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DIVERSOS
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Capacitación
Legal
Diversos
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RD$420,000
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Toyota Corolla 2005
HYUNDAI I, MODELO SANTA FE 4X4, 2005 Inf. 829-638-0403M 809-750-1103
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LEGAL 17
AVISOS LEGALES AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
Exp.661201704018 Se avisa que el día 04/12/2017 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 17, DC 7, en el Barrio el Paraíso, municipio Fantino, Prov. Sánchez Ramírez, propiedad de JULIO CESAR CANALES CEPEDA representado por LUIS JOSE PEREZ BEATO realizado por:
Exp.661201704019 Se avisa que el día 04/12/2017 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 17, DC 7, en el Barrio el Paraíso, municipio Fantino, Prov. Sánchez Ramírez, propiedad de MARCOS ANTONIO MARTE VASQUEZ representado por BIENVENIDA MARIA TEJADA realizado por:
Exp.661201704020 Se avisa que el día 04/12/2017 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 18-C-3, DC 7, Urb. Los Saldaña, municipio Fantino, Prov. Sánchez Ramírez, propiedad de DIGNO ANTONIO RAMIREZ GALAN realizado por:
TAMI-AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES,
TAMI-AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES,
TAMI-AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES,
Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421.
Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421.
(AC-12188-PC-2/3)
(AC-12188-PC-1/3)
AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR CAUSA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES De conformidad con lo establecida en la ley de divorcio No.1306-Bis, sobre Divorcio y para mayor conocimiento, se hace saber que el señor VIRGILIO BREA TORRES, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cedula Personal de identidad y electoral No.001-1393058-0, domiciliado y residente en la calle Primera No. 7, Villa Duarte, en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, (Parte Demandante), quien tiene como abogado constituido y apoderado especial. al LIC. RAMÓN MATÍAS GÓMEZ FELIZ, dominicano, mayor da edad, casado, Abogado Notario Publico de los del número del Distrito Nacional, Matriculado con el No.2764, del Colegio Dominicano de Notarios, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0763342-2, con mi estudio profesional abierto en la Av. San Vicente de Paúl, No.20, Edificio E1 Águila, apto. 209, del Ens. Las Palmas de Alma Rosa, del Municipio Este, Provincia Santo Domingo; ADVIERTE por medio de la presente avisa a su legitima esposa la MARIÉ MARTHA PAUL, (Parte Demandada), Haitiana, mayor de edad, casada, domiciliada en la calle Callejón 84, Edificio No.7, Apto. 3.A, Pueblo Nuevo, Villa Duarte, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. (Ultimo Domicilio conocido); que a falta de información de su residencia se procederá a emplazarla en demanda de divorcio por la causa DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Este, a la Avenida Charles de Gaulle No.27, de la ciudad de Santo Domingo Este, que es donde tiene sus oficinas la Fiscalía de 1a provincia Santo Domingo Este, el día Viernes Veinticuatro (24), del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), EN EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, ASÍ COMO EN LA SECRETARIA Y PUERTA DEL TRIBUNAL APODERADO, y ultimo domicilio conocido, a fin de que comparezca el día Martes Doce (12) del mes de Diciembre del año dos mil Diecisiete (2017) . A las (9:00AM) horas de la mañana, a la audiencia a puertas cerradas que celebrará en sus salones de audiencia la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial en sus atribuciones de Asuntos de Familia, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, situada en la calle Hermanas Carmelitas Teresa de San José No.3, (antigua 17), Esq. Club Rotario, del Ens. Ozama, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a la audiencia que en sus atribuciones civiles de divorcio y a puertas cerradas celebrara dicho tribunal. A los Veintitrés (23) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. RAMÓN MATIAS GÓMEZ FELIZ ABOGADO APODERADO
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
Conforme el Art. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 30 de octubre del año 2017 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia no. 209-2017-SSEN-00914, cuyo dispositivo dice así: FALLA : PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos: CARLOS MANUEL ROSARIO RODRIGUEZ Y MARLENNE CRISTINA CRUCETA DIAZ conforme al acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por el notario publico de los del numero para el municipio de La Vega LIC. ORLANDO JULIAN DIAZA ABREU en fecha diecisiete (17) del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017) transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza Presidenta Y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 1ra.. Circunscripción municipio Jima Abajo, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.1; folio 79; Acta no.40 en fecha 16 de noviembre del año 2017. La Vega, Rep. Dominicana, a los 24 días del mes de noviembre del año 2017.
Conforme el Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2017-SSEN-01370 en fecha 18 de AGOSTO del año 2017, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia de fecha 31/07/2017, en contra de Elsa Josefina Amézquita Concepción, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre José Antonio Méndez Gómez y Elsa Josefina Amézquita Concepción. TERCERO: ORDENA al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al Ministerial Roy Estarqui Leonardo Peña, Alguacil Ordinario de este tribunal, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripción Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro no. 7 folio 195 acta no.698 en fecha 20 DE noviembre del 2017. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 24 Días del mes de noviembre del año 2017.
LIC. JUAN RAMON POLANCO POLANCO Abogado (AC-12193-OEA-DEV)
FP93954
Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421. (AC-12188-PC-3/3)
LIC. FAUSTO SUAREZ REYES Y JUAN DE JESUS PEÑA PICHARDO Abogado (RO-15108-CM)
PUBLICACION DE DIVORCIO
Capital Social Autorizado: RD$800,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$235,950,000.00 RNC No. 1-01-86085-5 Registro Mercantil No. 12421SD. Santo Domingo, República Dominicana
SEGUNDA CONVOCATORIA Para celebración de Asamblea General Ordinaria No Anual de Accionistas En cumplimiento de las disposiciones establecidas en los Artículos 20 y 21 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, se realiza una segunda convocatoria a todos los accionistas y miembros del Consejo de Administración de SCOTIA CRECER AFP, S. A. a la celebración de la Asamblea General Ordinaria No Anual de Accionistas a ser celebrada en el domicilio social de la Sociedad, situado en la Avenida Francia, No. 141, del Sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, el día ocho (8) del mes de diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), a los fines de tratar los temas que se indican a continuación: PRIMERO: Conocer y aprobar la modificación a la Política de Remuneración de los Miembros del Consejo de Administración, Comités de Apoyo y Comités Operativos a fines de su aplicación inmediata; SEGUNDO: Autorizar el depósito de los documentos resultantes de esta Asamblea ante el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Inc.; TERCERO: Conocer y tratar otro (s) asunto (s) de interés para los accionistas de la Sociedad. Se les recuerda a los señores accionistas de la Sociedad SCOTIA CRECER AFP, S. A., que podrán asistir a la Asamblea personalmente o por medio de un apoderado, debidamente autorizado por Poder de Representación, legalizado. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017)
ROBERT WILLIAMS Presidente
CARLOS ESCAMILLA JACOME Secretario.
Conforme el Art. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 31 de JULIO del año 2017 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia no. 209-2017-SSEN-00667, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre LEYDI DEL CARMEN TIBURCIO QUEZADA Y DAVID VIRGILIO PEREZ ROSARIO. TERCERO: ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial LUIS ANT. DURAN, alguacil de Estrados del Tribunal Especial de Tránsito del municipio de Jarabacoa, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia , ordena, y firma. Magistrada Ircania Victoria Hernandez Trinidad, Jueza Presidenta Y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción municipio La Vega, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.7; folio 127; Acta no.664 en fecha 01 de noviembre del año 2017. La Vega, Rep. Dominicana, a los 24 días del mes de noviembre del año 2017.
LIC. GUILLERMO GUTIERREZ BUENO Abogado (RC-6715-CEA-DEV-1/2)
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 30 de octubre del año 2017 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia no. 209-2017-SSEN-00910, cuyo dispositivo dice así: PRIMERO: admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos MIGUEL CEPEDA PAYANO y PASTORA TIBURCIO BATISTA, conforme el acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por el Notario Público de los del Número para el Municipio de La Vega, LICDA. ROSA ERCIRA M. GOMEZ ARACENA en fecha veintiuno (21) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma -. Magistrada Ircania Victoria Hernandez Trinidad, Jueza Presidenta Y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción municipio La Vega, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.7; folio 173; Acta no.687 en fecha 14 de noviembre del año 2017. La Vega, Rep. Dominicana, a los 24 días del mes de noviembre del año 2017.
