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Legales

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SABADO 24 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA

AVISO DE DESLINDE

Se avisa que el día 6 de marzo del año 2018, a las 9:00 A.M, se dará inicio al trabajo de DESLINDE de una porción de terreno de 121.50 m2 dentro del solar 2-Prov, Manzana 733, del D.C. 1, Distrito Nacional, ubicada en la calle Juan Erazo. No.45 Villa Juana, Distrito Nacional, propiedad de LUIS PÉREZ MATEO Expediente. No. 663201800714.

Se hace de público conocimiento que para el día 16/3/18, a las 10:00 a.m., se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde de una porción de terreno Solar No. 15-Provisional, porción G-3, con una superficial de 720.00 Mts.2, ubicado en la calle Mercedes M. de Guerra No. 14-B, sector Los Maestros, del municipio y provincia San Pedro de Macorís, propiedad del SR. CARLOS MAXIMO ACOSTA, Expediente No. 663201709248.

Que el día 7 del mes de Marzo del 2018, a las 9:30 a.m., se dará comienzo a la mensura para fines de Deslinde, de una porción de terreno dentro de la P. No. 15-C, del Distrito Catastral No. 07, del Municipio de Cotuí, Provincia María Trinidad Sánchez, ubicada en la Carretera Angelina-Cotuí, en el Distrito Municipal de Angelina, donde funciona la envasadora de GLP Propagas, según Autorización, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Noreste, No. 661201800801, en fecha 22 de febrero del año 2018, a peticíón de MARGARITA GRULLON CRUCETA.

AGRIM. Teolinda Hernández Berroa. Codia: 5287 Telf. (809) 699-9360

AVISO DE INCORPORACION SIN FINES DE LUCRO “FUNKIDS INTERNATIONAL FOUNDATION” En cumplimiento de las disposiciones del Art. 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, y el Art. 42 del Código de Comercio de la Rep. Dom., se hace de público conocimiento lo siguiente: 1.- que en fecha 04 del mes de junio del año 2017, fue constituida la “FUNKIDS INTERNATIONAL FOUNDATION” sin fines de lucro, y que el Magistrado Procurador General de la República Dominicana, mediante la Resolución No. 001-2018, de fecha 23 del mes de enero del año 2018, la incorporó, como una Organización sin fines de lucros organizada de conformidad con las leyes de la Rep. Dom., 1.Con su domicilio en la calle Duarte No. 74, Campo Lindo, La Caleta, Boca Chica, provincia Santo Domingo; República Dominicana; pudiendo establecer seccionales o Sub-seccionales en todo el territorio dominicano y en el extranjero, conforme a como lo regulan los Estatutos; 2.- Que su tiempo de duración es indefinida, cuyo objetivo principal; 3.Dedicarse a mejorar la calidad de vida de niños, jóvenes y adultos de escasos recursos, proveer las destrezas necesarias para que con su canasta básica en el caso de las áreas rurales emprendan una dieta balanceada, saludable y económica con los productos cultivados en su entorno, para sus logros debemos cumplir con los siguientes objetivos específicos: A) Educar a niños y jóvenes adolescentes mediante programas de formación integral a los familiares de las comunidades en zonas rurales y urbanas vulnerables. B) Ofrecer atención médica primera a comunidades desposeídas y alejadas del sistema de salud. C) Cuidado de niños; D) Auspiciar y organizar cursos, talleres, seminarios y charlas para contribuir a la formación de nuestros familias y promover los buenos usos de los recurso tanto humanos como materiales, etc.; El Consejo Directivo quedó designado para su primer período de las siguientes manera: MODESTA MONTERO: Presidente; PILAR ZAMONA MEDINA, Vice-Presidente; KEYLA E. MONTERO N., Secretaria; EPIFANIA GUZMAN DE JESUS, Tesorera; RAMON ALBERTO PINEDA MUÑOZ, 1er. Vocal; ELIAS MATE LOPEZ, 2do. Vocal. Fueron depositados los documentos referente a la presente asociación, en las Secretarías del Juzgado de Paz del municipio de Boca Chica; y en la Presidencia de la Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Santo Domingo y en Ayuntamiento del municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo.

MODESTA MONTERO, Presidente. FC 95930

AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA (S. A.) A UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.) NOROESTANA AGROINDUSTRIAL, S.A. (NORAGROINSA)

AGRIM. MARIO ALBERTO JIMENEZ PEREZ, Codia 19784.

AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.662201801810 Se avisa que el 12 de marzo del 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 153.24m2 en la parcela 52, D.C. 11, ubicada Ave. Gregorio Riva #62 a 22.51m. dirección este de la calle José Mateo, San Antonio, municipio y Prov. La Vega, autorización de mensuras del 21/02/2018, propiedad de ELADIO CAPELLÁN BAUTISTA realizado por:

AGRIM. ELADIO RAMON MARTE TRINIDAD, CODIA- 4080. Agrimensor Contratista. (ACFF-3941-PC)

AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.662201801571 Se avisa que el 9 de marzo del 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 252m2 en la parcela 15-H-2-K, D.C. 05, ubicada en la calle Juan Rodríguez a unos 80m al este del Centro Médico Padre Fantino, municipio y Prov. La Vega, autorización de mensuras del 14/02/2018, propiedad de OSCAR ANGELO PEREZ ESPAILLAT realizado por:

ARIEL DE JESUS MARTINEZ MARTINEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 27184. (RDA-AC-12721-PC)

AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.661201800168 Se avisa que el 29 de marzo del 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde y subdivisión en la parcela 106 D.C. 7 ubicada en el municipio de Fantino y Prov. Sánchez Ramírez, autorización de mensuras del 12/01/2018, propiedad de ARGELIA BIBIANA EVANGELISTA CASTAÑO DE SANTOS Y LIC. JUAN GONZALEZ VILLALONA realizado por:

AGRIM. JUAN SANTIAGO PEÑA, Codia: 15360. FC 355216

SINDICATO NACIONAL DE MAESTROS CONSTRUCTORES REGS/40/62

CONVOCATORIA A: Todos los miembros del Sindicato Nacional de Maestros Constructores El Sindicato Nacional de Maestros Constructores Informa; que celebrará una asamblea el día 24 de Marzo del Año en curso, para escoger los directivos que los representarán durante el período 2018-2020; Dicha Asamblea se llevará a cabo en el local de FENTICOMMC en la Calle París No. 2 a las 10:00 a. m Villa Francisca. Esperamos su puntual Asistencia: Atentamente,

JULIO GUANTE MOTA, ABRAHAM MARMOLEJOS, Sec. General en Funciones. Sec. Organización. FC 355228

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento de lo que dispone el Art.92 párrafo III de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Duplicado del Acreedor No.98-8197, Parcela No. 10-B-3REF-193, del Distrito Catastral No. 20 con una extensión de de superficie de CERO HECTAREAS, CERO CUATRO (04) AREAS, CERO CERO (00) CENTARIAS, Ubicado en el Distrito Nacional, expedido por la Registradora de Títulos del Distrito Nacional que ampara el derecho de propiedad de la señor MARCOS ANTONIO JIMENEZ CHAVEZ, Dominicano, Mayor de Edad, Portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0090684-1, domiciliado y residente en esta Ciudad de Santo Domingo.

De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la Sociedad NOROESTANA AGROINDUSTRIAL, S. A. (NORAGROINSA), a una RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L)., dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la sociedad, la cual se denominará “NOROESTANA AGROINDUSTRIAL, S.A. (NORAGROINSA)., la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana; y tendrá como objeto social explotación agrícola y ganadera, desarrollo de actividades agroindustriales; el domicilio de la misma estará ubicado en la Av. Anacaona, No. 39, Bella Vista, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; tendrá un Capital de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$100,000.00), y será administrada por las señoras EDUVIGIS CASTRO TAVERAS y MONICA ALESSANDRA PAVANETTO CASTRO, designado al efecto por un período de seis (6) años; la duración de la sociedad será indefinida. Mediante el presente Aviso se hace de público conocimiento que la transformación se llevará a cabo en el local de la sociedad el día catorce (14) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), y que el proyecto de transformación de la sociedad, junto con el balance especial, así como el informe del Comisario de Cuentas y Consejo de Administración ya están a disposición de los accionistas en el domicilio de la sociedad. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veintitrés (23) días del mes de febrero del año 2018.

Exp.662201801070 Se avisa que el 19 de marzo del 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 88, D.C. 05, ubicada en el municipio y Prov. La Vega, autorización de mensuras del 01/02/2018, propiedad de MIGUEL ANGEL MORILLA GOMEZ realizado por:

De conformidad con los Artículos 92, Párrafo III, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento, que se ha perdido o extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título No.236, Libro 51, Folio 236, que ampara el inmueble identificado de la manera siguiente: Parcela 121, del Distrito Catastral No.11 (Once), del Municipio de La Vega, Provincia La Vega, con una extensión superficial de 3,773.2 M2, a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, a nombre de la Compañía BRADEMO S. A., expedido por el Registro de Títulos de La Vega. En el Municipio de La Vega, Provincia de La Vega, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de Febrero, del año Dos Mil Dieciocho (2018).

EDUVIGIS CASTRO TAVERAS,

GILBERTO ALEJANDRO ANTON ESPINAL,

LIC. GERTRUDIS HENRIQUEZ VERAS,

Presidente del Consejo de Administración.

Agrimensor Contratista. CODIA 27057.

GILBERTO ALEJANDRO ANTON ESPINAL, Agrimensor Contratista. CODIA 27057.

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento del Art.42 de la ley 1306-Bis de Divorcio, se hace de conocimiento: Que en fecha veintidós (22) de diciembre del dos mil diecisiete (2017), fue emitida la Sentencia Civil No.532-2017-SSEN-02462 por la Séptima (7ma.) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de Familia, cuyo dispositivo dice así: FALLA: Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Andrés Arturo Abbott Paiewonsky y Giselle Alicia Escaño Mieses, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. Segundo: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Andrés Arturo Abbott Paiewonsky y Giselle Alicia Escaño Mieses, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 2, instrumentado en fecha 24 de octubre del 2017, por ante la Dra. Yahel Natacha Germán Bodden, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. Tercero: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo se hace saber que el veintiséis (26) de enero del 2018, el Oficial del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció el divorcio admitido por dicha sentencia, la cual transcribió en el Libro No.00001, de registros de Divorcio, bajo el Folio No.0093, Acta No.000047, Año 2018. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, a los veintitrés (23) días del mes de febrero del dos mil dieciocho (2018).

