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El Nuevo Diario

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SÁBADO 30 ABRIL 2022 | AÑO NO. 40 • EDICIÓN 12971 | SANTO DOMINGO, R.D. | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CARLOS BONILLA Ministro de la Vivienda y Edificaciones destaca ante la ONU esfuerzos en materia de vivienda P.04

ECONÓMICAS

EL MUNDO

El Gobierno vuelve a frenar alzas de hasta RD$100 combustibles; subsidia RD$1,060 MM

EE.UU. entrena a militares ucranianos en Alemania; Ucrania espera su armamento

P.11

P.22

GERALDO CONCEPCIÓN Diputado PRM justifica el Gobierno no ha iniciado obras prometidas por la “odisea” Ley de Compras

P.06

EDITORIAL @maldonadopersio

TIEMPO DE SEMBRAR

RD Y COLOMBIA FIRMAN CINCO ACUERDOS FORTALECER NEXOS BILATERALES; MANDATARIOS EMITEN DECLARACIÓN SANTO DOMINGO.- La República Dominicana y Colombia firmaron ayer cinco acuerdos, entre ellos sobre hidrocarburos y seguridad, con el propósito de fortalecer las relaciones bilaterales, destacaron los presidentes de ambos países, Luis Abinader e Iván Duque, en una declaración conjunta. Los acuerdos fueron rubricados durante la primera visita oficial que Duque, quien termina su mandato en agosto próximo, que realiza a la República Dominicana y que incluyó una intervención en el Congreso Nacional y una reunión con los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados. P.03

Es claro que una sociedad en capacidad de autoalimentarse garantiza un propósito esencial de toda nación. Y si a eso, además, le agregamos posibilidades de ser exportadora, entonces estamos bien plantados para impulsar el desarrollo. Sembrar está relacionado en un primer momento a la parte básica de una economía, como es la agricultura. Sin embargo, en término figurado esa expresión tiene una significación más amplia vinculada a la generación de riquezas en todos los órdenes. Una economía potencial está vinculada a la diversidad productiva, por tanto, con el agro viene la agroindustria. Cuando eso sucede ocurre que hemos agregado valor. Los dos últimos años nos dicen que tenemos que pensar y sembrar.

Para perfilar candidato presidencial del 2024

JCE informa acoge de manera parcial solicitud PLD de colaborar en consulta

La Junta Central Electoral (JCE) acogió parcialmente la solicitud de colaboración para la consulta interna del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para perfilar su candidato presidencial de cara a las elecciones del 2024. Rechazó facilitarle los recintos que funcionan como colegios electorales, aunque sí facilitará los equipos electrónicos, sin incluir el software P.06


02 DE ENTRADA

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FUNDADO EL 8 DE MAYO DE 1981

DE ENTRADA

Miembro de la Sociedad Dominicana de Diarios, Inc. Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) CONSEJO DE DIRECTORES

FP sugiere dejar libre de arancel materias primas de los productos de la canasta básica en la R. Dom. ESPAILLAT. – El Partido Fuerza del Pueblo (FP) exhortó ayer al Gobierno a que adopte una serie de medidas con el objetivo de contrarrestar el alza constante de los precios, entre las que se resalta dejar libre de arancel a las materias primas utilizadas para productos de la Canasta Básica Familiar. “Fuerza del Pueblo hace un llamado al Gobierno y a las autoridades del sector agropecuario para que se aboquen a la implementación de políticas públicas que permitan la aplicación de medidas efectivas y transparentes frente a los productores y consumidores nacionales, tales como: a) Dejar libre de arancel las materias primas utilizadas para productos de la Canas-

Instituto Duartiano y Alcaldía develan un busto y tarja de Juan Pablo Duarte RAMON A. MEDINA

ta Básica Familiar”, indica el documento leído por el secretario de Desarrollo Rural, Modesto Reyes Valentín, en una conferencia de prensa. Además, la FP plantea al Gobierno “fortalecer el crédito agropecuario, respetar los acuerdos y cuotas de producción, realizar una política efectiva de regulación de precios, evitar niveles excesivos de intermediación,

NÚMEROS PREMIADOS

(29-04-2022)

QUINIELA PALÉ 1º 70

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SUPER KINO T V 01 26

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controlar con políticas públicas la especulación de los productos de primera necesidad y reponer a los técnicos cancelados del sector agropecuario”. Las declaraciones fueron emitidas previo al inicio del Foro Temático que organiza en diferentes provincias la Secretaría de Formación Política de la FP, que en esta ocasión se realizó en Espaillat.

INDEPENDENCIA. - El Instituto Duartiano y la Alcaldía develaron ayer el busto y tarja del patricio Juan Pablo Duarte, Padre de la Patria, el presidente del Instituto y el alcalde municipal, encabezaron la actividad patriótica, en la cual estuvieron presentes los miembros del Consejo de Regidores. Wilson Gómez Ramírez,

presidente del Instituto Duartiano, dejó abierto el espacio donde dijo, se rendirá tributo en ocasiones especiales, a la memoria del principal fundador de la dominicanidad. “La juventud, los estudiantes, la Alcaldía, el estudiantado, la sociedad en sentido general tiene ya en este espacio un lugar donde rendir tributo a Juan Pablo Duarte, Padre de la Patria, fundador de nuestra dominicanidad.

El DN y 6 provincias en alerta verde por las lluvias SANTO DOMINGO. - El Distrito Nacional y seis provincias han sido colocados en alerta verde debido a la incidencia de una vaguada que causará este sábado lluvias con tormentas eléctricas y ráfagas de viento, especialmente en horas de la tarde y la noche. El Centro de Operaciones de Emergencias (COE) dijo en un comunicado que la mayor parte de las lluvias

caerán sobre las localidades ubicadas en el noreste, sureste, suroeste y la cordillera Central. Además de la capital, la

alerta verde fue dada para las provincias de Santo Domingo, La Altagracia, Monte Plata, Hato Mayor, San Pedro de Macorís y El Seibo.

Presidente: Persio Maldonado Primer Vicepresidente: Héctor Corominas Peña Segundo Vicepresidente: Aura Minerva González Secretario: Francisco Pérez Encarnación Tesorero: Mario Viñas Betances Vocales: Roberto Lama, Vincenzo Mastrolilli, Carlos Bonilla Sánchez, Persio Sully Maldonado Bonnelly Director: Persio Maldonado Directora Ejecutiva: Cosette Bonnelly Jefe De Redacción: Luis Brito Gerente General: Persio Maldonado Bonnelly Editora El Nuevo Diario S.A. Avenida Francia No. 41, Esq. Rocco Cochia.

Santo Domingo, R. D.

Tel.: 809-687-7450 Fax: 809-687-3205 • Publicidad Legales 221/234 • Ventas 239/233/249 • Redacción 226/241 • Administración 237 • Recursos Humanos 235 • Circulación y Suscripción 228 • Contabilidad 227 • Caja 231 • Cobro 230 • Impreso 248

Oficina Santiago Calle Mella Esq. General Cabrera. R. D. Teléfonos: 809-583-1578 Fax.: 809-581-6542 El Nuevo Diario redaccionnd@gmail.com info@elnuevoadiario.com.do

Como es habitual en estos casos, el COE recomendó a los habitantes de esas demarcaciones seguir las orientaciones de los organismos de protección civil. Asimismo, ante la ocurrencia de aguaceros, los residentes en zonas de alto riesgo que habitan próximo a ríos, arroyos y cañadas deben de estar atentos y tomar las medidas de precaución necesarias ante posibles crecidas e inundaciones repentinas.

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DE ENTRADA 03

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Iván Duque condena “genocidio” de Rusia y “dictadura” Venezuela

SANTO DOMINGO. - El presidente de Colombia, Iván Duque, afirmó que los principios de la democracia no están “abiertos” a la negociación, tildó de “genocidio” la invasión de Rusia a Ucrania y llamó “dictadura oprobiosa” al Gobierno de Venezuela. Duque, quien se dirigió ante una sesión conjunta del Congreso Nacional (bicameral) dominicano, dijo que el Gobierno de Nicolás Maduro ha causado la “mayor crisis migratoria” reciente en América Latina y que su país ha acogido a más de 1,8 millones de venezolanos. El gobernante derechista que realiza una visita oficial de un día a República Dominicana, advirtió que la democracia en la región se ve amenazada por la “demagogia” del populismo que “vende pan para hoy, pero encuba hambre para mañana”. “Existen ‘dictadorzuelos’ que han disfrutado de la libertad entrando por la democracia, solo para llegar hacia las más horrendas dictaduras”, expuso el mandatario, aplaudido de pie en varias ocasiones. También se refirió a la inflación mundial y consideró “necesario” que las autoridades económicas internacionales reconozcan la independencia de los Gobiernos en esa área, para evitar que el crecimiento económico pueda terminar generando más inflación y más deterioro social. En ese sentido, planteó que el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) acepten la condonación de parte de las deudas externas y la posibilidad de pagos diferidos en el tiempo para que los países latinoamericanos puedan hacer frente a la crisis causada por el cambio climático.

RD y Colombia firman cinco acuerdos para fortalecer relaciones bilaterales Abinader y Duque emiten una declaración conjunta YHANELLY RODRÍGUEZ ISMAEL HIRALDO

SANTO DOMINGO. - La República Dominicana y Colombia firmaron ayer cinco acuerdos, entre ellos sobre hidrocarburos y seguridad, con el propósito de fortalecer las relaciones bilaterales, según destacaron los presidentes de ambos países, Luis Abinader e Iván Duque, tras una reunión en el Palacio Nacional. Los acuerdos fueron rubricados durante la primera visita oficial que Duque, quien termina su mandato en agosto próximo, realiza a la República Dominicana y que incluyó una intervención en el Congreso Nacional y una reunión con los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados. El primer convenio en firmarse se refiere a la cooperación en el campo de la industria de los hidrocarburos, que permitirá impulsar el intercambio de experiencias en este sector y promover el desarrollo de actividades de exploración y explotación. A este le siguió uno sobre cooperación entre las policías de ambos países con el fin de prevenir y luchar contra la delincuencia en sus distintas formas, así como contra el terrorismo. Otro de los acuerdos tiene que ver con la administración pública, mientras que un cuarto trata del intercambio de información migratoria enfocado en facilitar la movilidad de las personas entre ambas naciones. También ambos gobiernos firmaron una carta de intención en materia depor-

Los presidentes dominicano Luis Abinader y el colombiano Iván Duque, en el Palacio Nacional. (Fotografía: Vladimir Santos).

En un discurso de aproximadamente media hora, Duque, en medio de diferencias habituales, dijo que la nación dominicana se ha sostenido como la de mayor crecimiento en la región y agregó que desde el Congreso Nacional se han respaldado las medidas para que se logren sus afirmaciones. tiva y de migración. Tras la firma de los acuerdos, ambos gobernantes ofrecieron declaraciones, donde Duque agradeció al Gobierno dominicano por la hospitalidad y reiteró el apoyo de Colombia a República Dominicana en cuanto al combate contra el narcotráfico. De su lado, Abinader expresó que, en términos de la lucha contra el narcotráfico, conjuntamente con Estados Unidos, República Dominicana ha tenido también una

colaboración especial y eficiente de Colombia. Agregó que la eficiencia de esa colaboración la demuestran los altos niveles de efectividad de la Dirección Nacional de Control de Drogas, que conjuntamente con colaboración de Colombia y EEUU ha podido incautar cada vez más alijos de drogas. Duque asegura Abinader ha reducido pobreza en RD

Asimismo, Duque destacó que el presidente Abinader ha logrado “una reducción importante en la pobreza”, la cual aumentó debido a la pandemia del Covid-19. Duque sostuvo que la economía dominicana y la de su país fueron las que más crecieron el año pasado. Mencionó, además, los avances en materia de inversión y en el comercio. Sostuvo que seguirán trabajando para atraer más inversiones dominicanas a ese país.

Condecoración

Tras la firma de los acuerdos, ambos gobernantes se condecoraron entre sí. Mediante el decreto 19522, Abinader otorgó la condecoración Duarte, Sánchez y Mella, en el grado Gran Cruz Placa de Oro, al presidente de Colombia. Mientras que Duque, mediante el decreto 615 del 25 de abril de 2022 condecoró a Abinader con la Orden de Boyacá, en el grado de Gran Collar. Asegura en Colombia hay garantías para inversionistas

Además, el presidente Duque aseguró que en esa nación hay beneficios y garantías para los inversionistas dominicanos que se interesen en llevar sus capitales a ese país. Así lo declaró Duque a través de su cuenta de Twitter, donde dio a conocer algunos de los temas tratados con su homólogo

dominicano Luis Abinader, y con un grupo de empresarios dominicanos. Ante el CN, Duque destaca acciones RD durante pandemia

Ante el Congreso Nacional, el presidente colombiano destacó el “exitoso” plan de vacunación y la implementación de programas sociales del Gobierno dominicano, durante los momentos más intensos que causó la pandemia del covid-19. Duque recordó que hace dos años, las naciones de Latinoamérica estaban sumergidas “en una incertidumbre” por las crisis económicas que trajo la pandemia, pero destacó que República Dominicana resaltó entre las demás por ser “una economía creciente y vigorosa”. “Recordamos los momentos en que se disparaba la capacidad de respuesta, pero hoy vemos lo que hemos sido capaces de articular y vemos a RD como una economía fuerte”, expresó.

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04 NACIONALES

NACIONALES

INFORME DEL TIEMPO Aguaceros con tormentas eléctricas y ráfagas de viento sobre la llanura oriental, poblados del noreste y de la Cordillera Central, producto de la llegada de una vaguada.

Ministro Bonilla destaca ante ONU esfuerzos en materia de la vivienda SANTO DOMINGO. – El ministro de la Vivienda y Edificaciones, Carlos Bonilla, participó en la reunión de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la implementación de la nueva agenda urbana en materia de vivienda, donde resaltó los programas y avances que ha tenido el gobierno dominicano en esta materia. Bonilla expresó ante el principal órgano de la ONU que desde su administración mantiene el compromiso de construir un mejor futuro para los dominicanos, reduciendo el déficit habitacional y generando soluciones para proveer un techo digno y seguro a las familias más vulnerables. El ministro Bonilla resaltó que desde el Gobierno del

Carlos Bonilla, ministro de la Vivienda y Edificaciones.

presidente Abinader se están realizando grandes esfuerzos para atacar el importante déficit habitacional heredado. En este sentido, el funcionario resaltó que fue depositado ante el Congreso Nacional el proyecto de ley sobre reordenamiento territorial, uso de suelos y asenta-

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do el territorio nacional que representa alrededor de 1,500 viviendas mensuales. Bonilla expuso también sobre el programa “Mi Vivienda”, un proyecto de construcción a través de subsidios focalizados, que ha transformado la forma en que las ayudas gubernamentales se otorgan en el sector inmobiliario. “Estos subsidios para la compra de viviendas pueden llegar a ser de hasta un 60 por ciento del costo del inmueble. La diferencia es costeada por el beneficiario a través de un financiamiento a largo plazo con la banca local, bajo condiciones financieras blandas, que les permite mantener su gasto corriente de su subsistencia” indicó. Las iniciativas del MIVED

han representado un cambio estructural importante para la República Dominicana, no solo en el sector público, sino también en el privado, promoviendo la inversión, tecnificación y la profesionalización del sector. El ministro Bonilla agradeció a las autoridades la oportunidad de representar a nuestro país en este encuentro y de presentar los avances en materia de vivienda de la República Dominicana y concluyó expresando: “Me enorgullece decir que trabajamos en iniciativas que cambian vidas, que materializan anhelos… porque una casa es mucho más que 4 paredes… Un techo digno y seguro al que puedan llamar hogar es el punto de partida del progreso de una familia”.

Cultura de paz y empoderamiento: clave para desarrollo en la frontera, según investigación

DEL VIERNES 29-04-2022

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mientos humanos, el cual incorporan los instrumentos de la planificación territorial en las escalas nacional, regional y municipal; y agregó que “Por primera vez en la historia, la República Dominicana, cuenta con un ministerio que se centraliza, apoya y promueve todos los

temas relacionados al desarrollo y acceso de viviendas en el país” Durante su participación en la ONU, el ministro Bonilla destacó los programas que se están realizando desde el MIVED para apoyar a los dominicanos. “Hemos desarrollado el Programa Dominicana se Reconstruye, que busca mejorar las deficiencias cualitativas de los hogares dominicanos con tres pilares; mejoramiento de viviendas, programa de cambio de pisos y el programa de acción rápida que da respuesta inmediata a ciudadanos ante una situación de urgencia” recalcó Bajo estos tres pilares, del Programa Dominicana se Reconstruye, se han impactado a unas 22 mil familias en to-

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SANTO DOMINGO. – En la frontera dominico-haitiana se producen de forma cotidiana interacciones positivas que van desde encuentros deportivos y culturales, hasta mesas de diálogo y relaciones de buena vecindad entre particulares, destacaron las investigadoras Bridget Wooding y Katy Civolani. Las científicas sociales ha-

blaron al presentar los resultados preliminares del estudio “Situación fronteriza y la resolución de conflictos”, en el que se analiza cómo la cultura de paz y el empoderamiento ciudadano son la clave para el desarrollo de la zona fronteriza. La investigación fue divulgada en el desarrollo de la Feria Internacional del Libro Santo Domingo (FILSD) por

la Fundación Frontera Sur y el Centro para la Observación Migratoria y Desarrollo Social en el Caribe (OBMICA). La misma fue auspiciada por el proyecto “Cohesión Social y Cultura de Paz en la frontera a través del fomento del deporte”, que forma parte del Programa de Cooperación Binacional Convivencia, financiado por la Unión Europea.

Las investigadoras señalaron que los resultados del diagnóstico referencial que habla sobre desafíos y oportunidades para la construcción de una cultura de paz como clave del desarrollo en la zona fronteriza entre la República de Haití y la República Dominicana, servirán de insumo para la elaboración de campañas de sensibilización.

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06 NACIONALES

Diputado justifica Gobierno ha iniciado obras prometidas por la “odisea” Ley de Compras CREIDDY PEÑA

SANTO DOMINGO.- El diputado de la provincia Sánchez Ramírez, por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Geraldo Concepción, justificó que las obras prometidas por el Gobierno y en las que ya el presidente Luis Abinader ha hecho el acto de primer picazo no han sido desarrolladas por “la odisea” y lentitud con que son llevados los procesos que deben estar dentro de lo establecido en la Ley General 340-06 de Contrataciones Públicas, sin embargo, aseguró que todos los proyectos están en marcha y han sido tramitados. “El gran problema que se presenta es el de Compras y Contrataciones, esos procesos son sumamente rigurosos y para cumplir hay que pasar un odisea, por lo tanto, esa es la retranca que nos hemos encontrado para la ejecución inmediata de una obra porque hay que cumplir todo lo que dice la ley”, manifestó. Concepción fue entrevistado por los comunicadores

Geraldo Concepción, diputado PRM. (Foto: Abranny Arias)

Contrataciones para que los procesos no tengan tantos retrasos. Iniciativas legislativas

VER VIDEO

Rafael Zapata, Enrique Mota y Glenn Davis, en el programa “El Nuevo Diario AM”, que se transmite en la plataforma digital de El Nuevo Diario TV. El legislador explicó que por esa razón en el Congreso se estaría modificando la Ley 340-06 de Compras y

Durante la entrevista, explicó que Sánchez Ramírez es la provincia más rica del país, sin embargo, tiene un grado de pobreza sumamente alarmante, por lo que dijo que desde el Gobierno pretende hacer los aportes que demanda la provincia para erradicar el estado de pobreza en el que se encuentra. En ese sentido, detalló que ha estado sometiendo algunos proyectos de reso-

lución a favor de la provincia Sánchez Ramírez. Resaltó que Sánchez Ramírez siempre ha demandado un acueducto múltiple y dijo que no se justifica que aun estando localizada en medio de dos presas como la fuente de agua dulce más grande del Caribe que es la Presa de Hatillo y al otro lado la Presa de Rincón, esta aún no cuente con esa infraestructura. “No se justifica que ninguno de los pueblos tengan resuelto el problema del agua, nosotros siempre hemos aspirado a que se construya un acueducto múltiple en la provincia y el presidente se ha comprometido a construirlo”, explicó. Proyecto Corredor Agua de Hatillo

Dijo que el Gobierno tiene en carpeta el desarrollo del proyecto ecoturístico que llevará por nombre “Corredor Agua de Hatillo”, para que los dominicanos y los turistas puedan conocer los lugares rupestres en el muro de la Presa de Hatillo.

El Gobierno acuerda con FENATRANO transformar corredores de sus afiliados YARI TAPIA

SANTO DOMINGO. -El presidente de la Federación Nacional del Transporte La Nueva Opción (Fenatrano), Juan Hubieres, informó ayer que firmó un acuerdo con el gobierno, a través del director del Instituto de Tránsito Terrestre (INTRANT), el Coordinador del Gabinete del Transporte y el presidente de la Federación de Municipios

(FEDOMU), este último fungió como mediador y representante del presidente de la República. Hubieres explicó que el

acuerdo está integrado por 10 puntos para la transformación de los corredores en los que operan afiliados a Fenatrano. En cuanto al corredor

Charles de Gaulle se otorgó un plazo de 10 días a los choferes de carros y minibuses para salir de dicho corredor y ser evaluados, mientras el INTRAT, se comprometió en establecer una modalidad para que los mismos puedan operar en el citado corredor. También se acordó permitir a Fenatrano transformar los corredores en cooperativas, bancarizar el sistema de cobro vía electrónica.

