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Legales

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Miércoles 14 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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CLASIFICADOS 13


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14 LEGAL

AVisos leGAles Estado Civil

AVISO DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA SUBDIVISION

El estado Civil de SOLTERA de la señora MARGARITA SUERO PEREZ, dominicana, mayor de edad, soltera, potadora de la cédula de identidad y electoral No.224-0063692-8, domiciliada y residente en la calle Dolly, No.10, Km. 12 carretera Sánchez, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana; quedando claramente establecido que la misma nunca ha celebrado matrimonio civil o canónico, de igual forma no posee ninguna relación de Hecho o concubinato, por lo que su estado es soltera.

Por medio de la presente se avisa al público en general, que en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 12, de la Resolución Núm. 355-2009, dictada por la Suprema Corte de Justicia, que el día 4 del mes de Julio del año 2017 a las 09:00 a.m. se ejecutará el levantamiento topográfico con fines de Deslindar, del Expediente No. 663201704980, dentro del ámbito de la Parcela No. 84, Distrito Catastral No. 2.5, del Municipio La Romana y Provincia La Romana, propiedad de FELIX CASTRO PUENTE.

Se hace de público conocimiento, que para el día 30/6/l7, a las 9:00 A.M., se dará inicio al trabajo de Mensura para Subdivisión dentro del ámbito de la Parcela No.36-A-SUB-211, D.C. No. 31, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Propiedad de la Sra. ZOILA DULCE ESPERANZA DE JESUS LAGARES CORNIEL. Expediente No.663201705298.

Agrim. Joel Alberto Cid Acosta, Codia No. 27501. Celular No. 809-718-8851.

AGRIM. MAXIMO A. AYALA PEREZ, CODIA 20407. FP 90718

FC 347213

FP 90717

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 Ley 1306-bis, sobre divorcios en la R. D., el señor SAMUEL BAUTISTA ALCIBIADES, dominicano, mayor de edad, casado, de ocupación comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1407807-4, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. Andrés Reynaldo Paulino Ventura, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0499119-5, con estudio de abogado abierto en la calle Pedro Henríquez Ureña No. 18, Edificio Calderón, Suite 201, casi esquina Rosa Duarte, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencia legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARITZA REYES BAUTISTA, con domicilio en el Estado de Carolina del Norte, 137 Marlene DR. JACKSONVILLE NC 285467552, EE.UU., que por medio a la presente publicación se PROCEDERA A EMPLAZAR en acción de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, sito en la calle Francisco J. Peinado No. 102, del Sector Ciudad Nueva, Distrito Nacional el día viernes que contaremos a diez y seis (16) de junio del año dos mil diez y siete (2017), para que comparezca a la audiencia que celebrará a puerta cerrada, en materia de DIVORCIO, el día martes a que contaremos a 11 de julio del año 2017, a las 9:00 A. M. por ante el Honorable Juez de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia para asuntos de Familia del Distrito Nacional, ubicado en la primera planta del Edificio de Justicia de la calle Socorro Sánchez No. 68 equina Santiago, del Sector de Gazcue, Distrito Nacional, en Santo Domingo, Distrito Nacional. A los 12 días del mes de junio del año dos mil diez y siete (2017).

En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D. Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor JULIO CESAR DE LOS SANTOS RUIZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la entrada de la Guaranita, Bayacanes, Municipio de La Vega, R.D. cédula No.047-0177139-8; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO BAUTISTA ABREU REYES, cédula No. 047-0065361-3, con estudio profesional abierto en el No.68 Altos de la Ave. García Godoy, Edif. Imprenta Enriquillo, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora ANADELIA SANTOS JORGE, cuyo último domicilio conocido lo fue en la entrada de la Guaranita, Bayacanes, Municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 16 del mes de junio del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 18 del mes de julio del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 12 días del mes de junio del año 2017.

Por este medio se informa que la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó en fecha 29 de Marzo del año 2017 la Sentencia de Civil No. 531-2017-SSEN-01037, Expediente No. 531-2017-econ-00623, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: Declara Regular y Válida en cuanto a la forma la presente acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores FELIX ANTONIO GERMAN FERNANDEZ TAVERAS y MARIA DE LOS ANGELES CANELA GONZALEZ, de conformidad con el acto de Convención y Estipulación de divorcio No. 52/2016, instrumentado en fecha 14 del mes de junio del 2016, por ante el Lic. Ramón Cosme González, Notario Público del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento por las razones indicadas. El presente divorcio ha sido pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 28 de abril del año 2017, inscrito en el Registro dedicado a estos fines, correspondiéndole el Libro No. 00008, de Registros de Divorcio, Folio No. 0167, Acta No. 000779, año 2017, habiendo expedido certificación el día 12 de junio del año 2017.

Lic. ANDRÉS R. PAULINO VENTURA, Abogado apoderado de la parte Demandante.

LIC. FRANCISCO BAUTISTA ABREU REYES, Abogado apoderado de la parte Demandante.

LIC. SEGUNDO DE LA CRUZ, Abogado Apoderado.

FC 347142

(RC-6450-RD-13-14-15/06/2017)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO De conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la Ley 1306-Bis se le advierte a la señora, Bernarda Báez Ferreira, Dominicana, Mayor de edad, portador de la cedula de identidad y electoral, No. 0500022163-9 cuyo último domicilio conocido fue en esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, en el Bloque No. 19, casa No. 29, Sector, Costa Brava, La Feria, Distrito Nacional; ignorándose su actual, domicilio o paradero; que su esposo el señor, Juan Tomás Durán Guzmán, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0471093-4, domiciliado y residente en la Ciudad de los Estados Unidos de América y accidentalmente, Calle No. 9, Antigua Calle B, Edificio Palma de Mayora II No. 6, Apartamento 4-A, Urbanización Renacimiento, Santo Domingo, Distrito Nacional; quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. CLARA PUJOLS ABREU, dominicana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No. 010-0013322-1, con estudio profesional abierto en la Calle Elvira de Mendoza No. 55, 3er. Piso, Zona Universitaria, de esta Ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional; lugar donde el señor Juan Tomás Durán Guzmán, hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencia legales de la presente Publicación; el señor, Juan Tomás Durán Guzmán, le participa a su legítima esposa la señora Bernarda Báez Ferreira, que de no indicar su actual, paradero el día viernes que contaremos a dieciséis (16) de junio del año dos mil diecisiete (2017) se procederá a emplazarla formalmente en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, sito en la primera planta del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, para que comparezca a la audiencia que al efecto ha fijado, la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en atribuciones de familia, el día martes que contaremos a once (11) de julio del año dos mil diecisiete (2017) a la nueve (09) hora de la mañana, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones, de la Segunda Planta del Tribunal de Familia, ubicado en la calle Socorro Sánchez No. 68, Esquina Santiago, Sector de Gascue de ésta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a fin de oír a su Legítimo esposo concluir, solicitando la admisión del divorcio de que se trata, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres. En la Ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil diecisiete. (2017).

Licda. Clara Pujols Abreu, Abogada del demandante. FC 347236

FC 347262

AVISO DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Dando cumplimiento a las disposiciones del artículo 42 de la ley No.1306-Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: 1.- Que en fecha 28 de febrero de 2017, la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia civil marcada con el No.00325-17, cuya parte dispositiva, íntegramente transcrita, reza de la siguiente manera: “FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Daniel Balo y Lina Fernanda Alonso Guío, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número treinta y siete (37), instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional Wilfrido Suero Díaz en fecha 07/12/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio.” 2.- Que en fecha 2 de junio de 2017, el Oficial del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional procedió al pronunciamiento del referido divorcio y a la inscripción de la sentencia que lo admitió en el libro No.0003 de registros de divorcio, folio No.0061, acta No.000192, año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veinte (20) del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional mediante la sentencia civil No. 00643-17, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos CARLOS JOSÉ PÉREZ HOLGUÍN y SAYI SILFA, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 497-2017, instrumentado por ante el Vicecónsul de la República Dominicana en New York, Estados Unidos de Norteamérica, en funciones de Notario Público Román Jáquez en fecha 30/01/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Asimismo, se hace saber que en fecha dieciocho del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), la Oficial del Estado Civil REYNA ESTHER CUELLO PÉREZ, de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el libro No. 00002 de Registros de Divorcio, folio No. 0185, Acta No. 000131, del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

Diego Infante Henríquez Abogado

NATALIA ESTELA REYES SEVERINO, Abogada.

FC347028

FC 347268

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

A fin de dar cumplimiento a las disposiciones de la ley 2153 del 12 de noviembre de 1949, la cual agrega un párrafo al artículo 22 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio y sus modificaciones, el señor MODESTO CRESENCIO DIAZ: dominicano mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad número 053-0000183-0, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norte América y de transito por esta ciudad de Constanza; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. JORGE CORCINO QUIROZ, Abogado de los Tribunales de la República, dominicana, mayor de edad, soltero, portador de la cédula número 053-0018556-7, y número de matrícula 25307-365-02, con su número telefónico número 829-592-3899, con estudio profesional abierto de forma permanente y en la calle Juan Pablo Duarte número 1, segundo nivel de esta ciudad, ADVIERTE a su legítima esposa, señora LIZBETH MALDONADO, de nacionalidad de Puerto Rico, mayor de edad, casada, cuyo último domicilio fue en calle Sánchez de la ciudad de Constanza, y cuyo domicilio actual se desconoce en el República Dominicana, que su legítimo esposo procederá a EMPLAZARLA en acción de DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, para que comparezca a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la Primera Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, en sus atribuciones civiles, el día doce (12) del mes de julio del presente año 2017, a las Nueve (9:00) horas de la mañana, ubicado en uno de los salones de la primera planta del Palacio de Justicia de la ciudad de Constanza, sito en el No.11, de la calle General Luperón. En el municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, a los doce (12) días del mes de junio del año Dos Mil diecisiete (2017).

Para conocimiento público y en cumplimiento a las disposiciones del articulo 22 de la Ley No. 1306Bis, sobre divorcio, el señor JEAN PIERRE DAFATTI, francés, mayor de edad, casado, portador del pasaporte extranjero No. 12AP52748, domiciliado y residente en la Vía Boulevar Des Sommets, Grimaud, Provence Alpes Cote D’ Azur, Francia, por medio de su abogado apoderado; LIC. RAFAEL ANTONIO SANTANA POUERIET, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No.028-0052421-3, abogado de los tribunales de la República con matricula No. 30227-324-05, con estudio profesional abierto en el No. 137 de la calle Dionicio Arturo Troncoso, detrás de Boulevard de la Ciudad de Higüey, y domicilio ad-hoc en la Secretaría de La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, por medio del presente aviso advierte a su legitima esposa, señora ANGELA MARIA GARCIA PEPEN, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 028-0063415-2, demás generales ignoradas de domicilio desconocido, que a falta de información de su domicilio actual, se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día 16 del mes de Junio del año 2017, a las 11:00 horas de la mañana en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de El Seibo, en su despacho del palacio de Justicia de la Primera Planta, ubicado en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, así como en la puerta del Tribunal donde se conocerá de la demanda aludida, para que comparezca el día MARTES, que contaremos a 27 del mes de Junio del año 2017, a las 9:00 Horas de la mañana, a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, en atribuciones civiles, ubicada en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo. En la Ciudad de Santa Cruz de El Seibo, República Dominicana, a los 09 días del mes de Junio del año 2017.

De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace de público conocimiento: Que la Cuarta Sala Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia (Tribunal de Familia) de la Provincia de Santo Domingo, dictó una SENTENCIA CIVIL MARCADA CON EL NO. 1170/2017, EXPEDIENTE No. 1288-2016-03484, DE FECHA 17 DE MAYO DEL AÑO 2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Acoge las Conclusiones vertidas en el Acto de Convenciones y Estipulaciones marcado con el número 04/2016, de fecha Veintitrés (23) del mes de Septiembre del año dos mil dieciséis (2016), instrumentado por la Licda. Diosilda Alt. Guzmán, Notario Público para los del número del Distrito Nacional, matricula número 7584, por haber sido hecho conforme a la ley. SEGUNDO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges señores Manuel Enriquillo Jiménez Domínguez y Nurys Altagracia Santana Álvarez, con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el oficial del Estado civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: Altagracia Mendoza Gutiérrez, Jueza; Brenda A. Rosario, Secretaria). La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y años citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica.

LIC. RAFAEL ANTONIO SANTANA POUERIET, Abogado del demandante.

DR. REINALDO PERDOMO MONTERO, Abogado Apoderado.

LIC. JORGE CORCINO QUIROZ, Abogado de la Parte de Demandante. (AC-11313-PC-13-14-15/06/2017)

FC 347192

FC 347267


Miercoles 14 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CORRECTA ESMERALDO BASSETT & ASOCIADOS, S.A.

SANTANA & SOSA ARQUITECTOS ASOCIADOS, S.A.

CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD$50,000.00 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: RD$33,000.00

CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD$100,000.00 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: RD$100,000.00

R.N.C. No.1-01-65837-1. AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE S. A. A SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SRL.

R.N.C. No.130428441. AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE S. A. A SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SRL.

De conformidad con el Artículo 445 de la Ley 479-08 de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad; se avisa al público en general, especialmente a todos los relacionados con esta empresa, que por este medio se convoca de manera formal y expresa a todos los accionistas de CORRECTA ESMERALDO BASSETT & ASOCIADOS, S.A., a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día Catorce (14) de Junio del año 2017, a las 4:00 P.M. (cuatro horas de la tarde), en su domicilio en la Calle Sánchez No. 207, Zona Colonial, Santo Domingo, Distrito Nacional, a fines de conocer y sancionar el proyecto de transformación de CORRECTA ESMERALDO BASSETT & ASOCIADOS, S.A., en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, (SRL.) confonne a la ley 479-08, en el proyecto consta que: a).- El nuevo nombre será CORRECTA ESMERALDO BASSETT & ASOCIADOS, S.R.L., b).- el domicilio será en la Calle Sánchez No. 201, Zona Colonial, Santo Domingo, Distrito Nacional; c).- La duración de la sociedad será igual que ahora, por tiempo ilimitado; d): El objeto quedará invariable; e).- El ejercicio fiscal tampoco cambiará; f).- El Capital Social quedará sin cambio $100,000.00 dividido en mil cuotas de $100.00 pesos cada una para un total de 100,000.00, íntegramente aportados y pagados g).- Las cuotas sociales serán libremente transmisibles, entre socios, entre ascendentes y descendientes, pero no podrán ser cedidas a terceros sin el consentimiento de la Asamblea, con una mayoría que representen tres cuarta 3/4 partes de las cuotas sociales, conforme al dictado de la ley; h).- La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deben ser personas fisicas, nombrados por los estatutos o particularmente con una duración de hasta (2) años, y podrán ser reelegidos. Se avisa a todos los accionistas que el texto íntegro de los estatutos o proyecto de transformación, así como el balance especial y los estados se encuentran a su disposición en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria de Transformación. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).

De conformidad con el Artículo 445 de la Ley 479-08 de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad; se avisa al público en general, especialmente a todos los relacionados con esta empresa, que por este medio se convoca de manera formal y expresa a todos los accionistas de SANTANA & SOSA ARQUITECTOS ASOCIADOS, S.A., a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día Catorce (14) de Junio del año 2017, a las 4:00 P.M. (cuatro horas de la tarde), en su domicilio en la Calle El Coral No. 56, del sector El Coral, Santo Domingo, Distrito Nacional, a fines de conocer y sancionar el proyecto de transformación de SANTANA & SOSA ARQUITECTOS ASOCIADOS, S.A., en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, (SRL.) conforme a la ley 479-08, en el proyecto consta que: a).- El nuevo nombre será SANTANA & SOSA ARQUITECTOS ASOCIADOS, S.R.L., b).- el domicilio será en la Calle El Coral No. 56, del sector El Coral, Santo Domingo, Distrito Nacional; c).- La duración de la sociedad será igual que ahora, por tiempo ilimitado; d).- El objeto quedará invariable; e).- El ejercicio fiscal tampoco cambiará; f).- El Capital Social quedará sin cambio $100,000.00 dividido en mil cuotas de $100.00 pesos cada una para un total de 100,000.00, íntegramente aportados y pagados g).- Las cuotas sociales serán libremente transmisibles, entre socios, entre ascendentes y descendientes, pero no podrán ser cedidas a terceros sin el consentimiento de la Asamblea, con una mayoría que representen tres cuarta ¾ partes de las cuotas sociales, conforme al dictado de la ley; h).- La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deben ser personas físicas, nombrados por los estatutos o particularmente con una duración de hasta (2) años, y podrán ser reelegidos. Se avisa a todos los accionistas que el texto íntegro de los estatutos o proyecto de transformación, así como el balance especial y los estados se encuentran a su disposición en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria de Transformación. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).

ESMERALDO A. BASSETT GOMEZ, Presidente.

JOSE ALTAGRACIA SANTANA UBIERA, Presidente.

FC 347276

FC 347277

Convocatoria para Asamblea General Extraordinaria KAREN C. D. STORE, C. POR A. Capital Autorizado: RD$10,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$10,000.00 Santo Domingo, D.N., República Dominicana.

OFICINA DE ABOGADOS FLORES & ASOCIADOS Avenida Privada No. 46, Piso, Suite 302, Plaza Masiel, Mirador Sur (casi esquina 27 de Febrero), Distrito Nacional, Tel. (829) 687-8332, Cel. (829) 660-7550 C:joseflores.abogado@hotmail.com

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el Art.42 de la ley 1306 -Bis, sobre divorcio se hace de público conocimiento que LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó en sus atribuciones civiles en fecha 29 del mes de marzo del año 2017, la sentencia Civil No.531-2017-SSEN-001014, cuyo dispositivo copiado dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida, en cuanto a la forma la acción en DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores PEDRO MIGUEL NAVARRO MATEO Y CLARA WILSA BELTRE PIÑA DE NAVARRO, de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de Divorcio, marcado con el No. 3-2017 de fecha Veinticinco (25) días del mes de enero del año Dos Mil Diecisiete (2017), instrumentado por el DR. FRANCISCO ANTONIO BAEZ ANGOMAS, abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (firmados: SCARLET R. VARGAS ROSSIS, JUEZ SUPLENTE; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la juez de este Tribunal, el mismo día, mes año citados, la cual ha sido leída y publicada por la secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada y fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día 17 del mes de abril del año 2017, bajo el libro letra A, Folio-, No.8993.( Mirtha de la Cruz Díaz). Secretaria. La presente sentencia ha sido pronunciada por ante el oficial del estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Diecinueve (19) del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017) registrada en el libro No.00010, Folio No.0105, acta No.000945, año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. JOSE MANUEL FLORES, Abogado. FC 347274

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con los Arts. 696 del Código de Procedimiento Civil (Mod. Por la ley 764 del 20 de diciembre del año 1944) se hace de público conocimiento: Que la venta en pública subasta del inmueble que más adelante se describe, está prevista para el día Seis (06) del mes de Julio del año 2017, en audiencia de pregones que celebrará la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo Oeste, sito en uno de los salones del tercer piso del Edificio que aloja la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo Oeste, ubicado en la Av. Las Palmas, Esq., calle 3ra., Reparto Rosa No. 52, de las Palmas de Herrera, del Municipio de Santo Domingo Oeste; por causa de EMBARGO INMOBILIARIO, en la que se procederá a la Venta y Adjudicación al mayor postor y último subastador, el inmueble que se describe a continuación: “Inmueble identificado como: 309452101091, que tiene una superficie de 214.70 metros cuadrados, matricula No. 0100200196, ubicado en Santo Domingo”. El inmueble embargado, se encuentra ocupado, y fue embargado a persecución y diligencia de los señores Rafael Arsenio Rosario Vargas y Ramona Aracelis Gutiérres Tejada De Rosario dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, portadores de las cédulas de identidad y electoral números 001-0189205-7 y 001-0181399-6, domiciliados en la Av. Pasteur Esq. Santiago, Plaza Jardines de Gascue, Local 2011, del Distrito Nacional; quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Dres. Ruber M. Santana Pérez y Juan Antonio Ferreira Genao, dominicanos, mayores de edad, casados, Abogados de los Tribunales de la República, portadores de la cédulas de identidad y electoral números 001-0384550-9 y 001-0057976-2, con estudio profesional común abierto en la calle Felipe Vicini Perdomo No. 22, del sector de Villa Consuelo, Distrito Nacional y accidentalmente en la Calle Costa Rica No. 200, Alma Rosa Segunda, del Municipio de Santo Domingo Este, lugar donde hacen formal elección de domicilio, para todos los fines y consecuencias legales del presente acto; embargo en perjuicio de la Daysis Casilda Bautista Díaz, dominicana, mayor de edad, casad, soltera, portadora de la cédula de identidad personal y electoral número 010-091783-9, domiciliada y residente en la Av. Para.Lel, 105 Ent. O3, Barcelona, España, y accidentalmente en la Calle 4ta, No. 36, Proyecto Codetel, Residencial Colibrí, del sector de Herrera, Municipio de Santo Domingo Oeste. El acta del embargo está contenida en el acto No. 35-16, de fecha 23/11/2016, de los del protocolo del Dr. Luis Felipe Concepción, Notario Público Para los del Número del Distrito Nacional, Matricula No. 3825, debidamente registrado, y fue denunciado mediante los actos de alguacil Nos: 418/11/2016, de fecha 24/11/2016 y No. 435/12/2016, de fecha 7/12/2016, ambos del Ministerial Eugenio Rosario, Alguacil Ordinario de la Quinta Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional, debidamente registrados, los cuales contienen en cabeza una copia del acta verbal del embargo. El acta de denuncia y demás actos del procedimiento, fueron inscrito por ante el Registro de Títulos de Santo Domingo, en fecha 5/12/2016, en el Libro No. 934, Folio No. 127. El precio de Primera Puja fijado por los persiguientes es la suma de Tres Millones Quinientos Trece Mil Cincuenta y Cinco Pesos Dominicano con 20/100 (RD$3,513,055.20); más los gastos y honorarios del procedimiento. Como GARANTIA conforme a los artículos 690 y 705, del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán pujas, sino por ministerio de abogado y depositando previamente en la Secretaría del Tribunal, una garantía en efectivo o en cheque certificado de una institución bancaria domiciliada en la República, no menor del diez por ciento (10%) del monto de la primera puja y en caso de puja ulterior, del precio de ésta, sumado al de la adjudicación que haya tenido lugar; sin cuyo requisito no será admitido licitador, de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la Secretaría la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, en fecha Trece (13) del mes de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016). En el Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).

Dando cumplimiento a las disposiciones del artículo 20 de los estatutos constitutivos de la sociedad “KAREN C. D. STORE, C. POR A.”, se convoca a todos sus accionistas, a la asamblea general Extraordinaria, que será celebrada el día lunes, que contaremos a veintiséis (26) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), en el lugar de su domicilio, sito en la calle El Conde No. 262, Zona Colonial, Santo Domingo, Distrito Nacional, el edificio No. 13 de la calle Helios, suite A1, sector Bella Vista, Santo Domingo, D.N., a partir de las diez de la mañana (10:00 AM), a fin de conocer sobre el siguiente orden del día: 1.- Aprobar la validez de la asamblea para sesionar como Asamblea General Extraordinario. 2: Ordenar al Comisario de Cuentas de la sociedad la elaboración de un informe sobre el estado general de la Sociedad, mediante el cual se constate el estado patrimonial de la misma; 3.- Designar a un Contador Público Autorizado, a los fines de que rinda un Balance Especial del Estado de la Sociedad; 4.- Conocer de la intención de transformación de la Compañía KAREN C. D. STORE, C. POR A., en una Sociedad de Responsabilidad Limitada al tenor de lo dispuesto por la Ley 479-08, aprobar el proyecto de Estatutos Sociales y autorizar la publicación de un extracto del proyecto de transformación en un periódico de circulación nacional; 5.- Convocar una próxima Asamblea General Extraordinaria de Accionistas para conocer los informes solicitados al Comisario de Cuentas y el Balance especial del Contador Público Autorizado, así como a aprobar la transformación de la empresa; y 6. Conocer sobre cualquier otro punto que pudiera resultar de interés general para la sociedad, a fin de conciliar nuestros Estatutos Sociales a la nueva Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. En Santo Domingo, Distrito Nacional, hoy día trece (13) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017). Quedando a la espera de su puntual comparecencia, les saluda,

Cordialmente, Karen A. Rodríguez León, Presidente-Tesorera. FC 347270

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 25 del mes de Mayo del año 2017, la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia Civil No. 00798-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos HARLEM GUZMAN VENTURA y SILVIA SOLANO POLANCO, en consecuencia homologa el Acto de Estipulaciones y Convenciones de Divorcio Número Veintiuno (21), Instrumentado por ante la Notario Publico del Distrito Nacional, Licda. Maricela Beras Prats. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Asimismo se hace constar que en fecha nueve (9) del mes de Junio del año 2017, el Oficial del Estado Civil de la Segunda (2da) Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la sentencia en el Libro de Registro de Divorcios No. 0003, folio No. 37, acta No. 000202, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En el Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Nueve (09) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en sus atribuciones civiles, en fecha veinticinco (25) del mes de mayo del año 2017, dictó la sentencia No. 00372, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos, RAFAEL MARTINEZ MARTINEZ y BERKIS VARGAS SOSA, conforme al acto de estipulación de divorcio No. 01, instrumentado por ante el Notario Público de Higüey, DR. MANUEL JOAQUIN PATRICIO GUERRERO, de fecha 18/1/2017, transcrita más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Autoriza el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Compensan las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, y firma: (Firmado: YIMARLY V. RODRIGUEZ ANGELES, Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de La Altagracia; INES REYES CARPIO, Secretaria). El referido divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil del municipio de Higüey, en fecha siete (07) del mes de junio del año 2017, en el Libro No. 00164, de registros de Divorcio, Folio 0105, Acta No. 000152, del año 2017. La presente publicación es autoriza por la suscrita, en la ciudad y municipio de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

LICDA. BELKA ZAIRA GUZMAN RINCON, Abogada. FC 347288.