FC 355224

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

(AC-12718-CA-1/4)

(AC-12718-CA-2/4)

FC 355219

FC 355226

Abogada Apoderada. (AC-12719-PC)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

Exp.661201800169 Se avisa que el 19 de marzo del 2018 a las 11:00 a.m. iniciaremos el deslinde y Subdivisión en la parcela 106, D.C. 07 ubicada en el municipio de Fantino y Prov. Sánchez Ramírez, autorización de mensuras del 12/01/2018, propiedad de MANUEL DEMETRIO CASTAÑOS GIL Y LIC. JUAN GONZALEZ VILLALONA realizado por:

Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la Ley No. 1306-bis del 21 de Mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor DOMINGO BENJAMIN DIAZ DE LOS SANTOS, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, portador del Pasaporte número NV0179466,domiciliado y residente en los Estados Unidos y de tránsito por el municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, por medio de su abogado constituido y apoderado especial Lic. JOSÉ RAMÓN LANGUMÁS GUZMÁN, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, Abogado, casado, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados bajo matricula Número 34898-230-07, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral Número 053-0026817-3, con estudio profesional abierto en la calle Luperón Número 29 de esta ciudad de Constanza, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación. ADVIERTE a su legitima esposa la señora MERCEDES M. DURAN, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, el día LUNES que contaremos a VEINTISÉIS (26) Del mes de FEBRERO del año dos mil DIECIOCHO (2018), a las 9:00 a.m. a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la Primera Planta del Palacio de Justicia Ubicado en la calle General Luperon No. 11 de esta ciudad de Constanza, así como en la puerta tribunal, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que, a puertas cerradas, al efecto celebrara a Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia Del Distrito Judicial de Constanza, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Primera Planta del Palacio de Justicia ubicado en la calle General Luperon No. 11 de esta ciudad de Constanza, el día MIERCOLES que contaremos A SIETE (07) Del mes de MARZO del año dos mil DIECIOCHO (2018), a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, a los Veinte (20) días del mes de Febrero del año dos mil Dieciocho (2018).-

GILBERTO ALEJANDRO ANTON ESPINAL, Agrimensor Contratista. CODIA 27057. (AC-12718-CA-3/4)

AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.661201800267 Se avisa que el 19 de marzo del 2018 a las 2:00 p.m. iniciaremos el deslinde y Subdivisión en la parcela 106, D.C. 07, ubicada en el municipio de Fantino y Prov. Sánchez Ramírez, autorización de mensuras del 19/01/2018, propiedad de MICHELLE PUJOLS, ROBERTO MIGUEL PUJOLS Y LIC. JUAN GONZALEZ VILLALONA realizado por:

LIC. CABRINI ANTIGUA DIAZ,

GILBERTO ALEJANDRO ANTON ESPINAL,

Abogada.

Agrimensor Contratista. CODIA 27057. (AC-12718-CA-4/4)

Lic. José Ramón Langumás Guzmán Abogado Apoderado (YG-RCDEP-6805-PC-ENV-22-23-24/02/2018-2/2)


SABADO 24 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #10805 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de Título de Propiedad MATRICULA NO.3000283042 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 19,342.60m2 en el ámbito de la Parcela No.4773, del Distrito Catastral No.32 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de RAFAELA CASTILLO TAPIA, Propietaria. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 24 días del mes de febrero del año 2018.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #10805 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de Propiedad MATRICULA No.3000287982 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 2,401.94m2 en el ámbito de la Parcela No.523, del Distrito Catastral no.03 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de MARTIN FELIX ALBERTO, Propietario. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 24 días del mes de febrero del año 2018.

LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU,

LICDA. SIULETT ANNERIS MARTE ALEVANTE,

Abogado Apoderado. (OJDA-RC-6724-CC)

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Abogada Apoderada. (AC-12720-WP)

AVISO VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO Se hace de público conocimiento que el día quince (15) que contaremos a jueves del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, se procederá a la Venta en Pública Subasta y adjudicación al mejor postor y último subastador del inmueble que se designará más adelante en la Audiencia de Pregones, que al efecto celebrará en EL TRIBUNAL DE LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias en el palacio de justicia de Villa Mella, sito en la calle Ramón Matías Mella esquina Altagracia S/N, del sector Villa Mella, del municipio Santo Domingo Norte.

De conformidad el párrafo III, Art. 92, de la Ley 10805, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida (Duplicado del Dueño) del Certificado de Título, a nombre de ANDREA DOLORES DEL CARMEN SANTOS GUZMAN, Parcela 4-B-Prov., del Distrito Catastral No. 2, con una extensión superficial de 85.81 Mts.2. LICDO. MARCIAL CADETE LIRIANO.

EMBARGO: El embargo ha sido realizado en fecha quince (15) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), según mandamiento de pago acto No.999/2017, inscrito en el Registro de Título del Departamento de la provincia Santo Domingo, sobre el inmueble propiedad de los señores JORGE ALBERTO ROSARIO ARRENDEL Y NELY ARAUJO ORTIZ, con domicilio en la calle Santa Cecilia s/n altos de Sabana Perdida, del municipio de Santo Domingo Norte. INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARCELA No.3-REF-A, DEL DISTRITO CATASTRAL NO.17, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 140.00 METROS CUADRADOS, DE SANTO DOMINGO, AMPARADO EN LA CERTIFICACIÓN DE REGISTRO DE ACREEDOR MATRICULADO CON EL No.9800617863, PROPIEDAD DE LOS SEÑORESJORGE ALBERTO ROSARIO ARRENDEL Y NELY ARAUJO ORTIZ, EXPEDIDO A FAVOR DEL BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA. PERSIGUIENTE: El mencionado inmueble ha sido embargado a requerimiento del BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, institución autónoma del Estado, regida de conformidad con las disposiciones de la Ley de Fomento Agrícola No. 6186 del 12 de febrero de 1963, y sus modificaciones, con domicilio y oficina principal en su edificio marcado con el No. 601, de la Avenida George Washington de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representado por su Administrador General, CARLOS ANTONIO SEGURA FOSTER, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario bancario, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0528078-8, institución bancaria que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales al DR. RAÚL M. RAMOS CALZADA Y LAS LICDAS. ARGELY BAEZ BETANCES Y YUNILDA ALTAGRACIA LIBERATO ALMANZAR, dominicanos, mayores de edad, soltero y casado, domiciliados y residentes en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, titulares de la cédulas de identidad y electoral Nos.001-0066057-0, 223-0023654-8 y 001-1430072-6, respectivamente, abogados de los Tribunales de la República, con estudio común abierto en uno de los apartamentos de la primera planta del edificio mencionado más arriba y ad-hoc ad-hoc en la calle Ramón Matías Mellas esquina Altagracia S/N, donde se encuentra ubicada la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo. CONDICIONES DE LA VENTA: El pliego de condiciones ha sido depositado en la Secretaría del TRIBUNAL DE LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, en sus atribuciones civiles, constan las condiciones para las ventas y adjudicación del inmueble señalado, entre las cuales se encuentran las que a continuación se indican. El persiguiente ha fijado la suma de RD$886,982.96 (OCHOCIENTOS OCHENTISEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTIDOS PESOS CON 96/100), que es el monto de la deuda en principal e intereses devengados hasta la fecha del mandamiento de pago, sin incluir los intereses y demás accesorios vencidos al día de la venta, ni los gastos del procedimiento, intereses y gastos que serán indicados en el comienzo de la subasta. Todo subastador está obligado a depositar previamente en manos del Secretario del TRIBUNAL DE LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, en sus atribuciones civiles, sito en la calle Ramón Matías Mella esquina Altagracia S/N, del sector Villa Mella, del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en cheque certificado por una institución bancaria con domicilio en la República Dominicana, o en dinero en efectivo, moneda de curso legal, requisito sin el cual no serán admitidos, todo de conformidad con el Cuaderno de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá la venta. Hecho y Firmado en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitres (23) día del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. ARGELY BAEZ BETANCES Abogada, por si y por el Dr. Raul Ramos Calzada, Director Legal. LIC. YUNILDA ALT. LIBERATO A. Abogada

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 4891 de la Cooperativa Nacional de Servicios Múltiples de los Médicos, Inc. (MEDICOOP), a nombre del señor VICTOR MANUEL SANCHEZ FRANCO, cédula 0180032371-7. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 355145

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento, que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 027579, expedido por el BANCO DE AHORROS Y CREDITO, ADEMI, de fecha 16/05/2012, por valor de diez mil pesos (RD$10,000.00), a favor de GREGORIO JIMENEZ, cédula 022-0014546-0. FC 355230

FP 95868

AVISO PERDIDA CERTIFICADOS FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financiero Nos. 1ro.) 14-006005101-7 y 2do.) 14-006-003847-6 fechas de apertura 22/04/2010 y 24/04/2007 expedidos por un valor de RD$130,000.00 (CIENTO TREINTA MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) Y RD$10,000.00 (DIEZ MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS, respectivamente, emitidos el primero a nombre de GEIDY AMERICA OLEAGA y el segundo a nombre de GEIDY AMERICA OLEAGA y NORBERTO ANTONIO GUZMAN GUZMAN, respectivamente, por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto. (JAR-RO-16019-CC-22-23-24/02/2018)

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICACIÓN DE TÍTULO De conformidad con lo que dispone el párrafo III, Art. 92, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Titulo, certificado No.99-9411 inscrita en el Libro 1610, folio 343, a nombre de PEDRO ANTONIO BEASCOECHEA BAGUEIRAS, EUSEBIO ROBERTO BEASCOECHEA BAGUEIRAS Y JOSE RAMON BEASCOECHEA BAGUEIRAS, correspondiente al inmueble identificado como: solar No.7, Manzana No.301, D.C. No. 1 del Distrito Nacional; con una superficie de 600.40 metros cuadrados. Emitido por la registradora de Título del Distrito Nacional, en fecha del 25 de Noviembre de 1999.

Pedro Antonio Beascoechea Bagueiras Eusebio Roberto Beascoechea Bagueiras José Ramón Beascoechea Bagueiras.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Financiero marcado con el No. 233002966, por un monto original de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$1,500,000.00), del Banco de Reservas de la República Dominicana, a favor de CARLOS MODESTO MEJIA ACOSTA, cédula 0011185185-3. CARLOS MODESTO MEJIA ACOSTA. FC 355180

PUBLICACION POR PÉRDIDA DE TITULO. De conformidad con el artículo 92 párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre el registro inmobiliario, y artículo 83 párrafo b del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida de Duplicado del dueño del certificado de Titulo No. 84-1232, (Matricula No. 01001318399, inscrito en el libro: 3086, folio: 233, referente a la Parcela No. 172 D.C. No. 65.1 del Distrito Nacional con una con una superficie de 08 Hectáreas, 36 Áreas, 61 Centiáreas, a nombre del señor ABAD OLANCO HERRERA, para inf. Llamar al Dr. MIGUEL E. HILARIO BAUTISTA, 809-696-5430, 829-842-2010, abogado apoderado. FC355238

FC 355130

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADOS FINANCIEROS Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 001-270-000059-1, emitido por la CORPORACION DE CREDITO FINANZAR, S. A., por un valor de UN MILLON SETECIENTOS MIL DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,700,000.00), emitido el día veintidós (22) de octubre del año dos mil quince (2015), a nombre de la señora SANDRA ELIZABETH VEGA HERNANDEZ, cédula 001-0095959-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes. Para cualquier información al respecto favor comunicarse al 809-847-1010. FC 355128

En cumplimiento a lo dispuesto por el párrafo III del Artículo 92 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, y el Artículo 86 de Reglamento General de Registro de Título, se hace de conocimiento público de la Pérdida del Certificado de Título No. 304, inscrito por el Registro de Títulos de Baní, República Dominicana, de fecha 14 de diciembre del año 1987, ubicado en La Cinegade San José de Ocoa, dentro de la Parcela No. 405, del Distrito Catastral No. 2, porción que tiene una extensión superficial de Doscientos Cincuenta Mil Setecientos sesenta y siete metros cuadrados (250,767 Mts.2), propiedad del señor GLORIA JOSE JUAQUIN ROMERO MINYETTI. Nota: Este aviso se hace a los fines de obtener un Duplicado del propietario.