La JCE informa que acoge de una manera parcial solicitud PLD de colaborar en consulta

La entidad aclaró que tal y como ha sido expresado por la citada organización política en su comunicación depositada en fecha 6 de abril de 2022, la citada consulta y su resultado, no afectará el derecho que tienen los demás miembros del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que no participen de la consulta, para manifestar posteriormente sus intenciones de aspirar.

ABIGAIL DÍAZ

SANTO DOMINGO. - La Junta Central Electoral (JCE), informó que acogió de manera parcial la solicitud de colaboración para la consulta a realizar por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Rechazó facilitarle los recintos que funcionan como colegios electorales durante las elecciones generales. En el documento de respuesta a la solicitud del PLD, en fecha 18 de marzo, 6 y 25 de abril de 2022, respectivamente, la JCE detalló que la consulta interna se realice apegada al absoluto respeto y observancia a lo dispuesto por ese órgano en su resolución Núm. 28/2021 del 13 de octubre de 2021, modificada por la Resolución 02/2022 del 17 de enero de 2022, con el propósito de garantizar el fin esencial y el derecho constitucional de participación del que es titular la indicada organización política. Igualmente, en la resolución firmada por el presidente de la Junta, Román Jáquez Liranzo, aprobó facilitar al PLD los equipos electrónicos para que sean utilizados en la consulta interna, lo cual no incluye el software. También facilitar el apoyo en cuanto a materiales, sin la identificación de la

JCE, todo ello a través de la Conap, a los fines de que dicha comisión pueda realizar el indicado proceso de consulta interna, debido a que se trata de un proceso que no vincula a la Junta Central Electoral. Asimismo, rechazó la solicitud de otorgamiento de los padrones de los demás partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, pero que, en una fecha próxima a la pautada para la realización de la referida consulta, la JCE podrá entregar el corte más reciente del Padrón Electoral que se encuentre disponible.

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TOGA Colombia garantiza a RD apoyo “irrestricto” contra narcotráfico

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UN DÍA COMO HOY Día Internacional del Jazz: Se celebra el 30 de abril con el objetivo de sensibilizar al público sobre las virtudes de la música jazz como herramienta educativa y promover la paz y la cooperación entre los pueblos.

Opiniones encontradas entre residentes sector Los Frailes sobre acusaciones contra Rochy RD MELISA GÓMEZ

SANTO DOMINGO. - El presidente de Colombia, Iván Duque, garantizó ayer su apoyo “total” e “irrestricto” al Gobierno de la República Dominicana en su lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado. “El compromiso nuestro con apoyar su estrategia de seguridad es total”, dijo Duque a su par dominicano, Luis Abinader, en una conferencia de prensa tras una reunión privada entre ambos y la firma de varios acuerdos entre sus Gobiernos. Duque, que realiza una visita oficial de un día al país, destacó el “compromiso frontal” de Abinader contra el narcotráfico y el crimen organizado “con resultados que hablan por sí solos”, afirmó. “Cuente usted, señor presidente, con que tendrá el apoyo irrestricto de Colombia para que ese compromiso suyo en contra de todas las estructuras del de-

Imagen de droga incautada a mediados de abril.

Las autoridades dominicanas han decomisado en abril 6,4 toneladas de cocaína, lo que supera el total de la cocaína incautada en el primer trimestre, que asciende a 5,9 toneladas, según cifras consolidadas. lito le permita seguir cosechando éxito”. Abinader dijo que el au-

mento de estos decomisos se debe a la colaboración “especial” y “eficiente” de Colombia, al tiempo que subrayó “las excelentes” relaciones entre ambos países. La agenda de Duque en el país incluye también una intervención en la sesión plenaria del Congreso de República Dominicana, una reunión con los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados y una entrevista con el expresidente dominicano Hipólito Mejía.

Niña de 11 años saca ojo a niño de 8 en escuela de Bonao; sus parientes denuncian el bullying RAFAEL ZAPATA G.

SANTO DOMINGO. – Una niña de once años de edad le sacó el ojo izquierdo con un palo a un niño de ocho, en un hecho registrado en la escuela Carmen Peralta del municipio Piedra Blanca, Bonao, provincia Monseñor Nouel. Según explicó Yisel

Báez, pariente del niño, a El Nuevo Diario, el infante les había contado a sus padres que la victimaria le hacía bullying, pero que estos no le hicieron caso y lo enviaron el pasado jueves, ocurriendo posteriormente el incidente. “El niño le dijo a mi tío ayer en la mañanita yo no quiero ir a la escuela, porque

esa niña me tiene cansado molestándome, pero mi tío no le hizo caso”, narró Báez. Agregó que el niño, cuyo nombre se omite por razones legales, fue intervenido en Centro Cardio-Neuro-Oftalmológico y Trasplante (Cecanot) del Distrito Nacional, pero que su pronóstico es reservado.

SANTO DOMINGO. – Diversas opiniones ha generado entre los residentes del sector Los Frailes en Santo Domingo Este (SDE), lugar donde reside el artista urbano Aderly Ramírez Oviedo, conocido como Rochy RD, al ser abordado entorno a las acusaciones de la presunta violación sexual de una menor de edad, que le imputa la Fiscalía de Santo Domingo Este. En un recorrido realizado en la mañana de ayer por El Nuevo Diario, se pudo comprobar que, al acercarnos en lugares públicos como colmados, cafeterías, paradas de motoconchos, algunos residentes se mostraban tímidos al hablar del tema, en tanto que otros, pidiendo reserva, ofrecieron opiniones diversas, unos a favor y otros en contra. Actualmente, el cantante urbano se encuentra recluido en el Palacio de Justicia de Santo Este, hasta el próximo domingo, cuando se le conocerá medida de coerción por la supuesta violación a la Ley 136-03, que instituye el Código del Menor de la República Dominicana, que protege los derechos de niñas, niños y adolescentes. Una de las vecinas consultadas, quien pidió reserva de su nombre, opinó que el joven debería de ser liberado, debido a que la alegada víctima, declaró que lo hizo

Finalmente, otra señora defendió la conducta del urbano, afirmando que ella conoce la madre del joven, y que hasta donde ella tiene conocimiento se trata de una persona muy trabajador, al que nunca lo vio envuelto en ningún problema, como el que ahora lo acusan. por mutuo consentimiento. “Yo tengo cinco hijos, 4 varones y una hembra y cada vez que se enamoran le digo que me lleven a sus novias a mi casa, para yo ver si son menores y decirle cómo funciona, porque a cualquiera le arman un lío fácil”, precisó la señora entre susurro. Añadió “a ese muchacho lo que le faltó fue orientación de sus padres, porque no todo el mundo está preparado para ser famoso, además, las menores se le brindan, por estar figureando en el medio”. De su lado, el motocon-

chista Juan Martínez, declaró que no le resulta nada raro que este se haya involucrado en este tipo de situación, considerando que en el mundo que Rochy RD se desenvuelve, las jovencitas se le tiran solo por la fama, y no es la primera vez que este se ve involucrado en casos como esos. “Si yo fuera el papá de ese muchacho, le aconsejaría que después que salga de ese lío, que se cuide más y que deje la juntiña. Con todo el dinero que ese tipo tiene no es para que ande buscando carajitas en los barrios, porque bastantes mujeres adultas que se ven bien hay en la calle”, consideró Martínez. En esos mismos términos, se manifestó una señora cristiana, de unos cuarenta años de edad, quien consideró que esos casos pasan con frecuencia, porque las personas, especialmente la juventud, se han alejado de Dios y solo quieren vivir de vanidosos para llenar los vacíos terrenales. La dama concluyó, que “no hace mucho tiempo en este sector vivíamos en un estado de zozobra, por las cantidades de fiestas y parrandas nocturnas, que organizaba Rochy RD, que casi siempre terminaban en riñas, balaceras, sillazos y trompadas, ante la mirada indiferente de las autoridades, que se hacían de la vista gorda”.

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ECONOMICAS Entidades hacen propuestas para preservar el dinamismo del sector de la construcción

ECONOMICAS 11

Petróleo baja 104,09 dólares NUEVA YORK. -El precio del petróleo intermedio de Texas (WTI) perdió ayer un 1,2 % y cerró en 104,09 dólares el barril, entre reportes de que Alemania está preparada para un embargo al petróleo ruso.

Combustibles

Valor

Gasolina Premiun

RD$293.60 RD$274.50 RD$241.10 RD$221.60 RD$147.60

Gasolina Regular Gasoil Óptimo

SANTO DOMINGO. – Las asociaciones Dominicana de Constructores y Promotores de la Vivienda (ACOPROVI), de Promotores y Constructores de Viviendas del Cibao (APROCOVICI) y la Cámara Dominicana de la Construcción (CADOCON) acordaron estudiar en conjunto con las autoridades, la viabilidad de varias propuestas que hicieron para preservar el dinamismo del sector construcción. Entre las propuestas en favor de ese sector, se encuentra la revisión urgente del cálculo actual de aranceles e ITBIS de la materia prima y productos terminados de la construcción, tomando como parámetro el precio del flete pre-pandemia. A modo de motivar la libre competencia en el sector

construcción, así como también contribuir a bajar el precio de los materiales de construcción, propusieron evaluar en conjunto con la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y Sobre Medidas de Salvaguardias (CDC), la necesidad de eliminar las medidas antidumping vigentes, de manera transitoria por un periodo de 6 meses, “lo que permitiría la entrada de dichos productos con el arancel establecido para el mismo, sin ninguna penalidad o costo

adicional, con miras a fomentar el abaratamiento de los precios en el mercado”. En el caso de medidas de carácter monetario y financiero, propusieron crear las condiciones para promover el acceso a facilidades de financiamiento con préstamos interinos para los promotores de proyectos en paralelo, préstamos hipotecarios, a baja tasa de interés para los adquirentes de viviendas nuevas. Según explicaron, estas facilidades en conjunto contribuirán con el desarrollo de

nuevos proyectos, permitiendo que más dominicanos tengan acceso a este derecho. Como práctica comercial, consideran interesante que se evalúe la posibilidad de realizar licitaciones públicas abiertas de carácter nacional e internacional por parte del Estado, con la intención de abrir la brecha para la compra de ciertos productos de construcción necesarios para el desarrollo de proyectos del sector público. “Consideramos que llevando a cabo estas medidas lograremos vencer los actuales desafíos. Hoy más que nunca, es vital proteger el sector de la construcción, que aporta cerca del 15 % del PIS y más de 400,000 empleos directos, para continuar dinamizando el ritmo económico.

Gobierno vuelve a frenar alzas de hasta RD$100 en combustibles con subsidio de RD$1,060 MM SANTO DOMINGO. - El Gobierno dominicano, informó ayer que ha dispuesto un subsidio extraordinario de más de RD$1,060 millones para evitar alzas de los precios de los combustibles por hasta RD$100 durante esta semana, para la cual solo el avtur y el kerosene subirán de precios. El viceministro de comercio interno, Ramón Pérez Fermín, explicó que el precio internacional del WTI promedió los 101.62 dólares,

para una disminución de un 3.3 % con relación a la semana anterior. Mediante un comunicado de prensa indica que el precio en el mercado internacional imponía aumentos al GLP de RD$15.85, a la gasolina premium por

RD$41.12, la gasolina regular RD$48.77, el gasoil regular RD$99.70 y gasoil óptimo por RD$100.94. Para la semana desde el 30 de abril al 6 de mayo de 2022 la gasolina premium se venderá a RD$293.60 por galón, la regular a RD$221.60

y el gasoil óptimo a RD$241.10, todos manteniendo su precio. También mantendrán sus precios el fuel oil #6, a RD$192.11, el fuel oil 1%S RD$211.77, Gas Licuado de Petróleo (GLP), RD$147.60, Gas Natural, RD$28.97 por m3. mantiene su precio. Solo registraron variación el avtur, que se despachará a RD$277.27 por galón, sube RD$0.49 y el kerosene a RD$314.60, por galón, sube RD$1.20.

Gasoil Regular Propano Gas Natural

RD$28.97

Monedas Compra Dollar Euro

$53.40 $59.00

Ventas $55.50 $63.00

Estudio asegura tasa cero impactaría negativamente en la producción nacional SANTO DOMINGO. - El Observatorio Político Dominicano (OPD), informó ayer que realizó un estudio que arrojó que la propuesta actual de tasa de arancel cero a la importación de 67 productos de la canasta básica ya incluidos en los tratados de libre comercio es una medida que no tendría un impacto significativo ni duradero en la reducción del costo de los alimentos. Según la entidad adscrita a la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE), la propuesta de arancel cero también sería una medida efímera y de poco impacto positivo, pero sí de alta repercusión negativa en la producción nacional. El estudio del OPD-FUNGLODE titulado “Propuesta de arancel tasa cero: una medida que debe replantearse”, indica que la propuesta de arancel cero a la importación de productos de la ca-

nasta básica no eliminaría la inflación en los precios de los bienes, por lo que el Estado estaría asumiendo un sacrificio fiscal de RD$256 millones de pesos sin lograr grandes resultados. En tal sentido, la investigación, autoría de Greidys Joel Roa Chalas, coordinador de la Unidad de Políticas Públicas del OPD, y Lisleyda Martínez, investigadora asociada, recomienda que esta medida propuesta sea repensada para que la tasa de arancel cero sea aprobada más bien para los insumos de la producción agropecuaria nacional, lo cual reduciría el costo de la producción agrícola.

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12 ECONOMICAS

Cada pasajero de la OMSA le cuesta Más de 2 mil personas reciben tarjetas RD$130 al Gobierno, dice Macarrulla Supérate en SPM y 1,600 en Espaillat SANTO DOMINGO. - El ministro de la Presidencia, Lisandro Macarrulla, reveló ayer que el Gobierno dominicano está subsidiando RD$130 pesos por cada persona que aborda un autobús de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) y destacó que esta cifra era mucho más alta en la gestión pasada. “Los indicadores de la actual gestión evidencian el conjunto de mejoras que este Gobierno ha implementa-

Ministro Lisandro Macarrulla.

do en la OMSA, logrando una reducción de los subsidios eran de 170 pesos por pasajeros en 2020 y 2021 a 130 pesos en la gestión del Gobierno de Luis Abinader”, expresó Macarrulla durante un

encuentro en el Palacio Nacional con el director de la esa entidad, Radhamés González. Agregó que la reducción en el subsidio representa al Estado dominicano 40 pesos menos por pasajeros que abordan los autobuses de la OMSA. Indicó que el objetivo es apegarse a la ley y mantener a la OMSA como empresa estatal, pero manejada con eficiencia y transparencia para garantizar estabilidad económica y social, tanto a los usuarios como a los conductores.

JUNIOR PIMENTEL NICOLÁS A. RAMOS

SANTO DOMINGO. - La gobernadora de San Pedro de Macorís, Aracelis Villanueva, y autoridades del Programa Supérate, iniciaron la entrega ayer de más de dos mil tarjetas a ciudadanos de esta jurisdicción con un valor de 1.600 pesos para compras de comidas. Mientras que en la provincia Espaillat, la Juana Rosario de Candelier, encabezó el acto de entrega de 1,600

nuevas tarjetas de familias beneficiarias con este programa. Estas tarjetas incluyen también bono gas y bono luz para que los más necesitados puedan sostenerse con dicha ayuda. En el acto de San Pedro de Macorís estuvo presente el diputado Luis Gómez,

quien exhortó que es un vigilante del trabajo que está realizando el presidente y es testigo de las promesas que se han venido ejecutando. También explicó que el Gobierno entregará unas 300 mil tarjetas en todo el país y que para la región fueron aprobadas más de tres mil.

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NOVEDADES

NOVEDADES 13

Nueva York Nunca Duerme NUEVA YORK. – Un nuevo nombre ingresa a la lista de participantes de la segunda temporada del reality “Nueva York Nunca Duerme” de Digital 15 y Telemicro Internacional. Se trata de la próspera empresaria Sugey Quiñónez.

“El bar de las grandes esperanzas” como un trago desabrido YASSER MEDINA

Ficha técnica

@yassermedinam www.cinemaficionados.com

El visionado de “El bar de las grandes esperanzas” me cae como un trago desabrido en un día cualquiera de fin de semana. No puede ser más aburrida. Esta película de Clooney, estrenada recientemente en Amazon Prime Video, tiene una actuación notable de Ben Affleck que a ratos eleva el potencial dramático de la propuesta, pero no deja ser un drama de mayoría de edad inane y bastante convencional sobre las heridas paternales y la adolescencia de un aspirante a escritor. Está basada en las memorias del autor J.R. Moeh-

Título original: The Tender Bar Año: 2021 Duración: 1 hr 46 min País: Estados Unidos Director: George Clooney Guion: William Monahan Música: Dara Taylor Fotografía: Martin Ruhe Reparto: Tye Sheridan, Ben Affleck, Lily Rabe, Daniel Ranieri, Christopher Lloyd, Calificación: 5/10

ringer. La trama, narrada ocasionalmente con la voz en off de un adulto JR, describe primero los años de infancia del pequeño JR Maguire, un niño curioso de nueve años que vive con su

madre Dorothy en la casa de sus abuelos tras la ruptura de la relación que ella tenía con su padre, mientras es guiado moralmente por su tío Charlie, que actúa como figura paterna y es el dueño

de un bar local frecuentado por fracasados que solo desean beber para olvidar los duros golpes de la vida. Por medio de la analepsis, la estructura no solo presenta en una primera mitad la infancia del chiquillo inocente que gusta leer de todo y memoriza palabras del diccionario, sino que, también, en una segunda parte, muestra la transición a la adultez de JR como un joven adolescente que consigue una beca para estudiar en la universidad de Yale y se ena-

mora de una joven afroamericana de clase media alta, mientras lidia con el amargo sabor del fracaso y el dolor intrínseco provocado años atrás por el complejo paterno que lo pone a cuestionar el escaso valor del padre perdedor que lo abandonó. El problema fundamental de la narrativa, supongo, es que no ofrece ningún desarrollo significativo de los personajes más allá de una cuota de descripción, colocando sus acciones en una superficie

atiborrada de clichés motivacionales, donde todo parece repetirse inútilmente en la vida de ese joven del pueblo que desea alcanzar el éxito como escritor en la gran ciudad desde la rutina de los diálogos sostenidos en el bar, en la casa y en la universidad. La escasa fuerza dramática, al menos, se compensa con la interpretación de Affleck como ese tío aleccionador que hace de efigie paternofilial con un trato creíble y muy intimista. Pero ni siquiera su presencia evita que el resultado se disuelva como un cubo de hielo en una copa vacía.

Luis Martín Gómez pone a circular su obra “Ana, la Princesa y Otros Cuentos Premiados” en FIL 2022 JACQUELINE MORROBEL

El escritor Luis Martín Gómez puso ayer en circulación su más reciente obra llamada Ana, la Princesa y Otros Cuentos Premiados en la Feria Internacional del Libro (FIL) 2022 que se celebra hasta el lunes en la Zona Co-

Luis Martín Gómez

lonial. Ana, la Princesa y Otros Cuentos Premiados

será puesta en circulación a las 6:00 pm en el pabellón de Autores Dominicanos de la Sociedad Dominicana de Bibliófilos, bajo la coordinación de la editora últimos Monstruos Editores. El también periodista, Luis Martín Gómez, tiene de su pluma otras obras, como

es el libro de cuentos infantiles llamado El hombre Grama y otros cuentos verdes y pintores, y es que la inspiración de él viene desde muy adentro “es que se refleja en mi imaginación y después la plasmar en escritura”. En sus palabras, Gómez indicó que escribió su primer cuento in-

fantil cuando ayudó a su hijo Luis Jorge en una tarea escolar, que entonces cursaba el segundo de primaria. Luis Martín Gómez ha publicado: Dialecto (1999, Premio Nacional de Cuento), Juke-box di sog-ni/ Vellonera de sueños (2002), La destrucción de la muralla china

(2003), Mamá a aquella caracola le está naciendo un mar (2004, Premio Nacional de Literatura Infantil) y Memoria de la Sangre (2008). En 1995 obtuvo el primer lugar en el concurso de cuentos de Radio Santa María y en 2002 el primer lugar del concurso de cuentos Virgilio Díaz Grullón.

