VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
CLASIFICADOS 13
CLASIFICADOS DIVERSOS
Bienes Raices
Automóviles
Reid y Compañía. 809-562-7211 ext. 2185 BIENES RAICES
AUTOS
Tel: 809 534 7121, 829 836-0443
Jardines del Sur - sólo 2 PENTHOUSE disponibles. (A) 210 metros , 3 Hab, 2.5 Baños, Separa con el 10%. Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578
$5,800,000
Aprovecha y SEPARA con solo $100,000. está gran segunda + terraza !! Un Total de 322 Metros por sólo, Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578
RD$365,000
Toyota Corolla 2005
RD$235,000
Suzuki forensa 2007
RD$450,000
Toyota Highlander 2005
$5,500,000
(Carrefur) Apart. de 205 metros 3 hab ,2.5 Baños/ Gimnasio/, Separa con solo $100,000. Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578
RD$300,000
Nissan Sentra 2007
Ford Mustang GT 2013 US$32,000 Transmisión mecánica- Gris oscuro- Motor 5.0, 8 cilindros, Supercharged
Empleos
Hyundai Tucson 2014 RD$865,000 Transmisión automática- Gris- Motor 2.0, 4 cilindros
Capacitación
Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automáticaBlanca4WD-Motor 3.6, 6 cilindros
Legal
Diversos
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace público conocimiento que el día 24 de febrero del 2018, a las 9:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura en la calle “8”, esquina Manolo Betance, Prado Oriental, en la Parcela No. 78, del D.C. No. 06, del municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, expediente No. 663201800159, a petición del señor PEDRO PABLO MARTINEZ VALDEZ.
Expediente No. 663201800001 Se hace de público conocimiento que para el día 18/02/2018, a las (10:00 A.M.), se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito del Parcela 140, del Distrito Catastral No. 15, del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, es propiedad del señor ANGEL LUIS ARAMBILET ALVAREZ.
Se hace de público conocimiento que el día 19/02/2018, a las 10:00 A.M., realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde dentro de la Parcela No. 56-B-1-A-16, del Distrito Catastral No. 3, del municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo Este, inmueble se encuentra ubicado en Villa Aura, expediente No. 663201800568, propiedad de la señora FANNY JUANA DEL SOCORRO VENTURA FELIZ.
AGRIM. JOSE FRANCISCO SANCHEZ DE LA ROSA, Codia No. 19403. Tel. 829-682-5363.
SALVADOR ANTONIO LINARES, Agrimensor-Contratista. Codia 11759.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Notificación Periódico
En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D. modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor JOSE FRANCISCO DISLA DURAN, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, cédula no.001-1175108-7 domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D.; quien tiene como Abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. FRANCISCO ANTONIO BETANCES PEÑA Y BELKIS ANTONIA AYALA PEÑA, Matriculados con el No.34195101-02 Y 44532-291-11, cédula no. 048-0020311-1 Y 047-0110762-7, respectivamente, con estudio profesional abierto en el no.37 de la Calle Duverge 2do. Nivel Edif. Plaza Laurel Apto. No.4, de esta ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora DOMINGA ANTONIA VARGAS RAMIREZ, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en Altos de Hatico, de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 13 del mes de FEBRERO del año 2018 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 06 del mes de MARZO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 07 días del mes de FEBRERO del año 2018.
25/01/2018 SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE SE HAN EXTRAVIADO LOS CERTIFICADOS DE ACCIONES COMUNES No. 134466, de fecha 09/06/2010, por 144 acciones, y No.145513, de fecha 31/05/2011, por 44 acciones, A RAZON DE RD$300.00 C/U, EXPEDIDOS POR GRUPO POPULAR, S.A., A JESUS MARIA AMPARO RAMOS RODRIGUEZ Y/O JORGE MOISES RAMOS VALDERA, cédulas 001-0522507-2 y 001-0525803-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
AGRIM. GUILLERMO RAMIREZ CUSTODIO, Codia: 11831. Tel. 829-898-7705.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR CAUSA DETERMINADA Se hace para conocimiento del público, se anuncia que el señor Vladimir Alexander Lantigua Reynoso, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cèdula de Identidad y Electoral No. 0011108611-2, con domicilio en 161 S. 18TH ST., CP 17104 Harrisburg, Pennsylvania, Estados Unidos de América y elección de domicilio ad-hoc en la C/ Interior 17 No. 22-A, Ens. Espaillat, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado al Lic. Yoni Rafael Martínez Solís, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0310529-2, con estudio profesional abierto en la casa marcada con el No. 22-A de la calle Interior 17 del Ens. Espaillat, Distrito Nacional; por este medio ADVIERTE a su legítima esposa Claudia Altagracia De la Cruz Monegro, residente en la 14 Shelly Court Lewisburg, Pennsylvania 17837, Estados Unidos de América, procederá a CITARLA Y EMPLAZARLA, mediante acto de Alguacil en acción de divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el próximo Jueves que contaremos a Primero ( 01 ) de Marzo del año 2018, ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial del Distrito Nacional, en su despacho situado en la calle Francisco J. Peynado #102, Esquina Beller, Sector Ciudad Nueva, Santo Domingo, Distrito Nacional, para que comparezca a la audiencia a celebrarse a las Nueve (9:00 A. M.) de la mañana del día Primero (01 ) del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018), ante el salón de la Sexta Sala del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializado en asuntos de familia, ubicado en la C/ Santiago No.68, Esquina Socorro Sánchez, Sector Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional, Tribunal Apoderado de la Demanda en Divorcio por Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, incoada por su legítimo esposo señor Vladimir Alexander Lantigua Reynoso, con la advertencia de que si no comparece a dicha audiencia se requerirá el correspondiente defecto. La presente publicación ha sido hecha por el abogado infrascrito en cumplimiento de lo establecido en el Art. 22 de la Ley 1306-Bis. A los Siete (07) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018).
Lic. Yoni Rafael Martínez Solís AbogadoApoderado
LICDOS. BELKIS ANTONIA AYALA PEÑA Y FRANCISCO ANTONIO BETANCES Abogados apoderados de la parte Demandante (RC-6795-PC-07-08-09/02/2018)
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
De conformidad con las disposiciones de la Ley 2153, de fecha 12 Noviembre de 1949, que agrega un párrafo al artículo 22 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, el Señor ANDERSON BIENVENIDO CLAUDIO FLORES, Dominicano, mayor de edad, casado, de profesión y oficio Mecánico, cedula de identidad y electoral No. 047-0157902-3, domiciliado y residente en la calle No.10 Casa No.3 , del sector María Auxiliadora, de esta ciudad de La Vega, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. CARLOS MANUEL MOTA, quien es dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 047-0191343-8, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con Estudio Profesional abierto en la calle No. 02, esquina 4 de marzo, del Residencial Gamundi, Apto. 01, de esta ciudad de La Vega, Teléfono: 809-502-7032; ADVIERTE a su legítima esposa, la Señora VIVIAN NIKEIRY GUZMAN RAMIREZ, sin domicilio conocido en la República Dominicana, ni en ninguna parte del mundo, cuyo último domicilio actualmente se desconoce, que a falta de información de su actual residencia, se procederá a emplazar en Demanda en Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado (a) Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, el día que contaremos a trece (13) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018), A los fines de que comparezca a la audiencia que se celebrará por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, a las nueve (09) horas de la mañana, del día que contaremos a tres (03) del mes de Abril del año dos mil dieciocho (2018), sito en la Segunda Sala Civil Y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, la cual se encuentra en la tercera planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de La Vega, ubicado en la intersección de las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duvergé de esta ciudad de La Vega. La presente publicación ha sido autorizada por el Abogado infrascrito, En la Ciudad de la Concepción de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, Hoy día que contamos a Seis (06) del mes de Febrero, del año Dos Mil Dieciocho (2018).
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor CARLOS YOHEN PEREZ MORA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de Jarabacoa provincia de La Vega, cedula no. 053-0029722-2, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. PEDRO CEPEDA NUÑEZ, cédula No.050-0028848-9, con estudio profesional abierto en el NO.46-Altos de la calle Duarte, de esta ciudad de Jarabacoa, Provincia de La Vega, Rep. Dominicana , lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora BELKIS PLASENCIA CUETO, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la c/Pelegrina Herrera no.5 en esta ciudad de Jarabacoa, provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 12 del mes de FEBRERO del año 2018 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 06 del mes de MARZO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., a los 07 días del mes de FEBRERO del año 2018.
LIC. CARLOS MANUEL MOTA ABOGADO APODERADO
LIC. PEDRO CEPEDA NUÑEZ Abogado apoderado de la parte Demandante
(RO-15479-WP-08-09-10/02/2018)
(AC-12603-CEA-07-08-09/02/2018)
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En cumplimiento del artículo 22 de la ley 1306 bis de divorcio en su artículo 22 se hace de público conocimiento general que el señor ROIGELIO MAMBRU DÍAZ, dominicano, mayor de edad, retirado, portador de la cédula número 001-0116496-0, domiciliado y residente en la calle Josefa Brea #181, Sector Villa María, Distrito Nacional, teniendo como abogado apoderado especial al ilustre DR. DAGOBERTO ANTONIO GÓMEZ CABRAL, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula 001-1183767-0, con estudio profesional abierto en la calle Paya ,#10, Urbanización Tropical, Santo Domingo, Distrito Nacional, notifica a su legitima esposa la señora LUCIA ORTIZ ALMONTE, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Juan Eraso #211, Villas Agrícolas, Distrito Nacional, que a falta de información de su domicilio procederemos a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y que luego de haber sido citada antes el fiscal comparezca ante el magistrado Juez Presidente de la Sexta Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Familia, el día 13 del mes de febrero del año 2018, a la audiencia que a puertas cerradas conocerá dicho Tribunal, ubicado en el Primer Piso del edificio ubicado en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina Santiago, Santo Domingo, Distrito Nacional.
De conformidad con el Art. 22 de la ley No.1306-BIS, sobre divorcio, se hace saber lo siguiente, que el señor RAFFI LEIVI SANTANA SANTOS, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.402-2019644-4, domiciliado y residente en la calle La Cruz, casa No.9 del sector La Cruz de esta ciudad de Cotuí, quien tiene como abogada apoderada especial a la LICDA. DIGNA ALT. RODRIGUEZ ACOSTA, Dominicana, mayor de edad, soltera, CEDULA No.049-0003011-7, abogada de los Tribunales de la República Dominicana, para los del número del municipio de Cotuí, con estudio profesional abierto en la casa No.17, en la calle Principal del sector Vista del Valle, de la ciudad de Cotuí, donde hace elección mi cliente, para los fines de lugar, quien advierte a su legítima esposa, la Sra. YOCAIRIS RAMIREZ MOYA, cuyo último domicilio fue en la calle La Cruz, casa No.9 del sector la Cruz de esta ciudad de Cotuí, que a falta de información de su domicilio actual procederá a emplazarla en acción de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, por domicilio desconocido, por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, en fecha 09-02-2018, para que comparezca a la audiencia que en materia de divorcio y a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial de este Distrito Judicial, el martes que contaremos a 20 del mes de febrero del año 2018, a las 9:00 de la mañana en los salones donde acostumbra realizar audiencia este tribunal, sito en la calle Sánchez esquina 4 del sector La Esperanza de la ciudad de Cotuí. En la ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, a los 6 días del mes de febrero del año 2018.
DR. DAGOBERTO ANTONIO GÓMEZ CABRAL Abogado Demandante.
LICDA. DIGNA ALT. RODRIGUEZ ACOSTA, Abogada apoderada. FC 354639
FC 354322
PERDIDA DE CERTIFICADO GARANTIA JUDICIAL, emitido por el BANCO AGRICOLA, Garantía económica 01-280-013290-6, en fecha de expedición 12/12/2013, imputado MARIO ALEXIS BRITO Y/O CORTE DE APELACION REGIONAL DE SANTO DOMINGO, por un monto de RD$5,000.00. FC 354633 AVISO DE EXTRAVIO DE PERMISO AMBIENTAL “Se hace de público conocimiento el extravío del permiso ambiental No. 3083-16 emitido por el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES a favor del proyecto UNITED TELEMEDICINE NETWORK HOSPITAL CHARLES DE CAULLE, ubicado en la Avenida Charles de Gaulle, Esquina con calle 9, Sector Villa Carmen, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. Promotor del proyecto: UNITED TELEMEDICINE NETWORK, SRL, / RNC. 1-31-41908. Notificación que efectuamos a fin de dar cumplimiento al procedimiento establecido por dicha institución a fines de solicitar la sustitución por pérdida del Permiso Ambiental”.
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LEGAL 15
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las formalidades de la ley 1306 bis de divorcio, en su Art. 22, se hace conocimiento general que el señor ALEJANDRO JAVIEL ROJAS MONTERO, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No. 0930032335-0, domiciliado y residente en la calle Sánchez No. 19, Centro Ciudad, Bajos de Haina, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LIC. WALQUIDIA ESPINAL MONTERO, dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, titular de la cédula de identidad y electoral No. 223-0114044-2, con estudio profesional abierto en la Av. Bolívar No. 172, Local 2H, Gazcue, Santo Domingo, notifica a su legítima esposa la señora MARIA MERCEDES GARCIA REYES, cuyo último domicilio conocido es Américo Lugo No. 174, Ensanche La Fe y que a falta de información de su domicilio procederemos a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional el día que contaremos a doce (12) de febrero del año 2018 a fin de que comparezca el miércoles veintiuno (21) de febrero del 2018, a las nueve horas de la mañana 9:00 am, por ante la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, audiencia que se celebrará a puertas cerradas, sito en la primera planta del edificio ubicado en la calle Socorro Sánchez No. 68, Esq. Santiago, Santo Domingo, D.N. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los seis (6) días del mes de febrero del año 2018.
