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Clasificados

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Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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CLASIFICADOS 13


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL

aVIsOs LeGaLes AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Se hace de público conocimiento, que el día VIERNES, que contaremos a treinta y uno (31) del mes de agosto, del año 2018, a las 09:00 A. M., horas de la mañana, se llevará a cabo la venta en pública subasta en el Mercado Público de Honduras, el cual se encuentra C/Correa y Cidrón Esq. 1ra, Ens. La Paz de los siguientes bienes muebles al UNICO UN AUTOMOVIL MARCA SKODA, MODELO OCTAVIA, COLOR ROJO VINO, PLACA No. A055937, CHASIS TMBDG41U96883399 el cual fue embargados al señor RICHARD FRANCISCO SALCEDO, mediante Acto No. 127/2016, de fecha (13) de MAYO del año 2016, del protocolo de la DRA. LATIFE DOMINGUEZ, Abogado Notario Público, de los del número para el Distrito Nacional. Se les advierte a los licitadores que para ser adjudicatario deben pagar el 70%, del producto de la venta en manos del alguacil que actúa en función de Vendutero Público. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de agosto del año 2018.

Edinson Benzán Santana, Alguacil en función de vendutero público. FC 361261

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley -1306Bis, que en fecha 13/08/2018, la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No. 01476-18, de fecha 31/07/2018, sobre el Divorcio por Mutuo consentimiento entre los señores VICTORIANO JIMENEZ Y MARTHA MARTINEZ FLORES pronunciado por ante el Oficial Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional, según consta en el Libro No. 00020; Acta No. 001787, Folio No. 0191, del año 2018, en fecha 13/08/2018.

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 11/05/2018, la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No. 531/2018/SSEN/00547, de fecha 22/03/2018, sobre el Divorcio por Mutuo consentimiento entre los señores JOSE DEL CARMEN TERRERO AGRAMONTE Y ZONIA ALTAGRACIA DIAZ SANTIAGO pronunciado por ante el Oficial Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional, según consta en el Libro No. 00012; Acta No. 000975, Folio No. 0149, del año 2018, en fecha 11/05/2018.

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Para cumplir con lo dispone el artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, del veintiuno (21) de mayo del año 1937, sobre Divorcio en República Dominicana, se hace constar que el señor GELSON SANTIAGO HERNÁNDEZ REMIGIO, portador de la cédula de identidad personal No.056-0109071-4, domiciliado en la calle Santa Rita No.70, del Sector Agua Dulce del Barrio 27 de Febrero, Santo Domingo, D. N., quien tiene como abogado apoderado al Lic. GERARDO JOSÉ HERASME MEDINA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-1202440-1, abogado de los Tribunales de la República, Matrícula No.11182-439, con estudio profesional abierto en la calle Henry Segarra (antigua calle 33 Oeste) No.18, 2do. Piso, del sector Ensanche Luperón de esta ciudad de Santo Domingo, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente aviso. Advierte a su legítima esposa la señora CRISTINA REYES TELLO, de nacionalidad Mejicana, portadora del pasaporte extranjero No. G05297797, cuyo último domicilio conocido fue en la calle 11, casa No.32, 2do. Piso, Apto.2-B, Barrio 27 de Febrero, Santo Domingo, D. N., que a falta de información de su actual domicilio y residencia, a seguidas de estas tres publicaciones de ley, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres de acuerdo a lo que establece el artículo 69, del Código de Procedimiento Civil (domicilio desconocido), en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional para el día viernes treinta y uno (31) de agosto del año 2018, para que comparezca a la audiencia a puerta cerradas en que será conocida la referida demanda, la cual se celebrara el día trece (13) del mes de septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las nueve (9) horas de la mañana, por ante la Sexta Sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, sito en la Calle Socorro Sánchez No. 68 esquina calle Santiago del Sector de Gazcue, Santo Domingo, D. N., a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones del Art.42 de la Ley No.1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Diecisiete (17) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, dicto una sentencia Civil de divorcio por Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, marcada con el No. 156-2018SSEN-00044, cuyo dispositivo dice así; F A L L A: PRIMERO: Ratifica el defecto por falta de comparecer en contra de la demandada Leonidas Mercedes Medina. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los cónyuges Luís Manuel Marte Leonardo y Leonidas Mercedes Medina, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres. TERCERO; Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia de divorcio por ante la Oficialía del estado civil correspondiente, previa formalidades de ley. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento, y Comisiona al ministerial José Manuel Naranjo de la Cruz: Ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, para la notificación de la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. Darlis Altagracia Eusebia Vásquez, Jueza y Juan Alexander Rincón Mejía, Secretario. Que el divorcio admitido por la sentencia anterior indicada, fue pronunciado el día Siete (07) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de El Seibo, en el Libro No. 00001 de registros de DIVORCIO, Folio No. 0087, Acta No. 000034 del Año 2018. En la Ciudad, Municipio y Provincia de El Seibo, República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. GERARDO JOSÉ HERASME MEDINA Abogado Apoderado.

LIC. JUAN ALBERTO SILVESTRE SILVESTRE ABOGADO DEL DEMANDANTE

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

La Octava Sala para Asuntos de Familia de 1a Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional emitió la Sentencia Civil No. 01378-18, la cual admite el divorcio por Mutuo Consentimiento de los señores Damián Oscar Santana y Ana Antonia Suero Hidalgo, cuya parte dispositiva expresa: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Damián Oscar Santana y Ana Antonia Suero Hidalgo, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número D-001-02, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional el Lic. Juan Antonio Hernández Díaz, en fecha 02/04/2018, transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. El referido divorcio fue pronunciado en fecha 02/08/2018, por ante el Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No. 00005 de registros de divorcio, Folio No. 0019, Acta No. 000266 del año 2018.

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis SOBRE Divorcio, se hace de público conocimiento: Que en fecha 20 del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018) La Sexta Sala Civil de Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago dictó la Sentencia Civil Número 1451-2018-SSEN00524, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: PRIMERO: Admite el divorcio entre los señores Mario Geovanny Pérez Frías y Adriana Abreu de la Cruz por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplidos los requisitos de ley. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del pronunciamiento por tratarse de una litis entre esposos: TERCERO: Comisiona al Ministerial Pedro Anastacio de la Cruz Alguacil ordinario de este tribunal para la notificación de la presente Sentencia. Firmada por: la Magistrada Miguelina Díaz Paulino, jueza y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria General. El Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de Santiago de los Caballeros Pronunció y transcribió dicho divorcio en el libro No. 00003, Folio No. 0095, Acta No. 000248 Año: mil dieciocho 2018. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LICDA. XIOMARA E. DIAZ SANTANA, Abogada.

Licda. Juliana Rosa Valerio Abogada

FC 361286

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para conocimiento general y en cumplimiento del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha treinta y uno (31) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil, Comercial, de Trabajo y de Niños, Niñas y Adolescentes del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Hermanas Mirabal, dictó la sentencia civil No. Doscientos ochenta y cuatro guión dos mil dieciocho SSEN Guión cero, cero, cuatro, cero, siete (284-2018-SSEN-00407), cuyo dispositivo es el siguiente: DECIDE: PRIMERO: Admite el divorcio por causa de Mutuo Consentimiento entre los señores: ELOIDA MARIA FLORENCIO SUAREZ y RAFAEL SUAREZ HERNANDEZ, según lo pactado por ellos en el acto de convenciones y estipulaciones, según acto No. Seis (6), Folios Nos. Once y doce (11 y 12) de fecha veintitrés (23) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018), instrumentado por la LICDA. LIBANESA DEL CARMEN RODRIGUEZ FERNANDEZ, Abogada Notaria para el municipio de Villa Tapia, por los motivos expuestos en esta decisión. SEGUNDO: Se otorga la guarda de los menores DIORSSINISS RAFAEL y MARIA ESTRELLA, de apellidos SUAREZ FLORENCIO, a favor de la madre, la señora ELOIDA MARIA FLORENCIO SUAREZ, por ser lo más beneficioso para la misma. TERCERO: Ordena a la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Villa Tapia, pronunciar el presente divorcio e inscribirlo en los libros correspondientes. CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse una litis entre esposos. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma: JUAN CARLOS JOSE PASCUAL (Juez); MARTHA EUNICE CEBALOS CASTILLO, (Secretaria). La presente sentencia que antecede, previa formalidades de ley, ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Villa Tapia, en fecha veintitrés (23) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), e inscrita en el Libro No. 00001, Folio Núm. 0092, Acta Núm. 000070, del año dos mil dieciocho (2018). En el municipio de Villa Tapia, provincia Hermanas Mirabal, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

En cumplimiento del artículo 42 de la Ley 1306Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que el día Veintinueve (29) del mes de Mayo del año De año dos mil dieciocho (2018) la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, dictó la Sentencia Civil de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres No. 0506-2018-SCON-00135, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto en contra de la señora DIANNA MONSERRATE, parte demandada, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores MELFI RAFAEL CRUZ y DIANNA MONSERRATE. TERCERO: COPAPENSA las costas del procedimiento y Comisiona al ministerial RAMON ARISTIDES HERNANDEZ, Alguacil de Estrados de este Tribunal, para que notifique la presente sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma, LICIDA. JACQUELINE YNMACULADA RAMOS UREÑA, Juez de la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez; ELISANIA MARIA PEREZ HEREDIA, secretaria. El referido divorcio fue pronunciado, y la Sentencia que lo admite, en fecha Veintitrés (23) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018) por ante el Oficial del Estado Civil del municipio de Fantino, con el Acta No. 000010, del Libro No.00001, Folio No.0019, del año 2018. La presente publicación es autorizada por el Abogado de la parte demandante. En la ciudad de Fantino, provincia de Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. EUCLIDES LEONARDO CASTILLO, Abogado de las partes.

LICDO. RAFAEL ARIDIO HIDALGO GONZALEZ. ABOGADO APODERADO.

