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12 CLASIFICADOS
AUTOMÓVILES
Bienes Raices
Automóviles
Empleos
Capacitación
BIENES RAICES
Legal
Diversos
Sin intermediarios
AUTOS
RD$430,000
RD$37,000 RD $425,000
Toyota Vitz 2012 US$450,000 480.000.00
RD$390,000
Kia Morning/Picanto , gasolina. 32 mil kl. 2013. Mas info 8098520415
RD$ 435,000
Proyecto cerrado. Múdate con 480.000.00 a pocos metros de coral mal, 2 y 3 hab. Seg. 24/7, Info. 809-328-3379
Penthouse en Bella Vista, 525Mts, 2 Niveles, 4 Habitaciones,Terraza con vista al mar. Jordi Amargós (829-766-1709)
Honda Fit Eco 2012
US$99,750
RD$3.9M
RD$ 355,000
Proyecto cerrado, A pocos minutos de coral mal, 2 y 3 hab. 2 baños, terminación en estuco veneciano, Info.809328-3379.
Nissan March 2011 US$33,500 Kia k5 201 RD$ 595,000. Mas info. 8098520415
50,000.00 RD$375,000
Toyota Vitz 2010
En ciudad juan Bosch, 2 y 3 hab. 1 y 2 baños, bono del Gob. área recreativa. Separe con 50,000 Info. 809-328-3379
Contactos: T: 809-807-4333, C: 809-8692208, C: 809-668-9418, C: 829885-5000, C: 809-644-4333 Redes Sociales: Instagram/Facebook/YouTube: @santautos Website: www.sant.do Dirección: C/Rafael Abreu Licairac #52, Casi Esq. Charles Summer, Los Prados, Santo Domingo, Rep. Dom.
Sin intermediarios
RD$985,000
HONDA CRV EX '12, Camara de reversa, Financiamiento Disponible, US $20,800 NEG.!! info.: 829-875-8050
Aptos. A 5min. Del aeropuerto L.A. prox. Al bravo. 3 hab. 2 baño, cancha, área infantil y recreativa, bono del Gob. Seg. 24/7 Info. 809-328-3379
2.4,MM RD$775,000 RD$335,000
Toyota Passo 2011
Toyota Rav4 '1, Endoso & Placa incluido -35,000 millas, Interior en Piel, Gomas nuevas, NEG info.: 829-875-8050
Bella vista, 6to Piso,160 Mts Netos, 3 Hab, 2 Parqueos, 3 1/2 Baños; Neg.:Jordi amargos 829 766 1709
Prox. A la fuerza aérea, casas uní-familiares proyecto cerrado. 3 hab. 2 baño, patio y jardín, amplias áreas verdes, info. 809-328-3379
El Millón, 4to Piso, 120Mts Netos, 3 Hab, 2 Baños, 2 Parqueos, Contacto: 829-766-1709
105Mts,2 Habitaciones, Balcón, 2 Parqueos, Inf. Jordi Amargós (829) 766-1709 FINANCIAMIENTO DISPONIBLE: Separación 10%
Mazda Demio 2013 ,Gris, recién importando, carro como nuevo. AutomáticoBolsa de aire en el asiento del conductor: Tel.: +1 (809) 991-5566
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14 LEGAL
AVISOS LEGALES PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 28/04/2017, la 8va. Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No.00676/17, sobre el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores DANY JOSEPH LOPEZ MORALES y RAQUEL MILAGROS RUSSO CORDERO, pronunciado por ante La Oficialía del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 24 de Mayo del 2017.
Expediente No. 662201700128 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 6 de enero del 2017, a petición de los Srs. JOHANNE DE JESUS ANTONIO CABRERA ESPAILLAT Y LUCRECIA POLANCO DE CABRERA. Se avisa al público en general: Que el día 9 de junio del 2017, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la P. No. 219 del D.C. No. 05, del municipio de Santiago, provincia Santiago, Ubicada en los Cerritos de Gurabo.
Expediente No. 662291701772 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 8 de marzo del 2017, a petición de la Sra. NELLY MERCEDESPEREZ MARTINEZ. Se avisa al público en general: Que el día 8 de junio del 2017, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la P. No. 10 del D.C. No. 05, del municipio de Sosua, provincia Puerto Plata, Ubicada en Cabarete.
Agrm. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA, Codia 23375.
Agrim. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA, Codia 23375.
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones del Art.42 de la Ley 1306 Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintinueve (29) de Diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016) La Segunda Sala de la Cámara Civil y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, dictó la Sentencia No.550-2016-ssent-01346, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia en contra de Adriano Suero, por falta de comparecer no obstante citación legal; SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres entre GICELA MINAYA FERNANDEZ Y ADRIANO SUERO; TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al ministerial Miguel Ángel de Jesús, Alguacil de Estrados de esta sala, para que notifique la presente sentencia; CUARTO: ORDENA cl pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente; Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma: MARCIA YOCASTA MENDEZ MEDINA, Jueza; JOSE ALEJANDRO PIMENTEL AQUINO, Secretario. El presente Divorcio fue Pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Quinta Circunscripción, Santo Domingo Norte, en fecha dieciocho (18) de mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017) inscrito en el Libro No.00003, Folio No. 0187, Acta No. 000294, año 2017. En la Ciudad y Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año Dos Mil diecisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones del Art.42 de la Ley 1306 Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintiuno (21) de Noviembre del año Dos Mil Dieciséis (2016) La Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia No. 04106/2016, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: UNICO: DECLARA bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 63/2016, firmado por los esposos Martín Eugenio Mancebo Medina y Solangel Alejandra Valdez López, en fecha Veintidós (22) del mes de Agosto del año dos mil dieciséis (2016), por el Licdo. Alfredo Jiménez García, Abogado Notario Público de los del Numero del Distrito Nacional, en Consecuencias: A. ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Martín Eugenio Mancebo Medina y Solangel Alejandra Valdez López. B. ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente. C. COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: CAROLINA DE JESUS ABREU CEPEDA, JUEZ; CAROLINA CUEVAS, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. El presente Divorcio fue Pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción, DISTRITO NACIONAL en fecha veintidós (22) de diciembre del año Dos Mil Dieciséis (2016) inscrito en el Libro No.00024, Folio No. 0063, Acta No. 002288, año 2016. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año Dos Mil diecisiete (2017).
OFICINA DE ABOGADOS Y NOTARIA Tels. 595-6970/727-2390 PUBLICACION DE DIVORCIO
LICDA. LEOGIRNA I. GUERRERO G., Abogada.
LIC. SAQUEO FERNANDEZ, Abogado.
FC 346606
Para general conocimiento y de conformidad con la ley 1306 (Bis), sobre divorcio, se hace saber que en fecha 25 de abril del 2017 la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, (Sexta Sala), especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia civil número 531-2017-SSEN-01140, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por Mutuo Consentimiento por haber sido hecha conforme a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores LUIS RODRÍGUEZ CIENFUEGOS e YLKA MILAGROS VALDEZ VÁSQUEZ, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 1-2017, instrumentado en fecha 13 de febrero del año 2017, por ante el Dr. Rafael Antonio Matos, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos.- SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio.- TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento por las razones indicadas. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Fdos. HONORIO ANTONIO SUSAÑA, Juez Presidente; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria). Se hace saber que el presente divorcio se pronunció por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional en fecha 19 de mayo del 2017, y asentado en el libro de registro de divorcio No. 00010, Folio 0117, Acta No. 000951. En la Ciudad de Santo Domingo, D.N., a los 25 días del mes de mayo del año 2017.
LIC. PEDRO A. DE LA CRUZ SUERO, Abogado.
FC 346570
FC 346606
FERRETERÍA BRUGAL, S.A.
Capital Social Autorizado: RD$25,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$10,556,700.00 Registro Mercantil No.: 95427SD RNC No.: 1-05-00064-4 Domicilio Social: Ave. John F. Kennedy No. 57 Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana.
AVISO REDUCCIÓN DE CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO De conformidad con lo establecido en el Artículo 291 de la Ley de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha once (11) de diciembre del año dos mil ocho (2008), modificada por la Ley 31-11, se hace de público conocimiento que en la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Ferretería Brugal, S.A., celebrada en fecha veinticinco (25) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), se adoptó la siguiente resolución en relación a la reducción del capital suscrito y pagado de la sociedad, a saber: “TERCERA RESOLUCIÓN La Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la sociedad FERRETERÍA BRUGAL, S.A., resuelve APROBAR la reducción del Capital Suscrito y Pagado en los siguientes términos: a. Se aprueba una reducción del Capital Suscrito y Pagado por la suma de Setenta y Siete Millones Ochocientos Sesenta y Tres Mil Seiscientos Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$77,863,600.00), en el entendido de que a partir de la fecha el Capital Suscrito y Pagado de la Sociedad será la suma de Diez Millones Quinientos Cincuenta y Seis Mil Setecientos Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$10,556,700.00); b. La reducción del Capital Suscrito y Pagado se hace con la finalidad de equilibrar el patrimonio y atendiendo a una necesidad financiera producto de las pérdidas significativas experimentadas al cierre del ejercicio social del año dos mil quince (2015), y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores; c. Para materializar la reducción del Capital Suscrito y Pagado, la cancelación de las acciones se hará de manera proporcional, tomando en consideración la participación de cada accionista en el Capital Suscrito y Pagado de la sociedad. d) El plazo para efectuar dicha cancelación y los ajustes en los libros de acciones y registros de accionistas es de dos (2) meses, que podrán ser prorrogables por razones atendibles, pero no más allá del treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017). Esta resolución fue aprobada a unanimidad de votos por los accionistas presentes o representados”. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
Augusto José Ramírez Bonó, Presidente.
