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Impetu 24 de Octubre del 2018

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HOY NUEVAS BOLILLAS DE

ALÓ REPORTERO 986742717

PÁGS. 2,3,4 y 5

Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018 Año XLIX N° 18605 DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo

JNE empieza a resolver apelaciones de actas elecciones en Ucayali PÁG. 13 Envían a prisión a presuntos ‘cogoteros’ de mujeres PÁG. 22

Gerente regional de control y especialista en Derecho municipal hablan del caso sui generis que vive la administración edil en Yarinacocha. Gerald Flores ha entregado alertas de control dando cuenta que Guillermo Rabanal giró cheques a proveedores.

Rabanal pagó 1 millón de soles SÉPTIMO SORTEO 27 DE OCTUBRE 2018


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DILEMAS POR QUIÉN SERÁ EL ALCALDE SALIENTE QUE FIRME EL ACTA DE GESTIÓN

Transferencia dificultosa en Yarinacocha En Ucayali, las virtuales autoridades que ganaron las elecciones el 7 de octubre, han iniciado el proceso de conformación de sus comités de transferencias de gestión, lo mismo ocurre con el gobierno regional y las municipalidades. Sin embargo, en el caso de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha (MDY), se vive un incierto con su equipo de transferencia y sobre todo por saber cuál alcalde firmará el acta de transferencia al finalizar la gestión, con la próxima alcaldesa entrante, Jerly Díaz Chota. La MDY vive una incertidumbre al no saber qué alcalde culminará la gestión iniciada por el encarcelado exalcalde Gilberto Arévalo Ribeiro. No se sabe si lo culminará Guillermo Rabanal Cárdenas, Rony del Águila Castro, Mercy Muñoz Agustín o quizá otro alcalde. “Yo también quisiera saber con qué alcalde haré la transferencia de gestión; porque el alcalde saliente y el entrante firman el acta, por eso estoy preocupada. Espero se defina quien será la o el alcalde para poder coordinar”, refirió Díaz Chota, la virtual alcaldesa que

iniciará funciones el 1 de enero entrante. Señaló que espera que la Contraloría General de la República haga su trabajo y les facilite realizar la gestión para la transferencia de gestión. “No es chiste, ¡Imagínense! Estamos a días de la transferencia y no sabemos con qué alcalde lo haremos”, dijo. Por su parte Jerly Díaz indicó que ella tiene su equipo técnico que está preparado para iniciar el proceso de transferencia de gestión, tanto para la comisión central y para las subcomisiones. DAREMOS LO MEJOR A YARINACOCHA En cuanto a la expectativa que tiene la población con la entrada de la nueva gestión desde el 1 de enero del 2019, Díaz Chota aseguró que ella y su equipo técnico están preparados y capacitados en dar lo mejor de sí, en benéfico de la población del distrito. Señaló que seguirán la ruta establecida en su plan de gobierno; confesó, “no la tenemos fácil por los problemas que hay, pero sin embargo no es imposi-

ble para dar lo mejor a nuestro distrito”. Sobre el dilema y caos por supuestos índoles de corrupción que vive la municipalidad manifestó que dejará que la Contraloría, la Fiscalía Anticorrupción y Procuraduría hagan su trabajo, pero que su gestión no se entrampará en estos problemas. “Nosotros vamos a dar lo mejor para que nuestra gestión sea buena y nuestra población pueda sentir el verdadero desarrollo y cambio”, finalizó. ALI RODRIGUEZ SH.

A PROVEEDORES DE MDY, ADVIRTE CONTRALORÍA

“Hemos visto de un millón Fernando González Polar Hugo Alejos

Jerly Díaz asegura que le preocupa la situación de la MDY; pero da esperanzas que en su gestión se dará el verdadero desarrollo y cambio.

SITUACIÓN POLÍTICA DE YARINACOCHA SE REMUEVE

JNE retira credencial a Rony del Águila y concede a Rabanal Mediante Resolución N°3241-A-2018 el Jurado Nacional de Elecciones resolvió dejar sin efecto provisionalmente la credencial otorgada a Rony del Águila Castro, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, hasta que se resuelva su situación jurídica, pues como se sabe el recurso de casación interpuesta ante la Corte Suprema aún no se resuelve. Asimismo, resuelve convocar a Guillermo Rabanal Cárdenas, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, para lo cual se le debe entregar su respectiva credencial que lo faculte como tal. Cabe precisar que Rabanal Cárdenas se encuentra como no habido, tras la revocación de un Habeas Corpus. En tercer término convocar a Mónica Giovanna Flores Saldaña, para que asuma provisionalmente para el cargo de regidora del Concejo Distrital, en tanto se resuelve

Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

Diario Ímpetu entrevistó a Gerald Flores, gerente regional de control de Ucayali, máxima autoridad de la Contraloría General de la República en la región para hablar sobre la crítica situación edil en Yarinacocha, su intervención el jueves 18 durante la toma de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha (MDY). En la misma, el gerente regional realizó fuertes declaraciones respecto a pagos que se habrían hecho a proveedores.

¿Cómo mira la actual situación de Yarinacocha la Contraloría? Con mucha preocupación por la realidad de gobernabilidad que existe en el distrito. Lamentamos que esté pasando por esta situación Yarinacocha, un distrito muy agradable para el turismo y que se convierte en un lugar de visita constante para todo aquel que conoce la región. Nosotros mantenemos expectantes el manejo de los recursos.

¿Es normal que una municipalidad tenga en cuatro años cinco alcaldes? Debe ser un caso sui generis, nunca he visto un caso similar en una región de país y he visitado muchas regiones, muchos distritos, es un caso sui generis en realidad. Sin credencial que lo respalde la situación jurídica de Yarinacocha. En último término, requerir a los miembros del Concejo Distrital, el pago de la tasa por concepto de candidato no proclamado, equivalente al 8.41% de la UIT. Al cierre de edición trascendió que Rabanal Cárdenas habría presentado un recurso de Habeas Corpus en Iquitos, la cual habría sido resuelta a su favor, y en estos días esta-

rían devolviéndole la libertad, dejando a suspicacia la reaparición del ahora alcalde oficial con credencial de Yarinacocha. Sin embargo en el plano judicial, este figura que le favorecería deberá ser comunicada a la Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Justicia de Ucayali para que se haga efectiva. BLANCA IZQUIERDO

¿Qué riesgos implica este cambio constante de autoridades? La falta de gobernabilidad en cualquier comuna, o gobierno regional, expone un riesgo mayor en el manejo de los recursos. Se tiene que cambiar a las personas que manejan las cuentas, tenemos que hacer transferencias, tenemos que ver la continuidad de los servicios públicos y este pase a un alcalde por tres meses y luego

volver a dejar el puesto, al que le sucede le podría generar un mal manejo de los recursos.

¿De alguna manera la actitud de quienes ingresan le advierte a la Contraloría de riesgos en cuanto a la administración? En efecto, no podemos pronunciarnos respecto a la problemática institucional de gobernabilidad que haya; pero, sí somos conscientes que al existir periodos muy cortos de gobierno entre una y otra autoridad, más la materia de la investigación, la situación jurídica de cada alcalde en su momento nos lleva a la preocupación del manejo de los recursos. Nosotros a través del Órgano de Control Institucional y gracias a la nueva ley de fortalecimiento que viene transformando la Contraloría General de la República, nos mantenemos vigilantes con un especial cuidado en la municipalidad de Yarinacocha.

Mucha gente se pregunta por qué la Contraloría no interviene la municipalidad como institución completa ¿Puede hacerlo? Nosotros estamos controlando 24 horas del día la municipalidad. El OCI se encuentra permanentemente ahí y tenemos personal de Contraloría, tanto el jefe del OCI como el personal que se le ha asignado y que se le va a asignar más. El compromiso del Contralor a fin de año es que todo el OCI de la municipalidad distrital sea de Contraloría y mantenga el estándar riguroso para el ejercicio de nuestras labores de control.

¿Hasta dónde pueden llegar? Si te refieres al manejo de la municipalidad como tal, la

población debe entender que el trabajo de control interno y control previo lo hacen los propios funcionarios.

O sea, ustedes no pueden llegar a proponer una gestión, un alcalde, una administración temporal… No podemos hacer eso porque esas son justamente las reglas del juego democrático. Las autoridades electas por los ciudadanos son quienes tienen el manejo y el poder, el control directo de los recursos. Nosotros tenemos una segunda forma de ver las cosas a través del control posterior. Ciertamente estamos advirtiendo riesgos y estamos alcanzando alertas de control sobre los malos manejos de los recursos; pero, no podemos hacer el doble trabajo de hacer gestión y también control; eso no podemos. Podemos llegar hasta el control de la gestión que ellos hacen y esa gestión deben hacerla bien de cara al buen manejo de los recursos públicos.

La visita de Contraloría el día de la toma de a MDY generó una controversia porque a la salida se habló que no se había tocado documentación de OCI; pero, no se mencionó nada respecto al resto de la institución ¿La visita solo fue para OCI? ¿Debieron verificar las demás oficinas? La mañana del día jueves recibí una llamada informándome el estado situacional del recinto municipal como tal. Ordenamos que se constituya personal de OCI para verificar la veracidad de esta información y en efecto tanto el personal como el jefe del Órgano de Control Institucional se encontraban imposibilitados de


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pagos de más de soles”

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“Podemos llegar hasta el control de la gestión que ellos hacen y esa gestión deben hacerla bien”. no existió ningún problema en la oficina. No tenemos facultad para ver más allá o lo que pasó en otras áreas, desconocemos cuál es la realidad; más aún, si no tenemos la información oficial respecto de la presencia de otro fiscal ahí. El OCI ya hizo el pedido a la alcaldesa para que nos informe la presencia y las razones por las cuales el recinto se encontraba cerrado en presencia de personas foráneas. No es tan cierto que el fiscal o nosotros teníamos que haber hecho algo más o haber evidenciado que había violencia en las otras oficinas y menos aún si existiera pérdida de documentación.

Si el jueves se perdió documentación ¿Intervendría de alguna forma Contraloría? Va a depender. Nosotros podemos identificar responsabilidades civiles, penales o administrativas no solamente por el mal manejo de los recursos sino que también podemos verificar estas responsabilidades en el cuidado de la documentación como tal. Si una documentación estuvo a cargo tuyo y hay un manual que dice que se tiene que salvaguardar y se verifica que no ha sido así se podría identificar una responsabilidad. Eso es lo que vamos a analizar a partir de la información que se nos presente respecto de por qué se dio esa situación anómala.

Evidentemente hubo una vulneración, medio centenar de personas ingresaron a la municipalidad y se atrincheraron…

“Debe ser un caso sui generis, nunca he visto un caso similar” Gerald Flores. ingresar al recinto. Existía una información no confirmada que personas foráneas, extrañas al quehacer institucional estaban dentro del recinto. Eso de por sí genera un riesgo en todo el recinto municipal, no solo en OCI; sin embargo, nosotros no podemos interferir en las labores de las autoridades que están a cargo de la institución como tal, en este caso la señora Mer-

cy y todo su equipo técnico. En salvaguarda de nuestros recursos porque tenemos equipos informáticos, información, documentación que estamos trabajando para nuestros servicios de control, ordenamos verificar si había sido verificada o no nuestra oficina. Por eso nos apersonamos a la fiscalía de prevención y constatamos los hechos. Gracias a Dios se me ha reportado que

“Hemos ordenado al OCI que verifique las causas y los orígenes de este millón de soles que se ha pagado y de lo que se está girando en estos momentos también”.

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Siempre y cuando de esta intervención haya un efecto contrario al patrimonio del Estado o actuación funcional. Debemos separar las cosas, una cosa es el hecho delictivo de irrupción a un recinto público; aun cuando no lleve un efecto patrimonial, eso lo verá la policía, la fiscalía, las razones y la naturaleza de por qué lo hicieron. Si hubiera una afectación al recurso público como tal, pérdida de computadoras, documentos, información clasificada, privilegiada, entonces tenemos que identificar una responsabilidad. Eso es lo que tendríamos que hacer.

Si hubiera un mal manejo, la vigilancia no estuvo acorde o no se ordenó la vigilancia; todo eso también tendríamos que ponerlo por escrito a través de un informe primero alertando para ver qué hace el titular del pliego y en segundo punto de no hacer algo, el informe correspondiente para identificar la responsabilidad.

¿Qué acciones se vienen desde Contraloría? Es una situación muy preocupante y alarmante o que está sucediendo en Yarinacocha producto de este estado sui generis de gobernabilidad. Nosotros mantenemos el mismo estándar que hemos mantenido durante todo el año. Prueba de ello es que hemos alcanzado tanto los informes de acciones simultáneas, visitas preventivas y los de alerta de control. Sobretodo estos últimos que hemos visto en estos pagos que se ha hecho de más de un millón de soles. Más o menos la muestra que hemos tomado de 400 mil soles ya está en manos de la titular del pliego sobre el manejo de cheques, el pago de algunos proveedores a través de cheques cuando la norma lo prohíbe. En otros casos sobre el pago a proveedores sin contar con los expedientes correspondientes. No se ha verificado la existencia de los expedientes. Todo esto está puesto en conocimiento de la titular para que inicie las acciones correspondientes. De no hacerlo, nosotros vamos a identificar la responsabilidad que diera lugar sobre los hechos que hago mención. Hemos ordenado al OCI que verifique las causas y los orígenes de este millón de soles que se ha pagado y de lo que se está girando en estos momentos también. Con eso tomaremos una decisión mayor. Nosotros esperamos que haya una cordura de parte de los que gobiernan la municipalidad, llamar al orden y transparentar lo que están haciendo en aras que estos recursos públicos sean gastados en beneficio de la población. Asimismo tratamos de asegurar que los servicios públicos; principalmente el del recojo de la basura, sea continuo, que no se detenga en virtud de estos cambios que están pasando en Yarinacocha.


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Fernando Fe F ernan rrn na an nd do oG GonzĂĄlez on o nz zĂĄ ĂĄle ez Po P Polar ola lar Hugo H Hu ug go o Alejos Ale lejo jos

ACTUALIDAD

Janet Castagne, abogada, catedrĂĄtica y directora acadĂŠmica de la facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Ucayali.

ara conocer desde la academia, desd e u n ĂĄngulo a p o lĂ­tico y conminado al plano objetivo de la ley, Diario Ă?mpetu entrevistĂł a Janet Castagne, abogada, catedrĂĄtica y directora acadĂŠmica de la facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Ucayali para conocer su anĂĄlisis profesio-

P nal de la situaciĂłn que atraviesa la Municipalidad Distrital de Yarinacocha.

nemos al primer alcalde, el seĂąor Gilberto ArĂŠvalo, que estĂĄ preso. El siguiente, el seĂąor Valera, asumiĂł la alcaldĂ­a, tuvo pendiente Desde el punto de vista legal la credencial del JNE, tuvo proÂżPuede intervenir alguien o blemas por actos de corrupciĂłn. alguna instituciĂłn para dar EntrĂł el seĂąor Rabanal, entrĂł el seĂąor Rony Del ordenamiento y teneu organizaciĂłn “Ante la suspensiĂłn Ă guila mos una Ăşltima a la MDY? que es la seĂąora No, nunca de los demĂĄs alcalMercy MuĂąoz. ha pasado casos des que han estado Todo esto es asĂ­, este es un caso peculiar. (‌) corresponderĂ­a un caso particular, yo creo que La norma es- a la seĂąora Mercy no hemos tenitablece que en do precedente al estos casos ante MuĂąoz asumir la menos en la rela suspensiĂłn alcaldĂ­aâ€?. giĂłn de un caso de los alcaldes o de quienes deberĂ­an asumir una similar. Algo parecido ocurriĂł en administraciĂłn municipal, ante Manantay; pero, esto de Yarinala ausencia del otro por ley co- cocha es mucho mĂĄs grave. rresponde al siguiente regidor en Entonces ÂżContralorĂ­a no pueorden de prelaciĂłn quiĂŠn debe de asumir funciones administrativas? asumir la alcaldĂ­a. No puede. Este es un caso peculiar. Te-

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4 Pucallpa, miĂŠrcoles 24 de octubre de 2018

JANET CASTAGNE, ABOGADA Y CATEDRĂ TICA SOBRE MDY

â&#x20AC;&#x153;No hemos tenido prece de un caso similarâ&#x20AC;? ÂżAlgĂşn otro nivel de gobierno? ÂżAlcaldĂ­a provincial, Gobierno Regional? No, no estĂĄ establecido en la norma que alguna autoridad vaya a entrarâ&#x20AC;Ś Por Estado de Derecho tampoco puede ingresar la policĂ­a o las fuerzas armadasâ&#x20AC;Ś No, justamente el Estado de Derecho es el respeto a las normas que estĂĄn establecidas desde la ConstituciĂłn ante la autonomĂ­a de las municipalidades asĂ­ como tambiĂŠn de los gobiernos regionales; ambos tienen autonomĂ­a y tienen sus normas propias. El Estado de Derecho implica el respeto a estas normas. Todo estĂĄ establecido en la norma y eso es lo que hay que seguir. Si entrarĂ­a otro nivel de gobierno ya estarĂ­amos ante una intromisiĂłn a la autonomĂ­a municipal que definitivamente no debe darse.


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Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

dente Según su criterio ¿A quién le corresponde la alcaldía de Yarinacocha? Ante la suspensión de los demás alcaldes que han estado; sobre todo, el señor Rony Del Águila que tiene una sentencia que se está ejecutoriando. Si bien es cierto está en casación; pero, el Concejo municipal lo ha suspendido. Acá correspondería a la señora Mercy Muñoz asumir la alcaldía. Hoy (ayer) el JNE le retiró la credencial a Rony Del Águila e invitó a asumir la alcaldía al prófugo Guillermo Rabanal ¿Qué pasa con Mercy? ¿Debe salir la credencial de Rabanal antes que la de Mercy? ¿Se podrá saltar este paso? Definitivamente va a tener que saltarse como ocurrió en el caso del señor Valera porque; recordemos, si entra el señor Rabanal inmediatamente sería detenido y estaríamos ante una misma situación y cada vez hay mayor desgobierno. Recordemos también el tema burocrático del Jurado Nacional de Elecciones para entregar las credenciales a los alcaldes entrantes, es un tema muy largo. Recordemos que eso viene de todas las municipalidades del Perú. Supongo que por razones de carga laboral la demora; pero ¿Qué está pasando con los trabajadores que están impagos en la MDY; sobre todo, los de limpieza pública? Está generando un problema de salubridad donde ahí sí podría entrar la Fiscalía de Medio Ambiente a una manera preventiva con la Fiscalía de Prevención del Delito. Acá hay un tema de pago, no es que los funcionarios no puedan pagarle o es que quizá no haya liquidez; pero, de que pueden suscribir los cheques o la forma de pago sí. Pasa que acá hay una costumbre de que el alcalde firme los pagos de los trabajadores. ¿Eso es normal? Eso no es usual, para eso hay competencias que se establece para los gerentes de administración, de logística, de contabilidad, de tesorería; todos ellos tienen sus competencias definidas y no es el alcalde quien tenga que firmar los pagos o acreditar

el tema de los pagos. No sé si quizá esto (impagos) corresponda a un tema de liquidez, el presupuesto quizá ya no haya, no se sabe qué es lo que está pasando y esto le da un cierto miedo a la actual alcaldesa. Quizá no haya instrumentos legales adecuados y su norma esté determinada para que ella autorice. Recordemos que la autonomía municipal determina que cada municipalidad determina su forma de gobierno. La alcaldesa dijo a Diario Ímpetu en entrevista que mientras que ella no tenga credenciales no podría cambiar el registro de firmas de algunos funcionarios ¿Es esto cierto? Se autoriza en Concejo Municipal, el alcalde autoriza las firmas y delega algunas facultades administrativas que tiene; pero, los alcaldes al asumir funciones las toman en su totalidad. En caso de ausencia por viaje de un alcalde en una situación normal, quien lo reemplaza es el teniente alcalde que asume funciones políticas y no adminis-

“El Derecho defiende causas justas; pero, estamos viendo que el Derecho se ha torcido y la justicia cada vez está más ciega (…) más preocupante, dentro de las regiones, es Ucayali con todo lo que ha pasado”. trativas; pero Yarinacocha es un caso distinto, no es que el alcalde esté de viaje y lo están reemplazando. Aquí no hay alcalde y quien está asumiendo de alcalde solamente esperando su credencial es la señora Mercy; entonces, tiene las potestades de cambiar sus funcionarios. ¿Cómo haría para actualizar las firmas si es que no tiene la credencial de alcaldesa? Ahí sí estamos en un problema. ¿Hay un entrampamiento? Sí, un entrampamiento legal porque definitivamente no va a poder. Por eso es que eso la está deteniendo y el temor es lógico. Bueno, ninguna ley se puede preparar para tener cinco alcaldes en cuatro años… Y que en menos de un año cambien como tres. ¿Cómo evalúa la comunidad académica de la UNU el caso Yarinacocha? Soy docente de Derecho Municipal aquí en la Universi-

dad Nacional de Ucayali y ayer (lunes) que tenía clases hemos analizado las competencias del alcalde, cuáles son sus funciones y veíamos este tema y criticaban los alumnos cómo se está dando esta coyuntura política que está generando un gran retraso a nuestra población. Lamentablemente el pueblo no ha sabido elegir correctamente, son cuatro años que no hemos avanzado en todos los aspectos, la desnutrición infantil, la seguridad, la limpieza, hemos visto las obras en Manantay, en Yarinacocha, todo esto ha generado gran atraso. Esperemos que actualmente con la nueva perspectiva tengamos una nueva esperanza para poder encaminar nuevamente el rumbo del desarrollo en la región y en sus distritos. La comunidad académica, la facultad de derecho está realmente preocupada con este tema. Como docente estamos haciendo una investigación sobre el servicio que brindan las municipalidades, centrándonos en la de Coronel Portillo; porque ha sido, dentro de todo, el mal menor, un poco más ordenada. Le pregunto cómo catedrática ¿Dónde queda la ética de estos abogados que hacen y deshacen en nombre del derecho? ¿Dónde queda el profesionalismo de los abogados que instruyen en cómo seguir generando este caos en Yarinacocha? ¿La profesión está para eso? ¿El derecho está para eso? No, el derecho defiende causas justas; pero, estamos viendo que el derecho se ha torcido y la justicia cada vez está más ciega; desde los ámbitos nacionales en el país, terminando en los gobiernos locales. El tema más preocupante dentro de las regiones es Ucayali con todo lo que ha pasado. La ética de los abogados que muchas veces están prestándose a ver la materia económica y no el servicio que se debe dar a la población. Nosotros en la facultad de derecho tenemos asignaturas destinadas a fortalecer la calidad de profesionales que sacamos al mercado. Esto es porque el profesional del derecho está para servir. El sentido del profesional del derecho está para servir y luchar porque la justicia sea encaminada adecuadamente y esto es todo un engranaje. No solamente hablamos de administración de justicia por el ámbito jurisdiccional; sino, en el lado de las entidades públicas donde el abogado está para brindar sus conocimientos legales; pero, sobre todo el conocimiento del derecho para servir a la población.