(JMRF-AC-13850-WP-ENV)

FC361291

En cumplimiento con lo que establece el artículo 36 del Código de Comercio dominicano, se hace de público conocimiento la Pérdida del Certificado Financiero No. CFB325196, emitido por el Banco Múltiple BHD León, S.A. por un valor de UN MILLÓN DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,000,000.00); a favor de la sociedad comercial LE CROISSANT DORE, S.R.L. FP 99216

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la perdida del Certificado Financiero No. 77374503 fecha de apertura 13 de diciembre del 2013 por la suma de US$3,423,630.00 expedido por el Banco Dominicano del Progreso, S.A. a favor de los señores Iskandar Safa y Clara Martínez-Thedy. FC 361290

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del Párrafo II del Artículo 92, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, de fecha veintitrés (23) de marzo del año 2005, SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO la PÉRDIDA del CERTIFICADO DE TÍTULO número 1388, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado como Parcela No. 1026, del Distrito Catastral No. 03, del Municipio de Duvergé, Provincia Independencia, con una extensión superficial de 6,884.50 metros cuadrados, propiedad del señor PABLO SUBERVÍ BAEZ. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. JUAN DE LA ROSA BELLO CUEVAS Abogado FC361264


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 15

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE MENSURA

A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del Párrafo II del Artículo 92, de la Ley 108-05 dé Registro Inmobiliario, de fecha veintitrés (23) de marzo del año 2005, SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO la PÉRDIDA del CERTIFICADO DE TÍTULO número 5741, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado como Parcela No. 1346, del Distrito Catastral No. 02, del Municipio de San Juan de la Maguana, con una extensión superficial de 65 Has., 08 As., 70 Cas., propiedad de la compañía CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA HERMER, C. POR A. (COIHERCA). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Se avisa que el día 13 de septiembre del año 2018 a las 09:30 a.m. se dará inicio a los trabajo de Mesura Para Saneamiento de una porción de terreno de 27,697.69 m2, dentro de la parcela No. 140-Ref-4 del D.C 39/7ma, ubicada en lugar Ricon Naranjo, Sección Haití Mejía, Municipio Bayaguana, Provincia Monte Plata, propiedad de Raúl Bastida. Colindancia: Sur: carretera al Guanito, Oeste: camino, Este: Ramón Gómez, Norte: Raúl Bastida Expediente. No. 6642018044122

MANUEL HERASME MERCEDES Solicitante

AGRIM. Teolinda Hernández Berroa. Codia: 5287 Te1f. (809) 699-9360

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE.

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de publico conocimiento que en fecha 07/09/2018, a las 09:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No. 1254-A-2, del D.C.03, del municipio Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señor JOSE GABRIEL LAZARO LEAL PICHARDO, expediente No. 661201803745, d/f.24/08/2018

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 21, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de Cuatrocientos ochenta mil seiscientos ochenta y dos punto cero cero metros cuadrados (480,682.00Mts2), dentro del ámbito de la Parcela No. 15, del Distrito Catastral No. 12, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 8, Folio No. 36, volumen No. 0, Hoja No. 0035.

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva.

FC361265

Se hace de publico conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.020000048 emitido por la COOPCE, INC, en fecha 27 de Diciembre del año 2012, por un valor de CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS (RD$50,000.00) a nombre de la señora DALY DOMINGA OROZCO HERRERA, portadora de la cedula de identidad y electoral No.012-0073900-9.

Fc361281

FC99203

AVISO DE PERDIDA DE TITULO En cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Registro Inmobiliario (108-05), se hace de conocimiento público que los Certificados de Títulos Duplicado del Dueño No. 67-1347, Parcela 121-A1, del Distrito Catastral No. 3, Distrito Nacional, República Dominicana, inmueble antes indicado, que tiene una superficie de Quinientos veinticuatro (524) metros cuadrados, y Certificado de Título No. 20062432, perteneciente al Solar No. 004.24368, Manzana 4061, Distrito Catastral No. 1, Distrito Nacional, inmueble antes indicado, que tiene una superficie de Mil Seiscientos Cuatro (1,604) metros cuadrados, los cuales son propiedad del señor DALMIRO LOPEZ RODRIGUEZ, y que dichos certificados se le perdieron. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. JESUS EMMANUEL HERNANDEZ ORTIZ, Abogado Apoderado. FC 361283

FG 27196

En virtud del Art.92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Art.83 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No.86-4216 (Duplicado del Dueño), Libro 1013, Folio No.108, correspondiente al Solar No.1, Manzana No.4689, Edificio No.13, Apto.3-D, del D. C. No.1 del Distrito Nacional, Proyecto Invivienda Santo Domingo, con una área de construcción de 62.66Mts2, ubicado en la Provincia Santo Domingo, a nombre de la señora LUCILA MARTINEZ MARTINEZ.

AVISO DE MENSURA

De conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el original del Certificado de Título Duplicado del Dueño expedido a favor de la Sra. Nilka Altagracia Pimentel Castillo, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0150041-1, identificado como solar No. 16 de la Manzana No. 3486 del Distrito Catastral No. 1: Apartamento No. 201-A, segunda planta el Residencial EMA II, del Distrito Nacional, solar que tiene una extensión superficial de 130.00 metros cuadrados, matrícula No. 0100002317, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional.

AVISO DE APLAZAMIENTO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

Licdas Judith Tejada Cuello, Jannette Solano Castillo, -Abogados del PersiguientePUBLICACION AUTORIZADA: Escobal Pérez Rodríguez Calle Benito Monción 158, Gazcue, Santo Domingo y ad hoc en la Av. Padre Abreu Esq. Circunvalación, Suite No.714. 2do Nivel, Reparto Centro Comercial Jumbo, La Romana FP 99194

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 109, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de treinta y nueve mil punto cero cero metros cuadrados (39,000.00 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 28, del Distrito Catastral No. 08, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 4, Folio No. 182, volumen No. 0, Hoja No. 0182.

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva.

Nilka Pimentel, Propietario. FG 27196

FC 361278

De conformidad a las disposiciones del artículo 169 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana del 16 de julio del 2011, se informa el aplazamiento para el día MARTES que contaremos a ONCE (11) del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la calle Restauración No. 1, de la ciudad de La Romana, Provincia de La Romana, la venta en pública subasta del siguiente inmueble: “Inmueble identificado como Parcela 14-002-1846, y sus mejoras, del Distrito Catastral No.2.2, que tiene una superficie de 240.00 metros cuadrados, matricula No.2100002054, ubicado en La Romana, La Romana”.- El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, entidad constituida de acuerdo con las disposiciones de la Ley 5897 del 14 de mayo del 1962 y sus modificaciones, con su asiento principal y oficinas en la Avenida 27 de Febrero No. 218, Ensanche El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, teniendo como abogados constituidos y apoderados especiales a los infrascritos. En perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) RICARDO ARGENIS MENDOZA y MARTA ISABEL MENDOZA RAMIREZ, dominicanos, mayores de edad, solteros, empleados privados, provistos de las cédulas de identidad y electoral No. 026-0144215-1 y 026-0078416-5, domiciliados y residentes en la ciudad de La Romana. La venta en pública subasta se llevará a cabo conforme a los términos del Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTE Y DOS PESOS CON 66/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$2,603,422.66), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, conforme al artículo decimonoveno de dicho Pliego, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha 20 de julio del 2018. Hecho y firmado por los abogados de la persiguiente, en la Ciudad y Municipio de La Romana, Provincia de La Romana, a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AGRIM. Teolinda Hernández Berroa. Codia: 5287 Telf. (809) 699-9360 FC361282

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 20, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de Un Millón ochocientos diecinueve mil ciento cinco punto cero cero metros cuadrados (1,819,105.00 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 16, del Distrito Catastral No. 12, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 8, Folio No. 35, volumen No. 0, Hoja No. 0034.

FG 27196

FC 361269

Se avisa que el día 13 de septiembre del año 2018 a las 12:30 p.m. se dará inicio a los trabajo de Mesura Para Saneamiento de una porción de terreno de 59,030.04 m2, dentro de la parcela No. 29 del D.C 03, ubicada en el lugar Los Javieles, Sección Los Hidalgos, Municipio Bayaguana, Provincia Monte Plata, propiedad de MAGALIS JIMÉNEZ JAVIER. Colindancia: Al Norte: camino, Al Este: Gregorio Javier (Gollito) y Macho Jiménez; Al Sur: Juanito Jerez, Cristina Javier, Magalis Jiménez Javier, y Sucs. De Carolina Jerez, Al Oeste: Domingo Javier, y Bernardo Javier (Chichi). Expediente. No. 6642018046435

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 696, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de cuarenta y seis mil novecientos cuatrocientos diecinueve punto cero cero metros cuadrados (46,419.00 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 89, del Distrito Catastral No. 13, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 1, Folio No. 196, volumen No. 0, Hoja No. 0217.

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 12, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de ciento ochenta y cuatro mil trescientos siete punto ochenta y dos meses cuadrados (184,307.82 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 27, del Distrito Catastral No. 12, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 8, Folio No. 25, volumen No. 0, Hoja No. 0024.

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva.

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva.

FG 27196

FG 27196

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño), correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro millones quinientos sesenta y ocho mil doscientos sesenta punto dieciocho metros cuadrados (4,568,260.18 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 7, del Distrito Catastral No. 8, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 0105, Folio No. 095, volumen No. 2, Hoja No. 0178.

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 32, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de dos millones seiscientos tres mil novecientos uno punto treinta y seis metros cuadrados (2,603,901.36 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 9, del Distrito Catastral No. 13, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 10, Folio No. 47, volumen No. 0, Hoja No. 0047.

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva.

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva.

FG 27196

FG 27196


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL AVISO DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD EMR TECNOLÓGICA SRL

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD), PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

R.N.C. 131580076 Capital Social Autorizado: RD$100,000.00

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la referida Ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 46, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de Un millón doscientos noventa y seis mil quinientos quince punto ochenta metros cuadrados (1,296,515.80 Mts.2), dentro del ámbito de la Parcela No. 11, del Distrito Catastral No. 04, municipio y provincia Monte Cristi, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 10, Folio No. 61, volumen No. 0, Hoja No. 0061.

A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones legales establecidas en la ley General 479-08 de Sociedades Comerciales, se avisa la realización de dos (2) Asambleas Generales Extraordinarias a los fines de conocer la disolución y liquidación de la sociedad EMR Tecnológica S.R.L. Las mismas contaron con la presencia de los portadores de las cuotas sociales de la sociedad y aprobaron a unanimidad de votos, entre otras, las siguientes resoluciones. 1) Asamblea de fecha 21/08/2018: a) Se aprueba la disolución definitiva de la sociedad, b) Se otorga descargo al Gerente, señor Emmanuel Soriano Castro, c) Se nombra como liquidador de la sociedad al señor Marino Alberto Ventura Sánchez. d) Se otorga poder al señor Emmanuel Soriano Castro, para realizar los trámites de disolución y liquidación ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y la Dirección General de Impuestos Internos. 2) Asamblea de fecha 23/08/2018: a) Se aprueba el informe de liquidación presentado por el señor al señor Marino Alberto Ventura Sánchez, b) Se declara la sociedad disuelta y liquidada. En Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Atentamente, LICDA. JOSEFINA LUNA, Encargada del Programa de Titulación Definitiva. FG 27196

Aviso de Mensura Catastral

MARINO ALBERTO VENTURA SANCHEZ. FC 361252

AVISO DE PUBLICACION DE REDUCCION DE CAPITAL “CALICRISE, S.R.L.” CAPITAL SOCIAL: RD$63,459,200.00 De acuerdo a lo establecido en el Art. 123 párrafo de la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general la Reducción del Capital social de la sociedad “CALICRISE, S.R.L.” Y que mediante Junta General Extraordinaria de fecha veinte (20) de Agosto del año dos mil dieciocho (2018), se APRUEBA en la Primera Resolución, el Informe del Comisario Verificador, Licenciado LEURY SANTANA, de fecha 20 de agosto del 2018, relativo a la valoración del costo fiscal de las 207,047 cuotas sociales a redimir de LISSETTE DEL CARMEN HERRERA BISONO, así como del costo fiscal de los bienes a transferir a esta en contraprestación por su participación social; en consecuencia, se otorga formal descargo a dicho funcionario por su gestión. Mediante Segunda Resolución se APRUEBA la redención de la cantidad de 207,047 cuotas sociales por su valor fiscal propiedad de LISSETTE DEL CARMEN HERRERA BISONO en la sociedad CALICRISE, SRL, a cambio de los bienes ofertados. Mediante Tercera Resolución se APRUEBA la modificación del Art. 5 de los Estatutos Sociales relativo al Capital Social, el cual se leerá desde ahora en delante de la siguiente manera: Art. 5-Capital Social. El Capital Social se fija en la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS CON 00/100 (RD$42,754,500.00), dividido en CUATROCIENTAS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO (427,545) cuotas de CIEN PESOS (RD$100.00) cada una, enteramente pagadas. Dicho capital está compuesto por los aportes realizados por los socios. En Santo Domingo, Distrito Nacional, el día 27 del mes de AGOSTO del año 2018.

