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CLASIFICADOS 13
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14 LEGAL
AVisOs LeGALes AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE COMPAÑÍA De conformidad con Ley No. 479-08, la razón social denominada: OLGA DECORACIONES BY MARTINEZ, E.I.R.L., será transformada a SRL, la cual será denominada: OLGA DECORACIONES BY MARTINEZ, S.R.L., con su mismo domicilio, objeto y capital y convoca a la Asamblea General Extraordinaria, a celebrarse en fecha Veintitrés (23) de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017), en la cual se procederá a aprobar la transformación a SRL.
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que la Quinta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Municipio Santo Domingo Norte, dictó la Sentencia Civil No. 550-2018-SSENT-00035, Expediente No. NIC550-2017ECIV-01218 de fecha 15/01/2018, sobre el Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres incoada por la señora ANA ELIZABETH CUEVAS HENRIQUEZ, en contra del señor MIGUEL ANGEL MONTERO LIRANZO pronunciado por ante el Oficial Civil de la 5TA. Circunscripción del Municipio Santo Domingo Norte, según consta en el Acta No. 535, Folio No. 69/78, del año 2018.
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 08/02/2017, la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil No. 295/2017, expediente No. 1288-2016-01894, sobre el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores JUAN CARLOS PADILLA MARTINEZ Y NATALIA CESARINA MATEO TEJADA pronunciado por ante el Oficial Civil de la 13VA. Circunscripción de Santo Domingo Este, según consta en el Libro No. 0009, Acta No. 0572, Folio No. 072, del año 2010.
LIC. MIGUEL ANGEL ANTONIO UCETA U., Abogado.
LICDA. JUANA DE LA CRUZ VASQUEZ, Abogada.
“FARMACIA YAMILA, S.R.L.”
AVISO DE MENSURA
PUBLICACION DE DIVORCIO
Capital Social: RD$3,000,000.00 R.N.C. Número: 1-22-01964-2/Registro Mercantil: 54147SD Avenida República de Colombia No. 17, Altos de Arroyo Hondo I, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana.
De conformidad con la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 15 de junio de 2018, la Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos Familia Dictó la Sentencia Civil No.01092-18, cuyo Dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Tabaré Abrahán Tabar Ruiz e Yvette Alexandra Cepeda Rodríguez, en consecuencia homologa en todas sus partes el Acto de Estipulaciones de divorcio número 5/2018, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional Dr. Newton Hoogliuter González, en fecha 20/04/2018, transcrito en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leído íntegramente, firmada y sellada por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada hoy día dos (2) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018) la misma ha sido registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional. El presente Divorcio fue pronunciado el día 21 de mes de agosto de 2018, por ante el Oficial del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional, Pedro Miguel Ovalle Zapata, el cual ha sido inscrito en el Libro No.00004, Folio No.0027, bajo Acta 000314 del año 2018.
En cumplimiento con el artículo 110 y sus párrafos I, II y III de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada número 479-08 (en lo adelante “la Ley”) y el artículo 23 de los Estatutos Sociales de Farmacia Yamila, S.R.L., se convoca a sus socios para asistir a la Asamblea General Ordinaria que será celebrada en el domicilio social sito en la Avenida República de Colombia número 17, Altos de Arroyo Hondo I, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, el día catorce (14) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las diez horas de la mañana (10:00 AM). Se les informa a los socios que el Orden del Día será el siguiente: A) Designar y/o Ratificar el Consejo de Gerencia de la sociedad comercial. B) Cualquier otro asunto que fuese solicitado por los socios en la referida Asamblea. Los socios que no puedan asistir podrán hacerse representar mediante apoderado debidamente constituido mediante poder especial de representación que deberá ser depositado en la sociedad con un plazo mínimo de tres (3) días antes de la celebración de la Asamblea.
LIC. JOSE ALBERTO RINCON DEL LEON, Abogado Apoderado.
Isaías Martín Franco Santana, Gerente.
FC 361378
CONVOCATORIA ASAMBLEA FARMACIA YAMILA, S.R.L.
FP 99278
ENVASES Y SERVICIOS, S.R.L. Capital Social: RD$127,600.00 Registro Mercantil No. 438-PP Registro Nacional de Contribuyentes No. 1-05-00190-1 Domicilio Social: Carretera Luperón Km 3 ½, Puerto Plata, República Dominicana.
La Vega, Rep. Dominicana 28 de Agosto del 2018 Señores/as Miembros/as Del IDEPAC Asunto: Convocatoria a la XXXV Asamblea Ordinaria del IDEPAC Distinguidos miembros/as del IDEPAC. Por la presente tenemos a bien a convocarles a participar de a XXXV Asamblea de IDEPAC a realizarse el día sábado 29 de septiembre del año 2018, a las 9:00AM en Ave. Jiménez Moya No.13 Edif. JAR Apto.302, La Vega, Rep. Dominicana. Agenda: 1. Determinación de Quórum 2. Lectura Acta Asamblea Anterior 3. Presentación de Informes: a) Narrativos, b) Financiero. 4. Elecciones de nuevo consejo de Administración 4. Toma de decisiones y Resoluciones. 5. Turnos libres. Con afectos, Jerinerdo Suriel, Presidente. (AC-13876-RDT)
En virtud de la autorización, de fecha 09 de Agosto del 2018. Se hace de público conocimiento que el 06/09/2018 a las 08:00 a.m. se realizará el trabajo de mensura para Deslinde y Subdivisión dentro de la Parcela 162-C del Distrito Catastral No.06, Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo. A petición de la compañía DESARROLLO INMOBILIARIO S.A. representada por HENRY BURGOS LOPEZ. Exp. No.6632018030762. Se le INFORMA a los interesados estar presente ese día.
AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR Codia 9305 Tel. 829-986-3678 FC361406
AVISO DE MENSURA En virtud de la autorización, de fecha 06 de Agosto del 2018. Se hace de público conocimiento que el 06/09/2018 a las 11:30 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde del Solar No. 19 de la Manzana 858 Distrito Catastral No.01, del Distrito Nacional. A petición de CARLOS MANUEL DIAZ PEGUERO Y INDRA MIGUELINA RODRIGUEZ DE DIAZ. Exp. No.6632018030282. Se le informa a los interesados estar presente ese día.
AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR Codia 9305 Tel. 829-986-3678 FC361406
CONVOCATORIA
AVISO DE MENSURA
En cumplimiento de las disposiciones del Párrafo II del Artículo 110 de la Ley No. 479-08 Sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, la sociedad ENVASES Y SERVICIOS, SRL, CONVOCA a sus socios para que asistan a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL, que será celebrada el día diecisiete (17) de septiembre del cursante año dos mil dieciocho (2018), a las cinco horas de la tarde (5:00 p.m.), en domicilio social de la sociedad, ubicado en la Carretera Luperón Km 3 ½, de la ciudad de Puerto Plata, República Dominicana. Los puntos a tratar en esta Asamblea serán los siguientes: 1. Conocer del informe de gestión anual de la gerencia, del inventario, el balance, el estado de resultados y los estados financieros, con relación a los ejercicios sociales comprendidos entre el primero (1ero.) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil dieciséis (2016); y entre el primero (1ero.) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecisiete (2017); 2. Aprobar o no la gestión de la gerencia y discutir, aprobar o rechazar el inventario, el balance y el estado de resultados presentados por la gerencia de la sociedad; 3. Determinar los beneficios o las pérdidas de la sociedad y su tratamiento; 4. Conocer sobre los traspasos de cuotas sociales efectuados previo a la celebración de la Asamblea; 5. Otorgar poder para realizar los depósitos y registros necesarios relacionados con la presente Asamblea y las decisiones adoptadas en la misma, en el Registro Mercantil y otros organismos públicos que fueren de lugar; y, 6. Conocer cualesquiera otros asuntos que determine la ley o los Estatutos. Asimismo, les informamos a todos los socios de ENVASES Y SERVICIOS, SRL interesados en asistir a la Asamblea General Ordinaria Anual por este medio convocada, que antes de asistir a la reunión se pongan en contacto con el señor Ramón Emilio Rodríguez, en la oficinas de Brugal & Co., S.A. de Puerto Plata.
En virtud de la autorización, de fecha 09 de Agosto del 2018. Se hace de público conocimiento que el 06/09/2018 a las 10:00 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde y Refundición dentro de los Solares No. 6 y 7 de la Manzana 859 Distrito Catastral No.01, del Distrito Nacional. A petición de CARLOS MANUEL DIAL PEGUERO Y INDRA MIGUELINA RODRIGUEZ DE DIAZ. Exp. No.6632018030770. Se le informa a los interesados estar presente ese día.
Augusto José Ramírez Bonó, Gerente. FP 99277
AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR Codia 9305 Tel. 829-986-3678 FC361406
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AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
En virtud de la autorización, de fecha 06 de Agosto del 2018. Se hace de público conocimiento que el 05/09/2018 a las 11:00 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde de la Parcela No. 110-REF-780-A Distrito Catastral No.04, del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo. A petición de YAJAIRA ALTAGRACIA MOREL CAPEELLAN Y OSIRIS ANTONIO MARTINEZ ROSARIO. Exp. No.6632018030355. Se le informa a los interesados estar presente ese día.
VISTA: la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, expediente No. 662201808165, de fecha 17 de Agosto del 2018, a petición del señor: ANDRES ALMONTE GARCIA. Se avisa al público en general que el día 16 de Septiembre del 2018, a las 3:00 P.M., se dará comienzo a los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 04, del Municipio Altamira, provincia: Puerto Plata.
AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR Codia 9305 Tel. 829-986-3678
VISADO: AGRIM. HILKA BASTILLA RODRIGUEZ, CODIA No. 16037.
FC361406
AVISO DE MENSURA En virtud de la autorización, de fecha 08 de Marzo del 2018. Se hace de público conocimiento que el 10/09/2018 a las 08:00 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde dentro de la Parcela 76 del Distrito Catastral No.06, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. A petición de LUIS REYNALDO MARTINEZ VARGAS, Exp. No.663201801093. Se le informa a los interesados estar presente ese día.
AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR Codia 9305 Tel. 829-986-3678
LEGAL 15
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
VISTA: La autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, expediente No. 662201808189, de fecha 20 de Agosto del 2018, a petición del señor: FERNANDO ANDRES ALMONTE CORTES, se avisa al público en general que el día 16 de Septiembre del 2018, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 05, del Municipio: Altamira, Provincia: Puerto Plata.
Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título No. 12788, expedido a nombre de ERCILIO PEGUERO SERRANO Y MARIA PEGUERO SERRANO. Consistente en una porción de terreno, situada en el distrito municipal el Carril, Municipio de Haina, Provincia de San Cristóbal, con una extensión superficial de tres (03) hectáreas, ochenta (80) áreas, cuarenta y nueve (49) centiáreas y treinta y tres decímetros cuadrados, ubicado dentro de la parcela No. 75 -A-16-porción-L, del D.C. No.08, del Municipio de San Cristóbal, aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TITULO POR PERDIDA O DETERIORO.
VISADO: AGRIM. HILKA BASTILLA RODRIGUEZ, CODIA No. 16037.
FC361406
LICDA. CLARIBEL PEGUERO B., Abogada.
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
VISTA: la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, expediente No. 662201808167, de fecha 17 de Agosto del 2018, a petición del señor: MIGUEL ANDRES ALMONTE GARCIA. Se avisa al público en general que el día 17 de Septiembre del 2018, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 05, del Municipio: Altamira, Provincia: Puerto Plata.
VISTA: la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales de Departamento Norte, expediente No. 662201808168, de fecha 17 de Agosto del 2018, a petición de la señora: RAQUEL ALMONTE GARCIA DE PARRA, se avisa al público en general que el día 15 de Septiembre del 2018, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 05, del Municipio: Altamira, Provincia: Puerto Plata.
VISADO: AGRIM. HILKA BASTILLA RODRIGUEZ, Codia No. 16037.
Visado: AGRIM. HILKA BASTILLA RODRIGUEZ, Codia No. 16037.
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
VISTA: la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, expediente No. 663201808320, de fecha 21 de Agosto del 2018, a petición del señor: SATURNINO PEÑA MENDEZ, se avisa al público en general que el día 18 de Septiembre del 2018, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del ámbito de la Parcela No. 7-Posesión-11, del Distrito Catastral No. 04, del Municipio: Luperón, Provincia: Puerto Plata.
VISTA: la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales de Departamento Norte, expediente No. 662201808187, de fecha 20 de Agosto del 2018, a petición del señor: JOSE AMADO MARTINEZ ALMONTE, se avisa al público en general que el día 15 de Septiembre del 2018, a las 3:00 P.M., se dará comienzo a los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 05, del Municipio: Altamira, Provincia: Puerto Plata.
VISADO: AGRIM. HILKA BASTILLA RODRIGUEZ, Codia No. 16037.
Visado: AGRIM. HILKA BASTILLA RODRIGUEZ, Codia No. 16037.
Aviso de Incorporación
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO
AVISO DE PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA DE CERTIFICADO DE TITULO
De conformidad con el Art. 696 Del C.P.C., Reformado Por La Ley 764 Del 20 De Dic. Del Año 1944. Se Hace La Presente Publicación: Fecha Venta En Publica Subasta: Martes 04 De Septiembre Del 2018, A Las 09:00 A.M. En El Mercado Publico De Hondura, De La Correa Y Cidron Esq. Calle Primera, Del Sector De Hondura, Distrito Nacional: 1) Un Escritorio; 2) Un Verifon; 3) Un Compresor De Aire Acondicionado, Marca CCM; 4) Tres Sofas De Peluqueria, Dos Blanco Y Un Negro; 5) Una Mesa Blanca; 6) Una Repisa Blanca; 7) Un Estante De Vidrio Blanco Con Espejo; 8) Dos Gaveta De Pared Degro Con Guarda Rolo; 9) Dos Recogedores De Pelo, Uno Blanco Y Otro Negro; 10) Un Microhonda Marca Daewo Color Blanco; 11) Un Bebedero Color Blanco Marca Tecnomaster; 12) Una Cama De Masaje; 13) Un Mueble De Espera; 14) Una Mesita Tope De Piedra; Embargado A la señora ANDREA CONCEPCION CONCEPCIÓN, MEDIANTE ACTO NO. 303, DE FECHA 10 DE AGOSTO DEL 2018, DEL PROTOCOLO DEL LIC. FAUSTO BAZ PEGUEROM, ABOGADO NOTARIO PÚBLICO DEL DISTRITO NACIONAL, EN VIRTUD DE Pagare Notarial de fecha 27 de Noviembre del 2017.
