Lunes 27 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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CLASIFICADOS 09
Lunes 27 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
10 LEGAL
AVIsOs LeGALes PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley. 1306-Bis, que en Fecha 08/08/2018, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil de techa 10/06/2018, sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores MARCELL OMAR MORALES LITHGOW Y JUDITH CARBUCCIA DORREJO, pronunciado por ante el Oficial Civil de la Ira. Circunscripción Distrito Nacional, en fecha, 08/08/2018, según consta en el Libro No. 00097; Acta No. 000146, Folio No. 0011, del año 2017-2018.
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 24/07/2018, la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No. 1516-2018-SSENT-00533 sobre el Divorcio par MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores CANDIDO ELIGIO BELTRÁN FORTUNATO Y MARGARITA MARIA BAEZ REYNOSO, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 5ta. Circunscripción de Santo Domingo Norte, en fecha 14/08/2018, según consta en el Libro No. 00006; Acta No. 000540, Folio No. 0079, del año 2018.
DR. JUAN FRANCISCO TRIGO FONDEUR Abogado
DRA. MILAGROS JIMENEZ Abogado
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 25/07/2018 la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No. 531-2018-SSEN-00965, de fecha 21/05/2018, sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señorea RAYMUNDO ALONZO DE LOS SANTOS ROMERO Y REYNA TAVARES FABRE, pronunciado por ante el Oficial Civil de la IUMA. Circunscripción Distrito Nacional, en fecha 25/07/2018, según consta en el Libro No. 00004; Acta No. 000257, Folio No. 0192, del año 2018.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCION PRENDARIA Para General conocimiento y en virtud de la Ley No.6186 de fecha 12 de febrero del 1963, sobre Fomento Agrícola y sus modificaciones, se hace saber que ha sido fijada, para el día MIERCOLES, que contaremos a DOCE (12), del mes de Septiembre del Año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las NUEVE (9:00) horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz Ordinario de la Cuarta Circunscripción del Distrito Nacional, ubicado Calle Ramón Cáceres Núm.134, esquina Genaro Pérez, Ensanche la Fe, Santo Domingo, Distrito Nacional, se conocerá la Venta en Pública Subasta en Audiencia de Pregones al mejor postor y último subastador del bien dado en garantía por el señor THIERRY MARIE JOSEPH LACOUR, el vehículo se encuentra actualmente en la oficina del Banco de Reservas de la República Dominicana, sito en la avenida 27 de Febrero Núm. 336, edificio Bella, 27 ensanche Bella Vista, del Distrito Nacional, con la siguiente descripción: “UN JEEP, MARCA FORD, MODELO EXPLORER, AÑO: 2012, COLOR BLANCO, MOTOR SERIE NUM.CGA10137, CON CAPACIDAD DE SIETE PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ 3500, SEIS CILINDROS, CINCO PUERTA, CHASIS NUM.1FMHK7B89CGA10137, REGISTRO DE PLACA. G267851, PROPIEDAD DE: THIERRY MARIE JOSEPH LACOUR, mediante Contrato de Prenda suscrito en fecha seis (06) de octubre del año dos mil quince (2015), debidamente inscrito en el Juzgado de Paz Ordinario de la Cuarta Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 06 del mes de enero del año 2016, a favor del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA. El precio de la primera puja será la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$845,925.00), conforme a la tasación de fecha 13 del mes de julio del 2018, por el tasador Pedro Julio Avilés, sin perjuicios de las costas a liquidar hasta la adjudicación, que es el precio total que fija el persiguiente para la subasta de dicho bien mueble. Se advierte a todo licitador que deberá depositar previamente en manos del Alguacil en funciones de vendutero público una garantía en efectivo o en cheque certificado, por la suma no inferior al 10% del precio de la primera puja fijada por el persiguiente. En la Ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del Año Dos Mil Dieciocho (2018).
Lic. Marino Antonio Cordero Núñez, Por sí y por los señores Licda. Montesoris García Ventura y Licdo. Ramon E, Medina Custodio, Abogados del Persiguiente. FP 27188
En cumplimiento de las disposiciones que emanan de la Ley No.2153, la cual amplía el artículo 22 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio en la República Dominicana, por medio del presente aviso el señor Miguel Ángel Alcántara Díaz, dominicana, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en esta Ciudad y Municipio de Constanza, portador de la cedula de identidad y electoral número 402-2005107-8, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Lic. José Alberto Victoriano Rosa, de nacionalidad dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad, personal y electoral número 053-0040022-2, Abogado de los Tribunales de la República, designado por la Honorable Suprema Corte de Justicia, debidamente Registrado en el Colegio Dominicano de Abogados, con el exequátur No. 43459, mediante decreto No. 385-10, con mi estudio profesional abierto de forma permanente en la calle Duarte No.18 de esta ciudad de Constanza, con teléfonos Números: 809-539-3988, y 809-5079141, Email: josejkl06@gmail.com; le advierte a su legítima esposa la señora Ángela C Marrero, mayor de edad, casada, portadora del pasaporte de identidad personal No. 468599898; que a partir del día treinta (30) del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018), procedimos a emplazarla en Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, para que comparezca por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo, de la forma y manera que determina la ley, a la audiencia a puerta cerrada que celebrará el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, el día miércoles que contaremos a doce (12) del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho (2018), sito en el primer nivel del edificio que aloja el Palacio de Justicia de este municipio de Constanza, el cual se encuentra ubicado en la calle General Gregorio Luperón No. 11 de esta misma ciudad y municipio de Constanza, Provincia La Vega, a los veintisiete (27) días del mes de Agosto del año dos mil dieciocho (2018).
