.pe Los que tienen plata recibieron sus bonos RONY RENGIFO (42) COMERCIANTE

¿Cómo la pasan los padres de familia en nuestra región?

Mi trabajo a diario es como de siempre, se come o no se come. No me ha llegado ni un bono del Estado, se han olvidado creo de mí, más bien a esos que tienen plata más bien les ha llegado su bono, a nosotros los humildes nada. No ganamos nada, ni un bono ha llegado. Mi trabajo es a veces fregado, porque a diario se come y se va la plata. Bueno, yo recién llevo laborando casi dos años en la compra y venta de productos, pero primero estaba trabajando cargando. Para el día del padre les deseo a todos que la pasen tranquilos en sus casas, con sus familias y más que todo sanos.

En nuestra región de Ucayali hay miles de padres de familia que son trabajadores independientes que en esta cuarentena están luchando por llevar alimentos a sus casas, ya que tienen hijos que mantener y son su prioridad. Pese a la situación que ese está pasando actualmente, la mayoría de ellos son valientes porque a pesar de que el Gobierno aún no permite el trabajo de varios sectores, se arriesgan para ganar algunos soles a diario. Además, todos tienen una historia que contar por la situación actual por la que estamos pasando, el COVID-19 no les impide ser padres ejemplares porque se esfuerzan por dar lo mejor a sus hijos.

No recibí ningún bono del Estado RONALD CONDORI (63) VENDEDOR DE DULCES

Soy padre de familia, pero ya mis hijos tienen su familia. Mi día a día en el trabajo va entre bien y mal, yo me acerco a partir de las 6:00 am. Yo vengo trabajando de parqueador dos años. El trabajo disminuyó con la pandemia, pero en esta semana está mejorando la situación. Con respecto a la enfermedad del COVID-19, ya me enfermé y me curé con la medicina natural que es mejor que las pastillas, tomé kion con ajos y miel de abeja. Sí recibí mi bono, pero aún así tengo que trabajar para sostenerme. Todavía no nos dan bonos como padres de familia que son trabajadores independientes, no pido a las autoridades porque no ayudan, solo Dios.

Mi día a día en mi trabajo es más o menos, porque se ha malogrado bastante por la cuarentena debido al coronavirus. El pueblo está adolorido, porque el Estado da los bonos a los que no deberían, como a mí que no me dieron ningún bono. La gente no muere por coronavirus sino muere por hambre porque no hay plata con qué vivir. El día del padre la pasaremos igual que el año pasado, así como la fiesta de San Juan, porque no hay apoyo del Estado, no hay comida ni medicinas y las personas necesitamos comer. Obligado tenemos que seguir trabajando en esta pandemia. Soy de Huancayo y tengo hijos a quienes mantener.

Estoy más o menos, ya que no se puede motocarrear porque la policía no deja trabajar y está mal porque la mayoría de motocarristas son padres y necesitan trabajar. En primer lugar, mi familia no ha sido beneficiada con los bonos ni nada. Con mi señora tengo que salir a trabajar para llevar algo a mis hijos para que puedan comer. Todos los motocarristas estamos así de intranquilos por las batidas. Por el mercado voy a motocarrear, pero solo atienden hasta el mediodía y allí baja el movimiento. Los municipales también hacen sus batidas, pero hemos reclamado. Ya llevo como ocho años trabajando con mi motocar, que es el sustento de mi familia, además porque en este año ya no hay mucho trabajo por la situación que pasamos por el coronavirus.

DE LA CALLE POR: CLAUDIA ROJAS/SAGGILT FLORES

No nos dan bonos a los padres JORGE LAZO (71) CUIDADOR DE MOTOS

La policía no deja trabajar a padres motocarristas MANUEL SANDOVAL (45) MOTOCARRISTA

LA VOZ Las autoridades no hacen nada por los padres de familia NEY ECHEVARRÍA (47) COMERCIANTE Lastimosamente los padres que trabajamos independientemente estamos pasando por una crisis, pero los trabajos no son estables. Yo soy un simple comerciante que compra y revende para ganarse la vida. Según el gobierno dio bonos, pero caiga a quién le caiga, solo han recibido los que tienen plata. Las grandes autoridades de la región no están haciendo nada a favor de los padres de familia, más bien roban y ni siquiera se han acordado de nosotros. El gas ni siquiera ha bajado y espero que los investiguen para que los lleven a la cárcel a esos corruptos. Hay día que trabajamos y en los que no, pero aún así doy gracias a Dios que a diario me ayuda y que tengo algo que comer a pesar de lo que estamos pasando. Felices por los que tienen a sus padres y les deseo un buen día del padre a todos mis hermanos ucayalinos.

En Pucallpa también hay madres solteras que hacen el papel de padre a la vez. Un claro ejemplo son las trabajadoras independientes que cuidan motos en la Municipalidad desde hace casi 20 años. Son amigas y luchan a diario para ganarse unos soles para mantener a sus familias.

He sido padre y madre para mis tres hijos CECILIA CABRERA ALBINO (53) PARQUEADORA Y AMA DE CASA Nosotras aquí trabajamos todos los días para llevar el pan de cada día nuestras familias. Estamos casi 20 años trabajando cuidando motos. Trabajamos de 7:30 a.m. a 1:00 p.m. cuando salen de la municipalidad. Ya me enfermé de coronavirus, pasé tres días feos con dolores, pero me recuperé con medicinas y felizmente ahora estoy sana. Si he recibido mi bono. Actualmente estamos ganando algunos soles que nos dan los municipales. Soy madre soltera y crie a mis hijos desde pequeños siendo padre y madre para ellos. Tengo 3 hijos, pero solo tengo a uno a quién apoyo en sus estudios y él también trabaja.

La necesidad es muy grande ROSA ROBLES RIMARACHIN (48) PARQUEADORA Y AMA DE CASA La pasamos por una situación complicada, no hemos trabajado durante un mes. Gracias a Dios y gracias que estamos sanitas. La necesidad es muy grande, tengo mis hijos y tengo que trabajar para mantenerlos. Prácticamente soy madre soltera de seis hijos, porque del diario trabajo por casi 20 años. Nos han dicho para quedarnos en casa y más de un mes que acatamos la cuarentena. Actualmente me cuido al llegar a mi casa me voy directo a bañarme y luego voy a ver a mis hijitos. Me cuido de tener coronavirus tomando remedios caseros como el eucalipto y agradezco a Dios que mi familia no les ha dado la enfermedad. Con los remedios caseros se está salvando la gente.


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ACTUALIDAD

TRABAJADORES DE LIMPIEZA DE LA MPCP EN RIESGO

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fallecidos por la enfermedad hasta el momento. “Esto es indignante, nos hacen trabajar todos los días, arriesgando nuestra salud. No habría ningún problema si entregaran todos los equipos de protección diario, nos dan guantes cada cuatro días, diario encontramos jeringas, pruebas, algodones

con sangre en las calles”, manifestó Pinedo. Asimismo, informó que pese a las llamadas y visitas reiteradas a las oficinas de la Superintendencia de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), no han recibido respuesta porque son solo mesas de partes, pese a que ya fallecieron 6 obreros contagiados y

ANTE LOS CASOS POSITIVOS DE COVID-19

DIRESA envía pruebas rápidas y medicinas a Sepahua La Microrred de Salud Sepahua recibió 700 pruebas rápidas y medicamentos que permitirán diagnosticar y evaluar de forma más acertada el alcance y propagación de la pandemia en el distrito. Las pruebas fueron gestión directa entre el jefe de la Microrred, Luis Adauto, y la directora de Pueblos Indígenas de la DIRESA, Juana Montoya. Por otro lado, la campaña “Siete pueblos, una voz” organizada por la Misión Católica de Sepahua y el Vicariato de Puerto Maldonado permitió la compra y envío de medicinas como ivermectina, paracetamol, aspirina, azitromicina y otros insumos. Por su parte, la DIRESA envió ivermectina, hidroxicloroquina y equipos de protección personal. Asimismo, el Ministerio de Cultura envió 800 mascarillas para la población nahua en contacto inicial, mientras que el vuelo fue

financiado por la Municipalidad Distrital de Sepahua. Una coordinación interinstitucional que lleva las primeras ayudas a uno de los distri-

tos más alejados de la región. Mencionar que a la fecha hay 14 casos positivos, luego de que el último sábado se detectaran los dos primeros. La Microrred sigue coordinando más ayudas, mientras que la campaña solidaria continúa captando fondos económicos desde diferentes partes del mundo para implementar mejor el centro de salud y las postas de Sepahua. GABRIELA SÁNCHEZ

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ATENCIÓN MÉDICA GRATUITA TODO EL AÑO

El 80% está contagiado por el Covid-19 os trabajadores de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo encargados de mantener la limpieza en nuestra región, alzaron su voz y denunciaron que no estarían recibiendo de manera permanente los equipos de protección personal y a causa de ello, muchos hoy son víctimas del coronavirus. La asesora legal del Sindicato de obreros, Rosalyn Pinedo, declaró que ningún trabajador recibió capacitación en temas de seguridad y tampoco recibieron equipos de bioseguridad desde el inicio de la pandemia, lo que ocasionó un alto porcentaje de contagiados y 6

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hasta el subgerente de seguridad ciudadana. “Nadie nos escucha, casi todos están contagiados, eso quiero que informen, todos se han contagiado a causa que no nos dan protección, pero si son buenos para exigir venir a trabajar, nos están matando y nadie hace nada. Saben que este trabajo es todo nuestro sustento, por eso se aprovechan” agregó. Para concluir, el Gerente Municipal Edwin Tello informó que de los 780 obreros municipales que laboran en las diferentes áreas de servicios públicos de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, el 60%, es decir 468 se contagiaron con este virus. GABRIELA SÁNCHEZ

EMAPACOPSA implementó tópico para atender a sus trabajadores En cumplimiento del “Plan de vigilancia, prevención y control de Covid-19 de la EPS EMAPACOPSA, la empresa realizó la implementación del tópico institucional dentro de sus instalaciones, el mismo que viene siendo atendido por un médico ocupacional contratado por la empresa, con la finalidad de brindar atención médica a sus trabajadores. “Este tópico fue implementado en mérito al plan de vigilancia aprobada por la empresa y está proyectado para todo este año. Este accionar es con la finalidad de velar por la salud de nuestros trabajadores a través de una evaluación médica, así como el seguimiento de salud de

cada de uno de ellos” declaró Mirko Jurado, Gerente General de EMAPACOP S.A. Asimismo, informó que este tópico tendrá funcionamiento todo este año. “Este tópico fue implementado en mérito al plan de vigilancia aprobada por la empresa y está proyectado para todo este año”. Además, declaró que la empresa ante los casos sospechosos de Covid-19 enviaron a aislamiento a sus trabajadores como medida de prevención. Para concluir, Jurado agregó que la empresa está adquiriendo pruebas rápidas de forma particular a fin de realizar el descarte a sus trabajadores. GABRIELA SÁNCHEZ


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A MI MANERA

PASANDO DESAPERCIBIDO Por:

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OPINIÓN/ACTUALIDAD

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Fernando Sánchez Rengifo

Como era lógico dadas las actuales circunstancias originadas por el coronavirus, casi todas las muertes fueron atribuidas a este virus, ya que en las estadísticas mostradas por la entidad de salud se presentan cifras de sospecha que aún no han sido confirmadas y como se está dando la situación dudamos mucho que dicha cifra se llegue a esclarecer a cabalidad. Esta pandemia está haciendo pasar desapercibido a otra causa de muertes en nuestra región como es el dengue y es que en realidad la mayoría ni lo tomó en cuenta y todas las alarmas estaban puestas en la causante de la cuarentena y las medidas sanitarias impuestas por el gobierno. Lo bueno del asunto es que al parecer no se dejaron de aplicar las medidas preventivas ya que fuimos testigos de las fumigaciones por parte del comando antidengue en las viviendas a donde llegaron con las respectivas inspecciones del personal de salud para evitar ser acumuladores de criaderos de zancudos. No obstante este esfuerzo, las cifras del índice aédico, según el director de la DESA, aumentó del 5 al 9 por ciento, aumento que se torna preocupante sobre todo porque la sintomatología se parece mucho al del coronavirus y es ahí en donde se tiene el problema para tener certeza en el número de defunciones ocasionadas por tal o cual enfermedad. Al parecer no podremos saber cuan mortífera habrá sido la confluencia de estas dos enfermedades en nuestra región, lo que importa hoy es que no podemos bajar la guardia y sigamos con las medidas de distanciamiento y sanitarias así como mantener nuestras viviendas libres de cualquier material que pueda servir de criadero de zancudos.

Qué nos pasa

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icardo Ríos Ríos, cariñosamente conocido en el mundo del espectáculo como “Don Shico”, no puede creer que después de casi seis décadas de haber trabajado con su personaje hoy se encuentre a las puertas de quedar fuera del aire, por ausencia de publicidad, al igual que otros comunicadores que se ven obligados a salir del aire por el efecto económico de la pandemia. Hace poco, su programa estuvo en la televisión y conjugaba muy bien con una transmisión en vivo por su cuenta de Facebook y algunas veces alcanzó hasta más de cinco mil seguidores que lo seguían en vivo. Quién diría que con un gran universo de seguidores y de amigos, alguien de tamaña importancia, podía quedar fuera del aire por la ausencia de contratos de publicidad, aquello que le da ingreso al director del programa y que con ello paga el espacio en el medio de comunicación contratado. Don shico, reconoce que en toda su carrera artística, nunca hubo un momento en donde pensó que el menosprecio publicitario le jugaría una pasada de tamaña factura como para dejarlo sin espacio. Reconoce que el medio en donde estuvo hasta hace poco, le llamó para que siguiera con su programa y que luego pudieran arreglar el tema económico, “pero no hay publicidad y no se puede salir sin ese ingrediente”, nos cuenta “Don Shico”. Don Ricardo Ríos

POR FALTA DE AUSPICIADORES DESPUÉS DE 57 AÑOS

“Don shico” a punto de quedar fuera de la radio y televisión

Ríos, se inició en el año 1963 en radio “Pucallpa” cuando competía con la desaparecida radio “Telesar”, recuerda que, aunque su programa lo transmitía a las 9 de la noche pudo tener esa empatía con los oyentes desde

hace 57 años. “Don Shico”, es un personaje de campo, de la chacra que vino de su pueblo natal “Panga playa”, para buscar a su compadre “Shico”, que vive en la ciudad y es muy conocido y que lo sabe todo y

FUNDADOR: Fernando Sánchez Vela DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo EDITOR GENERAL: Javier Medina Dávila EDITOR GRAFICO Y PRE-PRENSA: Carlos Kukurelo Corilloclla JEFE DE INFORMACIONES: Luis David Barriga Pérez Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2012-00034 Contenido elaborado por: Empresa Periodística Editorial de la Amazonía SAC Jirón Nueve de Diciembre 599 Teléfono (61) 573443 Los artículos firmados son de absoluta responsabilidad de sus autores

Impreso en Imprenta Impetu Editorial SRL Avenida Centenario 281 www.impetu.pe redaccion@diarioimpetu.com publicidad@diarioimpetu.com

que con sus comentarios dirige sus criticas escondidas con sus llamados “wicapas y wicapazos”. Cualquiera persona que desearía apoyar con publicidad a “Don Shico” puede hacerlo llamando al número 930286066.


