MIERCOLES 7 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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CLASIFICADOS AUTOMÓVILES
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Empleos
Capacitación
Legal
Diversos
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA
9 .00 Am. Se ReSe Hace De Publico Conocimiento Que El Día 17 De Junio Del 2017, A Las alizaran Los Trabajos De Deslinde Dentro De La Parcela No.133-Ref Del Distrito Catastral No.16/6 Del Municipio Y Provincia De San Pedro De Macorís, Este Inmueble Se Encuentra Ubicado En El Barrio Restauración En El Municipio Y Provincia De San Pedro De Macoris, Expediente No.663201704375, Propiedad De El Señor MARLIN OVANDO.-
Se Hace De Publico Conocimiento Que El Día 17 De Junio Del 2017, A Las 11:00 A.M. Se Realizaran Los Trabajos De Deslinde Dentro De La Parcela No.96-A-Ref, Del Distrito Catastral No.16/6 Del Municipio Y Provincia De San Pedro De Macorís, Este Inmueble Se Encuentra Ubicado En El Barrio Juan Pablo Duarte, En El Municipio Y Provincia De San Pedro De Macoris, Expediente No.663201704659, Propiedad De La Señora DORALIZA SILVESTRE DEL ROSARIO.-
Se Hace De Publico Conocimiento Que El Día 17 De Junio Del 2017, A Las 2 .00 Pm. Se Realizaran Los Trabajos De Deslinde Dentro De La Parcela No.77 Del Distrito Catastral No.16/6 Del Municipio Y Provincia De San Pedro De Macorís, Este Inmueble Se Encuentra Ubicado En El Residencial Villa España En El Municipio Y Provincia De San Pedro De Macorís, Expediente No.663201705079, Propiedad De La Señora GISELA BERROA.
SALVADOR ANTONIO LINARES Agrimensor- Contratista Codia-11759
SALVADOR ANTONIO LINARES Agrimensor- Contratista Codia-11759
SALVADOR ANTONIO LINARES Agrimensor- Contratista Codia-11759
AVISO PAR FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
TEXTO PUBLICACION
De conformidad con las disposiciones establecidas en el Art. 22 de la ley 1306 bis, y sus modificaciones sobre divorcio el SR. FERNANDO JOSE SILIE GONZALEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1793154-3, domiciliado y residente en calle Leonor de Ovando No.12, Gazcue, de esta ciudad de Santo Domingo, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a la LICDA. MIRIAN PAULINO GONZALEZ, dominicana, mayor de edad, provista de la cédula de identidad y electoral No. 0011787077-4, con estudio profesional abierto en común en la calle Luis Padilla Tonos No. 53, de esta ciudad, SE ADVIERTE: Por el presente aviso, a su legítima esposa SRA. CARLA ISABEL COLLADO VARGAS, cuyo domicilio se desconoce, que a falta de información relativa a su domicilio y residencia real, a seguida de estas tres (3) publicaciones de la ley, ha sido emplazada en acción de divorcio por causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante SEPTIMA SALA DE LA CAMARA DE LO CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, en sus atribuciones civiles, el día dieciocho (18) de Julio del año 2017, por vía acto de alguacil, a fin de que comparezca a la audiencia que será conocida a las nueve (9:00) horas de la mañana, para los fines y medios de la presente demanda. La presente publicación la autorización los infrascritos en su condición de abogados constituidos y apoderados especiales del cónyuge demandante LICDA. MIRIAN PAULINO GONZALEZ. En esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
En cumplimiento de las formalidades de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: A) Que en fecha dieciocho (18) de Mayo del Dos Mil Nueve (2009), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia civil No. 1430, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento, intentada por los señores Sully Rafael Breton Hernández y Mildeys Altagracia Ortiz, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia declara disuelto el vínculo de matrimonial existente entre los señores Sully Rafael Breton Hernández y Mildeys Altagracia Ortiz, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 12/09 de fecha dieciocho (18) del mes de febrero del año dos mil nueve (2009), instrumentado por la Dra. Bernarda Contreras Peguero, notario público de los números para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido integrada a la presente audiencia. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. B) Que el divorcio admitido por la indicada sentencia, fue pronunciado y transcrita dicha sentencia, por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Primero (01) de Junio del Dos Mil Nueve (2009). Inscrito en el libro de Registro de Divorcio No. 00002, Folio 0191, bajo el Acta No. 000196. La presente publicación ha sido autorizada por el infrascrito abogada, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Cinco (05) días del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Conforme a lo previsto por la Ley 122-05 de Abril del año Dos Mil Cinco (2005), la cual rige el Fomento y Registro de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la Republica Dominicana, se hace de público conocimiento que ha sido incorporada la entidad, ASOCIACION DOMINICANA DE JUEGOS MECANICOS R.D. “ASODOMJUEMEC”, dentro del proyecto de incorporación de la entidad los siguientes puntos a saber; (a) Nombre, ASOCIACION DOMINICANA DE JUEGOS MECANICOS R.D. “ASODOMJUEME”; (b) Domicilio, Calle Sonido del Tren No. 29, Sector Pueblo Nuevo D.M., Los Alcarrizos, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, (c) Objeto, Organizar y respetar las diferentes actividades, ferias o fiestas patronales, trabajar para mejoramiento de los equipos (juegos mecánicos), para brindar mayor seguridad al usuario, limitar los permisos exclusivamente a los parques que cumplan con los requisitos de interior y policía, apoyar regular la participación e influencia de la policía en los parques de juegos mecánicos, eliminar la competencia desigual de los parques de juegos mecánicos, exigir regular la entrada al país de juegos mecánicos extranjeros, canalizar mayor apoyo a los parques, por parte de Inferior y Policía, apoyar el cobro de los ayuntamientos al 70 % de Ley, fomentar la unión entre los propietarios de parques de juegos mecánicos, canalizar una supervisión directa de Interior y Policía a los parques de juegos mecánicos, representar y defender los intereses profesionales comunes de los empresarios del sector de parques de juegos mecánicos, incrementar y fomentar el desarrollo del sector de parques de juegos mecánicos, crear y mantener servicios de interés común previamente aprobados por la Asamblea General entre otros. (d) Funcionarios que según los Estatutos la representan ante los terceros los siguientes a saber: Presidente, BENANCIO HERRERA ACOSTA; Vicepresidente: JOSE ANTONIO TAVERAS ARIAS; Tesorero: GAMALIER MONTERO; Secretario: SIMON MARIA ESTEVEZ RAMOS; Vocal: JUAN PELLERANO CONSTANZO; (e) Duración sigue siendo indefinida; (e) Número de Funcionarios (as) de la Junta Directiva, 5.
LICDA. MIRIAN PAULINO GONZALEZ, Abogados Apoderados.
Licda. Teresa Cruz Abogada
FC 347005
FC347027
BENANCIO HERRERA ACOSTA, Presidente. FC 347009
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACIÓN DIVORCIO
De conformidad con las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber: que LA OCTAVA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dictó una sentencia DE FECHA 21/11/2016, y pronunciado en fecha 01/12/2016, por el Oficial del Estado Civil de la 2da Circunscripción, del Distrito Nacional, inscrita en el Registro de divorcio No.00005, Folio No.0060, Acta No.000405, del año 2016, según Sentencia No. 01641-16, DE FECHA 21/11/2016, DICTADA POR LA OCTAVA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos FREDDY ANTONIO STEPHEN SOLANO y ALTAGRACIA GUADALUPE REYNOSO LORENZO, en consecuencia Homologa el Acto de Estipulación de Divorcio número 22, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional, LICDO. EUSEBIO A. ARNAUD BELTRE, en fecha 31/08/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma.
En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-BIS, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en fecha Veintiocho (28) del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Octava Sala Para asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No. 00689-17, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Freddy Bienvenido Báez Contreras y Garmi Itzel Rodríguez González, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 05/2017, instrumentado por el Notario Público del Distrito Nacional el Dr. Ramón Sena Reyes, en fecha 23/02/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de la menor Dorothy Báez Rodríguez, a cargo de su madre Garmi Itzel Rodríguez González. TERCERO Fija en la suma de Quince Mil Pesos Dominicanos (RD$15,000.00) la pensión alimentaria que tendrá que pagar el señor Freddy Bienvenido Báez Contreras, los días Veinticinco (25) de cada mes, en manos de Garmi Itzel Rodríguez González. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente es fiel y conforme a su original. Así mismo se hace saber que en fecha Dos (02) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Onceava (11va.) Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció el divorcio admitido por dicha sentencia, el cual se TRANSCRIBIÓ en el Libro No. 00003, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0089, Acta No. 000203, Año 2017, así se efectuó al PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio, todo en virtud de la sentencia antes indicada. La presente Publicación requerida por la Ley ha sido autorizada por la abogada infrascrita. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Siete (07) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Diecinueve (19) días del mes de Enero del año Dos mil diecisiete (2017), LA TERCERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, mediante la Sentencia Civil No.551-2017-SSEN-00126, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por la Sra. DINORAH SANCHEZ GUERRERO en contra de PEDRO JULIO TAPIA JIMENEZ, por haber sido interpuesta la misma conforma al derecho; SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante por ser justas y reposar sobre prueba, y en consecuencia, admite el divorcio entre DINORAH SANCHEZ GUERRERO y PEDRO JULIO TAPIA JIMENEZ, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres; TERCERO: Se compensa las costas por tratarse de Litis entre esposos; CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, que en la especie es la l5ta Circunscripción de Santo Domingo Oeste; QUINTO: Se comisiona al ministerial Jorge Amparo, alguacil de Estrados de esta sala, para la notificación de la presente sentencia; La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez, de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber, que en fecha veintinueve (29) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), el oficial del Estado Civil de la Décimo Quinta Circunscripción de Santo Domingo Oeste, procedió a transcribir la referida sentencia en el LIBRO REGISTRO DE DIVORCIO No. 00002, Folio 0006, bajo el ACTA No.000206 del año dos mil diecisiete (2017), así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día SEIS (6) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
LIC. RAFAEL ARNO, Abogado.
LIC. MARIANGER MATIAS L., Abogada.
LIC. JEORGE J. SUAREZ JIMENDEZ, Abogado.
FC 347023
FC 347013
PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO En cumplimiento con lo que dispone el artículo 22 de la ley No. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre Divorcio en la República Dominicana, modificado por la ley 2153 de 1949, el señor GERARDO ARIAS DIAZ, dominicano, mayor de edad, casado, con cédula de identidad y electoral No.003-00487709, domiciliado y residente en la calle Mella No.23, Sector Santa Cruz de este Municipio de Baní, Provincia Peravia, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICDO. LUCAS E. RIVERA PEREZ, abogado de los Tribunales de la República, dominicano, mayor de edad, casado, portador de su debida cédula de identidad y electoral No. 003-0032521-4, con estudio profesional abierto en la Calle Duvergé esquina Sánchez No. 20 de la ciudad de Baní, Provincia Peravia, con domicilio Ad-Hoc en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez del Distrito Judicial Santiago de los Caballeros, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIRTIENDO a su legítirna esposa, señora ROSSE MARY CASTILLO RODRIGUEZ, que a falta de información relativa a su actual domicilio, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial Santiago de los Caballeros, así como en la puerta de la Segunda Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de los Caballeros, para que comparezca como fuere de derecha a la audiencia que al efecto celebrará la Segunda Sala Civil y Comercial de Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de los Caballeros, en sus atribuciones civiles, el día que contaremos a veintiséis (26) del mes de junio del año Dos Mil diecisiete (2017) a las nueve horas de la mañana, (9:00 A.M.) el cual celebra sus audiencias públicas en el cuarto nivel del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez de la ciudad de Santiago De Los Caballeros, ubicado en la Av. 27 de Febrero, para conocer de la referida demanda. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, hoy día ocho (08) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
FC 347008
PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES POR DOMICILIO DESCONOCIDO
De conformidad con las disposiciones de la ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha nueve (9) de Mayo del año Dos Mil Dieciseis (2016) la Octava Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, dictó la sentencia sobre divorcio No.00584-16, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos CARLOS MANUEL QUEZADA MEJIA y CICELIS MIRENA MOQUETE PERALTA, en consecuencia, homologa el acto de estipulación de divorcio No.02/2016, instrumentado por el Notario Público del Distrito Nacional, Dr. Isidro Ant. Rosario Bidó, en fecha 7/1/2016, transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente, pronunciar el presente divorcio. Asimismo se hace saber que en fecha dieciocho (18) de Julio del año 2016, el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripcion del Distrito Nacional, procedió al pronunciamiento de dicho divorcio, inscribiéndolo en el Libro 003, Folio 0111, Acta No.294, año 2016. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, los seis (6) días del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
En virtud de lo dispuesto por la Ley No. 1306 Bis del 21 de mayo de 1937 sobre divorcio en la Republica dominicana, modificada por la Ley No. 2153 de 1949, el Señor ANTONIO PAOLO DI DONATO, Italiano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Italiana número AX4626013 y pasaporte No. AA 4658663, domiciliado y residente en la Vía Boffarola, No. 15, Milano, Italia; y accidentalmente en la calle: Ciudad de Heredia de Costa Rica, # 19, del Sector Honduras, Distrito Nacional, Republica Dominicana; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. GARIBALDI RUFINO AQUINO BÁEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la Republica, titular de la cédula de identidad y electoral número 010-0102881-8, matrícula del colegio de abogados número 49576-110-12, con estudio profesional abierto en la calle Patria Mirabal, número 84, segundo nivel, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, lugar en donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente procedimiento de Demanda de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres por Domicilio Desconocido, advierte a su legitima esposa, la Sra. YASMIN ELIZABETH BELTRAN ASENCIO, con su último domicilio y residencia en esta dirección: C/ Luz Consuelo,# 16, Residencial Brisa del Mar I, apartamento 301, del sector Brisas del Mar, Km. 11 de Av. Independencia, Distrito Nacional, República Dominicana, que a falta de conocimiento del lugar de residencia actual, procede a emplazarle por ante el Magistrado Procurador(a) Fiscal del Distrito Nacional, el día Viernes que contaremos a 09 del mes de Junio del año 2017 a fin de que comparezca por ante la OCTAVA SALA de la Cámara Civil y Comercial para asuntos de familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, tribunal que celebra sus audiencias en su local, ubicado en la calle Socorro Sánchez No. 68, Esquina Santiago, segundo Nivel, del Sector de Gazcue. El día miércoles que contaremos a veintiuno (21) del mes de Junio del año dos mil Diecisiete (2017), a las (9:00 a.m.) nueve horas de la mañana, en audiencia Civil, la cual celebrará y conocerá a puerta cerrada de la DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO incoado por su Legitimo esposo el Sr. ANTONIO PAOLO DI DONATO. La presente publicación es exigida y autorizada por tres (3) días consecutivos por el infrascrito, en su calidad de abogado demandante. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Seis (06) días del Mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LICDO. LUCAS E. RIVERA PEREZ, Abogado de la parte demandante.
DR. ISIDRO ANT. ROSARIO BIDO, Abogado.
FC 347016 FC 347000
Lic. Garibaldi Rufino Aquino Báez, Abogado del Demandante. FC 347012
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AURORA FOODS, S. R. L. Capital Suscrito y Pagado: RD$16, 000,000.00 Santo Domingo, Distrito Nacional RNC: 1-01-89508-1. Registro Mercantil No. 13221SD
AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL SOCIAL En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 479-08 sobre sociedades en la República Dominicana, modificada por la Ley 31-11, se hace de público conocimiento que mediante la Cuarta Resolución aprobada por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria celebrada el día cinco (5) de junio del año dos mil diecisiete (2017), se redujo el capital social a la suma SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS (RD$750,000.00), como resultado de la liquidación de los activos de la sociedad, el efectivo que posee, las cuentas por cobrar y los activos fijos no vendidos, de conformidad con el Balance General Compilado y el Informe de Gestión presentado por los gerentes de la sociedad en fecha cinco (5) de junio del año dos mil diecisiete (2017). El nuevo capital social queda integrado por un total de siete mil quinientas (7,500) cuotas sociales, por un valor nominal de Cien Pesos Dominicanos (RD$100.00) cada una. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día seis (6) de junio del año dos mil diecisiete (2017).
AVISO PARA CULMINACION DE VENTA DE BIEN DE FAMILIA ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INVI). Por este medio, atendiendo al proceso atinente a la Ley 472 del 2 de noviembre del año 1964 que constituye en Bien de Familia las viviendas construidas por el instituto de referencia, se le solicita a la señora GLADYS CORREA VDA. LUNA, cedula de identificación personal No. 49958, serie 1era, común en bienes con el finado señor JOSE R. LUNA ROSARIO, quien fue adjudicataria junto a los sucesores mayores de edad señore(a)s MILAGROS VIOLETA LUNA CORREA, GLADYS MERCEDES LUNA CORREA, JOSE RAFAEL LUNA CORREA, WILFREDO LUNA CORREA, CARLOS BDO. LUNA CORREA y, de los menores en ese momento señore(a)s MAYRA JOSEFINA LUNA CORREA Y VICTOR ELIAS LUNA CORREA; de la vivienda número 47 de la calle tercera del Ensanche Los Molinos edificada entre las parcelas Nos. 199-A-1, 199B-1-A-1 y 187 del D.C. no. 6 del Distrito Nacional. Presentarse ante la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), a los fines de renuncia de Bien de Familia y culminación traspaso de la vivienda realizado en marzo del año 1974 entre los descritos anteriormente y la señora LOURDES MILAGROS LLUBERES (fallecida), cedula de identificación personal no. 4045 serie 8, a favor de los sucesores de esta.
ADELA IVELISSE ROSARIO VELEZ, Gerente.
Lic. Mario Acosta B., Abogado Actuante
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“FUNDACION SOCIAL UNA MANO AMIGA, (FUNSUMA)” De acuerdo a lo establecido por La Ley No. 122-05 del 8 de abril del 2005, sobre Regulación y fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en La República Dominicana en su Párrafo II del Articulo 5. dice que: En el mismo término de un (1) mes se publicará en un periódico de circulación nacional, un extracto de los documentos constitutivos y de los documentos anexos. Se hace de conocimiento general el proyecto de Incorporación de la sociedad sin fines de lucro, ONG, la misma está regida por las leyes de la República Dominicana y los estatutos. Esta Fundación tiene Como OBJETIVO, Coordinar con las diferentes instituciones formales e informales de la sociedad Dominicana e Internacionales las actividades necesarias para el logro de nuestra Misión tales como, Contribuir con los Sánchez Remírense para mejorar la calidad de vida principalmente la de los niños y los adultos mayores. El Domicilio principal estará ubicado en la calle 16 de agosto # 39, 2do nivel, Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. Duración: Esta Fundación se constituye por tiempo indefinido según los estatutos, a partir de la certificación de Resolución No. 004-2017, emitido por el Procurador General de La Corte del Departamento Judicial de La Vega, República Dominicana, del 29 de Mayo del 2017. Esta asociación sin fines de lucro, estará dirigida por los fundadores: Juan Ramón González Arias: Presidente; Maribel Jerez de González: Vice-Presidente; Ydeli González Adames, Secretaria General; Eladio Cruz Lora: Secretario de Acta; Ramón A. Jiménez Mena: Tesorero.
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CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Sociedad Comercial NEW HOPE CANCER CENTER, S.R.L. El señor FELIX PADILA CASTELLANOS, Gerente de la sociedad comercial NEW HOPE CANCER CENTER, S.R.L., y en virtud de lo establecido en Párrafo del Artículo diecinueve (19) de los Estatutos Sociales de dicha compañía, CONVOCA a los Socios del NEW HOPE CANCER CENTER, S.R.L., a la Asamblea General Ordinaria celebrada extraordinariamente, que tendrá lugar en fecha martes trece (13) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 am), en el domicilio de la compañía ubicado en la Avenida George Washington, Km. 5, Plaza Oceánica, Local 1-G, del Sector Gazcue de esta ciudad de Santo Domingo, a los fines de conocer del siguiente orden del día: 1) Designación del o los gerentes de la sociedad. 2) Decidir sobre la rescisión del Contrato de Arrendamiento y acuerdo amigable a ser realizado con el propietario del inmueble arrendado mediante contrato suscrito en fecha diecinueve (19) del mes de septiembre del año dos mil once (2011), relativo al Local alquilado en el tercer piso del edificio ubicado en la Av. Independencia No. 264, Santo Domingo, D. N.; así como de su entrega física al propietario. 3) Conocer sobre cualquier otro tema de interés social. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; a los seis (6) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
Juan Ramón González Arias, Presidente.
FELIX PADILLA CASTELLANO, Gerente.
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AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la Ley no. 1306-Bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor LUIS EMILIO VARGAS RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, Comerciante, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 047-0147621-2, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Licenciado JOSE MARIA NATHANAEL RODRIGUEZ FERNÁNDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 047-0174678-8, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados, con estudio profesional abierto en la calle Benito Monción No. 24, en esta ciudad de La Vega; lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora NANCY TOYENS QUIÑONES cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Duarte el Distrito Municipal DE RINCON DEL MUNICIPIO DE JIMA ABAJO y provincia de La Vega, República Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día que contaremos a viernes (09) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017) a las 9:00 a.m. a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la Primera Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, Así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que a puertas cerradas al efecto celebrará LA SEGUNDA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día Martes que contaremos a Once (11) del mes de julio del año Dos Mil Diecisiete (2017) a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad de la Concepción de La Vega, Municipio, y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor JUAN GABRIEL REYES , dominicano, mayor de edad, pintor casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 0470126469-1, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Licenciado JOSE MARIA NATHANAEL RODRIGUEZ FERNÁNDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 047-0174678-8, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados, con estudio profesional abierto en la calle Benito Monción No. 24, en esta ciudad de La Vega, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora LIVANESA VASQUEZ MARTINEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle 27 de Febrero esquina Duvergé de esta ciudad de La Vega, República Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día que contaremos a viernes (09) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017) a las 9:00 a.m. a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la Primera Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, Así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que a puertas cerradas al efecto celebrará LA SEGUNDA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día Jueves que contaremos a Seis (06) del mes de julio del año Dos Mil Diecisiete (2017) a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad de la Concepción de La Vega, Municipio, y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. JOSÉ MARÍA NATHANAEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Abogado apoderado de la parte Demandante.
LIC. JOSÉ MARÍA NATHANAEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Abogado apoderado de la parte Demandante.
(MAR-RO-13572-RDT-06-07-08/06/2017-4/5)
(MAR-RO-13572-RDT-06-07-08/06/2017-5/5)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE
AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE
Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que en fecha Cinco (05) del Mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las (9:00 AM) horas de la mañana, por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal; en sus salones de audiencias públicas, sito en la calle padre Borbón esquina general Cabral No. 15 del centro de la ciudad de San Cristobal, donde se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador del siguiente inmueble: UNA PORCION DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 189.65 METROS CUADRADOS, IDENTIFICADA CON LA MATRICULA No. 300018934, DENTRO DEL INMUEBLE: PARCELA 58-REF-G-25 DEL DISTRITO CATASTRAL No. 04, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: AL NORTE CALLE F; AL SUR CALLE G; AL ESTE: PROPIEDAD DE LA SEÑORA LIDIA MARTINEZ Y AL OESTE RESTO DE LA PARCELA, UBICADA EN LA CALLE F No. 40, MADRE VIEJA SUR, SAN CRISTOBAL, REPUBLICA DOMINICANA, PROPIEDAD DE DIEGO HEREDIA DECENA Y LIDIA ARAUJO GUZMAN. En cuya secretaría se encuentra depositado el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimientos del mismo. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio del señor DIEGO HEREDIA DECENA, a diligencias y persecución del señor LORENZO FRIAS ZABALA, dominicano, mayor de edad, portador de cédula de identidad y electoral, número (002-0082784-8), domiciliado y residente en la Casa No. (17), de la calle 19 de Marzo, Los Molina, San Cristóbal, República Dominicana, quien tiene como Abogado Constituido y Apoderado Especial al LICDO. EDWARD RAMON GARABITO LANFRANCO, Mayor de Edad, Dominicano, Casado, de Cédula de Identidad y Electoral, No.104-00169909, Abogado de los Tribunales de República con estudio profesional abierto en la calle General Cabral No. 93, edificio Victorino Ortiz, de la ciudad de San Cristóbal, Rep. Dom. En cuyo estudio de abogados hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADOS: 1) Mandamiento de pago a fines de embargo inmobiliario No. 833-2016 D/F 16/12/2016. 2) Procedimiento verbal de embargo inmobiliario No. 014-2017 D/F 31/01/2017. 3) Acto No. 76-2017 D/F 14/02/2017. 4) Primera copia fiel del pagaré notarial No. 109-2013 D/F 05/07/2013, del LIC. LUCAS CORPORAN CORPORAN, Abogado Notario Público del municipio de San Cristóbal. Según consta en el acta de embargo citada, las pujas sobre este inmueble comenzarán sobre la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS ORO DOMINICANOS (RD$1,200.00), que es el precio fijado por el persiguiente para la subasta del mismo, más la cantidad que se indique en el estado de costas y honorarios que deberá ser depositado y aprobado antes de la subasta y los intereses, comisiones y recargos contractuales estipulados por el deudor. En la Ciudad de San Cristóbal, República Dominicana, a los Treinta y Un (31) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que en fecha Veintiséis (26) del Mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las (9:00 AM) horas de la mañana, por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, en sus salones de audiencias públicas, sito en la calle padre Borbón esquina general Cabral No. 15 del centro de la ciudad de San Cristobal, donde se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador del siguiente inmueble: UNA CASA EN UN SEGUNDO NIVEL CONSTRUIDA EN CONCRETO BLOCK, TECHO DE CONCRETO, DE TRES HABITACIONES, SALA, COMEDOR, COCINA, TERRAZA, BAÑO, Y BALCON, UBICADA EN LA CALLE PRINCIPAL No. 62, SECTOR EL MAJAGUAL, LA COLONIA, MUNICIPIO DE CAMBITA GARABITOS, PROVINCIA SAN CRISTOBAL, REPUBLICA DOMINICANA, PROPIEDAD DE MI REQUERIDO SEGÚN ACTO DE NOTORIEDAD DE FECHA 19/05/2016; INSTRUMENTADO POR EL LICDO. LINO PACHECO AMADOR, ABOGADO NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN CRISTOBAL, REPUBLICA DOMINICANA. En cuya Secretaría se encuentra depositado el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimientos del mismo. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio del Señor ANDRES RAFAEL PUELLO CAPELLAN, a diligencias y persecución del Señor HEIDY MIGUEL VEGA MORILLO, Mayor de Edad, Dominicano, Soltero, titular de Cédula de Identidad y Electoral No. 104-0019029-3, empleado privado, Domiciliado y Residente en la calle Trinitaria, sector La Torre, del centro de la ciudad y municipio Cambita Garabitos, provincia de San Cristóbal, República Dominicana; quien tiene como Abogado Constituido y Apoderado Especial al LICDO. EDWARD RAMON GARABITO LANFRANCO, Mayor de Edad, Dominicano, Casado, de Cédula de Identidad y Electoral, No.104-0016990-9, Abogado de los Tribunales de República, con estudio profesional abierto en la calle General Cabral No. 93, edificio Victorino Ortiz, de la ciudad de San Cristóbal, Rep. Dom. En cuyo estudio de abogados hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADOS: 1) Mandamiento de pago a fines de embargo inmobiliario No. 1102017 D/F 24/02/2017. 2) Procedimiento verbal de embargo inmobiliario No. 004 D/F 27/03/2017. 3) Proceso verbal de denuncia de embargo inmobiliario No. 125-2017 D/F 31/03/2017. 4) Primera copia fiel del pagare notarial No. 32 D/F 17/02/2017. Del DR. SALVADOR LORENZO MEDINA, Abogado Notario público del municipio de San Cristóbal. Según consta en el acta de embargo citada, las pujas sobre este inmueble comenzarán sobre la cantidad de NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS DOMINICANOS, (RD$99,000.00), que es el precio fijado por el persiguiente para la subasta del mismo, más la cantidad que se indique en el estado de costas y honorarios que deberá ser depositado y aprobado antes de la subasta y los intereses, comisiones y recargos contractuales estipulados por el deudor. En la Ciudad de San Cristóbal, República Dominicana, a los Veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).
EDWARD RAMON GARABITO LANFRANCO, Abogado.
EDWARD RAMON GARABITO LANFRANCO, Abogado. FC 347031
LEGAL 15 Venta en Pública Subasta por Embargo Inmobiliario De conformidad con las disposiciones del Artículo 696 y sus modificaciones del Código de Procedimiento Civil; se hace saber al público en general, que el día cinco (05) del mes de julio del año (2017), a las nueve horas de la mañana (09:00 A.M), por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná, en sus atribuciones civiles; tribunal que sesiona sus audiencias públicas en uno de los salones del primer nivel del Palacio de Justicia de Samaná, sito en la calle María Trinidad Sánchez No. 17, de la ciudad de Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, en audiencia de pregones, de los bienes inmuebles y sus mejoras, que se describen a continuación: A.- Todos los derechos, posesiones y ocupaciones, sobre el inmueble identificado como Parcela 1-A-Ref-4, del Distrito Catastral No.07, que tiene una superficie de 207,779.00 metros cuadrados, Matrícula No. 1700002919, ubicada en Santa Bárbara de Samaná, Samaná, propiedad de Inversiones Manzanares Del Real, Sociedad Anónima, RNC No.1-01-73630-5. En el Registro Complementario constan las siguientes anotaciones: Anotación No.170008198. HIPOTECA CONVENCIONAL, en Primer Rango a favor de BANCO INTERCONTINENTAL, S.A., por un monto de US$14,000,000.00. El derecho de tiene su origen en el documento de fecha 04/ENE/2001. Acto bajo firma privada legalizado por el Lic. Pedro Mella Febles. Inscrito a las 12:00:00 p.m. el 17/ENE/2002. Asentado en el Libro de Registro Complementario No. 13, Folio 138. Anotación No.330281720. HIPOTECA JUDICIAL DEFINITIVA en Segundo Rango, a favor de ALBERTO BERNINI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, Cédula de Identidad No.001-1201711-6, casado; por un monto de US$800,000.00. El derecho de tiene su origen en el documento No.038-2011-00323 de fecha 31/MAR/2011, Sentencia emitida por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Quinta Sala. Inscrito a las 03:03:24 p.m., el 04/may/2012. Asentado en el Libro de Registro Complementario No.90, Folio 199. B: Todos los derechos, posesiones y ocupaciones, sobre el inmueble identificado como Parcela 1130-Sub-8, del Distrito Catastral No.07, ubicada en Santa Bárbara de Samaná, Samaná, con una superficie de 137,720.34 metros cuadrados. Matrícula No.1700002837, propiedad de Inversiones Manzanares Del Real, Sociedad Anónima, RNC No. 1-01-73630-5. En el Registro Complementario constan las siguientes anotaciones: Anotación No.170008048. HIPOTECA CONVENCIONAL en Primer Rango a favor de BANCO CAPITAL DE DESARROLLO Y CREDITO, S.A., por un monto de RD$19,260,000.00. El derecho de tiene su origen en el documento de fecha 30/DIC/2004. Acto bajo firma privada legalizado por el Notario Público Álvarez Holguín. Registro de Títulos de Samaná. Inscrito a las 12:00:00 p.m. el 08/FEB/2005. Asentado en el Libro de Registro Complementario No.13, Folio 135. Anotación No.330281717. HIPOTECA JUDICIAL DEFINITIVA en Segundo Rango, a favor de ALBERTO BERNINI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, Cédula de Identidad No.001-1201711-6, casado: por un monto de US$800,000.00. El derecho de tiene su origen en el documento No.038-2011-00323 de fecha 3l/MAR/2011, Sentencia emitida por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Quinta Sala. Inscrito a las 03:03:24 p.m, el 04/MAY/2012. Asentado en el Libro de Registro Complementario No.90, Folio 196. C.- Todos los derechos, posesiones y ocupaciones sobre el inmueble identificado como: Parcela 1130-Sub-83, del Distrito Catastral No.07, ubicada en Santa Bárbara de Samaná, Samaná, con una superficie de 44,290.60 metros cuadrados. Matrícula No.1700002917, propiedad de Inversiones Manzanares Del Real, Sociedad Anónima, RNC No.1-01-73630-5. En el Registro Complementario constan las siguientes anotaciones: Anotación No.330281718. HIPOTECA JUDICIAL DEFINITIVA en Primer Rango, a favor de ALBERTO BERNINI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, Cédula de Identidad No.001-1201711-6, casado; por un monto de US$800,000.00. El derecho de tiene su origen en el documento No.038-2011-00323 de fecha 31/MAR/2011, Sentencia emitida por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Quinta Sala. Inscrito a las 03:03:24 p.m., el 04/MAY/2012. Asentado en el Libro de Registro Complementario No.90, Folio 197. D.- Todos los derechos, posesiones y ocupaciones sobre el inmueble identificado como Parcela 1130-Sub-86, del Distrito Catastral No.07, que tiene una superficie de 43,153.00 metros cuadrados. Matrícula No.1700002918, ubicada en Santa Bárbara De Samaná, Samaná, propiedad de Inversiones Manzanares Del Real, Sociedad Anónima, RNC No.1-01-73630-5. En el Registro Complementario constan las siguientes anotaciones: Anotación No.330281718. HIPOTECA JUDICIAL DEFINITIVA en Primer Rango, a favor de ALBERTO BERNINI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, Cédula de Identidad No.001-1201711-6, casado; por un monto de US$800,000.00. El derecho de tiene su origen en el documento No.038-201100323 de fecha 31/MAR/2011, Sentencia emitida por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Quinta Sala. Inscrito a las 03:03:24 p.m., el 04/MAY/2012. Asentado en el Libro de Registro Complementario No.90, Folio 198. Los inmuebles acabados de describir, han sido embargados en perjuicio de la razón social, Inversiones Manzanares del Real S.A., con domicilio social, conocido en el país, en la calle Eduardo Vicioso No.7, Ensanche La Julia, ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, de acuerdo a las disposiciones ya mencionadas, y a requerimiento, diligencias y persecución del señor, Alberto Bernini, italiano, mayor de edad, casado, empresario, portador de la Cédula de Identidad No.001-1201711-6, domiciliado y residente en la calle Proyecto No.11, Apto. 4-A, Ensanche Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional, por mediación de sus abogados constituidos y apoderados especiales, los señores, Dr. William Cunillera Navarro, dominicano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-0779119-6, matrícula del Colegio de Abogados de la República Dominicana No.0725-603-83; al Lic. Francisco Durán González, dominicano, mayor de edad. Abogado de los Tribunales de la República, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.0010068437-2, matrícula del Colegio de Abogados de la República Dominicana No.9457-521-90; y al Lic. José La Paz Lantigua, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.056-0079381-3, inscrito en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, bajo el No.5655-562; con estudio profesional abierto en común en la calle Mustafá Kemal Ataturk esquina Dr. Luís Scheker, Edificio No.37, Apto.102, primer nivel, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, con elección de domicilio ad-hoc, en la avenida Circunvalación No.07, de la ciudad y municipio de Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná; teléfono Nos. 809-565-8723 y 809-565-8725; correo electrónico: wcunillera@claro.net.do; Que en fecha 14 de febrero del año 2017, según acto procesal No.51-2017, del ministerial, Ramón M. Alcántara, Alguacil de Estrados de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial del Distrito Nacional, a requerimiento del señor Alberto Bernini, se procedió a realizar y firmar formal Mandamiento de pago tendiente a Embargo Inmobiliario General, a la razón social, Inversiones Manzanares del Real, S.A., debidamente registrado en el Registro Civil de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, en fecha 17 de febrero del año 2017, bajo el No.4289, del Libro letra “A”, del Registro Civil de ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; anexándole copia de los títulos ejecutorios indicados anteriormente. Posteriormente, en fecha 30 de marzo del año 2017, según Acto Auténtico No.04-2017, del Dr. Francisco Antonio Fernández Tejada, Notario Público de los del Número del municipio de Santa Bárbara de Samaná, a requerimiento del señor Alberto Bernini, procedió a embargar inmobiliariamente los bienes descritos anteriormente en contra de Inversiones Manzanares del Real S.A.; conteniendo y satisfaciendo dicho acto todas las enunciaciones prescritas por el Artículo 675 del Código de Procedimiento Civil; el Artículo 51 de la ley No. 140-15 y demás exigencias legales; siendo registrado en fecha 03 de abril del año 2017, bajo el No.468, Folios Nos.226 y 227, del libro letra H-3, de actos civiles del Registro Civil de la del municipio de Samaná. Según Acto Procesal No.94-2017, del ministerial. Ramón M. Alcántara Jiménez, alguacil de Estrados de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial del Distrito Nacional, a requerimiento del señor acreedor hipotecario, señor Alberto Bernini, le fue denunciado el proceso verbal de embargo inmobiliario a la razón social, Inversiones Manzanares del Real, S.A. siendo registrado en fecha 17 de abril del año 2017, bajo el No.534. Folio No.287, del libro letra H-3 del Registro Civil de Santa Bárbara de Samaná. El persiguiente ha fijado para la primera puja el monto de Catorce Millones Ochocientos Ochenta y Nueve Mil Quinientos Dólares de los Estados Unidos de América (US$14,889,500.00), más Diecinueve Millones Doscientos Sesenta Mil Pesos dominicanos (RD$19,260,000.00), montos que incluyen las acreencias inscritas a la fecha a favor del persiguiente, señor ALBERTO BERNINI y los bancos intervenidos y en proceso de liquidación, respectivamente, BANCO INTERCONTINENTAL, S.A., y BANCO CAPITAL DE DESARROLLO Y CREDITO, S. A., que es el precio fijado por el persiguiente para la subasta de dichos bienes inmuebles y sus mejoras; más el cuatro (04%) por ciento mensual, sobre cualquier monto que se declare la adjudicación, en caso que la venta pública no se ejecute en la primera audiencia fijada por el tribunal; o el interés que esté vigente al momento de la adjudicación, conforme a la tasa de intereses que esté pagando el Banco Central de la República Dominicana, sin perjuicio de los intereses, sin computar, gastos, honorarios y otros accesorios. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado del Persiguiente o en Secretaría del Tribunal que conoce de dicha venta pública, el equivalente de un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una entidad bancaria radicada en el país, sin cuyo requisito no será admitido ningún tercero licitador interesado, de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la Secretaría de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito de Samaná, en fecha (05) de julio del año (2017); como consta en acta levantada al respecto, sobre el cual se llevará al efecto la adjudicación. Las pujas sólo serán recibidas por el ministerio de abogado con poder concedido al respecto. Hecho, redactado y firmado, en la ciudad y municipio de la Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná, República Dominicana, a los siete (7) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
Dr. William I. Cunillera Navarro Por sí y por los Licdos. Francisco S. Durán González y José La Paz Lantigua Balbuena, Abogados Apoderados Especiales de la Parte Persiguiente. Avenida Circunvalación No.07, de la ciudad de Santa Bárbara de Samaná, Teléfonos Nos.809-573-8675 y 809-707-4094. FC 346999
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se Hace De Publico Conocimiento Que El Día 17 De Junio Del 2017, A Las 4:00 P.M. Se Realizaran Los Trabajos De Deslinde Dentro De La Parcela No.77, Del Distrito Catastral No.16/6 Del Municipio Y Provincia De San Pedro De Macorís, Este Inmueble Se Encuentra Ubicado En El Residencial Villa España, En El Municipio Y Provincia De San Pedro De Macorís, Expediente No.663201705078, Propiedad De La Señora TERESA HAZIM ARIAS DE MERCEDES.
Se avisa que el que el viernes dieciséis (16) de junio del Año 2017 a las 9:30 a.m., se les dará inicio a los trabajo de MENSURA PARA DESLINDE de una porción de terreno de 172,936.50 metros cuadrados, dentro de la parcela No. 364-12456, del D. C. No. 11, en el Municipio de Los Cacaos, San Cristóbal, R. D., ubicada en el paraje La Piedra / Santana, Sección Calderón, Municipio Los Cacaos, San Cristóbal, R. D., la cual es propiedad de los Sres. MARIA ALTAGRACIA ALIES REYES y FREDDY ANTONIO DE JESUS CORONA BUENO. Amparada por Carta Constancia Anotada Matricula No.3000191331, expedida por el registrador de titulo de San Cristóbal, en fecha 30/12/2015. Exp. No. 663201704921.
SALVADOR ANTONIO LINARES Agrimensor- Contratista Codia-11759
AVISO PUBLICACION DE CAMBIO DE NOMBRE En cumplimiento a las disposiciones de la ley No.659, sobre acto del Estado Civil y sus modificaciones, se hace saber que por instancia elevada al Presidente de la República, en 31-10-2016, la señora LEONIDES SANCHEZ, por órgano de su Abogado constituido LIC. JUSTO JUAN PEREZ, solicito la autorización legal correspondiente, para cambiar su nombre por el de ALTAGRACIA SANCHEZ en razón de que por este nombre es que se le conoce. En tal virtud mediante oficio No. 011472 de fecha 09-5-2017, el señor LEONIDES SANCHEZ, a realizar el procedimiento indicado por la ley, para que pueda efectuar el cambio de nombre. En consecuencia, se invita a toda persona que crea tener interés en contrario, a formular sus opiniones en el término de Sesenta (60) días, a contar de la fecha de publicación del presente aviso conforme a las disposiciones del artículo 82 de la presente ley.
LIC. JUSTO JUAN PÉREZ Abogado Apoderado
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 0863659, del BANCO BANRESERVAS, de fecha 23/03/17, por valor de RD$4,000,000.00, a nombre de HISPADOM PROYECTOS Y SERVICIOS, SRL, RNC 1-31-42343-4. La presente publicación se para los fines de ley correspondiente. FC 346745
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE PARTICION DE BIENES Ha sido fijado para el día Lunes que contaremos a tres (03) de julio del año 2017, a las nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador, en audiencia pública de pregones que al efecto celebrará la Cámara Civil, Comercial y del Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana, en sus atribuciones civiles, en su local donde acostumbra a celebrar sus audiencias, sito en la calle Luis Pelayo González No. 04, en el primer nivel, del edificio que aloja el Palacio de Justicia de la ciudad de San Juan de la Maguana, del siguiente inmueble: 1) “Un solar con una extensión superficial de Doscientos Setenta y Cuatro punto Ochenta y seis (274.86) metros cuadrados, con diez punto ochenta metros de frente y veinticinco punto cuarenta y cinco (25.45) metros de Fondo; con una mejora consistente en una casa de madera, techada de zinc, de 1 nivel, con pisos de mosaico y cemento pulido, con un área edificada de noventa punto cincuenta y un metros cuadrados (90.51 M2), dicha propiedad cuenta con los servicios de: Agua potable, luz, teléfono, tele-cable, Internet, cloaca, acera y contén, ubicada en la calle Juan Contreras No. 3, de esta ciudad de San Juan de la Maguana, dentro de la Parcela No. 80, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de San Juan de la Maguana, dentro de los siguientes linderos generales de dicha parcela. 2) “Un solar con una extensión superficial de Trescientos Veintiún punto cuarenta y tres (321.43) metros cuadrados, con dieciséis punto veinticinco (16.25) metros de frente y diecinueve punto setenta y ocho (19.78) metros de Fondo; según contrato de arrendamiento del Ayuntamiento Municipal de San Juan de la Maguana; con una mejora consistente en almacén comercial de madera de pino y algunas paredes de cemento, techada de zinc, de un (1) nivel, con piso de cemento pulido, con un área edificada de ciento setenta y siete punto setenta y ocho (167.78 M2) metros cuadrados, dicha propiedad cuenta con los servicios de: agua potable, luz, teléfono, tele-cable, Internet, cloaca, acera y contén, ubicada en la calle Eusebio Puello esquina Juan Contreras de esta ciudad de San Juan de la Maguana”. El inmueble que se acaba de mencionar, su venta, es por motivo de la partición de los bienes del de cujus SR. FLORENTINO LAPAIX DE LEON, los SRES. CLORIS ANIBERCA ARNO PIMENTEL, representando a su hija menor CAROLIN ELIZABETH LAPAIX ARNAUT, JUNIOR OSVALDO LAPAIX ARNO, y ENMANUEL OSVALDO LAPAIX ARNO quienes tienen como abogados constituidos y apoderados especiales a los DRES. ANTONIO E. FRAGOSO ARNAUD, HECTOR B. LORENZO BAUTISTA, con estudio común en la casa No. 29 de la calle San Juan Bautista de esta ciudad de San Juan de la Maguana, donde hace elección de domicilio los persiguientes. Los persiguientes han fijado para la primera puja, la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTE Y NUEVE PESOS CON 00/100 (2,323,329.00) y el segundo inmueble, en la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS TRECE PESOS CON 00/100 (3,622,713.09), todo lo cual hace un total de CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100 CENTAVOS (RD$5,946,042.00), dicha suma no incluye los gastos y honorarios profesionales. Todo subastador debe depositar en manos de los abogados de la persiguiente o en la Secretaría del Tribunal, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se celebrará al efecto la venta. Las partes serán citadas por acto de Alguacil para presenciar la venta. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario deberá tener primeramente la correspondiente autorización del Poder Ejecutivo. Hecho y redactado por los abogados de la persiguiente, en la ciudad de San Juan de la Maguana, municipio y provincia de San Juan, República Dominicana, a los seis (06) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
DR. HECTOR B. LORENZO BAUTISTA por sí el DR. ANTONIO E. FRAGOSO ARNAUD, Abogados de los persiguientes. FP 90521
CONRADO OTONIEL MARTÍNEZ CASTILLO Agrimensor Contratista CODIA 24292 FC347043
Se avisa que el que el sábado diecisiete (17) de junio del Año 2017 a las 9:00 a. m. se les dará inicio a los trabajo de Mensura para Deslinde y Refundición de dos porciones de terreno dentro de las parcelas No. 1 Ref. (281.00 metros cuadrados) y No. 17-A (1,100.00 metros cuadrados) del Distrito Catastral No. 02 de la provincia San Cristóbal, R. D., ubicada en la Carretera Vieja de Cambita, a unos 50.00 metros hacia el Este del puente sobre la Av. 6 de Noviembre, San Cristóbal, Rep. Dom., la cual es propiedad del Sr. JULIO CESAR PAYANO PINALES, amparada por Actos de Venta de fecha 15/03/2017, con base en Carta Constancia Anotada en Certificado de Titulo No. 7011 y 7844 respectivamente, expedidos por el registrador de titulo de San Cristóbal en fechas 26/07/2001 y 03/02/2006. Exp. No. 663201704924.
CONRADO OTONIEL MARTÍNEZ CASTILLO Agrimensor Contratista CODIA 24292 FC347043
Se avisa que el que el sábado diecisiete (17) de junio del Año 2017 a las 11:00 a. m. se les dará inicio a los trabajo de Mensura para Deslinde de una porción de terreno de 170.00 metros cuadrados dentro de la Parcela No. 1 Ref., del distrito catastral No. 02, del Municipio y provincia de San Cristóbal, R. D., ubicada en la Calle Segunda No. 10-A, Sector El Buen Pastor, San Cristóbal, Rep. Dom., la cual es propiedad del Sr. JOSE LUIS DE LA ROSA PEREZ, amparada por Acto de Venta de fecha 15/01/2015, con base en Carta Constancia Anotada en el Certificado de Titulo No. 7011, expedido por el registrador de titulo de San Cristóbal en fecha 10/05/1995. Exp. No. 663201704704.
CONRADO OTONIEL MARTÍNEZ CASTILLO Agrimensor Contratista CODIA 24292 FC347043
PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306Bis, que, la 5ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Santo Domingo Norte, especializada en Asuntos de Familia, sobre el Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, entre los señores CRESENCIO ENRIQUE SANTANA GARCIA y ORQUIDIA ALTAGRACIA HEREDIA LUNA, pronunciado por ante La Oficialía del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción de Santo Domingo Norte, en fecha primer (01 ) del mes de Junio del año Dos Mil 2017, Libro: 00004, Folio: 0057, Acta. No.000329, del año 2017.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
Se avisa que el que el sábado diecisiete (17) de junio del Año 2017 a las 1:00 p. m. se les dará inicio a los trabajo de Mensura para Deslinde de una porción de terreno de 506.74 metros cuadrados dentro de la Parcela No. 1 Ref.242, del distrito catastral No. 02, del Municipio y provincia de San Cristóbal, R. D., ubicada en la Calle Principal La Toma S/No., Sabana Toro, Villa Fundación, San Cristóbal, Rep. Dom., la cual es propiedad de los Sres. ABEL ELIAS TEJEDA GONZALEZ y ANA LUISA MATOS ENCARNACION DE TEJEDA, amparada por Acto de Venta de fecha 04/05/2016, con base en Carta Constancia Anotada en el Certificado de Titulo No. 16606, expedido por el registrador de titulo de San Cristóbal en fecha 002/03/2005. Exp. No. 663201704701.
En virtud de la autorización de fecha, 30/03/2017, se hace público conocimiento que el día 12/6/2017 a las 9:00 am. Se realizara los trabajos de Deslinde dentro de la Solar No. 08, manzana No.4-1, parcela No. 110-Ref-780, del Distrito Catastral No.4, Del Distrito Nacional. Provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201702855.
CONRADO OTONIEL MARTÍNEZ CASTILLO Agrimensor Contratista CODIA 24292
AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502.
FC347043
FC 347026
AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
En virtud de la autorización de fecha 24 de mayo 2017. se hace de público conocimiento que el miércoles 14 de junio 2017, a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde en el inmueble identificado como P No. 58-REF-POR-66, dentro del ámbito del D.C. No. 04 ubicada en una calle, Madre Vieja Norte, del municipio provincia de San Cristóbal. A Petición de la Sra. REYES DÍAZ DE HERNANDEZ, Exp. No. 663201704786.
En virtud de la autorización de fecha 10/05/2017, se hace público conocimiento que el día 14/05/2017 a las 11:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la P. No. 131-A, del D.C. No. 15/3, del Municipio Consuelo Provincia San Pedro de Macorís, Expediente No. 663201704113.
AGRIM. ADRIAN CUEVAS SANTANA CODIA 24736 TEL. (809) 207-2079
AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502. FC 347026
AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
En virtud de la autorización de fecha 18 de mayo 2017. Se hace de público conocimiento que el miércoles 14 de junio 2017, a las 11:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde en el inmueble identificado como P No. 58-REF, dentro del ámbito del D.C. No. 04 ubicada en la calle Santiago, Madre Vieja Norte, del municipio provincia de San Cristóbal. A Petición de la Sra. REYES DÍAZ DE HERNANDEZ, Exp. No. 663201704378.
En virtud de la autorización de fecha 10/05/2017, se hace público conocimiento que el día 14/05/2017 a las 9:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la P. No. 131-A, del D.C. No. 15/3, del Municipio Consuelo, Provincia San Pedro de Macorís, Expediente No. 663201704114.
AGRIM. ADRIAN CUEVAS SANTANA CODIA 24736 TEL. (809) 207-2079
AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502. FC 347026
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que, la 5TA. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Santo Domingo Norte, especializada en Asuntos de Familia, sobre el Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, entre los señores JULIO ALBERTO GALVAN ALCANTARA y YAMILIN CID PERALTA, pronunciado por ante La Oficialía del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción de Santo Domingo Norte, en fecha primer (01) del mes de Junio del año Dos Mil 2017, Libro: 00004, Folio:0059, Acta. No.000330, del año 2017.
En virtud de la autorización de fecha 15/05/2017, se hace público conocimiento que el día 16/06/2017 a las 11:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 5-A-REF-B-1, del D. C. No. 18 del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo Expediente No. 663201704284. AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502. FC 347026
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306Bis, que, la 5ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Santo Domingo Norte, especializada en Asuntos de Familia, sobre el Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, entre los señores RAFAEL ABELINO TORRES Y MARIA ELENA MARTE BONILLA, pronunciado por ante La Oficialía del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción de Santo Domingo Norte, en fecha PRIMER (01) del mes de Junio del año Dos Mil 2017, Libro: 00004, Folio: 0061, Acta. No.000331, del año 2017.
En virtud de la autorización de fecha 15/05/2017, se hace público conocimiento que el día 16/06/2017 a las 9:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 5-A-REF-B-1, del D. C. No. 18 del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, Expediente No. 663201704285. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502. FC 347026
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PERDIDA DE CHEQUE
PERDIDA CERTIFICADOS DE ACCIONES Se hace de público conocimiento que se han extraviado los CERTIFICADOS DE ACCIONES COMUNES No.120018 de fecha 27/4/2009, por valor de 100 acciones y No.159454 de fecha 28/4/2014 por valor de 4 acciones, expedidos por GRUPO POPULAR S.A., a favor de Huascar Manuel Sosa Concepción. FC 346752
LEGAL 17
Hacemos de conocimiento público que se ha extraviado el Cheque No. 10515, de fecha 27/04/17, emitido por CORTES HERMANOS Y COMPAÑIA SAS, a NOMBRE CTC LOGISTICS SRL, por un valor de USD$790 dollar. FC3469825
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 1045000421 fecha de apertura 23 de octubre del año 2002, expedido por valor de RD$27,000.00 (VEINTISIETE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO S.A., BANCO MULTIPLE a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
JOSE ANTONIO TRINIDAD ESCALANTE Depositante (MDC-AC-11213-PC-24-31-07-14/06/2017)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. B431171 fecha de apertura 09 de septiembre del año 2015, expedido por valor de RD$650,000.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANCO BHD LEON a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
ESPERANZA RAMOS MENA DE CASTILLO Y WILLIAN ANTONIO CASTILLO RAMOS Depositantes (MDC-AC-11213-PC-24-31-07-14/06/2017)
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Por medio de la siguiente publicación se informa que ha sido extraviado o robado el Certificado de Depósito No. 000754899128, por la suma de RD$200,000.00 (Doscientos mil pesos) correspondiente al BANCO POPULAR DOMINICANO, emitido en fecha 17/08/2009, a nombre del Señor FELIPE BONILLA REYES, portador de la cedula No. 071-0031825-7, residente en Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, R.D. FC346520
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 14-003-003157-8 documento no.016629 fecha de apertura 07 de marzo del año 2012 expedido por valor de RD$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83, del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 93-9268 (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 20-A, del Distrito Catastral No. 18, del municipio de Santo Domingo Norte, con una extensión superficial de 7,716 metros cuadrados, propiedad de EMILIANO BRAZOBAN MAGALLANEZ.
NIEVES MARIA GARCIA ESPINAL MILAGRO MARGARITA GARCIA ESPINAL DEPOSITANTE (MDC-AC-11267-WP-05-06-07/06/2017)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 1082 fecha de apertura 29 de diciembre del año 2014 expedido por valor de RD$75,000.00 (SETENTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS CON 79/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: JOSE FRANCISCO MOTA ORTIZ DEPOSITANTE (OC-AC-11266-CC-05-06-07/06/2017)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 4021-50-36977-0 documento no.885428 fecha de apertura 12 de ABRIL del año 2017 expedido por valor de RD$1,900,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: REINALDO JOSE MARTIN REYES ELOY, DEPOSITANTE. (RO-13571-CC-05-06-07/06/2017)
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO DE ORO NOMINATIVO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 50-112-500020756, emitido por la ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, en fecha 14 de enero del 2010, por un valor de RD$110,000.00 (CIENTO DIEZ MIL PESOS CON 00/00), a nombre de INEIDA MATOS RODRIGUEZ, cédula No. 0010826749-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FP 90371
FC 347038
SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION Y MATERIALES DE LA CONSTRUCCION DE COMENDADOR, AFILIADO A FENTICOMMC, SITRACOMS REGISTRADA CON EL NO. 97/87 DE COMENDADOR; FUNDADO 1983 Por este medio se convoca a todos los miembros de este sindicato y trabajadores de la construcción, a la asamblea general que celebraremos el 25 de junio del año 2017, a las 9:00 de la mañana donde trataremos la siguiente agenda: 1.- Comprobación de Quorum, 2.- Elección de los Delegados al 4to congreso CNUS, 3.- Juramentación. FIRMAN:
MARTIN CONTRERAS Secretario General.
Luis Roa
Fidencio Erasmo Ubri
Secretario de Organización
Secretario de Acta.
FC347033
SINDICATO DE LA CONSTRUCCION Y SUS AFINES DEL MUNICIPIO DE JUAN DE HERRERA, PROVINCIA SAN JUAN. REGISTRO LEGAL NO. 339/86 Por este medio se convoca a todos los miembros de este sindicato y trabajadores de la construcción, a la asamblea general que celebraremos el 25 de junio año 2017, a las 9:00 de la mañana donde trataremos la siguiente agenda: 1.- Comprobación de Quorum, 2.- Elección de los Delegados al 4to congreso CNUS, 3.- Juramentación. FIRMAN:
MARINO FERRERAS Secretario General
Comilo Rodríguez Báez
Arsenio Paniagua
Secretario de Organización
Secretario de Acta
FC347036
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 14006-005189-0 documento No.013390 fecha de apertura 26 de JULIO del año 2010 expedido por valor de RD$356,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: MARIA CRISTINA MERCEDES MARTE, DEPOSITANTE.
Se hace de publico conocimiento la perdida del Certificado de Titulo que ampara el derecho de propiedad sobre la unidad funcional 36-401, del Condominio Ciudad Real II, M-K 3, ubicado en el Distrito Nacional, correspondiente al apartamento No. 401, Edif. 36, Manzana K, Tipo A, matricula No. 0100172287, a nombre de Eunice Polanco y José Miguel Rosado.
(RO-13568-CC-05/06/2017)
LICDA. JUDITH FERNANDEZ NUÑEZ Abogada FC347034
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 1-26059021-2, del BANCO AGRICOLA, de fecha 1501-2013, por valor de RD$20,168, a nombre de: PABLO RAMIREZ, cédula 001-1188556-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83, del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 3000250935 (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 20-A, del Distrito Catastral No. 18, del municipio de Santo Domingo Norte, con una extensión superficial de 1015.49 metros cuadrados, propiedad de LEONIDAS ASENCIO MARTINEZ.
Pérdida de Certificado Financiero emitido por la Asociación Dominicana de Ahorros y Préstamos No. 4761, por un monto de RD$ 80,000.00, emitido en fecha 12-08-1994, a favor de ALFREDO JULIAN ANGOMÁS Y ALTAGRACIA PÉREZ DE JULIÁN.
FC 347038
FC347032
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE DIVORCIO
De conformidad con las disposiciones de la ley 1306 Bis sobre divorcio el señor LUIS JOSÉ GENAO, dominicano, portador del pasaporte No. 530398986, AVISA a su legitima esposa MINERVA CASTILLO, cuyo último domicilio se desconoce, que a falta de conocimiento sobre su residencia y domicilio actual, procederá a emplazarla en divorcio por ante la persona del Magistrado Procurador fiscal de Moca, ubicada en la primera planta del palacio de justicia de Moca, el día jueves, ocho (08) del mes de Mayo del año 2017, a las 10:00 A. M. y cuyo palacio de justicia se encuentra ubicado en la calle Duarte No. 63, Moca, para que dicha señora, MINERVA CASTILLO COMPAREZCA por ante la Cámara Civil Y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Moca ubicada a su vez en uno de los salones de la segunda planta del palacio de justicia de Moca, a la audiencia A PUERTA CERRADA que será celebrada el día MIÉRCOLES, que contaremos A 21 DEL MES DE JUNIO DEL 2017, A LAS 9:00 a. m., donde se conocerá de la demanda en divorcio por LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, promovida por su esposo LUIS JOSÉ GENAO en su contra, HACIENDO DE SU CONOCIMIENTO QUE de no comparecer el día, mes y año indicado a la audiencia en divorcio, el demandante LUIS JOSE GENAO pedirá al tribunal el defecto por falta de comparecer.
“De conformidad con las disposiciones legales contenidas en el artículo 42, de la Ley No. 13006-Bis, Sobre Divorcio, se hace público conocimiento, que en fecha 27 de octubre del año 2016, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera de Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional Especializada en Asuntos de Familia, dictó de la sentencia en sus atribuciones civiles, marcada con el número 03867/2016, cuyo dispositivo es el siguiente: Falla: Único: Declara bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones número 34/2016, firmado por los esposos George Júpiter Sención Paulino y Raysa Del Carmen Veras Azuris en fecha 1ero de julio del 2016, por ante la Lic. Silvia M. Tejada De Báez, Notario Público para los números del Distrito Nacional, en consecuencias: a) Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos George Júpiter Sención Paulino Y Raysa Del Carmen Veras Azuris; b) Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia por ante el Oficial del Estado Civil; c) Compensa pura y simple las costas del procedimiento. La presente sentencia fue firmada por la Magistrada Evelyn Torres, el mismo día, mes y año señalado, lo que certifico con firma y sello del Tribunal, Mirtha M. De La Cruz Díaz, Secretaria. El Presente divorcio fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, el día 14 de marzo del año 2017, inscrito en el Libro número 00001, Folio 0192, Acta 000089, Año 2017. En el Distrito Nacional a los seis (6) días del mes de junio del 2017.
LICDO. CEFERINO ESPINAL BATISTA.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor RENY OSCAR LIRIANO VASQUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D. cédula no.031-0294552-8; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FAUSTO ALFONSO MARTE CEPEDA cedula no. 047-0154228-6 con estudio profesional abierto en el no.50 de la Calle 27 de Febrero 2do Nivel Edif. Griselda Apto.201-B de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora CLARY MERCEDES LIRIANO, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en el Caimito Afuera de este municipio de La Vega, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 08 del mes de JUNIO del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 22 del mes de JUNIO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 05 días del mes de JUNIO del año 2017.
LIC. FAUSTO ALFONSO MARTE CEPEDA Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-11257-RD-05-06-07/06/2017)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 22 de la ley 1306-bis, sobre divorcio el señor TEODORO RODRIGUEZ DE LA ROSA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral no.082-0018682-6 domiciliado, residente residentes en la calle Manuel H. Cabral no. 4 San José De Ocoa República Dominicana quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. YENY GUILLEN, dominicana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad y electoral no.082-0012021-2, con estudio profesional abierto en la calle 27 de febrero no. 3 San José de Ocoa, República Dominicana, lugar donde mi requeriente hace elección formal de domicilio para todos los fines y consecuencia de la presente publicación, mediante la cual le advierte a su legítima esposa LEONELA CABRERA MELO que a falta de conocimiento de su domicilio desde hace más de dos (2) años. Procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres el día que contaremos a VEINTIOCHO (28) del mes de JUNIO del año dos mil diecisiete (2017), en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de San José de Ocoa, en su despacho, de la primera Planta del de Justicia, Ubicado en la Calle General Cabral esquina Matías Martínez no. 5, de la ciudad de San José de Ocoa República Dominicana, para que comparezca, ya sea en su persona o por apoderado legal a la Audiencia que en sus atribuciones Civiles celebrara la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa , el día que contaremos a VEINTIOCHO (28) del mes de JUNIO del año dos mil diecisiete (2017) a las nueve horas (9:00 A. M.) la cual celebra sus Audiencias en unos de los salones de la segunda Planta del Palacio de Justicia, Ubicado en la Calle General Cabral esquina Matías Martínez no. 5, de la ciudad de San José de Ocoa Republica Dominicana.
Lic. Maribel Veloz Abogada FC347029
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley número 1306 Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha ocho (08) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017), la Cuarta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santiago, mediante Sentencia Civil No.00740-2017, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto contra JOSE KELFAN LANTIGUA BATISTA, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite en cuanto a la forma la presente demanda en divorcio por Incompatibilidad de Caracteres y en cuanto al fondo, ordena la disolución del matrimonio entre los señores KENNY KAREN GUZMAN REYES y JOSE KELFAN LANTIGUA BATISTA, con todas sus consecuencias legales. TERCERO: OTORGA la guarda provisional del menor RAYMOND, a favor de la madre KENNY KAREN GUZMAN REYES, hasta tanto la jurisdicción competente una vez apoderada decida sobre el particular. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: COMISIONA al Ministerial Guillermo Vargas Estrella, para que notifique la presente sentencia. Firmada por: el Magistrado Filoset Núñez Polanco y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria que certifico y doy fe que es copia fiel a su original. Así mismo se hace saber que en fecha cinco (05) del mes de junio del año 2017, El Oficial de Estado Civil de la Segunda Circunscripción procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No.00004, de registros de divorcio, Folio No.0032, Acta No.000632, del año 2017, así como se efectuó el procedimiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los seis (06) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
LICDO. PEDRO ANTONIO CACERES TAVERAS ABOGADO APODERADO PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PROVINCIA SAN CRISTOBAL 18 de abril de 2017. Del Tribunal de Tierras Jurisdicción Original-San Cristóbal. Asunto: Aviso Requerimiento, Auto de Emplazamiento y Fijación de Audiencia. Expediente No. 0297-17-00013. A todos quienes pueda interesar. El Abogado del Estado Vs. Reclamante: FELIX MARIA MIRANDA DIPRE. Colindantes: al Norte: Familia de León; al Este: Familia Arciniega y carretera Sánchez; al Sur: Carretera Sánchez y cañada y al Oeste: Cañada. Inmuebles: Provincia San Cristóbal, municipio Yaguate, Dist. Mun. Doña Ana, Lugar Km. 10 ½, Carretera San Cristóbal-Baní, D.C. No. 03, Parcela Resultante 307360879175. Otros interesados: SE CITAN: a las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés jurídicamente protegido o potestad en dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan a la audiencia que celebrará este Tribunal de Jurisdicción Original de la provincia San Cristóbal, el día 20/06/2017, a las 9:00 horas de la mañana, en el lugar que acostumbra a celebrar audiencias este Tribunal, en el salón ubicado en la padre Borbón No. 15, esquina General Cabral, San Cristóbal, con relación al inmueble de referencia, a fin de conocer e instruir el proceso de saneamiento dentro de la Parcela antes descrita, reclamada por FELIX MARIA MIRANDA DIPRE. Se ordena a las partes solicitante publicar este acto en el Ayuntamiento Municipal, el Juzgado de Paz y en la puerta del Tribunal, por lo menos quince (15) días antes de la audiencia. En la ciudad de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, República Dominicana, el día 18 de abril de 2017, años 168 de la Independencia y 149 de la Restauración.
En virtud de lo que establece la ley, hacemos de público conocimiento que el certificado de Título matrícula No. 0100050345, que ampara la parcela No. 63A-REFD-86, del D.C. No. 06, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 245.04 metros cuadrados, se encuentra registrado en el siguiente asiento 010001028. Encontrándose extraviado al momento. El cual se encuentra registrado a nombre de MARIE CLAUDE BENOIT. FC 347021
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 92, Párrafo III, de la ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, y el Artículo 86 del Reglamento de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento, que se ha extraviado el CERTIFICADO DE TITULO CARTA CONSTANCIA No.76-30, registrado en el Libro No.1424, Folio 160, que ampara EL SOLAR No.7, DE LA MANZANA 402, DEL DISTRITO CATASTRAL I, DEL DISTRITO NACIONAL, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 195.30 METROS CUADRADOS Y 30 DECIMETROS CUADRADOS, PROPIEDAD DE LA RAZON SOCIAL TOPACIO, C. POR A. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día Seis (6) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. CLAUDIO BRITO, Abogado Solicitante. Tel.809-498-9445. FC 347020
PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA En cumplimiento a lo dispuesto por el Párafo III del artículo 92 de la ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace del conocimiento público de la pérdida la Constancia Anotada del Certificado de Título No. 87-290, duplicado del dueño, inscrito por el Registro de Titulos de La Vega, en fecha 6 de junio del año 2006, dentro de la parcela No. 83, del Distrito Catastral No. 3, del municipio de Jarabacoa, de la provincia de La Vega, parcela que tiene una extension superficial de sesenta y tres mil ochocientos sesenta y tres punto setenta y cuatro (63,863.74) metros cuadrados, propiedad del señor FRANCO RIVAS DONATI. FP 90523
AVISO DE PERDIDA DE CHEQUE Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Cheque Bancario No.4615957, con un valor ascendente a DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO PESOS DOMINICANOS CON 00/100, (RD$2,825.00), por cuenta de la sociedad comercial Molinos Modernos, S.A., emitido por el Banco Popular Dominicano en fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil diecisiete (2017), a favor del Ayuntamiento de Santiago. Cualquier información comunicarla a Molinos Modernos, S.A., en la Calle Alexander Fleming, No. 5, Ensanche La Fe, Santo Domingo, República Dominicana. Teléfono (809) 565-4121. FP 90520
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO (DUPLICADO DEL ACREEDOR)
Aprobado: BAYOAN RODRIGUEZ PORTALATIN, Juez.
LICDA. YENY E. GUILLEN
Doy Fe: PATRICIA JIMENEZ, Secretaria.
Abogada parte demandante FC346946
Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 92 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana y el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del certificación de Registro de Acreedor matrícula número cero, uno, cero, cero, uno, nueve, uno, ocho, dos, cero, (0100191820), en el cual consta la Hipoteca Convencional en primer rango a favor de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, por la suma de un millón quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,500,000.00), en virtud del acto de fecha veintiuno (21) del mes de febrero del año dos mil doce (2012), inscrito por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha veinticuatro (24) del mes de febrero del año dos mil doce (2012), sobre el inmueble identificado catastralmente como: 401456948881, que tiene una superficie de 164.20 metros cuadrados, matrícula No. 0100191820, ubicado en SANTO DOMINGO ESTE, SANTO DOMINGO”, propiedad de los señores NAYROBI CASTILLO NUÑEZ y RICARDO GARCIA NUÑEZ se encuentra extraviado.
AVISO DE DIVORCIO
“PUBLICACION DE DIVORCIO”
Dando cumplimiento a las disposiciones del artículo 42 de la ley No.1306-Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: 1.- Que en fecha 28 de febrero de 2017, la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia civil marcada con el No.00325-17, cuya parte dispositiva, íntegramente transcrita, reza de la siguiente manera: “FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Daniel Bolo y Lino Fernando Alonso Guío, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número treinta y siete (37), instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional Wilfrido Suero Díaz en fecha 07/12/2016, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio.” 2.- Que en fecha 2 de junio de 2017, el Oficial del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional procedió al pronunciamiento del referido divorcio y a la inscripción de la sentencia que lo admitió en el libro No.0003 de registros de divorcio, folio No.0061, acta No.000192, año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
En virtud de las disposiciones del Art.42, de la ley 1306-Bis, del 21 de mayo del año 1937, sobre Divorcio, se hace de público Conocimiento que la Cámara Civil Y Comercial de La Primera Circunscripción del Distrito Judicial de La Vega en fecha Dieciocho (18) de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017) dicto la sentencia No. 208-2017-SSEN-00803, la cual pronuncia el Divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges FRANKLIN DE JESUS FLORENTINO HOLGUIN E HIRARSA ALTAGRACIA GARCIA HERRERA DE FLORENTINO, la cual en su parte dispositiva dispone lo siguiente: FA L L A: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los Esposos FRANKLIN DE JESUS FLORENTINO HOLGUIN E HIRARSA ALTAGRACIA GARCIA HERRERA DE FLORENTINO , conforme el Acto de estipulaciones de Divorcio Instrumentado por ante la Notaria Publica de los del numero para el municipio y Provincia de La Vega, Licenciada RAMONA ROSARIO GONZALEZ, en fecha 28-02-2017, transcrito mas arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte mas diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, Ordena y firma. YLONKA ESPERANZA BRITO HENRIQUEZ JUEZA MARICELA BUENO ORTIZ, SECRETARIA INTERINA. El Divorcio que se admite por esta sentencia fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de La Vega, en fecha 31 del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017), e inscrito en el Libro Registro de Divorcio No.00004, folios 0113, Acta No.000357, del Año 2017, según Sentencia No.208-2017-SSEN-00803, del 18 de Mayo del 2017. REPUBLICA DOMINICANA.- En la ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, al Primer (1) días, del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Banco Agrícola de la República, Sección Alquileres Letra: O, Bajo el No. 20103267, Folio 125, en Sto. Dgo., D. N., a los días 14 del mes de : 10 del año 2010; sobre el Local Comercial ubicado en la Av. Venezuela No. 87, Local 1-A, Primer Nivel, Plaza Victoria, Ensanche Ozama, Propietaria: Digna María Peguero, Céd. No. 001-1030699-0, Inquilino: Manolo Emilio Ortiz Rosario, Céd. No.0180052368-8, Fiador Solidario: Ramón Emilio Artiles Paredes, Céd. No.001-13467500, Notario Público: Dr. Antonio Estévez Fortuna. En Santo Domingo, D.N., a los Seis (6) días del mes de Junio del año 2017.
Diego Infante Henríquez Abogado
LIC. FRANCIS MANOLO FERNANDEZ PAULINO ABOGADO
DR. JULIO DEL ROSARIO MEJIA, Solicitante.
FC347028
(AC-11280-PC-ENV)
Siqueily Reyes, Abogada. FC 347004
PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPOSITO DE ALQUILERES
FC 347011
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
En virtud de la autorización de fecha 10/05/2017, se hace público conocimiento que el día 13/05/2017 a las 9:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la P. No. 131-A, del D.C. No. 15/3, del Municipio Consuelo, Provincia San Pedro de Macorís, Expediente No. 663201704121.
En virtud de la autorización de fecha 24/04/2017, se hace público conocimiento que el día 17/06/2017 a las 9:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 23, del D.C. No. 10/2, del Municipio San Rafael de Yuma, Provincia La Altagracia. Expediente No. 663201703597.
AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502.
ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502.
FC 347026
FC 347026
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
En virtud de la autorización de fecha 10/05/2017, se hace público conocimiento que el día 14/05/2017 a las 1:00 PM. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la P. No. 131-A, del D.C. No. 15/3, del Municipio Consuelo, Provincia San Pedro de Macorís, Expediente No. 663201704119.
En virtud de la autorización de fecha 10/05/2017, se hace público conocimiento que el día 15/05/2017 a las 11:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la P. No. 15-A, del D.C. No. 16/4, del Municipio y Provincia San Pedro de Macorís. Expediente No. 663201704116.
AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502.
AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502.
FC 347026
FC 347026
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO
Se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO FINANCIERO No. 40028-000704-9, con asiento en fecha 24 de noviembre del 2015, por valor de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS CON 00/100, (RD$150,000.00), expedido por la ASOCIACION CIBAO DE AHORROS Y PRESTAMOS, a favor de las Señoras, MARIA ALTAGRACIA CORNIEL ROMAN Y CRUCITA POLANCO BONILLA, Céds. Nos. 064-0026562-2 y 064-0027151-3, respectivamente, residentes en la C/ Dr. Tejada Florentino No. 61, Municipio Tenares, Provincia Hermanas Mirabal, debidamente notificado mediante acto de alguacil No.272-2017, y registrado en el Ayuntamiento del Distrito Nacional, No.11812, en fecha 19/05/2017, para los fines de ley correspondiente.
En virtud de la autorización de fecha 10/05/2017, se hace público conocimiento que el día 12/6/2017 a las 9:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 180-A-5, DEL D.C. No. 07 del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo Expediente No. 663201704117. AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502. FC 347026
AVISO DE MENSURA CATASTRAL SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL
FC 347902
REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL PROVINCIA PERAVIA Oficio No.: 989/2017 Expediente No. 254-2017-00145. AVISO REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y FIJACIÓN DE AUDIENCIA. LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE TIERRAS A TODOS A QUIENES PUEDA INTERESAR. EL ABOGADO DEL ESTADO VS. MARY JULIA GARCIA, JUANA MILAGROS GONZALEZ, ANACELIN MARIA ARIAS LARA, ROBERTO ANTONIO FRANCO PEREZ, SEVERINA MAGALYS CARMONA DE LOS SANTOS, MONICA CARMONA SANTOS, ERNESTO POLANCO y FELIX ANTONIO FRANCO GUERRERO (Reclamantes). Inmueble (s): Parcela 306139187269, 30613918683 y otras, D.C./D.C. Pos. 2, municipio Baní, provincia Peravia. COLINDANTES DE LA PARCELA No. 306139187269: al Norte: Calle 25 de Julio; al Este: Calle Ramón Emilio Jiménez; al Sur: Felix Antonio Franco Guerrero y Mari Reyes y al Oeste: Calle 25 de Julio. COLINDANTES DE LA PARCELA No. 30613986183: al Norte: Mari Reyes y Juana Milagros González; al Este: Calle Ramón Emilio Jiménez; al Sur: Mónica Carmona Santos y Ernesto Polanco, Anacelin María Arias Lara y Severina Magalys Carmona de los Santos y al Oeste: Roberto Antonio Franco Pérez y Mari Reyes. COLINDANTES DE LA PARCELA No. 306139187034: al Norte: Felix Antonio Franco Guerrero; al Este: Calle Ramón Emilio Jiménez; al Sur: Anacelin María Arias Lara y al Oeste: Anacelín María Arias Lara. COLINDANTES DE LA PARCELA NO. 306139186071: al Norte: Felix Antonio Franco Guerrero; al Este: Mónica Carmona Santos y Ernesto Polanco y Calle Ramón Emilio Jiménez; al Sur: Anacelín María Arias Lara y al Oeste: Severina Magalys Carmona de los Santos. COLINDANTES DE LA PARCELA Número 306139176981: al Norte: Anacelín María Arias Lara; al Este: Calle Ramón Emilio Jiménez; al Sur: Calle Francisco Lora y al Oeste: Severina Magalys Carmona de los Santos. COLINDANTES DE LA PARCELA No. 306139175927: al Norte: Roberto Antonio y Franco Pérez y Felix Antonio Franco Guerrero; al Este: Anacelín María Arias Lara; al Sur: Calle Francisco Lora y al Oeste: Magalis Nina Brito. COLINDANTES DE LA PARCELA Número. 306139185143: al Norte: calle 25 de Julio y Mari Reyes; al Este: Mari Reyes y Felix Antonio Franco Guerrero; al Sur: Felix Antonio Franco Guerrero, Severina Magalys Carmona de Los Santos y Magalis Nina Brito y al Oeste: Magalis Nina Brito y calle 25 de Julio. COLINDANTES DE LA PARCELA Número 306139173720: al Norte: Calle Francisco Lora; al Este: Juana María Báez; al Sur: Felicia Lara, Kenny Arias y Claudia Avila y al Oeste: Jesús Rafael Arias. Otro interesado: Agrimensor ROBERT ALEXANDER SUERO BAEZ, domiciliado y residente en la ciudad de Baní, Provincia Peravia. SE CITAN: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho en dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan a la audiencia que celebrará este Tribunal de Tierra de Jurisdicción Original de la Provincia Peravia, de los 19 y 20 del mes de junio del año 2017, a las 9:00 horas de la mañana, en el lugar que acostumbra a celebrar audiencias este Tribunal, en el salón ubicado en el segundo nivel del Palacio de Justicia de la Provincia Peravia, sito en la Ave. Prolongación Máximo Gómez No. 106, con relación al inmueble de referencia, a fin de que se de a conocer los derechos que pretenden y las pruebas en que se basan para que al efecto formulen sus reclamaciones de Jurisdicción Original. En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), años 173’ de la Independencia y 154’ de la Restauración.
DOY FE: ESTELA ALCANTARA LORENZO, Secretaria. Aprobado: FREDY GERALDO, Juez. FC 347041
LEGAL 19
Vista: La autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, (Exp. No. 663201702594), de fecha 23/03/2017, se avisa que el jueves, 15/06/2017, a las (10:00 A.M.), se iniciará el acto de levantamiento parcelario (Deslinde y Refundición) dentro de las Parcelas Nos. 89-C y 103, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, ubicado en la calle Miguel A. Monclús No. 101, del sector Los Maestros del Distrito Nacional, propiedad de la señora CEFERINA GARCIA, con extensión superficiales de 95.93 M2 y 592.21m2.
WAGNER CLAUDIO MEDINA MOQUETE, Agrimensor Contratista. Codia No. 13891.
Emplazamiento para fines de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres con domicilio desconocido En cumplimiento de las estipulaciones, contenida en el párrafo único, del artículo 42, de la ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, por medio del presente aviso el señor THIERRY ALEXANDRE JEROME BLIN, Francés, mayor de edad, casado, portador de la cedula de Identidad y Electoral No. 402-3737884-5, domiciliado y residente en esta Ciudad de Higüey, residente en Francia y accidentalmente en la calle Rosa Paulino No.07, sector la Imagen de esta ciudad de Higüey, advierte a su legítima esposa YUDELKIS ROMERO RAMON, dominicana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad no. 001-1732375-8, cuyo domicilio y residencia actual se desconoce, que procederá por órgano de su abogada apoderada Licda. DEYSI RINCON CARABALLO, dominicana, mayor de edad, casado, abogados de los Tribunales de la República, con Matricula No. 20517, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 028-0075123-8, con su estudio de abogado abierto en ésta Ciudad en la calle Canónico Montas Esq. Trinitaria No.08, local 2, sito en la oficina de Abogados JURISCONSULTOS R&R, teléfonos 809-554-4628 y 829-632-6752, de esta Ciudad de Higüey, donde se hace formal elección de domicilio a todos los fines y consecuencias legal de la presente demanda en divorcio, a emplazarla, en Acción de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, a fin de que comparezca en forma legal, a la audiencia que en sus atribuciones civiles celebrara la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de la Altagracia el día Miércoles que contaremos a Veinte y Ocho (28) de Junio del presente año Dos Mil Diez y Siete (2017) a las 9:00AM., la cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la Segunda Planta del Palacio de Justicia ubicado en una de las esquinas formadas por las calles Agustín Guerrero y Beller de esta Ciudad de Higüey. En la ciudad de Higüey, República Dominicana, a los Veinte y Dos (22) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diez y Siete (2017).
Licda. DEYSI RINCON CARABALLO, Abogado Apoderado. FC 347049
FC 347015
AVISO DE AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y sus Reglamentos, avisamos por este medio que el día miércoles doce (12) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00) A.M., en el Tribunal de Tierras de la Jurisdicción Original del municipio y provincia de El Seibo, ubicado en la avenida Manuela Diez Jiménez, 2do. Nivel del Palacio de Justicia, frente al Cuerpo de Bomberos, se conocerá en audiencia el Saneamiento de un Solar localizado en la avenida Manuela Diez Jiménez No. 52, reclamado por el señor RICARDO DAVID CHAHIN CHAHIN, resultando el Solar No. 409764166246, del D.C. No. 1, en el municipio y provincia de El Seibo.
AGRIM. BIENVENIDO RAMIREZ, Codia 10696.
Yo, VICTOR MANUEL DEL ROSARIO SOSA, dominicano, mayor de edad, casado, con Cédula de Identidad y Electoral número001-0089296-7, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Titulo No. 88-3722, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir la copropiedad del inmueble: El Apartamento No 2-B: Situado en la segunda planta del Condominio Residencial o Edificio de Apartamentos Castillo, con un área de construcción de 90.00 metros cuadrados. Edificado dentro del Solar No. 9, Manzana No.713, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, estaba casado con la señora CLARA ANTONIA RODRIGUEZ RICHIEZ y continúan casados en la actualidad.
AVISO DE DESLINDE Expediente No. 663201613102 En virtud de Autorización de fecha 16/03/2017, se avisa que el sábado 10 de junio del 2017, a las 12:00 M., se iniciarán los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No.1-A, del D. C. No.2/2, del Municipio y Provincia La Romana, propiedad del señor Apolinar Álvarez Cruz. El inmueble se encuentra ubicado en el Camino que da a la Carretera de Cumayasa, Municipio y Provincia de La Romana.
LUIS MÁXIMO SEGURA RODRÍGUEZ Agrimensor Contratista CODIA 6436 FC347051
AVISO DE DESLINDE Expediente No. 663201613094 En virtud de Autorización de fecha 16/03/2017, se avisa que el sábado 10 de junio del 2017, a las 10:00 a.m., se iniciarán los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No.1-A, del D. C. No.2/2, del Municipio y Provincia de La Romana, Provincia Santo Domingo, propiedad del señor Marcial Reyes Soba. El inmueble se encuentra ubicado en el Camino que da a la Carretera de Cumayasa, Municipio y Provincia de La Romana.
LUIS MÁXIMO SEGURA RODRÍGUEZ Agrimensor Contratista CODIA 6436 FC347051
AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE UNA COMPAÑÍA POR ACCIONES (C. POR A.) A UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S. R. L.) ALVARADO-ANTONIO ARQUITECTURA, C. POR A. De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08, del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedad Comerciales y empresas individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el proyecto de Transformación de la compañía AÑBARADO-ANTONIO ARQUITECTURA, C. POR A. a una sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la sociedad, al cual se denominará “ALVARADO-ANTONIO ARQUITECTURA, S. R. L.”, la misma estará regida por las Leyes de la República Dominicana, y tendrá como objeto social diseño y construcciones en ingeniería, arquitectura; el domicilio de la misma estará ubicado en la Calle Paseo Cuba Casa No. 02, residencial costa Bávaro, Higüey, la Altagracia, tendrá un capital de DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$200,000.00) y será administrada por asamblea general, cuyo primer gerente será el señor CARLOS ALBERTO ALVARADO MELO, designado al efecto por un periodo de dos años; la duración de la sociedad será indefinida. Mediante el presente aviso se hace de público conocimiento que la transformación se llevará a cabo en el local de la Sociedad del Día veintiséis (26) de junio del año dos mil diecisiete (2017) y que el proyecto de transformación de la sociedad junto con el balance especial, así como el informe del comisario de cuentas y consejo de Administración ya están a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Bávaro, Higüey, Provincia La Altagracia, a los siete (07) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
CARLOS ALBERTO ALVARADO MELO PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINSITRACIÓN. FC347044
EDICTO POR REVENTA DE UN BIEN INMUEBLE De conformidad con los artículos 696 del Código de Procedimiento, se hace de público conocimiento lo siguiente: PRIMERO. Que mediante auto administrativo No. 538-2017-SAUT00063, Expediente No. 538-15-00154 de fecha 16 del mes de Mayo del año 2017, el Magistrado Juez Presidente de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del D. J., de Peravia, dispuso el levantamiento del sobreseimiento en la demanda en la reventa del bien inmueble interpuesta por la compradora del bien inmueble: AGUEDA MARIA BRITO, dominicana, mayor de edad, con residencia en la ciudad de Baní. A través de su abogado DR. RAFAEL GERALDO. EMBARGADOS: RAFAEL CASIMIRO PEGUERO SOTO Y ROSANNA CARMELITA RUIZ MATEO, dominicanos, mayores de edad, casados, comerciantes, cédulas de identidades números 003-007889-6 y 003-0093693-7, residentes en la calle 4ta, No. 3, Residencial Costa Sur, de esta Ciudad de Baní. Abogado apoderado LIC. JORGE ALBERTO DE LOS SANTOS VALDEZ. EMBARGANTE: MARIA DE JESUS MARTINEZ, dominicana, mayor de edad, de estado civil soltera, de ocupación modista, cédula de identidad No. 003-0019966-8, domiciliada y residente en la calle Nuestra Señora de Regla, en la casa marcada con número 57, de la Ciudad de Baní, quien tiene como abogados apoderados DR. JOSE ANTONIO CESPEDES MENDEZ, dominicana, cédula de identidad y electoral No. 010-0005321-3, matrícula No. 7284-81-89, con oficina profesional en la casa No. 24, de la calle Francisco del Rosario Sánchez. PRECIO. El precio de primera puja: DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIUN PESOS (RD$2,976,921.00), fijado en el pliego de condiciones. Más costas y honorarios que será depositado antes de la audiencia. INMUEBLE: Designación catastral No. 2512-A-Subd-220-DC 7, extensión superficial 299.94 mt2. Matrícula No. 0500000100, ubicado en Baní, Peravia. TRIBUNAL COMPETENTE. La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Perviva, celebra audiencias, segunda planta del Palacio de Justicia de la Ciudad de Baní, ubicado en la prolongación Avenida Gral. Máximo Gómez, No. 106, día de la venta martes 27 de junio del año 2017, a las 9:00 horas ante meridiano. GARANTIA ESTIPULADA: Todo licitador deberá depositar previamente en la Secretaría Tribunal una garantía en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria domiciliada República Dominicana, equivalente al diez por ciento (10%), del precio fijado por el persiguiente. Sin esta garantía no será admitido como subastador. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los cinco (05) días de Junio del año 2017.
DR. JOSE ANTONIO CESPEDES MENDEZ, Abogado de la persiguiente. FC 347037
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
20 LEGAL AVISO DE DESLINDE En virtud de Autorización de fecha 20/04/2017, Expediente No.663201703477, se hace de público conocimiento y a los colindantes, que el día viernes 16 de junio del 2017, a las 9:00 a.m., se iniciarán los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No.117-J, del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, propiedad del señor David Antonio Volquez Pérez. El inmueble se encuentra ubicado en la calle A, Villa Linda II, Distrito Nacional. Dichos trabajos serán practicados por el Agrim. Germania Rafaela González Quelis, CODIA No.02090.
Germania Rafaela González Quelis Agrimensor Contratista CODIA 02090 FC347052
AVISO DE PÉRDIDA DE DUEÑO Y ACREEDOR En cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, según el Artículo 92, Párrafo III, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título (Dueño a favor de VICTOR MANUEL GARCÍA VARGAS, y acreedor a favor de LA COOPERATIVA LA ALTAGRACIA”, INC.), expedido por el Registrador de Títulos de Santiago, sobre el siguiente inmueble: SUS DERECHOS EN LA PARCELA NUMERO 1-PROV-B-2-B, DEL DISTRITO CATASTRAL NUMERO 13, DEL MUNICIPIO Y PROVINCIA SANTIAGO, UNA PORCIÓN QUE MIDE: 450 (CUATROCIENTOS CINCUENTA) METROS CUADRADOS, AMPARADO MEDIANTE EL CERTIFICADO DE TITULO NUMERO 45 (ANOT. NO. 10), EMITIDO POR LA REGISTRADORA DE TÍTULOS DE SANTIAGO y el acreedor correspondiente a la siguiente hipoteca inscrita: por la suma de: RD$ 600,000.40, según acto bajo firma privada de fecha Diecinueve (14) de Febrero del año Dos Mil Cuatro (2004), legalizado por el Doctor Gerardo Contreras López, Notario Público de los del número para el Municipio de Santiago; inscrito el día Cinco (5) de Marzo del año Dos Mil Cuatro (2004). En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
BRAILYN ARSENIO CABRERA PÉREZ Solicitante
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 17 de junio del año 2017, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Deslinde de dos (2) porciones de terreno, ambas ubicadas, dentro del ámbito de la Parcela No. 6, del D.C. No. 5, del municipio de Baní, provincia Peravia, localizadas en el Camino S/N a 254.00 menos al sur de la carretera Máximo Gómez, lugar Los Tumbaos, sección Los Tumbaos, Distrito Municipal de Matanzas, del municipio de Baní, provincia Peravia, con un área superficial de 36,171.00 M2, y 42,951.14 M2, respectivamente, a nombre de los SRES. LUIS ROSARIO OGANDO BERIGUETE y SUSANA MIGUELINA CRUZ CAMACHO. Expediente No. 663201703349.
AGRIM. JOSE ELPIDIO MENDEZ MIR, Codia No. 9041.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 17 de junio del año 2017, a las 2:00 P.M., se realizarán los trabajos de Deslinde de una (1) porción de terreno, ubicada, dentro del ámbito de la Parcela No. 41, del D.C. No. 7, del municipio de Baní, provincia Peravia, localizada en el Camino S/N, a 330.00 metros al SurOeste de la carretera Máximo Gómez, lugar Los Tumbaos, sección Los Tumbaos, Distrito Municipal de Matanzas, del municipio de Baní, provincia Peravia, con un área superficial de 56,597.71 M2, a nombre del SR. LUIS ROSARIO OGANDO BERIGUETE. Expediente No. 663201703348.
AGRIM. JOSE ELPIDIO MENDEZ MIR, Codia No. 9041.
AVISO DE MENSURA De acuerdo a la Autorización No. 663201703425, el día Quince (15) del Mes de Junio del Año 2017, a la 10:00 A. M., daremos inicio al levantamiento para Deslindar dos porciones de terreno con área total de 30,458.50 Metros Cuadrados, dentro de la Parcela No. 110-REF.-780, del Distrito Catastral No. 4, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo; las porciones a Deslindar se encuentran ubicadas en la Av. Luperón esq. Calle A y Calle E casi esquina Av. Luperón, Zona Industrial de Herrera, Santo Domingo Oeste, derechos registrados a favor de la Compañía PLASTICOS FLEXIBLES, S. R. L. (PLASTIFLEX).
AGRIM. RAMON IGNACIO GOMEZ BAEZ Codia No. 10585
AVISO DE MENSURA De acuerdo a la Autorización No. 663201703427 el día Quince (15) del Mes de Junio del Año 2017, a las 03:00 P. M., daremos inicio al levantamiento para Deslindar una porción de terreno con área de 400.00 Metros Cuadrados, dentro de la Parcela No. 91-A, del Distrito Catastral No. 6, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; la porción a Deslindar se encuentra ubicada en la Calle C No. 9 del Sector Las Palmas de Alma Rosa, Santa Domingo Este, derechos registrados a favor de los Sres. JULIO CESAR ENCARNACION NUÑEZ y MARIA AGRIPINA NUÑEZ DE ENCARNACION.
AGRIM. RAMON IGNACIO GOMEZ BAEZ Codia No. 10585
AVISO DE MENSURA
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado los certificados de título de Propiedad nos. 88-3767 y 94-700, que amparan los derechos sobre dos porciones de terreno con una extensión superficial de 1 Ha, 5 As, 39 Cas y 923, 00 Has, 44 As, 34 Cas., respectivamente, en el ámbito de las Parcelas Nos. 922 y 923, respectivamente, ambas pertenecientes al Distrito Catastral no.03 del Municipio Jarabacoa y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a favor y a nombre de: ARISTIDES DE LEÓN Y SENCIÓN BAEZ, Propietarios.
LIC. MELITON ORTIZ ORTIZ ABOGADO REPRESENTANTE DE LA HIJA ÚNICA IDALIA CLEOTILDE DE LEÓN CEPEDA. (RCDEP-6445-PC-ENV)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de Propiedad Constancia Anotada no.228 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 5.23 tareas equivalentes a 3,289mts2 en el ámbito de la Parcela No. 371, del Distrito Catastral No. 3 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a favor y a nombre de: ANTONIO MARIA FERNANDEZ, Propietario.
LICDA. GLADYS FRANCISCA PERALTA MUÑOZ ABOGADA
Shisbara S.A. Registro Nacional de Contribuyentes No. 1-30-86159-5 Registro Mercantil No: 23938SD Domicilio Social: Calle Desiderio Valverde, número 103, Zona Universitaria, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana
AVISO DE TRANSFORMACIÓN Se avisa a los interesados y al público en general que ha sido convocada la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad Shibara, S. A., para el día siete (07) de junio del año en curso, a las Cuatro horas de la tarde, (4:00p.m.), a fin de conocer del Proyecto de Transformación de la misma en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.). El referido Proyecto contiene las razones que lo justifican, los trámites a observar durante el proceso de transformación y el proyecto de Estatutos Sociales que regirán la sociedad en caso de aprobarse el Proyecto. A continuación se transcribe un extracto de los puntos más relevantes del Proyecto: Se les avisa a todos los accionistas de la sociedad que el texto íntegro del Proyecto de Transformación o nuevos estatutos sociales, aumento de capital social, así como el Balance Especial y el Informe del Comisario requeridos por la Ley para las transformaciones societarias, se encuentran actualmente a sus disposición en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá de la transformación. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
Sra. Gisselle S. Alonzo Cabrera, Presidente. Publicación Autorizada por: Valera Sánchez & Asoc. Abogados. Tel. 809-541-0025/809-541-1215. FC 347050
(RO-11238-AN)
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 14-006-005638-8 documento no.017141 fecha de apertura 06 de febrero del año 2012 expedido por valor de RD$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
GRISSELLE AIDA BONILLA CEPEDA DEPOSITANTE (MP-RO-13574-CC-07-08-09/06/2017)
De acuerdo a la Autorización No. 663201704959, el día Quince (15) del Mes de Junio del Año 2017, a la 4:00 P. M,, daremos inicio al levantamiento para Deslindar una porción de terreno con área de 155.00 Metros Cuadrados, dentro de la Parcela No. 91-A, del Distrito Catastral No. 6, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; la porción a Deslindar se encuentra ubicada en la Calle C No. 11 del Sector Las Palmas de Alma Rosa, Santo Domingo Este, derechos registrados a favor del Sr. FAUSTINO PALMA GARCIA.
BUFETE DE ABOGADOS DE LA ROSA & ASOCIADOS Francisco Henríquez y Carvajal, No. 217, Santo Domingo, Rep. Dom. Teléfono Ofic. 809-686-8428, Cel. 809-258-5577 E-mail: delarosa.asoc@gmail.com
AGRIM. RAMON IGNACIO GOMEZ BAEZ Codia No. 10585
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley 1306 bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento: A que en fecha día dos (02) del mes de marzo del año 2017 por ante la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera de Santo Domingo, dictó la sentencia Marca con el No. 19202017, cuyo dispositivo dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges DALE STEVEN BIRDWELL MARCIA MIGUELINA VASQUEZCEDANO. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos; Así se pronuncia, ordena, manda y firma (FIRMADO: ALBA LUISA BEARD MARCOS, jueza, JHULISSA FRANCISCO SANDOVAL Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Juez de este Tribunal, el mismo día mes y año citado, al cual ha sido leída y publicada por la Secretaria. El presente divorcio ha sido pronunciado por ante el Oficial el Estado Civil de la Quinta Circunscripción del Municipio Santo Domingo Norte, en fecha 02 de marzo del año 2017, y la sentencia que admite transcrita en el Registro de divorcio No. 00652, folios No. 0140 al 10, bajo el acta No. 000510, del año 2017, de la Sindicada Oficialía. En Santo Domingo Este, a los cuatro (04) días del mes de marzo del año 2017.
LIC. CLAUDIA A. DE LA CRUZ ABOGADA APODERADA. FP90529
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO AVISO DE MENSURA Expediente No. 662201704041, Se avisa que el día Sábado 17 del mes de Junio en del 2017, a las 11:30 a.m., se dará comienzo a la Mensura Catastral para el Proceso de DESLINDE, que será practicado dentro de la parcela número 66, del Distrito Catastral Número doce (12), del municipio de Santiago de los caballeros, Provincia Santiago, Propiedad de la Señora CARMEN HERNANDEZ DE FRANCISCO, ubicado en la Calle 5 No. 33, Barrio José Reyes, Sección Los Tocones (detrás de la parada la Tinaja), entrando por la Autopista Presidente Joaquín Balaguer.
AGRIM. GREGORIO ALTAGRACIA AQUINO CODIA 8412, TELÉFONO 809-292-8727
AVISO DE MENSUIRAS PARA DESLINDE Y SUBDIVISIÓN Se hace de público conocimiento que para el día 15/6/17, a las 3:00 p.m. se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde y Subdivisión dentro del ámbito de la Parcela No. 12-B, D.C. No. 13 del Municipio y Provincia Distrito Nacional, ubicado en la Calle Ercilia Pepín, Próxima a la Av. Jacobo Majluta, Sector Arroyo Hondo, Propiedad del Sr. JOSÉ DOLORES SABALA MARTE. Expediente No. 663201704807. AGRIM. ESTEBAN BLANCO NINA CODIA 12508
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley 1306-Bis, de divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha SEIS (06) del mes de MARZO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), La Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la SENTENCIA CIVIL No. 625/2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Acoge como buena y valida, en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio, por haber sido hecha conforme a la Ley y al derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores José Radhame Burgos Paulino y Kenia Verónica Caso Núñez, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos; en ese sentido: A) Otorga la guarda, cuidado y protección del menor de edad Jesús Adrián, a cargo de su madre, la señora Kenia Verónica Caso Núñez. B) Fija en la suma de cuatro mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$4,000.00), mensuales, como pensión alimentaria que el padre deberá pasar a la madre, para la manutención y educación del menor de edad, suma que deberá ser pagada el día treinta (30) de cada mes; TERCERO: Ordenar el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía del Estado Civil correspondiente previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio; CUARTO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, JUEZA; BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. El presente divorcio fue pronunciado e1 día TREINTA (30) del mes de MAYO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), por ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de la Provincia Santo Domingo Este, inscrito en el Libro No.4, de registros de Divorcio Folio No. 103 Acta 00352 Año 2017.En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los CINCO (05) días del mes de JUNIO del año DOS MIL DIECISIETE (2017).
LIC. MASCIMO DE LA ROSA ABOGADO. FC347042
PUBLICACION DE DIVORCIO En virtud de lo que dispone el artículo 42 de la vigente ley de divorcio No. 1306 bis y sus modificaciones, se hace de público conocimiento lo siguiente: que en fecha treinta (30) de Abril del año Dos Mil Ocho (2008), la Séptima Sala para asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dicto la Sentencia Civil No. 1312-08, cuyo dispositivo textualmente es el siguiente: FALLA: PRIMERO: DECLARA buena y valida, en cuanto a la forma la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por el señor YORLAN CERVANTES PEREZ, contra la señora YVIS NOEMI ESTEVEZ PEREZ, por haber sido interpuesta conforme al derecho. SEGUNDO: en cuanto al fondo, ACOGE las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, señor YORLAN CERVANTES PEREZ, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia DECLARA disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores, YVIS NOEMI ESTEVEZ PEREZ Y YORLAN CERVANTES PEREZ por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente. CUARTO: compensa las costas del procedimiento. Haciendo constar que el mismo fue pronunciado en fecha 5/06/2017, e inscrito en el Registro destinado a estos fines, correspondiéndole el Libro No. 00003, Folio No.0091, Acta No. 000214, año 2017, en la Oficialía del Estado Civil de la 11 VA. Circunscripción del Distrito Nacional. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Seis (06) días del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. CLAUDIO HIDALGO PORTES ABOGADO
MIERCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PÉRDIDA DE PLACA: marca Suzuki, modelo AX100, color rojo, año 2006, placa y registro N187333, chasis LC6PAGA1760853916, a nombre de TOMÁS GARCÍA ALVARADO, cédula 001-0969906-6. FC346954
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jin cheng, color blanco, año 2014, placa y registro K0710782, chasis LJCPAGLH0ES000767, a nombre de CHUBY YB COMERCIAL SRL, RNC 130846499. FC346988
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa L229532, color negro, chasis JT4RN67S1J5089262, tipo carga, año 1988, propiedad de RAMON JOSE, cédula 001-0475564-0. FC 346969
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo C50, placa y registro NYC826, color verde, chasis C509474733, propiedad de IMPORTADORA VILLAR ARIAS, cédula 115024731. FC 347017
PÉRDIDA DE CHAPA: de carga, Marca Toyota, modelo YN50LKR, año 1987, color blanco, placa y registro L140254, chasis YN500057946, a nombre de JUAN TOMÁS LIRIANO GONZÁLEZ.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, modelo Lead 100, placa N295925, color gris, chasis JF06-1217081, propiedad de SIXTA DORILA REVEZ VILLAR, cédula 0030010116-9. FC 347018
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Aprilia, modelo Stx, año 2016, color negro, placa y registro K0207689, chasis LBMSTX109F1000445, a nombre de VIG ESP DE SEGURIDAD S.A., RNC: 101-10020-6. FC346975
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, placa A018104, color rojo, chasis JT2AE94A6N0296252, tipo automóvil privado, año 1992, propiedad de EDDY MARTINEZ, cédula 001-0850848-2. FC 347019
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, modelo V119LHY2, año 1995, color blanco, placa y registro L128130, chasis V119-04241, a nombre de MARTINEZ TAVAREZ CARELA. FC346984
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Nissan, color azul, año 1994, placa A392081, chasis BCAB13515001, propiedad de ERIC SANCHEZ BAEZ. FC 347010
PÉRDIDA DE PLACA: de Motocarga, marca Bajaj, color negro, año 2016, placa y registro K0712016, chasis MD2A76AZ7GWK41636, a nombre de OCEANPLACE DOMINCANA EIRL.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Honda, modelo Accord EXL, año 2008, placa y registro A583818, color blanco, chasis 1HGCP26848A157880, propiedad de RAFAEL ERNESTO LUNA MONTILLA, cédula 223-0119509-9. FC 347014
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2010, placa y registro A693879, chasis KMHEU41MBAA764851, a nombre de ANDERSSON ALBERTO OLIVARES OLMEDILLO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Jeep, color negro, año 2005, placa y registro OP00486, chasis 1J4GS48K35C557720, a nombre de RICARDO ALEJANDRO SANTELISES PELLERANO, cédula 001-0950373-0. FC347030
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color rojo, año 1993, placa y registro A491747, chasis 2T1AE09EXPC020681, a nombre de JOSÉ MANUEL PEGUERO, cédula 001-0495817-8. FC346974
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color azul, año 1984, placa y registro K0158443, chasis C509618038, a nombre de FELIBERTO GUZMÁN ARIAS, cédula 223-0072043-4. FC347033
PERDIDA DE CHAPA: Vehiculo Motocicleta Privada, Marca Honda, Modelo HA02, Año 1984, Color Verde, Placa No. K0248733, Chasis HA021809679, PROPIEDAD DE SERGIO YUNIOR SEBASTIAN ABREU OLIVO, CEDULA / RNC 031-0232423-7.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, color marrón, año 1998, placa y registro L247276, chasis 4TAVL52N0WZ048472, a nombre de MIGUEL RAMIREZ FIGUEREO.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Loncin, modelo LXT25T-13, año 2012, color rojo, placa y registro N9107763, chasis LLCLT1D09CCK00617, a nombre de ADANSI VALDEZ EUSEBIO. FP90497
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Nissan, color rojo, año 1995, placa y registro L070973, chasis LB120-140013, a nombre de CRUZ DARIO MATOS MATEO.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Jincheng, modelo CG-150, año 2011, color negro, placa y registro K0408705, chasis LJCPCKLJ3B6000941, a nombre de HECTOR GUZMÁN CASTILLO, cédula 001-1157334-1 FC347003
RAFAEL ANTONIO RIVERA CAZAÑO, traspasa la lancha, de Nombre SUPER, Matrícula LR1265BCH, 40’ de Eslora, 13”10” de manga y 3” de puntal, color blanco a OCTAVIO FERMÍN.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color rojo, año 1998, placa y registro A256297, chasis 2T1BR18E4WC068191, a nombre de JUANA DE JESÚS RODRÍGUEZ MENDEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, modelo Land Cruiser 4x4, color blanco, año 2003, placa y registro G012253, chasis JTEHT05J532034497, a nombre de MIGUEL POZO DIAZ, cédula 0480031011-4. Fp90525
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color gris, año 2004, placa y registro G158962, chasis JTEZU14R540021261, a nombre de JOSÉ RUDDY NOBOA PEÑA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Nissan, modelo BLGULGWJ32ELAE-A-A, color plata, año 2009, placa y registro A004482, chasis JN1BBUJ32Z0000296, a nombre de LM MOTORS, C. POR A., RNC: 122024311. FP90526
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Daihatsu, modelo J200LG-GODF, año 2008, color negro, placa y registro G099607, chasis JDAJ200G001011434, a nombre de OBISPO MARTINEZ MARTE, cédula 001-1314318-4. Fp90517
PÉRDIDA DE CHAPA: de automóvil privado, marca Kia, modelo Río LX, año 2015, color blanco, placa y registro A641574, chasis KNADM412BF6476235, a nombre de ANDEL STAR INC, RNC: 130379068.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, color blanco, año 1991, placa y registro L040705, chasis JT24RN81P2M5100063, a nombre de SIXTO TORRES, cédula 001-1037443-6. Fp90524
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Galaxy, color negro, año 2012, placa y registro K0253276, chasis LWPCJL1A12T004506, a nombre de FRANCISCO UBAO DE LA ROSA, cédula 049-0053212-0. FC347006
AVISO DE PERDIDA DE TITULO De conformidad con lo que dispone el párrafo III, Art. 92 de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título correspondiente a “LA PARCELA No. 127-B-l-REF-A-2-28-8REF-004.74, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 6, DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, APARTAMENTO No. 2-A SEGUNDA PLANTA, CON UN AREA DE CONSTRUCCION DE 95.00 MTS, CERTIFICADO DE TITULO 2004-4957, INSCRITO BAJO EL LIBRO 2137, FOLIO 178”, (DUPLICADO DE LA DUEÑA), Propiedad de INGRID A. ESPINAL. INGRID A. ESPINAL Solicitante
PERDIDA DE CHEQUE
Por este medio hacemos constar que se ha extraviado el Cheque No. 4332526, de fecha 22/11/2016, emitida por la entidad del Banco Popular por el Colector de Impuestos Internos, por cuenta de LSC CARIBBEAN CARGO SRL, de Ciento Cinco mil Novecientos Treinta y Siete pesos con Cuarenta y un centavos (RD$105,937.41). PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley 1306 Bis. sobre divorcio, se hace de público conocimiento: A que en fecha el día dos (02) del mes junio del año 2017, por ante la 4ta, Sala Asuntos de Familia, Juzgado de Primera instancia dicto la Sentencia marcada con el No. 715/2017, cuyo Dispositivo dice lo siguiente: FALLA PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuge ROBERTO CLETO DURAN Y RAFAELINA JIMENEZ, dominicanos, mayores de edad, con cedulas de identidad y electoral números 223-0008147-2 y 223-0149091-2, por Mutuo Consentimiento, SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas de procedimiento por tratarse de litís entre esposos; Así se pronuncia, ordena, manda y firma. (Firmado: Altagracia Mendoza Gutiérrez (Jueza) Brenda A. Rosario (Secretaria) La Sentencia que antecede ha dada y firmada por la Magistrada Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año ante citado, la cual ha sido leída y publicada por la secretaría. El presente divorcio ha sido pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 12va. Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, en fecha 02 de junio del ano 2017, y la sentencia que admite transcrita en el Registro de divorcio No. 0001-D, folio No. 0145, acta No. 000073, del año 2017, de la sindicada Oficialía. En Santo Domingo Este, A los Cuatro (04) días del mes de Junio del año 2017.
LEGAL 21
PUBLICACIÓN DE PÉRDIDA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO En virtud de la ley de los ayuntamientos municipales, se hace de público conocimiento que se ha perdido el contrato de arrendamiento No. 16045 expedido por El Ayuntamiento del Municipio de Santiago, de los Caballeros, en fecha 17 del mes de junio del año 1983. La cual ampara los derechos que le corresponden al señor PASCUAL JORGE dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad personal y electoral No. 5389, serie 38, dentro del solar municipal, No. 43, manzana 19, del municipio y Provincia de Santiago, del sector Gregorio Luperón. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los seis (06) días del mes de Junio del año dos mil diecisiete (2017). PASCUAL JORGE Propietario
Aviso de venta en pública subasta. Se hace del público conocimiento que el Día viernes 09 de junio del año 2017 procedes la venta pública y subasta en el mercado de Honduras en cual se encuentra ubicado en la calle Correa y Cidrón, esquina calle Primera del Distrito Nacional, de la República Dominicana, de los siguiente muebles: 1) un freseer parado. 2) un freseer acostado. 3) treinta 30 platos. 4) 2 tanques de gas uno de 50 y el otro de 100 libras. 5) dos mesa redonda plástica. 6) diez corderos variados diferente tamaño. 7) cuatro bandejas. 8) dos estufas industriales de 2 hornillas cada una. 9) cuatro manteles de colores variados. 10) treinta copas de diferentes tamaños. 11) dos sillas plástica color blanco. 12) un horno industrial en mal estado. 13) cuatro tope de cristal. Estos bienes le fueron embargado a la razón social JOSEFINA PROFESIONAL Y LOS SRES. JOSEFINA VIDAL Y BENITO ALMONTE (LUCAS), según el acto 29/20176 de fecha dos (02) de noviembre de año 2016, del protocolo del LIC. JAIME MANUEL RODRIGUE ABREU, abogado Notario Público, del Distrito Nacional por el valor de la deuda, por la suma cuarenta y cinco mil peso dominicano. (RD$45,000.00). Se le advierte a los licitados que para ser adjudicatario de pagar el 10% producto de la venta en mano del alguacil que actúa en función de vendutero público.
JUAN ISRAEL MARTINEZ MARRERO, Alguacil en función de Vendutero Público.
AVISO DE PERDIDA DE DUEÑO Y ACREEDOR En cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, según el artículo 92, párrafo III, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Dueño a favor de VICTOR MANUEL GARCIA VARGAS y acreedor a favor de la COOPERATIVA LA ALTAGRACIA”, INC., expedido por el Registrador de Títulos de Santiago, sobre el siguiente inmueble: “SUS DERECHOS EN LA PARCELA NO. 1-PROV.-B-2-B, del Distrito Catastral No. 13, del municipio y provincia Santiago, una porción que mide: 450 (cuatrocientos cincuenta) metros cuadrados, amparado mediante el Certificado de Título No. 45 (Anot. No. 10), emitido por la Registradora de Títulos de Santiago y el acreedor correspondiente a la siguiente hipoteca inscrita: por la suma de: RD$600,000.00, según acto bajo firma privada de fecha diecinueve (19) de febrero del año dos mil cuatro (2004), legalizado por el DR. GERARDO CONTRERAS LOPEZ, Notario Público de los del número para el municipio de Santiago; inscrito el día cinco (5) de marzo del año dos mil cuatro (2004). En la ciudad de Santiago de los Caballeros, municipio y provincia de Santiago, República Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).
BRAILYN ARSENIO CABRERA PEREZ, Solicitante.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento del Art 42 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio y para general conocimiento se hace saber lo siguiente: que en fecha 19 del mes de Mayo del 2017, el Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, mediante sentencia No. 1229/2017, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: se admite el entre los esposos FELIX ROSARIO CASTILLO Y ROSANNA MILAGROS MOJICA PEREZ, por mutuo consentimiento de acuerdo con las estipulaciones y convenciones pactados en el Acto de fecha 20 de mes de Septiembre del año 2016, instrumentado por el LIC. BIENVENIDO FERRERAS PÉREZ, abogado notario Público de los números para el Distrito Nacional. SEGUNDO: se compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos y por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma (ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, jueza BRENDA A. ROSARIO, secretaria). Así mismo se hace saber que fecha 6 del mes de junio del año 2017, la Oficial del Estado Civil de la 12va Circunscripción, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro 00001-D, folio No. 0147 y acta No. 000074, del año 2017.
LIC. CLAUDIA A. DE LA CRUZ
DRA. RUTH D. MEDINA OZORIO ABOGADA
ABOGADA APODERADA FP90528
FP90530
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MIéRCOLES 07 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
Taiwán imparte talleres para fomento Mypymes SANTO DOMINGO.Con el objetivo de optimizar y hacer más eficientes las operaciones de las distintas asociaciones empresariales de pequeñas y medianas empresas, Mipymes, en distintas áreas de producción agroindustrial, Taiwán International Cooperation Development Funds (Taiwán ICDF), junto al el Ministerio de Industria, Comercio y Mypimes, (MICM) y el Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA) realizaron varios talleres en diferentes provincias del país sobre el fomento a la capacidad del sistema de orientación de esas unidades productivas. Una nota de prensa detalla que iniciaron con el entrenamiento en “Agricultura Boutique”, a cargo del especialista taiwanés Lee Lon Hua, el cual busca dotar a los par-
.Manuel Crespo
Crespo demanda cancelar empresa Odebrecht en RD
ticipantes de las herramientas necesarias para elevar las habilidades profesionales, los requerimientos para el valor de los productos agrícolas y analizar la manufactura de las empresas y los problemas relacionados con la calidad de los productos. “Asimismo, como una forma de estudiar y conocer la situación actual de cada una de las cooperativas del país y brindarle el apoyo necesario para la mejoría de sus productos e incremen-
tar sus ventas, se impartieron también cursos en distintas asociaciones como: la Cooperativa Apícola y de Servicios Múltiples Salvador Ferrer, de Montecristi, la cual trabaja con la producción de miel, la Cooperativa de Mujeres Esperanzas Unidas, en la provincia del Seibo, la cual trabaja con la materia prima del cacao y la Cooperativa de El Esplendor en Yamasá, que trabaja con producciones de aceite de orégano”, precisa.
AFP Siembra reconoce a miembros ADOARH SANTO DOMINGO.- En el marco del XIII congreso “Negocio y Talento: Sinergia que Transforma”, de la Asociación Dominicana de Administradores de Gestión Humana (ADOARH), la empresa AFP Siembra, perteneciente al Centro Financiero BHD León, le hizo un reconocimiento a la actual directiva de la entidad presidida por Amarilis García. En un comunicado de prensa precisa que AFP Siembra, como empresa socialmente responsable, contribuye continuamente con actividades de formación y desarrollo profesional que proveen herramientas prácticas y agregan valor a las organizaciones. Agrega que Irving Muñiz,
Claudia Brito (centro) entrega reconocimientos a Lourdes Gómez y Amarilis García.
vicepresidente Comercial & Servicios de AFP Siembra, al respecto dijo que “nos unimos a la visión de potencializar el talento humano y dotarlo de herramientas innovadoras e impulsadoras para el éxito integral de las organizaciones”. Expresa que, de su lado, Claudia Brito, gerente de
Mercadeo de la empresa, señaló también que “con este tipo de eventos reiteramos nuestro compromiso con no solo proveer a nuestros clientes productos y servicios con calidad, también con suministrarle en el presente instrumentos y conocimientos para su futuro”.
El miembro del CC del Partido de la Liberación Dominicana, Manuel Crespo, sugirió al presidente Danilo Medina suspender a la empresa brasileña Odebrecht, la cual admitió que pago sobornos para ganar las licitaciones de varias obras que ejecuta en diferentes puntosl. Se explica que Crespo, también presidente del Proyecto Relevo Democrático, entiende que esos proyectos, indispensables para el desarrollo de las comunidades donde son ejecutados, deben ser asumidos por el Gobierno y un pool de empresas dominicanas bien calificadas. “Yo pienso que en nuestro país existen empresas muy calificadas, y que el Estado en un proceso de acompañamiento o alianza público-privado puede perfectamente continuar con todos los trabajos que está desarrollando esa empresa”, expresa el dirigente peledeista. Afirma que cuando los ejecutivos del Consorcio Odebrecht admitieron que pagaron sobornos para ganar licitaciones, automáticamente se invalidaron para seguir ejecutando las obras, ya que violaron la “Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones”. “Es que esa empresa no puede continuar operando en el país, pues reconocieron que violentaron la ley de Contrataciones de Obras, perjudicando al Estado, sobrevaluando, mediante sobornos y de esta manera elevando los costos de las obras en perjuicio del Presupuesto Dominicano”, sostiene Crespo.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mitsubishi, modelo K74TGJERXPL6, año 2003, color verde/gris, placa y registro OC07774, Chasis MMBJRK7403D002965, a nombre de SEGURO NACIONAL DE SALUD, cédula 401516454. FC347007
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Ford, color blanco, año 2010, placa y registro G240167, chasis 1FMEU7DE8A64995, a nombre de RAFAEL MELGEN HAZOURY.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Marca Mitsubishi, modelo Montero, año 2001, color rojo, placa y registro G154357, chasis JAHT31RXPO38202, a nombre de CONFESOR CASTILLO CEDANO, cédula 028-0023653-7. FC347046
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, color blanco, año 2000, placa y registro L133091, chasis V11611810, a nombre de FRANCISCO GERMÁN GARRIDO TRONCOSO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Nissan, color gris, año 2005, placa y registro L284626, chasis 1N6AD07W15C447779, a nombre de ODNEY ELIAS HANE SANTANA, cédula 026-0141691-6. FC347045
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Delta, color negro, año 2006, placa y registro N242448, chasis RIVASCNA506070329, a nombre de CENTRO DE ENSAMBLAJE WANG QI LIAN, S.A.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de camión, marca Mack, modelo 688-S, color rojo, año 1995, placa y registro L270518, chasis 1M2P267C0SM022714, a nombre de MIGUEL ORLANDO SÁNCHEZ, cédula 010-031254-4. FC347047
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jincheng, color blanco, año 2012, placa y registro
N857382,
chasis
LJCPAGLH0CS011308, a nombre de ADERSON ESTEVEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AN125HK, color rojo, año 2007, placa y registro K0189220, chasis LC6TCJC9670809481, a nombre de GRISELDA RAMOS JAVIER, cédula 029-0010129-2. FC347048
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Loncin, color rojo, año 2006, placa y registro K1128420, chasis LLELTT2047E002015, a nombre de PABLO VIZCAINO BAEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Mitsubishi, modelo Montero, color rojo, placa y registro G135401, chasis JA4MW51R91J024037, a nombre de ROLANDO ANTONIO CABRERA, cédula 072-0011918-3.
PÉRDIDA DE PLACA: de Carga, Marca Nissan, color azul, año 2005, placa y registro L200156, chasis JN1CJUD22Z0069548, a nombre de FRANCISCO JAVIER PADILLA LAHOZ.
PERDIDA DE MATRÍCULA: marca Mercury, modelo Mountain, año 2002, color gris, placa y registro G169233, chasis 4M2DU86E22UJ04700, a nombre de ISAÍAS ML.- WISPE AQUINO. FP90527
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color gris, año 2008, placa y registro A510751, chasis JTDBZ42E309028076, a nombre de VICTOR MANUEL SAVERY GUTIERREZ.
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO MATRICULA No:0500024098. Se hace de público conocimiento la Perdida del Certificado de título Matricula No.0500024098, de fecha 1ra de Agosto del 2014 emitido por el Registrador de Títulos del Departamento de títulos del departamento de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, que ampara el derecho propiedad del inmueble descrito como: DESIGNACIÓN CATASTRAL No. 305199038720, DEL MUNICIPIO DE BANÍ, PROVINCIA PERAVIA, CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE 804.01 MTS2, CON SUS MEJORAS Y TODAS SUS ANEXIDADES DEPENDENCIAS, PRESENTES Y FUTURAS, UBICADO EN BOCA CANASTA, BANÍ, PROVINCIA PERAVIA, REPÚBLICA DOMINICANA, SEGÚN CERTIFICADO DE TÍTULO MATRICULA, No. 0500024098, EMITIDO POR EL REGISTRADOR DE TÍTULOS DEL DEPARTAMENTO DE BANI, PROVINCIA PERAVIA, REPUBICA DOMINICANA, propiedad de los señores KENY BIENVENIDO BREA MEJÍA y DENIA ELPIDIA GONZÁLEZ’ BÁEZ.
LICDA. RAMONA GARCÍA PIMENTEL ABOGADA FC34704