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“Acá correspondería a la señora Mercy Muñoz asumir la alcaldía” : Dra. Castagne.

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CONCURSAN PROYECTOS DE BUENAS PRÁCTICAS E INNOVACIÓN DOCENTE

Entregan equipos para detección temprana de VIH/ SIDA, TBC y Hepatitis

Hasta el 27 de octubre Derrama Magisterial recibe obras para participar en premio Horacio Zeballos

Con el objetivo de mejorar la atención a los pacientes con VIH/SIDA, TBC Y Hepatitis, Pathfinder Internacional, el Ministerio de Salud entregaron equipos GeneXpert para la detección rápida de estas enfermedades. En presencia del gobernador regional de Ucayali, Manuel Gambini Rupay, participó el vicegobernador, Mariano Rebaza Alfaro en donde presidió la ceremonia de la implementación de equipos en el Hospital Regional de Pucallpa. Al respecto, Mariano Rebaza Alfaro indicó que con el apoyo de la Cooperación Técnica Internacional de la Salud agilizará el proceso de detección. “Estamos muy agradecidos porque se implementará el laboratorio del Hospital de Pucallpa y los resultados de se tendrán en tan sólo una hora y media” Los equipos valorizados a más de 32 mil dólares

Los maestros interesados en participar en el XXVII Premio Horacio Zeballos Gámez podrán presentar sus obras hasta el 27 de octubre, informó la entidad organizadora Derrama Magisterial. El concurso está dirigido a todos los maestros de educación básica, y superior no universitaria, nombrados, contratados, y cesantes del sector estatal. Este año pone énfasis en calificar temas creativos e innovadores, que valoran el trabajo personal o grupal del maestro, y aportan al desarrollo de la escuela y la profesión docente, así como las buenas prácticas docentes. Las seis áreas en las que pueden concursar los docentes son: Proyecto de gestión educativa en la institución educativa, Buenas prácticas docentes en tutoría y convivencia escolar, Artículo científico-pedagógico, Diseño y ejecución de una sesión de aprendizaje, Proyectos de producción de textos literarios, y Pintura. Los premios en cada área temática son de 10 mil soles para

Al respeto, la coordinadora Nacional de la Estrategia Sanitaria de Prevención y Control de Infecciones de Transmisiones Sexual VIH/ SIDA del Ministerio de Salud, Patricia Segura Márquez dijo que la entrega de los equipos forma parte de un Plan de

Descentralización de pruebas de alta complejidad para el fortalecimiento de los equipos regionales y locales “Estos equipos harán el diagnóstico preciso además de la tuberculosis y la medición de carga viral para la detección de VIH/ SIDA”.

los primeros puestos. Al segundo lugar le corresponderá 5 mil soles, y al tercer lugar 3,000 soles. Habrá tres menciones honrosas por área. Todos los participantes recibirán un certificado de producción intelectual. La fecha de recepción de obras es hasta el 27 de octubre en la sede de Derrama Magisterial de DM Cultura (Jr. Sánchez Carrión 441 Magdalena del Mar, altura cuadra 8, Av. Javier Prado Oeste) y en las agencias de Lima, Callao y oficinas de Derrama Magisterial a nivel nacional. Desde el año 1990 este pre-

mio continúa estimulando y promoviendo la innovación, la investigación pedagógica, la creación literaria y el arte en el magisterio nacional, comentó la Prof. Esther Taco Bellido, Presidenta de la Comisión Organizadora del concurso, y Vicepresidenta del Directorio de Derrama Magisterial. El 30 de noviembre se publicará la relación de ganadores y la ceremonia de premiación se realizará el 14 de diciembre, a las 7.00 pm en el auditorio de la sede central de Derrama Magisterial. Las bases del concurso están publicadas en www.derrama.org.pe

EDICTO

En el Segundo Juzgado Civil de la Provincia de Coronel Portillo, que despacha el señor Juez GONZALES CHAVEZ ROBERTO, y la Secretaria que autoriza, en el Expediente N° 005012016-0-2402-JR-CI-02, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, se dispuso que se notifique con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: ONCE Callería, catorce de setiembre del año dos mil dieciocho.III.- DECISIÓN Por la naturaleza de la pretensión demandada, los dispositivos legales precitados y el artículo 128° del Código Procesal Civil; SE DISPONE: PRIMERO: ADMITIR la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN INMUEBLE interpuesta por SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA INDUSTRIAL MARTIN S.A.C. contra la SUCESIÓN DE ENRIQUE RUIZ CUMAPA, peticionando lo siguiente: Se le declare propietario por prescripción adquisitiva respecto del bien inmueble ubicado en el Lote 1 de la Manzana 261 del distrito de Calleria de la provincia de Coronel Portillo del Departamento de Ucayali, inscrito en la partida electrónica N° 19176 de la Zona Registral N° VI-Sede Pucallpa, con las siguientes medidas perimétricas: • Por el frente 14.00 ML. • Por el lado derecho 29.75 ML. • Por el lado izquierdo 29.81 ML. • Por el fondo 14.00 ML. SEGUNDO: Téngase por ofrecido los medios probatorios y agréguese al expediente los anexos que adjuntan. TERCERO: Tramítese el presente proceso en la vía procedimental ABREVIADO de conformidad con el artículo 491 del código Procesal Civil. CUARTO: NOTIFIOUESE mediante EDICTO a la SUCESIÓN DE ENRIQUE RUIZ CUMAPA con un extracto del auto-admisorio de la demanda y la presente, resolución, para que cumplan con apersonarse a esta instancia, dentro del plazo de CUARENTA y CINCO DIAS HÁBILES, contestando la demanda y ofreciendo las pruebas que correspondan, bajo apercibimiento de nombrarse CUARADOR PROCESAL, ello de conformidad con lo establecido en artículo 492 del código procesal Civil. QUINTO: Así mismo CUMPLA la demandante con hacer las respectivas PUBLICACIONES en el diario de mayor circulación de esta ciudad “Ímpetu” y en el diario oficial “El Peruano” respecto a un extracto del auto-admisorio de la demanda, la cual se publicara por tres veces, con intervalo de tres días, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 506° del Código Procesal Civil. SEXTO: Sin perjuicio de lo dispuesto, NOTIFÍQUESE en el domicilio de ENRIQUE RUIZ CUMAPA señalado en su ficha RENIEC, sito: URBANIZACIÓN HEROES DEL CENEPA DE LA LOZALIDAD DE SAN FERNANDO - Distrito de Manantay SÉPTIMO: NOTIFIQUESE a los colindantes del predio materia de sub litis: ANGEL SEVERO ROMERO Y LILI FLORES GARCIA. OCTAVO: Asimismo, sin perjuicio a lo dispuesto, REMITASE copias de los actuados al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, habiéndose advertido la Partida de Defunción del demandado ENRIQUE RUIZ CUMAPA. NOVENO: AL ÚNICO OTROSÍ: Téngase por SUBROGADO al anterior letrado y por DESIGNADO al Abogado Tito José Carlos Cesar Romero Chávez. Téngase presente la CASILLA ELECTRÓNICA N° 71402 Y el domicilio procesal en el Jr. Arica N° 538 - Callería, los mismos que deben observarse al realizar la notificación bajo responsabilidad funcional. (Fdo. Juez Dr. Roberto Carlos Gonzales Chavez y el Secretario Judicial Brenda Sharon Gonzales Tiburcio). ¼ de pag/15,19,24/b1766


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ACTUALIDAD

IMPETU.pe

POR LA SEMANA DE LA INCLUSIÓN SOCIAL

ALCOHÓLICOS ANÓNIMOS HACEN LABOR HACE 22 AÑOS

Feria de Productores el viernes y sábado

El alcoholismo es una enfermedad progresiva y mortal

I

La Dirección Regional de Agricultura de Ucayali (DRAU) y sus aliados de las cadenas productivas participarán en la Feria de Productores, actividad comprendida la VII Semana de la Inclusión Social “Conectando Futuros: Juventudes por el desarrollo de la Inclusión Social”, que organiza el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES). Así lo expresó el titular regional de Agricultura, Isaac Huamán Pérez, tras la reunión con el jefe zonal de FONCODES, Raúl Montero Reyes, asegurando que productos emblemáticos como el café, cacao y camu camu participarán en el evento. Esta feria se desarrollará el viernes 26 y sábado 27 de octubre a las 8:30 de la mañana frente a la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. En este mismo marco, de la VII Semana de la Inclusión Social,

el MIDIS viene desarrollando en la ciudad de Iquitos el II PAN-Amazónico de protección social. Con el fin de promover el aprendizaje y el intercambio de proyectos y experiencias internacionales sobre políticas e instrumentos de protección social para las poblaciones más vulnerables de la Amazonía. En este foro participa la subgerente de la juventud Poblaciones Vulnerables y Proyectos Sociales, Cecilia Chujutalli Mego. Este evento reúne a importantes funcionarios de Ministerios de Desarrollo Social de los países de Brasil, Ecuador, Colombia y Bolivia. En temas sobre políticas y programas adecuados para la población de la Amazonía, velar por los intereses de las poblaciones vulnerables y el reto es ahora la implementación adecuada de las mismas y cerrar las brechas. ALI RODRIGUEZ SH.

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 00165-2018-0-2402-JM-CI-01; seguido por SINDULFO MELQUIADES MALLQUE ALVARADO, contra SILVER RUDYAR SANDOVAL GARCÍA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Inmueble inscrito en la Partida N° 00020029 del Registro de Predios de la SUNARP - ZONA REGISTRAL N° VI), tramitado ante el JUZGADO MIXTO DE YARINACOCHA, que despacha el señor Juez Titular, CARLOS ENRIQUE DIAZ HERBOSO y secretario judicial Alain Luján Peña, se ha resuelto lo siguiente: (Extracto) RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS Yarinacocha, cinco de octubre de dos mil dieciocho.AUTOS y VISTOS; ( ... ) Y ATENDIENDO: ( ... ) SE RESUELVE: A.- ADMITIR a trámite la demanda instaurada por SINDULFO MELQUIADES MALLQUE ALVARADO, contra SILVER RUDYAR SANDOVAL GARCÍA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO; tramitándose en la vía del proceso ABREVIADO; en consecuencia: B.- CÓRRASE TRASLADO al demandado, por el plazo de DIEZ DIAS a fin de que comparezca al proceso y absuelva la misma, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde; para cuyo efecto notifíquesele y a los colindantes con las formalidades de ley. C.- PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en los Diarios “El Peruano” y el diario judicial “ímpetu” de la región, debiendo el demandante prestar las facilidades del caso para el cabal cumplimiento de lo ordenado en la presente resolución. Notifíquese.Yarinacocha, 05 de octubre de 2018

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gnacio R. coordinador del grupo “Aquí está mi salvación” de la comunidad Alcohólicos Anónimos Ucayali, indica que años atrás padeció la enfermedad del alcoholismo, que estaba acabando con su vida y la de su familia; pero un día recibió apoyo y logró superarlo. “No podía dejar de beber, lo intenté dejar en muchos lugares más con resultados negativos, cada vez mi situación era peor y mi familia sufría, mis hijos pasaban necesidades. El alcoholismo es una enfermedad progresiva y mortal”, precisa. Señaló que todos en su entorno sufrían, porque él no podía dejar de ‘beber’, “en algún momento pensé que me moriría bebiendo, todos habían perdido la esperanza y fe en que dejaría el licor; llegué al extremo de intentar suicidarme”, relata. Pero resalta que un día, pese a todo pronóstico leyó el aviso en un periódico, este era sobre la ayuda que brindaba la comunidad Alcohólicos Anónimos, a las personas que querían dejar de beber, sobre

todo que era gratuito y confidencial. “Incrédulo asistí a las reuniones y desde aquel día que pasaron muchos años y no volví a beber hasta el día de hoy; mi vida ha cambiado y mi familia está unida y feliz porque aprendí a vivir sin alcohol”, resalta sobre el apoyo que recibió y hoy es líder. En este contexto, refiere que quiere ayudar a otras personas que padecen de esta enfermedad a recuperarse. En

el marco del 22 aniversario de la comunidad de A.A invita a la población a participar de algunas actividades que están organizando. “Hoy 24 estamos de aniversario e invitamos a la población en general a participar, la ceremonia se realizará en el local del Sport Loreto ubicado en el jr. Atahualpa 400- Callería a las 7 pm queremos recordar que se puede superar esta enfermedad”, finalizó. ALI RODRIGUEZ SH.

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A PUERTAS DE SU TERCER ANIVERSARIO

Comerciantes ‘excedentes’ demandan apoyo a la MPCP Los comerciantes llamados excedentes, ubicados en la urbanización municipal, demandan a la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo (MPCP) más apoyo para salir adelante; señalan que los dejaron abandonados luego que los sacaran del exmercado Bellavista. Representantes del Emporio de la Asociación de Comerciantes Mayoristas Activos indicaron que los funcionarios de la municipalidad simplemente “los botaron” al lugar que ocupan hoy y para la entidad edil es “como si no existiesen”; es así que no cuentan con los servicios básicos. Pese a estas adversidades, en “buenas y malas” perseveran en sus venta; además invitan a los ambulantes que quieran un puesto de venta, acercarse a la asociación ya que hay muchos puestos libres y no cobran ingresos, solo que quieran trabajar. Invitó a la población además a participar de su tercer aniversario que será el 28 de este mes, donde realizarán varias actividades. Cabe precisar que estos comerciantes están ubicados en el sector del mercado mayorista, minorista y terminal terrestre. ALI RODRIGUEZ SH.


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OPINIÓN/ACTUALIDAD

IMPETU.pe

FUNDADOR:: Fernando Sánchez Vela DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo EDITORA GENERAL: Yris Silva Orbegoso FUNDADOR EDITOR GRÁFICO: Carlos Kukurelo Corilloclla JEFE DE INFORMACIONES: Javier Medina Dávila GERENTE DE DISTRIBUCIÓN: Lila Sánchez Rengifo Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2012-00034 Contenido elaborado por: Empresa Periodística Editorial de la Amazonía SAC Jirón Nueve de Diciembre 599 Teléfono (61) 573443 Los artículos firmados son de absoluta responsabilidad de sus autores

SE DICE EN LOS MEDIOS

Competitividad en el Perú 2018 POR: CARLOS PARODI

Hace unos días, el Foro Económico Mundial publicó su Reporte Global de Competitividad. De 140 países ordenados de más a menos competitivos, Chile es el latinoamericano mejor ubicado, en el puesto 33. Perú está en el 63. Los rubros en los que peor estamos son la adopción de tecnologías (94 de 140), marco institucional (90), dinamismo de los negocios (92) y capacidad de innovación (89). Si entramos al detalle, en crimen organizado nos ubicamos en el lugar 129, en tasa de homicidios por mil habitantes 107, confiabilidad en la Policía 136, 115 en independencia del Poder Judicial, 136 en la eficiencia del marco legal para resolución de disputas, 117 en respeto a los derechos de propiedad y 121 en la protección de la propiedad intelectual. En educación, estamos en el lugar 124 en entrenamiento y capacitación de docentes, 111 en capacidades digitales de la población y 106 en la facilidad de hallar personal capacitado. Necesitamos acelerar la creación de empresas para aumentar el empleo, pero en el costo de iniciar un negocio estamos en el lugar 78, 113 en el número de días que tardan los trámites para poner una empresa, 108 en el crecimiento de compañías de innovación y 106 en la inversión en investigación y desarrollo. Ninguna de las variables mencionadas son las macroeconómicas. El reporte solo analiza a dos: el manejo de la inflación y la dinámica de la deuda pública. En ambas estamos en el puesto 1 (ha leído bien). La conclusión es clara: manejamos razonablemente bien el entorno macroeconómico, pero, a riesgo de exagerar, nada más. Sin una reforma institucional y una mejora en cómo funciona el Estado, no será posible que la buena macroeconomía se refleje en una mejor calidad de vida del ciudadano de a pie. Tomado de Perú21

Qué nos pasa

Impreso en Imprenta Impetu Editorial SRL Avenida Centenario 281 Teléfono (61) 575767 www.impetu.pe redaccion@diarioimpetu.com diario_impetu@hotmail.com

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN Y AUTORIDADES

Trabajan para que entre en funcionamiento UGEL de Tahuanía y Yurúa

E

l director regional de Educación de Ucayali, Mauro Guerra Chacón, se reunió con el alcalde del distrito de Yurúa, Javier Del Águila Pezo y el alcalde del distrito de Tahuanía, James Ríos Bernal, con la finalidad de poner en funcionamiento la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL de Tahuanía y Yurúa. Considerando la gran dispersión existente en las zonas rurales de la región Ucayali, se está trabajando con las autoridades y con la población, con el objetivo de socializar los beneficios que tendrán los maestros y padres de familia, quienes tendrán las facilidades en la mejora de su economía y tiempo para realizar sus gestiones, debido a la cercanía entre ambos distritos. Con el funcionamiento de la UGEL en estas jurisdicciones, se logrará distribuir la carga documentaria y de procesos que se realizan actualmente en la UGEL de

Así se logrará distribuir la carga documentaria y de procesos que se realizan en la UGEL de Coronel Portillo. Coronel Portillo. En este proceso para el funcionamiento de la UGEL Tahuanía, Yurúa, se están gestionando los trámites ante el Ministerio de Educa-

ción y el Gobierno Regional de Ucayali. Del mismo modo; tanto las autoridades educativas como los alcaldes distritales, expresaron su total

conformidad y compromiso para continuar apoyando en todo lo que se requiere para poner en funcionamiento la UGEL Tahuanía, Yurúa. SHIRLEY VELA

EN INSTITUCIÓN EDUCATIVA AURISTELA DÁVILA

Padres de familia toman colegio por dejar fuera a sus hijos Padres de familia de la institución educativa primaria N° 65002 Auristela Dávila Zevallos, ayer por la tarde protestaron contra la directora ante una pretendida toma del plantel educativo, a la docente le acusan también de favorecer la privatización de la escuela. El motivo de su molestia fue encontrar a sus hijos en la calle antes de la hora de salida, situación que generó reclamos y protestas contra Lidia Acuña Torres, contra ella siempre están presentando quejas desde inicio del año escolar. Según denunciaron los preocupados padres de fa-

milia ante el WhatsApp de Ímpetu, las molestias son recurrentes, también compartieron imágenes de la protesta. “Hoy (ayer) hubo una toma en el colegio Auristela por parte de la directora, quien dejó a los alumnos fuera de la institución antes que les recogiéramos los padres de familia, esto lo hizo porque quiere imponer y manejar directamente la APAFA y porque este colegio está considerado para ser modelo de privatización”, nos escribió el padre de familia. En ese sentido, informó que horas de la mañana de

Informaron que hoy irán a la UGEL a protestar por los derechos de sus hijos. hoy, un grupo de padres de familia acudirá a la UGEL de Coronel Portillo para

interponer queja contra la directora. SHIRLEY VELA


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ACTUALIDAD

“Trabajamos en mejorar la educación superior pública”, afirmó el presidente Vizcarra

Al inaugurar nueva infraestructura en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, jefe de Estado ratificó que luchará contra la corrupción hasta el final de su mandato. El compromiso y prioridad del gobierno de trabajar en fortalecer y mejorar la educación en todos los niveles que se traducirá en un verdadero progreso y desarrollo del país, ratificó esta tarde el presidente de la República, Martín Vizcarra, tras participar en la inauguración de los laboratorios y la clínica de la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. El jefe de Estado adelantó que se trabajará de manera conjunta con los rectores y autoridades universitarias para trazar una estrategia común que beneficie a los estudian-

tes y potencie la educación pública. “Sé de las deficiencias que existen aún, pero estamos comprometidos, les aseguro que gradual y progresivamente vamos a mejorar la condición de las universidades públicas”, enfatizó. Asimismo, adelantó que se fortalecerá el alcance del programa Beca 18, que ofrece apoyo educativo a jóvenes con escasos recursos y tiene como objetivo la igualdad en el acceso a la educación superior. Posteriormente, durante el lanzamiento de las conferencias Triple Hélice de la

UNMSM, Vizcarra Cornejo recordó que el país enfrenta un grave problema de corrupción. Por ello, su Gobierno se ha propuesto luchar frontalmente contra este mal con el propósito de impulsar el crecimiento del país. “Como presidente de la República, no me voy a cansar hasta el último día de mi gestión de destacar: Todos tenemos que desterrar la corrupción. Ningún esfuerzo va a tener resultados en una sociedad corrupta, porque la sociedad como tal, no es corrupta”, aseveró. En ese sentido, indicó que para este esfuerzo, la lucha an-

ticorrupción se tiene que realizar desde dentro y en todos los poderes e instituciones. “Necesitamos el compromiso de los estudiantes, (de la sociedad) y esto va a traducirse en un verdadero cambio en nuestra sociedad”, agregó. Ante esta situación y para lograr un mayor crecimiento de la economía peruana, el jefe de Estado remarcó que se promoverán las inversiones y a la vez se pondrá énfasis en la lucha contra este mal. “El crecimiento económico es el medio por el cual vamos a lograr el objetivo de mejorar la calidad de vida de los peruanos”, precisó.

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MINISTRO TRUJILLO ANUNCIA QUE PLAZO ES DE CUATRO AÑOS

MTC entregará terrenos este año para iniciar ampliación de aeropuerto Jorge Chávez

El ministro de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo, anunció que su sector entregará este año los terrenos solicitados por la concesionaria Lima Airport Partners (LAP) para que se inicien las obras de ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. “Este año vamos a resolver ese tema, entregaremos los terrenos y se iniciará la construcción del nuevo terminal aéreo y la pista 2 del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”, manifestó. “Venimos trabajando arduamente en este tema de resolver los problemas que aún persisten en relación a la entrega de los

terrenos al concesionario LAP para que inicie la construcción del aeropuerto”, dijo Edmer Trujillo a la Agencia Andina. Sostuvo que la población puede tener la seguridad de que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) está cerrando el acuerdo referido a los terrenos y este año debe tener resuelto el tema. “La entrega del terreno pone en marcha los plazos de cuatro años para terminar de construir la segunda pista y el nuevo terminal aéreo, además de la integración y el funcionamiento simultáneo de las dos pistas”, afirmó.


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ACTUALIDAD

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TRAS FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

ORDEN PROVIENE DE JUZGADO DE CHANCHAMAYO

Médico recibirá cuantioso Detienen a ingeniero por pago por bonificaciones omisión a la asistencia familiar El Pleno del Tribunal Constitucional, integrado por los jueces Blume Fortini, Miranda Canales, Ramos Núñez, Sardón de Taboada y Ledesma Narváez, resolvió declarar fundado el recurso de agravio constitucional interpuesto por el médico y excandidato a la vicegobernación regional, Raúl Baltazar Figueroa Tenorio en contra del Hospital Regional de Pucallpa. La sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, declaró fundada en parte la demanda de cumplimiento, por haberse vulnerado el derecho a la eficacia de los actos administrativos al haberse comprobado la renuencia del representante del Hospital Regional de Pucallpa al cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Directoral 340-2013-DHRP-UP, de fecha 13 de

septiembre de 2013. El pleno consideró que en este caso se cumple con el requisito especial de procedencia, por cuanto a la carta presentada el 21 de enero de 2014, en virtud de la cual el recurrente, Figueroa Tenorio exige al demandado, Hospital Regional de Pucallpa el cumplimiento de la mencionada resolución administrativa, no habiendo obtenido respuesta. En tal sentido el Hospital Regional de Pucallpa deberá pagar al médico la suma de 379 mil 784. 61 soles, más el pago de intereses moratorios y compensatorios por concepto de bonificación diferencial, que pese a existir una sentencia que ordenaba el cumplimiento del pago, hasta la fecha no se hacía efectivo, contemplada en dicha resolución. BLANCA IZQUIERDO

Sentencia resuelta a favor del médico.

Agentes policiales llegaron hasta las instalaciones de la Municipalidad Distrital de Manantay, con orden de tención en mano contra César Augusto Vílchez García de 53 años, quien al verlos en su oficina se imaginaba, la presencia de los efectivos de la comisaría de San Fernando. El profesional es residente de obras de pavimentación que ejecuta la entidad edil y se encontraba solicitado por la justicia por el presunto delito de Omisión a la Asistencia Familiar. Al momento de su detención Vílchez García, se encontraba en una reunión y tras escuchar a los agentes no le quedó más que seguir el procedimiento policial y sin oponer resistencia fue conducido a estación policial. Vílchez se encontraba buscado el Juzgado Penal de Chanchamayo región Junín, fue derivado al Instituto de Medicina Legal para someterse a su reconocimiento médico y permanecerá en la carceleta del Poder Judicial hasta que sea trasladado al juzgado que lo solicita. CEYMO RENGIFO

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EDICTO

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 00519-2018-0-2402-JR-CI-01; seguido por INMOBILIARI SERGIO PQ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABLIDAD LIMITADA- SERGIO PQ EIRL, contra AENTAMIENTO HUMANO 5 DE AGOSTO REPRESENTADO POR SU ACTUAL PRESIDENTE MRIA DOMINGUEZ MARTINEZ sobre REINVIDICACION en la vía del proceso de CONOCIMIENTO tramitado ante el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE CORONEL PORTILLO, que despacha el Señor Juez, Doctor CARLOS ALBERTO BALLARDO JAPAN Y secretaria judicial DIANA GIOVANA MALPARTIDA LASTRA, se ha resuelto lo siguiente : RESOLUCION NUMERO DOS Pucallpa, Nueve de agosto. Del dos mil dieciocho.Por estos fundamentos, SE RESUELVE: A.ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por INMOBILIARIA SERGIO PQ EIRL, debidamente representado por EDGAR RIVERA LAURENTE, teniendo como pretensión principal la reivindicación de dominio del inmueble ubicado en la Carretera Federico Basadre Kilometro 9.00 margen izquierda con un área de 4 hectáreas 9,150.04 m2 de la parcela “C” distrito de Calleria Provincial de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, inscrita en la Partida Electrónica N° 11104036 de Registro de propiedad inmueble de la zona Registral N° VI – sede Pucallpa. B. Como pretensión accesoria el pago de los costos y costas del proceso. En la vida del PROCESO DE CONOCIMIENTO. C.CORRASE TRASLADO a la demanda ASOCIACION DE MORADORES DEL ASENTAMIENTO HUMANO 5 DE AGOSTO en la persona de su presidente MARIA YSABEL DOMINGUEZ MARTINEZ; por el plazo de TREINTA DIAS a fin de que comparezca al proceso señalen su casilla electrónica y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. D. Respecto a los demandados MORADORES OCUPANTES DEL ASENTAMIENTO HUMANO 5 DE AGOSTO; EMPLACESE vía EDICTOS, para tal efecto. PUBLIQUESE

El segundo Juzgado Civil Especializado en lo Civil de la Provincia de Coronel Portillo, a cargo del Juez Dr. ROBERTO CARLOS GONZALES CHÁVEZ, en el proceso N° 00521-2018-0-2402- JR-CI-02, seguido por LUBE PERÚ S.R.L, contra JARVIS GERRY PEREYRA QUINTANA; por resolución N° 2, se ha dispuesto PUBLICAR vía edicto un extracto del auto admisorio, publicándose lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS Callería, diecisiete de agosto del año dos mil dieciocho.(PARTE PERTINENTE) IMATERIA (…) II. ANÁLISIS (…) III.DECISIÓN: (... ) Primero: ADMITIR la demanda interpuesta por LUBE PERÚ S.R.L., sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, contra JARVIS GERRY PEREYRA QUINTANA, en la vía procedimental de PROCESO ABREVIADO, respecto al bien inmueble: - Ubicado en el Lote N° 4A, de la Manzana 162, del plano regulador de la ciudad de Pucallpa, inscrita en la Partida Electrónica N° 00002263, de la Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa. (…) Cuarto: CUMPLA la demandante con hacer las respectivas PUBLICACIONES en el diario de mayor circulación de esta ciudad “Ímpetu” y en el diario oficial “El Peruano” respecto a un extracto del auto admisorio de la demanda, la cual se publicara por tres veces, con intervalo de tres días, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 506° del Código Procesal Civil..(…) NOTIFIQUESE. S. GONZALES CHAVEZ.Callería, 12 de octubre del 2018.

1/8pag/24,30,6/B1917

1/8PAG/18,24,30/F1203 1/8PAG/24,26,30/F1252

EDICTO

En el Segundo Juzgado Civil de la Provincia de Coronel Portillo, que despacha el señor Juez GONZALES CHAVEZ ROBERTO, y la Secretaria que autoriza, en el Expediente N° 00276- 2018-0-2402-JR-CI-02, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, se dispuso que se notifique con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Callería, treinta de mayo del año dos mil dieciocho.SE RESUELVE: Primero: ADMITIR la demanda interpuesta por CESAR YBERICO COTRINA y JOANY GISEL FLORES LOPEZ DE YBERICO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA contra LUZ ESTELA VASQUEZ LOPEZ y MIGUEL PANAIFO SHUÑA, respecto al bien inmueble sito AA.HH. Municipal Fraternidad Mz. 14 Lt. 07, inscrita en la Partida Electrónica N° P19006204, de la Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa, en la vía procedimental de PROCESO ABREVIADO. Segundo: TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios, los que serán admitidos o rechazados en la audiencia respectiva, agregándose a los autos los anexos presentados. Tercero: CONFERIR TRASLADO de la demanda y anexos, conjuntamente con la presente resolución, a los demandados LUZ ESTELA VASQUEZ LOPEZ y MIGUEL PANAIFO SHUÑA, a fin de que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, comparezcan al proceso contestando la demanda y ofreciendo las pruebas que correspondan, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y continuarse el proceso en rebeldía. Cuarto; Así mismo CUMPLAN los demandante con hacer las respectivas PUBLICACIONES en el diario de mayor circulación de esta ciudad “Ímpetu” y en el diario oficial “El Peruano” respecto a un extracto del auto admisorio de la demanda, la cual se publicara por tres veces; con intervalo de tres días, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 506° del Código Procesal Civil. Quinto: Notifíquese a los colindantes del predio materia de sub litis.- (Fdo. Juez Dr. Roberto Gonzales Chavez y la Secretaria Judicial Brenda Sharon Gonzales Tiburcio).


ACTUALIDAD

Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

Por imprecisiones juez devuelve Declaran reo contumaz caso de pornografía infantil a fiscal a agresor de su pareja En plena audiencia de control, la juez Melina Díaz Acosta, advirtió que el Ministerio Público, tenía una serie de imprecisiones para presentar un caso por presunto delito de pornografía infantil y decidió en el acto devolver al fiscal para que en un plazo de cinco días reformule la presentación. Se trata de Jean Pier Charles Putapaña, a quien el Ministerio Pública busca que le inicien proceso judicial por presunto delito de pornografía infantil, al difundir videos con contenido pornográfico en las redes sociales. La Juez realizó observaciones y preguntó cómo es que la fiscalía establecía que Putapaña, había realizado ta-

les actos. Cuando el fiscal no fue convincente en su respuesta, la magistrada suspendió la audiencia. Por su parte la defensa del presunto implicado ya presentó un pedido de sobreseimiento que la Juez tendrá que resolver en la próxima audiencia. TONY REATEGUI.

RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO EDICTO MATRIMONIAL

Hago saber que don: Mayer Villacrez Brunner, de: 40 años de edad, Estado Civil: soltero, Ocupación: empleado, Natural de: Pucallpa – Ucayali, Nacionalidad: Peruana, Domiciliado en: Jr. Augusto B. Leguía N° 451, Doña: Rosmery Carmen Ruiz Perez, De: 36 Años de edad, Estado Civil: soltera, Ocupación: empleada, Natural de: Masisea – Ucayali, Nacionalidad: Peruana, Domiciliada en: Jirón Antonio Maya de Brito N° 426. Pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, los que conozcan causales de impedimento, podrán denunciar conforme a Ley.

Por ante la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, la recurrente: JUAN CARLOS CALAMPA LOZANO; presentó una solicitud de Rectificación Administrativa de la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 1641 del AÑO: 1991 Perteneciente a: JUAN CARLOS CALAMPA LOZANO, acogiéndose a la Ley N° 26497 O.S. 015-98- PCM-01-415-GRC/032, en el sentido que se rectifique el ERROR existente en el NOMBRE de la MADRE del TITULAR, DICE. IRMA LOZANO VIENA.- DEBIENDO SE~ LO CORRECTO: YRMA LOZANO VIENA.- Lo que se publica conforme a Ley. Pucallpa, 09 de OCTUBRE del 2018 NANCY CORCINO PAREDES JEFE DE LA OFICINA DE REGISTROS DEL ESTADO CIVIL

Pucallpa, 24 de Setiembre de 2018 Nancy Corcino Paredes. Jefe de Registro Civil

3M/24/B1927

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Juez no cree acusación de agresión contra su pareja

El Segundo Juzgado Unipersonal de Coronel Portillo, a cargo de Dilmer Iván Meza Conislla, declaró reo contumaz y emitió los boletines de ubicación y captura en contra de Andy Rayer Medina Salazar, procesado por el presunto delito de lesiones leves en agravio de su ex pareja. El Ministerio Público, planteó cuatro años y seis meses de prisión que puede ser efectiva, en caso no se acoja a una terminación anticipada. El magistrado detalló que en anteriores audiencias el imputado acudía con un abogado particular y que este lo abandonó. El magistrado le pidió que nombrara un nuevo abogado para que se haga car-

go de su defensa y como no lo hizo, el magistrado ofició a la Defensoría Pública, para que designe un defensor. Ayer, la defensa pública designó a Carola Villacorta Matamoros, quien no hizo observación alguna para que el imputado Andy Salazar Medina, sea declarado reo contumaz. TONY REATEGUI

Debido a que el Ministerio Público no acreditó de manera fehaciente que un sujeto agredió a su pareja, el juez David Alfred Panduro Saldaña, del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró improcedente la incoación a proceso inmediato, contra Roger Bardales Romayna. Además precisó que el Ministerio Público no acreditó la agresión psicológica, aunque estuvo acreditada las lesiones contra Linda Víctor Cruz. Sin embargo, la fiscalía no logró establecer que Roger Bardales haya sido el agresor. El magistrado, precisó

que Bardales Romayna, negó ser el autor de las lesiones, sin embargo, señaló que pudo ser un argumento no creíble de su propia defensa. En todo caso, se precisó que el Ministerio Público deberá establecer con precisión al momento de presentar un caso para ser judicializado. TONY REATEGUI.

PERDIDA DE DOCUMENTO

MUNICIPALIDAD DISTITAL DE MANANTAY EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don: Gerald Gonzales Palla, de: 20 años de edad, Estado Civil: soltero, Ocupación: Independiente, Natural de: Ucayali – Coronel Portillo – Calleria, Nacionalidad: Peruana, Domiciliado en: Psje. Edwin Vásquez López Mz. K Lot. 8 – AA.HH 25 de Marzo - Manantay, Y Doña: Ruth Karina Silvano Muñoz, De: 18 Años de edad, Estado Civil: soltera, Ocupación: independiente, Natural de: San Martin – Moyobamba - Calzada, Nacionalidad: Peruana, Domiciliada en: Psje. Edwin Vásquez López Mz. K Lot. 8 – AA.HH 25 de Marzo - Manantay, Lugar de celebración: Municipalidad Distrital de Manantay. Pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad de Mananta, los que conozcan causales de impedimento, podrán denunciar conforme a Ley. Manantay, 23 de octubre de 2018 Abog. Carmen Loui Vásquez Siu de Gonzales Jefe de Registro Civil.

AVISO SUCESIÓN INTESTADA: ANTE MÍ, OVIDIO TELADA HUAMÁN, ABOGADO - NOTARIO DE PUCALLPA, OFICINA JIRÓN PROGRESO, MANZANA 109, LOTE 10-C, CALLERÍA - UCAYALI (FRENTE SUNARP PUCALLPA); BERITA DIAZ FASABI, SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA QUE VIDA FUERA MADRE ISABEL FASABI ANDRADE, FALLECIDA AB INTESTADA: 29:0CTUBRE: 2005, EN DISTRITO CALLERÍA - UCAYALI Y SEÑALANDO ÚLTIMO DOMICILIO HABITUAL JIRÓN AGUSTÍN CAUPER 327 (AHORA LOTE 01, MANZANA 126),’ LOTIZACIÓN PUCALLPA, DISTRITO CALLERÍA, PROVINCIA CORONEL PORTILLO Y REGIÓN UCAYALI Y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE PUBLICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN DERECHOS LOS HAGAN VALER EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LEY. ================ === PUCALLPA, 22 DE OCTUBRE DEL 2,018. ================= DR.OVIDIO TELADA HUAMAN ABOGADO – NOTARIO DE PUCALLPA.

AVISO SUCESION INTESTADA ANTE MÍ, OVIDIO TELADA HUAMÁN, ABOGADO - NOTARIO DE PUCALLPA, OFICINA JIRÓN PROGRESO, MANZANA 109, LOTE 10-C, CALLERÍA - UCAYALI (FRENTE SUNARP PUCALLPA); EDER JAIME BEDOYA SERNA, SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA QUE VIDA FUERA PADRE GROVER BEDOYA RUIZ, FALLECIDO AB INTESTADO: 08: NOVIEMBRE: 2,007, EN HOSPITAL REGIONAL PUCALLPA, DISTRITO CALLERÍA - UCAYALI y SEÑALANDO ÚLTIMO DOMICILIO HABITUAL ASENTAMIENTO HUMANO SAN FERNANDO, MANZANA 42, LOTE 14A, DISTRITO MANANTAY, PROVINCIA CORONEL PORTILLO Y REGIÓN UCAYALI y DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE PUBLICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN DERECHOS LOS HAGAN VALER EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LEY. ======== === PUCALLPA, 23 DE OCTUBRE DEL 2,018. ================= DR.OVIDIO TELADA HUAMAN ABOGADO – NOTARIO DE PUCALLPA.

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1) ZENY RUIZ BARTRA (27), CON FECHA DE NACIMIENTO 16/07/1991, ESTADO CIVIL: CASADO(A), CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD DNI NRO: 70987142, OCUPACIÓN: PSICOLOGA, DIRECCION: UCAYALL CORONEL PORTILLO / CALLERIA: CONTENIDO SIENDO LA HORA Y FECHA ANOTADAS, SE PRESENTÓ LA DENUNCIANTE, MANIFESTANDO HABER EXTRAVIADO SU DIPLOMA ORIGINAL DE TÍTULO PROFESIONAL DE PSICOLOGIA NRO. 053A17380 EXPEDIDO POR LA UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE; HECHO OCURRIDO, SEGÚN INDICA LA DEPONENTE, EN CIRCUNSTANCIAS QUE SE DESPLAZABA A BORDO DE UN TRIMOVIL POR LA AV. TUPAC/COLONIZACIÓN; LO QUE DENUNCIA ANTE LA PNP PARA LOS FINES DEL CASO. IGOR LUIS SANTOS VILLALTA COMANDNATE PNP COMISARIO SAN FERNANO

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Por su cercanía con Tambomachay se cree que tenga relación con la defensa de esta última ciudadela. Está formada por andenes, escalinatas y hornacinas. Puca-Pucará VLJQL¿FD “fortaleza roja”. Se encuentra ubicada a 6 km de Cusco sobre el camino que conduce hacia el Antisuyo. Su función principal fue la de puesto de control del Camino Inca.

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Pucallpa, miĂŠrcoles 24 de octubre de 2018

CENTRAL

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PARA REFERENDUM

ONPE iniciĂł proceso para elegir a miembros de nuevas mesas de sufragio U

n total de 3 mil 604 mesas de sufragio serĂĄn habilitadas para garantizar las votaciones de los ciudadanos residentes en el extranjero y aquellos jĂłvenes que cumplan mayorĂ­a de edad hasta el mismo dĂ­a del referĂŠndum, es decir, el prĂłximo 9 de diciembre, informĂł la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Con miras a esta consulta popular, el organismo electoral seleccionĂł a los 25 ciudadanos por cada nueva mesa de sufragio,

DEBE SABER De acuerdo al padrĂłn electoral emitido por el Registro Nacional de IdentificaciĂłn y Estado Civil (RENIEC), 906 mil 791 compatriotas que habitan en el extranjero y 92 mil 055 jĂłvenes que cumplan 18 aĂąos hasta el 9 de diciembre, participarĂĄn del referĂŠndum. La ONPE seĂąalĂł que para aquellos electores se habilitarĂĄn 468 mesas de sufragio a nivel nacional y 3 mil 136 en el extranjero.

dando prioridad a los de mayor grado de instrucciĂłn acadĂŠmica, quienes participarĂĄn posteriormente del sorteo para definir a la totalidad de miembros de mesa

del referĂŠndum nacional. Es importante recordar que para la Segunda ElecciĂłn Regional y ReferĂŠndum Nacional se mantendrĂĄn a los mismos miem-

bros de mesa designados en la primera vuelta de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y, asimismo, serĂĄn incorporados los ciudadanos que resulten ele-

gidos en el sorteo 26 del prĂłximo p octubre. de o El jefe de la ONPE, d Manuel Cox, seĂąalĂł que previamente se sortearĂĄ a 21 mil 624 miembros m mesa, de entre titulaent res y suplentes, quienes tambiĂŠn tendrĂĄn la gran resde asegurar ponsabilidad d que las votaciones reflejen la voluntad genuina de los peruanos en las urnas. DespuĂŠs del sorteo de miembros de mesa, se procederĂĄ a la publicaciĂłn provisional de los mismos para la presentaciĂłn de tachas, recurso que pretende evitar dicha responsabilidad por presentar algunas incompatibilidades con la norma electoral establecida. De acuerdo al artĂ­culo 57 de la Ley OrgĂĄnica de Elecciones, se excluirĂĄn del proceso a los personeros de los partidos polĂ­ticos y alianzas electorales, empleados

de los organismos electorales, asĂ­ como a las autoridades polĂ­ticas y los miembros de concejos municipales, integrantes de las Fuerzas Armadas y la PolicĂ­a Nacional, entre otros. Tras resolverse las impugnaciones, la ONPE habilitarĂĄ nuevamente un mĂłdulo de consulta a travĂŠs de www.onpe.gob.pe a fin de que los electores que residen fuera del paĂ­s y, aquellas personas que cumplan 18 aĂąos hasta la fecha mencionada, puedan verificar si fueron seleccionados como miembros de mesa para la jornada electoral del domingo 09 de diciembre. El referĂŠndum nacional serĂĄ usado para consultar a mĂĄs de 24 millones de peruanos sobre la aprobaciĂłn de cuatro reformas constitucionales planteadas por el Ejecutivo: la conformaciĂłn y funciones de la Junta Nacional de Justicia, la regulaciĂłn del financiamiento de organizaciones polĂ­ticas, la no reelecciĂłn inmediata de parlamentarios y el retorno a la bicameralidad del Congreso de la RepĂşblica. Para ello, funcionarĂĄn alrededor de 5 mil 398 locales de votaciĂłn, donde serĂĄn habilitadas 84 mil 559 mesas de sufragio dentro y fuera del territorio nacional.

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CENTRAL

Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

SE TRATA DE LAS PRIMERAS 4 OFICIALIZADAS ANTE LA ODPE

JNE realizó audiencia sobre apelación en elección municipal en Nueva Requena .Hasta la fecha, un total de 4 actas observadas, resueltas dentro de los plazos de ley por parte del Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo y remitidas en su momento a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales ODPE de esta provincia han sido apeladas por los personeros legales de las organizaciones políticas Ucayali Región con Futuro, Restauración Nacional, y Alianza para el Progreso. Estas observancias se registran en la elección municipal distrital; es el caso del distrito de Nueva Requena, donde con fecha 18 de octubre se remitió el Oficio Nº869-2018-JEE-CPORJNE-ERM2018 detallando que la Resolución 1686-2018-JEECPOR/JNE y 1688-2018-JEECPOR/JNE fueron apeladas y

consentidas mediante resoluciones concesorios 1757-2018-JEECPOR/JNE (ERM.2018050178) y 1758-2018-JEE-CPOR/JNE (ERM.2018052229). Asimismo, fueron apeladas las resoluciones de Elección Municipal Distrital de Campoverde, corresponde al 1718-2018-JEECPOR/JNE y 1740-2018-JEECPOR/JNE; estas fueron consentidas mediante resolución concesorio 1831-2018-JEECPOR/JNE (ERM.2018052701) y 1832-2018-JEE-CPOR/JNE (ERM.2018052707). La audiencia de apelación de actas del ámbito de Nueva Requena, por parte de la agrupación política regional Ucayali Región con Futuro se realizó en el Jurado Nacional de Elecciones ayer 23 de octubre, y hasta el

cierre de edición no había sido publicada la resolución del caso concerniente a que si procede o no. Aun no se realiza la audiencia concerniente a las apelaciones de las actas observadas

FALTA

DOCUMENTO SE AJUSTA AL DECRETO SUPREMO QUE CONVOCA A CONSULTA POPULAR

y resueltas en el ámbito de la elección municipal distrital de Campoverde; donde no se ha consignado fecha para que el Jurado Nacional de Elecciones se pronuncie sobre el particular. NEMOSIG

Personero de APP apeló resolución de acta observada de elección municipal en Curimaná

En tanto, la agrupación política Alianza para el Progreso – APP presentó una queja por denegatoria de apelación, a la Resolución Nº1651-2018-JEE-CPOR/JNE; la misma que fue declarada improcedente mediante resolución 1803-2018-JEECPOR/JNE correspondiente al expediente ERM 2018052234. De acuerdo, a sustento

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JNE confirma diseño de cédula de referéndum elaborado por la ONPE

ASIMISMO PRESENTARON NUEVA APELACIÓN EN CAMPOVERDE

Mediante Oficio Nº884-2018JEE-CPOR-JNE-ERM, una vez más el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con fecha 23 del presente, puso de conocimiento a la oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Coronel Portillo la interposición de recurso de apelación y queja por denegatoria contra las resoluciones que resuelven las actas observadas en el ámbito municipal de Campoverde y Curimaná. De la data consignada, se detalla que la Resolución Nº1769-2018-JEE-CPOR/JNE fue apaleada, y admitida mediante resolución concesorio 1837-2018-JEE-CPOR/ JNE, correspondiente al expediente ERM 2018053045. Estando aún pendiente la programación de audiencia en la sede central del Jurado Nacional de Elecciones para que sean resueltas. CASO CURIMANÁ

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de petición otorgada a Diario Ímpetu, esta solicitud fue presentada por Boris Ayma Palacios, personero legal titular de la organización política en mención; donde da cuenta que el JEE CP resolvió anular la elección distrital contenida en el Acta Electoral Nº078402-51L, correspondiente a la elección municipal del distrito de Curimaná de la provincia Padre Abad.

Este recurso de queja presentada tiene como objeto la reevaluación de la resolución que declara inadmisible e improcedente un recurso de apelación y el plazo para interponerla, es de 3 días calendarios, contados desde el día siguiente de la notificación de la resolución que deniega el recurso. Con esta apelación, esta organización política abrigaría la esperanza de revertir los resultados de las actas contabilizadas al 100%, donde hasta el momento se proyecta como virtual ganador de las elecciones municipales al representante de la agrupación política Democracia Directa. En caso sea favorable la apelación, la alcaldía quedaría en manos del postulante de Alianza para el Progreso. Estas dos agrupaciones se disputan voto a voto la elección distrital. NEMOSIG

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó el diseño de la cédula de sufragio elaborado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para el Referéndum Nacional 2018 a realizarse el próximo 9 de diciembre. De esta manera, declaró infundada la impugnación interpuesta por José Pimentel Aliaga, personero legal titular del Partido Aprista Peruano, contra dicha cédula aprobada mediante Resolución Jefatural N° 0002062018-JN/ONPE y publicada en El Peruano el último 14 de octubre. En la Resolución 32642018-JNE el colegiado electoral considera que no existe actuación inconstitucional o ilegal por parte de la ONPE al establecer el orden de las preguntas, dado que se basó en el Decreto Supremo N° 101-2018-PCM por el cual se convoca a la consulta popular respecto de los cuatro proyectos de ley sobre reforma constitucional. Indica que de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones es competencia del presidente de la República convocar, determinar la fecha de la consulta y establecer los temas, lo que implica el orden de los mismos.

Asimismo, remarca que la disposición de las preguntas resulta irrelevante, puesto que cada interrogante que se formula es independiente y no incide en la aprobación o desaprobación de las restantes. El tribunal electoral subraya que en el medio impugnatorio del Partido Aprista no se precisa de qué forma el orden en que se formulan las preguntas generarían confusión en la ciudadanía o cómo lo perjudica como organización política. Señala, además, que el mecanismo de sorteo para determinar el orden está reservado para otro tipo de procesos electorales en los que existen candidatos en competencia, con el fin de salvaguardar el principio de igualdad e imparcialidad. Finalmente, tuvo en consideración el reducido plazo del que se dispone para efectuar el referéndum, por lo que un retraso en la impresión y distribución del material electoral podría afectar su desarrollo o poner en riesgo su realización. El JNE resolvió este recurso dentro de las 24 horas de realizada la audiencia pública que se llevó a cabo para escuchar los informes orales de las partes procesales.

Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018 Se lee más, se vende más.

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CUPÓN BINGUERO

Diario Ímpetu


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Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2018-MDY. Puerto Callao, 03 de octubre del 2018.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA: VISTO: El Expediente Interno N° 10301-2018, 10301-2018, el Concejo Municipal Distrital de Yarinacocha, en Sesión Ordinaria N° 019-2018-MDY, 019-2018-MDY, realizada el 03 de octubre del 2018, Informe N° 140-2018-MDY-GADMT-AMCR de fecha 06 de septiembre del 2018, Informe N° 107-2018-MDY-GADMT-SGRFT de fecha 13 de septiembre del 2018, Informe Legal N° 761-2018-MDY-GM-GAJ de fecha 18 de septiembre del 2018, Proveído N° 069-2018-MDY-OSGA-SES.ORD de fecha 03 de octubre del 2018, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece en su Título Preliminar Articulo II, Autonomía Municipal “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, la autonomía confiere a los gobiernos locales, poderes competencias, atribuciones y recursos para la gestión y administración de su respectiva circunscripción, sin injerencia de nadie; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º y 195° de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 74º y 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales tienen la potestad de crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios; licencias y derechos municipales, o la exoneración de éstas, dentro de su jurisdicción, con los límites que señale la Ley; Que, el Título Preliminar del Código Tributario establece que las tasas son aquellos tributos cuya obligación tienen como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente, pudiendo ser, entre otras, arbitrios municipales, que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público; Que, el Concejo Distrital de Yarinacocha, ejerce su función normativa, mediante sus Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú, con calidad de norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, calidad que se encuentra reconocida y estipulada en el Art. 40º de la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y es, en esa misma línea normativa que su Art. 9º numeral 8, establece que corresponde al Concejo Municipal: aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 66º, 68º y 69° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, los gobiernos locales pueden crear arbitrios, por la prestación de un Servicio Público que se brinde dentro de la jurisdicción del distrito, debiendo sujetarse su determinación a los criterios de racionalidad que considere el costo efectivo del servicio, su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial; Que, el Tribunal Fiscal, con Resolución Nº 03264-2-2007, emitida en el expediente Nº 3642-2006, publicada el 26.04.2007, estableció la pautas para la determinación y distribución de los arbitrios municipales al amparo de los criterios establecidos en las sentencias del Tribunal Constitucional antes acotadas, referidas a la identificación de los costos del servicio y la justificación o sustentación de todo concepto que permita conocer a los interesados, cómo se ha configurado la obligación tributaria;

Que, mediante Informe Defensorial Nº 106, La Defensoría del Pueblo evalúa el procedimiento de Ratificación seguido en la Provincia de Lima, destacando sus avances y logro, sugiriendo, además, i) una mayor transparencia en la presentación de los costos de los arbitrios originando una mayor explicación de aquellos costos cuya sola denominación no explica por sí mismo su contenido; ii) la incorporación de los costos por refrigerios y viáticos como costos indirectos del servicio; y, finalmente, iii) el establecimiento de las tasas por barrido de calles y seguridad ciudadana respecto de los propietarios de predios sin construir, más no así por los servicios de recolección de los residuos sólidos y parques y jardines en la medida que estos no se verificarían en la realidad; Que, estando a lo dispuesto en la Ley de Tributación Municipal y los lineamientos establecidos en la Sentencia del Tribunal constitucional recaída en el Expediente N° 00053-2004PI/TC, así como los pronunciamientos anotados, corresponde que la Municipalidad Distrital de Yarinacocha efectúe las acciones que resulten necesarias para determinar el arbitrio de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y de Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2017, con la finalidad de garantizar el mantenimiento de los servicios públicos y una adecuada distribución del costo, entre los contribuyentes y los responsables de los mismos servicios;

SIAT de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, señala que respecto a la recaudación tributaria se tiene en la base de datos del Sistema Integral de Administración Tributaria, al 29 de agosto del 2018, 22735 contribuyentes activos, en donde 16996 cuenta con una deuda insoluta pendiente por todo concepto que asciende a un monto de S/. 11’968,920.20 (Once Millones Novecientos Sesenta y Ocho Mil Novecientos Veinte con 20/100 Soles), desglosándose por el concepto de Impuesto Predial se tiene una deuda pendiente por la suma de 7’721,288.74 (Siete Millones Setecientos Veintiún Mil Doscientos Ochenta y Ocho con 74/100 Soles) que representa una morosidad del 64.51% y por el concepto de Arbitrios Municipales se tiene una deuda pendiente de S/. 4’247,631.46 (Cuatro Millones Doscientos Cuarenta y Siete Mil Seiscientos Treinta y Uno con 46/100 Soles) que representa una morosidad de 35.49%, por lo que estando al cumplimiento de la meta 23 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal la misma que fue aprobada mediante Decreto Supremo N° 3672017-EF, cuyo objetivo es incrementar el 15% de la recaudación predial sobre lo recaudado al 31 de Diciembre de 2017, cuyo monto es 3’634,136.06 (Tres Millones Seiscientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Seis con 06/100 Soles), y estando a la fecha nos encontramos con un nivel de cumplimiento del 75.1% que representa al monto de 3’137,221.10 (Tres Millones Cientos Treinta y Siete Mil Doscientos Veintiún Mil con 10/100 Soles) que de acuerdo al porcentaje existe un considerable número de contribuyentes susceptibles de pago los cuales correrían el riesgo de quedarse excluido y limitar el aumento de la recaudación tributaria; Que, con Informe N° 107-2018-MDY-GADMT-SGRFT de fecha 13 de setiembre de 2018 el Sub Gerente de Recaudación y Fiscalización Tributaria, manifiesta que el objetivo de la Gerencia de Administración Tributaria y la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, es de mejorar la recaudación tributaria sensibilizando y promoviendo mayores facilidades de pago para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, sean de naturaleza tributaria y no tributaria las misma que requieren de un tratamiento especial, para la regularización de las deudas pendientes, por lo que es necesario plantear una Amnistía Tributaria y No Tributaria en el cual consiste en la regularización de las obligaciones tributarias, devengadas no pagadas que se generaron al 31 de Diciembre de 2017, mediante condonación de los intereses desde el ejercicio del año 1999 al 2017 en un 100% y condonación de arbitrios municipales en forma gradual por antigüedad de deuda y uso de predio; Que, de acuerdo al Proveido N° 108-2018-MDY-GADMT, la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria con el Informe N° 107-2018-MDY-GADMT-SGRFT, 107-2018-MDY-GADMT-SGRFT, el Administrador del Sistema SIAT con el Informe N° 140-2018-MDY-GADMT-AMCR, todos coinciden que conviene aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba el Beneficio de Amnistía Tributaria y No Tributaria para los contribuyentes en el Distrito de Yarinacocha para el Año 2018 2018,, teniendo en cuenta el cumplimiento con la meta 23 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal la misma que fue aprobada mediante Decreto Supremo N° 367-2017-EF, cuyo objetivo es incrementar la recaudación del impuesto predial en un 15% respecto a lo recaudado al 31 de diciembre de 2017; Que, estando a las facultades conferidas en el Art. 9°, inciso 8) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en mérito a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 069-2018 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 019-2018-MDY del 03 de octubre del 2018, se acordó por UNANIMIDAD de los votos de los miembros del Concejo Municipal y, a las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto en el Art. 9º y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; ORDENANZA MUNICIPAL, QUE APRUEBA, “EL BENEFICIO DE AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA PARA LOS CONTRIBUYENTES EN EL DISTRITO DE YARINACOCHA PARA EL AÑO 2018” SE RESUELVE: Artículo Primero.- Del Objetivo Aprobar la campaña de “AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE YARINACOCHA PARA EL AÑO 2018” 2018”,, los alcances de la mencionada campaña se encuentran publicados en el Portal Institucional (www.muniyarinacocha.gob.pe). La presente ordenanza tiene por finalidad otorgar a los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, múltiples beneficios tributarios para cada uno de nuestros administrados que a la fecha mantengan deuda por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Administrativas, Multas Tributarias y No Tributarias, todos estos beneficios serán de aplicación para años anteriores. Asimismo permitirá incrementar la recaudación municipal, disminuir las cuentas por cobrar de los conceptos antes mencionados así como reducir los índices de morosidad al 29 de Agosto del 2018, desglosándose por concepto de impuesto predial con un 64.51% y el por el concepto de arbitrios municipales por un 35.49%. Artículo Segundo.- Del Alcance Podrán acogerse a la campaña de “AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE YARINACOCHA PARA EL AÑO 2018”, todas las personas naturales o jurídicas que tengan la calidad de contribuyentes o sean los responsables del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales (Parques y Jardines, Limpieza Pública y Serenazgo), Multas Tributarias y Multas Administrativas, que mantengan deudas pendientes.

Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 69° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por D. S. Nº 156-2004- EF, las tasas por servicios públicos o arbitrios municipales, se calcularán dentro del último trimestre del ejercicio anterior al de su entrada en vigencia, en función al costo efectivo a prestar y aprobadas mediante una norma de rango de ley;

Artículo Tercero.- Del Régimen Beneficios y Formas de Pago Para acogerse a la campaña de “AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE YARINACOCHA PARA EL AÑO 2018”, el pago deberá ser realizado al contado o en forma fraccionada, en cumplimiento de las siguientes condiciones y beneficios que se señalan a continuación:

Que, mediante Resolución de Gerencia N° 600 -2016-MDY-GM, con fecha 30 de Mayo de 2016 se ha nombrado la Conformación de los Comités Técnicos encargados de realizar el cálculo de las tasas de los servicios públicos o arbitrios y para efectos de la determinación de las tasas, se han considerado los costos informados por la Gerencia de Servicios Públicos, así como los parámetros mínimos de distribución establecidos por el Tribunal Constitucional, mediante Sentencia recaída sobre el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC., respecto a la generación de residuos, la frecuencia del servicio de barrido de calles y la identificación de zonas críticas, la cantidad de áreas verdes, la distribución de recursos asignados a la vigilancia pública, así como la identificación de las zonas determinadas y el uso según el riesgo efectivo determinado en función al índice de intervenciones realizadas y la cantidad de metros lineales del distrito respectivamente;

1)

Que, mediante Decreto Supremo N° 367-2017-EF, aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2018, por lo que la Entidad fue clasificado como tipo B y cuenta con la meta 23 ‘‘Fortalecimiento de la administración y gestión del impuesto predial’’, en el cual consiste en incrementar la recaudación del impuesto predial en un 15% respecto a lo recaudado en el año 2017; Que, con Informe N° 140-2018-MDY-GADMT-AMCR de fecha 06 de setiembre de 2018, el Administrador del Sistema

Pago al contado:

a) Impuesto Predial, se condonará el 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes al Impuesto Predial hasta el ejercicio 2017 respectivamente, que a la fecha se encuentren pendientes de pago. b) Arbitrios Municipales, se condonará el 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes a los Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2017 respectivamente, que a la fecha se encuentren pendientes de pago. c) Además, los contribuyentes gozarán de un descuento del monto insoluto en los Arbitrios Municipales:


Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

ACTUALIDAD

IMPETU.pe

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POR TRÁNSITO DE CAMIONES DE CARGA PESADA

Puente de San Lorenzo a punto de colapsar Un peligro inminente. El puente peatonal del centro poblado San Lorenzo en Yarinacocha, está a punto de colapsar debido a la transitabilidad de camiones de carga pesada. Un usuario reportó al WhatsApp de Ímpetu cómo se viene derrumbando, poniendo en riesgo a los pobladores y turistas. Cómo se observan en las imágenes, las personas apenas pueden pasar por la estructura NOTIFICACION LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO A TRAVES DE LA GERENCIA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL HACE DE CONOCIMIENTO PUBLICO QUE SE HA PRESENTADO A ESTA INSTITUCION EDIL EL EXPEDIENTE N° 42456 -2018 A CARGO DE LA SRA. HILDA HUAMAN CHAMPI, VIENEN SOLICITANDO CONSTANCIA DE POSESION DEL LOTE DE TERRENO N° 20 DE LA MANZANA “J” DEL AA.HH. 1 DE JULIO DE LA CIUDAD DE PUCALLPA, UBICADO EN EL PASAJE LA UNION N° 281 SI HUBIESEN VECINOS COLINDANTE O TERCEROS INTERESADOS QUE SE OPONGAN AL REFERIDO TRAMITE, POR CONSIDERAR QUE TIENEN MEJOR DERECHO DE POSESION SIRVANSE PRESENTAR y SUSTENTAR SU OPOSICION ANTE LA REFERIDA MUNICIPALIDAD. PROVINCIAL. BACH. ING. CARLOS S. VASQUEZ SAMPAYO SUB. GERENCIA DE CATASTRO. 3M/24,25,26/B1921

ya que los camiones no lo permiten, esta situación se repite todos los días, representando un serio peligro ante una emergencia ya que las personas no tendrían una zona de escape. Ante esta situación, hacen un llamado a las autoridades para que tomen cartas en el asunto, un problema que también está a punto de colapsar debido a las constantes lluvias que por estos días ha caído en MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA EDICTO MATRIMONIAL

Hago saber que don: Carlos Pizan Ugarte, de: 41 años de edad, Estado Civil: soltero, Ocupación: Tec. En Enf., Natural de: Amarilis – Huánuco, Nacionalidad: Peruana, Domiciliado en: Jr. Mariscal Castilla N° 484 – Calleria, Y Doña: Sonia Pezo Solsol, De: 48 Años de edad, Estado Civil: soltera, Ocupación: Tec. En farmacia, Natural de: Yarinacocha – Coronel Portillo – Ucayali, Nacionalidad: Peruana, Domiciliada en: Av. Yarina N° 705 - Yarinacocha. Pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad Distrital de Yarinacocha, los que conozcan causales de impedimento, podrán denunciar conforme a Ley. Puerto Callao, 23 de octubre de 2018 Reyna Fresia López Chappa Sub. Gerencia de Registro Civil.

Pucallpa. Los vecinos vienen reportando este problema desde inicios de este año y que pese a las veces que han solicitado su reparación a la municipalidad de Yarinacocha, hasta el momento no han recibido ninguna respuesta. Incluso, algunos vecinos manifestaron que por sus propios medios han tenido que rellenar algunas partes de los deterioros. SHIRLEY VELA AVISO SUCESION INTESTADA: ANTE MÍ, OVIDIO TELADA HUAMÁN, ABOGADO - NOTARIO DE PUCALLPA, OFICINA JIRÓN PROGRESO, MANZANA 109, LOTE 10-C, CALLERÍA - UCAYALI (FRENTE SUNARP PUCALLPA); EDER JAIME BEDOYA SERNA, SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA QUE VIDA FUERA MADRE JUANA SERNA ACOSTA, FALLECIDA AB INTESTADA: 18:ABRIL:l,999, EN HOSPITAL REGIONAL PUCALLPA, DISTRITO CALLE RÍA - UCAYALI y SEÑALANDO ÚLTIMO DOMICILIO HABITUAL ASENTAMIENTO’ HUMANO SAN FERNANDO, MANZANA 42, LOTE 14A, DISTRITO MANANTAY, PROVINCIA CORONEL PORTILLO Y REGIÓN UCAYALI y DE’CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE PUBLICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN DERECHOS LOS HAGAN VALER EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LEY. ======== === PUCALLPA, 23 DE OCTUBRE DEL 2,018. ================= DR.OVIDIO TELADA HUAMAN ABOGADO – NOTARIO DE PUCALLPA.

3M/24/B.1916

3M/24/F1250

Pobladores vienen reportando del peligro desde inicios de año, sin embargo, no encuentran respuesta. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO OFICINA DE REGISTRO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Por ante la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, el recurrente: HENRY ALTAMIRANO SILVA; presentó una solicitud de Rectificación Administrativa de la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 3581 del AÑO: 1975 Perteneciente a: HENRY ALTAMIRANO SILVA, acogiéndose a la Ley N° 26497 D.S. 015-98-PCM-01- 415GRC/032, en el sentido que se rectifique la OMISION existente en el NOMBRE de la MADRE del TITULAR, DICE. ESTELA SILVA HOYOS.- DEBIENDO SER LO CORRECTO: ESTELA GENITH SILVA HOYOS.- Lo que se publica conforme a Ley.

NOTIFICACIÓN

LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO A TRAVÉS DE LA GERENCIA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL HACE DE CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE SE HA PRESENTADO A ESTA INSTITUCIÓN EDIL EL EXPEDIENTE N° 12847 -2018 A CARGO DE LA SRA. GIOVANA BERNARDO ROJAS, VIENEN SOLICITANDO CONSTANCIA DE POSESIÓN DEL LOTE DE TERRENO N° 09 DE LA MANZANA N° “243” DEL PLANO REGULADOR DE PUCALLPA, UBICADO EN JR. ADOLFO LOBO S/N. SI HUBIESEN VECINOS COLINDANTES TERCEROS INTERESADOS QUE SE OPONGAN AL REFERIDO TRAMITE, POR CONSIDERAR TIENEN MEJOR DERECHO DE POSESIÓN SIRVAN SE PRESENTAR Y SUSTENTAR SU OPOSICIÓN ANTE LA REFERIDA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL.

Pucallpa, 19 de OCTUBRE del 2018

Nancy Corcino Paredes Jefe de Registro del Estado Civil. 3M/24/B1924

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO EDICTO MATRIMONIAL Hago saber que don: Elías Contreras Mantilla, de: 34 años de edad, Estado Civil: soltero, Ocupación: Empleado, Natural de: Rio Negro – Junín, Nacionalidad: Peruana, Domiciliado en: Carretera Federico Basadre Km. 11 Distrito – Yarinacocha, Y Doña: Besna Brigitte Bottg Gutiérrez, De: 36 Años de edad, Estado Civil: soltera, Ocupación: su casa, Natural de: Pichanaqui – Junín, Nacionalidad: Peruana, Domiciliada en: Carretera Federico Basadre Km. 11 Distrito – Yarinacocha. Pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad de Coronel Portillo, los que conozcan causales de impedimento, podrán denunciar conforme a Ley. Pucallpa, 23 de octubre de 2018 Nancy Corcino Paredes. Jefe de Registro Civil

3M/24,25,26/B1823

2) Pago Fraccionado: Si el contribuyente decide optar por el pago en fraccionamiento, se acogerá a lo siguiente: a) Los contribuyentes que realicen el pago fraccionado, gozarán de los beneficios establecidos en el Artículo 3° numeral 1 inciso a, b y c de la presente Ordenanza. b) Los contribuyentes que realicen el pago fraccionado, se les condonará el 100% de intereses moratorios de fraccionamiento. c) El pago en fraccionamiento no podrá excederse de tres (3) cuotas mensuales incluida la cuota inicial, y de ser más de tres cuotas, perderá todos los beneficios establecidos. d) Si se incumple el pago de dos (02) cuotas consecutivas, se perderán los beneficios otorgados y se procederá a cobrar los intereses moratorios descontados, imputándose los pagos realizados de conformidad con lo establecido en el Artículo 31° del Código Tributario. e) Si se incumple el pago de la última cuota, se aplicará lo establecido en el inciso anterior.

Artículo Octavo.- Del Reconocimiento de la Deuda y Del Desistimiento a Recursos en Trámite como Requisito Previo El pago de las deudas tributarias con los beneficios establecidos en la presente ordenanza implica el desistimiento automático de los recursos pendientes de atención, reconsideración, reclamación y/o apelación, por lo que no podrán presentar futuras reclamaciones o recursos administrativos respecto a las deudas canceladas al amparo de estos beneficios. Cuando la deuda se encuentre impugnada ante el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, para acogerse a los beneficios, deberán presentar copia del cargo del escrito de desistimiento presentado ante los órganos competentes. Las deudas tributarias formales y sustanciales que a la fecha de la publicación de la ordenanza hayan sido canceladas, no estarán sujetas a devolución.

Artículo Cuarto.- De las Multas Tributarias Los contribuyentes omisos a la presentación de la Declaración Jurada, gozarán del beneficio de condonación del 100% de las multas tributarias y el 100% de los intereses.

Artículo Noveno.- De los Premios Los vecinos que se acojan a la presente ordenanza, ingresarán al sorteo de premios que se señalará en el Decreto de Alcaldía de acuerdo a las disposiciones finales del artículo segundo de la presente ordenanza.

Artículo 176°.- Infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones

Artículo Décimo.- De la Vigencia La presente rige desde el día siguiente de la publicación en el diario de mayor circulación local, hasta el 30 de noviembre del 2018.

Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones: 1) No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. 2) No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. 3) Presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria en forma incompleta. 4) Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad. 5) Presentar más de una declaración rectificatoria relativa al mismo tributo y período tributario. 6) Presentar más de una declaración rectificatoria de otras declaraciones o comunicaciones referidas a un mismo concepto y período. 7) Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta los lugares que establezca la Administración tributaria. 8) Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta la forma u otras condiciones que establezca la Administración Tributaria. Artículo Quinto.- Fraccionamiento a Personas Naturales y Jurídicas Todos los fraccionamientos otorgados a Personas Naturales y Jurídicas, que se encuentren al día o vencidos, cualquiera sea su estado de cobranza, durante la vigencia de la presente Ordenanza tendrán el siguiente descuento: a) Por el pago del total de cuotas pendientes o por el pago de cuotas del fraccionamiento, el 100% de intereses moratorios y el 100% de los intereses de fraccionamiento. Artículo Sexto.- Del Procedimiento de Cobranza Coactiva Las deudas que se encuentren en procesos de ejecución, incluyendo los que se encuentran con medidas cautelares, gozarán de los beneficios previstos en la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- De los Gastos y Costas Tratándose de deudas tributarias y no tributarias que se encuentren en Cobranza Coactiva, adicionalmente a los beneficios señalados en los artículos precedentes se condonara el 50% de los Gastos y Costas Procesales.

DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero.- Deróguese o déjese sin efecto todas las normas o disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación, así como también para establecer su prórroga de ser el caso. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencias que la conforman, el cabal cumplimiento de la presente ordenanza, a Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano, la notificación y distribución; a la Sub Gerencia de Informática y Estadística en el Portal Institucional, la Oficina de Imagen Institucional de la efectiva difusión de la presente Ordenanza, dentro del ámbito de su competencia. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE; Distribución: Archivo Cc. Alcaldía. Gerencia Municipal. GAJ. GPyR. GADMT. SGRFT. Secretaría General. Sala de Regidores.

3M/24/B.3863


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EDICTO

EDICTO El TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO, emplazan a VISALOTEW MARTIN LUZVIMAR en el proceso que siguen por el delito de USURPACION; con los siguientes: Resolución N° 04 SE RESUELVE: CITAR AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DIA 21 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A LAS 08:30AM debiendo la parte emplazada acudir a la audiencia programada; Pucallpa 23 de Octubre del 2018 Fdo.: Díaz - Juez. BELTRAN - Especialista. EXP. N°00185-2018-55-2402-JR-PE-03 24,25,26/10/EP

EDICTO El TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO, emplazan a JHON KENNY RAMOS RAMOS, ANA OBISPO VALVERDE Y ROBERTO OSCOS SILVA en el proceso que siguen por el delito de ROBO AGRAVADO; con los siguientes: RESOLUCION ONCE SE RESUELVE: CITAR AUDIENCIA DE VARIACION DE COMPARECENCIA CONRESTRICCIONES A PRISION PREVENTIVA PARA EL DIA 12 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A LAS 08:30AM; Pucallpa 23 de Octubre del 2018 Fdo.: Díaz - Juez. BELTRAN - Especialista. EXP. N°00118-2017-74-2402JR-PE-03 24,25,26/10/EP

EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CORONEL PORTILLO; RESOLUCION NUMERO: DOS de fecha 09-10-2018; AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: DERIVAR el presente proceso a la Fiscalía Penal correspondiente a fin de que proceda conforme a sus atribuciones; Exp. N° 01824-2018-0-2402-JR-FT-02; Fdo. Regalado Torres – Juez; Villacrez Mori – Sec.24,25,26/10/EP

EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CORONEL PORTILLO; RESOLUCION NUMERO: CUATRO de fecha 27-09-2018; AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: 1.- DICTARSE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN, a favor del agraviado EDWIN EMILIO GARCIA VILLASIS POR VIOLENCIA FISICA; en consecuencia se DISPONE: A) Que, la denunciada MARTHA REATEGUI RIBEIRO se abstenga de maltratar físicamente al agraviado EDWIN EMILIO GARCIA VILLASIS, bajo expreso apercibimiento de ser denunciado por resistencia o desobediencia a la autoridad en caso de persistir dichos actos; B) IMPEDIMENTO de acercamiento o proximidad a la víctima en cualquier forma, a la distancia de doscientos metros por parte de la agresora MARTHA REATEGUI RIBEIRO, por el periodo de SEIS MESES bajo expreso apercibimiento de ser denunciado por resistencia o desobediencia a la autoridad en caso de persistir dichos actos;; Exp. N° 01739-2018-0-2402-JRFT-02; Fdo. Regalado Torres – Juez; Villacrez Mori – Sec.24,25,26/10/EP

EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CORONEL PORTILLO; RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha 09-10-2018; AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: DERIVAR el presente proceso a la Fiscalía Penal correspondiente a fin de que proceda conforme a sus atribuciones; Exp. N° 01826-2018-0-2402-JR-FT-02; Fdo. Regalado Torres – Juez; Villacrez Mori – Sec.24,25,26/10/EP

EDICTO EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado: RONAL QUEQUE GONZALES para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el día 2111-2018 a las 10:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del 2Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: Omisión a la Asistencia Familiar. Pucallpa, 2310-2018. EXP. N° 00829-2018-2, Res. N° 01. FDO. Meza-Juez; Saldaña-Especialista 24,25,26/10/EP

EXP. N° 02604-2018-55, Res. N° 01. FDO. Meza-Juez; Saldaña-Especialista 24,25,26/10/EP

EDICTO PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CORONEL PORTILLO En el EXP. 00445·2012·0·2402·JR·CI·01, tramitado por el Primer Juzgado especializado en lo Civil de Coronel Portillo, que despacha el Doctor Carlos Alberto Ballardo Japan y Secretaria Marjorie Karla Carolina Diaz Vargas; en los seguidos por GOBIERNO REGIONAL DE UCAYAlI., contra LEOPOLDO MURGADO SANTILLAN y OTROS, sobre INDEMNIZACiÓN se dio el resultado siguiente; transcripción de la parte pertinente: RESOLUCiÓN NÚMERO: VEINTIDOS (Parte pertinente). Pucallpa, veintinueve de agosto del dos mil dieciocho.-··{.... )”SE RESUELVE: A. DECLARAR INFUNDADA la demanda interpuesta por Gobierno Regional de Ucayali representado por la Procuradora Publico Regional del Gobierno Regional de Ucayali, contra Leopoldo Rolando Murgado Santlllán, Edi Wisberto Ruiz Zarate, Luis Enrique Reyes Soplin, Roberto AguiJar Bardales, sobre demanda de INDEMNIZACiÓN por daños y perjuicios de responsabilidad civil contractual En consecuencia,B. Consentida y Ejecutoriada se la presente decisión archivese como corresponda.C. REMITASE copias a la Odecma Ucayali, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones, por las incidencias de lo señalado en el item 36 de la presente resolución.D. Sin costas ni costos. Interviniendo la secretaria que certifica, por disposición superior.Fdo. Señor Juez,Doctor Carlos Alberto Bal/ardo Japan y Secretaria, Marjorie Karla Carolina Diaz Vargas. RESOLUCiÓN NÚMERO: VEINTITRES (Parte Pertinente). Pucallpa, veinte de Setiembre del año dos mil dieciocho.-”( ... )”PROCEDASE a la notificación mediante edictos judiciales en el diario de mayor circulación y fecho sino existe apersonamiento; designe curador procesal para que se apersone en el estado en que se’encuentra el proceso”( ... )”.Fdo. Señor Juez, Doctor Carlos Alberto Ballardo Japan y Secretaria Marjorie Karla Carolina Díaz Vargas. RESOLUCiÓN NÚMERO: VEINTICUATRO (Parte Pertinente). Pucallpa, veinticuatro de

EDICTO EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO DISPONE EMPLAZAR VÍA EDICTO A LOS ACUSADOS (1) JUANA GONZALES DE VILLACORTA, (2) RAFAEL ANTONIO VILLACORTA RÍOS, (3) GIOVANA MERINO REYNA CAMPODONICO como presuntos AUTORES; y contra, (4) MAYER CIRO GODEAU MUÑOZ, (5) DIANA LEÓN ISIDRO, (6) VÍCTOR MANUEL PACHAS VENTURA, (7) FELIPE BUENO CÉSPEDES y (8) RENINGER FLORES DEL ÁGUILA: Con Resolución N° 05 de fecha 22/10/2018, que dispone CITAR Audiencia Pública con 16 DE ABRIL DEL 2019 a horas 12:15 DEL MEDIO DIA (HORA EXACTA) EN EL LOCAL DE LA SALA DE AUDIENCIA DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, UBICADO EN JR. UCAYALI 499, PRIMER PISO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, DELITO: CONTRA LA FE PÚBLICA – EN LA MODALIDAD DE FALSEDAD IDEOLÓGICA. CALLERIA, Pucallpa, 23/10/2018. EXP. 007642014-60. C. Pérez – Juez; G. Hoyos– Secretario. 24,25,26/10/EP

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CORONEL PORTILLO; RESOLUCION NUMERO: UNO de fecha 25-09-2018; AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: 1.- DICTARSE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN, a favor de la agraviada CARMEN TATIANA CASTRO AGUIRRE POR VIOLENCIA FISICA; en consecuencia se DISPONE: A) Que, el denunciado JHERRY ETENI ARIRAMA se abstenga de maltratar físicamente a la agraviada CARMEN TATIANA CASTRO AGUIRRE, bajo expreso apercibimiento de ser denunciado por resistencia o desobediencia a la autoridad en caso de persistir dichos actos; B) RETIRO del hogar del domicilio en el que se encuentre la víctima y PROHIBICION de regresar al mismo, por parte del agresor JHERRY ETENI ARIRAMA, por el periodo de UN AÑO bajo expreso apercibimiento de ser denunciado por resistencia o desobediencia a la autoridad en caso de persistir dichos actos; Exp. N° 01832-2018-0-2402-JR-FT-02; Fdo. Regalado Torres – Juez; Villacrez Mori – Sec.24,25,26/10/EP

IMPETU Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018 4 DIARIO

EDICTO EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO DISPONE EMPLAZAR VÍA EDICTO AL ACUSADO MAO CARDENAS RAMIREZ: Con Resolución N° 10 de fecha 22/10/2018, que dispone CITAR Audiencia Pública con 09 DE ABRIL DEL 2019 a horas 12:15 DEL MEDIO DIA (HORA EXACTA) EN EL LOCAL DE LA SALA DE AUDIENCIA DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, UBICADO EN JR. UCAYALI 499, PRIMER PISO, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE O CONTUMAZ, DELITO: CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – EN LA MODALIDAD DE HOMICIDIO CULPOSO. CALLERIA, Pucallpa, 23/10/2018. EXP. 1271-2015-90. C. Pérez – Juez; G. Hoyos– Secretario. 24,25,26/10/EP

EDICTO El SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO, RES. N° CATORCE de fecha 0110-2018 emplaza al sentenciado CAMARA PIZANGO FIDENCIO citar audiencia de requerimiento de revocatoria de la suspensión de la pena para el día 21 de noviembre del 2018 a horas 2:30 de la tarde (Exp. N° 02970-201764-2402-JRPE- 02), por el delito Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Sajami Cordova Maribel Bajo Apercibimiento en caso de inasistencia; Pucallpa, 23 de octubre del 2018 Fdo.: PANDURO- Juez. Vela - Especialista de Causa. EXP. N° 02970-2017-64-2402-JRPE-02 (Secretaría de Ejecución de Sentencia). 24,25,26/10/EP

EDICTO CORTE SUPERIOR DE .JUSTICIA DE .JUNIN PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TARMA Jirón Cuzco N° 262 - Tercer Piso “Centro Cultural Fortunato Cárdenas” EXPEDIENTE : 00447-2017-17-1509-JR-PEOl JUEZ : DIESTRA VIVAR EDGARDO RODOLFO ESPECIALISTA: SOTO PACURI KARINA CHABELI, MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS HUANCAYO,IMPUTADO : CONTRERAS ÑAÑAC, BENIGNO EUSEBIO DELITO : PROMOCIÓN FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. AGRAVIADO : EL ESTADO PERUANO, El señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tarma, aItravés del presente edicto, se pone DE CONOCIMIENTO al acusado BENIGNO EUSEBIO CONTRERAS ÑAÑAC sobre la resolución CINCO de fecha 20 de setiembre del 2018 que resuelve: (... )CITAR, a los sujetos procesales para la realización de Audiencia de Control de Acusación, para el día LUNES VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑo DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA( 10:00 AM) HORA EXACTA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencia N° 01 del Módulo Penal (Centro Cultural Fortunato Cárdenas), Tercer Piso, ubicado en Jirón Cuzco N° 262-Tarma, debiendo concurrir de modo obligatorio el Fiscal, y defensa técnica del acusado, debiendo tener presente que la audiencia programada tiene la condición de inaplazable, en el proceso seguido contra el acusado BENIGNO EUSEBIO CONTRERAS ÑAÑAC por la presunta comisión del delito contra la la salud Publica en la modalidad de TRÁFICO ILICITO DE DROGAS, sub tipo Favorecimiento al consumo llegal de drogas toxicas, en agravio del Estado PERUANO, representado por la Procuraduría Publica Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, Lavado de Activos y Perdida de Dominio del Ministerio del Interior. 24,25,26/10/EP

Setiembre del año dos mil dieciocho.-”( ... )”SE RESUELVE: 1. CONCEDER recurso de apelación CON EFECTO SUSPENSIVO contra la SENTENCIA contenida en la resolución 22 de fecha 29 de agosto del 2018; en consecuencia:2. ELEVESE los de la materia al superior jerárquico con la debida nota de atención. Notifiquese.- “{ ... )”.Fdo. Señor Juez, Doctor Carlos Alberto Sallardo Japan y Secretaria Marjorie Karla Carolina Diaz Vargas.Pucallpa, 17 de Octubre de12018 24,25,26/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de QUINTORI COMPAHUA HEBER PABLO con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: TRECE de fecha dieciocho de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO POR DESISTIMIENTO TACITO, del querellante QUINTORI COMPAHUA HEBER PABL, en el proceso seguido por Faltas Contra El Patrimonio – Daños, contra Julio Cesar

EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: DALY ADALI SHILAMAOS FLORES A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA LUNES 26 DE NOVIEMBRE DEL 2019 A HORAS 11.30 DE LA MAÑANA. BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE EN CASO DE INCONCURRENCIA INJUSTIFICADA; EN EL PROCESO SEGUIDO EN SU contra por el delito de EXPOSICIO AL PELIGRO OO ABANDONO DEPERSONA MENOR O INCAPAZ EN AGRAVIO de LA MENOR DE INICIAlES J.L.S. 22-10-2018 EXP. 02806-2016-65-2402-JR-PE-01- FDO. PEREZ - Juez; Souza - Especialista23,24,25/10/EP

EDICTO La Señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería: VIVIAN MIREYA MONTES MINAURO. A efecto de notificarle la resolución N°07 del 15/10/2018 QUE DISPONE: HACER EFECTIVO LA CONDUCCIÓN COMPULSIVA de VANESSA GOMEZ MONTES. Cúrsese oficio a la Policía Nacional del Perú – POLICIA JUDICIAL, a fin de que ejecute la conducción compulsiva del antes indicado. PROGRAMAR fecha para la audiencia, para el día TREINTA DE OCTUBRE del año en curso, a las QUINCE HORAS; la que se realizara puntualmente en la Sala de Audiencias del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería, con la concurrencia de: la imputada, la agraviada (…)del EXP: 00263-2017-0-2402-JP-PE-01, juez: Pizarro, especialista: Apolinario. Notifíquese.23,24,25/10/EP

EDICTO PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CORONEL PORTILLO, mediante Res. N° 17, de fecha, 26/09/18; (…) se dispone: Reprogramar la fecha para la AUDIENCIA ORAL la misma que se llevará a cabo el día LUNES 19/11/2018, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, diligencia donde se recabara la declaración del menor tutelado C.R.M.T.; y de la señora MARIA GRACIELA TORRES ANTONIO, practicada puntualmente en la Sala de Audiencias del Módulo del Primer Juzgado Familia, sito en el Jr. Luis Sánchez Cerro N° 250 – Callería; a efectos de dar cumplimiento al proceso por Abandono material, peligro moral y maltratos, a favor del menor tutelado C.R.T.M.. EXP. N°.0538-2016. Fdo. Sosa, Juez; Díaz, Secretaria. Notificándose.23,24,25/10/EP

EDICTO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO: Emplaza a la agraviada SIDNEY KERYLLY VASQUEZ PEREZ, con la resol. 17 de fecha 17/09/2018 Se Resuelve SE DECLARA FUNDADO la oposición al sobreseimiento fiscal, requerido por el actor civil; en consecuencia, SE DISCREPA el SOBRESEIMIENTO postulado por el Representante del Ministerio Público, que corresponde a que se sobresea de la causa penal al procesado Salomón Franco Muñoz y otros, por la presunta comisión del delito contra la voluntad popular -perturbación o impedimento del proceso electoral, en agravio de Sidney Kerylly Vásquez Pérez y otros.; derivado del EXP: N° 526-2017-90-2402-JR-PE-01. Pucallpa, 19 de Octubre del 2018. Fdo. J. Ower.Juez. V. Muro– Esp. Judicial. 23,24,25/10/EP

EDICTOS

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de DANIEL GARCIA CUMAPA, CHAVEZ TAFUR JUAN DE DIOS Y BARDALES PEZO CHARLENE SAUDITA con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de GARCIA GUERRA ELIDA Y SANCHEZ MORI CINTIA SARITH con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA(HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-102018; Exp. N° 0194-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de MAYNAS VARGAS KENNY VIDAL Y RAMIREZ GUERRA JULIO ABRAHAM con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: DOS de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas TRES DE LA TARDE(HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-10-2018; Exp. N° 0244-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de RIOS AREVALO DARWIN OSWALDO Y TUESTA DA SILVA QUENERVIT con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: DOS de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA(HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-10-2018; Exp. N° 0245-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de CASTRO PACAYA KAROL MISLETH con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: NUEVE de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas TRES Y TREINTA DE LA TARDE(HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-10-2018; Exp. N° 011-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

Navarro Gómez, en consecuencia Archívese la presente causa una vez consentida y ejecutoriada la presente; Yarinacocha, 22-10-2018; Exp. N° 092-2015-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

EDICTO SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI. SE CITAN Y EMPLAZAN A: 1) ELEISI PISCO TUA-

EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO: Emplaza a : ROGER BARDALES ROMAINA, con la Resolución N° 01 de fecha 12/09/2018, donde CITA A AUDIENCIA ÚNICA PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO, PARA EL 23 de OCTUBREBRE DE 2018 A LAS 10:30 HORAS, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, ubicado en Jr. Ucayali N° 499 de la ciudad de Pucallpa y se instalará con la presencia obligatoria del Fiscal y la bogado del imputado; Pucallpa, 22 de OCTUBRE del 2018, del EXP: N° 03475-2018-0-2402-JR-PE-02 - Fdo. D. PANDURO - Juez. V. ACHING – Esp. Judicial 23,24,25/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de CHAHUANO ANDRADE KELVIN Y FLORES CABRERA IRIS ALI con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: NUEVE de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-102018; Exp. N° 016-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de PINEDO SANCHEZ KENNY DANIEL Y SIFUENTES PAREDES DE PINEDO MELISA con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: NUEVE de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOS DE LA TARDE (HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-10-2018; Exp. N° 01474-2017-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de MELENDEZ DEL AGUILA FIDEL Y CHAPA PASHANASTE GEOVANA JUDITH con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha diez de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA(HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-102018; Exp. N° 0201-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 23,24,25/10/EP

FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA(HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-102018; Exp. N° 0195-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria. 23,24,25/10/EP

Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

SEPARATA EDITADA POR EL DIARIO ÍMPETU

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI


EDICTO SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA MEDIANTE EDICTO: A LA EMPLAZADA – (JHOY ESTELA RAMIREZ HUAYABAN) AGRAVIADA. Con la Resolución Nº 10 de fecha 19 de Octubre del 2018. DADO CUENTA: Con los presentes actuados según su estadío procesal y al no haberse admitido medio probatorio alguno en esta instancia, corresponde seguir con el trámite recursal y al amparo de lo previsto en el artículo 423° inciso 1) del Código Procesal Penal, deberá de señalarse fecha y hora de la respectiva audiencia, considerando muy particularmente

EDICTO EL JUZGADO PENAL COLEGIADO PENAL PERMANENTE DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO; Ha resuelto mediante resolución UNO de fecha 19 de setiembre de 2018, citar a juicio oral al acusado JOSE JESUS RENGIFO INUMApara el dia 07-OCT-2020 A LAS 11:00 A.M., en el JUZGADO PENAL COLEGIADO en JR. UCAYALI N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ . Delito: ROBO AGRAVADO. Pucallpa 22-10-2018. EXP. 31382016-99 FDO. PIZAN-Juez; Garcia-Especialista. 24,25,26/10/EP

EDICTO EL JUZGADO PENAL COLEGIADO PENAL PERMANENTE DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO; Ha resuelto mediante resolución UNO de fecha 17de setiembre de 2018, citar a juicio oral al acusado CRISTIAN NUNCUAN ALLUI y ANGEL GOMEZ ANTUASH- para el dia 08JUL-2020 A LAS 09:00 A.M., en el JUZGADO PENAL COLEGIADO en JR. UCAYALI N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ . Delito: ACTOS CONTRA EL PUDOR. Pucallpa 22-10-2018. EXP. 1294-2017-42 FDO. BEDOYA-Juez; Garcia-Especialista 24,25,26/10/EP

EDICTO EL JUZGADO PENAL COLEGIADO PENAL PERMANENTE DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO; Ha resuelto mediante resolución UNO de fecha 17de setiembre de 2018, citar a juicio oral al acusado ENER IVAN CUMAPA SOTO- para el dia 07-OCT-2020 A LAS 10:00 A.M., en el JUZGADO PENAL COLEGIADO en JR. UCAYALI N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ . Delito: VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD. Pucallpa 22-10-2018. EXP. 3330-2017-55 FDO. PIZAN-Juez; Garcia-Especialista 24,25,26/10/EP

EDICTO EL JUZGADO PENAL COLEGIADO PENAL PERMANENTE DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO; Ha resuelto mediante resolución UNO de fecha 17de setiembre de 2018, citar a juicio oral al acusado AMILTON AZAN ALEGRIA- para el dia 07-OCT-2020 A LAS 10:30 A.M., en el JUZGADO PENAL COLEGIADO en JR. UCAYALI N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ . Delito: ACTOS CONTRA EL PUDOR. Pucallpa 22-10-2018. EXP. 1466-2018-90 FDO. PIZAN-Juez; Garcia-Especialista 24,25,26/10/EP

de octubre del 2018.- SE NOTIFICA al investigado ISRAEL SILVA RIOS V JAMES PIZANGO TARICUARIMA, por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de lesiones leves en agravio de Carmen Berna Ortega, con el extracto de la resolución número 21 de su fecha; resolución que reprograma audiencia para el día 22 DE NOVIEMBRE DEL 2018, a horas 10:00 DE LA MAÑANA [hora exacta] para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE LA ACUSACIÓN, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivero N° 720, de esta ciudad; con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, debiendo dichos investigados designar defensa privada de su libre elección, caso contrario persistirá la designación de defensor público, por este judicatura. 24,25,26/10/EP

DIARIO IMPETU 2 Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

NAMA, para el día 29/10/2018 a horas 08:20 A.M. con la finalidad de que concurra voluntariamente a la Segunda Sala Penal de Apelaciones, ubicada en el Jr. Ucayali N°499 (2do piso) de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, a efectos de que rinda su DECLARACION TESTIMONIAL, por haberse ordenado en el proceso seguido contra MANUEL ZAMORA CASTRO, por el delito contra la libertad sexual-violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iníciales E.P.T. Citación que se realiza con el apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva por la fuerza pública de conformidad con lo previsto en el Artículo 139 del Código de Procedimientos Penales y/o de prescindirse de su declaración. Pucallpa, 22-10-18. EXP. 02310-2010. FDO. Marina - Secretario. 23,24,25/10/EP EDICTO 1. El SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO, RES. N°NUEVE,de fecha 02-10-2018 REQUIÉRASE al sentenciado JORSE WALKER GONZALES SHUÑA ,que en el plazo de CINCO DÍAS, cumplan con hacer EFECTIVO el pago de la reparación civil, impuesto en la sentencia, esto es la suma de S/. 1,500.00 soles, por el delito Micromercializacion o Microproduccion en agravio del Estado (Exp. N° 01048-20179-2402-JRPE-03), Pucallpa,22 de octubre del 2018 Fdo.: PANDURO- Juez. Vela - Especialista de Causa. EXP. N° 01048-2017-9-2402-JRPE-03 23,24,25/10/EP EDICTO 1. El SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO, RES. N° CINCO,de fecha 01-10-2018 emplaza al sentenciado RICHARD GABRIEL CAMASCA FLORES ,REQUIÉRASE al sentenciado que en el plazo de CINCO DÍAS, cumplan con hacer EFECTIVO el pago INTEGRO de la reparación civil, por el delito Conducción en Estado de Ebriedad en agravio Ministerio de Transporte y Comunicaciones Pucallpa, 22 de Octubre del 2018 Fdo.: PANDUROJuez. Vela - Especialista de Causa. EXP. N° 03524-2017-0-2402-JR-PE-02 (Secretaría de Ejecución de Sentencia). 23,24,25/10/EP EDICTO EXPEDIENTE: 103-2014-JIP-PA (CUADERNO DE SOBRESEIMIENTO) Especialista: Cesar Carrión Vera JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE ATALAYA Emplaza a la parte agraviada, señor FREDDEN PARIONA CLETONA, con las resolución número SIETE de fecha 22/06/2017, que RESUELVE: DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO total, del proceso seguido en contra de GILBERT PALACIOS TUESTA, a quien se le ha venido investigando, por el presunto delito de ESTAFA en agravio de FREDDEN PARIONA CLETONA, y DISPONE el archivo del caso, CONSENTIDA Y/O EJECUTORIADA que fuere la presente resolución. Fdo. Dra. Calderón – Juez: Especialista, Carrión – Atalaya 17/01/2018. 23,24,25/10/EP EDICTO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO: Emplaza a la agraviada SIDNEY KERYLLY VASQUEZ PEREZ, con la resol. 17 de fecha 17/09/2018 Se Resuelve SE DECLARA FUNDADO la oposición al sobreseimiento fiscal, requerido por el actor civil; en consecuencia, SE DISCREPA el SOBRESEIMIENTO postulado por el Representante del Ministerio Público, que corresponde a que se sobresea de la causa penal al procesado Salomón Franco Muñoz y otros, por la presunta comisión del delito contra la voluntad popular -perturbación o impedimento del proceso electoral, en agravio de Sidney Kerylly Vásquez Pérez y otros.; derivado del EXP: N° 526-2017-90-2402-JR-PE-01. Pucallpa, 19 de Octubre del 2018. Fdo. J. Ower.Juez. V. Muro– Esp. Judicial. 24,25,26/10/EP EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1341-2017-0-2701-JR-PE-03 JUEZ: EDGAR LEON QUISPE ESPECIALISTA JUDICIAL. : HENRV CHUPTAVA DELGADO.NUMERO DE RESOLUCIÓN : 21 de fecha 15

que esta Sala no es únicamente de Apelaciones sino también funciona en adición como Sala Liquidadora y además, la disponibilidad en el libro de señalamiento de audiencias en donde ya existen otras diligencias programadas con antelación en fechas más próximos y el efectivo emplazamiento a las partes1, en consecuencia, al amparo del artículo citado, se DISPONE: 1. SEÑALAR fecha y hora para la AUDIENCIA DE APELACION DE SENTENCIA para el día LUNES CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA(09:00 am. hora exacta), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, ubicado en el Jr. Ucayali N°499(2do. piso); 2. CÍTESE a los sujetos procesales que corresponda de acuerdo a Ley, quienes podrán efectuar sus alegaciones conforme a las reglas de juicio de primera instancia; debiendo ser notificados conforme a las formalidades prescritas en el artículo 161° del Código Procesal Civil2, bajo responsabilidad funcional del encargado del área de notificaciones; bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso de apelación en caso de inasistencia injustificada de la parte recurrente, al amparo del inciso 3) del artículo 423° del Código adjetivo señalado. 3. Con el apercibimiento en caso de inasistencia de la defensa técnica del sentenciado, de procederse a multarlo, conforme lo prescribe el artículo 85°.3 de la norma procesal adjetiva, en concordancia con el primer párrafo del artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin perjuicio, dado el carácter de inaplazable de la audiencia, de ser excluido de la defensa y ser reemplazado por otro, que, en ese acto, designe el procesado o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia, Conforme lo informa el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal 4. OFÍCIESE al Director de la Defensa Pública a efectos de que designe un abogado público con dicho fin; Notifíquese.-Torres, Tuesta y Guzmán. EXP. N° 0367-2018-25. Pucallpa, 19-10-2018.24,25,26/10/EP EDICTO EXPEDIENTE N° 00157-2012-JMPPA-CSJUC. JUZGADO PENAL MIXTO DE LA PROVINCIA DE PADRE ABAD Mediante resolución número cuarenta y cinco (sentencia) se ha condenado al imputado Fredi Ivan Roldan Egoavil a ocho años de pena privativa de la libertad efectiva por el delito contra la Libertad - Trata de Personas Agravada, en agravio de la menor de iníciales M.E.F.J., quien a la fecha se encuentra no habido y con orden de captura en. FDO.- Tovalino; Juez – Cancino; Especialista Judicial, Aguaytia 22 de Octubre del 2018. 24,25,26/10/EP EDICTO JUZGADO PENAL COLEGIADO PERMANENTE DE CORONEL PORTILLO Que, mediante resolución n+umero uno de fecha cinco de octubre de dos mil dieciocho, se a dispuesto señalar fecha para AUDIENCIA DE JUICIO ORAL CONTRA JHONATAN JAVIER PAREDES SÁNCHEZ y MICHAEL RIGER SAAVEDRA TORRES, por la presunta comisión del delito de contra el Patrimonio en la Modalidad de Robo Agravado, en agravio Oscar Daniel Lozano Ruiz y Leandro Raul Ruiz Rojas; para el día 13 DE NOVIEMBRE DE 2018, a horas 09.30 am (Hora exacta), en la sala de audiencias del Establecimiento Penitenciario de Pucallpa, bajo apercibimiento de ser declarados reo ausente o contumaz, en caso de inconcurrencia injustificada. Pucallpa, 11/10/2018. EXP N° 2658-2017-49-. FD. Barbaran, Juez; Solís- Especialista. 24,25,26/10/EP EDICTO TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIO DE CORONEL PORTILLO emplaza al Agraviado: ARTURO DAVID SOLSOL VASQUEZ: Dado cuenta con la Resolución Nº TRES de Fecha Diecisiete de Octubre del Dos mil dieciocho; se dispone NOTIFICAR con la Res. Nº 01 de fecha 19/09/2018, impóngase COMPARENCIA SIMPLE a ELIAS FREDY CANO VARGAS y concurrir a las diligencias, señalar el plazo de CIENTO VEINTE DIAS al requerimiento de formalización, comunicar a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado antes de cada decisión; signado al EXP: 03563-2018-0-2402-JR-PE-03. Calleria, 23 de Octubre de 2018. Fdo. M. Díaz.- Juez. S. Bel-

trán.– Esp. Judicial. 24,25,26/10/EP

EDICTO La Señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería: DEIVY GERMAN ALCEDO PANDURO. A efecto de notificarle la resolución N°13 del 01/10/2018 QUE DISPONE: HACER EFECTIVO LA CONDUCCIÓN COMPULSIVA de ALFREDO BASTOS ALVARADO. Cúrsese oficio a la Policía Nacional del Perú – POLICIA JUDICIAL, a fin de que ejecute la conducción compulsiva del antes indicado. PROGRAMAR fecha para la audiencia, para el día VEINTISEIS DE OCTUBRE del año en curso, a las DOCE HORAS; la que se realizara puntualmente en la Sala de Audiencias del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería, con la concurrencia de: el imputado, el agraviado. EXP: 00072-2017-0-2402-JP-PE-01, juez: Pizarro, especialista: Apolinario. Notifíquese.24,25,26/10/EP EDICTO La Señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería: MIRIAM ELIZABETH RIOS QUICHE. A efecto de notificarle la resolución N°01 del 26/05/2017 QUE DISPONE: REMITIR a la Comisaria de Pucallpa, para que dentro del plazo de 20 días naturales, cumpla con efectuar una investigación preliminar complementaria, con el objeto de que realice los siguientes actos de investigación: Recibir declaración de la denunciada y realizar las demás diligencias tendientes al mejor esclarecimiento de los hechos(…). EXP: 00265-2017-0-2402-JPPE-01, juez: Pizarro, especialista: Apolinario. Notifíquese.24,25,26/10/EP EDICTO La Señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería: MIRIAM ELIZABETH RIOS QUICHE. A efecto de notificarle la resolución N°02 del 07/06/2017 QUE DISPONE: (…) notificar a la agraviada la resolución número uno en el jr. Arenal N°583- Callería(…) EXP: 00265-2017-0-2402-JP-PE-01, juez: Pizarro, especialista: Apolinario. Notifíquese.24,25,26/10/EP EDICTO La Señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería: MIRIAM ELIZABETH RIOS QUICHE. A efecto de notificarle la resolución N°03 del 14/06/2017 QUE DISPONE: con el Oficio N° 1391-2017-V-MACREPOL-HUANUCO/REGPOL-UCA/DIVPOS-CP-“A”SFA de la Policía Nacional del Perú - Comisaria Pucallpa, (…), la dependencia policial encargada ha cumplido con las especificaciones señaladas en la resolución uno de autos; (…), se resuelve: PÓNGASE los autos a Despacho para emitirse la resolución que corresponde. EXP: 00265-2017-0-2402-JP-PE-01, juez: Pizarro, especialista: Apolinario. Notifíquese.24,25,26/10/EP EDICTO La Señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería: MIRIAM ELIZABETH RIOS QUICHE. A efecto de notificarle la resolución N°04 del 29/08/2018 QUE DISPONE: (…) NOTIFICAR en el día las resoluciones número uno, dos, tres, y la presente resolución a la agraviada MIRIAM ELIZABETH RIOS QUICHE, en su domicilio ubicado en el Jr. Arenal Nº 583 – Calleria, (…). EXP: 00265-2017-0-2402-JP-PE-01, juez: Pizarro, especialista: Apolinario. Notifíquese.24,25,26/10/EP EDICTO La Señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal – Callería: MIRIAM ELIZABETH RIOS QUICHE. A efecto de notificarle la resolución N°05 del 20/09/2018 QUE DISPONE: Con las cedulas de notificación devueltas sin diligenciar por parte de la Asistente Judicial de este este Juzgado, (…), procédase a notificar a la indicada con las resolución que se devuelven ( resolución número 1,2,3 y 4) y la presente resolución, a través de edictos (…); PONGASE los autos a DESPACHO para emitir la resolución que corresponde conforme esta ordenado en autos(…). EXP: 00265-2017-0-2402-JP-PE-01, juez: Pizarro, especialista: Apolinario. Notifíquese.24,25,26/10/EP EDICTO

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EDICTO EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado: EDWARDO SEGUNDO MURRIETA RIOS para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el día 21-11-2018 a las 10:30 de la mañana, en la Sala de Audiencias del 2Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad. Pucallpa, 23-10-2018.

EDICTO EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado: FREDY NAVARRO GOMEZ para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el día 22-11-2018 a las 09:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias del 2Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad. Pucallpa, 23-10-2018. EXP. N° 02602-2018-50, Res. N° 01. FDO. Meza-Juez; Saldaña-Especialista 24,25,26/10/EP

EDICTO El TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO, emplazan a JULIA PONCE DE LEON OJEDA Y GLORIA PONCE DE LEON OJEDA en el proceso que siguen por el delito de ROBO AGRAVADO; con los siguientes: Resolución N° 11 SE RESUELVE: CITAR AUDIENCIA DE ACUSACION PARA EL 13 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A LAS 10:00AM debiendo la parte emplazada acudir a la audiencia programada; Pucallpa 23 de Octubre del 2018 Fdo.: Díaz Juez. BELTRAN - Especialista. EXP. N°003942016-70-2402-JR-PE-03 24,25,26/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de GOMEZ ROMANO DANILO CHISTIAN Y GAVIRIA MARTIN MARIA DEL CARMEN con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-102018; Exp. N° 0199-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 24,25,26/10/EP

EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de VELA SOUSA LESLIE PAOLA Y UGAZ SANCHEZ IVO JORGE EDUARDO con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-10-2018; Exp. N° 0202-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 24,25,26/10/EP

TO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de QUIROZ VELA LUZ MARINA Y DIAZ PAIMA CAMILO con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-102018; Exp. N° 0205-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 24,25,26/10/EP

DIARIO IMPETU Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE CORONEL PORTILLO; RESOLUCION NUMERO: ONCE de fecha 1810-2018; DADO CUENTA: Con la razón que antecede, téngase presente, y advirtiéndose la inasistencia de los declarantes, y atendiendo la recargada agenda de éste Juzgado; REPROGRÁMESE LA DECLARACIÓN de LUZ ELENA PANDURO ROJAS, SANDRA CARLA ROJAS PINEDO y VICTOR RAFAEL PANDURO MENDOZA para el día VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, debiendo además notificárseles mediante edictos y en el domicilio señalado en su ficha Reniec, bajo apercibimiento de prescindirse de sus declaraciones. Así mismo REITÉRESE OFICIO a la trabajadora social a fin de que remita la evaluación social, económica y familiar del menor mediante visita domiciliaria. Suscribiendo la presente de conformidad con el último párrafo del artículo 122° del TUO del Código Procesal Civil; Exp. N° 0376-2018-0-2402-JR-FT-02; Fdo. Regalado Torres – Juez; Villacrez Mori – Sec.24,25,26/10/EP EDICTO EL SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIO DE CORONEL PORTILLO DISPONE EMPLAZAR VÍA EDICTO a la parte Imputada: OMAR ERNESTO COLQUI ROJAS Y PERCY RIOS COHEN: RESOLUCIÓN NUMERO: DOCE de fecha Dieciséis de Octubre del año dos mil dieciocho: PÓNGASE A CONOCIMIENTO AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 29/10/2018 a las 03:30 P.M. que se llevara a cabo en la Sala del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatorio: Calleria, 23-10-2018; Exp. N° 02663-2016-72-2402-JR-PE-01, Fdo. G. Tello -Juez; Lopez.-Secretario.24,25,26/10/EP EDICTO TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO ESPECIALIZADO EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS EMPLAZA al acusado FREDY AREVALO CAMPOS, para que asistan al JUICIO ORAL, a realizarse el 23-11-2018 a horas 9:00 A.M en la sala de audiencias de este juzgado; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ. Delito: COHECHO PASIVO PROPIO; Pucallpa 23/10/2018. Exp. 2435-2017-75. FDO. Cueva-Juez; Maslucan- Especialista. 24,25,26/10/EP EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de PANAIFO LOPEZ ROSA Y GONZALES PANAIFO ELVIA MARILIA con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: NUEVE de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-10-2018; Exp. N° 0177-2017-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 24,25,26/10/EP EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE: EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas de OLIVIA ESCALANTE BRANDY, RUIZ BAILON LINTON JOSEPH Y CASTRO TULUMBA LEONARDO con el contenido de la: RESOLUCION NUMERO: NUEVE de fecha dieciséis de octubre del año dos mil dieciocho: donde SE RESUELVE REPROGRAMAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOS DE LA TARDE (HORA EXACTA). la que se realizará en el local del juzgado, con la concurrencia de los órganos de prueba; Yarinacocha, 16-102018; Exp. N° 0177-2018-0-2402-JP-PE-01, Fdo. Salazar-Juez; Culqui - Secretaria 24,25,26/10/EP EDICTO EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRI-


Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

ENTRETENIMIENTO

IMPETU.pe

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Horóscopo Aries: 21 mar. 20 abr. Dejas de lado por fin las cosas del pasado que te han hecho daño, esto es algo muy positivo para ti, ya que te permitirá seguir adelante mucho más rápido. Tauro: 21 abr. 21 may.

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Cáncer: 22 jun. 22 jul.

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Si estás conociendo a alguien, hoy por la noche tendrás un encuentro con esa persona, será algo muy romántico, no lo dejes pasar.

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Leo: 23 jul. 23 ago. No comiences un debate con tu pareja que no tengas intención de terminar, si te ha vencido en este intercambio de opiniones, entonces debes aceptar que es así.

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Virgo: 24 ago. 23 set.

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Es un momento muy bueno para quienes quieren encontrar algo que les corresponda y que esté acorde a lo que siempre han pensado para su vida.

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Escorpio: 24 oct. 22 nov. No es una buena idea el volver a ver a esa persona del pasado que podría volver a rondar por tu vida el día de hoy, es probable que se trate de alguien que no te hizo bien y que no necesitas.

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Sagitario: 23 nov. 21 dic. Aprovecha este día para realizar una actividad que haga recuperar vitalidad a tu cuerpo, estás en una etapa maravillosa de tu existencia y debes experimentarla como tal.

Capricornio: 22 dic.. 20 ene.

Tienes en tu poder algo que no te perteneces, debes regresar esto a la persona que corresponda, no querrás que te acusen de quedarte con algo que no es tuyo.

Crema tentadora RECETARIO

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Si tienes hijos, es un buen momento para compartir más con ellos y enseñarles a cooperar en las tareas del hogar, será una actividad muy educativa para ellos y la llevarán de por vida.

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Géminis: 22 may. 21 jun. Es momento de comenzar a pensar en las cosas que debes hacer y dejar de darle espacio a lo que no es necesario en este momento.

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No dejes de ver a tus amistades por la relación que estás teniendo en este momento, una cosas no quita la otra, por lo que siempre debes tratar de hacer tiempo para pasarlo con tu grupo de amigos.

1/2 tz. té preparado 1 tz. leche descremada 1 cda. edulcorante líquido 2 yemas 1 cda. maicena 3 cda. oporto 1 cdta. vainilla 1 vaso de yogur natural descremado 2 claras 4 peras cocidas 8 cerezas sal

Caliente el té junto con la leche descremada y el edulcorante. Añada las yemas y la maicena diluida en el vino oporto. Cocine hasta que la crema espese, revolviendo continuamente con batidor. Retire, entibie y perfume con vainilla. Agregue el yogur y las claras batidas a punto nieve con la pizca de sal. Mezcle bien. Coloque la crema en un recipiente de vidrio o de cerámica y conserve refrigerado por dos horas. Sirva en copas o compoteras y complete con media pera y una cereza.

Acuario: 21 ene. 19 feb. Debes tener en tu mente la capacidad de siempre estar cambiando y en constante evolución, no dejes que esto te pase la cuenta para el futuro. Piscis: 20 feb. 20 mar. Es probable que una persona que quieres mucho esté esperando con ansias que le hagas una visita el día de hoy, si tienes la posibilidad de hacerlo, no lo dejes para mañana.


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Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

ZONA IN

ESPECTÁCULOS - EVENTOS INSTITUCIONALES - DISCOTECAS - SALUDOS

¿QUIERES SALIR EN NUESTRA ZONA SOCIAL? CONTÁCTATE CON NOSOTROS: pucallpainteractiva@gmail.com

Discoteca “El Bosque” donde todo es full diversión los fines de semana.

Feliz cumpleaños campeón Mathias Richard Adriano Daza Gutiérrez. Te desea tus papitos, abuelitos, tios, primos y todos tus amiguitos que te quieren y admiran mucho.

El dúo de bodas mas chambero, en la foto vemos a Lino Campos y Bedman Cauper enrumbando a un nuevo reto fuera de Pucallpa. ¡Éxitos! Este grupo de amigos se divirtió de lo lindo en discoteca Aloha, donde nos cuentan, bailaron hasta las últimas.

El Huambrillo está cumpliendo

años y estará tirando la casa por la ventana. El equipo

Interactivo te desea un feliz dia.


Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

Científicos peruanos recibieron premio de Google en la sexta edición de LARA

En la ceremonia llevada a cabo en el Centro de Ingeniería de Google en América Latina se premiaron 26 proyectos Los Premios de Investigación de Google para América Latina (LARA) 2018 fueron entregados a 26 proyectos de alto impacto que, a través del uso de la tecnología, buscan solucionar los desafíos de la región. Este año, en el Centro de Ingeniería de Google ubicado en Belo Horizonte, la compañía otorgó 535 mil dólares para contribuir con el financiamiento de estas iniciativas. Entre los ganadores se encuentran los peruanos Mirko Zimic Peralta y Jorge Coronel Herrera, ambos de

la Universidad Cayetano Heredia, cuyo trabajo de investigación busca facilitar la detección temprana de la tuberculosis en lugares alejados y en poblaciones de escasos recursos utilizando tecnología móvil e inteligencia artificial. El proyecto de estos investigadores consiste en un sistema de telediagnóstico que permite analizar una imagen tomada en un lugar remoto por un microscopio de bajo precio hecho con impresión en 3D y enviada desde un teléfono móvil. El resultado positivo o negativo de la imagen para tuberculosis se obtiene entre 2 o 3 días, y no en semanas como ocurre actualmente. “El talento se premia.

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ZONA IN

En un contexto como el de hoy, en el que la tecnología avanza a pasos agigantados y nos ofrece cada vez más herramientas, los proyectos o las iniciativas que busquen explorarlas, potenciarlas o utilizarlas para intervenir, de manera positiva, nuestras realidades son de vital importancia. Esto es talento y, en Google, estamos comprometidos a impulsarlo”, dijo Berthier Ribeiro Neto, Director de Ingeniería de Google para América Latina. Junto con el equipo de investigadores peruanos, también fueron reconocidos trabajos provenientes de Brasil (17), Colombia (5), Argentina (2) y México (1), los cuales han sido de gran

utilidad para intervenir, de manera positiva, distintos temas relacionados con salud, educación, medioambiente, infraestructura y transporte, haciendo uso del Internet de las cosas, el machine learning, el data mining, los dispositivos móviles, entre otros. Los Premios Latin American Research Awards (LARA) de Google fueron lanzados en el 2013 y desde entonces, el programa ha beneficiado a 46 proyectos y a más de 100 investigadores, incluyendo estudiantes de maestría y doctorado, profesores y tutores, dedicados a encontrar soluciones innovadoras que impacten nuestras sociedades.

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Charly García:

Celebró su cumpleaños, lleno de lejos

El músico llegó a los 67 años y no faltó nadie a la fiesta que su novia le organizó en Palermo. La semana comenzó agitada para uno de los ídolos más grandes del rock argentino. Es que Charly García recibió su cumpleaños número 67 rodeado de sus seres queridos en un conocido bar del barrio de Palermo. El festejo fue organizado por la novia del ex Sui Generis, Mercedes Iñigo (31), en un conocido establecimiento de la calle Gorriti al 5500, hasta donde llegaron muchas figuras de la música local, como Juanes, Fito Páez, Zorrito Von Quintiero, Raúl Porchetto y Roberto Pettinato, entre tantos otros. De hecho, uno de los momentos más emblemáticos de

la noche fue cuando el propio Charly se subió al escenario del bar y deslumbró con algunos de sus éxitos junto al líder de Ratones Paranoicos, Quintiero, y Pettinato. Quienes también fueron de la partida y posaron para los fotógrafos que hicieron guardia en el lugar fueron Migue García, hijo del cantautor, Andrea Rincón y José Palazzó, Renata Schussheim, Toto Ferro, Nicolás Cuño y su pareja, Mike Amigorena y su novia, y el médico Rubén Mühlberger. Charly llegó al bar en un pintoresco auto antiguo a eso de las 20 del lunes y junto a su hijo. En tanto, se fue del lugar cerca de la 1 de este martes. Por lo que Claudio Caniggia, quien arribó pasadas las 3, no alcanzó a saludarlo.

956621678


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Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

POLICIAL/JUDICIAL

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SERÁ DENUNCIADO POR DOBLE DELITO

ASALTABAN AL PASO A VÍCTIMAS MUJERES

Fiscalía Penal investigará a médico pegalón

Envían nueve meses a prisión a presuntos ‘cogoteros’

Ayer a las nueve y media de la mañana ingresó la denuncia al despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo en contra de Robert Xavier Moncada Escalante de 37 años, un profesional médico que trabaja en el centro de salud San Fernando. El fiscal que conducirá la investigación es Erick Geremy Astuñague Condori, quien realizará la denuncia respectiva contra el médico por imputación de doble delito contra el cuerpo, la vida y la salud, agresión a la mujer por lesiones leves, asimismo por el delito contra la seguridad pública, conducción en estado de ebriedad. Al respecto la agraviada, Kiara Araujo Góngora de 21 años, expresó su descontento porque se consideró como delito solo lesiones leves. “Las autoridades no sé qué esperan para tomar acciones, ese tipo me golpeó salvajemente dentro de su vehículo, eso no va salir en el reconocimiento médico, las lesiones que me causó son graves” confesó entre sollozos. Hasta el momento no existe ningún pronunciamiento por parte del Colegio Médico

de Ucayali, se conoció que la denuncia fiscal pasó a manos del Poder Judicial y estaría bajo proceso inmediato en la cual el fiscal habría solicitado nueve meses de prisión preventiva, la audiencia se realizará hoy en el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo. Los hechos ocurrieron el domingo pasado a las 6:30 de la tarde, al frente de su domicilio en el jirón Padre Abad 153, el médico empezó a agredir a su enamorada, propinándole golpes en diferentes partes de su cuerpo hasta que fue ser auxiliada por sus familiares que empezaron a golpear la camioneta de color azul oscuro donde ocurría la terrible agresión. BLANCA IZQUIERDO

Médico no quiere dar la cara.

AVISO DE REMATE JUDICIAL PRIMER REMATE JUDICIAL.- Exp. 00013-2017-0-2402-JR-CI-02, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra INMOBILIARIA KIU S.A.C., sobre Ejecución de Garantías. El Segundo Juzgado Civil de Coronel Portillo, que Despacha el Sr. Juez Dr. Roberto Carlos Gonzales Chávez, Secretaria Judicial Abogada Larissa Chauca Ruiz; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente bien inmueble: INMUEBLE: Ubicado en AV. UNION MZ. “L” LOTE 6 DEL AA.HH. TÚPAC AMARU, del Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali, inscrito en la Partida N° 00009028 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° VI. VALOR DE TASACIÓN: En la suma de OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$. 83,779.00).BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las las dos terceras partes del valor de la tasación por tratarse de la Primera Convocatoria, es decir la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS DÓLARES AMERICANOS CON 67/100 CENTAVOS DE DÓLAR (US$ 55,852.67).DÍA Y HORA DE REMATE: SEIS (6) DE NOVIEMBRE DE 2018 a las DIEZ HORAS QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA (10:15 AM.).CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: Inscrita en el Asiento D 000003 de la Partida N° 00009028, constituida por INMOBILIARIA KIU S.A.C. a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A.A., hasta por la suma de S/. 237,640.20.LUGAR DEL REMATE: Local del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Coronel Portillo, ubicado en la Jr. Ucayali N° 499 - Segundo Piso.LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Segundo Juzgado Civil de Coronel Portillo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas.MARTILLERO PÚBLICO: El presente remate estará a cargo del Martillero Público CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO, con Reg. 241.RETRIBUCIÓN DEL ÓRGANO DE AUXILIO JUDICIAL: Serán de cargo del adjudicatario y serán cancelados una vez concluido el acto de remate, en caso de discrepancia serán fijados por el Juez de acuerdo con lo establecido en el artículo 732° del Código Procesal Civil.Callería, 18 de septiembre

1/8PAG/19,22,23,24,25,26/F1228

E

l juez Gino Tello Dantas, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria resolvió declarar fundada la solicitud prisión preventiva por nueve meses presentada por la Fiscalía Penal Corporativa de Coronel Portillo en contra de dos sujetos que se encuentran procesados por el delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado. Los sujetos fueron capturados el pasado sábado a la medianoche, minutos después de haber asaltado a Luisa Elizabeth Urribari Puscán, a quién bajo la modalidad del cogoteo, le arrebataron al paso su cartera que contenía productos cosméticos, un celular, un cargador y la suma de dieciséis nuevos soles. Los delincuentes fueron capturados por la policía cuando huían, encontrándolos con todo lo robado. Gister Icahuate Fasabi y Jesús Armando Villalobos Córdova, fueron internados en el penal de Pucallpa, en calidad de procesados, luego que la fiscalía fundamentara

Juez Gino Tello Dantas. los medios que probarían la existencia del vínculo con los imputados, asimismo que el pedido cumple con los presupuestos de peligro procesal, fundado y graves elementos de convicción, una pena probable de más de 4 años. Los procesados admitieron el delito, y declararon ser responsables del hecho que

PRIMER REMATE JUDICIAL - UCAYALI

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC con RODRIGUEZ SILVA, Irene Yolanda y FERNANDEZ ADAHUA, Julio Faustino. Expediente N° 00256-2009-0-2402-JR-CI-01, por orden del Primer Juzgado Civil- Sede Central, a cargo del Señor Magistrado BALLARDO JAPAN, Carlos Alberto, Especialista Legal DIAZ VARGAS, Marjorie Karla Carolina. El suscrito Martillero Público, rematará en PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble es de 780.40m2, ubicado el Jr. San Martin, corresponde al lote 10 de la manzana 54, del plano de Lotización del Centro Poblado Campo Verde, Distrito de Campo Verde, Provincia de Coronel Portillo, Departamento y Región de Ucayali. Inscrito en la partida N° P19006847 de la Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa, Oficina Registral de Ucayali. 1) VALOR DE TASACION: US$ 23,412.00 (VEINTITRES MIL CUATROSCIENTOS DOCE CON 00/100 DÓLARES EUA.). 2) PRECIO BASE: US$ 15,608.00 (QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHO CON 00/100 DÓLARES EUA). Que viene a ser las dos terceras partes del valor de tasación. 3) GRAVAMENES y CARGAS: Asiento 00007 INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC, hasta por la suma de 20,000 SOLES, el titulo fue presentado el 19 /01/2009. Asiento 00008 INSCRIPCION DE EMBARGO a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC, hasta por la suma de 1,000 SOLES, el titulo fue presentado el 05 /04/2010. 4) DIA DEL REMATE: 29 de noviembre del 2018.5) HORA: 10:10 de la mañana 6) LUGAR: En la Sede del Juzgado Civil de Coronel Portillo, sito en Jr. Ucayali N° 499-Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo y Departamento de Ucayali. 7) POSTORES; Condiciones y requisitos: 7.1) Oblarán el 10% del Valor de Tasación (US$ 2,341.20) en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial (CODIGO: 07153) (IMPORTE: S/415.00 SOLES) por derecho de participación en el remate, consignar en el mismo el número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. 7.2) Corre por cuenta del Adjudicatario, la comisión del Martillero Publico y se cancela a la firma del Acta, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 -JUS y están afectos al IGV. 7.3) El adjudicatario, depositara la diferencia del oblaje entregado, por la postura realizada, dentro de los tres días hábiles siguientes al remate, bajo responsabilidad de ley. 8) INFORMES: Tel. 01-4412668 / #949063616 / www.martillerocorrea.es. tl

se les imputa, ante todas las evidencias. El juez Gino Tello Dantas, resolvió dictar nueve meses de prisión preventiva contra ambos, período que se computará desde el momento de la detención, mientras duren las investigaciones enfrentarán el proceso judicial en la cárcel. BLANCA IZQUIERDO

DURANTE VELADA AL CRISTO MORADO

Internos elevaron plegarias por su libertad Por primera vez y como parte de las actividades de socialización que realizan, los sesenta internos que pertenecen al programa Creo del Instituto Penitenciario de Pucallpa realizaron una velada en honor al Señor de los Milagros. Con una pequeña liturgia sobre la importancia de actuar con responsabilidad, los internos fueron partícipes de una misa que se realizó dentro del penal, en el pabellón número cuatro, zona exclusiva para jóvenes que por primera vez delinquieron. Con fe y devoción los internos danzaron alrededor de la imagen sagrada del Señor de los Milagros, elevando plegarias para su pronta libertad. Cargaron el anda en hombros e hicieron un recorrido por los estrechos ambientes. “Esta actividad se realizó con la finalidad de fortalecer la fe en los internos, quienes al ingresar a este penal muchas veces se sienten solos y la religión para ellos se convierte en un apoyo, incluso hasta cambios su modo de ver la vida” señaló Farley Portocarrero, encargado del programa. BLANCA IZQUIERDO

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 00165-2018-0-2402-JM-CI-01; seguido por SINDULFO MELQUIADES MALLQUE ALVARADO, contra SILVER RUDYAR SANDOVAL GARCÍA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Inmueble inscrito en la Partida N° 00020029 del Registro de Predios de la SUNARP - ZONA REGISTRAL N° VI), tramitado ante el JUZGADO MIXTO DE YARINACOCHA, que despacha el señor Juez Titular, CARLOS ENRIQUE DIAZ HERBOSO y secretario judicial Alain Luján Peña, se ha resuelto lo siguiente: (Extracto) RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS Yarinacocha, cinco de octubre de dos mil dieciocho.AUTOS y VISTOS; ( ... ) Y ATENDIENDO: ( ... ) SE RESUELVE: A.- ADMITIR a trámite la demanda instaurada por SINDULFO MELQUIADES MALLQUE ALVARADO, contra SILVER RUDYAR SANDOVAL GARCÍA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO; tramitándose en la vía del proceso ABREVIADO; en consecuencia: B.- CÓRRASE TRASLADO al demandado, por el plazo de DIEZ DIAS a fin de que comparezca al proceso y absuelva la misma, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde; para cuyo efecto notifíquesele y a los colindantes con las formalidades de ley. C.- PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en los Diarios “El Peruano” y el diario judicial “ímpetu” de la región, debiendo el demandante prestar las facilidades del caso para el cabal cumplimiento de lo ordenado en la presente resolución. Notifíquese.Yarinacocha, 05 de octubre de 2018

1/8pag/18,19,22,23,24,25/f1204

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Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

POLICIAL/JUDICIAL

EN EL ARENAL

Vecinos encuentran a joven aparentemente ‘pepeado’

Vecinos aseguraron que otros sujetos inconscientes también son arrojados en el sector. El cuerpo de un sujeto de aproximadamente 45 años fue abandonado en la última cuadra del jirón Arenal, al parecer habría sido ‘pepeado’. El hombre llevaba puesto un polo de color celeste, bermuda de color blanco, zapatillas negras y no llevaba documentos. Vecinos del lugar indicaron que el hombre fue arrojado desde un motocarro y dijeron que en esa cuadra suelen aparecer hombres inconscientes, víctimas de las llamadas ‘peperas’. El hombre fue trasladado

hasta el Hospital Regional de Pucallpa por el Serenazgo. Asimismo, en una estrategia conjunta para enfrentar la delincuencia, los serenos y policías e integrantes de las juntas vecinales emprendieron con fuerza los patrullajes integrados, para la seguridad de los pobladores. Serenazgo monta operativos nocturnos, sobre la base de la valiosa información proporcionada por los moradores, lográndose disminuir los actos delictivos y el pandillaje. SHIRLEY VELA

SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE HUANCAYO S.A. contra NÚÑEZ LLANTO, KARINA Y BEJARANO AYLAS, BHEYBY PEDRO, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente N° 0819-2017-0-2402-JM-CI- 01, el Juzgado Mixto - Sede Yarinacocha, a cargo del Señor Juez Dr. Carlos Enrique Díaz Herbozo, con intervención del Especialista Legal Dr. Lujan Peña Alain, ha dispuesto que el suscrito Martillero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en: JR. 06 DE NOVIEMBRE MZ. O, LT. 10 - ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA INTERCULTURAL YINE YARINACOCHA, DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI. CUYA ÁREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SE ENCUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA NÚMERO 11092672 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE UCAYALI, SECCIÓN ESPECIAL DE PREDIOS RURALES DE LA SUNARP - ZONA REGISTRAL N° VI- SEDE PUCALLPA. VALOR DE LA TASACIÓN: S/124,932.14 Soles. BASE DE REMATE: S/ 70,794.88 (Setenta mil setecientos noventa y cuatro con 88/100 SOLES). equivalente a las 2/3 partes de la tasación menos el quince por ciento. AFECTACIONES: Constitución de Hipoteca inscrita en el rubro (Cargas y Gravámenes) D00002 de la Partida 11092672 del Registro de Predios de la SUNARP - Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. hasta por el monto de US$. 29,078.00 (Veintinueve Mil Setentiocho con y 00/100 Dólares Americanos). DIA, HORA DEL REMATE: jueves 06 de diciembre de 2018, a horas 08h15 am LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado Mixto sito en la Av. Yarina Nro. 900, Yarinacocha - Ucayali. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado con registro Nro. 209, Teléfono: 999098701 correo electrónico: Asdel_v@hotmail.com. LOS POSTORES: Porcentaje a Depositar para participar en el Remate; No menos del 10% del Valor de Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia (Endosable y con antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre, así mismo en el remate entregara en original y copia el DNI o RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del Arancel Judicial correspondiente (Código 07153) donde conste el nombre del juzgado, el número de expediente y generales de ley del postor. El saldo de la adjudicación, de ser el caso, deberá de ser depositado por el adjudicatario dentro del tercer día bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los Honorarios del. Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS y la Ley del Martillero Público. Yarinacocha, 12 de octubre de 2018. 1/8pag/22,23,24/f1245

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Detienen a hombre que abusó sexualmente de su hija

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or encontrarse con orden de captura a nivel nacional, Segundo Federico Flores Cumapa de 50 años, en horas de la mañana de ayer fue capturado cuando se dirigía a su trabajo, los agentes de Requisitorias le cerraron el paso porque pesaba en su contra una orden de captura vigente por el delito contra la Libertad Sexual, su cap-

tura se produjo en la avenida Miraflores. Según información policial el detenido quedó viudo, y se le acusa de haber abusado de su propia hija de iniciales J.J.F.V., él se encontraba solicitado por el tercer juzgado de investigación preparatoria de fecha 11 de octubre del 2018, y debió ser conducido a los ambientes de la DEPAJUS. CEYMO RENGIFO

AVISO DE REMATE JUDICIAL PRIMER REMATE JUDICIAL.- Expediente N° 01340-2014-0-2402-JR-CI-02, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE HUANCAYO S.A., contra PORTAL MOCADA, JULIO AUGUSTO y HERRERA TORRES, CARMEN sobre Ejecución de Garantías. El Segundo Juzgado Civil de Coronel Portillo, que despacha el Sr. Juez. Dr. Roberto Carlos Gonzales Chávez, Secretaria Judicial Abogado Leandro Fabián Agui, ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente inmueble: INMUEBLE: Ubicado en el Jr. Comandante Suarez Manzana 327 -A, Lote 3D de! Plano Regulador de Pucallpa, Distrito de Calleria. Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali, inscrito en la Partida N° 11090304 del Registro de Predios de la Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa - Oficina Registral Pucallpa. VALOR DE TASACIÓN En la suma de CIENTO SESENTA y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA y OCHO CON 18/100 SOLES (S/. 165,268.18).BASE DEL REMATE Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de tasación por tratarse de la Primera Convocatoria, es decir la suma de CIENTO DIEZ MIL CIENTO SETENTA y OCHO CON 79/100 SOLES (S/. 110,178,79).DIA Y HORA DEL REMATE: JUEVES 8 DE NOVIEMBRE del DEL DOS MIL DIECIOCHO a las 12.00 horas del mediodía. CARGAS y GRAVAMENESHIPOTECA: inscrita en el Asiento D00001 de la Partida N° 11090304, constituida por Portal Mocada; Julio Augusto con la participación de Herrera Torres, Carmen a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A., hasta por la suma de S/. 198,714.97.EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Inscrita en, el Asiento D000002 de la Partida N° 11090304, a favor del banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/ 84,000.00.LUGAR DEL REMATE: Local del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Coronel Portillo, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499 - Segundo Piso.- Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali. LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Segundo Juzgado Civil de Coronel Portillo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal realizarse y copia de D.N.I. y firmas.MARTILLERO PÚBLICO: El presente remate estará a cargo del Martillero Público KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE con Registro N° 310. RETRIBUCION DEL ORGANO DE AUXILIO JUDICIAL Serán de cargo del adjudicatario y será cancelados una vez concluido el acto de remate, en caso de discrepancia serán fijados por el Juez de acuerdo con lo establecido en el Artículo 732° del Código Procesal Civil Calleria, 09 de Octubre del 2018

1/8PAG/23,24,25,26,29,30/F1246

La Municipalidad Distrital de Manantay atraves de la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural hace de conocimiento Público que ante MDM se ha presentado el expediente externo N° 15132-2018 por la SRA. ROSARIO ROMAINA SHUPINGAHUA, quien viene a solicitar certificado de formalización del Lote “07” de la Mz “F” del AA.HH. Virgen de las Nieves, jurisdicción del Distrito de Manantay si hubiesen terceros interesados que se opongan al referido por considerar que tienen mejor derecho de posesión sírvanse presentar sustentar su oposición ante la referida Municipalidad con la Arq. Estefita Riva Egoavil, Sub Gerente de Desarrollo Urbano y Rural. 3M/23,24,25/B1910

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Pucallpa, miércoles 24 de octubre de 2018

Dani Saenz Saavedra:

“tenemos grandes expectativas del éxito de la obra” Fotos: y Texto: J. León Dani Sáenz es director coreográfico de Mamma Mia, apuesta de teatro musical que se presentará el 1, 2, 3 y 4 de noviembre en el Teatro Municipal de Pucallpa, de la MPCP. Como él asegura, es la primera vez que presentará una obra musical en vivo y esto es una reto grande para los 11 jóvenes que estarán en el escenario, estando la

parte musical a cargo de un coro que también se prepara en el Centro Cultural de Pucallpa. Al igual que Dani, Checho Cruz es integrante del elenco que realizará el teatro musical y ser pioneros, a pesar de contar con experiencia previa, pues ambos ya realizaron presentaciones a nivel teatro más pequeño, será una expe-

riencia única y por ello la preparación es exigente y se busca perfeccionar todos los detalles para deleite del público. “Es una experiencia única que se presenta por primera vez en nuestra ciudad, esperamos tener buena respuesta del público, sabemos que aun es difícil lograr apoyo a la cultura, sin embargo estamos seguros que

esto gustará al público y sobretodo supondrá que sea una obra pionera y esto es importante para la ciudad” aseguró Cruz. “Ponemos mucho énfasis en los ensayos, en reforzar la técnica de baile de los actores, esto sumado al coro, será un musical en vivo” contó Sáenz, director de la obra, en declaraciones a este diario.

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SE VIENE MAMMA MIA

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SE PREMIÓ A MISS INTERACTIVA 2018

Kanery Quiñones:

Estoy muy agradecida con el público que me permitió este galardón por las redes

Fotos: Ppr Ríos Texto: J. León

El día de ayer, martes 23 de octubre en las inmediaciones del diario Ímpetu se entregó el premio de 300 soles en efectivo para la ganadora indiscutible del Miss Pucallpa 2018, quién a la par consiguió ser la más reconocida por medio de reacciones en Facebook para ser la Miss Interactiva 2018, premio que recibió la Srta. Kanery Quiñones. Mientras se hacía del

premio en efectivo, Kanery nos cuenta que se llevó una sorpresa grata al enterarse que fue la más votada en las redes sociales, y gracias a ello llevarse 300 soles, quien piensa destinarlos en celebrar su victoria junto a sus amigos y familia. Así mismo, Interactiva y el diario Ímpetu felicitan a Kanery Quiñones por su victoria en el Miss Pucallpa 2018


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