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14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISION
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISION
AVISO DE MENSURA
Expediente No. 663201707504 Por medio de la presente hacemos de público conocimiento que el día 26 del mes de agosto del 2017, a las 11:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de mensura para Deslinde y Subdivisión dentro de la Parcela No. 27, del D.C. No. 2/4, del municipio de Villa Hermosa, provincia La Romana, propiedad del SR. RAFAEL NEFTALI DE LOS SANTOS ABREU.
Expediente No. 663201707443 Por medio de la presente hacemos de público conocimiento que el día 26 del mes de agosto del 2017, a las 09:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de mensura para Deslinde y Subdivisión dentro de la Parcela No. 21-C-2, del D.C. No. 32, del municipio de Santo Domingo, propiedad del SR. RAFAEL NEFTALI DE LOS SANTOS ABREU.
Se hace de público conocimiento que el día Jueves 24-8-2017, a partir de las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos para Deslinde y Subdivisión, dentro de la Parcela No. 11, del D.C. No. 04, del municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel. Exp. No. 662201705678, propiedad de MARTIN MARTE R.
AGRIM. ELISAUL REYES LEGER, Agrimensor Contratista. Codia: 31383.
AGRIM. MILTON R. SANTANA, Codia No. 14146.
AGRIM. ELISAUL REYES LEGER, Agrimensor Contratista. Codia: 31383. FP 92027
EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO
FP 92027
FP 92020
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
En fiel cumplimiento al párrafo del artículo 22 de la 1306-BIS sobre Divorcio en la Rep. Dom., modificada por la ley 2153 de 1949, se hace de público conocimiento que el señor WANDY DURAN, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 223-0105523-6, domiciliado y residente en la calle Proyecto, No. 4, Brisas del Eden, Santo Domingo Este, Rep. Dom., LE ADVIERTE a su legítima esposa, la Sra. ANNY JULISSA FERREIRA RIVERA, cuyo último domicilio conocido fue en la Av. Martin Luther King, No. 14, Brisas del Eden, Santo Domingo Este, Rep. Dom., y que a falta de información actual sobre su domicilio, se procederá a EMPLAZARLA por ante el Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, el día que contamos a Veintiuno (21) de Agosto del 2017, a los fines de que comparezca a la audiencia en materia de divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres que será celebrada a puertas cerradas en fecha martes Tres (3) de octubre, del año 2017, a las nueve(9:00 A.M.) horas de la mañana, por ante la CUARTA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, EN SUS ATRUBUCIONES DE FAMILIA, sito en unos de los salones de dicho tribunal, situado en la calle Hermanas Carmelitas Teresa de San José (antigua calle 17), No. 23, Ensanche Ozama, de este Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D., que es donde se encuentra ubicado el Juzgado de Paz de la Cuarta Circunscripción de la Provincia Santo Domingo, ADVIRTIENDOLE, que de no comparecer, se le pedirá el correspondiente defecto en su contra, en Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Dieciséis (16) días del mes de Agosto del año dos mil Diecisiete (2017).
Conforme el Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2016SSEN-00897 en fecha 05 de junio del año 2017, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia de fecha 08/05/20 17, en contra de ROSANNY DURAN por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre GIANCARLO PERALTA PEREZ y ROSANNY DURAN. TERCERO: ORDENA al oficial civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial CARLOS ALBERTO ALMANZAR, Alguacil Ordinario del Juzgado de Trabajo de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza Y Dilia Cristina Mariot Torres-Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil del Municipio de JARABACOA, transcrito en el libro no. 2 folio 123 acta no.162 en fecha 08 DE AGOSTO del año 2017. En la ciudad, municipio JARABACOA y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 16 Días del mes de AGOSTO del año 2017.
En cumplimiento de la Ley 2153, del 12 de mes de noviembre del año 1949, que se agrego un párrafo al Art. 22, de la Ley 1306-Bis de Divorcio, el cual el SEÑOR MANUEL ANTONIO UBRI BRITO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral No.225-0024278-3, domiciliado y residente en la calle 14, No.36, Sector Villa Nueva, Santo Domingo Norte, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LIC. LUZ ESTHER GARCIA, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral, No. 001-0860691-4, Abogada de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la Av. Jacobo Majluta, Local No.09, Plaza Yahaira, Santo Domingo Norte, ADVIERTE a la Señora CECILIA FELIZ RODRIGUEZ, dominicana, mayor de edad, casada, quién tiene domicilio conocido en la República Dominicana y cuya última residencia conocida es en la calle Nueva No.14, Los Palmares 2do. Sabana Perdida, Santo Domingo Norte, lugar de su domicilio y residencia actual el día treinta (30) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), procederá a emplazar en acción de divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, a la Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, de la Provincia Santo Domingo Norte, a la Audiencia a puertas cerradas que celebrara en su local situado en la avenida Ramón Matías Mella No.103, en el segundo nivel, del Municipio Santo Domingo Norte, a las nueve (9:00) de la mañana. La presente publicación en virtud de los Artículos 7 y 8 del Código de procedimiento Civil de la República Dominicana, por aplicación de los Artículos 4 párrafo 1 y 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio del año 1937, reformada por la Ley 2153, del año de 1949.
LICDO. CARLOS H. RAMIREZ PEREZ, Abogado apoderado.
LICDA. RHINA M. AMEZQUITA RAMIREZ Abogada Apoderada
FC 349405
(BL-RCFF-3756-CEA)
NUEVO AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR APLAZAMIENTO DE LA VENTA ANTENIOR Para general conocimiento de conformidad con las disposiciones del artículo 704, del Código de procedimiento civil, se hace saber que la subasta que fuere publicada en el periódico EL NUEVO DIARIO, de fecha Doce (12) del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), y fijada para las nueve (9:00) horas de la mañana del día Jueves Tres (03) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), por ante LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DE LA TERCERA SALA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, MUNICIPIO SANTO DOMINGO OESTE, en sus atribuciones Civiles, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los Salones de la Tercera Planta ubicado en la Avenida las Palmas No.52 esquina calle Tercera (3ra) del sector reparto Rosa (Herrera), del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, HA SIDO APLAZADA, y tendrá efecto por ante esta misma sala de la indicada Cámara de la Provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Oeste, referido, a las nueve (9:00) horas de la mañana, del día Lunes, que contaremos a Cuatro (04) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), referente a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del siguiente inmueble: “PARCELA 110-REF-780, DC NO.04, (CIENTO DIEZ REF SETECIENTO OCHENTA) DEL DISTRITO CATASTRAL NUMERO (CERO CUATRO), DISTRITO NACIONAL, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 560.33 (QUINIENTOS SESENTA PUNTO TREINTA Y TRES) METROS CUADRADOS, IDENTIFICADA CON LA MATRICULA NO.0100187217, CONFORME LA CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO DE ACREEDOR, EXPEDIDO POR EL REGISTRO DE TITULOS DEL DISTRITO NACIONAL”. El inmueble descrito anteriormente, fue EMBARGADO mediante Acto No. 7/2017, de fecha veintiuno (21) de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017), por el LIC. FREDDY LUCIANO CESPEDES, y DENUNCIADO mediante Acto No. 104/17, de fecha veintinueve (29) de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017), por el Ministerial ENRIQUE URBINO PEREZ, Alguacil Ordinario de la Segunda Sala de la Cámara de lo Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; en perjuicio de los Señores ADOLFO ANTONIO PAULINO Y ANGELA ESPERANZA RODRIGUEZ GUERRERO, dominicanos, mayores de edad, domiciliados y residentes, en la calle Residencial Parque 13, No. 4, del Sector los Ríos, Santo Domingo, Distrito Nacional, deudores hipotecario, a instancia, diligencia y requerimiento del LIC. FABIAN TAVERA DOMINGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-0498714-4, domiciliado en la Carretera Mella, kilómetro 7 ½ , Local 28, Plaza Fantasía , Lucerna, Santo Domingo Este, residente en la ciudad de Santo Domingo, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICENCIADO ESTEBAN CARABALLO ORAN, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos: 001-1609862-5, con estudio profesional abierto en la Avenida Bolívar No. 884, Apto. 202, Residencial Trébol, del Sector La Esperilla, del Distrito Nacional, lugar donde el persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente procedimiento ejecutorio. El Mandamiento de Pago fue notificado a los embargados el día Catorce (14) del mes de Febrero del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante Acto No. 51/2017, del Ministerial ENRIQUE URBINO PEREZ, Alguacil Ordinario de la Segunda Sala de la Cámara de lo Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario por la falta de pago de los deudores, se Registró en el registro Civil y Conservaduría de hipoteca, del Municipio de Santo Domingo Oeste, en fecha veintinueve (29) del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017). El per siguiente ha sido fijado como precio de primera puja la venta del inmueble descrito anteriormente, la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ORO DOMINICANO CON 00/100 (RD$ 11, 662, 247.00), que constituye el monto a que asciende la deuda principal sin perjuicio de los intereses producidos a partir del inicio del procedimiento, costas y gastos de ejecución. Todo subastador deberá depositar en la secretaria del tribunal apoderado el equivalente a un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio de primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una institución Bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas solo serán recibidas por Ministerio de Abogado, todo ello de conformidad con el Pliego de Condiciones depositado en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial de la Tercera Sala, del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, Municipio Oeste, en fecha cuatro (04) del mes de Septiembre del año Dos Mil Siete (2017). HECHO Y FIRMADO por los abogados del persiguiente, en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Quince (15) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017). -
FC 349397
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE DIVORCIO
En cumplimiento Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 22 del mes de mayo del año 2017, la Segunda Sala Civil y Comercial de la del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, dictó la sentencia civil no. 2092017-SSEN-00446 cuyo dispositivo dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre CARMEN PETRONILA BUENO REYES Y JUAN PEDRO PEÑA RODRIGUEZ. TERCERO: ordena a la parte más diligente comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial CARLOS ALBERTO ALMANZAR, Alguacil Ordinario Del Juzgado De Trabajo Del Distrito Judicial De La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma; (Firmados): MAG. IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD – Jueza Presidenta JOSEFINA PAULINO BATISTA –Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil del municipio de Jarabacoa transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.2; folio 135; BAJO Acta no.168 en fecha 10 del mes de AGOSTO del año 2017. En la ciudad, municipio DE JARABACOA y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 16 días del mes de AGOSTO del Año 2017.