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ACTUALIDAD

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CRÓNICAS DE WALDEMAR PARTE I

Epidemias y vacunas durante la colonia en la selva daba en el pueblo, a partir de entonces todos fueron inmunes a la enfermedad. La fecha en que sucedió tan notables acontecimiento –dice Waldemar Espinoza Soriano- debió ser en 1760, pues el cronista que habla de esa vacuna se refiere luego al año 1762, en que llegó el gobernador. Tenemos consecuentemente –continua Espinoza Soriano- que el descubrimiento de la vacuna ocurrió en las misiones de Maynas, obra del italiano natural de Florencia, Pedro Esquini, mucho antes que en Europa, en donde fue Jenner, quien lo hizo público en 1796, si bien ya se lo había probado desde 20 años antes. En buena ley, 34 años antes, el descubrimiento de la vacuna fue en Maynas.

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Vacuna se descubrió en la Amazonía peruana antes que en Europa.

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l año 1755 llegó la terrible epidemia de viruela a la ciudad de Santiago de Borja, primera capital de la Comandancia de Maynas, cuyo territorio abarcaba los que hoy forman los departamentos de Loreto, San Martín y Ucayali y todo ocurrió cuando el teniente Domingo Tapia y otros fueron de Borja a Jaén y regresaron contagiados de la mortal enfermedad, quienes no tardaron en morir. El mismo teniente y 40 pobladores, que entonces constituían la quinta parte de la población, significando por lo tanto una pérdida

considerable de vidas en la joven ciudad fundada por españoles en la región del Marañón. Como los indígenas y algunos españoles, escapándose del terrible mal para no ser contagiados, con permiso del cura acamparon en un sitio, río abajo del Marañón llamado Pucabarranca, donde sembraron alimentos y se quedaron hasta que pasó la peste, pero como era un paraje ventajoso con abundante caza y pesca, fértil y ubicado en un lugar elevado que les favorecía en las inundaciones, decidieron no regresar a la ciudad. El contagio de la pes-

te llegó a otros pueblos entre ellos a Santiago de Lagunas, cuya población abandonada a su suerte, desapareció por los muchos muertos y por mucho tiempo sobrevivientes fueron a vivir en otros lugares. Un año después se presentó otra epidemia en un pueblo de indios Muratos, pero éstos no abandonaron su pueblo. Sus 500 habitantes decidieron quedarse y la afrontaron, pero llegó otra peste que mató a 100 personas y tampoco se fugaron sus moradores. El año 1760 se presentó por quinta vez en los pueblos del Marañón una espantosa epidemia que

mató a mucha gente. El jesuita italiano, padre Pedro Esquini, se hallaba en San Javier de Chamicuros, bajo Huallaga y al ver difícil el control del contagio, utilizando sus conocimientos y experiencia en sanidad, estudia la manera de librar a los indígenas de la muerte segura que les esperaba con la peste maldita y se le ocurrió pensar en inocular a los indígenas una viruela suave, porque habían dos tipos de este mal, la otra era la maligna de la que pocos se salvaban. La prueba le dio excelente resultado, exitoso y el curita comenzó a inocular a la población que aún que-


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ACTUALIDAD AC A CTTU UALIDAD

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Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

POR: P MARIO VARGAS LLOSA

El escritor conoció por primera vez la Amazonía en 1958, en un viaje con el ILV hasta el Alto Marañón, comenzando por Yarinacocha.

U

n día (en 1958, antes de viajar a España), en la Facultad de Letras (de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos), Rosita Corpancho me preguntó si no me tentaba un viaje a la Amazonía. Estaba por llegar al Perú un antropólogo mexicano, de origen español, Juan Comas, y con este motivo el Instituto Lingüístico de Verano y San Marcos habían organizado una expedición hacia la región del Alto Marañón, donde las tribus de aguarunas y huambisas, por las que aquél se interesaba. Acepté y gracias a ese corto viaje conocí la selva peruana, y vi paisajes y gente y oí historias que, más tarde, serían la materia prima de por lo menos tres de mis novelas: La casa verde, Pantaleón y las visitadoras y El hablador. Nunca en mi vida, y vaya que me he movido por el mundo, he hecho un viaje más fértil, que me suscitara luego tantos recuerdos e imágenes estimulantes para fantasear historias. Treinta y cuatro años después todavía me vienen de tanto en tanto a la memoria alguna anécdotas y momentos de aquella expedición por territorios entonces casi vírgenes y por remotas aldeas, donde la existencia era muy diferente de las otras regiones del Perú que yo conocía, o, como en los pequeños asentamientos de huambisas, shapras y aguarunas donde llegamos, la prehistoria estaba aún viva, se reducían cabezas y se practicaba el animismo. Pero, precisamente, por lo importante que resultó siendo para mi trabajo de escritor, y por el mucho partido que le he sacado, me siento más inseguro al referir aquella experiencia que cualquier otra, pues en ninguna se me ha entreverado tanto la

La vez que descubrí la Amazonía fantasía, que todo lo desarregla. Por lo demás he escrito y hablado tanto sobre aquel primer viaje que hice a la selva, que, estoy seguro, si alguien se tomara el trabajo de cotejar todos esos testimonios y entrevistas, advertiría los sutiles y sin duda también abruptos cambios que el inconsciente y la fantasía fueron incorporando al recuerdo de aquella expedición (**). De lo que estoy seguro es de esto: descubrir la potencia del paisaje todavía sin domesticar de la Amazonía, y el mundo aventurero, primitivo, feroz y de una libertad desconocida en el Perú urbano, me dejó maravillado. También, me ilustró de manera inolvidable sobre los extremos de salvajismo e impunidad total a que podía llegar la injusticia para ciertos peruanos. Pero, al mismo tiempo, desplegó ante mis ojos un mundo en el que, como en las grandes novelas, la vida podía ser una aventura sin fronteras, donde las audacias más inconcebibles tenían cabida, donde vivir significaba casi siempre riesgo, cambio permanente. Todo ello en el marco de

unos bosques, ríos y unas lagunas que parecían los del paraíso terrenal. Ello volvería una y mil veces a mi cabeza en los años siguientes y sería una inagotable fuente de inspiración para escribir. Estuvimos primero en Yarinacocha, cerca de Pucallpa, donde se hallaba la base del Instituto Lingüístico de Verano y conocimos allí a su fundador, el doctor Towsend, quien lo había creado con un propósito tanto científico como religioso: que sus lingüistas – que eran, al mismo tiempo, misioneros protestantesaprendieran las lenguas y dialectos primitivos para traducir a ellos la Biblia. Luego partimos hacia las tribus del Alto Marañón y estuvimos en Urakusa, Chicais, Santa María de Nieva, y muchas aldeas y poblados donde dormíamos en hamacas o barbacoas y a los que, a veces, para llegar, luego de dejar el hidroavión, teníamos que desplazarnos en frágiles canoas de balseros indígenas. En una de ellas, la

del cacique shapra Tariri, éste nos explicó la técnica de reducir cabezas, que su pueblo aún practicaba; tenían allí a un prisionero, de una tribu vecina con la que estaban en guerra; el hombre se paseaba en libertad entre sus captores, pero a su perro lo mantenían entre rejas. En Urakusa conocí al cacique Jum, recientemente torturado por unos soldados y patronos de Santa María de Nieva, a los que también conocimos, y a quien intentaría resucitar en La casa verde. En todos los sitios donde llegábamos me enteraba de cosas inverosímiles o conocía a personas fuera de lo común, de tal manera que aquella región quedó en mi memoria como un inagotable arsenal de materiales literarios. Además de Juan Comas, viajaban con nosotros en el pequeño hidroavión

(*) Apunte en el libro “El pez en el agua” (Seix barral, 1993), capítulo XX “Punto final”. (**) Escribí sobre ella la primera vez en un artículo en la revista Cultura Peruana (Lima: setiembre de 1958) –“Crónica de un viaje a la selva”-, luego, en la conferencia

el antropólogo José Matos Mar, de quien desde entonces me hice amigo, el director de Cultura Peruana, José Flórez Aráoz, y Efraín Morote Best, antropólogo y folklorista ayacuchano, a quien teníamos que levantar en peso para que el hidroavión pudiera despegar. Morote Best había sido visitador de escuelas bilingües y haber recorrido las tribus, en condiciones heroicas, bombardeando Lima con denuncias de los atropellos e iniquidades que sufrían los indígenas. Éstos lo recibían en las aldeas con mucho afecto y le daban sus quejas y le contaban sus problemas. La idea que me hice de él fue la de un hombre puro y generoso, profundamente identificado con las víctimas de ese país de víctimas que es el Perú. Nunca imaginé que el suave y tímido doctor Morote Best llegaría, con los años, ganado por el maoísmo, durante su rectorado en la Universidad de Ayacucho, a abrir las puertas de ésta al maoísmo fundamenta-

lista de Sendero Luminoso –a cuyo mentor, Abimael Guzmán, llevó allí como profesor- y a ser considerado algo así como el padre espiritual del movimiento extremista más sanguinario de la historia del Perú. Cuando regresé a Lima ya no me quedó tiempo siquiera de escribir la crónica que le había prometido a Flórez Aráoz sobre el viaje (se la mandé desde Río de Janeiro, ya camino a Europa). Los últimos días en el Perú me los pasé despidiéndome de amigos y parientes y haciendo una selección de los papeles y libretas que llevaría conmigo. Me apené mucho aquella madrugada en que me despedí de los abuelos y de la Mamaé, pues no sabía si volvería a ver a los tres viejitos. El tío Lucho y la tía Olga llegaron al aeropuerto de Córpac a despedirnos cuando Julia y yo ya estábamos en el interior del avión militar brasileño, que, en vez de asientos tenía banquetas de paracaidistas. Los divisamos desde la ventanilla y les hicimos adiós, a sabiendas de que no podían vernos. A ellos sí estaba seguro de que volvería a verlos, y de que entonces ya sería, por fin, un escritor.

Historia secreta de una novela (Barcelona: Tusquets Editores, 1971) y en el cap. IV de mi novela El hablador (Barcelona: Seix Barral, 1987) además de innumerables reportajes y artículos.


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ECONOMÍA A

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El Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas) –parte del Instituto Nacional de Salud– se encargará de administrar el registro del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (Siscovid-19) del Ministerio de Salud; así como de su fiscalización, según la Resolución Ministerial (RM) 377-2020-Minsa.

1 ¿Cómo es el proceso de registro de planes y su actualización? Las personas jurídicas cuyos negocios estén incluidos en la reanudación de actividades anunciado por el Gobierno –de momento– deben registrar su plan en el Siscovid-19. Asimismo, la actualización debe efectuarse cada mes, en paralelo, a la remisión de la planilla mensual a la Sunat, según el último dígito del RUC. Sin embargo, Joaquín de los Ríos, socio de De los Ríos Abogados, señaló que se requiere una norma que aclare el proceso de actualización, dado que los planes se elaboran de acuerdo con los lineamientos de la RM 239-2020-Minsa. “Si esta no se modifica, el plan se mantiene. Tengamos en cuenta además que muchas empresas tercerizan la elaboración del plan. Me genera desconcierto que sea mensual la actualización, salvo que la misma esté orientada a la lista de trabajadores que reinician. Asimismo, falta indicar cómo se va a informar esta actualización”, señaló. Regresando a la norma, se indica que luego de registrar sus planes, las empresas deben remitirlos en las 24 horas siguientes a todos sus trabajadores, vía un mecanismo dispuesto por Censopas. Al respecto, De los Ríos indicó que, si bien es positiva esta decisión, se debería ahondar en la capacitación.

¿CÓMO ES EL PROCESO Y SU FISCALIZACIÓN?

