Skip to main content

Legales

Page 1

JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CLASIFICADOS 13

CLASIFICADOS AUTOMÓVILES

Bienes Raices

Automóviles

Empleos

Contactos: T: 809-807-4333, C: 809869-2208, C: 809-668-9418

AUTOS

Dirección: RD$ 355,000 RD$335,000

Nissan March 2011

Toyota Passo 2011

SE SOLICITA:

RD$390,000

Kia Morning/Picanto , gasolina. 32 mil kl. 2013. Mas info 8098520415

RD$ 435,000

Honda Fit Eco 2012

C/Rafael Abreu Licairac #52, Casi Esq. Charles Summer, Los Prados, Santo Domingo

RD$430,000

Toyota Vitz 2012

Peluquera completa, muchacha preparada en uñas acrílicas y manicurista. Charms Beaty Nails & Spa 809-378-8661 Calle Santiago No. 352, casi Esq. Socorro Sánchez, Gazcue, Distrito Nacional.

Capacitación

Legal

Diversos


JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Por este medio se invita la Señor RAFAEL DURÁN SERRA a presentarse a la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda, (INVI) en un plazo de 5 días, a firmar renuncia a bien DE FAMILIA Y TRANSPASO DE Manz. 4693, apto. 4-D, Edif. 14 del Proyecto Invivienda Sto. Dgo., a favor de la Señora JUANA ANGÉLICA UBIERA MANON, la cual, a su vez vende en fecha 03/12/04 a la señora NEREYDA DEL CARMEN JIMENEZ.

En virtud de la Autorización, de fecha 29/09/2017. Se hace de público conocimiento que el día 20/10/2017, a las 08:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.31-REF., del D. C. No.8, del Municipio de Azua, Provincia de Azua. Exp. No.663201708966, propiedad de la SRA. MARIA MAGDALENA TORRES RAMIREZ.

En virtud de la Autorización, de fecha 02/10/2017. Se hace de público conocimiento que el día 20/10/2017, a las 08:30 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.1068-A, del D. C. No. B, del Municipio de Azua, Provincia de Azua. Exp. No.663201709032, propiedad del SR. OSCAR MANUEL GUERRERO INFANTE.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019 FC350854

FC350854

FP92883

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, de divorcio, se hace saber lo siguiente: Que el Veintinueve (29) del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Segunda Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Vega; en sus atribuciones civiles, en materia de divorcio, dicto la sentencia No. 209-2017SSEN-00564, la cual en su parte dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demandada, por falta de comparecer no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores LORENZO ANTONIO CALDERON ABREU y EMELIS ALTAGRACIA ALMANZAR DE LEON. TERCERO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y comisiona al ministerial FRACISCO N. CEPEDA GRULLON, Alguacil Ordinario de la Segunda Sala Penal del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Y POR ESTA NUESTRA SENTENCIA, así se PRONUNCIA, ORDENA, MANDA y FIRMA LICDA. IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD, Juez de la Segunda Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Vega y JOSEFINA PAULINO BATISTA, Secretaria. Que la sentencia fue pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de la ciudad de la Vega, en fecha 29 del mes de Septiembre del año 2017, inscrita dicha sentencia en el Libro 00005, de Registros de divorcios, Folio 0047, bajo el Acta número 000424 de esta Oficialía. En la ciudad, municipio y provincia de la Vega, República Dominicana, a los 3 días del mes de Octubre del año 2017.

Para general conocimiento y de conformidad con lo que dispone el artículo 42 de la ley No. 136bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace saber lo siguiente: En fecha veinte (20) días del mes de Julio del año 2017, por la Primera Sala Civil y Comercial Del Juzgado de Primera Instancia Del Distrito Judicial de la Vega, dictó en atribuciones civiles una sentencia cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto, pronunciado en audiencia en fecha (19/06/2017) en contra de MARIA JOSEFA FERNANDEZ FERNANDEZ, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre VICTOR RAFAEL ROSARIO BUENO Y MARIA JOSEFA FERNANDEZ FERNANDEZ. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el Divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y Comisiona al ministerial JOSE AMAURY ROSARIO ORTIZ, Alguacil ordinario de esta Sala, para que notifique la presente sentencia. NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENAY FIRMA. Que el divorcio admitido por la referida Sentencia No. 2082017-SSEN-01169 de fecha veinte (20) días del mes de Julio del año 2017, fue pronunciado por el Oficial Interino del Estado Civil de la Ira Circunscripción de Jarabacoa, registrado el 2 del mes de Octubre del dos mil diecisiete (2017) y transcrito en el Libro de Registro de Divorcios Acta No. 000229, Libro No. 00003, Folio 0057, del año dos mil diecisiete (2017). En la ciudad y provincia La Vega, a los cuatro (4) días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. RAFAEL ANTONIO MARTINEZ MENDOZA, Abogado.

LICDA. SANDRA GARCIA VICTORIANO, Abogada Apoderada.

(RO-14444-TM)

Capital Social Autorizado: RD$25,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$10,556,700.00 Registro Mercantil No.: 95427SD RNC No.: 1-05-00064-4 Domicilio Social: Ave. John F. Kennedy No. 57 Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana

AVISO DE CLAUSURA DE LA LIQUIDACIÓN De conformidad con lo establecido en el Artículo 419 de la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 de fecha once (11) de diciembre de dos mil ocho (2008) y sus modificaciones, se avisa a los interesados y al público en general que en fecha quince (15) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017) fue celebrada la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad FERRETERÍA BRUGAL, S.A., Sociedad Liquidada, mediante la cual se conoció sobre el informe del liquidador relativo a los resultados de las operaciones liquidadoras, sobre la cuenta definitiva de la liquidación de la sociedad y sobre la clausura de la sociedad. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Ramón Emilio Rodríguez Liquidador

En cumplimiento del párrafo agregado al artículo 22 de la Ley 1306-bis, de Divorcio, el señor MARIANO ANTONIO REYES, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y electoral No. 001-0139244-7, domiciliado y residente en la Ave. Rómulo Betancourt 1252, sector Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DRA. MICHELPEREZ FUENTES, dominicana, mayor de edad, soltera, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0143290-4, domiciliada y residente en esta ciudad, con estudio profesional abierto en la Avenida Sarasota No. 36, Plaza Kury, suite 212, Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, advierte por este medio a su legítima esposa señora WALQUIDEA ALTAGRACIA GUZMAN GARCIA, titular de la cédula No. 224-0067524-9 cuyo último domicilio conocido fue en la calle Juan José Duarte No. 14, Ens. Kennedy, Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyo domicilio actual se desconoce, que a falta de información sobre su actual residencia procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, para que comparezca a la audiencia que celebrará la octava SALA de la Cámara Civil y Comercial para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana del día diecisiete (17) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), en el lugar donde dicho tribunal acostumbra a celebrar sus audiencias, en su local de costumbre en uno de los salones de la primera planta de dicho edificio, sito en la calle socorro Sánchez No. 68, esquina calle Santiago del sector de Gazcue, Distrito Nacional. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los 02 días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

DRA. MICHEL PEREZ FUENTES, Abogado. FC 350787

(AC-11919-PC)

FERRETERÍA BRUGAL, S.A., SOCIEDAD LIQUIDADA

AVISO DE EMPLAZAMIENTO FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

Para cumplir con lo que dispone el Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, la señora ROSA LEONARDA GARCIA ROBLES, dominicana, mayor de edad, casada, empleada privada, domiciliada y residente en este municipio de Moca, Provincia Espaillat, R.D. cédula No.047-0152955-6, quien tiene como Abogados constituidos y apoderados especiales a los LICENCIADOS DEMETRIO ESTEVEZ Y AL DR. HECTOR RADHAMES VALENZUELA TORRES, cédulas Nos. 047-0011930-0 y 031-0094708-8, con estudio profesional abierto en el No.62 de la Calle 16 de Agosto, Edif. Ramón Santos, 3er. Nivel, módulo 354, municipio Moca, Provincia Espaillat, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítimo esposo señor JOSE RAFAEL MENDEZ GUZMAN, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Ave. Ramón Cáceres Próx. Hogar Crea, Sector Santa Rosa, Municipio Moca, Provincia Espaillat, en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de Moca, el día 20 del mes de octubre del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria, puerta del Tribunal Apoderado y el último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Moca, sito en uno de los apartamentos de la 2da. Planta del Palacio de Justicia ubicado en la Ave. Duarte No.63, del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, R.D., el día 15 del mes de noviembre del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio de Moca, Provincia Espaillat, R.D., a los 05 días del mes de octubre del año 2017.

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42, de la ley 1306-BIS, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de conocimiento público y general que en fecha veintisiete del mes de abril del año dos mil diecisiete (27-4-2017), la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia para asuntos de familia del Distrito Nacional, Sexta Sala dictó la Sentencia civil No. (531-2017) en materia de divorcio cuyo dispositivo expresa lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y válida de acción de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO intentada por los señores ETANISLALAO DIASZ ORTIZ Y AMERICA MERCEDES SANTANA CANARIO por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y consecuencia, a) Declara Disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores ETANISLAO DIAZ ORTIS Y AMERICA MERCEDEZ SANTANA CANARIO, POR SU MUTUO CONSENTIMIENTO de conformidad con el acto de ESTIPULACIONES Y CONVENCIONES No.05-2017 de fecha veintitrés del mes de enero del año dos mil diecisiete 23-1-2017, instrumentado por el LICENCIADO ALFREDO JIMENEZ GARCIA, Abogado Notario Público MATRICULA 3275 de los del número del Distrito Nacional; b)-OTORGA LA GUARDA y cuidado del menor Kelvin Estanis Dias a cargo de su madre la señora AMERICA MERCEDEZ SANTANA CANARIO. ORDENA EL PRONUNCIAMIENTO de la presente sentencia por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Así se ordena, manda y firma HONORIO ANTONIO SUZAÑA, JUEZ. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado HONORIO ANTONIO SUSAÑA, el mismo día y año señalado al inicio de la misma lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal, MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). El presente divorcio ha sido pronunciado el día diecinueve del mes de julio del año dos mil diecisiete 19-07-2017 mediante sentencia No(531-2017) por ante el Oficial del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del DISTRITO NACIONAL, bajo el LIBRO NO. 00003 de registros de divorcio destinado a esos fines con el Acta No.000236 del año 2017, Folio No.0067 año 2017. La presente publicación ha sido autorizada por la abogada infrascrita, en SANTO DOMINGO, D.N., a los 2 días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2-10-2017).

LIC. DEMETRIO ESTEVEZ Y DR. HECTOR RADHAMES VALENZUELA TORRES, Abogados apoderados de la parte Demandante. (RC-6662-RD)

FC 350842

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido por el artículo 22 reformado, de la Ley número 1306-Bis, de divorcio, el señor JOSE RAMON FELIZ BELLO, Dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de Identidad y Electoral No. 223-0015249-7, domiciliado y residente en Estados Unidos de Norte América y accidentalmente en la ciudad de La Vega, por el presente AVISO le advierte a su legítima esposa DAHIANA ROSARIO DIAZ, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en el sector La Colonia, Calle No. 5, Caso no. 8, del Dorado, Jarabacoa, República Dominicana, que a falta de información relativa del lugar de residencia actual, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día viernes Trece (13) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), tanto en su último domicilio conocido, como por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, para que comparezca a la AUDIENCIA que a puertas cerradas celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, Sala II, el día Miércoles Veinticinco (25) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en el ángulo que forman las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duvergé. La presente publicación es autorizada por la Licenciada Yajahisa Saldívar Núñez, en su calidad de abogada constituida y apoderada especial del Demandante. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Cuatro (04) días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017).

