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Capacitación
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Legal
Diversos
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14 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURAS CATASTRAL
Expediente No. 663201711560 Se hace de público conocimiento que en fecha 17 de enero del 2018, a las 09:00 a.m., procederé a iniciar el levantamiento para fines de Deslinde en la Parcela No. 110-Ref.-780, del D.C. No. 4, del municipio de Distrito Nacional. Dicho terreno se encuentra ubicado en el sector Mirador Norte, en la calle San Juan Bautista de la Salle, propiedad de la SRA. ENELDA ANTONIA FIGUEROA, según autorización de fecha 12 de octubre del 2017.
Se hace de público conocimiento que el próximo día 23 de enero del año 2018, a las 11:00 A.M., serán realizados los trabajos de Deslinde, en una Porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 100, del Distrito Catastral No. 02, ubicado en el proyecto Nueva Nagua, del municipio de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señor TEOFILO MERCEDES ORBAN. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización D/F 30/11/17, correspondiente al expediente No. 661201704147, de la D.R.D.N.
Expediente No. 663201800122 Se hace de publico conocimiento que el día 20/01/2010 a las 10:00 A. M. Se realizarán los trabajos de deslinde en la P. No. 35-A-2-REFD: del D. C. No. 17 del Municipio SANTO DOMINGO NORTE, Provincia SANTO DOMINGO, a petición De RUBY CARLOS JIMENEZ PAULINO. (Dicho Inmueble se encuentra en la calle Hermana Mirabal del Sector Villa Palma Sabana Perdida).
AGRIM. AMIN ABEL RIVERA ALMONTE, Codia 27078.
AGRIM. LENYN ENRIQUE AMPARO BALDERA, Codia No. 33901/Cel. 809-782-8848.
CAYO RAFAEL VENTURA, Agrimensor Contratista.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO. De conformidad con lo que establece la Ley 1306-BIS sobre divorcio se hace de público conocimiento que la Sexta Sala para Asuntos de de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo en fecha veinticinco (25) de octubre del año dos mil diecisiete (2017) dictó la sentencia marcada con el número 1445-2017-SSEN-0000220, la cual textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda en divorcio por mutuo consentimiento, intentado por los señores Ángela Dolores Tejada y Lorenzo Antonio Ramírez De Los Santos por haber sido interpuesta la misma conforme a derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGE la misma, en consecuencia ADMITE el divorcio entre los señores Ángela Dolores Tejada y Lorenzo Antonio Ramírez De Los Santos, por mutuo consentimiento, al tenor del acta de estipulaciones y convenciones Núm.l3, Folios 25 y 26, de fecha ocho (8) de mayo del año dos mil diecisiete (2017) instrumentado por la Dra. Benilda Mesa Pérez, abogada notario público de los del número del Distrito Nacional, relativo al matrimonio suscrito en fecha veintidós (22) de febrero del año mil novecientos noventa y seis (1996), inscrito en el e1 Libro No. 00001, de registros de MATRIMONIO CIVIL, Folio No. 0093, Acta No. 000093, Año 1996, por la Oficialía de la Primera Circunscripción de los Bajos de Haina, atendiendo a las consideraciones expuestas en la parte motivacional de esta decisión. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de esta divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil de la 15ta Circunscripción de Santo Domingo Oeste, esto así conforme a los artículos 31 de la Ley 1306-B1S. CUARTO: COMPENSA las costas por tratarse de una litis de familia.
FC 353816
FC 353839
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha treinta (30) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), la Sexta Sala Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la sentencia civil No. 531-2017-SSEN-02529, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la Ley, y en cuanto al fondo Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores NOEL ALEXANDER ESTEVEZ MORA y NATHALIE ESTEFAN ADAMES DE JESUS, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 04/2017, instrumentado en fecha 12 del mes de septiembre del año 2017, por ante el LICDO. BIENVENIDO ACOSTA MENDEZ, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo se hace saber que en fecha veinte (20) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), el LIC. JOSE AGUSTIN REYES DURAN, Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00026, de registros de Divorcio, Folio No. 00129, Acta No. 002552, del año dos mil diecisiete (2017), así como se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día once (11) del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017).
LIC. KARINA VALDEZ CASTILLO, Abogada.
LICDO. ROMMER GILBERTO ACOSTA BERROA. FC 353822
FC 353808
AVISO DE TRANSFORMACIÓN
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
De acuerdo a lo establecido por la Ley No. 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (modificada por la Ley No. 31-11), se hace de conocimiento general el proyecto de transformación de la sociedad SIGLO XXI DE LA CONSTRUCCIÓN, S.A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual se denominará de SIGLO XXI DE LA CONSTRUCCIÓN, S.A., la misma estará regida por las Leyes de la República Dominicana y sus Estatutos Sociales; la empresa tendrá como objeto ofrecer servicios de adquisición y administración de propiedades, tenedoras inmobiliarias y bienes raíces, prestar servicios de construcción, distribución, exportación e importación de materiales de construcción, así como toda otra actividad relacionada o conexa y de lícito comercio; el domicilio de la empresa se establecerá en la Avenida Enriquillo No. 54, Torre Kury VII, Unidad B2,Los Cacicazgos, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; su Capital Social será de cien mil pesos dominicanos (RD$100,000.00); la sociedad será administrada por uno o varios gerente(s), designado(s) al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Junta General de Accionistas y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas deSIGLO XXI DE LA CONSTRUCCIÓN, S.A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en Avenida Enriquillo No. 54, Torre Kury VII, Unidad B2,Los Cacicazgos, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; el día treinta y uno (31) de enero del año dos mil dieciocho (2018) a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.). El proyecto de transformación de la Sociedad, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Junta General de Accionistas estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).
Conforme al Art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la República Dominicana se hace de público conocimiento que la Oficialía del Estado Civil de la 13VA. CIRCUNSCRIPCION de SANTO DOMINGO ESTE. Ha registrado el veinticinco del mes de octubre del año dos mil diecisiete (25/10/2017), que se encuentra en el Libro No. 00002-DIV de registros de DIVORCIO, Folio 0121, Acta No. 000161 del Año 2017 el DIVORCIO entre: JUAN ALBERTO ALBERTO ACOSTA Y MARITZA GARCIA. Pronunciado el veinticinco del mes de octubre del año dos mil diecisiete (25/10/2017), mediante sentencia No. 1334/2017, de fecha ocho del mes de junio del AÑO DOS MIL DIECISIETE (08/06/2017), dictada por el (la) DE LA CUARTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO. La causa del divorcio ha sido por Incompatibilidad de Caracteres.
IDELISSE RONDON, Presidente.
República Dominicana PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DE LA VEGA, 2DA. SALA, AVISO DE REQUERIMIENTO AUTO EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACION DE AUDIENCIA INMUEBLE A SANEAR: PARCELA NO. 310035601325, Distrito Catastral No. (05) Municipio de Jarabacoa, Provincia LA VEGA, Expediente No. 0998-17-01580. AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y FIJACION DE AUDIENCIA.- DE LA JUEZA DEL TRIBUNAL DE TIERRAS, A TODOS A QUIENES PUEDA INTEREZAR.- AL ABOGADO DEL ESTADO (VS).- REQUERIMOS: El Saneamiento del Título de la PARCELA No. 310035601325, RECLAMANTE: ALIDA PEZ CAPELLAN, AREA: 529,628.17 M2.la cual colinda así:: AL NORTE: SUCS DE ANDRES PEREZ Y RIO. AL SUR: ARROLLO, AL ESTE: ARROLLO, AL OESTE: LUIS FERNANDO TORAL CORDOVA CON LA P.. 310024689945 Y CALLEJON. SE CITAN: Las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés, para que comparezcan el día QUINCE (15) de febrero Del año 2018, a las 9:00 A.M., por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, Sala 2da, situado en la Avenida García Godoy No.32, esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia de la Ciudad de La VEGA R.D., A fin de dar a conocer de los derechos que pretenda presentar, las pruebas en que se basa, para que formule su reclamación en la forma legal y conocer de la misma en Jurisdicción Original o primer grado. Dado en nuestro despacho, Ciudad La VEGA, Provincia LA VEGA, el día 2 de enero del año 2018. Atentamente,
ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO Jueza de la 2DA. SALA del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original- La Vega
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO.
PUBLICACION DE DIVORCIO
LUIS MALDONADO PACHECO, Abogado. FC 353810
En Cumplimiento A Lo Que Dispone El Artículo 92, Párrafo III De La Ley No.108-05 De Registro Inmobiliario, Se Hace De Publico Conocimiento Que Se Ha Extraviado El Certificado De Titulo No.8844, Del Solar No.20, De La Manzana No.23, Del Distrito Catastral No.1, Del Municipio De Azua Provincia De Azua, Con Una Extensión Superficial De 129.64 Metros Cuadrados, Propiedad Del SR. MANUEL EMILIO MATOS (fallecido). FC353836
Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guión, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida del Duplicado de Acreedor Hipotecario en primer rango a favor del Banco Múltiple León, S. A. correspondiente al inmueble identificado como: Solar número Uno (1), Manzana Cuatro, Cero, Tres, Cuatro (4034), del Distrito Catastral número Uno (1), matrícula número cero, uno, cero, cero, cero, dos, dos, tres, uno, cero (0100022310), con una superficie de Doscientos Sesenta y Cinco punto Sesenta y Cuatro (265.64) metros cuadrados, del Distrito Nacional. Propiedad del señor Henry Jeovanny Vargas. FP94966
Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guión, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida del Duplicado de Acreedor Hipotecario en segundo rango a favor del Banco Múltiple León, S. A. correspondiente al inmueble identificado como: Solar número Uno (1), Manzana Cuatro, Cero, Tres, Cuatro (4034), del Distrito Catastral número Uno (1), matrícula número cero, uno, cero, cero, cero, dos, dos, tres, uno, cero (0100022310), con una superficie de Doscientos Sesenta y Cinco punto Sesenta y Cuatro (265.64) metros cuadrados, del Distrito Nacional. Propiedad del señor Henry Jeovanny Vargas. FP94966
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones de la ley numero 1306-bis, sobre divorcio, se hace saber que el señor WALDIN DE LEÓN TAVERAS, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral número 031-0457805-3, domiciliado y residente en los Estado Unidos y accidentalmente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, le ADVIERTE a su legítima esposa, señora AWILDA JAHAIRA PEÑA GÓMEZ, cuyo domicilio es desconocido en la actualidad, y que a falta de información sobre su actual domicilio, se procederá a emplazarla en ACCIÓN DE DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES por ante el MAGISTRADO PRODURADOR FISCAL DE SANTIAGO, el día viernes que contaremos a DOCE (12) del mes de enero del año 2018, para que comparezca como fuere el derecho a la audiencia que a tales fines se celebrará a las 11:00 a.m., hora de la mañana el día JUEVES que contaremos a veinticinco (25) del mes de enero del año 2018, por ante la Quinta Sala Civiles de Asuntos de Familia, el cual celebrará sus audiencias en el Salón ubicado en la Primera Planta del Palacio de Justicia Federico C. Álvarez, de esta ciudad, sito, en la intersección formada por las Avenidas 27 de febrero, Circunvalación, calle 4 y E. Guerrero, de Ensanche Román I, de esta Ciudad de Santiago de los Caballeros. En el Municipio de Santiago de los Caballeros, a los 09 días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018). LIC. LUPO RAFAEL DÍAZ R. ABOGADO 031-0046443-1. 8097578893.
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AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (PRIVILEGIO DEL VENDEDOR NO PAGADO)
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Se avisa que el día 20/01/2018, a las 11:00 A.M., se iniciarán los trabajos de DESLINDE, dentro del ámbito de la Parcela No. 429-A del D.C. No. 10/6ta., del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, R.D., propiedad del señor MIGUEL ANGEL MOJICA, autorizado en fecha 18/10/2017, con el Exp. No. 663201709678. Este inmueble está ubicado en el Sector LA MALENA, de la ciudad y Municipio de Higüey, Prov. La Altagracia.
AGRIM. NICOLAS MERCEDES, Codia 13693/Telf. 809-519-8191. FC 353821
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE
LEGAL 15
De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que los Certificados de Títulos del Privilegio del Vendedor No Pagado No. 82-10303, a favor del Consorcio de Propietarios del Condominio Plaza Central, de conformidad con el Articulo 92, Párrafo III de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, del inmueble correspondiente al LOCAL COMERCIAL No. B-343-A, del condominio PLAZA CENTRAL, en la parcela 375-B, del Distrito Catastral No. 02, del Distrito Nacional, con un área de construcción de 26.49 metros cuadrados. Amparado en el Certificado Titulo No. 82-10303, propiedad de: PEREZ SANZ & ASOCIADOS S. A. se encuentra extraviado habiendo sido infructuosas todas las diligencias que se han efectuado, para su localización. FP94965
Se avisa que el día 20/01/2018, a las 9:00 A.M., se iniciarán los trabajos de DESLINDE, dentro del ámbito de la Parcela No. 374-B del D.C. No. 10/6ta., del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, R.D., propiedad de la señora ESTELA POUERIET REYES, autorizado en fecha 16/10/2017, con el Exp. No. 663201709520. Este inmueble está ubicado en el Sector DOÑA FEMA, de la ciudad y Municipio de Higüey, Prov. La Altagracia.
AGRIM. NICOLAS MERCEDES, Codia 13693/Telf. 809-519-8191. FC 353821
Aviso de Mensura Catastral Vista Autorización de Mensuras, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, Bajo el Expediente No. 661201800117, de fecha 9 de enero del 2018, a favor del Instituto Agrario Dominicano. Se avisa al público en general: Que el día 22 de enero del 2018 a las 10:00 a.m. se dará comienzo a la mensura para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 47, del Distrito Catastral No. 4, del Municipio Villa Riva, Provincia Duarte.
PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento, que se ha perdido el Certificado Financiero número 4510656020, por un valor de doscientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$200,000.00), expedido por el Banco Múltiple ADEMI, S.A., en fecha 08/07/2015, a nombre del señor JUAN DE DIOS MENA DURAN.
De acuerdo a las disposiciones de la Ley sobre Registro Inmobiliario y sus modificaciones, se hace saber de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título (MATRICULA) No. 300027015282, expedida por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional pertenenciente a la Parcela 3-PROV-A-168, D.C. No. 18, D.N., cuyo inmueble tiene un área de 1000 Mts2, a nombre de la Compañía Colonia Los Doctores CXA. Dicho inmueble fue adquirido mediante Acto Notarial del Doctor Reginaldo Gómez por el señor Pedro Antonio Reyes Mercedes en fecha 5 de octubre del 2001 y éste a su vez le vendió en el año 2012 al señor Faustino Ramírez Figuereo actual propietario. La presente publicación se hace para los fines legales correspondientes.
JUAN DE DIOS MENA DURAN, Solicitante.
DR. DOMINGO ANTONIO GRULLON, Abogado de la parte interesada.
Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guión, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida del Duplicado de Acreedor Hipotecario Segundo Rango a favor del Banco Múltiple León, S. A. correspondiente al inmueble identificado como: Una porción de terreno con una superficie de Cien (100) metros cuadrados, identificada con la matrícula número cero, uno, cero, cero, cero, dos, dos, tres, cero, nueve (0100022309), dentro del Solar uno (1), Manzana Cuatro, Cero, Tres, Cuatro (4034), del Distrito Catastral número Uno (1), del Distrito Nacional. Propiedad del señor Henry Jeovanny Vargas. FP 94975
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el párrafo III, Art. 92, de la Ley 108-05, de Registro de Título Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida (Duplicado del Dueño), del Certificado de Título No. 165 (anotación No. 3), a nombre de ALEXANDRA GUZMAN RODRIGUEZ, parcela No. 61, del Distrito Catastral No. 6, del municipio Jinamagao y provincia de Valverde Mao, con una extensión de 11 (once) hectáreas, 31 (treinta una) áreas, 95 (noventa cinco) centiáreas, más o menos 180 tareas.
FC 353811
FC 353823
AGRIM. DIGNO HERIBERTO SANCHEZ GARCIA, Codia: 25785. FE DE ERRATA: Esta publicación fue realizada en la edición del jueves 11/1/18 y cometimos un error involuntario en la hora, ya que salió a las 30:00 a.m., siendo lo correcto a las 10:00 a.m., como aparece en esta ocasión. Pedimos excusas por los inconvenientes causados. Atte.: El Nuevo Diario. FC 353774
AVISO DE PERDIDA
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de Público conocimiento que se ha extraviado el siguiente certificado Sin Redención Anticipada No.1013546938, de fecha 15 de Abril de 2016, por el monto de Dos Millones Quinientos Mil Pesos Dominicanos (RD$2,500,000.00), perteneciente al Titular JOSELINA ALTAGRACIA MESA HERNANDEZ O JORGE PERALTA ESPINAL, Cédula No.223-0091158-7, Expedido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos. Dicho certificado tiene vigencia hasta el 15 de Abril del año 2019. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Enero del año dos mil dieciocho (2018).
De conformidad con el Art. 92 de la Ley de Registro Inmobiliario; Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 3000111722 (Duplicado del ) que ampara el inmueble que se describe a continuación: “Parcela No. 415345125909, del Distrito Catastral No. 7, Apartamento No. 7, de Samaná, con una extensión superficial de 9432.90 metros cuadrados, propiedad de GREGORIO ACOSTA y RAMON LINARIA, cédulas Nos. 065-0006224-2 y 065-0006712-6. La presente publicación se hace para fines de ley correspondientes.
DR. GERIS RODOLFO LEON ENCARNACION, Abogado del titular del Certificado perdido. FC 35324
LICDO. ALBERTO TORRES SALCEDO, Abogado. FC 353817
FC 353826
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, placa A514834, color dorado, chasis 1HGFA16886L144706, tipo automóvil privado, año 2006, propiedad de RAYMOND JOSE FLORES PEREZ, cédula 001-1235201-8. FC 353721
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Yamaha, modelo 8-6, año 2007, placa N752352, color azul, chasis HOM04G11800721417, propiedad de SAMUEL RODRIGUEZ GABRIEL, cédula 224-0073321-2. FC 353731
PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Ford, color blanco, año 2013, placa y registro G321755, chasis 1FMCU0GX2DUA60764, a nombre de BANCO POPULAR DOMINICANO S.A., BANCO MÚLTIPLE
AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306 BIS sobre el Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 27 de octubre del año 2017, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, mediante la sentencia civil No. 531-2017-SSEN-02497 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declarar regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al Fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Edwin Tomas Terrero Luzón e Inés del Carmen Cedano Pichardo, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 287 firmado por los esposos, de fecha 21 de agosto del 2017, por ate el Licdo. Fausto Báez Peguero, Abogado Notario Público de las del número del Distrito Nacional por los motivos expuestos; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo se hace saber que en fecha 15 de diciembre del año 2017 el Oficial del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00007 de registros de Divorcio, Folio 0067, Acta No. 000448, del año 2017, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del presente divorcio. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy 2 del mes de enero del año 2018.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Mitsubishi, año 1998, color blanco, placa No. L101235, chasis No. FE635EA11173, a nombre de HERMINIO MENA GARCIA. FC 353728
RNC: 1-01-14858-6
PUBLICACION CUENTAS INACTIVAS Y/O ABANDONADAS DURANTE EL PERIODO JUNIO -DICIEMBRE 2017 Dando fiel cumplimiento a lo establecido en los artículos No.56, literal C de la Ley Monetaria y Financiera No.183-02 Y No.13 del modificado Reglamento sobre Cuentas Inactivas y /o Abandonadas; aprobado por la Junta Monetaria mediante la Segunda Resolución de fecha 12 de julio de 2012, hacemos de público conocimiento en la cuenta de ahorro que posee más de diez (10) años de inactividad, al corte del 31 de diciembre del 2017.
Núm. de Cuenta
Nombre
Apellido
001-2004301
Sócrates Bienvenido
De Jesús Rojas
Exhortamos al titular de esta cuenta, acercarse a una de nuestras oficinas para activar la misma; ya que una vez transcurridos seis (6) meses de esta publicación esta será transferida al Banco Central. Para más información llámenos al (809) 686-0984 opción 0 ó visite nuestra página Web: www.bancobda.com TRANSFERENCIA AL BANCO CENTRAL DE CUENTAS ABANDONADAS CORRESPONDIENTES AL PERIODO JUNIO – DICIEMBRE 2017 De conformidad con los Artículos 15 y 19, del Reglamento de Cuentas Inactivas y Abandonadas aprobado mediante la segunda Resolución de fecha 12 de julio del 2012, les informamos al titular y /o beneficiario de la cuenta de ahorro nombrado en el siguiente listado, que dicha cuenta será transferida de manera definitiva al Banco Central y tendrá un plazo de diez (10) años a partir de la transferencia para reclamar el saldo de dicha cuenta al Banco Central.
Núm. de Cuenta
Nombre
Apellido
001-2004277
Julio Iván
Peña Peña
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16 LEGAL AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO (DUPLICADO DEL ACREEDOR) Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 92 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana y el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificación de Registro de Acreedor matricula número, (3000229322), mediante el cual se consta el siguiente gravamen: Hipoteca en primer rango a favor de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos por la suma de 100 (RD$8,000.00), en virtud del acto de fecha diez (10) del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y dos (1992), inscrito por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha dieciocho (18) del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y dos (1992); sobre el inmueble identificado catastralmente como: “Una porción de terreno con una superficie de 119.00 metros cuadrados, identificado con la matricula no. 3000229322, dentro del inmueble: Parcela 91, del Distrito Catastral No. 18, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO”, propiedad del señor EDUARDO MORILLO, se encuentra extraviado.
Siqueily Reyes, Abogada. FC 353812
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO (DUPLICADO DEL ACREEDOR) Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 92 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana y el Artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de título (duplicado del acreedor) número 80-9610, (ocho, cero, guión, nueve, seis, uno, cero), actualmente matricula número tres, cero, cero, cero, dos, seis, cuatro, ocho, cinco, siete (3000264857), mediante el cual se consta el siguiente gravamen: Hipoteca en primer rango a favor de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos por la suma de (RD$961,200.00), en virtud del acto de fecha veintiséis (26) del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta (1980), inscrito por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha quince (15) del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta (1980); sobre el inmueble identificado catastralmente como: “Solar 22, manzana 3319, del Distrito Catastral No. 01, que tiene una superficie de 192.05, metros cuadrados, matricula no. 3000264857, ubicada en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo”, Acreencia consentida por PUJADAS, ARMENTEROS & ASOCIADOS CXA, cuyo fiador fue BRISAL S.A., actualmente inmueble propiedad del señor JUAN E. ROSARIO, se encuentra extraviado.
Siqueily Reyes, Abogada. FC 353812
AVISO DE DIVORCIO
AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el Certificado Financiero Número 14-005-000810-9 (019609), por valor de Cien Mil Pesos Dominicanos Con 00/100 (RD$100,000.00)), más los intereses acumulados y pendientes de pago, el cual, fue aperturado en la Asociación de Ahorros & Préstamos ALAVER, Oficina Constanza en fecha 14 de Enero del año 2013, en favor del señor José Ramón Durán Delgado, Cédula Número 053-0009074-2, domiciliado y residente en la Colonia Kennedy, Barrio Los Venao, Al lado del Gringo, Sector Colonia Kennedy del Municipio de Constanza, Provincia La Vega.
José Ramón Durán Delgado, Depositante. (YG-AC-12431-PC-09-10-11/01/2018)
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En virtud de lo establecido, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 6500021195, emitido por el BANCO DE RESERVAS (BANRESERVAS), aperturado en fecha 22/12/2015, por un monto de RD$48,300.00, a nombre de PAOLA JOSEFINA SANTANA RINCON. PUBLICACION DE DIVORCIO POR CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTRES.
En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley número 1306, Bis sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: que en fecha Seis (06) de Febrero del año dos mil diecisiete (2017) el juez de la Cámara civil, Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de Azua en sus atribuciones Civiles dicto la sentencia número 478-2017-SSEN-00049, en virtud de lo conferido por la constitución y las leyes, Ordeno los siguiente: FALLA PRIMERO: ADMITE el divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores KENIA MARGARITA GRIMONTE MARTINEZ, y JESUS CARABALLO GONZALEZ, SEGUNDO: en cuanto a la guarda de las hijas, el tribunal no se pronuncia porqué son mayores de edad. TERCERO: Ordena el Pronunciamiento del divorcio que se admite por esta sentencia, por ante el Oficial del estado Civil Correspondiente previo el cumplimiento de las demás formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de Litis entre esposos y comisiona al Ministerial Miannundy A. Núñez Abreu Ordinario de la Cámara civil Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de Azua, para que Notifique la presente sentencia. Nuestra Sentencia así se Pronuncia, Ordena y firma por el Magistrado Jueza Suplente YDAISA ELIZABETH MEDIANA ESTEPAN y por BETTIS MA. GARABITO CALDERON. En calidad de Secretaria de esta Cámara Civil, Comercial y de trabajo del Distrito Judicial de Azua, en la ciudad de Azua de Compostela a fecha Seis (06) de Febrero del año dos mil diecisiete (2017) De igual manera, se hace constar que en fecha Cuatro (4) de Agosto del dos mil diecisiete (2017) el Oficial del Estado Civil del la Primera Circunscripción del municipio de Azua procedió á TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00002- Div., Folio del N0. 0111 al 58, Acta No. 000156 del año 2017.
De conformidad con lo que establece el Art. 42, de ley 1306-bis (sobre divorcio), se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en fecha 12 del mes Octubre, del año 2017, La Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la sentencia Civil No. 5502017-SSET-00854. cuyo texto es el siguiente 550-2017 SSENT-00854 NCI No.550-2017-ECIV-00692, Cuyo dispositivo reza de la siguiente manera: PRIMERO: RATIFICA: el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada señor JOSE PAULINO por falta de comparecer no obstante citación legal. SEGÚNDO: ADMITE el divorcio por causa de incompatibilidad de caracteres entre los esposos señores: JOSE PAULINO Y GRACIELA A CACERES. TERCERO ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la ofíciala correspondiente: CUARTO: Compensa las costas del procedimientos por tratarse de asunto de Familia. Y comisionan al ministerial MIGUEL ANGEL DE JESUS alguacil de estrado de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial Santo Domingo Norte. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (firmados: MARCIA YOKASTA MENDEZ MEDINA, JUEZA; JOSE ALEJANDRO PIMENTEL AQUINO, SECRETARIO). Que en fecha 10/01/2018, el presente divorcio ha sido pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Quinta Circunscripción de la provincia Santo Domingo Norte, inscrito en el Registro de divorcio No. 01, Folio 57/58, Acta 29, año 2018 correspondiente, del año 2018, según sentencia 550-2016 SSENT-0057NCI. NUM. 550-550-2015-ECIV-01213, de fecha 12/10/2017 dictada por la Segunda Sala Civil, Comercial del Juzgado Primera Instancia de la provincia Santo Domingo.
Lida. DENIA MELANIA MATEO HEREDIA Abogada
LIC. MARIA ELENA VARGAS M., CARMELINDA PEREZ FLORIAN, Abogadas. FC 353813
FC353846
AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
De conformidad a las disposiciones del artículo 169 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana del 16 de julio del 2011, se informa el aplazamiento para el día JUEVES que contaremos a OCHO (08) del mes de FEBRERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), por ante la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la calle Presidente Vásquez No.23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, de la venta en pública subasta del (los) siguiente(s) inmueble(s):“Unidad funcional 102-B, identificada como 401445325139:, matrícula No. 0100068272, del condominio RESIDENCIAL DUMAS VIII, ubicado en SANTO DOMINGO ESTE, SANTO DOMINGO, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 1.04% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-00-01-023, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.25 metros cuadrados; un Sector Propio identificado SP-02-01-002, ubicado en el nivel 01, del bloque 02, destinado a Apartamento, con una superficie de 91.00 metros cuadrados”.. El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, entidad constituida de acuerdo con las disposiciones de la Ley 5897 del 14 de mayo del 1962 y sus modificaciones, con su asiento principal y oficinas en la Avenida 27 de Febrero No. 218, Ensanche El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, teniendo como abogados constituidos y apoderados especiales a los infrascritos. En perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) LUISA AMERICA PINEDA REYES, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, portadora de la cedula de identidad y electoral No.223-0053618-6, domiciliada y residente en la Ciudad de Santo Domingo. La venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS PESOS CON 99/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,580,562.99),sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha 21 de noviembre del 2017. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día doce (12) del mes de enero año dos mil dieciocho (2018).
De conformidad a las disposiciones del artículo 169 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana del 16 de julio del 2011, se informa el aplazamiento para el día MARTES que contaremos a VEINTE (20) del mes de FEBRERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.) por ante la TERCERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, sito en uno de los apartamientos de la segunda (2da.) planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo (antiguo Sector La Feria), ubicado en la calle Hipólito Herrera Billini esquina Calle Juan de Dios Ventura Simó, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional B-6, identificada como 400404968140 : B6, matrícula No.0100219630, del condominio RESIDENCIAL VÍCTOR MANUEL I, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 8.55% y un voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-015, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 13.25 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado SP-00-01-016, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.25 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-06-002, ubicado en el nivel 06, del bloque 01, destinado a Penthouse, con una superficie de 134.00 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-07-002, ubicado en el nivel 07, del bloque 01, destinado a Terraza, con una superficie de 50.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-07002, ubicado en el nivel 07, del bloque 01, destinado a Penthouse, con una superficie de 44.00 metros cuadrados y un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-M1-009, ubicado en el nivel M1, del bloque 01, destinado a Locker, con una superficie 3.22 metros cuadrados. El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, entidad constituida de acuerdo con las disposiciones de la Ley 5897 del 14 de mayo del 1962 y sus modificaciones, con su asiento principal y oficinas en la Avenida 27 de Febrero No. 218, Ensanche El Vergel, de esta ciudad de Santo Domingo, teniendo como abogados constituidos y apoderados especiales a los infrascritos. En perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) FREDDY DIONICIO PEREZ CABRAL y LUZ XIOMARA ALTAGRACIA ACOSTA ROJAS, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, provistos de las cedulas de identidad y electoral Nos. 001-0254805-4 y 001-0192690-5, respectivamente, domiciliados y residentes en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS CON 75/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,878,647.75),, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha 21 de noviembre del 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día doce (12) del mes de enero año dos mil dieciocho (2018).
Licdas Judith Tejada Cuello, Jannette Solano Castillo, -AbogadasEscobal, Pérez, Rodríguez &Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gazcue, Santo Domingo. FP 94969
EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO
Licdas Judith Tejada Cuello, Jannette Solano Castillo, -AbogadasPublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez &Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gazcue Santo Domingo, Distrito Nacional. FP 94970
En cumplimiento de las disposiciones del Art. 22 de la Ley No. 1326, Bis , sobre Divorcio, modificado por la Ley 112 G. O. 9027, se hace de público conocimiento lo siguiente: Le será Notificado el Martes día Nueve (9) del mes de Enero del Año Dos Mil dieciocho-2018, por el Alguacil de Estrados, por no tener conocimiento sobre la dirección en el país de la Sra. ANTONIA TUPETE, será notificada y emplazada por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Santo Domingo Oeste, de conformidad con el Articulo 69, numeral 7mo. Del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia será emplazada sito en la Calle Central No. 20, Sector Los Americanos, de Los Americanos, Alcarrizos, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, que es donde tiene su último domicilio conocido en el País, para que constituya abogado en el plazo de la octava franca de Ley y tome conocimiento sobre Demanda por Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres incoada por el señor SANTIAGO SANCHEZ AQUINO, dicha audiencia será conocida el Lunes que contaremos a Veintidós (22) de Enero del Año Dos Mil Dieciocho-2018, a las 9 a.m. , horas de la mañana por ante la SEXTA SALA EN SUS ATRIBUCIONES PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO OESTE, sito en la tercera Planta del Palacio de Justicia de la Av. Las Palmas No. 52, Esq. Calle Tercera, Sector Reparto Rosa, Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo.
DRA. ANA ELVIRA BASTARDO MOTA Abogada
EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22 de la Ley No. 1326, Bis, Sobre Divorcio, modificado por la ley 112 G.O. 9027, se hace de público conocimiento lo siguiente: Le será notificado el Martes día Nueve (09) del mes de Enero del Año Dos Mil Dieciocho-2018; por el Alguacil de Estrado, por no tener conocimiento sobre la dirección en el País de la SRA. AGAPITA GOMEZ PASSAILAIGUE, será notificada y emplazada por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Santo Domingo Oeste, de conformidad con el Artículo 69 númeral 7mo del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia será emplazada sito en el Peatón 5, No. 334, del Sector Los Americanos, Los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, que es el último domicilio conocido en el país, para que constituya abogado en el plazo de la octava franca de ley, y tome conocimiento sobre la Demanda por Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres incoada por el señor LUIS RADHAMES BRITO PEÑA, dicha audiencia será conocida el Lunes que contaremos a Veintidos-22 de Enero del Año Dos Mil Dieciocho2018, a las 9 a.m. horas de la mañana por ante la SEXTA SALA EN SUS ATRIBUCIONES PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO OESTE, sito en la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la Av. Las Palmas No. 52, Esquina Calle Tercera, Sector Reparto Rosa, Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo.
DRA. ANA ELVIRA BASTARDO MOTA, Abogada.
FUNDACIÓN MUJERES DE ÉXITOS Y PROSPERIDAD (FMUEP) Hato Mayor del Rey, R.D. 04 de enero del 2018 Nos place comunicarle que mediante la resolución No. 00121-2017 de fecha (05) de Diciembre del año 2017, el Lic. Lucas E. Pérez José, Procurador General Titular de la Corte de Apelación, San Pedro de Macorís nos concedió el beneficio de la Incorporación a: Fundación Mujeres de Éxitos y Prosperidad (FMUEP) de la Provincia Hato Mayor del Rey. Con su domicilio en la calle Santiago Silvestre No. 12, Villa Canto. Provincia Hato Mayor del Rey, R.D. de cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea General y Constitutiva de fecha diez de julio del año dos mil diecisiete 10/7/2017 de acuerdo a la ley 122-05, de 08 de abril del año 2005, la cual rige el Fomento y Registro de la Asociaciones sin Fines de Lucro en República Dominicana. Junta Directiva 1. LICDA. ISELSA FAMILIA RAMÍREZ 2. SRA. KENIA VALERA SOLANO 3. SRA. YOHANNA VALERA RAMIREZ 4. SRA. NANCI CELESTE CAIRO LEONARDO DE BASTARDO 5. SRA. ZAIDA ÁLVAREZ 6. SRA. MARÍA ESTELA VALERA SOLANO 7. SRA. MIULVI ASTACIO SOCA 8. SRA. MARÍA INOCENCIA MARTÍNEZ
Presidente Vice presidente Tesorera Secretaria Vocal Vocal Consejo de vigilancia Consejo de vigilancia
Muy atentamente
LICDA. ISELSA FAMILIA RAMIREZ PRESIDENTA FI12601
VIERNES 12 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO PUBLICIDAD RELATIVO A ESTADO CIVIL Se hace de público conocimiento que la señora MARIA ANTONIA NUÑEZ PARRA, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, titular de la cédula de identidad y electoral No. 223-0099175-3. domiciliada y residente en la calle Orquídea No. 13, sector Prados Oriental, municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D. HA COMPARECIDO ante el DR. JOSÉ MIGUEL FERNÁNDEZ FERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en esta ciudad, titular de la cédula de identidad y electoral número 001-0572305-0, Abogado Notario Público de los del número del Distrito Nacional, miembro activo del Colegio de Notarios Incorporados con Matrícula No.1661, con estudio profesional abierto en la Avenida Charles de Gaulle número 61, Local 2-C, Plaza Yitzahk, sector Cabilma del Este, municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana y ha DECLARADO bajo la fe de juramento, mediante el Acto Auténtico de Declaración Jurada relativo al Estado Civil No.008/2018, folio No.15, de fecha 03/01/2018; que estuvo casada con el señor ARISMENDY ANTONIO PEREZ TAVERAS, hasta el año mil novecientos ochenta y cinco (1985), y que posterior al divorcio, no he contraído matrimonio ni dentro ni fuera de la República Dominicana, ni por lo civil ni por lo canónico, por lo que mi estado civil es SOLTERA.
LIC. FRANQUELINO ABREU COMAS, Abogado Apoderado. FC 353809
AVISO DE INCORPORACION VISTA: La Ley No. 122-05 de fecha 8 de abril del 2005, para la Regulación y Fomento de la Asociación sin fines de lucro en la República Dominicana y la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11, por tales motivos, dicto lo siguiente: Cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 122-05, que rige y regula las asociaciones sin fines de lucro en la Rep. Dom., se hace conocimiento público la incorporación legal de la Asociación de Productores Utímia Ramírez (ASOPROUR), mediante resolución No. 0527-2017, de fecha 27/12/2017, otorgada por la Procuraduría de la Corte de Apelación de San Juan, Rep. Dom., cuyo objetivo es: Lograr y mantener el fortalecimiento organizativo de la Asociación, mejorar la producción ganadera a través de la obtención de servicios financieros y trabajar por el desarrollo comunitario y mejorar la calidad de vida de los Socio(as) de la Asociación de Productores Utímia Ramírez, y los demás miembros. El consejo directivo está formado por: PABLO ADAMES ENCARNACION, Presidente; CANDELARIO DE LA ROSA DE LOS SANTOS, Vice-Presidente; BELKIS DE LA ROSA, Secretaria de Acta; SANTA ELADIA MONERO PEÑA, Tesorera; ROSENDO MONTERO: Secretario de Prensa; FRANCISCO DE LA ROSA, Secretario de Disciplina; LEIDY CUEVAS MONTERO: Primer Vocal; ROSA IRIS CASTILLO ZARZUELA, Segundo Vocal; ALEXANDRA CUEVAS, Tercer Vocal.
PABLO ADAMES ENCARNACION, Presidente. FP 94980
AVISO DE DIVORCIO
ASOCIACION DE CAÑICULTORES DE MONTE PLATA, Inc. (ACAMOPLA) (RNC) 430-14865-2 CONVOCATORIA PÚBLICA A INVITACIÓN DE OFERTAS REFERENCIA DEL PROCEDIMIENTO: LP 01-2018 La Asociación de Cañicultores de Monte Plata, Inc. (ACAMOPLA), con domicilio social declarado sito en la Calle Fernando Arturo de Meriño No. 43, del Municipio de Monte Plata, en cumplimiento con las exigencias estipuladas por la Normativa para la Aplicación de Procedimientos Administrativos, Financieros y Técnicos en la Implementación de los Planes de Negocio de las Organizaciones Económicas Rurales, concernientes al Préstamo Núm. 811-DO suscrito entre la República Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), del día veinticinco (25) del mes de septiembre del año dos mil doce (2012), convoca a todos los interesados a presentar propuesta para los siguientes bienes: Equipos y materiales para sistema de riego por goteo para el cultivo de caña de azúcar. Los interesados en retirar el pliego de condiciones específicas deberán solicitarlo al correo electrónico acamopla@gmail.com, a lo fines de la elaboración de sus propuestas. Las propuestas serán recibidas en sobres sellados hasta el 20 de enero/2018, en la dirección antes especificada. Por el Comité de Evaluación de Adquisiciones:}
Julián Peralta Mendoza, Presidente. Guadalupe Fabián Beltrán, Secretario. FC 353827
AVISO Y PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306 BIS sobre Divorcio, de fecha 21 de mayo de 1937, se hace de público conocimiento que en fecha veinte (20) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), la Octava Sala para asuntos de Familia, de Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil No.02144-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así:
En cumplimiento al Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que en fecha Catorce (14) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado del Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, dicto la sentencia No. 478-2017, el cual admite el divorcio por la causa del Mutuo Acuerdo entre los esposos Señores LUIS ERNESTO TEJEDA AGRAMONTE y ELIA MARÍA MATOS RECIO, cuyo dispositivo dice lo siguiente; FALLA, PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Luis Ernesto Tejeda Agramonte y Elia María Matos Recio, conforme al acto de Estipulaciones y Convenciones No. 649/2017, instrumentado en fecha 13/07/2017, por el Dr. Luis Ernesto Matos Matos, abogado Notario Público del Municipio de AZUA, cuyo contenido ha sido transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: En cuanto al menor de edad quedara a cargo de la madre biológica, señora Elia María Matos Recio, según lo establece el Acto de Estipulaciones y Convenciones más arriba descrito. TERCERO: Se ordena a los esposos, o el más diligente de ellos, presentarse por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades legales; y hacer pronunciar el Divorcio de que Se trata. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento, por tratarse de litis entre esposos.
FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Levine Garibaldy García Bautista y Rayza Leonor Pichardo Viñas, en consecuencia homologa el acto de estipulaciones de divorcio número 8/2017, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional, Lic. Leo Sierra Almánzar en fecha 11/09/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FRIMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica. Asimismo se hace saber que en fecha 3 de enero del año 2018, el Oficial de Estado Civil De la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a Pronunciar la referida sentencia en el Libro No. 00001, de registro de Divorcio, Folio No.0003, Acta No. 000002, Año 2018. La presente publicación ha sido autorizada por el Abogado infrascrito, hoy día once (11) de enero del año dos mil dieciocho (2018).
LICDO. VERTILIO MATOS REYES ABOGADO
Lic. Christian Pichardo Gil, Abogado.
FC358474
FC 353819
GARCÍA-SÁNCHEZ & ASOCIADOS
“UNITED WAY REPÚBLICA DOMINICANA”
Abogados Consultores Ave. Barney Morgan No. 170 (altos), ensanche Luperón, Santo Domingo, D.N., Tels. (809) 245-2391 y (809) 238-8622.
Asociación sin Fines de Lucro Domicilio Social: Ave. Anacaona, Casa 95, Edificio Les Elysées, Piso 14, Apto. 14, sector Los Cacicazgos, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Tipo de Asociación: De beneficio público o Servicio a terceras personas.
EDICTO DE DIVORCIO
AVISO DE INCORPORACIÓN
Para el general conocimiento y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306Bis, sobre Divorcio, vigente, se hace de conocimiento público lo siguiente: A) Que en fecha 23 del mes de agosto del año 2017, la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento judicial de Santo Domingo, dictó la sentencia civil No. 545-2017-SSEN-00331, cuyo dispositivo copiado textualmente reza así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de la parte recurrida señora NIURKA KIRUDIS VALDEZ, por falta de concluir no obstante citación legal. SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGE, en parte el recurso de apelación incoado por el señor NELSON AMADO TORRES BATISTA, en contra de la sentencia No. 171/2017 de fecha 26 de enero del 2017, dictada por la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito judicial de Santo Domingo y en consecuencia esta Corte, obrando por propia autoridad, MODIFICA la sentencia apelada para que diga como sigue: B) CONDENA al señor NELSON AMADO TORRES BATISTA al pago de una pensión alimentaría por un monto mensual de CUARENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$40,000.00) para manutención y otras necesidades de sus hijos menores de edad, pagaderos los días treinta (30) de cada mes, en manos de la mudre señora NIURKA KIRUDIS VALDEZ, hasta su mayoría de edad. TERCERO: CONFIRMA los demás aspectos de la sentencia apelada, conforme se ha expresado más arriba. CUARTO: COMPENSA pura y simple las costas del procedimiento entre las partes. QUINTO: COMISIONA al ministerial RAMON JAVIER MEDINA MANDEZ, alguacil de estrados de este Tribunal, para la notificación de esta sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados): FELIX MA. MATOS ACEVEDO, Juez Presidente de la Sala; KATIA GOMEZ GERMAN, Juez miembro y RAFAEL DELFIN PEREZ Y PEREZ, Juez miembro; CANDI PERALTA, Secretario interina”. El divorcio que antecede fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 12va. Circunscripción, Santo Domingo, en fecha 29 del mes de diciembre del año 2017, en el Libro 00002-D, Folio 0153, bajo el Acta No. 000177 del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los diez (10) días del mes de enero del año 2018.
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 5, Párrafo II de la ley No. 122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de conocimiento general que mediante la Resolución No. 0024, de fecha 11 de diciembre del año 2017, fue otorgado el beneficio de incorporación a la Asociación sin Fines de Lucro “UNITED WAY REPÚBLICA DOMINICANA”, con su domicilio en la Ave. Anacaona, Casa 95, Edificio les Elysées, Piso 14, Apto. 14, sector Los Cacicazgos, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Los documentos constitutivos de dicha Asociación establecen, entre otras disposiciones, las siguientes: I- Fines u objetivos: Promover el bien común de las comunidades, mejorando la educación de niños y jóvenes, la salud y la seguridad financiera de los miembros de las familias, actuando así sobre los tres pilares clave para una buena calidad de vida: educación, seguridad financiera y salud. Para ello, la Asociación movilizará los recursos que existen en las propias comunidades donde actúa, mejorando así las condiciones de vida de los miembros de dichas comunidades, a partir de lo que aportan empresas, entidades sociales y voluntarios.La Asociación se configurará, en cada comunidad, como la entidad que articula los esfuerzos de empresas, entidades sociales y voluntarios para el bien común; II.- Miembros fundadores: Sres. Robert Williams, Eduardo Valcárcel, Luis Miguel Pereyra, Denisse Sánchez, Maria Gabriella Haché, Oscar Villanueva y Claudia Catrain; III- Funcionarios que representan a la Asociación frente a terceras personas: Miembros de la Junta Directiva, a saber: Sres. Robert Williams, Eduardo Valcárcel, Luis Miguel Pereyra, Denisse Sánchez y Maria Gabriella Haché; IV: Duración de la Asociación: Indefinida; V.- Número de funcionarios: Cinco (05). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).
ROBERT WIILIAMS, Presidente de la Junta Directiva de la Asociación sin Fines de Lucro “UNITED WAY REPUBLICA DOMINICANA.
DR. FRANCISCO GARCIA ROSA, Abogado. FC 353825
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FC 353820
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14007-002301-8 DOCUMENTO NO.027038 fecha de apertura 11/08/2016 expedido por un valor de RD$60,000.00 (SESENTA MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: JOCELYN MARISOL TRINIDAD ALMONTE Depositante (OC-RC-6759-CC-10-11-12/01/2018)
AVISO DE PERDIDA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Se hace de público conocimiento que se ha perdido el Contrato de arrendamiento de un Solar propiedad del Ayuntamiento Municipal de esta Ciudad, Ubicado en la calle Manuel Paulino correspondiente al No.13 de la Manzana No.243 con nueve punto Diez (9.10Mts.) metros de frente por Doce punto Cuarenta y Cinco (12.45Mts.) metros de fondo, o sea con una extensión superficial de Ciento Treinta punto Ocho (130.08Mtrs.2) metros cuadrados, el cual está limitado de la manera siguiente: Al Norte: Calle Manuel Paulino con 9.10M; Al Sur: Solar No.17 con 9.85M; Al Este: Solar No.14 con 9.85M y Al Oeste: Solares Nos. 12 y 18 con 12.43M; a nombre de PETRONILA DE LA ROSA. FP 94938
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento la pérdida del certificado Financiero, expedido por BANCO BHD León No. B 489423, de fecha cinco (5) de junio del año 2017, por un monto de NOVENTISEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTICUATRO CON 00/100 PESOS DOMINICANOS (RD$96,554.00), emitido a favor del señor EMMANUEL MALDONADO TAPIA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad No. 001-1536385-5, domiciliado y residente en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana. FC 353235
AVISO DE INCORPORACIÓN “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL GABOT (FUDMGABOT)” Para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 5, párrafo II, de la Ley No. 122-05, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que mediante la Resolución No. 2070-201 emitida por la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Montecristi, de fecha 16 de Enero de 2017, concedió el beneficio de incorporación a la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL GABOT (FUDMGABOT)“ entidad sin fines de lucro, dedicada a proteger a los jóvenes, niños, y envejecientes de !a provincia de Montecristi, contribuir con el desarrollo de la protección familiar, a través de programas educativos sobre temas de interés social, implementar el liderazgo con charlas de orientación, motivación y emprendeurismo, proporcionar la realización de jornadas medias, actividades de prevención de enfermedades y programas. para la correcto alimentación, impulsar técnicas para velar por los envejecientes, el adecuado desarrollo de la juventud y el sano crecimiento de los niños., con su domicilio social ubicada en la calle proyecto No. 5., Barrio Bella Vista de la ciudad de San Fernando de Montecristi, provincia de Montecristi, República Dominicana, La Asamblea General Constitutiva fue celebrada en fecha 11 del mes de agosto del 2016, ratificó la Junta Directiva, la cual está compuesta por: 1.- Aurelina Altagracia Gabot de Fernández, Presidente, 2.- William Baldayaque Ventura. Vice-Presidente, 3.- Isabel Emilia Gabot, Tesorero 4- Wilbi Castro Cabreja, Secretario, 5- Edwin Alonso Castro, Vocal, 6- Elías Emmanuel de la Cruz, Vocal, 7- Esfrain Orlando Pérez Abreu, Vocal, Se hace de público conocimiento, que la duración de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL GABOT (FUDMGABOT)“ es por tiempo indefinido. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, a los once (11) días del mes de Enero del año dos mil dieciocho (2018).
Aurelina Altagracia Gabot de Fernández Presidente
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18 LEGAL PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la ley 1306-Bis, que en fecha 15/12/2017, Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil No. 01087/17, sobre el Divorcio por mutuo consentimiento entre el Sr. SALVADOR NAJAR GALEZ y la Sra. MARIA CONSUEL DEL CARMEN LOCKHART MARCHENA, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 1RA. Circunscripción del Estado Civil de Santo Domingo, Distrito Nacional, según consta en el Libro No. 00026; Acta No. 002506, Folio No. 0037, el día Quince (15) de Diciembre del año 2017.
En virtud de las disposiciones de la Ley 2153 del 12 de Noviembre del 1949, que agrega un párrafo al Art. 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, por medio del presente aviso, la señora ROSA MARIA SANCHEZ TORRES, dominicana, casada, provista de la cédula de identidad y electoral número 001-1049552-0, domiciliada y residente en la calle Juan Antonio Minaya número nueve (9), Ensanche Miraflores, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, quien tiene como abogados constituida y apoderada especial a la DRA. OLGA YASILIS HERASME LUCIANO, dominicana, mayor de edad, casada, abogada, provista de la cédula de identidad y electoral número 001-0801167-7, con estudio Profesional en la calle Barahona, Edificio Comercial Sarah, número doscientos (229), suite 209, segundo nivel, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, ADVIERTE a su legítimo esposo señor FRANCISCO J. COLLAZO, cuyo último domicilio conocido, lo fue en la calle Manuel Ubaldo Gómez, número setenta y ocho (78), segundo nivel, apartamento cuatro B (4B), sector Villa Consuelo, Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana y a falta del conocimiento de su actual domicilio en la República Dominicana, se procederá por conducto de su abogado constituido y apoderado especial a emplazarlo en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, para el día VIERNES que contaremos a DOS (2) del mes de FEBRERO del año dieciocho (2018), para que comparezca personal o debidamente representado a la audiencia del día MIERCOLES que contaremos a VEINTE (20) del mes de FEBRERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las NUEVE (9:00 A.M.) de la mañana a la audiencia que a puertas cerradas, celebra la OCTAVA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, en su local ubicado en la calle Socorro Sánchez, número sesenta y ocho (68) Esquina calle Santiago, Sector de Gazcue, en esta ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, a los fines de proceder al conocimiento de la DEMANDA EN DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, interpuesta por la señora ROSA MARIA SANCHEZ TORRES en contra del señor FRANCISCO J. COLLAZO. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los once (11) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).
DR. PASCUAL A. SOTO MIRABAL, Abogado.
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento, que para el día 27/1/18, a las 10:00 A.M., se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde y Subdivisión dentro del ámbito de la Parcela 652, D.C. No. 03, del municipio Sabana Larga, provincia Ocoa, propiedad del SR. JUAN FRANCISCO MEJIA, en representación de MAGALYS SORAYDA BAEZ TEJEDA y GIAN MARKUS DE COL. Expediente No. 663201708057.
AGRIM. EDISON RAFAEL MOLINA, Codia 30775.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No.662201709584 Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160 y 161, del Reglamento General de Mensuras Catastrales, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO, que el día 29 de enero del año 2018, a las 9:00 de la mañana daré inicio a la mensura para el deslinde de la parcela No. 92-A, Distrito Catastral No.15 del Municipio y Provincia Santiago, propiedad de MARIA ALTAGRACIA INFANTE GARCIA. Quedan citados, todos los colindantes y demás personas interesadas. Para cualquier inquietud comunicarse con el Agrimensor Contratista o a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales.
Agrim. Johanny Alt. Cruz Acevedo Codia: 13785 Tel: 829-885-1184
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXPEDIENTE No. 663201706671 Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160 y 161, del Reglamento General de Mensuras Catastrales, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO, que el día 22 de Enero del Año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 10:30 A. M., daremos inicio a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 87-B del Distrito Catastral No. 38/4ta., del Municipio de Santa Cruz de El Seíbo, Provincia de El Seíbo, específicamente ubicado en el kilómetro No. 7 de la carretera del El Seíbo hacia Hato Mayor, tomando a la derecha la entrada a Magarín y a unos 4 kilómetros aproximadamente se encuentra el inmueble. Propiedad del SR. JUAN RAMOS BERAS. Para cualquier información comunicarse con el Agrim. Contratista.
AGRIM. LEANDRO DE JESUS HERNANDEZ MAURICIO, Agrimensor Contratista. Codia 30761. FC 353850
AVISO DE MENSURA Expediente No. 663201711801 En virtud de la autorización, de fecha 28 de Diciembre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensura Catastrales del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día veintinueve (29) del mes de enero del año 2018, a las 09:00 horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de mensura para Saneamiento en el D.C. No. 02, del municipio de Santa Cruz de Barahona, reclamada por la señora ROSELYN RAMIREZ MATOS.
JOSE MANUEL PEÑA MATOS, Agrimensor-Contratista. Codia 6916.
AVISO DE MENSURA Expediente No. 663201711802 En virtud de la autorización, de fecha 28 de Diciembre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensura Catastrales del Departamento Central, se avisa al público en general, que el día treinta (30) del mes de enero del año 2018, a las 09:00 horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de mensura para Saneamiento en P. No. 02, del D.C. No. 02, del municipio de Santa Cruz de Barahona, reclamada por el señor JOSE MIGUEL FELIZ FELIZ.
Dra. Olga Yasilis Herasme Luciano Abogada Constituida y Apodera Especial de la Abogada Parte Demandante. FC353785
PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento a la Ley de Divorcio en la República Dominicana, se hace de conocimiento que el 26 de Diciembre del 2017 la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil 2920-2017, admitiendo el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre RAFAEL ANDUJAR DE LA ROSA y MARIA ERNESTINA PEREZ RIVA, cuya sentencia en su dispositivo dice: Falla: Primero: Declara Inconstitucional para el presente proceso, el Artículo 27 de la ley 1306-Bis de fecha 21 de Mayo del 1937, modificada por la Ley 3932 de fecha 20 de Septiembre del 1954, sobre Divorcio en República Dominicana, en virtud a que es contrario al principio de igualdad establecido en el Articulo 39 de la Constitución de la República Dominicana. Segundo: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de Convenciones y Estipulaciones para fines de divorcio por mutuo Consentimiento, marcado con el Número 12-2017 de fecha 15 de del mes de Septiembre del año Dos Mil Diez y Siete (2017), instrumentado por la Dra. Bernarda Contreras Peguero del Número del Distrito Nacional Matrícula Número 2277. Tercero: Admite el Divorcio por mutuo Consentimiento entre los Cónyuges Rafael Andujar de la Rosa y Maria Ernestina Pérez Rivas, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. Cuarto: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Quinto: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: Altagracia Gutiérrez, Jueza; Brenda A. Rosario, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. El Divorcio anterior fue pronunciado el 05 de enero del 2018 por ante el Oficial de Estado Civil de la Cuarta Circunscripción, Santo Domingo Este, siendo inscrito en el Libro Número 00001 de Registro de Divorcio, Folio 0009, Acta Número 000005 del 2018. La presente publicación es autorizada por el DR. JORGE LIZARDO VELEZ, abogado de los esposos RAFAEL ANDUJAR DE LA ROSA Y MARIA ERNESTINA PEREZ RIVA. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Diez (10) días de Enero del Dos Mil Diez y Ocho (2018).
DR. JORGE LIZARDO VELEZ, Abogado. FC 353814
ESTUDIO JURIDICO DR. FELIX VIRGILIO SOTO LARA LIC. MARNIE KATIUSKA SOTO CABRAL Calle Presidente Billini No. 45, Baní, Prov. Peravia.
JOSE MANUEL PEÑA MATOS, Agrimensor-Contratista. Codia 6916.
ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO Por Autorización de fecha 29 de noviembre y Expediente No. 662201710046, para Deslinde y SubDivisión, dentro de la Parcela No. 103-G-1, del D.C. No. 04, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajo se realizará el 24 de enero del 2018 y el inicio es a 1:00 P.M., el terreno está localizado en la Autopista Santiago-Navarrete, al lado Este de parada Chito, municipio de Villa González; provincia de Santiago. La solicitud y autorización es a nombre de JOSE MANUEL EDMUNDO PEÑA. En cumplimiento del Reglamento de Mensuras.
DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.
ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO Por Autorización de fecha 11 de enero y Expediente No. 662201800300, para Deslinde, dentro de la Parcela No. 278-Ref.-71, del D.C. No. 04, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajo se realizará el 24 de enero del 2018 y el inicio es a 2:00 P.M., el terreno está localizado en la entrada Al Natal, municipio de Villa González, provincia de Santiago. La solicitud y autorización es a nombre de MERCEDES MARIANA MERA GARECIA. En cumplimiento del Reglamento de Mensuras.
DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo estipulado en la Ley de Divorcio No. 1306-Bis, se hace público conocimiento lo siguiente: PRIMERO: Que en la fecha quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Baní, ha dictado una sentencia de divorcio, por Mutuo Consentimiento, marcada con el No. 538-2017-SSEN00671, entre los esposos RAMON YOVANNY ROSARIO TEJEDA y CARMEN YANET ALBURQUERQUE CALDERON, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos RAMON YOVANNY TEJEDA y CARMEN YANET ALBURQUERQUE CALDERON, conforme al Acto Notarial 1,059/2017, de fecha 22 de agosto de 2017, levantado por la Cónsul General de la República Dominicana en Boston, Estados Unidos de América, actuando en funciones de Notario Público, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos, y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores RAMON YOVANNY ROSARIO TEJEDA y CARMEN YANET ALBURQUERQUE CALDERON, por Mutuo Consentimiento de conformidad con el acto notarial 1,059/2017, antes citado; b) Otorga la guarda del menor de edad nombre KEYMER YOVANNY ROSARIO ALBURQUERQUE, a cargo de su madre, la señora CARMEN YANET ALBURQUERQUE CALDERON; c) Fija en la suma de Trescientos Veintidós dólares americanos (US$322.00) la pensión alimentaria que tendrá que pagar mensualmente tendrá que pagar el señor Ramón Yovanny Rosario Tejada en manos de la señora CARMEN YANET ALBURQUERQUE CALDERON, a favor de su hijo KEYMER YOVANNY ROSARIO ALBURQUERQUE. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento. (Firmada: JOSE MANUEL MEDINA; IGNACIA Y. NOVA MASCAT, Secretaria). QUINTO: Que en fecha cinco (5) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), el Estado Civil de la Primera Circunscripción de Baní, pronunció dicho divorcio, Folio No. 0001 de Registro de Divorcio, Folio No. 0003, Acta No. 000002, año 2018. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por el Magistrado que figura en el encabezamiento, de dos mil diecisiete (2017), ante mí, Secretaria.
AVISO PARA EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones de la Ley 2153 del 12 de noviembre del 1946, la cual agrega un párrafo al Artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor FRANCISCO ANTONIO MARTE BETANCES, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0500979-9, domiciliado y residente en la calle Fidel Ferrer No. 70, del sector Katanga de los Mina, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, quien tiene como Abogada, constituida y apoderada especial a la LICDA. DELYS LEGER MORETA, dominicana, mayor de edad, soltera, Abogada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0456573-4, con estudio profesional abierto en la José Cabrera No. 17, ensanche Ozama, del municipio Santo Domingo Este, dicho señor Advierte a la señora FRANCIA EULOGIA ESPINAL PEÑA, domiciliada 163 Lake Ave. Clinton New Jersey, 07011, que el día martes que contaremos a veintitrés (23) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), se procedió el día 9/1/2018 notificar en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la provincia de Santo Domingo, para que comparezca personalmente o representada, por ante la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Santo Domingo, sito en la calle Las Carmelitas Teresa de San José Antigua 17, Esq. Club Rotario No. 3, de la Cuarta Sala del Juzgado de Primera Instancia del ensanche Ozama, de la provincia Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este. Audiencia que será fijada para el día martes que contaremos a veintitrés (23) de enero del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00 A.M.), horas de la mañana, a fin de conocer de la demanda de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, incoada por el señor FRANCISCO ANTONIO MARTE BETANCES, en su contra. En el municipio Santo Domingo Este, de la provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los nueve (09) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).
LICDA. DELYS LEGER MORETA, Abogada. FE DE ERRATA: Esta publicación fue pautada para salir desde el 11/1/18 y por un error involuntario el primer día no salió. Pedimos excusas por los inconvenientes causados. Atte.: El Nuevo Diario. FP 94971
PRIMAVERA MULTISERVICE, (S.R.L.) Capital Social Autorizado: 100,000.00 Capital Suscrito y Pagado: 100,000.00 Registro Mercantil: 00989-04LR RNC-1-3006140-8 La Romana. R.D.
PUBLICACION DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA En observación a las disposiciones establecidas en artículo 19 de los Estatutos Sociales de Sociedad PRIMAVERA MULTISERVICE, (S.R.L), y estando presente la totalidad de los accionistas, Gerentes y comisario de cuenta de dicha institución, el señor BELTRAN JAVIER, socio mayoritario de la sociedad y habiendo sido aprobados por la totalidad de los accionistas presentes, se hace de público conocimiento de lo que fue aprobado en dicha asamblea PRIMERA RESOLUCION: La Junta General Extraordinaria de Accionistas decide que La Sociedad PRIMAVERA MULTISERVICE, (S.R.L.) tendrá un cambio de domicilio, trasladándose de su domicilio que se encuentra en la calle ópalo número 15 del sector de Las Piedras del de la ciudad de La Romana, a la calle Agustín Guerrero número 41 de la ciudad de Higüey, Municipio y Provincia La Altagracia. Luego de deliberaciones de lugar de lugar sobre la compra y venta de las acciones de precedentemente descritas, se tomó la segunda resolución. SEGUNDA RESOLUCION La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba la compra y venta de las acciones de los señores de CAMILO ABELA, CLOD JAVIER, HECTOR GUZMAN, MERCEDES GARCIA, FRDDY SIMON y ELIX JAVIER, transacciones que fueron hechas de acuerdo a lo establecen los Estatutos orgánicos de la presente sociedad y lo que establece la ley que rige la materia. TERCERA RESOLUCION La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba la compra de Ciento Cuarenta y ocho acciones (348.00) hechas por el señor ELIX JAVIER, sumadas a las acciones anteriores un total de 296.00, vendidos por los renunciantes socios precedentemente descritos. La Junta General Extraordinaria de Accionistas también aprueba la compra de acciones hechas por el señor TULIO ANTHONY JAVIER JIMENEZ de Ciento Cincuenta y Seis (156.00) de pertenecían a los socios renunciantes. CUARTA RESOLUCION La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba, al señor TULIO ANTHONY JAVIER JIMENEZ, como el Primer Gerente y al LIC. ELIX JAVIER como Segundo Gerente de la Sociedad PRIMAVERA MULTISERVICE, (S.R.L.), con poderes especiales para lo siguiente: Abrir cuentas de bancadas, representar a la compañía por ante cualquier institución pública o privada, comprar y vender a nombre de la compañía, así como de cualquier actividad judicial o comercial en el territorio nacional o en tierras extranjeras, cuyo poder tendrá una vigencia de de tres (3) años. QUINTA RESOLUCION La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba como principal actividad de la sociedad PRIMAVERA MULTISERVICE, (S.R.L.) COMPRA, VENTA Y REPARACION DE CELULARES Y ACCESORIOS, ASI COMO ACTIVACION, DESBLOQUEO Y TODO LO QUE TENGA QUE VER CON EL SERVICIO DE COMUNICACIÓN A NIVEL NACIONAL, pudiendo realizar cualquier otra actividad comercial en el territorio nacional. SEXTA RESOLUCION La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba como nuevo comisario de cuentas al señor BELTRAN JAVIER, por un periodo de tres años y en esta misma resolución aprueba la nueva nómina de accionistas y expresa lo siguiente: Esta Junta Extraordinaria de accionistas declara y reconoce, que el capital social de la sociedad ha sido suscrito y pagado en su totalidad. En consecuencia confirma las cuotas sociales existentes y autoriza al Segundo Gerente a tomar notas de las mismas, para luego emitir las Cuotas Sociales actualizadas con el nuevo formato de conformidad con la ley, así como ordena al Segundo Gerente a elaborar la nueva lista y la suscripción de cuotas sociales, que serán parte íntegra de la presente en la siguiente proporción: NOMINA DE ACCIONISTAS: ELIX JAVIER con 444.00 Cuotas Sociales; BELTRAN JAVIER con 400.00 cuotas sociales; TULIO ANTHONY JAVIER J. con 156.00 cuotas sociales; Total de cuotas sociales y capital: 1000 cuotas sociales y un capital de Cien Mil Pesos (RD$100,000.00). Acto seguida el Presidente ofreció la palabra a los señores socios presentes y en vista de que ninguno hizo uso de ella, ordenó que se clausurará la junta y se procedió a redactar la presente acta que la firman todos en señal de conformidad. A los 10 días del mes de enero del año 2018.
BELTRAN JAVIER, Presidente.
DR. FELIX VIRGILIO SOTO LARA, Abogado. FC 353852
FC 353842
VIERNES 12 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Honda, color azul, año 1984, placa y registro N021568, chasis C708664845, a nombre de IMPORTADORA JR, C. POR A.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Isuzu, color negro, año 2015, placa y registro L330848, chasis MPATFS85JFT000499, a nombre de JOSE FRANCISCO GUABA MERCADO.
PÉRDIDA DE PLACA: de máquina pesada, marca John Deere, modelo 5705, año 2008, color verde, placa y registro U010787, chasis BM5705X080377, a nombre de JOSÉ MANUEL E. MALLEN SANTOS. FP94904
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Honda, año 2007, color negro/blanco, placa y registro chasis K0673769, JH2PC40067M010331, a nombre de FERMIN ANTONIO MARCIAL NÚÑEZ. FC94948
PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado Financiero No. DX-76840662, de fecha de apertura 2 de mayo del 2013, por la suma de US$ 1,316,230.98, expedido por el Banco Dominicano del Progreso, S.A. a favor de los señores ISKANDAR SAFA Y CLARA MARTINEZ-THEDY. ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO
FC353411
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPOSITO FINANCIERO PÉRDIDADE PLACA: de automóvil privado, marca NISSAN, modelo VERSA S, color AZUL, año 2011, placa y registro A714336, chasis 3N1BC1CP1BL488012, a nombre de MIGUEL ANGEL MATEO CANO, cédula 001-1786600-4.
PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA, Marca FORCE, modelo CG125, color NEGRO, año 2006, placa N357788, chasis LWPPCJ2A171003740, a nombre de JOAN MANUEL ROSARIO ROBLES, CED.047-0168717-2. (RC-6761-CM-11-12-13/01/2018)
PÉRDIDA DE PLACA: marca Toyota, modelo Hilux, color crema, año 1998, placa y registro EX01439, chasis YN1060023861, a nombre de COMISIÓN PRESIDENCIAL PARA LA REFORMA MODERNA DEL ESTADO, RNC No. 401505983. FC353738a
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, año 2003, color gris, placa y registro NINS43, chasis LC6PAGA1830001165, a nombre de JOSEFA DOMINGUEZ CARPIO.
PÉRDIDA DE CHAPA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Starlet, color gris, año 2000, placa y registro A457748, chasis EP910139328, a nombre de ARNALDO ANTONIO GRULLÓN SÁNCHEZ, cédula 2230017543-1. PF94894
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Tauro, modelo CG200, año 2015, color negro, placa y registro K0564344, chasis LJCPAGLH8F1000839, a nombre de CHUBY VB COMERCIAL, SRL. Fp94986
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo autobús privado, marca Mitsubishi, color rojo, año 1999, placa y registro I067278, chasis BE637GA00676, a nombre de HIPOLITO POLANCO GONZALEZ.
PÉRDIDA DE CHAPA: marca Toyota, modelo RN50L-KRA, año 1985, placa registro L057566, chasis y JT4RN50R3F0069309, a nombre de JORGE DE JESÚS CASTILLO, cédula 095-0005862-4. FP94976
AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL De acuerdo a lo establecido en la Ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008, ARTICULO 123 PARRAFO 1 sobre sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, modificada por la Ley 31-11 del 10 de febrero del 2011, la Empresa MONTERO SHIPPING, S.R.L., empresa legalmente constituida, RNC. 101-71712-2, UBICADA en Santo Domingo Este, empresa esta que tiene como objeto IMPORTACION DE MUDANZAS, EFECTOS PERSONALES Y COMERCIALES, en Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha veintiocho (28) del mes de noviembre del 2017, en virtud de lo que establece el artículo 6 de sus Estatutos Sociales, hace de conocimiento público que RESUELVE APROBAR la Disminución de su capital Suscrito y Pagado de SIETE (RD$7,069,300.00) MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS a DOS MILLONES QUINIENTOS MIL (RD$2,500.00), PESOS, DIVIDIDO EN MIL CUOTAS SOCIALES CON UN VALOR NOMINAL DE MIL (RD$1,000.00) PESOS CADA UNA. En Santo Domingo, República Dominicana, a los veinte y un (21) días del mes de diciembre de 2017.
Luis Manuel Ramírez Lebrón, GERENTE. FC 353815
El Certificado de Deposito No. 11800139, emitido por BANCO SCOTIABANK, en fecha 06/05/2004, a favor de JUAN ANTONIO PEÑA ROSARIO, portador de la cedula de identidad y Electoral no. 047-0138974-6, se ha extraviado o perdido, lo cual fue comunicado al BANCO SCOTIABANK, en fecha treinta y uno (31), del mes de octubre del 2017, a través del acto No. 2311/2017, de fecha 31/10/2017, del ministerial José Ramón Andujar Saldivar, ordinario del Tribunal Superior Administrativo. En la ciudad de La Vega, hoy día 29 del mes de Diciembre del 2017.
Juan Antonio Peña Rosario Declarante (MASP-AC-12374-PC-29-05-12-19/01/2018)
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado los Certificados Financieros No. B 346227, operación 1192421-13, expedido por el BANCO MULTIPLE BHD LEON, S.A., en fecha 10 de mayo del año 2013, por un monto de Sesenta Mil Pesos Dominicanos con 00/100 Cnts. (RD$60,000.00) y No. B 415817, operación 1300885-11, expedido por el Banco Múltiple BHD León, S.A., en fecha 23 de febrero del año 2015, por un monto de Veintidós Mil Pesos con 00/100 Cnts. (RD$22,000.00), ambos emitidos a favor de TORRE DON BAUTISTA Y TORRE DOÑA TIMA.
En cumplimiento con las disposiciones del Art. 22 de la Ley 1306-Bis, de Divorcio reformado por la Ley 2153 del 12 de noviembre del año 1949, el señor SANTIAGO BIENVENIDO TRONCOSO ARIAS, de nacionalidad argentino, mayor de edad, casado, cédula de identidad 4022255893-0, domiciliado y residente en esta ciudad Distrito Nacional, capital de la República, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a la LIC. JULISSA VENTURA LINA, abogado de los tribunales, portadora de la cédula de identidad personal No. 001-1596376-1, con estudio pro1sional abierto en la Calle Yolanda Guzmán No.137, Local G, Esq. Federico Velásquez, Sector Villa María, Santo Domingo, Distrito Nacional, donde el demandante hace formal elección de domicilio para los fines de ley. ADVIERTE a su1egáma esposa, la señora AMERY YANERIS DINO, que a falta de información relativa al lugar de su residencia actual el Lunes, día Quince (15) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 9:00 horas de la mañana, se procederá a emplazarla en acción de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Procurador Fiscal. del Distrito Nacional, para que comparezca personal o representada a la audiencia que celebrará el Martes, día Veintitrés (23) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 9:00 horas de la mañana, por ante la Séptima sala de la Cámara Civil para los Asuntos de Familia del Distrito Nacional, ubicada en la calle Socorro Sánchez número 68, esquina Santiago del Distrito Nacional. En Santo Domingo de Guzmán, Hoy día Once (11) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. JULISSA VENTURA LINA Ahogado Apoderado
Por Autorización de fecha 11 de enero y Expediente No. 662201800299, para Deslinde, dentro de la Parcela No. 1310, del D.C. No. 04, municipio de Tamboril, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajo se realizará el 24 de enero del 2018 y el inicio es a 5:30 P.M., el terreno está localizado en la calle Santiago-Tamboril, frente a La Antena, provincia de Santiago. La solicitud y autorización es a nombre de ANGELA ROSA FRANCISCO. En cumplimiento del Reglamento de Mensuras.
DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.
ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO Por Autorización de fecha 11 de enero y Expediente No. 662201800297, para Deslinde y Sub-División, dentro de la Parcela No. 286, del D.C. No. 04, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajo se realizará el 24 de enero del 2018 y el inicio es a 3:00 P.M., el terreno está localizado en los Fermín, frente al almacén de Manuel Díaz (Peca), municipio de Villa González, provincia de Santiago. La solicitud y autorización es a nombre de MAYRA R. FERMIN BOITEL. En cumplimiento del Reglamento de Mensuras.
DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA SANEAMIENTO Cumpliendo con los artículos 69 y 70, de la Ley-108-05, Art. 12, ordinal cuatro (4) inciso (c) de la Resolución No.355-09, dada por la Suprema Corte Justicia, el Reglamento General de Mensuras Catastrales. (Resolución No.1738-2007), se cita a la Dirección Regional de MensurasCatastrales,DepartamentoNorte,colindantesyreclamantesenelámbitodelDistritoCatastralNo.10,LugarElLlano,Municipio San Felipe de Puerto Plata, Provincia de Puerto Plata, a la Mensura Para Saneamiento, de una porción, con una área de mas o menos de 175,168.00Mts.2,eldíamiércoles31deenerodelaño2018,alas9:00A.M.,dondelaAgrim.JohannyCruzAcevedo,céd.No.031-02387085, Tel. (829) 885-1184, procederá a realizar los trabajos de mensura para Saneamiento de los Señores BERNARDUS ADRIANUS MARIA SPAANS E YDELSI MIGUELINA DURAN GOMEZ, bajo el Expediente No.662201709876, colindantes: Norte: Sucs. De Bartolomé Andrés TavarezCandelarioyRioCamarón;AlEste:BelarminioTavarez;AlSur:CaminoSubidaGrandeyEnriquetaPeña;AlOeste:JoaquínAntonio Tavarez Rodríguez y Belarminio Tavarez.
Johanny Cruz Acevedo Agrimensor Contratista CODIA No.13785
FC 353593
PERDIDA DE CERTIFICADO DE APORTACIONES Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Aportaciones No. 17994, de la COOPCENTRAL, Socio No. 2-2739, a nombre de MARTINA OTAÑO OGANDO, cédula No. 012-0040247-5. San Juan de la Maguana. FP 94937 PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO A PLAZO FIJO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero a Plazo fijo No.22923, de la COOPCEN-
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO
LEGAL 19
TRAL, a nombre de: ANGEL MARIA COMAS DURAN, cédula No.012-0048879-7. San Juan de la Maguana.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del: Certificado de Título amparado en el Apartamento Identificado como unidad funcional no. 5-401, identificada como 400511987427: 5-401, Matricula no. 0100165524, del condominio ciudad bonita M-B, con una superficie de 83.10 Mts2, ubicada en Santo Domingo Norte, Santo Domingo, Propiedad de las Señores ILONKA YAJAHIRA QUIROZ RAMIREZ y RUDDY LEONEL RUIZ TORRES.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de las disposiciones establecidas en la Ley No. 108-05, de Registro Inmobiliario, en su párrafo II, del artículo 92, se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título No. 992271, expedido a nombre de los señores RAFAEL RIVERA PEREZ, referente a la casa marcada con el número 8, situada en la esquina 7, No. 1, Los Molinos del kilómetro 13 ½, de la Autopista Las Américas, construida dentro de la Parcela No. 218-F-1-Subd.-560, del Distrito Catastral No. 6, barrio Los Molinos del sector Los Frailes, del municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo. FP 94982
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO El día lunes que contaremos a quince (15) del mes de enero del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las nueve (9:00 A. M.) horas de la mañana, se procederá a la venta en pública subasta en el mercado público de Herrera, ubicado en la calle H, S/N, del sector de Herrera, en el lugar destinado para tales fines, el siguiente objeto mueble: “Un Carro color azul, marca Honda Civic, Placa o Registro No. A-446072, en mal estado”. Esta venta se persigue a requerimiento del señor HAMSEL AUGUSTO PEÑA ROSARIO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad” y electoral No. 001-1747610-1, domiciliado y residente en la Avenida Circunvalación, No. 02, del Sector Los Ríos, Distrito Nacional. Los pagos serán al contado y los licitadores deberán pagar además del precio de adjudicación, él 10% sobre dicho precio de conformidad con la ley. Esta publicación ha sido realizada en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del Año Dos Mil Dieciocho (2018) .
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento la pérdida del duplicado del Dueño del Certificado de Título No. 83-708, expedido a nombre de RENE HILARIO APONTE, correspondiente a la Parcela No. 137-B-3, del D.C. No. 6, del D.N., que tiene una superficie de 420.00 metros cuadrados, aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario. Nota el presente aviso se realiza para la solicitud de un nuevo título por pérdida.
FREDY ANTONIO HERNANDEZ Alguacil en Funciones de Vendutero Público FC353856
ANA JULIA FRIAS. FP 94990
VIERNES 12 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
20 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Scania, color verde, año 2011, placa y registro Z507068, chasis 9BSP6X200B3673905, a nombre de INDUSTRIAS SAN MIGUEL DEL CARIBE, S.A., Rnc: 130012407. FC353855
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta privada, marca PGO, modelo T-rex 105, año 2011, color clanco, placa y registro K0349589, chasis RFVCPCPC5B1011953, a nombre de ROSA MARIA MORLLO DE JESUS, cédula 071-0047513-1.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, color blanco, año 1985, placa y registro L014031, chasis JT4RN56S0F0089432, a nombre de RAFAEL LORENZO, cédula 0010504287-3. fp94984
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Suzuki, color azul, año 1999, placa y registro G154387, chasis JS3TD62V5X4106882, a nombre de OBISPO ANTONIO MONTERO ADAMES, cédula 001-1465003-9. FC353828
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, modelo V11 8L HY, color rojo, año 1997, placa y registro L368453, chasis V11808152, a nombre de RAFAEL FAMILIA MORA, cédula 012-0025144-3. Fp94968
PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Jeep, color gris, año 2012, placa y registro G374108, chasis 1C4RJFAG8CC134664, a nombre de CEILA MABEL GARCÍA JOGA, cédula/pasaporte/RNC: 130259161.
PÉRDIDA DE PLACA: de máquina pesada, marca Scania, color blanco, año 2010, placa y registro Z506833, chasis 9BSG6X400A656858, a nombre de INDUSTRIAS SAN MIGUEL DEL CARIBE S.A., RNC: 130012407.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Tauro, modelo CG200, color negro, placa y registro K0482043, chasis TARPCM503FC002444, a nombre de NORMANDO ALFONSO DOMINGUEZ GARCÍA, cédula 1360017005-7.
PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep privado, marca Hyundai, modelo Santa Fe, año 2001, color blanco, placa y registro G151095, chasis KM8SC83D91U056327, a nombre de LUÍS MORILLO GARCÍA. FP94981
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, año 1998, color blanco, placa y registro LO67173, chasis S100P055613, a nombre de MUNDO REPUESTOS IMPORT, C. POR A.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Peugeot, color verde, año 2005, placa y registro L161523, chasis VF3GJWJYB4J510502, a nombre de FORSA DOMINICANA, S.A., 130079369. FC353833
Se le invita a JAIME SEPÚLVEDA CORDERO, a retirar al denuncia del plan piloto de vehiculo autobús Mitsubishi, 2013, blanco/crema, placa I061157, chasis BE637GG10129. FP94983
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Scania, color verde, año 2016, palca y registro Z507747, chasis 9BSR6X400G3879008, a nombre de INDUSTRIAS SAN MIGUEL DEL CARIBE, S.A., RNC: 130012407.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, color blanco, placa y registro L114300, chasis VG6M111B4EB019114, a nombre de SANTIAGO BRUNO HERNANDEZ, cédula 1360004592-9.
PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Toyota, modelo USLGD21-2SF, año 1991, color rojo, placa y registro chasis 127154, JT2EL43A7M0056122, a nombre de MOISES SÁNCHEZ MOSQUEA, cédula 001-0478481-4. Fp94987.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca BMW; color azul, año 2000, placa y registro A254827, chasis WBAAL310X0JS02623, a nombre de LUZ CLARIENNA GÓMEZ OVIEDO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Chevrolet, color dorado, año 2013, placa y registro G308559, chasis 3GNCJ8CEXDL176781, a nombre de VIAMAR S.A., RNC: 101011149.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color verde, año 1981, placa y registro K0382930, chasis C500707282, a nombre de MIGUEL ANTONIO MENDOZA POLANCO, cédula 001-1429757-5.
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Scania, color verde, año 2016, placa y registro Z507748, chasis 9BSR6X400G3879014, a nombre de INDUSTRIAS SAN MIGUEL DEL CARIBE, S.A., RNC: 130012407.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca San Yam, color blanco, placa y registro K0226909, chasis RFGHV15WYES005024, a nombre de FREDY GABRIEL MARTINEZ, cédula 071-0048378-8. FC353849
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de Ford, modelo Mustang, año 2002, color amarillo, placa y registro A441644, chasis 1FAFP40452F232633, a nombre de RUBEN DARIO CANDELARIO RODRIGUEZ. FP94988
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color blanco, año 2009, placa y registro A661991, chasis 4T1BE46K29U837098, a nombre de ROSSI YORORIS RUIZ BERIGUETE.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color rojo vino, año 1997, placa y registro G062641, chasis JT3GP10V2V0018149, a nombre de DULCE MARÍA RUFINO DÍAZ. FC353838
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K0616279, color metálico, chasis LC6PAGA16D0004289, tipo motocicleta, año 2013, propiedad de DIONISIO ALEJANDRO ALVAREZ GARCIA, cédula No. 402-2015538-2. FC 353724
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, color blanco, año 2009, placa y registro Z506546, chasis JDA00V11600031580, a nombre de INDUSTRIAS SAN MIGUEL DEL CARIBE, S.A. RNC: 130012407.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla, color gris, año 1997, chasis AE1105192350, a nombre de RAFAEL EMILIO HLARIO SANTANA, cédula 001-0120582-1.
PÉRDIDA DE PLACA: de Acura, modelo Integra Ls, año 1991, color rojo, placa y registro A379440, chasis JH4DB165XMS006322, a nombre de VANITY ESMERALDA RODRÍGUEZ FRÍAS. FP94989
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Chevrolet, color marrón, año 1977, placa y registro A207625, chasis 1N69U7S154440, a nombre de RAFAEL BARTOLOMÉ ANTUNA PÁEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, color gris, año 1993, placa y registro L170419, chasis 4TARN81A4PZ139936, a nombre de MARIO ALFREDO YSAIAS LEE ALMANZAR, cedula 018-0051504-9. Fc353835
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Peugeot, modelo 3008 active, año 2013, color azul, placa y registro A605141, chasis VF30U5FMADS015598, a nombre de MICHELLE ALEXANDRA VALENZUELA SALADIN, cédula 001-1782202-3. FC 353843
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, año 2001, placa y registro K0104691, chasis LC6PAGA1410010782, a nombre de MARÍO JULIO BATISTA MORALES, cédula 026-0103942-9. FP94985
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Peugeot, modelo 3008 active, año 2013, color azul, placa y registro A605141, chasis VF30U5FMADS015598, a nombre de MICHELLE ALEXANDRA VALENZUELA SALADIN, cédula 001-1782202-3. FC 353843
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, año 1994, color azul, placa y registro K0288963, chasis HA022107563, a nombre de JENNIFER ELIZABETH ESTEVEZ SALDAÑA, cédula 402-2086037-9. fp94977
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Chevrolet, color dorado, año 2013, placa y registro G308559, chasis 3GNCJ8CEXDL176781, a nombre de VIAMAR.
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Honda, color rojo, año 1989, placa y registro A189581, chasis 1HGED3659KA094490, a nombre de ROBERTO ANTONIO DÍAZ RODRÍGUEZ, cédula 005-0037097-8. FC353834
PÉRDIDA DE CHAPA: marca Izusu, modelo TFR10F, año 1991, color blanco, placa y registro L064090, chasis JAATFR52FM7100055, a nombre de CARLOS ESTERLIN CABRERA LUCIANO, cédula 001-1403742-7. Fp94979
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daewoo, color blanco, año 1999, placa y registro L142552, chasis KLY7T11ZBXCO53895, a nombre de ERNAN MENDEZ SÁNCHEZ MENDEZ, cédula 001-0152807-3. FC353845
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Toyota, modelo RN55LMDA, color blanco, año 1985, placa y registro L019946, chasis JT4RN56DXF0143272, a nombre de AUGUSTO MOTA MALDONADO, cédula 093-0033344-1. FP94978
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Alfa Romeo, color blanco, año 2013, placa y registro A647858, chasis ZAR955000D1202951, a nombre de VIAMAR.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Alfa Romeo, color blanco, año 2013, placa y registro A647858, chasis ZAR955000D1202951, a nombre de VIAMAR S.A., RNC: 101011149. FC353833
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa A164244, color dorado, chasis 2T1AE09B3SC118451, automóvil privado, año 1995, propiedad de OSIRIS MONTERO RODRIGUEZ, cédula 001-1481061-7. FC 353762
PERDIDA DE MATRICULA del Bote de pesca “NUEVO RENACER”, Mat. BP-N32-1500SBS, de 20 pies de eslora, 6.5 de manga y 4 de puntal, color verde y amarillo, propiedad del Sr. EUSEBIO MELO. FC353844
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Dodge, año 2006, color rojo, placa y registro L314124, chasis 1D7HU18N06J171126, a nombre de PAVEL ALEXIS PELAEZ, cédula 0011486459-8. FC353853
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Kia, color blanco, año 2013, placa y registro A724943, chasis KNAGN418BDA292184, a nombre de PAREDES CEBALLOS AUTO IMPORT, C. POR A., RNC: 130517932. FC353829
PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Ford, color plateado, año 2006, placa y registro G288044, chasis 1FMEU73E46UA93015, a nombre de SANDRO DE LOS SANTOS PÉREZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Suzuki, modelo Vitara, color verde, año 1993, placa y registro G011528, chasis JS3TD02V5P4103333, a nombre de ERVIN RÓMULO DE LEÓN PÉREZ. Fc353851
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2009, placa y registro A653479, chasis KMHEU41MP9A644607, a nombre de CARLOS POLANCO, cédula 0011744050-3. Fc353841
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Suzuki, modelo JB420JLX 2WD AT, año 2009, color blanco, placa y registro G210386, chasis JS3TE54V594100832, a nombre de GENARA MUÑÓZ HERNÁNDEZ, cédula 049-0043968-0. FC0353830
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Volvo, color blanco, año 1998, placa y registro L249090, chasis 4VG7DERHXWN756950, a nombre de FREDY DEL CARMEN TEJEDA, cédula 001-1246568-7. FC353837
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca BMW, color blanco, año 2008, placa y registro EX07903, chasis WBAUR31040VF12922, a nombre de SOCORRO ORGANIZADO DE SALUD S O S, RNC: 430071781. FC353854
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, color rojo, año 1997, placa y registro 003431, chasis INXBA02E002628540, a nombre de JUAN TOMÁS DIAZ MEDINA. FC353848
PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Land Rover, color blanco, año 2007, placa y registro G173878, chasis SALLAAA147A428679, a nombre de CLEVER NEFTALI ABREU PINEDA, cédula 223-0023084-8.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Kia, color blanco, año 2009, placa y registro A602053, chasis KNAFE221895615728, a nombre de VICTOR MANUEL DURÁN DE LA ROSA, cédula 017-0016914-5. FC353840
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, color verde, año 1981, placa y registro N959804, chasis C701124722, a nombre de DORIS MARÍA PONCIANO MORALES.
PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil Privado, Marca Hyundai, Modelo Sonata N20, Año 2011, Color Mamey, No. Registro Y Placa A725448, Chasis KMHEU41MBBA811258, PROPIEDAD DE HECTOR APOLINAR RODRIGUEZ VASQUEZ, CEDULA/RNC 0310312643-3.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, modelo MS200P, color blanco, año 1987, placa y registro L158652, chasis VG6M111B5HB026836, a nombre de ANGEL EMILIO DE AZA PEÑA, cédula 068-0004676-2. FP94967
“PERDIDA DE CERTIFICADOS DE ACCIONES NOS. 85 y 86 DE LA SOCIEDAD COMERCIAL DANIEL ESPINAL SAS.” PRIMERO: A que mis requeridores los señores Fernando J. Espinal García y Nadira A. Arbaje de Espinal son propietarios de los Certificados de Acciones No. 85, el cual representa 163 acciones del capital suscrito y pagado; y el No. 86, el cual representa 1 acción del capital suscrito y pagado, respectivamente, ambos de la sociedad comercial DANIEL ESPINAL SAS., emitidos en fecha 22 de septiembre del 2002; SEGUNDO: A que los supraindicados Certificados de Acciones han sido extraviados por mis requeridores y a la fecha del presente acto no han sido emitidos certificados de acción sustitutos; TERCERO: A que mediante el presente acto y en cumplimiento con el Art. 8 de los Estatutos Sociales de Daniel Espinal, S.A.S., mis requeridores tienen a bien notificar la pérdida del Certificado de Acción No. 85, de la sociedad comercial DANIEL ESPINAL SAS., emitido en fecha 22 de septiembre del 2002, el cual representa 163 acciones del capital suscrito y pagado de dicha sociedad, propiedad del señor Fernando J. Espinal García; y del Certificado de Acción No. 86, de la sociedad comercial DANIEL ESPINAL SAS., emitido en fecha 22 de septiembre del 2002, el cual representa 1 acción del capital suscrito y pagado de dicha sociedad, propiedad de la señora Nadira A. Arbaje de Espinal, así como a solicitar la anulación de estos y la posterior expedición de sus respectivos certificados sustitutos.
Sin otro particular, por el momento, les saluda, Muy atentamente, Lic. Andrés López Bonnelly FC353415
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