LIC. GUILLERMO GUTIERREZ BUENO Abogado (RC-6715-CEA-DEV-2/2)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO De conformidad con el Art. 617, del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que el día LUNES (27) del mes de Noviembre del año 2017, a las Ocho (8:00 A. M.) horas de la mañana, en el Mercado Público de Honduras, sito en la calle Primera, Esq. Correa y Cidrón, sector Honduras, Distrito Nacional, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador los siguientes bienes muebles: “ UN COMEDOR DE OCHO (8) SILLAS, UNA REPISA, DOS BIURO, UNA LAVADORA, UN MICROHONDA, DOS NEVERAS FRIGIDAIRE (DETERIORADAS), UN BEBEDERO, UN TELEVISOR SAMSUNG 52 PULGADAS, UN ESPALDAR DE CAMA, UNA MESITA DE NOCHE, UN AUTOMOVIL MARCA SKODA, PLACA No. A707317, COLOR ROJO, AÑO 2014, MODELO FABIA ACTIVE, CHASIS No. TMBEH45J9E3094814; CON TODO EL FRENTE DETERIORADO; Estos bienes han sido embargados al señor BRAULIO EDMUNDO ESPINOLA CUELLO, a requerimiento y persecución del señor VICTOR MANUEL POLANCO HOLGUIN, mediante el acto No. 85/2017, de fecha (17) de Noviembre del año 2017, Instrumentado por el LIC. FERNANDO ADON OZUNA MORLA, abogado notario público ejecutante, Se le advierte a los licitadores que de acuerdo con la Ley, el efecto a subastar, para adquirirlo debe ser pagado en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación en manos del alguacil actuante, en funciones de vendutero público. En la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
FRENEY MOREL MORILLO ALGUACIL En funciones de vendutero público. FC352356
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18 LEGAL EXPORTACIONES BEDISU, S.R.L. CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA En cumplimiento con el artículo 110 y sus párrafos I, II y III de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada número 479-08 y el artículo 18 de los Estatutos Sociales de Exportaciones Bedisu, S.R.L., se convoca a sus socios para asistir a la Asamblea General Ordinaria Extraordinaria que será celebrada en el domicilio social sito en la Avenida Abraham Lincoln esquina Avenida 27 de Febrero, Unicentro Plaza, Local 32, Ensanche Piantini de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el día ocho (08) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), a las diez horas de la mañana (10:00AM). Se les informa a los socios que el Orden del Día será el siguiente: A) Conocer el aumento de capital de la sociedad contenido en el artículo 5 de los actuales Estatutos Sociales. Los socios que no podrán asistir podrán hacerse representar mediante apoderado debidamente constituido mediante poder especial de representación que deberá ser depositado en la sociedad con un plazo mínimo de tres (3) días antes de la celebración de la Asamblea.
Daisy María Díaz Francisco, Gerente. FC 352350
LIC. MANUEL ANT. CRUZ Asuntos Jurídicos en General. C/Proyecto 11 No. 9-B, Vista Hermosa, Tel.: 809-483-1454, Santo Domingo Este, Rep.Dom./ C/General Leger No. 18, San Cristóbal, Rep.Dom. Tel.:809-527-8824. AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el párrafo 1 del Artículo 22 de la Ley 13-06 Bis de divorcios, la señora LIGIA YTALIA ENCARNACION DE APONTE, dominicana, mayor de edad, casada. Portadora de la Cédula de Identidad y Electoral #002-0072593-5 y Pasaporte NY2661457, Residente en la calle Padre Arturo #21 de San José de Ocoa, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MANUEL ANTONIO CRUZ, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, matriculado en el Colegio de Abogado bajo el #30586-375-04, dominicano, mayor de edad, Portador de la Cédula de Identidad y electoral #002-0012350-3, con Estudio Profesional abierto casa No. 16, de la calle General Leger, de la Provincia de San Cristóbal y ad-hoc en la calle padre Arturo #31 de San José de Ocoa, donde hace formal elección de domicilio para todos los efectos, fines y consecuencias legales del presente acto y le ADVIERTE a su legítimo esposo, señor DANIEL APONTE, estadounidense, de dirección desconocida, que procederá por el Presente acto a emplazarlo en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de la Provincia de San José de Ocoa, R.D., para que comparezca formalmente por ante la Sala de audiencias de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia en la segunda planta del Palacio de Justicia, de esa misma Ciudad, para el día VEINTE (20) del mes de diciembre del año en curso (2017) a las nueve (9) horas de la mañana.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICACION DE REGISTRO DE ACREEDOR Para dar cumplimiento a las disposiciones del Artículo 92, Párrafo III de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario y sus reglamentos de aplicación, se hace de público conocimiento la pérdida de la CERTIFICACION DE REGISTRO DE ACREEDOR, Matrícula No. 1000030321 emitido a favor de Inversiones Colinas Del Zafiro, S. A. por el Registrador de Títulos de Higüey, que ampara la Parcela No. 506411854485, del D.C. No. 11, del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana con una extensión superficial de 3,106.11 Metros Cuadrados. FC352364
Capital Social Autorizado: RD$500,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$500,000.00 RNC No. 130-234795 Registro Mercantil No. 0002980-09-LA
Capital Social Autorizado: RD$200,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$200,000.00 RNC No. 130-192121 Registro Mercantil No. 34581SD
De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 de 11 de diciembre de 2008 sobre sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la “CONSTRUCTORA Y PROMOCIONES INMOBILIARIA, VILLAMOR, S.A.”, a una Empresa Individual Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece la modificación del nombre de la Compañía “CONSTRUCTORA Y PROMOCIONES INMOBILIARIA, VILLAMOR, S.A.”, la cual se denominará “CONSTRUCTORA Y PROMOCIONES INMOBILIARIA, VILLAMOR, E.I.R.L.”, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la Empresa tendrá como objeto social la construcción, desarrollo, promoción y venta de casas, edificios, apartamentos y en general cualquier otra actividad de lícito comercio; el domicilio de la Empresa estará en el paraje Bávaro en la Villa 161, sector Cocotal, Higüey, R.D., con un capital autorizado, suscrito y pagado de RD$500,000.00; la empresa será administrada por un gerente, designado al efecto; la duración de la Empresa será Indefinida. A los fines de conocer y aprobar el Referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un Informe General elaborado por el Comisario de Cuentas de la Sociedad, se convoca a los accionistas de la “CONSTRUCTORA Y PROMOCIONES INMOBILIARIA, VILLAMOR, S.A.”, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el Local de la Compañía el día 2 del mes de noviembre del año 2017. El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el informe del Comisario de Cuentas, el Balance Especial, y el Informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, D.N., Capital de la República Dominicana, a los 23 días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 de 11 de diciembre de 2008 sobre sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la “COMPAÑÍA SERVICIOS HIDRAULICOS MEDINA, S.A.”, a una sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece la modificación del nombre de la Compañía “COMPAÑÍA SERVICIOS HIDRAULICOS MEDINA, S.A.”, la cual se denominará “COMPAÑÍA SERVICIOS HIDRAULICOS MEDINA, S.R.L.”, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la Empresa tendrá como objeto social reparación de equipos hidráulicos, venta de botellas y correas para equipos hidráulicos y toda actividad de lícito comercio en general; el domicilio de la Empresa estará en la ciudad de Santo Domingo Norte, R.D., con un capital autorizado, suscrito y pagado de RD$200,000.00; la empresa será administrada por un gerente, designado al efecto; la duración de la Empresa será Indefinida. A los fines de conocer y aprobar el Referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un Informe General elaborado por el Comisario de Cuentas de la Sociedad, se convoca a los accionistas de la “COMPAÑÍA SERVICIOS HIDRAULICOS MEDINA, S.A.”, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la Compañía el día 7 del mes de febrero del año 2017. El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el informe del Comisario de Cuentas, el Balance Especial, y el Informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, D.N., Capital de la República Dominicana, a los 23 días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
CARMELO AMOR JARA, Gerente.
DOMINGO MEDINA RONDON, Gerente.
AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO
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FC352357
AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO
EN VIRTUD DE LA LEY No. 6184 DEL 12 DE FEBRERO DE 1963. Ha sido fijada para el día doce (12) del mes de diciembre del año 2017, a las 09:00 horas de la mañana, la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrará el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pedernales, en sus atribuciones civiles, sito en la avenida Duarte No. 44, del siguiente inmueble: PORCION DE TERRENO DE 478 M2, UBICADO EN EL BARRIO LOS CAYUCOS, DENTRO DE LA PARCELA 40 DEL DISTRITO CATASTRAL No. 3, DEL MUNICIPIO DE PEDERNALES, QUE COLINDA AL NORTE: JUAN ACOSTA (RESTO DE LA PARCELA 40); AL SUR: CANAL VIEJO LOS OLIVARES (RESTO DE LA PARCELA 40); AL ESTE: JUAN ACOSTA (RESTO DE LA PARCELA 40) Y AL OESTE: REMEDIO SAMBOY (RESTO DE LA PARCELA 40), de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 6186, del 12 de febrero del 1963, y sus modificaciones, embargado en perjuicio de La señora HAYDEE ZORAIDA JIMENEZ PEREZ, dominicana, mayor de edad, unión libre, cédula de identidad y electoral No. 069-0006806-2, domiciliada y residente en la calle Libertad casa No. 50, de este municipio de Pedernales, a requerimiento de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO, COOTRALCOA, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MANUEL DE JESUS MATOS HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de la República, miembro activo del Colegio de Abogados, con estudio profesional abierto y permanente en la calle 27 de Febrero No. 23, de la ciudad de Pedernales, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente para los fines de procedimiento de embargo inmobiliario. El mandamiento de pago fue notificado al embargado trece (13) de octubre del 2017, mediante el acto No.935/2017, del Ministerial JOSE DOLORES CASTILLO VOLQUEZ, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz del Distrito Judicial de Pedernales, y transcrito ante la Oficina de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Pedernales, encargo de Registro Civil de Pedernales. El encargo de Registro Civil expidió certificación de registro de derecho inmobiliario, el pliego de condiciones fue depositado en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia en fecha nueve (09) de noviembre del 2017, para cualquier interesado tome conocimiento del mismo y puedan realizar los reparos que entiendan de lugar. La persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Dominicanos con 30/100 (RD$584,992.30), que es el monto que asciende la deuda principal e intereses, costas de procedimiento y gastos legales. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado de la persiguiente, el equivalente a un 10% del precio de la primera puja o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de cargas, cláusulas y condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal indicado más arriba. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario, deberá tener previamente la autorización del Poder Ejecutivo. En la ciudad de Pedernales, municipio del mismo nombre, Rep. Dom., hoy día veintidós (22) del mes de noviembre del 2017.
EN VIRTUD DE LA LEY No. 6184 DEL 12 DE FEBRERO DE 1963. Ha sido fijada para el día doce (12) del mes de diciembre del año 2017, a las 09:00 horas de la mañana, la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrará el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pedernales, en sus atribuciones civiles, sito en la avenida Duarte No. 44, del siguiente inmueble: PORCION DE TERRENO DE 350 M2, UBICADO EN EL BARRIO LAS FLORES, DENTRO DEL RESTO DE LA PARCELA 40, DISTRITO CATASTRAL No. 3, DEL MUNICIPIO DE PEDERNALES, QUE COLINDA AL NORTE: KESIA PEREZ (RESTO DE LA PARCELA 40); AL SUR: FLACO MOQUETE (RESTO DE LA PARCELA 40); AL ESTE: ANDICE MEJIA (RESTO DE LA PARCELA 40) Y AL OESTE: PEREZ YAN (RESTO) DE LA PARCELA 40), de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 6186, del 12 de febrero del 1963, y sus modificaciones, embargado en perjuicio de La señora ANNIOBIS YOSERINE VOLQUEZ BELTRE, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 069-0009957-0, domiciliada y residente en esta ciudad de Pedernales, a requerimiento de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO, COOTRALCOA, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MANUEL DE JESUS MATOS HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de la República, miembro activo del Colegio de Abogados, con estudio profesional abierto y permanente en la calle 27 de Febrero No. 23, de la ciudad de Pedernales, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente para los fines de procedimiento de embargo inmobiliario. El mandamiento de pago fue notificado al embargado trece (13) de octubre del 2017, mediante el acto No.936/2017, del Ministerial JOSE DOLORES CASTILLO VOLQUEZ, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz del Distrito Judicial de Pedernales, y transcrito ante la Oficina de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Pedernales, encargo de Registro Civil de Pedernales. El encargo de Registro Civil expidió certificación de registro de derecho inmobiliario, el pliego de condiciones fue depositado en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia en fecha nueve (09) de noviembre del 2017, para cualquier interesado tome conocimiento del mismo y puedan realizar los reparos que entiendan de lugar. La persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de Quinientos Veintisiete Mil Quinientos Ochenta y Cuatro Pesos Dominicano con 42/100 (RD$597,584.42), que es el monto que asciende la deuda principal e intereses, costas de procedimiento y gastos legales. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado de la persiguiente, el equivalente a un 10% del precio de la primera puja o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de cargas, cláusulas y condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal indicado más arriba. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario, deberá tener previamente la autorización del Poder Ejecutivo. En la ciudad de Pedernales, municipio del mismo nombre, Rep. Dom., hoy día veintidós (22) del mes de noviembre del 2017.
MANUEL DE JESUS MATOS HERNANDEZ, M.A., Abogado de la Persiguiente. FC 352371
LIC. JOSÉ FCO. CAMPOS. ABOGADO DE PERSIGUIENTE
AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA “COMPAÑÍA SERVICIOS HIDRAULICOS MEDINA, S.A.”
LIC. MANUEL ANTONIO CRUZ, Abogado Apoderado especial de la demandante.
DRA. NELSIDA SOSA BERROA LICDA. NELIXA MAYRENI SOSA Abogadas de la Demandante
Ha sido fijada la venta en pública subasta para el día 5 del mes de diciembre del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana por ante la Cámara Civil y Comercial del juzgado de 1ra Instancia del Distrito Judicial de duarte, sito en la C/ 27 de febrero Esq. José Reyes, Palacio de Justicia de San Fco. De Macorís, por causa del embargo Inmob. Ley 6186/63, en el que se adjudicará al mayor postor y último subastador el inmueble que se describe: La cantidad de 125 tareas de terrenos dentro de la parcela 371, del D.C. No. 2, del Municipio de Castillo, Propiedad de los señores ANACELIA BEATO, CARMEN ZAPATA Y COMPARTES, persiguiente, Lic. Corniel Paredes G., el mandamiento de pago es de fecha 13 de octubre del 2017, marcado con el No. 131 y 334, convertido en embargo. El persiguiente ha fijado el monto de la primera puja en la suma de RD$ 1,874,410.00 pesos dominicanos para licitar depositar previamente en la secretaría del tribunal de la Cámara Supra-indicada una garantía en efectivo o de una institución bancaria domiciliada y residente en la República Dominicana, no menor del 10% del monto de la primera puja. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los 23 días del mes de noviembre del año 2017.
AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA “CONSTRUCTORA Y PROMOCIONES INMOBILIARIA, VILLAMOR, S.A.
FC 352272
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha uno (01) del mes de septiembre del año 2017, la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor mediante la Sentencia Civil No. 511-2017-SSEN-00250, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto por falta de comparecer en contra de la parte demandada el señor JUAN RODOLFO CHRISTOPHER DAVIS, en audiencia de fecha 22/08/2017; SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre MILCA ESTHER ALVARADO y JUAN RODOLFO CHRISTOPHER DAVIS; TERCERO: COMPENSAN las costas del procedimiento; CUARTO: COMISIONA al ministerial Hensy Marte Hernández, alguacil de Ordinario de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, para la notificación de la presente decisión. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma. La presente sentencia ha sido firmada por la Magistrada Juez Interina GENESIS RODRIGUEZ SEGURA, y la secretaria FÁTIMA A. MONEGRO CRISPIN. Así mismo se hace saber que en fecha veintiuno del mes de noviembre del año dos mil Diecisiete (21/11/2017), el Oficial del Estado Civil de Hato Mayor, procedió a pronunciar el referido divorcio, el cual ha sido archivado y sometida a la inscripción en el registro destinado a estos fines correspondiéndole el Libro No.00002 de registros de DIVORCIO, Folio No, 0129, Acta No. 000165, Año 2017, en la Oficialía de estado Civil de la IRA. CIRCUNSCRIPCION de HATO MAYOR. En la ciudad y municipio de Hato Mayor del Rey, provincia de Hato Mayor, República Dominicana, hoy día veintidós (22) del mes de noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA EMB. INMOB. LEY 6186/63
MANUEL DE JESUS MATOS HERNANDEZ, M.A., Abogado de la Persiguiente. FC 352371
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, año 2012, color negro, placa y registro K0262815, chasis LCPAGA10C0013129, a nombre de ALEXANDER MORALES ROSARIO
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día Miércoles que contaremos a los Trece (13) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia de pregones que al efecto celebrará LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, sito en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de Cotuí, localizado en la intersección de las calles Sánchez con cuatro del Sector La Esperanza de esta ciudad, del siguiente inmueble: EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO 317096223603, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 282.22 METROS CUADRADOS, MATRÍCULA NO.0400009534, UBICADO EN COTUÍ, SÁNCHEZ RAMÍREZ. El inmueble que se acaba de mencionar han sido embargado en perjuicio de la señora MARCELA NUNEZ REINOSO, domiciliada y residente en el Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, a requerimiento del BANCO DE AHORRO Y CREDITO BANCOTUI, S. A., entidad de intermediación financiera organizada de conformidad con las Leyes de la República Dominicana y especialmente por la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 de fecha 21 de Noviembre del 2002, con asiento social en el edificio localizado en la intersección de las calles Sánchez esquina Juan Sánchez Ramírez de la ciudad de Cotuí, debidamente representada por su Gerente - General, LIC. JULIO C. TEJEDA M., dominicano, mayor de edad, casado, funcionario bancario, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-00047845-6, domiciliado y residente en la ciudad de Cotuí, la que tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. EURIPIDES SOTO LUNA, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-0000892-3, matriculado bajo el No.913-3496, al día, con estudio profesional abierto en el No. 27 de la calle Enriquillo de la ciudad de Cotuí, lugar en donde la persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente acto. El mandamiento de pago fue notificado al embargado en fecha 07 de Agosto del 2017 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago del deudor, fue inscrito en el Registro de Títulos de Cotuí, en fecha 22 de Septiembre del 2017. La persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de RD$2,964,466.80 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON 80/100), más los gastos y honorarios del procedimiento. Todo subastador deberá depositar en manos del secretario del tribunal apoderado el equivalente a un Diez Por Ciento (10%) del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una de las instituciones bancarias de las establecidas en la República Dominicana. Se advierte que las pujas solo serán admitidas por ministerio de abogado, todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la secretaría de LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, lugar en donde se llevará a cabo la venta, el deudor será citado por acto de alguacil para presenciar la venta. En la Ciudad y Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. EURIPIDES SOTO LUNA ABOGADO
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.662201709842 Se avisa que el día 6 de diciembre del 2017 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 1,393.68m2 en la parcela 164, DC 5, Guaigui, municipio La Vega, autorización de mensuras 22/11/2017, propiedad de Karla Lizbeth García Gutiérrez, Felicita del Carmen Gutiérrez Jerez y José García Jiménez realizado por:
AVISO DE TRANSFORMACION DE COMPAÑÍA De confonnidad con las nuevas disposiciones de la Ley No. 479-08, sobre la razón social denominada: FUMIGADORA 30 DE MAYO, C. POR A., será transformada a S.R.L.., la cual será denominada FUMIGADORA 30 DE MAYO, S.R.L., cuyo domicilio es en la calle Juan Pablo Duarte No. 19, Urb. 30 de Mayo, D.N , con un aumento de capital social de RD$50,000.00, a la suma de RD$100,000.00, cuyo objeto será la Tarea de Fumigar, eliminar y controlar plagas e insectos dañinos para los seres humanos; así como cualquier otra actividad de lícito comercio. Y convocar a la Asamblea General Extraordinaria, el día 15 del mes de Diciembre del año 2017, a las 10 00 a.m.
