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CENTRAL> PÁGS. 12-13
Juez de Familia se pronuncia sobre muerte de tres menores de edad en Pucallpa. Exige para estos delitos muy graves que la Policía y el Ministerio Público enfilen sus baterías.
ALÓ REPORTERO 986742717
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Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017 Año XLVII N° 18111 DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo POLICIAL> PÁG. 23
SIN EMBARGO ESTÁ PRÓFUGO
Confirman cadena perpetua para violador de su hija LOCAL > PÁG.5
GOREU EN CONVENIO CON COREA DEL SUR
Dotarán de energía renovable a poblados de Atalaya, Masisea, Purús y Tah Tahuanía h LOCAL> PÁG. 5
POR RETIRO DE CORONA
Miss Carnaval 20177 en estado depresivo vo
MUERTES IMPUNES
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LOCAL
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APLICARÁN ENCUESTA A DIRECTORES DE II.EE.
Asumen compromisos para veeduría del Buen Inicio del Año Escolar
P Moradores de Las Lagunas de Manantay denuncian cobros excesivos por autovalúo Un grupo de moradores del asentamiento humano “Las Lagunas de Manantay”, ubicado en el distrito de Manantay, mostraron su total rechazo al cobro excesivo por autovalúo, que les impuso la Municipalidad Distrital de Manantay (MDM), señalando “que es un abuso”. Entre los afectados figuran: Luz Curico Linares, con una deuda de 8, 506. 76 soles; Blanca Zevallos Tapullima, con 4, 938 soles; José Utia Padilla, con 7, 228.80 soles; María Espinoza Espinoza, con 9, 084. 70 soles; Linda Rengifo Tafur, con 10, 211. 66 soles; Verenise Espinoza Torres, con 11, 402. 72 soles; Beri Llatas Isuiza, con una deuda de 14, 590.48 soles; entre otros. La deuda, según el documento emitido por MDY, es por la Declaración Jurada del Impuesto Predial Año 2017- T.U.O, de la Ley de Tributación Municipal (D.S. N°156-2004-EP) – en Predio Urbano, que señala que los
propietarios viven en zona residencial y los terrenos son con casa y habitación. Sin embargo, estos moradores indicaron que son humildes y sus viviendas en su mayoría son precarias, además que no cuentan con título de propiedad, solo con certificado de posesión. Agregado a esto que no cuentan con agua y desagüe y que la municipalidad no hace nada por su barrio. Por lo que refirieron que no pagarán las sumas exorbitantes del autovalúo e irán a protestar a la municipalidad y darán su queja contra el alcalde Said Torres Guerra, por este presunto abuso de autoridad en contra de ellos. Para poner de conocimiento público este atropello, estos moradores se pusieron en contacto con la línea Aló Reportero de este diario; si usted tiene alguna denuncia puede ponerse en contacto con nosotros al número 986742717. ALI RODRIGUEZ
ara verificar en las instituciones educativas públicas de inicial y primaria, las condiciones que hacen posible el ejercicio del derecho a la educación y mejoran las oportunidades de aprendizaje y desarrollo de los estudiantes, la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la pobreza promueve en Ucayali, la Veeduría de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar 2017. Para este fin convocó a diversas instituciones entre ellas la Dirección Regional de Educación con sus respectivos programas y proyectos Amazonía Lee: Liderando los Aprendizajes de Niñas y Niños, Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencia de Desastres - Prevaed, así como a la Unidad de Gestión Educativa Local de Coronel Portillo, Padre Abad y Purús quienes se comprometieron a la utilización de instrumentos de veeduría. La labor comprenderá en la aplicación de encuestas a los directores de más de 120 locales escolares de las cuatro provincias, las interrogantes que serán respondidas una a una contempla el inicio de clases, matrícula oportuna, contratación de docentes, distribución de materiales educativos, mantenimiento de locales escolares, programa nacional de Salud Escolar y Qali Warma. Edith Palacios Malqui, coordinadora de la Mesa
elegida por unanimidad recientemente, señaló que el trabajo del Estado y sociedad civil es dar seguimiento a los locales escolares corroborándose si se cumplen las condiciones necesarias para que los estudiantes inicien sus clases el 13 de marzo. “El propósito es analizar los resultados y conocer en qué se avanzó; por ejemplo el año pasado no se cum-
plió con la contratación de docentes hasta después del mes de mayo, razón por la cual las labores en aulas iniciaron de manera tardía, con la verificación se busca saber si este nuevo año escolar se llegó a superar las deficiencias y cuáles fueron los métodos de mejoras aplicadas”, explicó. Por otro lado, Palacios Malqui, informó que la
mesa continuará con la aplicación de su plan de trabajo de manera articulada con Salud en temas de desnutrición infantil, muertes maternas, entre otros. “Los avances se visualizan a través de estadísticas que permiten dar a conocer a los gobernantes cómo desarrollan su gestión y si tienen resultados”, remarcó.
DIRECTORES Y DOCENTES POR SUPUESTA MALVERSACIÓN DE FONDOS
Son denunciados por la UGEL de Coronel Portillo ante Ministerio Público La directora de la Unidad de Gestión Educativa local de Coronel Portillo, Elvita Lucia Espinoza Silva, informó que al asumir sus funciones el año pasado no encontró procesos técnicos ni administrativos activos en contra de directores y docentes que incumplieron sus funciones e hicieron el mal uso del dinero cedido para el mantenimiento de locales escolares. Por esta razón consideró conformar mediante resolución una comisión fiscalizadora que registra 46
docentes procesados. “Les sancionamos y estamos procediendo a la denuncia al Ministerio Público para sentar precedentes de los actos irregulares tales como boletas falsas y fotografías de instituciones que no corresponden a la rendición de cuentas”. Espinoza Silva, señaló que no se convertirá en cómplice de nadie. “Estamos procediendo a las investigaciones del 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 porque a nosotros nos evalúan de acuerdo a como desarrollamos este
trabajo. Estamos haciendo un barrido de todas esas malas acciones a ello se suman los docentes que cesados y rescindidos sus contrato por abandono no recibirán carga laboral este año”. Por otro lado, señaló que los padres de familia no están obligados a conformar las asociaciones en las instituciones educativas porque la decisión es libre y sirve como un ente de coordinación con el director, así como la adquisición de libros cuyos precios ascienden entre 80 y 120 soles.
DIRECTORES VOLVERÁN A SUS AULAS La directora también habló sobre la resolución que otorgó la UGEL de Coronel Portillo a los 69 directores que contaban con medida cautelar por mandato judicial de la Corte de Amazonas y anunció que dicho documento quedará en los próximos días sin efecto, razón por la cual los maestros volverán a dictar clases en las aulas de sus respectivas instituciones educativas.
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EXPEDIENTE ESTÁ CULMINADO Y ESPERAN INVERSIÓN EL PRÓXIMO AÑO
EMAPACOPSA proyecta nueva planta de tratamiento de agua
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a Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo- EMAPACOPSA jamás tuvo un apoyo del gobierno central, en el tiempo ha sobrevivido de sus propios ingresos; sin embargo, en la actualidad se dará un impulso con la implementación de un plan de acciones inmediatas, afirma el gerente general Reynaldo Castillo Morales. Indica que parte de las primeras acciones será la reposición de equipos obsoletos que cumplieron su ciclo de vida, que estará a cargo del Organismo Técnico de Administración de Servicios de Saneamiento – OTASS. EMAPACOPSA hoy tiene asesoramiento en gestión y apoyo económico, se descarta la corriente de despidos masivos como un mecanismo de la privatización; esta situación no ocurrió ni sucederá, asevera.
NUEVA PLANTA Del Castillo Morales informa sobre la culminación
del expediente técnico de la nueva planta de tratamiento, “ahora viene el estudio de factibilidad en el programa Invierte Perú, ya que se trata de un megaproyecto de saneamiento para la ciudad de Pucallpa, ascendente a 1,100 millones de soles. Solo la ejecución de la planta de tratamiento tendría una inversión de 150 millones de soles, pero este proyecto comprende cuatro etapas: la planta de tratamiento de agua potable, de aguas residuales, el cambio de redes del centro de la ciudad, y el mejoramiento del drenaje pluvial de la zona céntrica. Esta inversión se realizará por etapas, porque el gobierno central no tiene la disponibilidad económica para ejecutarlo en una sola vez. El inicio del proyecto será la planta de tratamiento de agua potable, porque se tiene insuficiente producción de agua para abastecer aproximadamente a 40 mil usuarios, una demanda adicional a la que se registra actualmente, que suma 22 mil usuarios activos.
DEBE SABER Tres cámaras de tratamiento de aguas residuales construidas en Manantay no se encuentran en funcionamiento, y estiman incluirlos en el plan de reflotamiento. Estas infraestructuras se construyeron en las cercanías de la quebrada de Yumantay, pero se hicieron mal, porque trabajan por rebose y cuando crece la quebrada se obstruyen; la rehabilitación de esta infraestructuras demanda una inversión de cerca de 5 millones de soles.
La segunda etapa sería la planta de tratamiento de aguas servidas, que congregue todas las aguas residuales que cargan por el sector de La Hoyada y corresponde en su mayoría al centro de la ciudad. El inicio de la primera fase se estima que será una vez aprobado el estudio de factibilidad, “tomará un
año, porque no es fácil; en la formulación del primer estudio vinieron varios equipos de ingenieros sanitarios, civiles, geólogos, economistas, quienes hicieron el levantamiento de la información. Esta vez con el estudio a mayor detalle se contará con más profesionales para un buen estudio a profundidad a través
ANUNCIÓ LA DIRESA DURANTE CARAVANA DE CONCIENTIZACIÓN
“La lucha contra el Dengue es responsabilidad de todos” Una caravana de sensibilización realizó la Dirección Regional de Salud de Ucayali (DIRESA), evento que denominó “La lucha contra el Dengue es responsabilidad de todos”, y recorrió los distritos de Yarinacocha, Callería y Manantay. Yoni Egoavil Rios, titular de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental (DESA), dijo que la actividad tuvo por
finalidad concientizar a la población y apoyen la lucha contra el Dengue, eliminando los criaderos del zancudo de sus viviendas; y no solo esperar la fumigación como solución al problema del zancudo vector. Entre los mensajes difundidos, por esta caravana fueron: “Elimina los criaderos”, “la fumigación no es la solución definitiva al proble-
ma del zancudo”, “El Dengue está controlado, no bajemos la guardia”, “El Dengue puede matar”, “el zancudo transmisor del Dengue se reproduce en casa”, “lava y tapa los recipientes donde almacenas agua”. La concentración se inició en el local de DESA en Yarinacocha, logró llenar varias cuadras con motos lineales, motocarros, vehículos
de cuatro ruedas, camiones y hasta la ambulancia del SAMU se sumó a la campaña junto a sus paramédicos para socorrer alguna emergencia. Por su parte, los transportistas que circulaban por las calles saludaron la iniciativa de la caravana contra el Dengue, la cual fue aplaudida por miles de vecinos de los distritos. ALI RODRIGUEZ
del Ministerio de Vivienda”, asevera. Del Castillo Morales, sostiene que se ha definido el punto de captación, en la zona de Pucallpillo, donde hay confluencia de aguas, donde el río no se ha alejado a pesar de los años. Sostiene a su vez, la ejecución se daría en dos o
tres años, que comprendería el periodo del actual gobernante del país. Será el cumplimiento de unas de sus promesas en Pucallpa. Porque nuestra ciudad se ubica en un nivel bajo de cobertura de agua, porque solo se llega a un 48% de la población, incluyendo los distritos de Yarinacocha y Manantay.
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“QUE NO SEA UNA MENTIRA MĂ S, PORQUE MASISEA NO PUEDE ESPERAR MĂ Sâ€?
Alcalde de Masisea invoca a autoridades del GOREU a hacer real el proyecto de energĂa renovable
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Alcalde del distrito de Masisea, RaĂşl Marden Contreras RamĂrez.
l alcalde del distrito de Masisea, RaĂşl Marden Contreras RamĂrez, se mostrĂł muy entusiasta por la firma del convenio internacional entre el Gobierno Regional de Ucayali (Goreu) y representantes de la empresa Coreana Luminex para la transferencia tecnolĂłgica de energĂa renovable. De esta manera Masisea contarĂĄ con energĂa elĂŠctrica las 24 horas del dĂa; sin embargo, precisĂł que espera que este proyecto sea concluido en una planta procesadora de energĂa renovable y no sea una mentira mĂĄs que los gobernantes del gobierno regional le dan a su distrito. “Desde su fundaciĂłn hace180 aĂąos y desde su creaciĂłn polĂtica hace 116 aĂąos, mi distrito no tiene energĂa elĂŠctrica las 24 horas; a nuestros estudiantes les dan computadoras, pero no lo pueden usar sin electricidad y no llegan a tener la formaciĂłn de la tecnologĂaâ€?, dijo. IndicĂł que ha tocado muchas puertas con optimismo y
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fe; y aunque en muchas les cerraron. Pero ahora gracias a la visita del vicegobernador Mariano Rebaza Alfaro a Corea del Sur, hoy se puede vislumbrar este proyecto de energĂa renovable, transfiriĂŠndose la tecnologĂa a su distrito. “Se acaba de firmar un convenio internacional entre el GOREU y el empresariado Coreano representado por la empresa Luminex, y mi distrito por primera vez participa. Donde el GOREU se compromete mĂĄs adelante, porque por el momento se estĂĄ entregando los expedientes tĂŠcnicos, a conseguir la inversiĂłn para la construcciĂłn de esta planta, y esperamos que asĂ seaâ€?. AĂąadiĂł, “Quiero decir que tengo mucha fe, pero tambiĂŠn quiero decir: que no sea una mentira mĂĄs, porque el distrito de Masisea no puede esperar mĂĄs. Masisea ha tenido alcaldes provinciales, autoridades en el GOREU y hasta congresistas; pero muy poco han hecho por nuestro distritoâ€?.
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REQUERIMIENTO DE ENERGĂ?A DEL DISTRITO Marden Contreras, dijo que este proyecto beneficiarĂĄ a mĂĄs de 4 mil habitantes de la capital de su distrito, impulsando el comercio, la industria y mejorando la calidad del servicio de las entidades del estado en Masisea y mĂĄs adelante a los pueblos mĂĄs alejados de la capital. “Masisea consume aproximadamente 340 kilowatts; pero nos pondrĂĄn 500 kw; mĂĄs de lo que requerimos y segĂşn la necesidad irĂĄ aumentando hasta llegar a un mega. Todo el cableado, los postes e infraestructura elĂŠctrica que tenemos servirĂĄ, simplemente se conectarĂĄ a la energĂa renovable; ya no el motor de luz petroleroâ€?, dijo. SeĂąalĂł que el expediente tĂŠcnico de este proyecto, ya ha sido entregado ahora depende de la voluntad polĂtica del GOREU, para hacer el contrato y los procesos con la empresa Coreana para que inicien los trabajos. “Esperamos que no falle el GOREU en esta oportunidadâ€?, invocĂł el alcalde. ALI RODRIGUEZ
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PROMOTORA DEL CERTAMEN PIDE Q QUE SE LA REPONGAN
Miss Carnaval 2017 deprimida porque le quitaron la corona
a experiencia vivida ante el ensombrecido concurso en donde se eligió a la reina del carnaval el pasado 25 de febrero y luego de fuertes críticas y pronunciamientos, no quedó más que la anulación de la elección, afectó seriamente a la ganadora de esa noche sumergiéndola en un cuadro depresivo. Rocío Monroy, empresaria ucayalina y responsable del certamen más expectante de esta celebración, afirmó que la organización del evento se desarrollaba sin ningún inconveniente y que fue convoca-
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da por la Gerencia de Desarrollo Social y Económico de Yarinacocha. Buscando una explicación sostiene que el problema se presentó a raíz del cambio en la administración municipal cuando a dos días del certamen de belleza, el alcalde entrante designó a Alexander Marín, como su principal colaborador. Todo ya estaba listo para llevar adelante la actividad como la coordinación del escenario, de las preguntas a las candidatas, de los integrantes del jurado, detalles programados con antelación, dijo. Miss Carnaval 2017 debió em-
pezar de 6 de la tarde, pero se retrasó porque debieron esperar a dos candidatas que no fueron puntuales, “caso contrario podrían desatarse las conjeturas”, indica. Fue la presión del funcionario municipal que por inexperiencia ordenó el inicio del certamen, y se desataron las observaciones a la actividad por el límite de tiempo para hacer uso de las locaciones del campo ferial de Yarinacocha. En esas circunstancias solicitaron al jurado que aceleren con los puntajes de las candidatas, porque estaban contra el tiempo, “se sal-
taron fases, pasando de frente a la elección de la reina entre tres candidatas, obviando las preguntas de conocimiento; todo con la orden de Alexander Marín”, asevera. Califica de un error garrafal que desencadenó todo un problema con la ganadora, Wendy Gonzales. Frente a la incertidumbre, las candidatas se pronunciaron y al día siguiente buscaron al alcalde de Yarinacocha; también asistió la ganadora y en esas circunstancias la despojaron de título de Miss Carnaval 2017; solo por la presión mediática, asevera la promotora.