Vista Autorización de Mensuras, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, Bajo el Expediente No. 6642018050815, de fecha 17 de agosto del 2018, a favor del Instituto Agrario Dominicano (IAD). Se avisa al público en general: Que el día 7 de septiembre del 2018 a las 9:00 a.m., se dará comienzo a la mensura para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 1, del Distrito Catastral No. 8, del Municipio y Provincia de Azua.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Por este medio hace la publicación de Perdida del Certificado de Titulo correspondiente al LA PARCELA No. 38-PARTE, DEL D.C. No. 4, DEL DISTRITO NACIONAL, (SOLAR No. 18, DE LA MANZANA H,) UBICADO EN EL SECTOR DE ARROYO HONDO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 692 METROS CUADRADOS Y 92 DECIMETROS CUADRADOS, AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TITULO No. 16213, (DUPLICADO DEL DUEÑO).

Para general conocimiento y en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber que en fecha cinco (5) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018), la Quinta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil No. 00427-18, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de WILLIAM ANTONIO RODRIGUEZ PERALTA, por no haber comparecido, no obstante estar legalmente citado y emplazado; SEGUNDO: ADMITE el divorcio los señores GABRIELA ALTAGRACIA REYES AZCONA y WILLIAM ANTONIO RODRIGUEZ PERALTA, por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplidos los requisitos de ley ; TERCERO: OTORGA la guarda provisional de GABRIELIS ALTAGRACIA, favor de la madre GABRIELA ALTAGRACIA REYES AZCONA, hasta que la jurisdicción especializada, una vez apoderada, decida sobre el particular; CUARTO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: COMISIONA al ministerial JUAN JOSE MERCADO, alguacil de Estrado de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. ASÍ SE PRONUNCIA, ORDENA Y FIRMA. Firmada por: La Magistrada Eugenia Elizabeth Álvarez Rodríguez, jueza y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria general, que certifico y doy fe que es copia fiel a su original, a solicitud de la parte interesada. El día 7 de mayo del 2018. Dicho divorcio fue debidamente pronunciado el día uno (1) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, en el Libro de Registro de Divorcio No. 00004, Folio 0149, bajo el Acta No. 000749, del año 2018. La siguiente publicación ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

JUAN ALBERTO ABREU ULERIO Propietario

LIC. JOAQUIN ARIAS Abogado Apoderado

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

De conformidad con lo establecido en el Artículo 19 de los Estatutos Sociales de la sociedad comercial VIAS Y CONSTRUCCIONES, VIACON, S.R.L. (en lo adelante la “Sociedad”) por este medio se CONVOCA a todos los socios de la Sociedad a la Asamblea General Ordinaria de Socios que será celebrada el día miércoles que contaremos a doce (12) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), en el sexto piso de la Torre Piantini, ubicada en la Avenida Gustavo Mejía Ricart esquina Avenida Abraham Lincoln, Ensanche Piantini, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en la cual se deliberará sobre los aspectos especificados en el siguiente orden del día: 1. Aprobar la nómina de socios presentes o debidamente representados; 2. Conocer del Informe de Gestión Anual de la gerencia, del inventario, el balance, el estado de resultados y los estados financieros, con relación al ejercicio social comprendido entre el primero (1ero.) de enero de dos mil diecisiete (2017) y el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecisiete (2017); 3. Aprobar o no la gestión de la gerencia y discutir, aprobar o rechazar el inventario, el balance y el estado de resultados presentados por la gerencia de la Sociedad; 4. Determinar los beneficios o las pérdidas de la Sociedad y su tratamiento; 5. Nombrar al Gerente de la Sociedad y fijar su remuneración, si corresponde; 6. Ratificar la suscripción de varios contratos de compraventa de Inmuebles a favor de la Sociedad; 7. Ratificar la venta de varios inmuebles propiedad de la Sociedad; 8. Otorgar poder para realizar los depósitos y registros necesarios relacionados con la presente Asamblea y las decisiones adoptadas en la misma en el Registro Mercantil y otros organismos públicos que fueren de lugar; y, 9. Conocer cualesquiera otros asuntos de interés para la sociedad y que determinen y permitan la ley o los Estatutos. Asimismo, se informa a los Socios que los proyectos de resoluciones que serán sometidos a la Asamblea, los estados financieros auditados, el informe de gestión anual preparado por el Gerente y demás documentos requeridos por la ley, se encontrarán a la disposición de los socios en el domicilio de la sociedad, dentro de los plazos legales, lugar donde deberán ser depositados los poderes de representación por lo menos un (1) día hábil previo a la celebración de la Asamblea. La presente publicación se hace en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que el Certificado de Título Matrícula 1000006790 registrado a favor del señor Francisco Antonio Rodríguez Merán, (copropietario) del inmueble correspondiente a la Parcela No.7-B-007.2806, DC 11/3ra. Provincia de Higüey, inscrito en el Libro 0277, Folio 035, expedido por el Registro de Títulos de Higüey, en fecha 11 de julio de 2008, con una extensión superficial de 2,201,024.00 metros cuadrados; se encuentra extraviado siendo infructuosas todas las diligencias que se han efectuado para su localización. En el Municipio Santo Dgo. Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, hoy día veintisiete (27) de agosto del dos mil dieciocho (2018).

Para general conocimiento y en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber que en fecha veintiocho (28) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), la Cuarta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil No. 1275-2018- SSEN-00794, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de BREIDY ANTHONY MARTINEZ PEREZ , por no haber comparecido, no obstante estar legalmente citado y emplazado; SEGUNDO: ADMITE el divorcio por incompatibilidad de caracteres y ordena la disolución del matrimonio entre los señores RUTH DESIREE PEREZ BETANCES y BREIDY ANTHONY MARTINEZ PEREZ, con todas sus consecuencia legales ; TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: COMISIONA al ministerial RICHARD RAFAEL CHAVEZ SANTANA, alguacil de Estrado de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. Firmada por: El Magistrado Filoset Núñez Polanco, juez y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria general, que certifico y doy fe que es copia fiel a su original, a solicitud de la parte interesada. El día 13 de junio del 2018. Dicho divorcio fue debidamente pronunciado el día veintitrés (23) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, en el Libro de Registro de Divorcio No. 00005, Folio 0020, bajo el Acta No. 000820, del año 2018. La siguiente publicación ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

ING. SAMUEL HERRERA TEJADA, Gerente. FP 99195

VIAS Y CONSTRUCCIONES, VIACON, S.R.L. Capital Social: RD$100,000.00 Registro Mercantil No.: 74950SD Registro Nacional de Contribuyentes No. 1-30-72578-2 Domicilio Social: Ave. 27 de Febrero esq. Calle Seminario No. 272 Edificio J.P., Tercer Nivel, Ensanche La Julia, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana

Ignacio María Chueca García, Gerente. FP 99196

Agrim. Digno Heriberto Sánchez García, Codia: 25785. FC 361267

AVISO DE PERDIDA DE TITULO

Se hace de público conocimiento que se han extraviado el Certificado de Acciones comunes No. 199803 de fecha 04/05/2018, por 16,773 acciones, expedidos por GRUPO POPULAR, S.A., a favor de CECILIA SORAYA SANCHEZ NUÑEZ, cédula 0010172360-9. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 361249

AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título No. 12788, expedido a nombre de ERCILIO PEGUERO SERRANO Y MARIA PEGUERO SERRANO. Consistente en una porción de terreno, situada en el distrito municipal el Carril, Municipio de Haina, Provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de tres (03) hectáreas, ochenta (80) áreas, cuarenta y nueve (49) centiáreas y treinta y tres (33) decímetros cuadrados, ubicado dentro de la parcela No. 75-A-16 -porción-L, de D.C. No.08, del Municipio de San Cristóbal, aviso de conformidad con el párrafo II de artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TITULO POR PERDIDA O DETERIORO.

LICDA. CLARIBEL PEGUERO B., Abogada.

LIC. JOAQUIN ARIAS Abogado Apoderado

ASOCIACION DE DESARROLLO DE LA DESCUBIERTA (ASODES) AVISO DE CONSTITUCION En cumplimiento con la ley No. 122-05, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro, del 3 de mayo del año 2005, y su Reglamento mediante el Decreto 40-08 del 18 de enero del año 2008, se hace de público conocimiento: 1.-Constitución: El 25 de agosto del 2018, se constituyó y se aprobaron los Estatutos de la Asociación de Desarrollo de La Descubierta (ASODES), 2.- Domicilio provisional: calle Santiago Rodríguez No. 64, sector San Lázaro, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. 3.- Visón: Establecer Alianza Estratégica con los Grupos que Convergen en el Municipio de La Descubierta. 4.- Misión: Promover y Ejecutar Actividades de Desarrollo en todo el Municipio de La Descubierta. 5.- Principio: Su organización interna y funcionamiento es apolítico, democrático, respetando el pluralismo, la diversidad de opinión y creencias religiosas, la no discriminación por razón funcionamiento es apolítico, democrático, respetando el pluralismo y la diversidad de opinión, la no discriminación por razones de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra condición personal, social o económica. 6.- Objetivo General: Promover y Fortalecer el Desarrollo Integral del Municipio de La Descubierta. 7.- Nómina de presencia: Treinta y Dos (32) asistente. 8.- Radio de Acción: Todo el Territorio Nacional e Internacional. 9. -Duración: indefinida. 10.- Consejo Directivo: Guerin Medina Medina, Vitalia Méndez Ramírez de López, Johanny Ysabel Duval Ferreras, Máximo Medina Pérez, Augusto Pérez Cuevas, Carlos Alberto Ramírez Méndez y María Elena Dotel Vásquez.

