MIÉRCOLES 25 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
CLASIFICADOS 13
CLASIFICADOS DIVERSOS
Bienes Raices
Automóviles
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VENTA DE INMUEBLE: $5,500,000
(Carrefur) Apart. de 205 metros 3 hab ,2.5 Baños/ Gimnasio/, Separa con solo $100,000. Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578
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Jardines del Sur - sólo 2 PENTHOUSE disponibles. (A) 210 metros , 3 Hab, 2.5 Baños, Separa con el 10%. Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578
Capacitación
AUTOS
BIENES RAICES
Se vende inmueble ubicado en la avenida Nicolás de Ovando No. 144, ensanche Luperón, Distrito Nacional, con una extensión superficial de 325.71 metros cuadrados, con título propio. Ubicado en área Comercial. Precio: RD$6,400,000.00. Contacto: 809-416-6444.
Empleos
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Tel: 809 534 7121, 829 836-0443
Nissan Sentra 2007
RD$235,000
Suzuki forensa 2007 Reid y Compañía. 809-562-7211 ext. 2185
RD$450,000
Toyota Highlander 2005
RD$365,000
Toyota Corolla 2005
Ford Mustang GT 2013 US$32,000 Transmisión mecánicaGris oscuro- Motor 5.0, 8 cilindros, Supercharged
Legal
Diversos
Hyundai Tucson 2014 RD$865,000 Transmisión automática- Gris- Motor 2.0, 4 cilindros
Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automática- Blanca- 4WD-Motor 3.6, 6 cilindros
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14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
EXP. 66120172481 Se avisa que el día 10 de noviembre 2017 a las 03:00 p.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 4 DC 6 área 2,515.44m2 municipio Salcedo autorización de mensuras del 04/08/2017 propiedad EVELIN DEL CARMEN JIMENEZ realizado por:
EXPEDIENTE No. 663201707226 Por medio de la presente se les avisa a todos los Colindantes del Dr. EMILIO CESAR RIVAS RODRIGUEZ. Que el día Sábado que contaremos a Cuatro (4) del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017). A las nueves Horas de la Mañana, 9:00 (A.M.) se dará comienzo a los levantamiento parcelario para los trabajos de Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780A del D.C. No. 04 del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, Ubicada en la calle Anastacio Tronil, No. 50, Bayona. Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastral. Departamento Central, de fecha siete (7), del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017).
EXPEDIENTE No. 663201709546 Por medio de la presente se les avisa a todos los Colindantes de la Sr. ADRIEN DUCLOS. Que el día Sábado que contaremos once (11) del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017). A las diez Horas de la Mañana, 10:00 (A.M.) se dará comienzo a los levantamiento parcelario para los trabajos de Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 165-A-7 del D.C. No. 10/4, del Municipio San Rafael del Yuma, Provincia La Altagracia, Ubicado en la carretera que conduce de Romana al Dominicos a 400 metro más o menos del cruce de Bayahibe. En la sección la Magdalena, Lugar Bayahibe. Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastral, Departamento Central, de fecha dieciséis (16), del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
JUAN SUAREZ BATISTA Agrimensor Contratista Codia 22812
AVISADO: AGRIM. MODESTO CASTILLO BONIFACIO, CODIA No.14348.
AVISADO: AGRIM. MODESTO CASTILLO BONIFACIO, CODIA No. 14348.
(AC-12034-RDT)
FC 351456
FC 351456
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AVISO DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de a la disposiciones del Art.: 42 de la Ley No. 1306 Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintiocho (28) de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del juzgado de Primer Instancia del DJ de Azua, en sus atribuciones de familia dicto la Sentencia Civil No. 478-2017-SSEN-00470 NCI No. 478-2017-ECIV-00394. Falla: Primero: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Bienvenido Fabián Cuello Sánchez y Mabel Estela Meléndez Sánchez, conforme al Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 154-2017, instrumentado en fecha 06/04/2017, por el Dr. Juan Isidro Pujols Matos, Abogado Notorio Publico del Municipio de Azua, cuyo contenido ha sido transcrito más arriba en esta Sentencia. Segundo: En cuanto a los menores de edad Wilberto y Edrian, de 12 y 04 años de edad, quedaran a cargo de ambos padres biológicos, los señores Bienvenido Fabián Cuello Sánchez y Mabel Estela Meléndez Sánchez, según lo establece el Acto de Estipulaciones y Convenciones más arriba descrito. Tercero: Se ordena a los esposos, o el más diligente de ellos, presentarse por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades legales y hacer pronunciar el Divorcio de que se trata. Cuarto: Compensa las costas del procedimiento, por tratase de Litis entre esposos. El mismo fue pronunciado el día 20/10/2017, en el libro de registro No. 00003, Folio No. 0046, Acto No. 000446, Año 2017, en la 15ta circunscripción de Santo Domingo oeste, Republica Dominicana. Hoy Veintitrés (23) de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No.1306,Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace siguiente: Que en fecha Doce (12) del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Primera Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No.533/2017, de fecha Doce (12) del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre Félix Francisco Calderón Méndez y María Altagracia Urbaez Valenzuela. SEGUNDO: OTORGA la guarda de los menor Maite Isabel y Engel a favor de su madre María Altagracia Urbaez Valenzuela. TERCERO: Fija en la suma de diez mil pesos dominicanos (RD$10,000.00) la pensión alimentaria que tendrá que pagar el señor Félix Francisco Calderón Méndez, los días treinta (30) de cada mes, en manos de María Altagracia Urbaez Valenzuela. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil Correspondiente. QUINTO: COMPESA las costas del procedimiento. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber que en fecha cinco (05) de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00020 de Registro de Divorcio, Folio No.0073, Acta No.001927 del año 2017, entre los esposos Félix Francisco Calderón Méndez y María Altagracia Urbaez Valenzuela, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el Distrito Nacional, hoy día cinco (05) de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Para dar cumplimiento a lo que dispone la Ley No. 1306-bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 15 del mes de Septiembre del 2017, la Octava sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia No. 01428-15, cuya parte dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los Esposos Jorge Luis Cruz Reyes y Julissa Altagracia Castillo Calcaño, en consecuencia, homologa el acto de estipulación de divorcio número 005/2017, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional, la Licda. María Altagracia De La Cruz Moronta, en fecha tres de Mayo del año 2017, Transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil Correspondiente Pronunciar el Presente Divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día ONCE del mes de Septiembre del 2017; la misma ha sido registrado en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día Treinta y uno, del mes de Agosto del dos mil Diecisiete (2017), en el libro B, No. 19812. Firma ROSA ENCARNACION FERRERAS, Secretaria. El presente divorcio fue pronunciado en fecha quince (15) del mes de Septiembre del año dos mil Diecisiete (2017), por ante la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, el cual fue inscrito en el Libro No. 00018 de Registro de Divorcio, Folio No. 0193, Acta No. 001789, Año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, D.N. Capital de la República Dominicana, Notificado a los veinte y cinco (25) días del mes de Septiembre del año 2017.
LICDA. ROSA MARIA SANCHEZ DIAZ, Abogada de ambas partes. FC 351441
AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO
Licdos. Juana del C. Reyes V. y Jhon M. Frías Frías
Edwin Eusebio Féliz Brito, Abogado Apoderado.
