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Legales

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MIÉRCOLES 20 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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Legal

Diversos


MIERCOLES 20 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA

Exp. No. 662201706089 Se hace de público conocimiento que el día 25 de septiembre del año 2017, a las 10:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente al Deslinde sobre el inmueble identificado como: P. NO. 46, DEL D.C. 9 del Municipio San Felipe de Puerto Plata, Provincia Puerto Plata, propiedad de ANTERO REYES MERCADO Y FELICIA DIGNORA LÓPEZ VALERIO.

Exp. No. 662201706090 Se hace de público conocimiento que el día 25 de septiembre del año 2017, a las 1:00 p.m., se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente al Deslinde sobre el inmueble identificado como: P. NO. 46, DEL D.C. 9 del Municipio San Felipe de Puerto Plata, Provincia Puerto Plata, propiedad de RAMÓN AGUSTÍN LÓPEZ VALERIO.

Vista la Autorización No. 663201708602, el día Lunes Veinticinco (25) del Mes de Septiembre del Año 2017, a las 10:00 A.M., daremos inicio al levantamiento para Deslindar una porción de terreno con área de 632.20 Metros Cuadrados, dentro de la Parcela No. 56-B-1-A, del Distrito Catastral No. 3, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo; la porción a Deslindar se encuentra ubicada en la Av. Las Palmas No. 43 esquina Calle Primera del Sector Las Caobas, Santo Domingo Oeste, derechos registrados a nombre de la Sra. BRIGIDA PEÑA DIAZ.

Agrim. Nattier Ernesto Pérez M. Codia No. 28975

Agrim. Nattier Ernesto Pérez M.

AGRIM. RAMON IGANACIO GOMEZ BAEZ Codia No. 10585

Fp92659

Codia No. 28975 Fp92659

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis sobre divorcio, se hace de público conocimiento: Que en fecha diecisiete (17) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), la Quinta Sala Civil de Asuntos de Familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó la Sentencia Civil No. 2017-SSEN-00151, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el Divorcio por la causa Mutuo Consentimiento entre los señores VICTOR MANUEL JIMENEZ BE LLIARD y MILAGROS EDUVIGIS DILONE RODRÍGUEZ, según lo pactado por ellos en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento marcado con el número 18, folio 32, de fecha 22/03/2017, instrumentado por el Licenciado José Rafael Rodríguez, Notario Público de los del Número para el Municipio de Santiago. Ordena a la parte más diligente, proceder a hacer transcribir la presente sentencia y a pronunciar el referido divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, conforme fuere de derecho. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. Firmada por: La Magistrada Belsedy Denise Hernández, y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria. El Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Villa González, pronunció y transcribió dicho divorcio en el Libro No. 00001, Folio No. 0171, Acta No. 000086, Año 2017, en fecha 15 de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. LUÍS ROSA VALERIO ABOGADO. AVISO DE DIVORCIO (Publicación de divorcio)

FC350417

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dom. se hace de público conocimiento que la PRIMERA SALA DE LA CAMARA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2017-SSEN-01018 en fecha 23 del mes de junio del año 2017, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en la audiencia de fecha 22/05/2017 en contra de YUDELKA HENRIQUEZ ROSARIO, por falta de comparecer no obstante citación. SEGUNDO: Admite el Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre JUAN NEURY ESPINAL ACOSTA Y YUDELKA HENRIQUEZ ROSARIO. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el Divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al Ministerial LUIS ANTONIO DURAN DURAN, Alguacial de Estrados del Tribunal Especial de Tránsito G-1 del municipio de Jarabacoa, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma: Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza y Dilia Cristina Mariot Torres, Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil del Municipio de JARABACOA, transcrito en el Libro No. 3, Folio 9, Acta No.205 en fecha 12 de septiembre del año 2017. En la ciudad, municipio JARABACOA y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 20 días del mes de septiembre del año 2017.

EN CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES ART. 42 DE LA LEY NO. 1306 BIS, SOBRE DIVORCIO, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO LO SIGUIENTE: Que en fecha Veinticinco (25) del mes de Enero del año Dos Mil Diecisiete (2017); La Cámara Civil, Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Samaná, dictó la sentencia civil de Divorcio marcada con el número 00018/2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Se Declara buena y válida la presente demanda de Divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha en fecha hábil y de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo, admite el Divorcio por mutuo consentimiento, entre los señores ANGEL SALVADOR PERREAUX Y GINNET MARIA DE LEON GREEN DE PERREAUX, por haber sido hecho de acuerdo a la ley, y se acoge en todas sus partes el acto de Estipulación y Convenciones, marcado con el acto número Sesenta (60), de fecha Veintiocho (28) del mes de Junio del año 2016, de la LICDA. CARLITA RAMON ESPINAL, Notario Público de los del número para este Municipio de Samaná; TERCERO: Se compensan las Costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos. Y por esta sentencia así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (FDO.) MAG. HARDYS YDALISIS WILLMORE KING, Juez Interina de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná, y LISANIA PATRICIA NIN JAVIER, Secretaria. El presente divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Samaná, el día Veintitrés (23) del mes de Agosto del año 2017, inscrito en el Libro No. 00001, de registro de Divorcio, Folio No. 0057, Acta No. 000057, del año 2017. En la ciudad de Santa Bárbara de Samaná, a los Dieciocho (18) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

DR. LUIS RAFAEL DIAZ GARCIA, Abogado.

DR. WILSON PHIPPS DEVERS, Abogado.

(AC-11831-PT)

“CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL DR-367 TRABAJANDO PARA CRISTO” UBICADO EN LA CALLE HERNANDO GORJON NO.46, A ZUA DE COMPOSTELA, REPÚBLICA DOMINICANA 809-521-5183.

En cumplimiento de las disposiciones del la Ley No. 1306-bis, sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: que en fecha treinta y uno (31) del mes de Mayo del año 2017, la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, mediante sentencia Civil No. 492 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ratifica el defecto pronunciado en la audiencia en contra de la parte demandada JULIAN DURÁN PERALTA, por falta de comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores MARILYN GÓMEZ ABREU Y JULIAN DURÁN PERALTA. TERCERO: ORDENA que las partas demandantes o el que haga de parte diligente comparezca por ante el oficial del Estado Civil correspondiente a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia. Previo cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial LIC. ANGEL CASTILLO M. alguacil de Estrado de la Segunda Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para la notificación de la presente sentencia. Por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Fdos, MAGISTRADA Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza de la Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega. Josefina Paulino Batista, Secretaria. Así mismo se hace saber que en fecha doce (12) del mes e septiembre del año 2017, el oficial del Estado Civil de la Circunscripción de la 1ra de JARABACOA procedió a transcribir la referida sentencia en el libro No. 00003, de registros de divorcio bajo el acta No. 000207, folio No. 0013, año 2013, así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Jarabacoa, Provincia La Vega, República Dominicana, hoy día diecinueve (19) del mes de septiembre del año 2017.

Mediante la resolución 099ONG-2017, de fecha 11 de Agosto del año dos mil diecisiete (2017), la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, concede el beneficio de la incorporación al: “CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL DR-367 TRABAJANDO PARA CRISTO”; con su domicilio en la calle Gastón Fernando Deligne No.46, sector el Prado, buenos Aires y el Caliche, Azua de Compostela, República Dominicana. EL CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL DR-367 TRABAJANDO PARA CRISTO, está dirigido y administrado por una Junta Directiva compuesta de la manera siguiente: BIENVENIDO DEL MILAGRO MATOS, Presidente; MERCEDES LEADINA BELTRÉ PÉREZ, Secretaria; ÁNGELA MERCEDES CALDERÓN, Tesorera; SILVERINA MÉNDEZ TRINIDAD, Primer Vocal; CRISTÓBAL FAMILIA CASTILLO, Segundo Vocal y DIANA ALTAGRACIA RAMÍREZ DE ALONZO, Tercer Vocal. Tiene como objetivos principales: La beneficencia, de interés y utilidad común, así como el mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar de los niños y niñas en extrema pobreza. Estos fines conllevan al desarrollo espiritual, económico, emocional y cultural del niño, de modo que a través de ellos podamos impactar de manera directa a sus familiares. Esta publicación se hace en cumplimiento del Art. 5 de la Ley sobre la materia.

LICDA. JOSELYN FERNANDEZ DOMINGUEZ. ABOGDA APODERADA.

MERCEDES LEADINA BELTRÉ PÉREZ, Secretaria.

(RCDEP-6645-WP)

AVISO DE INCORPORACIÓN

BIENVENIDO DEL MILAGRO MATOS, Presidenta.

FC 350403

FC 350387

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306 Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Veintinueve (29) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete, (2017), LA SEXTA (6TA.) SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, mediante la Sentencia Civil No. 531-2017-SSEN-01727 se ordenó lo siguiente: FALLA: UNICO: HOMOLOGA el acto de estipulación y convención No. 6-2017, firmado por los cónyuges Próspero Antonio Leonardo Capellán y Eulalia Adames Nivar, de fecha 4 del mes de mayo del 2017, por ante la Dra. Zahíra Reyes Rosó, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, en consecuencia: A: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Próspero Antonio Leonardo Capellán y Eulalia Adames Nivar; B: Ordena al Oficial del Estado Civil Correspondiente pronunciar el presente divorcio. C: Compensa las costas del procedimiento, por las razones indicadas. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: HONORIO ANTONIO SUZAÑA, JUEZ; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día 31 del mes de Agosto del año 2017, bajo el Libro Letra B, Folio No. 19799. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

LICDO. JULIO CESAR ALCANTARA TERRERO, Abogado. FC 350386

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306 sobre Divorcio, se hace de Público conocimiento lo siguiente. Que en fecha Diecisiete (17) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en asunto de Familia dictó la Sentencia No.532-2017-SSEN-01527 EXP.No.532-2017 ECON-0130 (17/8/2017) cuyo dispositivo copiado textualmente dice Así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y Válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores PATRICIO ANTONIO MONTERO CABRAL Y SCARLET AURELINA BATISTA, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia a) Declara disuelto el vínculo Matrimonial entre los señores PATRICIO ANTONIO MONTERO CABRAL Y SCARLET AURELINA BATISTA, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.78/2017 instrumentado en fecha 30 de junio del 2017, por ante el Licdo. Miguel Peguero Pichardo, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los Motivos Expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente Divorcio. Así Manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. La Presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salce, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma lo que certifico con mi firma y sello del tribunal Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria Auxiliar. El Presente divorcio ha sido pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 2da. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Once (11) del mes de septiembre del año Dos Mil Diecisiete (11/04/2017) el cual ha sido inscrito en el Libro 00004, Folio 00056, Acta 000302 del año 2017. En La Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Veinte (20) días del mes de Septiembre del Año Dos Mil Diecisiete (2017).

Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de conocimiento publico, que en fecha Veinticinco (25) del Mes de Abril del Año Dos Mil Diecisiete (2017), La Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dicto una sentencia marcada con el No. 00842-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra de la parte demandada señor Pablo Garysan Garcia Santana, por no comparecer no obstante citación; SEGUNDO: ADMITE, el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Pablo Garysan Garcia Santana y Joseannette Laudimar Hilario Peguero; TERCERO: OTORGA la guarda de Miriam Sahir Miguel a favor de su madre Joseannette Laudimar Hilario Peguero; CUARTO: Fija en la suma de Doce Mil Pesos (RD$12,000.00) la pensión alimentaria que tendrá que pagar el señor Pablo Garysan Garcia Santana, los días Treina (30) de cada mes, en manos de Joseannette Laudimar Hilario Peguero; QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial de Estado Civil correspondiente; SEXTO: Comisiona al ministerial Robinson D. Silverio Perez, Alguacil de Estrados de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia; SEPTIMO: Compensa las costas del procedimiento. DADA Y FIRMADA ha sido dada la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la cual expido, firmo y sello a solicitud de la parte interesada, hoy día, trece (13) del mes de Junio del año dos mil diecisiete (2017); la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día ocho (8) del mes de Junio del año dos mil diecisiete (2017), en el Libro Letra A, No. 13488. La Sentencia de divorcio que antecede fue pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la 11VA. Circunscripción del Distrito Nacional, República Dominicana, en fecha Once (11) del Mes de Septiembre del Año Dos Mil Diecisiete (2017), y trascrito en el Libro de Registro de Divorcio No. 00005, Folio No. 0021, con el Acta No.000322, del Año 2017. Esta publicación de Divorcio ha sido autorizada por los infrascritos abogados, hoy día Miércoles que contaremos a Veinte (20) del Mes de Septiembre del año 2017.