Lic. Santos Medina Medina, Representante Legal. FC 361248


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACIÓN DE INCORPORACIÓN MISIONERAS DOMINICAS DEL ROSARIO En cumplimiento con lo establecido en el artículo 5, Párrafos I, II y III de la Ley 122-05, de fecha 8 de abril del año 2005, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que mediante Resolución marcada con el No. 00013, de fecha veinte (20) de Julio del año 2018, emitida por la Procuraduría General de la República, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro MISIONERAS DOMINICAS DEL ROSARIO, con su domicilio y asiento principal en la calle Rosa Duarte No. 24 A, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, Esta institución tiene como fin principal: “Educativa, religiosa, promoción humana, social”. La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. Sus miembros fundadores son: MARIA ESTIBALIZ LADRON DE GUEVARA ORTIZ, MARIA MILAGROS VELEZ, MARIA LUISA FOLGADO MARTI, LAURA NICOLASA YAX TIU, MIGDALIA ALTAGRACIA PEREZ NIVAR y a su vez la Junta Directiva está constituida por cinco (5) personas, quienes son: MARIA ESTIBALIZ LADRON DE GUEVARA ORTIZ, Presidente (Coordinadora Provincial); MARIA MILAGROS VELEZ, Vicepresidente (Vicaria Provincial), LAURA NICOLASA YAX TIU, Secretaria (Secretaria Provincial); MARIA LUISA FOLGADO, Tesorera (Administradora Provincial); MIGDALIA ALTAGRACIA PEREZ NIVAR, Vocal; esta Junta Directiva tendrá una duración de tres (3) años, según se establece en el artículo 25 de los estatutos. En tales condiciones encargar a Dra. Waleska A. Ruiz Peña para que solicite el beneficio legal de la incorporación de la MISIONERAS DOMINICAS DEL ROSARIO, por las vías correspondientes, ante la Procuraduría General de la República o cualquier otra institución. Se cumple con los requisitos de la presente publicación conforme se hace constar en la certificación expedida por la Procuraduría General de la República, de fecha Treinta y un (31) de julio del 2018. En tanto, que los documentos constitutivos, así como la resolución de incorporación y su certificación, serán depositados en la Secretaria de la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, así como en el Juzgado Paz de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

MARIA ESTIBALIZ LADRON DE GUEVARA ORTIZ, Presidente.

OFICINA DE ABOGADOS Y NOTARÍA “LIC. RAMÓN ANTONIO JORGE RIVAS” CALLE LA ROSITA No. 17 (ALTOS), MÓDULO No. 2-J, ENSANCHE ROMÁN I, SANTIAGO, R. D. TEL. (809) 576-2003 PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42, párrafo 1ero., de la ley No. 1306-bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha 17 de mayo del año 2017, LA SEXTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, REP. DOM., dictó la Sentencia Civil No. 1451-2018SSEN-00500, cuya parte dispositiva, textualmente expresa: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de ROSA JOSEFINA ESPAILLAT VÁSQUEZ, por no haber comparecido, no obstante estar legalmente citada y emplazada. SEGUNDO: ADMITE el divorcio entre los señores ADALBERTO BLAS LIRANZO JORGE y ROSA JOSEFINA ESPAILLAT VÁSQUEZ, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplidos los requisitos de ley. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: COMISIONA al Ministerial Pedro Anastacio De la Cruz, Alguacil Ordinario de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia. Y por esta, nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda, firma y publica. Firmada por: La Magistrada MIGUELINA DÍAZ PAULINO (JUEZ) y HEIDY NÚÑEZ (SECRETARIA). Que en fecha 08 de agosto del año 2018, el Oficial de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Santiago, República Dominicana, pronunció el referido divorcio, y transcribió la antes mencionada Sentencia que lo admite; bajo el Libro No. 00012, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0111, bajo el Acta No. 001156, del año 2018. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. RAMÓN ANTONIO JORGE C. (ABOGADO APODERADO)

FC 361256

PUBLICACIÓN DE INCORPORACIÓN SOLIDARIDAD ENTRE HERMANOS

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 5, Párrafos I, II y III de la Ley 122-05, de fecha 8 de abril del año 2005, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que mediante Resolución marcada con el No. 00012, de fecha veintisiete (27) de Junio del año 2018, emitida por la Procuraduría General de la República, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro SOLIDARIDAD ENTRE HERMANOS, con su domicilio y asiento principal en la calle Respaldo María Montes No. 102, La Zurza, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Esta institución tiene como fin principal: “Dedicada a la misión educativa, promoción humana, religiosa y cultural.” La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. Sus miembros fundadores son: MARIA ESTÍBALIZ LADRÓN DE GUEVARA ORTIZ, MARIA LUISA FOLGADO MARTÍ, HERMIDIA MARTE FERRER, CLAUDE JUSTE, MAGDALENA FELIZ NELSON y a su vez la Junta Directiva está constituida por cinco (5) personas, quienes son: MARIA ESTÍBALIZ LADRÓN DE GUEVARA ORTIZ, Presidente, HERMIDIA MARTE FERRER, Secretaria, MARIA LUISA FOLGADO MARTI, Tesorera; CLAUDE JUSTE, Vocal; MAGDALENA FELIZ NELSON, Vocal; esta Junta Directiva tendrá una duración de tres (3) años, según se establece en el artículo 25 de los estatutos. En tales condiciones encargar a Dra. Waleska A. Ruiz Peña para que solicite el beneficio legal de la incorporación de la SOLIDARIDAD ENTRE HERMANOS, por las vías correspondientes, ante la Procuraduría General de la República o cualquier otra institución. Se cumple con los requisitos de la presente publicación conforme se hace constar en la certificación expedida por la Procuraduría General de la República, de fecha Dos (02) de julio del 2018. En tanto, que los documentos constitutivos, así como la resolución de incorporación y su certificación, serán depositados en la Secretaria de la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, así como en el Juzgado Paz de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Para conocimiento general y en cumplimiento del Art.42 de la Ley No.1306-Bis, sobre Divorcio se hace saber lo siguiente: a) Que en fecha Diecinueve (19) de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Primera Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, dictó una Sentencia marcada con el No. 208-2018-SSEN-01064 , cuyo dispositivo es el siguiente: F A L L A PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos ANTONIO CIRIACO GARCIA y MARISOL ANTONIA LUNA VALDEZ, conforme al acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por ante el Notario Público de los del Numero para el Municipio de La Vega, Licenciado BENITO CEPEDA PAULINO, en fecha Veintitrés (23) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo de las formalidades del caso.- TERCERO: Compensa las costas por tratarse de Litis entre esposos./ Nuestra Sentencia así se pronuncia, ordena y firma.(Firmado) MAGISTRADA YLONKA ESPERANZA BRITO HENRIQUEZ, JUEZA PRESIUDENTA./ LEIDY JOSEFINA LESPIN TAPIA, SECRETARIA.b) La indicada Sentencia ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del municipio de La Vega, en fecha (10) Diez de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), bajo el Acta No.000377, Libro No. 00004, de registro de Divorcio, Folio No.0153 , año 2018. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los (27) Veintisiete días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

MARIA ESTIBALIZ LADRON DE GUEVARA ORTIZ, Presidente.

LIC. YERLIN ALTAGRACIA BETANCES ROSARIO Abogado

FC 361256

LEGAL 17

(BCP-AC-13849-PC-ENV)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES EN DOMICILIO DESCONOCIDO En virtud de las disposiciones del el artículo 22, de la ley 1306-bis, sobre divorcio, por medio del presente aviso el señor JOSE OLIVO PAULINO REYES, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0289938-6 domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a LICDO. RAFAEL MORA SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0195255-8, matriculado en el Colegio Dominicano de Abogados con el No.14686-492, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la calle General Cabrera Esquina Mella , Edificio Álvarez Báez, tercera Planta, modulo 12, en esta ciudad de Santiago, por medio del presente aviso el señor JOSE OLIVO PAULINO REYES a su esposa, la señora GLORIA MARIA PEÑA UREÑA , que ha falta de información del lugar de su residencia y que en virtud de que su ultimo domicilio conocido es, calle callejón los estrella no.48, del sector Canabacoa de esta ciudad de Santiago lo emplaza por ante el Magistrado Procurador Fiscal de Distrito Judicial de Santiago, para que comparezca a la AUDIENCIA que se celebrara a puertas cerradas el día martes que contaremos a once (11) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho , a las once (11:00) de la mañana a comparecer por ante la quinta Sala de familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, para asuntos de divorcio, en la audiencia civil que se realizara a puerta cerrada en dicho tribunal en una de sus salas ubicado en la última planta del Palacio de Justicia, Lic. Federico Carlos Álvarez, sito en la manzana formada por las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación, y las calles E. Guerrero (antigua Calle 3 y calle No. 4, del Ensanche Román I), La presente publicación es autorizada por el LICDO. RAFAEL MORA SANCHEZ, en calidad de abogado constituido y apoderado especial del demandante En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. RAFAEL MORA SANCHEZ ABOGADO

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veinticuatro (24) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la sentencia civil No. 01421-18, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos ANGEL TOMAS RODRIGUEZ VIÑAS y VICTORIA FABIAN PEREZ, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio No. 82-2018, instrumentado por el Notario Público del Distrito Nacional, LIC. RAFAEL FERNANDEZ RAVELO en fecha 21/05/2018, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo, se hace constar que en fecha siete (7) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), el Sr. José Agustín Reyes Durán, Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00020 de registros de Divorcio, bajo el Acta No. 001751, Folio No. 0119, del año dos mil dieciocho (2018), así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día veinticuatro (24) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la Ley No.1306- Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha diecisiete (17) del mes de mayo del año 2017, La Cuarta Sala De La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia De la Provincia Santo Domingo, especializada en asuntos de familia, dictó una sentencia de divorcio por mutuo consentimiento, marcada con el No.1169/2017, registrado el veinte (20) de agosto del año Dos mil Dieciocho (2018) en la Oficialía Civil de la 4ta. Circunscripción, Santo Domingo Este, inscrito en el Libro No.00003 de registros de DIVORCIO, Folio 0051 el divorcio entre los señores JESUS ISIDRO LOPEZ VASQUEZ portador de la cédula de identidad Y electoral No.001-0506846-4 Y ROSA NERIS ARIAS MATOS, portadora de la cédula de identidad y electoral No.001-0535858-4. PRONUNCIADO el veinte de agosto del año dos mil dieciocho (20-8-2018) EN SANTO DOMINGO ESTE EL DIA 28 DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (28/8/2018)

