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14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
EXP. 662201709129. Se avisa que el día 15 de noviembre 2017 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 28-A-18, DC 7, Av. Pedro A. Rivera, plaza Azura Mall, municipio La Vega, autorización de mensuras del 31/10/2017, propiedad JANYS ALTAGRACIA VALDEZ VALDEZ realizado por:
EXP. 662201709131. Se avisa que el día 24 de noviembre 2017, a las 10:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en el DC 1, C/Las Caobas #2, municipio La Vega, autorización de mensuras del 01/11/2017, propiedad KAROLIN ACOSTA CAMILO realizado por:
EXP. 662201709130. Se avisa que el día 24 de noviembre 2017, a las 8:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en el DC 162/4, C/Los Amaceyes, municipio Moca, autorización de mensuras del 01/11/2017, Prop. Santiago Gregorio Mota Jerez y María Isabel Muñoz Bidó realizado por:
Elisa Tapia Agrimensora Contratista. CODIA No.29431.
Elisa Tapia, Agrimensora Contratista. CODIA No.29431.
Alexis Rafael Almonte Núñez, Agrimensor Contratista. CODIA No.15030. (CG-AC-12108-PC-1/3)
(CG-AC-12108-PC-2/3)
(CG-AC-12108-PC-3/3)
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO.
AVISO DE PUBLICACION DE DIVORCIO
Se pone en conocimiento público por este medio, que en fecha veintisiete (27) del mes de septiembre del año 2017, la Cámara Civil y Comercial y de Trabajo del Juzgado de la Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, dictó una sentencia (expediente No. 538-2017-SSEN-00552), mediante la cual ordena el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges: HILLSON ANTONIO MORONTA CORPORAN y FADIA ALTAGRACIA SABAD ARIAS, cuya parte dispositiva dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admitir el divorcio por Mutuo Consentimiento, entre HILLSON ANTONIO MORONTA CORPORAN y FADIA ALTAGRACIA SABAD ARIAS. SEGUNDO: Se compensa las costas por tratarse de una litis entre esposos. Así se pronuncia, firma y manda: DR. JOSE MANUEL MEDINA, Juez Presidente. Dicho divorcio ha sido pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Baní, en fecha uno (01) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), e inscrita en el Libro No. 00002, Folio No. 0047, correspondiente Acta No. 000124, año 2017. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (8/11/2017).
De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la ley 1306-BIS sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de Público conocimiento que en fecha VEINTINUEVE (29) de JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (2017), la SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA dictó la Sentencia Civil Número 209-2017-SSEN00598, correspondiente al Expediente número 209-2017-ECIV-00587, en nombre de la República, y en materia de Divorcio, cuyo dispositivo copiado textualmente expresa lo siguiente: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores LISA VILLANUEVA Y EDWARD RAFAEL MEJIA GARCIA. TERCERO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso; CUARTO: COMPENSA las costas del Procedimiento y COMISIONA al ministerial LIC. JOSE GERALDO ALMONTE TEJADA, Alguacil de Estrado de la Unidad de Citaciones, Notificaciones y Comunicaciones de la Jurisdicción Penal de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma: IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD, JUEZA PRESIDENTE. El divorcio así admitido por la sentencia anterior, fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN de la Vega, en fecha CUATRO (4) de OCTUBRE del año 2017, quien procedió conforme lo establece la ley a su transcripción correspondiente en el Libro de Registro de Divorcios número 5, Folio 79, Acta número 440, del año 2017. En la ciudad Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Siete (7) días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio, se hace de publico conocimiento que fue dictada la sentencia civil No. 208-2017-SSEN01273, dictada en fecha 03-08-2017, por la Primera Sala de La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, cuya parte dispositiva dice así: FALLA: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto, pronunciado en audiencia de fecha 10/07/2017, en contra de YNDIRA MARIA OVALLES BATISTA, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres entre ALVARO LUIS ENCARNACION MEDRANO Y YNDIRA MARIA OVALLES BATISTA. TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente, a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: COMPENSA, las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial CARLOS RODRIGUEZ RAMOS, Alguacil de Estrado de esta Sala, para que notifique la presente sentencia. La Sentencia que antecede fue pronunciada el día veintisiete, (27) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete, (2017), por ante el Oficial del Estado Civil de La Segunda Circunscripción del Municipio de La Vega, inscrito en el Libro No. 00005, de Registros de Divorcio, Folio 0177, Acta No. 000189, del año 2017.
LICDO. CESAR AUGUSTO RAMIREZ ARIAS, Abogado.
LIC. GABRIEL ANTONIO MARTINEZ SANZ, ABOGADO REPRESENTANTE DE LA SEÑORA LISA VILLANUEVA.
LIC. MIGUEL ANGEL SOLIS PAULINO, ABOGADO.
FC 351918
(AC-12110-PC)
AVISO VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 696, del Código de Procedimiento Civil, se hace de público conocimiento que la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia, del Municipio Santo Domingo Norte, Segunda Sala, ha fijado para el día Jueves que contaremos a Siete (07) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, la audiencia de pregones para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador del inmueble siguiente: “De una Mejora de dos niveles, construida de blocks, techada de hormigón, piso de cemento, con todas sus dependencias y anexidades, ubicada en la Calle 19 de Marzo, No. 08, Del Sector Cuesta Linda, Sabana Perdida, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, con un área superficial de 295.85MT2, Y un área de construcción de aproximadamente 66.75MT2, dentro del ámbito de la parcela No. 3-REF-A (PARTE), del Distrito Catastral, No. 17, del D.N, Actual Santo Domingo Norte, con las siguientes colindancias: AL NORTE: Resto de la Parcela; AL SUR: CALLE 19 DE MARZO; AL OESTE: Resto de la Parcela; AL ESTE: Calle Cambronal; Construida en terrenos del Estado Dominicano”. Propiedad de los señores CRISTIAN CASTILLO CUEVAS Y KETY SONAIDA JIMENEZ SANTANA, cédulas Nos. 022-0020132-1 y 113-00017982, residentes en la Calle 19 de Marzo, No. Ocho (08), de Cuesta Linda, Sabana Perdida, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana. El referido inmueble ha sido embargado en virtud del Pagaré Notarial de fecha Veinticinco (25) de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017). A diligencia y persecución del señor PERSIO ANTONIO SANCHEZ REYES, dominicano, mayor de edad, abogado, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0463316-9, domiciliado y residente en la Ave. Marcos de Rosario No. 129, Apto. 101, Los Mina, Municipio Santo Domingo Este, el cual tiene como Abogada Constituida y Apoderada Especial a la LICDA. MARIA ALTAGRACIA PALMER, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula No. 001-0472795-3, con estudio profesional abierto en la Ave. Marcos de Rosario No. 129 Apto. 201, Los Mina, Municipio Santo Domingo Este, lugar donde el persiguiente ha hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias, legales del procedimiento ejecutorio de embargo inmobiliario de que se trata; DILIGENCIAS PRELIMINARES: El Mandamiento de Pago fue notificado conforme al acto No. 1013/7/2017, del Veinte (20) de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), instrumentado por el Ministerial JUAN BAEZ DE LA ROSA, Alguacil Ordinario, de la C. P. de la C. de A. del D. N., Portador de la cédula No. 001-0475994-9. El Embargo y Denuncia fueron instrumentados por el Notario LIC. JOSE LUIS DALIS CORDERO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula No. 001-0453284-1, abogado Notario Público de los del número del D.N., matrícula No. 3079. En fecha Treinta (30) de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), e inscrito en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Municipio Santo Domingo Norte, Prov. Sto. Dgo. En fecha Once (11) de Octubre del Año Dos Mil Diecisiete (2017). En el libro B, Folios Nos. 158241 Y 158242. El Persiguiente ha fijado el precio de la venta por la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$652,000.00). El precio de la primera puja, sin incluir los accesorios de derecho y el estado de gastos y honorarios sin liquidar a la fecha de la presente publicación. Las pujas sólo serán admitidas por ministerio de abogados, y todo licitador deberá depositar en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, del Municipio Santo Domingo Norte, Segunda Sala, una garantía en efectivo o en cheque Certificado por una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, el equivalente al Diez (10%) por ciento del precio de la primera puja ofrecido por el persiguiente por lo que dicha fianza ascenderá a la suma de SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS DOMINICANOS (RD$65,200.00), conforme a las condiciones que se establecen en el pliego de condiciones, que fue depositado en la Secretaría de dicho Tribunal, el Trece (13) de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017). Y fijada la lectura para el Dos (02) de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).- Hecho y Firmado por la Abogada del Persiguiente, en el Municipio Este, Provincia Santo Domingo, de la República Dominicana, a los Tres (03) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LICDA. MARIA ALTAGRACIA PALMER, Abogada del Persiguiente. FC 351900
INVERSIONES MENINAS, S.A. Capital Social Autorizado: RD$2,200,000.00 Capital Social Suscrito y Pagado: RD$2,200,000.00 RNC: 1-02-61490-3 Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana
Aviso de Transformación Para cumplir con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 de fecha 11 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, se avisa a los interesados y al público en INVERSIONES MENINAS, S. A. para el día veintisiete (27) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), a las diez horas de la mañana (10:00 AM), en el domicilio social, a fin de conocer del Proyecto de Transformación de la misma en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.). El referido Proyecto fue elaborado y propuesto a los socios de la sociedad en fecha siete (7) de noviembre del año dos mil diecisiete (2017) por el Presidente del Consejo de Administración y contiene las razones que lo justifican, los trámites a observar durante el proceso de transformación y el proyecto de Estatutos Sociales que regirán la sociedad en caso de ser aprobados. Del mismo modo, se informa a los interesados y al público en general, los siguientes puntos contenidos en el mencionado Proyecto: a) La nueva denominación social de la sociedad será INVERSIONES MENINAS, S.R.L.; b) El domicilio social estará en la Calle Pedro Henríquez Ureña número 19, Sector Gazcue, de la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; c) La duración de la sociedad continuará siendo indefinida; d) El objeto social se mantendrá invariable; e) El ejercicio social tampoco cambiará: será anual y coincidirá con el año natural; f) El capital social será fijado en la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$2,200,000.00), íntegramente aportado y pagado, dividido en VEINTIDOS MIL(22,000) cuotas sociales, iguales, acumulables e indivisibles, enteramente suscritas y pagadas, cada una con un valor nominal de CIEN PESOS DOMINICANOS (RD$100.00), las cuales no tendrán el carácter de valores ni podrán representarse por medio de títulos negociables o anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones o intereses; g) Las cuotas sociales serán libremente transmisibles entre socios, entre ascendientes y descendientes, y por vía de sucesión o en caso de liquidación de comunidad de bienes entre esposos; pero no podrán ser cedidas a terceros extraños a la sociedad sin el consentimiento de la mayoría de los socios que representen, por lo menos, las tres cuartas (3/4) partes de las cuotas sociales, conforme al procedimiento establecido por la Ley; h) La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deberán ser personas físicas; su nombramiento podrá ser estatutario o por un acto posterior de la sociedad y tendrá una duración de seis (6) años; los gerentes podrán ser reelegidos indefinidamente y ejercerán sus funciones mientras no hayan sido sustituidos; i) Frente a los socios, la gerencia podrá llevar a cabo todos los actos de gestión necesarios en interés de la sociedad; frente a los terceros, la gerencia estará investida con los poderes más amplios para actuar, en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad, bajo reserva de los poderes que la Ley les atribuye expresamente a los socios; j) La sociedad se encontrará comprometida por los actos y actuaciones ejecutados por la gerencia aún si éstos no se relacionan con el objeto social, a menos que pruebe que el tercero tenía conocimiento de que el acto o actuación era extraño al objeto social o que no podía ignorarlo dadas las circunstancias; y k) Todas las decisiones colectivas de la sociedad serán tomadas por los socios reunidos en asamblea o por consulta escrita o por su consentimiento unánime contenido en un acta, con o sin necesidad de reunión presencial. Se les avisa a todos los accionistas de la sociedad que el texto íntegro del proyecto de Transformación o nuevos Estatutos Sociales, así como el Balance Especial y el Informe del Comisario requeridos por la Ley para las transformaciones societarias, se encuentran actualmente a su disposición en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá de la Transformación. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana; a los nueve(9) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
BORIS CARLOS GOICO CAMPAGNA, Presidente. FC 351912
(AC-12111-PC)
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con el Art. 22 de la ley No.1306-BIS, sobre divorcio, se hace saber lo siguiente, que el señor DENNY ALBERTO JEREZ SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado portador de la cédula de identidad y electoral No. 4023929954-4 domiciliado y residente en la calle María Trinidad Sánchez, casa No.54 del Barrio Acapulco de esta ciudad de Cotuí, quien tiene como abogado apoderado especial al Dr. OCTAVIO SÁNCHEZ MOSQUEA, dominicano, mayor de edad, casado, CÉDULA No. 0490019993-8, abogado de los tribunales de la República Dominicana, para los del numero del municipio de Cotui, con estudio profesional abierto en la casa No.17, en la carretera Cotui - La Cueva, donde hace elección mi cliente, para los fines de lugar, quien advierte a su legítima esposa, la Sra. SILVIA MATOS CASTRO, que a falta de información de su domicilio actual procederá a emplazarla en acción de divorcio por incompatibilidad de caracteres, de domicilio desconocido, por ante la Magistrado Procuradora Fiscal Del Distrito Judicial De Sánchez Ramírez, en fecha 13-11-2017, para que comparezca a la audiencia que en materia de divorcio celebrará la Cámara Civil y Comercial de este Distrito Judicial, el martes que contaremos a 21 del mes de noviembre del año 2017, a las 9:00 de la mañana en los salones donde acostumbra realizar audiencia este tribunal, sito en la calle Sánchez esquina 4 del sector La Esperanza de la ciudad de Cotui. En la ciudad de Cotui, Prov. Sánchez Ramírez, a los 7 días del mes de noviembre del año 2017.
DR. OCTAVIO SANCHEZ MOSQUEA Abogado apoderado FC351877
JUEVES 09 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
Oración para los casos más difíciles Brazo Poderoso del Sagrado Corazón de Jesús, ante Ti vengo con la fe de mi alma cristiana a buscar consuelo en situación difícil para mí. No me desampares y las puertas que han de abrirse en mi camino, sea tu Brazo Poderoso el que las abras o las cierres para devolverme la tranquilidad que tanto ansío. Aquí, ante tu imagen, a tus plantas, dejo la necesidad de mi súplica, que hace un corazón afligido por los golpes del cruel destino, que se siente vencido a toda lucha y no puede combatir si tu Brazo Poderoso no la detiene, sucumbiré ante la fuerza de la razón humana. Brazo Poderoso, asísteme, ampárame y condúceme a la Gloria Celestial. Amén. Pedir 31 cosas difíciles, rezar esta oración 31 días, empezar el día jueves Publicar antes de 31 días.
G.G.G.
AVISO DE MODIFICACION DE ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD “FUNDACION DE AYUDA COMUNITARIA CIMIENTOS DE ESPERANZA, INC.” En cumplimiento de las disposiciones del Art. 5, párrafo II, de la Ley 122/05, se hace público conocimiento, que mediante Resolución No. 0017, de fecha 4 de Octubre del 2017, fue concedida la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Asociación sin fines de lucro “FUNDACION DE AYUDA COMUNITARIA CIMIENTOS DE ESPERANZA, INC.”, con su domicilio en la calle El Conde esquina Santomé, Edificio 407, Oficina 210 de la zona Colonial, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. Esta institución tiene como fin la formación y capacitación de personas con interés en la política. Sus miembros son: CARMEN PUJOLS RODRIGUEZ, TEREZA FELIZ PATINO, BERENICE SANCHEZ ROSADO, WENDY MARGARITA PUJOS BAUTISTA, y VIRIATO A. PEÑA CASTILLO, y a sus vez el consejo de directivo está constituido por 5 personas, quienes son: CARMEN PUJOLS RODRIGUEZ, Presidente; TEREZA FELIZ PATINO, Vice-Presidente; BERENICE SANCHEZ ROSADO, Secretaria; WENDY MARGARITA PUJOS BAUTISTA, Tesorera; y VIRIATO A. PEÑA CASTILLO, Vocal. La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (08) días del mes de noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
CARMEN PUJOLS RODRIGUEZ, Presidente. FC 351889
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO
AVISO DE ADVERTENCIA DE DIVORCIO Cumpliendo con las disposiciones del artículo 22, y su párrafo, de la ley 1306-bis, sobre divorcio; por este medio se le advierte a la señora Amanda Altagracia Soto Batista, cuya última residencia conocida fue 2606 Quail Run Blvd, Kissimmee, Florida, 34744-9044, Estados Unidos de Norteamérica, teléfono 1-407-715-7982; que, a falta de tenerse información relativa a lugar de su domicilio o su residencia conocidos en República Dominicana, el día catorce (14) del presente mes (noviembre/2017) se procederá a emplazarla mediante acto que se le notificará en la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, en acción de divorcio por incompatibilidad de caracteres, a requerimiento de su esposo, señor Eduardo Liriano del Orbe, citándola para que comparezca a la audiencia que, a tales fines, se celebrará, a puertas cerradas, el día treinta (30) del mismo mes (noviembre/2017), a las nueve horas (9:00) de la mañana, ante la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicada en la calle Santiago, esquina Socorro Sánchez, del ensanche Gazcue, de Santo Domingo, Distrito Nacional.
El día Lunes, que contaremos a Trece (13) de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, en el Mercado Público de La Placita, Santiago, sito en la calle Estrella Sadhalá, Sector Ciruelitos, se procederá a la Venta en Pública Subasta de los efectos muebles que se describen a continuación: 1-CAMION MARCA: NISSAN; TOPO: VOLTEO, COLOR: AMARILLO, PLACA Y REGISTRO No.: S001646, CHASIS DUL78044593, AÑO 1998. 2- CAMION MARCA: NISSAN; COLOR: ROJO, PLACA Y REGISTRO No.: S006380. 3- CAMION MARCA: DAIHATSU; COLOR: ROJO, chasis No. V118-62751. 4- CAMION MARCA: DAIHATSU; COLOR: ROJO, Chasis: V118-58207, PLACA Y REGISTRO No.S002673. Los pagos son al contado y los licitados deberán pagar además del precio de la adjudicación el Diez (10%) sobre dicho precio de acuerdo a la Ley. El bien mueble indicado le fue embargado al señor FELIX ALBERTO DE JESUS HERRERA PERALTA, mediante acto número 96, de fecha Tres (3) de Noviembre de 2017, del Notario Público Lic. Miguel A. Cruz Belliard, Notario Público de los del Número de los del Municipio de Santiago. En Santiago, R.D., a los ocho (08) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. EMERIDO RINCON GARCIA, Abogado apoderado.
ERICKSON D. MORENO DIPRE, Alguacil en función de vendutero público.
FC 351853
FC 351894
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR INCAUTACION DE BIENES DADOS EN GARANTIA PRENDARIA AL BANCO AGRÍCOLA DE LA R.D., (SUCURSAL LA VEGA)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR INCAUTACION DE BIENES DADOS EN GARANTIA PRENDARIA AL BANCO AGRÍCOLA DE LA R.D., (SUCURSAL LA VEGA)
De conformidad con la ley 6186, de fecha 12/02/1963, Se hace de público conocimiento, que el día 28 de Noviembre del año 2017 a las 9:00 horas de la mañana se se procederá a conocer la audiencia de venta en pública subasta cito en el lugar ubicado en la salas de audiencia del JUZGADO DE PAZ ORDINARIO DEL MUNICIPIO DE JARABACOA, PROVINCIA LA VEGA, el cual se encuentra localizado en la CALLE EL CARMEN NO.38, ESQUINA DUVERGE DEL MUNICIPIO DE JARABACOA, PROVINCIA LA VEGA, al mayor postor y último subastador por causa de incautación de los siguientes bienes muebles: 1) UN INVERNADERO DE 8, 000 MTS 2 CONSTRUIDO EN MADERA DE EUCALIPTO Y ACACIA DE UNOS 7 AÑOS DE EDAD EL CUAL LUCE EN REGULARES CONDICIONES, CON COBERTURA DE PLÁSTICO Y MALLA, UBICADO EN TERRENOS DEL SEÑOR EDUARDO ABREU MUÑOZ EN LA CIÉNAGA, MANABAO, JARABACOA, LA VEGA. SEMBRADO DE AJÍ MORRON. Incautado a al señor EDUARDO ABREU MUÑOZ, por el BANCO AGRÍCOLA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, SUCURSAL LA VEGA, consignando como precio de la primera puja POR EL VALOR DE CUATROCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$400,000.00) MONEDAS DE CURSO LEGAL. Más los gastos en procedimiento judicial en costas y honorarios ascendentes a la suma de RD$ 40,000.00. Se ordena la publicación de la venta en la Puerta de este Tribunal y en el Honorable Ayuntamiento Municipal. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, conforme la primera puja en efectivo y en el mismo lugar de la subasta.
De conformidad con la ley 6186, de fecha 12/02/1963, Se hace de público conocimiento, que el día 28 de Noviembre del año 2017 a las 9:00 horas de la mañana se procederá a conocer la audiencia de venta en pública subasta cito en el lugar ubicado en la salas de audiencia del JUZGADO DE PAZ ORDINARIO DEL MUNICIPIO DE JARABACOA, PROVINCIA LA VEGA, el cual se encuentra localizado en la CALLE EL CARMEN NO.38, ESQUINA DUVERGE DEL MUNICIPIO DE JARABACOA, PROVINCIA LA VEGA, al mayor postor y último subastador por causa de incautación de los siguientes bienes muebles: 1) UN INVERNADERO DE 6,000 MTS 2, CONSTRUIDO EN SU TOTALIDAD EN MADERA EUCALIPTO DE UNOS 3 AÑOS DE EDAD EL CUAL LUCE EN REGULARES CONDICIONES, CON COBERTURA DE PLÁSTICO Y MALLA TAMBIÉN REGULARES CONDICIONES, SEMBRADO DE PEPINOS. UBICADO EN TERRENOS DEL SEÑOR EDUARDO ABREU MUÑOZ EN LA CIÉNAGA, MANABAO, JARABACOA, LA VEGA. incautados al señor EDUARDO ABREU MUÑOZ, por el BANCO AGRÍCOLA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, SUCURSAL LA VEGA, consignando como precio de la primera puja del POR UN VALOR DE UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,200,000.00) MONEDAS DE CURSO LEGAL. Más los gastos en procedimiento judicial en costas y honorarios ascendentes a la suma de RD$ 40,000.00. Se ordena la publicación de la venta en la Puerta de este Tribunal y en el Honorable Ayuntamiento Municipal. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, conforme la primera puja en efectivo y en el mismo lugar de la subasta.
LICDA. CARMEN ESTEDY ABREU HERNÁNDEZ, Por si y por el DR.: RAUL M. RAMOS CALZADA.
LICDA. CARMEN ESTEDY ABREU HERNÁNDEZ, Por si y por el DR.: RAUL M. RAMOS CALZADA.
FG26745
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Quien suscribe, el señor EBERTO ANTONIO NUÑEZ NUÑEZ, Dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 048-0077433-5, domiciliado en esta ciudad de La vega, Provincia La Vega, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. RAMON ELIAS GARCIA, abogado de los Tribunales Dominicano, titular de la cédula de identidad y electoral No. 0470128338-6, inscrito en el Colegio de Abogados de La República Dominicana, con estudios profesional abierto en la Calle Mella #39, Plaza Hernández Segundo Nivel, Edif. B-4, de esta ciudad de La Vega, Provincia La Vega, República Dominicana, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora la GLADIS YSABEL PAULINO RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue, la Calle Salvador Beato #31, sector Villa Lora, de esta ciudad de La Vega, del Municipio y Provincia de La Vega, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, el día Viernes que contaremos a Trece (13) del mes de Noviembre del año dos mil DIECISIETE (2017) a las 9:00 a.m. a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la Primera planta del Palacio de Justicia, radicado en la Calle García Godoy Entre la Monseñor Panal y Duvergé, centro de la Ciudad, de esta ciudad de Municipio y Provincia La Vega, ASI COMO EN LA SECRETARIA Y PUERTA DEL TRIBUNAL APODERADO y último domicilio conocido, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que al efecto celebrará en la Primera sala de La Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito judicial de La Vega, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias publicas en uno de los apartamentos de la tercera planta del Palacio de Justicia de La Vega, radicado en la Calle García Godoy Entre la Monseñor Panal y Duvergé, de esta ciudad de La Vega, Municipio de la Provincia La Vega, el día Lunes que contaremos a cuatro (04) del mes de Diciembre del año dos mil DIECISIETE (2017) a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio La Vega provincia La Vega, República Dominicana, a los ocho (08) días del mes de noviembre del año DOS MIL DIECISIETE (2017).
LIC. RAMON ELIAS GARCIA GARCIA, Abogado apoderado de la parte Demandante. (AC-12112-PC-09-10-11/11/2017)
FG26745
PERDIDA DE CERTIFICADOS Perdida de los certificados de DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011001578, por un monto de RD$15,000.00 emitido en fecha 30/04/2015; CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011050382, por un monto de RD$15,000.00 emitido en fecha 30/04/2015, CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011050420, por un monto de RD$5,669.99 emitido en fecha 30/04/2015, CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011050471, por un monto de RD$8,000.00 emitido en fecha 30/04/2015, DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011052210, por un monto de RD$5,000.00 emitido en fecha 30/04/2015, DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011052237, por un monto de RD$19,000.00 emitido en fecha 30/04/2015, DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011063433, por un monto de RD$3,729.00 emitido en fecha 30/04/2015, CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011154498, por un monto de RD$21,989.03 emitido en fecha 30/04/2015, DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011167603, por un monto de RD$8,000.00 emitido en fecha 30/04/2015, CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011205513, por un monto de RD$5,643.58 emitido en fecha 30/04/2015, DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011218178, por un monto de RD$3,729.00 emitido en fecha 30/04/2015, CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011257092, por un monto de RD$7,833.85 emitido en fecha 30/04/2015, CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011257114, por un monto de RD$10,155.55 emitido en fecha 30/04/2015, DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011258943, por un monto de RD$9,000.00 emitido en fecha 30/04/2015, CONTRATO PARTICIPACION HIPOTECARIA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011308800, por un monto de RD$5,770.44 emitido en fecha 30/04/2015, DEPOSITO A PLAZO-DOP P. JURIDICA, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, certificado NO. 1011310643, por un monto de RD$43,000.00 emitido en fecha 30/04/2015, a favor de CLINICA DR. ABEL GONZALEZ, RNC 101023902. FC351527
LEGAL 15 PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintidós (22) días del mes de Septiembre del año Dos mil diecisiete, (2017), LA OCTAVA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, mediante la Sentencia Civil No. 01678-17 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges señores ROBERTO SALVATORE Y MERCEDES ALCANTARA, en consecuencia homologa el acto de estipulacion de divorcio número 10/2017, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional el LIC. DANIEL LIZARDO CASTILLO, en fecha 25/07/2017. SEGUNDO: Ordena, el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas, por tratarse de litis de famillia; así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: DAISY MIGUELINA ABREU URBAEZ, JUEZA; ROSA ENCARNACION FERRERAS, SECRETARIA. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Juez, de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber, que en fecha Diez (10) del mes de Octubre del Año (2017), el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el LIBRO REGISTRO DE DIVORCIO No. 00004, Folio 0134, bajo el ACTA No. 000338, el día Dieciséis 16 del mes de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día OCHO (08) días DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, (2017).
LIC. CARLOS HERNANDEZ DE LEON, Abogado. FC 351892
AVISO DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones legales vigentes contenidas en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha diecisiete (17) del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia No. 00637/2017, relativa al expediente No. 531-2016-ESCONT-04657, cuya parte dispositiva es la siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Miguel González Zapata y Ana Mildred Ruiz Adames, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Miguel González Zapata y Ana Mildred Ruiz Adames, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 917, instrumentado en fecha 29 del mes de agosto del 2016, por ante el Licdo. Carlos Manuel Fernández, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos; TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma: Scarlet R. Vargas Rossis, Juez Suplente; Mirtha M. De La Cruz Díaz, Secretaria. Este divorcio fue pronunciado en fecha 18 de mayo del año dos mil diecisiete (2017), Libro No. 00002, del Registro de Divorcio, Folio No. 0123, Acta No. 000162, año 2017, en la Oficialía del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
Licda. Deyanira De Los Santos R., Abogada. FC 351895
EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO. En fiel cumplimiento al párrafo de del artículo 22 de la 1306-BIS sobre Divorcio en la Rep. Dom., modificada por la ley 2153 de 1949, se hace de público conocimiento que el señor WANDY DURAN, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 223-0105523-6, domiciliado y residente en la calle Proyecto, No. 4, Brisas del Eden, Santo Domingo Este, Rep. Dom., LE ADVIERTE a su legítima esposa, la Sra. ANNY JULISSA FERREIRA RIVERA, cuyo último domicilio conocido fue en la Av. Martin Luther King, No. 14, Brisas del Eden, Santo Domingo Este, Rep. Dom., y que a falta de información actual sobre su domicilio, se procederá a EMPLAZARLA por ante el Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santo Domingo Este, el día que contamos a Lunes Trece (13) de Noviembre del 2017, a los fines de que comparezca a la audiencia en materia de divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres que será celebrada a puertas cerradas en fecha martes Veintiocho (28) de noviembre del año 2017, a las nueve(9:00 A.M.) horas de la mañana, por ante la CUARTA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, EN SUS ATRUBUCIONES DE FAMILIA, sito en unos de los salones de dicho tribunal, situado en la calle Hermanas Carmelitas Teresa de San José (antigua calle 17), No. 3, Ensanche Ozama, esquina Club Rotario de este Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D., que es donde se encuentra ubicado el Juzgado de Paz de la Cuarta Circunscripción, de la Provincia Santo Domingo, ADVIRTIENDOLE, que de no comparecer, se le pedirá el correspondiente defecto en su contra, en Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Nueve (9) días del mes de Noviembre del año dos mil Diecisiete (2017).
LICDO. CARLOS H. RAMIREZ PEREZ, Abogado apoderado. FC 351907
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, para general y público conocimiento, se hace constar lo siguiente: que en fecha 7 de julio de 2017, la Octava Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No.01117-17, relativa al Expediente Núm. 533-2016-Econ-01924, que admitió el divorcio entre los señores José Aníbal Pérez Cid e Ingrid Miguelina Reyes del Villar, por la causa determinada de íncompatibilidad de caracteres. Que el presente divorcio fue Pronunciado en fecha 27 de octubre de 2017, por ante el Oficial del Estado Civil que preside la Oficialía del Estado Civil de la 11va. Circunscripción del Distrito Nacional, siendo la sentencia que lo admite registrada en el Libro No. 00006, Acta No.000381, Año 2017. La presente publicación fue autorizada por los abogados infrascritos, en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre de 2017.
Lic. DOMINGO ANTONIO DE LOS SANTOS ORTIZ, Por sí y por la Licda. STEPHANIE M. DE LOS SANTOS SILVA, Abogados. FC 351886
JUEVES 09 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR EMBARGO INMOBILIARIO Conforme al Are. 696 del Código de Procedimiento Civil, se avisa que SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, la cual celebrara sus audiencias Publica en el local ubicado en la C/ Altagracia Esq. C/Ramón Matías Mella No. 103 (altos), Villa Mella, Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, ha fijado para el día jueves que contaremos a siete (07) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 AM), en audiencia de pregones, para proceder a la Venta y Adjudicación en pública Subasta, al mayor postor y último subastador del inmueble siguiente: “UNA MEJORA DE QUE CONSTA DE DOS NIVELES PISO DE CEMENTO, DENTRO DE LA PARCELA 91, DISTRITO CATASTRAL No. 18, DENTRO DE UNA PORCION DE TERRENO CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200.00M2)”, propiedad de la señora NAUDA MARIA CARRASCO MATOS, de generales dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral número 001-1046798-2, domiciliada y residente en la Nueva Jerusalén No.43, del sector Los Compadres, Municipio Norte de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, a diligencia de LUIS MANUEL HERRERA OGANDO, de generales dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral 001-1610117-1 domiciliado y residente en la calle Júpiter No. 6, del residencial Sol de Luz, Villa Mella, Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. JESÚS LEONARDO ALMONTE CABA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0287735-4, domiciliado y residente en el Municipio Norte de la Provincia de Santo Domingo, con estudio de abogado abierto al público en la C/Neptuno Esquina Avenida Hermanas Mirabal No. 01, Residencial Sol de Luz del Sector de Villa Mella, Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo. El Mandamiento de Pago fue notificado en fecha 21/07/2017, según acto 1016/2017, de los del ministerial FÉLIX R. MATOS, Alguacil de Estrado del Juzgado De Paz Especial de Tránsito, Sala Cinco del D.N.; el embargo fue trabado en fecha 01/09/2017, según acto 449/2017 del Lic. FÉLIX BRAZOBÁN MARTÍNEZ, Abogado Notario Público para los del número del Municipio Norte de la Provincia Santo Domingo, colegiatura No. 7201, y fue denunciado en fecha 15/09/2017, según acto 1116/2017 de los del ministerial FÉLIX R. MATOS, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz Especial de Tránsito, Sala Cinco del D.N. Los actos arriba indicados fueron transcrito por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo Norte en fecha 28/09/2017 y se registro ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca del Ayuntamiento de Santo Domingo Norte. El Precio de la primera puja es de: UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS DOMINICANOS (RD$1,699,200.00), más los gastos y honorarios del procedimiento. Las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogados, y todo licitador deberá depositar en la Secretaría de la SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, tribunal que conocerá la venta, el equivalente al diez (10 %) por ciento del precio de la Primera Puja, en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, a nombre de la parte persiguiente o su abogado apoderado sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en la Secretaria de dicha Cámara, en fecha 02/10/2017. En el municipio Norte de la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los ocho (08) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
LIC. JESUS L. ALMONTE C., Abogado del Persiguiente. FC 351898
AVISO VENTA EN PÚBLICA SUBASTA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De conformidad con lo establecido por el Artículo 149 y siguientes de la ley 189-11, de fecha 22 de julio del 2011, Sobre Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fidecomiso, se publica que ha sido fijada para el día martes que contaremos a veintiocho (28) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia pública de pregones que al efecto celebrará la Sala No. cinco (5) de la Cámara Civil v Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del tercer (3er) piso del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, sito entre las calles Hipólito Herrera Billini y Juan de Dios Ventura Simó, en el sector La Feria de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, lugar donde acostumbra a celebrar sus audiencias, en sus atribuciones civiles, y se procederá a la venta en pública subasta y al mejor postor a causa del embargo inmobiliario del siguiente inmueble objeto de la venta: “Parcela 37-K-3-004-17767, Del Distrito Catastral No.4, que tiene una superficie de 16,084.00 metros cuadrados, Matrícula número 0100009350, ubicado en el Distrito Nacional, sección Gala, lugar Arroyo Hondo, limitada al Norte con las parcelas números. 37-K-3Resto y 37-Resto: al Este, parcela número. 37-A-Refundida; al Sur, parcela número. 37-K-3-Resto y camino y, al Oeste, parcela número 37-K-3-Resto”. Propiedad de la razón social international School, S.A. Persiguiente: Ramón Arturo Cáceres Rodríguez, dominicano, mayor de edad, soltero, empresario, portador y titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0795881-1, domiciliado y residente en la Calle David Masalle Lafulla No. 34, Ensanche Julieta, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Licdos. Rafael E. Cáceres Rodríguez, Juan Manuel Cáceres Torres, Eduardo José Pantaleón Santana y Juan Alberto Zorrillo Muñoz, dominicanos, mayores de edad, casados los dos primeros, solteros los últimos, Abogados de los Tribunales de la República Dominicana, titulares y portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0103031-0, 001-1104770-0, 001-1852339-8 y 402-2228391-4 (respectivamente), con su estudio profesional abierto (en común) en la oficina Cáceres Torres Abogados Consultores, sito Suite 901 de la Torre Piantini, Avenida Gustavo Mejía Ricart esquina Abraham Lincoln, sector Piantini, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, Teléfono 809-542-2012. Perseguida: International School, S. A., sociedad anónima, constituida de acuerdo a las leyes de la República Dominicana, inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) bajo el No. 1-01-644257, amparada del Registro Mercantil No. 16158SD, con su domicilio social y establecimiento comercial establecido y localizado en calle Penetración, No. 2, Cerros de Doña Luisa, Cuesta Hermosa IIl, Arroyo Hondo, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, representada por su presidenta, Sra. Bernadette Blenk, de nacionalidad norteamericana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1610800-3, domiciliada y residente en la Calle Furcy Pichardo No. 10, Edificio GL, Apartamento No. 402, sector Bellavista, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. Actuaciones Procesales: El mandamiento de pago que fue notificado a la embargada mediante el acto marcado con el No. 1934/17, fechado veintiocho (28) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el Ministerial Francisco Domínguez, Alguacil Ordinario del Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago del deudor en el plazo de 15 días concedidos conforme a la Ley 18911. El mandamiento de pago se inscribió en el Registro de Títulos del Distrito Nacional, en fecha diecisiete (17) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017); en el Libro de inscripciones de actos de embargos, denuncia y oposición. El persiguiente ha fijado como precio de la primera puja la suma de SETENTA Y OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE PESOS DOMINICANOS CON 21/100 (RD$78,141,627.21), que es el monto a que asciende la deuda principal, más los intereses vencidos hasta el día del depósito del pliego de condiciones, sin perjuicio de los intereses por vencer, mora y accesorios hasta el día de la adjudicación definitiva, más los gastos y honorarios del procedimiento, de conformidad con la ley. Todo subastador deberá depositar en manos del Abogado del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a cabo la venta. La deudora y cualquier acreedor inscrito serán citados por acto de Alguacil para presenciar la venta. HECHO Y FIRMADO por los Abogados del persiguiente, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
LICDO. EDUARDO JOSE PANTALEON SANTANA, Por sí y por los LICDOS. RAFAEL CACERES RODRIGUEZ, JUAN MANUEL CACERES TORRES y JUAN ALBERTO ZORRILLA MUÑOZ, Abogados constituidos y apoderados especiales de RAMON ARTURO CACERES RODRIGUEZ. FC 351891
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO De conformidad con los artículos 583 y siguientes del Código Procesal Civil de la República Dominicana se hace la presente publicación y reiteración de fecha de venta en pública subasta para el día lunes 13 de noviembre del año 2017 a las 8:00 am en el Mercado Público de Los Mina, ubicado en la calle Francisco Del Rosario Sánchez esq. Estrella Ureña, del sector de Los Mina, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; donde se subastará al mejor postor el vehículo ‘’Marca Dodge, modelo Avenger, año 2009, color negro, chasis 1B3LC56B59N539869, placa No. A603534’’, en virtud del Pagare Notarial Acto No.50-año 2016, Folio 103, registrado ante el Ayuntamiento del Distrito Nacional en fecha 19/07/2017, Libro letra B, registro No. 22117, Proceso Verbal de Embargo Ejecutivo y Levantamiento de Acta de Embargo marcada con el numero 67-17 de fecha 31 octubre 2017 instrumentada por el Notario Público de los del Números del Distrito Rafael Augusto Matos, Matricula 6288, en virtud del Mandamiento de Pago Acto No. 916/2017 instrumentado por el Ministerial Juan Rodriguez Cepeda.
Ministerial Nicolas Reyes Estévez en función de Vendutero Publico FC351914
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de publico conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero no. B 426783, emitido por el BANCO BHD LEON, S.A. en fecha 17 de diciembre del 2015, por un valor de RD$500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS CON 00/00). A Nombre De CRISTIAN IVAN SANTANA BELTRE. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. Fp93634
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201709238. Se avisa que el 20 de noviembre 2017 a las 9:30 a.m. iniciaremos el deslinde y subdivisión en la parcela 42, DC 5, municipio La Vega, autorización de mensuras del 02/11/2017, Prop. Carlos Ant. Burgos y Ennaldo Angel Burgos representados por Pura C. Escarramán Rojas realizado por:
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del no.92, párrafo 3, de la ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que de manera involuntaria se ha extraviado la carta constancia anotada en el Certificado de título matricula no. 71-2479, folio no. 15, duplicado del acreedor, expedida por el Registrador de Títulos en Distrito municipal de la Caleta, Municipio Boca CHICA, de fecha 03 de marzo de 1972, Registrado en el libro no.70 bajo el número 1403, folio 351, a Favor del SEÑOR Rosendo Sosa Ozuna, que ampara el derecho de propiedad del siguiente inmueble: “una porción de terreno con una superficie de (522) metros cuadrados con (98) decímetros cuadrados, matricula no.71-2479 dentro de la parcela no. 483-G, Dentro del distrito catastral no. 32, ubicado en el Distrito municipal LA CALETA, municipio Boca Chica, “.
JUDITH MERCEDES DE LA ROSA GUZMÁN, AGRIMENSURA CONTRATISTA, CODIA 5086. (HERAGASA-AC-12109-PC)
AVISO DE MENSURA DE DESLINDE Se hace de público conocimiento que para el día 10/11/17, a las 9:00 a.m., se dará inicio al trabajo de mensura para Deslinde dentro del ámbito de la parcela no. 2-A, D.C. No. 22, del Municipio de Santo Domingo Norte, Sección villa Mella, Urbanización Vista Bella, solar No. 6, Manzana 8-12, Provincia Santo Domingo, Propiedad de la Sra. MARINA AMADA JAQUEZ. Expediente no. 663201710328.
AGRIM. KELVIN REYNORD SÁNCHEZ MEDINA CODIA 25945
FP936838
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con la que dispone el Art.92, párrafo III, de la ley 108-05, de registro inmobiliario y el Art. 86, letra B, del reglamento de registro de título, se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de título No. 169, que ampara el derecho de propiedad de la señora MANUELA LUCIANO POLANCO O MANUELA REYNOSO POLANCO, dentro del ámbito de la parcela No. 17 del D.C. No. 16, del Municipio y Provincia de Santiago, una porción de terreno que mide 01 Has, 33 As., 83 Cas., 84.75 Dms2, registrada en el libro No 150, folio 183, párrafo B, en virtud de resolución de fecha 18 de febrero del 1972, inscrito el 21 de febrero del 1972, expedido el 22 de septiembre del 1972, Santiago de los Caballeros, 7 de noviembre del año 2017.
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que a viernes 17 de noviembre del 2017, a las 10:00 horas de la mañana, se dará comienzo a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela no. 840, del Distrito Catastral No. 03, del Municipio de Sabana Grande de Palenque, provincia San Cristóbal, R. D., ubicado en la Calle Adolfo Cabral, Municipio de Sabana Grande de Palenque, R. D., a petición de los Sres. ATALA MARÍA ROSARIO OVALLES Y ERNESTO OGANDO VIZCAINO. EXPEDIENTE No. 663201707367.
Agrim. DULCE ANT. DE LA CRUZ CODAI 10890
LIC. MÁXIMO RAMOS
AVISO DE MENSURA
7/11/2017
AVISO DE AUDIENCIA DE SANEAMIENTO En virtud de las Disposiciones de la Ley 108-2005 de Registro Inmobiliario; se hace de Público conocimiento que la audiencia para conocer del Saneamiento de la Parcela No.214882323525 del D. C.04 de Guayubin, Provincia de Montecristi está fijada para el día 12 del mes de Diciembre del año 2017; a las Nueve (9:00) horas de la mañana; en el Tribunal de Tierras de Montecristi, el cual celebra sus audiencias en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de Montecristi; sito en la calle Pimentel No. 107 de Las Colinas Montecristi; cuyo Saneamiento se hace a requerimiento del señor JOSE ALBERTO JIMENEZ RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, empleado privado, portador de la cédula No.001-1386152-0, domiciliado y residente En Villa Sinda Municipio Guayubin, Provincia Montecristi a fin de que todo aquel que tenga algún interés en dicho Saneamiento comparezca a dicha audiencia y lo manifieste . A los 02 días del mes de Noviembre año del 2017 Santiago, República Dominicana-.
ANGELINA MARGARITA NUÑEZ R. Secretaria
En virtud de la autorización de fecha 08 de noviembre del 2017. Se hace de público conocimiento que el viernes 17 de Noviembre del 2017, a las 10:00 a.m., se realizaran los trabajos de Deslinde en el inmueble identificado como P. No. 1-REF, dentro del ámbito del D.C. No. 02, ubicada en una carretera Sánchez, con el cruce con la carretera Vieja Canastica, del Municipio y Provincia de San Cristóbal, con una superficie de cuarenta Metros cuadrados (40.00 m2). Propiedad del señor YSIDRO HERERIA, EXP. No. 663201710395.
AGRIM. ADRIAN CUEVAS SANTANA CDIA 24736 TEL: (809) 207-2079
AVISO DE MENSURA PARA DELSINDE Vista: la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, expediente no. 663201710404, de fecha 08 de noviembre del 2017, a petición del Sr. RAFAEL NEFTALI DE LOS SANTOS ABREU; Se avisa al público en general que el día 18 de noviembre del 2017, a las 9:00 a.m., se dará comienzo a los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la parcela No. 09, del Distrito Catastral No. 19, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, ubicado próximo al Aeropuerto La Isabela.
VISADO AGRIM. EDDY ADAMES MARTINEZ CODIA NO. 29788
Adalginy Mercedes Toribio Patxot Agrimensora contratista, CODIA 27966, con domicilio profesional abierto en la Calle 27 de Febrero, esquina Calle Talanquera, No. 102, Mao, República Dominicana, celular No. 809-916-5251, e-mail:ginytoribio@gmail.com. 809-916-5251.
AVISO TRABAJOS TÉCNICOS DE DESLINDE
Aviso de Mensura Para Deslinde
Por medio del presente, hacemos de conocimiento que el Lunes 20 de Noviembre del 2017, a las 9:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de campo del Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 14, del Distrito Catastral No. 2 del Municipio de Esperanza, Provincia Valverde, Ubicada en el Sector Boca de Mao en la carretera La Azucarera, a mas o menos 2 km al este, del monumento de los héroes de fa Barranquita, ahí está el inmueble, Autorizado con el Exp. No. 662201709207, en fecha 2 de Noviembre del 2017, propiedad de Expedito de Jesús Díaz Segura.
Se hace de público conocimiento que el sábado 11 de Noviembre del Año 2017 a las 10:00 A.M. se les dará inicio a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 76-B, del Distrito Catastral No. 09 del Municipio de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte. Expediente No. 661201702759, propiedad de la COMPAÑIA KENNY MARTIN S.R.L., REPRESENDA POR YGNACIO JAVIER FRIAS.
Adalginy Mercedes Toribio Patxot Codia: 27966
ALEJANDRO ARIAS OVANDO, Agrimensor – Contratista. Codia 19882. Tel. 809 519-0922. FC 351897
JUEVES 09 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DE ACREEDOR
AVISO DE ADECUACION DE ESTATUTOS DE LA FUNDACION ECONOMIA & DEMOCRACIA, INC. (FUENEDEM) Para el fiel cumplimiento de lo establecido por el Artículo 5 de la Ley No.122-05 sobre la Promoción y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de público conocimiento lo siguiente: a) En fecha 8 de agosto del año 2003, se firmaron los Estatutos Sociales. El 24 de febrero del año 2004, mediante el decreto 135-04, le fue otorgada su incorporación. Que en la Asamblea General para la Adecuación Estatutaria y Eleccionaria celebrada el 19 de diciembre del año 2016, fueron aprobados los Estatutos Sociales. b) El objetivo de la Fundación Economía & Democracia, Inc. (FUENEDEM), es promover el desarrollo económico, social y cultural de la República Dominicana. c) El domicilio social está ubicado en la Calle Pedro Mir Valentín, Manzana 4689, Edificio No 8, Apartamento 4 A, Invivienda, SD, en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana. d) Su la duración es indefinida. e) Los y las miembros(as) fundadores(as) son: Eladio Contreras Reyes, Carmen de la Altagracia Alvarez, Ignacio Contreras Reyes, Altagracia Miguelina Ramírez, Teresa de Jesús Contreras, Quintín Ramírez y Ramón González. f) De acuerdo a los Estatutos Sociales, el Consejo Directivo es el representante de la institución frente a terceras personas. Que de acuerdo a los Estatutos el Consejo Directivo está compuesto por: Un Presidente; Un Vicepresidente; Un Secretario; Un Tesorero y Un Vocal. g) La Asamblea General de Adecuación Estatutaria y Eleccionaria que aprobó los Estatutos Sociales designó los miembros del Consejo Directivo, para el primer período a las personas siguientes: Eladio Contreras Reyes, Presidente Ejecutivo; Ignacio Contreras, Vicepresidente; Carmen Alvarez Fernández, Tesorero; Teresa de Jesús Contreras, Secretario; Altagracia Miguelina Ramírez, Vocal. h) Que mediante la Resolución No IONG 020-2017, de la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, de fecha 27 de octubre del año 2017, se autoriza la adecuación estatutaria de la Fundación Economía & Democracia, Inc. (FUENEDEM). i) Que los documentos constitutivos de la Fundación Economía & Democracia, Inc. (FUENEDEM), fueron depositados el día ocho (8) de noviembre del año 2017, en la Secretaría de la Cámara de lo Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo y en la Secretaría del Juzgado de Paz de la 2da Circunscripción de la Provincia de Santo Domingo. j) En la ciudad de Santo Domingo Este, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año 2017.
Eladio Contreras Reyes, Presidente Ejecutivo. FC 351913
Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título de Acreedor Matrícula No. 0100004860, propiedad de INMOBILIARIA M Y G, S.R.L. RNC. 1-01-69049-6, con una superficie de 1,000.00 metros cuadrados, ubicado dentro de la Parcela No. 7-B-4-A-59 del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TITULO DE ACREEDOR POR PERDIDA O DETERIORO. FC 351890
AVISO PERDIDA CERTIFICADO REGISTRO ACREEDOR HIPOTECARIO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
De conformidad con el artículo 92, Párrafo III, de la Ley de Registro Inmobiliario 108-05, y del artículo 86 del Reglamento General de Los Registros de Títulos; se hace de público conocimiento; la pérdida del Certificado de Registro del Acreedor Hipotecario, expedida a favor del Ing. Juan Amauris Romero Ventura, y sobre el Solar Nueve (09), de la Manzana No. 5110 (Cinco Mil Ciento Diez), Distrito Catastral Uno (1), del Distrito Nacional, solar que tiene una extensión superficial de Ciento Setenta Metros Cuadrados (170 Mts2), Cuatro decímetros, Certificado de Títulos No. 2002-7601, propiedad de los señores DEMETRIO LOPEZ DISLA y LUCIA SANCHEZ SANCHEZ.
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 52-112-520068306, Emitido por la ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, de fecha Doce (12) de marzo del Dos Mil Catorce (2014), por un valor de Quince Mil (RD$15,000.00) Pesos Dominicanos, a nombre de la señora ALTAGRACIA MERCEDES CARDENAS. La presente publicación se hace a los fines de ley correspondiente.
LIC. ALEXANDER ACOSTA TORIBIO, Abogado. FC 351893
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 1225952, expedido por el BANCO MULTIPLE BHD LEON, S.A., a favor de RAFAEL ALCADIO GUZMAN o JOBINO RAFAEL GUZMAN BATISTA, en fecha 23 del mes de enero del año 2014, por la suma de RD$2,500,000.00.
De conformidad con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certiticado de Título No. 2004-7187, a nombre de los señores CORNELIUS JOSEPH TWOMEY JR e TIRSA EVELIS ACOSTA SANTANA, la parcela No. SOLAR NO. 26 DE LA MANZANA 38-43 DEL D.C. 1, con una área superficial de 280.00 MTS2, Urb. Lucerna, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.
FC 351754
AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO DE TÍTULOS En cumplimiento a las disposiciones del Articulo No. 92, Párrafo III, de la ley No. 10805, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Títulos No. 2007-6998, que ampara los derechos del inmueble identificado como PARCELA NO. 144-REFUND-158, del D.C. No. 03, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, con un área superficial de 236.61 Mt2, Ubicado en el Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, propiedad de LEIDY MARITZA CABA HERNANDEZ DE LAMA.