De acuerdo con la Ley 1306 Bis sobre Divorcio, se hace constar que la Magistrada Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza Suplente de la Sexta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la SENTENCIA CIVIL NO. 531-2017-SSEN-01019, de fecha 29 de marzo del año 2017; cuya parte dispositiva reza de la manera siguiente, cuya parte dispositiva reza de la manera siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Julio Cesar Fernández Félix y Miceli Cristina Flores Duran, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 05, instrumentado en fecha 31 del mes de enero del 2017, por ante la Licda. Arcenilia Merán De Los Santos, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La Sentencia que antecede ha sido firmada por la Magistrada antes indicada y por Mirtha M. De La Cruz (Secretaria), el mismo día, mes y año citados, la cual fue leída en audiencia pública y publicada por la Secretaria antes indicada; pronunciándose dicha sentencia por ante el Oficial de Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 23 del mes de agosto del año 2017, Libro No. 00004, Folio No. 0123, bajo el Acta No. 000247, año 2017.

LIC. IVAN ANDRES DIAZ FERRERAS, por si y por el DR. JOAQUIN DIAZ FERRERAS Abogado Apoderado.

Licda. Paloma Dennys Cisnero Sánchez, Abogada Apoderada.

LICDO. SOCRATES MANUEL ALVAREZ, Abogado. FC 350410

FC350396

FC 350391


MIERCOLES 20 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 15

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

TEXTO PUBLICACION

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO MUTUO CONSENTIMIENTO.

Se hace de público conocimiento, que el día que contaremos a Lunes (25) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017) a las Diez (10:00a.m.) horas de la mañana, en el Mercado de Publico de Honduras ubicado en la Calle Correa y Cidrón Esq. Calle Primera, Sector La Paz, de la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, del bien mueble siguiente: “ UNA CAMIONETA, MARCA TOYOTA, MODELO HILUX, PLACA L222515”. Este mueble ha sido embargado a la señora DULCE YUDELKA ENCARNACION POLANCO, a requerimiento de la Sociedad Comercial GRUPO SE, SRL (como continuador jurídico SERULLE ESPAILLAT COBROS, SE COBROS, SRL) y persecución de la LICDA. ANA VIRGINIA SERULLE, dominicana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-09198932-4, abogado de los Tribunales de la República, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. En virtud del acto de embargo No. 268/2017, de fecha Quince (15) del mes de Septiembre del año 2017, instrumentado por la Dra. Latife Domínguez Alam. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día Veinte (20) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

De conformidad a lo establecido en los Estatutos Sociales y la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la COMPAÑÍA “REFRICENTRO POLINE & MARTINEZ, S.A.” a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía “PROMIDEC S.A.”, la cual se denominará “REFRICENTRO POLINE & MARTINEZ, S.R.L.” la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la empresa tendrá como objeto social el SERVICIOS DE VENTAS, INSTALACION, DISEÑOS Y MANTENIMIENTOS DE SISTEMAS DE REFRIGERACION, así como toda clase de actividad relacionada con el objeto principal y lícito comercio; el domicilio de la empresa estará ubicado en la calle Bohechío Sosa No. 13, San Gerónimo, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; con un capital de Quinientos Mil Pesos Dominicanos; la empresa será administrada por uno o varios gerente(s), designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad sobre el último año social y sobre la pertinencia de la transformación, se convoca a los accionistas de la COMPAÑÍA “REFRICENTRO POLINE & MARTINEZ, S.A.” a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la Compañía el día veinte (20) del mes Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial estará a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinte (20) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

De conformidad con lo que establece el artículo 42 de la Ley 1306 Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha Diecisiete ( 17) del mes de Agosto del año 2017, la CAMARA DE LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, SEPTIMA SALA, especializada en asuntos de Familia DICTO la SENTENCIA CIVIL No. 532-2017-SSEN-1515, cuyo dispositivo dice así: F A L L A : PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Apolinar Nova Dipre y Cristina Mileny Casilla Benzant, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los esposos Apolinar Nova Dipre y Cristina Mileny Casilla Benzant, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 0019-2017, instrumentado en fecha 6 del mes de junio del año 2017, por ante la Dra. Carmen Maribel Pilarte, Abogado Notario Público de los del Numero del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma; Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salce, el mismo día, mes, y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del Tribunal. Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria Interina. El Divorcio admitido por la presente sentencia, cuya parte dispositiva ha sido copiada más arriba, fue pronunciado por ante el oficial del Estado Civil de la DECIMA (10ma.) Circunscripción del Distrito Nacional, inscribiéndose bajo el libro No. 00004, acta No. 000268, folios No. 0185, de fecha 15 del mes de SEPTIEMBRE del año 2017.

Vendutero Público. FC 350420

Venta en pública subasta proceso embargo inmobiliario. En virtud de lo que establece la ley y nuestro c. p. c. se hace de público conocimiento la venta en pública subasta que será para el día 10 de octubre de año 2017, en la Cámara Civil y Comercial de San Cristóbal, cito calle padre Borbón número 15 edificio Máximo Puello Renville, en uno de los salones del tercer piso del Palacio de Justicia esta de San Cristóbal, a las 9: a.m. consistente en UNA CASA CONSTRUIDA EN TRES HABITACIONES, COCINA, UN BAÑO PAREDS DE BLOKS DEPENDENCIAS Y ANEXIDADES CONN UNA AREA TOTAL DE CONSTRUCCION DE 200 METROS CUADRADOS DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA NUMERO 01 DEL DISTRITO CATASTRAL NUMERO 02, DE SAN CRISTOBAL SEÑOR JOSE DEL CARMEN BRITO,: AL SUR RESTO DE LA PARCELA Y AL OESTE DARIO NIVAR . Proceso de embargo perseguido por INVERSIONES PALOMA DEL SUR entidad organizada de acuerdo con las leyes dominicanas domiciliada y residente en la avenida libertad numero 44 debidamente representada por PLACIDO EDUARDO JIMENEZ CALDERON, perseguido WILFREDO CABRAL, 1-Mandamiento de Pago de fecha (12) del mes de AGOSTO del año dos mil DIEZ Y SEIS (2016).2.-Proceso Verbal de Embargo Inmobiliario, de fecha (13) del mes de SEPTIEMBRE del año dos mil diez y seis (2016). 3.- Denuncia de Embargo Inmobiliario de fecha (29) del mes de SEPTIEMBRE del año dos mil diez y seis (2016) El proceso de embargado WILFREDO CABRAL domiciliado y residente de esta ciudad de San Cristóbal, de ocupación comerciante. Puja de un CIENTO CINCO MIL PESOS ($105,000.00) para ser licitador deberá pagar el diez por ciento (10%) del valor de la primera puja depositado en la secretaria del tribunal.

FC 350383

LICDO. MANUEL ESTEBAN SURIEL RUIZ. Abogado.

AVISO DE DIVORCIO Se hace de conocimiento general que la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dicto la Sentencia Civil núm. 531-2017-SSEB-01796, el doce (12) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), mediante la cual admitió el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos ELVIS ALEXANDER MEJÍA PÉREZ y SHARIK LEZLIE RODRÍGUEZ RESTITUYO la cual dice así: “PRIMERO: [...] en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Elvis Alexander Mejía Pérez y Sharik Lezlie Rodríguez Restituyo, de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio de conformidad con en el acto núm. 15, instrumentado en fecha 04 del mes de abril del 2017, por el Lic. Apolinar Torres López, Notario Público de los del número para el Distrito Nacional por los motivos expuestos”. El divorcio fue pronunciado ante el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, el 19 de septiembre de 2017, quedando en el Libro núm. 00018, Folio núm. 0171, Acta núm. 001767 del Año 2017, de los Registros de Divorcios. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017).

LIC. ÁNGEL LEONEL CANÓ R. Abogado Apoderado FC350413

“NOHI COMERCIAL, E.I.R.L.” Capital Social: RD$10,000.00 Registro Mercantil No. 140386SD RNC No.131-64420-1 AVISO DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA De conformidad con la ley 479-08 de fecha 11 de Diciembre del año 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, y sus modificaciones contenidas en la ley 31-11, de fecha 8 de Febrero del año Dos Mil Once (2011), por este medio se hace de conocimiento general la constitución de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada NOHI COMERCIAL. El acto de Constitución de la Referida Empresa, fue realizado por el propietaria JUAN JOSE NOVAS FABIAN, dominicano, mayor de edad, soltero, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-1141059-3, domiciliado y residente en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; ante el Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, Dr. Francisco Comarazamy Hijo, en fecha Dieciocho (18) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), en el referido acto constitutivo se estableció lo siguiente: A) El Propietario constituye una Empresa Individual de Responsabilidad Limitado (E.I.R.L.) que se denominará “NOHI COMERCIAL Empresa Individual de Responsabilidad Limitada” (NOHI COMERCIAL, E.I.R.L.), la cual estará regida por las leyes de la República Dominicana, y las condiciones del Acto Constitutivo; B) NOHI COMERCIAL, E.I.R.L, tendrá como objeto social: venta de productos ferreteros, la Importación, Representación, Distribución, promoción compra y venta de productos de consumo masivo, así como cualquier otra operación relacionada con este objeto; C) El domicilio sociedad está ubicado en la Manzana O, Apto. Num.302, Edificio 14, Cuidad Real II, de la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; D) El capital social es de DIEZ MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$10,000.00), según consta en el comprobante de depósito emitido a favor de la Empresa en fecha Quince (15) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), por el Banco BHD León; E) Los bienes de la Empresa forman un patrimonio independiente y separado de los demás bienes del Propietario. El Propietario no será responsable por las deudas de la Empresa si ha realizado los aportes declarados a la Empresa. La Empresa responderá sola por sus obligaciones con su patrimonio. La Empresa no responderá de las deudas del Propietario, salvo de aquellas anteriores a su formación, cuando hayan sido inscritas en el Registro Mercantil en los Tres (03) meses siguientes a la publicación del extracto del acto constitutivo de la Empresa; F) La duración de la empresa es por tiempo indefinido; G) Se designó como primer gerente al Propietario JUAN JOSE NOVAS FABIAN; H) El ejercicio empresarial será anual y coincidirá con el año natural. El Acto Constitutivo fue debidamente registrado ante La Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, en su Departamento de Registro Mercantil, donde recibió el Registro No. 140386SD. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

JUAN JOSE NOVAS FABIAN, Propietario de la Empresa. FC 350406

FIRMADO: LIC. RHINÁ EUGENIA OGANDO Abogada de los esposos Divorciantes.

LUIS TOMAS POLINE MARTINEZ, Presidente. FC 350392

FC350408

BUFETE DE ABOGADOS, PAEZ-MUESES-CASTILLO & ASOCIADOS. ABOGADOS- NOTARIOS- ASESORES. Santo Domingo, Distrito Nacional. Calle San Francisco de Macorís No.99, Edificio Tejera II, suite A-1, D.N. Tel.809- 688-6037; 809-688-1100; email: paezmuesescastillo@yahoo.com.