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha treinta y uno (31) del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, octava Sala para asunto de Familia, mediante la sentencia civil No.01472-18, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos REYNALDO AMANCIO SANCHEZ y ARGENTINA MOREL RAMOS; en consecuencia homologa el Acto de estipulación de divorcio número 189-18, instrumentado por ante la Notaria Público del Distrito Nacional, LICDA. Johanna Rossy Reyes Genao, en fecha 21/5/2018. SEGUNDO: Ordena la guarda y cuidado de los menores Lia Mary, Daren Leonardo, Orlin Massiel y Rey Allen, a cargo de su madre Argentina Morel Ramos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo se hace saber que en fecha día trece del mes de agosto del año Dos Mil dieciocho (13-8-2018), la señora Laura Patricia Adames Reyes, Oficial del Estado Civil de la 2da. Circunscripción, Distrito Nacional procedió al archivo y sometió a la inscripción el referido divorcio en el Registro, destinados a esos fines correspondiéndole el Libro No.00005 de registros de Divorcios, Folio No. 0082, Acta No. 000271, del año (2018), en la Oficialía del Estado Civil de la 2DA. CICUNCRIPCION de DISTRITO NACIONAL. Así fue como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de Divorcio entre los señores REYNALDO AMANCIO SANCHEZ, país de República Dominicana, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0351878-3 y la señora ARGENTINA MOREL RAMOS, país de República Dominicana, Cédula de Identidad y Electoral No.001-1627730-2, por causa de mutuo consentimiento, en fecha treinta y uno del mes de julio del año dos mil dieciochos (317-2018) cumpliendo las formalidades exigidas por la Ley que rige la materia. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día veintisiete (27) del mes de agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. MARIO ROJAS, FC 361246

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para general conocimiento y en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber que en fecha veintiocho (28) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), la Quinta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil No. 00730-18, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de GERSON RAMIRO PUELLO HEREDIA, por no haber comparecido, no obstante estar legalmente citado y emplazado; SEGUNDO: ACOGE la presente demanda, en consecuencia ADMITE el divorcio entre los señores MAURA MARIA RODRIGUEZ TAVERA y GERSON RAMIRO PUELLO HEREDIA, por la causa determinada de incompatibilidad; TERCERO: ORDENA a la parte más diligente, proceder hacer transcribir la presente sentencia y a pronunciar el referido divorcio por ante el Oficial de Estado Civil correspondiente, una vez cumplido los requisitos de ley; CUARTO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: COMISIONA al ministerial RICHARD RAFAEL CHAVEZ SANTANA, alguacil de Estrado de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. Firmada por: La Magistrada Eugenia Elizabeth Álvarez Rodríguez, jueza y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria general, que certifico y doy fe que es copia fiel a su original, a solicitud de la parte interesada. El día 13 de junio del 2018. Dicho divorcio fue debidamente pronunciado el día veintitrés (23) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, en el Libro de Registro de Divorcio No. 00005, Folio 0019, bajo el Acta No. 000819, del año 2018- La siguiente publicación ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. JOAQUIN ARIAS Abogado Apoderado

AVISO DE INCORPORACION CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL LOS MISIONEROS, CDIM En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No.00013, de fecha 20 de Julio del año 2018 fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines lucro CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL LOS MISIONEROS, CDIM, con su domicilio en la Calle Marcos Adón, No.221, en el Sector de Villa Juana de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. Esta institución tiene como fin: fomentar el desarrollo de niños, niñas y adolescentes de escasos recursos mediante acciones encaminadas a su desarrollo integral y sostenible para la mejoría de sus vidas potable, adecuada integración en la sociedad, proveer alimentación y agua potable, proveer los medios y recursos para su educación, capacitación y entrenamiento técnico, profesional y cristiano, proveer útiles, libros, uniforme y calzado escolar, facilitar y gestionar el acceso a la salud, cuidados especiales de psicólogos, pediatras, odontólogos y medicina general y proveer los medios y recursos para el desarrollo de las familias de estos niños de manera que se conviertan en entes sanos y productivos en su comunidad. Sus miembros fundadores son: Joel David Pérez González, Joan Manuel Heredia, Wanda Mayelin Germán Morla, Fausto Antonio Cabreja Martínez y Raquel Elizabeth Pérez De Pérez, y a su vez el consejo directivo está constituido por cinco (5) personas, quienes son: Joel David Pérez González-Presidente; Joan Manuel Heredia-Vicepresidente; Wanda Mayelin Germán Morla-Secretaria; Fausto Antonio Cabreja Martínez-Tesorero y Raquel Elizabeth Pérez De Pérez-Vocal. La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 28 días del mes de Agosto del año 2018.

Joel David Pérez González, Presidente. FC 361250

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora SRA. KIARA E. SOTO, de nacionalidad estadunidense, portadora del No. 507754968, cuyo domicilio se desconoce en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo el señor: SENECA JUNIOR LOPEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 031-0549094-4, domiciliado y residente en la calle L, No.24, americanan palma, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, por órgano de su abogada constituida y apoderada especial, LICDA. GABRIELA ALMONTE DE POLANCO , dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédulas de Identidad y Electoral No. 122-0004641-0, matriculada en el Colegio de Abogados con el Número 58470-88-15, con estudio profesional abierto en la Av. Estella Sadhada Núm.181, Ens. Libertad, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, que se propone a incoar en su contra por ante la QUINTA sala del salón de audiencias del centro de servicios secretariales de las salas civiles de asuntos de familia de Santiago (primera planta, palacio de justicia Lic. Federico C. Álvarez. Av. 27 de febrero, en esta ciudad de Santiago de los caballeros, el día jueves que contaremos a veinte (20) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las once (11:00) horas de la tarde, en virtud de que se desconoce el domicilio de la señora SRA. KIARA E. SOTO, se hace de público conocimiento que procederemos a notificarle la demanda de divorcio en el despacho de la procuradora fiscal, de esta ciudad de Santiago, en virtud del Art. 69 párrafo 7mo. Del Cód. Dom., el día jueves que contaremos a treinta (30) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018). Publicación autorizada por el infrascrito, abogada apoderada especial, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LICDA. GABRIELA ALMONTE DE POLANCO Abogada Apoderada


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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De conformidad a la ley 1306-Bis sobre Divorcio en la República Dominicana, y en cumplimiento a lo establecido a ponerle en conocimiento a la parte demandada MIGUELINA ALTAGRACIA PEÑA TRINIDAD, cedula 032-0001779-0, de quien se desconoce su domicilio, que se le CITA Y EMPLAZA para que Comparezca ante el despacho de la Procuraduría Fiscal de Santiago y tome conocimiento de la demanda de divorcio en su contra, se le emplazara el día 27 de agosto 2018, para que comparezca ante la Cuarta Sala de lo Civil, Asuntos de Familia, ubicada en la segunda planta o segundo nivel del palacio de Justicia de Santiago, ubicado en las intercepciones de las avenidas 27 de Febrero, E. Guerrero, del sector Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago, viernes que contaremos a siete (7) del mes de septiembre 2018, a las 9:00 de la mariana, para que de forma personal o por apoderamiento de un abogado; comparezca, para que tome conocimiento de la demanda en divorcio que interpuso su legítimo esposo, el señor MIGUEL ANGEL CASTILLO, dominicano, mayor de edad, casado, titular de su cedula de Identidad y Electoral número 031-0099058-3, pedir por medio de su abogado apoderado LIC. VICENTE ANTONIO DE JESUS GUTIERREZ MEJÍA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la Republica con carnet número 52109-13, y estudio profesional abierto en la casa número 58, de la calle 53, sector Ensanche Mella I, de esta ciudad de Santiago, Titular de la Cédula de Identidad número 0310075313-0, pedir: El fallo siguiente: Admitir el divorcio interpuesto por el demandante. Que se acoja el testimonio de la señora BONNY FELICIA GONZALFZ CASTILLO, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, titular de su cedula número 031-0099762-0. Que se compensen las costas.

LIC. VICENTE ANTONIO DE JESÚS GUTIERREZ MEJÍA. Abogado apoderado

AVISO DE FECHA PARA LA VENTA DE INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De general conocimiento y de conformidad con el Artículo 153 de la Ley 6186 de Fomento Agrícola y el Articulo 696 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley No. 764 del 20 de diciembre de 1944, se hace la presente publicación: FECHA DE ADJUDICACIÓN: El día Martes que contaremos Dieciocho (18) de Septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las nueve (9) horas de la mañana. TRIBUNAL COMPETENTE: La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Higüey, en sus atribuciones civiles, ubicado en uno de los salones del Palacio de Justicia, en la calle Agustín Guerrero No. 55 Esq. Beller, Higüey, República Dominicana. DESIGNACIÓN DEL INMUEBLE: “PARCELA NÚM. 65-A-003-5065, DEL DISTRITO CATASTRAL NÚM.11.2da, CON UNA EXTENCION SUPERFICIAL DE 112,944.00 METROS CUADRADOS, IDENTIFIADO CON LA MATRICULA NÚM.1000019300, DE LA CIUDAD DE HIGUEY, PROVINCIA LA ALTAGRACIA, CON TODAS SUS MEJORAS, ANEXIDADES PRESENTES Y FUTURAS, PROPIDAD DEL SEÑOR RUBEN JIMENEZ JIMENEZ”. PERSIGUIENTE: La venta en Pública Subasta se realiza a requerimiento del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, institución bancaria organizada de acuerdo con la Ley No. 6133 de fecha 17 de diciembre de 1962 y sus modificaciones subsiguientes, con su domicilio y oficina principal en el edificio Torre Banareservas avenida Winston Churchill esquina Porfirio herrera ensanche Piantini, de esta ciudad de Santo Domingo, debidamente representado por el Licdo. Bienvenido Juvenal Vasquez a Díaz, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario de banco, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral Num.001-0124486-1, quien tiene como abogados constituidos a los LICDA. MONTESSORI VENTURA GARCIA, LICDO. RAMON MEDINA CUSTODIO Y MARINO ANTONIO CORDERO NUÑEZ, Abogados de los tribunales de la Republica, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001-0067594-1, 010-0013229-8 y 001-1519300-5, respectivamente, matriculados en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, bajo los números, 5097-141-87, 16934-45-96 y 38060-237-08, respectivamente, con su estudio profesional común abierto en un apartamento de la segunda planta del Edificio Torre Bella Vista, en el cual se aloja una de las oficinas del Banco de Reservas de la República Dominicana, ubicada en la Avenida. 27 de febrero Num.336, entre las avenidas Dr. Defilló y Winston Churchill, ensanche Bella Vista, Santo Domingo Distrito Nacional, Teléfono (809) 960-7100, Ext. 2569, y domicilio Ad-hoc, en las oficinas del Banco de Reservas, situada en la Calle José A. Santana No. 110 Esquina calle Higuanamá, Sávica, Higüey, Provincia La Altagracia, donde mis requerientes hacen formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente procedimiento de Embargo Inmobiliario. EMBARGADO: RUBEN JIMENEZ JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, Soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.028-0002817-3, domiciliado en la Avenida Libertad, Núm. 246, Higüey, Provincia la Altagracia, República Dominicana. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El Mandamiento de Pago fue notificado al embargado en fecha nueve (09) del mes de Marzo del año dos mil dieciocho (2018), mediante Acto número 547/2018, instrumentado por el Ministerial FRANCISCO ALB. GUERRERO, Alguacil Ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de Higüey, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, inscrito el día veintiuno (21) de Marzo del 2018, por ante el Registro de Títulos de Higüey. PRECIO: El precio de primera puja fijado por el persiguiente es la suma NUEVE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL DOCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 12/100) (RD$9,066,266.12), por concepto de capital e intereses, más los gastos y honorarios del procedimiento, los cuales serán sumados como precio de primera puja, de conformidad con la Ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Todo licitador deberá depositar en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Higüey, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana, sin cuyo requisito no será admitido licitador de conformidad con el pliego de condiciones depositado. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior, de conformidad con el pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en la Secretaría de dicho tribunal en fecha Veintisiete (27) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018). En la ciudad de Higüey, Provincia la Altagracia, República Dominicana, a los Veintiocho (28) días del mes de agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Licdo. Marino Antonio Cordero Núñez, Licda. Montessori Ventura Garcia y el Licdo. Ramón Medina Custodio, Abogados del Banco de Reservas. FP 27195