LIC. WALQUIDIA ESPINAL MONTERO, Abogada Apoderada. FC 354632
Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (ANTIGUA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA DE TURISMO)
Santo Domingo, Distrito Nacional PÉRDIDA DE CHAPA: de jeep, marca Ford, modelo Explorer, año 2002, color dorado, placa y registro G194882, chasis 1FMZU63E22ZA41620, a nombre de CLAUDIA ARLEN ALFONSECA SANTILLAN, cédula 026-0103605-2. FC354657
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color verde, año 1993, placa y registro N361527, chasis HAD22030434, a nombre de MELVIN FELIZ. Fc354656
“AÑO DEL FOMENTO DE LAS EXPORTACIONES”
C.T. 001-01/02/2018
DECLARATORIA DE URGENCIA EL CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD TURISTICA (DIRECCION CENTRAL DE LA POLICIA DE TURISMO), creada mediante el decreto 1301-00, de fecha 21 del mes de diciembre del 2000, con su domicilio principal ubicado en la Av. Gustavo Mejía Ricart, No. 121 esquina Av. Teodoro Chasseriau, El Millón, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representada por el Director General, el General de Brigada Piloto JUAN CARLOS TORRES ROBIOU, Fuerza Aérea de la República Dominicana, en cumplimiento con lo establecido en la Ley número 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, de fecha 18 de agosto de 2006, sus modificaciones, contenidas en la Ley número 449-06 de fecha 6 de diciembre de 2006; siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.), suscribo la presente Resolución con el fin de declarar de urgencia el proceso de adquisición de Equipos de Transporte para ser utilizados en las actividades correspondientes a los Desfiles Militares en conmemoración del mes de la Patria, los diferentes Carnavales y Operativo de Seguridad Semana Santa 2018, así como ampliar la seguridad en los diferentes polos turísticos a nivel nacional. Considerando: Que el Numeral 4, del Párrafo único del Artículo 6, de la Ley número 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones de fecha 18 de agosto de 2006, sus modificaciones, contenidas en la Ley número 449-06 de fecha 6 de diciembre de 2006 establece que: “serán considerados casos de excepción y no una violación las compras y contrataciones que por situaciones de urgencia, que no permitan la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno. En todos los casos, fundamentada en razones objetivas, previa calificación y sustentación mediante resolución de la máxima autoridad competente.
REPUBLICA DOMINICANA
MINISTERIO DE HACIENDA CAJA DE AHORROS PARA OBREROS Y MONTE DE PIEDA “Año del Fomento de las Exportaciones”
MONTE DE PIEDA AVISO DE REMATE
Considerando: Que el Numeral 3, del Artículo 3, del Reglamento de Aplicación de la Ley de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones número 543-12, de fecha 06 de septiembre de 2012, define como situación de urgencia los casos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, en las que no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección establecidos en la ley, en tiempo oportuno. Considerando: Que el turismo es la mayor fuente de ingresos del producto interno bruto de la nación, siendo la seguridad turística la columna que sostiene el mismo, en consonancia con el discurso de toma de posesión del Presidente Constitucional de la Republica Lic. DANILO MEDINA SÁNCHEZ, el 16 de agosto del 2012, que copiado textualmente dice así: “Como sostuve siempre, el turismo será la locomotora del desarrollo nacional”, se refirió tras señalar que la meta de los 10 millones de turistas es el objetivo principal que se debe alcanzar en la próxima década, mediante la ejecución de programas y proyectos que “hemos considerado prioritarios”. Considerando: Que es deber del Estado Dominicano brindarle seguridad a la población dominicana y extranjera que visitan los diferentes polos turísticos, para así lograr las metas de incrementar el turismo este año a nivel nacional. Considerando: Que los Desfiles Militares son una de las tradiciones más emblemáticas de la República Dominicana, donde se exhiben las diferentes disponibilidades de equipos con que cuentan nuestras Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para la defensa y seguridad del Estado. Considerando: Que para el logro del objetivo anteriormente planteado, se hace necesario que este Cuerpo Especializado de Seguridad Turística, posea las herramientas y equipos para ampliar a nivel nacional la oferta de seguridad turística. Considerando: Que la adquisición de estos equipos es una manera de contribuir con la visión estratégica del Excelentísimo Señor Presidente de la República, quien tiene como objetivo principal la meta de 10 millones de turistas al año, para la próxima década. Considerando: Que el CESTUR no ha alimentado su parque vehicular desde el año 2009, por lo que no cuenta con una flotilla en adecuadas condiciones para la participación en las actividades antes mencionadas y la realización de las labores de patrullaje y seguridad en los polos turísticos del país. Considerando: Que la adquisición de estos equipos fortalecerá la imagen institucional del CESTUR, ante los turistas nacionales y extranjeros que participan en las actividades de los Desfiles Militares en conmemoración del mes de la Patria, Actividades Carnavalescas y Operativo Semana Santa del presente año. Considerando: Que por la premura que implica el tiempo de realización de las actividades ya mencionadas, las conjeturas que conlleva la programación presupuestaria y registro de contratos correspondientes, se hace necesario la implementación de un plan de urgencia para la participación oportuna del CESTUR mediante la adquisición de estos Equipos de Transporte. Considerando: Que por las razones antes expuestas en el presente documento, se ha determinado que no resulta viable otro procedimiento de selección de los establecidos en la Ley número 340-06. Vista: La Ley número 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones de fecha 18 de agosto de 2006, sus modificaciones, contenidas en la Ley número 449-06 de fecha 6 de diciembre de 2006 y su Reglamento de Aplicación número 54312, de fecha 06 de septiembre de 2012; En tal virtud, el Director General del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística, como máxima autoridad ejecutora, resoluta: PRIMERO: DECLARA DE URGENCIA el proceso de adquisición de Equipos de Transporte para ser utilizados en las actividades correspondientes a los Desfiles Militares en conmemoración del mes de la Patria, los diferentes Carnavales y Semana Santa 2018, así como para incrementar las labores de patrullaje y seguridad en todos los polos turísticos del país, por lo que se hace necesario la compra de doce (12) Camionetas, cuatro (4) Carros y cuatro (4) Four Wheel, para los fines antes mencionados. SEGUNDO: Que se proceda a publicar en la página Web de este Cuerpo Especializado de Seguridad Turistas (CESTUR), la presente declaratoria de urgencia por los motivos antes expuestos y se proceda a invitar a las personas físicas o jurídicas que puedan cumplir con requerimiento de urgencia objeto de la presente Acta, en cumplimiento a lo establecido en el Numeral 7 del Artículo 4 del Reglamento de aplicación a la Ley de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, esto así, debido a las razones anteriormente expuestas. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al un (01) día del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
JUAN CARLOS TORRES ROBIOU General de Brigada Piloto, FARD. Director General del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR).
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
AVISO RECTIFICACIÓN DE REGISTROS RELATIVOS AL ESTADO CIVIL.
De conformidad con las disposiciones del artículo 158 de la ley No. 189-11, del 16 de Julio del año 2011, se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día jueves PRIMERO (1ero) DEL MES DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO (2018) a las nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y ultimo subastador, que al efecto celebrará ante la SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL; en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, en uno de los apartamentos de la Segunda Planta del Palacio de Justicia del Distrito Nacional, ubicado en el (la) calle Hipólito Herrera Billini esquina Juan B. Pérez, del Centro de los Héroes, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, el(los) siguiente(s) inmueble(s): Apartamento 10-B-Sur, Décimo Piso del Condominio Naco II, matrícula 0100307959, con una superficie de 160 metros cuadrados, ubicado en el Distrito Nacional, dentro del ámbito de la parcela 227-3-REF-B-2, Porción S, DC 3. El Inmueble está ubicado en la Unidad funcional 10-B-Sur, Edificio Naco II, Décimo Piso, ubicado en la calle Presidente González # 18, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional. El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) en perjuicio de ALTAGRACIA ELVIRA CROSS ORTIZ, JOSE OSCAR AZAR CROSS, FELIPE OSCAR AZAR CROSS y NELLY ALTAGRACIA AZAR CROSS, dominicanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001-1015237-8, 001-0098970-6, 0010098969-8 y 001-1156825-8, respectivamente, con domicilio en la calle Presidente González #18, Apt. 10-B-Sur, los tres primeros y en la calle del Carmen #2, Apt. 901 la última, de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 de fecha 16 de Julio de 2011, a requerimiento de AUTO SOLUCIONES MAX, S.R.L., entidad comercial organizada y existente de conformidad con la ley de sociedades, con su oficina principal ubicada en la calle César Canó #362, El Millón, Santo Domingo, con Registro Mercantil número 81388SD y RNC 1-30-79687-4, representada por su Gerente, RAUL LINARES BARRIENTOS, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-1390577-2, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, la cual tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los licenciados JOAN FRANCISCO MOYA DOMINGUEZ y ENMANUEL N. CRUZ B., ambos de nacionalidad dominicana, mayores de edad, casados, debidamente matriculados en el Ilustre Colegio de Abogados de la República Dominicana, provistos de las Cédulas de Identidad y Electoral Números 001-14030695 y 001-1403066-1, respectivamente, con estudio profesional abierto en la calle César Canó #362, El Millón, Santo Domingo, lugar(es) donde ha hecho y mantiene elección de domicilio el persiguiente. El(Los) mandamiento(s) de pago fue(ron) notificado(s) al(los) deudor(es) embargado(s) en fecha 9 de enero del 2018, mediante Acto No. 16/2018, del Ministerial José Rodríguez Chahin, Alguacil Ordinario del Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago de los deudores, en los plazos establecidos por la ley. Fue inscrito en el Registro(s) de Títulos del Distrito Nacional en fecha 26 de enero del 2018. El pliego de condiciones que regirá la Venta fue depositado en la Secretaria del Tribunal Apoderado en fecha 5 de febrero del 2018. El persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 55/100 (RD$7,230,294.55), que es el monto a que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos de la secretaria de la cámara el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a efecto la venta. Los deudores y los acreedores inscritos serán citados por Acto de Alguacil para presenciar la venta. HECHO Y FIRMADO por los abogados del persiguiente, en el Distrito Nacional, hoy día nueve (9) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, Octava Disposición, Actuación No. 31, de la Resolución No. 19-0312, sobre los Requisitos ante los Registros de Títulos de la República Dominicana, se hace de público conocimiento el sometimiento a corrección por error inducido en el Certificado de Título Duplicado del Dueño que ampara el derecho de propiedad sobre el inmueble que se describe a continuación: “Unidad funcional 404-D, identificada como 400427994278:404-D, matricula No.3000067247, del condominio RESIDENCIAL VISTA VERDE, ubicado en SANTO DOMINGO NORTE, SANTO DOMINGO, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 4% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-00-01-019, ubicado en el nivel 01, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.75 metros cuadrados; un Sector Propio identificado como SP-01-04-004, ubicado en el nivel 04, del bloque 01 destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 120.10 metros cuadrados “, propiedad de los señores ESTEBAN POLANCO y FRANCISCA ABAD GIRON, quienes figuran en el mencionado Certificado de Título como “casados” cuando lo correcto es que nunca han contraído matrimonio ni civil, ni canónico, ni en su país de origen, ni en el extranjero por lo que al momento de adquisición del inmueble ellos mismos se encontraban “solteros”. FC 354678
LIC. JOAN FCO. MOYA DOMINGUEZ Por sí y por el LIC. ENMANUEL N. CRUZ B., Abogados de la persiguiente. FC 354729
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA, POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO Se hace de público conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes que: en fecha 15 del mes de Marzo del año 2018, a las Nueve Horas de la Mañana (9:A.M.), por ante la Primera Sala de La Cámara Civil y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, en sus salones de audiencias públicas, sito en la Avenida Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador de los siguientes inmuebles: 1- La Unidad Funcional 2-A, Identificada como 401412777853:2-A, Matrícula No. 3000124352, del Condominio Daniela I, Ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo, con un porcentaje de participación sobre las Áreas Comunes y la Parcela del 4.37%, y 1 Voto en la Asamblea de Condómines, conformada por un Sector Propio Identificado como SP-02-01-001, ubicado en el Nivel 01, del Bloque 2, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 31.73 Metros Cuadrados. 2- La Unidad Funcional 2-B, Identificada como 401412777853:2B, Matrícula No. 3000124354, del Condominio Daniela I, Ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo, con un porcentaje de participación sobre las Áreas Comunes y la Parcela del 4.37%, y 1 Voto en la Asamblea de Condómines, conformada por un Sector Propio Identificado como SP-02-02-001, ubicado en el Nivel 02, del Bloque 2, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 31.73 Metros Cuadrados; 3-La Unidad Funcional 3-A, Identificada como 401412777853:3-A, Matrícula No. 3000124357, del Condominio Daniela I, Ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo, con un porcentaje de participación sobre las Áreas Comunesy la Parcela del 4,45%, y 1 Voto en la Asamblea de Condómines, conformada por un Sector Propia Identificado como SP-02-01-002, ubicado en el Nivel 01, del Bloque 2, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 32.31 Metros Cuadrados; 4La Unidad Funcional 3-B, Identificada como 401412777853:3-B, Matrícula No. 3000124358, del Condominio Daniela I, Ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo, con un porcentaje de participación sobre las Áreas Comunesy la Parcela del 4,45%, y 1 Voto en la Asamblea de Condómines, conformada por un Sector Propio Identificado coma SP-02-02-002, ubicado en el Nivel 02, del Bloque 2. destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 32.31 Metros Cuadrados; 5-La Unidad Funcional 3-D, Identificada como 401412777853:3-D, Matrícula No. 3000124360, del Condominio Daniela I, Ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo, con un porcentaje de participación sobre las Áreas Comunes y la Parcela del 4.45%, y 1 Voto en la Asamblea de Condómines, conformada por un Sector Propio Identificado como SP-02-04-002, ubicado en el Nivel 04; dei Bloque 2, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 32.31 Metros Cuadrados; en cuya Secretaría del tribunal se encuentra depositado el PLIEGO DE CARGAS, CLÁUSULAS Y CONDICIONES que regirá dicha venta y adjudicación, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de los Sres. Eudemio Lorvich y Santa Epifania Arias De León, ambos con domicilio en la Calle 10 No. 8-A, Apto. 401, Residencial Patio de la Isabelita, Sto. Dgo. Este, a diligencias y persecución de Gonzalo Esteban Ortiz y Remberto Díaz Núñez, quiénes tienen como abogados constituidos y apoderados especiales a los Licdos. Randy Yoer García Féliz y Yessica C. Mercedes González, quiénes tienen su estudio de abogado abierto en la Avenida España, Plaza Rubí, No. 69, Suite 202, Ensanche Isabelita, Santo Domingo Este, en cuyo estudio de abogado hacen formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. EMBARGO: ACTOS NOTIFICADOS: 1) Acto número 500/2017, de fecha 25 de SEPTIEMBRE del año 2017, instrumentado por el Ministerial FRANCISCO ANDRES BELTRE contentivo de MANDAMIENTO DE PAGO A FINES DE EMBARGO INMOBILIARIO; 2) Acto número 800/2017, 07 de Noviembre del año 2017, instrumentado por el Ministerial FRANCISCO ANDRES BELTRE, contentivo de PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO; 3) Acto número 801/2017, de fecha 08 de Noviembre del año 2017, instrumentado por el Ministerial FRANCISCO ANDRES BELTRE, contentivo de la NOTIFICACION DEL PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO. Dicho embargo inmobiliario y denuncia fueron inscritos por ante el Registro de Títulos de Santo Domingo, en fecha 10 de Noviembre del año 2017. El precio de la primera puja será la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$3,280,000.00), suma a que asciende la deuda principal e intereses del embargo frente a los persiguientes, más intereses convencionales por vencerse hasta la fecha de la venta, sin incluir la mora, gastos de procedimiento, honorarios, y demás accesorios vencidos y por vencerse, debiendo todo subastador depositar previamente, por ante la Secretaría del indicado Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque Certificado de una institución bancaria con domicilio en República Dominicana, todo de conformidad con el pliego de cargas, cláusulas y condiciones que regirá dicha venta. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, Treinta y Un (31) días del mes de Enero del año 2018.