Abogados. FC 351458
FC 351450
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Conforme al Art. 696 del Código de Procedimiento Civil, se avisa que SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, en sus atribuciones civiles, la cual celebrará sus audiencias pública en el local ubicado en la C/Altagracia Esq. C/Ramón Matías Mella No. 103 (altos), Villa Mella, Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, ha fijado para el día jueves que contaremos a veintitrés (23) del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 AM), en audiencia de pregones, para proceder a la Venta y Adjudicación en pública Subasta, al mayor postor y último subastador del inmueble siguiente: “LA MEJORA CONSTRUIDA SOBRE LA PARCELA 97, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 17, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 345. METROS CUADRADOS, UBICADO EN EL CAMPECHITO SANTO DOMINGO NORTE, SEGÚN EL CERTIFICADO DE TITULO No. 71-2132 DE FECHA 09/12/1975, en perjuicio de la señora EDRA NOEMI VASQUEZ RAMIREZ. EL INMUEBLE OBJETO DEL PRESENTE EMBARGO INMOBILIARIO ES UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA (COLEGIO), EL CUAL CONSTA EN LA PARTE DEL FRENTE TIENE UNA SECRETARIA DEL COLEGIO, PISO DE CEMENTO, VARIOS CURSOS, BAÑO, ÁREA RECREATIVA PARA DEPORTE, DICHO INMUEBLE POSEE UN SOLO NIVEL DE CONSTRUCCIÓN Y ESTA TECHADO DE ZINC (ALUZINC). Y la misma se encuentra: DICHO COLEGIO ESTA UBICADO EN LA CALLE PRINCIPAL NO. 12, SECTOR CAMPECHITO (VILLA MELLA) (SANTO DOMINGO NORTE), EL CUAL TIENE EN EL FRENTE PUERTA DE HIERRO, CON MALLAS CICLONICAS, VENTANA DE METAL DE COLOR BLANCO, BAÑO, CON UNA SUPERFICIE DE 345 MTS CUADRADOS. PINTADO DE COLOR AMARILLO ENCENDIDO Y ESTÁ LIMITADO AL NORTE: RESTO DE LA PARCELA; AL SUR: EL MATADERO; AL OESTE: UN SOLAR VACIO; Y AL ESTE: LA VIVIENDA NO. 11; PROPIEDAD DE EFRA NOEMI VASQUEZ RAMIREZ, de generales dominicana, mayor de edad, soltera, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-1157786-2, domiciliada y residente en la calle Principal No. 12, del sector el Campechito, Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, a diligencia de FELIPE MARTE, de generales dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.001-0911874-5, domiciliado y residente en la Av. Hermanas Mirabal No. 19, Santa Cruz del Sector de Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. JESÚS LEONARDO ALMONTE CABA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0287735-4, domiciliado y residente en el Municipio Norte de la Provincia de Santo Domingo, con estudio de abogado abierto al público en la C/Neptuno Esquina Avenida Hermanas Mirabal No. 01 Residencial Sol de Luz del Sector de Villa Mella, Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo. El Mandamiento de Pago fue notificado en fecha 20/06/2017, según acto 915/2017, de los del ministerial FÉLIX R. MATOS, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz Especial de Tránsito, Sala Cinco del D.N.; El Embargo fue trabado en fecha 26/07/2017, según acto 140/2017 del DR. RAFAEL SANTAMARÍA, Abogado Notario Público para los del número del Distrito Nacional, Colegiatura No. 6296, y fue denunciado en fecha 02/08/2017, según acto 1034/2017 de los del ministerial FÉLIX R. MATOS, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz Especial de Tránsito. Sala Cinco del D.N. Los actos arriba indicados fueron transcrito por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo Norte en fecha 01/03/2017 y se registro ante cl Registro Civil y Conservaduría De Hipoteca Del Ayuntamiento De Santo Domingo Norte. El Precio de la primera puja es de: CIENTO SESENTA MIL SETECIENTOS TRECE PESOS DOMINICANOS (RD$160,713.00), más los gastos y honorarios del procedimiento. Las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogados, y todo licitador deberá depositar en la Secretaría de la SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, tribunal que conocerá la venta, el equivalente al diez (10 %) por ciento del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque Certificado por una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, a nombre de la parte persiguiente o su abogado apoderado sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones y depositado en la Secretaría de dicha Cámara, en fecha 15/08/2017. En el municipio Norte, de la provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticinco (24) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
De conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la ley 6186 sobre Fomento Agrícola y las formalidades del artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que el día jueves que contaremos a veintitrés (23) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, se procederá a la venta en pública subasta, en la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, ubicada en el municipio de Santo Domingo Norte; la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del segundo piso del edificio que aloja el Juzgado de Paz de Santo Domingo Norte, sito en la calle Ramón Matías Mella número ciento tres (103), municipio Santo Domingo Norte, de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, del inmueble descrito a continuación: “Una porción de terreno con una superficie de 600.00 metros cuadrados, identificada con la matrícula No. 0100028330, dentro del inmueble: Parcela 5-A-REF-B-1, del Distrito Catastral No. 18, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, propiedad de Antonio Edmundo Martín Sánchez”. El precio de primera puja es de QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS 61/100 (RD$594,582.61), por concepto de capital, intereses y moras, más los gastos de ejecución. Los interesados deberán depositar antes de la venta, el diez por ciento (10%) de dicho precio, en efectivo o mediante cheque certificado, en la secretaría del tribunal apoderado, las pujas sólo se aceptaran por ministerio de abogado. Así mismo se advierte que el inmueble descrito precedentemente ha sido embargado al señor ANTONIO EDMUNDO MARTIN SÁNCHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral marcada con el No. 001-0123310-4, domiciliado y residente en la calle Pablo Neruda No.15, Urbanización Sol de Luz, Villa Mella, Santo Domingo Norte, Santo Domingo, República Dominicana. En tal sentido, se comunica que el acreedor embargante es el BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S. A.BANCO MÚLTIPLE, institución bancaria, organizada de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social en la Avenida John F. Kennedy No. 3 de esta ciudad de Santo Domingo, debidamente representada por su Vicepresidente Adjunto de Administración Riesgo de Crédito, LIZAMNA MERCEDES ALCANTARA BAURDIER, dominicana, mayor de edad, casada, funcionaria bancaria, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 031-0329718-4, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán; entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a la DRA. KERYMA A. MARRA MARTÍNEZ y a LOS LICDOS. TATIANA HERNÁNDEZ y BERNARDO ALMONTE CHECO, dominicanos, mayores de edad, solteras las dos primeras, y casado el último, titulares de las cédulas de identidad y electoral marcadas con los Nos. 001-0101700-2, 001-1860839-7 y 001-1860839-7, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en la Oficina de Abogados Marra & Marra, sita en la avenida 27 de Febrero No. 329, Torre Élite, suite 502, sector Evaristo Morales de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, teléfono número 809-4720035; y ad-hoc en la avenida Hermanas Mirabal, Centro Comercial, Villa Mella, en la sucursal del Banco Dominicano del Progreso, S.A. -Banco Múltiple. En ese sentido, se hace constar que mediante el Acto número 160/2017, instrumentado en fecha veintinueve (29) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), por el ministerial Inoel De Jesús Suero Tejeda, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, el referido acreedor embargante notificó mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario contra el señor ANTONIO EDMUNDO MARTIN SÁNCHEZ; el cual se convirtió, de pleno derecho, en embargo inmobiliario luego de transcurridos los quince (15) días francos contados a partir de su notificación, al tenor de lo dispuesto por las disposiciones combinadas del artículo 149 de la ley 6186 de Fomento Agrícola y del artículo 1033 del Código de Procedimiento Civil; embargo que fue inscrito ante el Registro de Títulos de Santo Domingo, en fecha diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Condiciones depositado en fecha veinte (20) de octubre del año dos mil diecisiete (2017) en la Secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, ubicada en el municipio de Santo Domingo Norte.
En cumplimento de las disposiciones del Art. 22 de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que el señor JUAN ANTONIO PEÑA ROSARIO, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, domiciliado y residente en la calle Principal No. 290, de la Sección Las Cabuyas, Distrito Municipal Juan Rodríguez, Municipio de La Vega, titular de la cedula de identidad personal No. 0470138974-6, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MIGUEL ANGEL SOLIS PAULINO, dominicano, mayor de edad, casado. Domiciliado y residente en la ciudad de La Vega, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 047-0083844-6, Abogado, con estudio profesional sito en la calle Duvergé No. 51-A (Primera Planta), de la ciudad de La Vega, en cuyo estudio profesional realiza elección de domicilio el requeriente a los fines y consecuencias legales del presente acto, HACE saber a su legitima esposa, EVELYN CALDERON FIGUEROA, que a falta de tener domicilio conocido en el país, que procederá a emplazarla en manos de la Procuradora Fiscal Titular de La Vega, el día que contaremos a JUEVES VEINTISEIS, (26) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete, (2017), para que comparezca a la audiencia civil que a puerta cerrada, conocerá la Primera Sala de La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el día que contaremos a Lunes, TRECE (13) del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete, (2017), a la nueve, (9:00 A.M.) horas de la mañana, tribunal el cual celebra su audiencia en uno de los salones de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, el cual esta ubicado entre las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duvergé, en donde se conocerá de la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres por domicilio desconocido, incoada por el señor JUAN ANTONIO PEÑA ROSARIO, en contra de su esposa señora EVELYN CALDERON FIGUEROA. En la Ciudad de La Vega. República Dominicana, a los 20 días del mes de Octubre de 2017.
LIC. JESUS L. ALMONTE C., Abogado del Persiguiente.
LICDA. TATIANA HERNÁNDEZ, por sí y por los letrados KERYMA MARRA, y BERNARDO ALMONTE, Abogados del persiguiente.
FC 351468
FC 351489
LIC. MIGUEL ANGEL SOLIS PAULINO, Abogado. (AC-12023-PC-23-24-25/10/201
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AVISO DE PÉRDIDA
AVISO PERIODICO
Que el Certificado de Título (Duplicado de Acreedor) número nueve, ocho, guión, siete, ocho, siente, seis, (98-7876), en el cual consta la hipoteca en primer rango a favor de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, por la suma de novecientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$950,000.00), en virtud del acto de fecha catorce (14) del mes de enero del año mil novecientos noventa y nueve (1999), inscrito por el Registrador de Títulos en fecha cuatro (04) de febrero del año mil novecientos noventa y nueve (1999); sobre el inmueble identificado catastralmente como: “EL APARTAMENTO NO. 401, TIPO “A”, con un área de construcción de Aprox. De 180mt2, con la siguiente distribución: Hall, balcón terraza, sala, comedor, estar familiar, medio baño para visita, dos dormitorios con vestidores (walking closet) y baño integrados completos, closet para ropa blanca, cocina-pantry, cuarto de servicio con su baño, área de lavandería.- Este Apto. está situado en la esquina sureste del edificio con su frente orientado hacia el noreste, con acceso directo a la vía pública mediante una escalera y un paseo peatonal que a través del parqueo, lo comunica con la calle del condominio “DIANNE MARIE II” edificado dentro del ámbito del solar No. 4, de la manzana No. 2454, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, propiedad de los señores PEDRO PABLO RAMOS VIVES y MARIA DEL PILAR RAMOS VIVES, provistos de las cédulas de identidad y electoral números cero, cero, uno, guión, cero, cero, nueve, siete, nueve, seis, tres, guión, dos, (001-0097963-2) y cero, cero, uno, guion, uno, cero, uno, cinco, tres, cuatro, ocho, guión, tres, (0011015348-3) respectivamente, se encuentra extraviado. FC 351447
PERDIDA del Certificado de Título No. 84-9924, identificado como: “Solar 7, de la Manzana No.3787, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 175 Mts2. Limitado al Norte: calle la Copra; al Este: Solar No. 8; al Sur: Solar No. 18; y al Oeste Solar No. 6, a nombre del señor LEPIDO ANTONIO CABRERA MALDONADO.
AVISO DE INCORPORACION En virtud del artículo 5 párrafo I y II de la Ley 122-05, que regula y fomenta las Asociaciones sin Fines de Lucro, el Procurador General de la República del Distrito Nacional, mediante la Resolución No. 00014, de fecha 14 de agosto del año 2017, otorgó el beneficio de incorporación a LIVING BETTER COMMUNITY CENTER, cuya duración es por tiempo indefinido, con domicilio en la Calle Cul de Sac 2, Res. Balmoral Sur, Apartamento 4ª, Las Praderas, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; asociación sin fines de lucro, siendo sus objetivos generales. Servir como fuente para facilitar vivienda de transición para adultos jóvenes de 16 a 23 años en situación de riesgo y dependientes de sustancias controladas, proporcionar asistencia a los padres en el proceso de la unidad familiar, promover la paz a través de la educación y servir como un centro de conocimiento y enseñar el desarrollo de los valores humanos a las familias. Su Directiva está compuesta por: 1. JOSE MIGUEL NUÑEZ HERNANDEZ, Presidente fundador; 2.-JOSE MANUEL LUNA GONZALEZ, Vice-Presidente; 3.-EMILIA LUNA GONZALEZ, Secretaria; 4.-DARWIN H. ACEVEDO PEQUERO, Miembro; 5.-SERAFIN HERNANDEZ ROSARIO, Miembro. La persona que de acuerdo a los estatutos la representan ante terceras personas es el Presidente de LIVING BETTER COMMUNITY CENTER. El número de miembros (as) de la Junta Directiva son cinco (05) personas. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los 05 días del mes de septiembre del año 2017.