Empresas deben actualizar cada mes su protocolo ante el COVID-19 2 ¿De qué consta la fiscalización? El Censopas supervisa los planes de las empresas y verifica que toda la información solicitada haya sido atendida, que los datos de contacto (correos y teléfonos) sean correctos y la autenticidad de la información vinculada a la seguridad y salud de trabajadores y prestadores. Esta data, además, será remitida a Sunafil, Susalud y otras autoridades. En este aspecto, el socio de De los Ríos Abogados saludó la medida, luego de indicar que se había advertido que muchas empresas no estaban elaborando de forma adecuada sus planes -ya sea por temas de costos u otros- y se estaba generando un “copy-paste”. “Tal vez lo mas práctico hubiera sido simplemente apostar por un protocolo general ya establecido que cumplan las empresas y los protocolos sectoriales”, precisó el abogado, agregando

que faltaría aclarar si Sunafil supervisará que se cuente con estos planes. La norma también establece que de encontrarse faltas, se suspende o cancela el registro hasta que se subsane la infracción en la fiscalización siguiente, a su vez que se

informa al sector al que pertenezca la empresa, entre otras autoridades. En esta línea, De los Ríos indicó que la norma no precisa si en estos casos las empresas suspenden sus actividades. 3 ¿Qué otras obligacio-

nes tendrán las empresas? También se establecerá un registro de incidencia disponible para empleadores y trabajadores, al cual también accederá Sunafil, entre otras. Este centro también podrá comunicarse con los encar-

gados del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa para fines de verificación de la data. Asimismo, se creará un registro de profesionales de salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, que estarán obligados a responder a Censopas los nuevos requerimientos. Al respecto, el socio de De los Ríos Abogados remarcó que “muchas empresas no cuentan con médico ocupacional y menos aún con una enfermera; mientras que otros terciarizan el servicio de vigilancia médica”, por lo que no queda claro el alcance de este aspecto. Por último, la norma establece que este centro del INS publicará cada 15 días los nombres de las personas jurídicas con planes registrados, el reporte de incidencias y los que fueron fiscalizados y cuentan con suspensiones o cancelaciones de registro.


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ORDENANZA “Año de la Universalizacion de la Salud” MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO – REGIÓN DE UCAYALI AV. TUPAC AMARU N° 703 – MANANTAY

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2020-MDM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY: VISTO: El Expediente Interno N° 05415-2020, el Concejo Municipal Distrital de Manantay, en Sesión Ordinaria N° 012-2020-MDM, realizada el 05 de junio de 2020, visto, el Informe N° 042-2020-MDM-GAT-SGEC de fecha 26 de mayo de 2020, el Informe N° 115-2020-MDM-A-GM-GAT de fecha 27 de mayo de 2020, el Informe N° 222-2020-MDM-GATSGRCyF de fecha 28 de mayo de 2020, el Informe Legal N° 176-2020-MDM-GAJ de fecha 02 de junio de 2020, el Proveído N° 036-2020-MDM-OSGA-SES.ORD, y; La presente Ordenanza Municipal que: “REGULA LA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CON BIENES O SERVICIOS”, y;

Manantay, 04 de junio de 2020 emitir para opinión técnica sobre el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CON BIENES Y SERVICIOS; Que, con el Informe N° 222-2020-MDM-GAT-SGRCyF de fecha 28 de mayo del presente año 2020, la Sub Gerencia de Recaudación, Control y Fiscalización, se dirige a la Gerencia de Administración Tributaria, para señalar que se encuentran conforme con los beneficios mostrados en el Proyecto de Ordenanza antes mencionado;

Que, mediante el Informe N° 115-2020-MDM-A-GM-GAT de fecha 27 de mayo del presente año 2020, la Gerencia de Administración Tributaria, se dirige a la Gerencia Municipal, señalando que es factible la presentación del Proyecto de Ordenanza indicado líneas arriba; en consecuencia, todo el expediente formado CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos es remitido a la Gerencia de Asesoría Jurídica; 194º y 195° de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el artículo II del Que, mediante Informe Legal Nº 176-2020-MDM-GAJ de fecha 02 de junio Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA: PROCEDENTE la aprobación del PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CON BIENES Y competencia; Que, la Organización Mundial de la Salud ha calificado, SERVICIOS, teniendo por finalidad que las personas naturales y jurídicas deudoras de esta Municipalidad Distrital de con fecha 11 de marzo de 2020, el brote del coronavirus (COVID-19) como una pandemia al Manantay, puedan cumplir total o parcialmente con sus obligaciones tributarias o no tributarias mediante la entrega de bienes muebles, bienes inmuebles o la ejecución de servicios; por lo tanto, debe remitirse todo el expediente formado para haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; la causa al Concejo Municipal, de acuerdo a lo señalado por el artículo 9°, inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Que, los artículos 7° y 9° de la Constitución Política – Ley N° 27972; De conformidad con el artículo 9°, numerales, 8) y 9); y artículo 40° de la Ley del Perú; señalan que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; y estando a lo dispuesto por el Acuerdo Nº 036-2020, adoptado en Sesión Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla Ordinaria Nº 012-2020-MDM de fecha 05 de junio de 2020, se acordó por unanimidad de votos de los miembros del en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de Concejo Municipal, la siguiente ordenanza: salud; ORDENANZA MUNICIPAL, QUE: “REGULA LA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CON BIENES O SERVICIOS” Que, como es de público conocimiento, a través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, de fecha 15 de marzo del presente año 2020, TÍTULO I se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y DISPOSICIONES GENERALES se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, este mismo tuvo su última FINALIDAD ampliación hasta el 30 de junio del presente año 2020, mediante el Decreto Supremo N° Articulo 1°. 094-2020-PCM; debido a esta coyuntura, esta entidad edil es participe de la reactivación de La presente Ordenanza tiene por finalidad regular el procedimiento denominado “Formas de pago de Deuda Tributaria y la economía distrital, y lo que busca la presente Ordenanza, es permitir al contribuyente poder No Tributaria por Bienes o Servicios”, para que personas naturales o jurídicas deudoras de la Municipalidad Distrital de regularizar sus deudas tributarias y no tributarias, a través del pago con bienes muebles o Manantay puedan cumplir total o parcialmente con sus obligaciones tributarias o no tributarias mediante la entrega de bienes muebles, bienes inmuebles o la ejecución de servicios, conforme a los términos y consideraciones que se establece inmuebles y/o servicios que pueda brindar a esta Institución Municipal.; en la presente norma. Que, el literal f) del Decreto Legislativo N° 969, que DE LA DEUDA MATERIA DE PAGO modificó el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Articulo 2°. N° 133-2013-EF, sustituyó el artículo 32° del TUO, donde precisa, que el pago de la deuda Están comprendidos y obligados al cumplimiento de la presente ordenanza, los contribuyentes que manifiesten por tributaria se puede realizar mediante otros medios que Administración Tributaria voluntad de pago, la que se concretiza con la presentación del expediente respectivo ante la unidad orgánica de la apruebe; así también, los párrafos 6 y 7 del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 969, señala Municipalidad Distrital de Manantay encargada y la Comisión Técnica Evaluadora. Las deudas pasibles de pago bajo este que los gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, podrán disponer que el pago de régimen son aquellas contraídas por los administrados por conceptos de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas sus tasas y contribuciones se realice en especie los mismos que serán valuados, según el Administrativas acumuladas, no prescritas, incluidos los intereses moratorios generados a la fecha de la presentación de valor de mercado en la fecha en que se efectúen; excepcionalmente, tratándose de impuestos la solicitud correspondiente. Esta disposición comprende a las deudas que se encuentren en Cobranza Administrativa, municipales, podrán disponer el pago en especie a través de bienes inmuebles inscritos en Pre-Coactiva y Coactiva. Registros Públicos, libres de gravámenes y desocupados; Articulo 3°. ACOGIMIENTO DE LA DEUDA Que, la Ordenanza de la materia, se encuentra Los contribuyentes o administrados que deseen acogerse al presente régimen de pago deberán cancelar, previamente enmarcado dentro de la normativa vigente, no transgrede los lineamientos establecidos en la a la presentación de su solicitud, el total de los gastos administrativos y costos del procedimiento de ejecución coactiva Ley N° 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, permitiendo continuar con la generados por la deuda pendiente de pago, si hubieren generado estos. cobranza de las deudas contenidas en los procesos coactivos, encajando todo dentro del marco DEUDAS IMPUGNADAS del debido procedimiento, haciendo valer derechos reconocidos a los contribuyentes del Articulo 4°. Cuando existan recursos administrativos en trámite por cualquier deuda o causa ante la Municipalidad, o demandas distrito de Manantay; contenciosas administrativas, demandas de amparo u otros procesos ante órganos jurisdiccionales o administrativos Que, las decisiones que se adopten en la Aprobación de diferentes a la Municipalidad Distrital de Manantay, el contribuyente deberá desistirse de su pretensión, luego de aprobada la ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS su solicitud, debiendo adjuntar copia legalizada del escrito de desistimiento presentado ante el órgano correspondiente. Y NO TRIBUTARIAS CON BIENES Y SERVICIOS, se orientan al cumplimiento de los fines, metas y objetivos de la Entidad, priorizando estos, sobre la realización de formalidades no Para efectos de la presentación la solicitud de desistimiento, serán aplicables las normas contenidas en el T.U.O. del esenciales, garantizando la efectiva y oportuna satisfacción de los fines públicos para Código Tributario y en el Código Procesal Civil, según corresponda. que tengan una repercusión positiva en las condiciones de vida de las personas, así CONDICIONES como del interés público bajo condiciones de calidad y con el mejor uso de los recursos Articulo 5°. públicos; ES AQUÍ DONDE SE PUEDE APRECIAR LA SATISFACCIÓN DEL “FIN PÚBLICO”, El pago de deuda por obligaciones provenientes del Impuesto Predial, Arbitrios municipales y multas administrativas se efectuará con bienes muebles, inmuebles y servicios. Y ADEMÁS, LA DEL INTERÉS PÚBLICO; a) Tratándose de bienes inmuebles el pago se efectuará única y exclusivamente con bienes inmuebles inscritos en los Registros Públicos, libre de cargas y totalmente desocupados. Que, al tratarse de una Ordenanza Municipal, es b) En el caso de bienes muebles su antigüedad no superará un (01) año, excepto obras de arte o de valor histórico importante mencionar que el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamental a artístico. través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto en el artículo En el caso de materiales de construcción, dichos bienes deberán estar en óptimas condiciones. 200° numeral 4) de la Constitución Política del Perú, ostenta rango normativo de la Ley, en su calidad de norma de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa c) Para el canje de la deuda por la prestación de servicios, se circunscriben a las necesidades de la Municipalidad, municipal, tal como lo establece el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; así también en y podrán ser labores referentes a mantenimiento de parques y jardines, limpieza pública (barrido de calles), la mencionada Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9º señala cuales son las atribuciones del Concejo seguridad ciudadana, construcción civil y labores de oficina. La administración podrá decidir otros servicios, Municipal, y es en el inciso 8) que indica lo siguiente: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los siempre y cuando se encuentre debidamente justificada. acuerdos; d) En lo que respecta al tiempo de duración del servicio, éste será determinado en función a la cuantía de la deuda y el tipo de servicio ofrecido. Que, a través del Informe N° 042-2020-MDM-GAT-SGEC de fecha 26 de mayo del presente año 2020, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, se dirige a la Gerencia de Administración Tributaria, para Articulo 6°. SOLICITUD


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ORDENANZA

Los contribuyentes o administrados deberán presentar una solicitud de acogimiento Solicitud dirigida al señor alcalde, con atención al Presidente de la Comisión Técnica Evaluadora donde indicará expresamente el o los motivos en los cuales se sustenta su pedido, dicha solicitud tendrá carácter de declaración jurada. Articulo 7°. DOCUMENTOS QUE DEBERÁ PRESENTAR 7.1. Para el pago en bienes muebles, inmuebles o valores: a) Copia simple del DNI del contribuyente o de su representante de ser el caso, adjuntando copia del poder que acredite su representación. b) Certificado de Numeración Municipal o copia simple del recibo de pago de agua, luz o teléfono. c) Comprobante de pago en copia fedateada que acredite el pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. d) Estado de cuenta actualizado de las deudas impagas. e) Documento que sustente la propiedad de los bienes muebles, inmuebles o valores propuestos para el pago de la deuda, los mismos que deberán estar libres de carga, gravamen o proceso judicial o extrajudicial. f) En el caso de bienes inmuebles se deberá adjuntar la tasación del bien realizada por un perito perteneciente al Cuerpo Técnico de Tasadores del Perú o por el Concejo Nacional de Tasadores CONATA. g) Copia autenticada del documento o poder público que faculte expresamente al solicitante o su representante, de ser el caso, a transferir los bienes muebles e inmuebles o valores propuestos, con una fecha de emisión no mayor a 30 días. h) Presentar declaración jurada de responsabilidad de vicios ocultos de los bienes presentados. 7.1. Para el pago en servicios: a) Copia simple del documento de identidad o comprobante de información registrada en el RUC expedido por SUNAT, del solicitante y del representante legal de ser el caso. b) Certificado de Numeración Municipal o copia simple del recibo de pago de agua, luz o teléfono. c) Comprobante de pago en copia fedateada que acredite el pago de los gastos administrativos y costas procesales que se hubieran generado. d) Estado de cuenta actualizado de las deudas impagas. Articulo 8°. DE LA COMISIÓN TÉCNICA EVALUADORA Para evaluar, calificar y resolver las solicitudes de pagos de deuda por bienes y servicios, se conformará una Comisión Técnica Evaluadora (CTE) que estará conformada por los siguientes funcionarios: o El Gerente de Administración de Tributaria, quien lo presidirá. o El Sub Gerente de Recaudación, Control y Fiscalización, quien actuará como Secretario Técnico. o El Sub Gerente de Logística, en calidad de miembro. o El Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, en calidad de miembro. Articulo 9°. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN o La Comisión Técnica Evaluadora (CTE) funcionará de manera permanente y sesionará cada vez que lo considere pertinente, teniendo en consideración la cantidad de solicitudes de pago de deuda ingresadas a la Entidad en el mes o cada 2 semanas. La convocatoria a las reuniones las efectuará el Presidente. La forma de convocatoria, el funcionamiento de las sesiones, el quórum para las sesiones y las votaciones, la elaboración de actas, entre otros, se efectuarán conforme a las reglas de los “Órganos Colegiados” previsto en los artículos 106º y siguientes del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. o Queda indubitablemente establecido que la CTE tiene la facultad y/o atribución plena para determinar la procedencia o improcedencia de las solicitudes de pago de deuda por bienes o servicios. o La CTE para mejor resolver podrá solicitar a cualquier área de la Municipalidad la entrega de la información respectiva o la emisión del informe técnico correspondiente, y culminará su evaluación mediante la emisión de la Resolución de Gerencia, la que será suscrita por su Presidente y visada por los demás miembros de la comisión. o El plazo máximo de la evaluación de la solicitud de pago de deudas es de treinta (30) días, aplicándose el silencio administrativo negativo, conforme a las reglas que regulan el silencio administrativo. Articulo 10°. DE LAS IMPUGNACIONES La Resolución de la Gerencia de Administración Tributaria podrá ser materia de cuestionamiento mediante los recursos administrativos previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Actuará como Segunda y última Instancia Administrativa, la Alcaldía Municipal a través de la Secretaría General quien emitirá la Resolución de Alcaldía, que con su Resolución concluirá el procedimiento y dará por agotada la vía administrativa. Articulo 11°. DEL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN La Resolución debe contener como mínimo los siguientes puntos: a) Nombres y apellidos completos, y documento de identidad del deudor. b) El número de Informe y que área lo efectúa que determine el valor de los bienes muebles, inmuebles o servicios, y en éste último caso, el plazo a ejecutarse. c) El monto total de la deuda, por concepto de Arbitrios Municipales, Multas Administrativas, y/o del Impuesto Predial que será materia de pago. d) La descripción detallada del bien o servicio que será materia de pago, así como su valor, y en el caso específico del servicio, el plazo y el área de la Municipalidad donde se llevará a cabo dicho servicio. e) Cualquier otro dato relacionado a determinar los motivos por los cuales se otorgó el beneficio, la descripción de los bienes o servicios dados en canje, y la forma como se ejecutará éste. Articulo 12°. DE LA VALORIZACIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS Evaluada la solicitud y estando conforme a las necesidades de la Municipalidad, la Sub Gerencia de Logística procederá a valorizar los bienes o servicios ofrecidos por el contribuyente y/o administrado. Para la valorización de los bienes muebles o servicios la Sub Gerencia de Logística tendrá como referencia el monto señalado en la solicitud y los valores referenciales que posea. En el caso de los bienes inmuebles, para la valorización se tendrá como referencia el valor establecido por los peritos del cuerpo Técnico de Tasadores del Perú. En todos los casos dichos montos deben ser evaluados conjuntamente con los valores que le otorga el mercado a cada bien mueble o servicio prestado. La