LIC. JOSE A. VALERIO A. Abogado Apoderado.
LIC. ELADIO GARCÍA ABOGADO.
FC 351901
PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO. De conformidad con lo que establece el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de Público conocimiento, que en fecha Trece (13) del mes de Octubre del año 2017, la SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA. DICTO LA SENTENCIA CIVIL No. 531-2017-SSEN02293, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Rafael Eduardo Fernández Milán y Paola Patricia Martínez Martínez, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención de estipulaciones de divorcio No. 19/2017, Firmado por los esposos de fecha 08 de agosto del 2017, por ante el Licdo. Marcial Guzmán Guzmán, abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: (Firmados: SCARLET R. VARGAS ROSSIS, JUEZ SUPLENTE; MIRTHA DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica, CERTIFICO: que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día 19, mes de Octubre del año 2017, bajo el Libro Letra B, Folio No. 23885, la presente sentencia, cuya parte dispositiva ha sido copiada más arriba, fue pronunciado por ante el oficial del Estado Civil de la 1RA Circunscripción del Distrito Nacional, en el Libro No.00022, folio 0029, Acta No. 002104, del año 2017. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Ocho (08) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Firmado: LIC. RHINA EUGENIA OGANDO, Abogada de las partes. LIC. BACILIO RAMON GOMEZ OGANDO, Abogado de las partes. FC 351902
FC 351904
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la ley No.1306-Bis, de divorcio se hace de público conocimiento que la Sentencia Civil, dictada por la Séptima Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Dictó en sus atribuciones, la Sentencia Civil de fecha Veintiocho (28) del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017), con el número 0804-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: En cuanto a la forma, DECLARA, buena y válida la presente demanda de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, interpuesta por la señora YGNACIA HERNANDEZ AMPARO, contra el señor MANUEL ISIDRO SANTANA GONZALEZ: En cuanto al fondo, ADMITE, el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, interpuesta por la señora YGNACIA HERNANDEZ AMPARO, contra el señor MANUEL ISIDRO SANTANA GONZALEZ, con todas sus consecuencias legales, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente sentencia; TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos; CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. Así se pronuncia. Ordena, Manda y Firma (Firmados: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, JUEZ; FRANYER ENRIQUE BEATO PEREZ, SECRETARIO). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez Suplente de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual yo secretario certifica. CERTIFICAMOS: Que el Veinticinco del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (25-10-17), hemos procedido a pronunciar el divorcio entre el señor MANUEL ISIDRO SANTANA GONZALEZ, país de nacionalidad Republica Dominicana y la señora YGNACIA HERNANDEZ AMPARO, país de nacionalidad República Dominicana, Cédula de Identidad y Electoral No.001-0614047-8, por la causa de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, cumpliendo las formalidades exigidas por la ley. Que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro destinados a estos fines, correspondiéndole el Libro No.00005 de registro de DIVORCIO, Folio No.0127, Acta No.000464, año 2017 en la Oficialía de Estado Civil de la 3ra. Circunscripción del Distrito Nacional. Expedido en el Distrito Nacional, el día Dos (02) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LEGAL 17
Se Informa Que Ha Sido Sustraido El Certificado De Depósito (Certificado Financiero) Identificado Con El Codigo De Instrumento No.5204774, Expedido En Fecha 12 De Octubre Del Año 2015, Por Un Monto De RD$1,501,406.25. Emitido Por El The Bank Of Nova Scotia (Scotiabank), a Favor De Rafael Alcadio Guzmán, Portador De La Cédula No.001-0254395-6 y del Sr. Jobino Rafael Guzmán Batista, Portador De La Cédula No.001-0078198-8. Notificado Mediante Acto No. 698/2017, de fecha 24 De Octubre Del año 2017. FC 351497
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de lo establecido, en el párrafo Primero del artículo 22 de la Ley 1306-Bis de Divorcio y sus modificaciones; el señor GUILLERMO ANTONIO SANTANA PEÑA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0791156-2, domiciliado y residente en el apartamento No. 3AN, ubicado en la calle Gracita Álvarez, del Condominio Naco VI, del sector Ensanche Naco, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al señor Dr. Quírico A. Escobar Pérez, Abogado de los tribunales de la República, con su estudio profesional abierto en la Suite Número 1-2, del Edificio Robles, sito en la Avenida Lope de Vega No. 55, del Ensanche Naco, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del aviso y emplazamiento que conlleva; por medio de la presente ADVIERTE a su legítima esposa, señora ANA MARIA ESPINOSA LACOUTURE, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral número 001-1901099-9, con su ultimo domicilio y residencia conocidos en el país, en el apartamento marcado con el número 3AN, ubicado en la calle Gracita Álvarez, Condominio Naco VI, sector Ensanche Naco, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y con domicilio actualmente en el apartamento numero 5A, del Edificio Davila, sito en la calle Carrera 55 No. 79-88, del sector Villa Country, de la Provincia Baranquilla, de la República de Colombia; que a la falta de tener domicilio conocido en la República Dominicana, el señor GUILLERMO ANTONIO SANTANA PEÑA, procederá a demandarla en acción de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal de la ciudad del Distrito Nacional, el día MIERCOLES que contaremos a QUINCE (15) del mes de NOVIEMBRE del año en curso (2017); a los fines de que comparezca a las nueve (9) horas de la mañana, el día MARTES que contaremos a VEINTITRES (23) del mes de ENERO del año próximo año DOS MIL DIECIOCHO (2018), por ante la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia para asuntos de Familia, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias en uno de los locales ubicado en la primera planta del Edificio situado en la intersección de la calle Santiago esquina calle Socorro Sánchez No. 68, del sector Gascue, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, para conocer de la indicada demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de Caracteres intentada por el señor GUILLIERMO ANTONIO SANTANA PEÑA contra su legítima esposa, SRA. ANA MARIA ESPINOSA LACOUTURE. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
DR. QUIRICO A. ESCOBAR PEREZ, Abogado Apoderado. FC 351880
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. C F B 317368, emitido por el BANCO BHD de fecha 9 de abril 2012, por un valor de Cincuenta Mil Pesos (RD$50,000.00), a nombre de DAISY CHARLEZ, cédula No. 224-0059021-6. Operación No. 1139246 07. FP 93220 AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO. En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado financiero No. 3663873, fecha de apertura 04 de septiembre del año 2012, por el monto de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL PESOS (RD$ 1,400,000.00), expedido por la THE BANK OF NOVA SCOTIA (SCOTIABANK), a favor del señor NELSON RAFAEL TAVAREZ, portador de la cedula de identidad y electoral No. 031-0359337-6. Esta pérdida le fue notificada al banco mediante Acto de Alguacil No. 1460/2017, del ministerial Erick Manuel Quiñones, ordinario de la Corte de Trabajo de Santiago, en fecha 23 del mes de octubre de 2017.
HEROTIDES RAFAEL RODRIGUEZ TAVAREZ Abogado Apoderado
JUEVES 09 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero NO. 4510656020, del BANCO MULTIPLE ADEMI, de fecha 08 de julio del 2015, por valor de RD$200,000.00, a nombre de: JUAN DE DIOS MENA DURAN, cédula No. 0010857907-9. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
Expediente No. 663201710412: Vista la autorización de fecha 8 de noviembre del año 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, se avisa al público en general que el día 19 de noviembre del 2017 a las 3:00 P.M., se dará inicio a la mensura para el deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la: P. No. 1591 del DC. No. 2 Municipio de Santa Cruz, Provincia Barahona, ubicada en el Distrito Municipal El Cachón, en la Carretera Barahona-Cabral, al oeste del Liceo del Distrito Municipal El Cachón, propiedad del señor MARIO PENTA, esta mensura será realizada por el Agrimensor Clemente Báez Sánchez, domiciliado y residente en la calle José Cavallo Rodríguez, Manz. No.11 Edif. 5-A Sector Las Flores, de la Ciudad de Barahona Provincia Barahona.
CLEMENTE BAEZ SANCHEZ Agrimensor Contratista CODIA 15285 FC351911
AVISO DE MENSURA CATASTRAL FC 351846
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 663201709506 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M. C., del departamento Central, de fecha 13 de octubre del año 2017, se hace de público conocimiento que el día 18 de noviembre del año 2017,a las 9:30 a..m, se dará inicio a la mensura para Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la P. No. 809, del Distrito Catastral No. 7, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de (326.96 mts2). Ubicada en el Municipio de Baní, provincia Peravia, a petición de la señora ANA AURORA BÁEZ.
Expediente No. 663201707580: Vista la autorización de fecha 17 de agosto del año 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, se avisa al público en general que el día 20 de noviembre del 2017 a las 11:00 A.M., se dará inicio a la mensura para el deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la: P. No. 21-C del DC. No. 14/1, del Municipio de Santa Cruz, Provincia Barahona, ubicada en la calle Dominga Shanlate esquina calle Elba Lolina Salvador de la Urbanización Los Maestros de la Ciudad de Barahona, propiedad de la señora Esvelin Cuello Escalante de Pérez, representada por la señora Walkiria Batista Escalante, esta mensura será realizada por el Agrimensor Clemente Báez Sánchez, domiciliado y residente en la calle José Cavallo Rodríguez, Manz. No. 11 Edif. 5-A Sector Las Flores, de la Ciudad de Barahona, Provincia Barahona.
EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO Para cumplir a lo que dispone el artículo 22 de la ley No.1306 Bis, del 21 de MAYO de 1537, sobre divorcio en la republica Dominicana, modificado por la ley 2153, del 1949, el señor HÉCTOR LUIS MATOS VERAS, dominicano mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0010471387-0, domiciliado y residente en la calle Benigno Filomeno Roja No.351, Edificio Nicolle C, Apto.3D-O, Zona Universitaria, D. N. Quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la Licda. Ebarita Rodriguez Sierra, abogada de los tribunales de la República Dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de identidad y Electoral No. 001-0271373-2, con estudio profesión abierto en la calle Rafael Mieses Peguero No. 5, de sector de Honduras del D. N., lugar donde el demandante hace formal elección del domicilio a todo los fines y consecuencias legales del presente procedimiento de divorcio, por este medio le advierte a su Legítima esposa, señora DOMINGA SANDRA PERALTA DURAN cuyo domicilio se encuentra en los Estados Unidos de Norte América, específicamente en 7 Country Pine LN, Egg Harbor; wp, 08234, New Jersey, EE. UU., que procederá a emplazarle en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres el día jueves que contaremos a 9 de noviembre del año 2017, en la persona del Ministerio Publico, Fiscal del Distrito Nacional, el cual tienes su despacho en una de la oficina que aloja el palacio de Justicia de Ciudad Nueva, ubicado en la calle Fabio Fiallo , Ciudad Nueva, Distrito Nacional, mediante la cual cita y emplaza, a su legítima esposa señora Dominga Sandra Peralta Durán para que el día jueves que contaremos a 11 de mes de enero del año 2018, a la 9 A. M. Para que como fuere de derecho comparezca por la Sexta Sala de la Cámara Civil de Juzgado de Primer Instancia del Distrito Nacional, para asunto de familia, la cual celebra sus audiencias en unos de las salones ubicado en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina Santiago, del sector de Gazcue del D.N., a los fines de conocer de la demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres que a puerta cerrada celebrara el indicad tribunal, la cual ha sido instrumentada por el señor Héctor Luis Matos Veras en contra de su legitima esposa Dominga Sandra Peralta Duran y a la misma en caso de no comparecer le será pronunciado el defecto. Esta publicación saldrá los días, 7, 8 y 9. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito nacional a los a los siete días del mes de noviembre del año 2017.