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14 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE SANEAMIENTO PARA SANEAMIENTO

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En virtud de lo que establece la ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento según lo dispuesto por el auto de fijación de audiencia No. 71, de fecha tres (03) del mes de marzo del año Dos Mil Veintidós (2022), emitido por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, está fijada para el día martes que contaremos a seis (6) del mes de mayo del Año Dos Mil Veintidós (2022), a las 09:00 AM, la audiencia para el conocimiento de saneamiento de la designación No. 215555173215, con una superficie de 92.87 metros cuadrados, ubicado en la calle Sánchez no. 40 dentro del ámbito de la parcela No. 10 del municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, a favor del reclamante el señor Rafi Dariel Rosario Gutiérrez; audiencia esta que será celebrada manera presencial en la hora y día antes señalado. Dicha publicación se realiza a los fines de hacer público conocimiento a los colindantes señores Dominga Rosario y Manuel Antonio Lora Rodríguez, así como al Ayuntamiento del municipio de San Ignacio de Sabaneta y a cualquier otro internado y al público en general; que ese día mes y hora puedan asistir a la audiencia, por si existe algún interés, comunicarse con la secretaria del Tribunal antes mencionado al teléfono 809-580-4330, o dirigirse a la calle José Cabrera No. 44 alto o segundo nivel del municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, que es donde está ubicado el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez y para que esta facilite el link o el enlace para que participe en la audiencia. En la ciudad y municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana a los veinte y nueve (29) días del mes de abril del año Dos Mil Veintidós (2022).

Se hace público conocimiento que el viernes, 13 de mayo de 2022, a las 10:00 A. M., se dará comienzo al trabajo de DESLINDE y subdivisión de una porción de terreno de 570.00 metros cuadrados dentro de del ámbito de la parcela 17-A del Distrito Catastral No. 02, la porción de terreno a deslindar está localizada en la calle Félix Reyes no.05, lava pies. Municipio y Provincia de San Cristóbal, Rep. Dom. Dicha porción es propiedad de los Sres. MARIA DE LOS ANGELES CORPORAN ROBLES Y FABIAN ALCANTARA ALCANTARA. Expediente No. 6642022025868.

Expediente No. 6632022007295. Se informa que en fecha 04 de mayo del 2022 a las 09:00 a.m. se procederá a realizar los trabajos de campo para deslindar 324.28 m2 en el ámbito del Solar 1, de la manzana 5363, del Distrito Catastral No. 01, de Santo Domingo Este. Propiedad del señor RAFAEL PEREZ LOPEZ, Ave. De Circunvalación, Esq. Calle B, Manzana 3, solar 8, Res. Buenaventura II.

Agrim. PAMELA M. RUIZ NINA Codia 36698 829-610-4974

Agrim. Jorge Ulises Inoa Sánchez, Codia: 19553. Tel. 809-769-8959.

LICDO. BLAS ALBERTO BUENO DE LA ROSA ABOGADO DE LA PARTE RECLAMANTE

AVISO DE MENSURA VISTA: La autorización de mensura No. 6642022043815, de fecha 29 DE ABRIL DEL AÑO 2022. Solicitado por la Sra. VILMANIA ARACELIS MOREL OLIVO en representación del Sr. HECTOR RAFAEL MOREL ALVAREZ. SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS. UNICO: Que en fecha JUEVES 19 de MAYO del año 2022, a las 10:00 de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Actualización de Mensura, dentro del ámbito de la parcela No. 86-SUB-2-Q, Distrito Catastral No.11/4, este inmueble se encuentra ubicado en el Boulevard Turístico del Este, esquina avenida España, Friusa, del municipio de Higüey, provincia la Altagracia.

FC 435242

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com

AVISO DE MENSURA VISTA: La autorización de mensura No. 6642022037149, de fecha 08 DE ABRIL DEL AÑO 2022. Solicitado por el Sr. ISMAEL ADOLFO TAVAREZ MARTINEZ. SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS. UNICO: Que en fecha JUEVES 19 de MAYO del año 2022, a las 11:00 de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No. 199-A, Distrito Catastral No. 04, este inmueble se encuentra ubicado en la calle El Milagro, esquina Calle Juan Robles, en el Sector Brisas del Llano, del municipio de Higüey, provincia la Altagracia. Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 435242

AVISO DE PÉRDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92, Párrafo III, de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y el artículo 83 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia Anotada de fecha veintitrés (23) de enero del año mil novecientos noventa y ocho (1998), expedida por el Registro de Títulos de Samaná, que ampara los derechos de propiedad del inmueble identificado como: “Una porción de terreno con una superficie de 2,672.64 metros cuadrados, identificada como la Matrícula No. 3000575541, dentro de la Parcela No. 4018, del Distrito Catastral No. 07, ubicado en Santa Barbará de Samaná, Samaná.”, expedida a nombre de la entidad NOMADAS DEL ESPACIO F.J., S.R.L.; a fin de obtener el Duplicado de Constancia Anotada correspondiente por pérdida o deterioro. FC 435241

STEAK OUT, S. R. L RNC. 131736752- Registro Mercantil No. 146455SD- Capital RD$100,000.00 Domicilio: Calle 2da No. 8, Los Restauradores, Santo Domingo, D.N.

AVISO DE DISOLUCIÓN Para cumplir con el artículo 413 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08 y sus modificaciones se avisa a los interesados y al público en general que los socios de Steak Out, S. R. L. resolvieron disolver y liquidar la sociedad por decisión unánime comprobada mediante asamblea general extraordinaria de fecha 05 de abril de 2022, mediante la cual se decidió lo siguiente: 1. Declarar la disolución definitiva de la sociedad STEAK OUT, S.R.L. 2. Nombra como liquidadora a ROSARIO DIVINA VIEITES GONZALEZ; 3. Otorgar descargos a las gerentes de la sociedad. Estos documentos serán depositados en la Cámara de Comercio de Santo Domingo. Toda correspondencia o notificación respecto a este proceso, deberá ser remitida al domicilio legal de la sociedad. En Santo Domingo, D.N. a los 30 días del mes de abril de 2022.

FC 435248

ROSARIO DIVINA VIEITES GONZALEZ Liquidadora

FC 435253

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO DE ALQUILERES Para los fines legales correspondientes el señor Giancarlo Vezzoni, cédula de identidad dominicana número 001-1402691-7, domiciliado en Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, en la calle Isabel la Católica número 110, altos, Zona Colonial, notifica que se ha extraviado el original del Certificado de Depósito de Alquileres número 013500, Código de Instrumento número 0592, DP 1-265-039241-1, por valor de doscientos setenta mil pesos dominicanos (RD$270,000.00), emitido a su favor en fecha 1° de abril de 2019 por el Banco Agrícola de la República Dominicana.

FC 435233

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento a lo establecido en el Art. 92 párrafo III de la Ley de Registro de inmobiliario No.108-05 y el Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No.90-373 de fecha 9 de enero del año 1990, correspondiente la parcela No.285A-REF-153 del Distrito Catastral No.27 de La Victoria, Santo Domingo Norte, con un área superficial de 1,034.04 metros cuadrados, propiedad de la señora MARITZA ADELA MIGUELINA BOBEA. LIC. HECTOR JOSELITO RODRIGUEZ, Abogado.

FC 435235

PUBLICACION POR PERDIDA DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo 92 párrafo III, de la Ley No. 108-05, y del artículo 86 del Reglamento del Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha perdido o extraviado la Constancia del Certificado de Titulo que ampara el INMUEBLE dentro del SOLAR NÚMERO 26, DE LA MANZANA NÚMERO 861, DEL DISTRITO CATASTRAL NÚMERO 1 DEL DISTRITO NACIONAL, Y SUS MEJORAS CONSISTENTES EN UNA CASA DE BLOQUES, DE UNA PLANTA, TECHADA DE CEMENTO, CON SUS ANEXIDADES Y DEPENDENCIAS, MARCADA CON EL NÚMERO 79A, DE LA CALLE MARIA TOLEDO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 60.00MTS2M, Y ESTA LIMITADA, AL NORTE: SOLAR NO. 27-BIS; AL SUR: RESTO DEL SOLAR; AL ESTE: SOLAR NO. 7, Y AL OESTE: CALLE MARIA TOLEDO. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, parte que tiene una extensión superficial de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO (264Mt2) METROS CUADRADOS con TRECE (13) CENTIMETROS CUADRADOS, que declara a la señora TERESA PEGUERO como propietaria del inmueble antes descrito.

En cumplimiento de las disposiciones de la LEY No. 659, sobre Actos del Estado Civil en su artículo 81 y siguientes, de fecha 17 de julio del 1944, se hace saber que por instancia elevada al señor Presidente de la República Dominicana, en fecha 16 de febrero del año Dos Mil Veintidós (2022), solicité la autorización legal correspondiente para cambiar mi nombre Delkis Ivelisse por el de DELKIS ABIGAÍL, en razón de identidad propia. En tal virtud, mediante oficio No. 07660 del 4 de abril año Dos Mil Veintidós (2022), el Presidente de la República me AUTORIZA a realizar el procedimiento indicado por la Ley para poder efectuar el cambio de nombre: En consecuencia, se invita a toda persona que crea tener interés en contrario, a formular su oposiciones en el término de sesenta (60) días, a contar de la fecha de la publicación del presente aviso conforme a las disposiciones del artículo 82 de la citada ley. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 28 días del mes de Abril del año Dos Mil Veintidós (2022). Con las gracias anticipadas, atentamente:

DELKIS SUERO DE LOS SANTOS.

LUISA MELENDEZ PEGUERO. FC 435221

FC 435224

AVlSO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

Por medio de la presente hacemos de público conocimiento que el día 16 del mes de Mayo del año 2022, a la 8.00 A M, daremos inicio a los trabajos de mensura para Saneamiento Dentro de la Parcela No 4, Distrito Catastral No. 59/1ra, del Municipio de Nagua, Provincia de María Trinidad Sánchez, Está Ubicado en la Carretera el Canalón en la Sección Los Yayales , resultando la Designación Catastral Provisional No. 6612022011811_1_1, Propiedad del Señor: Leónidas Sánchez Almonte, esto trabajo fueron autorizado por la Dirección Regional de Mensura Catastrales Departamento Noreste, Mediante, Fecha 22 de Febrero del año del 2022, se advierte a todas las persona que tengan algún interés en la porción de terrenos a deslindar que deben comunicarse con el Agrimensor Encargado o Con la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste.

Por medio de la presente hacemos de público conocimiento que el día 20 del mes de Mayo del año 2022, a la 9.00 A M, daremos inicio a los trabajos de mensura para Saneamiento Dentro de la Parcela No. 4, Distrito Catastral No. 59/1ra, del Municipio de Nagua, Provincia de María Trinidad Sánchez, Está Ubicado en la Sección de los Yayales en la Carretera Los Yayales-Colorado, resultando la Designación Catastral Provisional No. 6612022011801_l _1, Propiedad del Señor: Gilberto David Polanco, esto trabajo fueron autorizado por la Dirección Regional de Mensura Catastrales Departamento Noreste, Mediante, Fecha 22 de Febrero del año del 2022, se advierte a todas las persona que tengan algún interés en la porción de terrenos a deslindar que deben comunicarse con el Agrimensor Encargado o Con la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste.

FC 435308

José Nicanor Diloné Alvarado Agrimensor Contratista Codia 10175

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José Nicanor Dilone Alvarado Agrimensor Contratista Codia 10175

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

Para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley de Divorcio No.1306Bis, y sus modificaciones, se advierte a la señora CÁNDIDA JARDINES BENCOSME, cuyo último domicilio conocido fue en la calle 5 No. 48 del sector San José de Villa, ciudad y Municipio de Nagua, y que a falta de información relativa a su actual residencia, su esposo, señor FLORENCIO ANTONIO GARCIA MARTINEZ, procede a emplazarla en acción de Divorcio, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, mediante acto de Alguacil, que será notificado en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, o quien haga sus veces, a fin de que comparezca a la Audiencia que para tales fines celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, el día JUEVES que contaremos a DIECINUEVE (19) del mes de Manyo del año Dos Mil Veintidós (2022), a las nueve (9:00 A.M.), horas de la mañana, sito en el segundo nivel del Palacio de Justicia del Municipio de Nagua, ubicado en la calle General Emilio Conde S/N esquina Club Rotario de la ciudad y Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. A los Veintinueve (29) días del mes de Abril del año Dos Mil Veintidós (2022).

En cumplimiento del Art. 42 de la ley 1306-Bis, sobre divorcios en la Rep. Dom., se hace de público conocimiento que la CUARTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CÁMARA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, dictó la Sentencia Civil No. 1288-2021SSEN-00672, de fecha Diez (10) de Septiembre del año 2021, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de la parte demandada, el señor MARCOS SANTOS POLANCO, por no comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: DECLARA como buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido hecha conforme a las leyes que rigen la materia. TERCERO: En cuanto al fondo, admite el presente divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores GLORIA ALTAGRACIA SILENI JOSÉ CAPELLÁN y MARCOS SANTOS POLANCO, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. CUARTO: OTORGA la guardia y cuidado de las menores de edad, SILEIDY MARIEL y SOLENNY MARILEIDY a su madre, la señora GLORIA ALTAGRACIA SILENI JOSÉ CAPELLÁN. QUINTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. SEXTO: COMPENSA las costas del procedimiento, por tratarse de una litis entre esposos. SÉPTIMO: COMISIONA al Ministerial ANGEL PUJOLS, Alguacil de Estrado de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de notificar la presente sentencia. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil del Municipio SANTO DOMINGO ESTE, Provincia SANTO DOMINGO. En fecha Once (11) del mes de marzo del 2022, transcrito en el Libro No. 00001, Folio No. 0148, Acta No. 000074, año 2022. Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Rep. Dom., a los 22 días del mes de abril del año 2022.

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LIC. BLAS FLORES JIMÉNEZ Abogado Apoderado

FC 435259

LICDO. RAFAEL MOTA LIRIANO Abogado


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LEGAL 15

AVISO DE INCORPORACIÓN DE ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO

PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO

AVISO DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante Resolución 009-2022, emitida por el Procurador General de la República en fecha 11 de febrero de 2022, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro OUTCAST REDEEMED, con su domicilio en Calle Liceo Daniel Antonio Gay, Barrio Villa Juana, Higüey, La Altagracia, República Dominicana. Esta organización tiene por misión Alimentar niños, estudios bíblicos, enseñar habilidades para la vida; objetivos esta corporación está organizada exclusivamente para propósitos de caridad, religiosos y educativos, incluyendo para tales propósitos, realizar distribuciones a organizaciones que califican como organizaciones exentas y sus miembros fundadores son Dana Ladewig y David Ladewig; su Consejo Directivo tiene una duración de 1 años y está compuesto por Dana Ladewig y Maureen Look miembros; sus funcionarios son Dana Ladewig, Dave Ladewig, Maureen J. Look, Eric Hodgson, Jay Ford, Kate Hodgson y Kimberly Eiselstein. La duración de esta entidad es Indefinida. En la ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, hoy día 20 de abril de 2022.

Conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 92, párrafo III de la Ley de Registro Inmobiliario Núm. 108-05, y la Resolución Núm. 43-2007, de la Suprema Corte de Justicia, del 1 de febrero de 2007, se avisa la pérdida del Certificado de Título Núm. 84-448 (Duplicado del Dueño), a nombre de la Constructora Interamericana, S.A. (Consisa), que corresponde al inmueble identificado como: apartamento S-7-3, séptimo piso, con un área de construcción de 88.58 metros cuadrados, edificado dentro del Solar 1-Reformado-F de la Manzana 2018 del Distrito Catastral Núm. 01, del Distrito Nacional.

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha once (11) del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022), la Séptima Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia Civil No. 532-2022-ECON-00693, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, intentada por los señores Canek Denis Fernández y Aniova Indira Prandy Castillo, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos y, en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Canek Denis Fernández y Aniova Indira Prandy Castillo, por su mutuo consentimiento, de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 07, instrumentado en fecha 25 del mes de enero del año 2022, por ante la Licda. Victoria Marte, Abogada Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio, por los motivos anteriormente expuestos. Asimismo, se hace saber que en fecha veintiocho (28) del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022), el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00003 de registros de divorcio, Folio No. 0134, bajo el Acta No. 000252, año 2022, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día treinta (30) del mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

FC 435228

Dana Ladewig, Presidente/a.

FC 425252

PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 92, párrafo III de la Ley de Registro Inmobiliario Núm. 108-05, y la Resolución Núm. 432007, de la Suprema Corte de Justicia, del 1 de febrero de 2007, se avisa la pérdida de la Certificación de Registro de Acreedor del Banco Central de la República Dominicana, por el monto de RD$803,000.00, que ampara una acreencia sobre el inmueble de propiedad de los señores RAFAEL A. ALBA DALMASÍ Y ANA M. DE PEÑA CONSTANZA DE ALBA, sobre el inmueble identificado como: una porción de terreno con una extensión superficial de 536.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela 110-REF-780-B, del Distrito Catastral Núm. 4, matrícula Núm. 0100344805, ubicado en el Distrito Nacional.

En virtud de lo establecido en el artículo 92, párrafo III de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana y el artículo 83, literal b, del Reglamento General del Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del certificado de título de los derechos que posee DESARROLLADORA INMOBILIARIA HERNANDEZ GOMEZ, S.R.L, de 30,000m2 en la Parcela No. 29190513888, del Municipio y Provincia de Pedernales, matrícula No. 0600001401, que tiene una superficie de 153,632.17m2. Manuel de Jesús Matos Hernández, Abogado.

FC 435277

LICDO. CÉSAR MANUEL BÁEZ Abogado

“FUNDACIÓN SOCIAL MANANTIAL DE LOURDES, INC. (FUNSOMADELO)” Calle Principal No. 53, Guajaca, San José de las Matas, Provincia Santiago, República Dominicana. AVISO DE INCORPORACIÓN

PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO

AVISO DE PERDIDA DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE

Conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 92, párrafo III de la Ley de Registro Inmobiliario Núm. 108-05, y la Resolución Núm. 432007, de la Suprema Corte de Justicia, del 1 de febrero de 2007, se avisa la pérdida de la certificación de Registro de Acreedor del Banco Central de la República Dominicana, por el monto de RD$218,000.00, que ampara una acreencia sobre el inmueble propiedad de los señores UBALDO MONCLÚ DOMINICI y FÁTIMA DEL ROSARIO RIVAS ZAPATA, sobre el inmueble identificado como: parcela 44-I-1-REF-9, del Distrito Catastral Núm. 06, matrícula Núm. 0100137573, con una superficie de 163.32 metros cuadrados, ubicada en Santo Domingo.

Se Hace De Público Conocimiento, La Pérdida Del Contrato De Compraventa Del Inmueble Que Se Describe A Continuación: UNA PORCIÓN DE TERRENO UBICADA DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA #2-A, DEL DISTRITO CATASTRAL #22, DEL MUNICIPIO SANTO DOMINGO NORTE, SECCIÓN VILLA MELLA, LUGAR URBANIZACIÓN VISTA BELLA, (DESCRITO COMO SOLAR #23, DE LA MANZANA 9, DENTRO DEL PLANO PARTICULAR DEL PROYECTO VISTA BELLA), CON UNA EXTENCIÓN SUPERFICIAL DE 168.53MTS.2, CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AL NORTE: SOLAR #22; AL ESTE: CALLE A; AL SUR: SOLAR #24; Y AL OESTE: SOLARES #17 Y 18, con un valor de (RD$49,202.26). Entre Las Partes: razón social ORION, S.A, COMO VENDEDORA, Representada Por El Señor MANUEL ANTONIO DE MOYA SOLER, Y De La Otra Parte La Señora FILOMENA ALTAGRACIA CRUZ CAUTO, COMPRADORA, Firmado Y Sellado por el notario público: la DRA. JOSEFA MARIA GIL DE LA CRUZ, el día nueve (9) del mes de marzo del año dos mil nueve (2009).

Cumpliendo con el artículo No. 5 de la Ley 122-05 sobre Asociaciones que no tengan por objeto beneficio pecuniario y sin fines de lucro, se hace de público conocimiento que la FUNDACIÓN SOCIAL MANANTIAL DE LOURDES (FUNSOMADELO)” con domicilio en la Calle Principal No. 53, Guajaca, San José de las Matas, Provincia Santiago, República Dominicana. Ha Recibido el Beneficio de la Incorporación mediante la Resolución No. 0033-2022 del día 27 del mes de abril del año Dos Mil Yente y Dos (2022) de la Procuraduría de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago. Que la Misión de la FUNDACIÓN SOCIAL MANANTIAL DE LOURDES (FUNSOMADELO)” es: Promover el desarrollo social, cultural y religioso en el municipio de San José de las Matas, de la Provincia Santiago, en la Republica Dominicana. Que los Objetivos son: 1. Promover los valores Socio-cultural y religioso en el municipio de San José de las Matas. 2. Fomentar la cultura religiosa con énfasis en la enseñanza de la Biblia en escuelas, centros privados y en la comunidad en general. 3. Rescatar y recopilar información de tipo cultural y religiosa en el municipio de San José de las Matas. 4. Difundir información sobre las posibilidades y aprovechamientos de todo el quehacer socio-cultural y religioso del municipio de San José de las Matas. 5. Apoyar decididamente la transformación Socio-cultural del municipio de San José de las Matas. 6. Propiciar alianzas estratégicas con entidades del país y el Extranjero que desarrollan actividades vinculadas a los temas Socio-cultural y religioso. Que el señor: José Leonardo Liberato es el presidente de la FUNDACIÓN SOCIAL MANANTIAL DE LOURDES (FUNSOMADELO)” Esta Publicación se hace hoy día 30 del Mes de Abril del año Dos Mil Veinte y Dos (2022).

Licda.: PURA VILLANUEVA ABOGADA APODERADA

José Leonardo Liberato Presidente

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones contenidas en el Art.42 de la Ley de Divorcio No.1306 Bis, de fecha 21 de mayo de 1937, se hace de público conocimiento que en fecha Diecisiete (17) del mes de enero del año dos mil veinte (2020), la Sexta Sala para asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil Marcada con el No.531-2021-SSEN-02925, cuyo dispositivo textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Thyrone Guillermo Dalman Alcántara y Daisy Deyanira Domínguez Matos, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.178/20, de fecha 28 del mes de junio del 2020, por ante el Dr. Roberto Antonio Roa Díaz, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, ordena, manda y firma. (firmados: Scariet R. Vargas Rossis, Jueza, Mirtha M. de la Cruz Díaz, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la secretaria que certifica. Mirtha M. De la Cruz Díaz, Secretaria. La presente sentencia civil ha sido transcrita en la Oficialía de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en el libro 00002, folio No. 0107, Acta No. 000155, del año 2022, de fecha 15 de Marzo del año 2022, en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintiséis (26) días del abril del Año Dos Mil Veintidós (2022).

En el cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley No.1306-Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento se hace saber lo siguiente: Que en fecha catorce (14) del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022), dictada por la Sexta (6ta) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia mediante la sentencia Civil No.531-2022-SSEN-00894, se ordenó lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y validar en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores CRISTIAN MANUEL KURY HAZOURY e ISABELLA MARIA DE ANGELIS, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 43/2021, instrumentado en fecha 22 del mes de diciembre del 2021, por ante el Dr. Blas Abreu Abud, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuesto; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así de Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. De La Cruz Diaz, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. El presente divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la 10MA Circunscripción de Distrito Nacional, en fecha 12 de abril del 2022, registrado en el libro No. 00002, Folio No. 0180, Acto No. 000200, Año 2022. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional a los veintinueve (29) días de mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

FC 435249

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FC 435247

FC435251

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO EXP. #6622022038446 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M. C., Depto. Norte, d/f 09 de marzo del año 2022: Se hace público aviso, que el día 12 de mayo del 2022, a las 9:00 A.M., iniciamos los trabajos de mensura para SANEAMIENTO, dentro del ámbito del DC No. 16, del municipio Guayubín, provincia Montecristi. El inmueble se encuentra ubicado: UBICADO EN LA CALLE EL PROGRESO, DEL DISTRITO MUNICIPAL, CANA CHAPETON A APROXIMADAMENTE UNOS 300 METROS DETRÁS DE LA ESCUELA PRIMARIA CARLOS GONZALEZ NUÑEZ, MUNICIPIO GUAYUBIN, PROVINCIA MONTECRISTI. RECLAMANTES: APOLINAR ANTONIO COLON Y SANTA MODESTA COLON NUÑEZ

AGRIMENSORA FLORINDA PORTORREAL Codia: 26838

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE EXP. No. 6632022027482 Se hace de público conocimiento que para el día Dieciséis (16) del mes de Mayo del 2022 a las Nueve (9:00 AM) de la mañana se dará inicio a la Mensura Para deslinde dentro del ámbito de la P. No .9-PRO DC. No 18, del Municipio de Santo Domingo Norte, a favor de los Sres. MARIA ELISA VALDEZ DE DIA Y RAFAEL GUILLERMO DIAZ, dicho inmueble se encuentra ubicado físicamente en el Sector Colonia de Los Doctores, Villa Mella, del Municipio, Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo. Dichos trabajos serán realizados por el Agrim. JOSE DEL CARMEN BAEZ ANGOMAS, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula No. 012-0071460-6, CODIA No. 19516, EXP. No. 6632022027482.

JOSE DEL CARMEN BAEZ ANGOMAS Agrimensor Contratista CODIA 19516

AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE EXP. No. 6632022027466 Se hace de público conocimiento que para el día Dieciséis (16) del mes de Mayo del 2022 a las Nueve (9:00 AM) de la mañana se dará inicio a la Mensura Para deslinde dentro del ámbito de la P. No. 9-D, DC No. 17, del Municipio de Santo Domingo Norte, a favor de los Sres. JOSE LUIS TAVERA MARTE Y MARITZA DE JESUS DE TAVERA, dicho inmueble se encuentra ubicado físicamente en el Sector Colinas del Ozama de Sabana Perdida, del Municipio, Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo. Dichos trabajos serán realizado por el Agrim. JOSE DEL CARMEN BAEZ ANGOMAS, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula No. 012-0071460-6, CODIA No. 19516, EXP. No. 6632022027466.

JOSE DEL CARMEN BAEZ ANGOMAS Agrimensor Contratista CODIA 19516

FC 435240

LIC. MÁXIMO ALCANTARA QUEZADA, Abogado Apoderado.

AVISO DE PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

FC 435246

DR. BLAS ABREU ABUD

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En el cumplimiento de las disposiciones del artículo 42, de la ley No.1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha quince (15) de febrero del año Dos Mil veintidós (2022), El Juzgado de Primera Instancia del Distrito de Villa Altagracia, en sus atribuciones civiles, dicto la Sentencia Civil No.0569-2021-ECIV-00538, cuyo dispositivo es el que se transcribe a continuación: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Antonio Granado Preciado y Altagracia Maribel Vásquez Santana, conforme al acto de estipulación y Sentencia Civil Núm. 0569-2022-SCIV-00106, Expediente núm. 0569-2021-ECIV-00570, convención de divorcio por mutuo consentimiento instrumentado por el Dr. Santo Miguel Gómez Mercedes, actuando como Notario Público para los del número del municipio de los Bajos de Haina, No. 265, de fecha 22 del mes de octubre del año 2021, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del presente divorcio por ante el Oficial de Estado Civil correspondiente. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. Massiel Ivette Alonzo Rodríguez, Jueza; Yisset Reyes del Pozo, Secretaria Interina. Que no habiendo sido interpuesto recurso de apelación contra la indicada sentencia por ninguna de las partes envueltas en la Litis, la misma ha sido pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la 1ra Circunscripción, Villa Altagracia, registrado el siete del mes de abril del año dos mil veintidós (07/04/2022), se encuentra inscrito en el Libro No. 00002 de registros de DIVORCIO, Folio 0028, Acta No. 000076, del Año 2022 el DIVORCIO. Municipio de los Bajos de Haina, Provincia San Cristóbal, a los Veintinueve (29) días del mes de abril del año Dos Mil Veintidós (2022).

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Diez (10) del Mes de Marzo del Año Dos Mil Veintidós (2022), la Séptima sala De La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asunto De Familia, Dicto en sus atribuciones Civiles, La Sentencia No. 532-2022-SSEN-00667, cuya parte dispositiva copiada textualmente dice Así: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por mutuo consentimiento, intentado por los señores MELVIN ANIBAL OSORIA ROQUE e IRINA MERCEDES RAFAEL SURIEL, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y, en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores MELVIN ANIBAL OSORIA ROQUE e IRINA MERCEDES RAFAEL SURIEL, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 5-2022, instrumentado en fecha 13 del mes de enero del año 2022, por ante el Lic. Pablo Isidro Guzmán, Abogado Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, por los motivos que preceden. b) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad AMY SOPHIA, IRIAM MARIE Y MELVIN ELIER, a cargo de la Señora IRINA MERCEDES RAFAEL SURIEL, Madre de estos; acordado el acto de convenciones y de estipulaciones No. 5-2022, instrumentado en fecha 13 del Mes de Enero del Año 2022, por ante el Lic. Pablo Isidro Guzmán, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. c) Homologa y fija la Pensión Alimentaría estipulado y pactado por los cónyuges en causa, de conformidad al acto de convenciones y de estipulaciones No. 52022, instrumentado en fecha 13 del Mes de Enero del Año 2022. por ante el Lic. Pablo Isidro Guzmán, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al oficial del estado civil correspondiente Pronunciar el Presente Divorcio. Y por esta nuestra sentencia, ordena manda y firma. Firmado: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez que preside de la Séptima sala de la Cámara Civil y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional y Secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, quien Certifica. Que en fecha Veintidós (22) del Mes de Abril del Año 2022, el oficial del estado civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, pronuncio el divorcio en el Libro No. 00003 de registro de divorcio, Folio 0013 Acta No. 000217, del Año 2022. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, A los Veintinueve (29) Días del mes de Abril del año Dos Mil Veintidós (2022).

LIC. FRANKLIN A. GÓMEZ P., ABOGADO APODERADO.

LIC. FAUSTO A. GARCIA DUARTE Abogado De Las Partes

FC 435236


SÁBADO 30 DE ABRIL 2022 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL AVISO DE DESLINDE Exp. No. 6612022030067

Se hace de público conocimiento que el día 10 de mayo del año 2022 a las 02:00 p.m., se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente a subdividir el inmueble identificado como: la P. No 415373861865 del Municipio de Santa Bárbara de Samaná, Provincia de Samaná, propiedad de Hilario Fermín y Seastone LTD. SOLANYI MERCEDES BEATO V. Agrimensor-Contratista Codia: 27667

PÉRDIDA CERTIFICADOS FINANCIEROS

AVISO

En cumplimiento de las disposiciones legales se hace de público conocimiento que se han extraviado los siguientes certificados de inversión en pesos dominicanos correspondientes al Banco Central de la República Dominicana, a nombre del finado RAMON SILVERIO, quien en vida fue portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0476512-8: 1-Certificado de Inversión No.2003426959, con el número de Certificación 009615, con un balance de RD$90,370.03. 2-Certificado de Inversión No.2003455733, con el número de Certificación 011990, con un balance de RD$643,953.63. 3-Certificado de Inversión No.2003668044, con el número de Certificación 016197, con un balance de RD$477,138.89. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., R.D., a los 26 de abril del 2022.

El Ayuntamiento Santo Domingo Este, hace de público conocimiento, que en Estación III, dependencia del ASDE, ubicada en la calle 4ta, No. 81, del sector Los Mameyes, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, se encuentra en condición abandono el vehículo de Carga, marca Hino, modelo FD, color Blanco, chasis No. JHBFE1758H2S10257, año 1987, Placa No. L138104, propiedad del señor GERMAN BIENVENIDO GOMEZ LIZARDO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 001-0917796-4, llegado por el Puerto de Haina Oriental, en fecha 13/12/1994, conforme Certificación de Impuestos Internos, expedida en fecha 21 de marzo del año dos mil veintidós (2022), invitándole a su propietario señor GERMAN BIENVENIDO GOMEZ LIZARDO, a que pase por las instalaciones de Estación III, en un plazo no mayor de tres (3) días, contados a partir de la presente publicación, a reconocer el vehículo y a cancelar los compromisos pecuniarios para cubrir los gastos del servicio del remolque, depósito y de la publicación. ADVIRTIENDOLE al señor GERMAN BIENVENIDO GOMEZ LIZARDO, que en caso de no obtemperar al llamado, dicho vehículo será vendido en Pública Subasta.

FC 434982

AVISO DE DESLINDE Exp. No. 6612022030083

Se hace de público conocimiento que el día 11 de mayo del año 2022 a las 09:00 p.m., se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente a subdividir el inmueble identificado como: la P. No 415394615020 del Municipio de Santa Bárbara de Samaná, Provincia de Samaná, propiedad de Elias Pool y Seastone LTD. SOLANYI MERCEDES BEATO V. Agrimensor-Contratista Codia 27667

Firma autorizada: NESTOR RAMIRO SILVERIO PEREZ (hijo del finado Ramón Silverio). 402-2284955-2

AVISO PERDIDA CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE

AVISO

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE No. 000147 fecha de apertura 06/10/2020 expedido por un valor de RD$140,000.00 (CIENTO CUARENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA, Adquiriente. Publicación iniciada a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.-

El Ayuntamiento Santo Domingo Este, hace de público conocimiento, que en Estación III, dependencia del ASDE, ubicada en la calle 4ta, No. 81, del sector Los Mameyes, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, se encuentra en condición abandono el vehículo tipo Maquina Pesada, marca Lamborghini, modelo N/A, color Gris, chasis No. 11333, año 1995, Placa No. UA0332, propiedad del señor PEDRO AGUSTIN ALMANZAR, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. N/A, llegada por el puerto N/A, en fecha 31/07/1995, conforme Certificación de Impuestos Internos, expedida en fecha 21 de marzo del año dos mil veintidós (2022), invitándole a su propietario señor PEDRO AGUSTIN ALMANZAR, a que pase por las instalaciones de Estación III, en un plazo no mayor de tres (3) días, contados a partir de la presente publicación, a reconocer el vehículo y a cancelar los compromisos pecuniarios para cubrir los gastos del servicio del remolque, depósito y de la publicación. ADVIRTIENDOLE al señor PEDRO AGUSTIN ALMANZAR, que en caso de no obtemperar al llamado, dicho vehículo será vendido en Pública Subasta.

JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA Adquiriente

AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO ESTE (ASDE).

(COOPEDAC-AC-24452 -WP-28-29-30/04/2022-7/7)

AVISO DE DESLINDE Exp. No. 6612022030091 Se hace de público conocimiento que el día 10 de mayo del año 2022 a las 09:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente a subdividir el inmueble identificado como: la P. No. 415373659073 del Municipio de Santa Bárbara de Samaná, Provincia de Samaná, propiedad de Luciano Encarnación M. y Seastone LTD. SOLANYI MERCEDES BEATO V. Agrimensor-Contratista Codia 27667

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

PUBLICACION DE PERDIDA DE DOCUMENTO

En cumplimiento de las disposiciones legales vigente, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO FINANCIERO NO. 1240027117, de fecha Doce (12) del mes de Marzo, del año 2019, por la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL PESOS (RD$388,000.00) expedido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA a favor de quien en vida respondía al nombre de PABLO PICHARDO PICHARDO en copropiedad con la señora RAMONA DE JESUS PICHARDO, titulares de las cédulas Nos. 031-0338686-2 y 0310200105-8, respectivamente. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio de Santiago, Republica Dominicana, a los Veintiocho (28) días del mes de Abril, del año dos mil Veintidós (2022).

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Estudio del curso técnico a nombre de MODESTO DE LA CRUZ DE LOS SANTOS, que lo acredita como TECNICO EN COCINA Y GASTRONOMIA, otorgado por el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP). A los 13 días del mes de JULIO del año 2002, Registrado con el Núm. 254, Folio 122 del libro de Título No. 1. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

LICDA. VIVIANA DE LA CRUZ ABOGADA 26 de Abril del 2022

“CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA ANUAL En cumplimiento con la Ley 122-05, del 8 de Abril del 2005, sobre regulación y fomento de las asociaciones sin fines de lucro en la Rep. Dom., y los Estatutos de la asociación sin fines de lucro EL ARCA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, con su domicilio principal en la C/Cayenas #4, Buenos Aires de Herrera, Sto. Dgo. Oeste., Rep. Dom., SE CONVOCA a todos los miembros de EL ARCA DE LA REPUBLICA DOMINICANA a la Asamblea General Ordinaria que tendrá lugar el miércoles veinticinco (25) de Mayo del dos mil veintidós (2022), a las siete de la tarde (7:00 PM), en la calle Seminario #1, Parroquia Universitaria Santísima Trinidad, Salón Santiago, Sto. Dgo., a fin de conocer: 1) Informe de Gestión 2020-2022, 2) Informe Financiero, 3) Presupuesto Anual, 4) Elección de nueva directiva, 5) Aprobación de mandato, 6) Tema libre.

Jeanne Marion-Landais Mesa, Presidente.

AVISO El Ayuntamiento Santo Domingo Este, hace de público conocimiento, que en Estación III, dependencia del ASDE, ubicada en la calle 4ta, No. 81, del sector Los Mameyes, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, se encuentra en condición abandono el vehículo de Carga, marca Toyota, modelo Pic Kup, color rojo, chasis No. JT4RN50R1H0250069, año 1987, placa anterior No. LBV506, Placa actual No. L081254, propiedad de la señora FRANCISCA CORPORAN CASTILLO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No. 002-0031857-4, importado por Cristal Motors S.A., llegada por el Puerto de Haina Oriental, en fecha 13/11/1999, conforme Certificación de Impuestos Internos, expedida en fecha 21 de marzo del año dos mil veintidós (2022), invitándole a su propietaria señora FRANCISCA CORPORAN CASTILLO, a que pase por las instalaciones de Estación III, en un plazo no mayor de tres (3) días, contados a partir de la presente publicación, a reconocer el vehículo y a cancelar los compromisos pecuniarios para cubrir los gastos del servicio del remolque, depósito y de la publicación, ADVIRTIENDOLE a la señora FRANCISCA CORPORAN CASTILLO, que en caso de no obtemperar al llamado, dicho vehículo será vendido en Pública Subasta.

AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO ESTE (ASDE).

FC 435261

De conformidad con el artículo 158 de la Ley 189-11, se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día Nueve (09) del mes de junio del año dos mil veintidós (2022), a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, ubicada en la Presidente Vásquez No. 23, ensanche Ozama, Santo Domingo Este, en donde se procederá a la venta en pública subasta del siguiente inmueble identificado como 401540921078, que tiene una superficie de 242.44 metros cuadrados, matricula No. 4000274976, ubicado en Santo Domingo, por el Registro de Títulos, en fecha 10 de Agosto del 2018”. El inmueble descrito anteriormente ha sido embargado por INMOBILIARIA LA PLATA HS S.R.L., entidad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social y asiento principal establecido en la Carretera Mella Parada No. 37, 2do Nivel, Sector Alma Rosa Primera, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, de la República Dominicana, con RNC: 1-31-46927-2, quien tiene como abogados constituidos a los Licdos. Rafael Herasme Luciano y Esther Mota Añasco, dominicanos, mayores de edad, abogados de los Tribunales de la República, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0964648-9 y 023-0099712-5 con oficina profesional abierto en la Carretera Mella Parada No. 37, Alma Rosa Primera, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, donde mis requirentes hacen elección de domicilio a los fines y consecuencias legales del presente proceso de embargo inmobiliario. El inmueble anteriormente descrito ha sido embargado en contra el deudor JOSE LUIS HERNANDEZ DE LOS SANTOS. El mandamiento de pago fue notificado a la embargada el día 03 del mes de marzo del 2022, mediante acto No. 175/2022. del ministerial Gustavo Pereyra Suriel, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el día 22 de marzo del 2022. El precio de primera puja ha sido fijado en la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO (RD$283,275.00) PESOS DOMINICANOS más los gastos y honorarios aprobados por el Tribunal de conformidad con la ley. Hecho y firmado en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

LICDA. ESTHER MOTA AÑASCO, por sí y por el LICDO. RAFAEL HERASME LUCIANO, Abogado de la parte persiguiente.

AVISO DE PÉRDIDA DEL CERTIFICADO DE DEPÓSITO DE ALQUILERES DEL BANCO AGRICOLA DE LA REP. DOM. Por este medio hacemos público la pérdida del Certificado de depósito de alquileres del Banco Agrícola No. 1-260-083132-8, inquilino ANGEL JOSELITO PEREZ MEDINA, cédula del inquilino 2260018142-8, domiciliado y residente en la C/Primera, Manzana No. 3949 A, No.5, Urbanización la Esperanza, San Isidro, Santo Domingo. Propietaria ELSA MAGNOLIA OVIEDO DE LOS SANTOS, cédula de la propietaria No.001-0546752-6, domiciliada y residente en la calle Primera esquina 14, Isabelita No. s/n, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, fecha de emisión 15-09-2020, valor recibido RD$39,000.00, en efectivo por concepto pago depósito de alquiler del inmueble ubicado en la C/Primera Manzana No.3949 A, No. 5, Urbanización la Esperanza, San Isidro, Santo Domingo. En la Cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de abril del año Dos Mil Veintidós (2022).

FC 435110

DRA. MARTIZA VENTURA SANCHEZ, Abogada.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIA

FC 435205

AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO ESTE (ASDE).

REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DE DEFENSA SANTO DOMINGO, D.N.

“TODO POR LA PATRIA”

AVISO El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las proximidades de la concesión minera denominada “EL MACAO”, ubicada en las secciones Uvero Alto, La Curtiembre y Los Dejaos, Distrito Municipal La Otra Banda, Municipio Salvaleón de Higüey, Provincia La Altagracia, R.D., que desde el día 25/4 al 25/5/2022, la empresa DOCALSA, S.A, realizará trabajos de voladuras.

De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, del Art. 92, Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TÍTULO NO. 571125, PARCELA 47, LIBRO 1508, FOLIO 129, DISTRITO CATASTRAL 21, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE (655.00 MTS2), UBICADO EN SANTO DOMINGO NORTE, PROPIEDAD DE LA SEÑORA JUANA BIENVENIDA RIVERA DE TERRENO. FC 435206

JUANA BIENVENIDA RIVERA DE TERRENO, Propietaria Declarante.

AVISO DE MENSURA

El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades.

