Skip to main content

Legales

Page 1

VIERNES 16 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

08 CLASIFICADOS

CLASIFICADOS AUTOMÓVILES

Bienes Raices

AUTOS

Automóviles

809-369-5555 RD$430,000

Toyota Vitz 2012

RD$2,950 RD$390,000

Kia Morning/Picanto , gasolina. 32 mil kl. 2013. Mas info 8098520415

RD$ 435,000

Tablet 7´´ Gsm de chip

Honda Fit Eco 2012

RD$10,500 RD$ 355,000

US$33,500

Impresora Brother MFCJ480DW con sistema de tinta y wifi

Nissan March 2011

Kia k5 201 RD$ 595,000. Mas info. 8098520415

RD$375,000

Contactos: T: 809-807-4333, C: 809-8692208, C: 809-668-9418, C: 829885-5000, C: 809-644-4333 Redes Sociales: Instagram/Facebook/YouTube: @santautos Website: www.sant.do Dirección: C/Rafael Abreu Licairac #52, Casi Esq. Charles Summer, Los Prados, Santo Domingo, Rep. Dom.

Toyota Vitz 2010

RD$11,500 Laptop Dell i5 E6420, Intel core i5, 4gb memoria, 250gb disco, camara

Sin intermediarios

RD$985,000

HONDA CRV EX '12, Camara de reversa, Financiamiento Disponible, US $20,800 NEG.!! info.: 829-875-8050

RD$5,500 Samsung Galaxy on5 nuevo

RD$775,000 RD$335,000

Toyota Passo 2011

Toyota Rav4 '1, Endoso & Placa incluido -35,000 millas, Interior en Piel, Gomas nuevas, NEG info.: 829-875-8050

RD$15,500

Imac 2009 de 20´´ Intel core 2 Duo, 4gb, 160gb

Empleos

Capacitación

Legal

Diversos


VIERNES 16 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CLASIFICADOS 09


VIERNES 16 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA

PERDIDA DE CHEQUE

Por motivo de embargo ejecutivo de fecha cinco (05) de junio del año dos mil diecisiete (2017), se procederá a la venta en pública subasta del vehículo marca Nissan Pathfinder, color rojo, placa G110420, embargado al señor JUAN ISIDOR RAMOS ENRIQUE, mediante proceso verbal de embargo marcado con el No. 79/2017, instrumentado por el DR. SEVERINO VASQUEZ LUNA. Dicha venta será celebrada el sábado diecisiete (17), a las nueve (09:00) horas de la mañana, en el mercado público de Honduras ubicado en la calle 1ra. Esquina Correa y Cidrón.

Hacemos de conocimiento público que se ha extraviado el Cheque No. 4429276, de fecha 13 de Junio del 2017, emitido por J y M Importadora del Este, con RNC 1-30-47303-1, a NOMBRE Colector de Impuesto Interno, por un valor de RD$88,442.78, concepto de emisión primera placa.

JOAQUIN A. QUEZADA REYES, Vendutero Público.

PUBLICACION DE DIVORCIO En Cumplimiento con las disposiciones de la Ley 1306-Bis de divorcio y para el general conocimiento se hace saber lo siguiente: Que en fecha Veintinueve (29) del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Cuarta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dictó una Sentencia de divorcio por mutuo consentimiento, marcada con el número 812/1217, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: ACOGE como buena y válida en cuanto a la forma la presente demanda en Divorcio por Mutuo Consentimiento y en cuanto al fondo ACOGE la Conclusiones vertidas en el Acto de Estipulaciones y Convenciones marcado con el No. 07, folio No 17 , de fecha Veintiocho (28) del mes de Octubre del año Dos Mil Dieciséis (2016), instrumentado por el DR. FERNANDO ANTONIO GRACIANO REYES , Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional Matriculado con el número 2980 por haber sido hecho conforme a la Ley y al Derecho. SEGUNDO: ADMITE e! divorcio por mutuo consentimiento entres los cónyuge señores, VICTOR MANUEL SORIANO FAMILIA Y RUTH ESTHER MANZANILLO GRACIANO con todas sus consecuencias legales; TERCERO: ORDENA, el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: COMPENSA las costa por tratarse de litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena y manda y firma (Firmados: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, Jueza; BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrado Juez de este tribunal, el mismo día, mes y año señalado la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. El presente divorcio fue pronunciado el día Doce (12) del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017), por ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de la Provincia de Santo Domingo Este y transcripta en el Libro 000003, destinado s esos fines, bajo el Acta No.000250, Folio No.0099 del año 2017. En el Municipio de Santo Domingo, Este, República Dominicana, a los tres (3) días del mes de mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

LICDA. MERCEDES TAVERAS MARTINEZ, Abogada Apoderada.

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con el Art.42 de la Ley 1306-Bis de Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Veintidós (22) de Mayo del año 2017, La Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.532-2017-ECON-00701, Expediente No.532-2017-SSEN-0879, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores MIGUEL BRAZOBAN MARTÍNEZ Y ANTONIA SÁNCHEZ PARRA, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) DECLARA disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores MIGUEL BRAZOBAN MARTINEZ Y ANTONIA SÁNCHEZ PARRA, por su mutuo consentimiento de conformidad con el Acto de Convención y de Estipulación de Divorcio No.57, instrumentado en fecha 03 de Abril del 2017, por ante el DR. CARLOS EUSEBIO TRINIDAD, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. ASI se pronuncia, ordena, manda y firma: (FIRMADOS): PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, Juez Suplente; FRANYER ENRIQUE BEATO PEREZ, Secretario. Pronunciado en fecha Nueve (09) de Junio del año 2017, por ante el Oficial del Estado Civil de la Quinceava Circunscripción de Santo Domingo Oeste, mediante Acta No.000227, Libro No.00002, Folio 0027, del año 2017. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, hoy día Quince (15) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).

