miércoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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14 LEGAL
AVisos leGAles AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO MENSURA CATASTRAL
EXP. 662201708101 Se avisa que el día 6 de noviembre 2017 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 258-B DC 3 Carret. Sabana Guaco municipio La Vega autorización de mensuras del 03/10/2017 propiedad JOSÉ MANUEL MOTA LÓPEZ realizado por:
EXP. 662201708106 Se avisa que el día 6 de noviembre 2017 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 116 DC 11 callejón los Fiallo municipio La Vega autorización de mensuras del 03/10/2017 propiedad FRESOLINA MARÍA JIMÉNEZ TAPIA realizado por:
EXP. 662201709101 Se avisa que el día 10 de noviembre 2017 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 542, DC 2, Tireo al Medio municipio Constanza autorización de mensuras del 24/05/2017 propiedad ALEXIS SANCHEZ ROSADO realizado por:
ANA MARÍA TORRES MARTÍNEZ Agrimensor contratista- Codia 26320
ANA MARÍA TORRES MARTÍNEZ Agrimensor contratista- Codia 26320
AGRIM. EDDY DIAZ Agrimensor Contratista Codia 32187
(JMRA-AC-12076-PC-1/2)
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para conocimiento general de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis, se hace de público conocimiento informar lo siguiente: Que en fecha Veintinueve (29) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Cámara Civil, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, en sus atribuciones civiles, dictó la Sentencia No. 0464-2017-SCIV-00153, cuyo dispositivo copiado textualmente expresa: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos CHRISTOPHE RAYMOND MARIE BODIVIT Y BETHANIA BÁEZ JIMÉNEZ, conforme al acto de estipulación de divorcio instrumentado por ante la notario público de los del número para el Municipio de Constanza, Dra. Odilis del Rosario Holguín García, de fecha 10/11/2016 transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento; TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA, ASI SE PRONUNCIA, ORDENA Y FIRMA, (Fdos.), JUAN DE LA CRUZ PAULINO YNOA, JUEZ PRESIDENTE Y LICDA. ANA GUTIÉRREZ PERALTA, SECRETARIA INTERINA. Que la aludida sentencia fue pronunciada por el Oficial de Estado Civil del Municipio de Constanza, Provincia La Vega, República dominicana, a los Dieciocho (18) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), según consta en el Libro de Divorcios No. 00001, folio No. 0157, bajo el Acta No. 000077, según Sentencia número 0464-2017-SCIV-00153, de fecha Veintinueve (29) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), la presente publicación ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito el día Diecinueve (19) de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).-
Licda. Yacaly Gutiérrez Caba Abogado Apoderada (AC-12072-PC)
(RC-6702-RDT)
(JMRA-AC-12076-PC-2/2)
“FUNDACIÓN HISPANIOLA PARTNERS IN SOLIDARITY (FUHISPASOL), Inc.” PUBLICACIÓN DE INSTITUCIÓN SIN FINES DE LUCRO PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY 122-05, SOBRE LA REGULACIÓN Y FOMENTO DE LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO Y EL REGLAMENTO No.40-08 PARA LA APLICACIÓN DE LA REFERIDA LEY, SE HACE DE CONOCIMIENTO PUBLICO Y GENERAL. Que la institución sin fines de lucro Bajo el nombre de Asociación “FUNDACION HISPANIOLA PARTNERS IN SOLIDARITY (FUHISPASOL), Inc. incorporada de acuerdo a la Resolución No. 00110/2014 (del día Treinta (30) de Julio del año Dos Mil Catorce (2014), ‘su domicilio se encuentra ubicado en la Carretera Vieja Romana, Km. 31/2, c/República del Líbano, Parcela 27, Ens. Sinaí, La Romana. Su presidente ANDREW MARSHALL WILSON, Norteamericano, Mayor de edad, Pastor-Reverendo, con domicilio en 2352 Jayma Lane, La Crescenta, California 91214 Estados Unidos de América y la Carretera Vieja Romana, Kilometro 31/2, calle República de Líbano, Parcela 27 entrada Cabañas Las Palmas Ensanche Sinaí, La Romana República Dominicana y portador del Pasaporte de su Nacionalidad No.525878040, que vence en fecha 1803-2025, y de forma accidentalmente y transitoria en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; ha revocado el poder de representación legal otorgado al Sr. KELSEN AMILKAL READ JEAN, Dominicano, Mayor de edad, Casado, Terapeuta físico, con cédula de Identidad y Electoral No. 402-2591053-4 y domicilio en el Km 3 1/2 Calle Jean Luc Phanord # 2 Ensanche Sinaí, entrada Cabaña Las Palmas, La Romana, República Dominicana; y designa y comisiona conforme a derecho a YANINA FELIPE MARCELIEN, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada publica, portadora de la Cédula de Identidad Y Electoral No. 026-0124036-5, domiciliada y residente en la calle Leoncio Ruiz, no. 15, sector Solimar, Distrito Nacional, Republica Dominicana. Para que represente A LA FUNDACIÓN HISPANIOLA PARTNERS IN SOLIDARITY (FUHISPASOL), Inc., ante los terceros y asociados, demandar y ser demandado, así como para representar la institución ante las entidades financieras y realizar aperturas de cuentas bancarias a nivel nacional, y en el territorio haitiano; en atención a que el presidente ANDREW MARSHALL WILSON no reside de forma permanente en la República Dominicana. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. por la Ley 2153 de 1949, el Sr. RAFAEL ORLANDO GOMEZ, dominicano, mayor de edad, casado, chofer, domiciliado y residente en la calle Sánchez No.6 San Martín, El Nápoles, en la ciudad de La Vega, Municipio y Provincia La Vega, R. D., cédula No. 047-0003224-8, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. RICARDO ALFONSO GARCIA MARTINEZ, cédula No.047-0113308-6, con estudio profesional abierto en el NO.26 de la Calle Colón esquina Mella, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora DAUN MARIE MELISE, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Sánchez No.6 San Martín, El Nápoles en la ciudad de La Vega, Municipio y Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 8 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 29 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 31 días del mes de OCTUBRE del año 2017.
ANDREW MARSHALL WILSON Presidente Pasap. 525878040 FC351670
LIC. RICARDO ALFONSO GARCIA MARTINEZ, Abogado apoderado de la parte Demandante. (RC-6697-RD-31-01-02/11/2017)
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
A los fines del conocimiento general y en cumplimiento del Art.42 de la Ley No.1306-Bis sobre Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha treinta y uno (31) del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, dictó la Sentencia Civil No. 0464-2016-SCIV-00120, Expediente núm. 0464-2017-ECIV-00139, NCI núm. 0464-2017-ECIV00139, cuyo dispositivo, escrito a la letra dice así: “FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra del señor Esteban Páez Quezada, por falta de comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres entre los señores Esteban Páez Quezada y Yajaira Esther García Álvarez. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial Cristian González, Alguacil de estrados de este tribunal, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma, (Fdos.) Juan de la Cruz Paulino Ynoa, Juez Presidente y Licda. Ana Gutiérrez Peralta, Secretaria Interina. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por el magistrado que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día treinta y un (31) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017) por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos de este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, que se expide, sella y firma a solicitud de la parte interesada, hoy día siete (7) del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete (2017). Licda. Ana Gutiérrez Peralta, Secretaria Interina. La sentencia que antecede fue pronunciada por ante la Oficial del Estado Civil del Municipio de Constanza, en fecha 26 del mes de Octubre del año 2017, se encuentra inscrito en el Libro No. 00001, de Registros de DIVORCIO, Folio No. 0163, Acta No. 000080, del Año 2017.
En Cumplimiento del Art. 22, de la Ley 1306-Bis, del 21/5/1937, sobre Divorcio, en la Rep. Dom. Modificada por la Ley 2153 de 1949, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor EULOGIO BRAND, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 225-0037539-3, domiciliado y residente en el 38 Fort Washington, Apto. 23, CP 10032, New York, Estados Unidos de Norte América,, quien tiene como Abogado Apoderado especial al LIC. RAFAEL BASORA, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República y Miembro del Colegio de Abogados de la República Dominicana, Matrícula No. 5122235-87, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0858359-2, con estudio profesional abierto en la Plaza Riverside, Local 220, Segunda Planta, localizada en la Avenida Hermanas Mirabal No. 328, Villa Mella, Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, donde mi requeriente y demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines legales de la presente publicación. ADVIERTE a su legítima esposa BRENDA JOSELYN REYES PINEDA, cuyo último domicilio fue: al Apartamento 3-B, Edificio 27, del Residencial Vereda Tropical, localizado en la Calle Privada, Autopista San Isidro, Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, y que a falta de información actual relativa a su nuevo domicilio se procederá a emplazarla en acción de Divorcio por Causa Determinada incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de la Prov. Santo Domingo, el día siete (7) del mes de noviembre del año 2017, a las 10.00 horas de la mañana, así como en la puerta de la secretaría del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que será celebrada el día Martes Nueve (9) del mes de enero del año 2018, por ante la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial de la provincia Santo Domingo, para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, sito en la calle Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, provincia Santo Domingo. Hoy al día uno (01) día del mes de noviembre de 2017.
En cumplimiento del Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor JUAN RODRIGUEZ LAJARA, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D. cédula No.0470184170-4, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. RAMON SUNILDO CABRAL CEPEDA, cédula No. 050-0038980-8, con estudio profesional abierto en la Calle Mario Nelson Galán, Plaza Ramírez de esta ciudad de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora YANIRY RODRIGUEZ CEPEDA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Atolladera D.M. Buena Vista, de este Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 03 del mes de noviembre del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 21 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Republica Dominicana, a los 31 días del mes de OCTUBRE del año 2017.
LIC. JUAN QUEZADA HERNÁNDEZ Abogado.
LIC. RAFAEL BASORA, Abogado, en representación SR. EULOGIO BRAND.
LIC. RAMON SUNILDO CABRAL CEPEDA, Abogado apoderado de la parte Demandante.
(AC-12066-PC)
AVISO DE CONSTITUCION E INCORPORACION De conformidad con lo que dispone el artículo 5 de la Ley 122-05, que regula y fomenta las asociaciones sin fines de lucro, de fecha 3 de mayo del año 2005, se hace de público conocimiento lo siguiente: 1ero. En fecha diecinueve (19) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017), fueron aprobados los Estatutos de la Junta de Vecinos Residencial Palo Blanco de Baní, mediante acta de asamblea constitutiva de la misma fecha. 2do. Esta asociación ha sido constituida por tiempo indefinido, estando su domicilio ubicado en la principal Central No. 08, Residencial Palo Blanco, Baní, provincia Peravia, República Dominicana, teniendo por objetivos principales: promover el desarrollo armonioso dentro de los límites de su sector; establecer reglas generales de convivencia que deberán ser respetadas y cumplidas por los residentes, propietarios y visitantes; representar a los vecinos ante las autoridades para lograr convenios de desarrollo; gestionar la solución de problemas ante las autoridades; proponer y ejecutar proyectos a los vecinos y desarrollar actividades de índole deportiva, medio ambiental, educativa, de capacitación, recreación o culturales que involucren a los vecinos, entre otros. 3ero. Los organismos de dirección de la Junta de Vecinos son: Asamblea General, Junta Directiva y la Junta de Asesores. 4to. Los miembros de la Primera Junta Directiva son: 1.- Santo Andrés Castillo González (Presidente); 2.- Magnolia Ramón (Secretaria). 3.- Freddy Vallejo (Tesorero); Juan Antonio Vicente (Primer Vocal) y Yajaira Moreta (Segundo Vocal). El tiempo de duración de esta junta directiva es de dos (2) años. 5to. La incorporación fue solicitada al Presidente de la República, vía Procuraduría, General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, en fecha 21 del mes de agosto del año 2017, recibiendo ésta el beneficio de incorporación conforme resolución No. 1160ONG-2017, de fecha 20 del mes de septiembre del año 2017. 6to. Los documentos contentivos de esta asociación fueron depositados ante el Juzgado de Paz y la Cámara Civil del municipio de Baní, y el Distrito Judicial de Peravia, en fecha 23 de octubre del año 2017. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, treinta y un (31) días del mes de octubre del año 2017.