A esta decisión de la autoridad, Rocío Monroy califica como un atropello al derecho de la mujer, un maltrato a una dama a unas semanas de celebrar el Día Internacional de la Mujer. “Llevo 10 años trabajando en la organización de eventos, no soy improvisada; Wendy Gonzales, está quebrada, presenta signos de depresión”, refiere al tiempo de confiar que la autoridad edil sea reflexiva y actué como un caballero, “lo cierto es que en estos eventos hay inconvenientes, pero no con estos ribetes”, exclamó.
GOREU FIRMÓ CONVENIO INTERNACIONAL
Transferirán tecnología de energías renovables para zonas rurales El Gobierno Regional de Ucayali firmó un convenio internacional para la transferencia tecnológica de energía renovable con empresarios y representantes de la República de Corea del Sur. De esta manera priorizan los proyectos de energías renovables para las localidades más alejadas como Atalaya, Masisea, Tahuanía, Purús y otros pueblos donde no cuentan con energía eléctrica. El vicegobernador Mariano Rebaza Alfaro, explicó sobre el expediente técnico para la producción de energía renovable que la empresa coreana contribuirá al desarrollo de los pueblos garantizando la electricidad las 24 horas del día para estas localidades, a través de la energía solar y eólica.
Actualmente los empresarios coreanos están elaborando el expediente técnico y destacaron las condiciones geográficas de la región Ucayali para desarrollar estas plantas de energías limpias que no dañan el ambiente, De este modo, este proyecto se suma a otros de índole ambiental para captar los fondos internacionales para beneficio de toda la región Ucayali. COREANOS VISITARON PLANTA DE CAMU CAMU De otro lado, la delegación coreana visitó la planta Sanshin Amazon Herbal Science donde realizan el procesamiento de frutas tropicales y hortalizas que requieren de un minucioso
y planificado cuidado. La planta cuenta con líneas de procesamiento primario, línea de deshidratado por atomización y liofilización, para poder ingresar al mercado mundial con diferentes presentaciones del camu camu, tanto para la preparación de vitaminas, como para productos cosméticos y energizantes. Sin embargo, la buena voluntad y el esfuerzo se desarticulan cuando la industrialización y la productividad no brindan los resultados que se esperan, sobre todo cuando existen algunas limitaciones en cuanto al consumo de la energía eléctrica. La inversión de la planta de procesamiento, liofilizado y atomizado de camu
camu consta de más de tres millones de soles y ponerla en funcionamiento 4 veces al mes, implica un pago por consumo de electricidad de 17,000 mil soles mensuales aproximadamente. Ante esta situación, los empresarios coreanos de la empresa Luminex que visitaron la planta, propusieron elaborar el perfil técnico y estudios requeridos para la implementación de una planta de energía solar en dicho lugar, que cuenta con 25 hectáreas de terreno para su instalación, lo cual permitirá disminuir el alto costo de energía eléctrica que se consume al momento de ponerlo en operatividad. David Lee señaló que esta es una importante iniciativa que impulsa el Go-
bierno Regional de Ucayali, gestionando el aporte de la empresa privada internacional y apoyando la cade-
na productiva para que el crecimiento de la industria moderna sea viable y se optimicen los recursos.
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PRIM evalĂşa tramos PARA EVALUAR CASOS DE UTA crĂticos de caserĂos La Parte brigada de Salud a la comunidad Frontera y El CĂłndor Amahuaca Alto Esperanza
El director ejecutivo del Proyecto Especial Carretera Federico Basadre, ahora denominado Programa Regional de Infraestructura Multisectorial PRIM, Lizardo Lazo Pacheco, inspeccionĂł el tramo comprendido entre los caserĂos La Frontera y El CĂłndor, ubicados a la altura del Km. 59 de la carretera Federico Basadre. RealizĂł la evaluaciĂłn tĂŠcnica de los tramos crĂticos comprendidos entre el caserĂo La Frontera y el CĂłndor, concluyendo que la carretera requiere mantenimiento y mejoramiento desde el km 10 hasta el km. 14. DeterminĂł la elaboraciĂłn
del expediente tĂŠcnico para presentarlo ante las municipalidades de Campoverde y Neshuya, y empresas que comprometerĂĄn su aporte con fondos, maquinaria, mano de obra y combustible para el mantenimiento de un aproximado de 100 km de vĂas, que beneficiarĂĄ a 14 centros poblados de esa jurisdicciĂłn, todos ellos con alta producciĂłn de plĂĄtano, palma aceitera y cacao. Lizardo Lazo Pacheco, Director del Proyecto solicita unir esfuerzos entre autoridades, instituciones y moradores de caserĂos, a fin de ejecutar el mantenimiento de vĂas.
ATALAYA.- Personal de Red de Salud de Atalaya en conjunto con la DirecciĂłn Regional de Salud, tomaron acciones conjuntas para trasladarse hacia la lejana comunidad indĂgena Amahuaca Alto Esperanza, en la cabecera del rĂo Inuya. Esta brigada conformada por un mĂŠdico infectĂłlogo y un laboratorista, acompaĂąados por el coordinador de Enfermedades MetaxĂŠnicas; partieron con el objetivo de tomar muestras mĂŠdicas de los moradores de la zona para descartar una posible epidemia de Leishmaniasis (Uta). El mĂŠdico infectĂłlogo, Favio Sarmiento precisĂł: “hemos coordinado con el director Juan PagĂĄn Atencio y tenemos el objetivo de llegar hacia la lejana comunidad ubicada a 14 horas de navegaciĂłn; vamos a realizar una evaluaciĂłn del estado de salud de los moradores y tomar muestras mĂŠdicasâ€?. Para comunicarnos nos acompaĂąa una intĂŠrprete del idioma Amahuaca, aĂąadiĂł.
“Esperamos dentro de 3 dĂas el retorno de esta brigada de especialistas, trayendo las muestras mĂŠdicas para descartar leishmaniasis o u otra enfermedad dĂŠrmicaâ€?, “la brigada estĂĄ llevando medicamentos
båsicos y según el diagnóstico situacional estaremos tomando acciones råpidas para mejorar las condiciones de salud de nuestros hermanos declaró Juan Pagån Atencio, director de la Red de Salud N° 3.
Como se recuerda, hace unas semanas, un grupo de documentalistas visitaron la zona y alertaron los diversos casos de esta enfermedad y la desnutriciĂłn que estĂĄ afectando a los niĂąos de la zona.
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REGIONAL
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DESEMBOLSARÁ CERCA DE 3 MILLONES DE SOLES
TUVO QUE INTERVENIR MAQUINARIA MUNICIPAL
Agroideas firmará convenio con productores de palma aceitera y ganado vacuno
Se reanuda servicio en carretera Atalaya –Puerto Ocopa
Cinco organizaciones productoras, 4 de palma aceitera y uno de ganado vacuno, firmaran el día de hoy un convenio con AGROIDEAS, para el cofinanciamiento de sus planes de negocio por un monto cercano a los tres millones de soles. Este desembolso beneficiará a más de 200 familias que se dedican a estos productos en la región Ucayali, los cuales recibirán el ase-
soramiento de sus planes de negocios, por parte de la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali (DRAU). Esta firma tendrá lugar hoy en el auditórium de la DRAU, a partir de las 8 de la mañana, donde participarán autoridades regionales y el Director de AGROIDEAS William Arteaga Donayre, así como representantes de las organizaciones productoras.
ATALAYA.- Cuarenta vehículos de carga y pasajeros después de 15 horas de estar varados, por fin prosiguieron su recorrido en la carretera Atalaya - Puerto Ocopa, debido al desborde del río Tambo cuyas aguas inundaron dos kilómetros en el sector Canuja. El 1 de marzo, a las 7:00 de la mañana, máquinas de la comuna atalaína como cargador frontal y volquete, llegaron al lugar para ayudar a los vehículos varados para cruzar el sector inundando. Los choferes no lo hacían por temor a ser arrasados por las aguas. Después prosiguieron su destino con dirección a Atalaya, Oventeni y Satipo, luego que conductores y pasajeros pasaran la noche en algunos casos padeciendo hambre y sed. Las fuertes lluvias, han provocado el incremento del caudal del río Tambo, el mismo que se ha desbordado en varios sectores, también afectando sembríos agrícolas, comentaron pobladores de Impaniqueari y Garzacocha. La plataforma de Defensa Civil
EN EL AUDITORIO DEL COLEGIO DE ABOGADOS
Defensoría Pública celebró su 21 aniversario
La mañana de ayer en las instalaciones del Colegio de Abogados de Ucayali se realizó una ceremonia por el 21 aniversario de la Defensoría Pública. Esta institución es la encargada de realizar la defensa legal de las personas de escasos recursos que enfrenten o deseen entablar un proceso judicial La ceremonia estuvo presidida por el director distrital de la
Defensa Pública Jorge Enrique Kaqui Quiñónez y contó con la participación del presidente de la Junta de Fiscales Ricardo Jiménez, el representante del presidente de la Corte Superior de Justicia Manuel Irribares Laureano, el decano del Colegio de Abogados de Ucayali Joel Santillán entre otras autoridades junto a todo el personal de la Defensa Pública.
En dicha ceremonia, el director distrital Kaqui Quiñónez resaltó los logros de la Defensa Pública en la región Ucayali como entidad del Ministerio de Justicia que brinda asesoría legal a las personas de escasos recursos económicos así como una breve reseña histórica de la Defensa Pública en el Perú y en la región. FERNANDO GONZÁLEZ POLAR
de la Municipalidad Provincial de Atalaya, se encuentra monitoreando la zona, en el extremo auxiliar a los afectados y/o damnificados por los efectos de la naturaleza, comentó su secretario técnico Juan Carlos Shapiama Marín. PROVÍAS CUESTIONADO Pobladores de esta localidad, cuestionaron la forma de trabajo de Provías Descentralizado porque no ven nada de mantenimiento de la carretera Atalaya –Puerto Ocopa.
Aseguraron que a lo largo de dicho corredor económico solo ven dos máquinas pesadas en desuso a la altura de la comunidad Pauti, cuando el contexto exige disponer de cargadores y volquetes sobre todo en sectores críticos, para garantizar el tránsito vehicular en el presente invierno. Nuestros entrevistados recordaron a la empresa IGSA por el buen mantenimiento de la carretera, lamentando que se haya concluido su contrato con el ejecutivo.
¿DÓNDE ESTÁN LOS CONGRESISTAS? El vicepresidente del Frente de Lucha de la Provincia de Atalaya, Isaac Núñez Valderrama, ha criticado a los dos congresistas quienes representan a la región Ucayali, por el desinterés frente a los problemas que padece Atalaya. Recordó que, Carlos Tubino, después de salir reelegido con los votos de Atalaya, se comprometía una y otra vez que, trabajaría por la agenda de Atalaya, sin embargo no hace nada. Y, al referirse a Glider Ushñahua Huasanga, no tuvo mejor respuesta que, considerarle como un desagradecido con Atalaya, ya que después de haber recibido su confianza, nunca ha regresado a ella, por consiguiente se desconoce el trabajo que realiza a favor del cumplimiento de la agenda de Atalaya. Es de indicar, que la agenda de Atalaya, incluye el asfaltado de la carretera Atalaya - Puerto Ocopa, la interconexión eléctrica a la red nacional, la distritalización de Oventeni. R. Velásquez.
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OPINIÓN
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FUNDADOR:: Fernando Sánchez Vela DIRECTOR: Fernando Sánchez Rengifo EDITORA GENERAL: Yris Silva Orbegoso FUNDADOR EDITOR GRÁFICO: Carlos Kukurelo Corilloclla JEFE DE INFORMACIONES: Javier Medina Dávila GERENTE DE DISTRIBUCIÓN: Lila Sánchez Rengifo Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2012-00034 Contenido elaborado por: Empresa Periodística Editorial de la Amazonía SAC Jirón Nueve de Diciembre 599 Teléfono (61) 573443
Impreso en Imprenta Impetu Editorial SRL Avenida Centenario 281 Teléfono (61) 575767 www.impetu.pe redaccion@diarioimpetu.com diario_impetu@hotmail.com
Los artículos firmados son de absoluta responsabilidad de sus autores
A MI MANERA IMPUNIDAD OFICIAL
CONSORCIO REALIZARÁ ESTUDIOS
Recibe propuestas para obras que garanticen navegabilidad de ríos Urubamba y Ucayali
Por: Fernando Sánchez Rengifo Ya transcurrieron varios meses, más de seis en uno de ellos, y no se vislumbra ningún avance en los resultados en las investigaciones respecto a las muertes de los niños que fueron cruelmente asesinados sin, para muchos, ninguna causa, motivo o razón que pueda ser digerible para muchos de nosotros y menos para los adoloridos familiares de las víctimas. Ya nuestro medio informó el caso del niño que desapareció de su nido y que supuestamente fue recogido por alguien a quien el pequeño conocía porque lo siguió sin ninguna duda y luego de dos días apareció flotando en una cocha o quebrada. Pero lo que más llamó la atención de este caso fue que el fiscal que llevaba el mismo, resolviera archivarlo por no encontrar, según él, suficientes elementos de convicción para llevar adelante las investigaciones y que mereciera que sus superiores le abrieran una investigación por tal accionar. Luego, ya el mes pasado, aparece otra víctima. Esta vez una niña de 7 cortos años que desapareció y al día siguiente fue hallada muerta con huellas de haber sido ultrajada sexualmente. Que tal salvajada. Ya vamos bordeando el mes y nada de resultados. Ya a finales del mismo fatídico febrero, encuentran colgado de un árbol a un menos de 13 años, que nació con retraso mental y también tenía las huellas de haber sido violentado sexualmente, y al parecer, lo colgaron para aparentar un impensable suicidio. Tampoco nada. Es por ello que concordamos con el juez de Familia cuya entrevista acerca del tema está en la página central, cuando expresa que la sensación de impunidad en nuestra ciudad es realmente preocupante y genera angustia, sobre todo en los padres de familia, porque las víctimas son niños, pero hace una distinción realmente que preocupa: que son personas pobres a los cuales el acceso a la justicia muchas veces les es negado. Basta ya de impunidad y que se haga justicia.
Qué nos pasa
TALAYA. Promover la navegabilidad durante todo el año y mejorar las condiciones del tráfico, de la seguridad y preservando el medio ambiente, así como reducir los tiempos de viaje y costos de transporte en la ruta, Pucallpa – Atalaya – Sepahua, es lo que buscan con el taller sobre mejoramiento de navegabilidad en los ríos Ucayali y Urubamba. El evento se desarrolló en el auditorio de la Municipalidad Provincial de Atalaya, en donde el Consorcio Urubamba viene realizando el recojo de información dentro de lo que se enmarca el estudio del perfil, en la que participaron autoridades de Atalaya, así como jefes de las comunidades nativas y de caseríos que se ubican a lo largo del río Urubamba. Este es el inicio de una serie de talleres que se realizarán, con la finalidad de ver cuáles serían las mejores alternativas de solución en que invertiría el Ministerio de Transportes, con la finalidad de mejorar la navegabilidad durante todo el año en estos ríos, ya que en tiempo de estiaje el río Urubamba desciende imposibilitando la navegación, perjudicando
A
económica y socialmente a estos pueblos. El gerente municipal Edwin Tello Gonzales, a manera de sugerencia, pidió que se incluya el dragado y que los estudios no se queden en los anaqueles del ministerio y se realice un trabajo serio, considerando que este río es la principal vía de desarrollo de miles de atalaínos. Finalizado el estudio, se espera que dentro de un
par de años, se inicien los trabajos que contribuyan a la navegabilidad todo el año es lo que señaló Ángela Hernández, representante de la Dirección General de Transporte Acuático, mientras tanto Eva Ríquez responsable del Consorcio Urubamba y encargada del perfil, agradeció la presencia de las autoridades, pues la importancia de la presencia de ellos, es que
servirá de mucho con los aportes que hagan para buscar la mejor acción a este trabajo. El municipio de Atalaya viene haciendo fuerte inversión en cultivo de cacao y será necesario realizar un trabajo serio con respecto a la navegabilidad de estos ríos, ya que los productores podrán sacar sus productos en cualquier época del año.
