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Legales

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LUNES 22 DE MAYO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CLASIFICADOS

CLASIFICADOS 09


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10 CLASIFICADOS

AUTOMÓVILES

Bienes Raices

Automóviles

Empleos

Capacitación

Legal

Diversos

BIENES RAICES AUTOS

SE VENDE RD$430,000

RD$37,000

Toyota Vitz 2012 US$450,000 480.000.00

RD$390,000

Kia Morning/Picanto , gasolina. 32 mil kl. 2013. Mas info 8098520415

RD$ 435,000

Proyecto cerrado. Múdate con 480.000.00 a pocos metros de coral mal, 2 y 3 hab. Seg. 24/7, Info. 809-328-3379

Penthouse en Bella Vista, 525Mts, 2 Niveles, 4 Habitaciones,Terraza con vista al mar. Jordi Amargós (829-766-1709)

Honda Fit Eco 2012

Proyecto cerrado, A pocos minutos de coral mal, 2 y 3 hab. 2 baños, terminación en estuco veneciano, Info.809328-3379.

Nissan March 2011 US$33,500 Kia k5 201 RD$ 595,000. Mas info. 8098520415

50,000.00 RD$375,000

Toyota Vitz 2010

En ciudad juan Bosch, 2 y 3 hab. 1 y 2 baños, bono del Gob. área recreativa. Separe con 50,000 Info. 809-328-3379

Contactos: T: 809-807-4333, C: 809-8692208, C: 809-668-9418, C: 829885-5000, C: 809-644-4333 Redes Sociales: Instagram/Facebook/YouTube: @santautos Website: www.sant.do Dirección: C/Rafael Abreu Licairac #52, Casi Esq. Charles Summer, Los Prados, Santo Domingo, Rep. Dom.

Sin intermediarios

RD$985,000

HONDA CRV EX '12, Camara de reversa, Financiamiento Disponible, US $20,800 NEG.!! info.: 829-875-8050

Aptos. A 5min. Del aeropuerto L.A. prox. Al bravo. 3 hab. 2 baño, cancha, área infantil y recreativa, bono del Gob. Seg. 24/7 Info. 809-328-3379

2.4,MM RD$775,000 RD$335,000

Toyota Passo 2011

Toyota Rav4 '1, Endoso & Placa incluido -35,000 millas, Interior en Piel, Gomas nuevas, NEG info.: 829-875-8050

Prox. A la fuerza aérea, casas uní-familiares proyecto cerrado. 3 hab. 2 baño, patio y jardín, amplias áreas verdes, info. 809-328-3379

El Millón, 4to Piso, 120Mts Netos, 3 Hab, 2 Baños, 2 Parqueos, Contacto: 829-766-1709

Tel. 809-876-2586, 849-260-7321. FC 345659

US$99,750

RD$3.9M

RD$ 355,000

Bella vista, 6to Piso,160 Mts Netos, 3 Hab, 2 Parqueos, 3 1/2 Baños; Neg.:Jordi amargos 829 766 1709

Un porción de terreno de 21.60 tareas, No. 90, Manzana Lote 53-54, D.C. No. 23, Santo Domingo Norte.

105Mts,2 Habitaciones, Balcón, 2 Parqueos, Inf. Jordi Amargós (829) 766-1709 FINANCIAMIENTO DISPONIBLE: Separación 10%


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Bienes Ra ices Bienes Ra ices

Automóv iles Automóv iles

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Empleo s Empleo s

CLASIFI CA CLASIFIDOS 09 CADOS 09

Capacitac ión Capacitac ión

Legal Legal

Diversos Diversos

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12 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA

FE DE ERRATA EN AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

En virtud de la autorización de fecha 09 de Mayo del 2017. Se hace de público conocimiento que el 29/05/2017 a las 10:00 a. m. se realizará el trabajo de mensura para Deslinde y Subdivisión dentro de la Parcela 91-C-31 del Distrito Catastral No. 11/4. Municipio de Higüey. Provincia La Altagracia. A petición de AMADOR CONTRERAS CASAS Y JOSE VICENTE ATANCE CONTRERAS. Exp. No.663201704076. se le informa a los interesados su presencia.

Se hace de público conocimiento que en el aviso de mensura para deslinde publicado en fecha 25 de octubre en este periódico El Nuevo Diario, Autorización de Mensura de fecha 11 de octubre de 2016, para el día lunes 21 de noviembre de 2016, a las 3:00 p.m. diciendo que se darían inicio a los trabajos técnicos de DESLINDE, dentro del ámbito de la Parcela No. 10-D, del Distrito Catastral 2, Expediente No. 662201610563 propiedad de los señores MARTIAL CORNEVILLE Y JHON ANTHONY POWER, salió con un error material relativo al municipio del inmueble de la mensura, pues se leía del municipio de Luperón, Provincia San Felipe, Puerto Plata “.Lo correcto que debe decir es del municipio de VILLA ISABELA, Provincia San Felipe, Puerto Plata, República Dominicana, a los quince (15) días del mes de mayo del año dos mil diez y siete (2017).-”

AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR CODIA 9305 TEL.: 829-986-3678

MIGUEL SANTANA Agrim. – Codia 19849

FC346417

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

Para cumplir con lo que dispone el articulo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor CAMILO ANTONIO ROSARIO RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de Jarabacoa, Provincia de La Vega, cedula NO.047-0064195-6; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESUS; cedula de no. 050-0037346-3, con estudio profesional abierto en el NO.2 de la Calle Duvergé Edif. Polanco II Altos de esta ciudad de Jarabacoa, provincia La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora SUGEIRY ALICEA RODRIGUEZ, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle Primera No.60 Hato Viejo, Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 08 del mes de JUNIO del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 11 del mes de JULIO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio DE JARABACOA y provincia de La Vega, Republica Dominicana, a los 22 días del mes de mayo del año 2017.