SANTO ANDRES CASTILLO GONZALEZ, Presidente. FC 351689
(AC-12064-CP-31-01-02/11/2017)
FC 351661
VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO Se hace de público conocimiento, que de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 617 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, que el próximo día Miércoles que contaremos a QUINCE (15) el mes de noviembre del año Dos mil DIECISIETE (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, por ante el MERCADO PUBLICO DE BANI, ubicado en la calle Máximo Gómez esquina Gastón F. Deligne, que es lugar donde se encuentra el Mercado Público de esta ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, se procederá a la venta en pública subasta de los bienes muebles embargados a requerimiento del señor PABLO ALEXANDER SOTO HATTON, al señor MOISES CONTRERAS BORBON, consistente en los vehículos descritos a continuación: 1.-) TIPO DE VEHICULO AUTOBUS PRIVADO, MARCA MITSUBISHI FUSO, CHASIS BE637JN30432, MODELO 1059794, AÑO 2017. 2.-) TIPO DE VEHICULO AUTOBUS PRIVADO, MARCA TOYOTA COASTER, REGISTRO I054294, AÑO 2010. Los pagos serán de contado y los licitadores, además del precio de la venta, deberán pagar el (10%) por ciento establecido por la Ley. En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, a los (30) treinta días del mes de OCTUBRE del año Dos Mil DIECISIETE (2017).
SALVADOR ARMANDO PIMENTEL, Alguacil en funciones de vendutero Público.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones de la ley 2153 de 12 de noviembre del año 1949, la cual agrega un párrafo al at. 22 de la ley 1306 bis, sobre divorcio del 21 de mayo del año 1937, del señor FRANCISCO DAS CHAGAS COSTAS OLIVEIRA, Brazileño, mayor de edad, Titular del pasaporte No. FK611851, domiciliado y residente en Route De Pages Mson FiFi Petit Perou 97139 Les Abymes, Guadalupe y accidentalmente en el Distrito Nacional, en la Av. 27 de Febrero No.234 Edificio Yolanda suite 205, Ensanche La Esperilla, Distrito Nacional, quien tiene como abogados constituidos y Apoderados Especiales a los Licdos. Dilennis Annetti Sánchez Díaz, y Johedinson Alcántara Mora, Abogadas de los Tribunales de la República Dominicana, titulares de las cédulas de identidad y electoral Nos. 233-0048915-4, y 0011609985-4, Abogados de los tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la 27 de febrero No. 234, suite 203 Edificio Yolanda de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, y estudio profesional ad-hoc en Secretaria de la DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE BONAO (REPÚBLICA DOMINICANA), ubicada en uno de los salones del palacio de Justicia de Bonao sito en la Autopista Duarte Km 83 ½ BONAO, PROVINCIA MONSEÑOR NOUEL, lugar donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencia legales del procedimiento de divorcio por incompatibilidad de caracteres, ADVIERTE a su esposa señora ANNY PERDOMO HERNANDEZ DE COSTA, cuyo último domicilio y residencia conocido por él, fue en la calle Nuestra señora del Rosario No.16, sector Puerto Rico, Maimon, provincia Monseñor Nouel, Republica Dominicana, y que a falta de información de su residencia, procederá a citarla y emplazarla por ante el Procurador fiscal de Bonao, provincia Monseñor Noel, EMPLAZA para que el día Veintidós (22) del Mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las NUEVE (9:00 A. M.) horas de la mañana, Comparezca personalmente a la Audiencia que a puertas cerradas, celebrará en sus atribuciones Civiles y en materia de Divorcio LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE BONAO (REPÚBLICA DOMINICANA), ubicada en uno de los salones del primer piso del palacio de Justicia de Bonao sito en la Autopista Duarte Km 83 ½ BONAO, PROVINCIA MONSEÑOR NOUEL. En BONAO, PROVINCIA MONSEÑOR NOUEL, a los 23 días del mes de octubre del año 2017.
Licdos. Dilennis Annetti Sánchez Díaz y Johedinson Alcántara Mora, Abogados del demandante FC351591
miercoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
DR. RAMON RODRIGUEZ CAMILO & ASOCIADOS ABOGADOS CONSULTORES AVISO DE PUBLICACION DE DIVORCIO. En virtud de lo dispuesto por la Ley 1306-bis sobre divorcio en la Republica Dominicana, se hace de público conocimiento que en fecha 31 del mes de mayo del año 2017, la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dictó la Sentencia Civil Marcada con el Núm.532-2017-SSEN01009, la cual en su Dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, CIPRIANO HEROGUIS LINARES DE LEON, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, intentada por LEONES JIMENEZ TEJADA DE LINARES, contra CIPRIANO HEROGUIS LINARES DE LEON, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre LEONES JIMENEZ TEJADA DE LINARES y CIPRIANO HEROGUIS LINARES DE LEON, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por los motivos indicados. CUARTO: Ordena El pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento, fijar los motivos expuestos. SEXTO: Comisiona al Ministerial Fabio Correa, de Estrados de esta Sala, para la notificación de esta sentencia. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez Suplente. La presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salcé, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. (Fdo.) Franyer Enrique Beato Pérez, Secretario”. El divorcio de que se trata fue pronunciado en fecha 22 de Septiembre del año 2017, por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, con el Acta No.0001820, Libro 000149, Folios 0059, del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (01) días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
LEGAL 15
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del párrafo único del Art. 22, de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, del señor LUIS DANIEL FRANCO CASTRO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1778515-4, domiciliado y residente en la esta ciudad de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, quien tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las LICDAS. CECILIA URIBE VALERA Y RAQUEL RAMIREZ, dominicanas, mayores de edad, cédulas al día con domicilio jurídico profesional en el CENTRO JURIDICO CONTABLE PEÑA URIBE & ASOCIADOS, SRL., en la Av. John F. Kennedy esquina José Ortega y Gasset, Local 201 D., Plaza Metropolitana, Santo Domingo, Distrito Nacional, Te1.:829-846-6201 y 809-547-4010; le advierte por este medio a su legítima esposa, señora JENNIFER ALVINO CASTILLO, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Francisca J. Heredia, No. 20, Urb. Máximo Gómez, Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, que a falta de información sobre su actual paradero, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante la persona del MAGISTRADO PROCURADOR FISCAL SANTO DOMINGO ESTE, PROVINCIA SANTO DOMINGO, el día lunes veintisiete (27) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), cuyo despacho se encuentra en uno de los salones de la Primera Planta, ubicado en Ave. Charles de Gaulle No. 27, Cavilma del este, Edificio Distrito Judicial Provincia Santo Domingo, Santo Domingo Este, a fin de que comparezca el día lunes que contaremos a ocho (08) del mes de noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9:00 a.m.) horas de la mañana, por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, sito en uno de los salones de la Segunda Planta, ubicado en la C/ Ramón Mella No. 103, Esq. Salome Ureña, 2do. Nivel, Villa Mella, Sto. Dgo. Norte, Provincia de Santo Dgo., donde se conocerá a puerta cerrada la Demanda de Divorcio que por Incompatibilidad de Caracteres ha sido incoada por el señor LUIS DANIEL FRANCO CASTRO, en contra de su legítima esposa JENNIFER ALVINO CASTILLO. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
LICDA. CECILIA URIBE VALERA Abogada Apoderada FC351607
DR. RAMON RODRIGUEZ CAMILO, Abogado de la cónyuge demandante. FC 351659
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Tauro, color negro, año 2016, placa y registro K0719865, chasis TARPCM508GC002554, a nombre de PASCUAL PEÑA SEVERINO. PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jincheng, modelo CG150, placa y registro K0328708, chasis LJCPCKLJ5DS000773, a nombre de AMIN DAVID TERRERO, año 2003.
AVISO DE PÉRDIDA DE CHEQUE DE ADMINISTRACIÓN En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Cheque de Administración No.092169, emitido por el Banco Caribe de fecha 13 de octubre del año 2017, por un valor de CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS ORO (RD$430,000.00), A favor del señor HECTOR JULIO SALVADOR FERNANDEZ FERNANDEZ, portador de la cedula de identidad y electoral No. 034-0015717-2. FO82598
COOPERATIVA AGROPECUARIA MONTE PLATA, INC.
COMISION NACIONAL ELECTORAL DEL CARD
(COOP. MONTE PLATA)
CONVOCATORIA presidente, DR. RAFAEL SANTOS, Secretario, y DR. MANUEL De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de los Estatutos vigentes, la Cooperativa Agropecuaria Monte Plata, Inc., se complace en convocar a todos sus socios a la Asamblea Extraordinaria que se efectuará el domingo 12 de noviembre del 2017, a partir de las 9:30 A.M., en la casa club del Ganadero, ubicada en el desvío de máquinas pesadas, en Monte Plata. Conforme a la parte final del artículo 28 de los Estatutos de la institución la Asamblea estará válidamente constituida con la asistencia de las 2 tercera parte de los socios activos presente. AGENDA I.- Palabras de Apertura a cargo del DR. PABLO CONTRERAS, Presidente Consejo de Administración Cooperativa Agropecuaria Monte Plata, Inc. II.- Modificación Estatutos. Modificación Art. I Cambio de Nombre de la Cooperativa Agropecuaria Monte Plata, Inc., por el de la Cooperativa de la Asociación de Ganaderos de Monte Plata, Inc. (CoopAgampta). Modificación Art. 21 que dice: El ejercicio social de la cooperativa anualmente el día 30 del mes de abril preparándose para efecto el balance general los estados financieros deberán ser auditado por un auditor o auditores externos. Para que diga, el ejercicio social de la cooperativa cerrará anualmente el día 31 del mes de diciembre preparándose para efecto el balance general los estados financieros deberán ser auditado por un auditor o auditores externos. Monte Plata, R.D., 25 de octubre de 2017. Consejo de Administración. FC 351684
miercoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. cta. 9260-000567-7 documento no.09-07000015-5 fecha de apertura 24/05/2007, expedido por valor de RD$8,000.00 (OCHO MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por BAGRICOLA a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. cta. 9260-000557-1 documento no.09-07000005-2 fecha de apertura 24/05/2007, expedido por valor de RD$8,000.00 (OCHO MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por BAGRICOLA a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
ODALIS RAFAEL LOPEZ PERALTA Y/O JOSEFINA ABREU RAMIREZ Depositante
ODALIS RAFAEL LOPEZ PERALTA Y/O JUSTINIANO RAMIREZ ALMONTE Depositante
(MDC-AC-12068-WP-01-02-03/11/2017-1/2)
(MDC-AC-12068-WP-01-02-03/11/2017-2/2)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
En Virtud de la Ley No. 189-11 del 16 de julio del 2011
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.250-008540-6, Doc. 831799, emitido por el Banco Banreservas de fecha 14 de Octubre del año 2016, por un valor de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ORO (RD$2,500.000.00), A favor del señor MANUEL RAMON PEREZ FERNANDEZ O DIGNO AUGUSTO PEREZ TAVERA, portador de la cedula de identidad y electoral No. 0310254668-0 Y 031-0537263-9.
Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: en fecha Viernes, Primero (1ero.) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00A.M), por ante la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago en sus salones de audiencias públicas, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia LIC. FEDERICO C. ALVAREZ, ubicado en la Manzana formada por las Avenidas Circunvalación y 27 de Febrero, y las calles Lic. Ramón García y E. Guerrero del Ensanche Román de esta ciudad de Santiago, República Dominicana, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador de los siguientes inmuebles: A)“Sobre la unidad Funcional A-8, identificada como 312532209655: A-8; del Condominio Torre Verona, ubicada en Santiago, Santiago, con un porcentaje participación sobre las áreas comunes y de la parcela de 12.313% y 1 voto en la Asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-0108-001, ubicado en el nivel 08, destinado a apartamento con un total superficie de 335.4 Metros Cuadrados, Matrícula 0200143860, emitida por el Registrador de Títulos de Santiago, en fecha 13 del mes de Junio del año 2015, propiedad de QUINTAS DE MONZA, S.R.L.”. B) “Sobre la unidad Funcional A-6, identificada como 312532209655: A-6; del Condominio Torre Verona, ubicada en Santiago, Santiago, con un porcentaje participación sobre las áreas comunes y de la parcela de 12.772% y 1 voto en la Asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-06-001, ubicado en el nivel 06, con una superficie total de 347.9 Metros Cuadrados, matrícula 0200143858 emitida por el Registrador de Títulos de Santiago, en fecha 13 del mes de Junio del año 2015, propiedad de QUINTAS DE MONZA S.R.L.”. C) “Sobre la unidad Funcional A-2, identificada como 312532209655: A-2; del Condominio Torre Verona, ubicada en Santiago, Santiago, con un porcentaje participación sobre las áreas comunes y de la parcela de 12.313% y 1 voto en la Asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-02-001, ubicado en el nivel 02 Bloque 01 destinado apartamento con un total superficie de 335.4 Metros Cuadrados, matrícula 0200143854 emitida por el Registrador de Títulos de Santiago, en fecha 13 del mes de Junio del año 2015; propiedad de QUINTAS DE MONZA, S.R.L” con su domicilio social en el edificio marcada con el Número 169 de la calle Real del Municipio de Tamboril, de esta Provincia de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 del 16 de julio del 2011, a diligencias y persecución de la sociedad comercial ESLABONES UNIFICADOS. S.R.L., (RNC 1-31-49585-2), sociedad de responsabilidad limitada constituida y organizada de acuerdo a las leyes de la República Dominicana, con asiento social establecido en el Modulo B-64 del segundo Nivel, Bella Terra Mall, ubicado en la avenida Juan Pablo Duarte de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, debidamente representada por su gerente, el señor FRANKLIN UREÑA DURAN, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral Número 031-0488953-4, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MANOLO SARITA ROMAN, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral número 121-0001686-9, matriculado en el colegio de abogados bajo el número 21916-481-99, con estudio profesional abierto en la Ave. 27 de Febrero No.56 Modulo 212, 2do. Nivel de la Plaza El Paseo, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente, para los fines del presente procedimiento. El mandamiento de pago, así como la advertencia o denuncia de que a falta de pago de la suma de dinero, de la cual se daba dicho mandamiento de pago, dentro del plazo que se le otorgó, el referido mandamiento de pago se convertiría de pleno derecho en embargo inmobiliario, tal como lo establece el Art.153 de la Ley 189-11, del 16 de julio del 2011, fue notificado a la embargada mediante por acto marcado con el Núm. 1025-2017, del día 27 del mes de Septiembre del año 2017, instrumentado por el Ministerial Jacinto Miguel Medina A., Alguacil de Estrados del Tribunal de Especial de Transito Grupo No.3, del Distrito Judicial de Santiago y acorde a la Ley, convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario e inscrito por ante el Registrador de Títulos de Santiago, en fecha Trece (13) del mes de Octubre del año dos mil Diecisiete (2017).- El persiguientes ha fijado para la primera puja en la cantidad de TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL SESENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON 09/100 ( RD$36,916,062.09 ), que es el monto a que asciende la deuda en principal e intereses más los interés y moras generados al día de la venta. Debiendo todos los subastadores depositar por ante la secretaria del tribunal antes citado que es donde se celebrará la subasta, un Diez por Ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado. Se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado. El deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario deberá tener previamente autorización del poder ejecutivo. El Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, está depositado en la Secretaria del tribunal que ha de conocer la venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. En la ciudad de Santiago de Los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, hoy día Primero (1ro.) del mes de Noviembre del año dos mil Diecisiete (2017).
Para cumplir con las disposiciones del Artículo 123 de la Ley 479-08, del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se avisa a los interesados y al público en general, que en virtud delasResolucionesaprobadaenlaAsambleaGeneralExtraordinariadelossociosdelaempresaInversionesQuanta,SRL,elcapitalsocial ha quedado reducido de la suma actual de DIEZ MILLONES DE PESOS DOMINICANO (RD$10,000,000.00) a TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANO(RD$3,000,000.00),divididoentreintamil(30,000)cuotassociales,igualesacumulableseindivisibles,enteramentesuscritas ypagadas,cadaunaenunvalornominaldeCIENPESOSDOMINICADOSCON00/100(RD$100.00),numeradasdeluno(1)altreintamil (30,000),yatribuidasalossociosenproporciónasusaportes.Consecuentementehansidomodificadoslosartículostres(3)yelseis(6)de losEstatutosSociales.EnSantoDomingo,D.N.,CapitaldelaRepúblicaDominicana,alostreintayun(31)díasdelmesdeoctubredelAño Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. MANOLO SARITA ROMAN Abogado del Persiguiente
MIGUEL MARTIN ORTIZ ORTIZ, Gerente.
PUBLICACIÓN POR PÉRDIDA DEL TITULO DE PROPIEDAD De la parcela No. 420-A, DC, 10/6ta, con certificado de título No. 68-155. “Duplicado del Acreedor hipotecario que lo es EL BANCO AGRICOLA”, certificado con una extensión superficial de 00Has, 00As, 61Cas, matricula No. 3000282794, A NOMBRE DEL SEÑOR MANUEL ANTONIO SANCHEZ, Cedula No.: 22143-28.
Agr. José Dionicio Pérez Collado Codia 10424
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201706835 VISTA: La Autorización para realizar los trabajos de Deslinde, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte el 22 de Agosto del 2017, propiedad de: José López Vásquez, Representado por Juan Estrella Estrella. Se Avisa al Público en General: Que el día 15 de Noviembre del 2017 a las 10:00 am. Se dará comienzo a la Medida de los Trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No 34, D.C. No.04 del Municipio de Tamboril Provincia Santiago. Ubicado en la Calle 04 S/n Barrio Domingo Alegre.SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés que deben comunicarse con el Agrimensor o al Director Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte.
Agr. José Dionicio Pérez Collado Codia 10424
FC351679
PÉRDIDA DE CERTIFICACIÓN DE REGISTRO DE ACREEDOR Para general conocimiento y de conformidad con la ley 108-05 se hace saber que se ha perdido la certificación de Registro de Acreedor que ampara una hipoteca judicial definitiva y privilegio en favor del doctor WENCESLAO RAFAEL GUERRERO DISLA, en la parcela No.248-B-2 del D. C. No. 02 de Guayubín, Prov. Valverde, con superficie de 668.831 Mts2, amparada por la matrícula número 0800000211, del Libro 062 Folio 055, y propiedad de PETRÓLEO Y SUS DERIVADOS (PEYSUDE), C. por A.
WENCESLAO RAFAEL GUERRERO DISLA, Acreedor. FC351678
AVISO DE PÉRDIDA DE PLACA
Se hace de público conocimiento la pérdida de placa No. G212394 perteneciente al vehículo tipo Jeep, modelo JB420TL ACAW6CD, marca Suzuki, chasis JS3TD54V894100309, estatus Activo, color plateado, año de fabricación 2008, 5 pasajeros, a nombre de la Señora CESILIA BATISTA DURÁN, cédula 053-0030838-3. FC351681
INVERSIONES QUANTA, S.R.L. Capital Social: RD$10,000,000.00 Registro Mercantil: 86440 SD Domicilio Social: Calle Sánchez Valverde No. 42, Villa Consuelo, Santo Domingo, Distrito Nacional.
FC 351660
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201707196 VISTA: La Autorización para realizar los trabajos de Deslinde, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte el 01 de Septiembre del 2017, propiedad de: Ramona del Carmen Caraballo Ramos. Se Avisa al Público en General: Que el día 14 de Noviembre del 2017 a las 10:00 am. Se dará comienzo a la Medida de los Trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 454, D.C. No.11 del Municipio de Licey Provincia Santiago. Ubicado en la Carretera Duarte Km.7 ½. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés que deben comunicarse con el Agrimensor o al Director Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201708279 VISTA: La Autorización para realizar los trabajos de Deslinde, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte el 06 de Octubre del 2017propiedad de: Bernardo Hurtado Aybar. Se Avisa al Público en General: Que el día 16 de Noviembre del 2017 a las 10:00 am. Se dará comienzo a la Medida de los Trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 44, D.C. No.09 del Municipio de Licey Provincia Santiago. Ubicado en la Entrada los Laureles No.49 Limonal Abajo.SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés que deben comunicarse con el Agrimensor o al Director Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte.
Agr. José Dionicio Pérez Collado Codia 10424
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201708660 VISTA: La Autorización para realizar los trabajos de Deslinde, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte el 18 de Octubre del 2017, propiedad de: José Infante Rodríguez y Concepción Alvarez Hernández. Se Avisa al Público en General: Que el día 17de Noviembre del 2017 a las 10:00 am. Se dará comienzo a la Medida de los Trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No. 278-Ref.71, D.C. No.02 del Municipio de Villa Gonzales Provincia Santiago. Ubicado en la Calle María Natalia S/N DE Villa Gonzales. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés que deben comunicarse con el Agrimensor o al Director Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte.
Agr. José Dionicio Pérez Collado Codia 10424
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que el día 4/11/2017, a las 10:30 A.M., se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 1-Ref., del D.C. No. 86/1, del municipio de Monte Plata, provincia de Monte Plata, expediente No. 663201708805, propiedad de NELSON JORGE BEATO. AGRIM. CARLOS ARIEL PERALTA GARCIA, Cel. 809-986-0816.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE VISTA: La Autorización No. 663201710096, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, en fecha 30 de octubre del año 2017, se avisa, que el día 12 de noviembre del año 2017, a las 9:30 A.M., se dará inicio a los trabajos de campo de dicho Deslinde, ubicado dentro de la Parcela No. 46-A, del Distrito Catastral No. 10, del municipio y provincia de San Cristóbal, propiedad del SR. JUAN RAMON RODRIGUEZ CUEVAS, esta medida será practicada por la Agrimensora LEONORA MATOS CASTILLO, Cel. 829-539-6363, para más información dirigirse a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.
AGRIM. LEONORA MATOS CASTILLO, Codia No. 34988.
miercoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO En virtud de la Autorización de mensura de fecha 20 de Septiembre de 2017, se hace de público conocimiento que el día 17/11/2017, a las 4:00 P.M., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno de ciento diez mil cien punto cero metros cuadrados (110,100.00 Mts2), dentro del ámbito de la parcela No. 102, del Distrito Catastral No. 2, Municipio de Rancho Arriba, Provincia San José De Ocoa, ubicado en la Sabana, Sector Banilejo, Expediente No. 663201708585, a petición de los sucesores de DIOGENES FIGUEREO MORDÁN.
AGRIM. MANUEL MARÍA ARIAS JAQUEZ. CODIA 10925
AVISO DE MENSURA: Que el Día Once (11) del mes de Noviembre del 2017, a las 10:00 AM, se dará inicio a la Mensura para DESLINDE, de Una (1) Porción de terreno, dentro del ámbito de la Parcela 10-B-1-REF de Distrito Catastral No. 20. Este Levantamiento se realizará en la Av. Las Orquídeas, s/n, Urb. Jardines de Harás, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, con extensión superficial de 225.98 Mts2, a petición del señor: RAMON ANTONIO REYNOSO VELEZ. Exp. No. 663201709675.
AQUILES D. HEREDIA RAMIREZ, Agrimensor. Codia 24407. AVISO DE VENTA EN SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO Se hace de público conocimiento, que el día sábado, que contaremos a 04 del mes de noviembre del año 2017, a las 10:00 a. m., en el mercado público de la ciudad de Barahona, ubicada en la intercepción de la calle Luis E. Del monte esquina 30 de Mayo de la ciudad de Barahona, se procederá a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA, al mayor postor y último subastador por CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO, del siguiente bien mueble: Una Jeepeta color negro, ISUZU, chasis número 4S2CK58W344300082, placa número G213070, en las siguientes condiciones: la pintura en mal estado y carrocería en estado regular. Éste Bien ha sido embargado al señor DOMINGO ANTONIO MATOS CORDERO, a requerimiento de PRÉSTAMOS DOBLE AA, mediante acto de proceso verbal de embargo ejecutivo número 59/2017, de fecha 03 del mes de octubre del año 2017, instrumentado por la DRA. WHUANDA MEDINA, notario público de los del número del municipio de Barahona. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%), sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En la ciudad de Barahona, municipio y provincia del mismo nombre, República Dominicana, hoy día 31 del mes de octubre del año 2017.