PUBLICACION DE DIVORCIO. En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42, de la Ley No.1306 Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento lo siguiente: (A) Que en fecha 17 de Agosto del año 2017, La Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó en sus atribuciones Civiles y en Materia de Divorcio, la Sentencia No.532-2017-SSEN-01530, derivada del expediente No.532-2017-ECON-01312, cuyo dispositivo es el siguiente: F A L L A: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma, la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Nelson Augusto Herrera Barinas e Ivanna Beatriz Hernández Brea, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial que existente entre los señores Nelson Augusto Herrera Barinas e Ivanna Beatriz Hernández Brea, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No.8, instrumentado en fecha 9 de Julio del 2017, por ante el Dr. Diego Mueses de los Santos, Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos; TERCERO: A) Otorga la guarda y cuidado del menor de edad Nelson Ismael, a cargo de la señora Ivanna Beatriz Hernández Brea; B) HACE CONSTAR que el padre señor Nelson Augusto Herrera Barinas, se compromete al pago de una pensión alimenticia de tres mil pesos dominicanos (RD$3,000.00) mensuales; y acordado mediante el acto de convenciones y estipulaciones No.8, instrumentado en fecha 9 de Julio del 2017, por ante el Dr. Diego Mueses de los Santos, Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos; CUARTO: Ordena al Oficial del Estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio; Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. La Presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salce, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal: (Firma: Magalis Anairis Santana Melenciano, Secretaria Auxiliar); (B) Que en fecha 08 del mes de Septiembre del presente año dos mil diecisiete (2017), fue pronunciado el divorcio por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del D. N., Asentándose en el Libro No.00004 de Registro de Divorcio, Folios No.0051, Acta No.000300, Año 2017; La presente publicación requerida por la ley, ha sido autorizada por el infrascrito abogado, en la ciudad de Santo Domingo, D. N., a los Diecinueve (19) días del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. DAVID SALDIVAR CASTILLO. Abogado. FC330419

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLES Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que conforme a los avisos ya publicados en este mimo diario y a requerimiento del secretario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Independencia, la venta de los inmuebles embargados ha sido fijada para el día que contaremos a nueve (09) del mes de octubre del año dos mil diez y siete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Independencia, en sus salones de audiencias públicas, sito en la calle 27 de Febrero, Esq. Duarte No. 6, edificio del Palacio de Justicia de Independencia (municipio de Jimaní), se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador de los siguientes inmuebles: 1.- Inmueble identificado como 203333965012, que tiene una superficie de 627.78 metros cuadrados, ubicado en Duvergé, provincia Independencia, propiedad de ROQUE FROILAN PEÑA MERCEDES, con matrícula No. 2300004143. 2.- Inmueble identificado como 203333965239, que tiene una superficie de 217.78 metros cuadrados, ubicado en Duvergé, provincia Independencia, propiedad de ROQUE FROILAN PEÑA MERCEDES, con matrícula No. 2300004142. Dichos inmuebles han sido embargado en perjuicio del señor ROQUE FROILAN PEÑA MERCEDES, dominicano, mayor de edad, soltero, con cédula de identidad y electoral No. 020-0009697-0, domiciliado y residente en la casa No. 2, de la calle Apolinal Perdomo, del municipio de Duvergé, provincia Independencia, a diligencias y persecución del señor MARIO ENRIQUE RAMIREZ RAMIREZ, dominicano, mayor de edad, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 012-0003126-6, domiciliado y residente en la calle Prolongación Eusebio Puello, casa No. 5, en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales al DR. CARLOS ML. MERCEDES PEREZ ORTIZ y LICDOS. CARLOS AMERICO PEREZ SUAZO y JUNIOR RODRIGUEZ BAUTISTA, dominicanos, mayores de edad, casado el primero y soltero los segundos, con cédula de identidad y electoral No. 012-0011745-3, No. 012-0094742-0 y No. 012-0094565-5, con matrícula del Colegio de Abogados de la República Dominicana No. 7476-199-89, No. 41788-247-10 y 41880-298-10, con celulares 809399-6295 y 809-608-6042, con estudio profesional abierto en la casa No. 10, calle Areito de San Juan de la Maguana, y domicilio ad-hoc en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia de Independencia ubicado en la calle 27 de Febrero, Esq. Duarte No. 6, edificio del Palacio de Justicia de Independencia en cuyo lugar mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto. ACTOS NOTIFICADOS: Acto No. 30/2007, de fecha diez (10) del mes de abril del año dos mil diez y siete (2017), contentivo del Mandamiento de pago a fines de embargo inmobiliario; notificado por el ministerial Carlos Manuel Pérez Florentino, Alguacil de Estrados del Juzgado de Paz del municipio de Duvergé. Proceso Verbal de Embargo Inmobiliario mediante Acto No. 25/2017, de fecha 29 de mayo del año dos mil diez y siete (2017), del Protocolo del Notario Público MARCOS AURELIO PEREZ VOLQUEZ, de los del números del municipio de Duvergé, Acto No. 50/2017 de fecha dos (02) del mes de junio del año dos mil diez diecisiete (2017), contentivo de Denuncia del Proceso Verbal de Embargo Inmobiliario, notificado por el Ministerial CARLOS MANUEL PEREZ FLORENTINO, Alguacil de Estrados del Juzgado de Paz del municipio de Duvergé. Dicho embargo inmobiliario fue inscrito por ante el Registro de Títulos de Neyba, en fecha 06 de junio del 2017. El precio de la primera puja será la suma de TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANOS (RD$3,000,000.00), más los intereses, gastos legales y honorarios, debiendo todo subastador, por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado. En la ciudad de Jimaní, provincia Independencia, República Dominicana, hoy día diez y nueve (19) del mes de septiembre del año dos mil diez y siete (2017).

LICDO. CARLOS AMERICO PEREZ SUAZO, Por sí y por el DR. CARLOS ML. MERCEDES PEREZ ORTIZ y LICDO. JUNIOR RODRIGUEZ BAUTISTA, Abogado del Persiguiente. FC 92647

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el Art. 22 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, la SRA. ADALGIZA COLON, dominicana, mayor de edad, domiciliada y residente en la casa marcada con el Km. 22 de la autopista Duarte, Carretera Duarte Vieja No. 22, la Guayiga, Municipio Santo Domingo Oeste, provista de la cédula de identidad y electoral No. 001-1626391-4, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. JOSÉ RAMÓN MATOS LOPEZ, Dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, provisto de la cédula de identidad y Electoral Nos. 001-0794783-0, con estudio profesional abierto en la casa marcada con el No. 192 alto, Apto. 201, de la Av. José Contreras, lugar donde dicha señora hace formal elección de domicilio, para todos los fines y consecuencias legales del presente acto, AVISA a su legítimo esposo, SR. MAURO ZUCCA, cuyo último domicilio conocido por su esposa, fue en la casa marcada con el No. 21, de la calle Seis (6), en el sector de Honduras, en esta ciudad, que el día Lunes que contaremos a Veinticinco (25) del presente mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), se procederá a emplazar en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Santo Domingo Oeste, de la Provincia Santo Domingo, a fin de que comparezca, por ministerio de abogado, el día jueves que contaremos a Cinco (05) del mes de Octubre, del Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, a la audiencia que a puerta cerrada, se celebrará en la Sexta (6ta) Sala de la Cámara Civil y Comercial para asuntos de familia del Juzgado de Primera Instancia del Municipio Santo Domingo Oeste, ubicada en la Av. Las Palmas No. 52, Esq. Calle Tercera, en Las Caobas, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, fecha en que se conocerá de la demanda de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres interpuesta en su contra por su legítima esposa, SRA. ADALGISA COLON. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Quince (15) días del mes de Septiembre, del año Dos Mil Diecisiete (2017).

DR. JOSE RAMON MATOS LOPEZ, Abogado. FC 350331

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento público y en cumplimiento a las disposiciones del artículo 22 de la Ley No. 1306Bis, sobre divorcio, el señor NESTOR HUGO PERALTA PAEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 402-2611973-9, domiciliado y residente en la isla de Puerto Rico y accidentalmente en la calle General Santana No. 8 de esta Ciudad de Miches, por medio de su abogado apoderado; DR. RAFAEL DE JESUS CANDELARIA KELLY, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.029-0000455-3, Abogado de los Tribunales de la República con matrícula No.12768, con estudio profesional abierto en la calle General Santana No.8 de esta Ciudad de Miches, por medio del presente aviso advierte a su legítima esposa, señora GLADYS MILAGROS FELIZ CABRERA, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 093-0053486-5, demás generales ignoradas y domicilio desconocido; que a falta de información de su domicilio actual, se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día 21 del mes de Septiembre del año 2017, a las 11:00 horas de la mañana en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de El Seiba, en su despacho del palacio de Justicia de la Primera Planta, ubicado en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, así como en la puerta del Tribunal donde se conocerá de la demanda indicada, para que comparezca el día MARTES, que contaremos a 03 del mes de OCTUBRE del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana, a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, en atribuciones civiles, ubicada en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, En la Ciudad, Municipio y Provincia de El Seibo, República Dominicana a los 15 días del mes de Septiembre del año 2017.

DR. RAFAEL DE JESUS CANDELARIA KELLY, Abogado del Demandante. FP 350307

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento a lo establecido por la Ley No. 2153 del 21 de Noviembre de 1949, la cual agrega un párrafo al Art.22 de la Ley 1306-BIS, sobre divorcio, modificado por la Ley No. 112 del 23 de Marzo de 1967, G.O9027 se advierte a la señora ALTAGRACIA ROSARIO HOLGUÍN, que su último domicilio conocido fue en la Manzana 02, Edificio 04, Apartamento 1-B, Los Frailes II, Barrio Nuevo, Municipio Santo Domingo Este, de esta ciudad, y que a falta de información sobre su actual domicilio y residencia, su esposo, el señor GEORGE ENRIQUE BAUTISTA UBRI, por intermedio de su Abogado apoderado y constituido especial el DR. EUGENIO DE LA ROSA PEREZ, dominicano, mayor de edad, soltero, Abogado portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0897632-5, miembro del Colegio de Abogados de la República Dominicana; registrado bajo la matrícula No.9292-369-90, domiciliado y residente en esta Ciudad del Municipio Santo Domingo Este, con estudio profesional abierto en la Calle 30 de Mayo, Edificio 6 Apartamento 1-D, Los Frailes II, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este aviso, así como para el procedimiento que se indica más adelante, advierte a su legitima esposa señora ALTAGRACIA ROSARIO HOLGUIN; procederá a emplazarla en fecha (26) de septiembre del 2017, en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, o quien haga sus veces, para que el día (10) del mes de octubre del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana, comparezca como fuere de derecho por ante la CUARTA SALA DE LA CAMÁRA CIVIL PARA ASUNTO DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, en sus atribuciones civiles en materia de divorcio, el cual celebra sus audiencias a puertas cerradas en uno de los salones del Edificio de la calle Hermana Carmelita Teresa de San José, (Antigua Calle 17), No. 3, Ensanche Ozama, esquina Club Rotario, Municipio Santo Domingo Este. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los (13) días del mes de septiembre del año de 2017.

DR. EUGENIO DE LA ROSA PÉREZ, -Abogado del demandanteFI 12347


MIERCOLES 20 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL AVISO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento de lo establecido en la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (Ley 64-00) y el Reglamento y Procedimiento para la Consulta Pública en el Proceso de Evaluación Ambiental, SE CONVOCA a las organizaciones y PUBLICO EN GENERAL de las comunidades de Maricao y Mal Nombre, a participar en la Segunda Vista Pública para presentar los Resultados del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Lotificación Residencial Prados de Dajao, Código 14464, el sábado 23 de septiembre del año en curso, a las 3:30 P.M. en la Escuela Básica de Maricao, Km.20, carretera Santo Domingo-Yamasá.