LIC. JULIO CESAR DE LA ROSA DURAN, Abogado Apoderado. FC 347343

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para general conocimiento y el cumplimiento por la dispuesto en el artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, la señora MILEYDY D’ OLEO ENCARNACION, dominicana, mayor de edad, educadora, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 075-0008573-8, residente en la calle Luisa No. 15, del sector Los Tres Ojos, del municipio Santo Domingo Este, de la provincia de Santo Domingo de la República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. DAVID R. LORENZO, con estudio profesional abierto en la calle Primera No. 33, del Residencial El Acuario, sector Sans Souci, de la ciudad de Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para las fines y consecuencias legales de la presente publicación, por medio del presente aviso le advierte a su legítimo esposo, señor PEDRO MINELYS ENCARNACIONAL VICENTE, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Los Trinitarios No. 16, del sector Los Frailes II (Segundo), del kilómetro 12 de la Autopista Las Américas, del municipio Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, que a falta de información acerca de su domicilio actual procederá a emplazarla en acción de divorcio por ante el Magistrada Procurador Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, ubicado en la avenida Charles de Gaulle No. 27, del municipio Santo Domingo Este, el día lunes que contaremos a 27 (veintisiete) de junio del año 2017 (Dos Mil Diecisiete) para que comparezca personalmente o representado a la audiencia que a puertas cerradas celebrará la CUARTA SALA PARA ASUNTO DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, sito en la calle Hermana Carmelita Teresa de San José, antigua calle 17, No. 3, del Ensanche Ozama, del municipio Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.) del día martes, que contaremos a veintisiete (27) del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), a los fines de conocer de la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, que incoará la señora MILEYDY D’ OLEO ENCARNACION, mediante el acto de emplazamiento que será instrumentado y notificado al electo. En la ciudad y municipio de Santo Domingo Este, a los 15 días del mes de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).

FC 347338

LIC. DAVID R. LORENZO, Abogado.

FP 90730

AVISO DE ENPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES Conforme a lo establecido en los Estatutos Sociales de la sociedad GRUPO BHD, SA, para conocimiento general se hace saber que se encuentran extraviados los Certificados de Acciones que amparan el derecho de propiedad que posee la sociedad Ensanche Julieta, SRL, sobre las siguientes acciones de la sociedad GRUPO BHD, SA RNC.10110635-2: l) Certificado No.00016754 de Mil Seiscientas Setenta y Seis (1,676) acciones, emitido en fecha 8 de mayo de 2000; 2) Certificado No.00018195 de Mil Seiscientas Dieciséis (1,616) acciones, emitido en fecha 7 de mayo de 2001; 3) Certificado No.00019276 de Mil Seiscientas Noventa y Tres (1,693) acciones, emitido en fecha 7 de mayo de 2002; 4) Certificado No.00020403 de Mil Quinientas Siete (1,507) acciones, emitido en fecha 8 de mayo de 2003; 5) Certificado No.00021505 de Dos Mil Cuarenta y Seis (2;046) acciones, emitido en fecha 10 de mayo de 2004; 6) Certificado No.00022630 de Mil Doscientas Noventa y Cuatro (1,294) acciones, emitido en fecha 10 de mayo de 2005; 7) Certificado No,00023723 de Novecientas Noventa y Una (991) acciones, emitido en fecha 30 de noviembre de 2005; 8) Certificado No.00024806 de Mil Quinientas Setenta y Siete (1,577) acciones, emitido en fecha 9 de mayo de 2006; 9) Certificado No.00025907 de Dos Mil Doscientas Catorce (2,214) acciones, emitido en fecha 19 de abril de 2007; 10) Certificado No.00027127 de Mil Novecientas Sesenta y Dos (1,962) acciones, emitido en fecha 13 de mayo de 2008; 11) Certificado No.01892 por Mil Quinientas Setenta y Ocho (1,578) acciones, emitido en fecha 23 de abril de 2010; 12) Certificado No.03456 por Mil Seiscientas Cuarenta y Seis (1,646) acciones, emitido en fecha 13 de mayo de 2011; 13) Certificado No.04578 por Mil Seiscientas Cuarenta y Cinco (1,645) acciones, emitido en fecha 20 de abril de 2012; 14) Certificado No.07532 por Mil Ochocientas Sesenta y Cuatro (1,864) acciones, emitido en fecha 11 de abril de 2013; 15) Certificado No.09529 por Dos Mil Ciento Trece (2,113) acciones, emitido en fecha 2 de julio de 2014; 16) Certificado No.10719 por Mil Seiscientas Setenta y Seis (1,676) acciones, emitido en fecha 24 de abril de 2015; 17) Certificado No.11902 por Dos Mil Noventa y Cuatro (2,094) acciones, emitido en fecha 27 de abril de 2016. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Dieciseis (16) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. LUIS CEDEÑO POCKELS, Abogado.

MABE DEL CARIBE, S.R.L. Capital Social: RD$100,000.00 Registro Mercantil: 63852SD Registro Nacional del Contribuyente: 1-30-55473-2 Dirección: Calle Max Henríquez Ureña, No. 79, local 205, Naco Santo Domingo, D.N. AVISO DE PUBLICACIÓN DE FUSIÓN SOCIETARIA Para cumplir con el Artículo 386, Párrafo I, de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 (en lo adelante la Ley), se avisa a los interesados y al público en general que ha sido convenido entre las sociedades comerciales MABE DEL CARIBE, S.R.L. y ATLAS DEL CARIBE, S.R.L., un proyecto de fusión, propuesto mediante Informe del Consejo de Gerencia de fecha veintiocho (28) de abril del año dos mil diecisiete (2017) y debidamente aprobado mediante Asamblea General Extraordinaria de los socios de MABE DEL CARIBE, S.R.L. celebrada en fecha treinta y uno (31) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). La fusión propuesta se realiza en virtud de los planes que, a nivel de grupo corporativo, se han implementado para la reorganización y simplificación de la estructura corporativa del Grupo MABE en República Dominicana, donde, proceder con la fusión por absorción de ATLAS DEL CARIBE, SRL por la Compañía filial, MABE DEL CARIBE, SRL., permitiría lograr un uso eficiente de recursos a través de la reducción de costos operativos, facilitando sinergias administrativas que permitan una mejor operación local para el beneficio y continuidad de los negocios en la República Dominicana. Conforme al indicado proyecto de fusión aprueba lo siguiente: a) La sociedad MABE DEL CARIBE, S.R.L. absorberá el patrimonio de la sociedad ATLAS DEL CARIBE, S.R.L., la cual se disolverá sin liquidarse; b) La sociedad absorbente asumirá todas las deudas y pasivos de la sociedad absorbida; c) La sociedad absorbente será titular de todos los derechos de la sociedad absorbida con efecto al día treinta y uno (31) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017); d) Los socios de la sociedad absorbida pasarán a ser socios de la sociedad absorbente; en este sentido, las partes sociales de la sociedad absorbida serán canjeadas por partes sociales de la sociedad absorbente a razón de MIL (1000) partes de la absorbida por MIL (1000) partes de la absorbente, por lo que en total será de DOS MIL (2000) cuotas sociales; y, g) El capital social de la sociedad absorbente resultará en DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$200,000.00). Se les avisa a todos los socios de ambas sociedades que el texto íntegro del proyecto de fusión, así como el informe del comisario de fusión, se encuentran a su disposición en el domicilio de cada sociedad por un plazo de treinta (30) días contados a partir de la presente publicación. Igualmente se le avisa a los acreedores de ambas sociedades que a partir de esta publicación cuentan con un plazo de treinta (30) días para formar oposición al proceso de fusión de acuerdo a lo establecido en el artículo 395, Párrafo I, de la Ley. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