CLEMENTE BAEZ SANCHEZ Agrimensor Contratista CODIA 15285 FC351911
AGRIM. ALBERTO IVÁN PEREZ DÍAZ. CODIA 32468, Cel. 809-454-3656
Licenciada Ebanista Rodríguez Abogada Fp93593
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En virtud de las disposiciones legales vigentes contenidas en el artículo 42 de la Ley 1306bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Treinta (30) del mes de septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.03511/2016, la cual en su parte dispositiva dice así: FALLA: ÚNICO: DECLARA bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No.31/2015, firmado por los esposos Santo Fulgencio Jiménez Turbi y Claudia Veriguete Furcal de fecha seis (06) del mes de abril del año dos mil quince (2015), por ante el Dr. José Grabiel Féliz Méndez, ABOGADO Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en consecuencias: A. ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Santo Fulgencio Jiménez Turbi y Claudia Veriguete Furcal. B. ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. C. COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: ROSALBA NIDIA ORTEGA CABRERA, JUEZ MIRTHA M. DE LA CRUZ DÍAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. El presente divorcio ha sido pronunciado y transcrita la sentencia por ante el Oficial del Estado Civil de la 1era Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Trece (13) del mes de septiembre del año Dos Mil Diecisiete (registrada bajo el libro de divorcio No.00018, Folio No.0149, Acta No.001767, del año Dos Mil Diecisiete (2017). En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
De conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la ley 1306-bis, sobre divorcio, de la República Dominicana, el señor José Miguel Bueno Celestino, Dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 014076-050, domiciliado en la calle 1era. No. 10 ensanche Trueba, del Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado y constituido especiales al Doctor José Francisco Aquino y Lic. José M. Aquino Vicente, dominicanos, mayores de edad, abogados de los Tribunales de la República, portadores de su respectiva cédula de identidad y electoral No. 001-0185220-0 y 001-0183371-3, con estudios profesional abierto en la calle Juan Alejandro Ibarra No.123, segundo nivel, Ensanche la Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional; En cuyo estudio profesional mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto demanda de divorcio, por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, contra su legítima esposa la señora Noelia Mercedes Montes De Oca Mayan, domiciliada en la Calle Rósale, No.3 Las Flores, Cristo Rey, Santo Domingo, Distrito Nacional; Y que a falta de información sobre su actual domicilio se procederá a emplazar en acción de divorcio por causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día miércoles que contaremos, a trece (13) días del mes noviembre del año Dos mil Diesciete (2017), a fin que la señora Noelia Mercedes Montes De Oca Mayan, comparezca como fuere de derecho el día veintinueve (29) del mes de noviembre del años dos mil diecisiete (2017), Por ante la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para asuntos de familia, la cual celebra sus audiencias en el primer nivel del edificio que aloja dicho tribunal, sita en la calle Socorro Sánchez No. 68, esquina Santiago, del sector de Gascué, del Distrito Nacional, y para que mi requerida, señora Noelia Mercedes Montes De Oca Mayan, no pretenda alegar ignorancia o desconocimiento del contenido del presente acto, así se lo he notificado, declarado y advertido. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de Noviembre, del año (2017). FC 351860
FC351917
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 663201709692 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M. C., del departamento Central, de fecha 18 de octubre del año 2017, se hace de público conocimiento que el día 14 de noviembre del año 2017,a las 10:00: a..m, se dará inicio a la mensura para REFUNDICIÓN de dos (02) porciones de terreno dentro del ámbito de la P. No. 907, del Distrito Catastral No. 10, con una extensión superficial de (69,401 mts2) y la parcela No. 906, del Distrito Catastral No. 10, con una extensión superficial de (29,553 mts2). Ubicada en el Municipio de Baní, provincia Peravia, a petición de los señores CÉSAR RENATO PRATT POLANCO Y JORGE OSCAR PRATT POLANCO.
AGRIM. ALBERTO IVÁN PEREZ DÍAZ. CODIA 32468, Cel: 809-454-3656 FC351917
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 663201709503 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M. C., del departamento Central, de fecha 13 de octubre del año 2017, se hace de público conocimiento que el día 18 de noviembre del año 2017,a las 11:30: a..m, se dará inicio a la mensura para Deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la P. No. 809, del Distrito Catastral No. 7, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de (259.78 mts2). Ubicada en el Municipio de Baní, provincia Peravia, a petición de la señora RUANDYS LORENZO ABREU.
LIC. EUSEBIO ARISMENDY DEBORD LOPEZ, Abogado Apoderado. FC 351885
AGRIM. ALBERTO IVÁN PEREZ DÍAZ. CODIA 32468, Cel: 809-454-3656
PUBLICACION DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES.
FC351917
AVISO DE DESLINDE Y SUBDIVISION Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160, 161, del Reglamento General de Mensuras Catastrales. Se hace de público conocimiento que el día 17/11/2017, a las 10:30 A. M., daremos inicio a los trabajos de DESLINDE Y SUBDIVISIÓN en la Parcela No. 42, D.C. 5, del Municipio Sosúa, Provincia Puerto Plata, a solicitud de FRANCISCO QUINTANA, representado por FRANKLIN VLADIMIR DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ, Exp. No. 662201709333, de fecha 07/11/2017.
AGRIM. MINERVA BÁEZ FELIZ CODIA No. 7474 Fc351922
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201705103: Vista la autorización de fecha 7 de junio del año 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, se avisa al público en general que el día 18 de noviembre del 2017 a las 9:00 A.M., se realizará la mensura para el saneamiento de una porción de terreno, en el D.C. No. 2, del Municipio de Santa Cruz, Provincia Barahona, ubicada en la Avenida Casandra Damirón, ciudad de Barahona, Provincia de Barahona, reclamada por la señora Celeste Matuk Cruz, dentro de las siguientes colindancias: Al Norte Avenida Casandra Damirón, Al Sur: Valoy Mancebo, Al Este: Avenida Américo Melo, y Al Oeste: María Celeste Matuk Cruz, esta mensura será realizada por el Agrimensor Clemente Baez Sánchez, domiciliado y residente en la calle José Cavallo Rodríguez, Manz. No.11 Edif. 5-A Sector Las Flores, de la Ciudad de Barahona Provincia Barahona.
Para general conocimiento y en virtud de lo que establece el artículo No. 42 de la Ley No. 1306-Bis de Divorcios, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintiocho (28) del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, sito en la calle Socorro Sánchez No. 68 Esquina calle Santiago. Sector Gazcue, de esta ciudad, dictó la Sentencia No. 01468 de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida en cuanto a la forma la presente demanda de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por haber sido interpuesta conforme al derecho; y en cuanto al fondo, declara disuelto el vínculo matrimonial existe entre María Minerva Acosta Gil y José Eligio Infante, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos indicados. SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Dicho divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional, sito en la calle Rafael J. Castillo No. 103 esquina Av. Nicolás de Ovando, Plaza Andaruña, Cristo Rey, Distrito Nacional, al día Treinta y uno (31) del mes de Octubre del Año Dos Mil Diecisiete (2017). Así se pronuncia, ordena, manda y firma (firmados: HONORIO ANTONIO SUSAÑA, JUEZ; el mismo día, mes y año señalados al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Juez de este Tribunal, el mismo día, mes, y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la Sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello, y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha 13 del mes de Julio del año 2017, bajo el Libro letra A. Folio No. 16095. MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Siete (07) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LICDA. MARIA YSABEL TAVAREZ MOREL,
CLEMENTE BAEZ SANCHEZ Agrimensor Contratista CODIA 15285
AVISO En cumplimiento de la Ley 28-01 del 01/02/2001 y su Reglamento de Aplicación No.539-05 del 28/09/2005, hacemos de público conocimiento el resumen de la empresa que ha solicitado ser acogida a este Régimen, según lo establecido en el Artículo 24 del reglamento citado: Empresa: EUROFRESH AGRÍCOLA CARIBE, S.R.L. Actividad: Plantación de Aguacate Orgánico Ubicación: Duvergé, Provincia Independencia Inversión: RD$103,814,052.00 Representante: Gerardo Alcalde Cantero Nacionalidad: Española FC 351906
En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. Por la ley 2153 de 1949, el SEÑOR NICOLAS ALEXANDRE SEBASTIEN DEWAELE, nacionalidad Bélgica, nacido el 11 de mayo del 1985, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en BELGICA, cedula No. 402-2504355-9, quien tiene, como abogada constituida y apoderada a la Licda. ELIZABETH ASENCIO VARGAS, cédula No.001-0956496-3, con estudio profesional abierto en la calle Sánchez no.43, sector 30 de Mayo, de esta ciudad Santo Domingo, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, advierte a su legítima esposa SEÑORA YOKAIRA ELIZABETH DE LA CRUZ, cuyo último domicilio conocido lo fue Rivera Del Oeste No.5, Bayona, Santo Domingo Oeste, que a falta de información actual relativa a su domicilio, precederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal De Santo Domingo Oeste, el día siete (7) del mes de noviembre del 2017, así como en la Secretaria Y Puerta Del, Tribunal Apoderado Y Ultimo Domicilio Conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto Celebrará La 6ta Sala. Para Asuntos De Familia De La Provincia Santo Domingo Oeste, sito que en Santo Domingo Oeste, el día 23 de noviembre del 2017 a las 9:00 a.m, para conocer de la referida demanda. EN SANTO DOMINGO OESTE, R. D, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2017.
Abogada de la parte demandante. FC 351884
LICDA. ELIZABETH ASENCIO VARGAS
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
FC351911
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Consejo de Coordinación de Zona Especial Desarrollo Fronterizo (CCDF) “Año del Desarrollo Agroforestal”
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Cumpliendo con las disposiciones contenidas en el Art.42 de la ley 1306 bis sobre divorcio del 21-05-1937, se avisa que en fecha del dos (02) del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017), hemos procedido a pronunciar el DIVORCIO entre el señor EDUARDO ENRIQUEZ DIAZ INOA, país de nacionalidad Republica Dominicana Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1482812-2 y la señora ARLINA GROBA CABREJA, país de nacionalidad República Dominicana, cédula de Identidad y Electoral No. 001-1763026-9, por la causa de MUTUO CONSENTIMIENTO, en fecha Treinta y uno (31) del mes de Agosto del año dos mil diecisiete (2017), cumpliendo las formalidades exigidas por la ley. Inscrito en el Libro No. 02017 de registros de DIVORCIO, Folio No. 0145, Acta No. 002063, Año 2017, en la Oficialía del Estado Civil de la 1era. Circunscripción del Distrito Nacional.
Licda. EUDALICE RUIZ, Abogada. FC 351896
JUEVES 09 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
Reconocen la labor de Despacho Primera Dama con adolescentes
BANÍ, PERAVIA.- El Despacho de la Primera Dama realiza un trabajo maravilloso, rescatando e impulsando hacia el progreso a las adolescentes embarazadas de este municipio. Así lo afirmó Leonor Cruz de Rosado, representante para el área del Caribe del Catholic Relief Services (CRS). La ejecutiva regional se expresó en estos términos al entregar un reconocimiento al Centro de Atención para Adolescentes Embarazadas de Baní. Dicho centro es apéndice del programa Co-
munidades Inteligentes del Despacho de la Primera Dama, que coordina Francisco García Bethencourt. La CRS es una entidad católica norteamericana cuya misión es ayudar a las personas más pobres y vulnerables para promover su desarrollo humano. Para otorgar este reconocimiento la CRS escogió la celebración del IX encuentro de socios que se llevó a cabo en Baní, tras considerar que “es un merecido homenaje al trabajo en beneficio de los más vulnerables de la comunidad”.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa L184410, color azul, chasis JT4RN81A8N5140709, tipo carga, año 1992, propiedad de GREGORIO SANTANA TOLENTINO, cédula 004-0010045-9. FC 351887
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Freightliner, color azul, año 1993, placa y registro L285652, chasis 1FUYDXYB9PH431527, a nombre de JOSÉ ANTONIO MAÑANA DE LA CRUZ.
