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Legales

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MIÉRCOLES 04 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CLASIFICADOS 13

CLASIFICADOS AUTOMÓVILES

Bienes Raices

CASA VENTA: BIENES RAICES

APTO. VENTA: Urbanización Máximo Gómez, Villa Mella, 3 Habs., 2 baños, galería, 1ra. Planta, sala-comedor independiente, 2 parqueos, seguridad, como nuevo. 3.5 millones negociable. Tels. 809535-0429, 809-697-3968.

FINCA VENTA: Cabrera, Romedillo, al lado proyecto Playa Grande, 782 tareas, instalación, casa, acueducto propio, excelente para ganado. $24,000,000.00. Tels. 809-535-0429, 809-697-3968.

Km. 7 ½, Carret. Sánchez, Res. Las Acacias, 3 Habs., 2.5 baños, sala-comedor, estar, amplia cocina, parque privado, portón eléctrico, 3 parqueos. $5,250,000.00, Tels. 809-5350429, 809-697-3968.

Automóviles

Empleos

Capacitación

Legal

Diversos


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14 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE AUDIENCIA

AVISO DE AUDIENCIA

AVISO DE MENSURAS.

Cumpliendo con lo establecido en la Ley No. 108-05,los Reglamentos de los Tribunales de Tierras y en el Auto para Audiencia No.0487-17-00243 de fecha 17 de Agosto del año 2017, dado por el Tribunal de la Jurisdicción Inmobiliaria Original, provincia Santiago Rodríguez, se hace de público conocimiento, que la audiencia del Proceso de SANEAMIENTO para el conocimiento de la parcela No. 217469454109, Distrito Catastral No. 02, municipio de Monción, provincia Santiago Rodríguez, se realizara el día 11 de Octubre del año 2017, a las 9:00 de la mañana, en la Sala 1 del Tribunal más arriba ya mencionado. Por este medio se avisa: Al Abogado de Estado, a los señores: Arismendi de Jesus Peralta (Reclamante),Juan Ramon Sanchez(Colindante), al Alcalde Pedáneo de la sección Mamoncito de este municipio y a todos los relacionados con esta parcela.

Cumpliendo con lo establecido en la Ley No. 108-05,los Reglamentos de los Tribunales de Tierras y en el Auto para Audiencia No.0487-17-00241 de fecha 17 de Agosto del año 2017, dado por el Tribunal de la Jurisdicción Inmobiliaria Original, provincia Santiago Rodríguez, se hace de público conocimiento, que la audiencia del Proceso de SANEAMIENTO para el conocimiento de la parcela No. 217428569449, Distrito Catastral No. 02, municipio de Monción, provincia Santiago Rodríguez, se realizara el día 11 de Octubre del año 2017, a las 9:00 de la mañana, en la Sala 1 del Tribunal más arriba ya mencionado. Por este medio se avisa: Al Abogado de Estado, Humberto de Jesus Cristobal Reyes Lugo (Reclamante), Sucesores Reyes Lugo, Sucesores de Miguel Maria Genao (a) Guele, Ramon Virgilio Lugo, Ramon Willian Reyes(Colindantes), al Alcalde Pedáneo de la sección Gurabo de este municipio y a todos los relacionados con esta parcela.

EXPEDIENTE No. 662201707500, VISTA: La Autorización de fecha 14 de Septiembre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, a petición del señor: Ramón Enerio Rodríguez Rodríguez, se avisa al público en general que el Viernes 27 de Octubre del 2017, a las 9:00, A.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 3022, del Distrito Catastral No. 11, del Municipio y Provincia de Santiago, A los 03 días de Octubre del 2017.

JOSE RAFAEL GUZMAN AGRIMENSOR-CONTRATISTA CODIA No. 2698

JOSE RAFAEL GUZMAN AGRIMENSOR-CONTRATISTA CODIA No. 2698

Yrving Néstor Geraldo Gómez. Agrimensor: Codia No. 6167.

LIC. LEANDRO PEREZ Y ASOCIADOS OFICINA DE ABOGADOS ASUNTOS JURIDICOS EN GENERAL Calle Luperón número 53, teléfono 809-584-1742.

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para general conocimiento y de conformidad con la ley 1306-Bis sobre divorcio en la Republica Dominicana, en su Art. 72, párrafo único, se le advierte a la señora ARELIS ALTAGRACIA PEÑA FIRPO, la cual tuvo su última residencia, en la calle Principal 103, Los Pinos, distrito municipal del Pozo, Municipio de El Factor, Provincia María Trinidad Sánchez, que será demandada en divorcio por su esposo el señor AMBIORIS VENTURA MARIA, que a falta de información relativa al lugar de su actual domicilio y residencia se procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO ante la procuraduría Fiscal de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, el día Diecinueve (19) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). Que es el tribunal que por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo en Atribuciones Civiles, conocer la Demanda en Divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILDAD DE CARACTERES, en fecha que contaremos a Jueves Diecinueve (19) del mes Octubre de del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las 9:00 A.M intentada por su esposo el señor AMBIORIS VENTURA MARIA.

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha primero (1) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de Peravia, dictó la sentencia No. 538-2017-SSEN-00295, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: PRIMERO: Pronuncia el defecto de la parte demandada, señora YAREDDY JOSELYNE PEGUERO REYES, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores LUIS GUILLERMO SANQUINTIN DIAZ y YAREDDY JOCELYNE PEGUERO REYES. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente el pronunciamiento del presente divorcio. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. QUINTO: Comisiona a la Ministerial KAIRA DIAZ PUJOLS, de Estrado de este Tribunal, para la notificación de esta sentencia. Así mismo, se hace saber que en fecha veintiséis (26) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Baní, procedió a pronunciar dicho divorcio y a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00002, bajo el Acta No. 000112, Folio No. 0023, del año 2017. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año (2017).

De acuerdo con la Ley 1306 Bis sobre Divorcio, se hace constar que la Magistrada Daisy Miguelina Abreu Urbaez de la Octava Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la SENTENCIA CIVIL NO. 00145-17, de fecha 31 de enero del año 2017; cuya parte dispositiva reza de la manera siguiente, cuya parte dispositiva reza de la manera siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos MIGUEL ARTURO MONTILLA FABAL y NEREYDA DEL ROSARIO BERAS CUELLO, en consecuencia homologa el acto de Estipulación de divorcio No. 41-16, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional, el LIC. FELIPE ALBERTO NOBOA PEREYRA, en fecha 16/11/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado del menor MIGUEL EDUARDO, a cargo de su madre NEREYRA DEL ROSARIO BERAS CUELLO. TERCERO: Fija en la suma de Tres Mil Pesos (RD$3,000.00), la pensión alimentaria que tendrá que pagar el señor MIGUEL ARTURO MONTILLA FABAL, la cual pagará en manos de la madre, la señora NEREYRA DEL ROSARIO BERAS CUELLO. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La Sentencia que antecede ha sido firmada por la Magistrada antes indicada y por Tania Patricia Valera Bonilla (Secretaria Interina), el mismo día, mes y año citados, la cual fue leída en audiencia pública, pronunciándose dicha sentencia por ante el Oficial de Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 18 del mes de julio del año 2017, Libro No. 00003, Folio No. 0168, bajo el Acta No. 000193, año 2017.

LIC. ROBERTO CARLOS JIMENEZ PEREZ Abogado Apoderado

LIC. YEISON MOSCAT, Abogado de la parte demandante.

DR. CARLOS P. ROMERO ANGELES, Abogado Apoderado.

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

FC 350795

FC350723

FC 350789

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

Conforme el Art. 42 Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 29 de JUNIO del año 2017, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia no.209-2017-SSEN-00581 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre. YESENIA DEL CARMEN ACOSTA ABREU y RAFAEL SOCORRO RODRIGUEZ MENA TERCERO: otorga la guarda y cuidado del menor YESSICA a su madre, la señora: YESENIA DEL CARMEN ACOSTA ABREU. CUARTO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. QUINTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial ANGEL CASTILLO M, Alguacil de Estrados de la Segunda Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma: (FIRMADO) Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza Presidenta; Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 2DA. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro #5; Folio 63; Acta #432 en fecha 29 de SEPTIEMBRE DEL año 2017. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 04 días del mes de OCTUBRE del Año 2017.

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintiocho (28) del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de Peravia, dictó la sentencia No. 538-2017-SSEN-00197, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: PRIMERO: Ratifica el defecto de la parte demandada, señora KIRSIS KATIURKIS BARIAS GUERRERO, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre JOSE ANTONIO MINYETY CASADO y KIRSIS KATIURKIS BARIAS GUERRERO, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía; TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente el pronunciamiento del presente divorcio. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. QUINTO: Comisiona a la Ministerial KAIRA IDALINA DIAZ PUJOLS, de Estrado de este Tribunal, para la notificación de esta sentencia. Así mismo, se hace saber que en fecha veintiséis (26) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Baní, procedió a pronunciar dicho divorcio y a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00002, bajo el Acta No. 000111, Folio No. 0021, del año 2017. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año (2017).

LIC. BIENVENIDO ML. ROSARIO DE COO, Abogado.

LIC. YEISON MOSCAT, Abogado de la parte demandante.

(RC-6661-CEA-DEV)

FC 350795

PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 20 de JULIO del año 2017, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia no.209-2017-SSEN-00638 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre ALBERTO GONZALEZ RODRIGUEZ Y GERALDA SANCHEZ RAMOS. TERCERO: ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial CARLOS ALBERTO ALMANZAR, alguacil ordinario del Juzgado de Trabajo de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma: (FIRMADO) Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza Presidenta; Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 2DA. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro #5; Folio 43; Acta #422 en fecha 26 de SEPTIEMBRE DEL año 2017. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 04 días del mes de OCTUBRE del Año 2017.

(AC-11910-CEA-DEV)

SENTENCIA CIVIL NÚM. 532-2017-SSEN-1300, DICTADA EN FECHA TREINTA Y UNO (31) DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE (2017), POR LA SÉPTIMA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA. F A L L O: PRIMERO: Acoge la solicitud de Homologación de Acto de Adopción, realizada por los señores Vitaly Gavison y Alberto José Sánchez Bellina, en consecuencia homologa el Acto de Adopción No.10-2017 de fecha 23 de mayo del año 2017, instrumentado por el Dr. Emilio Medina Concepción, Abogado, Notario Público de los Número Del Distrito Nacional, formalizado entre los señores Vitaly Gavison y Alberto José Sánchez Bellina. SEGUNDO: Declara que el apellido paterno que de ahora en adelante corresponde usar el adoptado, Alberto José, es Gavison, el cual corresponde al del padre adoptante, conforme al procedimiento de adopción establecido en el Código Civil. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, transcribir el dispositivo de esta sentencia al margen del acta de nacimiento No.001390, Libro No.00007-O, Folio No.0190, del año 1999, correspondiente a Alberto José. CUARTO: Ordena que un extracto de la presente sentencia sea publicado en un periódico de circulación nacional. QUINTO: Ordena archivo del expediente. Así se ordena, manda y firma, PEDRO

MARCIAL RAMÍREZ SALCÉ Juez FC350805

En cumplimiento del párrafo agregado al artículo 22 de la Ley 1306-bis, de Divorcio, el señor MARIANO ANTONIO REYES, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y electoral No. 001-0139244-7, domiciliado y residente en la Ave. Rómulo Betancourt 1252, sector Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DRA. MICHELPEREZ FUENTES, dominicana, mayor de edad, soltera, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0143290-4, domiciliada y residente en esta ciudad, con estudio profesional abierto en la Avenida Sarasota No. 36, Plaza Kury, suite 212, Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, advierte por este medio a su legítima esposa señora WALQUIDEA ALTAGRACIA GUZMAN GARCIA, titular de la cédula No. 224-0067524-9 cuyo último domicilio conocido fue en la calle Juan José Duarte No. 14, Ens. Kennedy, Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyo domicilio actual se desconoce, que a falta de información sobre su actual residencia procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, para que comparezca a la audiencia que celebrará la octava SALA de la Cámara Civil y Comercial para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana del día diecisiete (17) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), en el lugar donde dicho tribunal acostumbra a celebrar sus audiencias, en su local de costumbre en uno de los salones de la primera planta de dicho edificio, sito en la calle socorro Sánchez No. 68, esquina calle Santiago del sector de Gazcue, Distrito Nacional. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los 02 días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

DRA. MICHEL PEREZ FUENTES, Abogado. FC 350787

REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL

LICDA. SONIA SANCHEZ DE POLANCO, Abogada.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES


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FUNDACION MARMOLEJOS POR EL DEPORTE Y LA CULTURA EN APOYO A PERSONAS ESPECIALES DIFERENTES FUMDECEDI, INC. Resolución no. 113ONG-2017 República Dominicana