Ruth E. Álvarez Fernández, Agrimensora Contratista. Codia 21795.
HECTOR BIENVENIDO POLANCO, Presidente.
AVISO MENSURA CATASTRAL
Santo Domingo, R.D. AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
Exp.662201709804 Se avisa que el día 7 de diciembre del 2017 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 256.50m2 en la parcela 79, DC 11, C/D #3 Res. Amada II, municipio La Vega, autorización de mensuras 21/11/2017, propiedad de Ubaldo García Hernández realizado por:
En virtud de la autorización de fecha 18/07/2017, se hace público conocimiento que el día 27/11/2017 a las 9:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 5-A-REF-B-1, del D. C. No. 18 del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201706599.
Ruth E. Álvarez Fernández,
AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502.
(FG-AC-12189-PC-1/2)
Agrimensora Contratista. Codia 21795. (FG-AC-12189-PC-2/2)
FC 352353
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
En virtud de las disposiciones de la ley 108-05 del 23 de marzo del 2005 y sus Reglamentos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 2011-535 (Duplicado del Dueño), expedido a favor de la sociedad Inversiones y Construcciones Damer, C. Por A., correspondiente a la Parcela 218-H-12-Subd-9, del Distrito Catastral No. 6 del Distrito Nacional (actual municipio de Santo Domingo Este), con extensión superficial de 624.35 metros cuadrados. Cualquier información al respecto informar a los teléfonos números 809-566-7111 y 809-333-8333.
En cumplimiento de las disposiciones vigentes, se hace de público conocimiento, la pérdida de Certificado Financiero No.060-005563-3, de fecha 8/08/2006, por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL PESOS ORO DOMINICANO, (RD$265,000.00), expedido por el Banco de Reservas de la República Dominicana, a favor d la señora NICOMEDES CARRASCO SANCHIJZ, dominicana, mayor de edad, soltera, doméstica, portadora de la cédula de identidad y electoral No.072-0012101-5, domiciliada y residente en la avenida Libertad, casa No. 110, del sector el Centro de la Ciudad, Municipio de Villa Vásquez. La presente publicación se hace para los fines de la Ley correspondiente
AVISO DE PÉRDIDA DEL CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ah extraviado el certificado financiero No. 6800002230 emitido por el banco de Reservas de fecha 18/Marzo/2013 por un valor de cien mil (RD$100,000.00) pesos a nombre de Nelson Jovanny Sandoval, cédula No. 0660017766-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente en la ciudad de Salvaleón de Higüey provincia La Altagracia a los 21 días del mes de Noviembre del 2017. FC352292
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 1215904, expedido por el BANCO MULTIPLE BHD LEON, S.A., a favor de RAFAEL ALCADIO GUZMAN O JOBINO RAFAEL GUZMAN BATISTA en fecha 8 del mes de noviembre del año 2013, por la suma de RD$4,000,000.00. FC 351751
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO En virtud de la Ley No.189-11, del 16 de julio del 2011. Ha sido fijada para el día jueves 14 de diciembre del 2017, a las 9:00 horas de la mañana, por ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo, sito en la avenida Presidente Vásquez No. 23, Ozama, en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, la audiencia pública de pregones en la que se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador de los siguientes inmuebles: a) Inmueble identificado como parcela 36-A-SUB-12, del Distrito Catastral No. 31, de 295.83 metros cuadrados, amparado en la matricula No. 0100017229, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, propiedad de MARIANA TAVAREZ y; b)Inmueble identificado como parcela 15-W-35, del Distrito Catastral No. 8, de 213.37 metros cuadrados, amparado en la matricula No. 0100170713, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, propiedad de MARIANA TAVAREZ; a requerimiento del BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S.A., sociedad comercial legalmente constituida, con Registro Nacional de Contribuyente No. 1-01-04359-8, con su domicilio social en la avenida John F. Kennedy No. 3, Miraflores, Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada por el señor MARK F. SILVERMAN, español, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 402-2102183-1, de este mismo domicilio, el cual tiene como abogados constituidos al doctor JULIO CURY y al licenciado PAUL E. CONCEPCIÓN, dominicanos, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0061872-7 y 402-20915264, respectivamente, con estudio profesional en el edificio Jottin Cury, sito en la avenida Abraham Lincoln No. 305, esquina Sarasota, La Julia, Distrito Nacional, y ad hoc en la secretaría de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia Santo Domingo, y el cual es Acreedor inscrito en virtud de las Certificaciones de Registro de Acreedor siguientes: Certificados de Acreedor Nos. 331324123 y 331324124, expedidos por el Registrador de Títulos de Santo Domingo, el 29 de mayo del 2017, mediante el mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario No. 1042/2017, del 31 de mayo del 2017, del ministerial Francisco Domínguez, Ordinario del Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, inscrito en el Registro de Títulos de Santo Domingo el 16 de junio del 2017. El persiguiente ha fijado para la primera puja en la cuatro millones doscientos un mil trescientos sesenta y dos pesos dominicanos con 61/100 (RD$4,201,362.61), más los gastos y honorarios del procedimiento de conformidad con la ley. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado del persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los 21 días de noviembre del 2017.
Ldo. PAUL E. CONCEPCIÓN, Por sí y por el Dr. JULIO CURY, Abogados del BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S.A.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Vista la Autorización de Mensura No. 663 2017 10943, a solicitud de ALFREDO ESPERANZA PAULINO HERRERA, informo al público en general que el día 2 de diciembre del año 2017 las 9:00 A. M. se realizará el levantamiento para Deslindar 340.00 metros cuadrados en la Parcela No. 80-K del Distrito Catastral No. 6 del municipio Santo Domingo Este de la provincia de Santo Domingo, este inmueble está ubicado en la Calle A No. 22 del Residencial Radiante de este municipio y provincia.
Agrim. JOSE MANUEL CORALES , Codia 9690 ; Celular 809-871-3869 FC352363
LICDA VICTORIA JIMENEZ ABOGADA
FP 93940
FC 352360
LEGAL 19
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 663201710796. En virtud de la Autorización de fecha 20 de Noviembre del 2017. Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 30-11-2017, a partir de las 12:00 del mediodía, se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE en el inmueble identificado como Parcela No. 58-REF, Distrito Catastral No. 04, en el Municipio de San Cristóbal, Provincia San Cristóbal, propiedad de FLORINDA CASILLA RODRÍGUEZ.