Expediente 663201703216 Se hace de público conocimiento que para el día 31/9/2017, a las (10:00 AM) de la mañana, se realizarán los trabajos de DESLINDE dentro del ámbito del Solar 75-A-3-PORC S del Distrito Catastral No. 08 del municipio Bajo de Haina, provincia San Cristóbal, es propiedad del señor RAFAEL PARMENIO RODRIGUEZ BISONO.

Ing. Leslie De Jesús Checo Coord. Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto. Reg. No. 07-385.

AGRIM. JOSE FRANCISCO SANCHEZ DE LA ROSA, Codia No. 19403. Tel. 829-682-5363.

FC 350377

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

Expediente 663201704333 Se hace de público conocimiento que para el día 30/9/2017, a las (10:00 AM) de la mañana, se realizarán los trabajos de DESLINDE dentro del ámbito del Solar 140 del Distrito Catastral No. 15 de Santo Domingo Este, Santo Domingo, propiedad del señor ANGEL LUIS ARAMBILET ALVAREZ.

Se hace de conocimiento público, que el día 26 de Septiembre del 2017, a las 10:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de nueva mensura y división para constitución de condominio dentro de la parcela No. 309437375172 del Municipio de Los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo, ubicado en la Autopista Duarte Km. 14, Los Alcarrizos. Propiedad de RANDA INTERNACIONAL COMPANY, E.I.R.L. Expediente No. 663201708374. Estos trabajos serán practicados por el Agrim. CARLOS ML. GUANCE, CODIA 9671, teléfono No. 809-508-6272.

AGRIM. JOSE FRANCISCO SANCHEZ DE LA ROSA, Codia No. 19403. Tel. 829-682-5363.

CARLOS ML. GUANCE, Agrimensor.

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.0510087897 fecha de apertura 19/09/2016, expedido por valor de RD$1,840,000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

ANTONIO CONFESOR FELIX, Depositante. (MDC-AC-11836-WP-ENV-20-21-22/09/2017)

PÉRDIDA DE CARTA CONSTANCIA No. 59-1655, con una porción de terreno de 220 Mts2, dentro del ámbito de la parcela No. 39, del D. C. No. 39, del Dist. Catastral No. 16, del D.N., con las siguientes colindancias: al Norte, Sur y Oeste, resto de la parcela y al Este Av. Charles de Gaulle. Dicho acto fue inscrito el mismo día 13 de octubre del 1999, bajo el No. 1870, folio 468, del Libro de Inscripciones de actos traslativos de Prop. Inmobiliaria, a nombre de CARLOS SILVERIO NÚÑEZ, Ced. Vieja 348658 y la nueva 0011642022-5.

BRAILYN ARSENIO CABRERA PÉREZ. SOLICITANTE

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO PROFESIONAL

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de conocimiento público la Pérdida del Título Académico de la Universidad de ingeniería informática a nombre de ROMNY DAVID PRENZA CONTRERAS, matrícula No. 0977293, portador de la cedula de identidad y electoral No. 008-0020329-1, expedido por la Universidad Tecnología de Santiago (UTESA), en fecha 12 de junio del año 2004, registrado bajo el número 5419, Folio No. 68 del libro de Registros de Títulos No. 5. Nota: El presente aviso se hace para solicitar el duplicado del Título académico universitario extraviado.

De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se han extraviado un (1) Certificado de Título, registrado en el Libro No. 3352, Folio 047, Designación Catastral No. 400403134212, propiedad de BONANZA DOMINICANA, S.A.S., emitido el día 26 de Julio del 2011, ubicado en Santo Domingo, Distrito Nacional, con una extensión superficial de 739.15 Metros Cuadrados.

FC350409

FC 350385

FC 350397

Venta en pública subasta proceso embargo inmobiliario.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO Conforme al Art. 696 del Código de Procedimiento Civil, se avisa que SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, en sus atribuciones civiles, la cual celebrara sus audiencias Publica en el local ubicado en la C/ Altagracia Esq. C/ Ramón Matías Mella No. 103 (altos), Villa Mella, Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, ha fijado para el día jueves que contaremos a diecinueve (19) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 AM), en audiencia de pregones, para proceder a la Venta y Adjudicación en pública Subasta, al mayor postor y ultimo subastador del inmueble siguiente: “LA MEJORA CONSTRUIDA SOBRE LA PARCELA 97, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 17, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 345. METROS CUADRADOS, UBICADO EN EL CAMPECHITO SANTO DOMINGO NORTE, SEGÚN EL CERTIFICADO DE TITULO No.71-2132 DE FECHA 09/12/1975, en perjuicio de la señora EDRA NOEMI VASQUEZ RAMIREZ”. EL INMUEBLE OBJETO DEL PRESENTE EMBARGO INMOBILIARIO ES UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA (COLEGIO), EL CUAL CONSTA EN LA PARTE DEL FRENTE TIENE UNA SECRETARIA DEL COLEGIO, PISO DE CEMENTO, VARIOS CURSOS, BAÑO, ÁREA RECREATIVA PARA DEPORTE, DICHO INMUEBLE POSEE UN SOLO NIVEL DE CONSTRUCCIÓN Y ESTA TECHADO DE ZINC (ALUZINC). Y la misma se encuentra: DICHO COLEGIO ESTA UBICADO EN LA CALLE PRINCIPAL #12, SECTOR CAMPECHITO (VILLA MELLA) (SANTO DOMINGO NORTE), EL CUAL TIENE EN EL FRENTE PUERTA DE HIERRO, CON MALLAS CICLONICAS, VENTANA DE METAL DE COLOR BLANCO, BAÑO, CON UNA SUPERFICIE DE 345 MTS CUADRADOS, PINTADO DE COLOR AMARILLO ENCENDIDO Y ESTÁ LIMITADO AL NORTE: RESTO DE LA PARCELA, AL SUR: EL MATADERO, AL OESTE: UN SOLAR VACIO, Y AL ESTE: LA VIVIENDA #11” PROPIEDAD DE EDRA NOEMI VÁSQUEZ RAMIREZ, de generales dominicana, mayor de edad, soltera, portador de la cedula de identidad y electoral número 001-1157786-2, domiciliada y residente en la calle principal No. 12, del sector el campechito, Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, a diligencia de FELIPE MARTE, de generales dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.001-0911874-5, domiciliado y residente en la Av. Hermanas Mirabal No. 19 Santa Cruz del Sector de Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. JESÚS LEONARDO ALMONTE CABA dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0287735-4, domiciliado y residente en el Municipio Norte de la Provincia de Santo Domingo, con estudio de abogado abierto al público en la C/ Neptuno Esquina Avenida Hermanas Mirabal No. 01 Residencial Sol de Luz del Sector de Villa Mella Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo. El Mandamiento de Pago fue notificado en fecha 20/06/2017, según acto 915/2017, de los del ministerial FÉLIX R. MATOS Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz Especial de Tránsito, Sala Cinco del D. N.; El Embargo fue trabado en fecha 26/07/2017, según acto 140/2017 del Dr. RAFAEL SANTAMARIA, Abogado Notario Público para los del número del Distrito Nacional, colegiatura No. 6296, y fue denunciado en fecha 02/08/2017, según acto 1034/2017 de los del ministerial FÉLIX R. MATOS, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz Especial de Tránsito, Sala Cinco del D. N. Los actos arriba indicados fueron transcrito por ante el registro civil y conservaduría de hipoteca de Santo Domingo Norte en fecha 01/03/2017 y se registro ante el Registro Civil Y Conservaduría De Hipoteca Del Ayuntamiento De santo Domingo Norte. El Precio de la primera puja es de: CIENTO SESENTA MIL SETECIENTOS TRECE PESOS DOMINICANOS (RD$ 160,713.00), más los gastos y honorarios del procedimiento. Las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogados, y todo licitador deberá depositar en la secretaria de la SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, tribunal que conocerá la venta, el equivalente al diez (10 %) por ciento del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque Certificado por una institución bancaria domiciliada en la Republica Dominicana, a nombre de la parte persiguiente o su abogado apoderado sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el pliego de Cargas, Cláusulas, y condiciones depositado en la Secretaría de dicha Cámara, en fecha 15/08/2017. En el municipio Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. LUÍS RAFAEL MERCADO ABOGADO FC350398

FP92663

AVISO DE PÉRDIDA ACREEDOR En cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, según el artículo 92, párrafo III de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Acreedor a favor de la COOPERATIVA LA ALTAGRACIA, INC.) expedido por el Registrador de Títulos de Santiago, sobre el siguiente inmueble: todos sus derechos sobre una porción de terreno con una superficie de 300.00 (TRESCIENTOS PUNTO CERO CERO) metros cuadrados, identificada con la Matrícula número 0200024024, dentro del inmueble: Parcela 857-CH, del Distrito Catastral número 8, ubicado en Santiago, Santiago. Emitido por la Registradora de Títulos de Santiago, registrado a nombre de SAMUEL MELO GARCÍA Y MARI YOLANDA PÉRALTA DE MELO, el acreedor correspondiente a la siguiente hipoteca inscrita: por la suma de RD$ 150,000.00, de fecha treinta y uno (31) del mes de Agosto del año dos mil cinco (2005). En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los dieciséis (16), días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con lo establecido en el artículo 92, párrafos III y IV de Registro Inmobiliario No. 108-05 y el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, por este medio se informa y se hace de público conocimiento que se ha perdido la constancia de Aporte en Naturaleza Anotada en el Certificado de Título Duplicado del Dueño Número: 401464385532, y tiene una superficie de 170.50 metros Cuadrados, Matrícula Número 0100119590, ubicado en Santo Domingo Este, el cual tiene su origen en el DESLINDE, según consta en el documento de fecha 24 de Noviembre del año Dos Mil Nueve (2009), Sentencia Emitida por la tercera Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, Inscrita en el Libro diario el 27 de Enero del año Dos Mil Diez a las 11:50 AM, por la cual el presente cancela el anterior Constancia Anotada Registrada en el libro No. 3057, Folio 039, emitida el 26 de Febrero del Dos Mil Diez (2010). En la Ciudad de Santo Domingo, Provincia Santo Domingo Este, República Dominicana, a los Siete (07) días del Mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

En virtud de lo que establece la ley y nuestro C. P. C. se hace de público conocimiento la venta en pública subasta que será para el día 10 de octubre de año 2017, en la cámara civil y comercial de san Cristóbal, cito calle padre Borbón número 15 edificio Máximo Puello Renville, en uno de los salones del tercer piso del palacio de justicia esta de san Cristóbal a las 9: a.m. consistente en UNA CASA CONSTRUIDA CON COCINA, UN BAÑO, PAREDES DE BLOCKS DEPENDENCIAS Y ANEXIDADES CON UN AREA TOTAL DE 40X50 METROS CUADRADOS EN EL CALLEJON C NUMERO 06 DEL SECTOR DE ESTEBANIA HATILLO S.C. Proceso de embargo perseguido por INVERSIONES PALOMA DEL SUR entidad organizada de acuerdo con las leyes dominicanas domiciliada y residente en la avenida Libertad número 44, debidamente representada por PLACIDO EDUARDO JIMENEZ CALDERON. Perseguida SOBEYDA ALTAGRACIA BREA; 1-Mandamiento número 349-2016 de fecha 12-AGOSTO del 2016, 2- Embargo en fecha 15 de SEPTIEMBRE 2016, 3- denuncia número 424-2016, de fecha 29 de SEPTIEMBRE 2016. El proceso de embargado perseguida SOBEYDA ALTAGRACIA BREA domiciliado y residente de esta ciudad de San Cristóbal, de ocupación comerciante. Puja de un sesenta y seis mil quinientos DE PESOS (R.D.$66,5000.00), para ser licitador deberá pagar el diez por ciento ( 10%) del valor de la primera puja depositado en la secretaria del tribunal.

