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Legales

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SABADO 21 DE ABRIL 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE DIVORCIO

AVISO DE SANEAMIENTO

AVISO MENSURA CATASTRAL

Según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Ley de Divorcio, se hace de público conocimiento que en la 7ma. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia No. 532-2017-SSEN-01897, de fecha 10/agosto/2017, relativa al Expediente No. 532-2017-ECON-01589 y fue pronunciado el divorcio por Incompatibilidad de Caracteres entre los señores JOSE ALTAGRACIA ARIAS SOTO y EVANGELINA ROMERO BIDO en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción, Distrito Nacional, fue registrada en el Libro No. 00008, Folio No. 0065, Acta 000528, año 2018.

Exp. No. 661201801020 Se hace de público conocimiento que el día 9 de mayo del año 2018, a las 9:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos correspondiente a mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como: P. No. 868, del D.C. No. 07, del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia de Samaná. Reclamante: SR. MARTIRES MERCEDES, representado por el SR. RODOLFO A. BUENO, representado a su vez por DEMARIA BUSINESS REPRESENTATIVES DOMINICANA, S.R.L., representada por el SR. TOMAS GUILLERMO AVOGADRO.

EXP. 662201803359 Se avisa que el día 4 de mayo 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en el D.C. No. 05 ubicada carret. Manabao-La Ciénega a 250m intersección carret. Jarabacoa-Manabao municipio Jarabacoa y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 03/04/2018 propiedad de YOSHIYUKI TATEYAMA quedan citados los colindantes e interesados.

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia No. 27667.

NELSON CESAR MILIAN CAPELLAN Agrimensor Contratista CODIA 5838

DR. SAMUEL A. ENCARNACION MATEO, Abogado.

PERDIDA DE DECLARACION JURADA DE MEJORA DE LA SEÑORA OLGA ALICIA MESA GOMEZ Se hace de público conocimiento y de conformidad con el Art. 204, de la Ley de Registro de Tierras, que se ha extraviado la Declaración Jurada de Mejora de la señora OLGA ALICIA MESA GOMEZ, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0925174-4, que ampara el inmueble ubicado en la Calle Respaldo Antonio Gómez, No. 4-A, Sector La Gallera, San Luis, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. FC 357005

Expediente 6642018021017, en virtud de autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Dpto. Este, se hace de público conocimiento que el día 3 de mayo del 2018, a las 10:00 A.M., iniciaremos los trabajos de Deslindes en el ámbito de las Parcelas Nos. 75-A-51 y 75-A-3-Porc.-Q-3 ambas del D.C. No. 8 del Municipio Haina, Provincia San Cristóbal, y Refundición del resultado de estos deslindes con la Parcela Posicional No. 309307796075 del Municipio de Haina, Provincia de San Cristóbal, a petición de su propietario Industria Gat, S.A., debidamente representada por Gregorio Armando Taveras Ramírez.

NAYIBE CHABEBE DE ABEL, Agrimensora Contratista. Codia 2055 FC 356998

PUBLICACION DE COMPAÑIA. GRUPO BIDO HERRERA SRL, Siendo su objetivo principal comercialización de gas propano y demás derivados/distribución al detalle y al por mayor de gas propano y demás derivados del petróleo. Con su domicilio en la Av. República de Colombia No. 24, Ciudad Real 2, Arroyo Hondo, siendo su presidente Moisés Alberto Bidó Herrera. Con un capital de RD$100,000.00. RNC 131-73920-2. Siendo su gerente General MOISES ALB. BIDO HERRERA. FC 356997

Fue incorporada la FUNDACION ALIDA ROSA, que tiene su domicilio en la calle Manuel J. Medrano, No. 01, San José, Duverge, Prov. Independencia, Republica Dominicana, con su presidente Sandys Heredia Pérez, Eridania Fabian, Adriana Vangelina Pérez Mercedes, Santy Heredia Pérez, Esthel M. Fernández Mercedes, A los 20 días del mes de Abril del año 2018.

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO

FC357015

AVISO DE INCORPORACION Fue incorporada la FUNDACION FANA, su presidente Juancito Feliz Reyes, Ángel Darío Feliz Reyes, Paola Anabel Feliz Reyes, Diana Feliz Figuereo, Juan Feliz Arias, tiene su domicilio en la Calle Hnas Mirabal, no. 776, Santo Domingo norte, a los 20 días del mes de Abril 2018. FC357014

AVISO DE SANEAMIENTO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

Exp. No. 661201801567 Se hace de público conocimiento que el día 5 de mayo del año 2018, a las 9:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos correspondiente a mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como: D.C. 07 del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia de Samaná. Reclamante: SR. AMPARO MALDONADO.

Se hace de conocimiento público, que el día lunes 30/04/2018, a las 09:00 a.m., se dará inicio al Levantamiento Parcelario necesario para ejecutar los trabajos de DESLINDE, sobre el inmueble identificado como Parcela 8-B-1 del Distrito Catastral No. 02 Del Municipio Distrito Nacional, Provincia Distrito Nacional, propiedad de DISEÑO INTEGRAL, S.R.L., Expediente No. 663201711345.

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia No. 27667.

AGRIM. ROBERTO FRANCISCO OVANDO JIMENEZ. Codia 24716 Tel. 1-(809) 968-6030

AVISO DE SANEAMIENTO

AVISO DE DESLINDE

Exp. No. 661201801146 Se hace de público conocimiento que el día 2 de mayo del año 2018, a las 9:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos correspondiente a mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como: D.C. 07 del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia de Samaná. Reclamante: SR. ANGEL ENCARNACION FERMIN.

De conformidad a la ley 108-2005 se le aviso a los colindantes señores ANTONIA BELIARD que esta al norte, JOSE CONTRERAS que esta al sur y EL MULTIUSO DE LOS ALCARRIZOS que está al este que el día lunes 7 del mes de mayo del año 2018 a las 9:00 a.m. el agrimensor RAMON OSCAR BUENO PINEDA, CODIA NO 18195 estará midiendo para el deslinde la parcela No. 7 Distrito Catastral No. 12 con una extensión de 700 METROS CUADRADOS. Ubicado En El Km 16 De La Autopista Duarte Del Municipio Los Alcarrizos Provincia Santo Domingo A FAVOR DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS DE COMUNICACIONES TECHCOMM SRL

RAMON OSCAR BUENO PINEDA, CODIA NO. 18195; agrimensor Fc357001

AVISO DE SANEAMIENTO

AVISO MENSURA CATASTRAL

Exp. No. 661201801564 Se hace de público conocimiento que el día 7 de mayo del año 2018, a las 9:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos correspondiente a mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como: D.C. 07 del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia de Samaná. Reclamante: SR. ELIAS SHEPHARD Y KING.

EXP. 662201803950 Se avisa que el día 4 de mayo 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 29,133.40m2 en la parcela 52 DC 11 desde Aut. Duarte (La Vega-Bonao) doblar a la der. por camino La Ceyba, a 1.80km doblar a la der. y a 0.40km. doblar a la der. avanzamos 0.20km municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 18/04/2018 propiedad de William Encarnación Fernández quedan citados los colindantes y demás interesados.

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia No. 27667.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7394, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 227-46, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 561.04 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 227 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

Exp. No. 661201801568 Se hace de público conocimiento que el día 4 de mayo del año 2018, a las 9:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos correspondiente a mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como: D.C. 07 del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia de Samaná. Reclamante: SR. ELIA POOL.

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia No. 27667.

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE INCORPORACION

AVISO DE SANEAMIENTO

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia No. 27667.

(H-ACFF-3996-PC-1/3)

CARLOS RAFAEL ABREU MOREL Agrimensor Contratista CODIA 25954 (FG-AC-13054-PC)

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7395, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 22747, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 582.11 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 228 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7396, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 22748, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 629.54 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 229 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997


SABADO 21 DE ABRIL 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201803358 Se avisa que el día 4 de mayo 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en el D.C. No. 05 ubicada entre caminos Mata Café y Angostura a 500m del Ayuntamiento de Manabao municipio Jarabacoa y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 04/04/2018 propiedad de YOSHIYUKI TATEYAMA quedan citados los colindantes e interesados.

NELSON CESAR MILIAN CAPELLAN Agrimensor Contratista CODIA 5838 (H-ACFF-3996-PC-2/3)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201803849 Se avisa que el día 4 de mayo 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en el solar 09 manzana 169 del D.C. 01 ubicado en la calle Caoba 3 casi esq. calle Toribio Ramírez sector Villa Rosa municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 16/04/2018 propiedad de INES MARIA CRUZ REYES quedan citados los colindantes e interesados. NELSON CESAR MILIAN CAPELLAN Agrimensor Contratista CODIA 5838 (H-ACFF-3996-PC-3/3)

AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento, que para el día jueves 3/5/18, a las 10:00 A.M., se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 1Ref., D.C. No. 02, del municipio y provincia San Cristóbal, ubicado en la calle María Trinidad Sánchez No. 36, Esq. Calle Sin nombre, propiedad del SR. SANTO ARAUJO MARTICH, representado por SANTA SANCHEZ AMADOR. Expediente No. 6642018022668.

AGRIM. ESTEBAN BLANCO NINA, Codia 12508.

AVISO DE CELEBRACION DE AUDIENCIA Exp. No. 0542-18-000006 Se hace de público conocimiento que el día 6 de junio del año 2018, a las 9:00 a.m., se celebrará la audiencia de los trabajos de Saneamiento realizados sobre el inmueble identificado como: P. No. 415373461714, Distrito Catastral No. 07, del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná. Quedan citados los Sres. El SR. GILBERTO MARTINEZ FERMIN, AGM. SOLANYI M. BEATO V. y demás interesados.

AVISO DE CELEBRACION DE AUDIENCIA Exp. No. 0542-18-000005 Se hace de público conocimiento que el día 6 de junio del año 2018, a las 9:00 a.m., se celebrará la audiencia de los trabajos de Saneamiento realizados sobre el inmueble identificado como: P. No. 415373762583 y 415373861865, Distrito Catastral No. 07, del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná. Quedan citados los Sres. El SR. HILARIO FERMIN MEDINA, la AGM. SOLANYI M. BEATO V. y demás interesados.

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia No. 27667.

AVISO DE SANEAMIENTO Exp. No. 661201801021 Se hace de público conocimiento que el día 8 de mayo del año 2018, a las 9:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos correspondiente a mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como P. No. 868, del D.C. No. 07, del municipio Santa Bárbara de Samaná, provincia Samaná. Reclamante: SR. ERNESTO MORIS DE LA CRUZ, representando por el SR. RODOLFO A. BUENO, representado a su vez por DEMARIA BUSINESS representado a su vez por DEMARIA BUSINESS representatives Dominicana, S.R.L. representada por el SR. TOMAS GUILLERMO AVOGADRO.

SOLANYI M. BEATO V., Agrimensor-Contratista. Codia No. 27667.

AVISO DE MENSURA Exp. No. 661201800064 Se informa que en fecha 08 de mayo del 2018, a las 02:00 p.m., procederemos a dar inicio a los trabajos de campo de Mensura para Saneamiento de 553,991.20 M2, dentro del D.C. No. 2, del municipio El Factor, provincia María Trinidad Sánchez. Estos derechos los reclaman los señores FELIX TAVERAS ROSARIO y GERALDO MERCEDES TAVERAS ROSARIO. El inmueble a sanear se encuentra ubicado en el Camino El Faro-Piedra Blanca, Km. 2, a 600 M al Oeste de la entrada de la estación repetidora de señal telefónica de Altice.

AGRIM. HAMLET MINAYA FLORENCIO, Col. 11103. Cels. 809-961-4743, 809-838-0602.

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7397, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 22749, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 677.29 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 230 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7398, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 227-50, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 474.61 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 231 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

En cumplimiento al artículo 5 de la Ley 122-05 y al Art. 72 del Reglamento No. 40-08, hacemos publicación de la formal incorporación de la asociación ALEIIAF DOMINICANA, la cual quedó incorporada mediante Resolución No. 00004 dictada en fecha 09 del mes de marzo del año 2018, por la Procuraduría General de la República por tiempo indefinido, con domicilio en la Avenida República de Colombia, Residencial Ciudad Real II, Manzana B, Edificio 42, Apto. 302, del Sector Altos de Arroyo Hondo I, Santo Domingo D. N. cuyos objetivos son, Impulsar y organizar actividades de carácter profesional, cultural y social en República Dominicana dando a conocer las últimas tendencias de la ingeniería industrial y afines. Contribuir a la unión e integración de los estudiantes y egresados dominicanos de la Ing. Industrial y afines entre sí y con toda Latinoamérica. Apoyar y promover todas las actividades realizadas por la Matriz. Gestionar la participación de la Delegación Dominicana en el CLEIN (Congreso Latinoamericano de Estudiantes e Ingenieros Industriales). Los miembros fundadores John Paul Guzmán Díaz, Katherine Lantigua Mateo, José Enrique Ramírez Pérez, Génesis Vargas Valdez, Medeline Johanny Amador Alcántara, Maritza Abreu Corporan, Karla Marie Taveras Cuevas. Conformada por siete (07) miembros. John Paul Guzmán Díaz es el presidente y quien la representa ante terceros. FC357021

AVISO DE PERDIDA DE DOCUMENTOS

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7389, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 6-B-1-D3-REF-4, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 568.00 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 222 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

Se hace de público conocimiento la Pérdida del Permiso Ambiental No. 0844-09, Proyecto: Aparta Hotel Las Galeras, Samaná, emitido 2009, responsable: Joaquín Espinal Almeyda.

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7391, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 6-B-1-D3-REF-5, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 611.46 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 223 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

AVISO DE PERDIDA DE TITULO De conformidad con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la Ley 10805, de Registro Inmobiliario se hace la publicación de Perdida del Certificado de Titulo correspondiente a UNA PORCION DE TERRENO DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA No.25-A DEL D.C. No. 3, DEL DISTRITO NACIONAL, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 845.67 MTS2, AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TITULO No. 68-3361, DUPLICADO DEL DUEÑO.- A NOMBRE DE YAMNA YAMILETTE CALDERON SUAREZ YAMNA YAMILETTE CALDERON SUAREZ Propietaria

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7392, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 6B-1-D-3-REF-6, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 577.79 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 224 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

AVISO DE DESLINDE Considerando la Autorización de DESLINDE No.663 2018 00263 del 18-Ene-2018, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Depto. Central (DRMC), se AVISA al PUBLICO EN GENERAL que el MARTES 3 ABRIL 2018, (9:00AM), se iniciará el trabajo de campo de DESLINDE dentro de la 183-REFORM-A-SUBD-648 DC No.06, Actual Mun. Sto. Dgo. Este, Prov. Sto. Dgo., con superficie de 852.00 m2, derecho amparado en Acto de Venta sobre la Constancia Anotada Certificado de Titulo No.2000-7281, propiedad de RONI ANTONIO MUÑOZ CONCEPCIÓN Y JACQUELINE PÉREZ ARNÓ, inmueble ubicado en la Av. Primera Esq. Calle 4, No.1, Sector Respaldo Los Tres Ojos, Mun. Sto. Dgo. Este, Prov. Sto. Dgo. Cualquier inquietud podrá notificar al Agrimensor Actuante o dirigirse a la DRMC-Depto. Central o al Tribunal de Jurisdicción Original con referencia al Número de Expediente indicado, sitio Av. Independencia esq. Av. Jiménez Moya, Distrito Nacional. Este deslinde será practicado por el AGRIM. PORFIRIO E. GARCIA PICHARDO, dom., mayor de edad, casado, cédula de identidad No.001-1219237-2, CODIA 28610, domiciliado Calle 1ra., No. 24, Res. Meli, Urb. Villa Marina, Sto. Dgo., D. N., Rep. Dom.; Ce1. 809-417-5333 email: sat.rd@hotmail.com

AGRIM. PORFIRIO ENRIQUE GARCIA PICHARDO CODIA 28610 FE DE ERRATA La presente publicación fue solicitada por la parte interesada para salir en la edición del día 24 de marzo del presente año por un error involuntario la misma no se publicó, por lo que salió en la presente edición. Att: El Nuevo Diario

AVISO DE PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO CERTIFICADO DE TITULO

Exp. No. 661201801049 Se informa que en fecha 08 de mayo del 2018, a las 09:30 a.m., procederemos a dar inicio a los trabajos de campo de mensura para Saneamiento de 402.00 M2, dentro del Solar No. 17, Porción F, del Distrito Catastral No. 1, del municipio San Francisco de Macorís, provincia Duarte. Estos derechos los reclaman los sucesores del finado Alfonso Esteban Noboa, señores: DULCE ALTAGRACIA ESTEBAN LAJARA DE CONTRERAS, LETICIA ESTEBAN LAJARA, DULCE MARIA LAJARA V. DE ESTEBAN, RAUL ALFONSO ESTEBAN LAJARA y PEDRO ISIDRO ESTEBAN LAJARA. El inmueble a sanear se encuentra ubicado en la Av. Los Mártires, sector El Capacito, frente a la calle Salcedo, aproximadamente a 100 M al norte del Parque de Los Mártires.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el original del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada, amparado en el Certificado de Titulo No. 73-7393, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, debido a que se extravió durante el cambio realizado en los archivos físico de la institución, con respecto al inmueble que se describe más adelante, a nombre de la orden Religiosa de los Carmelitas Descalzos, institución sin fines de lucros de conformidad con las leyes de la República Dominicana, R.N.C. 4-01-50892-3, representada por el SR. EULOGIO CASTAÑO HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, sacerdote religioso de la orden de los carmelitas, portador de la Cédula de identidad No. 001-1219973-2, domiciliado y residente en el Distrito Nacional, República Dominicana. A continuación, descripción del inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No. 6B-1-D-3-REF-7, D.C. No. 3 del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión Superficial de 491.38 M2, emitido en fecha 20 de Diciembre del 1973, en el libro No.514, folio 225 del registro de Títulos del Distrito Nacional. La presente publicación se hace de conformidad y en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 92, párrafo III de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, literal b) del Reglamento General de Registro de Títulos.

AGRIM. HAMLET MINAYA FLORENCIO, Col. 11103. Cels.: 809-961-4743, 809-838-0602.

Agrim. VIRGILIO ROSA FELIZ Codia 19997

AVISO DE MENSURA

LEGAL 11

COLEGIO DOMINICANO DE ECONOMISTAS (CODECO) CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA El Colegio Dominicano de Economistas (CODECO), convoca por este medio a todos los economistas del País a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el próximo viernes 27 de abril del 2018, a las 5:00 p.m., en el local del gremio situado en la Calle San Juan Bosco No. 16, casi esquina Calle Rocco Cocchia, del Sector Don Bosco, del Distrito Nacional. Agenda única: Elección Comisión Electoral elecciones año 2018.

CONSEJO DIRECTIVO FC357025


SABADO 21 DE ABRIL 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 LEGAL AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley de Registro Inmobiliario número 108-05, así como por el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, la entidad comercial CORPORACION INMOBILAIRIA TIREO, SRL, hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 81-9837, expedido a su favor por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, el 11 de noviembre de 1981, para amparar su derecho de propiedad sobre la Parcela No. 5-A-1-Ref.-4, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 613.33 metros cuadrados, limitada: al Norte: Parcela No. 6-B; al Este: Parcela 5-A-1-Ref.-5; al Sur: Calle 20; y al Oeste: Calle. Santo Domingo, Distrito Nacional, 19 de abril de 2018.

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financieros No. 1398267 fecha de vencimiento 31/07/2018 expedido por un valor de US$11,000.00 (once mil dólares estadounidenses) y 1450516 fecha de vencimiento 30/04/2018 expedido por un valor de US$8,500.00 (ocho mil quinientos dólares estadounidenses) emitido por Banco BHD LEON a los fines de que la institución proceda a la anulación de dichos certificados y a la expedición de los certificados sustitutos a favor de:

NELSON RAMON GARCIA GARCIA Depositante (RO-16271-CN-14-21-28-05/05/2018)

FP 96978

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley de Registro Inmobiliario número 108-05, así como por el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, la entidad comercial CORPORACION INMOBILAIRIA TIREO, SRL, hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de la Carta Constancia anotada en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 122, expedido a su favor por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega, el 6 de noviembre de 1984, para amparar todos los derechos de propiedad de que es titular dentro de la Parcela No. 484, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Constanza, dentro de las siguientes colindancias: al Norte: P. No. 60; al Este: Ps. Nos. 67 y 68; al Sur: P. No. 88; y al Oeste: carretera Jarabacoa-Constanza. Santo Domingo, Distrito Nacional, 19 de abril de 2018.

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 40-026-000745-0 fecha de apertura 14/06/2008 expedido por un valor de RD$30,000.00 (TREINTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

YOLANDA MERCEDES ESCOTTO RODRIGUEZ Y PATRICIA CARDENAS ESCOTTO Depositantes (RO-16273-CN-14-21-28-05/05/2018)

FP 96978

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento del Art. 92 párrafo III de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario, se informa la pérdida del Certificado de Título No. 96-7417, DUPLICADO DEL DUEÑO correspondiente a la Parcela No. 16-A-1, REF-B-9, REF-1 del Distrito Catastral No. 12, del Distrito Nacional, con una Extensión Superficial de cero (0) hectáreas, cero dos (02) áreas, veinte puntos cuarenta y siete (20.47) Centiáreas. Propiedad de los señores FREDDY ANTONIO TOLEDO MONTERO Y JOSEFINA ROSARIO DE AZA. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018).

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Artículo 36 del Código de Comercio, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 1210574, de fecha 01 del mes de octubre del año 2013, expedido por el BANCO BHD, S.A., a favor de los señores MELICIO PEÑA y RUTH ELIZABETH PEÑA GARCIA, por la suma de RD$460,000.00 pesos dominicanos. Distrito Nacional, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. GEOVANI FEDERICO CASTRO, Abogado.

DRA. LIDIA ELIZABETH PEREZ MICHEL, Abogada.

AVISO

AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

Se hace de público conocimiento la pérdida de la Declaración Catastral Marcado con el No.155969-A, propiedad de la señora JUSTINA GUERRERO PÉREZ, Céd. 001-03844420-5, correspondiente a una propiedad ubicada en la Carretera Principal del sector Los Guaricanos.

Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título No. 61-320, del inmueble descrito como Parcela número ciento dieciséis B tres B uno (116-B-3-B-1) del Distrito Catastral número tres (03), ubicada en el Distrito Nacional, que tiene una extensión superficial de: Ciento Catorce metros cuadrado (114), con Treintiocho (38) Decímetros cuadrados, expedido a nombre del Dr. Manuel de Jesús Cáceres Genao, aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: El presente aviso se realiza para solicitud de un nuevo Certificado de Título por pérdida o deterioro.

FC 357005

FC 356990

FC357038

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento, la pérdida de Certificado Financiero No. 804199750, del BANCO POPULAR DOMINICANO, de fecha 25-09-2017, por valor de RD$150,000, a nombre de FRANCISCO ELIAS SOSA FRIAS, cédula 001-0458810-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. PERDIDA DEL CERTIFICADO FINANCIERO No. 0300191489, a nombre del SR. ANDRES BARTOLOME HERNANDEZ VASQUEZ, la cédula 2230017869-0, por un monto de RD$5,000,000.00. Certificado Financiero fue emitido por el BANCO DE RESERVAS el 3 de mayo 2012. FC 356907

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art.42 de la ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Altagracia, en sus atribuciones Civiles, en fecha cinco (05) del mes de febrero, del año 2018, dicto la sentencia No.00104, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA- PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos, Melvin Antonio Guerrero Ramírez y Yaindy Josefina Pérez Martínez, conforme al acto de estipulación de divorcio No. 29-2017, instrumentado por ante el notario público de Higüey, DR. Manuel Joaquín Patricio Guerrero, de fecha 23 de noviembre del año del año 2017, transcrita más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Autoriza el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: COMPENSA las cotas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma. (FIRMADO: Karina María Colome Abreu. Jueza liquidadora de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia de la Altagracia, Alma Ozuna Bernard. Secretaria). El referido divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil del municipio de Higüey, en fecha veintiuno (21), del mes de marzo del año 2018, en el libro No. 00167 de registros de DIVORCIO, folio 0173, acta No.000085, del año 2018. La presente publicación es autorizada por la suscrita, En la ciudad y municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana, a los seis (06) días del mes de abril, del año Dos Mil dieciocho (2018).

LICDA. SCARLET DE GRACIA DEL RIO. Abogada FC357027

PODER JUDICIAL, REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JUSRISDICCION ORIGINAL DE LA PROVINCIA LA VEGA Aviso de requerimiento, auto de emplazamiento y de fijación de audiencia Al: Agrimensor Carlos Manuel Martinez Leyba. Solicitante: ENEMENCIO DIAZ ABREU Y MARIA ISABEL SALAZAR DE DIAZ. De la: 1era. Sala Tribunal de Tierras de La Vega. Referencia: Expediente No. 0998-17-01401. Motivo: Saneamiento. Inmuebles: provincia La Vega, Municipio Constanza, D.C. Pos. 31306384974 A todos a quienes pueda interesar, JUAN OGANDO, JHOBANNY ORTIZ, GREGORIO MARMOLEJOS DIAZ, GREGORIO DIAZ ALVAREZ, SUCS. MARMOLEJOS DIAZ. En virtud del artículo No. 50 del reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se cita: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicado en la Avenida García Godoy No. 32, esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia de La Vega, a la audiencia fijada para el día 08/05/2018, a fin de conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en las que se basan y formulan su reclamación ante este tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de La Vega, provincia La Vega, hoy día 26 de Marzo de 2018, Años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.

AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título No. 61-320, del inmueble descrito como Parcela número ciento dieciséis B tres ‘B uno (116-B-3-B-1) del Distrito Catastral número tres (03), ubicada en el Distrito Nacional, que tiene una extensión superficial de: Sesenta y Siete metros cuadrado (67), con Cincuenta (50) Decímetros cuadradas, expedido a nombre de Rafael Ramón Encarnación Herrera y Mariana de Encarnación, aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-85 de Registro Inmobiliario. Nota: El presente aviso se realiza para solicitud de un nuevo Certificado de Título por pérdida o deterioro. FC357039

AVISO DE PERDIDA DE TITULO Por este medio hace la publicación de Perdida del Certificado de Titulo correspondiente al SOLAR 1, MANZ:4808, DEL D. C. No. 1, DE SANTO DOMINGO, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 475.82 METROS CUADRADOS, MATRICULA NO. 3000055786, DUPLICADO DEL ACREEDOR UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN SANTO DOMINGO,(PROPIEDAD), DE CLAUDIO JIMENEZ DE LOS SANTOS. CLAUDIO JIMENEZ DE LOS SANTOS Propietario

Atentamente, JOVAANE SANTOS FRIAS Secretaria. CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ, Juez de la 1ra. Sala Tribunal de tierras J.O. La Vega. FC357036

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento a las disposiciones del artículo 22 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, por medio del presente aviso. Se hace de público conocimiento que la señora MARÍA ESTELA VARGAS, dominicana, mayor de edad, casada, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo y para los fines de este procedimiento tiene elección de domicilio en la calle Antonio de la Masa No. 68 Módulo I Edificio Agripino R. esquina 16 de Agosto segundo nivel de Moca, Provincia Espaillat, República Dominicana, cédula de identidad y electoral No. 001-0124482-0, quien tiene como abogada apoderada a la licenciada MARIBEL JOSEFINA GABOT PAULINO, dominicana, abogada de los Tribunales de la República, mayor de edad, soltera, con cédula de identidad y electoral No. 054-0074558-3, matrícula del Colegio de Abogado No. 13430-167-93, con estudio profesional abierto en la calle Antonio de la Masa No. 68, Módulo I Edificio Agripino R. esquina 16 de agosto segundo nivel de Moca Provincia Espaillat, donde hace formal elección de domicilio, la señora MARIA ESTELA VARGAS, para los fines y consecuencias legales del presente proceso. Por este medio ADVIERTE Y LE HACE SABER a su legítimo esposo el señor KEITHROY RAYMOND MERCHANT, cuyo último domicilio conocido fue en este municipio de Moca y domicilio actual desconocido, que el día veintitrés (23) del mes de mayo del año dos mil dieciocho 2018, se procederá a notificar por ante la oficina del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Espaillat y por tal razón también le notifico y público en la puerta principal del Tribunal de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de la Primera Instancia del Distrito Judicial de Espaillat, ubicado en el segundo nivel de la calle Duarte No. 63, de la ciudad de Moca, para que comparezca personalmente o representado a dicha sala, en tributaciones civiles a la audiencia fijada para el día miércoles, que contaremos a (2) de mayo del dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, para conocer sobre el fondo de demanda de Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, con domicilio desconocido. En la Ciudad y Municipio de Moca Espaillat, República Dominicana, a los 20 días del mes de abril del dos mil dieciocho (2018).

MARIBEL JOSEFINA GABOT PAULINO Abogada apoderada


SABADO 21 DE ABRIL 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 42 de la ley 1306 bis, sobre divorcios en República Dominicana, y sus modificaciones se hace público conocimiento que en fecha 4 del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), la cuarta sala para asunto de familia de la cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, dictó la sentencia Civil No. 1288-2018-SSEN-00005. Por lo que el dispositivo dispone lo siguiente: FALLA: Primero: pronuncia el defecto en contra de la parte demandada el Señor: Francisco Cristóbal Fanjul Alba, por no haber comparecido no obstante citación legal. Segundo: en cuanto a la forma, declara como bueno y valido la presente demanda de divorcio por la causa de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido hecha conforme a la Ley y al derecho. Tercero: en cuanto al fondo, admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores Francisco Cristóbal Fanjul Alba y Mayra Mercedes Pérez Reynoso, con toda su consecuencia legal por los motivos precedentemente expuestos. Cuarto: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía del Estado Civil Correspondiente previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de divorcio, así se pronuncia ordena manda y firma Altagracia Mendoza Gutiérrez (jueza), Brenda A. Rosario, secretaria; así mismo se hace saber que en fecha trece (13) del mes de abril del año se encuentra inscrito en el libro No. 00002, folio No. 0003, Acta No. 000101, del año 2018, por ante el oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.

En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la ley 1306, Bis sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha tres (03) del mes de Abril de año dos mil dieciocho (2018), la cámara civil, Comercial y de trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata mediante sentencia Civil No. 425-2018-SCIV-00088 ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores Raúl García y Dilia Valdez Feliz, conforme al acto de convenciones y Estipulaciones de Divorcio por mutuo consentimiento No. doscientos cuarenta y seis / dos mil diecisiete (246/2017), Instrumentado en fecha trece (13) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017), por el DR. JOSE RAMON LORENZO ALVAREZ, Notario Público de los del número del municipio de Sabana Grande de Boyá, transcrita más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Autoriza al más diligente de los esposos a gestionar el pronunciamiento de su divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Sabana Grande de Boyá. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. Así mismo se hace saber que en fecha 16 de Abril del año dos mil dieciocho (2018) el Oficial del Estado Civil de Sabana Grande de Boya, Provincia Monte Plata, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00001, Folio No. 0004 registrada con el No. 000004 del año 2018, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. El divorcio admitido fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de Sabana Grande de Boyá, Provincia Monte Plata. En fecha 16 de Abril del año dos mil dieciocho (2018).

LICDO. JUAN CORDERO DEL CARMEN Abogado/Representante de la Demandante FC377027

LIC. FELIPE PEREZ RAMIREZ, Abogado. FC 356993

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DIVORCIO

Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintidós (22) del mes de Febrero del año Dos Mil Diecisiete (2017), La Novena (9na.) Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia especializada en asuntos de Familia de la Provincia Santo Domingo, en sus atribuciones Civiles, dictó una sentencia Civil Registrada con el No. 2843, Letra “E” de Divorcio por Mutuo consentimiento cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: RATIFICA Admite el por mutuo consentimiento entre los cónyuges LUZ M. VENTURA Y EMILIO ROBERTO PARDO, el divorcio por la causa MUTUO CONSENTIMIENTO, entre los señores LUZ M. VENTURA Y EMILIO ROBERTO PARDO; con todas sus consecuencias legales; TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil Correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio; Así se pronuncia, Ordena, Manda y firma (firmados: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, Jueza PRESIDENTE; BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA. La Sentencia que antecede fue pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la Novena Circunscripción Municipio Boca Chica, en fecha Veintiocho (28) del mes de Abril del Año Dos Mil Diecisiete (2017); En el Libro de Divorcio No. 000011, Folio No. 0029; Acta No. 000015; año 2017. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinte (20) del mes de Abril del año dos Mil Dieciocho (2018).

Según las disposiciones establecidas en el artículo 42 de la Ley Núm. 1306-Bis, sobre procedimientos de Divorcios. Se hace público lo siguiente que en fecha 30-1-2018, la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional Dicto Sentencia Civil de Divorcio No.00112-18, POR MUTUO CONSENTIMIENTO de ANGEL MIGUEL ESPAÑOL REYES y KARLA MARCELLE NUÑEZ NOBOA, portadores de la cédula de identidad y de la cédula de identidad y electoral Nos. 001-1855816-2 y 402-2004404-0, cuyo dispositivo es como único Homologa a el Acto de estipulaciones y convenciones de divorcio por mutuo consentimiento firmado por los esposos ANGEL MIGUEL ESPAÑOL REYES y KARLA MARCELLE NUÑEZ NOBOA, en fecha Doce (12) días del mes de Octubre de año 2017 dos mil diecisiete instrumentado por el Dr. MARIO RAUL FIGUEREO, Abogado Notario Público del Numero del distrito Nacional 2326, en consecuencia; A) admite el divorcio de ANGEL MIGUEL ESPAÑOL REYES y KARLA MARCELLE NUÑEZ NOBOA, B) Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día (07) del mes de Marzo del año dos mil dieciocho (2018); la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día 14-03-2018, en el Libro Letra A, No.5121, y fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, el día 26 del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018) y asentado en el Libro de registros de Divorcio No.00009, Folio No. 0043, Acta No.000617 y Año: 2018. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 19 días del mes de Abril del Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. GIDEL PINEDA MATEO, Abogado. FC 356992

DRA. LUZ DIVINA CARRASCO LORA, Abogada.

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Catorce (14) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la sentencia civil No. 02295-17, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada señora Lilliam Escribano Rivera, por no comparecer no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Darío Delvis Fernández García y Lilliam Escribano Rivera. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Comisiona al ministerial Robinson D. Silverio Pérez, alguacil de estrados de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica el mismo día, mes y año citados. Así mismo se hace saber que en fecha Trece (13) de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00002 de Registro de Divorcio, bajo el Acta No. 000155, Folio No. 0109, del año 2018, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, hoy día Veinte (20) del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Lic. José Altagracia La Paix Díaz, Abogado. FC 356991

EXPORTACIONES BEDISU, S.R.L. Capital Social: RD$7,285,000.00 Registro Mercantil Número: 109438SD Registro Nacional de Contribuyentes Número 1-31-18377-8 Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana. CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL DE EXPORTACIONES BEDISU, S.R.L. En cumplimiento con el artículo 110 y sus párrafos I, II y III de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada número 479-08 (en lo adelante “la Ley”) y el artículo 18 de los Estatutos Sociales de Exportaciones Bedisu, S.R.L., se convoca a sus socios para asistir a la Asamblea General Ordinaria Anual que será celebrada en el domicilio social sito en la Avenida Abraham Lincoln esquina Avenida 27 de Febrero, Unicentro Plaza, Local 32, Ensanche Piantini, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, el día cuatro (4) de mayo del año dos mil dieciocho (2018), a las diez horas de la mañana (10:00 AM). Se les informa a los socios que el Orden del Día será el siguiente: A) Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Ordinaria Anual. B) Conocer de los resultados relativo al ejercicio fiscal finalizado el día treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017). C) Deliberar y estatuir sobre las cuentas anual relativa al señalado período, y tomar las medidas que juzgue oportunas sobre el resultado de dicho período y sobre la gestión del Consejo de Gerencia. D) Ratificar la gerencia. E) Cualquier otro asunto que fuese a solicitado por los socios en la referida Asamblea. Los socios que no pudiera asistir podrán hacerse representar mediante apoderado debidamente constituido mediante poder especial de representación que deberá ser depositado en la sociedad con un plazo mínimo de tres (3) días antes de la celebración de la Asamblea.

En cumplimiento a las disposiciones establecidas por el artículo 42 de la Ley 1306 Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Diecinueve (19) del mes de Marzo del Año Dos Mil Dieciocho (2018), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia mediante Sentencia No.531-2018-SSEN-00508, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecho de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo del matrimonio existente entre los señores Jean Carlos Santana Minaya y Flor De Liz Nathalie González, de conformidad con el Acto de Convención y de Estipulación de divorcio No. 2/2018 instrumentado en fecha 05 del mes de enero del 2018, por ante el Dr. Felipe Pérez Ramírez, Notario Publico de los del Número de Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento de la presente Sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados SCARLET R. VARGAS ROSSIS, JUEZA SUPLENTE; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria). Asimismo se hace saber que en fecha Once (11) del mes de Abril del Año Dos Mil Dieciocho (2018) el Oficial del Estado Civil de la 3RA. Circunscripción, del Distrito Nacional, procedió a TRASCRIBIR, la referida Sentencia en el Libro No.00002 de registro de Divorcio, Folio No. 0102, Acta No. 000183, año 2018. Además se efectuó el pronunciamiento de dicho Divorcio.

PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el art. 42 Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 29 de diciembre del año 2017, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia no.209-2017-SSEN-01155 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre MELVIN JOSE ABAD VARGAS Y JENNIFER ESTHER Y JENNIFFER ESTHER GOMEZ DE LA MOTA. TERCERO: ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial HECTOR OCTAVIO VALDEZ ACOSTA, Alguacil Ordinario de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma .(FIRMADO) Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad; Jueza Presidenta; Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil DE LA 2DA. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro No. 2; folio 135; Acta No. 168 en fecha 09 de abril DEL año 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 21 dias del mes de ABRIL del Año 2018.

LICDA. VERONICA DAMARIS SANTOS DE GALVAN Abogado (AC-13055-CEA)

PODER JUDICIAL, REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JUSRISDICCION ORIGINAL DE LA PROVINCIA LA VEGA Aviso de requerimiento, auto de emplazamiento y de fijación de audiencia Al: Agrimensor Carlos Manuel Martínez Leyba. Solicitante: GREGORIO MARMOLEJOS DIAZ Y ESPERANZA REYES SANCHEZ. De la: 1era. Sala Tribunal de Tierras de La Vega. Referencia: Expediente No. 0998-17-01525. Motivo: Saneamiento. Inmuebles: provincia La Vega, Municipio Constanza, D.C. Pos. 313063983619 A todos a quienes pueda interesar, ENEMENCIO DIAZ ABREU, JHOBANNY ORTIZ, GREGORIO DIAZ ALVAREZ, MAXIMINA CORONADO. En virtud del artículo No. 50 del reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se cita: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicado en la Avenida García Godoy No. 32, esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia de La Vega, a la audiencia fijada para el día 08/05/2018, a fin de conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en las que se basan y formulan su reclamación ante este tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de La Vega, provincia La Vega, hoy día 23 de Marzo de 2018, Años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.

JOVAANE SANTOS FRÍAS Secretaria. CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ, Juez de la 1ra. Sala Tribunal de tierras J.O. La Vega.

LICDA. MIGUELINA SANCHEZ CORNIELES, Abogada. FC 357002

Carlos A. Bermúdez P. Presidente.

Daisy María Díaz Francisco, Gerente. FC 357010

AVISO DE DIVORCIO

CONVOCATORIA J. Armando Bermúdez & Co., S. A. Santiago de los Caballeros, República Dominicana. Capital Social Autorizado: RD$30,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$3,000,000.00 Registro Mercantil No. 02257-2004-STI RNC: 1-02-00082-4. Encumplimientodelasdisposicionesdelosartículos65,66y80delosEstatutosSociales,seconvocaatodossusaccionistasalaAsamblea General Ordinaria Anual a celebrarse en fecha extraordinaria el día catorce (14) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), a las diez horas de la mañana (10:00 A.M.) en su domicilio social, sito en la calle Domingo Bermúdez No.1, Ensanche Bermúdez, Santiago de los Caballeros, para conocer los asuntos enunciados en el siguiente Orden del Día: 1. Comprobar la validez de la Asamblea General Ordinaria; 2.ConocerdelosEstadosFinancierosdebidamenteauditados,correspondientesalosejerciciossocialesdel1°deeneroal31dediciembre del año 2015, del 1° de enero al 31 de diciembre del año 2016 y del 1° de enero al 31 de diciembre del año 2017; 3. Conocer del informe de gestión anual del Consejo de Directores presentado por el Presidente y otorgar descargo si procediere; 4. Conocer del informe presentado por el Comisario de Cuentas y otorgar descargo si procediere; 5. Deliberar y estatuir sobre las cuentas anuales, después de oído el informe del comisario y adoptar las medidas que se juzguen oportunas; 6. Designar el Consejo de Directores; 7. Designar el Comisario de Cuentas y su suplente; 8. Resolver sobre la aplicación de los resultados del ejercicio social; 9. Nombrar los auditores externos; 10. Conocer de cualquier otro asunto del interés de la sociedad que propenda a la realización de su objeto social; 11. Otorgar poderes al Presidente del Consejo de Directores para depositar y registrar la documentación pertinente y obtener la actualización del Certificado de Registro Mercantil y del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). Asimismo,separticipaatodoslosaccionistasdelasociedadJ.ArmandoBermúdez&Co.,S.A.quelanóminadeaccionistasdebidamente certificadaylosproyectosderesolucionesqueseránsometidosadichaasambleageneralordinariaanual,seencuentranasudisposición en el domicilio social a partir de la presente fecha y hasta la celebración de la antes enunciada asamblea. Los poderes de representación de los accionistas deberán ser depositados en el domicilio social por lo menos un (1) día hábil antes del fijado para la celebración de la asamblea. EnlaciudaddeSantiagodelosCaballeros,RepúblicaDominicana,alosveintiún(21)díasdelmesdeabrildelañodosmildieciocho(2018).

FC 357003

FC 357008

PUBLICACION DE DIVORCIO

LEGAL 13

FC357036

AVISO DE PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 DE LA LEY No.1306, BIS, SOBRE DIVORCIO, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Cuatro (04) del mes de Abril del año (2018), LA PRIMERA SALA CIVII. Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, mediante Sentencia Civil No. 208-2018-SSE-00450, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos CARLOS MANUEL FIGUEROA HENRÍQUEZ Y WENDY ALTAGRACIA CRISOSTOMO MARTINEZ, conforme a las estipulaciones concertadas por ellos en el acto autentico No. (22); Folio No. 39, de fecha Treinta (30) del mes de Enero del año dos mil dieciocho (2018), instrumentado por el Licdo. SANTIAGO TRINIDAD PEÑALO, Notario Público de los del número para el Municipio de Jarabacoa. SEGUNDO: Ordena que los esposos CARLOS MANUEL FIGUEROA HENRIQUEZ Y WENDY ALTAGRACIA CRISOSI’OMO MARTINEZ, o el más diligente de ellos, proceda (n) a transcribir esta sentencia en el termino legal, y que se practiquen todos los demás requisitos que prescribe la ley. TERCERO: compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. Y por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. YLONKA ESPERANZA BRITO HENRIQUEZ, Jueza Interina. LEIDY JOSEFINA LESPIN TAPIA, Secretaria. Así mismo se hace saber que en fecha Dieciséis (16) del mes de Abril del año dos mil dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Jarabacoa, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00002, Folio No.0009, bajo el Acta No.000105, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO DE DICHO DIVORCIO. En la Ciudad y Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, República Dominicana, hoy día dieciocho (18) del mes de Abril del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. ADONY ANTONIO D1AZ RODRIGUEZ ABOGADO (JMCG-AC-13053-PC)


SABADO 21 DE ABRIL 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL “FUNDACIÓN ORNELY” Se hace de conocimiento general el proyecto de Incorporación de la sociedad sin fines de lucro, Ong, la misma está regida por las leyes de la República Dominicana y los estatutos. La Fundación Ornely tiene como objetivo difundir y apoyar la educación; salud y la cultura, dando prioridad a los sectores sociales en desventaja socio económica. Apoyos educativos a través de nuestros cursos de capacitaciones, apoyo al deporte y a la investigación para temas de salud, así como el impuso al acompañamiento a los emprendedores entre otras cosas. El Domicilio principal estará ubicado en la C/6ta, Edif. L6 Apto #203, Los Mameyes; Santo Domingo Este. Duración: Esta Fundación se constituye por tiempo indefinido. A partir de la certificación del decreto o Resolución No. 0004-2018, emitido por el Procurador General de la Corte de Apelación Regional de Santo Domingo: Dr. Edward Robel Rodríguez Mendoza, del 15 de Marzo del 2018 y/o esta publicación. Esta asociación sin fines de lucro, estará dirigida por: Domingo Orlando Adán Guzmán cédula 0011521679-8; Presidente, José Ramón Rodríguez Matos cedula 001-0556059-3 Vice Presidente, Patricio Adón cedula 001-0544259-4; Tesorero, Marilyn Altagracia Cordero Báez cedula 223-0030086-4 - Secretaria General,-Josefa Nicolás cedula 001-1086653-0 -Directora General.

Domingo Orlando Adán Guzmán Presidente FC357040

AVISO DE DISOLUCION DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA GLG COMMUNICATION, E. I. R. L. En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 47908, modificada por la ley 3111 del 08 de febrero de 2011, se hace del conocimiento general, que por decisión de la Propietaria de la empresa “GLG COMMUNICATION, E. I. R. L.”, se procederá a la disolución de la misma y para esos fines he sido nombrado liquidador del activo y pasivo de dicha sociedad. En Santa Domingo, Distrito Nacional, a los VEINTIUNO (21) días del mes de ABRIL del año 2018.

LIC. LEURY ANTONIO SANTANA MORALES Liquidador

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO En virtud de las disposiciones contenidas en la Ley número 1306-Bis, sobre Divorcio, por medio del presente aviso, el señor MIGUEL ANTONIO CESPEDES JAQUEZ, Cédula No. 001-0767444-2, dominicano, mayor de edad, casado, técnico, domiciliado y residente en la casa No. 3 de la calle 1era del Sector Villa Aura, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, le advierte a su legítima esposa la señora YUDELKA ESPINAL VALENZUELA, quien tuvo su ultimo domiciliado conocido es la casa No. 30 (treinta), (altos 2do. piso) de la calle 23 (veintitrés) del Ensanche Espaillat, en el Distrito Nacional, que a falta de información sobre su actual domicilio y residencia, procederá por medio de su abogado constituido y apoderado especial el LIC. GILBERT LEANDRO CADETE MARTINEZ, con Estudio Profesional abierto en la casa No. 21 de la calle 43 del Barrio El Caliche del Sector Cristo Rey, Distrito Nacional, en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres con domicilio desconocido, a citarla y emplazarla en la persona del MAGISTRADO (A) PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, Fiscalía esta situada en la calle Beller esquina calle Fabio Fiallo del sector Ciudad Nueva del Distrito Nacional, el día LUNES VEINTITRES (23) del mes de ABRIL del presente año Dos Mil Dieciocho (2018), a fin de que COMPAREZCA como fuere de Derecho, por ante la SEPTIMA (7) SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL DISTRITO NACIONAL, ubicada en el primer nivel del Local situado en la calle socorro Sánchez Esq. Santiago No. 68, del sector de Gazcue, Santo Domingo, D.N., a la audiencia que a puertas cerradas y que para esos fines celebrará el indicado Tribunal, a las Nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, el día MIÉRCOLES VEINTICINCO (25) del mes de ABRIL del año Dos Mil Dieciocho (2018). En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de ABRIL del año Dos Mil Dieciocho (2018).

COLUMBUS ISLAND, S.R.L. Capital Social Autorizado: RD$250,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$250,000.00 Registro Mercantil 27296SD RNC-1-3007406-2 Domicilio social: Calle 30 Oeste No. 12, La Castellana, Santo Domingo, Distrito Nacional. CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Para dar cumplimiento a las disposiciones del Artículo 110 de la ley No. 479-08, General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, modificada por la Le y 3111, así como con el Artículo 24 de los estatutos sociales, se convoca a todos los socios de la sociedad comercial Columbus Island, S.R.L., para asistir a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el domicilio siguiente: Calle Roberto Pastoriza No. 807, esquina Bohechío, Plaza Madelta VII, Suite 303, oficinas de la razón social Fortiori Consultores legales S.R.L., el día que contaremos a sábado cinco (05) del mes de mayo del 2018, a las once horas antemeridiano (11:00 AM), en donde se conocerá el siguiente orden del día: 1- Conocer los documentos que acreditan la calidad de los señores LESBIA ROSA GARCIA ALMANZAR y FRANK FELIX EDLER, quienes afirman ser la propietaria y heredero por vía sucesoral de todos los bienes que había procreado hasta la fecha de su muerte el Sr. REINHARD FRANK EDLER; 2conocer y aprobar la aplicación del Art. 10 de los estatutos sociales de la empresa Columbus Island, S.R.L., y 96 de la ley 479-08; 3- Aprobar las transferencia de la totalidad de las cuotas sociales pertenecientes al Sr. REINHARD FRANK EDLER, a favor de la cónyuge supérstite y el heredero por vía de sucesión regular Sr. FRANK FELIX EDLER; 4- Conocer y nombrar como gerente de la sociedad a la Sra. LESBIA ROSA GARCIA ALMANZAR, para que esta la ejerza por un período de dos (2) años a partir de la celebración de la asamblea; 5- conocer y aprobar la actualización del Registro Mercantil de la sociedad; 6conocer y aprobar e1 cambio de titularidad y firma en las diferentes cuentas bancarias y productos financieros que tenga la empresa, para que en lo adelante dichas funciones y poderes sean transferido a la nueva gerente; 7-conocer y aprobar de cualquier otro punto que sea propuesto por los socios al momento de la celebración de la presente asamblea. Se informa a los socios que tendrán, a partir de esta fecha, el derecho a plantear por escrito cualquier pregunta a la nueva gerencia, que esta deberá contestarle en el curso de la asamblea. Asimismo, se informa a los socios que podrán solicitar por escrito, antes de la Asamblea o durante su celebración, los informes o aclaraciones que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.

LESBIA ROSA GARCIA ALMANZAR Cónyuge copropietaria de COLUMBUS ISLAND, S.R.L. FC 356995

AVISO DE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 0006, de fecha 3 de abril del año 2018, fue aprobada la modificación de los estatutos de la ASOCIACIÓN DOMINICANA DE ENFERMERAS GRADUADAS ADEG, INC., asociación sin fines de lucros, con su domicilio en la calle Moisés García No. 05 del sector de Gascue, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. Esta institución tiene como fin Promueve la excelencia del ejercicio competitivo aplicando valores morales, éticos y bioéticos, humanísticos, ciencia, tecnología y cultura, para un desempeño calificado, desarrollo personal y profesional de sus afiliadas/os; así como la defensa del espacio de liderazgo, sus derechos y condiciones laborales justas; participando efectivamente en la toma de decisiones y definición de políticas nacionales. Velando por el cumplimiento del propósito de la profesión; dando respuestas oportunas con equidad, sentido de pertenencia y juicio crítico. Los miembros fundadores de esta institución fueron Benita Mateo, presidente, Celeste García, Vicepresidente, Consuelo Evangelista, tesorera. El Consejo Directivo actual está compuesto por once miembros que responden a los nombres y cargos de: Antonia Rodríguez Martínez, Presidenta; Ana Licia Moris Acosta, Vicepresidenta; Manuel Emilio Rosario, Secretario de Organización; Santa Isabel Lucas Monegro, Secretaria de Educación; Sunilda Vallejo Rosario, Secretaria de Finanzas; Eneroliza Vargas, Secretaria de Relaciones Pública; María Elina Lima, Secretaria de Acta y Correspondencias; Germania de la Rosa, Secretaria de Reclamos y Reivindicaciones; Crucita Ramos Jorge, Comisaria; María Magdalena Valdez Solís, Secretaria de Relaciones Inter-gremiales; Cristina Altagracia Silfa Morales, vocal, todos profesionales de la enfermería, siendo la señora Antonia Rodríguez Martínez, Presidenta la que representa la institución frente a los terceros y ante la justicia; la duración de esta asociación es por tiempo indefinido. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinte (20) días del mes de Abril del año Dos mil Dieciocho (2018)

LIC. GILBERT L. CADETE MARTINEZ, Abogado del Demandante. FC 356946

Presidenta FC357020

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Artículo 42 de la Ley No.1306-Bis, sobre procedimiento de Divorcio en la República Dominicana, hacemos de público conocimiento, que mediante la Sentencia Civil No.1445-2017-00319 , Expediente No.1445-2017EFAM- DIC.00484 dictada por la Sexta Sala para asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, en fecha DIECINUEVE de diciembre (19) del año Dos Mil Diecisiete (2017), por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres de los esposos señores TANIA MARGARITA ROSARIO MIRANDA Y WILFREDO ANTONIO RAMIREZ LARA, cuyo dispositivo es el siguiente: F A L L A PRIMERO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma, la presente demanda en Divorcio entre los señores TANIA MARGARITA ROSARIO MIRANDA Y WILFREDO ANTONIO RAMIREZ LARA, por haber sido interpuesta conformidad con el derecho. SEGUNDO: En cuanto a1 fondo, ACOGE 1a misma, en consecuencia, ADMITE el Divorcio entre los señores TANIA MARGARITA ROSARIO MIRANDA Y WILFREDO ANTONIO RAMIREZ LARA, por la Causa Determinada de incompatibilidad de Caracteres, relativo al matrimonio suscrito en veintiocho (28) del mes de Diciembre del año Dos Mil Doce (2012), e inscrito en el Libro No.00008-M de Registro de Matrimonio Civil, Folio No.0070, Acta No.00770, año 2012, en la Oficialía Civil de la 12va. Circunscripción de Santo Domingo Este; en razón de las consideraciones expuestas en la parte motivacional de esta decisión; TERCERO: Ordena el Pronunciamiento de este Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil de la Décimo Cuarta (14va.) Circunscripción .de Pedro Brand, una vez finalizado el plazo de Dos meses de la acción recursiva correspondiente, sin que se haya ejercido, esto así conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley 1306-Bis. CUARTO: COMPENSA las costas por tratarse de Litis de Familia. Así se ordena, manda y firma, Juez Civil y Comercial. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Juana L. Frías (Secretaria- interina). Este Divorcio ha sido debidamente pronunciado por ante la oficialía del Estado Civil de la Décimo Cuarta (14) Circunscripción de Pedro Brand, el día 18 de ABRIL del 2018, correspondiéndole el Libro No.00001 de Registro de Divorcio, Folio No.0012, Acta No.000005 año 2018, Oficialía de Estado Civil 14va. Circunscripción de Pedro Brand de los señores “TANIA MARGARITA ROSARIO MIRANDA Y WILFREDO ANTONIO RAMIREZ LARA.Fdo. PAULA LL. FIGUEROA F. (Oficial del Estado Civil).

DR. HIPOLITO MATEO VALDEZ Abogado de la Demandante. FC357043

Antonia Rodríguez Martínez

AVISO DE PERDIDA DE TITULO Por este medio hace la publicación de Perdida del Certificado de Titulo correspondiente al SOLAR 13, DEL D.C. No. 1, DEL DISTRITO NACIONAL, CON UNA EXTENSION, AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TITULO No. 2000-6649 CON UNA AREA SUPERFICIAL DE (216) METROS CUADRADOS Y ESTA LIMITADO: AL NORTE, SOLAR No. 14; AL ESTE, SOLAR NO. 12; AL SUR, CALLE CLUB DE LEONES; Y AL OESTE, CALLE 16(PROPIEDAD), DE LOS SEÑORES CLEMENTINA CAMELIA CHEVALIR VELOZ Y RAFAEL.

CLEMENTINA CAMELIA CHEVALIR VELOZ Y RAFAEL CHEVALIR Propietarios

FC357019

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor ANGEL MIGUEL QUEZADA SUAREZ, dominicano, mayor de edad, casado, Lic. En derecho, domiciliado y residente en la calle Luxemburgo No.7, Los Jardines de Gala del D.N., y de tránsito en este municipio de Constanza, R.D., cédula No.001-1186557-2; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ENMANUEL ALEJANDRO GARCIA PEÑA; cédula No. 047-0192256-1, con estudio profesional abierto en el No.26-A de la Calle Colon Esq. Mella de esta ciudad de La Vega y AD-HOC en la Calle Matilde Viñas No.35 de esta ciudad de Constanza Provincia de La Vega, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora ROSA BENITA ORTIZ CANELA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Calle Gratereaux No.28, Arroyo Arriba en la ciudad de Constanza, Prov. La Vega, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza el día 24 del mes de abril del año 2018 a las 9:00 a.m. Así como en la Secretaría y puerta del tribunal APODERADO y ULTIMO domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, la cual celebra sus audiencias públicas en uno de los apartamentos de la Primera Planta del Palacio de Justicia ubicado en el No.11 de la Calle Luperón de esta ciudad de Constanza, Provincia La Vega, el día 09 del mes de mayo del año 2018, a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio DE CONSTANZA, y provincia de La Vega, República Dominicana, a los 19 días del mes de abril del año 2018.

LIC. ENMANUEL ALEJANDRO GARCIA PEÑA, Abogado apoderado de la parte Demandante.

(RC-6886-CEA-19-20-21/04/2018)

20 DE ABRIL DEL 2018.

PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento de las formalidades del artículo 42 de la Ley No.1306-BIS, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: que la Sexta (6TA.) Sala para asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, en fecha 31 de Octubre del año 2014, dictó la Sentencia No.02927/2014, cuya dispositiva Dice: F A L L A PRIMERO: admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, interpuesta por la señora JULIA PENA PEREZ, contra el Sr. JORGE LUIS PATRICIO CANDELARIO, por haber sido interpuesta con apego a las normas que rige la materia. SEGUNDO: PRONUNCIA el defecto contra la parte demandada, Sr. JORGE LUIS PATRICIO CANDELARIO, por no comparecer ante este tribunal no obstante citación legal. TERCERO: En cuanto al fondo, ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los Sres. JULIA PENA PEREZ y JORGE LUIS PATRICIO CANDELARIO, con todas sus consecuencias legales, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente sentencia. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil Correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. SEXTO: COMISIONA a la ministerial BOANERGE PEREZ URIBE, Alguacil de Estrados de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para notificar la presente sentencia. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: EVELYN TORRES, JUEZ; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinte (20) días del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018). LIC. PABLO PENA ACEVEDO Abogado Demandante

AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S. R. L.) A UNA SOCIEDAD ANÓNIMA SIMPLIFICADA( S. A. S.)

IMEX B&T,S.R.L. De acuerdo a lo establecido por la ley 479-05 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la Sociedad IMEX B&T , S. R. L. a una Sociedad Anónima Simplificada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la sociedad, la cual se denominará “IMEX B&T S. A. S.”, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana; y tendrá como objeto social la importación de productos congelados como mariscos, carnes, frutas, vegetales; el domicilio de la misma estará ubicado en Calle Parábola N.85 Esq. Radial Urb. Fernández de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana; tendrá un capital social autorizado, suscrito y pagado de treinta y cinco millones seiscientos seis mil con 00/100 pesos dominicanos (RD$35,006,000.00), y será administrada por la señora Gladys Taveras Vargas, soltera, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0970589-7, designada al efecto por un período de 4 años; la duración de la sociedad será indefinida. Mediante el presente Aviso se hace de público conocimiento que la transformación se llevará a cabo en el local de la sociedad el día siete (7) del mes de mayo del año 2018 y que el proyecto de transformación de la sociedad, junto con el balance especial y el informe del gerente ya están a disposición de los socios en el domicilio de la sociedad. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los dieciocho días del mes de abril, del año 2018.

Félix Santiago Peña Hurtado Gerente Ramón Leonel Victoriano Reyes Gerente


SABADO 21 DE ABRIL 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 663201800506 Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160 y 161 del Reglamento General de mensuras Catastrales, SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO, que el día 04/05/2018, a las 9:00 AM, daré inicio a la Mensura para actualización de mensura y subdivisión, dentro de la parcela No. 21-B-PRO-P del Distrito Catastral No. 20, se ubicada entrando frente al residencial Cayayo a unos 100 metros aproximadamente, en la carretera que va desde Villa Mella a Yamasá, calle PUMC, San Felipe, Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo. Propiedad de Inversiones Don Nicolás, S.A. Representados por Osiris Nicolás Lantigua. Quedan citados todos los colindantes y además personas interesadas. Para cualquier inquietud comunicarse con el Agrimensor Contratista.

Agrim. Carlos Manuel Martínez Leyba Tel. 809-868-5024 Codia N- 25072

LEGAL 15

PERDIDA DE CERTIFICADO DE PROPIEDAD Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Propiedad (Ficha 139) de la ASO-

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día Veinte y Uno (21) del mes de Mayo del año 2018, a las 11:00 AM., daremos inicio a los trabajos de deslinde Dentro del ámbito de la parcela No. 92B, D.C. No.2, donde Existe un Solar en la Aut. Río San Juan- Gaspar Hernández, En el Municipio de Río San Juan, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. Propiedad del Sr. ARBERT LISSANDRO MARTINEZ REYES, la presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 7 de Marzo del año 2018 correspondiente al expediente No. 661201801000.

CIACION CHOFERIL ASOCHOASI, a favor de ELIEZER ARNALDO DE LA CRUZ, portador de la cédula No. 402-

JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 14994. FC357046

0059628-2. La siguiente publicación se hace para los MENDEZ BONILLA & ASOCIADOS PUBLICACION DE DIVORCIO Según lo establecido en los artículos 1, 26, 27 de la Ley 1306-Bis sobre Ley de Divorcio, se hace de público conocimiento que en la 7ma. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia No. 532-2018-SSEN00461, de fecha 13/marzo/2018, Expediente No. 533-2018-ECON-00225 y fue pronunciado el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores CARLOS PAUL BOGAERT MIR y YESSICA CORDERO GOMEZ, en la Oficialía del Estado Civil de la 10ma. Circunscripción, Distrito Nacional, fue registrada en el Libro No. 00002, Folio No. 0101, Acta No. 000102, año 2018.

DR. RAMON B. BONILLA REYES, Abogado.

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 05 de Mayo del 2018, a las 11:30 A.M. se realizaran los trabajos de Deslinde, de la Parcela No. 73, del DC No. 13, Ubicada en el Municipio de Cotui, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201801715 Propiedad del Señor: BERNARDINO MIESES.

Agrim. Luis Urbaez. Codia 12753 Teléf. 829 584 2506 Email: Urbaez.luis@gmail.com FC357045

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 10 de Mayo del 2018, a las 10:00 A.M. se realizaran los trabajos de Deslinde, de la Parcela No. 232, del DC No. 20, Ubicada en el Municipio de Cotui, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201801716 Propiedad de los Señores: FRANCISCO RAMIREZ ABAD Y MARIA ALTAGRACIA MARGARIN PEÑA.

Agrim. Luis Urbaez. Codia 12753 Teléf. 829 584 2506 Email: Urbaez.luis@gmail.com FC357045

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 05 de Mayo del 2018, a las 09:30 A.M. se realizaran los trabajos de Deslinde, de la Parcela No. 1-B, PORCION D, del DC No. 1, Ubicada en el Municipio de Cotui, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201801495 Propiedad de los Señores: MELANIA DE JESUS MIRAMBEAUX CASSO DE VASQUEZ Y MANUEL VASQUEZ BELEN.

Agrim. Luis Urbaez. Codia 12753 Teléf. 829 584 2506 Email: Urbaez.luis@gmail.com FC357045

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 05 de Mayo del 2018, a las 08:30 A.M. se realizaran los trabajos de Deslinde, de la Parcela No. 26, del DC No. 12, Ubicada en el Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201801714 Propiedad del Señor: SALVADOR PEREZ HENRIQUEZ.

Agrim. Luis E. Urbaez Mirambeaux. Codia 36475 Teléf. 829 584 2506 Email: Urbaez.luis@gmail.com FC357045

AVISO DE TRABAJO DE DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 05 de Mayo del 2018, a las 10:30 A.M. se realizaran los trabajos de Deslinde, de la Parcela No. 6, del DC No. 11, Ubicada en el Municipio de Cotui, Provincia Sánchez Ramírez. Expediente No. 661201801713 Propiedad de la Señora: ANNY ESTHER HERNANDEZ CRUZ.

Agrim. Luis Urbaez. Codia 12753 Teléf. 829 584 2506 Email: Urbaez.luis@gmail.com FC357045

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 28 de Abril del año 2018, a las 08:00 A.M., se dará inicio al levantamiento parcelario relativo a Deslinde a realizarse dentro del ámbito de la Parcela No. 192, del D.C. No. 2, Municipio de Bonao, Provincia Monseñor Nouel, a solicitud del señor TOMAS AURELIO SUERO PEÑA representado por el señor SAMUEL A. ENCARNACION MATEO según autorización de fecha 16/04/2018, expediente No. 662201802739. ANDRES ALBERTO HERNANDEZ JOSE Agrimensor Contratista, CODIA: 33695

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

fines de ley correspondiente. AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que establece la Ley 108-05, sobre Registro de Tierras, se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia anotada de Título registrada en el Libro 42, Folio 88, expedido en fecha 8 del mes de mayo del año 2003, a nombre de los señores MIRIAN ANTONIO COLLADO UREÑA DE RODRIGUEZ y JOSE ANTONIO RODRIGUEZ, dentro del ámbito de la Parcela No. 355, del Distrito Catastral No. 4, de Tamboril, con una extensión superficial que mide 120 Mts2. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, a los 19 días del mes de abril del año 2018.

LIC. RAMON A. HERNANDEZ J., Abogado Apoderado. FC357044

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para general conocimiento, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el artículo 42 de la ley 1306-BIS, sobre Divorcio, de fecha 21 de Mayo del año 1937, se hace de público conocimiento la siguiente: Que en fecha veinticinco (25) del mes de Enero del año dos mil dieciocho (2018), la Cuarta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó en audiencia pública la Sentencia Civil No.12882018-SSEN-00098, Expediente No. 1288-2017-ECON-00781, cuyo dispositivo copiado textualmente reza de la manera siguiente: Primero: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada, señor José Miguel Reyes Villar, por no comparecer, no obstante haber sido legalmente citado. Segundo: En cuanto al fondo, admite el presente divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores MERCEDES CARMEN GÓMEZ y JOSÉ MIGUEL REYES VILLAR, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. Tercero: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía del estado civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. Cuarto: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Quinto: Comisiona al ministerial Ángel Pujols, alguacil de Estrado de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de notificar la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: Altagracia Mendoza Gutiérrez, JUEZA, BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sida dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el misma día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Asimismo se hace saber que la sentencia ha sido pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la de la 13AVA Circunscripción, en fecha dieciocho (18) del mes de Abril del año dos mil dieciocho (2018), sentencia inscrita en el acta No. 1781, Libro No. 0001, Folios No. 031, del año 2015. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de Abril del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. STALIN BELLO ACOSTA

Abogado Apoderado

PUBLICACION DE DIVORCIO Para su conocimiento de conformidad con lo que dispone la Ley de Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha veintiocho (28) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017), la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Santo Domingo, dictó la sentencia civil No. 1869/2017, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señor ROBERT RICARDO PEÑA, por no haber comparecido, no obstante citación legal. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores SHEILA ALEXANDRA CASTRO PEREZ y ROBERT RICARDO PEÑA, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento comisiona al Ministerial ANGEL R. PUJOLS B., Alguacil de Estrados del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo, para que notifique la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: FRANCIS M. HERNANDEZ SUSAÑA, Juez; BRENDA A. ROSARIO, Secretaria. La presente sentencia que antecede ha sido firmada por la Magistrada de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados al principio de la presente la cual fue leída y firmada por mí, Secretaria que certifica. Este divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Doceava (12va.) Circunscripción de Santo Domingo Este, según Acto No. 000026, del Libro No. 00001-D, Folio No. 0051, año 2018, el día trece (13) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018). En el municipio de Santo Domingo Este, a los diecinueve (19) días del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018).

DRA. ANA YOLANDA ARVELO FERMIN,

Se hace de público conocimiento, que el próximo día Siete (07) del mes de mayo del año 2018, a las 2:00 P.M, daremos inicio a los trabajos de deslinde Dentro del ámbito de la parcela No.44 D.C. No. 2, Donde existe un solar urbano ubicado en la calle Maguana de la urbanización Nueva Nagua del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad de los Sres. JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Y SONIA YOJAMNY SARANTE REYES. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 16 de Abril del año 2018.Correspondiente al expediente No. 661201801638.

RAFAEL EMILIO RAPOSO ALONSO Agrimensor Contratista CODIA 36269. FC357047

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el Art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif.. por la Ley 2153 de 1949, el SR. JOSE MANUEL GONZALEZ CONTRERAS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D., cédula No.047-0141949-3; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. JASMIN A. FELIPE MARTINEZ, cédula No. 047-0179316-0, con estudio profesional abierto en la Calle Las Carreras Esq. Mons. Panal, Edif. Sanmer, Mod.6 de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora KENIA MARIA MOYA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Mario Concepción No.56, Los Robles en esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 25 del mes de abril del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal, de esta ciudad de La Vega, el día 15 del mes de MAYO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 19 días del mes de ABRIL del año 2018.

LICDA. JASMIN ALEXANDRA FELIPE MARTINEZ, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RC-6890-RD-19-20-21/04/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO. De conformidad con el artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, del 21 de Mayo del 1937, se hace de público conocimiento que la señora MARIA BELKIS DIAZ SENA, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 078-0012006-0, domiciliada y residente en la calle Av. Las Viñas No. 26 del Municipio de los Ríos, Provincia Bahoruco, República Dominicana. Por mediación de su abogado apoderado y constituido especial, el LIC. ALFREDO GONZALEZ SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República; portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 078-0001309-1, con estudio profesional abierto en la calle Vista al Lago Enriquillo No. 01, del Distrito Municipal Las Clavellinas, Municipio de Los Ríos, Provincia Bahoruco, República Dominicana; lugar donde la demandante selecciona domicilio para todos los fines y consecuencias legales. SE HACE SABER Y SE LE ADVIERTE a su legítimo esposo, señor LUIS R. RAMOS AGUILA, que a falta de información relativa al lugar de residencia y domicilio actual o último domicilia, se procederá a emplaza en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Bahoruco, para que comparezca a la audiencia a puerta cerrada y a estos fines, donde se conocerá por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Bahoruco, el día Martes que constaremos a Ocho (08) del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), el cual está ubicado en la calle Av. 27 de Febrero No. 04, esquina San Bartolomé de la Ciudad y Municipio de Neyba, Provincia Bahoruco, República Dominicana, para celebrar dicha demanda. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. ALFREDO GONZALEZ SANCHEZ, Abogado del demandante, FC357013

AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en veintiséis (26) del mes de Marzo del año 2018, La Sexta Sala de La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional., Especializada en Asuntos de Familia, dictó La Sentencia Civil No. 531-2018-SSEN-00572, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y Válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; en cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Luis Cruz Beato y Rossy Dolores de los Santos Feliciano. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Asimismo se hace saber que en fecha doce del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00002 Folio No. 0105, bajo el Acta No. 000186, efectuándose e1 PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Veinte (20) del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Licda. MARIA DEL C. JAQUEZ ROSARIO FC357037


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