AGRIM. WILLIAM CORDERO GERMÁN CODIA 22012 AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 663201710792. En virtud de la Autorización de fecha 20 de Noviembre del 2017. Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 30-11-2017, a las a partir de las 10:00 a. m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE en el inmueble identificado como Parcela No. 17-A, Distrito Catastral No. 02, en el Municipio de San Cristóbal, Provincia San Cristóbal, propiedad de LORGIA RODRIGUEZ. AGRIM. WILLIAM CORDERO GERMÁN CODIA 22012
FUNDACIÓN REPÚBLICA DOMINICANA FLUYE AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5 de la Ley No. 122-05, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, y del Artículo 72 del Reglamento No. 40-08 para la Aplicación de la Ley No. 122-05, se hace de conocimiento público lo siguiente: PRIMERO: Que mediante la Resolución No. 00021, del 15 de noviembre de 2017, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro “FUNDACIÓN REPÚBLICA DOMINICANA FLUYE” (en adelante la “Fundación”); SEGUNDO: Que la Fundación tiene su domicilio en la calle Luis Amiama Tió No. 66, Plaza Karina, sector Arroyo Hondo, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; TERCERO: Que la Fundación tiene por objeto, promover el involucramiento social y la participación ciudadana para impulsar una transformación del tránsito de la República Dominicana a fin de afrontar la problemática del desplazamiento y la congestión vehicular. A estos fines, la Fundación estará orientada, principalmente, a: ( a ) Colaborar con el sector privado para desarrollar e implementar alternativas de reorganización interna de sus recursos humanos, que contribuyan al descongestionamiento vehicular, tales como la implementación de horarios de trabajo alternos a los horarios de trabajo ordinarios en la República Dominicana; ( b ) Colaborar con el sector privado para desarrollar e implementar programas de educación vial, para lograr una mayor capacitación de sus recursos humanos en materia de tránsito, educación social, moral y cívica; ( c ) Colaborar con el sector público y las entidades encargadas de la organización del tránsito y la planificación urbana en la República Dominicana, para desarrollar e implementar programas de educación vial, social, moral y cívica, para lograr un mayor nivel de concientización y educación del público en general; (d) Colaborar con el sector público y las entidades encargadas de la organización del tránsito y la planificación urbana en la República Dominicana, para desarrollar y crear programas sociales, políticas, normas y reglamentos de organización del tránsito y de planificación urbana, de forma eficiente y sostenible; y (e) Colaborar con el sector público y las entidades encargadas de la organización del tránsito y la planificación urbana en la República Dominicana, para desarrollar e implementar políticas de administración y gestión del trasporte público, de forma eficiente y sostenible; CUARTO: Que los miembros fundadores de la Fundación son: Hispizza, S.R.L., Servicolt, S.R.L., Leasing del Atlántico, Corp., Alimentos y Entregas, S.A., y Nostrale, S.R.L.; QUINTO: Que el Consejo de Directores de la Fundación está compuesto de cinco (5) miembros, a saber: María Vásquez de los Santos, Presidente; Luis Francisco Rodríguez Vásquez, Vicepresidente; Dany Martínez Espinal, Secretaria; Luis Miguel Rodríguez Vásquez, Tesorero; y Luis Eduardo Rodríguez Vásquez, Vocal; SEXTO: Que la Fundación tendrá una duración indefinida; SÉPTIMO: Que la señora María Vásquez de los Santos, en sus funciones de Presidente del Consejo de Directores, es quien representará a la Fundación frente a terceros. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
María Vásquez de los Santos, Presidente.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE En virtud de la autorización, No. 663201710770, de fecha 17 de Noviembre del año 2017, se hace de público conocimiento que el DÍA 02 de Diciembre del año 2017, a las 9:00: A .M, se Realizarán los trabajos de deslinde, en el inmueble identificado como P. No. 110-REF-780-A, del Distrito Catastral No. 04, del Municipio: Santo Domingo Oeste. Provincia: Santo Domingo, Ubicado en la Calle Los Pinos No. 1, Urbanización Engombe, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. A nombre de ALTAGRACIA CAMPUSANO CESAR.
AGRIMENSOR: EDDY ADAMES MARTÍNEZ Codia 29788
PUBLICACION DE DIVORCIO En Cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha treinta y uno (31) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017) la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dicto la Sentencia Civil No. 2475/2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de estipulaciones y convenciones No. 1904-17, de fecha veinte (20) del mes de Abril del Dos Mil Diecisiete instrumentado por la DRA. LUISA ORFELINA SOTO SANTANA, abogado Notario Público de los del número del Distrito Nacional, matrícula 3674; por haber sido hecho conforme a la ley. SEGUNDO: Admite el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los cónyuges señores RAUL ANTONIO GONZALEZ GUILLERMO Y CARMEN ELIZABETH MORETA MATIAS, con todas sus consecuencias legales; TERCERO: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Asimismo se hace saber que en fecha diecisiete (17) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la 12VA Circunscripción de Santo Domingo, procedió al PRONUNCIAMIENTO de la referida sentencia en el Libro No. 00002-D de registro de DIVORCIO, bajo el Acta No. 000155, Folio No. 0109, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. Pronunciado el diecisiete (17) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante sentencia No. 2475/2017, de fecha treinta y uno (31) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), dictada por la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo. La causa del divorcio ha sido por MUTUO CONSENTIMIENTO. En el Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día veintitrés (23) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LICDO. JOSE D. LUGO, Abogado.
FP 93941 FC 352375
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20 LEGAL AVISO DE PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
PUBLICACION DE DIVORCIO
Para general conocimiento se hace saber que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 4019554, expedido por el Banco Scotiabank, por un valor de CIENTO SESENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y SIETE CON 00/100 PESOS DOMINICANOS (RD$ 166,097.00). El Cual está a nombre de la señora DIGNA MERYS MEDINA MARTE, titular de la cédula no. 056-0126270-1. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (02) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
De conformidad con las disposiciones de la ley 1306-Bis, artículo 42, sobre pronunciamiento de divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 23 de agosto del año 2017, la Segunda Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, dictó la sentencia civil número 550-2017-SSENT-00733, cuyo dispositivo dice así: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Jacqueline Andrea Santos y Ramón Vásquez Contreras; SEGUNDO: Otorga la guarda de Ángel David, a favor de su madre Jacqueline Andrea Santos; TERCERO: Ordena el pronunciamiento por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial Miguel Ángel de Jesús, Alguacil Ordinario de esta Sala, para que notifique la presente sentencia. El presente divorcio fue pronunciado el día 20 de noviembre del año 2017 en la Oficialía de Estado Civil de la Quinta Circunscripción de Santo Domingo Norte en el Libro 00007, Folio 0195, Acta 000698, año 2017.
DIGNA MERIS MEDINA MARTE. PROPIETARIA
AVISO PERDIDA CONSTANCIA ANOTADA
PERDIDA DE CHEQUE. CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 0002., de fecha 14/01/2017, por valor RD$25,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar: LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA.
De acuerdo a lo que establece la ley, la señora MARILYN RECIO DE PEREZ, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 037-0023034-9, informa que se le ha extraviado en su residencia la Constancia Anotada, matricula No. 3000175976, correspondiente al inmueble de su propiedad; el cual se encuentra ubicado en la Parcela 945, del D.C. del 2, del Municipio de Constanza, Provincia de La Vega, el cual contiene 25.58 tareas, equivalente a 16,090.00 metros cuadrados.
MARILYN RECIO DE PEREZ. FC 352305
LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado.
PERDIDA DE CHEQUE CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 0004, de fecha 14/01/2017, por valor RD$25,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado.
PERDIDA DE CHEQUE. CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 0005., de fecha 14/01/2017, por valor RD$25,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que en fecha 30/11/2017, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No.13-A del D.C.59/2DA, del municipio Sánchez, Provincia Samaná, propiedad del señor WILSON FRANCISCO MARTINEZ FRIAS, expediente No. 661201703942, d/f. 17/11/2017.
AGRIM. LENYN ENRIQUE AMPARO BALDERA. CODIA No.33901/Tel. 809-782-8848 FC352365
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil No. 1682/2017, contenida en el Expediente No. 1288-2016-03408, en fecha Siete (7) del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), la cual en su parte dispositiva copiada textualmente dice así: FALLA: Primero: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada la señora Ana Francisca Abreu Tatis, por falta de comparecer, no obstante haber sido legalmente citada. Segundo: En cuanto a la forma, declara como buena y válida la presente demanda de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por haber sido hecha conforme a la ley y al derecho. Tercero: En cuanto al fondo, admite el Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores Ana Francisca Abreu Tatis y Angel Darío Báez, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. Cuarto: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía de estado civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. Quinto: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Sexto: Comisiona al ministerial Angel R. Pujols B., Alguacil de Estrados del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo, para que notifique la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: Francis M. Hernández Susaña, Jueza; Brenda A. Rosario, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. El Divorcio admitido por la Sentencia precedentemente transcrita, fue pronunciado el día Quince (15) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), por el Oficial del Estado Civil de la Doceava (12ava.) Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, según Sentencia Civil No. 1682/2017, de fecha Siete (7) del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), dictada por la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo. En el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
DR. HENRY FAMILIA, Abogado. FC 352354
PERDIDA DE CHEQUE. CERTIFICADO
FUNDACION DR. JUAN M. TAVERAS RODRGUEZ, INC RNC. 4-01-50979-2
Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 0008., de fecha 14/01/2017, por valor RD$50,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA.
En cumplimiento de las disposiciones del Art. 5 Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante Resolución 00020 de fecha 31 de Octubre del 2017 de la Procuraduría General de la República, fue aprobada la modificación de los Estatutos de la institución sin fines de lucro, FUNDACION DR. JUAN M. TAVERAS RODRGUEZ, INC. con dirección en la Ave. Pepillo Salcedo esq. Arturo Logroño, Ens. La Fe, Segundo piso del Edificio del Centro de Diagnóstico y Medicina Avanzada y de Conferencias Medicas y Telemedicina del Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Esta institución tiene como fin: 1.- Formular una conciencia en la sociedad dominicana acerca de la importancia prioritaria que tiene la salud pública para el bienestar y desarrollo del país.2.- La Fundación trabajará en estrecha colaboración con el Patronato que regula el Centro de Diagnóstico y Medicina Avanzada y Telemedicina (CEDIMAT), edificado en la Plaza de la Salud. 3.- Asistir en la educación médica postgraduada. 4.- Asistir en el desarrollo de la investigación médica. 5.- Asistir en la organización de cursos postgraduados en varias áreas de la medicina. 6.- Asistir en el establecimiento de afiliaciones con varios departamentos del Massachusetts General Hospital y con la Escuela de medicina de Harvard, así como con otras instituciones nacionales e internacionales que puedan ser consideradas en el futuro. 7.Asistir en la creación y el financiamiento de becas para facilitar y estimular el entrenamiento postgraduado de dominicanos escogidos, para trasladarse a instituciones en Estados Unidos u otros paises.8.- Coordinar la programación de profesores visitantes que viajarían a Santo Domingo a enseñar y dictar conferencias o llevar a cabo demostraciones técnicas y lo quirúrgicas. 9.- Tomar todo paso adoptado por la Consejo Rector que avance la práctica de la Educación, el desarrollo y la distribución de los servicios médicos en general y especialmente los servicios radiológicos y de telemedicina.10.- Los objetivos descritos anteriormente no son limitativos para las actividades de la fundación. Por lo tanto podrá realizar todo tipo de actuación que no vaya en contra de las leyes o las buenas costumbres de la sociedad dominicana. Los miembros fundadores de los Centros de Diagnóstico y Medicina Avanzada y de Conferencias Medicas y Telemedicina, fueron: el Dr. Juan Manuel Taveras Rodríguez y el Dr. Ramón Cáceres Troncoso, Secretario. El Consejo Directivo de la Fundacion actual está constituido por Diez y Nueve (19) personas, las cuales son las siguientes personas: PRESIDENTE: Angélica de Ginebra; PRIMER VICEPRESIDENTE: Dr. Ramón Cáceres Troncoso; SEGUNDO VICEPRESIDENTE: Don Oscar Villanueva; SECRETARIO: Dr. Agustín López Rodríguez; TESORERA: Sra. Claudia Donati de Rivas; VOCAL: Dr. Ramón Cáceres Rodríguez; VOCAL: Sra Gretchen de Barceló; VOCAL: Dra. Irma Paniagua de López; VOCAL: Sra. Heidi Korner; VOCAL: Sr. Eduardo Bucher; VOCAL: Antonio Cáceres Troncoso; VOCAL: Sr. Ramón Báez Romano; VOCAL: Ing. Celso Pérez; VOCAL: Sr. Antonio Najri; VOCAL: Ing. Rafael V. Bisono; VOCAL: Sra. Mercedes Ramos; VOCAL: Ing. Danilo Caro Ginebra; VOCAL: Sr. Pedro Brache Alvarez y VOCAL: Sra. María Teresa Eduviges González Corripio de Pérez. La duración de la Fundacion Dr. Juan M. TAVERAS RODRIGUEZ es indefinida. Y se han depositado en el Juzgado de Paz de la Cuarta Circunscripción del Distrito Nacional en fecha 21 de Noviembre del 2017 y en la Presidencia de las Cámaras Civiles y Comerciales del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en fecha 22 de Noviembre del 2017, la modificación estatutaria con todos sus anexos. Hoy en Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 24 días del mes de Noviembre del 2017.
LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado.
PERDIDA DE CHEQUE. CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 00017., de fecha 14/01/2017, por valor RD$100,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado.
Sra. Angelica Benitez de Ginebra, Presidente de la Fundacíon Juan M. Taveras Rodriguez, INC. FC 352346
DR. BENJAMIN DE LA ROSA VALDEZ, Abogado. FC 352345
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley No.1306-Bis, sobre divorcio, el señor ANDRY CESARIS CUSTODIO RIVERA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número 003-0003380-0, domiciliado y residente en la calle Resp. Gastón F. Deligne No.70, Sector Brisas de Guazuma, de la ciudad de Baní, Provincia Peravia, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. HECTOR GERALDO SANTOS, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral número 0030018598-0, con bufete profesional abierto en la casa No.2, de la calle Máximo Gómez, de esta ciudad de Baní, lugar donde dicho señor hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de divorcio; ADVIERTE a su esposa SARA MARIBEL MEJIA BAEZ, cuyo último domicilio conocido fue en: 351 Massachusetts Ave, Apt. 2, Boston, MA 02115, Estados Unidos de América, que procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Peravia, el día Primero (01) de Diciembre del año 2017, para que comparezca por ante La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, en sus atribuciones civiles, a las 9 (nueve) horas de 1a mañana, del día Veinticuatro (24) de Enero del año 2018; el cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la segunda planta del edificio No.106 de la calle Máximo Gómez, de la ciudad de Baní. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
DR. HECTOR GERALDO SANTOS, Abogado Apoderado. FC 352324
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En Cumplimiento del párrafo único del Art. 22 de la ley 1306-Bis del 21/05/1937, sobre divorcios en Rep. Dom. el Señor FERNANDO RAMÍREZ DE LEON, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 402-3663573-2, domiciliado y residente en la calle Luperón casa No.12 de la ciudad de San José Ocoa, quien tiene como abogado apoderado al Lic. Juan Miguel Chalas Reynoso, Ced, No 013-0034672-1 con estudio Profesional abierto en la calle Salvador Alcántara No. 22 de esta ciudad de San José de Ocoa, lugar donde la demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE y hace saber a su legitima esposa la señora MARÍA L. ROSARIO GARCIA, nacida en Puerto Rico, mayor de edad, cuyo último domicilio conocido lo fue en el municipio de las Charcas, provincia Azua, que a falta de información actual relativa a su actual domicilio, se procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante la persona de el magistrado procurador fiscal del distrito judicial de San José de Ocoa, en su despacho ubicado en la segunda planta del palacio de justicia, en la calle General Cabral Esq. Matías Martínez No.05, en fecha quince (15) de Noviembre, del 2017 a las nueve (9:00) horas de la mañana, así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia de divorcio que ha sido fijada por ante la primera sala de la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia del distrito judicial de San José de Ocoa, ubicado en la calle General Cabral No.05, esquina Matías Martínez, de la ciudad de San José de Ocoa, en fecha martes (05) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00)horas de la mañana. En la ciudad, municipio y provincia de San José de Ocoa, en la República Dominicana, el Primer (01) día del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
LICDO JUAN MIGUEL CHALAS REYNOSO. ABOGADO APODERADO. Fc352290
AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por Ley 2153 de 1949, el señor JUANRRY RODRIGUEZ HOLGUIN, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D. cédula No.047-0217505-2; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. HERIBERTO TAPIA CEPEDA, cédula No. 0470101447-6, con estudio profesional abierto en el No.3 de la calle Tito Santos, de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora ARLETTE REGALADO, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Concepción Taveras No.15 en esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 27 del mes de noviembre del año 2017, a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal, de esta ciudad de La Vega, el día 13 del mes de DICIEMBRE del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 22 días del mes de NOVIEMBRE del año 2017.
LIC. HERIBERTO TAPIA CEPEDA, Abogado apoderado de la parte Demandante. (AC-12178-OEA-DEV-22-23-24/11/2017)
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LEGAL 21
PERDIDA DE CHEQUE. CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 0139., de fecha 21/07/2017, por valor RD$50,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado.
PÉRDIDA DE TÍTULO Se avisa por este medio la pérdida del Certificado de Título No. 73-74, del D.C. No.7 del municipio de Cotui, dentro de la parcela No. 6-C, que ampara los derechos de propiedad de las señora ELVIRA RODRIGUEZ VASQUEZ, sobre el inmueble con una superficie que mide: Nueve (9) Hectáreas; Cincuenta y Nueve (59) Áreas y Sesenta y Siete Punto Sesenta (67.60) Centiáreas, ubicado en la sección San Miguel, Fantino, provincia Sánchez Ramírez.
PAULINA DE LEÓN ABOGADA FC352374
PERDIDA DE CHEQUE. CERTIFICADO
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Z3000, color negro, placa y registro K1104389, chasis LZ3GJL3T15AK65321, año 2005, a nombre de CÉSAR DOMINGO AQUINO. FP93931
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, año 1999, color azul, placa y registro L104959, chasis V11813104, a nombre de RAFAEL DOMINGO PÉREZ ARISTY. FP93626
PÉRDIDA DE PLACA: de motor marca Bajaj, año 2010, color negro, placa y registro K0244553, chasis MDM06D6AWJ00726, a nombre de LUÍS RAMÓN FLORIAN. FP93881
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, modelo C90, año 1984, placa K0371766, color gris, chasis C904005272, propiedad de HAIRO RAFAEL CUEVAS ENCARNACION, cédula 2230043121-4.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Daihatsu, color rojo, año 2008, placa y registro A533729, chasis JDAM303S00103889, a nombre de MICHELL ALEJANDRO GÓMEZ LANTIGUA.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Ford, modelo F 150 4WD, año 2004, placa L274393, color blanco, chasis 1FTPW14534KC14399, propiedad de ANTONIO PICHARDO SANCHEZ, cédula 001-1221767-4.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2010, placa y registro A689642, chasis KMHEU41MBAA77591, a nombre de RAMONA BARTOLA DE LEÓN VALERA.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla CE, año 1995, color verde, placa y registro A025449, chasis 2T1AE04B2SC093825, a nombre de MANAURYS FLORIAN DEL ROSARIO, cédula 223-0070306-7. fp93927
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Bajaj, modelo 120, color negro, placa y registro K1142457, chasis MD2A76AZ4HWF49111, a nombre de RAUL COLÓN VELASQUEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, color blanco, año 1998, placa y registro L251847, chasis S110P070270, a nombre de ROSARIO TEJADA. FP93929
Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 0140., de fecha 21/07/2017, por valor RD$50,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA. LICDO. GABRIE L EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Pérdida de un certificado financiero del Banco Banreservas Número certificado 3520010093, Valor de $4,500,00.00, a nombre de Tomasa Garrido, Cedula: 001- -151149-0, Fecha: del 10/04/2017 y vence el 05/04/2018.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud del párrafo III del artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario, se avisa por este medio la pérdida del certificado de Título que tiene como origen en el documento: Registrado con el Certificado de Título No.2006-248, el cual ampara la parcela No.128-Subd-2003.4932, del Distrito Catastral No. 7 de Samaná, registrado en el libro 0037, folio 044, según consta en el documento de fecha 31 de Julio del año 2006, tiene su origen por deslinde, el cual tiene una extensión superficial, de Tres Mil Ciento Cuarenta y Cuatro metros cuadrados punto Treinta y Dos decímetros (3,144.32 mts2), ubicado en el Distrito Municipal de Las Galeras, certificado emitido a favor de los señores JACQUES MARIE REMY DURU y ALICE DANIELE ROUAH, franceses, mayores de edad, titulares de los pasaportes Nos.02YC42830 y 99CP33081, domiciliados y residentes en el Distrito Municipal de Las Galeras, Municipio de Samaná. FC 352352
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, al Art. 92, Ley 10805, del Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título matrícula No. 3000203724, inscrito en el Libro 0286, Folio 043, expedido por el Registrador de Títulos de la provincia de San Cristóbal, sobre la Parcela No. 157, del Distrito Catastral No. 4, del municipio de San Cristóbal, el cual está a nombre de la SRA. CARMEN MOTA. CARMEN MOTA, Propietario Declarante.
FC352317
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO PERDIDA DE PERMISO AMBIENTAL Se hace de público conocimiento la pérdida del permiso ambiental No. 0024-02, emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, correspondiente al proyecto Pueblo Bávaro, quien tiene como promotora a la empresa Inversiones Pleamar, S.A., el mismo se encuentra ubicado en el Cruce de Verón, Bávaro, provincia La Altagracia.
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificando Financiero No.798590873 emitido por el banco Popular Dominicano en fecha 6/9/2016 por el valor de veinticinco mil dólares con 00/100 US 25,000.00 a nombre del Sr. Wilson Evangelista Jaquez Fernández, titular de la cédula de identidad y electoral No. 0010317349-8. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente. FC352328
De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, al Art. 92, Ley 108-05, del Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de CERTIFICADO DE TÍTULO MATRÍCULA NO. 3000235527, LIBRO 0803, FOLIO 194, CORRESPONDIENTE A UNA PORCIÓN DE TERRENO CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE CIENTOS VEINTIOCHO PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (128.55), IDENTIFICADO CON LA DESIGNACION CATASTRAL NO. 401407942967, UBICADO EN SANTO DOMINGO ESTE, SANTO DOMINGO, A NOMBRE DE LENNY ROSIO HEREDIA CORDERO.
LENNY ROSIO HEREDIA CORDERO, Declarante.
RNC: 1-01-74730-7. FC 352287
PERDIDA DE CHEQUE. CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Cheque Certificado No. 0138., de fecha 21/07/2017, por valor RD$100,000.00, emitido por EL BANCO BHD, a favor CONSEJO DEL PODER JUDICIAL, para pagar. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA. LICDO. GABRIEL EMILIO MINAYA VENTURA, Abogado.
Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 92 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana y el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título (duplicado del acreedor) número 2006-3889, mediante el cual se constan el siguiente gravamen, Hipoteca en primer rango a favor de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, por la suma de (RD$700,000.00), en virtud del acto de fecha catorce (14) del mes de marzo del año dos mil seis (2006), inscrito por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha diecisiete (17) del mes de abril del año dos mil seis (2006); sobre el inmueble identificado catastralmente como: “Solar 1-A-REF-I-REF-10, Manzana 4389, DC 01, con una superficie de 193.02, metros cuadrados, ubicado en el Distrito Nacional”, propiedad de los señores ALFREDO DOMINGO PATNELLA TEZANOS Y ANABEL RAMIREZ ABREU, se encuentra extraviado.
Siqueily Reyes, Abogada. FC 352340
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
INVERSIONES PLEAMAR, S.A.
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO (DUPLICADO DEL ACREEDOR)
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.32-001-002264-3, depósito No.0108 emitido y apertura por ante el BANCO NACIONAL DE LAS EXPORTACIONES, en fecha 13 abril del 2006, con un valor de doce mil dieciséis con cuarenta y un centavos (RD$12,016.41), a nombre de la señora NELDA MERCEDES BELLIARD, Céd. No. 001-0682999-7, para los fines de ley correspondiente.
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día Miércoles que contaremos a los Trece (13) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia de pregones que al efecto celebrará LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, sito en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de Cotuí, localizado en la intersección de las calles Sánchez con cuatro del Sector La Esperanza de esta ciudad, del siguiente inmueble: UNA PORCION DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 252.00 METROS CUADRADOS, IDENTIFICADA CON LA MATRICULA NO. 0400001588, DENTRO DEL INMUEBLE: PARCELA 195-B, DEL DISTRITO CATASTRAL NO.11, UBICADO EN COTUÍ, SÁNCHEZ RAMÍREZ. El inmueble que se acaba de mencionar han sido embargado en perjuicio de LOS SUCESORES DE GUILLERMO ANTONIO FABIAN HERNANDEZ, domiciliados y residentes en el Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, a requerimiento del BANCO DE AHORRO Y CREDITO BANCOTUI, S. A., entidad de intermediación financiera organizada de conformidad con las Leyes de la República Dominicana y especialmente por la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 de fecha 21 de Noviembre del 2002, con asiento social en el edificio localizado en la intersección de las calles Sánchez esquina Juan Sánchez Ramírez de la ciudad de Cotuí, debidamente representada por su Gerente - General, LIC. JULIO C. TEJEDA M., dominicano, mayor de edad, casado, funcionario bancario, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-00047845-6, domiciliado y residente en la ciudad de Cotuí, la que tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. EURIPIDES SOTO LUNA, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0490000892-3, matriculado bajo el No.913-3496, al día, con estudio profesional abierto en el No. 27 de la calle Enriquillo de la ciudad de Cotuí, lugar en donde la persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente acto. El mandamiento de pago fue notificado al embargado en fecha 22 de Agosto del 2017 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago del deudor, fue inscrito en el Registro de Títulos de Cotuí, en fecha 27 de Septiembre del 2017. La persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de RD$2,583,041.15 (DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUARENTA Y UN PESO CON 15/100), más los gastos y honorarios del procedimiento. Todo subastador deberá depositar en manos del secretario del tribunal apoderado el equivalente a un Diez Por Ciento (10%) del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una de las instituciones bancarias de las establecidas en la República Dominicana. Se advierte que las pujas solo serán admitidas por ministerio de abogado, todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la secretaría de LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, lugar en donde se llevará a cabo la venta, el deudor será citado por acto de alguacil para presenciar la venta. En la Ciudad y Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. EURIPIDES SOTO LUNA FC 352316
ABOGADO
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
22 MÁS NOTICIAS
Universidad Católica Santo Domingo con nueva carrera de Fonoaudiología LEIDY PÉREZ
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo volteo, marca Isuzu, modelo ELF, año 1997, color blanco, placa No. chasis No. SG11159, NKR63E7402171, propiedad de PEDRO TINEO ALCALA, cédula 06500015712-5. FC 352351
SANTO DOMINGO.- La Universidad Católica Santo Domingo (UCSD), a través de la Facultad de Ciencias de la Salud, anuncia formalmente la apertura de la Escuela de Fonoaudiología, ofreciendo la licenciatura en Fonoaudiología, con el propósito de formar profesionales especializados en la identificación y el tratamiento de los problemas de la audición, el lenguaje, el habla y la voz. La nueva carrera en la entidad educativa iniciará en enero del 2018. La carrera de Fonoaudiología surge a partir de la demanda existente en la República Dominicana de profesionales en
el área de la rehabilitación que atiendan los procesos de corrección de las anomalías de la voz, del habla y de la audición, así como la prevención de dichas dificultades. Este esfuerzo marca un hito histórico en la oferta académica del país al convertirse en la primera escuela universitaria formadora de estos profesionales. Los egresados de dicha carrera tendrán un amplio campo de trabajo, en el sec-
tor salud: hospitales, clínicas, consultorios; en el sector educativo: escuelas públicas y privadas, de educación especial, escuelas inclusivas; centros de estimulación infantil; asociaciones y fundaciones para la capacitación de personas con necesidades educativas específicas. Las disciplinas involucradas en este proceso son la Medicina, la Psicología, Pedagogía-Educación Especial y lingüística entre otras.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Honda, XR150L, año 2015, color blanco, chasis LTMKD0793F5120795, placa y registro K0609430, propiedad de ALARM CONTROLS SEGURIDAD, S.A., cédula 101503114. FC 352308
PERDIDA DE PLACA: Vehículo jeep, marca Land Rover, color negro, año 2007, placa y registro G099623, chasis SALLSAA247A106080, a nombre de JONATHAN PEREZ DISLA.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Hyundai, color azul, año 2014, placa y registro G312104, chasis KMHJT81EBEU843046, a nombre de NESTOR DARIO ACOSTA ESTEVEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Land Rover, color gris, año 2007, placa y registro G089473, chasis SALLSAA147A117455, a nombre de FLORIDALIA DEL ROSARIO.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, modelo Hawk, año 2002, placa y registro K0370983, chasis JH2RC44632M610658, a nombre de JUAN FRANCISCO CASTILLO DE LA ROCHA, Fc352368
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Honda, color rojo, año 2004, placa y registro G225218, chasis 2HKYF18564H534426, a nombre de LUIS ERNESTO GONZALEZ ANDUJAR.
PÉRDIDA DE PLACA. De motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa y registro K042717, chasis MD902407310, a nombre de FRED MICHEL CACERES KHOURY.
PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Chevrolet, modelo CV14526, año 2010, color plateado, placa y registro G240664, chasis 1GNLRGED2AJ268462, a nombre de ANTONIO HANDAL JR, cédula 0011484033-3.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Mercedes Benz, color gris, año 2003, placa y registro A490112, chasis WDBUF65J43A271256, a nombre de MALTA KENIA HERNANDEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil, marca Toyota, modelo Corolla, año 2010, color gris, placa y registro A691304, chasis 1NXBU4EEXAZ326046, a nombre de ISMAEL ANTONIO MAGALLANEZ AVILES. FP93908
PERDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Ford, color blanco, año 2016, placa y registro A721477, chasis 1FATP8EM2G5274628, a nombre de EDDY RAFAEL CRUZ DEL ORBE.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo motocicleta marca Honda, color negro, año 2003, placa y registro N025110M, chasis JH2RC44353M702295, a nombre de HECTOR ANTONIO ESPINAL MORETA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Chevrolet, color plateado, año 2003, placa y registro A272923, chasis WOLTG513135033173, a nombre de ARIELA ROSANNA SÁNCHEZ PÉREZ, cédula 001-0426522-8. FC352355
PÉRDIDA DE PLACA : de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, color negro, año 1990, placa y registro L057122, chasis JT4VN13D7L5037873, a nombre de JUAN EVANGELISTA CRUZ TEJADA.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta marca Jincheng, color negro, año 2011, placa y registro K0008721, chasis LJCPAGLH0BSA95766, a nombre de EUSEBIO RODRIGUEZ ADON.
PERDIDA DE MATRICULA INMOBILIARIA: En virtud de lo que establece el Artículo 92, Párrafo III, de la Ley 108-05, se hace de público conocimiento que se ha extraviado la Certificación de Registro de Acreedor Hipotecario en Primer Rango, a favor de JULIO CABRERA BRITO, por la suma de RD$1,357,387.00, inscrita sobre la Parcela 115-Ref.-P-6-Ref.-16, del D.C. No. 6, Propiedad de MAXIMO BONILLA POLANCO. Dr. Julio Cabrera Brito.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de autobús privado, marca Daihatsu, moldeo Hi-jet, año 1998, color verde, placa y registro I046835, chasis S130V004600, a nombre de RAFAEL LEONIDAS RODRÍGUEZ LÓPEZ. Fp93958
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, color blanco, año 2003, placa y registro A544817, chasis SCP103062477, a nombre de EILEEN VICTORIA SCHEKER ALVAREZ.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo guagua autobús marca Ford, modelo Econoline, color gris, año 2004, chasis No. 1FBSS31L84HA39508, placa EX07209, a nombre de la CONFEDERACION DOMINICANA DE UNIDAD EVANGELICA (CODUE). FC 352303
PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep privado, marca Nissan, color negro, año 1991, placa y registro G042233, chasis WNYD21007507, a nombre de INOCENCIO RODRÍGUEZ VARGAS. FP93959
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Yamaha, color negro, año 2000, placa y registro K0372216, chasis MH33HB008XK234587, a nombre de LUÍS INOCENCIO CÉSPEDES PEÑA.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Daihatsu, placa L208507, coblanco, chasis lor JDA00V11900014784, tipo carga, año 2006, propiedad de KELVIN ALBERTO CARVAJAL GALARZA, cédula 018-0043552-9. FC 352349
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Daihatsu, placa L031768, color azul, chasis S82P132928, motor 32928, tipo carga, año 1996, propiedad de WENDY ESTEFANY PERDOMO FIGUEROA, cédula 001-1515790-1. FC 352348
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla S, año 2008, color blanco, placa y registro A633423, chasis 1NXBR32E08Z012108, propiedad de ALBERTO PERALTA MARTINEZ, cédula 001-1252004-4. FC 352347
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, placa A567427, color gris, chasis 4T1BK46K07YU038068, tipo automóvil privado, año 2007, propiedad de MIGUEL ANGEL GARCIA JAVIER, cédula 001-0478774-2. FC 352345
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, placa K0235240, color azul, chasis C509832848, tipo motocicleta, año 1981, propiedad de ALBERTO LUNA SEVERINO, cédula 136-0011276-0. FC 352344
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Hyundai, placa L288410, color rojo, chasis KMFGA17CPBC144038, tipo carga, año 2011, propiedad de RAMON ENMANUEL LIZARDO GARCIA, cédula 001-1805813-0. FC 352341
PÉRDIDA DE MATRÍCULA. De carga, marca Daihatsu, color azul, año 2008, placa y registro L258651, chasis JDA00V11600028827, a nombre de EDUARDO PILIER PEÑA, cédula 028-0068989-1. FC352362
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Daihatsu, modelo Hijet, color gris, año 2008, placa y registro L061427, chasis S320V0092058, a nombre de CASA DE RESTAURACIÓN UN LUGAR DE BENDICIÓN. FC352370
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Volkswagen, modelo Jetta GLS 2.0, color azul, placa y registro A309032, chasis 3VWSJ29M22M000599, a nombre de MERQUICEDEC BRITO ROTTE, cédula 001-0081154-6. Pf93956
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color gris, año 2012, placa y registro A739871, chasis NSP1302065667, a nombre de HERNANDEZ & D LUCO DIVERSAS SRL, INVERSIONES 130802629. FC352367
PÉRDIDA DE MATRÍCULA No. BPR2-099-CR correspondiente al bote de nombre RUDDY, color blanco y azul, eslora 5’, manga 19’, propulsión motor fuera de borda de 40, a nombre de RAFAEL FLORIAN FELIZ, cédula 069-0000972-8. FC352372
PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado Marca Hyundai, Modelo Sonata Y20, color mamey, año 2013, placa A743622, chasis KMHEC41LBDA547723, a nombre de LORENZO JOSE FUERTES CACERES, CED.047-0015933-0. (ARP-AC-12190-WP)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, color dorado, año 2002, placa y registro A285253, chasis 1HGES16502L500932, a nombre de FERNANDO DE JESÚS COBO VELOZ.
PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca Skygo, Modelo SG1108A, color gris, año 2006, placa N199870, chasis LX8XCH8AX6A031954, a nombre de FRANKLIN MANUEL ADAMES CASTILLO, CED.047-0119852-7. (DP-AC-12191-AN)
Se le invita a HENRY VALDEZ NÚÑEZ, a retirar la denuncia a plan piloto, del minibús Honda, año 2000, color gris, placa I042295, chasis 2HRL1859YH510852.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga Marca Toyota, Modelo RN50L KRA, color blanco, año 1987, placa L003437, chasis JT4RN50R0H0324775, a nombre de RAMON ANTONIO GONZALEZ SOLANO, CED.051-0004909-6. (AH-AC-12192-CM-1/2)
Se le invita a PEDRO RAMÓN DE LA CRUZ HENRIQUEZ, a retirar la denuncia a plan piloto, del Jeep, Nissan, año 1999, color negro, placa G091219, chasis PR5002731.
PERDIDA DE MATRICULA: Autobús privado Marca Mazda, Modelo LX, color blanco, año 1989, placa I007344, chasis JM3LV5222K0135467, a nombre de NOEL DE JESUS HERRERA, CED.5-3064769-5. (AH-AC-12192-CM-2/2)
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2010, placa y registro A678347, chasis KMHEU41MBAA781361, a nombre de YAEL VALENZUELA PEÑA
PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Honda, modelo CRV, año 2001, color gris, placa y registro G194089, chasis RD15000849, a nombre de EDUARDO ANIBAL ARISTON. FP93955
PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Isuzu, modelo TFR54H-20, color blanco, año 2003, placa y registro L018354, chasis JAATFR54H37103470, a nombre de ELVIS DOLORES MATOS SANTANA, cédula 010-0089718-9. fp93960
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Passo, color rojo, placa y registro A622204, chasis QNC100013832, a nombre de LORANNY GUILLERMINA MORA SOTO, cédula 012-0081898-5. FP93954
AVISO DE TRABAJOS MENSURA CATASTRAL En virtud de Autorización de 16 de Octubre del 2017, se hace público que el día 04 de Diciembre del 2017, a las Diez (10:00 a.m.) de este mismo día, dicha notificación para realizar los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 110-Ref.-780-A del D.C. No. 04 del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Dorningo, Exp. No. 663201709549, a petición de la Sra. Marina Esther Marte Báez.
AGRIM. JUAN E. CASTELLANOS, CODIA 2672.