JUEVES 19 NOVIEMBRE 2020 | AÑO NO. 40 • EDICIÓN 12526 | SANTO DOMINGO, R.D. | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
EDITORIAL @maldonadopersio
OJALÁ QUE SEA PRONTO
ABINADER: NO ESTAMOS ALEJANDO A CHINA SE CONSTRUIRÁ UN MONORRIEL EN SANTIAGO SANTIAGO.- El presidente Luis Abinader afirmó que su Gobierno seguirá apoyando inversiones chinas en el país y negó que se esté alejando a la nación asiática; además reiteró que las áreas estratégicas son las únicas en las que China no puede invertir. Por otra parte, adelantó que según los expertos, la mejor opción de transporte sería construir un monorriel en la provincia; en la gráfica recibe del ministro de Industria y Comercio, Víctor -Ito- Bisonó, el Plan de Relanzamiento del sector tabaco. P 04
Ha sido despacio, pero hemos estado reactivando la mayoría de los sectores económicos de la República Dominicana. Aunque falta el turismo que es nuestra principal industria sin chimeneas, pero con la facultad de encender las de las demás. Y al no estar operando un sector tan fundamental para la economía, es lógico que se refleje en la realidad general. Hay, además, otras actividades muy asociadas igualmente al turismo como son los artistas, bares y restaurantes, que su situación resulta preocupante por el daño que dejará la parada por la pandemia. Es difícil, pero debemos procurar seguir volviendo consistentemente a una nueva normalidad con cuidado y responsabilidad. La realidad lo exige a la mayoría.
El país de las niñas esposas
Diputados aprueban eliminar el matrimonio infantil en RD Durante una sesión llena de debates y modificaciones los diputados aprobaron a unanimidad la eliminación de las dispensas que permitían el matrimonio infantil en el Código Civil. En la edición de este jueves publicamos el trabajo “El país de las niñas esposas”, bajo la firma de Manuel Pérez Bella, el cual retrata la realidad sobre las uniones tempranas en el país P.18-19-20
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Embajada China asegura que EE.UU. pretende mantener hegemonía tecnológica con “red sucia” SANTO DOMINGO.- La embajada de la República Popular China en el país afirmó este miércoles que la “red limpia” promovida por los EE. UU es una “red sucia” de carácter discriminatorio, exclusivo y politizado, que privará a otros países de su libertad y derecho de elección, y violará la soberanía digital y seguridad informática de otros países. En un comunicado colgado en su página web, la legación diplomática expresa que el único propósito de los Estados Unidos es mantener su hegemonía tecnológica e intereses económicos, y aprovechar sus propias ventajas en tecnología cibernética para llevar a cabo escuchas y vigilancias electrónicas du-
rante largo tiempo. En ese sentido, la declaración apunta que “los EE.UU. vienen aprovechando sus propias ventajas en tecnología cibernética para llevar a cabo escuchas y vigilancias electrónicas durante largo tiempo, trazando líneas en el desarrollo tecnológico según la ideología, promoviendo la “Guerra Fría Tecnológica” y la discriminación por país, y abusando el poder estatal para reprimir y contener a las empresas chinas de alta tecnología. Sostiene que las leyes chinas han establecido claramente la protección de la seguridad de los datos y la información privada. El Gobierno chino ha implementado estrictamente los
NÚMEROS PREMIADOS (18-11-2020) QUINIELA PALÉ 1º 99
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principios relevantes de protección de seguridad de datos y no ha exigido ni exigirá a las empresas chinas proporcionar los datos extranjeros en violación de las leyes de otros países. “La parte china reitera que nos complace ver a otros países desarrollen relaciones con República Dominicana sobre la base de la igualdad y beneficio mutuo, pero nos oponemos firmemente a cualquier interferencia en las relaciones chino-dominicanas”, indica. Explica el documento que el PCCh se ha convertido de un partido pequeño con solo docenas de miembros a un partido grande con más de 90 millones de militantes en la actualidad. Este partido, que ha liderado al pueblo chino a conseguir logros reconocidos a nivel mundial, cuenta con el firme apoyo de 1.400 millones de chinos de todos los grupos étnicos. Según una encuesta realizada por la Escuela de Go-
La parte china reitera que nos complace ver a otros países desarrollen relaciones con República Dominicana sobre la base de la igualdad y beneficio mutuo, pero nos oponemos firmemente a cualquier interferencia en las relaciones chino-dominicanas, indica.
bierno John F. Kennedy de la Universidad Harvard entre 2003 a 2016 en China, más del 93 % del pueblo chino valoran positivamente el desempeño del Gobierno central. Agregó que el PCCh y el Gobierno chino siempre abogan por una política exterior independiente y de paz, e insiste en el camino del desarrollo pacífico y la construcción de una comu-
nidad de un futuro compartido por la humanidad. “Todo esto contrasta evidentemente con la parte estadounidense por su vigilancia sobre el mundo, uso excesivo de las fuerzas militares e interferencia frecuente en los asuntos internos de otros países”, recuerda. “Hemos notado la declaración de la parte dominicana de dar todo el apoyo a la inversión china. La parte china está dispuesta a trabajar con la parte dominicana para desarrollar las relaciones bilaterales sobre la base de respeto mutuo, igualdad y beneficio recíproco, y seguir realizando las cooperaciones bilaterales según los principios de justicia, apertura y trato igualitario. China no hizo daño en el pasado, ni lo hace en el presente ni hará en el futuro, a la seguridad de la República Dominicana”, finaliza la declaratoria.
Presidente: Persio Maldonado Primer Vicepresidente: Héctor Corominas Peña Segundo Vicepresidente: Aura Minerva González Secretario: Francisco Pérez Encarnación Tesorero: Mario Viñas Betances Vocales: Roberto Lama, Vincenzo Mastrolilli, Carlos Bonilla Sánchez, Martha Camarena Director: Persio Maldonado Directora Ejecutiva: Cosette Bonnelly Jefe De Redacción: Luis Brito Administradora: Martha Camarena Gerente General: Persio Maldonado Bonnelly Editora El Nuevo Diario S.A. Avenida Francia No. 41, Esq. Rocco Cochia.
Santo Domingo, R. D.
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AGENDA 09:00 a.m. Acto de lanzamiento proyecto “Recuperación de medios de vida para pequeños productores agrícolas”, en la sede de la Junta Agroempresarial Dominicana. 09:30 a.m. RP de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos CNDH-RD, en el Tribunal Contencioso Administrativo. 9:00 a.m. “Inducción de la Contraloría con el embajador de la Unión Europea, y el contralor Luis Delgado”, Hotel Sheraton. 10:00 a.m. Entrega del Premio Manos del Campo 2020, invita Progresando con Solidaridad (Prosoli), en la Biblioteca Infantil y Juvenil, Doctor Delgado, esquina Francia. 10: a.m. RP de la Asociación de Empresas e Industrias Herrera, (ANEIH) en su sede, Tiradentes Edificio Comercial 14, piso 14.
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Abinader reitera posición de otorgar Salud Pública vigila cinco provincias a partidos 50 % recursos asigna JCE por leve aumento casos de COVID-19 SANTO DOMINGO.- El presidente de la República, Luis Abinader, reiteró la noche de este miércoles la postura del gobierno sobre la asignación del 50 % de los recursos que otorga la Junta Central Electoral (JCE), a los partidos políticos. “Reiteramos la posición del Gobierno de otorgar a los partidos políticos el 50 % de los recursos asignados por la JCE”, indicó el jefe de Estado en su cuenta de Twitter. El mandatario expresó,
además, que en estos momentos todos los sectores deben sacrificarse. Abinader anunció el pasado 16 de octubre que propondrá al Congreso Nacional que el 50 % de los fondos que reciben por ley
los partidos políticos, sea destinado a la construcción de un local de la estatal Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) en el municipio Santo Domingo Este. Tras aquella propuesta del mandatario, los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo (FP) manifestaron que no están de acuerdo con la reducción en un 50 % de los fondos que se asignan a los partidos en años no electorales.
SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Salud Pública vigila el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Duarte, Monseñor Nouel y San José de Ocoa por un leve aumento de casos de la COVID-19 en las últimas seis semanas. “Hemos observado un aumento de casos, es muy ligero, pero es un aumento”, dijo en rueda de prensa el director de Epidemiología, Ronald Skewes. Por ejemplo, el Distrito Nacional pasó de promediar
479 casos hasta la semana 39 a 684 hasta la semana 46. El funcionario afirmó que las autoridades tratan de identificar las causas reales de la situación, que, en algunas de las provincias, señaló, podría estar asociada a un aumento de las pruebas y en otras a “pequeños” brotes.
“Lo primero que estamos haciendo es aumentar la cantidad de muestras. Una de las formas de controlar es tomando muestras”, señaló el funcionario, quien reconoció que en algunas demarcaciones no se ha cumplido “con la cuota de pruebas”.
No. EXPEDIENTE
CRBE-CCC-LPN-2020-0003 No. DOCUMENTO
CRBE-CCC-LPN-2020-0003
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
UNIDAD EJECUTORA PARA LA READECUACION DE BARRIOS Y ENTORNOS (URBE)
“Año de la Seguridad y la Consolidación Alimentaria” CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE EXCEPCIÓN DE URGENCIA, RELATIVO A LA “ADQUISICIÓN DE KITS NUTRICIONALES PARA PACIENTES DE TUBERCULOSIS CON FACTORES DE BAJA ADHERENCIA, DIRIGIDO A MIPYME”.
18 de noviembre 2020 DEPARTAMENTO DE COMPRA Y CONTRATACIONES DE URBE CONVOCATORIA A LICITACIÓN PÚBLICAS NACIONAL Referencia del Procedimiento: (CRBE-CCC-LNP-2020-0003)
Jueves 19 de noviembre del año 2020 Santo Domingo, D.N. Referencia: (MISPAS-MAE-PEUR-2020-0006) El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en cumplimiento de las disposiciones de Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones de fecha dieciocho (18) de agosto del dos mil seis (2006), modificada por la Ley No. 44906 de fecha seis (06) de diciembre del dos mil seis (2006), convoca a todos los interesados a presentar propuestas para el PROCESO DE EXCEPCIÓN DE URGENCIA, para la “ADQUISICIÓN DE KITS NUTRICIONALES PARA PACIENTES DE TUBERCULOSIS CON FACTORES DE BAJA ADHERENCIA, DIRIGIDO A MIPYME”.
CONSTRUCCION VIA DE ACCESO SUR PROYECTO NUEVO DOMINGO SAVIO La Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE), en cumplimiento de las disposiciones de Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones de fecha Dieciocho (18) de Agosto del Dos Mil Seis (2006), y su modificación contenida en la Ley No. 449-06 de fecha Seis (06) de Diciembre del Dos Mil Seis (2006), convoca a todos los interesados a presentar propuestas para la para la contratación del Servicio Construcción Vía de Acceso Sur Proyecto Nuevo Domingo Savio, Cesar Nicolas Penson No.26 Edificio Ramon Pérez Ávila 4to Piso, Gazcue Santo Domingo República Dominicana Procedimiento. Referencia No. CRBE-CCC-LPN-2020-0003.
Los interesados en retirar el Pliego de Condiciones Específicas o Términos de Referencia (TDR), deberán dirigirse a la División de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, ubicada en el tercer nivel de la sede principal del Ministerio, Av. Tiradentes esq. Héctor Homero Hernández V., Ensanche La Fe, Santo Domingo, D.N., de lunes a viernes en el horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., o descargarlo de la página web de la institución www.msp.gob.do o del Portal de la DGCP www.comprasdominicana.gov.do, a los fines de la elaboración de sus propuestas.
Los interesados que deseen participar en el presente Procedimiento, deberán formalizar su proceso de inscripción mediante presentación de Carta de Manifestación de Interés, remitida a la Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE), de lunes a viernes en el horario de las nueve horas antes meridiano a cuatro horas pasado meridiano (9:00a.m. a 4:00p.m.), o remitirla al correo electrónico: compras@urbe.gob.do. Las informaciones referentes a este proceso pueden ser descargadas de la página web del Portal de la DGCP www.comprasdominicana.gov.do o del portal de la institución www.urbe.gob.do, a los fines de la elaboración de sus propuestas.
Las propuestas serán recibidas en sobres sellados el TREINTA (30) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020), hasta las NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 a.m.), en la División de Compras y Contrataciones del Ministerio de salud Pública y Asistencia Social.
Las propuestas serán recibidas en sobres sellados en las oficinas de la Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE), localizada en el cuarto (4º) piso del Edificio Ramón Pérez Ávila, en la calle César Nicolás Pénson No. 26, sector Gazcue, el quince (15) de enero de 2021 a las 9:30 am, hora en que se realizará el acto público de Recepción de Sobre A y Sobre B y apertura del Sobre A.
Es compromiso y deber de los oferentes participantes consultar permanentemente la página del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) hasta finalizar el proceso.
Todos los interesados deben estar inscritos en el Registro de Proveedores del Estado administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Todos los interesados deberán estar inscritos en el Registro de Proveedor del Estado, administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas.
COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL MISPAS
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INFORME DEL TIEMPO La vaguada al nordeste del país en adición a los vientos Alisios del nordeste que ingresaran campos nubosos con humedad que producirán lluvias o aguaceros dispersos con tronadas y ráfagas de viento.
Abinader: No estamos alejando a China; se construirá un monorriel en Santiago Entrega recursos para obras a Alcaldías e inaugura centro salud beneficiar a toda la gente de Santiago, ciudad que ama y respeta.
LING ALMÁNZAR
SANTO DOMINGO.- El mandatario de la República, Luis Abinader, afirmó este miércoles que su Gobierno seguirá apoyando las inversiones chinas en el país, y negó que se esté alejando a la nación asiática; además reiteró que las áreas estratégicas son las únicas en las que China no puede invertir. Abinader se expresó así en la provincia de Santiago, durante un encuentro con autoridades nacionales y locales, como parte de su recorrido. La República Dominicana anunció ayer que asume la “Red Limpia” que ofrece Estados Unidos para desarrollar la tecnología 5G en el país. En el encuentro, Abina-
Gobierno entrega RD$134 MM a alcaldías provincia Santiago
der adelantó que, según el parecer de los expertos, la mejor opción de transporte sería construir un monorriel en la provincia. Abel debe participar
Abinader subrayó que buscan implementar un plan de desarrollo integral con obras coordinadas para elevar la calidad de vida de los santiagueros. En ese tenor, destacó que
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están impulsando el “Compromiso Santiago”, una iniciativa para discutir los planes de desarrollo. Por cierto, el mandatario dijo esperar que el alcalde de la ciudad, Abel Martínez, participe en “Compromiso Santiago”, a pesar de las diferencias políticas que se tengan con alcaldes y congresistas. Martínez no asistió al encuentro con el gobernante.
El gobierno entregó RD$134 millones a alcaldías y direcciones de distritos de la provincia de Santiago para la construcción de 40 obras
en beneficio de sus respectivas comunidades. El acto, celebrado en el hotel Gran Almirante, fue encabezado por el presidente Abinader, quien dijo creer en la municipalidad y la descentralización del Estado. Al anunciar la entrega, el ministro Administrativo de la Presidencia, José Ignacio Paliza, dijo que el gobierno del presidente Abinader ofrece
Abel Martínez dice no fue invitado a reunión
Mientras, el alcalde Abel Martínez aseguró, en sus redes sociales, que no fue invitado a la reunión que sostuvieron los ediles de esa provincia con el presidente Luis Abinader. A través de un tuit el también dirigente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) expresó que no puede ir a donde no ha sido invitado. Indicó además, que siempre será el primero para emprender y apoyar acciones tendentes a
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especial atención a fortalecer las relaciones con los demás poderes del Estado. También, Abinader entregó, a través del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), el Centro de Diagnóstico y Atención Primaria del sector Los Guandules, en esta ciudad, estructura hospitalaria de primera y con modernos equipos al servicio de los residentes en la comunidad..
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Industria y Comercio presenta plan de acción para el relanzamiento de Industria del Tabaco
El ministro Mipymes, Víctor (Ito) Bisonó entregó al presidente Luis Abinader el plan para el relanzamiento de la Industria del Tabaco.
SANTIAGO.- El ministro de Industria Comercio y Mipymes, Víctor (Ito) Bisonó, entregó este miércoles al presidente Luis Abinader el plan para el relanzamiento de la Industria del Tabaco, enfocado en nueve ejes de trabajo que procuran elevar la competitividad de los cigarros dominicanos en el mercado local, así como mejorar el acceso del tabaco y sus derivados en los mercados internacionales. Asimismo, procura articular esfuerzos interinstitucionales para enfrentar el comercio ilícito que actualmente afecta al sector, resalta un comunicado del Ministerio. El plan es el resultado de semanas intensas de trabajo, donde el diálogo y el con-
En calidad de coordinador de la comisión a cargo del plan, Bisonó fue enfático en sostener que, con la hoja de ruta trazada para llegar al plan, se aspira a corregir distorsiones estructurales que históricamente han afectado la Industria del Tabaco en el país. senso entre el gobierno y representantes de la industria del tabaco primaron en todo momento, para beneficio del nuevo impulso que necesita este sector. El ministro explicó que, junto a los miembros de la comisión se preparó una
propuesta de proyecto de Ley para declarar al tabaco como Patrimonio Cultural de la República Dominicana, el cual será remitido al Congreso Nacional en esta semana, a fin de darle ese producto el reconocimiento que se merece. Fue enfático al plantear que el tabaco es una oportunidad; sinónimo de calidad, de empleo formal, de riquezas, de inversión privada en República Dominicana, y además se ha convertido en reflejo de nuestra cultura e identidad y refirió que con la ayuda del Gobierno y un marco jurídico robusto y motivador, se busca dar un nuevo paso para la consolidación del liderazgo mundial que ostenta el tabaco dominicano.
Contrataciones Públicas investiga contrato de Ayuntamiento La Romana con empresa Urbaluz SANTO DOMINGO.-La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informó este miércoles que abrió un proceso de investigación en torno al contrato suscrito por el Ayuntamiento Municipal de La Romana con la empresa Urbaluz, para la recogida de desechos sólidos, por alegado incumplimiento de la Ley 340-06, de Compras y Contrataciones Públicas, al incurrir en una contratación directa en lugar de convocar a un proceso competitivo. El órgano rector destacó que, en el escrito de defensa presentado por el propio cabildo, a raíz de la solicitud de investigación interpuesta por Elpidio Tolentino Garrido, admite que “no se aco-
Adicionalmente, el artículo 60 numeral 10 de la Ley 176-07 que regula a los municipios, instruye a los alcaldes para que los contratos, escrituras, documentos y pólizas sean suscritos de conformidad con la Ley 340-06. gió a lo establecido a estas normas legales up-supra mencionadas por la urgencia y necesidad que presentaba la municipalidad”. En una comunicación firmada por el titular de la institución, Carlos Pimentel, dirigida al alcalde Juan Antonio Adames Batista, la
El MOPC anuncia que invertirá en Santiago SD$275 MM en 42 obras “La participación es en 26 lotes con 42 obras, y con un valor de conjunto de 275 millones de pesos de obras que se van a desarrollar en esta provincia de Santiago. Son obras medianas y pequeñas, pero de un impacto significativo para las comunidades en que se van a desarrollar”, afirmó.
