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Legales

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SABADO 14 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

En virtud de la autorización dictada por la D. R. M. C., del departamento Central, de fecha 9 de octubre del 2017: Se hace de público conocimiento que el día 22 de octubre del año 2017, a las 10:00 am, se dará inicio a la mensura para deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la P. No. 9-B, del D. C. No. 8, del Municipio de Baní, con una extensión superficial de (178.50m2), ubicada en el Municipio Baní, a petición del señor: MILAGROS ALTAGRACIA ASUNCION PIMENTEL.

Se hace de público conocimiento que el día 25 de octubre del año 2017, a las 09:00 A.M., se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la parcela No.1068, D. C. No.08, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión Superficial de Aprox. (66,865.00 m2). Este inmueble se encuentra ubicado en la calle Principal, de la sección de la Gina a unos aproximadamente 250 metro al norte el paso del recodo de este municipio de Baní. Identificado como Expediente No. 663201708524, reclamante el Sr. DANIEL INFANTE MARIÑEZ TRONCOSO.

Se hace de público conocimiento que en fecha MARTES 24-10-2017. a las 09:00 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en el Solar No. 15, Manzana No.4887, del Distrito Catastral No.01, en el Municipio Distrito Nacional, Provincia Distrito Nacional, requerido por: LUISA MILEDYS CUEVAS MORETA. Expediente 663201709105. Fecha 04/10/2017.

AGRIM. WILSON MOISES ZAPATA, Codia 35492, Cel. 809-706-7459.

AGRIM. ROBERT ALEXANDER SUERO, Agrimensor-Contratista. Codia 25335.

CESAR EMILIO ESPINOSA Agrimensor - Contratista Codia No. 17934

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

Quien suscribe Licdo. DAVID ETHELL TAVERAS SOTO, en cumplimiento con las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306 (bis) se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintiuno (21) de junio del año Dos Mil Diecisiete (2017) El Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, mediante la sentencia civil número 538-2017-SSEN-00359, ORDENO lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra de la parte demandada señor: JOSE LUIS SANTIAGO AQUINO, por no comparecer no obstante citación. SEGUNDO: Se ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre WENDY NATALIA ANDUJAR FERNANDEZ y JOSE LUIS SANTIAGO AQUINO. TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente, el pronunciamiento del presente divorcio. CUARTO: COMPENSA las costas por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: COMISIONA a la Ministerial KAIRA IDALINA DIAZ PUJOLS, de estrada de este Tribunal, para notificación de esta sentencia. La presente Sentencia ha sido emitida y firmada por ALEXIS MIGUEL ARIAS PEREZ, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, registrada en fecha Doce (12) del mes de Julio del año dos mil diecisiete (2017) en el Libro 4-D, por un monto de DOSCIENTOS (RD$200.00) PESOS, en la Oficina de la Dirección de Registro Civil de Baní, Provincia Peravia, lo que certifico y doy fe. El mismo se pronunció el día Cuatro (4) del mes de Octubre del año 2017, asentado en el Libro número 00001, de registro de DIVORCIO, Folio No. 0084, Acta No. 000042, del año 2017, en la Oficialía del Estado Civil de la 2da. Circunscripción de Baní.

En cumplimiento a las disposiciones de la ley 2153 del 12 de noviembre de 1949, que agrega un párrafo al artículo 22 de la ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, el señor ANTONIO LUGO LORENZO, dominicano, mayor de edad, casado, contador, cédula de identidad y electoral No. 011-0024821-2, domiciliado y residente en Pennsylvania, Estados unidos de Norteamérica, quien tiene como abogado constituido y apoderado Especial al LIC. RAMON AURELIO FERRER, dominicano, mayor de edad, Abogado de los tribunales de la República matriculado con el CARD con el No. 23821-800-01, cédula de identidad y electoral No. 001-0485101-9, con estudio profesional abierto en la calle Héctor J. Díaz No. 92 del sector Los Mina, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, lugar donde el esposo demandante ha hecho elección de domicilio para todo los fines y consecuencias legales del presente divorcio, ADVIERTE a su esposa, señora LUISA AGUSTINA PUJOLS ENCARNACION, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Florinda Soriano, Manzana E, Edificio 7, Apartamento 2-B, Barrio La Lotería-INAVI, Sabana Perdida, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, que el día viernes que contaremos Veinte (20) de Octubre del Dos Mil Diecisiete (2017), procederá a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal de la Provincia Santo Domingo, a fin de que comparezca como fuere de derecho a las Nueve horas de la mañana (9:00 am), el día Miércoles que contaremos a Ocho (8) de Noviembre del Dos Mil Diecisiete (2017), por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Santo Domingo, tribunal que celebra sus audiencias en la calle Ramón Matías Mella No. 103 (Segundo Nivel), esquina Altagracia (Frente al Parque Ramón Matías Mella), Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, para conocer la demanda de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres.

Centro Oriental de Ginecología Obstetricia y Especialidades S.A.S. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Capital Social Autorizado: RD$4,800,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$4,251,000.00 RNC 1-01-55596-3 Registro Mercantil No.35969SD Fecha: 27 de Octubre del 2017 Hora: 7:00pm Lugar: Centro de Atención y prevención en Salud CALEON Av. Sabana Larga No. 117, Ens. Ozama. El consejo de administración de conformidad con el artículo No.29, Convoca a los accionistas y/o representantes de la compañia Centro Oriental de Ginecología Obstetricia y Especialidades S.A.S., a la asamblea general ordinaria de accionistas en el lugar, fecha y hora arriba enunciados para conocer la siguiente agenda: A) Comprobación de Quórum B) Conocer el informe del presidente, en nombre del consejo de administración. C) Conocer el informe del tesorero, sobre la situación económica de la compañia, conocer el balance general, el estado de ganancias y pérdidas, con el fin de aprobarles o rechazarlo. D) Conocer el informe del comisario sobre sobre la situación de la compañia y examinar los actos del consejo de administración y darle descargo si procede. E) Conferir el consejo de administración las autorizaciones necesarias en todos aquellos casos en que sus poderes resulten insuficientes. F) Elecciones de gerentes administrativos. G) Punto libre.

LICDO. DAVID ETHELL TAVERAS SOTO.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

LIC. FIDELINA MARTINEZ GORIS, Secretaria. DR. CARLOS RAMIREZ SUERO, Presidente.

LIC. RAMON AURELIO FERRER, Abogado del demandante. FC 351034

FC 351143

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor MIGUEL ANTONIO GENAO ESTRELLA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega, R.D., cédula No.047-0185981-3; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO C. VILLAR GALAN, matriculado con el No.0864-327, cédula No. 047-0002316-3, con estudio profesional abierto en el No.20 de la Calle Las Carreras de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MANUELA ALTAGRACIA LIRIANO LORA cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Interior No.48 Villa Esperanza de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 19 del mes de octubre del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 30 del mes de octubre del año 2017 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 16 días del mes de octubre el año 2017.

En cumplimiento del Art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor JOSE LUIS RODRIGUEZ CUEVA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en la calle 3-C de Villa Francisca II del Municipio de La Vega, R.D., cédula No. 047-0011667-8, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. GENARO MANUEL VILORIA, cédula No. 047-0098079-2, con estudio profesional abierto en el No.39 de la Calle Mella, 1er. Nivel, Plaza Hernández, Apto.6-A de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora YRIS MERCEDES DIAZ LAJARA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle 3-C de Villa Francisca II del Municipio de La Vega, R.D.,que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 19 del mes de octubre del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la Secretaría y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 02 del mes de NOVIEMBRE del año 2017 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 16 días del mes de OCTUBRE del año 2017.

Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la ley No. 1306Bis, sobre divorcio, se hace de publico conocimiento lo siguiente: Que en fecha 26 del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, dictó una sentencia civil marcada con el número 538-2017-SSEN00517, Sentencia civil en materia de divorcio por Mutuo Consentimiento, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos ERWIN NIURFRANK BARIAS GUERRERO Y YOAMIL DIAZ ABREU, conforme al Acto de Estipulación de Divorcio No. 12, de fecha 23/06/2017, instrumentado por la Licda. Moraima Lugo Guerrero, Notario Público de los del Número del municipio de Baní, trascrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos, y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores ERWIN NIURFRANK BARIAS GUERRERO Y YOAMIL DIAZ ABREU, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 12, de fecha 23/06/2017, instrumentado por la Licda. Moraima Lugo Guerrero, Notario Público de los del número del municipio de Baní, debidamente registrado. TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento. Así ha sido hecho y firmado, por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia. (Firmada: José Manuel Medina, Juez; Ignacia Y. Nova Moscat, Secretaria); por lo que certifico y doy fe. Ignacia Y. Nova Moscat, Secretaria. Así se pronuncia, manda y firma el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Dicho divorcio fue pronunciado por la Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del municipio de Baní, el día 6 del mes de Octubre del año 2017, registrada en el Libro No. 00002 de Registro de Divorcio, Folio 0031, en el Acta 000116, del año 2017. En la ciudad de Baní, Prov. Peravia, a los Trece (13) días del mes de Octubre del año 2017.

LIC. FRANCISCO C. VILLAR GALAN, Abogado apoderado de la parte Demandante.

Lic. GENARO MANUEL VILORIA, Abogado apoderado de la parte Demandante.

(RO-14720-CEA-16-17-18/10/2017)

(JR-RC-6680-CEA-16-17-18/10/2017-2/2)

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento del Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, Modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor PEDRO CELESTINO RODRIGUEZ MATIAS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en el Sector de Villa Francisca Primera en la Calle No.10 del Municipio de La Vega, R.D., cédula No. 047-0001524-3; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. GENARO MANUEL VILORIA, cédula No. 047-00980792, con estudio profesional abierto en el No.39 de la Calle Mella, 1er. Nivel, Plaza Hernández, Apto.6-A de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora SOLEYDI ALTRAGRACIA LISANDRO MEJIA, cuyo último domicilio conocido lo fue en Villa Francisca Primera en la Calle No.,10 esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 19 del mes de octubre del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la Secretaría y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 31 del mes de OCTUBRE del año 2017 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 16 días del mes de OCTUBRE del año 2017.

