Skip to main content

Clasificados

Page 1

Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CLAsiFiCADOs Reid y Compañía. 809-562-7211 ext. 2185

Hyundai Tucson 2014 RD$865,000 Transmisión automática- Gris- Motor 2.0, 4 cilindros

Ford Mustang GT 2013 US$32,000 Transmisión mecánica- Gris oscuro- Motor 5.0, 8 cilindros, Supercharged

Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automáticaBlanca4WD-Motor 3.6, 6 cilindros

rD$4,200,000

Jardines del Sur - sólo 2 PENTHOUSE disponibles. (A) 210 metros , 3 Hab, 2.5 Baños, Separa con el 10%. Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578

rD$365,000

Toyota Corolla 2005, Tel: 809-534-7121, 829-836-0443

Próximo a Carrefour 200 metros, 3 hab, 3.5 baños, Separa con el 10% y completar el 20% contra entrega!, Inf. Jordi Amargós 829-766-1709

rD$300,000

Nissan Sentra 2007, Tel: 809-534-7121, 829-836-0443

rD$450,000

Toyota Highlander 2005, Tel: 809-5347121, 829-836-0443

CLASIFICADOS 13


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL

AVisOs LeGALes AVISO DE AUDIENCIA DE SANEAMIENTO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO MENSURA CATASTRAL

Se les informa y emplaza a todos a quienes le pueda interesar de la audiencia pública de saneamiento, que ha sido fijada para el día trece -13- de septiembre del año dos mil dieciocho -2018-, a las nueve (9:00) horas de la mañana, la cual será celebrada por ante el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Montecristi, situado en la calle Pimentel No. 107, Segundo Nivel, del Palacio de Justicia de Montecristi, a los fines de conocer del Proceso Judicial de Saneamiento del inmueble identificado como Distrito Catastral No. 04, del municipio de Dajabón, provincia de Dajabón, resultando la posicional No. 211664902929, con una superficie de 143,130.09 metros cuadrados (DONDE SE ENCUENTRA LA FORTALEZA BELLER, ERD), la cual colinda al Norte con Olga Fernández Rodríguez y Paco Recio Recio; al Este con la Lic. Solangi Tavarez Tavarez y Barrio Militar representado por Pedro Pérez Pérez; al Sur con la avenida Presidente Henríquez y con el Barrio Militar representado por Pedro Pérez Pérez; y al Oeste con El Ayuntamiento Municipal de Dajabón, Víctor Moya Franco, Caonabo Fondeur y Feliciano Minaya Javier. Dicha reclamación ha sido realizada por EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, quien tiene como abogados constituido a los LICDOS. CRISTINA ACTA E IVÁN KERY, con estudio profesional común abierto en la Calle Caracol No. 2 (segundo nivel) del Sector Mirador Norte de Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde hace elección de domicilio el reclamante para todos los fines del proceso judicial de saneamiento.

De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la ley 1306-BIS se hace de público conocimiento lo siguiente: Que por ante el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional, República Dominicana, en fecha Veinticinco (25) del Mes de Agosto del Año 2017, se procedió a pronunciar el divorcio entre los señores FELIX OCTAVIO DE JESUS DE LOS SANTOS y ELIZABETH ROQUEZ CESPEDES, por la causa de Mutuo Consentimiento entre las partes, el cual ha sido inscrito en el libro No. 00004, Folio No. 0119, Acta No. 000360, del Año 2017, según Certificación expedida en fecha Treinta y Uno (31) del Mes de Agosto del año 2017, por la referida Oficialía de Estado Civil, dicho divorcio fue dictado mediante Sentencia No. 532-2017SSEN-01397, de fecha Veintiocho (28) del mes de Julio del Año Dos Mil Diecisiete (2017), dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia. A los Veintiséis (26) días del Mes de Septiembre del Año Dos Mil Diecisiete (2017).

EXP. 662201808221 Se avisa que el día 07 de septiembre 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE Y SUBDIVISION en la parcela 916 D.C. 03 ubicada en el municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 07/08/2018 propiedad de RAFAEL LORA quedan citados los colindantes y demás interesados.

LICDOS. CRISTINA ACTA E IVÁN KERY, Abogados del Reclamante.

LIC. CLODOMIRO DE LA ROSA DEL CARMEN, Abogado Apoderado.

FC 361183

FC 361163

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio en la Rep. Dom. se hace de público conocimiento que en fecha siete (07) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018) LA QUINTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL ASUNTOS DE FAMILIADEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, dictó en sus atribuciones civiles la sentencia civil No. 01010-18, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO, entre los señores SOBEYDA OGANDO FAMILIA y ADELSON JOSE PEÑA LOPEZ, conforme a las estipulaciones y convenciones pactadas entre ellos, según acto número 18-2018, folio 16, instrumentado en fecha treinta (30) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), por ante la LICDA. MARIBEL ALTAGRACIA SANCHEZ, abogada Notario Público de los del número para el Municipio de Santiago. SEGUNDO: ORDENA que los señores SOBEYDA OGANDO FAMILIA y ADELSON JOSE PEÑA LOPEZ, o el que haga de parte más diligente, procedan a transcribir esta sentencia y a pronunciarla en término legal, y que se cumplan los demás requisitos que prescribe la ley. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas por tratarse de un procedimiento entre esposos. I POR NUESTRA SENTENCIA ASÍ SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA, FIRMA, Y PUBLICA, FIRMADOS: la magistrada EUGENIA ELIZABETH ALVAREZ RODRIGUEZ, Jueza, HEIDY NUÑEZ, Secretaria General. El presente divorcio fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Santiago, quien procedió a su transcripción en el libro de Registro de Divorcio No. 00013, folio No.0009, bajo el acta No. 001204, del año 2018, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago a los veintidós (22) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Para general conocimiento y en virtud de las disposiciones del artículo 28 de la ley de divorcio 1306-bis, se hace saber que en fecha 30 de mayo del año dos mil dieciocho (2018), la OCTAVA SALA DE LA CAMA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, en asuntos de familia, dictó la sentencia No.00971-18. FALLA: PRIMERO: Admite el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores PABLO RAFAEL MEJIA TIO Y ANA OBELGICA TIO BREN, de conformidad con el acto de Convenciones y Estipulaciones No. 49/03/2018, de fecha 26/03/2018 de Marzo del año dos mil dieciocho (2018), firmado por ellos ante LA DRA. MIRIAM DEL S. COLON DE LA CRUZ. SEGUNDO: Ordena a los esposos o al más diligente de ellos, PRONUNCIAR EL DIVORCIO por ante el OFICIAL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL. TERCERO: Compensar las costas del procedimiento entre los esposo, así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: Firmado por la Magistrada DAISY MIGUELINA ABREU URBAEZ, asistida de la SECRETARIA ROSA ENCARNACION FERRERAS, que certifica. Que en fecha 07 del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018), por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, fue pronunciado el Divorcio para ser transcribió según Libro No.00020, de Registros de Divorcio, Acta No.0011743, Folio No.0103, Año 2018 por la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de Santo Domingo, Distrito Nacional.

LICENCIADA MARIBEL ALTAGRACIA SANCHEZ ABOGADA

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306 Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Siete (07) de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018), mediante la Sentencia Civil No. 00188-2018, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Se pronuncia el defecto contra el esposo demandado RAFAEL ALBERTO BASORA ARRIAGA, por no comparecer no obstante citación legal; SEGUNDO: Se admite el divorcio entre los esposos JASMINE PEÑA GOMEZ y RAFAEL ALBERTO BASORA ARRIAGA, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, y en consecuencia autoriza a la esposa a obtener de la Oficialía Civil correspondiente el pronunciamiento del divorcio y a cumplir con las demás formalidades exigidas por la ley; TERCERO: Se compensan Pura y Simplemente las costas por tratarse de una litis entre esposos; Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia ordena manda y firma: Firmados RICHARD DARIO ENCARNACION (Juez) y MIRTA M. SANCHEZ (Secretaria). Así mismo se hace de público conocimiento que en fecha Veinte (20) de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Sabana Larga, San José de Ocoa, se procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00006, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0067, Acta No. 000411, Año 2018, efectuándose así el pronunciamiento de dicho divorcio. La presente publicación ha sido autorizada por el LIC. SILVIO M. MARTINEZ SANCHEZ, abogado apoderado de la parte demandante.

LIC. SENEIDA CASTILLO C. DE CASTILLO, Abogada. FC 361165

Para general conocimiento y en cumplimiento con lo que dispone la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber: Que la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó en fecha 9 de mayo del año 2018, una sentencia de divorcio, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre ALAN SIDNEY LOCKHART y CELESTE PILAR RAMIREZ PERDOMO. SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; TERCERO: Compensa las costas del procedimiento. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: Firmados: DAISY MIGUELINA ABREU URBAEZ, Juez y ROSA ENCARNACION FERRERAS, Secretaria. El divorcio admitido por la sentencia que antecede ha sido pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, y transcrito en el Libro No. 00020 de Registro de Divorcio, Folio No. 0123, Acta No. 001753, en fecha 8 del mes de agosto del año 2018.

DR. GABRIEL ANT. ESTRELLA MARTINEZ, Abogado.

LIC. SILVIO M. MARTINEZ SANCHEZ, Abogado. FC 361160

FC 361157

WALFRY FRANCISCO LABOUR GUTIERREZ Agrimensor Contratista CODIA 27344 (PLM-AC-13838-PC-1/2)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201808223 Se avisa que el día 07 de septiembre 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE en la parcela 151 D.C. 03 ubicada en el municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 07/08/2018 propiedad de SUEHIRO NAKAGAWA quedan citados los colindantes y demás interesados. LETICIA DEL CARMEN CASTILLO DURAN Agrimensor Contratista CODIA 27768 (PLM-AC-13838-PC-2/2)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 6622018042919 Se avisa que el día 3 de septiembre 2018 a las 8:30 a.m. iniciaremos el DESLINDE de 192m2 en la parcela 41 D.C. 5 ubicada en la calle Los Limones casa no.4 Residencial Arboleda II municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 21/08/2018 propiedad de RAMONA ALTAGRACIA HERNANDEZ GARCIA DE SEVERINO quedan citados los colindantes y demás interesados. JONATHAN R. GUTIERREZ JEREZ Agrimensor Contratista CODIA 36684 (AC-13839-PC)


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 662201807885. Se avisa que el día 10 de septiembre 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO en el D.C. 03, ubicada en la calle Ramón María Piña aprox. 90m de la Ave. Libertad municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 09/08/2018 propiedad de JOSE PEÑA PEREZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 661201803709 Se avisa que el día 04 de septiembre 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE en la parcela 1874 D.C. 7 ubicada en la calle Bartolo Reinoso del Res. Paraíso municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 22/08/2018 propiedad de GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA Y RAQUEL FRANCO JAVIER DE PADILLA quedan citados los colindantes y demás interesados.

NELSON CESAR MILIAN CAPELLAN Agrimensor Contratista CODIA 5838

JOSE FELIX ACEVEDO CABRERA Agrimensor Contratista CODIA 26145

(IMG-ACFF-B099-PC-1/2)

(GAP-AC-13840-PC-3/3)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE INCORPORACION DE ONG

EXP. 662201808129 Se avisa que el día 10 de septiembre 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO en el D.C. 02 ubicada en la comunidad del Rio Constanza aprox. 60m del camino La Jagua municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 17/08/2018 propiedad de RAMON ROBERTO RAMIREZ CALDERON quedan citados los colindantes y demás interesados.

Se hace de público conocimiento que ha sido incorporada conforme a la Ley 122-055 de fecha 8 de abril del 2005, la sociedad IVAN CUELLO BASEBALL ACADEMY, por tiempo indefinido, la cual se dedicará a realizar programas de capacitación entrenamiento y firma de prospectos de Baseball, así como cualquier otra disciplina deportiva, mediante resolución No. IONG007-2017, de fecha 27 de abril del 2017, de la Procuraduría General de la Corte de Apelación, depositas en la Secretaría del Juzgado de Paz y la Cámara Civil y Comercial de la Primera Circunscripción de la provincia Santo Domingo, en fecha 09 de mayo del 2017, los fundadores son RAFAEL IVAN CUELLO SALDAÑA, (Presidente); GLADYS DEL CARMEN FELIZ PIMENTEL, (Vice-Presidenta); DEIVIS J. LOPEZ FELIZ, (Tesorero); JORGE CUELLO FELIZ (Vocal); KEILYN Y. URBANO FELIZ, (Secretaria); INOCENCIO URBANO FELIZ, (Vocal); HIPOLITA RAMIREZ CUEVAS, (Vocal). Esta publicación ratifica la realizada en fecha 11 de septiembre del 2017.

NELSON CESAR MILIAN CAPELLAN Agrimensor Contratista CODIA 5838

DRA. GLADYS FELIZ PIMENTEL, Vice-Presidenta.

(IMG-ACFF-B099-PC-2/2)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 661201803708 Se avisa que el día 04 de septiembre 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE en la parcela 57 D.C. 7 ubicada en el Residencial Aurora municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 22/08/2018 propiedad de YAJAIRA BAUTISTA MARMOLEJOS quedan citados los colindantes y demás interesados. GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13840-PC-1/3)

FC 361162

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO De conformidad con los Artículos Nos. 92 de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario y 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, Hacemos de Público Conocimiento que se ha Extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 4000271097, Duplicado del Dueño Correspondiente a la Designación Catastral Identificada como Parcela 406494033507, del Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís, con la Superficie de 234.491 Emitido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 19 de Octubre del año 2016, Libro 0381, Folio 176, a favor del SR. ARIS LUIS TINEO ALMONTE.

DR. DOMINGO ERASMO REYES FIGUEREO, Abogado-Representante.