Legisladores, alcaldes y regidores repartirán bonos especiales y cajas en Navidad, según Peña Guaba SANTO DOMINGO.- Legisladores, alcaldes y regidores recibirán del Gobierno bonos especiales y tarjetas navideñas para que los repartan a los más pobres del país entre el 10 y el 19 de diciembre, informó este miércoles Tony Peña Guaba, coordinador del Gabinete de Políticas Sociales. El funcionario no especificó qué parte del pastel navideño será diseminada por autoridades legislativas y municipales, pero justificó la
Tony Peña Guaba.
medida alegando que congresistas y representantes municipales también son autoridades, y los recursos tienen que ser compartidos con ellos. Peña Guaba negó que di-
cha distribución sea un “barrilito” electrónico, como han dicho algunos, destacando que la ayuda será dispensada a través de las tarjetas de Solidaridad. “Ningún Barrilito electrónico: el Estado en general está comprendido en tres poderes y tenemos que darle a los tres poderes. No solo podemos coger el Poder Ejecutivo el millón de tarjetas, tenemos que también dar y compartir con otros sectores”, refirió.
DGCP destaca que, si bien los gobiernos locales gozan de autonomía municipal, esto no implica que puedan actuar al margen de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Reiteró que el artículo 36 numeral 6 de la referida normativa otorga al órgano rector la facultad de verificar que los procesos de contrataciones se realicen con apego a la Ley. Destaca que el artículo 2 de la normativa, cuando explica el Sistema de Contrataciones Públicas y su Ámbito, expresa que los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional están sujetos a las regulaciones previstas en esta Ley y sus reglamentos.
Ministro Deligne Ascención
SANTIAGO. -El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a través de la Comisión de Compras y Contrataciones, inició en Santiago este miércoles la recepción de documentos para el sorteo de obras medianas y pequeñas a construir en distintas comunidades de la provincia Santiago, en el que par-
ticiparán profesionales de la ingeniería. Un comunicado indica que el ministro Deligne Ascención, quien pronunció las palabras centrales del acto de apertura, destacó que esta forma de construcción de obras ayudará a impactar directamente sobre la economía del país en las comunidades beneficiadas.
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Durante tres días, desde el 18 hasta el 20 de noviembre, se estarán recibiendo solicitudes de inscripción para participar. La sede escogida para ello es la Regional Norte del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA).
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El PLD califica inconstitucional decisión Senado sobre segunda mayoría; recurrirá judicialmente
Félix Bautista somete proyecto de Ley que crea Ministerio para unificar el INVI, Inavi y Oisoe SANTO DOMINGO.- El senador por San Juan, Félix Bautista, sometió al Senado un proyecto de ley que crea el Ministerio de Vivienda y Edificaciones, con el cual procura unificar en este ministerio al Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), al Instituto Nacional de Auxilios y Vivienda (INAVI) y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe).
SANTO DOMINGO.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) calificó como inconstitucional la decisión que adoptó el Senado al escoger a un senador de la Fuerza del Pueblo como el representante de la segunda mayoría política de ese hemiciclo ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). La organización política afirmó que ningún senador de la Fuerza del Pueblo cumple con los dos requisitos exigidos por el artículo 178 de la Constitución de la República, pues no pertenecen a un bloque de partidos diferente al del Presidente del Senado, ni tampoco ostentan la representación de la segunda mayoría política en ese hemiciclo, ya que dicho partido sólo obtuvo un senador en las elecciones pasadas. Mediante un documento despachado por su Secretaría de Comunicaciones, explicó que la representación en términos políticos es el producto del mandato que
En ese sentido, el PLD anunció que hará uso, oportunament e, de las vías jurídicas pertinentes para hacer valer sus derechos en este aspecto. surge a raíz del voto en las elecciones y ese mandato no desaparece respecto a los partidos que fueron aliados en un bloque a nivel senatorial en varias provincias, incluyendo en Santiago, donde el actual senador y presidente del Senado fue postulado y elegido en las boletas de un bloque de partidos del cual formó parte también la Fuerza del Pueblo. En ese sentido, el PLD anunció que hará uso, oportunamente, de las vías jurídicas pertinentes para hacer valer sus derechos en este aspecto.
Senador Félix Bautista.
“Esta iniciativa hará posible agilizar los procesos administrativos para la construcción de viviendas y el acceso a la titulación de las propiedades inmobiliarias; fortalecerá los derechos de inquilinos y propietarios, para que los constructores puedan invertir de forma segura en proyectos habitacionales para alquiler; logrará las sinergias necesarias entre el sector público y privado, para reducir el déficit habitacional y garantizará que las viviendas sean seguras, dignas y ambientalmente sostenibles”, expresó el legislador, de acuerdo a un comunicado. El legislador señaló que el déficit habitacional en la República Dominicana es alarmante y que según un estudio realizado en el año 2017 por la Asociación de Constructores y Promotores de Viviendas (ACOPROVI).
Senado determina FP es la segunda mayoría opositora en Cámara Alta ISMAEL HIRALDO
SANTO DOMINGO.- El Senado decidió este miércoles que la Fuerza del Pueblo (FP), que lidera el expresidente Leonel Fernández, es la segunda mayoría de la Cámara Alta ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), debido a que cuenta con una matrícula de nueve senadores. Con la elección de la FP como segunda mayoría, el senador Bautista Rojas Gómez, representante de la provincia Hermanas Mirabal, tendrá un puesto en el CNM. Su elección se realizó mediante votos de los legisladores de su partido y fue anunciada por Fernández cuando visitó la Cámara Alta. El senador Antonio Taveras, quien es el presidente de la comisión de Justicia de la Cámara Alta, leyó el informe que favorece para que la Fuerza del Pueblo fuera escogida como la segunda fuerza opositora en ese organismo.
El senador Antonio Taveras, quien es el presidente de la comisión de Justicia de la Cámara Alta, leyó el informe que favorece para que la Fuerza del Pueblo fuera escogida como la segunda fuerza opositora en ese organismo. Durante su lectura, el senador Taveras garantizó que para establecer a la FP como segunda mayoría, los legisladores miembros de la comisión de Justicia se basaron
en la Constitución y las leyes. Antes de la aprobación, los senadores de las diferentes bancadas encabezaron un enfrentamiento de argumentos por el referido tema. El vocero senatorial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Yván Lorenzo, abrió los debates y dijo que escuchar el informe leído por Taveras le causa “vergüenza” y consideró como “lamentable” que los partidos PRM y FP promuevan la “descomposición ética” desde el órgano legislativo. Ante estos argumentos, el senador de la FP, Dionis Sánchez, aseguró que “ningún político” del PLD puede hablar de inconstitucional ideado porque “ellos mismos atentaron contra la Carta Magna cuando intentaron hacerle una reforma para dar a Danilo Medina la Presidencia”.
Acuerdan eliminar amenaza medioambiental del barco María José, en Bahía de Manzanillo SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Aduanas (DGA) y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales firmaron un acuerdo de colaboración mediante el cual se pondrá fin a la amenaza medioambiental que representa el barco María José, que lleva más de dos años encallado en la Bahía de Manzanillo a pocos metros del Parque Nacional Manglares de Estero Balsa. En ese sentido, la DGA se compromete a brindar un aporte económico de
US$100,000 que será utilizado para el levantamiento del buque ubicado en la Bahía de Manzanillo, para eliminar los productos oleosos, así como
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la extracción de desperdicios, utilización de paños absorbentes y dispersantes, limpieza general de los tanques de combustibles y sentina.
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ECONOMICAS Diputados aprueban préstamos por US$500 millones para el transporte También el contrato de US$40 MM para vacunas COVID-19 ISMAEL HIRALDO
SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados aprobó este miércoles dos prés-
tamos que totalizan un monto de $500 millones de dólares que serán destinados a programas de movilidad urbana y transporte
Petróleo sube un 0,94 % El precio del petróleo cerró con una subida del 0,94 %, hasta los 41,82 dólares el barril, ayudado por las nuevas noticias de las vacunas anticovid y las expectativas de que la OPEP y sus aliados mantengan por un tiempo los recortes de la producción.
Combustibles
Valor
Gasolina Premiun
RD$202.40 RD$192.70 RD$160.00 RD$149.60 RD$116.00
Gasolina Regular Gasoil Óptimo Gasoil Regular Propano
terrestre. Ambos empréstitos fueron aprobados durante la sesión ordinaria 0028 y con los recursos aprobados, el Poder Ejecutivo busca cre-
RD$28.97
Gas Natural
Monedas Compra Dollar Euro ar nuevos programas para reformar el transporte y para apoyar los ya existentes de movilidad y seguridad vial. El primero en aprobarse fue una resolución del convenio de crédito suscrito entre el país y la Agencia Francesa de Desarrollo por un monto de $250 millones de dólares que tienen el fin de contribuir a la reforma sectorial de la movilidad urbana, transporte terrestre y seguridad vial. Aprueban contrato por US$40 MM para comprar vacunas COVID-19
También, los diputados aprobaron un contrato de compra venta por un monto de US$40 millones para adquirir por adelantado vacunas contra el coronavirus. El proyecto fue aprobado en única lectura y estipula un contrato por anticipado entre el Estado y AstraZeneca UK Limited para el suministro de 10 millones de dosis de la vacuna contra el COVID-19 a un precio de $40 millones de dólares que estipularía un costo individual por vacuna de $4 dólares.
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Ventas $58.45 $71.50
ADOZONA con nuevo récord, crece un 4.4% en exportaciones en comparación al 2019 SANTO DOMINGO.- La Asociación Dominicana de Zonas Francas (ADOZONA) informó este miércoles que el sector de zonas francas alcanzó por primera vez una cifra de 592.1 millones de dólares en materia de exportaciones para un mes de octubre, lo que representa un sólido crecimiento de un 4.4 % en comparación con octubre del 2019. Las exportaciones que rondaban los 565 millones de dólares el 2019 en octubre, pasan a 592.06 millones de dólares en el mismo mes del 2020, lo que marca un nuevo récord en exportaciones con un crecimiento de 4.4s%, equivalente a un valor adicional de 25.05 millones de dólares, en un año en el cual el sector se ha visto seriamente afectado por la pandemia COVID-19. De acuerdo a un comunicado de prensa, los últimos
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Federico Domínguez Aristy
datos publicados por la Dirección General de Aduanas (DGA) correspondientes al mes de octubre 2020, las zonas francas dominicanas están confirmando su gran resiliencia, y siguen su contribución a la dinamización de las exportaciones de la República Dominicana. El presidente de ADOZONA, Federico Domínguez Aristy, explicó que el sector se ha mantenido dos meses consecutivos (septiembre y octubre) con niveles récord de exportación que ayudan a recuperar las fuertes caídas ocurridas debido a la crisis mundial.
LEGAL 09
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AVISOS LEGALES AVISO DE PUBLICACIÓN DE TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, DE LA SOCIEDAD DE COMERCIO KAREN C D STORE, C. POR. A. RNC No. 1-01-82503-2 De conformidad con las disposiciones de los artículos 440 y siguientes de la ley No. 479-08, modificada por la Ley 31-II del 8 de febrero de dos mil once (2011), sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de Transformación de la compañía KAREN C D STORE, C. POR A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Dicho proyecto establece la modificación del nombre comercial KAREN C D STORE, C. POR. A. a KAREN C D STORE, S. R. L.; cuya funcionalidad y existencia seguiría sujeta a las leyes dominicanas y sus estatutos sociales. La empresa modificará sus objetivos sociales originales, para que en lo adelante sean los siguientes: a.) Fabricación, Producción, Distribución y Venta de Discos Fonográficos, Discos Compactos, Discos de Larga Duración, Videos Musicales, Minidiscos; b.) Fabricación, Producción, Distribución y Venta de suvenires y piezas Artesanales alegóricas al folclor y la cultura dominicana; c.) Venta y Distribución de artes plásticas; d.) Promoción de la Cultura Dominicana, e.) Promocionarse Como Tienda de Regalos; f) Toda actividad de lícito comercio ligada a su objeto principal. El domicilio de la empresa estará ubicado en la calle El Conde Peatonal número 251, del sector Zona Colonial, Distrito Nacional, República Dominicana; El capital social de la empresa será de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00), dividido en MIL (1000) CUOTAS SOCIALES de un valor nominal de CIEN PESOS (RD$100.00) cada una; La empresa será administrada por uno o varios gerentes designados al efecto; La duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido proyecto de transformación de la sociedad se convoca a los accionistas de la compañía KAREN C D STORE, C. POR A., a la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que será en el domicilio de la misma el próximo día martes que contaremos a ocho (8) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), a las nueve (9:00) horas de la mañana, en cuyo contenido se conocerán los actos de transferencias accionarias; y; para cuyo fin se les informa a los miembros de la compañía, que el balance especial está disponible para su revisión, y será leído y conocido en la preindicada Asamblea.
FC 390848
LIC. DANIEL ALBERTO GUERRA, ABOGADO.
AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO Se hace público conocimiento, que el miércoles que contaremos a veinticinco (25) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), a las 09:00 horas de la mañana, se procederá a LA VENTA DE PUBLICA SUBASTA, al mayor postor y ultimo subastador, en el Mercado Publico de Honduras, Distrito Nacional, por causa del EMBARGO EJECUTIVO, DEL SIGUIENTE. BIEN MUEBLE: UN VEHÍCULO, MINIBUS MARCA TOYOTA, MODELO HIACE, REGISTRO Y PLACA NÚM. 1070507, CHASIS NÚM. JTFSS22P800144590, COLOR BLANCO, AÑO 2015, CAPACIDAD PARA DIECISEIS PASAJEROS (16). Este bien mueble ha sido embargado al señor FRANCISCO CORTORREAL PAREDES, a requerimiento y persecución de los señores JORGE LIMA CORONADO Y JUAN CARLOS SANTOS ALTAGRACIA, en fecha cinco (05) del mes de marzo del año dos mil veinte (2020). Se advierte a los licitadores que, de acuerdo con la ley, el efecto a subastar debe ser pagado al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del vendutero Público actuante. En el Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
FC 390856
LUZ MARIA ROSARIO INFANTE, Vendutero Público.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE, REFUNDICION y SUBDIVISION VISTA.- la Autorización No. 6622020081697 dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, en Fecha 08 de Octubre del año 2020, SE AVISA, que el día Viernes 04 de Diciembre del año 2020, a la 9:00 A. M., se dará inicio a los trabajos de campo de dichos Deslindes, Refundición y Subdivisión, ubicado dentro del ámbito de las parcela Nos. 100, 101 y 102, del Distrito Catastral No. 05, del Municipio de La Vega, Provincia La Vega, propiedad de FERTILIZANTES SANTO DOMINGO, S.A. (FERSAN) esta medida será practicada por el Agrimensor ENRIQUE ARISMENDY HERASME, Cel. 809-962-1603, para más información dirigirse a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte. FC 390849
AGRIM. ENRIQUE ARISMENDY HERASME, Codia No.20301.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO: Que el día 04 de diciembre del año 2020, a las 11:30 A.M., se iniciarán los trabajos de Deslinde dentro de la PARCELA No.72-RFF-52, Distrito Catastral No. 16/9, del Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís, ubicado en la Manzana C, sector Villa Olímpica, de esta ciudad de San Pedro de Macorís, EXPEDIENTE No.664202045519, propiedad de la SRA. JUANA ADALIZA SALAS ROSARIO DE JAMES. YASIRIS R. DIAZ SANTANA Agrimensora-Contratista, Codia 28015 Tel. 809-710-2556 y 809-246-5265.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO: Que el día 04 de diciembre del año 2020, a las 10:00 A.M., se iniciarán los trabajos de Deslinde dentro de la PARCELA No.96-A, Distrito Catastral No. 16/6, del Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís, ubicado en la calle Facundo Madrigal esquina Vicente Celestino, sector Juan Pablo Duarte, de esta ciudad de San Pedro de Macorís, EXPEDIENTE No.664202045683, propiedad de la SRA. BELKIS ALTAGRACIA SANCHEZ SORIANO. YASIRIS R. DIAZ SANTANA Agrimensora-Contratista, Codia 28015 Tel. 809-710-2556 y 809-24-5265.
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICION
Se hace de público conocimiento que en fecha 3011-2020, a las 9:00 a.m., se estarán realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No.1-B-REF, del D.C. No.05, en el Municipio PIEDRA BLANCA, Provincia MONSEÑOR NOUEL, a petición de: RAFAEL LACHAPELLE ROA. Expediente 6622020040435.
En virtud de la autorización de fecha 21/2/2020, se hace de público conocimiento que el día miércoles 11 de Marzo del 2020, a las 10:00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde y refundición, en los inmuebles identificados como P. No. 75-A-3-POR-A-2 y P. No. 75-A-3-POR-A-39 del D.C. No. 08 del Municipio Bajos de Haina, Provincia San Cristóbal. A petición de los Sres. LUCIA DEL CARMEN BENITEZ PEREZ y MAX HEINZ KLAUSLI, debidamente representado por el DR. FELIX GERARDO RODRIGUEZ ROSA, y la LIC. ANA LUISA HENRIQUEZ RAMOS, Exp. No. 6642020013331. FE DE ERRATA: Se hace constar que este Deslinde y Refundición fue publicado en este mismo periódico, “El Nuevo Diario”, en fecha jueves 05 de marzo del año 2020, pero el mismo tuvo un error en el No. de expediente, donde aparecía con el No. 6632020013331; debiendo ser 6642020013331.
AGRIM. JUAN MANUEL PERALTA DE LA ROSA Agrimensor-Contratista Codia No. 10440
AGRIM. JENNIFER MATEO ARIAS CODIA 28042
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE
AVISO DE AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO
Se hace de público conocimiento que en fecha 30-112020, a las 2:00 p.m., se estarán realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 1-B-REF, del D.C. No.05, en el Municipio PIEDRA BLANCA, Provincia MONSEÑOR NOUEL, a petición de: RAMON LACHAPELLE EMILIANO. Expediente 6622020040419.
Expediente No. 6632019046951, el día tres (03 ) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), a las 09:15 horas de la mañana, será la celebración de audiencia en el tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de San Pedro de Macorís, ubicado en la calle Benardino Castillo, No.1, esquina Hermanas Mirabal, para conocer los trabajos de saneamiento aprobados dentro de la Parcela No.503, del Distrito Catastral No. 23/4, de la Provincia San Pedro de Macorís, Municipio San José de los Llanos. Aprobado el 13 de noviembre del 2019, a favor de HIPOLITO BIENVENIDO GARCIA TORRES.
