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Legales

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MIÉRCOLES 31 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CLASIFICADOS DIVERSOS

Bienes Raices

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Hyundai Tucson 2014 RD$865,000 Transmisión automática- Gris- Motor 2.0, 4 cilindros

Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automáticaBlanca4WD-Motor 3.6, 6 cilindros

Toyota Corolla 2005

RD$235,000

Suzuki forensa 2007

$5,500,000

(Carrefur) Apart. de 205 metros 3 hab ,2.5 Baños/ Gimnasio/, Separa con solo $100,000. Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578

Automóviles

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Nissan Sentra 2007

ALQ. NAVE HAYO NUEVO, Aut. Circunvalación al lado AMBEV DOM., a 15 Mnts. Del puerto de Haina, 450 Mtrs. 1 oficina, 2 baños, 70,000.00 Neg. Inf. Ramón Alí 809-710-1637 y JIMMY MARIANO 973607-6117, (Whatsapp).

CLASIFICADOS 13


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14 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

Exp.662201709875 Se avisa que el día 15 de febrero del 2018 a las 11:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la Parcela 30, DC 12, ubicada en el municipio Santiago de los Caballeros, autorización de mensuras del 23/11/2017, propiedad YAHAIRA MABEL DOMINGUEZ TEJADA realizado por:

Exp.662201800104 Se avisa que el día 20 de febrero del 2018 a las 08:00 a.m. iniciaremos el saneamiento de 2,632.85m2 en el DC 04, ubicado en Carretera de Jánico en el municipio Santiago de los Caballeros autorización de mensuras del 11/01/2018, propiedad PEDRO JUAN EMILIO DIAZ RAMOS realizado por:

Exp.662201800345 Se avisa que el día 20 de febrero del 2018 a las 3:00 p.m. iniciaremos el deslinde de una porción de terreno en la Parcela 133-G, del DC 11, ubicado en el municipio y provincia de LA VEGA autorización de mensuras del 12/01/2018, propiedad XIOMARA HERRERA Y CAROLINA BLANCO MARTINEZ realizado por:

FABIO J. FIALLO ALCÁNTARA,

FRANCISA ALT. GOMEZ REYES,

FRANCIA ALT. GOMEZ REYES,

AGRIMENSOR/CODIA 25551.

Agrimensora Contratista. CODIA 6933.

Agrimensora Contratista. CODIA 6933.

(AC-12548-PC)

(AC-12549-PC-2/3)

(AC-12549-PC-1/3)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA LOS FINES DE DIVORCIO

PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA

De conformidad con lo establecido en el Artículo 22 de la Ley 1306-Bis, reformada por la Ley 112 del 23 de mayo de 1967, publicada en la gaceta Oficial No. 9027, la señora ANA ARGENTINA BAEZ AMADOR, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 003-0113083-7, con su domicilio en la calle Duarte, Esq. Prolongación Alcántara, de la ciudad de San José de Ocoa, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. JUAN ANTONIO AMADOR GONZALEZ y LIDIA PIMENTEL, dominicanos, mayores de edad, solteros, abogados de los Tribunales de la República Dominicana, portadores de las cédulas de identidad y electoral No. 104-0019452-7 y 003-0075961-0, con su domicilio profesional abierto en la calle Nuestra Señora de Regla No. 16, Oficina No. 1, segundo nivel del Restaurante la Casona, de esta ciudad de Baní, provincia Peravia, por medio de la presente advierte a su legítimo esposo SANTO PABLO CASTILLO LARA, dominicano, mayor de edad, casado, cuyo domicilio no es conocido; y que a falta de información de su domicilio y residencia se procede a emplazarlo en divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, el día que contamos a seis (06) días del mes de febrero del año 2018, a las 9:00 de la mañana, por ante el despacho del Magistrado Procurador Fiscal de la provincia de San José de Ocoa, ubicado en uno de los salones de la planta alta del Palacio de Justicia de San José de Ocoa, ubicado en la calle General Cabral No. 5, de esta misma ciudad; sito a los fines de que comparezca el día martes seis (06) del mes de febrero del año 2018, a las nueve (9:00 A.M.), a la audiencia que se celebrará a puerta cerrada de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San José de Ocoa, ubicado en la calle General Cabral No. 5, de esta ciudad de San José de Ocoa. En la ciudad de San José de Ocoa, provincia del mismo nombre, República Dominicana, a los veinticinco (25) días de enero del año 2018.

TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PROVINCIA SANTIAGO. AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA. Al: Agrimensor: AQUILES DELFIN HEREDIA RAMIREZ. Solicitante: CLAUDIO DOMINGO JIMENES SANTOS. De la: 1ra. Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la Provincia Santiago. Referencia: Expediente No. 0495-17-03717. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia Santiago, municipio Puñal, D.C. Pos. 312483321254. A todos a quienes pueda interesar. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, ubicado en la Calle Lic. Ramón García No. 77, Ensanche Román I en el edificio de la Jurisdicción inmobiliaria. Provincia Santiago, a la audiencia fijada para el día 26/02/2018, a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. Dado en la Provincia y Municipio de SANTIAGO, el día 17 de enero de 2018, en el año 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 Ley # 108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título de Propiedad MATRICULA No. 0300012077, que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 314.50 mts.2, respectivamente en el Ámbito de la Parcela No. 314157815343 del Distrito Catastral No. 14 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de Obtener el duplicado del Dueño, expedido a favor y a Nombre de RAMON ELIAS CORNELIO DE LA CRUZ, Cédula de identidad No.047-0087480-5, Mayor de Edad, Casado, Domiciliado y Residente en el Pino La Vega, por el Registro de Título de Santiago.

Francia Altagracia Gómez Reyes, Agrimensor. (AC-12549-PC-3/3)

LIC. JUAN ANTONIO AMADOR GONZALEZ, Abogado Apoderado.

Atentamente, CESARINA ALTAGRACIA MORA MEJIA, Secretaria.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (DUPLICADO DEL ACREEDOR)

LICDA. LIDIA MERCEDES PIMENTEL, Abogado Apoderado.

FIDELINA GERTRUDIS BATISTA GRULLON, Juez de la 1ra. Sala-TJO de la provincia Santiago.

De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que el Certificado de Título No.3250, (Duplicado del acreedor hipotecario Núm. 3250), relativo a la Parcela No. 199-B-16, del Distrito Catastral No. 2, del municipio San José de Ocoa, provincia Peravia, con una extensión superficial de 239.89 metros cuadrados, República Dominicana. Registrado a nombre del señor: MILCIADES PEGUERO ORTIZ, se encuentra extraviado habiendo sido infructuosas todas las diligencias que se han efectuado, para su localización.

FC 354433

FC 354378

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con la ley 1306-Bis de Divorcio se hace de Público conocimiento que en fecha 24 de Octubre del año Dos mil Diecisiete (2017), la Cámara Civil y Comercial del Distrito judicial de Monseñor Nouel, dicto la Sentencia Civil No.413-/2017-SSEN-01136, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: PRIMERO: Da acta al señor Félix Antonio Herrera Muñoz, de que compareció a la audiencia, conforme a la ley. SEGUNDO: Pronuncia el defecto en contra de la señora Brígida Ramona Valerio Polonia, por falta de comparecer a la Audiencia no obstante citación legal. TERCERO: Admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores Félix Antonio Herrera Muñoz y Brígida Ramona Valerio Polonia. CUARTO: Autoriza al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, y transcribirlo previo el cumplimiento de las formalidades legales del caso. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento entre las partes en causa. Y COMISIONA al Ministerial Juan Bautista Rosario, alguacil de estrados de este tribunal, para que notifique la presente sentencia. Por nuestra sentencia así se pronuncia, ordena manda y firma. Lic. Ramón A. Rosario Hernández, Juez y Kilma Noemí Rodríguez, Secretaria. El referido divorcio fue pronunciado el día Veintiséis (26) del mes de Enero del año Dos mil Dieciocho (26/01/2018), Registrada el Veintiséis (26) del mes de Enero del año Dos mil Dieciocho (26/01/2018) Inscrito en el Libro de Para Divorcio No.0001, Folio No. 0119, Acta No.000060, del año 2018. En el Municipio de Bonao, Provincia Monseñor Nouel, República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Enero del Año 2018.

LICDO. PRAXEDES NATERA DE LOS SANTOS, Abogado (Demandante). FC 354388

AVISO DE DISOLUCIÓN La Federación de Fundaciones Patrióticas, asociación sin fines de lucro incorporada mediante Resolución No. 0003, del 18 de enero de 2007, con domicilio social en la calle José Andrés Aybar Castellanos 102, El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; cuyo objeto principal es la creación y administración del “Museo Memorial de la Resistencia Dominicana” y colaborar en todas las fechas conmemorativas de las gestas con actividades culturales de diversas índoles, así como ejecutar programas educativos que rescaten la memoria histórica de estas gestas; El consejo directivo al momento de la disolución estaba compuesto por: la Fundación Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, representada por la señora Francis Pou, presidente; la Fundación Héroes de Luperón de 1949 (Fundhelup) representada por la señora Rosa Arvelo de Messina, vicepresidente; la Fundación Hermanas Mirabal, representada por la señora Noris González Mirabal, tesorera; la Fundación Héroes del 30 de Mayo, representada por la señora Mayra Báez Perelló, secretaria; los señores Eduardo Díaz Díaz, Raúl González Mirabal, Iliana Ornes Rodríguez, Cristina Díaz Gautier y Porfirio Rodríguez Iriarte, vocales y la señora Luisa De Peña Díaz, miembro sin voto. En cumplimiento con las disposiciones del Párrafo II, del Artículo 5 de la Ley 122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que en fecha 13 de noviembre del 2017, se celebró una Asamblea General Extraordinaria en la que se aprobó la disolución de la Federación de Fundaciones Patrióticas, la cual fue aprobada mediante Resolución 00001 de fecha 17 de enero del año en curso, por lo cual se deja sin efecto, y por tanto sin ningún valor jurídico, el numeral 5 de la primera disposición de la Resolución 0003 de fecha 18 de enero del año 2007, emitida por el Procurador General de la República de ese entonces, mediante la cual se concedió el beneficio de incorporación a dicha asociación. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los treinta (31) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

Luisa De Peña Díaz Apoderada FC354427

AVISO DE DIVORCIO

VALENZUELA AMARANTE Y ASOCIADOS PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley número 1306-Bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 11 del mes de diciembre del años dos mil diecisiete (2017) la Sexta Sala para asuntos de familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia civil No. 5312017-ECON-02513, cuyo dispositivo es el siguiente: Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores EZEQUIEL NICOLÁS MOLINA LIZARDO y MARÍA SOLEDAD REYNOSO HONRADO, de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio número 46 instrumentado en fecha 29 de marzo de 2017, por ante la Dra. Latife Domínguez Alam, Notario Público del los del Número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos. Segundo: Ordena al Oficial de Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional en fecha 9 de enero de 2017, registrado en el Libro 1, Folio 0097, Acta No. 48, Año 2018.

Licda. Ana Matilde Nova, Abogada.

Misael Valenzuela Peña, PhD. M. S., Abogado apoderado. FC 354382

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Para conocimiento general se avisa la perdida del certificado financiero no.092 0051261 por el monto de $200.000.00 emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA SUCURSAL COTUI, a nombre de REGINA CIRIACO YNFANTE DE CONTRERAS CÉDULA No.052-00066694-1. EN LA CIUDAD DE COTUI, PROV. SANCHEZ RAMIREZ, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE ENERO DE LA AÑO 2018. Fc354405

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 11 del mes de diciembre del año 2017, la Sexta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, mediante sentencia civil No. 531/2017-SSEN-02866 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores SANTO ORTIZ SOTO y ANDREA DE LA ROSA SANCHEZ, de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio, instrumentado en fecha 11 del mes de septiembre del 2017, por ante el Licdo. José Del Carmen Metz, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficinal del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Asimismo se hace saber que en fecha nueve (09) del mes de enero del año 2018 el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del municipio del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00001, bajo el Acta No. 000051, folio No. 0103, Ano 2018, así se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., República Dominicana, hoy 30 de enero de 2018.