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA

EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

Para General conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día MIERCOLES, que contaremos a DOCE (12), del mes de Septiembre del Año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las NUEVE (9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz Ordinario de la Cuarta Circunscripción del Distrito Nacional, ubicado Calle Ramón Cáceres Núm.134, esquina Genaro Pérez, Ensanche la Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional, se conocerá la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador del bien dado en garantía por el señor THIERRY MARIE JOSEPH LACOUR, el vehículo se encuentra actualmente en la oficina del Banco de Reservas de la República Dominicana, sito en la avenida 27 de Febrero Núm. 336, edificio Bella, 27 ensanche Bella Vista, del Distrito Nacional, con la siguiente descripción: “UN JEEP, MARCA FORD, MODELO EXPLORER, AÑO: 2012, COLOR BLANCO, MOTOR SERIE NUM.CGA10137, CON CAPACIDAD DE SIETE PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ 3500, SEIS CILINDROS, CINCO PUERTA, CHASIS NUM.1FMHK7B89CGA10137, REGISTRO DE PLACA. G267851, PROPIEDAD DE: THIERRY MARIE JOSEPH LACOUR, mediante Contrato de Prenda suscrito en fecha seis (06) de octubre del año dos mil quince (2015), debidamente inscrito en el Juzgado de Paz Ordinario de la Cuarta Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 06 del mes de enero del año 2016, a favor del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. El precio de la primera puja será la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$845,925.00), conforme a la tasación de fecha 13 del mes de julio del 2018, por el tasador Pedro Julio Avilés, sin perjuicios de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de vendutero público una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la Ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del Año Dos Mil Dieciocho (2018).

Lic. Marino Antonio Cordero Núñez, Por sí y por los señores Licda. Montesoris García Ventura y Licdo. Ramon E, Medina Custodio, Abogados del Persiguiente. FP 27188

SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO LA PÉRDIDA DEL CERTIFICADO DE TÍTULO DEL INMUEBLE DESCRITO COMO: Parcela No. 403480071734, Certificado de Título Matrícula No. 3000034426, con 6,596.90 metros cuadrados de extensión superficial, del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a favor de la señora ISABEL MARIA SOUSA DE PAZ. PRIAMO JOSE RAMIREZ SOUSA GENOVEVA DEL PILAR RAMIREZ SOUSA LUIS ADOLFO RAMIREZ SOUSA ELIZABETH MERCEDES MARIA RAMIREZ SOUSA. FC 361258

AVISO DE MENSURA CATASTRAL En cumplimiento con el Art. No. 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se avisa a los colindantes, a los copropietarios y al público en general que el día 7 de Septiembre del año 2018, a las 09:00 a.m. se ejecutarán los trabajos de Actualización de Mensuras de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 110-REF-780-A-8-B del D.C. No. 4, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, ubicada en la Marginal de la Aut. 6 de Noviembre, Sector Engombe, Herrera, propiedad de la COMPAÑÍA PARQUE INDUSTRIAL ZONA FRANCA GURABO, S.A., debidamente representado por el Sr. JOSÉ RAFAEL CLASE MARTÍNEZ.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones que emanan de la Ley No.2153, la cual amplía el artículo 22 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio en la República Dominicana, por medio del presente aviso el señor Miguel Ángel Alcántara Díaz, dominicana, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en esta Ciudad y Municipio de Constanza, portador de la cedula de identidad y electoral número 402-2005107-8, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Lic. José Alberto Victoriano Rosa, de nacionalidad dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad, personal y electoral número 053-0040022-2, Abogado de los Tribunales de la República, designado por la Honorable Suprema Corte de Justicia, debidamente Registrado en el Colegio Dominicano de Abogados, con el exequátur No. 43459, mediante decreto No. 385-10, con mi estudio profesional abierto de forma permanente en la calle Duarte No.18 de esta ciudad de Constanza, con teléfonos Números: 809-539-3988, y 809-5079141, Email: josejkl06@gmail.com; le advierte a su legítima esposa la señora Ángela C Marrero, mayor de edad, casada, portadora del pasaporte de identidad personal No. 468599898; que a partir del día treinta (30) del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018), procedimos a emplazarla en Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, para que comparezca por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo, de la forma y manera que determina la ley, a la audiencia a puerta cerrada que celebrará el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, el día miércoles que contaremos a doce (12) del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho (2018), sito en el primer nivel del edificio que aloja el Palacio de Justicia de este municipio de Constanza, el cual se encuentra ubicado en la calle General Gregorio Luperón No. 11 de esta misma ciudad y municipio de Constanza, Provincia La Vega, a los veintisiete (27) días del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Lic. José Alberto Victoriano Rosa Abogado (AC-13844-WP-27-28-29/08/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por Ley 2153 de 1949, el sr. FRANCISCO FERNANDEZ COLLADO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D. cedula no.001-04596060-9 quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS, cedula no. 047-0109674-7, con estudio profesional abierto en el NO.38 (altos) de la Calle Manuel Ubaldo Gómez esq. Núñez de Cáceres Apto.200 Edif. Pascal de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora DIOSMARY CARIDAD VALDEZ GARCIA, cuyo ultimo domicilio conocido por su esposo lo fue en Villa Rosa, municipio La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 31 del mes de agosto del año 2018 a las 9:00 a.m. Así como en la Secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 17 del mes de SEPTIEMBRE del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 27 días del mes de AGOSTO del año 2018.

LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-13845-CEA-DEV-27-28-29/08/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento público y en cumplimiento a las disposiciones del artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, el señor EDUARDO ROMERO, dominicano, mayor de edad, casado, vendedor, portador de la cedula de Identidad y Electoral No. 025-0039179-8, domiciliado y residente en e; Km. 15, casa S/N de la carretera Seibo Hato Mayor cerca del parador El Oasis de este Municipio de EL Seibo, por medio de su abogado apoderado y constituido especial el LIC, GUILLERMO MANUEL NOLASCO BAEZ,, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los tribunales de la República con matricula No. 13100-143-92. portador de la cédula de identidad y electoral No. 0011187358-4, con estudio profesional abierto de manera permanente en la calle Nuestra Señora del Rosario, No, 19-A, Apto 2-8, segundo nivel, del sector Los Hoyitos, de esta ciudad de El Seibo, por medio del presente aviso advierte a su legitima esposa, señora ASHLEY MARIE D’ ORIA, país de nacionalidad Canadá, mayor de edad; casada, portadora del pasaporte extranjero No. JL411053, cuyo último domicilio conocido fue en la carretera Seibo Hato Mayor Km. 15; casa No. 81 al lado de la escuela del Oasis de este Municipio de El Seibo, que a falta de información sobre su actual domicilio y residencia, se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día 31 del mes de Agosto del año 2018, a las 11:00 horas de la mañana en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de El Seibo, en su despacho del palacio de Justicia de la Primera Planta, ubicado en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, así como en la puerta del Tribunal donde se conocerá de la demanda aludida, para que comparezca el día 18 del mes de Septiembre del año 2018, a las 9:00 Horas de la mañana, a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, en atribuciones civiles, ubicada en la Avenida Manuela Diez Jiménez No, 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, En la Ciudad de Santa Cruz de El Seibo, República Dominicana a los 27 días del mes de Agosto del año 2018.

LIC. GUILLERMO MANUEL NOLASCO BAEZ Abogado del Demandante

HECTOR FCO. GRATEREAUX BOVES, Agrimensor Contratista/Codia 2582. Tel.: (809) 981-6452. Agr_hgratereaux@hotmail.com FC 361260

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el Artículo 42 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, hacemos de público conocimiento lo siguiente: A) Que La Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para asuntos de Familia, Sexta Sala, en sus atribuciones civiles y en materia de divorcio, dictó la Sentencia Civil No. 5312018-SSEN-01161, Expediente No. 531-2018-ECON-00939, de fecha trece (13) de junio del año dos mil dieciocho (2018), cuya parte dispositiva copiada textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Manuel José Tarrazo Finke y María Amalia Troncoso Freites, por su muto consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.20, firmada por los esposos, de fecha 13 de abril del 2018, por ante la Dra. Berquis Dolores Moreno, Abogada Notario Público de las del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, Ordena, Manda y firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Juez Suplente; Mirtha M. de la Cruz Díaz, Secretaria). La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. B) Que la Sentencia de divorcio que antecede, cuyo dispositivo figura más arriba, fue pronunciado y transcrito por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional en fecha trece (13) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), Registrada en el Libro No. 00018 de Registros de Divorcio, Folio No. 0041, Acta No. 001514, Año 2018. Lic. JAIME RAFAEL LAMBERTUS SANCHEZ, Abogado de los esposos. FC 361257

AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.) A UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L). De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la COMPAÑÍA “CORPORACIÓN PARA LA INFRAESTRUCTURA DE JUAN DOLIO, S.A.,”, a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía “CORPORACIÓN PARA LA INFRAESTRUCTURA DE JUAN DOLIO, S.A.,”, la cual se denominará “CORPORACIÓN PARA LA INFRAESTRUCTURA DE JUAN DOLIO, S.R.L.,” la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y sus nuevos Estatutos; la sociedad tendrá como objeto social dedicarse a) elaborar y poner la ejecución de planes para la infraestructura de la zona de Juan Dolio, muy especialmente aquellos que sean necesarios para el desarrollo inmobiliario turístico de las operaciones hoteleras, implantadas en dicha zona. b) cualesquiera actividades que se relacionen directa o indirectamente con los fines antes dichos; c) participar bien sea directa o indirectamente, en todas las operaciones existentes, fusión, alianza o entendido con ellas, de asociación en participación con sociedades de esta naturaleza o con otras personas de todo o parte de sus bienes y derechos, mobiliarios, de comanditas, de avance préstamos o de otro modo; y d) generalmente, realizar todas las operaciones de licito comercio y mercantiles, que en el futuro disponga el consejo de administración; con un capital social de Cinco Millones Doscientos Veintitrés Mil Quinientos Pesos Dominicanos (RD$5,223,500.00); la empresa será administrada por uno o varios gerentes, designados al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, y el informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la compañía “CORPORACIÓN PARA LA INFRAESTRUCTURA DE JUAN DOLIO, S.A.,”, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la Compañía el día 14 de septiembre del 2018. El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el balance especial estará a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía.FE DE ERRATA Hacemos constar que esta publicación fue solicitada por la parte interesada para ser publicada el día 25-08-2018, por una equivocación involuntaria se publicó con un error en la numeración del capital social, por lo que procedemos a publicar nueva vez el día de hoy.