LICDA. YAJAHISA SALDIVAR, Abogada. (AC-11920-PC)

LICDA. JUANA ARABELLY MEJIA SOTO, Abogada.


JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

INVERSIONES RELO, S.R.L. Capital Social: RD$7,000,000.00 Registro Mercantil: 53160SD * RNC:1-30-42418-7 Calle Alberto Larancuent No. 22, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. PRIMERA CONVOCATORIA PormediodelapresenteyencumplimientodelosrequisitosdeconvocatoriaestablecidosenlosArtículos19y20delosEstatutos Sociales, se convoca a todos los socios de INVERSIONES RELO, S.R.L. (en lo adelante, la “Sociedad”) a la Asamblea General Extraordinaria deSociosasercelebradaelpróximosábadoveintiuno(21)delmesdeoctubredelañodosmildiecisiete(2017),alasnueveymediahoras delamañana(09:30a.m.),eneldomiciliosocialdelaSociedadsitoenlaCalleAlbertoLarancuentNo.22,EnsancheNaco,SantoDomingo, Distrito Nacional, República Dominicana, en el salón de reuniones ubicado en el Octavo Piso. El Orden del Día de la agenda a tratar en dicha Asamblea General Extraordinaria es el indicado a continuación: 1. Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Extraordinaria; 2. Conocer sobre la propuesta de transformación de la Sociedad a una Sociedad Anónima Simplificada (SAS); 3.Encasodeseraprobadalapropuestadetransformaciónsocietariaordenar:(i)ladesignacióndeunContadorPúblicoAutorizado (CPA)paralaelaboracióndeunBalanceEspecial,(ii)laelaboracióndelPropectodeModificacióndelosEstatutosSociales,y(iii)lapublicación en un periódico de circulación nacional de un extracto del Proyecto de nuevos Estatutos Sociales; 4. Otorgar los poderes pertinentes para el registro de la Asamblea ante las instituciones públicas que correspondan; y, 5. Cualquier otro punto que los socios de la Sociedad entiendan deba conocerse en la Asamblea General Extraordinaria. Siendoeldíacinco(5)delmesdeoctubredelañodosmildiecisiete(2017),enlaciudaddeSantoDomingo,DistritoNacional,capital de la República Dominicana.

Guillermo Manuel Lorenzo Ortíz, Gerente. FC 350837

PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL, DE LA PROVINCIA DE AZUA Auto No.0720, 0722/2017, 08 de septiembre del año 2017. Del: Tribunal de tierras Jurisdicción Original - Azua; Asunto: Aviso Requerimiento, Auto de Emplazamiento y Fijación de Audiencia; Expediente No. 0081-17-00129, 0081-17-00192; Expediente Antiguo; El Secretario del Tribunal de Tierras todos a quienes pueda interesar ElAbogadoVs.RECLAMANTES:VICTORIAJOSEFINAHERRERAACEVEDO,RAFAELAMABLESOTOHERRERA,OZEMABORROMEASOTO HERRERA;COLINDANTES,ANGELTEMISTOCLESBOBADILLAVALLEJO:ALNORTE:CALLECONSTITUCION,CALLE16DEAGOSTO;ALESTE: CALLE30DEMARZO,ANAL.VENTURA;ALSUR:JESUSCICCONE,MANUELA.PEREZ;YALOESTE:CRISTINATEJEDA,RAFAELMEDRANO. Inmuebles:ParcelaNo.301471085919,301460990460,D.C.No.1,MunicipioyProvinciadeAzua,OTROSINTERESADOS:Alaspersonas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o potestad en dicho inmueble y sus mejoras para que comparezcan a la audiencia quesecelebraraesteTribunaldejurisdicciónOriginaldelaProvinciadeAzua,eldía09/10/2017,alas9:00horasdelamañanaenellugar ubicado en la Ave. RAMON MATIAS MELLA ESQ. HERMANAS NANITAS, 2DO NIVEL DEL PALACIO DE JUSTICIA, AZUA; a fin de que se denaconocerlosderechosquepretendenylaspruebasenquesebasanparaquealefectoformulensusreclamacionesaestaJurisdicción Original. En la ciudad de AZUA, Provincia AZUA, República Dominicana el día 08 de septiembre año 2017; año 174 de la independencia y 154 de la Restauración.

DOY FE: LICDA. NARDA JOSEFINA SANCHEZ MIRANDA Secretaria. APODERADO: YDAISA E. MEDINA ESTEPAN, Juez Suplente del Tribunal de Tierras Jurisdicción Original de la Provincia de Azua. FC350836

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 22 de la ley 1306 Bis sobre divorcio. El señor ARTURO JORGE SAVIÑON, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0879513-9 domiciliado y residente en la Callejón la Pista, No. 149, Sector Piedra Blanca, Municipio Bajos de Haina. Quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. CARLOS AUGUSTO LABOUR NIVAR, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 002-0109237-6, con estudio profesional en la calle Génesis No. 23 del Sector Brisas del Este Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, LE ADVIERTE a su legítima esposa, la señora ALSENIA MARIA PEREZ ABREU, cuyo último domicilio conocido por él fue: A la Manzana J, Edificio 3, Apartamento 3-2, Simonico, Villa Duarte, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, que el día Viernes, Seis (06) del mes de Octubre del Dos Mil Diecisiete (2017), procedo a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, a fin de que comparezca como fuere de derecho a las nueve horas de la mañana (9:00 am) del día Martes que contaremos a Veinticuatro (24) del mes de Octubre del Dos Mil Diecisiete (2017), por ante la Cuarta Sala Civil para Asunto de Familia del Distrito Judicial, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, ubicado en la Calle Hermana Carmelita Teresa de Jesús (antigua calle 17) No.3, del Ensanche Ozama para conocer de la demanda de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres. En la Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a los Cuatro (04) días del mes de Octubre del Dos Mil Diecisiete (2017).

LIC. CARLOS AUGUSTO LABOUR NIVAR, Abogado Apoderado.

AVISO

Lic. Marino Antonio Cordero Nuñez Por mí y por los Licdos Luis Acosta Alvarez y Ramon Medina En representación del Banco de Reservas de la Rep. Dom.

FC 350819

Los señores RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA Y ANA LEONELA MINAYA CRUZ, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0934452-3 Y 0010523996-6, respectivamente, ambos domiciliados y residentes en la calle Jesús De Galindez, No. 68, del sector Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, por medio del presente han publicado lo siguiente: Que conforme al acta de matrimonio registrado en fecha 16 del mes de Julio del año 2005, acta de matrimonio No. 001226, inscrita en el libro No. 00014, de registro de matrimonio Civil folio No. 0026, del año 2005; de la Oficialía del Estado de la 4TA. Circunscripción de Santo Domingo Este, los señores RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA Y ANA LEONELA MINAYA CRUZ, se encuentran casados entre sí; Que al momento que ambos señores RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA Y ANA LEONELA MINAYA CRUZ, adquirieron como propietario el inmueble citado a continuación no habían contraído matrimonio civil y que por error material aparecen como casados debido a que adquirieron dicho inmueble en fecha 19 del mes de Marzo del año 2001 y el Acta de Matrimonio precedentemente es de fecha 16 del mes de Julio del año 2005, dicho inmueble lo citamos a continuación: un apartamento No. 201, ubicado en la segunda planta del condominio Roca I, matrícula No. 3000220430, con una superficie de 151.01 metros cuadrados, en el solar 4, Manzana 1433, del Distrito Catastral No. 01, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo; Que los declarantes, de generales que constan hacen la anotación para cumplir con los requisitos legales.

SR. RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA. SRA. ANA LEONELA MINAYA CRUZ.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

PUBLICACION DE DIVORCIO:

Ha sido fijada para el día jueves, que contaremos a dieciséis (16) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), a las Nueve (9:00 AM) horas de la mañana, la venta en pública subasta, al mejor postor y último subastador, del inmueble que más adelante se describe, en la audiencia de pregones que al efecto celebrará la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, Municipio Este, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias en el edificio de la Avenida Presidente Horacio Vásquez, No. 23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana. El inmueble en proceso de ejecución es el siguiente: “Unidad funcional 4-C, identificada como 400484892505: 4-C, matrícula No. 0100052743, del Condominio TERRAZAS DE MARRUECOS, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 5.5%, con un porcentaje de participación en la Parcela de 5.5 % y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-00-01-003, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 11.99 metros cuadrados; un sector Propio identificado como SP-01-04-403, del bloque 01, ubicado en el nivel 04 destinado a Apartamento, con una supericie de 128.80 metros cuadrados; un Sector Propio identificado como SP-00101-007, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 11.50 metros cuadrados, propiedad del SR. WILKINS NELI SANTOS FIGUEROA, amparado bajo el Certificado de Título con matrícula No. 0100052743, expedido el 29 de junio del 2009, por la Registradora de Títulos del Distrito Nacional”. El inmueble descrito ha sido embargado en perjuicio de Wilkins Oneli Santos Figueroa, en calidad de fiador solidario y propietario del inmueble, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 189-11, sobre Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, a requerimiento del Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples, entidad de intemediación financiera, organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social y oficina principal en la avenida Winston Churchill esquina Porfirio Herrera, sector Piantini de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Licenciados Antonio A. Langa A., José Carlos Monagas E. y Julio C. Vargas Javier, dominicanos, mayores de edad, casados, Abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-1198780-6, 0011280444-8 y 001-1709173-6, respectivamente, con su estudio profesional abierto en común en la calle Font Bemard, No. 11, Torre Jireh, 4to nivel, Los Prados, de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, y domicilio ad-hoc en la oficina de abogados De Los Santos Roa”, ubicada en la calle Curazao, No. 90, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, donde ha hecho y mantiene elección de domicilio el persiguiente, Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples. El mandamiento de pago fue notificado por el Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples, en contra de María Antonia Ramírez Ortega, en calidad de deudora, y el Sr. Wilkins Oneli Santos Figueroa, en calidad de fiador solidario y propietario del inmueble objeto de embargo, el día diecisiete (17) del mes de julio del 2017, mediante el Acto No. 937/2017, instrumentado por el ministerial Eladio Lebrón Vallejo, Alguacil de Estrado del Tribunal Superior Administrativo. El referido mandamiento de pago se ha convenido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago, por lo que fue inscrito en el Registro de Títulos competente, en fecha cuatro (4) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017). El persiguiente, Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples, ha fijado como precio de primera puja la suma de Doscientos Ochenta Mil Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$280,000.00), que es a la cual asciende la deuda en principal, intereses, accesorios y sin perjuicio de los gastos y honorarios legales y de los intereses acumulados a partir de la fecha del mandamiento de pago. Todo subastador deberá depositar en secretaría del tribunal una garantía equivalente a un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio de primera puja mediante cheque certificado de una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, expedido a favor del petsiguiente. Se adviene que las pujas serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a efecto la venta. HECHO por la peisiguiente en la ciudad de Santo Domingo de Gurmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día cinco (5) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

Atendiendo a las disposiciones de la ley 1306-Bis, sobre Divorcio se hace de Público conocimiento el DIVORCIO, por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los Cónyuges WASCAR ANIBAL SOTO ECHAVARRIA Y XOCHITL PATRICIA FLORES SALAZAR, Pronunciado en la Oficialía de Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Municipio de Rio San Juan, en fecha Catorce (14) del mes de Agosto del año dos mil Diez y Siete (2017); inscrito en el Libro No. 00001., de registros de Divorcio, Folio No. 0028, Acta No. 000028, del año 2017, Sentencia Civil No. 454-2017, Expediente No. 454-2017, de fecha 22 del mes de Mayo del año 2017, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, cuyo dispositivo es el siguiente, FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los Señores WASCAR ANIBAL SOTO ECHAVARRIA Y XOCHITL PATRICIA FLORES SALAZAR, conforme al Acto Notarial No. 72-2017, de Fecha Diez (10) de Abril del año 2017, Instrumentado por ante el DR. FELIX JORGE REYNOSO PADILLA.- SEGUNDO: Compensa las Costas. En la ciudad y municipio de Río San Juan, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, a los Cuatro (04) días del mes de Octubre del año dos mil Diez y Siete (2017).

