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Legales

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SABADO 12 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AVISOS LEGALES A QUIEN PUEDA INTERESAR

AVISO DE MENSURA

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

Por medio de la presente se hace de público conocimiento que la sociedad comercial TRAVELSHOP NEX, S.R.L. con registro nacional de contribuyente RNC No.1-31-48117-5, da constancia de haber depositado por ante el Ministerio de Turismo en fecha Ocho (8) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), los documentos requeridos para la obtención de la Licencia de Operación como AGENCIA DE VIAJES RESERVACIONES Y PASAJES, con domicilio Social ubicado en la Calle Rómulo Betancourt, No.51, Edificio D’Colombina, Local No.204, Mirador Norte, Santo Domingo.

Se avisa al público en general: Que en cumplimiento del Artículo 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se les comunica que el día 19 de mayo del 2018, a las 4:00 P.M., se dará inicio a los trabajos de campo de Deslinde en la Parcela No. 38, del D.C. No. 4, del Distrito Nacional, por un área 518.16 M2, Expediente No. 6632001800739, propiedad del ANA FRANCISCA DURAN FAJARDO. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés sobre el inmueble que deben comunicarlo al agrimensor contratista el día de la mensura, o a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.

Se hace de público conocimiento que en fecha JUEVES 24-5-2018, a las 09:00 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 639 del D.C. No.07, en el Municipio Baní, Provincia Peravia, a petición de: MANUEL ANDRES TEJEDA TEJEDA. Expediente 6642018023958. Fecha 23/04/2018.

LIC. MARIEL BOTTIER DE REYES, GERENTE de TRAVELSHOP NEX, S.R.L.

AGRIM. JOSE BIENVENIDO RUIZ MARIA, Codia No. 20774. Teléfono: 829-569-4034.

AGRIM. JHONNY DE JESUS SALDAÑA HERNANDEZ, Agrimensor – Contratista. Codia No. 28868.

AVISO DE ESTADO CIVIL DE SOLTERIA

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de conocimiento público que el Sr. FRANCISCO. ORLANDO ALBERTO HERRERA PEGUERO, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral No. 0010127693-9, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, D. N., en la calle Proyecto No. 10, del Sector El Portal, realizó una Declaración Jurada de Soltería, por ante el DR. ALEJANDRO DEBES YAMIN, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en fecha cuatro (4) de Mayo del dos mil dieciocho (2018); dicha Declaración de Soltería fue efectuada con el fin de realizar la Rectificación del Estado Civil de casado que aparece en la Constancia Anotada Matrícula No. 3000073595, que ampara una porción de terreno con una extensión de 31,442.44 metros cuadrados dentro de la Parcela 3849, del D. C. 7 de Santa Bárbara de Samaná, cuyo titular es el declarante.

Para general conocimiento, se hace saber que, en virtud del artículo No. 617 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, en fecha lunes Catorce (14) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 09:30 A. M. (Nueve horas Treinta Minutos de la mañana), será subastado al mejor postor y último subastador en el mercado público del municipio de Cotuí, sito en la calle María Trinidad Sánchez, el siguiente bien mueble: Un vehículo de motor, tipo carga, marca Toyota, modelo Tacoma, año 2004, color Gris, placa No.L268054, Chasis No. 5TEVL52N64Z306791, el cual le fue embargado al señor EUFEMIO ANTONIO JIMENEZ NÚÑEZ, en virtud del acto Auténtico mandamiento de pago tendente a embargo ejecutivo marcado con el No.91/18 de fecha 10 de Marzo del año 2018 del ministerial YNOCENCIO OLACIO, alguacil ordinario de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de La Vega.

FC357658

FC 357743

ADOLFO ELPIDIO CRUZ RODRÍGUEZ PERSIGUIENTE FC357763

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

En virtud de la Autorización, de fecha 08/05/2018. Se hace de público conocimiento que el día 25/05/2018, a las 08:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.534-8, Del D. C. No.8, del Municipio de Sabana Yegua, Provincia de Azua. Exp. No.6642018027287, propiedad del SR. JOSE NOVA MENDEZ.

Se hace de público conocimiento que el día 23 de Mayo del 2018, a las 3:00 p.m., se darán inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE dentro del ámbito P. No. 17-A, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio y Provincia San Cristóbal, con una extensión superficial de (265.24 mts2), ubicado en el Sector Lava Pies, Identificado como Expediente No. 6642018028348, a petición de la Sra. MARTA SÁNCHEZ HERNANDEZ, representada por ALVINCULA LAPAIX.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019

AGRIM. SANDRA BIBIECA ALCÁNTARA Codia 36447 Tel. 829-858-1817

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

PUBLICACION DE DIVORCIO

En virtud de la Autorización, de fecha 08/05/2018. Se hace de público conocimiento que el día 25/05/2018, a las 09:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.31-REF., Del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.6642018027317, propiedad de los SRES. ARACELIS LARA CESPEDES Y BERNARDINO LARA CESPEDES.

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 16/04/2018, Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No. 00274-18, sobre el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre el Sr. JOSE GUILLERMO PEGUERO SANCHEZ y la Sra. STEFFY ESMIRNA DIAZ VELOZ, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 1RA. Circunscripción del Estado Civil del Distrito Nacional, según consta en el Libro No. 00010: Acta No. 000761. Folio No. 0133, el día Veintisiete (27) de Abril del año 2018.

FC357756

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019

LIC. JUAN DARIO MONTALVO Abogado

FC357756

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE EXPEDIENTE No. 662201802584

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En virtud de la Autorización, de fecha 08/05/2018. Se hace de público conocimiento que el día 25/05/2018, a las 10:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.31-REF., Del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.6642018027309, propiedad de los SRES. FRANK LUIS MATOS RODRIGUEZ Y ALIXANDRA BIENVENIDA MEDRANO TEJEDA.

VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 13 de marzo del 2018, a petición del Sr. Juan Zapete Aragonés. Se avisa al público en general, Que el día 23 de mayo del 2018, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la parcela No. 25, del D.C. No. 5, del municipio de Sosua, provincia Puerto Plata, Ubicada en la calle principal de Cabarete.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019

Agrim. Miguel Santo Delance Ureña Codia 23375

FC357756

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201709497

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En virtud de la Autorización, de fecha 25/04/2018. Se hace de público conocimiento que el día 18/05/2018, a las 09:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.534-C, Del D. C. No.8, del Municipio de Sabana Yegua, Provincia de Azua. Exp. No.6642018024679, propiedad del SR. LUIS SANTIAGO ECHAVARRIA ALMONTE.

VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 13 de noviembre del 2017, a petición de la Sra. Evelyn Josefina Fernández. Se avisa al público en general, Que el día 21 de mayo del 2018, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la parcela No. 48, del D.C. No. 8, del municipio de Santiago, provincia Santiago, Ubicada en la calle Manolo Tavares Justo No. 15, Barrio Obrero.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019

Agrim. Miguel Santo Delance Ureña Codia 23375

FC357756

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En virtud de la Autorización, de fecha 25/04/2018. Se hace de público conocimiento que el día 18/05/2018, a las 08:00 a.m., se realizara el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.5378-29, Del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.6642018024709. propiedad de los SRES. ANGEL DANILO PUJOLS LOPEZ Y ALTAGRACIA MARIANELA PUJOLS.

Se hace de público conocimiento que el día 23 de mayo del 2018, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito del Solar No. 14, manzana 776, del Distrito Catastral No. 01, ubicado en la Calle Oviedo No. 173, Villa Consuelo, Distrito Nacional, a requerimiento del SR. PADWIN MIGUEL ALFONSECA SUZAÑA, debidamente representado por el SR. JACINTO DE JESUS REYES VENTURA mediante Autorización de Expediente No. 663201801955, de fecha 01 de Mayo del año 2018, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Central.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE CODIA -10019 FC357756

AGRIM. SONY ALBERTO ACOSTA CASTRO, Codia 12559. FC 357725

En cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 86 literal B del Reglamento General de Registros de Títulos, contemplado en la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, el señor Juan Pablo Núñez Rodríguez, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0310328656-7, en su calidad de Primer Gerente de la Empresa Agropecuaria Juan Pablo Núñez, S.R.L., RNC No. 1-30-15682-4, y actuando en nombre y representación de la misma, hace de público conocimiento la perdida del Certificado de Titulo, matriculado bajo el No.0200032156, emitido por Registro de Títulos de Santiago en fecha 16 de Diciembre del 2009, que avala el inmueble identificado como Parcela 18-D-007.3230-3232, del Distrito Catastral No.2, que tiene una superficie de 44,945.80 metros cuadrados, el cual está a nombre de la Empresa Agropecuaria Juan Pablo Núñez, S.R.L., RNC No. 1-30-15682-9. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Dieciocho (2018).

JUAN PABLO NUÑEZ RODRIGUEZ PRIMER GENRENTE DE LA AGROPECUARIA JUAN PABLO NÚÑEZ, S.R.L.

AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO Se hace de público conocimiento, que el día miércoles dieciséis (16) del mes de Mayo del año Dos Mil dieciocho (2018) a las 10:00 a.m. horas de la mañana, en el mercado público de esta ciudad de Azua de Compostela, ubicado en la calle Dr. Armando Aybar, Miguel A. Garrido, Santomé y Hernán Cortés, de esta misma ciudad de Azua, se procederá a la VENTA EN PÚBLICA SUBASTA al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, del siguiente vehículo de motor: Una camioneta, Marca TOYOTA, Modelo TACOMA, Año 2004, Placa No. L268824, Color ROJO, Chasis 5TEGN92NX4Z347502, cuyo precio de la primera puja es RD$150,000.00 pesos, más las costas del procedimiento. Esta camioneta ha sido embargada a NARCISO MESA, a requerimiento y persecución de ANTONI LEMOS, Mediante acto de embargo ejecutivo No. 23/2018 de fecha 02/05/2018, de los del protocolo del LICDO. HECTOR ANTONIO MENDEZ GOMEZ, Notario Público de los del número del municipio de Azua, Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la ley, el vehículo a subastar debe ser pagado al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Vendutero Público, o quien haga sus veces. En la ciudad de Azua de Compostela, República Dominicana, hoy, día diez (10) del mes de Mayo del año 2018.