LIC. RANDY YOER GARCIA FELIZ, Abogado.
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14-001018181-9, documento no. 027137, fecha de apertura 29/07/2016, expedido por un valor de RD$ 15,000.00 (QUINCE MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
GLEIDYS ELIANA RAMIREZ Depositante
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 9600230898, de fecha de apertura 7/11/2017, por valor de $10,000,000.00 (diez millones pesos dominicanos), expedido en el BanReservas, a favor de QUENDY MANUEL PEREZ.
Para generar conocimiento y de conformidad con las previsiones del Art. 22 de la ley No. 1306 Bis, sobre divorcio, el Sr. WILFREDO ANTONIO ARACENA PERALTA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0389967-0, domiciliado y residente en la calle Jimani, No. 176, Ensanche Espaillat, Santo Domingo, Distrito Nacional; ADVIERTE, a su legitima esposa Sra. MARIA DE LOS ANGELES VELAZQUEZ NAVARRO, cuya última dirección se desconoce; que a falta de información de su residencia actual, procederá por conducto de su abogado DR. RUDDY GARCIA, a emplazarla el día martes que contaremos a trece (13) del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018), por ante la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial para Asuntos de Familia del Distrito Nacional, sito en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina calle Santiago, del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, en calidad de demandarla para conocer de la Demanda en Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres de la cual esta apoderado dicho tribunal. En la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 07 días del mes del Febrero del año 2018.
DR. RUDDY GARCIA, Abogado de la parte demandante. FC 354691
AVISO DE MODIFICACION DE ESTATUTOS
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 0001, de fecha 17 de enero del año dos mil diez y ocho, fue aprobada la modificación de los Estatutos de la asociación sin fines de lucro FUNDACION EDUCANDO, con su domicilio en la calle Apolinar Perdomo No. 161, Reparto Atala. Esta institución tiene como fines: 1.- Desarrollar programas educativos complementarios, 2.- Promover eventos que ayuden a proporcionar: comida, abrigo y protección, a los niños, niñas y adolescentes en los sectores marginados, fortaleciendo su formación, 3.- Crear núcleos barriales que puedan detectar personas analfabetas para proceder a suministrarle la debida instrucción. Etc.. El Consejo directivo está constituido por nueves personas, quienes son, Licenciado Héctor Antonio Sandoval, Lic. Mario Ceballos, Lic. Carmen Grisel Facenda, Lic. Tomas González, Lic. Rosa Antonia Sandoval, Ing. Julio Alcántara Castillo, David Ramón Marmolejos, Ariel de León Facenda y Miguel Otaño Alcántara. La duración de esta asociación es de cuatro años. En Santo domingo, D. N., a los ocho (8) días del mes de Febrero del año dos mil diez y ocho (2018)
De conformidad con las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber: que LA SÉPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó una sentencia de fecha 18 de diciembre del año 2017, y pronunciado en fecha 23/01/2018, por el oficial del Estado Civil de la 2da Circunscripción, del Distrito Nacional, inscrita en el Registro de divorcio No.0001, Folio No.0056, Acta No.000027, del año 2018, según Sentencia No.532-2017-SSEN-02436, de fecha 18/12/2017, DICTADA POR LA SÉPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA REGULAR Y VALIDA en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores WILKINS ANTONIO VARGAS DE LA ROSA y ALTAGRACIA PEREZ BASILIO, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo ACOGE las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores WILKINS ANTONIO VARGAS DE LA ROSA y ALTAGRACIA PEREZ BASILIO, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.294/2017, Instrumentado en fecha 25 de octubre del 2017, por ante el DR. ROSELI ESTEVEZ ROSARIO, Notario Publico de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: ORDENA al oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma
Lic. Héctor Antonio Sandoval González Presidente FC354737
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título No. 67-96, del inmueble descrito como Parcela número ciento noventa y seis(196) del Distrito Catastral número cuatro(04), ubicada en la Sección El Caimito, Municipio San Francisco de Macorís, con una porción de terreno de dieciséis hectáreas (16Has), veintiocho áreas (28As) y cuarenta y ocho centiáreas (48Cas), expedido a nombre de Francisco Santos Luna (Pancho), aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: El presente aviso se realiza para solicitud de un nuevo Certificado de Título por pérdida o deterioro. FC354740
PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones de la Ley No. 108-05, Sobre Registro Inmobiliario, de fecha 23 de marzo del 2005, y su Reglamento General de Registro de Títulos, Art. 86, se hace de público conocimiento la Perdida del Certificado de Título No. 67-3066, referente al Duplicado de Dueño, expedido por el Registrador de Título, a favor de “REPARTO VILLA JUANA, C. POR A.” RNC. No. 1-01-00785-2, concerniente al inmueble descrito como: SOLAR No. 10. MANZANA 194, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, inscrito el 2 de Junio del 1967, bajo el No. 888, F. 222, del Libro de Inscripciones No.55, Propiedad de la Sociedad “REPARTO VILLA JUANA, C. POR A.”, con una Extensión Superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS DECIMETROS (244.82Mt2). Dicho Solar consta en el asiento original del Certificado de Título 67-3066, Registrado en el Libro 379, Folio 107. Cuyas cargas gravámenes anotaciones y/ o medidas provisionales corresponden a la sociedad comercial “REPARTO VILLA JUANA, C. POR A.” o lo que lo mismo REPARTO VILLA JUANA, S.R.L. RNC. No. 1-01-007852
Licda: Andrea Valenzuela Guillen. Abogada.
LICDA. YESSICA C. MERCEDES GONZALEZ, Abogada. FC 354687
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO
FC354744
LIC. BUENAVENTURA VALDEZ DEL CARMEN ABOGADO
DIVORCIO En cumplimiento de la disposiciones del Artículo 42 de la ley No.1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber los siguiente: que dictada la Sentencia No.2933/2017, de fecha 28 de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), emitida por la Cuarta Sala para Asunto de Familia de la Cámara civil del Juzgado de Primera Instancia de Provincia de Santo Domingo, la cual en su parte dispositiva dice textualmente así: PRIMERO: Declara Inconstitucional para el presente proceso, el artículo 27 de la ley 1306 Bis de la fecha 21 de mayo del 1937, modificada por la ley 3932 de fecha 20 de septiembre del 1954, sobre divorcio en República Dominicana, en virtud del principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Constitución de la Republica Dominicana. SEGUNDO: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de estipulaciones y convenciones para fines de divorcios por mutuo consentimiento, marcado con el número doce (12), de fecha veinticinco (25) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), folio número veintitrés (23), instrumentado por el DR. CARLOS MANUEL VENTURA MOTA, notario público de los números del Distrito Nacional, matricula 1749. TERCERO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges RAMON ANTONIO MORETA y MIRTA ARACELIS CABRERA MEJIA, con todas sus consecuencias legales, por motivos precedentemente expuestos. CUARTO: Ordena el Pronunciamiento de la presente sentencia por ante la oficialía del estado civil correspondiente. QUINTO: Compensa las costa por tratarse de litis entre en esposos.
DR. CARLOS M. VENTURA
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #10805 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título de Propiedad No. 94-949 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 29,997m2 en el ámbito de la Parcela No.63-E, del Distrito Catastral No.3 del Municipio Jarabacoa y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega. A nombre de MATSUO HAMADA, Propietario. En la ciudad, municipio DE JARABACOA y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 09 días del mes de febrero del año 2018.
LIC. OSCAR ALCANTARA TINEO, Abogado. (SGV-AC-12623-PC)
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para conocimiento General y en virtud de las disposiciones del Art 42 de la ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber que la Sentencia Civil Número, 1450-2017-SSEN-00336, dictada por la Magistrada Juez de la Quinta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en fecha diecinueve (19) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), cuyo dispositivo textualmente dice así: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto contra la parte demandada por falta de comparecer, no obstante estar legalmente citada y emplazada; SEGUNDO: ADMITE el divorcio entre los señores ROQUE ANTONIO BISONO PEÑA y ZENEIDA DEL CARMEN TORRES REYES por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplidos los requisitos de ley. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas por tratarse de una litis entres esposos; CUARTO: COMISIONA al Ministerial ABMAEL LOPEZ, Alguacil Ordinario de este tribunal para la notificación de la presente Sentencia. Firmada por la Magistrada BELSEDY DENISE HERNANDEZ DE LA NUEZ (JUEZ) ZOILA H. QUEZADA ALMONTE (SECRETARIA AD-HOC), Rectificada mediante la sentencia Administrativa número 00051-2017, de fecha primero (01) de noviembre del dos mil diecisiete (2017). El divorcio que antecede cuyo dispositivo aparece; copiado mas arriba fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha dos (02) del mes de febrero del año das mil dieciocho (2018), asentado en el acta número 000103, DIVORCIO inscrito en el Libro No. 00001, folio No. 0103, año 2018. La presente publicación ha sido autorizada por la infrascrita abogado, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Provincia de Santiago, República Dominicana, a los siete (07) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
LICENCIADA INDIANA PEÑA ESPINAL
EDICTO DE VENTA INMOBILIARIA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con el artículo 696 del CPD, se hace la presente publicación fecha de la adjudicación: El día miércoles que contaremos a veinte (20) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), a las 9:00 A.M. TRIBUNAL: La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia de Santiago, sito en la Santiago, ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia de Santiago, sito en la esquina formada por la avenida 27 de Febrero con calle E. Guerrero, del ensanche Román I, de la ciudad de Santiago de los Caballeros. INMUEBLES: El inmueble correspondiente a una porción de terreno situada en Estancia Nueva, del municipio de Santiago, la cual cubre una extensión superficial de seiscientos veintinueve (629 Mts) metros cuadrados, o sea una (1) tarea de tierra, dentro de los linderos actuales: al Norte: con propiedad de la señora María Rodríguez; al Este: con propiedad de la señora Braudelinda Tavarez; al Sur: Con propiedad del señor Antonio Rodríguez; y al Oeste: carretera de Estancia Nueva; con toda su mejora consistente en una casa construida de blocks, techada de zinc, piso de cemento, dos habitaciones, sala, cocina, comedor, galería y patio. Ubicado en la sección Estancia Nueva, municipio de Puñal, provincia de Santiago, que es propiedad del señor: HERMINIO ANTONIO HERRERA TAVAREZ, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0179261-6, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago. PERSIGUIENTE: señor JEYFRESSON ALEXANDER VARGAS GARCIAS, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0523248-6, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros. EMBARGO: HERMINIO HERRERA TAVAREZ, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0179261-6, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago, en calidad de deudor hipotecario. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El proceso de embargo inmobiliario, es de fecha 28 de febrero del año 2017, según acto No. 175/2017, del Notario Público, LIC. WINSTON ELVIS ROMERO AYBAR, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0024060-9, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, matriculado en el Colegio Dominicano de Notarios, bajo el No. 7140, con estudio profesional abierto en la calle 3 No. 76 altos, del sector Nibaje, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, registrado en fecha 3 de abril del año 2017, bajo el No. 1083, Folio 526, Libro 891, de acto judiciales, firmado por el director de Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca del municipio de Santiago, el acta de denuncia de embargo es de fecha 22 de abril del año 2017, según acto No. 173-17, del Ministerial ANTONIO C. RAMOS JORGE, Alguacil Ordinario del Segundo Tribunal de Tránsito del municipio de Santiago, registrado en fecha 2 de agosto del año 2017, en la Oficina del Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca del municipio de Puñal, registrado bajo el No. 243, Folio 81 y la transcripción del acta de embargo y denuncia fue inscrito en fecha 2 de agosto del año 2017, bajo el No. 18, Folio 18, Libro 1 de transcripciones, a las tres cuarenta en la oficina del Conservador de Hipoteca. Precio: El precio de la primera puja fue fijado por la suma de Un Millón (RD$1,000,000.00) de pesos dominicano, más los gastos y honorarios del procedimiento de conformidad con la ley. Garantía estipulada para ser licitador, un diez por ciento del precio de la primera puja en dinero en efectivo, o en cheque bancario certificado, deberá ser depositado en la Secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, sin cuyo requisito no sea admitido licitador de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la Secretaría de dicho Tribunal, en fecha 22 de noviembre del año 2017. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, municipio y provincia de Santiago, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
LICDO. HILARIO ALEJANDRO SANCHEZ, Abogado de la parte persiguiente.