JOSE MANUEL ALBURQUERQUE PRIETO, Apoderado especial.

En el cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, del 21/05/1937 sobre divorcio, en la Rep. Dom. Modificada por la Ley 2153 de 1949, Y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor Jesús Padilla Medrano, Dominicano, Mayor de edad, Casado, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No 224-0009713-9. Residente en la calle Respaldo Puerto Plata No.2 sector Bayona, Distrito Nacional, Lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio y accidentalmente en Neyba para todos los fines y consecuencias legales del presente procedimiento de demanda en divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, quien tiene como abogados apoderados Especial a los LICDOS. Angel Anulfo Herasme, dominicano, mayor de Edad, casado, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No 022-0015594-9 y Elido Encarnación Sánchez, dominicano, mayor de Edad, casado, Titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 022-0030100-6, Abogados de los Tribunales de la República, Colegio de Abogado números -59515-293-15, Estudios Profesionales Abiertos en la calle 27 de Febrero No.4 Esquina San Bartolomé de esta ciudad de Neyba, donde mi requeriente y demandante hace formar elección de domicilio para todos los fines legales de la presente publicación ADVIERTE a su legítima esposa señora SUELEN DE MATOS SANTOS, cuyo último domicilio fue la calle No.2 de la Respaldo Puerto Plata, sector Bayona, Santo Domingo D.N. y que a falta de información actual relativa a su domicilio se procederá a emplazarla en acción de Divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal Distrito Judicial de Bahoruco, R.D, el día (23) de junio 2017 a las 9:00am, horas de la mañana, así como en la puerta de la Secretaría del Tribunal apoderado y el último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará para ser conocido en fecha 04 del mes de julio (2017) en el salón de Audiencia donde se conocerá a puertas cerradas del segundo nivel del palacio de Justicia, ubicado en la calle 27 de Febrero No.4 del Municipio Neyba, Prov. Bahoruco, R.D., hoy a los 13 del mes de junio (2017).

LIC. ANGEL ANULFO HERASME, Abogado. LIC. ELIDO ENCARNACION SANCHEZ, Abogado. FC 347260

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor RAFAEL JUAN MINAYA NOVA, Belga, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Santo Domingo y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D. pasaporte No.EJ469697; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FAUSTO ALFONSO MARTE CEPEDA, cédula No. 047-0154228-6 con estudio profesional abierto en el No.50 de la Calle 27 de Febrero, 2do Nivel, Edif. Griselda, Apto.201-B, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora DEYANIRA CHEVALIER RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en La Torre de este municipio de La Vega, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 19 del mes de JUNIO del año 2017, a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 03 del mes de JULIO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 12 días del mes de JUNIO del año 2017.

LIC. FAUSTO ALFONSO MARTE CEPEDA, Abogado apoderado de la parte Demandante. (AC-11319-CM-14-15-16/06/2017)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D. Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor ENRIQUE IRRIZARRI FERNANDEZ, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la calle Principal de Villa Francisca, municipio y provincia de La Vega, R.D., cédula No.047-0119687-7, quien tiene como Abogada constituida y apoderado especial a la LICDA. ANYELINA DIAZ MARTE, cédula No. 049-0079992-7, con estudio profesional abierto en la calle García Godoy No.21, Plaza Portessa, Primera Planta, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARIA CRISTINA RODRIGUEZ GONZALEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle 5 de Villa Francisca, de esta ciudad de La Vega, R. D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 20 del mes de JUNIO del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 05 del mes de JULIO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 15 días del mes de JUNIO del año 2017.

LICDA. ANYELINA DIAZ MARTE, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RO-13757-CP-15-16-17/06/2017)


VIERNES 16 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL PROVINCIA DE SAN CRISTOBAL 15 de Junio del año 2017. DEL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL SAN CRISTOBAL ASUNTO: AVISO DE EMPLAZAMIETO, FIJACION DE AUDIENCIA, CITACION, AVISO DE REQUERIMIENTO Y ORDENA COPIA CERTIFICADA DE PERIODICO, EXPEDIENTE NO. 0297-13-00525, EXPEDIENTE ANTIGUO: LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE TIERRAS, A TODOS A QUIENES PUEDA INTERESAR EL ABOGADO DEL ESTADO VS RECLAMANTE: ADA LEIDA JOSEFINA ANDUJAR BAEZ Inmueble: PARCELA 307189564297 D.C. NO.03, PROVINCIA SAN CRISTOBAL DEL MUNICIPIO DE SABANA GRANDE DE PALENQUE, COLINDANTES: AL NORTE: CALLE FRANCISCO DEL ROSARIO SANCHEZ; AL ESTE: SANTIAGO MADE U; ATILANO AQUINO y NELSON RODRIGUEZ; AL SUR: CALLE ANICETO MARTINEZ y AL OSTE: DANIEL AQUINO, OTROS INTERESADOS, Y DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 50 y 51 (Mod. Por la Resolución NO. 1737 de la S.C.J. del 12 de Julio de 2007) SE CITAN: Á las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho en dicho inmueble y sus mejoras, para que comparezcan a la audiencia que celebrará este Tribunal de Jurisdicción Original de la Provincia de San Cristóbal el día 30/6/2017, a las 9:00 horas de la mañana, en el lugar que acostumbra a celebrar Audiencias este Tribunal, en el salón ubicado en la Calle Pedro Borbón No.15, Esq. General Cabral, ubicado en el 2do. Nivel del Palacio de Justicia de la Provincia de San Cristóbal, donde acostumbran a celebrar audiencia el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, con relación al inmueble de referencia, a fin de que se deja conocer los derechos que pretenden y las pruebas en que se basan para que al efecto formulen sus reclamaciones de Jurisdicción Original, con motivo de una reapertura en los debates, ordenada por el magistrado BAYOAN RODRIGUEZ PORTALIN, en fecha 23/02/2017. En la Ciudad de San Cristóbal, Provincia San Cristóbal, República Dominicana, el día 31 de Enero del Año Dos Mil Diecisiete (2017), años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración. DOY FE: PATRICIA JIMENEZ.

Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 9702497, del BANCO SCOTIABANK, de fecha 20/1/2017, por valor de RD$1,000,000.00, a nombre de: ELIANA ALTAGRACIA HERNANDEZ, cédula 001-0125620-4 y Co-Depositante: TIBALDO RANCIER, cédula 001-1895074-0. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 347124

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO

Se hace de conocimiento general y en conformidad con el Art. 08 de la Ley 1024, sobre bien de familia del 24 de Octubre del 1928, modificada por la ley 5610 del 25 de Agosto de 1962, lo siguiente: Primero: Que los señores Rosa María Hasbun de Frías, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-01-70809-7, quien actúa en su propio nombre y por su hijo menor de edad Alan Frías Hasbun; Sócrates Fernando Frías Hasbun, dominicano, soltero, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de Identidad y electoral No. 001-1778840-6; Ámbar Patricia Frías Hasbun, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 402-2123411-1, todos domiciliados y residentes en la calle el Peñasco, residencial San Sebastián III, Casa No. 6, Arroyo Hondo, no siendo administradores Judiciales, ni empleados públicos han hecho por ante mi Dr. Miguel Ángel Cedeño J. Notario público de los del número del distrito Nacional, matricula 6254, con estudio profesional abierto en la calle Camila Henríquez Ureña No. 3, Altos Mirador Norte, Distrito Nacional, Ciudad, mediante el acto Autentico No. 03-2017, de fecha Treinta uno (31) del mes de Mayo, del año Dos Mil diecisiete (2017), la declaración del Bien de familia, inembargable e inajenable, de conformidad con las indicadas leyes, a favor de: Rosa María Hasbun de Frías, Alan Frías Hasbun, Sócrates Fernando Frías Hasbun, Ámbar Patricia Frías Hasbun, sobre el bien inmueble que se describe a continuación “Unidad Funcional, J-3, identificada como 400404926519, J-3, Matricula No. 0100006455, del condominio Torre Manuel Emilio, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela 1.66% y 1 voto en la asamblea de Condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-05-03-302, ubicado en el nivel 03, del bloque 05, destinado a Apartamento, con una superficie de 148.00 metros cuadrados; un Sector común de Uso exclusivo identificado como SE-00-01072, ubicado en el nivel 01, destinado a parqueo, con cena superficie de 12.00 metros cuadrados y un sector común de liso exclusivo identificado como SE-00-01-089, ubicado en el nivel 01, destinado a parqueo, con una superficie de 12,00 metros cuadrados”; Segundo: Que una vez expirado el plazo de tres (3) meses a contar del primer aviso y cumplida con las exigencias que dispone el Artículo 8 de la ley 1024, modificada por la ley 5610 del 25 de Agosto del 1962, el Acto Constitutivo de Bien de Familia, con todas las piezas justificadas, será sometido por el Abogado Autorizado por ante la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional Para Asuntos de Familia, la cual designará una de sus salas para la Homologación de dicho acto, de conformidad con la precitada ley. En Santo Domingo, Distrito Nacional Hoy día Dos (02) del mes de Junio del dos Mil Diecisiete (2017).