ATT: EL NUEVO DIARIO FC361225


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente: 6632018023073 Aviso: a la Dirección Regional De Mensuras Catastrales del Departamento Central, Colindantes y al Público en General, que el día 05 de septiembre del año 2018, a las 09:00 A.M., daré inicio a los trabajos de Mensuras para Deslinde, al inmueble propiedad de: ROSA La De Las MERCEDES RAMOS MARTINEZ DE JANA, ubicado en la Parcela: 110-REF780-A, Distrito Catastral: 04, Municipio: Santo Domingo Oeste, Provincia: Santo Domingo, en la calle La Laguna, Engombe.

Agrimensor JOSE ANTONIO MEJIA BONIN, Codia: 5173. Teléfono: (809) 697-2490.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 265892, expedido por el BANCO BHD-LEON, S. A., en favor de Mirella Rivas Encarnación, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0094409-9 y/o Luis Ramon de Jesús Lahiri Valverde Rivas, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0096552-4, en fecha 29 de junio de 2010, por la suma de RD$1,250,000.00 (un millón doscientos cincuenta mil pesos dominicanos). La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes.

Expediente: 6632018032341 Aviso: a la Dirección Regional De Mensuras Catastrales del Departamento Central, Colindantes y al Público en General, que el día 04 de septiembre del año 2018, a las 09:00 A. M., daré inicio a las trabajos de Mensuras para Deslinde, al inmueble propiedad de: CARMEN AURA CRISOSTOMO MORILLO De FERMAN, ubicado en la Parcela: 14-PROV-A-1Z, Distrito Catastral: 04, Municipio: Santo Domingo Oeste, Provincia: Santo Domingo, en San Benito.

Agrimensor JOSE ANTONIO MEJIA BONIN, Codia: 5173. Teléfono: (809) 697-2490.

De conformidad con el Artículo No. 92, párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y del artículo No. 86 de Reglamento para su aplicación, por este medio hace público conocimiento la pérdida DEL CERTIFICADO DE TÍTULO DE ACREEDOR correspondiente al inmueble que se describe a continuación: PORCION DE TERRENO SUPERFICIE DE 299.97 MATRICULA 30002284109 dentro del inmueble parcela 5-A-REF-B-1, Distrito Catastral No.18, UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN del cual el Banco de Reservas es acreedor hipotecarlo por la suma de RD$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), propiedad de los señores MANUEL ALEJANDRO TEJERA SMITH Y OFELIA VASQUEZ RIVAS. LIC. ANGEL HERNANDEZ DE LA PAZ, Abogado. FC 361254

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 265899, expedido por el BANCO BHD-LEON, S. A., en favor de Mirella Rivas Encarnación, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0094409-9 y/o Luis Ramon de Jesus Lahiri Valverde Rivas, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0096552-4, en fecha 12 de julio de 2010, por la suma de RD$950,000.00 (novecientos cincuenta mil pesos dominicanos). La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes.

AVISO CORRECCION ESTADO CIVIL Se hace de público conocimiento que el señor LAGARDERI ESTRELLA ROQUE, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula no. 031-0234376-5, domiciliado y residente en Pie del Cerro entrada a La Lima, sector Carrera de Las Palmas, de esta Ciudad de La Vega, R.D., por medio de la presente publicación hace constar que en el Certificado de Título de Propiedad No.145 el cual ampara sus derechos de una porción de terreno con una extensión superficial de 160mts2; a su nombre correspondientes a la parcela no.132 dentro del Distrito Catastral No.03 del Municipio y provincia de La Vega, figura POR ERROR que su estado civil es CASADO al momento de adquirir dicho inmueble siendo lo correcto SOLTERO encontrándose en unión libre con la Señora MARICELA ALTAGRACIA SORIANO, a los fines de registro, corrección y nueva expedición, en el Registro de Títulos de La Vega. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

LAGARDERI ESTRELLA ROQUE Solicitante (RDA-AC-13854-PC-28-29-30/08/2018)

FC360226

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 277187, expedido por el BANCO BHD-LEON, S. A., en favor de Mirella Rivas Encarnación, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0094409-9 y/o Luis Ramon de Jesus Lahiri Valverde Rivas, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0096552-4, en fecha 20 de septiembre de 2010, por la suma de RD$125,000.00 (ciento veinticinco mil pesos dominicanos). La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes. FC360226

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento de las disposiciones del art. 92, párrafo 111 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la partida de la constancia anotada no. 128 libro no.71 folio no. 55-B, expedido a favor de BAUDILIO ANTONIO PEREZ GRULLON , correspondiente a Una Porción de Terreno con una extensión Superficial de: Cero Cuatro (04) Hectáreas, cincuenta y seis (56) áreas, cuarenta y ocho punto sesenta (48.60) Centiáreas, dentro de ámbito de la PARCELA No. 82, del DISTRITO CATASTRAL No. 29, del Municipio de Jarabacoa, de la Provincia de La Vega, amparándolo mediante tres constancia anotada No. 128 LIBRO 71 FOLIO 55-B. Carta constancias contentivas de las siguiente porciones: A) Cero UNO (04) Has, veintisiete (27)as, (34)cas cincuenta(50) Dms, B) 315 metros cuadrados, C) Cero tres (03) Has, treinta y dos (32)as, veintiocho (28)cas diez (10) Dms, que ampara la propiedad mencionada,

(MA-AC-13851-PC)

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

PERDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO DE ACREEDOR

AVISO DE PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA

BAUDILIO ANTONIO PEREZ GRULLON

FC360226

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

LEGAL 19

AVISO PERDIDA CERTIFICADOS FINANCIEROS Se hace de público conocimiento que se han extraviado los Certificados Financieros Nos. B491784, expedido por el BANCO BHD León, S. A., en favor de ROSA MARIA KASSE SOTO, en fecha 14 del mes de marzo del 2018, por la suma de DOS MILLONES DE PESOS CON 00/100 (RD$2,000,000.00) y B447159, expedido por el BANCO BHD, S. A., en favor de ROSA MARIA KASSE SOTO y JOSE ABRAHAM GONZALEZ KASSE, en fecha 14 del mes de marzo del 2016, por la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS CON 00/100 (RD$200,000.00). FC361276

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Para conocimiento general y en cumplimiento de lo que dispone el Artículo 92, Párrafo III, De La Ley No. 108-05, De Registro Inmobiliario, Del 23 De Marzo Del 2005, y el Articulo 86, Inciso B), del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace saber que se ha extraviado o perdido el Certificado de Titulo MATRICULA 2100010851, Expedido por el Registrador de Títulos de San Pedro de Macorís, a favor el señor IVAN OMAR POLONIO FELIX, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral no. 023-0135248-6, domiciliado y residente en San Pedro de Macorís, República Dominicana, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado como Unidad Funcional A-401, matrícula 2100010851, del condominio RESIDENCIAL CONDORD, ubicado en San Pedro de Macorís, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 14.8% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP00-01-006, ubicado en el nivel 04 del boque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 109.97 metros cuadrados.. Expedido por la Registrador de San Pedro de Macorís. A los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 40008-010298-6, emitido por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos de fecha 03 de diciembre del 2008, por un valor de Cuarenta Mil Pesos Oro (40,000.00) a nombre de Leonardo Clemente Espinal Ramírez, Céd.031-0368062-9 y Ana Luz del Carmen Rodríguez Pichardo, Céd.031-0387765-4. La presente se hace para los fines de ley correspondiente.

Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado de Depósito No. 007745, del BANCO AGRICOLA R.D., D.N., de fecha 19 de junio del 2018, por valor de RD$42,000.00, a nombre de LUCINDA CANELO URIBE, cédula No. 001-0792758-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Pérdida de Certificados de Inversión en Acciones

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO MENSURA CATASTRAL

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 2320031340, emitido por BanReservas, por un valor de RD$300,000.00 (Trescientos Mil Pesos con 00/100), a nombre de CINTHIA YSABEL AMPARO PEÑA ROJAS, cédula 001-1096059-8, Cartón: 803478. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente.

EXP. 6622018044377 Se avisa que el día 07 de septiembre 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE de 568.38m2 en la parcela 300-C D.C. 03 ubicada Las Mercedes municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 25/08/2018 propiedad de CARLOS JOSE GIL SALDIVAR quedan citados los colindantes y demás interesados.

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO MENSURA CATASTRAL

A nombre de la señora LIDIA MORILLO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 224-00668764, domiciliada y residente en la Calle 21-A, # 10, Sector El Café de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, Rep. Dom. Pérdida de Certificado Financiero con el No. 61514, con la Secuencia 119011000000544 de fecha 14/11/2017, con un monto de Cien Mil Pesos Dominicanos (RD$100,000.00), Banco de Ahorro y Crédito (ADOPEM).

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14-007-002254-2 fecha de apertura 08/06/2016 expedido por un valor de RD$1,050,000.00 (UN MILLON CINCUENTA MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

EXP. 662201804583 Se avisa que el día 08 de septiembre 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE de 120m2 en la parcela 42 D.C. 05 ubicada en el municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 22/08/2018 propiedad de ANDRES LA PAZ BERIS Y MARIA M. GARCIA CÁCERES DE LA PAZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

Se hace público conocimiento la pérdida de los Certificados de acciones de Seguros Universal, S.A., No.019 con 27,818 acciones del 09/7/2009, No.563 con 1,399 acciones del 22/3/2011, No.836 con 21,057 acciones del 20/4/2012 y No. 1316 con 16,308 acciones del 20/4/2013, a nombre del Sr. Armando Ortíz Hernández, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0102622-7. La presente Publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 360800

FC 360636

ROSARIO MORAN SUBI Y ROBERTO MANUEL PEREZ MOREL Depositante (RO-18219-DA-NL-27-28-29/08/2018)

DR. BENIGNO ANTONIO MAÑON Abogado Apoderado Fc361274

NEWTON R. GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 27405 (QM-AC-13853-PC-1/3)

NEWTON R. GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 27405 (QM-AC-13853-PC-2/3)


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de máquina pesada, marca Massey, color rojo, año 2003, placa y registro UL0044, chasis 2904129491, a nombre de MIGUEL ELO Y ENRIQUE DE MOYA PÉREZ, cédula 047-0013565-2. Fc361285

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Ford, color dorado, año 2000, placa y registro A083933, chasis 1FAFP363XYW290996, a nombre de MANUEL ANTONIO HERNANDEZ.

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA, Marca X-1000, modelo CG150, color rojo, Año 2009, placa N596735, Chasis LF3PCK5069B001408, a nombre de ALBERTO CONTRERAS RODRIGUEZ, CED. 047-0048006-5. (RC-7053-PN)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color dorado, año 1993, placa y registro A499126, chasis 1NXAE09E8PZ047845, a nombre de SEBASTIAN DÍAZ, cédula 0010080406-1.