PUBLICACION INCORPORACION ONG De conformidad con lo establecido en la ley No. 122-05 que regula las asociaciones sin fines de lucro en la republica dominicana, hacemos de público conocimiento la incorporación de la FUNDACION MARMOLEJOS POR EL DEPORTE Y LA CULTURA EN APOYO A PERSONAS ESPECIALES DIFERENTES FUMDECEDI, INC.., la cual va a regir el fomento y desarrollo de actividades deportivas, sociales y culturales, cursos, talleres y educación en deporte para personas especiales diferentes. Es una ONG sin fines de lucro, que se regirá por las disposiciones, leyes, normas y reglamentos vigentes en la republica dominicana; en sus estatutos sociales; por las resoluciones y acuerdos de su comité ejecutivo y asamblea general, así como de las directrices de los organismos nacionales e internacionales a los que este afiliada; el domicilio de la entidad se establece en la Calle Santome no. 81, Pabellón de Combate ‘El Parquecito’, San Cristóbal, Republica Dominicana, pudiendo ser trasladado a cualquier otro lugar dentro del territorio nacional; tiene como misión: propiciar el fomento y desarrollo de actividades deportivas y culturales, como forma de lograr un mejor desarrollo humano que garantice el fomento de los valores sociales, familiares e individuales, con la integración activa de personas especiales con discapacidades diferentes. Los socios fundadores son: MANUEL ENRIQUE MARMOLEJOS NOVA, FELIX ANTONIO FRANCO ROSARIO, JULIA QUITERIO VILLA, BLADIMIR MIJAILOVICH FRIAS RODRIGUEZ, EDWIN RAFAEL FRIAS RODRIGUEZ. El consejo directivo de la organización está integrado por: MANUEL ENRIQUE MARMOLEJOS NOVA-Presidente, FELIX ANTONIO FRANCO ROSARIO-Vicepresidente, JULIA QUITERIO VILLA-Sec. General, BLADIMIR MIJAILOVICH FRIAS RODRIGUEZ-Tesorero, EDWIN RAFAEL FRIAS RODRIGUEZ-Vocal. La asamblea General Constitutiva fue realizada el día 18 de julio 2017, en San Cristóbal Republica Dominicana.

MANUEL ENRIQUE MARMOLEJOS NOVA PRESIDENTE

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

Para general conocimiento y de conformidad con las dispociones legales establecida por la ley No. 1306-Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha Dieciocho (18) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Octava Sala de asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia Civil No.01495-17, expediente No.533-2017-Econ-01249 de fecha 21 de Agosto 2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Rafael Antonio Molina Álvarez y Anibelca Aurora Jiménez, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio No. 05-2007, instrumentado por ante la Notario Público del Distrito Nacional Licda. Miguelina Custodio Disla en fecha 17/05/2017, transcrita más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA y Firmada ha sido la sentencia que antecede por el magistrado que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la expidió, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día 13 del mes de Septiembre 2017, la misma ha sido registrada en la Dirección de Registro Civil Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional el día 11 libro Letra B, No. 20379, Secretaria Rosa Encarnación Ferrera. Así mismo se hace saber que en fecha veintiocho (28) de diciembre del año mil novecientos noventa y uno (1991), por ante la Oficialía de Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de Santo Domingo Este, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00497, bajo el Acta No. 003198, Folio No. 0100, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día Veintisiete (27) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 18/09/2017, la 7ma. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No. 532-2017-SSEN-01756, sobre el Divorcio por Mutuo Consentimiento, entre los señores FORTIN HILARIO PLASENCIA MARTE y RUBELINA ADELIN HERNANDEZ PLASENCIA, pronunciado por ante La Oficialía del Estado Civil de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 28 de Septiembre del 2017.

JULIA QUITERIO VILLA SECRETARIO GENERAL

LIC. FERNANDO SANCHEZ RODRIGUEZ, Abogado. FC 350619

FC350789

AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, DE INMUEBLES OGUL, S. A. CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO RD$ 300,000.00 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO RD$ 300,000.00 RNC. 1-01-50399-8 La compañía INMUEBLES OGUL, S. A., dando cumplimiento al artículo 445 de la Ley No. 479-08, de fecha 11 de Diciembre del año 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, y sus modificaciones introducidas por la Ley No. 31-11 del 10 de Febrero del 2011, hace de general conocimiento el proyecto de transformación de la sociedad comercial INMUEBLES OGUL, S. A., a una “Sociedad de Responsabilidad Limitada” (SRL). En el mismo se establece introducir unas series de transformaciones en los Estatutos Sociales, en los siguientes aspectos: a) El nombre de la compañía se modificará para que en lo adelante se denomine INMUEBLES OGUL, S. A., la cual se estará rigiendo por sus Estatutos Sociales, las Leyes y Reglamentos que rigen la materia en el País; b) El objeto social de la compañía será dedicarse a la Compra, Venta, Administración de Bienes Inmuebles, tales como Casas, Edificios, Almacenes o Naves. Representar sociedades Nacionales y Extranjeras, en sus actividades en República Dominicana o en el Extranjero, dentro de su campo de operaciones; así como a cualquier otra actividad de lícito comercio; c) El domicilio de la sociedad se establecerá en el Edificio 5, Apto. 102 (Primera Planta), del Condominio Círculo Gazcue, ubicado en la Calle Rodríguez Objío No. 24-A, Esq. Rosa Duarte, sector Gazcue, D. N., R. D., d) El Capital social se fija en la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$ 300,000.00), divididas en Tres Mil (3,000), cuotas sociales, por valor de Cien Pesos (RD$ 100.00), cada una; e) La compañía estará administrada por uno o varios gerentes, que serán o será designados al efecto en su momento oportuno; y, f) La duración de la sociedad será indefinida, conllevando su inscripción en el Registro Mercantil de Santo Domingo. En tal sentido, se invitan a los señores accionistas a comparecer a la Asamblea General Extraordinaria, que se celebrará a tales efectos para el día Veinte (20) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las (9:00 a.m.) horas de la mañana, en el domicilio social de dicha entidad, a los fines de conocer y aprobar allí el referido proyecto, el balance financiero y un informe general elaborado por el comisario de cuenta de la sociedad. El proyecto de Transformación y Modificación Estatutaria de la Compañía, así como los informes elaborados, estarán a disposición de los accionistas o sus representantes en el domicilio social de la Compañía dentro del plazo establecido por la Ley. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Tres (03) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

RAMON HERMINIO LUGO CAAMAÑO Gerente. FC350813

Abogado FP92901

AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que para el día Domingo 15 del mes de Octubre del año 2017, a las 8:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la parcela No. 122, del D.C. No. 14/2, del municipio Santa Cruz de Barahona, provincia Barahona. El inmueble está ubicado en la sección de Habanero. Expediente No. 663201707897. Autorización de fecha 22 del mes de agosto del 2017. Reclamado por la SRA. MARIA ALTAGRACIA MATOS MOLINA DE LEGER.

AGRIM. MARCOS ANTONIO PEÑA ALCANTARA, Codia 25032.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que, en fecha veintinueve (29) de junio del año dos mil diecisiete (2017), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia civil No. 532-2017-SSEN-01201, cuyo dispositivo textualmente copiado reza de la manera siguiente: “F A L L A: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores José Antonio De Jesús Guevara e Isnelda Rosmery Guzmán De Jesús, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores José Antonio De Jesús Guevara e Isnelda Rosmery Guzmán De Jesús, por su muto consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 17, instrumentado en fecha 26 de octubre del 2017, por ante la Lic. Teresa María del Rosario, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos: TERCERO: A) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Sophie Jasmín y Emanuel José, a cargo de la señora Isnelda Rosmery Guzmán De Jesús; B) HACE CONSTAR que el padre el señor José Antonio De Jesús Guevara, pasará una pensión alimenticia de veinticinco mil pesos dominicanos (RD$25,000.00), mensuales, obligándose al señor José Antonio De Jesús Guevara a solventar los gastos de escolaridad y clases particulares que puedan ser recibidas por Sophie Jasmín y Emanuel José; C) ESTABLECE EL REGIMEN DE VISITA acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 17; instrumentado en fecha 26 de octubre del 2016, por ante la Lic. Teresa María del Rosario, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos; CUARTO: Ordena la Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio”. De igual forma, se hace saber que el divorcio antes señalado fue debidamente pronunciado en fecha ocho (8) de agosto del año 2017, por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional y debidamente transcrito en el Libro No. 00016, Registros de Divorcio, Folio 0149, Acta No. 001568, del año 2017.

LIC. RUTH ESTHER RICHARDSON Abogada.FC350806

AVISO DE VENTA DE INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO

De conformidad con el Art. 696 de conformidad del Código de Procedimiento Civil, reformado por la Ley 764 del 20 de Diciembre del 1944, se hace la presente publicación: FECHA DE LA ADJUDICACIÓN: el día Jueves que contaremos a Nueve (09) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana. La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, ubicado en la Calle Presidente Vázquez No. 23, Ensanche Ozama, Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, en audiencia de pregones que al efecto celebrara. Inmueble: “LA CASA UBICADA EN LA CALLE 16 DE AGOSTO No. 13, LA CALETA, BOCA CHICA, AUTOPISTA LAS AMERICAS, MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, PROVINCIA SANTO DOMINGO, Y SU MEJORA DESCRITA DE LA SIGUIENTE MANERA: UNA CASA DE DOS (02) NIVELES, PRIMER NIVEL CON PARED DE BLOCK, PISO DE CEMENTO, TECHO DE CONCRETO, EL SEGUNDO NIVEL CON PARED DE BLOCK, TECHO DE CONCRETO, PISO DE CEMENTO, SIN TERMINACION, CON TODAS SUS ANEXIDADESY DEPENDENCIAS”. Según Certificación de Inscripción Catastral No. 280347-A, de fecha cinco (05) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016) expedida por la Dirección General del Catastro Nacional. PERSIGUIENTE: AGENCIA DE VIAJES URECE TRAVEL, S.R.L., institución y debidamente organizada de conformidad con las leyes de la República Dominicana, registrada con el RNC No. 10185310-7 debidamente representada por su gerente el LIC. CONFESOR CEPEDA UREÑA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0431317-6, domiciliado y residente en esta misma ciudad, quién tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JULIO CESAR CABRAL, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de Los Tribunales de la República Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1198907-5, con estudio profesional abierto con estudio profesional abierto en la Carretera Mella, Km. 7½ Plaza del Este, Local 5-A, El Brisal, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El acta de Embargo es de fecha Veintiocho (28) del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante el acta No. 14/2017, del Lic. FELIX ANTONIO SANTANA DE LA ROSA, Notario Público del Distrito Nacional, se procedió al Embargo Inmobiliario del inmueble anteriormente descrito, propiedad del señor NELBIN ANTONIO HERNANDEZ BERIGUETE, el cual fue debidamente registrado en el Libro Letra “B”, Folio No. 153328, del Registro Civil de Santo Domingo Norte, el día dieciocho (18) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). El acto de Denuncia que contiene en cabeza del proceso verbal de embargo, fue notificado en fecha Doce del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017) por el ministerial JUAN ALBERTO UREÑA, Alguacil del Juzgado de Primera Instancia de la 4ta sala Penal del Distrito Nacional, mediante el acto No. 679/17, el cual fue debidamente registrado en el Libro Letra “B”, Folio No. 153327, del Registro Civil de Santo Domingo Norte, el día Dieciocho (18) del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017). PRECIO: El precio de la Primera Puja ha sido fijado por la parte persiguiente en la suma de NOVECIENTOS SEIS MIL CIENTO CUARENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (R$906,140.00), consignado en el Pagare Notarial, de fecha Veinte (20) del mes de Octubre del año Dos Mil Quince (2015) instrumentada por BIANI ALT. PIÑEIRO LOPEZ, de los del Número del Distrito Nacional, así como más los gastos, costas y honorarios del procedimiento de conformidad con la ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Un Diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en dinero en efectivo o en cheque bancario certificado, deberá ser depositado en la Secretaría de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, sin cuyo requisito no será admitido licitador, de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la Secretaria de dicho tribunal. En el Municipio de Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