OSCAR A. LUPERON FELIZ Alguacil en Funciones de Vendutero Público Fc351674
AVISO DE INCORPORACIÓN La FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE SABANA CRUZ “FUNDESAC”, ubicada en la Calle Primera No. 6, del Ensanche Alma Rosa. Municipio de Santo Domingo Este. Provincia Santo Domingo R.D. ha sido Incorporada mediante Resolución No. IONG-019-2017, de fecha 12 de Octubre del 2017, por el Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, la cual se dedicará “Promover el desarrollo integral en los servicios de educación, salud, medioambiente, centros de capacitación de áreas técnicas, centros de asistencia para jóvenes niños, embarazadas y envejecientes. Programas educativos de radio y televisión. Coordinando esfuerzos, individuales e institucionales Siempre apegados a la justicia social, los valores, igualdad de género y de oportunidades, sin discriminación por condición física, raza, color, credo religioso ni políticos. “FUNDESAC” fue constituida por tiempo indefinido y aprobado sus Estatutos Sociales el día 16 de agosto del año 2017 en Asamblea General Constitutiva de acuerdo con la Ley 122-05 que regula y fomenta asociaciones sin fines de lucro. Sus miembros fundadores son: SHIRLEY VILLANUEVA ANGOMAS, LUIS ALBERTO ROSARIO MORETA, JUAN CARLOS BAUTISTA, CARLOS DE LA ROSA RIVERA, BRAULIO DEL ROSARIO PEREZ, La Junta Directiva de FUNDESAC está representada por Cinco (05) miembros: un Presidente/a, un Secretario/a, un Tesorero/a, y dos Vocales. El Presidente/a será su representante ante terceros. Correo: fundesac1@gmail.com
SRA. SHIRLEY VILLANUEVA ANGOMÁS PRESIDENTE FC351673
Alvarado Deschapms y Asociado Calle E #28 (altos) Hainamosa II, Santo Domingo Este, Cels. 809-882-5826 & 809-605-7575
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
REPÚBLICA DOMINICANA DR. VICTOR MANUEL KERY SABANA GRANDE DE BOYA. TEL. 809-820-2077. PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para general conocimiento de conformidad con lo que dispone el Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace saber que en fecha 17 del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017), La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata, dictó la Sentencia civil No. 00308/2017 de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en contra de la parte demandada señor JHEYSON MARTIN PANTALEON JIMENEZ, por falta de comparecer no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el Divorcio entre los esposos: SURIANYI BIENVENIDA TORRES ACEVEDO y JHEYSON MARTIN PANTALEON JIMENEZ, por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres. TERCERO: Autoriza al cónyuge demandante a gestionar el pronunciamiento de su divorcio por ante Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Sabana Grande de Boyá, luego de cumplidas las formalidades legales. CUARTO: COMPENSA pura y simplemente las costas por tratarse de una litis de familia. QUINTO: COMISIONA al Ministerial ALFREDO AQUINO, Alguacil de Estrado de la Cámara Civil, Comercial, y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata, para la notificación de la presente sentencia. Y por esta, nuestra Sentencia así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: MARLENE ALTAGRACIA GUERRERO DE JESUS (JUEZA-SUPLENTE) y ANA M. HERNÁNDEZ DE LOS SANTOS (SECRETARIA), de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata. Que en fecha Veinticinco (25) de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), fue pronunciado el Divorcio por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Sabana Grande de Boyá, haciendo la inscripción correspondiente en el Libro No. 00001, Folio No. 0023, Acta No. 000023, año 2017. En Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata, República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
DR. VICTOR MANUEL KERY, Abogado.
Pérdida CERTIFICADO DEPOSITO DE ALQUILERES: Certificación No. 1-260-070875-6, Libro S, No. 2016-3547, Folio 154, No. 010746, emitido por el Banco Agrícola de la R.D., de fecha 06-12-2016, por monto de RD$27,000.00, depositado por la propietaria JUANA BENITA CARABALLO DIAZ, referente al Inquilino José Luis Almánzar Ureña. FC 351652
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
FC 351650
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha catorce (14) días del mes de marzo del año Dos mil diez y siete (2017), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná, mediante la Sentencia Civil No. 00049-2017, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida la presente demanda de Divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha en fecha hábil y de acuerdo a la ley. SEGUNDO: Admite el Divorcio por mutuo consentimiento, entre los señores Chiaffredo Agnese y Angela Díaz de la Cruz, por haber sido hecho de acuerdo a la Ley, y se acoge en todas sus partes el acto de estipulaciones y convenciones marcado con el acto numero ciento cincuenta y uno (151), de fecha veinte y siete (27) del mes de abril del año Dos Mil Diez y Seis (2016); del DR. ARIDIO ANTONIO GUZMAN ROSARIO, Notario Público de los del número para el Municipio de Las Terrenas. TERCERO: Ordena al oficial del estado Civil del Municipio de Samaná, a efectuar el procedimiento de la sentencia de divorcio a intervenir, una vez cumplidas con todas y cada una de las formalidades establecidas por la ley. CUARTO: Se compensas las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos. FDOS. DILCIA DE PEÑA GREEN, Juez Interina; LISANIA PATRICIA NIN JAVIER, Secretaria. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Juez interino de este tribunal el mismo día, mes y año señalado. Así mismo se hace saber, que en fecha cuatro (4) del mes de abril del año 2017, el Oficial del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción de Samaná, procedió a transcribir el pronunciamiento de Divorcio en el Libro No. 00001 de registro de Divorcio, Folio 0020, Acta No. 000020 del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día uno (1) del mes de noviembre Dos Mil Diez y Siete (2017).
Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la Ley 306-Bis de divorcio, se hace saber lo siguiente: que en fecha 14 de julio del año 2017, la Séptima Sala de la Cámara Civil para asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó una sentencia de divorcio marcada con el número 532-2017 SSEEN-01297, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma, la acción en divorcio de mutuo consentimiento intentada por los señores Alexis de Jesús Medos Mallol y Angely Altagracia Suazo Pimentel, por haber sido hecho de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Alexis de Jesús Medos Mallol y Angely Altagracia Suazo Pimentel, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio número 33/2016, instrumentado en fecha 29 de septiembre del 2016, por ante el Dr. Manuel Emilio Méndez Batista, notario público de los números de Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: A) Otorga la guarda y cuidado del menor de edad Juan Pablo, a cargo de la señora Angely Altagracia Suazo Pimentel; 8) HACE CONSTAR que el padre señor Alexis de Jesús Medos Mallol, se compromete al pago de una pensión de ocho mil pesos dominicanos (RD$8,000.00) mensuales más el 50% de los gastos extraordinarios tales como gastos médicos, escolares, navidad, reyes, correspondiente a Juan Pablo; y C) ESTABLECE EL RÉGIMEN DE VISITA acordado en el acto de convenciones y estipulaciones número 33/2016, instrumentado en fecha 29 de septiembre del 2016, por ante el Dr. Manuel Emilio Méndez Batista, Notario Público de los números de Distrito Nacional, por los motivos expuestos. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez Suplente. La presente sentencia ha sido firmada por el magistrado Pedro Marcial Ramírez Salcé, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Magalis Anairis Santana Melenciano. Secretaria. Que el mencionado divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 13 de octubre del 2017, inscrito en el Libro 0005 destinado a esos fines, con el Acta No. 000299, Folio 0076. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los treinta y un día del mes de octubre del año 2017.
LIC. JUAN FERMIN HERNANDEZ, ABOGADO.
LICDA. MARILYN MIREYA GUTIERREZ, Abogada Apoderada.
FC 351663
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PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AQUAPLASTICA, S. R. L. Capital Social: RD$205,294,050.00 Registro Mercantil: 4706SD R.N.C. Número: 1-01-71920-6 Domicilio Social: Carretera Cirilo Montaño Km. 18, El Higüero, Mata San Juan, Villa Mella, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana.
En virtud de la disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306 Bis sobre divorcio por general conocimiento saber que en fecha Tres (3) del mes Agosto del Año Dos Mil Diecisiete (2017) la Cámara Civil y Comercial de la Segunda Sala del Juzgado de Primera Instancia, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, Rep. Dom., dicto en sus atribuciones civiles la sentencia marcada con el No. 550-2017-SSENT-00659, que ordene el divorcio por incompatibilidad de caracteres entre los señores MIRIAN MERCEDES RUIZ DE GRULLON y RAFAEL DE JESUS GRULLON BUENO, cuyo dispositivo dice titularmente así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en contra de la parte demandada Señor RAFAEL DE JESUS GRULLON BUENO por falta de comparecer no obstante haber sido citado legalmente. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada por incompatibilidad de caracteres entre RAFAEL DE JESUS GRULLON BUENO y MIRIAN MERCEDES RUIZ PINEDA. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el oficial del Estado Civil Correspondiente. CUARTO: Compensa las Costas del Procedimiento y Comisiona Ministerial Juan Luis del Rosario, Alguacil Ordinario de esta sala, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. La presente sentencia ha sido firmada por la MAGISTRADA MARCIA YOCATA MENDEZ MEDINA; JOSE ALEJANDRO PIMENTEL AQUINO (SECRETARIO). El presente divorcio fue pronunciado en fecha Treinta (30) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Diecisiete (2017) por la Oficialía del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, Rep. Dom., registrado en el Libro No. 07, Folio No. 153/154, Acta No. 677, año 2017.
Para cumplir con las disposiciones del párrafo II del Artículo 110 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha 11 de diciembre de 2008, y sus modificaciones, se avisa a todos los socios de la sociedad AQUAPLASTICA, S.R.L. que se convoca a la Asamblea General Ordinaria Anual para el día dieciséis (16) del mes de noviembre del año en curso, a las nueve (9:00) horas de la mañana, en el domicilio social, a fin de conocer sobre el siguiente orden del día: 1. Conocer del informe de gestión de la gerencia relativo al ejercicio social concluido al 31 de diciembre del 2016, y dar descargo, si procede, a dicha gerencia por su gestión durante el año social concluido. 2. Conocer de los estados financieros auditados de la sociedad, relativos al señalado período. 3. Deliberar acerca de los balances y las cuentas contenidos en los estados financieros auditados y resolver sobre los resultados de dicho período. 4. Ratificar a la gerencia vigente por no haberse concluido el período de 6 años por el cual fue designada conforme Asamblea General Ordinaria Anual de la sociedad AQUAPLASTICA, S.R.L. de fecha quince (15) de julio del dos mil quince (2015). 5. Cualquier otro asunto que sea de la competencia de la asamblea ordinaria anual. Se les avisa a todos los socios de la sociedad que a partir de la fecha, se encuentran actualmente a su disposición en el domicilio social, los proyectos de resolución que serán propuestos en la indicada asamblea y demás documentos a ser conocidos en la misma. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a un (1) día del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
LIC. MARSIMINO OZUNA, Abogado.
Miguel Eduardo Crouch, Gerente.