De conformidad con el Art. 92, párrafo 3, de la ley Núm. 108-05, de Registro inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de la constancia Anotada del Certificado de Título Núm. 90-723 correspondiente a la parcela Núm. 359 del Distrito Catastral Núm. 20, de La Vega, ubicada en el Municipio de Villa Tapia, con una extensión superficial de 510.00 Metros Cuadrados, expedido a nombre del señor DARIO QUEZADA ESTRELLA. Adjudicado por decreto transcrito en fecha 13 de diciembre de 1990 por la Registradora de Títulos del Departamento de La Vega, inscrito en el libro Núm. 86, folio Núm. 186, Vol. 2, Hoja 0109. Cualquier información comunicar o la Licda. Johanca Massiel Bidó Valerio, Tel. Núm 809574-3030.
Ministerial JORGE GABRIEL CASTILLO Vendutero Público
Johana Massiel Bidó Valerio, Abogada Apoderado. (JMRF-AC-13858-WP-1/2)
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
Se hace de público conocimiento, que el próximo día Trece (13) del mes de septiembre del año 2018, a las 9:00 am., daremos inicio a los trabajos de deslinde Dentro del ámbito de la parcela No. 233, D.C. No.2, donde Exista un Solar Ubicado en la Calle Arco Iris S/N de la Urbanización Esmeralda, en el Municipio de Nigua, República Dominicana. Propiedad del Sr.: MARIO OSORIA NUÑEZ. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 19 de Abril del año 2018, correspondiente al expediente No. 661201801721.
De conformidad con el Art. 92, párrafo 3, de la ley Núm. 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Núm. 168 correspondiente a la parcela Núm. 369 del Distrito Catastral Núm. 20, de La Vega, ubicada en el Municipio de Villa Tapia, con una extensión superficial de 302.00 Metros Cuadrados, expedido a nombre del señor RAFAEL QUEZADA Y TEJADA, inscrito en fecha 13 de Agosto de 1963 por la Registradora de Títulos del Departamento de La Vega, expedido en fecha 23 de agosto de 1963, inscrito en el libro Núm. 46, folio Núm. 168. Cualquier información comunicar a la Licda. Johanca Massiel Bidó Valerio. Tel. Núm. 809-574-3030.
JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA, Agrimensor Contratista. CODIA 14994.
Johana Massiel Bidó Valerio, Abogada Apoderado. (JMRF-AC-13858-WP-1/2)
En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la resolución No. 00014, de fecha 28 de agosto del 2018, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro Fundación Equidad y Justicias Social (FEJUS), con su domicilio en avenida Bolívar número 173, Edificio Elías I, Apartamento 1-A, en el sector de Gazcue en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional de la República Dominicana. Esta institución tiene como fin: a) Liderazgo de Gran Impacto. b) Desarrollo Humano. c) Investigación. d) Desarrollo Humano. e) Medio Ambiente. f) formación Sociopolítica y Ciudadana. Sus miembro fundadores son: Fidel Lorenzo Merán, José Hilario Vladimir Moore Rodríguez, Anlly Margarita Piantini Nín, Ivelisse Altagracia Lantigua Muñoz, Norma Iris Guzmán Rodríguez, Guarionex Corona Jiménez, Adolfo Mateo. Y a su vez el consejo directivo está constituido por siete personas, quienes son: Presidente, Fidel Lorenzo Merán; 1er Vice-Presidente: José Hilario Vladimir Moore Rodríguez; 2da Vice-Presidenta: Anlly Margarita Piantini Nín; Secretaria: Ivelisse Altagracia Lantigua Muñoz; Tesorera, Norma Iris Guzmán Rodríguez: 1er Vocal; Guarionex Corona Jiménez; 2do. Vocal: Adolfo Mateo. La duración de esta asociación es de tiempo indefinido. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 30 días del mes Agosto del año 2018.
FC361410
Fidel Lorenzo Merán, Presidente. FC 361379
FC 361413
Que en virtud de lo establecido en el articulo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guión, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida del Duplicado de Acreedor Hipotecario en segundo rango a favor del Banco BHD, S. A.Banco Múltiple correspondiente al inmueble identificado como: Parcela treinta y seis, guión, A, guión, SUB, guión, quinientos ochenta y cuatro (36-A-SUB584), Distrito Catastral treinta y uno (31), matricula número cero, uno, cero, cero, cero, seis, cinco, dos, nueve, cinco (0100065295), con una superficie de doscientos cuarenta y seis punto cero, cero metros cuadrados (246.00), ubicado en Santo Domingo Propiedad de MAXIMINA DEL CARMEN RODRIGUEZ PEREZ Y ANTONIO ROSARIO ENCARNACION
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULOS POR HEREDEROS DE MARIA MAGDALENA CHEVALIER GUERRERO En virtud de lo que establece el artículo 92, párrafo III, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y el artículo 90 del Reglamento General de Registro de Títulos, OTILIA HERMINIA CHEVALIER SMITH, MARÍA ANTONIA CHEVALIER SORIANO, MARINA MARGARITA CHEVALIER SORIANO, CANDIDO CHEVALIER SORIANO, FÉLIX ANTONIO CHEVALIER SORIANO, JOSÉ MIGUEL CHEVALIER SORIANO, MARTHA REGINA CHEVALIER SORIANO y JUAN ARTURO CHEVALIER SORIANO, sucesores de la señora MARIA MAGDALENA CHEVALIER GUERRERO, quien en vida fue dominicana, mayor de edad, y estuvo provista de la cédula de identidad y electoral Número 001-0051256-5, quien falleció en fecha 3 de junio del 2017, hacen de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Títulos “Solar 32-B, Manzana 255, Distrito Catastral No. 01, con una superficie de doscientos sesenta y ocho punto veintiséis (268.26) metros cuadrados y un área de construcción de doscientos diez metros cuadrados (210.00 m2) ubicado en el Distrito Nacional, municipio Distrito Nacional, Sector San Antón“ expedido a favor de MARIA MAGDALENA CHEVALIER GUERRERO.
HEREDEROS DE LA SRA. MARIA MAGDALENA CHEVALIER GUERRERO FC361411
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16 LEGAL AVISO REQUERIMIENTO, AUTO EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACION DE AUDIENCIA Expediente No.031-201881260. En virtud a las disposiciones establecidas en la ley 108-05 y reglamento de la Jurisdicción Inmobiliaria. Se cita al público en general y a los colindantes de la parcela resultante No.400463366822, del municipio Distrito Nacional, provincia Distrito Nacional, reclamantes: Dulce María Victorino Minaya de Pérez, Teofilo Victorino Minaya, nietos: Cruz María Victorino Taveras. Colindantes: calle Ravelo, Julio I. Santana, José Dolores Pereyra y Fernando Escobar para que comparezcan a la audiencia que será celebrada por el tribunal de tierras de jurisdicción original del Distrito Nacional, el día 14/septiembre/2018, a las 9:00 a.m., a fin de dar a conocer el saneamiento. Trabajos realizados por el agrimensor Elvin A. Tejeda Portes, codia 32175.
BAYOAN ARTURO RODRIGUEZ, Juez.
AVISO PERDIDA DE CERTIFICACION DE ACREEDOR De conformidad con lo que dispone el Art. 92, Párrafo 3 de la Ley No.108-05, sobre Registro Inmobiliario, y del Artículo 86 del Reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida de la Certificación de Acreedor Hipotecario, que ampara la parcela No. 64, D.C. No.09, Matriculado con el No. 0700016344, del Municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, que tiene una superficie de 924.00, metros cuadrados, contentivo de un (01) préstamo hipotecario en sexto rango, por monto de RD$500,000.00, según documento de fecha 1/Sep./2009, inscrito en fecha 14/Sep./2009, propiedad de ALFONSO ABAD JIMENEZ, y expedido a favor del BANCO AGRÍCOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, acreedor.
LIC. JORGE LUIS MARTINEZ BIDO, Director Jurídico. FG 27201
AVISO DE DISOLUCIÓN DE COMPAÑÍA “CALZADOS BATISTA, S.R.L.” Capital Social: RD$100,000.00 Registro Mercantil No. 87988SD RNC No. 1-3-90018-3 Conforme a las disposiciones de los artículos 42 y 46 del Código de Comercio de la República Dominicana, se hace de público conocimiento lo siguiente: 1.- Que la Junta General Extraordinaria de la compañía “ CALZADOS BATISTA, S.R.L.”, celebrada en fecha Veintisiete (27) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), resolvió disolver dicha compañía con todas sus consecuencias legales y en consecuencia liquidar el activo social. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
AVISO PARA AUDIENCIA SOBRE TRABAJO DE MENSURA Expediente No. 0103-18-00115 Se avisa al público en general, que el día ONCE (11) del mes de Septiembre del 2018, a las 09:00 horas de la mañana, se conocerá en Audiencia de los trabajos de Saneamiento en el inmueble 207164960556, con un área de 267.02 M2, Municipio de Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, República Dominicana, propiedad de la señora Roselyn Ramírez Matos, por ante el Juez Juan Domingo Méndez Quezada, Tribunal de Tierras Jurisdicción Original de Barahona, sito en la calle Colón No.43, Palacio de Justicia de Barahona, R.D.
MATIAS BATISTA OGANDO, Gerente. FC 361383
JUAN DOMINGO MÉNDEZ QUEZADA, Tribunal de Tierras Jurisdicción Original de Barahona. FC 361393
AVISO DE MENSURA
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO Para el general conocimiento de conformidad con lo estipulado en la ley, se hace saber que ha sido fijado para el día Jueves que contaremos a Treces (13) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciocho (18), la audiencia de pregones que al efecto celebrará la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, Sito en la calle Presidente Vásquez, No. 23, ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, se procederá a la venta y adjudicación, al mayor y Mejor postor y último subastadora del inmueble: Parcela No. 70 del DC No. 65/1ra. MATRICULA No. 0100212080, CON UNA SUPERFICIE DE 8,575.00 METROS CUADRADOS, UBICADO EN GUERRA, PROVINCIA SANTO DOMINGO”. Así como también su mejora levantadas dentro del mismo y demás dependencias y anexidades, embargado por la señora DORCA BERAS, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 090-0008260-3, domiciliada y residente en la calle Ramón Vidal, No. 1, Sector Prado Oriental, Municipio Santo Domingo Este, por intermedio de su abogado Constituido y apoderado especial el Lic. PEDRO RIVERA MARTINEZ, Dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales, portador de la cédula de identidad y electoral 001-1070234-7, con estudio profesional abierto en la Ave. San Martín, No. 34 - A, Sector San Juan Bosco, Distrito Nacional, lugar donde hace formal elección de Domicilio la persiguiente del embargo trabado en contra del señor FRANCISCO JAVIER GUILLERMO, en fecha Veintiuno (21) de mayo del Dos Mil Dieciocho (2018), mediante Acto No. 411-2018, del ministerial PEDRO PABLO BRITO, Alguacil ordinario de la Cámara Penal, de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Contentivo Embargo Del Inmobiliaria y del Mandamiento de Pago, en virtud de la resolución No. 00671-2017, de fecha Veinte (20) de diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), emitida por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, debidamente registrado en el Registro Civil y de Conservaduría de Hipoteca del Municipio de Guerra. El Pliego de Condiciones que regirá la Venta fue Depositado en el Tribunal Apoderado. Las pujas serán abiertas Par la Suma de TREINTA SIETE MIL PESOS DOMINICANOS (RD$37,000.00), Sin perjuicio de los intereses costas y honorarios profesionales legal. Toda licitador deberá depositar en manos del Abogado del Persiguiente o en la Secretaría del Tribunal apoderado, una garantía en efectivo o cheque de administración o certificado por una institución bancaria domiciliada en el país, el equivalente a un 10% del precio de la primera puja, las cuales no serán recibidas si no por Ministerio y Abogados. En la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. PEDRO RIVERA MARTÍNEZ, Abogado del Persiguiente. FC 361391
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE En Virtud de la Ley No. 189-11 del 16 Julio de 2011. Para hacer de conocimiento y en cumplimiento del artículo 158 de la Ley No.189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que HA SIDO FIJADA para el día Lunes quince (15) del mes de Octubre del año Dos mil Dieciocho (2018), a las nueve hora am (9:00 am), la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que se celebrará en la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana. Ubicado en la Calle Luis Pelayo No. 4 de esta ciudad de San Juan, Municipio San Juan de la Maguana, del siguiente inmueble: “Una Porción de terreno dentro de ámbito del Distrito Catastral No. 02, ubicada en Cardón, de este Municipio de san Juan de la Maguana, Provincia San Juan, la cual porción tiene una extensión superficial de CUATROCIENTOS DOCES (412.00) Metros Cuadrados; dentro de los siguientes Linderos: Al Norte: PLINIO CASTILLO: Al Sur: AMABLE MELO; Al Este: propiedad del señor ARCEDO ENCARNACION MESA y Al Oeste: AIDA PEREZ PEREZ, con su mejora consistente en casa, con dos aposento, Sala, Comedor, Cocina, cobijada de zinc, techada de concreto armado con toda sus dependencia y anexidades”. El inmueble al que hacemos referencia fue embargado al SR. MARINO ENCARNACION, según las disposiciones de la ley 189-11, ACTUANDO A REQUERIMIENTO del SR. EDWARD MILCIADES LUNA MONTERO, dominicano, mayor de edad, Soltero, Adm. De Empresas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.012-0089690-8, domiciliado y residente en la Calle Duarte No. 29, Manoguayabo, de esta ciudad de San Juan de la Maguana; Quien que tiene como abogados constituidos y apoderados Los suscritos LICDOS. JOSE ALBERTO ESTEVEZ MEDINA Y ALEXANDER R. ARIAS BIDO, dominicanos, mayores de edad portadores de las cédulas de Identidad y Electoral Nos.012-0090947-9 y 012-0107357-2; teléfonos 829-851-3490 y 809-299-9426, abogado de los tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la oficina de abogado, sito en la Av. Independencia No.80, Esq. Eusebio Puello, de la ciudad de San Juan de la Maguana, lugar este donde mi requeriente hace elección de domicilio la los fines y consecuencias legales del procedimiento de Embargo Inmobiliario. ACTOSDE PROCEDIMIENTOS: El mandamiento de pago fue notificado al embargado el día Ocho (08) de Agosto del año 2018, mediante acto No.1562/18, instrumentado por el Ministerial LEYMERALEXANDER PUJOLS MATOS, alguacil de Estrado de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan, debidamente nombrado, recibido y juramentado para el legal ejercicio de los actos de mi ministerio, para con el procurar, el pago de la suma de CIENTO NOVENTA Y TRES MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$193,000.00), sin perjuicio de los intereses vencidos y por vencer, las costas, gastos y ejecuciones con declaración de que a falta de satisfacer dicho mandamiento de pago en el plazo de 15 días franco, el mismo se convertiría de pleno derecho en Embargo Inmobiliario de acuerdo con lo establecido en el artículo 153 de la ley 189-11, por falta de pago del deudor en base a los plazos establecidos por la ley que rige la materia. El mismo fue Transcripto e Inscrito en la Conservaduría e Hipotecas de San Juan de la Maguana, en cuanto a la fecha en que fue depositado el pliego de condiciones ante la Secretaría del Tribunal competente es la correspondiente al día Veinticuatro (24) del mes de Agosto del año 2018. En ese tenor, el persiguiente ha fijado el precio relativo a la primera puja en CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$198,000.00) que es el monto a que asciende la deuda principal e intereses, sin perjuicio del estado de las costas y honorarios que fuere aprobada previamente por el Tribunal Todo subastador deberá depositar ante la secretaria del Tribunal que conocerá la venta, por los menos, el equivalente a un 10% del precio de la primera puja, en efectivo o mediante cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólos serán recibidas por Ministerio de Abogados. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado ante la Secretaría del Tribunal donde se llevará a cabo la venta. Hecho y Firmado por los abogados del persiguiente en la ciudad de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, República Dominicana, el día Veintisiete (27) del mes de Agosto del año 2018.
LICDOS. JOSE A. ESTEVEZ MEDINA, Por sí y por el LIC. ALEXANDER R. ARIAS BIDO, Abogados del Persiguiente. Publicación autorizada por: ESTEVEZ MEDINA Y ASOCIADOS Abogados que resuelven. FC 361399
El día 4/09/2018 a las 8:00 a.m., se ejecutará el levantamiento topográfico con fines de Deslinde y subdivisión, dentro del Ámbito de P. No. 387 del Distrito Catastral No. 32 del municipio de Boca Chica, Provincia de Santo Domingo, este terreno está específicamente al Este de la Bifurcación de la Calle Prolongación Caracoles con Calle Los Rieles específicamente en el Camino a la Carretera Jubey Boca Chica, este Trabajo fue solicitado a requerimiento de los señores Rosa Ruiz Peña y César Díaz Bautista, Ruth Esther D Oleo Puig, Elizabeth D Oleo Puig, Germán D Oleo Puig y Jhonatan Jusset D Oleo, Correspondiente al expediente No. 6632018032099, con el Agrimensor Victoriano de la Cruz, Codia No. 22241, Tel.829-866-0692.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, y para que sea de público conocimiento, se hace saber que LA OCTAVA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dictó una Sentencia Civil No. 01246-18, en sus atribuciones civiles en materia de Divorcio Mutuo Consentimiento de fecha Dos (2) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018); cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Juan Manuel Méndez Sánchez y Raquel Liliana Peña Rodríguez, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 01, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional, Dra. Carmen Ramona Peralta Domínguez en fecha 05/04/2018, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado del menor Thiago Enmanuel, a cargo de su madre Raquel Liliana Peña Rodríguez. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Este Divorcio ha sido pronunciado el día Veintitrés (23) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018) por ante el Oficial del Estado Civil de la 10ma. Circunscripción del Distrito Nacional, registrada bajo el acta No. 000283, Libro No. 00005, Folio No. 0071, del año 2018. La publicación de la presente sentencia ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veintinueve (29) días del mes de agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
DR. CÁSTULO AUGUSTO VALDEZ JIMÉNEZ, Abogado. FC 361386
PUBLICACION DE DIVORCIO
PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA DE TITULO De conformidad con el artículo 92, párrafo III de la ley 108-05, sobre registro inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia anotada de Título, No. 3000169508, inscripto en el libro No. 0499, folio 243, que ampara una porción de terreno dentro de la parcela No. 68-REF-2 del Distrito Catastral No. 23 del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, registrado en el asiento No. 331208859, con una extensión superficial de 10,690.07 mt2, expedido a favor de INGRID ODETTE GOMEZ y JUANA CLEOLFA LOPEZ MONTILLA. FC 361392
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario del año 2005, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Matrícula No. 0100012958 (duplicado del Dueño), Inscrito en el Libro No. 2680, Folio No. 022, de fecha 13 de febrero del año 2009, correspondiente al inmueble que se describe a continuación: APARTAMENTO 2-B, SEGUNDA PLANTA DEL CONDOMINIO TOMAS ENRIQUE, MATRICULA No. 0100012958, CON UNA SUPERFICIE DE 166.00 METROS CUADRADOS, EN SOLAR No. 12, MANZANA 3979, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 01, UBICADO EN EL DISTRITO NACIONAL, propiedad de la señora CELESTE AURORA LANDESTOY RAMÍREZ DE VÁSQUEZ. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de agosto del año Dos Mil dieciocho (2018).
CELESTE AURORA LANDESTOY RAMIREZ DE VASQUEZ, Propietaria. FC 361387
AVISO DE NIENSURA Expediente No. 663201801994, en virtud de autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Dpto. Central, de fecha 1 de Mayo del 2018, se hace de público conocimiento que el día 4 de Septiembre del 2018, a las 10:00 A.M., iniciaremos los trabajos de Deslinde en el ámbito de la P. No. del D.C. No.03 del Municipio de Santo domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, a petición de sus Propietarios Representado por Eleuterio Rafael Villamán Carmona.
Agrim. GUSTAVO ALBERTO BUENO CORONADO, Codia 10425.
Se hace de público conocimiento y en virtud de lo que establece la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Cinco (5) del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, mediante sentencia civil No. 5312017-SSEN-01371, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores EGALD BLADIMIL TERRERO JIMÉNEZ Y FLORENCIA VÉLEZ JEREZ, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 68/2018, instrumentado en fecha 08 del mes de Marzo del 2018, por ante el Licdo. Damián Emilio Almánzar Roque, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos; SEGUNDO: Ordena al Oficial de Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, ordena, manda y firma. Se hace saber que en fecha Veinticinco (25) del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), el Oficial de Estado Civil de la Tercera (3ra.) Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
LICDO. ARCENIO ROSARIO PEREZ, Abogado. FC 361384
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones de la Ley No. 1306-Bis Sobre Divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor: PAOLINO STRIZOLI, De Nacionalidad Italiana, Mayor de edad, Casado, Portador del Pasaporte de Identidad Número YA0233394, domiciliado y residente en la Calle Enriquillo número 15 de esta ciudad de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO, Dominicano, Mayor de edad, Soltero, Abogado, Portador de la cédula de identidad y Electoral No. 0710037650-3, con Estudio Profesional abierto en la Avenida María Trinidad Sánchez No. 51-B, de la ciudad de Nagua, LE ADVIERTE a su Legítima esposa señora PAOLA DE BEI, que procederá a Emplazarla y Citarla a través de Ministerio de Alguacil EL DIA VIERNES SIETE (7) días del mes de Septiembre del año 2018 por la vía legal correspondiente, para que comparezca como en Derecho fuere menester a la Audiencia que a las Nueve Horas de la Mañana (9:00 A.M.) el día que contaremos a Jueves Veintisiete (27) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018) celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, sito en la Segunda Planta del Palacio de Justicia ubicado en la Calle General Emilio Conde esquina Calle Rotario de la ciudad de Nagua, a los fines de conocer de la Demanda de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres interpuesta por su legítimo esposo señor PAOLINO STRIZOLI, advirtiéndole a la señora PAOLA DE BEI que a falta de su comparecencia a la audiencia que celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, para celebrar el conocimiento de dicha demanda de divorcio en la fecha señalada, será solicitado en su contra el correspondiente Defecto por falta de comparecer. En la ciudad de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO, Abogado de la parte Demandante. FC 361404
VieRnes 31 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el 06/07/2018 a las 09:30 A.M. se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 18-B, del D.C. No. 12, del Municipio Los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo, a petición de FURGONES LEO, S.R.L., debidamente representada por el Sr. JOSE EMILIO TAVERAS ARIAS, Exp. No. 6632018021356. FE DE ERRATA. Esta publicación era de fecha 25 de junio del 2018 pero debido a error de escritura se publica una fecha posterior por accidente, por tal motivo la estamos publicando correctamente y pedimos excusa por los inconvenientes causados. Ubicación: El inmueble a Deslindar se encuentra ubicado en el Km. 13 ½ de la Autopista Duarte, No.6, Sector Vista Verde, del Municipio los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo.
Se hace de público conocimiento que en fecha 10/09/2018, a las 09:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No.825 del D.C.02, del municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señor LUIS ANTONIO DISLA MARTE, expediente No. 661201803803, d/f. 29/08/2018
DIGNA POLANCO HERNANDEZ, Agrimensora-Contratista. Codia 28587.
AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224 FC361401
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE.
VISTA: La autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, en fecha 21 de Agosto del año 2018, Expediente No. 6642018051692, a solicitud del señor CARLOS ANTONIO MARRANZINI ARIAS, representante de la compañía AGRO-HIGUERAL, S.R.L., RNC No. 1-01-81773-9, informamos que el día 14 de Septiembre del año 2018, a las 10:00 A.M., daremos inicio a trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 72-81-REFUND.-A, del Distrito Catastral No. 02, en el Municipio de San Juan de La Maguana, Provincia de San Juan, con extensión superficial de 94,135.37 metros cuadrados, inmueble ubicado en la Avenida Circunvalación, a 278.21 metros al Suroeste de la intersección con la Carretera Sánchez. Se encuentran al Norte las instalaciones de los terrenos de la UASD.
Se hace de público conocimiento que en fecha 07/09/2018, a las 09:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No. 1254-A-2, del D.C.03, del municipio Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señor JOSE GABRIEL LAZARO LEAL PICHARDO, expediente No. 661201803745, d/f.24/08/2018
AGRIM. CESAR O. VICIOSO, Codia: 11669/Teléfono: 809-508-5414.
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se Informa que ha sido extraviado el Certificado De Depósito de la Cuenta No.33415000912355, emitido por el BANCO SCOTIA BANK en fecha 13/02/2017, por la suma de RD$150,000.00, (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS), el cual le fue notificado a este banco mediante acto de alguacil No.297/2018 en fecha No.29/08/2018, de la cuenta anteriormente mencionada a favor de la señora ROSALBA VILORIO MARTINEZ, portadora de la cédula No. 0710062097-5, residente Mata Bonita del Distrito Municipal de Las Gordas de este Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, R.D. FC 361395
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 200-10926, (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 1-A-5, del municipio de Distrito Nacional, con una extensión superficial de 46.42 metros cuadrados, propiedad de JOSE ANDRES MERCEDES. FC 361396
De conformidad con las disposiciones del artículo 92, Párrafo 3, de la Ley de Registró Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de público conocimiento, que se ha extraviado la Constancia Anotada “El Solar Número 2, de la Manzana No. 615, del Distrito Catastral No. l, con una extensión de Terrenos de 225.00 M2, amparado en el Certificado de titulo No. 10566, de fecha 26/02/1945, inscrito en el Libro de Títulos 044, Folio 143, propiedad a nombre: RUFINA RAMIRE. FC361408
AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXPEDIENTE No. 662201803102 según autorización de fecha 23 de Marzo del año 2018. Se hace de público conocimiento que el día 10 del mes de Septiembre del año 2018, a las 1:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE, relativo al inmueble identificado como Parcela No. 49-A, del Distrito Catastral No. 08, con una superficie de 206.00 m2, del Municipio de Santiago De Los Caballeros, Provincia Santiago, ubicado en el Barrio Obrero, propiedad de la señora MARY ILEANA VENTURA HERNANDEZ. YASKARA DUNCAN TORRES CODIA No. 35395
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224 FC361401
PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo No. 42 de la Ley 1306Bis, sobre Divorcio, se hace saber que la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para asunto de familia, Dictó en fecha veintiséis (26) del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018), la Sentencia Núm. 532-2018-SSEN-01383, cuyo dispositivo copiado textualmente expresa así: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores José Lucía Richard y María Altagracia Alcántara Villegas, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones por los esposos y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores José Lucía Richard y María Altagracia Alcántara Villegas, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulación de divorcio No. 44-18, instrumentado en fecha 09 de mayo del 2018, por el Dr. Ruber Santana Pérez, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. TERCERO: Que por tratarse de una acción promovida entre cónyuges procede la compensación de las costas. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez, La presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salce, el día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Yo Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria de la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Certifico que la presente copia es fiel y conforme a su original contenida en el expediente No. 532-18-01181, sobre demanda de Divorcio por Mutuo Consentimiento, interpuesta por los señores José Lucía Richard y María Altagracia Alcántara Villegas, marcada con el No. 532-2018-SSEN-01383, de fecha veintiséis (26) de Junio del año (2018). El cual reposa en los archivos a mi cargo, En la ciudad de Santo Domingo, D. N. a los 29 días del mes de junio del 2018. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día dieciocho (18) del mes de Mayo del año 2018, Bajo el Libro Letra DG - AC, Registro No. 2018 - 199113. La presente Sentencia fue pronunciada el día veinticuatro (24) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), en la Oficialía del Estado Civil de la 2da. Circunscripción de DISTRITO NACIONAL, en el Acta No. 000241, Libro 00005 de registro de DIVORCIO, Folio 0019, del año 2018, según Sentencia Núm. 532-2018-SSEN-01383, de fecha veintiséis (26) del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018), Dictada por la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para asunto de familia.
LICDO. DANIEL MORENO CARDENES ABOGADO FC361407
AVISO DE PERDIDA DE TITULO
LEGAL 17
AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido aplazada para el día jueves, que contaremos a 20 de septiembre del año Dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9: 00 A. M.), por ante la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias dicho tribunal, sito: en uno de los salones del edificio situado en la calle Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, Ciudad y Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, La Venta en Pública Subasta, al Mayor Postor y Ultimo Subastador, de los bienes inmuebles, con sus mejoras, que se describen a continuación: A) Inmueble identificado como 03640018168-2, Solar S/S, Manzana S/M, Parcela: 337-C1- C5-D, Titulo: 842298 de fecha 26/03/1984, Dist. Catastral: 32 Núm. Apart.: N/T, Provincia Santo Domingo, municipio Boca Chica, Sector Boca Chica (CENTRO), Área terreno (m2) 427.40, Área mejora (m2) 140. B) Inmueble identificado como: 03640127948-1, solar SS, Manzana SM, parcela: 337-C-1-C-5-A-65-REF-003-313, Título: 0100016998 de fecha 02/11/2012, Dist. Catastral: 32, Núm. Apart. N/T, Provincia Santo Domingo, Municipio: Boca Chica, Sector: Boca Chica (CENTRO), Área terreno (m2):1632.47, área mejora (m2): 220. C) Inmueble identificado como: 03640130581-4, solar SS, Manzana SM, Parcela: 337-C-1-C-5-D, Titulo: 0 de fecha 15/2/1999; Dist. Catastral: 32, Núm. Apart. N/T, Provincia Santo Domingo, Municipio: Boca Chica, Sector: Boca Chica (CENTRO), área terreno (m2): 598, área mejora: 140, lugar donde funciona el Restaurant Casa Club Neptunos. Los inmuebles antes descritos fueron embargados en fecha dos (2) de abril del 2018, de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Fomento Agrícola No.6186 del 12 de febrero del 1963, en perjuicio de CASA CLUB NEPTUNOS SRL, RNC No. 1-01682282, con su domicilio en la calle Duarte No. 12, Ciudad y Municipio de Boca Chica, Provincia de Santo Domingo; a persecución del Dr. Reynaldo de Los Santos, dominicano, mayor de edad, abogado, portador de la cédula de identidad y electora No. 001-0326934-6; con su domicilio en la calle 5ta. Casi esquina calle Club Activo 20-30, Alma Rosa II, Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial el Lic. Flavio L. Bautista T., dominicano, mayor de edad, abogado, portador de la cédula de identidad y electora No. 0011019278-8, con Estudio Profesional abierto en la calle Sta. casi esquina calle Club Activo 20-30, Alma Rosa II, Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo; y La Venta en Pública Subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para la Primera Puja ha sido fijado en la suma de RD$26, 650.00 (veinte y seis mil, seiscientos cincuenta peso dominicano con 00/100), que es el monto a que asciende la deuda principal, sin perjuicio de las partidas por concepto de intereses, impuestos, recargos, gastos y honorarios del procedimiento vencidos o por vencer; hasta la adjudicación, conforme al articulo Decimo Noveno de dicho Pliego, tal como fue advertido en Aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición del día martes, 24 de abril del año Dos mil dieciocho (2018). En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los treinta (30) días del mes de agosto del año Dos mil dieciocho (2018).
LIC. FLAVIO L. BAUTISTA Abogado del persiguiente. FC361409
De conformidad con lo que establece el artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el artículo 86 del Reglamento de Registro de Título, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Titulo N°98-1864 correspondiente al duplicada del dueño expedida a favor de Molinos Dominicanos, C. por A., que es propietaria de 204 Metros Cuadrados, correspondiente a la parcela N°218-F-1-Subd-418 del Distrito Catastral N°6, del Distrito Nacional. A nombre de Ana Matilde Peña Flores. AVISO DE INCORPORACION De conformidad con lo que establece el artículo 5 párrafo II de la Ley 122-05, se hace de conocimiento público que mediante la resolución No. 0010-2018, El Procurador General Titular de la Corte de Apelación de la Provincia de Santo Domingo, DR. EDUARD ROBEL RODRIGUEZ MENDOZA, le ha concedido el beneficio de incorporación a la FUNDACIÓN ACCION SOCIAL COMUNITARIA (ASCOM), con su domicilio en la carretera Engombe, No. 17, del Abanico de Herrera, Santo Domingo Oeste, la cual se dedica a realizar Consultas Médicas, Promoción y Prevención de la Salud, Programas con Envejecientes, Medio Ambiente, Mejoras de Viviendas, Programas para la Juventud, Alimento, Prevención de Enfermedades Crónicas y Educación Comunitarias, su consejo Directivo es: LIC. NORBERTO CASTILLO (PRESIDENTE); LICDA. MELINA CASTILLO ALMONTE (VICEPRESIDENTA); INGENIERA YUDIHT DE LA ROSA (SECRETARIA); LIC. RAFAEL FONTANILLA (TESORERO); SEÑORA ANGELICA TAVERAS (VOCAL). En la ciudad de Santo Domingo Oeste, a los Treinta (30) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. NORBERTO CASTILLO, Presidente. FC 361397
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO No. 57-112-5700005053, emitido por ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS (APAP), 01 Marzo 2011, por valor de (RD$ 81,098.00), a nombre de ANDREA ROJAS TORIBIO. Pasaporte No. NS8R772F9. La presente publicación se hace para los fines de ley Correspondiente. FC360780 PUBLICACIÓN LEGAL DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306- Bis, Sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintinueve (29) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), fue expedida por LA SEXTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA, DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, la sentencia civil No. 1054-18, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores, SANTOS HORALDO CRUZ BANEGAS Y EVELIN CARIDAD CEPEDA DELGADO, conforme a las estipulaciones y convenciones pactadas entre ellos, según acto instrumentado en fecha cuatro (04) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Licdo. Elving Daniel Matías Durán, abogado Notario Público, de los del número para el Municipio de Santiago. SEGUNDO: Ordena que los señores SANTOS HORALDO CRUZ BANEGAS Y EVELIN CARIDAD CEPEDA DELGADO, o el que haga de parte mas diligente, procedan a transcribir esta sentencia en el término legal y que se cumplan los demás requisitos que prescribe la ley; TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas por tratarse de un procedimiento entre esposos. Firmados: (Magistrado Filoset Núñez Polanco y Heidy Núñez, Secretaria Interina) Así mismo se hace saber que ante EL OFICIAL DEL ESTADO CIVII, DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, se procedió a TRANSCRIBIR la Sentencia No. 1054-18. Y que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el registro destinado a estos fines; así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).-
LICDA. FATIMA ESPINOSA ABOGADA APODERADA
VieRnes 31 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
De Conformidad con las disposiciones de la Ley 2153, de fecha 12 Noviembre de 1949, que agrega un párrafo al artículo 22 de la Ley 1306- bis, sobre divorcio, el señor: JUAN RAMON DISLA RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Titular de la cédula de identidad y electoral No.055-0024749-8, domiciliado y residente en Alto de Piedra Salcedo y de Paso en esta Ciudad de La Vega, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. MIRIAM NUÑEZ GOMEZ, dominicana, mayor de edad, Abogada de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente inscrita en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional en la calle Colón No.23, Edificio Teruel, Apto. 301-A, módulo D, en esta ciudad de La Vega; ADVIERTE a su legitima esposa la señora: MALLELIN CAROLINA ARACENA VALERIO, sin domicilio conocido en la República Dominicana, ni en ninguna parte del mundo, cuyo último domicilio era en la Carolina de esta Cuidad de La Vega, actualmente se desconoce su domicilio, que a falta de información a su actual residencia, se procederá a emplazar en Demanda en Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado (a) Procurador Fiscal del Distrito. Judicial de La Vega, el día Lunes que contaremos a Tres (03) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), A los fines de que comparezca a la audiencia que se celebrará por ante la Primera Sala de la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, a las nueve (09) horas de la mañana, el día que contaremos a Diecisiete (17) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), sito en la Tercera Planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de La Vega, ubicado en la intersección de las calles García Godoy, Monseñor Panal y Diverge de esta ciudad de La Vega. La presente publicación ha sido autorizada por el Abogado apoderado. En la Ciudad de la Concepción de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, Hoy día que contamos a Veintinueve (29) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
En virtud de las disposiciones de la Ley 2153 del 12 de Diciembre del año 1948, el cual agrega un párrafo al Artículo 22 de la Ley No.1306-(Bis), sobre Divorcio, y sus modificaciones, se hace de publico conocimiento que el señor JACINTO RAFAEL RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, Casado, empleado privado, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.032-0010033-1, domiciliado y residente en Barrio Carlos Díaz, del Municipio de Tamboril, Provincia de Santiago, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LICDO. RAMON ALEXANDER HERNANDEZ J., Abogado de los tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en uno de los apartamentos de la casa marcada con el No.40, de la Calle Sabana Larga, del Municipio de Santiago, Provincia de Santiago, donde mi requeriente hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente aviso, así como para el Procedimiento de que se trata. Advirtiéndole a su legitima esposa, señora ELSA MIOSOTYS POL LAVANDIER, cuyo último domicilio conocido por su esposo de referencia lo fue en el Barrio Carlos Díaz, calle 6, num. 23 del Municipio de Tamboril, que a falta de comunicación de su actual dirección, domicilio o paradero, se procederá a Emplazarla en Divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día LUNES, que contaremos a 03 del mes de Septiembre del año Dos Mil Diez y Ocho (2018) a las Nueve (9:00 A.M.) hora de la mañana, procederá a Emplazarla en acción de Divorcio por la causa Determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante la persona del MAGISTRADO PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, a fin de que comparezca personalmente o debidamente representada o como fuere de derecho, a la Audiencia que celebrara la CUARTA SALA del Tribunal para asunto de familia de la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia de Santiago a puertas cerradas, en sus atribuciones Civiles, en materia de Divorcio, con motivo de la demanda que será conocida, para el día LUNES, que contaremos a DIEZ Y SIETE (17) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diez y Ocho (2018), a las Once (11:00 AM) horas de la mañana, por ante LA QUINTA SALA PARA ASUNTO DE FAMILIA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, sito en el nuevo Palacio de Justicia de esta ciudad de Santiago, conformada por la Manzana de la Av. 27 de Febrero, Circunvalación Calle E. Guerrero y la Calle 4, del Ensanche Román II, de esta ciudad. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los 29 días del mes de Agosto del año 2018.
LICDA. MIRIAM NUÑEZ GOMEZ, ABOGADO APODERADO.
LICDO. RAMON A. HERNANDEZ J. Abogado Apoderado
(RC-7058-RDT)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DEMANDA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor MARTIRES OGANDO MORIS, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 065-0020434-9, quien hace formal elección domiciliado en las oficinas de sus abogados, provincia Santo Domingo Norte, R.D., quien tiene como abogada representante y apoderada especial a la LIC. IGNACIO DE JESUS REYES AQUINO, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, provincia Santo Domingo Norte, R.D., por medio de la presente publicación, se hace de público conocimiento la demanda de divorcio por la causa de Incompatibilidad de Caracteres y le hace formal advertencia a su legítima esposa señora TAMMY LEE GILBERTE DEJARDIN, nacionalidad Canadiense, mayor de edad, portadora del No. D2806-73267-15917, de AID canadiense, de quien en la actualidad tiene como último domicilio calle No. 9, casa No. 25, esquina 3, barrio Norte, sector Villa Mella, Santo Domingo Norte, República Dominicana, se hace de público conocimiento que el lunes tres (3) del mes de septiembre del año 2018, que dicho alguacil se traslada a la Fiscalía de la provincia Santo Domingo, por lo que se procede a emplazar mediante acto de alguacil No. 286/2018, por el Magisterial de Sala, número de expediente No. 1516-18-00559, en virtud del artículo 69 inciso 7mo., del Código Procedimiento Civil Dominicano, para que comparezca como fuera de derecho a la audiencia civil que se celebrará el día miércoles diecinueve (19) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las (9:00 A.M.), horas de la mañana, por ante la Séptima Sala de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo Norte, la cual se encuentra ubicada en la calle Ramón Matías Mella No. 103, primer nivel, sector Villa Mella, Santo Domingo Norte, R.D., a la audiencia civil a puertas cerradas que celebrará dicho Tribunal en sus salones de audiencias.
PUBLICACION DE INCORPORACION De Conformidad con la Ley 122-05, Sobre Instituciones Sin Fines de Lucro, se hace de público: Que mediante la Resolución No. IONG 019-2017 de Fecha (12-10-2017), el Procurador General de la Corte de Apelación Regional Santo Domingo, le concedió la Incorporación a la ASOCIACION DE AGRICULTORES MI PROPIO ESFUERZO (AMPE), cuyo domicilio es la Calle Principal No.3-310 Peralvillo, Provincia Monte Plata, Su objetivo será: Promover el cultivo de la Tierra y gestionar. 1a entrega de parcelas a los campesinos sin tierra. Su duración será indefinida y la Junta Directiva se compondrá de (13) miembros de la forma siguiente:
TOMAS MANZUETA PRESIDENTE FC361400
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones que emanan de la Ley No. 2153, la cual amplia el artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio en la Republica Dominicana, por medio del presente aviso el señor Gregorio Díaz Familia, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral al día No. 001-0228092-2, domiciliado y residente en 27521 Avenue, apartamento 1, Paterson Nueva Jersey 07 501, Estados Unidos de Norte América y con domicilio AD-HOC, en la calle José Andrés Aybar Castellano, No. 136 tercer nivel, del ensanche la Esperilla, del Distrito Nacional; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. Milciades Díaz Paniagua, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1201056-6, con estudio profesional abierto en la calle José Andrés Aybar Castellano, No. 136 tercer nivel, del ensanche la Esperilla, del Distrito Nacional, lugar donde se hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIRTIENDOLES a su legítima esposa señora Leonela Serrano Belén, cuyo último domicilio es en la calle Segunda, No. 37, del residencial Claribel, del sector de Sabana Perdida, del Municipio Santo Domingo Norte, de la Provincia Santo Domingo. Procederá a emplazar en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, el día que contaremos a viernes siete (07) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018) a los fines de que comparezca a la audiencia que se celebrará en fecha veintiséis (26) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018) en la Séptima (7ma) Sala para Asuntos de Familia de Santo Domingo, Distrito Judicial de Santo Domingo Norte, a las nueve (09) horas de la mañana, a puerta cerradas, en el lugar donde acostumbra a celebrar las audiencias, sito en la calle Ramón Matías Mella No. 103, del sector de Villa Mella, del Municipio Santo Domingo Norte, de la Provincia Santo Domingo.
Conforme el Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de público conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil No. 208-2018SSEN-00827 en fecha 06 de JUNIO del año 2018, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha 28/05/2018, en contra de ALTAGRACIA BRITO ROSARIO por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre JOSE OSCAR MARTINEZ HERNANDEZ Y ALTAGRACIA BRITO ROSARIO. TERCERO: Ordena al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial FRANCISCO N. CEPEDA GRULLON, Alguacil Ordinario de la Segunda Cámara Penal del Distrito Judicial de La Vega, del Juzgado de Primera Instancia, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma: Ylonka Esperanza Brito Henríquez, Jueza y Maricela Bueno Ortiz, Secretaria Interina. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción Del Municipio de La Vega, transcrito en el Libro No. 5, Folio 7, Acta No. 404 en fecha 28 de agosto del 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 31 días del mes de agosto del año 2018.
LIC. MILCIADES DIAZ PANIAGUA, Abogado Apoderado de la parte demandante.
Lic. VICTOR JULIAN MARTE MOTA, Abogado.
FC 361307
ACTO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO En cumplimiento a las disposiciones de la Ley 2153, del 12 de noviembre del 1949, la cual agrega un párrafo al Art. 22 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio, el SR. JOSE ANTONIO MOLINA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 224-0058938-2, domiciliado y residente en la calle General Antonio Duvergé No. 37, Las Américas, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, quien tiene como abogado constituido especial a los DR. ROBERTO DE JESUS DOTEL GARCIA, y el LIC. WAGNER H. DOTEL BRITO, dominicanos, mayores de edad, soltero y casado, Abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0448637-8 y 223-0097126-8, domiciliado y residente en esta misma ciudad de Santo Domingo, con estudio profesional abierto al público en la Av. San Vicente de Paul, Esq. Respaldo Curazao, sector Alma Rosa II, Suite 3-F, tercer nivel, por medio de la presente publicación le advierte a su esposa la SRA. GILSY MARIA PEÑA DE ANTONIO, cuyo último domicilio conocido fue en la calle General Antonio Duvergé, No. 37, sector La Ureña, Las Américas, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo y que a falta de conocimiento de su residencia actual, se le pone en conocimiento mediante la presente publicación, que el día que contaremos a treinta y uno (31) del mes de agosto del año 2018, procederemos a emplazarla en divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, en su último domicilio conocido, así como en manos del Procurador Fiscal competente y en la puerta del tribunal apoderado, todo esto con le fin de que la misma comparezca como fuere de derecho el día que contaremos a cuatro (04) del mes de septiembre del año 2018, por ante la Cuarta (4ta.) Sala Civil y Comercial en sus atribuciones de familia del municipio de Santo Domingo Este, la cual se encuentra ubicado en la calle Hermanas Carmelita Teresa de San José Esq. Club Rotario, sector Ens. Ozama, municipio Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, Rep. Dom., hoy día cuatro (04) de abril del 2018.
LIC. WAGNER H. DOTEL BRITO, Abogado. FC 361313
En cumplimiento a las disposiciones consagrada por el artículo 22 de la ley No. 1306 Bis, y sus modificaciones sobre divorcio, se hace de público conocimiento que el señor JESUS ZORRILLA CEDEÑO, dominicano, mayor de edad, casado, cedula de identidad personal No. 029-0008470-4, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los caballeros Republica Dominicana; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a la licenciada BASILIA ESPINOSA GIL, abogada de los tribunales de la República, debidamente matriculada por ante el Colegio de Abogados, con estudio profesional abierto marcado con el No.26 de la calle Tercera casi Esq. Calle Padre Billini, del Ensanche Román II, de esta ciudad de Santiago, lugar donde se elige domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación por el presente aviso se le advierte a su legitima esposa, HILDA BRUNO, cuyo último domicilio conocido fue en esta Ciudad de Santiago, cuyo domicilio es desconocido en la actualidad que procederá a emplazarla en acción de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres, con todas sus consecuencias legales en el día MARTES que contaremos a cuatro (04) del mes de septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, para que comparezca a la audiencia en divorcio por incompatibilidad de caracteres y domicilio desconocido el día veintiséis (26) del mes de septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las 9:00 horas de la mañana, ante la CUARTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, ASUNTO DE FAMILIA, del Palacio de Justicia ubicado en unos de los salones de audiencia del edificio Federico C. Álvarez, sito en la manzana comprendida entre las avenidas 27 de febrero y circunvalación y las calles E. Guerrero y Lic. Ramón García del Ensanche Román de esta ciudad de Santiago, para conocer la demanda en DIVORCIO por la causa de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Rep. Dom. A los veintinueve (29) día del mes de agosto del año Dos Mil dieciocho (2018).
LICDA. BASILIA ESPINOSA GIL Abogada Apoderada
JUNTA DIRECTIVA PRESIDENTE................................................ ..................... TOMAS MANZUETA VICEPRESIDENTE............................................................... SANTO MUÑOZ SECRETARIO GENERAL ..................................................... PAULINO BELTRAN SOTO SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN...................................... DANIEL ANTONIO TAVARES SECRETARIA DE FINANZAS. .... ..........................................GREGORIA MORLA REYNOSO SECRETARIO DE ACTAS Y CORRESPONDENCIAS .............. MARCOS ANTONIO MANZUETA SECRETARIO DE QUEJAS Y CONFLICTOS............................EPIFANIO DE LA CRUZ FIGUEROA SECRETARIA DE ASUNTOS SOCIALES…..............................EDUARDA ELYBA DE LOS SANTOS SECRETARIO DE VIVIENDA................................................ JUAN MANZUETA ALMONTE SECRETARIO DE EDUCACION Y CULTURA ....................... RUBEN DARIO VIZCAINO SANTANA SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE ................................. VICTOR RAFAEL COLON PEREZ SECRETARIO DE CULTOS.................................. ........ JESUS HEREDIA COCO SECRETARIA DE DEPORTES................................................ CARLOS DE LA ROSA En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintinueve (29) Días del Mes de Agosto del Año Dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. IGNACIO DE JESUS REYES AQUINO, Abogado. FC 361367
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
(AC-13874-WP)
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 07 de JUNIO del año 2018, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia No.209-2018-SSEN-00477 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre JOSE MANUEL GONZALEZ CONTRERAS Y KENIA MARIA MOYA GARCIA. TERCERO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial HECTOR OCTAVIO VALDEZ ACOSTA, Alguacil Ordinario de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma: (FIRMADO) Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza Presidenta; Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 2DA. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro #4; Folio 175; Acta #388 en fecha 27 de agosto del año 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 31 días del mes de agosto del Año 2018.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del articulo 22, de la Ley No. 1306 Bis, sobre divorcio, modificado por la ley 2153 de 1949, el señor WILSON ANTONIO ROSARIO DELGADO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, de la cedula de identidad y electoral No. 050-0039318-0, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norteamérica, de transito por este municipio de Jarabacoa, quien tiene como Abogada Constituida y Apoderada especial a la LICDA. JOSELYN FERNANDEZ DOMINGUEZ, dominicana, mayor de edad, casada, abogada, portadora de la cedula de Identidad y electoral No. 050-0028982-6, domiciliada y residente en este Municipio de Jarabacoa, en la calle Obdulio Jiménez No. 78, con estudio profesional en común abierto en la calle José Adames Canela Sector Don Bosco No. 10, de este Municipio de Jarabacoa, Provincia la Vega, lugar donde nuestro requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa la señora OLGA JULIANA LORA, dominicana, mayor de edad, casada, empleada privada, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en Hatillo Calle Principal, No. 12, Jarabacoa, Provincia la Vega. Que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante del Magistrado Procurada Fiscal del Distrito Judicial de la Vega, el día LUNES TRES (03) DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018, a las 09:00 A.M., así como en la Secretaria y Puerta del Tribunal del apoderado, para que comparezca como fuera de derecho a las nueve horas de la mañana (9:00), el día JUEVES dieciocho (28) del mes de OCTUBRE del año dos mil Dieciocho (2018) a la audiencia que a PUERTAS CERRADAS, al efecto celebrará la SEGUNDA SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, la cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos ubicados en la tercera planta, del palacio de justicia del Distrito judicial de la Provincia de la vega, el cual funciona en la esquina formada por las calles García Godoy y Monseñor Panal, de esta Ciudad de la Vega. En la ciudad de la Vega, República Dominicana a los Veintinueve (29) días del mes de Agosto del año 2018. LICDA. JOSELYN FERNANDEZ DOMINGUEZ ABOGADA APODERADA (RCDEP-7062-WP)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Para conocimiento público y en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22, Párrafo de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio y sus modificaciones vigente, hace saber que el señor MANUEL A. PERALTA SENCION, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral número 001-0628394-8, domiciliado y residente en la casa No. 67, Apto. 2, de la Calle Paseo de Los Locutores del Distrito Nacional, quien tiene como abogado apoderado al DR. CESAR A. RICARDO, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral número 001-0017469-7, domiciliado en esta ciudad de Santo Domingo, D.N. y con estudio abierto en la casa No. 05 de la Calle Francisco Cerón, San Antón, Zona Colonial, Distrito Nacional, con teléfono No. 829-875-9022, en donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente aviso, así como para el procedimiento de divorcio de que se trata, ADVIERTE a su legítima esposa, señora SANDRA ALTAGRACIA GARCIA CANTO, y cuyo último domicilio conocido por el demandante, lo fue en la casa No. 67, Apto. 2, de la Calle Paseo de Los Locutores del Distrito Nacional, que a falta de conocimiento de su domicilio actual, se procederá a emplazar en acción de divorcio por ante el relativa a su lugar de residencia actual, se procederá A EMPLAZAR, en virtud del artículo 69 inciso 7mo., del Código Procedimiento Civil Dominicano, en la acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día Lunes, que contaremos a tres (03) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), en su despacho ubicado en la Fabio Fiallo, Beller, Arzobispo Portes y Francisco J. Peynado No. 102, a Uno (1) de los Apartamentos de la primera planta del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, a fin de emplazarla y la notifique por la vía correspondiente, para que comparezca personalmente a debidamente representada a la Audiencia del día jueves que contaremos a veintisiete (27) del mes de septiembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las Nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, a la Audiencia que a puerta cerrada en sus atribuciones civiles y en materia de divorcio, tendrá lugar a la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional especializada en Asuntos de Familia, Tribunal éste, el cual celebra sus audiencias orales públicas y contradictorias, Ubicado en la calle Socorro Sánchez esquina calle Santiago, sector Gascue, Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año Dos Mil dieciocho (2018).
LICDA. JASMIN A. FELIPE MARTINEZ, Abogada.
DR. CESAR A. RICARDO, Abogado.
(AC-13875-WP) FC 361301
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AVISO DE AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO
PERDIDA DE CERTIFICADO DE INVERSION
Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado De Inversión No.77677718 del Banco del Progreso, de fecha 09 de Mayo de 2016 por valor de US$75,000.00, a nombre de: Ramona Pantaleón o Héctor Estrella, Céd. 001-077962-8 y 001-1433637-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 361161
LEGAL 19
Exp. No. 254-2018-00091, Auto No. 199/2018 VISTA: La Aprobación técnica, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, mediante la cual aprueba Mensura para Saneamiento de los inmuebles: P. Nos. 305283546933, D.C. No. 8, del municipio de Baní, provincia Peravia. Se avisa al público en general: Que el día (10) del mes de septiembre del año 2018, a las 9:00 A.M., será celebrada la audiencia oral, pública y contradictoria en el cual se conocerá sobre el saneamiento, Reclamada por el señor DANIEL INANTE MARIÑEZ MEJIA. Se ordena la citación de los señores LUIS ENRIQUEZ GUERRERO PEGUERO, Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, José Altagracia Andújar, Ayuntamiento Municipal de Baní. Son colindante. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés en esta audiencia, que deben dirigirse el día y la hora indicada, al local que ocupa el Tribunal de Tierras en el segundo nivel del Palacio de Justicia, sito en la calle prolongación Máximo Gómez No. 106, frente al Hospital Nuestra Señora de Regla de esta ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a fin de que se den a conocer los derechos que pretendan y las pruebas en que se basan para que al efecto formulen sus reclamaciones a esta Jurisdicción Original.
KAREN G. CASTILLO CASTILLO, Jueza Suplente. FC 361416
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADOS DE ACCIONES
Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de acciones No. 8290 de fecha 11/04/2013, contentivo de 2,797 acciones clase “O” expedido por GRUPO BHD, S.A. a favor de GUSTAVO ALBERTO VERGARA RESTREPO, La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente en Santo Domingo, Distrito Nacional a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE)
PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
Se hace de público conocimiento que el día 12 de septiembre de 2018, a las 10:00 am, se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro del ámbito del Solar No. 7 Manzana 1475, del D. C. No. 01, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a requerimiento del SR. JESUS SALVADOR POLONIA SANDOVAL, mediante autorización de expediente No. 6632018032277, de fecha 17 de Agosto del año 2018, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central.
DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE LA LEY Y PARA GENERAL CONOCIMIENTO SE AVISA LA PÉRDIDA DE LOS CERTIFICADOS DE ACCIONES NÚMEROS: 12893, por 35 acciones. 16294, por 5 acciones. 16749, por 6 acciones. 17598, por 9 acciones. 19834, por 8 acciones. 19849, por 12 acciones. 22166, por 7 acciones. 22167, por 18 acciones. 24231, por 26 acciones. 26751, por 32 acciones, 26752, por 17 acciones. 30217, por 33 acciones. 40805, por 53 acciones 45036, por 67 acciones 51279, por 86 acciones 56309, por 97 acciones 64562, por 105 acciones. 82515, por 111 acciones. 122854, por 153 acciones. 142963, por 44 acciones. 163531, por 24 acciones Y 207014, por 74 acciones. CORRESPONDIENTE A 1,022 ACCIONES A RAZON DE 300 PESOS CADA UNA, para un total de 22 certificados vigentes, EMITIDOS POR EL BANCO POPULAR DOMINICANO A NOMBRE DEL SEÑOR FRANCISCO JAVIER QUEZADA GUZMAN con el código de accionista No.10685. EN LA CIUDAD DE COTUI, PROV. SANCHEZ RAMIREZ, A LOS 30 DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2018.
Expediente No. 662201806912. Se avisa que el día 10 de Septiembre del 2018 a las 08:00. a.m., iniciaremos el Saneamiento de una porción de terreno en la Parcela 353 del D.C. 06, ubicado en la Carretera Bacuí abajo- Las Cabullas frente al club deportivo, municipio y provincia La Vega. Propiedad de: HECTOR ANTONIO LOPEZ GIL. Autorización de mensuras de fecha 10/08/2018. Quedan citados los colindantes y demás interesados.
ELBA AURORA MATEO MATOS Agrimensor-Contratista Codia 17128 / Tel. 809-858-4105. FC361424
FC361420
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de público conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil No. 208-2018SSEN-00780 en fecha 25 de MAYO del año 2018, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha 21/05/2018, en contra de ALTAGRACIA JIMENEZ por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre RUBEN ANTONIO RODRIGUEZ JIMENEZ Y ALTAGRACIA JIMENEZ. TERCERO: Ordena al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial RAMON A. LOPEZ RODRIGUEZ, Alguacil de Estrado de la Unidad de Citaciones y Notificaciones del Departamento Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia asi se pronuncia, ordena, y firma: Ylonka Esperanza Brito Henríquez, Jueza y Leidy Josefina Lespín Tapia, Secretaria. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción Del Municipio de La Vega, transcrito en el Libro No. 5, Folio 11, Acta No. 406 en fecha 29 de agosto del 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 31 días del mes de agosto del año 2018. LIC. LUIS ANGEL DE LEON REYES, Abogado. (AC-13872-CEA-DEV)
AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha trece (13) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la sentencia civil No. 532-2018-SSEN.01531 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Emiliano Jesús Iván Rodríguez y Ana María Chala, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Emiliano Jesús Iván Rodríguez y Ana María Chala, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 15/18, instrumentado en fecha 6 de marzo del 2018, por la Dra. Dircia Basilia De Óleo, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede TERCERO: Que por tratarse de una acción promovida entre cónyuges procede la compensación de las costas CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio Así se ordena, manda y firma: Leidilyn A. Rosario G. Juez Suplente. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada Lidilyn A. Rosario G, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal. Yo, Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria de la Septima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Certifico que la presente copia es fiel y conforme a su original contenida en el expediente No. 532-18-01377, sobre la demanda de Divorcio por Mutuo Consentimiento, interpuesta por los señores Emiliano Jesús Ivan Rodríguez y Ana María Chala, el cual reposa en los archivos a mi cargo. En 1a ciudad de Santo Domingo, D. N. a los 25 días del mes de Julio del 2018. Magalis Ana Iris Santana Melenciano, secretaria. La misma ha sido registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día 31 del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), bajo el Libro letra DJ-AJ, Registro No. 2018-16277 Así mismo se hace saber que en fecha trece del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018) el Oficial del Estado Civil de la Décimo Quinta Circunscripción de Santo Domingo Oeste procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 0002 de Registros de Divorcio, bajo el Acta No. 000291, folio No. 0091, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día veintinueve (29) del mes de Agosto del año mil dieciocho (2018).
LICDA. MILAGROS CAROLINA HERRERA ABOGADO FC361381
PATRONATO PRO-VIVIENDA DE LOS TECNICOS Y SERVIDORES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, BELLAS ARTES Y CULTOS INC. De conformidad con lo que dispone el articulo 5 de la Ley 122-05 del 8 de abril del año 2005, sobre Fomento y Registra de las Asociaciones sin fines de lucra en República Dominicana, se hace de público conocimiento, que el PATRONATO PRO VIVIENDA DE LOS TECNICOS Y SERVIDORES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, BELLAS ARTES Y CULTOS INC., Es una asociación sin fines de lucros constituida de acuerdo a las leyes dominicanas, por tiempo indefinido, con su domicilio en Autopista San Isidro, Residencia Los Educadores, Calle 1ra, Plaza los Educadores, Suite no. 15, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, pero podrá establecer extensiones en otras provincias del territorio nacional. el PATRONATO PRO VIVIENDA DE LOS TECNICOS Y SERVIDORES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, BELLAS ARTES Y CULTOS INC., Ha sida beneficiado con la modificación y/o adecuación a la Ley 122-05 del Ocho (8) de Abril del Año dos mil cinco (2005), sujeto a las disposiciones legales establecidas en el Articulo 5 Párrafo I, II, III de dicha ley, la cual rige el fomento y el registro de las asociaciones sin fines de lucro en la República Dominicana, según certificación expedida por el Procurador General de la Corte de Apelación Regional de Santo Domingo, Republica Dominicano De fecha 1 de Agosto del 2018. Los documentos exigidos por dicha ley fueron depositado el día diez de enero del año dos mil dieciocho (2018) en la Secretaria General de la Procuraduría Regional de Santo Domingo. PATRONATO PRO-VIVIENDA DE LOS TECNICOS Y SERVIDORES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, BELLAS ARTES Y CULTOS INC., Tiene como objeto principal: La Promoción y desarrollo de estrategias para la adquisición de vivienda o soluciones habitacionales o confortables para los técnicos y servidores que laboran en el área educativa, así como a profesionales de otras áreas, y de esta forma resolver la situación de desampara y alojamiento de estos y sus familiares; Que mediante Asamblea General Extraordinaria de fecha veintiocho (28) de enero del año 2017, se eligió la siguiente Junta Directiva: Presidente: JUAN FRANCISCO CASTILLO Secretaria: General: DERCI A. CARRASCO REYNOSO Finanzas: EVELYN M. SANTOS Secretario de Acta: EDUARD HERRERA MENDEZ Sec. de Relaciones Públicas: MAIRENI CASTILLO TAPIA Sec. de Asuntos de Organización: RONNIE X. FABIAN CASTILLO Sec. de Reclamos Legales: ENRRIQUE DOTEL MEDINA Sec. de Asuntos Ecológicos: JACQUIN FLEURIMOND Sec. de Asuntos Internacionales AMARILIS BAEZ SANCHEZ Sec. de Educación: FELIX TEJEDA Vocal A: MAYOBANEX CASTILLO TAPIA. Vocal B: EDUARDO CUELLO Vocal C: ROBERTO ENRIQUEZ BATISTA N. Que la persona con calidad jurídica para representar al PATRONATO PROVIVIENDA DE LOS TECNICOS Y SERVIDORES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, BELLAS ARTES Y CULTOS INC., es JUAN FRANCISCO CASTILLO, en condición de Presidente de esta institución. En la Provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, a las veintiocho (28) días del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018). JUAN FRANCISCO CASTILLO Presidente PATRONATO PRO-VIVIENDA DE LOS TECNICOS Y SERVIDORES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION BELLAS ARTES Y CULTOS INC.
ALEXIS RAFAEL ALMONTE NÚÑEZ, Agrimensor Contratista. CODIA No. 15030. (CG-AC-13869-PC)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con lo establecido en el artículo 158 de la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que el día martes que contaremos adieciocho (18) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, se procederá a la venta en pública subasta, en la Quinta (5ta) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones ubicados de la Tercera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes del Constanza, Maimón y Estero Hondo, sito en la intersección de las calles Hipólito Herrera Billini con Juan de Dios Ventura Simó, Dr. Horacio Vicioso y Dr. Juan Bautista Pérez, sector de la Feria del Distrito Nacional, República Dominicana, del inmueble descrito a continuación: “Unidad Funcional O-5, identificada como 400422660597: O-5, matrícula No. 0100262754, del Condominio TORRE CUMBRE VIII, ubicado en el Distrito Nacional, Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela de 3.53% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-003, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 13.12 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-004, del bloque 00, ubicado en el Nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 13.41 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-05-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 05, destinado al Balcón, con una superficie de 16.12 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-05-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 05, destinado a Apartamento, con una superficie de 223.10 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M3-003, del bloque 00, ubicado en el nivel M3, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.06 metros cuadrados y un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-M3-004, del bloque 01, ubicado en el nivel M3, destinado a Locker, con una superficie de 3.61 metros cuadrados”. Propiedad de: LORENA STELLA TRONCOSO NADAL y ROBERTO ANTONIO GERMAN PICHARDO”. El precio de primera puja es de SEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE PESOS DOMINICANOS CON 68/100 (RD$6,608,059.68),por concepto de capital, intereses y moras, más los gastos de ejecución. Los interesados deberán depositar antes de la venta, el diez por ciento (10%) de dicho precio, en efectivo o mediante cheque certificado, en la secretaría del tribunal apoderado, las pujas sólo se aceptaran por ministerio de abogado. Así mismo se advierte que el inmueble descrito precedentemente ha sido embargadoa la señora LORENA STELLA TRONCOSO NADAL, dominicana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad y electoral marcada con el No. 001-1752018-9, domiciliada y residente en la calle Frank Félix Miranda No.29, Torre Cumbre VIII, apartamento 0-5, bloque 01, en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; y al señor ROBERTO ANTONIO GERMAN PICHARDO, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral marcada con el No. 001-1631008-7, domiciliado y residente en la calle Frank Félix Miranda No.29, Torre Cumbre VIII, apartamento 0-5, bloque 01, en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. En tal sentido, se comunica que el acreedor embargante esEL BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S.A.BANCO MÚLTIPLE, institución bancaria, organizada de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social en la Avenida John F. Kennedy No. 3 de esta ciudad de Santo Domingo, debidamente representado por su Vicepresidente Adjunto de Administración Riesgo de Crédito, LIZAMNA MERCEDES ALCANTARA BAURDIER, dominicana, mayor de edad, casada, funcionaria bancaria, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 031-0329718-4, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán;entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a la doctora KERYMA MARRA MARTÍNEZ, y los licenciados BERNARDO ALMONTE, STERLING J. PÉREZ, INDHIRA FLAZy JULIA ZABALA, dominicanos, mayores de edad, solteros la primera, el tercero, la cuarta y quinta, y casado el segundo, abogados de los tribunales de la República, titulares de las cédulas de identidad y electoral marcadas con los números 001-0101700-2, 031-0244609-7, 402-2179017-9, 001-1697026-0 y 402-2219472-8, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el despacho jurídico “Marra & Marra”, ubicado en el local número 502 del quinto piso de la torre Élite, marcada con el número 329 de la avenida 27 de Febrero, ensanche Evaristo Morales, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, teléfono: 809-472-0035;lugar donde mi requirente, ha hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del proceso de embargo inmobiliario que se persigue en contra delos señores Lorena Stella Troncoso Nadal y Roberto Antonio Germán Pichardo, de generales anotadas. Por consiguiente, se hace constar que mediante el Acto No. 180-2018 instrumentado en fecha siete (07) de agosto del añodos mil dieciocho (2018) por el ministerial INOEL DE JESUS SUERO TEJADA, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo. Debidamente registrado, el referido acreedor embargante notificó mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario contra los señores Lorena Stella Troncoso Nadal y Roberto Antonio Germán Pichardo, en su calidades de deudores de dicho persiguiente; frente al referido persiguiente, el cual se convirtió, de pleno derecho, en embargo inmobiliario luego de transcurridos los quince (15) días francos contados a partir de su notificación, al tenor de lo dispuesto por las disposiciones combinadas del artículo 153 de la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, y del artículo 1033 del Código de Procedimiento Civil; embargo que fue ulteriormente inscrito ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha veintitrés (23) de agosto del año dos mil dieciocho (2018), todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Condiciones depositado en fecha veinticuatro (24) de agosto del año dos mil dieciocho (2018) en la Secretaría de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
LIC. STERLING J. PÉREZ por sí y por los letrados KERYMA MARRA, BERNARDO ALMONTE, JULIA ZABALA y ALICIA FLAZ. Abogados del persiguiente FC361428
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20 LEGAL AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO MENSURA CATASTRAL
Se hace de público conocimiento que el día 12/09/2018, a las 08:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de Saneamiento dentro del Ámbito del Distrito Catastral No. 28, del Municipio Jima Abajo, Provincia La Vega. República Dominicana, Dicho inmueble está Ubicado: En la calle 9, No. 15, Barrio Las Escobas, Jima Arriba, Municipio Jima Abajo, Provincia La Vega. Reclamante: JUAN BAUTISTA DE LA CRUZ. Expediente No. 662201807766.
EXP. 6622018045519. Se avisa que el día 11 de septiembre 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE de una porción de terreno en el solar 7, manzana 1862, D.C. 01, ubicada en la calle 4 del residencial Monte Verde, municipio Santiago de los Caballeros, Prov. Santiago, propiedad de YUDELKA ALTAGRACIA ABREU MARTINEZ quedan citados los colindantes y demás interesados.
AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES, Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421.
JOSE CAPETO GOMEZ BATISTA, Agrimensor Contratista. CODIA 30288.
(AC-13868-WP-1/6)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 08/09/2018, a las 02:00 P.M., daremos inicio a los trabajos de Deslinde dentro del Ámbito de la Parcela No. 1-REF-B, del Distrito Catastral No. 07, Municipio Fantino, Provincia Sánchez Ramírez. Dicho inmueble está Ubicado: Tomando la Avenida Duarte con dirección de Oeste-Este, a 30 Mrs. aproximadamente del canal Mayor, del lado derecho, donde está ubicada la Fábrica Acero Silverio, Sector San Miguel, Propiedad del señor: SILVIO SILVERIO GARCIA, Expediente No. 661201803739.
AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES, Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421. (AC-13868-WP-2/6)
AVISO DE CAMBIO DE ESTADO CIVIL DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con la Ley No.108-05, sobre Registro Inmobiliario y sus reglamentos para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento que al momento de emitir el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) identificada como: Parcela 606, Distrito Catastral No. 10 del municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, que tiene una extensión superficial de: 775,666.00 metros cuadrados, matrícula No. 2200000437, ubicado en San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, propiedad del señor FEDERICO NEMENCIO ESTEVEZ ESTEVEZ, el mismo no se encontraba casado, donde al momento de emitir el certificado de título antes descrito se cometió el error de plasmar que era casado, donde realmente era soltero, ya que desde el año 1991 adquirí la soltería y hasta el momento continuo con estado civil de soltero. Que dicha publicación se realiza a los fines de que si cualquier persona tiene interés pueda someter cualquier instancia de reclamación por ante el Registrador de Título correspondiente.
LICDO. BLAS ALBERTO BUENO. Abogado
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de público conocimiento que el día 08/09/2018, a las 08:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de Deslinde dentro del Ámbito de la Parcela No. 1, del Distrito Catastral No. 28, del Municipio de Fantino, Provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana. Dicho inmueble está Ubicado: en Piña Vieja, frente a la Factoría de Arroz Jacinto, Propiedad de la señora: JOSEFINA ALTAGRACIA SANTOS AYALA, Expediente No. 661201803740.
De acuerdo a lo que dispone el párrafo del artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Art. 86 del Reglamento de títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado la CARTA CONSTANCIA ANOTADA DEL CERTIFICADO DE TITULOS NO. 11237, DENTRO DE LA PARCELA 23, DEL DC. 14/1ERA., BARAHONA, INSCRITO EN EL LIBRO 100, FOLIO 0, HOJA 0221, A NOMBRE DE JUAN EDELFIN MATOS, CON UNA EXTESION SUPERFICIAL DE 600 MTS2.
AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES, Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421. (AC-13868-WP-3/6)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE. Se hace de público conocimiento que el día 08/09/2018, a las 08:00 A.M, daremos inicio a los trabajos de Deslinde dentro del Ámbito de la Parcela No. 57 del Distrito Catastral No. 07, del Municipio de Fantino, Provincia Sánchez Ramírez. Dicho inmueble está Ubicado: tomando la Avenida Duarte con dirección Oeste-Este doblando a la izquierda en la esquina del restaurante Que Pasa, y en la segunda esquina del lado izquierdo, Propiedad de la señora: ANTONIA ORTEGA LIRANZO, Expediente No. 661201803741.
AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES, Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421.
(AC-13868-WP-4/6)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 08/09/2018, a las 05:00 P.M., daremos inicio a los trabajos de Deslinde dentro del Ámbito de la Parcela No. 401-F, del Distrito Catastral No. 03, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana. Dicho inmueble está Ubicado: en la Avenida frente a la Federación Gregorio Luperón, Propiedad del señor: MILCIADES ANTONIO DUARTE NUÑEZ, Expediente No. 661201803738.
AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES, Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421. (AC-13868-WP-5/6)
AVISO AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO En virtud de auto del Tribunal de Tierra de Jurisdicción Original de Sánchez Ramírez (Cotuí), a petición del Abogado del Estado vs Antonia Vásquez Vásquez De García, Juan Tomás García Reyes y Agrim. José Miguel Castillo Robles. Se avisa que el día Miércoles 12/09/2018 a las 9:00 a.m., en el 1er. nivel de dicho tribunal ubicado en la calle Sánchez # 43, Municipio Cotuí, presidido por el Mag. Plinio R. Candelario Ramos, celebrara audiencia de fondo, para conocer el saneamiento de la Parcela #316134444459, área 201.43m2 ubicado en el Barrio La Esperanza calle Felipe Scheker #97, municipio Fantino, provincia Sánchez Ramírez, ejecutado por el: AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES, Gte. Dpto. Agrimensura-Codia: 25421. (AC-13868-WP-6/6)
RECTIFICACION DE ESTADO CIVIL
(AC-13871-PC)
Yo EDUARD EDWIN BELLO POU, cédula No. 001-1821421-2, hago de público de conocimiento que en fecha 17/09/2014, sustraje matrimonio con OKSANA ELAGINA, cédula No. 40238384198, el mismo se encuentra registrado en la Oficialía del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción en el Libro No. 00009, Folio No. 0045, Acta No. 000845 del año 2014. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 361348
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de público conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil No. 208-2018SSEN-00876 en fecha 13 de JUNIO del año 2018, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha 07/05/2018, en contra de JENNIFFER BATISTA VASQUEZ por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre JESUS ALBERTO ROSARIO RESTITUYO Y JENNIFFER BATISTA VASQUEZ. TERCERO: Otorga la guarda y cuidado del menor ALBERT ROSARIO BATISTA, a favor de su madre JENNIFFER BATISTA VASQUEZ. CUARTO: Ordena al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial LIC. ANGEL CASTILLO M., Alguacil de Estrado de la Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma: Sindy Lizardo Alba, Jueza Suplente y Maricela Bueno Ortiz, Secretaria Interina. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro No. 5, Folio 11, Acta No.406 en fecha 24 de agosto del 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 31 Días del mes de agosto del año 2018. LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, Abogado. (ERJ-AC-13873-WP)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
AVISO DE DIVORCIO
De conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la ley 6186 sobre Fomento Agrícola y las formalidades del artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que el día miércoles que contaremos a veintiseis(26) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, se procederá a la venta en pública subasta, en la Primera (1era) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones ubicados de la segunda planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes del Constanza, Maimón y Estero Hondo, sito en la intersección de las calles Hipólito Herrera Billini con Juan de Dios Ventura Simó, Dr. Horacio Vicioso y Dr. Juan Bautista Pérez, sector de la Feria del Distrito Nacional, República Dominicana, del inmueble descrito a continuacion:“Parcela 110REF-780, DC 04, Apartamento 203, Segunda planta del Condominio El Paso, matrícula 0100318802 con una superficie de 71.00 metros cuadrados, ubicado en el Distrito Nacional. Propiedad de ILIANA PATRICIA CASTILLO DE PEÑA, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad y electoral marcada con el No. 001-1322684-9”.El precio de primera puja esde UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEICIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS DOMINICANOS CON 65/100 (RD$1,249,657.65), por concepto de capital, intereses y moras, más los gastos de ejecución. Los interesados deberán depositar antes de la venta, el diez por ciento (10%) de dicho precio, en efectivo o mediante cheque certificado, en la secretaría del tribunal apoderado, las pujas sólo se aceptaran por ministerio de abogado. Así mismo se advierte que el inmueble descrito precedentemente ha sido embargado a la señora ILIANA PATRICIA CASTILLO DE PEÑA, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad y electoral marcada con el No.001-1322684-9, domiciliada y residente en la calle Caminí, No.74, sector los Cacicazgos, Torre Liliam, Apartamento 402, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. En tal sentido, se comunica que el acreedor embargante es el BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S. A. – BANCO MÚLTIPLE, sociedad bancaria organizada de conformidad con las leyes dominicanas, con su domicilio social y principal establecimiento ubicado en el edificio marcado con el número 3 de la avenida John F. Kennedy, sector Miraflores, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, registro nacional de contribuyente (R.N.C.) número 1-01-04359-8, debidamente representada para el presente proceso, por su Vicepresidente Adjunto de Administración Riesgo de Crédito, LIZAMNA MERCEDES ALCANTARA BAURDIER, dominicana, mayor de edad, casada, funcionaria bancaria, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 031-0329718-4, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán; entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a la doctora KERYMA MARRA MARTÍNEZ, y los licenciados BERNARDO ALMONTE, STERLING PÉREZ, ALICIA INDHIRA FLAZ y JULIA ZABALA dominicanos, mayores de edad, solteros todos menos el segundo, abogados de los tribunales de la República, titulares de las cédulas de identidad y electoral marcadas con los números 001-0101700-2, 031-0244609-7, 402-2179017-9, 001-16970260-0 y 402-2219472-8, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el despacho jurídico “Marra & Marra”, ubicado en el local número 502 del quinto piso de la torre Élite, marcada con el número 329 de la avenida 27 de Febrero, ensanche Evaristo Morales, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, teléfono: 809-472-0035; lugar donde mi requirente, ha hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del proceso de embargo inmobiliario que se persigue en contra de la señora ILIANA PATRICIA CASTILLO DE PEÑA, titular de la cedula de identidad y electoral marcada con el No.0011322684-9.Por consiguiente, se hace constar que mediante el Acto número 169-2018, instrumentado en fecha veintisiete(27) del mes dejuliodel año dos mil dieciocho (2018) por el ministerial INOEL DE JESUS SUERO TEJADA, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, el referido acreedor embargante notificó mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario contra la señoraILIANA PATRICIA CASTILLO DE PEÑA,el cual se convirtió, de pleno derecho, en embargo inmobiliario luego de transcurridos los quince (15) días francos contados a partir de su notificación, al tenor de lo dispuesto por las disposiciones combinadas del artículo 149 de la ley 6186 de Fomento Agrícola y del artículo 1033 del Código de Procedimiento Civil; embargo que fue ulteriormente inscrito ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha quince (15) del mes deagostodel año dos mil dieciocho (2018), todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Condiciones depositado en fecha veinticuatro(24) del mes de agostodel año dos mil dieciocho (2018) en la Secretaría de la PrimeraSala de la Cámara Civil y Comercialdel Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, dictó la sentencia civil No. 538-2018-SSEN-00305, Expediente No. 538-2018ECIV-00187, de fecha doce (12) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: PRIMERO: RATIFICA el defecto del demandado, señor ANEURYS MEJÍA FELIZ, por falta de comparecer no obstante haber sido debidamente emplazado. SEGUNDO: ADMITE` el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre la señora VENECIA MERCEDES MERCEDES ABREU, y el señor ANEURYS MEJÍA FELIZ; TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente, el pronunciamiento del presente divorcio; CUARTO: COMPENSA las costas por tratarse de litis entre esposos; QUINTO: Comisiona a la ministerial KAIRA IDALINA DIAZ PUJOLS, de estrado de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia para la notificación de esta sentencia; Así ha sido hecho y firmado, por la firmado por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, (Firmada: JOSE MANUEL MEDINA, Juez; IGNACIA S. NOVA MOSCAT, Secretaria). La presente sentencia ha sido emitida y firmada por JOSE MANUEL MEDINA. Asimismo, se hace saber que en fecha treinta (30) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Baní, procedió a transferir la referida Sentencia en el Libro 2, Folios 21-22, bajo el Acta No. 111 del año dos mil dieciocho (2018), así como se efectuó el pronunciamiento del referido divorcio. La presente publicación es autorizada por la suscrita, LICDA. AIDA BLANCE JOSEFINA BAEZ VALENZUELA. En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, hoy día treinta y uno (31) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).
LIC. STERLING PÉREZ, por sí y por los letrados Dra. KERYMA MARRA ylos Licdos. JULIA ZABALA y ALICIA FLAZ. Abogados del persiguiente
LICDA. AIDA BLANCE JOSEFINA BAEZ VALENZUELA, Abogada. FC 361419
AVISO DE INCORPORACION Se hace público el conocimiento, que la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona, en cumplimiento a lo establecido en la Ley 122-05 de fecha 8 de abril del año 2005, en su artículo 5, párrafo I, II y III, sobre la regulación y fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro, emite el Registro de Incorporación número 0055-2018, de fecha 22 de agosto del año 2018, el cual concede el beneficio de incorporación a la FEDERACION DE MUJERES AGROPECUARIAS DE LA REGION ENRIQUILLO (FEMARE), cuyos objetivos son: a) Promover proyectos agropecuarios en beneficio de las asociaciones, miembros de la Federación de la Región Enriquillo; b) Facilitar la comunicación y acceso a las fuentes informativas, desarrollando la capacitación y formación de todas las asociaciones de la Federación; c) Potenciar la recuperación y reutilización de áreas agrícolas abandonadas y socialmente productivas de la Región Enriquillo; d) Fomentar y mejorar la producción agropecuaria de sus asociados e impulsar la industrialización de la producción agrícola; e) Fomentar la conservación técnica e infraestructura agrícola como elementos que cumplen funciones medioambientales y f) Rescatar y recopilar información de tipo cultural relacionada con la experiencia y el saber de la población rural de la Región Enriquillo. Con domicilio principal en el Barrio Villa Armonía, No. 04, sector La Cuarenta, municipio Jimaní, provincia Independencia, República Dominicana y sus miembros directivos son: PRESIDENTE: Aurin Dotel Montero; VICEPRESIDENTE: Juan Bautista Méndez Rivas, representante de la Asociación de Ovicaprino la Descubierta (ASOVIDE), Inc.; SECRETARIA GENERAL: Cleudis Atenaide Pérez Guzmán De Pérez, representante de la Asociación de Mujeres Agropecuarias El Limón (ASOMALI), Inc.; TESORERA: Eurelize García Féliz Pérez, representante de la Asociación de Productores y Comerciales de Frutas del Municipio de Jimaní, Inc.; VOCAL TITULAR: Adalgiza Ferreras Pérez, representante de la Asociación Centro de Madres Las Desamparadas, Inc., y VOCAL TITULAR: Manuel Adonis Ferreras Benítez, representante de la Asociación Lucha y Progreso, Inc. Las cuales representan la Federación ante terceros. En el municipio y provincia de Barahona, República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018).
AURIN DOTEL MONTERO, PRESIDENTE. FC 361418
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VieRnes 31 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
22 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: marca Daihatsu, año 1997, color blanco, placa y registro L144524, chasis V11608882, a nombre de MANUEL PEÑA .
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado marca Mazda, color gris, año 2010, placa No. A707047, chasis JM1BL1SF5A1235139, a nombre de NIKE EDUARDO ROSARIO VILLANUEVA.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo remolque marca Fruehauf, color blanco, año 1970, placa No. F008647, chasis UNK3535058JULY69, a nombre de CLOBEY GROUP, SRL.
PÉRDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep, marca Toyota, color gris, año 2001, placa y registro No. G079703, chasis 5TDBT43A515828315, a nombre de LUIS RODOLFO ABINADER CORONA. FC 361388
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca KYM, color negro, año 2011, placa y registro K0028912, chasis LJCPAGLH0B5082494, a nombre de JUANA JESÚS HERRERA.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Kia, color blanco, año 2011, placa No. A678332, chasis KNAGN415BBA014264, a nombre de INVERSIONES E INMOBILIARIA CABRAL GUERRERO, SRL.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Ford, color blanco, año 1998, placa No. A308343, chasis 1FAFP66L3WK208869, a nombre de OCTAVIO VARGAS OLIVERO.
PÉRDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, color verde, año 1993, placa No. A155077, chasis 1NXAE00E5PZ003010, a nombre de ARIEL ANTONIO ABREU CRUZ.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Galaxy, color negro, año 2012, placa y registro K1292703, chasis LWPCJL1A12T005628, a nombre de RODOLFO MEJÍA POLANCO.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Porsche, color gris, año 2017, placa y registro A712288, chasis WP0ZZZ99ZHS110605, a nombre de CONFORMATIC, S.R.L,
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Isuzu, placa S003070, color crema, chasis JALCXZ81KY3000004, tipo volteo, año 2000, propiedad de N. MENDEZ EXCAVACIONES Y TRANSPORTE, C. POR A. FC 361385
PÉRDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Nissan, modelo Urban, color blanco, chasis 3N6GD13S5ZK010595, año 2004, placa No. L018600, a nombre de JOSE ARMANDO LEON Y JAVIER, cédula 066-0012690-5. FC 361394
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Gato, placa K0745610, color negro, chasis LRPRPLB02GA001164, tipo motocicleta, año 2016, propiedad de JOSE MARTIN ANDUJAR ALMONTE, cédula 001-1883545-3. FC 361306
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo placa L138048, chasis V11816602, marca Daihatsu, año 2001, color azul, propiedad de FELIX MANUEL DEL ROSARIO DE OLEO. FP 99230
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Corolla Ce, año 2002, color rojo, placa y registro chasis A152090, 1NXBR12E92Z609091, a nombre de RAFAEL ALBULQUERQUE GUZMÁN, cédula 223-0018369-0. FC361412
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Civic LX, año 2007, color gris, placa y registro A490902, chasis 1HGFA16507L501197, a nombre de VERÓNICA BEATRÍZ THEN ROJO.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color rojo, año 2008, placa y registro K0101864, chasis LC6PAGA1780821874, a nombre de ALCINDOR MARC DONALD.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 2010, placa No. K0470706, chasis LC6PAGA16A0805722, a nombre de ANGEL ROMAN SOTO MONTILLA.
PÉRDIDA DE PERMISO de construcción Núm. ABP17E17M924-10, a nombre de ÁNGEL LUÍS BRAVO PEÑA. FC361414
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo CRV LX 4x2, año 2013, color plateado, placa G294805, chasis 3HGRM3830DG600133, a nombre de JHOVANNY ALTAGRACIA LIRIANO TOLENTINO.
PÉRDIDA DE PLACA: marca Suzuki, modelo AX100, color azul, año 2009, placa y registro K0135591, chasis LC6PAGA1990821425, a nombre de MARIO HOLGUÍN AMARANTE, cédula 058-0017704-9. FC361341
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca Honda, color azul, año 1981, placa No. K0347854, chasis C509715973, a nombre de BERNARDO SUREDA VALEYRON.
PPÉRDIDA DE MATRÍCULA DEL BOTE de pesca de nombre “BOLITA”, Mat. BP-B28-563SDG, color blanco y azul de 14 pies de eslora 5 de manga y 3 de puntal, a nombre del Sr. AKIRA SHIRAKI SHIRAKI. FC361415
PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Kawasaki, modelo ZX6R, año 2005, color negro, placa y registro K0243446, chasis JKBZXJC116A044756, a nombre de CÁNDIDO ELIEZER ACOSTA FERRERAS.
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Kia, color gris, año 2009, placa y registro A665192, chasis KNAGE22539A337664, a nombre de MIGUEL VASQUEZ ÁNGELES.
PÉRDIDA DE CHAPA: Vehículo tipo carga, marca Toyota, modelo Pick Up, año 1990, color rojo, placa L035928, chasis JT4RN81R3L5049222, a nombre de WILLY ALFREDO OZUNA DEL ROSARIO
PÉRDIDA DE MATRÍCULA DEL BOTE de recreo de nombre “CASA DORADO-II”, Mat. BR-C86-682SDG, de 22 pies de eslora 6 de manga y 2.6 de puntal, color blanco, propiedad del Sr. LUIS ROBERTO GUZMAN DORVILLE, para que en lo adelante figure a nombre del Sr. LUIS MANUEL MARTE MATIAS. FC361417
PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Hyundai, año 2008, color blanco, placa y registro G190346, chasis KMHSH81WP8U331693, a nombre de YUDELKA ALTAGRACIA PAULINO CASTELLANOS.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Gacela, modelo CG150, año 2012, color negro, placa y registro N990611, chasis LXAPCK508CC000824, a nombre de PEDRO HIGON MORILLO MOREL, cédula 087-0010285-1. FC361317
PERDIDA DE MATRICULA Y PLACA: MOTOCICLETA Marca SUZUKI, modelo AX100, color GRIS, Año 2007, placa N264339, Chasis LC6PAGA1170820010, a nombre de NILSON DE OLEO RIVERA, CED.04701376495. (AH-AC-13865-CP-30-3101/09/2018)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Honda, color verde, año 2000, placa No. A475888, chasis EK33200222, a nombre de NICOLAS GIL JAVIER.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Freightliner, color azul, año 2006, placa y registro L308402, chasis 1FUJF0CV46LW42165, a nombre de MOLL S.A.
PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA Marca SUZUKI, modelo AX100, color AZUL, Año 2016, placa K0763834, Chasis LC6PAGA17G0021557, a nombre de ADALBERTO ANTONIO GERMOSO CORONADO, CED.04700197561. (RC-7057-CM-29-30-31/08/2018)
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Bilt, color amarillo, año 1991, placa y registro L298309, chasis 1XPFL59X9MN308192, a nombre De PEDRO JOSÉ PICHARDO LEONARDO.
Se le invita a SOFIA GLORIVEL MOTA, a pasar por plan piloto, para el retiro de denuncia del automóvil privado, marca Honda Civic, color plateado, año 1990, placa A405862, chasis JHMED36200S212507, a nombre de ANSIA DE PAULA SANTIAGO DE MORA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Chevrolet, color gris, año 1987, placa y registro A216737, chasis 1Y1SK514XHZ119310, a nombre de LEANDRO FRANCISCO ESPINAL RODRÍGUEZ.
PERDIDA DE PLACA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca KIA, modelo K5, color BLANCO, Año 2013, placa A710875, Chasis KNAGN418BDA360943, a nombre de DOMINGA ANTONIA PICHARDO FERNANDEZ DE PFIFER, CED.04701479984. (RC-7054-WP-29-30-31/08/2018
PERDIDA DE PLACA (CHAPA): Vehículo motocicleta marca Bajaj, modelo BM150, año 2016, color negro, chasis No. MD2A21BZ0GWJ48781, placa No. O030814, motor No. PFZWFJ63056M, matrícula No. 0058645, propiedad de Cámara de Diputados de la República Dominicana.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Gato, color rojo, año 2017, placa y registro K1227434, chasis LRPRPLB01HA004297, a nombre de DANIEL BIENVENIDO GONZÁLEZ COATS, cédula 402-3707720-7. FC361398
FC 361390
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Mitsubishi, color blanco, año 1997, placa No. G037632, chasis JA4MT41P4VP003942, a nombre de LUIS DOMINGUE CARO BREA
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Hyundai, color rojo, año 2011, placa No. A653330, chasis KMHEC41MBBA315372, a nombre de INVERSIONES E INMOBILIARIA CABRAL GUERRERO, SRL.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo remolque, marca Maxximus, color negro, año 2014, placa y registro No. F011073, chasis 001118113452, a nombre de RAMON ANTONIO REYES NOVAS. FC 361389
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa L305437, marca Chevrolet, modelo 1BE80L, año 2011, color blanco, chasis KL19B0A57BC112699, propiedad de CLAUDIO ORTIZ CASTILLO, cédula No. 001-1465666-3. FC 361380
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Honda, color gris, año 1999, placa y registro A083002, chasis EK33107478, a nombre de JEAMPOR GÓMEZ MONTE, cédula 402-2329514-4. FC361403
PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Mazda, color negro, año 2012, placa y registro G404337, chasis JM3TB2CA6C0343365, a nombre de SERGIO AUGUSTO RAMIREZ OVANDO, cédula 001-1173871-2. FC361405
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, año 1988, color azul, placa y registro L129305, chasis JT4RN63A6J8012012, a nombre de VIRGINIO MUESES MARTINEZ. FC361422
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Chevrolet, modelo CMP, color blanco, año 2013, Motor o No. de serie 967692KC2, chasis No. KL19B0A57DC006319, placa y registro No. L314442, a nombre de la sociedad comercial DOMINICAN WOLVERINE SHOE COMPANY, LTD, RNC 101-63216-1. (CG-AC-13870-PC)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, año 1984, color azul, placa y registro NQY662, chasis C503143711, a nombre de JOSÉ RAMÓN DE LA CRUZ DE LA CRUZ. FC361423
PERDIDA DE MATRICULA: AUTOBUS PRIVADO Marca TOYOTA, modelo LITE ACE, color BLANCO, Año 2011, placa I073685, Chasis S402M0020434, a nombre de NELSON GABRIEL TORRES FERNANDEZ, CED.402-2178917-1. (RC-7060-CM)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: motocicleta, marca X4000, año 2012, color negro, placa y registro K0281861, chasis LWPC41A12T003654, a nombre de LEONARDO RAFAEL BERNABÉ LAZALA. FC361426
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Mitsubishi, color dorado, año 2000, placa y registro A269845, chasis 4A3AA46GXYE030227, a nombre de JULIA ELENA RODRÍGUEZ, cédula 031-0049942-9. FC361420
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: AUTOMÓVIL PRIVADO, marca NISSAN, color PLATEADO, placa A218100, año 1999, chasis 3N1DB41S0ZK021409, a nombre de CELIA LICETTE DEL C. DE M. CAMACHO UBIERA, cédula 0010066329-3
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Mitsubishi, color negro, año 2003, placa y registro G187817, chasis JA4NW31S73J019126, a nombre de WANDER IGNACIO CASTRO FELIZ, cédula 402-2738502-4.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Honda, color verde, año 2000, placa No. A475888, chasis EK33200222, a nombre de NICOLAS GIL JAVIER.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 76 7482714, del Banco Popular Dominicano, de fecha 07/06/2011, por valor de RD$100,000.00, a nombre de: NERODY LIRIANO PEÑA, cédula 0011153520-9. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 361299.
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DEPOSITO ALQUILERES Para que sea de público conocimiento. Se Informa que se ha extraviado el CERTIFICADO DEPOSITO DE ALQUILERES DEL BANCO AGRICOLA Correspondiente al No. 1-260072451-1, expedido en fecha dos (02) del mes de JUNIO del año dos mil diecisiete (2017), a favor de la señora LUCIA MERCEDES PEÑA GENAO, Cédula de Identidad y Electoral. 001-0479017-5, por valor de TREINTA Y TRES MIL PESOS DOMINICANOS (RD$33,000,00). Publicación autorizada por: LIC. CRUSITO HERNANDEZ GUERRERO, Abogado. Santo Domingo, D.N., 15 de agosto 2018. FC 361361