AGRIM. JUAN MANUEL PERALTA DE LA ROSA Agrimensor-Contratista Codia No. 10440
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE
Se hace de público conocimiento que en fecha 28-112020, a las 9:00 a.m., se estarán realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 164-R, del D.C. No.0, en el Municipio SAN CRISTOBAL, Provincia SAN CRISTOBAL, a petición de: AMBAR MARIANNY PEREZ AMADOR. Expediente 6642020023973. AGRIM. JUAN MANUEL PERALTA DE LA ROSA Agrimensor-Contratista Codia No. 10440
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep marca Jeep, modelo G. Cherokee Laredo, color blanco, año 2006, placa No. G150221, chasis 1J4GS48K56C311155, a nombre de LUCRECIA MELO CEDEÑO DE LOPEZ, cédula No. 026-0093994-2. FC 390887 PERDIDA DE PLACA: Automóvil privado, marca Nissan, Modelo March, Año 2000, Color Amarillo, Placa y Registro No. A513465, Chasis K11657253, propiedad de CECILIA VÁSQUEZ SORIANO DE ENCARNACIÓN, cédula 0010667045-8. FC 390936
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo marca Dodge, modelo Dakota, color rojo, año 1995, placa No. L040097, chasis 1B7FL26G1SW920270, propiedad de MIGUEL ANGELL PAYANO TIBURCIO, cédula No. 001-0368337-1. FC 390903 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo marca Tiamma, modelo Feng Ling, color negro, año 2007, placa No. EX08542, chasis LHA12Z2D77A005381, propiedad de PARROQUIA SANTA ROSA DELIMA, RNC No. 430047503. FC 390907
AVISO DE PERDIDA DE CONSTANCIA ANOTADA MATRICULA No. 3000067928 De conformidad con las disposiciones del Art. No. 92, Párrafo III de la Ley de la Ley de Registro de Título, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Duplicado del Dueño de la Constancia Anotada de la MATRICULA No. 3000067928, propiedad de la Sra. SELEDONIA BRAZOBAN DE LA CRUZ, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula No. 001-0619400-4, que ampara los derechos de una porción de terreno dentro del ámbito de la P. No. 24, del Distrito Catastral No. 20, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo, con una extensión superficial de 5,813.65 Metros Cuadrados, registrado en el Libro 0279, Folio 168. En Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, R.D. Agrim. WILLIAN E. AQUINO Apoderado
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10 LEGAL AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO TITULO
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
PÉRDIDA CERTIFICADO DE TITULO
De acuerdo con lo que dispone el párrafo del artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Art.86 del Reglamento de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título matrícula No. 0100036968, dentro de la parcela No. 202-A, del D.C. No. 32, Distrito Nacional, propiedad de RAMON ANTONIO NINA TRINIDAD, con una extensión superficial de 250.00 mts2.
En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306, Bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 25 del mes de octubre del año 2019, Dictada por la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No. 5332019-SSEN-00680 se ordenó lo siguiente: Falla: Primero: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, Bienvenido Antonio Sánchez Bello, por no comparecer no obstante haber sido debidamente citado; Segundo: Admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre Bienvenido Antonio Sánchez Bello y Maritza Díaz Zorrilla; Tercero: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; Cuarto: Comisiona al ministerial Robinson D. Silverio Pérez, alguacil de estrado de este tribunal, para la notificación de la presente sentencia; Quinto: Compensa las costas del procedimiento. Así mismo se hace saber que en fecha nueve 04/11/2020 el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción de Santo Domingo, Distrito Nacional, procedió a Transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00003 bajo el Acta No. 000236, Folio No. 0003 del año 2020, así se efectuó el pronunciamiento de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del año Dos Mil Veinte (2020).-
De conformidad con lo que dispone el Art.92 párrafo III de la ley 108-5 y 86 del REGLAMENTO para los REGISTROS DE TITULOS en la REPUBLICA DOMINICANA, SE AVISA LA PERDIDA de la constancia del Certificado de Título Matrícula No.0900000924, expedida por el Registrador de Títulos de El Seibo, que ampara una porción de terreno con una extensión superficial de 77,835.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.22 Porción B-14, del Distrito Catastral No.48/3ra, del Municipio de Miches, Provincia de El Seibo, propiedad de los SUCESORES DE JUAN PAEZ, inscrito en fecha 24 de enero del año 2001, bajo el libro No.8, folio 168, volumen 0, hoja 186.
Lic. Jenkin Orozco, Abogado.
De conformidad con lo establecido por el artículo 445 de la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, hacemos de público conocimiento las estipulaciones más relevantes del proyecto de transformación de la Compañía INGENIERA MICHELLE CASTILLO & ASOCIADOS C. POR A, a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, a saber: A) modificación del nombre de la Compañía INGENIERA MICHELLE CASTILLO & ASOCIADOS, C. POR A., la cual en lo adelante se denorninara INGENIERA MICHELLE CASTILLO & ASOCIADOS, S.R.L., regida por la leyes de la Republica Dominicana y sus Estatutos Sociales; B) el domicilio social se mantendrá igual; C) El objeto social se mantendrá igual; D) El ejercicio Social tampoco cambia, será anual y comenzará el 1ero de enero y concluirá el 31 de diciembre de cada año; E) El capital social seguirá siendo de RD $500,000.00 totalmente suscrito y pagado; F) La sociedad será administrada por un gerente, socios o no, que deberán ser personas físicas; su nombramiento podrá ser estatutario o por un acto posterior de la sociedad y tendrá una duración de tres (3) años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente y ejercerán sus funciones hasta tanto sean sustituidos; G) La duración será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el proyecto de transformación, así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el comisario de Cuentas de la sociedad, se convoca a los accionistas de la compañía INGENIERA MICHELLE CASTILLO & ASOCIADOS, C. POR A, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrara en su domicilio y asiento social el día Veinticinco (25) del mes de Noviembre del año 2020. Se les avisa a los accionistas que el proyecto de transformación junto con el informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores, se encuentran a su disposici6n en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la asamblea general extraordinaria que conocerá de la transformación. Santo Domingo, D.N.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de general conocimiento que en fecha veinte (20) de octubre del año dos mil veinte (2020), la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia por de divorcio por mutuo consentimiento, marcada con el No. 532-2020-SSEN-01050, cuyo dispositivo dicta lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Wellington Omar Acevedo Durán y Carla Collado Familia, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en Consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Wellington Omar Acevedo Duran y Carla Collado Familia, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 1, instrumentado en fecha 27 del mes de e nero del año 2020, por la Licda. Yolanda Brito García, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. b) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad de nombres Isabela y Marcos Omar, a cargo de la señora Carla Collado Familia; acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 1, instrumentado en fecha 27 del mes de enero del año 2020, por ante la Licda. Yolanda Brito García, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, por los motivos expuestos. c) Homologa el Régimen de Visita tal como lo acordaron por los cónyuges en causa, el cual se encuentra acto de estipulaciones y convenciones No. 1, de fecha 27 del mes de enero del año 2020, instrumentado por la Licda. Yolanda Brito García, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. d) Homologa y fija la Pensión Alimentaria estipulado y pactado por los cónyuges en causa, de conformidad al acto de Convenciones y Estipulaciones No. 1, de fecha 27 del mes de enero del año 2020, instrumentado por la Licda. Yolanda Brito García, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La sentencia que antecede ha sido pronunciada y transcrita por en fecha cinco (5) de noviembre del 2020, ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en el Libro 00011, Folio 0085, Acta No. 001047 del año 2020. En Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año 2020.
FC 390843
LICDA. MAXIA SEVERINO, Abogada.
FC 380846
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento con el Art. 86 del Reglamento General de la Dirección Nacional de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título, Serial 01966218, Matrícula 3000194179, L. 807, F. 108, Folio 196, a favor de Edward Manuel Aguasvivas Candelario, relativo al derecho de propiedad de los Sres. Mary Grey Feliz Mella y Edward Manuel Aguasvivas Candelario sobre el inmueble “Parcela 36-A-SUB-681, del Distrito Catastral No. 31, que tiene una superficie de 204.13 metros cuadrados, Matrícula 3000194179, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo”. Aviso de conformidad con el párrafo III del artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliaria. FC 390855
FC 390837
LICDA. MARIA MAGDALENA GARCIA PIMENTEL, Abogada Apoderada.
“INGENIERA MICHELLE CASTILLO & ASOCIADOS C. POR A.” CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD $500,000.00 CAPITAL SUSCRITO Y PACADO: RD $500,000.00 RNC No. 1-30-33041-7 AVISO DE TRANSFORMACION
FC 390875
ING. MICHELL CASTILLO MORAN PRESIDENTA
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO TITULO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PÉRDIDA CERTIFICADO DE TITULO
De acuerdo con lo que dispone el párrafo del artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Art. 86 del Reglamento de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 01000369670, dentro de la Parcela No. 202-A, del D.C. No.32, Distrito Nacional, propiedad de RAMÓN ANTONIO NINA TRINIDAD, con una extensión superficial de 250.00 mts2.
En cumplimiento con el Art. 86 del Reglamento General de la Dirección Nacional de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título, Serial 01966218, Matrícula 3000194179, L. 807, F. 108, Folio 196, a favor de Mary Grey Feliz Mella relativo al derecho de propiedad de los Sres. Mary Grey Feliz Mella y Edward Manuel Aguasvivas Candelario sobre el inmueble “Parcela 36-ASUB-681, del Distrito Catastral No. 31, que tiene una superficie de 204.13 metros cuadrados, Matrícula 3000194179, ubicado en Santo Domingo de Guzmán, Santo Domingo”. Aviso de conformidad con el párrafo III del artículo 92 de la ley 108-05 de Registro Inmobiliaria.
De conformidad con lo que dispone el Art.92 párrafo III de la ley 108-5 y 86 del REGLAMENTO para los REGISTROS DE TITULOS en la REPUBLICA DOMINICANA, SE AVISA LA PERDIDA del Certificado de Título Matrícula No.0900000923, expedida por el Registrador de Títulos de El Seibo, que ampara una porción de terreno con una extensión superficial de 122,244.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.22 Porción A-14, del Distrito Catastral No.48/3ra, del Municipio de Miches, Provincia de El Seibo, propiedad de los SUCESORES DE JUAN PAEZ, inscrito en fecha 24 de enero del año 2001, bajo el libro No.8, folio 167, volumen 0, hoja 185.
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADOS DE TITULOS DE INMUEBLES
De conformidad con las disposiciones de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de general conocimiento que en fecha veintitrés (23) de octubre del año dos mil veinte (2020), la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia por de divorcio por mutuo consentimiento, marcada con el No. 532-2020-SSEN-01051, cuyo dispositivo dicta lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores Ravel Elías Domínguez Medina y Jahnna Mariel Jiménez Alvarez, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Ravel Elías Domínguez Medina y Jahnna Mariel Jiménez Alvarez, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 2, instrumentado en fecha 27 del mes de enero del año 2020, por la Licda. Yolanda Brito García, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. La sentencia que antecede ha sido pronunciada y transcrita por en fecha cinco (5) de noviembre del 2020, ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en el Libro 00011, Folio 0071, Acta No. 001040 del año 2020. En Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año 2020.
Se hace de público conocimiento que en circunstancias no determinadas de han extraviado los Certificados de Títulos o matrícula siguientes: 1. El correspondiente a la matrícula # 2400045738, que ampara una porción de terreno de 343 metros cuadrados, dentro de la parcela 164 del DC 16 de Santo Domingo.2.- El correspondiente a la matrícula # 2400045737, que ampara una porción de terreno de 342.95 metros cuadrados, dentro de la parcela 164 del DC 16 de Santo Domingo. 3. El certificado de títulos 1997 Bis de fecha 19 de enero del 2004, que ampara la parcela 995 del DC # 3 del municipio de Duvergé, mismo que fue vendido con Certificado de Título pendiente de entrega al señor Darío Antonio Nin, dominicano, mayor de edad, provisto de la cédula de identidad y lectoral 001-0463833-3, casado con la señora Dari María González de Nín, en fecha veintiuno (21) de octubre de Dos Mil Diecisiete (2017), por lo que este queda facultado a hacer todas las diligencias que sean necesario sobre el referido inmueble a fin de proceder a obtener duplicado por perdida y traspaso a su nombre por haber adquirido dicho inmueble. Todos estos certificados están a nombre de Octavia Adames Heredia dominicana, mayor de edad, soltera identificada con cédula 020-00082913-8. Esta publicación se hace en base a los requisitos de la jurisdicción inmobiliaria a fin de expedir nuevos duplicados por pérdida. En la Ciudad de Santo Domingo, a los 18 días del mes de noviembre del 2020.
FC 390843
LICDA. MAXIA SEVERINO, Abogada.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (ACREEDOR) De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que el Certificado Núm. 2000-884, (Título del Acreedor por un valor de RD$1,650,000.00 pesos, a favor de La Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos Para La Vivienda), propiedad de los Sres. ROSANNA MARIA UREÑA LAJARA Y JOSE MANUEL TAVERAS ALMANZAR, del Inmueble identificado como Inmueble identificado como QUINTA PLANTA (TORRE II), APARTAMENTO No.502-B, DEL COND. TORRES JUAN ANTONIO, con una superficie de 369.89 metros cuadrados, edificado dentro del solar No.1, Manzana No.2591, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. Amparado en constancia de venta anotada en el Certificado de Título No.2000-884, se encuentra extraviado habiendo sido infructuosas todas las diligencias que se han efectuado, para su localización. 18/11/2020. FC 390851
FC 390837
FC 390855
FC 390872
OCTAVIA ADAMES HEREDIA.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha primero (01) del mes de julio año dos mil veinte (2020), séptima sala de la Cámara Civil y Comercial de la del Juzgado de Primera Instancia del D.N., mediante la sentencia civil No. 532-2020-SSEN-00691 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores Elvin Joel Ramírez y Florangel Marina Mariñe Castillo, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Elvin Joel Ramirez y Florangel Marina Mariñe Castillo, por su Mutuo Consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 98/19, instrumentado en fecha 17 de noviembre del año 2019, por ante el Lic. Julio Cesar Severino, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo se hace saber que en fecha treinta del mes de octubre del año 2020 el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del D.N., procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00011 de registros de divorcios, bajo el Acta No.001018, Folio No.0027, año 2020 así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día trece del mes de noviembre del año 2020.
FC 390852
Soraya Geraldino, Abogada.
LICDA. MARIA MAGDALENA GARCIA PIMENTEL, Abogada Apoderada.
AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE COMPAÑIA Y CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA “CONSTRUCCIONES Y SUPERVISIONES CIVILES, C POR A. (COSUCICA),” Capital Social Autorizado RD$500,000.00 Capital Suscrito y Pagado RD$500.000.00 RNC: 1-01-85175-9
De acuerdo a lo establecido por la Ley 479-08, del 11 de Diciembre de 2008, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, modificada por la Ley 31-11 del 10 de Febrero del año 2011, se hace de conocimiento general el proyecto de transformación de la compañía CONSTRUCCIONES Y SUPERVISIONES CIVILES, C POR A. (COSUCICA), en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía CONSTRUCCIONES Y SUPERVISIONES CIVILES, C POR A. (COSUCICA), la cual se denominará “CONSTRUCCIONES Y SUPERVISIONES CIVILES, (COSUCICA) S.R.L, la misma estará regida por las leyes de la Republica Dominicana y los presentes Estatutos; a empresa tendrá como objeto: construcciones, supervisiones de obras civiles, compra, desarrollo, administración y venta de inmuebles, venta de materiales y equipos de construcción, representado de firmas comerciales nacionales y extranjeras, promoción de ventas, la empresa será administrada por un (varios) gerente (5), designado al efecto; la duración de la empresa será por tiempo indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el Balance Financiero Especial, el Informe del Consejo de Directores y un Informe General elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la compañía CONSTRUCCIONES Y SUPERVISIONES CIVILES, C POR A. (COSUCICA), a la Asamblea General Extraordinaria. Que se celebrara en el local de la Compañía el día Dos (2) del mes de Diciembre del año Dos Mil Veinte (2020). El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el informe del Comisario de Cuentas, el Balance Especial y el Informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los Dieciocho (18) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinte (2020). FC 390876
ING. MOISES CELIN MATOS DISLA Presidente
PÉRDIDA DE CERTIFICACION FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 2-200-000984-1 del Banco Bagrícola, de fecha 10/08/2020, por valor de RD$300,000.00. A nombre de NIDIA DE LOS SANTOS, Cédula: 005-0000200-1. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 390897
LEGAL 11
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PUBLICACIÓN POR PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
En virtud del Art. 92 de la ley No. 108-05, sobre registro inmobiliario, párrafo III, se hace de público conocimiento, que se ha extraviado el certificado que ampara la parcela No. 314, DC 10/6ta., Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, sobre una porción de terreno superficial de CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO VEINTICUATRO (5,341.24 MT2) CUADRADOS, MATRÍCULA 3000133988, A NOMBRE DE LA SRA. SECUNDINA JIMENEZ DE SALVADOR (propietaria), cédula No. 5220-28, SEGÚN CONSTA EN EL LIBRO 0486, FOLIO 188. FC 390888
AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio) En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veintidós (22) del mes de julio del año dos mil veinte (2020), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan mediante la sentencia civil No. 0322-2020-SCIV-00129 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Emilio Suero Ramírez y Judely Encarnación Alcántara, conforme al acto de estipulaciones de divorcio marcado con el No. Uno (1) de fecha 28-1-2020, instrumentado por la Dra. Altagracia Yvelisse Arno Fragoso, notaria de los del número del Municipio San Juan de la Maguana. SEGUNDO: Así mismo se hace saber que en fecha diecinueve (19) del mes de octubre del año dos mil veinte (2020) la Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de San Juan de la Maguana, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00001, de registro de DIVORCIO bajo el Acta No.000054, Folio No.0107, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la Ciudad y Municipio de igual nombre San Juan de la Maguana, Provincia San Juan, República Dominicana, hoy día Dieciocho (18) del mes de Noviembre del año dos mil veinte (2020).
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones de la ley 2153, del 12 de Noviembre del Año 1949, que agrega un párrafo al Art. 22 de la ley 1306-bis, sobre divorcio, por medio del presente aviso, el señor ROMULO ALEXIS DURAN DE LA CRUZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número 0010377790-0, pasaporte número 700373007, domiciliado y residente en la calle prolongación Rolando Martínez, No. 323, del barrio Lindo de esta ciudad de San Pedro de Macorís, R.D, por intermedio de su abogado constituido y apoderado especial DR. DAVID DE LA CRUZ GOMEZ, abogado, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.023-0084274-9, Matriculado en el colegio de abogado con el numero 27340-685-03, con estudio abierto en la calle Prolongación Rolando Martínez, No. 339, del barrio Lindo, de la Ciudad de San Pedro de Macorís, R.D.; ADVIERTE a su legítima esposa RAQUEL SANCHEZ POLANCO, de domicilio desconocido en república dominicana, cedula de Identidad y Electoral No. 049-0061129-6, cuyo último domicilio conocido es en la calle Prolongación Rolando Martínez, número 337, del Barrio Lindo, de la provincia de San Pedro de Macorís, R.D. que a falta de información de su domicilio actual, procederá por conducto de su abogado constituido y apoderado especial a EMPLAZARLA en la acción de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres, en la persona del PROCURADOR FISCAL de San Pedro de Macorís, para el día Martes que contaremos a veinticuatro (24), del mes de Noviembre, del año Dos Mil veinte (2020), HA COMPARECER por ante la primera sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro, el día Miércoles que contaremos a nueve (09), del mes de Noviembre, del año Dos Mil veinte (2020), la cual será conocida de manera virtual, a través de la plataforma virtual Microsoft Teams, a las Nueve horas de la mañana (9:00AM), puede comunicarse a los siguientes canales de contacto, del tribunal: (809)-529-3634, ext. 3103 y al correo electrónico: marinreyesOpoderjudicial.gob.do., acogiéndose al plazo establecido en la ley, Tribunal que celebra sus audiencias en la primera sala de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de San Pedro de Macorís, R.D., sito en uno de los salones de la planta baja del palacio de justicia de esta ciudad, ubicada en la manzana formada por las calles Licenciado Laureano canto, hermana Mirabal, Carlos Ordoñez y Bernardino del Castillo; a los fines de conocer de la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres que interpondrá el señor ROMULO ALEXIS DURAN DE LA CRUZ en contra de la legitima esposa RAQUEL SANCHEZ POLANCO, en la ciudad de San Pedro de Macorís a los diecinueve (19) días, del mes de Noviembre, Dos Mil veinte (2020).
FC 390909
Dr. David de la Cruz Gómez Abogado
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 03/12/2020, a las 10:00. A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 3REF-A del D.C. No.17, ubicada en el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, a solicitud de LUZ VAZQUEZ. El DM del expediente es: 6632020044614, según autorización de fecha 17 de noviembre del año 2020.
NOTIFICACIÓN DE TRABAJOS DE DESLINDE Expediente No. 6632020044509 En Cumplimiento con lo establecido en los artículos 75, 167 y 168 del Reglamento de Mensuras Catastrales y de la Ley 108-05, del Registro Inmobiliario hacemos de público conocimiento que al día 30 del mes de Noviembre del 2020, a partir de la 9:00 A.M. se dará cumplimiento a la autorización mencionada en la referencia otorgada al agrimensor AGRIM. MOISES GARCIA GARCIA, para que realice el levantamiento dentro del ámbito de la Parcela No.6-Ref-B-1-A-1-C-7-D, del Distrito Catastral No. 04, del Distrito Nacional, Propiedad de: DOUGLAS SAVIÑON LEOKE, SAGRARIO CAROLINA REYES VILLAR.
FC 390879
AGRIM. MOISES GARCIA GARCIA. Codia No. 16788.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, y para general conocimiento se hace saber lo siguiente: que en fecha 29-10-2020, la 7ma. Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, evacuo la sentencia No. 00207/2020, y su dispositivo copiado íntegramente dice así: Falla: PRIMERO: Declara regular y valido en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Ramon Herrera y Eusebia Sánchez González, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Ramon Herrera y Eusebia Sánchez González, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 1-2019, instrumentado en fecha 08 de octubre del 2019, por la Dra. Cesarina De La Cruz Torres, Notario Público de los del Numero para la provincia Santo Domingo, por los motivos que precede. B) Otorga la guarda y cuidado del menor de edad Darkin Enoc, a cargo de la señora Eusebia Sánchez González: acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 1-2019s, instrumentado en fecha 09 de octubre del 2019, por ante la Dra. Cesarina de la Cruz Torres, Notario Público de los del Numero del para la Provincia Santo Domingo, por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena a la parte interesada presentarse por ante el Oficial de su elección, uya sea la 5ta. Circunscripción de Santo Domingo Norte, ubicada en la calle Penetración No 9.203, Buena Vista 1ro. sector Villa Mella, Municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo; la 7ma. Circunscripción de La Victoria, ubicada en la calle Juan Pablo Duarte #37, Alto, Distrito Municipal de La Victoria, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, a pronunciar la presente decisión. Y por esta, nuestra sentencia, ordena, manda y firma: Firmado: Mag. Brenda D. Galán Gutiérrez, Jueza Wellinghthon de la Rosa de Jesús, Secretario que certifica. Esta sentencia ha sido pronunciada en la Oficialía del Estado Civil de la 5ta. Circunscripción de Santo Domingo Norte, en fecha 1711-2020, en el libro no.00002, folio 0143, bajo el acta no. 000172, del año 2020.
Dr. OSIRIS MANUEL PEREZ ORTIZ, Abogado apoderado.
Francisca Mercedes Eusebio Martínez Agrimensor Contratista Codia 28612
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
Se hace público conocimiento que el día 5 de diciembre del 2020, a las 11:00 a.m., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, en el ámbito de la Parcela No. 205, del D.C. 6, Municipio Santo Domingo Este, lugar Ens. Isabelita, Provincia Santo Domingo, autorizado como expediente No. 6632020041984, a petición de: Orquídeas Renvill Oviedo.
Se hace de público conocimiento que el día 05/12/2020, a las 10:00. A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 49 del D.C. No.03, ubicada en el Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, a solicitud de CARLOS JOAQUIN GRULLON INOA. El DM del expediente es: 6622020100632, según autorización de fecha 17 de noviembre del año 2020.
Expediente No.6642020056669 Por medio de la presente hacemos de público conocimiento y a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento central que el día 04 de diciembre, a las 10:00 a:m daremos inicio a los trabajos de Campo, para iniciar el trabajo de Saneamiento, dentro del ámbito, del D. C. 08 del Municipio Pedro Brand, Provincia Santo Domingo. Trabajos que se realizaran en mi condición de Oficial Publico y Auxiliar de la Justicia, apegado a las normas establecidas en el Reglamento General de Mensuras Catastrales y articulados de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, a favor de la SRA. JOSEFINA ALMONTE.
Francisca Mercedes Eusebio Martínez Agrimensor Contratista Codia 28612
JUAN PABLO MONTERO CALDERÓN Agrimensor Contratista CODIA.26913
Agrim. Franklin Antonio Figueroa CODIA: 5085
Poder Judicial REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL SUPERIOR DE TIERRAS DEL DEPARTAMENTO NORTE EN NOMBRE DE LA REPUBLICA No. Expediente Nuevo 0495-18-03019 AUTO DE FIJACION DE AUDIENCIA Motivo: RECURSO DE APELACION El Magistrado SEGUNDO E. MONCION, Juez-Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Superior de Tierras de Santiago, asistido de la Secretaria General, dictó el presente auto: Visto: El expediente relativo al (los) inmueble (s) que se detallan más adelante: Inmuebles: Provincia Santiago, municipio Santiago, D.C. Pos. 312507575697, 312507576975, 312507571781, 312507572941, 312507582072, 312507583113, 312507584203, 312507586692 y 312507599417, D.C. No. 6, Parcela 1078. Visto: Los artículos Nos. 35-H y 53 del Reglamento de los Tribunales. Visto. La instancia de solicitud de fijación de audiencia de fecha 28 de agosto del año 2020, suscrita por el LICDO. FREDDY ANTONIO ACEVEDO, LIC. JESUS MARIA RODRIGUEZ CORSINO, en representación de ANTONIO MANUEL FRASIO CABRERA Y COMPARTES, para conocer del expediente de motivo RECURSO DE APELACION, interpuesto ante este Tribunal Superior de Tierras en fecha 17/12/2018. RESUELVE: Primero: Fijar la audiencia para el día 07 del mes de Diciembre del año 2020, (07/12/2020), a celebrarse a las 9:00 A.M. en la Sala de Audiencias del Tribunal Superior de Tierras del Departamento Norte, ubicado en el lugar calle Lic. Ramón García No. 77, Ensanche Román I, 2do. Nivel del edificio de la Jurisdicción Inmobiliaria de la Provincia Santiago. Segundo: Ordena la citación de los colindantes. Dado: Por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Norte, situado en la provincia de Santiago, el día 30 de septiembre de 2020, año 177 de la Independencia y 157 de la Restauración. Mag. Segundo E. Monción Juez-Presidente, Segunda Sala del TST, Santiago
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Se hace de público conocimiento: Que el día 02/diciembre/2020, a las 10:00 A.M., se iniciarán los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, EXP. No. 6642020040193, según la Autorización de mensuras de fecha 16 septiembre del 2020, en el Distrito Catastral No. 02, lugar la Laguneta, Municipio y Provincia de San José de Ocoa, propiedad de los señores MANLIO EDUARDO CINTRON FIGUEREO, dominicano, mayor de edad, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad No. 003-0056495-2, provisto del pasaporte No. 457949387, y ANGEL LINCOLN FIGUEREO BAEZ, dominicano, mayor de edad, Soltero, agricultor, portador de la cedula de identidad No. 402-2425107-0, provisto del pasaporte No. 204559323, ambos domiciliados y residente en los Estados Unidos de Norteamérica y accidentalmente en la casa No. 61, calle, Andrés Pimentel, municipio y provincia de san José de ocoa, Rep. Dom. SE ADVIERTE: A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN ALGUN INTERES, FAVOR COMUNICARLO A LA DIRECCION REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES, DEPARTAMENTO REGIONAL ESTE, O AL TRIBUNAL DE TIERRAS COMPETENTE.
DEYBIS RAFAELIN MARTINEZ GONZALEZ Agrimensor contratista, CODIA-35416 Cel. 809-778-9340
FC390873
FC 390874
DR. NARDO A. MATOS B. 1-809-980-5757 y 770-8961
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
Se hace de público conocimiento que el día 05/12/2020, a las 10:00. A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 49 del D.C. No.03, ubicada en el Municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, a solicitud de CARLOS JOAQUIN GRULLON INOA. El DM del expediente es: 6622020100624, según autorización de fecha 17 de noviembre del año 2020.
En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcios y sus modificaciones se hace de público conocimiento que: Que en fecha catorce (14) del mes de agosto del año dos mil veinte (2020), la Cámara civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Valverde, dictó la Sentencia No. 0405-2020SSEN-00425, cuyo dispositivo dice textualmente lo siguiente: FALLA: Primero: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada, por no haber comparecido estando legalmente citada; Segundo: Admite el divorcio entre los señores FRANKUN RAFAEL SUERO CARMONA Y LUZ DEL CARMEN GERMAN DE LA ROSA, por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres; Tercero: ordena al esposo más demandante a presentarse por ante la Oficialía del Estado Civil de Mao, para hacer pronunciar el presente divorcio; Cuarto; Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos, y comisiona al ministerial José Ramón Reyes, para que notifique la presente Sentencia. Firmado por: Juan Miguel Pérez Gómez: Juez; Jordana Cruz Minaya, Secretaria. La Sentencia que antecede previa formalidad de la ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil del Municipio de Mao, en fecha diecisiete (17) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), en el Libro No. 00004, de Registro de Divorcio, Folio No. 0165, Acta No. 000383, del año 2020. Publicación requerida y autorizada por el firmante abogado y apoderado especial. En la ciudad y Municipio de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
Francisca Mercedes Eusebio Martínez Agrimensor Contratista Codia 28612
ALMACEN DE DEPOSITO FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADELA), S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA En cumplimiento con lo establecido en el artículo 21 de los Estatutos Sociales de la razón de comercio ALMACEN DE DEPOSITA FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADELA), S.A, así coma del articulo 197 de la Ley 479-08, se convoca a todos los accionistas de la razón de comercio ALMACEN DE DEPOSITA FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADELA), S.A., para que asistan a la Asamblea General Extraordinaria, que se celebrara en el domicilio social de la razón de comercio sito en la Autopista Las Américas, Km. 8 1/2, Ensanche Isabelita, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, el día MIERCOLES VEINTICINCO (25) que del mes de NOVIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2020), a las tres horas de la tarde (3:00 P.M.), a los fines de agotar la siguiente Agenda del día, a saber: Punto 1: Conocer y Aprobar el Informe del Comisario de Cuentas de la razón social ALMACEN DE DEPOSITO FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADELA), S.A., correspondiente a1 año 2019, Punto 2: Conocer y decidir de la Liquidación de los beneficios en relación a las Inversiones realizadas por los acciones de la razón social ALMACEN DE DEPOSITO FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADELA), S.A., correspondiente al periodo 2018-2019. Punto 3: Conocer y decidir de la cancelación del Certificado de acciones marcado con el Num. 026, a nombre del señor GERMAN VALDEZ OGANDO, en virtud de que el mismo no ha probada por ante la razón de comercio ALMACEN DE DEPOSITO FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADELA), S.A., el aporte realizado por este, en relación a1 referido Certificado. Punto 4: Conocer y decidir sobre la actualizaci6n de los Estatutos de la razón de comercio ALMACEN DE DEPOSITO FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADEIA), S.A., Punto 5: Conocer y Decidir de la Ratificación o Nombramiento del Consejo de Administración de la razón social ALMACEN DE DEPOSITO FISCAL Y GENERAL LAS AMERICAS (ALMADELA). Punto Libre. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Dieciocho (18) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinte (2020).
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ING. HARDY MANUEL SANTANA NUÑEZ Presidentes
LIC. PEDRO MERCEDES, Abogado Apoderado. 015-0002197-5. 809-626-2482.
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que el día sábado (28) de noviembre del año 2020, a las 9:00 A.M., se realizarán los trabajos de Subdivisión de la Parcela No. 27-Prov-O, del D.C. No. 4, del Distrito Nacional. A petición de los Sres. Gilberto Sang Chiang, Humbisto Sang, Kenny Sang Flores, los cuales serán ejecutados por el Agrim. Ángel D. Mendoza Hinojosa, mediante autorización de Expediente No. 6632020043995 de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dpto. Central. FC 390934
Agrim. Ángel D. Mendoza Hinojosa Codia 28428
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
12 LEGAL AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DUPLICADO DEL DUEÑO
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
En cumplimiento con lo que dispone el Art.92, Párrafo III de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario de fecha 23 de marzo del 2005, y el Art. 86, Literal b, del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de Público conocimiento la pérdida del Certificado de Titulo Duplicado del dueño, Matricula No. 3000140235, que ampara el inmueble identificado como LOCAL COMERCIAL NO. 3-B, Ubicado en Santo Domingo De Guzmán, Provincia Santo Domingo, con un área de 32.50.00 metros cuadrados a nombre de UBALDO PELEGRIN OLIVO ALBA.
Vista: la autorización para realizar los trabajos de mensura para el deslinde dictada por la dirección regional de mensuras catastrales del departamento norte, en fecha 27 de octubre del 2020 a favor de YNOCENCIA GARCIA OSORIA RELATIVO AL EXP. No.6622020090981. Se avisa al público general: Que el día 02 de Diciembre del 2020 a las 9:30 A.M., se dará comienzo a la mensura relativo al inmueble identificado como PARCELA 66 del D.C. 18 del municipio de SANTIAGO, provincia SANTIAGO. UBICADO EN LA CALLE ORLANDO MARTINEZ, DEL SECTOR DE ARROYO HONDO ABAJO. Se advierte: A todas las personas que tengan algún interés en el deslinde a ejecutarse dentro del INMUEBLE IDENTIFICADO como parcela 66 del D.C. 18 del municipio de SANTIAGO, provincia SANTIAGO. que deben comunicarlo con anticipación o en el momento de la mensura al agrimensor encargado o al director regional de mensuras catastrales del departamento norte, de conformidad con el artículo 143 de publicidad del reglamento general de mensuras catastrales esta mensura será practicada por el agrimensor Juan Rafael Cabrera Morel, Codia No. 14329.
De conformidad con el artículo 92 párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha perdido el CERTIFICADO DE TITULO (Duplicado del dueño) No.137, de la parcela 536, libro 808, folio 44, del Distrito Catastral No. 11 de Santiago, expedido por la Registradora de Títulos de Santiago, a nombre de la señora ANA ANTONIA HERNANDEZ CASTRO y/o ANA HERNANDEZ.
Agrim. Juan Rafael Cabrera Morel, Codia. 14329.
LIC. VICTOR DE JESUS PANTALEON ACEVEDO Abogado-Apoderado
FE DE ERRATA
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
AVISO MENSURA CATASTRAL
YO, Agrimensor DANNY ROSARIO SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula No.049-0078411-9, CODIA No. 32637, domiciliado Barrio la cruz calle D del municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, hago constar para CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL, ASÍ COMO A LA DIRECCIÓN REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES DEPARTAMENTO NORESTE, que en fecha 14 de Agosto del año 2020, fue publicado en el periódico, un aviso de mensura, en cual se cometió un error consignando en el nombre de la operación de mensura, la cual se le puso deslinde de la parcela No. 22 del D.C. 05 de Cotuí, cuando en realidad la operación correcta era Saneamiento de la parcela No. 22 del D.C 05 de Cotuí, dicho aviso es relativo a al expediente 6612020020498.
POR TALES MOTIVOS, vista la Constitución Dominicana en sus artículos 55 y 69 y en mérito de los artículos 1,2 inciso A, y del 26 al 33 de la Ley 1306-Bis de Divorcio; 130 y 131, reformado del Código de Procedimiento Civil;
Expediente Nº 6622020099618 Se avisa que el día 26 de NOVIEMBRE del 2020, a las 12.00 p. m., daremos inicio a los Trabajos de Deslinde de dos porciones, dentro de la: Parcela Nº 413, Del D. C. Nº 11.Las Maras, Municipio y provincia La Vega, Propiedad de los señores: -RELAX TIME IN AGMA MOTEL S.R.L, representada por el señor AGRIPINO MARTE ALMANZAR Área 4,327.89 mts2. Y 10,730.05 mts2. Estos trabajos fueron autorizados por Mensuras Catastrales Depto. Norte en fecha de 16/11/2020. Se citan los colindantes y demás interesados.
FC 390915
FC 390940
AGRIM. DANNY ROSARIO SÁNCHEZ CODIA NO. 32637
AVISO DE INCORPORACIÓN DE FUNDACION Para el fiel cumplimiento de lo establecido por el artículo 5 de la Ley No.122-05 sobre la promoción y fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha diez (10) del mes de enero del año Dos Mil Veinte (2020), se firmaron los Estatutos Sociales de la FUNDACION CAPER DOMINICAN AVIATION SCHOOL. Que en la Asamblea General Constitutiva celebrada el día diez (10) del mes de enero del año Dos Mil Veinte (2020), fue realizada la celebración de la asamblea constitutiva de la FUNDACION CAPER DOMINICAN AVIATION SCHOOL, mediante la cual fueron aprobados los Estatutos Sociales de la fundación. Que el objetivo de la FUNDACION CAPER DOMINICAN AVIATION SCHOOL, es: (a) La formación de mecánicos de aviación; b) elaborar estrategias sociales y económicas sostenibles, para la promoción, formación y desarrollo de una escuela de formación próspera, basada en el trabajo, en los principios éticos y profesionales; c) fomentar y participar en la educación, el análisis, investigación, formulación, evaluación y promoción de políticas en el área de la aviación; y (c) fomentar el intercambio de información y conocimientos con los organismos técnicos-profesionales públicos y privados de la República Dominicana, para la aplicación de dichas estrategias y contribuir en el desarrollo en general. La fundación podrá llevar a cabo sus objetivos en la República Dominicana y en el extranjero; tal como se establece en el artículo 1 de los estatutos sociales. Que el domicilio social de la fundación se ha establecido en la calle 9, esquina A, No.8, Manzana 30, ciudad La Palma, Distrito Municipal Verón-Punta Cana, Municipio Salvaleón de Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana. Que la duración es indefinida. Que los (as) miembros (as) fundadores (as) son: José Luis Cabreja Pérez, Virgilio Sánchez, Ana Antonia Pérez de Sánchez, Robinson de Jesús Gómez Rosario y Clarisa Ramona Caba Jiménez de Rodríguez. Que, de acuerdo a los Estatutos, el Consejo de Directores es el representante de la institución frente a terceras personas. Que de acuerdo a los Estatutos el Consejo de Directores está compuesto por: un Presidente; un Secretario; un Tesorero, un Primer Vocal y un Segundo Vocal. Que en la Asamblea General Constitutiva que aprobó los Estatutos Sociales se designó los miembros del Consejo de Directores, para el primer período a las personas siguientes: José Luis Cabreja Pérez-Presidente; Virgilio Sánchez-Secretario; Clarisa Ramona Caba Jiménez de Rodríguez-Tesorero; Ana Antonia Pérez de Sánchez-Primer Vocal; y Robinson de Jesús Gómez Rosario-Segundo Vocal. Que mediante la Tercera Resolución de la Asamblea Constitutiva de fecha 10 del mes de enero del año 2020, se autorizó la incorporación de la FUNDACION CAPER DOMINICAN AVIATION SCHOOL. Que en fecha 08 de junio del 2020, la Procuraduría Regional de San Pedro de Macorís, emitió la Resolución No.034-2020, otorgando el beneficio de la incorporación de la FUNDACION CAPER DOMINICAN AVIATION SCHOOL. Que los documentos constitutivos de la FUNDACION CAPER DOMINICAN AVIATION SCHOOL, fueron depositados en fecha 5 del mes de octubre del 2020, en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia; y en fecha 5 del mes de octubre del 2020, en la Secretaría del Juzgado de Paz del Municipio de Higüey, las cuales ambas instituciones judiciales emitieron las Resoluciones Nos.0049-2020 y 003712020, respectivamente, de fecha 18 de noviembre 2020 y 3 de noviembre 2020, haciendo constar los respectivos depósitos. En ciudad La Palma, Verón, Punta Cana, Provincia La Altagracia, República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año Dos Mil Veinte (2020).