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley número 2153, la cual agrega un párrafo al articulo 22, de la Ley número 1306-Bis, de Divorcio, el señor MIGUEL ANTONIO HERNANDEZ COLON, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0772672-1, domiciliado y residente en el peatón colibrí No. 225, sector los Alcarrizos, Americanos II, Municipio de Santo Domingo Oeste, quien hace elección de domicilio en la oficina de su abogado apoderado, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. JUAN FRANCISCO SANCHEZ CRISOSTOMO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identificación personal y electoral No. 001-0868512-4, Matricula de Abogados Nos. 35850-435-07, respectivamente; con estudio profesional abierto en común en la Ave. Prolongación 27 de Febrero No.328, esq. calle México, 2do. Piso, Local 10-B, Centro Comercial Plaza Hazary, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, de esta ciudad; con teléfono No. (809) 597-5562, le advierte a su legitima esposa, señora MARIATHERESA CANALES, cuyo último domicilio conocido fue en la Al peatón 10, esquina peatón 5, numero 204, sector los Alcarrizos, Americanos II, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana,, que a falta de información sobre su domicilio y residencia se procederá a emplazarla en Demanda en Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, el día VIERNES que contaremos a VENTE Y SEIS (26) del mes de MAYO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), por ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Santo Domingo Oeste, para que comparezca en la forma que determina la ley, el día MIERCOLES que contaremos a VEINTIUNO (21) del mes de JUNIO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (9:00 A.M.) por ante la TERCERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, el cual celebra sus audiencias en el Tercer Nivel del edificio ubicado en la Avenidas Las Palmas, No. 52, esquina Calle 3ra., Sector Reparto Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, a la audiencia de Divorcio que celebrará dicha sala en sus atribuciones civiles. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESUS Abogada apoderada de la parte Demandante (RC-13391-CEA-22-23-24/05/2017)

DR. JUAN FRANCISCO SANCHEZ CRISOSTOMO ABOGADO-APODERADO

FC346417

NORTEÑA DE INVERSIONES, S.R.L.

Capital Social: RD$2,000,000.00 Registro Mercantil No. 443-PP Registro Nacional de Contribuyentes No. 1-05-00048-2 Domicilio Social: Carretera Luperón Km 3 ½ Puerto Plata, República Dominicana

CONVOCATORIA En cumplimiento de las disposiciones del Párrafo II del Artículo 110 de la Ley No. 479-08 Sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, la sociedad NORTEÑA DE INVERSIONES, SRL, CONVOCA a sus socios para que asistan a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL, que será celebrada el día siete (7) de junio del cursante año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), en domicilio social de la sociedad, ubicado en la Carretera Luperón Km 3 ½, de la ciudad de Puerto Plata, República Dominicana. Los puntos a tratar en esta Asamblea serán los siguientes: Conocer del informe de gestión anual de la gerencia, del inventario, el balance, el estado de resultados y los estados financieros, con relación al ejercicio social finalizado el treinta (30) de septiembre de dos mil dieciséis (2016); Aprobar o no la gestión de la gerencia y discutir, aprobar o rechazar el inventario, el balance y el estado de resultados presentados por la gerencia de la sociedad; Determinar los beneficios o las pérdidas de la sociedad y su tratamiento; Otorgar poder para realizar los depósitos y registros necesarios relacionados con la presente Asamblea y las decisiones adoptadas en la misma, en el Registro Mercantil y otros organismos públicos que fueren de lugar; y, Conocer cualesquiera otros asuntos que determine la ley o los Estatutos. Asimismo, les informamos a todos los socios de NORTEÑA DE INVERSIONES, SRL interesados en asistir a la Asamblea General Ordinaria Anual por este medio convocada, que antes de asistir a la reunión se pongan en contacto con el señor Ramón Emilio Rodríguez, en la oficinas de Brugal & Co., S.A. de Puerto Plata.

Augusto José Ramírez Bonó Gerente

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para dar cumplimiento al dispositivo del artículo 42 de la Ley 1306-bis, de divorcio se hace de público conocimiento que LA SEPTIMA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, en sus atribuciones civiles, dictó una sentencia civil no. 1420-16 de fecha tres (03) del mes de octubre del año 2016, cuyo dispositivo copiado textualmente es como sigue: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores DANIEL CABRERA MARTE y JENNY RIVAS, por no haber sido hecha de acuerdo la ley. SEGUNDO: en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos. En consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores DANIEL CABRERA MARTE y JENNY RIVAS, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 2, instrumentado en fecha 6 de febrero del 2016, por ante el Dr. FELIPE GARCÍA HERNÁNDEZ, notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente, pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma, PEDRO MARCIAL RAMÍREZ Salce, juez. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramirez Salce, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La sentencia antes mencionada fue pronunciada el día doce (12) del mes de Diciembre del año 2016, por el Oficial de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, inscribiendo al misma en el libro de Registro de divorcios No. 00023, Folio 0093, bajo el Acta No. 002205, de fecha año 2016, según sentencia Civil No. 1420-16, de fecha 03 del mes de octubre del año 2016, la cual fue leída en Audiencia Pública. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

VETMAX, C. por A Calle Gaspar Hernández No. 3, Pueblo Nuevo, San Cristóbal, República Dominicana Teléfono: 809-528-7210 RNC: 130237174 Registro Mercantil No. 777-S.C. Capital Social Autorizado: RD$250,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$250,000.00 Cantidad Acciones Emitidas: 250 Valor Por Acciones: RD$1,000.00 Cantidad De Socios: 7 AVISO PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Deacuerdoaloestablecidoporlaley479-08del11dediciembredel2008sobreSociedadesComercialesyEmpresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general que ha sido convocada laAsamblea General ExtraordinariadelasociedadVETMAX,C.porA.paraeldíaDos(2)delmesdeJuniodelañoDosMilDiecisiete(2017), a las cuatro hora de la tarde (4:00 P.M.), en el domicilio social de la empresa, a los fines de conocer de la transformación de la misma, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). La misma tendrá como objeto social mercadeo de todo tipos de medicamentos y equipos veterinarios, y tendrá su domicilio social abierto e instalado en la casa marcada con No. 3,delacalleGasparHemández,delsectordePuebloNuevo,deestaciudaddeSanCristóbal,RepublicaDominicana.Los puntos más relevantes del proyecto son: La sociedad se acogerá a lo establecido en el art. 89 y siguiente de la ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales, por tanto la sociedad que actualmente se denominada VETMAX, C. porA., pasara a ser unaSociedaddeResponsabilidadLimitadaparaapartirdelaaprobaciónenasambleaextraordinariodequesetratapasará a llamarse: “VETMAX, S. R. L. “ • La venta y compra de acciones. • Reducción de siete (7) accionistas a dos (2). •Elcapitalsocialseguirásiendoelmismo:DOSCIENTOSCINCUENTAMILPESOSDOMINICANOSCON CEROCENTAVOS(RD$250,000.00),íntegramenteaportadoydivididoenDoscientosCincuenta(250)cuotassociales, con un valor de MIL(RD$1,000.00) pesos cada una. • La empresa será administrada por un gerente, designado al efecto, que permanecerá en sus funciones durante un (1) año y podrá ser reelecto. • La duración de la empresa será indefinida. En San Cristóbal, República Dominica, a los 22-05-2017. Esta resolución fue aprobada a unanimidad de votos. Pablo de Jesús Estévez Herrera , Presidente FC346413

REY INVERSIONES & NEGOCIOS, C. POR A.,

Capital Social Autorizado, Suscrito y Pagado: RD$3,000.000.00 R.N.C. No. 1-30-05653-6 R M Número: 26202SD; Calle Manuel Ubaldo Gómez No. 51-B Villa Juana, Santo Domingo, Distrito Nacional; República Dominicana

AVISO DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD COMERCIAL Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

DR. FORTIN ANTONIO GUZMAN GUZMAN ABOGADO.

De conformidad con lo establecido en la Ley No. 479-08, de fecha 11 de diciembre del 2008, sobre Sociedad ComercialesyEmpresasIndividualesdeResponsabilidadLimitada,sehacedepúblicoconocimientoquelacompañíaREY INVERSIONES & NEGOCIOS, se transformará de una compañía por acciones a una “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, para lo cual; se ha preparado un Proyecto deTransformación Estatutaria, que establece lo siguiente: a) la modificación del nombre de la compañía REYINVERSIONES & NEGOCIOS, C. PORA., por lo siguiente denominación * REYINVERSIONES & NEGOCIOS, S.R.L*; b) la misma estará regida por sus Estatutos Sociales, la Ley No. 47908 y las demás leyes de la República Dominicana; c) la empresa tendrá como objeto social Préstamos Hipotecarios y Prendarios,ComercializaciónyCambiodeChequesyLetrasdeCambio,DocumentosdeValores,MonedasExtranjeras, con apego a la Normas Legales, d) el domicilio de la empresa está ubicado en la Calle Manuel Ubaldo Gómez No. 51-B VillaJuana,SantoDomingo,DistritoNacional,RepúblicaDominicana;e)lacompañíatendráunCapitalSocialdeTRES MILLONES PESOS DOMINICANOS (RD$3,000,000.00.), dividido enTres mil (3000) cuotas sociales con un valor nominal de TRES MIL PESOS DOMINICANOS (RD$1,000.00) cada una, las cuales no podrán estar representadas portítulosnegociables;f)lacompañíaestaráadministradaporunoovariosgerentes,designadosalefecto;g)laduraciónde la empresa será indefinida. Alos fines de conocer y aprobar el referido proyecto, así como el balance financiero especial, el informe del Consejo deAdministración y un informe general, elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad, se convoca a los señores accionistas de la compañía REY INVERSIONES & NEGOCIOS, C. PORA., a laAsamblea General Extraordinaria que se celebrará el día Cinco (5) del mes de Junio del año 2017, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), en su domicilio social. ElProyectodeTransformaciónyModificaciónEstatutariadelacompañía,asícomolosinformeselaboradosestarán a disposición de los accionistas en el domicilio social de la compañía, dentro del plazo previsto. REINALDO ROSARIO INFANTE , Presidente FC346421

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha diecisiete (17) del mes de Abríl del año 2017, la Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia de Divorcio por Mutuo Consentimiento, marcada con el No. 00596-17, cuyo dispositivo dice: FALLA. PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Luis Enrique Espinal Sierra y Alejandra Gonzáles Ventura, en consecuencia Homologa el acto de Estipulación de Divorcio numero 4, instrumentado por ante el Notario Publico del Distrito Nacional el Dr. José Manuel Fortuna Sánchez, en fecha 16/02/2017, transcrito mas arriba en esta sentencia SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de los menores Luis Alejandro, Nicole Alejandra y Eduardo Enrique, a cargo de su madre Alejandra González Ventura, TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada Daisy Miguelina Abreu Urbáez, la cual fue leída íntegramente, Firmada y sellada por ante mí, Rosa Encarnación Ferreras, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día 17 del mes de Mayo del año 2017. El presente divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional en fecha 18/05/2017, del mes de Mayo del año dos mil diecisiete (18-05-2017), inscrito en el libro de divorcio No. 00002, Folio No. 0187, Acta No. 000132. La presente publicación ha sido autorizada por la infrascrita en su calidad de abogada constituida por las partes, hoy día Veinte (20) del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