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valorización realizada es inapelable, en todo caso el administrado podrá desistirse de su solicitud. De ser considerado necesario para una mejor valorización, se podrá programar una presentación de los bienes o una visita a los mismos, debiendo levantarse un Acta de dicha presentación o visita. Articulo 13°. INTERESES MORATORIOS DE LA DEUDA Los intereses moratorios generados por la deuda materia de acogimiento serán calculados hasta la fecha de presentación de la solicitud, después de dicha fecha no se aplicarán intereses. En el caso de las solicitudes no aprobadas, los cálculos de los intereses se retomarán desde a fecha de presentación de la solicitud. Articulo 14°. DE LOS BIENES NO COMPRENDIDOS No podrán aceptarse en calidad de pago los siguientes bienes: • Bienes muebles, cuya antigüedad supere un (01) año, excepto obras de arte o de valor histórico artístico. • Vehículos cuya antigüedad supere el (01) año, en el caso de vehículos livianos (motos, motocarros, furgones o afines) y 05 años en el caso de vehículos pesados (camiones, volquetes, autos o afines) • Bienes perecibles. Articulo 15°. DE LA ENTREGA DEL BIEN O EJECUCIÓN DEL SERVICIO Recibida la Resolución de aprobación, y en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, el solicitante deberá acercarse a fin de coordinar, suscribir el contrato y poner a disposición de la Sub Gerencia de Logística los bienes o servicios contenidos en la Resolución, siguiendo el procedimiento que corresponda a la naturaleza y particularidades de cada uno. Vencido el plazo sin que se haya cumplido lo dispuesto en el párrafo anterior, se perderá automáticamente el derecho a pagar en bienes o servicios. Asimismo, durante la ejecución de los servicios que presten los deudores, estarán sujetos a un sistema de supervisión y evaluación permanente por personal de la Municipalidad Distrital de Manantay, orientado a verificar la conformidad de los mismos, en función a las condiciones técnicas contenidas en el contrato suscrito con esta comuna municipal para dichos fines. Articulo 16°. BIENES SUJETOS A INSCRIPCIÓN En el caso de bienes sujetos a inscripción en los Registros Públicos o cuya enajenación se encuentre sujeta al cumplimiento de formalidades, solo se podrá otorgará la conformidad luego de la inscripción de la transferencia en el Registro Público a favor de la Municipalidad Distrital de Manantay o con el cumplimiento de las formalidades establecidas en las disposiciones legales correspondientes. Articulo 17°. CUANDO EL VALOR DEL BIEN O SERVICIO SEA MENOR O MAYOR A LA DEUDA ACOGIDA Si el monto de la valorización del bien o servicio es menor a la deuda acogida, la diferencia deberá ser cancelada al contado o fraccionadamente, de conformidad con las leyes que regulan a la materia. Cuando el monto de la valorización sea mayor a la deuda acogida, la Municipalidad Distrital de Manantay deberá compensar la diferencia con alguna deuda que posea el administrado. Articulo 18°. DE LAS PERSONAS QUE PRESTAN SERVICIOS En la ejecución de los servicios que presten los deudores, estos deberán mantener la confidencialidad de la información a la cual tengan accesos durante el periodo del mismo. Asimismo, estarán sujetos a un sistema de supervisión y evaluación permanente por personal de la Corporación Municipal, orientada a verificar la conformidad de los mismos, en función a las condiciones técnicas contenidas en el contrato suscrito con la Municipalidad Distrital de Manantay para dichos fines. La conformidad del término de los servicios prestados deberá ser comunicada a la Gerencia de Administración Tributaria por el órgano correspondiente. Articulo 19°. CAUSALES DE PÉRDIDA DEL DERECHO PARA PAGAR MEDIANTE BIENES O SERVICIOS • No entregar los bienes y/o ejecutar el servicio dentro del plazo establecido. • Cuando los bienes no cumplan con las características señaladas en la resolución de aprobación o no se adecuen a las necesidades de la Municipalidad. • Pérdida del bien por culpa de deudor o la imposibilidad sobreviniente de la prestación del servicio. • Por interponer recursos administrativos ante la Municipalidad, o demandas contenciosas administrativas, demandas de amparo u otros procesos ante órganos jurisdiccionales o administrativos diferentes a la Municipalidad Distrital de Manantay. Articulo 20°. DE LA PÉRDIDA Y SUS EFECTOS Presentada alguna de las causales descritas, la Gerencia de Administración Tributaria emitirá una Resolución, mediante la cual comunicará al deudor la pérdida del derecho a pagar con bienes o servicios, previo informe de las razones de la perdida, emitido por la Sub Gerencia de Logística o del área usuaria de dicho bien o servicio. La pérdida del derecho con llevará que la Gerencia de Administración Tributaria a través del área pertinente proceda con la cobranza correspondiente de la parte de la deuda no pagada, luego de efectuada la imputación de pagos conforme a lo dispuesto en el TUO del Código Tributario por los bienes o servicios prestados, en caso de corresponder. Articulo 21°. DE LA CONFORMIDAD DE LA TRANSFERENCIA DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIO Una vez entregado el bien o prestado el servicio materia de pago, según el caso, la Sub Gerencia de logística, luego de verifica la conformidad de la transferencia de los bienes entregados o la finalización satisfactoria de la prestación del servicio, emitirá un informe de conformidad de los bienes entregado o los servicios prestados, que contendrá el importe de los mismos para el pago de la deuda correspondiente, remitiéndose a la Gerencia de Administración quien a su vez informará a la Gerencia Municipal para que esta emita un acto resolutivo que disponga tener por cancelado la deuda correspondiente y ordenando a la Gerencia de Administración consigne como abonado el pago correspondiente en el Sistema Integral de Administración Financiera- SIAF y a la Gerencia de Administración Tributaria tener por cancelado la deuda correspondiente. Articulo 22°. CANCELACIÓN DEL MONTO DE LA DEUDA ACOGIDA El monto a ser aplicado como pago de la deuda acogida será el valor correspondiente al bien o servicio presado, conforme se encuentra consignado en el informe de conformidad remitido a la Gerencia Municipal por la Gerencia de Administración. Se dará por cancelada la deuda con la emisión de la Resolución de pago que dicho efecto emitirá la Gerencia Municipal. TÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS CAPÍTULO I: PAGO DE DEUDA CON BIENES MUEBLES Articulo 23°.

La Comisión Técnica Evaluadora (CTE), con la finalidad de adoptar una decisión solicitará a la Sub Gerencia de Logística que confirme y/o en su caso determine el valor probable del bien


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propuesto por el administrado. El informe de la Sub Gerencia de Logística, deberá sustentarse en cotizaciones y/o presupuestos que le proporcione el mercado; y deberá expedirse en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles de haber sido requerido por la CTE. Articulo 24°. Si la CTE emitiera una resolución favorable, ésta será comunicada al administrado para que dentro del plazo de cinco (05) días, cumpla con internar el bien o bienes al Área de Almacén. El administrado sufragará los gastos y costos del transporte y/o envío, salvo situaciones excepcionales, que el CTE deberá pronunciarse expresamente a pedido del administrado.

dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, cumpla con poner a disposición de la Municipalidad el inmueble ofrecido. El administrado deberá efectuar la transferencia del inmueble mediante la suscripción de la minuta y Escritura Pública respectiva a favor de la Municipalidad dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles. Caso contrario, se perderá el beneficio otorgado. Los gastos originados por la transferencia del inmueble (tributos, gastos administrativos y notariales) serán asumidos por el administrado. TÍTULO III DISPOSICIONES FINALES

CAPÍTULO II PAGO DE DEUDA CON SERVICIOS Articulo 25°. La CTE, con la finalidad de adoptar una decisión, solicitará a la Sub Gerencia de Recursos Humanos que informe si la Municipalidad necesita o requiere del servicio propuesto por el administrado. El informe de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, determinará, en su caso, el plazo en el cual se requiere del servicio propuesto por el administrado, así como el monto que paga la Municipalidad por un servicio similar. Articulo 26°. Si la CTE emitiera una resolución favorable, ésta será comunicada al administrado para que dentro del plazo de cinco (05) días, cumpla con ponerse a disposición del departamento de personal para la prestación del servicio respectivo. Articulo 27°. El servicio prestado no generará ningún vínculo que determine derecho laboral alguno con la Municipalidad Distrital de Manantay. Articulo 28°. En el caso de que el obligado no pueda cumplir por motivos de salud u otro imponderable, personalmente con la prestación que asume, podrá su cónyuge o una tercera persona que en documento expreso señale reemplazarlo en el servicio a brindar. CAPÍTULO III PAGO DE DEUDA CON BIENES INMUEBLES Articulo 29°. Para el caso del pago de la deuda con un bien inmueble este debe estar debidamente inscrito en los Registros Públicos, libre de cargas y gravámenes, así como estar totalmente desocupado, siendo el valor de los mismos el valor de autovalúo del bien o el valor de tasación del bien efectuado según los valores arancelarios efectuados por el Consejo Nacional de Tasaciones o quien haga sus veces. Articulo 30°. La CTE con la finalidad de adoptar una decisión solicitará a la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano verifique la habitabilidad del inmueble, así como la determinación el valor del mismo, según los parámetros señalados anteriormente. Articulo 31°. Si la CTE emitiera una resolución favorable ésta será comunicada al administrado para que

PRIMERA.- En todo lo no previsto en la presente ordenanza será resuelta por la CTE, de acuerdo al marco jurídico vigente. SEGUNDA.- El pago en bienes o servicios no es compatible con la aplicación de otros beneficios tributarios. TERCERA.- Las solicitudes de pago en bienes muebles, inmuebles, valores o servicios que se encuentran en trámite se adecuaran las disposiciones aprobadas en la presente ordenanza. CUARTA.- La Gerencia de Administración, y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, efectuarán las modificaciones contables y presupuestales necesarias para regularizar las asignaciones y compensaciones a que hubiera debido a la ejecución del pago con bienes y servicios. QUINTA.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Secretaría General, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación, Control y Fiscalización, Sub Gerencia de Logística y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización ejecutar las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE;

Distribución: Archivo Cc. Alcaldía. Gerencia Municipal. GAJ. GAT. SGRCyF. SGEC. SGCOM. Sala de Regidores. Todas las Unidades Orgánicas. NCMT/jlll.