FC 390943
José Luis Cabreja Pérez Presidente
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Cortésmente me dirijo a usted dando cumplimiento al Artículo 75 del Reglamento General de Mensura vigente a la fecha, para informarle que el día 30 de noviembre del 2020, a las 9:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de Actualización de Mensuras, a favor de ERIC RAFAEL DIAZ DIAZ, en la Parcela No. 22-REF-SUB-190, del Distrito Catastral No. 12 del Municipio y Provincia del Distrito Nacional, ubicado partiendo desde la Plaza Los Hidalgos, sobre la avenida Los Hidalgos, en dirección oeste hasta el final de la misma, girar a la derecha en la calle Las Flores y a unos 30 metros, en el Residencial Los Hidalgos, ahí se encuentra el inmueble, de acuerdo con la autorización de Mensura de fecha 13 de noviembre del 2020, presentada y recibida en la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, en la misma fecha antes mencionada, correspondiente al expediente No. 6632020043944. De igual manera estoy comunicándole a los colindantes para que estén presentes a la hora y día indicado en el aviso.
LA SEXTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL FALLA: “PRIMERO: Declara como regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Luis Catalino Vandepool y Marielly Larissa Peña Cedeño, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 273-19 instrumentado en fecha 20 del mes noviembre del año 2019, por ante el Lic. Priska Ventura, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio.” La sentencia antes citada ha sido debidamente pronunciada, por el Oficial del Estado Civil de la 11va Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha veintiséis (26) de octubre del dos mil veinte (2020). FC 390935
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE EXPEDIENTE No. 6632020036875. En virtud de la Autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales de fecha: 04 de Noviembre del año 2020; Se hace de público conocimiento que el día Jueves 10 Diciembre del año 2020 a la 10:00 A.M. se procederá a realizar el levantamiento parcelario para DESLINDE, dentro del ámbito de la Parcela No. 46 del D. C. No. 11 del Municipio Los Alcarrizos, Provincia de Santo Domingo, ubicada en la calle Flor de Libertad No. 10, esquina calle Los Humildes, Pantoja, Municipio Los Alcarrizos, Provincia Santo Domingo, propiedad de BOLJA ALTAGRACIA MADERA y FRANKLIN ERNESTO TEJADA. Se advierte a todas las personas que tengan algún interés que deben presentarse el día y la hora en que serán realizados estos trabajos de Deslinde.
FC 390931
LUIS ANTONIO VARGAS HIDALGO, CODIA No. 5585.
(QM-AC-19047-PC)
NEWTON R. GUZMÁN GARCÍA Agrimensor Contratista CODIA: 27405
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el artículo 22 de la ley No. 1306-Bis, del veintiuno (21) de mayo del año1937, sobre Divorcios en la República Dominicana, modificado por la ley 2153 de 1949, se hace constar que el señor ANGEL VINICIO INFANTE LORA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 053-0036584-7, domiciliado y residente en Los Estados Unidos de Norteamérica, quien tiene como abogada constituida y apoderado especial a la LICDA. AMPARO ABREU PERALTA, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 053-0001380-1, abogada de los tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la calle Salome Ureña No. 21, de este Municipio de Constanza, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda. Advierte a su legítima esposa señora MARINA VARGAS, de nacionalidad Dominicana, que a falta de información de su actual domicilio, se procederá a emplazar sobre acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza y en la secretaria y puerta del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, el día veintinueve (29) del mes de diciembre del año Dos Mil Veinte (2020), para que comparezca a la audiencia en modalidad virtual en que será conocida la referida demanda, y a través de la plataforma Microsoft Teams el día que contaremos a trece (13) del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021), a las doce y diez (12:10 p.m.) horas de la tarde, para conocer de la referida demanda y para información de acceso comunicarse al teléfono 809-539-3055, o ingresando al portal de internet www.serviciojudicial.gob.do, enlace rol de audiencias, completando formulario correspondiente. En la ciudad y Municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
LICDA. AMPARO ABREU PERALTA Abogada Apoderada
(AC-19032-PC-18-19-20/11/2020)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO
En cumplimento con las disposiciones legales contenida en el artículo 22 de la Ley1306-bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que el señor BERNARDO MARTINEZ JAQUEZ dominicano, mayor de edad, casado, Empleado Privado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número 031-0287674-9, domiciliado y residente en la calle Pedro Infante, Casa 04, del Sector Cristo Rey, del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago; quien para los fines del presente divorcio tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. JOSE ALBERTO RIVERA, dominicano, mayor de edad, Abogado, debidamente matriculado en el Colegio de Abogados Dominicano bajo el número 72218-50-17, con su estudio profesional abierto en la calle San Luis No 14, Edilicio Dumit, segundo nivel, modulo 1, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros; Por medio del presente advierte a su legítima esposa la señora ANA TERESA FERNANDEZ RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido es la calle No. 31, casa No.7 las Colinas, del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, que procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago el día viernes veinte (20) de NOVIEMBRE del año 2020, para que comparezca a la audiencia que fue fijada para el día martes ocho (08) de diciembre del año 2020 a las 9:40 a.m., modalidad virtual, expediente (NUC): 1451-2020-EC1V-00231, por ante la SEXTA (6ta) SALA civil y comercial, en sus atribuciones de familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, la cual celebra sus audiencias en el palacio de justicia Lic. Federico C. Alvarez, primer nivel, ubicado en la manzana formada por las avenidas 27 de Febrero y Mirador Yaqué (Circunvalación), y las calles E. Guerrero y Ramón E. García, del sector Ensanche Román I, en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, cuya demanda de divorcio será conocida en el salón de audiencias del tribunal de asuntos de familia, en el municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago.
Se hace de público conocimiento, que el día Lunes que contaremos a veintitrés (23) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), a las nueve (9:00) horas de la mañana, en el Mercado Modelo de Pueblo Nuevo, se procederá a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mayor postor y último subastador, por causa de EMBARGO EJECUTIVO, de los siguientes muebles: 1.- Un camión Daihatsu Delta, cama larga color azul, Placa L-231933; 2- Una jeepeta Cadillac, color negro, Placa G282327. Estos muebles han sido embargados a Benancio Antonio Rodríguez Olivo, a requerimiento y persecución de Pedro Ramón Estévez Estévez. Se advierte a los licitadores, que de acuerdo con la Ley, los efectos a subastar deben ser pagados al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero Público. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, hoy día dieciséis (16) del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinte (2020).
JOSÉ JOAQUÍN BREA RODRÍGUEZ Alguacil En funciones de Vendutero Público
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO
Cortésmente me dirijo a usted dando cumplimiento al Artículo 75 del Reglamento General de Mensura vigente a la fecha, para informarle que el día 30 de noviembre del 2020, a las 11:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de Deslinde a favor de ESTERVINA GUZMAN RODRIGUEZ, en la Parcela No. 56-B-1-A, del Distrito Catastral No. 03 del Municipio y Provincia del Distrito Nacional, ubicado desde la intersección entre la calle Primera y la calle A, a unos 45 metros al sureste, a la derecha, en Las Caobas, ahí se encuentra el inmueble, de acuerdo con la autorización de Mensura de fecha 13 de noviembre del 2020, presentada y recibida en la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, en la misma fecha antes mencionada, correspondiente al expediente No. 6632020043952. De igual manera estoy comunicándole a los colindantes para que estén presentes a la hora y día indicado en el aviso.
VISTA: La Autorización de Mensuras, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, en fecha 02 Noviembre 2020 a petición de, GERMAN VARGAS DELGADO Y ALTAGRACIA CANELA ABREU propietarios. Se avisa al público en general: Que el día 30 Noviembre del 2020, a las 9:00 A.M., se dará comienzo al saneamiento del Expediente No. 6622020094020, del D.C. 02, Ubicado en paso Bajito del Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega. Propiedad de los señores GERMAN VARGAS DELGADO Y ALTAGRACIA CANELA ABREU. Este saneamiento será practicado por el AGRIM. NELSON Y. MARTINEZ, Codla No. 21027, domiciliado y residente en la calle 16 de Agosto, Edif. Ramia No. 124, Santiago, República Dominicana.
Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1308 (Bis) sobre divorcio y sus modificaciones, el señor, ANGEL ARECIO OSORIO PENA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 095-0000271-3, domiciliado y residente en Los Estados Unidos de América, quien tiene como abogado Constituido y Apoderado Especial al LICDO. JUAN DIONICIO AMARANTE ROJAS, Dominicano, Mayor de edad, Casado, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 054-0031210-3, miembro activo del Colegio de Abogado de la República Dominicana, Matriculado bajo el No. 721481-08, con estudio profesional abierto en la Calle Restauración No.83, Módulo 08, 4ta. Planta, de Esta Ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, ADVIERTE: a su legítima esposa señora MARIA RAMONA ROSA SANTIAGO, cuyo último domicilio conocido por su esposo lo fue Calle Isidoro Alba S/N, frente a la entrada Uveral, Sector Los Adames, del Municipio de Licey al Medio, Santiago, que a falta de información sobre su domicilio actual y residencia, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Ciudad de Santiago de los Caballeros, en su despacho ubicado en uno de los Apartamentos del Palacio de Justicia de Santiago, sito en la Manzana formada por las Avenidas 27de Febrero, Circunvalación, y las calles Lic. Ramón García y E. Guerrero, del Ensanche Román 1, de esta Ciudad de Santiago de los Caballeros, el día viernes que contaremos a veinte (20) del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinte (2020), a las nueve (9:00) horas de la mañana, para que comparezca por ante la quinta (5ta.) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago (Asuntos de Familia), ubicada en el Edificio que aloja las oficinas del Palacio de Justicia, Licdo. Federico C. Álvarez, de esta Ciudad de Santiago de los Caballeros, situado en la Manzana formada por las Avenida 27 de Febrero, Circunvalación, y las calles Lic. Ramón García y E. Guerrero, del Ensanche Román 1, de esta Ciudad de Santiago de los Caballero, a la Audiencia que celebrará dicho tribunal en atribuciones civiles, el día jueves, que contaremos a tres (3) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), a las nueve y quince (9:15), horas de la mañana. Publicación autorizada por el infrascrito abogado apoderado especial, en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia del mismo nombre, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de Noviembre del años Dos Mil Veinte (2020).
AGRIM. NELSON V. MARTINEZ, Codia No. 21027.
LICDO. JUAN DIONICIO AMARANTE ROJAS, Abogado de la parte demandante.
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Atentamente: JOSE JAVIER FELICIANO DIAZ Agrim.-Contratista Codia 28584
Atentamente: JOSE JAVIER FELICIANO DIAZ Agrim.-Contratista. Codia 28584
LIC. JOSE ALBERTO RIVERA, Abogado – Apoderado.
LEGAL 13
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 9601048766 documento no.146632 fecha de apertura 22/08/2018 expedido por un valor de RD$51,070.00 (CINCUENTA Y UN MIL SETENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: ANGELA DE LA ROSA REYES Depositante (REP-AAR-AC-19019-WP-18-19-20/11/2020)
Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado financiero No. 9602478679 del Banco de Reservas de la República Dominicana, de fecha 07/02/2020, por valor de $2,500,000.00 a nombre de Denisse Marie Brito Avilés, Cédula 402-3827371-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 390801
PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 22, de la ley No.1306 (Bis) sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor ANTONIO OLIVA MALDONADO DUARTE, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral número 031-0491225-2, domiciliado y residente en el municipio de sabaneta, Santiago Rodríguez, ha conferido PODER ESPECIAL, tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario, en favor del LIC. ANGEL SANTOS DIAZ, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, matriculado en el Colegio Dominicano de Abogado, bajo el No. 60381-4-16, con estudio profesional abierto en la calle Mella, No.2, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, con domicilio ad-hoc, en la secretaria de la Cámara Civil, Comercial y de trabajo, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, donde mi representado hace elección de domicilio y le participa a su legítima esposa, señora CARMEN ELSA CEDEÑO PEREZ, cuyo último domicilio y residencia conocido por su esposo fue en la calle José Cabrera número 32, de esta ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, y actualmente es desconocido por su esposo, que a falta de información relativa a su lugar de residencia actual procederá a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día LUNES que contaremos VEINTITRES (23) del mes de NOVIEMBRE, del año DOS MIL VEINTE (2020), en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, en su despacho, situado en el Palacio de Justicia de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, sito el edificio marcado con el número 54, en la esquina de la calle Pedro Thomas y calle Gregorio Luperón, de esta ciudad de San Ignacio de Sabaneta Santiago Rodríguez, para que comparezca como fuese de derecho por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, el día LUNES que contaremos a SIETE (7) del mes de DICIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2020) a las NUEVE Y CUARENTA Y CINCO (9:45 A.M.) horas de la mañana, a la audiencia virtual, en Salón de Audiencias de la primera planta del palacio de justicia de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, el cual está ubicado en el edificio marcado con el número 54, en la esquina de la calle Pedro Thomas y calle Gregorio Luperón, de esta ciudad de San Ignacio de Sabaneta Santiago Rodríguez, en la cual se procederá a conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido que se propone intentar el señor ANTONIO OLIVA MALDONADO DUARTE, en contra de su legítima esposa. En la ciudad de ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, a los diecisiete (17) días, del mes de noviembre, del año Dos Mil Veinte (2020).
LICDO. ANGEL SANTOS DIAZ, Abogado de la parte demandante.
Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado financiero No. 9601058327 del Banco de Reservas de la República Dominicana, de fecha 27/8/2018 por valor de $1,000,000.00 a nombre de Denisse Marie Brito Avilés, Cédula 402-3827371-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 390801
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 639399, emitido en fecha 24 de octubre 2014, del BANCO POPULAR DOMINICANO, S.A., BANCO MULTIPLE, propiedad de la señora ANTONIA MELENDEZ BELTRAN, cédula 0010469755-2. FC 390663
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22 de la Ley 821, sobre organización Judicial, modificado por la Ley 50-2000, EMILIANO PIÑA ROMERO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 224-0034488-7, domiciliado y Residentes en la avenida Alemania, presidencial suite no.77,Bavaro, Higuey Provincia La Altagracia, República Dominicana, quien tiene como abogado apoderada Lic. Jenny Altagracia Contreras Inoa , dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1441375-0, abogados de los tribunales de la República Dominicana, portadores de la matrícula el Colegio de Abogado número 35462-201-06, con estudio profesional abierto en la avenida España, plaza Riviera, local 107 -C, primer nivel, Bávaro, Higüey, República Dominicana, ADVIERTE y hace saber por medio de la presente a su legítima esposa BRENDA PATRICIA LOPEZ ARGÜELLO, nacionalidad mexicana, mayor de edad, casada, portadora del pasaporte No. G19925720, que a falta de información relativa a su residencia, ya que su última residencia conocida por el esposo es el Presidencial Suite Apto 408, El Cortecito, Bavaro, Punta Cana, Provincia La Altagracia. en atención a la disposición del artículo 22, de la Ley 821, sobre organización Judicial, modificado por la Ley 50-2000 y por medio de la presente publicación su legítimo esposo señor EMILIANO PIÑA ROMERO procederá a emplazarla en acción de Divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES. Por ante el magistrado procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Altagracia, en la calle Agustín Guerrero No. 55; en fecha 10 de Diciembre del 2020, para que comparezca por ante la primera sala de la cámara civil y comercial del Distrito Judicial de La Altagracia el día Martes 12 del mes de Enero del año 2021, (también puede ser virtual ) a las Nueve (09:00) horas de la mañana por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia a la audiencia civil a puertas cerradas que celebrará dicho Tribunal en sus salones de audiencias sito en la calle Agustín Guerrero Numero 55, Altos es donde se encuentra ubicado el palacio de Justicia de Esta Ciudad de La Altagracia, a los fines de conocer la demanda de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres incoada por el señor EMILIANO PIÑA ROMERO en contra de la señora BRENDA PATRICIA LOPEZ ARGÜELLO. En la Ciudad y Municipio de Salvaleón de Higüey, Provincia de La Altagracia, República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre del Dos Mil Veinte (2020).
FC 390659
Lic. Jenny Altagracia Contreras Inoa Abogado Apoderado
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor D’ANDRE ABEL FREEMAN, estadounidense, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, Rep. Dominicana, pasaporte no.472241403; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ORLANDO DANIEL MARMOLEJOS ROBLES, cedula no. 047-0007308-5, con estudio profesional abierto en el NO.50-A de la Ave. Monseñor Panal Edif. Profesional Monseñor Panal Apto.502, de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora DIANA NUÑEZ DE FREEMAN cuyo ultimo domicilio conocido lo fue Calle 4 casa numero 109 Villa Estefania, municipio Sabana Iglesia, provincia Santiago, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 24 del mes de NOVIEMBRE del año 2020 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia PRESENCIAL que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 14 del mes de DICIEMBRE del año 2020 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, Rep. Dominicana, a los 18 días del mes de NOVIEMBRE del año 2020.
LIC. ORLANDO DANIEL MARMOLEJOS ROBLES Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-19039-WP-18-19-20/11/2020)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora HERMEREGILDA SANCHEZ MARTINEZ, dominicana, mayor de edad, casada, empleada privada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 031-0024082-3, cuyo domicilio se desconoce en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo el señor MIGUEL ANTONIO ROMERO PEÑA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador del pasaporte NY1906977, y de la cédula de identidad y electoral No. 116-0002129-6, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norteamérica y de tránsito en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, por órgano de su abogado constituido y apoderado especial, LIC. VICTOR MEJIA TIBURCIO, dominicano, mayor de edad, Portador de la Cédula de identidad y Electoral No. 053-0031837-4, Matriculado en el Colegio de Abogados con el No. 47625-318-12, con domicilio profesional en el Bufete de Abogados-Notaría RODRIGUEZ GUZMAN & ASOCIADOS, sito en el Apto. 6, Segunda planta, Edificio Báez-Alvarez, Calle General Cabrera No. 62, Esquina Calle Mella de la Ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, procederé a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el día viernes, que contaremos a once (11) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), a las nueve (9:00) horas de la mañana, así para que comparezca por sitio la SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO (ASUNTOS DE FAMILIA), sito en el Edificio que aloja las oficinas del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Alvarez, en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, situado en la manzana conformada por la Ave. 27 de Febrero, Circunvalación, las Calles 4 y E. Guerrero del ensanche Román I, a la audiencia que celebra en atribuciones Civiles, el día viernes, que contaremos a once (11) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), a las nueve y cincuenta (9:50) horas de la mañana. Publicación autorizada por el infrascrito, abogado apoderado especial, en la ciudad de Santiago de los Caballeros Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día dieciséis (16) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
LIC. VICTOR MEJIA TIBURCIO, Abogado Apoderado.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el articulo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor MANUEL ANTONIO CRUZ RIVERA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, República Dominicana, cédula no.0480007568-3; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. SONIA SÁNCHEZ DE POLANCO, cédula no. 047-0035652-2, con estudio profesional abierto en la calle Duverge no.51-A de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora SERGIA MARIA DEL CARMEN ABREU FERREIRA, cuyo último domicilio conocido fue en Rio Verde Abajo, de este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 20 del mes de NOVIEMBRE del año 2020 a las 02:00 p.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, ubicado en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 01 del mes de DICIEMBRE del año 2020 a las 1:40 P.M. para conocer de la referida demanda expediente no. 209-2020-ECIV-00563. Para información de acceso comunicarse a la secretaria de dicho tribunal al tel. 809-2422970 ext.259 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente.. En la ciudad La Vega, R.D., a los 17 días del mes de NOVIEMBRE del año 2020.
LICDA. SONIA SÁNCHEZ DE POLANCO Abogada apoderada de la parte Demandante (AC-19034-WP-18-19-20/11/2020)
AVISO PARA FINES EMPLAZAMINETO DE DIVORCIO. En cumplimiento con el artículo 22 de la Ley 1306-BIS, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor JORGE LUIS PEREYRA RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número, Domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norte América y accidentalmente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, quien tiene como abogado apoderado y constituido al LICENCIADO JUAN FRANCISCO TEJEDA PEÑA, dominicano, mayor de edad, casado, con matrícula del Colegio de Abogados No. 17528-189-96, portador de la cédula de identidad y electoral No.041-0003577-5, domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Email: raposotejeda@codetel.net.do, Web: www.raposotejeda.com, Tel.: (809)-581-0689, Fax: (809)-582-1877, Cel.: (809)-757-3619, con estudio profesional abierto en la “OFICINA RAPOSO & TEJEDA”, ubicada en la calle Eusebio Manzueta, Edificio Galerías del Prado, Suite 203, Segundo Nivel, Los Jardines Metropolitanos de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias de la presente demanda; hace saber a su legítima esposa señora MARIA MARGARITA ESPINAL ESPINAL, cuyo último domicilio conocido fue en la Calle 18, Residencial Cubana I, edificio 4, Apartamento 1-B, del Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana; y que, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Y DOMICILIO DESCONOCIDO DE LA MUJER, por acto instrumentado de manos de la ministerial Manuel A. Estévez T., Alguacil de Estrado de La Primera Sala Laboral del Distrito Judicial de Santiago, el día martes que contaremos a primero (01) del mes de diciembre del año Dos Mil Veinte (2020), en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, en su despacho, sitio en la primera Planta del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez, ubicado en la Manzana formada por las Calles 2 y 3 del Ensanche Román, Avenidas 27 de Febrero y Circunvalación, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, que es donde tiene su despacho el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, y en la Cuarta Sala Civil y Comercial para Asuntos de Familia que es la que conocerá dicha Demanda, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL que se celebrara por ante el Salón de Audiencia de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial para Asunto de Familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en sus atribuciones Civiles, a las DIEZ (10;00) horas de la mañana el día MARTES que contaremos a PRIMERO (01) del mes de DICIEMBRE del año Dos Mil Veinte (2018), en el cual se procederá a conocer la Demanda de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Y DOMICILIO DESCONOCIDO, que se propone intentar el señor JORGE LUIS PEREYRA RODRIGUEZ, en contra de MARIA MARGARITA ESPINAL ESPINAL, EXPEDIENTE NUMERO 1275-2020-ECIV-00164, cuyo matrimonio fue celebrado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago de Los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago. PUBLICADO EL EMPLAZAMIENTO, los días miércoles 18, jueves 19 y viernes 20 del mes de noviembre del año 2020 en el periódico el nuevo diario.
LIC. JUAN FRANCISCO TEJEDA PEÑA, Abogada Apoderada.
PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 22, de la ley No.1306 (Bis) sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor CRUCITO DE OLEO SUERO, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0187621-7, domiciliado y residente en el municipio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, ha conferido PODER ESPECIAL, tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario, en favor del LIC. ANGEL SANTOS DIAZ, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, matriculado en el Colegio Dominicano de Abogado, bajo el No. 60381-4-16, con estudio profesional abierto en la calle Mella, No.2, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, con domicilio ad-hoc, en la secretaria de la Cámara Civil, Comercial y de trabajo, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, donde mi representado hace elección de domicilio y le participa a su legítima esposa, señora JUANA JACQUELINE SOTO PUJOLS, cuyo último domicilio y residencia conocido por su esposo fue en la calle José Cabrera número 32, de esta ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, y actualmente es desconocido por su esposo, que a falta de información relativa a su lugar de residencia actual procederá a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día LUNES que contaremos VEINTITRES (23) del mes de NOVIEMBRE, del año DOS MIL VEINTE (2020), en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, en su despacho, situado en el Palacio de Justicia de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, sito el edificio marcado con el número 54, en la esquina de la calle Pedro Thomas y calle Gregorio Luperón, de esta ciudad de San Ignacio de Sabaneta Santiago Rodríguez, para que comparezca como fuese de derecho por ante la Cámara Civil, Comercial y de trabajo, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, el día LUNES que contaremos a SIETE (7) del mes de DICIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2020) a las DIEZ (10:00 A.M.) horas de la mañana, a la audiencia virtual, en Salón de Audiencias de la primera planta del palacio de justicia de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, el cual está ubicado en el edificio marcado con el número 54, en la esquina de la calle Pedro Thomas y calle Gregorio Luperón, de esta ciudad de San Ignacio de Sabaneta Santiago Rodríguez, en la cual se procederá a conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido que se propone intentar el señor CRUCITO DE OLEO SUERO, en contra de su legítima esposa. En la ciudad de ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, a los diecisiete (17) días, del mes de noviembre, del año Dos Mil Veinte (2020).
LICDO. ANGEL SANTOS DIAZ, Abogado de la parte demandante.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE INVERSION En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de conocimiento público la pérdida del Certificado Financiero No.40-010-005676-3, de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil doce (31-11-2012), con valor de Quinientos mil pesos dominicanos. (500,000.00) expedido por (a ASOCIACION CIBAO DE AHORROS Y PRESTAMOS, favor de la señora DOLORITA ALCANTARA PEREZ La presente publicación se hace a los fines de ley. LIC. RAMON REYES, Abogado. AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADOS DE ACCIONES En virtud del artículo 16 de los Estatutos Sociales de ZONA FRANCA INDUSTRIAL DE LAS AMÉRICAS, S.A, por este medio se avisa sobre la pérdida de los certificados de acciones números: 226 de fecha 02 septiembre 2002, 249 de fecha 24 marzo 2003, 264 de fecha 3 junio 2003, 280 de fecha 08 de marzo 2004, 294 de fecha 02 de abril 2004, 312 de fecha 04 de agosto 2004, 319 de fecha 03 de octubre 2005, 337 de fecha 03 de octubre 2005, 355 de fecha 03 de octubre 2005, 373 de fecha 03 de octubre 2005, 407 de fecha 06 de abril 2006, 412 de fecha 17 de abril 2007, 432 de fecha 17 de abril 2008, 451 de fecha 15 de abril 2009, 475 de fecha 15 de abril 2010, 476 de fecha 15 de abril 2010, 510 de fecha 14 de abril 2011, 526 de fecha 14 de abril 2011, 551 de fecha 17 de abril 2012, 573 de fecha 17 de marzo 2013, 593 de fecha 10 de abril 2014, Zona Franca Industrial de Las Américas, S.A., a nombre de los señores TENEDORA PELICANO, S.A., empresa constituida e identificada con el Registro Nacional de Contribuyente No. 1-01-64777-9. Dicho aviso de pérdida ha sido notificado a la ZONA FRANCA INDUSTRIAL DE LAS AMÉRICAS, S.A., mediante acto No. 1102-2020, de fecha 04 de noviembre de dos mil veinte (2020), instrumentado por el Ministerial Pedro de la Cruz Manzueta, ordinario de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional. Cualquier persona que los encuentre favor de informar a los teléfonos 809-549-2031 (ZFILA) y 809-6851309, Dr. Miguel Angel Ramos. Oficina Ramos & Calzada. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veintisiete (04) días del mes de noviembre de dos mil veinte (2020). FC 389902
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
14 LEGAL AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
ANUNCIO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE UN INMUEBLE
En cumplimiento del art. 22 ley no.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Señor RAMON MORILLO ALBERTO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D. cedula no.122-0003886-2 ; quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. JUAN BENJAMÍN JORGE PAULINO Y ELVIS ARIDIO MORALES RAMOS, cedula no. 047-0024846-3 y 047-0104604-9, con estudio profesional abierto en el no.20 de la Calle Las Carreras esq. Antonio Guzmán 2do. Nivel Edif. Katherine Apt.2 de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora CONFESORA SOFIA GARCIA MARTE, cuyo último domicilio conocido lo fue Calle 4 s/n María Auxilidadora municipio de La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 20 del mes de NOVIEMBRE del año 2020 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, ubicado en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 02 del mes de DICIEMBRE del año 2020 a las 10:00 A.M. para conocer de la referida demanda para información de acceso comunicarse a la secretaria de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext.259 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. En la ciudad La Vega, R.D., a los 17 días del mes de NOVIEMBRE del año 2020.
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor GUILLERMO ANTONIO MATEO GARCIA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de transito en el municipio de La Vega, R.D., cedula no. 402-2357065-2 quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU, cédula no. 047-0036972-3, con estudio profesional abierto en el Apto.201-B del Edif. Griselda de la Calle 27 de Febrero No. 50 de esta ciudad de La Vega, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MARIA ESTEFANNY ESPINAL MERCEDES, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en RíO Verde Abajo, en este municipio de La Vega, R.D.; que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 24 del mes de NOVIEMBRE del año 2020 a las 9:00 a.m., así como en la Puerta y Secretaria del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido de la demandada, para que comparezca a la AUDIENCIA PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, en la calle García Godoy no.32 esquina Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 14 del mes de DICIEMBRE del año 2020 a las 10:00 A.M. para conocer de la referida demanda. La Vega, Republica Dominicana, a los 18 días del mes de NOVIEMBRE del año 2020.
De conformidad con lo establecido en el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, se anuncia a quien pueda interesar la venta en pública subasta del inmueble que más adelante se describe: En virtud del Acto de Mandamiento de Pago que se conviene de pleno Derecho en Embargo Inmobiliario a los quince (15) días de notificado en virtud del artículo 153 de la ley 189-11 para el desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, Acto No. 1157/2019 de fecha 04 de diciembre del 2019, instrumentado por el ministerial JHAN CARLOS OGANDO PEREZ, Alguacil Ordinario del Tribunal Colegiado de San Cristóbal, R.D., portador de la cédula 001-0169320-7, con domicilio en la calle 8, No.33, Madre Vieja Norte, San Cristóbal, acto registrado en fecha 22 enero del 2020, en el libro letra A4, Folio No. 429, No. 12845 del registro de Hipoteca de San Cristóbal, a requerimiento del Acreedor Hipotecario, señor ANGEL JULIO BENZANT JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0020014116-6, domiciliado y residente en la calle Proyecto Los Novas, San Cristóbal, R.D., DEUDORES HIPOTECARIOS. EMBARGADOS: señores LUIS GONZALO CUEVA DIAZ Y YOLANDA CECILIA VIZCAINO, dominicanos, mayores de edad, portadores de la cédulas de identidad y electoral Nos. 002-00504207 y 002-0051261-4, domiciliado y residente en la calle principal No.34, Ingenio Nuevo, San Cristóbal, R.D. INMUEBLE QUE SERA VENDIDO EN PUBLICA SUBASTA: UNA PORCION DE TERRENO QUE MIDE AL FRENTE: DIECISEIS METROS (16MTS); AL FONDO: VEINTIUN METROS (21MTS); AL LADO NORTE: SETENTA Y CINCO METROS (75MTS) Y AL OESTE: SESENTA Y UN METROS (61MTS), PARA UN TOTAL DE MIL QUINIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS (1,517 MTS2); DENTRO DEL AMBITO DE LA PARCELA NO.404, DEL D.C. NO.3 DEL MUNICIPIO DE SAN CRISTOBAL, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS ACTUALES: AL SUR: RESTO DE LA MISMA PARCELA; AL NORTE: RESTO DE LA MISMA PARCELA; AL ESTE: LA CALLE Y AL OESTE: RESTO DE LA MISMA PARCELA, CON UNA CASA DENTRO DE BLOCK, TECHADA DE PLATO, PISO DE CEMENTO, CUATRO (4) HABITACIONES, DOS (2) BAÑOS, UNA (1) GALERIA, UNA (1) MARQUESINA, UNA (1) TERRAZA, UNA (1) SALA, UN (1) COMEDOR Y UNA (1) COCINA, AMPARADA EN LA DECLARACION JURADA DE PROPIEDAD. PRECIO DE LA PRIMERA PUJA: Las pujas de este inmueble comenzarán sobre la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON CERO CENTAVOS (RD$1,800,000.00), que es el precio fijado por el persiguiente para la subasta del mismo, la cual se llevará a cabo ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, la cual se celebra sus audiencias en uno de los salones de la tercera sala del Palacio de Justicia de San Cristóbal, sito en la calle Padre Borbón, No.15, esquina General Cabral, San Cristóbal. LA FECHA DE LA REFERIDA VENTA EN PUBLICA SUBASTA es el día cuatro (04) de Diciembre del 2020, a las nueve de la mañana (9:00 A.M.), todo licitador deberá, para tener derecho a pujas o ser adjudicatario, depositar en la Secretaría del Tribunal precedentemente descrito una garantía de un DIEZ POR CIENTO (10%), del precio fijado en cheque certificado y comparecer por ministerio de abogado con un poder. En la ciudad de San Cristóbal, Rep. Dom., a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
LICDOS. JUAN BENJAMÍN JORGE PAULINO Y ELVIS ARIDIO MORALES RAMOS Abogados apoderados de la parte Demandante (RC-7963-WP-17-18-19/11/2020)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR CAUSA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES De conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la Ley 1306-Bis del año 1937 y sus modificaciones, sobre proceso de divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que el señor JUAN REYES REYES, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1007757-5, domiciliado y residente en la calle Harry Brown No.5, Monte Rey, del Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo; quien tiene como abogado apoderado y constituido especial al LIC. NICOLAS REYES LUCIANO, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cedula de identidad y electoral No.001-0946148-3, con estudio profesional abierto en la Autopista Las Américas, Km 29, casa No.114, Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo; por medio de la presente se hace saber a su legítima esposa, señora MARIA LUISA VASQUEZ LOPEZ, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No.001-0197724-7, cuyo último domicilio fue en la calle Harry Brown casa No.5, Monte Rey, del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo; que a falta de información y desconocimiento de su domicilio actual, LE ADVIERTE que el día VIERNES que contaremos a VEINTE (20) del mes de NOVIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2020), procederá a emplazarla en acción de divorcio por la Causa Prevista y Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, para que comparezca a la audiencia a puerta cerrada que será celebrada por ante la Octava Sala Civil para Asuntos de Familia del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo; la cual celebra sus audiencias en su local de costumbre, sito en la avenida del Sur No. 4, del Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo; el día MARTES que contaremos a OCHO (08) del mes de DICIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2020), a las nueve (9:00) horas de la mañana, la cual en sus atribuciones civiles, celebra sus audiencias en su local ubicado en la avenida del Sur No. 4, del Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año Dos Mil Veinte (2020).
FC390641
LIC. NICOLAS REYES LUCIANO, Abogado Apoderado
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Señor YUNIOR CASTRO SCHULZE, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de La Vega, cedula No.402-2245845-3; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LICDA. MARIA ISABEL ROSARIO SALDIVAR, cedula no. 047-0005365-7, con estudio profesional abierto en el no.3 de la Calle Tito Santos de esta ciudad de La Vega, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora WANDA EUSEBIO SANCHEZ cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en Vallejo San Juan número 17 el Hatico la Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 20 del mes de NOVIEMBRE del año 2020 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia PRESENCIAL que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 7 del mes de DICIEMBRE del año 2020 a las 9:50 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 17 días del mes de NOVIEMBRE del año 2020.
LICDA. MARIA ISABEL ROSARIO SALDIVAR Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-19025-WP-17-18-19/11/2020)
LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-19043-CEA-18-19-20/11/2020)
PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 22, de la ley No.1306 (Bis) sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor ENMANUEL RODRIGUEZ ESPINAL, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la Cédula de Identidad y electoral número 402-2492793-5, domiciliado y residente en el municipio de sabaneta, Santiago Rodríguez, ha conferido PODER ESPECIAL, tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario, en favor del LIC. ANGEL SANTOS DIAZ, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, matriculado en el Colegio de Abogado de la República Dominicana, bajo el No. 60381-4-16, con estudio profesional abierto en la calle Mella, No.2, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, con domicilio ad-hoc, en la secretaria de la Cámara Civil, Comercial y de trabajo, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, sito en la esquina de la calle Pedro Thomas y calle Gregorio Luperón número 54, avenida Miguel Crespo, de esta ciudad de San Ignacio de Sabaneta, donde mi representado hace elección de domicilio y le participa a su legítima esposa, señora YULEISY DE LOS ANGELES MARTE ESPINAL, cuyo último domicilio y residencia conocido por su esposo fue en la calle 2 número 67, sector los Palitos, de esta ciudad de Mao Valverde, y actualmente es desconocido por su esposo, que a falta de información relativa a su lugar de residencia actual procederá a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día VIERNES que contaremos CUATRO (4) del mes de SEPTIEMBRE, del año DOS MIL VEINTE (2020), en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Mao Provincia Valverde, en su despacho, situado en el Palacio de Justicia de Mao Provincia Valverde, sito el cual está ubicado en la avenida Miguel Crespo, de esta ciudad de Mao, Provincia Valverde, para que comparezca como fuese de derecho por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Mao Provincia Valverde, el día VIERNES que contaremos a DIECISIETE (17) del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2020) a las NUEVE (9:00 A.M.) horas de la mañana, en Salón de Audiencias de la primera planta del Palacio de Justicia de Mao Provincia Valverde, el cual está ubicado en la calle Miguel Crespo, de esta ciudad de Mao, Provincia Valverde, en la cual se procederá a conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido que se propone intentar el señor MARCO DIAZ SANTOS, en contra de su legítima esposa. En la ciudad de Mao, Provincia Valverde, República Dominicana, al Primer (1er) día del mes de septiembre, del año Dos Mil Veinte (2020).
LICDO. ANGEL SANTOS DIAZ, Abogado de la parte demandante.