FC 354397

AVISO PERDIDA CERTIFICACION DE TITULO DE PROPIEDAD


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AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se avisa que el sábado diez (10) de febrero del año 2018, a las 2:00 P.M., se les dará inicio a los trabajos de Mensura para Deslinde, de una porción de terreno de 192,603.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 977, del Distrito Catastral No. 03, de la provincia de San José de Ocoa, Rep. Dominicana. La porción de terreno a deslindar está localizada en el paraje La Cieneguita, del referido municipio. Dicha porción es propiedad del SR. LUIS DANERIS MENDEZ SANCHEZ, amparada por Carta Constancia anotada matrícula No. 05000027452, expedido en fecha 16/02/2016, por el Registrador de Títulos de Baní, R.D., Exp. Técnico de Mensura No. 6642018004392.

CONRADO OTONIEL MARTINEZ CASTILLO, Agrimensor Contratista. Codia 24292. FC 354418

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento a las disposiciones del Artículo No.92, Párrafo III, de la Ley No. 10805, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Títulos No.75-5099, a nombre de los señores FRANCISCO ANDRES ELMUDESI PORCELLA, casado con LINDA GAIL MARI ELMUDESI, del inmueble que se describe a continuación: “Apto.505, comprendido de 3 habitaciones, Sala, Un Sanitario, Closet, ubicado en la 5ta. Planta del Edificio Profesional Dr. Pedro Guarionex López, dentro del Solar No.04, Manzana 17, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional. Con una extensión superficial de 51.33 M2.

DR. FABIAN CABRERA F., Abogado.

CORRECCION DE ESTADO CIVIL EN JURISDICCION INMOBILIARIA Por este medio hacemos de público conocimiento que en la Constancia anotada del Certificado de Título No. 8436, que ampara la Parcela No. 2442, del Distrito Catastral No. Siete (07) de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a nombre de la señora LUZ MELINDA PIMENTEL BAEZ, portadora de la cédula de identidad anterior número 01-11047-3, y actual número 003-0098785-6, se hizo constar el estado civil de la señora LUZ MELINDA PIMENTEL BAEZ, como casada, siendo esto un error ya que su estado civil es de soltera. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

LICDO. RAFAEL VILLALONA, Abogado. FC 354426

AVISO DE MENSURA Expediente No. 663201710893 Se avisa que para el día 8 de febrero del 2018, a las 3:00 p.m., daremos inicio a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE de una porción de terreno dentro de la parcela No. 14-B, del Distrito Nacional No. 8, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 22 de noviembre del 2017, Expediente No. 663201710891, propiedad de RAFAEL MANUEL PIMENTEL LARA. Muy atentamente

RAFAEL BIENVENIDO MARIÑEZ AMADOR Agrim. Contratista Codia 13956 Tel. (809) 522-3119 y (809) 462-6099

FC 354376

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (DUPLICADO DEL DUEÑO).

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

En virtud de lo que establece el párrafo III, artículo 92 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título (Duplicado del Dueño) correspondiente a la parcela No.100-D, del Distrito Catastral No.06, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con una extensión superficial de seiscientos veintiocho punto ochenta y seis (628.86) metros cuadrados, amparada en el Certificado de Título No.99-1922, asentado en el libro No.1604, folio No.210, registrada a nombre de la señora LUCIA GRULLON.

De conformidad con las disposiciones del artículo 92, párrafo III y IV de la Ley de Registro Inmobiliario número 108-05, y el Artículo 83, del Reglamento General de registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha perdido o extraviado el Duplicado del dueño del Certificado de Título No. 171L1006 F45, expedido en fecha 11 del mes de Agosto del año 2006, expedido a favor del señor RODOLFO PEÑA PEÑA, sobre una porción que mide: 100 mtrs2, sobre Parcela 355, del Registro Catastral No. 6, del Municipio y Provincia de Santiago, inscrito el 27 de julio del 2006, bajo, el número 1106, folio 277 del año 194, por el Registrador de Títulos del Departamento de Santiago. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los Dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. EDWIN ANTIGUA, Abogado.

Expediente No. 663201710893 Se avisa que para el día 8 de febrero del 2018, a las 11:00 a.m., daremos inicio a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE de una porción de terreno dentro de la parcela No. 437, del Distrito Nacional No. 7, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 22 de noviembre del 2017, Expediente No. 663201710893, propiedad de NANCY ARABELLY MEJÍA LUCIANO, representada por LAURA FIOR MEJIA LUCIADO. Muy atentamente

RAFAEL BIENVENIDO MARIÑEZ AMADOR Agrim. Contratista Codia 13956 Tel. (809) 522-3119 y (809) 462-6099

DR. RAMON ANTONIO CEBALLOS, Cédula No. 001-0976161-9.

AVISO DE MENSURA

Fc354425

FC 354389

AVISO DE MENSURA Expediente No. 663201710887 Se avisa que para el día 8 de febrero del 2018, a las 9:00 a.m., daremos inicio a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE de una porción de terreno dentro de la parcela No. 1822, del Distrito Nacional No. 7, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 22 de noviembre del 2017, Expediente No. 663201710887, propiedad de MARGARITA PIMENTEL MARTINEZ DE AMADOR. Muy atentamente

RAFAEL BIENVENIDO MARIÑEZ AMADOR Agrim. Contratista Codia 13956 Tel. (809) 522-3119 y (809) 462-6099 Fc354425

LIC. MARCELO A.CASTRO L. ABOGADO

FC 354380

De conformidad con las disposiciones del artículo 92 de la Ley de Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No.89-7747 (duplicado del dueño) que ampara el Solar No. 5-Ref-E de la Manzana No. 523 del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional (apartamento 101 primera planta condominio Isabel), propiedad de DR. RAMON ANTONIO CEBALLOS, CATALINA ENGRACIA CEBALLOS GREEN, ROLANDO JACOBO CEBALLOS GREEN, RAMON ANTONIO CEBALLOS GREEN. Santo Domingo, Distrito Nacional, Repúbloica Dominicana, 30 de enero 2018.

Fc354425

LEGAL 15

República Dominicana Ministerio de Hacienda Dirección General de Bienes Nacionales “AÑO DEL FOMENTO A LAS EXPORTACIONES” AVISO POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que dispone el Art. 92, Párrafo III, de la Ley de Registro Inmobiliario, se hace de Público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Matrícula No. 3000173485, correspondiente del Solar No. 2, Manzana No. 1961, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, la cual tiene una extensión superficial de 142.89 Mts2. Expedido a favor del ESTADO DOMINICANO. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de enero del año 2018.

EMILIO C. RIVAS R., Director General.

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

AVISO DE PÉRDIDA DE MATRÍCULA (CERTIFICADO DE TÍTULO) En virtud de lo que establece el artículo 92, párrafo de la ley de Registro Inmobiliario (108-05) se informa la pérdida de la Matrícula o certificado de Título (Duplicado del Dueño) sobre el solar no. 12, de la Manzana no. 2681, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, solar que tiene una extensión superficial de 476.04 metros cuadrados, certificado de título no. 86-10788, propiedad de los señores AUGUSTO E. GUERRERO GÓMEZ Y DELIA ABREU DE GUERRERO. FC354406

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el Artículo 92, párrafo III de la Ley No. 108-5 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada y/o Certificado de Título No.2000005770, el cual Ampara el derecho de propiedad del Inmueble identificado como: La Parcela 208 del Distrito Catastral No.5 Del municipio de Las Matas de Farfán, El Terreno cuenta con una superficie de 42,172.62 Metros cuadrados, Expedidos A nombre del señor RAMON ALBERTO ROA HOWLEY.

LIC. FERNANDO MONTERO, Abogado. FP 95418

FC 354392 Se hace de público conocimiento, que el próximo día Jueves Ocho (08) del mes de Febrero del 2018 a las 2:00 P.M serán realizados los trabajos de DESLINDE en la porción de terreno de la parcela No.7 del D.C.2 del municipio de NAGUA, provincia María Trinidad Sánchez Rep. Dom. Propiedad de la señora MILAGROS RODRIGUEZ DE CAMILO, la presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha Veinte y uno (21) del mes de diciembre del año 2017 correspondiente al expediente No. 661201704437.

AGRIM. ALBIS JOEL DE LOS SANTOS MEJIA CODIA No.32295 FC354419

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día Jueves Ocho (08) del mes de Febrero del 2018 a las 09:00 A.M serán realizados los trabajos de DESLINDE en la porción de terreno de la parcela No.7 del D.C.2 del municipio de NAGUA, provincia María Trinidad Sánchez Rep. Dom. Propiedad del señor CIPRIAN ALBERTO OSIRIS CALVO FERNANDEZ, la presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha Veinte y uno (21) del mes de diciembre del año 2017 correspondiente al expediente No. 661201704438.

AGRIM. ALBIS JOEL DE LOS SANTOS MEJIA CODIA No.32295

AVISO DE PÚBLICA SUBASTA De conformidad con lo establecido en el Art. 617 del Código Procesal procedimiento civil. Se hace saber que la venta en pública subasta, se fija para el día jueves 1ro de febrero del año 2018, a las 9 horas AM de la mañana por ante el Venturero público del mercado público de Honduras, Ubicado en la calle José Correa y Cidrón Esq. Calle 1era del Sector de Honduras, Santo Domingo, Distrito Nacional. Al mayor postor y último subastador del siguiente mueble: Un vehículo tipo jeep de marca Nissan, Modelo Pathinder, color Gris, placa G133973. El cual fue embargado en prejuicio del señor Manuel Fenis Mejía y en beneficio del señor Alberto Llenas Morel según el proceso del acto de embargo marcado con el número 1005/2017 de techa 27 de Noviembre del año 2017 del protocolo del Abogado Notario Público Dr. Severiano Vásquez Luna. Dado en la cuidad de Santo Domingo, el día 11 de enero del 2018.

LEOCADIO ANTIGUA, Alguacil en calidad de venturero público. FC 354396

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICACIÓN DE TITULO

FC354419

AVISO DE AUDIENCIA Expediente No. 254-2017-00333 Se hace de público conocimiento que el día 13 de febrero del 2018, a las 09:00 A.M., se celebrará la AUDIENCIA para conocer los trabajos de SANEAMIENTO sobre el inmueble Distrito Catastral No. 02, del Municipio Baní, Provincia Peravia, dicha AUDIENCIA será celebrada en el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Baní, Provincia Peravia, presidida por el MAGISTRADO FREDY GERALDO, en uno de los salones del edificio Ubicado en la Av. Máximo Gómez No. 106. Propietarios los señores JORGE AMAURY MEJIA DEJARDENS, INGRID JACOUELINE MEJIA, FRANCISCO ALBERTO MEJIA, MARITZA MINERVA MEJIA LUCIANO, ARELIS ONDINA MEJIA PICHARDO, WILSON DARIO MEJIA VILLAR y PURA JACOUELINE DEJARDEN NEGRON DE MEJIA.

José Ramón Fernández Valenzuela, Agrimensor-Contratista. Codia 26110, Tel. 829-580-6680.

De conformidad con lo que dispone el párrafo III, Art. 92, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Titulo, certificado No. 2007-956 inscrita en el libro 1505, folio 177 Hoja 028, a nombre de MARY ELVIRA PELAEZ FRAPPIER y RAYMOND ABREU CORREA, correspondiente al inmueble identificado como: solar 1-MODIF.-9, manzana 2669, Parcela SP-Titulo 97-2704 de fecha 20-09-1996 D.C. 1, D.N. Sector La Castellana; con una superficie de 385.75 metros cuadrados. Emitido por la registradora de Titulo del Distrito Nacional, en fecha del 15 de Enero del 2007.

Mary Elvira Peláez Frappier Raymond Abreu Correa FC354402

El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades de la concesión minera denominada La Luisa, ubicada en la provincia Santo Domingo, municipio Boca Chica, secciones Batey Gautier, parajes La Siguapa, Los Paredones, Batey La Luisa y La Tumba, R.D., que desde el 20/01 al 20/02/2018, la empresa DOCALSA, S.A., realizará trabajos de voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades. DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE.

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MIERCOLES 31 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL LICDOS. IVELISSE MATEO RIVERA Y JOEL LINAREZ MATEO. ABOGADO Av. Nicolás de Ovando, Manz. I, Apto. 1-2, Edificio 4, Sector de Cristo Rey, Distrito Nacional, Tels. 809-817-4593, 809-991-0889 y 809-620-2919. Inversionesp.m.s@outlook.com PUBLICACION DE DIVORCIO

Emplazamiento de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres con Domicilio Conocido

En cumplimiento de lo que dispone el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio se hace de público conocimiento: A)- Que en fecha Veintiuno 21 del mes de Diciembre (12) del año 2017, LA OCTAVA (8VA) SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIAS DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dicto en materia de divorcio la Sentencia Civil No. 0231917, la cual contiene el dispositivo que se copia integro a continuación: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos EUCLIDES HERRERA POLANCO Y RAMONA DEL CARMEN MONEGRO, en consecuencia, Homologa el Acto de Estipulación de Divorcio No.104-2017, instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional LIC. AGUSTIN ESTEVEZ, en fecha 24-10-2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de la menor SARAH PATRICIA, cargo de su Madre RAMONA DEL CARMEN MONEGRO. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente Pronunciar el presente Divorcio. Así mismo se hace saber que en fecha Veintidós (22) del mes de Enero (01) del año Dos Mil Dieciocho (2018). El Oficial del Estado Civil de la Sexta (6ta) Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00001, Folio No.0059, Acta No.000030, del presente año Dos Mil Dieciocho (2018), así como se efectuó el Pronunciamiento de dicho Divorcio. En el Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Enero (01) del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 22 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio el Sr. DARIO ALEXANDER SERRANO VILLAR, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No. 051-002131623-2, Estados Unidos de Norte América, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. RUMALDO ULLOA FRANCISCO, Abogado, dominicano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0011183001-4, Matriculados en el Colegio de Abogados RD, respectivamente; con estudio profesional abierto en la Av. Sabana larga No. 66 altos, esquina Puerto Rico, Ensanche Ozama, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D.; Tel. 829-662-3603, en cuyo estudio de abogado hace formal elección de domicilio mi requirente para todos los fines y consecuencias legales del presente procedimiento de divorcio ADVIERTE a su legítima esposa la señora INOCENCIA FRANCIS INES SANTANA CASTILLO, cuyo último domicilio y paradero es C/Gabriel A. Morillo No. 62, Los Mina, Santo Domingo Este, que procederá a emplazarle en acción de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día miércoles trece (13) de febrero del año 2018 y a notificársele en manos del Magistrado Procurador Fiscal el cual tiene su despacho en una de las oficinas que aloja el Palacio de Justicia de la provincia de Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este, mediante el cual cita y emplaza a su legitima esposa la señora INOCENCIA FRANCIS INES SANTANA CASTILLO, para que comparezca personalmente o debidamente representada por ante la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia para asuntos de familia de la provincia de Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este, Tribunal que celebra sus audiencias sito en la Calle Hermana Carmelita Teresa de Jesús (antigua calle 17) No. 3, Ensanche Ozama, Provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, a la Audiencia que está fijada para el día que contaremos martes trece (13) del mes de febrero del año 2018 a las 9:00 am horas de la mañana, a fin de conocer sobre la DEMANDA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO incoada por el Sr. DARIO ALEXANDER SERRANO VILLAR, en contra de la señora INOCENCIA FRANCIS INES SANTANA CASTILLO, en la provincia de Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. JOEL LINAREZ MATEO por sí y por la LICDA. IVELISSE MATEO RIVERA, Abogada.

LIC. RUMALDO ULLOA FRANCISCO, Abogado del demandante.

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PUBLICACION DE DIVORCIO

ANUNCIO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

PUBLICACION DE DIVORCIO

De conformidad con lo estipulado en la Ley de Divorcio No. 1306-Bis, se hace de público conocimiento lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha ocho (8) de enero del año dos mil dieciocho (2018), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil No. 532-2018SSEN-0010, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: “PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Daniel Guillermo Schildknecht Sacksofsky y Mariela Padilla Fernández, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Daniel Guillermo Schildknecht Sacksofsky y Mariela Padilla Fernández, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 40-17, instrumentado en fecha 30 de octubre del 2017, por ante el Dr. José Rafael de Jesús Bordas Feliz, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. b) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Jean Daniel e Isabella, a cargo de la señora Mariela Padilla Fernández; acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 40-17, instrumentado en fecha 30 de octubre del 2017, por ante el Dr. José Rafael de Jesús Bordas Feliz, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos. c) Homologa el Régimen de Visitas, estipulado y pactado por los cónyuges en causa, el cual se encuentra estipulado en el acto de Estipulaciones y Convenciones No. 4017, instrumentado en fecha 30 de octubre del 2017, por ante el Dr. José Rafael de Jesús Bordas Feliz, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. d) Homologa y fija la Pensión Alimenticia para los gastos ordinarios y extraordinarios correspondiente a los menores de edad Jean Daniel e Isabella, estipulado y pactado por los cónyuges en causa, de conformidad al acto de Convenciones y Estipulaciones No. 40-17, instrumentado en fecha 30 de octubre del 2017, por ante el Dr. José Rafael de Jesús Bordas Feliz, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio”. SEGUNDO: Que en fecha veintidós (22) de enero del año dos mil dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció dicho divorcio y procedió a transcribirlo en el Libro No. 00001 de Registro de Divorcio, Folio No. 0077, bajo el Acta No. 000027, del Año 2018. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por la Abogada en su calidad de apoderada especial. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veintiséis (26) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

En cumplimiento de las formalidades legales del artículo 704 del Código de Procedimiento Civil se hace de público conocimiento que ha sido aplazada para el día ocho (8) de febrero del 2018 a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.) en audiencia de pregones que al efecto celebrara la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, tribunal que celebra sus audiencias públicas en uno de los Salones del Edificio ubicado en la Calle Presidente Vásquez No. 23, del Ensanche Ozama, Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, la venta en pública subasta del INMUEBLE que se describe a continuación: Una porción de terreno con una extensión superficial de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120Mts2), dentro del ámbito del solar No. 25, de la manzana D, parcela número ocho (08) parte, del Distrito Catastral Número once (11) de la Provincia Santo Domingo, ubicada en el kilómetro doce (12), de la carretera Mella, sección el Tamarindo, Urbanización Perla Antillana, Santo Domingo Este. Con sus mejoras, consistente en un edificio, techado en cemento y plato, piso de cemento, el cual consta de cuatro (4), niveles, dos apartamentos en los niveles primero, segundo, tercero, y un apartamento en cuatro nivel. Los cuales constan de dos (2) dormitorios, sala, cocina, comedor, baño y balcón; los del segundo y tercer nivel cisterna, bomba y dos (2) tinacos para suministro de agua, con un área de construcción de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120Mts2), propiedad del Sr. Justo Felipe Peguero; Persiguiente: LICDO. RAMON MILIANO, dominicano, mayor de edad, portador, de la cedula de identidad y electoral No. 001-0094267-1, con su domicilio y residencia en esta Ciudad de Santo Domingo, Abogado de los Tribunales de la Republica Dominicana, con Bufete profesional ubicado en Santo Domingo en los Apartamentos Nos. 301, 302 y 303, del Edificio La Puerta del Sol, Situado en la calle José Reyes Esq. Conde, Zona Colonial, de la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y con elección ad-doc en la calle Octavio Mejía Ricart, No. 29 Ensanche Ozama, Santo Domingo Este, PERSEGUIDO: SR. JUSTO FELIPE PEGUERO, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-1241498-2, con su domicilio y residencia en el número 25-c, manzana D, Urbanización Perla Antillana, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; El precio de la primera puja ha sido fijado por el persiguiente en la suma de UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIEN PESOS (RD$1,977, 100.00) PESOS DOMINICANOS, más gastos y honorarios del procedimiento, de conformidad con la ley. La demás enunciaciones se hacen constar en el edicto publicado en el Periódico el Nuevo Diario, en fecha Martes Cinco (05) de diciembre del año 2017, pág. 18 a cuyas enunciaciones nos remitimos. En el Municipio Santo Domingo Este, República Dominicana, hoy día treinta (30) del mes de enero del año 2018.

En cumplimiento de las disposiciones artículo 42 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, de fecha 21 de mayo de 1937, se hace de público conocimiento lo siguiente: a) Que en fecha treinta y uno (31) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este, dictó una sentencia de Divorcio por Mutuo Consentimiento cuyo dispositivo reza de la siguiente manera: FALLA: Primero: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de convenciones y estipulaciones marcado con el número 3, de fecha veinticinco (25) de abril del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el Dr. Pedro José Marte M., Abogado Notario Público de los Números del Distrito Nacional, matrícula Número 6276, por haber sido hecho conforme a la ley. Segundo: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los Conyúges señores Endy Saúl Francisco Pereyra y Lilian Fernández Paulino, con todas sus consecuencias legales. Tercero: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Cuarto: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: Francis M. Hernández Susaña, Jueza, Brenda A. Rosario, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Certifico: Que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. Brenda A. Rosario. Secretaria. Asimismo se hace de público conocimiento, que el referido divorcio fue pronunciado en fecha dieciséis (16) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, LIC. JUAN RODRÍGUEZ HENRÍQUEZ e inscripto en el Libro No. 00001 de Registros de Divorcio Folio No. 0039, Acta No. 000020, Año 2018, en la Oficilía del Estado civil de la 4TA CIRCUNSCRIPCIÓN de SANTO DOMINGO ESTE. Expedida en SANTO DOMINGO ESTE, el día VEINTISÉIS del Mes de ENERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018). LIC JUAN RODRÍGUEZ HENRÍQUEZ, OFICIAL DEL ESTADO CIVIL. La presente publicación ha sido autorizada por el infrascrito abogado. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

LICDO. RAMON MILIANO Abogado persiguiente

Fermín Aníbal Pérez Moquete, Abogado.