LEGAL 17
FRAGOSO LORENZO & ASOCS. Calle San Juan Bautista No. 29, Asuntos Jurídicos y Notaría, Tel. 557-2324, San Juan de la Maguana, R.D. PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber: Que la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan, dictó su sentencia civil No. 0322-2017-SCIV-00422, de fecha 10 de noviembre de 2017, cuya parte dispositiva copiada textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de SRA. VIOLETTY ANNERYS RIVERA ADAMES, por falta de comparecer, no obstante legal. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre JUAN JOSE FERNANDEZ LUCIANO y VIOLETTY ANNERYS RIVERA ADAMES. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento y Comisiona al Ministerial RICHARD A. MATEO HERRERA, para que notifique la presente sentencia. Este divorcio fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil del municipio de San Juan de la Maguana, quien transcribió la sentencia en el Libro No. 00001, de Registro de Divorcio, Folio No. 0011, bajo el Acta No. 000006, año 2018, en fecha 23 de enero del 2018. La presente publicación esta autorizada por los infrascritos, en la ciudad y municipio de San Juan de la Maguana, República Dominicana, hoy día 07 de febrero de 2018.
LIC. CESAR YUNIOR FERNANDEZ. FC 95600
PUBLICACION DE DIVORCIO Para conocimientos general y en cumplimiento de las disposiciones del Art.42, de la ley 1306-BIS de divorcio, se hace saber que en el Juzgado de Primera Instancia de la Cámara Civil y Comercial y para asuntos de familia de Distrito Nacional, Sala ocho (08), en sus asuntos civiles, dicta una sentencia civil, marcada con el número 02353-17 de fecha veintiséis (26) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), en la cual se admite el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO entre el señor PLACIDO FRANCISCO AMARO PÉREZ Y KATHERINE DILONE ESPINAL. El presente divorcio fue pronunciado el día 16 del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018) Archivado y sometido a la inscripción en el registro de divorcio para los fines correspondientes en el Libro No. 00002, Folio No. 0019, Acta No.000109, año 2018 en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Distrito Nacional. Expedido el 05 de febrero del año 2018. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los 8 días del mes de febrero del año 2018.
Convocatoria - Asamblea General Ordinaria 2018 Lugar: Calle 10 No.18, Sector Brisas del Este, Santo Domingo Este, entre las Calles Antonio Guzmán y María Trinidad Sánchez. Fecha: 26 /2/ 2018. Hora: 6:00 p.m. Por este medio la Fundación Colorando-Fundapromenor, Incorporada por resolución No.002-2014 de Fecha 28 de Enero del 2014 con RNC No.4-30149535, con su domicilio ubicado en la Calle Juan Rosario No.198, Esq. José Francisco Peña Gómez San Luis, Santo Domingo Este. Convoca a todos sus miembros, Cito: Fe Rosalía Alba Veloz. Clara Luz Alba Veloz. Leonarda Inés Maldonado Núñez. Danny Rafael Casado Vicente. Maria Gesine Thomaschke De Bonetti. Evianny Libonet De Los Santos Valenzuela. Juana Espiritusanto D. Luz del Alba Alba de Casado Sharline Elaine Matos Alba Dauglan Alexander Garcia Mario Ramón Bonetti Toribio. Para que comparezcan a la Asamblea General Ordinaria, que se celebrara en la Calle 10 No.18, Sector Brisas del Este, Santo Domingo Este, entre las Calles Antonio Guzmán y María Trinidad Sánchez, el día 26 de Febrero del 2018, a las Hora 6:00 p.m.; conforme al Artículo 19 de los Estatus que rigen la Institución, en la cual se conocerá la agenda siguiente: Agenda del día: Presentación de memoria anual Artículo 20. Elección de una nueva Junta Directiva Artículo 23, Ordinal (a) Elección de un nuevo Comisario de Cuentas Artículo 24. Cualquier Punto de Interés que sea sometida y aprobada por la Asamblea General. Santo Domingo Este, 8 de Febrero del 2018. Convocante:
CLARA LUZ ALBA VELOZ PRESIDENTA
DRA. ROSA DELIA AMARO MENDEZ, Abogada Apoderada.
AVISO DE INCORPORACION
FC 354727
CENTRO JURIDICO MEDINA Y ASOCIADOS Lic. Palermo Medina Abogado-Detective e Investigador (PUBLICACION DE DIVORCIO) En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306 Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha uno (1) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia mediante sentencia No. 538-2017-SSEN-00270 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre JESSICA INDHIRA ALCANTARA BELTRE y SANDY ENRIQUE REYES REYES. SEGUNDO: OTORGA la guarda de la menor de edad de nombre SANYELIS, a cargo de su madre, la señora JESSICA INDHIRA ALCANTARA BELTRE, hasta su mayoría de edad o emancipación legal. TERCERO: ORDENA al Oficial del estado Civil correspondiente, el pronunciamiento del presente divorcio. CUARTO: Comisiona a la Ministerial KAIRA IDALINA DIAZ PUJOLS, alguacil de estrado de este tribunal, para la notificación de esta sentencia. QUINTO: COMPENSA las costas por tratarse de Litis entre esposos. Así mismo se hace saber que en fecha diez (10) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil del Municipio de Nizao procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00001 de registros de divorcio, Folio No. 0015, bajo el Acta No. 000008, del año 2017, así como también se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el municipio de Nizao, provincia Peravia, R.D., a los quince (15) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafos II de la Ley 122-05, del 8 de abril del año 2005 se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 00025, de fecha 18 de Diciembre del año 2017, fue otorgado el beneficio de Incorporación a la asociación sin fines de lucro “CENTRO DE RESTAURACION Y VIDA PARA LA MUJER” CREVIMU, con su domicilio en la avenida 27 de Febrero, Plaza Karina, Suite 409, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, Esta Institución tiene como Fin Contribuir con la Restauración Emocional y el Desarrollo Técnico Profesional de Mujeres sin Oportunidades, logrando Bienestar en Familia y la Integración a los Diferentes Roles de la Sociedad sin Discriminación, sus Miembros Fundadores son: LUCIA FELIZ ALCANTARA, ODILANIA PEREZ TAVAREZ, ANA ALEXANDRA NUÑEZ RAMIREZ, XIOMARA ABREU VALDEZ, CARLOS FELIZ FELIZ, LUIS RAFAEL MERCEDES FELIZ, YVELISSE JIMENEZ, YOSERAIDA ESTEL FERRERAS FELIZ, ARISLEIDA GERMOCEN MARTE, BERTHA LIDIA SUERO, ANGELA LUCIA ALCANTARE FELIZ, y a su vez el consejo directivo está constituido por: LUCIA FELIZ ALCANTARA, como Presidenta; ODILANIA PEREZ TAVAREZ, como Vice-Presidenta; ANA ALEXANDRA NUÑEZ RAMIREZ, como Secretaria; XIOMARA ABREU VALDEZ, como Tesorera; CARLOS FELIZ FELIZ, como Vocal, LUIS RAFAEL MERCEDES FELIZ, como Vocal; YVELISSE JIMENEZ, como Vocal, personas quienes son miembros de la fundación. La duración de esta Asociación es Indefinida. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Ocho (8) días del mes de Febrero del 2018.
LUCIA FELIZ ALCANTARA, Presidenta. FC 354734
PUBLICACION DE DIVORCIO
Conforme el Art. 42 Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 17 de JUNIO del año 2016, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia No.209-2016-SSEN-00414, cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre RAFAEL CASTAÑEDA ALMANZAR Y ROSA ESTELA PAULINO JOGA. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma: (FIRMADO) Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad; Jueza Presidenta; Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 2DA. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro #4; Folio 43; Acta #322 en fecha 7 de septiembre del año 2016. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 9 días del mes de febrero del Año 2018.
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo No. 42 de la Ley No. 3306-Bis, sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha siete (7) del mes de Diciembre del año dos mil diecisiete (2017), la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, dictó la Sentencia Civil marcada con el No. 208-2017-SSEN-02031, cuyo dispositiva copiado textualmente expresa lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Gabriel Antonio Mendoza Concepción y María Raquel Rosario Veloz, conforme al acta de estipulación de divorcio, instrumentado por ante el notario público de los del Número para el Municipio de La Vega, Licenciado Fernando Arturo Morillo López, de fecha 27/09/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte mas diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de Litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma, Ylonka Esperanza Brito Henríquez, Jueza, Leydy Josefina Lespín Tapia, Secretaria. Asimismo, se hace saber, que en fecha dieciséis (16) del mes de Enero del año dos mil dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de La Vega, procedió a pronunciar el divorcio por Mutuo Consentimiento entre Gabriel Antonio Mendoza Concepción y Moría Raquel Rasaría Veloz, y a transcribir la sentencia No. 208-2017-SSEN02031 que lo admite, inscribiéndolo en el libro No. 00001 de Registros de Divorcio, Folio No.0043, Acta No. 000022, del año dos mil dieciocho (2018). En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de República Dominicana, a los siete (7) días del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018).
Licda. ANA YAJAIRA BEATO GIL, Abogada.
DR. JUAN CARLOS SÁNCHEZ VELASQUEZ ABOGADO
LICDO. PALERMO MEDINA FALCON, Abogado. FC 354725
PUBLICACION DE DIVORCIO
(AC-12618-PC)
FC354745
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
De conformidad con las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber: que LA SÉPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó una sentencia de fecha 22 de diciembre del año 2017, y pronunciado en fecha 23/01/2018, por el Oficial del Estado Civil de la 2da. Circunscripción, del Distrito Nacional, inscrita en el Registro de divorcio No.00001, Folio No.0054, Acta No.000026, del año 2018, según Sentencia No.5322017-SSEN-02453, de fecha 22/12/2017, DICTADA POR LA SÉPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA REGULAR Y VALIDA en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores JUAN CARLOS SIERRA BELTRE y DARINA PEREZ BASILIO, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo ACOGE las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores JUAN CARLOS SIERRA BELTRE y DARINA PEREZ BASILIO, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.288/2017, instrumentado en fecha 16 de octubre del 2017, por ante el DR. ROSELI ESTEVEZ ROSARIO, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, y firma.
De conformidad con lo previsto por la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de conocimiento público que la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia mediante Sentencia Civil No.532/2017, de fecha 08 de Enero del año Dos Mil dieciocho (2018), que dispuso lo siguiente: FALLA: UNICO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por mutuo consentimiento intentada por lo señores: FELIX ANTONIO CASTELLE DURAN Y LUCRECIA AMPARO HERNANDEZ, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones intentada por los esposos intentada y en consecuencia: Declara resuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Félix Antonio Castelle Durán y Lucrecia Amparo Hernández, por su mutuo consentimiento de acuerdo al acto de estipulaciones y convenciones del Divorcio No. 24 /2017, por ante la Licda. Dolores Santana, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que procede. B) Otorgarle la guarda y cuidado del menor de edad Elianny, a cargo de la señora Lucrecia Amparo Hernández, acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 24/2017 instrumentado en fecha 2, por ante mi Licda. Dolores Linares Santana, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil Correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. La presente sentencia ha sido firmada el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. El divorcio que antecede, fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional en fecha 2 de febrero del 2018, según consta en Acta No.000026, Folio No.0048, del Libro No.00001, año 2018, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana.
TREND VALORES, S. A. Capital Social Autorizado: RD$ 90,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$ 30,000,000.00 Registro Mercantil: 106345SD RNC: 1-31-13826-8 Domicilio Social: Avenida Abraham Lincoln Esq. Roberto Pastoriza, Plaza Bolera, Local 11, Santo Domingo, D.N., Republica Dominicana.
TREND VALORES, S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS En el cumplimiento de las disposiciones del Articulo 30 de los Estatutos Sociales de la sociedad TREND VALORES, S. A. se convoca a todos los accionistas de la sociedad, para asistir a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrara en la Avenida Abraham Lincoln, Plaza Bolera, Local 11, Ensanche Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, el día veintiocho (28) de febrero del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (09:00) a.m. a fin de conocer y resolver los asuntos comprendidos en el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA 1. Aprobar la validez de la Asamblea. 2. Aprobar la exclusión voluntaria de Trend Valores, S.A. del Registro del Mercado de Valores y realizar la solicitud a los organismos competentes que forman parte de la Superintendencia del Mercado de Valores de la República Dominicana. 3. Decidir sobre la disolución o no de Trend Valores, S.A. o de la modificación de los Estatutos Sociales a los fines de que la sociedad no pueda realizar actos de comercio que son exclusivos para participantes del mercado de valores. 4. Otorgar las autorizaciones y poderes necesarios a las personas que tramitarán el proceso exclusión voluntaria del Registro del Mercado de Valores y del proceso de disolución de la sociedad o de la modificación de sus Estatutos Sociales, según corresponda y decida la Asamblea. 5. Conocer sobre cualquier posición de la Superintendencia del Mercado de Valores, relacionada deforma directa o indirecta con la exclusión del Registro del Mercado de Valores o sobre cualquier otro aspecto de interés para los accionistas de la Sociedad. La asamblea general extraordinaria deliberará válidamente si concurren personalmente o por vía de apoderados, o mediante votación previa escrita, accionistas que tengan, por lo menos, la mitad (1/2) más una de las acciones suscritas y pagadas y decidirá por la dos terceras partes (2/3) de los votos de los accionistas presentes o representados, Durante los días que preceda a la Asamblea, los accionistas podrán tomar conocimiento en el domicilio de la sociedad de los documentos relacionados a los temas del Orden del Día. En caso de que un accionista no pueda asistir a la Asamblea, podrá hacerse representar por un mandatario debidamente apoderado mediante poder escrito. Los poderes de representación de aquellos accionistas que asistan a través de apoderados, deberán ser depositados en el domicilio de la Suciedad, descrito más arriba o entregados a esta el día de la celebración de la asamblea. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (09) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
FERNANDO DAUHAJRE TITULAR DEL 60% DE LAS ACCIONES DE TREND VALORES, S.A.
LIC. BUENAVENTURA VALDEZ DEL CARMEN Abogado.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para general conocimiento y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 42 de la ley No. 1306-bis, sobre divorcio, se hace saber que en fecha treinta y uno (31) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017), La Cámara Civil, Comercial y De Trabajos Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Peravia en sus atribuciones civiles dictó una sentencia de divorcio marcada con el número 538-2017, la que copiada en su parte dispositiva al pie de la letra dice: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto de la demandada, señora MARLEN DEL CARMEN BAUTISTA NINA, por falta de comparecer no obstante haber sido debidamente emplazada. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre ALBERTO FRANK LORENZO PAULINO Y MARLEN DEL CARMEN BAUTISTA NINA. TERCERO: ORDEN al oficial del Estado Civil correspondiente al pronunciamiento de presente divorcio. CUARTO: COMPENSA las costas por tratarse de litis entre esposos. QUINTO: COMISIONA a la ministerial Kaira Idalina Díaz Pujols. De Estrado de este Tribunal para la notificación de esta sentencia. La presente sentencia ha sido emitida y firmada por José Manuel Medina, el mismo día, mes y año señalados al inicio de la misma.
LIC. JESÚS MARÍA SANTANA MARTINEZ ABOGADO FC354751
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
INSTANCIA DE PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
En virtud de lo que establece el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que se ha fijado para el día 07 del mes de marzo del año 2018, a las 9:00 horas de la mañana, la audiencia de pregones a celebrarse en la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del 2do. Piso del Palacio de Justicia de Baní, sito en la Prolongación Máximo Gómez No. 106, la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del siguiente inmueble: “Una porción de terreno ubicada en el sector Santa Rosa, Baní, con una extensión superficial de (6.7) X (9.60), dentro de los siguientes linderos: al Norte: Dencia; al Este: Ivelise; al Sur: Cabrera y al Oeste: Calle Rosendo Herrera, la cual tiene una casa de block, techada de zinc, pisos de cemento, con sus mejoras, anexidades y dependencias presentes y futuras, ubicada en la calle Rosendo Herrera, del sector Santa Rosa, Baní, provincia. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de los señores LUISA ELPIDIA AYBAR, dominicana, de quehaceres domésticos, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 003-0093032-8 y WILFREDO RAFAEL UBRI PEREZ, dominicano, mayor de edad, soltero, decorador, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0066684-9, ambos con domicilio y residencia en la calle Rosendo Herrera, casa No. 91, del sector Santa Rosa, Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a diligencias y persecución del señor SANTO CONFESOR RUIZ ESPINAL, persiguiente, dominicano, mayor de edad, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0080432-5, con domicilio y residencia en la calle Primera No. 24, Residencial Alto de los Menores, Baní, quien tiene como Abogada apoderada a la DRA. ALTAGRACIA M. CHALAS V., dominicana, mayor de edad, casada, Abogada de los Tribunales de la República, matriculada en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con el No. 29070-370-94, con estudio profesional abierto en la calle Nicolás Heredia No. 16, Apto. 4, 2do. Piso, Plaza Emporio, Baní, provincia Peravia, en cuya dirección hace formal elección de domicilio la parte persiguiente, quien tiene una hipoteca en primer rango, según certificación No. 24, de fecha 4 de abril del año 2018, emitida por el Departamento de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento del municipio de Baní, embargo que fue trabado mediante acto No. 9/2017, de fecha 17 de octubre del año 2017, denunciado mediante Acto No. 2365/2017, de fecha 23 de octubre del año 2017 y transcritos dichos actos el día 09 de noviembre del año 2017. El precio para la primera puja ha sido fijado por el persiguiente en la suma de RD$157,018.00, debiendo el licitador depositar por ante la Secretaría del Tribunal, el 10% del monto de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado de una entidad bancaria con asiento en el país.
En cumplimento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley No. 1306-bis, sobre divorcio para generar conocimiento, se hace saber lo siguiente: que en fecha cinco (05) del mes de septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017) la sexta Sala Civil y Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, mediante sentencia civil No. 1451-2017SSEN-00328, se ordeno la siguiente. FALLA: PRIMERO: pronuncia el defecto contra la parte demandad, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada; SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores ONEIDA DEL CARMEN TAVERAS ESPINAL Y ESTEBAN DE JESÚS RODRÍGUEZ TORRES por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplidos los requisitos de Ley; TERCERO: compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; CUARTO: Comisiona a la ministerial Dorca Martínez, Alguacil Ordinaria de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia: FIRMADA por: el Magistrado José Luis García y quien suscribe Zoila H. Quezada Almonte, Secretaria ad-hoc que certifico yo doy fe que es copia fiel a su original, a solicitud de la parte interesada el 18 días del mes de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). Así mismo se hace saber que en fecha veintinueve (29) del mes de diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017) en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Santiago de los Caballeros se procedió a transcribir la referida sentencia en el libro 00019, de registro de divorcio, Folio No. 0031, acta No. 001816, del año 2017. En la cuida de Santiago de los Caballeros. República Dominicana a los seis días del mes de febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018).
DRA. ALTAGRACIA M. CHALAS V., Abogada.
LICDA. ISABEL RAMÍREZ MARTE, Abogada. FC 354728
“Año del Fomento de las Exportaciones”
El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades de la concesión minera denominada “MAR”, en el Distrito Municipal de Caballero, paraje La Atalaya, provincia Sánchez Ramírez, R.D., que desde el 12/02 al 12/03/2018, la empresa PROYECTOS MINEROS, S.R.L. (PROMINCA), realizará trabajos de voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades. DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE. FC 354756
LIC. CRISTOBAL TAVERAS Abogado Apoderado
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En virtud de lo que establece el articulo 42, párrafo 1ro. De la Ley 1306-Bis, sobre divorcio. Se hace de conocimiento público lo siguiente: Que en fecha primero (01) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), la Sexta Sala Para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó una sentencia en sus atribuciones civiles marcada con el No. 1451-2017-SSEN-00699 y cuyo expediente es el No. 1451-1700847, y cuya parte dispositiva, copiada textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto contra ZOILA ALTAGRACIA TAVERAS, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite en cuanto a la forma la presente demanda en divorcio por incompatibilidad de caracteres y en cuanto al fondo, ordena la disolución del matrimonio entre los señores MATEO ACEVEDO y ZOILA ALTAGRACIA TAVERAS, con todas sus consecuencias legales; TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; CUARTO: COMISIONA al ministerial RICHARD RAFAEL CHAVEZ SANTANA, Alguacil de Estrado de la Sexta Sala Civil del Distrito Judicial de Santiago, para que notifique la presente sentencia. Firmada: Magistrado JOSE LUIS GARCÍA GARCÍA y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria. Que en fecha 06 del mes de Febrero del año 2018, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Santiago de los Caballeros, pronunció y transcribió la sentencia que admite el divorcio archivándolo y sometiéndolo a la inscripción en el Registro destinado a estas fines, correspondiéndole el libro No. 00002, Folio No. 0175, Acta No. 000188, del año 2018. La presente publicación ha sido autorizada por el abogado que suscribe. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los siete (07) días del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018).
LIC.JUANA ALTAGRACIA LUCIANO Abogada Apoderada Tel. 849-214-7912
“Año del Fomento de las Exportaciones”
El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes del proyecto denominada “La Noria”, ubicado en la provincia y municipio La Romana, R.D., que desde el 05/02 al 05/03/2018, la empresa PROYECTOS MINEROS, S.R.L. (PROMINCA), realizará trabajos de voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades. DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE. FC 354756
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 22 de Febrero del 2018, a las 10:00 a. m., se procederá con los trabajos Deslinde de una porción de terreno ubicada dentro de la Parc. No. 221-A-2 del D.C. No. 6/1ra., en el Municipio de San José de Los Llanos, Provincia de San Pedro de Macorís, propiedad del Sr. Víctor Manuel Romero Santana, con Autorización de fecha 8 de Diciembre del 2018, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dpto. Central. EXPEDIENTE No. 663201711459.
AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.662201801283 Se avisa que el día 19 de febrero del 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la Parcela 24-B, DC 5, ubicada en la calle Pedro J. Casado a unos 100m Ave. Imbert Res. Gamundi, municipio y Provincia La Vega autorización de mensuras del 06/02/2018, propiedad de Aymet Maricela De La Mota De Pérez y Franklin Domingo De La Mota Núñez realizado por:
Agrim. Jaime de los Santos de la Cruz,
ANA MARIA TORRES MARTINEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 26320.
CODIA No. 06881. (AC-12620-PC-1/2)
FC 354722
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
Expediente No. 662201709564 Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160 y 161 del Reglamento General de mensuras Catastrales, SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO, que el día 20/02/2018, a las 10:00 AM, daré inicio a la Mensura para deslinde y refundición, dentro de las parcelas No.7, 7-D, 7-DREF, 7-I, 8 del Distrito Catastral No. 05, ubicada en frente a la carretera Cabarete-Sosúa, frente al Banco Popular de Cabarete, del Municipio de San Felipe de Puerto Plata, Provincia Puerto Plata, propiedad de: NUEVA FLOR, S.A. representados por Kenia LirianoVenu e INVESIONES PHOBEMEX, S.A.S representados por Alma Marisol Almonte Hernández. Quedan dados todos los colindantes y además personas interesadas. Para cualquier inquietud comunicarse con el Agrimensor Contratista.
Exp.662201801336 Se avisa que el día 20 de febrero del 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la Parcela 92, DC 11, ubicada detrás de la Ferretería El Progreso en Jeremías, municipio y Provincia La Vega autorización de mensuras del 07/02/2018, propiedad de GLORIA MARIA ROSARIO MAGARIN realizado por:
Agrim. Carlo Manuel Martínez Leyba, Tel. 809-868-5024. Codia No.25072. FC 354724
AVISO DE PÉRDIDA DE INSTRUMENTO DE CAPTACIÓN En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado Financiero Número 40-015009191-0 de fecha 30 de Septiembre del año 2017, por un valor de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS (RD$ 450,000.00), Expedido por la ASOCIACIÓN CIBAO DE AHORROS Y PRÉSTAMOS, a favor del señor RAFAEL AMAURYS MEDRANO BEJAR
ANA MARIA TORRES MARTINEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 26320. (AC-12620-PC-2/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.662201800389 Se avisa que el día 27 de febrero del 2018 a las 2:00 p.m. iniciaremos el deslinde 300m2 en la Parcela 112, DC 11, ubicada en el Residencial Santa María, municipio y Provincia La Vega autorización de mensuras del 15/01/2018, propiedad de MARIA YESENIA ROSARIO FERNANDEZ realizado por:
ANTHONY MICHAEL ALMONTE BRITO, Agrimensor Contratista. CODIA 27644. (AC-12621-PC-1/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día (21) del mes de febrero del año 2018, a las 10 a.m., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE de un área de 197.50 mts2, dentro de la parcela no. 385, del D. C. No. 10/6ta, del Municipio de Higüey, provincia La Altagracia. Ubicado en la Calle Antonio Valdez hijo, Casa no. 18, del Sector Estrella de Belén del municipio de Higüey, provincia la Altagracia, se encuentra el inmueble en cuestión. Expediente No. 6642018006204, propiedad de la Sra. MÁXIMA RUIZ DEL ROSARIO.
Exp.662201800318 Se avisa que el día 28 de febrero del 2018 a las 2:00 p.m. iniciaremos el deslinde 138m2 en la Parcela 114, DC 11, ubicada en la calle Principal San Gerónimo, Los Pomos, municipio y Provincia La Vega, autorización de mensuras del 15/01/2018, propiedad de YUDICELI DEL CARMEN CRUZ MENDOZA realizado por:
ANTHONY MICHAEL ALMONTE BRITO, AGRIM. DAYLIN REYES HERNANDEZ CONTRATISTA – CODIA 28624
Agrimensor Contratista. CODIA 27644. (AC-12621-PC-2/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día (17) del mes de febrero del año 2018, a las 10 a.m., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE de un área de 294.87 mts2, dentro de la parcela no. 110-ref.-C, del D. C. No. 04, del Distrito Nacional. Ubicado en la Calle Dulce, No. 2-A, Ensanches el Millón, Distrito Nacional, se encuentra el inmueble en cuestión. Expediente No. 663201800538, propiedad de la Sra. JUANITA DE JESÚS ORTIZ ALCÁNTARA. AGRIM. YON LEIDY CALLETANO MARTINEZ CONTRATISTA – CODIA 32249
Exp.662201801145 Se avisa que el día 21 de febrero del 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 281m2 en la Parcela 26, DC 05, ubicada por la calle Club de Leones Esq. Trina Moya, municipio y Provincia La Vega, autorización de mensuras del 02/02/2018 propiedad de PAULA MARIA DE LA CRUZ MENDOZA DE ROSARIO realizado por:
CARLOS RAFAEL ABREU MOREL, Agrimensor Contratista. CODIA 25954. (RO-15484-PC-1/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA YO YENI DELANCE DILONE, Agrimensor público autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, en Fecha 07 de febrero del año 2018, para la realización de los trabajos de DESLINDE, EXP.No.662201801303, se le AVISA a los colindantes, a la Dirección De Mensuras Catastrales Departamento Norte, que el día sábado 17 del mes de febrero del año 2018, a las 9:00 AM. Daré inicio formal a las operaciones de campo de dicho trabajo en el inmueble de referencia, está, en la calle 46 esquina calle 8 de esta ciudad de Santiago de los caballeros, parcela No.30 del Distrito Catastral 12, Es propiedad del señor LEONOR ALCANTARA PEREZ.
AGM. YENI DELANCE DILONE CODIA 26063.
De conformidad a las disposiciones del párrafo III, Artículo 92 de la Ley 108-05 Sobre Registro Inmobiliario, y del párrafo “b” Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 86-4216, inscrito el día 31 de Julio del año 1989, Libro de inscripción No.1013, Folio No.108, del Solar No.1, de la parcela No. 115 Refundida, del Distrito Catastral No.6, en el cual está edificado el apartamento 3-A, tercera planta del Condominio 13-4689 del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D. Título expedido por el Registrador de Títulos de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a favor del señor José Altagracia Beltré Tejada. A los ocho (8) días del mes de febrero del año dos mil diez y ocho (2018). FC 354730
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento de las disposiciones del artículo No.204, de la ley de Registro de Tierras de la República Dominicana, se hace de público conocimiento; que se ha extraviado el Certificado de Título identificado por la matrícula No. 3000018374, relacionado a la unidacl funcional No. 408-C, identificada como 506613499069:408-C, del condominio Palma Sol IV, ubicado en esta ciudad de Higüey, con una superficie de Ciento Setenta y Seis Punto Diecisiete (176.17Mts2) Metros Cuadrados, inscrito en el Libro No. 0433, Folio No. 235, expedido en el Departamento de Registro de Títulos de Higüey, emitido a favor de la señora YENI HARRIS. En la ciudad de Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana, a los Seis (06) días del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018). DR. MANUEL JOAQUIN PATRICIO GUERRERO, Notario Público. FC 354659
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En virtud de lo establecido en el Art. 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio en la Rep. Dom., modificado por la Ley 112 del 23 de marzo del 1967. El señor MELFI RAFAEL CRUZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1409908-8, domiciliado y residente en la calle Felipe Scheker No. 100, ciudad y municipio de Fantino, provincia Sánchez Ramírez, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. RAFAEL ARIDIO HIDALGO GONZALEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 087-0004009-3, Abogado de los Tribunales de la República, miembro del Colegio de Abogados de la República Dominicana, registrado con la matrícula No. 23076 713 00, con estudio profesional abierto en la calle Mella No. 36, del municipio de Fantino, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio, para los fines y consecuencias del presente acto Advierte a su legítima esposa la señora DIANNA MONSERRATE, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Felipe Scheker No. 100, ciudad y municipio de Fantino, provincia Sánchez Ramírez, que a falta de información relativa a su domicilio actual, se procederá a emplazar en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido, por ante el Magistrado Procurador Fiscal de Sánchez Ramírez, así como en la puerta del Tribunal, el día jueves que contaremos a quince (15) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), a fin de comparezca a la audiencia que celebrará la Magistrada Juez de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, en sus atribuciones civiles, a las nueve (9:00) horas de la mañana, del día martes que contaremos a seis (06) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), la cual celebra sus audiencias en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de la ciudad y municipio de Cotuí, sito en la intersección formada por la calle Sánchez esquina 4, del sector La Esperanza de la ciudad de Cotuí. En la ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los ocho (08) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
LIC. RAFAEL ARIDIO HIDALGO GONZALEZ, Abogado del demandante. FC 354750
Agrimensor Contratista. CODIA 25954. (RO-15484-PC-2/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.662201801300 Se avisa que el día 21 de febrero del 2018 a las 8:30 a.m. iniciaremos el deslinde de 320m2 en la Parcela 38, DC 5, ubicada en la calle Principal casa No.6, del Residencial Arboleda IV, municipio y Provincia La Vega autorización de mensuras del 07/02/2018, propiedad de JULIA ADAMES DE VERAS Y ERASMO SALVADOR VERAS ALVAREZ realizado por:
RUTH E. ALVAREZ FERNANDEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 21795. (JG-RO-15484-PC)
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
Se hace de público conocimiento y a cualquier interesado que el día 10 de Febrero del año 2018, a las 10:00 A.M., se dará inicia a la mensura para DESLINDE Y SUBDIVISION, dentro del ámbito de la parcela P. No. Salar 2-REFORMADO-B-2 DEL DISTRITO CATASTRAL No. 1, EN EL Distrito Nacional, EXPEDIENTE No. 663201800044, ubicada en el Calle Hermanos Deligne, esq. Avenida Independencia, Gazcue, Distrito Nacional, propiedad de INSTITUTO ESCUELA, S.R.L. Representados por ELLIZA ABREU DE GONZALEZ.
Exp.662201801199 Se avisa que el día 22 de febrero del 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la Parcela 28-B-1, DC 11, ubicada en la calle 11 Esq. Oliver Lora, Residencial Ciudad Universitaria, municipio y Provincia La Vega, autorización de mensuras del 05/02/2018, propiedad de DILENI ALTAGRACIA AQUINO MARTINEZ realizado por:
Fc354746
AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO
CARLOS RAFAEL ABREU MOREL,
AVISO DE MENSURA
Agrim. Luis Manuel Garo Mercado Codia No. 18708
LIC. RAFAEL A. B. ORTEGA MARTÍNEZ Calle “D” # 17, Residencial Don Bolívar, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, R. D. Teléfono No. (809)864-6817.
Exp.662201801175 Se avisa que el día 21 de febrero del 2018 a las 2:00 p.m. iniciaremos el deslinde de 4,087.38m2 en la Parcela 1829, DC 03, ubicada en la Yautía Palo Blanco al lado del invernadero Andrés Jiménez, municipio Jarabacoa y Provincia La Vega, autorización de mensuras del 02/02/2018, propiedad de Oscar Alcántara Tineo y Julio Andrés Adames Cruz realizado por:
YO YENI DELANCE DILONE, Agrimensor público autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, en Fecha 07 de febrero del año 2018, para la realización de los trabajos de DESLINDE, EXP.No.662201801304, se le AVISA a los colindantes, a la Dirección De Mensuras Catastrales Departamento Norte, que EL DÍA SÁBADO 17 DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2018, a las 9:00 AM. Daré inicio formal a las operaciones de campo de dicho trabajo en el inmueble de referencia, está , en la (calle (5, esquina, proyecto), (calle 6, casi esquina proyecto),(calle 9 casi esquina proyecto), (calle 11, casi esquina proyecto) llanos del ingenio, de esta ciudad de Santiago de los caballeros, parcela No.4PROV. del Distrito Catastral 12, Es propiedad, de los señores JOSE ANEUDYS MARTINEZ VERAS, JAIME RAFAEL LIRIANO HERRERA, FRANCISCA MIREYA GÓMEZ BARRIENTO, MIGUEL ANTONIO ROSA FAMILIA.
AGM. YENI DELANCE DILONE CODIA 26063.
LEGAL 19
“Año del Fomento de las Exportaciones”
El ministerio de Defensa avisa por este medio a la Ciudadanía en general, Especialmente a los Habitantes de las Proximidades de la concesión minera Los Anones, ubicada en los Parajes De San José y La Catalina, Secciones De Don Gregorio Y Pizarrete, Municipio Nizao, Provincia Peravia, R.D. Que desde el 05/02 al 05/03/2018, la empresa DOLCASA, S.A., realizará trabajos de Voladuras. El presente aviso tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades
LUIS ANTONIO ROMERO PAULINO, Agrimensor Contratista. CODIA 25634. (RO-15485-RDT-1/2)
DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE.
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
20 LEGAL AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA
Exp.662201801173 Se avisa que el día 19 de febrero del 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la Parcela 38, DC 5, ubicada en la calle Mons. Panal La Arboleda V frente a la planta de gas de Terrero municipio y Provincia La Vega, autorización de mensuras del 02/02/2018, propiedad de JULIAN GABRIEL MARTINEZ HOLGUIN realizado por:
EXp. No. 662201800710 de fecha 24 enero 2018 Se hace de público conocimiento que el día 27 de Febrero 2018 a la 9:00 am de la mañana se procederá a realizar los trabajos de mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como Distrito Catastral No: 16 del Municipio de Guayubin, Provincia Montecristi; propiedad del Sr. JORGE RAFAEL MERCEDES RODRIGUEZ MONTAN.
LUIS ANTONIO ROMERO PAULINO,
AGRIM. ORLANDO L. GÓMEZ GÓMEZ CODIA. 11161
Agrimensor Contratista. CODIA 25634. RO-15485-RDT-2/2)
AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA.
Exp.661201800367 Se avisa que el día 21 de febrero del 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en el D.C. 28 ubicada en la carretera Duarte sector Piña Vieja, municipio Fantino y Provincia Sánchez Ramírez, autorización de mensuras del 05/02/2018, propiedad de LEONALDO MENDEZ realizado por:
Por medio del presente se avisa que el día 23 del mes de Febrero del año 2018, a las 9:00 A.M., daremos inicios a los trabajos de mensura para Deslinde sobre el inmueble del Distrito Catastral No. 04 de la parcela no. 58-Ref, ubicado en la calle D s/n, Bo. Doña Chucha, Madre Vieja Norte, municipio y provincia San Cristóbal, R.D., el cual es propiedad de Juan de Mata Pozo Campusano y Saturnina Guzmán de Pozo, según Acto de Notoriedad de fecha 08-05-2015, correspondiente al exp.6642018005208.
Sandrely Alcántara Martínez Agrimensor- Codia 13914, Cel. (829)203-0766
GABINO ANT. PADILLA BALBUENA, Agrimensor Contratista. CODIA 27511. FC354748
(AC-12622-PC)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA.
Se avisa Que el miércoles veintiuno (21) de febrero del Año 2018 a las 10:00 a. m. se les dará inicio a los trabajo de deslinde de una porción de terreno de 324.00 metros cuadrados dentro de la Parcela No. 17-A, del Distrito Catastral No. 02, del Municipio de San Cristóbal, República Dominicana. La porción de terreno a deslindar está localizada en la Calle Cristo Rey No. 82, del Sector Pueblo Nuevo, del municipio y provincia de San Cristóbal, R. D. Dicha porción es propiedad de los Sres. JUANA FRANCISCA DEL ORBE DE CANELO, SOBEIDA MARITZA CANELO DEL ORBE Y MARIA CANELO DEL ORBE., amparada por Acto de venta de fecha 04/03/2016, con base en CARTA CONSTANCIA ANOTADA MATRICULA No. 3000102950, expedido por el registrador de Títulos de San Cristóbal, R. D. Exp. Técnico de Mensura No. 6642018004317.
Por medio del presente se avisa que el día 23 del mes de Febrero del año 2018, a las 10:00 A.M., daremos inicios a los trabajos de mensura para Deslinde sobre el inmueble del Distrito Catastral No. 04 de la parcela no. 58-Ref„ ubicado en la calle D s/n, Bo. Doña Chucha, Madre Vieja Norte, municipio y provincia San Cristóbal, R.D., cl cual es propiedad de Santa Barbará Bernabel, según Acto de Notoriedad de fecha 08-05-2015, correspondiente al exp.6642018004351.
PAMELA MARÍA RUIZ NINA AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 36698 FC354759
FC354748
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA. Por medio del presente se avisa que el día 23 del mes de Febrero del año 2018, a las 11:00 A.M., daremos inicios a los trabajos de mensura para Deslinde sobre el inmueble del Distrito Catastral No. 04 (le la parcela no. 58-Ref„ ubicado en la calle B s/n, Bo. Doña Chucha, Madre Vieja Norte, municipio y provincia San Cristóbal, R.D., el cual es propiedad de Luisa Martínez Decena, según Acto de Notoriedad de fecha 21-08-2015, correspondiente al exp.6642018005216.
PAMELA MARÍA RUIZ NINA AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 36698
Sandrely Alcántara Martínez Agrimensor- Codia 13914, Cel. (829)203-0766 FC354748
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA.
Se avisa Que el miércoles veintiuna (21) de febrero del Año 2018 a las 9:00 a. m. se les dará inicio a los trabajo de deslinde de una porción de terreno de 216.00 metros cuadrados dentro de la Parcela No. 1-Ref-424, del Distrito Catastral No. 02, del Municipio de San Cristóbal, República Dominicana. La porción de terreno a deslindar está localizada en la Calle Proyecto No., del Sector Sabana Toro, del municipio y provincia de San Cristóbal, R. D. Dicha porción es propiedad de la Sra. SOBEIDA MARITZA CANELO DEL ORBE, amparada por Acto de Venta de fecha 07/09/2015, con base en CARTA CONSTANCIA ANOTADA MATRICULA No. 3000269168, expedido por el registrador de Títulos de San Cristóbal, R. D. Exp. Técnico dé Mensura No. 6642018004333.
Por medio del presente se avisa que el día 23 del mes de Febrero del año 2018, a las 12:00 P.M., daremos inicios a los trabajos de mensura para Deslinde sobre el inmueble del Distrito Catastral No. 04 de la parcela no. 58-Ref„ ubicado en la calle B s/n, Bo. Doña Chucha, Madre Vieja Norte, municipio y provincia San Cristóbal, R.D., el cual es propiedad de Epifanía de la Cruz, según Acto de Notoriedad de fecha 08-03-2017, correspondiente al exp.6642018004341.
PAMELA MARÍA RUIZ NINA AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 36698
Sandrely Alcántara Martínez Agrimensor- Codia 13914, Cel. (829)203-0766 FC354748
FC354759
De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 82-3301 (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad del Solar 20, Manzana 3545, del Distrito Catastral No. 01, del municipio de Distrito Nacional, con una extensión superficial de 218.25 Mts.2, metros cuadrados, propiedad de TEMISTOCLES HERNANDO GIL ALVAREZ y DORILA A. BATISTA GIL DE GIL. FC 357421
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 3000043456 (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 20-A, del Distrito Catastral 18, del municipio de Sto. Dgo. Norte, con una extensión superficial de 10.53 % del total, metros cuadrados, propiedad de ANDREA CORDERO SORIANO. FC 354723
Sandrely Alcántara Martínez Agrimensor- Codia 13914, Cel. (829)203-0766
Se avisa Que el miércoles veintiuno (21) de febrero del Año 2018 a las 10:30 a. m. se les dará inicio a los trabajo de deslinde de una porción de terreno de 396.00 metros cuadrados dentro de la Parcela No. 17-A, del Distrito Catastral No. 02, del Municipio de San Cristóbal, República Dominicana. La porción de terreno a deslindar está localizada en la Calle Anacaona No. 29, del Sector Pueblo Nuevo, del municipio y provincia de San Cristóbal, R. D. Dicha porción es propiedad de los Sres. LUIS MARIANO BRITO PUELLO y MARGARITA MILEDYS CANELO DEL ORBE, amparada por Acto de Venta de fecha 08/03/2016, con base en CARTA CONSTANCIA ANOTADA MATRICULA No. 3000102950, expedido por el registrador de Títulos de San Cristóbal, R. D. Exp. Técnico de Mensura No. 6642018004325.