Licdo. Manuel Esteban Suriel Ruiz, Abogado. FC 350383

TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MARIA TRINIDAD SANCHEZ. EL MAGISTRADO LUIS ADRIANO TAVERAS MARTE, Juez de este Tribunal de Tierras, hace de público conocimiento, mediante el Comprobante de Fijación de Audiencia, de fecha 12/09/2017, que ha sido apoderado del Expediente nuevo No. 0227-17-00591, en fecha 24/08/2017, para conocer del Proceso Contencioso, sobre el Saneamiento a la Parcela No. 410605888687, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, solicitado por el señor EUSEBIO GARCIA ABREU, a través del Agrimensor OSIRIS RAMOS TINEO, Titular de la cédula de identidad y electoral No. 0310400190-8, con motivo de la aprobación técnica dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, San Francisco de Macorís. Vistos los artículos 69 de la Constitución de la República, 1, 3, 10, 23, 25, Párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, 23 letra J, 26, 27, 44, 46 y 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original. UNICO: ORDENA al Agrimensor OSIRIS RAMOS TINEO y a todas aquellas personas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Nagua, ubicado en la calle General Emilio Conde, en la 2da. Planta del Palacio de Justicia de la Ciudad de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, a la audiencia fijada para el día Veinticinco (25) de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve hora de la mañana (9:00 a.m.), a fin de dar a conocer los derechos que considere, presentando de forma legal las pruebas en las que se basan y formulen su reclamación ante este Tribunal de primer grado. Dado en la ciudad de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, 19 de Septiembre del año 2017, años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.

FC 350388

CONFORME A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 92, PÁRRAFO III DE LA LEY DE REGISTRO INMOBILIARIO No.108-05, Y LA RESOLUCIÓN NO.43-2007, DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, DEL 1 DE FEBRERO DE 2007, SE AVISA LA PÉRDIDA DEL CERTIFICADO DE TITULO NO. 94-4454, QUE AMPARA EL DERECHO DE PROPIEDAD DE LA SEÑORA ANA GARCÍA GENERE, DEL CERTIFICADO DE TÍTULO, DUPLICADO DEL ACREEDOR HIPOTECARIO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, SOBRE EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: “Apartamento No. 2-A: SEGUNDA PLANTA: el cual consta de las siguientes dependencias: Sala-comedor, cocina, 2 terrazas, 3 dormitorios con sus closets y baño integrado, galería y área de lavado, con un área de construcción de 107 M2, ubicado dentro del Solar No. 12, Manzana 1822 del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional”; cuyo derecho de propiedad se encuentra amparado en el Certificado de Título No 94-4454, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 10 de mayo de 1994. FC 350380

AVISO A REQUERIMIENTO DEL MAGISTRADO JUEZ DEL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DE NAGUA, CITACION AUDIENCIA, PARA CONOCER SANEAMIENTO

LIC. JESÚS L. ALMONTE C. ABOGADO DEL PERSIGUIENTE.

PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO

MAGISTRADO LUIS ADRIANO TAVERAS MARTE, Juez.

PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO CONFORME A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 92, PÁRRAFO III DE LA LEY DE REGISTRO INMOBILIARIO No.108-05, Y LA RESOLUCIÓN NO.43-2007, DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, DEL 1 DE FEBRERO DE 2007, SE AVISA LA PÉRDIDA DEL CERTIFICADO DE TITULO NO. 92-5284, QUE AMPARA EL DERECHO DE PROPIEDAD DE LOS SEÑORES RAFAEL AMAURYS PUMAROL MON Y CARMEN MEJIA VASQUEZ DE PUMAROL, DEL CERTIFICADO DE TÍTULO, DUPLICADO DEL ACREEDOR HIPOTECARIO A FAVOR DEL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, SOBRE EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: “Apartamento 302, Tipo B: situado en la tercera planta en la parte Norte del edificio y con frente al estacionamiento, con un área de construcción de 185.50 M2, (incluye dos parqueos techados) y las siguientes dependencias: sala, comedor, terraza, cocina, cuarto de servicio con su baño, área de lavado, dormitorio principal con su closet y su baño, dos dormitorios, un baño y un closet para ropa blanca. El presente Condominio se denominará “RESIDENCIA ARIEL”, edificado dentro del ámbito del solar 1-Ref.-1, Manzana No. 2575, Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional. Amparado en el Certificado de Título No. 92-5284”. Expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 22 de febrero de 1994. FC 350379


MIERCOLES 20 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO POR PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO

TRASPASO

En cumplimiento del Párrafo 3 del Artículo 92 de la Ley de Registro Inmobiliario No. 108-05, se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia Anotada en el Certificado de Título Matrícula No. 3000016550, expedido a favor de Productos Alimenticios del Caribe, SRL (Duplicado del Dueño), correspondiente a la Parcela 318, Distrito Catastral No. 08, con 17,028.99 metros cuadrados, ubicado en el Municipio y Provincia de San Cristobal. Lic. Luis F. Subero S., Abogado.

Por este medio se invitan a los señores LUIS RAFAEL LACAIS Y BENEDITA PIÑA, a presentarse ante la Consultoría Jurídica del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INVI), A FIRMAR RENUNCIA DE FAMILIA Y TRASPASO DE LA VIVIENDA No.13, MANZANA A, del proyecto INVI-Cea, a favor del señor ISIDRO SANCHEZ Y SANCHEZ.

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

FC 350382

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Depósito de Alquileres No. 1-260-072122-1, emitido por la entidad BANCO AGRÍCOLA (BAGRICOLA), en fecha 26 de abril del año 2017, a favor de la señor JOAQUIN CALCAÑO BRETON, Titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0498817-5, esto es a los fines de obtener dicho certificado perdido. MANUEL EMILIO DE LA ROSA, Abogado Solicitante. FC 350384

Pérdida de Certificado Financiero No. B458826 del Banco BHD León, por un monto de RD$125,000, emitido en fecha 24 -06-2016, a nombre de BEATRIZ RUDECINDO MARTINEZ, CED. 0010394907-9. FC 350378

Al: Registro de Títulos de Santo Domingo Asunto: Pérdida de Certificado de Título Honorable Registradora: El suscritor, SALVADOR ALTAGRACIA ENCARNACIÓN PEGUERO, de nacionalidad Dominicana, mayor de edad, provisto de la Cedula de Identidad y Electoral No. 003-0014799-8, domiciliado en esta ciudad. Tengo a bien solicitarle lo siguiente: ÚNICO: Tengo a bien solicitar, me sea expedido un dublicado por perdida del Titulo de Propiedad del inmueble que se describe a continuación identificada como PARCELA No. 115-REF-J1-SUB-81, del Distrito Catastral No. 06, identificado con la matrícula No. 3000132643. A nombre de LUIS AUGUSTO SANCHEZ CASADO, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0098803-9, Expedido en fecha 2 de Abril del 2014, por la registradora de Título Eva Liz Pérez Quezada, ya que en un trayecto de mudanza se extravió dicho Título. En Santo Domingo Este, Santo Domingo, de la República Dominicana, a los 18 días del mes de septíembre del año 2017.

JULIO CESAR DE LOS SANTOS A.,

Se hace de público conocimiento, que el día Veinticinco (25) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete, (2017) a las Diez (10:00 A.M) horas de la mañana, en el mercado de Villa Consuelo, ubicado en la Calle Manuela Diez, S/N, Esquina Balora, del Sector de Villa Consuelo, del Distrito Nacional se procederá a la VENTAEN PUBLICA SUBASTA, mediante el acto numero 108/2017, instrumentado por abogado Notario Público DRA. YSABELITA CRISOTIMO DE LA CRUZ, al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, del siguiente muebles: 1.- Un Automóvil Privado, Marca Hyundai, Modelo Sonata, Color Rojo, Año 2011, Chasis 5NPEB4AC2BH006016, Placa A654116, Este mueble han sido embargado a SOCRATES ANTONIO POLANCO PEÑA, a requerimiento y persecución de ADALBERTOMONEGRO ABREU. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la Ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En Santo Domingo Capital de la República Dominicana, hoy día Diecinueve (19) del mes de Septiembre del Año Dos Mil Diecisiete (2017).

Agrimensor-Contratista. Codia 13530.

AVISO DE MENSURA: Se Avisa que el Día 27 del mes de Septiembre del 2017, a las 10:00 AM, se dará inicio a los trabajos de Mensura Para Saneamiento, de una porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 07, Del Municipio Santa Barbará de Samaná, Provincia Samaná, el inmueble está ubicado en la Ave. Circunvalación No. 15, casi frente a la iglesia Adventista del 7mo día, Expediente 661201701858. A petición de: Darío Miguel De Peña y Sonia Kelly De Miguel.

Eugenio de la Rosa, El Aguacil en Funciones de Vendutero Público.

JULIO CESAR DE LOS SANTOS A., Agrimensor-Contratista. Codia 13530.

FC 350381

AVISO DE INCORPORACION DE LA ASOCIACION DE EX BECARIOS D0E JAPON-ADEJA De conformidad con la Ley 122-05 se crea la Asociación Dominicana de Ex Becario de Japón-ADEJA, la cual fue registrada en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), mediante el registro No.483889, por su Presidente Rafael Encarnación Montero, y publicada en el periódico El Nacional en fecha 21 de agosto del 2017 por ONAPI. La Asociación de Ex Becario de Japón (ADEJA) es una entidad dedicada a la integración de los Ex becarios que son enviados a recibir entrenamiento a Japón y países de Sudamérica, Centroamérica y el Caribe, así como difundir el conocimiento reciproco de las manifestaciones culturales entre los pueblos Dominicanos y Japoneses en interés de establecer un intercambio que propenda a cimentar los lazos de amistad y comprensión entre ambos países.