FC 351653
LEGAL 17
Convocatoria a Asamblea General Ordinaria Anual
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De conformidad con las disposiciones del Artículo 42, de la Lev No. 1306-Bis de Divorcio, se hace de público conocimiento que la Cuarta Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial para asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia Santo Domingo, dictó en sus atribuciones civiles de Familia, en fecha Nueve (09) de Junio del Año Dos Mil Diecisiete (2017), la Sentencia Civil de Divorcio No. 13222017, cuyo Dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señor René Adalberto Mejía Díaz, por no haber comparecido no obstante haber sido citado legalmente. SEGUNDO: Acoge como buena y válida en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio por haber sido hecha conforme a la ley; y en cuanto al fondo admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores Rene Adalberto Mejía Díaz, y Dolis Maritza Mercedes Ubiera, con todas sus consecuencias legales; por los motivos precedentemente expuestos. TERCERO: Ordena el Pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía de Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades prevista en la ley de divorcio. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. QUINTO: Comisiona al ministerial Ángel Pujols, Alguacil de estrado de Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo, a los fines de notificar la presente sentencia. Así se Pronuncia, Ordena, manda y firma (Firmados: Francis M. Hernández Susaña, Jueza, y Brenda A. Rosario, Secretaria. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada, y Secretaria mencionada, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Dicho Divorcio ha sido pronunciado en fecha Veinte (20) de Octubre del Año Dos Mil Diecisiete (2017), ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta (4ta) Circunscripción de Santo Domingo Este, que se admite por la sentencia predicha, haciendo la transcripción correspondiente en el Libro de Registro de Divorcio No. 00006, bajo Acta No. 000542, Folio No. 0083, del año 2017. La presente publicación se autoriza por el Abogado infrascrito en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
DR. FELIPE RADHAMES SANTANA ROSA, Abogado. FC 351664
miercoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento, la pérdida de la Constancia Anotada en el Certificado de Título No. 61-14, emitido por el Registro de Títulos de San Francisco de Macorís, inscrito en fecha veinticuatro (24) de julio del año 1961, registrado en el Libro 2, Folio 108-A, Volumen 130, Hoja 142, que ampara el derecho sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 1,352,360.15 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 47, del Distrito Catastral No. 4, del municipio de Villa Riva, provincia Duarte; propiedad del Banco Agrícola de la República Dominicana, anterior Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana; aviso de conformidad con el párrafo III del Artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. La presente publicación se realiza a los fines de llevar a cabo el proceso de Solicitud de Certificado de Título por Pérdida o Deterioro. FC 351656
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En virtud de lo que establece la Ley, se avisa al Público en General que se ha extraviado el Certificado Financiero No.782381305, por valor de RD$200,000.00, emitido por el Banco Popular Dominicano, a nombre de la señora Anna Lidia Ricardo Guzmán de Batista, cédula No.001-0353739-5.
AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO
AVISO DE MENSURA: Que el Día Once (11) del mes de Noviembre del 2017, a las 10:00 AM, se dará inicio a la Mensura para DESLINDE, de Una (1) Porción de terreno, dentro del ámbito de la Parcela 10-B-1-REF de Distrito Catastral No. 20. Este Levantamiento se realizará en la Calle Las Rosas, s/n, Urb. Jardines de Harás, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, con extensión superficial de 178.38 Mts2. A petición de los señores: RAMON ANTONIO REYNOSO VELEZ y FRANCISCA MARIA ABREU ESCAÑO, Exp. No. 663201709012.
AQUILES D. HEREDIA RAMIREZ, Agrimensor. Codia 24407.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXPEDIENTE No. 663201709617 En virtud de la Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 17 de Octubre del 2017, se hace de público conocimiento que el día 11 de Noviembre del 2017, a las 09:00 horas de la mañana, se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 199-A del Distrito Catastral No. 32 del Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, propiedad del señor EDDY LAZALA.
ARIEL VASQUEZ ROSADO, Agrimensor Contratista. Codia 24745.
Se hace de público conocimiento, que el día Martes (07) del mes de Noviembre del año 2017, a las Ocho horas de la mañana (8:00 A.M.), en el mercado público de Baraguana, ubicado en la calle María Emilio Olmo No. 31, del sector El Centro, del Municipio de Bayaguana, Provincia Monte Plata, se procederá a la Venta en Pública Subasta mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, de los siguientes muebles: 1.- UNICO: UN VEHICULO HONDA ACCORD, COLOR GRIS, PLACA: A552284, CHASIS 1HGCM56446A006624. Este ha sido embargado al SR. CARLOS DAVID PEREZ GARCIA, actuando en requerimiento y persecución de la entidad INVERFEXSA, S.R.L., mediante el acto No. 305/2017 de fecha del día (27) de octubre del año 2017. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la Ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de vendutero público.
DANY DE LA CRUZ VENTURA, Alguacil en funciones de vendutero público. FC 351651
AVISO A LOS MIEMBROS DE LA FUNDACION DE SANEAMIENTO AMBIENTAL COMUNITARIA (FUNSACO)
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO.
Atendido a la suspensión de la Asamblea General Ordinaria/Extraordinaria que debió de celebrarse el día 15 de octubre del 2017, estamos re-convocando a todos los Honorables miembros(a) de FUNSACO por este medio, dando fiel cumplimiento a la resolución emanada de la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que fue celebrada el día Domingo 18 del mes de Junio del 2017, hacemos formal convocatoria a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA/EXTRAORDINARIA a celebrarse el Día Domingo 05 de mes de Noviembre del año 2017, en el PARQUE NACIONAL DEL MIRADOR NORTE, RESTAURANT TÍPICO GOURMET “LA COTORRA”, Dirección: Av. Ecológica Prof. Juan Bosch Puerta No. 3 “No Faltes”, Recordándole los puntos de Agenda:A) Acreditación; B) Pase de lista; C) Informe; D) Casos disciplinario; E) Plan de acción. Lugar: de encuentro PARQUE NACIONAL MIRADOR NORTE; Hora: 9:00 AM; Día: Domingo 05. En la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Cinco (05) Días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Para dar cumplimiento a las previsiones del párrafo 3 del artículo 92, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del literal b) del artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del siguiente documento: Constancia Anotada del Certificado de Título no. 199 (ahora matrícula 0600002071), que ampara el derecho de propiedad sobre una porción de terreno con una superficie de 5,030.91 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 936, del Distrito Catastral No. 3, del Municipio de Enriquillo, Provincia Barahona, expedido en provecho del Sr. José Angel Climent García.
GILBERTO SANTO BADIA Presidente
PEDRO AGUASANTA Secretario
FC351669
AVISO DE PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Aviso
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Párrafo único del Artículo 22 de la Ley 1306Bis sobre divorcio y para mayor conocimiento se hace saber que el señor ROBERTO MIGUEL LOPEZ CORNIELLE, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la Cédula de Identidad No. 402-2737261-8, domiciliado y residente en la Calle Hatuey No. 10, Los Cacicazgos, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. EMILIO A. GARDEN LENDOR, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-0058963-9, abogado de los tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la Ave. 27 de Febrero Esquina Abraham Lincoln Unicentro Plaza, Suite 49 Segundo Nivel, de esta Ciudad de Santo Domingo, lugar donde se hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, por el presente aviso, LE COMUNICA a su legítima esposa MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ TAVERAS que el día MARTES, que contaremos a Siete (07) del mes de NOVIEMBRE del año 2017, a las Nueve (9:00 A.M.) la SEPTIMA SALA CIVIL, DE PRIMERA INSTANCIA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL DISTRITO NACIONAL, ubicado en uno de los Salones del Edificio que aloja los Tribunales para Asuntos de Familia, (primer nivel), Calle Socorro Sánchez, esquina Calle Santiago, Sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, conocerá de la demanda en Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, notificada en el extranjero, en la dirección #16231 SW 99, Terrace, Miami, Florida 33196, Estados Unidos de América, por Acto de Alguacil #350/2017 de fecha 02/10/2017, del Protocolo del Ministerial Daniel Morrobel, Ordinario de la 4ta. Sala Penal del Distrito Nacional; todo esto de conformidad con el Ordinal 8vo., del Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil Dominicano.
Se ha extraviado el Certificado de Títulos No. 3000069117 que ampara los derechos sobre la unidad funcional B-2, identificada como 401432331769, Condominio Residencial Carlos II, Santo Domingo Oeste. Extensión superficial 145.95 Mts. Propiedad de Sonia Altagracia Rodríguez Henríquez.
DR. EMILIO A. GARDEN LENDOR, Abogado del demandante. FC 351618
Para dar cumplimiento a las previsiones del párrafo 3 del artículo 92, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del literal b) del artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del siguiente documento: Constancia Anotada del Certificado de Título no. 199 (ahora matrícula 0600004440), que ampara el derecho de propiedad sobre una porción de terreno con una superficie de 5,030.91 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 936, del Distrito Catastral No. 3, del Municipio de Enriquillo, Provincia Barahona, expedido en provecho de la Sra. María Asunción Climent García. FC351668
FC 351654
FC 351666
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No.1013055292 de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, de fecha 11 de enero de 2016 por valor de RD$649,300.00 A nombre de: NERVA DINORAH PINEDA PEREYRA, cédula: 001-0382031-2 y CARMENCITA DE LA ROSA TEJEDA, cédula 001-1364518-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC350784
FC 351662
OFICINA DE ABOGADOS LIC. MARIEL ANT. CONTRERAS R. Y ASOCIADOS ABOGADOS CONSULTORES LEGALES, INVESTIGADORES PRIVADOS Y SERVICIOS DE NOTARIA CALLE CAPOTILLO No. 11 SANTIAGO RODRÍGUEZ TEL. 809-580-2655 /CEL. 809-876-7927
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que ha extraviado el Certificado Financiero No: 2130040507, Expedido en Fecha 13 del mes Setiembre del año, 2006, por aso-
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR LA CAUSA DET ERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO.
ciación LA NACIONAL, por un valor de RD$330,000,00, a
En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el artículo 22 de la ley 1306-BIS de Divorcio, se hace de público conocimiento que el señor JORGE ALFREDO DELGADO, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-1284302-4, con domicilio en la calle Hermanas Mirabal, casa No.159, del sector de Bayona Santo Domingo Oeste, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial del señor CARLOS FRANCISCO ALMARANTE HEREDIA de nacionalidad dominicana, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identificación y electoral No.001-1467084-7, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, con su estudio profesional abierto en la calle Rogelio Roselle No.157, del sector de Bayona, de esta ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, lugar donde mi requeriente el señor JORGE ALFREDO DELGADO, hace formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto, hace de público conocimiento a su legítima esposa, la señora MARIA SCARLENNYS ESCOTTO GERVASIO, cuyo último domicilio fue en la calle Hermanas Mirabal casa No.06, del sector de Bayona, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la acción determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de la provincia Santo Domingo, el día viernes (03) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), así como la secretaria y puerta del Tribunal apoderado, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia para tales fines, que se celebrará el día jueves (16) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9:00 am) horas de la mañana; por ante la Sexta Sala del Tribunal de Familia de la Provincia Santo Domingo, sito en la Av. Las Palmas, No.52, Esquina Calle Tercera, Reparto Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los treinta y uno (31) de octubre, primero (01) y dos (02) días del mes de Noviembre de año dos mil diecisiete (2017).
Se ha extraviado el poder Especial Consular No. 1606-97, de fecha 24 del mes de Febrero del año 1997, Otorgado por el Señor MILTON CARLOS CABRAL, a favor de la Sra. ROSA JULIA CABRAL, para la venta de una porción de terreno ascendente a 212.83 Mts2., Solar No. 13, Manzana No. 163, del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional, instrumentado por el Vice Cónsul en funciones de cónsul de la República Dominicana en New York, Estados Unidos de América, el señor MAXIMO CORCINO.
LIC. CARLOS FRANCISCO ALMARANTE HEREDIA, Abogado.
MARCOS ANT. FRIAS GARCIA, Autoriza.
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favor de la SRA. MICHELLE MORONTA, cédula No. 0963583585. AVISO DE PERDIDA DE DOCUMENTO.
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AVISO DE DIVORCIO Para generar conocimiento de conformidad con lo dispuesto por el Art. 42 de la Ley de Divorcio No. 1306-Bis, se hace saber que en fecha dieciocho del mes de agosto año dos mil diecisiete (18/08/17), en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO RODRIGUEZ., dicto una Sentencia con el siguiente dispositivo: “F A L L A” “UNICO: HOMOLOGA el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 08//2016 de divorcio por Mutuo Consentimiento firmado por los esposos FRANCISCO MANUEL BOUDIERD ADAMES Y ROCHY LOZANO RODRIGUEZ, en fecha 15 de enero del 2016, instrumentado por la LICDA. CARMEN CELESTE GÓMEZ CABRERA, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional; y en consecuencia: A): a ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos FRANCISCO MANUEL BOUDIERD ADAMES Y ROCHY LOZANO RODRIGUEZ,; B): COMPENSA las costas del procedimiento, por tratarse de litis entre esposos; C): ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia por ante el oficial del estado civil correspondiente.” El Divorcio fue pronunciado el quince del mes septiembre del año dos mil diecisiete (15/09/17) mediante sentencia No. 397-2017-00658, de fecha dieciocho del mes de agosto año dos mil diecisiete (18/08/17), en el Libro No. 00004, Acta No. 000309, Folio No.0017,en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO RODRIGUEZ. En la ciudad y Municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, a los treinta y uno (31) día del mes de Octubre del año Dos Mil diecisiete (2017). LIC. FRANKLIN RODRÍGUEZ ABOGADO FC351672
miercoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LEGAL 19
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISION
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el día 13 de Noviembre del año 2017, a las 02:00 P.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la P. No.1822, del Distrito Catastral No. 07, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión Superficial de (250.00 Mts.2). Este inmueble se encuentra ubicado en la calle Segunda, casa No.34, residencial Villa Contri Club, del Municipio de Baní, Provincia Peravia. Identificado como Expediente No.663201708095, propiedad del SR. RAFAEL ÁNGEL LARA PIMENTEL.