De conformidad con el Art. 696 de conformidad del Código de Procedimiento Civil, reformado por la Ley 764 del 20 de Diciembre del 1944, se hace la presente publicación: FECHA DE LA ADJUDICACIÓN: el día Jueves que contaremos a Dieciséis (16) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana. La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, ubicado en la Calle Presidente Vázquez No. 23, Ensanches Ozama, Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, en audiencia de pregones que al efecto celebrará. Inmueble: “UNA CASA UBICADA EN LA CALLE HECTOR J. DIAZ No. 12, BO. PUERTO RICO, LOS MINAS, SANTO DOMINGO ESTE, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, Y SU MEJORA DESCRITA DE LA SIGUIENTE MANERA: UNA CASA CON PARED DE BLOCKS, PISO DE CEMENTO, TECHADA DE ZINC Y CEMENTO, CON TODAS SUS DEPENDENCIAS Y ANEXIDADES,” Según Declaración Jurada de Propiedad, de fecha Dieciocho (18) del mes de Febrero del año Dos Mil Quince (2015), instrumentado por el DR. VICTOR DE JESUS CORREA. PERSIGUEINTE: CELIDICE C & C., S.R.L., entidad constituida de conformidad con las leyes de la República, con su RNC No. 1-30-87057-8, con su domicilio social establecido en la Ave. San Juan de la Maguana No. 53, Las Flores de Cristo Rey, Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representado por su gerente LIC. CONFESOR CEPEDA UREÑA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0431317-6, domiciliado y residente en esta misma ciudad, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JULIO CESAR CABRAL, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de Los Tribunales de la República Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1198907-5, con estudio profesional abierto con estudio profesional abierto en la Carretera Mella, Km. 7½ Plaza del Este, Local 5-A, El Brisal, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El acta de Embargo es de fecha Veintisiete (27) del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante el acta No. 12/2017, del Lic. FELIX ANTONIO SANTANA DE LA ROSA, Notario Público del Distrito Nacional, se procedió al Embargo Inmobiliario del inmueble anteriormente descrito, propiedad de la señora JOSEFINA FIGUEROA LIRIA, el cual fue debidamente registrado en el Libro Letra “B”, Folio No. 1533, del Registro Civil de Santo Domingo Este, el día Dieciocho (18) del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017). El acto de Denuncia que contiene en cabeza del proceso verbal de embargo, fue notificado en fecha Cinco (05) del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017) del ministerial JUAN ALBERTO UREÑA, Alguacil del Juzgado de Primera Instancia de la 4ta sala Penal del Distrito Nacional, mediante el acto No. 645/ 17, el cual fue debidamente registrado en el Libro Letra “E”, Folio No. 5107, del Registro Civil de Santo Domingo Norte, el día Veintinueve (29) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017). PRECIO: El precio de la Primera Puja ha sido fijado por la parte persiguiente en la suma de CUATROCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ORO DOMINICANOS CON 00/100 (R$430,475.00), consignado en el Pagaré Notarial, de fecha Veinte Y Un (21) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Quince (2015) instrumentado por BIANI ALT. PIÑEIRO LOPEZ, de los del Número del Distrito Nacional, así como los gastos, costas y honorarios del procedimiento de conformidad con la ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Un Diez por ciento (10%) del precio de 1a primera puja, en dinero en efectivo o en cheque bancario certificado, deberá ser depositado en la Secretaría de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, sin cuyo requisito no será admitido licitador, de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la Secretaría de dicho tribunal. En el Municipio de Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

FC 350774

DR. ANTONIO SOSA

FC 350803

AVISO DE VENTA DE INMUEBLE EN PÚBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO

JULIO CESAR CABRAL, Abogado.

LEGAL 15

Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 696 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, se hace de público conocimiento la Venta en Pública Subasta, al mayor postor y ultimo subastador, fijada para el día JUEVES que contaremos DOCE (12) del mes de OCTUBRE del año Dos Mil Diecisiete (2017), por ante la Cámara Civil y Comercial de San Pedro de Macorís Juzgado, en uno de los salones de la planta baja del Palacio de Justicia; sito entre las calles Laureano Campo, Hermanas Mirabal y Gabriel del Castillo, de San Pedro de Macorís; mediante el Proceso de Embargo Inmobiliario, a las Nueve (9:00) horas de la mañana, en virtud del Acto No.472-2014, de fecha 04 de noviembre del 2014; y Acto No. 501-2014, de fecha Primero (01) del mes de octubre del Año Dos Mil Catorce (2014), acto No.482-2014 de fecha 05 de noviembre del año 2014, de la ministerial Carmen Yulissa Hirujo Soto, Alguacil de Estrados de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de de San Pedro de Macorís, por el persiguiente Yehuda Amouyal, de nacionalidad israelí, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad No.023-0132415-4, domiciliado y residente en la Av. Boulevard No.20, Plaza Paraíso, Juan Dolio, San Pedro de Macorís, y la Transcripción de dicho Embargo Inmobiliario por ante el Registrador de Títulos de de San Pedro de Macorís de fecha 20 de febrero del Año 2014, sentencia emitida por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de de San Pedro de Macorís, Hipoteca Judicial Definitiva, en contra del Sr. SILVANO PARRAVICINI, italiano, mayor de edad, portador del pasaporte No.026664B, propietario del inmueble: APARTAMENTO No.B2, CONDOMINIO LA HISPANIOLA, CON UNA SUPERFICIE DE 49.17 METROS CUADRADOS, PARCELA No.355-B-2-REF-252, D.C. No. 6/2, MATRICULA No.2100002895, LOS LLANOS, SAN PEDRO DE MACORIS; el precio de la primera puja para la adjudicación puesto por el persiguiente es de US$16,564.00 o su equivalente en pesos dominicanos, sin perjuicio de los honorarios, intereses y gastos que se generen hasta la puja; en la cual todo licitador, deberá depositar previamente, en manos del abogado del persiguiente o en la Secretaría del Tribunal apoderado, una garantía en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, una suma igual al diez por ciento (10%) del precio de la primera puja o en caso de puja ulterior, la totalidad del precio de la subasta más la suma de un veinte por ciento (20%) establecido en el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en dicho proceso.

LICDA. DAISY JIMÉNEZ ROJAS, DR. JUAN FRANCISCO SANTANA RIVERA, Abogados del Persiguiente. FC 350783

AVISO DE TRANSFORMACIÓN De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (modificada por la Ley 31-11), se hace de conocimiento general el proyecto de transformación de la sociedad INMOBILIARIA OLGA, C. POR A.(Anteriormente denominada FARMACIA OLGA, C. POR A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de INMOBILIARIA OLGA, C. POR A., la cual se denominará de INMOBILIARIA OLGA, S.R.L., la misma estará regida por las Leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la empresa tendrá como objeto dedicarse a la adquisición y administración de propiedades, tenedoras inmobiliarias y bienes raíces, prestar servicios de construcción, distribución, importación y exportación de materiales de construcción; a todos los productos afines y a cualquier otra operación de lícito comercio; el domicilio de la empresa se establecerá en la avenida 27 de Febrero No. 361, Ensanche Quisqueya, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; su Capital Social será de cien mil pesos dominicanos (RD$100,000.00); la sociedad será administrada por uno o varios gerente(s), designado(s) al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de INMOBILIARIA OLGA, C. POR A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en la Avenida 27 de Febrero No. 361, Ensanche Quisqueya, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; el día veinte (20) de octubre del año dos mil diecisiete (2017) a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.). El proyecto de transformación de la Sociedad, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

CARLOS JOSÉ NOBOA GONZÁLEZ, Presidente-Tesorero. FC 350792

TEXTO PUBLICACION De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la GRUPO A.S. E.I.R.L. a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía Grupo A.S.E.I.R.L., la cual se denominará “GRUPO A.S., S.R.L. la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; La empresa tendrá como objeto social el GRUPO A.S. E.I.R.L., Empresa Individual de Responsabilidad Limitada tendrá como objeto procesamiento y venta de agua para todos los usos, Construcciones y Mantenimiento Industrial, así como también así como toda clase de actividad relacionada con el objeto principal y de licito comercio. Como consecuencia de los objetos antes indicados y sin que su enumeración pueda ser considerada como limitativa, la empresa puede ejercer todas las operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto antes mencionados o que fueran de naturaleza tal que favorezcan y faciliten el desarrollo del objeto social; el domicilio de la empresa estará en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; con un aumento de capital de RD$50,000.00 Pesos Dominicanos a RD$100,000.00, Pesos Dominicanos; la empresa será administrada por uno o varios gerente(s), designado al efecto; La duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del dueño y gerente de la empresa, la empresa se convoca a los nuevos socios de GRUPO A.S., E. I. R. L., a la firma del Acto Para Fines De Transformación De Empresa Individual De Responsabilidad Limitada, (E.I.R.L.), que se celebrará en la calle Primera del sector Mar Azul, S.A., Santo Domingo el día 18 del mes octubre del año 2017. E1 proyecto de transformación de la Compañía, junto con el balance especial y el informe del Dueño y Gerente estarán a disposición de los accionistas en e1 domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 3 días del mes de octubre del año 2017.

JULIO CESAR CABRAL, Abogado. FC 350774

ANIBAL SANTANA, Presidente. FC 350570


MIERCOLES 04 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL La ASOCIACIÓN DE INDUSTRIAS DE SANTO DOMINGO, INC. –AISD-, Asociación sin fines de lucro con su domicilio social en la Av. Tiradentes No. 14, edificio Alfonso Comercial, 7mo piso, Ensanche Naco, Distrito Nacional, República Dominicana, hace de público conocimiento que fue aprobada por el Procurador General de la República, el Dr. Jean Alain Rodríguez LA MODIFICACIÓN de los estatutos mediante resolución No. 00004 de fecha diecisiete (17) de marzo del año dos mil diecisiete (2017). El objetivo principal de esta asociación es fomentar el desarrollo sostenible y la competitividad del sector empresarial, auspiciando acciones que incidan en su defensa y fortalecimiento. Sus miembros fundadores son los Sres. Dante Marranzini, Armando Díaz, Guillermo Moncada, Alfredo Fontanet, Renato Divana, Jorge Vilalta, Persio Torres, Marcelo Ibarra, Perfecto López, Francisco Sánchez, Carlos Grisanti, RonnyCapano, William Walther, Victorio Vázquez, Jack Corrie, SpyridiomKorantzopoulus, Manuel Yabra, Gustavo Turrull, RenanPérez, Rafael Luciano, Zoilo Hernández, Juan R. Morales, Antonio Armenteros, Marcos Hued, César Penson. Los miembros del directorio que representan ante terceros son: Antonio Taveras Guzmán, Vilma Camilo, Enrique Fondeur, Desirée Logroño, Pedro Ureña, Juan Roberto Amel, Luis Enciso, Juan Guillén, Segismundo López. Esta Asociación tiene un término de duración indefinido. La junta Directiva está compuesta por nueve (9) miembros. FC 350797

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Se hace de público conocimiento, en virtud del artículo 153 de la ley 6186, del 12 de febrero del 1963, que ha sido fijada la audiencia de pregones para el día JUEVES que contaremos a NUEVE (09) DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (2017), A LAS (9:00) HORAS DE LA MAÑANA, que al efecto celebrara en la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, ubicada en la Calle Presidente Vásquez, No.23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, para proceder a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y ultimo subastador del inmueble y mejoras que se describen a continuación: ”Inmueble Propiedad de la señora VIRGINIA CELESTE PEÑA BELLO, casada con el señor ELBY RAMON CABRERA HERRERA. Identificado como 403632975458, Matricula Número 0100223593, con una Superficie De 3,000.00 metros cuadrados, ubicado en Guerra, Provincia Santo Domingo” Este inmueble y sus mejoras ha sido embargado a los señores VIRGINIA CELESTE PEÑA BELLO y ELBY RAMON CABRERA HERRERA, dominicanos, mayores de edad, domiciliados en la a la calle Colonial, No. 8, Torre Anabella, piso 3, apartamento 302, Evaristo Morales, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, en virtud de las disposiciones de la Ley Núm. 183-02, del 21 de noviembre del 2002 y de la ley 6186 del 12 de febrero del 1963 y sus modificaciones; embargo realizado a requerimiento de y diligencia del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, entidad de intermediación financiera organizada de acuerdo con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio y asiento social en la Avenida Winston Churchill esquina Porfirio Herrera Edif. Torre Banreservas, Ensanche Piantini, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, debidamente representada por la LICDA. ZOILA ALICIA G. BULUS NIEVES, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0092883-7, quien actúa en su calidad de Directora de Cobros, domiciliada y residente en esta ciudad de Santo Domingo; entidad de intermediación financiera que tiene como Abogado constituido y apoderado especial al DR. EDUARD LEANDRO MOYA DE LA CRUZ, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1717356-7, debidamente matriculado en el Colegio de Abogados Inc., con estudio profesional abierto en MOYA & ASOCIADOS ABOGADOS CONSULTORES, S.R.L., sito en la C/ Juan Barón Fajardo, No. 2, Edif. Dorado Plaza, suite 301, ensanche Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio y con domicilio ad-Hoc en la Secretaria de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de embargo inmobiliario y la venta en pública subasta que al efecto se efectuará en la sala de audiencia indicada precedentemente. El mandamiento de pago que se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario fue notificado a los deudores hipotecarios mediante Acto de Alguacil No. 237/17, de fecha Catorce (14) del mes de marzo del Dos mil Diecisiete (2017), instrumentado por el Ministerial NICOLÁS REYES ESTÉVEZ portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-0549394-4, Alguacil Ordinario del Tercer Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, residente en la calle Rosario Manzana C, Edificio 14, Apto. 1-A del Ensanche Villa Duarte, Santo Domingo Este, República Dominicana, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, el Pliego de Condiciones que regirá la venta en Pública Subasta fue depositado por ante la Secretaria de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, en fecha Doce (12) del mes de abril del dos mil Diecisiete (2017), donde constan las condiciones para la venta y adjudicación del inmueble y mejoras embargadas. El precio de la primera puja que ha sido fijado por el persiguiente para el día de la venta en pública subasta, es decir el díaJUEVES que contaremos NUEVE (09) DEL MES DE NOVIEMBREDEL DOS MIL DIECISIETE (2017), es la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE PESOS DOMINICANOS CON 03/100 CENTAVOS (RD$ 2,786,419.03), que es el valor del inmueble, tal y como indica el pliego de cargas y condiciones; valor este cortado al día Cinco (05) del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), suma a la cual en su oportunidad se le agregaran los gastos y honorarios del procedimiento. Las pujas no se admitirán sino por el ministerio de abogado. Todo licitador estará obligado a depositar, como formalidad previa, en manos de los abogados del persiguiente o en la secretaria del Tribunal que conocerá de la venta y adjudicación del inmueble, embargo y sus mejores una suma no menor al 10% del precio de la primera puja, bien sea dinero efectivo o en cheque certificado expedido a favor de los abogados del persiguiente. Toda subasta deberá someterse a lo establecido en el Pliego de Cargas, Clausulas y Condiciones que se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaria de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo. Hecho y redactado por el infrascrito abogado, en el Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