AVISO MENSURA CATASTRAL

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

EXP. 661201803711 Se avisa que el día 04 de septiembre 2018 a las 11:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE en la parcela 18-A-2 D.C. 7 ubicada en el Sector Altagracia municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 22/08/2018 propiedad de LEONARDO MANUEL BAUTISTA RAMIREZ E IVELISSE MERCEDES CHAVEZ MENA quedan citados los colindantes y demás interesados.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 2600062942, emitido por BanReservas, por un valor de RD$50,000.00 (Cincuenta Mil Pesos con 00/100), emitido en fecha 29-12-2011, a nombre de MIGUELINA YAMILER JAVIER CALZADO, Cedula 402-20686337. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente.

GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13840-PC-2/3)

PUBLICACIÓN FINAL DE RECONOCIMIENTO LEGAL CENTRO DIOCESANO DE ASISTENCIA JURÍDICA CEDAJUR San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, Rep. Dom. Según el Art. 4 de la Ley 520 del año 1920, modificado por la Ley 122/05 de fecha 8-4-2005 y La Ley 78-03, se hace de público conocimiento que en fecha 5-7-2018, por Resolución Núm. 0014-2018 del Magistrado Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana, se ha concedido el beneficio Legal de Incorporación a El CENTRO DIOCESANO DE ASISTENCIA JURÍDICA, CEDAJUR del Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, República Dominicana, andado: 22-06-1992, con una duración por tiempo indefinida, con su domicilio en la Calle San Juan Bautista No.42, San Juan de la Maguana, Prov. San Juan, República Dominicana y tiene como Objetivo fundamental “entidad sin fines de lucro, dedicada a contribuir a la formación de una nueva conciencia y practicas jurídicas, orientadas hacia la promoción y respeto de la defensa de los derechos humanos, dignidad de las personas y de las organizaciones, grupos e instituciones de los sectores pertenecientes más empobrecidos y excluidos de la sociedad, promocionar educación y acompañamiento, asesoría y asistencia jurídica, a los sectores empobrecidos y excluidos de la sociedad dominicana; entre otros. Para lograr estos objetivos desplegará las siguientes acciones: a) contribuir al desarrollo de la Pastoral de Derechos Humanos en la sociedad dominicana, a través de acciones que impulsen el conocimiento de los deberes y derechos de los ciudadanos, en especial de los más débiles y empobrecidos, sobre problemáticas de ciudadanía que afectan su acceso a una vida digna. b) Impulsar el fortalecimiento y crecimiento de las organizaciones, grupos e instituciones con las que trabaje, como forma de coadyuvar a sus iniciativas y eficientizar los servicios de la institución. c) Fortalecer y mantener la asesoría en aspectos jurídicos en las distintas arquidiócesis y diócesis del país, para dar respuestas oportunas a las demandas de los sectores más pobres; entre otras que contempladas en sus estatutos. La Asamblea constitutiva celebrada en fecha 25-01-2017, eligió la directiva por Dos (2) años: Monseñor José Dolores Grullón Estrella, Presidente; Dra. Reyita De Oleo Montero, Directora/Secretaría; Revdo. Padre Luis Emilio Del Rosario Adames, Vice Pte/ Asesor Diocesano; Srta. Charielis Adames Adames, Tesorera; Licdo. Fredan Rafael Peña Reyes, Dpto. de Litigios; Licda. María Altagracia Arias, Ene. Zona Azua; Dra. Berkis Jacqueline Ramírez de la Rosa, Ene. Zona Centro San Juan; Dr. Manuel Antonio Ramírez Suzaña, Dpto. Asesoría Legal; Licda. Mayra Rebeca Villegas Oviedo, Ene. Área Educación; Licdo. Antonio García Lorenzo, Ene. Zona Elías Piña. Fueron depositados los documentos de Ley en fecha en Juzgado de Paz y Cámara Civil, Comercial y del Trabajo del Distrito Judicial de San Juan.

Monseñor José Dolores Grullón Estrella Presidente CEDAJUR Este Procedimiento es llevado por la Dra. Reyita De Oleo Montero FC361174

LEGAL 15

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADOS DE ACCIONES Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de acciones No. 8290 de fecha 11/04/2013, contentivo de 2,797 acciones clase “O” expedido por GRUPO BHD, S.A. a favor de GUSTAVO ALBERTO VERGARA RESTREPO, La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente en Santo Domingo, Distrito Nacional a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Quien suscribe el señor Vicente Caraballo Ramón portador de la cédula de identidad No.-0650020253-3, localizado en los teléfonos 829-798-5753, por este medio hago de publico conocimiento, que procederé a solicitar en el Comando Naval de Capitanías de Puertos y Autoridad Marítima, ARD., la matriculación para uso personal de un bote de pesca la cual se le dará el nombre de “CARABALLO, CARABALO-1 y/o CARABALLO-2”, el mismo se encuentra actualmente en la playa de las terrenas, dicha embarcación la obtuve mediante una compra verbal sin ningún tipo de documentos hace aproximadamente 12 años. Por lo que se le solicita a cualquier persona que tenga derecho o conozca a su propietario, indicarle el lugar donde se encuentra la embarcación, para que se presente a reclamarla, ya que después de 15 días de haber sido colocado el presente anuncio, se procederá a dicha solicitud ante el indicado Comando Naval, para el derecho a uso, reconstrucción de la citada embarcación, del mismo modo se le hace de conocimiento, que libero de toda responsabilidad a la Armada de República Dominicana, por la obtención de dicha matricula cuya embarcación me comprometo a entregarla en caso de presentarse su propietario. FC361177

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 6622018043427, Autorización de fecha veintidós (22) de Agosto del año dos mil dieciocho (2018). Se hace de público conocimiento que el día siete (7) del mes de Septiembre del año 2018 a las 8:00 AM, se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente a la Mensura para deslinde del inmueble identificado como Parcela No.208, del D.C No.12, ubicado en municipio de San Felipe de Puerto Plata, Provincia Puerto Plata, Terreno propiedad de NENO INDUSTRIAL, S.R.L., RNC No.1-3010842-2. Llamamos a todo interesado para que estén presentes a la hora y día indicado en este aviso. FREDDY ANTONIO ABREU HERNANDEZ Agrimensor contratista CODIA No. 05415

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 6622018043451 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 22 de agosto del 2018, a petición del Sr. Juan Zapete Aragonés. Se avisa al público en general, Que el día 3 de septiembre del 2018, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la parcela No. 25, del D.C. No. 5, del municipio de Sosua, provincia Puerto Plata, Ubicada en la calle principal de Cabarete.

Agrm. Miguel Santo Delance Ureña Codia 23375

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE Se Hace Público Conocimiento Que El Día 11 De Septiembre Del 2018, A Las 09:00 A.M. Se Realizarán Los Trabajos De Deslinde En La Parcela No. 02, Del DC No. 13, Ubicada En La Calle Principal, Sector La Colonia, En El Municipio De Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201803568, Propiedad De La Señora: ESPERANZA ORTEGA. Agrim. Luis Urbaez M., Codia 36475. Teléf. 829 540 2756. Email: Urbaez.luis@gmail.com

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE

En virtud del artículo 86, letra B, del Reglamento de Registro de Títulos, se hace de publico conocimiento, que se ha extraviado el Certificado de Titulo No. 98-16, expedido en fecha 27 de enero del 1998 por el Registrado de Títulos de Bani, correspondiente a la parcela 3826-SUBD-4-REFUNDIDA-MODIFICADA del Distrito Catastral No. 7 del Municipio de Samaná, R.D., expedido a favor de la compañía BAYAHIBE CORPORATION, S.A, con una extensión superficial de,1Ha, 22 As, 12 Cas, dentro de los linderos siguientes: Al norte P.3826 resto3826-5; Al Este Camino, P.3827; al Sur, calle y al Oeste P. 3826-B. Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez.

Se Hace Público Conocimiento Que El Día 04 De Septiembre Del 2018, A Las 11:00 A.M. Se Realizarán Los Trabajos De Deslinde En La Parcela No.19, Del DC No. 13, Ubicada En Calle En Proyecto, Sector La Altagracia, En El Municipio De Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201803567, Propiedad De la señora YAJAIRA ELIZABETH CASILLA MIESES DE MENDOZA.

Lic. Ángel Casimiro Cordero Abogado Apoderado

Agrim. Luis Urbaez, Codia 12753. Teléf. 829 584 2506. Email: Urbaez.luis@gmail.com


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE

AVISO DE TRABAJOS DE PLANO DEFINITIVO

Se Hace Público Conocimiento Que El Día 04 De Septiembre Del 2018, A Las 10:00 A.M. Se Realizarán Los Trabajos De Deslinde En La Parcela No. 02, Del DC No. 13, Ubicada En La Calle El Sol, Sector Libertad, En El Municipio De Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201803705, Propiedad De La señora: MILAGRO PAULINO DIAZ DE RODRIGUEZ.

Se hace de público conocimiento que en fecha 10-SEPTIEMBRE-2018, a las 10:00 a.m. se están realizando los trabajos de PLANO DEFINITIVO en la Parcela No. 313 del D.C. No.03, en el Municipio YAGUATE, Provincia SAN CRISTOBAL, a petición de: DEMETRIO LLUBERES VIZCAINO y ROSA PEÑA GARCIA. Expediente 6642018046273.

Agrim. Luis Urbaez A., Codia 12753. Teléf. 829 540 2756. Email: Urbaez.luis@gmail.com

AGRIM. FRANCISCA MERCEDES EUSEBIO MARTINEZ, Agrimensor – Contratista. Codia No. 28612.

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

Se hace de público conocimiento que en fecha 24-JULIO2018, a las 9:00 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 110-REF-780, del D.C. No.04, en el Municipio SANTO DOMINGO OESTE, Provincia SANTO DOMINGO, a petición de MARIA ALTAGRACIA VARGAS JEREZ DE ESPINAL. Expediente 6632018025173.

Se hace de público conocimiento que en fecha 12-SEPTIEMBRE-2018, a las 10:00 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 104 del D.C. No.04, en el Municipio SAN CRISTOBAL, Provincia SAN CRISTOBAL, a petición de: JOSUE BENJAMIN SANTANA ASENCIO. Expediente 6642018045609.

AGRIM. JOSE RADHAMES PARRA COLON, Agrimensor – Contratista. Codia No. 29713.

AGRIM. FRANCISCA MERCEDES EUSEBIO MARTINEZ, Agrimensor – Contratista. Codia No. 28612.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 ley No.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por Ley 2153 de 1949, el señor ILDEFONSO ARIZA LOPEZ, Español, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en España y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D. pasaporte No.XD458798, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LIC. MARIBEL VIÑAS ACOSTA, cédula No. 047-0014080-1, con estudio profesional abierto en el No.29 de la Calle Las Carreras, Edif. Madeline de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARJHORIE HELEN PARDO VILLAVICENCIO, cuyo último domicilio conocido lo fue en este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 28 del mes de AGOSTO del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 10 del mes de SEPTIEMBRE del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 23 días del mes de AGOSTO del año 2018.

En cumplimiento del Art. 22 ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor JUAN CARLOS VENTURA AMPARO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. cédula No.0490051056-3; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. LUIS ANTONIO PAULINO VALDEZ, con estudio profesional abierto en el No.51-A de la Duvergé, de esta ciudad de La Vega, cédula No.047-0017272-1, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora FIONA DHANWATIE DEEGES, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle 13 sector San Martín de la ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 28 del mes de agosto del año 2018 a las 9:00 a.m. Así como en la Secretaría y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 10 del mes de septiembre del año 2018 a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, República Dominicana, a los 23 días del mes de agosto del año 2018.

LIC. MARIBEL VIÑAS ACOSTA, Abogada apoderada de la parte Demandante.

LIC. LUIS ANTONIO PAULINO VALDEZ, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RC-7048-CEA-23-24-25/08/2018)

(AC-13828-DA-23-24-25/08/2018)

ASOCIACIÓN DOMINICANA DE FOTÓGRAFOS DE LA NATURALEZA INCORPORADA (ADFONA) RNC 401-50624-4

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA En virtud de lo que disponen los artículos 22 y 27 de los estatutos de la ASOCIACIÓN DOMINICANA DE FOTÓGRAFOS DE LA NATURALEZA INCORPORADA, se convoca a todos los miembros a la Asamblea General Ordinaria a ser celebrada el jueves 30 de agosto de 2018, a las 8:00 p.m., en el colegio Babeque, ubicado en la avenida Roberto Pastoriza número 329, Naco, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a fin de conocer los asuntos siguientes: ORDEN DEL DÍA: 1. Conocer y aprobar la terminación efectuada de las funciones desempeñadas por la junta Directiva de la Asociación compuesta por los señores: RAFAEL V. ARVELO CASTILLO; GUILLERMO ARMENTEROS; AMANDA TATIANA FORTALEZA C.; CARLOS OBJÍO SARRAFF, y DENNISE MORALES POU, con efectividad a la fecha del 15 de noviembre de 2017, y otorgar los debidos descargos; 2. Conocer y aprobar la designación de la nueva junta Directiva de la Asociación compuesta por los señores: PEDRO GENARO RODRÍGUEZ, como Presidente; FRANCISCO ALBA SURIEL, como Vicepresidente; SIRVANI HERNÁNDEZ, como Secretaria; ROSALINA PERDOMO MONTALVO, como Tesorera; JUAN SANGIOVANNI, como Vocal; JAVIER GAUTIER, como Vocal; JOSÉ ALNEY URIBE MÉNDEZ, como Vocal; JOSÉ PANTALEÓN, como Vocal; KENNY DÍAZ, como Vocal; con efectividad desde el 15 de noviembre de 2017. 3. Ratificar los poderes otorgados al señor PEDRO GENARO RODRÍGUEZ, para que, pueda, firmar y suscribir en representación de la asociación, conjuntamente con la firma de cualquiera de las señoras SIRVANI HERNÁNDEZ o ROSALINA PERDOMO MONTALVO, pueda proceder al cambio de las firmas registradas para la apertura y manejo de las cuentas bancarias que posee la ASOCIACIÓN DOMINICANA DE FOTÓGRAFOS DE LA NATURALEZA INCORPORADA (ADFONA) en las distintas entidades de intermediación financiera del país, así como para operar el manejo, cierre o cancelación de cuentas corrientes, cuentas de ahorros, certificados financieros, facilidades crediticias o cualesquiera otros productos o servicios financieros de la Asociación. 4. Conocer y tratar cualquier otro asunto de interés para los miembros de la Asociación. En la esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los 24 días del mes de agosto del año 2018.

RAFAEL V. ARVELO CASTILLO, Presidente. FC 361164

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADOS DE REGISTRO DE ACREEDOR De conformidad con las disposiciones del Artículo 92, Párrafo III de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y del Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, y en virtud del Artículo 5 de la Resolución No. 3642-2016 que aprueba el Reglamento de Desjudicialización de Deslinde y Procedimientos Diversos, se hace de conocimiento público la pérdida de los Certificados de Registro de Acreedor emitidos favor de la ASOCIACIÓN LA NACIONAL DE AHORROS DE PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA en virtud de la Hipoteca Convencional en Primer Rango que tiene su origen en un documento de Venta con Hipoteca suscrito en fecha veintinueve (29) de diciembre del año dos mil tres (2003), dicha hipoteca está gravada sobre los siguientes inmuebles propiedad de PROINMOBILIARIA S.A. (en Liquidación) que se describen a continuación: “APARTAMENTO No. 1-C del Condominio Centro Comercial Naco 2, con una extensión superficial de 128 m2 edificado dentro del ámbito de la Parcela No. 280, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional”; “APARTAMENTO No. 2-C del Condominio Centro Comercial Naco 2, con una extensión superficial de 43 m2 edificado dentro del ámbito de la Parcela No. 280, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional”; “APARTAMENTO No. 3-C del Condominio Centro Comercial Naco 2, con una extensión superficial de 65 m2 edificado dentro del ámbito de la Parcela No. 280, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional”; “APARTAMENTO No. 4-C, del Condominio Centro Comercial Naco 2, con una extensión superficial de 1,099.50 m2, y un área de sótano de 533.00 Mts2; edificado dentro del ámbito de la Parcela No. 280, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional”; y “APARTAMENTO No. 7-B, del Condominio Centro Comercial Naco 2, con una extensión superficial de 370 Mts2, edificado dentro del ámbito de la Parcela No. 280, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional”. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy veinticuatro (24) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

MARINO SANTIAGO INCHAUSTEGUI SALVADOR En representación de PROINMOBILIARIA S.A. (en Liquidación) Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) No. 1-01-88110-2 Registro Mercantil No. 17067SD Propietario Santo Domingo, Distrito Nacional. FP 99149

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D. Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor RAFAEL RAMIREZ MOTA, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Rancho Viejo, La Penda, D.M. Taveras, en este municipio y provincia de La Vega, R.D., cédula No.047-0043780-1, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. EDWIN MANUEL JIMENEZ GRULLON, cédula No. 0470187773-2, con estudio profesional abierto en el Edif. Ramírez, Rancho Viejo La Penda, de este municipio de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora NANCY ROSARIO, cuyo último domicilio conocido lo fue en Rancho Viejo, La Penda, D.M. Taveras, en este municipio y provincia de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 28 del mes de agosto del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 10 del mes de SEPTIEMBRE del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 23 días del mes de AGOSTO del año 2018.

LIC. EDWIN MANUEL JIMENEZ GRULLON, Abogado apoderado de la parte Demandante. (AC-13830-WP-23-24-25/08/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la ley No.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. por la Ley 2153 de 1949, la señora VICENTE ANTONIO FIGUEROA GARCIA, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en el municipio de Constanza y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D. cédula No. 001-0373062-8; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. PEDRO CESAR FELIX GONZALEZ, cédula No. 047-0004636-2, con estudio profesional abierto en el Apto. No.207, 2do. Nivel, Edif. Mabrajons Plaza de la Calle Duarte Esq. Manuel Ubaldo Gómez de la ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítimo esposo señor ADINES SANTOS ANDINO, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Principal No.120, Los Camarones, Bayacanes, en este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día que contaremos a 28 del mes de agosto del año 2018 a las 9:00 a.m. a fin de que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, R.D. el día 20 del mes de septiembre del año dos 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los 23 días del mes de agosto del año 2018.

LIC. PEDRO CESAR FELIX GONZALEZ, Abogados apoderados de la parte Demandante. (AC-13831-CEA-23-24-25/08/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO. Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora RAMONA RIOS RIOS, cuyo domicilio se desconoce en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo señor SILVERIO POLANCO CORONA, dominicano, mayor de edad, casado, jubilado pensionado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2706589-9, domiciliado y residente en el 984, SHERIDAN AVE, APT. 2-B, CP10456, BRONX, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS, por órgano de su abogada constituida y apoderada especial, LICDA. RAQUEL RODRIGUEZ TREJO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula de identidad y electoral No. 031-0022377-9, Abogada de los Tribunales de la República, matriculada en el Colegio de Abogados de la República Dominicana Bajo el Numero 360-19715-07, con estudio profesional abierto con estudio profesional abierto en la calle Emilio Prud Homme, No.44, Tercera Planta, del sector Bella Vista, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona de la Magistrado Procurador Fiscal del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el día miércoles, que contaremos a veintinueve (29) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, así para que comparezca por ante la SEXTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, sito en uno de los apartamentos del Primer Nivel, del Palacio de Justicia, ubicado en la manzana comprendida por las avenidas Circunvalación y 27 de Febrero, las calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román I, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, a la audiencia que celebra en atribuciones Civiles, el día viernes, que contaremos a veintiuno (21) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la Mañana.- Publicación autorizada por la infrascrita, abogada apoderada especial, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LICDA. RAQUEL RODRIGUEZ TREJO Abogada Apoderada


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE TRANSFORMACION DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA (S. A.) A UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la Sociedad Anónima a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la sociedad, la cual se denominará CIRA INMOBILIARIA, S.R.L., la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana: y tendrá como objeto social: Compra, Venta y Alquiler de todo tipo de Inmuebles; el domicilio de la misma estará ubicado en la calle Dr. Delgado Núm. 1, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; tendrá un Capital de TRESCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$300,000.00), y será administrada por uno o varios gerentes, designado al efecto por un período de Dos (2); la duración de la sociedad será indefinida. Mediante el presente Aviso se hace de público conocimiento que la transformación se llevará a cabo en el local de la sociedad el día Diez (10) del mes de Septiembre del año 2018 y que el proyecto de transformación de la sociedad, junto con el balance especial, así como el informe del Comisario de Cuentas y Consejo de Administración ya están a disposición de los accionistas en el domicilio de la sociedad. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Veintitrés (23) días del mes de Agosto del año 2018.

AVISO DE AUDIENCIA DE SANEAMIENTO Se les informa y emplaza a todos a quienes le pueda interesar de la audiencia pública de saneamiento, que ha sido fijada para el día trece -13- de septiembre del año dos mil dieciocho -2018-, a las nueve (9:00) horas de la mañana, la cual será celebrada por ante el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Montecristi, situado en la calle Pimentel No. 107; Segundo Nivel, del Palacio de Justicia de Montecristi, a los fines de conocer del Proceso Judicial de Saneamiento del inmueble identificado como Distrito Catastral No. 05, del Municipio de Loma de Cabrera, Provincia Dajabón, resultando con la designación catastral posicional No. 212459051396, con una superficie de 7,329.58 metros cuadrados, (DONDE SE ENCUENTRA LA INSPECTORIA LOMA DE CABRERA, ERD), la cual colinda al Norte con calle y Albania Zapata; al Este con la avenida Duarte y Cándida Pérez; al Sur con Cándida Pérez y calle; y al Oeste con Albania Zapata y calle. Dicha reclamación ha sido realizada por EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, quien tiene como abogados constituido a los LICDOS. CRISTINA ACTA E IVÁN KERY, con estudio profesional común abierto en la Calle Caracol No. 2 (segundo nivel) del Sector Mirador Norte de Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde hace elección de domicilio el reclamante para todos los fines del proceso judicial de saneamiento.

LICDOS. CRISTINA ACTA E IVÁN KERY, Abogados del Reclamante.

SR. CIRILO CUEVAS CARO, Presidente. FC 261182

FC 361184

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

CONVOCATORIA A GENERAL

Se hace de público conocimiento que se ha Perdido el Certificado de Título del inmueble de la matrícula No. 0100010722, expedido por la Registradora de Títulos del Distrito Nacional-Santo Domingo, Dra. Rosabel Castillo R., en fecha 26 de Marzo del 2008, del inmueble identificado como Solar 16, Manzana 3057 del Distrito Catastral No. 1 que tiene una extensión superficial de 177.07 metros cuadrados, matrícula No. 0100010722, ubicado en e1 Distrito Nacional, propiedad del señor LEONARDO AUGUSTO RIVERA CORONA, dominicano, mayor de edad, soltero, cédula de identidad No. 001-0261732-1, domiciliado en calle 7 No. 12, del Sector de Mendoza I, de esta ciudad, República Dominicana, y el cual Se encuentra Registrado en el Folio 154, Libro 2642.- En la ciudad de Santo Domingo, D.N., a los Veinte y Tres (23) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diez y Ocho (2018).

EL SINDICATO DE TRANSPORTE HIGÜEY – LAS LAGUNAS DE NISIBON – MICHEZ (SITRAHIMI), por este medio tiene a bien CONVOCAR a todos sus miembros, a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día ocho (8) del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las 9:00 p.m., en el Salón Localizado en el Local de la Escuela Cefopa, ubicado en al Carretera Higüey – Miches, frente a Agua Victoria del Residencial Don José, provincia La Altagracia, República Dominicana, en la cual se tratará la siguiente agenda: 1.- Informe del Secretario General 2.- Transformación y Disolución de la institución 3.- Distribución de los bienes de la institución 4.- Ratificación de Asambleas 5.- Autorización al Secretario General ante el Intrant 6.- Turno Libre

LEONARDO AUGUSTO RIVERA CORONA, Propietario.

FIDEL DARÍO CEDANO H. Secretario General FC361196

FC 361158

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., Modif. por Ley 2153 de 1949, el señor NICOLAS RAMON NUÑEZ TEJADA, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Santiago y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D., Cédula No.031-0152761-6; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LICDOS. HENRY ANTONIO MEJIA SANTIAGO y SAUL ANTONIO MEJIA RIVERA, cédulas No. 047-0071542-0 y 402-22696581, con estudio profesional abierto en el No.53 de la calle Duvergé Oficina de Abogados Henry Mejía y Asocs. de esta ciudad de La Vega, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora JUANA DIAZ ANGELES, cuyo último domicilio conocido lo fue en Villa Rosa, en este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 28 del mes de agosto del año 2018 a las 9:00 a.m. así como en la Secretaría y puerta del Tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 17 del mes de SEPTIEMBRE del año 2018 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 23 días del mes de AGOSTO del año 2018.

Para cumplir con lo que dispone el Art. 22 de la ley No. 1306-bis del /05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor ROQUE EULALIO RODRIGUEZ GUZMAN, Dominicano, mayor de edad, casado, cédula No.036-0040828-4 domiciliado en esta ciudad municipio y Provincia de La Vega, Rep. Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial LIC. RAMÓN ELÍAS GARCÍA, cédula No. 047-0128338-6, con estudio jurídico abierto en común en el Edificio Hernández, 2do Nivel, Apto. No. 4B, de la Calle Mella No. 39, de la Ciudad de La Vega, Rep. Dom. CEL. 829-902-4227; lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa la señora ALBA JOSEFINA DOMINGUEZ SANCHEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue, en la calle No. 31, sector Villa Lora, del municipio y Provincia La Vega, Rep. Dom., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de la Provincia La Vega, el día Jueves que contaremos a 30 del mes de Agosto del año 2018 a las 9:00 a.m. así como en la Secretaría y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que al efecto celebrará la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la Ciudad de La Vega, sito en la calle García Godoy, entre las calles Duvergé y Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día Lunes que contaremos a 17 del mes de Septiembre del año 2018 a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los 23 días del mes de agosto del año 2018.

LICDOS. HENRY ANTONIO MEJIA SANTIAGO y SAUL ANTONIO MEJIA RIVERA, Abogados apoderados de la parte Demandante. (RC-7048-CEA-23-24-25/08/2018)

AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio)

LIC. RAMON ELIAS GARCIA GARCIA, Abogado apoderado de la parte Demandante. (AC-13829-DA-23-24-25/08/2018)

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veintiséis (26) días del mes de marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018), la octava sala de la Cámara Civil y de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia Civil No.00517-18, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto contra la parte demandada, señor Milton Ricardo Escalante Volquez, por no comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la Causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre Milton Ricardo Escalante Volquez y Claudia Aneytin Guillermo Peña. TERCERO: OTORGA la guarda de los menores: Sabine, Banny y Sebastián, a favor de su madre Claudia Aneytin Guillermo Peña. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil Correspondiente. QUINTO: COMISIONA al ministerial Robinson D. Silverio Pérez, alguacil de estrados de este Tribunal, para la notificación de la presente sentencia. SEXTO: COMPENSA las costas del Procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia por la Magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original la cual expido firmo y sello a solicitud de parte interesada, hoy día, diecinueve (19) del mes de abril del año dos mil dieciocho 2018. Asimismo se hace saber que en fecha dieciocho (18) del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR, la referida sentencia en el Libro No.00003, Folio No.0169, bajo el Acta No.000384, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Veintidós (22) del mes de agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la ley No. 1306-Bis sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que el día cuatro (04), del mes de junio, del año dos mil dieciocho (2018), la Sexta Sala Civil y Comercial, del Juzgado de Primera Instancia, del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia civil No.531-2018SSEN-01083, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma, la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo, DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Roberto Luciano Rodríguez y Mitania Suero De Los Santos, de conformidad con el Acto de Convención y de Estipulación de divorcio No. 13/2018, instrumentado en fecha 23 del mes de abril, del 2018, por ante el Dr. Roberto de Jesús Espinal, Notario Público de los del número del Distrito nacional, por los motivos expuestos. Segundo: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente, pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: Scarlett R. Vargas Rossis, Juez suplente; Mirtha M. De La Cruz Díaz, Secretaria). La sentencia que antecede fue pronunciada el día veintiséis (26) del mes de julio, del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Oficial del Estado Civil de la Sexta (6ta.) Circunscripción, del Distrito Nacional y fue inscrita en el Libro de Registro de Divorcios No. 00003, Folio 0187, Acta No.000294, año dos mil dieciocho (2018). La presente publicación está autorizada por el abogado infrascrito. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los 22 días, del mes de agosto, del año dos mil dieciocho (2018).