Para conocimiento general se hace saber que HA SIDO FIJADA para el Martes, que contaremos a Dieciocho (18) de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, por ante La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la Tercera planta del Palacio de Justicia de San Cristóbal, Sito en la calle Padre Borbón No 15, esquina General Cabral de la ciudad de San Cristóbal, la VENTA EN PUBLICA SUBASTA del inmueble que se describe a continuación: 1) UN SOLAR PROPIEDAD DE LA SEÑORA GERMANIA BREA, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (175 MT52.), DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA No. 1094 DEL DISTRITO CATASTRAL No. 10 DE SAN CRISTOBAL, UBICADO EN LA CARRETERA SANCHEZ, KM. 22 1/2, CASA No. 14, SAN GREGORIO DE NIGUA, SAN CRISTOBAL, REPUBLICA DOMINICANA Y CON LOS SIGUIENTES LINDEROS ACTUALES: AL NORTE PROPIEDAD PRIVADA; AL SUR: CARRETERA SANCHEZ VIEJA; AL ESTE: IGLESIA LA VIRGEN Y AL OESTE: CASA DE ELSA PEGUERO Y CASA DEL SEÑOR MIGUEL GERMAN. 2) UNA CASA DE BLOCKS, TECHADA DE CONCRETO Y ZINC, CON DOS DORMITORIOS, SALA, COCINA Y UN BAÑO Y UNA CASA EN CONSTRUCCION, CON 5 LINEAS DE BLOCKS, MARCADA CON GALERIA, SALA, COCINA, DOS DORMITORIOS Y UN BAÑO, CONSTRUIDA EN UN SOLAR CON UNA EXTENSION DE CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (175 MTS2.), DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA No. 1094, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 10 DE SAN CRISTOBAL, UBICADA EN LA CARRETERA SANCHEZ VIEJA, KM. 22 1/2, CASA No. 14, CAMBELEN, SAN GREGORIO DE NIGUA, SAN CRISTOBAL, REPUBLICA DOMINICANA; CON LOS SIGUIENTES LINDEROS ACTUALES: AL NORTE: PROPIEDAD PRIVADA; AL SUR: CARRETERA SANCHEZ VIEJA; AL ESTE: IGLESIA DE LA VIRGEN DE LA ALTAGRACIA Y AL OESTE: CASA DE LA SEÑORA ELSA PEGUERO. Dicho inmueble ha sido EMBARGADO de acuerdo con las disposiciones de la Ley, en PERJUICIO de los señores: MIGUEL PEGUERO GERMAN, IROILMA JIMENEZ BREA Y GERMANIA BREA, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-1502369-9; 001-1144906-9 y 002-0081577-7, respectivamente, a REQUERIMIENTO de la Sociedad Comercial SOLUCIONES SOLIDARIAS, representad por la señora Licda. YIRANDY MERCEDES AMADOR TERRERO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 012-01070537, domiciliada y residente en la calle Padre Ayala Esquina Máximo Gómez, Edificio Johan, Apartamento 2-2, San Cristóbal, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO TORIBIO MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No 002-0018465-3, abogado de los tribunales de la República Dominicana, debidamente inscrito en el Colegio Dominicano de Abogados con la matrícula No. 55523-35-15, con estudio profesional abierto en la Av. Constitución 104 esquina Mella, Edificio Plaza Constitución, Segundo Nivel, Apto. 2-E, de esta Ciudad de San Cristóbal, República Dominicana, donde ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales el Persiguiente. El mandamiento de pago fue notificado a la parte embargada el día Doce (12) del mes de Diciembre del año 2016 y convertido en EMBARGO INMOBILIARIO de pleno derecho por falta de pago, mediante Acto de Proceso Verbal de Embargo No. 412017 de fecha 14 de Febrero del año 2017; La Denuncia del Proceso Verbal de Embargo, mediante acto No. 117/2017 e inscrito en la oficina de Conservaduría de Hipotecas y Registro Civil del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal, el día 03 de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017). El PERSIGUIENTE ha fijado el precio de primera Puja en la suma de DOSCIENTOS CUANTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS DOMINICANOS (RD$ 244,278.00), que es el monto a que asciende actualmente la deuda Principal, más intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la Adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado Persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en cheque certificado por una institución bancaria establecida en La República Dominicana Se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado. LOS DEUDORES serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por el abogado del persiguiente, en la ciudad de San Cristóbal, Provincia y Municipio del mismo nombre, República Dominicana, a los Cuatro (04) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

Lic. Luis E Peláez Sterling Abogado Apoderado

LICDO. FRANCISCO TORIBIO MARTINEZ, Abogado del Persiguiente.

ATLAS DEL CARIBE, S.R.L. Capital Social: RDS100,100.00 R.N.C. No. 1-01-81266-4, Registro Mercantil No. 28127SD Domicilio social: Autopista Duarte Km. 13, sector La Cienaga, Provincia Santo Domingo.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO

APROBADO: BAYOAN RODRIGUEZ PORTALlN, JUEZ DEL TRIBUNAL DE TIERRAS JURISDICCION ORIGINAL DE SAN CRISTOBAL.

AVISO CONSTITUCIÓN DE BIEN DE FAMILIA

AVISO DE PUBLICACIÓN DE FUSIÓN SOCIETARIA Para cumplir con el Artículo 386, Párrafo I, de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 (en lo adelante la Ley), se avisa a los interesados y al público en general que ha sido convenido entre las sociedades comerciales MABE DEL CARIBE, S.R.L. y ATLAS DEL CARIBE, S.R.L., un proyecto de fusión, propuesto mediante Informe del Consejo de Gerencia de fecha veintiocho (28) de abril del año dos mil diecisiete (2017) y debidamente aprobado mediante Asamblea General Extraordinaria de los socios de ATLAS DEL CARIBE, S.R.L. celebrada en fecha treinta y uno (31) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). La fusión propuesta se realiza en virtud de los planes que, a nivel de grupo corporativo, se han implementado para la reorganización y simplificación de la estructura corporativa del Grupo MABE en República Dominicana, donde, proceder con la fusión por absorción de ATLAS DEL CARIBE, SRL por la Compañía de la sociedad filial, MABE DEL CARIBE, SRL., permitiría lograr un uso eficiente de recursos a través de la reducción de costos operativos, facilitando sinergias administrativas que permitan una mejor operación local para el beneficio y continuidad de los negocios en la República Dominicana. Conforme al indicado proyecto de fusión aprueba lo siguiente: a) La sociedad MABE DEL CARIBE, S.R.L. absorberá el patrimonio de la sociedad ATLAS DEL CARIBE, S.R.L., la cual se disolverá sin liquidarse; b) La sociedad absorbente asumirá todas las deudas y pasivos de la sociedad absorbida; c) La sociedad absorbente será titular de todos los derechos de la sociedad absorbida con efecto al día treinta y uno (31) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017); d) Los socios de la sociedad absorbida pasarán a ser socios de la sociedad absorbente; en este sentido, las partes sociales de la sociedad absorbida serán canjeadas por partes sociales de la sociedad absorbente a razón de MIL (1000) partes de la absorbida por MIL (1000) partes de la absorbente, por lo que en total será de DOS MIL (2000) cuotas sociales; y g) El Capital social de la sociedad absorbente resultará en DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$200,000.00). Se les avisa a todos los socios de ambas sociedades que el texto íntegro del proyecto de fusión, así como el informe del Comisario de fusión, se encuentran a su disposición en el domicilio de cada sociedad por un plazo de treinta (30) días contados a partir de la presente publicación. Igualmente se le avisa a los acreedores de ambas sociedades que a partir de esta publicación cuentan con un plazo de treinta (30) días para formar oposición al proceso de fusión de acuerdo a lo establecido en el artículo 395, Párrafo I, de la Ley. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los dieciséis (16 ) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017).

