Skip to main content

El Nuevo Diario

Page 1

VIERNES 26 MARZO 2021 | AÑO NO. 40 • EDICIÓN 12633 | SANTO DOMINGO, R.D. | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

ECONÓMICAS

NACIONALES

TOGA

EL MUNDO

LUIS ABINADER

Senado aprueba préstamo de US$50 millones para proyecto de sanidad e innovación agropecuaria

Sostienen proyecto fortalece preservación de la biodiversidad costera y oferta turística sostenible

Jueza ordena al Pepca entregar interrogatorios y actuaciones procesales a Cámara de Cuentas

EE.UU. prepara una reunión virtual con Guatemala sobre la crisis migratoria

Presidente confía en que la gente acudirá “en masa” a recibir segunda dosis vacuna

P.11

P.08

P.10

P.29

P.02

EDITORIAL @maldonadopersio

COMPONENDAS

LA OPTIC BUSCA DESARROLLAR IDENTIDAD Y PLATAFORMAS FACILITEN TRÁMITES SERVICIOS SANTO DOMINGO.- Pedro Quezada, director de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), informó que esa institución está sumergida en desarrollar el proyecto de identidad digital al igual que las plataformas interoperacionales, con la finalidad de hacer más fácil los trámites de documentos y servicios que se ofrecen desde las instituciones públicas a los ciudadanos. En una visita a El Nuevo Diario, Quezada catalogó el proyecto como “marca país”, asegurando que “esto permitirá generar una identidad única y digital a los ciudadanos. El funcionario fue entrevistado en el programa El Nuevo Diario AM, luego de una reunión de cortesía con nuestro director general, Persio Maldonado Sánchez. P.09

Parecería que los dominicanos nos sentimos atraídos por las tentaciones. Es tanto, que nos resistimos hacer las cosas de manera correcta. Siempre procuramos burlar incluso nuestras propias reglas, como si estuvieran hechas para los otros y no para nosotros. Lo repetimos en cada escenario y en el ejercicio de los políticos es quizás donde resulta más destacado, sobre todo, porque ellos son igualmente los responsables de establecer las reglas, las que esquivan para no cumplirlas. Con el Defensor del Pueblo es más que evidente que los diputados están pretendiendo tomarnos el pelo, con el descaro de burlar sus propios procedimientos y la ley. Embullados con las componendas, se niegan al beneficio de hacerlo bien.

Diputado PRM reprocha a funcionarios firmaron documento

Al menos 17 senadores firman manifiesto en contra del aborto 17 senadores se manifestaron ayer en contra del aborto, postura que fijan en un documento en el que reafirman su “compromiso con la vida”, y de paso, se declaran en contra de las tres causales. P.04 Asimismo, el diputado del PRM Aníbal Díaz reprochó la posición de 50 funcionarios del Gobierno que abogan por la despenalización del desembarazo


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

02 DE ENTRADA

FUNDADO EL 8 DE MAYO DE 1981

DE ENTRADA

Miembro de la Sociedad Dominicana de Diarios, Inc. Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) CONSEJO DE DIRECTORES

Abinader confía en que la gente acudirá “en Senadores favorecen Defensor del Pueblo sea de militancia política masa” a recibir segunda dosis contra covid Ministro SP asegura centros estarán abiertos en SS

Presidente Luis Abinader

LING ALMÁNZAR

SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader instó este jueves a todas las personas que ya fueron vacunadas a que asistan a los centros correspondientes para que reciban la segunda dosis contra la covid, y también afirmó que los centros de vacunación están funcio-

nando para esos fines. “Para salir rápido de esta segunda dosis, les pido a todos que vayan a vacunarse; estamos seguros de que van ahora a asistir en mayor cantidad, porque la segunda dosis es la que da mayor garantía”, expresó tras encabezar la inauguración de una nueva tienda Garrido en Pantoja.

NÚMEROS PREMIADOS

(25-03-2021)

QUINIELA PALÉ 1º 67

2º

91

3º

65

SUPER KINO T V 03 24

05 25

07 26

08 28

10 29

LOTO POOL 04

11

19

18 5 50

19 53

20 59

22 73

23 74

PEGA 3 MÁS 29

31

42

32

24

Allí anunció que en el Palacio Nacional habrá una reunión con la vicepresidenta y coordinadora del Gabinete de Salud, Raquel Peña, para darle seguimiento al tema. Las autoridades de Salud Pública han asegurado que todo está preparado para administrar la segunda dosis, para así continuar implementando el Plan VacúnateRD en todo el país.En otro orden, el presidente Abinader reconoció que el gran reto actual es mejorar la calidad de vida de la gente para que puedan cubrir sus gastos y alcanzar el bienestar, ya que la pandemia ha golpeado bastante esos niveles de vida. De su lado, el ministro de Salud, Daniel Rivera, reiteró que los centros de vacunación para aplicar la segunda dosis de la vacuna estarán funcionando durante Semana Santa, en los lugares estratégicos que fueron seleccionados para atender a la población. Durante el acto de presentación del operativo “Compromiso por la Vida, Semana Santa 2021”, el ministro de Salud dijo que, en las provincias como Santiago, San Pedro de Macorís, Sánchez Ramírez, Independencia, Azua, El Seibo y Peravia, a además del trabajo que van a realizar los organismos de socorro, también funcionarán los centros de vacunación.

Presidente: Persio Maldonado Primer Vicepresidente: Héctor Corominas Peña Segundo Vicepresidente: Aura Minerva González Secretario: Francisco Pérez Encarnación Tesorero: Mario Viñas Betances Vocales: Roberto Lama, Vincenzo Mastrolilli, Carlos Bonilla Sánchez, Martha Camarena Director: Persio Maldonado Directora Ejecutiva: Cosette Bonnelly Jefe De Redacción: Luis Brito Administradora: Martha Camarena Gerente General: Persio Maldonado Bonnelly Editora El Nuevo Diario S.A. Avenida Francia No. 41, Esq. Rocco Cochia.

Santo Domingo, R. D.

Tel.: 809-687-7450 Fax: 809-687-3205 Ginnette Bournigal.

ISMAEL HIRALDO

SANTO DOMINGO.“Todo el que baile bachata, merengue o bolero, es político. Lo que tiene es que ser serio”, fue la puntualización inicial que expresó la senadora Ginnette Bournigal para referirse a los arraigos políticos que tienen dos de los candidatos a ser Defensor del Pueblo. La senadora perremeísta restó importancia a los arraigos políticos que pudieran tener Fidel Santana y Henry Merán, y subrayó que, desde su punto de vista, el Defensor del Pueblo “sólo debe hacer las cosas de manera correcta” sin importar sus afiliaciones partidarias. “Ese argumento de que no debe ser político no es válido. Lo que tiene es que no dejarse llevar de ‘mensajitos’ que vengan de arriba y hacer las cosas bien”, subrayó la senadora de

El senador de la Fuerza del Pueblo explicó que la ley 1901, del Defensor del Pueblo, establece que, al momento de llegar al cargo, el funcionario no debe ser militante político activo, pero sí puede simpatizar por algún partido. Puerto Plata. Asimismo, el senador Bautista Rojas Gómez coincidió con Bournigal al decir que la militancia política del Defensor del Pueblo no influye en su trabajo como servidor público. El senador de la Fuerza

• Publicidad Legales 221/234 • Ventas 239/233/249 • Redacción 226/241 • Administración 237 • Recursos Humanos 235 • Circulación y Suscripción 228 • Contabilidad 227 • Caja 231 • Cobro 230 • Impreso 248

Oficina Santiago Calle Mella Esq. General Cabrera. R. D. Teléfonos: 809-583-1578 Fax.: 809-581-6542 El Nuevo Diario redaccionnd@gmail.com info@elnuevoadiario.com.do

del Pueblo explicó que la ley 19-01, del Defensor del Pueblo, establece que, al momento de llegar al cargo, el funcionario no debe ser militante político activo, pero sí puede simpatizar por algún partido. El presidente del Senado, Eduardo Estrella, creó este jueves comisiones especiales para estudiar las ternas con los candidatos a ocupar los puestos en la Cámara de Cuentas y Defensor del Pueblo.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

DGII informa que contratos con firma de abogados se rescindieron este de marzo SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que el pasado 18 de este mes de marzo de 2021, dio por terminado de manera amigable, por llegada al término de éstos, la renovación de los contratos de prestación de servicios legales entre la institución y la firma legal HRAF. Mediante sendas comunicaciones a la firma Headrick Rizik Álvarez & Fernández, la Administración Tributaria venía explicando que no existía la voluntad de renovar los contratos para la prestación de servicios legales suscritos el 18 de septiembre de 2020 por una vigencia de seis meses. “Luego de un cordial sa-

ludo, por este medio hacemos formal aviso de que no estaremos renovando los términos del contrato de prestación de servicios legales suscrito entre su sociedad comercial HRAF, S.R.L. y esta Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en fecha 18 de septiembre de 2020, correspondiente al caso denominado como Grupo Tremols”, precisa la comunicación del día 12 de febrero del 2021, dirigida a la firma de abogados. “Luego de un cordial saludo, por este medio hacemos formal aviso de que no estaremos renovando los términos del contrato de prestación de servicios lega-

les suscrito entre su sociedad comercial HRAF, S.R.L. y esta Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en fecha 18 de septiembre de 2020, correspondiente al caso denominado como Grupo Barceló-Dupuy”, se especifica en la carta del día 11 de febrero del 2021. La DGII realizó estas acciones amparada en las cláusulas de ambos contratos en las que se establece que la institución “tendrá, en todo momento, el derecho de terminar unilateralmente este acuerdo sin comprometer su responsabilidad y sin necesidad de alegar justa causa, debiendo informar a el representante legal con cinco días de antelación”.

DE ENTRADA 03


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

04 NACIONALES

NACIONALES

INFORME DEL TIEMPO En las horas matutinas un cielo despejado a nubes dispersas, siendo medio nublado a parcialmente nublado en la tarde con lluvias pasajeras sobre las regiones: noreste, sureste y la Cordillera Central.

Al menos 17 senadores firman un manifiesto contra el aborto Diputado PRM reprocha a funcionarios firmaron documento les para abortar, pero esta misiva fue rechazada por el diputado Aníbal Díaz, del partido oficialista, quien llamó a los servidores a que “se postulen y sean legisladores ustedes”. El diputado Díaz indicó esto porque, a su parecer, los funcionarios “no pueden presionar” al Gobierno

ISMAEL HIRALDO

SANTO DOMINGO.Durante la sesión ordinaria de este jueves, el senador Rogelio Genao presentó un documento con la firma de 17 de sus homólogos donde se “reafirma el compromiso con la vida”, manifestándose así en contra de las tres causales que permitirían abortar en el país. Entre los senadores firmantes destaca la rúbrica de Héctor Acosta, quien se había pronunciado días atrás en favor de las tres causales llamando a las iglesias “a no propiciar la violencia” con la marcha que tienen pautada para este sábado. El Senado cuenta con 32 senadores y de éstos, 17 de-

cidieron pactar un manifiesto que expresa su posición en contra del aborto. En su motivación, el senador Genao aseguró que los provida son en realidad 26 legisladores, pero no figuran en la lista porque “no han obtenido el documento”. En el documento figuran senadores de todos los partidos representados en el Senado: PRM, PLD, Fuerza

DEL JUEVES 25-03-2021

57 03

74

93

68

¡MÁ ÁS DE UN MILLÓN DIARIO! EN PREMIOS DE RD$1,000

Con n la tómbola de la Repartidera tu ticket te premia. p

43

02

32

1er.

2do..

3er.

01

81

38

09

66

15

26

07

WWW.LOTEKA.COM.DO

ni a los congresistas en el tema del aborto y agregó que tal acción constituye un “acto anti-ético e incorrecto”. “Firmar un documento para hablar del aborto es un hecho que contrasta con el espíritu democrático que tienen los poderes públicos”, expresó el legislador del Par-

tido Revolucionario Dominicano (PRM). Asimismo, Díaz exclamó que “ningún funcionario público” debería tomar una bandera para manifestarse en contra de las decisiones gubernamentales o legislativas porque, como dijo, esto constituiría una presión de poderes.

del Pueblo y PRSC. Estas militancias, según narró Genao, fueron electos por el voto popular “para defender los derechos humanos, entre los que se incluye la vida”. Más temprano, el senador Bautista Rojas Gómez, aseguró que el tema de las tres causales terminará “de una manera u otra” en el Tribunal Constitucional para su conclusión. Asimismo, el legislador de la Fuerza del Pueblo indicó que está de acuerdo con la inclusión de las dispensas en el Código Penal “por tratarse de un tema de la libertad de la mujer”. Diputado PRM reprocha a funcionarios firmaron documento

Este miércoles salió a la luz un documento firmado por más de 50 funcionarios públicos en el que se pedía al presidente Luis Abinader la inclusión de las tres causa-

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICIDAD 05


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

06 OPINIÓN

DERECHO PENAL ECONÓMICO IGNATZ FREUND

La responsabilidad penal de los delitos societarios Resumen:

Se realiza un breve análisis de la responsabilidad penal establecida en la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada 47908, que da apertura a una gran gama de delitos denominados delitos societarios los cuales complementan un espacio legal insatisfecho por el hecho de un Código Penal anacrónico a las necesidades actuales de sanción en el ámbito de las sociedades comerciales. Palabras Claves: Delitos societarios, derecho penal económico, derecho penal de los negocios, responsabilidad penal, derecho público, derecho privado. Las nuevas posibilidades en la forma de hacer negocios y la vertiginosa apertura a los mercados internacionales, así como la pluralidad de las inversiones internacionales en el mercado nacional, empiezan a provocar una gran actividad económica que genera a su vez nuevas necesidades legales, es en ocasión de esta ola que nace nuestra actual Ley de Sociedades a los fines de combatir las falencias del Código de Comercio. En aquel entonces en el año 2008, el legislador decide que es pertinente realizar una reingeniería estructural de las sociedades comerciales, originándose la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, núm. 479-08; a su vez, toda esta agitación económica también generaría nuevas estrategias delictivas y por tales razones para garantizar la protección del bien jurídico de las sociedades, el legislador consideraría en esta Ley la creación de normativas especiales sancionadoras de las conductas infractoras del justo desarrollo comercial de las nuevas empresas. Antes de hablar de la responsabilidad penal es debido precisar un concepto que explique el fenómeno del delito societario, puesto que, es el eje de la discusión que sigue. Los delitos societarios son aquellos que se llevan a cabo en las sociedades mercantiles con el objeto de perjudicar a la propia sociedad, a alguno de sus socios o a un tercero , se hace necesario agregar la mención de su concepto legal, a los fines de delimitar la carga de responsabilidad penal de la privada. A esta breve definición agregaremos la opinión doctrinal del jurista Francisco Manzano, quien entiende que los delitos societarios son aquellos que abarcan “las tendencias delictivas en donde la empresa es afectada en su seno por hechos ilícitos, y en una tercera variable los cometidos dentro del seno de la empresa para perjudicar la misma, a los socios o los terceros acreedores y la entidad misma” . Se expresa a través de ambas definiciones dogmáticas una dualidad de derechos infringidos: Los de la sociedad ante el Estado y los de los terceros versus los internos, las

cuales serían las acciones sancionadas por el derecho privado contra las primeras que incursionan en el ámbito público, por tanto, la Ley de Sociedades coquetea con ambos mundos, diferente a lo que sucede en otras tradiciones legales extranjeras. El bien jurídico que protege la norma penal es exclusivo de esta Ley y lo diferencia de cualquier otra tipología de delito asociado a los comerciantes; el bien jurídico es descrito por la doctrina como un instrumento técnico-jurídico de primordial importancia en la determinación penal de los presupuestos esenciales para la convivencia social , para el caso de la especie el bien jurídico protegido por la norma penal, son los derechos y bienes que conforman la sociedad y que les son confiados a los administradores, verbigracia el patrimonio de la empresa, el interés social de los socios o accionistas, el capital de inversión de los terceros, y según la sociedad comercial de que se trate como se observaría más adelante. Nacimiento de un fenómeno jurídico: La Responsabilidad Penal Societaria.

Para entender el fenómeno jurídico que origina la nueva Ley de Sociedades, es cauto precisar el interés penal, entendiendo que por responsabilidad penal en el marco de los delitos societarios, es aquella que se deriva de la comisión de un delito, en este caso de cuello blanco o delito societario, la cual puede estar enfocada hacia el individuo y el Estado o la de los individuos entre sí . En este tipo de infracciones son sancionadas por el orden económico constitucional, por tanto, pertenecen a la rama del derecho penal económico que es lo que actualmente estaremos analizando en las próximas líneas de este acápite. El nacimiento de la responsabilidad penal societaria se destaca en las tradiciones legales alemanas, anglosajonas, francesas y españolas, principalmente en estas dos últimas, en las cuales existe una parte de la rama penalista denominada “derecho penal de los negocios” en la que se considera que alguno de los actos u hechos que ocurren dentro de las sociedades comerciales deben responder a sanciones penales, surgiendo con el objetivo mismo de ampliar la seguridad jurídica y velar por la protección de esta, donde el Estado debe jugar su parte en el rol, por tanto, pasan las infracciones cometidas en el fuero privado de las sociedades comerciales al fuero público. De este modo aseveramos que la responsabilidad penal de las sociedades comerciales se originaría posteriormente luego del nacimiento de la empresa y su regulación legal, no obstante, y dado el vacío legal presente en nuestro Código Penal, el legislador engendra en esta nueva Ley el germen de los delitos societarios, cuando elabora y luego promulga en el año 2008 la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. Núm. 479-08, la cual, empieza a clasificar las sociedades comerciales y sus tipologías de infracciones según la clase de sociedad, esta clasificación se extiende desde el título III denominado como: De las Disposiciones Penales Relativas a las Sociedades Comerciales y a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada abarcando desde en el artículo 467 y finalizando en el artículo 514 en el que se delimita las infracciones que responderían a las acciones públicas de las privadas.

Los delitos societarios son aquellos que se llevan a cabo en las sociedades mercantiles con el objeto de perjudicar a la propia sociedad, a alguno de sus socios o a un tercero , se hace necesario agregar la mención de su concepto legal, a los fines de delimitar la carga de responsabilidad penal de la privada. En otras tradiciones legales como la española y la argentina son sus respectivos códigos penales los que regulan los hechos punitivos de las sociedades comerciales, pues, a diferencia de nuestro Código Penal anacrónico que, data desde la fecha del 1884 y que hasta nuestros días no ha recibido ninguna modificación o actualización, en cambio vemos que otras codificaciones como el Código Penal español heredado también de la tradición francesa que data del año 1822 y es posible verificar actualizaciones continuas en el tiempo y que adicionan los delitos societarios a sus ordenamientos. Por tan solo citar un ejemplo, el Código Penal Español recibió su última actualización en el año 2015 aprovechándose está última modificación para establecer la diferencia entre el delito administrativo desleal del delito societario. Mientras que, apenas en nuestro país aún en el 2008 se contaba con una legislación obsoleta que no llenaba legalmente los requisitos suficientes para sancionar los comportamientos delictivos al interior de las sociedades comerciales, tan solo contábamos con el artículo 419 que vincula a los comerciantes industriales y productores en actividades no lícitas, y que sancionaba a quienes cometieran con la prisión correccional de un mes a dos años y una multa de 25 a 500 pesos, o una de esas penas solamente, como es sabido éstas sanciones económicas son irrisorias a la persecución legal que ameritaba un delito societario para el año 2008. ¿Repercusiones legales en el derecho privado o en el derecho público?

Para poder entender la naturaleza mixta de los delitos societarios, cuyas acciones pueden afectar el fuero público como el privado, debemos de entender que no existía tal cosa, sino hasta la creación de la Ley 479-08 que los introduce y los penaliza, inscribiendo una sección exclusiva para estas infracciones a la que podría denominarse como, “mini códice especial”, el cual inicia en el título III denominado: “De Las Disposiciones Penales Relativas a las Sociedades Comerciales y a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada”, el mismo se extenderá desde el capítulo I relativo a las infracciones cometidas en las sociedades anónimas artículo 468 hasta el artículo 513 del capítulo V que finaliza la sección denominada: “ De la Responsabilidad de las Personas Morales”, y es en el artículo 514 donde se encuentra la respuesta a la hipótesis en cuestión; el capítulo VI versa sobre las acciones penales nacidas de los hechos punibles, como si estos se trataran de otra dimensión desconocida y perdida dentro del nuestro desactualizado Código Penal del 1884, y que aún se encuentra vigente en la actualidad, este párrafo llena ese agujero legal que nuestro ya ci-

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

tado códice que no menciona y además sirve como nota aclaratoria de la división mítica entre las infracciones que tendrán responsabilidad en el derecho público y las que pertenecerán al fuero privado: “Artículo 514. Excepto los ilícitos penales dispuestos en los Artículos 472, 473, 478, 490 Párrafo, 491, 492, 493, 501 y 502, del presente Título, que darán lugar a acciones públicas; en todos los demás casos, éstos darán lugar a acciones privadas, de conformidad con las previsiones del Código Procesal Penal ” La responsabilidad penal pública se origina a raíz de una actividad ilícita que afecta directamente el orden público y la paz social, en el pasado antes de que los tipos especiales de infracciones societarias existieran y que ameritasen un escrutinio legal público, debían ser adaptados a los tipos penales existentes entre el artículo 402 al 409 del Código Penal dominicano, donde se trataban la estafa, el abuso de confianza, las bancarrotas, entre otros fraudes, la Ley 479-08 vino abrir una ventana no solo a rellenar huecos, y bifurca los delitos en dos acciones de tipo penal, de un lado contamos con el ejercicio de la acción penal pública de oficio que amerita una persecución automática de parte del Ministerio Público, acción especificada en el artículo 30 del CPP , para con las infracciones especificadas en el artículo 514 y por otro lado tenemos que los demás delitos serían objeto de persecución particular del interesado en cuestión, el cual deberá invocar la acción penal privada para su persecución. Los delitos societarios: De su necesidad de penalización

Toda empresa reglamentariamente constituida se desarrolla en el marco de un comercio normalizado, puesto que, su actividad económica debe cumplir con las pautas de regularización de su menester, como lo son la inscripción de los trabajadores en la seguridad social, presentar informes del estado de la compañía a los demás socios, obtener los permisos o licencias correspondientes a su actividad, entre otras obligaciones. El jurista Francisco Manzano en su obra “Responsabilidad Penal de los Administradores en los Delitos Societarios”, expresa lo siguiente: “La justificación de abordar los delitos dentro del seno de una empresa, es porque, doctrinalmente no se distingue la importancia que tienen estos como componente esencial de la actividad económica, de aquí que se replantea el concepto de la afectación de bienes jurídicos supraindividuales para tener una concepción más amplia y sancionar los ataques que se dan dentro del seno de una empresa. ” Agregamos a esto grandes ejemplos de fraudes financieros tanto locales como en el extranjero, tal es el recordado caso Baninter, por mencionar un ejemplo local y en el exterior hemos tenido conocimiento del caso Banesto en España, el caso del Banco JP MORGAN CHASE que ha recorrido todo el globo terráqueo desde Argentina hasta Estados Unidos arribando a Europa y encontrándose eco en Asia . El resultado de todos ellos es devastador para la credibilidad e imagen diáfana que se espera de una institución financiera ante la sociedad, es repudiable, ya que, se termina afectando no solo a los individuos a lo interno de las sociedades sino que también hay afectación en la economía en general, atentando así con el interés colectivo. En el último caso mencionado la institución ha perdido la confianza de parte de

A esta breve definición agregaremos la opinión doctrinal del jurista Francisco Manzano, quien entiende que los delitos societarios son aquellos que abarcan “las tendencias delictivas en donde la empresa es afectada en su seno por hechos ilícitos, y en una tercera variable los cometidos dentro del seno de la empresa para perjudicar la misma, a los socios o los terceros acreedores y la entidad misma” . sus clientes e inversores y como resultado de esto también una radical disminución de sus activos. Por lo tanto, es claro que las sociedades comerciales se enfrentan con el derecho penal de diferentes formas y es por tales razones que hemos creído pertinente explicar la división de los delitos según la infracción o según los sujetos pasivos afectados, a modo general y concreto: Los delitos según la infracción o según el sujeto pasivo se explican de la siguiente manera: A) B) C) D)

Delitos contra los socios Delitos contra la sociedad Delitos contra los acreedores Delitos contra los terceros

Los delitos del inciso A) son aquellos que se individualizan por ser atentatorios de los derechos de los socios, los cuales resultan lesionados por la actuación de los administradores, B) son los que se manifiestan cuando se infringen deberes legales de los administradores para con el ente que dirigen, C) se efectúa cuando se afecta el patrimonio social de la empresa como prenda común de los acreedores, D) Son aquellos que tutelan personas que carecen de vinculación jurídica con la sociedad pero que pueden ser afectados por la conducta regular de esta . Así mismo la actividad infractora de las leyes penales se encuentra con las sociedades comerciales a lo interno de las mismas cuyas manifestaciones pueden fungir de la siguiente manera: A)

Como agente directo o sujeto activo de la infracción. ( Como persona jurídicamente responsable de los hechos)

B)

Como destinataria pasiva de los hechos realizados por los órganos que las componen.

C)

Como medio y mecanismo de cometer un fraude a la ley (inoponibilidad de personas jurídicas).

Por otra parte, como hemos comentado anteriormente la Ley 479-08 ha establecido que existirán sanciones estrictas para las actuaciones delictivas llevadas a cabo en el entorno de las empresas para con los siguientes sujetos: Los fundadores, el presidente, los administradores de hecho o de derecho o los funcionarios responsables y personas que,

OPINIÓN 07

teniendo conocimiento de los prescrito en la Ley hayan omitido o accionado en desfavor de la empresa. Asimismo, la Ley clasifica las infracciones para cada tipo societario así como los delitos societarios que serían comunes para todas las sociedades, por ejemplo, podrán recibir una multa de hasta diez salarios, los fundadores, el presidente, los administradores, los gerentes o responsables que no hayan hecho los depósitos y requerimientos esgrimidos por la ley de Registro Mercantil para tales fines relativos a la inscripción y matriculación en el caso de que no cumplan con el requisito de publicidad . En lo concerniente a este subtítulo, no nos vamos a extender sobre los delitos societarios específicos de cada tipo social, puesto que, es un tema autónomo que amerita y que preferiríamos abordar a profundidad en otra oportunidad. Conclusión

En el entendido de que la necesidad de penalizar los delitos cometidos en el seno de las empresas es una razón válida a discutir y que hemos admitido que nuestro Código Penal dominicano es insuficiente, ya que, la Ley de General de Sociedades Comerciales y Empresas de Responsabilidad Limitada, no solo vino a romper esquemas y a crear nuevos estilos societarios, sino, que también ha sido un salvoconducto penal especial de tipo económico que solventa un vacío legal de nuestro desfasado Código Penal, lo cual era una consecuencia inevitable a luz de la creación de los tipos de sociedades que tenemos hoy día, ya que, eran insuficientes e inadaptables las sanciones que prescribía nuestro Código Penal dominicano. La Ley de sociedades comerciales hace una verdadera innovación en el derecho penal económico, el cual, aún debe seguir siendo expandido en nuestras legislaciones actuales en materia penal. Bibliografía

• • •

•

Código Penal de la República Dominicana Código de Procedimiento Penal de la República Dominicana Ley 479-08 Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. Anónimo, Conceptos Jurídicos, Delitos Societarios, [en línea]. ConceptosJuridicos.com[ actualizado 10/03/2021].Disponible en: https://www.conceptosjuridicos.com/delitos-societarios/

•

Manzano, Francisco, Responsabilidad Penal de los Administradores en los Delitos Societarios, Tomo I, Parte General, Santo Domingo, Editora Publiguías, 2013

•

Santana Martínez, et AL. , De Los Delitos Societarios en la República Dominicana y Legislación Comparada, tesis para optar por la licenciatura en derecho, Apec Santo Domingo, D.N.2010.

•

Academia Pirani. “Los cas casos más impactantes de fraude financieros”, [en línea]. [actualizado en: 11/3/2021] https://www.piranirisk.com/es/academia/especiales/los-4-casos-mas-impactantes-defraude-financiero .

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

08 NACIONALES

Sostienen proyecto fortalece preservación de la biodiversidad costera y oferta turística sostenible SANTO DOMINGO.- El proyecto de Biodiversidad Costera y Turismo (BCyT) presentó este jueves las transformaciones generadas en el turismo y la biodiversidad costera de varias provincias del país, tras cinco años de trabajo bajo la coordinación de los ministerios de Medio Ambiente y de Turismo, y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el financiamiento del Global Environmental Facility (GEF). A través de la iniciativa, que tuvo como zonas de impacto las provincias costeras de Montecristi y Samaná, se pudo contribuir con la conservación de la biodiversidad en el sector turístico del país, además de avanzar un paso más en el desarrollo sostenible de este sector. También, se logró fortalecer la oferta turística de estas provincias, potencializando la preservación y protección de sus recursos naturales para un modelo de turismo sostenible, inclusivo y con

Orlando Jorge Mera.

impacto positivo sobre los negocios locales. La actividad fue introducida por Inka Mattila, representante residente del PNUD, quien resaltó que la oferta turística que promueve el país está sustentada en los recursos naturales y sus bellezas: Las playas, los manglares, la flora y la fauna únicas son la “materia prima” y constituyen el capital natural que es imprescindible para sostener el destino que el país ofrece y ha posicionado a nivel internacional. De su lado, el ministro de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera, resaltó que ese Ministerio ha sido firme en

En el marco de la iniciativa, se renovaron 8 infraestructuras turísticas para fortalecer la oferta de tres Parques Nacionales y un Monumento Natural. su accionar, teniendo como centro la aplicación de las leyes que rigen el cuidado y la protección del medio ambiente, lo que incluye las franjas costeras, en donde ha realizado operativos de recuperación de espacios, de protección a especies y de concienciación sobre el valor de los recursos costeros y marinos. En tanto, al hablar en representación del ministro de Turismo, David Collado, la Directora de Planificación y Proyectos, Shaney Peña, reiteró el compromiso de esa cartera en trabajar por el ordenamiento territorial turís-

tico y el desarrollo sostenible del turismo. El proyecto también logró restaurar más de 150 mil metros cuadrados de playa, vincular a más de 70 comercios de Samaná y Montecristi, en acciones para reducir y/o eliminar plásticos de un solo uso en sus comercios, a través de la iniciativa “Mejor Sin Calimete”; y concientizar a más de siete mil 800 personas sobre la protección a los recursos naturales. Además, facilitar el uso de tecnologías para monitorear la erosión de las playas, especies marinas, ecosistemas costeros, entre otros. En el marco de la iniciativa, se renovaron 8 infraestructuras turísticas para fortalecer la oferta de tres Parques Nacionales y un Monumento Natural. Este y otros logros fueron presentados en el evento de cierre del proyecto donde se resaltó la importancia de la sostenibilidad para la recuperación del turismo en la República Dominicana.

Asociación Empresas de Haina y Refidomsa realizan con éxito simulacro de emergencia HAINA.- La Asociación de Industrias y Empresas de Haina (AIEHaina) realizó con éxito la tarde de este jueves un simulacro de emergencia en las instalaciones de la Refinería Dominicana de Petróleo (Refidomsa). El ejercicio que tuvo como propósito prepararse ante la eventualidad de una emergencia real, contó con la cooperación de empresas que forman parte del gremio, además de la Alcaldía de Haina, el Cuerpo de Bomberos, la Defensa Civil y el Centro de Operaciones de

Emergencia (COE). La prueba se realizó simulando un fuego en uno de los tanques de abastecimiento de combustibles de Refidomsa, evaluando el tiempo de

respuesta de los organismos de rescate y las acciones de los civiles alrededor. Los ejecutivos de la Asociación y de la Refinería valoraron el esfuerzo y la

efectividad de la respuesta de todas las instituciones de emergencia involucradas, reconociendo que cuentan con la preparación y el equipamiento necesarios para socorrer en caso de emergencia. “Hemos comprobado que en Haina existe la preparación y el equipamiento para responder a cualquier emergencia que suceda en nuestras instalaciones o en otras de esta gran zona industrial”, agregó Viera Lasunova, Gerente de Seguridad, Ambiente, Calidad e Integridad.

Abordan la “recuperación de las mipymes en tiempos pandemia”

SANTO DOMINGO.- En un esfuerzo de continuar fortaleciendo el dinamismo comercial y el desarrollo económico de República Dominicana, la embajada del Reino de Bélgica realizó el MiPymes Lab, un encuentro para compartir conocimientos y experiencias sobre la recuperación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes) en el escenario COVID-19. El próximo 10 de abril se cumplen 130 años de relaciones diplomáticas entre el Reino de Bélgica con la República Dominicana, en los

que la embajada belga ha promovido una serie de iniciativas y proyectos, con la intención de cooperar con este país aliado y otras naciones en vía de desarrollo para un mayor éxito en común. Bajo ese concepto, considerando además la desaceleración de la economía debido a la pandemia por COVID-19 y su peso significativo en el sector MiPymes, se celebró un panel de experiencias belgas y dominicanas, para propiciar e incentivar inversiones que aporten significativamente a la vuelta a la normalidad.

El MINERD revela que tiene deudas acumuladas por más de RD$451.0 MM SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Educación informó este jueves que las pasadas gestiones le dejaron a esa institución deudas acumuladas por un monto de RD$451,326,280.57, por concepto de licencias pre y postnatales a servidoras de ese organismo. Esa información fue ofrecida al momento en que la institución, dio a conocer que una comisión del Ministerio integrada por el director de Gabinete, Paulino Ogando, y la directora de Gestión Humana, Dilia Stephany Ubiera, recibieron este jueves a varias comisiones que demandan el pago de dichas licencias de materni-

dad heredadas de la administración pasada y que datan hasta del año 2012. “En el Ministerio de Educación les recibimos con espíritu de comprensión y respeto a sus derechos, siempre estamos abiertos a dialogar y a recibir a todos los sectores que tengan algo que tratar con nosotros para juntos encontrar las soluciones más justas y adecuadas”, explicó Paulino Ogando, director del gabinete. Ubiera aseguró que el MINERD ha estado trabajando en la identificación y organización de la deuda por concepto de licencias, para dar cumplimiento a la decisión del ministro Roberto Fulcar de que sean pagadas.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

NACIONALES 09

Pedro Quezada: Optic busca desarrollar identidad y plataformas digitales faciliten trámites de servicios JOEL SARDÁ

Desarrollo de plataformas

Fotos: Daniel Duvergé y Abranny Arias

SANTO DOMINGO.Pedro Quezada, director de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), manifestó que la institución está inmersa en desarrollar el proyecto de identidad digital al igual que las plataformas inter-operacionales, con la finalidad de hacer más fácil los trámites de documentos y servicios que se ofrecen desde las instituciones públicas a los ciudadanos. Quezada catalogó el proyecto de identidad digital como “marca país”, asegurando que “esto permitirá generar una identidad única y digital a los ciudadanos, de forma tal que no se tenga que tener una licencia, cédula, carnet de seguro y de estudiantes, entre otros, sino que con un solo documento se pueda gestionar toda la vida de la persona”. “Este proyecto de identidad digital va a ayudar a otro proyecto importante que es el de registro médico único. Si ahora mismo tuviéramos un registro médico la labor que realiza el Gabinete de Salud se hubiese simplificado, se sabría cuáles ciudadanos tienen comorbilidades, quién sufre hipertensión o alguna otra enfermedad”, indicó. El funcionario emitió sus declaraciones durante una entrevista realizada por los periodistas Luis Brito y Enrique Mota, en el programa El Nuevo Diario AM, que se transmite en la plataforma de El Nuevo Diario TV, igualmente, tras sostener un breve conversatorio e

Pedro Quezada, titular de Optic, y Persio Maldonado Sánchez, director de El Nuevo Diario.

intercambio de impresiones con Persio Maldonado Sánchez, director del periódico. El funcionario giró la visita de cortesía al señor Maldonado acompañado de sus encargados de comuni-

cación Cristian Mota y Johnny González. Quezada refirió que la implementación de este proyecto es otro de los grandes retos que tiene el actual Gobierno. VER VIDEO

De izquierda a derecha, Luis Brito, Pedro Quezada, titular de Optic, y Enrique Mota, durante la entrevista en el programa El Nuevo Diario AM.

Tecnología 5G en RD Al ser preguntado sobre cuál sería la participación de la Optic en la implementación de la tecnología 5G en el país, Quezada dijo que la institución colabora en el plan nacional de banda ancha y su gabinete, sobre los componentes que tienen que ver con la tecnología de la información. “Indotel es el órgano regulador de las telecomunicaciones, ambas instituciones trabajan de la mano, porque de hecho trabajamos un plan de conectividad con el apoyo absoluto de la Optic y de la Empresa de Transmisión Eléctrica”, sostuvo. “Es un proyecto a dos o tres años, en el cual iniciamos en este momento, con la licitación, para poder tener un despliegue entre el 2023-2024, las operadores y canales de televisión estén en capacidad de transmitir y utilizar de forma efectiva lo que es la tecnología 5G”, afirmó.

Igualmente, dijo que también se piensa en implementar la firma digital, con la intención de que todas las instituciones estatales tengan su propio mecanismo criptográfico, al igual que podrán tenerla los ciudadanos.

El funcionario expresó además, que otros de los planes son desarrollar plataformas interoperables para que cuando un ciudadano vaya a una ventanilla única pueda depositar en línea toda la documentación requerida, y a través de una aplicación “Work Flow”, los mismos irán a cada una de las instituciones en el tiempo establecido. “Esto será de forma tal de que usted esté seguro de que un trámite o un proceso de inversión le llevará un mes, entonces usted al mes tenga todas las respuestas de todas las instituciones involucradas en ese proyecto”, puntualizó. Quezada dijo que con este proceso se evitará la corrupción, lo cual es una parte fundamental de las políticas y estrategias que el presidente de la República Luis Abinader quiere lograr en su gestión. Apoyo a la Policía Nacional

El director de la Optic señaló que la institución también está inmersa en ayudar a la Policía a mejorar toda su infraes-

Pedro Quezada, titular de Optic.

tructura tecnológica, de manera tal, que pueda mejorar y automatizar sus procesos. “Nuestros técnicos trabajan de la mano con la Policía Nacional, mejorando la aplicación móvil que ellos utilizan, de forma tal que los ciudadanos tengan una herramienta segura para reportar los hechos delictivos que se presentan, y darle seguimiento a la resolución de los mismos”, subrayó.

Tenemos que generar una cultura digital, tenemos que educar a los ciudadanos en el uso de la tecnología, para que así se pueda evitar que los delincuentes puedan realizar ciberataques.

Sobre las funciones de la Optic

Al ser abordado sobre las funciones de la institución, Quezada dijo que la institución se encarga de manejar todos los aspectos de implementación de las tecnologías de información en el Estado. En ese orden, dijo que la Optic rige las políticas, regula y norma el uso de las tecnologías por parte de todas las instituciones que componen el Estado. “Nosotros desarrollamos soluciones orientadas a mejorar los servicios ciudadanos y, además, acompañamos a todas las instituciones para que puedan implementar de manera efectiva y segura las tecnologías y así mejorar los servicios”, acotó.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

10 TOGA

TOGA Jueza ordena al Pepca entregar interrogatorios y actuaciones procesales a Cámara de Cuentas

UN DÍA COMO HOY 2003.- Interpol emite una orden formal de detención contra el expresidente peruano Alberto Fujimori, refugiado en Japón.

Aplazan para lunes lectura documentos caso Odebrecht LILLIAM MATEO

SANTO DOMINGO.- La jueza de Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó el recurso de oposición interpuesto por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) contra la resolución número 6/2021, del pasado 16 de marzo, y en consecuencia, ratificó su decisión de acoger la solicitud de la Cámara de Cuentas (CC) de que le sean entregadas copias certificadas de los interrogatorios practicados al presidente de la entidad, y otros dos de sus miembros, así como también las actuaciones procesales relativas al expediente. Un comunicado de prensa remitido por la CC establece que la magistrada María Garabito Ramírez, ordenó a Wilson Camacho, poner en manos de su la defensa técnica del organismo, los interrogatorios realizados a Hugo Álvarez Pérez, Carlos Noés Tejada Díaz y Henry Bautista Santana, además de todos los elementos probatorios que hayan recabado en la investigación de que han sido supuestamente objeto. Agrega que, dentro de las motivaciones ofrecidas en

El pasado 23 de febrero la Procuraduría General allanó la sede de la Cámara de Cuentas, en medio de una investigación por corrupción en contra de varios de sus miembros, entre ellos su presidente, Álvarez Pérez. su decisión, la Jueza de la Instrucción Especial sostuvo que la Cámara de Cuentas se encontraba en indefensión con la actitud asumida por el Ministerio Público, debido a que la participación y el acceso que ella debe tener no es una concepción sujeta a la voluntad antojadiza de la parte investigadora, sino un derecho que tiene a participar y tener acceso a todos los actos de la investigación durante la fase preparatoria y las demás del proceso. El pasado 23 de febrero la Procuraduría General allanó la sede de la Cámara de Cuentas, en medio de una investigación por corrupción en contra de varios de sus miembros, entre ellos su presidente, Álvarez Pérez.

SANTO DOMINGO.- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazó para el lunes 29 la continuación de la lectura de documentos incorporados o datos de corroboración de las delaciones de los colaboradores de Odebrecht, las cuales incluyo leer numerosos contratos supuestamente contraídos entre el imputado Ángel Rondón Rijo y la multinacional en el país. De inmediato, Rondón Rijo informó al tribunal que dichos contratos "eran borradores que fueron encontrados durante el allanamiento, y “para mi estos borradores de contratos me dan la misma impresión de la

validez que tendrían las delaciones de los colaboradores Odebrecht en Brasil que no fueron firmados por nadie”. O sea, agregó Rondón, “no tiene ningún sentido leer esto, pero me acojo a la decisión del tribunal, al tiempo de que esos contratos simplemente eran borradores de intención de negocios como debíamos tener muchísimos en otras ocasiones". El documento número 1 y 2, fueron leídos por la secretaria del tribunal y luego pasó a la lectura del anexo

1.4, porque el documento 1.3 está en portugués. Mirian Ortiz, del Ministerio Público, informó “hay dos documentos que quedaron fuera por decisión del tribunal: Acuerdo de Estados Unidos con Odebrecht y el acuerdo Brasil con Odebrecht. Decisión con la que el MP no está de acuerdo y lo que hemos visto es un manejo incorrecto por parte del tribunal de los documentos que el MP depósito, ha dislocado esas traducciones, seguiremos aportando

pruebas, y esta exclusión en nada debilita las pretensiones del MP, y cuando incorporamos las delaciones ustedes comprobaran”. El abogado Hilario López indicó que el MP ha declarado que dichas delaciones premiadas serán leídas, porque el tribunal lo autorizó. “Eso es falso, ya que las delaciones premiadas ni ningún documento extranjero está incorporado al proceso”, dijo. El imputado Víctor Díaz Rúa: “Yo estoy sorprendido con la acusación del MP, hasta ahora lo que han presentado es prueba en descargo y a favor de Rondón, las 700 pruebas son totalmente papeles, leyendo recortes de periódicos, gacetas oficiales, contratos que se firmaron”.

Jueza aplaza audiencia preliminar a encartados de la red de El Abusador SANTO DOMINGO.- El Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional aplazó este jueves la audiencia preliminar que se conoce a los encartados de la red de César Emilio Peralta (El Abusador). La jueza Patricia Padilla, del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, aplazó la audiencia para el próximo 29 de abril, siendo esta la segunda oca-

César Emilio Peralta.

sión en que la suspenden. En ese orden, el magistrado Luis González, titular de la

Procuraduría Especializada de Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, explicó que la decisión del tribunal atiende a una solicitud de la barra de la defensa, que alegó no haber estudiado a profundidad el expediente presentado por el Ministerio Público. González aseguró que el Ministerio Público tiene una acusación con mucha fortaleza contra los implicados en

la red del Abusador. “Como hemos dicho anteriormente, las pruebas del Ministerio Público son suficientes y contundentes contra cada uno de los imputados”, enfatizó. El “imperio” de César Emilio Peralta involucra unas 43 personas físicas y jurídicas y movilizó unos 3,500 millones de pesos, según investigaciones del Ministerio Público.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

ECONOMICAS Créditos sector

Senado aprueba préstamo de US$50 MM para proyecto de sanidad e innovación agropecuaria financiero a las Mipymes fueron

ISMAEL HIRALDO

unos RD$352 mil

SANTO DOMINGO.- El Senado, durante su sesión ordinaria de este jueves, aprobó por mayoría de votos un préstamo de $50 millones de dólares para financiar un proyecto de sanidad e innovación agropecuaria. De los 21 senadores que estaban presentes en la sesión, 13 votaron a favor para que el empréstito quede autorizado, tras la lectura de un informe favorable leído por la presidenta de la comisión de hacienda, Faride Raful. Raful pidió, mientras leía el informe, al pleno que se incluya el préstamo en la agenda del día ya que el

mismo fue negociado el pasado 18 de marzo del 2020, por lo que, de no aprobarse, permitía por tener un año en el Congreso Nacional. Este préstamo, como explicó Raful, se comenzará a pagar en diciembre del 2025 a una tasa de 0.2 por ciento y será pagadero en 40 cuotas mensuales, consecutivas y exigibles. La finalidad del referido préstamo es mejorar los ser-

vicios de sanidad animal y vegetal y, para ello, se construirán tres laboratorios diagnósticos de control biológico y 11 laboratorios de campo. Asimismo, con los recursos aprobados se fortalecerá el desarrollo de agricultura con métodos digitales y se capacitarán técnicos para implementar tecnologías desarrolladas asumiendo un control estadístico.

República Dominicana espera superar los 220.000 turistas primer trimestre SANTO DOMINGO.- La República Dominicana espera haber recibido más de 220.000 visitantes no residentes al final de marzo, según los cálculos expuestos este jueves por el ministro de Turismo, David Collado, que cifró en 185.000 los viajeros que han llegado al país en lo que va de 2021. Además, las plazas hoteleras están al 73 % de su capacidad y las cifras de reservaciones en todas las páginas digitales igualan los números de enero de 2018, que fue el mejor mes del turismo en la historia de nuestro país, según Collado.

Ministros David Collado, de Turismo, y de Defensa, Carlos L. Díaz Morfa.

Estas cifras avalan la progresiva recuperación del sector turístico dominicano, contribuyendo en un 15 % al repunte de la economía del país, tras el desplome sufrido a raíz del cierre de fronteras y la lenta recuperación del turismo desde la reaper-

tura del 1 de julio de 2020. Collado ofreció esta información al anunciar, junto al ministro de Defensa, Carlos Luciano Díaz Morfa, la incorporación de 38.000 efectivos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional a las labores de supervisión de las medidas de seguridad frente a la covid-19 en zonas fronterizas y áreas turísticas de cara a la Semana Santa. Esto, en virtud de la resolución del Gabinete de Turismo que encabeza el presidente Luis Abinader, en respuesta al incremento en la llegada de viajeros procedentes del exterior.

ECONOMICAS 11

Petróleo caída de 4,3 % NUEVA YORK, EE.UU.- El precio del petróleo intermedio de Texas (WTI) cerró este jueves con una caída del 4,3 % y se situó en 58,56 dólares, al resurgir de nuevo las preocupaciones por la recuperación de la demanda.

Combustibles

Valor

Gasolina Premiun

RD$242.10 RD$228.50 RD$197.50 RD$181.60 RD$128.10

Gasolina Regular Gasoil Óptimo Gasoil Regular

millones durante

Propano

el año 2020

Gas Natural

SANTO DOMINGO.- Los créditos del sistema financiero consolidado dirigidos a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) alcanzaron los RD$352,193 millones al mes de enero 2021, con un total de 537,651 operaciones, informó la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA). La ABA explicó que el total de créditos otorgados a estos sectores productivos por parte de los bancos múltiples, asociaciones de ahorros y préstamos, bancos de ahorros y crédito y corporaciones de crédito representa un 28.4 % del total de la cartera del sistema financiero. A través de un documento de prensa, detalló que entre dichos créditos están incluidos RD$39,435.9 millones desembolsados mediante las facilidades de liquidez otorgadas por el Banco Central a través de las entidades financieras desde marzo 2020 para préstamos a las mipymes.

RD$28.97

Monedas Compra Dollar Euro

$56.10 $66.00

Ventas $57.70 $71.00

ANEIH plantea propuestas Abinader para apoyar los sectores productivos

SANTO DOMINGO.- Los directivos y pasados presidentes de la Asociación Nacional de Empresas e Industrias Herrera (ANEIH) sostuvieron una reunión con el presidente Luis Abinader para presentar sus propuestas de trabajo para reactivar la economía y los sectores productivos. Plantearon la propuesta de replicar los esfuerzos que realiza el Estado en el área de la Salud a través de un Gabinete para emularlo en el sector educación y en el área económica y social, indica un comunicado de la ANEIH. La ANEIH también planteó la necesidad de impulsar acciones vinculadas con la

firma del pacto eléctrico, como la rehabilitación de las redes de distribución eléctricas para reducir las pérdidas. Asimismo, solicitaron al presidente integrar a la ANEIH en los Comités y Comisiones de Trabajo de carácter público privado que se llevan a cabo en el país. El presidente de la entidad, Noel Ureña Ceballos, durante la reunión, solicitó la incorporación de la entidad a las discusiones del Código Laboral, así como la aplicación de la Ley 187-17, sobre la clasificación empresarial, y en la próxima reunión del Comité Nacional de Salarios (CNS) a efectuarse el próximo mes de junio.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 NOVEDADES

NOVEDADES Marielle Araujo #FashionFreakTV IG: @FashionFreakClubRD Facebook: Fashion Freak RD www.fashionfreak.com.do

Sully Bonnelly x JUMBO Jumbo se une nuevamente al reconocido diseñador dominicano, Sully Bonnelly, para presentar la 4ta colección de trajes de baños exclusiva para Jumbo, la cual en esta ocasión está dirigida a toda la familia haciendo énfasis en la mujer. La colección Primavera Verano 2021 de Sully Bonnelly para Jumbo “nos trae trajes de baño diseñados para toda la familia que permiten combinaciones entre sí o usos individuales. Cada una de las piezas permite jugar con las opciones logrando así hasta más de 70 atuendos. En ellas se destacan diferentes siluetas, con diversos colores brillantes, estampados geométricos y florales que hacen alusión a la alegría caribeña que representa al diseñador”. Sobre la colección, Bonnelly expresó que, “la idea de esta colección es que la combinación de colores y estampados que hemos escogido sean distintos, pero a la vez armoniosos entre sí”. “Estampados caribeños como el de la flor de cayena y follaje tropical, junto a patrones geométricos permiten que cada una de las piezas funcione tanto en conjunto

Sully Bonnelly

talento”. “Por primera vez, estamos presentando propuestas de trajes de baño para toda la familia, de manera que todos puedan disfrutar de los diseños de Sully y compartir todos juntos en familia”, agregó. La nueva propuesta de trajes de baño está disponible en todas las tiendas Jumbo desde el 18 de marzo.

como de manera individual”, explicó. El diseñador añadió que "la inspiración para mis colecciones siempre vendrá de haber crecido en República Dominicana”. En esta ocasión, tomó sus recolecciones de la isla en donde el amarillo viene de la flor de la mantequilla; el coral, de la flor del coralillo; el rosado, de la rosa de Bayahíbe, entre otros. Cristina Cuadra, vicepresidente Comercial de Textil de Centro Cuesta Nacional, destacó que “esta nueva propuesta tiene como objetivo resaltar el estilo de Sully Bonnelly y su trayectoria, así mismo como también impulsar el orgullo dominicano y la promoción de nuestro

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

tuales encabezados por los grupos El Puño, La Antorcha y La Máscara.

TRAYECTORIAS LITERARIAS

DOMINICANAS

Su poema Vlía lo posiciona entre los principales cultivadores de la prosa poética dominicana y lo sitúa entre los introductores de las técnicas de la escritura automática en República Dominicana; otros estiman que fue el primer poeta dominicano en abordar el surrealismo. El resto de su poesía, profundamente filosófica y religiosa, trasciende la materialidad del ser humano para desvelar sus zonas existenciales más profundas. Su obra, que abrió el camino hacia el surrealismo, pasó a una visión social con su poema Además son, en el cual desarrolló la temática iniciada muchos años antes por el poeta Federico Bermúdez. También escribió relatos en la línea de temática social. La Feria Internacional del libro de 2010 fue dedicada a su figura.

RAMÓN SABA

Freddy Gatón Arce Nació el 27 de marzo de 1920 en San Pedro de Macorís y falleció el 22 de julio de 1994 en la ciudad de Santo Domingo. Narrador, poeta, periodista, educador y abogado. Inició su carrera periodística en el matutino El Caribe y dirigió el periódico El Nacional de Ahora. Como escritor perteneció a la agrupación Poesía Sorprendida, llegando a dirigir la revista del mismo nombre auspiciada por este círculo poético en el que compartió espacio con Franklin Mieses Burgos, Antonio Fernández Spencer, Aída Cartagena Portalatín y Manuel Rueda, entre otros. Junto a Manuel Mora Serrano impulsó la vista de escritores consagrados a nuestras provincias en busca de sus valores.

Publicó los libros Vlía, Antología poética de Franklin Mieses Burgos, La Leyenda de la Muchacha, Son guerras y amores, El poniente, Cantos comunes, Estos días de tíbar, De paso y otros poemas, Mirando el lagarto verde, Celebraciones de cuatro vientos, Andanzas y memorias, entre otros. Freddy Gatón Arce

Entre los múltiples reconocimientos que recibió en vida podemos señalar que la Universidad Central del Este le otorgó el título de Catedrático Honorario de la Facultad de Ciencias Jurídicas. Al igual que la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña le confirió el título de Profesor Honorífico de la Facultad de Humanidades y Educación. Participó en reuniones culturales y periodísticas celebradas en Colombia, Costa Rica, Ecuador, México y Venezuela, además de haber sido miembro fundador de la Comunidad Latinoamericana de Escritores, con sede en México. Fue admitido como miembro de número de la Academia Dominicana de la Lengua, pero lamentablemente murió antes de pronunciar el discurso de ingreso a la misma. Tanto la crítica argentina María del Carmen Prosdocimi de Rivera como la cubana Mercedes de Moray publicaron extensos estudios sobre su poesía.

LITERATURA 13

Ha sido miembro de los jurados de los principales concursos literarios y periodísticos del país. Recibió una placa de reconocimiento de la Asociación de Periodistas Profesionales. En 1980 obtuvo el Premio Nacional de Poesía con Son Guerras y Amores, siendo la única vez que compitió en un concurso de esta naturaleza y en el 1992 obtuvo el Premio Caonabo de Oro de la Asociación Dominicana de Periodistas y Escritores. Fue miembro permanente de los Premios Siboney de Literatura para el género de poesía. Desde el periódico El Nacional, fue un editorialista que combatió la violación de los derechos humanos. Dio cabida a los jóvenes escritores en el suplemento cultural de este diario, donde permitió espacios de orden grupal a los nacientes movimientos intelec-

Concluyo esta entrega de TRAYECTORIAS LITERARIAS DOMINICANAS con un fragmento del afamado poema Vlía de Freddy Gatón Arce:

Oído inescuchado (VLÍA) Los espacios aquietados, azules de enclavados astros, dan su violeta a la torre invertida del cielo. La torre, extática, muda, salta nerviosa en sus risas y gemidos, como mamá tallada de virginidad. Cantar de los gallos espada la vigilia y el mundo noche de todos los donceles. La vida ha perdido un inconsciente de por qué la vida. El traje color rubor de timidez quedó destrozado en el valladar de los ojos. Clavada torre en el mar de los sueños remolino de sangre de la sensitiva, blancor de olas altas llagadas como la incertidumbre, o dos pavores y cinco pétalos caídos traéis a Vlía.

Dedican Feria del Libro a poetas Ramón Saba y Karina Rieke A partir del próximo 9 de abril se estará celebrando la Feria Internacional del Libro LACUHE en la ciudad de New York, la cual se estará dedicando a la República Dominicana y a los poetas dominicanos Ramón Saba y Karina Rieke. Este evento que se inaugura el 9 de abril del corriente año, culmina el 18 del mismo mes, o sea que estará activa durante 10 días de manera virtual por las exi-

gencias de la pandemia del COVID 19 que nos azota. Esta es la cuarta versión de esta feria que organiza la institución The Latin American Cultural Heritage, Inc. (LACUHE), la cual acoge escritores y lectores de toda América Latina y que dirigen los escritores radicados en Estados Unidos, Gladys Montolío, Yormán Mejías y Nikelma Nina. A pesar de que el evento se efectuará de manera

Esta es la cuarta versión de esta feria que organiza la institución The Latin American Cultural Heritage, Inc. (LACUHE), la cual acoge escritores y lectores de toda América Latina y que dirigen los escritores radicados en Estados Unidos, Gladys Montolío, Yormán Mejías y Nikelma Nina. virtual, el poeta Saba, radicado en República Dominicana, se trasladará a la Ciudad de los Rascacielos

para asistir a su inauguración y ofrecerá un taller de elaboración de décimas a los participantes.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL

AVISOS LEGALES AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE y SUBDIVISION

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICION

En cumplimiento con las disposiciones de la Ley 1306 Bis sobre divorcio se hace conocimiento público que en fecha Cinco (5) de Diciembre, del año 2019 la Segunda Sala de la Cámara Civil, del Jugado de Primera Instancia del Municipio Santo Domingo Norte dicto en sus atribuciones civiles dicto la Sentencia No. 1516-2018, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra del señor Richard Ramírez Morfa, por falta de comparecer, no obstante haber sido citado legalmente SEGUNDO: ADMITE el Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES entre los señores JELEN GREIZ POZO BATISTA y RICHARD RAMIREZ MORFA; TERCERO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al Alguacil Ordinario, para que notifique la presente sentencia. Yo, Xeusy Mercedes Araujo Cornielle, Secretaria Suplente de la Séptima Sala para Asunto de Familia del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo. Certifico que la presente copia es fiel y conforme a su original contenida en el expediente No.1516-2018ECIV-00852, sobre la demanda de Divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de caracteres, interpuesta por la señora JELEN GREIZ POZO BATISTA, en contra del señor RICHARD RAMIREZ MORFA: marcada con el No. 1516-2018-SSENT-01070, de fecha 05 de Diciembre del 2018, el cual reposa en los archivos a mi cargo. En el Municipio Santo Domingo Norte a los 23 día del mes de Marzo del año 2021.

Se hace de público conocimiento que el día seis (06) del mes de Abril del año 2021 a las 10:00 a.m., se darán inicio a los trabajos de DESLINDE Y REFUNDICION de un área de 19.61 mts2., y 310.29 m2., dentro de los Solares Nos. 4 y 5 de la Manzana No. 64 del Distrito Catastral No. 01 del Municipio y Provincia San Pedro de Macorís, El inmueble se encuentra ubicado en la Calle José Martí esquina Avenida Orlando Martínez, Villa Velásquez, Municipio y Provincia San Pedro de Macorís. Expediente No. 6642021025929, propiedad de la SRA. MARTA JOSEFINA DE LA ALT. DE FRIAS SANTANA.

VISTA: La autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste de fecha 23 de marzo del año 2021, correspondiente al expediente No. 6612021016974, se avisa a los colindantes y al público en general que el día 04 de abril del año 2021, se dará inicio a los trabajos técnicos de mensura para DESLINDE Y SUBDIVISION, de una porción de terreno dentro de la parcela No. 924, del Distrito Catastral No. 03, en el municipio Río San Juan, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señor JEAN JACQUES RESSE. Por tanto, avisamos que a todas las personas que tienen algún interés en la parcela a mensurar, deben comunicarlo con anticipación, a la agrimensora encargada o al Director Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste.

DAYLIN REYES HERNANDEZ, Agrim. Contratista - Codia 28624.

Agrim. Dariana Burgos Vilorio, Codia: 36020. Tel: 809-283-0909.

AVISO PARA TRABAJOS DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Hacemos publico conocimiento a quien pueda interesar y a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, que el 12 de abril del 2021 a las 10:00 am, daremos inicio a los trabajos de Mensura de los derechos registrados a favor de ANGIE EMILENE MANZUETA SORIANO, portador(a) de la cédula de identidad y electoral No.001-1316156-6, del inmueble identificado como parcela 5-A-REF-B-1, DC 18, MATRICULA No.0100083846, con una superficie de 265.90 metros cuadrados, ubicado en SANTO DOMINGO, municipio de Santo Domingo Norte, de acuerdo con la Autorización de fecha 12 de marzo del 2021, correspondiente al expediente No. 6632021013410.

VISTA: La autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte de fecha 10 de marzo del año 2021, correspondiente al expediente No. 6612021015536 se avisa a los colindantes y al público en general que el día 04 de abril del año 2021, a las 10:00 AM, se dará inicio a los trabajos técnicos de mensura para DESLINDE, de una porción de terreno dentro de la parcela No. 21-B-1, del Distrito Catastral No. 03, en el municipio Río San Juan, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señores WILSON SUERO PARRA, y TEANY A. VILLALONA DE LOS STOS. D. SUERO. Por tanto, avisamos que a todas las personas que tienen algún interés en la parcela a mensurar, deben comunicarlo con anticipación, al agrimensor encargado o al Director Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste.

FC 400275

LICDA. NILA GUZMAN, Abogada.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento de la Ley de Registro Inmobiliario, del Reglamento General de Registro de Títulos y de la Resolución No. 24-2007, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) Matrícula No. 0100308564, que ampara el derecho de propiedad de la sociedad FAROME, S.R.L., provista del RNC No. 1-01-173602, sobre la Unidad Funcional N10-01, identificada como 400412628066: N10-01, del Condominio Down Town Santo Domingo, ubicado en Distrito Nacional, con una superficie de 70.10 metros cuadrados. Cualquier información comunicarla a Cáceres Torres, en la Avenida Gustavo Mejía Ricart Esquina Abraham Lincoln, Torre Piantini, Piso 9, Suite 901, Santo Domingo, Distrito Nacional, Teléfono 809-542-2012.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento de la Ley de Registro Inmobiliario, del Reglamento General de Registro de Títulos y de la Resolución No. 24-2007, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) Matrícula número 0100308603, que ampara el derecho de propiedad de la sociedad FAROME, S.R.L., provista del RNC No. 1-0117360-2, sobre la Unidad Funcional N10-02, identificada como 400412628066: N10-02, del Condominio Down Town Santo Domingo, ubicado en Distrito Nacional, con una superficie de 70.05 metros cuadrados. Cualquier información comunicarla a Cáceres Torres, en la Avenida Gustavo Mejía Ricart Esquina Abraham Lincoln, Torre Piantini, Piso 9, Suite 901, Santo Domingo, Distrito Nacional, Teléfono 809-542-2012.

PERDIDA DE CERTIFICADOS FINANCIEROS Se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financieros No.001-012557, por un valor de CIEN MIL PESOS (RD$100,000.00), certificado financiero No.001011846, por un valor de CIENTO TRES MIL PESOS (RD$103,000.00) y el certificado financiero No. 001-012558, por un valor de CIENTO DIECISIETE MIL PESOS (RD$117,000.00), a nombre de ANA CELESTE ENCARNACION OGANDO, cedula No. 012-0002921-1, de la Asociación Maguana de Ahorros y Préstamos para la vivienda. San Juan de la Maguana. AVISO DE MENSURA CATASTRAL Se hace de conocimiento público, que a las 9:00 a.m. del día 8 de Abril del 2021, procederé a realizar el Levantamiento Parcelario necesario para ejecutar los trabajos de DESLINDE sobre el inmueble identificado corno Parcela 2-B, del Distrito Catastral 12, en el municipio DE LOS ALCARRIZOS, provincia SANTO DOMINGO, ubicados en la calle 26, número 3-A,sector Savica, propiedad de la Sra. DULCE MARTA PEÑALO SUERO, los cuales fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central en fecha 23 de Marzo del 2021, Expediente No. 6632021016355.

AGRIM. FRANCISCO ANT. OVANDO C., Codia 5290. Tel.1(849) 206-5584.

JUAN PABLO ESTEVEZ LORA, Agrimensor-Contratista. Codia 32898.

Agrim. DARIANA BURGOS VILORIO, Codia: 36020. Tel: 809-283-0909.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

VISTA: la autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste de fecha 17 de marzo del año 2021, correspondiente al expediente No. 6612021015791 se avisa a los colindantes y al público en general que el día 04 de abril del año 2021, a las 09:00 AM, se dará inicio a los trabajos técnicos de mensura para DESLINDE, de una porción de terreno dentro de la parcela No. 89, del Distrito Catastral No. 02, en el municipio Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de los señores Andrés Medina López y Sheila Carolina Valencia Folch. Por tanto, avisamos que a todas las personas que tienen algún interés en la parcela a mensurar, deben comunicarlo con anticipación, a la agrimensora encargada o al Director Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste.

Se hace de público conocimiento que el día 3 de Abril del 2021 a las 9:00 a.m., se iniciará la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 115-Ref., del D.C. No. 06 del Municipio Santo Domingo Este, propiedad de los señores: ERASMO HILARIO REYNOSO y ALEXIS, EDWIN SATURNINO, ALTAGRACIA y JUAN FRANCISCO, todos HILARIO FERNANDEZ, con una superficie de 182.00 metros cuadrados, ubicada en la calle 3ra. No. 8, del Sector Los Trinitarios, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; Autorización de fecha 13-Marzo-2021, EXPEDIENTE No. 6632021014030.

Agrim. DARIANA BURGOS VILORIO, Codia: 36020. Tel: 809-283-0909.

VALOIS LEONARDO DE JS. VERAS TAVAREZ, Agrimensor-Codia-5888, Teléfono 809-350-3677. leonardoverast@gmail.com

PÉRDIDA DE CHAPA: Vehículo autobús privado, marca Chrysler, modelo TOWN & COUNTRY TOURING, año 2014, placa y registro No. I087708, chasis 2C4RC1CG6ER464100, propiedad de JAVIER MONTERO MEDINA, cédula 075-0007909-5. FC 399999

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca Nissan, modelo Frontier NP300 D23 4WD (CVL4LWLD231YPBJ-), color blanco, placa y registro No. L369573, chasis 3N6CD33B0ZK370349, propiedad de MINISTERIO DE EDUCACION, RNC 401007339. FC 400313.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Nissan, modelo Murano, año de fabricación 2003, color blanco, placa No. G181624, chasis No. JW6AZ08T33W103508, motor No. De serie 103508, a nombre de la señora ANAYANSI CACERES FLORENTINO, cédula No. 002-0136014-8. FC 400320

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Honda, modelo Accord, año 1998, placa y registro No. A422509, chasis No. 1HGCG5644WA065275, color gris, a nombre de ARISTIDES ALTAGRACIA MEZQUITA, cédula 096-0011380-8, fuerza motriz: 1700 cc, 4 cilindros, 5 pasajeros.


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud del Art. 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Art. 83 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No. 961088, (Duplicado del Dueño) correspondiente al Solar No. 3, Manzana No. 4366, edificio No. 19, Apto. 1-A, del D.C. No. 1, del Distrito Nacional, Proyecto Juan Pablo Duarte, con una superficie de construcción de 92.84 Mts., Libro No. 1443, Folio No. 173, ubicado en la provincia Santo Domingo, a nombre del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INVI).

AVISO DE MENSURA PARA TRABAJOS DE DESLINDE.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

VISTA: No. 6642021025716 Se hace de público conocimiento que el día 10/4/2021, a las 3:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para el trabajo de DESLINDE dentro del ámbito de la parcela No.3-A del DC No, 2, del Municipio Hato Mayor, Exp.No.6642021025716 a favor de ALBERT EMILIO CABRERA BAUTISTA Y CASTERINA DE LA CRUZ DE LA CRUZ.

En cumplimiento del Art. 22 de la Ley No.1306-bis del 21/05/1937, sobre Divorcios, se hace saber que el señor MIGUEL REYES PERDOMO, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-1690601-7, domiciliado y residente en la calle Respaldo Bohechío No. 34, ensanche Quisqueya, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana; quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. MARIA DEL JESUS RUIZ RODRIGUEZ, dominicana, mayor de edad, casada, Abogada de los Tribunales de la República Dominicana, provista de la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-0503338-5, con estudio profesional abierto en la firma Bergés Dreyfous - Abogados, sito en la calle Francisco Soñé Núm. 7, Bella Vista, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, Tel. 809-381-2780, ADVIERTE a su legítima esposa KATIUSCA ELIZABET DUVAL, dominicana, mayor de edad, con domicilio en 3606 Gramby St. Hyattsville, Maryland (MD) 20784, Estados Unidos, que será emplazada en Demanda de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en manos del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día Martes seis (6) de abril del año dos mil veinte y uno (2021), a fin de que comparezca por ante la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional Especializada en Asuntos de Familia, sito en el segundo piso del edificio ubicado en la Calle Socorro Sánchez Núm. 68, esquina calle Santiago, sector Gazcue, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a la audiencia que de manera VIRTUAL, mediante la plataforma MICROSOFT TEAM, enlace: https://serviciojudicial.gob.do/sala/octava-sala-de-la-camara-civil-y-comercial-del-juzgado-de-primera-instancia-del-distrito-nacional/ que se celebrará el día Martes que contaremos a quince (15) días del mes de junio del año dos mil veinte y uno (2021), a las nueve y cuarenticinco (9:45 a.m.) horas de la mañana, para conocer de la demanda de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres incoada por el Sr. MIGUEL REYES PERDOMO contra la Sra. KATIUSCA ELIZABET DUVAL, expediente Núm. 533-2019-ECON-01520. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por la abogada infrascrita, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte y cuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil veinte y uno (2021).

AGRIM. RAFAEL SEVERINO, CODIA 26413.

FC 400283

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (DUEÑO Y ACREEDOR)

PUBLICACION DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.249-0010404, del Banco de Reservas de la Republica Dominicana, numero de documento 88131, por valor de US$13,200.00 Dólares, a nombre de la señora REMEDIOS NUÑEZ JIMENEZ, cédula No.001-0476227-3. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, a los Veinticinco (25) Días del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021). FC 400272

De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que los Certificados matrícula Núm. 0100295304, (Título del Dueño y del Acreedor por un valor de RD$2,000,000.00 pesos, a favor de La Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos Para La Vivienda), propiedad delos Sres. SERGIO SABARI DE LA ROSA Y MARINA DIAZ PEREZ, del Inmueble identificado como Inmueble identificado como SOLAR 6, manzana 571, del Distrito Catastral No. 01, que tiene una superficie de 300.00, metros cuadrados, matrícula Núm. 0100295304, ubicado en el DISTRITO NACIONAL, DISTRITO NACIONAL. Emitido el 08 de abril del 2016, se encuentra extraviado habiendo sido infructuosas todas las diligencias que se han efectuado, para su localización. 26/03/2021.

AVISO DE PERDIDA DE TÍTULO DE PROPIEDAD

AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de conocimiento general que de acuerdo a lo que establece el artículo 86 Inc. B de la Ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Matricula No. 040007550, expedido por el Registrador de Títulos de Sánchez Ramírez, que ampara “PARCELA 105, DEL D.C. NO.20, DE COTUI, BARRIO EL RINCÓN, MUNICIPIO DE CEVICOS, PROVINCIA SANCHEZ RAMIREZ, expedido a nombre del señor JOAQUIN ABAD”.

Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el certificado financiero número: número 775267909, por valor de RD$200,000.00 (Doscientos Mil Pesos con 00/100), más los intereses acumulados y pendientes de pago, los cuales se dieron apertura en el Banco Popular Dominicano en fecha 17 de julio del 2012, en favor Pablo Tejeda y Josefina Vargas cédula de identidad y electoral 047-0164451-2 y 047- 0180334-0 respectivamente; y Segundo: Que sea Expedido un nuevo certificado por el Banco Popular Dominicano, C. por A. - Banco Múltiple.

FC 400289

LIC. FELIX ENCARNACION, Abogado.

775267909

JUAN JOSE JEREZ GORIS y JOSEFINA MERCEDES HICIANO DE JEREZ, Propietario.

AVISO PARA DESLINDE

Se hace de público conocimiento que el día 2 de abril del 2021 a las 10:00 a. m., se procederá con los trabajos de Deslinde ubicado dentro de la Parcela No. 38 D.C. No. 4 del Distrito Nacional, propiedad de CESAR ERNESTO ROJAS TABAR. Autorizado en fecha 12 de febrero del 2021 Expediente No. 6632021007143. FC 400286

Agr. José Ml. Báez Mueses, CODIA No. 1650.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (ACREEDOR) De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que el Certificado de Título No. 0100312290, (Título del Acreedor por un valor de RD$585,000.00 pesos, a favor de La Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos Para La Vivienda), propiedad del Sr. JESUS MARIA DE LA CRUZ DISLA, el derecho fue adquirido a Yoselín Romero Velázquez, del Inmueble identificado como PARCELA 196-D-94-002-1362-4901, del Distrito Catastral No. 03, APARTAMENTO 624, CUARTA PLANTA DEL EDIFICIO VI, del condominio RESIDENCIAL LA FLORIDA, matricula No. 0100312290, con una superficie de 90.00 metros cuadrados, ubicado en el Distrito Nacional, se encuentra extraviado habiendo sido infructuosas todas las diligencias que se han efectuado, para su localización. 26/03/2021.

FC 400174

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis sobre divorcio y para conocimiento se hace saber que en fecha Siete (7) días del mes de Agosto del año 2020, la Sexta Sala de la Cámara Civil del Jugado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asunto de Familia dictó la Sentencia No.531-2020-SSEN-01031, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley: y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre RAMON ROSA CASTRO Y ROCIO NATIVIDAD COSMA FERNANDEZ, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 04-2020, instrumentado en fecha 27 del mes de diciembre del 2019, por ante DR. JULIO CESAR TERRERO RODRIGUEZ, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por lo motivo expuestos; SEGUNDO: ORDENA el pronunciamientos del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmado: SCARLET R. VARGAS, (Jueza) MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ (Secretaria). DADA Y FIRMADA la sentencia que antecede por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica.

FC 400275

LICDA. NILA GUZMAN, Abogada.

LICDA. MARIA DEL JESUS RUIZ RODRIGUEZ, Abogada Apoderada.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor JOSE RAFAEL BONIFACIO VARGAS, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No.050-0026948-9 domiciliado y residente en Los Estados Unidos de América y ocasionalmente en este municipio de Jarabacoa, provincia La Vega, R.D, quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. ROSA HILDA ABREU ABREU, , abogada, dominicana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.0500033257-6, provista de la matrícula del Colegio de Abogados No. 60715-35-15, con estudio abierto en la calle Obdulio Jiménez, Plaza Canela, suite #2, teléfono (809) 601-7428, municipio de Jarabacoa, provincia La Vega, R.D, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARIA GENOVA TEJADA SANCHEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue en la Calle Monseñor Panal, Sector Los Corralitos, en la ciudad de Jarabacoa, provincia La Vega, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día MIERCOLES 31 DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2021 a las 9:00 a.m., así como en la Puerta y Secretaria del Tribunal apoderado, para que comparezca AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 06 del mes de MAYO del año 2021 a las 10:10 A.M. para conocer de la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaría de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext. 264 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. Jarabacoa, La Vega, Republica Dominicana, a los 23 días del mes de marzo del año 2021.

LICDA. ROSA HILDA ABREU ABREU Abogada apoderada de la parte Demandante

PABLO TEJEDA Y JOSEFINA VARGAS (FA-RC-8061-RDT-23-24-25-26/03/2021-1/2)

DE PÚBLICO CONOCIMIENTO Los señores JUAN JOSE JEREZ GORIS y JOSEFINA MERCEDES HICIANO DE JEREZ, dominicanos, mayores de edad, casados, portadores, de las Cédulas de Identidad y Electoral Núm. 056-0123225-8, 056-0118307-1 tienen a bien hacer DE PUBLICO CONOCIMIENTO LA PERDIDA DEL CERTIFICADO TITULO POR DETERIORO Del Inmueble La parcela Núm.127-A-11-A-1-MOD-5 (Ciento Veintisiete -A once-aUno-Modificado-Cinco del Distrito Catastral Núm.6 (seis) del Municipio Santo Domingo Este Antiguo Distrito Nacional, con una extensión superficial de 195.81 MT2, (CIENTO NOVENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y UNO METROS CUADRADOS), que colinda al NORTE Calle Curazao, al ESTE P,Num.127-A-11A-1-1 Mod. 6, al SUR P, Num.127-A-11-A-1 Mod. 12 y al OESTE Calle Y P, Num.127-A-11-A-1 Mod.13. Amparado por el Certificado De Título Núm. 2004-3774. Ubicado en la provincia santo domingo, por lo que procederemos a solicitar un Duplicado De Certificado De Título Por Deterioro, Ante El Registrador De Título De La Provincia Santo Domingo. En el municipio santo domingo este Provincia Santo Domingo, Hoy dieciocho del mes de noviembre del año dos mil veinte.

LEGAL 15

(JD-AC-20168-PC-25-26-27/03/2021)

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con el Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor CARLOS MANUEL VILORIA HEREDIA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-0085140-5, domiciliado y residente en la calle Román Hernández Glass, casa No. 51, del sector Pueblo Nuevo, de este municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, quien tiene como abogado apoderado especial LIC. NELSON AMAURY BETANCES VICENTE, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-00061666, matrícula No. 24312-432-01, con estudio profesional abierto en la calle Milagro Sánchez No. 02, de esta ciudad de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio, quien advierte a su legítima esposa, la señora CHRISTIAN JAHISUSA ALFARO SILVA, de nacionalidad de Perú, mayor de edad, casada, documento extranjero No. 45551495, cuyo último domicilio conocido fue en la calle 16 de Agosto, casa No. 5, del sector Pueblo Nuevo, del municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, y que a falta de información de su domicilio actual, procederá a emplazarla en acción de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, por domicilio desconocido, por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, en fecha 29/03/2021, para que comparezca a la audiencia que en materia de divorcio celebrará la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, el martes, que contaremos a veinte (20) del mes de abril del año 2021, a las 9:35 A.M., horas de la mañana, en los salones donde acostumbra realizar audiencias este tribunal, sito en la calle Sánchez esquina 4 del sector La Esperanza, de la ciudad de Cotuí, a la audiencia Virtual que celebrará dicho tribunal. En el Municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

FC 400096

LIC. NELSON A. BETANCES VICENTE Abogado Apoderado

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para que sea de general conocimiento, se hace de público conocimiento: Que la Sexta Sala de La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, Especializada en Asunto de Familia, dictó una Sentencia Civil marcada el No. 531-2020-SSEN-01451, de Fecha 9 del Mes de diciembre del año Dos Mil VEINTE (2020), y cuyo dispositivo copiado textualmente es como sigue: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma de acción en divorcio por Mutuo consentimiento, intentada por los señores CARLOS AUGUSTO GARCIA BELTRE y XIOMARA ANDREA FIGUEREO, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley, SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores CARLOS AUGUSTO GARCIA BELTRE y XIOMARA ANDREA FIGUEREO por las razones antes expuestas TERCERO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: La sentencia indicada fue pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la 3ra.Circunscripción del Distrito Nacional a los Veintisiete (27) días del mes de enero del año Dos Mil Veintiuno (2021). En la Ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana, a los Veinticinco (25) días del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021).

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 2153, de fecha 2 del mes de noviembre del año 1949, que agrega un párrafo al artículo 22 de la Ley No. 1306-bis, sobre divorcio, y sus modificaciones, por medio del presente aviso, se hace saber, que el señor JOSE RENE BERNARDO COLLADO ALVAREZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula identidad y electoral No.001-0175425-7, con domicilio y residencia en la calle Federico Geraldino No.90, Torres Las Cayenas, Paraíso, Santo Domingo, por órgano de su abogado constituido y apoderado especial LIC. BAYRON JESSE FONTANA ESPINO, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No.066-0023007-9, miembro activo del Colegio de Abogados de la República con estudio profesional abierto en la calle Dr. Delgado Esquina Santiago, Edificio Brea Franco, suite 204, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, advierte a su legítima esposa la señora FIOR DALIZA ALTAGRACIA QUEZADA CRUZ, dominicana, mayor de edad, provista de la cédula de identidad y electoral No.093-0011889-1, con ultimo domicilio conocido en calle b, edificio II, Manzana VI, apartamento 402, Residencial José Contreras, Km 10 ½ de la avenida Independencia, Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyo domicilio actual se desconoce, que a falta de información relativa a su actual domicilio o residencia, o de su persona, se procederá a emplazarla el día que constaremos a Treinta (30) de marzo del año dos mil veintiuno (2021), en manos de la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, cuyo despacho está ubicado en la primera planta del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, sito, en la manzana formada por las calles, Beller, Arzobispo Portes, Francisco J. Peynado y Fabio Fiallo, del sector de Ciudad Nueva, Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D., y en la puerta principal de la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la demanda en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, para que comparezca como fuere de derecho, a la audiencia pública que en sus atribuciones civiles y a puertas cerradas que se celebrará, el día Miércoles que contaremos a Catorce (14) del mes de Abril del año dos mil veintiuno (2021), a las Diez y Cuarenta y Cinco horas de la mañana (10:45 A.M.), ante la Octava Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en su local de costumbre, ubicado en la calle Socorro Sánchez esquina calle Santiago No. 68, segunda planta, del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

FC 400280

LIC. SANTIAGO FELIPE BRITO FIGUEREO, Abogado Apoderado.

FC 400042

LIC. BAYRON J. FONTANA ESPINO, Abogado.


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL

BIENES RECIBIDOS EN RECUPERACION DE CREDITOS: ADJUDICADOS INMUEBLES Y MUEBLES ADJUDICADOS ACTUALES DESCRIPCION DE INMUEBLES 1. Tipo de Inmueble: Un Solar Descripción del Inmueble: Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,287.00 mts2, identificado con la matricula No. 0400000292, dentro del inmueble: parcela No. 447, Distrito Catastral No. 03. Dirección del Inmueble: Calle Proyecto, sector Villa La Mata, Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. 2. Tipo de Inmueble: Un Solar Descripción del Inmueble: inmueble identificado como 314224379497, con una extensión superficial de 300.00 mts2, matricula No. 0300014057. Dirección del Inmueble: Calle No. 03 casi esquina calle C (Solar No. 11, Manzana S) Residencial la Esmeralda, sector Pontón, Municipio y Provincia de La Vega. 3. Tipo de Inmueble: Un Local Comercial. Descripción del Inmueble: La unidad Funcional o Local Comercial 2-C, segunda planta del Condominio “Edificio Profesional Pérez Castillo”, con una superficie de 14.00 Mts2, dentro del inmueble: Solar No. 02, Manzana No. 110, del Distrito Catastral No. 01, la construcción de la edificación consistente en una estructura de hormigón armado, soportada por un sistema estructural de vigas y columnas de acero, techo y entre piso en hormigón armado, pisos en cerámica criolla, puertas en madera y ventanas en aluminio y cristal. Dirección del Inmueble: en la calle Salcedo, Municipio de Moca, Provincia Espaillat.4. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225437148, con una extensión superficial de 269.26 Metros cuadrados, matrícula No. 300013539.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana Xmoca Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.5. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225438175, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 300013540.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.6. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225439191, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 0300013541.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.7. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225531017, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 0300013542.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.8. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225532034, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 0300013543.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.9. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225525993, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 0300013546.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.10. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225527819, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 0300013547.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1, Solar 9), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.11. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225528836, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 300013548.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1, Solar 10), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.12. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225529852, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 300013549.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1, Solar 11), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.13. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225621795, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 0300013551.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.14. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225623712, con una extensión superficial de 250.00 Metros cuadrados, matrícula No. 300013552.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.15. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225624688, con una extensión superficial de 448.79 Metros cua-

drados, matrícula No. 300013553.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana X1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.16. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225214457, con una extensión superficial de 300.00 Metros cuadrados, matrícula No. 300013461.Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana N-1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.17. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225419838, con una extensión superficial de 300.00 Metros cuadrados, matrícula No. 300013604.-Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana T-1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.18. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225022550, con una extensión superficial de 251.20 Metros cuadrados, matrícula No. 300013308.-Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana I-1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.19. Tipo de Inmueble: Un solar Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como 314225025922, con una extensión superficial de 249.05 Metros cuadrados, matrícula No. 300013312. Dirección del Inmueble: ubicada en el Residencial Esmeralda (Manzana I-1), Residencial La Esmeralda, Municipio y Provincia de La Vega.20. Tipo de Inmueble: Apartamento. Descripción del Inmueble: Un Apartamento ubicado en el condominio residencial El Dorado, marcado con el No. 2-402, con sala, comedor, cocina con despensa y desayunador, área de lavado, dormitorio principal con closet y baño, dos dormitorios con closet, baño común, área de lavado, dormitorio de servicio con baño, dos parqueos, con un área de construcción de 125.00 mts2. Dirección del Inmueble: Avenida Pedro A. Riveras, Municipio y Provincia de La Vega.21. Tipo de Inmueble: Una casa de un nivel Descripción del Inmueble: El inmueble identificado como: 317194491062, que tiene una superficie de 504.74 metros cuadrados, matrícula No. 0400007307, ubicada en el Municipio Villa La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, y sus mejoras consistentes en una vivienda de un nivel, construida con losa de techo en zinc/madera, soportada por un sistema estructural de vigas, columnas y zapatas en hormigón armado simple, muros en bloques de cemento, piso en cemento pulido, con sus dependencias y anexidades.Dirección del Inmueble: Calle Proyecto, casa s/n, sector El Higüero, Distrito Municipal La Bija, Municipio Villa La Mata, Provincia Sánchez Ramírez.Tipo de Inmueble: 6 Apartamentos. 22. Descripción del Inmueble: “La Unidad Funcional K-1, identificada como 313894242494: K-1, matrícula No. 4000327574, del Condominio “Residencial Green Village”, ubicado en Sosúa, Puerto Plata, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 2.21% y 2.21% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-039, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-040, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; y un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-01-003, del bloque 03, ubicado en el nivel 01, destinado a Apartamento, con una superficie de 100.00 metros cuadrados”. 23.“La Unidad Funcional K-2, identificada como 313894242494: K-2, matrícula No. 4000327573, del Condominio “Residencial Green Village”, ubicado en Sosúa, Puerto Plata, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 2.2% y 2.2% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-041, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-042, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.00 metros cuadrados; y un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-02-003, del bloque 03, ubicado en el nivel 02, destinado a Apartamento, con una superficie de 100.00 metros cuadrados”. 24 “La Unidad Funcional K-3, identificada como 313894242494: K-3, matrícula No. 4000327572, del Condominio “Residencial Green Village”, ubicado en Sosúa, Puerto Plata, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 3.9% y 3.9% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-051, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-052, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-03-003, del bloque 03, ubicado en el nivel 03, destinado a Apartamento, con una superficie de 102.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-04-003, del bloque 03, ubicado en el nivel 04, destinado a Apartamento, con una superficie de 15.07 metros cuadrados; y un SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-03-04-003, del bloque 03, ubicado en el nivel 04, destinado a Terraza, con una superficie de 78.34 metros cuadrados.” 25 “La Unidad Funcional L-1, identificada como 313894242494: L-1, matrícula No. 4000327571, del Condominio “Residencial Green Village”, ubicado en Sosúa, Puerto Plata, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 2.21% y 2.21% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-045, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-046, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; y un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-01-004, del bloque 03, ubicado en el nivel 01, destinado a Apartamento, con una superficie de 100.00 metros cuadrados.” 26 “La Unidad Funcional L-2, identificada como 313894242494: L-2, matrícula No. 4000327570, del Condominio “Residencial Green Village”, ubicado en Sosúa, Puerto Plata, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 2.21% y 2.21% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-049, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-050, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; y un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-02-004, del bloque 03, ubicado en el nivel 02, destinado a Apartamento, con una superficie de 100.00 metros cuadrados.” 27 “La Unidad Funcional L-3, identificada como 313894242494: L-3, matrícula No. 4000327569, del Condominio “Residencial Green Village”, ubicado en Sosúa, Puerto Plata, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 3.92% y 3.92% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-047, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-048, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-03-004, del bloque 03, ubicado en el nivel 03, destinado a Apartamento, con una


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

superficie de 102.18 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-03-04-004, del bloque 03, ubicado en el nivel 04, destinado a Apartamento, con una superficie de 15.07 metros cuadrados; y un SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-03-04-004, del bloque 03, ubicado en el nivel 04, destinado a Terraza, con una superficie de 78.86 metros cuadrados.” Dirección del Inmueble: Condominio “Residencial Green Village”, ubicado en la calle Paseo Los Cocos, urbanización Puerto Chiquito, municipio Sosúa, provincia Puerto Plata.Descripción del Inmueble: Condominio Residencial Kaizen 4, Avenida Pedro A Rivera, sector Pontón, ciudad de La Vega. 28. Apartamento Unidad Funcional O-3, matrícula No.4000251541, nivel 03, bloque 8 con una superficie de 112.06 metros cuadrado. 29. Apartamento Unidad Funcional R-1, matrícula No.4000251548, nivel 01, bloque 9 con una superficie de 112.06 metros cuadrado. 30. Apartamento Unidad Funcional Z-3, matrícula No.4000251574, nivel 03, bloque 13 con una superficie de 112.06 metros cuadrado. 31. Tipo de Inmueble: Apartamento Descripción del Inmueble: La unidad Funcional identificada como 302, ubicado en el tercer y cuarto nivel del lado derecho del edificio correspondiente al Condominio Residencial Villa Toscana V, matricula No. 0300002054, que tiene una extensión superficial de 229.70 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 28-006-10900, Distrito Catastral 05, del Municipio y Provincia de La Vega. Dirección del Inmueble: calle Cámara Junior (antigua calle 04), Esq. Calle Toñita Alvarez, sector Las Carolinas, Municipio y Provincia de La Vega. 32. “Una porción de terreno con una superficie de 197.35 metros cuadrados, dentro del inmueble: Parcela No. 105, Distrito Catastral No.2, matrícula No. 1100003569, ubicado en el Municipio de Moca, Provincia Espaillat; y sus mejoras consistentes en una casa vivienda de dos niveles, construida con losas de techo y entrepisos en hormigón armado, soportada por un sistema estructural de vigas, columnas y zapatas en hormigón armado, muros en bloques de cemento, pisos en cerámica, ventanas en cristal, jacuzzi, con sus dependencias y anexidades, ubicada en la calle Francisco Guzmán Comprés, casa No. 13, sector Villa Elsa, Municipio de Moca, Provincia Espaillat”. 33.“La Unidad Funcional o el Apartamento No. 1-A, del Condominio “Pablo A. Cabrera”, matrícula No. 1100016037, con una superficie de 140.00 metros cuadrados, en el Solar No. 1-003.665, Manzana No. 32, del Distrito Catastral No. 1, ubicado en el Municipio de Moca, Provincia Espaillat, específicamente en la calle Colón No. 16, Municipio de Moca, Provincia Espaillat”. 34. “La Unidad Funcional o el Apartamento No. 2-A, del Condominio “Pablo A. Cabrera”, matricula No. 1100016000, con una superficie de 132.03 metros cuadrados, en el Solar No. 1-003.665, Manzana No. 32, del Distrito Catastral No. 1, ubicado en el Municipio de Moca, Provincia Espaillat, específicamente en la calle Colón No. 16, Municipio de Moca, Provincia Espaillat”. 35. “La Unidad Funcional o el Apartamento No. 3-A, del Condominio “Pablo A. Cabrera”, matricula No. 1100041330, con una superficie de 132.03 metros cuadrados, en el Solar No. 1-003.665, Manzana No. 32, del Distrito Catastral No. 1, ubicado en el Municipio de Moca, Provincia Espaillat, específicamente en la calle Colón No. 16, Municipio de Moca, Provincia Espaillat”. 36. “El inmueble identificado como Parcela 144-REF-321-005.20730-20731, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 298.50 metros cuadrados, matrícula No. 0100083440, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 37.“El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20751, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 264.13 metros cuadrados, matricula No. 0100083460, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 38.“El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20774, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 440.68 metros cuadrados, matricula No. 0100083483, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 39. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20765, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 235.38 metros cuadrados, matricula No. 0100083474, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 40.“El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20750, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 230.60 metros cuadrados, matricula No. 0100083459, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 41. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20753, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 421.04 metros cuadrados, matricula No. 0100083462, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 42. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20754, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 501.68 metros cuadrados, matricula No. 0100083463, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 43. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20764, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 373.31 metros cuadrados, matricula No. 0100083473, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo”. 44. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20733, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 293.05 metros cuadrados, matricula No. 0100083442, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 45. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20735, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 264.01 metros cuadrados, matricula No. 0100083444, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 46.“El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20736, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 279.81 metros cuadrados, matricula No. 0100083445, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 47. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20737, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 284.65 metros cuadrados, matricula No. 0100083446, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.”

LEGAL 17

52. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20752, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 245.31 metros cuadrados, matricula No. 0100083461, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 53. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20777, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 581.19 metros cuadrados, matrícula No. 0100083486, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 54. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-98, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 586.42 metros cuadrados, matrícula No. 0100280640, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 55. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-144, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 666.94 metros cuadrados, matrícula No. 0100280641, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 56. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-155, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 384.56 metros cuadrados, matrícula No. 0100280642, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y sus mejoras consistentes en una piscina construida en hormigón armado. El inmueble está ubicado en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 57. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-156, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 401.29 metros cuadrados, matrícula No. 0100280643, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y sus mejoras consistentes en una piscina construida en hormigón armado. El inmueble está ubicado en la carretera noguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.”“El inmueble identificado como Parcela No. 144-REFU.-36-REFU.-1, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 634.00 metros cuadrados, matrícula No. 0100280645 ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 58. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REFUNDIDA-251, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 399.26 metros cuadrados, matrícula No. 0100280646, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 59. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REFUNDIDA-256, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 519.35 metros cuadrados, matrícula No. 0100280647, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 60. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REFUNDIDA-258, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 363.37 metros cuadrados, matrícula No. 0100280648, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 61. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REFUNDIDA-273, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 392.51 metros cuadrados, matrícula No. 0100280649, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 62. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REFUNDIDA-295, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 427.71 metros cuadrados, matrícula No. 0100280650, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 63. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REFUNDIDA-388, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 253.31 metros cuadrados, matrícula No. 0100280653, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 64. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-262-006.6877-6881, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 354.81 metros cuadrados, matrícula No. 0100280655, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 65. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-262-006.6877-6883, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 329.00 metros cuadrados, matrícula No. 0100280656, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 66. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-262-006.6877-6884, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 265.88 metros cuadrados, matrícula No. 0100280657, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 67. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-262-006.6877-6886, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 231.14 metros cuadrados, matrícula No. 0100280658, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 68. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-262-006.6877-6891, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 220.32 metros cuadrados, matrícula No. 0100280661, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.” 69. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-262-006.6877-6896, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 226.54 metros cuadrados, matrícula No. 0100280662, ubicado en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo. El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-389, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 1,686.60 metros cuadrados, matrícula No. 0100327120, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo.

48. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20743, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 219.51 metros cuadrados, matricula No. 0100083452, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.”

70. Descripción del bien mueble:

49. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20746, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 0100083455, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.”

71. Descripción del bien mueble:

50. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20747, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 253.82 metros cuadrados, matricula No. 0100083456, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.”

72. Descripción del bien mueble:

51. “El inmueble identificado como Parcela No. 144-REF-321-005.20730-20749, del Distrito Catastral No. 03, que tiene una superficie de 286.81 metros cuadrados, matricula No. 0100083458, ubicado en Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, específicamente en la carretera Manoguayabo, próximo a la Avenida 27 de Febrero, sección Manoguayabo, lugar Bayona, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia de Santo Domingo.”

73. Descripción del bien mueble:

"Tipo De Vehículo: Jeep, Marca: Lexus; Modelo: GX-470; Año De Fabricación: 2004; Chasis: JTJBT20X740035386; Color: Dorado; Cilindro: 8, No. De Puertas: 5.

"Tipo De Vehículo: Autobús Privado, Marca: Hyundai; Modelo: STAREX; Año De Fabricación: 2010; Chasis: KMJWA37TAAU172542; Color: Gris; Cilindro: 4, No. De Puertas: 3.

"TIPO DE VEHÍCULO: AUTOMÓVIL PRIVADO; MARCA: KIA, MODELO: LOTZE; CHASIS: KNAGH415BAA441147; COLOR: BLANCO; AÑO DE FABRICACIÓN: 2010; CILINDROS: 4; NO. DE PUERTAS: 4.

"TIPO DE VEHÍCULO: AUTOMÓVIL PRIVADO; MARCA: TOYOTA, MODELO: YARIS; CHASIS: JTBDT4K32CLO18016; COLOR: BLANCO; AÑO DE FABRICACIÓN: 2012; CILINDROS: 4; NO. DE PUERTAS: 4.

(ACFF-B0771-PC)


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL PUBLICACION DE CERTIFICADO FINANCIERO

PUBLICACION DE CERTIFICADO FINANCIERO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 5000370309, del BANCO BDI, por valor de RD$179,310.84, a nombre de la señora SENEYDA CONCEPCION GUERRERO, cédula No. 023-0071236-7. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 3400071448, Asociación La Nacional, por valor de RD$375, a nombre de la señora TANIA ARGENTINA HOLGUIN OVALLES, cédula No. 001-0860745-8. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No.0150014520, emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, en fecha 21/05/2014, por el valor TRES MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES CON 00/100 (USS3,000.00), a nombres de las señoras ROCIO ANYELINA THEN REYES, dominicana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No.001-1459247-0, SONIA MAGALY THEN OSORIO, dominicana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No.001-0950609-7. La presente publicación se hace para los fines de la ley correspondiente.

FC 400141

FC 400140

FC 400102

PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (DUPLICADO DEL DUEÑO)

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

De conformidad con el Art. 92 de la Ley de Registro Inmobiliario; Se hace de público conocimiento que dentro de los Archivos de mi persona, yo Banco Popular Dominicano, S.A., Banco Múltiple, una institución bancaria organizada de conformidad con las leyes de la República Dominicana con domicilio y asiento social en la Av. John F. Kennedy No. 20, Esq. Av. Máximo Gómez Torre Popular, Santo Domingo, República Dominicana; Declaro que se me ha extraviado dentro de mis archivos el Certificado de Título (Duplicado del Dueño), del inmueble que se describe a continuación: “ Inmueble identificado como Local Comercial, No. 207, del condominio PLAZA MONET, en la PARCELA 35-A-REF-7-A, del DISTRITO CATASTRAL No. 16, del DISTRITO NACIONAL, con un área de construcción de 30.00 metros cuadrados. Y consta de sus demás mejoras amparado en el Certificado de Título No.2001-4128”. Propiedad del señor Abrahán Orlando Núñez Adames por lo cual realizado de conocimiento público la pérdida del mismo.

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 10000124227 DOCUMENTO NO.016286 fecha de apertura 18/02/2019 expedido por un valor de RD$700,000.00 (SETECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por COOPERATIVA VEGA REAL INC. a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de:

FC 400159

Ramón A. Luciano, Apoderado.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca MITSUBISHI, color blanco, año 2002, placa No.L129866, chasis JMYJNP15V2A00215, a nombre de RAMON ANTONIO DIAZ JIMENEZ,

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Isuzu, modelo TFR54F-00, año 1994, color gris plata, placa y registro No. L140260, chasis JAATFR52FP7100090, propiedad de MANUEL DE JESUS CASADO SANCHEZ, cédula 010-0014180-2. FC 400118

CARMEN VICTORIANA GARCIA PEÑA O HERMOGENES GARCIA PEÑA (FE-AC-20147-WP-23-24-25/03/2021) Depositantes

PERDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA Marca ISUZU modelo NPR71L-HJ5VAY color BLANCO Año 2020 placa L405849 chasis JAANPR71HL7100046 a nombre de SANTO MARTE MARTE – CED. 05300371332 (HP-AC-20167-WP-2425-26/03/2021)

PERDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA Marca OPEL modelo OPEL color BLANCO Año 1998 placa L178304 chasis WOLOSBF25W3047010 a nombre de COOPERATIVA DE SERVICIOS MULT. DUEÑOS DE FARM DEL CIBAO – RNC. 402064947 (MC-RCT25023-WP-24-25-26/03/2021)

Sra. ROCIO ANYELINA THEN REYES. SRA. SONIA MAGALY THEN OSORIO.

AVISO PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO 817656606 Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el certificado financiero número: número 817656606, por valor de RD$3,000,000.00 (Tres Millones de Pesos con 00/100), más los intereses acumulados y pendientes de pago, los cuales se dieron apertura en la Oficina número 241, en fecha 03 de marzo del 2020, en favor Wilson Remigio Mejía cédula de identidad y electoral 047-0128605-8; y Segundo: Que sea Expedido un nuevo certificado por el Banco Popular Dominicano. C. por A. - Banco Múltiple.

WILSON REMIGIO MEJÍA (FA-RC-8061-RDT-23-24-25-26/03/2021-2/2)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo tipo jeep, marca Nissan, modelo Rogue S 4X4, año 2010, color negro, placa y registro G494576, chasis JN8AS5MVBAW112906, propiedad de ANTONIO REYES ÁVILA, cédula No. 026-0002629-4. FC 400091

PERDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Z3000, placa K1252625, color blanco, chasis LZ3JL4T16G2K78298, año 2016, propiedad de WILLIAMS GUSTAVO SANCHEZ ESPINAL, cédula 0490059304-9. FC 400149.


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero número 0816772, emitido por el Banco Banreservas, por un valor de RD$8,000.00 ochocientos mil pesos dominicanos 00/100, a nombre de JULIA DIAZ JIMENEZ, de identidad No.022-0026479-0 y LUCIA GARDENIA SENA DIAZ, cédula de identidad y electoral No. 022-0026506-0. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 400355

PERDIDA DE CERTIFICADOS FINANCIEROS

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 9602951238 consecutivo: 1040401, por un monto original de (RD$100,000.00), emitido por el BANCO BANRESERVAS, a nombre del señor: KEIRY AURELIO VICIOSO JIMENEZ, cédula No.001-1721774-5. Los Alcarrizos. FC 400314

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DUPLICADO DEL DUEÑO En virtud de lo que establece el Artículo No. 86 del Reglamento de los Registros de Títulos y el Artículo No. 92, Párrafo III de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado de Título, duplicado del dueño del inmueble identificado como Parcela No. 658 del Distrito Catastral No. 03 del Municipio de Ocoa, provincia San José de Ocoa, con una superficie de Mil Quinientos Veintinueve Metros Cuadrados, (1529.00 Mts2), Certificado de Título No. 4497, inscrito en el libro No. 30, Folio No.193, ubicado en el Municipio de Sabana Larga, provincia San José de Ocoa, propiedad de los señores FERMIN LORENZO MEJIA MENDEZ y ROSENDO ORTILIANO MENDEZ GUERRA.

EDGAR RENEE VELOZ GERMAN, Abogado.

AVISO PERDIDA DOCUMENTOS

Pérdida del Permiso Ambiental No. 2690-15 Proyecto: ESTACION DE SERVICIOS VIOSA II, Emitido: 2 de junio del 2015, Promotor: Violeta del Carmen Salcedo Henríquez.

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE MENSURAS PARA SENEAMIENTO

Se hace de público conocimiento, la pérdida del certificado de título No. 70-157, expedido a nombre de Juan Belarminio Castro Tabares, situado en Milla Diez, del Municipio de Sánchez, con una extensión superficial de 09 hectáreas, 95 áreas 07centiáreas, ubicado dentro de la parcela No.13-Adel D.C. No.59/2da, de Sánchez, aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TITULO POR PERDIDA.

Expediente No. 6642021022636 Por medio de la presente Notificamos que el día que contaremos a Nueve (9) días del mes de Abril del año 2021, a las Tres (03:00 P.M.) horas de la tarde, daremos inicio a los Trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, sobre el inmueble identificado Manzana No. 54 en el Distrito Catastral No. 01 del Municipio Ocoa, Provincia San José de Ocoa, ubicado en la Calle Manuel de Reglas Pujols, Centro de la Ciudad, porción de Terreno Reclamada por el señor RAMON ANTONIO TEJEDA ENCARNACION, estos trabajos fueron autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, Mensura que será realizada por el Agrimensor EDGAR RENE VELOZ GERMAN, CODIA 9936, por lo que invitamos a los copropietarios y colindantes, asistir a la hora y día señalado para que definan los linderos y posesiones.

FC 400324

LEGAL 19

EDGAR RENEE VELOZ GERMAN, Codia 9936. Edgarveloz03@hotmail.com

LIC. ZORAIDA S. SANCHEZ PEÑA Abogada Calle Mella No. 21, segundo piso, Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, Tel. 809-522-4161 PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con la Ley No. 1306-Bis, en su Art. No. 42, se hace la publicación de la Sentencia No. 538-2020-SSEN-00111, de fecha 06 de Julio del año 2020, dictada por la Cámara Civil, Comercial de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia. FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto de la parte demandada, señor Daniel Junior Guerrero Falcón, por falta de comparecer, no obstante haber sido debidamente emplazado. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de Caracteres entre los señores Dayris Arias Pinales y Daniel Junior Guerrero Falcón. TERCERO: Ordena al Oficial Civil correspondiente, el pronunciamiento del presente divorcio. CUARTO: Compensa las costas, por tratarse de litis entre esposos. Firmada por: Hilda Yesenia Marte Guzmán, Jueza, e Ygnacia Y. Nova, Secretaria de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia. La presente sentencia de Divorcio fue pronunciada el día 26 del mes de Febrero del año 2021, por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Nizao, inscrito en el Libro No. 00001, de Registro de Divorcio, Folio: 0003, Acta No. 000002, del año 2021.

FC 400351

LICDA. ZORAIDA S. SANCHEZ PEÑA Abogada Apoderada

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Y DOMICILIO DESCONOCIDO.

De conformidad con el artículo 42 de la ley 1306-BIS, sobre Divorcio en la República Dominicana, por este medio se CITA Y EMPLAZA, a la señora ONDINA ALTAGRACIA GELABERT MARTINEZ DE NUÑEZ, cuyo domicilio se desconoce para que comparezca como fuere de derecho el día Jueves que contaremos a Ocho (08) del mes de Abril del año en curso 2021, a las 9:00 A.M. horas de la mañana, por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, a fin de conocer la audiencia que ha sido fijada para el conocimiento de la DEMANDA DE DIVORCIO incoada por su legítimo esposo, señor SAMUEL EMILIO NUÑEZ PAULINO, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cedula de identidad y electoral número 071-0027489-8, domiciliado y residente en la en la Avenida Luis María King, casa número 10, sector Centro de la Ciudad y Municipio de nagua Provincia María Trinidad Sánchez. FC 400222

LICDO. FAUSTO ALANNY THEN ULERIO, Abogado de la parte demandante.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE MENSURAS PARA SENEAMIENTO

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero Núm. 960-1957132 Suscrito con el Banco de Reservas de la República Dominicana, por un monto de Quinientos Mil Pesos (RD$500,000.00) EXPEDIDO a favor de la señora SADA MARGARITA BERROA BERGES, dominicana, mayor de edad, profesora, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 0010283217-7, domiciliada y residente en la calle Seibo, edif. 7, Apto. 1-B, del sector de Villa Juana de esta ciudad de Santo Domingo, D. N., Capital de la República Dominicana.

Expediente No.: 6642021021346 Por medio de la presente Notificamos que el día que contaremos a Nueve (9) días del mes de Abril del año 2021, a las Dos (02:00 P.M.) horas de la tarde, daremos inicio a los Trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, sobre el inmueble identificado en el Distrito Catastral No. 01 del Municipio Ocoa, Provincia San José de Ocoa, ubicado en la Calle Nelly Yolanda Sánchez, Lugar Los Cachón, porción de Terreno Reclamada por el señor RAMON ANTONIO TEJEDA ENCARNACION, estos trabajos fueron autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales. Departamento Este, Mensura que será realizada por el Agrimensor EDGAR RENE VELOZ GERMAN, CODIA 9936, por lo que invitamos a los copropietarios y colindantes, asistir a la hora y día señalado para que definan los linderos y posesiones.

Cumpliendo con las formalidades de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, el señor ALBERTO BOLIVAR REYES TORRES dominicano, mayor de edad, casado, empresario, portador de la cédula de identidad y electoral No. 042-0000290-7, domiciliado y residente en el 225 57TH STREET, Filadelfia PA 191393906; provisionalmente en la casa No. 19 de la calle “Sánchez” del Municipio de Monción, Provincia Santiago Rodríguez; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. URCINIO DE JS. LUCIANO MADERA, dominicano, mayor de edad, abogado, con estudio profesional abierto en la calle “Dr. Flavio Darío Espinal Hued” No. 1 esquina calle “A”, del Reparto Oquet de la ciudad de Santiago de los Caballeros, y estudio ad-Hoc en el segundo nivel del edificio marcado con el No. 28 de la calle “Duarte” de la ciudad y Municipio de Mao, Provincia Valverde, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente emplazamiento, ADVIERTE E INFORMA a la señora: CARMENCITA MINAYA CAMPOS, cuyo domicilio, residencia o paradero se desconoce; que el día JUEVES, que contaremos a QUINCE (15) de ABRIL del año dos mil veintiuno (2021), a las 10:00 A.M. se procederá a emplazarla en acción de Divorcio por la causa DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES DOMICILIO DESCONOCIDO, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Mao, Provincia Valverde; para que comparezca a la audiencia que a puertas cerradas en que será conocida la Demanda en Acción de Divorcio que se celebrará el día MARTES, que contaremos a VEINTICINCO (25) de MAYO del año dos mil veintiuno (2021), a las 9:00 A.M., por ante la CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALVERDE, en sus atribuciones civiles, sito, en el local que aloja dicho Tribunal (primer nivel del palacio de Justicia), avenida Miguel Crespo, sector Cerros de Mao, de la ciudad de Mao, Provincia Valverde. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los VEINTICUATRO (24) días del mes de MARZO del año dos mil veintiuno (2021).

FC 400080

AVISO DE CLAUSURA DE LIQUIDACIÓN EVERGLADE ECO RESORT, S.A.S. Sociedad en Liquidación Registro Mercantil: 40115SD RNC: 1-30-25429-1 Capital Social Autorizado: RD$5,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$5,000,000.00 Av. Abraham Lincoln, Plaza Francesa, 3er Nivel, Suite 337-B, Ens. Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. De conformidad con lo establecido en la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, y sus enmiendas, particularmente a lo previsto en su Artículo 419, se avisa que, mediante la Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha cuatro (4) del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021), los accionistas de EVERGLAIDE ECO RESORT, S.A.S., Sociedad en Liquidación (la “Sociedad” o por su propio nombre) adoptaron a unanimidad de votos las siguientes resoluciones: 1. Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Extraordinaria; 2. Aprobar el Balance Especial del Estado de la Sociedad, preparado por el Contador Público Autorizado designado para tales fines, y otorgar el descargo correspondiente; 3. Aprobar el informe sobre el Estado General de la Sociedad, elaborado por el Liquidador, y otorgar el descargo correspondiente; 4. Aprobar la disolución y liquidación definitiva de la Sociedad y su publicación en un periódico de circulación nacional; 5. Aprobar el cese definitivo de las funciones del Consejo de Administración, y otorgar el correspondiente descargo; 6. Determinar el destino de los activos de la Sociedad y el plan de liquidación de las deudas; 7. Designar a la persona que habrá de fungir como Garantes de la disolución de la Sociedad por ante las autoridades correspondientes; y, 8. Otorgar los poderes necesarios para cumplir con las formalidades de publicidad de las resoluciones tomadas y del proceso de disolución y liquidación antes las autoridades competentes. En Valencia, Reino de España, a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021). FP 400288

EDGAR RENEE VELOZ GERMAN, Codia 9936. Edgarveloz03@hotmail.com

AVISO DE EMPLAZAMIENTO, DEMANDA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES. En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor ANEURYS GILBERTO POLANCO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, cédula de identidad y electoral No. 223-0068198-2, domiciliado y residente en 100 MARKET STREET PERTHAMBOY, NUEVA JERSEY 08861, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, quien hace elección de domicilio en la Avenida Estrella Sadhalá, Plaza Madera No. 44, segundo nivel, módulos 207 - 208, en la ciudad de Santiago de los Caballeros República Dominicana, quien tiene como abogada constituida y apoderada a la LICDA. LILIANA DEL CARMEN ACOSTA FERNANDEZ, dominicana, mayor de edad, Abogada, con su cédula de identidad y electoral número 0310020796-2, exequátur Número 18663-189-96, domicilio profesional abierto en la Avenida Estrella Sadhalá, Plaza Madera No. 44, Segundo Nivel, Módulos 207 - 208, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana; por medio de la presente publicación, se hace de público conocimiento la Demanda de Divorcio por la Causa de Incompatibilidad de Caracteres en contra de la señora ANDREINA BERROA MELO y le hace formal advertencia a su legítima esposa señora ANDREINA BERROA MELO, nacionalidad dominicana, mayor de edad, cédula de identidad dominicana No. 2230142656-9, que a falta de información del lugar de su residencia, de quien en la actualidad se desconoce su domicilio, en la República Dominicana, por lo que se procede a Emplazar en la persona del Procurador Fiscal de Santiago, en virtud del artículo 69 inciso 8vo., del Código Procedimiento Civil Dominicano, en fecha lunes 29 de marzo del año (2021); para que comparezca EL DÍA MIÉRCOLES DOCE (12) DE MAYO, DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), A LAS NUEVE HORAS Y VEINTICINCO MINUTOS (9:25) DE LA MAÑANA POR ANTE EL SALÓN DE AUDIENCIA DE LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, REPUBLICA DOMINICANA, PARA ASUNTOS DE FAMILIA, a la audiencia de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres interpuesta por el señor ANEURYS GILBERTO POLANCO, en su contra la cual celebra sus audiencias a puertas cerradas en la sala civiles de asuntos de Familia de Santiago, virtual, a través de la plataforma del servicio judicial, consultando el rol nacional audiencia aplicación Microsoft Teams, República Dominicana, Primera Planta del Palacio de Justicia Federico Carlos Álvarez, ubicado en la manzana formada por las calles 2 y 3 del Ensanche Román, Avenidas 27 de Febrero y Circunvalación de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana. En la ciudad de Santiago de los caballeros, República dominicana, a los veintitrés (23) día del mes de marzo del año 2021.

Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el párrafo único, del artículo 22, de la ley No.1306 (Bis) sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor YOEL FRANCISCO, nacionalizado americano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador del Pasaporte número 560779269 domiciliado y residente en Estados Unidos de Norteamérica y de tránsito en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, advierte a su legítima esposa señora MELIGNA ALTAGRACIA JIMENEZ COLLADO, cuyo último domicilio y residencia conocido por su esposo fue en la calle Principal No. 35, Colorado, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, que a falta de información sobre su domicilio actual, se procederá por medio de su Abogado constituido y apoderado especial el LICDA. GERMANIA M. PEREZ M., dominicana, mayor de edad, Matriculada en el Colegio de Abogado de la República Dominicana, bajo el No. 36317-715-07, abogada de los Tribunales de la República Dominicana, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, donde mi representado hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente Divorcio, a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día lunes que contaremos a veintinueve (29) del mes de marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021), en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, en su despacho, situado en el primer nivel del palacio de Justicia Lic. Federico C. Alvarez, sito entre las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación y las calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, para que comparezca en forma legal, por ante LA SEXTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO., el día MIERCOLES que contaremos a SIETE (07) del mes de ABRIL, del año Dos Mil Veintiuno (2021) a las nueve (9:15 A.M.) horas de la mañana, situada en la Primera planta del palacio de Justicia Lic. Federico C. Alvarez, sito entre las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación y las calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román 1, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, en la cual se procederá a conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido que se propone intentar el señor YOEL FRANCISCO, en contra de su legítima esposa. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los veinticuatro (24) días, del mes de marzo, del año Dos Mil Veintiuno (2021).

LIC. LILIANA DEL CARMEN ACOSTA FERNANDEZ, Abogada apoderada.

LICDA. GERMANIA M. PEREZ M., Abogado de la parte demandante.

LIC. URCINIO DE JESÚS LUCIANO MADERA, Abogado del Demandante. PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL AVISO DE MENSURAS PARA SENEAMIENTO Expediente No.: 6642021013963 Por medio de la presente Notificarnos que el día que contaremos a Nueve (9) días del mes de Abril del año 2021, a las Diez (10:00 AM) hora de la mañana, daremos inicio a los Trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, sobre el inmueble identificado en el Distrito Catastral No. 08 del Municipio Bani, Provincia Peravia, ubicado en la carretera Baní-La Monteria, Lugar Sabana Indio, porción de Terreno Reclamada por los señores MANUEL TERMILIO RODRIGUEZ PEGUERO y FELIX MARIA PEGUERO, estos trabajos fueron autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, Mensura que será realizada por el Agrimensor EDGAR RENE VELOZ GERMAN, CODIA 9936, por lo que invitamos a los copropietarios y colindantes, asistir a la hora y día señalado para que definan los linderos y posesiones.

EDGAR RENEE VELOZ GERMAN, Codia 9936 EdgarveIoz03@hotmail.com

AVISO DE TRABAJOS DE MENSURA PARA DESLINDE

En virtud de la Autoriz. D/f 18/03/2021, se hace de público conocimiento que el día Viernes 02/04/2021, a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos de Mensura Para Deslinde en la Parcela 3-A, D. C. No. 09, Municipio, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a petición del Sr. NIRMIO EDIHT REYES ALCANTARA. Exp. 6632021015243. Agrim. Almarelis Encarnación Mesa, Codia: 34294/Cel.: (809) 816-1777.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título No.2001-8892, Parcela No. 25-G-1-REFUND-30 (veinticinco-g-uno-refundida treinta) hasta 25-G-12-, Distrito catastral No. 16, según se evidencia en los certificados de títulos No.96-5461, 96-5462, 96-5463, 96-5464, 96-5465, 96-5466, 96-697, 96-697, 96-699, 96-700, 96-701, y 96-702, Folio No.327, con una área superficial de (140)metros cuadrados con cincuenta y cuatro (54) decímetros cuadrados, emitido en fecha 12 de julio del 200, por la Registradora de Título del Distrito Nacional, a nombre de la PROMOTORA NOVATERRA, C. POR A. El cual se ha extraviado y se desconoce su paradero. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Veinticuatro (24) días del mes de Marzo del Dos Mil Veintiuno 2021.

PROMOTORA NOVATERRA, C. POR A.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con lo que dispone el Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título matrícula No. 0100274158, a nombre de FRANCISCO ALBERTO GARCIA MARCANO y ARACELIS MARISOL MARIÑEZ DE GARCIA, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0114422-8, correspondiente al inmueble identificado como Apartamento B-2, con una extensión superficial de 89.96 metros cuadrados, en la manzana 3032, Solar 8, del Distrito Catastral No. 01, amparado bajo la matrícula No. 0100001536, libro 2616, folio 222, H 424, ubicado en el Distrito Nacional, Incs. 27 de noviembre de 2007, emitido el 4 de febrero de 2008. El cual se ha extraviado y se desconoce su paradero.

FRANCISCO A. GARCIA MARCANO Y ARACELIS M. MARIÑEZ DE GARCIA, Propietarios.

AVISO DE DIVORCIO De conformidad con el Art. 42 de la ley 1306-bis sobre divorcio y para general conocimiento se hace saber que en fecha 24-02-2021, la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, emitió la sentencia civil en materia de divorcio No. 0506-2021-SSEN-00077, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento, entre los esposos FRANCISCO ANTONIO JEREZ MORALES Y CARMEN ACOSTA GARCIA, conforme al acto de estipulaciones de DIVORCIO INSTRUMENTADO por el Notario Público, de los del número para el municipio de Cotuí, el Lic. Ángel Heriberto Alcántara Encarnación, marcado con el No.066/2020, Folio No.102, de fecha 20-08-2020, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: AUTORIZA al esposo más diligente presentarse por ante el Oficial del Estado Civil Competente. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Nuestra sentencia así se pronuncia ordena y firma: DADA Y FIRMADA, ha sido La sentencia que antecede, por la Magistrada que figura en el encabezamiento, el mismo día, mes y año, expresado por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos de este tribunal, que se expide, sella y firma a solicitud del Lic. JOSE ALBERTO DURAN DE LA CRUZ, EN CALIDAD DE Abogado solicitante, hoy día 15 del mes de marzo del año 2021. La parte interesada, hoy día, mes y año antes indicado. Dicho Divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado civil de la 1ra. CIRCUNSCRIPCION del municipio de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, en fecha 18/03/2021, inscrita en el libro de divorcio No.00001, Folio No.0058, Acta No.000058, año 2021. En la Ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, a los 24 días del mes de marzo del año 2021.

FC 400368

Lic. JOSE ALBERTO DURAN DE LA CRUZ, Aabogado Apoderado.

HERMANOS VELEZ PUELLO, C. POR A. Capital Social Autorizado: RD$3,000,000.00 Capital Social Suscrito y Pagado: RD$3,000,000.00 Registro Mercantil Número: 7084SD R.N.C. Número: 1-22-02434-4 Domicilio social: calle Mercedes Echenique No. 5, Mirador Sur, Santo Domingo, República Dominicana. AVISO DE TRANSFORMACIÓN Para cumplir con el artículo 17 de los estatutos sociales y el artículo 445 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, modificada por la Ley No. 31-11, (en lo adelante, la “Ley”) se avisa a los interesados y al público en general que ha sido convocada la asamblea general extraordinaria de la sociedad HERMANOS VELEZ PUELLO, C. POR A., para el día veintisiete (27) de abril del año 2021, a las once horas de la mañana (11:00A.M.), en la calle Génesis núm. 2, Urbanización Samaria de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a fin de conocer del proyecto de su transformación en una empresa de responsabilidad limitada (S.R.L.). Conforme al proyecto de transformación: a) la nueva denominación social de la sociedad será HERMANOS VELEZ PUELLO, S.R.L; b) El domicilio social se trasladará a la calle Génesis núm. 2, Urbanización Samaria de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Rep. Dom.; c) la duración de la sociedad será indefinida; d) La sociedad tendrá por objeto, en la República Dominicana y en el extranjero, la compra, venta, arrendamiento y administración de bienes muebles e inmuebles, planificación, diseño, construcción, dirección técnica, administración, asesoría y supervisión de proyectos de edificaciones interiores, urbanos y obras civiles en general; compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de productos, materiales, equipos y artículos de construcción y ferretería, así como todo tipo de productos manufacturados a base de textiles, vestimenta, tejidos y sustitutivos de tejidos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas y comestibles; e) el ejercicio social será anual y coincidirá con el año natural; l) la sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deberán ser personas físicas; su nombramiento podrá ser estatutario o por un acto posterior de la sociedad y tendrá una duración de seis (6) años. Se les avisa a todos los accionistas de la sociedad que el texto íntegro del proyecto de transformación o nuevos estatutos sociales, así como el balance especial y el informe del comisario requeridos por la Ley para las transformaciones societarias, estarán a su disposición en el domicilio social quince (15) días antes de la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá de la transformación. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de marzo del año 2021.

FC 400317

ELVIS MANUEL DE JESÚS VELEZ PEREZ, Presidente.

PUBLICACION DE DIVORCIO En el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio se hace de público conocimiento que la Séptima Sala de la Cámara Civil para Asunto de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó en fecha 29 del mes diciembre del año 2020 la sentencia Civil No.532-2020, cuyo dispositivo copiado íntegramente dice así: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Ramón Hernández Jiménez y Rosa María Santos De La Cruz, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentidas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Ramón Hernández Jiménez y Rosa María Santos De La Cruz, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulaciones de divorcio No. 07 instrumentado en fecha 30 del mes de septiembre del año 2020, por ante el Lic. Adolfo Pérez Pérez, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. b) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad: Marianne Abigail y Emanuel Azarías, a cargo de la señora Rosa María Santos De La Cruz, madre de estos; acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 07 instrumentado en fecha 30 del mes de septiembre del año 2020, por ante el Lic. Adolfo Pérez Pérez, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. C) Homologa y fija la Pensión Alimentaria estipulado y pactado por los cónyuges en causa, de conformidad al acto de convenciones y estipulaciones No. 07, instrumentado en fecha 30 del mes de septiembre del año 2020, por ante el Lic. Adolfo Pérez Pérez, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda, y firma: Firmado: Mag. Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y Secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, quien certifica y lo firma. El divorcio admitido por la sentencia mencionada fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional. en fecha dieciocho de febrero del año dos mil veintiuno (18/02/2021), inscrito en el libro de registro de divorcio No.00004, Folio No. 0087, Acta No. 000343, año 2021. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

FC 400299

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE.

EXPEDIENTE No: 6642021026070 Se hace de público conocimiento que el día 07 del mes de abril del año 2021, a la 09:00 A. M. se realizaran los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE dentro de la parcela No. 70-B1-C del D. C. No. 02, en el Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, Expediente 6642021026070, Autorización de fecha 24 de marzo del 2021. Propiedad de los Sres. María Dolores Sánchez y Giovanni Paolo Suter. AGRIM.MAILING NATHALI HERNANDEZ REYES, CODIA 35387.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

EXPEDIENTE No: 6642021026089 Se hace de público conocimiento que el día 07 del mes de abril del año 2021, a la 11:00 A.M. se realizarán los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE dentro de la parcela No. 70-B1-D del D. C. No. 02, en el Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, Expediente 6642021026089, Autorización de fecha 24 de marzo del 2021. Propiedad de la Sra. Marisol Sánchez del Rosario. AGRIM. MAILING NATHALI HERNANDEZ REYES, CODIA 35387.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE.

EXPEDIENTE No: 6632021016800 Se hace de público conocimiento que el día 05 del mes de abril del año 2021, a la 10:00 A. M. se realizarán los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE dentro de la parcela No. 185171 del D. C. No. 06, en el Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Expediente 6632021016800, Autorización de fecha 24 de marzo del 2021. Propiedad del Sr. Juan Castillo Carpio.

Dra. Sonia Castro Matos, Abogada apoderada.

AGRIM. MAILING NATHALI HERNANDEZ REYES, CODIA 35387.

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICION

De conformidad con las disposiciones del artículo 617 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, se hace de público conocimiento que el día LUNES que contaremos a CINCO del mes de ABRIL del presente año DOS MIL VEINTIUNO (2021), se llevará a cabo a las dos (02:00) horas de la tarde, en el Mercado Público Central de la avenida J. Armando Bermúdez esquina 17 de Abril, del sector de Pueblo Nuevo, en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mejor postor y subastador, por causa de Embargo Ejecutivo de los bienes muebles y efectos mobiliarios embargados, según el acto número 70/2021, de fecha veintiséis (26) del mes de Marzo del año Dos Mil VEINTIUNO (2021), del Notario Público de los del número para el Municipio de Santiago, LIC. EDUARDO RAFAEL POLANCO, los cuales se describen a continuación: UNA NEVERA DE DOS (2) PUERTAS, MARCA NEDOCA, COLOR GRIS. UN TELEVISOR COLOR NEGRO, MARCA LG, EN MAL ESTADO. UNA LAVADORA COLOR CREMA, MARCA DAEWOO DE 16 LIBRAS. UNA COMPUTADORA COLOR NEGRO, DE MESA, MARCA DELL. UNA BOCINA COLOR NEGRO, MARCA AUDIOMAX DE BLUOTUL. DOS TANQUES DE GAS DE 50 LIBRAS, UNO COLOR NEGRO Y EL OTRO COLOR MAMEY. UN CARRO COLOR NEGRO, MARCA BMW, PLACA NO. A021518, EN MAL ESTADO. Estos bienes fueron embargados en perjuicio del señor ALBERTO MÁRTINEZ NUÑEZ GENAO NUÑEZ, a diligencia y persecución del señor MARINO DISLA. Los pagos son de contado y los licitadores deberán agregar, además del precio de la adjudicación, un diez por ciento (10%) sobre el valor de la venta, a los fines de dar cumplimiento a lo que establece la Ley. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día Veintiséis (26) del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021). WILANDY ALMONTE SARITA ALGUACIL DE ESTRADOS DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ ESPECIAL DE TRANSITO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO TEL. 1-829-285-4603.

PUBLICACION DE DIVORCIO

Se hace de público conocimiento que el día 10 de Abril del 2021 a las 9:00 a.m., se iniciará la Mensura para Deslinde y Refundición en las Parcelas Nos. 115-Ref.y 115-Ref-159, del D.C. No. 06 del Municipio Santo Domingo Este, propiedad de los señores: ERASMO HILARIO REYNOSO y ALEXIS, EDWIN SATURNINO, ALTAGRACIA y JUAN FRANCISCO, todos HILARIO FERNANDEZ, con una superficie total de 600.00 metros cuadrados, ubicada en la calle 3ra. del Sector Los Trinitarios, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, al lado del Condómino “La Razón I” Autorización de fecha 25-Noviebre-2021, EXPEDIENTE No. 6632020046595. VALOIS LEONARDO DE JS. VERAS TAVAREZ, Agrimensor–Codia-5888. Teléfono 809-350-3677. leonardoverast@gmail.com

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Se hace de público conocimiento que para el día Martes 6 de Abril del año 2021, a las Ocho (8:00 a.m.) hora de la Mañana se practicarán los trabajos de DESLINDE dentro del ámbito del Solar No. 23, Manzana 729 del Distrito Catastral No. 01 del Distrito Nacional, con un área superficial de 250.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Tunti Cáceres No. 224 Villa Juana, Distrito Nacional, propiedad del señor: VAMNY JOEL BAUTISTA MORENO. Expediente 6632021008859.

En virtud de las disposiciones del artículo 42, de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento se hace saber: Que en fecha treinta (30) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, para Asuntos de Familia, dictó en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil marcada con el Núm. 1451-2020-SSEN-00817, que admite el Divorcio entre los señores YAQUELINA MERCEDES GONZALEZ PLACENCIO y JUAN ALBERTO MARTE UREÑA, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de JUAN ALBERTO MARTE UREÑA, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado y emplazado. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores YAQUELINA MERCEDES GONZALEZ PLACENCIO y JUAN ALBERTO MARTE UREÑA, por la cusa determinada de incompatibilidad, y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de ley. TERCERO: Compensa pura y simple las costas del procedimiento, por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al ministerial JUAN RICARDO MARTE CHECO, alguacil de estrados de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia. Que la sentencia marcada con el No. 1451-2020-SSEN-00817, de fecha 30 del mes de noviembre del año 2020, es fiel y conforme a la original registrada, y el pronunciamiento registrado en la Oficialía Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago de los Caballeros, bajo el Libro No.00001, Folio No. 0178, año dos mil veintiuno 2021. La presente publicación es autorizada en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

Se hace de público conocimiento que para el día lunes 5 de Abril del año 2021, a las Nueve (9:00 a.m.) horas de la mañana, se practicarán los trabajos de DESLINDE dentro del ámbito de la Parcela No. 110, del Distrito Catastral No. 18 del municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, con un área superficial de 500.00 metros cuadrados, ubicado en la Calle Imbert No. 40 sector La Torre Villa Mella del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, Propiedad del SR.: RAFAEL ABREU SUAREZ. Expediente 6632021015367.

LICDA. FANNY SANTOS CONTRERAS Abogada-Apoderada

DEIVIS RICARDO BATISTA CONTRERAS, Agrimensor Contratista. CODIA 36454.

DEIVIS RICARDO BATISTA CONTRERAS, Agrimensor Contratista. CODIA 36454.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 21

PÉRDIDA DE MATRÍCULA

PUBLICACIÓN LEGAL DE DIVORCIO

PUBLICACION DE PERDIDA DE CERTIFICADO TITULO

Se hace de público conocimiento la pérdida de la matrícula correspondiente al vehículo marca HYUNDAI, modelo: SONATA N20, tipo: automóvil privado, chasis KMHEV41MBAA728117, año de fabricación: 2010, color blanco, motor: 728117, No. Registro y Placa: A716746, datos del propietario: MARCOS JESUS PEÑA CABRERA, cédula o RNC 001-1878743-1.

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306- Bis, Sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha dos (02) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), fue expedida por CUARTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, ASUNTOS BE FAMILIA, la Sentencia Civil No. 1275-2020-SSEN-00783, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de la señora LEIDA RAMONA REYES, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores JUAN ELIAS PIMENTEL DOMINGUEZ Y LEIDA RAMONA REYES GOMEZ, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por consiguiente ordena el pronunciamiento y transcripción de la presente decisión una vez cumplidos los requisitos de ley. TERCERO: Otorga la guarda provisional de los menores YADIER FERNANDO Y ELIANNY FERNANDA, a favor de la madre señora LEIDA RAMONA REYES GOMEZ, hasta que la jurisdicción competente una vez apoderada, decida sobre el particular. CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: Comisiona al Ministerial RICHARD RAFAEL CHAVEZ SANTANA, Alguacil adscrito a esta jurisdicción para la notificación de la presente sentencia. Firmada por: FILOSET NUÑEZ POLANCO (Magistrada) y Heidy Núñez, (Secretaria General). Así mismo se hace saber que en fecha veinticinco (25) del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021). Por ante el OFICIAL DEL ESTADO CIVIL DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, se procedió a TRANSCRIBIR la Sentencia en el Libro de Registro de Divorcio No.2, Folio No. 21, bajo el Acta No. 221, Año 2021; así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

En cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, según el artículo 92, párrafo III, de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y el artículo 120, del Reglamento General de Registro de Títulos modificados por Resolución No. 1737, del 12 de Julio del año 2007, amparado en la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo No. 94 Párrafo G, Libro No. 8, Folio No. 95, parcela No. 1582, D.C No. 4, del Municipio de Tamboril, Provincia de Santiago, con una superficie de mil ochocientos ochenta y siete (1,887.MTS2) metros cuadrados, Emitido el 5 del mes de Julio del 1954, a nombre del señor ALBERTO VÁSQUEZ PERALTA. En la ciudad de Santiago, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, al día veinticinco (25) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

FC 400318

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, del Art. 92, Ley 10805, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TITULO No. 2007-9287, CORRESPONDIENTE AL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO APARTAMENTO No. 701 SEPTIMO NIVEL DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL TORRE POLARIS, EN LA PARCELA 230-13, PORCION E, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 3, DEL DISTRITO NACIONAL, CON UN AREA DE CONSTRUCCION DE 190.00 METROS CUADROS, PROPIEDAD DE CONSTRUCTORA ZACARIAS, S.R.L.

FC 400329

HECTOR RAFAEL ZACARIAS SURIEL, Representante De La Compañía CONSTRUCTORA ZACARIAS, S.R.L., Propietario.

AVISO DE NUEVA FECHA PARA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De conformidad con las disposiciones del Art.696, del C. de P. C. Dom., reformado por la Ley 764, del 20 de diciembre del 1944, se hace la presente publicación; que el día JUEVES que contaremos a VEINTINUEVE (29) DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2021, a las 9:00 A.M., es la fecha en que será ofrecido en venta en pública subasta, por causa de embargo inmobiliario, al mejor postor y último subastador en LA PRIMERA SALA DE LA CÁMARA DE LO CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, MUNICIPIO ESTE, sito en lo primero planta del Palacio de Justicia, ubicado en la calle Presidente Vásquez, casa No. 23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, y tribunal que celebrara sus audiencias de MANERA PROVISIONAL en la calle Hermanas Carmelitas Tereza de San José (Antigua 17), No. 3 del Ensanche Ozama del Municipio Santo Domingo Este, (EN EL SALÓN DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE PAZ DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN, MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA), el siguiente inmueble: INMUEBLE IDENTIFICADO COMO 1. Unidad funcional A-1, matrícula 0100200369, designación catastral No. 403369099409, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela de 3.2% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-00-01-001, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un Sector Propio identificado como SP-01-01-001 ubicado en el nivel 01 del bloque 01, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 69.50 metros cuadrados; propiedad de la razón social REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.R.L., Ubicado en el condominio residencial Amanda del Mar, con un área superficial total de 82.00 mts2. Municipio de Boca chica Provincia Santo Domingo; 2)- unidad funcional A-2, identificada como 403369099409: A-2, matricula No. 01002003/0, del condominio RESIDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 2.13% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-01-01-002, ubicado en el nivel 01, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 57.75 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A. 3)-unidad funcional B-3, identificada como 403369099409: B3, matrícula No. 0100200373, del condominio RESIDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 1.96% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-01-02-003, ubicado en el nivel 02, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 42.00 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A. 4)-unidad funcional B-4, identificada como 403369099409: 3-4, matrícula No. 0100200374, del condominio RESINDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 2.46% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-01-02-004, ubicado en el nivel 02, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 65.15 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A. 59-unidad funcional B-5, identificada como 403369099409: B-5, matrícula No. 0100200375, del condominio RESINDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 2.4% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-01-02-005, ubicado en el nivel 02, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 60.30 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A. 6)-. unidad funcional B-6, identificada como 403369099409: B-6, matrícula No. 0100200376, del condominio RESINDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 2.67% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-01-02-006, ubicado en el nivel 02, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 76.75 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A.; 7)- unidad funcional C-4, identificada como 403369099409: C-4, matrícula No. 0100200380, del condominio RESINDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 2.76% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-01-03-004, ubicado en el nivel 03, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 81.85 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A.; 8)unidad funcional E-2, con una superficie de 136.15 metros cuadrados, identificada como 403369099409: E-2, matrícula No. 0100200390, del condominio RESINDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 4.63% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-00-01-006, ubicado en el nivel 01, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un sector propio identificado como SP-01-05-002 ubicado en el nivel 05, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 123.65 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A.; 9)-unidad funcional E-3, con una superficie de 123.75 metros cuadrados, identificada como 403369099409: E-3, matricula No. 0100200391, del condominio RESINDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 4.45% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada-por un sector propio identificado como SP-00-01-010, ubicado en el nivel 01, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un sector propio identificado como SP-01-05003 ubicado en el nivel 05, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 111.25 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A.10)-. unidad funcional F-3, con una superficie de 196.70 metros cuadrados, identificada como 403369099409: F-3, matrícula No. 0100200395, del condominio RESINDENCIAL AMANDA DEL MAR, ubicado en Boca Chica, Santo Domingo, con un porcentaje de partición sobre las áreas comunes y la parcela de 5.34% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-00-01-013, ubicado en el nivel 01, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.50 metros cuadrados; un sector propio identificado como SP-01-06-003 ubicado en el nivel 6, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 184.20 metros cuadrados, propiedades de REGINA DE LAS ESTRELLAS, S.A.; perseguida por el señor PIERRE DUBEAU, de nacionalidad canadiense, mayor de edad, soltero, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 402-2036102-2, domiciliado y residente en la calle Las Mariposas No. 1 del municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, representado por sus abogados apoderados especiales LIC. LIC. FRANCISCO JOSE BROWN MARTE, dominicano, mayor de edad, Abogado de los tribunales de la República, inscrito en el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), con la colegiatura No. 29666-1473-04, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0949756-0, teléfono No. (809) 394-6140 y el LIC. NARCISO ENRIQUE MEDINA ALMONTE, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-05079461, domiciliado y residente en esta ciudad y con estudio profesional común abierto en la Autopista San Isidro, Plaza Filadelfia (Tercer Nivel), Suite A-316 (Frente a la Zona Franca), Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, por un precio de primera puja por la suma DE OCHOCIENTOS MIL DOLARES ESTADOUNIDENSE (US$800,000.00) o su equivalente en pesos dominicanos, que haciende a la suma de CUARENTA MILLONES de PESOS DOMINICANOS (RD$40,000,000.00), los licitadores deberán depositar en el tribunal el 10% en efectivo o en cheque certificado de acuerdo, y la venta se llevará a cabo bajo las condiciones prescritas en el pliego de condiciones redactado al efecto y conforme al aviso publicado anteriormente edicto publicado en la página No.14 de la sección legales del periódico EL NUEVO DIARIO, en la edición 12602 (FC3970068) de fecha 18 de febrero del año 2021; En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de marzo del (2021).

LIC. FRANCISCO JOSÉ BROWN MARTE Por sí y el LIC. NARCISO ENRIQUE MEDINA ALMONTE, Abogados del demandante-Persiguiente. FC 400287

LICDA. YULY RAQUEL PEREZ REYES, Abogada Apoderada.

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: la Sexta Sala Civil de Asuntos de Familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito judicial de Santiago, en fecha veintinueve (29) del mes de diciembre, del año dos mil veinte (2020), dictó en sus atribuciones Civiles la Sentencia número 1451-2020-SSEN-00973, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de mutuo consentimiento entre los esposos ONAYS REVILLA GARCIA Y WANDA YULEIDY REYNOSO VARGAS, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento número 273-2020, de fecha 9/09/2020, del Notario público JOSE RAMON TAVAREZ BATISTA, de los del número para el Municipio de Santiago, ordena que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado civil correspondiente. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse en un litis entre esposos. Firmada por: la Magistrado FILOSET NUÑEZ POLANCO, Juez y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria General, que certifico y doy fe que es copia fiel a su original. La sentencia que antecede previa formalidad de la Ley ha sido pronunciada y transcrita por ante el Oficial del Estado Civil de La Primera Circunscripción del Municipio de Santiago, en fecha cinco (05) días, del mes de marzo, del año dos mil veintiuno (2021), inscrita en el Libro 00004 del registro de Divorcio, Folio número 0047, bajo el acta marcada con el número 000224, del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintidós (22) días, del mes de marzo, del año dos mil veintiuno (2021).

LICDO. ROBERT DE JESUS GOMEZ VERAS, Abogado Apoderado.

República Dominicana Oficina de Abogados y Notaría DR. ONÉSIMO GARCÍA ROSARIO Asuntos Jurídicos en General C/Independencia No. 8, Cabrera, Rep. Dom. Tel. 809-589-7349, Celulares; 809-771-5190; Correo electrónico; dronesimogarcia@hotmail.com PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Art. 42 de la Ley 1306 Bis, sobre divorcio, se hace saber que en fecha dieciocho (18) del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, Rep. Dom., en sus atribuciones Civiles dictó la Sentencia marcada con el número; 454-2019-SSEN-00168, cuya parte dispositiva copiada textualmente dice así: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores Omaldo Marte y Mayerlin Javier Linares, conforme al acto notarial No.95-A, instrumentado a los 2 días de mes de mayo del año 2018, por el Dr. Onésimo García Rosario, Notario Público de los del Municipio de Cabrera, transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: Compensa las costas.- Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma.- Firmados: Niurca de la Cruz León, Jueza. Leonorilda Hernández Mendoza, Secretaria. Que el divorcio así admitido fue pronunciado por el oficial del Estado Civil del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, en fecha ocho (8) del mes de Marzo del año dos mil veintiuno (2021); bajo el Acta No.00009, Folio 0017, del libro de registro No.00001 de registro de divorcio. La presente publicación es autorizada por el abogado de las Partes a los dieciocho (25) días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno (2021), en Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana.

FC 400322

DR. ONESIMO GARCIA ROSARIO, Abogado de las partes.

República Dominicana Oficina de Abogados y Notaría DR. ONÉSIMO GARCÍA ROSARIO Asuntos Jurídicos en General C/Independencia No. 8, Cabrera, Rep. Dom. Tel. 809-589-7349, Celulares; 809-771-5190; Correo electrónico; dronesimogarcia@hotmail.com

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Art. 42 de la Ley 1306 Bis, sobre divorcio, se hace saber que en fecha cinco (5) del mes de Agosto del año dos mil trece (2013), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, Rep. Dom., en sus atribuciones Civiles dicté la Sentencia marcada con el número; 00626/2013, cuya parte dispositiva copiada textualmente dice así: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores CESAR ALFREDO AGÜERO LOPEZ y YUDERKA LAUSELL TIRADO, de acuerdo con las estipulaciones convenidas en el acto auténtico No.31 folio No.47, de fecha 21 de mayo del año 2013, instrumentado por el Dr. Marlon Odalis Arias Almonte, Notario Público de los del Municipio de Río San Juan, por los motivos expuestos en la presente sentencia; SEGUNDO: Compensa las costas.- Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma.- Firmados: Niurca de la Cruz León, Jueza; Leonorilda Hernández Mendoza, Secretaria. Que el divorcio así admitido fue pronunciado por el oficial del Estado Civil del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, en fecha nueve (9) del mes de Marzo del año dos mil veintiuno (2021); bajo el Acta No.000019, Folio 0037, del libro de registro No.00001 de registro de divorcio. La presente publicación es autorizada por el abogado de las Partes a los dieciocho (25) días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno (2021), en Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana.

FC 400322

DR. ONESIMO GARCIA ROSARIO, Abogado de las partes.

LIC. FELIX RAFAEL LIRIANO FRIAS, Abogado Apoderado.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021003457. VISTA: La Autorización d/f 20/ENERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de MARIA MARGARITA SUAREZ RODRIGUEZ, SE AVISA que el 12/ABRIL/2021, a las 9:00 AM., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en Parcela No. 225, D.C. No. 2 del Municipio de Nagua, Provincia, María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en en el residencial Brisas del Atlántico, a 500 Mts al oeste de Nagua Campo Club, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021010739. VISTA: La Autorización d/f 25/FEBRERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de HECTOR MARTINEZ UREÑA, SE AVISA que el 12/ABRIL/2021, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 1413, D.C. No. 2 del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en Palmar de los Sánchez al Picao de Luis a 200 Mts. al Oeste del Camino al Guayabo, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021010860. VISTA: La Autorización d/f 26/FEBRERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de LUCRECIA TORIBIO DE JAQUEZ, SE AVISA que el 15/ABRIL/2021, a las 2:00 PM., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 1125, D.C. No. 3 del Municipio de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la Carret. Pozo Hondo-La Vereda, a 95 metros al oeste de la intersección con la Carret. a la Capilla, municipio Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICION Exp. No. 6612021010526. VISTA: La Autorización d/f 25/FEBRERO/2021 de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de JOSE ALBERTO JOSE ALCEQUIEZ, SE AVISA que el 15/ABRIL/2021, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde y Refundición en la Parcela No. 1051 y 894, D.C. No. 3 del Municipio de Río San Juan, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la Carret. La Caribe, a 85 Mts., de la intersección con la Carret. a La Novilla, municipio Río San Juan, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 4/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICION Exp. No. 6612021010534. VISTA: La Autorización d/f 25/FEBRERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de YOSALDA JOSE ALCEQUIEZ. SE AVISA que el 14/ABRIL/2021, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde y Refundición en la Parcela No. 1051 y 894, D.C. No. 3, del Municipio de Río San Juan, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la Carret. La Caribe, a 85 Mts., de la intersección con la Carret. a La Novilla, municipio Río San Juan, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha 24/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

22 LEGAL AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO

Exp. No. 6612021010542. VISTA: La Autorización d/f 25/FEBRERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de ANA IRIS RODRIGUEZ BATISTA, SE AVISA que el 13/ABRIL/2021, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 825, D.C. No. 2 del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la calle Alejandro Holguín No. 18, sector La Cruz, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

Se hace de público conocimiento la pérdida de: i) Certificado Financiero No. 5000096502-0, por un valor facial original de: UN MILLON CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,108,800.00); ii) Certificado Financiero No. 5000099952-0, por un valor facial original de: UN MILLON SEISCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS DOMINICANOS CON 56/100 (RD$1,612,938.56); iii) Certificado Financiero No. 5000100299-0, por un valor facial original de: QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$500,000.00); iv) Certificado Financiero No. 5000103555-0, por un valor facial original de: QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$500,000.00); v) Certificado Financiero No. 5000083437-0, por un valor facial original de: TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON 44/100 (RD$3,891,261.44); vi) Certificado Financiero No. 5000041694-0, por un valor facial original de: UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,200,000.00); vii) Certificado Financiero No. 5000047156-0, por un valor facial original de: UN MILLON DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,000,000.00); y viii) Certificado Financiero No. 5000047163-0, por un valor facial original de: SEIS MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$6,000,000.00), todos emitidos por el BANCO MULTIPLE BDI, S. A., a favor de MANUEL EDUARDO VALDEZ GUERRERO o GRECIA TORRES TEJEDA.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

FC 399699

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICION

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Exp. No. 6612021010641. VISTA: La Autorización d/f 25/FEBRERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de MARIANO CAMILO PAULINO. SE AVISA que el 13/ABRIL/2021, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde y Refundición en la Parcela No. 2-O-3 y 41-REFORM, D.C. No. 4 del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en el Palmar de los Sánchez al Picao de Luis a 200 Mts al oeste del camino al Guayabo, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de depósito del banco Scotiabank No. 77667488, de fecha 23/03/2016, por un valor de cuatrocientos setenta mil pesos (RD$470,000.00) a nombre de JOSÉ ANTIGUA CRUZ.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021016494. VISTA: La Autorización d/f 19/MARZO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de FRANCISCO SANCHEZ SARANTE, SE AVISA que el 16/ABRIL/2021, a las 9:00 AM., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 1019, D.C. No. 2 del Municipio de El Factor, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la calle Duarte, a 40 Metros de la Av. Hermanas Mirabal, municipio El Factor, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MRZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021017016. VISTA: La Autorización d/f 23/MARZO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de JUAN GUILLERMO LOPEZ NUÑEZ, SE AVISA que el 16/ABRIL/2021, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 825, D.C. No. 2 del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la Carret. Nagua-San Fco. de Macorís, Km.3 1/2, sector Km.3, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021017131. VISTA: La Autorización d/f 23/MARZO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Dep. Noreste, a petición de ALEXANDRO PAREDES DIAZ y PEDRO LUIS PAREDES, SE AVISA que el 19/ABRIL/2021, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 171, D.C. No. 2 del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la calle Francisco Reynoso S/N, La Capitalita, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel . 809-223-6924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021017180. VISTA: La Autorización d/f 23/MARZO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de ALEXANDRO PAREDES DIAZ y PEDRO LUIS PAREDES, SE AVISA que el 19/ABRIL/2021, a las 9:00A.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en la Parcela No. 171-B-77, D.C. No. 2 del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en la calle Francisco Reynoso S/N, La Capitalita, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 24/MARZO/2021.

FC 400321

LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ Agrimensor Contratista, CODIA-4377 Tel. 809-223-6924

FC 398477

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Honda, modelo MD50, año 1994, color rojo, placa y registro No. K1846842, chasis MD502301655, propiedad de MANUEL MARTE CAMINERO, cédula 001-0533370-2. FC 400153

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Nissan, año 2003, placa y registro L281379, chasis MNTVCUD40Z0006458, color dorado, propiedad de MALTA MINAYA BARRERA, cédula 056-0000219-9. FC 399544

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Loncin, color negro, año 2013, registro y placa No. K0210866, chasis LLCLPJ6C7DE100906, tipo motocicleta, propiedad del EDWIN YFRAIN BRITO JIMENEZ, cédula 026-0117632-0. modelo LX15070C, año 2013 FC 400209

PERDIDA DE PLACA: tipo motocicleta, marca Bajaj, modelo Platina 100ES, año 2017, color negro, placa No. K1148083, chasis No. MD2A76AZ5HWJ48339, a nombre de: MAGNO ANTONIO BARCLAY ENCARNACION.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca GATO, color negro, año 2019, placa No.K1912122, chasis LRPRCM901KA000300, a nombre de ESTEBAN DE LA CRUZ REYES.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, placa K077998, chasis MD502301124, marca Honda, color rojo, año 1994, modelo MD50, propiedad de ODALIS MORALES. FC 400152

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Nissan, modelo Frontier, año 2001, placa y registro L214285, chasis 1N6DD26SX1C360187, propiedad ALFREDO ALMONTE MERCEDES, cédula 001-0199001-1. FC 399543

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Honda, año 1982, color verde, placa y registro No. N260229, chasis No. AA011093978, a nombre de DOMINGO DESIRE JOSEPH. FC 400182

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K0026080, color negro, chasis LC6PAGA15A0805842, tipo motocicleta, año 2010, propiedad de JORGE MANUEL VALERIO HERNANDEZ, cédula 22400353607. FC 400158

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Suzuki, modelo AX100, color azul, año 2009, placa K0124595, chasis LC6PAGA1190801881, a nombre de ERNESTINA SANTANA DE LA ROSA, cédula 100-0004409-8. FC 400081

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo autobús marca MITSUBISHI, color blanco/gris, año 1996, placa No.I071139, chasis BE439FA0563, a nombre de JUNIOR CAMILO FELIZ. PÉRDIDA DE CHAPA: Vehículo jeep, marca Daihatsu, año 2008, color amarillo, placa G089626, chasis JDAJ200G001010162, a nombre de JULIO PEREZ HERRERA, cédula 108-0003571-8. FC 400073

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mitsubishi, modelo FE535B6L, año 2003, placa y registro No. L065992, chasis FE635EA44578, propiedad de CARLOS CRISTOBAL CRUZ LIZ, cédula 031-0138679-9.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Yamaha, modelo Grand AXIS, año 1989, color gris, No. Registro y placa N350543, chasis SB01J121852, propiedad de INGRID RODRIGUEZ SANTOS, cédula 047-0164090-8.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Hyundai, placa A838500, color gris, chasis KMHEC41LBEA659959, tipo automóvil privado, año 2014, propiedad de LUIS MIGUEL ANGEL SANTOS PEÑA, cédula 001-0082578-5. FC 400163

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo autobús privado, marca MITSUBISHI, color morado, año 1997, placa No.I013658, chasis BE439FA1291, a nombre de JOSE RAMON BELTRE NOVA.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca TOYOTA, color negro, año 1991, placa No.L120712, chasis JT4VN93D1M5017795, a nombre de JESUS RAFAEL MONEGRO.


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

“AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE MUEBLES POR CAUSA DE EMBARGO” Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales, se hace saber que en fecha Jueves (15) del mes de Abril del año Dos Mil Veinte y Uno (2021) a la 11:30 a.m., en el salón No. 5, que es donde están la oficina del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en el Mercado Nuevo de Honduras, del Distrito Nacional, ubicado en la calle Correa y Cidrón Esquina Primera, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador de los siguientes muebles: 1.- 5 Archivos pequeños de 2 y 3 gavetas; 2.- 2 Archivos grandes de 4 gavetas; 3.- 2 Impresoras; 4.- 11 Escritorios; 5.- 4 Credensas; 6.- 10 Sillas de Visitas; 7.-5 Sillones Ejecutivos; 8.1 Mesa de Mimbres con tope de Cristal; 9.- 2 Máquinas de Escribir; 10.- 1 Extinguidor; y 11.5 Aires Acondicionados Mervet. Dicho muebles han sido embargado en perjuicio del señor AILAN JOSE GOMEZ LUNA, a diligencia y persecución del señor JOSÉ LUIS CHABEBE AWAD, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula personal No. 001-0099838-4, en su condición de legítimo propietario de la casa marcada con el No. 09 de la calle San Martin de Porres, del Ens. Naco de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, en virtud de la Sentencia Núm. 0652020-SSENCIV-00050, de fecha 16 del mes de Noviembre del año 2020, del Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Dr. MIGUEL A. LUNA IMBERT, Abogado de los tribunales de la República, portador de la cédula personal Nos. 001-0173542-1, con oficina abierta en la calle 27 Oeste Eq. Cul de Sac No. 2, del Residencial Cohisa XV, Aparto No. B-101, de la Urbanización Las Praderas, 829/343/2429, en cuyo estudio de Abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. Actos Notificados: 1.- Acto No. 594/2020 de fecha Veinte y Dos (22) de Octubre del año Dos Mil Veinte (2020) Demanda en desalojo, Recisión de Contrato, y pagos de Alquileres vencidos. 2.- Acto No. 683/ 2021 de fecha 22 de Marzo del año Dos Mil Veinte y Uno (2021), Acto de Proceso Verbal de Embargo (Levantamiento de Acta de Embargo y Reiteración de Mandamiento de Pago. Ambos Actos fueron debidamente notificados por el Ministerial Nelson Pérez Liriano, Alguacil de Estrado del Juzgado de la Paz de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, por la suma de U$13,500.00 Dólares o su equivalente en pesos Dominicanos, conforme la Sentencia de referencia, que le adeuda a mi requerido por concepto de mensualidades vencidas de los meses de: Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, julio, Agosto y Septiembre del año 2020. El precio de primera puja fijado para los muebles descrito precedentemente y puesto en subasta es de Treinta y Dos Mil Pesos (R.D. $ 32,000.00) En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica, a los 26, del mes de Marzo del año dos mil veinte y uno (2021).

FC 400271

Dr. Miguel Ángel Luna Imbert, Abogado del Pensiguiente.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones del artículo 696 del código de procedimiento civil vigentes, se hace saber de manera pública que: en fecha 22 de Abril del año 2021 a las once horas con quince minutos 11:15 am, horas de la mañana; por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, la cual as encuentra ubicada en la calle prolongación Sánchez, esquina calle 4 del barrio La Esperanza del Municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, a los fines, siguiente único: Que en la indicada fecha, se llevará a efecto la adjudicación o venta del inmueble siguiente, BAJO LA MODALIDAD VIRTUAL UNA PORCION DE TERRENO QUE MIDE CUARENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO (40,845.00) METROS CUADRADOS, DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA No. 401-D, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 03 DEL MUNICIPIO DE COTUÍ, AMPARADO POR LA CONSTANCIA DEL CERTIFICADO DE TITULO IDENTIFICADA CON LA MATRICULA No 0400006776 LIBRO No.0111, FOLIO NO.116, CUYOS COLINDANTES ACTUALES SON POR UN LADO OCTAVIO VASQUEZ; POR OTRO LADO GUARIONEX MOLINA; POR OTRO LADO JOSE AMPARO Y POR EL OTRO LADO CALLE EN PROYECTO UBICADO EN EL MUNICIPIO DE VILLA LA MATA, EN EL SECTOR EL CANAL, EN EL PROYECTO AGRARIO AC 35 ANGELINA; y en cuya Secretaría se encuentra depositado el pliego de cargas, cláusula y condiciones que regirán dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. El inmueble descrito se encuentra ocupado por el propietario señor RAFAEL LEONEL PEREZ SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, Agricultor, Portador de la cédula de Identidad y Electoral No.049-0046168-8, domiciliado y residente en la calle Rafael Pérez, casa No. 4 del sector La Escuela, del Municipio de Villa La Mata, Prov. Sánchez Ramírez, parte perseguida en el presente proceso. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio del señor RAFAEL LEONEL PEREZ a diligencia y persecución de la empresa JASSEL AUTO IMPORT, sociedad comercial constituida conforme a la leyes de la República, RNC No. 1-3044929-5, con su domicilio social y económico en la calle Manuel Ramón Núñez, Núm. 21 del sector Acapulco de la ciudad de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, debidamente representada por la señora JOSEFINA CAROLINA RAMÍREZ JAVIER, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-16936683, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo, y domicilio ad-Doc en la calle 7ma., casa Núm. 1111, del sector La Esperanza, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, quien tiene cesan abogado constituido y apoderado especial al LIC. BERNARDO SORIANO GARCIA, quien tiene su estudio en la calle Duarte No. 186, del municipio de Villa La Mata, Prov. Sánchez Ramírez, Rep. Dom. Y en cuyo estudio de abogado hace elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADO AL EMBARGADO 1) Mediante acta número Novecientos setenta y siete dos mil diecinueve (977/2019) de fecha seis (06) del m, de julio del año 2019 del protocolo del Ministerial, WALDY FERNANDO ACOSTA ACOSTA, debidamente registrado bajo acto No. 635, folio 3317 del libro No. 07 el persiguiente la empresa JASSEL AUTO IMPORT, sociedad comercial constituida conforme a la leyes de la República. RNC No. 1-3044929-5, debidamente representada por la señora JOSEFINA CAROLINA RAMIREZ JAVIER (El acreedora) dio formal mandamiento de pago tendente a embargo ejecutivo inmobiliario notarial al señor RAFAEL LEONEL PEREZ SANCHEZ, a los fines que en plazo de treinta (30) días franco pagará en sus manos la suma de UN MILLON TRESCIENTOS MIL (RD$1,300,000.00) PESOS moneda de curso legal monto de su acreencia en capital intereses y accesorios, sin perjuicio de los intereses por vencer y de los demás gastos y honorarios en que se pudiera incurrir pura el cobro de la deuda que se trata, ADVIRTIENDOLE, que de no pagar en dicho plazo, se procederá a realizar el embargo sobre el inmueble que más adelante será descrito; 2) En fecha (04) de septiembre del año 2019 el persiguiente otorgó poder Especial al LIC. JORGE EVANGELISTA BRASOBAN GARCIA para que practicare el embargo sobre el inmueble que más adelante se describe mediante acto bajo firma privada, debidamente legalizado por el LIC. RAFAEL DE JESÚS FERREIRA, Notario Público de los del No. para el Municipio de Cotuí; 3) En fecha Veinte y siete (27) de Septiembre del año Dos Mil Diecinueve (2019) se procedió a levantar por acto Notarial No.20/2019, Folio Nos. 20 y 21, del protocolo del LIC. JORGE EVANGELISTA BRAZOBAN GARCIA, el proceso verbal de embargo sobre el inmueble que más adelante se describe, debidamente registrado, y del cual se emitió la primera copia certificada, en contra de su propietario menor RAFAEL LEONEL PEREZ SANCHEZ teniendo este acto todas las enunciaciones del artículo 675 del código de procedimiento civil y fue debidamente registrado en la dirección de registro civil del Municipio de Villa La Mata, en fecha (27) de Septiembre del año Dos mil Diecinueve (2019) mediante acto No.634, Folio 316 libro No.07. El cumplimiento de las disposiciones del artículo No.676 del C. PROC. Civil; 4) Por acto No. 1,300/2019 del protocolo del Ministerial WALDY FERNANDO ACOSTA ACOSTA, Alguacil Ordinario del Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, de fecha 30 del mes de Septiembre del año 2019, fue denunciado el embargo inmobiliario ejecutivo notarial al señor RAFAEL LEONEL PEREZ SANCHEZ, dicho acto fue debidamente registrado en la dirección del registro civil del Municipio de Villa La Mata. El precio de la primera la de la suma de UN MILLON TRESCIENTOS MIL (RD$1,300,000.00) PESOS oro dominicano la cual asciende la deuda del embargo frente al persiguiente, más los intereses, gastos legales y honorarios, debiendo todo subastador depositar por ante la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial de Sánchez Ramírez, el 10% por ciento del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado. En la ciudad de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, a los (22) días del mes de marzo del año 2021.

FC 400353

LICDO. BERNARDO SORIANO GARCIA, Abogado del persiguiente.

AVISO DE MENSURAS CATASTRAL Vista: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste el 22 de Marzo del 2021, solicitada a petición de los Señores VICTOR ALFONSO GUZMAN M. Y ESTEFANY ROJAS R., notificamos que el día 13 de Abril del 2021, a las 2:30 P.M. se dará comienzo a la mensura, en la Parcela No. 45, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, para fines de presentación de los Trabajos de Deslinde, Exp. No. 6612021016931. Agrim. Bolívar Alfonso Baldera Guzmán, Agrimensor / CODIA No. 37980.

LEGAL 23 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Mitsubishi, color rojo vino/gris, modelo V76VVLRXFL, año 2001, chasis JMYLRV76VV1J001121, registro y placa G064769, a nombre de ANTONIO TAVAREZ RIVAS. FC 400323

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca Chevrolet, modelo Express G2500, año 2011, color blanco, placa y registro No. L375305, chasis 1GCWGGCA1B1147850, propiedad de MARIE ODETTE LAMBERT, cédula 001-1817840-9. FC 400285

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Mitsubishi, modelo Montero, año 1999, color blanco, placa o registro No. G172221, chasis No. JA4LS31H7XP018472, propiedad de RAFAEL PEREZ, cédula 0010240839-0. FC 400330

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Chevrolet, placa G362139, color blanco, chasis 1GNSCBKC4FR239338, tipo jeep, año 2015, propiedad de MANUEL MARIA GARCIA MEDINA, cédula 001-194518-4. FC 400279

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Mitsubishi, placa G110927, color gris, chasis JA7FJ43E2KJ000405, tipo jeep, año 1989, propiedad de BIENVENIDO PEREZ JAVIER, cédula 0011569487-9. FC 400293

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Toyota, placa G349795, color plateado, chasis JTEBH9FJ30K162288, tipo jeep, año 2015, propiedad de AUTOLINEA PELAEZ, S.R.L., RNC 130086028. FC 400274

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Honda, placa A160478, color rojo, chasis 1HGGA5633JA009247, tipo automóvil privado, año 1988, propiedad de COLON ANTONIO TAVERAS, cédula 031-0015649-0. FC 400297

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca Honda, modelo Civic LX, año 2013, color blanco, placa y registro No. A825381, chasis 19XFB2F52DE091529, propiedad de TIOANNY MOREL SANTANA, cédula 001-0929921-4. FC 400290

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Daihatsu, placa I019509, color rojo, chasis S82V449115, tipo autobús privado, año 1998, propiedad de FERRUCCIO RIGO, 130000001. FC 400296

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga marca TOYOTA, color gris, año 1987, placa No.L108686, chasis JTRN67W2H0183200, a nombre de TANCREDO DULUC.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Toyota, modelo Pick Up, año 1989, color blanco, placa y registro L013856, chasis 2T4RN93P8K5002123, propiedad de CELENIA EUSEBIO HERNANDEZ, cédula 001-11062709. FC 400295

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca SUZUKI, color blanco, año 1996, placa No.G069794, chasis 2S3TD03V1T6409873, a nombre de JOSE ROBERTO LLERENA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo motocicleta, marca Honda, modelo DIO 50, año 1994, placa y registro K1310215, chasis AF181652394, propiedad de JOEL MARTIN DE LOS SANTOS RODRIGUEZ, cédula 0120113506-6. FC 400298

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo motocicleta, marca YAMAHA, color rojo, año 2010, placa No.N703685, chasis LAPXCHLA8B0004133, a nombre de LOURDES MEJIA MEJIA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Ford, modelo Escape Hybrid 4X2, año 2009, placa No. G337615, chasis No. 1FMCU49399KC20448, motor No. 20448, a nombre de DANIEL SANTANA CASTILLO, cédula 402-2045924-8. FC 400284

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca HYUNDAI, color blanco, año 2017, placa No.A712988, chasis MALA741CBHM209000, a nombre de REIMOND MANUEL PEÑA CASTILLO.

PERDIDA DE PLACA: Vehículo marca X1000, placa K0418057, color rojo vino, chasis TBL20P103EHL54268, tipo motocicleta, año 2014, propiedad de NILSON ALEXANDER CARABALLO, cédula 402-2821634-3. FC 400292

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca TOYOTA, color rojo, año 1988, placa No.A178118, chasis JT2AE92E0J0065279, a nombre de ADOLFO SIME ESTEVEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Toyota, placa A030557, color verde, chasis EE1004024430, tipo automóvil privado, año 1993, propiedad de ELIZABETH DE LOS SANTOS PAREDES, cédula 2250001747-4.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca TOYOTA, color gris, año 2004, placa No.G187799, chasis JTEZU14R940034904, a nombre WALDO PICHARDO DE LOS SANTOS.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Bajaj, placa K1212765, color negro, chasis MD2A21BZ8HWG48868, tipo motocicleta, año 2017, propiedad de EPIFANIO PUELLO, cédula 002-0086135-9. FC 400282

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca FORD, color rojo, año 2013, placa No.G290343, chasis FM5K783DGB49369, a nombre de FELIX ENRIQUE GUZMAN ALCANTARA.

AVISO DE MENSURAS CATASTRAL Vista: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste, 21 de Marzo del 2021, solicitada a petición de la Señora YESENIA SANCHEZ GARCIA, notificamos que el día 13 de Abril del 2021, a las 11:30 a.m. se dará comienzo a la mensura, en la Parcela No. 825, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de El Factor, Provincia María Trinidad Sánchez, para fines de presentación de los Trabajos de Deslinde, Exp. No. 6612021016605. Agrim. Bolivar Alfonso Baldera Guzmán, Agrimensor / CODIA No. 37980.

AVISO DE MENSURAS CATASTRAL Vista: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste, 21 de Marzo del 2021, solicitada a petición de la señora YESENIA SANCHEZ GARCIA, notificamos que el día 13 de Abril del 2021, a las 10:00 a.m. se dará comienzo a la mensura, en la Parcela No. 825, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de El Factor, Provincia María Trinidad Sánchez, para fines de presentación de los Trabajos de Deslinde, Exp. No. 6612021016583. Agrim. Bolivar Alfonso Baldera Guzmán, Agrimensor / CODIA No. 37980.

AVISO DE MENSURAS CATASTRAL Vista: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Noreste, 21 de Marzo del 2021, solicitada a petición de la señora YESENIA SANCHEZ GARCIA, notificamos que el día 13 de Abril del 2021, a las 8:30 a.m. se dará comienzo a la mensura, en la Parcela No. 825, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de El Factor, Provincia María Trinidad Sánchez, para fines de presentación de los Trabajos de Deslinde, Exp. No. 6612021016575. Agrim. Bolívar Alfonso Baldera Guzmán, Agrimensor / CODIA No. 37980

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Por este medio se hace de público conocimiento que el día 11 de Abril del 2021 a las 10:00am., inician los trabajos de mensura para DESLINDE de una porción de terreno localizada en el Ámbito de la Parcela 9-B, DC 08 del municipio de Baní, Provincia Peravia, propiedad del Sr. RAMON OBISPO SOTO SANCHEZ. Estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Este, el 18 de Febrero del 2021, con el expediente No. 6642021013793.

FC 400349

FLAVIO ENRIQUE JAQUEZ MARIÑEZ, Agrimensor - Contratista, Codia 20519. Tel. 829-380-4597 Correo: flavio.jaquez@gmail.com

PERDIDA DE CHEQUE Hago de conocimiento público que se ha extraviado el Cheque de administración del Banco BHD-León No. 11124972 de fecha 15 de marzo del año 2021, emitido por la señora JUMARIS AQUINO GABRIEL, Cédula de identidad 059-0012051-9, a nombre de COLECTOR DE IMPUESTOS INTERNOS, por un valor de RD$77,5331.50.


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

24 LEGAL AVISO DE INCORPORACIÓN DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento a las disposiciones del artículo 5, párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante resolución 0005-2021 emitida por el Procurador General de la República en fecha 16 de Marzo del 2021, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro IGLESIAS PARA CRISTO MORADA CELESTIAL, con su domicilio en la Calle Jerusalén, No. 15, Los Unidos La Caleta, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana. Está organización tiene por misión: Es una organización sin fines de lucro que tiene como misión: Adorar a Jehová, Jesucristo y al Espíritu Santo, y ayudar a los más necesitados, en donde su objetivo principal es “ACTIVIDADES SIN FINES DE LUCRO, SERVICIO SOCIAL, RELIGIOSOS Y COMUNITARIOS”, y sus miembros fundadores son: MARTIRES CORREA FORTUNA, EUGENIA MESA FORTUNA, MANUEL ANTONIO CORREA FORTUNA, CREYBEL FERMIN PEÑA MESA, MELVIN LINO MATEO FELIZ, PERLA BIENVENIDA CORREA OGANDO y WENCESLAO CORREA FORTUNA; su Consejo Directivo tiene una duración de Dos (2) años y está compuesta por Siete (7) Miembros; sus funcionarios son: MARTIRES CORREA FORTUNA (Presidente), EUGENIA MESA FORTUNA (Vice-Presidente), MANUEL ANTONIO CORREA FORTUNA (Secretario General), GREYBEL FERMIN PENA MESA (Tesorero), MELVIN LINO MATEO FELIZ (Relaciones Públicas), PERLA BIENVENIDA CORREA OCANDO (Vocal) y WENCESLAO CORREA FORTUNA (Vocal). La duración de esta entidad es INDEFINIDA. En el Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, República Dominicana hoy día 25 de Marzo del 2021.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 05:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 169, Del Distrito Catastral Número 03, del Municipio La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a 1 metro al noreste de la policlínica de la soledad, y a unos 117 metros al sur el play de béisbol de la soledad, y a unos 237 metros al este de la carretera de villa La Mata- La Bija, del lugar la soledad del municipio de villa la mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor AGAPITO ADAMEZ y la señora LEONOR SANCHEZ CASTRO, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011311.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 12 del mes de Abril del año 2021, a las 8:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 227, Del Distrito Catastral Número 17, del Municipio Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 60 metros al sur de la A. universitaria y a unos 85 metros al este de la calle enriquillo, municipio Cotuí, prov. Sánchez, la cual es propiedad del señor ANTONIO DIAZ MORILLO, derecho de propiedad sustentado en constancia anotada, Expediente No. 6612021011298.

FC 400294

MARTIRES CORREA FORTUNA, Presidente.

STS COMPANY Capital Social: RD$100,000.00 RNC: 131-22790-2/RM: 1 12560-PSD AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE COMPAÑÍA En observancia a las Disposiciones Legales establecidas en la Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) No. 479-08, se hace de General Conocimiento que: 1) la Sociedad STS COMPANY, E.I.R.L. mediante el AUTO AUTENTICO de fecha veinticinco (25) de marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021), ha decidido transformarse de una empresa E.I.R.L. a una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.); 2) se decidió la publicación en un periódico de circulación nacional; 3) se contactó a un Contador Público autorizado para elaborar los estados financieros para tales fines; 4) la actividad de la sociedad seguirá siendo la misma; 5) se ordenó la elaboración de los estatutos sociales que regirán la sociedad; 6) la duración de la Sociedad será indefinida; 7) se convoca para el próximo acto autentico que servirá como aprobación definitiva de la transformación de esta sociedad, para el día diez (10) de abril de Dos Mil Veintiuno (2021). En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021).

FC 400291

FACUNDO POLANCO PEREZ, Gerente-Propietario.

GREEN WHEELS ONE, S.R.L. Capital Social Autorizado: RD$100,000.00 RNC-1-31-39010-2: RM: 123707SD AVISO CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS Por este medio se convoca a todos los socios de la sociedad GREEN WHEELS ONE, S.R.L., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en fecha dieciocho (18) del mes de abril del año dos mil veintiuno (2021), en el domicilio social de la empresa, a fin de tratar los temas contenidos en el siguiente Orden del Día: Declarar la validez de la presente asamblea General Extraordinaria en virtud de los Estatutos Sociales de la sociedad GREEN WHEELS ONE, S.R.L. Conocer la propuesta de modificar el objeto de la sociedad. Conocer la propuesta de un Aumento del Capital Social de Green Wheels One, S.R.L., mediante la suscripción de nuevas cuotas sociales. Conocer sobre la composición social de la empresa luego del nuevo aumento del capital y la nueva lista de suscriptores. Temas libres. Esperamos la asistencia de todos los socios o de sus representantes debidamente apoderados. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).

FC 400315

CARLI HUBARD HOXHA, Gerente.

“FIDUNA, S. R. L.,” Registro Mercantil No.5050LA Registro Nacional De Contribuyente No.130-99229-2 Capital Social: RD$1,200,000.00 Domicilio Social en la av. Alemania, Plaza artística Local No.4, municipio Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana, Aviso de Disolución y Liquidación En cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 413 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, Ley No.479-08, de fecha 11/12/2008, se avisa a los interesados y al público en general que, mediante Asamblea General Extraordinaria la sociedad FIDUNA, S. R. L.,” el día 15 de marzo del 2021, a las (4:00 P.M.) reunidos en su domicilio social, se procedió a la Disolución y Liquidación de la referida sociedad comercial, asimismo se comunica que cualquier envió de correspondencia o notificación será recibido en la C/ Zafiro B, S/N, sector Punta Cana Village, Verón Punta Cana Higüey, Prov. La Altagracia, R. D., a los veinticinco (25) días de mes de marzo del año dos mil veinte y uno (2021).

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista (AC-20186-WP-1/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 08:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 222, Del Distrito Catastral Número 03, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la carretera principal la Mata-Pimentel y a unos 900 metros al oeste de la policlínica del distrito municipal de la soledad, municipio villa La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora ANDREA HERERRA, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No.6612021015080.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, , el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 03:40 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 107, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en, la misma está ubicada en la calle Gastón Fernández Deligne , del sector o lugar El Rincón, y a unos 400 metros al sur del play de béisbol de Cevicos, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor ARIDIO ABREU DE LA CRUZ , derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011417

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-2/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 6:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 05, Del Distrito Catastral Número 11, del Municipio Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 90 metros al este de la Av. maría trinidad Sánchez y a unos 250 metros al sur del estadio municipal de Cotuí, del barrio la Altagracia, municipio Cotuí, prov. Sánchez, la cual es propiedad de la señora ANTONIO DIAZ MORILLO, derecho de propiedad sustentado en acto constancia anotada, Expediente No. 6612021011271.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, , el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 10:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la parcela 09 , Del Distrito Catastral Número 07, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la provincia Sánchez Ramírez, en el municipio de villa la marta, en el lugar del distrito municipal de Angelita, en la calle principal a unos 225 metros de la carretera angelina-las guaranás, del municipio de villa la mata prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de los señores ARLINES DEL CARMEN MARTE ADAMES y SANTOS ERCILIO FLORENTINO GOMEZ, derecho de propiedad sustentado constancia anotada, Expediente No. 6612021008033.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-3/40)

Se hace de público conocimiento que la señora MARÍA NELLY FIGUEREO RODRÍGUEZ, iniciará ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional, el procedimiento de Rectificación de Registro, relativo al Estado Civil sobre el siguiente inmueble: Matrícula No.2400056041, Solar No.2, Manzana No.3977, D.C. No.01, Cerros de Buena Vista II, Villa Mella, con una extensión superficial de 254 mts2. Registrado a nombre de MARÍA NELLY FIGUEREO RODRÍGUEZ. El proceso antes citado persigue la corrección del estado civil de la señora MARÍA NELLY FIGUEREO RODRÍGUEZ, la cual es Soltera y está escrito erróneamente que es casada. DRA. SORANGEL SERRA Abogada

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-7/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, , el día 12 del mes de Abril del año 2021, a las 08:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 05, Del Distrito Catastral Número 11, del Municipio Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 90 metros al este de la Av. María Trinidad Sánchez y a unos 250 metros al sur del estadio municipal, lugar la Altagracia, municipio Cotuí, prov. Sánchez, la cual es propiedad del señor ANTONIO DIAZ MORILLO, derecho de propiedad sustentado en constancia anotada, Expediente No. 6612021011281.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietarios, y/o Cualquier interesado/a, el día 12 del mes de Abril del año 2021, a las 10:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Saneamiento dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 07, en el Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 125 metros al oeste de la carretera Angelina-Las Guaranas, y a unos 175 metros al norte de la calle Pérez, del lugar o sector la Cruz de angelina, distrito municipal de angelina, Municipio de La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora GLORIA DIANA REYES NUÑEZ. Expediente No. 6612021009102.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista (AC-20186-WP-4/40)

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista (AC-20186-WP-8/40)

AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE)

AVISO MENSURA CATASTRAL

Se hace de público conocimiento que el día 09 de Abril del año 2021, a las 09:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 76, del Distrito Catastral No. 06, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, ubicado en la calle 2da., en la Urbanización Brisa Oriental VIII, en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a requerimiento de la SRA. MANUELA MARTINEZ, debidamente representada por el SR. BENIGNO DE LOS SANTOS ALACANTARA, mediante Autorización de Expediente No. 6632021016861, mediante la fecha de Autorización 24 de Marzo del año 2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Central.

GREGORIO VALERIO AQUINO ORTEGA, Agrimensor-Contratista. Codia 41162 / Tel. 809-697-8738.

María Frías, Liquidadora.

AVISO RECTIFICACION DE REGISTROS RELATIVOS AL ESTADO CIVIL

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-6/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

FC 400370 FC 400367

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista (AC-20186-WP-5/40)

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 12 del mes de Abril del año 2021, a las 09:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 13-B, Del Distrito Catastral Número 07, del Municipio La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 50 metros al sureste de la carretera Angelina-las guaranas, y a unos 823 metros al norte del parque principal de angelina, lugar La Cruz de angelina, distrito municipal de angelita, municipio La Mata, prov. Sánchez, la cual es propiedad de la señora ANGELITA SANTOS GABRIEL, derecho de propiedad sustentado en constancia anotada, Expediente No. 6612021011425.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-9/40)

AVISO

AVISO MENSURA CATASTRAL

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 5000432481-0, emitido por el BANCO MÚLTIPLE BDI, S. A., a favor de EDMOND DE JESÚS ELÍAS HERMIDA, por un valor facial original de: NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$9,450,000.00).

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 12 del mes de Abril del año 2021, a las 9:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 09, Del Distrito Catastral Número 07, del Municipio La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 65 metros al noroeste del parque principal de angelina y a unos 154 metros al este de la carretera Angelina-las guaranas, y a unos 146 metros de la calle rincón moreno, distrito municipal de angelita, municipio La Mata, prov. Sánchez, la cual es propiedad de la señora CARMEN MARIA DURAN MARTE, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011263.

FC 399395

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-10/40)


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 25

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietarios, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 11:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Saneamiento dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 07, en el Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle principal Angelina–las Guaranas, y a unos 250 metros al norte de la calle Pérez, del lugar o sector la Cruz de angelina, distrito municipal de angelina, Municipio de villa La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de del señor ANGEL GABRIEL JIMENEZ RONDON y YENNY ALTAGRACIA JIMENEZ RONDON. Expediente No. 6612021009005.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 10:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Designación catastral No. 317194760179, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 480 al sur de la procesadora de arroz ferzan, en lugar el higüero , lugar la soledad, del municipio de villa la mata prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de los señores BRANMY NAKIA GRULLON RAMIREZ y PEDRO MANUEL HILARIO PADILLA, derecho de propiedad sustentado por certificado de título, Expediente No.6612021008173.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, , el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 04:20 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 107, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle primera del sector o lugar del pueblo, sección La Cueva (Zona Urbana), y a unos 480 metros al norte de la calle duarte o principal de la cueva, del distrito municipal de la cueva, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor ELPIDIO ENCARNACION SANTANA, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011395.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-11/40)

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-15/40)

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-19/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietarios, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 12:30 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Saneamiento dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 07, en el Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 215 metros al sur de la calle Pérez, y a unos 110 metros al oeste de la carretera Angelina-Las Guaranas, del lugar o sector la Cruz de angelina, distrito municipal de angelina, Municipio de La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora FRANDI ALTAGRACIA MIRAMBEAUX RONDON y ROBINSON ORTIN GONZALEZ. Expediente No. 6612021009064.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 08:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 1-PROV-B, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle 7 y a unos 30 metros al este de la calle Duarte, del distrito municipal de la cueva, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora CECILIA ARACENA RODRIGUEZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021015056.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 09:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 293, Del Distrito Catastral Número 03, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada unos 56 metros carretera la mata-La Bija, lugar la soledad, en el municipio de La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor GERONIMO ROBERTO HILARIO GARCIA , derecho de propiedad sustentado constancia anotada, Expediente No. 6612021008165.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-12/40)

(AC-20186-WP-16/40)

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-20/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietarios, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 1:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Saneamiento dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 07, en el Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 125 metros al norte de la calle Pérez, y a unos 160 metros al oeste de la carretera Angelina-Las Guaranas, del lugar o sector la Cruz de angelina, distrito municipal de angelina, Municipio de La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora MERCEDES RONDON. Expediente No. 6612021009021.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 11:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la parcela 46 , Del Distrito Catastral Número 12, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle la milagrosa equina calle diego colon, a unos 40 metros al oeste de la planta de agua fraddy, del municipio de Cotuí, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor DANILO RODRIGUEZ MARTE, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021008122.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 10:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 21, Del Distrito Catastral Número 13, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle primera del sector o lugar los maestros, sección (Zona Urbana), y a unos 480 metros al norte de la calle maría trinidad Sánchez 650 metros al norte de la IDA, en el municipio de Cevicos , prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor GIORDANO SANCHEZ y la señora MARITZA MERCEDES CAPELLAN, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021015031.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-13/40)

(AC-20186-WP-17/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietarios, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 01:40 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Saneamiento dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 07, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 150 metros al norte de la calle Pérez, y a unos 185 metros al oeste de la carretera Angelina-Las Guaranas, del lugar o sector la Cruz de angelina, distrito municipal de angelina, Municipio de Villa La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor WILSON MANUEL JIMENEZ RONDON . Expediente No. 6612021009072.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 08:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 2-PROV-B-2, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está a unos 60 metros al oeste del parque Duarte des distrito municipal de la cueva y a unos 800 metros del play principal béisbol de la cueva, y a unos 1200 metros al oeste de la carretera Duarte, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor DIEGO DAVID SANCHEZ OVALLES y la señora MARIELY MENA CASTILLO, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011451.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-14/40)

(AC-20186-WP-18/40)

(AC-20186-WP-21/40)

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Yamaha, placa K0030129, color verde, chasis V506967101, año 1980, propiedad de WILLY DAVID, cédula 532511446. FC 400356

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Z3000, modelo CG150, año 2015, color gris, placa y registro K1131188, chasis LZ3GJL3T15AK64985, propiedad de ERIC JAVIER DE LA ROSA AQUINO, cédula 223-01196790. FC 400357


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

26 LEGAL AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 11:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 107, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada, en la calle Gastón Fernández Deligne , del sector o lugar El Rincón, y a unos 480 metros al sur del play de béisbol de Cevicos, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora JOHANNY NICASIO DE LA CRUZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011492.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 5:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 2-PRO-B-2, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada calle en proyecto del sector o lugar san José, a unos 118 metros al suroeste de la calle san José, la cueva y a unos 56 metros al este del play de béisbol de la cueva, y a unos 56 metros al este del play de béisbol de la cueva, del distrito municipal de la cueva, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora LUISA MARIA COLON PEREZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011409.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 05:30 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 2-PROV-B-2, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle 3 del sector o lugar centro del pueblo, sección Lacueva (Zona Urbana), y a unos 725 metros al norte de la calle duarte o principal de la cueva, del distrito municipal de la cueva, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor PABLO GUZMAN JIMENEZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011476.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-22/40)

(AC-20186-WP-28/40)

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-34/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 05:30 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 1-PROV-A-3, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 115 metros al suroeste de la carretera la cueva-peralejos, y a unos 425 metros al sureste de la oficialía del estado civil del Distrito municipal de La cueva, en el lugar la mora, del distrito municipal la cueva de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor JOSE CORNELIO BUENO ORTEGA y la señora ROSA MARGARITA ABREU NUÑEZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011301.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 10:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 21, Del Distrito Catastral Número 13, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle primera del sector o lugar los maestros, sección (Zona Urbana), y a unos 550 metros al norte de la calle maría trinidad Sánchez 710 metros al norte de la IAD, en el municipio de Cotuí, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora MARIA MAGDALENA CASTRO TORIBIO, derecho de propiedad sustentado en constancia anotada, Expediente No. 6612021015048.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 06:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 2-PROV-B2, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle 3 del sector o lugar centro del pueblo, sección Lacueva (Zona Urbana), y a unos 740 metros al norte de la calle duarte o principal de la cueva, del distrito municipal de la cueva, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor PABLO GUZMAN JIMENEZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011468.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-23/40)

(AC-20186-WP-29/40)

(AC-20186-WP-35/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 01:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 30, Del Distrito Catastral Número 12, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle mella No. 64 a unos 75 metros al oeste del politécnico Inmaculada Concepción y a unos 35 metros al sur de la calle Cuba,, sector santa Rosa municipio de Cotuí, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor JOSE MANUEL ESPINOSA RODRIGUEZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021012553.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 02:20 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 09, Del Distrito Catastral Número 07, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 12 metros del parque principal de angelina y a unos 60 metros al este de la carretera angelina-las guaranás, sector o lugar la cruz de angelina, distrito municipal de angelina, municipio de la mata , prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora MARIA MAGDALENA CRUZ VENTURA, derecho de propiedad sustentado en constancia anotada, Expediente No. 6612021011352.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 12:30 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito , De La Designación Catastral Número 317085979044, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la s/n a unos 100 metros al oeste de la avenida mella, del municipio de Cotuí, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor RENATO ALBERTO NUÑEZ DE LEON, derecho de propiedad sustentado en certificado de título, Expediente No. 6612021008211.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-24/40)

(AC-20186-WP-30/40)

(AC-20186-WP-36/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 03:40 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 2-PRO-B-2, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle primera del sector o lugar Centro Del Pueblo, sección La Cueva (Zona Urbana), y a unos 480 metros al norte de la calle duarte o principal de la cueva, del Distrito Municipal de la cueva, en el municipio de Cevicos , prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de los señores JOSEFA CONTRERA MERCEDES Y JOSE ANTIGUA SERRANO PORTOLATIN derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No.6612021011336.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, , el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 03:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 107, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle en proyecto, y a unos 65 metros al este de la calle Gastón Fernández Deligne, del sector o lugar E l Rincón y a unos 420 metros al sur del play de Béisbol de Cevicos en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora MARIA NELI BRITO GONZALEZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011387.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 09:40 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 15-C, Del Distrito Catastral Número 07, del Municipio de la Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 700 metros al norte del parque duarte del distrito municipal de angelina y a unos 900 metros de la carretera angelina-las guaranas, en el municipio de La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor ROBERTO ROQUE y la señora ANA MARIA COLON HERNANDEZ, derecho de propiedad sustentado en constancia anotada, Expediente No. 6612021015064.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-25/40)

(AC-20186-WP-31/40)

(AC-20186-WP-37/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 04:20 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 107, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle Gastón Fernández Deligne , del sector o lugar El Rincón, y a unos 480 metros al sur del play de béisbol de Cevicos en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor JUAN JOSE NUÑEZ BRITO derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011328.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 01:40 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 107, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle Gastón Fernández Deligne , del sector o lugar El Rincón, y a unos 420 metros al sur del play de béisbol de Cevicos, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora MARINA GONZALES GONZALES, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011379.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 02:20 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 7-A, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 25 metros al noreste del play municipal de Cevicos y a unos 260 metros al este de la carretera Cevicos la cueva, sector arenoso, municipio de Cevicos , prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor VICTOR BELTRAN AQUINO, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011360.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-26/40)

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-32/40)

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-38/40)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 08:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 1-PROV-B, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en, la misma está ubicada en la calle Gastón Fernández Deligne , del sector o lugar El Rincón, y a unos 400 metros al sur del play de béisbol de Cevicos, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora LEOCADIA DE LEON RODRIGUEZ, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011484.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 3:00 P.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 107, Del Distrito Catastral Número 20, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en la calle el proyecto, y a unos 85 metros al este de la calle Gastón Fernández Deligne, del sector o lugar El Rincón, y a unos 440 metros al sur de Play de béisbol de Cevicos, en el municipio de Cevicos , prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor OSCAR ANDRES MORILLO SOSA, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021011344.

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 09 del mes de Abril del año 2021, a las 09:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 2-PROV-B-2, Del Distrito Catastral Número 05, del Municipio de Cevicos, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 85 menos al sur de la calle 3 y a unos 120 metros al oeste de la calle duarte, lugar la cueva, en el municipio de Cevicos, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad de la señora YANERIS SANTOS SANCHEZ y el señor ORLANDO CLETO DE LOS SANTOS, derecho de propiedad sustentado en acto de venta, certificación de estado jurídico, Expediente No. 6612021008191.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

(AC-20186-WP-27/40)

(AC-20186-WP-33/40)

(AC-20186-WP-39/40)


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 27

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO:

En cumplimiento al Art.12, acápite “C”, del reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, por medio de la presente hacemos de público conocimiento a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Noreste, a los Colindantes, Propietario, y/o Cualquier interesado/a, el día 08 del mes de Abril del año 2021, a las 09:00 A.M. daremos inicios a los trabajos de mensuras para Deslinde dentro del ámbito de la Parcela 222, Del Distrito Catastral Número 03, del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada a unos 850 metros al este de carretera la mata-Pimentel y a unos 75 metros al sur de la policlínica del distrito municipal de la soledad, en el municipio de La Mata, prov. Sánchez Ramírez, la cual es propiedad del señor YARLIN MANUEL BRITO CASTILLO, derecho de propiedad sustentado en actos de ventas (varios), certificaciones de estado jurídico, Expediente No. 6612021015072.

Expediente No. 6622021013458 En cumplimiento con el Art. 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, por medio de la presente quedan formalmente citados a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, colindantes, propietarios y público en general al ámbito de la Parcela No. 59, D.C. No. 9 del Municipio San Felipe de Puerto Plata y Provincia de Puerto Plata el día 05 de abril del 2021 a las 11:00 A.M., mediante Autorización de fecha 08 de febrero del año 2021, SE Procederá a realizar los trabajos de Deslinde al inmueble propiedad de Juan Rodolfo Martínez Ortiz, ubicada por la Calle I, Cerro Alto, San Felipe de Puerto, Puerto Plata.

DENNY SAMUEL CRUCETA REYES CODIA: 39033 Agrimensor Contratista

Diego Armando Diaz Liriano Agrimensor Contratista CODIA 35593

Se hace de público conocimiento, que en virtud de lo que dispone el Art. 42 de la ley 1306bis sobre divorcio en la República Dominicana, que LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, dictó una sentencia marcada con el número 209-2020-SSEN-00466 de fecha 23/11/2020, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: Ratifica el defecto en perjuicio del señor VICTOR ANTONIO ANEUDY GONZALEZ ARIAS, esposo demandado, por no haber comparecido no obstante haber sido legalmente emplazado. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los esposos ENNY MERCEDES DIAZ Y VICTOR ANTONIO ANEUDY GONZALEZ ARIAS, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento. QUINTO: Comisiona al ministerial Marino A. Cornelio de La Rosa, Alguacil de Estrado del Juzgado de trabajo de La Vega, para la notificación de la presente sentencia. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. MAGISTRADA IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD, JUEZA Y MARIA ALT. RODRIGUEZ FERNANDEZ, SECRETARIA. Dicho divorcio fue pronunciado por el OFICIAL DEL ESTADO CIVIL DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DEL MUNICIPIO DE LA VEGA, en fecha 19-03-2020 e inscrito en el libro de divorcios número 00001, folio No.0191, acta número 000095, año 2021. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los 26 días del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021).

(AC-20186-WP-40/40)

(ADM-AC-20192-PC)

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Expediente Nº 6622021037187 Se avisa que el día 16 del mes de Abril del año 2021, a las 10:30 A.M, daremos inicio a los Trabajos de Deslinde de una porción dentro de la Parcela Nº 142, del D.C. Nº 29, del Municipio de La Vega, Provincia La Vega. Propiedad de: ALFREDO FUENTES Y ROSSANNA FUENTES. Área: 9,747.00 M2 Referencia de Ubicación: Lugar La Penda, Sección La Penda, Municipio La Vega. Por la Carretera La Penda, a 770 metros al sur este de la intersección de la Carretera La Torre y la Carretera Presa de Taveras, se encuentra el inmueble. Autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 18 de Marzo del año 2021. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas.

Expediente No. 6622021029761 En cumplimiento con el Art. 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, por medio de la presente quedan formalmente citados a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, colindantes, propietarios y público en general al ámbito de la Parcela No. 36-B-1, D.C. No.05, del Municipio de la vega y Provincia la vega el día 29 de marzo del 2021 a las 8:00 A.M., mediante Autorización de fecha 05 de marzo del año 2021, SE Procederá a realizar los trabajos de Deslinde al inmueble propiedad de JOSE ANTONIO PAULINO SANCHEZ, la vega una porción a deslindar que mide 250.00 mt2 del municipio y provincia de la vega.

Lorena Ramírez Henríquez Agrimensora Contratista CODIA Nº 37109 (JTRC-AC-20182-PC)

JOSE ALBERTO TAPIA PERALTA Agrimensor Contratista CODIA 38351

(RERR-AC-20195-WP)

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

VISTA: LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LOS TRABAJOS DE DESLINDE Y SUBDIVISIÓN DICTADA POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES, DEPARTAMENTO NORTE, EN FECHA 17 DE MARZO DEL AÑO 2021, A PETICIÓN DE JOSÉ FRANCISCO TORRES MEDRANO. EXPEDIENTE NO. 6622021036288. SE AVISA QUE EL DÍA, MIÉRCOLES 14 DE ABRIL DEL AÑO 2021, A LAS 09:00 A.M., SE DARÁ COMIENZO A LOS TRABAJOS DE DESLINDE Y SUBDIVISIÓN DENTRO DEL ÁMBITO DE LA PARCELA NO. 32, DEL D. C. NO. 05, DEL MUNICIPIO CONCEPCIÓN DE LA VEGA, PROVINCIA LA VEGA, CON AREA DE 2,079.25 m2. UBICADO EN UN CAMINO DE ACCESO, ENTRANDO POR LA CALLE CARLOS MARÍA SÁNCHEZ, A 108 m. EN DIRECCIÓN SUR DE LA ESCUELA BÁSICA MARÍA AUXILIADORA, DEL SECTOR MARÍA AUXILIADORA, LA VEGA. Se citan los colindantes y demás interesados.

EXPEDIENTE No. 6622021034285 Vista la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, mediante Autorización de fecha 15 de marzo del 2021, Expediente No. 6622021034285, de la P. No. 35-C-2 del D. C. No. 05 del Municipio y Provincia de La Vega, Por este medio informo que realizare el Deslinde en la P. No. 35-C-2 del D. C. No. 05, Municipio y Provincia de La Vega, en fecha 14 de abril del 2021 a la 08:00 A.M. . Propiedad de: DIONISIO TRINIDAD CONTRERA Y ANA FELICITA BATISTA MONEGRO. Se citan los colindantes y demás interesados

AGRIM. ELADIO RAMON MARTE TRINIDAD CODIA- 4080

FRANCIA ALT. GOMEZ REYES Agrimensora Contratista CODIA: 6933

(ACFF-B0770-PC-1/2)

(AC-20195-WP-1/2)

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

VISTA: LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LOS TRABAJOS DE DESLINDE DICTADA POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES, DEPARTAMENTO NORTE, EN FECHA 17 DE MARZO DEL AÑO 2021, A PETICIÓN DE VÍCTOR MANUEL MOTA SAAD. EXPEDIENTE NO. 6622021036180. SE AVISA QUE EL DÍA, MARTES 13 DE ABRIL DEL AÑO 2021, A LAS 10:00 A.M., SE DARÁ COMIENZO A LOS TRABAJOS DE DESLINDE DENTRO DEL ÁMBITO DE LA PARCELA NO. 746, DEL D. C. NO. 32, DEL MUNICIPIO CONCEPCIÓN DE LA VEGA, PROVINCIA LA VEGA, CON AREA DE 34,553.40 m2. UBICADO ENTRANDO POR UN CAMINO VECINAL, A 250 m. EN DIRECCIÓN NORESTE DE LA CARRETERA BAYACANES-LA LLANADA, Y A 513 m. EN DIRECCIÓN NOROESTE DE LA BIFURCACIÓN DE ESTA CARRETERA CON LA CARRETERA FEDERICO BASILIS, BAYACANES, LA VEGA. Se citan los colindantes y demás interesados.

EXPEDIENTE No. 6622021034293 Vista la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, mediante Autorización de fecha 15 de marzo del 2021, Expediente No. 6622021034293, de la P. No. 33-A-REF del D. C. No. 05 del Municipio y Provincia de La Vega, Por este medio informo que realizare el Deslinde en la P. No. 33-A-REF del D. C. No. 05, Municipio y Provincia de La Vega, en fecha 14 de abril del 2021 a la 09:00 A.M. Propiedad de: ALICIA GENAO GONZALEZ. Se citan los colindantes y demás interesados

AGRIM. ELADIO RAMON MARTE TRINIDAD CODIA- 4080

(ACFF-B0770-PC-2/2)

(AC-20195-WP-2/2)

FRANCIA ALT. GOMEZ REYES Agrimensora Contratista CODIA: 6933

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

Expediente Nº 6622021037020 Se avisa que el día 9 del mes de abril del año 2021, a las 10:00. a. m., daremos inicio a los Trabajos de Mensura para Saneamiento, de una porción de terreno dentro del solar N°19, Manzana N° 39 del Distrito Catastral Nº 01, del municipio Concepción de la Vega, provincia La Vega. Propiedad de la señora: Ana Josefa Almonte Marte. La Mensura para Saneamiento dentro del solar N°19, Manzana N° 29 del Distrito Catastral Nº 01, del municipio Concepción de la Vega, provincia La Vega, ÁREA APROXIMADA: 155.91 m2. Referencia de Ubicación: EN LA CALLE SANTOME, A UNOS 14.00Mt HACIA EL SUR DE LA CALLE GRAL. JUAN RODRÍGUEZ, A LA IZQUIERDA, SE ENCUENTRA EL INMUEBLE. Estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 22 de marzo del año 2021. Serán Ejecutados por

Expediente Nº 6622021037667 Se avisa que el día 9 del mes de Abril del año 2021, a la 2:00. PM, daremos inicio a los Trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro de la Parcela Nº 39-B, del D.C. Nº 05, del Municipio Concepción de La Vega, Provincia La Vega. Propiedad de: TADEO MIGUEL GRACIANO ABREU. Referencia de ubicación: En la calle Prol. Emilio Prud Homme, Casa No. 08, Don Bosco, del Municipio Concepción de La Vega, Provincia La Vega, se encuentra el inmueble. Autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 19 de Marzo del año 2021. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas.

(AC-20189-PC)

Carlos Rafael Abreu Morel Agrimensor Contratista Codia: 25954

(AC-20194-WP)

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento, de conformidad con el Párrafo 3 del Artículo 92 de la Ley 108-05, sobre Registros Inmobiliarios, la pérdida del Certificado de Título, designación catastral No. 318006328557, de Cotuí, expedido por el registrador de títulos de Cotuí, folio 0180, libro 0141, con una extensión superficial de TRESCIENTO CUARENTA Y UNO METROS (341 MTS2), registrada a nombre de la señora FAUSTINA PEREZ BEATO, emitido por la Registradora de Títulos de Cotuí. Ced. 049-0059114-2.

(AC-20191-PC)

LIC. JOSE ALBERTO OTAÑEZ MOTA. Abogado Apoderado.

Kelvin Ariel Marte Mercedes Agrimensor Contratista CODIA Nº 39990

Se hace de público conocimiento, que el día miércoles (31) del mes de Marzo del año (2021), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en el mercado público de Honduras, sito en la calle Correa y Cidrón Esq. Primera, sector Honduras, Santo Domingo, se procederá a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, los siguientes muebles: “Vehículo tipo Carro modelo minicooper, placa y registro No. A-578324, color Rojo, dicho bien fue embargado a la señora Fanny Valoy de los Santos, a requerimiento y persecución del señor Iván A. Betances Tejada. Se advierte a los licitadores que, de acuerdo con la Ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En la ciudad de Santo Domingo, capital de la Rep. Dom., hoy día 19 de marzo del año 2021.

FC 400366

ALEXIS BENZAN SANTANA, El Alguacil. En funciones de Vendutero Público.

(AC-20184-PC-1/2)

LIC. EDWIN DE JESUS GALAN SURIEL ABOGADO

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO: Se hace de público conocimiento, que en virtud de lo que dispone el Art. 42 de la ley 1306bis sobre divorcio en la República Dominicana, que LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA, dictó una sentencia marcada con el número 209-2020-SSEN-00459 de fecha 18/11/2020, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: Pronuncia el defecto en perjuicio de la señora PAOLA STEFFANI ANGELES CASTRO, esposa demandada, por no haber comparecido no obstante haber sido legalmente emplazada. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los esposos JULIAN JAVIER ALMANZAR DE LA CRUZ Y PAOLA STEFFANI ANGELES CASTRO, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento. QUINTO: Comisiona al ministerial Marino A. Cornelio de La Rosa, Alguacil de Estrado del Juzgado de trabajo de La Vega, para la notificación de la presente sentencia. I por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. MAGISTRADA IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD, JUEZA Y MARIA ALT. RODRIGUEZ FERNANDEZ, SECRETARIA. Dicho divorcio fue pronunciado por el OFICIAL DEL ESTADO CIVIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DEL MUNICIPIO DE LA VEGA, en fecha 19-03-2020 e inscrito en el libro de divorcios número 00002, folio No.0057, acta número 000129, año 2021. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los 26 días del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021).

(AC-20184-PC-2/2)

LIC. EDWIN DE JESUS GALAN SURIEL ABOGADO

AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio) En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 22 del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza dictó la sentencia Civil No. 0464-2020-SCIV-00133. NCI núm. 0464-2020-ECIV-00203, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Enmanuel Muñoz Suero y Teresa Del Carmen Victoriano Lucas, conforme al acto de convenciones y estipulaciones para fines de divorcio por mutuo consentimiento, instrumentado por ante la notario público de los del número para el municipio de Constanza, Dra. Odilis del Rosario Holguín García, de fecha 3/8/2020, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. TERCERO. ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente. Así mismo se hace saber que en fecha 11 del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021) el Oficial del Estado Civil del Municipio de Constanza procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00001, Folios Nos.0058, bajo el Acta No. 000029, del año 2021 efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad y Municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, hoy día 26 del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021)

(AC-20184-PC-2/2)

LIC. YUDY ALTAGRACIA BATISTA DE DIEZ Abogada

PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de publico conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 2082020-SSEN-00553 en fecha 08 de diciembre del año 2020, cuyo dispositivo dice asi: F A L L A: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada, ESMELDA HICIANO ROBLES, por no haber comparecido a la audiencia de fecha 13/10/2020, no obstante estar legalmente citada. SEGUNDO: Admite el Divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores JORGE LUIS TAVAREZ Y ESMELDA HICIANO ROBLES. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente a pronunciar el Divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al Ministerial LUIS ANTONIO DURAN DURAN, Alguacil de Estrados del Juzgado de Paz Especial de Transito #1 de Jarabacoa, para que notifique la sentencia. Nuestra sentencia asi se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henriquez, Juez; Leidy Josefina Lespín Tapia, Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de JARABACOA, transcrito en el libro 1 folio 67 acta 34 en fecha 26 DE febrero del año 2021. En la ciudad, municipio JARABACOA y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los 26 Días del mes de marzo del año 2021.

(RC-25024-CEA)

LICDA. CAROLINA INMACULADA BUENO Abogada Apoderada


28 MÁS NOTICIAS

VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL

1era. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original - La Vega, R.D. Visto el Auto no. 00097-2021 de fecha 18/03/2021 Referencia: Expediente No. 0998-21-00183 Motivo: SANEAMIENTO. Reclamante: CESILIO ANTONIO ABREU MORONTA. Inmuebles: provincia LA VEGA, municipio JARABACOA DC Pos 312175717963; A todos a quienes pueda interesar. Se cita a todos los interesados sobre dicho inmueble a sanear a la audiencia PRESENCIAL fijada para el día 09/06/2021, a las 09:00 a.m. en este tribunal sito en la Ave. García Godoy #32 esq. calles Duvergé y Mons. Panal, 1er. Nivel Palacio de Justicia de La Vega.

2da. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original La Vega Auto de fecha 11/02/2021 Vista la aprobación técnica de mensuras mediante la cual aprueba el Saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmuebles: Provincia LA VEGA, Municipio LA VEGA DC/POS 313296065940; Se cita a todos los interesados de los inmuebles a sanear a la audiencia para el día 12/04/2021 a las 09:00 a.m., a celebrarse en este Tribunal de Tierras en Ave. García Godoy No.32 esq. calles Duvergé y Mons. Panal, Palacio de Justicia, de la ciudad La Vega.

CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ Juez de la 1era. Sala Tribunal de Tierras J.O. – La Vega

ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO Jueza de la 2da. Sala Tribunal de Tierras J. O. La Vega

(RAD-AC-20183-PC-1/3)

PODER JUDICIAL 2da. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original - La Vega Auto de fecha: 22/03/2021 Vista la aprobación técnica de mensuras mediante la cual aprueba el Saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmuebles: Provincia LA VEGA, Municipio JARABACOA DC/POS 312184844350. Se cita a todos los interesados de los inmuebles a sanear a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la plataforma Microsoft Teams para el día 04/05/2021 a las 10:30 a.m., ubicado en Ave. García Godoy No.32 esq. Mons. Panal y Duvergé, 1er. nivel Palacio Justicia La Vega, para acceso contacto: tel.809242-2970 ext.228 o ingresar a la pag. web. www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente.

ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO Jueza de la 2da. Sala Tribunal de Tierras J. O. La Vega (RAD-AC-20183-PC-2/3)

PODER JUDICIAL 2da. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original - La Vega Auto de fecha: 22/03/2021 Vista la aprobación técnica de mensuras mediante la cual aprueba el Saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmuebles: Provincia LA VEGA, Municipio JARABACOA DC/POS 312164983856. Se cita a todos los interesados de los inmuebles a sanear a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la plataforma Microsoft Teams para el día 04/05/2021 a las 10:00 a.m., ubicado en Ave. García Godoy No.32 esq. Mons. Panal y Duvergé, 1er. nivel Palacio Justicia La Vega, para acceso contacto: tel.809-242-2970 ext.228 o ingresar a la pag. web. www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente.

ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO Jueza de la 2da. Sala Tribunal de Tierras J. O. La Vega (RAD-AC-20183-PC-3/3)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca Nissan Z, color verde, del año 2005, chasis 3N6GD13S3ZK852500, registro y placa: L196585, a nombre de YLUMINADA JAZMIN VALDEZ. FC 400372

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Honda, color gris, chasis 1HGCD5636SA160981, placa A332967, año 1995, propiedad de JOSE MANUEL GONZALEZ, cédula 003-0065607-1. FC 400350

PUBLICACION DE ESTADO CIVIL Por medio de la siguiente publicación, la señora ANDREA SANCHEZ, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0558271-2, residente en Los Honrados No. 42, sector Villa Duarte, Santo Domingo Este, de tránsito en la ciudad y municipio de Fantino, provincia Sánchez Ramírez, quiere dar constancia y ratificar que su actual estado civil es de SOLTERA, según consta en su Acta de Divorcio No.000156, del libro No. 00011, Folio No. 0111, del año Mil Novecientos Noventa y Siete (1997; de la Primera Circunscripción de San Cristóbal. Publicación que se hace para los fines correspondientes.

FC 4000097

LICDA. MARIA LUISA HILARIO ACOSTA, ABOGADA.

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 19/02/2021, la 3ra. Circunscripción de Santiago de los Caballeros, Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia Civil No. 531-2020-, fecha 07/08/2020, sobre el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores ELISEO NEGRELLI y YUDELKA DOBLE GERALDO, pronunciado en fecha (7/08/2020), en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra . Circunscripción del Distrito Nacional, según consta en el Libro No. 00004; Acta No. 000366, Folio No. 0133, 2021.

(AC-20187-WP)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo automóvil privado, marca TOYOTA, color gris, año 2003, placa No. A500412, chasis JTDBR32E530038787, a nombre de LEURYS SANTO ABREU ALBERTY.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo tipo jeep, marca HYUNDAI, color blanco, año 2005, placa No. G240310, chasis KM8JN72D35U169598, a nombre de LAVIDANIA DE LA CRUZ PUJOLS DE CASTILLO. Magistrado Marcos A. Cruz García

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa A352376, chasis TMBPB16Y7Y3070245, color negro, marca Skoda, modelo Fabia Classic LX, año 2001, propiedad de EDGAR EDDY DIAZ PEÑA, cédula 0340013009-6. San Juan de la Maguana.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta marca YAMAHA, color negro, año 1994, placa No. K0308382, chasis 3KJ7612409, a nombre de ALEXANDER BENITEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa K0650462, chasis LC6PAGA15C0023771, color negro, marca Suzuki, modelo AX100, año 2012, propiedad de JULIO YNOJOSA GARCIA, cédula 012-0107232-7. San Juan de la Maguana.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Chevrolet, modelo 1JX69, año 1999, color rojo vino, chasis No. 3G1JX5448XS151139, placa No. A255169, a nombre de: LEYDA E DEL ROSARIO LOPEZ MORA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa K1301300, chasis JF191013349, color blanco, año 1994, modelo Lead 110, marca Honda, propiedad de JOHAN MANUEL CALDERON ALCANTARA, cédula 129-0004544-9. San Juan de la Maguana.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo tipo jeep, marca Ford, placa G232136, color negro, chasis 1FMEU63E86UA73974, año 2006, propiedad de DANIEL DAVID CZARLINSKI PLUYER, cédula 40220089649. FC 400354

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca TOYOTA, color blanco, año 2010, placa No. A676019, chasis 1NXBU4EE3AZ364704, a nombre de CELINA ALTAGRACIA NUÑEZ CORNELIO.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Honda, modelo MD50, año 1995, color rojo, placa y registro No. K1742086, chasis MD502502953, propiedad de FRANKLIN TAVAREZ, cédula 001-14764533. FC 400358

PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca TOYOTA modelo COROLLA CE color GRIS Año 2000 placa A446894 chasis 2T1BR12E9YC298062 a nombre de EMERY ANTONIO PEREZ MEREJO – CED. 00112013602 (JVL-AC-20193WP-2/3)

PERDIDA DE PLACA: JEEP Marca FORD modelo EXPLORER color BLANCO Año 2005 placa G254304 chasis 1FMDU72E65ZA77431 a nombre de PAULO JOSE GARCIA CASTILLO - CED. 04900103625 (JVLAC-20193-WP-23-24-25)

PERDIDA DE MATRICULA: JEEP Marca PORSCHE modelo CAYANNE color GRIS Año 2004 placa G013870 chasis WP1ZZZ9PZ4LA00841 a nombre de JOSE EDWIN JESUS RODRIGUEZ RODRIGUEZ – CED. 05601020893 (AM-AC-20188-CM)

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca GACELA modelo CG200 color NEGRO Año 2017 placa K1292103 chasis GALPCM503HC000456 a nombre de JUAN ALBERTO DELGADO VICTORIANO – CED. 05000445345 (RCT-25027-CM)

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No.42 de la ley 1306-Bis, que en fecha 31 del mes de julio del 2020, la 8va. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializado de familia, dictó la sentencia civil No.533-2020-SSEN-00860, y fue pronunciado el divorcio por Incompatibilidad de Caracteres entre YUNIER GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y NELSI DINORAH VIDAL DE LEÓN, pronunciado por ante el Oficial de la 1ra. Circunscripción Distrito Nacional, registrado en el Libro No.00002, Folio No.0177, Acta No.000189, del 2021. LIC. FELIX GARCIA ALMONTE Abogado

SANTO DOMINGO,- El juez presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), Marcos A. Cruz García, informó este jueves que uno de los retos que tiene esa alta corte, es la presidencia que asume, de la Red Mundial de Justicia Electoral (RMJE), ponderando la importancia de este órgano, ya que lo conforman todos los tribunales de Justicia Electoral de los cinco continentes. Mediante un comunicado de prensa, Cruz García informó que el pasado 4 de marzo sostuvieron el primer encuentro virtual con el

Consejo de Gobierno de la RMJE, con representantes de México, Francia, España, Indonesia, Colombia, Sudáfrica, entre otros, donde el presidente del TSE, planteó que la Cuarta Asamblea Plenaria a celebrarse en la República Dominicana en octubre próximo, se realice en un formato híbrido, debido a la pandemia, o sea de manera telemática y presencial, con la participación de más de 40 países, resaltando que sería la primera vez que se lleve a cabo fuera de México, país impulsor de esta Red.

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de público conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2020-SSEN-00591 en fecha 22 de DICIEMBRE del año 2020, cuyo dispositivo dice asi: F A L L A: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha 05/11/2020, en contra de JUAN JOSE PLASENCIA CESPEDES, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores ROSA ALINA ROA MENA Y JUAN JOSE PLASENCIA CESPEDES. TERCERO: Ordena al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial ANGEL CASTILLO M., Alguacil de Estrado de la Segunda Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia asi se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza. Leidy Josefina Lespín Tapia, Secretaria. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripcion Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro no. 2 folio 67 acta no.134 en fecha 24 de marzo del 2021. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 26 Días del mes de marzo del año 2021.

LICDA. YADELKIS DE FATIMA RODRIGUEZ DE ROA Abogada

DECLARACION JURADA

(AC-20196-WP)

ASOCIACION DE CHOFERES RUTA 25 DE FEBRERO

ASOCHOCAFBERO Reconocemos que desde hace varios años los representantes de las fichas que mencionaremos más abajo abandonaron sus turnos y no están dando el servicio en la asociación:

AVISO DE DIVORCIO

Presidente del TSE pondera importancia esa alta corte para encabezar la RMJE

CEDULAS NOS. 001-0360737-0 001-0552440-9 001-1112040-8 037-0068002-2 223-0078128-7 001-0642637-2 001-1284502-9 001-0993923-1 032-0025284-3 073-0014355-4 001-0315778-0 010-0031422-7 FC 400273

NOMBRES REPRESENTANTES FICHA VIEJA JUSTINIANO MANUEL RAMON CRUZ J. 0025 AURELIO CARVAJAL ROSARIO 0043 ROMULO SANCHEZ JAVIER 0069 JOSE BATISTA UREÑA 0081 DANIEL JIMENEZ VALENZUELA 0102 MIGUEL ANGEL LARA CASTRO 0134 YEISON ESTEPAN GUTIERREZ 0168 ANDRES CARMONA CANDELIER 0170 JOSE ANTONIO TAVAREZ RODRIGUEZ 0171 GOELBIS DE JESUS ARACENA ZAPATA 0223 ZACARIAS TEJADA CORDERO 0253 FERNANDO AUGUSTO JIMENEZ GIRON 0271

FICHA NUEVA 0129 0161 0023 0039 0188 0190 0140 0028 091 0107 0203 0103

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca AVA, modelo CG150A, año 2018, color negro, placa y registro No. K1971144, chasis LM0SK49CXJ2A17848, propiedad de ANGEL ANTONIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, cédula 001-13684096. FC 400359

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca GACELA modelo CG200 color NEGRO Año 2017 placa K1292103 chasis GALPCM503HC000456 a nombre de JUAN ALBERTO DELGADO VICTORIANO – CED. 05000445345 (RCT-25027-CM)

PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca TOYOTA modelo CAMRY LE color GRIS Año 2002 placa A490344 chasis 4T1BE30K52U607354 a nombre de YUBERKYS ALTAGRACIA MATIAS RUFINO – CED. 04701696058 (RCT25029-CM)

PERDIDA DE MATRICULA: VOLTEO Marca DAIHATSU modelo V118LHY color ROJO Año 2003 placa S014622 chasis V11864416 a nombre de JOSE ANTONIO MARMOLEJOS SANTOS – CED. 04701065361 (JVL-AC-20193-WP-1/3)


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

EL MUNDO 29

EEUU prepara una reunión virtual con Eurocámara pide relación UE-África Guatemala sobre la crisis migratoria deje de ser un “donante-receptor” WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS.- Una delegación de alto nivel de Estados Unidos tuvo que cancelar esta semana una visita a Guatemala debido a la erupción del volcán Pacaya, pero planea programar pronto otro viaje y mantendrá además una reunión virtual con autoridades del país, informaron este jueves fuentes oficiales. El principal asesor del presidente Joe Biden para Latinoamérica, Juan González, y el recién nombrado enviado especial para el

Presidente Joe Biden

Triángulo Norte de Centroamérica, Ricardo Zúñiga, tenían previsto visitar Guatemala a mediados de esta semana, después de una serie de reuniones en México. Sin embargo, Aeroméxi-

co canceló su vuelo a la capital guatemalteca, cuyo aeropuerto internacional quedó cerrado durante 24 horas debido a la erupción del volcán Pacaya, que llenó de ceniza la pista. González y Zúñiga tuvieron que regresar a Washington, pero planean “volver a programar el viaje lo antes posible”, además de celebrar una reunión virtual para hablar sobre inmigración, cuya fecha está aún por confirmar, dijo una fuente oficial estadounidense durante una rueda de prensa telefónica.

BRUSELAS, BÉLGICAS.- El Parlamento Europeo reclamó este jueves que la futura estrategia comunitaria para la relación con África avance hacia una “verdadera asociación entre iguales” y “más allá de la relación donante-beneficiario”, en una asociación cuyos puntos principal sean el desarrollo humano y la educación.

“África, en toda su diversidad y su deseo de liberar su potencial no explotado, tendrá un impacto decisivo en el futuro del mundo”, sentenció la ponente principal de la resolución, Chrysoula Zacharopoulou, eurodiputada del grupo liberal Renovar Europa, quien aseguró que “todos los europeos” han de comprender “la oportunidad

que nos ofrece esta asociación”. Los eurodiputados aprobaron esta resolución por 460 votos a favor, 64 en contra y 163 abstenciones. Dentro del punto de la educación, los principales objetivos serán la formación del profesorado, así como la reducción del abandono escolar y la inclusión de las niñas.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

30 DEPORTES

DEPORTES BALONCESTO

Pelota Caliente La de hoy es positiva. La vicepresidenta Raquel Peña reiteró todo el respaldo del Gobierno del presidente Luis Abinader a la gestión de Francisco Camacho para que el deporte siga su indiscutible avance para el beneficio de la juventud dominicana. “El presidente Abinader es otro abanderado de lo que es el deporte y señal de eso es el haber nombrado a Camacho como nuestro ministro de Deportes”, dijo.

POLIDEPORTIVO

Aaron Gordon pasa a Denver, Inefi termina con éxito Torneo en el último día de transición Nacional de Ajedrez Escolar El mercado de cambios impacta la NBA

Evan Fournier, Nikola Vucevic y Aaron Gordon fueron parte de las piezas centrales en el mercado de cambios de la NBA. HANLY RAMÍREZ

SANTO DOMINGO.- El mercado de cambios de la NBA cerró ayer con movimientos que podrían marcar el futuro de varios equipos que aspiran a conquistar el título de campeones de la liga y que hicieron lo posible para mejorar sus opciones con la integración de nuevas piezas. Uno de esos equipos es Denver Nuggets, que sumaron a sus filas a Aaron Gordon, procedente del Magic, quien llegó al conjunto del Oeste de la NBA junto a Gary Clark, en un cambio en que pasaron a

DALE TAP MÁS INFORMACIÓN

Orlando, Gary Harris, R.J. Hampton y una primera ronda del draft protegida para el año 2025. Gordon, quien está promediando 14,6 puntos y 6,2 rebotes por partido, le brinda otra arma ofensiva al equipo que lidera Nikola

Jokic, que también sumó a JaVale McGee, quien llegó procedente de los Cavaliers de Cleveland, a cambio de Isaiah Hartenstein y dos futuras segundas rondas del draft protegidas. Orlando continúo su proceso de reconstrucción traspasado a Nikola Vucevic y Al-Farouq Aminu a los Chicago Bulls a cambio dWendell Carter Jr. y Otto Porter Jr., y dos futuras primeras rondas del Draft pro tegidas. Vucevic le brinda un promedio de 17,6 puntos, 10,8 rebotes y 2,9 asistencias a unos Bulls que luchan por avanzar a los playoffs en el Este de la liga. Los campeones defensores del Este de la NBA, el Miami Heat se han reforzado con los servicios de Victor Oladipo, procedente de Houston a cambio de Avery Bradley, Kelly Olynyk y un swap pick del draft de 2022, así como también de Nemanja Bjelica, quien llega desde Sacramento Kings a cambio de Moe Harkless y Chris Silva.

El director del Inefi, Esteban Polanco, y el subdirector general, Nelson Fulcar, junto a jóvenes participantes en el acto de conclusión del primer Torneo Nacional de Ajedrez Escolar. Les acompañan entre otros ejecutivos, el señor Ramón Sánchez, encargado de Deporte Escolar.

SANTO DOMINGO.-El Instituto Nacional de Educación Física (Inefi) concluyó con éxito el primer Torneo Nacional de Ajedrez Escolar, realizado de forma virtual, un evento con el cual se ha procurado mantener la mente sana de los jóvenes en tiempos de pandemia. Al dejar concluido el torneo, el director Ejecutivo del Inefi, profesor Esteban Polanco, agradeció la presencia de los padres y tutores de los estudiantes, técnicos, profesores, así como el respaldo de su equipo de trabajo para que la justa deportiva sea exitosa. Señaló que espera que el segundo Torneo Nacional de Ajedrez Escolar se pueda

En el torneo participaron 1,073 estudiantes representantes de los 122 distritos escolares y las 18 direcciones regionales en las que el Ministerio de Educación divide el territorio nacional para ejecutar las acciones educativas sectoriales. realizar de manera física en las escuelas, distritos y regionales del Ministerio de Educación, ya que es de los centros educativos de donde salen los mejores ciudadanos cuando son formados

en valores. La apertura del acto de clausura del primer Torneo Nacional de Ajedrez Escolar estuvo a cargo del subdirector general del Inefi, licenciado Nelson Fulcar, quien invitó a los participantes a contar con el apoyo del presidente de la República, Luis Abinader, con el ministro de Educación, doctor Roberto Fulcar, y con el Instituto Nacional de Educación Física. La actividad estuvo presidida por el director ejecutivo del Inefi, profesor Esteban Pérez Polanco, Nelson Fulcar, subdirector general; el subdirector docente Manuel Morel, y el encargado de Deporte Escolar, el señor Ramón Sánchez.

MLB

GOLF

Jaeger es puntero en Corales Championship PUNTA CANA, LA ALTAGRACIA.- Stephan Jaeger cerró ayer con un impresionante 66 (-6), seguido por Joel Dahmen y Andrew Yun, quienes empataron 67 (-5),

en la primera ronda del Corales Championship PGA Tour. Jaeger, de 31 años, hizo el primer hoyo en uno del torneo, lo que contribuyó a que alcanzara su primera po-

sición en el primer día del torneo, mientras que los tres previos campeones del campeonato (Hudson Swafford, Graeme McDowell, Brice Garnett) terminaron -2 (70).

Eloy Jiménez se perdería entre 5 y 6 meses SANTO DOMINGO.-El toletero de los Medias Blancas, Eloy Jiménez, podría perderse entre cinco y seis meses tras sufrir la ruptura del tendón del músculo pectoral izquierdo.

Jiménez deberá someterse a una cirugía para reparar la lesión, lo que pone en peligro su temporada. El gerente general Rick Hahn informó que sabrán más cuando el jardinero domini-

cano inicie el proceso de rehabilitación. “Desde luego que es una pérdida fuerte para nosotros, una pieza importante de nuestra ofensiva, y una que nos estremece”, dijo Hahn ayer.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

DEPORTES 31

BOXEO

RECTAS DURAS

Y PEGADAS AMÉRICO CELADO S.

Geraldo Valdez expone hoy su título latino contra azteca Arturo Segundo

Un reclamo inmortal En medio de la pandemia, con la carga emocional que representan las muertes, los contagios y el confinamiento, se pudo escuchar un clamor de un grupo de exatletas que reclaman un derecho adquirido por su condición de inmortales y viejas glorias del deporte dominicano. Creo justo y necesario que en medio del estado de emergencia que vivimos se atienda su petición, que no mendigan nada, solo solicitan del gobierno que aplique la ley 85-99 para el pago correcto de sus pensiones. Los miembros del Pabellón de la Fama del Deporte Dominicano así como las viejas glorias están supuestos a recibir pensiones en cantidades que son múltiplos del salario mínimo establecido por el Estado a través del Comité Nacional de Salarios. El grupo de deportistas está a la espera que el gobierno les dé cumplimiento a la disposición que señala que los inmortales deben recibir una subvención de cinco salarios mínimos mensualmente y aquellos que no han ingresado al pabellón una asignación de tres salarios mínimos. La queja es válida porque mientras no se les esté cumpliendo con otorgarle el monto que dispone la ley, el salario que reciben se desprecia. Hay que tomar en cuenta que estas viejas glorias, orgullo del deporte nacional por el gran legado que como herencia dejan a las presentes y futuras generaciones, dependen casi exclusivamente de esos ingresos y el aumento del precio de la canasta básica y de los medicamentos, les golpea en gran medida. La situación se les complicó porque no fueron incluidos en los programas que el Estado implementó, para paliar la crisis económica que se ha generado producto de la pandemia. Ahora que está en ejecución el proceso de vacunación y regularización de la situación social con la flexibilización de las restricciones que se establecieron para tratar de controlar el covid 19, es tiempo de tenderles la mano a nuestros héroes deportivos para que puedan sobrellevar su situación con la dignidad requerida. Se hace necesario un llamado al ministro de Deportes, ingeniero Francisco Camacho, quien ha demostrado mucha disponibilidad y capacidad para resolver de la mejor manera los problemas que les han presentado hasta el momento, para que medie a ver si en la mayor brevedad posible se les puede dar una respuesta positiva al justo reclamo de los inmortales. Ayer ellos lo dieron todo en el terreno de juego por el país, hoy el Estado debe recompensarle el valioso esfuerzo y sacrificio realizado por amor a la Patria.

Boxing”, que preside Salomón Eusebio. Además de su faja, el quisqueyano Valdez, un exmiembro de la selección nacional, buscará

SANTO DOMINGO.- El dominicano Geraldo Valdez se confesó listo para defender su título latino del peso de 115 libras, versión Consejo Mundial de Boxeo, contra el mexicano Arturo Segundo en el marco de una cartelera a celebrarse hoy en el hotel Catalonia del Malecón Center en Santo Domingo. “He cumplido con mi plan de preparación y adelantó al pueblo dominicano que la faja se quedará en nuestro país”, expuso Valdez después de hacer el peso correspondiente de 115 libras. Su rival, el mexicano Segundo, también cumplió

extender su invicto como profesional, debido a que presenta récord inmaculado de 9-0, con ocho triunfos por la vía del nocaut.

En cambio, Arturo Segundo tiene foja de 12-4 y seis nocauts. con la báscula. Ambos púgiles dejaron listo el escenario para el que será el combate estelar de la cartelera que los organizadores denominan “Guerra de Puños entre México y República Dominicana”, aunque en la misma también participarán peleadores de Puerto Rico y Venezuela. La velada es organizada por la empresa “The King Of

ACLARACIÓN

Las honras fúnebres de Hugo Cabrera serán el lunes; martes recibirá sepultura en el DN WILLIAM AISH

SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Deportes informó a los medios que las honras fúnebres de Hugo Cabrera, el legendario baloncestista dominicano e Inmortal del Deporte fallecido en la madrugada del pasado martes en la ciudad de Nueva York, serán el lunes de la próxima semana partir de las 9:00 de la mañana en la funeraria Blandino de la Abraham Lincoln.

Los restos mortales de Cabrera arribarán al país este domingo y trasladados al referido tanatorio para un velatorio privado de sus familiares durante ese día, dice una nota del Miderec. El Nuevo Diario había publicado este miércoles que el cuerpo de Hugo sería llevado al Palacio de los Deportes Virgilio Travieso Soto, sin embargo, el Miderec aclaró sobre las honras fúnebres, negando esa versión.

WWW.ELNUEVODIARIO.COM.DO


PUBLICIDAD

VIERNES 26 DE MARZO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
El Nuevo Diario by El Nuevo Diario - Issuu