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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2020-MDM. Manantay, 05 de junio de 2020. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY: VISTO:

El Expediente Interno N° 05385-2020, el Concejo Municipal Distrital de Manantay, en Sesión Ordinaria N° 012-2020-MDM, realizada el 05 de junio de 2020, visto el Informe N° 223-2020-MDM-GAT-SGRCyF de fecha 28 de mayo de 2020, el Informe N° 0116-2020-MDM-A-GM-GAT de fecha 01 de junio de 2020; el Informe Legal N° 177-2020-MDM-GAJ de fecha 02 de junio de 2020, el Proveído N° 037-2020-MDM-OSGA-SES.ORD, y; La presente Ordenanza Municipal sobre: “BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y BENEFICIOS DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE MANANTAY POR EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL POR EL BROTE DEL CORONAVIRUS (COVID-19)”, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; las que según el artículo 74º de la misma norma, pueden crear, modificar, y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Norma VII del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N°133-2013-EF, establece las reglas generales para la dación de exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios. Asimismo, el artículo 41° del mismo cuerpo legal, establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren y que en el caso de contribuyentes y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la precitada norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, el artículo 59º y siguientes de las normas

precitadas, establece las facultades de fiscalización que posee la Administración, señalando que por el acto de la determinación tributaria el deudor tributario verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo, asimismo, la Administración Tributaria verificada la realización del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19; dictándose además las medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19; asimismo, en el Decreto de Urgencia N° 026-2020, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 15 de marzo de 2020, se establece diversas medidas excepcionales y temporales para Prevenir la Propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020PCM, precisado por los Decretos Supremos N°s. 045 y 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; y mediante Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM se prorroga el referido plazo por trece (13) días calendario adicionales, incluyendo la disposición para el aislamiento social obligatorio. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 0642020-PCM, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional hasta el día 26 de abril de 2020,y posteriormente se amplía hasta el 10 de mayo de 2020 mediante Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, y que mediante Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional hasta el día 24 de mayo de 2020, y mediante Decreto Supremo N° 094-2020-PCM se amplía hasta el 30 de junio de 2020; Que, el artículo 11° del Decreto Supremo N° 0442020-PCM, establece que durante la vigencia del Estado de Emergencia, las entidades públicas en sus respectivos ámbitos de competencia dictan las normas que sean necesarias para cumplir el presente Decreto Supremo; y que, los gobiernos regionales


Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

y locales contribuyen al cumplimiento de las medidas establecidas en el presente Decreto Supremo, en el marco de sus competencias; Que, atendiendo a las disposiciones precitadas, y en el marco de las competencias inherentes a las Municipalidades Distritales, previstas en la Constitución Política y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establecieron medidas extraordinarias para la contención y respuesta al brote del coronavirus (COVID-19) en el distrito de Manantay; por lo que resulta necesario que la actual gestión brinde mayores facilidades y beneficios con carácter general que genere los instrumentos que incentiven y flexibilicen a los vecinos para el cumplimiento de sus obligaciones, respecto a los tributos y otros ingresos que Administra las Municipalidades; Que, a través del Informe Nº 223-2020-MDM-A-GM-GAT-SGRCyF de fecha 29 de mayo de 2020, la Sub Gerencia de Recaudación Control y Fiscalización, propone la aprobación de la Ordenanza que establece beneficios para el pago de los tributos, multas tributarias y administrativas en la jurisdicción del distrito de Manantay, teniendo consideración que existe una recesión a nivel mundial producto del estado de emergencia a consecuencia del COVID-19; por lo que resulta necesario establecer un beneficio excepcional de descuento y/o reducción de monto de los tributos, multas tributarias y administrativas que faciliten su pago, resultando conveniente dar facilidades, bajo criterio de idoneidad, proporcionalidad y razonabilidad; Que, mediante el Informe N° 0116-2020-MDMGM-GAT de fecha 01 de junio del presente año 2020, la Gerencia de Administración Tributaria, se dirige a la Gerencia Municipal, solicitando la aprobación del proyecto de Ordenanza antes mencionado; en consecuencia, todo el expediente formado es remitido a la Gerencia de Asesoría Jurídica, Que, mediante Informe Legal Nº 177-2020-MDM-GAJ de fecha 02 de junio de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA: PROCEDENTE la aprobación de la ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y BENEFICIOS DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE MANANTAY POR EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL POR EL BROTE DEL CORONAVIRUS (COVID - 19); por lo tanto, debe remitirse todo el expediente formado para la causa al Concejo Municipal, de acuerdo a lo regulado por el artículo 9°, inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9°, numerales, 8) y 9); y artículo 40° de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; y estando al Acuerdo Nº 037-2020, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 0122020-MDM de fecha 05 de junio de 2020, se acordó por unanimidad de los votos de los miembros del Concejo Municipal, la siguiente ordenanza:

Artículo 1º.- OBJETIVO Y ALCANCES La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Manantay, el régimen de Beneficios de Regularización de Deudas Tributaria y Multas Administrativas, a fin de incentivar el pago voluntario de las deudas ante la Municipalidad, como medida tributaria que beneficie a los deudores tributarios o administrados que mantengan deudas pendientes de pago con la Municipalidad, dentro del contexto de la crisis sanitaria y económica producida a consecuencia del brote del coronavirus (COVID-19). Asimismo, incentivos por la Actualización voluntaria en la presentación de las declaraciones juradas informativas y/o rectificatorías que sincere la base imponible, rectifican el uso u otro dato que incida en la determinación del Impuesto Predial o Arbitrios Municipales. Los beneficios establecidos en la presente Ordenanza también serán de aplicación para los contribuyentes que no mantengan deuda por concepto de Impuesto Predial del periodo 2020 al tener la condición de inafecto y/o exonerado, debiendo de cancelar el derecho de emisión.

f)

Artículo 2º - SUJETOS COMPRENDIDOS 1.1. Para “ACTUALIZACION ó RECTIFICACION” Podrán acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza, los contribuyentes con las siguientes condiciones: a) Todo contribuyente que teniendo uno o más predios en el distrito de Manantay, no haya cumplido con declararlo ante Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad. b) Todo contribuyente que haya transferido (altas y/o bajas) uno o más predios y que no haya cumplido con el registro respectivo ante la Administración Tributaria. c) Todo contribuyente que teniendo uno o más predios en el distrito de Manantay, no haya cumplido con rectificar cualquier dato que tenga incidencia en la determinación del Impuesto Predial y/o Arbitrios. (uso, frontis, construcciones, estado, otras instalaciones, área del terreno etc.). d) Todo contribuyente que ostente predios declarados en el Distrito de Manantay, sin embargo, estos no se encuentren acumulados en un solo Código de Contribuyente conforme a lo establecido en el artículo 11º de la Ley de Tributación Municipal. e) En caso de que el contribuyente hubiera fallecido y no se hubiera regularizado dicha situación jurídica ante la administración tributaria. Todos los contribuyentes a los que se les haya determinado o se les determine deuda durante la vigencia de la presente Ordenanza.

1.2. “DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS”

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a) Contribuyentes que regularicen las deudas tributarias de los periodos anteriores y del ejercicio 2020, por concepto de impuesto predial. b) Contribuyentes que regularicen las deudas tributarias de los periodos anteriores y del ejercicio 2020, por concepto de Arbitrios Municipales que registren predios de usos: Casa Habitación, Comercio y Servicios, Industria, Terrenos sin construir. 1.3.

Para “LOS BENEFICIOS NO TRIBUTARIOS” Para los contribuyentes y/o administrados que tengan Multas Administrativas contenidas en Resoluciones de Sanción aplicadas por la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Policía Municipal, así como también las emitidas por la Sub Gerencia de Comercialización y Control de Negocios, que se encuentren pendientes de pago con la Municipalidad, de los años anteriores así como del ejercicio fiscal 2020.

Artículo 3º.- REQUISITOS 1.1. Para “ACTUALIZACION ó RECTIFICACION” Los requisitos para acceder a los beneficios que establece la presente Ordenanza, son los siguientes: A. En los casos señalados en el artículo 2º, 2.1. literales a) y b), deberá acreditar fehacientemente la propiedad, mediante documento de fecha cierta y en caso no haya un propietario declarado, deberá presentar Constancia de Posesión, así como declaración jurada de posesión y los demás requisitos señalados por Ley. En el caso señalado en el artículo 2º 2.1., literal c) cuando se trate de un aumento de área de terreno deberá acreditar fehacientemente la propiedad, mediante documento de fecha cierta y en caso no haya un propietario declarado, deberá presentar documento que acredite posesión, así como declaración jurada de posesión y los demás requisitos establecidos por Ley. B. Regularizar las obligaciones formales acorde con lo establecido en el objetivo de la presente Ordenanza (Declaración Jurada en los casos en los que aún no se les haya determinado deuda por fiscalización tributaria), así como los demás requisitos establecidos por Ley. C. Realizar el pago al contado de la deuda total insoluta vencida del Impuesto Predial 2020. Una vez cumplidos los requisitos establecidos, los contribuyentes podrán contar los beneficios otorgados en la presente. Artículo 4º.- BENEFICIOS Y CONDICIONES Los beneficios señalados en los párrafos siguientes, serán otorgados siempre y cuando se cumpla con lo estipulado en los artículos 2º y 3º: 1.1.

ORDENANZA MUNICIPAL, QUE: “ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y BENEFICIOS DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE MANANTAY POR EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL POR EL BROTE DEL CORONAVIRUS (COVID-19)”.

IMPETU.pe

ORDENANZA

-

Para “ACTUALIZACION ó RECTIFICACION” A. IMPUESTO PREDIAL: Condonar el 100% de los intereses moratorios y reajustes del Impuesto Predial de todos los ejercicios anteriores y del año en curso.

-

B. ARBITRIOS MUNICIPALES: Condonar el 100% de los intereses moratorios de los Arbitrios Municipales de todos los ejercicios anteriores y del año en curso. C. MULTAS TRIBUTARIAS: - Multas por Omisión Base Imponible: Condonar el 100% de la multa tributaria e intereses. - Multas por Subvaluación: Condonar el 100% de la multa tributaria e intereses.

Los contribuyentes acogidos al presente beneficio, quedan obligados a permitir la fiscalización de su(s) predio(s) para corroborar la veracidad de sus declaraciones, en base a la facultad discrecional de fiscalización que posee la Administración. En el caso de negativa, o de no darse las facilidades a la inspección, se le impondrá la multa tributaria correspondiente y se realizará la fiscalización tributaria sobre base presunta. 1.2.

a)

b) c)

Para “LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS” Se otorgará a los contribuyentes y/o administrados que mantengan obligaciones tributarias pendientes de pago con la Municipalidad, deudas por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias, también serán de aplicación para los contribuyentes que no mantengan deudas por concepto de Impuesto Predial del periodo 2020, al tener la condición de inafecto y/o exonerado debiendo cancelar el derecho de emisión; el descuento 100% de intereses, mora y reajustes. Se otorgará descuento del 50% sobre el importe insoluto de los Arbitrios Municipales de Serenazgo del año 2020, a los contribuyentes que cuenten con predios de uso: Casa Habitación, Comercio y Servicios, Industria, Terreno sin construir. Se otorgará descuentos sobre el importe insoluto de los arbitrios municipales a los contribuyentes que registren deudas por predios de usos: Casa Habitación, Comercio y Servicios, Industria, Terreno sin construir de años anteriores, según la siguiente escala:

Periodo

Porcentaje de descuento

2019

20%

2018

30%

2017

40%

2016

50%

2015

80%

2014 y años anteriores

90%

d) Beneficio extraordinario para el ejercicio fiscal 2020


14 -

-

ORDENANZA

IMPETU.pe

Los contribuyentes que paguen la totalidad de las cuotas que tengan pendiente de pago por Impuesto Predial y Árbitros Municipales correspondientes al periodo 2020, recibirán un descuento extraordinario del 10% del monto insoluto de los Arbitrios Municipales donde se encuentra incluido el descuento descrito en b). También se podrá acoger a este beneficio extraordinario del descuento del 10% los contribuyentes que cancelen al contado el total de sus deudas tributarias de ejercicio anterior al año 2020. 1.3.

De las “MULTAS TRIBUTARIAS”

4.3.1 En el caso de los OMISOS o SUBVALUADORES, condonar el 100% del monto insoluto e intereses de las multas tributarias generadas hasta la fecha de vigencia de la presente ordenanza, siempre que se cumpla con la siguiente condición: - Presentar la declaración jurada correspondiente por omiso o por subvaluador. 4.3.2 En caso de predios fiscalizados o en proceso de fiscalización tributaria se condonará el 100% del monto Insoluto e intereses de las Multas tributarias generadas, siempre que se cumplan con las siguientes condiciones: a) Presentar la declaración jurada que deberá adecuar a los resultados de la fiscalización efectuada. b) Que el deudor tributario cumpla con pagar al contado la deuda insoluta vencida del Impuesto Predial producto de la fiscalización tributaria, incluyendo diferencias por fiscalización por impuesto Predial. 1.4.

De las “MULTAS ADMINISTRATIVAS” De las Multas Administrativas que fueron aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2019 tendrán una condonación parcial sobre el monto determinado en la Resolución de Sanción conforme al cuadro siguiente: AÑO DE EMISIÓN DE LA MULTA ADMINISTRATIVA

PORCENTAJE DE DESCUENTO

HASTA 1 UIT

90%

*Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente para el ejercicio fiscal 2020. El pago de las Multas Administrativas no implica la regularización o subsanación de la Infracción, la cual deberá efectuarse conforme a las normas legales vigentes, ni afecta el curmplimiento de las sanciones no pecuniarias dispuestas, quedando subsistente el derecho de la Administración Municipal de aplicar una nueva sanción en caso de continuar o reincidir en la infracción, de conformidad a lo establecido en el marco legal correspondiente. 1.5.

De las “DEUDAS FRACCIONADAS” Los contribuyentes y/o administrados que mantengan cuotas de fraccionamiento vencidas pendientes de pago podrán regularizar dicha deuda con un descuento del 100% de los Intereses Moratorios, siempre y cuando cumpla con el pago respectivo.

Artículo 5º.- ESTADO DE LA DEUDA 5.1. La presente ordenanza no interrumpe el procedimiento de cobranza, es decir que la Administración tiene la facultad de proseguir con las acciones de cobranza respectiva, la generación de las Órdenes de Pago y/o Resoluciones Determinación, Resolución de Ejecución Coactiva y ejecución de medidas cautelares conforme a Ley.

Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

la entrada en vigencia de este beneficio no dan derecho a devolución y/o compensación alguna. Artículo 6°.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El acogimiento a los beneficios contemplados en la presente ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que la Administración considerará que ha operado la sustracción de la materia en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y período. En los casos en que los contribuyentes se hayan acogido a la presente Ordenanza y cuenten con recursos impugnatorios y/o procesos judiciales, presentados ante instancias superiores u otras instancias jurisdiccionales, deberán necesariamente presentar el desistimiento del mismo, sin perjuicio de tal presentación, será de aplicación lo señalado en el párrafo anterior. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS PRIMERA.- La declaración jurada de autovalúo para la determinación del Impuesto Predial ante la Municipalidad Distrital de Manantay no otorga titularidad del derecho de propiedad sobre un inmueble; por cuanto, es un asunto que no corresponde ser dilucidado en la vía del procedimiento tributario, conforme a lo establecido en los diferentes pronunciamientos del Tribunal Fiscal. SEGUNDA.- DEROGUESE toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza TERCERA.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario de mayor circulación hasta el 31 de diciembre del presente año. CUARTA.- FACÚLTESE al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación e implementación de la presente Ordenanza, así como prorrogar los plazos de vigencia de la misma. QUINTA.- Las Gerencias de Administración Tributaria, Oficina de Sistemas, Informática y Estadística y Oficina de Imagen Institucional y Protocolo, quedan encargadas de la ejecución y difusión de la presente Ordenanza, dentro del ámbito de su competencia. SEXTA.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación de la región, y a la Oficina de Sistemas, Informática su publicación en la página Web de la Municipalidad de Manantay (www.munimanantay.gob. pe). Y CÚMPLASE;

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE

Distribución: Archivo Cc. Alcaldía. Gerencia Municipal. GAJ. GAT. SGRCyF. Sala de Regidores. Todas las Unidades Orgánicas. NCMT/jlll.