ZHIHONG HE ZHANG, Apoderado especial. FP 90740

LEGAL 11

Para conocimiento general se hace saber que HA SIDO FIJADA para el Martes, que contaremos a Dieciocho (18) de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana por ante La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal. ubicado en la Tercera planta del Palacio de Justicia de San Cristóbal, sito en la calle Padre Borbón No. 15, esquina General Cabral de la ciudad de San Cristóbal, la VENTA EN PUBLICA SUBASTA del inmueble que se describe a continuación: 1) UN SOLAR PROPIEDAD DE LA SEÑORA GERMANIA BREA, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (175 MTS2.), DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA NO. 1094 DEL DISTRITO CATASTRAL No- 10 DE SAN CRISTOBAL, UBICADO EN LA CARRETERA SANCHEZ, KM. 22 1/2, CASA No. 14, SAN GREGORIO DE NIGUA, SAN CRISTOBAL, REPUBLICA DOMINICANA Y CON LOS SIGUIENTES LINDEROS ACTUALES: AL NORTE: PROPIEDAD PRIVADA; AL SUR: CARRETERA SANCHEZ VIEJA; AL ESTE: IGLESIA LA VIRGEN DE LA ALTAGRACIA Y AL OESTE: CASA DE ELSA PEGUERO Y PROPIEDAD DEL SEÑOR MIGUEL GERMAN E IROILMA JIMENEZ BREA. 2) UNA CASA DE BLOCKS, TECHADA DE CONCRETO Y ZINC, CON DOS DORMITORIOS, SALA, COCINA Y UN BAÑO Y UNA CASA EN CONSTRUCCION, CON 5 LINEAS DE BLOCKS, MARCADA CON GALERIA, SALA, COCINA, DOS DORMITORIOS Y UN BAÑO, CONSTRUIDA EN UN SOLAR CON UNA EXTENSION DE CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (175MTS2.) DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA NO. 1094, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 10 DE SAN CRISTOBAL, UBICADA EN LA CARRETERA SANCHEZ KM. 22 1/2, CASA NO. 14, CAMBELEN, SAN GREGORIO DE NIGUA, SAN CRISTOBAL, REPUBLICA DOMINICANA; CON LOS SIGUIENTES LINDEROS ACTUALES: AL NORTE: PROPIEDAD PRIVADA; AL SUR: CARRETERA SANCHEZ VIEJA; AL ESTE: IGLESAI VIRGEN DE LA ALTAGRACIA Y AL OESTE: CASA DE LA SEÑORA ELSA PEGERO. 3) UN SOLAR CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 810 METROS CUADRADOS, ES DECIR, EL EQUIVALENTE A UNA TAREA Y MEDIA (1 1/2T), DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA NO. 1094 DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 10 DE SAN CRISTOBAL, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS ACTUALES: AL NORTE: CALLE PRINCIPAL CARRETERA SANCHEZ VIEJA; AL SUR: PROPIEDAD DE LA SEÑORA PUCHIN HEREDIA; AL ESTE: PROPIEDAD DEL SEÑOR GOLEO VALLEJO Y AL OESTE: PROPIEDAD DE HECTOR JULIO FLORENTINO. Dicho inmueble ha sido EMBARGADO de acuerdo con las disposiciones de la Ley, en PERJUICIO de los señores: HECTOR JULIO FLORENTINO, MIGUEL PEGUERO GERMAN, IROILMA JIMENEZ BREA Y GERMANIA BREA, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 002-0110473-4: 001-1502369-9, 001-11449069 y 002-0081577-7, respectivamente, a REQUERIMIENTO de la Sociedad Comercial SOLUCIONES SOLIDARIAS, representada por la señora Licda. YIRANDY MERCEDES AMADOR TERRERO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 012-0107053-7, domiciliada y residente en la calle Padre Ayala Esquina Máximo Gómez, Edificio Johan, Apartamento 2-2, San Cristóbal, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO TORIBIO MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No.002-0018465-3, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente inscrito en el Colegio Dominicano de Abogados con la matrícula No. 55523-35-15, con estudio profesional abierto en la Av. Constitución 104 esquina Mella, Edificio Plaza Constitución, Segundo Nivel, Apto. 2-E, de esta Ciudad de San Cristóbal, República Dominicana, donde ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales el Persiguiente. El mandamiento de pago fue notificado a la parte embargada el día Doce (l2) del mes de Diciembre del año 2016 y convertido en EMBARGO INMOBILIARIO de pleno derecho por falta de pago, mediante Acto de Proceso Verbal de Embargo No. 3/2017 de fecha 14 de Febrero del año 2017; La Denuncia del Proceso Verbal de Embargo, mediante acto No. 119/2017 e inscrito en la oficina de Conservaduría de Hipotecas y Registro Civil del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal, el día 03 de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017). El PERSIGUIENTE ha fijado el precio de primera Puja en la suma de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL PESOS DOMINICANOS (RD$179,000.00), que es el monto a que asciende actualmente la deuda Principal, más intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la Adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado Persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. LOS DEUDORES serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por el abogado del persiguiente, en la ciudad de San Cristóbal, Provincia y Municipio del mismo nombre, República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).

LICDO. FRANCISCO TORIBIO MARTINEZ, Abogado del Persiguiente.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADOS FINANCIEROS Para los fines legales correspondientes, la señora BERENICE NUÑEZ, hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financieros Nos. 40-037-00550-9 y 40-037-000898-2 por montos originales de Setenta Mil con 00/100 Pesos dominicanos y Cincuenta Mil con 00/100 Pesos dominicanos, respectivos, abiertos en las fechas 22 julio del 2014 y 22 de junio del 2017 de la ASOCIACION CIBAO DE AHORROS Y PRESTAMOS.

BERENICE NUÑEZ T. FC 347063

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 1241088, expedido por el BANCO MULTIPLE BHD León. S. A., en favor de ANTONIA JAQUEZ ROSARIO, en fecha 08 del mes de Mayo del 2014, por la suma de R$80,000.00. FC 347065

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 0077617401 fecha de apertura 31 de Agosto del año 2015, expedido por valor de RD$100,000.00 (CIEN MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por el Banco Dominicano del Progreso S. A. Banco Múltiple a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: LESLIE PICHARDO Depositante (MDC-AC-11149-PC-ENV-12-19-26-02/06/2017)

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 13-601-3400036422, de fecha de apertura 1/09/2014, por valor de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos dominicanos), expedido por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS, a favor de: SILVESTRE CASTRO, APOLINAR y GARCIA DE JESUS SANTA (Depositantes). FP 90433 PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 60-112-6000018291, de la ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, de fecha 22 de abril del 2014, por valor de RD$100,000.00, a nombre de MARCELINA ANTONIA GARCIA FELIX, cédula No. 0010174865-5. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 344980


VIERNES 16 DE JUNIO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: Jeep, marca Hyundai, modelo Santa Fe 4X2, color Negro, año 2011, placa y registro G351347, chasis 5XYZK3AB3BG085268, a nombre de ZEUS ARISMENDY ACEVEDO RODRÍGUEZ, cédula 001-1135656-1

PERDIDA DE PLACA: Vehículo Remolque, marca Garp, color rojo, año 1999, placa y registro F007419, chasis 00111274107, a nombre de WILFREDO LUIS TORRES ALVAREZ.

