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Clasificados

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12 CLASIFICADOS

CLAsIFICADOs DIVeRsOs

Bienes Raices

Automóviles

Reid y Compañía. 809-562-7211 ext. 2185 BIenes RAICes

Tel: 809 534 7121, 829 836-0443

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Toyota Corolla 2005

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Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automática- Blanca- 4WD-Motor 3.6, 6 cilindros

Ford Mustang GT 2013 US$32,000 Transmisión mecánicaGris oscuro- Motor 5.0, 8 cilindros, Supercharged

Hyundai Tucson 2014 RD$865,000 Transmisión automática- Gris- Motor 2.0, 4 cilindros

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Empleos

Capacitación

Legal

Diversos


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LEGAL 13

AVIsOs LeGALes AVISO DE COMPARECENCIA

AVISO DE DIVORCIO

Remite MARILIN ALTAGRACIA REYES FORTUNA, cédula No. 110-0001620-1, emplaza a comparecer lo más pronto posible ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), al señor CARLOS GARCIA CABRERA, cédula No. 0011364613-7, con relación al expediente No. 0100168651.

Para dar cumplimiento con lo que establece el Artículo No. 42 de la ley 1306-bis, que en fecha 28 del mes de Julio del 2017, la 7ma sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializado de Familia, dictó la sentencia civil no. 532-2017-SSEN-01396, y fue pronunciado el divorcio por mutuo consentimiento PAMEL HERNANDEZ PIÓN y JOICY NINOSKA PEÑA FERNANDEZ, pronunciado por ante el Oficial de la 10ma Circunscripción correspondiente, registrado en el libro No. 00001, folio no. 0001, acta No. 000001, del año 2018.

LIC. ROSA AYBAR Abogada.

LICDA. ANA VIRGINIA LÓPEZ ABOGADA

FC 360362

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor ANTHONY CÁCERES CARPIO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en Los E.U.A. y en el Municipio de Villa Tapia, Provincia de Hermanas Mirabal, República Dominicana, cedula no.088-0006065-2, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ANDY ANDRES RODRÍGUEZ REYES, cédula no.051-0000319-2, matrícula CARD 14772-64-94, con estudio profesional abierto en el NO.2 de la calle Don Rafael Quezada del municipio de Villa Tapia, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora DORCA PEÑA SARETE, cedula no.047-0194619-8, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Urbanización El Querey calle San Rafael Franco No.5, 2do. Nivel, del Municipio de Villa Tapia, Provincia de Hermanas Mirabal, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Salcedo, el día viernes 3 del mes de AGOSTO del año 2018 a las 9:00 a.m. así como en la puerta y secretaria del tribunal apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la Camara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Salcedo, la cual celebra sus audiencias publicas en uno de los apartamentos de la Primera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de Salcedo, sito en el edificio de oficinas públicas de la Calle Hermanas Mirabal de la ciudad de Salcedo, el día jueves 23 del mes de agosto del año 2018 a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio de Villa Tapia, provincia de Hermanas Mirabal, Rep. Dominicana, a los 30 días del mes de julio del año 2018.

Conforme el art. 42 Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 26 de DICIEMBRE del año 2017, la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega, dictó la sentencia no.209-2017-SSEN-01079 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre HABBY RAMON MARTE PEÑA y MARLENY ACOSTA CASTILLO. TERCERO: ORDENA a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial Carlos Alberto Almanzar alguacil ordinario del juzgado de trabajo de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. (FIRMADO) Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad; Jueza Presidenta; Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil DE LA 2DA. Circunscripción del municipio de La Vega, transcrito en el Libro #4; folio 19; Acta #310 en fecha 04 de julio DEL año 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 30 días del mes de julio del Año 2018.

LIC. ANDY ANDRES RODRÍGUEZ REYES Abogado apoderado de la parte Demandante (RC-7010-RDT-ENV-30-31-01/08/2018)

LICDA. ROSA ERCIRA M. GOMEZ ARACENA Abogado (RO-17638-OEA-DEV)

PUBLICACION DE DIVORCIO

“AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO”

Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2018SSEN-00638 en fecha 04 de MAYO del año 2018, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha 16/04/2018, en contra de Maríleida Ramos por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Juan Ubaldo Trinidad Rosario y Marileida Ramos. TERCERO: Ordena al Oficial Civil Oficial dci Estado Civil de la Primera Circunscripción de Villa Tapia a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial Angel castillo Al. alguacil de Estrado de la Segunda Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia..Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripción Del Municipio de Villa Tapia, transcrito en el libro no. 1 folio 77 acta no.58 en fecha 17 DE julio del 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 30 Días del mes de julio del año 2018.