JOSE MIGUEL NUÑEZ HERNANDEZ, Presidente. FC 351463
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el articulo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor GABRIEL SAMBOLIN ROBLES, estadounidense, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D. licencia conducir no.4655878; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. ANYELI ALT. ORTIZ cédula no. 047-0185596-9 con estudio profesional abierto en el no.23-A de la calle Prof. Juan Bosch de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora AMARFI LORA GOMEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Calle Principal del D.M. de Rincón No.12, Municipio Jima Abajo, Provincia La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del D.J. de La Vega, el día 27 del mes de octubre del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 16 del mes de noviembre del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 24 días del mes de octubre del año 2017.
LICDA. ANYELI ALT. ORTIZ Abogado apoderado de la parte Demandante (RC-6686-RD-24-25-26/10/2017)
Licda. Maritza Reynoso Santos, Abogada. FC 351444
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Para dar cumplimiento con el artículo 204 de la Ley de Tierras, Se hace saber que se ha extraviado el Certificado de Título, Matrícula No.0100216468, correspondiente al Solar No. 11, de la Manzana 3930, del Distrito Catastral No.01, del Distrito Nacional, con una extensión Superficial de 150.00 metros Cuadrados, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, a nombre de los señores CANDIDA ROSA NIVAR VDA. ALAR y ALTAGRACIA ALAR NIVAR.
DR. CELSO PAVON MONI, Abogado. FP 93330
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 92, Párrafo III, de la Ley 108-2005 y Sus Reglamentos, Sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado la Carta Constancia Anotada en el Certificado de Título No.67-7543, Libro No.475, folio No.48 (Duplicado del Dueño), con un área de: 56,596.15 M2, dentro del ámbito de la Parcela No.52-A, del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, Sector Arroyo Hondo, registrada a favor de la compañía BOTANCON, C. POR A. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinticuatro (24) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Licda. Andrea Valenzuela Guillén, Abogada. FC 351446
AVISO Rectificación del Estado Civil en Certificado de Título El señor JUAN BAUTISTA DE MOTA GUERRERO, dominicano, mayor de edad, soltero, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 025-0032602-6, con domicilio en la casa No.3 de la calle 20, Sector Tropical del Este, Las Américas, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; en su calidad de propietario del inmueble porción de terreno con una extensión superficial de setecientos ochenta y nueve (789) metros cuadrados con cuarenta y nueve (49) decímetros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 779-A, del Distrito Catastral No. 6 del Distrito Nacional; con los siguientes linderos: Al Norte, Porciones Nos. 1 y 2 (parte), al Este, calle, Porción No.6; al Sur, calle en proyecto; y al Oeste, Parcela No. 214-Ref.-C. Amparado el derecho de propiedad en el Certificado de Título No. 73-4354, expedido a su favor por el Registro de Títulos del Distrito Nacional en fecha once (11) del mes de julio del año dos mil uno (2001). Hace constar que en dicho certificado de título consta el estado civil del señor JUAN BAUTISTA DE MOTA GUERRERO como casado cuando en realidad el estado civil del mismo es soltero. Por lo que se está en proceso de RECTIFICACION del estado civil en dicho título, a fin de que aparezca su estado civil de manera correcta.
LIC. JOSE MANUEL HERNANDEZ PAREDES. FC 351442
AVISO POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE TRANSFORMACION En observancia de las disposiciones establecidas en el artículo 445 de la Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada N° 479-08, se hace de general conocimiento que: 1) La Sociedad LAS CALDAS DE INVERSIONES, S.A., por órgano de su Presidente, ha convocado a sus accionistas a una Asamblea General Extraordinaria a celebrarse en el domicilio social, ubicado en la calle Max Henríquez Ureña, núm. 34, Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional, el miércoles quince (15) del mes de noviembre del Dos Mil Diecisiete (2017) a las cuatro horas de la tarde (4:00 p.m.), que habrá de conocer de la transformación del actual tipo societario de esta empresa a una Sociedad de Responsabilidad Limitada; 2) El Proyecto de Transformación que incluye los Nuevos Estatutos de la Sociedad junto con el Informe del Comisario de Cuentas y el Balance Especial del Contador Público Autorizado, estarán a disposición de los accionistas en el domicilio social ubicado en la dirección antes citada, durante los quince (15) días que precedan a la fecha de la celebración de la Asamblea; 3) El Proyecto de Nuevos Estatutos consigna entre otras cosas esenciales que: (a) La sociedad se denominará “SOCIEDAD AMIGA DE LAS FARMACIAS CFG, S. R. L.” y estará regida por las Leyes de la República Dominicana y sus Estatutos Sociales; (b) El domicilio social se modificará para quedar en la calle Rosa, núm. 20, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, pudiendo ser cambiado a otro lugar del país, por decisión de la Asamblea General Extraordinaria; (c) La sociedad se dedicará de manera principal a la exportación, distribución, y comercialización de medicamentos para el consumo humano y animal, así como cualquier otra actividad dentro del lícito comercio, relacionada con la actividad principal; d) La duración de la sociedad continuará siendo indefinida; (e) El Capital Social de la Sociedad será de Cien Mil Pesos Dominicanos (RD$100,000.00), divididos en mil (1,000) cuotas sociales con un valor nominal de Cien Pesos Dominicanos (RD$100.00) cada una, las cuales serán enteramente suscritas y pagadas; y (f) La Dirección y Administración de la Sociedad está a cargo de Cuatro (4) Gerentes designados al efecto, quienes realizarán todos los actos de gestiones necesarios para el buen funcionamiento de la sociedad y estarán envestidos con el más amplio poder para actuar en nombre de la sociedad, desempeñarán su cargo por periodo de Dos (2) años y podrán ser electos en períodos sucesivos y ser destituidos en cualquier momento. Igualmente se les informa, que el texto integro del proyecto de matriculación, transformación, reducción de capital social autorizado, balance especial, y el informe del Comisario de Cuentas, estará a disposición de los accionistas en el domicilio de la Sociedad hasta la fecha de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá y aprobará dicha transformación. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte y tres (23) días del mes de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Dando fiel cumplimiento a la ley 122-05, que rige las asociaciones sin fines de lucro, hacemos de público conocimiento la incorporación de la ASOCIACION DE TRANSPORTE TURISTICO Y EMPRESARIAL PERAVIO ASOTRATUEMPE-TOURS mediante la resolución No. 117ONG-2017, de fecha 29/09/2017, constituida por tiempo indefinido y con domicilio en la Calle Central No. 25, Pizarrete, Provincia Peravia, R.D. es representada de acuerdo a los Estatutos por su fines “velar por la protección, la Capacitación y formación de los miembros con gran sentido de respecto, responsabilidad y solidaridad; por las buenas Prácticas Profesionales, a fin de que el turista reciba un servicio de calidad mundial”. La Directiva está formada por once (11) miembros y son los Socios fundadores: Reynaldo Arias Mateo, Diógenes Cordero Mejía, Antonia Manuel Montero Medina, Santa Josefa Bautista Amador, Luis Fernando Aquino, Ignacio Radhames Cruz, Juan Orlando Bautista, Wally Denny Suero Matos, Juan Bienvenido Cabrera, Starling Rosario y Santos Lugo,
MARIA TERESA NANITA ESPAÑOL Abogada Apoderada
REYNALDO ARIAS MATEO, Presidente
FC351473
En virtud de lo que dispone el Art. 92, Párrafo III, de la Ley de Registro de Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 04-180, LIBRO NO. 89, FOLIO NO. 55, correspondiente a SOLAR NUMERO 14, MANZANA NO. 245, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 1, del municipio de Moca, provincia Espaillat, expedido a favor del señor PEDRO JOSE LOPEZ GUZMAN. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de Septiembre del año 2017.