Para conocimiento general y en virtud de lo que dispone el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio se hace de público conocimiento que en fecha Doce (12) del mes de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), La Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dicta la Sentencia Civil No. 531-2017-SSEN-01916, la cual admite el Divorcio por la Causa del Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Sres. MARIO ALBERY MUÑOZ ZORRILLA y KARINA LISSETTE DEL VALLE MORETA, cuyo dispositivo copiado textualmente dice: FALLA: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Mario Albery Muñoz Zorilla y Karina Lissette Del Valle Moreta, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio De No. 01/2017, de fecha 08 de junio del 2017, instrumentado por el Lic. Carlos Manuel Vásquez, Notado Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma. (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza Suplente, el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal, Mirtha M. de la Cruz Díaz, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. Así mismo se hace saber que en fecha Seis (6) de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, procedió al Pronunciamiento del Divorcio transcribiendo la referida Sentencia en el Libro No. 00004, de Registro de Divorcios Folio No. 0112, bajo el Acta No. 00328, del año 2017. En el Distrito Nacional, Santo Domingo de Guzmán, Capital de la Republica Dominicana, a los Catorce (14) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

Lic. GENARO MANUEL VILORIA, Abogado apoderado de la parte Demandante.

LICIDA. ADARGIRA JORGE LEDESMA Abogada Apoderada

(JR-RC-6680-CEA-16-17-18/10/2017-1/2)

FC351150

LIC. ROBERT ESMIT LARA DIAZ, Abogado. FC 351137


SABADO 14 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO EN VIRTUD DE LA LEY No. 6184 DEL 12 DE FEBRERO DE 1963 Ha sido fijada para el día primero (01) del mes de noviembre del año 2017, a las 09:00 horas de la mañana, la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrará el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pedernales, en sus atribuciones civiles, sito en la avenida Duarte No. 44, del siguiente inmueble: Casa de block, techo de concreto, piso de cemento, construida en un Solar de 128M2, Parcela 682 del Distrito Catastral del municipio de Pedernales, barrio Los Guayacanes, que colinda al Norte: Calle; al Sur: Manuel Antonio Pérez (resto Parcela 682); al Este: Fausto Gomera (Resto Parcela 682); y al Oeste: Calle G, de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 6186, del 12 de febrero del 1963, y sus modificaciones, embargado en perjuicio de los señores ELEUTERIO CUEVAS HERASME y MARCIA JOSEFINA URIBE BENITEZ, dominicanos, mayores de edad, casados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 023-0020350-8 y 069-0001347-6, con domiciliado en la prolongación Hermanas Mirabal No. 62, barrio Los Guayacanes, de este municipio de Pedernales, provincia Pedernales, a requerimiento de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO, COOTRALCOA, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MANUEL DE JESUS MATOS HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de la República, miembro activo del Colegio de Abogados, Matrícula No. 29961-239-05, portador de la cédula de identidad y electoral No. 069-0003145-8, con estudio profesional abierto y permanente en la calle 27 de Febrero No. 23, de la ciudad de Pedernales, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente para los fines de procedimiento de embargo inmobiliario. El mandamiento de pago fue notificado al embargado el día 27 de junio del 2017, mediante al acto No.536/2017, del Ministerial JOSE DOLORES CASTILLO VOLQUEZ, Alguacil de Estrado del Juzgado de Paz del Distrito Judicial de Pedernales, y transcrito ante la Oficina de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Pedernales, el encargado de Registro Civil de Pedernales, Expidió certificación de registro de derecho inmobiliario, el pliego de condiciones fue depositado en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia en fecha seis (06) de octubre del 2017, para cualquier interesado tome conocimiento del mismo y puedan realizar los reparos que entiendan de lugar. La persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de Novecientos Veintiocho Mil Novecientos cincuenta y Cuatro Pesos Dominicano con 00/100 (RD$928,954.00), que es el monto que asciende la deuda principal e intereses, costas de procedimiento y gastos legales. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado de la persiguiente, el equivalente a un 10% del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de cargas, cláusulas y condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal indicado más arriba. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario, deberá tener previamente la autorización del Poder Ejecutivo. En la ciudad de Pedernales, municipio del mismo nombre, Rep. Dom., hoy día trece (13) del mes de octubre del 2017.

MANUEL DE JESUS MATOS HERNANDEZ, M.A., Abogado de la Persiguiente. FC 351146

Ayuntamiento Municipal de Cotuí Comité de Compras y Contrataciones LICITACION PÚBLICA NACIONAL AMC-CCC-LP-2D17-001 El Ayuntamiento Municipal de Cotuí en cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 344-06, sobre compras y contrataciones públicas de bienes, servicios, obras y concesiones de fecha dieciocho (18) de agosto del año dos mil seis (2006), modificada por la Ley No. 449-06 de fecha seis (6) de diciembre del dos mil seis (2006), convoca a todos los interesados a presentar propuestas para la: • LOTE 1: COMPRA DE 4000 A 4500 MTS2 DE TERRENO PARA LA CONSTRUCCION DEL PALACIO DE JUSTICIA DE LA JURISDICCIÓN INMOBILIARIA Y NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR PARTE DEL PODER JUDICIAL. Los interesados en retirar las (Especificaciones Técnicas, Fichas Técnicas o Términos de Referencia), deberán dirigirse a la Oficina de Libre Acceso a la Información Publica de la Alcaldía Municipal ubicada en el Primer nivel del Palacio Municipal, en horario de 9:00 AM a 4:00 PM de lunes a viernes, o descargarlo en la página Web de la institución www.AyuntamientoCotui.gob.do o del portal de la DGCP www.comprasdominicanas.gov.do, a los fines de la elaboración de sus propuestas. El costo del pliego de condiciones es de 200 Pesos únicamente por costo de reproducción. Las propuestas serán recibidas en sobres sellados hasta el 22 de octubre del 2017, en presencia de notario público, en el Salón de Actos de La Alcaldía municipal de Cotui.

Lic. Teresa Ynoa Alcaldesa Municipal de Cotui Presidenta del Comité de Compras y Contrataciones FC351118

VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

AVISO DE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS

De conformidad con las disposiciones del artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, por la presente se hace de público conocimiento que la venta publicada en fecha diecinueve (19) del mes de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), en el periódico El Nuevo Diario en su página 14, fue propuesta para el dieciséis (16) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que al efecto celebrará ante la PRIMERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE SANTO DOMINGO, en su local donde acostumbra a celebrar sus audiencia públicas en la Calle Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, el siguiente inmueble: UNA MEJORA CONSISTENTE EN UNA CASA DE DOS NIVELES, UBICADA EN LA CALLE F No. 20, DEL SECTOR LA FRANCIA NUEVA, VILLA DUARTE, MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, PROVINCIA SANTO DOMINGO, EL PRIMER NIVEL CON UN AREA DE SETENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y NUEVE (73.59) METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCION, CONSISTENTE EN UNA CASA DE BLOCK, TECHADA DE CONCRETO, PISO DE CERAMICA, TRES (3) HABITACIONES, UNA SALA, COCINA, MARQUESINA, Y UN BAÑO, Y UN SEGUNDO NIVEL CON LA MISMA CARACTERISTICA DEL PRIMER NIVEL, CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS, AL NORTE, RESTO DE PARCELA No. 172 (PARTE), AL SUR, CALLE F; AL ESTE, REST DE PARCELA No. 172 (PARTE); Y AL OESTE, RESTO DE PARCELA No. 172 (PARTE) CON UN AREA SUPERFICIAL DE CIENTO UN AREA EDIFICADA DE (147.18), METROS CUADRADOS, CON UN AREA DE TERRENO DE (101.82) METROS CUADRADOS, DENTRO DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 8 DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, PROPIEDAD DEL ESTADO DOMINICANO; amparada mediante la CERTIFICADO DL INSCRIPCION CATASTRAL NO. 282246-A, de fecha veintinueve (29) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), a favor de la señora ISABEL INES SALON CASTRO. El inmueble se encuentra ubicado en la calle F No. 20, del sector de la Francia Nueva, Villa Duarte. Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, dicho Embargado fue ejecutado en perjuicio de la señora ISABEL INES SALON CASTRO, dominicana, mayor de edad, soltera, quehaceres del hogar, provista de la cédula de identidad y electoral No.001-0559616-7, con su domicilio y residencia en la calle F No. 20, La Francia Nueva, Villa Duarte, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, de acuerdo a las disposiciones del Código de Procedimiento Civil y el pagaré Notarial No. Siete (7) de fecha veinte (20) del mes de septiembre del año dos mil doce (2012), del protocolo de la LICDA. ANA HILDA NOVAS RIVAS, Notaria Pública de las del Número 3025 para el Distrito Nacional, mediante acto número veinte (20) Acto Notarial de Proceso Verbal de Embargo Inmobiliario, en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, de fecha Veintitrés (23) del mes de Septiembre del año dos mil dieciséis (2016), a la Nueve y treinta (9:30) horas de la mañana, por el DOCTOR GERIS RODOLFO DE LEON ENCARNACION, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la cédula de identidad y electoral No 0110003290-1, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, Matrícula No. 5204, con su domicilio en la calle San Francisco de Macorís No. 06, alto, Ensanche Miraflores, Distrito Nacional, Que la Denuncia de dicho embargo fue realizada mediante Acto No.663/2016 de fecha siete (7) del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016), del Ministerial Luis Elías Sidó Batista, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0057779-0, Alguacil Ordinario del Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional; Que el Acto Notarial de Proceso Verbal de Embargo Inmobiliario número veinte (20) de fecha veintitrés (23) de septiembre del año dos mil dieciséis (2016), fue transcrito en el libro Letra de Registro M, Folio No. 217 de fecha Veintinueve (29) del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016), en el Departamento de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas, del Ayuntamiento del Municipio Santo Domingo Este, a requerimiento del señor RUBEN DARIO GUERRERO CIPRIAN, dominicano, mayor de edad, comerciante, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 223-0005761-3, domiciliado y residente en la calle Ramón Emilio Jiménez Hijo No. 13, Los Frailes II, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los DRES. JUAN FRANCISCO DE LA CRUZ SANTANA Y PEDRITO MIESES GARCIA, dominicanos, mayores de edad, casados, Abogados de los Tribunales de la República Dominicana, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001-0569833-6 y 001-0255860-8, Con Estudio Profesional Común Abierto en la oficina (SEBIRSA) en la Av. San Vicente de Paúl No 238, Casi Esquina Curazao, Tercer (3er) Nivel, Apartamento 3, Alma Rosa II, Frente a la Antigua Discoteca La Vega, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Tel. 809-594-4007, 809481-6982, lugar donde has hecho y mantiene elección de domicilio el per siguiente, el Mandamiento de pago tendente a Embargo Inmobiliario le fue realizado a la deudora mediante acto No. 537/2016 de fecha cinco (5) del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016), del ministerial LUIS ELIA SIDO BATISTA, Alguacil Ordinario de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, contentivo de formal mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario. El pliego de condiciones que regirá la venta en pública subasta fue depositado en la Secretaría del Tribunal apoderado en fecha veintiún (21) del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016). El persiguiente las fijado para la primera puja la suma de TRES MILLONES NOVENTA MIL PESOS DOMINICANO (RD$3,090,000.00), que es el monto que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos de la Secretaría de la Cámara el equivalente a un diez por cientos (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las puja sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a efecto la venta. La deudora será citada mediante acto para presenciar la venta en pública subasta el día dieciséis (16) del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Hecho y firmado por los abogados del persiguiente, en el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