JUAN LUIS CIPRIANI:
“Tenemos una quiebra moral muy grande” El cardenal Juan Luis Cipriani durante la lectura de la homilía en la juramentación del nuevo periodo del presidente del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Guido Aguila, dijo que estos momentos existe una “quiebra moral muy grande”, la cual no es posible arreglar solamente con leyes o con acusaciones. “La quiebra moral exige una regeneración, algo nuevo y ese algo nuevo no es una ideología, una batalla política, no es una campaña mediática. (…) Quiero hacer un llamado al país, no como una estra-
tegia política, sino lo que realmente supone una renovación moral. Somos capaces”, afirmó Cipriani en una nota difundida por Andina. Juan Luis Cipriani agregó que la verdad permitirá hacer justicia, realizando esta labor, “caiga quien caiga”, porque si se tiene el coraje de afrontar estas circunstancias, “el país saldrá mucho mejor”. En ese sentido, Juan Luis Cipriani expresó su confianza que, ante estas circunstancias e investigaciones, los hechos sean “claros y transparentes”.
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Pucallpa se convierte en plaza importante para Oriflame
E MINSA insta a no descuidar la ejecución de programas de vacunación en Ucayali LIMA. La viceministra de Salud Pública, Silvia Pessah Eljay, instó al gobernador regional de Ucayali, Manuel Gambini Rupay, a no descuidar el cumplimiento de los programas de vacunación contra diversas enfermedades que impulsa el Ministerio de Salud (MINSA). La funcionaria y la autoridad regional se reunieron ayer en la sede central del Ministerio de Salud, en Lima, con la finalidad de tratar la realidad de la salud en la región Ucayali y coordinar soluciones. En la reunión, a la que también asistieron otros funcionarios del Gobierno
Regional de Ucayali y representantes de poblaciones nativas, la viceministra Pessah planteó la necesidad de intensificar las coordinaciones entre el MINSA y el Gobierno Regional de Ucayali para promover la capacitación constante del personal de salud de la región. “Todos debemos sumar esfuerzos en ese objetivo”, indicó la viceministra. Finalmente, la viceministra Pessah y el gobernador Gambini, así como sus respectivos equipos de trabajo, acordaron coordinar acciones para la mejora de la atención en salud en la región Ucayali.
l mercado de belleza y cuidado personal ha ido creciendo en terreno nacional durante los últimos años; esto se debe a sistemas de venta que facilitan la adquisición de productos de calidad. Una de las plazas más importantes para Oriflame es Pucallpa, ya que esta ciudad destaca por su desarrollo en el rubro de las redes de mercadeo dentro de la región, gracias al sistema de reclutamiento que ha venido trabajando la compañía, el cual va creciendo año a año. “Estamos muy felices por el crecimiento de Pucallpa en la región; tenemos la confianza de que año a año irán consolidándose como la plaza importante que significa para la empresa. Estamos seguros de que podemos crecer en conjunto y lograr muchas satisfacciones. Nosotros queremos que cada uno de nuestros socios alcance sus sueños y, para
ello, trabajamos”, aseguró Carla Insúa, gerente de ventas de la marca. “En el marco de nuestro 50 aniversario, estamos acá para destacar el crecimiento y reforzar todas las líneas de producto que ofrecemos, las cuales además de brin-
DISTRIBUIDORA PATITA PUCALLPA SAC Solicita personal para cubrir puestos de supervisor de ventas. Requisitos: 1. Experiencia en ventas y manejo de personal. 2. Tener objetivos personales (visión y misión) 3. Actitud proactiva. 4. Manejo de Microsoft Office. 5. Movilidad propia. 6. Trabajo bajo presión 7. Honestidad 8. Referencias personales y foto reciente. Los documentos enviar al email: ventas.person@gmail.com o en el Jr., Bolívar N° 509 Hasta 06/03/2017
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PRIMER REMATE JUDICIAL En el Expediente Nro. 00298·2016 seguido ante el PRIMER JUZGADO CIVIL· Sede Central de UCAYALI, que despacha el Juez CARLOS ALBERTO BALLARDO JAPAN, Especialista Legal: ORA. DIAZ VARGAS MARJORIE KARLA CAROLINA proceso de OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO seguido por MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA SA con MASTER TIME COMUNICACIONES EIRL Y SCHELAMAUSS ALVARADO AZUCENA, se ha nombrado como martillera público a ROXANA ELENA LEON USURIN, quien ha dispuesto CONVOCAR EL PRIMER REMATE del INMUEBLE UBICADO EN JR. CENTRAL MANANTAY SIN LOTE 01, MZ. K, DEL ASENTAMIENTO HUMANO MANANTAY, DISTRITO DE CALLERIA. PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI. INSCRITO CON PARTIDA ELECTRONICA N° 00020244 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE, ZONA REGISTRAL N° VI. SEDE PUCALLPA. VALOR DE TASACIÓN: S/. 147,421.67 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUATROSCIENTOS VEINTIUNO CON 67/100 SOLES) PRECIO BASE: S/. 98,281.11 (NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 11/100 SOLES) CARGAS Y GRAVAMENES: CONSTITUCION DE HIPOTECA A FAVOR DE MI BANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA SA ASIENTO. 000001. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO HUANCAYO SA ASIENTO 000002 FECHA Y HORA DE REMATE: TRECE DE MARZO DEL 2017 A LAS QUINCE HORAS LUGAR DE REMATE: En el local del 10 JUZGADO CIVIL - Sede Central - UCAYALI ubicado en Jirón UCAYALI 499 PUCALLPA. REQUISITOS PARA SER POSTOR: 1) OBLAR MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACIÓN; 2) PRESENTAR EN ORIGINAL EL DOCUMENTODE IDENTIDAD; 3) PRESENTAR ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL, CONSIGNANDO EL JUZGADO RESPECTIVO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL JUDICIAL Y DNI); 4) EN CASO DE ACTUAR A TRA VÉZ DE UN REPRESENTANTE LEGAL DEBERAN ACREDITARLO CON EL PODER RESPECTIVO Y EL CERTIFICADO DE VIGENCIA. COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO: La comisión será cancelada por el adjudicatario una vez concluido el acto de remate, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 -JUS y están afectos al IGV, concordante con el Art. 732 del Código Procesal Civil. Martillera Pública, Roxana Elena LEON USURIN, Registro N° 302.
1/8 PAG./27,28,01,02,03/06/F8273
1. AGENTE DE VENTAS • Edad entre 18 hasta 25 años. • Estudios universitarios o técnico conclusos o inconclusos en las carreras de Administración, Contabilidad, Marketing, telecomunicaciones y otras carreras afines. • Mínimo 2 años de experiencia en puestos similares. • Idioma Ingles Básico 2. AGENTE ZONAL • Edad entre 18 hasta 25 años. • Experiencia en ventas en campo • Atención al cliente, cobranza • Estudios universitarios o técnicos concluidos o no concluidos En la carreras de administración, contabilidad , Marketing, telecomunicaciones y otras carreras afines. • Con movilidad propia y documentos en regla. 3. COLABORADORES D2D ( TRABAJO DE CAMPO) • Edad entre 18 hasta 25 años • Experiencia en ventas en campo • Estudios secundarios completos • Tener buen trato al cliente (dominio al expresarse) Los interesados presentar su CV no documentado al Correo: cothue.gabrielli@bitel.com.pe o traer a la dirección Jr. Coronel Portillo N° 698 esquina con 7 de Junio. Preguntar por la Srta. Cothue Olivia Gabrielli Pinche. Fecha de recepción de documentos del 28/02/2017 hasta 04/03/2017 4M/28 AL 06/F8314
dar productos de primera categoría con alta calidad son sustentables y contribuyen al cuidado del medio ambiente, también tienen precios razonables”, indicó la ejecutiva. Para este 2017, la empresa espera que la línea de
desarrollo de la red de mercadeo en Pucallpa continúe de manera ascendente, para llegar a dar la oportunidad de negocio y crecimiento que tenemos a más personas y cumplir con la misión que tiene Oriflame de hacer realidad sus sueños.
SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO AGROPECUARIO, con QUINTEROS SANCHEZ, VICTOR MANUEL sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp.N° 00780-2015, por orden DEL PRIMER JUZGADO CIVIL – SEDE CENTRAL - UCAYALI a cargo del Señor Magistrado CARLOS ALBERTO, BALLARDO JAPAN Especialista Legal DIAZ VARGAS, MARJORIE KARLA CAROLINA. La suscrita Martillera Pública, Rematará en SEGUNDA Convocatoria: EL inmueble: UBICADO EN Carachama 838 I Etapa. Distrito Puerto Bermudez, Provincia de Oxapampa y Departamento de Pasco, con registro en la Partida N° 11030173 del Registro de Predios Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo - Oficina Registral Selva Central. VALOR DE LA TASACION: S/. 83,207.30 (OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SIETE CON 30/100 SOLES). PRECIO BASE: S/. 47,150.80 (CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON 80/100). GRAVAMENES y CARGAS: 1 INSCRIPCION DE HIPOTECA A FAVOR DEL BANCO AGROPECUARIO CON PARTIDA N° 11030173. AS. D00001. DIA Y HORA DEL REMATE: TRECE DE MARZO DEL AÑO 2017, .. A LAS CATORCE HORAS TREINTA MINUTOS --------------------LUGAR DE REMATE: Local del PRIMER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - UCAVALI Ubicado en Jirón UCAYALI 499- PUCALLPA. POSTORES: Oblaran el 10% del Valor de Tasación en efectivo o cheque de Gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con co a arancel y DNI Y generales de ley. -------------------------------
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Electro Ucayali S.A. requiere contratar los servicios de un Concesionario de Alimentos para su personal. Pueden participar las personas naturales y/o jurídicas con RNP activo. Los interesados deberán recabar los TDR hasta la 01.00 pm del viernes 24/02/2017 en la Av. Circunvalación N° 300, Yarinacocha (en el Dpto. de Recursos Humanos). La Empresa.
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Congreso aprobó proyecto para que delitos de corrupción no prescriban
LIMA. El pleno del Congreso de la República aprobó ayer la propuesta de reforma constitucional para habilitar el establecimiento de la imprescriptibilidad de la acción penal en casos de delitos contra la administración pública o que afecten al Estado. La iniciativa, que plantea modificar el artículo 41 de la Constitución Política del Perú, fue respaldada por unanimidad, con el voto favorable de 111 legisladores, en medio de los aplausos y el júbilo de parlamentarios de las diversas bancadas. Para que esta iniciativa entre en vigencia se requerirá de su aprobación en segunda votación en una
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siguiente legislatura ordinaria, la cual también deberá contar con mayoría calificada (87 votos). La titular del Congreso, Luz Salgado, resaltó que la iniciativa se haya aprobado sin abstenciones ni sufragios en contra, y recordó que el citado proyecto de ley quedará reservado hasta la próxima legislatura ordinaria, tal como se establece en el artículo 206 de la Carta Magna. Cabe recordar que la iniciativa de ley, que fue sometida a un intenso debate en la sesión plenaria, provino de las comisiones de Constitución y Reglamento, y de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República.
ANTEPROYECTO DE CÓDIGO ELECTORAL ELEVA NIVELES DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN
JNE plantea bancarizar financiamiento partidario El presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Víctor Ticona Postigo, planteó dar prioridad al debate del control del financiamiento de los partidos políticos y la incorporación de mecanismos efectivos de supervisión, como la bancarización obligatoria de los aportes. Durante su intervención en el Foro Integridad Perú OCDE 2017, indicó que tales propuestas están contenidas en el anteproyecto de Código Electoral preparado por el organismo electoral con el fin de brindar transparencia a los ingresos y egresos de las organizaciones políticas. Explicó que la iniciativa establece mayores niveles de control y fiscalización para evitar la infiltración de dinero ilícito en la política, motivo por el cual considera eliminar los aportes anónimos y bancarizar los
que sean mayores a 1 UIT (equivalente a 4,050 soles). Asimismo, elevar de 60 a 200 UIT los aportes máxi-
ACUERDO DE DISOLUCION y LIQUIDACI0N POR ACTA DE FECHA 28 DE FEBRERO DE 2017, EL TITULAR ACORDO LA DISOLUCION E INICIO DEL PROCESO DE LIQUIDACION DE LA EMPRESA ESTUDIO JURIDICO TORRES LOZANO E.I.R. LTDA., CON RUC N° 20351643162, CON DOMICILIO JR. HUANCAVELICA N° 102 DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA, NOMBRANDOSE COMO LIQUIDADOR EL SEÑOR AMERICO URCINO TORRES LOZANO, CON DNI N° 00099682. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES PERTINENTES. PUCALLPA, 28 DE FEBRERO DE 2017.
4M/01,02,03/JSR
COMUNICADO EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DEL MERCADO N° 2 DE PUCALLPA AVES DE LA SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN SE LE COMUNICA A TODOS LOS ASOCIADOS QUE TENGAN A BIEN PRESENTAR SUS DATOS PERSONALES. EN LA CUAL TIENEN QUE INDICAR LOS SIGUIENTES: • NOMBRES Y APELLIDOS. • LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO. • GRADO DE INSTRUCCIÓN. • DOMICILIO ACTUAL. • COPLA DE D.N.I. • CUANTOS HIJOS TIENEN (INDICAR NOMBRES, APELLIDOS, EDAD, GRADO DE INSTRUCCIÓN Y ADJUNTAR COPIAS DE DNI). • DE NO TENER HIJOS INDICAR NOMBRE DE PADRES O FAMILIARES DE 1ER GRADO DE CONSANGUINEIDAD, ADJUNTAR COPIA DE DNI. • FECHA DE AFILIACIÓN COMO ASOCIADO. CABE MANIFESTAR QUE DICHA INFORMACIÓN ES CON LA FINALIDAD DE ACTUALIZAR DATOS PARA PODER REALIZAR EL REEMPADRONAMIENTO EN FORMA ALFABÉTICA DE LOS ASOCIADOS DE LA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DEL MERCADO N° 2 DE PUCALLPA. FECHA DE INICIO : LUNES 13 DE FEBRERO AL 13 DE MARZO DEL 2017 HORA DE ATENCIÓN : HORARIO LABORAL, DE LUNES A SÁBADO DE 8.30 AM A 4.00 PM. LUGAR DE ENTREGA : OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO N° 2 DE PUCALLPA ATENTAMENTE 6M/22,24,27/02/F8200
mos anuales de una misma persona natural o jurídica, que deben estar siempre canalizados por el sistema
financiero, y prohibir que las personas o empresas extranjeras o peruanas con capital foráneo aporten en las campañas electorales. La autoridad electoral dijo que la bancarización permitirá un mejor rastreo y control de los flujos de dinero de las organizaciones políticas. “La coyuntura política demuestra que la reforma electoral es hoy necesaria e imperativa en el país”, manifestó la autoridad electoral al reafirmar la voluntad de su institución de llevar adelante este proceso que busca sistematizar y reunir en un solo cuerpo normativo la dispersa legislación electoral peruana. Señaló que con el propósito de recibir aportes y comentarios que permitan enriquecer la citada iniciativa, el JNE está realizando foros descentralizados en diversos puntos del país.