Expediente No. 662201708448, se le avisa al público en general, colindantes, propietarios, a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, que el día 10 del mes de noviembre del año 2017, a las 10:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de Deslindar y Subdividir una porción de terreno de 51,848.25 metros cuadrados, dentro la Parcela No. 4, del Distrito Catastral No. 5, del municipio de Santiago y Sub-dividirla en porciones, amparado por la Carta Constancia No. 48, Libro 1089, Folio 213, emitido por la Registradora de Título de Santiago. Ubicada en el sector de Las 7 Casas y por la carretera del Naranjo. A petición de la señora MARIA LUISA TEJADA RODRIGUEZ, parte y representante de los sucesores Tejada.
En virtud de la Autorización, de fecha 26, de Septiembre, del año 2017. Se hace de conocimiento público que el día 18, de Noviembre, del año 2017, a las 11:00 a.m. se dará inicio a los trabajos de Deslinde, en el inmueble identificado como Parcela 93-A, Distrito Catastral No. 2, sector Cristo Rey, del Municipio San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, a petición de la Sra. Hóxamme Reyes Mejía Mateo, EXP.: 663201708797.
AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.
JOSE GREGORIO BATISTA SOSA, Agrimensor. Codia: 14328. Céd. 031-0081073-2.
BRUNO F. AGRAMONTE PENA. Agrimensor-Contratista Cel.(849)850-5376 CODIA 25138
PUBLICACION DE SOLTERIA
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de publico conocimiento que el señor PELAGIO BRATINI, dominicano, mayor de edad, provisto de la cedula de identidad y electoral no. 001-0368686-1 es de estado civil soltero según se evidencia en la certificación de la Junta Central Electoral y no casado como figura en el certificado de titulo numero 943657 de la manzana 5035, solar numero 5, del Distrito Catastral no 1, Distrito Nacional. En la provincia de Santo Domingo, municipio Santo Domingo este, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).
Expediente No. 662201708811, según autorización de fecha 23 de octubre del 2017, se le avisa al público en general, colindantes, propietarios, a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, que el día 10 del mes de noviembre del año 2017, a las 10:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de (campo) Deslinde en la Parcela No. 63-A, del Distrito Catastral No. 161, del municipio de Santiago, sección y lugar del Ingenio Abajo, provincia Santiago, con un área de 370.00 M2, según consta en el acto de venta de fecha 29 de septiembre del 2017, este derecho fue adquirido por compra al señor FAUSTO JOSE LUCIANO RODRIGUEZ, propiedad ubicada en la autopista Joaquín Balaguer, tramo Santiago-Navarrete, sector el Ingenio Abajo, casa No. 7, calle Principal y casa No. 127, de esta ciudad de los Caballeros, a petición del señor JOSE FRANCISCO CASTILLO FELIPE.
En virtud de la Autorización, de fecha 26, de Septiembre, del año 2017, Se hace de conocimiento público que el día 18, de Noviembre, del año 2017; a las 2:00 p.m. se dará inicio a los trabajos de Deslinde, en el inmueble identificado como Parcela 19-B-2-1, Distrito Catastral No. 2, sector ensanche La Fe, del Municipio San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, a petición del Sr. Carlos Alcántara, EXP.: 663201708796.
PELAGIO BRATINI Solicitante
JOSE GREGORIO BATISTA SOSA, Agrimensor. Codia: 14328. Céd. 031-0081073-2.
BRUNO F. AGRAMONTE PENA. Agrimensor-Contratista Cel.(849)850-5376 CODIA 25138
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Expediente 0998-17-00840 Expediente Antiguo PROCESO CONTENCIOSO Auto número: PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DE LA PROVINCIA LA VEGA AUTO DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA 2da. Sala Tribunal de Tierras J.O. - La Vega “EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA”
FC351501
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 101370393, de la ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, de fecha 02/02/2016, por valor de RD$1,000,100.00, a nombre de: NIEVES LUISA RAFAEL MEDINA, cédula 001-0159366-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 350780
SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO La pérdida del Certificado de Depósito Nº. DX – 77375048, Depósito a Plazo en moneda extranjera por la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL DOLLARES AMERICANOS (USA$58,000.00), emitido en fecha TRECE (13) de diciembre del año 2013 por el BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S. A., en su sucursal de Baní, en favor del señor MARTIN JOSE BERNABEL TEJEDA. FC351038
VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día Miércoles que contaremos a Veintidós (22) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia de pregones que al efecto celebrará LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, sito en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de Cotuí, localizado en la intersección de las calles Sánchez con cuatro del Sector La Esperanza de esta ciudad, del siguiente inmueble: UNA PORCIÓN DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 383.07 METROS CUADRADOS, IDENTIFICADA CON LA MATRICULA NO. 0400011313, DENTRO DEL INMUEBLE: PARCELA 223, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 3, UBICADO EN COTUÍ, SÁNCHEZ RAMÍREZ. El inmueble que se acaba de mencionar han sido embargado en perjuicio de la señora YOLANDA JEREZ HERRERA, domiciliada y residente en el Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, a requerimiento del BANCO DE AHORRO Y CREDITO BANCOTUI, S. A., entidad de intermediación financiera organizada de conformidad con las Leyes de la República Dominicana y especialmente por la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 de fecha 21 de Noviembre del 2002, con asiento social en el edificio localizado en la intersección de las calles Sánchez esquina Juan Sánchez Ramírez de la ciudad de Cotuí, debidamente representada por su Gerente - General, LIC. JULIO C. TEJEDA M., dominicano, mayor de edad, casado, funcionario bancario, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-00047845-6, domiciliado y residente en la ciudad de Cotuí, la que tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. EURIPIDES SOTO LUNA, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-0000892-3, matriculado bajo el No.913-3496, al día, con estudio profesional abierto en el No. 27 de la calle Enriquillo de la ciudad de Cotuí, lugar en donde la persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente acto. El mandamiento de pago fue notificado al embargado en fecha 26 de Julio del 2017 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago del deudor, fue inscrito en el Registro de Títulos de Cotuí, en fecha 25 de Agosto del 2017. La persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de RD$274,685.42 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON 42/100), más los gastos y honorarios del procedimiento. Todo subastador deberá depositar en manos del secretario del tribunal apoderado el equivalente a un Diez Por Ciento (10%) del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una de las instituciones bancarias de las establecidas en la República Dominicana. Se advierte que las pujas solo serán admitidas por ministerio de abogado, todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la secretaría de LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, lugar en donde se llevará a cabo la venta, el deudor será citado por acto de alguacil para presenciar la venta. En la Ciudad y Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los Treinta y un (31) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017).
DR. EURIPIDES SOTO LUNA, Abogado. FC 351686
VISTA: La Aprobación Técnica dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, mediante la cual aprueba la mensura para Saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmuebles: Provincia La Vega, municipio Jarabacoa, D.C. Pos. 313124314970 y 313124314954, D.C. No. 03, Parcela 1769. VISTOS: Los artículos 1, 3, 10. 23, 25 párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, 23 letra “J”, 26, 27 y 46, del Reglamento de los Tribunales de Tierras de la Jurisdicción Inmobiliaria. RESUELVE: PRIMERO: FIJAR la audiencia oral, pública y contradictoria para el día 14/11/2017 a las 09:00 a.m., a celebrarse en el local que ocupa el Tribunal de Tierras en Avenida García Godoy No.32, Esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia, de la Ciudad LA VEGA de la Provincia LA VEGA. SEGUNDO: Se ordena la citación por un periódico de circulación nacional para que comparezcan a la audiencia, del día, hora y lugar indicados. DADO: En nuestro despacho cn la ciudad de LA VEGA, Provincia LA VEGA, hoy día 13 de Octubre de 2017, Años 173 de la INDEPENDENCIA y 154 de la Restauración.
ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO, Jueza de la 2da. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original - La Vega. FC 351694
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor MIGUEL ANTONIO GENAO ESTRELLA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega, R.D., cedula no.047-0185981-3; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO C. VILLAR GALAN, matriculado con el no.0864-327, cedula no. 047-0002316-3, con estudio profesional abierto en el NO.20 de la Calle Las Carreras de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MANUELA ALTAGRACIA LIRIANO LORA cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Interior No.48 Villa Esperanza de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 7 del mes de noviembre del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 20 del mes de noviembre del año 2017 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, hoy dia 1ero. del mes de noviembre el año 2017.
LIC. FRANCISCO C. VILLAR GALAN Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-12071-RD-01-02-03/11/2017)
Se hace de público conocimiento que se han extraviado los certificados de acciones comunes no. 94967 de fecha 15/06/2004, por 121 acciones, no. 11111, de fecha 20/06/2006, por 231 acciones, No. 111111, de fecha 04/06/2007, por 280 acciones, no. 111111, de fecha 17/06/2010, por 401 acciones, a razón de RD$ 300.00 c/u, expedidos por GRUPO POPULAR, S. A. A FAVOR DE NOMBRE DEL ACCIONISTA CED. 010-0000000-0. LA PRESENTE PUBLICACION SE HACE PARA LOS FINES DE LEY CORRESPONDIENTE. FC351260
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformídad con las disposiciones del Artículo No.92, Párrafo Tercero (3ro.), de la l.cy de Registro Inmobiliario No.108-2005, y del artículo 86 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Duplicado del Dueño-Matrícula lnmobiliar No.0500016969 (Cero Cinco Cero Cero Cero Uno Seis Nueve Seis Nueve), bien inmueble identificado con la Designación Catastral No.305250431294 (Tres cero cinco dos cinco cero cuatro tres uno dos nueve cuatro), el cual tiene una extensión superficial de 22,191.08 MTS.2 (Veintidós mil ciento noventa y un metros cuadrados punto cero ocho decímetros), junta a su mejora consistente en frutos menores: y cuyo Certificado Duplicado del Dueño-Matrícula Inmobiliar fue expedida en fecha diecinueve (19) de mayo del año dos mil catorce (2014) por el Registro de Títulos del Departamento de Baní, propiedad perteneciente al señor Rafael Sivialdo Camilo Landestoy Santana y a la señora Ana Isabel Rosa Tejeda.
SR. RAFAEL SIVIALDO CAMILO LANDESTOY SANTANA. SRA. ANA ISABEL ROSA TEJEDA, Los Declarantes. FC 351691
INVERSIONES QUANTA, S.R.L. Capital Social: RD$10,000,000.00 Registro Mercantil: 86440 SD Domicilio Social: Calle Sánchez Valverde No. 42, Villa Consuelo, Santo Domingo, Distrito Nacional. Para cumplir con las disposiciones del Artículo 123 de la Ley 479-08, del 11 de diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se avisa a los interesados y al público en general, que en virtud de las Resoluciones aprobada en la Asamblea General Extraordinaria de los socios de la empresa Inversiones Quanta, SRL, el capital social ha quedado reducido de la suma actual de DIEZ MILLONES DE PESOS DOMINICANO (RD$10,000,000.00) a TRES MILLONES DE PESOS DOMINICANO (RD$3,000,000.00), dividido en treinta mil (30,000) cuotas sociales, iguales acumulables e indivisibles, enteramente suscritas y pagadas, cada una en un valor nominal de CIEN PESOS DOMINICADOS CON 00/100 (RD$100.00), numeradas del uno (1) al treinta mil (30,000), y atribuidas a los socios en proporción a sus aportes. Consecuentemente han sido modificados los artículos tres (3) y el seis (6) de los Estatutos Sociales. En Santo Domingo, D.N., Capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del Año Dos Mil Diecisiete (2017). MIGUEL MARTIN ORTIZ ORTIZ, Gerente. FC 351660
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor BENITO MONERO TEJEDA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, Cedula No.001-1335602-6, residente y domiciliado en la Calle Principal No.89, Rancho Viejo, de esta ciudad de La Vega, R.D.; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. ENEROLISA GIL, cédula no. 402-2055845-2 con estudio profesional abierto en el no.39 de la Ave. Mons. Panal, 2do. Nivel Plaza Jorge, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora PAULA GARABITOS BENITEZ, cuyo último domicilio de la señora fue en la Calle Principal No.89, Rancho Viejo, de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 7 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 21 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 31 días del mes de OCTUBRE del año 2017.