La Federación de Fundaciones Patrióticas, asociación sin fines de lucro incorporada mediante Resolución No. 0003, del 18 de enero de 2007, con domicilio social en la calle José Andrés Aybar Castellanos 102, El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; cuyo objeto principal es la creación y administración del “Museo Memorial de la Resistencia Dominicana” y colaborar en todas las fechas conmemorativas de las gestas con actividades culturales de diversas índoles, así como ejecutar programas educativos que rescaten la memoria histórica de estas gestas; en cumplimiento con las disposiciones del Párrafo II, del Artículo 5 de la Ley 122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, hace saber que 1) En fechas 28 de abril y 10 de mayo del 2017, se celebraron dos Asambleas Generales Extraordinarias y en ellas se aprobaron la modificación de los artículos 2, 5, 8, 9, 11, 15, 39 y 40 de los Estatutos de la Federación de Fundaciones Patrióticas, Inc.; 2) En fecha 5 de octubre del año en curso fue emitida por la Procuraduría General de la República la Resolución No. 00017, mediante la cual se aprobó la modificación de estatutos mencionada en el numeral anterior; 3) Son sus miembros fundadores la Fundación Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, la Fundación Hermanas Mirabal, la Fundación Héroes del 30 de Mayo, la Fundación Manolo Tavárez y la Fundación Héroes de Luperón de 1949 (Fundhelup); 4), Que la dirección y administración de la Federación está a cargo de: a) Los Miembros Fundadores; b) el Consejo de Administración, compuesto por no menos de 5 miembros y no más de 11 y c) la Asamblea General de Miembros; 5) La Federación está representada por el Consejo de Administración en todos los actos comprendidos en su objeto y que a la fecha sus directivos son: la Fundación Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, representada por la señora Francis Pou, presidente; la Fundación Héroes de Luperón de 1949 (Fundhelup) representada por la señora Rosa Arvelo de Messina, vicepresidente; la Fundación Hermanas Mirabal, representada por la señora Noris González Mirabal, tesorera; la Fundación Héroes del 30 de Mayo, representada por la señora Mayra Báez Perelló, secretaria; los señores Eduardo Díaz Díaz, Raúl González Mirabal, Iliana Ornes Rodríguez, Cristina Díaz Gautier y Porfirio Rodríguez Iriarte, vocales y la señora Luisa De Peña Díaz, miembro sin voto; 6) Que la duración de la Federación es por tiempo indefinido; 7) En cumplimiento de las prescripciones legales, sendos originales de los Estatutos con las modificaciones aprobadas y las Actas de las Asambleas Generales Extraordinarias con sus respectivas nóminas de presencia, lista de miembros actualizada, así como copia certificada de la Resolución 0017 de fecha 5 de octubre del año en curso que aprueba la modificación de Estatutos de la Federación; fueron depositadas el día trece (13) de octubre del año en curso en el Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional y en la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, respectivamente previa formalidad de registro. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

En cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Art.42 de la Ley No.1306Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintisiete (27) del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.0753-17, contenida en el Expediente No.532-17-00486, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuando a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores RAMON ELIAS GOMES GUZMAN Y MARTINA GARCIA ROSADO, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores RAMON ELIAS GOMES GUZMAN Y MARTINA GARCIA ROSADO, por un mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.4 instrumentado en fecha 3 de Febrero del 2017, por ante la DRA. XIOMARA CELESTE CASTRO MEDINA, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuesto. TERCERO: A) Otorga la guarda y cuidado de la menor de edad ELIANA ELINET Y ELIANDY JOSUE, a cargo de la señora MARTINA GARCIA ROSADO, acordado el acto de convenciones y estipulaciones No.4 instrumentado en fecha 3 de Febrero del 2017, por ante la DRA. XIOMARA CELESTE CASTRO MEDINA, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil Correspondiente pronunciar el presente divorcio. El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Veintidós (22) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), según Acta de Divorcio registrada con el No.001084, Libro No.00012, Folio No.0181, del año 2017; y la Sentencia que lo admite está marcada con el No. 0753-17, contenida en el Expediente No. 532-17-00486, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, a los Once (11) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017).

DR. JUAN FRANCISCO DE LA CRUZ SANTANA, por sí y por el DR. PEDRITO MIESES GARCIA, Abogado de la parte persiguiente.

LIC. BENITO VALENCIA, Abogado-Apoderado.

FC 351141

Eduardo Díaz Díaz Apoderado FC351149

PUBLICACION DE DIVORCIO

FC 351132

LEGAL 11 PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposipiones del artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente; Que en fecha 18 de septiembre año 2017, la 2da. Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, mediante la sentencia civil No.550-2017-SSENT-00590, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Rafael Cuevas Guzmán y Denia María Lugo Germán, conforme el acto de estipulación de divorcio, instrumentado por ante el Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, Lic. Juan Ramón Martínez, de fecha 23 de febrero del año 2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: COMPENSA las costas del proceso por tratarse de asunto de familia tal y como consta en los motivos de la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. Así mismo se hace saber que en fecha 9 de octubre año 2017, el Oficial del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción del Municipio Santo Domingo Norte, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro 00007, Folio 0073, Acta 000637, año 2017, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, a los 10 días del mes de octubre año 2017 dos mil diez y siete.

LIC. RITA JULYS MATOS M. FC 351138

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en la Ley 1306-Bis, en su Art. 42, se hace de público conocimiento, la Sentencia Civil No.532-2017-SSEN-01490, de fecha 6 de junio del año dos mil diecisiete (2017), dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, cuyo dispositivo copiado textualmente reza de la manera siguiente: FALLA: PRIMERO: DECLARA REGULAR Y VÁLIDA en cuanto a la forma la acción. en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores HIPÓLITO ACEVEDO Y MARISOL MORFA LAFONTAINE, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) declara disuelto el vínculo matrimonial existente ente los señores HIPÓLITO ACEVEDO Y MARISOL MORFA LAFONTAINE, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto notarial No.2092/2017, instrumentado por el LIC. ROMAN JAQUEZ, Vicecónsul, por los motivos expuestos. TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Y POR ESTA NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENA, MANDA Y FIRMA, PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCÉ, JUEZ. La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citado, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. La sentencia anteriormente indicada ha sido pronunciada y transcrita por arte el Oficial del Estado Civil de la Decima Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha dos (2) del mes de octubre del año Dos Mil Diecisiete (2017), inscrita y registrada en el Libro de divorcios No.5, Acta No.288, Folio 44 del año 2017. La presente publicación ha sido autorizada por el abogado infrascrito.

LIC. HUASCAR JOSE ANDUJAR PEÑA, Abogado de las partes. FC 351136

PUBLICACION DE DIVORCIO Se hace de público conocimiento y en virtud de lo que establece la Ley 1306 Bis, sobre Divorcio, que la Cuarta Sala del Tribunal de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil No. 2221/2017, en fecha veinte (20) del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), cuyo dispositivo dice así: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores MIGUEL ALEJANDRO MARTE RODRIGUEZ Y JASMIN MARIA ARIAS CABRERA, de conformidad con el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 04/2017, de fecha Tres (03) del mes de enero del año dos mil Diecisiete (2017), instrumentado por el DR. ALFREDO ALBERTO PAULINO ADAMES, abogado Notario Público de los del número del Distrito Nacional. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio, por el Oficial del Estado Civil correspondiente; TERCERO: COMPENSA las costas del proceso por tratarse de asunto de familia tal y como consta en los motivos de la presente sentencia. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: FRANCIS M. HERNANDEZ SUSAÑA, JUEZA; BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citado, la cual yo Secretario certifico. Asimismo, el presente divorcio ha sido pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de Santo Domingo, en fecha Doce (12) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), e inscrito en el Libro de Registro No. 00006, Folio No.0061, bajo Acta No.000531 del año 2017. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo de la República Dominicana, a los Doce (12) días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017).

Lic. Dioris Urbaez, Abogado Apoderado. FC 351135

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42, de la ley No.1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: que en fecha tres (3) del mes Julio del año dos mil diecisiete (2017), la Tercera Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la sentencia civil marcada con el No.551-2017-SSEN-0182, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: PRIMERO: RATIFICA EL DEFECTO pronunciado en audiencia en contra la parte demandada, señor WILLIAM ALFREDO FRANCISCO, por no comparecer no obstante citación legal; SEGUNDO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora MARIA ALEJANDRA GONZALEZ JIMENEZ en contra del señor WILLIAM ALFREDO FRANCISCO por haber sido interpuesta la misma conforme al derecho. TERCERO: EN CUANTO al fondo, acoge las conclusiones presentadas por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal y en consecuencias ADMITE el divorcio entre los esposos MARIA ALEJANDRA GONZALEZ JIMENEZ y WILLIAM ALFREDO FRANCISCO, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente que en la especie es la Décimoquinta (15va.) Circunscripción de Santo Domingo Oeste. QUINTO: COMPENSA las costas por tratarse de una litis entre esposos; SEXTO: Se Comisiona al Ministerial Jorge Aquino Amparo, Alguacil de Estrado de esta sala para la notificación de la presente sentencia. DADA Y FIRMA, ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día (3) del mes de Julio del año dos mil diecisiete (2017), por ante mi Secretaria que Certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos de esta Cámara, que se expide, sella y firma a solicitud de la parte interesada, hoy 21 de julio de 2017. Juana L. Frías, Secretaria Interina. Así mismo se hace saber que en fecha cinco (5) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017), hemos procedido por ante el Oficialía del Estado Civil de la Decimoquinta Circunscripción de Santo Domingo Oeste a PRONUNCIAR y TRASCRIBIR la referida sentencia en el libro No.003 de registro de DIVORCIO, Folio No.0017, Acta No.000417, del año 2017, efectuándose el pronunciamiento del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, a los doce (12) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

LIC. EDWING Y. PASCUAL HERNANDEZ, Abogado de la demandante. FC 351130


SABADO 14 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 LEGAL AVISO DE TRABAJOS DE DELSINDE

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIE NTO

En virtud de público conocimiento que el día Sábado 21/septiembre/2017, a las 9:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde en la Parcela 203, D.C. no. 2, ubicada en el Lugar de Nizao, Municipio de San José de Ocoa, Provincia San José de Ocoa a petición de: MIGUEL ILITCH DE LEÓN READ, Exp. No. 663201708452.

Se hace de público conocimiento que el día 31 de Octubre del año 2017, a las 11:00 A.M.. se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la P. No.93 del Distrito Catastral No.02, del Municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua, con una extensión Superficial de (76.71 mts2), Este inmueble se encuentra ubicado en el sector Ocoa Nuevo en la calle Mateo Adames del Municipio Padre Las Casas, Provincia Azua. Identificado como Expediente No.663201708939, RECLAMANTE EL SR. RODRIGO LEBRON GARABITO.

AGRIM. MANUEL HERRERA COLÓN CODIA 18765/CEL. (809) 885-9040

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LÓPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISIÓN

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

FP93147

Expediente No. 663201708946 Por medio de la presente hacemos de público conocimiento que el día 21 del mes Octubre del 2017, a las 09:00 a.m., daremos inicios a los trabajos de mensura para Deslinde y Subdivisión dentro de la Parcela No. 27, del D.C. no. 2/4TA, del Municipio de Villa Hermosa, provincia la Romana, propiedad de los Sres: EDGAR JHOAN ARIAS VALDEZ Y SANTO BELLO.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SANTANA SOSA. AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 36286 FP93148

Se hace de público conocimiento que el día 31 de Octubre del año 2017, a las 9:00 A.M., se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la P. No.93 del Distrito Catastral No.02, del Municipio de. Padre Las Casas, Provincia Azua, con una extensión Superficial de (309.26 mts2), Este inmueble se encuentra ubicado en el sector Ocoa Nuevo en la calle Mateo Adames No.27, del Municipio Padre Las Casas, Provincia Azua. Identificado como Expediente No.663201708938, RECLAMANTES LOS SRES: MARIA EDUVIGES SANCHEZ VICENTE Y DANERYS RAMIREZ VICENTES.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LÓPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISIÓN

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se avisa que el día 21 del mes de octubre del 2017, a las 10:00 a. m., se dará inicio a la Mensura para Deslinde de una (1) porción dentro del ámbito de la Parcela 57, del Distrito Catastral No. 31, Este inmueble se encuentra ubicado en la Calle Resp. Principal s/n, Res. La Mercedes, Provincia Santo Domingo, Exp. no. 663201709055. A petición del Señor FRANCISCO NOVA ENCARNACIÓN.

Expediente No. 663201708205, en virtud de la autorización de fecha 4 septiembre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 21-10-2017, a partir de las 3:00 p.m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE Y SUBDIVISIÓN en el inmueble identificado como Parcela No. 138-A, del Distrito Catastral No. 06, en el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, propiedad de SARAH COLÓN LUNA DE HERNANDEZ.

Se hace de público conocimiento que el día 21/10/2017, a las 02:00 P.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-Ref.-780-A, del D.C. No. 04, ubicada en la calle México No. 124-A, en el sector Buenos Aires de Herrera, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201709017, a petición de los señores: RAFAEL ANTONIO SALCE y CELESTINA BERROA DE SALCE. Se advierte a todas las personas que tengan algún interés que deben presentarse el día y la hora del deslinde.

AQUILES D. HEREDIA RAMIREZ AGRIMENSOR CODIA 24407

AGRIM. SAULO A. SALCE UREÑA CODIA 5766

AGRIM. NORBERTO RAMON HERNANDEZ MARIA, Codia 28979. Tel. 809-534-0986.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se hace de público conocimiento que al día 30 de Octubre del año 2017, a las 4:00 A.M.. se daría inicios a tos trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO. dentro de la P.No.4GG del Distrito Catastral No.02, del Municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua, con una extensión Superficial de (193.57 mts2), Este inmueble se encuentra ubicado en el sector Monte Bonito del Municipio Padre Las Casas, Provincia Azua, Identificado como Expediente No.663201708931, RECLAMANTE LA SRA. ESTHER XIOMARA SEGURA CALDERON.

Expediente no. 663201706572, en virtud de la autorización de fecha 19 de julio del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 21-10-2017, a partir de las 12:00 p.m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE en el inmueble identificado como Parcela No. 98-B del Distrito Catastral No. 17, en el municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, propiedad de JOSEFINA SANTOS GUZMÁN.

Se hace de público conocimiento que el día 21/10/2017, a las 4:00 P.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-Ref.-780-A, del D.C. No. 04, ubicada en la calle Central No. 50, del sector Barrio Duarte de Herrera, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201709021, a petición del señor: JOSE ALFONSO GOMEZ FLORENCIO, en representación del SR. SOCRATES GOMEZ FLORENCIO. Se advierte a todas las personas que tenga algún interés que deben presentarse el día y la hora del deslinde.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LÓPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AGRIM. SAULO A. SALCE UREÑA CODIA 5766

AGRIM. NORBERTO RAMON HERNANDEZ MARIA, Codia 28979. Tel. 809-534-0986.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se hace de público conocimiento que el día 30 de Octubre del año 2017, a las 2:00 P.M., se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la P. No.93 del Distrito Catastral No.02, del Municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua, con una extensión Superficial de (119.88 mts2), Este inmueble se encuentra ubicado en el sector los Maginos en la calle Enderminio Segura, Esq. calle Paseo de los Deportista del Municipio Padre Las Casas, Provincia Azua, identificado como Expediente No.663201708934, RECLAMANTE EL SR. AMAURY ANTONIO SEGURA FULCAR.

Expediente No. 663201708298, en virtud de la autorización de fecha 8 de septiembre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 23-10-2017, a partir de las 3:00 p.m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE en el inmueble identificado como Parcela 779-D del Distrito Catastral No. 06, en el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, propiedad de BRUNO KURT SPIELMANN.

Se hace de público conocimiento que el día 21/10/2017, a las 09:30 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-Ref.-780-A, del D.C. No. 04, ubicada en el Proyecto Lotificación Engombe, descrito como el Solar No. 12, en la Manzana F-5, Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. Expediente No. 663201709019, a petición del señor: GUILLERMO HOLGUIN CABA. Se advierte a todas las personas que tenga algún interés que deben presentarse el día y la hora del deslinde.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LÓPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AGRIM. SAULO A. SALCE UREÑA CODIA 5766

AGRIM. NORBERTO RAMON HERNANDEZ MARIA, Codia 28979. Tel. 809-534-0986.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA

Se hace de público conocimiento que el día 31 de Octubre del año 2017, a las 2:00 P.M., se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la P. No.93 del Distrito Catastral No.02, del Municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua, con una extensión Superficial de (274.28 mts2), Este inmueble se encuentra ubicado en el sector Buena Vista del Municipio Padre Las Casas, Provincia Azua. Identificado como Expediente No.663201708941, RECLAMANTE LA SRA. DOMINGA SANCHEZ GALVAN.

Expediente no. 663201708305, en virtud de la autorización de fecha 8 de septiembre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Depto. Central. Se hace de público conocimiento que el día 23-10-2017, a partir de las 2:00 p.m., se realizarán los trabajos de mensura para DESLINDE en el inmueble identificado como Parcela 779-D del Distrito Catastral No. 06, en el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, propiedad de BRUNO KURT SPIELMANN.

En virtud de la autorización, de fecha 06 de septiembre del 2017, se hace de público conocimiento que el día 19/10/2017, a las 09:00 a.m., se realizará el trabajo de mensura para Deslinde, dentro de la Parcela 110-Ref.-780-A, del Distrito Catastral No. 04, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, a petición de RAFAEL OGANDO JIMENEZ, Exp. No. 663201708296. Se solicita la presencia de los interesados.

AGRIM. SAULO A. SALCE UREÑA CODIA 5766

AGRIM. NILVIO RAFAEL FONDEUR, Codia 9305. Tel. 829-986-3678.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LÓPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AVISO nEMLNSURA PARA SANEAMIENTO Se hace de público conocimiento que e1 día 30 de Octubre del año 2017, a las 4:00 P.M.. se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la P. No. 93 del Distrito Catastral No.02, del Municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua, con una extensión Superficial de (131.86 mts2). Este inmueble se encuentra ubicado en el sector Ocoa Nuevo entre la calle Mateo Adames, y la calle Niro Veloz del Municipio Padre Las Casas, Provincia Azua, Identificado como Expediente No.663201708935, RECLAMANTE EL SR. JOSÉ IGNACIO RAMÍREZ VICENTE.

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA LOS TRABAJOS DE SANEAMIENTO

Se hace de público conocimiento, que para el día 21/10/17, a las 10:00 A.M., se dará inicio al trabajo de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 3-Prov., D.C. No. 18, del municipio Distrito Nacional, provincia Distrito Nacional, propiedad de los SRES. PEDRO JULIO AQUINO NUÑEZ y EVELING ESTHER ECHAVARRIA RIVERA DE AQUINO. Expediente No. 663201708703.

VISTA, La AUTORIZACION DE MENSURA EXPEDIENTE No. 662201706222 dada por la Dirección, Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 31 de Agosto del año 2017 SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL Que el día Lunes, que contaremos a treinta (30) del mes de Octubre del año 2017. a las 8:00 A. M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, relativo una porción de terreno dentro del Distrito Catastral No. 29, del Municipio de La Vega, Provincia de La Vega, la cual posee una extensión superficial aproximada de 1,618. 13 Mts2. con los siguientes colindantes: Al Norte; Calle, Al Este, Carretera Presa de Tavera, Al Sur Cañada, Al Oeste Cañada Ubicada en Carretera Presa de Tavera Reclamada por el señor RAMON ANIBAL CRUZ ROSARIO, Para cualquier Inquietud, Comunicarse con La Dirección Regional de Mensura Catastrales Depto. Norte o con el Agrimensor contratista.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LÓPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AGRIM. HENRY ANTONIO LLUBERES, Codia 29186.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

AGRIMENSOR LAYS MARÍA UBEN CODIA NO. 35520

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISION

AVISO DE MENSURA

Se hace de público conocimiento que el día 30 de Octubre del año 2017, a las 11:00 A.M., se daría inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la P. No.93 del Distrito Catastral No.02, del Municipio de Padre Las Casas, Provincia Azua, con una extensión Superficial de (812.30 mts2), Este imnueble se encuentra ubicado en el sector Mata los Indios del Municipio Padre Las Casas, Provincia Azua, Identificado como Expediente No.663201708932, RECLAMANTE LA SRA. DEYVI VIOLETA PIÑA ALCANTARA.

Expediente No. 663201707399 Se hace de público conocimiento que el día 19/octubre/2017, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde y Subdivisión dentro de la P. No. 142, del D.C. No. 3, del municipio de Nizao, provincia Peravia. Autorización de fecha 10 de agosto del 2017, propiedad de la SRA. YBELISSE ALTAGRACIA FERNANDEZ MOQUETE.

Expediente No. 663201708896 Vista la autorización de fecha 06 de octubre del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales de Departamento Central, se avisa al público en general, que el día veinticuatro (24) del mes de octubre del 2017, a las 11:00 horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de Mensuras Saneamiento en P. No. 682, del D.C. No. 03, Municipio de Pedernales, provincia Pedernales, reclamada por el Señor LEÓN MARINE MATOS.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LÓPEZ, Agrimensor Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AGRIM. RAMON REYES MARTE, Codia 26759.

JOSÉ MANUEL PEÑA MATOS. AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 6916

FC351145


SABADO 14 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE SANEAMIENTO Al juzgado de paz del municipio Cambita Garabitos provincia de San Cristóbal, al ayuntamiento del Municipio Cambita el Pueblecito Provincia San Cristóbal, al Abogado del Estado Dominicano, y colindantes que el día 24 del mes de Octubre del año 2017, a las 9:00 AM se dará audiencia al proceso de saneamiento en el inmueble identificado como parcela No. 307450980819 del D.C. No. 21, ubicado en el Municipio Cambita Garabitos, Provincia San Cristóbal, resultó la Parcela 307450980819, con una extensión superficial de 173.61 metros cuadrados Provincia de San Cristóbal, practicado por el JUAN YSIDRO ALCANTARA, codia 14079

CÉSAR JOEL GARABITOS SANTIAGO PROPIETARIO

AVISO DE SANEAMIENTO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 402-01-810-000423-5, expedido por el BanReservas en fecha 02/10/2015, por un monto de RD$20,000,000.00, en favor de los señores Gustavo Lázaro Carles Lazo y Manuel Altagracia Garrido Medrano. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes. FC 351086

Al juzgado de paz del municipio Cambita Garabitos provincia de San Cristóbal, al ayuntamiento del Municipio Cambita el Pueblecito Provincia San Cristóbal, al Abogado del Estado Dominicano, y colindantes que el día 24 del mes de Octubre del año 2017, a las 9:00 AM se clara audiencia al proceso de saneamiento en el inmueble identificado como parcela 307450980918, del D.C. No. 21, con una extensión superficial de 194.29Mts2, ubicada en la Calle La Altagracia, a unos 225.00 Mts al norte del ayuntamiento Municipal de Cambita el Pueblecito, del Municipio Cambita Garabitos, Provincia de San Cristóbal, practicado por el JUAN YSIDRO AICANTARA, codia 14079.

JUAN LARA DECENA Propietario

AVISO DE SANEAMIENTO Al juzgada de paz del municipio Cambita Garabitos provincia de San Cristóbal, al ayuntamiento del Municipio Cambita el Pueblecito Provincia San Cristóbal, al Abogado del Estado Dominicano, y colindantes que el día 24 del mes de Octubre del año 2017, a las 9:00 AM se dará audiencia al proceso de saneamiento en el inmueble identificado como parcela No. 307450981966 del D.C. No. 21, con una extensión superficial de 106.26 metros cuadrados, ubicada en la Calle La Altagracia, a unos 225.00 Mts. al norte del Ayuntamiento Municipal de Cambita el Pueblecito, del Municipio Cambita Garabitos, Provincia de San Cristóbal, practicado por el JUAN YSIDRO ALCANTARA, Codia 14079

JUNIOR BIENVENIDO DOLORES PEÑA Propietario

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día Sábado 21-10-2017, a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos de DESLINDE dentro del Ámbito de la Parcela No. 1-Ref-424 del D.C. No.02, del Municipio y Provincia San Cristóbal, a petición del Sr. CARLOS JULIO ALCANTARA GOMEZ. Expediente 663201708750. Fecha de autorización 25/09/2017.

AGRIM. SANDRA BIBIECA ALCANTARA, Codia No. 36447.

AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICACIÓN DE DEPÓSITOS ALQUILERES

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida de la Certificación de Depósitos de Alquileres No.52745, Certificación No. 2005-0984, de fecha 21 de Abril de 2005, del Banco Agrícola de la República Dominicana, inquilino Jonathan A. Carbuccia Marte, depositado por Empresas Bello Veloz, S.A., por el monto de RD$94,500.00 pesos dominicano.

Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado financiero No. 08-200-1202-2, emitido por el BANCO AGRÍCOLA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, sucursal Cotuí, de fecha 11 de noviembre del año 2013, por un monto de UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL (RD$ 1,975,000.000) pesos dominicanos, a nombre de la Señora ESPERANZA DE LA CRUZ ROSARIO O MARILYN SÁNCHEZ ROSARIO, cédula No. 049-0063101-3.

EMPRESAS BELLO VELOZ, S.A. Solicitante. FC 351058

mos constar que se ha extraviado el de Titulo No. 83-9519, el cual ampara en el inmueble identificado como: Parcela No. 10B-1-REF, superficie de 71,931.50 Distrito Catastral No. 20, Libro 591, Folio 12, hoja 218, Ubicado en San Felipe, Harás Nacionales, Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, Propiedad del Señor JOSE ANDRES HERRERA DIAZ.

PUBLICACIÓN POR PÉRDIDA DE CERTICADO DE TÍTULO De La Matricula No. 3000286296, parcela No. 170, D.C. 10/5ta, sobre una porción de terreno superficial de TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO PUNTO SETENTA Y CINCO (3,251.75 NIT2) METROS CUADRADOS, A NOMBRE DE EL SEÑOR MARIANO DE JESUS RIJO, Cedula No. 0280046760-3. FC351155

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento, que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 197002515 de fecha 13 de octubre del 2011, emitido por THE BANK OF NOVA SCOTIA (SCOTIABANK), a favor del señor JUAN JOSE RODRIGUEZ CARVAJAL, portador de la cédula de identidad No. 001-0125152-8, por la suma de Un Millón de Pesos Dominicanos (RD$1,000,000,00), y que ha sido notificado a la institución de intermediación financiera, mediante Acto de Alguacil No. 867/2017 de fecha 22 de septiembre del 2017, por el Alguacil Ordinario Alexis Benzan Santana, de la Cámara Penal del Juzgado de 1era. Instancia del Distrito Nacional.

DR. ALCIBIADES ML. ALBURQUERQUE HERNANDO, Abogado Apoderado. FC 350468

FC351076

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado financiero No. 231-003598-4 del BANCO RESERVAS, por un valor de RD$ 1,996,600, a nombre de KENNY JOHN PÉREZ, cédula 001-1540812-2. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 1670076928, fecha de apertura 26- 03-2015, expedido por el valor de RD$1,000,000.00 (UN MILLÓN CON 00/ 100 DE PESOS DOMINICANOS), emitido por el BANCO DE RESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: NELSA M. VASQUEZ DE FORTUNATO, Depositante. FC 351077

FC351073

PUBLICACION DE DIVORCIO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306 Bis, sobre divorcio y para conocimiento se hace saber que en fecha Dieciocho (18) del mes de Septiembre del año dos mil Diecisiete (2017), la SEXTIMA SALA DE LA CAMARA CIVL PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, dictó la Sentencia No.532-2017, cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: HOMOLOGA el acto de estipulaciones y convenciones No. 39-2017 firmado por los esposos JOSE LUIS SANTOS RUIZ y CRISTINA UREÑA ALVAREZ, de fecha 31 del mes de julio del año Dos Mil (2017), por ante el LIC. PABLO E. LEBRON VALDEZ, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, en consecuencia: A: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges JOSE LUIS SANTOS RUIZ Y CRISTINA UREÑA ALVAREZ; B: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. C: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Así se pronuncia, ordena, manda y firma: (FIRMADOS: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, JUEZ; MAGALIS ANAIRIS SANTANA MELENCIANO, SECRETARIA). La presente sentencia que antecede previa formalidad de la ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha seis (06) del mes de Octubre del año 2017, inscrita en el Libro No. 00005, del Registro de Divorcio, Folio No. 0073, Acta No. 000437, del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Octubre del año dos mil Diecisiete (2017).

Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No. 754894533 del Banco Popular Dominicano, de fecha 17/08/2009, por valor de RD$ 85,000.00, A nombre de: EVANNA MARIA REYNOSO. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

PÉRDIDA DE TITULO En virtud del artículo 92, párrafo 3, de la ley 108-5, Hace-

LEGAL 13

LICDA. KENIA HERRERA MONTERO, Abogada. FC 351131

PUBLICACION DE DIVORCIO Dando cumplimiento a las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, de fecha 21 de mayo del año mil novecientos treinta y siete (1937), modificada por la Ley No. 142 de fecha cuatro (4) de junio de año mil novecientos setenta y uno (1971) , se hace de publico conocimiento: A) Que en fecha doce (12) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017) la Sexta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó en materia de divorcio la sentencia civil No. 531-2017-SSEN-01911, la cual contiene el dispositivo que se copia íntegro a continuación: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en Cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Elvys Feliz Sánchez y Rosanna Emperatriz Ortiz Fernández, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 202, instrumentado en fecha 31 de mayo del 2017, por ante el Dr. Oscar A. González Maura, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. B) Que en fecha tres (03) de octubre del año dos mil diecisiete (2017), LA OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA PRIMERA (1ra.) CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, pronunció el divorcio admitido por dicha sentencia el cual transcribió en el Libro No. 00020 de registro de divorcio, Folio 0005, Acta No. 001893, año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy 13 de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

GEOVANNY ALEXANDER RAMIREZ B., Abogado. FC 351133

FC351044 FC 351132

CONDOMINIO TORRES PROFESIONALES BILTMORE I y BILTMORE II A: TODOS LOS PROPIETARIOS DE LOS LOCALES U OFICINAS DE LAS TORRES PROFESIONALES BILTMORE I y BILTMORE II DEL: CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL CONDOMINIO

ASUNTO: RIMERACONVOCATORIA PARA LA CELEBRACION DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA PRIMERACONVOCATORIA De conformidad con las disposiciones previstas29 del Reglamento de la Copropiedad y Administración del Condominio de las Torres Profesionales Biltmore I y II, así como, a las disposiciones de la Ley 5038 Sobre Condominios, por medio de la presente se les hace la PRIMERA CONVOCATORIA, en su calidad de propietario y/o representante de los locales u oficinas del Condominio a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE PROPIETARIOS, a celebrarse el Dieciocho (18) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017); a las seis horas de la tarde (06:00 pm), en el área del hall de la entrada al segundo piso del Edificio Torre Profesional Biltmore I, frente a los ascensores. El objetivo de la misma es conocer del siguiente Orden del Día. 1ero. Constitución de Asamblea General Extraordinaria y Confirmación del Quórum necesario para constituirse y sesionar válidamente. 2do. Conocer de la Solicitud de Rendición de Cuentas del Consejo de Administración del Condominio solicitada por algunos condóminos en virtud del acto de alguacil no. 548/2017 instrumentado por el Ministerial Ángel González Santana en fecha 09 de Octubre del 2017. 3ero. Conocer de la posibilidad de Demandar a Inmobiliaria Biltmore, SRL y su Presidente, Sr. Irving H. Pérez P., en Rendición de Cuentas por el tiempo en que administro la Segunda Torre del Condominio. 3ero. Conocer de la Inscripción en el Registro de Títulos del Privilegio de Condomine sobre los locales que están en gestión legal de cobro (aquellos que tienen 3 cuotas vencidas sea de cuota ordinaria o extraordinaria). 4to. Turno Libre para tratar cualquier otro asunto de interés. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana. A los Once (11) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).


SABADO 14 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jincheng, color rojo, año 2010, placa y registro N730537, chasis LJCPAGLH4A1002841, a nombre de SIMÓN ANTONIO TERRERO LORA, cédula 225-0018169-2. FC351060

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Toyota, modelo Tacoma, año 2006, color blanco, placa y registro L286854, chasis 5TENX22N26Z309306, a nombre de YOKOTA INDUSTRIAL, S.A., RNC: 101-88116-1.

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, color blanco, año 2007, placa y registro L236861, chasis JDA00V11800026619, A Nombre De JUAN CARLOS REYES.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta privada, marca X1000, color rojo, año 2016, placa y registro K0677823, chasis TBL20P104GHA44510, a nombre de CÉSAR ANTONIO GÓMEZ MARTE.

PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Ford, color azul oscuro, año 2008, placa y registro G000921, chasis 1FMEU63E28UA09464, a nombre de ENRIQUE JOSÉ WILMORE LUNA.

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Nissan, color negro, año 1998, placa y registro A452186, chasis 3N1DB41D6ZK000064, a nombre de VICTOR ALBERTO MANZANO REYES.

PERDIDA DE PLACA Y MATRICULA: motocicleta Marca Yamaha, Modelo 3YK, color MORADO, año 1987, placa NVH950, chasis 3YK6737982, a nombre de GRISELDA SECUNDINA CORREA LIRIANO, CED.047-01157143. (RO-14717-PN-12-13-14/10/2017)

PÉRDIDA DE PLACA: marca Honda, modelo Civic DX, año 2011, color blanco, placa y registro A708737, chasis 19XFA1F36BE024666, a nombre de FRANCIS CARLOS FERRER NAVARRO.

PERDIDA DE PLACA: máquina pesada, Marca Massey Ferguson, Modelo MF290/4, color rojo, año 2001, placa UB-1672, chasis 290058050, a nombre de AMADEO ERNESTO CED.047GUZMAN TAVERAS, 0099420-7. (RO-14718-CM-12-13-14/10/2017)

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Tauro, placa K0564346, color negro, chasis TARPCM503FC000600, tipo motocicleta, año 2015, propiedad de JUAN ANDRES REINOSO GERMOSEN, cédula 001-1388426-6. FC 351092

AVISO DE MENSURA YO YENI DELANCE DILONE, Agrimensor público autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, en Fecha 5 de Octubre del año 2017, para la realización de los trabajos de DESLINDE, EXP. No.662201708215, se le AVISA a los colindantes, a la Dirección De Mensuras Catastrales Departamento Norte, que el día sábado 28 del mes de octubre del año 2017, a las 9:00 AM. Daré inicio formal a las operaciones de campo de dicho trabajo en el inmueble de referencia, está ubicadas en la carreta Santiago Baitoa, matanza entrando por la calle que esta frente al cuartel, dentro de la parcela No. 451, del Distrito Catastral 8 del Municipio Puñal Provincia Santiago. Es propiedad del señor, BUENAVENTURA ALMONTE ACOSTA

AGM. YENI DELANCE DILONE CODIA 26063.

AVISO DE MENSURA YO YENI DELANCE DILONE, Agrimensor público autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, en Fecha 5 de Octubre del año 2017, para la realización de los trabajos de DESLINDE, EXP. No.662201708213, se le AVISA a los colindantes, a la Dirección De Mensuras Catastrales Departamento Norte, que el día sábado 28 del mes de Octubre del año 2017, a las 9:00 AM. Daré inicio formal a las operaciones de campo de dicho trabajo en el inmueble de referencia, está ubicadas en la carreta Santiago Baitoa, Palo Amarillo, dentro de la parcela No. 287, del Distrito Catastral 8 del Municipio Puñal Provincia Santiago. Es propiedad de los señores, RAFAEL EMERITO PANTALEON VASQUEZ, MARDELIN ALTAGRACIA BATISTA CASTILLO, MARIA NARCISA PANTALEON VASQUEZ Y KELVIN PANTALEON representado por los LICDOS ALTAGRACIA D. C. ALMONTE PANTALEON Y NICANOR RAFAEL GENAO DIAZ

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL VISTA: La autorización dictada por La Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fechal5 del mes de Septiembre del año 2017, Se hace de público conocimiento el día 25 de Octubre del año 2017, a las 10:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de levantamiento parcelario para el Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 206-A-5, del D. C. No. 05, del Distrito Nacional, ubicado en la calle Padre Castellano, casa No.171, del Ensanche Espaillat del Distrito Nacional, Exp. No. 663201708514, Propiedad de los señores Nilo Santos Read García y María Elena González Martínez.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, Codia 9394, CEL: 809-763-4252. FC 351142

AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 00017 de fecha 4 de Octubre del año 2017, fue otorgado el beneficio de la incorporación a la Asociación sin fines de lucro ASOCIACION NACIONAL DE CHEERLEADING DE LA REPUBLICA DOMINICANA, (ASONACHEER), con su domicilio en la calle Higuemota, Edificio Laura Marcelle VI, suite 101, sector Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Esta Institución tiene como fin, el fomento, desarrollo, promoción, reglamentación y expansión del Deporte de CHEERLEADING en todas sus formas en la República Dominicana. Sus miembros fundadores: Víctor D. Martínez Guzmán, Víctor Ml. Peña Guzmán, Dr. Jorge Luis Gimón Fuenmayor, Rafael R. Martínez Lavandier, Víctor Peña Valentín, y Naydi Jiménez Pérez. El consejo directivo está constituido por Víctor D. Martínez Guzmán, Presidente; Víctor Ml. Peña Guzmán, vice-Presidente Ejecutivo; Dr. Jorge Luis Gimón Fuenmayor, Vice Presidente Técnico; Rafael R. Martínez Lavandier, Secretario General Tesorero; Victor Peña Valentín, Secretario de Organización Deportiva. La Duración de esta Asociación es Indefinida. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 13 días del mes de Octubre del año 2017.

FC 331134

PUBLICACIÓN DE DIVORICO En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 42 de la Ley No. 1306, bis, sobre divorcio se hace la siguiente publicación: Que en fecha 04 del mes de Septiembre del año 2017, la Sexta Sala Civil de Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia Civil No. 00268-17, que admitió el divorcio por Mutuo consentimiento entre los esposos LUÍS FELIPE NICOLÁS OLIVO MARTE Y CARMEN ROSA DE LOS SANTOS RODRÍGUEZ, cuyo dispositivo de sentencia copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: admite el divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los señores esposos LUÍS FELIPE NICOLÁS OLIVO MARTE Y CARMEN ROSA DE LOS SANTOS RODRÍGUEZ, según lo pactado por ellos en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento marcado con el número 9-2071, folios s/n, de fecha 03/07/2017, instrumentado por la Licda. Mayra J. Toribio Pérez, notario público de los del número para el municipio de Santiago, ordena a la parte más diligente proceder a hacer transcribir la presente sentencia y a pronunciar el referido divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, conforme fuere de derecho. SEGUNDO: compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Firmada por: el Magistrado José Luís García García y Zoila H. Quezada Almonte, secretaria ad-hoc. Que en fecha Doce (12) del mes de Octubre del año dos mil diecisiete (2017), el oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Judicial de Santiago, pronunció el divorcio antes indicado y transcribió la sentencia en el libro No. 00006, folio No. 0089, Acta No. 001089, año 2017. Santiago de los caballeros, 13 de octubre del 2017.

LICDA. MARLENY RIVAS CASTELLANOS MATRICULA 24233-519-01

VISTA: La autorizacion dictada por La Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 03 del mes de Octubre del año 2017, Se hace de público conocimiento que el día 25 de Octubre del año 2017, a la 11:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de levantamiento parcelario para el Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 3-B-5-D-6, del D. C. No. 05, del Distrito Nacional, ubicado en la calle 37 Oeste, casa No.15, del Ensanche Luperón, del Distrito Nacional. Exp. No. 663201709052. Propiedad de la señora: Brígida Franco Rodríguez.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, Codia 9394, CEL: 809-763-4252. FC 351142

Colegio Dominicano de Psicólogos CODOPSI RNC 4-24-00280-2 AVISO Convocatoria Asamblca gcneral Ordinaria En cumplimiento con la Ley 22-01 del Código de Etica y Disciplina y los estatutos orgánicos que regulan el ejercicio profesional de la Psicología en la República Dominicana, el Colegio Dominicano de Psicólogos CODOPSI, Convoca a todos sus miembros activos a participar de la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el día 29 de octubre a las 10:00 am en el auditorio Manuel del Cabral, Biblioteca Pedro Mir UASD, con el objetivo de dar a conocer nuestra rendición de cuentas correspondiente a la presente gestión 2017-2018. En Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

ENID GIL, Presidenta. FLORENCIO SILIA, Secretario General.

MARCELL SEHWOERER RODRIGUEZ. FC 351164

AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio) En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 1, 26, 27 y 30 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinte y ocho (28) del mes de septiembre del año Dos mil diecisiete (2017), la Sala No.8 del Tribunal de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia Civil No.01697-17, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE regular y valida en cuanto a la forma la Demanda en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores JOSE IVAN RAMIREZ ROSADO y SUSANA ELIZABETH DELGADO GERONIMO, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: Homologa en todas sus partes el acto de Estipulaciones y Convenciones No.32/2017, Folio 60-61 de fecha catorce (14) del mes de Julio del año 2017, instrumentado por el Dr. Luis Felipe Rosa Hernández, abogado, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. La Sentencia que antecede ha sido firmada por la Magistrada DAISY MIGUELINA ABREU URBAEZ, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mí Secretaria. Asimismo se hace saber que en fecha doce (12) del mes de octubre del año Dos Mil diecisiete (2017) el Oficial del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00020, Folio No. 0191, bajo el Acta No.001986, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día trece (13) del mes de octubre del año Dos Mil diecisiete (2017).

GRISELDA MARIA MEJIA OGANDO, Abogado. FC 351161

“PUBLICACION DE DIVORCIO”

AGM. YENI DELANCE DILONE CODIA 26063.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

VICTOR D. MARTINEZ GUZMAN, Presidente.

En cumplimicnto de las disposiciones contenidas en el Artículo 42 de la Ley No.1306Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha veintiocho (28) del mes de marzo del año dos mil dieciséis (2016), la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia marcada con el No. 0366-16, cuya parte dispositiva copiada textualmente ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento intentado por los señores Luis Adolfo Betances Casado y Marcell Marie Sehwoerer Rodríguez, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Luís Adolfo Betances Casado y Marcell Marie Sehwoerer Rodríguez, por rnutuo consenluniento, de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No. 01-16, de fecha 20 de enero del 2016, instrumentado por el Dr. Ramón Antonio Sánchez De La Rosa, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Ofrcial del Estado Civil correspondienle pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Claudia María Peña Peña, Juez. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada Claudia María Peña Peña, el mismo día, mes y año señalados al inicio de la misma, lo que certifico por mi firma y el sello del tribunal. Juana Rodríguez Villanueva, Secretaria. La presente sentencia de divorcio se pronunció en fecha cuatro (4) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro de Registros de Divorcio No.00020, Folio No.0023, Acta No. 001902. del año 2017. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio)

De conformidad con el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcios, y para que sea de público conocimiento, se hace saber: Que LA SEPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó LA SENTENCIA CIVIL DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, marcada con el No.532-2017-SSEN01628, EXPEDIENTE No,532-2017-ECON-01410, DE FECHA TREINTA Y UNO (31) DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (2017), cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores GERMAN LEONARDO CORCINO ALCANTARA Y MARIA TERESA RAMIREZ, por no haber sido hecha de acuerdo a la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores GERMAN LEONARDO CORCINO ALCANTARA Y MARIA TERESA DE RAMIREZ, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.64/2017, instrumentado en fecha 27 de junio del 2017, por ante el DR. LEONARDO DE LA CRUZ ROSARIO, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos; TERCERO: Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad RUDDY LEONARDO Y WANDER, a cargo de la señora MARIA TERESA RAMIREZ, acordado el acto de convenciones y estipulaciones No.64/2017, instrumentado en fecha 27 de junio del 2017, por ante el DR. LEONARDO DE LA CRUZ ROSARIO, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos; CUARTO: Ordena al oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio; así se ordena, manda y firma: PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, Juez. La presente sentencia ha sido firmada por el Magistrado PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. MAGALIS ANA IRIS SANTANA MELENCIANO Secretaria Interina. El mismo fue pronunciado por ante la OFICIALÍA DEL ESTADO CIVIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, en fecha hace (13) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017), inscrito en el libro no. 00020, del Registro de divorcio, folio no. 0071, acta No. 001926, año 2017. En la ciudad de Santiago Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana; Hoy día trece (13) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 1, 26, 27 y 30 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinte y ocho (28) del mes de junio del año Dos mil diecisiete (2017), la Sala No.6 del Tribunal de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia Civil No.531/2017/SSEN/01602, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE regular y válida en cuanto a la forma la Demanda en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores DANILO BELEN DOMINGUEZ y ANDREA ALTAGRACIA MEJIA, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: Homologa en todas sus partes el acto de Estipulaciones y Convenciones No.21/2017, Folio 38-39 de fecha tres (03) del mes de mayo del año 2017, instrumentado por el Dr. Luis Felipe Rosa Hernández, abogado, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. La Sentencia que antecede ha sido firmada por el Magistrado ANTONIO SUZAÑA, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mí Secretaria. Asimismo se hace saber que en fecha doce (12) del mes de octubre del año Dos Mil diecisiete (2017) el Oficial del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00020, Folio No. 0189, bajo el Acta No.001985, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo. Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día trece (13) del mes de octubre del año Dos Mil diecisiete (2017).

DR. NIDIO HERRERA FAMILIA ABOGADO APODERADO

GRISELDA MARIA MEJIA OGANDO, Abogado.

FC351151

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SÁBADO 14 DE OCTUBRE 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

Maternidad Los Mina aclara rapto de bebé no ocurrió allá

Víctor Calderón

SANTO DOMINGO.-La dirección del Hospital Materno Infantil San Lorenzo de Los Mina aclaró que el robo de una bebé a una madre no ocurrió en ese centro asistencial, sino en un hospital municipal ubicado a unos 500 metros de ese centro de salud. El doctor Víctor Calderón, director de la maternidad, dijo que la paciente de nacionalidad extranjera dio a luz en la maternidad, sin embargo fue dada de alta el jueves y en horas de la tarde se dirigió al

hospital municipal y en ese lugar le raptaron a su bebé. “Ella dice que fue una señora que ya ella había visto y que allá en ese hospital, cerca de aquí a unos 500 metros le raptaron a su hija de sus brazos”, explicó. Calderón lamentó mucho el caso, “pero nosotros somos responsables de lo que ocurre dentro de nuestra maternidad, velamos por el cuidado de esos pacientes pero ya saliendo a las calles perdemos todo el control de su seguridad”.

Otra vez, “Punto Rojo Villacón” regalará un carro a un cliente

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K0224068, color negro, chasis LC6PAGA1950812279, tipo motocicleta, año 2005, propiedad de RAFAEL ANTONIO MEJIA CALDERON, cédula 023-0024085-6. FC 351099

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca X1000, color blanco, año 2014, placa y registro K10245310, chasis TBL20Y205EHZ618994, a nombre de STEVEN ANTHONY GOMEZ SANTIAGO, cédula 2230154878-4. FC351163

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, modelo AX100, tipo motocicleta privada, placa y registro No. K1147405, color negro, chasis LC6PAGA1X70836805, propiedad de LUCAS ARIAS JIMENEZ, cédula 0010995430-5. FC 351096

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Samsung, color gris, año 1999, placa y registro L013432, chasis KNR1L1HEAXT001065, a nombre de SIMÓN BOLIVAR LEBRÓN PINEDA, cédula 001-1500437-6. FC351162

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Jincheng, modelo AX100, año 2008, placa y registro K0026434, chasis LJCPAGLH08SC29659, a nombre de LUÍS MANUEL ESTRELLA ESTRELLA, cédula 001-1197642-9. FP93110

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry CE, año 1994, color blanco, placa y registro chasis A042791, 4T1SK12E9RU861714, a nombre de FELIX DE LA CRUZ, cédula 0010246740-4. fp93139

PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Honda, modelo C50, color azul, año 1982, placa y registro chasis N512956, LJCPAGLH08SC29659, a nombre de IMPORTADORA VENTURA, C. POR A. RNC: 1-01-0975-2 FP93111

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Loncin, año 2015, modelo LX11012A, color rojo, placa y registro chasis K0627206, LLCLXBCA7FA100441, a nombre de LUÍS AQUILES VALENZUELA DE LOS SANTOS, cédula 012-0112678-4. fp93138

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2016, placa y registro A678693, chasis MALA751ABGM326378, a nombre de BANCO POPULAR DOM. S. A. BANCO MÚLTIPLE, rnc: 101010632. FC351125

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Corolla CE, año 1990, color rojo, placa y registro A161641, chasis 2T1AE84A3LC0050012, a nombre de DANIEL DEL CARMEN MORETA RAMÍREZ. FP93137

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Kia, color plateado, año 2015, placa y registro A663561, chasis KNABE511BFT989052, a nombre de BANCO POPULAR DOM SA BANCO MÚLTIPLE, RNC: 101010632. Fc351126

PÉRDIDA DE MATRICULA: de automóvil privado, marca Volkwagen, color blanco, año 2005, placa y registro A420325, chasis 9BWJF09N55P021710, a nombre de LUISA EMILIA CASTRO BERG, cédula 001-1032337-5. FC351157

PÉRDIDA DE PLACA: marca GMC, modelo TOPKICK, color blanco, año 1987, placa y registro L250110, chasis 1GDS7D4Y1HV533450, a nombre de JOSÉ AUGUSTO THOMEN ACEVEDO. FP93113

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Audi, color gris, año 2006, placa y registro A451667, chasis WAUZZZ4F66N070336, a nombre de JULIO MILIANO ROSA, cédula 002-0007676-8. FC351160

PÉDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca BM, modelo BM100, año 2005, color rojo, placa y registro K0241108, chasis RIVASXYMT05030608, a nombre de JOSÉ ARNALDO BELLO ABREU, cédula 069-0002231-7. FC351123

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Isuzu, color blanco, año 2009, placa y registro L261835, chasis MPATFR54H9H500745, a nombre de PINK GOOSE INVESTMENTS, S.A.

PÉRDIDA DE CHAPA: marca Fon, modelo Flatbed, año 1977, color rojo, placa y registro F003126, chasis PTW3554551, a nombre de SILVYA ALTAGRACIA PARRA NOLASCO, cédula 001-1429798-9.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Starlet, año 2001, color azul oscuro, placa y registro A511536, chasis EP910247380, a nombre de MARGARITA GUERRERO CARPIO, cédula 028-0028385-1. FC351154

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa y registro K0643780, chasis MD502217777, a nombre de PINELYS YINETTE BREA GUERRERO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, modelo Highlander 4x2, color rojo, año 2007, placa y registro G255546, chasis JTEDP21A870133756, a nombre de ROBINSON ANTONIO SANTOS RODRÍGUEZ, cédula 054-0096434-1.

ORLANDO ARIAS

SANTO DOMINGO.- Por segundo año consecutivo, la Asociación de Comerciantes e Importadores de Villa Consuelo llenará de felicidad la Navidad, al regalar un carro nuevo 2018 a sus clientes con la promoción “Punto Rojo en Villacón”. En su nueva promoción, los comerciantes de la popular arteria del Distrito Nacional se han propuesto que esta sea una fiesta de fin de año verdaderamente recordada por todos, ya que además regalar un carro nuevo, obsequiará neveras, motores, televisores, entre otros enseres del hogar. La promoción “Punto Rojo en Villacón” ya está en el aire, desde principios de octubre hasta el día 7 de enero de 2018 para lo cual se han rotulando todos los negocios participantes, explicó el licenciado Mario Chabebe, presidente de la Asociación.

Mario Chabebe

Agregó que “la dinámica consiste en ubicar el “Punto Rojo” o sea llegar al establecimiento asociado y por cada RD$500 de compra pide tu boleto y te puedes ganar un carro nuevo, además de una serie de artículos para que tengas un fin de año de película”. Indicó que lo que se persigue con la promoción es propiciar la confianza en el cliente para que acuda a Villacón como destino para hacer sus compras y así lograr el aumento de las ventas de los comercios asociados, a fin de salvaguardar el espacio conquistado durante años en esa plaza.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa y registro K0643784, chasis MD502300123, a nombre de PINELYS YINETTE BREA GUERRERA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Mack, modelo CM613, color blanco, año 1993, placa y registro L231601, chasis 1N2AA12Y6PW019472, a nombre de CARLOS JOSÉ ROSARIO ACOSTA.

MÁS NOTICIAS 15

PÉRDIDA DE MATRICULA: de jeep, marca Toyota, modelo EJ CRUISER, placa y registro G287091, chasis JTEBU11F370098808, a nombre de YVELISSE RAFAELA TEIXEIRA FERMÍN.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Isuzu, modelo TFR54H-20, año 1999, color blanco, placa y registro No. L136855, chasis No. JAATFR554HX7101604, propiedad de AGOPECUARIA LA BLASINA, RNC: 1-01-80956-6. FP 93117

PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado, Marca Honda, Modelo Civic, color blanco, año 1987, A061924, chasis placa JHMEC5826HS000793, a nombre de EDWART RAFAEL REYES GOMEZ, CED. 047-0102209-9. (RO-14724-CM)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Mitsubishi, modelo L200, año 1995, color azul/gris, placa y registro No. L038401, chasis No. DJNK340SP03676, propiedad de ESTEBAN PEÑA ESPIRITUSANTO, RNC: 028-0053502-9. FP 93118

PERDIDA DE MATRICULA: Automóvil privado, Marca Toyota, Modelo Camry, color gris, año 2002, placa A496002, chasis 4T1BE32K12U624777, a nombre de ROSA ELVIRA POLANCO FABIAN, CED.087-0008338-2. (OC-RC-6682-CM)

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo V118HY, año 2001, color blanco, placa y registro No. L118840, chasis No. V11612224, propiedad de CIGUA MOTORS, C. POR A., RNC 1-1112437-9. FP 93119

PERDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca Yamaha, año 1998, color negro, chasis 1L1611707, placa NACP14, a nombre de TELECOMUNICACIONES, S.A. FP 93121

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Honda, color rojo, año 1997, placa y registro OC10145, chasis JHLRD1841VC003894, a nombre de MERCEDES VALDEZ Y VALDEZ.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo automóvil privado, marca Honda, modelo Civic EX, año 2014, color gris, placa A702293, chasis 19XFB2F98EE221480, a nombre de LUZ DILIA ABAD REYES, cédula 4022478096-1. FP 93120

Se le invita a MANUEL ACOSTA DEL ORBE, a retirar la denuncia a plan piloto, del Carga, Nissan, 1992, color azul, placa L004938, chasis 2TL720M001030.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, placa A012765, color rojo, chasis JT2EL46B9M0127387, año 1991, propiedad de MIGUEL ANTONIO HERNANDEZ, cédula 0310050879-9. FC 351129

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Honda, modelo Accord LXI, año 1986, color azul, placa y registro A215353, chasis 1HGBA7434GA129982, a nombre de FELIPE FERNANDO BOTELLO ESPIRITUSANTO.

PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo jeep marca Chevrolet, color rojo, año 2008, placa y registro G180656, chasis 1GNFK13J28J135444, a nombre de JOSE VIRGILIO DE JESUS JORGE.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, maca Chevrolet, color negro, año 2011, placa y registro G269665, chasis 1GNSK6E07BR304625, a nombre de JOSÉ DEL CARMEN RAMIREZ LEBRÓN, cédula 001-0128688-8. FC351147

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca Hyundai, placa I057015, color blanco, chasis KMJWA37HABU307836, año 2011, propiedad de AUGUSTO GONZALEZ ENCARNACION, cédula 001-1331655-8. FC 351139

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Mitsubishi, color otros, año 1997, placa y registro G034180, chasis JMY0NV460VJ001067, a nombre de NADIN MIGUEL BEZI NICASIO, cédula 065-0000946-6. FC351148

AVISO DE MENSURA CATASTRAL VISTA: La autorización dictada por La Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, de fecha 03 del mes de Octubre del año 2017, Se hace de público conocimiento que el día 25 de Octubre del año 2017, a la 4:00 p.m., se dará inicio a los trabajos de levantamiento parcelario para el Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 206-A-5, del D. C. No. 05, del Distrito Nacional; ubicado en la calle 14, casa No.21, del Ensanche Luperón, del Distrito Nacional. Exp. No. 663201709054. Propiedad de la señora: Maritza Mercedes Arias De La Cruz.

AGRIM. JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, Codia 9394, CEL: 809-763-4252. FC 351142


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