COGENSOL DOMINICANA, S.R.L. (Sociedad en Disolución y Liquidación) Capital Social: RD$100,000.00 R.N.C. Número: 1-30-47749-3 Domicilio Social: Av. Pedro A. Lluberes No. 9, Gazcue Santo Domingo, D. N., República Dominicana Aviso de Disolución Para cumplir con las disposiciones del Artículo 413 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha 11 de diciembre de 2008, y sus modificaciones se avisa a los interesados y al público en general que en fecha 11 de noviembre del 2020 fue celebrada la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad Cogensol Dominicana, SRL, en la cual, por unanimidad de sus socios, se decidió lo siguiente: a) La disolución definitiva de la sociedad; b) La aprobación del último informe de gestión de la gerencia, del último estado de situación financiera, del último informe del Auditor Externo; así como de la gestión y todos los actos efectuados por la gerencia, por lo cual se le otorgó descargo y finiquito legal; y c) La designación del Sr. Miguel Alejandro Nouel Rivera como liquidador de cualesquiera bienes, activos y pasivos de la sociedad y como la persona autorizada para ejecutar todos los actos de la disolución; los cuales documentos relativos a la liquidación y disolución se depositarán en la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia de Santo Domingo, por lo que se avisa a todos los interesados que a partir de la fecha de la asamblea antes indicada, la sociedad se encuentra en estado de liquidación y disolución; y por tanto, cualquier asunto pendiente, correspondencia y/o notificación de actos concernientes a la disolución o liquidación deben ser comunicados en el domicilio de elección del liquidador nombrado, en la calle Pedro A. Lluberes No. 9, Gazcue, Santo Domingo, D. N., República Dominicana. En Santo Domingo, D. N., República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 ley no.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Señor ALEJANDRO ERIBERTO VARGAS JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado Privado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D. cedula no.0470151490-5; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. MARIA MARGARITA ALMANZAR, cedula no.047-0101038-3 con estudio profesional abierto en el no.87 de la calle Mella Esq. Sánchez Altos de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicacion, ADVIERTE a su legitima esposa señora MATILDE RAMONA CALDERON Y BATISTA, cuyo último domicilio conocido lo fue en la ciudad de La Vega, R.D que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 20 del mes de NOVIEMBRE del año 2020 a las 02:00 p.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, ubicado en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 01 del mes de DICIEMBRE del año 2020 a las 11:45 A.M. para conocer de la referida demanda para información de acceso comunicarse a la secretaria de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext.259 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente.. En la ciudad La Vega, R.D., a los 17 días del mes de NOVIEMBRE del año 2020.
FC 390839
AVISO SOBRE DISOLUCIÓN DE ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCROS LA ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES Y AGRICULTORAS DE POSTRER RÍOS LAS MERCEDES, del municipio de postrer ríos prov. independencia, celebró su asamblea general a los fines de disolver dicha asociación con la participación de la mayoría de sus socios y socias, de fecha 1/11/2020, la asamblea fue celebrada en el centro comunal, calle Gregorio Luperón, No. 15, del municipio de Postrer Ríos, provincia Independencia, esta asociación nació en fecha 04/11/1979, el 04/11/2020, cumplió 42 años de nacimiento. A esta asociación se les otorgó el registro definitivo de incorporación de fecha 21/09/2009, en la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona. Los documentos legales sobre esta disolución fueron depositados ante esta Corte en fecha 10/11/2020, esta asociación fue registrada con el No. 044-2009, según estable el artículo 5 de la ley 122-05. En esta asamblea participio el Notario Público Dr. Julio Medina Pérez, quien levantó el acta notarial sobre la disolución de esta asociación. La asamblea general comenzó a las 10:00 am, y término a las 12:00 p.m.
LIC. MARIA MARGARITA ALMANZAR Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-19033-WP-18-19-20/11/2020)
Miguel Alejandro Nouel Rivera, Liquidador.
FC 390847
ANIBAL SENA, Presidente. SILBIO CUEVAS BENITEZ, Tesorero. MARIA DE LOS ANGELES PEREZ PEREZ, Primer Vocal.
FC 390939
LICDA. MABEL ALICIA BAUTISTA ALCÁNTARA Abogada
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Para general conocimiento y en cumplimiento de lo que dispone el Artículo 204 de la Ley de Registro de Tierras, se hace saber que se ha extraviado el Certificado de Título No. 772240, expedido a favor de la entidad comercial CRISDIDI, S.R.L., que ampara el derecho de propiedad del siguiente inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 84-A-228, del D.C. No. 16, del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, con una extensión superficial de (174.13 Mts.2). FC 390926
LIC. JORGE GOMEZ.
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Para general conocimiento y en cumplimiento de lo que dispone el Artículo 204 de la Ley de Registro de Tierras, se hace saber que se ha extraviado el Certificado de Título No. 77-2263, expedido a favor de la entidad comercial CRISDIDI, S.R.L., que ampara el derecho de propiedad del siguiente inmueble: Una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 84-A-250, del D.C. No. 16, del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, con una extensión superficial de (190.95.00 Mts.2). FC 390926
LIC. JORGE GOMEZ.
AVISO DE CONSTITUCION DE INMUEBLE EN BIEN DE FAMILIA Se hace saber para conocimiento general, que de conformidad con el Artículo 8 de la Ley No. 1024 sobre BIEN DE FAMILIA, del 24 de Octubre del año 1928, modificada por la Ley No. 5610 del 25 de Agosto del año 1962, lo siguiente: PRIMERO: JOSE FRANCISCO CAPELLAN MEJIA, dominicano, mayor de edad, comerciante, cedula 0470109992-3, y Kenia Cristina Diloné Almonte de Capellán, dominicana, mayor de edad, casada, empleada privada, cedula 047-0011910-2, ambos casados entre sí y residentes en la calle 7 núm. 8, Residencial Ana Magali, Sector El Hatico, en esta ciudad de La Vega, R.D. quienes mediante acto auténtico por ante el notario público de los del número para el municipio de La Vega Dr. Armando Castillo Restituyo, de fecha 02/09/2020, HAN EXPRESADO lo siguiente: Que han decidido como al efecto deciden CONSTITUIR como BIEN DE FAMILIA inembargable e inajenable en favor de su hijo: YOSTIN PAUL CAPELLAN DILONE, con número único de identidad 402-1879529-8, nacido el día 02/02/2006; el siguiente inmueble: ubicado en el Residencial Ana Magali, El Hatico Municipio de La Vega, con la Designación catastral 13277504281, Certificado de título matricula número 0300026684, por lo que autorizan al Notario actuante en el presente acto, a efectuar los trámites de ley, así como a la Licenciada Nancy Josefina Torres Sánchez, Abogada de los Tribunales de la República, cédula 047-0055660-0, con estudio profesional abierto en la calle Benito Monción num. 24, en la ciudad de La Vega, a fin de que dicho inmueble quede constituido definitivamente como BIEN DE FAMILIA, el mismo está libre de inscripciones hipotecarias judiciales o convencionales.- SEGUNDO: Que una vez expirado el plazo de tres (3) meses, a contar de las fijaciones exigidas por el Artículo 8 de la Ley No. 1024, y sus modificaciones, el Acto de Constitución de Bien de Familia, con todas las piezas justificativas, será sometido por ante la Secretaría de la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, con la solicitud de HOMOLOGACION de acuerdo con la Ley. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los 19 días del mes de octubre del año 2020. LICDA. NANCY JOSEFINA TORRES SANCHEZ Abogada Apoderada (AC-18763-PC-19/10-11-12/2020-1/3)
LEGAL 15
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
De conformidad con el artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, del 21 de mayo del 1937, se hace de público conocimiento que el señor JOSE GREGORIO SOSA HERRERA, dominicano, mayor de edad, jubilado, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-1180257-5, domiciliado y residente en la avenida Doctor Fernando Arturo Defilló, Ensanche Quisqueya, Distrito Nacional, Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana, y de tránsito en la calle Duarte casa No. 10, San José de Ocoa, provincia del mismo nombre, República Dominicana, por mediación de su abogado constituido y apoderado especial el LIC. CARLOS MANUEL GONZALEZ POLANCO, dominicano, mayor de edad, casado, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 003-0065887-9, abogado con estudio profesional abierto al público en la calle Máximo Gómez No. 07 (segundo nivel), oficina No. 6-B, Plaza Tejeda, Baní, provincia Peravia, República Dominicana, y ad-hoc en la calle 16 de Agosto No. 35, San José de Ocoa, provincia del mismo nombre, República Dominicana. Le hace saber y se le advierte a su legítima esposa, señora CECILIA CARRASQUILLA MENDOZA, de nacionalidad colombiana, titular del pasaporte No. AF677189, que ha falta de información relativa al lugar de residencia y domicilio actual, en fecha viernes diecisiete (17) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), mediante acto No. 378-2020, de la Ministerial MARYS ALBANIA CIPRIAN, Alguacil Ordinario del Juzgado de Primera Instancia de San José de Ocoa, se procedió a notificar demanda de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de San José de Ocoa, a fin de que comparezca a la audiencia a puerta cerrada, que conocerá dicha demanda de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, el día martes que contaremos a veintisiete (27) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de San José de Ocoa, en atribuciones civiles, la cual está ubicada en uno de los salones de la segunda planta del edificio que aloja al Palacio de Justicia de la ciudad de San José de Ocoa, sito en la calle Francisco del Rosario Sánchez No. 05, San José de Ocoa. En la ciudad de San José de Ocoa, provincia del mismo nombre, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020).
En cumplimiento al Artículo 92-III, de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y sus reglamentos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado o perdido el Certificado de Título Núm. 2007-059, que ampara los derechos de una porción de terreno de 1,040 Mts.2, Parcela 5-004-17246 del Distrito Catastral No. 11, del municipio de Cotuí, a nombre del señor GUILLERMO ANTONIO MORALES SANCHEZ. La presente publicación se hace con la finalidad de que se expida otro duplicado del dueño que anule el que se ha perdido.
Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo correspondiente a la unidad funcional 20-201, identificada como 400512905502;20-201, matrícula No.4000242529, del condominio Ciudad Bonita M-D 3, ubicado en Santo Domingo Norte, Santo Domingo, con un porcentaje de 1.12% y 1 voto en la asamblea de condomines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-03-02-201, ubicado en el nivel 02, del bloque 03, destinado a apartamento, con una superficie de 83.10 metros cuadrados, propiedad de los Sres. ARISLEYDA MILANES BALBUENA y FERNANDO ARTURO TEJEDA MILANES.
FC 390910
LIC. CARLOS MANUEL GONZALEZ POLANCO Abogado del demandante
FC 390941
LICDA. AMBAR PATRICIA SANCHEZ ABAD, Abogada.
PÉRDIDA PLACA: Vehículo de carga, marca Ford, color blanco, año 2002, placa No. L019240, chasis MNCBSBD301W198876, a nombre de SIXTO ANTONIO LEYBA HERNANDEZ
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: En fecha 08 de DICIEMBRE del año Dos Mil Veinte (2020), a las 09:00 horas de la mañana, por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pedernales, en sus atribuciones Civiles, en su salón de audiencia públicas, sito en la Avenida Duarte No. 44, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del siguiente inmueble: UN (1) SOLAR CON UN AREA SUPERFICIAL DE APROXIMADAMENTE DOSCIENTOS OCHENTA (280 M2) METROS CUADRADOS, UBICADO EN EL BARRIO LOS ALTAGRACIANOS DE ESTA CIUDAD CON LOS SIGUIENTES COLINDANTES: AL NORTE: CALLE; AL SUR: SOLAR PROPIEDAD DE ROBERTO; AL ESTE: CASA PROPIEDAD DEL SEÑOR ROGELIO HEREDIA Y AL OESTE: CASA PROPIEDAD DEL SR, URIDE MEDINA VOLQUEZ. En cuya secretaria se encuentra depositado el pliego de carga, cláusulas y condiciones en fecha 10 de noviembre del 2020 que regirá dicha venta a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. Dicho Inmueble ha sido embargado en perjuicio del señor JOSE MANUEL MEDINA FELIZ, a diligencia del señor AQUILINO GABIN CASTILLO, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LIC. MEYSI ALBA JULIA CUEVAS CUEVAS, quien tiene su estudio profesional ad hoc en la calle 2da del Campo de Aviación No. 87, de la ciudad de Pedernales en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADOS: Mandamiento de pago, proceso verbal de embargo, inmobiliario, denuncia de embargo y notificación para conocer el pliego de condiciones. Cuya lectura fue conocida en fecha 10 de noviembre del 2020. El Precio de la primera puja será la suma de doscientos cuatro mil, doscientos cuatro pesos dominicanos (R0$204,204.00), debiendo todo subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado. En la ciudad de Pedernales, Rep. Dom., hoy día dieciocho (18) del mes de noviembre del 2020.
FC 390914
LIC. MEYSI ALBA JULIA CUEVAS CUEVAS, Abogada del Persiguiente.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: En fecha 08 de DICIEMBRE del año Dos Mil Veinte (2020), a las 09:00 horas de la mañana, por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pedernales, en sus atribuciones Civiles, en su salón de audiencia públicas, sito en la Avenida Duarte No. 44, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor/último subastador del siguiente inmueble: UNA (1) VIVIENDA CONSTRUIDA DE CONCRETO ARMADO Y BLOCKS, TECHADA DE ZINC, PISO DE CEMENTO, MARCADA CON EL NO. 12 DE LA CALLE 2 DEL BARRIO LOS CAYUCOS DE ESTA CIUDAD. En cuya secretaria se encuentra depositado el pliego de carga, cláusulas y condiciones en fecha 10 de noviembre del 2020, que regirá dicha venta, a fin de que cualquier Interesado tome conocimiento del mismo. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de la señora DOMINGA MEDINA FELIZ, a diligencia del señor AQUILINO GABIN CASTILLO, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LIC. MEYSI ALBA JULIA CUEVAS CUEVAS, quien tiene su estudio profesional ad-hoc en la calle 2da del Campo de Aviación No, 87, de la ciudad de Pedernales en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADOS: Mandamiento de pago, proceso verbal de embargo, inmobiliario, denuncia de embargo y notificación para conocer el pliego de condiciones. Cuya lectura fue conocida en fecha 10 de noviembre del 2020. El Precio de la primera puja será la suma de cientos ocho mil, cientos ocho pesos dominicanos (RD$108,108.00) debiendo todo subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado. En la ciudad de Pedernales, Rep. Dom., hoy día dieciocho (18) del mes de noviembre del 2020.
FC 390914
LIC. MEYSI ALBA JULIA CUEVAS CUEVAS, Abogada del Persiguiente.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: En fecha 08 de DICIEMBRE del año Dos Mil Veinte (2020), a las 09:00 horas de la mañana, por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pedernales, en sus atribuciones Civiles, en su salón de audiencia públicas, sito en la Avenida Duarte No. 44, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del siguiente inmueble: UN (1) SOLAR CON UN AREA SUPERFICIAL APROXIMADAMENTE DE DOSCIENTOS OCHO (208) METROS CUADRADOS, UBICADO EN EL BARRIO LOS CAYUCOS CON LOS SIGUIENTES COLINDANTES: AL NORTE: CALLE EN PROYECTO; AL SUR: CORPO ANTONIO CASTRO LUGO; AL ESTE: REVERENDO RODRIGUEZ Y AL OESTE: MANUEL ESMIL FELIZ CUEVAS. En cuya secretaria se encuentra depositado el pliego de carga, cláusulas y condiciones en fecha 16 de abril del 2019, que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. Dicho Inmueble ha sido embargado en perjuicio del señor MOISES DEL ROSARIO CARRASCO, a diligencia del señor AQUILINO GABIN CASTILLO, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LIC. MEYSI ALBA JULIA CUEVAS CUEVAS, quien tiene su estudio profesional ad hoc en la calle 2da del Campo de Aviación No. 87, de la ciudad de Pedernales en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADOS: Mandamiento de pago, proceso verbal de embargo, inmobiliario, denuncia de embargo y notificación para conocer el pliego de condiciones. Cuya lectura fue conocida en fecha 10 de noviembre del 2020. El Predio de la primera puja será la suma de ochenta y tres mil, quinientos doce pesos dominicanos (R0$83,512.00), debiendo todo subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado. En la ciudad de Pedernales, Rep. Dom., hoy día dieciocho (18) del mes de noviembre del 2020.
FC 390914
LIC. MEYSI ALBA JULIA CUEVAS CUEVAS, Abogada del Persiguiente.
PERDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA Marca KIA modelo K2700 color AZUL Año 1999 placa L171883 chasis KNCSD2112Y6865094 a nombre de FRANCISCO ANTONIO DE LA ROSA REYES – CED. 04701465389 (VM-RC-7964-WP-17-18-19/11/2020)
PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA PRIVADA Marca YAMAHA modelo T110C color ROJO Año 2019 placa K1691702 chasis LL8UE0812KB540007 a nombre de WILSON SMITH ROSARIO RODRIGUEZ – CED. 40225101506 (FMRC-7967-CM-18-19-2020/11/2020)
PÉRDIDA PLACA: Del jeep marca Kia, color verde/gris, año 1997, placa No. G048027, chasis KNAJA5538V5118063, a nombre de DHAYANARA YUSSETE RODRIGUEZ GONZÁLEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Chevrolet, modelo Cruze LT, color gris, año 2014, placa No. A847885, chasis 1G1PC5SB3E7172757, a nombre de DANIEL PÁEZ DELGADO, cédula No. 031-0330051-2.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo marca Ford, modelo Escape XLT 4x2, color blanco, año 2012, placa No. G394227, chasis 1FMCU0DGXCKB33054, propiedad de ROSA YDELMA SOTO CONTRERAS, cédula No. 0470021272-5.
PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta privada, marca Victory, modelo YH100-2S5, año 2008, color azul, placa y registro No. K0167408, chasis LYXPCGLSX80C00030, propiedad de DANIEL SANCHEZ RODRIGUEZ, cédula 001-1252691-8. FC 390646
PÉRDIDA PLACA: De la motocicleta privada, marca X1000, color negro, año 2015, placa No. K0548092, chasis TBL15P108FHC53969, a nombre de SAMMY DE LOS SANTOS LAUREANO.
PÉRDIDA PLACA: Automóvil privado, marca Honda, color blanco, año 2012, placa No. A780040, chasis GE61605158, a nombre de ISABEL CARMONA ALVAREZ
FC 390937
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep marca Mazda, color gris, año 2006, placa No. G278998, chasis 4F2YZ02Z06KM02702, a nombre de JOAQUÍN ANTONIO DIAZ ORTEGA, cédula No. 001-0727139-7. FC 390878
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta marca Yamaha, placa K0472313, color rojo, chasis 52A013230, año 1995, propiedad de RAMONA MERCEDES ESTRELLA RODRIGUEZ, cédula 054-0075483-3. FC 390854
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo tipo remolque, marca Hill, color gris, año 1997, placa No. F004692, chasis 1S9DS2835VS188488, a nombre de FELIX MANUEL MELENCIANO CORPORAN.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta marca Honda, placa K0161902, color negro, chasis LTMJD19A0B5213437, año 2011, propiedad de RAMON ANTONIO RODRIGUEZ, cédula 031-0466345-9. FC 390857
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep marca Suzuki, color blanco, año 2008, placa No. G183630, chasis JS3TD54V684103031, a nombre de ARNALDO FRANCISCO REINOSO VARGAS.