En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D. modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor ISMAEL ANTONIO FERNANDEZ ABREU, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la calle Principal de Ciudad Universitaria municipio y provincia de La Vega, R.D., cedula no.047-0057831-5, quien tiene como Abogada constituida y apoderado especial a la LICDA. ANYELINA DIAZ MARTE, cedula no. 049-0079992-7, con estudio profesional abierto en la calle Garcia Godoy No.21, Plaza Portessa, Primera Planta, de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MILAGROS CONSUELO PEREZ CABREJA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Emilio Prud-Homme, Don Bosco, de esta ciudad de La Vega, R. D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 7 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 21 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., hoy día 1ro. del mes de noviembre del año 2017.
LICDA. ENEROLISA GIL Abogada apoderada de la parte Demandante
LICDA. ANYELINA DIAZ MARTE Abogado apoderado de la parte Demandante
(RC-6701-RD-01-02-03/11/2017)
(RC-6703-RD-01-02-03/11/2017)
miercoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
20 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Dayun, año 2017, color negro, placa y registro K1222630, chasis L7GPCKLYXH1041666, a nombre de SANTO RIVERA CABRAL, cédula 001-1164935-6. FP93436
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Lumax, color negro, año 2007, placa y registro K0182949, chasis LAELGZ4097B653863, a nombre de FRANCIS HIDALGO DÍAZ, cédula 001-1487572-7. FC351680
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil, marca Honda, año 2008, color rojo, placa y registro A595748, chasis JHMCP26828C077690, a nombre de WILIN MALTORENO PICHARDO, cedula 001-0311295-9. Fp93437
PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa EX08817, color blanco, chasis MR0FR22G600775829, tipo carga, año 2015, propiedad de ARZOBISPO DE SANTO DOMINGO/ARQUIDIOCESIS DE SANTO DOMINGO, RNC 401502615. FC 351658
PÉRDIDA DE PLACA: marca Toyota, modelo Corolla DX, año 1992, color blanco, placa y registro A014764, CHASIS AE1003146069, a nombre de LESLIE DE LA ROSA BALSEN.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, año 2010, color azul, placa y registro chasis K0802474, LC6PAGA1XA0805237, a nombre de ALFREDO LORENZO ALEXANDER, cédula 223-0050910-0. PF93464
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Art. 22 de la Ley 1306-Bis, de divorcio, el señor, ORANGEL MOREL ROSA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-1707250-4, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LIC. JULIA MERCEDES ESPINO MORA, con Estudio abierto en el Edificio Galerías Cecilia, calle Benito Monción No 2, esq. Colón, segundo nivel apt. 201, de esta ciudad de La Vega; AVISA a su esposa, señora, LUCIA DIFO. cuyo último domicilio conocido, estuvo en el residencial Las Marías calle No. 6, casa No. 5. de esta ciudad de La Vega. y de quien se desconoce su domicilio actual, que el día que contaremos 7 del mes de Noviembre del año 2017, a las nueve (9.00) horas de la mañana, mí requeriente procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del distrito Judicial de La Vega a fin de comparecer a la audiencia que se celebrara el día 27 del mes de NOVIEMBRE del año 2017, a las 9 horas de la mañana, por ante la CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DE LA PRIMERA SALA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, sito en la tercera planta del Palacio de .Justicia de La Vega. ubicado en la intersección formada por las calles Duvergé. Ave. Garcia Godoy y Monseñor Panal de la ciudad de La Vega, en SUS atribuciones CIVILES, para conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres que se interpone en su contra. La Vega 1ro. de noviembre del año 2017.
LIC JULIA MERCEDES ESPINO MORA Abogada Apoderada (VT-AC-12050-RDT-01-02-03/11/2017)
PUBLICACION DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES. En cumplimiento del art 22 Ley 1306-BIS DEL 21/05/1937, sobre divorcios de la Republica Dominicana modificado por la ley 2153 de 1949, el señor FRANKLIN RODRIGUEZ SURIEL, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad personal y electoral No.100-0008128-0, domiciliada y residente en la Jhon F, Kennedy, casa 1 y de paso por esta Ciudad de la Vega, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. NELSON DE JESUS MOTA LÓPEZ, Abogado de los Tribunales Dominicanos, debidamente inscritos en el Colegio de Abogados de la Republica Dominicana mediante matricula hábil, con estudio profesional en profesional abierto a los fines del presente acto en la calle Monseñor Panal, esquina las Carreras, Ed. Sanmer II, apto. 12, altos, de esta ciudad de La Vega, ADVIERTE a su legitima esposa señora YISANDRA DECIMA, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazar en acción de DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES POR DOMICILIO DESCONOCIDO EN CONTRA DE LA SEÑORA YISANDRA DECIMA, INTERPUESTO POR EL SEÑOR FRANKLIN RODRIGUEZ SURIEL por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día contaremos a 7 del mes de noviembre del año 2017, así como en la secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrara la PRIMERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA sito en uno de los apartamento de la 3ra planta del palacio de justicia ubicado en la calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la calle Duverge y Ave. Monseñor Panal de esta Ciudad de La Vega EL DIA 20 DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 a las 9:00 AM. Para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega a los 31 dias del mes de octubre del año 2017.
LIC. NELSON DE JESUS MOTA LOPEZ ABOGADO APODERADO (RO-14745-RDT-01-02-03/11/2017)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de Propiedad MATRICULA NO. 3000216089 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 1,080,630.30m2 en el ámbito de la parcela 24 del Distrito Catastral no.28 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a favor y a nombre de FELIPE ANTONIO CAMACHO LANTIGUA, Propietario.
LIC. BRAULIO ESPINAL ABOGADO APODERADO (RO-14744-CC)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de Propiedad constancia anotada registrado en el libro 57, folio 97, volumen 0, hoja 164, inscrito el 7 de julio del año 2006 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 4,150.40m2 en el ámbito de la parcela 163 del Distrito Catastral no.2 del Municipio Bonao y Provincia de Monseñor Nouel a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO, expedido por el Registro de Títulos del Departamento de Bonao a favor y a nombre de MARIA MAGDALENA GONZALEZ MONEGRO, Propietario.
LICDA. CARIDAD DEL CARMEN DE LA ROSA VITAR ABOGADO APODERADO (AC-12073-CC)
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO En virtud del Art 92, de la Ley no. 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se avisa al público en general que se ha extraviado Duplicado del Acreedor Hipotecario de la constancia anotada en el Certificado de Título No. 75-2627, libro No. 1500, Folio no. 20, de fecha 25 de febrero del año 1999, emitido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, el cual ampara el Apartamento No. 202, segunda planta, edificio no. 2, condominio Jardines de las Praderas, con un área de construcción de 118.90 metros cuadrados, consta de sala-estar, con ventanas de corredera, comedor, dormitorio principal con baño integrado, revestido de mármol, cocina con despensa, gabinete de piso y pared, clóset para roba blanca, área de lavado de granito, instalación y espacio previsto para lavadora, cuarto de servicio con baño, acceso a la azotea, edificado dentro de la parcela No. 110-ref.-780-B, del D. c. No. 4, del Distrito Nacional.
LIC. PABLO RICARDO. ABOGADO AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformídad con las disposiciones del Artículo No.92, Párrafo Tercero (3ro.), de la l.cy de Registro Inmobiliario No.108-2005, y del artículo 86 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Duplicado del Dueño-Matrícula lnmobiliar No.0500016969 (Cero Cinco Cero Cero Cero Uno Seis Nueve Seis Nueve), bien inmueble identificado con la Designación Catastral No.305250431294 (Tres cero cinco dos cinco cero cuatro tres uno dos nueve cuatro), el cual tiene una extensión superficial de 22,191.08 MTS.2 (Veintidós mil ciento noventa y un metros cuadrados punto cero ocho decímetros), junta a su mejora consistente en frutos menores: y cuyo Certificado Duplicado del Dueño-Matrícula Inmobiliar fue expedida en fecha diecinueve (19) de mayo del año dos mil catorce (2014) por el Registro de Títulos del Departamento de Baní, propiedad perteneciente al señor Rafael Sivialdo Camilo Landestoy Santana y a la señora Ana Isabel Rosa Tejeda.
SR. RAFAEL SIVIALDO CAMILO LANDESTOY SANTANA. SRA. ANA ISABEL ROSA TEJEDA, Los Declarantes. FC 351691
PUBLICACION DE PERDIDA DE TITULO Quien suscribe el señor FRANCISCO ANTONIO PEREZ MINAYA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 003-0091466-0, domiciliado y residente en la calle Gastón Fernández Deligne No. 07 de esta ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana; Hermano de Decujus Francisco Emilio Pérez Ruiz, en virtud de las disposiciones del artículo 92, párrafo 3, de la Ley 108-05, hacemos constar que se ha extraviado el Título No. 14820, del Certificado de Título No. 21115, expedido en fecha 16 del mes de abril del año dos mil dos (2002), por el Registrador de Títulos del Departamento de Baní, de la Parcela No. 1821-A-Refundida de los Solares (16 Manzana 3) y (17 Manzana 3), del Distrito Catastral No. 7, del municipio de Baní, Sección Boca Canasta, a favor de asentado en el Libro No. 126, Folio 220, Para proceder hace transferencia por derecho mediante sentencia No. 20080093, de fecha 17 del mes de julio del año dos mil ocho (2008).
FC 351690
FRANCISCO ANTONIO PEREZ MINAYA, Solicitante. PERDIDA DEL CERTIFICACION DEL FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 789349685, expedido por el Banco Popular Dominicano, en fecha 23/01/2015, por valor de RD$75,000.00, a nombre de Felicia Resurepción Dickson Méndez, cédula No. 001-07865423-3 y Lucía Méndez, cédula No. 071-0007896-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 351683
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2017SSEN-01235 en fecha 31 de JULIO del año 2017, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en la audiencia de fecha 26/06/2017 en contra de CESAR CAONABO GARCIA SANCHEZ por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre MARTINA HIPOLITA NUÑEZ ALONSO Y CESAR CAONABO GARCIA SANCHEZ. TERCERO: ORDENA al oficial del estado civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial ROY E. LEONARDO PEÑA, Alguacil Ordinario de Esta Sala, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripcion Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro no. 7 folio 103 acta no.652 en fecha 26 DE octubre del 2017. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, 1ro. del mes de noviembre del año 2017.