Lic. Julio C. Vargas Javier Abogado. FC 350823

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA Para general conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día Viernes, que contaremos a TRECE (13), DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑODOS MILDIECISIETE (2017), a las NUEVE(9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz del Municipio de Moca, en la Calle Duarte Num.63, del Municipio del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador del bien dado en garantía por el señor JOSE GEOVANNY ALVARADO SALCEDO, el cual se describe a continuación:“UN VEHICULO DE CARGA, MARCA MITSUBISHI, MODELO L200 (KB4TGJRXZL), COLOR BLANCO, MOTOR 4D56UCFRO685, CHASIS NUM. MMBJRKB40FD054056, REGISTRO Y PLACA L341152, MATRICULA NUM.7292350, CON CAPACIDAD PARA CINCO (5) PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ 2477, CUATRO (4) CILINDROS, CUATRO (4) PUERTA, PROPIEDAD: JOSE GEOVANNY ALVARADO SALCEDO; mediante Contrato de Prenda suscrito en fecha Diez (10) de Octubre del año Dos Mil Quince (2015), inscrito en el Juzgado de Paz del Municipio de Moca, en fecha en veintitrés (23) del mes de Febrero del Dos Mil Dieciséis (2016) y el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, El precio de la primera puja será de la suma de UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON 73/100, (RD$1,286,491.73), sin perjuicio de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de vendutero público una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de Octubre del año dos mil Diecisiete (2017).

FC 350779

Por sí, y por los Lic. Antonio A. Langa A. y Lic. José Carlos Monagas E.

LEGAL 15

LIC. JOSE MIGUEL AMARO MONTERO Abogado-Apoderado. FC350858

ASIP PARTICIPADORA, S. A. Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Capital Social Autorizado: RD$2,500,000.00. Capital Suscrito y Pagado: RD$477,400.00. RNC No.1-01-65726-1. Registro Mercantil No.82150SD, En cumplimiento de las disposiciones de los artículos 19 y siguientes de los Estatutos Sociales, así como de los artículos 443 y 445 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No.479-08 de fecha 11 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, se convoca a todos los accionistas de esta sociedad a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará el día veintitrés (23) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, en su domicilio social, sito en la calle Mustafá Kemal Ataturk No.37, Apto.102 del Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, a fin de conocer y aprobar el proyecto de su transformación en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, SRL, de acuerdo con el siguiente Orden del Día: 1. Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Extraordinaria; 2. Conocer del proyecto de transformación de ASIP PARTICIPADORA, S. A. en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, presentado por el Presidente del Consejo de Directores. 3. Conocer del Balance Especial de la sociedad cortado al día treinta (30) de septiembre del año 2017, compilado por el Lic. Ramón A. Acosta Graveley, Contador Público Autorizado, así como del Informe del Comisario de Cuentas evaluando dicho Balance; 4. En caso de que se apruebe el proyecto de transformación, conocer del proyecto de estatutos que regirá la nueva Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), cuyo texto incluye: a) La nueva denominación que será ASIP PARTICIPADORA, SRL; b) La indicación del domicilio social; c) Que tendrá una duración indefinida; d) Que su objeto será: “Gestión de Negocios Inmobiliarios, Participación en Empresas Generadoras de Bienes y Servicios y cualquier otra actividad de lícito comercio.”; e) La duración del ejercicio social; f) el monto del capital social; y g) La administración será ejercida por uno o varios gerentes. 5. Conocer de la rendición de cuentas del Consejo de Directores y del Comisario de Cuentas, para en caso de aprobarlas, otorgar los descargos correspondientes; 6. Designar el o los gerentes de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL); 7. Otorgar los poderes a uno o más gerentes para realizar los depósitos y demás trámites que requiera el proceso de transformación, incluyendo actualización del Registro Mercantil y del Registro Nacional de Contribuyentes; y 8. Cualquier otro asunto del interés de la sociedad. Asimismo, se participa a los accionistas que todos los documentos requeridos para la transformación de la sociedad antes enunciados, incluyendo Aviso de Convocatoria y proyectos de actas y resoluciones, estarán a su disposición en el domicilio social a partir de la presente fecha, hasta la aprobación de la transformación. Los poderes otorgados por los socios para hacerse representar en dicha asamblea, deberán depositarse por lo menos un día antes de su celebración. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Dr. William I. Cunillera Navarro, Presidente. FC350850

FG26694

FUNDACION CORAZONES UNIDOS. INC. AVISO MODIFICACION ESTATUTARIA En virtud del Art. 5, Párrafo II, de la Ley No. 122-05, del 8 de abril de 2005, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de público conocimiento de que, mediante la Resolución No. 00015, Art. Segundo, Numeral 2., de fecha 25 de Septiembre de 2017, dictada por la Procuraduría General de la República, fue aprobada la modificación de los Estatutos de la asociación sin fines de lucro denominada FUNDACION CORAZONES UNIDOS, INC., RNC. 401500272, con su domicilio y asiento social sito en la Calle Tetelo Vargas No. 24, Ensanche Naco, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, “cuyo objetivo fundamental es proporcionar tratamiento quirúrgico a las personas de escasos recursos económicos con padecimientos del sistema cardiovascular que necesiten ser intervenidas, contando para ello con un número de médicos y personal especializados y para lo cual obtendrá los equipos necesarios y se asociará con entidades médicas dotadas de los adelantos técnicos necesarios o eventualmente construirá su propio hospital con fines filantrópicos en los problemas de las investigaciones cardiológicas y de cardiocirugía”, estando organizada e incorporada por tiempo indefinido, conforme Decreto del Poder Ejecutivo No. 2010, de fecha 1ro. de enero de 1985, siendo sus Miembros Actuales y Directiva compuesta de la manera siguiente: Dr. Víctor Iván Cuello González, Presidente; Licda. Carmen A. González de Cuello, Primera Vicepresidenta; Dr. Luis Rafael Cuello González, Presidente Ejecutivo; Marcos Antonio Brador Báez, Tesorero; Dr. José Luis Peña Reyes, Secretario; Dr. José Ludovino Sánchez Díaz y Licda. Maritza Moreta Sánchez, 1er. Y 2do. Vocales; Dr. Jorge Cuello Mainardi y Dr. Alfredo Yeger Vallejo, Miembros; y, los funcionarios que representan la asociación frente a terceros lo son: el Presidente y a falta de éste el Primer Vicepresidente. En la ciudad de Santo Domingo De Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (03) días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017).

DR. VICTOR IVAN CUELLO GONZALEZ, Presidente. FC 350833

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley 1306 Bis, sobre divorcio se hace de público conocimiento que en fecha Primero (01) de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017) la 4ta para asuntos de familia de la Cámara Civil Del Juzgado De Primera Instancia De La Provincia Santo Este, la cual dicto la Sentencia Civil No. 1326/2017, que copiada textualmente en su parte positiva expresa lo siguiente: Falla: Primero: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos José Andrés García Hernández y Enovilginia De Los Santos Ymullix, con todas sus consecuencias legales. Segundo: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia por ante el Oficial Civil correspondiente. Dicha sentencia fue pronunciada el Veinte (20) de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017) y se encuentra inscrita en el Libro No. 00004, de Registro de Divorcio, Folio No. 0173, Acta No. 000387, del año 2017. LICDA. JUANA MARIA FLORES Abogada FC350847

AVISO DE TRANSFORMACION DE UNA SOCIEDAD ANONIMA (S.A.) A UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.) SALON MARIA, S.A. Ave. Privada No. 27, Ens. Mirador Sur, Santo Domingo de Guzmán, D. N., Tel. 809-482-6662, RNC 1-01-70203-6 Capital Autorizado RD$30,000.00 Capital Suscrito y Pagado RD$20,000.00 De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08, del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el proyecto de transformación de la sociedad SALON MARIA, S.A. a una sociedad de responsabilidad limitada, dicho proyecto establece: 1) Que el nombre de la sociedad continuará siendo SALON MARIA; 2) Estará regida por las leyes de la Republica Dominicana y los Estatutos referidos; 3) Su objeto social será principalmente: el arreglo de cabezas, peluquería, manicure, pedicure, faciales, en fin todo lo relacionado con la Belleza física de Hombres y Mujeres, así como otra actividades derivadas y vinculadas con la actividad principal; 4) Su domicilio estará ubicado en la avenida Privada No. 27, esquina calle Altagracia Henríquez, ensanche Mirador Sur, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Republica Dominicana; 5) Su capital será aumentado en CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00); 6) Sera administrada por uno o varios gerentes, designados al efecto; 7) Su duración será por tiempo indefinido. Asimismo, por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad comercial SALON MARIA, S.A. para que asistan a la Asamblea General Extraordinaria de esa entidad, que se celebrará en su domicilio social el día Lunes que contaremos a veinte y tres (23) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 am) a los fines de dar a conocer y aprobar, si ha lugar, el referido proyecto de Estatutos, los informes del Comisario de Cuentas y del Consejo de Administración de la sociedad sobre la situación financiera de la empresa, los cuales están a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

JUANA MARIA ARIAS Presidente FC350849


JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de Propiedad MATRICULA No.0100048561 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 1,250.00M2 en el ámbito de DEL SOLAR No.2 MANZANA No.2109 del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento del Distrito Nacional, a favor y a nombre de: MARIA JOSEFINA ALTAGRACIA SURIEL ANGELES,

Propietaria. (LG-AC-11916-CT)

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO De conformidad a los Artículos 153 y 157 de la Ley No. 6186 de Fomento Agrícola del 12 de febrero del 1963 y sus modificaciones y 696 del Código de Procedimiento Civil, reformado por la Ley No. 764 del 20 de diciembre del 1944, se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día veintiséis (26) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00 a.m.) hora de la mañana, la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia pública de pregones que celebrará la SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTO DOMINGO, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, sito en la avenida Ramón Matías Mella No. 103, esquina calle Altagracia, 2do. Nivel, Villa Mella, Santo Domingo Norte, sobre el inmueble siguiente:

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En virtud de la Autorización, de fecha 02/10/2017. Se hace de público conocimiento que el día 20/10/2017, a las 09:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.2660, del D. C. No.8, del Municipio de Azua, Provincia de Azua. Exp. No.663201709020, propiedad de la SRA. MARÍA ESPERANZA MINLLETY PUJOLS.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019 FC350854

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISION En virtud de la Autorización, de fecha 02/10/2017. Se hace de público conocimiento que el día 20/10/2017, a las 09:30 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde y Subdivisión, dentro de la Parcela No.4, del D. C. No.3, del Municipio de Azua, Provincia de Azua. Exp. No.663201709022, propiedad del SR. SANTIAGO COSTE PEREZ.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019 FC350854

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

En virtud de la Autorización, de fecha 29/09/2017. Se hace de público conocimiento que el día 20/10/2017, a las 10:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No. l, del D. C. No-.8, del Municipio de Sabana Yegua, Provincia de Azua. Exp. No.663201708951, propiedad del SR. YORKIN ERASMO MONTILLA NOVOA.

