SABADO 09 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LEGAL 11
AVISOS LEGALES PUBLICACION DE CAMBIO DE NOMBRE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE:
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICION
Para conocimiento general de la persona que se menciona a continuación se procede a realizar la publicación legal tendente al cambiar de su nombre, de conformidad con las disposiciones del artículo 81 de la ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones. CAMBIO DE NOMBRE: PRIMERO: el Poder Ejecutivo, le autoriza a la señora ADELAIDA ANTONIO BAEZ CABRERA el Cambio de su Nombre por el de ANTONIA BAEZ CABRERA de conformidad con los artículos 80 y siguientes de la ley No. 659-44 sobre Actos del Estado Civil. SEGUNDO: en tal virtud, hacemos invitación a quienes tengan interés, a presentar su Opinión sobre el particular, en el término de 60 días. En Santo Domingo, República Dominicana, a los cinco (5) día del mes de septiembre del año Dos Mil diecisiete (2017).
En virtud de la autorización de fecha 20 de marzo del 2017, Se hace de público conocimiento que el día 16 del mes de septiembre del 2017, a las 10:30 a.m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE, dentro del Solar 24, Manzana 5407, del D.C. l del Municipio de Santo Domingo Este, propiedad del señor JUAN RAMON ABREU PERALTA. Expediente 663201702441.
Se hace de público conocimiento que el día 22 de septiembre del 2017, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensuras en la avenida Hermanas Mirabal sin número, Bayaguana, en la Parcela No. 47-B-Ref.-1, y la P. No. 47-B-Ref.-006.12284, del D.C. No. 11, del municipio de Bayaguana, provincia Monte Plata, Expediente No. 663201707650, a petición del señor HECTOR BIENVENIDO MORALES FABIAN.
AGRIM. RUDDY BIENVENIDO LIRANZO DIAZ, Codia 6160. Cel. 809-496-5308.
AGRIM. GUILLERMO RAMIREZ CUSTODIO, Codia: 11831. Teléfono: 829-898-7705.
LICDA. ESTANISLA MORALES SANTANA, Abogada. FC 350071
FC 350082
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO
FC 92482
COLEGIO DE ABOGADOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Fundado el 3 de febrero de 1983 Miembro Activo de la Federación Interamericana de Abogados (FIA)
PUBLICACION DE DIVORCIO
De conformidad con las disposiciones del Art.22 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio; el señor ELYN JOSE LORA MODESTO, dominicano, mayor de edad, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-1645391-1, con domicilio y residencia en los Estados Unidos de Norteamérica y de tránsito en la Francisco Villaespesa, edificio 27, apartamento 3-A, Villa Juana, D.N.; advierte a su legítima esposa, señora JOVANNA LIRA LAGARES, cuyo último domicilio conocido fue en edificio 1669, apartamento 1-M; calle University, área code 10453, el Bronx, New York, Estados Unidos de América; que a falta de información de su actual domicilio y residencia, procederá por medio de su abogado apoderado especial el Licdo. RAMON SALDIVAR DE LA CRUZ, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, provisto de la cédula de identidad personal número 001-1168702-6, Matrícula del Colegio de Abogados número 15635-200-94, con estudio profesional abierto e instalado en la calle Doctor Betances, número 105-A, sector Mejoramiento Social, Distrito Nacional, donde el demandante hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias de su divorcio, a emplazarla en Acción de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, por ante la 6ta. Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, sita en la primera planta del edificio de la calle Socorro Sánchez número 68, esquina calle Santiago, sector de Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional, mediante notificación que será hecha en la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, el día Lunes once (11) de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017), a los fines de que comparezca a la audiencia de acción de divorcio en su contra incoada por su legítimo esposo y que celebrará dicha 6ta. Sala, a las 9:00 horas del día Martes Diez (10) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017). En la ciudad de Santo Domingo D.N., a los cinco (5) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).
La Junta Directiva Nacional CONVOCA a todos los miembros del COLEGIO DE ABOGADOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA (CARD), a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse a las 9:00 AM, del Día Sábado que contaremos a treinta (30) del mes de septiembre del 2017, en el Salón de Actos ubicado en el Segundo Nivel de la sede de la institución, sito calle Isabel La Católica No. 60, Esquina Conde, Zona Colonial, Distrito Nacional; A los fines de: a) Presentación de los Balances de las Cuentas de del Colegio de Abogados de la Republica Dominicana (CARD); b) Elección de la Comisión Electoral encargada de organizar y regir las elecciones (Asamblea General Eleccionaria) para escoger las autoridades del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), (Junta Directiva Nacional, la Junta Directiva de las Seccionales y los miembros del Tribunal Disciplinario), para el periodo 2018-2020; Pautadas para el sábado dos (02) de Diciembre del 2017. Todo en virtud del los artículos 41 y 90 del Estatuto Orgánico, contenido en el decreto 1063-03, del 9 de noviembre del 2003. En Santo Domingo, Distrito Nacional a los ocho (08) días de septiembre del 2017.
En curnplimiento de las disposiciones contenidas en el Artículo 42 de la Ley No.1306BIS, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha Once (11) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dictó la Sentencia No.1942/2017, que copiada textualmente en su parte dispositiva, expresa lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el Acto de Convenciones y Estipulaciones para fines de Divorcio por Mutuo Consentimiento, marcado con el acto numero 07/2017, de fecha doce (12) de Enero del año Dos Mil Diecisiete (2017), instrumentado por el Dr. Alfonso García, Notario Público de los de Números del Distrito Nacional matrícula 3597. SEGUNDO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges, señores Esteban Alfonso Cruz Rodríguez y Rosa Alicia Lara de la Cruz. TERCERO: Ordena el pronunciamiento de la presente Sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Así ha sido hecha y firmada por el Magistrado Francis M. Hernández Susaña; Brenda A. Rosario (Secretaria). NOTA: Este Divorcio fue Pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la 4TA Circunscripción de Santo Domingo Este, en fecha Veintiocho (28) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017). Inscrito en el Libro No.00005, de Registro de Divorcio, Folio No.0153, Acta No.000477, año 2017.
LIC. RAMON SALDIVAR DE LA CRUZ, Abogado de la parte demandante.
Junta Directiva, Colegio de Abogados de la Republica dominicana (CARD).
LICDA. RAMONA LARA DE LA CRUZ, Abogada.
FC 34998
FC 350089
AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO Ha sido fijado para el día Lunes que contaremos a Veinticinco (25) de Septiembre del año 2017, a las Nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, en audiencia pública de pregones que al efecto celebrará el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Las Matas de Farfán, en el local donde, acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, sito en la Calle Independencia esquina Pajonal de la ciudad de Las Matas de Farfán del siguiente inmueble: “EL SOLAR No. 14, DE LA MANZANA 33, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 01, DEL MUNICIPIO DE LAS MATAS DE FARFAN, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE MIL OCHO METROS CUADRADOS (1008.4MT2), CUYOS LINDEROS SON LOS SIGUIENTES: AL NORTE: SOLAR No. 2, y No. 3, DE LOS SEÑORES ALCIBIADES OLIVERO Y ALTAGRACIA FAMILIA; AL ESTE: CALLE INDEPENDENCIA; AL ESTE: PROPIEDAD DE ALBA IRIS BATISTA Y AL OESTE: JUZGADO DE PAZ Y GLORIA CESPEDES; CON SUS MEJORAS CONSISTENTES EN UN LOCAL COMERCIAL CONSTRUIDO DE BLOCKS, TECHADO DE HORMIGON ARMADO Y UN CAR WAS TECHADO DE ALUCIN’’. El inmueble que se acaba de mencionar, ha sido embargado en perjuicio del SR. ALCIBIADES ALEXI DE LOS SANTOS ALCANTARA, dominicano, mayor de edad, soltero, Comerciante, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 011-0023234-5, domiciliado y residente en la calle Independencia No. 48 de 1a ciudad de Las Matas de Farfán, de conformidad con las disposiciones de la ley No. 6186 de fecha 12 de Febrero de 1963 y sus modificaciones, Así como de la Ley No. 659, del 12 de Marzo de 1963, a diligencia de la COOPERATIVA DE AHORROS, CREDITOS Y SERVICIOS MULTTPLES CENTRAL INC. (COOPCENTRAL), RNC No. 418000612, Entidad organizada de conformidad con la ley 127 y sus modificaciones, con su domicilio principal en la Calle Independencia a esquina Calle 19 de Marzo de la Ciudad de Las Matas de Farfán, debidamente representada por el SR. LEONCIO OGANDO OGANDO, dominicano, mayor de edad, casado, Ingeniero, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 011-0023822-7, domiciliado y residente en el Km. 4 detrás del Car Wash de Asoduve, No. 5, de esta ciudad de Las Matas de Farfán, quien tiene como ahogados y apoderados especiales al DR. ANTONIO E. FRAGOSO ARNAUD Y EL LICDO. CESAR YUNIOR FERNANDEZ DE LEON, Abogados de los tribunales de la República, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 012-0006746-8 y 012-009611397 respectivamente; con Estudio profesional abierto en la calle San Juan Bautista No. 29 de la ciudad de San Juan de la Maguana, Tel. 809-557-2324, y estudio ad-hoc en el Local de la Coocentral en la Calle Independencia a esquina Calle 19 de Marzo de la Ciudad de Las Matas de Farfán, donde mi requeriente hacen formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales del presente acto. El mandamiento de pago fue notificado en fecha 11 de Agosto del año 2017, y convertirlo en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago del Deudor, fue Registrado en Conservaduría de Hipotecas y Registro Civil de San Juan de la Maguana, en fecha 14 de Agosto del año 2017, bajo el No. 5033, del libro de inscripciones letra “37”, e Inscrito en la Conservaduría de Hipotecas y Registro Civil de San Juan de la Maguana, en fecha 31 de Agosto del año 2017, en el libro letra C, folio 316-319, bajo el No. 3. La persiguiente ha fijado para la primera puja, la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 89/100 (RD$1,473,456.89), por concepto de la deuda, al día 11 de Agosto del año 2017, más los intereses, comisiones y otros cargos, a partir de la fecha del mandamiento de pago, y los gastos y honorarios profesionales. Todo subastador debe depositar en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a efecto ha venta el equivalente a un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque de administración de una institución Bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el Pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a efecto la venta. El deudor y los acreedores inscritos serán citados por actos de alguacil para presenciar la venta. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario deberá tener primero la correspondiente autorización del Poder Ejecutivo. HECHO Y REDACTADO por los abogados de la persiguiente, en 1a ciudad de San Juan de la Maguana, Provincia de San Juan, República Dominicana, a los Ocho (08) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. ANTONIO E. FRAGOSO ARNAUD por mí, por el LIC. CESAR YUNIOR FERNANDEZ DE LEON, Abogados del Persiguiente. FC 92476
y de la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA) CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA PARA ELEGIR COMISIÓN ELECTORAL
FC 350072
Aviso Venta En Pública Subasta
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Se hace de público conocimiento que el día 24 del mes de Agosto del año 2017, fue dada la lectura del Pliego de Carga, Cláusula y Condiciones, en la cual fue fijada la venta en pública subasta para el día Jueves 28 del mes de Septiembre del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana, donde se efectuará la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador, en el salón de audiencias de la Segunda Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, cito en la Calle Colón No. 43, Planta alta del Palacio de Justicia de la ciudad de Barahona, en donde se procederá a la venta en pública subasta por causa de embargo inmobiliario realizado al perseguido Sra. LUZ LANDA FELIZ FERNANDEZ, con domicilio y residencia en la Carretera Barahona-Azua No. 1, Cruce de Cabral-Barahona, Provincia de Barahona, República Dominicana, a persecución de la Razón Social COMPAÑÍA INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES DEL CARIBE OESTE, S.R.L. (INCADELO), entidad comercial estatuida de conformidad con las leyes de la República, con RNC 1-17-01290-9, con su domicilio social y oficio principal en la en la ciudad de Barahona, en la calle Víctor Matos No. 14-B, Altos, debidamente representada por su Presidente, LIC. JESUS MARIA PIÑA ROMERO, dominicano, mayor de edad, casado, Maestro, portador de la cédula de identidad y electoral No. 018-0036482-8, domiciliado y residente en la ciudad de Barahona, en la calle Las Caobas No. 9, Sector El Laurel, realizado mediante acto de embargo de fecha 7 del mes de Julio del año 2017, del DR. MANFRID RAMON OGANDO CUEVAS, Notario Público de los del Número del Municipio de Barahona, de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 155 del Distrito Catastral No. 14/2da. Parte del Municipio de Barahona, con una extensión superficial de aproximadamente Tres Mil Cuatrocientos Setenta y Tres punto Diez y Seis Metros Cuadrados (3,473.16 Mts.2) identificada con la Matrícula No. 0600002954, la cual se encuentra dentro de las siguientes colindantes actuales: Al Norte, Parcela No. 154; al Sur, Carretera Cruce de Cabral; al Este, Carretera Barahona-Azua, y al Oeste, propiedad del Sr. LUIS REYES PELAEZ, con todo cuanto tenga y contenga dicho inmueble con todas sus anexidades y dependencias; el precio de adjudicación es por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL PESOS DOMINICANOS M/N (RD$2,820,000.00), sin perjuicio de los intereses por vencer, gastos y costas del procedimiento.
En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D. modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor ISMAEL ANTONIO FERNANDEZ ABREU, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la calle Principal de Ciudad Universitaria municipio y provincia de La Vega, R.D., cedula no.047-0057831-5, quien tiene como Abogada constituida y apoderado especial a la LICDA. ANYELINA DIAZ MARTE, cedula no. 049-0079992-7, con estudio profesional abierto en la calle Garcia Godoy No.21, Plaza Portessa, Primera Planta, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MILAGROS CONSUELO PEREZ CABREJA, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle Emilio Prud-Homme, Don Bosco, de esta ciudad de La Vega, R. D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 11 del mes de septiembre del año 2017 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 11 del mes de Octubre del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 07 días del mes de Septiembre del año 2017.
LIC. CARLOS BATISTA PIÑEYRO y LIC. FELIX RIGOBERTO HEREDIA TERRERO, Abogados.
(RC-6626-RD-07-08-09/09/2017)
FC 350075
PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 42 de la Ley 1306 Bis, sobre divorcio se hace de público conocimiento que en fecha Veintiuno (21) de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones Civiles dictó la Sentencia Civil No.01423-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: Primero: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Wilson Terrero Turbí y Roxanna Hernández Suazo, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 026/2017, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional el Lic. Heriberto Rivas Rivas 12/06/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de los menores Wilson José y Camila Michelle, a cargo de su madre la señora Roxanna Hernández Suazo. TERCERO: Fija en la suma de Once Mil Pesos (RD$11,000.00), la pensión Alimentaria que tendrá que pagar el señor Wilson Terrero Turbí, la cual pagará en manos de la madre, la señora Roxanna Hernández Suazo. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original. Presente divorcio fue pronunciado en fecha Primero (1) del mes de septiembre del año 2017, por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro de Divorcios No.00018, Folio No.0041, bajo el Acta 001703, del año 2017.
LICDA. MILDRED VELASQUEZ LUNA, Abogada. Fc 350094
LICDA. ANYELINA DIAZ MARTE Abogado apoderado de la parte Demandante
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12 LEGAL AVISO DE DIVORCIO
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinte (20) del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia Civil No.00646-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Carlos Wildo Michel Suero y Dayan Atahualpa Simeoli Fortunato, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número dos (02), instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional Dr. Apolinar Pérez Morel en fecha 02/03/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día cinco (05) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). La misma ha sido registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día dieciocho (18) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), en el libro Letra A, No. 11663. Fdo. Rosa Encarnación Ferreras, Secretaria. Asimismo, se hace saber que en fecha uno (01) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la 1era. Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00011, Folio No.0083, bajo el Acta No.001035, año 2017, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana, hoy día ocho (08) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 1360292, del BANCO BHD-LEON, de fecha 18/01/2016, por valor de RD$300,000.00, a nombre de: MARIA PEÑA, cédula 016-0011364-9. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
Licda. Raquel Liriano Núñez, Abogada. FC 350077
FC 349934
PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPOSITO DE ALQUILERES Aviso de pérdida de Certificado de Depósito de Alquileres según certificación No.1-265036663-1 del Banco Agrícola, de fecha 27/06/2015 del inmueble ubicado en la calle CARRETERA DE MENDOZA PLAZA ANTHONY No.151, 2DO. LOCAL, VILLA FARO, SANTO DOMINGO, el cual tenía como inquilino al señor WAGNER CLAUDIO MEDINA MENDEZ, siendo el propietario de dicho inmueble el señor MARCOS ANTONIO MARTE con un depósito de RD$33,750.00 basado en el contrato de alquiler de fecha 22/11/2012.
De conformidad con el Artículo 153 de la Ley 6186 de Fomento Agrícola y el Articulo 696 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley No. 764 del 20 de diciembre de 1944, se hace la presente publicación: FECHA DE ADJUDICACIÓN: El día JUEVES que contaremos a Diecinueve (19) de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9) horas de la mañana. TRIBUNAL COMPETENTE: Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, ubicado en la calle Presidente Vásquez, Núm. 23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana. DESIGNACIÓN DEL INMUEBLE: 1). “INMUEBLE IDENTIFICADO COMO DC: 01, SOLAR:22, MANZANA: 1683: APARTAMENTO PRIMERA PLANTA, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 300.00 METROS CUADRADOS, MATRÍCULA NÚM. 0100071114, UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO, PROPIEDAD DE JOSE FEDERICO MARTINEZ DURAN Y SANDRA ALTAGRACIA RODRIGUEZ DE MARTINEZ”.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento de la disposiciones contenida en el Artículo 92 de la Ley 10805 ley de Registro Inmobiliaria, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título, que ampara los derechos de propiedad de los señores Michael Albert Morales Bonilla y Miguelina Elizabeth Morales Bonilla del inmueble identificado como: 400462430549, Matrícula 0100303794 con una extensión superficial de Doscientos Siete Punto Treinta Metros Cuadrados (207.30m2), Distrito Nacional, Expedido en fecha 14 de Diciembre del año 2016.
Licda. Yirandy Guzmán Pérez, Lcdo. Luis H. Acosta Alvarez y el Licdo. Ramón Ernesto Medina Custodio, Abogados del Banco de Reservas. FC 26659
AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACION DE AUDIENCIA. RECLAMANTE: Sra. JULIA ANTONIA HIDALGO SANTANA. AGRIMENSOR: NICOLAS MERCEDES. Designación Catastral No. 502598570515, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY, PROVINCIA LA ALTAGRACIA. SE CITAN, a la persona mencionada más arriba, sus colindantes los señores, JOSELO CEDANO CASTILLO Y RAMON ANTONIO MERCEDES, y a todo el que tenga interés o derecho sobre dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan por ante el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la ciudad de Higüey, ubicado en la Carretera Mella Kilómetro 2, de esta ciudad de Higüey, provincia la Altagracia, República Dominicana, el día JUEVES, que contaremos a VEINTIUNO (21) del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las 9:00 horas de la mañana, a fin de dar a conocer los derechos que pretendan, presentar las pruebas en que se basan, para que formulen sus reclamaciones en forma legal y conocer de la misma en Jurisdicción Original.
LIC. DELFIN CECILIO SANCHEZ, Abogado Apoderado. FC 350078
FC 350070 2). “INMUEBLE IDENTIFICADO COMO DC: 01, SOLAR:21, MANZANA: 1683, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 656.25 METROS CUADRADOS, MATRÍCULA NÚM. 0100071115, UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO, PROPIEDAD DE JOSE FEDERICO MARTINEZ DURAN”. 3). “INMUEBLE IDENTIFICADO COMO DC: 01, SOLAR: 12, MANZANA: 4046, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 595.27 METROS CUADRADOS, MATRÍCULA NÚM. 0100135403, UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO, PROPIEDAD DE JOSE FEDERICO MARTINEZ DURAN Y SANDRA ALTAGRACIA RODRIGUEZ DE MARTINEZ”. 4). “INMUEBLE IDENTIFICADO COMO DC: 01, SOLAR: 22, MANZANA: 1683: APARTAMENTO SEGUNDA PLANTA, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 291.00 METROS CUADRADOS, MATRÍCULA NÚM. 3000122358, UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO, PROPIEDAD DE JOSE FEDERICO MARTINEZ DURAN Y SANDRA ALTAGRACIA RODRIGUEZ DE MARTINEZ”. PERSIGUIENTE: La venta en Pública Subasta de que trata el presente pliego de condiciones, se realiza a requerimiento del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MULTIPLES, institución bancaria organizada de acuerdo con la Ley No. 6133 de fecha 17 de diciembre de 1962 y sus modificaciones, ubicada en la Ave. Winston Churchill Esq. Porfirio Herrera, Ensanche Piantini, Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana, debidamente representado en este acto por el Lic. Bienvenido Juvenal Vásquez Díaz, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario del banco, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-0124486-1, quien actúa en su calidad de Director Adjunto de Cobros, tiene como abogados constituidos y apoderados al LICDO. LUIS H. ACOSTA ALVAREZ, RAMON ERNESTO MEDINA CUSTODIO y la LICDA. YIRANDY B. GUZMAN PEREZ, Abogados de los Tribunales de la República, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Núms. 001-0127398-5, 010-0013229-8 y 001-1650361-6, debidamente matriculados en el Colegio Dominicano de Abogados, con los números 5097-141-87, 16934-45-96 y 51929-71-07, con su estudio profesional común abierto en un apartamento de la segunda planta del Edificio Torre Bella Vista, en el cual se aloja la Dirección de Cobros del Banco de Reservas de la República Dominicana, ubicada en la Avenida. 27 de febrero Núm.336, entre las avenidas Dr. Defilló y Winston Churchill, ensanche Bella Vista, Santo Domingo Distrito Nacional, Teléfono (809) 960-7100, Ext. 2573, y domicilio ad-hoc en la Oficina del Banco, ubicada en la Ave. Charles de Gaulle Esq. Calle 13 de la Urbanización Bello Campo, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, donde tiene una de sus oficina el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MÚLTIPLES, donde el persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto y del procedimiento de Embargo Inmobiliario. EMBARGADO: JOSE FEDERICO MARTINEZ DURAN, portador de la cedula de identidad y electoral Núm.165951-01 Y SANDRA A. RODRIGUEZ DE MARTINEZ, portadora de la cédula de identidad y electoral Núm.147247-01, con su domicilio en la Calle 10, no.11, del sector Alma Rosa, en este Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El Mandamiento de Pago fue notificado en fecha seis (06) del mes de abril, del año dos mil diecisiete (2017), mediante Acto número 451-17, instrumentado por el Ministerial CARLOS MANUEL METIVIER MEJIA, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Octava Sala del Distrito Nacional, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, inscrito el día diecinueve (19) de abril del 2017, por ante el Registrador de Títulos de la Provincia de Santo Domingo. PRECIO: El precio de primera puja fijado por el persiguiente es la suma VEINTICUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE PESOS CON 30/100, (RD$24,147,327.30),por concepto de capital e intereses, más los gastos y honorarios del procedimiento, los cuales serán sumados como precio de primera puja, de conformidad con la Ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Todo licitador deberá depositar en la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana, sin cuyo requisito no será admitido licitador de conformidad con el pliego de condiciones depositado. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior, de conformidad con el pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en fecha veintisiete (27) de abril del año dos mil diecisiete (2017). En la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los nueve (09) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado del Certificado Financiero Número 801813692, emitido por el BANCO POPULAR DOMINICANO, en fechas 29 de abril del 2017, y por un valor de RD$ 1,000,000.00 (UN MILLÓN DE PESOS CON 00/100), y a nombre de CLEOTILDE I. ARAUJO, cédula de identidad 001-1436176-9, la presente publicación se hace para los fines de Ley Correspondiente. FP92484
FP 92486
AVISO PARA LA VENTA DE INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
GESTIONES LAS BALLENAS, S.A. Capital Social Autorizado: RD$300,000.00 EXTRACTO DE PROYECTO DE TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD En observancia a las disposiciones legales establecidas en la Ley No. 479-08, se hace de conocimiento general que: 1) La Sociedad GESTIONES LAS BALLENAS, S. A. ha convocado a las 9:00 a.m la celebración de una Asamblea General Extraordinaria, para el 22 de septiembre 2017, para conocer de la transformación de su actual tipo societario a una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL); 2) El Proyecto de nuevos Estatutos plantea que: i) La Sociedad se denominara GESTIONES LAS BALLENAS, SRL; ii)Su domicilio estará en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; iii) que el capital social es de TRESCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$300,000.00; iv) que su objeto es la inversión, compra, venta inmuebles, urbanos y rurales, así como también todo negocio de lícito comercio. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).
AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACION DE AUDIENCIA. RECLAMANTE: SR. RAMON GUILLERMO DE JESUS GIL. AGRIMENSOR: NICOLAS MERCEDES. Designación Catastral No. 502683567740, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY, PROVINCIA LA ALTAGRACIA. SE CITAN, a la persona mencionada más arriba, sus colindantes los señores, EUGENIO CASTILLO, LOS SUCS. DE JUAN MEJIA, FIDELINA ALTAGRACIA DE SOTO JULIAN Y ARQUIMEDES CASTILLO, y a todo el que tenga interés o derecho sobre dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan por ante el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la ciudad de Higüey, ubicado en la Carretera Mella Kilómetro 2, de esta ciudad de Higüey, provincia la Altagracia, República Dominicana, el día JUEVES, que contaremos a VEINTIUNO (21) del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las 9:00 horas de la mañana, a fin de dar a conocer los derechos que pretendan, presentar las pruebas en que se basan, para que formulen sus reclamaciones en forma legal y conocer de la misma en Jurisdicción Original.
JAN G. BOON, Presidente. FC 350084
FC 350078
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
MANUEL DE JESUS SANCHEZ CEBALLOS, JUEZ DEL TRIBUNAL DE TIERRAS. CLARA ESTHER MORALES VILLAVICENCIO, SECRETARIA AD-HOC.
MANUEL DE JESUS SANCHEZ CEBALLOS, JUEZ DEL TRIBUNAL DE TIERRAS. CLARA ESTHER MORALES VILLAVICENCIO, SECRETARIA AD-HOC.
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, al Art. 92, Ley 108-05, del Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del “EL CERTIFICADO DE TÍTULO MATRICULA No.0100080234, correspondiente al Solar No. 004.14667, Manzana A-3, D.C. 32, con una área de 125.23 Metros Cuadrados, ubicado en el Distrito Nacional, a nombre de los señores FELIX OVIDIO RAFAEL MUÑOZ PUELLO y LOURDES ZOBEIDA TEJEDA GUERRERO DE MUÑOZ.
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 050-004007-3 fecha de apertura 23/05/2013, expedido por valor de US$47,000.00 (CUARENTA Y SIETE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES CON 00/100), emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
FELIX OVIDIO RAFAEL MUÑOZ PUELLO, Propietario Declarante.
VIRGINIA VELASQUEZ Depositante
FC 350081
(RC-6627-RD-07-08-09/09/2017)
AVISO DE ESTADO CIVIL En virtud del oficio de fecha 11 de Agosto 2017, emitido por el Registro de Títulos de Santo Domingo, en virtud del proceso de rectificación del estado civil de la señora LILIAN FRANCISCA SUAREZ JAQUEZ; en el certificado de título No. 3000229296, en tal razón se hace de público conocimiento lo siguiente: PRIMERO: A que la señora LILIAN FRANCISCA SUAREZ JAQUEZ, portadora de la cedula No. 001-0768697-4, según certificación No. 66848 emitida por la Dirección Nacional de Registro del Estado Civil de la Junta Central Electoral, su estado civil es el de SOLTERA. SEGUNDO: A que el señor MIGUEL ANTONIO CESPEDES JAQUEZ, portador de la cedula No. 001-0767444-2, según certificación No. 66850 emitida por la Dirección Nacional de Registro del Estado Civil de la Junta Central Electoral, su estado civil es el de CASADO con la señora YUDELKA ESPINAL VALENZUELA, portadora de la cedula No. 001-0489627-9. La presente publicación se realiza a fin de dar evidencia de que los señores LILIAN FRANCISCA SUAREZ JAQUEZ y MIGUEL ANTONIO CESPEDES JAQUEZ, no se encuentran casados entre sí, ya que se cometió un error al incluir al señor MIGUEL ANTONIO CESPEDES JAQUEZ, como copropietario y esposa de la señora LILIAN FRANCISCA SUAREZ JAQUEZ, en el certificado de título No. 3000229296. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los CINCO (05) días del mes de SEPTIEMBRE del año Dos Mil Diecisiete (2017).
FC350087
LIC. GILBERT L. CADETE MARTINEZ Abogado Apoderado Especial
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero Número No. 0002918386, emitido por el Banco Popular de la República Dominicana por un valor de USD$ 5,465 DOLARES CON 00/100) en fecha 27 de septiembre del 2010, a nombre de TAYLUMA M. CALDERÓN F. cédula de identidad 223-0044045-4. La presente publicación se hace para los fines de Ley Correspondiente. Fp92433
SABADO 09 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 140010020176 fecha de apertura 05/05/2006, expedido por valor de RD$78,300.00 (SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: MELCHOR ERNESTO ROSARIO SANTOS, Depositante. (DV-RC-6624-DA-05-06-07/09/2017)
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 0110074923 del BANCO DE RESERVAS, de fecha 20 julio 2017, por valor de RD$15,000.00, a nombre de ROSETTY BELTRE FULGENCIO, cédula 026-0096972-5. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 350001
PUBLICACION DE DIVORCIO
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, para conocimiento general, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha doce (12) del mes de julio del año dos mil dieciséis (2016), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia de Divorcio marcada con el No. 538-2016-SSEN-00273, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos FELIX BIENVENIDO ANDUJAR CRUZ y CINDIA FRANCISCA RIVERA MENDEZ, conforme al acto de estipulación de divorcio instrumentado por ante la Notario Público de los del número del municipio de Baní, matrícula del Colegio Dominicano de Notario No. 7129, de fecha 22/03/2016, transcripto más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos y, en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores FELIX BIENVENIDO ANDUJAR CRUZ y CINDIA FRANCISCA RIVERA MENDEZ, por su Mutuo Consentimiento de conformidad con el acto de Convenciones y Estipulaciones de fecha 22/03/2016, por el DR. SERGIO RAFAEL HERRERA PEGUERO, Abogado Notario Público de los del municipio de Baní, matrícula del Colegio Dominicano de Notarios No. 7129, debidamente registrado. TERCERO: Se otorga la guarda de la menor de nombre YANISA, a cargo de su madre la señora CINDIA FRANCISCA RIVERA, hasta su mayoría de edad o emancipación legal. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. QUINTO: Compensan las costas del procedimiento. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma: RAMMSSES A. SANTOS HERNANDEZ, Secretario Auxiliar.
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiera número. No. 650-002000-8, emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA por un valor de RD$ 850,000.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS CON 00/100), a nombre de CELESTE MAURA DE LEÓN, cédula de identidad 223-0060522-1, la presente publicación se hace para los fines de Ley correspondiente.
LICDA. DIOMERIS M. CASTILLO ROMAN, Abogada Apoderada. FC 350062
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 696 del código de procedimiento civil dominicano, modificado por la ley número 764, de fecha 20 de diciembre del 1944, se hace de público y general conocimiento que la Magistrada Juez Presidente de la Primera Sala de la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia de la Provincia Santo Domingo, ha fijado para las nueve horas de la mañana ( 9:00 am), del día jueves que contaremos a veintiocho (28) del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017), la adjudicación, al mayor postor y último subastador, del inmueble consistente en: “UNA MEJORA DE BLOCK Y MADERA, TECHO DE ZINC, PISO DE CEMENTO, CON TODAS SUS DEPENDENCIAS, Y ANEXIDADES, UBICADA EN LA CALLE 28, ESQUINA CALLE 30, NO 31, DEL PROYECTO JHON F. KENNEDY EL TAMARINDO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO , MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE , UBICADO EN EL ÁMBITO DE LA PARCELA 8 DEL DIST . CATASTRAR NO. 9 DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE CIENTO TREINTA Y CUATRO , NOVENTA Y OCHO METROS (134.98MT2) Y UN ÁREA DE CONTRICIÓN DE TREINTA Y SEIS DOCE METROS CUADRADOS (36.12MT2) CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y COLINDANCIAS AL ESTE : RESTO DE LA MISMA PARCELA POR DONDE MIDE (14.80MT2),AL OESTE : CALLE 30,POR DONDE MIDE (14.89MTS), AL NORTE: RESTO DE LA MISMA PARCELA, POR DONDE MIDE (9.12MTS), Y AL SUR :CALLE 28 POR DONDE MIDE (9.12MTS). EL DERECHO DE PROPIEDAD FUE ADQUIRIDO SEGÚN CONSTA EN LA DECLARACIÓN JURADA BAJO FIRMA PRIVADA DE LA FECHA 20 DE AGOSTO DEL 2011 (ACTO NO.42011 propiedad de la señora ANA XIOMARA SALCEDO MATEO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0340545-2, según consta en el asiento original de la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, registrado en el libro No. 07, de fecha 30/03/2017, así como de los frutos e inmuebles por destinación del mismo”. La adjudicación tendrá lugar en audiencia pública de pregones que al efecto celebrará la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este, en sus atribuciones civiles, sito en uno de los salones del primer piso del Edificio que se encuentra ubicado en la Ave. Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.El inmueble precedentemente descrito ha sido embargado en perjuicio de la señora ANA XIOMARA SALCEDO MATEO y SEGUNDINO SALDAÑA CARO, con sus respectivo domicilio en la Calle 28, Esq. calle 30, no. 31, sector el tamarindo, santo domingo este, provincia santo domingo, a requerimiento de RAFAEL DARIO CASTILLO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0492934-4, domiciliado y residente en la Calle Héctor J. Días No. 66, Los Minas, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.; quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la Licenciada MIGDALY DE LOS SANTOS J., Dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 110-0005437-6, con estudio profesional abierto en la Av. Venezuela NO. 82 Plaza cristal, Local 3-D, Ensanche Ozama, Santo Domingo Este Provincia Santo Domingo, en cuyo estudio de abogados el persiguiente ha hecho y mantiene elección de domicilio. El proceso verbal de embargo inmobiliario fue practicado en fecha Dieciséis (16) del mes de Junio del año 2017, y denunciado en fecha veintisiete (27) del mes de Junio del dos mil 2017, e inscrito en fecha Doce (12) del mes de Julio del año 2017, en la oficina de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas. El persiguiente ha fijado como precio de primera puja la suma de Cuatrocientos mil pesos Dominicanos con 00/100 (RD$400,000.00), independientemente de las costas y gastos de ejecución, a cuyo precio se le sumarán las acreencias por vencer, hasta el día de la venta, los cuales serán declarados antes de la adjudicación y los mismos deberán ser pagados por el adjudicatario. Todo licitador deberá depositar previamente en la secretaría del tribunal donde se llevará a efecto la adjudicación el equivalente al diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en República Dominicana o en dinero efectivo. En la ciudad Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de de Septiembre del año dos mil Diecisiete (2017).-
LICDA. MIGDALY DE LOS SANTOS J. FP92491
LEGAL 13
FP92471
Publicación de Divorcio En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinticuatro (24) del mes de agosto (08) del año dos mil diecisiete 2017, la Cámara Civil y Comercial de la Cuarta 4ta Sala del Juzgado de Primera Instancia del municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo dictó la sentencia Civil No.2035/2017, que ordena el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores LUIS JOSE CUSTODIA ENRRIQUEZ y JOSEFINA PERDOMO, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: Primero: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de convenciones y estipulaciones de fecha dos (02) del mes de enero (01) del dos mil diecisiete (2017). Instrumentado por el Dr. RAFAEL BAUTISTA DE LOS SANTOS, Notario Público del número del Distrito Nacional Matrícula 2946 por haber sido hecha conforme a la ley. Segundo: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges LUIS JOSE CUSTODIA ENRRIQUEZ y JOSEFINA PERDOMO con todas sus consecuencias legales. Tercero: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia por ante el Oficial Civil correspondiente. Cuarto: Compensa la costas por tratarse de litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: FRANCIS M. FERNANDEZ SUSAÑA, Jueza; BRENDA A. ROSARIO, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de ese tribunal el mismo día, mes y año citados la cual ha sido leída por la crearía que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es confiada, fiel y conforme a su original copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. El aprénsate divorcio fue pronunciado en fecha cuatro (4) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017) por Oficialía del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de la municipio Santo Domingo Este, registrada en el Libro No. 00005, Folio No. 0171, Acta No. 000486, año 2017.
LIC. MARSIMINO OZUNA, Abogado. FC 350083
Se Solicita Al Señor GENARO MUÑOZ, Cédula 12332-Serie-32 Pasar Por La Consultoría Jurídica Del Instituto Nacional De La Vivienda “Invi’ A Concluir Con El Proceso De Traspaso A Favor De La Señora CLAUDIA LOPEZ GARCÍA, Ced. 001-0339192-6 Ced. Anterior 303743serie 1ra Con Relación De Una Porción De 104 Metros Ubicadas Dentro De La Parcela No.17-A-Ref-Parte Del D.C. No. 1 Del D.N. Solar No.36 Manz. G8 Del Proyecto Lotes Y Servicios De Sabana Perdida. Fp92487
AVISO DE CONVOCATORIA La Junta Directiva del Condominio Torre Lise Carolina 2, ubicado en la Francisco Prats Ramírez No. 258, Evaristo Morales, convoca a los propietarios a la Asamblea Extraordinaria a efectuarse el jueves 14 de septiembre del 2017 en el área social ubicada en el piso no. 10 del proyecto a las 8:00 pm.
Luis R. Pepén Romero Administrador AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14-013000932-0 fecha de apertura 02/03/2017, expedido por valor de RD$55,000.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
ANNY LEIDY ADAMES Depositante (OC-AC-11768-RD-07-08-09/09/2017)
ASOCIACIÓN NACIONAL DE ABOGADAS (ANA) Asociación Dominicana Sin Fines de Lucro Incorporada mediante Decreto No. 3536 de fecha 12 de junio de 1973 República Dominicana.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ABOGADAS (ANA) En cumplimiento de las disposiciones de nuestros Estatutos Sociales por este medio se convoca públicamente a todos los miembros de la asociación sin fines de lucro ASOCIACIÓN NACIONAL DE ABOGADAS (ANA), a la Asamblea General Extraordinaria que tendrá lugar en la calle Pedro A. Bobea esquina a la avenida Anacaona, Condominio Bella Vista, Edificio I, apartamento I-1-0, primer piso, del Sector Bella Vista, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cinco de la tarde (5:00 p. m.), el próximo día quince (15) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), a los fines de conocerlos siguientes puntos del Orden del Día: 1. Aprobar la validez de la reunión como una Asamblea General Extraordinaria; 2. Conocer el cambio de domicilio de la Asociación, y dar su aprobación; 3. Conocer de la modificación integral de los Estatutos de la Asociación, a los fines de derogar los Estatutos vigentes a la fecha y reemplazarlos por nuevos Estatutos que cumplan con las disposiciones de la Ley 122-05 y su reglamento de aplicación; 4. Designar los nuevos miembros del Consejo Directivo; 5. Ordenar las medidas de publicidad correspondientes para hacer de público conocimiento los cambios aprobados; 6. Punto Libre. Se hace la presente publicación para informar al público en general de la asamblea convocada, al tiempo de que se informa a todos los miembros de la asociación que el proyecto de los nuevos Estatutos se encuentra disponible en el domicilio de la asociación para cualquier miembro interesado, a partir de la fecha. Publicado hoy día nueve (9) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en este periódico de circulación nacional.
DRA. ANDREINA AMARO REYES, Presidente. Contacto: Asociación Nacional de Abogadas (ANA) Correo electrónico: aamaroreyes@hotmail.com Teléfono: 809-533-1004. FC 350069
AVISO DE DIVORClO Para conocimiento General se hace saber que el día diez (10) de febrero del año dos mil Diecisiete (2017), la Sexta (6ta) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Tribunal de Familia, dictó la sentencia civil número 531-2017SCIV-00473-NC1531-2016-ECON-02574, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: ADMITE: la demanda en Divorcio de Incompatibilidad de Caracteres canalizada bajo la sombra del acto número 158/8/2016, de fecha 25/04/2016, protocolo del Ministerial JORGE SANTANA, Ordinario de la Cuarta (4ta) Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por TOMAS DE JESUS REYES CABRERA, en contra de FEBE RODRIGUEZ, por los motivos que figuran en el cuerpo de la presente sentencia, y se autoriza a la parte más diligente a procurar el pronunciamiento del mismo por ante el Oficial del Estado Civil que corresponda según la ley; Segundo: ORDENA que el menor TOMAS REYES, quedará bajo la guarda y custodia de su madre, la señora FEBE RODRIGUEZ, a menos que la partes decidan de común acuerdo, o por efecto de otra decisión judicial; TERCERO: ORDENA: que el padre del menor, señor TOMAS DE JESUS REYES, tendrá derecho al siguiente régimen de visita; a.- El derecho al acceso a la residencia o vivienda donde se encuentren los menores; b.- Derecho a trasladar a los menores a otra localidad los fines de semana y en horario comprendido entre diez (10) de la mañana y ocho (08) de la noche (Hora local), incluyendo este derecho solamente dos fines de semana en el mes; c.- Derecho a tener a sus hijos menores consigo el 50 por ciento del tiempo relativo a período de vacaciones que tengan los niños (verano, navidad, invierno, semana santa, etcétera).d.- Derecho a la visitas sean extendidas a los ascendientes y hermanos/as mayores de 18 años del padre, si le fuere solicitado a la madre.- e.- Derecho a comunicación permanentes y sin restricción ninguna tales como comunicaciones escrita (papel o telemática), telefónicas electrónicas, siempre que no se vulneren los derechos de los menores; cuarto; COMPENSA las costas del procedimiento, por tratarse de una litis entre esposos; QUINTO: DESIGNA a UJIER BOANERGE PEREZ URIBE, de estrados de esta misma sala, para notificar la presente decisión a la parte que ha hecho defecto conforme al artículo 156 del código de procedimiento civil. La sentencia que antecede ha sido pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la Sexta (6ta) Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Cuatro (04) de agosto del año dos mil diecisiete (2017), según consta en el Libro de Registro de Divorcio, Folio No. 0105, Acta No. 000255, año 2017.
ERNESTO MOTA ANDUJAR, Abogado. FC 350073
SABADO 09 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
14 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jincheng, color negro, año 2015, placa y registro K0672255, chasis LJCPAGLH7F1002761, a nombre de MINAMI IMPORT, SRL.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Bajaj, placa K0579485, color negro, chasis MD2A21BZ2GWC48013, tipo motocicleta, año 2016, propiedad de CHUBY V B COMERCIAL, SRL, RNC 130846499. FC 350086
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Land Rover, modelo Freelander, placa G159482, año 2002, corojo, chasis No. lor SALNM22212A201608, fuerza motriz: 4000, propiedad de CARLOS MANUEL MORENO, cédula 001-0262347-7. FC 92477
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo A603969, chasis placa KMHEU41MP7A385246, color blanco, marca Hyundai, modelo Sonata, año 2007, propiedad de SANDRA MARIA ARIAS DE LA ROSA, cédula 0120111470-7. San Juan de la Maguana. FC 92475
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo fúnebre Marca Cadillac, Modelo Commercial, color negro, año 1997, placa M000012, chasis 1GEEH90Y4VU500095, a nombre de SOLUCIONES MUNICIPALES SOLUMUN SRL, RNC 131120725. (AH-AC-11777-CM)
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Seygo, modelo SG110-7A, año 2011, color azul, placa y registro N779817, chasis LXAXCH7A0BXA00156, a nombre de PRIMITIVO BOTTIER REYES, cédula 087-0001976-6. FC350052
PÉRDIDA DE CHAPA: de automóvil privado, Marca Toyota, año 1997, color negro, placa y registro A677111, chasis 2T1BA02E4VC161396, a nombre de JOSÉ RAFAEL FERREIRA MARTINEZ, cédula 001-1141765-5. fp92483
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 1982, placa y registro chasis LC6PAN518544, GA1230003462, a nombre de JOSE ANTONIO VERIGUETE FULCAR. FC 92479
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, placa A001101, color azul, chasis JT2AE82E5G3424112, tipo automóvil privado, año 1986, propiedad del señor EDUARDO PAYANO GARCIA, cédula 002-0060996-4. FC 350076
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla CE, año 1999, color blanco, placa y registro A145447, chasis INXBR12E3XZ272537, a nombre de ORLANDO MIGUEL LIZ NÚÑEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Suzuki, color gris, año 2006, placa y registro N156356, chasis LC6PAGA1X60820621, a nombre de GERALDO IGNOVA BAZIL. FP927428
PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Ford, modelo F-350 Pick Up, año 1992, placa y registro L224113, color blanco, chasis 2FDLF47M8NCA28717, propiedad de ROSA CLARIBEL OVANDO, cédula 001-0084990-0. FC 350088
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, color rojo, año 1990, placa y registro chasis A543270, 1NXAE94A0LZ071091, a nombre de JOSE RAMON ALMANZAR DIAZ. FC 92480
TRASPASO DE BOTE: El SR. MARIO M. MELO PIMENTEL, traspasa el bote de recreo nombre MOET ET CHANDON, matrícula No. BR-M24-215BCH, color blanco y azul, de 17.10 pies de eslora, 7 de manga y 3 de puntal, al señor ADRIANO RAMON ANTONIO MADERA MOREL, como nuevo propietario. FC 350068
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Loncin, año 2017, color negro, placa y registro K1210744, chasis LLCLGM603HA100308, a nombre de MOTORES DEL SUR SRL. Fp92472
PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca Minelli, modelo Kappa, año 2008, placa y registro K0420821, chasis ZJKCJ12B38M000050, propiedad de MI GOMA, SRL, RNC 130724636. FC 350080
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Ford, color blanco, año 1991, placa y registro A076490, chasis 1FACP54Y2MA230148, a nombre de SUGEY MILAGROS MARTE MARTINEZ. FC 92481
PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Honda, Modelo CR-V, color negro, año 2000, placa G054825, chasis JHLRD1865YC026021, a nombre de JUAN BAUTISTA GABIN OSCAR, CED. 047-0013616-3. (AH-AC-11776-CM)
PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca Jincheng, color negro, año 2013, placa y registro K0803751, chasis LJCPAGLH0DS009200, a nombre de PABLO TOMAS LIBERATA MONTERO.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa y registro K0645031, chasis MD502404433, a nombre de SANTO HILARIO NIVAR.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta marca Shineray, color azul, año 2007, placa y registro K0195944, chasis LXYXCFL0X70P02517, a nombre de PEDRITO CUEVAS.
PÉRDIDA DE PLACA: de volteo, marca Daihatsu, año 1999, color rojo, placa y registro S004761, chasis V11859757, a nombre de SECUNDINO ALMONTE. FP92488
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta privada, marca Jincheng, color negro, año 2014, placa y registro K0486722, chasis LJCPAGLH2E1001354, a nombre de ROSENDO FERNANDEZ LLUBERES.8
PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Nissan, color blanco, año 2012, placa y registro L351054, chasis 1N6BD0CT2CC436061, a nombre DE SILVESTRE MELANEO GÓMEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Mack, modelo MH613, año 1989, color rojo, placa y registro L118574, chasis 1M2AR07YXKM011150, a nombre de ARCADIO CASTRO FABIAN.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Chevrolet, color azul, año 1996, placa y registro G094433, chasis 1GNEK13R8TJ367489, a nombre de EVA CLELIA CEDANO, cédula 001-1340053-5.
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. No. 662201704585 Se avisa que el día 15 de septiembre del 2017 a las 8:00 a.m., iniciaremos el Deslinde en propiedad de María Lourdes Alberto en la parcela 165-A del D.C. 3, municipio La Vega. Autorización de mensuras de fecha 11/08/2017. Realizado por:
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K1103336, color azul, chasis LC6PAGA1080832392, tipo motocicleta, año 2008, propiedad de JUAN JOSE SANCHEZ MENDEZ, cédula 001-0228442-0. FC 350032
AVISO PARA REALIZAR LOS TRABAJOS DE DESLINDE Aviso de Mensura Catastral. Vista: La autorización No. 662201707318, por la dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, en fecha 08 de septiembre del 2017. Por medio de este informe se le informa a la Dirección Regional de Mensura Catastral (Departamento Norte) que el día 15 de septiembre del año 2017, las 9:00 a.m., daremos inicio a los Trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 208, D.C. 07, propiedad del señor: HECTOR DE JESÚS SANTANA PERALTA, con una extensión superficial de 65.00 mt2, propiedad y municipio de Santiago de los Caballeros, Rep. Dom.
LAYS JANERY MARIA UBEN AGRIMENSORA CONTRATISTA CODIA 35520
RECTIFICACION DE ESTADO CIVIL EN CERTIFICADO DE TITULO El Sr. PASCUAL GARCIA VASQUEZ, titular de la cédula de identidad y electoral No. 081-0000721-3 hace de público conocimiento que su estado civil es soltero, por lo tanto es el estado que debe de figurar en el Certificado de Título No. 72-32. Que corresponde al inmueble, Parcela No. 89 del D.C. No. 2, Municipio de Cabrera, Área 500.00 Mts2, de mi propiedad.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Nipponia, modelo AX100, año 2013, color blanco, placa y registro N919899, chasis XF1AX100AKJ000212, a nombre de JUANICO ENCARNACIÓN TAVAREZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, color rojo, año 2005, placa y registro L233647, chasis 8TMJU62N16M013429, a nombre de EUSEBIO RAMIREZ, cédula/pasaporte/RNC: 530585721.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, color blanco, año 1997, placa y registro L172719, chasis S82P081963, a nombre de LOURDES CAROLINA REYES BATISTA. FC 92478
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Fiat, año 2007, color naranja, placa y registro L239998, chasis ZFA22300005489324, a nombre de MONIKA MELO GUERRERO. FP92485
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Tauro, placa K0783325, color rojo, chasis TARPCM503GC003692, tipo motocicleta, año 2016, propiedad de CHUBY V B COMERCIAL, SRL, RNC 130846499. FC 350086
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Tauro, placa K0783325, color rojo, chasis TARPCM503GC003692, tipo motocicleta, año 2016, propiedad de CHUBY V B COMERCIAL, SRL, RNC 130846499. FC 350086
Agrim. JUAN BAUTISTA ALMONTE DIAZ, Agrimensora Contratista - CODIA: 24172.
FC350096
(RC-14148-RDT-1/2)
AVISO DE AUTO DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. No. 662201706592 Se avisa que el día 18 de septiembre del 2017 a las 8:00 a.m. iniciaremos el Deslinde en propiedad de Erika María Bueno Rosario en la parcela 28-B-1, del D.C. 11, municipio La Vega. Autorización de mensuras de fecha 11/08/2017. Realizado por:
Agrim. JUAN BAUTISTA ALMONTE DIAZ, Agrimensora Contratista - CODIA: 24172. (RC-14148-RDT-2/2)
AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 151 de la ley 189-11, del 16 de Julio del año 2011, se hace de público conocimiento que ha sido fijada Para el veintiuno (21) del mes de septiembre del año 2017, a las nueve (9:00) horas de la mañana, la audiencia pública de pregones, en la que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrar la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de San Pedro de Macorís, la cual celebra sus audiencia públicas en la primera planta del Palacio de Justicia de San Pedro de Macorís, sito en la calle Laureano Canto No. 1, de esta ciudad de San Pedro de Macorís del inmueble que se describe a continuacion: Apartamento 3-A, (Tipo A) tercer nivel, del condominio CARIBE I, matrícula No. 3000199753, con una superficie de 151.00 metros cuadrados, en el solar 1-REF-J, Manzana 313, del Distrito Catastral No.1, ubicado en San Pedro de Macorís, el mismo consta de un Balcón, Sala, Comedor, Cocina, Tres dormitories, dos Baños común, cuarto de servicio con su Baño, Area de Lavado con Parqueo. Embargo en perjuicio de la señora OLGA FRAPPIER ALMONTE (Deudora), y ESTELA UREÑA BATISTA (tercera detentadora del inmueble embargado), de acuerdo con las disposiciones de la Ley 189-11, del 16 de Julio 2011, a requerimiento del señor PEDRO GERALDO PION PEREZ, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MIGUEL ANGEL MARTINEZ RODRIGUEZ, con su estudio profesional abierto en la calle Bellas Artes No. 12, Apartamento 402, del Sector El Millón de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y formula eleccion de domicilio en la Avenida Luis Amiama Tio No. 108, del Ciudad de San Pedro de Macorís, y en cuya direccion ha hecho elección de domiciolio el persiguiente para los fines y consecuencias legales del procedimiento de embargo inmobiliario. El Mandamiento de pago fue notificado a la embargada y a la tercera detentadora el día siete (07) del mes de Julio del año 2017, mediante el acto No. 421/2017, instrumentado por el Ministerial Virgilio Martínez Mota, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, e inscrito por ante el Registro de Título de San Pedro de Macorís en fecha 24 de Julio del año 2017. El Persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de CINCO MILLONES SEISCIENOS TREINTA MIL PESOS (RD$5,630,000.00) que es el monto a que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado del persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institucion bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. El deudor y los acreedores inscritos, seran citados por acto de alguacil para presenciar la venta. En la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día diez (10) de agosto del año dos mil diecisiete (2017).
Para dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 44 letra f, del reglamento de los tribunales superiores de tierra y de Jurisdicción Original inmobiliaria, establecido en la ley 108-05 del 23 de Marzo del año 2005, sobre registro inmobiliario, se hace de público conocimiento lo siguiente: Republica Dominicana Tribunal de Jurisdicción Original Provincia San Juan. Auto de Fijación de Audiencia No.166, de fecha Dieciséis (16) de Marzo del Año Dos Mil Diecisiete (2017). En Nombre de la Republica. VISTA: La aprobación técnica de fecha 21 de Febrero del 2017, dada por la dirección Regional de mensura Catastrales, mediante la cual aprueba la mensura para saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmueble identificado como el Solar No.6, Manzana No.2-A, Distrito Catastral No.1, con la Designación Catastral Posicional No. 203742273768, con una Superficie de Doscientos Treinta y Tres Punto Dieciocho (233.18) Metros Cuadrados, ubicada en la POBLACION del Municipio de EL CERCADO. VISTOS: Los artículos 1, 2, 3, 10, 23,25, párrafo 8 y 26 de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, 23 letra G 26, 27, y 46, del reglamento de los Tribunales de Tierra de Jurisdicción Inmobiliaria. RESUELVE: PRIMERO: FIJAR, la audiencia pública, oral y contradictoria para el día 13 de septiembre del 2017, a las 9: 00a.m a celebrarse en el Edificio que aloja el Palacio de Justicia de San Juan de la Maguana ubicado en la Calle Dr. Luís Pelayo González #4, Ant. Diosa Themisen el Segundo Nivel a la Derecha el Salón que aloja el Tribunal de Jurisdicción Original de la Provincia San Juan. SEGUNDO: se ordena la citación por acto de alguacil de los señores, Emilio Abigail Díaz Payams (Agrimensor), MARIA LUISA MONTERO SEGURA, (Reclamante), LUIS DE OLEO, ORLANDO FURCAL REYES MONTERO DE MONTERO, ANASTACIO RAMIREZ Y SUCS. DE CAYETANO PANIAGUA (colindantes), y todos a quienes pueda interesar, para que comparezcan a la audiencia, el día, la hora y lugar indicado. DADO: en la Ciudad de SAN JUAN DE LA MAGUANA, Provincia San Juan, a los 26 de Julio del 2017, años 174 de la Independencia y 154, de la restauración. ERNESTO CASILLA REYES, Juez.
LIC. JOSE FRANCISCO DE OLEO ENCARNACION Abogado FC350095
AVISO DE TRANSFORMACION El Acto Autentico convoca al Propietario de la sociedad “BOOKPLAIN TECNOLOGY, E.I.R.L..”, en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Número 479-05 del 11 de diciembre del 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento público el proyecto de transformación de la compañía “BOOKPLAIN TECHNOLOGY, E.I.R.L..”, en una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.), la cual estará formada por dos o más socios, con un Capital Social totalmente suscrito y pagado de CIEN MIL (RD$100,000.00) PESOS ORO DOMINICANOS, dividido en Cien (100) Cuotas Sociales. La sociedad mantendrá la misma denominación social, bajo la tipología de Sociedad de Responsabilidad Limitada, seguida de las iniciales S.R.L; mantendrá su Objeto Social principal; DESARROLLO DE PROGRAMAS IMPORMATICOS (SOFTWARE), CAPACITACION, ASESORIA, COMERCIALIZACION, INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE DICHO PROGRAMAS, COMPRA, VENTA Y DISTRIBUCION DE EQUIPOS DE INFORMATICA E INSUMOS, INCLUYENDO EQUIPOS FISCALES, INSTALACIONES DE REDES Y EQUIPOS DE VIGILANCIA EN GENERAL, Modificará el domicilio de la sociedad para que de ahora en adelante sea: Calle Petigre, Esq. Calle Judio, No. 2, RES. Mirador Del Este, Santo Domingo Este, La misma no se disolverá, manteniendo su personalidad jurídica sin alterar sus derechos y obligaciones. La Sociedad estará administrada y representada por uno o varios Gerentes, quienes estarán investidos de los poderes más amplios para actuar en toda circunstancia a nombre de la Sociedad. Se convoca a todos los Socio a celebrar el acta de Asamblea conforme al artículo 445, en el domicilio social de la sociedad, para conocer y decidir sobre el proyecto de transformación de la sociedad en Sociedad de Responsabilidad Limitada, de acuerdo con la Ley número 479-08 citada. Se renuncia al art. 445 de la Ley 479-08. En caso de decidir la transformación, el Acto Autentico deberá aprobar el Proyecto de Transformación que regirá la sociedad, el cual deberá contener todos los requisitos exigidos por la Ley Número 479-08 citada. Entendido lo anterior, el Acto Autentico de la sociedad, válida y regularmente constituida conoce de la intención de transformar la sociedad “BOOKPLAIN TECHNOLOGY E.I.R.L.” de una SOCIEDAD INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (EIRL) a una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S. R. L.).
LIC. MIGUEL ANGEL MARTINEZ RODRIGUEZ, Abogado del Persiguiente. FC 350074
PEDRO FLORENTINO ROSARIO PROPIETARO. FC35090