Se hace del conocimiento general que la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en fecha siete (7) de agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), dictó Sentencia Civil Núm. 01200-17, por la cual se dictó el divorcio entre los esposos HAMLET ALBERTO RANCIER DURAN y KEYLA MASSIEL REYES GARCÍA, por mutuo consentimiento y cuyo dispositivo dice así: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores HAMLET ALBERTO RANCIER DURAN y KEYLA MASSIEL REYES GARCÍA, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentada por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores HAMLET ALBERTO RANCIER DURAN y KEYLA MASSIEL REYES GARCÍA, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulaciones de divorcio Núm.489-2017, instrumentado en fecha 28 del mes de febrero del 2017, por ante el Dr. FAUSTO JUAN MANUEL MESA PÉREZ, Notario Público de los del número del Distrito Nacional. El divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 10ma Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 11 de agosto del año Dos Mil Diecisiete, bajo el libro Núm. 00004, de Registros de Divorcio, Folio Núm. 0069, Acta Núm. 000229, Año 2017. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 11 de agosto del año Dos Mil Diecisiete.
LICDA. MARIBEL PAULINO Abogada
LIC. BÁRBARA GUISELLE SUCART OLEAGA, ABOGADA APODERADA.
(AC-11666-WP-ENV)
FC 349396
Aviso De Emplazamiento Para Fines De Divorcio De conformidad y para dar fiel cumplimiento al Art. 22 de la ley No. 1306 Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que el señor JUAN HERNANDEZ, puertorriqueño, casado, mayor de edad, portador del pasaporte estadounidense No.457416018, domiciliado y residente en 110 HOWARD DR APTO. P, CP 07621 - BERGENFIELD, NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial, al LIC. RADHAMES GARCES, dominicano, soltero, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0444670-3, abogado de los tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la Avenida CHARLES DE GAULLE, No. 24, Edif. Lopeza, suite 3a, provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este; donde hace elección para todos los fines y consecuencias de la presente publicación. Advierte a su legítima esposa YENY DEL CARMEN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, de que el último domicilio conocido fue en la calle Ramón Matías Mella, casa No. 78, San Lorenzo de los minas de este Municipio Santo Domingo Este de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, que a falta de información relativa al lugar de su domicilio actual, procedemos a emplazarla en acción de divorcio por Incompatibilidad de caracteres a la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, para que comparezca en audiencia a puertas cerradas que será conocida la demanda el Martes Cinco (05) de Septiembre del Dos Mil Diez y siete (2017), a las 9:00 horas de la mañana, por ante la cuarta (4ta) Sala para asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Santo Domingo, en sus atribuciones civiles, sito en su salón para audiencias, ubicado en la calle Hermanas Carmelita Teresa de San José, (antigua calle 17), No. 3, Ensanche Ozama, Santo Domingo Este. Acto de emplazamiento que será debidamente notificado el día 21 de Agosto del 2017, a fin de que la señora YENY DEL CARMEN HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, comparezca de derecho a la audiencia que a puerta cerrada y para esos fines celebrará el supra indicado tribunal, en la fecha anteriormente señalada. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Quince (15) días del mes de Agosto del 2017.
LIC. ESTEBAN CARABALLO ORAN Abogado FC349417
LIC. LUZ ESTHEL GARCIA, Abogada.
LIC. RADHAMES GARCES, Abogado. FC 349395
CARNES POPULARES, SRL RNC 1-30-73305-0 Registro Mercantil No. 75492 Santo Domingo, R.D. De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general que, en Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha veinte (20) de junio de dos mil diecisiete (2017), los socios de CARNES POPULARES, SRL, (en lo adelante, “la Compañía”) han aprobado las siguientes resoluciones: 1. Se aprobó la disolución con liquidación de la Compañía; 2. Se designó ala señora Sandra María Díaz Rodríguez como Liquidadora de la Compañía; 3. Se aprobó la cesación de la representación de los miembros del Consejo de Administración para hacer nuevos negocios y contraer nuevas obligaciones; 4. Se encargó ala Liquidadora la elaboración de un informe sobre el estado general de la misma mediante el cual se constate su estado patrimonial; 5. Se encargó al Liquidador la designación de un Contador Público Autorizado a los fines de que realice un Balance Especial del estado de la Compañía; y 6. Se convocó a los socios a la Asamblea General Extraordinaria que habrá de reunirse este día diecisiete (17) de julio del dos mil diecisiete (2017) para conocer y aprobar, si procede, el balance financiero especial, el informe del Liquidador de la sociedad, así como conocer sobre la disolución definitiva de la Compañía. Dicha documentación fue depositada por ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Inc., en fecha veinte (20) de julio de dos mil diecisiete (2017), de acuerdo a lo establecido en el Art. 413 de la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. En este sentido, se informa que cualquier correspondencia o notificación de actos concernientes a la liquidación deben ser remitidos al domicilio social de la Compañía, situado en la Autopista Duarte Km. 13 ½, sector los Peralejos, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D.
Estela Acosta Dios FC 349400
MIERCOLES 16 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
“HOSPITAL DE MEDICINA AVANZADA DEL SUROESTE-HOSMAS, S. A. S.” CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD$30,000,000.00 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: RD$6,420,000.00 AVISO DE PUBLICACION POR DISOLUCION DE SOCIEDAD A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 299 literal C de la Ley 479-08, y el artículo No.78 de los Estatutos Sociales, se avisa que mediante la Asamblea General Extraordinaria de fecha Treinta y Uno (31) de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), los portadores de acciones de “HOSPITAL DE MEDICINA AVANZADA DEL SUROESTE-HOSMAS, S. A. S.” adoptaron a unanimidad de votos, entre otras, las siguientes resoluciones: I) se declara que la sociedad, por medio de la Asamblea General Extraordinaria, desea disolver la Sociedad conforme al Artículo 413 de la Ley Num.479-08 de Sociedades Comerciales. La liquidación de los activos de la misma queda en manos de la persona que esta Asamblea designe a tales efectos. II) la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad, resolvió designar al señor VINICIO DE LOS SANTOS MATEO RAMIREZ como agente liquidador de los activos de la Sociedad, quien a tales fines deberá presentar un informe a la Segunda Asamblea General Extraordinaria que será convocada para aprobar o desaprobar dicho informe. III) Se aprueba la rendición de cuentas ofrecida por el Consejo de Administración y se le otorga descargo de forma definitiva y para siempre por su gestión. En Barahona, República Dominicana, el día Quince (15) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017).
FC 349404
AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 00013, de fecha 18 del mes de julio de 2017, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro CLUB BONSÁI NATIVO, con su domicilio en calle Macao No. 10, esquina calle Magante, sector Arroyo Hondo, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Esta institución tiene como fin: (a) Agrupar a las personas con interés genuino en el bonsái; (b) Crear y propagar interés en este arte; (c) Estudiar y enseñar las técnicas del arte y su apreciación y uso del mismo; (d) Ayudar a la matrícula a mejorar la calidad del bonsái en la República Dominicana; y, (e) Llevar a cabo todas las actividades necesarias y deseables para lograr estos propósitos. Sus miembros fundadores son: Robert Sandro Rivera, Ricardo Vitienes, Pilar Beatriz Popa Rojas, Paulina Eladia Santana, Mituri García Estrella, Melvin Demorizi, Endy Miosotis Severino, Karla Michelle García, y Cristian Isaías Santana; y, a su vez el Consejo Directivo está constituido por cinco personas, quienes son: Robert Sandro Rivera, Presidente; Ricardo Vitienes, Vicepresidente; Paulina Eladia Santana, Secretaria; Mituri García Estrella, Tesorera; y, Melvin Demorizi, Vocal. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
ROBERT SANDRO RIVERA, Presidente.
VINICIO DE LOS SANTOS MATEO RAMIREZ. FC 349383
AVISO TRANSFORMACION DE UNA EMPRESA DE SOCIEDAD ANONIMA S. A., A UNA EMPRESA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, S.R.L. JR CONSULTING. S.A.
AVISO DE INSCRIPCIÓN DE DELEGACIÓN DE LA ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO COMUNIDAD DE CRISTO (COMMUNITY OF CHRIST)
De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08 del 11 de diciembre del 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el proyecto de transformación de la Empresa JR CONSULTING, S.A. a una sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. dicho proyecto establece la modificación del nombre de la empresa, la cual se denominara JR CONSULTING, S.R.L., la misma estará regida por las leyes de la Republica Dominicana, la sociedad tendrá como objeto social LA IMPORTACION, EXPORTACION Y CONSULTORIA EN GENERAL, el domicilio de la sociedad estará ubicado en la calle 14 No. 19ª, Urbanización Fernández, en esta ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, tendrá un capital de Cien Mil Pesos Dominicanos RD$100,000.00; la sociedad será administrada por JORGE RAMIREZ RODRIGUEZ, designado al efecto por un periodo de 6años; la duración de la sociedad será indefinida, mediante el presente aviso; se hace de público conocimiento que la transformación se llevara a cabo en el local de la sociedad el día 04 del mes de septiembre del 2017. Santo Domingo, Distrito Nacional, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
En cumplimiento con las disposiciones legales establecidas en el Artículo 5, Párrafos I, II y III, de la Ley 122-05 sobre la Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro, se hace de público conocimiento que mediante Resolución No. 00013, de fecha 18 de julio de 2017, emitida por la Procuraduría General de la República, se autoriza a la asociación COMUNIDAD DE CRISTO (COMMUNITY OF CHRIST), entidad sin fines de lucro organizada de conformidad con las leyes de Misuri, Estados Unidos de América, a funcionar en República Dominicana, la cual tiene domicilio en el país en la Av. Gustavo Mejía Ricart No. 100, Torre MM, Suite 201, Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con los fines de ser una asociación religiosa, caritativa, científica y educacional, debidamente representada en la República Dominicana por el señor Miguel Valera Montero, por una duración perpetua según sus Artículos de Incorporación, la cual cuenta con Stassi D. Cramm como Presidente, Steven E. Graffeo como Secretario y Michele McGrath como Tesorero, los cuales fungen como su consejo de administración. A los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
JORGE RAMIREZ RODRIGUEZ, GERENTE. FC 349382
Miguel Valera Montero, Representante en la República Dominicana. FC 349393
AVISO DE INCORPORACIÓN
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento del artículo 5 de la ley 122-05, Se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 359-2017, emitida por la Procuraduría Regional de Corte de Apelación de San Juan de la Maguana, el día 07 de mayo del 2017; en el cual, se concede el beneficio de incorporación al Centro de Desarrollo Integral Gibbor “CDIG”, con su domicilio en la Calle Estrella No.103, Pueblo Nuevo Municipio las Matas de Farfán, Provincia San Juan, R.D; La misma tiene como Misión: brindarles a los niños, niñas y adolescentes (NNA), las oportunidades de desarrollo, permitiéndoles el acceso a informaciones y capacitaciones en las áreas Espiritual, Social, Educativa y de salud;. Su creación es por tiempo indefinido y su Junta Directiva electa en Asamblea, la integran siete (7) miembros, los cuales son: Yladiano Alcántara Encarnación (Presidente); quien la representará frente a terceros, Isael Escalante Soto (Vicepresidenta); Kersi Y. Meran Lebrón, (Secretaria); Santa Lucia Ramírez R., (Tesorera); Isidoro Reyes Montero, (1er.Vocal), Fermina Manzueta Lugo (2da.Vocal), Ubi Arnulfo Suzaña Martínez (3er.Vocal).
Para dar cumplimiento a las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-bis sobre divorcio, y para conocimiento en general se hace saber que en fecha 30 del mes de Septiembre del año 2016, la Cuarta Sala para asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil No. 2229/2016, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el Acto de Convecciones y Estipulaciones marcado con el número 08/2015 de fecha 29 de Septiembre del año 2015, instrumentado por el DR. RAFAEL ANTONIO REYES PEREZ, Notario Público de los del número del Municipio de Boca Chica, Matrícula No. 7753; por haber sido hecho conforme a la Ley. SEGUNDO: Admite EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los cónyuges PEDRO MOISES FERMIN FERNANDEZ y ESTELA PAOLA SOSA DE LA CRUZ, con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena, manda y firma ALTAGRACIA MENDOZA GUTIRREZ, Jueza; BRENDA A. ROSARIO, Secretaria. La presente sentencia fue pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de Santo Domingo Este, e inscrita en el Libro 5, Folio 113, mediante Acta No. 000457; ha sido publicada por el DR. GUSTAVO SOTO DE JESUS en su calidad de Abogado apoderado. Esta publicación ha sido autorizada por los esposos a través de su representante legal, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Quince (15) días del mes de Agosto del año 2017.
Atentamente: Sr. YLADIANO ALCANTARA ENCARNACION, Presidente. FC 3249381
DR. GUSTAVO SOTO DE JESUS, Abogado Apoderado. FC 349387
PUBLICACION DE DIVORCIO
El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades de la Concesión minera denominada “MAR”, en el Distrito Municipal de Caballero, paraje La Atalaya, provincia Sánchez Ramírez, R.D., que desde el 01 al 31/08/2017, la empresa PROMINCA, S.R.L., realizará trabajos de voladuras, con el objetivo de extraer materia prima. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de la indicada localidad.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA Para general conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día Jueves , que contaremos a Treinta y uno (31), del mes de Agosto del año DOS DIECISIETE (2017), a las NUEVE(9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador del bien dado en garantía por el señor PEDRO NOLASCO PEREZ HEREDIA, el cual se describe a continuación: UN VEHICULO DE CARGA, MARCA MAZDA, MODELO BT-50, COLOR GRIS, MOTOR NUM. WLAT 1355139, DEL AÑO.2012, CHASIS NUM. MM7UNY0W4C0916623, REGISTRO Y PLACA NUM. L324493, CON CAPACIDAD PARA CINCO (5), FUERZA MOTRIZ 2500, CUATRO (4) CILINDROS, CUATRO (4) PUERTA, PROPIEDAD DEL PEDRO NOLASCO PEREZ HEREDIA, mediante Contrato de Prenda suscrito en fecha veintiséis (26) de Octubre del año Dos Mil Trece (2013), inscrito en el Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, en fecha en 20 de Marzo del 2014 al BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, El precio de la primera puja será de la suma de UN MILLON CIENTO DOS MIL NOVECIENOS CUARENTA Y NUEVE PESOS DOMINICANOS CON 06/100 (RD$1,102.949.64),sin perjuicio de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de vendutero público una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Quince (15) días del mes de Agosto del año dos mil Diecisiete (2017).
Lic. Marino Antonio Cordero Núñez Por mí y por los Licdos Luis Acosta Alvarez y Ramón Medina En representación del Banco de Reservas de la Rep. Dom. Fp26624
}AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor JOSE MIGUEL DIAZ RAMOS, dominicano, mayor e edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en España y de tránsito en este municipio de Jarabacoa y provincia de La Vega, cédula No. 050-0040451-6; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. MARGARITA BATISTA REYES cedula no. 050-0028742-4 con estudio profesional abierto en el No.40 de la Calle Independencia Edif. Hermanos Ramírez módulos 205/206, de esta ciudad y municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora YULISSA HERNANDEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en Piedra Blanca del municipio de Jarabacoa y provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 23 del mes de agosto del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 28 del mes de septiembre del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 14 días del mes de agosto del año 2017.
LICDA. MARGARITA BATISTA REYES Abogada apoderada de la parte Demandante (BL-RCFF-3739-PT-14-15-16/08/2017)
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 22 de la ley 1306- Bis sobre divorcio, el señor WILSON ABAD BELDA, dominicano, mayor de edad, portador del pasaporte No. 519160350, domiciliado y residente En la Calle Mauricio Báez el tanque No. 12, de esta ciudad de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, Quien tiene como abogado constituido y apoderado especiales a los LIC. JOSE ALBERTO OTAÑEZ MOTA y LIC. VICTOR GUARIONEX ABREU ADAMEZ, dominicanos, mayores de edad, Abogados, portadores de las Cédula de Identidades y Electorales Nos. 049-0000299-1 y 049-0037734-4, domiciliado y residente en la calle José E. Márquez No. 8, plaza Abreu, del sector la esperanza de esta ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez RD.; advierte a su legitima esposa señora JUDITH DEL CARMEN ROSARIO DOMINGUEZ, de nacionalidad Dominicana, mayor de edad, cuyo último domicilio conocido, lo fue en la calle María Trinidad Sánchez No. 90, del municipio de Cotuí, prov. Sánchez Ramírez, República Dominicana; que de no establecer su domicilio y residencia, procederá el día Jueves, que contaremos a Diecisiete (17) del mes Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a Emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado procurador Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, a los fines de que comparezca a la audiencia que para tales fines celebrara la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Sánchez Ramírez, en uno de los apartamentos del Segundo Nivel del edificio ubicado en la calle Sánchez, Esq. Calle 4, sector la Esperanza, de esta ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana; el día Marte que contaremos a Veintinueve (29) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) hora de la mañana. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por el abogado Infrascrito, en la ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana. A los Doce (12) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017).
De conformidad con el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcios, y para que sea de público conocimiento, se hace saber: Que LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó LA SENTENCIA CIVIL DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, marcada con el número 531-2017-SSEN-01649, EXPEDIENTE No.5312017-ECON-01311, DE FECHA 18 DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: UNICO: HOMOLOGA el ACTO DE ESTIPULACION Y CONVENCION No.04/2017, firmadas por los esposos RAFAEL LEONARDO VALOY REYES Y LISA KARINA ESTRELLA PAYERO, de fecha 9 de Mayo del 2017, por ante el DR. CESAR N. JIMENEZ PAEZ, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en consecuencia: a) ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges RAFAEL LEONARDO VALOY REYES Y LISA KARINA ESTRELLA PAYERO; b) OTORGA la guarda y cuidado de YOSTHERDAM LEONARDO, a cargo de su madre, la señora LISA KARINA ESTRELLA PAYERO, por los motivos indicados; c) COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento; d) ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: SAHIRA CLARIBEL GUZMAN MAÑAN, Juez Suplente; MIRTHA DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria). El mismo fue pronunciado por ante LA OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, en fecha ocho (8) del mes de agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), inscrito en el Libro No. 00004 del Registro de Divorcio, Folio No. 0073, Acta No. 000337, año 2017. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día quince (15) del mes de agosto del año Dos Mil diecisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 22 de la ley 1306- Bis sobre divorcio, el señor GILBERTO ALCADIO DE LA ROSA CARBAJAL, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula No. 002-0111644-9, domiciliado y residente En la Calle Duarte esquina No. 27, de febrero de esta ciudad de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, Quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. VICTOR GUARIONEX ABREU ADAMEZ, dominicano, mayor de edad, Abogado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 049-0037734-4, domiciliado y residente en la calle José E. Márquez No. 8, plaza Abreu, del sector la esperanza de esta ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez RD.; advierte a su legitima esposa señora SELENIA M. ROCHE DE MONTANEZ, de nacionalidad Americana, mayor de edad, cuyo último domicilio conocido, lo fue en la calle Duarte esquina 27 de febrero del municipio de Cotuí, prov. Sánchez Ramírez, República Dominicana; que de no establecer su domicilio y residencia, procederá el día Jueves, que contaremos a Diecisiete (17) del mes Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a Emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado procurador Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, a los fines de que comparezca a la audiencia que para tales fines celebrara la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Sánchez Ramírez, en uno de los apartamentos del Segundo Nivel del edificio ubicado en la calle Sánchez, Esq. Calle 4, sector la Esperanza, de esta ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana; el día Marte que contaremos a Veintinueve (29) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) hora de la mañana. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por el abogado Infrascrito, en la ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana. A los Doce (12) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017)
LIC. PABLO E. LEBRON VALDEZ, Abogado Apoderado.
LIC. VICTOR GUARIONEX ABREU ADAMEZ Abogado Apoderado.
DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE.
FC 349401
LEGAL 15
FC 349377
LIC. VICTOR GUARIONEX ABREU ADAMEZ Abogado Apoderado. (JAOM-AC-11659-PC-ENV-14-15-16/07/2017)
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
(JAOM-RCDEP-6575-PC-ENV-14-15-16/07/2017-1/2)
MIERCOLES 16 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL Notificación del Periódico. “ El Nuevo Diario. “
Pérdida de Certificado de Depósito
Se Hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de acciones comunes número, 6037 de fecha 15 de enero del 1980, por dos acciones por valor de RD$300.00 Cada uno, expedido por el Grupo Popular, S.A a favor de José Junior Catheline Ariza, Cédula Núm. 001-0201138-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
Se hace de público conocimiento, que se ha perdido el Certificado de Depósito No. 1-260-068145-7, correspondiente al contrato de alquiler de fecha 22-09-2012, registrado en el libro Q, No. 2012-003118, folio 032, expedido por el Banco Agrícola de la R.D., de fecha 02-10-2012.
FC 349148
CARLOS GONZALEZ. FC 349390
Aviso de Pérdida de Certificado Financiero
Perdida de Certificado de Título
Hacemos de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero Nominativos No.101094638, emitido por la Asociasion Barahona de Ahorros y Préstamos, hoy Bancamerica, de fecha 11/08/2003, por valor de RD$50,000.00, a nombre de MAYDA YADIRA SUERO, cédula de Identidad No.018-0059546-2. La presente publicacion se hace para los fines de ley correspondientes.
Se hace de público conocimiento, que se ha perdido el Certificado de Título No. 61-2847, correspondiente a la Parcela No. 125-B, del Distrito Catastral No. 6, de la Provincia de Santo Domingo Este, inscrito el 19 de Junio del 1984, bajo el No. 261, Folio 66 del Libro de actos traslativos de propiedad inmobiliaria.
FC 349161
CARLOS GONZALEZ. FC 349390
PERDIDA DE CERTIFICADO DE INVERSION Se hace de público conocimiento que se ha extraviado Certificado de Inversión No. 030-0213399-7, de fecha 15/02/2017, por valor de RD$4,000,000.00 expedido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, a nombre de DELCIO ANTONIO NUÑEZ AMARANTE, portador de la cédula de identidad No. 001-0183175-8. Santo Domingo, D.N., 15 de agosto 2017.
DELCIO ANTONIO NUÑEZ AMARANTE, Propietario. FC 349349
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO POR DETERIORO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del Artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 3000136937 (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 1-B-Ref.-B-2-Subd.-16, del Distrito Catastral No. 18, del municipio de Santo Domingo Norte, con una extensión superficial de 143.61 metros cuadrados, propiedad de AVANCE, S.A. FC 349388
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE PROPIEDAD DE VEHÍCULO Se hace de conocimiento público la pérdida del CERTIFICADO DE PROPIEDAD DE VEHÍCULO o matrícula del “Vehículo de CARGA marca TOYOTA, modelo LN145L-PRMDS, año de fabricación 2003, número de Registro y Placa L128854, chasis JTFED426100071489, color blanco, Motor No. 2L-5263392, con capacidad para cinco (5) pasajeros, de cuatro (4) cilindros, de cuatro (4) con fuerza motriz de 2446 HP/cc, propiedad de ACADEMIA NACIONAL DE BÉISBOL AMATEUR DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, INC. (“ANBARD”), Registro Nacional de Contribuyente No. 4-01-05348-9, con domicilio social en la Carretera Guerra Km. 23 ½, Santo Domingo Este de la Provincia de Santo Domingo, República Dominicana. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día dieciséis (16) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017). FP 92018
Expediente No. 663201707017, en virtud de autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales de Depto. Central, de fecha 1 de agosto del 2017, se hace de público conocimiento que el día 9 de septiembre del 2017, a las 10:00 A.M., iniciaremos los trabajos de Deslinde en el ámbito del Solar No. 13, Manzana No. 799, del D.C. No. 01, del municipio del Distrito Nacional, provincia Distrito Nacional, a petición de su propietario MODESTO MELENCIANO CORPORAN.
AGRIM. GUSTAVO ALBERTO BUENO CORONADO, Codia 10425. FP 92025
AVISO DE MENSURA El 23 de AGOSTO del año 2017, a las 9:00 a.m., se iniciará el trabajo de Deslinde en un área de 208.14 m2, dentro de la parcela No. 110-REF-780-A, del D.C. 04, ubicado en la Calle Campana No. 3, Barrio Duarte, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, propiedad de JOSELITO ANTONIO REYES LORA. Exp. No. 663201706414.
AGRIM. MALVIN LORA ANGUSTIA, Codia: 30348. Tel. (829) 308-1362. FC 349399
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del Artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 3000123544 (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 779-A, del Distrito Catastral No. 6, del municipio de Santo Domingo Este, con una extensión superficial de 367.50 metros cuadrados, propiedad del SR. BIENVENIDO ESPAILLAT, Fallecido.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA SANEAMIENTO. Se hace de público conocimiento, que el próximo día 24 de Agosto del año 2017, a las 10:00 A.M, serán realizados los trabajos de Saneamiento, en una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No.825, del Distrito catastral No.02, Provincia María Trinidad Sánchez, Municipio Nagua, Propiedad del SR. AMERICO DE JESUS HERNANDEZ, Representado por el SR. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización D/F 31/07/17, correspondiente al expediente No. 661201702177, de la D.R.D.N.
AGRIM. LENYN ENRIQUE AMPARO BALDERA, Codia No. 33901/Ce1.809-782-8848. FC 349398
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
FC 349388
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO Para dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 617 y 618 del Código De Procedimiento Civil se le hace de público conocimiento que los bienes embargados mediante acto No.029/2017, de fecha ocho (8) del mes de agosto del año 2017, del protocolo del Dr. Ramón Sena, en perjuicio de la empresa POLO SUL y el señor FURGENCIO BATISTA, se realizara en día viernes veintiocho (28) del mes de agosto del año 2017, a las ocho (8:00 a.m.), por ante el Mercado Público de Los Mina sito: en la calle Francisco Enríquez y Carvajal Esq. Presidente Estrella Ureña, Los Mina, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, la venta de los bienes que se describen a continuación: 1) Una planta de filtro de 6 felpas de 4 pulgadas sistema de osmosis, 2) una planta marca CUBOTA de gasoil, 3) Una camioneta tipo platanera marca DOFEM, PLACA L263585, 4) Un inversor de 5 kilos. A persecución del señor Precioso Mateo, por medio de embargo ejecutivo. Todo licitador deberá pagar el precio de la venta de contado en efectivo, más el 10% del precio de la adjudicación de conformidad con lo establecido por la ley. La adjudicación se hará al mejor postor y ultimo subastador. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
JOSE JUNIOR LAURENCIA MARTINEZ, Alguacil en función de Vendutero. FC 349407
AVISO DE PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA EN CERTIFICADO DE TÍTULO De conformidad con los Artículos Nos. 92 de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario y 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, Hacemos de Público Conocimiento que se ha Extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título No. 16-213, Duplicado del Dueño Correspondiente a Una (1) Porción de Terreno Dentro de la Parcela No. 38, del Distrito Catastral No. 4, del Distrito Nacional, con la Superficie de 464.28M2, Emitida por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 15 de Diciembre del año 2000, Libro 1278, Folio 248, a favor de la SRA. TOMASINA CANDELARIO MENDOZA.
INVITACION La Fundación Nacional para el Desarrollo de la Juventud Rural, Inc. (FUNDEJUR) tiene el placer de invitarles a participar en su Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día miércoles 30 de agosto del año 2017 a las 10:00 AM. en el Club Deportivo Naco, ubicado en la Calle Salvador Sturla, Naco, Santo Domingo, en el salón Aquiles Recio. FC 349385
Expediente No. 662201706527, se le avisa al público en general, colindantes, propietarios a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, departamento Norte, que el día 31 del mes de Agosto del año 2017, a las 10:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 62-L, del Distrito Catastral No. 08, del Municipio de Puñal y Provincia de Santiago. A Petición de la Señora JUANA MARÍA LIRIANO.
JOSÉ GREGORIO BATISTA SOSA AGRIMENSOR – CODIA 14328 Céd. 031-0081073-2.
AVISO A QUIEN TENGA INTERES PUBLICO En fiel cumplimiento con el Art. No. 75 del R.G.M.C., se avisa que a las 2:00 P.M., del día: 26/08/2017, se dará inicio al acto del levantamiento parcelario del Deslinde ubicado dentro del S. No. 5-A, Manzana No. B, D. C. No. 1, Municipio: Mao y Provincia: Valverde; Investida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales con el carácter de Oficial Público, mediante Autorización No. 662201702658 de fecha: 6/Abril/2017.
YOARKY L. RECIO S., Agrimensor, CODIA: 22774. Tel. (849)357-0949.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO FC 349384
En cumplimiento de la disposiciones contenida en el Artículo 92 de la Ley 108-05 sobre la ley de Registro Inmobiliaria, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título, No. Duplicado del Dueño que ampara los derechos de propiedad del señor LEONARDO MANUEL CABRERA del siguiente inmueble: Parcela No.24 del D.C No.10, con una extensión superficial de (300) Metros Cuadrados en Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo. Expedido en fecha 19 de Noviembre del año 1992.
LIC. DELFIN CECILIO SANCHEZ, Abogado Apoderado.
DR. DOMINGO ERASMO REYES FIGUEREO, Abogado-Representante. FP 92028
AVISO DE MENSURA
FC 349379
AVISO DE MENSURAS PARA DESLINDE Expediente No. 661201702615 Dándole cumplimiento al artículo 75 del Reglamento de Mensuras, mediante autorización de fecha 11 de agosto del 2017, por la Dirección Regional de Mensuras Catastral, hacemos de público conocimiento que el día 21 del mes de agosto del año 2017, a las 9:00 a.m., daremos inicio a los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 240-B-147, del D.C. No. 02, del municipio de Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de la HACIENDA BUENA AGUA, S.R.L., representada por el SR. JOSE RENE CARABALLO LAZA.
AGRIM. NADIA A. FAMILIA CARMONA, Codia 25127, Tel. 829-586-3929 y 849-815-2085. FP 92024
MIERCOLES 16 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 402-010170057718, del BANCO DE RESERVAS DE LA RD, de fecha 21/09/2014, por valor de RD$2,000,000.00, a nombre de ROBERTO GON GUINS VANTERPOOL o FLERIDA SOTO LORA DE VANTERPOOL, cédula 001-0514403-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
Se hace público conocimiento que se ha extraviado el certificado de Depósito a plazo No. 402-01-240-23663-6, documento No. 325669, emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, en fecha 11 de marzo del 2015, por el monto de RD$ 369,627.00, a favor del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA, S.R.L., RNC: 401007428. FC349321
FC 349332
PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO DE ALQUILERES Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Depósito en el Banco Agrícolas, Certificado No. 01-260-050498-1, por un valor de RD$27,000.00, depositado por el Sr. Manuel Altagracia Ruiz Colon, Ced. 0010194348-8. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente. FC349320
AVISO DE ROBO DE VEHICULO Se hace de conocimiento público que ha sido robado el vehículo de motor que se describe a continuación: UN AUTOMOVIL PRIVADO, MARCA HYUNDAI, MODELO SONATA N20, COLOR GRIS, CHASIS NO. KMHEU41MP9A701046, MOTOR NO. 701046, REGISTRO Y PLACA NO. A606349, AÑO 2009, PASAJEROS CINCO (5), FUERZA MOTRIZ 2000, CILINDROS 4, NO. PUERTA 4, MATRICULA NO. 6377701, de fecha 01-04-2015, propiedad de la señora EPIFANIA GUZMÁN ALVARADO. En la Ciudad de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, a los nueve (09) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia Anotada del Acreedor Hipotecario del certificado de Títulos No. 31, Folio No. 80 Libro No. 292, con una extensión superficial igual a 330.00 mts Expedido en fecha 16/02/1998, Hipoteca por un monto de RD$600,000.00, ubicado dentro de la Parcela No. 24-B del D. C. No. 5 del Municipio y Provincia del a Vega, emitido a favor de LA ASOCIACION LA VEGA REAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA (ALAVER) por el Registrador de Títulos de La Vega, se perdió estando en poder de Eusebio Almonte German su propietario, mientras este realizo una mudanza, publicación que hacemos a los fines de lugar.
Licdos. Cristian Rafael Fernández Concepción Cristiana Margarita Concepción Grullón Abogados
LIC. VICTOR GUARIONEX ABREU ADAMEZ Abogado Apoderado.
FC349371
En cumplimiento con las disposiciones del Art. 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, del párrafo agregado por la Ley 2153 de fecha 12/11/1949, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor CHAEL ANTONIO BUENO SUAREZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-0083530-9, domiciliado y residente en la calle Principal, Distrito Municipal de Quita Sueño de la ciudad de Cotuí, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. LEONEL ORTEGA MORALES, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-0005208-7, matrícula de abogado No. 13569-167-93, domiciliado y residente en la calle San Antón No. 11, sector La Yuca de esta ciudad de Cotuí, con su estudio profesional abierto en la calle Prolongación Sánchez No. 109-B, sector La Esperanza de esta ciudad de Cotuí, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos fines y consecuencia legales de la presente publicación, el cual por la presente le advierte a su legítima esposa señora RUBI FLORENTINO MARIÑEZ, que a falta de información relativa a su actual domicilio, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, el día veintiuno (21) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), a las 9:00 a.m., a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho, que se encuentra en la primera planta del Palacio de Justicia, ubicado en la calle Prolongación Sánchez, esquina calle Cuarta (4ta.) sector La Esperanza de la ciudad de Cotuí, para que comparezca como fuera de derecho a la audiencia que al efecto al efecto celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del Palacio de Justicia de Sánchez Sánchez, ubicada en la calle prolongación Sánchez, esquina calle Cuarta (4ta.) de la ciudad de Cotuí, el día cinco (5) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), a las 9:00 a.m., para conocer de la referida demanda. En la ciudad de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
AVISO PERDIDA CONSTANCIA ANOTADA DEL ACREEDOR HIPOTECARIO
(JAOM-RCDEP-6575-PC-ENV-14-15-16/07/2017-2/2)
(AC-11665-PC-1/2)
AVISO PERDIDA CONSTANCIA ANOTADA DUPLICADO DEL DUEÑO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia Anotada Matricula No. 3000280401, Folio No. 084 Libro No. 0620 y en el Registro complementario No. 0404, folio No. RC077, con una extensión superficial igual a 68,020.50 mts, ubicado dentro de la Parcela No. 1 del D. C. No. 5 del Municipio y Provincia de La Vega, emitido a favor de su propietaria señora DIGNA MERCEDES HERNANDEZ LOPEZ por el Registrador de Títulos de La Vega, se perdió mientras se conocía un caso en el tribunal y se desapareció el expediente al ser enviado al Abogado del Estado, publicación que hacemos a los fines de lugar.
Para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley de Divorcio No.1306, Bis y sus modificaciones, se advierte a la señora MARISOL CRUZ CASTRO, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Principal No. 18 del Sector kilómetro 3 de la Carretera Nagua-San Francisco de Macorís de la Ciudad y Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, y que a falta de información relativa a su actual residencia, su esposo, señor CRISTINO DUARTE ALMANZAR, procede a emplazarla en acción de Divorcio por la Causa Determinada de incompatibilidad de caracteres, mediante acto de Alguacil, que será notificado en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, o quien haga sus veces, a fin de que comparezca a la Audiencia que para tales fines celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, el día Jueves que contaremos a Veinticuatro (24) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9:00 A.M.), horas de la mañana, sito en el segundo nivel del Palacio de Justicia, ubicado en la calle General Emilio Conde S/N de la Ciudad y Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, a los nueve (09) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. LEONEL ORTEGA MORALES, Abogado.
Licdos. Cristian Rafael Fernández Concepción Cristiana Margarita Concepción Grullón Abogados
FC 349369 (AC-11665-PC-2/2)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO.
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 22 de la ley 1306- Bis sobre divorcio, el señor CARLOS ENMANUEL ACOSTA BATISTA, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula No. 155-0001295-8, domiciliado y residente En la Calle Mauricio Báez el tanque No. 12, de esta ciudad de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, Quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. VICTOR GUARIONEX ABREU ADAMEZ, dominicano, mayor de edad, Abogado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 049-0037734-4, domiciliado y residente en la calle José E. Márquez No. 8, plaza Abreu, del sector la esperanza de esta ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez RD.; advierte a su legitima esposa señora HILDA MARIBEL QUIÑONES MARTINEZ, de nacionalidad Estado Unidense, mayor de edad, cuyo último domicilio conocido, lo fue en la calle principal No. 51, del distrito municipal de quitasueño del municipio de Cotuí, prov. Sánchez Ramírez, República Dominicana; que de no establecer su domicilio y residencia, procederá el día Jueves, que contaremos a Diecisiete (17) del mes Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a Emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado procurador Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, a los fines de que comparezca a la audiencia que para tales fines celebrara la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Sánchez Ramírez, en uno de los apartamentos del Segundo Nivel del edificio ubicado en la calle Sánchez, Esq. Calle 4, sector la Esperanza, de esta ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana; el día Marte que contaremos a Veintinueve (29) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) hora de la mañana. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por el abogado Infrascrito, en la ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana. A los Doce (12) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. JESÚS EMMANUEL HERNÁNDEZ ORTIZ Abogado Apoderado.-
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el Art. 92 de la Ley de Registro Inmobiliario; se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título a nombre de JUAN SORIANO que ampara el inmueble que se describe a continuación: “Parcela No. 388-A, del Distrito Catastral No. 8, del municipio de SAN CRISTOBAL, con una extensión superficial de CERO (00) HECTAREAS, CERO CUATRO (04) AREAS CERO (00) CENTAREAS Metros Cuadrados, con los siguientes linderos: AL NORTE: CAMINO DE QUITA SUEÑO AL CARRIL; AL ESTE: CAMINO DE CABUN; AL SUR: PARCELA No.388-RESTO; AL OESTE, PARCELA NO. 388-RESTO; a nombre del señor JUAN SORIANO. La presente publicación se hace para fines de ley correspondiente.
En cumplimiento a lo que dispone el Art. 22 de la Ley 1306- Bis sobre Divorcio, por medio de la presente el señor ELIS ARISTOTELES GUERRERO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral Nos. 001-1100662-3, domiciliado y residente en la calle el coco No. 5 Las Palmas de Alma Rosa, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales en la Calle José Martí No. 363-A, Villa María, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, con sus Teléfonos 829-876-5323, y 809599-0524, (la)(los) cual(es) tiene(n) como abogado constituido y apoderado especial al licenciado NELSON DE JESUS DESCHAMPS, dominicano, mayor de edad, potador de la cédula de identidad y electoral números 001-1235421-2 , Abogado de los Tribunales de la República, hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente Demanda de Divorcio, por medio del presente avisa y advierte a su Legitima esposa ROSA LAURA RIVERA Ciudadana Norte Americana, Mayor de edad, casada cuyo ultimo domicilio conocido fue en la calle las Lomas No. 7 las colinas de los ríos, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; Que a falta de información relativa al Lugar de su actual domicilio y residencia su esposo señor ELIS ARISTOTELES GUERRERO HERNANDEZ, procederá a Emplazarla y citarla en acción de Divorcio por la causa determinada de INCOMPARTIVIDAD DE CARACTERES en manos de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, Demanda que le será Notificada a dicha Magistrada Procuradora Fiscal el día Viernes que contaremos Dieciocho (18) Del Mes De Agosto Del Año Dos Mil Diecisiete (2017), el Tribunal que conocerá el Divorcio es la Séptima Sala de la Cámara civil y comercial del Juzgado de Primera instancia del Distrito Nacional (para asuntos de Familia), a puerta cerrada para conocer dicha Demanda, sito en la calle Socorro Sánchez No. 68, Esquina calle Santiago, Primera Planta, del sector Gazcue, de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, la cual conocerá dicha Demanda el día que contaremos a Trece (13) del Mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete(2017), a las Nueve (9:00) a.m., horas de la Mañana. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Nueve (09) día del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017).
En virtud de lo que dispone el párrafo II, del artículo 92, de la Ley 108-05, Ley de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de la Carta de Constancia No. 669, (Duplicado del Dueño), correspondiente a una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 24, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio y Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 320 metros cuadrados, expedido a nombre del señor EDILFIO HAROLDO CUELLO RODRIGUEZ. En la ciudad de Barahona, República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diez y Siete (2017).
LIC. NELSON N. DE JESUS DESCHAMPS ABOGADO DEL DEMANDANTE.
EDILFIO HAROLDO CUELLO RODRIGUEZ Propietario
FC349318
LEGAL 17
FP 92030
AVISO DE PERDIDA DE DUPLICADO DE CERTIFICADO DE TITULO
FC349418
LIC. BLAS FLORES JIMÉNEZ, Abogado Apoderado. FC 349357
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones del Art. 22 de la ley 1306-Bis Sobre divorcio el señor: RAFAEL SANTANA ARACHE, dominicano, mayor de edad, Casado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 027-0036435-5, domiciliado y residente en la casa No.64, Calle Independencia de esta Ciudad de Hato Mayor del Rey, quién tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICDO. EMIL JOSE ZAPATA MONEGRO, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.027-0034984-4, con estudio profesional abierto de manera permanente en la Calle Palo Hincado, No.42, de esta Ciudad de Hato Mayor del Rey, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente Instancia, Hace de publico conocimiento que el último domicilio conocido en el País de su legitima esposa la señora DIGNA YVELISSE MEJIA MERCEDES fue en la Calle Independencia No. 64, de esta ciudad de Hato Mayor del Rey, y actualmente en el 20 JACKSON ST. PASSAIC, NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y que procederá a emplazarla en acción de Divorcio por la Causa determinada de incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Hato Mayor, Para que comparezca a la audiencia Civil que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, en sus atribuciones civiles, Palacio de Justicia Dr. Bienvenido Canto y - Rosario (Machito) sito el la Carretera Hato Mayor-Yerba Buena el día Veinte y Uno (21) del Mes de Noviembre del Presente año 2017 a las (9:00) Horas de la Mañana. En la ciudad de Hato Mayor del Rey, Rep. Dom. A Los Veintiocho (28) días del mes de Julio del año 2017.
LICDO. EMIL JOSE ZAPATA MONEGRO. Abogado FC349362
MIERCOLES 16 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL PÉRDIDA DE MATRICULA Y PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX-100, color negro, año 2008, placa y registro N366132, chasis LCPAGA1280807252, a nombre de ALBA IRIS MELLA DE JESÚS, cédula 048-0082690-3. (JPDA-RO-14000-WP-14-15-16/07/2017). FP81910
PÉRDIDA DE CHAPA: de volteo, marca International, modelo 4900-6X4, año 1995, color dorado, a nombre de ALBERTO DE JESÚS VILLALONA MORILLO, cédula 0450020971-5.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Hyundai, placa G081030, color negro, chasis 5NMSH13E37H002592, tipo jeep, año 2007, propiedad de LUIS ANTONIO MENA FRANCO, cédula 001-0143977-6. FC 349380
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Loncin, año 2013, color negro, placa y registro K0496493, chasis LLCLPP206DE107294, a nombre de REINALDO DE JESÚS MOTA MOTA. FC349412
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color plateado, año 2012, placa y registro A708904, chasis KMHEU41MBCA815619, a nombre de RANDOL CALDERÓN GARCÍA. FP91997
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Nipponia, color rojo, año 2016, placa y registro K1109272, chasis XF1NC090AGL010360, a nombre de JADE TERIYAKI, S.A., RNC. 130389586. FC349355
Cambio de nombre de bote de la embarcación de nombre DOÑA CONSUELO, de tipo recreativo, matrícula BR-D211-1490SDG, color blanco, eslora 26’0”, manga 8’5”, puntal 2’5” a nombre de PERLA ELIZABETH HERNANDEZ TAVERAS DE ALVAREZ, cédula 4022436810-6, el cual cambia a Esperanza Caridad.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, color negro, año 2007, placa y registro N268436, chasis LC6PAGA1570827638, a nombre de JUAN ALBERTO RAMIREZ, cédula 0250043496-0. FC349416
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Kia, color negro, año 2013, placa y registro A603402, chasis KNADN412BD6242586, a nombre de ROSALY AYERIN ACOSTA MONEGRO, cédula 053-0037984-8. FC349341
PERDIDA DE PLACA:Vehículo motocicleta, marca X-1000, modelo CG-200(SP), año 2014, color negro, placa y registro K0417468, chasis TBL20P100EHG49301, propiedad de GUARIN EL LIDER MOTOR, SRL, RNC 131226426. FC 349331
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, color negro, año 2008, placa y registro N419323, chasis LC6PAGA1280327971, a nombre de JOSÉ ARISMENDY SANTANA TAVAREZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 2010, placa y registro N591634, chasis LC6PAGA14A0801751, a nombre de YONATHAN DOMINGO GARCÍA MARTINEZ FP92023
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color azul, año 1994, placa y registro K0650854, chasis C506152339, a nombre de MIGUEL ARSENIO ORTIZ GUERRERO. FP91996
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Isuzu, placa L034638, color rojo, chasis JAATFR55HW7100011, tipo carga, año 1998, propiedad de EYLEEN F. MARTINEZ DE NICOLAS, cédula 001-1454164-2. FC 349392
PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Marca X1000, Modelo LF-110-8A, color rojo, año 2006, placa N309259, chasis LF3XCH8A66A056403, a nombre de MARIA FRANCISCA REYES ARROYO, CED.047-0138056-2. (RC-6577-CM-15-16-17/08/2017)
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca X 1000 120, año 2014, color rojo, placa y registro K0266305, chasis TBL20P108EHE57415, a nombre de FRANKLYN SANTO DE LOS SANTOS, cédula 001-1543606-5. FP92005
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta privada, marca Suzuki, color negro, año 2006, placa y registro K0227323, chasis LC6PAGA1560868690, a nombre de HECTOR RAFAEL SÁNCHEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Hyundai, año 2007, placa y registro G298291, chasis 5NMSH73E57H038156, a nombre de LUÍS JOSÉ MARCIAL ESPINAL, cédula 001-1390626-7. FC349402
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca X-1000, modelo CG125, año 2006, color rojo, placa y registro N210051, chasis LF3PCJ0X6B005094, a nombre de MODESTA HERNANDEZ DE JESÚS. FC349411
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Yamaha, modelo GREAT DANF-GPS241, color negro, año 1990, placa y registro K0415898, chasis 3VP2859444, a nombre de RUFINO GARCÍA LUGO, cédula 012-0077341-2. FP92019
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Loncin, color negro, año 2010, placa y registro K0544041, chasis LLCLPM604A1100324, a nombre de MÁXIMO GUZMÁN.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 2000, placa y registro A503195, chasis AE1100108512, a nombre de JOAQUÍN ENRIQUE LEGER TEJADA. FP92021
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA: La autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 14 del mes de marzo del año 2017, Exp. 663201702208, a solicitud del ING. RAFAEL VITELIO BISONO GENAO, informamos que el día 24 del mes de agosto del año 2017, a las 9:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de Deslinde de la Parcela No. 311-A-Reformada-79, del D.C. No. 32, municipio de Boca Chica, provincia de Santo Domingo, con superficie de 750.11 Mts.2, inmueble ubicado en la calle Juanico García a 50.00 Mts., al Suroeste de la intersección con la calle Elena Montano, luego de recorrer 298.00 Mts., al Sur: desde la intersección de la avenida Las Américas, con la calle José Peña Gómez (Boca Chica).
AGRIM. CESAR O. VICIOSO, Codia: 11669/Tel. 809-533-4243. FP 92026
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, color
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 28 de Agosto del año 2017 a las 10:00 A.M., se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la Parcela 1-A, porción L, Distrito Catastral No. 01, del Municipio San Pedro De Macorís, Provincia San Pedro de Macorís. Con una extensión Superficial de (399.00mts2), Identificado con el Expediente No.663201707550, PROPIEDAD DE LA SEÑORA GRICELDA LIRIANO PEÑA.
AGRIM. RAFAEL PERALTA LIRIANO, Agrimensor Contratista-Codia 11107. TEL. 809-9146812 rperalta66@hotmail.com FC 349419
AVISO DE MENSURA Se avisa que el día 30 del mes de agosto del 2017, a las 10:00 a.m., se dará inicio a la MENSURA PARA DESLINDE de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela 426, del Distrito Catastral No. 10.6, Este inmueble se encuentra ubicado en la calle Buenos Aires, s/n, del Municipio de Higüey, provincia La Altagracia, expediente No. 663201706983, a petición de la Señora CRISANLLY MARIEL RODRÍGUEZ BÁEZ.
AGRIMENSOR AQUILES D. HEREDIA CODIA 24407
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA: la autorización de la Dirección Regional de Mensura catastrales del Departamento Central, expediente No. 663201706674, de fecha 20 de Julio del 2017, a petición de la Sra. DOLORES RODRIGUEZ, para dar publico aviso de que el día Sábado Dos (02) de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las 03:00 P-M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No. 67-B-425, del DC No. 11/3, Lugar de Verón, Municipio de Higuey, Provincia La Altagracia, calle 4ta, S/N, entrando por los frentes del centro ferretero del Este. VISADO
AGRIM. TOMAS REYES Agrimensor Contratista CODIA No. 20827 Tel: 809-497-1456
AVISO MENSURA CATASTRAL Expediente 662201705626 Autorización de mensura de fecha 29/06/2017, a petición de ANTONIO TORRES Y CHRISTIAN TORRES. SE AVISA Que el día viernes 04 de Septiembre del 2017, a las 9:00 a.m., iniciaremos el Deslinde de una porción en la Parcela 226 parte, del D.C. 02, municipio Bonao y ciudad de Monseñor Nouel, área 5,659.2 m2. Será practicada por
gris, año 1998, placa y registro L029918, chasis S83P059438, chasis CARLOS ALU ACCETA.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día sábado (26) de agosto 2017, a las 9:00 a.m., se realizará los trabajos de Deslinde, de una porción de terreno, dentro de la parcela 664-R, del Distrito Catastral No. 8 del municipio de Azua de Compostela, ubicado en la calle proyecto a 100 metros de la escuela especial del sector quisqueya de este municipio de Azua de Compostela, expediente no. 663201707007, propiedad de CARLOS JULIO PINEDA.
AGRIM. HECTOR MANUEL MEDINA MARRARO CODIA: 10171
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor RAFAEL ANTONIO TAVAREZ GUTIERREZ, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en el sector El Rincón del municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., cédula No.402-2575655-6, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JESUS FELIZ PLACENCIA, cédula No. 050-0005699-3, con estudio profesional abierto en la calle 16 de Agosto, 1er. Nivel, Plaza Genao Peralta, módulo 4 de esta ciudad de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MILAGROS ANTONIA ABREU, cuyo último domicilio conocido lo fue en el sector El Rincón del municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 18 del mes de AGOSTO del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 11 del mes de septiembre del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 15 días del mes de AGOSTO del año 2017.
LIC. JESUS FELIZ PLACENCIA, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RC-6579-RD-15-16-17/08/2017)
CENTRO JURIDICO REYNOSO-RIJO ASC. Abogado Notario Av. Altagracia, No. 106, Tel. 809-554-3313
Agrim. Pedro Antonio Batista Marte CODIA 24718 PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Hyundai, color blanco, año 2006, placa y registro L219249, chasis KMFZBN7BP6U153316, a nombre de SOGETRAS DOMINICANA, SRL. FP92043
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de minibus, marca CMC, color blanco, año 2002, placa y registro I018385, chasis 61015561, a nombre de JOSE JEREMIA LARA TRONCOSO. FP92022
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color rojo, año 2006, placa y registro K0235487, chasis LC6PAGA1560842008, a nombre de CARLOS MONTERO MORILLO, cédula 001-0430589-1. FC349408
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Isuzu, placa L034638, color rojo, chasis JAATFR55HW7100011, tipo carga, año 1998, propiedad de EYLEEN F. MARTINEZ DE NICOLAS, cédula 001-14541164-2. FC 349391
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Honda, color gris, año 2007, placa y registro G249706, chasis JHLRE48517C082705, a nombre de ZENEYDA ALTAGRACIA MONEGRO.
PUBLICACION DE DIVORCIO
(JAMB-RO-14106-RDT)
AVISO MENSURA CATASTRAL Expediente 662201706425 Autorización de mensura de fecha 08/08/2017, se avisa que realizaremos el Deslinde en el ámbito de la parcela No. 2839, del D. C. 3 del Municipio de Jarabacoa, PIEDRA GORDA, RACK CLUB, provincia La Vega, propiedad de Ramón Aramis Peña Gómez, el día 29 de agosto del 2017 a las 11:00 A. M. Será realizada por
Agrim. ANGEL L. MARTINEZ REYES AGRIM CODIA I488 (AC-11667-RDT)
En virtud de lo que se establece el Art. 42 de la ley No. 1303-Bis, se hace de público conocimiento que en fecha 27 de Julio del 2017 , la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, dictó la sentencia civil No. 186-2017, cuya parte dispositiva dice: PRIMERO: Se ratifica el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer; SEGUNDO: Se admite el divorcio entre los señores JULIO GUERRERO Y RAQUEL CORDERO CIPRIAN, por la causa determinada de MUTUO CONSENTIMIENTO con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Se otorga la guarda de la niña ANJELI GUERRERO CORDERO a la madre y esposa demandante en divorcio, señora RAQUEL CORDERO CIPRIAN. CUARTO: Ordena al Oficial de Estado Civil correspondiente al pronunciamiento de dicho divorcio. QUINTO: Se compensan las costas entre ambos esposos. Y por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. El presente divorcio fue pronunciando en la Ofícialía del Estado Civil de la Provincia La Altagracia en Libro No. 00165, Folio 0029, Acta No. 0002015 de fecha Ocho de Agosto del año 2017, en República Dominicana.
EUSEBIO DEL RIO, Abogado. FC 349415