5.2. No están dentro del alcance de la presente norma las obligaciones tributarias que a la entrada en vigencia de la presente ordenanza se encuentren debidamente canceladas o hayan sido cancelados productos de un procedimiento de ejecución coactiva, ni las deudas que se encuentren en trámite o ejecución de compensación, transferencia de pagos o canje de deuda. De la misma forma no se encuentran dentro del alcance de la presente norma, las deudas que se encuentren inmersas dentro de un convenio de fraccionamiento y los pagos realizados con anterioridad a

“Año de la Universalizacion de la Salud” MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO – REGIÓN DE UCAYALI AV. TUPAC AMARU N° 703 – MANANTAY

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2020-MDM. Manantay, 05 de junio de 2020. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY: VISTO: El Expediente Interno N° 05211-2020, el Concejo Municipal Distrital de Manantay, en Sesión Ordinaria N° 012-2020-MDM, realizada el 05 de junio de 2020, visto el Informe N° 221-2020-MDM-GAT-SGRCyF de fecha 25 de mayo de 2020, el Informe N° 0114-2020-MDM-A-GM-GAT de fecha 26 de mayo de 2020; el Informe Legal N° 178-2020-MDM-GAJ de fecha 02 de junio de 2020, el Proveído N° 038-2020-MDM-OSGA-SES.ORD, y;

La presente ORDENANZA MUNICIPAL que: “ESTABLECE LA DEDUCCIÓN DEL VALOR CORRESPONDIENTE A LOS PREDIOS PARA EFECTOS DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE ALCABALA, EN EL EJERCICIO FISCAL 2020, EN APLICACIÓN A LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LA AMAZONÍA”, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Constitución Política del Perú, en su artículo 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del artículo 195º, reconocen a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar


Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

ORDENANZA

sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley; Que, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los artículos. A su turno el artículo 40°, señala: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter generar de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, el medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, dada las circunstancias de excepcionalidad por la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional y que la Organización Mundial de la Salud ha calificado el brote de coronavirus (COVID-19) como una pandemia al haberse extendido en más de 100 países del mundo de manera simultánea, lo que ha generado una situación que puede generar el incumplimiento de las obligaciones tributarias formales y de pago de tributos por parte de los contribuyentes y que la misma genera un impacto económico importante en nuestro distrito, por lo que se hace necesario que la actual gestión edilicia genere los instrumentos que incentiven y flexibilicen el pago de los tributos municipales, coadyuvando a su cumplimiento por parte de los vecinos y los contribuyentes del distrito de Manantay; en este contexto es necesario brinde mayores facilidades y beneficios con carácter general a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, toda vez que la Municipalidad tienen competencia para crear, modificar, suprimir, exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias dentro de los límites que señala la Ley; Que, la Ley N° 27037 de Promoción de la Inversión en la Amazonia, en su artículo 18° establece la deducción del valor de los predios para efectos tributarios, preceptúa: “Para efectos tributarios, las personas naturales o jurídicas ubicadas en la Amazonía, deducirán del valor correspondiente a los predios (autovalúo), en la forma y el porcentaje que establezca el reglamento de la presente ley”;

IMPETU.pe

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Que, con Informe N° 221-2020-MDM-A-GM-GAT-SGRCyF de fecha 25 de mayo de 2020, la Sub Gerencia de Recaudación, Control y Fiscalización, indica que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía y lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 031-99-EF, la Entidad Edil mantiene la necesidad de ejercer una adecuada administración, con la finalidad de los tributos que administra, teniendo en cuenta la situación por la cual está atravesando el país en la actualidad por el Estado de Emergencia Sanitaria (COVID-19), concluyendo que se proyectó “Ordenanza Municipal que establece la Deducción del Valor correspondiente a los Predios para efectos del Pago del Impuesto Predial y de Alcabala en el Ejercicio Fiscal 2020, en aplicación de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía”; Que, mediante Informe N° 0114-2020-MDM-GM-GAT de fecha 26 de mayo 2020, se presenta el proyecto de la “Ordenanza Municipal que establece la Deducción del Valor correspondiente a los Predios para efectos del Pago del Impuesto Predial y de Alcabala en el Ejercicio Fiscal 2020, en aplicación de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía”, para su opinión legal y su pase a Concejo Municipal para su aprobación; Que, mediante Informe Legal Nº 178-2020-MDM-GAJ de fecha 02 de junio de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA: PROCEDENTE la aprobación del proyecto de “Ordenanza Municipal que establece la Deducción del Valor correspondiente a los Predios para efectos del Pago del Impuesto Predial y de Alcabala en el Ejercicio Fiscal 2020, en aplicación de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía”, adjunta en anexos; debiendo remitirse los presentes actuados al Concejo Municipal, de acuerdo a lo señalado por el artículo 9° inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; De conformidad con el artículo 9°, numerales, 8) y 9); y artículo 40° de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; y estando al Acuerdo Nº 038-2020, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 012-2020-MDM de fecha 05 de junio de 2020, se acordó por unanimidad de los votos de los miembros del Concejo Municipal, la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL, QUE: “ESTABLECE LA DEDUCCIÓN DEL VALOR CORRESPONDIENTE A LOS PREDIOS PARA EFECTOS DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE ALCABALA EN EL EJERCICIO FISCAL 2020, EN APLICACIÓN DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LA AMAZONÍA”. ARTÍCULO PRIMERO.- ESTABLECER en ocho por ciento (8%) el porcentaje de deducción sobre el valor de los predios (autovalúo) siendo el valor diferencial, luego de dicha deducción, la nueva base imponible para el cálculo del impuesto predial, y alcabala, durante el Ejercicio Fiscal 2020.

Que, mediante Decreto Supremo N° 03199-EF, se aprobó el reglamento de las disposiciones tributarias contenidas en la Ley de la Promoción de la Inversión de la Amazonía, establece en su artículo 3° que el porcentaje de beneficios tributarios establecido en el artículo 18° de la Ley N° 27037 será aplicado en el valor del predio (autovalúo), a su turno, el artículo 6° de la normativa en referencia, establece que las administraciones tributarias de los impuestos comprendido en el beneficio tributario, podrá dictar las normas complementarias que requieran para aplicación de lo impuesto en el artículo 18° de la Ley N° 27037;

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina de Sistemas, Informática y Estadística y Oficina de Imagen Institucional y Protocolo, el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza, de acuerdo con sus respectivas competencias y atribuciones.

Que, asimismo el Decreto Supremo N° 031-99-EF artículo 3, párrafo segundo, indica que las Municipalidades de la Amazonía establecerán anualmente el porcentaje de deducción, tomando en consideración, entre otros criterios, los valores unitarios oficiales de edificación que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba anualmente el Ministerio de Vivienda y Construcciones para las diferentes zonas del país, así como la ubicación y uso del predio; el valor resultante luego de la deducción correspondiente, constituirá el nuevo valor del autovalúo, para efectos de determinar la base imponible del impuesto predial y alcabala;

PRIMERO.- DERÓGUESE Y/O DÉJESE SIN EFECTO cualquier norma o disposición que limite, contradiga o afecte la aplicación de la presente Ordenanza.

Que, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley de Inversión de la Amazonía N° 27037 y lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 031-99-EF, la Municipalidad Provincial de Manantay mantiene la necesidad de ejercer una adecuada Administración, respecto a los tributos que administra, tomando en cuenta la real situación económica por la cual atraviesa la Amazonía peruana por la emergencia sanitaria producido por el COVID-19, asimismo, dentro de su Política de Desarrollo Sostenible, esta comuna promueve el desarrollo de su distrito con el Plan Integral de la Gestión Municipal, con la finalidad de reactivar la economía de nuestro distrito venido a menos por la emergencia sanitaria, razón por la cual los beneficios propuestos se torna en un instrumento de principal importancia para paliar los efectos negativos que esta emergencia sanitaria produce y asimismo, brindar los servicios públicos de manera oportuna a la población de Manantay, a través de mecanismos que permitan que las entidades públicas ejecuten sus inversiones y servicios de manera más eficientes con procesos de retroalimentación y mejora constante de los servicios que brinda esta comuna, razón por la cual es necesario establecer la deducción en función al porcentaje a aplicarse al valor del predio gravado con el Impuesto Predial e Impuesto de Alcabala para el ejercicio 2020, utilizando los criterios técnicos válidos en base a los dispositivos legales acotados;

Distribución: Archivo Cc. Alcaldía. Gerencia Municipal. GAJ. GAT. SGRCyF. Sala de Regidores. Todas las Unidades Orgánicas. NCMT/jlll.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario de mayor circulación de la región, y a la Oficina de Sistemas, Informática su publicación en la página web de la municipalidad de Manantay (www.munimanantay.gob.pe) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

SEGUNDO.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y de ejecución necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como prorrogar los plazos establecidos en la misma. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE;


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Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

SALUD

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¿ES POSIBLE RECUPERAR ESOS SENTIDOS TRAS VENCER A LA COVID-19?

Pérdida del olfato y gusto

tes de COVID-19 tienen una pérdida total del olfato.

F

iebre, tos y cansancio son los síntomas más habituales de la COVID-19. Sin embargo, una infección por el nuevo coronavirus también puede producir en muchas personas la pérdida o disminución del olfato y gusto. Algunas instituciones y ministerios de salud incluyen este síntoma para considerar a una persona como un paciente sospechoso de COVID-19. Si bien varias personas —ante un contagio por el nuevo coronavirus— ya lo han experimentado,

¿cuáles son las posibilidades de recuperar estos sentidos? Óscar Galloso, neumólogo y especialista en el Hospital Cayetano Heredia, indicó que, ante un contagio de COVID-19, “es muy probable” que algunos pacientes vean afectado su olfato y gusto; sin embargo, “en la mayoría de casos” —según lo reportado— “se recuperan”. Según la Sociedad Española de Neurología (SEN), la anosmia (incapacidad total para percibir olores) es un síntoma común en las infecciones respiratorias ocasionadas

por un virus. En el caso de la COVID-19 también se estaría mostrando esta evidencia. Aunque es necesario

mencionar que todavía hay pocos estudios sobre la relación exacta del nuevo coronavirus con el olfato y el gusto, una

investigación publicada en la revista European Archives of Oto-Rhino-Laryngology señala que cerca de un 80 % de los pacien-

¿Por qué se pierde el olfato y gusto en una infección por COVID-19? Según Galloso, esto se debe a que cuando el virus SARS-CoV-2 ingresa al organismo por las terminaciones nerviosas, en su camino daña los nervios del olfato y las papilas gustativas, lo cual provoca la disminución o pérdida de estos sentidos. “Es difícil evaluar si lo recuperan de manera integral completa o si se quedan con alguna deficiencia en la percepción de los olores o de los sabores. En líneas generales, lo recuperan. [Aunque] no dudo que los pacientes puedan quedar con un daño”, comentó el especialista.


ACTUALIDAD

Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

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TENÍA DOCUMENTOS FRAUDULENTOS

Por su lado, Wilder Velazco, responsable del puesto de control de Corcona detalló que son varias las modalidades empleadas en el transporte de madera de origen ilegal, entre ellas el camuflaje dentro de camiones y otros productos agrícolas, la presentación de documentos diferentes a la mercadería que se transporta o un mayor volumen del que detalle los permisos. Durante el año 2019 y 2020, el Puesto de Control Forestal y de Fauna Silvestre de Corcona del SERFOR, puerta de entrada a Lima, realizó 26 intervenciones y decomisó, aproximadamente 91 000 pies tablares de madera de las especies copaiba, capirona, cumala, tornillo, huayruro, cachimbo, entre otras. El SERFOR recuerda a los conductores que tienen la obligación de verificar que los productos forestales que transportan coincidan con las cantidades que se indican en la GTF, tanto en número de piezas y volumen; además, deben portar el mencionado documento en el vehículo desde el embarque del producto hasta su destino final, según lo establece el D.S. N° 011- 206 - MINAGRI.

Intervienen madera de Ucayali en Corcona

L

IMA.- El Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) y la Policía Nacional del Perú (PNP) intervinieron en el Puesto de Control de Corcona, un vehículo procedente de Ucayali que transportaba 35.377 m3 de madera, equivalente a 15 mil pies tablares, que tiene un valor aproximado de 35 mil soles, amparado en un documento presumiblemente fraudulento. El personal de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Lima del SERFOR constató que el camión transportaba hacia la ciudad capital madera aserrada de la especie cumala (Virola sebifera) y tenía una Guía de Transporte

Forestal (GTF) documento obligatorio que demuestra el origen del producto, con el nombre de una empresa que al ser consultada desconoció el cargamento. Al respecto, el viceministro de Infraestructura Agraria y Riego, Carlos Ynga, en su calidad de encargado de la Dirección Ejecutiva del SERFOR, señaló que este tipo de intervenciones son importantes porque desde la institución se enfrentará la tala ilegal de madera que afecta nuestros bosques. Explicó que el personal revisó la Guía de Transporte Forestal y se identificó inconsistencia en los documentos presentados sobre el origen de la madera y en la especie por lo que se procedió a detener e intervenir el vehículo. El conductor fue detenido por la Policía del Medio Ambiente.