ING. RAFAEL ENCARNACION MONTERO Presidente

DRA. MIROPE SOSA ALMANZAR Abogada

FC 350393

VENTA DE INMUEBLE EN PUBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día dieciocho (18) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017) a las nueve (9:00) A.M., para proceder la Venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en Audiencia de Pregones que al efecto celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, en sus atribuciones civiles, donde acostumbra a celebrar sus audiencias, ubicado en un apartamento de la segunda planta del Palacio de Justicia de Baní, sito en la calle Máximo Gómez No. 106, Baní, provincia Peravia. INMUEBLE EMBARGADO: DESIGNACION CATASTRAL NO. 305281247077, DEL MUNICIPIO DE BANI, PROVINCIA PERAVIA, ANEXIDADES Y DEPENDENCIAS, PRESENTES Y FUTURAS, UBICADO EN LA CALLE MARCIAL SOTO, SECTOR 30 DE MAYO, BANI, PROVINCIA PERAVIA, REPUBLICA DOMINICANA, SEGÚN CERTIFICACIONES DE REGISTRO DE ACREEDORES MATRICULA NO. 0500024572, EXPEDIDAS POR EL REGISTRADOR DE TITULOS DEL DEPARTAMENTO DE BANI. PERSIGUIENTE: El inmueble descrito precedentemente ha sido embargado a requerimiento de la ASOCIACION PERAVIA DE AHORROS Y PRESTAMOS, Institución organizada de conformidad con la Ley No. 5897, del 14 de mayo del 1962, con domicilio social en la calle Duarte Esq. Sánchez, Baní, provincia Peravia, R.D., representada por su Gerente General, señor MANUEL EMILIO BREA BAEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, funcionario bancario, portador de la cédula personal de identidad y electoral No. 003-0034884-4, domiciliado y residente en la ciudad de Baní, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. DOMINGO FRANCIS REYNOSO MEJIA, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula personal de identidad y electoral No. 003-0051803-2, con estudio profesional abierto en la casa marcada con el No.19, de la calle Mella, casi Esq. Calle Sánchez, Baní, provincia Peravia; lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio. Los embargados a que se refiere esta publicación se hacen contra los señores: LUISA MARIA VALDEZ MARTES, dominicana, mayor de edad, soltera, maestra, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 003-0014685-9, domiciliada y residente en la calle Beller, casa No. 66-A, Baní, provincia Peravia; y el señor RAFAEL ERNESTO MEJIA PRESINAL, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0011016-0, domiciliado y residente en la calle Marcial Soto, casa No. 45 A, sector 30 de Mayo, Baní, provincia Peravia, República Dominicana, en virtud del poder otorgado por la señora LUISA MARIA VALDEZ MARTES. ACTO PROCEDIMIENTO: El presente procedimiento de Embargo se realiza de conformidad con los artículos 148 y siguiente de la Ley 6186 del 12 de febrero del año 1963 de Fomento Agrícola y sus modificaciones. El mandamiento de Pago a que se refiere el artículo 149 de la indicada ley de Fomento Agrícola fue notificado a dicho Deudor el día veinte (20) de abril del año dos mil diecisiete (2017), e inscrito en tiempo hábil en el Registro de Títulos del Departamento de Baní, el día once (11) del mes de mayo del año 2017. CONDICIONES DE LA VENTA: En el Pliego de Condiciones depositados en la Secretaría del Tribunal apoderado de la venta, constan las condiciones para la adjudicación del inmueble señalado. El precio de la primera puja ha sido fijada en la suma de: CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS CON VEINTITRES CENTAVOS DOMINICANOS (RD$4,673,338.23), más los intereses legales vencidos y los que venzan hasta el completo pago de la suma adeudada, los gastos y honorarios del procedimiento de conformidad con la Ley. Todo subastador está obligado a depositar previamente en la Secretaría del Tribunal apoderado, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja de la Adjudicación en cheque certificado por una institución bancaria con domicilio en la República Dominicana de reconocida solvencia o en dinero en efectivo de curso legal, requisito sin el cual no serán admitidos subastadores, todos de conformidad con el cuaderno de cargas, cláusulas y condiciones que regirán la Venta, depositado en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia. Hecho y redactado en la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el Art.22 de la Ley No. 1306-Bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor: ARIEL GONZALEZ BOBADILLA, dominicano, mayor de edad, empleado privado, casado, cédula No. 096-0029124-0, domiciliado y residente en los E.U.A. y de paso de esta ciudad de La Vega, R.D.; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Licenciado JOSE MARIA NATHANAEL RODRIGUEZ FERNÁNDEZ, cédula No. 047-0174678-8, con estudio profesional abierto en la calle Benito Monción No. 24, en esta ciudad de La Vega; lugar donde mi requiriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora: MIOSOTTY RAFAELINA MARTE PERALTA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la sección del Pino Pontón La Vega, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día que contaremos a VIERNES 22 del mes de septiembre del año 2017 a las 9:00 a.m. Así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que a puertas cerradas al efecto celebrará LA SEGUNDA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día que contaremos a Martes 10 del mes de Octubre del año 2017 a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de la Concepción de La Vega, Municipio, y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los 14 días del mes de Septiembre del año 2017.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 03 do Octubre del 2017, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura en la calle Duarte No. 19, Boca Chica, en el Solar No. 32, Manzana M-3, del D.C. No. 32, del municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, expediente No. 663201703466, a petición de la señora DAYSI ARACELIS CASTRO PEREYRA. AGRIM. GUILLERMO RAMIREZ CUSTODIO, Codia: 11831. Teléfono: 829-898-7705.

AVISO DE INCORPORACION FUNDACION PARA ENVEJECIENTES Y MADRES SOLTERAS (FUNDOPEYMES) En virtud de lo establecido en la ley 122-05 hacemos de público conocimiento que en fecha 12 de septiembre del año 2017, fue incorporadalaFUNDACIONPARAENVEJECIENTESYMADRESSOLTERAS(FUNDOPEYMES)mediantelaresoluciónNo.046-2017emitida por la Corte de Apelación de Barahona, la misma estará operando por tiempo indefinido, se dedicara a las labores de asistencia social, ayuda a envejecientes, madres solteras, etc. su domicilio está establecido en la calle General Reyes No. 49 del Municipio de Neyba, Prov. Bahoruco.LosDirectivossonlossiguientes:CarlosManuelMatos,Presiente,YinetSánchezLara,Vicepresidente,LilisMaribelBatista,Tesorera, Sibelis Carvajal, Secretaria, Jorge Luis Cuevas, Vocal.

LIC. JOSÉ MARÍA NATHANAEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Abogado apoderado de la parte Demandante. (MARH-AC-11822-CS)

Carlos Manuel Matos, Presidente.

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PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Para darle fiel cumplimiento a las disposiciones contenidas el Art 42 de la Ley No. 1306-sobre divorcio, se hace de público lo siguiente: que en fecha veintitrés (23) del mes de agosto (2017), la Cámara Civil, comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, constituida por el Magistrado JOSÉ MANUEL MEDINA; asistido de la infrascrita secretaria, ADMINISTRANDO justicia, en nombre de la República Dominicana, ha dictado una sentencia cuyo dispositivo en materia de divorcio copiado textualmente, dice así: FALLA: PRIMERO: SE ADMITE EL DIVORICO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los esposos VITOR ENRIQUE SANTANA Y MIOSOTIS D. ENCARNACIÓN PEÑA, de conformidad con el acto de estipulaciones y convenciones no. 18-2017, de fecha veinticinco (25) del mes de Abril del año 2017, instrumentado por ante el Dr. MIGUEL PEGUERO GONZÁLEZ, abogado notario Publico de los del número de Baní. SEGUNDO: en cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: declara Disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores JUAN CARLOS CÁCERES GUERRERO Y MILAGROS ALTAGRACIA REYES, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de estipulaciones y convenciones No. 18-2017, de fecha 25/04/2017. TERCERO; ORDENA al oficial de Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento. Así ha sido firmado, por la cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, (Firmada: José Manuel Medina; Juez, Ignacia Y. Nova Mascat, secretaria). La presente sentencia ha sido emitida y firmada por supraindicado, el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma, registrada en fecha cinco (05) del mes de Septiembre (09) del año dos mil diecisiete (2017); en el libro 4-D, por un monto de (RD$200.00) en la Oficina de la Dirección de Registro Civil de Baní.

En virtud de la Autorización, de fecha 29/08/2017. Se hace de público conocimiento que el día 26/09/2017, a las 08:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Saneamiento, dentro de la Parcela No.664, del D. C. No. 8, del Municipio de las Charcas, Provincia de Azua. Exp. No.663201707515, propiedad del SR. ARISTIDES LEONEDES PEÑA SANCHEZ representado por el señor HENRY RAFAEL TEJEDA SANCHEZ.

LIC. VICTOR R. HERNANDEZ SOTO ABOGADO.

AGRIM. RALDIN BLADIMIR CALDERON TEJEDA CODIA – 24350

LIC. DOMINGO FRANCIS REYNOSO MEJIA, Abogado persiguiente. FC 350426

AVISO DE MENSURA: Se Avisa que el Día 03 del mes de octubre del 2017, a las 10:00 am, se dará inicio a lo trabajos de Mensura Para Deslinde, de una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No.3831 del Distrito Catastral No.7, del Municipio de Las Terrenas, Provincia Samana, ubicada en la Ceyba, en el Residencial Villa Quiqueya, en la parte oeste del Hotel y Casino Niza, Expediente 661201703080. A petición de: Patrizia Jakobs.

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

SALVADOR ALTAGRACIA ENCARNACION PEGUERO, Solicitante. 849-653-3458. FC 350390

LEGAL 17

FC920424

En cumplimiento con la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el Reglamento General de Mensuras Catastrales; SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO que en fecha VIERNES 29 SEPTIEMBRE DEL 2017, A LAS 10:00 A. M., se dará inicio a las operaciones de campo relativas a los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Expediente No. 663201706270, Parcela No. 108-A-22 del Distrito Catastral 04 del Distrito Nacional, provincia Santo Domingo. Propiedad de los señores IGNAZIO DE JESUS BOLONOTTO Y MARIA FERNANDEZ PEÑA. El inmueble está ubicado en la Calle Central No. 3, Colinas de los Ríos, Distrito Nacional.

AGRIM. DIGNO SANCHEZ GARCIA, CODIA: 25785.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

FC350422


MIERCOLES 20 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de depósito No. 01-265-033072-8, expedido por el Banco Agrícola de la República Dominicana, en favor de la señora Carmen Báez Jiménez, de fecha 02 de agosto del 2011, por la suma de Noventa Mil Pesos (RD$90,000.00), referente al contrato de alquiler de fecha 09 de enero del 1995, inquilino La Compañía A.T.G. Internacional/Rafael Alcántara.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente: 661201702616 Se hace de público conocimiento que en fecha 25 de septiembre del 2017, a las 10:00 a.m., procederé a iniciar el levantamiento para fines de Deslinde de la P. No. 1248, del D.C. No. 3, del municipio de Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez, este inmueble se encuentra ubicado en la provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de la SRA. CHARLIN ALEXANDRA CASTILLO LEONARDO, según autorización de fecha 11 de agosto del 2017.

AVISO MENSURA CATASTRAL AVISO DE AUDIENDCIA PARA SANEAMIENTO

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Exp. No. 254-2016-0963, Oficio No. 1758/2017. Vista: la aprobación técnica de fecha 1 del mes de noviembre del año 2016, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, mediante la cual aprueba Mensura para saneamiento de los inmuebles: P. no. 302577763172, D. C. 2, del Municipio de San José de Ocoa, Provincia San José de Ocoa. SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL. Que el día (23) del mes de octubre del año 2017, a las 9:00 a.m., será celebrada la audiencia Oral, pública y contradictoria el cual se conocerá sobre el saneamiento, reclamada por la Señora, BERKIS SONEYRA BÁEZ ROSSIS. Se ordena la citación entre los señores, WILLIANGERÓNIMO,CARLOSMANUELBAEZROSSIS,NENOGERÓNIMO,MANUELGERÓNIMO,CRISTIANOGERÓNIMO,SUCSDELOS ROSSIS,DISTRITOMUNICIPALDELPINAL,SEADVIERTE:atodaslaspersonasquetenganalgúninterésenestaciudad,quedebendirigirse eldíaylahoraindicada,allocalqueocupaelTribunaldeTierrasenelsegundoniveldelPalaciodeJusticia,sitoenlaAvenidaProlongación Máximo Gómez No. 106, de la ciudad de Baní, Provincia Peravia.

FC 350405

FC350399

SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO El día martes que contaremos a veintiséis (26) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), a las 09:00 horas de la mañana, en el Público de Los Minas, ubicado en la calle Presidente Estrella Ureña, Los Minas Viejo, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, procederemos a la Venta en Pública Subasta del siguiente artículo, único: Jeep Toyota, Modelo HDJ100L-GNPEZW, Color Blanco, Placa G082885, que le fuera embargado al señor EDWIN DAVID SABATER MOREL, a requerimiento del señor OSCAR ANTONIO FERNANDEZ, en fecha PRIMERO (01) de JULIO del año dos mil dieciséis (2016). Los pagos serán de contado y los licitadores deberán pagar, además del precio de adjudicación, el 10% sobre lo que establece la ley. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, el día diecinueve (19) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

ALEXIS BENZAN SANTANA Alguacil en funciones de Vendutero público FC350411

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, placa A341009, color rojo, chasis 1HGCD5631VA036444, motor 036444, tipo automóvil privado, año 1997, propiedad de YRISMELDA DEL CARMEN MORALES GUZMAN, cédula 049-0002779-0. FC 350333

AGRIM. AMIN ABEL RIVERA ALMONTE, Codia No. 27078.