AVISO CONJUNTO DE ESCISIÓN DE ACUERDO A LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES, SE COMUNICA QUE, CON FECHA 26 DE DICIEMBRE DE 2016, LAS JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS DE LLAMA GAS S.A. Y LLAMA GAS PUCALLPA S.A. APROBARON EL PROYECTO DE ESCISIÓN PRESENTADO POR SUS CORRESPONDIENTES ADMINISTRADORES, POR EL CUAL LA PRIMERA SEGREGARÁ UN (1) BLOQUE PATRIMONIAL A LA SOCIEDAD RESTANTE, SIENDO QUE EL BLOQUE PATRIMONIAL SERÁ TRANSFERIDO A LA SOCIEDAD, LA ESCISIÓN ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN. COMO CONSECUENCIA DE LA ESCISIÓN, EL CAPITAL DE LLAMA GAS S.A. SE REDUCIRÁ EN S/ 293,237.00 QUEDANDO ESTABLECIDO EN S/ 21’406,641.00, REPRESENTADO POR 15’484,884 ACCIONES DE CLASE A Y POR 11’921,757 ACCIONES DE CLASE B, DE UN VALOR NOMINAL DE S/.1.00 NUEVO SOL CADA UNA, ÍNTEGRAMENTE SUSCRITAS Y TOTALMENTE PAGADAS, Y EL CAPITAL DE LLAMA GAS PUCALLPA S.A. SE AUMENTARÁ EN S/ 293,237.00 QUEDANDO ESTABLECIDO EN S/ 691,496.00, REPRESENTADO POR 691,496 ACCIONES DE UN VALOR NOMINAL DE S/.1.00 NUEVO SOL CADA UNA, ÍNTEGRAMENTE SUSCRITAS Y TOTALMENTE PAGADAS. SANTIAGO DE SURCO, 15 DE FEBRERO DE 2017. LLAMA GAS S.A RUC NO. 20100366747 LLAMA GAS PUCALLPA S.A. RUC NO. 20351516560 4M/24,02,08/F8269
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
AVISO DE REMATE PÚBLICO EN 1RA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE
En los seguidos por BANCO AGROPECUARIO AGROBANCO con SOTELO ALARCON NARCISO MARCELINO y otro sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. N° 00583-2011, por orden DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL - Sede Central - UCAYALI a cargo de la Señor Magistrado OMAR MAGNO GARCIA ZAVALETA Especialista Legal LEANDRO FABIAN AGUI. La suscrita Martillera Pública, rematará en Segunda Convocatoria: EL inmueble: UBICADO EN EL HUERTO DE EDEN - SECTOR NUEVA TUNUYA (UNIDAD CATASTRAL 073047) UBICADO EN EL DISTRITO DE CAMPO VERDE, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° 11022834 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE UCAYALI. VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 21,145.00 (VEINTIUNO MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES). PRECIO BASE: S/. 11,982.17 (ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 17/100 SOLES). GRAVAMENES y CARGAS: 1 INSCRIPCION DE HIPOTECA A FAVOR DEL BANCO AGROPECUARIO CON PARTIDA N° 11022834 AS. D00001
En el Expediente No 00288-2012-0-2402-JP-CI-02, en los autos seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERÚ contra KATIA MILUSKA SARMIENTO CASAVILCA, Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el Juez del 2DO Juzgado de Paz Letrado de Pucallpa , de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, a cargo de la Jueza Dra. SOLIA WILDA ECHEVARRIA POMA, Especialista Legal Dra. CARMEN C. MALCA HERNANDEZ, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el Siguiente Bien: 1.-lnmueble Ubicado en el Centro Poblado San Pablo de Tushmo Parcela 1 - Jr. 28 de Julio MZ 4 A LOTE 2 - Sector 01-Junta Vecinal Barrio Centro, del Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento Ucayali, cuyo dominio, área, medidas perimétricas y colindancias, Corren Inscrita en la PARTIDA ELECTRONICA No P19028475, de la Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa Oficina Registral Pucallpa. Con un área de 1,600.00 m2. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de US$ 9,142.86. DOLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que Asciende a la Suma de US$ 6,095.24.DOLARES AMERICANOS. AFECTACIONES: El Bien inmueble Tiene las siguientes afectaciones: 1.- EMBARGO JUDICIAL: Constituido a Favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, Hasta por la Suma de S/.18,000.00.NUEVOS SOLES., dictado en el Exp: 00288-12-43-2402-JP-CI-02, Inscrito en el Asiento 00005 el 09-10-12. FECHA Y HORA DEL REMATE: E Día 16 de Marzo del Año 2017, a Horas 12:45. p.m., y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional N° 226, con Telf.: #942089706, #945010777 Correo: albertooscarramos@hotmail.com. LUGAR DE REMATE: El Jr. Manco Cápac No 234, del Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali. LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación en Efectivo, mediante Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel Judicial y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Pucallpa, 16 de Enero del Año 2016.
DIA Y HORA DEL REMATE: TRECE DE MARZO DEL 2017 A LAS CATORCE HORAS Y TREINTA Y CINCO MINUTOS ------------------------LUGAR DE REMATE: Local del JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - UCAYALI Ubicado en Jirón UCAYALI 499- PUCALLPA. POSTORES: Oblaran el 10% del Valor de Tasación en efectivo o cheque de Gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, Consignar número el expediente con copia del arancel y DNI Y generales de ley. --------------- - ----- -------
1/8pag/28,01,02/f8312
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INVERSIÓN BENEFICIARÁ A 700,000 PERUANOS
Ministerio de Cultura lanza “La Independiente” primera feria de editoriales peruanas
MVCS transfiere S/ 740 millones para obras de agua y saneamiento LIMA. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) transferirá en los próximos días 740 millones de soles a los gobiernos regionales y locales para financiar obras agua y saneamiento al interior del país. Al respecto el titular del sector, Edmer Trujillo, destacó que esta primera transferencia de recursos del año, permitirá beneficiar a más de 700,000 peruanos de zonas urbanas y rurales del país que aún no cuentan con estos servicios básicos o son deficientes. Detalló que en las zonas urbanas se beneficiará a 448,750 personas con agua y saneamiento, y en las zonas rurales a 258,031. Precisó que son 243 proyectos de agua y saneamiento que se ejecutarán en todo el país que permitirán reducir la brecha de peruanos que no tienen acceso al agua y saneamiento. “De esta manera, el Go-
bierno cumple su compromiso de acelerar la entrega de recursos a los gobiernos regionales y municipales en el mes de marzo y dar más tiempo para la ejecución de las obras”, afirmó. Remarcó que desde el
RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
SUPERCABLE PUCALLPA
ANTE MI DESPACHO NOTARIAL SITO EN LA AV. TUPAC AMARU Nº 196 (FRENTE AL COLISEO CERRADO) DISTRITO DE MANANTAY, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Y DEPARTAMENTO DE UCAYALI. ADA AVIGAIL AZAÑA MACEDO, ESTA SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, EMITIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA, PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI, DE SU HIJA JANELL VANESSA SANGAMA AZAÑA, QUE POR ERROR SE CONSIGNO EN EL ACTA DE NACIMIENTO EL SEGUNDO APELLIDO MATERNO COMO: JANELL VANESSA SANGAMA ASAÑA, DEBIENDO SER LO CORRECTO: JANELL VANESSA SANGAMA AZAÑA, POR LO QUE SE PONE DE CONOCIMIENTO A LOS INTERESADOS PARA HACER VALER SUS DERECHOS CONFORME A LEY. PUCALLPA, 01 DE MARZO DEL 2017
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son el futuro del Perú. “En los próximos días, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) continuará con la emisión de decretos supremos para transferir más recursos a los gobiernos subnacionales”, dijo.
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Invita a Ud. y familia a la misa de honras que por el eterno descanso de su alma, se oficiará el jueves 2 de marzo 2017 a horas: 7:30 pm en la Catedral. Conmemorando el 8 días de su sensible fallecimiento. Agradeceremos a las personas que de alguna u otra manera nos manifestaron su afecto y condolencias. 1/8pag/02/b15615
Con el objetivo de promocionar la labor editorial independiente peruana y la comercialización de una amplia oferta de contenidos nacionales que destaquen la diversidad de nuestra oferta editorial, el Ministerio de Cultura lanza “La Independiente”, primera feria de editoriales independientes peruanas, en la cual podrán exponer su trabajo de manera gratuita. El evento, que se desarrollará entre el 22 y el 30 de abril de 2017 en la sede del Ministerio de Cultura en el distrito de San Borja, contará con la participación de representantes de las editoriales de las distintas regiones del país. Incluirá conversatorios, talleres de gestión editorial, presentaciones de libros, conciertos musicales, entre otros. La Dirección del Libro y la Lectura del Ministerio de Cultura precisa que las editoriales que deseen participar en “La Independiente” deberán postular a la convocatoria desde hoy y hasta el 20 de marzo de 2017
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mediante la página web del Ministerio de Cultura (Más información: https://goo.gl/ id0Eqp). Asimismo se informa que a fin de dinamizar el mercado editorial a nivel nacional, el Ministerio de Cultura otorgará 20 ayudas a la movilidad de las editoriales de ciudades distintas a Lima que postulen a las mismas. SUCESION INTESTADA POR ANTE EL NOTARIO DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA DOCTOR EUDOCIO RAUL SALAZAR MARTINEZ, CON OFICIO NOTARIAL EN EL JIRON CORONEL PORTILLO N° 439, DE ESTA CIUDAD DE PUCALLPA, SE HA APERSONADO DOÑA ROSA DORIS DE SOUZA VDA DE TORRES, QUIEN SOLICITA SUCESION INTESTADA DE SU ESPOSO ROYER HERMENEGILDO TORRES TELLO, FALLECIDO EL 19 DE JULIO DE 2005, EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA, QUIEN TENIA SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DE PUCALLPA, A FIN QUE SE LE DECLARE COMO HEREDERA UNIVERSAL A: ROSA DORIS DE SOUZA VDA DE TORRES, ASI COMO A SUS HIJOS KELLY ROSANA TORRES DE SOUZA y DORIS MARGARITA TORRES DE SOUZA, LO QUE SE PUBLICA A FIN DE QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A LA HERENCIA. PUCALLPA, 28 DE FEBRERO DE 2017 E. RAUL SALAZAR MARTINEZ ABOGADO – NOTARIO DE PUCALLPA 3M/02/F8340
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA EXPEDIENTE No. 009S9-2015-0-2402-JR-CI-01 En los seguidos por el BANCO DE CREDITO DEL PERU contra ZAGACETA ALVAN, LOURDES FRANCCESCA, ZAGACETA ALVAN; GIANCARLO ALFREDO, ALVAN VILLACORTA DE ZAGACETA; LOURDES, ZAGACETA ALVAN, GIOVANNI, sobre ejecución de garantías, el Primer Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Coronel Portillo a cargo del señor Juez Doctor Carlos Alberto Ballardo Japan, Secretaria Dra. Rocío Fiorella Acuy Arrué, ha dispuesto sacar a remate público los siguientes inmuebles: i. INMUEBLE No. 1 - DESCRIPCION DEL INMUEBLE: ubicado en la Calle 2, MZ.2, Lote 14 Urb. Laura Rosa - Callería, cuyas áreas y medidas perimétricas se detallan en la Partida Electrónica N° 00017643, del Registro de Propiedad Inmueble de la VI Zona Registral, Sede Pucallpa. - AFECTACIONES: A.- Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma USD 52,270.00, inscrita en el Asiento D00003, rectificada en el asiento D00004 y ampliada en el asiento D00006. B.- Medida cautelar de anotación de demanda, ordenada por el Juez del Primer Juzgado Especializado Civil de Coronel Portillo, derivada del presente proceso principal, según consta en el asiento D00007. - VALOR DE LA TASACION: CINCUENTA y CINCO MIL SESENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (USD 55,060.00) - BASE DEL REMATE: TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SEIS CON 67/100 DOLARES AMERICANOS (USD 36,706.67), que son las dos terceras partes del valor de tasación. i. INMUEBLE No. 2 - DESCRIPCION DEL INMUEBLE: ubicado en la Calle 2, Mz.2, Lote 15 Urb. Laura Rosa - Callería, cuyas áreas y medidas perimétricas se detallan en la Partida Electrónica N° 00020471, del Registro de Propiedad Inmueble de la VI Zona Registral, Sede Pucallpa. - AFECTACIONES: A.- Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma USD 64,349.00, inscrita en el Asiento D00002, rectificada en el asiento D00003 y ampliada en el asiento D00005. B.- Medida cautelar de anotación de demanda, ordenada por el Juez del Primer Juzgado Especializado Civil de Coronel Portillo, derivada del presente proceso principal, según consta en el asiento D00006. - VALOR DE LA TASACION: SETENTA y UN MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (USD 71,904.00) - BASE DEL REMATE: CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (USD 47,936.00), que son las dos terceras partes del valor de tasación. - DIA Y HORA DEL REMATE: 14 de marzo del 2017 a horas 11:30. - LUGAR DEL REMATE: En el local del Primer Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Coronel Portillo, sito en Jr. Ucayali No. 499 esquina con el Jr. Sucre, distrito de Calleria, Pucallpa. - FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Público Germán José Casapia Soto, con Reg. 121. - CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: 1. Al momento del acto de remate deberán oblar el 10% del valor de la tasación del inmueble en, efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor sin el sello de no negociable. 2. Presentaran en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153) indicando número de Expediente, documento de identidad y Juzgado. B) EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero público de conformidad con el artículo 18 de D.S. No. 008-2005-JUS. 2. Deberá consignar el saldo de precio de adjudicación, dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate. Pucallpa, 08 de febrero del 2017
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CENTRAL
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Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
JUEZ SE PRONUNCIA SOBRE TRES MUERTES DE MENORES DE EDAD
“Delitos graves en los cuales la P Público deberían enfilar todas s La madre se encontraba en el hospital por problemas de salud, el padre se negaba a pasar pensión y nunca firmó al niño. Las profesoras de Farid lo entregaron a un sujeto que dijo ser su tío. La abuela no tenía conocimiento y al ir a recogerlo le dijeron que su tío ya lo llevó a casa. El cadáver del niño fue encontrado la noche del miércoles 13 de julio por una pescadora y finalmente levantado el 14 de julio a las 11 de la mañana. El cadáver fue encontrado en la quebrada Lobo Caño a la altura de un terreno de la familia de Javier Nolasco Navarro, padre de Farid. Tenía entre tres y cuatro días de cadáver y un avanzado estado de descomposición al momento de la toma de muestras que no pudieron determinar causa de muerte. El caso fue trabajado por la Primera Fiscalía Penal Provincial Corporativa de Yarinacocha. La niña Britnet tenía 7
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El juez Jonatan Basagoitia en su despacho.
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esde el 11 de julio de 2016 hasta el 24 de febrero de 2017 han transcurrido 228 días. Más mas de 7 meses en los que tres muertes conmocionaron la escena local siendo dos de ellas distanciadas por tan solo por 14 días. Tres muertes de tres menores de edad. Tres muertes relacionadas a homicidios de distintas índoles. Tres presuntos asesinatos impunes. Para refrescar la memoria y analizar los hechos junto al decano de los jueces Especializados de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y Juez Titular del Primer Juzgado Especializado de Familia de Ucayali, Jonatan Basagoitia Cárdenas haremos primero un breve resumen de estos casos. En niño Farid de 5 años desapareció el lunes 11 de julio de 2016 a las 4 de la tarde. Su abuela denunció su desaparición el mismo día en la comisaría de Yarinacocha.
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CENTRAL
EN PUCALLPA
Policía y el Ministerio sus baterías”
Estos delitos han dejado asesinos impunes y familias desconsoladas. años cuando desapareció el viernes 10 de febrero de 2017 a las 6 de la tarde. Su abuela denunció la desaparición el mismo día a las 10 de la noche. Sus padres trabajan en una chacra en Puerto Zúngaro. El cadáver de la niña fue hallado a las 10 am del sábado 11 de febrero en el local comunal del asentamiento humano Villa Amocao donde funciona el PRONEI, frente a su casa. Presentaba señales aparentes de violencia física y abuso sexual.