Expediente No. 663201702848. En virtud de la autorización de fecha 30 de marzo del 2017. Emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Depto. Central, se hace público conocimiento que el día 09-10-2017, a partir de las 8:00 am, se realizan los trabajos de Mensura para Deslinde en el inmueble como Parcela 53, del Distrito Catastral No. 16/9, del municipio y Provincia San Pedro de Macorís, propiedad Julio Cesar Crispín.

Inmueble identificado como 309499021555, que tiene una superficie de 36,045.46 metros cuadrados, matricula No. 0100157380, ubicado en Santo Domingo Norte, Santo Domingo, expedida por el Registro de Títulos de Santo Domingo. El inmueble y sus mejoras antes mencionado ha sido embargado en perjuicio de AGROMOLINOS DE MOYA, SRL., sociedad comercial organizada y existen de conformidad con las leyes de la República Dominicana, RNC No. 1-03-03138-2, Registro Mercantil No. 0310, con domicilio social establecido en la Carretera Duarte No. 146, Sección Rincón, Distrito Municipal Jima Abajo, Provincia La Vega, República Dominicana, DEUDORA; MIGUEL ELOY ENRIQUE DE MOYA PERÉZ, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 047-0013565-2, domiciliado y residente en la calle Siervas de María No. 02, Municipio y Provincia La Vega, GARANTE REALY FIADOR SOLIDARIO E INDIVISIBLE; y ELIZABETH ALEJANDRA DE LA MASA TACTUK, dominicana, mayor de edad, casada con el señor Miguel Eloy Enrique De Moya Pérez, titular de la cédula de identidad y electoral No. 047-0108122-8, domiciliada y residente en la calle Siervas de María No. 02, Municipio y Provincia La Vega, CÓNYUGE INTERVINIENTE., de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 6186 de Fomento Agrícola del 12 de febrero del 1963 y sus modificaciones, a requerimiento del BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S. A., (antes BANCO BHD, S. A.- BANCO MÚLTIPLE; continuador jurídico de BANCO MÚLTIPLE LEÓN, S. A.), entidad de intermediación financiera, constituida y organizada de conformidad con las leyes de República Dominicana, con RNC No.1-01-13679-2, y Registro Mercantil número 11432SD, con su domicilio social y asiento principal ubicado en la avenida 27 Febrero esquina avenida Winston Churchill, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana, debidamente representada para los fines de este acto, por su Vicepresidente de Reorganización Financiera y Administración de Bienes Recibidos, la señora LYNETTE CASTILLO POLANCO, dominicana, mayor de edad, casada, ejecutiva bancaria, portadora de la cédula de identidad y electoral número 001-1091804-2, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Licenciados FERNANDO LANGA FERREIRA, TULIO H. COLLADO AYBAR y LUIS FELIPE ROJAS COLLADO, dominicanos, mayores de edad, abogados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0100077-6, 0010124662-7 y 054-0099566-7, respectivamente, con estudio profesional abierto común en la Firma “Langa & Abinader”, ubicada en la calle Rafael Hernández No. 17, Ensanche Naco, ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y con domicilio AD-HOC en el Apartamento C-102 del edificio Aqua De Las Colinas 4, localizado en la calle Diana, urbanización Colinas del Arroyo II, Santo Domingo Norte; lugar donde el persiguiente ha hecho y mantiene elección de domicilio. El mandamiento de pago fue notificado a los indicados deudores mediante Acto No. 522/2017, de fecha veintitrés (23) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el ministerial Eusebio Mateo Encarnación, Alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, e inscrito por ante el Registro de Títulos de Santo Domingo, en fecha doce (12) del mes del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). El persiguiente ha fijado como precio de la primera puja, la suma de SESENTA Y UNMILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$61,400,000.00), cantidad a la cual en su oportunidad se le agregaran los gastos y honorarios del procedimiento, de conformidad con la ley. Todo licitador estará obligado a depositar, como formalidad previa, en manos de los abogados del persiguiente o en la secretaría del tribunal que conocerá la venta y adjudicación de los inmuebles embargado y sus mejoras, una suma no menor al diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, bien sea en dinero efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana a favor de los abogados del persiguiente. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo subastador deberá someterse a lo establecido en el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en fecha veinte (20) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), por ante la secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, donde se encuentra a disposición de los interesados. En el municipio de Santo Domingo Norte, provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

Lic. Tulio H. Collado Aybar, Por sí y por los Lic. Fernando Langa Ferreira y Luis Felipe Rojas Collado, Abogados del persiguiente. FC 350832

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019 FC350854

AGRIM. SAULO A. SALCE UREÑA CODIA 5766 FC350848

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA

En virtud de la Autorización, de fecha 29/09/2017. Se hace de público conocimiento que el día 20/10/2017, a las 10:30 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.534-B, del D. C. No. 8, del Municipio de Sabana Yegua, Provincia de Azua. Exp. No.663201708953, propiedad de los SRES. CAMILO ROSARIO GALVAN y YULY ALTAGRACIA SUERO COMAS.

Se hace de público conocimiento que el día Lunes 16 de Octubre del 2017, a las 12:00 p.m., se dará inicio a la mensura para Deslinde de la Parcela 185-171, del Distrito Catastral No. 06, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Expediente No. 663201709108, propiedad de los señores FELIX ANTONIO SANCHEZ COMAS y DOMINICANA LUCIA ARIAS ACOSTA, el inmueble se encuentra ubicado en la Calle Manolo Tavarez Justo, Brisas del Este, del municipio Santo Domingo Este.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019 FC350854

ENRIQUE LIRANZO DÍAZ Agrimensor – contratista Codia 3160. Tel. 809-769-2713. FC350846

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA

En virtud de la Autorización, de fecha 29/09/2017. Se hace de público conocimiento que el día 20/l0/2017, a las 11:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.5378-29, del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.663201708958, propiedad de la SRA. ANNY MARIBEL CUSTODIO GRATEREAUX.

Se hace de público conocimiento que el día Lunes 16 de Octubre del 2017, a las 10:00 a.m., se dará inicia a la mensura para Deslinde de la Parcela 185-171, del Distrito Catastral No. 06, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Expediente No. 663201709001, propiedad del señor PAULINA DE LA CRUZ DE PAULA, el inmueble se encuentra ubicado en la Calle Manolo Tavarez Justo, Brisas del Este, del Municipio Santo Domingo Este.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019

ENRIQUE LIRANZO DÍAZ

FC350854

Agrimensor – contratista Codia 3160. Tel. 809-769-2713. FC350846

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA LOS TRABAJOS DE DESLINDE VISTA: La AUTORIZACION DE MENSURA, EXPEDIENTE No. 66220178156 dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 3 de Octubre del año 2017. SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL Que el día que contaremos a Viernes (20) del mes de Octubre del año 2017, a las 10:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE, relativo al inmueble identificado como Parcela No. 182, del Distrito Catastral No. 08, del Municipio de Puñal, Provincia Santiago, propiedad de los señores SATURNINO ANTONIO PEREZ PAULINO Y JOHANNY RAMIREZ JIMENEZ. Para cualquier Inquietud Comunicarse con La Dirección Regional de Mensura Catastrales Depto. Norte o con el Agrimensor Contratista:

AGRIMENSOR JOSE LUIS FRANCISCO CODIA No. 35625

AVISO DE MENSURA El 17 de Octubre del año 2017, a las 9:00 a.m., se iniciará el trabajo de Deslinde Y Subdivisión en un área de 502.08 m2, dentro de la parcela No. 115-REF, del D.C. 06, ubicado en la Calle 31, No. 1, del Sector de Villa Esperanza, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo , propiedad de CONFESOR GUILAMO SANTANA. Exp. No. 663201708595.

AGRIM. MALVIN LORA ANGUSTIA, Codia: 30348. Tel. (829) 308-1362. FC 350835

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 663201708622 En virtud de la autorización de fecha 20 de Septiembre del 2017, Depto. Central, se hace de público conocimiento que el día 18-10-2017, a partir de las 9:00 a.m., se realizaran los trabajos de Mensura para Deslinde en el inmueble identificado como Parcela No. 29-B-2, del distrito Catastral No. 14/1, en el Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, propiedad de los señores LUIS EMILIO GÓMEZ PÉREZ Y ALTAGRACIA PIÑEYRO ALCÁNTARA DE GÓMEZ.

AGRIM. JOSÉ FRANCISCO FERRERAS MONTERO CODIA 8852

AVISO DE MENSURA El 17 de Octubre del año 2017, a las 12:00 P.M., se iniciará el trabajo de Deslinde en un área de 250.00 m2, dentro de la parcela No. 115-REF, del D.C. 06, ubicado en la Calle Julio Genaro Campillo Pérez, No. 12, del sector Villa Esperanza, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, propiedad de CONFESOR GUILAMO SANTANA. Exp. No. 663201708596.

AGRIM. MALVIN LORA ANGUSTIA, Codia: 30348. Tel. (829) 308-1362. FC 350835

AVISO REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA

PUBLICACION DE DIVORCIO

Expediente No. 0103-17-00160 En virtud a la ley 108-05, y reglamentos de la Jurisdicción Inmobiliaria se cita al público en Gral. Y a los colindantes de la parcela resultante No. 207183759113, ubicada en la Calle Salomé Ureña, no. 31, Barrio La Playa, del Municipio de Barahona, para que comparezcan a la audiencia a celebrarse en el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Barahona, el día 25 de octubre del 2017, a las 9:00 a.m., a fin de dar a conocer el saneamiento de la Parcela Resultante no. 207183759113, reclamada por el Sr. JORGE PEÑA RAMÍREZ. Estos trabajos fueron realizados por el Agrimensor JOSÉ FCO. FERRERAS M., Codia 8852, Cel. 829-218-6883, Tel. 809-524-2138.

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 25/07/2017, la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No. 01367-17, sobre el Divorcio por mutuo consentimiento entre los señores MARTI FELIPE PEÑA AYBAR y BELGICA VARGAS, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 2da. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 14/08/2017, según consta en el Libro No. 00003, Acta No. 000273, Folio No. 0194, del año 2017.

Dr. JUAN DOMINGO MENDEZ QUEZADA, JUEZ LICDA. ANA YIBI FELIZ PÉREZ. SECRETARIA TITULAR FP92941

LIC. CARLOS DURAN MATEO, Abogado. FP 92938


JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcios, y para que sea de público conocimiento, se hace saber: Que la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia dictó una sentencia en sus atribuciones civiles en materia de divorcios por Mutuo Consentimiento, de fecha de 31/08/2017, marcada con el No. 532-2017-SSEN-01652 contentiva en el expediente Núm. 532-2017-ECON-01205, TRANSCRITA por ante la Oficialía del Estado Civil de la 11VA. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 27 del mes septiembre del año 2017, registrado en el Libro No.00005, de registro de divorcio, Folio Núm. 0045, Acta No.000334, del año 2017; cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: “FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Laura Marie Beras-Goico Mejía y José Rafael Yunen González, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Laura Marie BerasGoico Mejía y José Rafael Yunen González, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No.42-2017 de fecha 11 de agosto del 2017, instrumentado por el Lic. Alfonzo María Mendoza Rincón, Notario Público de los del número Distrito Nacional, por los motivos expuestos. b) Otorga la guarda y cuidado de las menores de edad Noah y Dana, a cargo de la señora Laura Marie Beras-Goico Mejía, madre de éstos. c) Fija la pensión alimenticia que debe pagar el padre, señor José Rafael Yunen González, a favor de sus hijas Noah y Dana, en la suma de ciento cincuenta mil pesos (RD$150,000.00), la cual pagará todos los meses en manos de la madre de éste, en adicion el 100% del pago de los gastos extraordinarios en que incurran dichas menores. d) homologa el régimen de visita establecido por los cónyuges mediante el acto No. acto de convención y estipulación de divorcio No.42-2017 de fecha 11 de agosto del 2017, instrumentado por el Lic. Alfonzo María Mendoza Rincón, Notario Público de los del número Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio.” En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

LICDA. DILIA LETICIA JORGE MERA Abogada Apoderada.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DEL DUEÑO Dando cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 96-180 Folio No. 183 Libro No. 97, Propiedad de FERNANDO FERNANDEZ FERNANDEZ, Expedido en fecha 19/03/1996, que ampara sus derechos dentro del Solar 1, Manzana 36-B del D.C. No.1 del Municipio y Provincia de La Vega, con una extensión superficial de 882.42 mts2, a los fines de obtener el dueño FERNANDO FERNANDEZ FERNANDEZ, un nuevo duplicado por perdida expedido por el Registrador de Títulos de La Vega.

Licdos. Cristian Rafael Fernández Concepción, Cristiana Margarita Concepción Grullón, Abogados. (AC-11917-PC)

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Artículo 92 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de conocimiento Público que se ha extraviado la constancia anotada del Certificado de Títulos, y por tal motivo será solicitada la expedición de otro por pérdida de la Constancia Anotada del Certificado de Título No. 95-939, Duplicado del dueño, correspondiente a la parcela No. 1312, del Distrito Catastral Numero dos (2) de la común de Constanza, con un área de cuarenta y ocho mil cincuenta y un metro cuadrados (48,051.00mts2), según consta en el libro 29, folio 74, hoja 137, expedido por la Registradora de Títulos del Departamento de La Vega, a nombre de la señora ALEXANDRA JOSEFINA MARÍA MOORE BATISTA, cualquier información puede ser dirigida al No. 25 de la calle Matilde Viñas de la ciudad de Constanza, oficina de la LICDA. ENRIQUETA CRUZ, Abogada apoderada de la parte interesada, Tel. 809-539-3313 y 829-904-8853. A los Cuatro (04) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).-

En cumplimiento con el Art. 92, Párrafo III, de la Ley 108-05, sobre Registro inmobiliario, se hace de público conocimiento la Pérdida de la constancia Anotada del Certificado de Título no. 2554, a nombre del Señor CRUZ MARINO VILLAR, correspondiente a una porción de terreno dentro de la parcela No.7, Distrito Catastral No. 8, de la ciudad de Baní, provincia Peravia, con un área de Doscientos metros cuadrados (200 mts2). En la Ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, a los tres (03) días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017).

LICENCIADA ENRIQUETA CRUZ,

LIC. LEANDRA FERMÍN SOTO ABOGADA

Abogada Apoderada.

Para dar cumplimiento al dispositivo del artículo 42 de la Ley 1306-bis, de divorcio se hace de público conocimiento que la SEPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, en sus atribuciones Civiles, dictó una sentencia civil marcada con el No. 0670-17, de fecha 19 del mes de Abril del año 2017, cuyo dispositivo copiado textualmente es como sigue: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada señora Yudis Aracelis Tejeda González, por no comparecer no obstante haber sido legalmente citada; SEGUNDO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por el señor Saturnino González Lora, contra la señora Yudis Aracelis Tejeda González, por haber sido interpuesta conforme al derecho; TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Yudis Aracelis Tejeda González y Saturnino González Lora, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres; CUARTO: Compensa las costas del procedimiento; QUINTO: Comisiona al ministerial Maireni M. Batista Gautreaux, alguacil de estrado de esta sala, para la notificación de esta sentencia”. “. La sentencia ante mencionada, fue pronunciada el día 20 de septiembre del año 2017, por el Oficial de Estado Civil de la 15ta. Circunscripción de Santo Domingo Oeste, R.D., inscribiendo la misma en el libro registro de Divorcios No.00002, folio 0198, bajo el acta No.00398, según sentencia civil No. 0670-17, de fecha 19 del mes de Abril del año 2017, de la SEPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

LICDA. YISSEL YNES ALCANTARA, Abogada.

(AC-11918-PC)

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

Se hace de público conocimiento, que el día trece (13) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las diez (10:00) horas de la mañana (am), en el mercado público de la avenida Duarte, próximo a la Ave. Máximo Gómez, Distrito Nacional, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador por causa de Embargo Ejecutivo, de los siguientes muebles: 1) Un locker de cinco compartimientos; 2) Una vitrina refrigerada marca Falco de dos puertas; 3) Un estante de cocina de acero inoxidable de seis niveles; 4) Un Fegadero Industrial de acero inoxidable de dos bocas y dos grifos industriales; 5) Un microondas General Electric; 6) Una mesa de preparación de alimentos; 7) Dos estufas industriales con horno; 8) Una freidora Volcán; 9) Una barbacoa parrillada Bras-Grill marca Royal; 10) Una plancha de hierro marca Royal; 11) Un estante de acero inoxidable; 12) Dos estantes de cocina en acero inoxidable de tres niveles; 13) Una tostadora marca Oster; 14) Tres freezer de comida fría; 15) Un freezer Hoshizaki. Precio de primera puja RD$80,000.00. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día cinco (5) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). FP 92939

En virtud de lo que establece el artículo 92, párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, de fecha veintitrés de (23) del mes de marzo del año dos mil cinco (2005), se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 2006-2219, expedida a favor de los señores ANTONI MANUEL HERNÁNDEZ y AWILDA MERCEDES ALCANTARA, dominicanos, mayores de edad, casados, provistos de la Cédulas de Identidad y Electoral Núm. 049-0063041-5 y 0011551925-8, respectivamente, que ampara el derecho de propiedad del Solar No. 8 (ocho), de la Manzana No. 1653 (Mil Seiscientos Cincuenta y Tres) del Distrito Catastral No. 1 (Uno) del Distrito Nacional, Santo Domingo, Solar que tiene una extensión superficial de doscientos sesenta y cuatro (264) metros cuadrados, quinces (15) decímetros cuadrados.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

De conformidad con las disposiciones del articulo No.92, párrafo 3, de la Ley de Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de Los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título 2007-9820 (duplicado del dueño), que ampara el derecho de propiedad de la parcela No.36-B-006.21962, D.C.20, del Distrito Catastral No.20, del Municipio Santo Domingo Norte, con una extensión superficial de 320.16 metros cuadrados, propiedad de la Sociedad Comercial Residencial Villa España.

En virtud de lo que establece el artículo 92, párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, de fecha veintitrés de (23) del mes de marzo del año dos mil cinco (2005), se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título de matrícula No.0100049061, expedida a favor del señor ANTONI MANUEL HERNÁNDEZ, dominicano, mayor de edad, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 049-0063041-5, casado con la señora AWILDA MERCEDES ALCANTARA, norteamericana, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-1551925-8,que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 9-D-44 (Nueve-D-Cuatro-Cuatro), del Distrito Catastral No. 1 (Uno) del Distrito Nacional, Santo Domingo, Solar que tiene una extensión superficial de trescientos diecinueve (319) metros cuadrados, cuarenta (40) decímetros cuadrados.

LIC. EUFEMIO ZABALA ABOGADO. FC350861

INDUSTRIA FARMACEUTICA DEL CARIBE, S.A.S.

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Capital Social Autorizado: RD$25,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$20,000,000.00 Registro Mercantil: 27790SD RNC: 1-01-03527-7 Santo Domingo, República Dominicana.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 8000011587, emitido por el BANCO BANRESERVAS en fecha 25-5-2016, por un valor de RD$300,000.00 (Trescientos Mil Pesos con 00/100), a nombre de ESPERANZA RAMOS DE ACOSTA, cédula de identidad No. 001-0898628-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

En virtud de las disposiciones de los Artículos 36, 53, 54 y 62 de los Estatutos Sociales de Industria Farmacéutica del Caribe, S.A.S., se convoca a los accionistas de dicha sociedad a la Asamblea General Ordinaria Anual que se celebrará a partir de las diez horas de la mañana (10:00 AM) del día viernes, veintisiete (27) de octubre del 2017, en el domicilio social localizado en la Avenida Luperón a esquina Avenida Rómulo Betancourt, de la Zona Industrial de Herrera, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, para tratar sobre los siguientes asuntos: 1. Conocer del informe del Presidente del Consejo de Administración sobre su gestión anual y sobre las cuentas, el balance y los negocios de la sociedad; 2. Discutir, aprobar, enmendar o rechazar dichas cuentas, y examinar los actos de gestión de los miembros del Consejo de Administración, y darles el descargo correspondiente, si procede; 3. Fijar, si procede, el porcentaje de la reserva legal dentro de los parámetros establecidos en el Artículo 71 de los Estatutos Sociales; 4. Decidir respecto el destino de las utilidades de la sociedad; y 5. Conocer de cualquier otro asunto que sea competencia de la Asamblea General Ordinaria Anual y sobre la cual la misma sea válidamente apoderada. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

MARINO D. ESPINAL E., Presidente del Consejo de Administración. FC 350818

FC350838

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

FC 350830

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL

AVISO DE PÉRDIDA DEL CERTIFICADO CONSTANCIA ANOTADA

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

FC350851

PUBLICACION DE DIVORCIO

LEGAL 17

FP 92885

FP92944

FP92944

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 92, párrafo III, de la Ley 10805, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento, que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 0100008857, correspondiente al inmueble identificado como “PARCELA 9-REF-C-1-D-339 DEL DISTRITO CATASTRAL No. 18, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 251.89 METROS CUADRADOS, UBICADO EN EL DISTRITO NACIONAL”, a nombre de ADALGISA DE GOMEZ FELIZ. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Cinco (5) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

ADALGISA DE GOMEZ FELIZ, Propietaria. FC 350839

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO UNIVERSITARIO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DE ACREEDOR

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Universitario a nombre de RAYMUNDO ALCANTARA RODRIGUEZ, que lo acredita como Licenciado en Derecho, otorgado por la Universidad Tecnológica Sat, a los 20 días del mes de junio del año 1998. Registrado con el No. 7825, Folio 629 del Libro de Títulos No. 3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, al Art. 92, Ley 108-05, del Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TITULO MATRICULA NO. 0100045950, DENTRO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARCELA NO. 82-B-1-F-2-00616272, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 16, QUE TIENE UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 198.77 METROS CUADRADOS, UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN, EXPEDIDO A NOMBRE DEL SEÑOR JOSE FRANCISCO DE LA CRUZ.

FC 350740

JOSE FRANCISCO DE LA CRUZ, Declarante. FC 350840


JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 2400180673, del BANCO BANRESERVAS, de fecha 18-06-2004, por valor de RD$34,000.00, a nombre de: LUISA ERIDANIA BATISTA DOMINGUEZ, cédula No. 0010079807-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 350704

Instituto Agrario Dominicano (IAD), Pérdida de Certificado de Título De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registro de Títulos, que complementa la referida ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño), Matrícula No. 3000237014, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de cincuenta y cuatro mil novecientos treinta y siete punto doce metros cuadrados (54,937.12M2), dentro del ámbito de la Parcela No. 547, Distrito Catastral No. 3, municipio y provincia San Cristóbal, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 0316, Folio No. 086.

Licda. Josefina Luna, Encargada del Programa de Titulación Definitiva. FG 26693

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO De conformidad con las disposiciones del Art.617, del Código de Procedimiento Civil Dominicano, le hace de conocimiento público que el día VIERNES que contaremos a SEIS (06) del mes de OCTUBRE del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las nueve (9:00 A. M.), en el Mercado Público de HERRERA, sito en la Calle “H”, s/n, Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana el vehículo Embargado Ejecutivamente al señor JUAN DÍAZ GONZÁLEZ, en fecha Veintidós (22) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante Acto No. 115/2017, instrumentado por el DR. SEVERINO VÁSQUEZ LUNA, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, Matrícula No. 4330, amparado en el Pagaré Notarial No. 364/2016, de fecha Catorce (14) del mes de Noviembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), instrumentado DR. JUAN FERRERAS MATOS, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, Matrícula No. 3614; consistente era “EL VESCULO TIPO JEEP, MARCA CHEVROLET, MODELO TRAVERSE, LT, AÑO 2009, COLOR VERDE, MOTOR o NO. DE SERIE 156566, CINCO (5) PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ (HP/cc) 3600, SEIS (6) CILINDROS, CINCO (5) PUERTAS, PLACA NO. G353253, CHASIS NO. 1GNER23D79S156566, MATRICULA NO. 7185137, DE FECHA 01/03/2016, EMITIDA POR LA D. G. I . I. , EN MAL ESTADO”, a requerimiento del acreedor, el señor PASCUAL, RIVAS. Los pagos son descontados y los licitadores deberán pagar además del precio de la adjudicación, el 10% de acuerdo a lo que establece la ley en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. - En el Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los CUATRO (04) días del mes de OCTUBRE del año Dos Mil DIECISIETE (2017).

LIC. ROLANDO HEREDIA QUEZDA LIC. SANTO T. CUBILETE DEL C. ABOGADO DEL PERSIGUIENTE FP92946

EDICTO PARA LA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

PUBLICACION DE DIVORCIO Para conocimiento general y en virtud de lo que dispone el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio se hace de público conocimiento que en fecha Doce (12) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), La Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; Especializada en Asuntos de Familia, dicta la Sentencia Civil No. 531-2017-SSEN-01597, la cual admite el Divorcio por la Causa del Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Sres. MARIO ALBERY MUÑOZ ZORRILLA y KARINA LISSETTE DEL VALLE MORETA, cuyo dispositivo copiado textualmente dice: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Mario Albery Muñoz Zorrilla y Karina Lissette Del Valle Moreta, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio De No. 01/2017, de fecha 08 de junio del 2017, instrumentado por el Lic. Carlos Manuel Vásquez, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza Suplente; el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal, Mirtha M. de la Cruz Díaz, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La Misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día 25 mes 09 del año 2017, bajo el Libro Letra B, Folio No. 21622. En el Distrito Nacional, Santo Domingo de Guzmán, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

LICDA. ADARGIRA JORGE LEDESMA, Abogada Apoderada. FC 350834

Instituto Agrario Dominicano (IAD), Pérdida de Certificado de Título

AVISO DE MENSURA VISTA: La autorización de fecha 19 de septiembre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Del Departamento Central, expediente No. 663201708591, para que la agrimensora COLOMBA OMEGA LEBREAULT, CODIA No. 16067, realice los trabajos de DESLINDE Y SUBDIVISIÓN a petición del ESTADO DOMINICANO. SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL: Que el cumplimiento del artículo 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se los comunica que el día 9 de octubre del 2017, a las 9:00 A.M. se dará inicio a los trabajos de que el campo día 9 de DESLINDE y SUBDIVISION en la Parcela No. 121-A del D. C. No. 6 del municipio SANTO DOMINGO ESTE, provincia SANTO DOMINGO, por un área de 375.304.60 M2. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés sobre el inmueble, que deben comunicarlo al agrimensor contratista el día de la mensura, o a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Del Departamento Central.

AGRIM. COLOMBA OMEGA LEBREAULT, Codia No. 16067. Teléfono: 809-686-5959. FC 350823

AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE LA COMPAÑÍA GENERAL SECURITY ACADEMY, G.S.A. De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08, del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la COMPAÑÍA GENERAL SECURITY ACADEMY, G.S.A, a una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.). dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la COMPAÑÍA GENERAL SECURITY ACADEMY, G.S.A, la cual se denominará COMPAÑÍA GENERAL SECURITY ACADEMY, G.S.A., S.R.L., la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la empresa tendrá como objeto social: ofrecer Capacitación, adiestramiento u fortalecimiento de conocimientos, tecnologías, u sistemas especializados de la seguridad u protección integral, personal, residencial, comercial e industrial. Y prestar cualquier otro servicio en que se requiera de protección y seguridad; el domicilio de la empresa estará en la Avenida Boulevard del Faro, Plaza Boulevard, Local No. 305, Parque del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, pudiendo ser trasladado a otro lugar dentro de la República Dominicana, con un capital de QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$500,000.00), el anuncio de las transferencias de acciones de las Cuotas Sociales de algunos Socios, la empresa será administrada por un gerente, designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto, así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la COMPAÑÍA GENERAL SECURITY ACADEMY, G.S.A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el Local de la Compañía el día Nueve (09) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). El proyecto de transformación de la compañía, junto con el informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la compañía. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Cuatro (04) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registro de Títulos, que complementa la referida ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño), Matrícula No. 3000236883, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de ciento setenta y ocho mil ciento ochenta punto noventa y cinco metros cuadrados (178,180.95M2), dentro del ámbito de la Parcela No. 539, Distrito Catastral No. 3, municipio y provincia San Cristóbal, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 0316, Folio No. 090.

Licda. Josefina Luna. Encargada del Programa de Titulación Definitiva FG 26693

Instituto Agrario Dominicano (IAD), Pérdida de Certificado de Título De conformidad con el establecido en los Artículo No. 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Artículo No. 86, del Reglamento General de Registro de Títulos, que complementa la referida ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño), Matrícula No. 3000129264, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superficial de ciento cuarenta y seis mil quinientos noventa punto ochenta y ocho metros cuadrados (146,590.88M2), dentro del ámbito de la Parcela No. 538, Distrito Catastral No. 3, municipio y provincia San Cristóbal, a favor del INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO, registrado en el Libro No. 0263, Folio No. 164.

Licda. Josefina Luna Encargada del Programa de Titulación Definitiva. FG 26693

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE De conformidad con lo establecido en los artículos 68 y 69 de la ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, avisamos a toda parte interesada sobre los trabajos de deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 108-A-22, 108-A-22, DEL D.C. No. 4, (Solar No. 19, Manzana C, del Plano Particular del Proyecto de Urbanización Villa Elena), del Distrito Nacional, Provincia Santo Domingo, con una extensión superficial de trecientos metros cuadrados (300mts2), justificando el derecho de propiedad mediante la constancia anotada en el Certificado de Título No. 76-583, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, Libro No. 1841, Folio No. 120, y en virtud de la autorización emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central en fecha 28 de Septiembre del 2017, Expediente No. 663201708873, se le dará inicio a la mensura para deslinde, la cual será efectuada el día 25 del mes de octubre del año 2017, a las 10:00 a.m., propiedad de los señores JOSE LUIS RIVAS GENAO y JANIS ALTAGRACIA REYES GENAO DE RIVAS. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

De conformidad con el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, y la Ley No. 6186, en su artículo 153, se hace la presente publicación: 1.- En fecha 22 de junio del 2017. Se otorgó poder al alguacil. 2.- Se notificó mandamiento de pago tendente a convertirse en embargo inmobiliario acta No. 1227-2017, de fecha 01 septiembre 2017, Ministerial CARLOS MANUEL METIVIER MEJIA, Ordinario de la Octava Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional; 3.- Registrado en la Conservaduría de Hipoteca y Registro Civil del Ayuntamiento de Títulos de la provincia Santo Domingo. 5.- 22 de septiembre 2017, se asignó por auto No. 17-16361, la Segunda Sala de la Cámara Civil del Distrito Nacional. 6.- En fecha 28 de septiembre del 2017. Se depositó el pliego de condiciones para la venta. EMBARGADA: JOSE LUIS CABRERA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad y electoral No. 00-113706-8, BIEN INMUEBLE: La Parcela No. 46-A, refundida 242, D.C. No. 4, del Distrito Nacional, con un área de 274.21 metros cuadrados, amparado con la matrícula No. 0100269960. Del Registro de Títulos del Distrito Nacional. Localizado en la Sección La Yuca, lugar Villa Claudia, Centro, con sus mejoras consistentes en una casa construida de blocks, techo de concreto, piso de mosaico de un nivel. Con los límites siguientes: Norte: Parcela No. 46-A, refundida 243; al Este: Parcela No. 46-A, refundida 235; al Sur: Parcelas No. 46-A, Refundida 241; al Oeste: Calle B, Santo Domingo, Distrito Nacional. PERSIGUIENTE: BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA BANCO MULTIPLE, RNC No. 401010062, institución bancaria organizada de acuerdo con la Ley No. 6133, de fecha 17 de diciembre de 1962, y sus modificaciones, con su oficina principal ubicada en la casa No. 201, de la calle Isabel representado por el Director Adjunto de Cobros LIC. BIENVENIDO JUVENAL VASQUEZ DIAZ, dominicano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0124486-1, quien constituye como abogado al DR. JOSE ANTONIO CESPEDES MENDEZ, dominicano, Abogado cédula No. 010-0005321-3, matrícula No. 7284-81-89, con oficina profesional en la avenida 27 de Febrero No. 336, segundo nivel del sector Bella Vista, Distrito Nacional, edificio del Banco de Reservas de la República Dominicana, elección de TRIBUNAL COMPETENTE: Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito en el Palacio de las Cortes. La venta se efectuará el martes que contaremos a 24 del mes de octubre del año 2017, a las 9:00 ante meridiano. PRECIO DE PRIMERA PUJA de TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$3,900,000.00). GARANTIA ESTIPULADA. Se deberá depositar previamente en la Secretaría del Tribunal apoderado de la Venta. Una garantía en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en la R.D. un 10%, del precio fijado. Sin esta garantía no será admitido como subastador. En Santo Domingo, D.N., a los cuatro (4) días del mes de octubre del año 2017.