EDICTO DE VENTA INMOBILIARIA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con el artículo 696 del Cód. deProc. Civil, se hace la presente publicación: FECHA DE LAADJUDICACIÓN: El día martes 31de Octubre del año 2017, a las 9:00 A.M.-. TRIBUNAL: La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia de Santiago, sito en la esquina formada por la Avenida 27 de Febrero con Calle E. Guerrero, del Ensanche Román I, de la ciudad de Santiago de los Caballeros.-INMUEBLES:El Apartamento A-1, Primera Planta, Bloque A, del Condominio Residencial Mi Reina, con Matrícula No. 0200107290, con 140.34 Metros cuadrados de superficie, construido dentro del Solar No. 7, Manzana No. 1884 del Distrito Catastral No. 1, ubicado en Santiago; el Apartamento No. B-1, Primera Planta, Bloque B, del Condominio Residencial Mi Reina, con Matrícula No. 0200060260, con 123.94 Metros cuadrados de superficie, construido dentro del Solar No. 7, Manzana No. 1884 del Distrito Catastral No. 1, ubicado en Santiago, Santiago; y elPentHouse No. Bloque C, primer y segundo nivel del Condominio Residencial Mi Reina, con Matrícula No. 0200022235, con 247.11 Metros cuadrados de superficie, construido dentro del Solar No. 7, Manzana No. 1884 del Distrito Catastral No. 1, ubicado en Santiago, Santiago; que son propiedades de los esposos Teodoro de Js. García y Reina Tavarez Ureña, quienes los ocupan.- PERSIGUIENTE: Almonte &Asoc. Parts, S.A., sociedad comercial dominicana con RNC No. 1-02-32742-4, con asiento social en la Sección de Quinigua, Municipio de Villa González, Provincia de Santiago, y con domicilio Ad Hoc en la Oficina jurídica HIRALDO VELOZ & ASOCS., de la calle Del Sol, No. 51, Apto. 319, de la ciudad de Santiago de los Caballeros.- EMBARGADOS: Teodoro de Jesús García y su esposa Reina Tavarez Ureña, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, empleados privados, portadores de las cédulas de identidad y electorales Nos. 031-0368004-1 y 0310455280-1, domiciliados en la Calle 10, PentHouse del Residencial Mi Reina, de la Urbanización La Española, de la ciudad Santiago de los Caballeros, en calidad de deudores Hipotecarios.-ENUNCIACIONES PRELIMINARES. El Proceso de Embargo es de fecha 2 de Marzo del año 2016, según Acto No. 2, del Notario Público Nelson Francisco Moronta Fernández, registrado en fecha 9 de Marzo del 2016, bajo el No. 875, Folio 08, Libro 416 del Registro Civil de Santiago; El Acta de Denuncia de Embargo es de fecha 11del mes de Marzo del año 2016, según Acto No. 151/2016, del ministerial Basilio J. Rodríguez Cabrera, Alguacil de Estrado de la Sala Civil del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Santiago, registrado en fecha 21 de Marzo del 2016, bajo el No. 1504, Folio 507, Libro 865 del Registro Civil de Santiago; y La Transcripción del Acto de Embargo y de Denuncia de Embargo fue inscrito en fecha 22 de Marzo del 2016, a las 3:40 pm., en las oficinas del Registrador de Títulos del Departamento de Santiago.-PRECIO:El precio de la primera puja fue fijado en la suma de ocho millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos treinta y tres pesos con 00/100 (RD$:8,445,533.00), más los gastos y honorarios del procedimiento, de conformidad con la Ley.-GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Un diez por ciento del precio de la primera puja, en dinero en efectivo o en cheque bancario certificado, deberá ser depositado en la Secretaría de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el Pliego de Condiciones depositado en la Secretaria de dicho tribunal en fecha 8 de Abril del año 2016.En Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, Rep. Dom., a los 3 días del mes de Octubre del año 2017.

LIC. LISFREDYS DE JS. HIRALDO VELOZ Abogado del Persiguiente.

De conformidad con las disposiciones contenidas en el Artículo 92 de la Ley Núm. 108-05, sobre Registro Inmobiliario en la República Dominicana, de fecha veintitrés (23) del mes de Abril del año dos mil cinco (2005) y sus modificaciones y reglamentos, se hace de público conocimiento que a los señores Víctor Elvin de la Rosa Valerio e Irma Inmaculada de la Cruz Jiménez, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, empresarios, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 047-0123174-0 y 047-0067531-9, domiciliados y residente en esta ciudad de La Vega, República Dominicana; que se les ha extraviado el Certificado de Título identificado con la matrícula No. 0300018076, correspondiente al Inmueble 313296253677, del Municipio de La Vega, que tiene una superficie de 359.53 metros cuadrados, expedido por la oficina de Registro de Títulos de La Vega, República Dominicana.

Lic. José Antonio Pichardo, Apoderado Especial. (AC-11908-PC)

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título de Propiedad No.81-153 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 07HAS-36AS-69CAS en el ámbito de Parcela No.126 del Distrito Catastral No.12, del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a favor y a nombre de

JUANA RUPERTA LOPEZ VDA. TORRES, Propietaria. (JLV-RO-14438-DA)

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con lo establecido en los artículos 169 de la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que el día lunes que contaremos a treinta (30) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, se procederáa la venta en pública subasta, en la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del tercer nivel del Edificio de los Tribunales de Santo Domingo Oeste, local ubicado en la avenida Las Palmas No. 52, esquina calle Tercera, Herrera, municipio Santo Domingo Oeste de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, del inmueble descrito a continuación: Parcela 196-D-460, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 309.82 metros cuadrados, matrícula No. 0100014140, ubicado en el Distrito Nacional, Distrito Nacional. Propiedad de TOMASITO PARRA FERMIN; Siendo el precio de primera puja la suma de SEIS MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON CERO CENTAVOS (RD$6,096,054.00), por concepto de capital e intereses. Los interesados deberán depositar antes de la venta, el diez por ciento (10%) de dicho precio mediante cheque certificado por una entidad de intermediación financiera de la República Dominicana, en la Secretaría del Tribunal apoderado, las pujas sólo se aceptarán por ministerio de abogado. Asímismo se advierte que el inmueble descrito precedentemente ha sido embargado a los señores (a) TOMASITO PARRA FERMÍN, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0714937-9, con su último domicilio conocido ubicado en la calle Hermanas Mirabal No. 23, sector Alma Rosa I, municipio de Santo Domingo Este; y (b) CLINIA ESPEJO DE PARRA, dominicana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0881532-5, con su último domicilio conocido ubicado en la calle Hermanas Mirabal No. 23, sector Alma Rosa I, municipio de Santo Domingo Este. En tal sentido, se comunica que el acreedor embargante es el BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S. A.–BANCO MÚLTIPLE, sociedad bancaria organizada de conformidad con las leyes dominicanas, con su domicilio social y principal establecimiento ubicado en el edificio marcado con el número 3 de la avenida John F. Kennedy, sector Miraflores, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, registro nacional de contribuyente (R.N.C.) número 1-01-04359-8, debidamente representada para el presente proceso, por su debidamente representada por su Vicepresidente Adjunto de Administración Riesgo de Crédito, LIZAMNA MERCEDES ALCANTARA BAURDIER, dominicana, mayor de edad, casada, funcionaria bancaria, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 031-0329718-4, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán; entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a la doctora KERYMA MARRA MARTÍNEZ, y los licenciados BERNARDO ALMONTE, TATIANA HERNÁNDEZ y STERLING PÉREZ, dominicanos, mayores de edad, solteros la primera, la tercera y el cuarto, y casado el segundo, abogados de los Tribunales de la República, titulares de las cédulas de identidad y electoral marcadas con los números 001-0101700-2, 031-0244609-7, 001-1860839-7 y 402-2179017-9 respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el despacho jurídico “Marra & Marra”, ubicado en el local número 502 del quinto piso de la torre Élite, marcada con el número 329 de la avenida 27 de Febrero, ensanche Evaristo Morales, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; teléfono: 809-472-0035; y ad hoc en la avenida República de Colombia, plaza Patio Colombia, Ciudad Real II, Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, en la sucursal del Banco Dominicano del Progreso, S.A. –Banco Múltiple. Por consiguiente, se hace constar que mediante el Acto número 896/2017, instrumentado en fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017) por el ministerial Ariel A. Paulino, alguacil de estrados de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el referido acreedor embargante notificó mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario contra los citados señores TOMASITO PARRA FERMÍN y CLINIA ESPEJO DE PARRA, el cual se convirtió, de pleno derecho, en embargo inmobiliario luego de transcurridos los quince (15) días francos contados a partir de su notificación, al tenor de lo dispuesto por las disposiciones combinadas del artículo 153 de la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, y del artículo 1033 del Código de Procedimiento Civil; embargo que fue ulteriormente inscrito ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha tres (03) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017), todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Condiciones depositado en fecha once (11) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017) en la Secretaría de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.

Lic. TATIANA HERNÁNDEZ, por sí y por los letrados Dra. KERYMA MARRA y Licdos. BERNARDO ALMONTE y STERLING PÉREZ, Abogados del persiguiente.

Dr. Eduard Leandro Moya De la Cruz Abogado del Persiguiente Fc350810

Aviso de Pérdida del Certificado de Título

FC 350778

En cumplimiento de las disposiciones del articulo Párrafo 3 Artículo 92 de la Ley No.108-05 sobre Registro Inmobiliario y el fundamento del artículo 86 del Reglamento del Registro de Títulos se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No.86-584, libro 80, folio No.153 Hoja 84 ejecutado en fecha 06 de Noviembre de 1986 por el Registrador de Título de La Vega que ampara los derechos de una porción de terreno de 2,965.00 Mts2 a nombre de Epifanio Rosa Ramírez en la Designación Parcelaria No.116 del Distrito Catastral No.32 con actual Matrícula No.3000250715 del 10 de Diciembre del 2016, y actual asiento No.331900068 ubicada en el Municipio de La Vega, adquirida de su progenitor Antonio Rosa, por sucesión. (HG-RO-14440-RDT)

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO DE PROPIEDAD En cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 92 párrafo 3 de la Ley No.108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia Anotada del Certificado de Título No. 76-24, del Solar No. 17-A, Porción B, que mide trescientos diecisiete punto noventa metros cuadrados (317.90 mts2), del Distrito Catastral No.1, ubicado en La Vega, a los fines de obtener el duplicado del dueño en donde se amparan los derechos pertenecientes al señor RUBEN DARIO ESTRELLA JORGE, expedido por el Registrador de Título del Departamento de La Vega.

LICDO. LUIS MANUEL JIMÉNEZ MORA, Abogado Apoderado. (YC-RC-6660-PC)

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO En Virtud De Lo Que Establece El Artículo 86 Del Reglamento General De Registros De Títulos Correspondientes A La Ley De Registro Inmobiliario 10805. Se Hace De Público Conocimiento, La Pérdida Del Certificado De Titulo No.80-7075 Que Ampara El Derecho De Propiedad De La Manz. No.1892 Solar No.1 Del Dist. Catastral No.1, Del Área 98.42mt2, Municipio Santo Domingo Este, En La Calle No.12 Al Este, Solar No.2, Al Sur, Solar No.44, Y Al Oeste, Calle Juan Pablo Duarte, Expedido Por El Registro De Titulo Del Dto Nacional A Nombre Del Señor JOSE FRANCISCO REYES, CEDULA No.3205, SERIE 56. FP92921


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AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En virtud de las disposiciones contenidas en el articulo 92, párrafo III, de la 108-05, Sobre Registro Inmobiliaria, se hace de público conocimiento que se ha extraviado la Carta Constancia Anotada el Certificado de Título No.76-3765, Libro No.580, folio No.200 (Duplicado del Dueño), con un área de: (1,193) METROS CUADRADOS, DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA NO.51-C, DEL DISTRITO CATASTRAL No.4, DEL DISTRITO NACIONAL, registrada a favor de la señora LOURDES MILAGROS ABIKARRAM R. DE PANTALEON. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No.1013055292 de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, de fecha 11 de enero de 2016 por valor de RD$649,300.00 A nombre de: NERVA DINORAH PINEDA PEREYRA, cédula: 001-0382031-2 y CARMENCITA DE LA ROSA TEJADA, cédula 001-1364518-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Licda. Andrea Valenzuela Guillén, Abogada. FC 350775

FC350784

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 101370393, de la ASOCIACION NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS, de fecha 02/02/2016, por valor de RD$1,000,100.00, a nombre de: NIEVES LUISA RAFAEL MEDINA, cédula 001-0159366-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No.2000-1779, (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la parcela 5-a-1-REF-48-A-REF- del Distrito Catastral No.4, D. N., Apartamento a-4:Cuarta Planta: Condominio Residencial Olimpo, con una área total de 198.16 metros cuadrados, propiedad de FRANTZ BAZILE.