PUBLICACION PARA AUDIENCIA DE SANEAMIENTO
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones legales vigentes contenidas en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Primero (1) de Febrero del Dos Mil Diecisiete (2017), la Cuarta Sala Para Asuntos de Familia de La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia de la Provincia de Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil No. 212/2017, la cual en su parte dispositiva dice así: GABRIEL RONDÓN AVILA, por falta de comparecer. SEGUNDO: Admite el divorcio, por 1a causa determina de Incompatibilidad de Caracteres incoada por la señora MAYRA JIMENEZ MICHEL en contra del señor GABRIEL RONDÓN AVILA, exclusivamente en cuanto al ámbito civil se refiere, por los motivos antes expuestos; TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de Divorcio. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento. QUINTO: Comisiona al Ministerial Ángel R. Pujols B. Alguacil de Estrados, del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo, para que notifique la presente Sentencia. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma. Firmadas: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ JUEZA; BRENDA ROSARIO, SECRETARIA. El auto que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de Este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo, la referida Sentencia de Divorcio ha sido pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la 4TA Circunscripción, SANTO DOMINGO ESTE, en fecha 19/5/2017, en el Libro No. 00004, Folio 0065, Acta No. 000333 del año 2017, En el Municipio Santo Domingo Este, a los Veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Aylem Guerrero Reyes ABOGADA
En cumplimiento de las Disposiciones de la Ley 108-05 y sus reglamentos, hacemos de público conocimiento que el día Veintiuno (21) del Mes de junio del año 2017, a las 9:00 a. m horas de la Mañana, la Tercera Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, del Distrito Nacional, Presidido por el Magistrado JELBIN NODIR KOURY LORENZO, Ubicado en la Cuarta Planta del Edificio de la Jurisdicción Inmobiliaria, que aloja el Tribunal de Tierras y la Dirección Regional de Mensuras, situado en la Intersección formada por las Calles Av. Independencia, Esq. Av. Jiménez Moya, Sector la Feria, Distrito Nacional, el cual celebrará la Audiencia sobre el Proceso de Saneamiento en la Parcela de Origen No. 28, del Distrito Catastral 27, del Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, Sección Guanuma, resultando las Parcelas No. 400627681613, con una superficie de 135,230.92 Metros Cuadrados y la Parcela No. 400627559496, con una superficie de 1,282.71, metros cuadrados, reclamadas y poseídas por el señor EMILIO CESAR RIVAS RODRIGUEZ, para que cualquier persona que tenga interés comparezca a dicha audiencia, para que haga valer sus reclamos, estos trabajos fueron aprobados técnicamente por la Dirección Regional de Mensuras catastrales del Departamento Central, en fecha Veintitrés (23) de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017), los cuales fueron realizados por el Agrimensor Contratista, MODESTO CASTILLO BONIFACIO, Codia No. 14-348. FC 346578
Fp90288
CLUB DEPORTIVO Y CULTURAL CIUDAD DEL ALMIRANTE, SECTOR EL ALMIRANTE PROVINCIA SANTO DOMINGO, MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, REP. DOM. AVISO DE INCORPORACION Para general conocimiento de la disposición del art. 5, párrafo 1, 2, 3, de la ley 122-05, para el fomento y registro de las asociaciones sin fines de lucro, se hace saber: 1ro: que mediante resolución No. IONG 007-2017 del 27 de abril del año 2017, La Procuraduría General, a través de la Corte de Apelación Regional de Santo Domingo, República Dominicana, le concedió el beneficio de incorporación al Club Deportivo y Cultural Ciudad del Almirante, constituida en asamblea extraordinaria celebrada en fecha 17 de mayo del año 2017, con una duración por tiempo indefinido. 2do.-Que el Club Deportivo y Cultural Ciudad del Almirante, tendrá su domicilio en la calle Miguel Ballester, entre las calles Catalina y Maque, carretera Mella, Km 12 ½, sector El Almirante, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana. 3ro.- El Club Deportivo y Cultural Ciudad del Almirante, tendrá como objetivo formar jóvenes atletas que sean ejemplo para sus conciudadanos, sirviendo al desarrollo de la sociedad, y que como deportistas puedan representar al país en competencias internacionales, logrando poner en alto a nuestro país y al deporte nacional. 4to.- Los miembros fundadores del Club Deportivo y Cultural Ciudad del Almirante, son: José Altagracia Báez Abreu, Catalina Jorge Pérez, José Antonio Díaz, Manuel De Regla Báez Abreu, Miguel Ángel Marte Martínez, Ramón Antonio Sanabia, Agustín Almonte Rosario, Andrés Damián, Franklin Amauris de Jesús Pineda. 5to.- Que los Primeros miembros de la directiva del Club Deportivo y Cultural Ciudad del Almirante, son siete (07): José Altagracia Báez Abreu, presidente, Pablo Roberto Tavarez Ureña, vice-presidente, Cesar Arturo Méndez Reyes, secretario general, David Germosen Then, secretario organización, José Rafael Cuevas Ogando, secretario de Acta y correspondencia, Edwar Betances Moreta, tesorero, Ruben Darío Castillo Domínguez, vocal. 6to.- Que los días 12 y 15 de mayo del año 2017, fueron expedidas sendas certificaciones por la Cámara Civil y Comercial y el Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, del depósito de todos los documentos que integran la legalización del Club Deportivo y cultural Ciudad del Almirante.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Artículo 22 de la ley 1306-Bis; que rige el procedimiento de divorcio en la República Dominicana, el Señor SANTIAGO NINA GUILLEN, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1321855-6; domiciliado y residente en la Calle Moisés, No.229, en Residencial Doña Antonia, En Manoguayabo, en la Provincia de Santo Domingo, Municipio de Santo Domingo Oeste, Quien tiene como Abogada constituida y Apoderada especial a La Licda. ELIZABETH NINA, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula de identidad y electoral No. 001-0497921-6, con estudio Profesional Abierto en la Carretera Mella No.37, (altos) en el sector de Alma Rosa 2da. En La Provincia de Santa Domingo, Municipio de Santo Domingo Este; Tel. 809594-2491; lugar donde hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales del presente acto, y advierte a la Señora ZOILA PATRIA ALMONTE POLANCO, actualmente domiciliada y residente en A la 25 EAST, Shelffield Avenue APTS, ENGLEWOOD, NY, 07631-4966 NEW YORK, ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, y cuyo último domicilio conocido en la República Dominicana fue Calle Moisés, No.229, en Residencial Doña Antonia, En Manoguayabo, en la Provincia de Santo Domingo, Municipio de Santo Domingo Oeste, procederá a emplazar en manos del MAGISTRADO PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, a fin que comparezca como fuera de lugar , el miércoles treinta (30) del mes de agosto, del año Dos Mi diecisiete (2017) a la audiencia que se celebrará a puertas cerradas, en la séptima sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia para Asuntos de Familia del Distrito Nacional, ubicada en uno de los salones del primer piso del edificio ubicado en la Calle Socorro Sánchez, Esq. Santiago, No. 68, Sector Gazcue, Distrito Nacional, a las nueve (9:00 A.M.) a fin de conocer la demanda en Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).
SR. JOSÉ ALTAGRACIA BÁEZ ABREU M.A. PRESIDENTE FP90279
LICDA. ELIZABETH NINA Abogada Apoderada Fp90262
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LEGAL 15
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA CON MOTIVO DE EJECUCIÓN PRENDARIA
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Se hace de público conocimiento que el día jueves que contaremos a primero (1ro.) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), ante el Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción, sito en la calle Barahona esquina Abreu, San Carlos, en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; se procederá a la venta en Pública Subasta del siguiente efecto mobiliario incautado: Un (1) vehículo tipo Jeep, Marca Nissan, Modelo Murano, Color Marrón, Año 2006, Placa G235956, Chasis No. JN8AZ08T26W409152. La venta en pública subasta de que se trata, es efectuada a requerimiento de la Corporación de Crédito Reidco, S.A. El precio de primera puja ha sido fijado en TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS CON 06/100 CENTAVOS (RD$372,780.06), más los gastos y honorarios profesionales correspondientes. Los pagos son de contado y los licitadores deberán pagar, además de la suma establecida para la primera puja, y de los gastos y honorarios profesionales, un diez por ciento (10%), de acuerdo con la Ley, que deberán depositar, en efectivo, en la Secretaría del Tribunal, sin cuyo requisito no será admitida la licitación. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el párrafo único del Art.22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor JOSE MIGUEL FARIAS DE LA ROSA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0490959-3, domiciliado y residente en la calle Juan Pablo Pina No. 56 Villa Consuelo, de esta ciudad de Santo Domingo, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. AMARILIS GRACIANO FRIAS, dominicana, mayor de edad, Abogada de los Tribunales de la República Dominicana, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 0010759058-0, con estudio profesional abierto en la Ave. 27 de Febrero No. 92 altos, sector San Juan Bosco de esta ciudad de Santo Domingo; lugar donde mi Requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente Aviso de Emplazamiento, por éste medio le avisa y advierte a su legítima esposa EVA MARIA GARCIA MARIN, cuyo último domicilio se desconoce y que a falta de información sobre su residencia y domicilio actual, su esposo procederá a emplazarla, en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día Martes que contaremos a Veinte (20) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), a fin de que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que se celebrará, el día Martes que contaremos a Veinte (20) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), por ante la OCTAVA SALA DE LA CAMARA CIVIL PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, en su local ubicado en la calle Socorro Sánchez esquina calle Santiago No. 68 del sector Gazcue, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año 2017.
LIC. CARLOS R. PEREZ VARGAS, Por sí, y por los LICDOS. SÓSTENES RAUL RODRIGUEZ SEGURA y VIRGINIA N. BELTRE FELIZ, Abogados constituidos y apoderados especiales de la sociedad CORPORACIÓN DE CRÉDITO REIDCO, S.A. FC 346550
AVISO DE TRANSFORMACION DE COMPAÑÍA
AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, del Párrafo II, de la Ley No. 12205 sobre la Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que mediante Resolución No. 0009, de fecha cuatro (4) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro ASPIRAS, con domicilio en la Calle Héctor García Godoy, Edif. Spring Towers, Piso 7, Apto. No. 702B, Arroyo Hondo, Santo Domingo, R.D. Esta asociación tiene como fin desarrollar y fomentar la practica del deporte del futbol dentro del territorio nacional, en todas sus categorías y modalidades, a organizar eventos para el desarrollo integral de los jugadores de futbol del país, a la recaudación, a través de donaciones locales e internacionales, de materiales de apoyo para la practica y la enseñanza de esta disciplina. Sus miembros fundadores son Federico Tavarez Álvarez, Eduardo Rivera Sbriz, María A. Juliao Olaciregui, Eduard Beard Rodríguez y Gabriel Nicolás Marte Fondeur, y a su vez el Consejo Directivo esta constituido por cinco (5) personas, quienes son: Federico Tavarez Álvarez (Presidente), Eduardo Rivera Sbriz (1er Vicepresidente), Gabriel Nicolás Marte Fondeur (2do Vicepresidente), María A. Juliao Olaciregui (Tesorero) y Eduard Beard Rodríguez (Secretario). La asociación tendrá una duración indefinida; En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
FEDERICO TAVAREZ ÁLVAREZ Presidente
Conforme a la Ley No. 479-08, reformada, se hace saber que la compañía por acciones denominada BRIPORT S. A., R.N.C.101753366, será transformada a Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual será denominada: TRANSPORTE BRIPORT S.R.L., cuyo domicilio está ubicado en Av. Rómulo Betancourt 1318 Edificio Chahín del Ensanche Bella Vista Distrito Nacional, con Capital Social Autorizado de RD$500,000.00 y Capital Suscrito y Pagado de RD$300,000.00 cuyo objeto es: Inversiones en inmuebles, importación, agente de viaje, financiamiento e inmobiliaria. Asimismo convocamos para el martes trece de junio del año 2017, a las ocho (8:00 A.M.) horas de la mañana a la celebración de la Asamblea General Extraordinaria en la cual se procederá a aprobar la transformación a SRL. En Santo Domingo, a los 26 de mayo del año 2017.
FEDERICO JESUS JIMENEZ MORONTA, Presidente.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones del artículo No.216 de la Ley 6186 del 12 de febrero del 1963 y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que el día jueves que contaremos a primero (01) del mes del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017) , a las 9:00 a.m., horas de la mañana, por ante el Juzgado de Paz de Villa Mella , Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, ubicado en la calle Ramón Matías Mella esquina calle Altagracia, se procederá a la venta en Pública subasta, al mejor postor y ultimo subastador, en audiencia de pegones que al efecto se celebrara , del vehículo siguiente: 1)UN VEHICULO DE MOTOR, TIPO AUTOMOVIL PRIVADO, MARCA CHEVROLET, MODELO CORVETTE, AÑO 2015, COLOR BLANCO, CHASIS No.1G1Y92D71F5123354, REGISTRO Y PLACA No. A-660637, DOS PASAJEROS, FUERZA MOTRIZ 6200, 8 CILINDROS,.Dicha venta es perseguida por el señor WILFREDO GONELL LA PAZ, en contra del señor VICTOR MANUEL PIMENTEL INFANTE, fijándose como precio de primera puja la suma de Se advierte a los licitadores que los pagos son de contado, además del precio CUATRO MILLONES OCHCOCIENTOS PESOS CON 00/100 (RD$4,800,000.00) ,atendiendo a las condiciones del vehículo, de adjudicación deberá pagar el 10% sobre dicho precio, según lo todo esto en virtud del contrato de préstamo con garantía prendaria de fecha 27 del mes de mayo del 2016 , más los honorarios profesionales , gastos de ejecución y demás accesorios, los cuales serán anunciados el día de la venta. Todo licitador para poder participar en la subasta deberá depositar previamente en la Secretaria del Tribunal una suma equivalente al 10% del precio de la venta, en efectivo o cheque certificado a nombre del persiguiente. El adjudicatario deberá pagar el precio total de la subasta de contado inmediatamente así sea declarado, más los gastos legales y honorarios profesionales de acuerdo con la ley. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los veintiséis (26) días del o del mes de mayo del 2017.
En virtud de lo que dispone la Ley 1306-Bis sobre divorcio, se hace de público conocimiento que el Señor OCTAVIO FIGUEROA MENDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.224-0029013-0, domiciliado y residente en la Calle Prolongación 27 de Febrero No. 22, del Sector La Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, por conducto de su abogado constituido LIC. LUIS HERIBERTO PAULINO, dominicano mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 047-0037486-3, Abogado de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la Avenida Santiago Apóstol No. 4-C, Santo Domingo Oeste, Tel. 849936-0348, lugar donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales que se deriven de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARILEIDA ALTAGRACIA LUCIANO, cuyo último domicilio conocido en la República Dominicana fue Calle Primera (1ra.) No.21, del Sector La Rosa, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, que a falta de información relativa al lugar de su residencia o domicilio actual, procederá a emplazarla en acción de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante la persona del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día jueves 26 del mes mayo del año 2017, a fin de que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que celebrara el día martes que contaremos a (6) del mes de junio del año 2017, a las (9:00) horas de la mañana por ante la (8va.) sala de la cámara civil y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia en sus salones de audiencias a puertas cerradas, sito en la Calle SOCORRO SANCHEZ, ESQUINA SANTIAGO, DEL SECTOR GAZCUE, DISTRITO NACIONAL. En el Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 22 días del mes de Mayo del año 2017.
FC346559
LICDA. CRISTINA RIVAS MENDOZA Abogado del Acreedor.
GC & ASOCIADOS CONSULTORES JURIDICOS NOTARIAS Y CONTABLES Av. Sabana Larga, Plaza Francis No. 115, Suite, 308. RNC: 1-3099080-8. Tel.: 809-596-3694. PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio se hace de público conocimiento que en fecha 17 del mes de abril del 2017, la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia No. 00607-17, cuyo dispositivo dice textualmente lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos ANFI DE JESUS MARTINEZ y ANNIA ROCIN ARIAS, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio No. 7-16, instrumentada por el Abogado Notario Público del Distrito Nacional, el LIC. FRANCISCO NUÑEZ POLONIA, en fecha 20/02/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de los menores ANFI ABRAHAM y MELL GEILYN, a cargo de su madre ANNIA ROCIN ARIAS. TERCERO: Fija la suma de tres mil pesos (RD$3,000.00), la pensión alimentaria, que tendrá que pagar el señor ANFI DE JESUS MARTINEZ, a favor de sus hijos ANFI ABRAHAM y MELL GEILYN, la cual pagará mensualmente en manos de la madre ANNIA ROCIN ARIAS. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La sentencia que antecede ha sido dictada por la Magistrada DAISY MIGUELINA ABREU URBAEZ, el mismo día, mes y años citados la cual fue leída en audiencia pública por la infrascrita Secretaria Interina TANIA PATRICIA VALERA BONILLA, firmada por ésta. QUINTO: Que el presente divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, divorcio este llevado a cabo por la causa de Mutuo Consentimiento, inscrito en el Registro destinados a estos fines correspondiéndole el Libro No. 00002 de Registros de Divorcio, Folio No. 0152, Acta No. 000165, año 2017, expedido el día (24) del mes de mayo del año 2017, incoado por los esposos ANFI DE JESUS MARTINEZ y ANNIA ROCIN ARIAS. Certifico: Que la presente copia es fiel y conforme a su original, la cual expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada. Hoy día quince (15) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), y que la misma ha sido registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día once (11) del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), en el Libro letra “A”, No. 11057. En el municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
DR. URBANO CUBILETE MEDINA, Abogado de las partes. FC 346591
FC 346488
LIC. LUIS HERIBERTO PAULINO, Abogado del Demandante.
PUBLICACION DE DIVORCIO EL NUEVO DIARIO En cumplimiento a las disposiciones del Artículo 12 de la Ley 1306 Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de conocimiento lo siguiente: Que en fecha Catorce (14) del mes de Marzo del Año Dos Mil Diecisiete (2017), la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, dictó la Sentencia Civil marcada con el número 00203-2017, que en cuyo dispositivo copiado textualmente reza lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Se admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos FRANCIS DIONELIS BAEZ CASADO y MERCEDES ALEXANDRA HERNANDEZ GUZMAN, de conformidad con el acto de Estipulaciones y Convenciones No 10-2017 de fecha (13) del mes de Febrero del año 2017, instrumentado por el Dr. Rafael Amado Olaverría Castillo, Abogado Notario Público de los del Número para el Municipio de San José de Ocoa. SEGUNDO: Se ordena el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Se compensan pura y simples las costas por tratarse de una litis entre esposos. Dada y firmada, ha sido la sentencia que antecede por el Magistrado que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día Catorce (14) del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017), por ante mí, Secretaria que Certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos de este Tribunal, que se expide sella y firma a solicitud de parte interesada, hoy día Catorce (14) del mes de Marzo del Año Dos Mil Diecisiete (2017). La presente publicación ha sido autorizada por el LIC. LINCOL ORTIZ CUSTODIO, Abogado apoderado especial. Dado en la ciudad de San José de Ocoa, Provincia del mismo nombre, República Dominicana, a los Veintidós (22) días del mes de mayo del Año Dos Mil Diecisiete (2017).
FC 346587
LIC. LINCOLN ORTIZ CUSTODIO, Abogado.
LICDA. AMARILIS GRACIANO FRIAS, Abogada Apoderada.
FC 345777
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En virtud de la ley 1306-Bis, de divorcio, vigente, se hace saber que el señor EURIDEN LUCIANO CABRERA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1409187-9, casa No, 18 de la calle María Auxiliadora de la ciudad de Fantino, quien tiene como abogado apoderado al Dr. SANTIAGO COMPRES BALBI, , inscrito en el Colegio de Abogados de la República bajo el No. 3851-3453, portador de la cédula de identidad y electoral No. 087-0000757-1, con estudio en la calle Mella No. 32 Fantino, Provincia Sánchez Ramírez, lugar donde mi requirente hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales del presente aviso y para cumplir el procedimiento del divorcio por Incompatibilidad de Caracteres contra la mujer que no tiene domicilio conocido. Por lo que el demandante, avisa a su esposa señora GREIDY BIENVENIDA PERALTA REYES, dominicana, mayor de edad, cuyo último domicilio conocido ha sido en la calle La Frontera No. 177 de la sección La Frontera del Municipio de Jima Abajo, provincia de La Vega, le Advierte, que el día 5 del mes de Junio del año 2017, procederá a emplazarle en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, ante el Magistrado Procurador Fiscal de La Vega, en su último domicilio y en la puerta del tribunal, para que comparezca personal o representada a la audiencia a celebrarse el día Dieciséis (16) del mes de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las (9:00 a.m.) horas de la mañana, a la audiencia a puertas cerradas, en materia de divorcio, tendrá lugar en la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, Ubicado en la esquina que forman las calles Monseñor Panal y Duvergé del centro de la ciudad de La Vega, Provincia La Vega, República Dominicana.
DR. SANTIAGO COMPRES BALBI, Abogado. FC 346495
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor ROQUE IGNACIO GARCIA JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en este municipio de La Vega, R.D., cédula no.047-0103847-5; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCISCO C. VILLAR Y GALAN, matriculado con el no.0864-327, cedula no. 047-0002316-3, con estudio profesional abierto en el NO.20 de la Calle Las Carreras de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora LISELOT NOEMI PUJOLS TAPIA cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Prolongación Las Carreras de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 29 del mes de mayo del año 2017 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 22 del mes de JUNIO del año 2017 a las 9:00 AM para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 24 días del mes de MAYO del año 2017.
LIC. FRANCISCO C. VILLAR Y GALAN Abogado apoderado de la parte Demandante
(AC-11206-RD-24-25-26/05/2017)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES A LA ESPOSA QUE TIENE DOMICILIO Y RESIDENCIA EN EL EXTRANJERO En cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en el párrafo único del Art. 22 de la Ley 1306-Bis de la ley vigente de divorcio, e1 señor REGLO ANTONIO ORTIZ, dominicano, mayor de edad, casado, provisto del pasaporte No. 519105760, domiciliado y residente en Los Estados Unidos de Norteamérica, y para los presente fines en la Ave. Respaldo 10, No. 16, Los Tres Ojos, Las Américas, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la DRA. MARIA ELENA MENDEZ VALDESPINA, dominicana, mayor de edad, provista de la cédula de identidad y electoral No. 001-0295658-8, con estudio profesional abierto en la calle 16 de Agosto, No. 63, cubículo 2, San Carlos, Distrito Nacional, por este; medio, advierte a la señora JUANA CAMACHO HERNANDEZ, domiciliada y residente en el 153 BIRMINGHAM DR POINCIANA FL 34758, Número de Aria Florida Estados Unidos de Norteamérica, Tel.: 407-933-7761, procederá a emplazarla en la acción de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres el día MARTES que contaremos a TREINTA (30) del mes de MAYO del año 2017, en la persona del Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, quien tiene su despacho en el Palacio de Justicia situado en la Ave. Charles de Gaulle No. 27, sector Cabilma del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a los fines de que comparezca a la audiencia que a puerta cerrada se celebrara el día MARTES que contaremos a QUINCE (15) del mes de AGOSTO del año Dos MIL DIECISIETE (2017), a las Nueve hora de la mañana (9:00 A.M.), por ante la Cuarta Sala Civil para Asuntos de Familia del Distrito Judicial de Santo Domingo, la cual se encuentra ubicada en uno de los salones de la Primera Planta del edificio situado en la calle Hermanas Carmelitas Teresa de San Jose, Antigua Calle 17, No. 3, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, para que una vez allí, oiga los motivos y conclusiones de la demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres incoada por su esposo señor REGLO ANTONIO ORTIZ en contra de su esposa señora JUANA CAMACHO HERNANDEZ.
DRA. MARIA ELENA MENDEZ VALDESPINA, Abogada Apoderada. FC 346538
VIERNES 26 DE MAYO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE
AVISO DE PÉRDIDA DE PLACA Se hace de público conocimiento que se ha extraviado la Placa No. EI00123, del autobús privado, marca Nissan, modelo Station Wagon, año de fabricación 2006, color gris, chasis VHNY11297962, propiedad de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS Y PUERTOS, con su RNC: 401039248.
AVISO POR PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO FINANCIERO No.1012274209 por el valor de TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS CON 00/100 (RD$3,400,000.00), expedido por la ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS, Sucursal P. Las Américas II, en fecha 16/07/2015, vence: 16/07/2016, a nombre de la señora: ANA LUISA CORTES A. DE CESPEDES, cédula de identidad y electora.l No.: 0010061864-4.
LICDA. MARTINA DOMINGUEZ PEÑA Abogada
FI12134
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se avisa por este medio que se extraviado el Certificado Financiero No. 2050026209, de fecha 05/02/2011, por valor RD$10,000.00, expedido por el ASOCIACION DE AHORROS Y PRESTAMOS LA NACIONAL, a nombre de BIENVENIDO AGUIAR FRIAS, cédula 001-1387299-8. La presente publicación se hace para los fines legales correspondientes.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Expediente No. 662201700703 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 8 de marzo del 2017, a petición de la Sra. JOSE PAREDES NUÑEZ. Se avisa al público en general: Que el día 7 de junio del 2017, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la P. No. 91A-1 del D.C. No. 02, del municipio de Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez. Ubicada en Tres Ceiba, sección Magante.
Agrm. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA, Codia 23375. AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Se hace de público conocimiento que el día sábado 24 de Junio de 2017, a las 10:00 am, se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 29-A-3, del D.C. No. 14/1, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, ubicado en la calle Prol. Gastón F. Deligne, S/N, detrás del Hospital Regional Jaime Mota, Barrio 30 de Mayo, mismo Municipio y Provincia. Autorización de fecha 26 de Abril del 2017, Expediente No. 663201703663, propiedad de los SRES. TOMAS RAMIREZ Y JACQUELINE HERNANDEZ GUILLEN, debidamente representado por la Sra. Sarah Ysabel Alcántara Sánchez.
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289. FC 346585
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE)
AVISO DE MENSURAS CATASTRAL
Se hace de público conocimiento que el día sábado 24 de Junio de 2017, a las 02:00 pm, se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 1806, del D.C. No. 14/11, Municipio Tamayo, Provincia Bahoruco, ubicado en la calle en proyecto, S/N, Distrito Municipal Uvilla, mismo Municipio y Provincia. Autorización de fecha 24 de Abril del 2017, Expediente No. 663201703575, propiedad del SR. KELIN MANUEL REYES REYES, debidamente representado por el Sr. José Ledesma Féliz.
Expediente No. 663201703355 Se hace de publico conocimiento que el día 7 / 06 / 2017 a la 10: 00 A. M. Se realizaran los trabajos de deslinde en la P. No. 3-REF-A-35, del D. C. No. 6 del Municipio SANTO DOMINGO ESTE, Provincia SANTO DOMINGO a petición de MARIA MARDALENA SANCHEZ VALDEZ y JOSE JOAQUIN CUELLO PEREZ (Dicho Inmueble se encuentra en la calle Constanza entrando por carretera vieja de sabana perdida luego por el camino del cachón y entre las coordenadas 407797 // 2049543 y la 407737 // 2049567 se encuentra dicha propiedad)
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289.
CAYO RAFAEL VENTURA Agrimensor contratista
FC 346585
FC346605
AVISO DE DIVORCIO
AVISOS DE MENSURAS PARA DESLINDE
Según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Ley de Divorcio, se hace de público conocimiento que en la 7ma. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la sentencia No. 0597-2017, de fecha 31/marzo/2017, y fue pronunciado el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores ANDRES SILVERIO ZAPATA CAMPUSANO y GRISELDA ALTAGRACIA TORIBIO GARCIA, en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción, Distrito Nacional, fue registrada en el Libro No. 00010, Folio No. 0121, Acta No. 000953, año 2017.
Se hace de público conocimiento que para el día 15/6/17, a las 2:00 p.m., se dará inicio al trabajo de Mensura Para Deslinde del ámbito de la Parcela No. 78 D.C. no. 06, del municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, ubicado en la Calle Principal No. 110, Sector Amelia, la Carretera San Isidro, Propiedad de la Sra. MARÍA DOMINGA COMAS CASTILLO. Expediente No. 663201704237.
LIC. RAMON AUGUSTO JIMENEZ LAJARA, Abogado.
AGRIM. JUAN E. CABRERA CODIA 8124
Pérdida de Certificado Financiero
AVISO DE PÉRDIDAS DE CERTIFICADOS DE ACCIONES
Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado
Se hace de público conocimiento la pérdida del Cer-
Financiero No. 30-11-300083277 de la Asociación Popular de
tificado Financiero No. 794-892-109, del Banco Popu-
Ahorros y Préstamos, sucursal San Cristóbal, de fecha
lar, Por un valor de DOSCIENTOS MIL PESOS
19/12/2008 por valor de RD$404,000.00 A nombre de: SANTO DEL ROSARIO RUSSELL MEJIA, PASAPORTE 431001991.
(RD$200,000.00), a nombre de: BELLANIRIS LAN-
La presente publicación se hace para los fines de ley corres-
GOMAS JIMENEZ, cédula No.012-0075202-8. San
pondiente.
Juan de la Maguana. AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. B 475059, expedido por el BANCO MULTIPLE BHD LEON, S. A., en favor de JOSE MARTE Y/O ELFRIDA PIMENTEL, en fecha 28/11/2016, por la suma de RD$6,500,000.00. FP 90134
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 0077617401 fecha de apertura 31 de Agosto del año 2015, expedido por valor de RD$100,000.00 (CIEN MIL CON 00/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por el Banco Dominicano del Progreso S. A. Banco Múltiple a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
LESLIE PICHARDO Depositante
(MDC-AC-11149-PC-ENV-12-19-26-02/06/2017)
Se hace de público conocimiento y para los fines de ley correspondiente, la pérdida del Certificado de Aportaciones No.00002, por un valor CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (50,000), de fecha 16 de febrero de 2008, emitido por la Cooperativa Empresarial de Ahorros y Créditos “La Concepción” Inc., a favor de la sociedad comercial AGREGADOS VICTORIA, S.A., R.N.C. No. 13031098-1, representada por ENMANUEL DE LOS SANTOS ABREU, cédula No.047-0172335-7, a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de la sociedad comercial AGREGADOS VICTORIA, S.A. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
Publicación Autorizada por: JM DE LA CRUZ & ASOCIADOS OFICINA DE ABOGADOS (AC-11202-PC)
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo de carga, marca Nissan, modelo Cabstar, color plateado, año 2005, placa y registro L191015, chasis 3N6GD13S0ZK851823, a nombre de JESUS ALCANTARA BELTRE, cédula No. 001-15395048. FC 346574
PERDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Daihatsu, placa L136585, color azul, chasis S82P117513, año 1998, propiedad de DIOGENES TERRERO FELIZ, cédula 001-1021364-2. FC 346571
Convocatoria Electoral La Comisión Electoral de la Sociedad Dominicana de Pediatría convoca por este medio, a la inscripción de planchas, para elegir la Directiva para el periodo 2017-2019. Las planchas deben ser depositadas en la sede de la institución, en la calle Santiago No. 702, zona universitaria, a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria, hasta el miércoles 21 de junio de 2017 a las 3 p.m., de acuerdo a lo establecido en los estatutos.
Comisión Electoral Dra. Argentina Germán R., Presidente. Dra. Tharsis Hernández, Miembro. Dr. Luis Alam Lora, Miembro.
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PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Para dar cumplimiento al Art. 42 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento, que la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de Familia constituida por la Magistrada Evelyn Torres, asistida de la secretaria Mirtha M. de la Cruz Díaz ha dictado en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil No.2017/00078 de fecha dieciséis (16) del mes de Enero del año 2017, cuyo Dispositivo es el Siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señora Josely Mariel Bloise Reyes, por no comparecer ante este tribunal no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara regular y válida en cuento a la forma, la presente demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, interpuesta por el señor Victor Hugo Brito Cruz, contra la señora Josely Mariel Bloise Reyes, por haber sido interpuesta con apego a las normas que rigen la materia. TERCERO: En cuanto al fondo Admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores VICTOR HUGO BRITO CRUZ y JOSELY MARIEL BLOISE REYES, con todas sus consecuencias legales, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente sentencia. CUARTO: Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Naim y Zaid, a su padre señor Víctor Hugo Brito Cruz, por lo indicado en la presente sentencia. QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía del estado civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. SEXTO: Comisiona al ministerial Boanerge Pérez Uribe, de Estrados de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para notificar la presente sentencia. SEPTIMO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (firmados: Evelyn Torres, juez; Mirtha M. de la Cruz Díaz, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída, publicada y firmada Mirtha M. de la Cruz Diaz, Secretaria, lo que certifico y doy fe; El referido divorcio fue pronunciado por ante la oficialía del Estado Civil de la Sexta (6ta.) Circunscripción del Distrito Nacional, el día diecinueve (19) del mes de mayo del año 2017, y la sentencia que lo admite fue trascrita en el libro 00002 Folio No. 0095, bajo el acta No.00150 del año 2017. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veinticinco (25) día del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
Se hace de público conocimiento que el día viernes (02) del mes de Junio del año 2017 a las 10:00 a.m., se darán inicio a los trabajos de DESLINDE de un área 276-61 mts2, dentro de la Parcela No. 78-M-4, del D.C. No. 06, del Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, tomando la Autopista Coronel Rafael Tomás Fernández Domínguez, giramos a la izquierda en la Avenida Penetración y recorremos unos 1,130.00 mts, Giramos a la derecha en la Calle Cordillera y Luego una derecha en al Calle 3ra, a unos 95.00 mts2, se encuentra ubicado el inmueble en cuestión. Expediente No. 663201701697, propiedad de la Sra. LIDIA MINERTA PIMENTEL VALERIO.
LICDA. ALYNN CARINA PAULINO PANIAGUA Abogada Apoderada
En cumplimiento con las disposiciones contenidas en el Art. 22, de la ley 1306-Bis, sobre divorcios y sus modificaciones, el señor FRANCIS RAMÍREZ ROA, dominicano, mayor de edad, casado; portador de la cédula de identidad y electoral No.012-0065759-9, domiciliario residente en la calle Puerto Rico No.24 Alma Rosa Primera I Provincia Santo Domingo, Municipio Este quien tiene como abogado constituido y apoderado al Lic. Robert Saldaña, Dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.012-0056193-2 abogado de los tribunales de 1a República, matriculado en el colegio de abogado de la República Dominicana, No.30245-1594-04 con domicilio profesional abierto al público, en la avenida San Vicente de Paul No 216, Alma Rosa II, Santo Domingo Este. Te1.809-4224942, lugar donde; el demandante hace forma elección de domicilio para todo lo relacionado la en divorcio por 1a causa determinada de incompatibilidad de caracteres, comunica a la Ser. JEANNETTE HERRERA BOCIO, cuyo último conocido, fue en la manzana,4728, edificio No.8 apartamento 1C, Invivienda Santo Domingo, municipio Este, provincia Santo Domingo; SE HACE SABER: Que Este fue su último a domicilio conocido y que será notificada, el día lunes que contaremos a Veinte y nueve (29), del mes de Mayo del año 2017, se procederá a emplazarla en mano del procurador fiscal en la provincia de Santo Domingo, para que comparezca en persona o representada por un poder autentico, como fuere de derecho, para conocer de la demanda’ en divorcio por la causa de terminada de incompatibilidad de caracteres incoada por el Señor, FRANCIS RAMÍREZ ROA, contra su legitima esposa la Señora JEANNETTE HERRERA BOCIO, audiencia que se efectuar a puerta cerrada en la 4TA’sala para asuntos de familia, de la cámara civil del juzgado de primera instancia del municipio de Santo Domingo Este, el día martes que contaremos a trece 13 del mes de junio del año 2017 a la 9am hora de la mañana el tribunal se encuentra ubicado en la calle Hermana Carmelita Teresa de San José No.3 ensanche Ozama municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, ADVIRTIÉNDOLE QUE DE NO COMPARECER O HACERSE REPRESENTAR SE PRONUNCIA EL DEFECTO EN SU CONTRA: 24/5/2017
FC346601
AVISO DE TRANSFORMACION DE UNA COMPAÑÍA (C. POR. A,) A UNA (SOCIEDAD DE COMANDITA POR ACCIONES) De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre sociedades comerciales y empresas individuales de responsabilidad limitada y sus modificaciones se hace de conocimiento general el proyecto de transformación de la sociedad, c. por. a. a una sociedad, de comandita por acciones, dicho proyecto establece: tiene como nombre 1 compañia de transporte la milagrosa ruta 23, c. por a. de la sociedad, la cual se denominará 3 “compañia de transporte la milagrosa ruta 23, por acciones”, la misma estará regida por las leyes de la república dominicana; y tendrá como objeto social prestar servicios de transporte, tanto de pasajeros como carga, en todo el territorio nacional, la importancia, comercialización de piezas y accesorios y lubricantes para vehículos de motor.; el domicilio de la misma estará ubicado en santa rosa, no. 22, sector la esperanza, municipio los Alcarrizos, provincia santo domingo, república dominicana; tendrá un capital de quinientos mil pesos dominicanos (RD$500;000.00), y será administrada por Ezequiel Martínez Ramírez, designado al efecto por un período de 04 años; la duración de la sociedad será indefinida. Mediante el presente aviso se hace de público conocimiento que la transformación se llevará a cabo en el local de la sociedad el marte (13) día del mes de junio del año 2017 y que el proyecto de transformación de la sociedad, junto con el balance especial, así como el informe del comisario de cuentas y consejo de administración ya están a disposición de los accionistas en el domicilio de la sociedad, en el municipio los Alcarrizos, provincia santo domingo, a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año 2017.
EZEQUIEL MARTINEZ RAMIREZ Presidente del Consejo de Administración 1.- Establecer la denominación/razón social actual (C. POR A.) 2.- Establecer el tipo societario que se va a adoptar mediante la transformación 3.- Indicar la nueva denominación social, seguida de las siglas correspondientes, de acuerdo al tipo de sociedad o empresa que se va a adoptar. 4.- Establecer órgano de gestión/administración de acuerdo al tipo de sociedad o empresa que se va a adoptar. 5.- La Ley 479-08 y sus modificaciones dispone de un período máximo de seis (06) años para la duración de la administración. FC34693
PUBLICACION DE SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL DE TIERRAS Para hacer de público conocimiento y de conformidad con lo establecido por la Ley, se informa que en fecha treinta (30) del mes de mayo del año Dos mil dieciséis (2016), la Cuarta Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, con asiento en el Distrito Nacional, dicto la Sentencia No. 20162543, suscrita por la magistrada Kate Echavarría Pimentel, cuyo dispositivo transcrito íntegramente dice, de la manera siguiente: Falla: PRIMERO: Se acoge, en cuanto a la forma y el fondo la demanda de fecha promovido por el Licdo. Guillermo Santana Fernández, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República domiciliado y residente en esta ciudad con estudio profesional abierto en la Av. Independencia No. 1607, Ensanche La Paz, (antigua Feria) Distrito Nacional, actuando en representación del señor Francisco Javier Molina, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-0124174-3, casado con la señora María Socorro Grullón, provista de la cédula de identidad y electoral No. 0121235-5, domiciliado y residente en la calle Central Torre Laurel No. 11, apartamento 4-B, sector Bella Vista, Distrito Nacional. SEGUNDO: rechaza la demanda reconvencional interpuesta por el Sr. Juan Figueroa Rodríguez en fecha 07 de agosto del año 2015, por no haber demostrado el perjuicio por parte de los señores Francisco Javier Molina y María Socorro Grullón. TERCERO: Se mantiene, con toda su fuerza legal la constancia anotada en la matrícula No. 0100049437, que ampara el derecho de propiedad de 5,799.69 metros cuadrados dentro de la parcela 58-Bis, del Distrito Catastral No. 18 del Distrito Nacional, emitida en virtud de la Resolución No. 3177, emitida por la sala 2 del tribunal de tierras del jurisdicción original del Distrito Nacional, inscrita en el libro diario el 9 de octubre del 2008. CUARTO: Ordena, a la parte demandante el Sr. Juan Figueroa Rodríguez y María Socorro Grullón a iniciar el proceso de Subdivisión ante la Dirección de Mensuras Catastrales. QUINTO: Comisiona al ministerial Eduardo Hernández Mejía, alguacil ordinario de la cuarta sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original a fin de que notifique esta decisión. Por esta nuestra sentencia, así se pronuncia ordena, manda y firma: (Firmados: Kate Echavarría Pimentel, JUEZ; Mariela Ramírez Cuevas, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido objeto de apelación ante el tribunal de alzada correspondiente en virtud de que, no obstante la parte perjudicada con esta sentencia, señor Juan Figueroa Rodríguez y compartes, tener en el presente caso un INFORME PERICIAL realizado a requerimiento de la misma jueza actuante, donde se prueba que en el poder o mandato notarizado por el LIC. LEONCIO PEGUERO las firmas plasmadas en este poder no se corresponden con las firmas de los señores Isidro Figueroa Rodríguez, Flora Figueroa Rodríguez y Blas Figueroa Rodríguez (parte agraviada). Esto quiere decir que la jueza actuante favoreció a los Francisco Javier Molina y María Socoro Grullón con una sentencia contra natura, que le derecho a esto señores a seguir ocupando más 3,000 metros cuadrados de tierras que fue ocupado ante el documento falseado, violando el derecho de propiedad amparado en nuestra Constitución. En la Santo Domingo Norte, República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de mayo del Año 2017.
JUAN F. RODRIGUEZ, Agraviado. FC 346583
AGRIM. DAYLIN REYES HERNANDEZ Contratista – codia 28624
LEGAL 17 AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el certificado financiero número: 781299797, por valor de RD$6,705,314.72 (Seis Millones, Setecientos Cinco Mil, Trecientos Catorce Pesos Con 72/100), más los intereses acumulados y pendientes de pago, el cuales se dio apertura en la Oficina número 249 en fecha 16 de julio del año 2013, en favor de José Mauricio Fernández. Expedido por el Banco Popular Dominicano, Banco Múltiple C. por A.
JOSE MAURICIO FERNANDEZ 047-0014246-8 DEPOSITANTE
AVISO DE DESLINDE
(FA-AC-11204-RDT-24-25-26-27/05/2017) Expediente No. 663201704646, autorizado en fecha 25/mayo/2017, por loa D.R.M.C, que el día 17 de Junio del año 2017, a partir de las 08:0 a.m., realizaremos el Deslinde de una porción de terreno, ubicada en la calle Panchito Boche, no. 21, Barrio 30 de Mayo, dentro de la Parcela No. 29-B-2, del D.C. No. 14/1ra, del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, propietario, PROTACIO JULIÁN SANTOS PÉREZ.
JOSÉ FRANCISCO FERRERAS M. Agrimensor- contratista- codia 8852
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
LIC. ROBERT SALDAÑA ABOGADO APODERAD. FC346556
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero: No. 772701454 documento no.720103 fecha de apertura 05 de marzo del año 2012, expedido por valor de RD$318,241.79 (TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTIUN PESOS DOMINICANOS CON 79/100) emitido por BANCO POPULAR DOMINICANO S.A., BANCO MULTIPLE a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:
ESPERANZA RAMOS MENA Depositante (MDC-AC-11205-PC-24-25-26-27/05/2017)
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título con la matrícula No. 1400015216 que ampara el derecho de propiedad de la parcela 548, del Distrito Catastral 3 del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, con una extensión superficial de 586,498.00 metros cuadrados, Registrado en el Libro 0120, folio 166, emitido en fecha 17 de Diciembre del año 2015, por el Registrador de Títulos de María Trinidad Sánchez, a nombre de las señoras GLORIA GERTRUDIS ABREU ROSARIO Y ANA ISABEL ALVAREZ. FC 346589
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones de la Ley 2153, de fecha 12 Noviembre de 1949, que agrega un párrafo al artículo 22 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, el Señor: JOSE RAMIESES FAMILIA UREÑA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad personal y electoral No. 001-1665053-2, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. CARLOS ANTONIO NUÑEZ CARABALLO, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de las cédula de Identidad y Electoral No. 047-0188152-8, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional en la calle Colon no.23, Edificio Teruel, apto. 301-A, modulo C, de esta ciudad de La Vega; ADVIERTE a su legitima esposa la Señora ANTONIA RODRIGUEZ ABREU, cuyo último domicilio conocido lo fue en Sabaneta de este municipio de La Vega, y sin domicilio conocido en la República Dominicana, que a falta de información a su actual residencia, se procederá a emplazar en demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, en la persona del Magistrado (a) Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, el día Lunes que contaremos a Veintinueve (29) del mes de MAYO del año Dos Mil Diecisiete (2017); A fin de que comparezca a la audiencia que se celebrará por ante la PRIMERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, a las nueve (09) horas de la mañana, el día que contaremos a DOCE (12) del mes de JUNIO del año Dos Mil Diecisiete (2017), sito en la Tercera Planta del Palacio de Justicia de esta Ciudad de La Vega, ubicado en la intersección de las calles García Godoy no. 32, Monseñor Panal y Duvergé de esta ciudad de La Vega. La presente publicación ha sido autorizada por el Abogado infrascrito, En la Ciudad de la Concepción de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana a los Veinticinco (25) días del mes de MAYO del año Dos Mil Diecisiete (2017).
LIC. CARLOS ANTONIO NUÑEZ CARABALLO ABOGADO DEL CONYUGUE DEMANDANTE (RC-6424-RDT-25-26-27/05/2017)
PUBLICACION DE DIVORCIO Para conocimiento General y Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 1306 Bis sobre divorcio se hacen de público conocimiento, que la sexta Sala Civil para Asunto de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia Civil No. 0763-17, de fecha 27 del mes de abril del año 2017, cuyo dispositivo es el siguiente: “FALLA” PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores HAIM JOSUE GARRIDO BURGOS E KARINA ALTAGRACIA TAVAREZ UREÑA, de conformidad con el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 25-2017, de fecha dos (2) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2011), instrumentado por el DRA. MILAGROS JIMENEZ ABREU, Abogada Notario Público de los Número del Número del Distrito Nacional. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos; Así se pronuncia, ordena, manda y firma: Dr. PEDRO MARCIAL RAMIREZ SALCE, Juez Suplente, Frayer Enríquez Beato Pérez (SECRETARIO), La Presente Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este Tribunal. EL pronunciamiento del divorcio, se realizo en fecha veinticuatro (24) del mes de mayo del año 2017, y ha sido inscrito en el libro de Registro de Divorcio No. 00002, Folios Nos.0199, Acta No. 000136, del año 2017, por ante el Oficial del Estado Civil de la décima Circunscripción del Distrito Nacional. La presente publicación ha sido autorizada por el LIC. LIUSTO FANTONA CASTILLO, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (25) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
LIC. LIUSTO FANTONA CASTILLO ABOGADA APODERADO
De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título con la matrícula No.1400015215, que ampara el derecho de propiedad de la parcela 545, del Distrito Catastral 3 del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, con una extensión superficial de 101,182.00 metro cuadrado, Registrado en el Libro 0120, folio165, emitido en fecha 17 de Diciembre del año 2015, por el Registrador de Títulos de María Trinidad Sánchez, a nombre de las señoras GLORIA GERTRUDIS ABREU ROSARIO Y ANA ISABEL ALVAREZ. FC 346589
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título con la matrícula No.1400015217, que ampara el derecho de propiedad de la parcela 544 del Distrito Catastral 3 del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, con una extensión superficial de 47,975.99 metros cuadrados, Registrado en el Libro 0120, folio 241, emitido en fecha 17 de Diciembre del año 2015, por el Registrador de Títulos de María Trinidad Sánchez, a nombre de las señoras GLORIA GERTRUDIS ABREU ROSARIO Y ANA ISABEL ALVAREZ. FC 346589
Pérdida de un Certificado de Registro de Acreedor Arrendatario Se hace de público conocimiento la Pérdida de un Certificado de Registro de Acreedor Arrendatario de la entidad Isla Dominicana de Petróleo Corporation, referente al inmueble descrito como: Una porción de terreno con una extensión superficial de 498.42 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No. 7, D. C. No. 04 del Distrito Nacional, según Certificado de Título No. 2006-7731, localizada en la Avenida San Martín No. 27, Esq. Oviedo, Santo Domingo, Rep. Dom., propiedad de la entidad MALESA, S.A. FC 346592
VIERNES 26 DE MAYO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL PUBLICACION
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
De Conformidad con lo estipulado en el artículo 5, Párrafos I, II y III de la Ley 122-05, Se hace de Público Conocimiento que la Fundación de Prevención y Rehabilitación Fundapreh, con su domicilio en la Calle Font Bernard, No.18, esquina Apolinar Tejeda, Sector los Prados, Distrito Nacional, Institución sin Fines de Lucro, la cual tiene como Socios Fundadores a los señores DRA. CANDIDA MAURA FERNANDEZ, ING. SIMON BOLÍVAR DURAN SERRA, MANUEL ODALIS CASADO CASADO, LICDA. SONIA ANTONIA GÓMEZ, RAMON DE JESUS PERALTA ROSARIO, AURA OSORIA SANDOVAL, la cual se dedica Ayuda Social, Educativa, Espiritual, de Salud, Prevención y Rehabilitación. Tiene como representante a la DRA. CANDIDA MAURA FERNANDEZ (Presidenta); ING. SIMON BOLÍVAR DURAN SERRA (Vice Pte.). Con una Duración Indefinida, la Directiva Consta de Seis (6) Miembros.
En cumplimiento a lo establecido en el Art. 92 párrafo III de la Ley de Registro de Inmobiliario No.108-05 y el Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se avisa la pérdida del Certificado de Título No.38082, DUPLICADO DEL ACREEDOR HIPOTECARIO, BANCO DE CREDITO Y AHORROS, correspondiente al Solar 17 de la manzana 669 del Distrito Catastral No.01 del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 125.00 Metros Cuadrados, propiedad de la señora MARIA DISLA.
DRA. CANDIDA MAURA FERNANDEZ.
LIC. RAFAEL A. INFANTE CRUZ, Abogado.
FC 346581
FC 346569
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DUPLICADO DEL DUEÑO
AVISO PERDIDA DE CERTIFICACIÓN DE REGISTRO DE ACREEDOR
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Duplicado de Dueño número Certificado de Título No.2005-3941, que ampara el derecho de propiedad de la parcela No.311-A-Reformada-57-A, del Distrito Catastral No.32 del Distrito Nacional; sección y lugar Boca Chica, con una extensión superficial de 702 metros cuadrados, emitido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 18 del mes mayo del año 2005, a nombre del señor Epifanio Andrés Gómez Beltres, portador de la cédula de identidad electoral No.001-1264831-6.
De conformidad con lo que dispone el Art. 92, párrafo 3 de la Ley No.108-05, sobre Registro Inmobiliario y del artículo 86 del reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida de la Certificación de Registro de Acreedor matriculada con el No. 0800005266, que ampara una porción de terreno con una superficie de 22,010.20 metros cuadrados, dentro de la parcela No.1-C, del Catastral No. 6, del Municipio de Mao, provincia Valverde, propiedad de ANA ROSARIO RAFAELA MADERA DE OLIVO, y expedida a nombre del BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA.
DR. RAUL M. RAMOS CALZADA. Director Jurídico FP26528
FC 346582
AVISO PARA LA VENTA DE INMUEBLES EN PÚBLICA SUBASTA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De conformidad con el Artículo 153 de la Ley 6186 de Fomento Agrícola y el Artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la Ley No. 764 del 20 de diciembre de 1944, se hace la presente publicación: FECHA DE ADJUDICACIÓN: El día MIERCOLES que contaremos a CATORCE (14) de JUNIO del año Dos Mil Diecisiete (2017), a las nueve (9) horas de la mañana. TRIBUNAL COMPETENTE: Quinta (5ta) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; ubicada en uno de los salones del tercer (3er.) piso del Palacio de Justicia, (Palacio de Las Cortes) ubicado entre las Calles Hipólito Herrera Billini, Juan de Dios Ventura Simón, Dr. Horacio Vicioso y Dr. Juan Bautista Pérez del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a las nueve (9:00 a.m.) horas de la mañana. DESIGNACIÓN DE LOS INMUEBLES: SOBRE EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: APARTAMENTO NUM.401, CUARTO NIVEL DEL CONDOMINIO TORRE ARISTON, MATRICULA NUM.0100252014, CON UNA SUPERFICIE DE 244.00 METROS CUADRADOS, EN EL SOLAR 11, MANZANA 1726, DEL DISTRITO NACIONAL, PROPIEDAD DE: YERMYS ALEXANDRA PEÑA VALDEZ. PERSIGUIENTE: La venta en Pública Subasta de que trata el presente pliego de condiciones, se realiza a requerimiento del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS MULTIPLES, institución bancaria organizada de acuerdo con la Ley No. 6133 de fecha 17 de diciembre de 1962 y sus modificaciones, con su oficina principal en el edificio marcado con el No. 201 de la calle Isabel La Católica de la Ciudad de Santo Domingo, debidamente representado en este acto por la Licda. Zoila Alicia G. Bulus Nieves, dominicana, mayor de edad, soltera, funcionaria del banco, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0092883-7, quien actúa en su calidad de Directora de Cobros, tiene como abogados constituidos y apoderados especiales al LICDO. LUIS H. ACOSTA ALVAREZ, DR. ERASMO BATISTA JIMENEZ y al LICDO. MARINO ANTONIO CORDERO NUÑEZ, abogados de los Tribunales de la República, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Núms. 001-0127398-5, 048-0056283-9 y 001-1519300-5, debidamente matriculados en el Colegio Dominicano de Abogados, con los números 5097-141-87, 6768-411-88 y 38060-237-08, con su estudio con su estudio profesional común abierto en un apartamento de la segunda planta del Edificio Torre Bella Vista, en el cual se aloja una de las oficinas del Banco de Reservas de la República Dominicana, ubicada en la Avenida 27 de Febrero Núm.336, entre las avenidas Dr. Defilló y Winston Churchill, ensanche Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, Teléfono (809) 960-7100, Ext. 2569, donde el persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente del presente acto y del procedimiento de Embargo Inmobiliario. EMBARGADA: CARLOS POLIBIO MICHEL PRESBOT, en calidad de deudor En la Calle Primera Núm.18, Edificio Bélgica IV, Apartamento 702, Bella Vista, Distrito Nacional, lugar donde tiene su domicilio del señor CARLOS POLIBIO MICHEL PRESBOT, en calidad de deudor y YERMYS ALEXANDRA PEÑA VALDEZ, calidad de Tercera Ostentadora, a la Calle Frank Feliz Miranda, apartamento 401 de la Torre Aristón, Edificio Núm.49, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: El Mandamiento de Pago fue notificado a la embargada en fecha ocho (08) del mes de Marzo, del año Dos Mil Diecisiete (2017), mediante Acto número 216/2017, instrumentado por el Ministerial CARLOS MANUEL METIVIER MEJIA, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Octava Sala del Distrito Nacional, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, inscrito el día Veintitrés (23) de Marzo del 2017, por ante el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. PRECIO: El precio de primera puja fijado por el persiguiente es la suma de RD$4,169,801.82 (CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS UN PESOS DOMINICANO CON 82/100), por concepto de capital e intereses, más los gastos y honorarios del procedimiento, los cuales serán sumados como precio de primera puja, de conformidad con la Ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Todo licitador deberá depositar en la Secretaría de la Quinta sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana, sin cuyo requisito no será admitido licitador de conformidad con el pliego de condiciones depositado. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo lo anterior, de conformidad con el pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado en la Secretaría de dicho tribunal en fecha Treinta y uno (31) de Marzo del año dos mil Diecisiete (2017). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Veintiséis (26) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Licdo. Marino Antonio Cordero Núñez, Lcdo. Luis H. Acosta Alvarez y el Dr. Erasmo Batista Jiménez, Abogados del Banco de Reservas. FG 26529
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Aviso de Requerimiento y Fijación de Audiencia para fines de Saneamiento Reclamante: L.B. Pesa, S.R.L., REPRESENTADA POR Idalia Altagracia Molina Pérez de Pérez Agrimensor: Orlando Lorenzo Gómez Gómez Codia: 11161 Parcelas resultante No. 207108168835 y 207108593104 En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original se cita:Alas personas mencionadasyatodasaquellasquecreanteneralgúninterésoderechosobreesteinmuebleasanear,paraquesepresenten por ante esteTribunal deTierra y Jurisdicción Original de Barahona, ubicado en la Calle Colon No. 43, Palacio de Justicia a la audiencia fijada para el 30/06/2017, a fin de dar a conocer los derechos que considere presentado de forma legal las pruebas en la que se basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado.
FC346595
Juan Domingo Méndez Quezada Juez de la TJO- Barahona Lo Certifica: Ana Yibi Feliz Pérez Secretaria –Titular
De conformidad a las disposiciones del Art. 92 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario, y Art. 86 de su Reglamento, se hace de público conocimiento que se ha Perdido y/o Extraviado la Constancia Anotada Matrícula No.0100173848, de fecha 31 de Agosto del 2011, expedido por la Registradora de Títulos del Distrito Nacional, correspondiente al Apartamento No.4-B, Condominio FREDDY V, con una Superficie de 96.60 Metros Cuadrados, en la Parcela No. 17-B-1-REF.-A-28-4-B-21-SUB.-27, del Distrito Catastral No.06, ubicado en el Distrito Nacional, propiedad de los señores ING. FRANCISCO ELPIDIO ROSARIO RODRIGUEZ Y FREDDY RAMON ROSARIO BRUNO. En e1 Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Diez (10) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Diecisiete (2017).
Por este medio se hace de público conocimiento, el sometimiento a corrección por error inducido en el Certificado de Título número 67-4027, de fecha 17 de octubre del 2003, constancia anotada de venta, correspondiente a la parcela 56-B-1-A, del Distrito Catastral No. 03, con una porción de 250 metros cuadrados, propiedad del señor JOSE ACOSTA, quien es de estado civil Soltero y que por error inducido aparece como casado en el certificado de titulo indicado, la presente publicación se hace para los fines de dar cumplimiento al debido proceso indicado en la ley.
DR. TOMAS GONZALEZ BALBI, Abogado.
LIC. MILBIA GUERRERO, Abogada-Apoderada.
FC 346584
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el artículo No.92 párrafo 3 de la ley de Registro Inmobiliario No. 108-05, del 23 de mayo del año 2005 y artículo 86 letra B del Reglamento de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 03-010, Duplicado del Dueño a nombre de la Sra. ROMAN BETELLIS PEREZ, que ampara la parcela No. 15-W del Distrito Catastral No.4, del Municipio de Bonao, sitio Sonador, lugar Sonador, Provincia Monseñor Nouel; Con una extensión superficial de 00 hectárea, 02 áreas 40 centiáreas, 65 decímetros cuadrados equivalente a 240.65 metros cuadrados.
FC 346598
CORRECION POR ERROR INDUCIDO
FC 346572
VISTA PUBLICA Por medio de la presente le invitamos a la vista pública del proyecto “ENVASADORA PUNTO CERO GAS”, Cód. 14279, dicha vista pública se realizará el miércoles 31 de mayo del 2017, a las 11:00 A.M., en los terrenos del proyecto, donde se habilitará un área para tales fines. El proyecto se dedicará a la venta de GLP, para vehículos que transita la zona y suplir a las comunidades cercanas. El proyecto estará ubicada en la calle Principal, Barrio Nuevo, Distrito Municipal La Canela, provincia Santiago de los Caballeros.
YVONNE NIN DE CAWOOD, Promotora. FC 346575
DR. RAMON PRIMITIVO NIEVES, Abogado.
Aviso de Pérdida de Certificación de Título De conformidad con lo que dispone el párrafo III, Art. 92, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título, Certificado No. 19493 inscrita en el libro 66, folio 30, a nombre de L y M Inmobiliaria C x A, correspondiente a la parcela No. 899 Subdividida 23 del Distrito Catastral No. 8 provincia de Azua con una superficie de 09H75A70M. Emitido por el Registrador del Depto. De Baní, en fecha del 23 de Agosto del 2004.
COMPAÑÍA L Y M INMOBILIARIA, S.R.L.
FC 346594
EL BANCO NACIONAL DE LAS EXPORTACIONES (BANDEX), Continuador Jurídico del Banco Nacional de Fomento de la Vivienda y la Producción - BNV, en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Artículo 83 del Reglamento General, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el CERTIFICADO DE TITULO, Matrícula No. 3000197572, (CERTIFICADO DEL REGISTRO DE ACREEDOR), a nombre de CARLOS MANUEL VASQUEZ, de nacionalidad Dominicana, mayor de edad, Cédula de Identidad y Electoral No.001-1253915-0, soltero, que ampara el derecho de propiedad de inmueble descrito como: “APARTAMENTO No.401, EDIFICIO C del Condominio del RESIDENCIAL BRISAS DEL RIO Matrícula No. 300197572, con una superficie de 70.00 Metros Cuadrados, en la Parcela 2-PRO+004-2511625117-006-10907 del Distrito Catastral No. 16, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO”. El derecho tiene su origen en Venta con Hipoteca, según consta en el documento de fecha 13/Jul/2007. Acto bajo firma privada legalizado por la Licda. Dulce M. Féliz. Nota: Se hace constar que este apartamento posee un (1) parqueo destechado para vehículo liviano. Este asiento consta en el Libro de Títulos No.0656, Folio 149, y en el Registro Complementario No.0702, Folio RC 021. Inscrito a las 12:40:00 pm el 16/Ago/2007. Se encuentra registrado el asiento No.331462971. HIPOTECA CONVENCIONAL en primer rango a favor del BANCO NACIONAL DE FOMENTO DE LA VIVIENDA Y LA PRODUCCION (BNV), por un monto de RD$25,000,000.00. El derecho tiene su origen en el documento de fecha 18/Abri1/2006, acto bajo firma privada legalizado por la Licda. Matilde Guerrero, inscrito a las 09:06:00 am, el 21/Abril/2006. Asentado en el libro de Registro Complementario No.702, Folio No.21. FC 346600
AVISO DE MENSURA En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Miércoles Siete (7) de Junio del año 2017, a las 11:00 a.m., yo Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 663201704604, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, procederé a realizar los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de los Solares Nos. 1-A-2 y 3 de la Manzana No. 620 del D.C. No. 01 del Distrito Nacional, a solicitud del Sr. Aquias Guzmán Saldívar, quien actúa por sí y en representación de la compañía Guzmán Auto Import, S.R.L.
Agrim. Carlos Ml. Martinez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072. FC 346588
AVISO DE MENSURA En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Lunes Cinco (5) de Junio del año 2017, a las 10:00 a.m., yo Agrim. Carlos Manuel Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 663201704387, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, procederé a realizar los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 215 del D.C. No. 2/7ma., del Municipio Guaymate, Provincia La Romana, a solicitud de los Sres. Dalvin Olivero Ramírez y Noemí Zabala Durán.
FC 346588
Agrim. Carlos Ml. Martinez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072.
AVISO DE MENSURA En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Jueves Ocho (8) de Junio del año 2017, a las 9:00 a.m., yo Agrim. Carlos Manuel Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 662201703517, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, procederé a realizar los trabajos de Deslinde y Refundición dentro del ámbito de la Parcela No. 84-007.968 y 156 del D.C. No. 02 del Municipio Moca, Provincia Espaillat, a solicitud de los Sres. Yomari Mercedes Domínguez Martínez, Luis Laureano Lantigua Acosta y Benancia Maribel Cruceta Peña.
Agrim. Carlos Ml. Martinez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072. FC 346588
VIERNES 26 DE MAYO 2017 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo 92, párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título No. 74-45, que ampara el derecho de propiedad con una extensión superficial de 200 Tareas, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No. 06, del Distrito Catastral No. 3 de Mata Bonita, Sección Los Jengibres del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, el cual figura a nombre del Señor VICTOR MARTINEZ TEJADA. FC346612
PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO Se hace de público conocimiento la Pérdida del Certificado de Depósito No. 3270-DISTRITO 02, del Banco MEDICOOT, de fecha 20/11/2010, por valor de RD$ 126,150.00, a nombre de ANA YDALIA CUETO PERALTA, cédula: 037-0080932-4. La presente publicación se hace para los fines de Ley correspondiente. FC346604
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que establece el artículo 204 de la Ley 1542 de Registros de Tierras, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado la matrícula No. 3000128230, la cual se encuentra a nombre de JOSE ANTONIO RAMOS DIAZ y ROSA DE LA CRUZ, que ampara la Parcela No. 1317, del D.C. No. 03, del municipio de Jarabacoa-La Vega, el derecho tiene su origen decreto de registro, según consta en el documento No. 2004-006, de fecha 19/07/1995, decreto emitido por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, inscrito a las 12:00:00 p.m., el día 16/03/2004, el presente original sustituye al del libro No. 33, Folio No. 19, hoja 28, en virtud de lo establecido en la Resolución No. 622-2007, del 29 de marzo del 2007, de la Suprema Corte de Justicia que aprueba los nuevos formatos de la Jurisdicción Inmobiliaria. FC 346613
VISTA: La aprobación de fecha 1º/02/2017, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, mediante la cual aprueba la mensura para Saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmuebles: Provincia San Juan, municipio San Juan de la Maguana; D.C. No. Pos. 4 y 207791038566, Parcela 2544, 2144 y 2546. VISTOS: Los artículos 1, 3, 10, 23, 25, párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, 23 letra “G”, 26, 27, 46 del Reglamento de los Tribunales de Tierras de la Jurisdicción Inmobiliaria. RESUELVE: PRIMERO: Fijar la audiencia oral, pública y contradictoria para el día 06/06/2017 a las 09:00 a.m., a celebrarse en el lugar donde se encuentra ubicado en el inmueble. SEGUNDO: Se ordena la citación por acto de alguacil a: AGRIM. BENIGNO ANTONIO MATOS MEJIA, DOLORES SOFIA DUME BAEZ (Reclamante), VINICIO ALCANTARA, TOMAS DE LA CRUZ (Colindantes) y a todos a quienes pueda interesar, para que comparezcan a la audiencia, del día, hora y lugar indicados. Dado: En la ciudad de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, a los 4 de mayo de 2017, años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
Agrim. Carlos Ml. Martinez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072. FC 346588
AVISO DE MENSURA En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Jueves Ocho (8) de Junio del año 2017, a las 5:00 p.m., yo Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 662201702543, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, procederé a realizar los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 151 del D.C. No. 03 del Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, a solicitud del Sr. Radames de Jesús Hernández, quien está representado por el Sr. Rafael Medina Sonni.
Agrim. Carlos Ml. Martinez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072. FC 346588
AVISO DE MENSURA En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Martes Seis (6) de Mayo del año 2017, a las 10:00 a.m., yo Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 663201704345, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, procederé a realizar los trabajos de Deslinde dentro del ámbito del Solar No. 22 de la Manzana No. 590 del D.C. No. 01 del Distrito Nacional, a solicitud de las Sras. Altagracia Valentina Casimiro Mojica y Rafaela Altagracia Casimiro Mojica.
FP90290
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Para general conocimiento y cumplimiento de lo que dispone el Art. 92, párrafo III, de la Ley de Registro Inmobiliario 108-05, se hace saber que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No.0100029864, inscrita en el Libro 2720, Folio 109. Correspondiente a la Unidad Funcional No.203, del condominio Residencial Leydi Patricia. Con designación Catastral. No.309454781516 del Municipio de Santo Domingo Oeste. Expedido a Nombre del señor Ramón Octavio Suzaña Geraldo
Martina Romero Piña
Agrim. Carlos Ml. Martinez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072.
AVISO DE MENSURA En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Viernes Nueve (9) de Junio del año 2017, a las 10:00 a.m., yo Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 663201704346, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, procederé a realizar los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 35 del D.C. No. 12 del Municipio Villa Altagracia, Provincia San Cristóbal, a solicitud de los Sres. Domingo Cleto Villar, Arsenio Familia Alcántara, Nolberto Arias Valenzuela, Nixon Jiménez Carvajal y Evaristo Antonio Marte.
Agrim. Carlos Ml. Martinez Leyba, Agrimensor Contratista. CODIA 25072.
Aviso de Mensura Catastral para Deslinde Expediente No. 662201703145 VISTA: La Autorización para realizar los trabajos de Deslinde, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte el 25 de Abril del 2017, propiedad de: Gloria María Rodríguez Román. Se Avisa al Público en General: Que el día 12 de Junio del 2017 a las 09:00 am. se dará comienzo a la medida de los Trabajos de Deslinde dentro de la Parcela No.129-A, D.C. No. 06 del Municipio de Santiago, Provincia de Santiago. Ubicado en la Carretera Jacagua Esquina Proyecto Los Salados Santiago. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés en este proceso.
Agr. José Dionicio Pérez Collado, Codia 10424.
Aviso de Mensura Catastral para Deslinde y Refundición Expediente No. 662201703148 VISTA: La Autorización para realizar los trabajos de Deslinde y Refundición, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte el 25 de Abril del 2017, propiedad de: Gloria María Rodríguez Román. Se Avisa al Público en General: Que el día 12 de Junio del 2017 a las 11:00 am. se dará comienzo a la medida de los Trabajos de Deslinde y Refundición, dentro del Solar No.01 Manzana No. 1340 D.C. No. 01 y los Solares Nos.01,02 y 03 de la Manzana No.1562 del D.C. No.01 del Municipio de Santiago Provincia de Santiago. Ubicado en la Carretera Jacagua Esquina Calle-10 Urb. Los Reyes Santiago. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés en este proceso.
Agr. José Dionicio Pérez Collado, Codia 10424.
PUBLICACION DE DIVORCIO
Aviso de Mensura Catastral para Deslinde y Refundición Expediente No. 662201703150
En virtud de las disposiciones legales vigentes, contenidas en el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha treinta y uno (31) del mes de marzo del 2017, la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil No. 00555-17, la cual en su parte dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos FELIX MARTIN SUAREZ JEREZ y MARY ALTAGRACIA MONTILLA MARTINEZ, en consecuencia homologa el Acto de Estipulaciones de Divorcio No. Tres (3), instrumentado por ante el Notario Público de Santo Domingo Este, LICDO. MARIANO ARTURO CORNELIO JIMENEZ MICHEL en fecha 06/02/2017. SEGUNDO: Ordena al Oficial correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo la referida sentencia de divorcio ha sido pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción, de Distrito Nacional, en fecha 19/5/2017, en el Libro No. 00010, Folio 0103, Acta No. 000944, del año 2017. En el Distrito Nacional, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
VISTA: La Autorización para realizar los trabajos de Deslinde y Refundición, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte el 25 de Abril del 2017, propiedad de: Gloria María Rodríguez Román. Se Avisa al Público en General: Que el día 13 de Junio del 2017 a las 10:00 am. se dará comienzo a la medida de los Trabajos de Deslinde y Refundición, dentro de la Parcela No163-B D.C. No. 06 y la Parcela No.162 del D.C. No.06 del Municipio de Santiago Provincia de Santiago. Ubicado en la Calle-B No.11 Cerro Alto de Santiago provincia de Santiago SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés en este proceso.
FP 90287
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 92, párrafo III, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de conocimiento público la perdida del Certificado de Título No.2007-7254, de fecha 12 de Septiembre del año 2007, inscrito en el Libro No.2554, Folio 114, de fecha 01 de Julio del año 2013, correspondiente al Parcela 199-B-1-A-2-C-9-RFF.-51-B-15, del Distrito Catastral No. 6, del Distrito Nacional, que tiene una superficie de 243.34 metros cuadrados, ubicado en Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, propiedad de LUSODILIA DOMINICANA YRRIZARRY NOVA.
PUBLICACION DE DIVORCIO
FC 346588
ERNESTO CASILLA REYES.
EPIFANIO PERDOMO SUERO, Abogado.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE MENSURA En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y del Reglamento General de Mensura Catastrales (Resolución No. 628-2009), se hace de público conocimiento que el día Sábado Veintisiete (27) de Mayo del año 2017, a las 8:00 a.m., yo Agrim. Carlos Ml. Martínez Leyba, autorizado mediante el expediente No. 663201703996, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, procederé a realizar los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 15 del D.C. No. 18 del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, a solicitud del Sr. José Ángel Heredia Segura.
FC 346588
PODER JUDICIAL REPÚBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE JURISDICCIÓN ORIGINAL PROVINCIA SAN JUAN AUTO DE FIJACION DE AUDIENCIA No. 102 EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
LEGAL 19
Agr. José Dionicio Pérez Collado, Codia 10424.
AVISO DE MENSURAS EXPEDIENTE No. 662201701567, VISTA: La Autorización de fecha 1ero de Marzo del 2017, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, a petición de: Juan José Jiménez Reynoso, en calidad de presidente de la compañía BIENES LATINOS, S.A. R.N.C. No. 1-02-32900-1. Se avisa al público en general que el día 7 de Junio del 2017, a las 9:00, A.M, se dará inicio a los trabajos de Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 539, del D.C. No 4, Municipio de Tamboril, Provincia de Santiago. A los 25 días de Mayo del 2017.
Yrving Néstor Geraldo Gómez, Agrim. Contratista.
De conformidad con las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace saber: que la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó una sentencia marcada con el No. 1016/2017, de fecha Veintiséis (26) del mes de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2017); cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señora Belkys Herrera Cuevas, por no comparecer ante este tribunal no obstante citación legal. SEGUNDO: Acoge como regular y valida en cuanto a la forma la presente demanda de Divorcio, por haber sido hecha conforme a la ley; y en cuanto al fondo admite el Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores Belkys Herrera y Endry Ramón Rosario Cabrera, por los motivos precedentemente expuestos; TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía de Estado Civil correspondiente previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio; CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos; QUINTO: Comisiona al ministerial Ángel Pujols, Alguacil de Estrado del 1er. Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, a los Fines de Notificar la presente sentencia. SEXTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos; Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, JUEZA; BRENDA A. ROSARIO, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la Sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha Cuatro (04) del mes de Mayo del Año Dos Mil Diecisiete (2017), bajo el Libro Letra E, Folio No. 3271. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Dominicana, a los Veintitrés (23) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Diecisiete (2017).
LICDA. MARISOL GONZALEZ BELTRAN, Abogado.
FC 346529
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento: Que en fecha treinta (30) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016), la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil No. 04248/2016, la cual admite el divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores ZEIDA NOEMI FIGUEREO ROMAN y KEVIN GONZALEZ REYES, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señor KEVIN GONZALEZ REYES, por no comparecer, ante este tribunal, no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la presente demanda de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, interpuesta por la señora ZEIDA NOEMI FIGUEREO ROMAN, contra el señor KEVIN GONZALEZ REYES, mediante acto No. 575/2016, de fecha cinco (05) del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016), diligenciado por el ministerial Plinio Franco Gonell, Ordinario de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por haber sido interpuesta con apego a las normas que rigen la materia. TERCERO: En cuanto al fondo, admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores ZEIDA NOEMI FIGUEREO ROMAN y KEVIN GONZALEZ REYES, con todas sus consecuencias legales, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente sentencia. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Así mismo, se hace saber que en fecha 11 de mayo del año 2017, la Oficialía del Estado Civil de la 1era. Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció el divorcio admitido por la Sentencia No. 04248/2016, procediendo a realizar el registro destinado a tales fines en el Libro No. 00009 de Registros de Divorcio, Folio No. 0177, Acta No. 000882, año 2017, según se puede comprobar mediante certificación otorgada para tales por la Oficiaría correspondiente, en fecha 12 de mayo del año 2017. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los 22 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
LICDA. ROSA MAGALYS RAMIREZ. FP 90286