MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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Toyota Highlander 2005
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Ford Mustang GT 2013 US$32,000 Transmisión mecánica- Gris oscuro- Motor 5.0, 8 cilindros, Supercharged
Nissan Sentra 2007
Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automáticaBlanca4WD-Motor 3.6, 6 cilindros
Empleos
Capacitación
Legal
Diversos
MIERCOLES 13 DE DICIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA
El Movimiento Patria Para Todos y todas les informa que por boletos de la rifa navideña que se celebrará el domingo 17 de diciembre, 2017, no concursan: Nos. 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272 y 273. Estos boletos están extraviados.
Se hace de público conocimiento que el día 14 de diciembre del 2017, a las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos de mensura para deslinde dentro de ámbito de la parcela No. 110-A, Del D.C. No.16, Ubicado En La Calle El Tamarindo De Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo Este Prov. Santo Domingo. Exp. No. 663201711397, A petición De La Sra. ISABEL RODRIGUEZ PEREZ, SE ADVIERTE A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN ALGUN INTERES QUE DEBEN PRESENTARSE EL DIA Y LA HORA DEL DESLINDE
En virtud de la autorización de fecha 05 de diciembre del 2017, se hace de público conocimiento que el día diecinueve (19) del mes de Diciembre 2017, a las 10:00 a.m., daremos inicio a los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 1-REF, del D.C. No. 02, ubicada en una calle al Sur de la Carretera a Sabana Toro, Villa Fundación, del Municipio y Provincia de San Cristóbal, con una superficie de 200.00 m2, propiedad de la señora SANTA SILVIA CEDANO RODRÍGUEZ, Exp. No. 663201711337.
RAFAEL LOZANO, 001-1032737-6.
AGRIM. RAFAEL LEONIDAS VELOZ GUERRA CODIA 2673
JUAN YSIDRO ALCÁNTARA Agrimensor // codia No. 14079
FP94350
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
En Virtud de la Autorización de fecha 07 de Diciembre del año 2017, Se hace de público conocimiento que el día 26 de diciembre del año 2017, a las 3:00 P. M. se realizaran los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, de una porción de terreno, dentro del ámbito DE LA PARCELA No. 5378, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 8, en el Municipio AZUA DE COMPOSTELA, Provincia AZUA, Lugar: LA COLONIA ESPAÑOLA, Expediente No. 663201710309, a petición de la señora MARIA DE LOS ANGELES HERRERA PUJOLS, Reclamante.
EXPEDIENTE No. 663201711530 Se hace de público conocimiento que el día 22/Diciembre/2017, a las 10:00 A. M. se realizarán los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 110-Ref-780, del D. C. No. 4, del Distrito Nacional, Expediente 6632017011530, Autorización de fecha 11 de Diciembre del 2017. Propiedad del Sr. Victoriano Herasme Vargas.
De conformidad con las disposiciones establecidas en el Articulo 22 de la Ley 1306-Bis, y sus modificaciones, sobre DIVORCIO, el señor EVANGGELOS KALABAKAS, norteamericano, mayor de edad, portador del pasaporte No.467470345, domiciliado en la calle 2da, edificio Alfredo Duarte, Apartamento 1A, Residencial Velazcasa, Distrito Nacional, quien tiene como abogado apoderado al DR. APOLINAR PÉREZ MOREL, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de la Republica, provisto de la cedula de identidad No. 001-0551230-5, con estudio profesional abierto en la calle Real No. 5, Villa Duarte, de esta Ciudad de Santo Domingo Este, donde el requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines legales del presente divorcio. Por este medio ADVIERTE a la señora LAUREN DE LA CRUZ GOMEZ, que ha falta de información relativa a su actual domicilio y residencia, a seguidas de estas tres publicaciones de ley, se procederá a EMPLAZARLO EN ACCION DE DIVORCIO por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, de acuerdo a lo que establece el Articulo 69 inciso 8 del Código de Procedimiento Civil; (domicilio desconocido), se procederá a notificar en manos del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, en el día VIERNES que contaremos a quince (15) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017) cuya demanda será conocida por ante el TRIBUNAL DE FAMILIA DEL DISTRITO NACIONAL, EN SU OCTAVA SALA, día MIERCOLES que contaremos diecisiete (17) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018) a las 9:00 horas de la mañana, divorcio este que se efectuara a puertas cerradas, en su local ubicado en la calle Socorro Sánchez esquina Santiago, sector de Gazcue, Distrito Nacional. La presente publicación la autoriza el infrascrito Dr. Apolinar Pérez Morel, en su condición de abogado constituido y apoderado especial de la cónyuge demandante, del señor EVANGGELO KALABAKAS, a los 8 días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
GERARDO TEJEDA PAREDES, Agrirnensor. CODIA No. 5553.
AGRIM. JOSÉ RAMÓN BUENO PAYANO CODIA 18845
FC 352939
AVISO DE MENSURA CATASTRAL En Virtud de la Autorización de fecha 08 de Diciembre del año 2017, Se hace de público conocimiento que el día 27 de diciembre del año 2017, a las 3:00 P. M. se realizaran los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno, dentro del ámbito DE LA PARCELA No. 6961, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 8, en el Municipio AZUA DE COMPOSTELA, Provincia AZUA, Lugar: LA BOMBITA, Expediente No. 663201711456, a petición del señor ALBERTO ANTONIO PATRICIO SANCHEZ, Propietario.
GERARDO TEJEDA PAREDES, Agrirnensor. CODIA No. 5553. FC 352939
Aury Polanco Arias Agrimensora contratista, CODIA 26611, Carr. Luperòn, Plaza 2001, Mód. 205, Gurabo, Santiago de Los Caballeros, e-mail: polancoaury@gmail.com. 809-581-3818. AVISO DE PROCESOS TÉCNICOS PARA PRESENTAR DESLINDE Por medio del presente, hacemos de conocimiento que el Martes 19 de Diciembre del año 2017, a las 09:00 horas de la mañana, se dará inicio a los procesos técnicos para presentar DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 1118, del Distrito Catastral No. 8, del Municipio de Santiago de Los Caballeros y Provincia de Santiago, ubicado Yendo por la Carretera Santiago-Baitoa, en dirección Este-Oeste, aprximadamente a 150 metros lineales antes de llegar a la planta de Gas Onegas, en Palo Amarillo. Autorizado con el Exp. No. 662201708293, de fecha 06 de octubre del 2017, propiedad de los Sres. ALEJANDRO BATISTA.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Expediente no. 663201710705 Se avisa al público en general que el día viernes que contaremos a Veintidós (22) del mes de Diciembre del año 2017, a las ocho (08:00 Am.) horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de Deslinde, de una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de al Parcela No. 1-A, del Distrito Catastral No. 2/2, del Municipio y Provincia, Propiedad del señor ADRÍAN PAREDES MEJÍA.
En cumplimiento del Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor GENARO ANTONIO DELGADO SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega, R.D., cédula No. 050-0041388-9; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. CARMEN JOSEFINA ABREU MORA, cédula No. 050-0025170-1, con estudio profesional abierto en la calle Francisco Alberto Caamaño Deñó esquina Luperón de esta ciudad de Jarabacoa, Provincia de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora LIZANDRA CARMONA LOPEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en Barrio Blanco en este municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 15 del mes de diciembre del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la Secretaría y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 08 del mes de ENERO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio JARABACOA, provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 12 días del mes de DICIEMBRE del año 2017.
AGRIM. SIMÓN BOLIVAR JIMENEZ RIJO Agrimensor Contratista Colegiatura no. 1844 Te.: 809-854-7626 Fp94349
FC 352920
AVISO DE PERDIDA DE PERMISO AMBIENTAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
En cumplimiento con las disposiciones del Misterio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, hacemos de público conocimiento la pérdida del Permiso Ambiental No. 0194-03-MODIFICADO, emitido en fecha 20 de agosto de 2014 para el proyecto ROSADE BAYAHIBE HOTEL Y RESORT ubicado en Bayahíbe, Provincia La Romana, expedido en favor de INVERSIONES CADMUS, S.R.L.
Expediente no. 66320171127 Se avisa al público en general que el día viernes que contaremos a Veintidós (22) del mes de Diciembre del año 2017, a las ocho (10:00 Am.) horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de Deslinde y Refundición, de cuatro (04) porciones de terreno ubicada dentro del ámbito de las Parcelas No. 27,27-SUBD-54, 27-SUBD-116 27-SUBD-117, del Distrito Catastral No. 2/4, del Municipio de Villa Hermosa, Provincia La Romana, Propiedad de las razones sociales AGROINDUSTRIA CIBAO, SRL, MÁQUINAS PESADAS DEL ESTE, S.A., CABAÑAS TURÍSTICAS DEL ESTE, S.A.
JOSE JAVIER TEJADA REYNOSO, Gerente INVERSIONES CADMUS, S.R.L.
AGRIM. SIMÓN BOLIVAR JIMENEZ RIJO Agrimensor Contratista Colegiatura no. 1844 Te.: 809-854-7626
FC 352946
Fp94349
NOTOFICACIÓN DE TRABAJOS DE MENSURA PARA SANEAMIENTO (PLANO DEFINITIVO)
En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se hace de público conocimiento que en fecha 27/12/2017, a las 9:30 a.m., se realizarán los trabajos de DESLINDE, dentro de la Parcela No. 825 del D.C. 02, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de la señora KATHELINE JAISSA VARGAS PAULINO DE VARGAS, expediente No. 661201704008, d/f. 22 de Noviembre de 2017.
Expediente No. 663201711104 En cumplimiento con lo establecido en los Artículos 75, 167 y 168, del Reglamento de Mensuras Catastrales y de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario hacemos de público conocimiento que el día Viernes 22 de diciembre del 2017 a las 9:00 A.M., se dará cumplimiento a la autorización mencionada en al Referencia Otorgada al Agrimensor RHADAMES PÉREZ RAMIREZ para que realice el levantamiento de las parcela son. 496, del D. C. no. 5, Del Municipio la Ciénaga, Provincia Barahona a favor del señor NAPOLEÓN TERRERO FIGUEROA.
AGRIM. GERSON HILARIO HILARIO CODIA 32307, Telf. 829-843-5171 // 809-584-2032
AGRIM. RADHAMES PÉREZ RAMIREZ Codai 08714 // Cel. 829-916-3362 Fp94348
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA
En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se hace de público conocimiento que en fecha 27/12/2017, a las 11:30 a.m., se realizarán los trabajos de DESLINDE, dentro del Solar 11, Manz. 23, del D.C. 01, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de la señora SANDRA TEODORA UREÑA SAVIÑON, expediente No. 661201703949, d/f. 17 de Noviembre de 2017.
En virtud de la autorización de fecha 11 de diciembre del 2017. Se hace de conocimiento público que el día 20 de diciembre del 2017, a las 10:00 a.m. se realizarán los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro del inmueble identificado como parcela No. 103, del Distrito Catastral No. 03, del Distrito Nacional, Este inmueble está ubicado en la Calle Ángel de Liz, No. 20, ubicada en el Ensanches Los Maestros, Mirador Norte, Distrito Nacional, a favor de la Sra. AURELIA BEVERHOUDT LINARES, representada por la señora AURELIA MARÍA MENDEZ BEVERHOUDT, Exp. No. 663201711491.
AGRIM. GERSON HILARIO HILARIO CODIA 32307, Telf. 829-843-5171 // 809-584-2032
AGRIM. MIGUEL ANGEL MONTERO VENTURA Agrim contratista Codia 34834
FC352941
FP94343
LICDA. CARMEN JOSEFINA ABREU MORA, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RAGM-RC-6730-RD-12-13-14/12/2017)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
FC352941
FC352844
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201711411 Se hace de público conocimiento que para el día (15) de Diciembre del año 2017, a la 11:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro del Ámbito de la P. No. 110REF.-780-A-15-A, D. C. No. 4, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, Sección Herrera, Lugar Las Malvinas, Dicho trabajo será realizado por el Agrim. JAIME DE LOS SANTOS.
DR. APOLINAR PÉREZ MOREL ABOGADO APODERADO.
MIERCOLES 13 DE DICIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE PUBLICACION DE ESTADO CIVIL
Aviso Pérdida Certificado De Título De Propiedad
Por este medio, quien suscribe señora MAXIMINIA CESA DELGADO dominicana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad y electoral No. 001-1208062-7 de este domicilio y residencia. Hace de conocimiento público que su estado civil actual es de soltera, y que tenía el mismo estado civil, cuando adquirió en compra del señor Manuel Cesa Soriano en fecha 6 de octubre del año 1984, mediante acto de venta legalizado por el Dr. JULIO DE PEÑA SANTOS Notario Publico de los del numero del Distrito Nacional, el inmueble que se describen a continuación: (a)Una porción de terreno con una extensión superficial de Cuarenta y cinco Metros Cuadrados, dentro del ámbito del solar No. 12 de la manzana 1024 del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional y sus mejoras, la cual se encuentra amparada con la carta constancia anotada en el certificado de título No. 58-4512. En el Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017)
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título de Propiedad que ampara los derechos de una extensión superficial de terreno de DOSCIENTOS DIECIOCHO PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS (218.18 M2 ), limitado AL NORTE: Freddy Simón Viloria SUR: Papi Matos, al ESTE: Solar No.2 al Oeste: Callejón, UBICADO EN EL SOLAR No. 14 MANZANA No. 60 DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 01, con Certificado de Titulo No. 94-501 DEL MUNICIPIO Y PROVINCIA DE LA VEGA a los fines de obtener el duplicado del dueño expedido a nombre de la señora OTILIA AGUSTINA TERUEL ROCA Y YOLANDA MERCEDES TERUEL DE GOMEZ en las Oficina el Registro de Título de La Vega, R.D. En la ciudad Municipio y Provincia de La Vega, R.D., a los TRECE (13) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
MAXIMINIA CESA DELGADO
LICDA. CARMEN GRULLON, Abogado apoderado. (RO-15147-CM)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DEPOSITO ALQUILERES
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14-001-018600-4, fecha de apertura 02/03/2017 expedido por valor de RD$555,000.00 (QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: JHENNY MIGUELINA PERALTA DE RIVAS, Depositante. (ALP-AC-12291-WP-13-14-15/12/2017-1/2)
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Deposito Alquileres No. 008493 fecha de apertura 30/11/2016 expedido por valor de RD$6,400.00 (SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), cuyo Inquilino es: BIENVENIDO EZEQUIEL DE LA CRUZ DELGADO, emitido por BAGRICOLA a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
AVISO PERDIDA CERTIFICADOS FINANCIEROS
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO:
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento se hace saber que HA SIDO FIJADA para el día JUEVES que contaremos a VEINTICINCO (25) de ENERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), por ante la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la calle Presidente Vásquez No.23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional U-1, identificada como 401465834909:U-1, matrícula No. 0100179001, del condominio RESIDENCIAL LAS ASTURIAS, ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 0.29% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-00-01-267, ubicado en nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 13.00 metros cuadrados; un Sector Propio identificado como SP-21-01-101, ubicado en el nivel 01, del bloque 21, destinado a Apartamento, con una superficie de 76.00 metros cuadrados”, El(los) inmueble(s que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) MARY DALLY CASTILLO SANTANA y JOBANNY RAFAEL VARGAS TORRES. Dominicanos, mayores de edad, solteros, empleados privados, provistos de las cedulas de identidad y electoral No.001-1749915-2 y 034-0009487-0, domiciliados y residentes en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. A requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No.218, Sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, la que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a las LICDAS. JUDITH TEJADA CUELLO y JANNETTE SOLANO CASTILLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos. 0011294853-4 y 225-0011853-8, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, Sector Gazcue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y ad-hoc en la Avenida Sabana Larga No.92, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este (sucursal de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos), donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El mandamiento de pago fue notificado al(la)(los) embargado(a)(s) el día 16 de noviembre del 2017 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago de(la)(los) deudor(a)(es), inscrito en las oficinas del Registrador de Títulos de Santo Domingo el día 05 de diciembre del 2017. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja sobre la suma de UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS CON 98/100 CENTAVOS, MOENDA NACIONAL (RD$1,594,575.98), que es el monto a que asciende actualmente la deuda en principal, intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos de los Abogados del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, el deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
FP 94355
Licdas Judith Tejada Cuello, Jannette Solano Castillo, -Abogadas-
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento se hace saber que HA SIDO FIJADA para el día LUNES que contaremos a VEINTIDOS (22) del mes de ENERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), por ante la TERCERA Sala de la Cámara Civil Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, sito en la Avenida Las Palmas esquina calle Tercera, edificio No.52, tercer piso, Urbanización Reparto Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “ Unidad funcional 3-304, identificada como 309500721405:3-304, matrícula No.4000326961, del condominio PABLO MELLA M-E-1, ubicado en PEDRO BRAND, SANTO DOMINGO, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela de 0.53% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-03-03-304, ubicado en el nivel 03, del bloque 03, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 47.46 metros cuadrados”. El(los) inmueble(s que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio de(la)(los) señor(a)(es) GUILLERMINA ALTAGRACIA BRILLANTE GALVEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, portador de la cedula de identidad y electoral número 001-1645465-3, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No.218, Sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, la que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a las LICDAS. JUDITH TEJADA CUELLO y JANNETTE SOLANO CASTILLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-1294853-4 y 2250011853-8, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en la calle Benito Monción No. 158, sector Gascue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y ad-hoc en la Ave. Las Palmas, Condominio Plaza J.M., Calle Rosario No. 545, Urbanización Galaxia, Sector Herrera, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo (sucursal de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos), donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El mandamiento de pago fue notificado al(la)(los) embargado(a)(s) el día 16 de noviembre del 2017 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago de(la)(los) deudor(a)(es), inscrito en las oficinas del Registrador de Títulos correspondiente, el día 05 de diciembre del 2017. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja sobre la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS CON 43/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$958,489.43), que es el monto a que asciende actualmente la deuda en principal, intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos de los Abogados del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, el deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en el Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
Licdas. Judith Tejada Cuello y Jennette Solano Castillo -Abogadas del Persiguiente.
LEGAL 15
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financieros Nos. 2870005797 y 2870005789, ambos con fecha de apertura 29/05/2017 y valor RD$20,126.31 (VEINTE MIL CIENTO VEINTISEIS CON 31/100 PESOS DOMINICANOS), respectivamente, emitidos por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dichos certificados y a la expedición de los Certificados sustitutos a favor de: JHENNY MIGUELINA PERALTA DE RIVAS, Depositante. (ALP-AC-12291-WP-13-14-15/12/2017-2/2)
MARIA MILAGROS SANCHEZ HOLQUIN DEPOSITANTE (RO-15137-CC-07-08-09/12/2017)
Se hace de público conocimiento la pérdida de la Carta Constancia anotada en el Certifico de Título No.84-2480, inscrita en el Libro 1352, folio 59, con una extensión superficial de 2,000.00 m2, expedida por el Registrador de Título del Distrito Nacional, en fecha 15 de Marzo del 1996, a favor del FONDO DE INVERSIONES DE VENEZUELA, ubicado dentro del Solar No.1-A, Manzana No.1745, del D.C. No.1, del Distrito Nacional. El presente Aviso se hace de conformidad con el Artículo 92, Párrafo III, de la Ley de Registro Inmobiliario. NOTA: EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA LA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TITULO O MATRICULA POR PERDIDA. FC 352934
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE INCORPORACION FUNDACION EDUCACIONAL DEL DESARROLLO POR LA JUVENTUD (FEDEJUD)
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 0500267560 fecha de apertura 14/07/2003 expedido por valor de RD$50,000.00 (CINCUENTA MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
De conformidad con la Ley 122-05, del 8 de Abril del año 2005 que regula y fomenta las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, según las disposiciones del Artículo (5), Párrafo I, II y III, se publica para el conocimiento general de todos los dominicanos y cualquier persona en particular, que mediante resolución No. IONG020-2017, emitida en fecha veintisiete (27) del mes de octubredelañodosmildiecisiete(2017),elMagistradoProcuradorGeneraldelaCortedeApelación,leconcedeelbeneficiodeincorporación de la “FUNDACION EDUCACIONAL DEL DESARROLLO POR LA JUVENTUD (FEDEJUD)”, sin fines de lucro, con su domicilio y establecimientoprincipalenlaCallePedroEnríquezUreña,No.20,CabilmadelEste,MunicipioSantoDomingoEste,ProvinciaSantoDomingo.Lafundacióntieneunaduracióndetiempoindefinidoytienecomofin“dedicarseaprestarayudaalosmásnecesitadosaniveldeeducación, salud, comida y otras formas de asistencia humanitaria a nivel nacional”. Los miembros fundadores de la FUNDACION EDUCACIONAL DEL DESARROLLO POR LA JUVENTUD (FEDEJUD) son JEFFRY DANIEL VERAS BAEZ (PRESIDENTE); JOSE ANIBAL SOTO BAEZ (VICEPRESIDENTE);IANDRARACHELLULERIO(SECRETARIAGENERAL);ANAZANIRAGELABERT(SECRETARIADEFINANZAS);DANIELVERAS TORIBIO (SECRETARIO DE ASUNTOS INTERNACIONALES); BRIGIDA PARRA ACOSTA (SECRETARIA FORMACION EDUCATIVA); ESTERLIN MILAGROS SALAZAR CABRERA DE ACOSTA (VOCAL). EnelMunicipioSantoDomingoEste,ProvinciaSantoDomingo,alos12díasdelmesdediciembredelañodosmildiecisiete(2017).
MARIA LOPEZ Depositante (RO-15144-CP-11-12-13/12/2017)
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero NO. 2800037772, del BANCO BANRESERVAS, por valor de RD$100,000.00, a nombre de: ANDREA PEÑA GOMEZ, cédula 001-1576537-
JEFFREY DANIEL VERAS BAEZ, Presidente. FC 352924
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO En virtud del Art.92 de la Ley No.108-05, sobre Registro Inmobiliario, se avisa al público en general que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No.3000197953, Libro No.0659, Folio No.060, que ampara la Parcela No.44-R-2-Ref-72, del D.C. No 6, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con un área de 750.00 metros cuadrados y sus mejoras, consistentes en una casa de blocks, techo de concreto, piso de granito, ubicada en la Carretera Mella, Km.9, Cancino II, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a nombre de VICENTE CAMACHO PERALTA.
2. La presente publicación se hace para los fines de
RAMÓN ENRIQUE PERDOMO MOJICA, Abogado.
ley correspondiente. FC 352898
FC 352922
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con lo que dispone el Art.92, párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre registro Inmobiliario y el artículo 86 del reglamento de aplicación, se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de Titulo No.94-27, Libro No, 201, Folio No.05, duplicado del dueño, Porción N-4, Parcela 21 D.C. No.48/3, con una extensión superficial de 01 hectáreas, 88 aéreas, 65 centiáreas, 90 dms2, en el Municipio de Miches, Provincia del Seibo propiedad del señor NASSIM NADER
NEMEN YACE NADER RODRIGUEZ FC352906
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado Financiero No.40-027002135-9 de fecha 18 Noviembre 2016 por la suma de UN MILLON VEINTE Y OCHO MIL DE PESOS ORO CON 00/100 (RD$1,028,000.00) expedido por LA ASOCIACION CIBAO DE AHORROS Y PRESTAMOS A FAVOR DE LOS SEÑORES MIGUEL ANGEL BENITEZ CONTRERAS E HILDA LUZ CANALES DOMENECH. FC 352919
MIERCOLES 13 DE DICIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Pérdida del Cerificado de Título que ampara el Solar No. 21, Manzana No. 75-Prov., del Distrito Catastral No. 1, de Higüey, con el derecho de propiedad de este Solar, el cual tiene una extensión superficial de Doscientos ochenta y tres metros cuadrados (283 Mts2), dieciocho (18.D) punto D, propiedad de la señora VIRGINIA BELLO BIUDA SOLIMAN. FC 352943
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES Se hace de público conocimiento la perdidas de los certificados de acciones No. 10474 y 11659, correspondiente a 1951 y 2438 acciones, respectivamente, de la Cía Grupo BHD, S.A., emitidos el 24/04/2015 y 27/04/2016, respectivamente, a favor del Dr. Luis A. Asilis Tabry. FC 352700
PERDIDA DE CERTIFICADO DE PRIVILEGIO DE VENDEDOR NO PAGADO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Privilegio de Vendedor no pagado a nombre del señor ERASMO MOREL BERMUDEZ, correspondiente al inmueble: “Unidad funcional 502, identificado como 400402436139: 502, matrícula 0100020313, del Condominio Residencial La Alborada, ubicada en el Distrito Nacional”, inscrito por la Registradora de Títulos del Distrito Nacional, en fecha siete (07) de octubre del dos mil ocho (2008), en el Registro Complementario Libro 0231, Folio 013.
Se hace de público conocimiento las pérdidas de los Certificados de Acciones No. 10705 y 11888, correspondiente a 1087 y 1358 acciones, respectivamente, de la Cía Grupo BHD, S.A., emitidos el 24/04/2015 y 27/04/2016, respectivamente, a favor del Leonor E. Elmudesi de Asilis.
FC 352943
FC 352701
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la ley No. 1306-bis DEL 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. Por ley 2153 de 1949, el señor JOSE GUERRERO GUERRERO, dominicano, mayor de edad, Casado, Cocinero, cédula No. 028-0090633-7, domiciliado y residente, en el sector San Martín, municipio Higüey oh ad en la actualidad reside en La calle Chago Jiménez, edificio Radhames Martínez Quezada, Segundo Nivel, del Municipio de Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal, Rep. Dominicana, quien tiene como Abogado Constituido y Apoderado especial al LIC. ANDY ANDRES RODRIGUEZ REYES, Abogado de los tribunales de la República Dominicana, Inscrito en el Colegio de los Abogado bajo el No. 14772-64-94, con Estudio Profesional Abierto en la Calle Rafael Quezada No.2 del Municipio de Villa Tapia, lugar donde mi requirente o demandante hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa, la señora: VANESSA MARIA CASTRO JAMES DE GUERRERO, dominicana, mayor de edad, Casada, Estudiante, Cédula No.026-0139249-7, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Chago Jiménez edificio Radhames Martínez Quezada, Segundo Nivel, del Municipio de Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazar en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Salcedo, el día martes que contaremos a 18 del mes de diciembre del año dos mil Diecisiete (2017) a las 09:00 a.m. a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la primera planta del Palacio de Justicia, ubicado en el edificio de oficinas públicas en la calle Hermanas Mirabal del Municipio de Salcedo, así como en la puerta y Secretaría del Tribunal apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca como fuere de derecho a la Audiencia que al efecto celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Salcedo, en sus atribuciones Civiles, la cual celebrará sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la primera planta del Palacio de Justicia de la Cuidad de Salcedo, sitio en el edificio de oficina públicas de la Calle Hermanas Mirabal del Municipio de Salcedo, el día JUEVES que contaremos a DIECIOCHO (18) DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), A LAS 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la Cuidad y Municipio de Villa Provincia Hermanas Mirabal, República Dominicana, a los OCHO de DICIEMBRE del año 2017.
LIC. ANDY ANDRES RODRIGUEZ REYES, Abogado representante de la parte demandante.
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 77746664, del BANCO DEL PROGRESO, de fecha 8 de marzo 2017, por valor de RDF$75,000.00, a nombre de OSVALDO ANIBAL RIVAS DE LOS ANGELES, cédula 001-0974147-0. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 352727
“INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES DEL CARIBE OESTE, S.R.L. (INCADELO)” CAPITAL SOCIAL: RD$2,000,000.00 CALLE VICTOR MATOS NO. 4, BARAHONA, REP. DOM., RNC 1-17-01290-9, REGISTRO MERCANTIL NO. 145BH REGISTRO ONAPI No. 133528
AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL SOCIAL
Conforme al Art. 696 del Código de Procedimiento Civil, se avisa que SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, en sus atribuciones civiles, la cual celebrará sus audiencias públicas en el local ubicado en la C/Altagracia Esq. C/Ramón Matías Mella No. 103 (altos), Villa Mella, municipio Norte de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, ha fijado para el día jueves que contaremos a dieciocho (18) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en audiencia de pregones, para proceder a la venta y adjudicación en pública subasta, al mayor postor y último subastador del inmueble siguiente: “UNA MEJORA Y QUE LA MISMA CONSTA DE DOS NIVELES DE CONSTRUCCION EN EL SEGUNDO NIVEL, DICHA MEJORA ESTA TECHADA DE CONCRETO Y PARTE DE ZINC, DISTRIBUIDO EN VARIAS HABITACIONES, SALA, COMEDOR, COCINA, BAÑOS, VARIOS LOCALES COMERCIALES, AL LADO DERECHO DE LA PROPIEDAD UNA MARQUESINA PARA VIDRIOS VEHICULOS DE MOTOR, VARIOS APARTAMENTOS PINTADO DE DISTINTOS COLORES, BLANCO, AMARILLO Y AZUL, DICHA MEJORA ESTÁ UBICADA EN LA CALLE 25 No. 56-A, DE LA URBANIZACIÓN SANTA CRUZ, SECTOR DE VILLA MELLA, SANTO DOMINGO NORTE. Dicha Mejora está delimitada de la siguiente manera al Este: Calle 25; al Oeste: resto de la Parcela; al Norte: Calle Principal de la Urbanización Santa Cruz y Sur: Resto de la Parcela”. Propiedad del SR. FELIX BIENVENIDO SOTO CRUZ, de generales dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0187327-1, domiciliado y residente en la calle 25 No. 56-A, de la Urbanización Santa Cruz del sector de Villa Mella, municipio Norte de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, a diligencia del SR. JHONNY SERRANO PEREZ, de generales dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 123-0012585-8, domiciliado y residente en calle Primera No. 26, del sector de La Esperanza, Villa Mella, municipio Norte de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. JESUS LEONARDO ALMONTE CABA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0287735-4, domiciliado y residente en el municipio Norte de la provincia Santo Domingo, con estudio de abogado abierto al público en la C/Neptuno esquina Avenida Hermanas Mirabal No. 01, Residencial Sol de Luz del sector de Villa Mella, municipio Norte de la provincia Santo Domingo. El Mandamiento de Pago fue notificado en fecha 13/09/2017, según Acto No. 1453/2017, de los del Ministerial FELIX R. MATOS, Alguacil de Estrados del Juzgado de Paz Especial de Tránsito, Sala Cinco del D.N.; el embargo fue trabado en fecha 20/10/2017, según acto No. 602/2017 del LIC. FELIX BRAZOBAN MARTINEZ, Abogado Notario Público para los del número del municipio Norte de la provincia Santo Domingo, colegiatura No. 7201, y fue denunciado en fecha 03/11/2017, según acto No. 1846/2017, de los del ministerial FELIX R. MATOS, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz Especial de Tránsito, Sala Cinco del D.N. Los actos arriba indicados fueron transcrito por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo Norte, en fecha 13/11/2017, y se registro ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, bajo el número 159169, Libro letra B, en fecha 10/11/2017. El precio de la primera puja es de: CIENTO CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS (RD$150,000.00), más los gastos y honorarios del procedimiento. Las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogados, y todo licitador deberá depositar en la Secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, Tribunal que conocerá la venta, el equivalente al diez (10%) por ciento del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, a nombre de la parte persiguiente o su abogado apoderado sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en la Secretaría de dicha Cámara, en fecha 13/11/2017. En el municipio Norte, de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
FC 352925
De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre sociedades comerciales y empresas individuales de responsabilidad limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el proyecto de transformación de la empresa ARAÑA ROJA, E.I.R.L. a una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.), dicho proyecto establece: (i) la modificación del nombre de la empresa, la cual se denominará ARAÑA ROJA, S.R.L., la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana; (ii) la sociedad tendrá como objeto social la elaboración y venta de licores artesanales; (iii) el domicilio de la sociedad estará ubicado en calle K Sur, esquina calle 29 Este, núm. 9B, del sector La Castellana, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; (iv) tendrá un capital de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00); (v) la sociedad será administrada por el señor JOANDRE DE LA ROSA BATISTA, designado al efecto como gerente por un período de seis (06) años; (vi) la duración de la sociedad será indefinida. Mediante el presente Aviso, se hace de público conocimiento que la transformación se llevará a cabo en el local de la sociedad el día diecisiete (17) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017) y que el proyecto de transformación de la sociedad, junto con el balance especial y el informe del gerente ya están a disposición de los interesados en el domicilio de la empresa. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
JOANDRE DE LA ROSA BATISTA, Gerente. FC 352935
(RO-15201-RD-12-13-14/12/2017)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO
AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE UNA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L.) A UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.) MI EMPRESA ARAÑA ROJA, E.I.R.L.
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 123 de la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales en la República Dominicana, modificada por la Lcy 31-11 del 11 de febrero del 2011, se hace de público conocimiento que mediante la Cuarta Resolución de Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 5 de Diciembre del 2017, se redujo el capital social de la suma de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$19,500,000.00) a la suma de DOS MILLONES PESOS (RD$2,000,000.00), como consecuencia de la cancelación de cientos setenta y cinco mil (175,000) cuotas sociales, de conformidad con el Informe sobre el Proyecto de Reducción da Capital Social de fecha 2 de Octubre del 2017, presentado por el señor José Andrés Piña Jiménez, quien fue nombrado para realizar dicho informe por el Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 8 de Agosto del 2017. El nuevo capital social queda integrado por un total de veinte mil (20,000) cuotas sociales, con un valor nominal de Cien Pesos Dominicanos (RD$100.00) cada una. En la ciudad de Barahona, Provincia de Barahona, República Dominicana, hoy día trece (13) de Diciembre del dos mil diecisiete (2017).
JESUS MARIA PIÑA ROMERO, Gerente Administrador. FC 352931
AVISO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de guardar conocimiento, se hace saber que la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, dictó una sentencia marcada con el No. 1878/2017, expediente No. 1288-2016-03749, de fecha veinticinco (25) del mes de julio del año 2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada, señora CARMEN MARITZA CAICEDO, por no haber comparecido, no obstante citación legal. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores BERNARDO ANTONIO PLACENCIA ABREU y CARMEN MARITZA CAICEDO, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al Ministerial ANGEL R. PUJOLS B., Alguacil de Estrado del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo, para que notifique la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: FRANCIS M. HERNANDEZ SUSAÑA, Jueza; BRENDA A. ROSARIO, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. La presente comunicación ha sido autorizada por el LIC. JUAN FRANCISCO ROSA CABRAL, Abogado constituido y apoderado especial. El presente divorcio fue pronunciado el día veintiocho (28) del mes de noviembre del año 2017, por ante la Oficialía del Estado Civil de la 3ra. Circunscripción del Distrito Nacional, inscrita en el Libro No. 00006, Folio No. 0009, Acta No. 000504, del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los nueve (09) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
LIC. JUAN FRANCISCO ROSA CABRAL, Abogado. FC 352918
AVISO DE APLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
De conformidad con las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 07 del mes de noviembre del año 2017, la Sexta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia número 531-2017SSEN-02587, cuyo dispositivo se transcribe a continuación: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores VICTOR PEREZ BALBUENA Y PASCUALA MONEGRO EUSEBIO, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 84/2017, instrumentado en fecha 26 del mes de septiembre del 2017, por ante el DR. AMABLE BONILLA OZORIA, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La sentencia que antecede ha sido firmada por la Juez SCARLET R. VARGAS ROSSIS, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mí Secretaria. El Divorcio antes señalado fue pronunciado en fecha 30 del mes de noviembre del año 2017, por ante la Oficialía del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional, Inscrita en el Libro No. 00007, Acta No. 000413 y Folio No. 0003. En el Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Siete (07) días del mes de Diciembre del año DOS MIL DIECISIETE (2017).
En cumplimiento con las disposiciones del Art. 22 de la ley 1306-Bis sobre divorcio, El señor FRANKLIN BOLIVAR MOTA REYES, Dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 402-2186401-6, domiciliado y residente en la Calle Respaldo Juan Alejandro Ibarra No. 03, Altos, Ensanche Kennedy, D.N., quien tiene como abogado al Lic. FELIX VALOY CARVAJAL HERASME, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, portador de la Cédula No. 022-0006991-8, con estudio profesional abierto en la Av. Independencia , esquina Calle E Km. 10 ½ Edificio 1, Manzana XII, suite 208, Residencial José Contreras, D. N. y Ad-Hoc, en abierto en la Av. Charles de Gaulle, Apartamento D, Edificio B-A, Segundo nivel, Los Palmares, Sabana Perdida Municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente instancia, hace de público conocimiento que el último domicilio conocido, de su legitima esposa la señora CAROLYN VANESSA MOJICA GUZMAN, Cédula No. 402-2184906-6, cuyo último domicilio fue desconocido por su esposo, que a falta de comunicación de su actual domicilio o paradero, En virtud del Art. 69, Ordinal 7mo del Código del Procedimiento Civil Dominicano se procede a emplazar por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres para el día martes Diecinueve 19 del mes de Diciembre del Año Dos Mil Diecisiete (2017) por ante el magistrado Procurador Fiscal de la provincia de Santo Domingo a fin de que comparezca para el día martes Veinte y tres 23 de Enero del Dos Mil Dieciocho (2018) por ante la cuarta sala para asuntos de familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Santo Domingo, las nueve (9) horas de la mañana, sito en la Calle Hermanas Carmelitas Teresa de San José No. 3, Esquina Club Rotario, Antigua Calle 17, Ensanche Ozama, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, donde se conocerá la referida demanda de divorcio con todas la consecuencias legales que se nombran en su contra. La presente publicación es autorizada por el abogado que suscribe, en la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los Doce (12) del Año Dos Mil Diecisiete (2017).
LICDA. ANDREA E. JOSE VALDEZ, Abogada Notario.
LIC. FELIX VALOY CABRAL CARVAJAL HERASME, Abogado.
LIC. JESUS L. ALMONTE C., Abogado del Persiguiente. FC 352938
FC 352927
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AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Art. 617, del Código de Procedimiento Civil, se hace saber que: se ha fijado la fecha de la VENTA EN PUBLICA SUBASTA, para el día miércoles que contaremos a veinte (20) del mes de diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las 9:00 a.m. horas de la mañana, por ante el vendutero público LEOCADIO ANTIGUA, del mercado público, ubicado en la calle Francisco Segura, esquina Presidente Estrella Ureña, del sector Los Mina, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, al mayor postor y último subastador del siguiente mueble: UN VEHICULO TIPO CAMION DE CARGA, CAMA LARGA, MARCA DAIHATSU, COLOR ROJO, DOS PUERTAS, PLACA L163215. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio del señor RUIZ VILLAR y la compañía CLASIFICADORA DE DESECHOS PLASTICOS a diligencias y persecución de la señora ETUDE JOACHIN, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. MAXIMO MORENO R. y la LICDA. ELEUTERIA VALVERDE R., dominicanos, mayores de edad, casados, abogados de los tribunales de la República, quienes tienen su estudio profesional abierto de manera permanente en el BUFETE JURIDICO “MORENO HERRERA & ASOCIADOS, oficina de abogados, ubicada en la calle Duarte, No. 4, suite No. 202, sector Vista Bella, Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente, en virtud del PROCESO VERBAL DE EMBARGO EJECUTIVO, marcado con el Núm. 31/2017 de fecha una (1) del mes de Marzo del año 2017, Instrumentado por el DR. RAFAEL AUGUSTO MATOS, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, Matriculado en el Colegio de Notario, cédula de identidad y electoral No. 001-0414111-4, domiciliado y residente en la calle No. 27, sector Villa Carmen, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. En el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
DR. MAXIMO MORENO R., Abogado Persiguiente. LICDA. ELEUTERIA VALVERDE R., Abogada Persiguiente. FC 352932
AVISO DE INCORPORACION ASOCIACION DE PRODUCTORES DE POLLO DE LA LINEA NOROESTE (APPOLINO) En cumplimiento con la ley 122-05 del 3 de Mayo del año 2005, se publica para el general conocimiento lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha del día veinte (20) del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), se constituyó la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE POLLO DE LA LINEA NOROESTE (APPOLINO) por tiempo indefinido, cuyo objetivo principal será contribuir al mejoramiento de la Avicultura de la zona y la productividad de la misma y mejorar la calidad de vida de los asociados, que está basada en la educación, la integridad familiar y el medio ambiente. SEGUNDO: Que el domicilio principal de la asociación está establecida en la Plaza Comercial San Antonio, módulo 01, segundo nivel, Municipio de Monción, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana. TERCERO: Que dicha asociación ha sido fundada por los señores: Osniel Antonio Rodríguez Thomas (046-0027738-0), Manuel José Brito Uceta (042-0000578-5), Teófilo Francisco Valerio Genao (042-0005758-8), Alejandro Humberto Espinal Bejarán (034-0009195-9), José Ramón Espinal Espinal (042-0005557-4) y Félix Alberto Marte Bueno (046-0011450-0). CUARTO: Que los señores miembros fundadores constituidos en asamblea eligieron como miembro de la junta directiva a los señores: José Ramón Espinal Espinal (Presidente), Félix Alberto Marte Bueno (vice- Presidente), Manuel José Brito Uceta (Secretario), Teófilo Francisco Valerio Genao (Tesorero) y Osniel Antonio Rodríguez Thomas (Vocal Vocal), las personas electas fueron elegidas por el periodo de Un (01) año; QUINTO: Que la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE POLLO DE LA LINEA NOROESTE (APPOLINO), fue incorporada mediante resolución número 2099-201 de fecha Veinte y tres(23) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017); SEXTO: Que la documentación legal de incorporación fue depositada en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez y en la Secretaria del Juzgado de Paz del municipio de San Ignacio de Sabaneta en doce (12) de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017). En la ciudad y municipio de Monción, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
JOSÉ RAMÓN ESPINAL ESPINAL
PRESIDENTE
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el Art. 42 de la Ley 1306Bis, sobre Divorcio y para mayor conocimiento, se hace saber que la Quinta Sala Civil y Comercial de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó en fecha diecisiete (17) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), su sentencia civil No. 00137-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Se admite el divorcio entre los señores LEONARDO ANTONIO PAULINO GERMOSO y YESENIA DEL CARMEN UREÑA, por Mutuo Consentimiento, de acuerdo con las estipulaciones y convenciones de fecha veintidós (22) del mes de junio del año 2017, instrumentado por el Notario Público de los del número para el municipio de Santiago de los Caballeros, LICDO. EUSEBIO TEOFILO RAMIREZ VASQUEZ. SEGUNDO: Ordena a los señores LEONARDO ANTONIO PAULINO GERMOSO y YESENIA DEL CARMEN UREÑA o el que haga de parte más diligente, procedan a transcribir esta sentencia en el término legal y que se cumpla los demás requisitos que prescribe la Ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de un procedimiento entre esposos. I por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma La Magistrada BELSEDY DENISE HERNANDEZ DE LA NUEZ, quien suscribe HEIDY NUÑEZ, Secretaria. El aludido divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, quien suscribió la sentencia correspondiente en el Libro de Divorcio No. 00007, Folio No. 0189, Acta No. 001389, en fecha once (11) de diciembre del año 2017.
LEGAL 17
Publicación de Divorcio En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la ley núm. 1306-Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha dos (02) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), fue dictada la sentencia civil marcada con el núm. 512-2017-ECON-02546, del expediente Núm. 531-2017-ECON-02232, por la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, especializada en Asuntos de Familia del Distrito Nacional, la cual ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuento a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Vitalii Landau Tatarkina y Anastasiya Landau Frolova, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 90-2017, instrumentado en fecha 23 del mes de agosto del 2017, por ante el Dr. Carlos Eusebio Trinidad, Notario Público de los número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: SCARLET R. VARGAS ROSSIS, JUEZ; MIRTHA M. DE LA CRUZ DÍAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber que en fecha seis (06) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00024, bajo el Acta No. 002304, Folio No. 0027, del año 2017, así se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día doce (12) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
Carmen R. Pichardo Casasnovas, Abogada. FC 352937
LIC. MARTIN HIDALGO R. Calle Beller No. 205, Sector de Ciudad Nueva, Distrito Nacional, Santo Domingo, Capital de la República Dominicana. Teléfono: 829-464-7735.
AVISO DE MENSURA Se avisa que el día 22 de diciembre del año 2017 a la 08:00 A.M se dará inicio al trabajo de DESLINDE Y REFUNDICIÓN dentro de las parcelas Nos 109-A y 96-B del D. C. No. 29 de una porción de terreno de 114,566.12 M2, del Municipio San Antonio de Guerra, Provincia Santo Domingo, ubicada un el lugar Reforma del Cabreto, propiedad de MARIA EVA DE LOS ÁNGELES DÍAZ BENTACES DE ESTRELLA. Expediente. No. 663201711123.
AGRIM. Teolinda Hernández Berroa. Codia: 5287 Telf. (809) 699-9360 FC352950
PUBLICACION DE DIVORCIO A). En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y, para general conocimiento, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 31 del mes de marzo del Año 2017; la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Monseñor Nouel, mediante la sentencia civil No. 290/2017, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Da Acta al señor: DANIEL CASTILLO LORA, que compareció a la audiencia conforme lo establece la ley. SEGUNDO: Admite el Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores DANIEL CASTILLO LORA y MARILODY CARABALLO PEREZ, conforme a las estipulaciones concertadas por ellos en el Acto pasado por ante el LIC. MARTIN HIDALGO R., Notario Público para los del Número del Distrito Nacional, Santo Domingo, Capital de la República Dominicana. TERCERO: Autoriza al Oficial del Estado Civil correspondiente, pronunciar el Divorcio que se admite mediante la presente Sentencia y, transcribirlo, previo el cumplimiento de las formalidades legales del caso. CUARTO: Comisiona al Ministerial JUAN ROSARIO BAUTISTA, Alguacil de Estrados de este Tribunal para que proceda a la notificación de la presente sentencia. QUINTO: Compensa pura y simplemente las costas entre las partes en causa. Y por esta nuestra Sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma: LIC. RAMON A. ROSARIO HDEZ., Juez Civil y Comercial; Kilma Rodríguez Henríquez, Secretaria. B). Que en fecha once (11) del mes diciembre del año dos mil diez y seis (2016), la Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de la ciudad de Bonao, Provincia Monseñor Nouel, pronunció dicho Divorcio, transcribiendo la Sentencia No. 290/2017, en el Libro No. 00010, Folio 109, bajo el Acta No. 955, del año dos mil diez y siete (2017). LIC. MARTIN HIDALGO R., Abogado Apoderado. FC 352930
FRAGOSO LORENZO & ASOCS., S.R.L. Asuntos Jurídicos y Notaria, Tel. 809-557-2324 C/san Juan Bautista No. 29 San Juan de la Maguana, R. D.
AVISO DE MENSURA Se avisa que el día 22 de diciembre del año 2017 a la 2:30 p.m., se dará inicio al trabajo del Deslinde dentro de la parcela 110-Ref-780, del D. C. No. 04 e n una porción de terreno de 329.051 M2, ubicada la calle Hatuey No. 20-B, Los Cacicazgos, del Distrito Nacional, propiedad de MARÍA EVA DE LOS ÁNGELES DÍAZ BENTACES DE ESTRELLA. Expediente. No. 663201711126.
AGRIM. Teolinda Hernández Berroa. Codia: 5287 Telf. (809) 699-9360 FC352950
LICDA. YULENDI MERCEDES ABREU, Abogada.
AVISO DE PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 DE LA LEY No.1306, BIS, SOBRE DIVORCIO y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha once (11) del mes de septiembre del año (2017), LA SEGUNDA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, mediante Sentencia Civil No. 209-2017-SSEN-00776, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demandada por falta de concluir, no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre ALEXANDRA YANIBEL NUÑEZ THEN e YKER ALBERTO NUÑEZ FLORES. TERCERO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial FIDEL RAFAEL JIMENEZ ESQUEA, Alguacil de Ordinario de Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. MAGISTRADA IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD, JUEZA PRESIDENTA; JOSEFINA PAULINO BATISTA, SECRETARIA. Así mismo se hace saber que en fecha siete (07) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio y Provincia de La Vega, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00008, de registros de DIVORCIO Folio No.0051, bajo el Acta No.000726, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO DE DICHO DIVORCIO. En la Ciudad, Municipio y Provincia La Vega, República Dominicana, hoy día trece (13) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO LICDA: MARGIE GERMOSO, Abogada. PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 47 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento se hace saber que la Quinta Sala Civil de Asuntos de Familia del Juzgado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en fecha diecisiete (17) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), dictó sentencia civil marcada con el No. 00138-17, cuyo dispositivo dice textualmente lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los señores esposos WILLY RAMON MARTE HILARIO y RUTH ESTHER PUELLO GOMEZ, según lo pactado por ellos en el acto de Convenciones y Estipulaciones de Divorcio, por mutuo Consentimiento marcado con el No. 08, Folios 10 y 11, de fecha 04/07/2017, instrumentado por la LICDA. FLOR MARIA LIRIANO DE MOLINA, Notario Público de los del número para el municipio de Santiago. Ordena a la parte más diligente, proceder a hacer transcribir la presente sentencia y a pronunciar el referido divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, conforme fuere de derecho. SEGUNDO: Otorga la guarda del menor STARLYN RAMON MARTE PUELLO, a la señora RUTH ESTHER PUELLO GOMEZ. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. I por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda, firma y publica: (BELSEDY DENISE HERNANDEZ, Juez; HEIDY NUÑEZ, (Secretaria). Que en fecha once (11) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción del municipio de Santiago, pronunció este divorcio y transcribió la sentencia que lo admite en el Libro No. 00003 de Registros de Divorcio, Folio No. 0057, bajo el Acta No. 000229 del año 2017. La presente publicación ha sido autorizada por el infrascrito, en calidad de abogado constituido de la parte demandante, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
De conformidad con las disposiciones de la Ley No. 1306-bis, sobre divorcio y para que sea de general conocimiento se hace saber que la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan; Dictó su sentencia Civil No. 0322-2017-SCIV-00431, de fecha 22 de noviembre del año 2017, cuya parte dispositiva copiada textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por “MUTUO CONSENTIMIENTO” entre los esposos JAIME FEDERICO NOBOA NOBOA Y LAINA NAROLIN MUSSET GRATEROX, conforme al Acto de Estipulación de Divorcio instrumentado por ante el notario público de los del números de san Juan de la Maguana, Dr. Antonio Fragoso Arnaud, Marcado con el No. 588/2017, de fecha 05/09/2017, transcrito más arriba de esta sentencia. SEGUNDO: se ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente, hacer el pronunciamiento del referido divorcio. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas. Este divorcio fue pronunciado en fecha 28 de noviembre del año 2017, por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de San Juan de la Maguana, quién transcribió la sentencia en el libro No. 00001, de registro de divorcio, Folio No. 0153, Acta No. 000077, del año 2017. La presente publicación está autorizada por el Infrascrito, en la Ciudad y Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, República Dominicana, hoy día 12 de diciembre del año 2017.
LIC. CÉSAR YUNIOR FERNANDEZ ABOGADO FP94341
LIC. JONATHAN MANUEL COMPRES GIL ABOGADO. (AC-12290-PC)
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintiséis (26) de julio del año 2017, la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, dictó una sentencia de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres marcada con el No. 156-2017-SSN-00118, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demandada SR. FAUSTINO REYES SOLIVER, por no haber comparecido, no obstante citación legal. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los cónyuges MARCIA REYES BERAS y FAUSTINO REYES SOLIVAR, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. TERCERO: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia de divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previa formalidades de ley. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al Ministerial MIGUEL ANDRES FORTUNA RAMIREZ, Alguacil de Estrados del Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de El Seibo, para que notifique la presente sentencia. Que dicho divorcio se encuentra inscrito en el Libro No. 00002 de registro de Divorcio, Folio 0046, Acta No. 000090 del año 2017, en la Oficialía del Estado Civil de esta provincia del Seibo. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma.
MIERCOLES 13 DE DICIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL PERDIDA DE PLACA: motocicleta Marca Gacela, Modelo CG200, color negro, año 2013, placa N9128060, chasis GALPCM505DC000520, a nombre de EMPRESA GRUPO AGROPECUARIO DON JULIO S.R.L, RNC 102-33953-8. (RO-15141-RDT-11-12-13/12/2017)
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo AUTOMÓVIL PRIVADO, marca KIA, modelo RIO LX, color BLANCO, año 2016, placa y registro A670273, chasis KNADM4128G6572341, propiedad de LEASING DE LA HISPANIOLA SRL, RNC No. 101839732.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca RX-Racing, color negro, año 2013, placa y registro K0253577, chasis XPRPCK500CC000774, a nombre de JOEL ALBERTO MANCEBO SÁNCHEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Yamaha, color rojo, año 2006, placa y registro N132649M, chasis DE02X028156, a nombre de YUNIOR MENDEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Pgo, modelo T-Rex 150, color rojo, año 2006, placa y registro RFVCPCPC561005040, a nombre de JUANA CALDERÓN COLÓN, cédula 060-0001659-9. FC352912
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Nissan, color plateado, año 2009, placa y registro A656521, chasis E11329104, a nombre de BRYAN JOSÉ NÚÑEZ MORALES.
AVISO
AVISO DE MENSURA Se avisa que el 18 de Diciembre del año 2017, a las 11:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE, dentro de la parcela No. 53-D-1-REF-280-REF, del D.C. 06, del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, ubicado en la calle Tamarindo, No. 16, sector Bello Campo, propiedad de AGUASANTA HERNÁNDEZ DE SANTOS Y MILVIO ANTONIO SANTOS NUESI, con un área de 117.19 m2. Expediente No. 663201711248.
AGRIM. WENDY Y. MOJICA ROSARIO Codia 20286 Telf.: (809)453-2783 FC352951
AVISO DE MENSURA PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X-1000, color negro, año 2010, placa y registro N700134, chasis LF3PCK508AB008171, a nombre de JAVIER JIMENEZ JIMENEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color azul, año 2010, placa y registro K0025072, chasis LC6PAGA13A0811784, a nombre de NARCISO MARTE FERNANDEZ.
Se avisa que el 18 de Diciembre del año 2017, a las 9:00 A.m., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE, dentro de la parcela No. 2-A, del D.C. 22, del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, ubicado en la calle “N”, No. 3, sector Vista Bella, 3ra. Etapa, San Felipe Villa Mella, propiedad de MIGUELINA SILVA REYES, con un área de 236.12 m2. Expediente No. 663201711247.
AGRIM. WENDY Y. MOJICA ROSARIO Codia 20286 Telf.: (809)453-2783 FC352951
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Mitsubishi, modelo Lancer, color blanco, año 2002, placa y registro A508808, chasis CS5A0004195, a nombre de JOSEFINA ELENA RIVERA SÁNCHEZ.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Jincheng, placa K0383580, color rojo, chasis LJCPCKLJ1B6000551, tipo motocicleta, año 2011, propiedad de ANTONIO TEJEDA, cédula 001-1724721-3. FC 352933
PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Suzuki, año 2002, modelo AX100, color azul, placa y registro NIE957, chasis LC6PAGA17200115590, a nombre de JHONNIS MONTERO ALCÁNTARA, cédula 001-1577818-5. FC352907
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, placa NSOHY85, color azul, chasis C501198524, tipo motocicleta, año 1981, propiedad de NELSON DE LOS SANTOS RAMIREZ, cédula 003-0042750-7. FC 352917
PÉRDIDA DE PLACA: de máquina pesada, marca Kubota, modelo CD70, año 2016, color blanco, placa y registro U014136, chasis 502921, chasis FRANKELY CORDERO SIMÓ, cédula 058-0032025-0. FC352908
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Nipponia, placa K1146052, color blanco, chasis XF1CG150AFY005350, tipo motocicleta, año 2015, propiedad de MOTO REPUESTO JRP, SRL, RNC 131336582. FC 352926
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Xinkai, modelo Ruda, año 2013, color blanco, placa y registro L315556, chasis LBGF1C434DH001015, a nombre de LUÍS ALEXANDER AMADOR CASTILLO, cédula 003-0051896-6. fp94321
PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca Suzuki, color Negro, año 2011, placa y registro K0383737, chasis LC6PAGA10B0811839, a nombre de SEBASTIAN JOHAN ESTEVEZ, cédula 001-1676810-2.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo DE CARGA, marca NISSAN, modelo FRONTIER NP300 D23 4WD, color BLANCO, año 2017, placa y registro L360145, chasis 3N6CD33B6ZK370498, propiedad de LEASING DEL ATLANTICO CORP, RNC No. 130032892.
PERDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA Marca TOYOTA, Modelo KUN15L-TRMDY, color BLANCO, año 2008, placa L260130, chasis MROCS12G900055376, a nombre de AGROCOMERCIAL LOS SAMANES, S.A., RNC 1-03-03431-4. (RO-15202-CM-13-14-15/12/2017)
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo DE CARGA, marca NISSAN, modelo FRONTIER NP300, color BLANCO, año 2016, placa y registro L353563, chasis 3N6CD33D9ZK353079, propiedad de SERVICOLT SRL, RNC No. 101026669.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Volvo, color azul, año 1997, placa y registro A455381, chasis YV1KS9600V1120438, a nombre de RUBBY S. VARGAS.
PERDIDA DE PLACA: motocicleta Marca Yamaha Modelo Jog C color BLANCO año 1996 placa K0303176 chásis SA39J306994 a nombre de JOSEFA DURAN OLIVO – CED. 0470022449-8 (RO-15149-CM)
PÉRDIDA DE MATRICULA: de minibús, marca Hyundai, color blanco, año 2009, placa y registro I053988, chasis KMJWAH7HP9U090047, a nombre de VIAMAR, S.A.
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. A 036986, operación 854179, expedido por el Banco Múltiple BHD León, S.A., en fecha 23 de marzo del año 2006, en favor del INVERSIONES CHAPERNI, S. A., por un monto de ciento treinta y cuatro mil quinientos cincuenta y seis dólares con cincuenta y siete centavos (US$134,556.57).
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Por medio de la presente: hacemos de público conocimiento que el día 15 de Diciembre del 2017. A las 10:00 a.m. Se ejecutaran de los trabajos de Mensura Para Deslinde, Exp. No. 661201704205, Parcela No. 4072, del Distrito Catastral No. 07, de la Provincia Samaná, Municipio de Santa Barbará de Samaná, Republica Dominicana, a Requerimiento del señor ZACARIAS ALFONSO PEÑA MELO, este inmueble se encuentra ubicado en la Sección el Limón, Lugar. FE DE ERRATA NOTA: Esta publicación salió con un error de edición de fecha 07-DIC-2017, involuntario ajena a nuestra voluntad, por eso lo estamos ratificando en esta fecha esperamos se nos tome en consideración, gracias anticipadas.
AGRIM. JUAN PABLO MONTILLA CALDERON CODIA 26913 FC352948
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se Hace De Público Conocimiento Que Se Ha Extraviado El Certificado Financiero No. B319792, Emitido Por El Banco BHD LEON, S.A. en fecha 20 de mayo del 2013, por un valor de RD$112,000.0 CIENTO DOCE MIL PESOS CON 00/00) A NOMBRE DE RAMON OSVALDO DIFO ALÍ. La presente publicación se hace para los fines de Ley correspondiente. OFICINA JURIDICA De Loa Santos Roa Abogados – Notarios C/ Curazao # 90-Altos, Ens. Ozama, Santo Domingo Este R.D., Tel. 809-594-2372 / 809-594-2539 Emali: delossantosroa@gmail. Lic. Manuel Onésimo de los Santos; Lic. Frank Arístides Nin; Lic. Omar Sánchez de los Santos AVISO DE PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306-Bis, del 21 de mayo del año 1937, se hace de conocimiento público que en fecha 15 del mes de Noviembre del año 2017, La Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dictó su Sentencia No.2618-2017, la cual contiene un dispositivo que transcrito fielmente es el siguiente: “FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el acto marcado con el Núm. Siete (7), folio Núm. Doce (12), de fecha catorce (14) del mes julio del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el Lic. José Olivero Labour, Notario Público de los Números del Distrito Nacional, matrícula número 4476, por haber sido hecho conforme a da ley. SEGUNDO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges señores Francisco Javier García Núñez y Florangel del Carmen Núñez Contreras, con todas sus consecuencias legales. TERCERO; Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el oficial del estado civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Así se Pronuncia, Ordena Manda y Firma Firmados: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, JUEZA; BRENDA. A. ROSARIO, SECRETARIA).La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la jueza de este tribunal, el mismo día, mes y año citados al principio de la presente, la cual leída y firmada por mi, Secretaria que certifica, BRENDA A. ROSARIO, Secretaria. El divorcio que antecede ha sido pronunciado y transcrito por ante la Oficialía del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de Santo Domingo Este, en fecha 4 del mes de Diciembre del año 2017, e inscrito en el libro Registro de Divorcio No.00006, Folio 0189, bajo el Acta No. 000595, del año 2017. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Doce (12) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. FRANK ARÍSTIDES NIN ABOGADO
AVISO DE NUEVA FECHA PARA LA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento y dando cumplimiento a lo dispuesto por los artículos Nos. 153 y 161 de la Ley No. 6186, del 12 de febrero de 1963, modificados ambos por la Ley No. 659, del año 1965 y los artículos Nos. 695 y 704 del Código de Procedimiento Civil, se hace saber que mediante sentencia dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, de fecha 08 de noviembre del 2017, ha sido fijada nuevamente para el día miércoles que contaremos a treinta y uno (31) de enero del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, en atribuciones civiles, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias, en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de la ciudad de Cotuí, sito en la intersección de las calles Sánchez con Cuatro del sector La Esperanza de dicha ciudad, la venta en pública subasta del siguiente inmueble: DENTRO DE LA PARCELA No. 1, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 11, DE COTUÍ, UNA PORCION DE TERRENO QUE MIDE: TRESCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (328 MTS.2) Y SUS MEJORAS CONSISTENTES EN UNA CASA DE BLOCKS, TECHADA DE PLATO Y ZINC, PUERTAS DE MADERAS, PERSIANAS DE ALUMINIO Y SUS ANEXIDADES, LIMITADA: AL NORTE: SUCESORES SEVERINO (BIENA); AL SUR: SRA. MERCEDES FERNANDEZ; AL ESTE: CALLE CAPOTILLO Y AL OESTE: RESTO DE LA MISMA PARCELA, AMPARADO POR LA CARTA CONSTANCIA ANOTADA (O CERTIFICADO DE TITULO) NO. 235, UBICADO EN LA CALLE CAPOTILLO NO. 48, DE ESTE MUNICIPIO DE COTUÍ. El inmueble que se acaba de mencionar ha sido embargado por el BANCO DE AHORRO Y CREDITO BANCOTUI, S.A., en perjuicio del señor EMILIANO PAVON, la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones redactada al efecto y conforme al aviso publicado anteriormente en el periódico “La Información”, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, en su edición No. 32625, de fecha 24 de abril del 2015, en su página No. 10. En la ciudad de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los once (11) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).
DR. EURIPIDES SOTO LUNA, Abogado. FC 352942
AVISOVENTA EN PÚBLICA SUBASTAPOR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO (En Virtud de la Ley número 6186 del 12 Febrero de 1963) Se hace de público conocimiento que ha sido APLAZADA para el Lunes que contaremos a VEINTIDOS(22) de ENERO del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 am) la audiencia pública de pregones, que al efecto celebrará la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de Santo Domingo, en el salón donde acostumbra a celebrar sus audiencias, sito: en la Avenida Las Palmas número 52, esquina calle Tercera, Reparto Rosa, en el Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, de la República Dominicana, en que se procederá a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y último subastador, del inmueble embargado al señor MACKLIN JOSE PINA, identificado como:“Una porción de terreno con una superficie de 542.75 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 90-A-10C-17, del Distrito Catastral número 6, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, amparada en el Certificado de Títulos matrícula número 3000046903”. PERSIGUIENTE: El citado inmueble ha sido embargado en perjuicio del señor MACKLIN JOSE PINA, a requerimiento del persiguiente el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA-BANCO DE SERVICIOS MULTIPLES (BANRESERVAS), debidamente representado por su Directora de Cobros, Licenciada ZOILA A. BULÚS NIEVES, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral número 001-0774320-5, domiciliada y residente en esta ciudad, quien tiene como Abogados Constituidos y Apoderados Especiales al Licenciado JOSE GUILLERMO QUIÑONES PUIG, Abogado de los Tribunales de la República, dominicano, mayor de edad, titular y portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0752348-2; y la licenciada HEIDY MIGUELINA HERRERA DE LA CRUZ, dominicana, mayor de edad, casada, abogada de los Tribunales de la República, con domicilio en esta ciudad, portadora y titular de la cédula de identidad y electoral número 224-0058894-7, matriculada en el Colegio Dominicano de Abogados con el número 60946-542-12, quienes mantienen estudio profesional abierto de manera conjunta en la oficina de abogados, y con domicilio Ad-Hoc en la Sucursal del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MULTIPLES (BANRESERVAS), localizada en la Avenida Las Palmas número 41, Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo; lugar donde el persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto. EMBARGO: El mandamiento de pago fue notificado en fecha 21 de febrero del año 2017y convertido en Embargo Inmobiliario de pleno derecho por falta de pago de MACKLIN JOSE PINA, en el plazo otorgado por la ley, y en consecuencia, fue debidamente inscrito en el Registro de Títulos del Departamento de Santo Domingo, en fecha 09 de marzo del 2017, dentro del plazo y formas que establece nuestro derecho vigente. CONDICIONES DE LA VENTA: El Pliego de Condiciones ha sido depositado en la Secretaría del tribunal apoderado en fecha 16 de Marzo del año 2017, en cual constan las condiciones para la venta y adjudicación del inmueble antes señalado, entre las cuales se encuentran las que a continuación se indican: El persiguiente ha fijado la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS DOMINICANOS CON 91/100 (RD$2,498,643.91), que es el monto de la deuda en principal e intereses devengados hasta la fecha del mandamiento de pago, sin los gastos del procedimiento, intereses y gastos que serán indicados en el comienzo de la subasta, tal y como se señala en el Pliego de Condiciones. Todo Subastador está obligado a depositar como formalidad previa el equivalente a un diez (10%) del precio de la primera puja, por medio de cheque certificado por una institución bancaria con domicilio en la Republica Dominicana emitido a favor del persiguiente, requisito sin el cual no serán admitidos, todo de conformidad con el Pliego de Cargas, Clausulas y Condiciones que regirá la venta al que deberá someterse todo subastador y que fuera depositado el 09 de Marzo del año 2017, por ante la Secretaría de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de Santo Domingo. Se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado. La deudora y los acreedores inscritos serán citados por Acto de Alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Diciembre del año dos mil Diecisiete (2017).
LIC. JOSE GUILLERMO QUIÑONES PUIG, LICDA. HEIDY MIGUELINA HERRERA DE LA CRUZ, Abogados Constituidos del persiguiente. Publicación Autorizada por Quiñones & Asociados – CJF, SRL Calle Cub Scout número 4, Ensanche Naco, Distrito Nacional. Teléfono: (809) 685-0195 FC 352935
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ciero formal. Una Red de servicios ofrecidos por 13 quioscos móviles ,donde se ofertan los productos de tarjetas pre-pagadas y ahorro
programado, a la cual se suman 303 Subagentes Caja Fácil LN en 14 provincias del país, realizándose 286,067 transacciones de las cuales
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PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Suzuki, color blanco, año 2007, placa y registro G208496, chasis 2S3DB117376128409, a nombre de HAYDEE ZORAIDA JIMÉNEZ PÉREZ.
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PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Mitsubishi, color verde, año 2001, placa y registro A378973, chasis JMYSRCK1AU000333, a nombre de GAY WILLIAM CONTRERAS BALBUEENA. FP94334
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Honda, modelo Accord LXI, año 1986, color azul, placa y registro A215353, chasis 1HGBA7434GA129982, a nombre de MARIANO DE LA ROSA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo AUTOMOVIL PRIVADO, marca HONDA, color GRIS, año 2000, placa y registro A528409, chasis GA33221807, propiedad de ISRAEL FIGUEROA TEJEDA, CÉDULA NO. 223-0005652-4.
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PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Chevrolet, modelo 1TX69, año 2012, color blanco, placa y registro A580763, chasis 3G1TC5CF6CL126722, a nombre de DARIANA ELVIDA VASQUEZ JAPA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta privada, marca Suzuki, modelo GSX, año 2007, color azul, placa y registro K0568017, chasis JS1GR7KA472108956, a nombre de LUICHI REY MONCIÓN JIMENEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry, color blanco, año 1988, placa y registro A186352, chasis JT2SV21E903224537, a nombre de NELSON NASARIO LOMEÑA.
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Honda, modelo Civic LX, año 2001, color blanco, placa y registro A265237, chasis 1HGES16501L501417, a nombre de ANA PAULA INSTURAIN RAMIREZ. FP94364
PERDIDA DE MATRICULA: VEHICULO DE CARGA Marca NISSAN, Modelo JUNIOR, color ROJO, año 1977, placa L003596, chasis QL140007268, a nombre de MIGUEL RODRIGUEZ SANCHEZ, CED.051-0011916-2. (RC-6732-CM)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca HEVROLET, modelo TAHOE, año 2007, placa G258309, color NEGRO, chasis, 1GNFK13077R354309, PROPIEDAD DE MANUEL DE JESUS HOLGUIN NUÑEZ, CEDULA Y/O RNC 04701170252
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, modelo Lead 100, placa y registro N455176, color gris, año 1993, chasis JF061217228, a nombre de RUPERTO DAMIAN LEONARDO LÓPEZ, cédula 023-0059238-9. FC352949
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, color negro, año 2008, placa y registro N695763, chasis LWBPCJ1F181011163, a nombre de FAVIAN ANTONIO DEL VILLAR ARISTY, cédula 012-0010795-9. FP94351
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 1416344, expedido por el BANCO BHD, S.A., a favor del señor JESUS RAFAEL LÓPEZ ORTIZ, en fecha 28 del mes de octubre del 2016, por la suma de RD$500,000.00. FC352501
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