FC 350780

DETERIORO DE CERTIFICADO DE TÍTULO

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

En cumplimiento de lo que dispone la ley No. 108-05, de registro Inmobiliario en su Artículo 92, Párrafo III, se hace de publico conocimiento que se Deteriorado el CERTIFICADO DE TITULO No.70-1980 (duplicado del Dueño), expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha 23 de Julio del año 1970, a nombre de la Sra. ROSA AMELIA VINCENT CEPEDA, que ampara los derechos de la suscrita sobre el Inmueble que se describe a continuación: “LA PARCELA NO. 210-REFORMADA-28, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 2, DEL DISTRITO NACIONAL, SANTO DOMINGO, PARCELA QUE TIENE UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE QUINIENTOS NUEVE (509) METROS CUADRADOS, CUARENTA Y NUEVE (49) DECÍMETROS CUADRADOS, Y ESTA LIMITADA AL NORTE: PARCELA NO. 20-REFORMADA-27; AL ESTE: PARCELA NO. 210-REFORMADA-23; AL SUR: PARCELA NO. 210-REFORMADA-27; Y AL OESTE: CALLE LONGITUDINAL NO. 1”.

De conformidad con las disposiciones del Art. 92, Párrafo 3, dé la ley de Registro Inmobiliario y del Art. 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha perdido el Certificado de Títulos No. 1200007334, que ampara los derechos de propiedad de Fincas del Caribe, S.R.L., sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 30,499.87 Mts2, dentro del ámbito de la Parcela No. 37, del Distrito Catastral No. 11, de Monte Plata.

LIC. DAVID MENDEZ MEDINA, Abogado.

LEGAL 17

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO VISTA: La Autorización de Mensura para Saneamiento No. 663201708207, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, en fecha 29 de septiembre del año 2017, se avisa que el día 14 de octubre del año 2017, a las 9:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de campo de la porción a Sanear, ubicada dentro del Distrito Catastral No. 1, del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, propiedad de la señora BELKIS PERALTA PACHE, esta medida será practicada por el Agrimensor Manuel E. Ramírez Jiménez, Cel. 809-815-1386, para más información dirigirse a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.

AGRIM. MANUEL E. RAMIREZ JIMENEZ, Codia No. 20161. FP 92907

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el viernes 13 de octubre del año 2017 las 9:00 A.M. se dará inicio a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la parcela No. 67-B, Distrito Catastral No. 18 del municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201708785, propiedad de los señores JUANA MARÍA RODRÍGUEZ YEYESTE y VIRGILIO ANTONIO DITREN PANIAGUA, representado por VIRGILIA DITREN SAVIÑON.

LIC. GUSTAVO ADOLFO PICCIRILLO LAUCERT.

MIGUEL ANGEL GUERRERO MILLORD, Agrimensor-Contratista. Codia 35008.

FC 350803

FC 350772

FC 350785

PERDIDA CERTIFICADO TITULO

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

De acuerdo con la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace constar la Pérdida del Certificado de Título Duplicado del Dueño, del inmueble descrito a continuación: Parcela Número 4-004-25155, del Distrito Catastral Número 8, del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo, Sección Pedro Brand, con una extensión superficial de 2,779 metros cuadrados, amparado en el Certificado de Títulos Número 2007-3679, Libro 2432, Folio 169, emitido por el Registrador de Títulos a nombre de Julio Pérez González. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

De conformidad con las disposiciones del Art. 92, Párrafo 3, de la Ley de Registro Inmobiliario y del Art. 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha perdido el Certificado de Títulos No. 1200007348, que ampara los derechos de propiedad de Fincas del Caribe, S.R.L., sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 2,129,055.00 Mts2, dentro del ámbito de la Parcela No. 44-A, del Distrito Catastral No. 11, de Monte Plata.

SR. JULIO PEREZ GONZALEZ, Propietario.

FE DE ERRATA AVISO DE MENSURA CATASTRAL Se hace de público conocimiento, la corrección a la publicación del Aviso de Mensura realizado en fecha viernes 25 de agosto del 2017, falta cometida en el No. De expediente de dicha publicidad, en donde se instaló el No. 663201707843, siendo el correcto el 663201707842, tal como se describe más abajo, y que se ejecutaron en la fecha indicada. Expediente No. 663201707842. En virtud de la Autorización dictada, en fecha 24 de agosto del año 2017, se hace de público conocimiento, de que el día Sábado 9 del mes de Septiembre del 2017 a la 10:30 A.M. de la mañana se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la P. No. 130-A-1 del D. C. No. 06 del Municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, propiedad del señor Elvys William Jiménez Calderón, representado por Susana del Carmen Calderón Ureña de Jiménez, derecho sustentado según acto de venta de fecha 15 de Enero del 2016, anotado en el Registro de Título de la provincia. Dicha ejecución se realizará, según Autorización de la fecha 24 de Agosto del 2017.

Beato G. Jiménez Vizcaíno, Agrimensor-Contratista. Codia 11,020. FC 350788

LIC. GUSTAVO ADOLFO PICCIRILLO LAUCERT.

AVISO DE MENSURA

FC 350803

FC 350791

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO De conformidad con las disposiciones del Art.617, del Código de Procedimiento Civil Dominicano, se hace de público conocimiento que el día miércoles 11 de Octubre del 2017, a las 10:00 a.m., en el Mercado Público de Gabriel de A., sito en la Manzana comprendida entre las calles Prócer de la Restauración, Sánchez, Luperón y Castillo, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, serán puestos en VENTA EN PUBLICA SUBASTA los efectos embargados ejecutivamente a la señora MATILDE MENA CASTRO, en fecha 29 del mes de Septiembre del año 2017, mediante acto No.58/2017, instrumentado por la Notario Público LICDA. CARMEN CELESTE GOMEZ CABRERA, de los del número para el municipio San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, consistentes en: 1.- “Una jeepeta marca Toyota Prado, placa G276574; y 2.- Una jeepeta marca Toyota, modelo Land Cruiser, placa G050724”, que será vendido por el ministerial JUAN LUIS RODRIGUEZ PIMENTEL, alguacil, vendutero público.

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del Art. 92, Párrafo 3, de la ley de Registro Inmobiliario y del Art. 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha perdido el Certificado de Títulos No. 1200007347, que ampara los derechos de propiedad de Fincas del Caribe, S.R.L., sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 437,284.00 Mts2, dentro del ámbito de la Parcela No. 43, del Distrito Catastral No. 11, de Monte Plata.

En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día viernes trece (13) de octubre del año 2017, a las 9:00 a.m., yo Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 663201708592, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, procederé a realizar los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 269 del D.C. No. 07 del Municipio Yamasá, Provincia Monte Plata, a solicitud del Sr. Eulalia Reyes López.

Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072. FC 350776

AVISO DE MENSURA

LIC. GUSTAVO ADOLFO PICCIRILLO LAUCERT.

Expediente No. 663201708780 Se hace de público conocimiento que en fecha Sábado 14/10/17, a las 9:00 a.m. se realizarán los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE dentro de la parcela No. 5-A-REF-B1 del Distrito Catastral No. 18 del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, propiedad de JOSE ROBERTO MEJIA NUÑEZ, autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central en fecha 26 de septiembre del 2017, ubicado en la calle Alborada No. 5, Urbanización Sol de Luz, Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, con una extensión superficial de Quinientos ochenta y dos punto sesenta y siete (582.67) metros cuadrados.

AVISO A LOS MIEMBROS DE LA FUNDACIÓN DE SANEAMIENTO AMBIENTAL COMUNITARIA (FUNSACO)

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AGRIM. VICTOR B. LANTIGUA M., Codia 7770.

Honorables miembros(a) de FUNSACO por este medio, dando fíel cumplimiento a la resolución emanada de la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que fue celebrada el día Domingo 18 del mes de Junio del 2017, hacemos formal convocatoria a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA/EXTRAORDINARIA a celebrarse el Día Domingo 15 de mes de Octubre del año 2017, en el PARQUE NACIONAL DEL MIRADOR NORTE, RESTAURANT TÍPICO GOURMET “LA COTORRA”, Dirección: Av. Ecológica Prof. Juan Bosch, Puerta No. 3 “No Faltes”, Recordándole los puntos de Agenda: A) Acreditación. B) Pase de lista. C/Infírme. D) Casos disciplinario. E) Plan de acción. Lugar: de encuentro PARQUE NACIONAL MIRADOR NORTE. Hora: 8:00 AM Día: Domingo 15 En la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Tres (03) Días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

De conformidad con las disposiciones del Art. 92, Párrafo 3, de la Ley de Registro Inmobiliario y del Art. 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha perdido el Certificado de Títulos No. 3000093245, que ampara los derechos de propiedad de Fincas del Caribe, S.R.L., sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 628,877.00 Mts2, dentro del ámbito de la Parcela No. 279-B, del Distrito Catastral No. 27, de Santo Domingo.

JUAN LUIS RODRIGUEZ PIMENTEL, Alguacil en funciones de Vendutero Público. FC 350782

FC 350803

GILBERTO SANTO BADIA Presidente. FC 350780

FC 350771

PEDRO AGUASANTA Secretario.

Aviso de Mensura Para Deslinde Se hace de público conocimiento que el Viernes 13 de Octubre del Año 2017 a las 10:00 A.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 6-REF-K, del Distrito Catastral No. 06 del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201706956, propiedad de la Sra. GUMECINDA ALEIDA DURAN LOPEZ.

ALEJANDRO ARIAS OVANDO, Agrimensor-Contratista. Codia 19882. Tel. 809 519-0922.

LIC. GUSTAVO ADOLFO PICCIRILLO LAUCERT. FC 350803

FC 35077


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18 LEGAL AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Se hace de público conocimiento, en virtud del artículo 153 de la ley 6186, del 12 de febrero del 1963, que ha sido fijada la audiencia de pregones para el día JUEVES que contaremos a VEINTISEIS (26) del mes de OCTUBRE del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las (9:00) horas de la mañana, que al efecto celebrara laen la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, ubicada en la Avenida Ramón Matías Mella No.103,Esquina La Altagracia, Villa Mella Municipio Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los salones en el segundo (2do) nivel para proceder a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y ultimo subastador de los inmuebles y mejoras que se describen a continuación: “DC: 27, PARCELA :285: A-REF-120 Inmueble identificado como parcela 285: A-REF-120, del Distrito Catastral No.27, que tiene una superficie de 769.03 metros cuadrados, matricula No. 3000108953, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO, propiedad de MARITZA BOBEA DE MIESES, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, cedula de identidad No. 121125-01, casada según consta en el asiento original del Certificado de título registrado en el libro No. 369, Folio 86. Asentado en el libro Registro Complementario No.392, folio RC24, CON EL NUMERO 330714415, INSCRITO A LAS 12:00:00 P.M EL 09/ENE/1990. Se encuentra registrado el siguiente asiento: No. 330754450. HIPOTECA CONVENCIONAL, en primer rango, a favor del Banco DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, RNC NO. 4-0101006-2, por un monto de RD$450,000.00. El derecho tiene su origen el documento de fecha 19/AGOS/2013. Acto bajo firma privada legalizado por JUANELIGIO ALMONTE R. Notario público de los del número del Distrito Nacional, con matrícula No. 5589 inscrito a las 10:27 :32 a.m. el 14/oct/2013”. “DC: 27, PARCELA :285: A-REF-101 Inmueble identificado como parcela 285: A-REF-10, del Distrito Catastral No.27, que tiene una superficie de 1,951.07 metros cuadrados, matricula No. 3000104483, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO, propiedad de MARITZA BOBEA DE MIESES, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, cedula de identidad No. 121125-01, casada según consta en el asiento original del Certificado de título registrado en el libro No.358, FOLIO 61. Asentado en el libro Registro Complementario No. 379, folio RC 83, con el número 330677233, INSCRITO A LAS 12:00:00 P.M EL 09/ENE/1990. Se encuentra registrado el siguiente asiento: No. 33075445, HIPOTECA CONVENCIONAL, en primer rango, a favor del Banco DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, RNC NO. 4-01-010062, por un monto de RD$ 450,000.00. El derecho tiene su origen el documento de fecha 19/AGOS/2013. Acto bajo firma privada legalizado por JUAN ELIGIO ALMONTE R. Notario público de los del número del Distrito Nacional, con matrícula No. 5589 inscrito a las 10:27 :32 a.m. el 14/oct/2013”.—————————————————————————————— —————————— “DC: 27, PARCELA :285: A-REF-102 Inmueble identificado como parcela 285: A-REF-102 del Distrito Catastral No.27, que tiene una superficie de 1,911.17 metros cuadrados, matricula No. 3000109113, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO, propiedad de MARITZA BOBEA DE MIESES, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, pasaporte No. 121125-01, casada según consta en el asiento original del Certificado de título registrado en el libro No. 371, folio 3. Asentado en el libro Registro Complementario No. 393 FOLIO RC 243, con el número 330715941. INSCRITO A LAS 12:00:00 P.M EL 09/ENE/1990. Se encuentra registrado el siguiente asiento: No 330754452. HIPOTECA CONVENCIONAL, en primer rango, a favor del Banco DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, RNC NO. 4-01-01006-2, por un monto de RD$ 450,000.00. El derecho tiene su origen el documento de fecha 19/AGOS/2013. Acto bajo firma privada legalizado por JUAN ELIGIO ALMONTE R. Notario público de los del número del Distrito Nacional, con matrícula No. 5589 inscrito a las 10:27 :32 a.m. el 14/oct/2013”.Estos inmuebles y sus mejoras han sido embargados a los señoresJULIETA VICTORIA MARTINEZ DIAZ, MARITZA ADELA MIGUELINA BOBEA DE MIESES (FIADORA REAL) Y ADRIANO DE JESUS MIESES PICHARDO (CONYUGE COMUN EN BIENES DE LA FIADORA REAL), los tresde nacionalidad Dominicana, mayores de edad, la señora JULIETA VICTORIA MARTINEZ DIAZdomiciliada y residente en la Avenida Vega Real No. 03, Residencial Los Arroyos, Edificio Los Arroyos Apto. 03, Arroyo Hondo, Distrito Nacional Capital de la Republica Dominicana, y los señores MARITZA ADELA MIGUELINA BOBEA DE MIESES (FIADORA REAL) Y ADRIANO DE JESUS MIESES PICHARDO (CONYUGE COMUN EN BIENES DE LA FIADORA REAL)domiciliados y residentes en Los Manantiales, La Gina, Hacienda Estrella, Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana en virtud de las disposiciones de la Ley Núm. 183-02, del 21 de noviembre del 2002 y de la ley 6186 del 12 de febrero del 1963 y sus modificaciones; embargo realizado a requerimiento de y diligencia del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, entidad de intermediación financiera organizada de acuerdo con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio y asiento social en la Avenida Winston Churchill esquina Porfirio Herrera Edif. Torre Banreservas, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, debidamente representada por la LICDA. ZOILA ALICIA G. BULUS NIEVES, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0092883-7, quien actúa en su calidad de Directora de Cobros, domiciliada y residente en esta ciudad de Santo Domingo; entidad de intermediación financiera que tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. EDUARD LEANDRO MOYA DE LA CRUZ, abogado de los tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral no. 001-1717356-7, debidamente matriculado en el Colegio de Abogados Inc., con estudio profesional abierto en MOYA & ASOCIADOS ABOGADOS CONSULTORES, S.R.L., sito en la C/ Juan Barón Fajardo, No. 2, Edif. Dorado Plaza, suite 301, ensanche Piantini, Distrito Nacional, Santo Domingo, lugar este donde mi requirente hace formal y expresa elección de domicilio y hace elección de domicilio Ad Hoc en la Secretaria dela Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de embargo inmobiliario y la venta en pública subasta que al efecto se efectuará en la sala de audiencia indicada precedentemente. El mandamiento de pago que se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario fue notificado a los deudores hipotecarios mediante Acto de Alguacil No. 918/17, de fecha Seis (06) del mes de septiembre del Dos mil Diecisiete (2017), instrumentado por el Ministerial NICOLÁS REYES ESTÉVEZ portador de la cedula de identidad y electoral No. 0010549394-4 Alguacil Ordinario del Tercer Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, residente en la calle Rosario Manzana C, Edificio 14, Apto. 1-A del Ensanche Villa Duarte, Santo Domingo Este, República Dominicana, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, el pliego de condiciones que regirá la venta en pública subasta fue depositado por ante la Secretaria de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, en fecha Veintidós (22) del mes de septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), donde constan las condiciones para la venta y adjudicación de los inmuebles y mejoras embargadas. El precio de la primera puja que ha sido fijado por el persiguiente para el día de la venta en pública subasta, es decir el día JUEVES que contaremos a VEINTISEIS (26) del mes de OCTUBRE del año DOS MIL DIECISIETE (2017), es la suma de UN MILLON VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON CUARENTA Y UN CENTAVOS PESOS DOMINICANOS CON41/100 (RD$1,020,681.41) que es el valor de los inmuebles, tal y como indica el pliego de cargas y condiciones; valor este cortado al díaveintiocho (28) de agosto del año dos mil diecisiete (2017), suma a la cual en su oportunidad se le agregaran los gastos y honorarios del procedimiento. Las pujas no se admitirán sino por el ministerio de abogado. Todo licitador estará obligado a depositar, como formalidad previa, en manos de los abogados del persiguiente o en la secretaria del Tribunal que conocerá de la venta y adjudicación del inmueble, embargo y sus mejores una suma no menor al 10% del precio de la primera puja, bien sea dinero efectivo o en cheque certificado expedido a favor de los abogados del persiguiente. Toda subasta deberá someterse a lo establecido en el Pliego de Cargas, Clausulas y Condiciones que se encuentra a disposición de los interesados en la Secretaria de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo. Hecho y redactado por el infrascrito abogado, en el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, a los Cuatro (04) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

Dr. Eduard Leandro Moya De la Cruz Abogado del Persiguiente

AVISO PARA LA VENTA DE INMUEBLES EN PÚBLICA SUBASTA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De conformidad con el Artículo 153 de la Ley 6186 de Fomento Agrícola y el Articulo 696 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley No. 764 del 20 de diciembre de 1944, se hace la presente publicación: FECHA DE ADJUDICACIÓN: El día JUEVES que contaremos a VEINTISEIS (26) de OCTUBRE del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9) horas de la mañana. TRIBUNAL COMPETENTE: Primera (1ra) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Vega; ubicada en uno de los salones del Tercer (3ter) piso del Palacio de Justicia, ubicado en uno de los salones de la tercer planta del palacio de justicia, que funciona en la intercepción formada por las calles Federico Garcia Godoy, esquina Duverge, de la ciudad y municipio La Vega, República Dominicana, a las Nueve (9:00 a.m.) horas de la mañana. DESIGNACIÓN DE LOS INMUEBLES: 1.-Una porcion de terreno con una superficie de 1,572.00 metros cuadrados, Matrícula núm. 4000238044, dentro de la parcela 178, del Distrito Catastral núm. 11, del Municipio de la Vega, dado por el Registro de Titulos de la Vega. Propiedad Juan de Jesus Gómez de la Cruz. 2.- Una Porción de Terreno con una Superficie de 1,157.00 metros cuadrados, dentro de la parcela núm. 290, Matrícula núm. 3000167501, del Distrito Catastral núm. 11, del Municipio de la Vega, expedido por el Registro de Titulos de la Vega. Propiedad Juan de Jesus Gómez de la Cruz. 3.- Una porcion de terreno con una superficie de 453.90 metros cuadrados, Matrícula núm. 3000167487, dentro de la parcela 290, del Distrito Catastral núm. 11, del Municipio de la Vega, dado por el Registro de Titulos de la Vega, Propiedad Juan de Jesus Gómez de la Cruz. 4.-, Una porcion de terreno con una superficie de 536.00 metros cuadrados, Matrícula núm. 3000167509 dentro de la parcela 178, del Distrito Catastral núm. 11, del Municipio de la Vega, dado por el Registro de Titulos de la Vega.Propiedad Juan de Jesus Gómez de la Cruz.

Aviso de Mensura Para Deslinde Se hace de público conocimiento que el Viernes 13 de Octubre del Año 2017 a las 2:00 P.M. se les dará inicio a los trabajo de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 199-A, del Distrito Catastral No. 32 del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201708996, Propiedad de la Sra. LUCILA MARTE CEPEDA.

ALEJANDRO ARIAS OVANDO, Agrimensor-Contratista. Codia 19882. Tel. 809 519-0922. FC 35077

PERSIGUIENTE: La venta en Pública Subasta de que trata el presente pliego de condiciones, se realiza a requerimiento del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MULTIPLES, institución bancaria organizada de acuerdo con la Ley No. 6133 de fecha 17 de diciembre de 1962 y sus modificaciones, con su domicilio y Oficina Principal en el edificio de la Torre Banreservas, ubicada en la Ave. Winston Churchill Esq. Porfirio Herrera, Ensanche Piantini, Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana, debidamente representado en este acto por el Director Adjuntos de la Dirección de Cobros, el LIC. BIENVENIDO JUVENAL VASQUEZ DIAZ, dominicano, mayor de edad, casado, Portador de la cedula de Identidad y electoral Núm. 001-0124486-1, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, tiene como abogados constituidos y apoderados especiales al LICDO. LUIS H. ACOSTA ALVAREZ, LICDO. RAMON MEDINA CUSTODIA Y MARINO ANTONIO CORDERO NUÑEZ, Abogados de los tribunales de la Republica, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001-0127398-5,010-00132298 y 001-1519300-5, respectivamente, matriculados en el Colegio de Abogados de la Republica Dominicana, bajo los números, 5097-141-87, 16934-45-96 y 38060-237-08, con su estudio con su estudio profesional común abierto en un apartamento de la segunda planta del Edificio Torre Bella Vista, en el cual se aloja una de las oficinas del Banco de Reservas de la República Dominicana, ubicada en la Avenida. 27 de febrero Num.336, entre las avenidas Dr. Defillo y Winston Churchill, ensanche Bella Vista, Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana Teléfono (809) 9607100, ext2569,con domicilio ad hocen una de las oficinas del Banco a la avenida Pedro A. Rivera esq. Calle Balilo Gómez, del Municipio y Provincia La Vega, donde el persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente del presente acto y del procedimiento de Embargo Inmobiliario. EMBARGADA:Los señoresJUAN DE JESUS GOMEZ DE LA CRUZ y MARIA ALTAGRACIA VALERIO SANTOS, calidad de deudor y calidad de Cónyuge Común en Bienes del Deudor, lugar donde tiene su domicilio, a la Calle Principal Núm.32, Rancho Viejo, en este Municipio y Provincia la Vega, Republica Dominicana. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El Mandamiento de Pago fue notificado a la embargada en fecha Ocho(08) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante Acto número 891/2017, instrumentado por el Ministerial FELIX MARIA RUIZ, Alguacil Ordinario de la Corte de Apelación Penal de la Vega, domiciliado y residente en la calle 6 Num.34, Residencial Omelia, del Municipio la Vega, República Dominicana, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, inscrito el día quince (15) deSeptiembre del 2017, por ante el Registrador de Títulos de la vega. PRECIO: El precio de primera puja fijado por el persiguiente es la suma de RD$11,988,998.50 (ONCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS DOMINICANOS CON 50/100), por concepto de capital e intereses, más los gastos y honorarios del procedimiento, los cuales serán sumados como precio de primera puja, de conformidad con la Ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Todo licitador deberá depositar enla Secretaría de la Primera sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Vega, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana, sin cuyo requisito no será admitido licitador de conformidad con el pliego de condiciones depositado. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior, de conformidad con el pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en la secretaría de dicho tribunal en fechaVeintiséis (26) de Septiembre del año dos mil Diecisiete (2017). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Cuatro(04) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). Licdo. Marino Antonio Cordero Nuñez, Lcdo. Luis H. Acosta Alvarez y el Ramon Medina Custodio Abogados del Banco de Reservas FG26691

AVISO DE DECRETO DE CAMBIO DE NOMBRE En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, y sus modificaciones, se hace saber que: mediante Decreto No. 201-17, de fecha 31 del mes de Mayo del año 2017, el Presidente de la República autorizó a la Sra. Eduvigis Mamerta Minyety realizar los procedimientos para cambiar su nombre por el de ALTAGRACIA MINYETY. DADO: En la ciudad de Santo Domingo D.N., República Dominicana, hoy día 31 del mes de Mayo del año 2017.

AVISO DE MENSURA Se avisa que el día 10 del mes de octubre del 2017, a las 10:00 A.M., se dará inicio a la Mensura para Deslinde, de una (1) porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela 19-C, del Distrito Catastral No. 20, este inmueble se encuentra ubicado en el sector de San Felipe, s/n, Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, Exp. No. 663201708956. A petición de los señores: JUAN PIMENTEL y BARTOLOME FIGUEROA.

AQUILES D. HEREDIA RAMIREZ, Agrimensor. Codia 24407.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En virtud de lo que establece de la Ley No.1306-bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha veintiuno (21) del mes de agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), La octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, en el ejercicio sus atribuciones dictó la Sentencia Marcada con el No.01439-17, que ADMITIÓ el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los Cónyuges: JOHEL LORENZO MEREGILDO Y RAMONA CASTRO RODRIGUEZ, y cuyo Divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional, el día veinticinco (25) de septiembre del año dos mil Diecisiete (2017), inscrito en el Libro Na.00005, el Folio No.0021, bajo el Acta No.000411, del año 2017.

LICDA. MARÍA ELENA ACOSTA LIZARDO ABOGADO – APODERADO. FC350817

PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y cumplimiento de lo que dispone el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace constar que en fecha 17 de agosto de 2017, la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia No. 532-2017-SSEN-01521, con la cual quedó disuelto el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores WASCAR ALFREDO GONZALEZ FERRERAS y ANTONIA HERASME BATISTA. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los tres (03) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. DAVID HENRIQUEZ POLANCO y LIC. CINTHIA E. RAMIREZ R., Abogados.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Por medio de la presente, hacemos de público conocimiento que el día (14) de octubre del año 2017, a las 10:30 a.m., a la Mensura para Deslinde, de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 148, del Distrito Catastral No. 2, del Distrito Nacional, propiedad de JOSE ANTONIO GUERRERO ORTIZ, con las siguientes colindancias: Norte: Rafael Estrella; al Sur: Ernesto Reyna; al Este: Calle Juan A. Vicioso y al Oeste: Paula Cepeda. Esta parcela está ubicada en la calle Juan A. Vicioso, casa No. 66, urbanización Costa Caribe, Km. 9 ½, carretera Sánchez, justamente donde está el Colegio NURSERY PRE ESCOLAR ANAVI, SRL; estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, mediante expediente No. 663201708004, de fecha 29 de agosto del 2017.

AGRIM. ELVIN DARIO VIOLA VILLEGAS, Codia No. 21851. Tel. 809-882-9339. FC 350798


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AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la perdida del: Certificado de Titulo Matricula No. 0600002435, del inmueble identificado como: Parcela No. 23-SUBD-27-SUSD-264, del D.C. No. 14/1ra., con Una Porción Superficial de 299.68 m2, ubicado en el Municipio y Provincia de Barahona, Libro No. 0049, Folio No. 075, Propiedad del Señor ELINO RAFAEL CORTES FIGUEREO.

AVISO DE PÉRDIDA DEL DUPLICADO DE LA CONSTANCIA ANOTADA En cumplimiento a las disposiciones actuales, se hace de público conocimiento que se han extraviado los Duplicados de la Constancia Anotada, expedidas por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, correspondientes a los inmuebles descritos como: “i) Porción de terreno con una extensión superficial de 300.00 metros cuadrados, dentro del ámbito del Solar No.7-BIS, de la Manzana No.1645, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional; y, ii) Porción de terreno con una extensión superficial de 513.86 metros cuadrados, dentro del ámbito del Solar No.7-BIS, de la Manzana No.1645, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional”;, a favor de los señores EMILIO ENRIQUE BODDEN LEROUX y NORMA DEL RÍO.

LIC. RICARDO JOSÉ NOBOA GAÑÁN, Por sí y por los LCDOS. CÉSAR EMILIO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ y OLIVER PEÑA VERAS, Abogados constituidos y apoderados especialesde los señores EMILIO ENRIQUE BODDEN LEROUX y NORMA DEL RÍO. FC 350816

FP92900

AVISO DE PÉRDIDA CERTIFICACION DE REGISTRO DE ACREEDOR Se hace de público conocimiento la pérdida de LA CERTIFICACION DE REGISTRODE ACREEDOR, a favor del BANCO MULTIPLE LEON, S.A., HOY BANCO MULTIPLE BHDLEON, S.A., por el monto de RD$900,000.00, inscrito en el Registro de Titulos en fecha 29/5/2008, asentado en fecha en el Libro 0043, Folio 078, en fecha 29/3/2019 correspondiente al inmueble identificado como: Una porción de terreno con una superficie de: 1,000.00 metros cuadrados, dentro de la parcela número 77, del Distrito Catastral número16/6, ubicado en San Pedro de Macorís, matricula número 2100009137, propiedad de la señora FAUSTINA ROSA SANTANA. FP92916

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Pérdida de Certificado Financiero No. B458826 del Banco BHD León, por un monto de RD$125,000, emitido en fecha 24 -06-2016, a nombre de BEATRIZ RUDECINDO MARTINEZ, CED. 0010394907-9.

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En virtud de lo dispuesto en el Art. 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y en el Art. 83 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título matrícula número 2100033269 que ampara el derecho de propiedad sobre el inmueble identificado como 500375955027, que tiene una superficie de 307.65 metros cuadrados, ubicado en La Romana, La Romana, emitido a favor de los señores JESÚS BENEDICTO DÍAZ DURÁN y EVELYN YAMARU CEGARRA PEREIRA DE DÍAZ.

Se hace de público conocimiento la Pérdida de Certificado Financiero no. 1014370264 de LA ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS (APAP), de fecha 30/08/2016, por valor de RD$ 160,000.00. A nombre de ANA ISABEL MORROBEL ALMONTE, cédula 001-16277534. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

DEYDANIA COMAS DE FAMILIA Abogado FP92914

AVISO DE PERDIDA DEL DUPLICADO DEL DUEÑO Se hace de público conocimiento la pérdida del DUPLICADO DEL DUEÑO a favor de la señora FAUSTINA ROSA SANTANA, correspondiente al inmueble identificado como: Una porción de terreno con una superficie de: 1,000.00 metros cuadrados, dentro de la parcela número 77, del Distrito Catastral número16/6, ubicado en San Pedro de Macorís, matricula número 2100009137, propiedad de la señora FAUSTINA ROSA SANTANA. PF92915

FC350399

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiemo que se extraviado el Certificado Financiero B429450, Operación 1331991, emitido BANCO MULTIPLE BHD LEON, S.A., fecha de emisión 13 del mes agosto del año dos mil quince (2015) por el valor de cientos cincuenta y seis mil pesos dominicanos (RD$156,000.00), a nombre de la señora María Teresa Romero Reyes, portadora de cédula de identidad y electoral No. 001-1384975-6. La presente publicación se hace para los cumplimiento de la ley.

FC 350163

vez continuador jurídico del Banco Nacional de Crédito, S. A., por el monto de RD$200,000.00, aumentada posteriormente hasta la suma de RD$400,000.00, relativo al inmueble identificado como: LOCAL COMERCIAL NÚMERO CUATRO (04), del Condominio Plaza Soricris, con una superficie de: 63 metros cuadrados, en la parcela número 230-22), del Distrito Catastral número 03, del Distrito Nacional, propiedad de Cristina Clara De Lu-

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 022161, de fecha de expedición 15/03/2011 por valor de $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos dominicanos con cero centavos), expedido por el Banco de Ahorro y Crédito ADEMI, a favor de: ANGEL ALBERTO MUNIZ PATIN.

na Peguero, inscrita en fecha 24/11/1999. FP 29922

AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio) En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 1, 26,27 y 30 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha catorce (14) del mes de septiembre del año Dos mil diecisiete (2017), la Sala No.6 del Tribunal de familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia Civil No.531-2017-SSEN-02007, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE regular y valida en cuanto a la forma la Demanda en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores ALESSANDRO LA CORTE y CARINA MASIEL PERDOMO PERALTA, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: Homologa en todas sus partes el acto de Estipulaciones y Convenciones No.42/2016, Folio 80-81 de fecha veinte y ocho (28) del mes de diciembre del año 2016, instrumentado por el Dr. Luis Felipe Rosa Hernández, abogado, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. La Sentencia que antecede ha sido firmada por la Magistrada SCALET R. VARGAS ROSSIS, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mi secretaria; Asimismo se hace saber que en fecha tres (03) del mes de octubre del año Dos Mil diecisiete (2017) el Oficial del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00019, Folio No. 0191, bajo el Acta No.001886, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día tres (03) del mes de octubre del año Dos Mil diecisiete (2017).

GRISELDA MARÍA MEJÍA OGANDO ABOGADO. FC350812

AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida del DUPLICADO DE ACREEDOR EN BANCO MÚLTIPLE continuador jurídico del Banco Múltiple León, S.A. y este último a su

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Universitario a nombre de RAYMUNDO ALCANTARA RODRIGUEZ, que lo acredita como Licenciado en Derecho, otorgado por la Universidad Tecnológica Sat, a los 20 días del mes de junio del año 1998. Registrado con el No. 7825, Folio 629 del Libro de Títulos No. 3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

María Teresa Romero Reyes.

AVISO DE PERDIDA DEL DUPLICADO DE ACREEDOR PRIMER RANGO a favor del BANCO MULTIPLE BHD LEÓN, S. A., antes BANCO BHD, S. A. –

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO UNIVERSITARIO

FC 350740

FC 350378

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

FP 92540

AVISO DE PERDIDA DEL DUPLICADO DE ACREEDOR

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida del DUPLICADO DE ACREEDOR EN PRIMER RANGO a favor del BANCO MULTIPLE BHD LEÓN, S. A., antes BANCO BHD, S. A. – BANCO MÚLTIPLE continuador jurídico del Banco Múltiple León, S.A. y este último a su vez continuador jurídico del Banco Nacional de Crédito, S. A., por el monto RD$400,000.00, relativo al inmueble identificado como: LOCAL COMERCIAL NÚMERO DOS (02), del Condominio Plaza Soricris, con una superficie de: 63 metros cuadrados, en la parcela número 230-22), del Distrito Catastral número 03, del Distrito Nacional, propiedad de Cristina Clara De Luna Peguero, inscrita en fecha 31/3/1998.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 8000011587, emitido por el BANCO BANRESERVAS en fecha 25-5-2016, por un valor de RD$300,000.00 (Trescientos Mil Pesos con 00/100), a nombre de ESPERANZA RAMOS DE ACOSTA, cédula de identidad No. 001-0898628-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

FP 92922

LEGAL 19

FP 92885

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO. En cumplimiento de las disipaciones contenidas en el artículo No.42 de la Ley 1306 Bis, sobre Divorcio y sus Modificaciones se hace de público conocimiento que la 8va. Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dicto la Sentencia Civil marcada con el número 01388-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: Falla Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento Incoada por los señores LUÍS BIENVENIDO BATISTA TERRERO Y ANA IDANIA ELIZABETH CASTRO JIMÉNEZ, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. Segundo: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el Vinculo Matrimonial existente entre los señores LUÍS BIENVENIDO BATISTA TERRERO Y ANA IDANIA ELIZABETH CASTRO JIMÉNEZ, por su Mutuo Consentimiento de conformidad con el acto convenciones y Estipulación de Divorcio No.01, instrumentado en fecha 02/05/17, por ante el Dr. Elpidio Ramírez Notario Público de los del Número del Distrito, por los motivos expuestos. Tercero: Ordena al Oficial del Estado Civil Correspondiente Pronunciar el presente Divorcio. Así Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (firmada por la Jueza Suplente Scarlet R. Vargas Rossis, y por la secretaria Rosa Encarnación Ferreras). La Sentencia que antecede ha sido Dada y Firmada por la Magistrada Juez Suplente de este Tribunal, el mismo día mes y año citados, la cual ha sido Leída y publicada por la Secretaria que certifica. El presente Divorcio ha sido pronunciado por el oficial del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional el día 13/09/17, ha sido inscrito el mismo en el Libro destinado para esos fines con el No.00003, Folio No. 0161, Acta No. 000283, Año 2017, en la Oficialía del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del D. N., según Sentencia Civil No. 01388-17, de fecha 14/08/2017. Esta publicación ha sido autorizada por el Abogado de ambas partes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los Dos (2) días del mes de Octubre del año Dos MI Diecisiete (2017).

DR. RAFAEL OLEGARIO HELENA REGALADO ABOGADO FC350793


MIERCOLES 04 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta pública, marca Suzuki, color negro, año 2012, placa y registro K0020049, chasis LC6PAGA10C0037304, a nombre de VICTOR MANUEL CRUZ DÍAZ.