CARMEN BAEZ.

Se hace de público conocimiento la Pérdida de Certificado Financiero no. 1014370264 de LA ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS (APAP), de fecha 30/08/2016, por valor de RD$ 160,000.00. A nombre de ANA ISABEL MORROBEL ALMONTE, cédula 001-16277534. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

PERDIDA DE PLACA Y MATRICULA: Motocicleta Marca X1000, Modelo CG150, color negro, año 2011, placa N719918, chasis LF3PCK502BB001265, a nombre de JOSE LUIS DIAZ JIMENEZ, CED. 402-2019431-6. (RO-14408-CC-18-19-20/09/2017)

EXP. 662201703853 Se avisa que el día 10 de octubre del 2017 a las 11:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO en propiedad de SANTOS DURAN ABREU, en la parcela 1081 del D.C. 1, Majaguita, municipio Jarabacoa, área 7,003 m2. Autorización de mensuras de fecha 13/09/2017. Realizado por: AGRIM. RAMONA ALTAGRACIA CRUZ GRULLON, Agrimensora Contratista-CODIA No.31679.

FREDY GERALDO, JUEZ FC350427

(AC-11833-PC)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201705195 Se avisa que el día 30 de septiembre del 2017 a las 08:00 a.m. iniciaremos el deslinde en propiedad de Ramón Herminio García Cáceres y Cándida María Castillo Valdez en la parcela 407 del D.C. 11 Don Damián, municipio La Vega. Autorización de fecha 03/07/2017. Realizado por:

AGRIM. JOSE FELIX ACEVEDO CABRERA, Agrimensor Contratista - Codia 26145.

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201707634 Se avisa que el día 29 de septiembre del 2017 a las 09:00 a.m. iniciaremos el deslinde en propiedad de Wilfredo Ant. Tineo y María Bernarda de Js. Morales de Tineo, en la parcela 35-A del D.C. 5, C/6 Urb. Paraíso, municipio La Vega, área 208.80 m2 Autorización de mensuras de fecha 15/09/2017. Realizado por: AGRIM. ROLFI GIORDANNY CABRERA, Agrimensor Contratista. CODIA No.27273.

(RC-6644-RDT-1/4) (AC-11834-PC)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201707565 Se avisa que el día 05 de octubre del 2017 a las 08:00 a.m. iniciaremos el deslinde en propiedad de BREISI PAULINA TAVERAS PEREZ en la parcela 554 del D.C. 04 Canca La Piedra Carret. Moca Santiago municipio Tamboril, Prov. Santiago. Autorización de fecha 14/09/2017. Realizado por:

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201705490 Se avisa que el día 3 de octubre del 2017 a las 09:00 a.m. iniciaremos el deslinde en propiedad de José Agustín Hernández Cruz en la parcela 172-A del D.C. 5, Guaigui, municipio La Vega, área 4,889.00m2, Autorización de mensuras de fecha 11/07/2017. Realizado por:

AGRIM. JOSE FELIX ACEVEDO CABRERA, Agrimensor Contratista - Codia 26145. (RC-6644-RDT-2/4)

Agrim. Ruth E. Álvarez Fernández, Agrimensora Contratista - Codia 21795.

Para darle fiel cumplimiento a las disposiciones contenidas el Art 42 de la Ley No. 1306, sobre divorcio, se hace de público lo siguiente: que en fecha veintitrés (23) del mes de agosto (2017), la Cámara Civil, comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, constituida por el Magistrado JOSÉ MANUEL MEDINA; asistido de la infrascrita secretaria, ADMINISTRANDO justicia, en nombre de la República Dominicana, ha dictado una sentencia cuyo dispositivo en materia de divorcio copiado textualmente, dice así: FALLA: PRIMERO: SE ADMITE EL DIVORICO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre los esposos JUAN CARLOS CACERES GUERRERO Y MILAGROS ALTAGRACIA REYES, de conformidad con el acto de estipulaciones y convenciones no. 19-2017, de fecha veinticinco (25) del mes de Abril del año 2017, instrumentado por ante el Dr. MIGUEL PEGUERO GONZÁLEZ, abogado notario Publico de los del número de Baní. SEGUNDO: en cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: declara Disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores JUAN CARLOS CACERES GUERRERO Y MILAGROS ALTAGRACIA REYES, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de estipulaciones y convenciones No. 19-2017, de fecha 25/04/2017. TERCERO; ORDENA al oficial de Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento. Así ha sido firmado, por la cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, (Firmada: José Manuel Medina; Juez, Ignacia Y. Nova Mascat, secretaria). La presente sentencia ha sido emitida y firmada por supraindicado, el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma, registrada en fecha cinco (05) del mes de Septiembre (09) del año dos mil diecisiete (2017); en el libro 4-D, por un monto de (RD$200.00) en la Oficina de la Dirección de Registro Civil de Baní.

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 662201795018 Se avisa que el día 30 de septiembre del 2017 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en propiedad de César Trinidad y Margarita Paulino Mora en la parcela 294 del D.C. 05 municipio La Vega. Autorización de mensuras de fecha 27/06/2017. Realizado por:

EXP. 662201706483 Se avisa que el día 30 de septiembre del 2017 a las 11:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO en propiedad de ANGEL CUEVA GARCIA en el D.C. 01 300mts al sur Dpto. Bomberos La Vega, municipio La Vega. Realizado por:

AGRIM. JOSE FELIX ACEVEDO CABRERA, Agrimensor Contratista - Codia 26145.

AGRIM. NELSON CESAR MILIAN CAPELLAN, Agrimensor Contratista - Codia 5838.

LIC. VICTOR R. HERNANDEZ SOTO ABOGADO.

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE APLAZAMIENTO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA

EXP. 662201707525 Se avisa que el día 7 de octubre del 2017 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en propiedad de ROBERT DE JESUS JIMENEZ VILLAFANA en la parcela 140 del D.C. 05 La Sabana, Pontón, municipio La Vega. Autorización de mensuras de fecha 13/09/2017. Realizado por:

EXP. 662201706484 Se avisa que el día 30 de septiembre del 2017 a las 09:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO en propiedad de MARIO JORGE ROSARIO TINEO en el solar 3, manzana 101, del D.C. 1, C/Antonio Guzmán #11, municipio La Vega. Realizado por:

AGRIM. JOSE FELIX ACEVEDO CABRERA, Agrimensor Contratista - Codia 26145.

AGRIM. JUAN BAUTISTA ALMONTE DIAZ, Agrimensor Contratista - Codia 24172.

(RC-6644-RDT-3/4)

(FG-AC-11835-PC)

(JDP-AC-11830-WP-1/2)

FC920424

Para darle cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 704 del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que ha sido aplazada nuevamente la fecha para proceder a la venta en pública subasta del inmueble que se describe más adelante, para el día MARTES que contaremos a diez (10) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las Nueve (9:00A.M.) horas de la mañana, en audiencia de pregones que celebrara la Segunda (2da) Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, en su local de costumbre sito en un salón de la segunda planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de Barahona, en la calle Colón No.43, se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador del inmueble siguiente: identificado como: 206394495161, que tiene una superficie de 492.00 metros cuadrados, matrícula No.0600003444, ubicado en Vicente Noble, Barahona, con sus mejoras consistentes en una casa de blocks, techada de concreto, con pisos de mosaicos, con sus anexidades y dependencias, cercas de blocks y alambrees de púas. El presente embargo inmobiliario es en ejecución de una hipoteca por préstamo otorgado a los señores ELFI ROA CUEVAS E YSIDRO GONZALEZ GONZALEZ, portadores de las cédulas de identidad Nos.079-0000633-4 y 079-0001325-6, a diligencia y persecución de BANCO MULTIPLE DE LAS AMERICAS, S.A. (BANCAMERICA),institución que tiene como abogado legalmente constituido y apoderado especial a la LICDA. RAYSA YSABEL PEREZ PEREZ, abogada de los Tribunales de la República, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 018-0005383-7. La subasta del inmueble de referencia conforme al aviso ya publicado en este mismo diario en fecha seis (06) de julio del año 2017, y el aviso de aplazamiento publicado en fecha 29 de Agosto 2017, ha sido aplazada nuevamente para tener efecto el día martes diez (10) de Octubre del año 2017, a las nueve (9:00 a.m.) horas de la mañana. El precio de la primera puja ha sido fijado en la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS CON 92/100 (RD$1,840,909.92). En la ciudad de Barahona, municipio y provincia de Barahona, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017).

(RC-6644-RDT-4/4)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE INCORPORACION FUNDACION UNIDOS POR SONRISAS (FUNIPSO)

EXP. 662201707117 Se avisa que el día 3 de octubre del 2017 a las 02:00 p.m. iniciaremos el deslinde en propiedad de María Josefina Santos Burgos en la parcela 420 del D.C. 11 Las Maras, Jeremías, municipio La Vega. Área 220.00 m2. Autorización de mensuras de fecha 30/08/2017.

En virtud de lo establecido en la ley 122-05 hacemos de público conocimiento que en fecha 12 de septiembre del año 2017, fue incorporada la FUNDACION UNIDOS POR SONRISAS (FUNIPSO) mediante la resolución No. 047-2017 emitida por la Corte de Apelación de Barahona, la misma estará operando por tiempo indefinido, se dedicara a las labores de asistencia social, apoyo a la niñez, envejecientes, madres solteras, y juventud, su domicilio está establecido en la calle Silverio Méndez No. 01 del Municipio de Jaragua, Prov. Bahoruco. Los Directivos son los siguientes: María Esther Díaz Medina, Presiente, Gerardinis Méndez Díaz, Vicepresidente, Georgina Méndez Díaz, Tesorera, Cesarina Cuevas, Sec. De Actas,Loida Del Carmen Matos, Sec. De Educación,Héctor Herasme Díaz, Sec. De Deportes,Luz Divina Díaz, Sec. De Eventos, Ónice Noemí Evertz Segura, Vocal,María Antonia Santana, Vocal.

Realizado por: Agrim. Anthony Michael Almonte Brito Agrimensor Contratista- CODIA: 27644.

POR EL BANCO MULTIPLE DE LAS AMERICAS, S.A., RAYSA YSABEL PEREZ PEREZ, Abogada del Persiguiente. FC 350423

(JDP-AC-11830-WP-2/2)

(AC-11832-PC)

María Esther Díaz, Presidente. FC 350401


MIERCOLES 20 DE SEPTIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, color blanco, año 2000, placa y registro L232353, chasis S100P122383, a nombre de MIGUEL ANGEL VENTURA. FP92621

PÉRDIDA DE PLACA: Marca Mitsubishi, año 2002, color blanco, placa y registro A508308, chasis CS5A0004195, a nombre de JOSEFINA ELENA RIVERA SÁNCHEZ. Fp92664

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jincheng, modelo AX100, color negro, año 2015, placa y regisK0646408, chasis tro LJCPAGLHXF1002155, a nombre de OCEANPLACE DOMINICANA EIRL. FP92624.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Mazda, placa A545973, color blanco, chasis 1YVHP80D555M29610, tipo automóvil privado, año 2005, propiedad de FRANCISCO JOSE ABREU TAVERAS, cédula 0011784280-7. FC 350336

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 1992, placa y registro chasis 4T1SK12EXA340003, NU083174, a nombre de RAMÓN BIENVENIDO GRULLÓN CORDERO, cédula 066-0011631-0. FC350353

AVISO: Se le invita a GLADIS SANTANA DEW VENGLEH, a retirar la denuncia a Plan Piloto, del autobús privado, marca Honda, año 1988, color azul, placa IA-1194, chasis JH1VD31200S023896, a nombre de ERIC ALBERT DEUTSCH, pasaporte No. 284515267.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, modelo Hi Jet, año 1997, color blanco, placa y registro L119216, chasis S82P075033, a nombre de ÉXITO VISIÓN CABLE S.A., RNC: 10176224. Fp92632

AVISO: Se le invita RAQUEL VIRGINIA ESPINAL BONETTI, a retirar la denuncia a Plan Piloto, del Jeep, Cherokee, año 1993, color negro, placa G030370, chasis 1J4FT68S9PL631276.