LIC. LUIS HERIBERTO PAULINO, Abogado Solicitante.
AVISO DE INCORPORACION
FC351470
LEGAL 15 AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICACIONES DE REGISTRO DE ACREEDOR De conformidad con las disposiciones del artículo 92, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario y el artículo 83, del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento, la pérdida de las Certificaciones de Registro de Acreedor, que avalan los derechos de crédito de las sociedades Productora Centroamericana de Alimentos, Sociedad Anónima y Compañía de Alimentos del Pacífico, Sociedad Anónima, otorgada en ocasión de la inscripción de una hipoteca convencional en primer rango por la suma de DOS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (US$ 2,000,000.00), sobre los inmuebles propiedad de Job Natanael Franco Arias, ubicados en San Cristóbal, República Dominicana, los cuales se describen a continuación: 1.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-21, de Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 247.55 mts2, matrícula 4000224033, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 2.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-22, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 271.59 mts2, matrícula 4000224036, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 3.Parcela No.1-REF-414-SUBD-23, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 154.42 mts2, matrícula 4000224037, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 4.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-24, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 390.40 mts2, matrícula 4000224038, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 5.Parcela No.1-REF-414-SUBD-25, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 306.82 mts2, matrícula 4000224040, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 6.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-26, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 200.00 mts2, matrícula 4000224041, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 7.Parcela No.1-REF-414-SUBD-27, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 200.00 mts2, matrícula 4000224042, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 8.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-28, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 200.00 mts2, matrícula 4000224045, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 9.Parcela No.1-REF-414-SUBD-29, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 179.55 mts2, matrícula 4000224047, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 10.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-30, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 181.24 mts2, matrícula 4000224049, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 11.Parcela No.1-REF-414-SUBD-31, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 410.23 mts2, matrícula 4000224050, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 12.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-32, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 231.50 mts2, matrícula 4000224051, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 13.Parcela No.1-REF-414-SUBD-33, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 234.40 mts2, matrícula 4000224052, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 14.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-34, del Distrito Catastral No. 2 del Municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 236.22 mts2, matrícula 4000224053, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 15.Parcela No.1-REF-414-SUBD-35, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 225.72 mts2, matrícula 4000224055, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 16.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-36, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 226.22 mts2, matrícula 4000224060, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 17.Parcela No.1-REF-414-SUBD-37, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 226.89 mts2, matrícula 4000224061, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 18.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-38, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 227.24 mts2, matrícula 4000224063, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 19.Parcela No.1-REF-414-SUBD-39, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 228.23 mts2, matrícula 4000224064, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 20.- Parcela No.1-REF-414-SUBD-40, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de terreno de 297.69 mts2, matrícula 4000224065, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012; 21.Una porción de terreno con una extensión superficial de 3,773.18 metros cuadrados dentro del ámbito de la parcela No.1-REF-365-A-REF. del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, inmueble identificado con la matrícula 4000224068, emitida por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012. 22.- Una porción de terreno , con una extensión superficial de 1,257.73 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.1-REF-365, del Distrito Catastral No. 2 del municipio de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, inmueble identificado con la matrícula 4000224066, emitido por la Registradora de Títulos de San Cristóbal en fecha 18 de diciembre de 2012. FC 351445
MIERCOLES 25 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL Perdida de permiso de construcción, NUMERO (289-2016), Numero de casco MMA13L16Z324-2, Vista la solicitud enviada por la Cía. Moto Marina S.R.L., rep., por el señor Augusto Antonio González José, Visto el artículo 95 de la Ley 3003 y sus modificaciones del 12 de junio del año 1951, por cuanto concede la autorización a la Cía. Moto Marina S.R.L., rep., por el señor Augusto Antonio González José, cedula 065-0002690-8 para que pueda construir un Catamarán en Fibra de Vidrio, de 48 pies de eslora, 16 pies manga y 7 pies puntal, será construida por el solicitante en los talleres del KM. 7 de la carretera Sánchez, Samaná con un costo aproximado de RD$500,000.00, motor de propulsión, motor fuera de borda y será utilizado para Actividades de Turismo. Dado en Santo Domingo, D.N., capital de la Republica Dominicana a los 17 días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016) firmando por Fernando De Jesús Peralta Mieses Capitán de Navío, ARD., (DEM). Comandante del Comando Naval de Capitanías de Puerto y Autoridades Marítima ARD.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No.1013055292 de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, de fecha 11 de enero de 2016 por valor de RD$649,300.00 A nombre de: NERVA DINORAH PINEDA PEREYRA, cédula: 001-0382031-2 y CARMENCITA DE LA ROSA TEJEDA, cédula 001-1364518-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC350784
SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO La pérdida del Certificado de Depósito Nº. DX – 77375048, Depósito a Plazo en moneda extranjera por la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL DOLLARES AMERICANOS (USA$58,000.00), emitido en fecha TRECE (13) de diciembre del año 2013 por el BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S. A., en su sucursal de Baní, en favor del señor MARTIN JOSE BERNABEL TEJEDA. FC351038 Se hace de público conocimiento que se han extraviado los certificados de acciones comunes no. 94967 de fecha 15/06/2004, por 121 acciones, no. 11111, de fecha 20/06/2006, por 231 acciones, No. 111111, de fecha 04/06/2007, por 280 acciones, no. 111111, de fecha 17/06/2010, por 401 acciones, a razón de RD$ 300.00 c/u, expedidos por GRUPO POPULAR, S. A. A FAVOR DE NOMBRE DEL ACCIONISTA AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
CED. 010-0000000-0. LA PRESENTE PUBLICACION SE HACE PARA LOS FINES DE LEY CORRESPONDIENTE. FC351260
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento que el día 7/11/2017, a las 9:00. P.M. Se realizarán los trabajos de Mensura para DESLINDE, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 1-A, del D.C. No.64-A, ubicada en la carretera que comunica al Municipio de Monte Plata con Sabana Grande de Boyá, en el poblado de Cruz Morillo, Provincia Monte Plata, propiedad del señor JUAN FRANCISCO AYBAR SEVERINO, a partir de la 9:00 A.M. El DM del expediente es: 663201709850. Según autorización de fecha 23 de Octubre del año 2017.
VIDAL SANTANA CASTILLO, Agrimensor Contratista. Codia 28867.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO FC 351459
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 101370393, de la ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, de fecha 02/02/2016, por valor de RD$1,000,100.00, a nombre de: NIEVES LUISA RAFAEL MEDINA, cédula 001-0159366-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 550-003119-4, por el monto de RD$90,000.00,
AVISO DE DESLINDE
capitalizable a un año. Emitido por el Banco de Reservas de la
Expediente No.663201705756 Por medio de la presente, avisamos que el día viernes que contaremos a tres (3) de noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las 10:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de deslinde de una porción de terreno dentro de la Parcela No.479-E-1-Refd.-B-1, del D. C. No.32, del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, propiedad del señor Frank Félix Figueroa, representado por Milbia E. Guerrero R. El inmueble está ubicado en el Proyecto Naco-Golf, Andrés, Municipio de Boca Chica.
República Dominicana, a nombre del SR. RICARDO CONTRERAS GOMEZ, Cédula No. 402-2138837-0.
AGRIM. RUDDY BIENVENIDO LIRANZO DÍAZ, Codia 6160.
FP 93310
FC 350780
FC 351460
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE En Virtud de la Ley No. 189-11 del 16 Julio de 2011. Para hacer de conocimiento y en cumplimiento del artículo 158 de la Ley no. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que HA SIDO FIJADA para el día martes Cinco (5) de Diciembre del año Dos mil Diecisiete (2017), a las nueve hora am (9:00 am), la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que se celebrara en la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana. Ubicado en la Calle Luis Pelaya no. 4 de esta ciudad de San Juan, Municipio San Juan de la Maguana, del siguiente inmueble: “inmueble Identificado como Una Porción de terreno dentro de ámbito de la parcela No. 1654, del Distrito Catastral No. 03, Distrito Municipal de Pedro Corto, de este Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, la cual porción mide Diecinueve (19) Metros de Largo por Doce (12) Metro de Ancho, o sea, que tiene una extensión superficial de Doscientos Veintiocho (228.00) Metros Cuadrados; dentro de los siguientes Linderos; Al Norte: Gloria Familia Báez; Al Sur. Calle en Proyecto; Al Este: Rosendo Alcántara y A1 Oeste: Gaspar Aquino, con todas sus dependencia y anexidades.” El inmueble al que hacemos referencia fue embargado a la SRA. MARIBEL PERALTA VARGAS según las disposiciones de la ley 189-11, ACTUANDO A REQUERIMIENTO de SR. EDWARD MILCIADES LUNA MONTERO dominicano, mayor de edad, Soltero, Adm. De Empresas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.0120089690-8, domiciliado y residente en la Calle Duarte No. 29, Manoguayabo, de ésta ciudad de San Juan de la Maguana; Quien que tiene como abogados constituidos y apoderados Los suscritos, LICDOS. JOSE ALBERTO ESTEVEZ MEDINA Y ALEXANDER R. ARIAS BIDO, dominicanos, mayores de edad portadores de las cedulas de Identidad y Electoral Nos. 012-0090947-9 y 012-0107357-2; teléfonos 809-557-5898, 829-851-3490 y 809-9028387, abogado de los tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la oficina de abogado, sito en la Av. Independencia No.80, esq. Eusebio Puello, de la ciudad de San Juan de la Maguana, lugar donde mi requeriente hace elección de domicilio la las fines y consecuencias legales del procedimiento de Embargo Inmobiliario. ACTOS DE PROCEDIMIENTOS: El mandamiento de pago fue notificado al embargado el día Veintisiete (27) de Septiembre del año 2017, mediante acto no. 1360/2017, instrumentado por el Ministerial JUNIOR OSVALDO LAPAIX ARNO, alguacil Ordinario de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan, debidamente nombrada, recibido y juramentado para el legal ejercicio de los actos de mi ministerio, para con el procurar, el pago de la suma de Doscientos Treinta Mil Setecientos Veinticuatro Pesos Dominicanos (RD$274,724.00), sin perjuicio de los intereses vencidos y por vencer, las costas, gastos y ejecuciones con declaración de que a falta de satisfacer dicho mandamiento de pago en e1 plazo de 15 días franco, el mismo se convertiría de pleno derecho en Embargo Inmobiliario de acuerdo con lo establecida en el articulo 153 de la ley 189-11, por falta de pago del deudor en base a los plazos establecidos por la ley que rige la materia. El mismo fue Transcripto e Inscrito en la Conservaduría e Hipotecas de San Juan de la Maguana, en fecha Dieciocho (18) de Octubre del año 2017 y asentado bajo el Numero 04 en el Libro Letra “C”, Folio 319-234, en cuanto a la fecha en que fue depositado el pliego de condiciones ante la secretaria del Tribunal competente es la correspondiente al día Veintitrés (23) del mes de Octubre del año 2017. En ese tenor, el persiguiente ha fijado el precio relativo a la primera puja en DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO PESOS DOMINICANOS CON 001100 (RD$245,000.00) que es el monto a que asciende la deuda principal e intereses, sin perjuicio del estado de las costas y honorario que fuere aprobada previamente por el Tribunal. Todo subastador deberá depositar ante la secretaria del Tribunal que conocerá la venta, por los menos, el equivalente a un 10% del precio de la primera puja, en efectivo o mediante cheque certificada por una institución bancaria establecida en la Republica Dominicana. Se advierte que las pujas solos serán recibidas por Ministerio de Abogados, todo la anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado ante la secretaria del Tribunal donde se llevara a cabo la venta. Hecho y Firmado por los abogados del persiguiente en la ciudad de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, Republica Dominicana el día Veintitrés (23) del mes de Octubre del año 2017.