Lic. José Alberto Victoriano Rosa Abogado (AC-13844-WP-27-28-29/08/2018)
Asociación Vegana de Educadores Jubilados y Pensionados (AVEJUP) C/García Godoy detrás Oficinas Gubernamentales, Club del Colegio de Abogados Municipio y Provincia La Vega, República Dominicana
AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento de las disposiciones del articulo 5, párrafo I, II y III de la Ley No.12205 de fecha Ocho (8) del mes de Abril del año Dos Mil Cinco (2005), la cual rige el Fomento y Registro de las Asociaciones sin Fines de Lucro en República Dominicana se hace de público conocimiento que en fecha DIECISIETE (17) del mes de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), mediante Resolución no. 0007-2018 en su artículo Primero, Numeral 2, el Magistrado Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, concedió el beneficio de la Incorporación Legal a la entidad que lleva por nombre Asociación Vegana de Educadores Jubilados y Pensionados (AVEJUP) entidad sin fines de lucro, cuya duración es por tiempo indefinido, siendo sus objetivos generales: Organizar a los docentes jubilados y pensionados de la provincia de La Vega, partiendo del municipio cabecera, para lograr y mantener el bienestar de los profesores legalmente retirados, al tiempo de gestionar relaciones de amistad y solidaridad con otras asociaciones de la misma naturaleza en las demás provincias del país. Canalizar y gestionar un salario que permita a los educadores/as jubilados y pensionados satisfacer sus necesidades fundamentales, asegurando su alimentación y salud física y mental. Lograr que el Estado asuma parte de la cobertura del Seguro de Salud para los profesores jubilados y pensionados. Obtener y mantener un ambiente social sano entre los/as miembros de la AVEJUP. Integrar a esta asociación, los profesores jubilados y pensionados de todos los municipios de la provincia de La Vega. Entre otras actividades, así como cualquier otra actividad lícita que no esté prohibida por los estatutos sociales y por las leyes dominicanas. El domicilio legal se establece en la C/García Godoy detrás Oficinas Gubernamentales, Club del Colegio de Abogados de la ciudad, Municipio y Provincia La Vega, República Dominicana. Su directiva y miembros fundadores está compuesta por: 1. Luis Francisco Flores Gil, Presidente; 2. Ana Dolores Ayala, Vice-Presidente; 3. Zoilo Rodríguez, Secretario de Organización; 4. María Magdalena Ayala, Secretaria de Actas, 5. Catalina Hernández A., Secretaria de Finanzas; 6. María Estela Peña, Secretaria de Relaciones Públicas, 7. Ana Rita Rosario A., Secretaria de Salud y Asuntos Sociales, 8. Luis Francisco Contreras, Primer Vocal, 9. Yolanda de Jesús Rodríguez, Segundo Vocal cuyo presidente es quien lo representa ante terceras personas, siendo un total de nueve (9) el número de funcionarios de la Junta Directiva. En la ciudad, municipio Y Provincia de La Vega, República Dominicana a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año Dos Mil DIECIOCHO (2018).
LUIS FRANCISCO FLORES GIL Presidente (RC-7051-CEA-DEV)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por Ley 2153 de 1949, el sr. FRANCISCO FERNANDEZ COLLADO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D. cedula no.001-04596060-9 quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS, cedula no. 047-0109674-7, con estudio profesional abierto en el NO.38 (altos) de la Calle Manuel Ubaldo Gómez esq. Núñez de Cáceres Apto.200 Edif. Pascal de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora DIOSMARY CARIDAD VALDEZ GARCIA, cuyo ultimo domicilio conocido por su esposo lo fue en Villa Rosa, municipio La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 31 del mes de agosto del año 2018 a las 9:00 a.m. Así como en la Secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 17 del mes de SEPTIEMBRE del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 27 días del mes de AGOSTO del año 2018.
LIC. DIONISIO DIAZ RAMOS Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-13845-CEA-DEV-27-28-29/08/2018)
AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.) A UNA SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.). De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la sociedad “MARTOLINO, S.R.L.”, a una Sociedad Anónima (S.A.), dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la sociedad “MARTOLINO, S.R.L.”, la cual se denominará “MARTOLINO, S.A.,” la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y sus nuevos Estatutos; la sociedad tendrá como objeto social dedicarse a Adquirir e invertir en complejos inmobiliarios turísticos, comerciales y en su desarrollo, así como gestionar hoteleramente las facilidades que se creen para el buen manejo del objeto social y, en general, realizar todo acto de licito comercio; con un capital social de Treinta Millones de Pesos Dominicanos (RD$30,000,000.00); la empresa será administrada por un Consejo de Administración, designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, y el informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los socios de la sociedad “MARTOLINO, S.R.L.”, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la sociedad el día 13 de septiembre del 2018. El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el balance especial estará a disposición de los socios en el domicilio de la sociedad. FC361239
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 2320031340, emitido por BanReservas, por un valor de RD$300,000.00 (Trescientos Mil Pesos con 00/100), a nombre de CINTHIA YSABEL AMPARO PEÑA ROJAS, cédula 001-1096059-8, Cartón: 803478. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente. Quien suscribe el señor Vicente Caraballo Ramón portador de la cédula de identidad No.-0650020253-3, localizado en los teléfonos 829-798-5753, por este medio hago de publico conocimiento, que procederé a solicitar en el Comando Naval de Capitanías de Puertos y Autoridad Marítima, ARD., la matriculación para uso personal de un bote de pesca la cual se le dará el nombre de “CARABALLO, CARABALO-1 y/o CARABALLO-2”, el mismo se encuentra actualmente en la playa de las terrenas, dicha embarcación la obtuve mediante una compra verbal sin ningún tipo de documentos hace aproximadamente 12 años. Por lo que se le solicita a cualquier persona que tenga derecho o conozca a su propietario, indicarle el lugar donde se encuentra la embarcación, para que se presente a reclamarla, ya que después de 15 días de haber sido colocado el presente anuncio, se procederá a dicha solicitud ante el indicado Comando Naval, para el derecho a uso, reconstrucción de la citada embarcación, del mismo modo se le hace de conocimiento, que libero de toda responsabilidad a la Armada de República Dominicana, por la obtención de dicha matricula cuya embarcación me comprometo a entregarla en caso de presentarse su propietario. FC361177
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 2600062942, emitido por BanReservas, por un valor de RD$50,000.00 (Cincuenta Mil Pesos con 00/100), emitido en fecha 29-12-2011, a nombre de MIGUELINA YAMILER JAVIER CALZADO, Cedula 402-20686337. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente.
Lunes 27 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PUBLICACION PERDIDA DE CHEQUES DE ADMINISTRACION
OFICINA DE ABOGADOS Y NOTARIA SURIEL Y ASOCIADOS, CALLE BELLER No.211 CIUDAD NUEVA, D. N. TEL. 809-687-6282 y 829-975-4032.
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones establecida en el Articulo 42 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente. La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial Del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, en sus atribuciones dicto la sentencia civil No. 1072-2018-SSEN-00343 de fecha 4 de mayo del año Dos Mil Dieciocho 2018, cuyo dispositivo es el siguiente. FALLA. PRIMERO: Admite el Divorcio por la causa determina de incompatibilidad de Caracteres entre JULIO CESAR DELLE DONNE Y FANY DAMELY GENAO RODRIGUEZ. SEGUNDO: ORDENA el Pronunciamiento por ante la Oficialía Civil correspondiente el pronunciamiento del divorcio y el cumplimiento de todas las Formalidades de la Ley, puestas a cargo de la parte demandante. TERCERO: compensa las costas del procedimiento. La presente publicación es autorizada por el Lic. Juan B. Suriel Mercedes, Abogado apoderado de la parte demandante, el cual fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera (1ra), Circunscripción de Puerto Plata, inscrito en el Libro No.00003, Acta No. 000217, Folio 0033, de fecha 06 de Agosto del año 2018.
LIC. JUAN B. SURIEL MERCEDES ABOGADO
LEGAL 11
Se hace público conocimiento la pérdida de dos (2) cheques de Administración Nos. 20386709 por RD$243,552.00 de fecha 06/12/2013 a/f Comedores Económicos del Estado y el No. 20487011, por RD$243,552.00 de fecha 07/12/2015 a/f Comedores Económicos del Estado; expedidos por BanReservas. FC 361167
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PÉRDIDA
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 402-01-730-804-2, del BANCO BANRESERVAS, de fecha 8-07-2014, por valor de RD$300,000.00, a nombre de: JAAR BRETON, FERNANDO, cédula 001-0060926-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
Declaración jurada pérdida de documentos sociedad comercial, CARLOS SANTOS MANAGER,S.R.L. Se hace de público conocimiento que el día 3 de febrero del año 2018 la entidad comercial perdió los originales del registro de la compañía: Carlos Santos Manager S.R.L registro de la compañía marcada con el número de RNC, No. 131-028411. FC361187
FC 361154
AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
PUBLICACION PERDIDA DE CHEQUES DE ADMINISTRACION
Ha sido aplazada para el día MARTES que contaremos a CUATRO (04) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la calle Restauración No. 1, de la ciudad de Romana, Provincia de la Romana, la venta en pública subasta del siguiente inmueble:“Las Mejoras edificadas y construidas sobre el Solar No. 19, ubicado en la Manzana No. 128, del Distrito Catastral No. 1, en el Municipio y Provincia de La Romana, con una extensión superficial de: Trescientos Noventa y Tres Punto Treinta y Cuatro (393.34) Metros Cuadrados, las mejoras construidas en blockes y hormigón armado, con un área de construcción de: 421.37 Metros Cuadrados, el mismo se distribuye de la siguiente manera: En el Primer Nivel: Tres (03) habitaciones, sala-comedor, terraza, marquesina, un (01) baño, cocina y área de lavado, pisos de mosaicos rojo y gris, puertas de pino tratado y baño en cerámica importada, ventanas en madera y aluminio, cristal. En El Segundo Nivel: Cuatro (04) locales comerciales, cada uno con su baño, amplio y bien terminados, además tiene una amplia área de espera que sirva como área común para los locales de oficinas, empresas y profesionales de distintas ramas, los materiales de terminación son superiores al primer piso, Bloques de Apartamento. En la parte posterior: Son seis pequeños apartamentos-estudios, de una habitación, sala-comedor, y cocina, esta edificación es de bloques y hormigón armando y tiene dos niveles, su construcción es de reciente ejecución y su terminación es óptima y muy bien elaborada. Con las colindancias siguientes, Al Norte; con Propiedad Sr. Bernardino Ben; Al Este; con Fondo del Solar; Al Sur, con Propiedad del Sr. Leopoldo de León, y Al Oeste, con Calle Dr. Teófilo Ferry” a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA; institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No.218, sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; la que tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las licenciadas JUDITH TEJADA CUELLO y JANNETTE SOLANO CASTILLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos.0011294853-4 y 225-0011853-8, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, sector Gascue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y ad hocen la Avenida Padre Abreu Esq. Circunvalación, Suite No.714. 2do Nivel, Reparto Torres (sucursal de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos para la Vivienda), donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El inmueble que se acaba de mencionar ha sido embargado de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio del(la)(los) señor(a)(es)DULCE CAMELIA MERCEDES MEJIA y DIONICIO ANTONIO MARIA TRINIDAD, ambos de nacionalidad dominicana, mayores de edad, con domicilio en la calle Teofilo Ferry No. 153, Centro de la Ciudad, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos. 026-0024871-6 y 026-0022571-4, respectivamente, y la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de UN MILLON SETECIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON 97/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,770,865.97), más los gastos y honorarios liquidados por el tribunal, conforme al artículo decimonoveno de dicho Pliego, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha 02 de julio del año dos mil dieciocho (2018). En la ciudad de La Romana, provincia La Romana, hoy días veintisiete (27) de agosto del año dos mil dieciocho(2018).
Para general conocimiento, se hace saber que HA SIDO FIJADA, para el día JUEVES que contaremos a VEINTISIETE (27) DE SEPTIEMBRE DEL 2018, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo; en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la Avenida Ramón Matías Mella No.103, esquina calle Altagracia, segundo piso, Villa Mella, Municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Inmueble identificado como Solar 16, y sus mejoras, Manzana 4962, del Distrito Catastral No.01, que tiene una superficie de 198.00 metros cuadrados, matricula No.3000274432, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO (actual municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo).”El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio delos señores JORGE LUIS TORRES CAPELLAN y CARINA SUAREZ , dominicanos, mayores de edad, con domicilio de elección en la Calle 20 No.16, sector Villa Nueva, Villa Mella, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos. 058-0024943-4 y 225-0072853-4, respectivamente, a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No.218, sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, la que tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las LICDAS. JANNETTE SOLANO CASTILLO y JUDITH TEJADA CUELLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos. 225-0011853-8 y 001-1294853-4, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, sector Gascue, Distrito Nacional, y ah-doc en la avenida Hermanas Mirabal Km. 10 1/2, del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo (sucursal de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos), donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El mandamiento de pago fue notificado al(la)(los) embargado(a)(s) el día 30 de julio del 2018 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago de(la) deudor(a) e inscrito en las oficinas del Registrador de Títulos de la provincia Santo Domingo el día 17 de agosto del 2018. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja sobre la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CATORCEPESOS CON 05/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$2,361,314.05), que es el monto a que asciende actualmente la deuda en principal, intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos de las abogadas del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el fideicomiso en la República Dominicana, el(la)(los) deudor(a)(es) y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por las Abogadas de la persiguiente, en el municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).
Se hace público conocimiento la pérdida de dos (2) cheques de Administración Nos. 20386709 por RD$243,552.00 de fecha 06/12/2013 a/f Comedores Económicos del Estado y el No. 20487011, por RD$243,552.00 de fecha 07/12/2015 a/f Comedores Económicos del Estado; expedidos por BanReservas.
Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas del Persiguiente Publicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez &Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Calle Benito Monción No. 158, Sector Gazcue, Santo Domingo Ad-Hoc: Avenida Padre Abreu Esq. Circunvalación, Suite No.714. 2do Nivel, Reparto Torres. FP99184
Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas del persiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez &Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Calle Benito Monción No. 158, sector Gascue, Santo Domingo Ad-Hoc: Avenida Hermanas Mirabal Km. 10 1/2, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo. Fp99186
FC 361167
AVISO DE TRABAJOS DE NUEVA MENSURA Se hace de público conocimiento, que el próximo a Diecisiete (17) del mes de septiembre del año 2018, a las 11:00 am., daremos inicio a los trabajos de Nueva Mensura: Dentro del ámbito de la Parcela 410399740768, Donde Existe una vivienda familiar Ubicada En la C/ 3M-C S/N Proyecto Invi- Maestro KM 3 En el Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. Propiedad de la Sra.: ANDREA ROJAS MENDOZA. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 20 de Agosto del año 2018. correspondiente al expediente No. 661201803661.
JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 14994.
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día, a Seis (6) del mes de Septiembre del año 2018, a las 9:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de deslinde Dentro del ámbito de la parcela No. 15-A, D.C. No. 2, Donde existe una finca ganadera, ubicada en Doña julia San Rafael en el Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad del Sr. FRANCISCO MAURICIO CAVOLI BALBUENA. Presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 20 de Agosto del año 2018. Correspondiente al expediente No. 661201803662.
JOHANNY DAMIAN GUZMÁN GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 14994. FC361238
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO EXP. 6642018048292 Se hace de público conocimiento que el día 07 de septiembre del 2018, a las 9:00 AM. se realizarán los trabajos de CAMPO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO dentro de la parcela No. 148, D.C. No. 39/8va. del Municipio Sabana de la Mar, Provincia Hato Mayor, reclamada por el señor FRANKLYN DIAZ SEVERINO. Este inmueble está ubicado en la Carretera Magua - Sabana de la Mar, justo al lado de la Escuela Básica de Magua y del Local de la Funeraria y Cooperativa Miches. AGRIM. CARLOS MARTINEZ CODIA No. 28267 TEL. (809) 426-7816 Fc36235
Lunes 27 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
12 LEGAL AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el día 02 de septiembre del año 2018, a las 11:00 A.M, se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro del solar No. 1- prov. Porción D, del Distrito Catastral No.01, Del Municipio de Bani, Provincia Peravia. Se va a Deslindar una porción de Terreno de (195.50 mts2). Expediente No. 6642018049231, PROPIEDAD DE LA SRA: DILCIA ARGENTINA PIMENTEL MEJIA.
Se hace de público conocimiento que el día 02 de Septiembre del año 2018, a las 3:00 P. M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la P. No.843 del Distrito Catastral No. 07, Del Municipio de Bani, Provincia Peravia, Se va a Deslindar una porción de Terreno de (1285.00mts2). Expediente No. 6642018042561, PROPIEDAD DE LA SRA: CAROLINA VASQUEZ DE AZA.
AGRIM. ELVIN NIVAR PANIAGUA Agrimensor Contratista Codia 29293
AGRIM. ELVIN NIVAL PANIAGUA Agrimensor Contratista Codia 29293
FC361234
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
Conforme el Art. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 31 de julio del año 2018 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia no. 209-2018-SSEN-00600, cuyo dispositivo dice así: FALLA : PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos ROSAURA ROSARIO ROSARIO y RAFAEL ANTONIO SANTOS CESPEDES, conforme el acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por el LIC. JUAN JOSE CASTILLO COSTE Notario Público de los del Número para el Municipio de La Vega, en fecha diez (10) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Magistrada Ircania Victoria Hernandez Trinidad, Jueza Presidenta y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 2da. Circunscripción municipio LA VEGA, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.4; folio 163; Acta no.383 en fecha 22 de agosto del año 2018. La Vega, Rep. Dominicana, a los 27 días del mes de agosto del año 2018.
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 14-007-002254-2 fecha de apertura 08/06/2016 expedido por un valor de RD$1,050,000.00 (UN MILLON CINCUENTA MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por ALAVER a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
LICDA. ALODIA ORTEGA LIRIANO Abogada (RO-18220-CEA)
AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido aplazada para el día JUEVES que contaremos a CUATRO (04) DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la QUINTA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la calle Presidente Vásquez No.23, Ensanche Ozama, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional A102, identificada como 401434819882 : A102, matrícula No.4000309484, del condominio RES. MAIRENA II, ubicado en Santo Domingo Este, Santo Domingo, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 2.6950% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-00-01-004, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.00 metros cuadrados y un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-01-002, del bloque 01, ubicado en el nivel 01, destinado a Apartamento, con una superficie de 101.00 metros cuadrados.”El(los) inmueble(s que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana No. 189-11 de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio del señor ANDERSON INOCENCIO RAVELO, dominicano, mayor de edad, con domicilio en la calle Penetración, esquina calle Proyecto, Residencial Mairena II, Apartamento A-102, Paraíso Oriental, San Isidro, provisto de las cédula de identidad y electoral No. 001-1282452-9,y la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS CON 46/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$2,499,481.46), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, conforme al artículo decimonoveno de dicho Pliego, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha 26 de julio del año dos mil dieciocho (2018). En el municipio Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día veintisiete (27) de agosto del año dos mil dieciocho (2018).
Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas de la PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez &Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gascue, D. N. y ad hoc en la Avenida Sabana Larga No. 92, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este FP99185
ROSARIO MORAN SUBI Y ROBERTO MANUEL PEREZ MOREL Depositante (RO-18219-DA-NL-27-28-29/08/2018)
AVISO DE CONSTITUCION DE UN BIEN DE FAMILIA INEMBARGABLE PARA CONOCIMIENTO GENERAL SE HACE SABER, QUE DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY No. 1024 DE FECHA SIETE (7) DE NOVIEMBRE DEL 1928, MODIFICADA POR LA No. 5610 DEL 31 DE AGOSTO DEL AÑO DE 1961 EL COMERCIANTE ARIS ODALIS PEÑA FLAMBERG, CEDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL No. 001- 0914741-3, dominicano, mayor de edad, soltero, domiciliado y residente en esta ciudad. EN VIRTUD DE DECLARACIÓN, DE FECHA 14 DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, SEGÚN ACTO No. 6 AUTENTICO DE LA CONSTITUCION DEL BIEN DE FAMILIA, INEMBARGABLE, DEL INMUEBLE apartamento A, 2da. Planta, calle doce (12), No. 24 el CACIQUE, D. N., solar No. 4, manzana No. 2009, D. C. No. 1, del Distrito Nacional, R. D., la constancia anotada del certificado de título del inmueble, matricula No. 0100082504, con una superficie de 112.33. Metros cuadrados, de su propiedad, a favor del empleado privado JULIO ALBERTO PEÑA FLAMBERG, cedula de identidad y electoral No. 0011628006-6, soltero, dominicano mayor de edad, domiciliado, en esta ciudad DELANTE DEL DR. VINICIO REGALADO DUARTE, NOTARIO PUBLICO DE LOS DEL NUMERO DEL DISTRITO NACIONAL, MATRICULA No. 117, cedula de identidad y Electoral No. 001 -0112512 -8, Dominicano, soltero, mayor de edad, con estudio profesional abierto en la calle siete (7), No. 5, El Cacique, Distrito Nacional, R.D.; EN SANTO DOMINGO, DISTRITO NACIONAL CAPITAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA. A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018).
DR. VINICIO REGALADO DUARTE ABOGADO NOTARIO FC358230
AVISO DE CONSTITUCION DE UN BIEN DE FAMILIA INEMBARGABLE PARA CONOCIMIENTO GENERAL SE HACE SABER, QUE DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY No. 1024 DE FECHA SIETE (7) DE NOVIEMBRE DEL 1928, MODIFICADA POR LA No. 5610 DEL 31 DE AGOSTO DEL AÑO DE 1961, EL SEÑOR ELVIN ANTONIO PEÑA FLAMBERG, CEDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL No. 001-0914742-1, dominicano, mayor de edad, soltero, Ing. Civil, domiciliado y residente en esta ciudad. EN VIRTUD DE DECLARACIÓN, DE FECHA 14 DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, SEGÚN ACTO No. 5, AUTENTICO, DE LA CONSTITUCION DEL BIEN DE FAMILIA, INEMBARGABLE, DEL INMUEBLE 1ra. Planta, calle doce (12), No. 24 el CACIQUE, D. N., solar No. 4, manzana No. 2009, D. C. No. 1, del Distrito Nacional, R. D., la constancia anotada del certificado de título del inmueble, matricula No. 0100002546, con una superficie de 188.29. Metros cuadrados Ciento Ochenta y ocho metros cuadrados), de su propiedad, a favor del Ing. Civil AMERICO JULIO PEÑA PEÑA, cedula de identidad y electoral No. 001-0327756-2, soltero, dominicano, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad, DELANTE DEL DR. VINICIO REGALADO DUARTE, NOTARIO PUBLICO DE LOS DEL NÚMERO DEL DISTRITO NACIONAL, MATRICULA No. 117, cedula de identidad y Electoral No. 001-0112512-8, Dominicano, soltero, mayor de edad, con estudio profesional abierto en la calle siete (7), No. 5, El Cacique, Distrito Nacional, R.D.; EN SANTO DOMINGO, DISTRITO NACIONAL CAPITAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA. A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018).
DR. VINICIO REGALADO DUARTE ABOGADO NOTARIO
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201808299 Se avisa que el día 6 de septiembre 2018 a las 8:30 a.m. iniciaremos el DESLINDE de 1,450.16m2 en la parcela 317-A D.C. 03 ubicada en la Ave. Pedro A. Rivera S/N Repuestos Núñez Enterprises municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 08/08/2018 propiedad de YOE RUDY SANTOS Y PRUDENCIO MATEO SANTOS DE LA CRUZ quedan citados los colindantes y demás interesados.
JONATHAN R. GUTIERREZ JEREZ Agrimensor Contratista CODIA 36684 (FG-AC-13841-PC-1/3)
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 6622018042587 Se avisa que el día 7 de septiembre 2018 a las 3:00 p.m. iniciaremos el DESLINDE de 994.09m2 en la parcela 42 D.C. 5 ubicada en la calle Don Mario Concepción al final a la derecha municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 20/08/2018 propiedad de RUDY ALBERTO DURAN LIRIANO Y RAMONA IVELISSE GOMEZ DE DURAN quedan citados los colindantes y demás interesados.
CARLOS RAFAEL ABREU MOREL Agrimensor Contratista CODIA 25954 (FG-AC-13841-PC-2/3)
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201808296 Se avisa que el día 7 de septiembre 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el DESLINDE de 220m2 en la parcela 79 D.C. 11 ubicada en la calle 2 s/n del sector Villa Flores (Jeremías) municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 08/08/2018 propiedad de RAMONA IVELISSE GOMEZ DE DURAN quedan citados los colindantes y demás interesados. CARLOS RAFAEL ABREU MOREL Agrimensor Contratista CODIA 25954 (FG-AC-13841-PC-3/3)
FC358230
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2018-SSEN-00682 en fecha 9 de MAYO del año 2018, cuyo dispositivo dice así: F A L L A: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha 23/04/2018, en contra de JUAN JOSE SANTOS SMITH por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre MARIA ISIDORA RODRIGUEZ TORRES Y JUAN JOSE SANTOS SMITH. TERCERO: Ordena al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial JOSE AMAURY ROSARIO ORTIZ, Alguacil de Estrados del Juzgado de Paz Especial de Tránsito número dos (02) del Municipio de Jarabacoa, para que notifique la presente sentencia..Nuestra sentencia asi se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza LEIDY JOSEFINA LESPIN TAPIA, secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripción Del Municipio de Jarabacoa transcrito en el libro no. 2 folio 169 acta no.85 en fecha 27 DE julio del 2018. En la ciudad y municipio Jarabacoa y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 27 Días del mes de agosto del año 2018.
En cumplimiento del Art. 42 ley 11306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 14 de JUNIO del año 2018 la Primera Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.J. de La Vega dictó la sentencia civil no. 2082018-SSEN-00885 cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos PEDRO RAFAEL ROSARIO BUENO Y DEIRANI MERCEDES PEÑA ABREU, conforme al acto de estipulación de divorcio instrumentado por ante el notario publico de los del numero para el Municipio y Provincia de La Vega, Licenciado ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, de fecha 02/05/2018 transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el oficial del estado civil correspondiente a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Sindy Lizardo Alba, Jueza Suplente y Leidy Josefina Lespin Tapia-Secretaria. Fue pronunciada por ante el Oficial Del Estado Civil Del De La Primera Circunscripción Del Municipio De La Vega, Transcrito En El Libro no. 4, folio 121 acta no.3fi1 en fecha 09de agosto del 2018. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 23 Días del mes de agosto del Año 2018.
LICDA. YUDHY ALTAGRACIA TAPIA VALERIO Abogada
Lic. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU ABOGADA
(AC-13842-WP)
(AC-13832-CEA-DEV)
Lunes 27 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PÉRDIDA DE PLACA: de camioneta de carga, marca Nissan 120, color blanco, placa y registro L191681, chasis 3N6GD12S2ZK851758, a nombre de CÁNDIDO ORTIZ BATISTA. FC361192
PÉRDIDA DE PLACA: marca Toyota, modelo Pickup RN50LSRA, año 1987, color rojo, placa y registro L025095, chasis JT4RN50R0H0280406, a nombre de YNOCENCIO DE LEÓN PASCUAL.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Yamaha, color negro, año 2001, placa y registro K0014376, chasis MH33HB008YK249284, a nombre de SIXTO LUGO PEGUERO, cédula 093-0054298-3. FC361181
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mitsubishi Fuso, color blanco, año 2014, placa No. L335602, chasis FE85CHA30046, a nombre de PATRICIO ARISMENDY MERCEDES CORDERO.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, color azul, año 1999, placa y registro L165172, chasis V11812101, a nombre de SOFÍA YASELIS BRANAGAN GIL, cédula 001-1319567-1. FC360906
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Kia, placa A740506, color blanco, chasis KNAGN418BEA458748, tipo automóvil privado, año 2014, propiedad de SHAYLIN MEJIA GARCIA, cédula 001-1356627-7. FC 361210
LEGAL 13
SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE SE HAN EXTRAVIADO LOS CERTIFICADOS DE ACCIONES COMUNES No. 60938, de fecha 11/08/1997, por 416 acciones, No.64684, de fecha 15/06/1998, por 32 acciones, No.80260, de fecha 19/06/2001, por 92 acciones, No.85652, de fecha 17/06/2002, 103 acciones, No.90874, de fecha 13/06/2003, 111 acciones, No.110224, de fecha 20/06/2006, por 171 acciones, No.116664, de fecha 04/06/2007, por 175 acciones A RAZON DE RD$320.00 C/U, EXPEDIDOS POR GRUPO POPULAR, S.A. A FAVOR DE NILO CARMELO ROSADO BAEZ CED. 023-0132802-3. LA PRESENTE PUBLICACION SE HACE PARA LOS FINES DE LEY CORRESPONDIENTE. FC361221
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO TÍTULO
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Isuzu, placa L141275, color negro, chasis 4S1CL11L9R4204605, tipo carga, año 1994, propiedad de ANGEL VILLANUEVA LORENZO, cédula 093-0002704-3. FC 361156
PÉRDIDA DE PLACA: de Volkswagen, modelo Transporter, año 2003, color Beige M., placa y registro I073975, chasis WV2ZZZ70Z3H106055, a nombre de FONDO DE DESARROLLO DE TRANSPORTE TERRESTRE, RNC: 401515091. FC361219
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Yamaha, placa K0243147, color negro, chasis MH33HB0085K270828, tipo motocicleta, año 2005, propiedad de ISIDRO ENCARNACION ALCANTARA, cédula 003-0064078-6. FC 361153
PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 2006, placa y registro A462088, chasis JTDBW923501009404, a nombre de GIOVANNI JIMENEZ, cédula 001-0254064-8. FC361245
PÉRDIDA DE PLACA: marca MG, modelo MG5, año 2014, color gris, placa y registro A641708, chasis LSJA14E92EG011823, a nombre de EDIT RAMIREZ RAMIREZ.
Cambio de nombre del catamarán de recreo de nombre “REY DE REYES-IV”, matricula CR-R95-2830SDG, de 34.5 pies de eslora 12 de manga y 6 de puntal, color blanco por lo que solicito para que lleve LA REQUENA-I, LA REQUENA-II, y/o LA REQUENA-III, propiedad del Sr. FAUSTO CASTRO VINCENT. FC361180
PÉRDIDA DE CHAPA: Dealer No. DD01387, a nombre de FELIX ORTIZ AUTOIMPORT. FC361244 PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA, Marca TVS, modelo APACHE, color ROJO, Año 2009, placa N816860, Chasis MD634KE4492G03880, a nombre de TOMAS NARCISO SANCHEZ CRUZ, CED. 047-0082308-3. (CH-AC-13846-CM-27-2829/08/2018) }
FE DE ERRATA Se avisa que el día Lunes 26/02/2018 salió publicado en pag.14 de este periódico el siguiente: Aviso Mensura Catastral Exp. 66220171058 se avisa que el día 5 de marzo 2018 a las 11:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 165-A DC 11 SIENDO LO CORRECTO D.C. 03 municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 13/12/2017 propiedad de JUAN ANTONIO ROSA LUCIANO Y MARIA ESTELA GALAN CORDERO realizado por:
De acuerdo con lo que dispone el párrafo del artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario Y El Art. 86 Del Reglamento De Títulos. Se hace de publico conocimiento que se ha extraviado el CERTIFICADO DE TITULO NO. 90-5281, DENTRO DEL SOLAR No.6, MANZANA No. 4131 DEL D.C. NO. 1, DISTRITO NACIONAL, PROPIEDAD DE HILDA MARIA LARA, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 132.50 mts2. AVISO DE MENSURA Expediente No. 6642018048918 Se avisa el día Sábado (15) de Septiembre del 2018, a las 2:30 p.m., daremos inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de Terreno dentro del ámbito de la Manzana No. 3 del Distrito Catastral No. 01, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 15 de agosto del 2018, Expediente No. 6642018048918, reclamante: CONSUELO ARRUÑADA ROMERO. ALONSO SANTO GONZÁLEZ Agrim. Contratista Codia 26768 Tel (809) 522-3119 y (809) 804-1288 FC361241
EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
Expediente No. 6642018048934 Se avisa el día Sábado (15) de Septiembre del 2018, a las 9:00: a.m., daremos inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de Terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 786 del Distrito Catastral No. 08, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 15 de agosto del 2018, Expediente No. 6642018048934, reclamante: CONSUELO ARRUÑADA ROMERO.
De conformidad a la ley 1306-Bis sobre Divorcio en la República Dominicana, y en cumplimiento a lo establecido a ponerle en conocimiento a la parte demandada MIGUELINA ALTAGRACIA PEÑA TRINIDAD, cedula 032-0001779-0, de quien se desconoce su domicilio, que se le CITA Y EMPLAZA para que Comparezca ante el despacho de la Procuraduría Fiscal de Santiago y tome conocimiento de la demanda de divorcio en su contra, se le emplazara el día 27 de agosto 2018, para que comparezca ante la Cuarta Sala de lo Civil, Asuntos de Familia, ubicada en la segunda planta o segundo nivel del palacio de Justicia de Santiago, ubicado en las intercepciones de las avenidas 27 de Febrero, E. Guerrero, del sector Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago, viernes que contaremos a siete (7) del mes de septiembre 2018, a las 9:00 de la mariana, para que de forma personal o por apoderamiento de un abogado; comparezca, para que tome conocimiento de la demanda en divorcio que interpuso su legítimo esposo, el señor MIGUEL ANGEL CASTILLO, dominicano, mayor de edad, casado, titular de su cedula de Identidad y Electoral número 031-0099058-3, pedir por medio de su abogado apoderado LIC. VICENTE ANTONIO DE JESUS GUTIERREZ MEJÍA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la Republica con carnet número 52109-13, y estudio profesional abierto en la casa número 58, de la calle 53, sector Ensanche Mella I, de esta ciudad de Santiago, Titular de la Cédula de Identidad número 0310075313-0, pedir: El fallo siguiente: Admitir el divorcio interpuesto por el demandante. Que se acoja el testimonio de la señora BONNY FELICIA GONZALFZ CASTILLO, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, titular de su cedula número 031-0099762-0. Que se compensen las costas.
ALONSO SANTO GONZÁLEZ Agrim. Contratista Codia 26768 Tel (809) 522-3119 y (809) 804-1288 FC361241
AVISO DE MENSURA Expediente No. 6642018048950 Se avisa el día Sábado (15) de Septiembre del 2018, a las 4:00 p.m., daremos inicio a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de Terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 28 del Distrito Catastral No. 08, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana. Autorización de fecha 15 de agosto del 2018, Expediente No. 6642018048950, reclamante: STARLING ANDROCLES LEDESMA ZAPATA. ALONSO SANTO GONZÁLEZ Agrim. Contratista Codia 26768 Tel (809) 522-3119 y (809) 804-1288
(RC-7052-PC) FC361242
AVISO DE MENSURA
Agrim. Franklin Jiménez Veras Tel. (809) 978- 5395 Codia 25128 FC361243
LICDA. GABRIELA ALMONTE DE POLANCO Abogada Apoderada
AVISO DE MENSURA
Juan Bautista Almonte Díaz Agrimensor Contratista - CODIA 24172
Expediente No. 661201802977, vista la Autorización de la Dirección Regional de Mensura Catastrales, Departamento Noreste, de fecha 5 de julio del 2018, a petición de la Sr. José Francisco Sánchez Gómez Le informa que el día 3 de Septiembre del 2018 a la 9:00 A.M, se dará inicio a los trabajos de Deslinde en la Parcela No. 190, del D. C. 2 del Municipio de Nagua, Provincia María T. Sánchez. Ubicada en la Calle Ernesto Estrella y a 30.00 mts al Este de la calle Mella, Ensanche José Ramírez
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora SRA. KIARA E. SOTO, de nacionalidad estadunidense, portadora del No. 507754968, cuyo domicilio se desconoce en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo el señor: SENECA JUNIOR LOPEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 031-0549094-4, domiciliado y residente en la calle L, No.24, americanan palma, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, por órgano de su abogada constituida y apoderada especial, LICDA. GABRIELA ALMONTE DE POLANCO , dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédulas de Identidad y Electoral No. 122-0004641-0, matriculada en el Colegio de Abogados con el Número 58470-88-15, con estudio profesional abierto en la Av. Estella Sadhada Núm.181, Ens. Libertad, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, que se propone a incoar en su contra por ante la QUINTA sala del salón de audiencias del centro de servicios secretariales de las salas civiles de asuntos de familia de Santiago (primera planta, palacio de justicia Lic. Federico C. Álvarez. Av. 27 de febrero, en esta ciudad de Santiago de los caballeros, el día jueves que contaremos a veinte (20) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), a las once (11:00) horas de la tarde, en virtud de que se desconoce el domicilio de la señora SRA. KIARA E. SOTO, se hace de público conocimiento que procederemos a notificarle la demanda de divorcio en el despacho de la procuradora fiscal, de esta ciudad de Santiago, en virtud del Art. 69 párrafo 7mo. Del Cód. Dom., el día jueves que contaremos a treinta (30) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018). Publicación autorizada por el infrascrito, abogada apoderada especial, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018).
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Exp No. 6642018050327 En virtud de la autorización de fecha 14 de agosto del 2018. Se hace de público conocimiento que el día cinco (05) del mes de Septiembre del 2018 a las 8:30 a.m., se dará inicio a la mensura para deslinde de una (01) porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 771 del Distrito Catastral No. 08, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de 279,204.30 mts2, provincia del Sr. FRANKLIN RAFAEL VICENTE SÁNCHEZ, ubicado en el camino hacia el Manaclar, en el Municipio de Baní, Provincia Peravia. CARLOS M. MARTINEZ VILLALONA Agrimensor- Contratista; Codia 37934 Telf. (809) 522-7939 // (829) 478-9829 FC361240
LIC. VICENTE ANTONIO DE JESÚS GUTIERREZ MEJÍA. Abogado apoderado
AVISO DE DIVORCIO. Para general conocimiento y en cumplimiento con las disposiciones de los Arts. 22 y 42 de la Ley No. 1306-Bis de Divorcio y sus Modificaciones, en la República Dominicana, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 31 de ENERO del Año 2018, la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Montecristi, dictó su sentencia civil N° 238-2018-SSEN-00028, cuya parte dispositiva dice textualmente Así: FALLA PRIMERO: ADMITE el Divorcio por incompatibilidad de caracteres, entre los señores RAMON EDUARDO VARGAS Y SOCORRO RODRIGUEZ. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento de divorcio por ante la oficialía del Estado Civil del Municipio de LAS MATAS DE SANTA CRUZ, previo cumplimiento de las formalidades exigidas por la ley No. 1306-Bis sobre Divorcio. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma (firmados): DRA. AURA A. GENAO PEREZ, Magistrada Jueza, YAHAIRA JAQUELINE CAPELLAN Secretaria. Que, previo cumplimiento de todos los requerimientos procesales de la presente publicación de Divorcio, la presente sentencia de Divorcio fue pronunciada por y ante el oficial del Estado Civil del Municipio de LAS MATAS DE SANTA CRUZ, en fecha 24 del mes de AGOSTO del Año 2018. En LA CIUDAD DE SANTIAGO, República Dominicana, a los VEINTISIETE (27) días del mes de AGOSTO del Año Dos Mil DOCE (27-8-2012). LIC. CESARINO FELIX CRUZ Abogado Apoderado.
Lunes 27 DE AGOSTO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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Roberto Rosario afirma Danilo Medina está “mortificado” y busca reintroducir reelección SANTO DOMINGO.- El expresidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario Márquez afirmó ayer, que el presidente Danilo Medina ha diseñado una estrategia para colocar la reelección como tema de discusión, no tanto por reelegirse, sino, porque los días de su mandato se están acortando y a partir de 2020 será el único ciudadano que no podrá volver a postularse a la presidencia de la República. “Eso lo tiene mortificado, porque saldría del poder disminuido y vulnerable ante sus enemigos, que ya saben, que él no volvería al poder y pudieran abalanzarse en su contra”. El abogado responsabilizó al presidente Medina de haber desatado la campaña
Roberto Rosario y Lenis García
a destiempo en el PLD. Indicó, que el mandatario convocó a Temístocles Montás, Reynaldo Pared, Francisco Domínguez Brito, Andrés Navarro y Carlos Amarante Baret a una reunión en la que los estimuló a lanzar sus precandidaturas, mas no invitó al encuentro a Leonel Fernández y Manuel Crespo, que no son de su corriente. “Por primera vez en la his-
toria quien gobierna desata los procesos electorales, cuando siempre, el que gobierna quiere que las campañas empiecen lo más cerca del período en que debe realizarse”, subrayó Rosario Márquez, y afirmó que Medina utiliza a esos candidatos para mantener movilizada su base a fin de que no se vayan al sector de Leonel Fernández. En una entrevista
concedida a la abogada Lenis García en el programa “Opiniones”, el expresidente de la JCE aseguró, que como buen estratega, Danilo Medina está polarizando la fuerza entre él y Fernández, y que a través de estos candidatos Medina está represando sus fuerzas internas alrededor de él, no de las personas a quienes pidió lanzarse a competir. El jurista argumentó, que el presidente Medina está interesado en ver cómo consigue una reforma de la Constitución, ya sea a través del Congreso Nacional o del Tribunal Constitucional, “que creo que es la vía que van a escoger”, para ver cómo consigue una interpretación que diga que puede volver a postularse.
La Policía Comunitaria informa lleva orientación a Junumucú y Jarabacoa JARABACOA.- Atendiendo solicitudes de comunitarios de distritos municipales y parajes de Jarabacoa, el director general de la Policía Nacional, Ney Aldrin Bautista Almonte, dispuso un Encuentro Comunitario en Junumucú, donde la institución del orden escuchó las peticiones de las comunidades y los jóvenes fueron orientados en prevención de drogas y otros aspectos, para que no caigan en conflictos con la ley. El coronel Jacobo Mateo
Moquete, director central de la Policía Comunitaria y la teniente coronel Rosa Lozada, comandanta de Jarabacoa, intercambiaron impresiones con los alcaldes, las juntas de
PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado de Depósito No. 007745, del BANCO AGRICOLA R.D., D.N., de fecha 19 de junio del 2018, por valor de RD$42,000.00, a nombre de LUCINDA CANELO URIBE, cédula No. 001-0792758-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
vecinos y residentes en más de diez parajes y secciones. A los padres les orientaron en cuanto a las medidas preventivas para que sus hijos no caigan en vicios y delin-
cuencia, mientras, que a los adolescentes, les indicaron pautas para mantenerse apegados a los valores y las buenas costumbres, buscando superación a través de los estudios. Mateo Moquete, dijo que el Encuentro Comunitario forma parte del programa de actividades que el mayor general Bautista Almonte diseñó para desarrollarlo en la capital y el interior del país, como una forma de la institución del orden estar en sintonía, con los ciudadanos.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Honda, modelo Fit, año 2011, color gris, placa y registro A740925, chasis GE61511298, a nombre de GUILLERMO MANZUETA SIME.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta privada, marca Bajaj, modelo Platina 100 ES, año 2017, placa y registro K1117713, chasis MD2A76AZ7HWF48485, a nombre de JULIO ENMANUEL SILFA DOMINGUEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca PGO, modelo Trex150, color rojo, año 2016, placa y registro K0776448, chasis RFVCPCPC5G1020153, a nombre de ANAJAL CALCAVO PAYANO, cédula 065-0038392-9. FC361237
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta privada, marca PGO, modelo T-REX-150, color blanco, año 2012, placa y registro K1125074, chasis RFVCPCPC5C1014697, a nombre de MÁXIMA GÓMEZ RAMOS, cédula 136-001446-8.
APRENDAMOS
esPAÑOL
Espacio de Aprendizaje sobre el uso correcto del idioma
LUIS DIAZ MARTINEZ ludimartinezz22@gmail.com
¿Por qué? los dominicanos cambiamos la “r” por la “l” No es extraño que un dominicano escuche a un sureño o capitaleño decir de manera usual capitar o sul queriendo imitar algo parecido que se produce en la región caribeña cuando un hispanohablante cae en la tentación de decir “Puelto Lico”. A pesar, de parecer muy extendida, esa imitación está errada. “Cambiar la letra erre por la ele, es uno de los rasgos más característicos del español caribeño”. La lingüista cubana Roxana Sobrino, quien ha investigado este fenómeno dice: “El problema es que, al estereotipar, muchos suelen cambiar la erre por la ele en lugares donde jamás lo haríamos”. El idioma español suena como suena, y esto tiene que ver con las palabras que van en cadencia como forma de sucesión de sonidos o los movimientos, que se van repitiendo durante un periodo de tiempo. La llamada lateralización de la erre implosiva o lambdacismo como fenómeno fonético que consiste en pronunciar la letra l, cuando hay una r en la posición final de una silaba. Por esa razón podemos escuchar a un dominicano o a un caribeño decir calol en vez de calor, o decir marcha velde en lugar de marcha verde y por supuesto también, puelto. Esta manera de hablar, muchas veces estigmatizado por los dominicanos y caribeños, son las razones por las cuales los estudioso de la lengua señalan la región del Caribe como una de las zonas dialectales más innovadoras o radicales del mundo del habla hispana. Así como muchos consideran como un hecho la existencia de un español castellano, rioplatense y uno andino, por dar dos ejemplos, cada uno con sus características particulares, hay una variedad de la lengua, que baña todas las aguas del mar Caribe. Si nos vamos a Argentina y Uruguay entonces, el cambio se da en las letras “y” y “ll”, muy distinto al resto de América Latina. Ese tipo de dificultad dentro del mapa lingüístico abarca las costas caribeñas de Venezuela y Colombia, hay quienes agregan una parte de México, Panamá e incluso Centroamérica. Donde existe un consenso dentro de los estudiosos es que el eje de esta zona dialectal está en las Antillas hispánicas, es decir se encuentra en Cuba, Puerto Rico y en la República Dominicana. El profesor y lingüista español Francisco Moreno Fernández, director del Instituto Cervantes en la Universidad de Harvard dice, que hay dos razones que justifican la unificación lingüística de la región. De acuerdo con el análisis del profesor Moreno Fernández, la primera es que toda la zona comparte una serie de rasgos lingüísticos, apreciables cualitativa y cuantitativamente, esos rasgos pertenecen al ámbito de la fonética, pero también los hay gramaticales y del léxico; como lo expresa en su obra “La lengua española en su geografía”. Un ejemplo lo podemos observar en el alargamiento y abertura de las vocales, o el uso expreso del pronombre personal y su posición invertida en las preguntas. Ejemplo “maaami” o la pregunta ¿Cómo tú estás’? la segunda razón es subjetiva como una unidad desde las demás variedades del español