Lucha frontal contra la tala ilegal de madera continuará La Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763 establece como una infracción muy grave el comercio, transporte trans-

formación y tenencia de productos o sub productos forestales, sin contar con los documentos que amparen su procedencia legal

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y sanciona este hecho con multas que fluctúan entre 0,1 y 5000 UIT, de acuerdo a los criterios de gradualidad.

ES OTRA HISTORIA

Cargador inalámbrico

Más espacio (2)

Moderno diseño interior


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REGIONAL

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RED DE SOPORTE DEL ADULTO MAYOR

Atienden e inmunizan contra enfermedades respiratorias

La Red de Soporte al Adulto Mayor inició atención a las poblaciones de la tercera edad y con discapacidad severa, que se encuentran empadronadas como parte de esta iniciativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS). Estas se desarrollan bajo estrictos protocolos de bioseguridad, conforme dio cuenta Carlos López Eyzaguirre, responsable del Centro Integral del Adulto Mayor. “En esta oportunidad visitamos en el campo a las personas vulnerables que forman parte de esta red, a quienes el personal de salud les está brindando la inmu-

nización de enfermedades respiratorias más recurrentes en este grupo etario”, indicó. Precisó que estas visitas se desarrollan de manera domiciliaria, a fin de evitar riesgos de contagio de enfermedades como la covid-19. Previo a esta intervención, son mon it o re a d o s vía llamadas telefónicas. Además añadió que, desde el mes de julio, buscarán darle sostenibilidad a esta iniciativa con presupuesto municipal, tomando en cuenta que ha dado importantes resultados para este segmento vulnerable de la población pucallpina. La Red de Soporte ha incorporado a113 actores sociales, quienes realizan visitas domiciliarias para atender las necesidades más urgentes de 3114 adultos mayores con alto riesgo y 420 personas con discapacidad severa que fueron identificadas por la corporación edil provincial.

C

on la asistencia técnica del Centro Nacional de Epidemiología, a cargo de la licenciada Mayra Saavedra Dreyfus se desarrolló un conversatorio, en el cual se abordó el tema de salud y seguridad en el trabajo en el marco de la pandemia Covid-19. Fue en atención a la solicitud presentada por la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, la que además permitió absolver ciertas dudas del sindicato de trabajadores de la comuna portillana. La especialista hizo hincapié en que, una vez terminado el tratamiento en aislamiento, el servidor municipal puede regresar a trabajar sin mayor riesgo de contraer o transmitir la enfermedad. Todo ello fue reitera-

CENTRO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA

Asistencia en salud en el trabajo y covid-19 do por un representante de la Dirección Regional de Epidemiología en Ucayali. Tras el intercambio de información, quedó establecido que los principales cuidados a seguir durante los próximos meses, son aquellos como el uso de mascarillas, conservar la distancia e higienización de manos que debe darse con frecuencia. Saavedra añadió que luego del tratamiento, los pacientes que salieron de la fase crítica del coronavirus ya pueden de-

DESDE LA PAPELERA HASTA MARIO PEZO

Mantenimiento de la avenida Manantay por etapas MANANTAY.- Se reanudaron los trabajos de mantenimiento de calles de Manantay por etapas, atendiendo a vecinos de la avenida Manantay, considerado como zona industrial de la región Ucayali, vía que es utilizado diariamente por transportistas y moradores de diferentes asentamien-

tos humanos. Cumpliendo con el plan de trabajo de mejorar la calidad de vida de la población, el pool de maquinaria pesada inició tareas de perfilado, cuneteo, relleno y compactado de puntos críticos, optimizando el tránsito vehicular y peatonal las 24 horas. La municipalidad de

Manantay suspendió acciones desde la declaratoria de emergencia, pero que ahora ha reanudado sus labores en favor de la comunidad, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba la continuación de actividades económicas en forma gradual y progresiva.

sarrollar sus labores con normalidad. Así también aclaró que ante una prueba de covid-19 pueden resultar reactivos sin representar peligro para sí mismo y su entorno. La comuna portillana desde mediados de marzo ha desplegado un minucioso plan de contención de la enfermedad al interior de sus instalaciones, tanto para el personal administrativo y de campo, brindándoles los equipos de protección y bioseguridad acordes con las actividades que ejecutan.


REGIONAL

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COMPROMISO CON LA TERCERA EDAD

Más salubridad en el Centro Integral del Adulto Mayor La salud los albergados en el Centro Integral del Adulto Mayor de Coronel Portillo, se encuentra garantizada contra la propagación de la covid-19, manifestó Carlos López Eyzaguirre, responsable del citado establecimiento administrado por la comuna portillana. Con este propósito les proporcionaron mascarillas y se cumplen todos los protocolos sanitarios para evitar la propagación de enfermeda-

des respiratorias. Similares medidas son acatadas el personal de servicio del CIAM, que se encuentran disponible para los albergados durante las 24 horas del día. Del mismo modo, se conoció que las visitas se encuentran restringidas. Al mismo tiempo, López Eyzaguirre indicó que los suministros de alimentos están asegurados para mantener una adecuada nutrición de los albergados.

M Vacunan a mayores contra ANANTAY.Un total de 1166 personas vulnerables son monitoreadas permanentemente para facilitarles la ayuda en salud y alimentación gracias al programa Amachay, Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y con Discapacidad Severa. “Este programa lo desarrolla la Municipalidad Distrital de Manantay en un trabajo conjunto con la Dirección Regional de Salud de Ucayali y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS)”, informó coordinador sectorial territorial Amachay, Samuel Torres Fuentes. Luego de empadronar y ubicar a los beneficiarios, el programa inició una campaña de vacunación contra la Influenza y Neumococo, dosis que fueron administrados por profesionales de la salud, bajo la supervisión del coordinador. El programa brinda atención a poblaciones de la tercera edad en riesgo y busca incrementar el número de beneficiarios focalizados en diferentes asentamientos humanos de la jurisdicción, muchos de los cuales viven en extrema pobreza y en completa soledad.

RED DE SOPORTE PROMOVIDO POR EL MIDIS

la influenza y neumococo


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MUNDO

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En una carta escrita a nombre de los 54 países del Grupo africano para asuntos de derechos humanos, el embajador de Burkina Faso ante las Naciones Unidas en Ginebra pidió al órgano de la ONU organizar un “debate urgente sobre las violaciones actuales de derechos humanos de inspiración racial, el racismo sistemático, la brutalidad policíaca y la

Cerca de media docena de estados, que incluyen a Texas y Arizona, están lidiando con un aumento del número de pacientes con coronavirus que llenan las camas de los hospitales, avivando el temor a que la reapertura de la economía de Estados Unidos pueda desencadenar una segunda ola de infecciones.

E

l repunte de las acciones globales se revirtió el jueves por miedo a un resurgimiento de la pandemia. La última vez que el S&P 500 y el Dow cayeron tanto en un día fue en marzo, cuando los casos de coronavirus en Estados Unidos comenzaron a aumentar. El reciente incremento de casos en una docena de estados refleja parcialmente un alza de las pruebas. Pero muchos de esos estados también están viendo MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY EDICTO MATRIMONIAL MATRIMONIA Hago saber que don: JULIO CESAR CAÑOTE BARBOZA, de: 51 años de edad, Estado Civil: SOLTERO, Ocupación: DOCENTE, Natural de: CALLERIA – CORONEL PORTILLO – UCAYALI, Nacionalidad: PERUANA, Domiciliado en: JR. BOLOGNESI # 338 – SAN FERNANDO – MANANTAY Y Doña: VIRGINIA CASTRO VILLACORTA, De: 40 Años de edad, Estado Civil: SOLTERA, Ocupación: TEC. ENFERMERA, Natural de: CALLERIA – CORONEL PORTILLO – UCAYALI, Nacionalidad: PERUANA, Domiciliada en: JR. BOLOGNESI # 338 – SAN FERNANDO – MANANTAY, Lugar de celebración: Municipalidad Distrital de Manantay. Pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad de Manantay, los que conozcan causales de impedimento, podrán denunciar conforme a Ley. Manantay, 10 de Junio de 2020 Abog. Carmen Loui Vásquez Siu de Gonzales Jefe de Registro Civil 3M/13/B.7988

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EN EL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU

Países africanos exigen un debate sobre el racismo violencia contra las manifestaciones pacíficas”. “Los acontecimientos trágicos del 25 de mayo de 2020 en Minneapolis en Estados Unidos, que causaron la muerte de George Floyd, desencadenaron protestas en el mundo entero contra la

injusticia y la brutalidad a la que personas de ascendencia africana están confrontadas diariamente en muchas regiones del mundo”, indicó el embajador. “La muerte de George Floyd no es por desgracia un caso aislado”, agregó

y dijo que se expresa a nombre de los representantes y embajadores del Grupo africano. La carta, dirigida a la presidencia del Consejo de derechos humanos, la austriaca Elisabeth Tichy-Fisslberger, pide que ese debate se lleve a cabo la semana

próxima, durante la reanudación de la 43º sesión del Consejo, interrumpida en marzo a causa de la epidemia de la COVID-19. Este llamado ocurre luego de que la familia de Floyd, las familias de otras víctimas de violencias policíaca y más de 600 ONG

POR AUMENTO DE CONTAGIOS Y HOSPITALIZACIONES

Temor a una segunda ola de coronavirus en EE.UU. un aumento de las hospitalizaciones y algunos están empezando a quedarse sin camas en las unidades de cuidados intensivos (UCI). Texas ha visto un récord de hospitalizaciones durante tres días seguidos, y en Carolina del Norte sólo el 13% de las camas de la UCI del estado están disponibles debido a casos graves de COVID-19. El alcalde de Houston dijo que la ciudad estaba lista para convertir su estadio de fútbol americano en un hospital si es necesario. Arizona ha visto un número récord de hospitalizaciones. El director de salud del estado dijo a los hospitales esta semana que activaran los planes

de emergencia y aumentaran la capacidad de las UCI. Cerca de tres cuartos de las camas UCI del estado están ocupadas, según el sitio web

del estado. “Realmente, se está cruzando un umbral en Arizona”, dijo Jared Baeten, un epidemiólogo de la Universidad de Washington.

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pidieron al Consejo de derechos humanos asumir con urgencia el problema del racismo y de la impunidad de la que se beneficia la policía de Estados Unidos.

“Lo alarmante sería que las cifras empiecen a aumentar en lugares que ya han alcanzado claramente su punto máximo y que están en tendencia descendente”, dijo, refiriéndose a Nueva York y otros estados del noreste donde los nuevos casos y muertes han caído en picada. A los expertos en salud les preocupa que pueda haber un mayor aumento de las infecciones como consecuencia de las protestas nacionales por las injusticias raciales y la brutalidad policial que aglutinaron gente desde hace dos semanas. Reporte de Michael Erman y Carl O’Donnell en Nueva York y Lisa Shumaker en Chicago; Reporte adicional de Lewis Krauskopf en Nueva York y Brad Brooks en Austin, Texas, Editado en español por Javier López de Lérida. ALQUILO TERRENO ARROCERO

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ENTRETENIMIENTO

Grama

ELEFANTE FOSIL

IMPETU.pe

Horóscopo

JUAN JOSE ... # ATOM.: 84 Y 21 (DT. DE FUT.)

“AIDA”

BAÑA COSTAS DEL PERU

1005 (ROM.)

Hay que sacar fuerzas de flaqueza y dar ese esfuerzo extra que te permita estar mejor. Esa falta de actividad te está llevando a pensar de más.

DESCANSO (ING.)

RELATIVO ACTOR “MOULIN AL JUEGO ROUGE”

PREFIJO “AIRE”

ARIES (marzo 21-abril 20)

YO (ITAL.)

TAURO (abril 21-mayo 20) PROV. DE LOMBARDIA

SER FANTASTICO, MUJER, CON PODERES MAGICOS

FAMOSO FISICO, QUIMICO Y BACTERIOLOGO FRANCES

PREFIJO “OIDO”

NOMADE DEL SAHARA

GEMINIS (mayo 21-junio 21) Hoy vas a cerrar un trato importante, pero como todo lo que cuenta, debe queda constancia por escrito. No pases por alto esta advertencia.

ACTOR “ANT-MAN”

Hoy tu pareja te va a dar noticias desalentadoras, que tienen que ver con la economía, y que debes atender. Es tiempo de que las cosas cambien.

CALLAO

REMO (ING.)

SUCESIVAS

ACTOR DISTINTAS “FRANCOTIRADOR” DIFERENTES

Hoy es imperativo que le brindes el equilibrio energético que tu mente y cuerpo necesitan para trabajar de manera óptima. Debes reencauzar tus circuitos energéticos.

PARECIDO AL VIOLIN

No aceleres el paso de un baile que es entre dos, y en donde cada una de las voluntades debe tener su espacio y su momento. Desde luego.

EN (ING.)

ACTUO DE SNIPE EN LA ZURDA “HARRY POTTER” DE ORO

MAZAMORRA MORADA

# ATOM.: 11, 53 Y 16

SIGNO EN FORMA DE “X”

VIRGO (agosto 23-septiembre 22)

LIBRA (septiembre 23-octubre 22)

FUNDO MIAMI SOUND MACHINE PLATINO

VOCALES CERRADAS

SU CAP. ES ACRA

AMOR DE CHOPIN

LEO (julio 23-agosto 22)

LA LABIAL Y LA DENTILABIAL

OBSERVO

SUDOESTE

AQUI (FR.) ACTOR “DJANGO”

ANTIPATIA, AVERSION

“BOLERO” INTRUMENTO DE SUPLICIO

CANCER (junio 22-julio 22)

TIERRA + AGUA

PINTO “LA CLASE DE BALLET”

AFIRMACION

HIJA DE INACO

“EL TUNEL”

Este es un buen día para que consideres, como parte de las actividades que te benefician físicamente, a la sexualidad. No puedes relegarla ni puedes vivir sin ella.