LICDA. LUISA INES ALMAZAR GUZMAN Abogado (AC-12075-PC)
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día jueves, que contaremos a treinta (30) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), a las Nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, la venta en pública subasta, al mejor postor y último subastador, del inmueble que más adelante se describe, en la audiencia de pregones que al efecto celebrará la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en cl local donde acostumbra a celebrar sus audiencias, sito en uno de los locales del segundo nivel del Palacio de justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Flondo, ubicado en la manzana formada por las calles Lic. Hipólito Herrera Billini, Dr. Eduardo Vicioso, Dr. Juan B. Pérez y Juan de Dios Ventura Simó, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana. El inmueble en proceso de ejecución es el siguiente: “Inmueble identificado como 309455485817, matrícula No. 0100254287, con una superficie de 306.12 metros cuadrados, ubicado en Distrito Nacional, amparado bajo el Certificado de Título con matrícula No. 0100254287, emitido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, propiedad de Marisol A. Núñez Ogando, amparado bajo el Certificado de Título con matrícula No. 0100254287”. El inmueble descrito ha sido embargado en perjuicio de Marisol A. Núñez Ogando, en calidad de fiadora solidaria y propietaria del inmueble, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 189-11, sobre Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, a requerimiento del Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples, entidad de intermediación financiera, organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social y oficina principal en la avenida Winston Churchill esquina Porfirio Herrera, sector Piantini de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Licenciados Antonio A. Langa A., José Carlos Monagas E. y julio C. Vargas Javier, dominicanos, mayores de edad, casados, Abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-1198780-6, 001-1300444-8 y 001-1709173-6, respectivamente, con su estudio profesional abierto en común en la calle Pont Bernard, No. 11, Torre Jireh, 4to nivel, Los Prados, de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, donde ha hecho y mantiene elección de domicilio el persiguiente, Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples. El mandamiento de pago fue notificado por el Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples, en contra de Jesús Antonio Ruiz Alvarez, en calidad de deudor, y la Sra. Marisol A. Núñez Ogando, en calidad de fiadora solidaria y propietaria del inmueble objeto de embargo, el día veintiséis (26) del mes de septiembre del 2017, mediante el Acto No. 1179/2017, instrumentado por el ministerial Eladio Lebrón Vallejo, Alguacil de Estrado del Tribunal Superior Administrativo. El referido mandamiento de pago se ha convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago, por 1o que fue inscrito en el Registro de Títulos competente, en fecha dieciséis (16) de octubre del año dos mil diecisiete (2017). El persiguiente, Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples, ha fijado como precio de primera puja la suma de Trescientos Mil Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$300,000.00), que es a la cual asciende la deuda en principal, intereses, accesorios y sin perjuicio de los gastos y honorarios legales y de los intereses acumulados a partir de la fecha del mandamiento de pago. Todo subastador deberá depositar en Secretaría del Tribunal una garantía equivalente a un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio de primera puja mediante cheque certificado de una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, expedido a favor del persiguiente. Se advierte que las pujas serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a efecto la venta. HECHO por la persiguiente en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Doeninicana, hoy día primero (1ero) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).
Por sí, y por los Lic Antonio A. Langa A., y Lic. José Carlos Monagas E., Lic. Julio C. Vargas Javier, Abogado. FC 351655
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miércoles 01 DE NOVIEMBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
22 MÁS NOTICIAS
PlD recuerda compromisos recomiendan entrenar para honrar profesor Bosch y capacitar a las “nanas”
SANTO DOMINGO.Reinaldo Pared Pérez, secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), invitó a los dirigentes y miembros de esa organización a asistir los actos programados para conmemorar el 16 aniversario del fallecimiento del profesor Juan Bosch. En declaraciones ofrecidas al concluir la sesión del Senado de la Republica, Pared Pérez recordó a sus colegas senadores y senadoras del compromiso que tiene como secretario general para estar presente en las actividades que se han organizado para este miércoles.
Las actividades iniciarán a las 10:00 de la mañana de este 1 noviembre con una Ofrenda Floral en el mausoleo que guardan los restos del profesor Juan Bosch en el Cementerio Ornamental de La Vega, a cargo de los comités Provincial y Municipal, con una representación de la dirección política del PLD. Continuarán a las 5:00 de la tarde con una eucaristía en la Parroquia San Antonio de Padua en Gascue, Distrito Nacional, de donde se partirá a la Casa Nacional del Partido de la Liberación Dominicana para un acto de recordación al profesor Juan Bosch en la fecha de su fallecimiento. El acto de recordación que se efectuará a las 6:00 de la tarde en el Gran Salón de la Casa Nacional del PLD tiene como título “Juan Bosch Siempre. A 16 años de su partida” y contempla una ofrenda floral colectiva amenizada con música y cantos en honor al fenecido maestro de la política.
SANTO DOMINGO.-Las directoras de la empresa Top Nanas, Larissa Isa y Emily Guerrero, dijeron en el programa de televisión “Marcas que Marcan”, que las empleadas que se dedican al cuidado de los niños deben ser entrenadas y capacitadas, aprender desde como planchar una camisa hasta como atender un bebé recién nacido. Las administradoras que conversaron con Gisel Castillo en el programa “Marcas que Marcan”, que se transmite por la plataforma digital El Nuevo Diario TV, consideraron que la asistencia de nana es una labor social y por ende, necesitan ser educadas en valores, respeto, autoestima y buenas costumbres. Además expresaron que
imparten talleres de preparación donde utilizan pizarras y libros, en donde cuentan las historias y experiencias personales de las nanas y las madres, que luego son caracterizadas de una forma dinámica sobre cómo manejarían tal o cual situación que se les presente en el trabajo. Asimismo, hablaron de como las están concientizando en sus labores para que no sean inestables en su oficio, también les explican cuáles son sus roles específicos en deberes y derechos, según el código laboral y de cómo actuar ante las tentaciones. Les hicieron un llamado a los que contratan el servicio de nanas para que mejoren el pago, ya que diez mil pesos no le cubren sus necesidades básicas.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Honda, color verde, año 1994, placa y registro K1170479, chasis AA011119597, a nombre de F CASTILLO MOTO PRÉSTAMO, SRL.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Mercedes Benz, color gris, año 1987, placa y registro A127623, chasis WDB1241301A508374, a nombre de JORG EMIL GAUDIAN.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca New Holland, modelo TS-90, año 2006, placa y registro U008337, chasis Z5CE05619, a nombre de GUILLERMO AMANCIO MATEO ARNO, cédula 0120061346-9. FP93462
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, placa A164203, color blanco, chasis AE1000090058, tipo automóvil privado, año 1996, propiedad de JOSE OSCAR PEÑA LOPEZ, cédula 001-0265093-4. FC 351454
Reinaldo Pared Pérez
JAVIER TAVERAS
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry SE, año 2007, color blanco, placa y registro A582558, chasis 4T1BK46K77U550264, a nombre de JEAN LUÍS ROJAS, cédula 0310437366-1. FC351682
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Mazda, color negro, año 2006, placa y registro A456592, chasis JM7GG32F861508142, a nombre de JEAN LOUIS HENRI ADOLPHE LIONS.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color rojo, año 2002, placa y registro G029808, chasis JTEBY99J900167728, a nombre de LOURDES MERCEDES HERRERA, cédula 001-0013000-4.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry, año 2009, color azul, placa y registro A563145, chasis 4T1BE46K69U800801, a nombre de RAFAELA CORDERO, cédula 003-0000104-7 FC351692
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Honda, color plateado, año 2010, placa y registro A692723, chasis GE81307564, a nombre de ANGELY MARIT LÓPEZ AMARO, cédula 4022293254-9.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Pick Up, color rojo, placa y registro L081012, chasis JT4RN50RXF0065516, a nombre de RAMÓN VALDEZ, cédula 0020066791-3 FC351693
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Hyundai, modelo Jeepeta Tucson, año 2008, color verde Aqua, placa y registro G175893, chasis KMHJM81BP8U787346, a nombre de HERNANDO ROJAS LAZO, cédula 001-1878049-3.
PERDIDA DE MATRICULA: motocicleta, Marca Yamaha, Modelo RX-S, color negro, año 2006, placa N132563M, c h a s i s MH33HB0085K27290-6, a nombre de ANTONIO DE LA CRUZ PEÑA ROSARIO, CED.047-0114160-0. (RO-14743-DA)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca X-1000, modelo SG150, año 2014, color negro, placa y registro K0448397, chasis TBL15P105EHM50478, a nombre de JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ RAMÓN. FC351688
PERDIDA DE MATRICULA: Motocicleta, Marca Zongshen, Modelo ZS110-9, color negro, año 2012, placa K0488672, chasis LZSXCHLJ3C5237399, a nombre de MIGUEL ANGEL JEREZ ESQUEA, CED.047-0213025-5. (RO-14748-CC)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, año 2017, año 1984, color rojo, placa y registro L071504, chasis JT4RN50RIE000247, a nombre de RAMÓN BERLICE GARCÍA AQUINO. FC351687
PERDIDA DE MATRICULA: Vehiculo De Carga, Marca Nissan Modelo Urban, Año De Fabricación 1998, Color Blanco, Motor O No. De Serie KA2466629M, Chasis No. 3NICD13SXZK007115, REGISTRO Y PLACA L024635”, propiedad de SERGIO BENEDICTO CORONA CHECO.
PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 1988, placa y registro A344253, chasis JT2AE92EXJ3145140, a nombre de LINO FLORES.
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO En virtud de la Autorización de mensura de fecha 20 de Septiembre de 2017, se hace de público conocimiento que el día 17/11/2017, a las 4:00 P.M., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno de ciento diez mil cien punto cero metros cuadrados (110,100.00 Mts2), dentro del ámbito de la parcela No. 102, del Distrito Catastral No. 2, Municipio de Rancho Arriba, Provincia San José De Ocoa, Ubicado en la Sabana, Sector Banilejo, Expediente No. 663201708585, a petición de los sucesores de DIOGENES FIGUEREO MORDAN.
AGRIM. MANUEL MARÍA ARIAS JAQUEZ CODIA 10925
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color rojo, año 1999, placa y registro G174266, chasis JT3HP10V1X0212663, a nombre de MARIEL JOSEFINA MARTINEZ NÚÑEZ
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, color blanco, año 1988, placa y registro L071704, chasis VG6M111B9JB028174, a nombre de GUILLERMO ANTONIO SOTO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta privada, marca X1000, color negro, año 2014, placa y registro K0291212, chasis TBL20P10XDHM42507, a nombre de CORIDIO ALCÁNTARA SIERRA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry LE, color dorado, año 1999, placa y registro A389702, chasis AT1BG22K8XU82701, a nombre de HEMENEGILDO SUERO, cédula 071-0012147-9. FC351676
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Kia, color negro, año 2007, placa y registro A590283, chasis KNAGE22537A101454, a nombre de LUÍS BERNARDO MERÁN ALMONTE
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mitsubishi, modelo Motero 4x4, año 2000, color blanco, placa y registro G138179, chasis JA4MT31H2YP058798, a nombre de ROSARIO TEJADA, cédula 0010909013-4. FP93463
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Fiat, color rojo, año 2005, placa y registro A276344, chasis 9BD17158252535738, a nombre de JOSÉ MANUEL ROSARIO NÚÑEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Pick Up, color blanco, año 1988, placa y registro L167794, chasis JT4RN67S2J5097614, a nombre de LEVI TEJADA RAMÓS, cédula 060-0006138-9. FC351677
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color dorado, año 2005, placa y registro A559741, chasis 1NXBR32E65Z522622, a nombre de LEUYS SANTIAGO TAVERAS GARCÍA, cédula 223-0084863-1. Fc351671
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mitsubishi, modelo K74TCENDFL6, año 2002, color verde/gris, placa y registro L153687, chasis MMBJRK7402D033272, a nombre de JULIO GONZÁLEZ CÉSPEDES. FP93465
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De jeep, marca Hyundai, color azul, año 2008, placa y registro G189570, chasis KMHSH81WP8U332042, a nombre de MARCOS ARIEL MARTINEZ HERNANDEZ.
PÉRDIDA DE MATRICULA: De motocicleta, marca Orbit, modelo AV12W-6, color blanco, chasis RFGAV12WYDX020653, a nombre de JORGE LUÍS DE LA CRUZ HERNANDEZ, cédula 071-0052709-7. FC351675
PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2016SSEN-01284 en fecha 04 de agosto del año 2017, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en la audiencia de fecha 10/07/2017 en contra de ALEXANDRA SANTANA VALLEJO, por falta de comparecer no obstante citación. SEGUNDO: Admite el Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre PEDRO JOSE TEJADA FLORENTINO Y ALEXANDRA SANTANA VALLEJO . TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el Divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al Ministerial LUIS ANT. DURAN, Alguacil de Estrados del Juzgado de Paz de Jarabacoa, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza Y Dilia Cristina Mariot Torres-Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil del DEL Municipio de JARABACOA, transcrito en el libro no. 3 folio 95 acta no.258 en fecha 25 DE octubre del año 2017. En la ciudad, municipio JARABACOA y provincia de La Vega, Rep. Dominicana 1ro. del mes de noviembre del año 2017.
LICDA. CAROLINA INMACULADA BUENO Abogado Apoderado (MDC-AC-12074-WP)