LICDOS. JOSE A. ESTEVEZ MEDINA. Por si y por el Lic. Alexander R. Arias Bido Abogados del Persiguiente Publicación autorizada por: ESTEVEZ MEDINA Y ASOCIADOS Abogados que Resuelven. FP93345
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 402-01-800-000613-3, del BANCO DE RESERVAS, R.D., de fecha 02/03/2015, a nombre de LILIO TIRSO ORTIZ, cédula 001-1001271-3. La presente publicación se hace para los fines de ley
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 3/11/2017, a las 3:00 P.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 70, del D.C. No. 05, ubicada en la calle Enriquillo esquina calle Eugenio María de Hostos, Sabana Centro, municipio Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, propiedad del señor LUIS EMILIO EUSEBIO DE LOS SANTOS, a partir de las 3:00 P.M. El DM del expediente es: 663201709848, según autorización de fecha 23 de octubre del año 2017.
VIDAL SANTANA CASTILLO, Agrimensor Contratista. Codia 28867.
correspondiente. AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
FC 351412.
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.2870001163, fecha de apertura 16/10/2015, expedido por valor de RD$1,500,000.00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: IDELSA ALTAGRACIA SALDAÑA PAYANO, Depositante. (RO-14731-DA-23-24-25/10/2017)
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.092169, emitido por el Banco Caribe de fecha 13 de Octubre del año 2017, por un valor de CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS ORO (RD$430,000.00), A favor del señor HECTOR JULIO SALVADOR FERNANDEZ FERNANDEZ, portador de la cédula de identidad y electoral No. 034-0015717-2.
Se hace de público conocimiento que el día 3/11/2017, a las 2:00 P.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 71, del D.C. No. 05, ubicada en la avenida Juan Pablo Duarte No. 67, Sabana Centro, municipio Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, propiedad de la señora MARIA ALTAGRACIA SANTANA, a partir de las 2:00 P.M. El DM del expediente es: 663201709849, según autorización de fecha 23 de octubre del año 2017.
VIDAL SANTANA CASTILLO, Agrimensor Contratista. Codia 28867.
PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 12/09/2017, la 6ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No. 531/2017/SSEN/04842, sobre el Divorcio por Mutuo Consentimiento, entre los señores ALAN MALVIN SOLIS SOLIS y DIANNI ESTEFANI MENDEZ CONCEPCION, pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 12 de octubre del 2017, anotada en el Libro 00021, Folio 0009, Acta No. 001595 del año 2017.
LICDA. ISIDRA UREÑA GOMEZ, Abogada.
AVISO DE DIVORCIO Según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Ley de Divorcio, se hace de público conocimiento que en la 6ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia No. 531-2017-SSEN-01910, de fecha 12/septiembre/2017, y fue pronunciado el divorcio por Mutuo Consentimiento, entre los señores: ENRIQUILLO GERALDO MEJIA y BARLING PRISSILA SIERRA NIN DE GERALDO, en la Oficialía del Estado Civil de la 6ta. Circunscripción, Distrito Nacional, fue registrada en el Libro No. 00004, Folio No. 0013, Acta No. 000308, año 2017.
DR. DARIO ANTONIO NIN, Abogado.
MIERCOLES 25 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LICDOS. IVELISSE MATEO RIVERA Y JOEL LINAREZ MATEO ABOGAD@ Av. Nicolás de Ovando Manz. I, Apto. 1-2, Edificio 4, Sector de Cristo Rey, Distrito Nacional, Tels. 809-817-4593, 809-991-0889 y 809-620-2919 Inversionesp.m.s@outlook.com
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de lo que dispone el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio se hace de público conocimiento: A)- Que en fecha Doce (12) del mes de Septiembre (09) del año Dos Mil Diecisiete (2017), LA SEXTA (6TA) SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIAS DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dicto en materia de Divorcio la Sentencia Civil No. 531-2017-SSEN01979, la cual contiene el dispositivo que se copia integro a continuación: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por Mutuo Consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo Matrimonial existente entre los señores Juan Carlos Moreno Matos y Eligia Isabel Santiago Rodríguez, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No.56-2017, 19 de Junio del 2017, por ante el Lic. Agustín Estévez, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia Ordena, Manda y firma (Firmados: SCARLET R. VARGAS ROSSIS, JUEZ SUPLENTE; MIRTHA M. DE LA CRUZ D1AZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día 25, mes de Septiembre del año 2017, bajo Libro Letra B, Folio No.21633. Así mismo se hace saber, que en fecha Tres (03) del mes de Octubre (10) del año Dos Mil Diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Sexta (6ta) Circunscripción del Distrito Nacional procedió a pronunciar la referida sentencia en el Libro No.00004, Folio No.0015, Acta No.000309, del año Dos Mil Diecisiete (2017). En el Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinticuatro (24) días del mes de Octubre (10) del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LICDA. IVELISSE MATEO RIVERA, Abogada.
LEGAL 17
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor DARIO ANTONIO ROSARIO RODRIGUEZ, Dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, domiciliado y residente en este municipio de La Vega, R.D., cedula no.047-0067754-7; quien tiene como Abogada constituida y apoderado especial a la LICDA. MARIA INOCENCIA MORALES BURGOS, cedula no. 047-01007884, con estudio profesional abierto en el No.37 de la Calle Duverge 1er. Nivel Plaza Laurel de esta ciudad de La Vega, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora GENARA YNFANTE CIPRIAN, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Calle Principal No.319, Las Guaranitas, Municipio La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día MIERCOLES 1RO. del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día jueves 23 del mes de NOVIEMBRE el año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 25 días del mes de octubre del año 2017.
LICDA. MARIA INOCENCIA MORALES BURGOS Abogado apoderado de la parte Demandante
LIC. JOEL LINAREZ MATEO, Abogado.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.250-008540-6, Doc. 831799, emitido por el Banco Banreservas de fecha 14 de Octubre del año 2016, por un valor de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ORO (RD$2,500.000.00), a favor del señor MANUEL RAMON PEREZ FERNANDEZ, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0254668-0.
(RC-6689-RD-25-26-27/10/2017)
FC 351449
AVISO DE TRANSFORMACION En observancia de las disposiciones establecidas en el artículo 445 de la Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No.479-08, se hace de general conocimiento que: 1) La Sociedad LA ALBORADA, S.A., por órgano de su Presidente, ha convocado a sus accionistas a una Asamblea General Extraordinaria a celebrarse en el domicilio social, ubicado en la Avenida Refinería esquina calle K, Haina, el miércoles quince (15) del mes de noviembre del Dos Mil Diecisiete (2017) a las cuatro horas de la tarde (4:00 p.m.), que habrá de conocer de la transformación del actual tipo societario de esta empresa a una Sociedad de Responsabilidad Limitada; 2) El Proyecto de Transformación que incluye los Nuevos Estatutos de la Sociedad junto con el Informe del Comisario de Cuentas y el Balance Especial del Contador Público Autorizado, estarán a disposición de los accionistas en el domicilio social ubicado en la dirección antes citada, durante los quince (15) días que precedan a la fecha de la celebración de la Asamblea; 3) El Proyecto de Nuevos Estatutos consigna entre otras cosas esenciales que: (a) La sociedad se denominará “LA ALBORADA, S. R. L.” y estará regida por las Leyes de la República Dominicana y sus Estatutos Sociales; (b) El domicilio social permanecerá en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, pero quedando en la calle Manuel de Jesús Goico Castro, núm. 3, Naco, pudiendo ser cambiado a otro lugar del país, por decisión de la Asamblea General Extraordinaria; (c) La sociedad seguirá dedicándose de manera principal a ser administradora y tenedora de bienes inmuebles, así como cualquier otra actividad dentro del lícito comercio relacionada con la actividad principal; d) La duración de la sociedad continuará siendo indefinida; (e) El Capital Social de la Sociedad será de Cien Mil Pesos Dominicanos (RD$100,000.00), divididos en mil (1,000) cuotas sociales con un valor nominal de Cien Pesos Dominicanos (RD$100.00) cada una, las cuales serán enteramente suscritas y pagadas; y (f) La Dirección y Administración de la Sociedad está a cargo de Cuatro (4) Gerentes designados al efecto, quienes realizarán todos los actos de gestiones necesarios para el buen funcionamiento de la sociedad y estarán envestidos con el más amplio poder para actuar en nombre de la sociedad, desempeñarán su cargo por periodo de Dos (2) años y podrán ser electos en períodos sucesivos y ser destituidos en cualquier momento. Igualmente se les informa, que el texto integro del proyecto de matriculación, transformación, reducción de capital social autorizado, balance especial, y el informe del Comisario de Cuentas, estará a disposición de los accionistas en el domicilio de la Sociedad hasta la fecha de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá y aprobará dicha transformación. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte y tres (23) días del mes de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 ley #1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por Ley 2153 de 1949, el SR. DOROTEO ROMANO QUEZADA, Dominicano, mayor de edad, casado, Empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D., cedula no. 047-0099132-8; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. ELBA ROSALIA JIMENEZ GUTIERREZ, cédula no. 0470030505-7, con estudio profesional abierto en la Calle Duverge No.49 casi esq. Las Carreras 2do. Nivel Edif. Don Lino apto.4-B de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora EVELYN ROSA, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en el Mamey del Municipio La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día MIERCOLES 1RO. del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día LUNES 20 del mes de NOVIEMBRE el año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 25 días del mes de octubre del año 2017.