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Marca X-1000, modelo CG200, año 2014, color negro, placa N9138889, chasis TBL20P107EHC53866, a nombre de ALIN JAVIER MORA JIMENEZ, CED. 08800058573. (RO-13582-CC-15-16-17/06/2017)

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

De conformidad con lo que dispone el artículo 92, párrafo III de la Ley 108-05 de Registro inmobiliario, y el párrafo (b) del Artículo 86 del Reglamento General de Registros de Títulos, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado de Título (Duplicado del Dueño) expedido a favor de los señores: RAFAEL AUGUSTO CASTILLO CASADO Y DENNY CRISTINA SANCHEZ VASQUEZ DE CASTILLO que ampara los derechos de propiedad del siguiente inmueble identificado como 304750980814, que tiene una superficie de nueve mil cuatrocientos treinta y dos punto ochenta y cuatro (9, 432.84), ubicada en San losé de Ocoa.

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero No. 402-01-050-030368-0 fecha de apertura 12 de AGOSTO del año 2005 expedido por valor de RD$127,600.00 (CIENTO VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del Certificado sustituto a favor de:

RAFAEL AUGUSTO CASTILLO CASADO y DENNY CRISTINA SANCHEZ VASQUEZ DE CASTILLO, Cédula de identidad y electoral No. 001-0042858-0 y 001-0461566-1.

FRANCISCA ANTONIA JIMENEZ, DEPOSITANTE.

FC 347322

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DEL ACREEDOR PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Kia, placa G351358, color gris, chasis 5XYKT3A10BG127899, tipo jeep, año 2011, propiedad de RAYSA SALOME SANCHEZ MORILLO, cédula 001-0914702-5.

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga Marca Daihatsu, modelo V118LHY, año 2000, color blanco, placa L085680, chasis V11610647, a nombre de PEDRO NUÑEZ, CED.047-0069812-1. (RO-13754-CM-15-16-17/06/2017)

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga marca Toyota, modelo RN50L KRA, color rojo, año 1986, placa y registro L093452, chasis No. JT4RM50RXG0213813, propiedad de SINENCIO EVANGELISTA, cédula 0010598629-3. FP 90690

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Honda, color blanco, año 1998, placa y registro L316811, chasis HA32000558, a nombre de MARIANO BAEZ MEJIA.

PERDIDA DE CHAPA: Un vehículo de carga, marca Dongfeng, modelo EQ5021XXYF, color blanco, año 2010, placa y registro L295308, chasis No. LGK132K71A9943845, propiedad de SANTACROSE INVESTMENTS, S.R.L., RNC 1-30-73692-8. FP 90692

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Mack, modelo MTS, año 1990, color blanco, chasis 1M2P231C1LW008124, registro y placa S002197, matrícula No. 5361536, propiedad de CONSTRUCTORA EFICIENTE DE EDIFICACIONES Y CARRETERAS CONSEECA, S.R.L., RNC 130-72335-4.

PERDIDA DE PLACA: Vehículo jeep, marca Nissan, color blanco, año 2006, placa y registro G142464, chasis JN1TBAT30Z0100516, a nombre de RUTH ESTHER CEDANO UREÑA. FP 90697

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Jincheng, placa N771346, color negro, chasis LJCPAGLH0BSA95588, tipo motocicleta, año 2011, propiedad de FANNY FELIZ SEGURA, cédula 001-0642515-0. FC 347319

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, placa L273670, color azul, chasis JDA00V11600030062, tipo carga, año 2008, propiedad EDGAR MAYOBANEX GARCIA PERALTA, cédula 025-0025301-4. FC 347271

AVISO: Por medio de la presente hacemos constar que el SR. SERGIO HICIANO VARGAS, cédula 056-0081289-4, retira la denuncia de pérdida del vehículo de carga Toyota, modelo Pick Up, año 1988, color rojo vino, placa L049126, chasis JT4RN50R5J5134740. FP 90733

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo marca Daihatsu, modelo V118LHY, año 2001, blanco, placa L071907, chasis V11816953, propiedad de JOSE ALT. VARGAS VARGA. FP 80709

PERDIDA DE CHAPA: Vehículo marca DAIHATSU, color VERDE, año 1998, placa y registro G117920, chasis JDAJ100G000519247, a nombre de JUANA NELLY BERROA ROSARIO, CED.001-0757566-4

PÉRDIDA DE PLACA: Jeep, marca Hyundai, modelo Tucson GLS 4X2, color Rojo, año 2011, placa y registro G352947, chasis KM8JU3AC1BU240877, a nombre de ARIOBEL ELIZAUL LUCIANO ENCARNACIÓN, cédula 010-0112491-4

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo motocicleta marca Suzuki, color negro, año 2015, placa y registro K0318042, chasis LC6PAGA11F0015915, a nombre de EUSEBIO PEGUERO UBIERA.

certificado financiero No. 402-01-249-008978-5, emitido por

AVISO DE PERDIDA DE CHEQUE CERTIFICADO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Cheque Certificado No. 02351401, de fecha 2/06/17, por valor de $64,078.94 (sesenta y cuatro mil setenta y ocho pesos dominicanos con noventa y cuatro centavos), IMPUESTOS INTERNOS.

seis (6) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), por un valor de RD$10,000.00, a nombre de Yvelice Ramona Javier Acosta, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 001-0166310-2. FC 347272

De acuerdo con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la Ley 108-05, y el Art. 83 del Reglamento de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que en la actualidad se encuentra extraviado, del lugar donde se encontraba guardado, Certificado de título Matricula No. 0100218129, correspondiente al inmueble identificado como Solar 8, Manzana 690, del Distrito Catastral No.01, ubicado en el Distrito Nacional, con una superficie de 125.00 metros cuadrados. Expedido por la Registradora de Título del Distrito Nacional en fecha 13 de Abril del año 2012, a nombre de la señora AGRIPINA RINCON.