FC354759
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE DESLINDE Considerando la Autorización de DESLINDE No.633201711034 del 24-Nov-2017, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Depto. Central (DRMC), se AVISA al PUBLICO EN GENERAL que el Domingo 18 de Febrero del 2018, 9am, se iniciará el trabajo de campo de DESLINDE dentro de la Parc. No.7-A5 del D.C. No.03, Distrito Nacional, con superficie de 296.00m2, derecho amparado en Constancia Anotada Certificado de Titulo No.63-2435, propiedad de VINICIO ANTONIO GUZMÁN VELÁZQUEZ, inmueble ubicado en la Calle Pablo Casals No.4-B, Ens. Piantini, Distrito Nacional. Cualquier inquietud podrá notificar al Agrimensor Actuante o dirigirse a la DRMC-Depto. Central o al Tribunal de Jurisdicción Original con referencia al Número de Expediente indicado, sitio Av. Independencia Esq. Av. Jiménez Moya, Distrito Nacional. Este deslinde será practicado por el AGRIM. PORFIRIO E. GARCIA PICHARDO, dom., mayor de edad, casado, cédula de identidad No.001-1219237-2, CODIA 28610, domiciliado Calle 1ra. No.24, Res. Meli, Urb. Villa Marina, Sto. Dgo., D. N., Rep. Dom.; Cel.809-417-5333 email: sat.rd@hotmail.com
AGRIM. PORFIRIO ENRIQUE GARCIA PICHARDO CODIA 28610 FC354759
AVISO DE PÉRDIDA DE TÍTULO Se hace saber que se ha extraviado el Título de Propiedad (Matrícula No. 0100170277), parcela No. 157-004.1233-1259, del Distrito Catastral No. 6 (seis) del Distrito Nacional, que tiene una extensión superficial de CIENTO NOVENTA Y SIETE (197) METROS CUADRADOS, a nombre de los señores LUÍSA MARÍA ESPINAL CÉSPEDES Y ANDRÉS CRESPO MORA, cédulas Nos. 001-0564849-7 y 001-0565775-3, respectivamente.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE)
Se Avisa que el miércoles veintiuno (21) de febrero del año 2018, a las 8:30 A. m., se le dará inicio a los trabajos de deslinde de una porción de terreno de 330.00 metros cuadrados dentro de la Parcela No. 1-Ref-424, del Distrito Catastral No. 02, del Municipio de San Cristóbal, República Dominicana. La porción de terreno a deslindar está localizada en la Calle Proyecto No., del Sector Sabana Toro, del municipio y provincia de San Cristóbal, R. D. Dicha porción es propiedad de la Sra. SOBEIDA MARITZA CANELO DEL ORBE, amparada por Acto de Venta de fecha 07/09/2015, con base en CARTA CONSTANCIA ANOTADA MATRICULA No. 3000269168, expedido por el registrador de Títulos de San Cristóbal, R. D. Exp. Técnico de Mensura No. 6642018004309.
LICDA. LUZ A. ESPINAL C. ABOGADA CED. 001-0550451-8.
Se hace de público conocimiento que el día 20 de FEBRERO de 2018, a las 11:00 AM, se realizará el trabajo de Deslinde, dentro del ámbito de la P. No. 95-A-4-C, del D.C. No. 11/4, Municipio Higüey, Provincia La Altagracia, ubicado en la calle Orquídeas en Villa Bávaro en el Municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a requerimiento de la CIA. INDUSTRIAS REYES ROCHA. Actuando en representación el SR. César Julio Reyes Rocha. Mediante autorización del expediente No. 6642018005542, de fecha 02 de FEBRERO del año 2018, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento ESTE.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
PAMELA MARÍA RUIZ NINA AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 36698
AGRIM. PEDRO A. POLANCO VALENZUELA, Codia 14399.
FC354759
FC 354752
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se avisa Que el miércoles veintiuno (21) de febrero del Año 2018 a las 9:30 a. m., se les dará inicio a los trabajo de deslinde de una porción de terreno de 264.00 metros cuadrados dentro de la Parcela No. 1-REF, del Distrito Catastral No. 02, del Municipio de San Cristóbal, República Dominicana. La porción de terreno a deslindar está localizada en la Carretera hacía Sabana Taro No. 60, del Sector Sabana Toro, del municipio y provincia de San Cristóbal, R. D. Dicha porción es propiedad de la Sra. YVELISE PINEDA VEGA, amparada por Acto de Venta de fecha 26/04/2017, con base en CARTA CONSTANCIA ANOTADA MATRICULA No. 4000244932, expedido por el registrador de Títulos de San Cristóbal, R. D. Exp. Técnico de Mensura No. 663201800268.
PAMELA MARÍA RUIZ NINA AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 36698 FC354759
A LA: DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES, DEPARTAMENTO, NORTE. Cumpliendo con lo establecido en la Ley No. 108-05 y los Reglamentos de la Dirección Nacional de Mensuras Catastrales, relativo a la publicidad de los trabajos de DESLINDE, por medio de la presente: Aviso a esta Dirección Regional y al público en general, acogiéndome a lo establecido en la Autorización No. 662201710890 del 26 de Diciembre del año 2017; que los trabajos de Campo se iniciaran el Miércoles 28 de Febrero del año 2018 a las 8:00 a.m. en el inmueble ubicado a 12 Km de Monción, en el camino-vecinal Monción- Maguanita - La Leonor, en la sección de Las Mesetas, a solicitud del señor Denisson Paulino Almonte Jaquez, en representación de su propietaria la señora Melvi Altagracia Almonte Jaquez.
JOSÉ RAFAEL GUZMAN AGRIMENSOR-CONTRATISTA CODIA No. 2698
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Se hace de público conocimiento que el día 20 de Febrero de 2018, a las 10:00 AM, se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro del ámbito de la P. No. 9, del D.C. No. 03 Municipio Azua de Compostela, Provincia Azua, ubicado en la carretera Azua Barahona, Km 22, A requerimiento Sr. Rafael Evaristo Morales Ruiz. Mediante autorización del expediente No. 6642018005577, de fecha 2 de Febrero del año 2018, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento este.
AGRIM. PEDRO A. POLANCO VALENZUELA, Codia 14399. FC 354752
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero No. 3570005240, emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, POR UN VALOR DE US$2,000.00 (DOS MIL DOLARES CON 00/00) A NOMBRE DE WILNELIA DANISSE HIDALGO, PORTADORA DE LA CEDULA No. 001-1388936-4. LA PRESENTE PUBLICACION SE HACE PARA LOS FINES DE LEY CORRESPONDIENTE. LIC. GEORGINA A. JIMENEZ P. Abogada AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD Se hace de público conocimiento, que se ha extraviado EL CERTIFICADO DE TITULO Individualizado con la matricula No. 3000021007, con una extensión superficial de Doscientos Once Punto Quince (211.15Mts2) metros cuadrados; correspondiente a la designación catastral No. 506525886377, Matricula No. 3000021007, registrado a favor de INMOBILIARIA SUDEME S.R.L., sociedad comercial constituida y existente de acuerdo a las leyes Dominicanas, RNC No. 1-30-40591-3 y Registro Mercantil No. 1627LA, con domicilio social ubicado en la calle Celina Pilier No. 4 sector San Martin de esta ciudad de Higuey, representada por el señor FRANCIS OMAR TERRERO MELO, Dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No. 028-0073276-6 domiciliado y residente en Bávaro provincia Altagracia, información oficina: LIC. MANUEL ANTONIO MORALES: Tel (809-844-0447). A los Ocho (08) días del mes de Febrero del Año dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. MANUEL ANTONIO MORALES ABOGADO FC354757
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
TRAYECTORIAS LITERARIAS
DOMINICANAS RAMÓN SABA
Enrique Eusebio Nació el 20 de agosto de 1948 Santo Domingo, capital dominicana, y falleció el 8 de noviembre de 2012 en su ciudad natal, a la edad de 64 años. Su apellido materno era Rodríguez. Poeta, ensayista, editor y catedrático universitario. Terminó una licenciatura en Letras, lograda en la Universidad Autónoma de Santo Domingo y Literatura en Madrid, España; completó además, un postgrado en Comunicación Lingüística y Literatura en el Instituto Tecnológico de Santo Domingo. Publicaba una columna literaria en denominada “Crónica del buen sentido”, en el matutino Listín Diario y colaboraba con el suplemento semanal “Aquí” del periódico La Noticia. Laboró como profesor en el Departamento de Letras de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), impartiendo la asignatura Lengua Española, además Lingüística, Teoría y Crítica Literarias e Historia de la Literatura. Fue también Director de Publicaciones y de la Editora Universitaria de la Universidad Autónoma de Santo Domingo; Editor-Director de la revista “Scriptura”, órgano del Departamento de Letras de la UASD; Director Fundador de la Editora Nacional de la Secretaría de Estado de Cultura (Hoy Ministerio de Cultura); Asesor y Consultor de publicaciones variadas; se hizo un experto en digitalización de libros virtuales, dirigiendo una Biblioteca Virtual con más de 50,000 títulos, de los cuales más de 500 eran autores nacionales. Enrique Eusebio perteneció al grupo de los poetas llamados de Postguerra, que como bien explica el escritor Simeón Arredondo: “Para el caso dominicano también tenemos una Generación de Posguerra, pero ésta se refiere a ese grupo de escritores que descolló en el mundo de las letras a partir de la gesta de abril del año 1965 y cuya historia es ampliamente conocida por algunos sectores de la sociedad”, compartiendo espacios con otros notables de su época, como Marcio Veloz Maggiolo, Andrés L. Mateo, Jeannette Miller, Mateo Morrison, Tony Raful y Ángela Hernández, quienes han alcanzado el anhelado galardón de Premio Nacional de Literatura; además de otros sonoros nombres que también dan brillo a la literatura nacional, como Federico Jovine Bermúdez, René del Risco Bermúdez, Iván García Guerra, Alexis Gómez Rosa, Norberto James Rowling, Antonio Lockward, Pedro Caro, Juan José Ayuso, Aquiles Azar, Rafael Abreu Mejía, Héctor Díaz Polanco, Enriquillo Sánchez, Miguel Alfonseca, Luis Manuel Ledesma, Miguel Perdomo, Rafael García Bidó, Franklin Gutiérrez, Soledad Álvarez, Radhamés Reyes-Vásquez y Apolinar Núñez, entre otros; todos ellos agrupados en diferentes círculos literarios, tales como El Puño, La máscara, La isla y La antorcha. Enrique Eusebio inició sus actividades literarias en el
grupo literario “La Antorcha” en 1967 y con la publicación de su primer libro “Desde la presencia del mar, hasta el centro de la vida”; posteriormente publicó otras obras, cuyos títulos y temas fueron: “Poetas con Nicaragua” (Antología, compilación y notas); “Escritos Críticos” (Problemas de Lingüística y Semiótica en la Crítica Literaria Dominicana); Enrique Eusebio “Consignas y Subversiones” (Poemas Experimentales); “Ruletarios” (Discos superpuestos capaces de generar más de cinco mil poemas distintos); “El formalismo ruso, la primera escuela de crítica textual” (Ensayo); “Inventos del Instante/Instantes Rotos” (Poemas). Algunos de sus poemas han sido traducidos al francés y al inglés. Gran parte de su obra ha sido recogida por importantes publicaciones y antologías. Recibió en vida, diferentes premios y reconocimientos nacionales como poeta y crítico literario. Debo destacar la calidad humana de este prohombre que en su tiempo gozó de ser uno de los máximos representantes de la poesía dominicana. El recordado líder del Movimiento Cultural Universitario (MCU) , Jimmy Sierra, recuerda que Enrique Eusebio y él eran vecinos: el primero residía en Villa Duarte y el segundo en Los Molinos. Desde temprano, hicieron lindos proyectos, en especial, cuando Sierra le encargó la sección de literatura del MCU, y junto al primero buscó muchas manos que estrechar en aquellos tiempos Poeta, ensayisdifíciles, cuando sonreían al ta, editor y caver caer la lluvia y amaban con pasión el arte comprotedrático metido: en el teatro, en el universitario. Terminó una li- cine, en la literatura, en la poesía… en aquel tiempo, cenciatura en dejaban seguir su paso a la Letras, lograda vergüenza, al terror, a la en la Universisangre, porque sus casas estaban llenas de utopías, dad Autónoma esperanzas y sueños, y nunde Santo Domingo y Litera- ca despertaron con las manos vacías. tura en Madrid, En el caso de Enrique España; comEusebio, en cada rincón sapletó además, caba su cabeza la poesía: un postgrado en Vigorosa, apasionada y tierno. Como todos, Enrique Comunicación Eusebio era una mariposa Lingüística y Livolando contra el viento. teratura en el Finalmente, el poeta, enInstituto Tecno- sayista y Premio Nacional lógico de Santo de Literatura 2010, Mateo Domingo. Morrison, nos cuenta que el
LITERATURA 21
Laboró como 21 de mayo de 1967, Enriprofesor en el que Eusebio junto a Alexis Gómez, Soledad Álvarez, Departamento Mateo Morrison, Rafael de Letras de la Abreu Mejía y Amarilis RoUniversidad dríguez, entre otros, fundaAutónoma de ron el grupo literario La Santo Domingo antorcha. Posteriormente, Enrique (UASD), imparEusebio se integró al Movitiendo la asigmiento Cultural Universitanatura Lengua rio bajo el liderazgo de Española, adeJimmy Sierra, lo que lo acermás Lingüísticó a la problemática social sin dejar su concepto exica, Teoría y gente acerca del quehacer Crítica Literapoético. rias e Historia En lo personal, no publide la Literatura. caba un libro sin que él los revisara y presentó tres de sus últimas publicaciones. Enrique Eusebio merece una evaluación justa de su poesía auténtica y de sus ensayos penetrantes acerca de Lingüística y Literatura. Hablar de Enrique Eusebio es referirse al primer poeta de nuestra generación y en particular del grupo La Antorcha, del cual escribió un libro con todas las características de un texto exigente y preciso. Se trata desde la presencia hasta el centro de la vida, los que cometen el error de referirse a la poesía de posguerra o poesía joven como una obra sólo bélica desconoce ese libro pionero de nuestra tradición poética de la época. Concluyo esta entrega de TRAYECTORIAS LITERARIAS DOMINICANAS con un poema de Enrique Eusebio: Si ella es la ciudad Cómo se olvida la ciudad cuando ella descalza la recorre, estampa sus huellas para redimirse del polvo y quema los inciensos en voces sueltas. Negada en su espíritu que vuela en mágicas canciones: por qué decirle ese camino conduce a la nada, como si esa palabra no significara la razón de su existencia. Por qué negarle que ame todo cuanto a su paso deja si solo ella sabe de dónde viene el secreto de las palabras conque ilumina su pasión por el aroma desmedido de las flores. Cómo se olvida que ella es la ciudad cuando sin sus pasos tenues sobre el cemento, las luces se hacen polvos si se va.
WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO
VIERNES 09 DE FEBRERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
22 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, placa L237603, color blanco, chasis S100P019942, tipo carga, año 1998, propiedad de ALMIRA OTAÑO DIAZ, cédula 0011739444-5. FC 354719
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Z3000, año 2016, color rojo, placa y registro K1193027, chasis LZ3JL6T16G4K82764, a nombre de CRISTIAN CARLOS SIERRA REYES. FC95594
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Nissan, modelo DATALCAB15EHAJ-BP, año 2001, color gris, placa y registro A223577, chasis 3N1CB51S7ZL021502, a nombre de LEONARDO COLUMNA MINAYA, cédula 048-0076603-4. fp95607
PERDIDA DE MATRICULA: Vehiculo De Motor, Tipo: Jeep, Marca: Jeep, Modelo: Grand Cherokee, Color: Blanco, Año: 2008, Placa Y Registro No. G323354, Chasis No. 1J8GS48K88C109671, A NOMBRE DE: ENGELS AMBRIORIX REYNOSO GARCIA, PORTADOR DE LA CEDULANO. 071-0047899-4.
PÉRDIDA DE CHAPA: de carga, marca Mazda, año 2009, color gris, placa y registro L276036, chasis MM7UNY0W490822239, a nombre de IVÁN DAVID MORETA MATTA, cédula 001-1744904-1. Fc95496
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Bajaj, color rojo, año 2016, placa y registro K0710693, chasis MD2A76AZ3GWL42771, a nombre de INVERSIONES BIDO MONTERO SRL.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Hyundai, modelo Sonata Y20, color rojo, año 2012, placa y registro A727355, chasis KMHEC41LBCA466399, a nombre de VINICIO SALVADOR NOBOA GALLART.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehiculo De Motor, Tipo: Automóvil Privado, Marca: Kia, Modelo: Lotze, Color: Blanco, Año 2009, Placa No. A632969, Chasis No. KNAGE22539A353096, A NOMBRE DE WANDER MERCEDES, PORTADOR DELA CEDULANO. 0710058907-1.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla, año 1994, color verde, placa y A618998, chasis registro INXAE04B2RZ201806, a nombre de KARINA FILOMENO. FP95571
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Mazda, color negro, año 2007, placa y registro L240148, chasis MM7UNY0W370618614, a nombre de JUAN ROGELIO MARTE LEONIDAS, cédula 028-0027506-3. FC354703
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Hyundai, color blanco, año 2002, placa y registro A241705, chasis KMHAB51GP2U277272, a nombre de JOEL KRANWINKEL FERMÍN.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Mazda, modelo CX-9 Grand Touring, año 2011, color marrón, placa y registro G365770, chasis JM3TB2DA0B0315736, a nombre de EDWIN NICANOR MORILLO MARTINEZ, cédula 087-0014307-9. FC354754
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, color blanco, año 1994, placa y registro L134616, chasis S110P067577, a nombre de ROBERTO PAULINO.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Z3000, color azul, año 2015, placa y registro K0764156, chasis LZ3GJL2T15AK63636, a nombre de NELSON ANTONIO RODRÍGUEZ DÍAZ, cédula 001-1213063-8. FC354694
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 2005, placa y registro A453877, chasis 1NXBR32E45Z438797, a nombre de PAOLA NICOLE TEJADA PRINCE, cédula 223-0119096-7. FC354749
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Mercedes Benz, placa A625482, color blanco, chasis WDDSJ4DB0EN069117, tipo automóvil privado, año 2014, propiedad de JOEL ALMONTE TEJEDA, cédula 001-1467371-8. FC 354720
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color verde, año 1983, placa y registro K0157752, chasis C506236893, a nombre de TIRSO SÁNCHEZ ABREU. FC3854647
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X1000, color azul, año 2015, placa y registro K0573848, chasis TBL20Z107FHG42505, a nombre de NERY MANUEL LACHAPEL MEJÍA, cédula 0010747679-8.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Isuzu, color blanco, año 2010, placa y registro L284204, chasis MPATFR54HAT100037, a nombre de SECURITY PLUS INTERNATIONAL, S.A.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo bote matrícula No. YP-E32-394H, de nombre EL PLAYERO, el cual tiene 19 pies de eslora, 6 de manga y 2 puntal, propiedad del señor GERONIMO GOMEZ. En el municipio de Nizao, provincia Peravia, República Dominicana, a los siete (7) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018). LICDO. PALERMO MEDINA FALCON, Abogado. FC 354726
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca, Jincheng, color rojo, año 2015, placa y registro K0475172, chasis LJCPAGLH9F1000235, a nombre de CHUBY V B COMERCIAL SRL, RNC: 130846499.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, modelo Sonata N20, año 2010, color blanco, placa y registro A642205, chasis KMHEU41MBAA794999, a nombre de VLADIMIR SORIANO LARA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Yamaha, año 1998, color gris, placa y registro K0453258, chasis SA16J655390, a nombre de VICTOR WALTHER CUEVAS DEL ORBE. FC354742
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Toyota, placa L061504, codorado, chasis lor 4TAUN53B0SZ078785, tipo carga, año 1995, propiedad de JUAN MORONTA MUÑOZ, cédula 0011698462-6. FC 354731
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Loncin, color blanco, año 2016, placa y registro K1172191, chasis LLCLGL309HA100781, a nombre de CHUBY V B COMERCIAL SRL, RNC: 130846499. Fc354649
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Honda, color rojo, año 1994, placa y registro K1187207, chasis MD502403764, a nombre de VALLAS UNIVERSAL.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Yamaha, año 2001, color negro, placa y registro NQ-9161, chasis MH33HB0081K251469, a nombre de CARLOS MANUEL BURGOS PERALTA. FC354741
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Porsche, placa G308427, color azul, chasis WP1ZZZ92ZDLA31009, tipo jeep, año 2013, propiedad PATRICE AYMON CAILLAT, RNC 530380516. FC 354732
TRASPASO DE BOTE: El Sr. Nilo Plácido, representante de la Compañía EQUIP & ACCES DE ALTO RED, S.A., traspasa el bote de nombre Chila, color blanco, matrícula BR-C1651861SDG, de 21” pies y 7.02 “0” de manga, 52 “0” de puntal, al señor JORGE LUIS HOLGUIN.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Kia, placa A650126, color negro, chasis KNAGN418BCA200965, tipo automóvil privado, año 2012, propiedad de MARISOL TAPIA SANTANA, cédula 011-0000898-4. FC 354735
Pérdida de certificado financiero No. 104051000001747, emitido por el Banco Santa Cruz en fecha 04/01/2018, por un monto de RD$32,200,000.00 a favor del Fondo de Inversión Abierto Renta Valores. Pérdida de certificado financiero No.
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Toyota, color blanco, año 2006, placa y registro L304103, chasis 5TENX22N96Z165690, a nombre de ARGEDYS DE LOS SANTOS BENS.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Suzuki, modelo AX100, color negro, año 2013, placa y registro K0393662, chasis LC6PAGA19D0000348, a nombre de FREDDY ANTONIO ALVAREZ ROMERO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de autobús privado, marca Toyota, color dorado, año 2006, placa y registro I057845, chasis 5TDZA23C86S525156, a nombre de ERCIDES MONTERO DÍAZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Ford, placa G266158, color negro, chasis 1FMHK8F85BGA95086, tipo jeep, año 2011, propiedad de JOHN RALPH ROSSELLI, RNC 532212619. FC 354733
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca X-1000, modelo AX100, año 2012, placa y registro K0358970, chasis LF3PAG4A3CB000849, a nombre de EL MUNDO DEL MUEBLE CXA, RNC: 1-01-64681-2. FP95573
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Suzuki, color blanco, año 2003, placa y registro G040545, chasis JS3TX92V934150029, a nombre de VARGAS ALMONTE CLAUDIO CELESTINO, cédula 031-0425359-0. FC354747
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2008, placa y registro A631879, chasis KMHEU41MP8A468281, a nombre de WILSON PEDRO JULIO SÁNCHEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, color rojo, año 2007, modelo V116L-HU, placa L238526, chasis JDA00V11600024816, propiedad de JUAN PABLO AQUINO BELTRE, cédula 001-0418921-2.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 2000, placa y registro K0746895, chasis MD502215094, a nombre de CARLOS ARNULFO CARABALLO DIAZ, cédula 001-0033391-3. Fc354661
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Nissan, color azul, año 2005, placa y registro L271749, chasis 1N6AD06U85C414665, a nombre de BERNARDO ANTONIO RODRÍGUEZ GARCÍA.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehiculo De Motor, Tipo: Autobús Privado, Marca: Toyota, Modelo: H2-50XM, Color: Blanco, Año 2001, Placa No. I021029, Chasis No. JTGFB518901000825, A NOMBRE DE: ANTONIO TAVERAS GONZALEZ, PORTADOR DE LA CEDULANO. 136-0009718-5. FC354758
CAMBIO DE COLOR: de jeep, marca Ford, color gris, año 2013, placa y registro G412913, chasis 1FMCU0GX3DUD17317, a nombre de EDWARD ABIGAIL HERNANDEZ LAPAIX, cédula 402-2107548-0. FC354736
PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Nissan, color negro, año 1987, placa y registro G047423, chasis JN8HD16Y0HW007795, a nombre de GABRIEL ANTONIO NÚÑEZ RODRÍGUEZ, cédula 402-2268573-3. FC354664
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color azul, año 2014, placa y registro G413567, chasis 5TDJKRFH4ES061162, a nombre de TREBOL AUTO IMPORT SRL.
PERDIDA DE MATRICULA:Vehiculo De Motor, Marca: Toyota, Modelo: Camry Le, Color: Negro, Año 2002, Placa No. A435221, Chasis No. 4T1BE32K42U620769, A NOMBRE DE FAUSTO HIDALGO URBANO, PORTADOR DELA CEDULANO. 056-0136041-4. FC354758
PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca Yamaha, modelo SA12J, color NEGRO, Año 1991, placa NYW945, Chasis SA125J-021646, a nombre de VICTOR MANUEL RAMIREZ NUÑEZ, CED.05000349018. (JV-AC-12619-PN)
104051000001748, emitido por el Banco Santa Cruz en fecha 04/01/2018, por un monto de RD$2,200,000.00 a favor del Fondo Abierto de Inversión Deposito Financiero Flexible. AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD Se hace de público conocimiento, que se ha extraviado EL CERTIFICADO DE TITULO Individualizado con la matricula No. 3000021007, con una extensión superficial de Doscientos Nueve Punto Noventa y Seis (209.96Mts2) metros cuadrados; correspondiente a la designación catastral No. 506525887170; matricula No. 3000021009, registrado a favor de INMOBILIARIA SUDEME S.R.L, sociedad comercial constituida y existente de acuerdo a las leyes Dominicanas, RNC No. 1-30-40591-3 y Registro Mercantil No. 1627LA, con domicilio social ubicado en la calle Celina Pilier No. 4 sector San Martin de esta ciudad de Higuey, representada por el señor FRANCIS OMAR TERRERO MELO, Dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No. 028-0073276-6 domiciliado y residente en Bávaro provincia Altagracia, información oficina LIC. MANUEL ANTONIO MORALES: Tel (809-844-0447). A los Ocho (08) días del mes de Febrero del Año dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. MANUEL ANTONIO MORALES ABOGADO FC354757
PERDIDA DE CERTIFICACIONES DE REGISTRO DE ACREEDOR De conformidad con el artículo 192, párrafo III de la ley 108-05 de Registro inmobiliario y el articulo 83 letra B de Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se han extraviado dos Certificaciones de Registro de Acreedor Hipotecario, acreedor Asociación la vega Real de Ahorros y Prestamos para la Vivienda (ALAVER), expedidos por el Registro de Títulos de Cotuí, correspondientes al primer y tercer rango, amparados por la matricula No. 0400000843, con una extensión de 1,340 MTS2 del Municipio de Cotuí, propiedad de los señores: Luis Manuel Camarena Pérez y Lucia Ramona Maldonado Alberto y hasta la fecha se desconoce sus paraderos.
Lic. Ramón Antonio Rodríguez Abogado Apoderado Fc354755
AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento con las disposiciones del Articulo 5, Párrafo I, Il y IlI, de la ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No.022-2017, de fecha 6 del mes de diciembre de 2017, emitida por el Procurador General Titular de la Corte de Apelación Regional de Santo Domingo, fue otorgado el beneficio de la incorporación a la Asociación de Campesinos Emprendedores y Mas (ACAMEM), sin fines de lucro, con su domicilio en la calle San Juan, local No. 115, Sector Los Cocos, del Municipio Bayaguana, Provincia Monte Plata, Rep. Dominicana. Esta entidad tiene como finalidad desarrollar proyectos para pequeños y medianos productores agropecuarios emprendedores para garantizar la seguridad alimentaria y la preservación del medio ambiente y los recursos naturales. Cuya documentación de su constitución y la resolución de incorporación fue depositada en la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata y en el Juzgado de Paz del Municipio de Bavaguana “Sus miembros, fundadores son “Guarin Antonio Contreras Aquino, Marcelino Guzmán Pérez, Juan Ramón Robles Sánchez, Santa Castillo de la Rosa, Randol Antonio Lugo Romero, Arsenio Batista Serrano, Scroggin Arismendys Mota Polanco, Aurelia María Aquino Gonzales de Zabala y Julia Corporán, Durán a la vez, componen su Directiva, son los señores: Guarin Antonio Contreras Aquino, presidente, Marcelino Guzmán Pérez, Vicepresidente; Juan Ramon Robles Sánchez, Sec. De Organización; Santa Castillo de la Rosa, Sec. De Finanzas; Randol Antonio Lugo Romero, Sec. De Medio Ambiente; Arsenio Batista Serrano, Sec. de comunicación; Scroggin Arismendys Mota Polanco, Sec. De actos y logística; Aurelia Maria Aquino Gonzales de Zabala, Sec. De de asuntos comunitarios y Julia Corporán, Sec De Asuntos Sociales. La duración de vigencia de esta asociación es por tiempo indefinido. Municipio Bayaguana, Provincia Monte Plata, Republica Dominicana, a los ocho (08), días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
GUARIN ANTONIO CONTRERAS AQUINO Presidente