Una vecina afirmó que a las 9 de la noche la niña llegó hasta su puesto, sucia y llorosa, diciendo que uno de sus tíos le había golpeado en sus manos por pedirle un sol y que dos personas, un varón y una mujer, dijeron que la llevarían a casa. El caso fue trabajado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarinacocha, la División de Investigación Criminal y Policía de la comisaría de Yarinacocha. El adolescente Luis Fer-
nando de 13 años desapareció el miércoles 22 de febrero de 2017 por la tarde del patio de su casa donde jugaba. La hermana denunció la desaparición el jueves 23 en la comisaría de San Fernando. Los padres del menor lo abandonaron por el retraso mental que padecía. El cadáver de Luis Fernando apareció colgado de un árbol la mañana del viernes 24 de febrero de 2017 en un terreno perteneciente a una iglesia evangélica en el
asentamiento humano Luz y Esperanza. El cuerpo tenía huellas de golpes y signos de haber sido ultrajado sexualmente. Se encontró un preservativo usado con restos de semen en la escena del crimen. El caso fue trabajado por la Quinta Fiscalía Penal Provincial Corporativa de Coronel Portillo Al respecto el magistrado expresó “Nos preocupa, nos entristece y nos llena de desconfianza. Nos preocupa porque son niños, son va-
IMPETU.pe rios y hasta ahora no se ven resultados de todos los operadores de justicia que beberían estar vinculados a la investigación de estos delitos, de estos macabros sucesos”. Así mismo declaró “Nos preocupa la impunidad, esa sensación de impunidad que tenemos todas las personas, sumado a la inseguridad ciudadana deviene en una situación angustiante porque son sectores vulnerables. Nos angustia porque son niños y además son personas pobres a los cuales, tal vez, el acceso a la justicia muchas veces se les es negado” Los operadores de justicia a los que hace mención el magistrado son la Policía Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial. Preguntamos entonces su opinión sobre el hecho que en ninguno de los tres casos exista responsable alguno a lo que dijo “Lamento que no hayan responsables. Lamento que la Policía, por más reservada que pueda ser la investigación o el Ministerio Público que es titular de la acción penal no hayan mostrado hasta ahorita ningún tipo de avance significativo en la investigación de estas muertes que son macabras”. Preguntamos al juicio personal del magistrado por qué no se logra obtener resultados a lo que respondió “Tenemos principalmente una falta de compromiso de todos los que tenemos que ver en el sistema de justicia, empezando de la Policía Nacional, no quiero desmerecer el trabajo de ellos, sé que trabajan arduamente; pero, tienen limitaciones logísticas y de diversas índoles como la falta de personal especializado, la falta de equipos modernos”. La respuesta no quedó ahí “Nos preocupa muchas veces la inacción del Ministerio Público que son los titulares de la Acción Penal, muchas veces esos fiscales son improvisados, no conocen el tema y no entienden la responsabilidad que tienen en
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sus manos” exhortando una vez más a la especialización de ambas instituciones. Se le planteó al magistrado, todas y cada una de las muertes para una posible pena, de existir algún responsable. En los tres casos, para el juez Basagoitia, las penas estarían ubicadas entre 25 y 35 años de cárcel si es que no son perpetuas “Estamos hablando de delitos graves en los cuales la Policía y el Ministerio Público deberían enfilar todas sus baterías, deberíamos tener equipos especiales que se encarguen de investigar ese tipo de crímenes. Preocupa la impunidad, preocupa la desidia, preocupa que estas personas sean niños y adolescentes que son personas pobres que tienen limitaciones para acceder a la justicia”. Algo que es harto comentado en el hablar popular también fue mencionado por el magistrado “Yo no sé si en otras circunstancias, si hubieran sido otras las víctimas, Dios no quiera; pero, quizá la Policía y el Ministerio Público hubieran podido tener otro tipo de compromiso, de accionar”. Finalmente preguntamos, si para las estadísticas nacionales y regionales, tres menores de edad presuntamente asesinados en siete meses es una cifra normal o elevada a lo que respondió “Es una cifra altísima y es una cifra que causa preocupación. En cualquier otro lugar civilizado hubiera generado mínimo la renuncia del jefe policial de la región o que se realice una investigación sobre todas aquellas personas que tengan que ver con el proceso. Yo no sé si los órganos de control de la Policía Nacional o del propio Ministerio Público han puesto la mira en aquellas personas encargadas de investigar este tipo de casos o que estén generando no sé si adrede o por negligencia impunidad en cada uno de los casos”. FERNANDO GONZÁLEZ POLAR
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DEPORTE
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Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
EN LIGA DE FÚTBOL DE IPARÍA
No hay fecha de inicio de Copa Perú 2017
Por: Luís E. Urrea
EN SEPAHUA. En la Liga Distrital de Fútbol de Sepahua, el campeonato se jugará en una rueda de todos contra todos. Al término de la misma, los 4 primeros equipos jugarán una liguilla final que determinará el campeón y subcampeón, los mismos que representarán a su distrito en la etapa provincial de la Copa Perú 2017. DE RETORNO. La delegación de Asociación Deportiva Ucayali (ADU), ya está de retorno en nuestra ciudad, procedente de la capital de la república, en donde tomó parte de una versión más de la Copa Crema 2017, Juan Nolli, entrenador de los equipos de las distintas categorías de ADU, tiene muchas novedades para contarnos. NOVEDADES. En los días siguientes se espera novedades de la Comisión de Fútbol Femenino, cuya presidente es Dora Fasabi Vela, quien seguramente, en los días siguientes estaría dando a conocer su plan de trabajo que desarrollará hasta el 31 de diciembre. Se espera algunas novedades de esta comisión. EQUIPOS. Los equipos que juegan el campeonato de fútbol en la Liga de Yarinacocha, que no jugaron por el mal estado del terreno de juego del estadio Jorge Forest de Puerto Callao, tuvieron una semana para prepararse de la mejor manera en cuanto a mejorar su técnica y su estado atlético.
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n la Liga de Fútbol de Iparía, por el momento, no han determinado la fecha de inicio del torneo de la Copa Perú 2017. Lo que sí se sabe es que en el campeonato de la presente temporada solamente jugarán 3 equipos, debido a que otros 3 comunicaron a los dirigentes de la liga que no participarán en el torneo debido a motivos de fuerza mayor. Ruperto Flores, presidente de la liga en referencia, dio a conocer que en el campeonato de la presente versión de la Copa Perú, jugarán solamente con 3 equipos, entre ellos Unión Ucayali de Galilea, Juvenil Iparía-A y Deportivo Municipal que tienen su sede en la capital del distrito. En cambio, los equipos que no participarán en la versión 2017 de la Copa Perú, son Real Juvenil de la comunidad nativa de Puerto Belén, Selección de Colonia del Caco de la comunidad nativa del mismo nombre y Mariscal Oscar Benavides de la comunidad nativa de Utucuro.
Por el retiro de estos 3 equipos, el inicio del campeonato está sufriendo retraso, es por este motivo que el presidente de la Liga de Fútbol de Iparía, vendrá a Pucallpa para informar de lo que está sucediendo en esa jurisdicción y por otro lado, para hacer gestiones para la actualización del consejo directivo de cada club.
Bueno pues, de todos modos, este año habrá campeonato de la Copa Perú en Iparía, con 3 equipos, que si está admitido el desarrollo de la competencia, ya que en la etapa provincial de la Copa Perú, sólo participará el campeón, limitándose de esta manera a un solo equipo para la siguiente ronda de la competencia copera.
EN LIGA DE FÚTBOL DE SEPAHUA
Domingo 5 de marzo inician torneo de la Copa Perú Los dirigentes de la Liga de Fútbol de Sepahua y los dirigentes de los equipos de base, decidieron iniciar su campeonato este domingo 5 de marzo. La competencia se jugará con la presencia de 7 equipos a saber: San Juan, Boca Junior, Estudiantil, San Francisco, Deportivo Municipal, Rosario y Juvenil. En el partido preliminar de la programación de este domingo, corresponde jugar a Rosario versus
San Francisco a partir de las 11:00 a.m. Estos equipos serán los encargados de iniciar las acciones de este campeonato tan esperado por la afición sepahuina que está ávida de ver fútbol. El siguiente encuentro programado para la 1:00 p.m. correrá a cargo de Juvenil con San Juan. Estos equipos, según se sabe, son tradicionales rivales, que en esta primera fecha tratarán de impresionar con un
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buen accionar, luchando cada instante del partido con mucha vehemencia y buen trato del balón. El partido de fondo está señalado para iniciarse a la 4:00 de la tarde, en el que estarán al frente los representativos de Boca Junior y Deportivo Municipal. Este partido, como los demás, despierta mucho interés en los aficionados y en los hinchas de cada equipo. En la primera fecha del campeonato descansa Estudiantil.
Dueño del Chivas mexicano confiesa estar interesado en comprar Universitario LIMA. El propietario del Chivas de Guadalajara de la primera división mexicana, Jorge Vergara, reveló que se encuentra interesado en comprar Universitario de Deportes, transacción que ya había intentado en 2004. En junio de 2004, con Alfredo González como presidente crema, Vergara llegó al Perú para intentar cerrar la compra de Universitario. El plan del mexicano por entonces era invertir un total de 20 millones de dólares anualmente para “devolver al equipo al lugar de donde nunca debió salir”, según explicaba. Varios socios de Universitario estuvieron dispuestos a permitir la venta. No obstante, se necesitaba que el 80% de asociados estén de acuerdo en ceder la mitad de las acciones. Finalmente, esto nunca se concretó. Esta tarde en radio Ovación, Jorge Vergara confesó que ese interés ha vuelto a aparecer. “Estoy interesado en comprar Universitario. Vale la pena rescatar al club por los peruanos, teniendo en cuenta la tradición que tiene. Pienso hacer un trabajo de largo plazo”, señaló. Además de ser presidente del Chivas de Guadalajara, Jorge Vergara es dueño de la empresa alimenticia Omnilife y la productora de películas Producciones Anhelo.
Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
ENTRETENIMIENTO
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Horóscopo
TIPO DE CAMBIO
Dólar US Compra : 3.23 Venta : 3.25
El Tiempo Mínima Máxima
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23 ºC 33 ºC
Intervalos de nubes y sol y unos pocos chubascos con relámpagos sobre parte del área en la tarde.
Aries: 21 mar. 20 abr.
Cáncer: 22 jun. 22 jul.
Libra: 24 set. 23 oct.
Capricornio: 22 dic.. 20 ene.
No permitas que las preocupaciones te dominen. Te estarías adelantando a una situación que aún no conoces. Tu pareja necesita más de ti. Replantea tus prioridades y la distribución de tu tiempo.
Es importante que aligeres la carga laboral que tienes. Quizás ha llegado el momento de buscar mayor colaboración. El estrés te llevará a buscar un momento de soledad. Será reconfortante.
Tendrás el olfato necesario para favorecer tus finanzas. Una decisión acertada te permitirá organizarte de manera más productiva. Tu preocupación por verte bien te llevará a lograr más atención.
Empezarás a buscar nuevas opciones a nivel profesional. Sentirás que una situación ha llegado al límite. Esa relación llega a su fin, después de reiteradas desilusiones. Buscarás alejarte.
Tauro: 21 abr. 21 may.
Leo: 23 jul. 23 ago.
Escorpio: 24 oct. 22 nov.
Acuario: 21 ene. 19 feb.
Descubres algunas actitudes poco leales por parte del entorno laboral. Sé prudente. Habrá tiempo para aclarar. Esa persona no ha sido honesta contigo. Decidirás alejarte.
Una noticia te sorprenderá en el campo laboral. Una situación inesperada que te podría favorecer y que sabrás aprovechar. Una persona capturará tu atención y buscarás la manera de conocerla.
Es mejor que decidas solucionar cualquier tensión con el entorno laboral. No pierdas esta oportunidad por tu carácter. Esa persona pensará en alejarse, aún estás a tiempo de impedirlo.
Momento favorable para establecer acuerdos y sociedades que te serán favorables. Disfrutarás tu estabilidad laboral. Una celebración importante te hará disfrutar de la compañía de amistades.
Impetu LETRAS
Géminis: 22 may. 21 jun.
Virgo: 24 ago. 23 set.
Sagitario: 23 nov. 21 dic.
Piscis: 20 feb. 20 mar.
Necesitas poner los pies sobre la tierra. Estarías especulando más de la cuenta con algunos proyectos. Aunque te cueste tomar una decisión, debes basarte en las actitudes de esa persona.
Te sentirás motivado a buscar algún tipo de capacitación. Retorna el entusiasmo en tu vida profesional. Alguien empieza a despertar en ti nuevas emociones. Te sentirás nuevamente ilusionado.
Ha llegado el momento de que asumas con mayor decisión los desafíos que se te presentan. Confía en tu capacidad. Te sentirás bien por tener un momento en soledad.
Recibes algún tipo de oferta laboral o mejora que te permitirá asumir necesidades de tipo familiar. Estarías recordando a alguien de tu pasado. Evita que la nostalgia te lleve a cierta tristeza.
CÉSAR VALLEJO - CIRO ALEGRÍA - RICARDO PALMA - OSWALDO REYNOSO JAVIER HERAUD - CARLOS GERMÁN - RODOLFO HINOSTROZA - MARTÍN ADAN MIGUEL GUTIÉRREZ - MARIANO MELGAR - CÉSAR CALVO - MARCO MARTOS
ESCRITORES PERUANOS
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EDICTO PRIMERO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al Imputado: JASSON JEMS TORRES ASPARRIN Con Res. 03 de fecha 20-02-2017 donde SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 14-04-17 A HORAS 9:20 A.M., la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado. EXP. 00077-2017. Pucallpa, 28-02-17. FDO. García- Juez; Gamboa- Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO PRIMERO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al Imputado: JASSON JEMS TORRES ASPARRIN Con Res. 03 de fecha 20-02-2017 donde SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 14-04-17 A HORAS 9:20 A.M. la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado. EXP. 00077-2017. Pucallpa, 28-02-17. FDO. García- Juez; Muro- Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA AL IMPUTADO: EMERSON SALAZAR DIEGO Con Res. 03 de fecha 24-02-2017 DADO CUENTA: presentado por el Representante de Ministerio Público, de la 2° F.P.P.C.C.P. subsanando la omisión, mediante el cual presenta los cargos de notificación de la disposición fiscal de la formalización de la investigación preparatoria de los sujetos procesales, asimismo pone a conocimiento el domicilio real del agraviado WILDER BURROMEO SALAZAR; citando la dirección en el AA.HH. 16 DE NOVIEMBRE - Jr.LOS ANGELES Mz. J lote 06- Callaría (ref. al frente del Aserradero Mario Pezo Frente a una vulcanizadora), de igual modo el domicilio que precisa del imputado EMERSON SALAZAR DIEGO, es la misma dirección que es devuelto con razón por el asistente de comunicaciones. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 265-2017. FDO. GarcíaJuez; Gamboa- Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado: SEGUNDO ALI CHOTA CURITIMA Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el día 25-04-2017 a las 09:00 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad. Res. 02. Pucallpa, 20/02/2017. EXP. 2568-2016-21, FDO. Pizán-Juez; Saldaña-Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADODE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA DISPONE EMPLAZAR VIA EDICTO a las personas LOCAL MULTISECTORIAL DE LA ASOCIACION DE AGRICULTORES 26 DE AGOSTO REPRESENTADO POR SEGUNDO MIGUEL AGUILAR CANELOS Y YERSINIO ESPINOZA PACHECO: Res. 07 de fecha 22-02-17 con la razón que antecede; y por economía procesal REPROGRAMESE nueva fecha de AUDIENCIA a JUICIO ORAL para el día 13-03-2017 a horas 09:00 a.m. de la mañana. La que se realizara en el local del Juzgado, con la concurrencia de los siguientes órganos de prueba; Yarinacocha, 28-022017. EXP. 250-2016. FDO. Salazar- Juez; Salas-Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO PENAL COLEGIADO PERMANENTE DE CORONEL PORTILLO Ha resuelto declarar consentida la sentencia mediante resolución N° 04 de fecha 27/02/2017, SE RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA la SENTENCIA CONFORMADA, contenida en la resolución número tres de fecha uno de diciembre de dos mil dieciséis; CURSÁNDOSE los BOLETINES Y TESTIMONIOS de condena respectivos y FICHA RENIPROS, cumplido que sea REMITASE la causa al juzgado de ejecución. Avocándose al conocimiento de la presente causa el señor juez Dávila Mogrovejo, por vacaciones judiciales de la señorita juez Barbaran Ríos. Ofíciese y Notifíquese.. Pucallpa, 28/02/2017. EXP. 2478-2015-33. FDO. Barbaran- Mogrovejo - Juez; Solís- Especialista. 01,02,03/03/EP
LOGICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI, en agravio de CLAUDIA CANTO SHAPIAMA, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha veinticuatro de diciembre del dos mil quince, a fojas treinta y nueve; la audiencia única, de fecha treinta de marzo del dos mil dieciséis, a fojas cuarenta y nueve y cincuenta, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis, en el extremo al emplazamiento al demandado, de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone y conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 17-01-17. EXP. 00642-2015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
IMPETU Pucallpa, 2 de marzo de 2017 4 DIARIO
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado DANTAS CASTILLO ISAMAR CELICIA Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado LÓPEZ VARGAS ROY Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 27-03-17 A LAS 09:45 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 315-2017-85. FDO. Angeludis- Juez; Cervantes- Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado GONZALES RUIS QUILLER AUGUSTO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 27-03-17 A LAS 09:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 1276-2015-83. FDO. Angeludis- Juez; Cervantes- Especialista. 02,03,04/EP
02,03,04/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO DEL DISTRITO DE YARINACOCHA Res. 19 DE FECHA 03-02-2017. “… siendo ello así: RECIBASE las TESTIMONIALES de BELDEMAR GURIS RÍOS, Y JAICO MACA MACEDO para el día VIERNES 17-03-17 a horas 2:30 p.m. Pucallpa, 01-03-2017. EXP. 2015720. FDO. Díaz- Juez; Arribasplata- Secretaria.