En cumplimiento a las disposiciones del Párrafo 1 del articulo 22 de la Ley 1306-Bis Sobre Divorcio, y para mayor conocimiento, se hace saber que el señor JUAN ANTONIO DE JESUS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privada, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0491837-0, domiciliado y residente en la Avenida Duarte No. 185; del ‘ Municipio de Villa Bisonó, Provincia Santiago; quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. JULIANA HIRALDO PERALTA, Abogada de los Tribunales de 1a República, debidamente inscrita en el Colegio de Abogados de la Republica Dominicana, con el número 29322-832-01, portadora de la cedula de identidad y electoral número 0960006147-8, con estudio profesional abierto en la Calle José Checo, Esq. Dolores Bueno No. 8, de este Municipio de Villa Bisonó, Provincia Santiago, donde se hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda, por el presente aviso, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARILYN BALCACEL CEPEDA, cuyo último domicilio y residencia conocido fue en la calle Eduardo Brito, número 37, antigua calle 16, Barrio 27 de Febrero, Santo Domingo, Distrito Nacional; que se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día VIERNES, que contaremos : a TRES (03) del mes de AGOSTO del año das mil dieciocho (2018) a las nueve (9:00) horas de la mañana, a fin de que comparezca a la audiencia a puertas cerradas en que será conocida dicha demanda que sé celebrará el día MARTES que contaremos a VEINTIOCHO (28) del mes de; AGOSTO del año dos mil dieciocho (2018), a las ONCE horas (11:00 AM) de la mañana, por Ante la Sala Civil No. 5 de Asuntos de Familia de Santiago, en su local ubicado sito en la primera planta del Palacio de Justicia Dr. Federico C. Álvarez, ubicado en la manzana formada por las avenidas Mirador del Yaque y 27 de Febrero, y las calles E. Guerrero y No.4 del Ensanche Román, de la Ciudad de Santiago. En el Municipio de Villa Bisonó, Provincia, República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018).

LICDA. MABEL DEL C. SANTOS PEGUERO Abogada

LICDA. JULIANA HIRALDO PERALTA Abogada Apoderada.

(RC-7008-CEA)

PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2018-SSEN-00397 en fecha 21 de marzo del año 2018, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia de fecha 05/03/2018, en contra de CARLOS ALBERTO ESPINAL CARRASCO, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre MARIA ISABEL CONCEPCION MARACALLO y CARLOS ALBERTO ESPINAL CARRASCO. TERCERO: OTORGA la guardas y cuidado de los menores CARLOS GABRIEL y SARAHBEL, a favor de su madre MARIA ISABEL CONCEPCION MARACALLO. CUARTO: ORDENA al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales.. QUINTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al Ministerial CARLOS RODRIGUEZ RAMOS, Alguacil de Estrado de esta Sala, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripción Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro no. 4 folio 73 acta no.337 en fecha 19 DE julio del 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 30 Días del mes de julio del año 2018.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 de la ley 1306-Bis Sobre divorcio señor: JUAN MARCELINO MEJIA GOMEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 027-0028082-5, domiciliado y residente en la Calle María Trinidad Sánchez No. 02, El Valle, provincia de esta ciudad de Hato Mayor del Rey, quién tiene como abogado constituido y apoderado especial LCDO. PEDRO CRESCENCIO PAYANO SANTANA, dominicano, mayor de abogado de los Tribunales de la República Dominicana, Portador de la Cédula Identidad y Electoral No.100-0007191-3, con estudio profesional abierto de permanente en la Calle María Trinidad Sánchez No.88, Altos, del Municipio de Valle, Provincia de la Ciudad de Hato Mayor del rey, y ad-hoc en la Secretaría de Cámara Civil y Comercial del Juzgado de 1ra. Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente Instancia, hace de público conocimiento que el último domicilio conocido de su legítima esposa la señora MARIA ISABEL RIVERA QUIÑONEZ, fue en la calle María Trinidad Sánchez No.25, del municipio del Valle, de provincia de Hato Mayor del Rey, y que procederá a emplazarla en acción de Divorcio por la Causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Hato Mayor, Para que comparezca a la audiencia Civil que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial de Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, en sus atribuciones civiles, Palacio de Justicia Dr. Bienvenido Canto y Rosario (Machito) sito en la Carretera Hato Mayor-Yerba Buena el día Treinta y Uno (31) del Mes de Julio de Presente año 2018 a las (9:00) Horas de la Mañana. En la ciudad de Hato Mayor del Rey, Rep. Dom. a los Trece (13) días del mes de mayo del año 2018.

Lic. VICENTE DE PAUL PAYANO BASORA Abogado (RC-7009-OEA-DEV)

LICDO. PEDRO CRESCENCIO PAYANO SANTANA, Abogado. FC 360352

Quien suscribe el señor Vicente Caraballo Ramón portador de la cedula de identidad No. 065-0020253-3, localizado en los teléfonos 829-798-5753, por este medio hago de publico conocimiento, que procederé a solicitar en el Comando Naval de Capitanías de Puertos y Autoridad Marítima, ARD., la matriculación para uso personal de un bote de pesca la cual se le dará el nombre de “CARABALLO, CARABALO-1 y/o CARABALLO-2”, el mismo se encuentra actualmente en la playa de las terrenas, dicha embarcación la obtuve mediante una compra verbal sin ningún tipo de documentos hace aproximadamente 12 años, del mismo modo hago de conocimiento que libero de toda responsabilidad civil o penal a la Armada de República Dominicana por la obtención de la matricula. FC360378

PERDIDA DE CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO EN MONEDA EXTRANJERA

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Depósito a Plazo en Moneda Extranjera No. 768909194, emitido por Banco Popular Dominicano, C. POR A.- Banco Múltiple, por un valor de USD$9,300.00 (Nueve Mil Trescientos Dólares con 00/100) a nombre de MASSIEL SANDOVAL DULU, Cédula 114926827. La presente publicación se hace para los fines de la Ley correspondiente.

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES Se hace público conocimiento las pérdidas de los Certificados de Acciones No. 84726 de fecha 17-06-2002, por valor de 47 acciones; No. 108118 de fecha 25-05-2006, por valor 13 acciones; No. 113038 de fecha 10-05-2007, por valor 17 Acciones; No. 121052 de fecha 12-05-2009 por valor 22 Acciones; No. 131484 de fecha 10-05-2010, por valor de 24 Acciones; No. 143236 de fecha 18-05-2011, por valor de 7 acciones; No. 151735 de fecha 14-05-2012, por valor de 6 acciones, expedidos por el BANCO POPULAR, S.A., a favor del señor JULIO CESAR ECHAVARRIA LANDRON, accionista, cédula de identidad y electoral No. 028-0002722-5. FC 360216

PÉRDIDA DE CHEQUE DE ADMINISTRACION DEL BANCO DE RESERVAS Nombre del Cliente Comprador: NOELIA SURIEL JIMENEZ, cédula 001-1846820-6. Nombre del Cliente Beneficiario: JORGE LUIS RODRIGUEZ JIMENEZ, cédula 053-0045151-4. Datos del cheque: No. De Cheque 20795032, fecha de compra: 08 de marzo del 2018. Monto del Cheque: RD$1,000,000.00. FC 360321


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14 LEGAL AVISO POR DETERIORO DE CERTIFICADO DE TÍTULO

AVISO MENSURA CATASTRAL

Se hace de público conocimiento que se ha deteriorado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño), expedido a nombre de la sociedad comercial MANUEL ARSENIO POUERIÉ SUCESORES SRL, correspondiente a una porción de terreno dentro del inmueble Parcela 158 del Distrito Catastral No. 47/1, ubicado en Higüey, La Altagracia, con una extensión superficial de 542,543.20 metros cuadrados. El presente aviso se realiza como trámite para la obtención de un nuevo Certificado de Título por deterioro, de conformidad con el Artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 86 del Reglamento General de Registros de Títulos.

EXP. 662201807841 Se avisa que el día 6 de agosto 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 300.00m2 en la parcela 28-B-3-A D.C. 11 ubicada en el higüero municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 26/07/2018 propiedad de LETICIA BERALICE TAVERA REYES quedan citados los colindantes y demás interesados.

MANUEL ARSENIO POUERIÉ SUCESORES SRL RNC 119000116 - Registro Mercantil 2998LA Higüey, La Altagracia, RD

ARIEL DE JESUS MARTINEZ Agrimensor Contratista CODIA 27184

Fc360376

(MZ-AC-13667-WP-3/4)

AVISO PERDIDA DE TITULO

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD

AVISO PERDIDA DEL CERTIFICADO DE TITULO NO. 84-9301, UBICADO DENTRO DE LA PARCELA NO. 3-A, DEL D.C., NO. 9, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 312 METROS CUADRADOS, UBICADA EN EL DISTRITO MUNICIPAL DE SAN LUIS, MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, PROVINCCIA SANTO DOMINGO, PROPIEDAD DE LOS SEÑORES(AS) GREGORIO MARTE MATOS e ISABEL GARCIA HERNANDEZ DE MARTE, PORTADORES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD Y ELECTORAL NOS. 223-0028026-4, y 001-1377352-7, RESPECTIVAMENTE.

EXP. 662201807176 Se avisa que el día 8 de agosto 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 150.00m2 en el solar 17-C Porción B D.C. 01 ubicada en la ave. Mons. Panal municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 06/07/2018 propiedad de PEDRO PABLO RUIZ VALDEZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo de Propiedad Matricula No. 3000206992 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 229m2 en el ámbito de la Parcela No. 63, del Distrito Catastral no. 03 del Municipio Jarabacoa Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de GUMERCINDO REYES ABREU, Propietario. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 30 días del mes de julio del año 2018.

LIC. DOMINGO BATISTA ABOGADO

ARIEL DE JESUS MARTINEZ Agrimensor Contratista CODIA 27184

GUMERCINDO REYES ABREU Propietario

FC360377

(MZ-AC-13667-WP-4/4)

(WM-AC-13666-WP)

AVISO DE MENSURA

AVISO MENSURA CATASTRAL

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Jueves Dos (02) de del año 2018, a las 2:00 p.m., Yo Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 662201807541, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, procederé a realizar los trabajos de Deslinde y Refundición dentro del ámbito de la P. No. 339 y 340 del D. C. No. 03 del Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, a solicitud del Sr. Nelson Emilio Núñez Hernández.

EXP. 662201804416 Se avisa que el día 1 de agosto 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 400m2 en el parcela 778 D.C. 03 ubicada carret. conduce la Joya y la Javilla entrada Pancho Motor y escuela 800m después entrada La Joya, Rincón casa #7 callecita sin salida municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 27/04/2018 propiedad de JOSE RADHAMES DE LAMAR PERALTA quedan citados los colindantes y demás interesados.

Se ha extraviado el certificado financiero No. CF1013726197 expedido en fecha 18 de mayo del año 2016, de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos de la Republica Dominicana por un monto de CINCUENTA MIL PESOS RD$ 50,000.00, a favor de los señores FRANCISCA GUERRERO DE JESUS y FERNANDO PORTALATIN GUERRERO, cedulas : 0010857745-3 y 225-0023243-8.

Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba Agrimensor Contratista CODIA 25072 FC360375

CARLOS JOSE REYNOSO Agrimensor Contratista CODIA 26168 (AC-13668-PC-ENV)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 662201807839 Se avisa que el día 13 de agosto 2018 a las 11:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 381-G D.C. 03 ubicada en la calle 4 Res. La Primavera esq. José Martí El Hatico municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 26/07/2018 propiedad de JOSE GENARO VALDEZ VARGAS quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 662201807869 Se avisa que el día 6 de agosto 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 877 D.C. 02 ubicada en Palero municipio Constanza Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 27/07/2018 propiedad de KATHERINE CEPEDA DIAZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

JUAN BAUTISTA ALMONTE DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 24172

EDDY DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 32187

(LA-AC-13671-WP)

(AC-13669-WP-1/2)

AVISO MENSURA CATASTRAL

FC359924

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 265892, expedido por el BANCO BHD-LEON, S. A., en favor de Mirella Rivas Encarnación, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0094409-9 y/o Luis Ramon de Jesús Lahiri Valverde Rivas, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0096552-4, en fecha 29 de junio de 2010, por la suma de RD$1,250,000.00 (un millón doscientos cincuenta mil pesos dominicanos). La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes. FC360226

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD

EXP. 662201807174 Se avisa que el día 6 de agosto 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el SANEAMIENTO de 404.30m2 en el D.C. 32 ubicada en la carretera presa de taveras el mamey arriba municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 06/07/2018 propiedad de DIONICIO ANTONIO TAVERAS DE JESÚS Y GABRIELA MARTE SÁNCHEZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo de Propiedad registrado en el folio 201 Libro 50 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 543.86m2 en el ámbito de la Parcela No. 26, del Distrito Catastral no. 05 del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de VINICIO DE JESUS RODRIGUEZ, Propietario. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 30 días del mes de julio del año 2018.

En cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Art.42 de la Ley No.1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Dieciocho (18) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Séptima Sala de la cámara civil y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.532-2018-SSEN-01184, contenida en el Expediente No.532-2018-ECON-00967, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y validar en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intenta por los señores JUAN ADONIS RODRIGUEZ MERCEDES Y YOSETTY MARGARITA GEANO RAMIREZ, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores ADONIS RODRIGUEZ MERCEDES Y YOSETTY MARGARITA GEANO RAMIREZ, por su mutuo consentimiento en conformidad con el acto de convecciones de divorcio No.09, instrumentado en fecha 26 de Marzo del 2018, por la DR. MIGUELINA DEL CARMEN CAMPUSANO LASOSE, Notario de los Números del Distrito Nacional, por los motivos que procede: B) Otorga la guarda y cuidado y de la menor de edad SHAMYRA MARIEL, a cargo de la señora YOSETTY MARGARITA GEANO RAMIREZ, acordado el acto de convenciones y estipulaciones No.09, instrumentado en fecha 26 de marzo del 2018, por la DR. MIGUELINA DEL CARMEN CAMPUSANO LASOSE, Tribunales en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio No.09, instrumentado por ante la notario público del Distrito Nacional Notario de los Números del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. C) Homologa el régimen de visita estipulado y pactado por los conyugues en causa, el cual se encuentra estipulado en el acto de Estipulaciones y Convenciones No.09, de fecha 26 de Marzo del 2018, instrumentado por la DRA. MIGUELINA DEL CARMEN CAMPUSANO LASOSE, Abogado Notario Público de los Numero del Distrito Nacional, por las consideraciones que proceden. TERCERO: ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, ha sido firmada por el Magistrado PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con la firma y el sello del Tribunal. MAGALIS ANA IRIS SANTANA MELENCIANO, Secretaria. El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción, en fecha Catorce (14) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), según Acta de Divorcio registrada con el No.001260, Libro No.00015, Folio No.0121, del año 2018; y la Sentencia que lo admite está marcada con el No. 532-2018-SSEN-01184, contenida en el Expediente No. 532-2018-ECON-00967, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia a los Cuatro días (04) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

ARIEL DE JESUS MARTINEZ Agrimensor Contratista CODIA 27184

LIC. HONORIO JAVIER GARCIA NERIS Abogado

DRA. BERLIS MARGARITA PAREDES MONTILLA Abogada Apoderada.

EXP. 662201807383 Se avisa que el día 6 de agosto 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 407.64m2 en la parcela 142-A D.C. 5 ubicada en el residencial el portal 1 municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 12/07/2018 propiedad de MARÍA SALOME CRUZ DE MERCEDES quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 662201807861 Se avisa que el día 8 de agosto 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 669 D.C. 02 ubicada en el Barrio San Francisco, El Cercado municipio Constanza Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 27/07/2018 propiedad de ODALIS QUEZADA PAYANO quedan citados los colindantes y demás interesados.

ARIEL DE JESUS MARTINEZ Agrimensor Contratista CODIA 27184

EDDY DIAZ Agrimensor Contratista CODIA 32187

(MZ-AC-13667-WP-1/4)

(MZ-AC-13667-WP-2/4)

(AC-13665-WP)

Fp98697


Lunes 30 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca Honda, color azul, año 1984, placa y registro K0167468, chasis C701127027, a nombre de LUÍS MANUEL TAVAREZ MORENO, cédula 001-1569702-1. FC360358

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 2004, placa No. K0630964, chasis LC6PAGA1340813104, a nombre de SANTOS GONZALEZ

PÉRDIDA DE PLACA: marca Honda, modelo Civic, color verde, año 1997, placa y registro A424425, chasis 2HGEJ6628VH535676, a nombre De JOSÉ RAMÓN FELIPE.

PERDIDA DE MATRICULA: JEEP, Marca HONDA, modelo CRV EX – L 4X4, color AZUL, Año 2007, placa Chasis G303372, JHLRE48787C031204, a nombre de MARIA CRISTINA ROSARIO PICHARDO, CED. 031-0422708-1. (CH-AC-13670-WP)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo jeep, marca Toyota, color gris, año 2005, placa No. G230046, chasis JTEZU14RX50048523, a nombre de DOMINGO VALDEZ LAGRULE.

PERDIDA DE MATRICULA Y PLACA: MOTOCICLETA, Marca YAMAHA, modelo VINO, color NEGRO, Año 1994, placa N784639, Chasis SA26J661380, a nombre de ELIZABETH ALTAGRACIA RODRIGUEZ FAJARDO, CED. 047-0199197-0. (RC-7011-PC-30-31-01/08/2018)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta marca Yamaha, color negro, año 2003, placa No.N514560, chasis JYARN10E83A010246, a nombre de WILBERT ANDRES CONTRERAS PEREZ.

CAMBIO DE PROPIETARIO del bote de pesca de nombre “DON DE DIOS”, mat. BPD55-1119SBS, de 18 pies de eslora 5 de manga y 2.5 de puntal, color azul, propiedad de la Sra. MARIA LUISA CALDERON AGÜERO, para que en lo adelante figure a nombre del SR. JUSTO RADAHAMES NUÑEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo volteo marca Mitsubishi, color blanco, año 2001, placa No. S009005, chasis FV515JA00261, a nombre de YOVANNY CASTILLO BRITO.

CAMBIO DE PROPIETARIO del bote de pesca de nombre “LLEGO CALDERON-D”, mat. BP-L187-1257SBS, de 18 pies de eslora 5 de manga y 3 de puntal, color azul, propiedad del JESUS CALDERON DIPPITON., para que en lo adelante figure a nombre del SR. JUSTO RADAHAMES NUÑEZ. FC360380

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Honda, color marrón, año 2012, placa y registro G358291, chasis 5J6RM4H75CL063631, a nombre de QUENIA JOSELYN SÁNCHEZ PUJOLS.

CAMBIO DE PROPIETARIO del bote de pesca de nombre “FREDDY”, mat. BP-E1551526SBS, de 19.5 pies de eslora 6 de manga y 2.4 de puntal, color naranja y blanco, propiedad del CESAR HENRIQUEZ MALDONADO, para que en lo adelante figure a nombre del SR. FRANCISCO MELENDEZ. FC360381

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color azul, año 2017, placa y registro K0799171, chasis LC6PAGA10H0004083, a nombre de WS MOTORS, S.R.L.

Se le invita a GABRIEL DE JESÚS QUIÑONES, Ced. 064-0057077-4, a pasar por plan piloto para retiro de denuncia del volteo, marca Daihatsu, color rojo, año 2007, placa S014249, chasis JDA00V11800070355, a nombre de FERMIN RAFAEL DOMÍNGUEZ DE JESÚS.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Tauro, color verde, año 2015, placa y registro K0724654, chasis TARPCM509FC004327, a nombre de YANCARLOS MONTERO VICENTE.

PERDIDA DE MATRICULA: JEEP, Marca HONDA, modelo CRV EX – L 4X4, color AZUL, Año 2007, placa G303372, Chasis JHLRE48787C031204, a nombre de MARIA CRISTINA ROSARIO PICHARDO, CED. 031-0422708-1. (CH-AC-13670-WP)

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esPAÑOL

Espacio de Aprendizaje sobre el uso correcto del idioma

LUIS DIAZ MARTINEZ ludimartinezz22@gmail.com

¿sabes cómo se llaman los dedos?

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 265899, expedido por el BANCO BHD-LEON, S. A., en favor de Mirella Rivas Encarnación, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0094409-9 y/o Luis Ramon de Jesus Lahiri Valverde Rivas, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0096552-4, en fecha 12 de julio de 2010, por la suma de RD$950,000.00 (novecientos cincuenta mil pesos dominicanos). La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes. FC360226

FC360379

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO Para generar conocimiento y de conformidad con las previsiones del Art. 22 de la ley No. 1306 Bis, sobre divorcio, el Sr. WILFREDO ANTONIO ARACENA PERALTA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0389967-0, domiciliado y residente en la calle Jimani, No. 176, Ensanche Espaillat, Santo Domingo, Distrito Nacional; (demandante) ADVIERTE, a su legítima esposa Sra. MARIA DE LOS ANGELES VELAZQUEZ NAVARRO, cuya última dirección o domicilio es la calle J, No. 54, Ensanche Espaillat; que a falta de información de su residencia actual, procederá por conducto de su abogado DR. RUDDY GARCIA, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0244882-6, con estudio profesional abierto en la calle Luis C. del Castillo, No. 16-alto, Villa Consuelo de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a emplazarla en acción de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante el magistrado procurador fiscal del Distrito Nacional. el día Dos (2) del mes de Agosto del año 2018 a las 03:00 horas de la tarde, así como en la puerta de la secretaria del tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que compadezca a la audiencia que al efecto se celebrará para ser conocido el día 15 del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las 09:00 horas de la mañana por ante la séptima sala para asuntos de familia de la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia del Distrito Nacional, a la audiencia Civil a puertas cerradas que celebrara dicho tribunal en su salón de audiencia habitual, ubicado en la calle Socorro Sánchez esq. Santiago, primera planta, Sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Hoy día 28 del mes de julio del año 2018.

DR. RUDDY GARCIA Abogado de la parte demandante

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AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 277187, expedido por el BANCO BHD-LEON, S. A., en favor de Mirella Rivas Encarnación, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0094409-9 y/o Luis Ramon de Jesus Lahiri Valverde Rivas, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0096552-4, en fecha 20 de septiembre de 2010, por la suma de RD$125,000.00 (ciento veinticinco mil pesos dominicanos). La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes. FC360226

PUBLICACIÓN DE PERIÓDICO PARA VENTAS PÚBLICA SUBASTA A celebrarse el día miércoles 08 de agosto del año 2018 a las (10:30 Am) En el mercado publico de los rieles en el municipio de los alcarrizos provincia de Santo Domingo, Acto No. 46 de proceso verbal de embargo ejecutivo de fecha 26 de julio del año 2018, registrado en la conservaduría de hipoteca del municipio los Alcarrizos, el día 27 de julio año 2018, conforme a lo que establece el código del procedimiento civil dominicano, por medio del presente el Lic. UBENSIO MENDEZ VAZQUEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad y electoral No. 0011187923-5 con estudio profesional abierto en la calle DUARTE, No. 275, pueblo nuevo municipio los alcarrizos provincia Santo Domingo y adhoc en la secretaria del tribunal apoderado, abogado del persiguiente del señor PEDRO MARTES MARTINEZ, Dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.00-1329739-4, domiciliado y residente en el Calle MARIA TRINIDAD SANCHEZ No.14, SECTOR EL PARAISO MUNICIPIO LOS ALCARRIZOS provincia Santo Domingo oeste. La primera puja según el artículo 705 C. P. C. D. proceso verbal de embargo ejecutivo y el mandamiento de pago, es por el monto de QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS (RD$ 536.800.00), PESOS DOMINICANOS sin los gastos legales, sin los daños causados al persiguiente. DESCRIPCION DEL INMUEBLE: UN VEHÍCULO MARCA: Hyundai, COLOR: AZUL CON BLANCO, PLACA: I066949.

LIC. UBENSIO MENDEZ VAZQUEZ Abogado Apoderado. FC360374

AVISO PARA FINES DE DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de las Disposiciones de la ley 2153 del 12 de Noviembre del año 1949, la cual agrega un párrafo al artículo 22 de la ley No.1306 Bis, párrafo UNICO, sobre Divorcio el señor JOSE FRANCISCO ROMERO, Dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electora No. 001-0661974-5, domiciliado y residencia en la calle G, No.27, Andrés, Municipio Boca Chica, Santo Domingo, Quien tiene como Abogada Constituida y Apoderada Especia) a la DRA. DULCE MERCEDES QUIÑONES, Dominicana, Mayor de edad, Abogada, portadora de la Cédula de identidad y electoral No.001-0667721-4, Can Estudio Profesional Abierto en la calle Duarte No.9A, Andrés, Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo, ADVIERTE a su legítima esposa, la señora WILMA VENECIA MARTINEZ GUZMAN que a falta de información relativa a su actual Domicilio y Residencia Procederá a EMPLAZARLA a su legítimo ultimo en la Calle 20 de Diciembre No. 26, del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo; para el día catorce (14) del mes de Agosto del año 2018, por ante la Octava sala Civil para asuntos de familia, del Distrito judicial Boca Chica, Provincia Santo Domingo, Tribunal que celebra sus audiencias en su salón de audiencias sito en la calle Avenida del Sur No. 04, Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo; para conocer allí la demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres incoada por el señor JOSE FRANCISCO ROMERO, contra su actual esposa la señora WILMA VENECIA MARTINEZ GUZMAN. En Andrés, Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo, a los Veinticinco (25) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018).

DRA. DULCE MERCEDES QUIÑONES ABOGADA FC360348

(Y 2) En el artículo anterior estuvimos comentando acerca de los nombre de los dedos, y de manera particular los dedos de la mano y hoy concluimos con la parte que nos toca que viene a enriquecer la información. Debemos detenernos en el especial caso del pulgar. Su nombre proviene del latín “pollex”, que según etimología popular vendría de su empleo para aplastar las pulgas (pullex = pulga). De hecho, en Mallorca se le llama “matapuces”, y en gallego “matapiollos”. De la importancia funcional que se le daba al pulgar ya en la antigüedad nos hablan hechos como que Julio César castigara con la amputación de este dedo a los galos rebeldes, que los legionarios romanos que habían perdido el pulgar en batalla fueran licenciados inmediatamente, o que en el algunos países del Medioevo se castigara con la amputación del pulgar a aquel que hubiese ocasionado graves lesiones a su adversario en una pelea. Es además el dedo que ha dado lugar al nombre de una unidad de medida, la “pulgada”. Para terminar, ¿han oído hablar del “sexto dedo”? ¿Sabía que una de sus más orgullosas embajadoras es Victoria Beckham? Me refiero al famoso “juanete” (hallux valgus). Y sí, viene de “Juan”, ‘nombre rústico frecuente, pues se atribuía a rústicos ser juanetudo’ (DRAE, 2001) y está relacionado con un antiguo dicho popular: “A Juan le salió un juanete”, o sea una protuberancia que alcanzaba casi el tamaño del susodicho. Pouporri… ¿*Los 30’s o los años treinta? Las décadas son los períodos de diez años referidos a cada una de las decenas de que se compone un siglo. En la escritura del español, tal y como lo señala la Ortografía de la Lengua Española (2010), se expresan utilizando los numerales cardinales, siempre en singular: “los años veinte”; “la década de los cincuenta”; pero nunca *los ochentas. Se prefiere el empleo de numerales cardinales, aunque también es aceptable el uso de cifras: “la década de los 50”; “los años 40”. Por tanto, son incorrectas en español las formas *los 30s o *los 30’s, copiadas del inglés. Tubo y tuvo Aunque ambas palabras se pronuncien igual, no deben confundirse en la escritura. La forma “tubo” (‘pieza hueca, de forma por lo común cilíndrica y generalmente abierta por ambos extremos’) se escribe con “b” y no con “v”. Por ejemplo: El tubo fue cortado; La calle está inundada de tubos. En cambio, “tuvo” hace referencia a ‘poseer, mantener o sostener’ y pertenece a las formas verbales de “tener”: Él tuvo muchos problemas en su infancia; El tubo que Enrique tuvo se lo cortaron.


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