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA, Marca Suzuki, modelo AX100, color gris, Año 2006, placa N169015, Chasis LC6PAGA1170820010, a nombre de NILSON DE OLEO RIVERA, CED. 047-0137649-5. (AH-AC-13852-PN)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Ford, color gris, año 2011, placa y registro G297358, chasis 1FMCU0C76BKB99634, a nombre de CARLOS JOSÉ VALERIO TAVAREZ, cédula 031-0317309-6. FC361259

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, año 1989, color rojo, placa y registro A210650, chasis 1NXAE93E9KZ067186, a nombre de MANUEL PÉREZ DE LA PAZ.

PÉRDIDA DE MATRICULA: de motocicleta, marca K T M, color naranja, año 2015, placa y registro K0650283, chasis VBKGSA206FM227320, a nombre de ARNACUS INVESTMENT, S.A., RNC: 130070067.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE En cumplimiento de la ley de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensuras Catastrales se hace de público conocimiento a la Dirección de Mensuras Catastrales y al público en general que el día LUNES 10 de Septiembre del año 2018, a las 11:00 A.M, serán realizados los trabajos de DESLINDE en Una porción de terreno ubicado dentro del ámbito del solar No.12,Manzana O, del distrito catastral no. 21 del municipio San Francisco De Macorís , Provincia Duarte, amparada con la Matrícula No. 1900049731,libro 0354, folio 190, Acto de venta de fecha 7-6-2018, propiedad de la señora BELINDA INMACULADA VENTURA NOLASCO, los cuales serán ejecutados por el Agrimensor DAVID DANIEL GONZALEZ DIFO, mediante autorización de fecha 27 de Agosto del 2018, expedida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste. Expediente no. 661201803765.

AGRIM. DAVID DANIEL GONZALEZ DIFO Codia No. 36587/ Cel. 809-479-7889/829-542-8355 FC361279

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE

PÉRDIDA DE PLACA: marca Toyota, modelo Pickup RN50LSRA, año 1987, color rojo, placa y registro L025095, chasis JT4RN50R0H0280406, a nombre de YNOCENCIO DE LEÓN PASCUAL.

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Truck, color blanco, año 2002, placa y registro Z502775, chasis KMEFR18CP2C014058, a nombre de CONSEJO NACIONAL DE TRANSPORTE DEL PLAN RENOVE.

En cumplimiento de la ley de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensuras Catastrales se hace de público conocimiento a la Dirección de Mensuras Catastrales y al público en general que el día JUEVES 13 de Septiembre del año 2018, a las 04:00 P.M, serán realizados los trabajos de DESLINDE en Una porción de terreno ubicado dentro del ámbito de la parcela no. 3784 del distrito catastral no. 07 del municipio de Las Terrenas , Provincia Santa Bárbara De Samaná, amparada en la constancia Anotada Matrícula No. 170006070, libro 0068, folio 064, propiedad de los señores JULIUS FRANCIS BELMAR Y SALMEYDA ALTAGRACIA BATISTA, los cuales serán ejecutados por el Agrimensor JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO , mediante autorización de fecha 2 de Agosto del 2018, expedida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste. Expediente no. 661201803438.

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO Codia No. 36587/ Cel. 809-479-7889/829-542-8355 Fc361280

AVISO DE MENSURA Expediente No. 6632018029810

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mitsubishi Fuso, color blanco, año 2014, placa No. L335602, chasis FE85CHA30046, a nombre de PATRICIO ARISMENDY MERCEDES CORDERO.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Kia, modelo Sportage LX 4x2, año 2014, color gris, placa y registro chasis G313335, KNAPB81ABE7589635, a nombre de PATRICIA MARTÍNEZ POLANCO, cédula 001-1488711-0. FC361263

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, modelo C70, año 1981, color verde, placa y K0358977, chasis registro C708652350, a nombre de JUAN CARLOS BEATO, cédula 0010839549-2. Fp99204

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Ford, color gris, año 2000, placa y registro A012522, chasis 1FAFP3438YW253478, a nombre de ROSA JOSEFINA CANTIZANO NÚÑEZ, cédula 031-0155288-2.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Kia, placa A740506, color blanco, chasis KNAGN418BEA458748, tipo automóvil privado, año 2014, propiedad de SHAYLIN MEJIA GARCIA, cédula 001-1356627-7. FC 361210

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Honda, color gris, año 2002, placa y registro A338700, chasis 2HGES16512H576821, a nombre de KISY ALTAGRACIA CASTRO DE HERNANDEZ, cédula 0230031822-3. FC361262

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Dongfeng, modelo EQ5021XXYF, año 2010, color blanco, placa y registro L276906, chasis LGK13K73A9258374, a nombre de G B IMPORTS, S.A., RNC: 124004284. FC361266

motocicleta, marca K T M, color naranja, año 2017, placa y registro K1106202, chasis VBKEXA404HM159009, a nombre de KTM IMPORT, S.R.L, RNC: 101772808

PÉRDIDA DE PLACA: de Volkswagen, modelo Transporter, año 2003, color Beige M., placa y registro I073975, chasis WV2ZZZ70Z3H106055, a nombre de FONDO DE DESARROLLO DE TRANSPORTE TERRESTRE, RNC: 401515091. FC361219

PÉRDIDA DE PLACA: marca Delta, modelo AX100, año 2009, color rojo, placa y registro K0371655, chasis RDGHAX200901766, a nombre de MARCIA RODRÍGUEZ DE JESÚS.

PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Toyota, modelo 4 Runner, color blanco, año 2004, placa y registro G228924, chasis JTEZU14R848020803, a nombre de OSCAR PÉREZ RAMIREZ, cédula 0120034331-5. FP99202

CICLETA, Marca Suzuki, modelo AX100, color gris, Año 2006, placa N169015, Chasis LC6PAGA1170820010, a nombre de NILSON DE OLEO RIVERA, CED. 047-0137649-5. (AH-AC-13852-PN)

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 2006, placa y registro A462088, chasis JTDBW923501009404, a nombre de GIOVANNI JIMENEZ, cédula 001-0254064-8. FC361245

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Mazda, color azul, año 2008, placa y registro G203859, chasis JM3TB28A580159874, a nombre de IMPORTIVE, S.R.L., RNC 130147507. Fc361273

PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Condor, modelo DY125, año 2007, color negro/gris, placa y registro N266458, chasis LXSPCJLY562075330, a nombre de WALI RAFAELIN DE LOS SANTOS VELOZ, cédula 012-0094561-4. FP99201

PÉRDIDA DE CHAPA: Dealer No. DD01387, a nombre de FELIX ORTIZ AUTOIMPORT. FC361244

PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Mazda, color azul, año 2008, placa y registro G191883, chasis JM3TB38A580151165, a nombre de IMPORTIVE S.R.L. 130147507.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Ford, modelo Mustang, año 2011, placa y registro No. A551682, color azul, chasis 1ZVBP8AM1B5139075, propiedad de JOSE ALFREDO NIVAR DE LA ROSA, cédula 001-1018271-4. FC 361247

CAMBIO DE PROPIETARIO: Del Bote de nombre “ALL HOURS”, matrícula No. BR-A1121636SBS, propiedad del SR. CESAR JULIO MENDEZ, cédula 081-0000427-7 y la SRA. ARELY MARTE LANTIGUA DE RIVERA, cédula 061-0020621-5, en lo adelante figurará a nombre del SR. RUBEN ORLANDO SILVERIO POLANCO, cédula 0810007931-1. FC 361853

Vista la autorización de fecha 02 de Agosto de 2018, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día Veintisiete (27) del mes de Agosto del 2018, a las 02:00 horas de la tarde se dará inicio a los trabajos de mensura para Deslinde y Subdivisión en la P. No.5-A-REF-B-1, del D. C. No.18, Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, propiedad del señor Salomón Martínez Delón.

Luis Jonathan Zoquiel Portes Agrimensor Contratista Codia 35033 Fc361275

AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXPEDIENTE No. 6642018052818

PERDIDA DE MATRICULA: MOTO-

En virtud de la Autorización dictada por 1a Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, de fecha 27 de agosto del 2018, se hace de público conocimiento que el día 8 de Septiembre del 2018, a las 10:00 horas de la mañana, se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 27 del Distrito Catastral No. 2/4, del municipio de Villa Hermosa, provincia La Romana, propiedad de los señores JOSE ALBERTO GARCIA BOTELLO Y ABELINA MERCEDES MERCEDES DE GARCIA, quienes están representados por la señora Wendy Albania Guerrero Solano.

ARIEL VASQUEZ ROSADO Agrimensor Contratista Codia 24745. FC3691277

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la Pérdida del Certificado no. 0300173570 del banco BANRESERVAS, de fecha 12/10/2009, por un valor de RD$ 3,000,000.00, a nombre de LUÍS ARMANDO REYNOSO O JACQUELINE REYNOSO, cédula 001-0594315-3 y 402-4452517-2, respectivamente. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC361270

PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA, Marca TVS, modelo APACHE, color ROJO, Año 2009, placa N816860, Chasis MD634KE4492G03880, a nombre de TOMAS NARCISO SANCHEZ CRUZ, CED. 047-0082308-3. (CH-AC-13846-CM-27-2829/08/2018) }

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Nissan, color azul y gris, año 1992, placa y registro L001988, chasis UCGD21435309, a nombre de TOMÁS DE LOS ANGELES HERNANDEZ.

DETERIORO DE PLACA, de carga, marca Toyota, color gris, año 1987, placa y registro L141067, chasis JT4RN63R5H0156326, a nombre de NORBERTO JONATTAN MELO MARÍA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, Modelo Sienna KLE, color gris, año 2001, placa y registro 4T3ZF13C81U370188, a nombre de JOSÉ BARTOLOMÉ CRUZ VASQUEZ, cédula 071-0031826-5. FC361284

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 6622018044350 Se avisa que el día 07 de septiembre 2018 a las 09:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE de 2,043.80 Y 3,060m2 en la parcela 195 D.C. 03 ubicada en Piedra Blanca municipio Jarabacoa y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 25/08/2018 propiedad de FELIX FRANCISCO MATIAS FERNANDEZ quedan citados los colindantes y demás interesados. NEWTON R. GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 27405 (QM-AC-13853-PC-3/3)

AVISO DE MENSURA CATASTRAL (MENSURA PARA SANEAMIENTO) Se hace de público conocimiento que el día 11 de septiembre de 2018, a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos de Mensura para Saneamiento, dentro del ámbito de la Parcela No. 123, del D.C. No. 11/4, ubicado en la calle s/n, La Ceiba, El Salado, municipio Higüey, provincia La Altagracia, reclamada por los SRES. CESAR JULIO PUMAROL RODRIGUEZ y MARIA ALTAGRACIA HERRERA DONASTORG DE PUMAROL, mediante autorización de Expediente No. 6642018032965, de fecha 11 de junio del año 2018, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Este.

AGRIM. SIMON BOLIVAR JIMENEZ RIJO, Codia 1844.


Martes 28 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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