PUBLICACION POR PÉRDIDA DE TITULO. De conformidad con el artículo 92 párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre el registro inmobiliario, y artículo 83 párrafo b del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida de Duplicado del dueño del certificado de Titulo No. 84-1234, (Matricula No. 0100131841); inscrito en el libro: 3086, folio: 231, referente a la Parcela No. 218, del D.C. No. 65.1 de la Prov. de Santo Domingo, con una extensión superficial de 10 Hectáreas, 11 Áreas, 56 Centiáreas, a nombre del señor ABAD OLANCO HERRERA, para inf. Llamar al Dr. MIGUEL E. HILARIO BAUTISTA, 809-696-5430, 829-842-2010, abogado apoderado. FC355238


SABADO 24 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 LEGAL AVISO DE PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION POR PÉRDIDA DE TITULO.

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306,Bis, sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo consiguiente: Que en fecha Veintidós (22) del mes de Enero, del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Séptima (7ma.) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No. 532-2018-SSEN-0139, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Félix Antonio Ramírez y Loida Eunice Charles Ramírez, por haber sido hecha conforme a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los esposos Félix Antonio Ramírez y Loida Eunice Charles Ramírez, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 18/2017, instrumentado en fecha 22 de septiembre del 2017, por ante el Lic. Gonzalo Erizardo Walters, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salcé, el mismo día, mes y año señalados al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal, Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria. Asimismo se hace constar que en fecha nueve (9) del mes de febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la 3era. Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00001 de registros de divorcio, Folio 0075, Acta No. 000041 del año 2018, asimismo se efectuó el Pronunciamiento de dicho divorcio. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

De conformidad con el artículo 92 párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre el registro inmobiliario, y artículo 83 párrafo b del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida de Duplicado del dueño del certificado de Titulo No.- 84-1233, (Matricula No. 0100131840)inscrito en el libro: 3086, folio: 230, referente a La Parcela No. 194, del D.C. No. 65.1, con una extensión superficial de 80 Hectáreas, 78 Áreas, 24 Centiáreas; a nombre del señor ABAD OLANCO HERRERA, para inf. Llamar al Dr. MIGUEL E. HILARIO BAUTISTA, 809-696-5430, 829-842-2010, abogado apoderado.

Dra. Mirian Nelsi Domínguez, Abogada de las partes. FC 355225

FC355238

AVISO SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE TITULOS POR PRIMERA VEZ En virtud de las disposiciones de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la solicitud de Certificados de Títulos por primera vez, a nombre de los señores: MIGUEL RAUL DARIO SANTANA RAMIREZ, PERSIO ASDRUBAL SANTANA RAMIREZ, VINICIO ANTONIA SANTANA RAMIREZ, HECTOR BIENVENIDO SANTANA RAMIREZ, MANUEL EMILIO SANTANA RAMIREZ, DANILO SANTANA RAMIREZ, ZENEIDA SANTANA RAMIREZ y VICTOR CESAR SANTANA RAMIREZ, correspondiente a la Parcela No. 256-F, del D.C. No. 15/5ta., del municipio de Hato Mayor, donde a cada uno le corresponde una porción de terreno de 0 Ha., 56 As., 28 Cas.

En virtud del Art. 92, de la ley No. 108-105, sobre Registro Inmobiliario se avisa al público en general que se ha extraviado el certificado de titulo correspondiente a la Parcela No. 2-PROV., del D.C. No. 2, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (369 metros cuadrados), Libro 646, folio 230, inscrito en el registro de Titulo del Distrito Nacional, en fecha 23 de Mayo del 1983, a nombre de los señores ENRIQUE LLARCH ALVAREZ Y JULIA MERCEDES ALMONTE NUÑEZ DE LLARCH.

LIC. LUIS MARINO PEÑA FABIÁN Abogado Apoderado

DR. JUAN DE DIOS JIMENEZ BOURDIERD. ABOGADO

AVISO DEMANDA DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, Art. 22, del párrafo agregado por la Ley 2153, del 12 de noviembre del año 1949, se hace de conocimiento general que el señor CAMILO CASTILLO CARPIO, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 028-00269389, comerciante, domiciliado y residente en esta ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, por medio de la presente advierte a su legítima esposa, la señora SHEIDA M. BENITEZ CIRILO, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en la calle Daniel Herrera No. 15 del sector Nazaret de esta ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, y que a falta de información de su actual domicilio o residencia, procederá por medio de los LICDOS. IRIS ELENA CASTILLO E. DE CARPIO, abogada de los Tribunales de la República, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 028-0006185-1, y LICDO. RUBEN DARIO CASTILLO SANTANA, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, portadora de la cédula de identidad y electoral 028-0080825-1, con su estudio profesional ubicado en la calle Huáscar Tejeda, Esq. Daniel Herrera, No. 143, de esta ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, lugar donde el esposo hace formal y expresa elección de domicilio para todos los efectos del presente acto y para los fines de la presente demanda de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, con domicilio desconocido, por ante el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de la provincia La Altagracia, en asuntos civiles de familia, en sus atribuciones civiles y en audiencias pública, la cual celebra sus audiencias en el segundo nivel de uno de los salones del Palacio de Justicia de la provincia La Altagracia, mediante notificación que será hecha en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de dicho Distrito, para que comparezca a la audiencia que a los fines antes expresados celebra la Sala Civil del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Higüey, provincia La Altagracia, el día catorce (14) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana. En la ciudad de Higüey, provincia La Altagracia del mismo nombre, a los catorce (14) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones de la ley no. 1306-bis, sobre divorcio el señor ELIAS DE JESÚS PERALTA LÓPEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la Sección de Palmarejo, Municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, portador de la cédula de identidad y electoral No. 046-0037698-4, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Dr. JUAN DE DIOS JIMENEZ BOURDIERD, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0460021956-4, con estudio profesional abierto en la Calle Sánchez, no. 168, de este Municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, Matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con el No. 6792-411-888, le advierte a su legítima esposa, señora SORAYA CHEZ UCETA, cuyo último domicilio y residencia se desconoce, se procede a emplazarle en acción de divorcio, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres el día veintiséis (26) del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018). En la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, a fin de que se comparezca el día seis (06) del mes de Marzo del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana al audiencia a puerta cerrada, que celebrará el juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, en sus atribuciones civiles y en materia de Divorcio, en la Sala donde acostumbra a celebrar sus audiencia, ubicada en la Calle Pedro Thomas no. 54. La presente publicación es exigida por el suscrito abogado. En la Ciudad y municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, a los veintidós (22) del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018).

FC 355239

AVISO DE APROBACIÓN DE NUEVOS ESTATUTOS CONSTITUTIVOS DE LA FUNDACIÓN “ASOCIACIÓN NACIONAL DE YAQUENSES AUSENTES, INC. (ASONAYA)”. RNC. 4-30-02953-1 En virtud del Artículo 5 de la Ley 122-05 para Fomento y Registro de las Asociaciones Sin Fines de Lucro, se hace saber: 1) Que mediante Resolución No. 0002 de fecha 07 de febrero del año 2018, la Procuraduría General de la República Dominicana, le acogió la aprobación de nuevos Estatutos Constitutivos a la fundación “ASOCIACIÓN NACIONAL DE YAQUENSES AUSENTES, INC. (ASONAYA)”, incorporada mediante Decreto No. 778-04 de fecha 09 de Agosto del año 2004. Sus nuevos estatutos son de fecha 25 de agosto del año 2017; y la duración de la Fundación es por tiempo indefinido; 2) Que la Institución tendrá su domicilio en la Av. 27 de Febrero No. 3, Edificio Duarte, Apto. 201, Don Bosco, Santo Domingo, D.N., República Dominicana, localizable en el teléfono 809-258-8412; 3) Que la institución tendrá como objetivos esenciales: a: Motivar la participación en actividades de convivencia a todos los Yaquenses, para mantener un ambiente de armonía y colaboración; b: Integrar a todos los yaquenses en los trabajos sociales a favor de la comunidad; c).- Realizar, patrocinar y organizar toda clase de eventos que contribuya con la protección del medio ambiente; d).- Gestionar y promover el desarrollo social, económico y político de la comunidad, realizando acciones que conlleven a un avance significativo en estos ámbitos, siendo la propia población la protagonista del desarrollo adquirido; e).- Participar en los procesos sociales que se presenten en la comunidad; f.- Apoyar a las autoridades en las gestiones de proyectos a favor del Distrito Municipal de Yaque; y g.- Desarrollar actividades educativas para contribuir a un adecuado desarrollo social de los Yaquenses, así como incentivar la buena conducta y modales sociales; 4) Que los miembros actuales de la institución son: Ing. Fernando Piña Valdez, Presidente; Lic. Moisés Galva Lapaix, Vicepresidente; Sr. Clarito Adames Suero, Secretario General; Ing. María Isabel De La Rosa Comas, Secretaria de Organización; Sra. Arileidy Reyes Mateo, Secretaria de Actas y Correspondencias; Licda. Amarilis Araujo R., Secretaria de Economía Solidaria; Licda. María Rosanna Reyes A., Secretaria de Finanzas; Licda. Leandra Rosado Mora, Secretaria de Educación y Cultura; Sr. Amauris Rafael Bautista, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Lic. Francisco A. Adames, Secretario de Comunicación y Publicidad; Sr. Minover Galva De La Rosa, Secretario de Deporte y Recreación; Sr. Apolinar Reyes Reyes, Secretario de Disciplina y Orden; y Lic. Tirso Ramírez Ramírez, Secretario de Asuntos Jurídicos; y 5) Que el día 23 de febrero del año 2018 fueron depositados en la Secretaría del Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional y en la Secretaría de la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, todos los documentos constitutivos de la Fundación, quienes han expedido las constancias de que fueron depositados ante dichas Secretarías los documentos constitutivos y la Resolución de aprobación de los nuevos Estatutos Constitutivos de la fundación “ASOCIACIÓN NACIONAL DE YAQUENSES AUSENTES, INC. (ASONAYA)”.´

ING. FERNANDO PIÑA VALDEZ, Presidente. FC 355221

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones de la ley no. 1306-bis, sobre divorcio el señor IGNACIO APOLINAR LÓPEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en el Municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, portador de la cédula de identidad y electoral No. 046-0001271-8, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Dr. JUAN DE DIOS JIMENEZ BOURDIERD, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 046-0021956-4, con estudio profesional abierto en la Calle Sánchez, no. 168, de este Municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, Matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con el No. 6792-411-888, le advierte a su legítima esposa, señora CARMEN MARÍA GONZÁLEZ GUZMÁN, cuyo último domicilio y residencia se desconoce, se procede a emplazarle en acción de divorcio, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres el día veintiséis (26) del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018). En la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, a fin de que se comparezca el día seis (06) del mes de Marzo del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana al audiencia a puerta cerrada, que celebrará el juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, en sus atribuciones civiles y en materia de Divorcio, en la Sala donde acostumbra a celebrar sus audiencia, ubicad en la Calle Pedro Thomas no. 54. La presente publicación es exigida por el suscrito abogado. En la Ciudad y municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, a los veintidós (22) del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018).

AVISO DE PERDIDA DE TITULO

LICDA. IRIS ELENA CASTILLO E. DE CARPIO, Abogada. LICDO. RUBEN DARIO CASTILLO SANTANA, Abogado.

DR. JUAN DE DIOS JIMENEZ BOURDIERD. ABOGADO

FC 355067

“Año del Fomento de las Exportaciones”

El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitaciones de las proximidades de la Concesión minera denominada La Luisa, ubicada en la provincia Santo Domingo, municipio Boca Chica, secciones Batey Gautier, parajes La Siguapa, Los Paredones, Batey La Luisa y La Tumba, R.D., que desde el 21/02 al 21/03/2018, la empresa DOCALSA, S.A., realizará trabajos de voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades. DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE.

FC 95920

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la Ley No. 1306-bis del 21 de Mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor MAIRONY VALDEZ GARCÍA, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, estudiante, portador de la cédula de identidad número 402-2577256-1,domiciliado y residente en el municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, por medio de su abogado constituido y apoderado especial Lic. JOSÉ RAMÓN LANGUMÁS GUZMÁN, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, Abogado, casado, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados bajo matricula Número 34898-230-07, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral Número 053-0026817-3, con estudio profesional abierto en la calle Luperón Número29 de esta ciudad de Constanza, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación. ADVIERTE a su legitima esposa la señora LIZ MARIE ARACENA RODRÍGUEZ, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, el día LUNES que contaremos a VEINTISÉIS (26) Del mes de FEBRERO del año dos mil DIECIOCHO (2018), a las 9:00 a.m. a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la Primera Planta del Palacio de Justicia Ubicado en la calle General Luperon No. 11 de esta ciudad de Constanza, así como en la puerta tribunal, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que, a puertas cerradas, al efecto celebrara a Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia Del Distrito Judicial de Constanza, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Primera Planta del Palacio de Justicia ubicado en la calle General Luperon No. 11 de esta ciudad de Constanza, el día MIERCOLES que contaremos A SIETE (07) Del mes de MARZO del año dos mil DIECIOCHO (2018), a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, a los Veinte (20) días del mes de Febrero del año dos mil Dieciocho (2018).-

Se hace de público conocimiento, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Divorcio No.1306-bis, y sus modificaciones, que la Cámara Civil y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De San Cristóbal, ha dictado la Sentencia Civil No. 0302-2017-SSEN-00485 (Exp. No. 0302-2017-ECON00254), de fecha 12 de JULIO del año 2017, que admite el divorcio entre los señores Juan José Caro Encarnación y Angela María Toribio Puello, cuyo dispositivo dice como sigue: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada señora Angela María Toribio Puello, por falta de comparecer no obstante estar debidamente citada; SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Juan José Caro Encarnación, portador de la cédula de identidad y electoral registrada con el No. 001-0339403-7 y Angela María Toribio Puello, portadora de la cédula de identidad y electoral registrada con el No. 002-0016433-3; y se ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de San Cristóbal, previo cumplimiento de las formalidades de ley; TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial Diomedes Castillo Moreta, para que notifique la presente sentencia. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día doce (12) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017), por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos de Cámara, que se expide, sella y firma a solicitud de la parte interesada. ISABEL ANGELICA CASTILLO PEÑALO, Secretaria”. Dicho divorcio ha sido pronunciado el día diez (10) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017) por ante la Oficialía del Estado Civil de la Segunda (2da.) Circunscripción de San Cristóbal, inscrito en el Libro No. 00001-DIV, de registros de Divorcio, Folio 0049, Acta No. 000025, Año 2017. En la ciudad y provincia de San Cristóbal, República Dominicana, a los veinte y tres (23) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).

Lic. José Ramón Langumás Guzmán Abogado Apoderado

Licda. María Del Jesús Ruiz Rodríguez, Abogada.

(YG-RCDEP-6805-PC-ENV-22-23-24/02/2018-1/2)

FC 355233


SABADO 24 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 13

A QUIEN PUEDA INTERESAR

AVISO DE CELEBRACIÓN DE AUDIENCIA

AVISO DE FIJACION DE AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL

Por este medio se invita a la señora GRACIELA ALTAGRACIA DIAZ DE JIMENEZ o sucesores legales a presentarse por la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), a firmar renuncia de bien de Familia y traspaso del Inmueble que ampara la Parcela 79-Ref., del Distrito Catastral No. 12, D.N., de la Ciudad de San Cristóbal, correspondiente a la VIVIENDA No. 40, del proyecto denominado CATAREY-VILLA ALTAGRACIA, del municipio de San Cristóbal, con una Superficie de solar de 200 mts2, No. Ubicado en la Calle Peatón No. 2, a favor del señor SERGIO CARMONA.

Se avisa que el día 08 de marzo del año 2018, a las 9:00 a.m., se celebrará la audiencia con relación al Saneamiento del inmueble identificado como Pos. No. 416253079173, con un área superficial de 120.29 m2, del Municipio de Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, a favor de los señores DARIO MIGUEL DE PEÑA Y SONA KELLY DE MIGUEL, la cual estará celebrando en el 2do Nivel del Palacio de Justicia de la Provincia de Samaná, ubicado en la Calle María Trinidad Sánchez, No. 17.

Que el día Jueves 8 del mes de MARZO del año 2018, a las 9:00 A. M. se estará celebrando la AUDIENCIA para conocer los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, practicado en la parcela No. 134, del Distrito Catastral, No. 39/6ta., del Municipio de Sabana de la Mar, Provincia de Hato Mayor, donde resultó la Parcela No. 415075894877 del Distrito Catastral, No. 39/6ta., del Municipio de Sabana de la Mar, Provincia de Hato Mayor, de acuerdo con los Planos aprobados, Reclamado por la Señora ANTONIA AZOR REYES DE SALOME. Dicha audiencia será celebrada en el local que ocupa la Jurisdicción Inmobiliaria, específicamente en el Tribunal de Jurisdicción Original, de la provincia de El Seíbo, en el Edificio ubicado en la calle Manuela Diez Jiménez, Segundo Nivel, Palacio de Justicia de El Seíbo.

PUBLICACION DE DECLARACION DE SOLTERIA

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AVISO DE FIJACION DE AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL

Expediente No. 662201801938, que el día 09 de marzo del 2018, a las 09:00 a.m., se inicia la mensura para del deslinde dentro de la parcela No. 188, D. C. No. 2, Municipio de Villa González de la Provincia de Santiago, a nombre de la señora VERÓNICA DÍAZ, SE ADVIERTE: a todas las personas que tengan interés en esta mensura, deben comunicarse con anticipación con la dirección Regional de Mensura Catastral Departamento Norte, de conformidad con el Apartado 13 del Artículo 52 de la Ley de Registro Inmobiliario o con respecto a esta mensura.

Que el día Jueves 8 del mes de MARZO del año 2018, a las 9:00 A. M. se estará celebrando la AUDIENCIA para conocer los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, practicado en el Solar No. 11, Manzana No. 127 del Distrito Catastral, No. 01, del Municipio y Provincia de Hato Mayor, donde resultó la Parcela No. 407724539255 del Distrito Catastral, No. 01 del Municipio y Provincia de Hato Mayor, de acuerdo con los Planos aprobados, Reclamado por la Señora LUCRECIA MIESES POLONIO. Dicha audiencia será celebrada en el local que ocupa la Jurisdicción Inmobiliaria, específicamente en el Tribunal de Jurisdicción Original, de la provincia de El Seíbo, en el Edificio ubicado en la calle Manuela Diez Jiménez, Segundo Nivel, Palacio de Justicia de El Seíbo.

AGRIM. DIONISIO ANTONIO GARCÍA. CODIA NO. 15939

LEANDRO DE JS. HERNANDEZ MAURICIO Agrimensor Contratista Codia No. 30761

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AVISO DE VENTA EN SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO AVELINO ABREU, S.A.S.

Se hace de público conocimiento que el Viernes 9 de Marzo del Año 2017 a las 9:00 A.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 210-A, del Distrito Catastral No. 32 del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201800716 Propiedad de la Sra. MERCEDES MARGARITA NOLASCO ALMONTE.

Exp. No. 6642018001873 En virtud de la autorización de fecha 12 de enero del 2018, se hace de público conocimiento que el día seis (06) del mes de Marzo del 2018, a las 11:00 a.m., se dará inicio a la Mensura de una (01) porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela no. 235, del distrito Catastral No. 02, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de 400.00 mts2. Propiedad de la Sra. YEURIS ALEXANDRA GUERRERO ENCARNACIÓN, en representación de su hija menor de edad GEROGINA YANESA VELASZQUEZ GUERRERO, ubicada en la Calle Proyecto, casa s/n, del Sector Fundación, en el Municipio de Baní, Provincia Peravia.

Se hace de conocimiento público, que el Estado Civil del señor WILLIAM RAMON PIMENTEL, es soltero, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula No. 003-0014558-8, domiciliado y residente en la calle Prolongación Presidente Victoria No. 29, de la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, como lo indica su referida cédula y consta el Acto No. 44, del año 2018, Folio No. 89, de Declaración Jurada de Soltería de fecha 20 del mes de febrero del año 2018, instrumentado por ante el LIC. RAMON DE JESUS POL PEGUERO, Notario Público del municipio de Baní, con la matrícula No. 7720, del municipio de Baní, provincia Peravia. El cual fue registrado en el Ayuntamiento de Baní, en el Libro No. 4q, Folio No. 502, de fecha 21/02/2018. La presente publicación se hace para los fines legales que pueda interesarle a cualquier autoridad judicial, institución del Estado o cualquier persona, para fines legales correspondientes. FC 355141

ALEJANDRO ARIAS OVANDO Agrimensor – contratista Codia 19882, Tel. 809 519-0922 FC355249

SANDRA A. MENDEZ DÍAZ Agrimensora – contratista Codia 35808 Telf. (809) 380-3360 FC355240

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el Viernes 9 de Marzo del Año 2018 a las 11:00 A.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 56-B-1-A-16 del Distrito Catastral No. 03 del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201800715 Propiedad del Sr. ANDRES DE JESUS PAULINO MARTÍNEZ REPRESENTADO POR LA SRA. BRÍGIDA M. PAULINO MARTÍNEZ.

ALEJANDRO ARIAS OVANDO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Exp. No. 6642018005844 En virtud de la autorización de fecha 06 de enero del 2018, se hace de público conocimiento que el día seis (06) del mes de Marzo del 2018, a las 09:00 a.m., se dará inicio a la Mensura de una (01) porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela no. 235, del Distrito Catastral No. 02, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de 945.00 mts2. Propiedad de la Sra. ANA SISALGIA SOTO SUAREZ, ubicada en la Calle Proyecto, casa s/n, del Sector Fundación, en el Municipio de Baní, Provincia Peravia.

