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Vicegobernador regional alerta grave peligro y sostiene preocupante carencia de recursos económicos y logísticos para enfrentar ilegalidad.
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Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017 Año XLVII N° 18112 DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo LOCAL> PÁG.3
TAMBIÉN SUPERVISARÁ OBRA DE AV. YARINACOCHA
Ministro de Vivienda encabeza hoyy VI reunión de laa Mesaa de Desarrolloo de Ucayali ACTUALIDAD > PÁG.8
DIRECTOR DEL EXPROYECTO CFB
Confirma pérdida de piezas de vehículos POLICIAL > PÁG. 23
ESCAPÓ DE CÁRCEL BRASILEÑA A
Atrapan a la ‘Foca’ cabecilla de banda en Pucallpa
SIERRA DEL DIVISOR
AMENAZADA
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GERENTE GENERAL PACTÓ COMPROMISO CON DIRIGENTES
GOREU se compromete a arreglar las principales vías de los AA.HH. de Yarinacocha Tras una reunión sostenida el día de ayer, entre el gerente general del Gobierno Regional de Ucayali (GOREU), Luis Briceño Jara con los dirigentes del Frente de Defensa por los Intereses de Los Asentamientos Humanos de Yarinacocha, el GOREU se comprometió arreglar las principales vías de dicho distrito. Acordaron esta acción
que correspondería al gobierno local, a fin de brindar facilidades para la transitabilidad de esas vías. Establecieron una relación de las principales calles a atender; según este cronograma en el transcurso de la semana ya se iniciarían los trabajos de arreglo de vías. Edgar Flores Pacheco, representante de los AA. HH de Yarinacocha, indicó
que fue necesario sustentar este pedido, con imágenes que dan a conocer el pésimo estado en el que se encuentran las calles de ese distrito. Añadió que también están solicitando al GOREU la construcción de la infraestructura del colegio Juan Valer Sandoval, en el A.H. Acho Mego; y la construcción de un Centro Técnico de Producción
(CETPRO), por la demanda que la jurisdicción requiere. “Agradecemos al gerente general Luis Briceño Jara, quien se comprometió a considerar estos últimos pedidos lo dentro del plan de inversiones del próximo año”. Añadió que se volverán a reunir en tres meses para ver el avance de los acuerdos. ALI RODRIGUEZ
ANUNCIA JEFE DE SIERRA Y SELVA EXPORTADORA EN UCAYALI:
“Beneficiaremos a 13 organizaciones de productores, con ventas de más de 5 millones de soles”
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a recientemente inaugurada Oficina de Sierra y Selva Exportadora en Ucayali, tiene como meta concretar a diciembre de este año, 13 planes de negocios, beneficiando a igual número de organizaciones de pequeños y medianos productores, con ventas que superen los 5 millones de soles. Según dio a conocer, Denis Pereira, jefe de esta oficina en Ucayali, el programa ha tenido muy buena experiencia en la sierra, tal es así que el radio de acción ahora se amplió hasta las regiones de la selva del país. Comentó, que inicialmente hicieron un diagnóstico de las cadenas de valor de los productos y cultivos existentes en Ucayali. Esto con el apoyo de la Gerencia de Desarrollo Social del GOREU, las diferentes CITE y la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali. “Estamos trabajando y articulando con productores y con empresas para el mercado nacional e internacional. Se ha priorizado a siete productos, trabajando en primer lugar sus planes de negocio, que es un instrumento guía para determinar los puntos críticos que tiene cada producto y a partir de allí ayudar a solucionarlos para poder mejorar el proceso productivo. Y así los productores puedan
mejorar sus ingresos económicos”, dijo. QUIENES PUEDEN SER BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA Pereira, indicó que el programa trabaja con organizaciones de pequeños y medianos productores formalizados como: asociaciones, comités de productores, empresas comunales, cooperativas y consorcios. Trabajando con ellos, en la articulación comercial, el valor agregado y el trabajo en post cosecha, y puedan dar un extra para que estas organizaciones puedan hacer buenos negocios en las cadenas de valor. “Los negocios se articulan vía contacto; lo primero que hacemos es empezar del comprador o cliente interesado en los productos de las cadenas; en función a eso los apoyamos y asesoramos en la parte de post cosecha, el valor agregado y en el tema de comercialización”. CADENAS DE VALOR INICIAL Señaló que en esta primera etapa de Sierra y Selva Exportadora, han determinado siete cadenas de valor. El primero es de Madera y Muebles, para trabajar con pequeñas asociaciones de empresarios madereros; El Paiche, enfocando el filete de paiche para mercados de alto valor, como Lima y el ex-
tranjero; El Camu Camu, en derivados como la harina de camu camu, pulpa y otros. El Cacao y Café, como mejorar la calidad, buenas prácticas de manufactura y gestión de las organizaciones de ambos productos; El
Aguaje, que tiene una expectativa muy grande, al poder exportarse aceite y que tiene gran demanda y el Plátano para la industria de chifle y fresco. En 6 productos ya hay asociaciones formalizadas,
pero con el Aguaje, dijo que encontraron dos asociaciones pero no están formalizadas; sin embargo existen pedidos grandes de los derivados de este producto y quien va a mandar en esta cadena es el mercado.
“Luego se pueden ir sumando otros bionegocios, para mejorar ingresos y empleos sostenibles en cada una de las organizaciones”, añadió. ALI RODRIGUEZ
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SEGÚN REPORTE DEL HRP
Casos de Dengue se redujeron en un 12 % VICEGOBERNADOR AFIRMA:
Invasión, tala ilegal y cultivo de hoja de coca amenaza Sierra del Divisor Las invasiones, la presencia de tala ilegal y el cultivo de hoja de coca que atrae la presencia del narcotráfico vendría afectando la zona de Sierra del Divisor, alertó el vicegobernador del gobierno regional de Ucayali, anunciando que en los próximos días se dispondrá acciones para certificar y denunciar estos hechos que afectan a esta reserva natural. Mariano Rebaza precisa que las instancias del gobierno nacional y regional tienen que hacer prevalecer el principio de autoridad, “existe la normatividad que permite delimitar las zonas de reserva; la responsabilidad de los hechos serán asumidos por la autoridad regional ambiental - ARAU, quienes mantienen la prevalencia en el cuidado de las reservas naturales, pero que no se le asigna presupuesto para cumplir sus funciones”, comentó. Rebaza va más allá, afirma que no existen los recursos humanos ni presupuestales, ni logísticos y que el gobierno central debería considerar que desde que descentralizó las funciones de cuidar y controlar las reservas, ha otorgado una responsabilidad política y social, pero el presupuesto no llega con la misma proporcionalidad.
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egún las cifras registradas en el Módulo de Atención de Dengue del Hospital Regional de Pucallpa, dedicado a la atención exclusiva de pacientes que ingresan con fiebres altas y otros síntomas probables de esta enfermedad, los casos se redujeron en un 12 % del total de pacientes. Es decir, en enero del 2017, en el establecimiento de salud se atendió un total de 746 personas con síntomas febriles, mientras que en febrero sólo a 610, es decir se presentó una disminución de 136 casos. Los usuarios con signos de alarma fueron un total de 72 en enero y en el mes siguiente sólo ingresaron 29, mientras que 3 personas fueron diagnosticadas con dengue grave en el primer mes del año, mientras que en el segundo no se registró ningún caso. Un total de 18 gestantes tuvieron que ser hospitalizadas por presentar dengue en enero, y en febrero la cifra se redujo en febrero a 9, similar figura se repite en pediatría, en enero 25 niños fueron hospitalizados por esta enfermedad, en el mes siguiente solo se registraron 5 casos. La mayoría de pacientes ingresados provienen de los distritos Manantay, Callería y Yarinacocha. Aunque también se recibió pacientes de las demás provincias de Ucayali. Marcos Bardales Piza-
El Módulo de Atención Inmediata del HRP atiende desde enero del presente año de forma gratuita a través del Seguro Integral de Salud. rro, director ejecutivo del HRP, señaló que el avance se debe al esfuerzo conjunto del equipo de salud y de los mensajes educativos que llegan a la población. Sin embargo pidió no bajar la guardia, ya que la temporada de lluvias continúa. “Si usted presenta fiebre altas, dolores de huesos, no pierda el tiempo, acuda al centro de salud más cercano a su casa para recibir atención del personal médico; porque si se auto-medica puede complicar su salud, o llegar al hospital cuando la enfermedad está avanzada”, señaló Bardales Pizarro.
ADEMAS CONSTARÁ AVANCE DE OBRA DE AV. YARINACOCHA
Ministro de Vivienda encabezará hoy VI reunión de la Mesa de Desarrollo de Ucayali Se reanudará lo anunciado por el jefe de la Oficina Defensorial en la región Ucayali, Nicolás de Cruz, quien dio a conocer el desarrollo de la VI reunión de la Mesa de Desarrollo de Ucayali, donde informará los avances relacionados a los acuerdos alcanzados
con las autoridades de la región. Edmer Trujillo Mori, ministro de Vivienda, encabezará esta reunión programada por el gobierno central a fin de dar a conocer los avances. Sin embargo, la Oficina de Comunicaciones del Mi-
nisterio de Vivienda dio a conocer que la primera actividad del ministro Trujillo será supervisar la obra de Mejoramiento del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el Jr. Guillermo Sisley, Autopista Sánchez Carrión y Av. Yarinacocha”. La obra mencionada se vie-
ne ejecutando con la inversión de 8´194,567.94 soles. Esta visita está programada para las 8:00 de la mañana. Asimismo, se conoce que el titular del sector estará ofreciendo una conferencia de prensa para dar mayores detalles de su visita a la región Ucayali.
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CRÓNICA
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DOBLE AGONĂ?A
CrĂłnica de un no identificado necesitando del SIS
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s extraĂąo encontrar un NN que tenga nombre. ParecerĂa un sinsentido el postulado anterior; pero, era la situaciĂłn de un hombre quien dijo llamarse Alex Celso RuĂz SantillĂĄn y que desde el martes se encontraba postrado en una cama dentro de una quinta ubicada en la avenida 3 de Abril 230 en Micaela Bastidas. Los vecinos del lugar al oĂr noche tras noche los quejidos profundos de Alex decidieron llamar a nuestro medio para poder solicitar ayuda para este hombre quien se quejaba de un fuerte dolor de cabeza, que yacĂa en un colchĂłn de paja en el suelo de una habitaciĂłn de seis metros cuadrados con un fuerte olor a orines.
Al llegar nuestros reporteros hallaron una escena lamentable. Las palabras son incapaces de retratar cĂłmo sus clavĂculas formaban puentes en su pecho o cĂłmo sus codos se pronunciaban como cimas altoandinas. CĂłmo sus canillas parecĂan rieles ferroviarios o como su mentĂłn se pronunciaba como un yunque simplemente es imposible de describir el nauseabundo olor y el nefasto cuadro que presentaba. “Me duele mi cabeza como un derrame. Por favor ayĂşdeme. Tengo 27 aĂąos. Me llamo Alex RuĂz SantillĂĄn. AcĂĄ estoy una semana (quejidos) voy a necesitar un apoyo, yo trabajaba en peluquerĂa (quejidos) quiero una pastilla, quiero un purgante que me limpie (quejidos) por
favor, ayĂşdeme. He venido a pedir trabajo. Mi mamĂĄ vive en Tacna (quejidos) por favor urgente ÂżMe van a traer apoyo?â€? fue lo primero que dijo ante la presencia de nuestros reporteros. Inicialmente lograba construir frases, algo incoherentes, pero frases completas. Frente a esta situaciĂłn nuestros reporteros se comunicaron con el Sistema de AtenciĂłn MĂŠdica MĂłvil de Urgencia (SAMU) quien a los pocos minutos llegĂł hasta el lugar para evaluarlo mĂŠdicamente y encontrar en este primer chequeo que Alex no contaba con problema de salud aparente. PresiĂłn 130 sobre 90, 98 por ciento de saturaciĂłn de oxĂgeno, ritmo cardiaco de 73 y sin fiebre; pero, con una
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CRÓNICA
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Isabel de Jesús Campos Loayza
Conocimientos sólidos Disiplina y valores Tecnología actualizada (Pogramación y Robótica)
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Alumna de 4to de Sec.
GANADOR ONEM Prestigioso concurso de Matemática
PREPARACIÓN INTEGRAL
taron al galeno la ficha y acto siguiente él solicitó que nuestros reporteros se dirijan a la ventanilla del SIS para que selle las dos baterías de análisis que pedía para Alex y una receta de medicamentos. Alex cuando todavía podía hablar decía tener SIS en Yarinacocha. Alex no tiene DNI. Cuando nuestros reporteros se acercaron a la ventanilla del SIS una mujer de no buen ánimo dijo “Nombre del paciente” a lo que se le indicó el nombre que Alex nos refirió. Una vez más increpó “¿Es usted familiar? ¿Qué hace aquí? ¿Ese es o no es su nombre? ¿Dónde está el DNI del paciente?”. Uno de nuestros reporteros respondió a la desentendida mujer “Somos reporteros del diario Ímpetu y estamos intentando ayudar para que ese hombre no se muera. No tiene DNI y le hemos dicho todo lo que sabemos de él” a lo que respondió “No puedo hacer nada” devolviendo al equipo de Ímpetu las recetas. El galeno al informarse del hecho escribió en la parte superior de las recetas “Ley de Emergencias” salvoconducto que evita que la indiferencia del SIS asesine a personas como Alex brindando los medicamentos necesarios para salvarle la vida a un paciente que llegue a emergencia sin documentos ni familiares que lo asistan. Luego de que nuestros reporteros llevaron la receta a farmacia y que el encargado trasladara los medicamentos al galeno, este indicó que era todo por el momento y que se debía esperar a que reaccione a los medicamentos. Con nuestra presencia abierta, con la suerte de tener un médico de guardia atento y consciente, un SAMU responsable y una policía a la altura se logró al menos brindar un poco de ayuda. Queda en el aire un razonamiento dialéctico y preguntarse, cuando no hay prensa, se tiene un médico que no está de buen ánimo, la ambulancia no llega o no espera ni medio y la policía se desentiende del caso ¿Qué ocurre? FERNANDO GONZÁLEZ POLAR
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Wilmer Luis Jiménez Marín
Y es que para el sistema de salud en el que nos desenvolvemos es mejor ser un muerto NN que un vivo NN porque te encuentras en ese momento con el peor amigo del humano con vida, el SIS. En medio de las disertaciones para determinar qué se haría con Alex a quien dentro del plano legal no se le podía ingresar a un hospital; pero, a quien éticamente lo condenábamos a muerte dejándolo en abandono. El médico a cargo de la unidad del SAMU decidió llamar a la comisaría de Pucallpa quienes llegaron hasta el cuarto número nueve donde Alex permaneció los últimos tres días postrado en cama. Una luz de esperanza apareció en el camino de Alex cuando el personal del SAMU encontró que su presión arterial se incrementaba ¡Ya había un sustento para ingresarlo por emergencia! Así de bizarro como suena, que su presión se incremente sin motivo aparente era lo mejor que le podía pasar a Alex, así podría recibir algún tipo de tratamiento médico en algún hospital de la ciudad. Los efectivos policiales coincidieron en realizar el traslado de Alex luego de realizar una verificación in situ y comprobar las deplorables condiciones en que Alex vivió esos tres días. La necedad de los conductores ucayalinos se reflejó una vez más. Pocos daban el pase colocándose a la derecha de la vía para que tanto patrulla y ambulancia pudieran llegar cuanto antes al nosocomio; pero, esa no era la cereza del pastel. Faltaba la última frontera de trabas para tratar de recuperar en algo la salud de Alex: el SIS. Alex ingresó inmediatamente a emergencias del hospital y el médico solicitó información. Nuestros reporteros indicaron rápidamente la surreal condición de Alex. El personal SAMU le solicitó a uno de nuestros reporteros a que dé los datos de Alex, al menos con los que se contaba, y así lo hicieron. La amable mujer proporcionó una ficha y un código. Nuestros reporteros presen-
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clara deshidratación y malnutrición. Los paramédicos señalaron que si bien podían colocarle una unidad de suero endovenoso, no podían referirlo a un nosocomio y menos de emergencia. Un aparente paciente mental era la figura que constituía Alex. Nuestros reporteros llegaron aproximadamente a las 3 de la tarde y media hora después inició el goteo de suero a Alex. Iniciamos llamadas para ver si alguna institución o persona natural podía colaborar de alguna manera para un diagnóstico sin respuesta favorable alguna. El personal SAMU recibió una llamada y salió de urgencia, un accidente que dejó a la víctima con fracturas en ambas piernas. El debate se inició cuando se trató de definir ¿Qué hacer con Alex? Se le preguntó infinidad de veces por su número de DNI a lo que respondía “Ese es el problema que mi mamá se llevó dos partidas originales distintas y no tengo”. SAMU se retiró del lugar con la promesa y compromiso moral de regresar para poder definir qué finalmente se haría con Alex. Cuando los paramédicos se fueron, vecinos de la quinta dijeron que un hombre de nombre Wilber o Welber, peluquero dentro del mercado Micaela, fue quien lo llevó hasta la quinta. Al encontrar al sindicado peluquero, que prefirió no confirmar su identidad, indicó que solo lo había llevado a petición de una vecina suya identificada como Rosita a quien supuestamente Alex le habría pedido trabajo el sábado. Irónica versión ya que los vecinos de Alex afirman que este peluquero pernoctó junto a Alex el fin de semana. El personal del SAMU cumplió con su palabra y tras terminar la labor en la urgencia, regresó hasta el 230 de la avenida 3 de Abril en donde permaneció hasta aproximadamente las 6:30 de la tarde realizando llamadas a diferentes instituciones y ‘representantes’ de las mismas instituciones pidiendo alguna luz para un indocumentado que para su terrible suerte, aún seguía con vida.