MARIA TERESA NANITA ESPAÑOL, Abogada Apoderada. FC 351453
LICDA. ELBA ROSALIA JIMENEZ GUTIERREZ Abogado apoderado de la parte Demandante (OJDA-RC-6690-RDT-25-26-27/10/2017)
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 354-000065-5, del Banco de Reservas, por valor de RD$150,000.00, a nombre de: MARITZA ALT. MENA DE F., cédula 0010265031-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. Nota: El documento está a nombre de: MARITZA ALT. MENA DE FEDERO, cédula 001-0265031-4; ZUNILDA AMPARO MENA, cédula No. 223-0179307-5. FC 351400
AVISO PERDIDA DE CARTA CONSTANCIA Se hace de público conocimiento, de conformidad con el Párrafo 3 del Articulo 92 de la Ley 108-05, sobre Registros Inmobiliarios, la pérdida de la Carta Constancia Matricula No.0400002934, que ampara una porción de terreno dentro la Parcela No.6, del Distrito Catastral No.11, del municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, con una extensión superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (242 Mts2), registrada a nombre de los señores FERNANDO CONCEPCION HERRERA Y NATIVIDAD GENAO, emitido por la Registradora de títulos de Cotuí. (MG-RCDEP-6691-PC-ENV)
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO:
Para dar fiel cumplimiento a las disposiciones de la Ley 1306 bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha16 de Marzo del Año Dos Mil Diecisiete (2017) La Cuarta Sala de la para asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dicto la sentencia de Divorcio número 22292017, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de Convenciones y Estipulaciones marcado con el número 02, folio número 3-4, de fecha once (11) del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por la Licda. Carmen Rosanna Elizabeth Alcántara Féliz, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, matrícula número 5445, por haber sido hecha conforme a la ley; SEGUNDO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges señores Sergio de Jesús González y Ángela María Rodríguez Adames con todas sus consecuencias legales; Tercero: Ordena el Pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; Cuarto: Compensa las costas por tratarse de Litis entre esposos. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Francis M. Hernández Susaña, Jueza; Brenda A. Rosario, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. CERTIFICO: Que la Sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte Interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservadurías de Hipotecas de la Provincia de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día 29 del mes de Septiembre del año 2017, bajo el Libro letra E, folio número 7508. (Firmado: Brenda A. Rosario, Secretaria). Fue pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta (4ta) Circunscripción, Santo Domingo Este, en fecha doce (12) del mes de octubre del año 2017, en el Libro No. 00006, de registro de Divorcio, Folio No. 0069, Acta No. 000535, año 2017.
Se hace Público y de conocimiento General de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1306-BIS, sobre divorcio que en fecha 27 de Junio del año 2017, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, Especializada en asuntos de familia Dictó la Sentencia Civil No.531-2017SSEN-01587, expediente No.531-2017-01235, en relación al divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos señores Carlos Mario Jr. Echenique Frias y Gabriela Cristina Rodríguez Hernández estableciendo el dispositivo de la sentencia lo siguiente: FALLA: UNICO: Homologa el acto de estipulaciones y convenciones 06-2017, firmado por los cónyuges Carlos Mario Jr. Echenique Frias y Gabriela Cristina Rodríguez Hernández., de 19 de abril del 2017, por ante la Licda. Miguelina Custodio Disla, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional en consecuencia: A) Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges Carlos Mario Jr. Echenique Frías y Gabriela Cristina Rodríguez Hernández. B) Otorga la Guarda y cuidado de abbigail, a cargo de su madre, señora Gabriela Cristina Rodríguez Hernández por los motivos indicado. C) Impone al señor Carlos Mario Jr. Echenique Frías, pagar la suma de RD$ 10,000.00 pesos como pensión alimenticia a favor de su hija Abbigail, en manos de su madre Gabriela Cristina Rodríguez Hernández, de conformidad con lo acordado por los cónyuges en el numeral segundo del acto de estipulaciones y convenciones 06-2017. D) Compensa pura y simplemente las costas. E) Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia por ante el Oficial de Estado Civil correspondiente. Así se Pronuncia Ordena, Manda y Firma: Honorio Antonio Susaña, JUEZ; el mismo día, mes, y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal. Mirtha M de la Cruz Díaz, SECRETARIA. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal el mismo dia, mes y año citados la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido sello y firmo a solicitud de parte interesada. La misma ha sido registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo en fecha del día (12), mes (Octubre) del año 2017, bajo el libro Letra B, Registro. No 23278.
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título que ampara el derecho de propiedad de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 121, del D.C. No. 7, de Baní, identificado con la matrícula No. 0500014725 y con una extensión de 20,123.52 Mts.2, propiedad del SR. GUILLERMO ANTONIO PIMENTEL MARTINEZ.
LIC. AIDA FELIPINA SEIJO, Abogada.
LIC. SACH JORDAN ASPREA BUCARELLI, (Abogado).
LICDO. LUIS ROBERTO JIMENEZ PEREZ, Abogado.
FC 351457
FC 351469
De conformidad con las disposiciones contenidas en la ley 108-05 de registro inmobiliario, se hace de público conocimiento que se han extraviado la Carta Constancia del certificado de título No.204, que ampara los derechos de propiedad del señor BIENVENIDO CACERES, en la Parcela No.529, del D. C.7, del Municipio de La Vega, con una extensión superficial de 1Hectárea, 25 áreas, 77 centiáreas.
LIC. JOSE HERIBERTO GOMEZ ROQUE ABOGADO APODERADO (GET-AC-12030-RDT)
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
FC 351481
MIERCOLES 25 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL Publicación de Cambio Razón Social
AVISO
La Publicación de cambio de razón social de la compañía Made Morel seguros y ARS del registro de Onapi No. 395124, que desde ahora está bajo la razón social Fumi Caribe Made del registro de Onapi No. 458806. Aprobada en la Asamblea Ordinaria en la fecha 06-01-2017 No.1652266mo y Registrada en la cámara de comercio bajo el número de expediente: 451891. 24/10/2017
Por este medio se invita a la señora JACQUELINE TAVAREZ, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1466011-1, con su último domicilio conocido en el Apto. 1-B, Ed. 1, manzana 3441 proyecto Cancino II, municipio Este, provincia Santo Domingo; para que se presente en un plazo de Cinco (5) días, contados a partir de la fecha de publicación, por ante el Registro de Título de la provincia de Santo Domingo, ubicado dentro de la plaza Mega Centro, entre las avenidas San Vicente de Paúl esquina Carretera Mella, para regularizar la transferencia del inmueble identificado como Apto.1-B, Ed. 1, manzana 3441, del D.C. 1, Santo Domingo, proyecto Cancino II, municipio Este, provincia Santo Domingo, a favor de la señora Felipa Mercedes Rosario, mediante Venta de fecha 29 del mes de mayo del año 2006, como también comunicarse con el Licenciado Jaime Medina Ferreras, abogado apoderado, a los teléfonos 809-761-5455/829-677-3194. En el municipio Este, provincia Santo Domingo, a los 23 días del mes de octubre del año 2017.
FC351472
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE En virtud de la Autorización d/f 17/10/2017, Depto. Noreste, se hace de público conocimiento que el día 03 de noviembre del presente año a partir de las 10:00 A.M., se va a proceder a realizar la mensura para Deslinde, dentro de la P. No. 105, D.C. No. 20, del municipio de Cevicos, provincia Sánchez Ramírez, expediente No. 661201703415, cuyo propietaria es la señora ROSILDA BRITO ALMONTE. Se advierte a todas las personas que tengan algún interés que deben presentarse el día y la hora del proceso de Deslinde.
ANGELA HEREDIA MORENO, Codia No. 18476.
AVISO DE MENSURA Por autorización No. 663201709835, a petición de CARLOS BIDO debidamente representado por MARIANO RAMIREZ, se avisa al público en general: Que el día 07 de noviembre del 2017, a las 09:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 74-A-2, del Distrito Catastral No. 06, en el municipio Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, a ejecutarse por medio de la Autorización de fecha 23 de octubre del 2017. Se les informa a todas las personas interesadas, que deben comunicarlo con anticipación, o al momento de la mensura al AGRIM. ANSELMO AQUINO Y FELIPE, o al Director Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.
AGRIM. ANSELMO AQUINO Y FELIPE, Codia 2928, Tel. 809-508-3697.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201707697 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 19 de septiembre del 2017, a petición del Sr. JOSE ALTAGRACIA ISABEL AQUINO Se avisa al público en general, Que el día 10 de noviembre del 2017, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la P. No. 1REF.-23 del D.C. No. 02, del municipio de Sosua, provincia Puerto Plata, Ubicada en el Batey. Agrm. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA Codia 23375
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201708502 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 12 de octubre del 2017, a petición de los Srs. JUAN PABLO PERALTA e ISABAEL JIMENEZ CARELA. Se avisa al público en general, Que el día 10 de noviembre del 2017, a las 11:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la P. No. 64-A-3 del D.C. No. 03, del municipio de Sosua, provincia Puerto Plata, Ubicada en la calle Maranatha No. 48. Agrm. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA Codia 23375
LIC. JAIME MEDINA FERRERAS, Abogado Apoderado. FC 351490
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento a lo establecido en la ley 1306-Bis, sobre divorcio, de fecha 21 del mes de Mayo del año 1937, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor JORGE ADALBERTO ANTIGUA ACOSTA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0930016318-6, domiciliado y residente en la Calle Enriquillo, Casa No. 20, Sector Ingenio Río Haina, Municipio Bajos de Haina, República Dominicana; quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. YANEIRA PIMENTEL PEREZ, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1662715-9, casada, Abogada de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la Avenida John Kennedy, Local 311, Plaza Kennedy, Los Prados, Distrito Nacional, Republica Dominicana; LE ADVIERTE: a su legítima esposa señora DIONICIA ASELA QUIÑONES GONZALEZ, dominicana, mayor de edad, casada, cuyo domicilio actual se desconoce, dentro y fuera del país, y que el último domicilio conocido que tuvo fue en la Autopista 30 de mayo, Residencial Ana Karina, Edifico 8, Apto. 3, Urbanización Atlántida, Distrito Nacional, que procederá a demandarla y a emplazarla en acción de Divorcio por la Causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día 25 de octubre del año 2017, para que la misma comparezca a la audiencia que a puerta cerrada celebrara la Séptima Sala de la Cámara Civil para asuntos de Familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el día 08 de noviembre del año 2017, a las nueve (9:00) horas de la mañana, Tribunal que se encuentra ubicado en la calle Socorro Sánchez, No. 68, esquina calle Santiago, Sector Gazcue, Distrito Nacional. En esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
LICDA. YANEIRA PIMENTEL PEREZ, Abogada Constituida y apoderada especial del Sr. Jorge Adalberto Antigua Acosta. FC 351365
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento público y en cumplimiento a las disposiciones del Artículo 22 de la Ley No. 1306Bis, sobre divorcio, el señor JUAN BAUTISTA PEREZ PUJOLS, norteamericano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador del pasaporte extranjero No. 500972698, domiciliado y residente en la 716 Ocean, Ave. Apartamento N12, Jersey City, NJ 07305 y accidentalmente en esta ciudad de El Seibo, por medio de su abogada apoderada LICDA. TERESA DE JESUS SANTANA PEREZ, dominicana, mayor de edad, abogada de los tribunales de la República con Matrícula No. 12042-230-92, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1064055-4, con estudio profesional abierto en la calle Primera, No. 7, del sector Holguín, Municipio Santo Domingo Oeste y domicilio ad-hoc en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, por medio del presente aviso advierte a su legítima esposa, señora MAYLENY GOMEZ JOSEPH, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 224-0027616-2, de domicilio desconocido; que a falta de información de su domicilio actual, se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día Jueves, que contaremos a 26 del mes de Octubre del año 2017, a las 11:00 horas de la mañana en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de El Seibo, en su despacho del Palacio de Justicia de la Primera Planta, ubicado en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, así como en la puerta del Tribunal donde se conocerá de la demanda indicada, para que comparezca el día MARTES, que contaremos a 14 del mes de Noviembre del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana, a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, en atribuciones civiles, ubicada en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo. En la Ciudad de Santa Cruz de El Seibo, República Dominicana, a los 20 días del mes de octubre del año 2017.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE
LICDA. TERESA DE JESUS SANTANA PEREZ, Abogada del Demandante.
VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 5 de septiembre del 2017, a petición de los Srs. JOHANNE DE JESUS ANTONIO CABRERA ESPAILLAT Y LUCRECIA POLANCO DE CABRERA. Se avisa al público en general, Que el día 4 de noviembre del 2017, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la P. No. 219 del D.C. No. 05, del municipio de Santiago, provincia Santiago, Ubicada en los Cerritos de Gurabo.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
Se hace de público conocimiento que en fecha 31/10/2017, a las 02:00 PM., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No. 89 del D.C. 02, del municipio Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad del señor IVAN ALCEDO GARCIA ESTEVEZ, expediente No. 661201703558. d/f. 19/10/2017.
Para general conocimiento y de conformidad con lo que dispone el Artículo 42 de la Ley 1306Bis, de Divorcio, modificada por la Ley 42 de 1971, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Once (11) del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, regularmente constituida por el Magistrado Lic. Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez Suplente; Franyer Enríquez Beato Pérez, secretario, dictó la sentencia Civil No. 01270/2017, cuya parte dispositiva dice así: Falla: PRI MERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Jhonny Manuel Rivera Marcelino y Anny Alexandra López Alcántara, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Jhonny Manuel Rivera Marcelino y Anny Alexandra López Alcántara, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.17/2016, instrumentado en fecha 9 de Septiembre del 2016, por ante el Dr. Manuel Bolívar García Pérez, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Génesis Esther e Isaac Enmanuel, a cargo de la señora Anny Alexandra López Alcántara; B) HACE CONSTAR que el padre señor Jhonny Manuel Rivera Marcelino, se compromete al pago de una pensión de Ocho Mil Pesos Dominicano (RD$8,000.00), mensualmente, acordado en el acto de convención y de estipulación de divorcio No.17/2016, instrumentado en fecha 9 de Septiembre del 2016, por ante el Dr. Manuel Bolívar García Pérez, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA ASÍ SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA Y FIRMA (FIRMADOS): Lic. Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez Suplente; Franyer Enríquez Beato Pérez, Secretario. El presente Divorcio fue pronunciado en fecha Diez (10) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional; la sentencia que lo admite fue Transcrita en el Libro No.00020, destinado a esos fines con el Acta No. 001967, Folio No. 0153, del año (2017). La presente publicación ha sido autorizada por el abogado infrascrito, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veinticinco (25) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
AGRIM. LENYN ENRIQUE AMPARO BALDERA, CODIA No. 33901/Tel. 809-782-8848.
DR. JUAN FRANCISCO HERRA GUZMAN, Abogado.
Agrm. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA Codia 23375
AVISO DE MENSURA CATASTRAL En virtud de la autorización emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Central de fecha 18 de octubre del año 2017, se hace de público conocimiento que el día 4 del mes de noviembre del año 2017, a las 9:30 a.m., se realizarán los trabajos de mensura dentro del ámbito de la Manzana No. 8, del Distrito Catastral No. 1, ubicado en la calle Andrés Pimentel casa No. 64, esquina Duvergé del municipio San José de Ocoa, provincia San José de Ocoa, a favor de los señores ELIDA ELODIA SIERRA CAMINERO, MANUEL VINICIO SIERRA SANCHEZ, JORGE MILOADES SIERRA CAMINERO, AMARILIS EN CELIA SANTANA PIMENTEL, y MITZY DEL CARMEN SANTANA PIMENTEL, con las siguientes colindancias con las siguientes colindancias: al Norte: Luis José Casado Soto; al Este: Manuel Vinicio Sierra Sánchez; al Sur: Calle Duvergé; al Oeste: Calle Andrés Pimentel. Expediente No. 663201709119.
AGRIM. RAFAEL FALCON ALVINO, Codia 19460. Cel. 809-884-0175.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE.
FC 351488
FC 351466
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 42, de la ley 1306-Bis, Modificada sobre Divorcio se hace de público conocimiento que en fecha 19 del mes de Septiembre del año 2017, La Segunda Sala De La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De La Vega, dictó su Sentencia Civil No.209-2017-SSEN-00802, cuyo dispositivo textualmente dice así: “FALLA” PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos MARTIN BEETHOVEN ROSADO GOMEZ Y ROSA MARISOL EXPOSITO RAMIREZ, conforme el acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por el Notario Público de los Número para el Municipio de La Vega LIC. INOCENCIO JUANICO ROQUE BASTARDO, en fecha Dieciocho (18) del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fine s de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. MAG. IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD Jueza Presidenta JOSEFINA PAULINO BATISTA Secretaria. Fue pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de La Segunda Circunscripción del Municipio de La Vega, en fecha 19 del mes de Octubre del año 2017 Libro de Registro de Divorcio No. 5, Folio 145, Acta 473 del año 2017. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, a los 23 días del mes de Octubre del año 2017.
LIC. JUAN PABLO QUEZADA VERAS ABOGADO APODERADO (AC-12031-RDT)
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2017SSEN-01204 en fecha 26 de JULIO del año 2017, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia de fecha 26/06/2017, en contra de JOSE MIGUEL JIMENEZ CASTILLO por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre MARIA ROSANNY ORTIZ DIAZ y JOSE MIGUEL JIMENEZ CASTILLO. . TERCERO: ORDENA al oficial del estado civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial ROY E. LEONARDO PEÑA, Alguacil Ordinario de esta Sala, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia , ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza y Leidy Josefina Lespin TapiaSecretaria. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 2da. Circunscripción Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro no. 5 folio 151 acta no.476 en fecha 20 DE octubre del 2017. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 25 Días del mes de octubre del año 2017.
LIC. LEONARDO CRUZ REINOSO Abogado (JFPT-AC-12032-CEA-DEV)
Asociación Nacional de Bioanalístas del IDSS. Fundada el 16 julio del 1988 R.N.C. 430028509
AVISO La Asociación Nacional de Bioanalístas del IDSS-SNS (ASONABIDSS) informa a todos (as) sus afiliados (as), que las elecciones del período 2017-2019 serán celebradas en Asamblea de Delegados el sábado 25 de noviembre del año en curso a partir de las 9:00 a.m. en el Salón de Conferencias de la Agrupación Médica del IDSS (AMIDSS) la cual está ubicada en la Calle Desiderio Arias No. 34, Bella Vista. Atte. Comité Ejecutivo. Para más información comunicarse al teléfono 809-732-7843. Fc351470
MIERCOLES 25 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PÉRDIDA DE PLACA: marca PH, modelo Omega 20, año 1985, color blanco, placa y registro U005909, chasis 53177, a nombre de INGENIERÍA METÁLICA, SRL, RNC: 1-0161486-2. FC351428
PÉRDIDA DE PLACA: marca Suzuki, modelo AX100, color negro, año 2008, placa y registro N378769, chasis LC8PAGA1980813288, a nombre de YGNACIO DUARTE NÚÑEZ, cédula 136-0009222-8. FC351487
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Jeep, placa G020887, color rojo, chasis 1J4GZ58SXSC596818, tipo jeep, año 1995, propiedad de JOSE ARTURO HEMENEGILDO ARIAS SANCHEZ, cédula 001-1173930-6. FC 351455
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Ford, modelo Explorer, color verde, placa y registro G216493, chasis 1FMZU73K03ZB20023, a nombre de LUCAS GUERRERO ÁLVAREZ, cédula 076-0002207-8. FC351482
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X-1000, año 2005, color negro, placa y registro N144941M, chasis LF3PCJ5025B049122, a nombre de LEANDY MONTERO DE LOS SANTOS, cédula 014-0018349-5. FP93322
PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, año 1999, color blanco, placa L070860, chasis V11811144, a nombre de ROBERT DIAZ MATOS, cédula 018-0041608-1.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Dodge, placa L257185, color rojo, chasis 1B7FL26X6PS249600, tipo carga, año 1993, propiedad de JOSE ARTURO HEMENEGILDO ARIAS SANCHEZ, cédula 001-1173930-6. FC 351455
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Daihatsu, modelo V11 8L HY, año 2005, color rojo, placa y registro S005411, chasis V11866463, a nombre de JUANA DEYANIRA GIL RESTITUYO. FC351483
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Z3000, año 2014, color amarillo, placa y registro K0308735, chasis LZ3GJL4T13AK18805, a nombre de FERNANDO VÁSQUEZ HEREDIA, cédula 049-0043016-8. Fp93323
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Dodge, color gris, año 2008, placa y registro A640498, chasis 1B3LC56K48N658611, a nombre de LUISA JANO SÁNCHEZ MORETA.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Hyundai, placa G203980, cogris, chasis lor KMHJM81BP9U968185, tipo jeep, año 2009, propiedad de JOSE ISAEL PEÑA SANTANA. FC 351461
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Isuzu, modelo Rodeo, color negro, año 2002, placa y registro chasis G174249, 4S2CK58D324340481, a nombre de GUILLERMO EMILIO QUIROS MORA, cédula/pasaporte/RNC: 5-32-69658-6. FC351486
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 2003, placa y registro A433902, chasis JTDBR32E030038888, a nombre de ELPIDIO REYNOSO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Jac, color negro, año 2017, placa y registro G393366, chasis LJ12EKR23H4003467, a nombre de SANDY BURET CORPORÁN, cédula 001-1272704-5. FC351465
PERDIDA DE MATRICULA: vehículo de carga, Marca Toyota Modelo RN50R, color rojo vino, año 1987, L067494, chasis placa JT4RN50R5H0266579, a nombre de DANIEL ENCARNACION FABIAN, CED. 001-0306088-5. (ARP-AC-12033-WP)
PERDIDA DE MATRICULA: Vehiculo Marca DAIHATSU, Tipo de Vehiculo VOLTEO, Año 2007, Color ROJO, No. De Registro y Placa S013182, Chasis JDA00V11800073316, Matricula No. 6989983, Propiedad de ANTILLEAN CONSTRUCTION CORPORATION, SRL. Fc351491
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Kym, color negro, año 2007, placa y registro N426714, chasis LJCPAGLH771003569, a nombre de JANEL GEREMIAS TERRERO AQUINO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Matrix S, año 2011, color gris, placa y registro A621612, chasis 2T1LE4EE4BC020707, a nombre de ESTHER DURÁN FRÍAS, cédula 1550004032-2. FC351464
PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado, Marca Mazda, Modelo 626, color negro, año 1991, placa A199223, chasis 1YVGD22B2M5149820, a nombre de HERIBERTO MANUEL AQUINO REYES, CED. 047-0092288-5. (JOV-RO-1433-CM)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Freightliner, color blanco, año 2001, placa y registro L253368, chasis 1FUJAHCG91LJ50495, a nombre de TRANSPORTE TERRESTRE RIFEL, SRL.