26ª Y 12ª LETRAS

NAVE

FUT. APODADO “EL CHARAPA”

ALBUM DE “U2”

SUBFUSIL ISRAELI

SATELITE DE SATURNO

COMIDA POPULAR ITALIANA

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ACTOR “EL CONTADOR”

ACTRIZ “LA LLEGADA”

FILME DE BUÑUEL

ESCUCHE

Te preocupa el aspecto económico y eso está muy bien, pero resolverlo depende de fuerzas que están fuera de tu control en parte. Recuerda el mal que te hace el estrés. ESCORPIO (octubre 23-noviembre 21)

Este es un día para dejar de protegerse, para pisar la hierba descalzo, para sentir el sol o la lluvia en el rostro. Es un día para dejar de temer por las consecuencias de estar vivo.

ACTOR “TIZOC” 1er. HOPMBRE EN LA LUNA

POR LA MAÑANA SEGUNDA ESPOSA DE ENRIQUE VIII

SAGITARIO (noviembre 22-diciembre 21)

Exhibir que eres una persona productiva y que puede dominar toda presión, es una estrategia muy buena para despertar el interés de esa persona que te importa. Por: Eduardo Ribeyro Ponce

Solucionario anterior

Grama

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O X W Ú R X W

ACTOR “ZOOM”

16ª Y 21ª LETRAS

“DON MANUEL”

HOMERO:

FILME DE BUÑUEL

ACTRIZ “MALEFICA”

PATRIA DE ABRAHAM

E R A T O

NOBEL DE QUIM. 1904

CARNE (ING.) EXTRATERRESTRE

ACTOR “MUNICH”

POR LA MAÑANA

MITAD MUJER, MITAD PEZ

9

8

4

9

Y A W A R

F I E S S B A C O T I A D A S A AFIRMACION

DIRIGIO “ARGO”

SILICIO

“SINFOMIA “LA DEL NUEVO SERPIENTE DE MUNDO” ORO”

2

JOSE MARIA ARGUEDAS:

DIRIGIO “PELOTON”

J R R A S P U T I N EL MONJE LOCO DERROCADO POR PINOCHET

Por: Eduardo Ribeyro Ponce

5 6

Sudoku

I

N U R S E

REZA

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JUNTAR

MUSA DE LA POESIA

CONQUISTO EL PERU

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ENFERMERA (ING.)

# ATOM.: 53 Y 92

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2 2

FILME DE SPIELBERG

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R T T I P I G M A L A L A I S H O N A L A R E I L

5 4

CANTA “SONAMBULO”

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DONDE (POESIA)

7

RIO DE GALICIA

T E N O T E N C E O W U T N O I N R T

La mejor manera de ponerte el día con el cuidado de tu cuerpo (el seguimiento de una dieta, el cumplimiento de un programa de ejercicios) es establecer un pacto con algún amigo o familiar.

“NUMERO CERO”

REPETIR LA SUPLICA

6 4 1 2 7

D E Ñ G B O R T O

POTENTE EXPLOSIVO

DIOS DEL VINO

3

E C É K Ó R R G A C N Ñ S R D

A LOS LADOS DE LA “S”

NO SABE

8 5 9

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NOBEL DE PAZ 2009

DIGRAFO

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PREFIJO “OIDO”

PLANETA ROJO

O E B

WALTER SCOTT:

LETRAS EN NAIPES

3 6 7 9 4 5 9 3 1 6

E P V C E

... VARDALOS (ACTRIZ)

ELLO (ING.)

SATCHMO

2 8

BARAJA PARA CARTOMANCIA

MODELO, EJEMPLAR

5 8 1 2 4 7

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Z Ó C W S

ACTRIZ “FRIDA”

U Y B S V H F P É B A A

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# ATOM.: 57 Y 7

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EL MORO DE VENECIA

R O N E T I M E A A L I R O T

“ISMAELILLO”

BAÑA COSTAS DESPUES DE DE BRASIL LA “H”

“SONETOS BARQUERO LUJURIOSOS” DE HADES RUMIANTE AFRICANO

A R U B A

DIOS DE LA GUERRA

J

ACTRIZ ISLA DEL TITICACA “CASABLANCA”

A Ü X W Ñ P A B E

“CYRANO DE BERGERAC”

1 7 5 8 2

TEATRO JAPONES

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AUTORIDAD RELIGIOSA DE LOS CHIITAS ISLAMICOS

3 9 6

2ª EN LA ESCALA

SU CAP. ES ORANJESTAD

C A Ñ E T R O B E S O T O I B R E R N O A Y A T O M A T

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ACUARIO (enero 21-febrero 19)

No dejes que esas molestias avancen. Crees que tu cuerpo va a resistir y a vencer en todas las circunstancias, cuando es un hecho que a veces necesita una ayuda. PISCIS (febrero 20-marzo 20)

4 1

CAPRICORNIO (diciembre 22-enero 20)

6

Tienes que sacarte de la cabeza la idea de que tienes una función y un empleo, y que fuera de ellos no vales como persona. Hay mucho más en nosotros que aquello que producimos.


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JUDICIAL/POLICIAL

IMPETU.pe

PRESUNTO FEMINICIDA SEGUIRÁ PROCESO EN LA CÁRCEL

EN EL CENTRO

Infundado cese de prisión para el que disparó en la cabeza a mujer

Paneles advierten zonas de riesgo Con paneles instalados en las afueras de los bancos, las autoridades advierten a la ciudadanía sobre los riesgos de contagio en los espacios de mayor concentración de personas, la publicidad también precisa lo que se tiene que hacer para evitar enfermarse. La gigantografía sugiere el uso obligatorio de mascarillas, que se respete el distanciamiento entre una y otra persona al momento de acudir a una entidad pública o privada y de lavarse las manos constantemente con agua y jabón. Es que algunos en los últimos días, ignorando los riesgos realizan aglomeraciones y olvidan el distanciamiento usando incluso cualquier trapo que le cubra el rostro al momento de realizar sus actividades en la calle. Ayer, por ejemplo, muchos aparentemente confiados en la disminución de casos de muertes

salieron a las calles como desesperados para realizar sus actividades, pero muchos lo hicieron sin respetar las sugerencias sanitarias. TONY REATEGUI.

SE LA BUSCAN

Venezolanos parchan pistas deterioradas Usando cemento y arena, más herramientas de albañilería, un grupo de venezolanos no solo se ha ganado las monedas de los transportistas, sino también el aplauso y reconocimiento por el trabajo que realizan en pro de llevar alimento a sus familias. “No me tomes foto mi hermano, sino al trabajo que yo hago, yo no importo, sino el resultado que le estamos dando a la ciudad que nos abriga con cariño”, dijo uno de los venezolanos que desde hace varias semanas han comenzado a realizar el parchado

Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

de las pistas. Lo han hecho en el cruce de la Av. Sáenz Peña con el Jirón Tarapacá, en la jurisdicción de Callería y en varios tramos del Jirón Iparía de la jurisdicción de Yarinacocha. A juzgar de los transportistas, se trata de una labor, que bien pudo haberlo hecho la empresa que realizó ese trabajo porque presenta siete años de garantía, aunque para ello se requiere que la institución ejecutora, primero notifique del mismo a la empresa que lo hizo. TONY REATEGUI.

E

n audiencia realizada por google hang out meet, la Juez Andrea Calderón Pacahuala, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró infundado el requerimiento de cese de prisión preventiva para presunto feminicida Javier Hortencio Soto Bermeo, presunto autor del delito de feminicidio en agravio de quien en vida fue Silvia Saavedra Sangama. Se tiene que con fecha 3 de septiembre del año 2019 a las 2:00 pm la agraviada llegó a su local ubicado en el Jr. 9 de diciembre 558, denominado “Costalería Chema” para un almuerzo familiar, en ese preciso momento cuando el imputado se encontraba bebiendo cerveza junto al hermano de la agraviada, aprovechó la oportunidad para coger la escope-

ta que tenía y disparar en la cabeza a la agraviada. La defensa del imputado indicó que de acuerdo con las pruebas de absorción atómica practicadas a su patrocinado, dieron resultado negativo, pidiendo el cese de prisión preventiva al ponerse en

duda la participación de su patrocinado como autor de los hechos. Este pedido fue declarado infundado por la juez a cargo del despacho debido a que si bien es cierto dicha prueba salió negativa, existen testigos que vieron al imputado y

a la agraviada juntos en la tienda, además de otros elementos de convicción que vincularían al imputado con los hechos, manteniéndose esta medida de coerción por el tiempo requerido por el Ministerio Público. TONY REATEGUI.

Pupihistoria CARLOS LLOSA Y LLOSA

MILITAR HÉROE DE BATALLA DEL ALTO DE LA ALIANZA RENUNCIÓ CARGO

SUBPREFECTO DE ISLAY INTEGRÓ EJERCITO CUANDO LA LA GUERRA DEL PACÍFICO ESTALLÓ

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JUDICIAL/POLICIAL

Pucallpa, sábado 13 de junio de 2020

CON MUNICIONES PROHIBIDAS DABAN MIEDO A SUPUESTOS CLIENTES

Administrador otorgó llave a desconocidos para hacer limpieza de local.

Prestamistas hieren a deudor tras forcejeo

ENTRARON COMO EN SU CASA Y CARGAN CON TODO

Se llevan 60 mil soles de casa de cambio

Con mucha facilidad habilidosos delincuentes ingresaron a una casa de cambio ubicada en el centro de la ciudad para cargar con 48 mil soles y 3 mil euros. Así como también, de una máquina para contar dinero valorizado en mil dólares, productos, discos duros de las cámaras de seguridad del local ubicado en el jirón Ucayali sexta cuadra. Los ladrones quienes emplean la modalidad de ‘Topos’, sin desatar sospechas con una tremenda capacidad le solicitaron una cita de negocios al administrador del Hotel Mercedes y se ofrecieron a alquilar el local vacío que colindaba con la casa de cambio. Se mostraban muy interesados hasta que pidieron la llave al empleado para que ellos mismos puedan hacer limpie-

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za el local, con la condición de regularizar el contrato al día siguiente. Contrato que nunca se realizó porque los sujetos fugaron tras ingresar la tarde del miércoles y horas después salieron como ‘Pedro en su casa’. A las 9:37 de la noche, el vigilante de la cuadra al observar salir a tres sujetos con bultos de forma sospechosa del local contiguo preocupado llamó al propietario, quien es un técnico de la PNP, para informarle de lo ocurrido. El policía en actividad rápidamente se dirigió a su negocio y encontró un hueco en la pared, además las cerraduras rotas, cosas tiradas en todos lados, no había el capital de trabajo de todo un año, los productos, objetos de valor y el DVR de las cámaras de seguridad. Los investigadores tratan de ubicar a estos facinerosos quienes ingresaron y salieron sin causar sospechas, en el lugar existe una cámara de seguridad de la Municipalidad de Coronel Portillo que no pudo grabar debido a su mala ubicación a los delincuentes. CEYMO RENGIFO

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na pareja de cobradores dedicados al préstamo de dinero bajo la modalidad de ‘gota a gota’ llegaron a cobrar al hijo del herido un saldo de 270 soles. El hecho ocurrió en la tercera cuadra del jirón Manco Cápac en el distrito de Callería. Según la denuncia, el hombre con amenazas exigía la devolución total del dinero en ese momento se produjo un forcejeo entre el supuesto deudor con el iquiteño John Esteban Vela Novoa de 30 años, por lo que disparó al padre del presunto deudor Gustavo Fernández de 74 años, quien resultó herido con fractura en la rodilla derecha. El sonido ensordecedor de los disparos alertó al personal de Escuadrón de Emergencias que patrullaba cerca y velozmente se dirigieron al jirón Bolívar quinta cuadra, donde lograron retener a golpes a John Esteban, el mismo que buen tiempo vivió en Colombia, de donde adoptó el acento y el alias de ‘Colombiano’. Los enardecidos hijos y vecinos se unieron para propinar una golpiza a alias ‘Colombiano’ hasta dejarlo

Lo atrapan a la otra cuadra y le reventaron la cabeza a golpes.

inconsciente y en medio de un charco de sangre, los agentes PNP debieron conducirlo al Hospital de Pucallpa, donde suturaron sus heridas, mientras que el anciano fue trasladado en un motocarro al centro hospitalario. La acompañante del supuesto ‘Colombiano’ quien según la PNP ofrecía ‘plomo’ si no le cumplían con los pagos en las fechas programadas, ha sido identificada como la venezolana Neyra Isabel García Gir de 27 años. Ella, también fue detenida inicialmente por el presunto delito de extorsión y tentativa de homicidio. La motocicleta en el que se movilizaban fue incauta-

da, al igual que el arma de fuego, 270 soles, una cadena de oro, tarjetas bancarias, licencia de conducir, licencia de portar armas y en total 16 municiones, tres de esas

balas eran ‘Dum Dum’ cuyo uso están prohibidas mundialmente. La pareja permanece detenida y está siendo investigada en la DIVINCRI. CEYMO RENGIFO

EN MEDIO DE LA CUARENTENA LUCHA POR SU SALUD CADA DÍA

Sexagenario pide colaboración para alimentar a su familia Víctor Arévalo López de 66 años, es un humilde padre de familia el mismo quien durante esta pandemia siente que su salud, se va decayendo día a día, por lo que todos los días sale a las calle con su bandera blanca en sus manos a solicitar apoyo a las personas de buen corazón. Vive acompañado de su

esposa y con sus hijos menores muy cerca al instituto pedagógico, sufre de Alzheimer y últimamente viene presentando otros males. Víctor, solicita a las autoridades apoyo con medicamentos y alimentos para que su familia pueda afrontar el Estado de Emergencia. Todas las mañanas, el

hombre haciendo un esfuerzo sobrenatural se posesiona en las intersecciones de Arborización con Masisea en el distrito de Yarinacocha, si usted desea apoyar a este padre de familia puede hacerlo llamando al 941641343, que él mismo lo atenderá. CEYMO RENGIFO

Sexagenario solicita vitaminas entre ellas Neurobión.


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HUMOR

Pucallpa, sรกbado 13 de junio de 2020

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Ímpetu, Pucallpa 13 de junio de 2020 by Diario Ímpetu - Issuu