PÉRDIDA DE MATRICULA: De motocicleta, marca Bajaj, color negro, año 2015, placa y registro K0536729, chasis MD2A18AZ8FWJ28466, a nombre de JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ NOLASCO, cédula 001-0915445-0. FC350796

Se le invita a ALEJANDRO PAULINO, a retirar la denuncia a plan piloto, del carga, Toyota, 1986, color crema, placa L047824, chasis JT4RN50R4G0202161.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X1000, color negro, año 2008, placa y registro chasis K1202812, LF3PAG4A68B004434, a nombre de FRAGIDO MERCEDES. FP92902

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry, año 2006, color dorado, placa y registro A572362, chasis JTDBE32K563058610, a nombre de SANTA CELENIA ANDUJAR MEJÍA, cédula 003-0013835-1. FC350799

De Tipo Jeep, Marca Nissan, Modelo Murano S 4x4, Año 2011, Color Negro, Chasis JN8AZ1MW3BW171117, NO. DE REGISTRO Y PLACA G361929, PROPIEDAD DE JAIRO ALGENIS SEGURA DIAZ, CEDULA/RNC 4022458720-0. PERDIDA DE MATRICULA: Autobus

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Yamaha, modelo RX-S, color mamey, placa y registro K0608224, chasis MH33HB008YK250236, a nombre de RODOLFO SALAS, cédula 0011742171-9. FP92917

PÉRDIDA DE PLACA: marca Mitsubishi, modelo Lancer, color blanco, año 2002, placa y registro A508808, chasis CS5A0004195, a nombre de JOSEFINA ELENA RIVERA SÁNCHEZ. FP92909

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Accord LX, año 2013, color gris, placa y registro A666433, chasis 1HGCR2F34DA284993, a nombre de JUAN PABLO GARCÍA LUCIANO, cédula 057-0012592-4. FC350800

Privado, Marca Toyota, Modelo HZB50L ZGMSS, Año 2007, Color Blanco, Chasis JTGFB518301020388, NO. DE REGISTRO Y PLACA I045047, PROPIEDAD DE LEONARDO ALCIDES CASTILLO RAMIREZ, CEDULA/RNC 001-1162537-2.

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Honda, color negro, año 2006, placa y registro A586488, chasis GD12237112, a nombre de LOURDES ORQUIDEA RIVERA PUENTE.

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Ford, placa UD0380, color azul y blanco, chasis 353286M, tipo máquina pesada, año 1995, propiedad de AYUNTAMIENTO Y/O CONSEJO DE MONSEÑOR NOUEL, RNC 130000001. FC 350773

PÉRDIDA DE MATRICULA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, año 2015, color negro, placa y registro K0506585, chasis LC6PAGA11F002811, a nombre de VICTOR MANUEL RONDÓN BONIFACIO, cédula 049-0052921-7. FC350801

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Z3000, color negro, año 2015, placa y registro K0773950, chasis LZ3GJL3T15AK65345, a nombre de MIGUEL ALFONSO TINEO BRITO, cédula 223-0118622-1. FC350811

PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Hyundai, Modelo Tucson GL, color blanco, año 2005, placa chasis G239555, KM8JM12B35U229863, a nombre de SUCRE RAFAEL ALBA RODRIGUEZ, CED.047-0012923-4. (EV-RO-14443-WP)

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Ford, placa UD0379, color azul y blanco, chasis 353285M, tipo máquina pesada, año 1995, propiedad de AYUNTAMIENTO Y/O CONSEJO MUNICIPAL DE MONSEÑOR NOUEL, RNC 130000001. FC 350773

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Nissan, modelo SL-FBU, año 1990, color gris, placa y registro chasis L212373, 1N6SD11S1LC375169, a nombre de FAEL PORTALATÍN SUAREZ, cédula 049-0061378-9. FC350802

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de autobús privado, marca Marcopolo, modelo Volare, año 2002, color blanco, placa y registro Z505595, chasis 93PB05B0303C008, a nombre de CONSEJO NAC. PLAN RENOVE. FP92910

PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado Marca Toyota, Modelo Civic DX, color azul, año 1988, placa chasis A133596, 1HGED3646JA066846, a nombre de RAMON ANTONIO MARTY BISONO, CED. 001-0382567-5. (AH-AC-11909-RDT)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehiculo

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla, año 1991, color dorado, placa y registro A288801, chasis 1NXAE94A5M2175416, a nombre de DANILO ADAMES JORGE, cedula 001-1329946-5. fp92918

PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Sanyang, color negro, año 2001, placa y registro K0136417, chasis LXMPCJLE970032233, a nombre de VILLARD ELMA. FP92904

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Mitsubishi, color gris, año 2002, placa y registro G140921, chasis JA4LS21H72P011976, a nombre de RAMÓN RODRIGUEZ JIMENEZ. FP92903

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Freightliner, modelo M2106, color blanco, año 2009, placa y registro chasis L347374, 1FVACWDT49HAF5555, a nombre de EMILIO JOSÉ MANZUETA POLANCO, cédula 402-2095023-8. Fp92911

PÉRDIDA DE PLACA: Marca Toyota, modelo Corolla Ce, año 1993, color verde, placa y registro A245300, chasis 1NXAE04E0PZ038662, a nombre de JUAN PABLO RUDECINDO ALBERTI. FC92825

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X1000, color verde, año 2014, placa y registro K0231781, chasis TBL20Y206EHE58020, a nombre de MARIO PINALES RAMIREZ. FP92905

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa y registro K0452717, chasis MD902407310, a nombre de THE KYOTO TRUCKS ENGINE DIESEL AND AUTO PARTS, C. POR A. FP92906

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Chevrolet, modelo Astro, año 1992, color gris, palca y registro I012100, chasis 1GNDM15Z2NB169801, a nombre de INVERSIONES LUCE, S.A., RNC: 102-3442-6. fp92921

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo DX, año 1993, color blanco, placa y registro A051105, chasis 2T1AE09EZPC039513, a nombre de JOSÉ RAMÓN NÚÑEZ ALVAREZ, cédula 031-0538045-9.

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Marca X-1000, Modelo C125, color rojo, año 2005, placa N111660M, chasis LF3PCJ5085B032728, a nombre de FRANCISCO ALBERTO GIL VALDEZ, CED.047-0177822-9. (RO-14441-CM-04-05-06/10/2017)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca BMW, color negro, año 2010, placa y registro G223619, chasis WBAFG4109AL340031, a nombre de DIGNA MARITZA TEJEDA AVALO, cédula 001-1132925-6. FC350807

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Hilux 4x4 doble cabina, año 2016, color blanco, placa y registro L345004, a nombre de JOSÉ SANTOS MARTINEZ, cédula 002-0115565-2. FP92913

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mazda, color azul, año 1987, placa y registro L176616, chasis JM2UF3118H0588004, a nombre de ADAN ALBERTO NUÑEZ LIBERATO. FP 92872

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga marca Nissan, modelo Urban, año 2002, color verde, placa y registro No. L177452, chasis No. 3N6GD13S2ZK009582, propiedad de JUAN ANTONIO ZAPATA PAUL, cédula 001-0055493-0. FP 92899

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Daihatsu, placa I070465, color blanco, chasis S321V0105218, tipo autobús privado, año 2011, propiedad de RANFI ADITUL CEPEDA VALDEZ, cédula 225-0050922-3. FC 350777

PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Nissan, modelo Sentra, año 2004, color verde, placa y registro A542631, chasis 3N1CB51AK4L558672, a nombre de RICARDO ARIEL DURÁN SURIEL. FP92908

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K0442899, color negro, chasis LC6PAGA13F0024938, tipo motocicleta, año 2005, propiedad de W S MOTOR, SRL, RNC 122027327. FC 350750

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Ford, color rojo, año 2003, placa y registro L250006, chasis 1FMDU67E83UB57827, a nombre de ALEJANDRO ARNALDO DOMINGUEZ BRITO, cédula 031-0245602-1. FC350808

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Kia, placa G256732, color plateado, chasis KNAPB811BB7072181, tipo jeep, año 2011, propiedad de OLIDA MARY CONCEPCION FRIAS, cédula 001-0062570-6. FC 350786

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Chevrolet, modelo MOD.5SC68, año 2001, color rojo, placa y registro A155028, chasis 93CSH68N71C155350, a nombre de GLORIA ESTRADA MORALES. FP92920

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, color negro, placa K0478270, chasis LC6PAGA17F0025915, tipo motocicleta, año 2015, propiedad de W S MOTOR, S.R.L, RNC 122027327. FC 350751

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Honda, modelo Accord DX, año 1997, color verde, placa y registro A321584, chasis 1HGCD5668VA159457, a nombre de PEDRO AGÜERO SOLANO, cédula 002-0027961-0. FC350794

Se le invita a JOSÉ PORTORREAL ORTEGA, a retirar la denuncia, a plan piloto, de motocicleta, Honda, 2000, color azul, placa N106157M, chasis HA021931183.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de minivan, marca Honda, modelo Acty, año 2000, color azul, placa y registro I042472, chasis HH31014982, a nombre de MARCOS SANTIAGO ABREU VELOZ, cédula 001-0533817-2 Fp92919

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Jincheng, modelo AX100BD, año 2012, color negro, placa y registro K0196798, chasis LJCPAGLH0B88780, a nombre de LUÍS ANTONIO ROSSO SÁNCHEZ, cédula 010-0013380-9. FC350764

PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca Honda, color azul, año 1984, placa y registro K0167984, chasis HA021656463, a nombre de RICARDO CORDERO RODRIGUEZ. FP 92874

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa I040466, color azul, chasis SXM107019780, tipo autobús privado, año 2000, propiedad de JUAN ESTEBAN TEJADA SANTOS, cédula 001-0320475-6. FC 350741

PERDIDA DE PLACA: Vehículo MOTOCICLETA, marca X1000, modelo AX100, color NEGRO, año 2008, placa y registro N447739, chasis LF3PAG4A58B000360, a nombre de JULIO CESAR SOSA, CED.0010628534-9

ACTO DE VENTA entre Paraíso Antillano, S. A., y JOSÉ BIENVENIDO VELÁZQUEZ ESPINAL, de fecha 02 de agosto del año 2000, con relación al inmueble solar 27, Manzana 23, antigua 16 con una superficie de 261.95 mts., del proyecto Brisa Oriental VI. FC92890

PERDIDA DE MATRICULA Se hace de público conocimiento la pérdida de la matrícula correspondiente al vehículo MARCA VOLKSWAGEN, MODELO NO. JETTA, CHASIS 3VWSE29M92M134532, AÑO 2000, COLOR NEGRO, PLACA Y REGISTRO NO. A057137, MOTOR NO. BEK700033, DATOS DEL PROPIETARIO: HECTOR RICARDO SUCCART MOREL, CEDULA 031-0317968-9. FC350815

A QUIEN PUEDA INTERESAR Por medio de la presente se hace de público conocimiento que la sociedad comercial GRUPO DE INVERSIONES READ DOMINGUEZ, S.R.L., con registro nacional de contribuyente (RNC) No. 130-790-698, da constancia de haber depositado por ante el Ministerio de Turismo en fecha 24/agosto/2017, los documentos requeridos para la Obtención de licencia de operación como MAYORISTA, ubicado en Alma Rosa II, C/23 # 48, Sto. Dgo. Este, (Mi Tierra Verde).

Por ante la empresa (JOHN READ) GERENTE FC350680

AVISO Por este medio se invita la Señor RAFAEL DURÁN SERRA a presentarse a la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda, (INVI) en un plazo de 5 días, a firmar renuncia a bien DE FAMILIA Y TRANSPASO DE Manz. 4693, apto. 4-D, Edif. 14 del Proyecto Invivienda Sto. Dgo., a favor de la Señora JUANA ANGÉLICA UBIERA MANON, la cual, a su vez vende en fecha 03/12/04 a la señora NEREYDA DEL CARMEN JIMENEZ. FP92883

AVISO Los señores RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA Y ANA LEONELA MINAYA CRUZ, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0934452-3 Y 0010523996-6, respectivamente, ambos domiciliados y residentes en la calle Jesús De Galindez, No. 68, del sector Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, por medio del presente han publicado lo siguiente: Que conforme al acta de matrimonio registrado en fecha 16 del mes de Julio del año 2005, acta de matrimonio No. 001226, inscrita en el libro No. 00014, de registro de matrimonio Civil folio No. 0026, del año 2005; de la Oficialía del Estado de la 4TA. Circunscripción de Santo Domingo Este, los señores RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA Y ANA LEONELA MINAYA CRUZ, se encuentran casados entre sí; Que al momento que ambos señores RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA Y ANA LEONELA MINAYA CRUZ, adquirieron como propietario el inmueble citado a continuación no habían contraído matrimonio civil y que por error material aparecen como casados debido a que adquirieron dicho inmueble en fecha 19 del mes de Marzo del año 2001 y el Acta de Matrimonio precedentemente es de fecha 16 del mes de Julio del año 2005, dicho inmueble lo citamos a continuación: un apartamento No. 201, ubicado en la segunda planta del condominio Roca I, matrícula No. 3000220430, con una superficie de 151.01 metros cuadrados, en el solar 4, Manzana 1433, del Distrito Catastral No. 01, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo; Que los declarantes, de generales que constan hacen la anotación para cumplir con los requisitos legales.

SR. RAMON ANTONIO GIL ZORRILLA. SRA. ANA LEONELA MINAYA CRUZ. FC 350779


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