LICDA. MARÍA DEL CARMEN DE LOS SANTOS CASTILLO Por sí y por el LICDO. CLAUDIO ESTEBI JIMENEZ CASTILLO Abogados del Persiguiente FC357755

AVISO SOBRE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Conforme a la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y al Artículo 86 y siguientes del Reglamento General de Registros de Títulos, se hace pública, la pérdida de la Constancia de Venta Anotada en el Certificado de Título No. 66-999, expedida por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, a nombre de SARA CONCEPCION BAEZ MEJIA, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0101310-0 y VICTOR RAFAEL NICOLAS ARBAJE, Cédula de Identidad y Electoral 001-0100200-4, relativa al Apartamento No. 5-A-E, quinta planta, con una superficie de 172.53 metros cuadrados, edificado dentro del ámbito de la Parcela No. 122-A-1-A, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional.

SARA CONCEPCION BAEZ MEJIA Fc357765


SABADO 12 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento que en fecha JUEVES 24-5-2018, a las 11:00 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 06 del D.C. No.05, en el Municipio Bani, Provincia Peravia, a petición de: MANUEL ANDRES TEJEDA TEJEDA. Expediente 6642018025160. Fecha 26/04/2018.

AGRIM. JHONNY DE JESUS SALDAÑA HERNANDEZ, Agrimensor – Contratista. Codia No. 28868.

LEGAL 11

INSTITUTO AGRARIO DOMINICANO (IAD) PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el artículo No. 92, párrafo III, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario de fecha 23 de marzo del año 2005 y el artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, que complementa la referida ley, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 3000128250, correspondiente a una porción de terreno con una extensión superticial de 648,761.90 Mts.2, dentro del ámbito de la parcela 23-PRO, Distrito Catastral No. 17, de Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, a nombre del Instituto Agrario Dominicano, registrado en el libro 0405, folio No. 186.

AVISO DE MENSURAS LA DESLINDE

LICDA. JOSEFINA LUNA. FC 357736

Exp. No. 663201802279, de fecha 10 de mes de mayo de 2018 se hace de público conocimiento que el día domingo que contaremos a (20) del mes de mayo del año dos mil (2018) a las 9:00 a.m., horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de Mensura para deslinde dentro del inmueble identificado parcela No. 110- Ref.-780-A, del Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional, a petición del señor GENARO DE LA ORTIZ BRITO.

Agrim. Jaime de los Santos de la Cruz, Codia No. 6881. FC 357739

AVISO DE MENSURA Exp. No. 6642018027880 de fecha 10 Mayo 2018. Se hace de Público Conocimiento que el día 16 de Mayo 2018 a la 9:00 am de la Mañana se Procederá a realizar los Trabajos de Mensura para Deslinde sobre el inmueble identificado como: Parcela No. 4999 del Distrito Catastral No: 04 del Municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona; propietaria: por sí y en representación; Adelaida Dotel López y compartes.

PÉRDIDA DE DUPLICADO DEL DUEÑO

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO

Certificado de Título Matrícula No. 0100264481, que acredita el derecho de propiedad sobre un parqueo identificado como SP-00-M1-017, del Condominio Residencial GD3, identificado como 400402315508:1, ubicado en Distrito Nacional, a favor de María Alexandra Mejía Disla; la presente publicación es realizada en cumplimiento de las previsiones del artículo 92, Párrafo III, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. El presente aviso se realiza para Solicitud de un nuevo Certificado de Título por pérdida o deterioro.

En virtud de lo establecido en el Art. 92 de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario y en el Art. 86 del Reglamento General de Registros de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 0100045086, correspondiente a la Parcela 121-A-4, del Distrito Catastral No. 4, del Distrito Nacional, Santo Domingo, que ampara el derecho de propiedad de una porción de terreno de 629.00mts2, propiedad de ALTICE DOMINICANA, S.A. (continuadora jurídica de TRICOM, S.A.).

Dr. Carlos Manuel Troncoso Alies, Abogado. FC 357734

AGRIM. ORLANDO L. GÓMEZ GÓMEZ, CODIA 11161.

Aviso De Mensura Para Deslinde

DIONISIO ANTONIO GARCIA, Agrimensor Contratista. CODIA 15939. FC 84745

Se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados de Título Matrícula 0100309259 de fecha 7 de julio del 2017 correspondiente a la unidad funcional 5 E, identificado como 400402424715: 5 E, Matrícula No.0100309259, del condominio RESIDENCIAL GD 5, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes del 1.93%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.93% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-02-05-003, del bloque 02, ubicado en el nivel 05, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 175.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-024, del bloque 00, ubicado en el nivel M1, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-025, del bloque 00, ubicado en el nivel M1, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.00 metros cuadrados; un SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-M1-015, del bloque 01, ubicado en el nivel M1, destinado a LOCKER, con una superficie de 1.60 metros cuadrados; un SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-02-05006, del bloque 02, ubicado en el nivel 05, destinado a MESETA A/A, con un superficie de 1.42 metros cuadrados; un SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-02-05-006, del bloque 02, ubicado en el nivel 05, destinado a MESETA A/A, con una superficie de 1.42 metros cuadrados, expedidos a nombre de los señores JOSE LUIS MEJIA TAPIA y LAURA ESPERANZA MEJIA DISLA. FC 357735

AVISO DE MENSURA

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se avisa que el día 29 del mes de diciembre del 2017, a las 11:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de Mensura para Saneamiento, de una porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 02, ubicado en la calle Ezequiel Pimentel No. 27, del municipio y provincia San José de Ocoa. Expediente No. 663201709197, a favor de JORGE ALEJANDRO TAUIL y ELSA JACKELINE PINEDA. FE DE ERRATA: Error en la publicación del 15 de diciembre del 2017 en el Distrito Catastral, pusieron 02 y lo correcto es 01 estaremos presente en el inmueble para cualquier reclamación, el día 21/05/2018, a las 10:00 a.m.

De conformidad con lo que dispone el Art. 92, párrafo 3 de ley de Registro Inmobiliario 108-05 del 23 de mayo del año 2005 y Art. 86 letra B del Reglamento de Registro Inmobiliario, se hace público la pérdida del Certificado de Título viene del Folio No. 153-A, bajo el No. 1530, Folio 384, Libro No. 29, Duplicado del Dueño, a nombre de la señora AGUSTINA PERDOMO CAVA, que ampara el Solar No. 1, del Distrito Catastral No. 6 de la provincia y municipio de La Vega, una porción de terreno que mide setenta y cinco (75) metros cuadrados, cinco (5) de frente por quince (15) de fondo. Expediente a nombre de AGUSTINA PERDOMO CAVA. En la provincia y municipio de Santiago, República Dominicana, a los diez (10) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

MARTIN VENTURA DISLA, Agrimensor-Contratista. Codia 27365.

AGRIM. ENRIQUE ARISMENDY HERASME, Codia No. 20301.

AVISO DE MENSURA Se avisa que el día 22 de mayo de año 2018 a las 9:30 A.M. se iniciará el trabajo de DESLINDE en un área de 311.00 m2, dentro de la Parcela No. 3-PRO del D.C. 18, ubicado en la calle Nelson Astacio Herrera, No. 8, Colonia los Doctores, Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, propiedad BÉLGICA RAMÓN GOMERA. Expediente No. 663201801850.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace constar la pérdida del Certificado Financiero No. 26-200-5009-3, con el Banco Agrícola de la República Dominicana, por la suma de QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$500,000.00), a nombre de la señora ANASTACIA MEDINA SENA, expedido en fecha 25 de septiembre del año 2014. FC 357732

PÉRDIDA DE CERTIFICADO BANCARIO

FC 357748

El día 18/05/2018 a las 2:00 p.m., se ejecutará el levantamiento topográfico con fines de Deslinde, dentro del Ámbito de la P.No.67 del D.C. No.12 del municipio Los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo, este terreno está específicamente en la calle Los Cerros No.36 del Sector Residencial Ana Elisa VI, este Trabajo fue solicitado por la señora Juana Doval de León, correspondiente al expediente No. 663201711939, con el Agrimensor Victoriano de la Cruz, Codia No. 22241, Tel.829-866-0692.

Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado No.06-6013400043312, emitido por la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos, a nombre de Josehiris Almonte Gómez, cédula de identidad y electoral No. 001-1861750-5, en calidad de titular y Waryt Junior Gonzalez Gómez, cédula de identidad y electoral No. 0011770844-6, por un monto de RD$300,000.00. Fc357742

RUBEN R. ASTACIO ORTIZ, Presidente. FC 97322

FC 84746

AGRIM. FERNANDO OSCAR LOPEZ RAMIREZ, Codia: 2576. Telf. (809) 728-0282.