DRA. MICHELLE PEREZFUENTE H. Abogada

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: FECHA DE LA VENTA DEL INMUEBLE (MEJORA): Ha sido fijada para el día JUEVES, que contaremos a VEINTIDOS (22) del mes de FEBRERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las Nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, la fecha en que será ofrecido en venta en pública subasta por causa de embargo inmobiliario y en que se adjudicará al mayor postor y último subastador el inmueble que se describe a continuación: Inmueble (Mejora) Marcada con el Ocho (8), de la Calle 8, del Sector Finca Vigía, Los Tanquecitos de Andrés, Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, Edificada en Terrenos Propiedad de El Estado Dominicano, Solar o Parcela número 264 (Parte) del Distrito Catastral Número 32, del Municipio de Boca Chica, lugar Finca Vigía, Los Tanquecitos (Andrés Boca Chica), Provincia Santo Domingo, República Dominicana, Construida con paredes de Blocks, Piso de Cerámica, Techo de zinc, con un área del terreno de 562.00 Metros Cuadrados y un área edificada de: 162.53 Metros Cuadrados, Con los linderos Actuales siguientes: AL NORTE: Calle Ocho (8); AL SUR: Resto de la Parcela; AL ESTE: Resto de la Parcela y AL OESTE: Resto de la Parcela, La cual consta de terraza, marquesina, sala-comedor, habitaciones, patios, cuarto de servicios”, propiedad de los señores: JULIO CESAR TEJEDA CASTRO Y YOCASTA ESTHER MARCANO GUERRERO (DEUDORES). TRIBUNAL ANTE EL CUAL SE EFECTUARA: por ante la Primera Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, en atribuciones civiles, sito y ubicado en la casa No. 23, de la calle Presidente Vázquez, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador en cuya Secretaría se encuentra depositado el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. PERSIGUIENTE: AURELINA DELGADO OTAÑO, dominicana, Mayor de edad, Licda. En Derecho, Soltera, Portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1643430-9, domiciliada y residente en la Calle Acantilado No. 32, Apto. 3-B, Residencial Kevin II, Corales del Sur, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. EMBARGADOS: JULIO CESAR TEJEDA CASTRO y YOCASTA ESTHER MARCANO GUERRERO, Dominicanos, Mayores de edad, Solteros, Comerciantes, Portadores de la Cédula de Identidad y Electoral número: 001-0846284-7 y (001-1698794-2) respectivamente, Domiciliados y residentes en la Casa número (8), de la Calle La Ocho (8), Sector Finca Vigía, Los Tanquecitos, de Andrés, Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo. (ENUNCIACIONES PRELIMINARES: 1) Acto No.116/2017 de fecha: Nueve (09) del mes de Febrero del año Dos mil diecisiete (2017) instrumentado por el Ministerial Francisco Sepúlveda, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal, Corte de Apelación, del D.N., contentivo de MANDAMIENTO DE PAGO A FINES DE EMBARGO INMOBILIARIO; 2).- El Acto Auténtico de Embargo es de fecha Veinte (20) Abril del Año Dos Mil Diecisiete (2017) Acto número:76/2017, instrumentado por la Licda. Margarita del Alba Piñeiro López, Notario Público. 3).-La Denuncia del Proceso Verbal de Embargo Inmobiliario es de fecha: Tres (03) de Mayo del Año Dos Mil Diecisiete (2017), Acto No.432/2017, del Ministerial Pedro Junior Medina Mata. Dicho Embargo Inmobiliario y Denuncia Fueron Transcrito por ante la encargada de Registro Civil y conservaduría de Hipotecas, del ayuntamiento del Municipio De Boca Chica, en fecha Veintitrés (23) de Mayo del año 2017, 4).-El Pliego de Condiciones Fue Leído en audiencia de fecha: Veintidós (22) de Junio del Año En Curso Dos Mil Diecisiete (2017), en la cual quedo fijada la fecha para la venta en pública subasta anunciada por la presente publicación, conforme y dentro del plazo señalado por el Artículo 695 del Código de Procedimiento Civil. 5).-MONTO DE LA PRIMERA PUJA: El precio de la primera puja será la suma de: QUINIENTOS VEINTE MIL PESOS (RD$520,000.00) a que asciende la deuda del embargo frente al persiguiente más los intereses, gastos legales y honorarios, debiendo todos subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10°%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque Certificado. En Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, hoy día Treinta (30) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Publicación autorizada por: LICDO. LEONIDAS DE LOS SANTOS PINALES, Abogado del Persiguiente. FI 12636

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VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

De conformidad con las disposiciones del artículo 158 de la ley No. ley 189-11 del 16 de Julio del año 2011 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso de la República Dominicana se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día QUINCE (15) DE FEBRERO DEL AÑO 2018 a las nueve horas de la mañana (9:00 am), la venta en pública subasta al mejor postor y ultimo subastador en la audiencia pública de pregones que se celebrara por ante LA TERCERA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL localizada en el Palacio de Justicia del Centro de los Héroes Constanza, Maimón y Estero Hondo, entre la esquina formada por las avenidas Juan de Dios Ventura Simo, y Presidente Hipólito Herrera Billini, Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, de los siguientes inmuebles: a) Inmueble identificado como: Apartamento 101-A, PRIMERA PLANTA, del Condominio Edificio Minaya I, Matricula 0100012703, con una superficie de 131.00 metros cuadrados, en la parcela 183-REF-A-594, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo. B) Inmueble identificado como: Apartamento 101-B, PRIMERA PLANTA, del Condominio Edificio Minaya I, Matricula 0100012704, con una superficie de 121.00 metros cuadrados, en la parcela 183-REF-A-594, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo. C) Inmueble identificado como: Apartamento 102-A, SEGUNDA PLANTA, del Condominio Edificio Minaya I, Matricula 0100012705, con una superficie de 131.00 metros cuadrados, en la parcela 183-REF-A-594, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo. D) Inmueble identificado como: Apartamento 102-B, SEGUNDA PLANTA, del Condominio Edificio Minaya I, Matricula 0100012709, con una superficie de 121.00 metros cuadrados, en la parcela 183-REF-A-594, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo. E) Inmueble identificado como: Apartamento 103-A, TERCERA PLANTA, del Condominio Edificio Minaya I, Matricula 0100012710, con una superficie de 131.00 metros cuadrados, en la parcela 183REF-A-594, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo. F) Inmueble identificado como: Apartamento 103-B, TERCERA PLANTA, del Condominio Edificio Minaya I, Matricula 0100012706, con una superficie de 121.00 metros cuadrados, en la parcela 183-REF-A-594, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo. El inmueble está ubicado en la Av. Decima (10), Sector Reparto los Tres Ojos, Provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este embargado en perjuicio de la sociedad INVERSIONES ITA-MAR, S.R.L., (RNC)1-01-74611-4 a requerimiento de PATRICE AYMON CAILLAT, de nacionalidad suiza, mayor de edad, portador del Pasaporte suizo No. X2391558, domiciliado en Av. Rómulo Betancourt núm. 381, del sector Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional y quién tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. DARIEL GONZALEZ SEPULVEDA dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral Núm.001-1668392-1 con estudio profesional abierto en la C/Caña Dulce Núm. 58, suite 1-A, El Millón, Santo Domingo, Distrito Nacional. El mandamiento de pago fue notificado al deudor embargado en fecha 03 de Octubre del año 2017, mediante Acto Núm. 2225/2017 por el Ministerial Miguel Almonte Abreu Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del departamento Judicial de Santo Domingo Este y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago del deudor en los plazos establecidos por la ley, fue inscrito en el Registrador de Títulos del Distrito Nacional el día 23 de Octubre del año 2017. El Pliego de Condiciones que regirá la venta fue depositado en la Secretaria del Tribunal Apoderado en fecha 30 de Octubre del año 2017. El persiguiente ha fijado el precio de la primera puja en la suma de CIENTO OCHENTA Y TRES MIL DOLARES NORTEAMERICANOS CON 00/100 (US$183,000.00) que es el monto al que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos de la secretaria de la cámara el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria establecida en la Republica Dominicana. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones depositado al efecto.

De conformidad con las disposiciones del artículo 158 de la ley No. ley 189-11 del 16 de Julio del año 2011 sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso de la República Dominicana se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día QUINCE (15) DE FEBRERO DEL AÑO 2018 a las nueve horas de la mañana (9:00 am), la venta en pública subasta al mejor postor y ultimo subastador en la audiencia pública de pregones que se celebrara por ante LA QUINTA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL localizada en el Palacio de Justicia del Centro de los Héroes Constanza, Maimón y Estero Hondo, entre la esquina formada por las avenidas Juan de Dios Ventura Simo, y Presidente Hipólito Herrera Billini, Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, del siguiente inmueble: INMUEBLE IDENTIFICADO COMO APARTAMENTO NO.902, NOVENO NIVEL del condómino TORRE ALEXANDRA, matricula No. 0100018540, con una superficie de 267.00 metros cuadrados, en el solar 17, manzana 1564, del Distrito Catastral No. 01, ubicado en el Distrito Nacional. El inmueble está ubicado en la calle Rafael Augusto Sánchez, núm. 109, Apto 902, Sector Evaristo Morales; Santo Domingo, Distrito Nacional embargado en perjuicio de YEUDY YOHANNA AGUILAR CUEVAS dominicana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad y electoral núm. 010-0097162-0 a requerimiento de OSIRIS ABELARDO MARCHENA DUQUELA dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral núm. 001-0254082-0 con su domicilio en la calle nueve #16, Torre Villa Palmera XIII, Apto 502, Mirador Norte, Santo Domingo, Distrito Nacional y quién tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. OMAR ALBURQUERQUE CONFESOR y CRISTIAN DIORY PÉNALO DE LA ROSA, portadores de las cédulas de identidad y electoral números 001-1194414-6 y 001-1376787-5, respectivamente, dominicanos, mayores de edad, Abogados de los Tribunales de la República, con su estudio profesional abierto en la avenida 27 de Febrero, esquina calle Barahona, número 88, San Carlos, Distrito Nacional. El mandamiento de pago fue notificado al deudor embargado en fecha 13 de Diciembre del año 2017, mediante Acto Núm. 2789/2017 por el Ministerial Miguel Almonte Abreu Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del departamento Judicial de Santo Domingo Este y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago del deudor en los plazos establecidos por la ley, fue inscrito en el Registrador de Títulos del Distrito Nacional el día 02 de Enero del año 2018. El Pliego de Condiciones que regirá la venta fue depositado en la Secretaria del Tribunal Apoderado en fecha 11 de Enero del año 2018. El persiguiente ha fijado el precio de la primera puja en la suma de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$9,396,000.00) que es el monto al que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos de la secretaria de la cámara el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria establecida en la Republica Dominicana. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones depositado al efecto.

Lic. Dariel González Sepúlveda Abogado del Persiguiente

Lic. Omar Alburquerque Abogado del Persiguiente FC354400


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LEGAL 17

AVISO DE INCORPORACIÓN “FUNDACIÓN KARISMA ASOCIACIÓN CIVIL”

INSTITUTO DE GENERALES Y ALMIRANTES DE LAS FUERZAS ARMADAS EN RETIRO, INC. “AÑO NACIONAL FOMENTO DE LAS EXPORTACIONES CONVOCATORIA A todos los miembros del Instituto de Generales y Almirantes de las FF.AA. en Retiro, (IGAFAR), se les convoca a participar masivamente en las ELECCIONES GENERALES, para la escogencia de la nueva Junta Directiva 2018-2020 a celebrarse el miércoles 31 de enero del año en curso, a partir de las 09:00 am. Y hasta las 05:00 pm, en nuestro Salón de Conferencia “Vicealmirante (r) ROLANDO A. POLANCO Y POLANCO, ARD.” en el edificio que aloja la Hermandad de Veteranos Pensionados de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, en la Av. John F Kennedy No.2, 2do. Piso. Santo Domingo, D.N.

POR LA JUNTA DIRECTIVA Dr. RAFAEL L. PEREZ Y PEREZ Mayor General Med. ® ERD. Secretario

LIC. LUIS A. RIVERA JIMENEZ Mayor General ® ERD. Presidente

PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y en cumplimiento con lo dispuesto por el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, Sobre Divorcio, hacemos de público conocimiento lo siguiente: a) Que en fecha Cinco (05) de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017) la Cámara de lo Civil y Comercial para asuntos de familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Sala, Sexta dictó la Sentencia marcada con el No.531-2017-SSEN-02227, cuya parte dispositiva copiada textualmente dice así: FALLA: PRIMERO : Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada, FELIX MARIA FERREIRAS GUZMAN, por no haber comparecido no obstante citación Legal. SEGUNDO: Declara como buena y válida en cuanto a la forma de la Demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por haber sido interpuesta conforme al derecho y en cuanto al fondo Declara disuelto el vínculo Matrimonial entre los esposos FELIX MARIA FERREIRAS GUZMAN Y VIRGINIA OVALLE, por los motivos indicados. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Comisiona al Ministerial Boanerge Pérez Uribe, Alguacil de Estrado de esta Sala para la Notificación de la Sentencia. Así se Pronuncia, Ordena, Manda, y Firma:(Fimados): SCARLET R. VARGAS ROSSIS, JUEZ; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la Sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su Original, copia que expido, sello y firmo a Solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día veintisiete (27) del mes de Octubre del Año Dos Mil Diecisiete (2017) bajo el Libro Letra B Folio No. 24664. b) Que la sentencia de divorcio, de conformidad al dispositivo que antecede, fue pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha diez (10) de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018), Acta Registrada con el Acta No. 000068, Libro 00001, Folio 0137, para esos fines. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., Capital de la República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Enero año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 122-05 del 8 de abril del 2005 sobre “Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la Republica Dominicana”, se hace de conocimiento general que mediante la Resolución No. 0001, emitida por el Procurador General de la República de fecha 17 de enero del 2018, fue otorgado el beneficio de operar en la República Dominicana a la FUNDACIÓN KARISMA ASOCIACIÓN CIVIL, una organización civil sin fines de lucro incorporada conforme a las leyes de México, con domicilio en República Dominicana, ubicado en la Avenida Lope de Vega No. 19, Edificio PIISA B. Suite 301, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional. Esta fundación tiene por objeto brindar capacitación académica, profesional y especializada en servicios relacionados con la industria turística, desarrollar planes de estudios a nivel técnico y profesional, y fomentar la formación de individuos capacitados para la prestación de servicios relacionados con la industria turística. Los miembros fundadores de esta fundación son los señores Sasa Milojevic, Sor Estela Paz Sánchez, Jorge Luis Feliz Germán, Alejandro Ordaz Cabrera, Jeroen Johannes Hanlo, Predrag Krstajic, Grecia Betania López Marcos, y Sonia Plascencia Campos; y a su vez el consejo de directores de la fundación está compuesto por los señores Edilbrando Pérez Ruiz, en calidad de Presidente; Sasa Milojevic, en calidad de Vicepresidente; Luisa Sammantha Pierina Frachey López, en calidad de Secretaria; Alejandro Ordaz Cabrera, en calidad de Tesorero; y Sonia Plascencia Campos, en calidad de Vocal. El representante de esta fundación en República Dominicana es el señor Jorge Luis Feliz Germán, quien posee amplios poderes para representar a la fundación ante terceros. La duración de esta fundación es indefinida. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día treinta y uno (31) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

Edilbrando Pérez Ruiz Presidente del Consejo de Directores Publicación preparada por: Legal Frame, Cabral-Senra & Consultants. Teléfono: 809 547-1140 FC354412

FC 354386

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA Para general conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día Miércoles, que contaremos a veintiuno(21)del mes de Febrerodel año Dos Mil Dieciocho (2018), a las NUEVE(9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz Ordinario del Municipio de Santo Domingo Oeste, del Departamento de Judicial de Santo Domingo, Provincia Santo Domingo, la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador, del bien dado en garantía por el señor RAMON JULIAN PEÑA ABREU, el cual se describe como: “AUTOMOVIL PRIVADO, TIPO JEEP, MARCA TOYOTA, MODELO RAV-4,AÑO 2015, COLOR GRIS, CHASIS JTMDD9EV20D045917, PLACA Y REGISTRO NO.G325765, MATRICULA NO.6774906 A NOMBRE RAMON JULIAN PEÑA ABREU. Mediante Contrato de Préstamo con Garantía Prendaria sin Desapoderamiento, suscrito entre el Banco de Reservas de la República Dominicana y el señor RAMON JULIAN PEÑA ABREU en fecha (24)de octubre del año Dos Mil Catorce (2014), inscrito ante el Juzgado de Paz Ordinario de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, en fecha diecisiete (17) de Diciembre del 2014,a favor del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, tomando en consideración como precio de la primera puja, la suma de “UN MILLON CIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100” (RD$1,144,480.00), sin perjuicio de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de Vendutero Público, una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Lic. Dionny Misael Cuello Céspedes Por mí y por los Licdos.Luis Acosta Alvarez y Ramón Ernesto Medina Custodio. En representación del Banco de Reservas de la Rep.

LICDA. AUSTRIA JOHANNYS SEGURA, Abogada Apoderada. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE

AVISO DE INCORPORACION

Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: FECHA DE LA VENTA DEL INMUEBLE (MEJORA): Ha sido fijada para el día JUEVES, que contaremos a JUEVES (22) del mes de FEBRERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las Nueve (9:00.A.M.) horas de la mañana, la fecha en que será ofrecido en venta en pública subasta por causa de embargo inmobiliario y en que se adjudicara al mayor postor y último subastador el inmueble que se describe a continuación: Una casa Construida en blocks, Techada de concreto armado, con varias dependencias y anexidades, construida sobre un solar propiedad del Estado Dominicano, Parcela No.153-A-2, Parte, del Distrito Catastral No. 15, Santo Domingo Este; Con un área de 43.70 M2, y con un área de construcción de 43.70 Mz, ya que es una casa de una planta, cuyos linderos son: AL NORTE, SUR, Y OESTE, RESTO DE LA PARCELA 153-A-2, Resto, del Distrito Catastral No. 15, así como al ESTE Calle Ramón Veloz, Casa está Marcada con el No. 07, de la calle Ramón Veloz, sector Los Tres Brazos de Los Mina del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D.”. TRIBUNAL ANTE EL CUAL SE EFECTUARA: por ante la Primera Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, en atribuciones civiles, sito y ubicado en la casa No. 23, de la calle Presidente Vázquez, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador en cuya Secretaría se encuentra depositado el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. PERSIGUIENTE: MERCEDES DELGADO OTAÑO, Dominicana, Mayor de edad, Soltera, Negociante, Portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1639555-9, domiciliada y residente en la Calle Primera, No. 29, Urbanización Hamarap, Villa Faro, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D. EMBARGADO: LOCELBIS SIERRA TAPIA, dominicano, mayor de edad, soltero, Comerciante, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0011481495-7, domiciliado y residente en la Calle Ramón Veloz, No.07, Los Tres Brazos, Municipio Santo Domingo Este, ENUNCIACIONES PRELIMINARES: 1) Acto No.113/2017 de fecha: Ocho (08) del mes de Febrero del año Dos mil diecisiete (2017) instrumentado por el Ministerial Francisco Sepúlveda, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal, Corte de Apelación, D.N., contentivo de MANDAMIENTO DE PAGO A FINES DE EMBARGO INMOBILIARIO; 2).- El Acto Auténtico de Embargo es de fecha Veinte (20) Abril del Año Dos Mil Diecisiete (2017) Acto Número: 75/2017, instrumentado por la Licda. Margarita del Alba Piñeiro López, Notario Público. 3).-La Denuncia del Proceso Verbal de Embargo Inmobiliario es de fecha: Tres (03) de Mayo del Año Dos Mil Diecisiete (2017), Acto No.431/2017 de Pedro Junior Medina Mata. Dicho Embargo Inmobiliario y Denuncia Fueron Transcrito por ante el Director del Registro Civil y conservaduría de Hipotecas del ayuntamiento Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, el día Tres (3) de Mayo del año 2017, en el libro letra “M”, Folio No.:82, de la Dirección de Registra Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento Santo Domingo Este; 4).-El Pliego de Condiciones Fue Leído en audiencia de fecha: Veintidós (22) de Junio del Año En Curso Dos Mil Diecisiete (2017), en la cual quedo fijada la fecha para la venta en pública subasta anunciada por la presente publicación, conforme y dentro del plazo señalado por el Artículo 695 del Código de Procedimiento Civil. 5).-MONTO DE LA PRIMERA PUJA: El precio de la primera puja será la suma de: DOSCIENTOS SESENTA MIL PESOS (RD$260,000.00) a que asciende la deuda del embargo frente al persiguiente más los intereses, gastos legales y honorarios, debiendo todos subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque Certificado. En Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, hoy día Treinta (30) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento con las disposiciones del Articulo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 00025, de fecha 18 de diciembre del año 2017, fue otorgado el beneficio de incorporación a la Asociación sin fines de lucro ORDEN DE HERMANOS MENORES CAPUCHINOS, OFMCAP, con su domicilio en la Calle Las Mercedes No.309, Zona Colonial, de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana. Esta institución tiene como fin: contribuir a mejorar el nivel de formación social, humana y religiosa de los hombres y mujeres de nuestros sectores populares y así ayudar en el fortalecimiento de una sociedad respetuosa, apegada a nuestras leyes y amante a la fe cristiana, fomentando la educación, el fortalecimiento de nuestra participación en la sociedad, formando jóvenes y sacerdotes inspirados en nuestro Señor Jesucristo, bajo el carisma franciscano capuchino, logrando clérigos y frailes comprometidos con el evangelio de Jesucristo y respetuosos con las leyes y la Constitución de nuestro país. Sus miembros fundadores son: 1-FRAY JORGE LUIS JIMENEZ PORTES. 047-0108249-9 2-FRAY KELVIS ACEVEDO ALMONTE 018-0008997-8 3-FRAY JOSE DAVID ANTONIO VASQUEZ GUZMAN. 001-1030913-5 4-FRAY SANTIAGO BAUTISTA GUERRERO. 001-0528252-9 5-FRAY DEMETRIO DE LA CRUZ JIMENEZ. 001-0733265-2 6: FRAY EDWIN MIGUEL TAVAREZ LIRIANO 031-0167378-2 7: FRAY ATILIO RAMIREZ MORILLO 001-1738920-5 8: FRAY MARINITO RODRIGUEZ ROBLES 001-0909926-7 9: FRAY MAXIMO RODRIGUEZ 023-0023171-5 10.-FRAY LUIS GERMAN RUBIERA VASQUEZ 055-0025351-2 11: FRAY TEODULO ADOLFO JIMENEZ JIMENEZ 056-0096030-5 12: FRAY FERNANDO ABAD MORENO 001-0589542-9 13.-FRAY JUAN ZACARIAS PAULINO BURDIER 048-0043089-6 14.-FRAY YNOCENCIO SANCHEZ DE LOS SANTOS 005-0029417-8 15: FRAY LEONARDO DE LA ROSA 001-0422362-3 Y a su vez el Consejo directivo está constituido por: 1- FRAY JORGE LUIS JIMENEZ PORTES. Presidente (El Custodio) 2- FRAY, JOSE DAVID ANTONIO VASQUEZ GUZMAN Vicepresidente 3: FRAY, KELVIS ACEVEDO ALMONTE Secretario y Tesorero (El Secretario y Tesorero de la custodia.) 4-FRAY, SANTIAGO BAUTISTA GUERRERO. Vocal (Consejero de la Custodia 5-FRAY, DEMETRIO DE LA CRUZ JIMENEZ. Encargado de actas y correspondencia (Consejero de la Custodia) 6- FRAY YNOCENCIO SÁNCHEZ DE LOS SANTOS Asistencia social y salud 7- FRAY LEONARDO DE LA ROSA Encargado cultural La duración de esta asociación es por tiempo ilimitado. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Veintidós (22) días del mes de Enero del año dos Mil Dieciocho (2018)

Publicación Autorizada Por: Licdo. Leónidas De Los Santos Pinales, Abogado del Persiguiente. FC 354380

FRAY JORGE LUIS JIMENEZ PORTES. Presidente (El Custodio) FC354399

SERVICIOS AÉREOS DOMINICANOS, S.A.S. Capital Social Autorizado: RD$3,000,000.00 Capital Social Suscrito y Pagado: RD$300,000.00 Registro Mercantil No.: 66384SD R.N.C. No.: 1-01-07504-1 Distrito Nacional, República Dominicana CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIADE ACCIONISTAS De conformidad con el Artículo 21 de los Estatutos Sociales de SERVICIOS AÉREOS DOMINICANOS, S.A.S. (en adelante la “Sociedad”), por este medio se convoca a todos los Accionistas a una Asamblea General Extraordinariaque será celebrada el lunesdiecinueve (19) de febrerode dos mil dieciocho(2018), a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en la avenida Tiradentes número 40, esquina avenida Gustavo Mejía Ricart, edificio Wendy´s, 3er. Piso, sector Naco, Distrito Nacional, República Dominicana, a fin de conocer del siguiente Orden del Día: 1. Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Extraordinaria y de la Nómina de los Accionistas presentes o representados en la Asamblea; 2. Aprobar la modificación del Artículo 3 de los Estatutos de la Sociedad, respecto del domicilio social, para hacer constar el domicilio actual de la Sociedad, sito en la avenida Tiradentes número 40, esquina avenida Gustavo Mejía Ricart, edificio Wendy´s, 3er. Piso, sector Naco, Distrito Nacional, República Dominicana; y 3. Otorgar poderes especiales a las personas que se encargarán de registrar el Acta de la presente Asamblea y demás documentos de la misma en el Registro Mercantil y otros organismos de lugar. Los documentos concernientes a los asuntos a tratar en el orden del día se encuentran a disposición de los Accionistas en el domicilio social. Todo accionista puede hacerse representar en dicha Asamblea por un mandatario, mediante un poder de representación legalizado por Notario Público. El mismo debe ser depositado con por lo menos un (1) día antes de la celebración de Asamblea en el domicilio social. En el Distrito Nacional, República Dominicana. Hoy día treinta (30) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

Frank R. Rainieri Marranzini Presidente

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art.22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., Modif. por Ley 2153 de 1949, el Sr. PABLO DE JESUS PAULINO RODRIGUEZ, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D., cédula No.047-0039440-8, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. MIGUEL PAULINO RODRIGUEZ, cédula No. 047-0039439-9, con estudio profesional abierto en el No.18 de la Calle Duvergé No.24 Esq. Las Carreras de esta ciudad de La Vega, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora ELIZABETH PAREDES, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Calle Santomé No.18 de esta ciudad de La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 2 del mes de febrero del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaría y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy NO.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 13 del mes de MARZO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 29 días del mes de ENERO del año 2018.

LIC. MIGUEL PAULINO RODRIGUEZ. Abogado apoderado de la parte Demandante.

(AC-12547-RD-29-30-31/01/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por la Ley 2153 de 1949, Quien suscribe, JOSE LUCIA GARCIA VASQUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Cédula No.056-0108311-5, domiciliado y residente en esta ciudad Bonao, Provincia Monseñor Nouel, Rep. Dom.; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. MIGUEL A. VASQUEZ GARCIA, con estudio profesional abierto en la Calle Dr. Gautier Esquina Restauración, Edificio Invernosa 2do. Nivel, de este municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora NEREIDA RIOS RODRIGUEZ, cuyo último domicilio fue en la calle Juego Panamericano casa No. 22 del Sector los 0limpicos, Ensanche Libertad, del Municipio de Bonao, Provincia de Monseñor Nouel, R. D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Monseñor Nouel, el día Viernes 02 del mes de febrero del año 2018 a las 9:00 a.m. ASI COMO EN LA SECRETARIA Y PUERTA DEL TRIBUNAL APODERADO y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito judicial de Monseñor Nouel, la cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la Primera planta del Palacio de Justicia, radicado en la autopista Duarte Kilómetro 83 y ½, de esta ciudad de Bonao, Municipio de la Provincia Monseñor Nouel, el día MIERCOLES 21 del mes de FEBRERO del año 2018 a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio Bonao, provincia Monseñor Nouel, República Dominicana, a los 29 días del mes de ENERO del año 2018.

LIC. MIGUEL A. VASQUEZ GARCIA,


MIERCOLES 31 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero No. 2150046406, emitido por la ASOCIACIÓN LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS, de fecha nueve (09) del julio del año dos mil nueve (2009), por un valor de DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$200,000.00), a nombre de BEATRIZ ARAUJO PLACENCIO, cédula de identidad y electoral No. 001-0857472-4. BEATRIZ ARAUJO PLACENCIO. FC 353972

Abogado apoderado de la parte Demandante. (RO-15465-RD-29-30-31/01/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

Se notifica la pérdida del Certificado de Depósito a Plazo Fijo No. 17-108-170677482, a favor de Pedro Luis Pichardo Muñiz, emitido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos en fecha 14 de abril de 2010, por un monto de RD$24,026.00.

AVISO

FC354223 LICDA. DIOSALBA GUEDELVIRA ROMAN ACOSTA, Abogada. (RO-15467-RDT)

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de lo que dispone la ley de divorcio vigente, el señor DENIS WILLIANS CASTILLO DE LA CRUZ, dominicano, mayor de edad, cédula No.047-0110715-5, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, por conducto de su abogado apoderado especial el licenciado CONCEPCION LIRIANO ULLOA, cédula No. 087-0009280-5, con domicilio procesal abierto en la Ave. Mons. Panal Esq. calle Las Carreras, edificio Sanmer, módulo 14, 2do. nivel de esta ciudad de La Vega, R.D., AVISA a la señora EMENILDA ALTAGRACIA PEGUERO GRULLON cuyo último domicilio conocido fue en la calle PRINCIPAL No. 2 de Las Maras, La Vega que a falta de conocimiento del actual domicilio procederá a emplazarla, en manos del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, el día que contaremos a 6 del mes de febrero del año 2018 a las 11:00 A.M., así como en la Secretaría y Puerta del Tribunal Apoderado y último domicilio conocido, a fines de que comparezca por ante la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día que contaremos a 22 del mes de febrero del año 2018 a las 9:00 A.M., a fines de conocer sobre la demanda de divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, que dicho señor ha interpuesto en su contra. En la ciudad de La Vega, a los 29 días del mes de enero del año 2018.

LIC. CONCEPCION LIRIANO ULLOA,

AVISO DE MENSURA PARA TRABAJOS DE DESLINDE Expediente No. 663201711822 una porción dentro de la Parcela No. 503 del Distrito Catastral No. 02, del municipio Nizao, provincia Peravia, sección Pizarrete, lugar Roblegar, la cual se encuentra ubicada específicamente al Sureste de la intersección de la calle Central y camino Pizarrete - Roblegar. Propiedad de los SRES. ANTONIA DEL CARMEN LIZARDO LIZARDO y FRANCISCO DANIEL SANTANA LLANO, representados por la SRA. ALTAGRACIA LIBERTAD LIZARDO LIZARDO DE PEÑA. Vista la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central de fecha 18/12/2017, autorizando los trabajos de DESLINDE; se avisa al público en general que el 09/02/2018, a las 09:00 a.m., se dará comienzo a los trabajos de Mensuras por una de las brigadas de la Compañía FRANCISCO AQUINO Y ASOCIADOS, S.R.L. y el Agrimensor actuante, Marcos Ant. Balbi Mendoza, CODIA No. 25951 FC354416

Conforme el Art. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 26 de DICIEMBRE del año 2017 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia No. 209-2017-SSEN-01043, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos JAVIER JOHAIMY APOL1NARIO RODRIGUEZ y CHABELI DEL CARMEN GARCIA ABREU, conforme el acto de estipulaciones de divorcio instrumentado en fecha tres (03) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), por la LICDA. ROSA ERCIRA M. GOMEZ, Abogado Notario Público de los del número para el Municipio de La Vega, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma: Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza Presidenta y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción municipio LA VEGA, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.1; Folio 47; Acta No.24 en fecha 16 de enero del año 2017. La Vega, Rep. Dominicana, a los 31 días del mes de enero del año 2018.

Se hace de público conocimiento la Pérdida del Certificado Financiero número B286261, por valor de OCHENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON CERO CENTAVOS (RD$80,000.00), expedido en fecha Veinticinco (25) del mes de Mayo del año Dos Mil Once (2011), por el Banco Hipotecario Dominicano (Banco BHD), a nombre de la señora Leomares Altagracia Victoria Jáquez Alba. FC 354191

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se avisa la pérdida del Certificado Financiero No. 2040045975, por valor de RD$300,000.00, apertura 12/01/2010, expedido por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS, a nombre de TEOFILO ENRIQUE MATOS, cédula 028-0006967-2. La presente publicación se hace para los fines legales correspondientes.

ABOGADO APODERADO. Lic. STALIN MIGUEL NOVAS GUZMAN, Abogado.

(RO-6774-RD-29-30-31/01/2018)

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones de la Ley #1306-bis sobre Divorcio, el infrascrito hace saber: PRIMERO: Que en fecha Treinta (30) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Primera Circunscripción de La Vega, en sus atribuciones Civiles, dictó la Sentencia Núm. 209-2017-SSEN-00906, cuya dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres entre KILSY ALTAGRACIA GARCIA HERNANDEZ Y HANS JOSEF BAUMANN. TECRCERO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil, correspondiente a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial LIC. JOSE GERALDO ALMONTE TEJADA, alguacil de estrado de la unidad de Citaciones y Comunicaciones de la jurisdicción Penal de La Vega, para que notifique la presente sentencia. NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENA Y FIRMA MAGISTRADA IRCANIA VICTORIA TRINIDAD HERNANDEZ, JUEZA PRESIDENTE; JOSEFINA PAULINO BATISTA, SECRETARIA. SEGUNDO: Que el Veintidós (22) del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018), dicho divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Municipio de La Vega, y transcrita dicha Sentencia en el Libro de Divorcio No. 00001, Folio 0097, Acta No.000049, del año 2018. En la Ciudad de La Concepción de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los 31 días del mes de Enero del año 2018.

FC 354232

(RO-15452-CEA)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones de la Ley de divorcio 1306-Bis y sus modificaciones, por medio de la presente el señor RIGOBERTO RAMON UBRI, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, comerciante, cédula No. 001-0860977-7, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, advierte a su legítima esposa señora DONNA BELINDA BEAUCHAMP, cuyo último domicilio lo fue en la calle SIETE (7), No.6, del barrio María Auxiliadora de esta ciudad de La Vega, por medio de sus abogados constituidos y apoderado especial LIC. LUIS ALBERTO GRACIANO GENAO y MARISEL GOMEZ DELGADO, procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres en la persona del Magistrado PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, por donde el ministerial comparecerá en fecha LUNES CINCO (5) de Febrero del año dos mil dieciocho (2018), para que comparezca ANTE EL JUEZ DE LA PRIMERA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, A LAS NUEVE (9:00 A.M.) horas de la mañana en fecha lunes 26 del mes de febrero del año dos mil DIECIOCHO (2018); en sus atribuciones civiles, y en audiencia a puertas cerradas en el PALACIO DE JUSTICIA, cito en la intersección de las calles GARCIA GODOY, MONSENOR PANAL Y DUVERGE, No.32, tercera planta; de esta ciudad de La Vega. En la ciudad de La Vega, República Dominicana, a los TREINTA (30) días del mes de ENERO del año dos mil dieciocho (2018).

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que dispone el Art. 92, Párrafo III, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 86, letra b) del Reglamento General de Registros de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 2698, correspondiente a la parcela No. 55, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio Barahona, con una extensión superficial de 35 hectáreas, 31 Áreas y 67 Centiáreas, dentro de la cual los señores EDELMIRO VARGAS, casado con VIANELA SANTANA DE VARVAS, cédula 12763, serie 018, FRANKLIN RENATO DE VARGAS S., soltero cédula No. 159400, serie 1ra., NELCY CECILIA DE VARGAS S., soltera, cédula No. 195807, serie 1ra., JOSE ANTONIO DE VARGAS S., soltero, cédula No. 319980, serie 1ra., LUIS ANTELMO VARGAS S., soltero, cédula No. 170571, serie 1ra., CARMEN RAMONA DE VARGAS S. soltera, cédula No. 259579, serie 1ra., ISABEL MARIANELA DE VARGAS S., soltera, cédula No. 312520, serie 1ra., LUCY YVONNE DE VARGAS S., soltera, cédula No. 379120, serie 1ra., JOSEFA ALTAGRACIA DE VARGAS S., soltera, cédula No. 315009, serie 1ra. Les corresponde una porción de terreno de 35 Tareas, en partes iguales. Santo Domingo, Distrito Nacional, a los treinta (30) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. JUAN MARIA CASTILLO RODRIGUEZ, Abogado. FC 354393

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del párrafo único del artículo 22 de la Ley 1306-Bis o Ley Sobre Divorcio, hacemos de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 27 de septiembre del 2017 la 6ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.N., especializada en Asuntos de Familia dictó una sentencia marcada con el número, cuya parte dispositiva dice de la siguiente manera: FALLA: Primero: Pronuncia del defecto contra la parte demandada, María de los Ángeles Ramírez Seas, por no haber comparecido no obstante citación legal; Segundo: Declara buena y válida en cuanto a la forma, la presente demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por haber sido interpuesta conforme al derecho; y en cuanto al fondo declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre Francisco José Taveras y María de los Ángeles Ramírez Seas, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos incoados; Tercero: Ordena el pronunciamiento del divorcio ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; Cuarto: Comisiona a la alguacil Hilda Mercedes Cepeda, Alguacil de Estrados de esta Sala para la notificación de esta sentencia. La sentencia del presente divorcio fue debidamente pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional en fecha 28 de diciembre del año 2017, bajo el Libro No.00005 Registro de Divorcio, Folio 0136, Acta No.000433, del Año 2017. En Santo Domingo, D.N., capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. RENE RODRIGUEZ COTES, Abogado. FC 354398

THE CASTING BY CYNTHIA SALAZAR, E.I.R.L.

RAFFY & CAROLINA Oficina de Bienes Raíces DR. RAFAEL AUGUSTO MATOS SANTANA Abogado-Notario Matrícula 6288. PUBLICACION DE DIVORCIO

Capital Social: RD$10,000.00 Registro Nacional de Contribuyentes: 1-31-03145-5 Registro Mercantil No.: 98446SD Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la sociedad THE CASTING BY CYNTHIA SALAZAR, E.I.R.L., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: (a) El cambio de nombre para que luego del nombre de la Compañía “THE CASTING BY CYNTHIA SALAZAR” figure la abreviatura de Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es el tipo social a adoptar por esta, por lo que en adelante figurará como “CL GROUP, S.R.L.”; (b) el domicilio social se establecerá en la Avenida Rómulo Betancourt, No. 1800, Marie Plaza Cristal, Local 101, en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana; (c) la duración de la sociedad continuará siendo indefinida; (d) el objeto principal de la Sociedad será: La Compra Y Venta De Helados, Venta De Equipos, Maquinarias Y Suministros Para Heladerías, así como cualesquiera actividad relacionada con su objeto principal y de licito comercio; (e) el capital social autorizado será de Cien Mil Pesos Dominicanos (RD$100,000.00) dividido en Mil (1,000.00) cuotas sociales con un valor nominal de Cien Pesos Dominicanos (RD$100.00) cada una, las cuales serán iguales e indivisibles; (f) la empresa será administrada por uno o varios gerente(s), designado (s) al efecto. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, se convoca o anuncia a las partes interesadas de THE CASTING BY CYNTHIA SALAZAR, E.I.R.L., a la reunión de trabajo a los fines de proceder a la transformación de la sociedad, la cual se celebrará en el domicilio de la sociedad el día DOS (02) del mes de FEBRERO del año DOS MIL DIEZ Y OCHO (2018) a las OCHO horas de la mañana (8:00 A. M.). El proyecto de transformación de la sociedad, junto con el balance financiero especial elaborado por un Contador Público Autorizado designado a estos efectos, se encuentran actualmente a disposición de las partes interesadas en el domicilio de la sociedad. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana a los Treinta (30) días del mes de Enero del año dos mil quince (2018).

En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento: Que la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, sito en la Calle Socorro Sánchez, No. 68. Esquina Santiago, sector de Gazcue, la Sentencia Civil No. 1892-16; de fecha Cinco (05) del mes de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, TOMASA RAMONA VILLAMAN MOSQUEA, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por KEITH HARRY HOUSER, contra TOMASA RAMONA VILLAMAN MOSQUEA, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre KEITH HARRY HOUSER y TOMASA RAMONA VILLAMAN MOSQUEA, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por los motivos indicados. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento, fijar los motivos expuestos. SEXTO: Comisiona al Ministerial Fabio Correa, de Estrados de esta Sala, para la notificación de esta sentencia. Así se ordena, manda y firma: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALEÉ, Juez suplente. La presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado PEDRO MARCIAL RAMÍREZ SALEÉ, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Firmado: FRANYER ENRIQUE BEATO PÉREZ, Secretario. El mismo fue pronunciado por la Oficialía de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veinticinco (25) días del mes Enero del Año Dos Mil Dieciocho (2018).

Cynthia Salazar, Propietaria.

DR. RAFAEL AUGUSTO MATOS SANTANA, Abogado Apoderado.

FC 354391

FC 354377


MIERCOLES 31 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PERDIDA DEL CERTIFICADO No. 39-6803400038626, emitido por la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS, en fecha 08-12-2014, por un valor de 800,000, a nombre de GISELA DEL CARMEN PICHARDO MONTAÑO.

AVISO DE SOLTERIA Para general conocimiento y de acuerdo con las disposiciones legales vigente se avisa que la señora ALBA YRIS CORTOREAL ROJAS, cédula, 001-0333454-6, Domiciliada y Residente en la calle 6, casa No. 15, del sector La Caleta, del municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, es soltera y nunca ha estado casada, como aparece en la declaración jurada de fecha 19 del mes de enero del año 2018, su estatus es soltera, en la Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los (30) días del mes de Enero del año 2018.

LIC. ORIOLIS MORA GARCIA, Abogado. FC 354387

PUBLICACION DE DIVORCIO

FC 354206 PERDIDA DE CERTIFICADO DE INVERSION Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado de In-

Se avisa que en fecha 26/12/2017, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.N., Especializada en Asuntos de Familia, Dictó la Sentencia No. 531-2017-SSEN-02978, que dispone el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores LEANDRO DOMINGO HELENA BAEZ y ALTAGRACIA PASCUAL BRITO, propiciado el día 03/01/2018, por ante el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del D.N., Libro No. 00001, Folio No. 0017, Acta No. 000009, del año 2018. LIC. IGNACIO E. MEDRANO GARCIA, Abogado.

versión No. 1240107856, del BANCO DEL PROGRESO, de fecha 24 de febrero del 2012, por valor de RD$611,318.28, a nombre de: ALTAGRACIA MARGARITA DE LOS SANTOS y LUZ DE MARIA DE LOS SANTOS, cédulas Nos. 001-0130388-1 y 012-0014016-6. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 353719

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado financiero No. 40-012-003514-1, emitido por la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, en fecha 5/abril/2011, en favor del Sr. David Antonio Vásquez Arias por un monto de ciento cincuenta mil pesos 00/100 (150,000.00). FC 353716

AL PÚBLICO EN GENERAL Por este medio les informamos que la compañía LATIKA TOURS, S.R.L. con asignación de RNC 1-31-61216-4, con su domicilio social establecido en la Ave. España, Plaza Riviera, Local 9C, Bávaro, Municipio de Higüey, Provincia Punta Cana, República Dominicana; se encuentra tramitando su licencia para operar como TOUR OPERADOR, LOCAL / DOMESTICO, por ante el MINISTERIO DE TURISMO DE LA REPUBLICA DOMINICANA (MITUR). En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Veintiséis (26) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).

ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO Por Autorización de fecha 30 de enero y Expediente No. 66220180962, para Deslinde, dentro de la Parcela No. 286, del D.C. No. 04, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajos se realizará el sábado 10 de enero del 2018 y el inicio es a 9:30 A.M., el terreno está localizado en la calle Los Fermín, entrada frente almacén Manuel Díaz, municipio Villa González, provincia de Santiago. La solicitud y autorización, es a nombre de DARIO DANILO FERMIN BOITEL. En cumplimiento del reglamento de mensuras.

DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.

ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO

EXPEDIENTE No. 663201800251. Se hace de público conocimiento que el día 10/Febrero/2018, a las 10:00 A. M. se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del Solar No. 1, Manzana No. 1038, Distrito Catastral No. 01, del Distrito Nacional. Expediente 663201800251, Autorización de fecha 17 de Enero del 2018. Propiedad del SR. DANILSA CORONADO. El inmueble se encuentra ubicado en la Calle Alexander Fleming, Ensanche La Fe, Distrito Nacional.

Por Autorización de fecha 30 de enero y Expediente No. 66220180965, para Deslinde, dentro de la Parcela No. 110, del D.C. No. 04, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajos se realizará el sábado 10 de enero del 2018 y el inicio es a 8:00 A.M., el terreno está localizado en la calle Nena González, 150 Ml. Al Sur de clínica Dr. Estrella, sector Codetel, municipio Villa González, provincia de Santiago. La solicitud y autorización, es a nombre de ROSA ANGELICA DILONE TEJADA. En cumplimiento del reglamento de mensuras.

MAILING N. HERNANDEZ DE CAYETANO, Agrimensor Contratista. Codia 35385.

DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO

En virtud de la Autorización de fecha 17/Noviembre/2017, Depto. Norte. Se hace de público conocimiento que el día SABADO 10/FEBRERO/2018, a partir de las 9 a.m., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 696, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de Constanza, Provincia La Vega, ubicada en el Camino a La Descubierta, No. 2, Lugar: Arroyo Frío, a petición de: JOSE ANTONIO OGANDO GARCIA y JOSE STALIN OGANDO GARCIA. Exp. 662201709730.

Por Autorización de fecha 30 de enero y Expediente No. 66220180960, para Deslinde y Subdivisión, dentro de la Parcela No. 58, del D.C. No. 04, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajos se realizará el sábado 10 de enero del 2018 y el inicio es a 11:00 A.M., el terreno está localizado en la Autopista Santiago-Navarrete, frente entrada Los Tubos, Palmarejo, municipio Villa González, provincia de Santiago. La solicitud y autorización, es a nombre de CARLOS JUAN SOSA FERNANDEZ. En cumplimiento del reglamento de mensuras.

AGRIM. JOSE BDO. RUIZ MARIA, Codia 20774/Cel. 829-569-4034.

DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.

FC 354375

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPOSITO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado Financiero No. 000797913258, saldo de depósito por la suma 526,433.24, de fecha (25) del mes de julio del año 2016, expedido por el BANCO POPULAR, a favor del señor JOSE GUIOVANI ABREU DOMINGUEZ. PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No.1013170393 de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, de fecha 02 de febrero de 2016, por valor de RD$1,000,100.00, a nombre de: NIEVES LUISA RAFAEL MEDINA, cédula: 001-0159366-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 353713

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

FC 354372

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

FC 354391

LEGAL 19

Se hace público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 1437280, expedido por el Banco BHDLEON, S.A., a favor de DIANA MORILLO en fecha 1 del mes de febrero del 2017, por la suma de RD$30,000.00. FC 354006

PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPOSITO Por medio de la presente hacemos constar la pérdida del Certificado de Depósito de Alquiler No. 15-265-000024-0 de fecha 16/01/2015, a nombre del inquilino León Severino, depositada por Yinni Rafael Sánchez Ventura donde ya este contrato finalizó. Fecha de pérdida fue 12 de Septiembre 2017, lugar nuestra oficina donde se nos inundó de agua durante el ciclón Irma, donde tuvimos la pérdida de dicho documento. FC 354369

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 41553, del Banco ADOPEN por un valor de RD$ 70,000 pesos a nombre de la señora RAMONA YOLA, C/025-

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO

Se hace de público conocimiento que el día Sábado que contaremos a Diez (10) del mes de Febrero del año 2018, a las 10:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de deslinde y Subdivisión, dentro de la PARCELA NO. 199-A-1-A, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 6, DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, ubicada en la calle José Lebrón Morales Esq. Calle 6, Villa Duarte, Ensanche Los Molinos, Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, Expediente No. 663201800294, cuyo reclamante es la señora NICOLE RODRIGUEZ CUELLO, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1741370-8.

Por Autorización de fecha 30 de enero y Expediente No. 66220180958, para Deslinde y Refundición, dentro de la Parcela No. 22 y 83-3, del D.C. No. 02, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajos se realizará el sábado 10 de enero del 2018 y el inicio es a 1:00 P.M., el terreno está localizado en la Breña de Palmar Abajo, frente a Bobito, municipio Villa González, provincia de Santiago. La solicitud y autorización, es a nombre de WINSTON JOSE REYES NUÑEZ. En cumplimiento del reglamento de mensuras.

AGRIMENSOR CLAUDIO WINTER, Codia No. 26781. Depositante.

DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.

0052368-9. La Presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC354410

AVISO DE PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

FC 354381

ASUNTO: NOTIFICACION INICIO DE TRABAJOS DE CAMPO Por Autorización de fecha 30 de enero y Expediente No. 66220180955, para Deslinde y Sub-División, dentro de la Parcela No. 14, del D.C. No. 02, provincia de Santiago; Notificamos que el trabajos se realizará el sábado 10 de enero del 2018 y el inicio es a 3:00 P.M., el terreno está localizado en la calle Palmar de Abajo, frente a Franja Pollos Cibaos, municipio Villa González, provincia de Santiago. La solicitud y autorización, es a nombre de CRISTIAN ANTONIO VASQUEZ COLLADO. En cumplimiento del reglamento de mensuras.

DIONISIO ANTONIO GARCIA GUZMAN, Agrimensor/Codia No. 15939. Teléfono No. 809-773-0704.

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado No.402-01-070-006809-0 por valor de SETENTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS con 00/100 (RD$75,000.00) expedido por el banco de Reservas de la República Dominicana a favor de los señores: Miguel Ángel Polanco Flores, Antero Cruz (fallecido) Ced. No. 040-0000928-4 y Julia Cruz Villaman. Ced. No.040- 0006586-4, dominicanos y residentes en el municipio de Luperón Puerto Plata, República Dominicana.A los 25 días del mes de enero del año 2018.-


MIÉRCOLES 31 DE ENERO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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Reinauguran la plaza en honor Constitución 1963 SANTO DOMINGO.- El presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, encabezó el acto de reinauguración de la Plaza Patriótica Presidente Juan Bosch y Constitución del 1963, ubicada en la avenida George Washington, de esta capital. La plaza o conjunto memorial fue recuperado y remozado por la Cámara de Diputados. Maldonado consideró urgente que se recupere efectivamente la memoria histórica del efímero mandato gubernamental del profesor Juan Bosch y su

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Fundación realiza donaciones de unas mil palmeras reales

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color blanco, año 2003, placa y registro G167248, chasis JTEGH20V630083447, a nombre de MARÍA ELENA SIERRA LANTIGUA, cédula 224-0030992-2. FC354411

PERDIDA DE MATRICULA: JEEP Marca NISSAN, modelo PATHFINDER, color GRIS, Año 2006, placa Chasis G281669, 5N1AR18W16C600294, a nombre de AUTO WERNER CRUZ S.R.L., RNC 130799822. (AH-AC-12550-PN-1/3)

KMHCM414BAU381052. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Civic Ex, color blanco, año 1999, placa y registro A009196, chasis 1HGEJ8650XL500035, a nombre de DIOGENES MARTINEZ MENDEZ, cédula 001-0319736-4

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Nipponia, modelo NC-90, color rojo, año 2012, placa y K0188781, chasis registro XFINC090ACL007349, a nombre de ISABEL MARRERO LEONARDO, cédula 025-0024491-4. FC354408

PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca TOYOTA, modelo CNP11L-BEPRK, color PLATEADO, Año 2003, placa Chasis A202018, JTDBW133X00040914, a nombre de JOSE ANTONIO SANTANA ARIAS, CED.047-0048246-8.

FC354404

PÉRDIDADE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Suzuki, año 2000, modelo AX-100, color negro, placa y registro N931508, chasis LC6PAGA1080814216, a nombre de RAFAEL POLANCO ACOSTA, cédula 029-0013862-5. FC354409

(AH-AC-12550-PN-2/3) PERDIDA DE MATRICULA: JEEP Marca TOYOTA, modelo 4 RUNNER, color NEGRO, año 2003, placa Chasis G190256, JTEBU14R930016497, a nombre de JOSE ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, CED.047-0188580-0.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, color rojo, placa y registro chasis A260574, 1HGC137573NA226509, a nombre de FREMIO LUGO, cédula 003-

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Kia, año 2011, color pateado, placa y registro G342552, chasis 5XYKT4A28BG144660, a nombre de MANUEL JULIAN CABRERA BURGOS.

(AH-AC-12550-PN-3/3) PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA, modelo VD110, color NEGRO, año 2007, placa N329941, Chasis 15D2000392, a nombre de CHANELL DE JESUS BATISTA ABREU, CED.40224073136.

0099496-5. FC354414 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mitsubishi, modelo Montero, color negro, placa y registro G024954, chasis JA4MT21H61P048503, a nombre de BERNARDO MIGUEL ZAPATA BA-

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Mack, año 1999, color verde, placa y L307647, chasis registro 1M2B210C9XM024282, a nombre de CÉSAR DE JESÚS NÚÑEZ CABRERA. FC354413

(CH-AC-12551-WP-1/4) PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA, modelo 3JY, color AMARILLO, Año 1990, placa NCX530, Chasis 3YJ257309, a nombre de RAFAEL SANTANA DE LA CRUZ, CED.047-0152842-6.

TISTA, cédula 003-0082082-0. FC354415 PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Suzuki, modelo AX100, año 2003, placa y registro K0205327, chasis LC6PAGA1430801347, a nombre de ANEURIS YORDANY MORALES RIJO,

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo Automovil Privado, marca NISSAN, año 2000, color VERDE, placa y registro A490204, chasis K11-530789, a nombre de OBASEKKI EBUW JOY, CED. 530873237

(CH-AC-12551-WP-2/4) PERDIDA DE MATRICULA: VEHICULO DE CARGA Marca KIA, modelo K36005-335, color BLANCO, Año 1996, placa L173597, Chasis KN3JAP3S5TK076406, a nombre de ALEXIS ALFONSO SANTANA MEDINA, CED.00103334926.

cédula 026-0141226-1. FC354417 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de autobús privado, marca Dodge, modelo Caravan SXT, color plateado, año 2005, placa y registro 1039353, chasis 1D4GP45RX5B298102, a nombre

PÉRDIDA DE MATRÍCULA de embarcación ENRIQUE –I, puerto de registro: Puerto de Cabo rojo, Color blanco, Matricula BP-E5-116CR, a nombre de MANUEL ENRIQUE RAMIREZ PÉREZ, cedula 018-0054883-4. Fc354431

(CH-AC-12551-WP-3/4) PERDIDA DE MATRICULA: VEHICULO DE CARGA Marca FORD, modelo F-150, color BLANCO, Año 2006, placa L286725, Chasis 1FTRX12W06NA06502, a nombre de RAMON ALBERTO VALERIO, CED/RNC 532040613.

de JUAN RAMÓN REYES, cédula 00110647144-4. FC354421 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Daihatsu, modelo V118HY, color rojo, placa y registro L181263, chasis V11805188, a nom-

PÉRDIDA DE MATRÍCULA de embarcación BELQUIS – I, matrícula No. BR-B191-3386SDG, color blanco a nombre de HECTOR DARIO ALMANZAR BOTELLO, cédula 048-00708192. FC354432

(CH-AC-12551-WP-4/4) PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Seat, placa A486572, color rojo, chasis VSSZZZ6LZ8R000175, tipo automóvil privado, año 2008, propiedad de EDDY GUILLERMO UREÑA RODRIGUEZ, cédula 001-1790554-7.

bre de ANTONIO PEREZ, cédula 0530017311-8. FC354422 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Jincheng, modelo AX100-B, color negro, año 2013, placa y registro K0543918, chasis

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, color Blanco, año 2000, placa y registro A451537, chasis CE1023000355, a nombre de EDWIN STALIN MADERA

MINAYA, cédula 011-0035815-7

SANTO DOMINGO.- La Fundación Agroambiente informó que durante los últimos tres años ha realizados donaciones de unas mil palmeras reales, que además de reforestar ciudades al contribuido al ornato y embellecimiento del país. El periodista Miguel Nova, presidente de la Fundación, dijo que el valor de esas palmeras donadas en el mercado es de unos 10 millones de pesos, que calculado a un precio de mil por

unidad, está muy por debajo del costo real que oscila en-

tre 15 mil y 25 por unidad. Explicó Nova que las palmeras fueron donadas a la alcaldía de Santiago, Montecristi y Villa González, al Ministerio de Obras Públicas y al Patronato del Parque Ecológico las Lagunas de Villa González de Santiago. El periodista Nova dijo sentirse orgulloso de hacer este importante aporte al medio ambiente, donando estos árboles para su siembra y embellecimiento de las ciudades.

PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA PRIVADA Marca TAURO, modelo CG 200, color NEGRO, Año 2015, placa K0658616, Chasis TARPCM502FC009207, a nombre de ESDRAS RUIZ ROQUE, CED. 4022127596-5. (RO-15461-CM-29-30-31/01/2018)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de Motor, marca Toyota, modelo Corolla CE, año 2007, color plateado, motor 4886, Chasis 1NXBR32E17Z824886, Registro y placa A593954, Matrícula 4861987, propiedad de SANTIAGO INDALECIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, CED. 001-0102740-7. FC354420

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Porsche, color plateado, año 2003, placa y registro A131961, chasis WPOZZZ98Z3U600797, a nombre de FRANKLYN ALEXANDER JUSTO ROMÁN.

Yo, SANTO CRISPÍN SOTO MONTILLA, cédula de identidad número 010-0037866-9, TRASFIERO la embarcación de nombre PEPE, matrícula no. YP-P205-1140SDG, al señor GABRIEL FELIPE HEREDIA PEÑA, cédula 402-2083468-9. FC354429

FC 354384 PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Toyota, modelo Corolla DX, color gris, año 1989, palca y registro A117976, chasis JT2AE92EXK3173215, a nombre de JUAN BAUTISTA GUERRERO MARTI-

LJCPAGLH0DS006556, a nombre de GERALDO MIGUEL DURÁN HERNANDEZ, cédula 402-2132118-1. FC354423 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo Automóvil Privado, marca Toyota, color Dorado, placa y registro

PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA, modelo T105E, color AZUL, Año 2009, placa N611809, Chasis LAPXCHLA290001108, a nombre de WILBY MENDEZ VASQUEZ, CED. 0470201920-1. (RO-15460-CM-29-30-31/01/2018)

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, color azul, año 1999, placa y registro L189244, chasis V11608929, a nombre de JAIRO JOSÉ GÓMEZ RINCÓN.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Loncin, color negro, año 2013, placa y registro K0240393, chasis LLCLPP207DE107031, a nombre de IMPORTADORA F. CASTILLO MOTO PRÉSTAMO SRL.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA No. BPJ175-4484SDG, de embarcación nombre JULIN, puerto de registro Santo Domingo, color blanco y azul, número de casco CHP11M13R3246, a nombre de JULIO PINEDA, cédula 003-0039925-0. FC354427

NEZ. Se le avisa al Señor JUAN PABLO CLAUDIO CRUZ a pasar por PLAN PILOTO a retirar la denuncia del Vehículo Carga, Daihatsu, modelo V118LHY2, año 1998, color rojo, placa y registro L118431, chasis

A384745, chasis 4T1BG22K0VU054571, año 1997, a nombre de FABIAN QUEZADA TEJADA, cédula 068-0033592-6. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo Automóvil Privado, marca Toyota, modelo Passo, color Gris, placa y re-

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Troy, placa L222882, color verde, chasis LHA12Z3D06A002299, tipo carga, año 2006, propiedad de ANDERSON MORFE VILLAMAN, cédula 001-1103752-9. FC 354383

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jor, color rojo, año 2015, placa y registro K0781515, chasis LZSXCHLN7F5000115, a nombre de JOSÉ DANIEL POLANCO LIRIANO.

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Domoto, modelo CG200R, año 2014, color blanco, placa y registro N9044981, chasis LV7MGZ406EA901027, a nombre de RAMÓN ANDRÉS PICHARDO, cédula 049-0018129-0. FC35424

PÉRDIDA DE MATRÍCULA no. BPG13-357BH, de embarcación nombre GREIMY, puerto de registro Barahona, color blanco, nombre de MANUEL ENRIQUE RAMIREZ PÉREZ, cédula 018-0054883-4. FC35448

V11810018. Se le avisa al Señor WILKINS CORNELIO a pasar por PLAN PILOTO a retirar la denuncia del automóvil privado, Hyundai , modelo Accent, año 2010, color blanco, placa y registro A539328, chasis

Periodista Miguel Nova


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