EDICTO PRIMERO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al Imputado: MILCA REBECA MARTELL DE RODRIGUEZ Con Res. 01 de fecha 22-02-2017 donde se RESUELVE: RECEPCIONAR la comunicación de formalización y continuación de la investigación preparatoria contra el investigado; IMPONER, a la imputada COMPARECENCIA SIMPLE, PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, EXPLICAR que el desarrollo de las audiencia serán grabados en audio, por presunta autora del delito contra EL PATRIMONIO en la modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de EMPRESA CONCESIONARIA DE ELECTRICIDAD DE UCAYALI SOCIEDAD ANÓNIMA, representado por su GERENTE DE DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION JUAN JOSE RAMOS PALOMINO. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00587-2017. EXP. García- Juez; Muro- Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE MANANTAY DISPONE NOTIFICAR vía EDICTO al ciudadano ELMER TORRES ALARCON CONCEDER 03 DIAS HABILES, para efectos de ponerle en conocimiento la Res. 1 que resuelve ARCHIVAR los Actuados, proceso seguido contra HERLESS FLOYD TORRES SAENZ, en agravio de ELMER TORRES ALARCON por FALTA CONTRA EL PATRIMONIO- USURPACION BREVE, según Res. 01 de fecha 09-05-16. Manantay, 27-022017. EXP. 209-2016. FDO. Sosa- Juez; Panduro- Secretario. 02,03,04/EP
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE MANANTAY DISPONE NOTIFICAR vía EDICTO a las ciudadanas YNA BANEO ROJAS, ALBA ROJAS INGA y JULISSA VANESSA SAURINO SILVA CONCEDER 03 DIAS HABILES, para efectos de ponerle en conocimiento la Res. 1 que resuelve ARCHIVAR los Actuados, proceso seguido contra YNA BANEO ROJAS, ALBA ROJAS INGA, en agravio de JULISSA VANESSA SAURINO SILVA por FALTA CONTRA LA PESONA –LESIONES DOLOSAS LEVES, según Res. 01 de fecha 02-05-16. Manantay, 27-02-2017. EXP. 205-2016. FDO. Sosa- Juez; Panduro- Secretario. 02,03,04/EP
EDICTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE MANANTAY DISPONE NOTIFICAR vía EDICTO al ciudadano ZACARIAS LOPEZ QUISPE CONCEDER 03 DIAS HABILES, para efectos de ponerle en conocimiento la Res. 1 que resuelve ARCHIVAR los Actuados, proceso seguido contra VICTOR RAUL QUIROZ NUNTA, en agravio de ZACARIAS LOPEZ QUISPE por FALTA CONTRA EL PATRIMONIO- PENETRACION LEVE EN TERRENO AJENO, según Res. 01 de fecha 20-05-16. Manantay, 27-02-2017. EXP. 228-2016. FDO. Sosa- Juez; Panduro- Secretario. 02,03,04/EP
EDICTO PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza a IMPUTADO: DAVILA VELA, HECTOR Res. 05 De fecha 22-02-2017, DADO CUENTA, el representante del Ministerio Publico, mediante el cual comunica mediante consulta SUNAT la dirección fiscal del imputado HECTOR ABEL DAVILA VELA, en Jr. RICARDO PALMA N° 853 y en el Jr. Libertad N° 251, ambas direcciones en el departamento de SAN MARTIN - TARAPOTO, a lo señalado, Téngase presente, agréguese a los autos y estese a la notificación por edictos ordenado mediante resolución que antecede de fecha 08-02-2017. De igual Modo Proveyendo el ingreso N° 11096-2017, presentado por Dr. Jorge Enrique Kaqui Quiñones, Coordinador de la Dirección General de Defensa Publica y Acceso a la Justicia, a lo que comunica, estese a lo señalado mediante resolución numero tres de fecha 24-01-2017. Avocándose a conocimiento de la presente causa, la señora juez que suscribe e interviniendo el cursor que da cuenta por disposición superior. Notifíquese a la representante del Ministerio Publico. EXP. 1528-2016. FDO. García- Juez; Medina- Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: SERAPIO BALTAZAR CÁRDENAS (reo contumaz), por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas - posesión de pasta básica de cocaína, en agravio del Estado. Para que tome conocimiento que con Res. 04, de fecha 23-02-17. Se declaró consentida la Res. 02, de fecha 07-07-16 donde declararon de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en su contra por el delito de tráfico ilícito de drogas - posesión de pasta básica de cocaína, en agravio del Estado. Pucallpa, 01-03-17. EXP. 02005-1995. FDO. Macedo- Relatora. 02,04,06/EP
AVISOS JUDICIALES
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado VILLALOBOS GUABLOCHE ROBERTO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 14-03-17 A LAS 09:45 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 193-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado GONZALES SINUIRI DEULI SAUL Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 14-03-17 A LAS 09:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 328-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado JIN DOUGLAS ROMERO SARMIENTO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 15-03-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 2944-2016 FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado TAMANI PANAIFO ANDERSON Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 17-03-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 144-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado JHONESTER FLORES ACHO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 05-04-17 A LAS 10:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 2958-2016. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado LUIS ANTONIO MERA MELENDEZ Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 05-04-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 181-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado PEZO GARCIA JHONATAN JULINHO Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 10-04-17 A LAS 10:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 365-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado VASQUEZ SORIA VICTOR Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 10-04-17 A LAS 10:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 2902-2016. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado BANCHO SOSA LUIS JESUS Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 21-04-17 A LAS 10:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 515-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado ROSALES ORIZANO CHRISTIAN JOEL Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el 21-04-17 A LAS 09:30 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, ubicado en el Jr. Ucayali N° 499; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 136-2017. FDO. Angeludis-Juez; Cervantes-Especialista. 02,03,04/EP
el 27-03-17 A LAS 09:00 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Pucallpa 01/03/2017. EXP. 1615-2016-80. FDO. Angeludis- Juez; Cervantes- Especialista. 02,03,04/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza a los agraviados IRWIN CRISTIAN SANCHEZ DIAZ Y ANGELITA AZAN SUAREZ Con RES. 2 de fecha 14/02/2017. REPROGRAMAR la audiencia para
EDICTO SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al IMPUTADO: ERWIN LUIS MONTANO MORI Con Res. 01 de fecha 07/02/2017, Por lo que SE DISPONE: notifíquesele por EDICTOS con el extracto de la Res. 01, CITAR A AUDIENCIA ÚNICA PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA 01-03-17 A LAS 09:30 a.M HORAS, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 561-2017. FDO. Zavala - Juez; Tello – Especialista. 01,02,03/03/EP
EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: WILSON LÓPEZ SHAMIGUIRI en calidad de acusado en el presente proceso. Para que tome conocimiento que con Res. 03, de fecha 24-02-17 declararon consentida la Res. 01, de fecha 06-10-16 que resolvió declarar de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en su contra por el delito Contra la Administración Pública - Peculado, en agravio del Estado - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social FONCODES. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00046-2001. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP
EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: FONDO NACIONAL DE COMPENSACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL - FONCODES en calidad de agraviada en el presente proceso. Para que tome conocimiento que con Res. 03, de fecha 24-02-17 declararon consentida la Res. 01, de fecha 06-10-16, que resolvió declarar de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en contra de WILSON LÓPEZ SHAMIGUIRI por el delito Contra la Administración Pública - Peculado, en agravio del Estado - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social FONCODES. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00046-2001. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP
EDICTO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI SE NOTIFICA A: GERARDO LÓPEZ SALAS (reo ausente), como autor del delito Contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado. Para que tome conocimiento que con Res.03, de fecha 24-02-17, se resolvió declarar CONSENTIDA la Res. 01, de fecha 17-10-16 por haberse declarado de oficio extinguida por prescripción la acción penal instaurada en su contra por el delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del estado. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00125-1994. FDO. Macedo- Relatora. 01,03,06/03/EP
EDICTO CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CORONEL PORTILLO Emplaza al investigado JIMMY MOZOMBITE TENAZOA Mediante Res. 01 de fecha 09-01-17, RESUELVE: RECEPCIONAR la comunicación de formalización y continuación de la investigación preparatoria por la presunta comisión del delito contra la salud pública, comercialización de droga en agravio del estado; INPONIENDOSE la medida coercitiva de COMPARECENCIA SIMPLE; así mismo mediante Res. 03 de fecha 20/02/2017 se da por concluida la presente etapa procesal. Pucallpa, 27-02-17. EXP. 00023-2017. FDO. Acho- Juez; Prudencio- Especialista. 28/02-01,03/03/EP
EDICTOS
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 03 de fecha 08/03/2016 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO sobre VIOLENCIA FAMILIAR contra MONICA MILUSKA FLORES RIOS, en la modalidad de MALTRATO SIN LESIÓN en agravio del menor SAMMIA AMMIRA RAYMONDIZ FLOREZ representado por su progenitor DAMIAN RAYMONDIS FLOREZ; en vía de PROCESO ÚNICO.CONFIÉRASE traslado a la demandada MONICA MILUSKA FLORES RIOS, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, los cuales se admitirán o rechazarán en la audiencia única a señalarse; A la devolución de la cédula de notificación sin diligenciar de la Resolución N° 02 dirigida a la Cuarta Fiscalia Provincial Civil y Familia, estando a que se ha cumplido con subsanar, carece de objeto disponer nueva notificación; en tal sentido, téngase presente y agréguese a los autos.- Interviniendo la secretaria que da cuenta por disposición superior.- Notifíquese.- Mediante RES. 07 de fecha 16/02/2017 AUTOS Y VISTOS: Puestos los autos a despacho a fin de emitir sentencia, se AVOCA en este acto la señora Juez LIBIA ALBERTINA DAVILA MOGROVEJO, (…). Resulta de autos que por escrito de fojas 19/21, el Señor representante de la Tercera Fiscalía Provincial de Coronel Portillo, interpone demanda de Violencia Familiar contra doña MONICA MILUSKA FLORES RIOS, a fin que se abstenga de realizar actos de Violencia Familiar – Maltrato Sin Lesión en agravio de su menor hija
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 09 de fecha 24/02/2017 DADO CUENTA; Con la razón de la Secretaria Judicial que antecede, téngase presente y siendo el estado del proceso; RECABESE la declaración referencial del adolescente Arturo Jamil Malafaya Arellano para el día 27-04-17, A HORAS 2:30 P.M., quien deberá concurrir con su progenitora y/o persona responsable, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la autoridad policial. NOTIFIQUESE a doña NORA ARELLANO GARCIA, madre del menor tutelado, en su domicilio señalado en autos y a los familiares del menor tutelado en la dirección señalada a fojas 64 y 66 de autos, siendo que la Psicóloga ha dado con la dirección señalada en autos; sin perjuicio de ello NOTIFIQUESE, mediante EDICTOS en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, antes de la audiencia programada, bajo responsabilidad. asimismo REITERESE OFICIO a la Asistenta Social del Equipo Multidisciplinario de esta Corte Superior a fin de que se constituya al domicilio del menor tutelado sito en el AA.HH Ivan Sickic- Jr. Los Laureles-Calle 17 Mz. 03 Lote 04- Manantay, atendiendo que la Psicologa ha dado con la dirección del menor tutelado, fecho sea remita su informe en el término de TRES DIAS, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento. Notificándose.- Pucallpa, 28-02-17. EXP. 00597-2016. FDO. DávilaJuez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO EMPLAZA al acusado: ESAU VASQUEZ CARDENAS Para que asista a la audiencia única de proceso inmediato, a realizarse el día 25-04-2017 a las 09:15 A.M., en la Sala de Audiencias del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE. Delito: Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad. Res. 02. Pucallpa, 20/02/2017. EXP. 2249-2016-18. FDO. Pizán-Juez; Saldaña- Especialista. 01,02,03/03/EP
el DÍA JUEVES 09-03-17 A HORAS 09:00 A.M., se está señalando en la fecha antes indicada, teniendo en consideración que el domicilio de la agraviada se encuentra fuera de la ciudad, audiencia que se realizará en esta sala de audiencias, con la presencia obligatoria del fiscal y del imputado; precisa que el perjudicado pueden presentar su constitución en actor civil por escrito antes de la instalación de la audiencia única de incoación de proceso inmediato, esto es en caso de inconcurrencia. Pucallpa, 28-02-17. EXP. 342-2017. FDO. Zavala- Juez; VillacortaEspecialista. 01,02,03/03/EP
Pucallpa, 2 de marzo de 2017
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 25/07/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO Y PSICOLÓGICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra CARLOS LUGMAN ZUMAETA HUANIO, en agravio de PATRICIA AREVALO HIDALGO, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado CARLOS LUGMAN ZUMAETA HUANIO, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 14 de fecha 20/02/2017 DADO CUENTA: Con el ingreso Nro. 2274-2017, en la cual contiene el OFICIO N°062-2017-MIMP/ DGA-UAHUANUCO, remitido por la Unidad de Adopciones de Huánuco, estando a lo que indica téngase presente y estese a lo resuelto mediante resolución numero doce, sin perjuicio de ello NOTIFIQUESE a los ciudadanos, YACO ARMAS LOPEZ, OYUKI MOZOMBITE TAMANEZ y IVONNE ARMAS LOPEZ, familiares de la menor tutelada en su domicilio sito en el AA.HH siempre Villa Oriente Psje. Los Jazmines Mz. F Lote 05- Manantay, asi como mediante edictos, en el diario de mayor circulación de esta ciudad, para lo cual el Tecnico Judicial deberá anexar los ejemplares, bajo responsabilidad, quienes deberán concurrir el dia de la audiencia programada con antelación el día 08-03-17 a horas 9.00 A.M. al local del Juzgado, sito en el Jr. Manco Capac Nro. 234. calleria (segundo piso), bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza por autoridad policial en caso de inconcurrencia y advirtiéndose además que mediante resolución número doce, su fecha nueve de enero del 2017, por error material se ha consignado fecha de audiencia para el ocho de marzo del año 2016, siendo lo correcto ocho de marzo del año 2017 y conforme lo establece el Artículo 407º del Código Procesal Civil supletoriamente en el presente caso: “Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución (…)” y a efectos de evitar futuras nulidades, siendo ello así, CORRÍJASE la resolución numero doce, de fecha nueve de enero último en el extremo indicado. Notificándose.- Pucallpa, 24-02-17. EXP. 00675-2016. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
SAMMIA AMMIRA RAYMONDIZ FLORES y establezcan las medidas de protección a favor de la agraviada; y CONSIDERANDO: PRIMERO: El articulado 171° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al caso de autos, establece que: “la nulidad se sanciona solo por causa establecida por ley (…); asimismo la parte in fine del artículo 176° del mismo cuerpo legal, prescribe: “Los jueces solo declaran de oficio las nulidades insubsanables, mediante resolución motivada, reponiendo el proceso al estado que corresponda”. SEGUNDO: Del mismo modo, el articulado 155° del Código Procesal Civil, (…). TERCERO: De lo prolado líneas arriba, es menester advertir que el accionante interpone demanda de violencia familiar contra la presunta agresora MONICA MILUSKA FLORES RIOS, solicitando además que el Juzgador la emplace mediante edictos por cuanto se desconocía su paradero, así como advertir que la accionada no contaba con domicilio real; sin embargo en contraposición con lo solicitado por el accionante el primigenio Juez de la causa sin motivación alguna emplazó a la demandada mediante cédula de notificación en el domicilio Jirón Leticia N° 399 - Callería, tal y como así se advierte de la cédula de notificación obrante en autos a fojas 41/42 (bajo la puerta), obviando que de acuerdo al caso concreto la accionada tenía paradero desconocido hasta ese entonces, para posteriormente declarar su rebeldía mediante resolución cuatro obrante a fojas 43 dejando en completa intelección a la demandada a fin de poder ejercitar su derecho de contradicción. CUARTO: En consecuencia; habiéndose recortado a la accionada el derecho de conocer las resoluciones judiciales expedidas por el Juzgador, se deberá declarar la nulidad de todo lo actuado a nivel judicial, hasta donde se hubiere cometido el vicio y/o error y volver a notificarse a la misma mediante edictos; DECLARESE: La nulidad de los actuados debiendo retrotraerse la causa hasta folios 36, en consecuencia VUELVASE A NOTIFICAR a los sujetos procesales con la presente resolución y resolución admisoria, para tal fin; con respecto a la demandada doña MONICA MILUSKA FLORES RIOS, notifíquesele mediante edictos en Diario Oficial El Peruano y el diario regional de mayor circulación. Notificándose.- Pucallpa, 24-02-17. EXP. 01328-2015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
SEPARATA EDITADA POR EL DIARIO ÍMPETU
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI
DIARIO IMPETU 2 de marzo de 2017 2 Pucallpa, el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 0 5 , de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil catorce, a fojas cuarenta y siete; (…) la audiencia única, de fecha veintisiete de enero de dos mil quince, a fojas cincuenta y uno a cincuenta y tres, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado CARLOS LUGMAN ZUMAETA HUANIO concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, DEJANDOSE sin efecto la notificación donde se le concede el plazo de quince días, notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número cinco y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.- Notificándose.- Pucallpa, 01-02-17. EXP. 00616-2014. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 20/08/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO SIN LESION, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra FELIPE VARGAS MIÑURI, en agravio de su conviviente EVELIN BRILLITH HUAYTA FUENTES, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado FELIPE VARGAS MIÑURI, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 04, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número dos, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce, a fojas cuarenta; la audiencia única, de fecha treinta de diciembre del dos mil catorce, a fojas cuarenta y cuatro a cuarenta y seis, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado FELIPE VARGAS MIÑURI el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 05, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 06, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cuatro, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado FELIPE VARGAS MIÑURI concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, DEJANDOSE sin efecto la notificación donde se le concede el plazo de quince días, notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número cinco y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 01-02-17. EXP. 00808-2013. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/12/2010 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de MALTRATO FISICO, contra JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA, en agravio de LUZ ENERLITA
PIZANGO SHUÑA, corriéndose traslado al demandado JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado, teniendo por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, los cuales se merituaran en su oportunidad; AL OTROSI DIGO, Y MAS DIGO.- CONFIRMESE las medidas de protección inmediata y téngase presente. Mediante Res. Nº 13, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número once, de fecha treinta y uno de marzo del dos mil quince, a fojas setenta y siete; la audiencia única, de fecha trece de mayo del dos mil quince, a fojas ochenta y tres a ochenta y cinco, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele, Mediante Res. Nº 14, de fecha 13-092016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Res. Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 16, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número trece, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado JOSE LISTER PIZANGO SHUÑA concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, DEJANDOSE sin efecto la notificación donde se le concede el plazo de quince días, notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número trece y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 01-02-17. EXP. 00822-2010. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 11/03/2015 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES, en agravio de MIRELLA MELVA FERNANDEZ RUIZ, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha veinticinco de junio del dos mil quince, a fojas treinta y seis; la audiencia única, de fecha seis de agosto del dos mil quince, a fojas cuarenta y cuatro y cuarenta y cinco, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado TERCERO CUSTODIO SHUPINGAHUA FLORES concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número trece y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 30-01-17. EXP. 00225-2015. FDO. Acosta- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 67 de fecha 09/01/2017: CONTINUESE con el trámite respectivo en relación a los niños tutelados WILMER MARIO HUALINGA VASQUEZ Y FABIOLITA SILVANO SANCHEZ, para dicho fin notifíquese a las siguientes personas: GUILLERMINA VASQUEZ CARRION Y MARIO HUALINGA SUAREZ (padres biológicos del tutelado Wilmer Mario Hualinga Vásquez); en sus domicilios reales que se muestran en su ficha de RENIEC (…); Asimismo, notifíquese a la persona de LAUREANO SILVANO TAHUANIA Y MARIA ANGULO ARENAS (padre biológico y declarante de la partida de nacimiento de la niña tutelada Fabiolita Silvano Sánchez), en sus domicilios reales que se muestran en su ficha de RENIEC (…), a fin de que se apersonen al Juzgado Mixto en adicción Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Coronel Portillo, el día 23-03-2017 a horas 02:30 de la tarde, Avocándose al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notificándose.- Pucallpa, 20-01-17. EXP. 00361-2011. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO.