AGRIPINA RINCON DE CALENDARIO, Propietaria.

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 800436123, del BANCO POPULAR DOMINICANO de fecha 12/01/2017, por un valor de RD$20,000.00, veinte mil pesos dominicanos, a nombre de MASSIEL ALTAGRACIA MARINE BATISTA, cédula 4022402804-9. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Se Hace De Público Conocimiento Que Se Han Extraviado Los Certificados Financieros Nos. 0000000876 De Fecha 8/2/2015 Y 0000000887 De Fecha 22-03-2015, Por Valores De Dos Millones Setecientos Mil Pesos Dominicanos (RD$2,700,000.00) Y Dos Millones De Pesos Dominicanos (RD$2,000,000.00) Del Banco De Ahorro Y Crédito Federal, S. A., Ambos A Nombre De La señora Magnolia Isabel Troncoso Hernández, Quien Ha Llenado Todos Los Requisitos De Ley, Para Obtener Su Duplicado Por Pérdida, Según Lo Establece La Ley.

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DE ACREEDOR

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley No. 2153, del 1949, que amplía el artículo 22 la Ley 1306-Bis, Sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace saber que el señor ELADIO RAFAEL PEÑA BETANCES, de nacionalidad Dominicana, mayor de edad, de este domicilio y residencia, por medio de su Abogado Constituido y Apoderado especial LIC. ALIN RODRIGUEZ DURAN, Abogado de los Tribunales de la República, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1319267-8, con estudio profesional abierto en la Calle 09, esquina 04 No. 87B, Del Proyecto Mirador Norte sector Los Guaricano, Santo Domingo Norte de esta ciudad, le advierte a su legítima esposa señora FIDELINA ALMONTE MARTINEZ, que tuvo su último domicilio conocido en la Calle Lea de Castro Esq. Calle el Sol, No. 66, sector los Guaricanos, Santo Domingo Norte, se procederá a emplazar en fecha 19 del mes de Junio del año 2017, en acción de divorcio por Causa determinada de Incompatibilidad de caracteres, para que comparezca como fuere de derecho al día Miércoles que constaremos a 05 de Julio del Año 2017, a las Nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), a la audiencia a puerta cerrada que celebrará la Cámara Civil y Comercial de la Segunda Sala, del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, Municipio Norte, el cual funciona y la Calle Ramón Matías Mella, No. 103, Esquina Altagracia.

De conformidad con el párrafo III, Art. 92 de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Duplicado del Acreedor Hipotecario a nombre del Banco de Santo Domingo, S. A. del inmueble Matrícula No. 3000264585, expedido por el Registro de Títulos de Santo Domingo, correspondiente a la Parcela No. 126-B-2-A-1-C-5-Ref.-1 del Distrito Catastral No. 6 del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 525.70 M2, propiedad de Ramón A. García Ureña y Zoila García de García.

LIC. ALIN RODRIGUEZ DURAN, Abogado.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

FC 347321

el Banco de Reservas de la República Dominicana, de fecha

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

FP 90736

LIC. RUTH MARIA PEÑA DOMINGUEZ, Propietaria.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el

De conformidad con lo que dispone el Art. 92 de la Ley 108 del 2005 sobre Registro Inmobilia4rio y del Art. 86 del Reglamento de aplicación, por este medio se hace de público conocimiento, la pérdida de los Certificados de Registro de Acreedor matriculadas con el No. 3000157589, que amparan la Parcela 3731-D, del D.C. No. 7, Santa Bárbara de la provincia de Samaná, con superficie de 1,813 mts.2, con sus respectivos linderos: al Norte: Resto de la Parcela; al Este: Solar No. 3; al Sur: Solar No. 2; al Oeste: Carretera Playa, propiedad del SR. JAVIER FERNANDO SANCHEZ RODRIGUEZ, expedido a favor del THE BANK OF NOVA SCOTIA (SCOTIABANK).

expedido por el BANRESERVAS, a favor de COLECTOR DE

En virtud del Art. 92 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se avisa al público en general que se ha extraviado la Constancia Anotada en el Certificado de Título matrícula No.0100231431, Libro No.3567, Folio No.117, emitida por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, el cual ampara el Apartamento 102-B, con un área de construcción de 138.77 metros cuadrados, edificado dentro del Solar No.19, Manzana 2019, del D. C. No.1, Distrito Nacional, a nombre de Alejandro Pascual Valdez.

(RO-13755-DA-15-16-17/06/2017)

FC 347312

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 82, Párrafos III y IV de la Ley No.108-05, y Los Artículos 86 al 90 del Reglamento de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento, la pérdida en circunstancias la cual desconocen, percatándose de dicha pérdida en el mes de junio del año dos mil dieciséis (2016), del Certificado de Título conocido como duplicado del dueño, expedido en fecha Once (11) de Marzo del Año Dos Mil Trece (2013), registrado con la matrícula No.0100090734, del inmueble identificado como parcela 199-B-1-A-2-C-12-Sub-36, del Distrito Catastral No.06, con una superficie de doscientos ochenta y tres (punto) cero cero metros cuadrados (283.00 mts2), ubicada en la calle Proyecto 4, No.28, del residencial Brisa del Mar, del sector Los Mameyes, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo”, propiedad de los señores DULCE MARIA NUÑEZ SERRANO y FABIO CASTRO, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, portadores de las cédulas de identidad y electoral No.0010543977-2 y No.001-0562946-3, respectivamente, domiciliados y residentes en la residente en la Calle Proyecto 4, No.28 del Residencial Brisa del Mar, del Sector Los Mameyes, Municipio Santo Domingo Este, a los Doce (l2) días del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017).

DULCE MARIA NUÑEZ SERRANO, FABIO CASTRO, Propietarios.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook