LA ORDENACIÓN PESQUERA EN VENEZUELA RELACIONADA CON EL COMERCIO PESQUERO ATUNERO: LAS ORGANIZACIONES FUNDATUN Como parte del programa de pasantías y prácticas profesionales administrativas de la Dirección de Proyección Social del Estudiante de la Universidad Alejandro Humboldt se incorporó al equipo de la Fundación, como pasante en el área de comercio internacional, al Br Douglas Alexander Issele Delgado; teniendo como finalidad que se formase en los procesos del comercio internacional de la actividad atunera. El presente artículo corresponde a uno de sus primeros trabajos, relacionado al conocimiento de las organizaciones e instituciones vinculadas a la ordenación del sector en Venezuela; información básica y necesaria para la compresión de la actividad en el país que creemos necesario compartir por esta vía.
El Decreto 1.408 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura, del 13 de Noviembre de 2014 (Gaceta Oficial 6.150 Extraordinaria), es actualmente el marco legal de la actividad pesquera en Venezuela y tiene como objeto regular y organizar el sector pesquero y de acuicultura a nivel nacional. El Artículo 1 de esta Ley define cuál es su finalidad y objetivos a nivel nacional. “Artículo 1. Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto regular el sector pesquero y de acuicultura para asegurar la soberanía alimentaria de la Nación, especialmente la disponibilidad suficiente y estable de productos y subproductos de la pesca y la acuicultura dirigidos a atender de manera oportuna y permanente las necesidades básicas de la población. A tal efecto, establecerá las normas a través de las cuales el Estado planificará, promoverá, desarrollará y regulará las actividades de pesca, acuicultura y conexas, en base a los principios rectores que aseguren la producción, la conservación, el control, la administración, el fomento, la investigación, el aprovechamiento responsable y sustentable de los recursos hidrobiológicos, teniendo en cuenta los aspectos biológicos, tecnológicos, económicos, sociales, culturales, ambientales y de intercambio y distribución solidaria.”
A partir del año 2015, el Ejecutivo Nacional inició el proceso de restructuración administrativa amplio en este sector agroalimentario; el cual deriva en el anunció INSTITUCIONES del Presidente de la Republica en el Consejo Presidencial de Campesinos y Pescadores, del 15 de diciembre de 2015, de la creación del Ministerio del Poder NACIONALES Popular para la Pesca y Acuicultura (MPPPA o MinPESCA) para el fortalecimiento del sector pesquero y acuícola del país y designa al Almirante Ángel Belisario como su primer ministro.
ORGANISMOS E
A los efectos del comercio, en la Ley se señala que “el ministerio del poder popular con competencia en materia de pesca y acuicultura coordinará, oída la opinión del ministerio del poder popular con competencia en materia de alimentación y demás autoridades competentes, la construcción, distribución y supervisión del funcionamiento de la infraestructura de intercambio, distribución y comercio desarrolladas por las cadenas agroproductivas de origen pesqueras y acuícolas, a los fines de promover el desarrollo social de las comunidades, la soberanía alimentaria y la satisfacción de las necesidades básicas de la población”. Adscrito al este ministerio está el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA), de anterior formación al ministerio; pues esta denominación surge de una segunda modificación, realizada en el 2008 con el Decreto N° 5.930 (Gaceta Oficial N° 5.877 Extraordinaria), a la Ley del 2001 que fuera promulgada en el Decreto N° 1.524 (Gaceta Oficial N° 37.323). Sus orígenes se remontan a un departamento dentro de la Dirección de Economía Agrícola, que luego pasa a formar parte de la División de Caza y Pesca de la Dirección de Recursos Naturales, dentro del Ministerio de Agricultura y Cría (MAC); posteriormente se convierte en la Oficina Nacional de Pesca, dependiente de la Dirección de Gabinete del MAC hasta 1976, año en que se le confiere la jerarquía de Dirección General Sectorial de Desarrollo Pesquero; que subsiguientemente cambia para ser la Dirección General Sectorial de Pesca y Acuicultura en 1985; transformándose en 1993 en el Servicio Autónomo de los Recursos Pesqueros y Acuícolas (SARPA); que luego adopta la denominación que le antecede a la actual de Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INAPESCA). El instituto nace con el objeto de erigir las bases de una nueva forma de relación entre el Estado y el Pueblo, rompiendo paradigmas en la actividad de la pesca y acuicultura, bajo la premisa de que debe privar la intensión de garantizarle al pueblo venezolano las proteínas provenientes de nuestro ecosistema acuático, por encima de cualquier interés de lucro, impulsando novedosas formas de organización popular y estableciendo nuevos mecanismos de participación de los principales protagonistas de esta actividad productiva, el pescador y el acuicultor y tiene entre sus competencias generales, el promover y desarrollar de manera integral la pesca y acuicultura; asegurar la disponibilidad suficiente y estable tanto de productos, como subproductos pesqueros y