AVISOS JUDICIALES Mediante RES. 01 de fecha 14/05/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda (MALTRATO FISICO), interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra doña BRIGIDA DAVILA SOLSOL, en agravio de JOSE LUIS TOLENTINO SORIA, la misma que se tramitara en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIERASE traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días hábiles a efecto de que conteste la demanda en el plazo concedido, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, téngase por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos (…) Mediante Res. Nº 08, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA NULO la resolución número tres, de fecha dieciocho de agosto del dos mil catorce, a fojas treinta y ocho, la audiencia única, de fecha doce de marzo del dos mil quince, a fojas sesenta y seis y sesenta y siete, y los demás actuados correspondientes, y POR CONSIGUIENTE reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde. Concédase el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos. Mediante Res. Nº 09, de fecha 16-01-2017 CORREGIR la resolución número ocho, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO a la demandada BRIGIDA DAVILA SOLSOL concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número ocho y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 27-01-17. EXP. 00439-2013. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO. Mediante RES. 01 de fecha 07/09/2009 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR en la modalidad de VIOLENCIA FISICA en contra CARLOS PEÑA SOBRADO, en agravio de TULA MAGALI FLORES TORRES, por el plazo de cinco días hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y seguirse el tramite en ese estado, teniéndose por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos (…) Mediante Res. Nº 21, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA NULO la resolución número diecinueve, de fecha diez de julio del año dos mil quince, a fojas ciento setenta y tres, la audiencia única, de fecha veintisiete de agosto del dos mil quince, a fojas ciento ochenta y dos a ciento ochenta y cuatro, y los demás actuados correspondientes, y POR CONSIGUIENTE reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde. Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos. Mediante Res. Nº 22, de fecha 16-01-2017 CORREGIR la resolución número veintiuno, de fecha 02 de agosto del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado CARLOS PEÑA SOBRADO concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, resolución número veintiuno y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 27-01-17. EXP. 00527-2009. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO. Mediante RES. 01 de fecha 18/04/2016 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por representante del MINISTERIO PUBLICO sobre VIOLENCIA FAMILIAR contra FRED JULIO PEREZ PANDURO, en la modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de ENMA PATRICIA PINON PAREDES, en la vía de PROCESO UNICO, CONFIERASE traslado a la parte demandada FRED JULIO PEREZ PANDURO por el plazo de QUINCE DIAS hábiles a efectos de que conteste, bajo apercibimiento de se nombrarse curador procesal; notificándose mediante EDICTO con las formalidades de ley en el término de tres días consecutivos en el diario oficial y diario de mayor circulación de la localidad (…) 2.- TENER por ofrecido los medios probatorios adjuntados los cuales se admitirán o rechazaran en al audiencia única a señalarse; 3.- AL PRIMER, SEGUNDO OTROSI DIGO y TERCER OTROSIDIGO; Estese, y Téngase presente. Mediante Res. Nº 02, de fecha 16-01-2017 CORREGIR la resolución número uno, de fecha 18 de Abril del 2016 en el extremo al plazo del emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS, en consecuencia, se dispone EMPLAZAR vía EDICTO al demandado FRED JULIO PEREZ PANDURO concediéndose el plazo especial de CINCO DIAS, a fin de que se apersone para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, dejándose sin efecto la notificación donde se concede el plazo de 15 días, así como los edictos publicados, Notificándose por edictos con una síntesis del auto admisorio, y la presente resolución, y proceda a la publicación en el diario local de mayor circulación por el termino de tres días útiles con intervalo de tres días, asimismo realícese las publicaciones en la Tablilla del Juzgado por el termino de un dia, de conformidad con el Oficio Circular Nro. 021-2016-OA.CSJUC.-PJ de fecha 17 de mayo del presente año, debiendo el Asistente Judicial anexar los tres ejemplares, bajo responsabilidad. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notifíquese.-Notificándose.- Pucallpa, 27-01-17. EXP. 00593-2016. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 05/03/2012 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO RECIPROCO, contra los agresores agraviados FERNANDO ACUÑA VALENCIA y DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS, corriéndose traslado a los agresores agraviados FERNANDO ACUÑA VALENCIA y DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que contesten, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes y seguirse el trámite en ese estado. AL PRIMER OTROSÍ.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…) CONFIRMESE las medidas de
AVISOS JUDICIALES protección inmediata, a favor de los agresores – agraviados FERNANDO ACUÑA VALENCIA y DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS, AL SEGUNDO OTROSÍ.- Estando a lo que solicita, téngase como demandante al recurrente en representación de la agraviada y concédase el auxilio judicial a la parte demandante (…). Mediante Res. Nº 14, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número doce, de fecha cinco de mayo del dos mil quince, a fojas cuarenta y dos; la audiencia única, de fecha dieciocho de junio del año dos mil quince, a fojas ciento cincuenta a ciento cincuenta y dos, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase a la demandada el DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 15, de fecha 11-11-2016, CORREGIR la resolución número catorce, de fecha once de noviembre del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento a la demandada de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto a la demandada DORIS IRENE ONOFRE CAMPOS concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone para que conteste la demanda (…) AVOCANDOSE al conocimiento de la presente causa la señora juez que suscribe por mandato superior Notificándose.- Pucallpa, 19-01-17. EXP. 00085-2012. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 20/04/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía procedimental del PROCESO UNICO la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, contra FELIPE HUAMAN ROJAS, en agravio de VICTOR VICENTE HUAMAN MENDOZA, corriéndose traslado al demandado FELIPE HUAMAN ROJAS, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. NOTIFÍQUESE al citado demandado, AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…) En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 08, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número seis, de fecha treinta y uno de marzo del dos mil quince, a fojas cuarenta y ocho; la audiencia única, de fecha catorce de mayo del año dos mil quince, a fojas cincuenta y uno a cincuenta y dos, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 09, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número ocho, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado FELIPE HUAMAN ROJAS concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersonen para que contesten la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 00267-2012. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 17/10/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra JORGE ANDRE ZAPATA DASILVA, en agravio de ROMARIO SOLANO ZAPATA AMSIFUEN, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado JORGE ANDRE ZAPATA DASILVA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 07, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número seis, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil catorce, a fojas sesenta y ocho; la audiencia única, de fecha veintisiete de enero de dos mil quince, a fojas setenta y dos a setenta y cuatro, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 08, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 09, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado JORGE ANDRE ZAPATA DASILVA concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersonen para que contesten la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 01104-2013. FDO. DávilaJuez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO
JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/08/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO MUTUOS, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO y JANETH TECO RENGIFO, en agravio de ellos mismos, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO y JANETH TECO RENGIFO, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 0208-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número tres, de fecha doce de enero del dos mil quince, a fojas cuarenta y seis en el extremo que se declara rebelde; la audiencia única, de fecha once de marzo del dos mil quince, a fojas cincuenta y cinco a cincuenta y siete, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto a los demandados DIOGENES ANDRES GOMEZ SILVANO y JANETH TECO RENGIFO concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersonen para que contesten la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 00610-2014. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 17/04/2015 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra REYSER DIAZ TANCHIVA, en agravio de GLORIA LUNA LOPEZ, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado REYSER DIAZ TANCHIVA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Téngase presente(…). AL TERCER OTROSI DIGO.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). Mediante Res. Nº 06, de fecha 02-082016, SE DECLARA: NULO la resolución número cuatro, de fecha tres de agosto del dos mil quince, a fojas cuarenta y uno; (…) la audiencia única, de fecha diecisiete de setiembre del dos mil quince, a fojas cincuenta y seis a cincuenta y ocho, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 07, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 08, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado REYSER DIAZ TANCHIVA concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone para que conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 00368-2015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/06/2013 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO SIN LESION, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra GROBER JACINTO SABINO SILVA, en agravio de su ex conviviente BARIZA MENDOZA HUARAYCAMA, en la vía de PROCESO ÚNICO. CONFIÉRASE traslado al demandado GROBER JACINTO SABINO SILVA, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…) AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI.- Estando a lo que solicita, concédase el Auxilio Judicial a la parte demandante solo para la presentación de copias conforme al Artículo 17° del Decreto Supremo Nro. 002–98–JUS, Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que consagra el derecho a una vida libre de violencia (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 05, de fecha 02-08-2016, SE
DIARIO IMPETU Pucallpa, 2 de marzo de 2017
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DECLARA: NULO la resolución número dos, de fecha siete de agosto del dos mil catorce, a fojas cuarenta; la audiencia única, de fecha veintitrés de diciembre del dos mil catorce, a fojas cincuenta y siete a cincuenta y nueve, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº 06, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº 07, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número cinco, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis en el extremo al plazo de emplazamiento al demandado de QUINCE DIAS siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado GROBER JACINTO SABINO SILVA concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone para que conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 00528-2013. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 11/11/2014 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO, interpuesta por el representante del MINISTERIO PÚBLICO contra MERVIN LOPEZ CHASNAMOTE, en agravio de LILA NUÑEZ LOPEZ, en la vía de PROCESO ÚNICO. 2.- CONFIÉRASE traslado al demandado ELVIS ANTONIO GONZALES MANIHUARI, por el plazo de CINCO DIAS hábiles a efecto de que conteste, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y seguirse el trámite en ese estado. 3.- TENER por ofrecidos los medios probatorios adjuntados, (…); 4.- NOTIFÍQUESE al citado demandado, (…). 5.- AL PRIMER OTROSÍ.-Téngase presente. 6.AL SEGUNDO, AL TERCER OTROSI.- Estando a lo que solicita y atendiendo a que los actos de violencia infringe el numeral primero del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…). En orden a lo previsto en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-97-JUS, para los efectos de dictar las medidas de protección que se consideren pertinentes, de ser el caso, previamente debe determinarse si ha existido o no violencia familiar. Mediante Res. Nº 06, de fecha 02-08-2016, SE DECLARA: NULO la resolución número cinco, de fecha treinta de marzo del dos mil quince, a folios ochenta y cuatro; la audiencia única, de fecha doce de mayo del dos mil quince, a fojas ochenta y ocho, y los demás actuados correspondientes; y POR CONSIGUIENTE: reponiendo el proceso al estado procesal que corresponde: Concédase al demandado el plazo de QUINCE DIAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, notificándosele por edictos con una síntesis del autoadmisorio y de la presente resolución, por el plazo de tres días hábiles; avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que suscribe.- Mediante Res. Nº07, de fecha 13-09-2016, DADO CUENTA; Con los actuados y a la Resolución Administrativa Nro. 311-2016-P-CSJUC/PJ y apreciándose de los actuados que la resolución número Cinco no ha sido notificado a las partes NOTIFIQUESE con las formalidades de ley y cumpla el Técnico Judicial Humberto Mera Rengifo conforme a lo ordenado en la última parte de la precitada resolución. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Mediante Res. Nº08, de fecha 31-10-2016, CORREGIR la resolución número seis, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis, en el extremo al emplazamiento al demandado, de QUINCE DIAS, siendo lo correcto CINCO DIAS en consecuencia, se dispone EMPLAZAR nuevamente vía edicto al demandado MERVIN LOPEZ CHASNAMOTE concediéndole el plazo especial de CINCO DIAS a fin de que se apersone y conteste la demanda (…) Notificándose.- Pucallpa, 18-01-17. EXP. 01006-2014. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 12 de fecha 10/01/2017 DADO CUENTA: estando a la razón que antecede, y a efectos de no causar mayor perjuicio procesal a las partes, con la facultad de dirección e impulso del proceso del que está investida la Judicatura y conforme a los artículos III y V del Título Preliminar, concordante con los artículos 50° inciso primero y 51° inciso segundo del Código Procesal Civil, se dispone: REPROGRAMAR NUEVA FECHA y HORA PARA RECIBIRSE la declaración de la adolescente tutelada Elva Sofía Chávez Hualinga y de su hermano Marlo Chávez Bereca para el día 08-03-2017 a horas 10:00 de la mañana; a lo indicado, VUÉLVASE A NOTIFICAR a las partes procesales mediante cédula de notificación(…), NOTIFIQUESE la presente resolución MEDIANTE RADIO DIFUSION por espacio de tres días en el programa de mayor difusión y sintonía, la misma que deberá expedir una declaración jurada, en donde constara el texto y anuncio y los dias y horas en que se difundió, ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 169 del Código Procesal Civil, sin perjuicio también de realizarlo mediante Edictos en el Diario de Mayor Circulación de la localidad por espacio de tres días. (…) AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza Titular que suscribe por mandato Superior. Notificándose.- Pucallpa, 17-01-17. EXP. 009332015. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 08 de fecha 09/01/2017 DADO CUENTA; con la razón de la secretaria judicial que antecede, téngase presente y siendo el estado del proceso; REPROGRAMESE la declaración de DEYSI NUÑEZ QUISPE, hermana de la menor tutelada, (…); RECIBASE la declaración de SONIA NUÑEZ QUISPE, Hermana de la menor tutelada RUTH LUCIANA NULEZ QUISPE (12 años de edad) , (…) que deberá ser notificada mediante EDICTOS (Diario de Mayor circulación de la localidad, (…), señalándose fecha para el día 08-03-2017, a horas 11:00 de la mañana y encontrándose pendiente de practicarse el examen de integridad sexual a la menor tutelada, (…). AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Jueza que suscribe por mandato Superior. Notificándose.- Pucallpa, 17-01-17. EXP. 00781-2016. FDO. Dávila- Juez; Tinoco- Secretaria. 01,02,03/03/EP
EDICTO JUZGADO MIXTO EN ADICCION JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Mediante RES. 01 de fecha 07/08/2015 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO PSICO-
Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
IMPETU
GRAMA
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Open Plaza: anuncian concurso de baile para formar elenco artístico oficial
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l Open Dance 2017 es el evento que tiene como objetivo formar el primer elenco artístico oficial de este conocido centro comercial asentado en Pucallpa, y como a Zona In le gusta estar en todas, fue en busca de los organizadores. El promotor del evento, Rafael García Rengifo explicó que el Open Dance se desarrollará este mes en tres etapas: el sábado 10 desde las
cinco de la tarde se elegirán a 20 participantes mediante un casting. El sábado 18 se desarrollará la semifinal en la cual de los 20 participantes cinco clasificarán a la final que será el mismo día. De estas fechas saldrán el primer y segundo lugar quienes se llevarán grandes premios. “Esta es una oportunidad para quienes tienen aptitudes para el baile (…) Durante el concurso, se evaluará presencia escénica y creatividad
VACACIONES UTILES: AV. UNION CUADRA 20 CON JR. SANTA ROSA, INFORMES: 961542755.)
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coreográfica, entre otros puntos. Los únicos requisitos que deben cumplir es el gusto por el baile y que tengan entre 16 y 28 años de edad”, explicó. Por su parte, la encargada del área de marketing, Tessy Alache destacó la importancia de la realización de este evento. “La finalidad es rescatar, descubrir, revalorar y ser una plataforma para los talentos [en baile] que tiene Pucallpa”. (IRWING LETONA)
Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
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Buscando al demonio B1484 DIGDOB21:0023:00
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LA CARTELERA CINEMATOGRÁFICA EL ESPACIO ENTRE NOSOTROS (HD) (DOB) 15:45 / 18:00 / 20:15 / 22:30 FRAGMENTADO (HD) (DOB) 15:30 / 17:45 / 20:00 / 22:15 BUSCANDO NIRVANA (HD) (DOB) 16:00 / 18:00 / 20:00 / 22:00 LA GRAN MURALLA (HD) (DOB) 15:45 / 17:45 / 19:45 / 21:45
Cinestar Pucallpa: Jr. Raimondi Manzana 23 Lote 10- Ucayali Cinépolis Pucallpa: Av. Centenario Km. 4.7 Distrito Yarinacocha, CC Open Plaza – Segundo Nivel - Provincia de Coronel Portillo – UCAYALI - PERU. Cineplanet Pucallpa: Av. Centenario Mz 365 Lt 16, Coronel Portillo - Ucayali
ROCK DOG: EL PERRO ROCKERO (HD) (DOB) 15:45 / 16:30 / 17:30 / 18:15 / 19:15 / 20:00 / 21:00 / 21:45
BUSCANDO NIRVANA (DOB) 19:20 - 21:20 FRAGMENTADO (DOB) 15:00 - 17:30 - 20:00 - 22:30 Rock Dog El Perro Rockero (DOB) 14:30 -16:30 - 18:30 - 20:30 LA GRAN MURALLA (DOB) 15:30 - 17:50 - 20:10 - 22:40 Lego Batman: La Película 14:45 - 17:00 Cebiche De Tiburon (DOB) 14:00 - 16:20 - 18:40 - 21:00 La La Land: Ciudad De Sueños (DOB) 22:50
Artista francesa ofrecerá taller de elaboración de productos con hoja de palma
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ientras aprendía a tejer -con hojas de palma- carteras, paneras, sombreros y todo objeto producto de su imaginación, Patricia Gueyrard (64) jamás imaginó que terminaría enseñando lo mismo a un grupo de moradores de una ciudad muy lejana de su natal Marseille, en Francia. Ella, gracias a la colaboración de Helena Sanier, su com-
patriota radicada en Pucallpa desde hace un par de años y que dirige un proyecto de residencia a artistas extranjeros desde la Casa Maracuyá, logró coordinar un taller donde enseñará cómo elaborar artículos decorativos y de uso doméstico, todos hechos a base de esta bondadosa hoja. Sin invertir ni un sol; solo 30 minutos al día y ganas de hacerlo.
BUSCANDO NIRVANA (DOB) 21:30 FRAGMENTADO (HD) (DOB) 22:00 LA GRAN MURALLA (HD) (DOB) 21:00 23:00 Silencio 22:30
Este taller será dirigido a un grupo de vecinos de la Asociación de Vivienda Las Brisas, ubicado en el kilómetro 8 + 600 de la carretera Federico Basadre, quienes mostraron interés por este arte luego de verla realizar algunos objetos. “Ellos están muy animados porque es una posibilidad de aprender algo nuevo”, contó Patricia. Mientras enseña uno a uno los productos que mañana expondrá ante los participantes del taller, la también arquitecta narró emocionada que aprendió a tejer en Nueva Caledonia, un archipiélago ubicado en Oceanía. “ E s t e arte me lo enseñaron las mujeres de Nueva Caledonia. Ahora me toca compartir lo que he aprendido. La palma es muy material muy agradable”. Además, Patricia ofrecerá un taller gratuito de Origami el viernes 3 de marzo a las 4 de la tarde en la Biblioteca Municipal. (IRWING LETONA)
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POLICIAL/JUDICIAL
Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
ESTUVO 7 MESES ENCARCELADA SIN MAYORES PRUEBAS
Mujer sindicada de secuestradora de bebé recobra su libertad Después de siete meses de la privación de su libertad, Deysi Pezo Manuyama, humilde moradora del distrito de Yarinacocha y madre de 3 menores de edad; recobró su libertad, tras ser sindicada como secuestradora de una recién nacida en julio del 2016. El diario Ímpetu fue en su búsqueda y con ojos llorosos trata de buscar una respuesta sobre el proceder del fiscal Fredi Alex Arocutipa Centella, que decidió encarcelarla solo con la valoración de presunciones de Rebeca Rojas Santamaría, madre de la bebé raptada de las instalaciones del hospital Amazónico, acusación que fue corroborada por dos servidores de salud. Indica que su calvario empezó, el pasado 27 de
julio, en circunstancias que se encontraba en su domicilio, hasta donde llegó una contingente policial, para preguntar quién era Deysi Pezo Manuyama. Sin presagiar su destino, levantó la mano y la condujeron como si fuera una delincuente, ante el asombro de sus familiares. En aquel momento su vida cambió; ya no podía seguir con sus proyectos, ella se preparaba en el Cetpro Puerto Callao para convertirse en confeccionista textil. Su ingreso al penal se realizó de manera acelerada, quizás por lo mediático del caso. Ahora recuerda que durante los días que estuvo encerrada acudía a realizar el culto a Dios, a quien le solicitaba que le diera fuerzas para superar ese calvario que no desea
para nadie; solo el amor a sus hijos le dio el valor para seguir luchando. Ya recluida en el penal de Pucallpa, conoció a la verdadera secuestradora de la bebé, identificada como Elizabet Fernández Icahuate, a quien dice no tenerle rencor alguno. Con la prueba de ADN quedó aclarado que Elizabet no era la madre de la bebé, a pesar que la confundió aseverando que era hija suya, por lo que fue detenida. Todos estos elementos fueron valederos y presentados ante el Juzgado correspondiente para tramitar su excarcelación por haber sido siempre inocente. Los tortuosos días de aflicción, solo serán hoy un triste recuerdo, porque con el certificado de libertad,
Sonia Saldaña niega mal uso de dinero público La exalcaldesa de distrital de Yurúa, Sonia Saldaña Balarezo, negó a los magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones y en Adición Liquidadora, que sea responsable sobre un faltante de casi un millón y medio de soles, de las arcas de la municipalidad y se declaró inocente. CON TRES DELITOS MENOS Sonia Saldaña Balarezo, era procesada por los presuntos delitos de peculado, malversación de fondos, colusión y falsificación de documentos, y en la Segunda Sala Penal de Apelaciones que preside Américo Torres Lozano, se supo en audiencia que, de los cuatro delitos imputados, tres fueron archivados y únicamente es procesada por el presunto delito de colusión. La audiencia se suspendió para ser continuada el
próximo 13 de marzo. La exalcaldesa quedó libre del delito de peculado que señalaba desaparición de cuantioso dinero cuando era la alcaldesa de la Municipalidad de Yurúa. También quedó libre del delito de malversación de fondos y de falsificación de documentos y solo queda en pie el delito de colusión, en
donde el Ministerio Público señala que Sonia Saldaña Balarezo, se habría coludido con empresas proveedoras y constructoras para ejecutar obras que en la práctica nunca se realizaron. Pese a que tres delitos desaparecieron, se supo que aún tiene que responder por más de un millón de soles.
Deisy Pezo Manuyama, extiende sus alas de libertad, para llevar su proceso con comparecencia, de acuer-
do a los dispuesto por la titular del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, en el
caso que se le sigue por el delito contra la libertad en la modalidad de secuestro en agravio de LLPR.
FUE A RECOGER CHEQUE Y SALIÓ GOLPEADO
Denuncian a alcalde y gerente de Honoria por golpear a proveedor Un hecho muy censurable ocurrió ayer, cuando el alcalde distrital de Honoria, José Alfonso Grández Del Águila, y el gerente municipal, Miguel Ángel Rodríguez Guevara fueron denunciados como agresores de un proveedor de la entidad municipal. Iván García Rodríguez, denunció en la comisaría de San Fernando que le llamaron de la oficina de coordinación de la Municipalidad de Honoria ubicada en Pucallpa, para recabar un cheque producto de una obra realizada. Eran las 3:20 de la tarde aproximadamente, cuando el proveedor esperaba el pago y, sin embargo el alcalde se negó a entregarle el cheque. El enfrentamiento desencadenó la ira de la autoridad y le emprendió a cabezazos. Llegó el gerente municipal y también perdió los papeles, se sacó la correa y le agarró a
latigazos al proveedor. El empresario Iván Rodríguez García, asentó la denuncia en la comisaría de San Fernando, por el delito contra el cuerpo y la salud. Se conoce, que el agredido pasó revisión con el médico
legista cuyo resultado precisa heridas en el cuerpo hecho con la hebilla de la correa y hematomas en el cuerpo; hasta la comisaría también se presentó el gerente municipal involucrado. La policía determinará la responsabilidad de esta agresión.
Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
POLICIAL/JUDICIAL
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TAMBIÉN DICTAN ORDEN DE CAPTURA PARA EL PADRASTRO QUE ABUSÓ DE ELLA
Cadena perpetua para violador de su hija La Primera Sala Penal de Apelaciones en adición liquidadora, mediante resolución 14, de fecha siete de febrero del presente año, confirmó la pena máxima de cadena perpetua, expedida por el juzgado colegiado en mayo del 2016, contra Emerson Fredy Mendieta Ayala, por violar y embarazar a su propia hija, ETMM. El sujeto deberá pagar una reparación civil de 12 mil soles; además que impartieron las órdenes de ubicación y captura en contra este sujeto que se encuentra prófugo. El caso tuvo origen cuando la menor ETMM cursaba el sexto grado de primaria en la institución educativa San Francisco de Asís. En agosto del 2013, la menor evidenció un comportamiento distinto y de forma constante pedía
permiso para ir al baño y estando en los servicios se tomaba demasiado tiempo. En una de esas ocasiones su profesora fue tras ella y la encontró llorando y se fijó que su rostro estaba muy pálido. Tras casi dos horas de conversación en que la docente se ganó la confianza de la menor, desahogó su tristeza y le contó lo que le sucedía. LA VIOLARON PADRE Y PADRASTRO Con detalles coherentes, y siempre sin dejar de llorar, dijo que primero había sido violada por su padrastro Sixto Ramos Montalvo, desde cuando ella tenía cuatro años de edad y tras la separación de su madre de éste, ella quedó al cuidado de su padre, Emerson Fredy Mendie-
DEBE SABER La Primera Sala Penal de Apelaciones cursó los oficios hacia la División de Apoyo a la Justicia para que proceda a la ubicación y captura de Emerson Fredy Mendieta Ayala. Además, remitieron copias al Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones contra Sixto Ramos Montalvo, el padrastro de la niña quien también ultrajó a la menor.
Padre, Emerson Fredy Mendieta Ayala. ta Ayala, a fines del año 2012. A menos de un año que estaba al cuidado de su padre, una noche Emerson Fredy Mendieta Ayala, llegó a su casa de la segunda cuadra del Jr. Urubamba y al encontrar a su hija durmiendo la violó, pese a que ella lloraba y suplicaba que no la lastimara. Desde entonces cada
vez que su padre repetía el ultraje, la menor se deprimía y sufría en silencio. Las veces que salía del aula, lo hacía para ir al baño y llorar a solas. Entonces lo que no hizo la madre de la menor, la maestra si lo hizo. Acudió junto a la niña hasta la comisaría de Pucallpa en donde con presencia de un fiscal de
Padrastro Sixto Ramos Montalvo. la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, narraron el caso denunciado. AGRAVIADA SE RETRACTÓ La Primera Sala Penal de Apelaciones consideró además que la menor ETMM, habría sido convencida por su progenitor para que no lo
perjudique y en audiencia pretendió ayudarlo asegurando que olvidó la primera acusación suya contra su padre. En este caso, los magistrados cuya sala está presidida por Frederick Rivera Berrospi, e integrada por Barreda Rojas y Aquino Osorio, le dieron credibilidad a su primera acusación.
DEFENSA TÉCNICA INSISTIÓ QUE POLICÍAS “SEMBRARON” ARMA
Fiscal pidió se declare infundado cese de prisión contra dos presuntos asaltantes El fiscal Emilio Santacruz, solicitó en audiencia pública se declare improcedente el pedido de cese de prisión preventiva contra los hermanos Gilder y Ricardo Ruiz Novoa, quienes se encuentran encarcelados por el presunto delito contra el patrimonio. El representante del Ministerio Público, precisó que era la segunda vez en que se les debe negar el derecho a la libertad, por cuanto no se habían presentado nuevos elementos para que accedan a ese principio. La defensa técnica, explicó que el nuevo elemento a considerarse era que en agosto del 2016 declararon que el 28 julio del 2016, fecha en que se produjo un incidente a balazos en donde una persona resultó herida, el procesado Ricardo Ruiz Novoa estaba en su casa y Liliana Alegría dijo que estaba en su negocio. En tanto explicó que el efectivo Darlin Ruiz Tuesta,
entró en contradicciones al señalar que al intervenido Ricardo lo hallaron a cinco metros de casa con un arma en su cintura, mientras que el otro efectivo habría dicho que el arma lo halló cuando ingresaron a su vivienda. Para la defensa técnica el arma fue “sembrada” y por eso pide cese de prisión preventiva, por las contradicciones en que habrían incurrido los efectivos al detallar la intervención. Mientras tanto, el Ministerio Público, precisó que habrá que considerar testigos directos e indirectos y tienen que ser precisos. Para el caso de Manuelina Pérez Ovando, dijo como testigo indirecto solo conoce a Ricardo. Recordó que ambos están presos por el presunto delito de robo con la agravante de marcaje y reglaje a un funcionario de municipalidad de San Alejandro. En tanto que la testigo Lilian Ho Alegría dijo que conoce a
chino Richard por tener negocios en común con préstamo de dinero. Gerson Chu Oroche, al acudir como testigo dijo que son allegados porque pres-
tan dinero y el fiscal dejó en claro que eso lo descalificaba. En cuanto a la versión del arma, el fiscal precisó que esa fue encontrada en
la cintura del procesado Ricardo conocido como chino Richard y que pese a que dijo no sabe manejar un arma, los exámenes dirían lo contrario.
ABSORCIÓN ATÓMICA DELATA El 26 de enero 2017 fue recabado dictamen el arresto de disparo en absorción atómica dan resultado de plomo, antimonio y bario en ambas manos de Ricardo Ruiz Novoa. En tanto que la fiscalía pidió que la homologación del proyectil encontrado en Samuel Tolentino Leandro, herido con el arma el día del incidente. En un momento la Juez Julia Orozco, tuvo que enfatizar que la defensa técnica tenía que limitarse a explicar sobre los elementos que cuestionaba, a lo cual la defensa dijo que en el caso solo existía una sindicación. Finalmente, el fiscal pidió que los debates deben sostenerse con absoluto respeto. La jueza Julia Orozco, suspendió la audiencia señalando que notificó a las partes su resolución.
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Nuestro amigo Alexander Pérez Espejo se encuentra cumpliendo año s hoy y lo pasará con sus familiares y amistades, quienes le desean éxitos y parabienes. Saludo especial de su esposa . En la foto lo vemos con la estrella del Flamengo, Christian Cueva.
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AJO! ¡HASTA AB iego nD Así le diero s ri Flores y C ienes u Davila, a q on el c captamos ctivo, ra lente inte en: solamente
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Pucallpa, jueves 2 de marzo de 2017
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