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO PUBLICACION DE DIVORCIO

De conformidad con el artículo 42 de la ley 1306-Bis, de divorcio, se hace de público conocimientos, que él días 28 del mes de Febrero del año 2017, la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del distrito Judicial de Sánchez Ramírez, dictó una sentencia en materia de divorcio, marcada con el No. 0506/2017-SCON-00056, Expediente No. 0506-2016-ECON-00633-NCI Num. 0506-2016-ECON00633, de fecha (28) del mes de Febrero del año 2017, que en su parte dispositiva dice lo siguiente: Falla: Primero; Pronuncia el defecto contra la parte demandada señor ANGER AMILKAR OLIVARES VASQUEZ, por no haber comparecido a la audiencia no obstante estar legalmente citado y emplazado. SEGUNDO: Admite el Divorcio por la causa de incompatibilidad de caracteres entres los Señores, VALERIA BISONO GUZMÁN Y ANGER AMILKAR OLIVARES VASQUEZ. TERCERO: compensa las costas del procedimiento, y comisiona al ministerial Ramón Arístides Hernández, Alguacil de Estrados de este Tribunal, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda, y firma. Dada y Firmada, secretaria la sentencia que antecede ha sido dada y firmada, por la Magistrada Juez de la Cámara Civil y Comercial, el mismo día, mes, y años citados, la cual ha sido leída por mi secretaria que certifica. Este divorcio fue pronunciado el día treinta (30) del mes de Agosto del año 2017, por la Oficial de Estado Civil de la Primera Circunscripción de Cotuí, Y transcrito, en el libro 00002 de registro de Divorcio, Folio No. 0041, Acta No. 000147 del año 2017. En la Ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana a los 30 días del mes de septiembre del año 2017.

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Veintinueve (29) del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017), La Cuarta Sala Para Asuntos de familia del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil No.1262/2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: Primero: Pronuncia el defecto en contra la parte demandada, señora Ana Luisa Montegro Borges, por no haber comparecido no obstante haber sido citada legalmente; Segundo: Acoge como buena y valida en cuanto a la forma la presente demanda de divorcio, por haber sido hecha conforme a la ley, y en cuanto al fondo admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores Ana Luisa Monegro Borges y Ángel Tomas Solís Montero, con todas sus consecuencias legales; por los motivos precedentemente expuestos; Tercero: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficial del Estado Civil correspondiente; previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de Divorcio; Cuarto: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos; Quinto: Comisiona al ministerial Ángel Pujols, Alguacil de Estrado del 1er. Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, a los fines de notificar la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma. Asimismo se hace saber que en fecha Dieciocho (18) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017) el Oficial del Estado Civil de la Décima Segunda (12ma.) Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Registro de Divorcio, Libro No.00002-D, Folio No.59, bajo el Acta No.000130, del año 2017; así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio por la Causa de Incompatibilidad de Caracteres. En la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, hoy día Veintinueve (29) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

DR. JOSE ANTONIO CESPEDES MENDEZ, Abogado.

LIC. FRANCISCO ANTONIO GOMEZ HIDALGO ABOGADO APODERADO.

LIC. RAMON H. GOMEZ ALMONTE Abogado Apoderado.

FC 350855

AGRIM. RAFAEL TOBIAS LOPEZ LOPEZ, Codia 10128.

JOSE ALTAGRACIA PIMENTEL GARCIA, Presidente. FC 350826

FC 350829

FC350853

FC350862


JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X1000, color negro, año 2008, placa y registro chasis K1202812, LF3PAG4A68B004434, a nombre de FRAGIDO MERCEDES. FP92902

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mazda, color azul, año 1987, placa y registro L176616, chasis JM2UF3118H0588004, a nombre de ADAN ALBERTO NUÑEZ LIBERATO. FP 92872

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color verde, año 1984, placa y registro K0290271, chasis C509247178, a nombre de SILVIO OLIVERO PÉREZ.

PÉRDIDA DE PLACA: marca Loncin, modelo LX125 2, color rojo, año 2006, placa y registro N272130, chasis LLCLPP2007E001752, a nombre de ALEJANDRO LINARES PEÑA, cédula 060-0001444-6. FC350859

PÉRDIDA DE PLACA: marca Mitsubishi, modelo Lancer, color blanco, año 2002, placa y registro A508808, chasis CS5A0004195, a nombre de JOSEFINA ELENA RIVERA SÁNCHEZ. FP92909

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K0442899, color negro, chasis LC6PAGA13F0024938, tipo motocicleta, año 2005, propiedad de W S MOTOR, SRL, RNC 122027327. FC 350750

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Bajaj, color negro, año 2017, placa y registro K1169196, chasis MD2A76AZ7HWJ48455, a nombre de MOTOCENTRO UNIVERSAL, SRL, RNC: 130715327. FC350844

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Marca Yamaha, Modelo ZR, color gris, año 1994, placa N479905, chasis SA16J071663, a nombre de MARIA DE LOS ANGELES LUNA GUZMAN, CED.047-0219034-1. (RO-14445-CM-05-06-07/10/2017)

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, color negro, placa K0478270, chasis LC6PAGA17F0025915, tipo motocicleta, año 2015, propiedad de W S MOTOR, S.R.L, RNC 122027327. FC 350751

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Kia, color negro, año 2012, placa y registro G399992, chasis 5XYKT4A60CG206508, a nombre de RAISA MADE DE JESÚS. FP92937

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Porsche, placa A656104, color blanco, chasis WP0AB2A77AL064347, tipo automóvil privado, año 2010, propiedad de JUAN ALEXANDER PEÑA, cédula 223-0157647-0. FC 350822

LEGAL 19

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Ford, placa UD0380, color azul y blanco, chasis 353286M, tipo máquina pesada, año 1995, propiedad de AYUNTAMIENTO Y/O CONSEJO DE NOUEL, RNC MONSEÑOR 130000001. FC 350773

Se hace de público conocimiento, que el próximo día, a Dieciséis (16) del mes de Octubre del año 2017, a las 9:00 A.m., daremos inicio a los trabajos de Actualización De Mensura y Sub-División Dentro del ámbito de la Parcela No. 233, Distrito Catastral No. 2, donde existe un Local Comercial ubicada en calle 27 de Febrero No. 77 A, en el Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, Propiedad de los Sra.: Verónica Mercedes Espinal Cerda. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 28 de septiembre del año 2017. Correspondiente al expediente No. 661201703244.

JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 14994. FC350856

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Ford, placa UD0379, color azul y blanco, chasis 353285M, tipo máquina pesada, año 1995, propiedad de AYUNTAMIENTO Y/O CONSEJO MUNICIPAL DE MONSEÑOR NOUEL, RNC 130000001. FC 350773

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Jincheng, modelo AX100BD, año 2012, color negro, placa y registro K0196798, chasis LJCPAGLH0B88780, a nombre de LUÍS ANTONIO ROSSO SÁNCHEZ, cédula 010-0013380-9. FC350764

PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Sanyang, color negro, año 2001, placa y registro chasis K0136417, LXMPCJLE970032233, a nombre de VILLARD ELMA. FP92904

PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca Honda, color azul, año 1984, placa y registro K0167984, chasis HA021656463, a nombre de RICARDO CORDERO RODRIGUEZ. FP 92874

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X1000, color verde, año 2014, placa y registro K0231781, chasis TBL20Y206EHE58020, a nombre de MARIO PINALES RAMIREZ. FP92905

PERDIDA DE PLACA: Vehículo MOTOCICLETA, marca X1000, modelo AX100, color NEGRO, año 2008, placa y registro N447739, chasis LF3PAG4A58B000360, a nombre de JULIO CESAR SOSA, CED.0010628534-9

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Marca X-1000, Modelo C125, color rojo, año 2005, placa N111660M, chasis LF3PCJ5085B032728, a nombre de FRANCISCO ALBERTO GIL VALDEZ, CED.047-0177822-9. (RO-14441-CM-04-05-06/10/2017)

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa I040466, color azul, chasis SXM107019780, tipo autobús privado, año 2000, propiedad de JUAN ESTEBAN TEJADA SANTOS, cédula 001-0320475-6. FC 350741

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga marca Nissan, modelo Urban, año 2002, color verde, placa y registro No. L177452, chasis No. 3N6GD13S2ZK009582, propiedad de JUAN ANTONIO ZAPATA PAUL, cédula 001-0055493-0. FP 92899

ACTO DE VENTA entre Paraíso Antillano, S. A., y JOSÉ BIENVENIDO VELÁZQUEZ ESPINAL, de fecha 02 de agosto del año 2000, con relación al inmueble solar 27, Manzana 23, antigua 16 con una superficie de 261.95 mts., del proyecto Brisa Oriental VI. FC92890

PÉRDIDA DE PLACA: Marca Toyota, modelo Corolla Ce, año 1993, color verde, placa y registro A245300, chasis 1NXAE04E0PZ038662, a nombre de JUAN PABLO RUDECINDO ALBERTI. FC92825

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Lexus, modelo GSU35LAWAGKA, año 2007, color blanco, placa y registro G025862, chasis JTJHK31U282033269, a nombre de DINNO JOSÉ PEREYRA.

AVISO DE PÉRDIDA DE PAGARE Altagracia Castillo, Ced. 001-0956405-4, avisa pérdida Pagare de fecha 1ro de Mayo, año 2012, girado a su nombre por YOLANDA ALTAGRACIA HIDALGO GENAO, por la suma de RD$ 80,000.00, con esta publicación, el pagare queda anulado sin ningún efecto jurídico. La giradora queda liberada del pago por haberlo realizado.

AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 0015, de fecha veinticinco (25) de septiembre del año 2017, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro Junta de Vecinos Carmen María I, con su domicilio en la Avenida República de Colombia, Residencial Carmen María I, Altos de Arroyo Hondo II, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Esta institución tiene como fin trabajar para preservar el orden del Residencial Carmen María I y resolver los inconvenientes que puedan surgir en la comunidad. Sus miembros fundadores son Yudis Manuel Terrero, Julio Alfredo Soto de León, Víctor Alberto Santelises, Yila Teresa Rijo Lorenzo y Ana Mercedes Coca Ponceano, y a su vez el consejo directivo está constituido por cinco (5) personas, quienes son: Yudis Manuel Terrero, Julio Alfredo Soto de León, Víctor Alberto Santelises, Yila Teresa Rijo Lorenzo y Ana Mercedes Coca Ponceano. La duración de esta asociación es indefinida. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los cuatro (4) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

YUDIS MANUEL TERRERO, Presidente. FC 350825

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero número B 477411, Operación 1416945, abierto por el BANCO MULTIPLE BHD LEON, S.A., en fecha 1 de noviembre de 2016, por la suma de RD$10,790,165.78, a favor de PEREZ, MIGUEL. FC 350606 AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero No. 500296501, expedido por el BANCO BDI, S. A., en favor de ZAITER SLAIMEN, JOSE ELIAS O ZAITER MEJIA, ALBA JOSEFINA, de fecha 11/1/2012, por la suma de US$2,350,000.00. FC 350223

PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PROVINCIA SANTIAGO AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA. Al: Agrimensor: JOSE DIONICIO PEREZ COLLADO. Solicitante: ARISLEYDA ALTAGRACIA NUÑEZ ESPINAL. De la: 1ra. Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la Provincia Santiago Referencia: Expediente No. 0495-17-02115. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia: Santiago, Municipio Santiago, DC Pos 312418493998. A todos a quienes pueda interesar. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, ubicado en la Calle Lic. Ramón García No. 77, Ensanche Román I en el edificio de la Jurisdicción inmobiliaria, Provincia Santiago a la audiencia fijada para el día 25/10/2017, a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. Dado en la Provincia y Municipio de SANTIAGO el día 27 de septiembre de 2017, en el año 174 de la Independencia y 154 de la Restauración. Atentamente

CESARINA ALTAGRACIA MORA MEJÍA Secretaria FIDELINA GERTRUDIS BATISTA GRULLÓN. Juez de la 1ra Sala – TJO de la Provincia Santiago.

ALTAGRACIA CASTILLO, ACREEDORA PAGADA. FC92942

FC350860

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día, a Dieciséis (16) del mes de Octubre del año 2017, a las 11:00 A.m., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito de la Parcela No. 825 Distrito Catastral No. 2, donde existe un Local Comercial ubicada en el Km. 3 Carretera Nagua, San Francisco de Macorís, Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, Propiedad de los Sr.: RAMON ANTONIO BERROCAL VENTURA Debidamente Representado por el SR. RAFAEL VENTURA Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 28 de septiembre del año 2017. Correspondiente al expediente No. 661201703247.

JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 14994. FC350856


JUEVES 05 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 MÁS NOTICIAS

SNS llega acuerdos con gremios del IDSS y Tecnólogos Radiólogos

UASD suspende

SANTO DOMINGO.- Al concluir un encuentro realizado este miércoles con representantes de gremios de salud del Instituto Dominicano del Seguro Social (IDSS) y la Asociación de Tecnólogos Radiólogos, el titular del Servicio Nacional de Salud, Nelson Rodríguez Monegro, anunció que llegaron a una serie de acuerdos y destacó en primer lugar el tema de los incentivos por antigüedad a personal administrativo del Seguro Social. Nelson Rodríguez Monegro, quien recibió en su despacho una comisión encabezada por el dirigente sindical Gabriel del Río Doñé; Delsy Sosa, secretaria de la Asociación de Empleados y Trabajadores de la Salud del IDSS y Pedro Rafael Jerez, presidente de la Asociación de Tecnólogos Radiólogos, indi-

SANTO DOMINGO.- La Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) suspendió este miércoles la docencia, por segundo día consecutivo, en el recinto principal por los disturbios que se escenifican tras la detención del presidente de la Federación de Estudiantes Dominicanos (FED), Yimmi Zapata, acusado de falsificación de documentos. En una circular, firmada por su rector, Iván Grullón, la institución informó de que la medida fue adoptada debido a que los disturbios “ponen en riesgo la seguridad de los universitarios”. La docencia se reanudará a partir de las 7 de la mañana de este jueves, agregó la información. Las protestas en los alrededores de la UASD, que obligaron a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) a cerrar el túnel de la Ortega y Gasset, se iniciaron poco después de que dirigentes de la FED reclamarán, en rueda de prensa, la puesta en libertad “inmediata” de Zapata, a quien consideran inocente. La detención del dirigente estudiantil, cuya candidatura fue apoyada por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), responde a una “persecución política” por parte del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), aseguró la FED. De acuerdo con informaciones extraoficiales, Zapata fue detenido por agentes al servicio del Departamento de Falsificación de la Fiscalía del Distrito Nacional por su presunta vinculación con un fraude de un viaje al exterior de unos estudiantes.

có que revisado el acuerdo, “encontramos que la redacción tiene contradicciones”. En ese sentido, Rodríguez Monegro añadió que mientras por un lado el acuerdo habla de que debe aplicarse a los administrativos el incentivo por antigüedad en servicio, por otro resalta que debe aplicarse tal como se aplica en el SNS y como consecuencia de que en el Servicio no se aplica, entonces

nosotros entendemos que no procede”. Sostuvo que se acordó con la comisión, realizar una reunión en otras instancias para revisarla y ver la viabilidad de la aplicación y las implicaciones desde el punto de vista financiero. Sobre el tema de los técnicos de la salud del IDSS, el titular del SNS manifestó que a ellos no se les aplicó de acuerdo a lo informado, el aumento del diez por ciento.

Reconocen administrador del Parque Mirador Norte ORLANDO ARIAS

SANTO DOMINGO.- El licenciado Leandro González, administrador general del Parque Nacional Mirador del Norte, recibió un reconocimiento en el marco de la graduación de unos 140 agentes del orden público, por parte del Instituto Policial de Educación (IPE), que dirige el general Pablo de Jesús Dipré. Recibió el galardón, contentivo de los folletos o lineamientos institucionales y una insignia en reconocimiento por su apoyo a los graduandos. La actividad contó con la asistencia del alcalde Municipal, licenciado René Polanco; el gobernador de la Provincia Santo Domingo, ingeniero Juan Frías y el director Pre-

ventivo de la Policía Nacional en Santo Domingo Norte, general, licenciado Máximo Báez Aybar, entre otras personalidades. Al agradecer el gesto, González llamó a los graduando a emular el ejemplo de sus superiores, que no han escatimado esfuerzos en su interés de superarse y capacitarse para rendir un mejor servicio a la institución y a la ciudadanía. “Porque entiendo que de la mejor manera que se pue-

de tratar las cosas negativas en las calles es teniendo una Policía educada, una Policía formada, que realmente entienda que está para prevenir, proteger y servir a la población”, manifestó. En tanto que el general Báez Aybar, al hacer entrega del reconocimiento, expresó su gratitud por la receptividad de las autoridades del Parque Nacional Mirador del Norte, de identificarse con la educación de los jóvenes agentes.

clase por segundo día consecutivo

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, placa A269305, color chasis blanco, JHMEG86200S039151, tipo automóvil privado, año 1992, propiedad de LUIS MIGUEL VARGAS FAJARDO, cédula 402-2316680-8. FC 350821

PÉRDIDA DE MATRICULA: de motocicleta, marca Jin Cheng, color rojo, año 2007, placa y registro K0284054, chasis LJCPAGLH071003915, a nombre de LUÍS ANTONIO DUVAL SÁNCHEZ. FP92936

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, placa G200690, color gris, chasis SHSRD78873U108662, tipo jeep, año 2003, propiedad de RAFAEL TOVÍAS BURGOS, cédula 037-0027063-4. FC 350827

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, color blanco, año 2005, placa y registro L205142, chasis V11618632, a nombre de MARTIN SÁNCHEZ MONEGRO, cédula 001-1383470-9. FC35084

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Honda, modelo Civic DX, año 1991, color rojo, chasis 1HGED3643ML060888, placa y registro No. A312420, propiedad de ANDRES FELICIANO STERLING, cédula 001-1187953-8. FC 350820

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Bajaj, color negro, año 2017, placa y registro K1169196, chasis MD2A76AZ7HWJ48455, a nombre de MOTOCENTRO UNIVERSAL SRL, RNC: 130715327. FC350843

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Daihatsu, modelo Hijet minivan, año 1998, color verde, placa y registro I039868, chasis S100V003500, a nombre de KENI CRUZ GONZÁLEZ. FC92943

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Starlet, año 2000, color verde, placa y registro A488326, chasis EP91-0431439, a nombre de MARIA ESTHER KING MATEO, cédula 0230064245-7.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Yamaha, modelo RX-S, año 2002, color negro, placa y registro MILP01, chasis MH33HB0082K261847, a nombre de PEDRO CARMONA FELIX. FC350852

PÉRDIDA DE MATRICULA: de motocicleta, marca Z3000, color negro, año 2016, placa y registro K1193048, chasis LZ3JL6T16G4K85543, a nombre de JOSÉ LUÍS VELEZ FERNANDEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Honda, modelo CR-V, color verde, placa y registro G036814, chasis JHLRD28421S017664, a nombre de ARISMENDYSS HIDALGO, cédula 001-1315698-8. fp92945

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mitsubishi, color negro/gris, Año 1999, placa y registro L124633, chasis MMBJNK740XD058779, a nombre de MIGUEL DE JESÚS GENAO SANTANA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Starlet, color verde, año 1999, placa y registro A015118, chasis EP910082970, a nombre de YOSELIN ALTAGRACIA FRANCISCO COLÓN, cédula 003-0015211-3. FC350857

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, color azul, año 2002, placa y registro L167044, chasis V11819075, a nombre de ELVIN ALEXANDER LANTIGUA ALMONTE.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, año 2000, color azul, placa y registro L184147, chasis V11815902, a nombre de DOMINGO EDUARDO REYNOSO ARIAS, cédula 001-1166498-3. fp92947

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Chevrolet, Modelo Tahoe LT 2WD, color blanco, año 2016, placa G393023, chasis 1GNSC7KC8GR416391, a nombre de MARCOS JOSE PELAEZ BACO, CED. 001-1414494-2. (EV-AC-11915-WP)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, color blanco, año 1998, placa y registro A420610, chasis 1HGCG5643WA031974, a nombre de WILLIAM JOSÉ FÉLIZ JAQUEZ. FP92935

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Porsche, placa A656104, color blanco, chasis WP0AB2A77AL064347, tipo automóvil privado, año 2010, propiedad de JUAN ALEXANDER PEÑA, cédula 223-0157647-0. FC 350822

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día, a Dieciocho (18) del mes de octubre del año 2017, a las 9:00 A.m., daremos inicio a los trabajos de Actualización De Mensura y Sub-División Dentro del ámbito de la parcela No. 20-C, Distrito Catastral No. 2, Ubicado en San Rafael Distrito Municipal de Payita del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, Propiedad de los Sr.: JESUS PEÑALBA LINARES, y DORIS SUSANA REYES JIMENEZ DE PEÑALBA. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 28 de Septiembre del año 2017. Correspondiente al expediente No. 661201703245.

JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 14994. FC350856


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Legales by El Nuevo Diario - Issuu