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Exp. No. 663201710329. En virtud de la autorización Depto. Central de fecha 3/11/2017. Se hace de público conocimiento que el día 19/11/2017 a las 09:00 A.M., se realizaran los trabajos de Deslinde en la P. No. 206-A-5 del D.C. No. 05 del Distrito Nacional. Propiedad de Todo Servicio BJ, E.I.RL, Representada por Juan Carlos Echavarría Milane. De conformidad con lo que establece la Ley 108-05 de Registro inmobiliario y Reglamento General de Mensuras Catastrales sea hace de público conocimiento, para que tenga algún interés pueda comunicarlo con anticipación o en el momento de la misma a1 Agrimensora o al Director Regional.
Agrim. RUDIBER ANGELICA LOPEZ Codia 28501 FC351904
AVISO A LOS FINES DE TRASPASO Se le invita al SR. ELVIN DE JESUS CONTRERAS MONTILLA, a comparecer ante la Fiscalía de Plan Piloto, ubicada en la Av. República de Ecuador Esq. Correa y Cidrón, sector Honduras, Distrito Nacional, Tel. 809-532-4051, a los fines de que proceda a realizar el retiro de la denuncia sobre la sustracción del vehículo Toyota Corolla, color verde, placa A256103, chasis 2T1AE09B3SC132222, año 1995, para de esta forma lograr que su propietario FRANCISCO HEREDIA MEJIA, pueda realizar el traspaso del referido vehículo. FC 351837
AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Para general conocimiento se hace saber que se ha extraviado cl Certificado Financiero No. 854166, expedido por el Banco de Reservas de la República Dominicana, por un valor de setecientos treinta y seis mil peso, dominicanos (RD$736,000.00). El cual está a nombre de los señores MERLIN BERROA DE LOS SANTOS, cédula 029-0019657-3, o MARTA DE LA CRUZ DE PEGUERO, cédula 029-0011507-8. En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
MERLIN BERROA DE LOS SANTOS, Propietario. FC 351858
MÁS NOTICIAS 19
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Lumax, color negro, año 2008, placa y registro K0679084, chasis LAEKEZ1037B300234, a nombre de JUANA DE LA CRUZ DE LOS SANTOS.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de autobús privado, marca Daihatsu, color rojo, año 1998, placa y registro I009842, chasis S82V553690, a nombre de NELSON ANTONIO DÍAZ MARTE. FC351910
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, año 1994, modelo Camry LE; color verde, placa y registro chasis A063593, JT2SK12E8R0231283, a nombre de FRANCISCO DE LOS SANTOS ZABALA, cédula 001-0783143-0. Fc351921
PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Mitsubishi, Modelo Montero Limited, color negro, año 2002, placa G185056, chasis JA4MW51RX2J024470, a nombre de LENIN MIGUEL SANCHEZ VENTURA, CED.001-1281979-2. (JM-AC-12107-CM-1/3)
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color gris, año 2004, placa y registro K0017179, chasis LC6PAGA1X40810443, a nombre de DAVIS ROSARIO GARCÍA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de máquina pesada, marca JCB, modelo 21 4E 4WD, año 2000, color amarillo, placa y registro U002547, chasis SLP214TCYE0490863, a nombre de DISEÑO Y CONSTRUCCIONES JACAGUA, S.A.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo 4Runner SR5 2WD, año 2012, color blanco, placa y registro G355699, chasis JTEZU5JR4C5034841, a nombre de DELMIS MIOSOTY MOYA GARCÍA, cédula 001-1371525-4.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga Marca Kia, Modelo K2700, color blanco, año 2012, placa L301170, chasis KNCSHX71AC7593172, a nombre de RAMON EMILIO REYES, CED. 0640010491-2. (JM-AC-12107-CM-2/3)
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Z300, color verde, año 2015, placa y registro K0479278, chasis LZ3GJL2T14AK27221, a nombre de JESÚS EDUARDO MARTE.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Civic, año 2003, color blanco, placa y registro A525685, chasis ES11006794, a nombre de ROBINSON DE JS. JIMENEZ HERNADEZ. FP93629
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Lead, año 1994, color gris, placa y registro N656057, chasis JF061014981, a nombre de MARÍA FERNANDA POLANCO. FC31924
PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca X1000, Modelo CG-150, color rojo, año 2012, placa N813267, chasis LF3PCK507BB029434, a nombre de PEDRO QUEZADA RODRIGUEZ, CED. 050-00121920-3. (JM-AC-12107-CM-3/3)
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2011, placa y registro chasis A733447, KMHEC41MBBA179126, a nombre de EDDY AGUSTÍN DE LOS SANTOS CARRASCO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Cadillac, modelo Serville STS 1993, color verde, placa y registro chasis A035584, 1G6KY5297RU814603, a nombre de ELISEO PEÑA TURBY. FP93630
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, color amarillo, año 1971, placa y registro L223776, chasis DM885SX1587, a nombre de NARCISO CAMPOS ALMONTES, cédula 029-0011336-2. FC351926
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Hyundai, año 2006, color blanco, placa y registro G127644, chasis KMHJM81BP6U259604, a nombre de MARÍA DE FÁTIMA BONILLA NÚÑEZ, cédula 010-0004524-3. Fp93636
PÉRDIDA DE CHAPA: de automóvil privado, marca Hyundai, modelo Grand I10, color gris, año 2015, placa y registro A642641, chasis MALA751ABFM055094, a nombre de ELADIO MONTILLA YEPEZ, cédula 005-0001475-8. Fp93598
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Daihatsu, modelo V118LHY2, año 1994, color rojo, placa y registro L093956, chasis V11804805, a nombre de RAFAEL HILARIO MATÍAS PAULINO. RP93631
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Marca Honda, modelo Lead 110, color gris, año 1994, placa y registro K0617182, chasis JF191207827, a nombre de JOSÉ RAFAEL BELTRÉ MARIÑEZ, cédula 402-2454467-2. FC351925
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, año 1998, color blanco, placa y registro L194827, chasis V11809089, a nombre de CARLOS TEJEDA MELO, cédula 0100082684-0. Fp93637
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Nissan, color verde, año 2000, placa y registro L138213, chasis 3N6GD12SXZK003109, a nombre de SEGNA S.A., RNC: 101005513. FC351856
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mack, modelo VG6M1, año 1988, color blanco, placa y registro L142652, chasis VG6M112B9JB066910, a nombre de ERNESTO ANTONIO DOÑE GALÁN. FP93632
Se le invita a RAMON ANT. PERDOMO, a retirar la denuncia a Plan Piloto, del automóvil público urbano, Toyota, año 1986, color blanco, placa T011210, chasis JT2AE83E1G3334776.
PERDIDA DE MATRICULA: Vehiculo De Carga, Marca Chevrolet; Modelo: Colorado 4x4; Año: 2006; Placa L285099: Color: Negro; chasis: 1GCCS198368250493; PROPIEDAD DE: RAMON JULIO ANTONIO TAVERAS LIRIANO; CEDULA NO: 001-0918174-3. FC351927
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Lumax, color amarillo, año 2007, placa y registro K0196301, chasis LAEKX34027B600589, a nombre de JIMMY MANUEL RAMIREZ TAVERAS.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, modelo Civic, color blanco, año 2002, placa y registro A532596, chasis 2HGES26732H511430, a nombre de ELIZABETH ALMÁNZAR DE LA CRUZ. FC351916
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 2005, placa y registro A633691, chasis 1NXBR32E95Z425673, a nombre de INDUSTRIA DEL BLOCK AMERICA, S.A.
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2010, placa y registro A692968, chasis KMHEU41MBAA765065, a nombre de DANNY DEL ROSARIO MARTINEZ, cédula 223-0180867-5. FC351928
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa L327958, color rojo, chasis MR0FZ29G202538944, tipo carga, año 2014, propiedad de TANAGRA, SRL, RNC 124005401. FC 351899
PÉRDIDA DE MATRÍCULA. Marca Toyota, modelo LN145LTRMDS, color blanco, año 2001, placa y registro L039943, chasis JTFAD426700054100, a nombre de CARLOS MARTINEZ GARCÍA, cédula 071-0006217-8. FC351914
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Honda, placa A481004, color gris, chasis 1HGES16532L024997, tipo automóvil privado, año 2002, propiedad de MIOSOTIS ELIZABETH HERNANDEZ COLON, cédula 001-1144708-2. FC 351903
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Harley Davids, color amarillo y rojo, año 2000, placa y registro NACH46, chasis 1HD1BMY1XYY036535, a nombre de MANUEL AURELIO BASTARDO HERNANDEZ, cédula 001-1356301-9.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Kym, año 2007, color negro, placa y registro K0272904, chasis LJCPAGLH881001959, a nombre de ANA JOSEFA GARCÍA BERIGUETE, cédula 011-0023329-3. fp93635
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de volteo, marca Mack, modelo R690ST volteo, color rojo, año 1988, placa y registro S006388, chasis 2M2N277Y9JC005157, a nombre de EUGENIO INFANTE TORRES, cédula 031-0326631-2. fp93633
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga Marca Mitsubishi, Modelo K22TUNSL, color negro, año 1986, placa L047310, chasis JA7FM54E7HP094752, a nombre de VALENTIN FLORENTINO VELEZ, CED. 001-0164599-2. (SS-AC-12106-WP)
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga Marca Daihatsu, Modelo V11 8L HY, color blanco, año 1996, placa L006646, chasis V11807106, a nombre de PEDRO GUERRA, CED. 053-0006644-5. (ARP-AC-12113-WP)
PERDIDA DE PLACA: Volteo Marca Mitsubishi, Modelo FE635CD6L, color blanco, año 2000, placa S007338, chasis FE635CA40197, a nombre de INDOCAFE S.A. RNC 103036295. (RO-14912-CM-09-1011/11/2017)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Yamaha, modelo 3KJ, año 1989, color negro, placa y registro NQEL76, chasis 3KJ2442311, a nombre de DON MOTOR C. POR A.
PERDIDA DE MATRICULA: Jeep Marca Honda, Modelo CR-V 4x4, color azul, año 2003, placa G220109, chasis SHSRD78823U113722, a nombre de JAIME CRISTOBAL GUTIERREZ JIMENEZ, CED. 0470012002-7. (CR-RO-14914-CM)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca International, color azul, año 1996, placa y registro L298381, chasis 2HSFMAMR1TC072097, a nombre de RAFAEL ANEURI FELIZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De carga, marca Mitsubishi, color blanco, año 2001, placa y registro L013622, chasis MMBONK6401D003222, a nombre de VICTORIANO FRANCISCO, cédula 001-0547871-3. FC351909
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Yamaha, modelo DT1255, año 2014, color azul, placa y registro K0184289, chasis JYADE02X0EA085254, a nombre de DELMIS MOISOTY MOYA GARCÍA, cédula 001-1371525-4. FC351920
PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta Marca Yamaha, Modelo Gran Axis, color negro, año 1986, placa N185137, chasis SB01J104425, a nombre de FRANCISCO ALEXANDER HERNANDEZ LIRIANO, CED.0470157269-7. (RO-14913-CM)
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Suzuki, placa G005494, color verde, chasis JS3TD03V0S4101495, tipo jeep, año 1995, propiedad de 0010771947-8.
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