LICDOS. WELINTON FELIZ por sí y Por RAFAEL HOLGUIN.

LIC. JUAN FRANCISCO VARGAS ABREU, Abogado de las partes. FC 361168

PERDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO DE ACREEDOR De conformidad con el Artículo No. 92, párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y del artículo No. 86 de Reglamento para su aplicación, por este medio hace público conocimiento la pérdida de la DEL CERTIFICADO DE TÍTULO DE ACREEDOR correspondiente al inmueble que se describe a continuación: APARTAMENTO “B”: SEGUNDA PLANTA, CON ACCESO A LA VÍA PUBLICA, CON UN ÁREA DE CONSTRUCCIÓN DE 175 METROS CUADRADOS, CONDOMINIO ROSA MARIA ZORRILLA DE SANTOS, EDIFICADO DENTRO DEL ÁMBITO DEL SOLAR NO.1B-1, DE LA MANZANA No.603, DISTRITO CATASTRAL NO. 01, DEL DISTRITO NACIONAL del cual el Banco de Reservas es acreedor hipotecario por la suma de RD$500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), propiedad de los señores NELSON AQUILES SAHDALA CHAVEZ Y ADRIA FRANCISCA SANTOS GONZALEZ DE SAHDALA.

LIC. ANGEL HERNANDEZ DE LA PAZ, Abogado. FC 361170

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

FC 361166

LEGAL 17

PUBLICACION PERDIDA DE CHEQUES DE ADMINISTRACION Se hace público conocimiento la pérdida de dos (2) cheques de Administración Nos. 20386709 por RD$243,552.00 de fecha 06/12/2013 a/f Comedores Económicos del Estado y el No. 20487011, por RD$243,552.00 de fecha 07/12/2015 a/f Comedores Económicos del Estado; expedidos por BanReservas. FC 361167

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 402-01-730-804-2, del BANCO BANRESERVAS, de fecha 8-07-2014, por valor de RD$300,000.00, a nombre de: JAAR BRETON, FERNANDO, cédula 001-0060926-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 361154

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO. En cumplimiento con las disposiciones legales contenidas en el Art. 22 de la ley 1306bis sobre divorcio, y para mayor conocimiento, se hace saber que el señor RICHARD DE JESUS PEREZ, norteamericano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador del pasaporte norteamericano número C12710070, domiciliado y residente en la calle Rodríguez, sin número, sección La Cruz Roja de Baitoa, Municipio de Baitoa, provincia de Santiago, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Licdo. RAFAEL PEÑA LOPEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República, matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana con el número 28153374-04, con estudio profesional abierto en la calle 30 de marzo, número 15, Edificio Fernández, 2do. Nivel, módulo 6, en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, Tel. 809-471-7842, donde se hace elección de domicilio, para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda, por el presente aviso ADVIERTE a su legitima esposa señora YAJAIRA CRUZ, cuyo último domicilio fue desconocido por su esposo, que se procederá a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día Viernes, que contaremos a Veinticuatro (24) del mes de Agosto del año Dos Mil Diez y Ocho (2018), a fin de que comparezca a la audiencia que a puertas cerradas se celebrará en La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial (para asuntos de Familia) del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en su local sito en el Salón de Audiencias al fondo en la parte derecha del Palacio de Justicia de Santiago, ubicado en un apartamento de la Primera Planta del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez, ubicado entre la Avenida 27 de febrero, y Avenida Circunvalación, calle E. Guerrero y Calle 6, del Ensanche Román 1, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, a fin de que comparezca el día el día Martes, que contaremos a Cuatro (4) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diez y Ocho (2018), a las Nueve (9:00) de la Mañana. Santiago de los Caballeros, R. D. 20 de Agosto 2018.

Licenciado Rafael Peña López Abogado.


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL

PERDIDA DE CERTIFICADO DE INVERSION

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado De Inversión No.77677718 del Banco del Progreso, de fecha 09 de Mayo de 2016 por valor de US$75,000.00, a nombre de: Ramona Pantaleón o Héctor Estrella, Céd. 001-077962-8 y 001-1433637-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

De conformidad con lo que dispone el Articulo 42 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de conocimiento público lo siguiente: Que en fecha veintisiete (27) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializado en Asunto de Familia, en audiencia pública, dictó la sentencia Civil marcada con No. 532-2017-SSEN-02083, cuya parte dispositiva expresa textualmente lo siguiente: F A L L A: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Pedro Ramón Peña Pagan y Palmira González Rodríguez, por haber sido hecha conforme a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a).- Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Pedro Ramón Peña Pagan y Palmira González Rodríguez, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 70-2017, instrumentado en fecha 25 de julio de 2017, por ante del DR. Máximo Herrasme Ferreras, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena a Oficial de Estado Civil Correspondiente pronunciar el presente divorcio; Así se pronuncia, ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez y Juana Rodríguez Villanueva Secretaria. El divorcio admitido por sentencia que antecede fue pronunciado por e1 Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha doce (12) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), Transcrito en el Libro No. 00004, de registro de Divorcio, Folio 0096, bajo el Acta No. 000227, del año dos mil dieciocho (2018), según sentencia civil marcada con el No. 532-2017-SSEN-02083veintisiete (27) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), dictada por la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializado en Asunto de Familia. La presente publicación ha sido autorizada por el infrascrito Abogado Apoderado Especial, en la ciudad de Santo Domingo, Republica Dominicana a los veintiuno (21) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, del 21 de mayo del 1937 (mod.), Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: a) Que en fecha Veinte (20) de febrero del dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Las Matas de Farfán, dictó la Sentencia Civil núm. 0652-2018-SSEN00033, NCI núm. 0652-2017ECIV-00165, cuyo dispositivo expresa lo siguiente: Primero: En cuanto al fondo, se admite el divorcio entre los señores MÁRTIRES BERIGUETE VERIGUETE y MARTA LUISA MONTERO SEGURA, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por las razones expuestas en la presente sentencia. Segundo: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades legales exigidas por la Ley. Tercero: Compensa las costas por tratarse de litis entre cónyuges. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada suplente que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día veinte (20) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos de esta cámara, que se expide, sella y firma a solicitud de la parte interesada, hoy día veinte (20) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Yenny E. Turbí Beriguete, Secretaria y b) Que en fecha veinte y seis (26) de julio del año dos mil dieciocho (2018), la Oficialía del Estado Civil de El Cercado, Provincia San Juan, procedió a pronunciar la sentencia de divorcio referida anteriormente, la cual fue inscrita en el Libro No. l de registros de DIVORCIO, Polio No. 3, Acta No.000003, Año 2018, de dicha oficialía. En la ciudad de El Cercado, Provincia San Juan, República Dominicana, a los Treinta y Un (31) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018).

DRA. REYITA DE ÓLEO MONTERO ABOGADA

FC 361161

Se hace de público conocimiento las pérdidas de las certificaciones de los Acreedores Hipotecarios, en primer, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto rango, a favor del Banco Agrícola de la República Dominicana, todas correspondientes al inmueble identificado con la Matrícula número cero, ocho,

FC361176

cero, cero, cero, cero, cuatro, cero, uno, nueve, Parcela número dos, uno, nueve, seis, cuatro, tres, dos, dos, tres, siete, seis, siete, del Distrito Catastral

PUBLICACIÓN FINAL DE RECONOCIMIENTO LEGAL CARITAS DIOCESANA DE SAN JUAN DE LA MAGUANA San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, Rep. Dom. Según el Art. 4 de la Ley 520 del año 1920, modificado por la Ley 122/05 de fecha 8-4-2005 y La Ley 78-03, se hace de público conocimiento que en fecha 5-7-2018, por Resolución Num. 0015-2018 del Magistrado Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana, se ha concedido el beneficio Legal de Incorporación a CARITAS DIOCESANA DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, República Dominicana, fundada: 19-09-1967, con una duración por tiempo indefinida, con su domicilio en la Calle San Juan Bautista No.42, San Juan de la Maguana, Prov. San Juan, República Dominicana, y tiene como Objetivo fundamental “entidad sin fines de lucro, dedicada a “Ser un instrumento puesto al servicio de las comunidades, prestando mayor atención a las personas y grupos más pobres, procurando con ellos mejorar sus condiciones de vida, fundamentando la justicia, la fraternidad y la paz”. Para lograr estos objetivos, Caritas podrá desplegar, entre otras, las siguientes acciones: a) Coordinar actividades con instituciones y organismos afines, para socializar las informaciones, recursos y optimizar los resultados; b) Promover 1a elaboración y ejecución de proyectos de desarrollo comunitario a favor de los más empobrecidos de las tres provincias que conforman la Diócesis de San Juan de la Maguana. c) Prestar asistencia técnica a las diferentes Parroquias en la elaboración y ejecución de proyectos comunitarios. d) Promover la organización comunitaria y participación ciudadana. e) Implicar a los beneficiarios en el desarrollo de los proyectos. f) Implementar acciones que propicien el desarrollo integral de los seres humanos y contribuyan al proceso de democratización popular, a la luz del Evangelio; entre otros. La Asamblea constitutiva celebrada en fecha 05-062018, eligió la directiva por Dos (2) años de la manera siguiente: Monseñor José Dolores Grullón Estrella, Presidente; Julio Antonio Viñas Paulino, Vicepresidente; Dr. Daniel Mateo Roa, Tesorero; Licda. Digna Concepción Rodríguez Castillo De De León, Secretaria; Padre Moisés Corcino Valenzuela, Vocal asignado Representante del obispo; Angelina Ciccone, Representante Zona de Azua; Padre Michael James Seis, vicario zona Elías Piña; Licda. Digna Concepción Rodríguez Castillo De De León, Representante Zona Frontera; Oriol Antonio Guerrero Soto, Vocal, Dr. Luis Gabriel Jiménez Terrero, Vocal; Sr. José Augusto Franco Bidó, Vocal Representante Zona San Juan; Padre Ramón Emilio del Rosario Aclames, Representante Pastoral Social, Hermana Johanna Peterson, Vocal Religiosa Representante Caritas; Padre José Duván López Castro, Vicario Zona de Azua; Padre Rodolfo De Jesús De León Del Carmen, Vicario Zona de San Juan. Fueron depositados los documentos de Ley en fecha en Juzgado de Paz y Cámara Civil, Comercial y del Trabajo del Distrito Judicial de San Juan.

Monseñor José Dolores Grullón Estrella Presidente CARITAS Este Procedimiento es llevado por la Dra. Reyita De Oleo Montero FC.301175

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De acuerdo con el Art. 696 del Código de Procedimiento Civil, se hace la presente publicación. FECHA DE LA VENTA DEL INMUEBLE EMBARGADO: Fijada para el viernes catorce (14) del de septiembre del 2018, a las NUEVE (9:00) de la mañana, (AM) se ofrecerá lo venta en pública subasta por embargo inmobiliario, para ser adjudicado al mejor postor y último subastador, el siguiente:: “APARTAMENTO 405, QUINTA PLANTA, DE DEL CONDOMINIO GALERÍAS FARALLÓN, edificado dentro de la PARCELA 118, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 03, DEL DISTRITO NACIONAL, matrícula No. 0100010574, con una superficie de 90.00 metros cuadrados ubicado en el Distrito Nacional, propiedad de la señora SANDRA CASTILLO CASTILLO. TRIBUNAL ANTE EL CUAL SE EFECTUARÁ LA ADJUDICACION: La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, situado Segunda Planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza Maimón y Estero Hondo, en las calles Hipólito Herrera Billini y Juan de Dios Ventura Simó, Santo Domingo, D.N. PERSIGUIENTE: CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO “GALERIAS DE FARALLON”, constituido conforme a la Ley No. 5038 (Ley de Condominio), representado por los señores LUCIA RAMÍREZ, EUSEBIO ECHARREN, ANA MARÍA MINAYA y RAMÓN PEVIDA, de nacionalidad dominicana, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. 0010909375-3, 001-1816068-8, 0010916404-6 y 007-1878732-7, respectivamente, domiciliados y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. EMBARGADO: señora SANDRA CASTILLO CASTILLO; a).- De la CERTIFICACION DE REGISTRO DE ACREEDOR, del 27 de septiembre del 2016, emitida por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, en el cual consta un privilegio de condómino, a favor del CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO GALERÍAS DE FARALLÓN por la suma: de OCHENTA Y TRES MIL CON 00/100 (RD$83,000.00), en contra inmueble a embargado, asentado en el libro de registro complementario No. 1513, Folio 0088, en fecha 27 de septiembre 2016, inscrito el 04 agosto 2016 a las 9:48:00 a. m,; b).- De la CERTIFICACION DE REGISTRO DE ACREEDOR, de fecha 21 del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), emitida por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, en el cual consta un privilegio de condómino, a favor del CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO GALERÍAS DE FARALLON, por la suma de: OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS CON 00/100 (RD$87,675.00), en contra inmueble embargado, asentado en el Libro de registro complementario No. LLLL, Folio FFFF, en fecha 21 de noviembre 2017; c) Mandamiento de pago contenido en el acto No. 672/2017, de fecha 15 de septiembre del año 2017, del ministerial ELVIN E. MATOS SANCHEZ, ordinario de la 2da. Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional; d) Acto de Embargo Inmobiliario No. 27-2018, del 12 de marzo del 2018, del Dr. SALVADOR ENRIQUE HERNANDEZ CASTILLO, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, matrícula de Notario No. 825; e) Acto de denuncia de embargo número 472/2018, del 23 de marzo del 2018, del ministerial RAFAEL EDUARDO MARTE RIVER; f) Certificación de inscripción del Registrador de Títulos del 10 de abril del año 2018; g) Pliego de Condiciones. PRECIO: El precio ofrecido por el persiguiente para resultar adjudicatario del inmueble en caso de no presentarse ningún subastador, es la suma de SETECIENTOS MIL PESOS CON 00/100 (RD$700,000.00), más las costas y honorarios del procedimiento. GARANTIAS ESTIPULADAS PARA SER LICITADOR: Para ser licitador, es necesario depositar en la Secretaría de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.N., una garantía en efectivo, o en cheque certificado, no menor del diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, sin perjuicio de los gastos y honorarios del procedimiento y el porcentaje legal correspondiente, quedando el adjudicatario sometido al cuaderno de pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría de dicha Cámara; sobre el inmueble mencionado existen los siguientes gravámenes adicionales: a) Expediente carácter laboral. Se advierte que de conformidad con el Artículo 705 del Código Civil Dominicano, las pujas se harán por ministerio de abogados y en audiencia pública. En la Ciudad Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de agosto de año dos mil dieciocho (2018).

LIC. SANTIAGO HENRIQUEZ URBAN, Abogado Persiguiente. FC 361186

siete (7) del Municipio de Esperanza, Provincia Valverde, con una extensión superficial que mide Cincuenta y Seis Mil Doscientos Treinta y Cinco Punto Cin-

LIC. RUBÉN DARÍO ROJAS VERIGUETE Abogado Apoderado

cuenta y Cuatro metros cuadrados (56,235.54mts2), propiedad del señor Pedro Juan Jiménez.

FC361178

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

NATURALEZA: FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION Y LA SALUD FUDESA.

Se hace de público conocimiento la Pérdida del Certificado Financiero No. 50-112500033676, expedido por la entidad bancaria La Asociación Popular de Ahorros y Préstamos (APAP), de fecha veintitrés (23) del mes de julio del año dos mil trece (2013), por un valor de doscientos quince mil pesos dominicanos (RD$215,000.00), a nombre de la Sra. BERKYS MIOSOTIS HERNÁNDEZ AGUASVIVAS, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0130046-5. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Es una organización cristiana sin fines de lucro, de carácter privado, civil, con capacidad para contraer derechos y adquirir obligaciones; para ejecutar todo tipos de actos y contratos de conformidad con la ley que regula a las personas jurídicas sin fines de lucro del país, que sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos y fines. Estará integrada por personas naturales cristianos/as de diferentes tradiciones cristianas. También podría integrarse a redes o formar conexiones con otras personas jurídicas nacionales o extranjeras compatibles con la misión y los objetivos de FUDESA que considere conveniente para el alcance de dichos objetivos.

BERKYS MIOSOTIS HERNANDEZ AGUASVIVAS, Depositante. FC 360501

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha treinta (30) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil, Comercial, de Trabajo y de Niños, Niñas y Adolescentes del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hermanas Mirabal, dictó la sentencia No. 284-2018-SSEN-00300, Exp. Civil No. 284-2017-ECIV-00454, en nombre de la República, en materia de divorcio, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia en fecha veintidós (22) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), en contra la demandada, señor: JUAN MANUEL HERNANDEZ, por no haber comparecido, no obstante estar legalmente citado y emplazado. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores: EVA LEONOR LOPEZ y JUAN MANUEL HERNANDEZ, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Ordena a la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del municipio de Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, pronunciar el presente divorcio e inscribirlo en los libros correspondientes. QUINTO: Comisiona al Ministerial DOMINGO CACERES EVANGELISTA, Alguacil de Estrados de la Cámara Civil, Comercial, de Trabajo y de Niños, Niñas y Adolescentes de Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hermanas Mirabal, para la notificación de la presente sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma: LIC. JUAN CARLOS JOSE PASCUAL (Juez) y MARTHA EUNICE CABALLOS CASTILLO, Secretaria. El divorcio así admitido por la sentencia anterior fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del municipio de Villa Tapia, quien procedió a transcripción correspondiente en el Libro No. 00001, de registro de Divorcio, Folio No. 0089, Acta No. 000068, del año 2018, en fecha veintiuno (21) del mes de agosto del año 2018. En el municipio de Villa Tapia, provincia Hermanas Mirabal, República Dominicana, a los 24 días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. CESAR JOSE HERNANDEZ HERNANDEZ, Abogado. (AC-13835-PC)

MISION: FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION Y LA SALUD FUDESA tendrá como misión: • Servir a nuestras comunidad a través de la formación educativa y la promoción y prestación de servicios de salud. OBJETIVOS: FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION Y LA SALUD FUDESA tendrá los siguientes objetivos: A. Promover el desarrollo humano integral desde una perspectiva cristiana en todas sus dimensiones: espiritual, social, educativo, afectivo y de salud. B. Realizar eventos de capacitación y difusión de los valores cristianos como base para el desarrollo humano integral y cultural en todos los segmentos de la población. C. Ejecutar proyectos de desarrollo humano integral en todo tipo de comunidades, especialmente en las más vulnerables y necesitadas, tanto a nivel urbano como rural. D. Diseñar y ejecutar proyectos de desarrollo educativo en todos los niveles. E. Diseñar y ejecutar proyectos de salud, agua potable y saneamiento ambiental. F. Diseñar y ejecutar proyectos para el mejoramiento de viviendas de personas en las comunidades rurales, movilizando voluntarios nacionales y extranjeros. G. Capacitar líderes comunitarios de iglesias y culturales en los fundamentos de desarrollo humano e integral. H. Fomentar el desarrollo de la educación cristiana dentro y fuera del país, a través de conferencias, talleres y medios de comunicación que nos ayude a hacer un cambio en la educación. I. Captar fondos provenientes del sector público y/o privado, de personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que contribuyan al logro de sus fines. J. Establecer alianzas con organismos afines para co-implementar proyectos o desarrollar actividades que contribuyan al logro de sus fines. K. firmar acuerdos de cooperación técnica y financiera a nivel nacional e internacional. L. Ofertar servicios de consultoría a otras organizaciones de la sociedad en áreas concernientes a la salud y la educación. M. Realizar válidamente todos los actos jurídicos necesarios o útiles al cumplimiento de sus fines permitidos por ley.

DOMICILIO DE FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION Y LA SALUD FUDESA:’ Calle Principal #10, Juan Tomas, La Victoria.

AVISO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

MIEMBROS DE LA FUNDACION

Se comunica que mediante Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Disolución, de fecha doce (12) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), se aprobó la disolución y liquidación de la sociedad ARQUITECTO ELÍAS ABREU & ASOCIADOS, S.R.L., sociedad comercial creada conforme a las leyes de la República Dominicana, identificada con el RNC 1-30-21134-5, con un capital social de Doscientos Mil Pesos Dominicanos (RD$200,000.00), con domicilio social establecido en la avenida Pedro A. Rivera No.4, Plaza Elías Abreu & Asociados, Segundo Nivel, La Vega, República Dominicana, habiéndose designado como liquidador al señor LEPIDO ELÍAS ABREU VERAS, dominicano, mayor de edad, arquitecto, casado, portador de la cedula de identidad y electoral identidad y electoral No. 047-0099685-5, domiciliado y residente en el apartamento no.5 Villa Fresca, de la ciudad de La Vega, República Dominicana, de conformidad con el Art.413 de la ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.

Luis Antonio Sena Carrasco PRESIDENTE Argenis Taveras Sabala VICE-PRESIDENTE Carlos Pimentel Sánchez SECRETARIO Richard Antonio Acosta De Jesús TESORERO Ingrid Aquino 1er VOCAL Luz Bienvenida Cepeda Ángeles 2do VOCAL

LEPIDO ELÍAS ABREU VERAS Liquidador de la sociedad ARQUITECTO ELÍAS ABREU & ASOCIADOS, S.R.L. (AMG-AC-13836-PC)

Dario Octavio Cruz Mendoza 3er VOCAL FC361199


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado Financiero No. 77199202 fecha de apertura 1 de octubre del 2013 por la suma de US$3,367,500.00 expedido por el Banco Dominicano del Progreso, S.A. a favor de los Señores Iskandar Safa y Clara MartinezThedy. FC360516

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TURNO

Se ha perdido el Certificado No. 500-524 correspondiente a la ruta Santo Domingo - Nagua, expedido por UNAPRODUMI en fecha 17 de Marzo del 2010 a favor del señor DIOGENES REYNOSO OLIVARES, titular de la cédula de identidad y electoral No. 071-0026128-3. Fc361141

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DEPOSITO Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado de Deposito No. 1111762 del Banco BHDLeon, de fecha 14/09/2011 por valor de emisión RD$150,000.00 A nombre de: Luisa Nazaret Rodríguez Del Rosario, ced: 001-1649864-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DEPOSITO Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado de Deposito No. 1137826 del Banco BHDLeon, de fecha 28/03/2012 por valor de emisión RD$200,000.00 A nombre de: Luisa Nazaret Rodriguez Del Rosario, ced: 001-1649864-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DEPOSITO Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado de Deposito No. 1124410 del Banco BHDLeon, de fecha 12/12/2011 por valor de emisión RD$170,000.00 A nombre de: Luisa Nazaret Rodriguez Del Rosario, ced: 001-1649864-3.

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.794357855, emitido por Banco Popular Dominicano, S.A. - Banco Múltiple, por un valor de RD$50, 000.00 (Cincuenta Mil Pesos con 00/100), Emitido en fecha 07-12-2015, a nombre de ANGEL REYES PUELLO SANTANA, Ced.402-2232759-1 e YRENE SANTANA, Ced.0010055845-1. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente. Propietaria FC361096

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 756559456, emitido por el BANCO POPULAR DOMINCANO, S.A., por un valor de RD$ 267,676.42 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON CUARENTA Y DOS), a nombre de MERCEDES MENDEZ, portadora de la cédula no. 011-0031672-6. La publicación se hace para los fines de Ley Correspondiente.

No. 57-112-5700005053, emitido por ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS (APAP), 01 Marzo 2011, por valor de (RD$ 81,098.00), a nombre de ANDREA ROJAS TORIBIO. Pasaporte No. NS8R772F9. La presente publicación se hace para los fines de ley Correspondiente. FC360780 PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 001000880, de la COOPASPIRE, de fecha 22-7-2016, por valor de RD$39,000, a nombre de ANGELA M. PANIAGUA SIERRA DE MELENDEZ, cédula 001-1089823-6. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 361105

Se hace de conocimiento público la venta y traspaso de la embarcación denominada “Cayetana“, color blanco, número de casco FFG19J15R324-14, eslora 23’0”, manga 5’8”, puntal 4’0”, construida en material de fibra de vidrio, propulsión: motor fuera de borda, cantidad máxima de pasajeros 15, puerto de registro: Samaná, Certificado de matrícula No. BR-C80-1536SBS, de manos de la señora Aureliana Parra Kelly, cédula No. 065-0024744-7, a favor del señor Ángel Ribota Gutiérrez, cédula No. 065-0075500-2. FC 361169

AVISO Le informamos a las autoridades del INTRANT que los señores mencionados más abajo nos están dando servicio público de pasajero por lo tanto serán sustituido: 1.- El señor GUSTAVO ALCANTARA FAMILIA, cédula 001-0310073-1, será sustituido por el señor ROSELIS HEREDIA DE CENA, cédula 002-0070090-4. 2.- JORGE ADAMES, cédula 001-1440169-8, será sustituido por el señor JONATHAN JOSE SANTO, cédula 001-1927817-4. 3.- MANUEL ANT. ORROZCO ORROZCO, cédula 001-0311261-1, será sustituido por el señor SEVERINO ALMONTE GIRON, cédula 001-1400788-3. 4.- MANUEL AMEZQUITA FERNANDEZ (Fallecido), será sustituido por su hija DEYSI ALT. AMEZQUITA SOSA, cédula 001-0343746-3. 5.- RAMON DAVID ESTEVEZ ZAPATA, cédula 001-0931827-9, será sustituido por el señor ROBERTO JIMENEZ DE LA CRUZ, Cédula 005-0027212-5. 6.- JULIAN MIRABAL PAYANO, 005-0036570-5, será sustituido por el señor CESAR AUGUSTO GUZMAN VARGAS, cédula 068-0045277-0. FC 361155

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, Octava Disposición, Actuación No. 31, de la Resolución No. 19-0312, sobre los Requisitos ante los Registros de Títulos de la República Dominicana, se hace de público conocimiento el sometimiento a corrección por error inducido en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño y Duplicado del Acreedor Hipotecario) “401464522782, que tiene uno superficie de 331.88 metros cuadrados, matrícula No.3000094384, ubicado en SANTO DOMINGO ESTE, SANTO DOMINGO, amparado en el Certificado de Título matrícula No. 3000094384, ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo”, referente al estado civil del señor FERNANDO PAULINO OZORIA, quien figura en el mencionado Certificado de Título (Duplicado del Dueño y Duplicado del Acreedor Hipotecario) como “Soltero”, sin embargo, al momento de adquisición del inmueble el mismo se encontraba CASADO con la señora ALEJANDRA MARTE ROMERO DE PAULINO.

Siqueily Reyes, Abogada.

SANTIAGO MANUEL DÍAZ SÁNCHEZ El Alguacil. En funciones de Vendutero Público

FC 361067

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE VENTA Y TRASPASO DE EMBARCACION

Se hace de público conocimiento, que el día Viernes (21) del mes de Septiembre del año 2018, a las ocho horas de la mañana (8:00 A. M.), en el mercado público de Honduras, sito en la calle Eusebio Manzueta, Esq. Concepción Bona, se procederá a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, del Automóvil Privado, Marca: Suzuki, Color: Gris, Placa: X264944, año: 2011, este Vehículo ha sido embargado a la señora: MARLENIS MENDEZ HERNANDEZ, a requerimiento y persecución del señor EFRAIN SANCHEZ RICHARDSON. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la Ley, el Vehículo a subastar deben ser pagado al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día veintitrés (23) del mes de Agosto del año 2018.

AVISO RECTIFICACIÓN DE REGISTROS RELATIVOS AL ESTADO CIVIL

La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

LEGAL 19

FC361185

AVISO DE DIVORCIO De conformidad con las previsiones legales contenidas en el Artículo 42 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veintinueve (29) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). La Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia Civil marcada con el No.5322017-SSEN-02301 que admite el divorcio por Incompatibilidad de Caracteres Mutuo entre los señores YINET MERCEDES REYES ORTIZ y WENDALL GILFORD KEARNS, cuya parte dispositiva dice: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, WENDALL GILFORD KEARNS, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres intentada por YINET MERCEDES REYES ORTIZ contra WENDALL GILFORD KEARNS, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante por ser justas y reposar sobre prueba legal en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre YINET MERCEDES REYES ORTIZ y WENDALL GILFORD KEARNS, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por los motivos indicados. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. QUINTO: Compensan las costas del procedimiento por los motivos expuestos. SEXTO: Comisiona a la ministerial Maireni Batista Grateruaux, Alguacil de Estrados de esta Sala, para la notificación de esta sentencia. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, JUEZ; MAGALIS ANA IRIS SANTANA MELENCIANO, Secretaria; el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Que el divorcio admitido por la citada sentencia fue PRONUNCIADO por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha veintidós (22) de agosto del año dos mil dieciocho (2018), e inscrito en el Libro de Divorcio No.21, Acta No. 1844, Folio 105/107, Año 2018. La presente publicación se autoriza por el abogado que suscribe. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

DR. FURCY E. GONZALEZ CUEVAS, Abogado. FC 361159

“Año del Fomento de las Exportaciones”

El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades del proyecto denominado “LA NORIA”, ubicado en la Provincia y Municipio La Romana, R. D., que desde el 14/08 al 14/09/2018, la empresa PROYECTOS MINEROS, S.R.L. (PROMINCA), Realizará trabajos de voladuras. El presente aviso tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades. DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE.

FC 356197


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL AVISO DE PÉRDIDA SELLO PRE-TINTADO Se hace de conocimiento público de la pérdida del SELLO PRE-TINTADO con las siguientes palabras TREASURE OF THE SEA PUNTA CANA GIFT SHOP, RNC 131099645, REP. DOM., propiedad de la empresa TREASURE OF THE SEA PUNTA CANA GIFT SHOP, SRL, debidamente registrada con el Registro Nacional de Contribuyentes No. 131-099645, con domicilio social en la Calle Paseo de los Periodistas, No.105, Ensanche Miraflores, Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA LOS TRABAJOS DE DESLINDE VISTA: La AUTORIZACION DE MENSURA EXPEDIENTE No. 662201806977 dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 02 de Agosto del año 2018. SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL Que el día Domingo que contaremos a Dos (02) del mes de Septiembre del año 2018, a las 09:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE, relativo una porción de terreno dentro de la Parcela No. 157, del Distrito Catastral No. 06, del Municipio y Provincia De Santiago De Los Caballeros, la cual posee una extensión superficial de 4,974.06 M2 y otra Área superficial de 4,345.06 M2 cuadrados. Propiedad de los señores LUIS OSVALDO TATIS DIAZ Y LUCIANO MARIA TATIS DIAZ. Para cualquier Inquietud Comunicarse con La Dirección Regional de Mensura Catastrales Depto. Norte o con el Agrimensor Contratista:

De conformidad con las disposiciones del artículo 92, párrafo 3 de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, y el artículo 86 del Reglamento para su aplicación, se hace de conocimiento público que se ha extraviado la constancia anotada en el Certificado de Título No. 94-47, expedida por el Registro de Títulos de El Seibo, en favor de la señora FLERIDA FRANCISCA MERCEDES CASTRO, que ampara sus derechos de propiedad sobre inmueble identificado como una porción de terreno con una superficie de Veintidós Mil Diez Metros Cuadrados con Once punto Treinta y Cinco Decímetros Cuadrados (22,010.11.35 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 368 (Trescientos Sesenta y Ocho) del Distrito Catastral número 2/8 (Dos, Octava parte; del Municipio de El Seibo, Sitio de Campiña, Común de Ramón Santana, Provincia El Seibo.

AGRIMENSOR: LAYS MARIA UBEN. CODIA No. 35520

FLERIDA FRANCISCA MERCEDES CASTRO, Solicitante.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA LOS TRABAJOS DE DESLINDE

AVISO DE PERDIDA DE DUEÑO

TREASURE OF THE SEA PUNTA CANA GIFT SHOP, SRL RNC 131099645. FC 361078

AVISO DE PÉRDIDA Declaración jurada pérdida de documentos sociedad comercial, CARLOS SANTOS MANAGER,S.R.L. Se hace de público conocimiento que el día 3 de febrero del año 2018 la entidad comercial perdió los originales del registro de la compañía: Carlos Santos Manager S.R.L registro de la compañía marcada con el número de RNC, No. 131-028411.

VISTA: La AUTORIZACION DE MENSURA EXPEDIENTE No. 662201804521 dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 14 de Agosto del año 2018. SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL Que el día Domingo que contaremos a Dos (02) del mes de Septiembre del año 2018, a las 11:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE DE VARIAS PORCIONES, relativo al inmueble identificado como Parcela No. 207-B-8, del Distrito Catastral No. 03, del Municipio y Provincia De Santiago De Los Caballeros, propiedad del señor NELSON DE JESUS BONIFACIO MONCIÓN. Para cualquier Inquietud Comunicarse con La Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Norte o con el Agrimensor Contratista:

FC361187

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En cumplimiento de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensuras Catastrales y demás normativas, se hace de público conocimiento a la Dirección de Mensuras Catastrales y al público en general, que el martes (04) de septiembre del año 2018, a las 9:00 A.M., se realizará la mensura para DESLINDE, en el ámbito de la parcela No. 160, del D.C. No.06, Municipio de Santo Domingo Este provincia Santo Domingo, expediente No. 6632018032560, a petición de, ISIDRO BAEZ SUERO Y MARIBEL BIDO MORA los cuales serán ejecutados por el Agrimensor JORGE QUEZADA VALDEZ, mediante autorización de fecha 20 de agosto del 2018, expedida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.

JORGE QUEZADA VALDEZ Agrimensor Contratista Codia: 3252 FC361193

ANDREA NUÑEZ SALDIVAR Depositante (AC-13808-CC-23-24-25/08/2018)

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

AGRIM. JONATHAN DE JESUS, Agrimensor – Contratista. Codia No. 26574.

AVISO PÉRDIDA DE TITULO Para general conocimiento y en cumplimiento a lo establecido en el Articulo 92, párrafo Tercero de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario, se hace saber que se ha extraviado el Certificado de Titulo No. 240, correspondiente a la parcela No.42, Distrito Catastral No. 5, del Municipio de La Vega, Provincia de La Vega, con una extensión superficial de 394.00 mts2, propiedad del señor ANGEL MARIA FERNANDEZ PEREZ, para los fines de duplicado del dueño. En consecuencia, se suplica a la persona que lo encuentre, enviarlo a la siguiente dirección: Calle Pedro J. Casado, Esquina Avenida Imbert, edificio Eddy López 3er Nivel, en la Ciudad de La Vega. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, el día Veintitrés (23) del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018).-

ANGEL MARIA FERNANDEZ PEREZ Propietario (AMG-AC-13837-PC)

Brailyn Arsenio Cabrera Pérez Solicitante

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

AVISO DE PERDIDA DE DUEÑO Y ACREEDOR

RAFAEL AMADO VIOLA ALGUACIL ORDINARIO DE LA CORTE DE TRABAJO SANTO DOMINGO VENDUTERO PÚBLICO EN FUNCIONES

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento del artículo 92 párrafo 3 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, artículos 86,87,88, 89 y 90 del Reglamento General de Registros de Títulos y la Resolución 43-2007, dictada por la Suprema Corte de Justicia;, se hace de público conocimiento que hace algún tiempo se extravió el certificado de título No. 18, libro 426 folio 35 de fecha 12 de Junio del 1990, expedido por el Registrador de titulo del Departamento de Santiago , que ampara el siguiente inmueble: EL SOLAR NUMERO 2 DE LA MANZANA 1518 DEL DISTRITO CATASTRAL NUMERO 1 DEL MUNICIPIO Y PROVINCIA DE SANTIAGO, UNA PORCION DE TERRENO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 469.00 METROS CUADRADOS, 69 DECIMETROS CUADRADOS, LIMITADO: AL NORTE: SOLARES NUMEROS 1 Y P. No. 343, AL ESTE: P. No. 434 Y SOLAR No. 3, AL SUR: CALLE 3 Y 14, Y AL OESTE: SOLARES NUMEROS 1, CALLES 3 Y 14, nombre de ELEODORO INFANTE PEÑA portador de la cédula de identidad y electoral número 402-3497908-2, casado con la señora JOSEFA MILAGRO ROBLES LOPEZ, portadora de la cédula de identidad y electoral número 047-0195124-8. Santiago, Rep. Dom. 21 de Agosto del año 2018

ELEODORO INFANTE PEÑA Propietario JOSEFA MILAGRO ROBLES LOPEZ, Esposa del propietario

Se hace de público conocimiento que en fecha 11-SEPTIEMBRE2018, a las 11:30 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 203 del D.C. No.09, en el Municipio SAN FELIPE DE PUERTO PLATA, Provincia PUERTO PLATA, Lugar COFRESI, a petición de: ALEXIS ANTONIO COLON PACHECO. Expediente 662201807639.

En cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, según el Artículo 92, Párrafo III, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo (Dueño a favor de Ana Lucia De León), expedido por el Registrador de Títulos de Santiago, sobre el siguiente inmueble: DERECHOS SOBRE UNA PORCIÓN DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 130 (CIENTO TREINTA) METROS CUADRADOS, DENTRO DEL INMUEBLE PARCELA 233, DEL DISTRITO CATASTRAL NUMERO 6, UBICADO EN SANTIAGO, SANTIAGO. AMPARADO POR EL CERTIFICADO DE TITULO NUMERO 97: LIBRO 597, FOLIO 17.- EMITIDO POR LA REGISTRADORA DE TÍTULOS DE SANTIAGO”. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintidós (22) día del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

AGRIMENSOR- LAYS MARIA UBEN. CODIA No. 35520

Se hace de público conocimiento, que el día Viernes (31) del mes de Agosto del año 2018, a las nueve horas de la mañana (09:00 am), en el mercado publico de Los Mina, sito en la calle Francisco Segura y Sandoval, Esq. Presidente Estrella Ureña, se procederá a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, del Automóvil Privado, Marca: Toyota, Tipo: Jeep, Color: Crema, Placa: G064014, Año: 2005, este vehículo ha sido embargado al señor: MIGUEL MALENO, mediante el acto No 63/2018 del Notario Público Dr. RAFAEL AUGUSTO MATOS SANTANA, Matricula 6288, a requerimiento y persecución del INVERSIONES ANGDER SRL, RNC: 130970238, representada por el señor ANGEL DE LA ROSA, Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la Ley, el vehículo a subastar debe ser pagado al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, mas el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En la ciudad de Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, República Dominicana, hoy veintitrés (23) del mes de Agosto del año 2018.

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14-006-006730-4, documento No. 029250 fecha de apertura 11/09/2017, expedido por un valor de RD$270,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para general conocimiento y de acuerdo con las disposiciones del Art.42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha VEINTISIETE (27) DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, dictó la Sentencia No. 186-2018-SSEN-00383, cuya parte dispositiva textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra del señor JOSÉ AUGUSTO DE JESÚS MARRANZINI RODRÍGUEZ, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre JOSE AUGUSTO DE JESÚS MARRANZINI RODRÍGUEZ y RAFAELA CASTILLO. TERCERO: Ordena el Pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente, CUARTO: Compensa las costas del procedimiento, y comisiona al ministerial RAMÓN ALEJANDRO SANTANA MONTÁS, para que notifique la presente sentencia; Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma.- YIMARLY V. RODRÍGUEZ ANGELES, Jueza Presidenta, YALMA OZUNA BERNARD, Secretaria. El presente Divorcio fue pronunciado por ante el oficial del Estado Civil del Municipio de Higüey, el día 10 del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), registrado como el acta No. 000222, Libro No. 00169, folio No. 0043, del año 2018. La presente publicación ha sido hecha hoy día Veintiuno (21) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, según el Artículo 92, Párrafo III, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título (Dueño a favor de JUAN DE LA CRUZ BLANCO URENA y acreedor a favor de LA COOPERATIVA LA ALTAGRACIA”, INC.), expedido por el Registrador de Títulos de Santiago, sobre el siguiente inmueble: “DE SUS DERECHOS SOBRE EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: APARTAMENTO C-2, BLOQUE B-C, DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL LOS PRADOS, CON 80.00 (OCHENTA PUNTO CERO CERO) METROS CUADRADOS CUBIERTOS, SOBRE SOLAR 13-003-8454, MANZANA 2220, DEL DISTRITO CATASTRAL NUMERO 1, DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO. AMPARADO POR EL CERTIFICADO DE TITULO NUMERO 2-875-154.- EMITIDO POR LA REGISTRADORA DE TÍTULOS DE SANTIAGO y el acreedor correspondiente a la siguiente hipoteca inscrita: Por la suma de RD$450,000.00, de fecha once (11) de mayo del año dos mil siete (2007), legalizado por el notario público de los número para el municipio de Santiago, Doctor Gerardo Contreras López . En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Brailyn Arsenio Cabrera Pérez Solicitante

EDICTO DE SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO De conformidad con el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, reformado por la Ley 764 de fecha 20 de diciembre del año 1994, se hace la publicación: DE FECHA DE ADJUDICACION: Día martes cuatro (4) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00 a.m.), horas de la mañana, en reiteración de la Publicación hecha en fecha diez (10) de julio del año dos mil dieciocho (2018). TRIBUNAL ANTE EL CUAL SE EFECTUARA: La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, en la segunda planta del local que ocupa el Palacio de Justicia de El Seibo, ubicado en el Km. Uno y medio (1 ½) de la carretera Mella, en el tramo Seibo-Hato Mayor, frente al cuerpo de Bomberos, en la audiencia de pregones que esta celebrará: INMUEBLE A VENDER: Un Local comercial dedicado especialmente a la compra de cacao. El mismo consta de una edificación hecha de bloques de cemento, techada de zinc, piso de cemento, sin empañetar, distribuido en la siguientes formas: A.- Un Salón principal, ubicado en la parte frontal, distribuido de la forma siguiente: Dos locales para oficina, dos baños y un salón principal, provisto de Cámaras de Seguridad, instalaciones eléctricas, agua potable y B.- Un salón construido con las mismas condiciones que el primero, el cual posee en su interior; un honor para secado de cacao completo, una planta seleccionadora de granos (limpiadora. Una casa de block, techada de zinc, piso de cemento, sin empañetar, la cual consta de dos habitaciones (02) para uso familiar del personal, un depósito de agua construido en bloques de cemento y un tanque de metal con una capacidad aproximada en tres mil galones de agua, constando además con cuatro naves (04) destinadas para el secado de granos tipo túnel, techo arqueado, construido con angulares de metales, tubo de metal, alambres, maderas, con un sistema de drenaje interior para evitar humedad, protegido o techado en lona plástica, además de las anexidades, dependencias que existen en el referido local, el mismo consta con una verja perimetral construido en block, puerta de acero, cuya propiedad correspondiente a la COOPERATIVA AGROPECUARIA EL CENTRO, INC., edificado dentro de los límites siguientes: en el Km. Medio (1/2) de la carretera Seibo-Las Cuchillas, próximo al puente de salida hacia Las Cuchillas, con las coordenadas UTM 19Q 0496538 E 2075066 N 98 MT. Dentro del ámbito de la Parcela No. 4-A, del D.C. 6to., con un área superficial de Cinco Mil Quinientos Dos (5,502 Mts.2) metros cuadrados, dentro de la siguiente colindancias al Norte: Ezequiel Mejía (Cheché Mongo); al Sur: Sucesión Fredy Rincón Mojica; al Este: Sucesión Fredy Rincón Mojica; y al Oeste: Carretera Seibo-Las Cuchillas, inmueble adquirido por la COOPERATIVA AGROPECUARIA EL CENTRO, INC., mediante el acto de venta bajo firma privado convenido entre los SRES. RAFAEL RINCON y ALEJANDRO GONZALEZ y ERNESTO MERCEDES MORALES, instrumentado por el Notario Público DR. LUIS E. FIGUEROA A., de los del número del municipio de El Seibo, el cual no aparece registrado ni posé título de propiedad, según la certificación expedida por la Conservaduría de Hipotecas de El Seibo, de fecha 1ro. de mayo del año 2018. Persiguientes: SRES. JOSE MANUEL GOMEZ ABREU y MARTIRES BATISTA FERRERAS, dominicanos, mayores de edad, casado, soltero, respectivamente, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 031-0263363-7 y 031-0243257-6, domiciliados y residentes en la calle Teófilo Ferrer No. 31, del sector Mirador Sur, de esta ciudad de El Seibo; Embargado: Los inmuebles propiedad de LA COOPERATIVA AGROPECUARIA EL CENTRO, INC., El Seibo, representada por su Presidente JUAN ANTONIO ZORRILLA MONTAS, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 025-00122533, domiciliado y residente en la calle Principal No. 32-1, paraje Dieguillo, de la Sección Las Cuchillas, de esta ciudad de El Seibo. El Acta de embargo es el No. 112-2018, de fecha ocho (08) de marzo del año dos mil dieciocho (2018), Folio No. 131/133, instrumentado por el Notario Público HECTOR JULIO BERROA TEJADA, de los del municipio de El Seibo, en virtud del artículo 51 numeral dos (02) de la Ley 140-15 promulgada en fecha siete (07) de agosto del dos mil quince (2015), el denunciado mediante el acto No. 132-2018, de fecha quince (15) de marzo del año 2018, instrumentado por el Ministerial JOSE DOLORES MOTA, Ordinario de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, el cual contiene anexa copia íntegra del Acto de Embargo realizado contra la COOPERATIVA AGROPECUARIA EL CENTRO, INC., y ha sido inscrito y registrado en el Seibo, República Dominicana, el día 19 de marzo del 2018, en el Libro letra R-5, Folio 192 No. 377 percibiéndose por derechos 100.00 visados por la Conservaduría de Hipoteca de El Seibo, ejecutado en virtud de la sentencia No. 156-2017SSEN-00046-NCI, No. 156-2017-NCI-00001 de fecha 15 de marzo del año 2017, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, notificado mediante el Acto No. 315-2017, de fecha 14 de junio del año 2017, instrumentado por el Ministerial JOSE DOLORES MOTA, Ordinario de la Cámara Civil del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís y certificación de no recurso contra dicha sentencia civil de fecha 26 de enero del 2018; PRECIO: El precio de la primera puja fijado por los persiguientes, es por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL, SEISCIENTOS VEINTE, CINCUENTA (RD$2,562,620.50) PESOS más los gastos y honorarios profesionales del procedimiento, de conformidad con la Ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en dinero en efectivo o cheque bancaria certificado, que deberá ser depositado en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, sin cuyo requisito no será admitido como licitador, de conformidad con el pliego de cláusulas y condiciones depositado en la Secretaría de dicho Tribunal, en fecha cuatro (04) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), en la ciudad de Santa Cruz de El Seibo, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LICDA. ORQUIDEA CAROLINA ABREU SANTANA, ABOGADA FC361198

LIC. RAMON DE LA CRUZ SEVERINO, Abogado de los persiguientes. FC 361195


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICIDAD 21

( '

11 DE M ARZO 20 ( ' 17 | ELNU 11 DE M EVODIA ARZO 20 RIO.CO 17 | ELNU M.DO | @ELN EVODIA UEVODI RIO.CO ARIORD M.DO | @ELN UEVODI ARIORD

' + ' + ) )

Bienes Ra ices Bienes Ra ices

Automóv iles Automóv iles

' + ' +

Empleo s Empleo s

CLASIFI CA CLASIFIDOS 09 CADOS 09

Capacitac ión Capacitac ión

Legal Legal

Diversos Diversos

* ""# * ""#

*

# *

#

* "

# Nissan Ve rsa SL 20 Indepen * " # denncia,# 11, Av Nissa Versa Honda kmSL7 1/2 Al lado de Civic 20 2011 , , Av Indep l ba nc en 04. Av Independ deonc po Tel: 829-8 pukm ia,# lar. 7 * "# Al lad 36o-04 ndcia , #kicm 7 1/2, Al lad Hoen a Civ de43 l . 1/.2,Av 2004 o dede l ba Tel: 829-8 banco popular. pe nc Innd enocia po, #k Tel: 809-5 * "# 36-0443 pum lar,7 Al lad 34o-71 . 1/2, Chevrolet de21 l . Tel: 809-5 banco popular, 2008, Av. Equinox, año 34-7121 evSa rolras Ref.: CaCh a uin et otEq . , #8ox si08 0., es, qu año Avina lló. Tel:20 . SaDr . De ras 80 ot fiRef.:9-2 Ca55 si -8888 a , #80. lló. Tel: 80 esquina Dr. Defi9-255-88 88

*

"#

* "# Honda Ac Av. Saras cord, año 2012 otaa, #80. , nd si esquHo AccoRe rd,f.: Ca Avina . SaDr Defilló.año- 2012, ras. ota 809-255 -88 si es Rel: f.: Ca88ina , #80.Te qu 809-255 Dr. Defilló. Te l: -8888

*

#" *

#"

Kia Soren to, año 20 Sarasota 15, Av. Kia , ren0. esquina So#8 to,Reañ f.:oCa 20si Sa Dr filló. Te 15, Av. 809-255 rasot. aDe , #8 l: Ca -88ina esqu f.: 88 Dr 0. Re . Defilló. si 809-255 Tel: -8888

Hyunda i Sona ta GL America S Hyno 2009 i , Av Independen unda * "# ta Amcia cam Sona no 7 1/ Al GLS lado del eri,#k Kia Cerat pe banco po20092,, Av * "# Indecia,#kpu Tel: 829-8nden mlar7. 1/ Sarasota o, año 2015, Av lado36 de-04 43nc * . l ba , #8 Kia Ce . o po 2, Al # rat0.o,Re esquina Tel: 829-8 pular. añf.:o Ca * #" 20si SarasDrot. aDe 36-0443 809-255 * , filló. Tel:15, Av. . -88ina es Toyota Ca # 88 #80. Re qu * #" Dr. Defill f.: Casi mry SE 20 * #" To 80 yo 9-2 Indepen ó. 07 ta 55-8888 Tel: , Av Highland deta Toyo ncCa ia,# er 4-Cilin dro 2011 km 7 1/2 Al lado de mr * #" Toyota Tu Toyo , Av Higep , , Av 2007 Ind l ennco y SE ndra, añ cia,#km ta Ind hlaen denc po Tel: 829-8epba ndde * #" pukm ia,# erno 2011, lar. 7 4-Cilin- Av. SaTo 1/2 Al lad 36o-04 rasyo 11, ,Al 1/2, banc dro720 ota 0. Avlad de43 l . Indoep TundRe deen ociapo l den- esquina ta, #8 ra,f.:añ Caosi 20 Tel: 829-8 banco popular. ,#kpu * lar m Av . Dr 7 Te . Sa . 83 1/2 l:, Al82lad 36-0443 Defill 6-0ba Kia Soren #" 9- o de 443. 809-255 rasota ó. Rel: 11, , #8 . nco po to, año 20 * !# -88ina esqu l f.: Casi 88 Dr 0.Te pular. Te Sarasota . Defilló. 836-044 l: 829Kia , #80. Re 15, Av. 809-255 3. Tel: Jeep * !# quina Dr Soren to,f.:añ Caosi20 -8888 * "# es-15, Grand Ch Sa . De ras Av. erokee La do, año 255-888 otafill, ó. #8Te 0. l:Re80 re20 f.: 98 qu Casi esJee 12 ina , p * "# Avd. Saras Dr. Defill #80. Ref.: Gran Cheroota ó. Tel: 80 Casi esq 255-888 kee, LareFord Mu , añ 9Defillódo 2012uin 8 sta , Ava. Sa . Te0.l: 80o9-2 Drras . #8 bra GT50 ng Shelby CoRef.: Ca ota , 55si-8888 * Ford0Mu esq Me # De uin c filló 20 sta a Indepen . Tel: 809-2 Dr ng09 Av Sh, elb bradeGT 55-8888 . nc50 ia,# * Al lado de 0 km 20 , y Co# Ind l ennco Me7c 1/2 09, Av Je * # denc po Tel: 829-8epba ep Gran pukm ia,# lar. 7 1/2 Al lad 36o-04 d Chero de43 , 2005, * "# l . * # kee JeAv Tel: 829-8 banco popular. ep Ind ep Gr Toyota cia,#km andenden36-0443 * "# 7 1/ 2005 . Kia Soren , 2,AvAl lad Cherokee 2011 Highlander XLE banco po to, año 20 , ToAv V6 * #" cia mlar. Indoepde enl Sarasota 12, Av. High epen * "# 7 1/Te2,l: Al829- den- cia,#km yotaInd 836-044 ,#kpu #8ren 0. Re 20 7 , , Al landern-XLE V6 quina Kia ,So lado de 3. o banc to,f.:añ Caosi esFord * #" Av lad l banco 111/2 po Drras Sa . De Indoep de otafilló. 0. l: 2012, Av. 2011 Explorer * l ciapo 836-044 pular. Tel: 829en XLT, añ 25 pu de ,#k 5-8 nRe80 Kia Soren "# 888ina , #8Te 7 .1/2 3. Tel:, Al829f.: 9o 836-044 mlar qu Casi es- Re ,FoAv rd. Sa to LX (tr Dr. Defill lado de Exras ba3. plootrer a, #8 nco po f.: Ca es fila l ó. Tel: 80 es, qu XL0. 20si11 255-888 pular. Te T, año año 20 ina Kia11 9lló Av Dr 8 836-044 So, ren Av.toSaras s) . l: . Te . SarasDe 829l:Re80 otfi3. LX (trot a, #80. #80. Re f.:9-2 55es Casi esa,filas) -88 añf.:oCa20 88 qu es, qu ina Dr. De Defilló. Te si11 lló. Tel: 80 Avina Drras . Sa . ota, fi#8 l: 9-2 0. 80f.:9-2 Re 55-8888 * # Ca55 esqu 88ina Defilló. Te si-88 Dr. l: 809-255 * # -8888 Honda Accord EXL V6 2013, *! # HoAv Acep cia,#km ndaInd en co de rd n7 1/2 2013 *! # , Av , Al lad EXL V6 banco po Toyota Ca de l cia mlar. Indoep en mry SE 20 7 1/2 Tel:, Al829- den- Ind 836-044 ,#kpu 11, Av epTo lado de ba3. enyo nco po deta ncCa l ia,# km mr 7 1/2 y SE 836-044 pular. Tel: 829- Al ladoInd deep , , Av 2011 l ennc 3. deonc po Tel: 829-8 ba * pukm ia,# lar. 7 1/2 Al lad 36o-04 # de43 , l . * Tel: 829-8 banco popular. 36-0443 # .

%

*

# *

# Kia Cerat o *! # penden 2011, Av IndeKiacia ratm o 7 112,, Al *! lado del Ce,#k Av Inde- Toyota Corol # pe banco po201/ cia,#kpu la LE 2012 Tel: 829-8nden mlar7. 1/ Indepen lado36 , Av -04 de Toyo detancCo 43nc l ba . o po 2, Al Al ia,# rolkm ladoInd 7 1/2 la LE Tel: 829-8 pular. deep 2012 , , Av l ennc 36-0443 deonc po Tel: 829-8 ba pukm . ia,# lar. 7 1/2 Al lad 36o-04 de43 , l . Tel: 829-8 banco popular. 36-0443 .

"!

"&! & "&!

&

Brisas de % l Apartam Caribe entos sas de de 94 mt 2 bañoBri s, Comel Carib e s con 3 ha dor , co amen $ Aceras am queo. Apart bit 94a, ba con, aciones, baños, Co tos decin Patio int plias. A 5 mi2nu n 1 parme r , mtslcó egrad $ tos Acera cocina, 3 habit o pli . de estabdo s am enas. tes: queo 1er piso. balcón, acionesTe, rraza lecimien A 5 minu tio ha 1 par- Parqu Patec tos impo intda dispo egrad tos nib eo de rta o s le en nestablec Terraad tes: 1eren zaici onale pis4to piso. tec imientos disponib o. importa De Parqueos hadas dis le en 4to n- sde RD adicionaleponibles $ piso. 2.428,50 s disponib Reserve Proyecto les coen RD$5 0 sd RD$ 0,000. SepareDe Áreas So cerrado con co co 28,500 ntrol de Procia les co RD$ 2.4 senrve yecto Inicial Re Área pa acceso. 0,0$5 cenrraca ncha de 000,0 depa20% con10RD do . 00 ra entos Se re code Entrega londe . OficinaÁreasevSo ntrol va$lor de ciales . co con coba n lRD cesto ad de . Ini 10 l Ár ac n mi inm sd cia ea 0,0 ce ca l dee 20 00. ueble. panis oc% Oficina ra tra tubre tivtos even a. . ncha de balon so. del 20 pa ra la jun va 17 . icina cesto. Para Entrega de Areas Of sde oc lor del inmueble mas nisde tivcinos deiciespaadmita Of . a. . rcimi trave na pa Vanessa informacionestubre 2017 . to.ta : Areas de ra laenjun ntin raSama Tels: 82Pa9-9 s inform esparcimi de vecinos. ac Vane20 ion ento. -58 ssa es Inmobilia : Sa38 ntin Tels: ria 824c asa 9-9 s.c 38 Inmobilia 20-58om ria4casa s.com

& ' $&% %"#


Viernes 24 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

22 MÁS NOTICIAS

Las autoridades y familias de Azua conocen funcionamiento CAiD de sJ

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Nipponia, modelo CG150, color negro, año 2016, placa y registro K1286674, chasis XF1CG150AGY006183, a nombre de JUAN FERNANDO LANTIGUA MERCEDES, cédula 071-0022334-1. FC361147

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Kia, modelo Sportage, año 1995, color gris, placa y registro No. G102408, chasis No. KNAJA5538S5102266, propiedad de ANTHONY WILBERT SORIANO, cédula 223-0082645-4. FP 99148

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, color blanco, año 1993, placa y registro L107448, chasis YN850039525, a nombre de FAUSTO GERMOSÉN SÁNCHEZ, cédula 026-0033310-4. FC361190

PÉRDIDA DE PLACA: marca Hyundai, modelo Starex, año 2009, color negro, placa y registro I069087, chasis KMJWAH7JP9U155519, a nombre de JESÚS ALBERTO VASQUEZ CABA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta privada, marca Honda, color gris, año 1975, placa y registro K0257791, chasis C508086075, a nombre de FINANCIERA CONAPLAV C. POR A.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, color negro, año 2013, placa y registro chasis A774120, 19XFB2F85DE080874, a nombre de JOSÉ MIGUEL LORENZO NÚÑEZ, cédula 001-0256932-4. FC361191

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Honda, modelo CRV, año 2009, color verde, placa y registro G321461, chasis 5J6RE48799L000912, a nombre de CAMIER ISMEL CARABALLO SANTANA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Ford, color negro, año 2008, placa y registro chasis A596926, 1FMCU92Z28KD48542, a nombre de SHAKIRA DONIPSA CORONADO SANTANA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Hyundai, modelo Sonata Limited, año 2009, color blanco, placa y registro A624921, chasis KMHEU41MP9A610481, a nombre de JRS LIMITED, S.R.L. RC361189

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Audi, color blanco, año 2009, placa y registro A533712, chasis WAUZZZ8K89N019898, a nombre de SERGIO MOYA DE LA CRUZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Kia, color negro, año 2011, placa y registro A696200, chasis KNAGN415BBA038442, a nombre de ERNESTO ALONZO FELIZ TEJEDA, cédula 001-1868527-0. FC361188

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, Marca Toyota, color verde, año 1996, placa y registro A131455, chasis 2T1BB02E3TC147256, a nombre de RAFAELINA VARGAS BRITO.

PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO, Marca HONDA, modelo CIVIC, color NEGRO, Año 1994, placa A386920, Chasis 1HGEJ2229RL020726, a nombre de NARCI ESPERANZA VELEZ HERNANDEZ, CED. 001-0530412-5. (RC-7050-PN)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Hyundai, año 2011, color gris, placa y registro G249880, chasis KMHSH81XBBU660377, a nombre de KENLLA CRISTAL PEÑA DE LA CRUZ.

Cambio de propietario, del catamarán de recreo de nombre “REY DE REYES-IV”, matricula CR-R95-2830SDG, de 34.5 pies de eslora 12 de manga y 6 de puntal, color blanco, propiedad del Sr. JULIO ANTONIO YNIRIO GUERRERO, para que en lo adelante figure a nombre del S. FAUSTO CASTRO VINCENT. FC361179

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mitsubishi, año 1999, color rojo, placa y registro A209488, chasis JMYSRCK1AXU003968, a nombre de ARACELIS YLUMINADA GÓMEZ CABRAL.

Cambio de nombre del catamarán de recreo de nombre “REY DE REYES-IV”, matricula CR-R95-2830SDG, de 34.5 pies de eslora 12 de manga y 6 de puntal, color blanco por lo que solicito para que lleve LA REQUENA-I, LA REQUENA-II, y/o LA REQUENA-III, propiedad del Sr. FAUSTO CASTRO VINCENT. FC361180

AZUA.- El Despacho de la Primera Dama presentó de manera formal el funcionamiento y servicios que ofrece el Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), recinto San Juan, a entidades sociales, comunitarias, religiosas, políticas y familias de la provincia de Azua. Un equipo encabezado por el director del CAID San Juan, doctor Fausto Martínez, se trasladó a esta provincia para llevar informaciones sobre las condiciones atendidas en el centro, así como el proceso para acceder, y los servicios que reciben los niños, niñas y sus familias una vez se estudian sus casos y son admitidos como usuarios. La actividad se llevó a cabo en las instalaciones de la Universidad Tecnológica del Sur (UTESUR), en coordinación con la entidad no gubernamental Plan Internacional. El doctor Martínez, apoyado de un video presentó a los asistentes amplios detalles de los servicios que ofrece el centro y planteó la

necesidad de que se involucren todos los sectores con esta iniciativa del Despacho de la Primera Dama, que más que una institución es un proyecto de nación que promueve una cultura de inclusión y solidaridad. La actividad se realizó por disposición de la primera dama de la República, Cándida

Montilla de Medina, en su interés de continuar dando respuesta a la población de personas con discapacidad, ubicadas entre una de las más vulnerables de la sociedad. En San Juan funciona el tercer centro de esta naturaleza en el país, dedicado a la evaluación, diagnóstica y rehabilitación de niños y niñas de cero a diez años, con trastornos del espectro autista, parálisis cerebral infantil y Síndrome de Down, para mejorar su calidad de vida y la de sus familias. Los otros centros son Santo Domingo Oeste y Santiago. Está en proyecto la construcción de otro centro en Santo Domingo Este.

PÉRDIDA DE PLACA: de camioneta de carga, marca Nissan 120, color blanco, placa y registro L191681, chasis 3N6GD12S2ZK851758, a nombre de CÁNDIDO ORTIZ BATISTA. FC361192

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla CE, color rojo, año 1996, placa y registro No. A422074, chasis No. 1NXBB02E9TZ356502, propiedad de RAFAEL BELEN INFANTE, cédula No. 001-1164259-1. FP 99087

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Jincheng, placa K0122829, color rojo, chasis LJCPAGLH4A1000765, tipo motocicleta, año 2010, propiedad de INVERSIONES LISBRANNY, SRL, RNC 1-30-68232-1. FC 361111

PÉRDIDA DE PLACA: marca MG, modelo MG5, año 2014, color gris, placa y registro A641708, chasis LSJA14E92EG011823, a nombre de EDIT RAMIREZ RAMIREZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Infinity, color dorado, año 2004, placa y registro G232827, chasis JNRAS08W24X203752, a nombre de MIGUELINA DE PEÑA DE SEVERINO. FC361095

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo V118L-HY, color azul, año 2008, placa y registro No. L245914, chasis No. JDA00V11800027380, propiedad de JOSE NICOLAS BAEZ ALMONTE, cédula 046-0038565-4. FP 99088

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo jeep, marca Mitsubishi, color negro, año 2000, placa No. G164654, chasis N84W0013341, a nombre de GABRIEL POLIVIO ABREU RODRIGUEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga marca Daihatsu, modelo V118L-HY, año 2005, color rojo, placa y registro L183546, chasis V11821553, a nombre de BLASINA MEDINA MESA, cédula 0760003162-4. FC 361173

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Ford, color azul, año 2003, placa No. L266034, chasis 1FMZU67E73UC58654, a nombre de LUIS IVAN ALONZO RAMIREZ.

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Jincheng, modelo AX100, color negro, placa y registro K0026434, chasis LJCPAGLH08SC29659, a nombre de LUÍS MANUEL ESTRELLA ESTRELLA, cédula 001-1197642-9. Fp99105

PERDIDA DE PLACA: AUTOMOVIL PRIVADO, Marca HONDA, modelo CIVIC EX, color NEGRO, Año 2005, placa A550179, Chasis 2HGES26715H559531, a nombre de MARTIN MARIANO ESTEVEZ FRANCISCO, CED. 402-2088181-3. (FM-RO-18217-CM-23-2425/08/2018)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Z, año de fabricación: 1998, color rojo, placa A311838, chasis AT1BG22KXWU359514, propiedad de FAUSTO JOSE LOPEZ, cédula No.041-0012214-4. FC 361172

PÉRDIDA DE PLACA: marca Freightliner, color morado, año 1999, placa y registro L253588, chasis 1FUPDSZB9XPA34146, a nombre de ADRIANO ACEVEDO.

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, color azul, año 2002, placa y registro K0015310, chasis LC6PAGA1020012708, a nombre de SANDY GIL LEONARDO, cédula 0290008659-2. FP99106

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo Hi Jet, color rojo, placa y registro No. L061771, chasis S110P034298, propiedad de JUAN CARLOS MORA, cédula 001-0377349-5. FC 360879

Un equipo encabezado por el director del CAID San Juan, doctor Fausto Martínez, se trasladó a esta provincia para llevar informaciones sobre las condiciones atendidas en el centro.

placa DD01582, propiedad de VARGAS RUBIO IMPORT, C. POR A., RNC No. 1-30-21963-1. FC 361105

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Yamaha, color negro, año 2001, placa y registro K0014376, chasis MH33HB008YK249284, a nombre de SIXTO LUGO PEGUERO, cédula 093-0054298-3. FC361181

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, color azul, año 1999, placa y registro L165172, chasis V11812101, a nombre de SOFÍA YASELIS BRANAGAN GIL, cédula 001-1319567-1. FC360906

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Isuzu, placa L141275, color negro, chasis 4S1CL11L9R4204605, tipo carga, año 1994, propiedad de ANGEL VILLANUEVA LORENZO, cédula 093-0002704-3. FC 361156

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Yamaha, placa K0243147, color negro, chasis MH33HB0085K270828, tipo motocicleta, año 2005, propiedad de ISIDRO ENCARNACION ALCANTARA, cédula 003-0064078-6. FC 361153

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Domoto, color rojo, año 2014, placa y registro K0455053, chasis LV7MGZ402EA900862, a nombre de RAMÓN CORRIPIO SUCESORES, S.R.L., RNC: 101010428.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para general conocimiento y de acuerdo con las disposiciones del Art.42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha DOS (02) DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, dictó la Sentencia No. 186-2018SSEN-00620, cuya parte dispositiva textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos JONATHAN RAFAEL FLORENCIO CONTRERAS e HILDA ALTAGRACIA GRILLO CASTILLO, conforme al acto de estipulación de divorcio No. 17, instrumentado por ante le Notario Público de Higüey, Dr. RAMÓN ABREU de fecha 13/4/2018, transcrita mas arriba de esta sentencia. SEGUNDO: AUTORIZA el pronunciamiento de divorcio por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente; TERCERO: Compensa las costas POR TRATARSE DE LITES ENTRE ESPOSOS. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma.- KARINA MARÍA COLOMÉ ABREU, Jueza suplente, ALMA OZUNA BERNARD, Secretaria. El presente Divorcio fue pronunciado por ante el oficial del Estado Civil del Municipio de Higüey, el día 10 del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), registrado como el acta No. 000223, Libro No. 00169, folio No. 0045, del año 2018. La presente publicación ha sido hecha hoy día Veintidós (22) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LICDA. ORQUIDEA CAROLINA ABREU SANTANA, ABOGADA FC361198


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook