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14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO DE CORRECION DE ERROR MATERIAL Se hace de público conocimiento, que en la Constancia Anotada de Títulos Matrícula No. 1000000284, expedido por el Registro de Títulos de Higüey, en fecha 14/01/2008, existir u error puramente material en cuanto al nombre del titular del derecho registrado, el cual aparece como JORGE SANTANA, cuando lo correcto es: JORGE GUERRERO SANTANA dominicano, mayor de edad, soltero, agricultor, Titular de la cedula de identidad y elector, No. 028-0029370-2, como la indica su cedula, la presente declaración se hace con el único d corregir el error material que se encuentra en la constancia Anotada de Títulos Referencia, razón por la cual hacemos esta publicación, Aviso de conformidad con la Ley 10805 de Registro Inmobiliario y sus reglamentos.
LIC. ROBERTO CEDANO CASTILLO ABOGADO
Por este medio se comunica el Señor LUÍS GERMÁN REYNOSO o sus continuadores jurídicos a presentarse por ante la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) a formalizar renuncia de bien de familia y Traspaso del Apto. 3-A Edif.3, Manzana E del Proyecto Cancino II, a favor de las señoras LUISIANA MAGDALENA ALTAGRACIA GÓMEZ FERRERAS.
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones contenidas en el Art. 42, de la Ley No. 1306-Bis, de fecha 21 de Marzo del año 1937, G.O. No. 5037, y sus modificaciones, sobre procedimiento de divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: a) Que en fecha de fecha 27 de Junio del año 2017, La Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó en sus atribuciones civiles, la Sentencia marcada con el núm. 01052-17, Expediente No.5332017-Econ-00906, cuyo dispositivo copiado textualmente reza: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos CAONABO ANTONIO CASTILLO DÍAZ Y ZUNILDA DEL CARMEN PERALTA ESPINAL, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 92-2017, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional Dr. Julio Cesar Troncoso Saint-Clair en fecha 10/05/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordenar al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día dieciocho (18) del mes de Julio del año dos mil diecisiete (2017), la misma ha sido registrada en la dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día Trece (13) del mes Julio del año dos mil diecisiete (2017), en el Libro Letra A No. 16144. ROSA ENCARNACION FERRERAS, Secretaria. El presente divorcio fue pronunciado en fecha Diecinueve (19) del mes de Julio del año 2017, por ante el Oficialía de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, debidamente registrada en el Libro Núm.00015, de Registro de Divorcio, Folio Núm.0015, Acta Núm.001404, del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veinte y Ocho (28) días del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. CESAR A. GALVEZ MENDEZ, Abogado Apoderado de la parte demandante.
LIC. ROBERTO CEDANO CASTILLO ABOGADO Fc348859
FC348880
Fc348860
AVISO DE CORRECION DE ERROR MATERIAL Se hace de público conocimiento, que en el Certificado de Títulos Matricula No. 3000081665 expedido por el Registro de Títulos de Higüey, en fecha 29/01/2013, existir un error puramente material en cuanto al nombre del titular del derecho registrado, el cual aparecí como JORGE SANTANA, cuando lo correcto es: JORGE GUERRERO SANTANA, dominicano, mayor de edad, soltero, agricultor, Titular de la cedula de identidad y electoral No. 028-00293702, como la indica su cedula, la presente declaración se hace con el único de corregir el error material que se encuentra en el Certificado de Títulos Referencia, razón por la cual hacemos esta publicación, Aviso de conformidad con la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y sus reglamentos.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor LUIS MANUEL MENDOZA PERALTA, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D., cedula no.047-0172124-5; quien tiene como Abogados constituidos y apoderados especiales a los LIC. YOELVIN DE JESUS CHILIN FUENTES, cédula No.047-0196839-0 con estudio profesional abierto en el No.15 de la calle Chefito Batista de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora CRISTINA ALTAGRACIA CRUZ MOTA, cuyo último domicilio en esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 04 del mes de AGOSTO del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la secretaría y puerta del Tribunal apoderado y último domicilio de la demandada, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 14 del mes de AGOSTO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los 01 días del mes de AGOSTO del año 2017.
LIC. YOELVIN DE JESUS CHILIN FUENTES, Abogado apoderado de la parte Demandante.
“ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DEL DAJAO, INC.” (ASOPRODA) CALLE PRINCIPAL NO. 1, LAS PIEDRAS EL DAJAO MUNICIPIO SAN JOSÉ DE LAS MATAS, PROVINCIA SANTIAGO. REPÚBLICA DOMINICANA. AVISO DE INCORPORACIÓN. Cumpliendoconelartículono.5delaLey122-05sobreAsociacionesquenotenganporobjetobeneficioagro-ecológicoysinfines de lucro, se hace de público conocimiento que la “ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DEL DAJAO, INC. (ASOPRODA)”, Calle Principal No. 1, Las Piedras El Dajao, Municipio San José De Las Matas, Provincia Santiago, República Dominicana. Ha Recibido el Beneficio de la Incorporación mediante la Resolución No. 451 del día 25 del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017) de la Procuraduría de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago. Que la Misión de la “ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES DEL DAJAO, INC. (ASOPRODA)”, es: Contribuir al proceso de desarrollo Socio-económico, con énfasis en la producción agro-ecológica sostenible en zona de montaña fomentandoelcultivodecaféconsistemaagro-forestalesenelMunicipiodeSanJosédelasMatas,delaProvinciaSantiago,RepúblicaDominicana. Que los Objetivos son: 1- Contribuir con el Mejoramiento y la solución de los problemas que afectan a los productores de la zona montañosa de San José delasMatasyproductoresagroforestalesdelascomunidadesdelMunicipiodeSanJosédelasmatas,específicamentelaComunidadde las Piedras y el dajao, en San José de las Matas. 2-ApoyarlosProyectosComunitariosquepromuevanlaproducciónagro-Forestal,elmedioambiente,laSaludylosproyectasproductivos para nuestras Comunidades de San José de las Matas. 3- Promover Proyectos que beneficien a nuestros socios/as y contribuyan con el bienestar, y Desarrollo de nuestros habitantes de la Comunidad del Dajao y zonas aledañas. 4- Concertar acuerdos, Convenios y alianzas estratégicas con otras asociaciones y Organizaciones que buscan la Unidad y el Desarrollo de nuestro agro-empresarias en la producción agro-ecológica, productores agro-Forestales y habitantes en los Asuntos de Competencias Socia-Ambientales y económicos. Queelseñor;RafaelAntonioCruzeselPresidentedela“ASOCIACIÓNDEPRODUCTORESDELDAJAO,INC.(ASOPRODA)”.EstaPublicación se hace hoy del Mes de Agosto del año Dos Mil Diez Y Siete (2017).
RAFAEL ANTONIO CRUZ PRESIDENTE.
(AC-11595-CEA-01-02-03/07/2017).
FC 348886
AVISO DE INCORPORACION
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
“PUBLICACION DE DIVORCIO”
Para dar cumplimiento a las disposiciones del párrafo II del Art. 5 de la Ley 122-05 de fecha 8 de abril de 2005, se hace de público conocimiento que mediante Resolución No.00012 del 11 del mes de julio del año 2017, de la Procuraduría General de la República fue incorporada la asociación sin fines de lucro, FUNDACION CRUZ JIMINIAN, por haber cumplido con los requisitos de adecuación a dicha ley, y a su Reglamento 40-08, institución que había sido incorporada conforme a la Ley 520, del 26 de julio de 1920, mediante Decreto del Poder Ejecutivo No.281-99, de fecha 6 de agosto de 1998. El domicilio social principal de la Fundación ha sido establecido en la calle Ortega y Gasset No.145, sector Cristo Rey, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. La misma se constituye por tiempo indefinido y tiene como objetivo prestar asistencia en el área de la salud, principalmente en el sector donde tiene su domicilio social, y de manera general en todo el territorio nacional, desarrollando un programa que abarque todos los sectores necesitados, así como desarrollo de asistencias quirúrgicas, odontológicas, entre otros servicios médicos. La Fundación fue constituida el 15 de junio de 1998, por los señores DR. FELIX ANTONIO CRUZ JIMINIAN, Presidente; DR. ROMER PEREZ, Vicepresidente; LIC. RAMIRO ESPIRITU DE LOS SANTOS, Secretario y Director Administrativo; SR. LUIS CRUZ JIMINIAN, SRA. ALIDA CAMACHO, y DR. EMILIO MARTINEZ, Vocales. El o la Presidenta de la Fundación, es el o la funcionaria con calidad para representarla en justicia y ante terceros. Conforman la Junta Directiva de la Fundación, LIC. CRISTINA ENCARNACION MONTERO, Presidenta; MAYOR GENERAL ® CONSTANTINO MATOS VILLANUEVA, Vicepresidente; DR. FELIX ANTONIO CRUZ JIMINIAN, Tesorero; LIC. ANA MARIBEL PEÑA MOLINA, Secretaria; SR. LUIS RAMON CRUZ JIMINIAN, Director Administrativo, y el LIC. BERNARDO CRISOSTOMO HERRERA, Vocal. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017).
En cumplimiento del Art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor LIBRAEL FELIX RODRIGUEZ CASTILLO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega, R.D., pasaporte No. BS0458167; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO C. VILLAR Y GALAN, matriculado con el no.0864-327, cedula no. 047-0002316-3, con estudio profesional abierto en el NO.20 de la Calle Las Carreras de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora TERESA DEL NIÑO JESUS CRUZ VALDEZ cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Padre Billini No.43 de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 04 del mes de AGOSTO del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 22 del mes de AGOSTO del año 2017 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 31 días del mes de JULIO del año 2017.
En cumplimiento de las disposiciones legales del artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, rindió su sentencia civil No. 511-2017-SSEN -00120, d/f 25 de Abril del año 2017, en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, cuya parte dispositiva dice así: FALLA: Primero: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado por falta de comparecer en contra de la parte demandada, el señor MIGUEL ALEXIS MATEO LOPEZ, en audiencia de fecha 04/04/2017 SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre BETZAIDA TAVAREZ SEVERINO y MIGUEL ALEXIS MATEO LOPEZ. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento. CUARTO: COMISIONA al ministerial José Alfredo Payano de León de estrados del Juzgado de Paz del Municipio de Sabana de la Mar, para que notifique la presente sentencia Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena firma. Esta sentencia luz sido dada y firmada por la Jueza YUMIRIS TUITT SANTANA, y la secretaria FÁTIMA A. MONEGRO. Dicho divorcio ha sido pronunciado en la Oficialía del estado Civil del Municipio de Hato Mayor, inscrito en el libro 00002, folio No. 0007, bajo el acta No. 000104 del año 2017. Firmado por la Oficial el Estado Civil de Hato Mayor, Dr. Diógenes Lauterio Lorenzo Morales. Dicha publicación ha sido autorizada por el Dr. Manuel Elpidio Uribe Emiliano, Abogado Apoderado.
LIC. CRISTINA ENCARNACION MONTERO, Presidenta.
LIC. FRANCISCO C. VILLAR Y GALAN Abogado apoderado de la parte Demandante
FC 348897
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES
(RC-6546-RD-31-01-02/08/2017)
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento del Art 22 Ley 136-BIS DEL 21/05/1937, sobre divorcios de la República Dominicana modificado por la ley 2153 de 1949, el señor FRANKLIN RODRIGUEZ SURIEL, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.100-0008128-0, domiciliada y residente en la John F. Kennedy, casa 1 y de paso por esta Ciudad de la Vega, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. NELSON DE JESUS MOTA LÓPEZ, Abogado de los Tribunales Dominicanos, debidamente inscritos en el Colegio de Abogados de la República Dominicana mediante matricula hábil, con estudio profesional en profesional abierto a los fines del presente acto en la calle Monseñor Panal, esquina las Carreras, Ed. Sanmer II, Apto. 12, altos, de esta ciudad de La Vega, ADVIERTE a su legítima esposa señora YISANDRA DECIMA, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazar en acción de DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES POR DOMICILIO DESCONOCIDO EN CONTRA DE LA SEÑORA YISANDRA DECIMA, INTERPUESTO POR EL SEÑOR FRANKLIN RODRIGUEZ SURIEL por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de la Vega, EL DIA CUATRO DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, (04/08/2017) a las 9:00 A.M., así como en la secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio desconocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará La PRIMERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA sito en uno de los apartamento de la 3ra planta del palacio de justicia ubicado en la calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta Ciudad de La Vega EL DIA VEINTIUNO DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, (21/08/2017), a las 9:00 AM. Para conocer de la referida demanda. En La Ciudad, Municipio y provincia de La Vega a los TREINTA Y UN (31) días del Mes de Julio del año Dos mil Diecisiete (2017).
De conformidad con el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcios, y para que sea de público conocimiento, se hace saber: Que la Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia dictó una sentencia en sus atribuciones civiles en materia de divorcios, por Mutuo Consentimiento, de fecha 12/06/2017, marcada con el Núm. 00923-17, contentiva en el expediente Núm. 533-2017-Econ-00061, TRANSCRITA por ante la Oficialía del Estado Civil de la 11VA. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 06 de julio del año 2017, registrado en el Libro No. 00003, de registro de divorcio, Folio Núm. 0159, Acta No. 000238, del año 2017; cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: “FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos José Ramón López Concepción y Yarineth Virginia de la Cruz Peña, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 11/2017, instrumentado por ante la notario público del Distrito Nacional Dra. Patricia de la Rosa Fernández en fecha 12/04/2017, trascrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio”. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017).
LICDO. NELSON DE JESUS MOTA LOPEZ, Abogado Apoderado.
LICDA. DILIA LETICIA JORGE MERA Abogada Apoderada.
(RO-13977-RDT-01-02-03/07/2017)
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DR. MANUEL E. URIBE EMILIANO ABOGADO APODERADO FC348917
MARTES 01 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PUBLICACION DE DIVORCIO
Aviso de Mensura Para Deslinde
Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 1306 Bis sobre Divorcio, se hace la siguiente publicación: Que en fecha 08 de Junio del 2017 la Septima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó una sentencia de Divorcio por Mutuo Consentimiento cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Miguel Angel Santos De la Cruz y Yina Marlen Frías Santos, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Miguel Angel Santos De la Cruz y Yina Marlen Frías Santos, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 10, instrumentado en fecha 16 de marzo del 2017, por ante el Dra. Ivonne Erania Adames Karam, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por lo motivos expuestos. TERCERO: a) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Angel Emmanuel y Hamsherly Marlen, a cargo de la señora Yina Marlen Frías Santos, acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 10, instrumentado en fecha 16 marzo del 2017, por ante la Dra. Ivonne Erania Adames Karam, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional., por los motivos expuestos. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presenta divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez Suplente. La presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salcé, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Franyer Enrique Beato Pérez. Secretario. La misma ha sido registrada en el Ayuntamiento Distrito Nacional. Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas. Registrado en Santo Domingo, D.N. En Fecha: 10/07/2017. LIBRO LETRA: A Registro No. 15888. Documento: Acto Judicial. Percibiendo por derecho: RD$200.00. VISADO. Sello gomígrafo del Ayuntamiento del Distrito Nacional. Dirección de Registro Civil. Conservaduría de Hipotecas. Santo Domingo, D.N. El presente divorcio admitido por la sentencia antes mencionada fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Sexta Circunscripción Distrito Nacional fecha 19 de Julio del 2017, por la causa de mutuo consentimiento, el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiéndole el Libro No.00003, de registros de Divorcio, Folio No.0069, Acta No. 000237, Año 2017. En Santo Domingo, República Dominicana, el Veintiocho (28) días del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Se hace de público conocimiento que el Viernes 11 de Julio del Año 2017 a las 3:00 P.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 79, del Distrito Catastral No. 06 del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201706126, Propiedad del Sr. JOSE ALBERTO ACOSTA DE JESUS.
DRA. JUANA BIRMANIA GUTIERREZ CASTILLO, Abogado. FC 348912
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No.1306, Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha diecisiete (17) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en sus atribuciones civiles, dictó la Sentencia Civil No. 532-2017-SSEN-0853, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Antonio Hernández Morales y Kirssy Angela Lorenzo Rojas, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Antonio Hernández Morales y Kirssy Angela Lorenzo Rojas, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 15-2017, instrumentado en fecha 22 de marzo del año 2017, por ante el Dr. Juan Antonio De La Cruz Sánchez, Notario Público de los del número del Distrito Nacional. TERCERO: A) Otorga la guarda y cuidado de la menor de edad Angelina, a cargo de la señora Kirssy Angela Lorenzo Rojas; B) Hace constar que el padre señor Antonio Hernández Morales, otorga una pensión alimenticia de catorce mil pesos dominicanos (RD$14,000.00), mensuales a favor de la menor, y C) Establece el régimen de visita acordado en el acto de convención y estipulaciones; CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. El mismo fue pronunciado el día 17/07/2017 en el Libro de Registro No. 00014, Folio 0167, Acta 001379, Año 2017, en la Oficialía Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, República Dominicana.
LICDA. IVELISSE OZUNA BERROA, Abogada. FC 348894
COLOMBA OMEGA LEBREAULT, Agrimensora-Contratista. Codia 16067, Tel. 809-881-1059. FC 348893
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201706703 En virtud de la Autorización dictada, en fecha 21 de Julio del año 2017, se hace de público conocimiento que el día viernes 12 de agosto del 2017 a la 9:00 A.M. de la mañana, se realizarán los trabajo de Deslinde y Refundición, dentro del ámbito de las Parcelas No. 15 y 15-P del D. C. No. 08 del Municipio de Pedro Brand, Provincia Santo Domingo, propiedad de las razones sociales Núcleos y Premezclas, S.R.L. y Continental Veterinaria, S.R.L., derechos sustentados según Acto de venta de fecha 30 de Abril del 2016 y el Cert. De Título Mat. 3000103090, libro 0751, folio 014 anotado en el Registro de Títulos de la provincia. Dicho inmueble se encuentra ubicado en el Km. 24 de la carretera Duarte Vieja frente a Raligas, en este municipio.
Beato G. Jiménez Vizcaíno, Agrimensor-Contratista. Codia 11,020. FC 348895
Residencial Ciudad Bonita De conformidad con las disposiciones del artículo 25 de la ley 5038 sobre Condominios se convoca a la Asamblea General Extraordinaria del Residencial Ciudad Bonita de cada Manzana, CONDOMINIO CIUDAD BONITA M-A CONDOMINIO CIUDAD BONITA M-B CONDOMINIO CIUDAD BONITA M-C CONDOMINIO CIUDAD BONITA M-D CONDOMINIO CIUDAD BONITA M-E CONDOMINIO CIUDAD BONITA M-F 1RA. ETAPA CONDOMINIO CIUDAD BONITA M-F 2DA. ETAPA Esta Asamblea se realizara de ser necesario en tres convocatorias hasta completar el Quórum de la siguiente forma: 1ra convocatoria: 4 de Agosto 2017 a las 7:30PM en el GazeboNo.1 ,Deliberaciones… con la presencia del 51% de los propietarios 2da convocatoria: 8 de Agosto 2017 a las 7:30PM en el GazeboNo.1 , Deliberaciones…con la presencia del 40% de los propietarios. 3ra convocatoria: 13 de Agosto 2017 a las 5:00PM en el GazeboNo.1 , Deliberaciones con la presencia de los propietarios asistentes Orden del Día: Comprobación del Quórum Escogencia del Presidente y Secretario de la Asamblea Presentación de Propuestas por las empresas Pre-calificadas por el Comité de Licitaciones Autorización al Presidente y/o Secretario de la Junta Directiva para firmar contrato con la Empresa Ganadora de la Licitación. Cierre de la Asamblea.
SEMAR INMOBILIARIA, S.A. Capital Social Autorizado: RD$200,000.00 Capital Social Suscrito y Pagado: RD$200,000.00 R.N.C. Número: 1-01-12157-2 Domicilio Social: Av. Abraham Lincoln No. 954, Apto. F2, Ensanche Paraíso, Santo Domingo, D.N., República Dominicana.
Aviso de Transformación y Convocatoria
El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades del proyecto denominado “La Noria”, ubicado en la provincia y municipio La Romana, R.D., que desde el 01 al 31/08/2017, la empresa PROMINCA, S.R.L., realizará trabajos de voladuras con el objetivo de extraer materia prima. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de la indicada localidad.
Para cumplir con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha 11 de diciembre de 2008, y sus modificaciones (en lo adelante, la Ley), se avisa a los interesados y al público en general que se convoca a la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad SEMAR INMOBILIARIA, S. A. para el día diecisiete (17) del mes de agosto del año en curso, a las nueve (9:00 a.m.) horas de la mañana, en el domicilio social, a los fines siguientes: 1. Conocer y aprobar el proyecto de transformación de la misma en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), el cual, entre otros, contiene como puntos relevantes los que se indican a continuación: a) La nueva denominación social de la sociedad será SEMAR INMOBILIARIA, S.R.L. b) El domicilio social se mantendrá sin cambios en la Av. Abraham Lincoln No. 954, Apto. F2, Ensanche Paraíso, Santo Domingo, D.N., República Dominicana; c) La duración de la sociedad continuará siendo indefinida; d) El objeto social se mantendrá invariable; e) El ejercicio social tampoco cambiará: será anual, al 31 de diciembre de cada año; f) El capital social será fijado en la suma de doscientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$200,000.00), íntegramente aportado y pagado, dividido en dos mil (2,000) cuotas sociales, iguales, acumulables e indivisibles, enteramente suscritas y pagadas, cada una con un valor nominal de cien pesos dominicanos con 00/100 (RD$100.00), las cuales no tendrán el carácter de valores ni podrán representarse por medio de títulos negociables o anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones o intereses; g) Las cuotas sociales serán libremente transmisibles entre socios; en cuanto a la transmisión entre ascendientes y descendientes, por vía de sucesión o en caso de liquidación de comunidad de bienes entre esposos, esta estará sujeta a la aprobación de socios que representen, por lo menos, las dos terceras (2/3) partes de las cuotas sociales; pero no podrán ser cedidas a terceros extraños a la sociedad sin el consentimiento de la mayoría de los socios que representen, por lo menos, las tres cuartas (3/4) partes de las cuotas sociales, conforme al procedimiento establecido por la Ley; h) La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, o por un consejo de gerencia, socios o no, que deberán ser personas físicas; su nombramiento podrá ser estatutario o por un acto posterior de la sociedad y tendrá una duración de seis (6) años; los gerentes podrán ser reelegidos indefinidamente y ejercerán sus funciones mientras no hayan sido sustituidos; i) Frente a los socios, la gerencia podrá llevar a cabo todos los actos de gestión necesarios en interés de la sociedad; frente a los terceros, la gerencia estará investida con los poderes más amplios para actuar, en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad, bajo reserva de los poderes que la Ley les atribuye expresamente a los socios; j) La sociedad se encontrará comprometida por los actos y actuaciones ejecutados por la gerencia aun si estos no se relacionan con el objeto social, a menos que pruebe que el tercero tenía conocimiento de que el acto o actuación era extraño al objeto social o que no podía ignorarlo dado las circunstancias; y k) Todas las decisiones colectivas de la sociedad, atribuidas a los socios, serán tomadas por los socios reunidos en asamblea o por consulta escrita o por su consentimiento unánime contenido en un acta con o sin necesidad de reunión presencial. Se les avisa a todos los accionistas de la sociedad que el texto íntegro del proyecto de transformación, así como el balance especial y el informe del comisario requeridos por la Ley para las transformaciones societarias, estarán a su disposición en el domicilio social a partir de esta misma fecha y hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá de la transformación. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er) día del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE.
FC 348924
FC 348888
ANTONIO RODRIGUEZ VILLACAÑAS, Presidente.
LEGAL 15
MARTES 01 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL AVISO DE CONVOCATORIA DE TURISMO Y DESARROLLO, SRL.
AVISO DE DESLINDE
De acuerdo a lo establecido en los Estatutos Sociales y la Ley No. 479-08, se convoca a los socios de TURISMO Y DESARROLLO, SRL, a la Asamblea General Ordinaria Anual que se celebrará en el domicilio social sito en la Avenida Anacaona No. 3, Hotel Dominican Fiesta, sector Los Cacicazgos, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, el día 22 de agosto del 2017, a las 11:00 a.m. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, al 1ro de agosto de 2017.
Se avisa al público en general que el día 31 del mes de agosto del 2017, a las 3:00 pm., se realizará la mensura para fines de Deslinde dentro de la parcela 162-C del Distrito Catastral No. 06, del Municipio de Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, Residencial Regina, a nombre de ISABEL CARRASCO CESPEDES, según Autorización, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central con el No. 663201706789.
ABEL MATUTES PRATS, Gerente Presidente.
AGRIM. ALEXIS DE JS. MORLA P., CODIA: 12867. Cel: (829)566-9297.
FC 348899
FC 348898
AVISO DE CONVOCATORIA DE FIESTA BÁVARO HOTELS, SA. De acuerdo a lo establecido en los Estatutos Sociales y la Ley No. 479-08, se convoca a los accionistas de FIESTA BÁVARO HOTELS, SA, a la Asamblea General Ordinaria Anual que se celebrará en el domicilio social sito en la Avenida Anacaona No. 3, Hotel Dominican Fiesta, sector Los Cacicazgos, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, el día 21 de agosto del 2017, a las 10:00 a.m. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, al 1ro de agosto de 2017.
ABEL MATUTES PRATS, Presidente. FC 348899
AVISO DE CONVOCATORIA DE FIESTA DOMINICAN PROPERTIES, SA. De acuerdo a lo establecido en los Estatutos Sociales y la Ley No. 479-08, se convoca a los accionistas de FIESTA DOMINICAN PROPERTIES, SA, a la Asamblea General Ordinaria Anual que se celebrará en el domicilio social sito en la Avenida Anacaona No. 3, Hotel Dominican Fiesta, sector Los Cacicazgos, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, el día 21 de agosto del 2017, a las 9:00 a.m. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, al 1ro de agosto de 2017.
ABEL MATUTES PRATS, Presidente-Tesorero. FC 348899
AVISO DE CONVOCATORIA DE ADECU BUSINESS, S.A. De acuerdo a lo establecido en los Estatutos Sociales y la Ley No. 479-08, se convoca a los accionistas de ADECU BUSINESS, S.A., a la Asamblea General Ordinaria Anual que se celebrará en el domicilio social sito en la Avenida Anacaona No. 3, Hotel Dominican Fiesta, sector Los Cacicazgos, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, el día 22 de agosto del 2017, a las 9:00 a.m. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, al 1ro de agosto de 2017.
JOSÉ MANUEL MOLINA JIMENEZ DE LA ESPADA, Presidente-Tesorero. FC 348900
AVISO DE CONVOCATORIA DE DOMINICAN ENTERTAIMENT, SRL. De acuerdo a lo establecido en los Estatutos Sociales y la Ley No. 479-08, se convoca a los socios de DOMINICAN ENTERTAIMENT, SRL, a la Asamblea General Ordinaria Anual que se celebrará en el domicilio social sito en la Avenida Anacaona No. 3, Hotel Dominican Fiesta, sector Los Cacicazgos, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, el día 22 de agosto del 2017, a las 10:00 a.m. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, al 1ro de agosto de 2017.
PERE VIDAL VALLS, Gerente Presidente. FC 348901
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Se avisa al público en general que el día 10 de agosto del 2017, a las 10:00 a.m., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento dentro del D.C. No. 1, del municipio y provincia de San José de Ocoa, a favor de los Sres. ONELCIDO ANTONIO NÚÑEZ ESTEVEZ Y ESTELA DEL CARMEN GUZMÁN ECHAVARRIA, expediente No. 663201701954, presentado por el Agrim. MIQUEAS PEPEN FELIZ, codia 24074, Cel. 809-9751696, E-mail: Miqueas_pepen@hotmail.com.
AGRIM. MIQUEAS PEPEN FELIZ CODIA 24074
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
Aviso de Mensura para los trabajos de Deslinde.
Se avisa al público en general que el día 10 de agosto del 2017, a las 2:00 p.m., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento dentro de la manzana No. 18 del D.C. No.1, del municipio y provincia de San José de Ocoa, a favor de los Sres. MILTON MARTINEZ PIMENTEL Y ROMELDA ELISEE DEL CORAZON DE JEZÚS MEJÍA VELAZQUEZ, expediente No. 663201702777, presentado por el Agrim. MIQUEAS PEPEN FELIZ, codia 24074, Cel. 809-975-1696, E-mail: Miqueas_pepen@hotmail.com.
VISTA: La autorización de mensura No. 663201703776, de fecha 28 DE ABRIL DEL AÑO 2017, Solicitado por el señor; Sr. ALEXIS ALFONSO DENIZ RODRIGUEZ, SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha Domingo 6 de agosto del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No. 86, Distrito Catastral No. 11/4ta, ubicado frente al alojamiento del Hotel Hard Rock Café, en Bávaro, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.
AGRIM. MIQUEAS PEPEN FELIZ CODIA 24074
AVISOS DE MENSURAS PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento, que para el día 11/8/17, a las 9:00 a.m., se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela no. 1-REF-E-1, del D.C. no. 20, del Municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, propiedad del Sr. NELSON JOAQUÍN POLANCO ALMA. Expediente No. 663201706918.
Agrim. ESTEBAN ANDRES BLANCO NINA CODIA 12508
Se hace de público conocimiento, que para el día 12/8/17, a las 9:00 a.m., se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela no. 358, del D.C. no. 8, del Municipio Bajos de Haina, provincia San Cristóbal, propiedad del Sr. JOSÉ RAMÓN DIAGUEZ HAYAIME. Expediente No. 663201706964.
Agrim. ESTEBAN ANDRES BLANCO NINA CODIA 12508 AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se avisa al público en general que el día 31 del mes de agosto del 2017, a las 1:00 pm., se realizará la mensura para fines de Deslinde dentro de la parcela 162-C del Distrito Catastral No. 06, del Municipio de Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, Residencial Brisa Oriental, a nombre de SECUNDINO VASQUEZ OTAÑEZ Y ELBA LANTIGUA AGRAMONTE CHEZ, según Autorización, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central con el No. 663201706441.
Expediente No. 663201706333 Vistas la autorización de fecha 12 de julio del año 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central a petición de RAMON FIDEL MINAYA ALMONTE, propietario del inmueble, se avisa al público en general que el día sábado 19 del mes de agosto del 2017, a las 9:00 A.M., horas de la mañana, se le dará inicio a los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 75-A-3-45-H, D.C. No. 8, del municipio Los Bajos de Haina, provincia San Cristóbal, dicho inmueble está ubicado en el Distrito Municipal de Quita Sueño, en el sector de Villa María frente a la escuela básica Villa María se avisa a todos los que tengan algún interés en el inmueble a deslindar, que deben comunicarlo a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central.
FC 348898
AGRIM. HECTOR BAEZ CARRERA, Codia 14692. Cel. 809-603-9057.
AVISO DE DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se avisa al público en general que el día 7 del mes de agosto del 2017, a las 8:00 Am., se realizará la mensura para fines de Deslinde dentro de la parcela 20 del Distrito Catastral No. 06, del Municipio de Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, a nombre de JUNIOR CABRERA, según Autorización, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central con el No. 663201703326.
Expediente No. 6632017053441 Vistas la autorización de fecha 13 de junio del año 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central a petición de SIXTO FERMIN CAMPUSANO DIAZ, que representa al dueño RAMON CAMPUSANO DIAZ, se avisa al público en general que el día sábado 19 de agosto del 2017, a partir de las 8:00 A.M., horas de la mañana, se le dará inicio a los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 75-A-6, del D.C. No. 8, del municipio Los Bajos de Haina, provincia San Cristóbal, Distrito Municipal de Quita Sueños, en el sector La Cerca de Piedra Blanca frente al puente peatonal de Piedra Blanca.
AGRIM. ALEXIS DE JS. MORLA P., CODIA: 12867. Cel: (829)566-9297. FC 348898
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se avisa al público en general que el día 31 del mes de agosto del 2017, a las 3:00 pm., se realizará la mensura para fines de Deslinde dentro de la parcela 76 del Distrito Catastral No. 06, del Municipio de Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, Residencial Brisa Oriental, a nombre de VIRGINIA ALT. SANCHEZ, según Autorización, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central con el No. 663201705109.
Expediente No. 663201706041 Vistas la autorización de fecha 03 de julio del año 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central a petición de ROBINSON OZORIA y WANDA SABINO GONZALEZ DE OZORIA, propietaria del inmueble, se avisa al público en general que el día sábado 19 de agosto del 2017, a partir de las 10:30 A.M., horas de la mañana, se le dará inicio a los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 99, del D.C. No. 4, en el municipio de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, en el lugar del Cajuilito entrando frente a la plaza del Chivo en la autopista 6 de Noviembre frente a la iglesia de los Testigos de Jehová.
FC 348898
Aviso de Mensura para los trabajos de Deslinde. VISTA: La autorización de mensura No. 663201705356, de fecha 13 DE JUNIO DEL AÑO 2017, Solicitado por el señor: Sr. DANILO RODRIGUEZ VICENTE. SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha sábado 12 de agosto del año 2017, a las 8:30 horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No. 865, Distrito Catastral No. 11/9na, ubicado por la carretera Otra Banda-Verón, girando a la izquierda donde estaba el negocio Inversiones Rodríguez, en La Otra Banda, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.
Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 348926
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la Pérdida de Certificado financiero No. CF1014137594, de la ASOCIACIÓN POPULAR, de fecha 22 de julio 2016, por valor de RD$ 100,000.00 a nombre de JULIA ORTEGA, cédula: 001-0344548-2. La Presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC347973
Notificación Periódico
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acciones Comunes No. 166925 de fecha 05/06/2014, por 74 acciones a razón de RD$300.00 c/u, expedida por Grupo Popular, S.A., a favor de Mirtha Rodríguez de Cáceres, Céd. 001-0796323-3 y/o Ramón Cáceres Grullón, Céd. 001-0795876-1. La presente publicacion se hace para los fines de ley correspondiente. FC 348162
Notificación Periódico
AGRIM. HECTOR BAEZ CARRERA, Codia 14692. Cel. 809-603-9057.
AVISO DE DESLINDE
AGRIM. ALEXIS DE JS. MORLA P., CODIA: 12867. Cel: (829)566-9297.
FC 348926
AVISOS DE MENSURAS PARA DESLINDE
AVISO DE DESLINDE
AGRIM. ALEXIS DE JS. MORLA P., CODIA: 12867. Cel: (829)566-9297
Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com
AGRIM. HECTOR BAEZ CARRERA, Codia 14692. Cel. 809-603-9057.
Se hace de público conocimiento que se han extraviado los Certificados de acciones comunes No. 94967 de fecha 15/06/2004, por 121 acciones No. 108933, de fecha 20/06/2006, por 231 acciones, No. 115330, de fecha 04/06/2007, por 280 acciones, No. 134970, de fecha 17/06/2010, por 401 acciones, No. 146014, de fecha 02/06/2011, por 120 acciones, No. 152443, de fecha 17/05/2012, por 521 acciones, No. 176786, de fecha 16/06/2015, por 562 acciones a razón de RD$300.00 c/u, expedidos por Grupo Popular, S.A., a favor de MILTA ELENA BELTRE, cédula 010-0004508-6. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. 25/05/2017
MARTES 01 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
TEXTO PUBLICACION IMPRESORA EDITORA VILLAR, SRL.
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
Capital Social: RD$2,000,000.00 Santo Domingo Este, Santo Domingo, República Dominicana. RNC 1-01-79170-5 Registro Mercantil No. 47311SD
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. B 320318, fecha de apertura 07/03/2012, expedido por valor de RD$700,000.00 (SETECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por el Banco Múltiple, BHD León S.A. a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: JUSTINA RODRÍGUEZ DILONÉ, Depositantes.
AVISO De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, principalmente las contenidas en la Ley 31-11, se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la Sociedad Comercial IMPRESORA EDITORA VILLAR, SRL., a una Sociedad Anónima Simplificada (S.A.S.), dicho proyecto transformación establece: 1) La modificación de la denominación Social de la Sociedad IMPRESORA EDITORA VILLAR, SRL, la cual se denominará “IMPRESORA EDITORA VILLAR, S.A.S”. la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los Estatutos Sociales de la misma; 2) La Empresa tendrá su domicilio social y asiento principal ubicado en la Profesora Eliza Bodden Esq Primera No 1, Autopista de San Isidro, Santo Domingo Este, Santo Domingo, República Dominicana; 3) la Sociedad contara con un Capital Social Autorizado de TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$3,000,000.00), dividido en TREINTA MIL (30,000) Acciones sociales con un valor nominal de CIEN PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$100.00) cada una, las cuales se encuentran totalmente; 4) La Sociedad será administrada por un Consejo de Administración compuesto por un mínimo de Tres (03) y Hasta cinco (05) miembros debidamente designados a tal efecto; 5) objeto social Fabricantes de envases Flexibles para la Industria en General, Así como Impresores y convertidores de Todo tipo de papel de envoltura, cartón plegadizo, fabricación de Todo tipo de impresión y edición, tanto de papelería para uso privado y/0 para uso comercial, útiles escolares, juegos didácticos y deportivos de salón, suplidora de bienes, productos y servicios de impresión nacional e internacional, a la importación y exportación de bienes productos y servicios de impresión, así como también la representación de marcas nacionales e internacionales, al transporte y manejo de artículos de impresión en todo el territorio nacional como internacional, a representar franquicias nacionales e internacionales; 6) La Duración de la Sociedad será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto de Transformación, así como el Balance Financiero especial, el informe de la Gerencia, se convoca a los socios de la Sociedad Comercial “IMPRESORA EDITORA VILLAR, SRL.” a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el asiento Social de la Entidad, ubicado en Profesora Eliza Bodden Esq. Primera No 1, Autopista de San Isidro, Santo Domingo Este, Santo Domingo, República Dominicana, el día dieciocho (18) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017). El proyecto de transformación de la Sociedad, junto con el Balance Especial y el Informe de la Gerencia estará a disposición de los Socios en el domicilio de la Sociedad. En la ciudad de Santo Domingo Este, Santo Domingo, República Dominicana, al día dieciocho (18) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017).
OSNEL ARMSTRONG LARA VILLAR, Gerente. FC 348902
Publicación de Divorcio En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 13 de septiembre de 2010, dada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Hato Mayor, mediante la sentencia civil No. 198-10 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Se admite el divorcio entre los cónyuges LUZ MARÍA REYES MEJÍA Y EFRAÍN PACHECO RAMIREZ, por su Mutuo y Perseverante Consentimiento, de conformidad con lo pactado por ellos en el acto de Estipulaciones y Convenciones, marcado con el Número Siete (07), de fecha 7 de Mayo del año Dos Mil Diez (2010) , por ante el DR. CESAR A. DEL PILAR MORLA VASQUEZ, Notario Público de los del Número del Municipio de Hato Mayor del Rey, cuyo contenido ha sido copiado en otra parte de la presente sentencia; SEGUNDO: Autorizar al esposo más diligente, a presentarse por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente en un plazo no menos de ocho (8) días francos, a partir de la presente sentencia, para hacerla transcribir en los registros destinados al efecto, así como publicarlo en un periódico, de los de mayor circulación nacional y depositar un ejemplar en la secretaría de éste tribunal, dentro de los plazos también determinados por la ley de la materia; TERCERO: Se compensan pura y simplemente procedimiento por ser listis entre cónyuges. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordnea, manda y firma: DR. FERNANDO E. JAVIER EVERTZ, Juez de la Cámara Civil; LICDA. ROSARIO E. RUIZ, Secretaria. Así mismo se hace saer: Que en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción, Hato Mayor, registrado el día veintitrés (23) del mes de septiembre del año dos mil diez (2309-2010), se encuentra inscrito en el Libro No. 00002 de Registros de Divorcio, Folio No. 0009, Acta No. 000103, del año 2010. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día 01 del mes de agosto del año 2017.
(AC-11559-DA-25-01-08-15/08/2017)
PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 01-PR 402-01-120-024023-3, emitido por el Banco Banreservas de la República Dominicana, por un valor de quinientos mil pesos oro, (500,000.00), a nombre de Juan Alberto Rodríguez Nuñe, cédula 031-0320613-6 y Silverio Luis Rodríguez, cédula 031-0235541-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83 del Reglamento General, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el CERTICICADO DE TITULO Matrícula No. 0100046400 (CERTIFICADO DEL REGISTRO DE ACREEDOR), a nombre de COMPAÑIA RAMIREZ INMOBILIARIA, S.A., que ampara el derecho de propiedad del inmueble descrito como: “Inmueble identificado como Solar 1-B, Manzana 2727 del Distrito Catastral No. 01, que tiene una superficie de 4,674.18 metros cuadrados, matrícula No. 0100046400, ubicado en el Distrito Nacional”.
Se hace de público conocimiento que se me ha extraviado el certificado financiero No. 778374074, expedido por el Banco Popular Dominicano en fecha 14-1-13, con un monto de apertura de 314,000.00, a nombre de las señoras ANA GISELA MARTÍNEZ, cedula No. 072-0007600-3, y YISSEL GIOVANA PERDOMO MARTÍNEZ, cedula 001-17411001-7, con una fecha de vencimiento de 141-18, con un saldo de depósito de 368,302.95.
LIC. ELVIS DENISSE UREÑA QUIÑONES Abogada Fc348794
PUBLICACIÓN POR PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO BANCO POPULAR
Número de Certificado 764-720-561, fecha de apertura 25-01-2011, por un monto de RD$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINCANOS), a nombre de ERIKA PRISCILA RAMÍREZ BENÍTEZ. FC348791
PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título de Propiedad Constancia Anotada No. 86-465 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 1,577.14 Mts.2 en el ámbito de la Parcela No.449, del Distrito Catastral No.3 del Municipio de Jarabacoa y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a favor y a nombre de José María de la Cruz Bretón, Propietario.
LIC. CESAR A. DEL PILAR MORLA VASQUEZ, Abogado. FC 348914
LEGAL 17
LICDA. TANYA BADÍA, ABOGADA.
Se hace de público conocimiento que se me ha extraviado el certificado financiero No. 402-01-052-0033167, expedido por el Banco de Reservas en fecha 26/07/2016, con un monto de apertura de RD$ 500,000.00, a nombre de la señora AURORA MENA DE LA CRUZ, cédula 053-0015625-3. FC348870
(RO-13976-CT)
PUBILICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
Para general conocimiento y de conformidad con el Art. 42; de la vigente ley de Divorcio 1305-Bis, se hace saber en fecha Cinco (05) del mes de abril del Año Dos Mil Diecisiete (2017), La Cuarta Sala para Asuntos de Familia de La Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia, de la Provincia de Santo Domingo, Dicto la Sentencia Civil de Divorcio No. 880/2017, cuya parte dispositiva dice lo siguiente: F A L L A: Primero: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada, señor NELSON OTONIEL LABOUR ROSADO, por el mismo no haber concluido nos obstante citación legal. Segundo: En cuanto al fondo, admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores CANDIDA ALTAGRACIA ABRAMSON HOSKING Y NELSON OTONlEL LABOUR ROSADO, por los motivos antes expuestos Tercero: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Ofícialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio por los motivos antes expuestos. Cuarto: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Quinto: Comisiona a1 ministerial Ángel R, Pujols B; Alguacíl de Estrados del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo, para que notifique la presente sentencia, Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados. ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, JUEZA; BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA). LA sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual fue leída y firmada por mi Secretaria que certifica. Así mismo e1 divorcio admitido Fue Pronunciado en fecha Veintiún (21) del mes de Julio del Año Dos Mil Diecisiete (2017); por ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta 4ta, Circunscripción de Santo Domingo Este; e Inscrito en el Libro 00005; de Registro de Divorcio Folia 0063; Acta No. 000432, del año 2017. En La Provincia de Santo Domingo, Municipio de Santo Domingo Este; a los Treinta y uno (31) días del mes de Julio del año dos Mil Diecisiete 2017.
En cumplimiento con las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Cuatro (04) del mes Abril del año 2017, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional Especializada en Asuntos de Familia dictó su Sentencia Civil marcada con el No. 531-2017SSEN-01088, cuya parte dispositiva dice textualmente lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Omar Luis Santana Larancuent y Lourdes Soularys De León Ramírez, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 01, instrumentado en fecha 16 de febrero del 2017, por el Dr. José Agustín López Henríquez, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio; TERCERO: Compensa las costas del procedimiento por las razones indicadas. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: SCARLET R. VARGAS ROSSIS, JUEZ SUPLENTE; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha Veintiséis (26) del mes de Junio del año dos mil diecisiete (2017), en el Libro Letra A, No. 14628. El divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No. 00004, de registro de divorcio, Folio No. 0014, Acta No. 000209, año Dos Mil Diecisiete, el día Veintisiete (27) de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al Primer (01) día del mes de Agosto del año dos mil diescisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14-001-017656-4, documento no.025902 fecha de apertura 30/10/2015, expedido por valor de RD$800,000.00 (OCHOCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por LA Asociación de Ahorros y Préstamos ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No.00011, de fecha 26 del mes de junio del año 2017, fue otorgada la autorización a funcionar en la República Dominicana la asociación sin fines de lucro extranjera Solid Ground International, incorporada de acuerdo a las leyes del Estado de California, con asiento en la República Dominicana en la calle 9, No. 4, Residencial Anthony, Apt. 103, sector Mirador Norte, Distrito Nacional, República Dominicana. Esta institución tiene como fin desarrollar y mantener servicios de soporte, incluyendo proveer viviendas transitorias y prestar asistencia a sobrevivientes de tráfico humano. Su representante en República Dominicana es el Sr. Johnny Manuel Bidó de los Santos, y a su vez el consejo directivo está constituido por cinco (05) personas, quienes son: Lukiuang Lynette Hsu, David G. Wolter, JoAnna L. Quan, Sandra Borgest y Romina Yenganesh. La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. En Santo Domingo, Distrito Nacional, al primer (01) día del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
LICDA. SONIA ORQUIDEA RODRIGUEZ ABOGADA
LIC. JOSE A. BAEZ RODRIGUEZ, Abogado.
Johnny Manuel Bidó, Representante.
FP91694
FC 348920
MARLENIS YRAISA GOMEZ ROSA Y GERTRUDIS ROSA CARABALLO Depositantes (RC-6539-CC-31-01-02/08/2017)
AVISO
FC 348921
MARTES 01 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD
Aviso de Mensura para los trabajos de Deslinde.
De conformidad con el literal b del artículo 86 de la ley 108-05, sobre registro inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado El Certificado de Titulo No. 2006-7482, Registrado en el libro 2458, Folio 117 del Apartamento Marcado con el No. 401, del Condominio Residencial Sedia IV, Solar 24, Manzana 2396-a, del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional, con un área de Construcción de 225.00 Metros Cuadrados, expedido a favor del señor WIRFIRO DIONISIO VARELA. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Treinta y un (31) días del mes de Julio del año dos mil diecisiete (2017).
VISTA: La autorización de mensura No. 663201705355, de fecha 13 DE JUNIO DEL AÑO 2017, Solicitado por el señor; Sr. CAMILO MOTA CONTRERAS, SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha Sábado 12 de agosto del año 2017, a las 4:00 horas de la tarde Se dará inicio a los trabajos para Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No. 86, Distrito Catastral No. 11/4ta, ubicado dentro del ámbito de la parcela de referencia, en Friusa, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.
DR. JUAN ANTONIO CHALAS VASQUEZ Abogado FC348913
AVISO DE PERDIDA DE TITULO Se hace constar que al señor CELESTINO UCETA GENAO, dominicano, mayor de edad, casado, agricultor, domiciliado y residente, en la calle Juan Cruz, casa No. 29, sector Centro de la ciudad, del municipio Las Matas de Santa Cruz, provincia Monte Cristi, República Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral No. Cero ocho seis guión cero cero cero uno ocho ocho cinco guión cero (086-0001885-0), se le ha extraviado el Certificado de Títulos del siguiente inmueble: “Una porción de terreno que mide 30,893.00 Mts.2, ubicada dentro de la Parcela No. 7, del D.C. No. 16, de la provincia Montecristi, amparado en el Certificado de Títulos No. 26, emitido por el Registro de Títulos de Montecristi”.
LICDO. CESARINO FELIX CRUZ, Abogado Apoderado.
AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento de lo establecido en la ley 122-05 y su reglamento No. 40-08, dicha ley fue promulgada el día 3 de mayo del 2005, y su reglamento 40-08 el 08 de Enero del 2008 Gaceta Oficial 10457. En el Art. 5, párrafos I, II, III, define la incorporación, se hace de conocimiento público la resolución No. 006-2017 de fecha 20 del mes de julio del año 2017. El Procurador General de la Corte de Apelación del departamento Judicial de la Vega le concede el beneficio de incorporación de la Asociación de Pescadores La Nueva Esperanza, -APENUES, organización sin fines de lucro, constituida en Asamblea General celebrada el día 26 del mes de mayo del 2017. La modificación de los Estatutos redactados, leídos y aprobados en su misma fecha. Institución creada por tiempo indefinido con su domicilio en la calle Duarte S/N, El Hoyo, Rincón Municipio de Jima Abajo, provincia La Vega, La misma estará dirigida por una Junta Directiva de 7 funcionarios y está integrada de la siguiente manera: José Mercedes Carela Genao, Presidente, Vicente Díaz Abreu, Vice- Presidente, Heriberta Vargas Concepción, Tesorero, Yngrid Elisabeth Contrera Rosario, Secretaria, Fidelio Andrés Guzmán y Casso, primer Vocal, Diógenes Santos Almanza, segundo vocal, Kelvin Rafael López Gil, tercer vocal. El Art. 34 de los estatutos da poder al funcionario, que tiene la figura de Presidente, de representar a la asociación en todos los actos públicos y privados, representarla en justicia y en todo contrato que vaya a realizar la misma.
José Mercedes Carela Genao Presidente. FC348907
Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 348926
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 24 de Julio del año 2017, correspondiente al expediente No. 663201706787, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, a los colindantes, al propietario y al público en general que el día Sábado (12) de Agosto del año 2017, a las 10:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 10-A, del D.C. No. 20, lugar; Villa Mella, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, a solicitud del señor: SATURNINO TUCENT CIPRIAN, los cuales serán realizados por el Agrim. José Francisco Sánchez De La Rosa, Codia No. 19403.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 25 de Julio del año 2017, correspondiente al expediente No. 663201706826, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, a los colindantes, al propietario y al público en general que el día Sábado (12) de Agosto del año 2017, a las 9:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. l0-A, del D.C. No. 20, lugar,- Villa Mella, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, a solicitud del señor: JONNY ENRIQUE HERNADEZ PEÑA, los cuales serán realizados por el Agrim. José Francisco Sánchez De La Rosa, Codia No. 19403.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 25 de Julio del año 2017, correspondiente al expediente No. 663201706832, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, a los colindantes, al propietario y al público en general que el día Viernes (11) de Agosto del año 2017, a las 10:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 1-A, del D.C. No. 2.2, lugar; Km.10 (Cumayasa) Carretera Romana - Santo Domingo, del Municipio y Provincia La Romana, a solicitud del señor; CANDIDO GARCIA CARELA, los cuales serán realizados por el Agrim. José Francisco Sánchez De La Rosa, Codia No. 19403.
AVISO DE INCORPORACIÓN
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
En cumplimiento de lo establecido en la ley 122-05 y su reglamenta No. 40-08, dicha ley fue promulgada el día 3 de mayo del 2005, y su reglamento 40-08 de 08 de Enero del 2008 Gaceta Oficial 10457. En el Art. 5, párrafos I, II, III, define la incorporación, se hace de conocimiento público la resolución No. 006-2017 de fecha 20 del mes de julio del año 2017. El Procurador General de la Corte de Apelación del departamento Judicial de la Vega le concede el beneficio de incorporación de la Asociación de Pescadores Nuevo Renacer, Jayaco/Rincón, organización sin fines de lucro, constituida en Asamblea General celebrada el día 25 del mes de mayo del 2017. La modificación de las Estatutos redactados, leídos y aprobados en su misma fecha. Institución creada por tiempo indefinido con su domicilio en la calle Los Cocos, la Ceyba, Bonao, Monseñor Nouel, La misma estará dirigida por una Junta Directiva de 7 funcionarios y está integrada de la siguiente manera: Domingo Antonio Guzmán Bruno, Presidente, Daminga Rodríguez Montero, Vice- Presidenta, Yanalka Guzmán Ramos, Tesorera, Jorge Miguel Guzmán Rodríguez, Secretario, Juana Lagares Gómez, primer Vocal, María De La Cruz Montera Sánchez, segundo vocal, Crescencio de Jesús Guzmán Sánchez, tercer vocal. El Art. 34 de los estatutos da poder al funcionario, que tiene la figura de Presidente, de representar a la asociación en todos los actos públicos y privados, representarla en justicia y en todo contrato que vaya a realizar la misma.
VISTA La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 25 de Julio del año 2017, correspondiente al expediente No. 663201706828, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, a los colindantes, al propietario y al público en general que el día Sábado (12) de Agosto del año 2017, a las 4:00 P.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 10-A, del D.C. No. 20, lugar; Villa Mella, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, a solicitud del señor: ANTONIO CIPRIAN, los cuales serán realizados por el Agrim. José Francisco Sánchez De La Rosa, Codia No. 19403.
Domingo Antonio Guzmán Bruno Presidente. FC348908
AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento de la establecido en la ley 122-05 y su reglamento No. 40-08, dicha ley fue promulgada el día 3 de mayo del 2005, y su reglamento 40-08 el 08 de Enero del 2008 Gaceta Oficial 10457. En el Art. 5, párrafos I, II, III, define la incorporación, se hace de conocimiento público la resolución No. 006-2017 de fecha 20 del mes de julio del año 2017. El Procurador General de la Corte de Apelación del departamento Judicial de la Vega le concede el beneficio de incorporación de la Asociación de Pescadores El Nuevo Amanecer de Sabana Del Puerto, -ASOPENUSA-, organización sin fines de lucro, constituida en Asamblea General celebrada el día 24 del mes de mayo del 2017. La modificación de los Estatutos redactados, leídos y aprobados en su misma fecha. Institución creada por tiempo indefinido con su domicilio en el sector La Cotorra #36, del municipio de Bonao, provincia de Monseñor Nouel, RD, La misma estará dirigida por una Junta Directiva de 7 funcionarios y está integrada de la siguiente manera: Jiovanny Peña Aguilera, Presidente, Abercio Díaz Abreu, Vice- Presidente, Luz Del Alba Acevedo, Tesorera, Esmeralda Acevedo, Secretaria, José Antonio Rodríguez, primer Vocal, Carmen Marte Jiménez, segunda vocal, Tania Delgado Brito, tercer vocal. El Art. 34 de los estatutos da poder al funcionaria, que tiene la figura de Presidente, de representar a la asociación en todos los actos públicos y privados, representarla en justicia y en todo contrato que vaya a realizar la misma.
Jiovanny Peña Aguilera Presidente. FC348906
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De Conformidad Con El Art. 92 De La Ley 108-05 Sobre Registro Inmobiliario Se Avisa La Perdida Del Certificado De Titulo Provisional Perteneciente A La Parcela No. 413-A-8 Del D.C. No.03 De La Reforma Agraria. En El Municipio De Villa La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, A Nombre De RAMON ANDRES REGALADO SUAZO. EN LA CIUDAD DE COTUI, PROVINCIA SÁNCHEZ RAMIREZ, A LOS 31 DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2017 FC348923
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 24 de Julio del año 2017, Expediente No. 663201706784, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, a los colindantes, al propietario y al público en general que el día Sábado (12) de Agosto del año 2017, a las 11:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde de varias porciones, dentro de la Parcela No. 10-A, del D. C. No. 20, lugar; Villa Mella, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, a solicitud del Sr. SOTERO TUSENT NUÑEZ, los cuales serán realizados por el Agrim. José Francisco Sánchez De La Rosa, Codia No. 19403.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 24 de Julio del año 2017, correspondiente al expediente No. 663201706782, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, a las colindantes, al propietario y al público en general que el día Sábado (12) de Agosto del año 2017, a las 2:00 P.M., se dará inicio a las trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 10-A, del D.C. No. 20, lugar; Villa Mella, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, a solicitud de la señora; ALTAGRACIA TUSENT NUÑEZ, los cuales serán realizados por el Agrim. José Francisco Sánchez De La Rosa, Codia No. 19403.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 24 de Julio del año 2017, correspondiente al expediente No. 663201706780, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, a los colindantes, al propietario y al público en general que el día Sábado (12) de Agosto del año 2017, a las 3:00 P.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 10-A, del D.C. No. 20, lugar; Villa Mella, del Municipio Santa Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, a solicitud de la señora; TEOLINDA HERRERA, los cuales serán realizadas por el Agrim. José Francisco Sánchez De La Rosa, Codia No. 19403.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones contenidas en eh Art. 22, de la ley 1306-Bis, sobre divorcios y sus modificaciones, el señor FRANCIS RAMÍREZ ROA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral No.012-0065759-9, domiciliario residente en la calle Puerto Rico No.24 Alma Rosa Primera I Provincia Santo Domingo, Municipio Este quien tiene como abogado constituido y apoderado al Lic. Robert Saldaña, Dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.012-0056193-2 abogado de los tribunales de la República, matriculado en el colegio de abogado de la República Dominicana, No.30245-1594-04 con domicilio profesional abierto al público, en 1a avenida San Vicente de Paul No 216, Alma Rosa II, Santo Domingo Este. Te1.809-422-4942, lugar donde, el demandante hace forma elección de domicilio para todo lo relacionado ala en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, comunica a la Señora. JEANNETTE HERRERA BOCIO, cuyo último conocido, fue en la manzana,4728, edificio No.8 apartamento 1C, invivienda Santo Domingo, municipio Este, provincia Santo Domingo; SE HACE SABER: Que Este fue su último domicilio conocido y que será notificada, el día viernes que contaremos a Cuatro (4), del mes de Agosto del año 2017, se procederá a emplazarla en mano del procurador fiscal de la provincia Santo Domingo, para que comparezca en persona o representada por un poder autentico, como fuere de derecho, para conocer de la demanda en divorcio por la causa de terminada de incompatibilidad de caracteres incoada por el Señor, FRANCIS RAMÍREZ ROA, contra su legitima esposa la Señora JEANNETTE HERRERA BOCIO, audiencia que se efectuara a puerta cerrada en la 4TA sala para asuntos de familia, de la cámara civil del juzgado de primera instancia del municipio de Santo Domingo Este, el día martes que contaremos a Veintidós 22 del mes de Agosto del año 2017 a la 9 am-hora de la mañana el tribunal se encuentra ubicado en la Calle Hermanas Carmelita Teresa de San José No.3 Ensanche Ozama Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, ADVIRTIÉNDOLE QUE DE NO COMPARECER O HACERSE REPRESENTAR SE PRONUNCIA EL DEFECTO EN SU CONTRA. 31/7/2017.
LIC. ROBERTO SALDAÑA ABOGADO APODERADO. FC348915
“ASOCIACIÓN DE GANADEROS LOS CAIMONIES, INC. (ASOGACAIMONIES)” Calle Principal S/N, Los Caimonies Municipio San Ignacio De Sabaneta Provincia Santiago Rodriguez República Dominicana.
AVISO DE INCORPORACIÓN. Cumpliendo con el artículo no 5 de la Ley 122-05 sobre Asociaciones que no tengan por objeto beneficio pecuniario y sin fines de lucro, se hace de público conocimiento que la “ASOCIACIÓN DE GANADEROS LOS CAIMONIES, INC. (ASOGACAIMONIES)”, Calle Principal S/N, Los Caimonies, Municipio San Ignacio De Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana. Ha Recibido el Beneficio de la Incorporación mediante la Resolución No. 287-201 del día 28 mes de Julio del año pos Mil Diez y Siete (2017) de la Procuraduría de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Monte Cristi, Que la Misión de la “ASOCIACIÓN DE GANADEROS LOS CAIMONIES, INC. (ASOGACAIMONIES)”, es: Contribuir a la promoción de la ganadería sostenible, en la Línea Noroeste y la Frontera, en el Municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez de la Línea Noroeste, República Dominicana. Que los Objetivos son: 1- Contribuir con el Mejoramiento genética y la solución de los problemas que afectan a los ganaderos de la provincia Santiago Rodríguez y la Línea Noroeste, 2- Apoyar los Proyectos Comunitarios que promuevan la producción pecuaria, protección del medio ambiente, la Educación Ciudadana, la Salud; la Cultura y los proyectos productivos para nuestra Provincia. 3- Promover Proyectas que beneficien a nuestros socios y contribuyan con el bienestar y Desarrollo de nuestros y habitantes de las Comunidades de la Provincia Santiago Rodríguez, La Frontera y la línea Noroeste, 4- Concertar acuerdos, convenios y alianzas estratégicas con otras asociaciones y Organizaciones que buscan la Unidad y el Desarrollo de nuestros ganaderos y productores pecuarios en los Asuntos de Competencias Socio-Ambientales y económicos, con énfasis en las actividades pecuarias. Que el señor: Joselito Antonio Rodríguez es el presidente de la “ASOCIACIÓN DE GANADEROS LOS CAIMONIES, INC. (ASOGACAIMONIES)”. Esta Publicación se hace hay 01 del Mes de Agosto del año Dos Mil Diez Y Siete (2017).
JOSELITO ANTONIO RODRIGUEZ PRESIDENTE.
“ASOCIACIÓN DE ACUICULTORES DE MONCIÓN, INC (ACUIMÓN)” CALLE 27 DE FEBRERO No. 10, centro de la Ciudad, MONCIÓN PROVINCIA SANTIAGO RODRÍGUEZ REPÚBLICA DOMINICANA. AVISO DE INCORPORACIÓN Cumpliendo con el artículo no 5 de la Ley 122-05 sobre Asociaciones que no tengan por objeto beneficio pecuniario y sin fines de lucro, se hace de público conocimiento que la “ASOCIACIÓN DE ACUICULTORES DE MONCIÓN, INC. (ACUIMÓN)”, CALLE 2, DE FEBRERO No. 10, centro de la Ciudad, Monción, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana. Ha Recibido el Beneficio de la Incorporación mediante la Resolución No. 2088-201 del día 28 del mes de Julio del año Dos Mil Diez Y Siete (2017) de la Procuraduría de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Monte Cristi, Que la Misión de la “ASOCIACIÓN DE ACUICULTORES DE MONCIÓN, INC. (ACUIMÓN)”, es: Promover y fomentar la crianza, producción y comercialización del pescado de agua dulce de la Presa de Monción y otros embalses dedicadas a esta labor de Acuicultura para beneficio del Municipio de Monción. Que los Objetivos son: 1-Contribuir con el Mejoramiento y la solución de los problemas que afectan a los pescadores del Municipio de Monción y Comunidades Aledañas. 2- Apoyar los proyectos Comunitarios que Promuevan la Producción Pecuaria con énfasis en las actividades de acuicultura, la protección del Medio Ambiente, la Educación Ciudadana, la Salud y los Proyectos Productivos para nuestros Socios y Comunidades aledañas. 3- Promover Proyectos que beneficien a nuestros Usuarios del embalse de la Presa de Monción y que se dedican a la pesca en aguas dulce y que contribuyen con el Bienestar y Desarrollo de nuestros habitantes del Municipio de Monción de la Provincia Santiago Rodríguez. 4- Concertar acuerdos, convenios y alianzas estratégicas con otras Asociaciones que se dedican en el país a la acuicultura y organizaciones que buscan la Unidad y el Desarrollo de nuestros habitantes, en los asuntos de competencias pecuarios. Que el señor: Alberto Eufemio Lugo Reyes es el Presidente de la “ASOCIACIÓN DE ACUICULTORES DE MONCIÓN. INC. (ACUIMÓN). Esta Publicación se hace hoy 01 del Mes de Agosto del año Dos Mil Diez Y Siete (2017).
ALBERTO EUFEMIO LUGO REYES PRESIDENTE
MARTES 01 DE AGOSTO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LEGAL 19
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Toyota, color verde, año 1992, placa y registro L131543, chasis LN850106745, a nombre de SANTIAGO BALENZUELA BALENZUELA, cédula 017-0006974-1. FC348853
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X-1000, color rojo, año 2014, placa y registro K0253713, chasis TBL20P202EHD62525, a nombre de INVERREADY SRL.
PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta marca YAMAHA, modelo JOG 3KJ, año 1989, color NEGRO, placa NI-T495, chasis 3KJ2435101, a nombre de JOSE CASTILLO RAMIREZ, CED.047-0014719-4. (RO-13979-CM)
móvil privado, marca Chrysler, año 1997, color negro, placa y registro A055428, chasis 1C3EJ56H1VN567619, a nombre de CARMEN XIOMARA ACOSTA JIMÉNEZ. Fc348925 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep,
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Nissan, placa A238787, color rojo, chasis JN1HZ16S2HX12950, tipo automóvil privado, año 1987, propiedad de JORGE ALFREDO GUZMAN MUÑOZ, cédula 0310263783-6.
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, modelo Hi jet, color blanco, año 2000, placa y registo L198591, chasis S100P025615, a nombre de HENRIQUEZ NAVARRO BELLO, cédula 071-0044251-1. FC348873
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Z3000, placa K0698652, color blanco, chasis LZ3GJL2T14AK30557, tipo motocicleta, año 2015, propiedad de RAFAEL GARCIA SEVERINO, cédula 023-0171509-6. FC 348890
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Mitsubishi, color dorado, año 2003, placa y registro G177205, chasis JA4NW51S93J038949, a nombre de BIENVENIDO NIVAR, cédula 0010290568-4. FC348903
marca Nissan, año 1999, color verde, placa y registro G057506, chasis JN8AR07S5XW374715, a nombre de EVELYN LEUDANIA SISA, cédula 0100079042-6. Fp91701 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep,
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, color blanco, año 1993, placa y registro L199265, chasis 1M2AA13Y7PW024839, a nombre de CENTRAL PRINGAMOSA C. POR A., RNC: 101751101
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta pública, marca Pgo, modelo T-rex 150, color blanco, año 2008, placa y registro K0814199, chasis RFVCPCPC581010152, a nombre de MÁXIMO CAPELLÁN PAYANO.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K0475476, color negro, chasis LC6PAGA18D0035981, tipo motocicleta privada, año 2013, propiedad de ARIANNY STEPHANY CUSTODIO PUJOLS, cédula 001-1934321-8. FC 348889
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Loncin, color rojo, año 2006, placa y registro N414037, chasis LLCLTP1C470K04209, a nombre de CAMILO FAMILIA.
marca Ford, año 2010, color blanco, placa y registro G391691, chasis 1FMCU0C73AKC52854, a nombre de PEDRO ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, cédula 001-1518568-8. Fp91700 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca To-
PÉRDIDA DE PLACA: marca Mitsubishi, modelo FE535B61, color blanco, año 1998, placa y registro L053091, chasis FE635CA01191, a nombre de NIEVE MIRIAN MENA PAULINO.
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Toyota, color gris, año 1994, placa y registro L047568, chasis 4TARN81A1RZ302366, a nombre de GENARO MARCIAL SEVERINO DIAZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, color azul, año 1985, placa y registro N009800, chasis C708312576, a nombre de OMAR ERNESTO CASTRO R.
yota, modelo Pick Up, año 1998, color blanco, placa y registro L108684, chasis 4TAWM72N6WZ127528, a nombre de JUAN ORTEGA, cédula 0930011827-1. FC348922 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: bote de
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Ford, año 1997, color gris, placa y registro L043687, chasis JC7AAASGH3VR68156, a nombre de SANTO JOSÉ BRITO RODRIGUEZ, cédula 001-1395254-3. FP91666
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Toyota, color rojo, año 1985, placa y registro L148532, chasis JT4RN50SXF0063932, a nombre de GENRAO MARCIAL SEVERINO DIAZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color marrón, año 2003, placa y registro A537717, chasis 4T1BE32K93U648018, a nombre de BARTOLOME BRITO REYES, cédula 026-0097004-6. FC348904
nombre “NORBINT”, de pesca, Matrícula no. BP-N116-4505-SDG, color blanco y azul, No. De Casco: CMA10N13P324-41, a nombre de FRANKLIN DAVID TEJEDA NÚÑEZ, cédula 010-0037900-6. FC348918
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, año 2001, color azul, placa y registro L018248, chasis V11817070, a nombre de HELEODORO MESA DEL ROSARIO, cédula 001-0011705-0. Fp91668
PERDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca BMW, modelo 5231, año 1999, color gris, placa A141649, chasis WBADM410X0GM06495, a nombre de YESENIA FENNFFER LOPEZ, cédula 047-0171759-9. (REF-RC-6527-CM-01-02-03/08/2017).
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, color gris, año 2004, placa y registro A472847, chasis 1HGCM56614A176406, a nombre de BARTOLOME BRITO REYES, cédula 026-0097004-6. FC348904
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, color negro, año 1996, placa y registro L134624, chasis 4TAWM72N2TZ170615, a nombre de JESÚS MARIA LARA RAMIREZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jincheng, color negro, año 2013, placa y registro N937286, chasis LJCPAGLH0DS006662, a nombre de MP DEL FUTURO EIRL, RNC: 130655774. Fp91669
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Tauro, color negro, año 2015, placa y registro K0718866, chasis TARPCM507FC009607, a nombre de CHUBY V B COMERCIAL SRL, RNC: 130848499. Fc348911
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla S., año 2005, color rojo, placa y registro A554657, chasis 1NXBR32E65Z414355, a nombre de ABRAHAMS MIGUEL DEL C. DE J. ROMERO REYES, cédula 001-1850391-1. FC348905
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Zongshen, color rojo, año 2012, placa y registro K0010705, chasis LZSPCJLG3C1900926, a nombre de DELVY VALENTIN MARTINEZ ACOSTA.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 2002, placa y registro K0024013, chasis LC6PAGA1X20013462, a nombre de RADAMES CASTILLO GONZÁLEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: marca Opel, modelo Vectra C, año 2004, color gris, placa y registro A403721, chasis WOLOZCF6941082269, a nombre de OSCAR MIGUEL GARCÍA ALCÁNTARA, cédula 001-1490280-2. FC348927
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, color blanco, año 1993, placa y registro L199265, chasis 1M2AA13Y7PW024839, a nombre de CENTRAL PRINGAMOSA C. POR A., RNC: 101751101
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Marca Nissan, modelo 20ZUCLGD21SF-20, año 1997, color azul, placa y registro L356351, CHASIS UCGD21435827, a nombre de HECTOR DBO. GUZMÁN. FP91692
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día 8 de Agosto del año 2017, a las 11:00 A.M, serán realizados los trabajos de deslinde, en una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No.825, del Distrito catastral No.02, Provincia María Trinidad Sánchez, Municipio Nagua, Propiedad de la SRA. MARTHA YRENE GONZALES ROJAS, La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización D/F 18/07/17, Correspondiente al expediente No. 662201702261, de la D.R.DN.
AGRIM. LENYN ENRIQUE AMPARO BALDERA Codia No. 33901/ Cel.809-782-8848 Fc348916
AVISO DE INCORPORACION LEGAL En cumplimiento a las disposiciones legales sobre organizaciones sin fines de lucro, de la Ley 12205 y sus reglamentos, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, en fecha 28 de junio del año 2017, ha emitido la resolución No. 0730 ONG-2017, que dice: 1ro. Se concede el beneficio de incorporación a la entidad FEDERACION DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE AZUA, FERAZUA, que tiene su domicilio en la carretera Peralta Km. 1 El Higuerito de Azua, República Dominicana. Cuyos estatutos fueron aprobados el 28 de junio del año 2017. NOTA: Notifíquese a la parte interesada que emitieron la certificación del día 28 de junio del año 2017, en el municipio de Baní, provincia Peravia, a los 31 días del mes de junio del año 2017.
JUAN CARLOS UREÑA, Presidente. FC 348919
Notificación Periódico Se hace de público conocimiento que se han extraviado los Certificados de Acciones comunes No. 24646 de fecha 04/06/1990, por 15 acciones, No.27720, de fecha 13/06/1991, por 18 acciones, No. 46246, de fecha 29/07/1994, por 19 acciones, No. 47419, de fecha 19/09/1994, por 1 acciones, No. 49902, de fecha 30/05/1995, por 25 acciones, No. 54496, de fecha 27/05/1996 por 29 acciones, No. 57883, de fecha 14/05/1997, por 33 acciones No. 66730 de fecha 10/05/1999 por 40 acciones No. 74362 de fecha 30/05/2000 por 44 acciones No. 78685 de fecha 30/05/2001 por 52 acciones No. 84102 de fecha 29/05/2002 por 60 acciones No.89130 de fecha 26/05/2003 por 71 acciones No. 91787 de fecha 05/09/2003 por 11 acciones, No. 94273 de fecha 21/05/2004 por 59 acciones No.102229 de fecha 30/05/2005 por 53 acciones, No.108478 de fecha 31/05/2006 por 115 acciones, No. 114926 de fecha 30/05/2007 por 139 acciones, No. 123549 de fecha 02/06/2009 por 182 acciones a razón de RD$300,00 c/u, expedidos por Grupo Popular, S.A., a favor de Ramón María García Lizardo, cédula 054-005169-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 348161
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Kia, color amarillo, año 2012, placa y registro A581372, chasis KNADM412BC6084702, a nombre de SERGIO EMMANUEL PÉREZ AMARO, cédula 001-1435877-3. Fc348883
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Hyundai, placa A734593, color gris, chasis 5NPE24AFXFH003681, tipo automóvil privado, año 2015, propiedad de MARITZA AQUINO HERNANDEZ, cédula 001-1461471-2. FC 34889
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Nissan, placa A554674, color blanco, chasis 1N4BA41EX7C843161, tipo automóvil privado, año 2007, propiedad de YVELISSE ELIZABETH AQUINO CAMARENA, cédula 001-1547878-6.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Jimbei, modelo Haise H2L, color blanco, año 2012, placa y registro I064908, chasis LSYHKAAE9CK087385, a nombre de EDITH GERAMIL LEROUX ABAD. FP91693
PÉRDIDA DE PLACA: de carta, marca Nissan, color blanco, año 2006, placa y registro L211818, chasis JN1CHGD22Z0742392, a nombre de YSIDRO MORENO TORREZ. FP91687
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo motocicleta, marca Z3000, modelo CG150, color rojo, año 2015, placa y registro No. K0473227, chasis No. LZ3GJL1T14AK25509, propiedad de FELIPE VALDEZ PAULINO, cédula 0010466486-7. FP 91690
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Hyundai, modelo I10, año 2012, color negro, placa y registro A572665, chasis MALAM51BBCM966284, propiedad de GABRIELA TERESA FRANCESCHINI FANEYTE, cédula 402-2055860-1. PERDIDA DE MATRICULA: Vehícu-
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Yamaha, color rojo, año 2003, placa y registro K0802009, chasis MH33HB0083K268221, a nombre de JUAN SIMÓN MATEO LAUREANO, cédula 0011281482-7.
PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Marca LONCIN, modelo CG 150, año 2012, color NEGRO, placa N999580, chasis LLCLPP201CE106827, a nombre de PASCUAL CAPELLAN OLIVO, CED.047-0021431-7. (RO-13975-CM-01-02-03/08/2017)
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Hyundai, modelo Tucson, color azul, año 2006, placa y registro No. G243191, chasis No. KM8JM12BX6U381155, propiedad de ESTHELIN FERRERAS DIAZ, cédula No. 001-1221717-9. FP 91689
lo marca Nissan, placa A238787, color rojo, chasis JN1HZ16S2HX12950, tipo automóvil privado, año 1987, propiedad de JORGE ALFREDO GUZMAN MUÑOZ, cédula 0310263783-6. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de auto-
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color negro, año 2005, placa y registro A544670, chasis 1NXBR32E75Z431097, a nombre de JOSEPH ORTIZ CARMONA, cédula 001-0941188-4.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art.22, Párrafo de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de pública advertencia a la señora NANCY RODRIGUEZ, Estadounidense, mayor de edad, casada, portadora del pasaporte No.485434321, cuyo domicilio conocido es en e1 2252 de la 39 ST, Pennsauken, NJ. ZC 08110, Estados Unidos de Norteamérica; que a falta de información relativa a su actual residencia, el señor FERNANDO SANCHEZ LUGO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.011-0010780-2, residente en la calle Interior J, casa No.71, Ensanche Espaillat, Santo Domingo, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. FAUSTO SANCHEZ HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0927760-8, con estudio profesional abierto en la calle Albert Thomas, No.152, Ensanche Luperón, Santo Domingo, Distrito Nacional; Procederá a Emplazarla el día Viernes que contaremos a Cuatro (04) del mes de Agosto del año dos mil diecisiete (2017), en manos del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, para la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, cuya audiencia será celebrada el día Miércoles que contaremos a Once (11) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, por ante la Octava Sala de la Cámara Civil para asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual está ubicada en uno de los salones de la segunda planta de la casa ubicada, Sito: en la calle Santiago esquina Socorro Sánchez, No.68, sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional; Advirtiéndole que a falta de comparecer a la audiencia el día y horas indicados más arriba, se procederá a pedir el correspondiente defecto en su contra. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinticinco (25) días del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. FAUSTO SÁNCHEZ HERNANDEZ Abogado de la parte demandante