PÉRDIDA DE CHAPA: de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, año 1989, color gris, placa y registro L330191, chasis JT4RN93P5K0002755, a nombre de MIGUEL YNACIO CRUZ RODRIGUEZ, cédula 117-0003957-8. fp92631

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Mazda, placa A410918, color verde, chasis BG032146406, tipo automóvil privado, año 1994, propiedad de YESMIN L. ALTAGRACIA ALAM JULIAN, cédula 0230031130-1. FC 350394

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Bajaj, color negro, año 2017, placa y registro K0796689, chasis MD2A76AZ7HWD48562, a nombre de OCEANPLACE DOMINCANA EIRL.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla, año 1983, color gris, placa y registro A115791, chasis JT2AE72D9D0000561, a nombre de GREGORIO ÁLVAREZ MARTE, cédula 001-1446566-9. fp92658

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color verde, año 2000, placa y registro A521997, chasis EP910257675 a nombre de PATRICIA BEATRIZ HERNANDEZ MARTINEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Skoda, modelo LX, año 1998, color blanco, placa y registro L130265, chasis TMBEEA673W5725626, a nombre de FRANK REYNALDO RUIZ VIDAL, cédula 001-0965325-3. Fp92657

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta pública, marca Jincheng, modelo CG-150, color negro, placa y registro K0136433, chasis LJCPCKLJ5CS002330, a nombre de JUAN ANTONIO ROSARIO EMILIANO, cédula 223-0062769-6. fp92645

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de pasola, marca Yamaha, modelo Artística 50, color gris, placa y registro N853652, chasis 3KJ7839435, a nombre de RONNY ABIGAIL ROSARIO MATOS, cédula 002-0156243-6. FC350416

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Hyundai, color gris, año 2016, placa y registro G372974, chasis MALC281CBGM064715, a nombre de JUAN MIGUEL URBAEZ GÓNZALEZ, cédula 001-1191836-3. FC350421

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca International, color blanco, placa y registro L336023, chasis 1HTSCAAMXYH311829, a nombre de JUAN JOSÉ GONZÁLES LEDESMA, cédula 224-0071320-6. FC350415

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Marca Yamaha, Modelo JOG 3KJ, color negro, año 1994, placa N435943, chasis 3KJ7775922, a nombre de FANY ALTAGRACIA HERNANDEZ, CED. 047-0183510-2. (RO-14410-CM-20-21-22/09/2017)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color rojo, año 1999, placa y registro A500218, chasis 2T1BR12E6XC141734, a nombre de RUTH ESTEHER TAPIA CAPELLÁN, cédula 041-0014447-8. FC350412

PÉRDIDA DE PLACA: De carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, color blanco, año 1996, placa y registro L117049, chasis S82P088039, a nombre de FRANCISCO GÓMEZ.

PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Toyota, modelo 4-RUNNER 4X2, color azul, año 2003, placa y registro G164947, chasis JTEZU14R938008349, a nombre de BIENVENIDO DE REGLA SANTOS DUME, cédula 001-0538736-9. FP92646

LEGAL 19 AVISO DE PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Honda, color blanco, año 2000, placa y registro G088660, chasis RD15018780, a nombre de LIBIO ALBERTO ENCARNACIÓN MATEO, cédula 001-1476215-6. Fc350407

PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Toyota, color gris, año 1998, placa y registro G022046, chasis JT172SC1107085063, a nombre de RADHAMES DÍAZ GUEVARAS.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 1990, placa y registro A290176, chasis 2T1AE94A8LC016793, a nombre de CÁNDIDA ANDREA GUZMAN DE VÁSQUEZ, cédula 001-0105490-6. Fc350404

PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca Yamaha, Modelo JOG BJ, color azul, año 1987, placa N767532, chasis SA24J219192, a nombre de TOMAS JOSE CRUZ LOPEZ, CED. 0470129177-7. (RO-14411-CM)

PÉRDIDA DE MATRICULA: Marca Mitsubishi, año 2006, modelo K74TCENDFL6, color gris/gris, placa y registro L211054, chasis MMBJRK7406D028014, a nombre de ANIBAL ESPEJO, cédula 0120012512-6. FC92648

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Honda, Modelo CRV, color gris, año 2000, placa G181598, chasis RD11013896, a nombre de JOSE LUIS BRITO CACERES, CED. 0470145823-6. (EV-AC-11829-WP)

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia anotada en el Certificado de Titulo No.9013, parcela No.41, D. C. No.4 que ampara los derechos de propiedad del señor Rafael Melanio Samboy Garo, cedula No.002-0009007- 4, con una superficie de 1,920 metros. En San Cristóbal, Municipio y Provincia del Mismo nombre, República Dominicana, hoy veinte (20) del mes de Septiembre 2017. Lic. Maximino Franco Ruiz Abogado Apoderado FC350414

AVISO PERDIDA DE CERTIFICACO DE TITULO De conformidad con lo que dispone el Art. 92, párrafo 3 de la Ley No.10805, sobre Registro Inmobiliario y del artículo 86 del reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 37 (Duplicado del Dueño), Parcela 34, Distrito Catastral No. 4 de Santiago Rodríguez, sección Los Cercadillos, Provincia de Santiago Rodríguez; el cual tiene una extensión superficial de: 03 (tres Hectárea), 84 (ochenta y cuatro) Área y 5 (cinco) Centiáreas, municipio de San Ignacio de Sabaneta, propiedad del RAMON ELIAS BUENO RODRIGUEZ.

LICDO. BLAS ALBERTO BUENO Abogado

AVISO PERDIDA DE CERTIFICACO DE TITULO PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Tauro, año 2013, modelo CG150, color rojo vino, placa y registro K0587572, chasis TARPCK507DC000990, a nombre de RAMÓN MARINO SUAZO JOSÉ, cédula 025-0004205-2. FC350400

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Loncin, color rojo, placa y registro K0500946, chasis LLCLPLB07EA100209, a nombre de ALEXIS DANERIS DÍAZ PEÑA, cédula 003-0044289-4. FC350425

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Mitsubishi, modelo K74TCENDFL6, color blanco, año 2002, placa y registro L239533, chasis MMBJNK7402D041994, a nombre de DEL CASTILLO MEDICAL AND COSMETICOS SUPPLIES. FP92661

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de embarcación Vessel, nombre Yanny, Matrícula YP-Y2-205H, color rojo y negro, puerto de Haina, a nombre de GEOVANNY ANTONIO ARIAS.

El Sr. DOMINGO BELÉN MORETA, traspasa la Yola de Recreo, nombre COKE, matrícula no. YR-C52-490SDG, color blanco, de 23 de eslora, 5.6 de manga y 2.6 de puntal, a la señora LUANDA A. BERDEAL DAMERA como nueva propietaria. FP92662

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Ford, color blanco, año 2004, placa y registro L274034, chasis 1FTPW14544KC66060, a nombre de ERIC EMMANUEL AMADOR, cédula 001-1127117-7.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Mitsubishi, color blanco, año 2002, placa y registro A456300, chasis 4A3AA46642E136079, a nombre de YARA IVELISE CARRASCO MORA.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Daihatsu, año 2003, color azul, placa y registro G090934, chasis JDAJ102G000525697, a nombre de IVELISSE VILLEGAS DE RODRÍGUEZ, cédula 023-0068640-5. fp92633

Se le invita A ISIDRO ALFONSO ORTIZ SUAREZ, A retirar la denuncia a plan piloto, del carga, Toyota, 1987, color rojo vino, placa L109275, chasis JT4RN55R4H0230925.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo DE CARGA, marca MITSUBISHI, color BLANCO, año 2003, placa y registro L069226, chasis FE635EA43868, a nombre de GUSTAVO ANTONIO SANTANA VILORIA, CED.0270014511-9

ROVAL, S.A. Capital Social Autorizado: RD$450,000.00 Capital Social Suscrito y Pagado: RD$450,000.00 Registro Nacional de Contribuyente: 1-01-59244-3 Domicilio Social: calle Los Cerezos, No. 7, Urbanización Las Carmelitas Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana

De conformidad con lo que dispone el Art. 92, párrafo 3 de la Ley No.108-05, sobre Registro Inmobiliario y del artículo 86 del reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados de Títulos (Constancias Anotadas), (Duplicados de Acreedores Hipotecarios), uno en primer rango por un monto de DOCE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$12,000,000.00) inscrita en fecha quince (15) del mes de Septiembre del año Dos Mil Ocho (2008) y otro en tercer Rango por un monto de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ 11,850,000.00) inscrita en fecha seis (06) del mes de Julio del año Dos Mil Diez (2010), ambos garantizados con el inmueble identificado como: Parcela No. 348 del Distrito Catastral No.10, del Municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, con una superficie de 50,996.97 metros cuadrados, amparada por la Certificación de Registro de Acreedor matricula No. 2200000306, propiedad del señor CELESTINO PEÑA GARCIA, y acreedor BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA.

LICDO. BLAS ALBERTO BUENO Abogado

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiemo que se extraviado el Certificado Financiero B429450, Operación 1331991, emitido BANCO MULTIPLE BHD LEON, S.A., fecha de emisión 13 del mes agosto del año dos mil quince (2015) por el valor de cientos cincuenta y seis mil pesos dominicanos (RD$156,000.00), a nombre de la señora María Teresa Romero Reyes, portadora de cédula de identidad y electoral No. 001-1384975-6. La presente publicación se hace para los cumplimiento de la ley.

María Teresa Romero Reyes. FC 350163

AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 022161, de fecha de expedición 15/03/2011 por valor de $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos dominicanos con cero centavos), expedido por el Banco de Ahorro y Crédito ADEMI, a favor de: ANGEL ALBERTO MUNIZ PATIN. FP 92540

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE TRANSFORMACION Preámbulo: De conformidad con lo establecido por la Ley 479-08 del 11 de diciembre del 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, la sociedad ROVAL, S.A. aprueba transformarse en Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). Dicho proyecto implica la modificación de su nombre por la entidad ROVAL, SRL, la cual estará regida por las leyes dominicanas y por sus Estatutos; Esta sociedad se dedicará principalmente a ejercer todo tipo de lícito comercio; su domicilio será en Santo Domingo, Distrito Nacional; su capital social será de cien mil (RD$100,000.00) de pesos dominicanos; será administrada por un gerente, designado al efecto. En Santo Domingo, a los veinte (20) días del mes de septiembre del 2017. Los socios y el Consejo Directivo de ROVAL, S.A. hacen constar que renuncian al plazo de los 15 días dictado por la Ley 479-08.

INGRID PATRICIA VALDEZ DE RODRIGUEZ Presidenta del Consejo Directivo

Se Hace De Publico Conocimiento Que Se Ha Extraviado El Certificado Financiero No. 1200149457, Emitido Por El BANCO BANRESERVAS De Fecha 11/02/2018 Por Un Valor De Cincuenta Y Cinco Mil Pesos Oro (55,000.00) A Nombre De CECILIA GENAO, PASAPORTE NO. 456655130 Y CLEMENTINA FERNANDEZ, CED. 031-0298250-5. LA PRESENTE PUBLICACION SE HACE PARA LOS FINES DE LEY CORRESPONIENTE.


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