AVISO DE MENSURA

De conformidad con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley No.479-08 relativa a las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, del 11 de diciembre de 2008, y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la compañía “RAHMOR, C. POR A.” a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, proyecto que implicaría: 1) La modificación del nombre de la misma por el de “RAHMOR, S. R. L.“, regida por las leyes de la República Dominicana y sus Estatutos Sociales; 2) El aumento del capital social autorizado de la suma de SETENTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS (RD$75,000.00) a la suma de CIEN MIL PESOS (RD$100,000.00), dividido en Mil (1,000) Cuotas sociales, cada una con un valor nominal de CIEN PESOS (RD$100.00); en principio, estas cuotas serían intransferibles a favor de personas que no fueren socios de dicha sociedad, a menos que la transferencia no cuente con el consentimiento de la mayoría de socios que representen por lo menos 3/4 partes de las cuotas sociales. Sin embargo, las cuotas sociales serán libremente transmisibles por vía de sucesión o liquidación de comunidad de bienes entre esposos; también serán libremente cesibles entre ascendientes y descendientes. 3) El objeto de dicha entidad se mantendrá como el descrito en el momento de su constitución, esto es, la promoción y administración inmobiliar, el mejoramiento de terrenos predios agrícolas, la urbanización de parcelas y la realización de actividades tendentes al fomento y desarrollo del turismo en el país; así como toda clase de actividad comercial relacionada con el objeto principal, y cualquier otra actividad no prohibida por la ley; 4) Lo mismo resultaría con su domicilio, establecido en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; 5) La empresa será administrada por uno o varios gerente(s), quienes deberán ser personas físicas, designados estatutariamente o por un acto posterior de la sociedad; serán designados para un período fijado por los estatutos que no excederá de seis años y será opción de la sociedad designar o no Comisario de Cuentas; 6) La duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la Compañía “RAHMOR, C. POR A.” a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará a las 3:00 p.m., en el domicilio social de la Compañia el día Treinta (30) del mes mayo del año dos mil dieciocho (2018). El proyecto de transformación de la Compañia, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Diez (10) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

LICDA. PILAR DEL R. MEZON DE LOPEZ, Abogada Apoderada.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y DETERMINACION DE HEREDEROS VISTA: La Autorización No. 663201802089, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, en fecha 4 de mayo del año 2018. Se avisa, que el día 29 de mayo del año 2018, a las 9:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de campo dentro de la Parcela No. 13-A-1, del Distrito Catastral No. 13, del Distrito Nacional, reclamado por los señores FELIPE NERIS CESPEDES TEJERA, LUZ ALTAGRACIA TEJERA DOMINGUEZ, LUZ DEL CARMEN CESPEDES TEJERA, LESLIE CARMINA CESPEDES TEJERA y NERYS MADALENA CESPEDES TEJERA, esta medida será practicada por el Agrimensor AGRIM. ENRIQUE ARISMENDY HERASME, Cel. 8, para más información dirigirse a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste.

“RAHMOR, C. POR A.” Capital Social Autorizado: RD$75,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$75,000.00 RNC Número 101074035 Registro Mercantil No. 14352SD Domicilio Social: Ave. Francia No. 123, Edif. Khouri, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. AVISO DE TRANSFORMACIÓN

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

FC 357738

Del Expediente 662201802851 YO, DIONISIO ANTONIO GARCIA, mayor de edad, casado, portador de la cédula No. 094-0002323-1, CODIA: 15939, domiciliado en Villa González, calle 27 de Febrero No.51; Contratado de la Sra. RAMONA MARIZAN BLANCO, dominicana, mayor de edad, con su Cédula de Identidad y Electoral 402-2307495-2, domiciliados y residentes en esta ciudad de Santiago, para realizar los trabajos de DESLINDE, hacer constar que el día 24 del mes de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las Diez horas de la mañana (10:00 A.M.). Se dará comienzo al proceso dentro de la parcela número 710 del Disirito Catastral número 08, del MUNICIPIO DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS Y PROVINCIA SANTIAGO, Bajo el EXPEDIENTE No.662201802851.

Fc357753

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306 (Bis), sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 16 de Junio del año 2017, la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó en su atribuciones civiles la sentencia de divorcio marcada con el No. 551-2017-SSEN-00919, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: Primero: Ratificar el Defecto pronunciado en audiencia de fecha 19 de abril del 2017, contra la parte demandada señor Reynaldito Florián Rosario, por no comparecer, ni hacerse representar, no obstante citación legal. Segundo: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda en Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora Carmen María Conce Conce contra el señor Reynaldito Florián Rosario. por haber sido interpuesta conforme al derecho. Tercero: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones por la parte demandante por ser justas y reposar sobre prueba legal, y en consecuencia, Admite al divorcio entre los esposos Carmen María Conce Conce y Reynaldito Florián Rosario, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres. Cuarto: Compensa las costas por tratarse de una litis entre esposos. Quinto: Ordena el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, que en la especie es la Decimo Quinta (15ta) Circunscripción de Santo Domingo Oeste. Sexto: Se comisiona al ministerial Rafael Orlando Castillo, Alguacil de Estrados de esta sala, para la notificación de la presente sentencia. El presente divorcio fue pronunciado y transcrito en forma legal, en fecha 27 de Septiembre del 2017, por el Oficial del Estado Civil de la 15TA. Circunscripción de Santo Domingo Oeste, MARICELA ALTAGRACIA GOMEZ MARTINEZ, en el Libro No. 00003, Folio No. 0009, Acta No. 000409, Año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., de la República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

FC 357729

LIC. JAIRO MERCEDES FERNANDEZ, Abogado actuante.


SABADO 12 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 LEGAL AVISO DE INCORPORACION LEGAL En cumplimiento a las disposiciones sobre organizaciones sin fines de lucro de la ley 122-05 y sus reglamentos de aplicación 40-08, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Juan de la Maguana en fecha diez (10) de mayo del 2018, fue emitida la Resolución No. 0007-2018, que dice Primero: se concede el beneficio de incorporación a la entidad sin fines de lucro, FUNDACION CAMILO BAUTISTA, que tiene su domicilio en la calle Principal, No. 56, Sección barranca , municipio San Juan de la Maguana, provincia San Juan, República Dominicana; Cuyos estatutos fueron aprobados en fecha cuatro (04) de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Con duración por tiempo indefinido, sus objetivos son la organización, unión y representación de los comunitarios para promover el desarrollo de la comunidad de barranca. Siendo sus principales miembros fundadores Camilo Bautista Mesa, presidente; Alejandro Canario Ogando, vicepresidente; Erika Massiel Ventura Jiménez, secretaria de finanza. Nota: Notifíquese a la parte interesada que emitieron la resolución No.0007-2018, del día diez (10) de mayo, 2018, en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, a los doce días (12) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. JUSTO GERMAN SANTANA FAMILIA Asesor Técnico FC357751

LUJOFE COMERCIAL, SRL Capital Social: RD$100,000.00 Registro Mercantil No. 58203SD RNC No. 1-30-40839-7.

CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA En cumplimiento con las disposiciones de la Ley General de Sociales Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, así como el artículo 20 de los Estatutos Sociales, se convoca a todos los socios de la sociedad Lujofe Comercial, SRL, para asistir a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el día veinticuatro (24) del mes de mayo del 2018 a las nueve horas de la mañana (9:00 am) con el siguiente orden del día: único: conocer sobre la delegación de poder para la representación de la sociedad. Se informa a los socios que tendrán, a partir de esta fecha, el derecho de plantear por escrito cualquier pregunta respecto a los temas a tratar en la referida asamblea, así como solicitar los informes o aclaraciones que estimen pertinentes. Santo Domingo, D.N., 11 de mayo del 2018.

JOAN GENAO PICHARDO, Gerente. FC 357740

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO EncumplimientodelArt.22delaLeyNo.1306-Bisdel21/05/1937,GacetaOficialNo.5034,SobreDivorcioenlaRepúblicaDominicanaysupárrafo,agregadoporlaLeyNo.2153,del12/11/49,modificadoporlaLeyNo.112,del23deMarzodelaño1967,G.O.9027;el señorRONALDANDRESTAILLEPIERRE,denacionalidaddominico-norteamericana,mayordeedad,casado,portadordelPasaporteAmericano No.522212489, domiciliado y residente en el 68-08 FRESH MEADOWS LANE, FLUSHING, NY 11365, Estados Unidos y accidentalmenteconresidenciaenlaCallePrimeraNo.12,UrbanizaciónProcasaII,Kilómetro71/2,CarreteraSánchez,SantoDomingo,DistritoNacional, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los DRES. PEDRO ANTONIO HIDALGO BRITO y ANDRES TAILLEPIERRE, dominicanos, mayores de edad, Abogados de los Tribunales de la República Dominicana, portadores de las cédulas de identidadyelectoralNos.223-0047232-5y001-0893035-5,respectivamente,conestudioprofesionalabiertoenlaCalleMercedesNo.501, Altos, Ciudad Nueva, Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde se hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente Publicación - Emplazamiento, ADVIERTE a su legítima esposa, señora VANESSA CAROLINA CORREA URQUIJO, de nacionalidad venezolana, cuyo último domicilio conocido fue en la Calle M No.02, sector La Feria III, de esta Ciudad de Santo Domingo, DistritoNacional,queafaltadeinformaciónrelativaallugardesuactualresidenciaodomicilio,procederáaemplazarlaenaccióndedivorcio porlaCausaDeterminadadeIncompatibilidaddeCaracteresporanteelMagistradoProcuradorFiscaldelDistritoNacional,eldíaViernes quecontaremosaQuince(15)delmesdeJuniodelañoDosMilDieciocho(2018),alosfinesdequecomparezcacomofueredederecho a la audiencia que a puerta cerrada se conocerá en la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de PrimeraInstanciadelDistritoNacional,eldíaVeintiséis(26)delmesdeJUNIOdelpresenteañoDosMilDieciocho(2018),alasNueve(9:00 A.M.)horasdelamañana,sobrelaacciónodemandayaseñaladadeDivorcioporIncompatibilidaddeCaracterescondomiciliodesconocido,tribunalosalaquecelebrasusaudienciasensulugardecostumbreenlaCalleSocorroSánchez,Esq.SantiagoNo.68,sectordeGazcue, SantoDomingo,DistritoNacional,advirtiéndoseleadichaseñoraVANESSACAROLINACORREAURQUIJO,queafaltadecomparecerala audiencia el día y hora indicado se procederá a solicitar el correspondiente defecto en su contra. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

DR. PEDRO ANTONIO HIDALGO BRITO, Abogado. DR. ANDRES TAILLEPIERRE, Abogado. FC 357645

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306 (Bis), sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 16 de Junio del año 2017, la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó en su atribuciones civiles la sentencia de divorcio marcada con el No. 551-2017-SSEN-00919 y el Auto Administrativo No. 1445-2017-saut-00039, cuyos dispositivos son los siguientes: Sentencia Civil No. 551-2017-SSEN-00733 FALLA: Primero: Ratifica el DEFECTO pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada LEONARDO ANTONIO PADILLA, por no comparecer no obstante citación legal. Segundo: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora TEODORA REYES HERRERA, en contra del señor LEONARDO ANTONIO PADILLA por haber sido interpuesta la misma conforme al derecho. Tercero: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones plantadas por la parte demandante por ser justas y reposar sobre prueba legal, y en consecuencia, admite el divorcio entre los esposos LEONARDO ANTONIO PADILLA y TEODORA REYES HERRERA, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres. Cuarto: Ordena el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, que en la especie es la 16VA. Circunscripción de Los Alcarrizos. Quinto: Compensa las costas por tratarse de una litis entre esposos. Sexto: Se comisiona al ministerial JORGE AQUINO AMPARO, Alguacil de Estrado de esta sala, para la notificación de la presente sentencia. Auto Administrativo Núm. 1445-2017-SAUT-00039 RESUELVE: Primero: Declara buena y válida la presente solicitud de corrección de error material peticionado por la señora Teodora Reyes Herrera a través de su representante legal Licdo. Jairo Mercedes Fernández, en fecha 18 de agosto del 2017, por ser conforme al derecho. Segundo: En cuanto al fondo. AGOGE la misma, en consecuencia, ORDENA la corrección del error material contenido en la Sentencia núm.1445-2017-SSEN-00733, de fecha 22 de Mayo del 2017,dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la provincia de Santo Domingo, en sus atribuciones de familia, consistente en la omisión del apellido materno, para que desde ahora donde diga” Leonardo Antonio Padilla” se lea “ Leonardo Antonio Padilla Rojas”; esto así. atendiendo las consideraciones dadas en el cuerpo de esta decisión. Tercero: ORDENA a la Secretaria de este tribunal expedir las copias subsiguientes con la referida corrección en virtud del presente auto. El presente divorcio fue pronunciado y transcrito en forma legal, en fecha 9 de Mayo del 2018, por el Oficial del Estado Civil de la 16ta. Circunscripción de Los Alcarrizos, MAIDA MARIA DE JESUS FELIPE, en el Libro No. 00001, Folio No. 0053, Acta No. 000027, Año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., de la República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. JAIRO MERCEDES FERNANDEZ, Abogado actuante. FC 357729

Yo, BOLIVAR EZEQUIEL LEON DE LA ROSA, dominicano, mayor de edad, casado, con Cédula de Identidad y Electoral número 2230025325-3, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Título matrícula 0100026834, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir el inmueble identificado como: Unidad funcional 8, identificada como 400475901820: 8, matrícula No. 0100026834, del condominio RESIDENCIAL DON FEDERICO, ubicado en el Distrito Nacional, me encontraba casado con MASSIEL MARIA BAEZ RIVERA y continuamos casados en la actualidad. FC 357724

Yo, KIRSE MARIBEL SUAZO CASTILLO, dominicana, mayor de edad, soltera, con Cédula de identidad y Electoral número 001-1257705-1, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Título matrícula 0100240912, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir el inmueble: Unidad Funcional 3-301, identificada como 309448607592: 3-301, matrícula No. 0100240912, del condominio CARMEN RENATA III M-H 1, ubicado en LOS ALCARRIZOS, SANTO DOMINGO, me encontraba soltera, porque me había divorciado del señor JAUEL PEREZ MENDEZ y continuamos solteros en la actualidad. FC 357724 Yo, MARIA ISABEL GUZMAN H. DE VELASQUEZ (María Isabel Guzmán Hernández), dominicana, mayor de edad, casada, con Cédula de Identidad y Electoral número 0010170800-6, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Título matrícula 0100237273, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir el inmueble: Una porción de terreno con una superficie de 499.22 M2, identificada con la Matrícula número 0100237272, dentro de la Parcela 108-A-12, del Distrito Catastral número 04, ubicado en el Distrito Nacional, posteriormente sometido a un proceso de regularización parcelaria (deslinde) resultando el inmueble identificado como 309475253353, que tiene una superficie de 499.22 metros cuadrados, matrícula número 0100237273, ubicado en el Distrito Nacional, me encontraba casada con CARLOS EMILIO RAND VELAZQUEZ CASTILLO y continuamos casados en la actualidad. FC 357724

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el Art 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor EDWIN FRANCISCO GARCIA TEJADA, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, cedula no.048-0062992-7, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega R.D.; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. CARMEN ESTEDI ABREU HERNANDEZ, cedula de identidad y electoral no. 047-0187329-3, con estudio profesional abierto en la calle Padre Adolfo esquina Colon Edif. Gomez Ricourt de esta ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora YVELISSE ALTAGRACIA BETANCES VERAS, cuyo último domicilio conocido lo fue en el Residencial Gloria Calle 11 edif. Raices I de esta ciudad de La Vega, R,D, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 14 del mes de MAYO del Año 2018 a las 9:00 a.m. así como en la puerta del Tribunal APODERADO para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que A PUERTAS CERRADAS al efecto celebrará la SEGUNDA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 29 de MAYO del Año 2018 a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Republica Dominicana, a los 10 días del mes de MAYO del año 2018.

LICDA. CARMEN ESTEDI ABREU HERNANDEZ Abogado apoderado de la parte Demandante (ALP-AC-13171-PC-10-11-12/05/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la ley No. 1306-Bis, del veintiuno (21) de mayo del año1937, sobre Divorcios en la República Dominicana, modificado por la ley 2153 de 1949, se hace constar que el señor DANIEL ANTONIO COLLADO GUTIERREZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 053-0003662-0, domiciliado y residente en la ciudad de Constanza, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICDO. EPIFANIO MARTE DIAZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0530003823-8, abogado de los tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la calle Salomé Ureña No. 21, de este Municipio de Constanza, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda. Advierte a su legítima esposa señora JOSEFINA ABREU CEPEDA, de nacionalidad Dominicana, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle Gral. Luperón No.41, Constanza, que a falta de información de su actual domicilio, se procederá a emplazar sobre acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en la persona de los Magistrados Procurador Fiscal y Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza el día veintiuno (21) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018) para que comparezca a la audiencia a puertas cerradas en que será conocida la referida demanda, la cual se celebrará el día seis (06) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, sito en la calle General Gregorio Luperón No. 11, de esta ciudad y Municipio de Constanza. En la ciudad y Municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, a los nueve (09) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

LICDO. EPIFANIO MARTE DIAZ Abogado Apoderado (RC-6906-PC-ENV-10-11-12/05/2018)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 ley no.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Señor JOSE FRANCISCO JOHNSON JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en en los E.U.A. y de transito en esta ciudad de La Vega, R.D. pasaporte no.533087-1, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LIC. MARIBEL VIÑAS ACOSTA cedula no. 047-0014080-1, con estudio profesional abierto en el no.29 de la Calle Las Carreras Edif. Madeline de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora GUMERCINDA GONZALEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en calle Los Tamarindos no.10, La Arboleda, en este municipio de La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 15 del mes de mayo del año 2018 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 28 del mes de mayo del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 10 días del mes de mayo del año 2018.

En cumplimiento con las disposiciones del Art. 22 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, el señor ANIBAL JUNIOR REYES BATISTA, dominicano, mayor de edad, soltero, cantante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1334122-6, domiciliado en los Estados Unidos de Norteamérica, accidentalmente en la casa marcada con el No. 19, calle Eugenio Miches, esquina Genaro Díaz, sector de Villa Canto de esta ciudad de Hato Mayor del Rey, quien actúa como abogados constituidos y apoderados especiales a los DRES. MANUEL ELPIDIO y MILDRED GRISSEL URIBE EMILIANO, dominicano, mayor de edad, casados, abogados, portadores de las cédulas de identidad y electoral No. 027-0005293-5 y 0270027061-0, respectivamente, miembros activos del Colegio Dominicano de Abogados de la República Dominicana, Inc., matriculado en el mismo, con el No. 6561-316-88 y 2615-376-03, ambos y respectivamente con estudio profesional abierto de manera permanente en el apartamento Uribe III, planta baja, calle Pedro Guillermo, marcado con el No. 37, sector de Villa Canto de la ciudad de Hato Mayor del Rey, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente instancia, hace de público conocimiento que el último domicilio conocido de su legítima esposa la señora: WISLEIDY ESTELA PEÑA MARQUEZ, fue en la calle Eugenio Miches No. 19, sector de Villa Canto, de esta ciudad de Hato Mayor del Rey, y que procederé a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Hato Mayor, para que comparezca a la audiencia civil que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, en sus atribuciones civiles, Palacio de Justicia Dr. Bienvenido Canto y Rosario (Machito sito en la carretera Hato Mayor-Yerba Buena el día veintidós (22) del mes de mayo del presente año 2018, a las (9:00) horas de la mañana. En la ciudad de Hato Mayor del Rey, Rep. Dom., a los nueve (9) días del mes de mayo del año 2018.

DR. MANUEL E. URIBE EMILIANO, Abogado apoderado. DRA. MILDRED G. URIBE EMILIANO, Abogada Apoderada. FC 357710

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para conocimiento general y en cumplimiento del Artículo 42 de la Ley No.1306-Bis, sobre divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha dos (02) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, emitió una sentencia cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto contra la parte demandada por no haber comparecido, no obstante haber sido legalmente citada. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores Crescenzo Di Marzio y Blanca Pimentel Pérez. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial Ramón Alejandro Santana Montas, alguacil de estrados de este tribunal, para que notifique la presente sentencia. El divorcio así admitido fue pronunciado el día martes diez (10) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018), por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Higüey, quien lo transcribió bajo el Libro No.00168 de registros de DIVORCIO, Folio No.0001, con el Acta No.000099, año 2018, destinado a esos fines. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (08) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. WANDA PEÑA TOLENTINO, Abogada. LIC. PRIAMO RAMIREZ UBIERA, Abogado.

LIC. MARIBEL VIÑAS ACOSTA Abogada apoderada de la parte Demandante (AC-13170-PC-10-11-12/05/2018)

FC 357588


SABADO 12 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACION DE DIVORCIO Se hace de público conocimiento, de conformidad con el artículo 42 de la Ley Núm. 1306-Bis, sobre Divorcios, que la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo. ADMITIO el Divorcio por la causa determinada de Mutuo Consentimiento entre los esposos: Santiago Alexander Camacho Espinal y Yamilka Jazmín Grullón, mediante sentencia civil Núm. 1288-2018-SSEN-00180 del veintiuno (21) de febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018), cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: Primero: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de convenciones y estipulaciones marcado con el número 1,987/2016, de fecha tres (03) de agosto del año dos mil dieciséis (2016), instrumentando por el Dr. Julio Cesar Troncoso Saint Clair, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, matrícula número 835, por haber sido hecho conforme a la ley. Segundo: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges señores Yamilka Jazmín Grullón y Santiago Alexander Camacho Espinal, con todas sus consecuencias legales. Tercero: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Cuarto: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de Litis entre esposos. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada Altagracia Mendoza Gutiérrez, Jueza; Brenda A. Rosario, Secretaria, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, el cual fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Cuarta (4ta.) Circunscripción, Santo Domingo Este, el día el dos (2) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), en el Libro 00002, Folio 0041, Acta No. 000121, año 2018, en cumplimiento de las disposiciones de la ley de la materia. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Once (11) días del mes de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LICDA. ANTONIA TERRERO VALDEZ, Abogada. FC 357730

“O & M, C. POR A.” Capital Social Autorizado: RD$100,000,000.00 Capital Pagado: RD$100,000,000.00 Domicilio Social: Ave. Independencia, No. 200, Centro de los Héroes, D.N. De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la sociedad O & M, C. POR A. a una Sociedad Anónima Simplificada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía O & M, C. POR A. la cual se denominará O & M, S.A.S la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos se dedicará: 1) A la educación primaria, secundaria y superior. 2) A la compra, construcción y arrendamiento de bienes inmuebles así como otras operaciones de lícito comercio, relacionadas o no con su objeto principal; el domicilio de la empresa estará en la Av. Independencia No. 200, Centro de los Héroes, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; con un capital de CIEN MILLONES (RD$100,000,000.00) de los cuales han sido suscrito y pagado en su totalidad. La empresa será administrada por un consejo, designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto, así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la Compañía O & M, C. POR A. a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la Compañía el día 30 del mes mayo del año 2018. El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a las nueve (10) días del mes de mayo del año de Dos Mil Dieciocho (2018).

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO De conformidad con el artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, del 21 de mayo del 1937, se hace de público conocimiento que el señor ANILIN LABOUR FLORIAN, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 022-0015626-9, domiciliado y residente en la calle Apolinar Perdomo No. 20, de la ciudad y municipio de Neyba, provincia Bahoruco, República Dominicana. Por mediación de su abogado apoderado y constituido especial, el DR. JULIO MEDINA PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 022-0002369-1, con estudio profesional abierto en la calle Tercera No. 46, barrio Las Malvinas, de la ciudad y municipio de Neyba, provincia Bahoruco, República Dominicana, lugar donde la demanda selecciona domicilio para todos los fines y consecuencias legales. Se hace saber y que se le advierte a su legítima esposa, señora JANET ARELIS RODRIGUEZ PEREZ, que a falta de información relativa al lugar de residencia y domicilio actual o último domicilio, se procederá a emplazar en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Bahoruco, para que comparezca a la audiencia a puerta cerrada y a estos fines, donde se conocerá por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Bahoruco, el día lunes que contaremos a catorce (14) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), el cual está ubicado en la calle Av. 27 de Febrero No. 04, esquina San Bartolomé de la ciudad y municipio de Neyba, provincia Bahoruco, República Dominicana, para celebrar dicha demanda. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (03) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

DR. JULIO MEDINA PEREZ, Abogado del demandante. FC 357728

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Cuarta Sala Civil Para Asuntos de Familia, de la Cámara y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Alvarez, en fecha 26 del mes de Diciembre del año 2017 dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 1275-2017-SSEN-04172, cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto contra PERSIO ANTONIO PEÑA SANCHEZ, por falta de comparecer, no obstante estar legalmente citada y emplazada, SEGUNDO: Admite el divorcio por incompatibilidad de caracteres y ordena la disolución del matrimonio entre los señores MILADY ALTAGRACIA ROMERO AYBAR y PERSIO ANTONIO PEÑA SANCHEZ con todas su consecuencias legales, TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al ministerial PEDRO DE LA CRUZ alguacil de Estrados de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma. FIRMADOS: FILOSET NUÑEZ POLANCO, Juez, ZOILA H. QUEZADA ALMONTE, Secretaria. La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de La Tercera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha un (1) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), e inscrita en el Libro 00003 folio 0041 bajo el acta marcada con el No. 000221 del año 2018. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los once (11) días del mes de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

DR. JOSE RAFAEL ABINADER WASAF, Presidente.

LICDA. MARIA ANTONIA GUZMAN Abogada apoderada de la parte demandante

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN LEGAL DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber: Que la Séptima Sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en fecha 12 de Febrero del 2018, dictó la Sentencia Civil No. 532-2018-SSEN-00265, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Melvin Darío Navarro y Francis Altagracia Santana Cuevas, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Melvin Darío Navarro y Francis Altagracia Santana Cuevas, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No.45/2017, instrumentado en fecha 16 de noviembre del 2017, por el/la Lic. Tomás Alberto Jiménez R, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. b) Otorga la guarda y cuidado de las menores de edad Damna Ivonne, Diana Esmeralda y Dianny Daniela a cargo de la señora Francis Altagracia Santana Cuevas; por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Firmados: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez. Magalis Arias Iris Santana Melenciano, Secretaria; El día 5 de Abril del 2018, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción, Distrito Nacional, pronunció la presente sentencia, inscrita en el Libro Registro de Divorcio No. 00009, Folio 0167, bajo el Acta No. 000679 del año 2018. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el ARTICULO 42 DE LA LEY SOBRE DIVORCIO, se hace de conocimiento público general que en fecha nueve (09) del mes de enero del año dos mil Dieciocho 2018, fue dictada por la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito judicial de Santiago, dictó sentencia Civil No. (00005-18) según expediente marcado con el No. 1450-ECIV-01031-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice Así: “FALLA”: PRIMERO: Admite el divorcio entre los señores Alex Hermosa y Milagros Estefanía Peña Fermín, por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de ley. SEGUNDO: Compensa pura y simple las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. TERCERO: Comisiona al Ministerial Jorge Evertz, Alguacil Ordinario de este Tribunal para la notificación de la presente Sentencia. Y por esta sentencia así se pronuncia ordena, manda firma y publica. (Fdos.) Magistrada Eugenia Elizabeth Álvarez Rodríguez, Jueza Interina y quien suscribe Heidi Núñez, Secretaria General que certifico y doy fe). LA REFERIDA SENTENCIA, FUE PRONUNCIADA el día Jueves que contaremos a Diez (10) del mes de Mayo del año dos mil Dieciocho (2018), a las CUATRO (4:00 P.M.) HORA DE LA TARDE, por ante el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del municipio de Santiago, ubicado en la Avenida 27 de Febrero esquina Salvador Estrella Sadhala, Edificio Pte. Antonio Guzmán, de esta ciudad y transcrita en el Libro Núm. 00003. Folio Núm.00754. Bajo El Acta Núm. 00238. Año 2018 La presente publicación ha sido autorizada por el abogado infrascrito, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana a los once (11) días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018).

FC 357733

LIC. JORGE R. RAVELO RAVELO, Abogado. Tel.: (809) 696-6040 / (809) 532-0232

LEGAL 13

LICDO. JORGE MANUEL REYNOSO BARRERA ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE

FC 357731

Yo, FRANKLIN GREGORIO MORRISON RAMIREZ, dominicano, mayor de edad, casado, con Cédula de Identidad y Electoral número 0011133885-1, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Título matrícula 0100190932, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir el inmueble identificado como: 309461067876, que tiene una superficie de 343.63 metros cuadrados, matricula No. 0100190932, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, me encontraba casado con JULISSA DE LAS MERCEDES ESPINAL SEVERINO y continuamos casados en la actualidad. FC 357724 Yo, ARKYS LISSETTE VALDEZ, norteamericana, mayor de edad, casada, portadora del Pasaporte número 482130401, hago de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Título matrícula 0100086623, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir el inmueble: Unidad Funcional 602, identificada como 309379274810: 602, matrícula No. 0100086623, del condominio TORRE LAS ACACIAS, ubicado en el Distrito Nacional, Distrito Nacional, me encontraba me encontraba casada con SAMUEL FRANCISCO VALDEZ y continuamos casados en la actualidad. AAVISO O PUBLICACION PERDIDA

CERTIFICADO DE INVERSION Se hace de publico conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Inversión Personal No. 0101109441, a nombre de CARLOS DAVID VASQUEZ RIJO emitido por JMMB BANK Banco de Ahorro y Crédito, S.A., el cual fue aperturado en fecha 16 del mes de marzo del año 2004, con la suma de VEINTISIETE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/00 (RD$27,000.00) con un balance a la fecha de NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS DOMINICANOS CON 58/100 (RD$95,550.58), la presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

AVISO DE DIVORCIO PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE DIVORCIO PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Artículo 42, de la Ley Número 1306Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha Uno (1) de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, dictó la SENTENCIA CIVIL NUM.- 454-2018-SSEN-00335, NCI NUM. 454-2018-EADM-00347, cuyo dispositivo dice: “FALLA” PRIMERO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos ISAEL RAMON CONCEPCION GONZALEZ, conforme al Acto Notarial No. 70/2018, instrumentado el día Veintiuno (21) de Febrero del año Dos Mil Dieciocho (2018), por el LIC. BASILIO CAMACHO POLANCO, Notario Público de los del Número para el Municipio de Cabrera, transcrito más arriba en esta Sentencia. SEGUNDO: Compensa las costas. Nuestra Sentencia así se pronuncia, ordena y firma: NIURCA DE LA CRUZ LEON (Jueza), LIBELINA RAMIREZ VILLAR (Secretaría). El referido Divorcio fue pronunciado en fecha Nueve (09) del mes de Mayo del año 2018, por ante la Oficialía del Estado Civil, Primera Circunscripción del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, inscrito en el libro de registro de Divorcio Número 1, Folio Número 39, bajo el Acta Número 000020, del año 2018. En la Ciudad de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, a los Diez (10) días del mes de Mayo del año 2018.

En cumplimiento a las disposiciones del ART. 42 de la Ley 1306-bis, sobre el divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 5 del mes de enero del año 2018, la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la sentencia Civil rnarcada con el No. 1288-2018-SSEN-00017, cuyo dispositivo Copiado dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de la parte demandada, la señora MARIA CONSUELO PEREZ RAMIREZ, por la misma no haber comparecido, no obstante haber sido legalmente citada. SEGUNDO: DECLARA como buena y válida la presente demanda de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por haber sido hecha conforme a la ley y al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, admite el presente divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores JOHN EDWARD CASTILLO RIVAS y MARIA CONSUELO PEREZ RAMIRIEZ con todas sus consecuenicas legales, por los motivos precedentemente expuestos. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía de Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. SEXTO: COMISIONA el Ministerial ANGEL PUJOLS, Alguacil de Estrado de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de notificar la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (Firmados: Altagracia Mendoza Gutiérrez, Jueza; Brenda A. Rosario, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal. El mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica BRENDA A. ROSARIO. Asimismo, se hace saber que en fecha veinticuatro (24) del mes de Abril del año 2018, el Oficial del Estado Civil de la 4ta. Circunscripción de Santo Domingo, procedió Transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00002, Folio No 0019, Acta No.000110, año 2018. Efectuándose el Pronunciamiento del referido Divorcio. En Santo Domingo Este, República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de Abril del año 2018.

En cumplimiento a las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-bis, sobre el divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 5 del mes de enero del año 2018, la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la sentencia Civil No. 1288-2018-SCON-00018, cuyo dispositivo copiado dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de la parte demandada, señor JORGE LUIS GONZALEZ GONZALEZ PASTRANA, por el mismo no haber comparecido, no obstante haber sido legalmente citado. SEGUNDO: DECLARA como buena y válida la presente demanda de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por haber sido hecha conforme a la ley y al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, admite el presente divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores BELKIS MONTERO y JORGE LUIS GONZALEZ PASTRANA, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. QUINTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía de Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. SEXTO: COMISIONA al Ministerial PATRICIO RIVAS PLACENCIO, Alguacil de Estrado de este Tribunal, a los fines de notificar la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y frima: (Firmados: Altagracia Mendoza Gutiérrez, Jueza; BRENDA A. ROSARIO, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, la mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. Asimismo, se hace saber que en fecha siete (07) del mes de Mayo del año 2018, el Oficial del Estado Civil de la 4ta. Circunscripción de Santo Domingo, procedió Transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00002, Folio No.0053, Acta No.000127, año 2018. Efectuándose el Pronunciamiento del referido Divorcio. En Santo Domingo Este, República Donunicana, a los ocho (8) días del mes de mayo del año 2018.

LICDA. FELICIA ESCORBOR E., Abogada.

LICDA. FELICIA ESCORBOR E., Abogada.

LICDO. PEDRO JULIO TEJADA DE LA ROSA Abogado de las Partes FC357747

FC 97327

FC 97327


SABADO 12 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXPEDIENTE No. 663201802198 Por medio de la presente se les avisa a todos los Colindantes del Sr. PEDRO OSVALDO MALLA VEGA. Que el día Martes que contaremos a veinte dos (22) del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018). A las Diez Horas de la mañana, (10:00 A. M.). Se procederá a realizar Los Levantamientos Parcelarios, para los Trabajos de DESLINDE y REFUNDICION, de los Solares Nos. 2 y 8, de la Manzana No. 1779 del D. C. No. 1, del Distrito Nacional. Ubicado en la Calle Porfirio Herrera, a 50 ml de la Calle Federico Geraldino, del Ensanche Piantini. Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastral, Departamento Central, en fecha 8 de Mayo del año 2018.

AVISADO: AGRIM. MODESTO CASTILLO BONIFACIO CODIA No. 14348 Fc357745

PUBLICACIÓN SENTENCIA DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306, Bis sobre Divorcio, se hace saber que en fecha nueve (9) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No. 00795-18, cuyo dispositivo textualmente dice así: “PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Carlos Antonio Salcedo Ferreiras y Merielin Almonte Acosta, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número tres (3), instrumentado por ante la notario público del Distrito Nacional Licda. Ofanna González de Aznar en fecha 15/03/2018, transcrito arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio.” El pronunciamiento del divorcio tuvo lugar el 11/05/18 ante el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional.

Licda. Amalia S. Veras Valerio , Abogada FC357762

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 22 de la ley 1306-bis sobre divorcio, el señor NICOLAS ELIAS DEL ROSARIO, dominicano, mayor de edad, provisto de la cedula de Identidad y Electoral No. 001-1680554-1, domiciliado y residente en la calle Federico Velásquez No. 157, Villa María, Distrito Nacional, República Dominicana; quien tiene como Abogado Constituido y Apoderado Especial al LIC. VICTOR BATISTA MERAN, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, Provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0578227-0, con estudio profesional abierto en la calle Flor de Caña No. 3, Local A, Los Solares, El almirante, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Tel.: (809) 445-1160; donde mi requiriente hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente Acto. Avisa a su legitima esposa señora MARTINA BATISTA, cuya última residencia conocida fue la Av. Hermanas Mirabal No. 365 kilómetro 10, Villa Mella Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, que a falta de información relativa al lugar de su residencia actual, el día 21 de Mayo del año 2018, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo., para que comparezca por ministerio de abogado, el día Treinta (30) de Mayo del año 2018, a las Diez horas de la Mañana (10.00 A.M.) a la audiencia que se celebrara a puerta cerrada en la Séptima (7ma) Sala para asunto de familia del Juzgado de Primera Instancia del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, en cuya audiencia se conocerá la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres que se propone intentar en contra de ella. En el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, hoy día Once (11) días del Mes de Mayo del Año Dos Mil Dieciocho, (2018).

EXP. 662201804644 Se avisa que el día 23 de mayo 2018 a las 11:00 a.m. iniciaremos el deslinde y refundición en las parcelas 583 y 584 D.C. 9 ubicada en la calle principal Yaque Arriba a 200m del cementerio municipio Jánico prov. Santiago autorización de mensuras de fecha 04/05/2018 propiedad de RAMON LUCIANO JEREZ JEREZ Y DANIEL JEREZ ABREU quedan citados los colindantes y demás interesados.

LICDA. KENIA SALA, Abogado.

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha catorce (14) del mes de marzo del año dos mil dieciséis (2016), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil marcada con el No. 00267-16, la cual admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores ARTURO ELIAS BATISTA FERNANDEZ y KARINA DIAZ-VALDEPARES ORTEGA. Asimismo se hace saber que en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018). Dicho divorcio fue pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil de la 6ta. Circunscripción del Distrito Nacional, y transcrito El Registro Civil, en el Libro de Registro de Divorcios No. 00001, Folio No. 0149, Acta No. 000075, año 2018. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de mayo del dos mil dieciocho (2018).

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DEMANDA DE DIVORCIO. De conformidad con el artículo 22 de la Ley 1308-Bis, Sobre Divorcio, se hace de Público Conocimiento que el señor MILTON RUMALDO BRITO de Nacionalidad de Estado Unidos, mayor de edad, casado, empleado privado, portador del pasaporte No. 444164884, con su domicilio y residencia en los Estados Unidos; Quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a la LIC. MERCEDES MARIA RODRIGUEZ REINOSO, dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los Tribunales de la República Dominicana, titular de la cedula de identidad y electoral No. 0470100305-7, con estudio profesional abierto en el sector la unión, del edf. 43 apartamento 101 del municipio de Sosúa, Provincia Puerto Plata, en cuyo estudio de abogados hace formalmente elección de domicilio mi requeriente el señor MILTON RUMALDO BRITO por el Presente AVISO, ADVIERTE a la señora KATHERINE MERCEDES PEÑA DOMÍNGUEZ, cuyo último domicilio conocido fue la calle Gregorio Luperon no. 13 del Municipio de Sosúa, de la Provincia de Puerto Plata, República Dominicana. Que a falta de información Relativa al lugar de su Domicilio y Residencia Actual se Procederá a Emplazarla en Acción de Divorcio, por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por Ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Puerto Plata, el día Lunes, que constaremos a dieciocho (18) del mes junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), para que comparezca a la audiencia que se Celebrará a Puerta Cerrada EN LA SEGUNDA (2DA) SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUERTO PLATA, el día lunes que constaremos a dieciocho (2018) del mes de junio del año 2018, a la Nueve (9:00. A.M) Hora de la Mañana, sitio en unos de los Salones de la Segunda Planta del Palacio de Justicia de Puerto Plata, Ubicado en la Avenida Luis Ginebra Esquina, Avenida Hermana Mirabal, Frente al Estadio José Briseño de Puerto Plata. En el Municipio de Sosúa, Provincia Puerto Plata, a los once (11) días del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. MERCEDES RODRÍGUEZ R. ABOGADA

PERDIDA DE CERTIFICADO DE INVERSION

La presente publicación se realiza para dar cumplimiento al requerimiento de mancomunidad de Massachusetts Tribunal de Primera Instancia Legalización y Corte de Familia a los fines de dar conocimiento a Hanser Aristy, padre de la menor Hannah M. Aristy Rivera de la demanda de manutención-custodia realizada por la madre de dicha menor Iranya Rivera. En relación a la queja de manutención-custodia-tiempo de paternidad archivado en marzo 7, 2018 (#01), Iranya Rivera demandante contra Hanser Aristy, acusado. Caso No. 18W0070-WD. El indicado tribunal de Massachusetts emitió la orden que expresa lo siguiente: “En queja de manutención-custodia-tiempo de paternidad archivado en marzo 7, 2018 (#01), después de escuchar a la parte demandante solamente, de ordena: 1. La parte demandante Iranya Rivera (madre) tiene la custodia total, legal y física de la menor Hannah M. Aristy Rivera (nacida en marzo 26, 2010). 2. Como el padre con la custodia total, legal y física, la esta específicamente permitida para aplicar por el pasaporte del niño y/o renovar el pasaporte sin ninguna orden futura o permiso de esta corte. 3. de acuerdo ala otorgación de la custodia total, la madre tiene completa irrestricta autoridad para viajar con la niña ambas, dentro y más allá de los límites de los Estados Unidos de América. 4. Este asunto esta en agenda para una audiencia de condicionen julio 26, 2018 a las 9:00 am, en la cual el juicio puede entrar a la discreción de la Corte. 5. Al padre se le deberá proveer noticia del caso con una publicación en un periódico de circulación general en la República Dominicana. Dicho que la noticia deberá ser dada de inmediato. Así queda ordenado y adjudicado abril, 5, 2018. La presente publicación es autorizada por la infrascrita abogada, hoy día once del de mayo del año 2018.

FC 357496

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones de la Ley, se hace de público conocimiento lo siguiente: UNICO: La pérdida del Certificado de Título No. 75-1062, del Solar 2-P-O-V, Manzana 219, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, a nombre de la señora RAMONA RAFAELA YSELSA DEL P. PARADAS RODRIGUEZ, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1636672-5, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Ocho (08) días del mes de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. ENRIQUE DICENT, Abogado. FC 357679

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace constar, la perdida de Certificado Financiero Numero 1800007974, Expedido Por El BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, a favor del señor ARCEDO GRULLON GONZALES, PORTADOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL NUMERO 4024370366-3, POR LA SUMA DE CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS DOMINICANOS (RD$125,000.00).

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201804645 Se avisa que el día 23 de mayo 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 104-A-REF D.C. 06 ubicada en la carretera Barranca Maguey a 1km de la escuela primaria municipio y prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 04/05/2018 propiedad de MUSACEAS DEL CARIBE S.R.L. quedan citados los colindantes y demás interesados.

ALEXIS RAFAEL ALMONTE NUÑEZ Agrimensor Contratista CODIA 15030 (CG-AC-13190-PC-2/4)

FC357754

LIC. CESAR J. MEJIA GONZALEZ, Abogado Apoderado.

Para general conocimiento y el cumplimiento a las disposiciones del Código de Comercio de la República Dominicana, los señores: Secundino Rosario y Kenia Rosario Avisan que se ha extraviado el Certificado de inversión No. CF1013361326, de fecha 10 de marzo del 2016, por la suma de UN MILLON CIENTO DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 (1,102,500.00), expedida por la Asociación de Ahorros y Préstamos (Apap), a favor de los Señores: Secundino Rosario y Kenia Rosario, dicha publicación se hace en cumplimiento a las leyes a los fines de ANULAR, el certificado extraviado y expedir uno nuevo que lo sustituya. En la provincia Santo domingo, Municipio Este, República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de mayo del año Dos Mil dieciocho (2018).

Agrimensor Contratista CODIA 15030 (CG-AC-13190-PC-1/4)

Licdo. VICTOR BATISTA MERAN ABOGADO APODERADO

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el Artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 07/05/2018, Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Santo Domingo, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia civil No. 1445-2018-SSEN00193, sobre el divorcio por Mutuo Consentimiento entre el Sr. OMAR FERNANDEZ BELTREZ y la SRA. LUZ YAKUMIRY HERNANDEZ LOPEZ, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 16va. Circunscripción del Estado Civil de Los Alcarrizos, según consta en el Libro No. 00001, Acta No. 000025, Folio No. 0049, el día siete (07) de mayo del año 2018.

ALEXIS RAFAEL ALMONTE NUÑEZ

LICDA. MIRIAN DE LA CRUZ VILLEGAS, Abogada. FC 357766

TURI-GO, S. A. Registro Mercantil: 378PE RNC: 1-06-01416-8 De acuerdo a lo establecido por la ley 479 08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la Sociedad TURI-GO, S. A. a una sociedad de responsabilidad limitada (S. R. L.), en el cual se establece lo siguiente: 1) La nueva denominación social será “TURI-GO, S.R.L.” ; 2) El objeto social principal será: el fomento de negocios e inversiones mobiliarias, industriales y turísticas, así corno la promoción, gestión y desarrollo de operaciones inmobiliarias, tales como: la compra, venta, explotación, alquiler y administración de bienes raíces, sean estos propiedad de la empresa o de terceros; 3) El domicilio social seguirá ubicado en la Calle Leonte Vásquez No. 22, Pueblo Arriba, Moca, Provincia Espaillat, República Dominicano; 4) El Capital Social será fijado en la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 000/100 (RD$300,000.00); 4) La sociedad será administrada por uno o más Gerentes que serán designados por un período de 1 año; y, 5) La duración de la sociedad seguirá siendo indefinida. Mediante el presente aviso SE CONVOCA a todos los accionistas a la Asamblea General Extraordinaria para fines de transformación, que se llevará a cabo en el domicilio de la sociedad el lunes que contaremos a veintiocho (28) de Mayo del año en curso, dos mil dieciocho (2018) a las 10:00A, M. En Moca, Provincia Espaillat, a los doce (12) días del mes de Mayo del año 2018.

SR. CESAR ARIEL HORTON GERVACIO

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201801688 Se avisa que el día 24 de mayo 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 1581 D.C. 03 ubicada en la carretera Cabrera-Nagua a 1km del destacamento de la Policía Nacional municipio y prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 23/04/2018 propiedad de BELKIS ESPERANZA VERAS TEJADA quedan citados los colindantes y demás interesados.

ALEXIS RAFAEL ALMONTE NUÑEZ Agrimensor Contratista CODIA 15030 (CG-AC-13190-PC-3/4)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201804647 Se avisa que el día 23 de mayo 2018 a las 2:00 p.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 152 D.C. 2 ubicada en la calle principal a unos 500m de la escuela pública municipio Bonao prov. Monseñor Nouel autorización de mensuras de fecha 04/05/2018 propiedad de DOMINGO TEONILA CALDERON quedan citados los colindantes y demás interesados.

ALEXIS RAFAEL ALMONTE NUÑEZ Agrimensor Contratista CODIA 15030 (CG-AC-13190-PC-4/4)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201804739 Se avisa que el día 22 de mayo 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 220m en la solar 01 porcion D D.C. 1 ubicada en la calle Rufino Espinosa parte abajo municipio Constanza prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 08/05/2018 propiedad de FRANCISCA NUÑEZ GIL, DIGNA MIGDALIA QUEZADA Y FRANCIA ARIAS QUEZADA quedan citados los colindantes y demás interesados.

EDDY DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 32187 (RO-16782-PC-1/2)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201804901 Se avisa que el día 22 de mayo 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 346.15m en la solar 01 porcion D D.C. 1 ubicada en la calle General Luperón próximo a la farmacia Consanza municipio Constanza prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 11/05/2018 propiedad de JOSE ANIBAL BAEZ DE LOS SANTOS quedan citados los colindantes y demás interesados.

EDDY DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 32187 (RO-16782-PC-2/2)

TURI-GO, S. A. Capital Social Autorizado. RD$300,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$105,000.00 Calle Leante Vásquez No. 22, Pueblo Arriba Moca, Provincia Espaillat, Rep. Dom. Registro Mercantil: 378PE RNC: 1-06-01416-8 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL De conformidad con lo previsto en el Artículo 197 de la ley 479 08 Sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, SE CONVOCA a todos los accionistas y miembros del consejo de administración a la Asamblea General Ordinaria Anual que se llevará a cabo en el domicilio de la sociedad el sábado que contaremos a veintiséis (26) de Mayo del año en curso, dos mil dieciocho (2018) a las 3:00 P. M., a los fines de conocer y deliberar sobre el siguiente orden del día: I)Declarar la Validez de la presente Asamblea General Ordinaria Anual; II)Conocer y librar acta de la situación financiero de la sociedad durante los últimos ejercicios sociales; III)Designar los miembros del Consejo de Administración de la sociedad de conformidad con las previsiones de los Estatutos Sociales; IV) Designar el Comisario de Cuentas por el tiempo previsto en los Estatutos Sociales vigentes; V) Librar acta del fallecimiento del accionista Julio César Hortón Domínguez, así como ordenar el levantamiento de una nueva lista de suscriptores y estado de pago de las acciones donde se refleje la actual composición accionaria de la sociedad a raíz de dicha partición sucesoral; VI) Conocer sobre la necesidad de acogida de esta sociedad a la Ley 479-08 mediante adecuación o transformación; VII) Conferir plenos poderes al Presidente del Consejo de Administración para representar sociedad ante cualquier persona natural y/o institución pública o privada dentro o fuera del territorio de la República Dominicana y VIII) Punto Libre. Asimismo, les informarnos que los poderes de representación para la citada asamblea deberán ser depositados en el domicilio social al menos cinco (5) días antes de la celebración de dicha asamblea. En la ciudad de Moco, Provincia Espaillat, a los doce (12) días del mes de Mayo del año 2018.

Sucesores Julio César Horton Domínguez Accionista mayoritario


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SÁBADO 12 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

Atracan a punta de pistola a estudiante comunicación social Luis Brito

contraria al trayecto que ella caminaba, mientras él emprendía la huida. Minutos más tarde las notificaciones bancarias vía correo electrónico le reportaban varios consumos con sus tarjetas en diferentes establecimientos comerciales, antes de que ella pudiera proceder al bloque correspondiente. Ramieri Delgadillo, quien es colaboradora del programa televisivo Tiempo de Noticias que producen los periodistas Luis y Alex Brito, especifica que los delincuentes hicieron dos consumos en igual número de estaciones de combustibles. Afirma que consumieron de sus tarjetas la suma de 12 mil 500 pesos en las estaciones ESSO de la calle Josefa Brea, y la gasolinera TOTAL Centauro, de esta ciudad.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, modelo Accord, año 1998, color verde, placa y registro A072626, chasis 1HGCG5646WA022962, a nombre de MARÍA ELENA CARELA FERREIRA, cédula 001-0043638-5. fp97328

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Hyundai, modelo Excel, color crema, placa y registro A187192, chasis KMHVD12JXPU238412, a nombre de HECTOR BIENVENIDO CUELLO MOJICA, cédula 2230066350-1.

PERDIDA DE MATRICULA: Marca TOYOTA, modelo COROLLA, año 1988, placa A327663, color BLANCO, chasis JT2AE92W6J3087004, propiedad de JOSUE GREGORIO JIMENEZ CARMONA, CEDULA 001-1640557-2.

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Toyota, color blanco, año 2014, placa y registro L320055, chasis MR0FZ29G301689572, a nombre de BARTOLO PEÑA SANTANA, cédula 026-0096154-0. FC357752

PERDIDA DE MATRICULA: VEHICULO DE CARGA Marca FORD modelo RANGER color ROJO Año 1986 Chasis L024719 placa 1FTCR14A2GPA72637 a nombre de JUAN GUERRA – CED.03103080135 (CH-AC-13189-WP-1/2)

PERDIDA DE MATRICULA MARCA JEEP, modelo CHEROKEE LAREDO, año 1997, placa G117198, color chasis BLANCO, 1J4FX58SXVC538763, propiedad de GERMAN GONZALEZ, CEDULA 0011458991-4

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca SUZUKI modelo LTZ400ZK8 color NEGRO Año 2008 Chasis K0464696 placa JSAAK47A582108371 a nombre de RAMON MARIA QUEZADA AQUINO – CED.05000299353 (CH-AC-13189WP-2/2)

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 2011, placa y registro chasis K0289676, LC6PAGA14B0824545, a nombre de NELSON MONTEO RODRÍGUEZ.

SANTO DOMINGO.- La estudiante de comunicación social, Ramieri Delgadillo, fue víctima de un atraco a mano armada en momentos que salía de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), luego de recibir docencia. El atraco a punta de pistola se produjo el pasado jueves a las 8:00 de la noche, en las inmediaciones del Archivo General de la Nación. La despojaron de su mochila con todas sus pertenecías y sus documentos personales, incluyendo sus tarjetas de crédito y una de débito, así como un teléfono celular. Según narra Delgadillo, un hombre de tez oscura se le acercó aparentando que la conocía, la sujetó de for-

ma rauda e inesperada y la amenazó con propinarle varios disparos si se resistía al atraco. Una vez el delincuente tomó su mochila y la obligó a devolverse en dirección

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1992, placa y registro K117426, chasis MD502404982, a nombre de JESÚS DÍAZ, Céd. 001-0286672-0.

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Honda, año 1994, color verde, placa y registro K0581326, chasis AA011050915, a nombre de KEILA CLARIBEL FERNANDEZ SOSA, cédula 023-0157581-3. FC357705

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Honda, color verde, año 1998, placa y registro G075146, chasis JHLRD1867WC059521, a nombre de WANDER MARTINEZ MARTINEZ, cédula 028-0046714-0, FC357737

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Honda, modelo C50, año 1983, color gris, placa y registro K0229103, chasis C50 3213382, a nombre de ANTONIO YSAAC POLANCO AMANCIO, cédula 001-0158446-4.

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2010, placa y registro chasis A686246, KMHEU41MBAA789473, a nombre de JUAN MANUEL DOMINGUEZ GONZÁLEZ, cédula 224-0028239-4.

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, modelo Sonata N20, año 2010, color blanco, placa y registro A700589, chasis KMHEU41MBAA791889, a nombre de JORGE LUÍS BACILIO PÉREZ, cédula 402-2262253-8.

PÉRDIDA DE MATRICULA: de motocicleta, marca Honda, color gris, año 1993, placa y registro K0679889, chasis JF061001491, A nombre de ROSYS VIRGINIA TOLENTINO EUSEBIO, cédula 023-0155397-6. FC357726

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Kia, modelo Morning, año 2013, color rojo, placa y rechasis A768917, gistro KNABE515BD1582942, a nombre de LINDA AURELIA FORTUNATO VIDAL, cédula 001-1849311-3.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Jeep, color negro, año 2002, placa y registro G114321, chasis 1J4GX48S92C239694, a nombre de PLINIO ANTONIO GARCÍA GUTIERREZ.

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2011, placa y registro A740312, chasis a KMHEC41MBBA316426, nombre de ELVIN FRANCISCO FELIZ PÉREZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, color dorado, año 1994, placa y registro chasis A349232, 1HGCD5662RA146659, a nombre de ARÍSTIDES DE JESÚS TORRES BLANC, cédula 031-0294921-5. FC357727

Ramieri Delgadillo

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Peugeot, color azul, año 2005, placa y registro A436031, chasis VF32AKFWU5W019514, a nombre de SARA YNES GONZÁLEZ SUED. PÉRDIDA DE MATRICULA: de motocicleta, marca Yamaha, modelo Job, año 1994, color gris, placa y registro N634810, chasis 3KJ8075160, a nombre de DANIEL EURÍPIDE GÓMEZ POLANCO. FC357749

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry Ce, año 1995, color verde, placa y registro chasis A435050, 4T1SK11E0SU573524, a nombre de RAMÓN LEONALDO SANTOS SÁNCHEZ. FC357750

PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Chevrolet, color negro, año 2016, placa y registro G375638, chasis 1GNSC7KC6GR403171, a nombre de JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ HICIANO, cédula 058-0030619-2. Fc357746

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Kia, color blanco, año 2012, placa y regischasis A689253, tro KNAGN418BCA195861, a nombre de CARLOS ADONIS MODESTO NÚÑEZ

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Mitsubishi, color blanco, año 2003, placa y registro L320372, chasis FG635CA40043, a nombre de UNION NACIONAL DE EXPORTADORES E IMPORTADORES DE PRODUCTOS A.

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Toyota, modelo KUN26L-PRPSYG, año 2006, color plateado, placa y rechasis L204058, gistro 8AJFZ29GX06007027, a nombre de RADHAMES LORENZO DE LEÓN, cédula 104-0013638-7.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color verde, año 2000, placa y registro chasis A166368, JT153XV20000236658, a nombre de FLORITA MARINA LÓPEZ SANTOS DE MATEO, cédula 001-0171490-5. FC357741

PÉRDIDA DE PLACA: marca Nissan, modelo Cabstar, color plateado, año 2007, placa y registro L223453, chasis JN1CJUD22Z0080232, a nombre De BERNARDITA DE LOURDES HEREDIA, cédula 001-0245413-9. Fc357700

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Skoda, modelo GLX, color negro metálico, año 1998, placa y registro A108821, chasis TMBEEA654W0780801, a nombre de MARÍA EUGENIA DE LOS ANGELES LASSO DONOSO, cédula 001-1656005-3. FC357758

PERDIDA DE MATRICULA: JEEP, Marca TOYOTA, modelo GRJ120L GKPGK, color AZUL, Año 2004, placa Chasis G013676, JTEBU25J800026156, a nombre de EDUARDO JULIAN MARTINEZ, CED.047-0001987-2. (CH-AC-13179-WP-1/2)

PÉRDIDA DE MATRICULA: marca Honda, modelo C50, color azul, año 1993, placa y registro K0259201, chasis C500881339, a nombre de FRANKLIN REYNOSO PEÑA, cédula 071-0041554-1. FC357760

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil público urbano, marca Toyota, color negro, año 1993, placa y registro chasis T013147, JT2AE00E9P0014094, a nombre de MIGUEL BRITO SANTANA, cédula 061-0022128-9. FC357693

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Ford, modelo CG150, color rojo, año 2010, placa y registro chasis N607113, LWPPCK2A596682603, a nombre de cédula JAIRO MERCADO MARTE, 071-0061081-0. FC3857757

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Chevrolet, placa A487547, cochasis dorado, lor 1Y1SK5282YZ428951, tipo automóvil privado, año 2000, propiedad de VICTOR ALFONSO RODRIGUEZ, cédula 031-0570677-8.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Chevrolet, modelo HHR LS, año 2008, color blanco, placa y registro A635981, chasis 3GCDA85D18S653885, a nombre de DENNY YAJAIRA ANGOMÁS HERNANDEZ, cédula 026-0072257-9. FP97336

.PERDIDA DE MATRICULA Y PLACA: MOTOCICLETA PRIVADA, Marca SUZUKI, modelo LT-Z400ZK8, color NEGRO, Año 2008, Chasis K0464696, placa JSAAK47A582108371, a nombre de RAMON MARIA QUEZADA AQUINO, CED.0500029935-3. (CH-AC-13169-10-11-12/05/2018-PC-2/3)

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. B 320183 fecha de apertura 09/03/2012 expedido por un valor de RD$400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por BANCO BHD LEON a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: MARIA ABREU Y/O JOSELITO LAMAR Depositantes (AC-13192-CC-12-19-26-02/06/2018)

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo de Propiedad No. 2001-762 registrado en el Libro 113, folio 61, hoja 0098, que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 47,793.60m2 en el ámbito de la Parcela No.190 del Distrito Catastral no.20 del Municipio Villa Tapia y Provincia de Hermanas Mirabal a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de Hermanas Mirabal a nombre de NARCISO DE JESUS ROSARIO NUÑEZ, Propietario. En la ciudad, municipio de Villa Tapia y provincia de Hermanas Mirabal, Rep. Dominicana a los 12 días del mes de mayo del año 2018.

LIC. ANDY ANDRES RODRIGUEZ REYES Abogado (RO-6907-CT)

PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2017-SSEN-00784 en fecha 15 de mayo del año 2017, cuyo dispositivo dice asi: F A L L A: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia de fecha 24/04/2017 en contra de JOSE LUIS RODRIGUEZ HERNANDEZ por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre SONIA RUIZ DE JESUS Y JOSE LUIS RODRIGUEZ HERNANDEZ. TERCERO: Otorga la guarda y cuidado de las menores OUDRY Y SULEYKA DEL CARMEN a favor de su madre SONIA RUIZ DE JESUS. CUARTO: ORDENA al oficial del estado civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. QUINTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial ROY E. LEONARDO PEÑA, Alguacil Ordinario de esta sala, para la notificación de la sentencia. Nuestra sentencia asi se pronuncia , ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza y Maricela Bueno Ortiz, Secretaria interina. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripcion Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro no. 5 folio 119 acta no.460 en fecha 21 DE julio del 2017. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 12 Días del mes de mayo del año 2018.

DR. CASIMIRO ANTONIO VASQUEZ PIMENTEL Abogado (AC-13191-CEA)


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