Agrimensor – contratista Codia 19882, Tel. 809 519-0922 FC355249

SANDRA A. MENDEZ DÍAZ Agrimensora – contratista Codia 35808 Telf. (809) 380-3360

LEANDRO DE JS. HERNANDEZ MAURICIO Agrimensor Contratista Codia No. 30761

SehacedepúblicoconocimientoqueeldíaVIERNESquecontaremosaDOS(2)delmesdeMARZOdelaño2018,alas(9:00)horas de la mañana, en el Mercado Público de Honduras, ubicado en la avenida Correa y Cidrón, esquina calle Primera, sector Honduras, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, donde se procederá a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO de los bienes muebles propiedad de la sociedad Priormon Office, S.R.L., 1) UN (1) minibús, color blanco con letreros de la compañía, de tres puertas, marca MiniVan Dong Feng. 2) Una (1) fotocopiadora marca Ricoh. 3) una (1) silla giratoria color negro. 4) una (1) computadora marca Dell. 5) Dos (2) escritorios, 6) dos (2) sillones uno color blanco y otro de dos personas color blanco; 7) cinco (5) sillas giratorias color negro. 8) dos (2) vitrinas de vidrio paradas. 9) un (1) escritorio color crema. 10)un(1)armaritocolorgris.11)una(1)neveradegalónmarcaAmerican.(Bebedero);12)un(1)escritoriocolorgrisydos(2)computadoras marcas Lenovo y Acer. 13) dos (2) aires acondicionados marca Panasonic. l4) 1 computadora marca ROC. 15) cinco (5) Drones Marca Phantom. 16) un (1) Dron Matrix 100. 17) un (1) Dron Matrix 600 completo. 18) TRES (3) Drones Agra. 19) UN (1) televisor Sport TV, 55 pulgadas, serie modelo UN55H7150AF. 20) DOS (2) aires acondicionados Panasonic Inverter. 21) cuarenta (40) baterías de Osmos. 22) cincuenta y ocho (58) hélices de drones. 23) ciento treinta y cinco (135) accesorios para Drones. 24) un (1) bebedero marca Keeprite. 25)un(1)microondasmarcaOster. 26)cientotreinta(130)accesoriosparadrones. 27)veintiséis(26)pilasparaDrones. 28)dos(2)Cámaras para drones. 29) Una (1) caja conteniendo piezas para drones. 30) cinco (5) cajas de accesorios para drones. 31) cuatro (4) baterías para drones. 32) seis (6) cajas de equipos de reparación con drones. 33) veintidós (22) baterías para drones. 34) tres (3) cajas de drones para reparación. 35) una (1) planta eléctrica marca Power, color verde, serie B121069827. 36) seis (6) sillas blancas plásticas. 37) un (1) escritorio beige. Embargado el día ocho (08) del mes de junio del año 2017, mediante el acto de proceso verbal de embargoejecutivo,instrumentadoporlaAbogadaNotarioPúblico,licenciadaVictoriaEusebioReyesdelosdelnúmerodelDistritoNacional, matrículaNo.3743.Seadviertealoslicitadoresquedeacuerdoconlaley,losefectosasubastardebenserpagadosalcontado,enefectivo yenelmismolugardelasubasta,máseldiezporciento(10%)sobreelpreciodeadjudicación,enmanosdelalguacilactuante,enfunciones de Vendutero Público. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).

Ramón Gilberto Féliz López, Alguacil en funciones de Vendutero Público. FC 355233

FC355240

ALEJANDRO ARIAS OVANDO Agrimensor – contratista Codia 19882, Tel. 809 519-0922 FC355249

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el Viernes 9 de Marzo del Año 2018 a las 12:00 P.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 110-REF-780A, del Distrito Catastral No. 4 del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo Expediente No. 663201800844 Propiedad del SR. WILLIAN GONZALEZ MARTÍNEZ REPRESENTADO POR LA SRA. ANDIRUS ALMONTE PEÑA DE GLAS.

ALEJANDRO ARIAS OVANDO Agrimensor – contratista Codia 19882, Tel. 809 519-0922 FC355249

AVISO DE EMPLAZAMIENTO A LOS FINES DE DIVORCIO

AVISO DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISIÓN Se hace de público conocimiento que el Viernes 9 de Marzo del Año 2018 a las 2:00 P.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE Y SUBDIVISION de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 112 del Distrito Catastral No. 12 del Municipio de los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201800692 Propiedad de los SRES. YSIDRO ALAMO CUETO POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE LOS SRES. KATIUSKA MARGARITA PEÑA DE OLLER, CARLOS GABRIEL PEÑA ALAMO, NATALIA INES PEÑA DE SOUTHWORTH, NIEVES ALAMO GUETO, RAUL ALAMO CUETO Y CELINA ALAMO CUETO.

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Seis (06) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, mediante sentencia civil No. 532-2018-SSEN-00236, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores José Leonel Asencio Quezada y Paloskis Vinicio Ramírez, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: ÚNICO: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores losé Leonel Asencio Quezada y Paloskis Vinicio Ramírez, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 101/2017, instrumentado en fecha 19/12/2017, por ante el Licdo. Teodoro Eusebio Mateo, Notario Público de los del número del Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Asimismo se hace saber que en fecha Veinte (20) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018), el Oficial de Estado Civil de la Primera (1era.) Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. ARISMENDI VLADIMIR MATEO HOLGUIN Fc355250

En virtud de las disposiciones de la Ley No. 2153, de fecha doce (12) del mes de noviembre del año 1949, la cual agrega un párrafo al artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace saber que, la señora: ANDREA DE LOS ANGELES CARRASCO DE PAPADOGIANNIS, dominicana, mayor de edad, comerciante, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 010-20414 (anterior) y 010-0057696-5 (nueva), domiciliada y residente en esta ciudad, en la calle Gastón F. Deligne No. 141, del barrio de la Colonia Española de esta ciudad de Azua, quien por medio de su abogado constituido y apoderado especial, DR. HECTOR EMILIO MATOS SORIANO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 010-0016484-6, de este domicilio y residencia, con estudio profesional abierto en el No. 17, de la calle Club Rotario, del barrio Las Mercedes de esta ciudad, advierte a su legítimo esposo, señor PAPADOGAINNIS NIKOLAOS, que a falta de domicilio conocido, se procederá a emplazarlo, para fines de divorcio, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Azua, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, para que comparezca, el día cuatro (04) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, en atribuciones civiles, el cual celebra sus audiencias, en uno de los apartamentos de la segunda planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de Azua, en atribuciones civiles, el cual celebra sus audiencias, en uno de los apartamentos de la segunda planta esquina Hermanas Nanitas de esta misma ciudad. En la ciudad de Azua de Compostela, municipio y provincia del mismo nombre, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).

DR. HECTOR EMILIO MATOS SORIANO, Abogado. FC 355253

AVISO DE MENSURA

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO

Se avisa que el día 08 del mes de Marzo del año 2018, a las 12:00 p.m., se dará inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela 1130, del Distrito Catastral No. 7, del Municipio Santa Bárbara de Samaná, Provincia Samaná, ubicada partiendo del cruce de la carretera a la colmena con la carretera a la Playa rincón, Tomamos la carretera a Playa rincón a unos 600 metros por dicha carretera, doblamos a la izquierda, a unos 200 metros está el inmueble. Expediente No. 661201704453, a petición de MIGUEL DE AZA TRINIDAD Y BARTOLA VICENT GARCÍA.

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha ocho (08) días del mes de Enero del año Dos mil dieciocho (2018), LA SEPTIMA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, mediante la Sentencia Civil No. 532,2018 que ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, ENTRE LOS CONYUGUES SEÑORES SIRICO GUZMAN RODRIGUEZ Y SUSANA MAÑI PIERRE, CONFORME A LA COMPULSA NOTARIAL DEL ACTO DE ESTIPULACION Y CONVENCION No.(74-2017), DE FECHA SIETE (07) DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017, instrumentado por el DR. ALFREDO JIMENEZ GARCIA, ABOGADO, NOTARIO PUBLICO, DE LOS DEL NUMERO DEL DISTRITO NACIONAL. SEGUNDO: ORDENA, EL PRONUNCIAMIENTO DEL DIVORCIO, POR ANTE EL OFICIAL DEL ESTADO CIVIL CORRESPONDIENTE. TERCERO: COMPENSA PURA Y SIMPLEMENTE LAS COSTAS, POR TRATARSE DE LITIS DE FAMILLIA; ASI SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA Y FIRMA. (Firmados: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALSE JUEZ, MAGALIS ANA IRIS SANTANA MOLENCIANO, La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por El Magistrado Juez, de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber, que en fecha VEINTISEIS (26) del mes de Enero del año (2018), el oficial del Estado Civil de La Primera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió y transcribió, la referida sentencia en el LIBRO REGISTRO DE DIVORCIO No.00002, folio 0188 bajo el ACTA No.000194 del año Dos Mil Dieciocho (2018), así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día veinte (20) días DEL MES DE ENERO DEL AÑO Dos mil DIECIOCHO (2018).

Se hace de público conocimiento que el día 30 del mes de enero del año 2018, la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil número 00124-18, cuyo dispositivo reza así: “FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Bernhard Stefan Surges y Soires Altagracia Méndez Martínez, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 12, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional Lic. Claudina Vicioso Galán en fecha 25/10/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil- correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma. (Firmado) Daisy Miguelina Abreu Urbáez, Jueza. Rosa Encarnación Ferreras, Secretaria”. El día 12 del mes de febrero de 2018 el Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció el referido divorcio, transcribiendo la sentencia que lo admitió en e1 Libro n° 00001 destinado a esos fines, folios 0153, bajo el acta No. 000052. En Santo Domingo, República Dominicana, hoy día veintitrés (23) de febrero de dos mil dieciocho (2018).

JULIO CÉSAR DE LOS SANTOS A. Agrimensor – contratista Codia 13530

AVISO DE CELEBRACIÓN DE AUDIENCIA Se avisa que el día 08 de marzo del año 2018, a las 9:00 a.m., se celebrará la audiencia con relación al Saneamiento del inmueble identificado como Pos. No. 416295532728, con un área superficial de 43,122.07 m2, del Municipio de Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, a favor de los señores YDALIO KELLY BARETT, JUAN KELLY BARETT, HILARIA KELLY BARETT, LORENZO KELLY BARETT, YNES KELLY BARETT Y ANGEL KELLY BARETT, la cual estará celebrando en el 2do Nivel del Palacio de Justicia de la Provincia de Samaná, ubicado en la Calle María Trinidad Sánchez, No. 17.

LICDO. MAURYS SANTANA ABOGADO FC355251

Lic. Katiuska Jiménez Castillo Abogada Apoderada de los cónyuges FP95931


SABADO 24 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL REYES PAULINO & ASOCIADOS OFICINA DE ABOGADOS Y NOTARIA Av.27 de Febrero # 06, segunda planta, módulo # 03, Edif. Andrés Ensanche Libertad, Santiago, República Dominicana Tel. (809) 295-5541

PUBLICACIÓN LEGAL DE DIVORCIO Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones del artículo 42, de la ley de divorcio No. 1306-bis, reformada; se hace constar: Que en fecha nueve (9) del mes de febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018); la Sexta Sala de la Cámara Civil para asuntos de familia del Distrito Judicial de Santiago, en sus atribuciones civiles y de familia, dictó la sentencia Civil No. 1451-00031-2018, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los esposos VICTORIANO SUERO BRITO Y MARLE DAMARY GENAO ROSARIO, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento no. 64/2017 de fecha 6/10/2017, de la Notario Público Daveiba Peña, de lo del número para el Municipio de Santiago, debidamente proceder para que esta sentencia sea transcrito y el divorcio pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente. SEGUNDO. Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de un procedimiento entre esposos. Firmado por: el Magistrado José Luis García García y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria general que certifico y doy fe que es copia fiel a su original. El divorcio que antecede fue debidamente pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil del Municipio de Villa González, transcrito en el libro No.00001, .folios 0029, bajo el acto 000015, de fecha 21 /02/2018.-

LICDO. RAFAEL FELIX REYES ABOGADO APODERADO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO. En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No.1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veintiséis (26) del mes de Octubre del año Dos Mil diecisiete (2017), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil 531-2017-SSEN-02459, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada Juana Exania González Dismey, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida en cuanto a la forma la presente demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido interpuesta conforme al derecho; y en cuanto al fondo declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre Víctor Manuel Sosa y Juana Erania González Dismey, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por los motivos indicados. TERCERO: Ordena el pronunciamiento por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Comisiona al ministerial Boanerges Pérez Uribe, alguacil de estrado de esta sala, para la notificación de esta sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza Suplente, el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del Tribunal, Mirtha M. de la Cruz Díaz, SECRETARIA). Así mismo se hace saber que en fecha dieciséis (16) del mes de FEBRERO del año Dos Mil dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció dicho divorcio y transcribió la sentencia en el Libro No.00005 de Registros de Divorcio, Folio No.0055, registrada bajo el Acta No.000325, del año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LICDA. ANGELA MIGUELINA JIMENEZ CRESPO, Abogada Apoderada. FC 335217

AVISO DE NUEVA FECHA PARA VENTA DE INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 696 del C.P.C. se hace público conocimiento que ha sido fijada para el día Jueves quecontaremosadoce(12)delmesdeabrildelaño2018,porantelaPRIMERASALAdelaCámaraCivilyComercialdelJuzgadode Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, del Municipio Santo Domingo Este, en atribuciones civiles, a las Nueve horas delamañana(9:00A.M.),sitoenunodelossalonesdelPalaciodeJusticiadelMunicipiodeSantoDomingoEste,ProvinciadeSanto Domingo,R.D.,ubicadoenlaAvenidaPresidenteVásquezNo.23,EnsancheOzamadelMunicipiodeSantoDomingoEste,Provincia de Santo Domingo; en atribuciones civiles, lugar donde se procederá a la venta en publica subasta, al mayor postor y último subastadordelinmuebleembargadoenfechaDiecinueve(19),deoctubredelaño(2017),porActoNo.43-2017,InstrumentadoporelLIC. MAXIMOBAEZPERALTA,NotarioPúblicodelosdelNúmeroparaelDistritoNacional,MatriculadoenelColegioDominicanodeNotarios con el Número (4532); debidamente denunciado mediante el Acto No.1470/2017, de fecha veintiséis (26) de Octubre del (2017),InstrumentadoporelMinisterialLUISFRANCISCOGARCIACABRERA,AlguacilOrdinariodelTribunaldeNiñosyNiñasyAdolescentesdelaSalaPenaldelDistritoNacional,quedichoProcesodeEmbargoInmobiliarioseinscribióporantelaJurisdicciónInmobiliaria,RegistrodeTítulosdeSantoDomingo;enfechaNueve(09),deNoviembredelAñoDosMilDiecisiete(2017),inmuebleembargadoenperjuiciodelosseñoresJUANANTONIOVASOUEZEYSABELOLIVAARIAS,dominicanos,mayoresdeedad,casadoentre sí, pensionados, portadores de las Cédulas de Identificación Personales y Electorales Números cero cero uno guión catorce millones quinientos noventa y cinco mil once guión nueve (001-1459511-9), y cero cero uno guión trece millones ciento setenta y un mil cuarenta y siete guión cuatro (001-1317147-0), ambos con elección de domicilio y residencia en la Calle Cigua Calandra, número 2, del Residencial Mirador del Este, del Municipio de Santo Domingo-Este, de la Provincia de Santo Domingo, República Dominicana; Embargo Inmobiliario realizado a requerimiento de la entidad comercial FONDO ESPECIALIZADO PARA EL DESARROLLO DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS (FONDEMYPES), S.R.L., sociedad comercial organizada y existente de acuerdo con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social en la Av. 27 de Febrero esquina Calle Barahona, San Carlos, Santo Domingo, Distrito Nacional;debidamenterepresentadaporsuAdministradorGeneralFELIXROSAESTRELLA,mayordeedad,provistodelacédulade identidad y electoral No.001-0142052-9, de domicilio de la compañia. Inmueble ubicado en la Calle Cigua Calandra, número 2, del ResidencialMiradordelEste,delMunicipiodeSantoDomingo-Este,delaProvinciadeSantoDomingo,RepúblicaDominicana,lugar dondeseencuentraubicado.ElInmuebleIdentificadocomoParcela142-A-5-REF-SUB-271,delDistritoCatastralNo.06,quetieneuna superficie de 213.68 metros cuadrados, matrícula No. 3000139003, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, propiedad de YSABEL OLIVA ARIAS, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, Cédula de Identidad No. 001-1317147-0, y JUAN ANTONIO VASQUEZ, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, Pasaporte No. 2140338, casados entre sí, según consta en el siguienteasientoOriginaldelCertificadodeTítuloRegistradoenelLibroNo.427,FolioNo.67,AsentadoenelLibrodeRegistroComplementario No. 459, folio RC 32, con el número 330946308. Con todas sus dependencias y anexidades inmuebles por naturaleza o por destino. Las pujas serán recibidas por encima del precio de TRES MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100(RD$3,700,000.00),máslosinteresesarazóndel1%mensualsobrelaindicadasumaadeudadamáslosgastos,costasyhonorarios del procedimiento, precio que ofrece la parte persiguiente FONDO ESPECIALIZADO PARA EL DESARROLLO DE LAS MICROY PEQUEÑAS EMPRESAS (FONDEMYPES), S.R.L., para ser adjudicatario en ausencia de subastador. En virtud de lo dispuesto por el PliegodeCargas,CláusulayCondiciones,Art.Décimotercero,paraseradmitidocomosubastadorseráprecisohaberdepositadopreviamente en las manos de la Secretaría de la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, del Municipio Santo Domingo-Este, R.D., una suma igual al diez por ciento (10%), sobre el precio de la primerapujaenefectivo,chequecertificadoporunainstituciónbancariaubicadaenlaRep.Dom.,HechoyRedactadoporlosLICDOS. CRISTIAN D. PEÑALO DE LA ROSA Y WILLIAM ANTONIO ALMANZAR CUELLO, para ser publicado en la ciudad de Santo Domingo, a los veintitrés (23) días del mes de febrero del año 2018.

LIC. CRISTIAN D. PEÑALO DE LA ROSA, Por sí y por el LIC. WILLIAM ANTONIO ALMANZAR CUELLO, Abogados de la parte persiguiente. FC 355231

AVISO SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE TITULOS POR PRIMERA VEZ En virtud de las disposiciones de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la solicitud de Certificados de Títulos por primera vez, a nombre de los señores: MIGUEL RAUL DARIO SANTANA RAMIREZ, PERSIO ASDRUBAL SANTANA RAMIREZ, VINICIO ANTONIO SANTANA RAMIREZ, HECTOR BIENVENIDO SANTANA RAMIREZ, MANUEL EMILIO SANTANA RAMIREZ, DANILO SANTANA RAMIREZ y ZENEIDA SANTANA RAMIREZ, correspondiente a la Parcela No. 256-G, del D.C. No. 15/5ta., del municipio de Hato Mayor, donde a cada uno le corresponde una porción de terreno de 03 Has., 81 As., 46 Cas. 29 DMS2.

AVISO DE FIJACION DE AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL Que el día Jueves 8 del mes de MARZO del año 2018, a las 9:00 A. M. se estará celebrando la AUDIENCIA para conocer los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, practicado en el Solar ubicado dentro del ámbito del Distrito Catastral, No. 01, del Municipio de Sabana de la Mar, Provincia de Hato Mayor, donde resultó la Parcela No. 415097489864 del Distrito Catastral, No. 01 del Municipio de Sabana de la Mar, Provincia de Hato Mayor, de acuerdo con los Planos aprobados, Reclamado por la Señora ADELFA DEL CORAZON DE JESUS GERVACIO SIA. Dicha audiencia será celebrada en el local que ocupa la Jurisdicción Inmobiliaria, específicamente en el Tribunal de Jurisdicción Original, de la provincia de El Seíbo, en el Edificio ubicado en la calle Manuela Diez Jiménez, Segundo Nivel, Palacio de Justicia de El Seíbo.

LEANDRO DE JS. HERNANDEZ MAURICIO Agrimensor Contratista Codia No. 30761

AVISO DE DIVORCIO

FC 355237

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 92, párrafo III, de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, y el Artículo 86 del Reglamento de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo No.92-30, expedido por el Registrador de Títulos de la Provincia Duarte (Duplicado del Dueño), Parcela No.1335, del D.C. No.2, del Municipio de Castillo, Provincia Duarte, con una Extensión Superficial de 5,010 Metros Cuadrados, registrado a nombre de los señores MANUEL DE JESÚS AQUINO, EUGENIA AQUINO, JUAN AQUINO REYNOSO, RAMÓN ANTIGUA Y MANUEL FRANCISCO MARTÍNEZ AQUINO. FC355255

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 22 de la Ley No.1306-Bis, sobre Divorcio, el señor JOSE DARINEL CORTORREAL PAULINO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado público, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0935951-3, domiciliado y residente en la Calle Segunda, No.22, del Sector Los Mameyes, Municipio Santo Domingo Este, quien tiene como Abogado Constituido y Apoderado especial al LIC. MIGUEL ANT. LEDESMA POLANCO, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0069953-7, Abogado de los Tribunales de la República, Matricula del Colegio de Abogados (CARD) No.13092-143-93, con estudio profesional abierto en la Calle Cuarta, No.42, Sector Los Mameyes, Municipio Santo Domingo Este, quien le INFORMA Y LE ADVIERTE a su legitima esposa señora YVONNE MARIA CEPEDA, de nacionalidad Norteamericana, mayor de edad, casada, portadora del Pasaporte Norteamericano No.433347184, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Calle G, No.03, del Sector Los Mameyes, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; que Se PROCEDE A NOTIFICARLE, mediante Acto de Alguacil en ACCION DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en manos de la Magistrada Procuradora Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, el día JUEVES que contaremos a UNO (01) del mes de MARZO del Año Dos Mil Dieciocho (2018), la cual tiene su domicilio Social en uno de los Salones de la Primera Planta del Edificio que aloja el Palacio de justicia, marcado con el No.27 de la Avenida Charle de Gaulle, del Sector Cabilma del Este, Municipio Santo Domingo Este, Y a fin de EMPLAZARLE para que COMPAREZCA a la AUDIENCIA que se CELEBRARÁ a PUERTA CERRADA el día MARTES que contaremos a TRECE (13) del mes de MARZO del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las Nueve Horas de la Mañana (09:00 A.M.) por ante uno de los Salones de la Primera Planta del Edificio que aloja LA CUARTA (4TA.) SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA de la Provincia de Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, En sus ATRIBUCIONES CIVILES Y EN MATERIA DE DIVORCIO, el cual está Ubicado en la Calle Hermanas Carmelitas Teresa de San José (antigua Calle 17), No.03 Esquina Calle Club Rotario, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo este, Tel.809-591-5962; Tribunal apoderado para conocer de la Demanda de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en su contra, incoada por su legítimo esposo JOSE DARINEL CORTORREAL PAULINO, con la ADVERTENCIA de que si no comparece a dicha Audiencia, se Requerirá Pronunciar su Defecto. La presente Publicación ha sido hecha por el Infrascrito Abogado apoderado, en cumplimiento de lo establecido por el Art. 22 de la Ley No.1306-Bis, sobre Divorcio. En la Ciudad de Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, a los Veinticuatro (24) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. MIGUEL ANT. LEDESMA POLANCO, Abogado del Demandante. FC 355222

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE

Se hace de de público conocimiento que la 8va. Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de Familia, dictó la sentencia Civil No. 02348-2017, de fecha 26 de diciembre del 2017, que admite el divorcio POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores AMILCAR JOEL BRENS DE LEÓN Y MAURIS JAQUEZ, pronunciado en la Oficialía de Estado Civil de la 11va. Circunscripción del Distrito Nacional y registrado en el Libro No. 00001, folio No. 0104, Acta No. 000056, año 2018.

LIC. YSABEL RAMOS AQUINO ABOGADA

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento a la disposiciones del Artículo 42, de la ley 1306-Bis, sobre Divorcio y para conocimiento se hace saber que en fecha Veintidós (22) de Febrero del año Dos mil Diecisiete (2017), LA CUARTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO dicto la Sentencia No. 530/2017, cuyo dispositivo textualmente dice así; Falla: PRIMERO: declara Inconstitucional para el presente Proceso, el Art. 27 de la Ley 1306-bis de fecha 21 de Mayo del 1937, modificada por la Ley 3932 de fecha 20 de Septiembre del 1954, sobre Divorcio de República Dominicana, en virtud a que es contrario al principio de igualdad establecido en el Artículo 39 de la Constitución de la República Dominicana. SEGUNDO: Acoge las conclusiones vertidas en el Acto de Convenciones y Estipulaciones No.016/2016, de fecha veintiún (21) de abril del año Dos mil Dieciséis (2016), instrumentado por el DR. JOSE AURELIANO BATISTA ACEVEDO, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional Mat. Núm. 1890, TERCERO: En consecuencia, ADMITE EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO ENTRE LOS SEÑORES: ANTONIO TROMBINI Y MARICRUZ MORILLO MEDINA, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. CUARTO: Ordena el pronunciamiento de la presente Sentencia por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, QUINTO: Compensa las Costas por tratarse DE LITIS entre Esposos. Así se pronuncia Ordena, Manda y Firma. ALTAGRACIA MENDOZA (JUEZA) BRENDA A. ROSARIO (Secretaria), la Presente Sentencia, previa formalidad, ha sido pronunciada y transcrita por El Oficial del Estado Civil de la Cuarta (4ta). Circunscripción de la Provincia de SANTO DOMINGO ESTE. En fecha siete (7) de Julio del año dos mil diecisiete (2017), INSCRITA EN EL Libro Núm. 00005de Registros de Divorcio, Folio 0019, Acta Núm. 000410, del año 2017., En la ciudad de Santo Domingo Este, a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre del año Dos mil Diecisiete. (2017).

DR. WILSON OVIEDO SÁNCHEZ ABOGADO FC355248

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art.42 de la Ley No.1306-Bis, sobre procedimiento de divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veinte (20) del mes de Noviembre del año Dos Mil diecisiete2017, la cámara civil y comercial del distrito judicial de Monseñor Nouel, ha dictado en sus atribuciones civiles la sentencia civil No. 413-2017-SSEN-01223, EXP, No. 413-2017-ECIV01354, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: RATIFICA el defecto en contra del señor Unique Ebony Williams, por falta comparecer a la audiencia, no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre José Antonio Vásquez Luna y Unique Ebony Williams. TERCERO: OTORGA la guarda y custodia de la menor Laura Madison Vásquez, a su madre la señora Unique Ebony Williams. CUARTO: AUTORIZA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia y transcribirlo, previo al cumplimiento de las formalidades legales del caso. QUINTO: COMPENSA las costas del procedimiento entre las partes en causa y COMISIONA al ministerial Juan Bautista Rosario, alguacil de estrado de este tribunal, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. Firmados, Lic. Ramón A. Rosario Hernández, juez civil y comercial; y Kilma N. Rodríguez Henríquez, secretaria. Es copia fiel y conforme a su original, el presente divorcio fue pronunciado en fecha veinte uno (21) del mes de febrero del año 2018 por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Bonao en el libro registro de divorcio No. 00002, Folio No. 0003, Acta No. 000102, Año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veinte tres (23) días del mes de febrero del año 2018.

Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que se ha fijado para el día martes que contaremos a veinte (20) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en el segundo nivel del Palacio de Justicia, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la calle Agustín Guerrero No. 55, esquina Beller, de esta misma ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, la venta en pública subasta del inmueble que se describe: Solar marcado con el No. Veinticinco (25) de la Manzana No. 287, del Distrito Catastral No. 01, identificado con la matrícula No. 3000274305, del municipio de Higüey, con una extensión superficial de 800.22 Mts.2 y sus mejoras consistentes en una casa construida de block y concreto de 02 niveles. En virtud del Certificado de Registro de Acreedor, asiento No. 332187636, Matrícula No. 3000274305, consistente en Hipoteca en Virtud de Pagaré Notarial. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de los señores JULIO CESAR QUEZADA GUERRERO y FAUSTINA GARRIDO MEJIA DE QUEZADA, dominicanos, mayores de edad, casado entre sí, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 028-0033096-7 y 0280035506-3, domiciliados y residentes de manera conjunta en la calle Mercedes Pilier, casa No. Treinta y dos (32) del sector San Martín, de la ciudad de Higüey, a diligencias y persecución del señor FELIPE ARECHE PILIER, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, profesión u oficio médico, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001.0082717-9, con domicilio en la calle C, casa No. 09 del Residencial Ana Amelia de esta misma ciudad de Higüey, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. WILFREDO ANTONIO MARTINEZ MEJIA, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-01056229-9, con estudio profesional abierto en la calle Colón No. 29, Local 1-C, del edificio Rivera de esta misma ciudad de Higüey, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. En el referido embargo han sido notificados los siguientes actos: 1.- Original Registrado del acto 840/2017, de fecha 19/08/2017, instrumentado por el Ministerial ERIJEAN SANTANA, contentivo del Mandamiento de Pago Tendente a Embargo Inmobiliario, notificado a la señora FAUSTINA GARRIDO M. y JULIO CESAR QUEZADA GUERRERO. 2.- Original de la primera copia expedida registrada (compulsa notarial), marcada con el No. Cincuenta y siete (57) de fecha diez (10/11/2017), del protocolo del Notario para el municipio de Higüey, LIC. NESTOR MIGUEL CEDEÑO LUCA, contentivo de embargo inmobiliario. 3.- Original registrada del acto No. 1257/2017, de fecha catorce 14/11/2017, del Ministerial ERIJEAN SANTANA, contentivo de la denuncia del proceso verbal de embargo. 4.- Original de la certificación de Estrado Jurídico de inmueble de fecha uno (01) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017). El indicado embargo inmobiliario y denuncia, fueron inscrita por ante el Registrador de Títulos del municipio de Higüey, en fecha quince (15) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). El precio de la primera puja será la suma de TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$3,000,000.00), que asciende la deuda del embargo frente al persiguiente, más los intereses, gastos legales y honorarios, debiendo todo subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebra la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado. El pliego de cargas, cláusulas y Condiciones de fecha veinte (20) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesada tome conocimiento del mismo se encuentra depositado en la Secretaría correspondiente. En Salvaleón de Higüey, municipio Higüey, hoy día veintidós (23/02/2018).

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley no. 1306, bis, sobre divorcio, y para conocimiento, se hace saber: que en fecha dieciséis (16) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), la Séptima Sala Para Asuntos De Familia Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil no. 532-2017- SSEN-02002 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores JOSE ANGEL DE LOS SANTOS RODRIGUEZ Y ANYIRA ALTAGRACIA COLLADO, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) declara el vinculo matrimonial existente entre los señores JOSE ANGEL DE LOS SANTOS RODRIGUEZ Y ANYIRA ALTAGRACIA COLLADO, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 196, instrumentado en fecha 22 de agosto del 2017, por ante la Licda. Johanna Rossy Reyes Genao, notario público de los números del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: ordena al oficial del estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. Reyna Esther Cuello Pérez Secretaria, pronunciado el veintiocho (28) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017) por ante el Oficial Del Estado Civil De La Décima Circunscripción Del Distrito Nacional mediante Acta No. 000403, libro no. 00006, folio No. 0196 del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo a los dos (2) días del mes de enero del año dos mil dieciocho.

LIC. WILFREDO ANTONIO MARTINEZ MEJIA, Abogado del Persiguiente.

LICDA. LICELOT DE LOS SANTOS RODRIGUEZ Abogado

FC 355242

LIC. GERMÁN DE LOS SANTOS Abogado

Fc355247


SABADO 24 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X1000, color rojo, año 2014, placa y registro K0360688, chasis TBL20P109EHJ57430, a nombre de BELLOGAR TAVERAS BRITO, SRL, RNC: 130872201.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep privado, marca Ford, año 2012, color negro, placa y registro G383694, chasis 1FMCU9D74CKB43812, a nombre de FRANKLIN JUNIOR UBALDO PIÑEYRO.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Royal, placa N571266, color negro, chasis RYWJLMT0804000645, tipo motocicleta, año 2008, propiedad de CENTRO DE ENSAMBLAJE WANG QI LIAN, S.A., 130061319. FC 355218

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color dorado, año 1996, placa y registro A037513, chasis 1NXBB02E8TZ371203, a nombre de LUÍS FERNANDO PEÑA DE LEÓN, cédula 224-0057357-6. FC355244

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Suzuki, año 2007, color negro, placa y registro K0196656, chasis LC6PAGA1670821878, a nombre de JOSÉ ALBERTO DEL ROSARIO CABRERA.

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, año 2006, placa y registro A613574, chasis 4T1BE32K36U746501, a nombre de DEISY MONTERO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Mitsubishi, placa G112242, color rojo vino, chasis DL047WH1450652, tipo jeep, año 1987, propiedad de MANUEL ENRIQUE VANEGAS RIVAS, cédula 0011356826-5. FC 355215

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color negro, año 1998, placa y registro chasis A174702, JT2BG22K8W0167710, a nombre de WINSTON EDDY DE LA CRUZ CAMPUSANO

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Honda, año 1994, color rojo, placa y registro K0274681, chasis MD502206383, a nombre de ANIBAL ANDRÉS JESÚS ABREU.

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Kia, color negro, año 2012, placa y registro A744097, chasis 5XXGM4A75CG025162, a nombre de RUMARDO ANTONIO PEÑA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Honda, placa A585585, color blanco, chasis 1HGCP36838A035193, tipo automóvil privado, año 2008, propiedad de PHILLIP JERALD BASS, cédula 5-3232217-1. FC 355220

PERDIDA DE MATRICULA: JEEP Marca SUZUKI, modelo N/T, color ROJO, Año 1985, placa G083336, Chasis 106346, a nombre de WANDY ANTONIO DELGADO DURAN, CED. 048-0052956-4. (RC-6807-WP)

PÉRDIDA DE PLACA: de Motocicleta, marca Honda, año 1993, color rojo, placa y registro K0274665, chasis MD902305599, a nombre de ANIBAL ANDRÉS JESUS A

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Loncin, color negro, año 2012, placa y registro K0256914, chasis LLCLPP208CE105111, a nombre de INVERSIONES MERCEDES LORENZO, SRL, RNC 130700729. FC355189

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Nissan, placa G076110, color rojo, chasis PR50007756, tipo jeep, año 2000, propiedad de JESUS MANUEL GONZALEZ PEÑA, cédula 0030085960-0. FC 355223

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Kia, año 1999, color gris, placa y registro A380711, chasis KNADB2213X6256888, a nombre de PETRA PROXINA BATISTA SOTO.

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color rojo, año 1988, placa y registro A214615, chasis JT2SV21E6J3302370, a nombre de ADALBERTO MARTINEZ GONZÁLEZ, cédula 084-0003004-8. FC355123

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Bajaj, color negro, año 2015, placa y registro K0580546, chasis MD2A18AZ0FWB32465, a nombre de RAMÓN EDUARDO MELLA PADILLA, cédula 001-1167271-3. FC355178

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Honda, placa A558836, color gris, chasis GD12105185, tipo automóvil privado, año 2005, propiedad de CIRILO VALENTIN ACOSTA MEJIA, cédula 123-0009818-8. FC 355227

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mitsubishi, color gris, año 2002, placa y registro G043663, chasis JMYORK8602J000199, a nombre de CRISTINA HERNANDEZ OTAÑEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta privada, marca Hosuya, color azul, año 2017, placa y registro K1153632, chasis LBRSPKW08H9000161, a nombre de PELAYO JOGA ADAMES.

PÉRDIDA DE PLACA: marca Daihatsu, modelo Hijet, color blanco, año 1996, placa y registro L004088, chasis S82P131183, a nombre de JESÚS SANTANA BERAS, cédula 0250005834-3. Fc355235

PÉRDIDA DE MATRICULA: de motocicleta, marca Tauro, modelo 150, color negro, placa y registro 0112931, chasis TARPCK508EC000353, a nombre de FREDY ANTONIO RODRÍGUEZ, cédula 065-0009804-8. FC355232

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Nissan, color azul, año 2002, placa y registro L239165, chasis 1N6ED29X32C377829, a nombre de ENRIQUE GUZMÁN DOBLE, cédula 001-0712458-8.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Yamaha, color negro, año 1989, placa y registro K0420582, chasis 3KJ2476546, a nombre de LUÍS MANUEL GARCÍA PEÑA, cédula 001-0201351-3. FC.355122

PÉRDIDA DE PLACA: marca Daihatsu, modelo V118LHY2, color rojo, año 1999, placa y registro L047016, chasis V11812741, a nombre de HENRY GARCÍA UCETA. FC355236

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color dorado, año 1995, placa y registro A390701, chasis JT2AE04B0S0100256, a nombre de IGLESIA DE LA ALABANZA DEL SEÑOR JESUCRISTO INC.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca BM, año 2005, color rojo, año 2005, placa y registro N179417, chasis RIVASXYMT05042187, a nombre de CARLOS ALBERTO SUERO ENCARNACIÓN, cédula 012-0057853-0. FC95932

LEGAL 15

AVISO DE CELEBRACIÓN DE AUDIENCIA Se avisa que el día 08 de marzo del año 2018, a las 9:00 a.m., se celebrará la audiencia con relación al Saneamiento del inmueble identificado como Pos. No. 416253078296, con un área superficial de 241.78 m2, del Municipio de Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, a favor del señor VICENTE RODRÍGUEZ PEÑA, la cual estará celebrando en el 2do Nivel del Palacio de Justicia de la Provincia de Samaná, ubicado en la Calle María Trinidad Sánchez, No. 17.

AVISO DE MENSURA Se avisa que el día 08 del mes de marzo del año 2018, a las 11:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de Mensura para Saneamiento, de una porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 7, del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, ubicada a 3.6 Km. Aproximadamente de la intercepción de la carretera El LimónSamaná, con el camino de la Gina y camino Hato Viejo-Cañafele…, Expediente No. 661201800039, a petición de PEDRO GREEN NUÑEZ debidamente representado por DENNISA LICENIA REYES MORIS. JULIO CESAR DE LOS SANTOS A., Agrimensor-Contratista. Codia 13530.

AVISO DE MENSURA Se avisa que el día 08 del mes de marzo del año 2018, a las 09:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de Mensura para Saneamiento, de una porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 7, del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, ubicada en la carretera Samaná-El Limón, a unos 10.35 Km., del Poblado de Juana Videnta y a unos 500 metros lineales de la Iglesia de Dios de la Profecía, Expediente 661201800040. A petición de Agustina Acosta Green.

JULIO CESAR DE LOS SANTOS A.,

PÉRDIDA DE CHAPA: de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, color rojo, año 1988, placa y registro L245807, chasis JT4RN50R6J5180876, a nombre de JOSÉ MIGUEL MANZUETA Y CAMACHO, cédula 068-0000830-1. Fc355159 DOR, cédula 075-0000104-0

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Kym, color negro, año 2006, placa y registro N314257, chasis LJCPCJLSX66001108, a nombre de JUAN CARLOS GUERRERO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de autobús privado, marca Suzuki, color gris, año 2003, placa y registro I045786, chasis DA32V131081, a nombre de MANUEL SURESA BÁEZ.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo AUTOMOVIL PRIVADO, marca TOYOTA, color AZUL, año 1991, placa y registro A407108, chasis 4T1SV21E6MU407671, a nombre de MANUEL REYNALDO MONEGRO ANTONIO, CED.056-0111007-4

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X-1000, modelo CG150 Platinum, color rojo, año 2015, placa y registro K0390242, chasis LP5PCKA06E0200741, a nombre de MOTO RUEDAS, RNC: 131-32205-2.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Loncin, color rojo, año 2007, placa y registro K0147195, chasis LLCLPP2027E016589, a nombre de JUAN DE LOS SANTOS CAMARENA, cédula 104-0015530-4. FC355243

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, modelo RD688S, año 2000, placa y registro L292286, chasis 1M2P267C6YM051160, a nombre de AHMED HASSAN CANAAN MELENDEZ, cédula 047-0174621-8.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo JEEP, marca BMW, color DORADO, año 2004, placa y registro G223905, chasis 6UXFA13534LU28572, a nombre de YOUDLY RENARD, CED.0970023994-1

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color azul, año 2015, placa y registro K0240249, chasis LC6PAGA16F0007597, a nombre de EDGAR ARTURO GUZMÁN MOREL.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Lumax, color negro, año 2010, placa y registro K0294335, chasis LV7KEZ104AA000248, a nombre de SUAFITA LOGA BALBUENA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, color blanco, año 1993, placa y registro L103965, chasis LN1060079744, a nombre de JUANA MERCEDES FERREIRAS RODRÍGUEZ, cédula 001-0217446-3. FC355245

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo AUTOMOVIL PRIVADO, marca HONDA, modelo CIVIC, color ROJO, año 1992, placa y registro A296914, chasis JHMEG86200S038351, a nombre de FRANCISCO ALBERTO VARGAS HERNÁNDEZ, CED.002-0060987-9

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Ford, año 2013, color gris, placa y registro A649024, chasis 1FADP3K24DL139524, a nombre de FRANKLIN UBALDO PRENSA.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Nissan, color negro, año 2007, placa y registro G193612, chasis JN1TBNT30Z0110599, a nombre de DORALISI JEREZ SÁNCHEZ, cédula 001-1278280-0. Fc355254

PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Toyota, color negro, año 2008, placa y registro G343086, chasis JTEBU11F18K021036, a nombre de DANNY JOSÉ SOSA GARCÍA, cédula 028-0065253-5. FC355246

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Nissan, modelo Sentra, año 2002, placa y registro A492962, chasis 3N1CB51D12L632391, a nombre de CARLOS MANUEL GUAREÑO LÓPEZ LÓPEZ, cédula 001-0078192-1.

Agrimensor-Contratista. Codia 13530.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO Se hace de público conocimiento, conforme a lo requerido por el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil; que ha sida fijada para el día 15/03/2018, la audiencia de pregones que al efecto celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, sito en uno de los salones de la segunda planta del palacio de Justicia de Azua, ubicada en la Avenida Matías Ramón Mella esquina Hermanas Nanita de la Ciudad de Azua, donde se procederá a la venta y adjudicación al mayor, mejor postor y último subastador del siguiente inmueble: “UNA PORCIÓN DE TERRENO CON SU MEJORA CONSISTENTE EN UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE 6 METROS DE ANCHO DE FRENTE Y FONDO Y 10 METROS DE LARGO A AMBOS LADOS, UNA CASA CONSTRUIDA DE BLOCK, TECHADA DE ZINC, TRES HABITACIONES, UN BAÑO, UNA GALERÍA, Y COCINA, COLINDANDO AL NORTE CON CARIDAD RAMIREZ, AL SUR CON JUAN CARLOS RAMIREZ, AL ESTE CON ANA ROSA RAMIREZ Y AL OESTE CON LA CALLE CARLOS MARTINEZ; Embargado por el señor RAFAEL AMBIORIX QUEVEDO VENTURA, dominicano, mayor de edad, UNIÓN LIBRE, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0770007-2, domiciliado y residente en la carretera Sánchez No.18, Azua-San Juan del Distrito Municipal de Los Toros del Municipio de Tábara Arriba de la provincia de Azua; por intermedio de su abogado constituido y apoderado especial LICDO. MARCIAL GONZALEZ AGRAMONTE, dominicano, mayor de edad, casada, abogada de los tribunales de la República, titular de la cédula de identidad y electoral No. 010-0003476-7, con estudia profesional abierto al pública en la Avenida Matías Ramón Mella No.8, Segunda Nivel, de la Ciudad de Azua de Compostela, Teléfonos (809) 972-6242 y (809) 521-2250, donde hace formal elección de domicilio el persiguiente del embargo trabado, en contra de las señores JOSÉ ALTAGRACIA MARTÍNEZ Y MERCEDES IRIS RAMIREZ, en fecha 26/10/2017, mediante el acta No.715/207, por el ministerial MANUEL ANTONIO MENDEZ GONZÁLEZ, de estrados de esta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del D. J. de Azua, registrado el día 7/11/2017, contentivo del embargo inmobiliario y los actos No. 92/2017 y No.736/2017 de fechas 28/08/2017 y 09/11/2017 de los Ministeriales SALVADOR OSIRIS PERDOMO Y MANUEL ANTONIO MENDEZ GONZALEZ, de estrados del Juzgado de Paz del Municipio de Tábara Arriba y de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del D. J. de Azua, contentivo del mandamiento de pago y denuncia del embargo, En virtud del PAGARE NOTARIAL No.101/2015 DE FECHA 08/09/2015 Y DECLARACIÓN NOTARIAL JURADA, de fecha 27/12/2013, ambas legalizadas por el Dr. RAFAEL ANTONIO PEREZ, Abogado Notaria Público de las del Número del Municipio de Azua, transcrito el primero y registrado el segundo en el registra civil y conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento de Azua, en fechas 07/10/2016 y 29/09/2016,. El pliega de condiciones que regirá la venta fue formalmente depositado en el tribunal apoderado del embargo; las pujas serán abiertas por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$496,400.00), sin perjuicios de los Intereses, moras, costas, gastos, honorarios y las porcentajes legales. Todo licitador deberá depositar, en manos del abogado del persiguiente o en Secretaria del Tribunal apoderado, una garantía en efectivo o en cheque de administración a certificado por una institución bancaria domiciliada en el país, por el equivalente a un 10% del precio de la Primera puja, las cuales no serán recibidas sino por ministerio de abogado. En la ciudad de Azua de Compostela, Municipio y Provincia del mismo nombre, de la República Dominicana, a las Veinticuatro (24) días del Mes de Febrero del Año Dos Mil Dieciocho (2018).

LICDO. MARCIAL GONZÁLEZ AGRAMONTE ABOGADO FC355252


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