LEGAL 19
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día, a Treinta (30) del mes de Octubre del año 2017, a las 3:30 p.m., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito de la Parcela 904 Distrito Catastral No2, donde existe una vivienda ubicada en la calle Progreso No.87, en el Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, Propiedad de la Sra.: Alfonsa María Medina. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 31 de agosto del año 2017. Correspondiente al expediente No. 661201702914.
JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor- Contratista CODIA 14994. Fc351485
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Isuzu, modelo TFR54HDPLMEG05A007, año 2012, color blanco, placa y registro L301950, chasis MPATFS85HCT100307, a nombre de APOLINAR ACOSTA, cédula 0710001479-9.FP 93311
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Nissan, color blanco, año 2007, placa y registro G078546, chasis JN1TBAT30Z0110623, a nombre de JULIO MARTOS CUSTODIO MARTY, cédula 001-0520994-4. FC351462
PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta, Marca BR, Modelo BR-105, color negro/rojo, año 2012, placa N914285, chasis LWMXCHLP8C9000015, a nombre de MIRIAN ADAMEZ, CED. 0500002837-2. (YE-RO-14732-CM)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Skoda, color rojo, año 2003, placa y registro A184932, chasis TMBDK11U332698132, a nombre de VICTOR MANUEL CUEVAS GURIDY.
AVISO: Se le invita a JOSE ADALBERTO ABREU CAAMAÑO, a retirar la denuncia a Plan Piloto, del autobús privado, marca Daihatsu, año 1987, color gris/metálico, placa I005091, chasis JDA00S85V00050477. FP 93314
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Yamaha, color rojo, año 1997, placa y registro K0446127, chasis 3HB-193655, a nombre de JOSÉ ANTONIO MEDINA MALOON, cédula 4-022186886-8. Fc351475
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, modelo Super Cub 70, color azul, placa y registro K0182578, chasis C701214487, a nombre de FRANCISCO FLORES FLORES, cédula 4022081904-5. FP933643
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla Le, año 2005, color rojo, placa y registro A016103, chasis 1NXBR32E55Z353614, a nombre de DAOMAR ENRIQUE CRESPO ALDANA.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Tauro, color negro, año 2013, placa y registro K0555233, chasis TARPCK504DC000932, a nombre de MANUEL EUCLIDES MEJÍA URTARTE.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1982, placa y registro K0455441, chasis MD502002492, a nombre de SERAFIN MARTE, cédula 0010624039-3. FC351474
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Jin Cheng, año 2010, color negro, placa y registro K0121566, chasis LJCPAGLH09SA35006, a nombre de CLAUDINO FRANCISCO MARTE, cédula 002-0035269-8. Fp93342
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color negro, año 2001, placa y registro A520081, chasis JTDBR32E442036437, a nombre de RODOLFO REYES GONZÁLEZ, cédula 022-0017129-2.
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Nissan, color gris, año 2005, placa y registro L314853, chasis 1N6AD07U05C442409, a nombre de JUAN MARTINEZ GUERRERO, cédula 093-0033579-2.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, Modelo Odyssey, año 2006, color gris, placa y registro I056024, chasis 5FNRL387868034854, a nombre de JUANA MARTINA AMPARO DE LA CRUZ, cédula 071-0037188-4. FC351471
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Yamaha, año 1994, color azul-gris, placa y registro K0590435, chasis 52A009367, a nombre de YUNIO ANTONIO PERALTA QUEZADA, cédula 001-11857363. fp93340
La compañía MANACOR COMERCIAL SRL representada por el Sr. Marcos Vilorio Domínguez mayor de edad con numero de cédula Dominicana N°001-0082673-4 traspasa al SR Antony Lecadre, mayor de edad portador de la cédula N° 224-0007585-3 el Bote Pura Vida III con pies de eslora 22.4, pies de manga 8.8 y pies de puntal 2.7 y con matricula N° BR-P226-4639SDG
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Peterbuilt, color negro, año 1994, placa y registro L085685, chasis D363653GL, a nombre de DANIEL SOTO MARTINEZ, cédula 200-1001010-4.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Suzuki, modelo Gran Vitara, color gris, año 2006, placa y registro No. G275423, chasis No. JS3TD943264103014, propiedad de SANCHEZ & LOPEZ IMPORT, S.A., RNC 1-30-36801-5. FP 93331
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Suzuki, año 2011, color negro, placa y registro K0019202, chasis LC6PAGA16B0831898, a nombre de RAMÓN ALEXANDER LUCIANO VARGAS, cédula 001-1722942-7. fp93341
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Z3000, modelo 150, año 2015, color rojo, placa y registro K0550607, chasis LZ3GJL3T14AK33216, a nombre de CANDELA RIO FABIAN GÓMEZ. Fp93344
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla, año 1996, color blanco, placa y registro A164203, chasis AE1000090050, propiedad de JOSE OSCAR PEÑA LOPEZ, cédula 001-0265093-4. FC 351454
PÉRDIDA DE MATRÍCIULA: de jeep, marca Toyota, año 2014, color blanco, placa y registro G364384, chasis JTEZU5JR1E506621, a nombre de JUANA FAÑAS GONZÁLEZ, cédula 001-1365628-4. Fp93339
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día, a Treinta (30) del mes de Octubre del año 2017, a las 2:00 p.m., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito de la Manzana No.23 y 69, de los solares 3 y 15 Distrito Catastral No. 1, donde existe una vivienda ubicada en calle Mella Esquina Luperon, en el Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez. República Dominicana, Propiedad de la Sra.: Carmen María Sosa Gómez. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 11 de octubre del año 2017. correspondiente al expediente No. 661201703427.
JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor- Contratista CODIA 14994. Fc351485
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día, a Treinta (30) del mes de Octubre del año 2017, a las 8:30 a.m., daremos inicio a los trabajos de deslinde Dentro del ámbito de la parcela No. 270, Distrito Catastral No. 2, donde existe un solar, ubicado en la calle Primera Urbanización Hilarlo del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. Propiedad del Sr.: ELIAS PEREZ ABREU. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 11 de octubre del año 2017. correspondiente al expediente No. 661201703426.
JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor- Contratista CODIA 14994. Fc351485
AVISO DE MENSURA CATASTRAL En Virtud de la Autorización de fecha 06 de octubre del año 2017 y (Prorroga de de fecha 18/10/2017), Se hace de público conocimiento que el día 07 de Noviembre del año 2017, a las 3:00 P. M. se realizaran los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, de una porción de terreno, dentro del ámbito DEL DISTRITO CATASTRAL No. 8, en el Municipio TABARA ARRIBA, PROVINCIA AZUA, LUGAR: SAJANOA, Expediente No. 663201707104 a Petición del Señor: RAFAEL LEONIDAS CIPRIAN PUJOLS, Propietario.
GERARDO TEJEDA PAREDES. Agrimensor CODIA No. 5553. FC351480
PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y en cumplimiento de las formalidades exigidas por el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Cámara, Civil, Comercial y de Trabajo del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, dictó la sentencia civil No. 538-2017-SSEN-00275, de fecha Primero (01) del mes de Junio del año dos mil diecisiete (2017), cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: SE PRONUNCIA EL DEFECTO, contra el esposo demandado señora MARIA FRANCIA BRAVO, Por no comparecer no obstante citación legal. SEGUNDO: SE ADMITE EL DIVORCIO ENTRE LOS ESPOSOS WILLIAM ROBLES Y MARIA FRANCIA BRAVO, por la causa determinada de incompatibilidad y en consecuencia autoriza a el esposo demandante a obtener de la Oficialía Civil correspondiente el pronunciamiento de divorcio y cumplir con las formalidades exigidas por la ley. TERCERO: Se Ordena al Oficial Civil correspondiente, el pronunciamiento del presente divorcio. CUARTO: Se comisiona a KAIRA IDALINA DIAZ PUJOLS, Alguacil de estrado de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, para notificar la presente sentencia. QUINTO: Se compensan pura y simplemente las costas por tratarse de una Litis entre esposos. Dicho divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 2DA. Circunscripción de Baní, en fecha veintinueve (29) del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017), el cual fue inscrito en el Libro No.00001, Folio No.0078, bajo el Acta No.000039, del año 2017.
LICDA. SARAH M. TEJADA, Abogada. FC 351484