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en sus atribuciones civiles, en fecha veinticinco (25) del mes de mayo del año 2017, dictó la sentencia No. 00369, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos PEDRO ALEXIS CAINES y JACQUELINE RODRIGUEZ PEREZ, Conforme al acto de estipulación de divorcio No. 29, instrumentado por ante el Notario Público de Higüey, DR. JUAN LUIS BURGOS JIMENEZ, de fecha 06/12/2016, transcrita más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Autoriza el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Compensan las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma: (Firmado: YIMARLY V. RODRIGUEZ ANGELES, Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de La Altagracia; INES REYES CARPIO, Secretaria). El referido divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil del municipio de Higüey, en fecha siete (07) del mes de junio del año 2017, en el Libro NO. 00164 de registros de Divorcio, Folio 0103, Acta No. 000151, del año 2017. La presente publicación es autoriza por la suscrita, en la ciudad y municipio de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

LICDA. SCARLET DE GRACIA DEL RIO, Abogada. FC 347285

UNIDAD DE SOCORRO Y EMERGENCIA NACIONAL SAN RAMON (UNICOR) República Dominicana Andrés Boca Chica Ley 147-02 Sobre Gestión de Riesgo AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento del Art. 5 de la Ley 122-05, se hace de conocimiento que la UNIDAD DE SOCORRO Y EMERGENCIA NACIONAL SAN RAMON (UNICOR), recibió el beneficio de la incorporación por el Procurador General, titular de la Corte de Apelación Departamento Judicial de Santo Domingo. DR. EDUARD ROBEL RODRIGUEZ MENDOZA, Resolución No. IONG007-2017, de fecha veintisiete (27) de abril de 2017, que tiene su domicilio en la calle San Ramón No. 8, frente al Seguro Social en Andrés, municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, República Dominicana, R.D. Institución sin fines de lucro. Dedicada a promover y desarrollar el trabajo en equipo para lograr el progreso social y así brindar servicios social y comunitario en situaciones de Emergencia y Desastre, brindar ayuda psicológica, emocional y humanitaria a los afectados en situaciones adversas, capacitar y entrenar en el área de Emergencia Médica y Pre Hospitalaria y carreras técnicas profesionales. Amparada en la Ley No. 122-05, del 8 de abril del año 2005, cuya duración es indefinida, su directiva y fundadores estas conformada por siete (07) miembros que son los siguientes: 1.- FRANKLIN NUÑEZ ALBERTO, Presidente; 2.- DOMINGO REYES GUERRERO, Vice-Presidente; 3.- ARIEL NUÑEZ MARTIN, Secretario; 4.- EDWIN JOHAN MICHELI SEVERINO, Secretario de Organización; 5.- MINERVA ALTAGRACIA REYES, Tosorero; 6.- MARIA VICTORIA CALZADO, Vocal; 7.- JOSE FRANCISCO SILVERIO, Vocal. En el municipio Boca Chica, a los trece (13) días del mes de junio del año 2017.

LIC. FRANCISCO E. PEREZ PEGUERO, Abogado.

LICDA. MINERVA ALTA. REYES, En reprentación del Presidente. FC 347263

FC 347273

AVISO DE CAMBIO DE NOMBRE

REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL PROVINCIA PERAVIA Oficio No.: 1003/2017 Expediente No. 254-2017-00218. AVISO REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y FIJACIÓN DE AUDIENCIA. LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE TIERRAS A TODOS A QUIENES PUEDA INTERESAR. EL ABOGADO DEL ESTADO VS. ROSA KARINA VALLEJO LARA (Reclamante). Inmueble (s): Parcela 305282519159: D.C/D.C Pos: 8; Municipio: Baní; Provincia: Peravia. COLINDANTES: al Norte: Bethania Guerrero; al Este: Juan Reyes e Ysabel Díaz; al Sur: Arianny Lara y al Oeste: Calle Gastón F. Deligne. Otro interesado: Agrimensor ALBERTO IVAN PEREZ DIAZ, domiciliado y residente en la ciudad de Baní, Provincia Peravia. SE CITAN: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho en dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan a la audiencia que celebrará este Tribunal de Tierra de Jurisdicción Original de la Provincia Peravia, el día 23 del mes de junio del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana, en el lugar que acostumbra a celebrar audiencias este Tribunal, en el salón ubicado en el segundo nivel del Palacio de Justicia de la Provincia Peravia, sito en la Ave. Prolongación Máximo Gómez No. 106, con relación al inmueble de referencia, a fin de que se de a conocer los derechos que pretenden y las pruebas en que se basan para que al efecto formulen sus reclamaciones de Jurisdicción Original. En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), años 173’ de la Independencia y 154’ de la Restauración.

DOY FE: ESTELA ALCANTARA LORENZO, Secretaria.

Dr. Ruber M. Santana Pérez Por sí y el Dr. Juan Antonio Ferreira Genao Abogados Abogados de los Persiguientes. FC 347275

LEGAL 15

Aprobado: FREDY GERALDO, Juez. FC 347281

En cumplimiento con las disposiciones contenidas en la Ley No. 65944, sobre Actos del Estado Civil y sus modificaciones, se hace saber que por instancia elevada al Presidente de la República en fecha 24 de octubre del 2016, la señora SATURNINA FRANCISCO HERNANDEZ, a través de su abogado constituido LIC. OLIVER A. MAÑON DECHAMPS, solicitó la autorización legal correspondiente para cambiar su nombre por el de VALENTINA FRANCISCO HERNANDEZ, en razón de que por este nombre es que se le conoce. En tal virtud, mediante oficio No. 003659, de fecha 16 de febrero 2017, el Presidente de la República autoriza al LIC. OLIVER A. MAÑON DESCHAMPS, realizar el procedimiento indicado por la Ley. En esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. OLIVER A. MAÑON DESCHAMPS, Abogado. FC 347252


Miercoles 14 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL FE DE ERRATA

PUBLICACION DE DIVORCIO

En el aviso de mensura del Exp. 663201613771, publicado en el periódico del día 11/01/2017, se cometió un error en el nombre de la Parcela donde se realizan los trabajos de deslinde de la forma que expresamos a continuacion: Donde dice: Parcela No.76-J-Ref. del D.C. 6 Debe decir: Parcela No.78-J-Ref. del D.C. 6.Para mayor información con respecto a este expediente llamar a 829-866-0692 (Agrim. Victoriano de la Cruz) o dirigirse a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Dpto. Central.

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 12/06/2017, hemos procedido a Pronunciar el Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres entre los señores ELVIN MANUEL DE LA ROSA ROMERO Y KATIRA ENCARNACION FERRER, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 5TA. Circunscripción del Municipio de Santo Domingo Norte, en fecha 08/03/2017, según consta en el Libro No. 00004; Acta No. 000351, Folio No. 0101, del año 2017.

FC 347299

AVISO DE MENSURA CATASTRAL SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 28/02/2017, la 6ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No. 2017/SSEN/00807, sobre el Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres entre los señores CESAR EMILIO MEDRANO FELIZ y ARIALDYS MEDINA GUZMAN, pronunciado por ante La Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de Distrito Nacional, en fecha 08 de Junio del 2017.

Que el día veintitrés (23) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la tarde (12:00 p.m.), se iniciará el acto de Levantamiento Parcelario (Deslinde) dentro del ámbito de la Parcela No. 110-Ref.-780-A, del Distrito Catastral No. 04, del municipio Santo Domingo Oeste, ubicado en la C/El Sol No. 21, Barrio Duarte, Herrera, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. Exp. No. 663201704503, propiedad de la SRA. NATIVIDAD HENRIQUEZ DE LOS SANTOS, con una extensión superficial de 112.00 M2.

ROMULO PEREZ DUVAL, Agrimensor Contratista. Codia No. 22770.

Abogado. AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE REGISTRO DE ACREEDOR Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Registro de Acreedor Matrícula No. 0100001067, a favor del BANCO POPULAR DOMINICANO, S. A. BANCO MULTIPLE (ya saldado), expedido a favor de los señores ANTONIO SANCHEZ UREÑA y MARIA JOSEFINA BALVINA CAMILO DE SANCHEZ, ambos dominicanos, mayores de edad, casados entre si, comerciantes, provistos de las Cédulas de identidad y Electoral Nos. 001-0880415-4 (Anterior No. 12853, serie 38) y 064-0007297-8, ( Anterior No. 12056, serie 64), sobre el siguiente inmueble: “LOCAL COMERCIAL NO. 7, SEGUNDO PISO, MATRICULA NO. 0100001067, CON UNA SUPERFICIE DE 149.30 METROS CUADRADOS, EN LA PARCELA 7-B-4-A, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 03, DEL DISTRITO NACIONAL.”. Este aviso de hace de conformidad con el Párrafo II del Artículo 92 de la Ley No. 108-05, de Registro Inmobiliario.

ANTONIO SANCHEZ UREÑA, MARIA JOSEFINA BALVINA CAMILO DE SANCHEZ, Propietarios. FI 12213

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero No. 402-01-249-008978-5, emitido por el Banco de Reservas de la República Dominicana, de fecha seis (6) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), Javier Acosta, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de

AGRIM. JUAN ALBERTO PIMENTEL GILBERT, Agrimensor-Contratista. Codia No. 4323. FP 90208

la cédula de identidad No. 001-0166310-2. SUBASTA

FC 347272

AVISO PARA LA VENTA DE INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO

Se hace de público conocimiento, que de conformidad con la Ley No. 6186 sobre Fomento Agrícola del 12 de febrero del año 1963, y luego de que (1) el Persiguiente BANESCO BANCO MÚLTIPLE, S.A. ha notificado a CEMENTOS ANDINO DOMINICANOS, S.A.: (i) Intimación de Pago, mediante Acto núm. 411/16, del 1ro. de septiembre de 2016; (ii) Mandamiento de Pago, mediante Acto núm. 50/2014 de fecha 1ro. de febrero de 2017; y (iii) Auto de Requerimiento de Venta, mediante Acto Núm. 107/2017 de fecha 6 de marzo de 2017; el primero instrumentado por el ministerial Héctor Martín Suberví Mena, Alguacil de Estrados de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, y los demás instrumentados por el ministerial Ramón Gilberto Féliz López, Alguacil de Estrados de la Suprema Corte de Justicia; y (2) en fecha Primero (1ro.) de junio del año dos mil diecisiete (2017) se celebró la audiencia para conocer de la venta en pública subasta de las prendas sin desapoderamiento otorgadas en garantía por CEMENTOS ANDINO DOMINICANOS, S.A. en favor del Persiguiente, de acuerdo con el Contrato de Línea de Crédito con Garantía Prendaria, debidamente inscrito, la cual fue aplazada mediante Sentencia In-Voce del Juzgado de Paz del Municipio de Pedernales, Provincia Pedernales y ha sido fijada para celebrarse el día JUEVES VEINTIDÓS (22) DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (2017) ante el JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO JUDICIAL DE PEDERNALES, sito en la Avenida Libertad, Núm. 73, del Municipio y Provincia de Pedernales, a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (9:00 A.M.), la audiencia pública donde se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, de los bienes muebles que fueron otorgados como garantía bajo el régimen de Prenda Sin Desapoderamiento por CEMENTOS ANDINO DOMINICANO S.A. a BANESCO BANCO MÚLTIPLE, S.A., descritos a continuación: 1. Perforadora Minera, Marca Atlas Copco, Modelo CM780D, Serie G783538P 2. Cargador Frontal, Marca Caterpillar, Modelo 988H, Año 2006, Serie 988H 3. Camión Cabezote, Marca Mack, Modelo GU813E, Año 2011, Serie L-312932 4. Camión Cabezote, Marca Mack, Modelo GU813E, Año 2011, Serie L-285587 5. Montacargas, Marca Hyster, Modelo H600XM, Año 2004, Serie H177P46593 6. Montacargas, Marca Hyster, Modelo 3.0TX-98, Año 2011, Serie B466R10908J 7. Montacargas, Marca Hyster, Modelo 3.0TX-98, Año 2011, Serie B466R10907F 8. Montacargas, Marca Hyster, Modelo 3.0TX-98, Año 2011, Serie B466R11975K 9. Montacargas, Marca Hyster, Modelo 3.0TX-98, Año 2011, Serie B466R11978K 10. Grúa Telescópica, Marca Locatelli, Modelo 835, Año 1989 11. Grúa Telescópica, Marca Lorain, Modelo LRT275, Año 1992 12. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes al Molino de Cemento 13. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes al Filtro de Cemento 14. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes al Elevador de Cemento 15. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes a Ciclones de Cemento, Carbón y Taller 16. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes al Horno de Clinker 17. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes a la Trituradora de Clinker 18. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes al Molino de Crudo 19. Equipos, Maquinarias y Piezas correspondientes a Partes no Clasificadas del Horno de Producción de Cemento PERSIGUIENTE: BANESCO BANCO MÚLTIPLE, S.A.,quien tiene como abogados a los fines correspondientes, a los LICENCIADOS PEDRO O. GAMUNDI PEÑA, CAROLINA O. SOTO HERNÁNDEZ, LAURA M. HERNÁNDEZ RATHE y PAMELA MENDEZ MARCELINO, dominicanos, mayores de edad, casados los dos primeros y solteras las demás, abogados, debidamente matriculados en el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Núms. 001-07519753, 001-1270928-2, 001-1849002-8 y 402-2006261-2, respectivamente, con estudio profesional en la firma de abogados Squire PATTON BOGGS, Peña Prieto Gamundi, ubicada en la Avenida Pedro Henríquez Ureña Núm. 157, sector La Esperilla, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con Teléfono y Facsímile Núms. (809) 472-4900 y (809) 472-4999, respectivamente, con domicilio ad-hoc en la jurisdicción de Pedernales en la firma de abogados PEREZ HEREDIA Y ASOCIADOS, ubicada en la calle Genaro Pérez, Núm. 8, en el Municipio de Pedernales, Provincia Pedernales, República Dominicana, lugar donde la PERSIGUIENTE ha hecho elección de domicilio. Siendo el DEUDOR PRENDARIO la sociedad comercial CEMENTOS ANDINO DOMINICANOS, S.A. y elPRECIO DE PRIMERA PUJA fijado, para la totalidad de los bienes, en DOS MILLONES SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS AMÉRICA CON 63/100 (US$2,065,542.63), o su equivalente en pesos dominicanos, esto es la suma de NOVENTA Y OCHO MILLONES DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS CATORCE PESOS DOMINICANOS CON 10/100 (RD$98,016,814.10) de acuerdo con la tasa oficial del Banco Central de la República Dominicana, suma total correspondiente al capital e intereses, y demás accesorios, adeudados por CEMENTOS ANDINO DOMINICANOS, S.A. a BANESCO BANCO MÚLTIPLE, S.A. En el municipio y provincia de Pedernales, República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

De conformidad con el Artículo 153 de la Ley 6186 de Fomento Agrícola y el Articulo 696 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley No. 764 del 20 de diciembre de 1944, se hace la presente publicación: FECHA DE ADJUDICACIÓN: El día JUEVES que contaremos a VEINTINUEVE (29) de JUNIO del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9) horas de la mañana. TRIBUNAL COMPETENTE TERCERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicado entre las calles Hipólito Herrera Billini, Juan De Dios Ventura Simó, Dr. Horacio Vicioso y Dr. Juan Bautista Pérez del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, tercer Piso, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana. DESIGNACIÓN DEL INMUEBLE “Una Parcela 5-A-1-REF-31, del Distrito Catastral Núm.03, con una superficie de (600.mts2), ubicado en el Distrito Nacional. Propiedad de INMOBILIARIA ROFI, SRL., RNC Núm.1-01-88082-1, Privilegio del Suministrador del Dinero. “Una Parcela 5-A-1-REF-32, del Distrito Catastral Núm.03, con una superficie de (600.mts2), ubicado en el Distrito Nacional. Propiedad de INMOBILIARIA ROFI, SRL., RNC Núm.1-01-88082-1, Privilegio del Suministrador del Dinero. PERSIGUIENTE: La venta en Pública Subasta de que trata el presente pliego de condiciones, se realiza a requerimiento del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MULTIPLES, institución bancaria organizada de acuerdo con la Ley No. 6133 de fecha 17 de diciembre de 1962 y sus modificaciones, con su oficina principal en el edificio de la Torre Banreservas, ubicada en la Ave. Winston Churchill Esq. Porfirio Herrera, Ensanche Piantini, Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana, debidamente representado en este acto por el Lic. Bienvenido Juvenal Vásquez Díaz, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario del bancodomiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-0124486-1, quien actúa en su calidad de Director Adjunto de Cobros, tiene como abogados constituidos y apoderados al LICDO. LUIS H. ACOSTA ALVAREZ, RAMON ERNESTO MEDINA CUSTODIO y la LICDA. YIRANDY B. GUZMAN PEREZ, Abogados de los Tribunales de la República, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Núms. 001-0127398-5, 010-0013229-8 y 001-1650361-6, debidamente matriculados en el Colegio Dominicano de Abogados, con los números 5097-141-87, 16934-45-96 y 51929-71-07, con su estudio profesional común abierto en la Avenida 27 de Febrero Núm.336, entre Dr. Alberto Defilló y Winston Churchill, Edificio. Torre Bella Vista, 2do. Piso, (Tel. 809 960-7100 ext. 2573), Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, donde funciona unas de las oficinas del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, lugar donde se hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto; y del procedimiento de Embargo Inmobiliario. EMBARGADO: INMOBILIARIA ROFI, SRL., RNC NUM.1-01-88082-1, con su domicilio en la Avenida George Washington num.500, Malecón Center, Suite 402, Sector Gascue, en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El Mandamiento de Pago fue notificado en fecha dieciocho (18) del mes de mayo, del año dos mil diecisiete (2017), mediante Acto número 607-17, instrumentado por el Ministerial CARLOS MANUEL METIVIER MEJIA, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Octava Sala del Distrito Nacional, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, inscrito el día cinco (05) de junio del 2017, por ante el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. PRECIO: El precio de primera puja fijado por el persiguiente es la suma de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON 84/100, (RD$24,556,676.84),, por concepto de capital e intereses, más los gastos y honorarios del procedimiento, los cuales serán sumados como precio de primera puja, de conformidad con la Ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Todo licitador deberá depositar en la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana, sin cuyo requisito no será admitido licitador de conformidad con el pliego de condiciones depositado. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior, de conformidad con el pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional., en fecha nueve (09) de junio del año dos mil diecisiete (2017). En la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

FP 90694

Expediente No. 663201702649 Cumpliendo con los Arts. 75, 137, del Reglamento General de Mensura Catastrales, se hace de público conocimiento que el día 28 de junio del 2017, a las 10:00 A.M., daremos inicio a la mensura para Deslinde dentro de la Parcela No. 77, D.C. No. 16/6, del municipio San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís, propiedad del Sr. BARBINO GENAO CONCEPCION, para cualquier información comuníquese al agrimensor Contratista.

por un valor de RD$10,000.00, a nombre de Yvelice Ramona

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EJECUCIÓN DE PRENDAS SIN DESAPODERAMIENTO

LICENCIADA CAROLINA O. SOTO HERNÁNDEZ, Por sí y por los LICENCIADOS PEDRO O. GAMUNDI PEÑA, LAURA M. HERNÁNDEZ RATHE y PAMELA MENDEZ MARCELINO, Abogados de la PERSIGUIENTE.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Licda. Yirandy Guzmán Pérez, Lcdo. Luis H. Acosta Álvarez y el Licdo. Ramón Ernesto Medina Custodio, Abogados del Banco de Reservas. FP 26548

Hacemos de público conocimiento que el día 16 de junio a las 8:00 a.m., horas de la mañana, será vendido en pública subasta el vehículo Ford Scape, en condiciones regulares, color azul, embargado al SR. FAUSTO VENTURA TAVERAS, a requerimiento del SR. JOEL PAYANO, en virtud de pagaré notarial. Este embargo fue redactado por el Dr. SEVERINO VASQUEZ LUNA, Abogado Notario. La misma será efectuada en el Mercado Público de Honduras, sito en la C/Correa y Cidrón el 16-06-2017 que será la venta.

JUNIOR JIMENEZ FIGUEROA, Vendutero Público. FP 90707

AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE, REFUNDICIÓN y SUBDIVISIÓN) Se hace de público conocimiento que el día 22 de Junio de 2017, a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde, Refundición y Subdivisión, dentro de la Parcela No. 49 del D. C. No. 03, ubicado en la Urbanización Covacasa, Municipio Baní, Provincia Peravia, propiedad de JUAN JOSE RAMIREZ CANARIO y ROBERTO ANTONIO RAMIREZ CRUZ, mediante Autorización de Expediente No. 663201704060, de fecha 9 de mayo del año 2017, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales. Depto. Central.

AGRIM. SIMON BOLIVAR JIMENEZ RIJO, Codia 1844. FP 90703

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Aviso: A LA DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEL DEPARTAMENTO CENTRAL, COLINDANTES Y AL PUBLICO EN GENERAL, que el día 26 de junio del año 2017, a las 9:00 A.M., daré inicio a los trabajos de mensuras para: DESLINDE al inmueble propiedad de FIERROO, S.R.L., ubicado en la Parcela No. 108-A-18-A-1, Distrito Catastral No. 04, Municipio Distrito Nacional, Provincia: Distrito Nacional.

Agrimensor José Antonio Mejía Bonín, CODIA: 5173. Teléfono: (809) 697-2490. FP 90702

AVISO DE DESLINDE Exp. No. 661201700679 Se hace de conocimiento público que el día 25 de junio del 2017, a las 09:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos correspondiente a Deslinde sobre el inmueble identificado como P. No. 3760, del D.C. No. 7, de la provincia de Samaná, municipio de Santa Bárbara de Samaná, propietario: BLA PAULINO HERNANDEZ.

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia: 27667. FP 90695

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 26 de junio del año 2017, a las 10:00 a.m., se daría inicio a los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro de la P. No. 7, del Distrito Catastral No. 08, del municipio de Baní, provincia Peravia, con una extensión superficial de (264.00 M2). Este inmueble se encuentra ubicado en la calle Segunda del sector Brisas del Guásuma de esta ciudad de Baní, provincia Peravia. Identificado como Expediente No. 663201704804, propiedad de la SRA. ARGENTINA PIMENTEL MORDAN.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. FI 12212


Miercoles 14 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADOS FINANCIEROS En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financieros que se describen a continuación: 1) Certificado financiero No. 2-6013400040129, de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos, por la suma de VEINTE MIL PESOSDOMINICANOS CON 00/100 CENTAVOS (RD$20,000.00), a favor de la señora MARÍA AMELIARAVELO ORTEGA; 2) Certificado financiero No. 2-601-3400040410, de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos, por la suma de DIEZ MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 CENTAVOS (RD$10,000.00),a favor de la señora MARÍA AMELIARAVELO ORTEGA; y, 3)Certificado financiero No. 2-601-3400041529, de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos, por la suma de DIEZ MIL PESOSDOMINICANOS CON 00/100 CENTAVOS (RD$10,000.00), a favor de la señora MARÍA AMELIARAVELO ORTEGA; a los fines de que la institución proceda a la anulación de dichos certificados financieros y a la expedición de los certificados sustitutos. FC 347284

AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACION DE AUDIENCIA. RECLAMANTE: Sr. EMERENCIANO HERNANDEZ. AGRIMENSOR: NICOLAS MERCEDES. Designación Catastral No. 504388295250, DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DEL YUMA, PROVINCIA LA ALTAGRACIA, SE CITAN, a la persona mencionada más arriba, sus colindantes los señores, JOAQUIN CASTRO RIJO, GUILLERMO CASTILLO MELO Y ANORDO MORALES PION, y a todo el que tenga interés o derecho sobre dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan por ante el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la ciudad de Higüey, ubicado en la Carretera Mella Kilómetro 2, de esta ciudad de Higüey, provincia la Altagracia, República Dominicana, el día JUEVES, que contaremos a VEINTINUEVE (29) del mes de JUNIO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las 9:00 horas de la mañana, a fin de dar a conocer los derechos que pretendan, presentar las pruebas en que se basan, para que formulen sus reclamaciones en forma legal y conocer de la misma en Jurisdicción Original.

MANUEL DE JESUS SANCHEZ CEBALLOS, JUEZ DEL TRIBUNAL DE TIERRAS. CLARA ESTHER MORALES VILLAVICENCIO, SECRETARIA AD-HOC. FC 347264

AVISO PERDIDA DE CERTIFICACIONES DE REGISTRO DE ACREEDOR De conformidad con lo que dispone el Art. 92, párrafo 3 de la Ley No.108-05, sobre Registro Inmobiliario y del artículo 86 del reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida de las Certificaciones de Registro de Acreedor matriculada con el No. 1700005458, que amparan la Parcela No.1130-SUB-166, del Distrito Catastral No. 07, del Municipio de Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, con una superficie de 246, 271.00 metros cuadrados, propiedad de JOSE MORALES, y expedidas a favor del BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA.

DR. RAUL M. RAMOS CALZADA, Director Jurídico. FP 26549

Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guión, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida del Duplicado de Acreedor Hipotecario referente a Hipoteca en Primer Rango a favor del Banco Hipotecario Dominicano, S. A. correspondiente al inmueble identificado como: Solar número 2, Manzana 2364-D, del Distrito Catastral número 1, Distrito Nacional, con una extensión superficial de 239.78 metros cuadrados, y está limitada: al Norte: Calle; al Este: Solar número 3; al Sur: Solar número 5; y al Oeste: Solar número 1.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, modelo Camry LE, color verde, placa A305324, chasis 4T1BG22KXVU153673, propiedad de VIVIANA VELOZ CORNELIO. FP 90711

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Hyundai, color blanco, año 2012, placa y registro G280781, chasis KMHSH81BBCU900944, a nombre de PERSIO OLIVO ROMERO NAVARRO.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Volkswagen, color dorado, año 2002, placa y registro A062694, chasis VWWZZZ1JZ2W140355, a nombre de MIGUEL ANGEL TAVERAS TAVERAS.

PERDIDA DE PLACA: Vehículo Remolque, marca Garp, color rojo, año 1999, placa y registro F007419, chasis 00111274107, a nombre de WILFREDO LUIS TORRES ALVAREZ.

PERDIDA CERTIFICADOS DE ACCIONES AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se han extraviado los CERTIFICADOS DE ACCIONES COMUNES No.120018 de fecha 27/4/2009, por valor de 100 acciones y No.159454 de fecha 28/4/2014 por valor de 4 acciones, expedidos por GRUPO POPULAR S.A., a favor de Huascar Manuel Sosa Con-

Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el certificado financiero número: 002106004442, por valor de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con 00/100), más los intereses acumulados y pendientes de pago, el cual se dio apertura en fecha 02 de enero del año 1991, en favor de José Francisco Moronta Guzmán. Expedido por el Banco Popular Dominicano, Banco Múltiple C. por A.

cepción.

José Francisco Guzmán 047-0143506-9 DEPOSITANTE. (FA-RO-13585-RDT-12-13-14-15/06/2017)

FC 346752

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 1045000421 fecha de apertura 23 de octubre del año 2002, expedido por valor de RD$27,000.00 (VEINTISIETE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO S.A., BANCO MULTIPLE a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

JOSE ANTONIO TRINIDAD ESCALANTE Depositante (MDC-AC-11213-PC-24-31-07-14/06/2017)

FP 90705

LEGAL 17

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero No. 80000819595 documento no.013286 fecha de apertura 02 de diciembre del año 2016 expedido por valor de RD$25,500.00 (VEINTICINCO MIL QUINIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por la Cooperativa Vega Real Inc. a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: ANABERCA ALTAGRACIA SANTOS GALAN, DEPOSITANTE – CLIENTE NO.23023. (ACRO-13596-CC-12-13-14/06/2017)

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Se hace de público conocimiento que el día3 (Tres) de Julio del año Dos mil Diecisiete (2017), a las 8:00 a.m., se realizarán los trabajos por el Agrimensor GREGORIO AQUINO, dominicano, mayor de edad, para el DESLINDE de 2 /Dos( porciones de terreno, dentro del ámbito de la P. No. 932, del Distrito Catastral Número 2, del Municipio de Constanza, Provincia de La Vega, lugar: La Sabina, expediente No. 6622017004424, propiedad de: ALTAGRACIA JIMENEZ ORTIZ, con las colindancias siguientes: AL NORTE: P. No. 932 (resto): VICTOR FERREIRA DE LEON, AL ESTE: P. No. 932 (resto): VICTOR FERREIRA DE LEON, AL SUR: P. No. 932 (resto): ARGENTINA VASQUEZ y AL OESTE: Calle Rolando Infante. Dirección: Está ubicada en Calle Rolando Infante) No. 36, en el Distrito municipal de La Sabina, a 60ms, al Oeste del Parquecito de La Sabina Y SALVADOR GARCIA DE LOS SANTOS, con las colindancias siguientes: AL NORTE: P. No. 932 (resto): ARGENTINA VASQUEZ, AL ESTE: P. No. 932 (resto): JILBERTO BATISTA ABREU, AL SUR: Calle Andrés Batista y AL OESTE: Calle Rolando Infante. Dirección: Está ubicada en Calle Rolando Infante) No. 32, en el Distrito municipal de La Sabina, al frente, al Oeste del Parquecito de La Sabina. Autorización de fecha: 7 de Junio del año 2017.

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. B431171 fecha de apertura 09 de septiembre del año 2015, expedido por valor de RD$650,000.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANCO BHD LEON a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

ESPERANZA RAMOS MENA DE CASTILLO Y WILLIAN ANTONIO CASTILLO RAMOS Depositantes

VISADO: AGRIM. GREGORIO AQUINO, CODIA 8412 E MAIL: gregaquino@hotmail.com. Celular (809) 899-9001 FC 347283

El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes cercanos a las instalaciones de la concesión minera denominada LA LUISA, ubicada en la provincia Santo Domingo, municipio Boca Chica, secciones Batey Gautier, parajes La Siguapa, Los Paredones, Batey La Luisa y La Tumba, R.D., que desde el 01 al 30/06/2017, la empresa DOCALSA, S.A., realizará trabajos de voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de la indicada localidad. DIRECCION GENERAL DE RELACIONES PUBLICAS, MIDE. FC 90688

(MDC-AC-11213-PC-24-31-07-14/06/2017)

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Por medio de la siguiente publicación se informa que ha sido extraviado o robado el Certificado de Depósito No. 000754899128, por la suma de RD$200,000.00 (Doscientos mil pesos) correspondiente al BANCO POPULAR DOMINICANO, emitido en fecha 17/08/2009, a nombre del Señor FELIPE BONILLA REYES, portador de la cedula No. 071-0031825-7, residente en Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, R.D. FC346520

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO DE ORO NOMINATIVO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 402-01-230-008/23-4, del BANCO DE RESERVAS BANRESERVAS, de fecha 27-3-2015, por valor de RD$40,000.00, a nombre de ALFONSO CARLOS GUILLERMO TAVAREZ CHECO, cédula 001-1698295-0. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 50-112-500020756, emitido por la ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, en fecha 14 de enero del 2010, por un valor de RD$110,000.00 (CIENTO DIEZ MIL PESOS CON 00/00), a nombre de INEIDA MATOS RODRIGUEZ, cédula No. 0010826749-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

FC 347217

FP 90371

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero No. 9-205000222-5 documento No.008380 fecha de apertura 03 de marzo del año 2017, expedido por valor de RD$1,880,000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por el Banco Agrícola de la República Dominicana a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: ANA YUDERKA MEJIA HERNANDEZ O EDDY MEJIA HERNANDEZ, DEPOSITANTES.

Se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO FINANCIERO No. 40028-000704-9, con asiento en fecha 24 de noviembre del 2015, por valor de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS CON 00/100, (RD$150,000.00), expedido por la ASOCIACION CIBAO DE AHORROS Y PRESTAMOS, a favor de las Señoras, MARIA ALTAGRACIA CORNIEL ROMAN Y CRUCITA POLANCO BONILLA, Céds. Nos. 064-0026562-2 y 064-0027151-3, respectivamente, residentes en la C/ Dr. Tejada Florentino No. 61, Municipio Tenares, Provincia Hermanas Mirabal, debidamente notificado mediante acto de alguacil No.272-2017, y registrado en el Ayuntamiento del Distrito Nacional, No.11812, en fecha 19/05/2017, para los fines de ley correspondiente.

(RO-13594-CC-12-13-14/06/2017)

FC 347902


18 LEGAL AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO EN VIRTUD DE LA LEY NO. 189-11, DEL 16 DE JULIO DEL 2011. De conformidad con las disposiciones de los artículos 158 y 169 de la Ley No 189-11, del 16 de julio del año 2011, sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que la audiencia pública de pregones en la que, luego de dar lectura al Pliego de Condiciones, se procedería a la Venta en Pública Subasta del inmueble descrito más abajo, que debió celebrarse en fecha nueve(9) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9.00 a.m.), por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, conforme el aviso publicado en la Página 17, Sección Legal, del periódico “El Nuevo Diario”, de fecha tres(3) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), fue aplazada para ser celebrada el día veinte(20) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), por ante el referido tribunal, la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en el salón de audiencias de dicho Tribunal, ubicado en la segunda planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, con frente principal en la calle Hipólito Herrera Billini, del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. El bien objeto de la referida Venta en Pública Subasta es el inmueble registrado como propiedad de LEONTE ARISTY FELIZ y ALTAGRACIA ALEXANDRA GUERRERO SOTO DE ARISTY, que se describe a continuación: “Unidad Funcional 801, identificada como 309480747086 : 801, del condominio Torre Margot III, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 7.14% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO, identificado como SP-00-01-014, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-015, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 25.00 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-08-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 08, destinado a Jardinera, con una superficie de 2.10 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-09-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 09, destinado a Terraza, con una superficie de 48.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO, identificado como SP-01-08-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 08, destinado a Apartamento, con una superficie de 254.00 metros cuadrados y un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-09-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 09, destinado a Apartamento con una superficie de 262.00 metros cuadrados, amparado en la Matrícula número 0100060756”. El inmueble antes indicado ha sido embargado a requerimiento de la entidad BANCO ATLÁNTICO DE AHORRO Y CRÉDITO, S.A., sociedad comercial organizada y existente bajo las leyes de la República Dominicana, inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes bajo el número 1-01-11439-8, con domicilio social fijado en la calle Fantino Falco No. 57, Plaza Criscar I, Suite 203, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, debidamente representada por la licenciada Ámbar Margarita Castro De Windt, de nacionalidad estadounidense, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 001-1208777-0, domiciliada y residente en esta ciudad, debidamente representada por sus abogados constituidos y apoderados especiales, los licenciados MARCOS PEÑA RODRÍGUEZ, ROSA E. DÍAZ ABREU, JULIO A. CANÓ ROLDÁN, KAMILY M. CASTRO MENDOZA y VÍCTOR A. SANTANA DÍAZ, dominicanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001-0167246-7, 001-1119437-9, 001-1775774-0, 0011777934-8 y 402-2181453-2, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en la Oficina de Abogados JIMÉNEZ CRUZ PEÑA, sita en el piso catorce de la Torre Citi, ubicada en la Avenida Winston Churchill 1099, Sector Piantini, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, lugar este último donde la persiguiente y sus abogados han hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de embargo inmobiliario y, por lo tanto, para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación. El referido embargo ha sido practicado en contra de: 1) los SUCESORES del señor LEONTE ARISTY FÉLIZ, notificados en la calle 2-A, No. 2, Apartamento 801, Octavo Piso, Condominio Torre Margot III, Sector Mirador Norte, de esta ciudad, que es el lugar en donde se ha dado apertura a la SUCESIÓN del señor LEONTE ARISTY FÉLIZ; y 2) la señora ALTAGRACIA ALEXANDRA GUERRERO SOTO DE ARISTY, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1369326-1, en su calidad de cónyuge supérstite del señor LEONTE ARISTY FÉLIZ y copropietaria del inmueble objeto del presente embargo inmobiliario, domiciliada en la calle 2-A, No. 2, Apartamento 801, Octavo Piso, Condominio Torre Margot III, Sector Mirador Norte, de esta ciudad. El Mandamiento de Pago tendente a Embargo Inmobiliario que dio inicio a este proceso de ejecución fue notificado a las partes embargadas, señaladas anteriormente, al tenor del Acto No. 16/2017, de fecha trece (13) del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por la ministerial Clara Morcelo, Alguacil de Estrados de la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional. Una vez convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por la expiración del plazo establecido por el artículo 153 de la referida Ley 189-11, fue inscrito por ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional el día primero (1) del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017), en estricto respeto del plazo previsto a tales fines por el artículo 154 de la misma Ley. En el Pliego de Condiciones que regirá la señalada Venta en Pública Subasta, depositado en fecha diez (10) del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017), por ante el Tribunal apoderado para la Venta, la persiguiente ha fijado el precio para la primera puja para la venta del inmueble embargado en el monto de DIEZ MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 14/100 (RD$10,215,234.14), al cual se añadirá la cantidad que se indique en el Estado de Costas y Honorarios que será depositado y aprobado antes de que se realice la Venta en Pública Subasta. Entre cada puja habrá un incremento no menor de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$100,000.00).Se advierte que no se admitirán pujas sino por ministerio de abogado. Para poder licitar todo licitador deberá depositar previamente en la Secretaría del Tribunal apoderado de la Venta una garantía en efectivo, cheque certificado o de administración de una institución bancaria de reconocida solvencia, del diez por ciento (10%) del monto de la primera puja, ascendente a UN MILLÓN VEINTIÚN MIL QUINIENTOS VEINTITRÉS PESOS DOMINICANOS CON 41/100 (RD$1,021,523.41). Las partes embargadas serán citadas mediante acto de alguacil para presenciar la Venta en Pública Subasta. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. VÍCTOR A. SANTANA DÍAZ Por sí y por los Licdos. MARCOS PEÑA RODRÍGUEZ, ROSA E. DÍAZ ABREU, JULIO A.CANÓ ROLDÁN, y KAMILY M. CASTRO MENDOZA, Abogados de apoderados de BANCO ATLÁNTICO DE AHORRO Y CRÉDITO, S.A. FC 347298

Miercoles 14 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DE LA PROVINCIA BARAHONA AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA. Al: Agrimensor: JOSE MANUEL DE PADUA SANCHEZ. Solicitante: JOSE MANUEL LOPEZ RODRIGUEZ. Colindantes: RAFAEL GLEMA y NESTOR MATOS, CAMINO, LUIS MEDINA y CAÑADA. De la: Tribunal de Tierras Jurisdicción Original-Barahona. De la: Referencia: Expediente No. 0103-17-00099. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia Barahona, municipio La Ciénaga, D.C. Pos. 297918647122. A todos a quienes pueda interesar. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Barahona, ubicado en la CALLE COLÓN NO. 43, PALACIO DE JUSTICIA a la audiencia fijada para el día 17/07/2017, a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de BARAHONA, Provincia Barahona, hoy día 2 de junio de 2017, años 173 de la Independencia y 153 de la Restauración.

JUAN DOMINGO MENDEZ QUEZADA, Juez de la TJO-Barahona. ANA YIBI FELIZ PEREZ, Secretaria-Titular. FC 347256

Publicación de Divorcio

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del párrafo del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha dieciocho (18) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó sentencia civil Núm. 0870-17, con el dispositivo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Miguel Ernesto Martínez Cabral e Ivelisse Padilla López, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Miguel Ernesto Martínez Cabral e Ivelisse Padilla López, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 90/2017, instrumentado en fecha 15 de marzo del año 2017, por ante el Dr. Oscar González Maura, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: A) Otorga la guarda y cuidado de la menor de edad Mivelis Amparo, a cargo de la señora Ivelisse Padilla López; B) HACE CONSTAR que el padre señor Miguel Ernesto Martínez Cabral se obliga a pagar por concepto de pensión alimentaria la suma de cinco mil pesos dominicanos (RD$5,000.00) mensuales a favor de su hija menor de edad Mivelis Amparo Martínez Padilla, por los motivos expuestos. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio”. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017), LA SEPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA PARA ASUNTOS DE FAMILIA, mediante la Sentencia Civil No. 532-2017-SSEN-0899 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges señores FRANCISCO PEREZ Y NIKAURYS ISABEL MEDINA FELIZ, conforme a la compulsa notarial del acto de estipulación y convención No. (033/2017), de fecha veinte (20) del mes de febrero del año 2017, instrumentado por el Dr. Juan Ernesto Lugo Ramírez, Abogado-Notario Público de los del número del Distrito Nacional. Segundo: Ordena el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas, por tratarse de litis de familia; así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCÈ, JUEZ; FRANYER ENRIQUE BEATO PEREZ, SECRETARIA. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez, de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber, que en fecha treinta y uno (31) del mes de Mayo del año (2017), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el LIBRO REGISTRO DE DIVORCIO No. 00011, Folio 0077, bajo el ACTA No. 001032, del año Dos Mil Diecisiete (2017), así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día Doce (12) días del Mes de Junio del Año Dos Mil Diecisiete, (2017).

Lic. LUIS TOLENTINO, Abogado.

LICDO. ISIDORO FELIZ FELIZ, Abogado.

FC 347255

FC 347292

AVISO DE TRANSFORMACION Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA La Asamblea General Extraordinaria convoca a todos los accionistas de la compañía “CASA JOSELINA, C. POR A.”, En cumplimiento de las disposiciones de la Ley Número 479-08 del 11 de diciembre del 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento público el proyecto de transformación de la compañía “CASA JOSELINA, C. POR A.”, en una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.), la cual estará formada por dos o más socios. La sociedad aumentará su Capital Social totalmente suscrito y pagado a la suma CIEN MIL (RD$100,000.00) PESOS DOMINICANOS, dividido en CIEN (100) CUOTAS SOCIALES, con un valor nominal de MIL PESOS DOMINICANOS (RD$1,000.00) cada una. La sociedad mantendrá la misma denominación social, bajo la tipología de Sociedad de Responsabilidad Limitada, seguida de las iniciales S.R.L; mantendrá su Objeto Social principal; VENTA Y COMERCIALIZACION DE TEJIDOS, COSMETICOS, ELECTRODOMESTICOS, CRISTALERIA Y ENSERES DEL HOGAR, IMPORTACION DE TEJIDOS. La misma no se disolverá, manteniendo su personalidad jurídica, sin alterar sus derechos y obligaciones. La Sociedad estará administrada y representada por uno o varios Gerentes, quienes estarán investidos de los poderes más amplios para actuar en toda circunstancia a nombre de la Sociedad. Se convoca a todos los accionistas a celebrar el a acta de Asamblea conforme al artículo 445, en el domicilio social de la sociedad, en la CALLE DUARTE, No. 114-A, SAVICA, LOS ALCARRIZOS, SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, para conocer y decidir sobre el proyecto de transformación de la sociedad en Sociedad de Responsabilidad Limitada, de acuerdo con la Ley número 479-08 citada. Estos documentos están a disposición de los socios en la sede social durante el plazo de quince (15) días antes de la celebración de la junta General Extraordinaria que deberá ponderarlos. En caso de decidir la transformación, la junta General Extraordinaria deberá aprobar el Proyecto de Transformación que regirá la sociedad, el cual deberá contener todos los requisitos exigidos por la Ley Número 47908 citada. Entendido lo anterior, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la compañía, válida y regularmente constituida conoce de la intención de transformar la compañía “CASA JOSELINA, C. POR A.”, de una COMPAÑÍA POR ACCIONES (C. POR A.) a una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S. R. L.).

PROVIDENCIA NIVECA CARRASCO VALDEZ, Presidente. FC 347297

TRANSPORTE Y SERVICIOS MULTIPLES DEL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL DEL YUMA, C. POR A. Capital Social Autorizado: RD$1,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$1,000,000.00 RNC 119-50157-3

AVISO DE TRANSFORMACION De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08 del 11 de diciembre del año 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la Compañía TRANSPORTE Y SERVICIOS MULTIPLES DEL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL DEL YUMA, C. POR A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: La modificación del nombre de la Compañía TRANSPORTE Y SERVICIOS MULTIPLES DEL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL DEL YUMA, C. POR A., la cual se denominará “TRANSPORTE Y SERVICIO MULTIPLES DEL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL DEL YUMA, S.R.L.”, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes estatutos; tendrá como objeto social principal, dedicarse a actividades de transporte y servicios múltiples, así como toda actividad de lícito comercio en la República Dominicana; el domicilio social de la empresa se establece en la Av. Libertad No. 3, municipio de San Rafael del Yuma, Higüey, República Dominicana; con un capital de RD$100,000.00 pesos dominicanos, la empresa será administrada por un gerente designado al efecto, la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto, así como el Balance Financiero Especial, el Informe del Consejo de Directores y un Informe General elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad, se convoca a los accionistas de la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS MULTIPLES DEL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL DEL YUMA, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la compañía el día 15 de junior del año 2017. El proyecto de Transformación de la compañía, junto con el Informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la compañía. En la ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

FERNANDO ANTONIO CEDANO MELO, Asesor Legal. FC 347289

AVISO DE ENPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En el cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, del 21/05/1937 sobre divorcio, en la Rep. Dom. Modificada por la Ley 2153 de 1949, Y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor Jesús Padilla Medrano, Dominicano, Mayor de edad, Casado, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No 224-0009713-9. Residente en la calle Respaldo Puerto Plata No.2 sector Bayona, Distrito Nacional, Lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio y accidentalmente en Neyba para todos los fines y consecuencias legales del presente procedimiento de demanda en divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, quien tiene como abogados apoderados Especial a los LICDOS. Angel Anulfo Herasme, dominicano, mayor de Edad, casado, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No 022-0015594-9 y Elido Encarnación Sánchez, dominicano, mayor de Edad, casado, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 022-0030100-6, Abogados de los Tribunales de la República, Colegio de Abogado números -59515-293-15, Estudios Profesionales Abiertos en la calle 27 de Febrero No.4 Esquina San Bartolomé de esta ciudad de Neyba, donde mi requeriente y demandante hace formar elección de domicilio para todos los fines legales de la presente publicación ADVIERTE a su legítima esposa señora SUELEN DE MATOS SANTOS, cuyo último domicilio fue la calle No.2 de la Respaldo Puerto Plata, sector Bayona, Santo Domingo D.N. y que a falta de información actual relativa a su domicilio se procederá a emplazarla en acción de Divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal Distrito Judicial de Bahoruco, R.D, el día (23) de junio 2017 a las 9:00am, horas de la mañana, así como en la puerta de la Secretaría del Tribunal apoderado y el último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará para ser conocido en fecha 04 del mes de julio (2017) en el salón de Audiencia donde se conocerá a puertas cerradas del segundo nivel del palacio de Justicia, ubicado en la calle 27 de Febrero No.4 del Municipio Neyba, Prov. Bahoruco, R.D., hoy a los 13 del mes de junio (2017).

LIC. ANGEL ANULFO HERASME, Abogado. LIC. ELIDO ENCARNACION SANCHEZ, Abogado. FC 347260

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor RAFAEL JUAN MINAYA NOVA, Belga, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Santo Domingo y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D. pasaporte No.EJ469697; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FAUSTO ALFONSO MARTE CEPEDA, cédula No. 047-0154228-6 con estudio profesional abierto en el No.50 de la Calle 27 de Febrero, 2do Nivel, Edif. Griselda, Apto.201-B, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora DEYANIRA CHEVALIER RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en La Torre de este municipio de La Vega, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 19 del mes de JUNIO del año 2017, a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 03 del mes de JULIO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 12 días del mes de JUNIO del año 2017.

LIC. FAUSTO ALFONSO MARTE CEPEDA, Abogado apoderado de la parte Demandante. (AC-11319-CM-14-15-16/06/2017)


Miercoles 14 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Kia, color verde, año 2000, placa y registro A351495, chasis KNADB2223Y6259365, a nombre de RAMON OGANDO VALDEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: Jeep, marca Hyundai, modelo Santa Fe 4X2, color Negro, año 2011, placa y registro G351347, chasis 5XYZK3AB3BG085268, a nombre de ZEUS ARISMENDY ACEVEDO RODRÍGUEZ, cédula 001-1135656-1

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, color dorado, año 2003, placa y registro A494435, chasis 2T1BR32E93C082121, a nombre de KELVIN EDWIN WILLIAMS.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep, marca Jeep, modelo Cherokee, color Gris, año 1998, placa y registro G121984, chasis 1J4FX58S9WC311548, a nombre de JUSTO MANUEL GÓMEZ, cédula 001-0248645-3

LEGAL 19

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título de Propiedad No.73 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 94,832.00MTS2 en el ámbito de la Parcela No.41, del Distrito Catastral No.7 del Municipio de COTUI y Provincia de Sánchez Ramírez, a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento de COTUI a favor y a nombre de: PEDRO BONIFACIO AYBAR, Propietario. (GP-AC-11321-WP)

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero No. 40201-051-006498-6 documento No.590115 fecha de apertura 07 de noviembre del año 2008 expedido por valor de RD$100,000.00 (CIEN MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: LINDA HERNANDEZ BATISTA, DEPOSITANTE.

Se Hace De Público Conocimiento Que Se Han Extraviado Los Certificados Financieros Nos. 0000000876 De Fecha 8/2/2015 Y 0000000887 De Fecha 22-03-2015, Por Valores De Dos Millones Setecientos Mil Pesos Dominicanos (RD$2,700,000.00) Y Dos Millones De Pesos Dominicanos (RD$2,000,000.00) Del Banco De Ahorro Y Crédito Federal, S. A., Ambos A Nombre De La señora Magnolia Isabel Troncoso Hernández, Quien Ha Llenado Todos Los Requisitos De Ley, Para Obtener Su Duplicado Por Pérdida, Según Lo Establece La Ley.

Justificación Del Divorcio La Octava Sala Para Asuntos De Familia De La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del D.N. Presidida Por Daisy Miguelina Abreu Urbaez, Con Motivo De La Solicitud De Divorcio Por Mutuo Consentimiento Según Lo Establecido En Los Arts. 1, 26, 27 Y 30 De La Ley 1306-BIS Sobre Divorcio. Dicho Divorcio Fue Dictado Mediante Sentencia # 00640-17 De Fecha 21-04-2017, Sometido Por El Lic. Elidió A. López Gómez Abogado, Céd. # 001-0271192-6 En Representación De Los Esposos Martín Omar De Jesús Caba, Céd. 224-0014323-0 Y Leydy Campos, Céd. 223-0041897-1.

(MDC-AC-11306-WP-12-13-14/06/2017)

PERDIDA DE TITULO Se avisa por este medio la pérdida del Certificado de Título No. 86, que ampara los derechos de propiedad del señor VIRGILIO CASTAÑOS JEREZ, portador de la cédula de identidad y electoral No. 087-0002908-8, sobre el inmueble identificado con una superficie de 34,068.35 metros cuadrados, dentro de la parcela No. 28, del D.C. 28 del municipio de La Vega. DR. OCTAVIO SOTO LORA, Abogado apoderado. FC 347278

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, Párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 61-261 (Duplicado del Dueño), que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 36, del Distrito Catastral No. 20, del municipio de Santo Domingo Norte, con una extensión superficial de 35,256 metros cuadrados, propiedad de la SOCIEDAD COMERCIAL RESIDENCIAL VILLA ESPAÑA. LIC. EUFEMIO ZABALA.

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha (30) del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada para asunto de familia, mediante sentencia civil No. 00424/2017, ordenó lo siguiente: FALLA: UNICO: Declara bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 158/2016, firmado por los esposos ENMANUEL AMPARO CORDERO y MARY LANDY GONZALES ALMONTE, de fecha veintiseis (26) del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016), por el DR. ROBERTO DE JESUS ESPINAL, Abogado Notario Público de los del número del Distrito Nacional, en consecuenica: A) ADMITE el Divorcio Por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Enmanuel Amparo Cordero y Mary Landy González Almonte. B) ORDENA el Pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. C) COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (firmados: Evelyn Torres, Juez; Mirtha M. de la Cruz Díaz, (Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Juez de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la secretaria. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada, la misma ha sido registrada en el registro civil No. y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha 20 del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), bajo el libro letra A, folio No. 9369. Dicho Pronunciamiento se pronunció por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha veinticuatro (24) del mes de mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante Sentencia Civil No 00424/2017, de fecha treinta del mes enero del año Dos Mil Diecisiete (2017), que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el registro destinado a estos fines correspondiente, en el Libro No. 00010 de registro de Divorcio, Folio No. 0161, Acta No. 000973 del año 2017, en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

AGRIPINA RINCON DE CALENDARIO, Propietaria.

AVISO DE PERDIDA DE FOLIO DE TITULO En virtud a la ley 108-05 y sus reglamentos de hace de público conocimiento que se ha perdido o extraviado el folio No. 102, libro 22 duplicado del deudor, que da continuidad al certificado No. 58(Ant.99) con una superficie de 608.28 Metros Cuadrados, dentro de la parcela No. 151-B del Distrito Catastral 7, ubicado en sector de Bella Vista, propiedad de los señores Luis de Jesús Jorge Tejada y Doris del Carmen Borbón Frías, expedido por la Registradora de Título de Santiago en fecha 9 de Noviembre del año (1987). LICDA. MARIA LUISA TEJADA, Tel 809-607-5616

FC 347259

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 96-9017 (Duplicado del…) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 210-B-16-Subd.-25-A, del Distrito Catastral No. 32, del municipio de Distrito Nacional, La Caleta, con una extensión superficial de 2,204 metros cuadrados, propiedad de JOSE AUGUSTO PERDOMO MOJICA. FC 347257

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISION Se hace de público conocimiento que el día 30/06/2017, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE Y SUBDIVISION dentro de la Parcela No. 1720, del Distrito Catastral No. 08, del Municipio Baní, Provincia Peravia. Expediente No. 663201705023, Autorización de fecha 05/Junio/2017. Solicitada por los Sres. Manolín Alcides Sánchez Montero y Amantina Mercedes Montero.

AGRIM. ABRAHAN BELLIARD MONTERO, CODIA 4190. Telf. 809-654-0143. Codia 4190. FC 347269

DRA. ADONAIRA YAMILE CANARIO SANCHEZ, Abogada.

AVISOS DE MENSURAS PARA DESLINDE, REFUNDICIÓN Y SUBDIVISION

FP 90687

AVISO DE DIVORCIO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De acuerdo con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la Ley 108-05, y el Art. 83 del Reglamento de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que en la actualidad se encuentra extraviado, del lugar donde se encontraba guardado, Certificado de título Matricula No. 0100218129, correspondiente al inmueble identificado como Solar 8, Manzana 690, del Distrito Catastral No.01, ubicado en el Distrito Nacional, con una superficie de 125.00 metros cuadrados. Expedido por la Registradora de Título del Distrito Nacional en fecha 13 de Abril del año 2012, a nombre de la señora AGRIPINA RINCON.

LIC.EDILIO A. LOPEZ GOMEZ, Abogado.

Para general conocimiento y en cumplimiento del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintisiete (27) de enero de año dos mil diecisiete (2017), la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia; mediante sentencia civil No. 00068-17 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Miguel Augusto Bogaert Subero y Liliana Santana Taveras; SEGUNDO: OTORGA la guarda de Miguel David y Amelia a favor de su madre Liliana Santana Taveras; TERCERO: Fija en la suma de treinta un mil pesos (RD$31,000.00), la pensión alimentaria que tendrá que pagar el señor Miguel Augusto Bogaert Subero, los días treinta (30) de cada mes, la cual pagará en manos de la madre de éstos; más el pago del 50% de gastos extraordinarios (salud, vestimentas y escolares), a favor de sus hijos Miguel David y Amelia; CUARTO: Ordena sea establecido a favor del señor Miguel Augusto Bogaert Subero, padre de los menores Miguel David y Amelia, el siguiente régimen de visita: Los fines de semanas alternos con los de la madre y la mitad de las vacaciones escolares; los días festivos alternados, comenzando el primer día festivo con el padre, posterior a la presente sentencia; el día del padre y el cumpleaños del padre aunque no le corresponda; el día del cumpleaños de la madre y el día de la madre aunque no le corresponda; que las vacaciones inicie la primera mitad con la madre a partir de la presente sentencia y vayan alternándose sucesivamente los días siguientes; QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; SEXTO: Compensa las costas del procedimiento. Asimismo se hace saber que en fecha seis (6) de junio del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la 1era Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia civil No. 00068-17 en el Libro No. 00011 de registros de Divorcio, Folio 0153, Acta No. 001070, del Año 2017; así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio de año dos mil diecisiete (2017).

Licdo. Gilbert A. Suero Abreu, Por sí y por los Licdos. Rafael R. Dickson Morales, Rolando De Peña García y Perla Rivas Paulino, Abogados Apoderados de la señora LILIANA SANTANA TAVERAS. FC 347254

Se hace de público conocimiento, que para el día 1/7/I7, a las 10:00 A.M., se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde, Refundición y Subdivisión dentro del ámbito de las Parcelas No.02 y 03, D.C. No.31, del Municipio Los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo, Propiedad del Sr. CLAUDIO JIMENEZ, representado por MARCO AGUDELO. Expediente No.663201704322.

AGRIM. FRANCISCA MERCEDES EUSEBIO MARTINEZ, CODIA 28612. FP 90701

INDUSTRIAS EMPACADORAS DOMINICANAS, SRL Capital Suscrito y Pagado: RD$54,743,900.00 RNC No. 1-0100926-8, Registro Mercantil No. 3131SD Domicilio: Av. Las Américas Km. 5 ½, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana. En cumplimiento de los Estatutos Sociales de INDUSTRIAS EMPACADORAS DOMINICANAS, SRL y las disposiciones de la Ley General de Sociedades No. 479-08, se hace del conocimiento general que la Asamblea General Extraordinaria de socios celebrada el día lunes doce (12) de junio del año dos mil diecisiete (2017), aprobó las siguientes resoluciones: 1. La modificación del artículo 8 de los Estatutos Sociales, en lo relativo a la reducción del capital pagado de la empresa, por un monto de ciento cincuenta y cinco mil pesos dominicanos (RD$155,000.00), quedando su nuevo capital pagado en la suma de RD$54,743,900.00 (cincuenta y cuatro millones setecientos cuarenta y tres mil novecientos pesos dominicanos), dando cumplimiento a las disposiciones del articulo 448 de la ley 479-08 de Sociedades Comerciales, en lo concerniente a aquellos socios ausentes en la transformación de la sociedad realizada en fecha 10 de agosto del 2010, y que al día de hoy no se han adherido a sus estatutos. 2. Delegar los poderes correspondientes para realizar dicha medida y proceder a las publicaciones de lugar en más de un diario de circulación nacional, de conformidad con las disposiciones del artículo 123, párrafo I de la ley 479-08 de Sociedades Comerciales. Dado en Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominica, a los catorce días (14) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

Félix Alberto Rojas Báez, Gerente Presidente. FC 347291


Miercoles 14 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, color blanco, año 1999, placa y registro L132222, chasis No. S80P092588, propiedad de MAXIMO ROJAS MARTINEZ, cédula No. 001-1202815-4. FP 90659

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo motocicleta, marca Yamaha, modelo RX-S, color negro, año 2005, placa y registro K0388783, chasis No. MH33HB0085K270102, propiedad de MARCELA SANCHEZ, cédula 0500010338-1. FP 90689

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Daihatsu, modelo V11 8L HY, año 1999, placa y registro L175077, color rojo, chasis V11609688, propiedad de NARCISO BIENVENIDO MONTERO GOMEZ, cédula 003-0034370-4. FC 347279

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Geo, modelo Tracker 4x4, año 1994, color verde, placa G008311, chasis 2CNBJ18U0R6922836, a nombre de NELSON ANTONIO FERNANDEZ MARTE, CED. 031-0336380-4. (AC-AC-11323-PN-2/2)

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo marca Nissan, tipo camioneta, modelo 720, año 1985, color azul, placa LL-2838, chasis L720MB15869, propiedad de DARIO JOSE MENA CASTILLO.

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga marca Toyota, modelo RN50L KRA, color rojo, año 1986, placa y registro L093452, chasis No. JT4RM50RXG0213813, propiedad de SINENCIO EVANGELISTA, cédula 0010598629-3. FP 90690

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota 120, placa y registro A195388, color azul, chasis 4T1SK12E3NU057421, propiedad de RAFAEL DARIO CASTILLO DE LOS SANTOS, cédula 013-0006147-8. FC 347280

PERDIDA DE MATRICULA: Camioneta Marca Nissan, año 2012, color dorado, placa L299665, chasis MNTVCUD40Z0038980, a nombre de AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LA VEGA, RNC. 403000291. (AH-AC-11324-DA-1/2)

PERDIDA DE PLACA: Vehículo autobús privada, marca Toyota, color blanco, año 2015, placa y registro I069101, chasis JTFSS22P100140784, a nombre de RUDEN TEJEDA MIESES.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Mazda, modelo Pick Up, color negro, año 1989, placa y registro L186634, chasis No. JM2UF3135K0739910, propiedad de JOSEFINA TERRERO RAMIREZ, cédula 001-0903459-5.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo motocicleta, marca Suzuki, color negro, modelo AX100, año 2009, placa N475786, chasis LC6PAGA1790810049, propiedad de JOSE RICHIEZ CASTILLO. FC 347286

PERDIDA DE MATRICULA: Camioneta Marca Nissan, año 2011, color blanco, placa L299068, chasis MNTVCUD40Z0032553, a nombre de AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LA VEGA, RNC. 403000291. (AH-AC-11324-DA-2/2)

AVISO DE DESLINDE Por medio de la presente se avisa al público en general, que en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 12, de la Resolución núm. 355-2009, dictada por la Suprema Corte de Justica, que el día 23 del mes de Junio del año 2017 a las 10:00 a. m. se ejecutará el levantamiento topográfico con fines de Deslinde, del expediente No. 663201705308, dentro del ámbito de la P. No. 102-A-1, Distrito Catastral No. 04, Distrito Nacional, propiedad de FERNANDO ALBERTO LEBRON PEÑA, RONALD FERNANDO LEBRON PEÑA y RONNY ALBERTO LEBRON PEÑA.

AGRIM. JOSE MIGUEL SOLIS, Codia No. 19615. Celular No. 809-236-2075. FP 90704

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Se hace de público conocimiento que el día 3 (Tres) de Julio del año Dos mil Diecisiete (2017), a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos por el Agrimensor GREGORIO AQUINO, dominicano, mayor de edad, para el DESLINDE, dentro del ámbito de la P. No. 4-A, del DistritoCatastralNúmero2,del MunicipiodeConstanza,ProvinciadeLaVega,lugar:ElLaurel,expedienteNo.662201703899,propiedad de:ANAPAULINASORIANOGRATEREAUXDEVASQUEZ,conlascolindanciassiguientes:ALNORTE:P.No.4-A(RESTO):VINICIOQUEZADA, ALESTE:P.No.4-A(resto):CARMENMIOSOTISDEJESUSARIAS,ALSUR:P.No.4-A(resto):ALTAGRACIAVALDEZ YALOESTE:CalleEmiliano Jiménez. Dirección: Esta parcela está ubicada en la Calle Emiliano Jiménez No. 15, a 200m. de las 5 esquinas, al Suroeste. Autorización de fecha: 23 de Mayo del año 2017.

VISADO: AGRIM. GREGORIO AQUINO, CODIA 8412. e mail: gregaquino@hotmail.com. celular(809) 899-9001 FC 347282

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

PERDIDA DE PLACA: Vehículo autobús privado, marca Mitsubishi, color blanco/crema, año 2008, placa y registro I045375, chasis BE637JE01491, a nombre de CARMELO ANTONIO SANTOS DE LA CRUZ.

PERDIDA DE CHAPA: Un vehículo de carga, marca Dongfeng, modelo EQ5021XXYF, color blanco, año 2010, placa y registro L295308, chasis No. LGK132K71A9943845, propiedad de SANTACROSE INVESTMENTS, S.R.L., RNC 1-30-73692-8. FP 90692

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo tipo automóvil, marca Toyota, modelo Corolla S, año 2009, color rojo, placa A636860, chasis 2T1EU40E69C059699, a nombre de NIDIA ESMERALDA VALDEZ ARIAS, cédula 002-0145969-0. FP 90706

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga marca Daihatsu, modelo V11 8L HY, año 2001, color rojo, placa y registro L097190, chasis V11817227, a nombre de ERNESTO NUÑEZ ENCARNACION, cédula 0180023230-6. FC 347293

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga, marca Freightliner, modelo C120064S, color blanco, año 1998, placa y registro L215481, chasis No. 1FUYSDYB0WL804583, propiedad de TRANSPORTE ASIA, S.R.L., RNC 131281346. FP 90669

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Chevrolet, modelo no codificado, color dorado, año 1998, placa y registro A260350, chasis No. 3G1JC5243WS837795, propiedad de DAVID APOLINAR CASADO DISLA, cédula 002-0090956-2. FP 90693

PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado Marca Toyota, modelo Corolla CE, año 1998, color verde, placa A233534, chasis 2T1BR18E7WC025920, a nombre de JUAN ALBERTO DE LOS SANTOS FRANCO, CED. 050-0040448-2. (JLJ-AC-11320-PC-EN)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, tipo jeep, modelo 4 Runner, color rojo, placa G160029, año 1998, chasis No. JT3HN86R8W01911219, a nombre del señor ANDRES SOLANO, cédula No. 025-0027822-7. FC 347290

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mitsubishi, color blanco, año 2002, placa y registro L062862, chasis JMYJNP15V2A000582, propiedad de JOSE ALBERTO LORENZO.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Mitsubishi, color negro, año 2005, placa y registro G135908, chasis 4A4MM21SX5E073347, a nombre de JOSE LUIS PEÑA. FP 90696

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo Marca Mercedes Benz, año 2006, color gris, placa G025640, chasis 4JGBB86E46A027267, a nombre de MARINO ANTONIO POLANCO VASQUEZ, CED. 031-0242622-2. (AH-AC-11322-WP)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Ford 120, placa G341591, color blanco, chasis 1FMCU0D79BK854413, tipo jeep, año 2011, propiedad de EDGAR MARTINEZ MOREL, cédula 001-1798684-4. FC 347296

Sehacedepúblicoconocimientoqueeldía2(Dos)deJuliodelañoDosmilDiecisiete(2017),a las3:00p.m.,serealizaránlostrabajos por el Agrimensor GREGORIO AQUINO, dominicano, mayor de edad, para el DESLINDE, dentro del ámbito de la P. No. 669, del Distrito Catastral Número 2, del Municipio de Constanza, Provincia de La Vega, lugar: La El Cercado, expediente No. 662201703297, propiedad de:JOSEMIGUELBARIASMARTINEZYMARIAREMEDIOSMATEOJIMENEZ,conlascolindanciassiguientes:ALNORTE:P.No.669(resto): FERNANDO ANTONIO ABREU BELLO, AL ESTE: Calle, AL SUR: P. No. 669 (resto): ROGELIO ROSA GIL y AL OESTE: Camino a la Culata. Dirección:EstáubicadaenelCaminoalaCulataNo.9,enelbarrioSanFrancisco,a150ms.,alNortedelaAvenidaGregorioLuperón.Autorización de fecha: 2 de Mayo del año 2017.

VISADO: AGRIM. GREGORIO AQUINO, CODIA 8412. e mail: gregaquino@hotmail.com. celular(809) 899-9001 FC 347282

PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca San Yong, color negro, año 2009, placa y registro K0155793, chasis No. LXMPCJLE290122181, propiedad de JOSE RAMON ALONSO GARCIA.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla, color blanco, año 2011, placa y registro A734532, chasis JTDBU4EE9B9126929, a nombre de ESPINAL AUTO IMPORT. FP 90700

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Hyundai, modelo Santa Fe, año 2014, color negro, placa G311371, chasis KMH8T81CBEU236478, a nombre de JOSE RAFAEL E. ANTONIO GOMEZ VELOZ, CED. 047-0100132-5. (RC-6452-CM-1/3)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Suzuki, modelo AX100, año 2008, placa K0420773, color negro, chasis LC6PAGA1180822907, propiedad de MILAGROS DEL ROSARIO, cédula 001-0955492-3. FC 347295

PERDIDA DE PLACA: No. K0474209, correspondiente al vehículo de motor, marca PGO, modelo T-REX 150, color rojo, año 2015, chasis No. RFVCPCPC5F1017960, a nombre del SR. AURELIO VASQUEZ, cédula 0710028861-7. FC 347244

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Acura, color blanco, año 2000, placa y registro A231881, chasis JH4DB7650YS001218, a nombre de ELVIN ODALIX SOTO LOPEZ. FP 90699

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Toyota, año 2003, color negro, placa G013907, chasis JTEBY17R908000636, a nombre de JOSE FELIX ACEVEDO CABRERA, CED. 047-0167255-4. (RC-6452-CM-2/3)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca JAC, modelo HFC3061K, año 2007, placa L262893, color blanco, chasis LJ113KDACX71000269, propiedad de KERVY CONTRERAS POLANCO, cédula 002-0116693-1. FC 347294

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Sehacedepúblicoconocimientoqueeldía 2(Dos)deJuliodelañoDosmilDiecisiete(2017),a las9:00a.m.,serealizaránlostrabajos por el Agrimensor GREGORIO AQUINO, dominicano, mayor de edad, para el DESLINDE y SUBDIVISIÓN, dentro del ámbito de la P. No. 10, del Distrito Catastral Número 2, del Municipio de Constanza, Provincia de La Vega, lugar: Barrio Los Colegios, expediente No. 662201612537,propiedadde:MIGUELANGELMATIASRAMOS,conlascolindanciassiguientes:ALNORTE:callejón,CalleJuanPabloYP. No.10(resto):JOSEANTONIOMEJIARAMOS,ALESTE:P.No.10(resto):ROBUSTIANOLEIRA,ALSUR:P.No.10(resto):ROBUSTIANOLEIRA, yALOESTE:P.No.10(resto):MARIORODRIGUEZ,SOLARYERMO.Dirección:enlacalleJuanPabloNo.24,a140ms.delaCalleMonseñor Nouel (antigua calle 1ra.), al Este, y a 100 ms. del colmado Maracacho, al Este. Autorización de fecha: 7 de Junio del año 2017.

VISADO: AGRIM. GREGORIO AQUINO, CODIA 8412. e mail: gregaquino@hotmail.com. celular(809) 899-9001 FC 347282

AVISO DE MENSURAS CATASTRAL Expediente No. 663201701014 Se hace de publico conocimiento que el día 26/06/2017 a la 11:00 A. M. Se realizarán los trabajos de deslinde en la P. No. 9-C, del D. C. No. 11 del Municipio del Distrito Nacional, Provincia Distrito Nacional, a petición de JOSE DANIEL CABREJA REYES. (Dicho inmueble se encuentra en el proyecto Don Panchito, en la calle Proyecto, lugar de La Isabela).

CAYO RAFAEL VENTURA, Agrimensor Contratista. FC 347266

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 27/06/2017, a las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la P. No. 48-A-11, del D.C. No. 02, del municipio Hato Mayor del Rey, provincia Hato Mayor, R.D., expediente No. 663201702534, solicitado por el señor: RAFAEL EUGENIO CABRERA RODRIGUEZ. AGRIM. RAFAEL SEVERINO, Codia 26413.

PÉRDIDA DE PLACA: Automóvil privado, marca Chevrolet, Camaro, color Rojo, año 1985, placa y registro A121438, chasis 1G1FP87S9FN165108, a nombre de DANIEL JUNIOR MUÑOZ BATISTA, cédula/pasaporte/RNC: 4022464684-0

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo autobús privado, maca Chrysler, color plateado, año 2007, placa y registro I046401, chasis 2A4GP54LX7R199709, a nombre de AUGUSTO ALDO MERONI. FP 90698

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Toyota, modelo Highlander, año 2006, color blanco, placa G284470, chasis JTEEP21A660169030, a nombre de LUIS LUCIANO RODRIGUEZ GENAO, CED. 402-2000423-4. (RC-6452-CM-3/3)

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo marca Daihatsu, modelo V118LHY, año 2001, blanco, placa L071907, chasis V11816953, propiedad de JOSE ALT. VARGAS VARGA. FP 80709

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Kia, placa G351358, color gris, chasis 5XYKT3A10BG127899, tipo jeep, año 2011, propiedad de RAYSA SALOME SANCHEZ MORILLO, cédula 001-0914702-5.

PERDIDA DE PLACA: Vehículo jeep, marca Nissan, color blanco, año 2006, placa y registro G142464, chasis JN1TBAT30Z0100516, a nombre de RUTH ESTHER CEDANO UREÑA. FP 90697

PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca Yamaha, modelo RX115, año 1995, color negro/rojo, placa NLLX87, chasis 52A013184, a nombre de LEONCIO MARTE JIMENEZ, CED. 047-0072007-3. (RC-6453-CM)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Greadanf-GPS241, año 1988, color azul, placa A342516, chasis 1HGCA5644JA060118, propiedad de ANULFO DE JESUS CASTILLO NOESI. FP 90710

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Honda, color gris, año 2001, placa y registro A433992, chasis 2HGES25741H511906, a nombre de ELVIN JOSUE POCHE HER-

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, placa L273670, color azul, chasis JDA00V11600030062, tipo carga, año 2008, propiedad EDGAR MAYOBANEX GARCIA PERALTA, cédula 025-0025301-4. FC 347271

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Toyota, Modelo Highlander 4x4, año 2006, color azul, placa G218946, chasis JTEEP21A960150360, a nombre de JOSE MIGUEL FUENTE BARRERA, CED. 047-0143659-6. (AC-AC-11323-PN-1/2)

PÉRDIDA DE PLACA: Jeep, marca Hyundai, modelo Tucson GLS 4X2, color Rojo, año 2011, placa y registro G352947, chasis KM8JU3AC1BU240877, a nombre de ARIOBEL ELIZAUL LUCIANO ENCARNACIÓN, cédula 010-0112491-4

NANDEZ.

FC 347265

AVISO DE MENSURA AVISO DE MENSURA CATASTRAL Vista la Autorización de Mensura No. 662 2017 04538, a solicitud de KEISHI KAMIMAE UENO, informo al público en general que el 22 de junio del año 2017 a las 10:00 A. M. se realizara el levantamiento para Deslindar 23,586.05 m2. en la Parcela No. 922-A del Distrito Catastral No. 2 del municipio de Constanza de la provincia La Vega, este inmueble está ubicado en el lugar El Valle de la Sección Palero del municipio de Constanza, provincia La Vega, específicamente a 120 metros al Sur de la Carretera La Sabina de este lugar.

AGRIM. JOSE MANUEL CORALES, Codia 9690, Celular 809-871-3869. FC 347251

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Se hace de público conocimiento y a cualquier interesado que el día 27 de Junio del año 2017, a las 09:00 A.M., se dará inicio a la mensura para DESLINDE dentro del ámbito de la parcela P. No. 18 DEL DISTRITO CATASTRAL No. 18, EN EL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO NORTE, EXPEDIENTE No. 663201704812, propiedad de CONSTRUCTORA RIO PLATA, S.R.L., Representada por el SR. VICTOR SALVADOR FUNG JOA.

Agrim. Luis Manuel Garo Mercado, Codia No. 18708. FC 347261


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