Procesadora Nacional Agroindustrial, S. A. (Pronaisa), Paraje La Virgen, Sección Dajao, La Victoria, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, R. D. Capital Social Autorizado: RD$10,000,000.00. Capital Suscrito y Pagado: RD$7,280,000.00. Registro Mercantil No. 30402SD. Por medio de la presente se convoca a todos los accionistas de la empresa Procesadora Nacional Agroindustrial, S. A, (Pranaisa), para que concurran a la Asamblea General Ordinaria No Anual que será celebrada el día nueve (9) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), a las once (11:00 A. M.) horas de la mañana, en la calle Danae No. 64, Gazcue de 1a ciudad de Santo Domingo de Guzmán, D. N. La Asamblea en cuestión será celebrada con la finalidad de conocer y resolver sobre los siguientes puntos: 1, Inflarme presentado por el presidente de la compañía de los ejercicios sociales correspondientes a los años del 2004 al 2016, inclusive; 2. Las estados contentivos del balance y las cuentas sociales y determinación de los dividendos, si los hubiere; 3. Informe presentado por el comisario de cuentas correspondiente a los ejercicios sociales del 2004 al 2016, inclusive; 4, Descargo al consejo de administración sobre la gestión realizada, si procediere; 5. Designación de los miembros del consejo de administración y un nuevo comisario de cuentas; 6. Obtención y actualización del Registro Mercantil; 7. Conceder poder especial al consejo de administración, para que proceda a realizar ventas de los inmuebles propiedad de la empresa, específicamente el ubicado dentro del ámbito de la parcela No. 27-Reform-17-B, del D. C. No. 23, sección Dajao de la Provincia Santo Domingo, amparada por el certificado de titulo (Duplicado del Dueño) No. 2001-2642, expedido en fecha 26 de marzo de 2001 por el Registro de títulos del D. N., a favor de la empresa; y, 8. Cualquier otro asunto de interés de la sociedad. Santo Domingo de Guzmán, D. N., a los 17 días del mes de mayo del año 2017. José Ludovino Sánchez Díaz. Presidente. Gustavo Omar Sánchez Díaz. Tesorero. FC346420

FC90187

LICDA. GLADYS ARELIS COTE C. ABOGADA APODERADA


LUNES 22 DE MAYO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el articulo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor CAMILO ANTONIO ROSARIO RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de Jarabacoa, Provincia de La Vega, cedula NO.047-0064195-6; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESUS; cedula de no. 050-0037346-3, con estudio profesional abierto en el NO.2 de la Calle Duvergé Edif. Polanco II Altos de esta ciudad de Jarabacoa, provincia La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora SUGEIRY ALICEA RODRIGUEZ, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle Primera No.60 Hato Viejo, Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 08 del mes de JUNIO del año 2017 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 11 del mes de JULIO del año 2017 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio DE JARABACOA y provincia de La Vega, Republica Dominicana, a los 22 días del mes de mayo del año 2017.

LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESUS Abogada apoderada de la parte Demandante (RC-13391-CEA-22-23-24/05/2017)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones de la Ley número 2153, la cual agrega un párrafo al articulo 22, de la Ley número 1306-Bis, de Divorcio, el señor MIGUEL ANTONIO HERNANDEZ COLON, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0772672-1, domiciliado y residente en el peatón colibrí No. 225, sector los Alcarrizos, Americanos II, Municipio de Santo Domingo Oeste, quien hace elección de domicilio en la oficina de su abogado apoderado, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. JUAN FRANCISCO SANCHEZ CRISOSTOMO, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identificación personal y electoral No. 001-0868512-4, Matricula de Abogados Nos. 35850-435-07, respectivamente; con estudio profesional abierto en común en la Ave. Prolongación 27 de Febrero No.328, esq. calle México, 2do. Piso, Local 10-B, Centro Comercial Plaza Hazary, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, de esta ciudad; con teléfono No. (809) 597-5562, le advierte a su legitima esposa, señora MARIATHERESA CANALES, cuyo último domicilio conocido fue en la Al peatón 10, esquina peatón 5, numero 204, sector los Alcarrizos, Americanos II, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana,, que a falta de información sobre su domicilio y residencia se procederá a emplazarla en Demanda en Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, el día VIERNES que contaremos a VENTE Y SEIS (26) del mes de MAYO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), por ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Santo Domingo Oeste, para que comparezca en la forma que determina la ley, el día MIERCOLES que contaremos a VEINTIUNO (21) del mes de JUNIO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (9:00 A.M.) por ante la TERCERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, el cual celebra sus audiencias en el Tercer Nivel del edificio ubicado en la Avenidas Las Palmas, No. 52, esquina Calle 3ra., Sector Reparto Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, a la audiencia de Divorcio que celebrará dicha sala en sus atribuciones civiles. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

DR. JUAN FRANCISCO SANCHEZ CRISOSTOMO ABOGADO-APODERADO

FC346417

Para dar cumplimiento al dispositivo del artículo 42 de la Ley 1306-bis, de divorcio se hace de público conocimiento que LA SEPTIMA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, en sus atribuciones civiles, dictó una sentencia civil no. 1420-16 de fecha tres (03) del mes de octubre del año 2016, cuyo dispositivo copiado textualmente es como sigue: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores DANIEL CABRERA MARTE y JENNY RIVAS, por no haber sido hecha de acuerdo la ley. SEGUNDO: en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos. En consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores DANIEL CABRERA MARTE y JENNY RIVAS, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 2, instrumentado en fecha 6 de febrero del 2016, por ante el Dr. FELIPE GARCÍA HERNÁNDEZ, notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente, pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma, PEDRO MARCIAL RAMÍREZ Salce, juez. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramirez Salce, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La sentencia antes mencionada fue pronunciada el día doce (12) del mes de Diciembre del año 2016, por el Oficial de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, inscribiendo al misma en el libro de Registro de divorcios No. 00023, Folio 0093, bajo el Acta No. 002205, de fecha año 2016, según sentencia Civil No. 1420-16, de fecha 03 del mes de octubre del año 2016, la cual fue leída en Audiencia Pública. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

DR. FORTIN ANTONIO GUZMAN GUZMAN ABOGADO.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha diecisiete (17) del mes de Abríl del año 2017, la Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia de Divorcio por Mutuo Consentimiento, marcada con el No. 00596-17, cuyo dispositivo dice: FALLA. PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Luis Enrique Espinal Sierra y Alejandra Gonzáles Ventura, en consecuencia Homologa el acto de Estipulación de Divorcio numero 4, instrumentado por ante el Notario Publico del Distrito Nacional el Dr. José Manuel Fortuna Sánchez, en fecha 16/02/2017, transcrito mas arriba en esta sentencia SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de los menores Luis Alejandro, Nicole Alejandra y Eduardo Enrique, a cargo de su madre Alejandra González Ventura, TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada Daisy Miguelina Abreu Urbáez, la cual fue leída íntegramente, Firmada y sellada por ante mí, Rosa Encarnación Ferreras, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día 17 del mes de Mayo del año 2017. El presente divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional en fecha 18/05/2017, del mes de Mayo del año dos mil diecisiete (18-05-2017), inscrito en el libro de divorcio No. 00002, Folio No. 0187, Acta No. 000132. La presente publicación ha sido autorizada por la infrascrita en su calidad de abogada constituida por las partes, hoy día Veinte (20) del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).

FC90187

Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No.13-601-3400018253 de la Asociación La Nacional De Ahorros y Préstamos, de fecha 05/10/2012 por valor de RD$202,000.00 a nombre de: WILSON ANTONIO GREEN GREEN, cédula: 001-0883451-6. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC345792

AVISO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 5000340878-0 emitido por el BANCO MULTIPLE BDI, S. A., a favor de LUCINIA SANCHEZ PEREZ O MARIA YSABEL MONESTINA SANCHEZ, por un valor facial original de: OCHENTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 00/100 (US$85,000.00). FP 900023

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 242000065 fecha de apertura 21 de mayo del año 2014, expedido por valor de RD$35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), emitido por SCOTIABANK a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

ROSALIND COLLADO NUÑEZ, Depositante.

(MDC-AC-11089-WP-01-08-15-22/05/2017)

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

LICDA. GLADYS ARELIS COTE C. ABOGADA APODERADA

LEGAL 13

AVISO DE ADECUACIÓN DE ESTATUTOS Mediante RESOLUCIÓN Núm. 030ONG-2017 Licda. Celeste Reyes Lara, Procuradora General de de corte Apelación, Titular de la Procuraduría Regional de San Cristóbal, en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley No. 133-11, Ley Orgánica del Ministerio Público, Ley Orgánica del Ministerio Público, de fecha 9 de junio de 2011, asistido de la infrascrita Secretaria. POR CUANTO: En fecha 8 de abril del 2005, fue promulgada la Ley No. 122-05, para la Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro de la República Dominicana. Que derogó la Orden Ejecutiva No. 520 del 26 de julio del 1920, que regía tales asociaciones sin fines lucrativos. PRIMERO: Se concede el beneficio cíe Modificación de Estatutos y adecuación conforme a la Ley 122-05, a la siguiente Organización Sin Fines de Lucro. INSTITUTO PEDAGÓGICO DOMINICANO INC.; con su Domicilio en la Calle General Cabral No. 110, Esquina Sánchez, San Cristóbal, República Dominicana. VISTO: los Estatutos de la INSTITUTO PEDAGÓGICO DOMINICANO INC.; incorporada mediante decreto No. 337-00, de fecha 26 de julio del año 2000, dado por el Presidente de la República, 1a cual solicita la modificación estatutaria conforme a la 122-05, Sobre Asociaciones Sin Fines de Lucro: JULIO RUIZ, Director Ejecutivo. FC346412

PUBLICACIÓN Se hace de conocimiento general y de conformidad al Art.08 de la Ley 1024, sobre bien de familia del 24 de octubre del año 1928, Modificada por la ley 5610 del 25 de agosto de 1962, lo siguiente: PRIMERO: que los señores AURA GABRIELA MIRANDA DIAZ y EDUARDO JOSÉ MIRANDA DIAZ, ambos dominicanos, mayores de edad, hermanos, portadores de la Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 402-2790826-2 y 402-2791975-6, respectivamente, domiciliados y residentes en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, no siendo Administradores judiciales, ni empleados públicos han hecho por ante mí el LICDO. LUIS RAMON FILPO CABRAL, Notario Público de los números del Distrito Nacional, Matricula 5031, con estudio profesional abierto en la Avenida Pasteur esquina Santiago, Plaza Jardines de Gazcue, suite 312, sector Gazcue, en Santo Domingo, Distrito Nacional, mediante el Acto Auténtico número 05-2017, de fecha 19 de Enero del año 2017, la declaración del Bien de Familia, Inembargable e Inajenable, de conformidad con las indicadas Leyes, a favor de los propios declarantes AURA GABRIELA MIRANDA DIAZ y EDUARDO JOSÉ MIRANDA DIAZ, respectivamente, sobre el bien de inmueble que se describe a continuación: Unidad Funcional F-04, identificada como 309491345205 : F-04, matrícula No. 0100024508, del condominio RESIDENCIAL VINSA I, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 7.08% y 1 voto en la asamblea de condomines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP01-04-006, del bloque 01, ubicado en el nivel 04, destinado a Apartamento, con una superficie de 90.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-05-006 , del bloque 01, ubicado en el nivel 05, destinado a Apartamento, con una superficie de 30.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como 00-01-022, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.25 metros cuadrados y un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-05-006, del bloque 01, ubicado en el nivel 05, destinado a Terraza, con una superficie de 50.00 metros cuadrados. SEGUNDO: Que una vez expirado el plazo de tres meses a contar del primer aviso y cumplida con las exigencias que dispone el arto 8 de la Ley 1024, modificada por la Ley 5610 del 25 de agosto de 1962, el ACTO CONSTITUTIVO DE BIEN DE FAMILIA, con todas las piezas justificadas, será sometido por el abogado autorizado por ante la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en una de sus Salas para Asuntos de Familia, con la Solicitud de HOMOLOGACIÓN de acuerdo con la precitada Ley. En Santo Domingo, Distrito Nacional a los 28 días del mes de febrero del presente año dos mil diecisiete (2017). FC 343190

VETMAX, C. por A Calle Gaspar Hernández No. 3, Pueblo Nuevo, San Cristóbal, República Dominicana Teléfono: 809-528-7210 RNC: 130237174 Registro Mercantil No. 777-S.C. Capital Social Autorizado: RD$250,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$250,000.00 Cantidad Acciones Emitidas: 250 Valor Por Acciones: RD$1,000.00 Cantidad De Socios: 7 AVISO PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Deacuerdoaloestablecidoporlaley479-08del11dediciembredel2008sobreSociedadesComercialesyEmpresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general que ha sido convocada laAsamblea General ExtraordinariadelasociedadVETMAX,C.porA.paraeldíaDos(2)delmesdeJuniodelañoDosMilDiecisiete(2017), a las cuatro hora de la tarde (4:00 P.M.), en el domicilio social de la empresa, a los fines de conocer de la transformación de la misma, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). La misma tendrá como objeto social mercadeo de todo tipos de medicamentos y equipos veterinarios, y tendrá su domicilio social abierto e instalado en la casa marcada con No. 3,delacalleGasparHemández,delsectordePuebloNuevo,deestaciudaddeSanCristóbal,RepublicaDominicana.Los puntos más relevantes del proyecto son: La sociedad se acogerá a lo establecido en el art. 89 y siguiente de la ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales, por tanto la sociedad que actualmente se denominada VETMAX, C. porA., pasara a ser unaSociedaddeResponsabilidadLimitadaparaapartirdelaaprobaciónenasambleaextraordinariodequesetratapasará a llamarse: “VETMAX, S. R. L. “ • La venta y compra de acciones. • Reducción de siete (7) accionistas a dos (2). •Elcapitalsocialseguirásiendoelmismo:DOSCIENTOSCINCUENTAMILPESOSDOMINICANOSCON CEROCENTAVOS(RD$250,000.00),íntegramenteaportadoydivididoenDoscientosCincuenta(250)cuotassociales, con un valor de MIL(RD$1,000.00) pesos cada una. • La empresa será administrada por un gerente, designado al efecto, que permanecerá en sus funciones durante un (1) año y podrá ser reelecto. • La duración de la empresa será indefinida. En San Cristóbal, República Dominica, a los 22-05-2017. Esta resolución fue aprobada a unanimidad de votos. Pablo de Jesús Estévez Herrera , Presidente FC346413

REY INVERSIONES & NEGOCIOS, C. POR A.,

Capital Social Autorizado, Suscrito y Pagado: RD$3,000.000.00 R.N.C. No. 1-30-05653-6 R M Número: 26202SD; Calle Manuel Ubaldo Gómez No. 51-B Villa Juana, Santo Domingo, Distrito Nacional; República Dominicana

AVISO DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD COMERCIAL Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA De conformidad con lo establecido en la Ley No. 479-08, de fecha 11 de diciembre del 2008, sobre Sociedad ComercialesyEmpresasIndividualesdeResponsabilidadLimitada,sehacedepúblicoconocimientoquelacompañíaREY INVERSIONES & NEGOCIOS, se transformará de una compañía por acciones a una “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, para lo cual; se ha preparado un Proyecto deTransformación Estatutaria, que establece lo siguiente: a) la modificación del nombre de la compañía REYINVERSIONES & NEGOCIOS, C. PORA., por lo siguiente denominación * REYINVERSIONES & NEGOCIOS, S.R.L*; b) la misma estará regida por sus Estatutos Sociales, la Ley No. 47908 y las demás leyes de la República Dominicana; c) la empresa tendrá como objeto social Préstamos Hipotecarios y Prendarios,ComercializaciónyCambiodeChequesyLetrasdeCambio,DocumentosdeValores,MonedasExtranjeras, con apego a la Normas Legales, d) el domicilio de la empresa está ubicado en la Calle Manuel Ubaldo Gómez No. 51-B VillaJuana,SantoDomingo,DistritoNacional,RepúblicaDominicana;e)lacompañíatendráunCapitalSocialdeTRES MILLONES PESOS DOMINICANOS (RD$3,000,000.00.), dividido enTres mil (3000) cuotas sociales con un valor nominal de TRES MIL PESOS DOMINICANOS (RD$1,000.00) cada una, las cuales no podrán estar representadas portítulosnegociables;f)lacompañíaestaráadministradaporunoovariosgerentes,designadosalefecto;g)laduraciónde la empresa será indefinida. Alos fines de conocer y aprobar el referido proyecto, así como el balance financiero especial, el informe del Consejo deAdministración y un informe general, elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad, se convoca a los señores accionistas de la compañía REY INVERSIONES & NEGOCIOS, C. PORA., a laAsamblea General Extraordinaria que se celebrará el día Cinco (5) del mes de Junio del año 2017, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), en su domicilio social. ElProyectodeTransformaciónyModificaciónEstatutariadelacompañía,asícomolosinformeselaboradosestarán a disposición de los accionistas en el domicilio social de la compañía, dentro del plazo previsto. REINALDO ROSARIO INFANTE , Presidente FC346421

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. Procesadora Nacional Agroindustrial, S. A. (Pronaisa), Paraje La Virgen, Sección Dajao, La Victoria, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, R. D. Capital Social Autorizado: RD$10,000,000.00. Capital Suscrito y Pagado: RD$7,280,000.00. Registro Mercantil No. 30402SD. Por medio de la presente se convoca a todos los accionistas de la empresa Procesadora Nacional Agroindustrial, S. A, (Pranaisa), para que concurran a la Asamblea General Ordinaria No Anual que será celebrada el día nueve (9) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), a las once (11:00 A. M.) horas de la mañana, en la calle Danae No. 64, Gazcue de 1a ciudad de Santo Domingo de Guzmán, D. N. La Asamblea en cuestión será celebrada con la finalidad de conocer y resolver sobre los siguientes puntos: 1, Inflarme presentado por el presidente de la compañía de los ejercicios sociales correspondientes a los años del 2004 al 2016, inclusive; 2. Las estados contentivos del balance y las cuentas sociales y determinación de los dividendos, si los hubiere; 3. Informe presentado por el comisario de cuentas correspondiente a los ejercicios sociales del 2004 al 2016, inclusive; 4, Descargo al consejo de administración sobre la gestión realizada, si procediere; 5. Designación de los miembros del consejo de administración y un nuevo comisario de cuentas; 6. Obtención y actualización del Registro Mercantil; 7. Conceder poder especial al consejo de administración, para que proceda a realizar ventas de los inmuebles propiedad de la empresa, específicamente el ubicado dentro del ámbito de la parcela No. 27-Reform-17-B, del D. C. No. 23, sección Dajao de la Provincia Santo Domingo, amparada por el certificado de titulo (Duplicado del Dueño) No. 2001-2642, expedido en fecha 26 de marzo de 2001 por el Registro de títulos del D. N., a favor de la empresa; y, 8. Cualquier otro asunto de interés de la sociedad. Santo Domingo de Guzmán, D. N., a los 17 días del mes de mayo del año 2017. José Ludovino Sánchez Díaz. Presidente. Gustavo Omar Sánchez Díaz. Tesorero. FC346420


LUNES 22 DE MAYO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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MOPC lleva jornada social a zonas afectaron lluvias SC

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO De conformidad con el Art. 92 de la Ley de Registro Inmobiliario; Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 1200008525 (Duplicado del Título) que ampara el inmueble que se describe a continuación: “Parcela No. 1-A, del Distrito Catastral no. 16, del municipio Bayaguana, Monte Plata, con una extensión superficial de 121,249.00 Metros Cuadrados, propiedad de MARIO AUGUSTO VOLCY ORTIZ, cédula no. 0010034699-8 y FATIMA ABSARA URBAEZ OLIVERO DE VOLCY, cédula 001-0780108-0. La presente publicación se hace para fines de ley correspondientes. FC346385

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Obras Públicas (MOPC) trasladó su jornada social a los municipios de Cambita Garabitos y Los Cacaos, San Cristóbal, donde se fumigaron 30,891 viviendas. Asimismo, durante la jornada 2,709 personas recibieron atenciones médico- odontológicas y se entregaron 92 mil galones de agua potable, a los fines de prevenir enfermedades así como la propagación del mosquito transmisor del dengue, zika y chikungunya . El coronel Jacobo Mateo Moquete, relacionista de la Comisión Militar y Policial, precisó que las actividades se realizaron jueves, viernes y sábado y que entre los sitios visitados en Cambita Garabitos estuvieron : Mucha Agua, Mano Matuey ,

Los Cacaos, Calderón, Los Guineos, entre otras comunidades donde el río Yubazo causó muchos daños . Agregó que el ministro Gonzalo Castillo, atendiendo a lo dispuesto por el presidente Danilo Medina, enviará los profesionales y técnicos del ministerio a realizar la Jornada Social en los lugares más afectados por las lluvias, donde también se entregan mosquiteros, repelentes, cloro, medicamentos, entre otras cosas. La nota recuerda que el general Estanislao Gonell Regalado, director de la Comisión Militar y Policial, tiene a su cargo las coordinaciones con el ministerio de Salud Pública en las jornadas que semanalmente se realizan en distintos puntos del país.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el CERTIFICADO FINANCIERO No. 736872, expedido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA –BANRESERVAS- en fecha 30/8/16, a favor de las señoras MARIA DEL ROSARIO CABRERA DE UREÑA y ZAIDA MARIA BRUNILDA UREÑA CABRERA, por la suma de RD$6,200,000.00. FC346415 Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el CERTIFICADO FINANCIERO No. 798548079, expedido por el BANCO POPULAR DOMINICANO en fecha 2/9/2016, a favor de las señoras MARIA DEL ROSARIO CABRERA DE UREÑA y ZAIDA MARIA BRUNILDA UREÑA CABRERA, por la suma de RD$1,000,000.00. FC346416

De conformidad con el Art. 92 de la Ley de Registro Inmobiliario; Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 1200008525 (Duplicado del Título) que ampara el inmueble que se describe a continuación: “Parcela No. 1-A, del Distrito Catastral no. 16, del municipio Bayaguana, Monte Plata, con una extensión superficial de 121,249.00 Metros Cuadrados, propiedad de MARIO AUGUSTO VOLCY ORTIZ, cédula no. 001-0034699-8. La presente publicación se hace para fines de ley correspondientes. FC346385

Se Hace De Publico Conocimiento Que Se Ha Extraviado El Certificado De Deposito No. 783804982 Expedido Por El Banco Popular Dominicano En Fecha 13 De Enero 2014, Por Valor De Ciento Quince Mil Sesenta Y Cinco Con 33/100 (RD$ 115,065.33) A Favor De ASESORES TECNICOS EMPRESARIALES, S.R.L. RNC NO. 101881692. FC346410 AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley de Registro Inmobiliario y del artículo 86 del reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo No. 25, (Duplicado del Dueño), que ampara el derecho de propiedad de la parcela no. 533, del Distrito Catastral No. 11, del Municipio de Licey, Provincia Santiago, con una extensión superficial de 15,099.75 metros cuadrados, propiedad de PEDRO SALVADOR MARIA

LIC. MARIA VICTORIA GOMEZ GARCIA TEL: 809-247-3551 829-207-5216

AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento a las disposiciones del artículo 5, párrafos I, II, III, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la resolución No. 357-2017, el Procurador General de la Corte de Apelación de San Juan, en fecha 9 de Mayo del año 2017, otorgó el beneficio de incorporación a la Confraternidad de Pastores e Iglesias Evangélicas de Comendador (CONFRAPIEVANCO), con domicilio en la calle principal del Municipio de Comendador. Esta institución tiene como objetivo alcanzar a todos los habitantes del Municipio de Comendador, a través del evangelio de nuestro Señor y Salvador Jesucristo expandiéndose en la Provincia de Elías Piña, Republica Dominicana y el resto del mundo. Dado en Comendador a los 19 días del mes de Mayo del año 2017.

Gustavo Fco. Berroa Alcántara Presidente

PÉRDIDA DE CHAPA: marca Kia, modelo K5, año 2012, color blanco, placa y registro A714509, chasis KNAGN418BCA198376, a nombre de YANCARLOS BATISTA UREÑA. FP90155

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Honda, modelo C50, año 1984, color verde, placa y registro K0384059, chasis C503045574, a nombre de MÁXIMO DE LA CRUZ HEREDIA. FP90170

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Toyota, modelo Hi Lux, año 1986, color rojo, placa y registro L062583, chasis JT4RN55R1G0105050, a nombre SOREL BREVIL, de cédula/pasaporte/RNC: 5-32-93461-4. Fp346352

PÉRDIDA DE CHAPA: de camioneta, marca Toyota, modelo KUN26 LPRPSYG, año 2006, color verde, placa y registro L216407, chasis 8AJFZ29G506016931, a nombre de DENY JIMENEZ ROSARIO. FP90171

PÉDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, color azul, año 2010, placa y registro N565867, chasis LC6PAGA18A0805236, a nombre de CORCINO ROSARIO, cédula 1360001263-0. FC346361

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, placa L173701, color blanco, chasis S100P081141, tipo carga, año 1999, propiedad de URBANO SIERRA, cédula 078-00033909. FI 12187

PÉRDIDA DE PLACA: de moto, marca Honda, modelo C70, color azul, año 1984, placa y registro NIZ697, chasis C708650115, a nombre de EVARISTO CUEVAS CUEVAS.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marcaToyota, modelo Corolla DX, año 1995, color dorado, chasis No. 2T1AE09B1SC101759, placa No. A161174, a nombre de: RAMONAYUDELKA GOMEZ RODRIGUEZ DE QUIST. FP 90164

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Yamaha, modelo JOG 50, color negro, año 1994, placa y registro N9101605, chasis 3KJ7701990, a nombre de YANEYRA HIDALGO VÁSQUEZ, cédula 081-0009442-7. FC346362

PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca X-1000, modelo CG150, año 2014, color rojo, placa K0637491, chasis TBL15P100EHJ56891, a nombre de FRANKLIN DE LOS SANTOS MARTINEZ, cédula 001-0656124-4. FP 90179

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2015, placa y registro A642494, chasis MALA751ABFM056628, a nombre de KEILA JULIETA MONTAS ENCARNACIÓN, cédula 001-1651391-2. FC346370

PÉRDIDA DE PLACA: de volteo, marca Hyundai, modelo H250, color blanco, año 1999, placa y registro S007803, chasis KMCGB17FPWC132517, a nombre de JUAN UREÑA HERNANDEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Land Rover, modelo Range, color verde, año 1998, placa y registro G122167, chasis SALPV1446WA398491, a nombre de LINDIANA FRANCISCA SANTANA URBAEZ DE RODRIGUEZ.

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta, Marca X-1000, modelo CG150 (AL), año 2014, color blanco, placa N9098632, chasis TBL15P100DHM41623, a nombre de ANDRES PEÑA PERALTA , CED.034-00525360. (RO-13390-CM-22-23-24/05/2017)

PÉRDIDA DE PLACA: Marca Chevrolet, año 2011, color blanco, placa y registro G365076, chasis 1GNKVGEDDXBJ175486, a nombre de JUAN MODESTO DE JESÚS GÓMEZ BELLO. FC34

PERDIDA DE PLACA: Automóvil privado, Marca Toyota, modelo Corolla DX, año 1996, color verde, placa A108078, chasis 1NXBB02EXTZ381182, a nombre de ALTAGRACIA GARCIA SALAZAR, CED.056-0102426-7. (RO-13392-CM-22-23-24/05/2017)

PERDIDA DE PLACA: Vehículo jeep, marca Hyundai, modelo Tucson, año 2013, color blanco, placa y registro No. G284953, chasis KMHJT81BBDU559978, propiedad de SARAH JOSEFINA GUZMAN HENRIQUEZ, cédula 001-1227000-4. FC 346337

PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado, Marca Honda, modelo Accord, año 2005, color dorado, placa A560920, chasis 3HGCM56415G703071, a nombre de JUAN RODRIGUEZ ABREU, CED. 047-0149920-6. (JV-AC-11200-CM)

FP90186

Nota de Prensa Mediante de resolución No. 032ong-2017 la procuraduría regional de corte apelación del departamento Judicial de San Cristóbal concedió el beneficio de modificación de estatutos y adecuación a la Fundación Pro-Desarrollo de la Niñez de Hatillo INC, que tiene su domicilio en la C/ Osvaldo Bazil No. 21 Distrito Municipal de Hatillo, San Cristóbal , Republica Dominicana, siendo sus máximos representantes la estudiante universitaria Marxel Arias presidenta y el dirigente deportivo Eduardo Sosa secretario de finanzas.

Atentamente Marxel Arias Rosario Presidenta Eduardo Mariano Sosa Secretario de Finanzas FC346474


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