Cortésmente me dirijo a ustedes a los fines de informarles que el 12 de mayo de 2022, a las 10:30 a. m., se dará inicio a la Mensura para DESLINDE, dentro de la parcela No. 1 del Distrito Catastral No. 13, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, expediente No. 6612022029700, en fecha: 28 de abril de 2022, cuyo propietario es ROQUE ALBERTO MUÑOZ CONCEPCION. En cumplimiento del artículo No. 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales. Sin más particular.

DIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5, Y RELACIONES PÚBLICAS, MIDE.

RAMÓN JIMÉNEZ RONDÓN Agrimensor Contratista CODIA: 11397

FC 435315


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AVISO DE MENSURA

AVISO DE DESLINDE

En virtud de la autorización de fecha 28/04/2022, se hace de público conocimiento que el Martes 10/05/2022, a las 09:00 A.M., serán iniciados los trabajos de mensura para Deslinde, sobre una porción de área sobre el inmueble identificado como P. No. 166 del Distrito Catastral No. 17, del Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a requerimiento de la Sra. SRA. MARIA BATISTA, que partiendo en dirección sur desde la Academia de Baseball Quality, a 500 metros, y luego girando hacia la derecha a 500 m, se ubica dicho inmueble, en el lugar denominado El Mamón.

Por medio de la presente, se avisa al público en general, que en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 12, de la Resolución Núm. 355-2009, dictada por la Suprema Corte de Justica, que el día 16 del mes de Mayo del año 2022, a las 09:00 a.m., se ejecutará el levantamiento topográfico con fines de Saneamiento, del expediente No. 6642022038668, dentro del ámbito de la Parcela No. Distrito Catastral No. 03, de la Provincia Barahona y Municipio Paraíso, propiedad de NÉLCIDO FELIZ REYES.

FC 435316

AGRIM. NEFTALY JOSE JIMENEZ ABREU CODIA 35170

FC 435305

AGRIM. JOSÉ MIGUEL SOLÍS Codia 19615 / Celular No. 809-697-1552

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE: En virtud de Autorización d/f 26/04/2022, se hace de público conocimiento que el día SABADO 21/05/2022, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura para DESLINDE, DENTRO DE LA Parcela No. 383, del Distrito Catastral No. 03, del Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, propiedad de los señores: ROBERTO DE JESUS ADAME ABREU, FIDENCIO ANTONIO CARELA POLANCO Y ALTAGRACIA RODRIGUEZ DE CARELA, Expediente No. 6622022065291. AGRIM. AGUSTIN J. HERASME T. Codia 10236 // Cel.: 809-949-0427, e-mail: herasme31@yahoo.es FC 435311

AGRIM. AGUSTIN J. HERASME T. Codia 10236 // Cel.: 809-949-0427, e-mail: herasme31@yahoo.es FC 435311

AVISO A MENSURA CATASTRAL Expediente No. 6622022067446 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por La Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, en fecha 29 de Abril del Año 2022, Que el día 16 de Mayo del año 2022, a las 9:00 de la mañana se dará inicio a los trabajos de campo para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 63 del D.C. No. 3, del Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, ubicado a unos 112 metros al Oeste de la Calle Gastón Fernando Deligne a nombre del señor ELADIO SANCHEZ TIBURCIO. SE ADVIERTE: a todos los colindantes y personas que tengan algún interés en la parcela a Deslindar, que deben comunicarlo con anticipación o en el momento de la Mensura con el Agrimensor encargado, en la hora, día, mes y año fijado para comenzar el acto de levantamiento parcelario, de conformidad con la ley 108-05 y sus Reglamentos. Esta Mensura será practicada por el Agrimensor:

(AC-24471-PC)

29 DE ABRIL 2022

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Título, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 18202 (Duplicado del Título) que ampara el derecho de propiedad de la parcela 210-POR-A-9, del Distrito Catastral 8, del Municipio de San Cristóbal, con una extensión superficial de 1,989.00 Mts2 metros cuadrados. Propiedad de RAMÓN FRANCISCO PICHARDO PUELLO, con la cédula de identidad electoral 001-0077340-7. RAMÓN FRANCISCO PICHARDO PUELLO

ROMUALDO ANTONIO DURAN LANTIGUA Codia No. 28252

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente Nº 6622022066067 Se avisa, que el día 23 del mes de mayo del año 2022, a las 11:00. A. M, daremos inicio a los Trabajos de Deslinde, de una porción dentro de la Parcela 118-B-10, del D.C. Nº 3, del Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega. Propiedad de: RAMON EVANGELISTA RODRIGUEZ FERNANDEZ Área: 201.00 M2 Referencia de Ubicación: Lugar: Proyecto Diloné. Calle 3 esquina Calle 2. Autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 27 de abril del año 2022. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Estos trabajos serán realizados por la agrimensora

LORENA RAMIREZ HENRÍQUEZ Agrimensor Contratista CODIA Nº 37109 (JTRC-AC-24472-PC-1/2)

FC 435244

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE: En virtud de Autorización d/f 12/04/2022, se hace de público conocimiento que el día LUNES 16/05/2022, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura para DESLINDE, DENTRO DE LA Parcela No. 152, del Distrito Catastral No. 06, del Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, propiedad de los señores: MARTIN ANTONIO MIESES CASTILLO Y ROBERTA MERA GONZALEZ, Expediente No. 6632022023908.

LEGAL 17

29 DE ABRIL 2022

AVISO DE PERDIDA DE CARTA CONSTANCIA De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Título, se hace de conocimiento público que se ha extraviado la Carta Constancia de Matrícula 3000029999 (Duplicado del Título) que ampara el derecho de propiedad de la parcela 210-POR-A-B-C y D, del Distrito Catastral 08, del Municipio de San Cristóbal, con una extensión superficial de 4,841.00 Mts2 metros cuadrados. Propiedad de RAMÓN FRANCISCO PICHARDO PUELLO, con la cédula de identidad electoral 001-0077340-7. RAMÓN FRANCISCO PICHARDO PUELLO FC 435244

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente Nº 6622022066032 Se avisa que el día 23 del mes de MAYO del año 2022, a las 9:00. A.M, daremos inicio a los Trabajos de Deslinde, dentro de la parcela 118-B-10, del D.C 3, del Municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega. Propiedad de: JUANA EVANGELISTA RODRIGUEZ Área: 200.00 M2 Referencia de Ubicación: Proyecto Diloné. Calle 3 a 30 metros al oeste de la intersección con la Avenida Víctor Méndez Capellán. Autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 27 del mes de abril del año 2022. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Estos trabajos serán realizados por la agrimensora

LORENA RAMIREZ HENRÍQUEZ Agrimensor Contratista CODIA Nº 37109 (JTRC-AC-24472-PC-2/2)

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

Para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley 1306 - Bis sobre divorcios, se hace de público conocimiento que en fecha 20 de diciembre del 2021, la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, en sus atribuciones civiles, dictó una sentencia cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Francisco Félix de Jesús Escalante y Tania del Carmen Báez Sosa, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No.23, firmado por los esposos, de fecha 20 de octubre del 2021, por ante el Licda. Luz Magaly Román Casado, abogado notario público de las del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Que en fecha 04 del mes de marzo del año 2022, el referido divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera. Circunscripción del Distrito Nacional y el mismo fue inscrito en el Libro de Registro de Divorcios No.00006, Folio No.0027, Acta No.0005157, del año 2022. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día 29 del mes de abril del año 2022.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley No. 2153, del 1949, que amplía el articulo 22 la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace saber que la señora ROSANNA IVELISSE MONEGRO, dominicana, mayor de edad, con cédula No. 402-4291005-3, con domicilio y residencia en la calle Colón No.22, Guaricano, Villa Mella, Santo Domingo Norte, por medio de su Abogado constituido y apoderado especial, LIC. BIENVENIDO TAVERAS OLIVO, dominicano, mayor de edad, identificada por la Cédula Personal de Identidad y Electoral número 001-0214290-8, domiciliado y residentes en Santo Domingo Norte y Estudio Profesional Abierto en la Avenida Charles de Gaulle No. 61, Esq. Gabriela Mistral, Kabirma del Este, Santo Domingo Este, tel. 829-759-8344; Email: bienvenidotaveras61@hotmail.com, le advierte a su legítimo esposo señor LUIS ENRIQUIEZ VELAZQUEZ GONZÁLEZ, quien tuvo su último domicilio conocido en la calle San Miguel Esquina Calle La Torres, casa No.2, Sector Hermana Mirabal, Guaricano, Villa Mella, Santo Domingo Norte, se procederá a emplazar en fecha Tres (3) del mes de Mayo del año 2022, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, en acción de divorcio por causa de terminada de incompatibilidad de caracteres, para que comparezca como fuere de derecho al día Martes que contaremos a Diecisiete (17) de Mayo del 2022, a las nueves horas de la mañana (9:00 a.m.), a la audiencia de manera Presencial que conocerá la Séptima Sala Civil y Comercial para Asunto de Familia de Santo Domingo Norte, la cual funciona en la Ramón Matías Mella, Esq. Calle Altagracia, No. 103, segundo nivel, Villa Mella, Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia de Santo Domingo.-

En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor OBENZO CHARLES, Haitiano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D., pasaporte no. PP5387899, ; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al abogado constituido y apoderado especial a los LICDOS. ALTAGRACIA CAPELLAN FERNANDEZ, JESUS RAMON TRINIDAD, WILFIDO LEONARDO ADAMES SURIEL Y GLORIA BEATRIZ ROSARIO MENA, cédulas de identidad y. electoral Nos. 047-0124492-5, 047-0173515-3, 0470016399-3 Y 047-0186901-0 Respectivamente, con estudio profesional abierto en el NO.33 de la Ave. Mons. Panal 2do. Nivel Edif Sammer II Modulo 14 de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora PURIFICACION KOTE ECHUACA, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle 7 No.2 Sector Primavera 1ra., de este municipio de La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 3 del mes de MAYO del año 2022 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 17 del mes de MAYO del año 2022 a las 9:17 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.

FC 435234

LICDA. MARÍA DE LOURDES NOBOA, LICDA. YHURKY MATOS, Abogadas de las partes.

LIC BIENVENIDO TAVERAS OLIVO Abogado Constituido

LICDOS. ALTAGRACIA CAPELLAN FDEZ., JESUS R. TRINIDAD, WILFIDO L. ADAMES SURIEL Y GLORIA B. ROSARIO M. Abogados De La Parte Demandante (RCT-26920-FC-28-29-30/04/2022)

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace de público conocimiento: Que la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo Oeste, dictó la Sentencia Civil marcada el No. 1445-2021-SSEN-00393, Expediente No. 14452021-EFAM-DIC-00165, de fecha 05 del mes de agosto del año Dos Mil veintiuno (2021), y cuyo dispositivo copiado textualmente es como sigue: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señora Julissa Alselinia Pimentel, por no comparecer no obstante citación; SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores Roalbert Aybar Jiménez y Julissa Alselinia Pimentel; TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; CUARTO: Comisiona al ministerial Jorge Aquino Amparo, alguacil de estrado den este tribunal, para la notificación de la presente sentencia; QUINTO: Compensa las costas del procedimiento. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día dieciséis (16) del mes de septiembre del año dos mil veintiuno (2021); la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo Oeste. Que dicho divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la 15TA. CIRCUNSCRIPCIÓN DE SANTO DOMINGO OESTE, inscrito en el Libro No. 00001, de Registros de DIVORCIO, Folio No. 0086, Acta No. 000086, del año Dos Mil Veintidós (2022). En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de abril del año Dos Mil veintidós (2022).

De conformidad con el art. 22, párrafo, de la Ley no. 1306-bis del 21/5/1937, sobre divorcio, el señor PEDRO DEL ORBE JOSE, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 058-0008776-8, domiciliado y residente la cuidad de Santiago, quien hace elección de domicilio en el estudio del abogado, para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LIC. KATHERINE MERCADO ACEVEDO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 402-2008802-1, abogada de los Tribunales de la República Dominicana matriculada en el Colegio de Abogados con el No. 81454-275-19, con estudio profesional abierto en la OFICINA DE ABOGADOS MERCADO POLANCO & ASOCIADOS, ubicada en la calle Manuel Román No.3, del Es. Román I, de esta Ciudad de Santiago caballeros, ADVIERTE a su legítima esposa la señora SR. TIMOTEA ESPINAL, cuyo último domicilio conocido fue en la calle 2 # 13, del sector de Ensanche Mella 2, Santiago; que a falta de conocimiento de su actual domicilio, procederá a emplazarla en acción de divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal de la provincia de Santiago, cito dentro del palacio de Justicia Federico C. Álvarez, el día martes que contaremos a tres (3) de Mayo del 2022, a las 10:00 am, así como en la puerta del tribunal apoderado, conforme a la ley, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia presencial que al efecto se celebrará el día lunes que contaremos a dieciséis (16) de mayo del 2022, a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M), en la cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara civil del Juzgado de Primera Instancia de Santiago, cito en el primer nivel del Palacio de Justicia Federico C. Álvarez, ubicado en la manzana comprendida entre la av. 27 de febrero y Av. Circunvalación, y calles E. Guerrero y Ramón García, Santiago. En la Ciudad de Santiago, República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año Dos Mil veintidós (2022).

En cumplimiento del art.22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Sr. UVALDO ESQUIBEL SUAREZ RICHARDSON, Dominicano, mayor de edad, casado, estudiante, domiciliado y residente en la Provincia Altagracia, R.D. y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D., cédula No.058-0032581-2, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. MIGUEL PAULINO RODRIGUEZ, cedula no. 047-0039439-0, con estudio profesional abierto en el no.24 de la Calle Duvergé No.24 esq. Las Carreras de esta ciudad de La Vega, lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora YOVANNY ALTAGRACIA RIJO JOSE, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en Villa Riva, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 3 del mes de MAYO del año 2022 así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado, para que comparezca a la audiencia PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 31 del mes de MAYO del año 2022 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.

Dra. María Altagracia Sánchez Bueno, Abogada Apoderada.

Lic. Katherine Mercado Acevedo Abogada

FC 432884

LIC. MIGUEL PAULINO RODRIGUEZ Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-24456-OP-28-29-30/04/2022)


SÁBADO 30 DE ABRIL 2022 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL AVISO PARA REALIZAR LOS TRABAJOS DE DESLINDE EXPEDIENTE Nº 6622022065478 Se avisa por este medio que el día 10 del mes de Mayo del año 2022, a las 9:00 a.m., daremos inicio a los Trabajos de Deslinde, de una (1) porción de terreno dentro de la: Parcela Nº 114, del D.C. Nº 11, del municipio Concepción de La Vega, Provincia La Vega, Rep. Dom. Propiedad de la señora: ANA MERCEDES BATISTA GARCÍA. Amparado en el Acto de Venta de fecha 08 del mes de Marzo del año 2019. Área: 100.00 m2. Referencia de Ubicación: Calle principal San Gerónimo, Los Pomos, de la ciudad de La Vega, Rep. Dom. Estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 26 del mes Abril del año 2022., Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Estos trabajos serán ejecutados por el agrimensor

ANTHONY MICHAEL ALMONTE BRITO Agrimensor Contratista CODIA: 27644

(AC-24473-WP)

PUBLICACION AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 6612022030261 Vista la Autorización de Fecha 29 de abril del 2022, Dictada Por La Dirección Regional De Mensuras Catastrales Departamento Noreste, correspondiente al expediente No. 6612022030261, en cumplimiento a la ley 108-05, Se hace de público conocimiento que el día 06 del mes de mayo del año 2022, a las 09:00 AM, se procederá con los trabajos de Mensura para DESLINDE de una porción de terreno Localizado en la calle proyecto, sector Santa Fe, del municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, dentro del ámbito de la Parcela No. 16-A-REFUNDIDA, del D. C. No. 12, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, cuyo propietario es el señor: ADDELIN MANUEL DE LEON MANZUETA. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Estos trabajos serán ejecutados por el agrimensor

(DOR-AC-24474-WP)

SIXTO ALBERTO ACOSTA SÁNCHEZ CODIA: 40340

AVISO MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Exp: 6622022046694 Vista la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte de Fecha: 23 del mes de marzo del año 2022. Se hace de público conocimiento que en fecha que contaremos a 06 del mes de mayo del año 2022, a las 10:00 A.M., procederemos a iniciar los trabajos de mensura catastral para los fines de DESLINDE de una porción de terreno en el ámbito de la Parcela No.157 del Distrito Catastral no.14 del municipio Concepción de La Vega y Provincia de La Vega. Referencia de ubicación: después del cruce de la Autopista presidente Antonio Guzmán Fernández y Carretera La Vega-Rincón (Cruce del Pino) aproximadamente a 1 kilómetro se dobla a la izquierda y a unos 300 metros en la acera derecha se encuentra el inmueble. Con un área de: 300.00 m2. Dicho terreno es propiedad del señor HÉCTOR RAFAEL GÓMEZ SUBÍ. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Estos trabajos serán ejecutados por la agrimensora

CARIDAD DEL CARMEN DE LA ROSA VITAR (GD-AC-24476-WP) Agrimensora Contratista Codia: 32794

AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, del párrafo II, de la Ley 122-05, se hace público conocimiento que mediante Resolución No. 0003-2022, emitida por el Procurador de Corte de Apelación Titular de la Procuraduría Regional de la Provincia de Santo Domingo, en fecha 01 de febrero del año 2022, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE COMBUSTIBLES A DOMICILIO (ADECOM), con su domicilio en la 2, Calle Las Mercedes Bo, kilómetro No. 25, Pedro Brand, Santo Domingo. Esta organización tiene por Misión: promover y fomentar acciones sociales, religiosas y proyectos tendentes a fortalecer las posiciones y oportunidades de las empresas y miembros que componen la asociación, tienen como principal objetivo el garantizar la protección de los derechos de sus integrantes. Generar espacios de discusión en todo lo relativo a las normativas y disposiciones que impacten directa o indirectamente los intereses de la asociación y sus miembros; Objetivo general: Fomentar la participación de la asociación en todos los temas nacionales que tengan incidencia directa o indirecta en el sector de la venta, distribución y transporte de combustible, al tiempo que se generen opiniones y posiciones sobre aquellas decisiones gubernamentales y de otras organizaciones privadas que puedan afectar los intereses de los miembros de la asociación y de la comunidad en general. Objetivos específicos: La fundación se propone contribuir con el desarrollo humano y religioso de sus miembros a través de la provisión de las necesidades básicas e instrumento que permitan una mejoría en la vida de sus miembros, familiares de estos y todos aquellos que de alguna forma u otra dependan de la asociación o sus miembros, logrando así: a) Diseñar y promover programas, estrategias de colaboración para la integración de los diferentes sectores que convergen en torno a la venta, distribución y transporte de combustibles. b) Establecer relaciones de coordinación y participación con personas (líderes comunitarios), asociaciones comunitarias, privadas y públicas como elementos integradores para la ejecución e implementación de programas de capacitación en las distintas áreas de nuestras competencias; c) Desarrollar programas de lucha contra las decisiones emanadas del poder público u otros gremios que pudiesen representar un peligro para los intereses de la asociación y sus miembros. d) Combatir la pobreza, la falta de educación, mala alimentación y otros males que afectan nuestra sociedad, esto a través de la promoción y patrocinio de programas sociales a través de los cuales se eleve la calidad de vida de los ciudadanos; e) Desarrollar programas de ayuda y financiamiento a los demás miembros de la asociación, así como de sus familiares y empleados; f) Prestar un servicio de alta calidad apegados siempre a los más altos lineamientos y estándares éticos; g) Gestionar y generar opiniones sobre todo aquello que sea de interés de la asociación y sus miembros. h) Generar y promover medidas que ayuden al fortalecimiento del sector combustible, transporte, distribución y que se traduzcan tanto en bienestar de los miembros de la asociación como de la sociedad en general. Y sus miembros fundadores son los señores: GUILLERMO VOIGT MARTÍNEZ, LUIS MANUEL DE JESÚS ARACENA JIMENEZ, ROBERTO FERNÁNDEZ YANGUELA, RAMÓN S. GARCÍA VANDERLINDER, JOSÉ CARLOS CABRERA SÁNCHEZ, PLINIO ALEXANDER ABREU ROJAS, VICTOR JESÚS RIVERA CARELA, YONATAN ABREU DÍAZ, FRANKLIN GARCÍA, VICENTE ANTONIO LUGO LUNA, RIQUELMI ANTONIO BASORA GARCÍA, MILTON CARLOS SURIEL MORENO; su Consejo Directivo tiene una duración de un (01) año y está compuesto por los señores ROBERTO FERNÁNDEZ YANGUELA, FRANKLIN GARCÍA, GUILLERMO VOIGT MARTÍNEZ, VICTOR JESÚS RIVERA CARELA, RAMÓN S. GARCÍA VANDERLINDER, PLINIO ALEXANDER ABREU ROJAS y permanecerán en sus funciones hasta la celebración de la Asamblea General Ordinaria que corresponda, o de las asamblea general que los revoque y está compuesto por siete (07) miembros, sus funcionarios son: ROBERTO FERNÁNDEZ YANGUELA-PRESIDENTE, FRANKLIN GARCÍA VICEPRESIDENTE, GUILLERMO VOIGT MARTÍNEZ-TESORERO,VICTOR JESÚS RIVERA CARELAPRIMER VOCAL, RAMÓN S. GARCÍA VANDERLINDER-SEGUNDO VOCAL, PLINIO ALEXANDER ABREU ROJAS-TERCER VOCAL, JOSÉ CARLOS CABBRERA SANCHÉZ-SECRETARIO. La duración de esta entidad es indefinida. En la Ciudad de Santo Domingo, hoy veintiseis (26) del mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE No. 000129 fecha de apertura 09/09/2020 expedido por un valor de RD$87,000.00 (OCHENTA Y SIETE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA, Adquiriente. Publicación iniciada a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.-

FC 435226

ROBERTO FERNÁNDEZ YANGUELA, PRESIDENTE.

JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA Adquiriente (COOPEDAC-AC-24452 -WP-28-29-30/04/2022-1/7)

AVISO PERDIDA CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE No. 000127 fecha de apertura 03/09/2020 expedido por un valor de RD$220,000.00 (DOSCIENTOS VEINTE MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA, Adquiriente. Publicación iniciada a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA Adquiriente (COOPEDAC-AC-24452 -WP-28-29-30/04/2022-2/7)

AVISO PERDIDA CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE No. 000122 fecha de apertura 19/08/2020 expedido por un valor de RD$102,000.00 (CIENTO DOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA, Adquiriente. Publicación iniciada a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA Adquiriente (COOPEDAC-AC-24452 -WP-28-29-30/04/2022-3/7)

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE No. 000141 fecha de apertura 28/09/2020 expedido por un valor de RD$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA, Adquiriente. Publicación iniciada a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.-

JUAN SUAREZ BATISTA Agrimensor Contratista CODIA 22812

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 770003754, por un monto de (RD$200,000.00), fecha de apertura 17/10/2011, del BANCO POPULAR, a nombre de MERCEDES OGANDO ENCARNACION, cedula No. 012-0004380-8.

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título de Propiedad NO. 2007-215 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 375.00mts.2 en el ámbito del solar no.006-14187, manzana no.93 del Distrito Catastral no.1 del Municipio de PIMENTEL Provincia DUARTE a a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de San Francisco de Macorís a nombre de VEGA & REYNOSO S.A., Propietario. En la ciudad, municipio de PIMENTEL provincia DUARTE, Rep. Dominicana, a los 30 días del mes de ABRIL del año 2022.

En cumplimiento de las disposiciones legales vigente, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO FINANCIERO NO. 1240025840, de fecha Doce (12) del mes de Marzo, del año 2019, por la suma de TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL PESOS (RD$366,000.00) expedido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA a favor de quien en vida respondía al nombre de PABLO PICHARDO PICHARDO, titular de las cédulas Nos. 0310338686-2, respectivamente. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio de Santiago, Republica Dominicana, a los Veintiocho (28) días del mes de Abril, del año dos mil Veintidós (2022).

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE No. 000125 fecha de apertura 25/08/2020 expedido por un valor de RD$100,700.00 (CIEN MIL SETECIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA, Adquiriente. Publicación iniciada a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.-

VEGA & REYNOSO S.A. Propietario

LICDA. VIVIANA DE LA CRUZ ABOGADA

AVISO MENSURA CATASTRAL Expediente No. 6622022066660 Se avisa que el día 17 del mes de MAYO del año 2022 a las 10:00 a.m. iniciaremos los trabajos de mensura catastral para DESLINDE de una porción de terreno ubicada en la Urbanización La Arboleda V, en el ámbito del solar no. 38 Distrito Catastral no. 05 municipio Concepción de La Vega Provincia La Vega. Area: 372.48mts2. Estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte en fecha 28 del mes de ABRIL del año 2022. Propiedad de ANGEL MATIAS AMARANTE. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Estos trabajos serán ejecutados por el agrimensor:

(AC-24477-WP)

(AAL-AC-24475-WP)

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 6612022010351 Cortésmente me dirijo a ustedes a los fines de informarles que el 14 de mayo de 2022 a las 8:00 a. m., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento de una porción de terreno en el ámbito del Distrito Catastral No. 17 del Municipio de Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal. El cual fui autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, expediente No. 6612022010351, en fecha: 11 del mes febrero del año 2022, reclamada por ANTONIO CONTRERAS DIAZ. En cumplimiento del artículo No. 75 del reglamento General de Mensuras Catastrales. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Estos trabajos serán ejecutados por el agrimensor:

JUAN ALBERTO RODRÍGUEZ PADILLA Agrimensor Contratista - CODIA: 21397 (AKA-AC-24478-WP)

JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA Adquiriente (COOPEDAC-AC-24452 -WP-28-29-30/04/2022-4/7)

JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA Adquiriente (COOPEDAC-AC-24452 -WP-28-29-30/04/2022-5/7)

VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

AVISO PERDIDA CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE

Se hace de público conocimiento que el día viernes que contaremos a seis (06) del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022), a las 9:00 A.M., se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, por ante el Juzgado de Paz Ordinario Las Terrenas, el cual se encuentra ubicado en la Calle Mella, No. 32, Las Terrenas, Samaná, República Dominicana, del bien otorgado en garantía prendaría sin desapoderamiento por del señor SIMÓN BOLIVAR SEVERINO DE LA CRUZ, a favor de la entidad de intermediación financiera BANCO MÚLTIPLE CARIBE INTERNACIONAL, S.A., Tel. 809-378-0505, Ext. 5504, en virtud del contrato de fecha diecinueve (19) del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), al tenor de la Ley No. 6186, del 12 de febrero de 1963. El bien para subastar se describe a continuación: “AUTOMOVIL PRIVADO, MARCA HYUNDAI, MODELO SONATA Y20, AÑO 2012, COLOR BLANCO, SERIE NO. 430153, REGISTRO O PLACA No. A736815, CHASIS NO. KMHEC41LBCA430153”. Las pujas se iniciarán sobre la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$200,000.00), más los gastos y honorarios del procedimiento de ejecución, venta y adjudicación. En ausencia de licitadores, se declarará al persiguiente adjudicatario por el precio de primera puja precedentemente descrito. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO APORTACION PREFERENTE No. 000133 fecha de apertura 16/09/2020 expedido por un valor de RD$66,000.00 (SESENTA Y SEIS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPEDAC a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA, Adquiriente. Publicación iniciada a los 28 días del mes de ABRIL del año 2022.-

FC 435067

LICDOS. CÉSAR MANUEL BÁEZ VLADIMIR CEPEDA DURÁN Abogados del Persiguiente

JUANA ARGENTINA JIMENEZ ARIAS DE MATA Adquiriente (COOPEDAC-AC-24452 -WP-28-29-30/04/2022-6/7)


SÁBADO 30 DE ABRIL 2022 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

De conformidad con las disposiciones del Art. 42 de la Ley 136-Bis, sobre Divorcio de la República Dominicana, se hace de público conocimiento que la Séptima Sala para asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia del Distrito Nacional, dicto en materia de Divorcio la sentencia civil No. 531-2022-SSEN-00249 de fecha Veintiocho (28) del mes de Enero del año Dos Mil Veintidós (2022), cuyo dispositivo reza de la siguiente manera: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válido en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido de acuerdo a la Ley; en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Félix de los Santos Javier y Yohanny Pérez Gómez, de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 14, instrumentado en fecha 22 del mes de octubre del 2021, por ante el Dr. Neftalí Hernández Rodríguez, notario público de los del número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Ordena, Manda y Firma (Firmados Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. De La Cruz Díaz, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Dicho Divorcio fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional el día 28/02/2022, registrado en el Libro: 00005, de Registro de DIVORCIO, Folio No. 0089, Acta No. 000446, Año 2022, en la ciudad de Santo Domingo, D.N.

Expediente No. 6642022003765. Vista la autorización para los trabajos de mensura para saneamiento de fecha fecha 12 de febrero del 2022, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Este, se avisa al público en general, que el día 18 de mayo del año 2022, a las 3:00 P.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el saneamiento de dos porciones de terreno dentro del ámbito Solar No. 9 Provisional, Porción C, del D. C. No. 1 del Municipio y Provincia de Barahona, reclamadas por señor José Manuel Medrano González, ubicadas una en la calle Salome Ureña, al Sur de la calle Prolongación Duarte, en el Sector La Playa, de la ciudad de Barahona R.D., dentro de las siguientes colindancias: Al Norte: Ferton Espinosa y Miguel Coiscou, Al Este: Eloyda Eunice Ayala, Al Sur: Nieves González Pérez y Al Oeste Calle Salome Ureña, y la otra porción, en la calle Salome Ureña, al Sur de la calle Prolongación Duarte, en el Sector La Playa, de la ciudad de Barahona R.D., dentro de las siguientes colindancias: Al Norte: Manuel Moreta, Al Este: Calle Salome Ureña, Al Sur: Argentina Feliz y Al Oeste Orelvis Feliz Novas y Eddy Olivero Matos.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que establece el artículo 92, párrafo 3 de la ley 108, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título matrícula 0100283923 del condominio Tree Tower, con una superficie de ciento cincuenta y dos metros cuadrados, con un porcentaje en partición sobre áreas comunes de 0.08% de participación en la parcela, en el bloque 02 nivel M3, un parqueo adquirido a SUAREZ INGENIEROS & ARQUITECTOS, S.R.L., RNC 1-30-77604-2, en Santo Domingo, D.N., a nombre de CALIXTO JAVIER GUERRA ACOSTA, cédula 001-1723147-2 y MAYRA CAROLINA ESCOTO DE GUERRA, Céd. 001-1662968-4, dominicanos, mayores de edad. FC 435272

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Se hace de público conocimiento, de conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la ley de Divorcio No. 1306-Bis, del 21 de mayo del año 1937; que en fecha catorce (14) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022), dictada por la Sexta Sala de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil núm. 531-2022-SSEN-00540, Expediente Núm. 532-2022-ECON-00025, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Arturo Solano Santiago y Deyanira Carolina Santos Garib, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 21, instrumentado en fecha 25 del mes de noviembre del 2021, por ante el Dr. Felipe Pérez Ramírez, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossi, Jueza; Mirtha M. De La Cruz Día, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. El divorcio admitido fue pronunciado por ante el oficial del Estado Civil de la 1ra Circunscripción del Distrito Nacional, e inscrito cual Libro No. 00005 de registro de DIVORCIO, Folio No. 0162, bajo el número de acta No. 000482, del año 2022, de fecha Dieciocho (18) de Abril del año Dos Mil Veintidós (2022). En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Veintinueve (29) días del mes de Abril del año Dos Mil Veintidós (2022).

FC 435229

LICDA. ALTAGRACIA TAPIA, Abogada.

* EDICTO PARA ANUNCIAR NUEVA FECHA DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA * De conformidad con el artículo 153 de la Ley No. 6186 de Fomento Agrícola y sus modificaciones, se informa al público en general, que ha sido aplazada para el día jueves diecinueve (19) de mayo del año dos mil veintidós (2022), a las nueve horas de la mañana (9:00 a. m.), por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de La Altagracia, sita en la calle Agustín Guerrero esquina calle Beller, de la ciudad y municipio de Salvaleón de Higüey, provincia de La Altagracia, República Dominicana, la audiencia de pregones que conocerá la venta en pública subasta del siguiente inmueble: “Parcela número 101-K-6, Distrito Catastral No. 10.4, que tiene una extensión superficial de 98,690 metros cuadrados, matrícula No. 1000011523, ubicado en Higüey, La Altagracia, que se encuentra registrado a nombre de la sociedad RIVERA DEVELOPMENT GROUP (RDG) (antes PROMOTORA MOLLTRANS, S. A.), RNC No. 1-30-23268-7, según consta en el asiento original del certificado de título registrado en el libro No. 296, Folio 006, hoja 157, y en el libro de registro complementario No. 0053, folio RC 226, con el No. 100027204, inscrito a la 01:28:00 pm el 26 de diciembre de 20082”. EMBARGANTE: A requerimiento, persecución y diligencia del señor GUSTAVO ALFREDO BIAGGI PUMAROL, dominicano, mayor de edad, casado, titular y portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0097534-1, abogado de los tribunales de la República, domiciliado en la avenida Abraham Lincoln número 403, Ensanche La Julia, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana y con domicilio de elección o ad hoc, en la calle José Audilio Santana Núm. 63 (altos), Bufete de Abogados del Dr. Manuel Joaquín Patricio Guerrero, sector Savica, ciudad de Salvaleón de Higüey, Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Licenciados DIONISIO ORTIZ ACOSTA y PATRIALORES BRUNO JIMENEZ, dominicanos, mayores de edad, abogados de los tribunales de la República, titulares y portadores respectivamente de las cédulas de identidad y electoral números 001- 0943030-6 y 001-1322683-1, ambos matriculados en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional permanente en la Avenida Abraham Lincoln número 403, Ensanche La Julia, Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana y con domicilio de elección o ad hoc, en la calle José Audilio Santana Núm. 63 (altos), Bufete de Abogados del Dr. Manuel Joaquín Patricio Guerrero, sector Savica, ciudad de Salvaleón de Higüey, Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, lugar en donde el embargante ha hecho formal elección de domicilio, para todos los fines y consecuencias legales del proceso de embargo inmobiliario y la subasta. DEUDORA EMBARGADA: La sociedad RIVERA DEVELOPMENT GROUP (RDG) –antes PROMOTORA MOLLTRANS S. A.- (RNC No. 1-30-23268-7), entidad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República, con su domicilio social y establecimiento principal en la villa Viveros 22, del Complejo Turístico Casa de Campo, La Romana, República Dominicana. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: En vista de que la deudora embargada dejó transcurrir el plazo de 15 días francos que le fuera otorgado en el mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario, a requerimiento del señor GUSTAVO ALFREDO BIAGGI PUMAROL, contenido en el Acto No. 21/2022 de fecha 14 del mes de enero del año dos mil veintidós (2022), del Ministerial Wander Mariano Sosa Morla, Alguacil Ordinario de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, conforme las disposiciones del artículo 149 de la Ley No. 6186 de Fomento Agrícola y sus modificaciones, el mismo se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario sobre el inmueble anteriormente enunciado. Dicho acto fue inscrito en el Registro de Títulos de Higüey, en fecha 31 de enero de 2022. PRECIO: El precio de la primera puja fijado por el embargante es de la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL DÓLARES AMERICANOS (US$2,925,000.00), más los honorarios de los abogados apoderados y los gastos del procedimiento, de conformidad con la ley. GARANTIA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR. Un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en cheque certificado o de administración de una institución bancaria establecida en la República Dominicana y de reconocida solvencia económica, deberá ser depositado en la Secretaría del referido Tribunal, sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con los términos fijados en el pliego de condiciones depositado en la Secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de La Altagracia, el 11 de febrero del año 2022. HECHO Y REDACTADO en la ciudad y municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, siendo hoy día treinta (30) de abril del año dos mil veintidós (2022).

Licda. Patrialores Bruno Jiménez por sí y por el Lic. Dionisio Ortiz Acosta, Abogados Constituidos y Apoderados Especiales.

LEGAL 19

FC 435218

Licda. Francelly Ortega Suero, Abogada Apoderada.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO A FINES DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones contenidas en la Ley No. 2153 que amplía el Artículo 22 de la Ley de divorcio No. 1306- Bis se hace de público conocimiento que el Señor JOHN SCOTT CACERES, dominicano, mayor de edad, soltero, provisto del pasaporte de Identidad No. 468453522 domiciliado y residente en New York, U.S.A y de modo accidental en la calle treinta de mayo No. 38 Sector Puerto Rico, de este Municipio de Hato Mayor del Rey, provincia Hato Mayor R.D; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial AL DR.RAFAEL SEVERINO, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República Dominicana, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0270001976-9, con estudio profesional instalado en la calle 27 de Febrero No. 24 de esta ciudad de Hato Mayor del Rey Matricula del colegio Dominicano de Abogado No. 8617-138-90, le advierte a su legítima esposa, señora YIRDRIANA COLON MENDEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, domiciliada y residente en el Municipio de Hato Mayor del rey, provincia Hato Mayor, R.D, que a falta de información sobre su actual domicilio y residencia, en fecha dos (2) del mes de Mayo del año dos mil veintidós (2022), se procederá por medio de su abogado constituido y apoderado especial, en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, a citarla y emplazarla en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la provincia de Hato Mayor del Rey, fiscalía ésta situada en uno de los salones de la planta baja del Palacio de Justicia de esta ciudad de Hato Mayor en el Kilómetro 1 de la carretera Hato Mayor-Yerba Buena, a fin de que comparezca como fuere de derecho, por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor del Rey, situada en el segundo nivel de dicho palacio de justicia, en sus atribuciones civiles, a la audiencia que a puertas cerradas y que para esos fines celebrará el indicado tribunal a las nueve horas de la mañana (9:00am), EL DIA DIEZ (10) DEL MES DE MAYO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL VEINTIDOS (2022). En el Municipio y provincia de Hato Mayor del Rey, provincia Hato Mayor, República Dominicana, a los veintisiete (27) del mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

FC 435314

DR. RAFAEL SEVERINO Abogado

Agrimensor Clemente Báez Sánchez FC 435313

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 6642022032971. Vista la autorización para los trabajos de mensura para deslinde de fecha 29 de marzo del 2022, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Este, se avisa al público en general, que el día 16 de mayo del año 2022, a las 11:00 A.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 23, del D. C. No. 14/1 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, ubicada en la calle Dr. Joaquín Balaguer esquina calle Luciano Hernández, de la Urbanización Blanquizales, de la ciudad de Barahona, propiedad de la señora Yvelisse Caridad Abreu Coss de Castillo. Agrimensor Clemente Báez Sánchez FC 435313

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 6642022033011. Vista la autorización para los trabajos de mensura para deslinde de fecha 29 de marzo del 2022, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Este, se avisa al público en general, que el día 16 de mayo del año 2022, a las 3:00 P.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 21-C, del D. C. No. 14/1 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, ubicada en la calle Osvaldo González, en la intersección con una calle al Este de la calle Andrea Feliz, de la Urbanización Los Maestros, de la ciudad de Barahona, propiedad de los señores, Lonny Yovanky Santana Adames y María del Carmen García de Santana. FC 435313

Agrimensor Clemente Báez Sánchez

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

Para general conocimiento y de conformidad con la Ley 1306-Bis sobre divorcio, y según lo que dispone su artículo 42, se hace saber lo siguiente: Que la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia civil Núm. 532-2021-SSEN-02702, de fecha quince (15) del mes de octubre del año dos mil veintiuno (2021), cuya parte dispositiva copiada textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada el señor Mike Endl Lafleur, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora Yockabely Suárez Mejía, en contra del señor Mike Endl Lafleur, por haber sido interpuesta conforme al Derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Yockabely Suárez Mejía y Mike Endl Lafleur, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos indicados. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. QUINTO: Compensa las costas del procedimiento, por los motivos expuestos. SEXTO: Comisiona al Ministerial Maireni M. Batista Gautreaux, Alguacil de estrados de esta sala, para la notificación de esta sentencia. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda y firma: Firmado: Mag. Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y Secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruceta, quien certifica. La sentencia de divorcio que antecede, cuyo dispositivo figura más arriba, fue pronunciado y trascrito por la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha diecisiete del mes de febrero del año dos mil veintidós (17/02/2022), registrada y transcrita en el Libro No. 00004 de registros de Divorcio, Folio No. 0097, Acta No. 002650, del año 2022.

Expediente No. 6642022043963. Vista la autorización para los trabajos de mensura para deslinde de fecha 29 de abril del 2022, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Este, se avisa al público en general, que el día 17 de mayo del año 2022, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 24, del D. C. No. 14/1 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, ubicada en la calle Benigno Campis, al sur de la Avenida Antonio Subervi, en la Urbanización Villa Olímpica, de la ciudad de Barahona, propiedad de la señora Mónica Ysabel Guzmán de La Cruz.

FC 435227

DR. MÁXIMO B. GARCIA DE LA CRUZ, Abogado.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para general conocimiento y de conformidad con la Ley 1306 -Bis sobre divorcio, y según lo que dispone su artículo 42, se hace saber lo siguiente: Que la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia civil Núm. 532-2022-SSEN-00113, de fecha veintisiete (27) del mes de enero del año dos mil veintidós (2022), cuya parte dispositiva copiada textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento, intentada por los señores Juan del Carmen Florián Valdez y Delgia Virginia García de la Cruz, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y, en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Juan del Carmen Florián Valdez y Delgia Virginia García de la Cruz, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 992/2021, instrumentado en fecha 11 de noviembre de año 2021, por ante el Lic. Pedro Eugenio Curiel Grullón, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. TERCERO: Ordena el Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda y firma: Firmado: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez que preside de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y Secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, quien certifica. La sentencia de divorcio que antecede, cuyo dispositivo figura más arriba, fue pronunciado y trascrito por la Oficialía del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha diecisiete del mes de febrero del año dos mil veintidós (17/02/2022), registrada y transcrita en el Libro No. 00004 de registros de Divorcio, Folio No. 0101, Acta No. 000352, del año 2022.

FC 435227

DR. MAXIMO B. GARCIA DE LA CRUZ, Abogado.

FC 435313

Agrimensor Clemente Báez Sánchez

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 6642022043963. Vista la autorización para los trabajos de mensura para deslinde de fecha 29 de marzo del 2022, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Este, se avisa al público en general, que el día 13 de mayo del año 2022, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la mensura Catastral para el deslinde y refundición de dos porciones de terreno, uno dentro del ámbito de la Parcela No. 21-C-1, del D. C. No. 14/1 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, y el otro del ámbito de la Parcela No. 23, del D. C. No. 14/1 del Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia de Barahona, ambas ubicadas en la intersección de dos calles ubicadas al este, de la Avenida Casandra Damirón, en la Urbanización Vista Mar, de la ciudad de Barahona, propiedad de las señoras Hillary Peña Espinosa y Desirée Peña Espinosa. FC 435313

Agrimensor Clemente Báez Sánchez

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento de las disposiciones legales, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado Financiero Núm. 11-47-470022353, a nombre Ana Delia Caraballo Cornelio, cédula de identidad y electoral Núm. 001-1464027-9, por un monto de RD$317,890.07, expedido en fecha 30/03/2006, por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos. FC 434603


SÁBADO 30 DE ABRIL 2022 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL AVISO CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS INDUSTRIA DEL PAPEL SIDO, S.R.L. RNC 1-01-11587-4 Registro Mercantil No. 69253PSD Capital Social: RD$20,000,000.00 Autopista Duarte, Km 22, La Guayiga Santo Domingo Oeste, República Dominicana

En cumplimiento de los dispuestos en los estatutos sociales de EMPRESA DE TRANSPORTE URBANO RUTA L(EMTRARUL), S.R.L., con su RNC No. 1-31-30492-3, se convoca a todos los miembros para que comparezcan el día Domingo que contaremos a veintidós (22) del mes de Mayo del año dos mi veintidós (2022), a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) en el domicilio social en la Avenida Circunvalación No. 9, del sector Nibaje, de esta ciudad de Santiago, para celebrar una Asamblea Extraordinaria de los miembros de esta empresa de transporte, a los fines: Único: Celebración de elección para elegir la nueva directiva que dirigirá los destinos de esta empresa de transporte de los años 2022-2024. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago de los Caballero, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

Señores Socios INDUSTRIA DEL PAPEL SIDO, S.R.L. Ciudad Asunto: CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. Estimados Socios: En cumplimiento de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, sus modificaciones (en lo adelante “la Ley”) y los Estatutos Sociales de la sociedad, por la presente tenemos a bien convocarles para que asistan a la Asamblea General Extraordinaria de INDUSTRIA DEL PAPEL SIDO, S.R.L., la cual se celebrará en el domicilio social, sito, en la Autopista Duarte, Km 22, La Guayiga, Santo Domingo Oeste, República Dominicana, el día catorce (14) del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022), a las diez horas de la mañana (10:00 A.M.), con el siguiente orden del día: 1. Aprobar la Nómina de socios presentes o representados, y, por tanto, la validez de la Asamblea para sesionar y tomar decisiones válidas como Asamblea General Extraordinaria; 2. Ratificar la suscripción de la Carta de Intención de fecha 18 de marzo de 2022 suscrita entre INDUSTRIA DEL PAPEL SIDO, S.R.L. y el Fondo Cerrado de Desarrollo de Sociedades Advanced Oportunidades de Inversión, representado por Advanced Asset Management, S.A como Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, en la que se pactan las condiciones generales que aplicarán a un contrato de préstamo a ser suscrito entre la sociedad y el Fondo Cerrado de Desarrollo de Sociedades Advanced Oportunidades de Inversión, representado por Advanced Asset Management, S.A como Sociedad Administradora de Fondos de Inversión; 3. Aprobar o no la obtención de un contrato de préstamo bajo la modalidad de línea de crédito con el Fondo Cerrado de Desarrollo de Sociedades Advanced Oportunidades de Inversión, representado por Advanced Asset Management, S.A como Sociedad Administradora de Fondos de Inversión; 4. Aprobar la firma de un Contrato de Promesa Unilateral de Venta a ser suscrito entre INDUSTRIA DEL PAPEL SIDO, S.R.L. y el Fondo de Inversión Cerrado Inmobiliario Advanced I, representado por Advanced Asset Management, S.A como Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, en el que se pactarán las condiciones generales que aplicarán a la suscripción de contratos relacionados a la venta de dos (2) naves industriales arrendadas a terceros y construidas sobre el inmueble identificado como parcela 18-C-5 del Distrito Catastral número 8 propiedad de INDUSTRIA DEL PAPEL SIDO, S.R.L., por un total de 4,173 mts2 y 4,164 mts2, cada una respectivamente, las cuales serán vendidas al Fondo de Inversión Cerrado Inmobiliario Advanced I, representado por Advanced Asset Management, S.A como Sociedad Administradora de Fondos de Inversión; 5. Otorgar los poderes correspondientes al representante de la sociedad que suscribiría toda la documentación relacionada con la obtención del referido crédito; 6. Otorgar los poderes correspondientes para el registro de la presente asamblea ante las autoridades correspondientes; 7. Cualquier otro asunto de interés. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, a los treinta (30) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022). Esperamos contar con su asistencia, Atentamente,

FC 435306

JIA JENG CHANG CHEN Gerente

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

EMPRESA DE TRANSPORTE URBANO RUTA L (EMTRARUL), S.R.L. CONVOCATORIA

AMBIORIX CEPEDA ARIAS Gerente General

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha veintiséis (26) del mes de abril del año dos mil veintidós (2022), la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia de El Seibo, dictó la sentencia civil No. 156-2022-SSEN-00057, y fue pronunciado el divorcio por mutuo consentimiento entre YONATTAN MICHAEL PAYANO Y YULISSA MARGARITA TAVAREZ BERROA, pronunciado por ante el oficial de la primera circunscripción de MICHES, registrado en el libro No. 00001, folio No. 0018, acta No. 000007, año 2022.

LICDA. MARIA MAGDALENA GARCÍA PIMENTEL ABOGADA

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que mediante sentencia civil Núm. 533-2021-SSEN-01226, de fecha 26 de junio de 2021, dictada por la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, emitió el siguiente dispositivo: PRIMERO: Admite la presente demanda de divorcio mutuo consentimiento, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores DANIEL BENJAMÍN PÉREZ GONZÁLEZ y CARMEN AURA TEJADA CABRERA, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: Otorga la guarda y custodia del niño SANTIAGO DANIEL, a favor de la madre, señora CARMEN AURA TEJADA CABRERA; TERCERO: Fija en la suma de doce mil pesos (RD$12,000.00) la pensión alimenticia que tendrá que pagar el padre, señor DANIEL BENJAMÍN PÉREZ GONZÁLEZ, a favor del niño SANTIAGO DANIEL, en manos de la madre, señora CARMEN AURA TEJADA CABRERA; CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio; QUINTO: Declara compensadas las costas del procedimiento. El presente divorcio ha sido pronunciado en fecha 21 de marzo de 2022, por ante la Oficialía del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional, y aparece transcrito en el Libro 00003, Folio 0160, Acta 000276, año 2022, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los 28 días de abril de 2022.

FC 435245

LIC. GERMÁN FCO. MEJÍA COLÓN Abogado

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO PARA CAMBIO DE NOMBRE En cumplimiento de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil y sus modificaciones, el señor NELLI ENCARNACION ENCARNACION, por su abogado LIC. JOSE FRANCISCO D’ OLEO ENCARNACION, solicito la autorización correspondiente para cambiar su nombre por el de SKIW HASTHY ENCARNACIÓN ENCARNACIÓN, en tal virtud, mediante oficio No. 07660, de fecha Cuatro (4) del mes de Abril del año Dos Mil Veintidós, el presidente de la República AUTORIZO el cambio. Se invita a toda persona que crea tener su oposición en plazo de (60) días, a contar de la fecha de publicación del aviso, conforme a la disposición del artículo 82 de la preindicada ley. Municipio El Cercado, PROVINCIA SAN JUAN, REPUBLICA DOMINICANA, a los Veintinueve (29) días de Abril, año Dos Mil Veintidós (2022).

LIC. JOSE FRANCISCO D’ OLEO ENCARNACION Abogado Apoderado COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y SERVICIOS MÚLTIPLES EL FUTURO (COOP-FUR) CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA En cumplimiento de las disposiciones estatutarias, el Consejo de Administración convoca a los socios de la COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y SERVICIOS MÚLTIPLES EL FUTURO (COOP-FUR), a nuestra primera Asamblea General Ordinaria, que celebraremos el día 12 del mes de mayo del 2022, a las 2:00 de la tarde, en la calle Padre Fantino Falco No.29, Segundo Piso, Local 100, Plaza Naco, Ensanche Naco, Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana. Cuya agenda u ORDEN DEL DIA está establecido en el artículo 42 de los estatutos.

De conformidad con lo que dispone el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace la siguiente publicación: A) En fecha 30 del mes de Marzo del año 2022, la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializado en Asuntos de Familia, en audiencia Pública, dictó la Sentencia Civil No.532-2022-SSEN-00903, cuyo dispositivo, copiado textualmente reza lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento, intentada por los señores Fulvio Arquímedes Carrasco Rodríguez y Carmen Teresa Cavallo Moreta, por haber sido de acuerdo a Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y, en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Fulvio Arquímedes Carrasco Rodríguez y Carmen Teresa Cavallo Moreta, por mutuo consentimiento, de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 2/2022, instrumentado en fecha 02 de febrero del año 2022, por ante el Dr. Juan de Jesús González Ferreira, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. b) Otorga la guarda y cuidado de la menor de edad Sarah Sophya, a cargo de la señora Carmen Teresa Cavallo Moreta, madre de esta; acordado en el acto de convenciones y estipulaciones No.2/ 2022, instrumentado en fecha de 02 de febrero del año 2022, por ante el Dr. Juan de Jesús González Ferreira, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio, por los motivos que preceden. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda y firma: Firmado: Mag. Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, quien certifica. Firmada y sellada por ante mi secretaria que certifica que la presente copia es fiel a su original, la que expido, firmo y sello, Secretaria Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, a solicitud de la parte interesada hoy día. La misma ha sido registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha Seis (06), del mes de Abril del año 2022, bajo el Libro Letra DG-AJ, de Registro No. 2022-07739, el Divorcio fue Pronunciado en fecha Veintiuno (21), del mes de Abril del año Dos Mil Veintidós (2022), por ante el Oficial del Estado Civil de la Tercera (3era) Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No. 00003, de Registro de Divorcio, Folio No.0182, Acta No. 000287, año 2022, según Sentencia Civil No. 532-2022-SSEN-00903. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintiocho (28) días del mes de Abril del año Dos Mil Veintidós (2022).

FC 435307

LICDA. KENIA BASTARDO Abogada Apoderada

CONDEJO DE ADMINISTRACION

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

PUBLICACION DE DIVORCIO

Se hace de público conocimiento que en fecha 11/05/2022, a las 09:00 A.M., se realizarán los trabajos de Deslinde, en la Parcela No. 254, del Distrito Catastral No.04, con una extensión superficial de 157,215.8, inmueble ubicado en el paraje Los Anones, distrito municipal Arroyo al Medio, municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señor PABLO REGALADO GONZALEZ, expediente No. 6612022029972, d/f. 28/04/2022.

De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinticinco (25) del mes de enero del año dos mil veintidós (2022), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia civil Núm. 531-2022-SSEN-00191, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y válida, en cuanto a la forma, la demanda de divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores ALEJANDRO RADHAMÉS ROSARIO ALVAREZ e IRIS JANETT SARMIENTO FRÍAS, de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No.76/2020, instrumentado en fecha 30 del mes de septiembre del año 2020, por ante el DR. MÁXIMO HERASME FERRERAS, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Mag. Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. De La Cruz Díaz (Secretaria). El divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, el día cuatro (04) del mes de marzo del año Dos Mil Veintidós (2022), inscrito en el Libro No. 00006, de registros de Divorcio, Folio 0033, Acta No.000518, año 2022. En el Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022).

FC 435309

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA No. 36587/Tel. 809-584-9224

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que en fecha 11/05/2022, a las 11:00 A.M., se realizarán los trabajos de Deslinde, en las Parcelas Nos. 225, del Distrito Catastral No.02, con una extensión superficial de 306.00MT2, el derecho fue adquirido de MARIANO CAMILO PAULINO y DIOMARIS YOLANDA GUZMAN GARCIA DE CAMILO y Parcela No. 236, del Distrito Catastral No.02, con una extensión superficial de 629.00MT2, el derecho fue adquirido de NOEL DE JESÚS AMADO PERALTA, inmuebles ubicados en el sector Soldado Arriba, municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de ASOCIACION RADIO AMANECER DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL 7MO DIA representado por el señor CESARIO ACEVEDO DEL VILLAR, expediente No. 6612022029913, d/f. 28/04/2022.

FC 435309

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA No. 36587/Tel. 809-584-9224

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que en fecha 11/05/2022, a las 02:00 P.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No. 1413, Distrito Catastral No. 03, Municipio Cabrera, con una superficie de 603.00 M², su derecho fue adquirido por CARLOS NUÑEZ POLANCO Y LOURDES ALTAGRACIA BELLIARD ESTEVEZ y Parcela No. 1413, Distrito Catastral No. 03, Municipio Cabrera, con una superficie de 226.00 M², su derecho fue adquirido por ABIGAIL TAVERAS ALONZO e HILDA MERCEDES GERMAN DURAN DE TAVERAS, ubicado en la calle Liberato Ureña, al lado del Hotel Restaurante Mira Cielo, ciudad y municipio Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de la señora MÁXIMA NUÑEZ POLANCO, expediente No. 6612022030210, d/f. 29/04/2022

FC 435309

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224

AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCROS En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, párrafo I, II, de la ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante Resolución No. 0006, emitida por el o la Procurador (a), General de la República en fecha 11 mes abril, año 2022, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucros Templo Bíblico El Caliche de Cristo Rey; con su domicilio en calle 48, Núm. 32, El Caliche de Cristo Rey. Esta organización tiene por misión ser una entidad cristiana en predicar en la comunidad y zona aledañas a nivel del país, nacional e internacional; objetivos promover la evangelización en todo el territorio nacional e internacional. Promover la realización del culto, predicaciones y conferencias, estudio bíblicos para el despertar del pueblo, del evangelio para la obra de la evangelización y sus miembros fundadores son Rodrigo Ame Ayivae, Yoel Sensua Leger, Mayra Linares de Ame, Alberto Polanco de los Santos, Leonidas Marlin Lendos. Su consejo directivo tiene una duración de 2 años y está compuesto por (cargo del consejo directivo y sus nombres). La duración de la entidad es por tiempo indefinido. En la ciudad de Santo Domingo, hoy día 29/04/2022.

FC 435250

RODRIGO AME AYIVAE, Presidente (a).

FC 435298

PÉRDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA MARCA X1000, COLOR NEGRO, AÑO 2008, PLACA NO. N499311, CHASIS LF3PAG4A68B004613, a nombre de TERUEL & COMPANIA SRL.

PÉRDIDA DE PLACA: Jeep marca Porsche, modelo Cayenne, año 2014, color blanco, placa y registro No. G393753, chasis WP1ZZZ92ZELA38417, propiedad de SUGEIDY ALEXANDRA RAMIREZ AZCONA, cédula/RNC 00118058825. FC 435111

PÉRDIDA DE PLACA: AUTOBUS PRIVADO MARCA VOLKSWAGEN, COLOR BLANCO, AÑO 2006, PLACA NO.I043849, CHASIS 9BWHR82Z76R623547, a nombre de COMPAÑIA DE TRANSPORTE TURISTICO Y SERVICIOS ALTTOURS SRL.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo marca Toyota, modelo Corolla LE, color blanco, año 1990, placa No. B003091, propiedad de JAVIER ANDRES REINOSO GIL, cédula No. 031-0490920-9.

PÉRDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA MARCA FIAT, COLOR BLANCO, AÑO 2015, PLACA NO. L337980, CHASIS 9BD265524F9011912, a nombre de DISTOSA SRL.

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Yamaha, modelo YD110, año 2009, color plateado, placa y registro No. N532630, chasis ME1FE43C392007066, propiedad de COOPERATIVA NACIONAL DE SERVICIOS MULTIPLES DE LOS MAESTROS, RNC 4-01-04703-9. FC 435020

LIC. ERLY R. ALMONTE T. Abogado

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo que establece el Art. 42 de la ley No.1306Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que en fecha diecisiete (17) de Noviembre del año Dos Mil Veintiuno (2021), la Octava Sala de la Cámara Civil para asuntos de familia del Distrito Judicial de Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil marcada con el Núm. 533-2021-SSEN-03136, cuyo dispositivo textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite la presente demanda de Divorcio por Mutuo Consentimiento, en consecuencia, Declara Disuelto el Vínculo Matrimonial existente entre los señores YILSY MARILANDIA DILONÉ DE JESUS y BIENVENIDO CLEMENTE EVANS GONZALEZ, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el siguiente Divorcio. TERCERO: Declara compensadas las costas del procedimiento. Pronunciado el doce (12) de enero del año 2022, por ante el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No.00001, Acta No.000059, Folio 117 del año 2022.

FC 435312

LICDA. JUANA I. CONCEPCION DE JESUS Abogada


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PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Motocicleta, marca Honda, color gris, año 1984, placa No. K1720835, chasis C701042477, a nombre de MORALES MATOS PÉREZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Toyota, color gris, año 1990, placa No. A068674, chasis 2T1AE94A8LC018429, a nombre de LUCIANO ROMERO DE OLEO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Daihatsu, modelo Mira, año 1999, color negro, placa y registro No. A282578, chasis L200S103866, propiedad de HUMBERTO PEREZ BURGOS, cédula 001-07433070. FC 435237

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Honda, modelo C-50, año 1981, color verde, placa y registro No. K0153590, chasis C509958647, propiedad de JOEL ANTONIO REYES MERCEDES, cédula 012-0089834-2. FC 435131

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca Honda, color azul, año 1994, placa No. K1311786, chasis AA011117639, a nombre de JESUS POLANCO.

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Jincheng, color negro, año 2012, placa No. K0136041, chasis LJCPCKLJXCS002422, a nombre de JHOAN CASTILLO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep, marca Jeep, modelo WRANGLER, color gris, año 2012, placa No. G320728, a nombre de HECTOR MANUEL GARCÍA DE LOS SANTOS. FC 435317

PÉRDIDA DE PLACA: Automóvil privado, marca Nissan, placa A890386, color rosado, chasis K13367129, año 2014, propiedad de KAREN KATIUSCA ENCARNACION, cédula 40220798843. FC 435012

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca Loncin, color blanco, año 2016, placa No. K1149978, chasis LLCLGL307GA102091, a nombre de CESAR JOEL VALDEZ TAMAREZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo tipo jeep, marca Hyundai, modelo Santa Fe, año 2003, color gris, placa No. G133124, chasis No. KMHSC81DP2U202083, a nombre de JAVIER CAONAVO CASTILLO ABREU.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Renault, placa A017618, color rojo metálico, chasis VF1LA0F0216432173, año 1997, propiedad de LUISA MARIA SUÁREZ CONTRERAS, cédula 001-1376019-3. FC 435221

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo tipo jeep, marca Ford, modelo Ecosport, año 2006, color gris, placa y registro No. G132677, chasis 9BFUT35N568736561, propiedad de EDGAR AUGUSTO JÁQUEZ PEGUERO, Céd. 001-1637490-1. FC 435213

PÉRDIDA DE PLACA: Carga, marca Toyota, color blanco, año 2013, placa No. EX08456, chasis MR0FR22G900695344, a nombre de PARROQUIA SAN ELIAS PROFETA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Yamaha, modelo JOG-3KJ, año 1994, color gris, placa K1153839, chasis 3KJ7775817, propiedad de ÁNGEL RAMÓN RIVERA ALCÁNTARA, cédula 012-0088159-5.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo tipo jeep, marca Hyundai, modelo Tucson Value Edition AWD, año 2020, propiedad de ADAMS DE JESÚS CALVO RAMIREZ. FC 435273

PÉRDIDA DE PLACA: Automóvil marca Kia, modelo Rio LX, color rojo, placa, año 2017, placa A758341, chasis KNADM412HH6091391, propiedad de ALEXI FELIZ DIAZ. FC 435211

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa No. K0711182, chasis MD502300488, a nombre de EDWIN RAFAEL TEJEDA CIPRIAN.

PÉRDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga, marca Toyota, modelo LN145L-PRMDS, color blanco, placa L010009, año 2001, chasis JTFED426X00058479, propiedad de JOSÉ IBARRA IBARRA. FC 435278

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca GACELA modelo JOG III 100 color AZUL Año 2019 placa K1819295 chasis LFFWGT9C1K1900086 a nombre de MARIA CRUZ ROSA – CED. 08700144051 (REF-JVL-AC-24364WP-1/2)

PÉRDIDA DE CHAPA: Motocicleta privada, marca SANYOU, COLOR ROJO, AÑO 2015, PLACA K2038971, CHASIS NO. K2038971, a nombre de JOAQUIN FLORES FERRERAS. FC 435099

PÉRDIDA DE PLACA: Carga, marca Daihatsu, color blanco, año 1991, placa No. L182641, chasis S82P036336, a nombre de ANA CRISTINA FERNANDEZ LOPEZ DE JIMENEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Jincheng, modelo CG-150, año 2014, color blanco, placa K0796125, chasis LJCPCKLJ2ES000571, propiedad de OTONIER ABAD DEL ROSARIO, RNC/cédula 40220836072. FC 435260

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca BR modelo BR105 color NEGRO Año 2014 placa K1181818 chasis LWMXCHLL8DE010145 a nombre de JUAN DE JESUS DIAZ LIRIANO – CED. 22500314871 (RCT-27052-WP)

PÉRDIDA DE PLACA: Automóvil privado, marca Nissan, color azul, año 2007, placa No. A486812, chasis No. JN1GAAZ33Z0410219, a nombre de ARIEL DE LA CRUZ CEPEDA, cédula No. 056-0108769-4. FC 435066

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca Suzuki, color azul, año 2020, placa No. K1946826, chasis LC6PAGA10L0009972, a nombre de RAFAEL DE LA CRUZ MARTÍNEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta marca X1000, placa K0624611, color azul, chasis TBL20P100FHC55265, año 2015, propiedad de JUAN CRISTÓBAL ARIAS CARMONA, cédula 002-0119795-1. FC 435238

PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca MERCEDES BENZ modelo CLA-200 color GRIS Año 2014 placa A637436 chasis WDDSJ4DB0EN077007 a nombre de JORGE LUIS ESPINAL TAVERAS – CED. 40221895861 (RCT-27051-WP)

PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA PRIVADA Marca HONDA modelo DIO 110 color GRIS Año 1994 placa K133468 chasis JF311003175 a nombre de ANA ANGELINA MERCEDES BONILLA PEREZ – CED. 04702009079 (RCT-26943-FC-28-2930/04/2022)

PÉRDIDA DE PLACA: Jeep, marca Toyota, color gris, año 2013, placa No. G433892, chasis JTEZU5JR6D5052646, a nombre de SOBEYDA MOSQUEA SABINO.

PÉRDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga, marca Isuzu, placa L399252, color blanco, chasis MPATFR54JKT000523, año 2019, propiedad de FRANCISCO FERNÁNDEZ ALMÁNZAR, cédula 033-0016723-0. FC 435239

PÉRDIDA DE PLACA: Jeep marca Mitsubishi, color verde/crema, año 1993, placa No. G043246, chasis No. DORV430PJ00956, propiedad de THELMA MARÍA EUSEBIO. FC 434987

PÉRDIDA DE PLACA: Automóvil privado, marca Chevrolet, modelo Spark LS, año 2017, color gris, placa y registro No. A960775, chasis KL8CB6SA4HC819189, propiedad de AQUINO AUTO MALL SRL, RNC 1-3072654-1. FC 435097

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep marca Nissan, color plateado, año 2015, placa No. G329670, chasis SJNJBAJ10Z7203364, a nombre de MILAGROS LEONOR FELIZ VIERA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Toyota, modelo Sienna, año 2003, color dorado, placa I048955, chasis 4T3ZF13C63U522634, propiedad de PEDRO PABLO CRUZ HERNANDEZ, cédula 001-04246660. FC 435222

PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo marca Mazda, color verde, año 1995, placa No. A016814, chasis No. JM7DB101200104232, propiedad de THELMA MARÍA EUSEBIO. FC 434987

PÉRDIDA DE PLACA: Jeep marca Toyota, color blanco, año 2007, placa No. G159226, chasis JTEBY25JX00054268, a nombre de MARIDELIA ROSARIO DE GOMERA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep marca Hyundai, color blanco, año 2009, placa No. G219895, chasis KMHNU81WP9U077870, a nombre de ODALIS DE LA CRUZ GARCÍA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Motocicleta marca Loncin, año 2019, color negro, placa K169901, chasis LLCLGL301JA104068, propiedad de RAFAEL SANTOS, cédula 0080023264-7. FC 435223

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta marca Loncin, color negro, año 2014, placa No. K0303382, chasis LLCLPP200EE106997, a nombre de JUAN CARLOS MÉNDEZ MATEO.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, modelo Lead 100, año 1995, color gris, placa N838327, chasis JF061123502, propiedad de LUIS YANIRES SILVESTRE. FC 435214

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep marca Kia, color gris, año 2012, placa No. G337665, chasis 5XYKT3A64CG197497, a nombre de VICTOR MANUEL VICIOSO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca Ford, modelo Explorer XLT 4X4, año 2003, color dorado, placa y registro No. L246310, chasis 1FMZU77E03UA72914, propiedad de TORIBIO MATOS MOLINA, cédula 004-0003982-2. FC 435230

PÉRDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA MARCA YAMAHA, COLOR BLANCO, AÑO 1985, PLACA NO. N540958, CHASIS 3KJ1021316, a nombre de CLARA IRIS JIMENEZ PORTORREAL.

PÉRDIDA DE PLACA: Remolque marca F.G., modelo F.E.G., año 1977, color rojo, placa y registro No. F005737, chasis R735S1003, propiedad de RAMÓN ENRIQUE REYES FELIZ, cédula/RNC 402-3673948-4. FC 435102

LEGAL 21

AVISO DE DISOLUCIÓN CASA NURIA, S.R.L. Capital Social: RD$100,000.00

A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos, se avisa que mediante la Asamblea General Extraordinaria de fecha Veinte (20) de abril del año dos mil veintidós (2022) los portadores de las cuotas sociales de CASA NURIA, S.R.L. adoptaron a unanimidad de votos, entre otras, las siguientes resoluciones: i) se declara que la sociedad, por medio de la Asamblea General Extraordinaria, desea disolver a la sociedad conforme al artículo 413 de la ley Núm. 479-08 General de sociedades comerciales. La liquidación de los activos de la misma queda en manos de la persona que esta Asamblea designe a tales efectos; ii) la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad, resolvió designar a la señora YORDIS GONZALEZ CABRERA como agente liquidador de los activos de la sociedad, quien a tales fines deberá presentar un informe a la Segunda Asamblea General extraordinaria que será convocada para aprobar o desaprobar dicho informe. En Bávaro, municipio de Higüey, provincia la Altagracia, República Dominicana, a los Veinte (20) de abril del año dos mil veintidós (2022).

FC 435232

YORDIS GONZALEZ CABRERA, Presidente.

AVISO DE DISOLUCIÓN DEVELOPMENT 096, S.R.L. Capital Social RD$100,000.00

A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos, se avisa que mediante la Asamblea General Extraordinaria de fecha Ocho (08) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016) los portadores de las cuotas sociales de DEVELOPMENT 096, S.R.L. adoptaron a unanimidad de votos, entre otras, las siguientes resoluciones: i) se declara que la sociedad, por medio de la Asamblea General Extraordinaria, desea disolver a la sociedad conforme al artículo 413 de la ley Núm. 479-08 General de sociedades comerciales. La liquidación de los activos de la misma queda en manos de la persona que esta Asamblea designe a tales efectos; ii) la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad, resolvió designar al señor MIGUEL CIRERA PUIG, como agente liquidador de los activos de la sociedad, quien a tales fines deberá presentar un informe a la Segunda Asamblea General extraordinaria que será convocada para aprobar o desaprobar dicho informe. En Bávaro, municipio de Higüey, provincia la Altagracia, República Dominicana, a los Veinte (20) de abril del año dos mil veintidós (2022).

FC 435231

MIGUEL CIRERA PUIG, Presidente.

AVISO DE INCOPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO. En cumplimiento con las disposiciones del artículo No. 5, párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento, que mediante Resolución No. 0005-2022, emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación Titular de la Procuraduría Regional de la Provincia Santo Domingo, Francisco Alfredo Berroa Hiciano, en fecha 14 de marzo del año 2022, fue otorgado el beneficio de incorporación a la fundación Doctores Espino, con domicilio en la calle Fausto Maceo No. 43, Barrio San Antonio, Sector Los Minas, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana. Esta organización tiene como misión ayudar a personas necesitadas; cuyos objetivos: Es llevar servicios odontológicos a personas necesitadas de diferentes comunidades. Desarrollar un plan de ayudas a personas jóvenes y adultas. Cooperar con los envejecientes a que tengan mejor calidad de vida. Orientar a los moradores de diferentes comunidades para que tengan mejor oportunidad en la vida y sus miembros fundadores son: Julia Altagracia Espino María de Severino, Eddy Luis Espino María, Kelvin Yerielle Espino, Eleonora María de Jesús, Wilson Rafael Severino Rodríguez; su Consejo Directivo tiene una duración de Dos (02) años y está compuesto por cinco (05) miembros y sus funcionarios son: Un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un secretario de organización. La duración de esta entidad es indefinida. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, hoy día 25 del mes de abril del año Dos Mil veintidós (2022).

Dra. Julia Altagracia Espino María de Severino, Presidente/a. FC 435219


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22 EL MUNDO

EE.UU. entrena a militares ucranianos en Alemania; Ucrania espera su armamento Kiev destruye la estatua simbolizaba la unidad y amistad con Rusia WASHINGTON.- El Pentágono informó ayer que EEUU ha empezado a entrenar a militares ucranianos en Alemania para enseñarles a manejar el equipamiento de artillería que Washington está enviando a Kiev para combatir la invasión rusa. El portavoz del Departamento de Defensa, John Kirby, explicó que los soldados ucranianos están recibiendo entrenamiento en el uso de carros blindados y los

ñones Howitzer, suministrados por EEUU. KIEV DESTRUYE ESTATUA

John Kirby, portavoz Departamento de Defensa.

sistemas de radar que EEUU ha anunciado enviará a Ucrania en sus paquetes de asistencia militar. Kirby precisó que los uniformados ucranianos están aprendiendo a utilizar los ca-

De la estatua que conmemoraba la amistad entre los pueblos de Rusia y Ucrania en el centro de Kiev apenas quedan ya unos pedazos. Se alzó como alegoría a la unidad, pero el hueco que ha dejado es ahora el símbolo de la enemistad y de la guerra con el que cada día se to-

man fotografías cientos de ucranianos. El alcalde de Kiev, Vitali Klitschkó, ordenó desmantelar el monumento a la Amistad, levantado en 1982 para conmemorar la "reunificación" de los dos países en la Unión Soviética, de la que Ucrania fue república fundadora en 1922 junto con Transcaucasia, Bielorrusia y Rusia. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: VEHICULO DE CARGA, MARCA, TOYOTA, MODELO NO. KUN26L-HRPSY, COLOR PLATEADO, AÑO 2008, CHASIS: MROFZ29G801711503, 5 PASAJEROS, 4 PUERTAS, PLACA Y REGISTRO NO. L254642, propiedad de LUISA ANTONIA PRINCE MEDINA. FC 435256

Consejo Seguridad de ONU discutirá el ataque a Kiev durante visita de Guterres NACIONES UNIDAS.- El Consejo de Seguridad de la ONU tiene previsto discutir la próxima semana el ataque con misiles registrado en Kiev ayer, mientras el secretario general de la organización, António Guterres, visitaba la ciudad, según adelantó la presidenta de turno del organismo. "Durante la visita del secretario general a Kiev ayer hubo

ataques con misiles en la ciudad y este es un asunto muy preocupante", señaló la embajadora británica, Barbara Woodward, que preside durante abril el Consejo de Seguridad. Avanzó que el máximo órgano de decisión de Naciones Unidas discutirá la cuestión durante una reunión sobre Ucrania la próxima semana, ya bajo la presidencia de Estados Unidos.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: VEHICULO TIPO JEEP, MARCA MITSUBISHI, matrícula No. 2036585, MODELO NO. V78WLYXFQL, CHASIS NO. JMYLYV78W6J000175, COLOR CREMA, AÑO 2006, 7 PASAJEROS, 2 PUERTAS, PLACA Y REGISTRO NO. G124373, propiedad de LUISA ANTONIA PRINCE MEDINA. FC 435257

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: VEHICULO TIPO VOLTEO, MARCA DAIHATSU, MODELO NO. V118LD-JU, COLOR, ROJO, AÑO, 2005, matrícula No. 1501710, CHASIS NO. V11867252, 2 PASAJEROS, 2 PUERTAS, PLACA Y REGISTRO NO. S010427, propiedad de LUISA ANTONIA PRINCE MEDINA. FC 435258

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DEPORTES 23

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DEPORTES LIDOM

TENIS

Pedro López confirmado para dirigir a los Leones

Pedro López.

SANTO DOMINGO.- El puertorriqueño Pedro López será el dirigente de los Leones del Escogido para la temporada 2022-2023 de la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, según confirmó ayer el gerente general escarlata Luis Rojas. “Pedro es un gran estratega del juego con vasta experiencia no solamente en el béisbol organizado, sino en Lidom y en el Caribe. Confiamos en que su liderazgo y estrategia van a llevar al club a competir a su mejor nivel todos los días”, expresó Rojas. Actualmente López es el coach de banca de los Alburquerque Isotopes, sucursal AAA de los Rockies de Colorado. En el sistema de ligas menores de los Estados Unidos fue mánager de equipos de los Vigilantes de Texas y de los Mets de Nueva York entre el 2001 y el 2019. En el béisbol dominica-

En el sistema de ligas menores de los Estados Unidos fue mánager de equipos de los Vigilantes de Texas y de los Mets de Nueva York entre el 2001 y el 2019. no, López fue el timonel de los Gigantes del Cibao en el torneo 2017-18, en el cual ganó el premio de “Mánager del Año” al colocar un récord de 29-21, con el cual quedó en el primer lugar. También dirigió a los Tigres del Licey en la temporada 2019-20, con registro de 27-23. Su experiencia también incluye a las Estrellas Orientales, con quienes ha trabajado un par de años como coach de banca, incluyendo el torneo 2018-19 en el que ese club ganó el campeonato.

Anuncian la XII edición del torneo Cementerio Open SANTO DOMINGO.- Los directivos del torneo de tenis amateur más grande de la República Dominicana, el Cementerio Open, anunciaron la edición número 12, que para esta ocasión cuenta con 230 jugadores de diversos clubes de la capital y de otras zonas del país. El Cementerio Open, que se caracteriza por innovar en cada edición, tendrá este año la implementación de divisiones en vez de las categorías y subcategorías que se utilizaban en los años anteriores para clasificar a los jugadores de acuerdo a su nivel. “Ahora tendremos las divisiones desde las 7 hasta la 1 para aglutinar a todos los jugadores que participarán del evento que en esta versión serán 226, implementando otro récord para el torneo”, indicó el director del evento, Manuel Valenzuela. La inauguración del evento está pautada para el viernes 6 de mayo, fecha en la que también iniciarán oficialmente los encuentros del campeonato.

Manuel Valenzuela, director del Torneo Cementerio Open.

Pelota Caliente Era sólo cuestión de tiempo para que el manager de los Marineros, Scott Servais, diera la cara por el joven Julio Rodríguez. Servais volvió de la lista de lesionados de COVID-19 el martes. Durante su ausencia e incluso tras su regreso, Rodríguez se ponchó con el bate en la mano múltiples veces ante pitcheos fuera de la zona de strikes. El jueves, Servais expresó su frustración con la forma en que los árbitros vienen cantando bolas y strikes con el dominicano en la caja de bateo. “Lo que está pasando ahora mismo con Julio Rodríguez no es correcto”.

POLIDEPORTIVO

Lucha va a la clasificatoria Panamericano en Acapulco

Integrantes de la delegación de lucha que saldrá el próximo lunes a Acapulco México para participar en el Campeonato Panamericano.

SANTO DOMINGO.- Una delegación de 17 atletas de República Dominicana saldrá el próximo lunes al Torneo Panamericano de Lucha que tendrá lugar en Acapulco, México, que se celebrará del 3 al 8 de mayo. La representación criolla estará conformada por seis mujeres y 11 hombres y tomarán parte en la justa en las modalidades de greco y libre. El certamen otorgará plazas para los Juegos Panamericanos de Santiago de Chile que serán celebrados del 20 de octubre al 5 de noviembre del próximo año. El director técnico de la representación de lucha de la República Dominicana que va al certamen, profesor Enrique Minier, se mostró optimista con la delegación. Fundamenta su criterio en que los luchadores criollos han agotado una gran jornada de preparación que ha incluido una prolongada base de entrenamiento en Cuba.

“Estamos muy optimistas y esperanzados en que lograremos un buen número de plazas en ese torneo”, insistió Minier. El equipo femenino está integrado por Fabiana Díaz, de la categoría de los 50 kilogramos; Anny Guillermina Ramírez, de los 53 kilos; María Marilyn González, de los 57 kilogramos; Gloria Sarai Segura, de los 62 kilos; Jessica Oviedo, de la división de los 68 kilogramos y Emely Batista, quien combatirá en la categoría de los 76 kilogramos.

El certamen otorgará plazas para los Juegos Panamericanos de Santiago de Chile que serán celebrados del 20 de octubre al 5 de noviembre del próximo año.

En tanto que el equipo greco lo integran Maikol Josefa, de la categoría de los 60 kilogramos; Engel Manuel Feliciano, de los 67; Luis Alfredo De León, de los 77; Joan Antonio Batista, de los 87; Carlos Alberto Adames, de la categoría de los 97 kilogramos y Leodalis Santana, de la división 130 kilos. Asimismo, en el estilo libre forman parte del seleccionado Juan Ramírez, quien peleará en 57 kilogramos, en tanto que Julio Rodríguez, combatirá en la división de los 54 kilogramos; Álvaro Rudecindo Camacho lo hará en los 65; Luis Miguel, en los 97 y Edison Adames tomará parte en la categoría de los 125 kilogramos. Como entrenadores acompañarán la delegación Lázaro Lazo, Hansel Ramírez y José Arias, mientras que Minier es el director del equipo técnico. Rafael Balbuena Hurtado será el delegado, en tanto que Rosaura Bautista Núñez, va como árbitro al evento.

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DEPORTES

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Histórica suspensión a Trevor Bauer por dos años y sin paga por parte de MLB NEW YORK- La Oficina del Comisionado de las Grandes Ligas anunció ayer la suspensión por 324 partidos del lanzador de los Dodgers de Los Ángeles Trevor Bauer por violar las políticas de la liga sobre violencia doméstica, agresión sexual y abuso infantil. La suspensión surge luego de que el lanzador fuera acusado de agresión sexual por una mujer el año pasado, lo que ha obligado al jugador a ausentarse del terreno de juego con los Dodgers, bajo licencia administrativa otorgada. A pesar de que la Fiscalía de Los Ángeles no presentó cargos contra Bauer, porque encontró mensajes de WhatsApp entre él y la presunta víctima que probaban que los encuentros sexuales que sostuvieron fueron con consentimiento mutuo, la MLB continuó con su investigación.

Tras conocerse la suspensión, que aparta a Bauer del béisbol de las Grandes Ligas de la presente y la temporada venidera completas, el lanzador negó haber violado las políticas de la liga y reveló que está apelando esta decisión. "En los términos más enérgicos posibles, niego haber cometido ninguna violación de la política de violencia doméstica y agresión sexual de la liga. Estoy apelando esta acción y espero prevalecer. Como lo hemos hecho a lo largo de este proceso, mis representantes y yo respetamos la confidencialidad de los procedimientos", expresó Bauer a través de un escrito en sus redes sociales. Por su parte, los Dodgers emitieron un comunicado en el cual expresan su apoyo a las políticas de MLB y señalan que han colaborado en el proceso de la investigación que

envuelve al lanzador. "Hoy (ayer) se nos informó que MLB ha concluido su investigación sobre las denuncias contra Trevor Bauer, y el comisionado ha emitido su decisión con respecto a la disciplina", dijo el equipo en un comunicado. En el documento la organización agregó que "toma muy en serio todas las denuncias de esta naturaleza y no aprueba ni excusa ningún acto de violencia doméstica o agresión sexual". "Hemos cooperado plenamente con la investigación de MLB desde que comenzó, y apoyamos plenamente la política conjunta de MLB sobre violencia doméstica, agresión sexual y abuso infantil, y la aplicación de la política por parte del Comisionado", refirió el conjunto. Los Dodgers afirmaron que entienden

que Bauer tiene el derecho a apelar la decisión del comisionado y que no se referirán nuevamente al tema, hasta que concluya el proceso. Bauer firmó con los Dodgers un contrato de tres años y 102 millones de dólares luego de ganar el premio Cy Young en la temporada 2020, cuando jugó para los Rojos de Cincinnati. El derecho, de 31 años, solo pudo accionar en 17 encuentros la pasada campaña, en la que logró registro de 8-5 con 2.59 de efectividad, antes de ser colocado en licencia administrativa por MLB, debido a la acusación presentada en su contra. A Bauer se le impidió participar de los entrenamientos previos a la temporada y le fue extendida la licencia hasta culminar la investigación. EFE.


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