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INFORMES
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PARA CONOCER SUS BONDADES Y DEFECTOS
LA CERTIFICACIÓN LABORAL DETRÁS DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD
Mototaxistas necesitan charla técnica sobre el trimóvil eléctrico
Internos de Pucallpa con el oficio de carpinteros serán insertos en mercado laboral
Nazareno Guimaraes, representante de una asociación de mototaxistas de Pucallpa, refirió que el uso de trimóviles híbridos es una buena apuesta; sin embargo lamentó que solo se haya presentado al vehículo, más no se dio a conocer de manera técnica al producto que se pretende importar. Señaló, que lo que hubiera hecho el Gobierno Regional de Ucayali (GOREU) es que el equipo de técnicos de la empresa fabricante, dé una capacitación técnica a todos los involucrados; es decir a los mototaxistas, para que así conozcan las bondades y defectos que puedan presentar. Las dudas se basan en cuanto tiempo de carga la batería, cuánto tiempo dura, cuál es su vida útil. Añadió que espera que en el periodo de prueba que estos cuatro vehículos, los técnicos tomen nota de los defectos que presentan. “Creo que va a pasar un buen tiempo, para que ese vehículo pueda rendir ganancias a los mototaxistas; va a pasar un buen tiempo para que se adecúe a nuestra rea-
lidad. Esperemos que en este tiempo de prueba se encuentren sus particularidades, su pro y contra”, dijo. Según comentó, estos vehículos eléctricos son diseñados, en realidades asiáticas y europeas; sin embargo la realidad de Ucayali es diferente, “el clima, polvo, lluvias, barro, aguas de todo tipo nos hacen pensar cómo responden y a las inclemencias que tiene la región”. Dijo que no es pesimista, si realista, por eso pide que el vehículo se adecue a la realidad; ya que el uso de las energías renovables debe llegar a nuestra región, pero que sea con las especificaciones técnicas rentables a este sector de transportistas. ALI RODRIGUEZ
La oportunidad laboral para un varón o una mujer que por desgracia o por la comisión de un delito registró su paso por un establecimiento penitenciario, resulta estigmatizante en una sociedad carente de oportunidad laboral para este grupo humano. En Ucayali, esta triste estadística busca ser revertida con una propuesta de reinserción social de certificación a un aproximado de 100 internos del penal de Pucallpa, quienes demuestran sus habilidades con la madera. Esta valoración a su trabajo próximamente tendrá la certificación de competencias laborales para el área de carpintería por parte de la Dirección Regional de la Producción y el INPE. La puesta en marcha del proyecto mejoramiento de las capacidades productivas y de gestión comercial de las micro empresas de muebles de madera de las provincias de Coronel Portillo y Padre Abad, permitirá ofrecer este beneficio al interno; previa-
mente se tendrá que suscribir un convenio para que los internos sean motivados con la finalidad que tengan oportunidad laboral al salir al mercado local. Javier Rizo Patrón, director regional de la Pro-
ducción, afirma que la certificación de los internos del penal de Pucallpa, les permitirá trabajar una vez que recobren su libertad, como un instrumento de oportunidad y desarrollo personal. En tanto, Jesús Abilio Cas-
tillo Enríquez, director del INPE puntualizó que la propuesta se convierte en una oportunidad de adiestramiento y aprendizaje para el interno, en el proceso de segunda transformación de la madera.
Incremento del río Urubamba mantiene en alerta a pobladores de Sepahua
Gobierno Regional de Ucayali equipó puesto de salud de Nuevo Bagazán
SEPAHUA.- Desde la noche del miércoles 1 de marzo, la población de comunidades y caseríos del distrito de Sepahua miran constantemente hacia los ríos que conforman sus cuatro cuencas fluviales en prevención de posibles inundaciones. Todo ello luego de recibir una alerta del Puesto de Control de la Planta de Malvinas, centro de operaciones del Consorcio Camisea, en el vecino distrito de Megantoni (La Convención-Cusco). Según esas informaciones, el caudal del río Urubamba habría registrado un sorpresivo aumento hasta situarse en Nivel 1. En previsión, Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Sepahua realiza su labor informativa y preventiva en los barrios que se ubican a la orilla del río. También monitorea la variación del caudal del río Urubamba que, si bien experimentó un notable aumento, no llegó a desbordar. “A pesar de que este tipo de situaciones ya son conocidas por las familias,
Cumpliendo con la estrategia de implementación con equipos biomédicos, a los puestos de salud de las comunidades, el Gobierno Regional de Ucayali, ha equipado el puesto de salud del caserío Nuevo Bagazán. En coordinación con la Dirección Regional de Salud, se viene fortaleciendo a los primeros niveles de atención de salud, es decir en las postas médicas. El gerente general, Luis Briceño Jara, explicó que esta labor se realiza con el objetivo de que la población pueda atenderse en los centros de salud e impulsar el ordenamiento del sector en los distritos y provincias de toda la región, con apoyo del Ministerio de Salud. Por su parte la gerente de Desarrollo Social del GOREU Liz Tutusima Del Águila, precisó que han entregado 36 equipos a este puesto de salud, para que la población sea atendida con equipos de alta tecnología. Ello gracias al proyecto “Mejoramiento de la capaci-
siempre es importante recordar que hay que tomar precauciones y no esperar al último minuto para trasladar los objetos fuera de las casas”, indicó el secretario técnico de Defensa Civil, Mark Morales. Asimismo, también se realizó comunicación radial con caseríos y comunidades que podrían verse afectados. Igualmente, la Comuna local prolongó el servicio de luz eléctrica du-
rante la noche, movilizó su maquinaria y convocó a sus trabajadores para apoyar en caso de necesidad. Cabe recordar que la cuenca del río Urubamba es la más importante del distrito de Sepahua y está compartida con la región Cusco. Los caudales del Sepahua, Mishagua y Sepa también amentaron pero, hasta el momento, Defensa Civil no ha registrado daños significativos.
dad de atención de puestos de salud. Categoría I 1 y I 2 de la región Ucayali, en el marco de la estrategia sanitaria nacional de los pueblos indígenas”. El representante del caserío, Pepe Cashu Tamani,
señaló que el GOREU ha cumplido con dotarles de buen equipamiento para que no tengan que trasladarse hasta otros pueblos cuando tengan que atenderse por algún problema de salud.
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REGIONAL
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Agroideas concreta nuevos planes de negocios y beneficia a más de 200 productores en Ucayali Más de 200 pequeños agricultores mejorarán la calidad de su producción agraria y podrán llegar a los mercados regional y nacional, gracias al convenio firmado entre el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través del programa AGROIDEAS, el Gobierno Regional de Ucayali y 5 organizaciones agropecuarias de la región. El documento respalda la ejecución de planes de negocios de adopción de tecnología aprobados por el Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS), cuyo jefe nacional de la entidad William Arteaga, informó que para lograr la mejora en la calidad de la producción agraria de estas organizaciones, el MINAGRI promoverá un monto total de inversión
de 2.8 millones de soles de los cuales, a través del programa AGROIDEAS, se cofinanciará el 70%, lo que equivale a S/. 2 millones de soles. Por su parte, el gobernador regional de Ucayali Manuel Gambini Rupay, destacó el apoyo financiero, porque permitirá el desarrollo de los planes de negocios agrícola y ganadero para potenciar la producción de palma aceitera en 1,030 hectáreas de cultivo y el de leche que reemplazarán, mediante el proceso de reconversión tradicional, a los cultivos de yuca, maíz y plátano por su baja rentabilidad. La implementación del plan de negocios permitirá la adquisición de plantones, fertilizantes, vaquillas de raza mejorada, pasto mejorado, entre otros.
Convocatoria CAS N° 039 AL 048 ASISTENTE DE CONTROL ADUANERO La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, requiere seleccionar personal que preste servicios en la Oficina Zonal Ucayali, de acuerdo al perfil y requisitos señalados en la convocatoria, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios – CAS. Los interesados deberán inscribirse a través de nuestra página WEB, www.sunat.gob.pe, en Únete a la SUNAT / Trabaja en SUNAT / Nuestras Convocatorias / CAS N° 039 AL 048 ASISTENTE DE CONTROL ADUANERO – Provincias, el 06 de Marzo 2017.
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OPINIÓN
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FUNDADOR:: Fernando Sánchez Vela DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo EDITORA GENERAL: Yris Silva Orbegoso FUNDADOR EDITOR GRÁFICO: Carlos Kukurelo Corilloclla JEFE DE INFORMACIONES: Javier Medina Dávila GERENTE DE DISTRIBUCIÓN: Lila Sánchez Rengifo Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2012-00034 Contenido elaborado por: Empresa Periodística Editorial de la Amazonía SAC Jirón Nueve de Diciembre 599 Teléfono (61) 573443
Impreso en Imprenta Impetu Editorial SRL Avenida Centenario 281 Teléfono (61) 575767 www.impetu.pe redaccion@diarioimpetu.com diario_impetu@hotmail.com
Los artículos firmados son de absoluta responsabilidad de sus autores
A MI MANERA PONIENDO COTO Por: Fernando Sánchez Rengifo Desde hace ya mucho tiempo, la educación en nuestro país dista mucho de ser la más adecuada y ni qué hablar de nuestra región que, aparte de sufrir con una currícula que no se cumple de manera integral, tiene que aguantar la falta de cumplimiento de algunos docentes que son destacados a otras partes distantes, en las distintas provincias y distritos de la región Ucayali y solo asisten a algunas, dejando la mayor parte del mes en blanco para los estudiantes que poco o nada aprenden, pero a pesar de eso estos malos docentes cobran puntualmente sus haberes sin ningún descuento lo cual es un robo descarado al Estado que le está pagando por algo que no hizo, que es educar a la población rural de nuestro país. Es por ello que leemos, con cierta esperanza y satisfacción, que la directora de la UGEL de Coronel Portillo está tomando el toro por las astas y está actuando de acuerdo a lo que le dictan las normas, pero sobre todo, su conciencia. Para ello está conformando una comisión fiscalizadora que verá los casos de docentes procesados y sus respectivas sanciones que conlleva incluso a denuncias ante el Ministerio Público. Eso es lo que toda la población espera de todos sus funcionarios: su capacidad de gestión, actuar de acuerdo a ley y cumplir con lo que le encomendaron. Es preocupante que a pesar de que la mencionada entidad estuvo en el ojo de la tormenta y que hubo muchas denuncias contra directores y docentes que incumplieron sus funciones pero que sin embargo no existe ningún proceso técnico ni administrativo en sus contra. Incluso hay casos en que se hicieron mal uso de fondos que servirían para el mantenimiento de las distintas instituciones educativas pero que desaparecieron como por arte de magia. Es por ello que nos parece saludable la actitud de la directora de la mencionada entidad y pensamos que ya era hora de realizar este tipo de acciones en un área que es muy sensible y que ello repercute de manera directa en el desarrollo de nuestra región, ya que incide directamente en la preparación de nuestros estudiantes que mañana más tarde serán quienes conduzcan los destinos de esta región. Ya era hora de poner coto a toda esa maraña de malos hábitos y costumbres que no hacen más que entorpecer el proceso para poder salir de los últimos puestos en comprensión lectora y con ese tipo de profesionales que incumplen con la tarea que le encomendaron no llegamos a ningún lado y seguiremos hundiéndonos más en las estadísticas nacionales y mundiales siendo los últimos en educación.
DIRECTOR DEL EXPROYECTO CFB
Confirma pérdida de piezas de vehículos
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l director ejecutivo del ahora llamado Programa Regional de Infraestructura Multisectorial – PRIM, exproyecto Carretera Federico Basadre, Lizardo Lazo Pacheco, prefirió iniciar la entrevista realizada con la confirmación de la denuncia sobre la pérdida de piezas de maquinaria pesada e indicó que se trata de una costumbre y que hasta la fecha que le tocó asumir el cargo, no se procedieron a realizar denuncias formales. Informó que se le hizo saber del hecho de manera verbal y en su momento solicitó que sea por escrito, una vez llegada la denuncia a su despacho elevó la documentación al área de Asesoría Legal, adjuntándose el informe de la Dirección de Operaciones que indicaba se coordinen acciones de investigación e incluso se considere la posibilidad de recurrir a la intervención de los entes de control. Tras dicho procedimiento y a la espera de que el caso sea asumido por la Procuraduría General, el funcionario indicó que a la fecha cuentan con informes de uno de los denunciados quien sustenta que no se trata de piezas nuevas. Para Lazo Pacheco “en el eventual caso de la sustracción, existe un responsable que es el actual jefe de Almacén, también estaría implicado el vigilante al existir una garita de control en el que debió proceder a la revisión de todo el personal”; tras la investigación determinó la destitución del jefe de almacén Segismundo Iván Yabar Villanueva, porque a su parecer él sería el responsable. “Estamos tomando ya las acciones correctivas del caso”, dijo. Uno de los involucrados, Hugo Cárdenas Hidalgo mediante informe adujo que lo sustraído fueron piezas y repuestos de maquinarias
en custodia de almacén que nunca fueron informados y que su pérdida se habría dado hace mucho tiempo, por lo tanto ya no figuran. “Aquí hay una duda si se trata de chatarra, sin embargo no tendría que desaparecer”. Otro punto cuestionado es la supuesta sobrevalorización de la compra de combustible, del mismo dijo que los precios y adjudicaciones están normados y publicados en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - Seace. “Los órganos de control pueden corroborarlo ahí si es que de verdad de sobrevalorizó”. Al recibir documentación de la prensa y revisarlo rápidamente, el funcionario observó algunas órdenes de compra que según señaló serán verificadas en la página del Seace, además solicitará la información correspondiente al jefe de Logística con el fin de que le haga llegar la documentación original
porque a su parecer algunas hojas serían no serían originales. Al consultarle si Claudio Sáenz y Alva Ochoa lo manejan como títere, el director ejecutivo atinó a soltar una carcajada y señalar luego que para él esa afirmación se trataría de una broma y algo absurdo. “Ellos no gobiernan aquí, el año pasado frecuentaban esta oficina como cualquier ciudadano y miembros del equipo de gobierno, y a raíz de las quejas se fijaron las líneas claras”. Sobre la utilización del personal para trabajos con Telefónica respondió que el gobierno regional firmó un convenio para la instalación de los ductos con el fin de que la empresa pueda ubicar los postes de la avenida Centenario. “La entidad regional ha pedido mediante documento el apoyo de la mano de obra para la apertura de zanjas, colocación de ductos y la apertura para que la
empresa pueda colocar los postes de manera definitiva y la obra pueda continuar y no exista pretextos para que el contratista la entregue”. Lo que precisó es que el proyecto se denomina PRIM porque a la fecha no solo realiza mantenimiento de carreteras, sino también otro tipo de obras como las citadas en el párrafo anterior, de tal manera que el pago de los trabajadores es asumido por el proyecto. También negó que las instalaciones del proyecto no sirven como almacén de la empresa privada de Telefónica. Rechazó también que en su condición de director ejecutivo presione a otros trabajadores para que cambien de informe y hasta den versión en el caso de actos irregulares, acusación que hizo Elmer Guerra, secretario general del Sindicato de Trabajadores del Proyecto CFB, de quien dijo que por respeto, se exime de dar respuesta.
Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
ACTUALIDAD
IMPETU.pe
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SECRETARIO GENERAL DE TRABAJADORES DEL EXPROYECTO CFB
Denuncia supuesta malversación de fondos
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l secretario general del sindicato de trabajadores del exproyecto Carretera Federico Basadre, ahora denominado Programa Regional de Infraestructura Multisectorial – PRIM, Elmer Guerra Riveiro hizo una grave denuncia por supuesta sobrevalorización en la compra de repuestos, así como el robo de piezas de maquinaria pesada. Además se sumaría la utilización del personal para una obra vial presupuestada en convenio con una empresa móvil que tendría como fin retirar el sistema de cableados
en la obra del 0 al kilómetro 5 de la carretera. A estas acusaciones se suma otras que el consejero regional de la bancada del oficialismo también denunció y hasta solicitó la intervención del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ucayali y de la Fiscalía Anticorrupción, intervengan al exproyecto a fin de realizar las investigaciones correspondientes. Para el legislador se habrían sustraído una bomba de inyección de camión volquete volvo, bomba de inyección de camión volquete, una bomba de inyección de
una unidad FIAT Allis, dos cajas de pernos de zapatas de tractor oruga, una caja con repuestos del tractor oruga, los mismos que habrían sido verificados por el mecánico Richard Betman Fuchs Gómez y quien de inmediato según su informe 001-2017-mecanico-PRIM-RBFG, habría sido informado al Jefe de almacén Segismundo Iván Yabar Villanueva y a la Jefa de Abastecimiento Jossely Barrionuevo Flores. Otro punto que señaló es que existirían malos manejos respecto a la existencia y manejo del combustible en proyectos de mantenimiento de
caminos vecinales, la compra de repuestos y servicio de reparación de vehículos, generándose un supuesto gasto de 40 mil soles en la reparación de una camioneta. Guzmán Musac, según precisó obtuvo la información por parte de los trabajadores nombrados quienes trajeron consigo las pruebas, le indicaron también que los sucesos han sido también dados a conocer a la alta dirección y ante el despacho del titular del Gobierno Regional de Ucayali, quienes hasta la fecha al parecer no han tomado las acciones correctivas ni realizado las denuncias del caso.
SUCESION INTESTADA
RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO
NOTIFICACION LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO A TRAVES DE LA GERENCIA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL HACE DE CONOCIMIENTO PUBLICO QUE SE HA PRESENTADO A ESTA INSTITUCION EDIL EL EXPEDIENTE N° 06499-2017 A CARGO DE LA SEÑORA ROSA ELIZABETH ISLA DE AREVALO QUIEN VIENE SOLICITANDO CONSTANCIA DE POSESION DEL LOTE DE TERRENO N° 12 DE LA MANZANA N° 258 UBICADO EN EL JR. CESAR CALVO DE ARAUJO N° 655 DEL PLANO REGULADOR DE LA CIUDAD DE PUCALLPA. SI HUBIESEN VECINOS COLINDANTES O TERCEROS INTERESADOS QUE SE OPONGAN AL REFERIDO TRAMITE, POR CONSIDERAR QUE TIENEN MEJOR DERECHO DE POSESION* SIRVANSE PRESENTAR y SUSTENTAR SU OPOSICION ANTE LA REFERIDA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL. BACH. ING. CARLOS S. VASQUEZ SAMPAYO SUB. GERENCIA DE CATASTRO
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY EDICTO MATRIMONIAL
POR ANTE EL NOTARIO DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA EUDOCIO RAUL SALAZAR MARTINEZ, CON OFICIO NOTARIAL EN EL JIRON CORONEL PORTILLO N° 439, DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA, SE HA APERSONADO DOÑA MARTHA SILVA VELA, QUIEN SOLICITA SUCESION INTESTADA DE SANDY JANYNA RUIZ SILVA, FALLECIDA EL 12 DE JULIO DE 2016, EN EL DISTRITO DE CALLERIA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI, QUIEN TENIA SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DE PUCALLPA, A FIN QUE SE LE DECLARE COMO HEREDERA UNIVERSAL A SU MENOR NIETA ANY GRACIELA VASQUEZ RUIZ, LO QUE SE PUBLICA A FIN DE QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA HERENCIA. PUCALLPA, 01 DE MARZO DE 2017. E. RAUL SALAZAR MARTINEZ ABOGADO – NOTARIO DE PUCALLPA
POR ANTE EL NOTARIO DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA EUDOCIO RAUL SALAZAR MARTINEZ, CON OFICIO NOTARIAL EN EL JIRON CORONEL PORTILLO N° 439, DE ESTA CIUDAD, SE HAN APERSONADO LOS SEÑORES FERNANDO MORI GONZALES y TERESA CAIRUNA URQUIA, QUIENES SOLICITAN EL RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, POR HABER CONVIVIDO VOLUNTARIAMENTE DE MANERA CONTINUA y NO TENER IMPEDIMENTO LEGAL, POR MÁS DE DOS AÑOS, LO QUE SE PUBLICA A FIN DE QUE SE PRESENTEN LO QUE SE CREAN CON DERECHO A OPONERSE. PUCALLPA, 01 DE MARZO DE 2017. E. RAUL SALAZAR MARTINEZ ABOGADO – NOTARIO DE PUCALLPA 3M/03/F15625
3M/03/F8349
3M/03, 04, 06/B15626
Hago saber que don: Wesly Luis Barcos Ruiz, de: 24 años de edad, Estado Civil: Soltero, Ocupación: Independiente, natural de: Yarinacocha – Coronel Portillo - Ucayali, Nacionalidad: Peruana, domiciliada en: Jr. San Martin Mz. C Lot. 7 AA.HH La Capirona - Yarinacocha, y Doña: Lady Zumara Sánchez del Águila, de: 19 años de edad. Estado Civil: Soltera, Ocupación: Estudiante, Natural de: Calleria – Coronel Portillo - Ucayali, Nacionalidad: Peruana, domiciliada en: Jr. Los Naranjos Mz. 37 Lot. 04 AA.HH Roca Fuerte - Manantay. Pretende contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad de Manantay, lo que conozca causales de impedimento, podrán denunciar conforme a Ley. Manantay, 02 de Marzo del 2017 Abog. Melita Fasabi Córdova Jefe de División de Registro Civil. 3M/03/B15627
PRIMER REMATE JUDICIAL En el Expediente Nro. 00298·2016 seguido ante el PRIMER JUZGADO CIVIL· Sede Central de UCAYALI, que despacha el Juez CARLOS ALBERTO BALLARDO JAPAN, Especialista Legal: ORA. DIAZ VARGAS MARJORIE KARLA CAROLINA proceso de OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO seguido por MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA SA con MASTER TIME COMUNICACIONES EIRL Y SCHELAMAUSS ALVARADO AZUCENA, se ha nombrado como martillera público a ROXANA ELENA LEON USURIN, quien ha dispuesto CONVOCAR EL PRIMER REMATE del INMUEBLE UBICADO EN JR. CENTRAL MANANTAY SIN LOTE 01, MZ. K, DEL ASENTAMIENTO HUMANO MANANTAY, DISTRITO DE CALLERIA. PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI. INSCRITO CON PARTIDA ELECTRONICA N° 00020244 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE, ZONA REGISTRAL N° VI. SEDE PUCALLPA. VALOR DE TASACIÓN: S/. 147,421.67 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUATROSCIENTOS VEINTIUNO CON 67/100 SOLES) PRECIO BASE: S/. 98,281.11 (NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 11/100 SOLES) CARGAS Y GRAVAMENES: CONSTITUCION DE HIPOTECA A FAVOR DE MI BANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA SA ASIENTO. 000001. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO HUANCAYO SA ASIENTO 000002 FECHA Y HORA DE REMATE: TRECE DE MARZO DEL 2017 A LAS QUINCE HORAS LUGAR DE REMATE: En el local del 10 JUZGADO CIVIL - Sede Central - UCAYALI ubicado en Jirón UCAYALI 499 PUCALLPA. REQUISITOS PARA SER POSTOR: 1) OBLAR MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACIÓN; 2) PRESENTAR EN ORIGINAL EL DOCUMENTODE IDENTIDAD; 3) PRESENTAR ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL, CONSIGNANDO EL JUZGADO RESPECTIVO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL JUDICIAL Y DNI); 4) EN CASO DE ACTUAR A TRA VÉZ DE UN REPRESENTANTE LEGAL DEBERAN ACREDITARLO CON EL PODER RESPECTIVO Y EL CERTIFICADO DE VIGENCIA. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: La comisión será cancelada por el adjudicatario una vez concluido el acto de remate, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 -JUS y están afectos al IGV, concordante con el Art. 732 del Código Procesal Civil. Martillera Pública, Roxana Elena LEON USURIN, Registro N° 302.
1/8 PAG./27,28,01,02,03/06/F8273
1. AGENTE DE VENTAS • Edad entre 18 hasta 25 años. • Estudios universitarios o técnico conclusos o inconclusos en las carreras de Administración, Contabilidad, Marketing, telecomunicaciones y otras carreras afines. • Mínimo 2 años de experiencia en puestos similares. • Idioma Ingles Básico 2. AGENTE ZONAL • Edad entre 18 hasta 25 años. • Experiencia en ventas en campo • Atención al cliente, cobranza • Estudios universitarios o técnicos concluidos o no concluidos En la carreras de administración, contabilidad , Marketing, telecomunicaciones y otras carreras afines. • Con movilidad propia y documentos en regla. 3. COLABORADORES D2D ( TRABAJO DE CAMPO) • Edad entre 18 hasta 25 años • Experiencia en ventas en campo • Estudios secundarios completos • Tener buen trato al cliente (dominio al expresarse) Los interesados presentar su CV no documentado al Correo: cothue.gabrielli@bitel.com.pe o traer a la dirección Jr. Coronel Portillo N° 698 esquina con 7 de Junio. Preguntar por la Srta. Cothue Olivia Gabrielli Pinche. Fecha de recepción de documentos del 28/02/2017 hasta 04/03/2017 4M/28 AL 06/F8314
AVISO DE REMATE PÚBLICO EN 1RA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE En el Expediente No 00288-2012-0-2402-JP-CI-02, en los autos seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERÚ contra KATIA MILUSKA SARMIENTO CASAVILCA, Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el Juez del 2DO Juzgado de Paz Letrado de Pucallpa , de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, a cargo de la Jueza Dra. SOLIA WILDA ECHEVARRIA POMA, Especialista Legal Dra. CARMEN C. MALCA HERNANDEZ, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el Siguiente Bien: 1.-lnmueble Ubicado en el Centro Poblado San Pablo de Tushmo Parcela 1 - Jr. 28 de Julio MZ 4 A LOTE 2 - Sector 01-Junta Vecinal Barrio Centro, del Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento Ucayali, cuyo dominio, área, medidas perimétricas y colindancias, Corren Inscrita en la PARTIDA ELECTRONICA No P19028475, de la Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa Oficina Registral Pucallpa. Con un área de 1,600.00 m2. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de US$ 9,142.86. DOLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que Asciende a la Suma de US$ 6,095.24.DOLARES AMERICANOS. AFECTACIONES: El Bien inmueble Tiene las siguientes afectaciones: 1.- EMBARGO JUDICIAL: Constituido a Favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, Hasta por la Suma de S/.18,000.00.NUEVOS SOLES., dictado en el Exp: 00288-12-43-2402-JP-CI-02, Inscrito en el Asiento 00005 el 09-10-12. FECHA Y HORA DEL REMATE: E Día 16 de Marzo del Año 2017, a Horas 12:45. p.m., y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional N° 226, con Telf.: #942089706, #945010777 Correo: albertooscarramos@hotmail.com. LUGAR DE REMATE: El Jr. Manco Cápac No 234, del Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali. LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación en Efectivo, mediante Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel Judicial y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Pucallpa, 16 de Enero del Año 2016.
Electro Ucayali S.A. requiere contratar los servicios de un Concesionario de Alimentos para su personal. Pueden participar las personas naturales y/o jurídicas con RNP activo. Los interesados deberán recabar los TDR hasta la 01.00 pm del viernes 24/02/2017 en la Av. Circunvalación N° 300, Yarinacocha (en el Dpto. de Recursos Humanos). La Empresa.
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DEPORTE
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JUGADORES DE A.D.U
Entrenan en la “U” de Lima
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Por: Luís E. Urrea
DESDE EL POZUZO. Una delegación de pequeños futbolistas que vinieron desde Codo del Pozuzo a Pucallpa y desde esta ciudad se trasladaron a Lima junto con la delegación de A.D.U, dejaron una buena impresión en los dirigentes capitalinos del fútbol de menores. Estos chicos jugaron el torneo denominado “Copa Crema 2017”, Bien chicos. TECERO. El representativo de Asociación Deportiva Ucayali (A.D.U.), al término de la “Copa Crema 2017”, ocupó el honroso tercer lugar en la clasificación general, esto quiere decir que los chicos cumplieron a cabalidad en este torneo que junta a miles de niños de Lima y del interior del país. FERNÁNDEZ. Jugador de la categoría sub 20, natural de Iparía, distrito ubicado en el alto Ucayali, que hace poco jugó por la selección peruana de fútbol durante la eliminatoria al mundial de esta categoría, en la actualidad se encuentra defendiendo los colores de Juan Aurich de Chiclayo. MONUMENTAL. Los 2 jugadores de A.D.U que se quedaron a Lima para probarse en Universitario de Deportes, ya iniciaron sus entrenamientos en el estadio Monumental de Universitario, equipo que quiere tener en sus filas a los 2 jugadores pucallpinos, que han mostrado mucho talento en el reciente torneo organizado por la “U”.
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os jugadores Roy Benel Palomino y César Rojas Ríos, ya entrenan a prueba en Universitario de Deportes de la capital de la república. Estos chicos pertenecen a la categoría 2000, de Asociación Deportiva Ucayali (A.D.U.) que recientemente estuvo en Lima participando en el torneo denominado “Copa Crema 2017”, en donde precisamente fueron vistos por el comando técnico de menores de la “U”. Sobre este tema, Juan Nolli, promotor de la academia, quien es además entrenador de los equipos de la A.D.U de las distintas categorías, dio a conocer que los mencionados jugadores se quedaron con todas las garantías, pues tienen documentos firmados entre los responsables de la “U” y los padres de familia de los chicos o con los responsables de los jugadores. Ha informado que el contrato contempla que el club brindará todas las facilidades para los estudios, alimentación, alojamiento,
propinas y seguro de salud; en consecuencia, ellos están con todas las garantías para poder desarrollarse y ojalá no desmayen en su propósito, porque tienen la mejor oportunidad de su vida de llegar al fútbol profesional, indicó Nolli. El promotor de la academia, también informó que
los jugadores Percy Cava Macedo y Antonio Córdova Dávila, que pertenecen a las filas de Nuevo Pucallpa, fueron requeridos por el comando técnico del fútbol de menores que está al mando del profesor Bolaños, quien pidió a estos jóvenes para estar presentes en los micro ciclos.
PARA TERCERA FECHA DEL FÚTBOL EN MANANTAY
Dan a conocer rol de partidos a jugarse mañana Mañana sábado 4 de marzo, desde las 9:00 a.m. comienza a desarrollarse la tercera fecha del campeonato de fútbol de primera división en la Liga de Manantay. Se trata de una programación que comprende 4 encuentros, que desde ya despiertan mucho interés en los aficionados de Manantay. En el encuentro preliminar que se iniciará a las 9;00 a.m. juega Liga Deportiva Ucayali (LDU) versus Sport Cahuide. Estos equi-
pos quieren mejorar. A las 11:00 de la mañana saltarán al terreno de juego del Estadio Oficial, San Francisco y Colegio San Fernando. Estos equipos esperan hacer una buena presentación. El siguiente partido está señalado para iniciarse a la una de la tarde. Corresponde jugar a Juventud Pucallpa y Ganso Azul. Estos equipos, no andan bien que digamos en la presente versión de la Copa Perú 2017. Se informa que ambas escuadras trabajaron mucho en el manejo
Jr. Sinchi Roca #187 - esquina con Jr. Maya de Brito
técnico del balón y la parte atlética de sus jugadores. Sin lugar a dudas, el partido de mayor importancia los protagonizarán Municipal y la UPP, los mismos que hasta jugada la segunda fecha del torneo, han mostrado buen juego con jugadores que conocen bien lo que tienen que hacer en el terreno de juego. Por ello se espera un partido de alto voltaje y ganará aquel equipo que haga mejor las cosas en el terreno de juego.
Perú queda eliminado del Sudamericano Sub-17 tras caer 3-2 ante Venezuela TALCA. La selección peruana Sub-17 quedó eliminada este jueves del Sudamericano que se desarrolla en Chile luego de caer 3-2 ante su similar de Venezuela. Un doblete del venezolano Jan Hurtado (21’ y 30’), un autogol de su compatriota Marco Gómez (24’) y otro tanto del peruano Gonzalo Sánchez (45’) mandó a Perú con esperanza en el entretiempo. Principalmente, porque logró marcar por primera vez en el torneo. No obstante, Christian Makoun (78’) marcó de larga distancia el gol que eliminó a Perú y clasificó a Venezuela al hexagonal final, donde buscará un cupo para el Mundial Sub-17 a celebrarse en México. A falta de un partido para el final de la primera etapa, Perú no ha sumado ni un punto, mientras que Venezuela completó sus compromisos y está clasificado a la siguiente fase con 7 unidades. La blanquirroja se despedirá del certamen este sábado a las 15:00 cuando enfrente a su similar de Paraguay, mantiene sus opciones de continuar en competencia hasta el momento.
Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
ENTRETENIMIENTO
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Horóscopo
TIPO DE CAMBIO
Dólar US Compra : 3.23 Venta : 3.25
El Tiempo Mínima Máxima
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23 ºC 33 ºC
Intervalos de nubes y sol y unos pocos chubascos con relámpagos sobre parte del área en la tarde.
Aries: 21 mar. 20 abr.
Cáncer: 22 jun. 22 jul.
Libra: 24 set. 23 oct.
Capricornio: 22 dic.. 20 ene.
Buscarás la mayor tranquilidad posible para asimilar los cambios que se han presentado. Tu pareja respetará el espacio que necesitas, valorarás su comprensión. El descanso te revitalizará.
Te rodearás de personas que representan un respaldo para ti. Un momento para la distracción que te traerá a la memoria recuerdos del pasado. Evita la nostalgia, alguien podría notarlo.
Buscarás la estabilidad de tu hogar para organizar tus actividades. Es posible que prefieras atender algunos temas pendientes antes del descanso. Un momento con los amigos será reconfortante.
Es posible que te cierres en tus propios temores e ideas. Tu actitud defensiva estaría evitando que esa relación fluya con naturalidad.
Tauro: 21 abr. 21 may.
Leo: 23 jul. 23 ago.
Escorpio: 24 oct. 22 nov.
Acuario: 21 ene. 19 feb.
Tendrás que demostrar tu hospitalidad y capacidad para armonizar con distintas personas. Es posible que una reunión social te permita reencontrarte con amistades de tu pasado.
Recibes la propuesta para asistir a una reunión social donde disfrutarás de buena comida y bebida. Es tiempo de compartir con las personas que han estado a tu lado en todo momento apoyándote.
Recibes un mensaje de tu pareja que te sorprenderá. Después de algunas diferencias llegará la reconciliación. Tendrás que repartir tu tiempo entre la familia y con esa persona especial.
Aprovecharás este día para poner en orden tus temas domésticos. Es posible que dediques este día a alguna actividad que resulta importante para ti.
Géminis: 22 may. 21 jun.
Virgo: 24 ago. 23 set.
Sagitario: 23 nov. 21 dic.
Piscis: 20 feb. 20 mar.
Muchas emociones se han juntado en este momento para ti. Es necesario que resuelvas uno por uno los temas que te mortifican. Tendrás que dejar ir a una persona que está decepcionada.
Esa persona necesitará de tu compañía. Es posible que alguien busque mayor cercanía contigo luego de la primera impresión al conocerse. Te sentirás interesado en desarrollar este vínculo.
Evita dejarte llevar por ideas negativas. Es tiempo de buscar alguna actividad que te libere de las preocupaciones. No te alejes de las amistades que solo te han deseado el bien.
Despertarán instintos que estaban dormidos en ti. Alguien provocará sentimientos en ti que creías desaparecidos. Es importante que controles tus emociones para no forzar ninguna situación.
Impetu LETRAS
INAMBARI - TAMPOPATA - TACUATIMANU - CURACAY LOCUMBA - CAMANÁ - CAPLINA - VIRÚ MORONA - PERENÉ - NANAY - CHIMACA
RÍOS DEL PERÚ
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CENTRAL
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Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
El pucallpino Marcos Ibazeta Merino, expresidente de la Sala Nacional Antiterrorista, consideró que la responsabilidad mediática contra Abimael Guzmán es perfectamente aplicable, porque cuando se le condenó a cadena perpetua no se hizo delito por delito, sino por todos los cometidos cuando lideró el grupo terrorista Sendero Luminoso (SL). Sin embargo, cree que, estando cumpliendo dicha sentencia, el nuevo juicio, puede poner al país nuevamente en entredicho ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como se lo planteara ÍMPETU al magistrado a cargo del actual proceso, René Martínez, quien fuera presidente de la Corte de Ucayali. -La defensa de los senderistas dicen, primero, que una sala común los debe juzgar porque cuando ocurrieron los hechos estaba vigente la legislación anterior. Pero sobre todo reclaman que, cuando se los sentenció fue por todos los hechos imputados a SL, entre ellos Tarata, por tanto no se les puede volver a sentenciar. La primera parte no es procedente, porque cuando se habla de competencias, hay una competencia que se llama funcional, donde la Corte Suprema puede crear especialidades. Y cuando se crean especialidades, se derivan hacia esas especialidades todos los procesos de las salas o juzgados ordinarios. -O sea, ahí no tienen dónde agarrarse. No tienen cómo. Respecto al segundo punto, cuando uno analiza la estructura organizativa de SL y la for-
ma en que se tomaban las decisiones, no había un solo acto, ni uno, ni siquiera de propaganda, que no fuese una propuesta de base elevada al comité central y se ejecutaba recién cuando el comité central lo bajaba a través de sus canales respectivos con la autorización. Esto, en los expedientes que nosotros vimos, obedecía, primero, a que la estructura máxima definía todo y, en segundo lugar, en esa estructura se llevaba un control estadístico para su propaganda y para que ellos midan sus fuerzas. Por lo tanto, Abimael Guzmán y su comité central tenían el control de todo el aparato político y del aparato militar, de modo que todos los actos le eran imputables. Por lo tanto, cuando se juzga a Abimael Guzmán, no se le juzga por un delito de mera pertenencia, como se podría juzgar a un militante de mando medio. A él se le juzga como respon-
sable de todos los actos. Ahí sí la responsabilidad mediática es perfectamente aplicable. O sea, cuando a él se le condena a cadena perpetua, se le está juzgando por todo lo que hizo, no delito por delito. -Por eso es que ellos dicen, si ya sentenciaron a esta gente a cadena perpetua por todos los delitos que se cometieron entre 1980 a 1992, cuando fueron capturados, entonces eso incluye lo de Tarata. Y un nuevo juicio sobre Tarata sería volver a juzgarlos sobre hechos ya sentenciados. Allí sí les reconozco algo de razón. Porque en los 90, cuando discutimos en el Poder Judicial que el juzgamiento sucesivo de Abimael Guzmán, y de ciertos elementos de la cúpula de SL que decidían con Abimael Guzmán, decíamos, pero no podemos estar juzgando cien veces, perdiendo tanto tiempo, cuando ya
Ibazeta considera que el juzgamiento a Guzmán puede generar un debate jurídico interesante y opinó que la Suprema debería ir a un Pleno Jurisdiccional para definir los alcances del proceso. También sostiene, preocupado, que SL mantiene una estructura clandestina y otra visible.
Lo dificil no es solo llegar a la cima, sino mantenernos ahi durante 25 años seguidos. todo esto lo hemos logrado gracias al apoyo y confianza de todos ustedes desde hace 50 años en el Perú, seguiremos trabajando duro para brindarles siempre el mejor servicio.
JR. GRAU N° 135 (A 1 CDRA DEL PARQUE KENEDY) TELF: 061-571130 / 571131 - PUCALLPA (1)Fuente: Según el reporte de Inmatriculación de Vehículos Nuevos preparado por la Asociación Automotriz del Perú (AAP). Registro de placas a nivel nacional Toyota reportó 27,592 registros en el 2016, versus 25,335 de la marca número 2. Hilux: la pick up más vendida del Perú con 6,449 registros (Acumulado a Diciembre del 2016, versus 2,112 de la marca número 2), Yaris: el auto más vendido del Perú con 9,121 registros (Acumulado a Noviembre 2016, versus 6,262 de la marca número 2) y Rav4: La SUV más vendida del Perú con 2,419 registros (Acumulado a Noviembre 2016, versus 2,373 de la marca número 2).
Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
CENTRAL
EXPRESIDENTE DE LA SALA NACIONAL ANTITERRORISTA
Juicio contra Abimael puede volver a poner al Perú ante Corte Interamericana de DDHH
juzgamos por la autoridad mediata porque estos son responsables de todo, de acuerdo a lo aplicado en la ley vigente en el tiempo de la comisión del delito. Si a Abimael Guzmán lo han juzgado después de 1992 y le han aplicado las leyes vigentes, porque él seguía siendo el mandamás hasta el 92, entonces la autoridad mediata ya subsumía todos los hechos. Allí yo creo que
va a haber un debate jurídico harto interesante. -Y complicado, porque además una resolución equívoca puede generar otra vez la pesadilla de ir a cortes internacionales. Nosotros tratamos de evitar eso. ¿Entonces, qué se decidió? Expedir resoluciones diciendo, sí, se le ha condenado por autoridad mediata y se le ha impuesto la máxima pena.
Entonces, no podemos volver a juzgar por la suma de hechos que están bajo la autoridad mediata, porque estaríamos repitiendo el juzgamiento, pero con una figura de desdoblamiento que no es aplicable. Entonces, yo lo que me temo es que otra vez vamos a estar ante la Comisión y ante la Corte (Interamericana de Derechos Humanos). Inclusive considero que la Corte
Suprema debe ir a un Pleno Jurisdiccional ahorita para definir esta situación. -Hay un tema que usted ha sido valiente en tocarlo: hay terroristas sentenciados que están cumpliendo sus condenas, por ejemplo Osmán Morote. ¿Qué hacemos? Tendrían que salir en libertad. Entones, hay que buscar la manera de que no salgan en libertad. Eso nos pone en un problema bien delicado en términos legales. Sí. Hay que llamar la atención allí, porque es evidente que al salir van a encontrar una estructura muy sólida afuera, que no está desarrollando actos de terrorismo pero está infiltrado en los frentes de defensa y en ciertos lugares es la población la que ejecuta los actos. Quizá sobre esto podemos hablarlo después, pero si vamos a tratar de impedir que salgan por procesos o manipulación de procesos y eso es objeto de denuncia, entonces otra vez vamos a quedar mal. -Es decir, no se le puede arrimar al Poder Judicial la responsabilidad de manejar una situación tan complicada. O sea, Osmán Morote sale en libertad. El temor que hay es que él tome contacto con la organización que existe, fuera el Movadef, los frentes y todas estas cosas que han creado y pueda reconstituirse la organización a otro nivel. Pero eso no lo tiene que resolver el Poder Judicial. Yo le he escuchado a usted decir que esa es una tarea de la Policía Nacional. Sí, del sistema de seguridad, de la política de seguridad del Estado. Pero yo he estado yendo a Dincote y a los servicios de inteligencia a dictar algunas charlas y la verdad es que los veo abandonados. No hay un diseño de política y todos están en un desconcierto general.
IMPETU.pe Creen que SL, como todo el mundo dice, ya desapareció. ¡No! Sendero mantiene una estructura clandestina y mantiene una estructura visible. La estructura visible la está utilizando para una guerra política dentro del marco donde se quiere meter, de legalidad, pero siendo una organización ilegal, por su clandestinaje. Ese es el pleito a donde nos están llevando. Pero de que están infiltrando el sistema electoral y el marco jurídico a donde pueden llegar, a municipalidades, regiones, lo están haciendo. -El problema es que, en el contexto en el que estamos viviendo hoy, sobre los niveles de descomposición a los que había llegado nuestra clase política y donde va a caer gente que uno ni se imagina que podría caer, presidentes, ministros, gobernadores, alcaldes, periodistas, estudios de abogados, empresarios supuestamente decentes; o sea, va a ser muy duro lo que vamos a vivir en términos de desprestigio no solo de la clase política, sino de la clase dirigente que tiene algún nivel de manejo de algún resorte del poder. Y eso en un contexto en el que hay montones de problemas en el país que están sin resolver y hay descontento y desmoralización, ¡Dios mío, en ese contexto, Sendero Luminoso de regreso da miedo! Claro que sí. Desmoralización popular frente a políticos y a un liderazgo inexistente, porque lo que escuchamos son balbuceos. Balbuceos, digo, porque no hay un liderazgo de toma de decisiones de quien rige, sino es un ir y venir y no saber por dónde estar; no nos guían, no sabemos por dónde estamos caminando, los alimento suben de precio, todo sube, en fin. ¿Hay problemas en eso?
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Yo estoy temiendo que la población vaya entrando a una reacción psicológica fundamentalista, donde todo le parezca bueno y el lobo siempre se disfraza de caperucita y no nos estamos dando cuenta porque en temas de seguridad no hay nada. Si no, veamos lo que está pasando en la policía, con la delincuencia común. Y porque vamos capturando dos o tres bandas y hay policías que se enfrentan, ¿creemos que ya el problema está solucionado? No. Hay otro problema político. Fíjese, antiguamente el terrorismo tumbaba torres eléctricas y con eso nos mataba la industria. Ahora, aprovechándose de reivindicaciones legítimas, contra actos de responsabilidad del gobierno y del Estado, genera reacciones populares que nos están bloqueando todas las inversiones, la gran inversión. No necesitan tumbar torres de alta tensión. -Por supuesto. Hay una nueva estrategia que está aplicando SL para actuar en el Perú y hay que saber qué hacer para enfrentarlo. Como si no fueran suficientes los problemas que tenemos, hay que enfrentar el tema SL. Están cumpliendo sus sentencias. ¿Qué dice la ley? Que tienen que salir en libertad. ¿Qué vamos a hacer? Las cosas están mal en el Perú, están mal complicadas, hay corrupción, hay descontento social, pero hay que arreglar los problemas. La mejor manera de desaparecer de una vez y para siempre a SL es convertirnos en un país moderno, en un país donde haya oportunidad para todos y en un país donde los políticos sean gente decente y no ladrones. Esa es la mejor vacuna contra SL. (Entrevista de Nicolás Lúcar, en Radio Exitosa, el 1 de marzo)
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EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: FONDO NACIONAL DE COMPENSACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL - FONCODES en calidad de agraviada en el presente proceso. Para que tome conocimiento que con Res. 03, de fecha 24-02-17 declararon consentida la Res. 01, de fecha 06-10-16, que resolvió declarar de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en contra de
Para que tome conocimiento que con Res.03, de fecha 24-02-17, se resolvió declarar CONSENTIDA la Res. 01, de fecha 17-10-16 por haberse declarado de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en su contra por el delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del estado. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 001251994. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP
blica - Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado.
AVISOS JUDICIALES
EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: WILSON LÓPEZ SHAMIGUIRI en calidad de acusado en el presente proceso. Para que tome conocimiento que con Res. 03, de fecha 24-02-17 declararon consentida la Res. 01, de fecha 06-10-16 que resolvió declarar de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en su contra por el delito Contra la Administración Pública - Peculado, en agravio del Estado - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social FONCODES. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00046-2001. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP
WILSON LÓPEZ SHAMIGUIRI por el delito Contra la Administración Pública - Peculado, en agravio del Estado - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social FONCODES. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 000462001. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP
E
l presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo, recibió esta mañana el saludo cordial de los principales representantes de las rondas campesinas del país por su apoyo al reconocimiento y reivindicación de su labor en la justicia comunal. Entre los visitantes estuvieron los ronderos Valentín Sánchez Mestanza (Cajamarca), Javier Liñán Flores (Áncash) y Armando Gonzales Lázaro (Cutervo) quienes destacaron el compromiso e identificación del titular del Poder Judicial con su problemática.
Resaltaron, por ejemplo, el respaldo de Rodríguez Tineo, incluso desde antes que asumiera la presidencia del Poder Judicial, a las iniciativas legislativas presentadas en el Congreso a favor del fortalecimiento de la justicia que ejercen los pueblos indígenas y originarios en todo el territorio nacional. Agradecieron asimismo que durante su gestión al frente de la institución judicial, a través de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena (ONAJUP), continúen las capacitaciones a las comunida-
des en lo que refiere a la coordinación y acercamiento entre la justicia ordinaria y la especial. “Usted es parte de la justicia que brinda el Poder Judicial y también la de las rondas campesinas”, dijo Gonzales Lázaro a la más alta autoridad judicial. abe señalar que, hace apenas una semana, Rodríguez Tineo recibió en Palacio de Justicia a varias delegaciones de pueblos indígenas y afrodescendientes, ante quienes comprometió su apoyo para trabajar de manera coordinada para que sus derechos no sean vulnerados.
Agradecieron respaldo de su presidente, Duberlí Rodríguez, a iniciativas legislativas en favor de su causa
Ronderos reconocen apoyo del Poder Judicial a reivindicación de justicia comunitaria
EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: GERARDO LÓPEZ SALAS (reo ausente), como autor del delito Contra la Salud Pú-
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas SALOME SUAREZSANTILLAN RESOLUCIONNUMERO: OCHO de fecha veintiocho de febrero del año dos mil diecisiete: con la razón que antecede; y por economía procesal REPROGRAMESE nueva fecha de AUDIENCIA a JUICIO ORAL para el día 21-03-2017a horas dos de la tarde. La que se realizara en el local del Juzgado, con la concurrencia de los siguientes órganos de prueba; Yarinacocha, 02-03-2017; EXP. 096-2016-0-2402-JP-PE-01,FDO. Salazar-Juez; Salas-Secretaria. 03,04,06/EP
IMPETU Pucallpa, 3 de marzo de 2017 8 DIARIO
Pucallpa, 3 de marzo de 2017
SEPARATA EDITADA POR EL DIARIO ÍMPETU
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI
DIARIO IMPETU 3 de marzo de 2017 2 Pucallpa,
EDICTOS EDICTO CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al investigado JIMMY MOZOMBITE TENAZOA Mediante Res. 01 de fecha 09-01-17, RESUELVE: RECEPCIONAR la comunicación de formalización y continuación de la investigación preparatoria por la presunta comisión del delito contra la salud pública, comercialización de droga en agravio del estado; INPONIENDOSE la medida coercitiva de COMPARECENCIA SIMPLE; así mismo mediante Res. 03 de fecha 20/02/2017 se da por concluida la presente etapa procesal. Pucallpa, 27-02-17. EXP. 00023-2017. FDO. Acho- Juez; Prudencio- Especialista. 28/02-01,03/03/EP EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: GERARDO LÓPEZ SALAS (reo ausente), como autor del delito Contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado. Para que tome conocimiento que con Res.03, de fecha 24-02-17, se resolvió declarar CONSENTIDA la Res. 01, de fecha 17-10-16 por haberse declarado de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en su contra por el delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del estado. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 001251994. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: FONDO NACIONAL DE COMPENSACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL - FONCODES en calidad de agraviada en el presente proceso. Para que tome conocimiento que con Res. 03, de fecha 24-02-17 declararon consentida la Res. 01, de fecha 06-10-16, que resolvió declarar de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en contra de WILSON LÓPEZ SHAMIGUIRI por el delito Contra la Administración Pública - Peculado, en agravio del Estado - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social FONCODES. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 000462001. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: WILSON LÓPEZ SHAMIGUIRI en calidad de acusado en el presente proceso. Para que tome conocimiento que con Res. 03, de fecha 24-02-17 declararon consentida la Res. 01, de fecha 06-10-16 que resolvió declarar de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en su contra por el delito Contra la Administración Pública - Peculado, en agravio del Estado - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social FONCODES. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00046-2001. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al IMPUTADO: ERWIN LUIS MONTANO MORI Con Res. 01 de fecha 07/02/2017, Por lo que SE DISPONE: notifíquesele por EDICTOS con el extracto de la Res. 01, CITAR A AUDIENCIA ÚNICA PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA 01-03-17 A LAS 09:30 a.M HORAS, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado. Pucallpa, 2802-17. EXP. 561-2017. FDO. Zavala - Juez; Tello – Especialista. 01,02,03/03/EP EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza a los agraviados IRWIN CRISTIAN SANCHEZ DIAZ Y ANGELITA AZAN SUAREZ Con RES. 2 de fecha 14/02/2017. REPROGRAMAR la audiencia para el DÍA JUEVES 09-03-17 A HORAS 09:00 A.M., se está señalando en la fecha antes indicada, teniendo en consideración que el domicilio de la agraviada se encuentra fuera de la ciudad, audiencia que se realizará en esta sala de audiencias, con la presencia obligatoria del fiscal y del imputado; precisa que el perjudicado pueden presentar su constitución en actor civil por escrito antes de la instalación de la audiencia única de incoación de proceso inmediato, esto es en caso de inconcurrencia. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 342-2017. FDO. Zavala- Juez; Villacorta- Especialista. 01,02,03/03/EP EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado: ESAU VASQUEZ CARDENAS Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el día 25-04-2017 a las 09:15
A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad. Res. 02. Pucallpa, 20/02/2017. EXP. 22492016-18. FDO. Pizán-Juez; Saldaña- Especialista. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 09 de fecha 24/02/2017 DADO CUENTA; Con la razón de la Secretaria Judicial que antecede, téngase presente y siendo el estado del proceso; RECABESE la declaración referencial del adolescente Arturo Jamil Malafaya Arellano para el día 27-04-17, A HORAS 2:30 P.M., quien deberá concurrir con su progenitora y/o persona responsable, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la autoridad policial. NOTIFIQUESE a doña NORA ARELLANO GARCIA, madre del menor tutelado, en su domicilio señalado en autos y a los familiares del menor tutelado en la dirección señalada a fojas 64 y 66 de autos, siendo que la Psicóloga ha dado con la dirección señalada en autos; sin perjuicio de ello NOTIFIQUESE, mediante EDICTOS en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, antes de la audiencia programada, bajo responsabilidad. asimismo REITERESE OFICIO a la Asistenta Social del Equipo Multidisciplinario de esta Corte Superior a fin de que se constituya al domicilio del menor tutelado sito en el AA.HH Ivan Sickic- Jr. Los Laureles-Calle 17 Mz. 03 Lote 04- Manantay, atendiendo que la Psicologa ha dado con la dirección del menor tutelado, fecho sea remita su informe en el término de TRES DIAS, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento. Notificándose.- Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00597-2016. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 03 de fecha 08/03/2016 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO sobre VIOLENCIA FAMILIAR contra MONICA MILUSKA FLORES RIOS, en la modalidad de MALTRATO SIN LESIÓN en agravio del menor SAMMIA AMMIRA RAYMONDIZ FLOREZ representado por su progenitor DAMIAN RAYMONDIS FLOREZ; en vía de PROCESO ÚNICO.CONFIÉRASE traslado a la demandada MONICA MILUSKA FLORES RIOS, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, los cuales se admitirán o rechazarán en la audiencia única a señalarse; A la devolución de la cédula de notificación sin diligenciar de la Resolución N° 02 dirigida a la Cuarta Fiscalia Provincial Civil y Familia, estando a que se ha cumplido con subsanar, carece de objeto disponer nueva notificación; en tal sentido, téngase presente y agréguese a los autos.- Interviniendo la secretaria que da cuenta por disposición superior.- Notifíquese.- Mediante RES. 07 de fecha 16/02/2017 AUTOS Y VISTOS: Puestos los autos a despacho a fin de emitir sentencia, se AVOCA en este acto la señora Juez LIBIA ALBERTINA DAVILA MOGROVEJO, (…). Resulta de autos que por escrito de fojas 19/21, el Señor representante de la Tercera Fiscalía Provincial de Coronel Portillo, interpone demanda de Violencia Familiar contra doña MONICA MILUSKA FLORES RIOS, a fin que se abstenga de realizar actos de Violencia Familiar – Maltrato Sin Lesión en agravio de su menor hija SAMMIA AMMIRA RAYMONDIZ FLORES y establezcan las medidas de protección a favor de la agraviada; y CONSIDERANDO: PRIMERO: El articulado 171° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al caso de autos, establece que: “la nulidad se sanciona solo por causa establecida por ley (…); asimismo la parte in fine del artículo 176° del mismo cuerpo legal, prescribe: “Los jueces solo declaran de oficio las nulidades insubsanables, mediante resolución motivada, reponiendo el proceso al estado que corresponda”. SEGUNDO: Del mismo modo, el articulado 155° del Código Procesal Civil, (…). TERCERO: De lo prolado líneas arriba, es menester advertir que el accionante interpone demanda de violencia familiar contra la presunta agresora MONICA MILUSKA FLORES RIOS, solicitando además que el Juzgador la emplace mediante edictos por cuanto se desconocía su paradero, así como advertir que la accionada no contaba con domicilio real; sin embargo en contraposición con lo solicitado por el accionante el primigenio Juez de la causa sin motivación alguna emplazó a la demandada mediante cédula de notificación en el domicilio Jirón Leticia N° 399 - Callería, tal y como así se advierte de la cédula de notificación obrante en autos a fojas 41/42 (bajo la puerta), obviando que de acuerdo al caso concreto la accionada tenía paradero desconocido hasta ese entonces, para posteriormente declarar su rebeldía mediante resolución cuatro obrante a fojas 43 dejando en completa intelección a la demandada a fin de poder ejercitar su derecho de contradicción. CUARTO: En consecuencia; habiéndose recortado a la accionada el derecho de conocer las resoluciones judiciales expedidas por el Juzgador, se deberá declarar la nulidad de todo lo actuado a nivel judicial, hasta donde
AVISOS JUDICIALES se hubiere cometido el vicio y/o error y volver a notificarse a la misma mediante edictos; DECLARESE: La nulidad de los actuados debiendo retrotraerse la causa hasta folios 36, en consecuencia VUELVASE A NOTIFICAR a los sujetos procesales con la presente resolución y resolución admisoria, para tal fin; con respecto a la demandada doña MONICA MILUSKA FLORES RIOS, notifíquesele mediante edictos en Diario Oficial El Peruano y el diario regional de mayor circulación. Notificándose.- Pucallpa, 24-02-17. EXP. 01328-2015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 14 de fecha 20/02/2017 DADO CUENTA: Con el ingreso Nro. 2274-2017, en la cual contiene el OFICIO N°062-2017-MIMP/DGA-UAHUANUCO, remitido por la Unidad de Adopciones de Huánuco, estando a lo que indica téngase presente y estese a lo resuelto mediante resolución numero doce, sin perjuicio de ello NOTIFIQUESE a los ciudadanos, YACO ARMAS LOPEZ, OYUKI MOZOMBITE TAMANEZ y IVONNE ARMAS LOPEZ, familiares de la menor tutelada en su domicilio sito en el AA.HH siempre Villa Oriente Psje. Los Jazmines Mz. F Lote 05- Manantay, asi como mediante edictos, en el diario de mayor circulación de esta ciudad, para lo cual el Tecnico Judicial deberá anexar los ejemplares, bajo responsabilidad, quienes deberán concurrir el dia de la audiencia programada con antelación el día 08-03-17 a horas 9.00 A.M. al local del Juzgado, sito en el Jr. Manco Capac Nro. 234. calleria (segundo piso), bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza por autoridad policial en caso de inconcurrencia y advirtiéndose además que mediante resolución número doce, su fecha nueve de enero del 2017, por error material se ha consignado fecha de audiencia para el ocho de marzo del año 2016, siendo lo correcto ocho de marzo del año 2017 y conforme lo establece el Artículo 407º del Código Procesal Civil supletoriamente en el presente caso: “Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución (…)” y a efectos de evitar futuras nulidades, siendo ello así, CORRÍJASE la resolución numero doce, de fecha nueve de enero último en el extremo indicado. Notificándose.- Pucallpa, 24-02-17. EXP. 00675-2016. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 25/07/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO Y PSICOLÓGICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra CARLOS LUGMAN ZUMAETA HUANIO, en agravio de PATRICIA AREVALO HIDALGO, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado CARLOS LUGMAN ZUMAETA HUANIO, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 0 5 , de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil catorce, a fojas cuarenta y siete; (…) la audiencia única, de fecha veintisiete de enero de dos mil quince, a fojas cincuenta y uno a cincuenta y tres, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha
AVISOS JUDICIALES CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 193-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
CORONEL PORTILLO Ha resuelto mediante Res. N° 04 de fecha 08/08/2016, CITAR A JUICIO ORAL a MAMERTO VASQUEZ PEZO y JOSE LUNA NOLORBE, por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual de menor de edad. Para el día 05/04/2017 a horas 10:00 A.M. (Hora exacta), en la sala de audiencias del Juzgado Penal Colegiado Permanente de Coronel Portillo (sede central), bajo apercibimiento de ser declarados reo ausente o contumaz, en caso de inconcurrencia injustificada. Pucallpa, 02/03/2017. EXP. 2788-2015-81 FD. Barbaran, Pérez, Pizan- Juez; Solís- Especialista. 03,04,06/EP EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: LEIDI LESLI LOMAS MOREYRA, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 21-04-17 A LAS 08:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – Hurto de Ganado, en agravio de Alex Palomino Chura, 02/03/17. EXP. 1045-2015-44 - FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista 03,04,06/EP EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITAA: SAUL ROMERO CAMPOS y EDGARDO YSUIZA TUANAMA, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 25-04-17 A LAS 08:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – Hurto Agravado, en agravio de Electro Ucayali S.A., 02/03/17. EXP. 12722015-29 - FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialist 03,04,06/EP
EDICTO CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - ESPECIALIZADA EN DELITOS ADUANEROS, TRIBUTARIOS, DE MERCADO Y DE MEDIO AMBIENTE DE HUÁNUCO EMPLAZA A: KREBORI CUSHI MARIANO ORDENADO CORRER TRASLADO UN ESTRACTO DE LA RESOLUCION N° 02: SEGUIDO CONTRA: KREBORI CUSHI MARIANO POR EL DELITO DE: DEPREDACION DE BOSQUES LEGALMENTE PROTEGIDOS EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO RESOLUCION, de fecha 15/03/16, QUE RESUELVE: COMUNICAR LA CONCLUSION DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA. - ASÍ MISMO CON LA FINALIDAD DE QUE ESTE PUEDA DESIGNAR UN ABOGADO DE SU LIBRE ELECCIÓN EL PLAZO DE VEINTICUATRO HORAS, A FIN DE PUEDA EJERCER SU DERECHO A LA DEFENSA Huánuco, 02-03-17. EXP. 00574-2017-0. ManzanoJuez; Echevarria- Secretario. 03,04,06/EP EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE MANANTAY DISPONE NOTIFICAR vía EDICTO a la ciudadana GANDHI LLERENA DEBERNARDI, CONCEDER 03 DIAS HABILES, para efectos de ponerle en conocimiento la resolución N° 2 que resuelve DECLARAR EXTINGUIDO EL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL, proceso seguido contra FRANK ROMI TAMANI RICOPA por FALTA CONTRA LA PERSONA- AGRESION FISICA, según Res. 02 de fecha 07-09-16. Manantay, 28-02-17. EXP. 347-2016.- FDO. Sosa Cutimbo - Juez; Panduro Saldaña- Secretario. 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: MICHEL CRISTHIAN SALDAÑA JIMENEZ, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 2504-17 A LAS 09:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – Estafa Agravada, en agravio de Francisco Flores Ramírez y el Banco de la Nación., 02/03/17. EXP. 572-2016-56 - FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: EDWIN COLLANTES BLANCO, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 17-04-17 A LAS 09:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en sus contra por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Marly López Pérez, 02/03/17. EXP. 9422015-14 - FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: YURI IGOR MACEDO MACEDO, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27-04-17 A LAS 10:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Fraude Informático, en agravio del banco BBVA-Banco Continental y Sara Rodríguez Jara, 02/03/17. EXP. 218-2016-94 FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: YURI IGOR MACEDO MACEDO, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27-04-17 A LAS 10:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Fraude Informático, en agravio del banco BBVA-Banco Continental y Sara Rodríguez Jara, 02/03/17. EXP. 218-2016-94 FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: JERSON BRICK ELESCANO MURRIETA, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 2604-17 A LAS 10:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – Hurto Agravado, en agravio de José Elidergio Vargas López, 02/03/17. EXP. 686-2016-10 FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista 03,04,06/EP
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas MIREY SINARAHUAFASABI Y JUAN CARLOS FLORES CABRERA: RES. 03 de fecha 23-02-2017, con la razón que antecede; y por economía procesal REPROGRAMESE nueva fecha de AUDIENCIA a JUICIO ORAL para el día 17-03-2017a horas 11:30 am. La que se realizara en el local del Juzgado, con la concurrencia de los siguientes órganos de prueba; Yarinacocha, 0203-2017; EXP. 330-2016-0-2402-JP-PE-01,FDO. Salazar-Juez; Salas-Secretaria. 03,04,06/EP EDICTO JUZGADODE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas ELDERFRANCIS QUEVEDO RICOPA, JORGE VALENCIA NARVAES Y WILMER VALENCIA NEYRA: RES.05 de fecha 05-02-2017, con la razón que antecede; y por economía procesal REPROGRAMESE nueva fecha de AUDIENCIA a JUICIO ORAL para el día 17-03-2017a horas 09:00 am. La que se realizara en el local del Juzgado, con la concurrencia de los siguientes órganos de prueba; Yarinacocha, 02-03-2017; EXP. 269-2015-0-2402-JP-PE-01, FDO. Salazar-Juez; Salas-Secretaria .03,04,06/EP EDICTO El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo Emplaza al investigado FREDY ARBOLEDA RAMIREZ, para que se ponga a derecho en la Investigación seguida en su contra por el presunto delito contra la libertad sexual en la modalidad de ACTOS CONTRA EL PUDOR en agravio DE LA MENOR DE INICIALES Y.M.M.B; ilícito previsto y sancionado en el Artículo 176 del código penal; Proceso que se encuentra en Etapa intermedia (acusación fiscal). Pucallpa 02/03/ 2017. 2017 . EXP. N°02084-2016-0-2402-JR-PE-01. Pucallpa,FDO: Orozco- Juez. Carhuas- Especialista 03,04,06/EP EDICTO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al Imputado: KELVIN GERARDO PAREDES PIZANGO, con la res. Nº 01 de fecha 09/01/17 donde se RESUELVE: la comunicación de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria contra el imputado KELVIN GERARDO PAREDES PIZANGO por la presunta comisión del delito contra EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de SONIA NUÑEZ QUISPE REQUIÉRASE al imputado KELVIN GERARDO PAREDES PIZANGO a fin de que en el término de VEINTICUATRO HORAS, designe a un abogado de su libre elección a fin de que ejerza su defensa, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento, vencido sea el plazo, de designársele un abogado defensor público; derivado del EXP: N° 01574-2016-99-2402-JR-PE-01. Pucallpa, 06/02/2017. García - Juez. Muro - Especialista. 03,04,06/EP EDICTO JUZGADO PENAL COLEGIADO PERMANENTE DE
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DIARIO IMPETU Pucallpa, 3 de marzo de 2017
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: CRISTIAN DEBBI DÁVILA TELLO, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 18-04-17 A LAS 10:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en sus contra por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Lesiones Graves, en agravio de Luis Enrique Torres Maldonado, 02/03/17. EXP. 26652015-29 - FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: WAGNER ALBERTO SORIA PACAYA, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 26-04-17 A LAS 11:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en sus contra por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – Estafa Agravada, en agravio de José Luis Navarro Panaifo y Genit Ruiz Navarro, 02/03/17. EXP. 1135-2015-54 - FDO. Cueva- Juez; MendozaEspecialista 03,04,06/EP
EDICTO EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL DISTRITO DE CAMPO VERDE, EMPLAZA al imputado: LI ANLI TUANAMA RIOS con la RES. 01 de fecha 18/04/2016 y contiene el Requerimiento Fiscal Acusatorio, la misma que dispone, NOTIFÍQUESE a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS, para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae citado artículo; y de conformidad a lo dispuesto por y Art. 18 y siguientes del Reglamento del Expediente Judicial bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: FORMESE el Cuaderno de la Etapa Intermedia; DISPONIENDO que el Expediente Fiscal sirva como anexo.- NOTIFIQUESE.; Pucallpa, 02/03/2017-EXP. 00122-2015-90-2406-JRPE-01 - FDO: Inocente - Juez; Vela -Saavedra- Especialista. 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: JESUS ROJAS TUESTA y MARVIN DIAZ ROBALINO, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 20-04-17 A LAS 10:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en sus contra por la presunta comisión del delito Contra la Administración de Justicia – Encubrimiento Personal, en agravio del Estado, 02/03/17. EXP. 269-2014-37 - FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista. 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: ROBINSON PAQUITO RAYMUNDIZ, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 24-04-17 A LAS 11:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en sus contra por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio – Hurto Agravado en Grado de Tentativa, en agravio de Junior Flores Viena, 02/03/17. EXP. 1629-2015-97 - FDO. Cueva- Juez; Mendoza- Especialista. 03,04,06/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CORONEL PORTILLO CITA A: LUIS ALBERTO CORDOVA ACUÑA, A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27-04-17 A LAS 09:30 A.M. bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE en caso de inconcurrencia injustificada; en el proceso seguido en sus contra por la presunta comisión del delito Contra la Familia – Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Henry Abdiel Córdova López, 02/03/17. EXP. 2042-2015-78 - FDO. Cueva- Juez; MendozaEspecialista. 03,04,06/EP
EDICTO JUZGADO DE PAZLETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas GILER DIAZ RUIZY ALEYDA URIBE PAYVA RESOLUCIONNUMERO: TRES de fecha 28/02v2017, con la razón que antecede; y por economía procesal REPROGRAMESE nueva fecha de AUDIENCIA a JUICIO ORAL para el día 21-03-2017 a horas tres de la tarde. Laque se realizara en el local del Juzgado, con la concurrencia de los siguientes órganos de prueba; Yarinacocha, 02-03-2017; EXP. N° 248-2016-0-2402-JP-PE01,FDO. Salazar-Juez; Salas-Secretaria. 03,04,06/EP
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE MANANTAY DISPONE NOTIFICAR vía EDICTO a las ciudadanas YNA BANEO ROJAS, ALBA ROJAS INGA y JULISSA VANESSA SAURINO SILVA CONCEDER 03 DIAS HABILES, para efectos de ponerle en conocimiento la Res. 1 que resuelve ARCHIVAR los Actuados, proceso seguido contra YNA BANEO ROJAS, ALBA ROJAS INGA, en agravio de JULISSA VANESSA SAURINO SILVA por FALTA CONTRA LA PESONA –LESIONES DOLOSAS LEVES, según Res. 01 de fecha 02-05-16. Manantay, 27-02-2017. EXP. 205-2016. FDO. Sosa- Juez; Panduro- Secretario. 02,03,04/EP
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE MANANTAY DISPONE NOTIFICAR vía EDICTO al ciudadano ZACARIAS LOPEZ QUISPE CONCEDER 03 DIAS HABILES, para efectos de ponerle en conocimiento la Res. 1 que resuelve ARCHIVAR los Actuados, proceso seguido contra VICTOR RAUL QUIROZ NUNTA, en agravio de ZACARIAS LOPEZ QUISPE por FALTA CONTRA EL PATRIMONIO- PENETRACION LEVE EN TERRENO AJENO, según Res. 01 de fecha 20-05-16. Manantay, 27-02-2017. EXP. 228-2016. FDO. Sosa- Juez; Panduro- Secretario. 02,03,04/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza a IMPUTADO: DAVILA VELA, HECTOR Res. 05 De fecha 22-02-2017, DADO CUENTA, el representante del Ministerio Publico, mediante el cual comunica mediante consulta SUNAT la dirección fiscal del imputado HECTOR ABEL DAVILA VELA, en Jr. RICARDO PALMA N° 853 y en el Jr. Libertad N° 251, ambas direcciones en el departamento de SAN MARTIN - TARAPOTO, a lo señalado, Téngase presente, agréguese a los autos y estese a la notificación por edictos ordenado mediante resolución que antecede de fecha 08-02-2017. De igual Modo Proveyendo el ingreso N° 11096-2017, presentado por Dr. Jorge Enrique Kaqui Quiñones, Coordinador de la Dirección General de Defensa Publica y Acceso a la Justicia, a lo que comunica, estese a lo señalado mediante resolución numero tres de fecha 24-01-2017. Avocándose a conocimiento de la presente causa, la señora juez que suscribe e interviniendo el cursor que da cuenta por disposición superior. Notifíquese a la representante del Ministerio Publico. EXP. 1528-2016. FDO. García- Juez; MedinaEspecialista. 02,03,04/EP
EDICTO PRIMERO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al Imputado: JASSON JEMS TORRES ASPARRIN Con Res. 03 de fecha 20-02-2017 donde SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 14-04-17 A HORAS 9:20 A.M., la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado. EXP. 00077-2017. Pucallpa, 28-02-17. FDO. García- Juez; Gamboa- Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO PRIMERO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al Imputado: JASSON JEMS TORRES ASPARRIN Con Res. 03 de fecha 20-02-2017 donde SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 14-04-17 A HORAS 9:20 A.M. la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado. EXP. 00077-2017. Pucallpa, 28-02-17. FDO. García- Juez; Muro- Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA AL IMPUTADO: EMERSON SALAZAR DIEGO Con Res. 03 de fecha 24-02-2017 DADO CUENTA: presentado por el Representante de Ministerio Público, de la 2° F.P.P.C.C.P. subsanando la omisión, mediante el cual presenta los cargos de notificación de la disposición fiscal de la formalización de la investigación preparatoria de los sujetos procesales, asimismo pone a conocimiento el domicilio real del agraviado WILDER BURROMEO SALAZAR; citando la dirección en el AA.HH. 16 DE NOVIEMBRE - Jr.LOS ANGELES Mz. J lote 06Callaría (ref. al frente del Aserradero Mario Pezo Frente a una vulcanizadora), de igual modo el domicilio que precisa del imputado EMERSON SALAZAR DIEGO, es la misma dirección que es devuelto con razón por el asistente de comunicaciones. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 265-2017. FDO. García- Juez; Gamboa- Especialista. 01,02,03/03/EP
apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad. Res. 02. Pucallpa, 20/02/2017. EXP. 2568-2016-21, FDO. Pizán-Juez; Saldaña-Especialista. 01,02,03/03/EP
IMPETU Pucallpa, 3 de marzo de 2017 6 DIARIO
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado BANCHO SOSA LUIS JESUS Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 21-04-17 A LAS 10:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 515-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista.
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado ROSALES ORIZANO CHRISTIAN JOEL Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 21-04-17 A LAS 09:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 136-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado DANTAS CASTILLO ISAMAR CELICIA Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 27-03-17 A LAS 09:00 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 1615-2016-80. FDO. Angeludis- Juez; Cervantes- Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado LÓPEZ VARGAS ROY Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 27-03-17 A LAS 09:45 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 315-2017-85. FDO. Angeludis- Juez; Cervantes- Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado GONZALES RUIS QUILLER AUGUSTO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 27-03-17 A LAS 09:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 1276-2015-83. FDO. Angeludis- Juez; Cervantes- Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA Res. 19 DE FECHA 03-02-2017. “… siendo ello así: RECIBASE las TESTIMONIALES de BELDEMAR GURIS RÍOS, Y JAICO MACA MACEDO para el día VIERNES 17-03-17 a horas 2:30 p.m. Pucallpa, 01-03-2017. EXP. 2015-720. FDO. Díaz- Juez; Arribasplata- Secretaria. 02,03,04/EP
EDICTO PRIMERO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al Imputado: MILCA REBECA MARTELL DE RODRIGUEZ Con Res. 01 de fecha 22-02-2017 donde se RESUELVE: RECEPCIONAR la comunicación de formalización y continuación de la investigación preparatoria contra el investigado; IMPONER, a la imputada COMPARECENCIA SIMPLE, PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, EXPLICAR que el desarrollo de las audiencia serán grabados en audio, por presunta autora del delito contra EL PATRIMONIO en la modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de EMPRESA CONCESIONARIA DE ELECTRICIDAD DE UCAYALI SOCIEDAD ANÓNIMA, representado por su GERENTE DE DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION JUAN JOSE RAMOS PALOMINO. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00587-2017. EXP. García- Juez; Muro- Especialista. 02,03,04/EP
MANANTAY DISPONE NOTIFICAR vía EDICTO al ciudadano ELMER TORRES ALARCON CONCEDER 03 DIAS HABILES, para efectos de ponerle en conocimiento la Res. 1 que resuelve ARCHIVAR los Actuados, proceso seguido contra HERLESS FLOYD TORRES SAENZ, en agravio de ELMER TORRES ALARCON por FALTA CONTRA EL PATRIMONIO- USURPACION BREVE, según Res. 01 de fecha 09-05-16. Manantay, 27-022017. EXP. 209-2016. FDO. Sosa- Juez; Panduro- Secretario. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado VILLALOBOS GUABLOCHE ROBERTO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 14-03-17 A LAS 09:45 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado GONZALES SINUIRI DEULI SAUL Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 14-03-17 A LAS 09:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 328-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado JIN DOUGLAS ROMERO SARMIENTO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 15-03-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 2944-2016 FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado TAMANI PANAIFO ANDERSON Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 17-03-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 144-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado JHONESTER FLORES ACHO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 05-04-17 A LAS 10:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 2958-2016. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado LUIS ANTONIO MERA MELENDEZ Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 05-04-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 181-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado PEZO GARCIA JHONATAN JULINHO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 10-04-17 A LAS 10:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 365-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado VASQUEZ SORIA VICTOR Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 10-04-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 2902-2016. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
02,03,04/EP
AVISOS JUDICIALES
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 20/08/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO SIN LESION, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra FELIPE VARGAS MIÑURI, en agravio de su conviviente EVELIN BRILLITH HUAYTA FUENTES, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado FELIPE VARGAS MIÑURI, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 04, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número dos, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce, a fojas cuarenta; la audiencia única, de fecha treinta de diciembre del dos mil catorce, a fojas cuarenta y cuatro a cuarenta y seis, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado FELIPE VARGAS MIÑURI el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 05, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 06, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cuatro, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado FELIPE VARGAS MIÑURI concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, DEJANDOSE sin efecto la notificación donde se le concede el plazo de quince días, notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número cinco y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 01-02-17. EXP. 00808-2013. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado CARLOS LUGMAN ZUMAETA HUANIO concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, DEJANDOSE sin efecto la notificación donde se le concede el plazo de quince días, notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número cinco y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.- Notificándose.- Pucallpa, 01-02-17. EXP. 00616-2014. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
AVISOS JUDICIALES
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 11/03/2015 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES, en agravio de MIRELLA MELVA FERNANDEZ RUIZ, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha veinticinco de junio del dos mil quince, a fojas treinta y seis; la audiencia única, de fecha seis de agosto del dos mil quince, a fojas cuarenta y cuatro y cuarenta y cinco, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 31-102016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone
PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/12/2010 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO FISICO, contra JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA, en agravio de LUZ ENERLITA PIZANGO SHUÑA, corriéndose traslado al demandado JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado, teniendo por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, los cuales se merituaran en su oportunidad; AL OTROSI DIGO, Y MAS DIGO.- CONFIRMESE las medidas de protección inmediata y téngase presente. Mediante Res. Nº 13, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número once, de fecha treinta y uno de marzo del dos mil quince, a fojas setenta y siete; la audiencia única, de fecha trece de mayo del dos mil quince, a fojas ochenta y tres a ochenta y cinco, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele, Mediante Res. Nº 14, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Res. Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 16, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número trece, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, DEJANDOSE sin efecto la notificación donde se le concede el plazo de quince días, notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número trece y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 01-02-17. EXP. 00822-2010. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
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EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO. Mediante RES. 01 de fecha 07/09/2009 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de VIOLENCIA FISICA en contra CARLOS PEÑA SOBRADO, en agravio de TULA MAGALI FLORES TORRES, por el plazo de cinco días hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y seguirse el tramite en ese estado, teniéndose por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos (…) Mediante Res. Nº 21, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA NULO la resolución número diecinueve, de fecha diez de julio del año dos
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO. Mediante RES. 01 de fecha 14/05/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda (MALTRATO FISICO), interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra doña BRIGIDA DAVILA SOLSOL, en agravio de JOSE LUIS TOLENTINO SORIA, la misma que se tramitara en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIERASE traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días hábiles a efecto de que conteste la demanda en el plazo concedido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, téngase por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos (…) Mediante Res. Nº 08, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA NULO la resolución número tres, de fecha dieciocho de agosto del dos mil catorce, a fojas treinta y ocho, la audiencia única, de fecha doce de marzo del dos mil quince, a fojas sesenta y seis y sesenta y siete, y los demás actuados correspondientes, y POR CONSIGUIENTE reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde. Concédase el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos. Mediante Res. Nº 09, de fecha 16-01-2017 CORREGIR la resolución número ocho, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO a la demandada BRIGIDA DAVILA SOLSOL concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número ocho y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 27-01-17. EXP. 00439-2013. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 67 de fecha 09/01/2017: CONTINUESE con el trámite respectivo en relación a los niños tutelados WILMER MARIO HUALINGA VASQUEZ Y FABIOLITA SILVANO SANCHEZ, para dicho fin notifíquese a las siguientes personas: GUILLERMINA VASQUEZ CARRION Y MARIO HUALINGA SUAREZ (padres biológicos del tutelado Wilmer Mario Hualinga Vásquez); en sus domicilios reales que se muestran en su ficha de RENIEC (…); Asimismo, notifíquese a la persona de LAUREANO SILVANO TAHUANIA Y MARIA ANGULO ARENAS (padre biológico y declarante de la partida de nacimiento de la niña tutelada Fabiolita Silvano Sánchez), en sus domicilios reales que se muestran en su ficha de RENIEC (…), a fin de que se apersonen al Juzgado Mixto en adicción Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Coronel Portillo, el día 23-03-2017 a horas 02:30 de la tarde, Avocándose al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notificándose.- Pucallpa, 20-01-17. EXP. 00361-2011. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EMPLAZAR vía EDICTO al demandado TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número trece y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 30-01-17. EXP. 00225-2015. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
DIARIO IMPETU Pucallpa, 3 de marzo de 2017
DIARIO IMPETU 3 de marzo de 2017 4 Pucallpa, mil quince, a fojas ciento setenta y tres, la audiencia única, de fecha veintisiete de agosto del dos mil quince, a fojas ciento ochenta y dos a ciento ochenta y cuatro, y los demás actuados correspondientes, y POR CONSIGUIENTE reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde. Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos. Mediante Res. Nº 22, de fecha 16-01-2017 CORREGIR la resolución número veintiuno, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado CARLOS PEÑA SOBRADO concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número veintiuno y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 27-01-17. EXP. 00527-2009. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO. Mediante RES. 01 de fecha 18/04/2016 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por representante del MINISTERIO PUBLICO sobre VIOLENCIA FAMILIAR contra FRED JULIO PEREZ PANDURO, en la modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de ENMA PATRICIA PINON PAREDES, en la vía de PROCESO UNICO, CONFIERASE traslado a la parte demandada FRED JULIO PEREZ PANDURO por el plazo de QUINCE DIAS hábiles a efectos de que conteste, bajo apercibimiento de se nombrarse curador procesal; notificándose mediante EDICTO con las formalidades de ley en el término de tres días consecutivos en el diario oficial y diario de mayor circulación de la localidad (…) 2.- TENER por ofrecido los medios probatorios adjuntados los cuales se admitirán o rechazaran en al audiencia única a señalarse; 3.AL PRIMER, SEGUNDO OTROSI DIGO y TERCER OTROSIDIGO; Estese, y Téngase presente. Mediante Res. Nº 02, de fecha 16-01-2017 CORREGIR la resolución número uno, de fecha 18 de Abril del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado FRED JULIO PEREZ PANDURO concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, dejándose sin efecto la notificación donde se concede el plazo de 15 días, así como los edictos publicados, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 27-01-17. EXP. 00593-2016. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 05/03/2012 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO RECIPROCO, contra los agresores agraviados FERNANDO ACUÑA VALENCIA y DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS, corriéndose traslado a los agresores agraviados FERNANDO ACUÑA VALENCIA y DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que contesten, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes y seguirse el trámite en ese estado. AL PRIMER OTROSÍ.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…) CONFIRMESE las medidas de protección inmediata, a favor de los agresores – agraviados FERNANDO ACUÑA VALENCIA y DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS, AL SEGUNDO OTROSÍ.- Estando a lo que solicita, téngase como demandante al recurrente en representación de la agraviada y concédase el auxilio judicial a la parte demandante (…). Mediante Res. Nº 14, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número doce, de fecha cinco de mayo del dos mil quince, a fojas cuarenta y dos; la audiencia única, de fecha dieciocho de junio del año dos mil quince, a fojas ciento cincuenta a ciento cincuenta y dos, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase a la
demandada el DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 15, de fecha 11-11-2016, CORREGIR la resolución número catorce, de fecha once de noviembre del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento a la demandada de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto a la demandada DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone para que conteste la demanda (…) AVOCANDOSE al conocimiento de la presente causa la señora juez que suscribe por mandato superior Notificándose.- Pucallpa, 19-01-17. EXP. 00085-2012. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 20/04/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, contra FELIPE HUAMAN ROJAS, en agravio de VICTOR VICENTE HUAMAN MENDOZA, corriéndose traslado al demandado FELIPE HUAMAN ROJAS, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. NOTIFÍQUESE al citado demandado, AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…) En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 0 8 , de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número seis, de fecha treinta y uno de marzo del dos mil quince, a fojas cuarenta y ocho; la audiencia única, de fecha catorce de mayo del año dos mil quince, a fojas cincuenta y uno a cincuenta y dos, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 09, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número ocho, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado FELIPE HUAMAN ROJAS concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersonen para que contesten la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 00267-2012. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 17/10/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra JORGE ANDRE ZAPATA DASILVA, en agravio de ROMARIO SOLANO ZAPATA AMSIFUEN, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado JORGE ANDRE ZAPATA DASILVA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 07, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número seis, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil catorce, a fojas sesenta y ocho; la audiencia única, de fecha veintisiete de enero de dos mil quince, a fojas setenta y dos a setenta y cuatro, y los demás actuados
correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 08, de fecha 13-092016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 09, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado JORGE ANDRE ZAPATA DASILVA concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersonen para que contesten la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 01104-2013. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
AVISOS JUDICIALES AVISOS JUDICIALES
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/06/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO SIN LESION, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra GROBER JACINTO SABINO SILVA, en agravio de su ex conviviente BARIZA MENDOZA HUARAYCAMA, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado GROBER JACINTO SABINO SILVA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número dos, de fecha siete de agosto del dos mil catorce, a fojas cuarenta; la audiencia única, de fecha veintitrés de diciembre del dos mil catorce, a fojas cincuenta y siete a cincuenta y nueve, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-092016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado GROBER JACINTO SABINO SILVA concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone para que conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP.
traslado al demandado REYSER DIAZ TANCHIVA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.Téngase presente(…). AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). Mediante Res. Nº 06, de fecha 0208-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número cuatro, de fecha tres de agosto del dos mil quince, a fojas cuarenta y uno; (…) la audiencia única, de fecha diecisiete de setiembre del dos mil quince, a fojas cincuenta y seis a cincuenta y ocho, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 07, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 08, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado REYSER DIAZ TANCHIVA concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone para que conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 00368-2015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/08/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO MUTUOS, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO y JANETH TECO RENGIFO, en agravio de ellos mismos, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO y JANETH TECO RENGIFO, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha doce de enero del dos mil quince, a fojas cuarenta y seis en el extremo que se declara rebelde; la audiencia única, de fecha once de marzo del dos mil quince, a fojas cincuenta y cinco a cincuenta y siete, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto a los demandados DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO y JANETH TECO RENGIFO concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersonen para que contesten la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 00610-2014. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 17/04/2015 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra REYSER DIAZ TANCHIVA, en agravio de GLORIA LUNA LOPEZ, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE
00528-2013. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 11/11/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra MERVIN LOPEZ CHASNAMOTE, en agravio de LILA NUÑEZ LOPEZ, en la vía de PROCESO ÚNICO. 2.CONFIÉRASE traslado al demandado ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. 3.- TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); 4.- NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). 5.- AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. 6.- AL SEGUNDO, AL TERCER OTROSI.Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 06, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número cinco, de fecha treinta de marzo del dos mil quince, a folios ochenta y cuatro; la audiencia única, de fecha doce de mayo del dos mil quince, a fojas ochenta y ocho, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº07, de fecha 1309-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº08, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número seis, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis, en el extremo al emplazamiento al demandado, de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado MERVIN LOPEZ CHASNAMOTE concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone y conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 01006-2014. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 12 de fecha 10/01/2017 DADO CUENTA: estando a la razón que antecede, y a efectos de no causar mayor perjuicio procesal a las partes, con la facultad de dirección e impulso del proceso del que está investida la Judicatura y conforme a los artículos III y V del Título Preliminar, concordante con los artículos 50° inciso primero y 51° inciso segundo del Código Procesal Civil, se dispone: REPROGRAMAR NUEVA FECHA y HORA PARA RECIBIRSE la declaración de la adolescente tutelada Elva Sofía Chávez Hualinga y de su hermano Marlo Chávez Bereca para el día 08-03-2017 a horas 10:00 de la mañana; a lo indicado, VUÉLVASE A NOTIFICAR a las partes procesales mediante cédula de notificación(…), NOTIFIQUESE la presente resolución MEDIANTE RADIO DIFUSION por espacio de tres días en el programa de mayor difusión y sintonía, la misma que deberá expedir una declaración jurada, en donde constara el texto y anuncio y los dias y horas en que se difundió, ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 169 del Código Procesal Civil, sin perjuicio también de realizarlo mediante Edictos en el Diario de Mayor Circulación de la localidad por espacio de tres días. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza Titular que suscribe por mandato Superior. Notificándose.- Pucallpa, 17-01-17. EXP. 00933-2015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 08 de fecha 09/01/2017 DADO CUENTA; con la razón de la secretaria judicial que antecede, téngase presente y siendo el estado del proceso; REPROGRAMESE la declaración de DEYSI NUÑEZ QUISPE, hermana de la menor tutelada, (…); RECIBASE la declaración de SONIA NUÑEZ QUISPE, Hermana de la menor tutelada RUTH LUCIANA NULEZ QUISPE (12 años de edad) , (…) que deberá ser notificada mediante EDICTOS (Diario de Mayor circulación de la localidad, (…), señalándose fecha para el día 08-03-2017, a horas 11:00 de la mañana y encontrándose pendiente de practicarse el examen de integridad
DIARIO IMPETU Pucallpa, 3 de marzo de 2017
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sexual a la menor tutelada, (…). AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notificándose.- Pucallpa, 17-01-17. EXP. 00781-2016. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/08/2015 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO PSICOLOGICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI, en agravio de CLAUDIA CANTO SHAPIAMA, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha veinticuatro de diciembre del dos mil quince, a fojas treinta y nueve; la audiencia única, de fecha treinta de marzo del dos mil dieciséis, a fojas cuarenta y nueve y cincuenta, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis, en el extremo al emplazamiento al demandado, de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone y conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 17-01-17. EXP. 00642-2015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO PENAL COLEGIADO PERMANENTE DE CORONEL PORTILLO Ha resuelto declarar consentida la sentencia mediante resolución N° 04 de fecha 27/02/2017, SE RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA la SENTENCIA CONFORMADA, contenida en la resolución número tres de fecha uno de diciembre de dos mil dieciséis; CURSÁNDOSE los BOLETINES Y TESTIMONIOS de condena respectivos y FICHA RENIPROS, cumplido que sea REMITASE la causa al juzgado de ejecución. Avocándose al conocimiento de la presente causa el señor juez Dávila Mogrovejo, por vacaciones judiciales de la señorita juez Barbaran Ríos. Ofíciese y Notifíquese.. Pucallpa, 28/02/2017. EXP. 2478-2015-33. FDO. Barbaran- Mogrovejo - Juez; Solís- Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADODE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas LOCAL MULTISECTORIAL DE LA ASOCIACION DE AGRICULTORES 26 DE AGOSTO REPRESENTADO POR SEGUNDO MIGUEL AGUILAR CANELOS Y YERSINIO ESPINOZA PACHECO: Res. 07 de fecha 22-0217 con la razón que antecede; y por economía procesal REPROGRAMESE nueva fecha de AUDIENCIA a JUICIO ORAL para el día 13-03-2017 a horas 09:00 a.m. de la mañana. La que se realizara en el local del Juzgado, con la concurrencia de los siguientes órganos de prueba; Yarinacocha, 28-02-2017. EXP. 250-2016. FDO. Salazar- Juez; Salas-Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado: SEGUNDO ALI CHOTA CURITIMA Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el día 25-04-2017 a las 09:00 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo
Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
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La primera película hecha por
amahuacas
Fernando Valdivia Gómez (*) n 1961 Pansitinma, un niño amahuaca de diez años, contemplaba fascinado como unos “gringos” le apuntaban con un aparato que tenía ojo de vidrio, cuerpo de metal y sonaba “trrr”. Pasarían varios años para comprender que eso era una cámara de cine y que se había convertido en protagonista de la película Amahuaca, A Tropical Forest Society In Southeastern Peru (Amahuaca, una sociedad tropical del sureste del Perú) realizada por Gertrude Dole. Casi 60 años después, Pansitinma llamado ahora Roberto Andrades, no imaginó que en 2017 se convertiría en cineasta. A finales de los años 90 conversaba con el pintor bora Víctor Churay quien me dijo: “estamos cansados que vengan periodistas, investigadores, filmadores a escribir, tomar fotos y filmarnos diciendo lo que les da la gana, eso debe terminar, nadie mejor que un amazónico para narrar los sucesos amazónicos”, esta frase se convirtió en una premisa de trabajo y dio origen a la Escuela de Cine Amazónico (ECA), dirigida por Fernando Valdivia e integrada por Carlos Marín, Katty Quío y Tania Medina, quienes hicieron realidad lo dicho por Churay y capacitan una nueva generación de realizadores audiovisuales para que sean capaces de filmar y difundir historias con una visión amazónica. Esta iniciativa ya ha formado a cerca de 150 cineastas y ha sido reconocida por
Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
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el Ministerio de Cultura del Perú que le ha otorgado en 2015 y 2016 los premios a Gestión Cultural en Cinematografía, posibilitando talleres itinerantes en regiones como Ucayali, Madre de Dios y Loreto. Con ese aval y aprovechando una expedición para realizar un documental sobre el pueblo amahuaca del río Inuya, Valdivia acompañado de los antropólogos Christopher Hewlett, Luisa Wagenschwanz y el realizador Alex Giraldo, se propusieron capacitar a jóvenes amahuaca para que hagan su propia película, teniendo en cuenta además que traían consigo la película filmada en 1961 recientemente hallada en los archivos del
VACACIONES UTILES: AV. UNION CUADRA 20 CON JR. SANTA ROSA, INFORMES: 961542755.)
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Museo Americano de Historia Natural de Nueva York. Regresar películas antiguas a sus protagonistas es parte de la actividad de este equipo de profesionales y da pie a varias preguntas: ¿cuánto cambiaron los mahuacas de hoy?, ¿qué película resultaría si los propios amahuacaa se filman? Esto fue posible también gracias al auspicio de la Fundación Wenner Gren y la Federación Indígena del Alto Río Inuya y Mapuya. La última semana de enero, el flamante Centro Cultural Amahuaca de la comunidad Nuevo San Martín, albergó a 17 participantes muy diversos: niños, jóvenes que esperan ansiosos un colegio
secundario, adultos líderes y algunos ancianos enamorados de las películas que se proyectaban cada noche. Los talleres audiovisuales en zonas rurales son muy valorados, sobre todo cuando se convierten en un espacio de diálogo intergeneracional. Niñas de 10 años como Zuly y Rosita fueron las más entusiastas, y el “jefe” Pantisinma asumió su rol convocando a la hora puntual y manteniendo el orden en cada instante. El primer día hicieron la lista de escenas de la primera película amahuaca. Los amahuaca se fueron transformando en camarógrafos, sonidistas, luminotécnicos y en personajes de una película que una vez editada duró 27 minutos, totalmente en lengua amahuaca y que fue presentada a la población que había sido convocada a una gran asamblea. ¿Esto lo hemos hecho nosotros? era la frase escuchada luego de la proyección, los participantes estaban entusiasmados porque fueron capaces de hacer algo nuevo y les permitió demostrar su potencial ante la frustración de no poder estudiar su secundaria por la falta de una escuela. El participar del taller fortaleció la autoestima de los participantes y ha dejado un documento visual que es una memoria histórica de valor singular: fue producido en medio de la selva por un pueblo del cual los peruanos no conocen mucho, fue realizada para visibilizar lo invisible. ¿Qué es lo que sigue para estos nuevos realizadores audio-
visuales de la Amazonía?, en principio se subtitula la película al castellano para ponerla en “Youtube”, además preparan el guión de una película con actores locales que será filmada entre julio y agosto; también han asumido con sumo empeño los trámites para contar con una escuela secundaria porque valoran su potencial. Pansitinma, a sus casi 70 años, ha sido co-director de una película hecha con sus paisanos, ha demostrado su liderazgo, está orgulloso que a pesar de las duras condiciones de la selva hizo trabajar a todos y no se rompió ni perdió la más pequeña pieza del equipo de filmación. Si ya lo hicieron una vez ¿por qué no hacerlo de nuevo? (*) Director de la Escuela de Cine Amazónico.
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HUMOR
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Encarcelan a dos vendedores de droga al menudeo Por disposiciĂłn de la Juez Julia Francisca Orozco Flores, del Tercer Juzgado de InvestigaciĂłn Preparatoria, fueron encarcelados Alfonso Flores Camacho y David Carlos SaldaĂąa Rosales, por el presunto delito de favorecimiento al trĂĄfico ilĂcito de drogas, en agravio del Estado. La juez Julia Orozco, admitiĂł nueve meses de prisiĂłn preventiva para Alfonso Flores, luego que el Ministerio PĂşblico, explicĂł los graves elementos fundados para la prisiĂłn preventiva y el peligro procesal que representaba en caso sea investigado con un mandato de menor rango. En tanto David Carlos SaldaĂąa Rosales, tambiĂŠn fue encarcelado por seis meses de forma preventiva. Cabe seĂąalar que en ambos casos el Ministerio PĂşblico, en diferentes audiencias seĂąalĂł que tienen antecedentes por los mismos delitos, situaciĂłn que exigĂa la presencia de los procesados en las investigaciones.
POLICIAL/JUDICIAL
Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
EXIGEN DESTITUCION DEL GERENTE MUNICIPAL
Regidores de Honoria rechazan actos bochornosos del alcalde
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os regidores de la Municipalidad Distrital de Honoria, mediante un memorial solicitarĂĄn la destituciĂłn inmediata del gerente municipal de la entidad por los actos bochornosos que protagonizĂł junto con el alcalde y que les valiĂł una denuncia policial. El funcionario, Miguel Ă ngel RodrĂguez Guevara, fue sindicado como uno de los agresores a un proveedor que fue a la oficina de coordinaciĂłn para cobrar un cheque. Zenobio Aliaga Escobar, JosĂŠ Rivera VĂlchez, Sonia Pinedo Maynas y Frederick LĂłpez Alonso, lamentaron y se solidarizaron con el empresario IvĂĄn GarcĂa RodrĂguez; y a
su vez solicitarĂĄn los descargos correspondientes de los involucrados en este hecho de violencia. SegĂşn expresiones de algunos regidores, en los Ăşltimos tiempos, la actitud del alcalde GrĂĄndez Del Ă guila habĂa cambiado y consiente las constantes agresiones verbales de parte de las personas allegadas a ĂŠl. Los integrantes del cuerpo de regidores de la Municipalidad Distrital de Honoria lamentaron los hechos protagonizados, toda vez que la poblaciĂłn de esta jurisdicciĂłn no es violenta, tal como lo habrĂa demostrado la autoridad edil, de quien esperan pida disculpas a la poblaciĂłn que lo eligiĂł como autoridad, aseverĂł Aliaga Escobar.
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Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
POLICIAL/JUDICIAL
IMPETU.pe
ESCAPÓ DEL PENAL EN BRASIL
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GENERADO POR MALA CONEXIÓN ELÉCTRICA
Capturan a la “Foca” cabecilla de banda criminal en Pucallpa
Alarma en A.H “La Chacrita” por un amago de incendio
P
ersonal de la sección delitos de la Comisaría de Pucallpa, por información y en coordinación con la División de Búsquedas, capturaron a un ciudadano brasilero de quien conocen estaría organizándose con delincuentes de Pucallpa a fin de formar una organización criminal. Su banda la conformaría para operar por la zona de Palcazu y otras localidades donde puedan acopiar droga para vender a países vecinos. Por información policial se conoció que el brasileño, quien dijo llamarse José María Masiel Da Concepción, alias ‘Foca’, de 36 años, habría escapado de un centro de reclusión de su país donde cumplía condena por homicidio agravado y otros delitos. Su residencia en Pucallpa es ilegal al igual que su nombre, por lo que la policía le seguía los pasos. Fue intervenido cuando se trasladaba por la Carretera Antigua a Yari-
nacocha en el automóvil de marca Hyundai color rojo con negro, modelo Accent con placa de rodaje U1B261, y al momento de solicitarle sus documentos dijo no tener pasaporte ni documentos del vehículo, por el cual fue trasladado hasta la comisaría de Pucallpa.
SE VENDE
-Lente fotográfico sigma 15mm -Flash Nikon sb – 700. Cel. 994640006.
4M/PERMANENTE/GUGUI
Al momento de registrar el vehículo encontraron cinco municiones calibre 9 mm de la marca Fame, y procedieron a su incautación. En su intento de quedar libre, el intervenido quiso sobornar a los efectivos policiales. Él será procesado por el presunto delito contra la
seguridad pública, peligro común por tenencia ilegal de arma y municiones. Asimismo la policía estaría tras los pasos de los miembros de su banda que están plenamente identificados. La policía ya puso en marcha este operativo a fin de poder dar con el paradero. Shirley Vela
RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO PUCALLPA
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POR ANTE EL NOTARIO DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA EUDOCIO RAUL SALAZAR MARTINEZ, CON OFICIO NOTARIAL EN EL JIRÓN CORONEL PORTILLO N° 439, DE ESTA CIUDAD, SE HAN APERSONADO LOS SEÑORES TEMISTOCLES NORIEGA HIDALGO Y ELDITH MARÍA PAREDES SAAVEDRA, QUIENES SOLICITAN EL RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, POR HABER CONVIVIDO VOLUNTARIAMENTE DE MANERA CONTINUA Y NO TENER IMPEDIMENTO LEGAL, POR MÁS DE DOS AÑOS, LO QUE SE PUBLICA A FIN DE QUE SE PRESENTEN LO QUE SE CREAN CON DERECHO A OPONERSE. PUCALLPA, 22 DE FEBRERO DE 2017.
3M/03/B15591
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ACUERDO DE DISOLUCION y LIQUIDACI0N POR ACTA DE FECHA 28 DE FEBRERO DE 2017, EL TITULAR ACORDO LA DISOLUCION E INICIO DEL PROCESO DE LIQUIDACION DE LA EMPRESA ESTUDIO JURIDICO TORRES LOZANO E.I.R. LTDA., CON RUC N° 20351643162, CON DOMICILIO JR. HUANCAVELICA N° 102 DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA, NOMBRANDOSE COMO LIQUIDADOR EL SEÑOR AMERICO URCINO TORRES LOZANO, CON DNI N° 00099682. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES PERTINENTES. PUCALLPA, 28 DE FEBRERO DE 2017. 4M/01,02,03/JSR
Una falsa alarma por fuego en el jirón Copaiba en el asentamiento humano La Chacrita en el distrito de Manantay, movilizó al mediodía de ayer a dos vehículos de Bomberos de Pucallpa y sembrando el miedo en el vecindario. Los vecinos al ver mucho humo negro sobre el techo de la casa, en donde funcionaba una carpintería, rompieron los candados de la puerta ya que desde hace tiempo el inmueble está abandonado, al ingresar vieron cómo se iniciaba el fuego en la pared. Con ollas, baldes y bandejas trataban de controlar y evitar que el fuego se propagara. Jorge Ezequiel Ruiz Panduro, vecino del lugar, mani-
festó que la vivienda se encuentra deshabitada desde hace tiempo, los vecinos al ver humo dieron parte a serenazgos quienes llegaron inmediatamente a socorrerlos. Dentro del inmueble encontraron mobiliarios y herramientas de carpintería. Pudieron comprobar que por la mala conexión del cableado de energía eléctrica se originaba el fuego. Después que los efectivos de serenazgo y los vecinos controlaran el fuego, dos unidades de bomberos de Pucallpa llegaron hasta el lugar, pero al ver todo controlado dieron media vuelta. No se registraron daños personales ni materiales. Shirley Vela.
AVISO CONJUNTO DE ESCISIÓN DE ACUERDO A LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES, SE COMUNICA QUE, CON FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2016, LAS JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS DE LLAMA GAS S.A. Y LLAMA GAS PUCALLPA S.A. APROBARON EL PROYECTO DE ESCISIÓN PRESENTADO POR SUS CORRESPONDIENTES ADMINISTRADORES, POR EL CUAL LA PRIMERA SEGREGARÁ UN (1) BLOQUE PATRIMONIAL A LA SOCIEDAD RESTANTE, SIENDO QUE EL BLOQUE PATRIMONIAL SERÁ TRANSFERIDO A LA SOCIEDAD, LA ESCISIÓN ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN. COMO CONSECUENCIA DE LA ESCISIÓN, EL CAPITAL DE LLAMA GAS S.A. SE REDUCIRÁ EN S/ 293,237.00 QUEDANDO ESTABLECIDO EN S/ 21’406,641.00, REPRESENTADO POR 15’484,884 ACCIONES DE CLASE A Y POR 11’921,757 ACCIONES DE CLASE B, DE UN VALOR NOMINAL DE S/.1.00 NUEVO SOL CADA UNA, ÍNTEGRAMENTE SUSCRITAS Y TOTALMENTE PAGADAS, Y EL CAPITAL DE LLAMA GAS PUCALLPA S.A. SE AUMENTARÁ EN S/ 293,237.00 QUEDANDO ESTABLECIDO EN S/ 691,496.00, REPRESENTADO POR 691,496 ACCIONES DE UN VALOR NOMINAL DE S/.1.00 NUEVO SOL CADA UNA, ÍNTEGRAMENTE SUSCRITAS Y TOTALMENTE PAGADAS. SANTIAGO DE SURCO, 15 DE FEBRERO DE 2017. LLAMA GAS S.A RUC NO. 20100366747 LLAMA GAS PUCALLPA S.A. RUC NO. 20351516560 4M/24,02,08/F8269 REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EXPEDIENTE No. 009S9-2015-0-2402-JR-CI-01 En los seguidos por el BANCO DE CREDITO DEL PERU contra ZAGACETA ALVAN, LOURDES FRANCCESCA, ZAGACETA ALVAN; GIANCARLO ALFREDO, ALVAN VILLACORTA DE ZAGACETA; LOURDES, ZAGACETA ALVAN, GIOVANNI, sobre ejecución de garantías, el Primer Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Coronel Portillo a cargo del señor Juez Doctor Carlos Alberto Ballardo Japan, Secretaria Dra. Rocío Fiorella Acuy Arrué, ha dispuesto sacar a remate público los siguientes inmuebles: i. INMUEBLE No. 1 - DESCRIPCION DEL INMUEBLE: ubicado en la Calle 2, MZ.2, Lote 14 Urb. Laura Rosa - Callería, cuyas áreas y medidas perimétricas se detallan en la Partida Electrónica N° 00017643, del Registro de Propiedad Inmueble de la VI Zona Registral, Sede Pucallpa. - AFECTACIONES: A.- Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma USD 52,270.00, inscrita en el Asiento D00003, rectificada en el asiento D00004 y ampliada en el asiento D00006. B.- Medida cautelar de anotación de demanda, ordenada por el Juez del Primer Juzgado Especializado Civil de Coronel Portillo, derivada del presente proceso principal, según consta en el asiento D00007. - VALOR DE LA TASACION: CINCUENTA y CINCO MIL SESENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (USD 55,060.00) - BASE DEL REMATE: TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SEIS CON 67/100 DOLARES AMERICANOS (USD 36,706.67), que son las dos terceras partes del valor de tasación. i. INMUEBLE No. 2 - DESCRIPCION DEL INMUEBLE: ubicado en la Calle 2, Mz.2, Lote 15 Urb. Laura Rosa - Callería, cuyas áreas y medidas perimétricas se detallan en la Partida Electrónica N° 00020471, del Registro de Propiedad Inmueble de la VI Zona Registral, Sede Pucallpa. - AFECTACIONES: A.- Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma USD 64,349.00, inscrita en el Asiento D00002, rectificada en el asiento D00003 y ampliada en el asiento D00005. B.- Medida cautelar de anotación de demanda, ordenada por el Juez del Primer Juzgado Especializado Civil de Coronel Portillo, derivada del presente proceso principal, según consta en el asiento D00006. - VALOR DE LA TASACION: SETENTA y UN MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (USD 71,904.00) - BASE DEL REMATE: CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (USD 47,936.00), que son las dos terceras partes del valor de tasación. - DIA Y HORA DEL REMATE: 14 de marzo del 2017 a horas 11:30. - LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Coronel Portillo, sito en Jr. Ucayali No. 499 esquina con el Jr. Sucre, distrito de Calleria, Pucallpa. - FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Público Germán José Casapia Soto, con Reg. 121. - CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: 1. Al momento del acto de remate deberán oblar el 10% del valor de la tasación del inmueble en, efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor sin el sello de no negociable. 2. Presentaran en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153) indicando número de Expediente, documento de identidad y Juzgado. B) EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero público de conformidad con el artículo 18 de D.S. No. 008-2005-JUS. 2. Deberá consignar el saldo de precio de adjudicación, dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate. Pucallpa, 08 de febrero del 2017
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IMPETU.pe
Pucallpa, lunes 20 de febrero de 2017
ZONA IN
Pucallpa, viernes 3 de marzo de 2017
SOCIALES ¡ LAS POPUS! Recuerda que este año regresa re cargado el Carnavalaz o Interactivo, co mo siempre de la mano de Puca llpa Interactiva y Fi estas Bravas.
CHICAs
ANO! NTE LA M ¡QUE LEVA mana e el fin de s Ya se viene ra la a preparan p ar y todos se rm a ue se va a juergaza q pre en: como siem
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INGRESO LIBRE
Foto: Lino Campos
¡ORIGAMI! Hoy a las 4:00 PM en la Biblioteca Municipal, se desarrollará el Taller de Origami a cargo de la francesa Patricia Gueyrard.
Recorta 03 cupones colócalo en un sobre y deposita en las ánforas autorizadas NOMBRES Y APELLIDOS: ............................................................................................................................................................................................................................................. DNI:................................................. DIRECCIÓN:..................................................................................................... CEL: .............................,..............................................................
SEGUNDO SORTEO 12 DE MAYO DEL 2017
LUGAR: OPEN PLAZA HORA: 5:00PM