PERDIDA DE MATRICULA: Del jeep marca Hyundai, color gris, año 2013, placa No. G407241, chasis 5XYZU3LA3DG073879, a nombre de JOSE ALTAGRACIA ALMONTE MADE.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep marca BMW, color negro, año 2003, placa No. G217825, chasis 5UXFA53533LV96895, a nombre de JUAN GUZMAN MADE.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, color rojo, año 2001, placa No. L049441, chasis V11816178, a nombre de JOSE MONTERO DE LOS SANTOS.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep marca Hyundai, color blanco, año 2012, placa No. G272344, chasis KMHJT81BBCU431249, a nombre de ANEUDY NICOLAS ROSA MUÑOZ.
PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, color rojo, año 1994, placa No. L177600, chasis V11803502, a nombre de NANCY ESTELA SUAZO BAEZ.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga marca Hyundai, color blanco, año 1998, placa No. L021897, chasis KMFAGA17FPWC126811, a nombre de ANGEL DARIO BAEZ MARTINEZ.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con la Ley No.1306-Bis, sobre divorcios, en su artículo 22 (Párrafo 1), el señor MARCOS RODRIGUEZ GUERRERO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1948114-1, domiciliado y residente en la calle Rosa Duarte No. 53 , del sector Don Bosco, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. JUAN MIGUEL GARCIA PANTALEON, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-0151507-0, de este domicilio y residencia y estudio profesional abierto en la Av. Rómulo Betancourt No.1208, Suite 26 de la Plaza Zaira del sector Bella Vista, Email: drjuanmiguelgarciapantaleon@yahoo.com, Tel. Cel. 809-268-0036, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, por medio del presente AVISO ADVIERTE a su esposa, SRA. ANA JULIA DUVERGE MARTINEZ, cuyo domicilio conocido es la 119 Highland Av. Apto.4 Ossining, NY 10562, que a falta de información precisa sobre su domicilio en el país, su legítimo esposo procederá en fecha (23) de NOVIEMBRE del Dos Mil Veinte (2020), a emplazarla en manos del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, para que comparezca el día DOCE (12) de ENERO del año Dos Mil Veinte y Uno (2021), a las nueve y cinco nueve diez (9:05 a.m. a 9:10 a.m.) horas de la mañana, de forma virtual, cuyo tribunal es la Sexta (6ta.) Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, sito en la primera planta del edificio ubicado en la calle Socorro Sánchez, esquina Santiago No.68 del sector de Gascue, de esta ciudad de Santo Domingo, D.N., para conocer de la Demanda de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la modalidad virtual, Expediente marcado bajo el No.531-2020-ECON-00305. ACLARANDO: Que será virtual, no presencial, a pesar de dar la precitada dirección del tribunal, la parte emplazada deberá unirse a reunión Microsoft Team Pag.wed https: //serviciojudicial.gob.do/pagina de enlace para la reunión virtual, así como los teléfonos de contactos del Poder Judicial No.*3191 y 1809-200-3191 : por lo cual se le envía y se publica el Link Reunión en Microsoft Teams se le invita a unirse o a través de una aplicación móvil Haga clic aquí para unirse a la reunión< https://teams.microsoft.com//meetup-join/l9%3ameeting NGE1 MTMyNDEtMTAwNi00MTA1LWFmNTgtNjEwYTk1YWM 2YTI4%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22e8d8887c-7ec9-494f-bb25cc084b8cb322%22%2c%22Oid%22%3a%225e11 0625-5776-4b98-a9aa-19f9cd299fcf%22%7d> Infórmese<https://aka.ms/JoinTeamsMeetinqOpciones de reunión<https://teams.microsoft.com/meetinqOptions/?organizerld=5e1 10625-5776-4b98-a9aa- 19f9cd299fcf&tenantld=e8d8887c-7ec9-494f-bb25-cc084b8cb322&threadld=19 meeting NGE1 MTMyNDEtMTAwNi00MTA1LWFmNTgtNjEwYTk1 YWM2YTl4@thread.v2&messageld=0&languaje=es-ES> Zona de los archivos adjuntos invite.ics Descargar
FC 390881
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de publico conocimiento que el día 30/11/2020 a las 09:00 A. M., se realizaran los trabajos de Mensura para DESLINDE, en el ámbito de la parcela no. 23 del D.C. No. 12, inmueble ubicado en el Municipio de Monte Plata, Prov. Monte Plata. Exp. No. 6642020060501, a solicitud de su propietario BEATO ANTONIO BASARTE BRITO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Hyundai, placa A817518, color blanco, chasis KMHEU41MBBA807049, año 2011, propiedad de OVI JOCKELI CARDENES MARTE, cédula 40220211813. FC 390844
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo privado, marca Toyota, color dorado, año 1994, placa No. A300630, chasis 4T1SK12E6RU431008, a nombre de ELVIDA QUIROZ ROSADO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta marca Keeway, placa K1245723, color rojo, chasis LBBXEH9E8DB301784, año 2013, propiedad de MILVIO ABELI MONTERO MONTERO, cédula 075-0003573-3. FC 390850
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep marca Toyota, color negro, año 2005, placa No. G089744, chasis JTEBY25J200018879, a nombre de PEDRO PEREZ CRUZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Toyota, placa A540482, color gris, chasis 1NXBR32E94Z314992, año 2004, propiedad de MARCIA BRITO VENTURA, cédula 001-0921978-2. FC 390853
PERDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep marca Mitsubishi, modelo Endeavor, año 2004, color gris, placa No. G163916, chasis 4A4MM21S44E025759, propietario PAUL EMMANUEL DÍAZ TAMAREZ. FC 390942
PERDIDA DE CHAPA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo Hi Jet, año 1997, color blanco, placa y registro No. L021663, chasis No. S100P042328, propiedad de ANDRES NOVA, cédula 001-0015864-1. FC 390932
PERDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Yamaha, color azul, año 2007, placa No. N257158, chasis LAPXCHLA970006982, a nombre de DINORAH DURAN.
PÉRDIDA DE MATRICULA: De la motocicleta marca Suzuki, modelo AN125HK, color negro, año 2011, placa No. N731916, chasis LC6TCJC93B0000187, a nombre de CARLOS DE LA ROSA FAMILIA, cédula No. 012-0068779-4.
PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Jincheng, modelo AX100-BD, color negro, año 2012, placa No. K1178316, chasis LJCPAGLH0CS005235, a nombre de RAFAEL ALCANTARA VALEZA. FC 390933
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2008, placa No. A630716, chasis KMHEU41MP8A570634, a nombre de JOSÉ MANUEL CRUZ PEÑA, cédula No. 402-2169204-6. FC 390913
DR. JUAN MIGUEL GARCIA PANTALEON Abogado
PEDRO REGALADO MENDOZA PEREZ Agrimensor, CODIA 21416 (Cel. 809-497-7827- 849220-3081)
AVISO DE PÉRDIDA DE ORIGINAL del Permiso Ambiental 2881-15 a favor de Termopac Industrial, S.A., ubicada en Nicolás de Ovando 340, Cristo Rey, D.N., coordenada UTM 19Q 403122.58 E-2445688.63 N. FC 390723
AVISO DE PÉRDIDA DE ORIGINAL del Permiso Ambiental 2934-16 a favor de Polyplas Dominicana, S.A., ubicada en Aníbal de Espinosa 301,Villas Agrícolas, D.N., parcelas 63-Prov-B, 63-ProvC, 64-Prov-B, 65-Prov, 66-Prov-A y 66Prov-B, D.C. 4. FC 390724
PÉRDIDA DE PLACA: Del automóvil privado, marca Hyundai, placa A728581, color negro, chasis KMHEC41MBBA322435, año 2011, propiedad de MIGUEL ANGEL ALCANTARA REYES, cédula 2250009798-9. FC 390640
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Fontaine, placa F008909, color blanco, chasis 1A1140C1B1534533, tipo remolque, año 1981, propiedad PREBISTIRIO LOPEZ JIMENEZ, cédula 076-0015605-8. FC 390612
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep marca Honda, modelo CR-V EX 4x4, color blanco, año 2011, placa No. G379476, chasis 5J6RE4H53BL067817, a nombre de FALCONERYS MERCEDES MARTÍNEZ ACEVEDO, cédula No. 031-0465187-5.
PÉRDIDA PLACA: Vehículo de carga, marca Mazda, color gris, año 2007, placa No. L241629, chasis MM7UNY0W370625458, a nombre de JUAN CARLOS JORGE GONZALEZ
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el día 30/11/2020 a las 10:00 A. M., se realizaran los trabajos de Mensura para DESLINDE, en el inmueble siguiente Solar 41, manzana no. 4195, D.C. 01, inmueble ubicado en Las Casas, Marañón II Municipio Santo Domingo Norte, Pro. Santo Domingo, Exp. No. 6632020044673, a solicitud de su propietaria LUCIA SOLANO.
AVISO DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No.42 de la ley 1306-Bis, que en fecha 10 del mes de enero del 2020, la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, especializado de familia, dictó la sentencia civil No.496-2020-SCIV-00002, y fue pronunciado el divorcio por incompatibilidad de caracteres entre JULIO QUIROZ y MARIA JACQUELINE TAVERAS DURAN, pronunciado por ante el Oficial de la 1ra. Circunscripción de Sabana Larga, registrado en el Libro No.00003, Folio No.0007, Acta No.000154, del 2020. LICDA. ANGELICA ELIZABETH ARIAS ORTIZ Abogada
PEDRO REGALADO MENDOZA PEREZ Agrimensor, CODIA 21416 (Cel. 809-497-7827- 849220-3081)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el día 30/11/2020 a las 11:00 A. M., se realizaran los trabajos de Mensura para DESLINDE, en el ámbito de la parcela no. 5D-1-280, D.C. No. 06, Urb. Bello Campo, Municipio Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, Exp. No. 6632020044711, a solicitud de sus propietarios: FRANCISCO CRISTINO SANCHEZ Y KENIA MARIBEL SOTO SANCHEZ. PEDRO REGALADO MENDOZA PEREZ Agrimensor, CODIA 21416 (Cel. 809-497-7827- 849220-3081)
Se hace de público conocimiento y para los fines de nueva expedición, que se ha extraviado el certificado financiero 1650030239, aperturado en el Banco de Reservas de la República Dominicana el 06/12/2016 por un monto RD$ 1,500,000.00 (un millón quinientos mil pesos dominicanos), en favor de Bernardo Mesa Páez, cédula de identidad 001-1452488-7. FC 390715
AVISO DE PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el art. 92 párrafo 3 de la ley 108-05, sobre registro inmobiliario y el art. 86 de reglamento general de registro de títulos, se hace de público conocimiento a perdida del certificado de título de propiedad, matrícula No. 0500033121 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 770 Mts2, D.C. No. 02, parcela 3947, ubicado en Nizao, Bani, provincia Peravia. A los fines de obtener el certificado de título, expedido por el registro de títulos de Bani. FC 390912
LICDA. RUTH M. GUZMÁN Abogado
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADOS DE TITULOS En cumplimiento con el Art.92, párrafo III, de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados de Títulos de los inmuebles siguientes: 1.- TITULO No.70-71, SERIE 018362, DEL LIBRO 46-01, FOLIO 343, Y SAN PEDRO DE MACORIS, SOLAR EN LA PARC. NO.355-B-1-P DEL D.C. NO.6/2 DE SAN PEDRO DE MACORIS, CON UNA SUPERFICIE DE 1,600MTS2, A NOMBRE DEL SOLICITANTE GERALDO DIAZ REYES.- 2.TITULO NO.70-71, SERIE 018363, DEL LIBRO 46-01, FOLIO 343, Y SAN PEDRO DE MACORIS, SOLAR EN LA PARC. NO.355-B-1-P DEL D.C. No.6/2 DE SAN PEDRO DE MACORIS, CON UNA SUPERFICIE DE 1,600MTS2, A NOMBRE DEL SOLICITANTE GERALDO DIAZ REYES.- Que a constar de la fecha no especificada está perdido. La presente publicación se hace para los fines de solicitud por perdida por ante el Registro de Títulos de San Pedro de Macorís.- En la ciudad de San Pedro de Macorís, República Dominicana.
FC 390908
DR. RAUDY DEL JESUS VELAZQUEZ, Abogado.
LEGAL 17
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE MENSURA
PUBLICACIÓN LEGAL DE DIVORCIO
Aviso conforme al Párrafo tres(3) del artículo 92 ley de Registro Inmobiliario No.108-05 de fecha 23 de marzo del 2005, pérdida del Certificado de Título matricula 3000373621 de fecha 4 de octubre del año 2019, que ampara el inmueble que mide 1346.65 en Rancho Viejo , La Penda metros cuadrados del Municipio y Provincia de La Vega, duplicado del dueño, SANTIAGO ROMANO RAMIREZ.
Se avisa que el 30 de noviembre de 2020 a las 8:00 a. m., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento, P. No. 1797 del Distrito Catastral No. 7 del Municipio de Fantino, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, expediente No. 6612020026879, en fecha: 17 de septiembre de 2020, reclamada por s son Dolores Alvarez y Johnny Caraballo. En cumplimiento del artículo No. 75 del reglamento General de Mensuras Catastrales.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Cuarta Sala Civil de Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la Sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Alvarez, en fecha dieciocho (18) del mes de Septiembre del año dos mil veinte (2020), dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 1275-2020-SSEN-00670, Expediente No. 1275-2020-ECIV-00615, cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los esposos: Jonathan Ortega Payano y Eliana Elena Almonte, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de Divorcio por Mutuo Consentimiento número 96/2020, de fecha 15 de Julio del 2020, del Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, Hipólito Minaya Hiciano, debiendo proceder para que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento, por tratarse de una litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena y firma: Firmada por el Magistrado Filoset Núñez Polanco y quien suscribe, Zoila Heidyli Quezada Almonte, Secretaria Interina. La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley, ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Municipio de Santiago, Provincia Santiago, en fecha 17 de Noviembre de 2020, inscrita en el Libro 00003, folio 0186, marcada con el Acta No. 000586, del año 2020. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre del año dos mil veinte (2020).
(AC-19029-PC)
LIC. VICTOR PEÑA GARCIA ABOGADO
FRAN REINALDO FRANCISCO CASTAÑO Agrimensor Contratista - CODIA: 8847
(AC-19048-WP-1/3)
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD
AVISO DE MENSURA
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de titulo de Propiedad MATRICULA NO.4000277765 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 435.05mts.2 en el ámbito de la Designación Catastral no.312176697416 del Municipio Jarabacoa Provincia de La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de SANDRA MAGALY SANCHEZ VELOZ, Propietario. En la ciudad, municipio de Jarabacoa y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 19 días del mes de noviembre del año 2020.
Se avisa que el 30 de noviembre de 2020 a las 9:00 a. m., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento, P. No. 1797 del Distrito Catastral No. 7 del Municipio de Fantino, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Direccion Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, expediente No. 6612020026844, en fecha: 17 de septiembre de 2020, reclamada por s son Tauiky Rodriguez Reyes y Rosario Rodriguez Reyes. En cumplimiento del artículo No. 75 del reglamento General de Mensuras Catastrales.
(AC-19035-WP)
LICDA. MINELVA ALT. VELOZ TIBURCIO Abogada
FRAN REINALDO FRANCISCO CASTAÑO Agrimensor Contratista - CODIA: 8847
(AC-19048-WP-2/3)
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA
EXPEDIENTE NO. 6612020037498 Se avisa que el 28 de noviembre del 2020 a las 9:00 a.m., se dará inicio a la Mensura para Deslinde, Dentro del Parcela No.1139 del D.C 06, de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte. El cual fue autorizado por la Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha: 30 de octubre del 2020, cuyo propietario es el señor JUAN MARÍA GARCÍA THEN. En cumplimiento del artículo No. 75 del reglamento General de Mensuras Catastrales.
Se avisa que el 30 de noviembre de 2020 a las 10:00 a. m., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento, Distrito Catastral No. 28 del Municipio de Fantino, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Direccion Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, expediente No. 6612020027425, en fecha: 22 de septiembre de 2020, los reclamantes son Ramon De La Antigua Flores Garcia y Estebania Mendez Garcia De Ayala. En cumplimiento del artículo No. 75 del reglamento General de Mensuras Catastrales.
(ER-AC-19052-WP-2/2)
CARMEN DE LA CRUZ CONCEPCION Agrimensor CODIA: 21672
Unión Nacional de Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias ´´UNJVOC´´ Calle Sánchez casi esq. García Godoy La Vega, Rep. Dominicana
AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento de las disposiciones del articulo 5, párrafo I, II y III de la Ley No.122-05 de fecha Ocho (8) del mes de Abril del año Dos Mil Cinco (2005), la cual rige el Fomento y Registro de las Asociaciones sin Fines de Lucro en República Dominicana se hace de público conocimiento que en fecha DOCE (12) del mes de NOVIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2020), mediante Resolución no. 0152020 en su artículo Primero, numeral 1 el Magistrado Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, concedió el beneficio de la Incorporación Legal a la entidad que lleva por nombre UNIÓN NACIONAL DE JUNTAS DE VECINOS Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS “UNJVOC” entidad sin fines de lucro, cuya duración es por tiempo indefinido, siendo sus objetivos generales: Contribuir de forma directa con el fortalecimiento de las: organizaciones comunitarias de nuestro país, logrando que se les reconozca y se le de el valor que merecen colaborando, además, con las demás fuerzas sociales de nuestro país en la búsqueda constante de las soluciones que promuevan las soluciones a las principales problemáticas que se presenten en nuestras comunidades. Entre otras actividades, así como cualquier otra actividad lícita que no esté prohibida por los estatutos sociales y por las leyes dominicanas. El domicilio legal se establece en Calle Sánchez casi esq. García Godoy, de la ciudad, municipio y provincia de La Vega , República Dominicana. Su directiva y miembros fundadores está compuesta por: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
PRESIDENTE: ALEXIS RODRÍGUEZ VICEPRESIDENTE: JOSÉ ANDRÉS UREÑA. DIRECTORA EJECUTIVA: ALTAGRACIA CAPELLÁN SECRETARIA DE FINANZAS: JULIANA ANTONIA BATISTA DÍAZ DE PICHARDO. SECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN: JESUS RAMON TRINIDAD SECRETARIA DE LA MUJER: GLORIA BEATRIZ ROSARIO MENA SECRETARIO DE LA JUVENTUD: JUANA MIRIAM FAJARDO SECRETARIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA: WILFIDO LEONARDO ADAMES
cuyo presidente es quien lo representa ante terceras personas, siendo un total de OCHO (8) el número de funcionarios de la Junta Directiva. En la ciudad, municipio Y Provincia de La Vega, República Dominicana a los DIECINUEVE (19) días del mes de NOVIEMBRE del año Dos Mil VEINTE (2020).
(RC-7968-OEA-DEV)
ALEXIS RODRÍGUEZ PAULINO Presidente
FRAN REINALDO FRANCISCO CASTAÑO Agrimensor Contratista - CODIA: 8847
(AC-19048-WP-3/3)
LIC. BUENAVENTURA DIAZ CANELA Abogado Apoderado
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Expediente Nº 6622020096309 Se avisa a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, que el día 9 del mes de Diciembre del año 2020, a las 11.00 A. M., se dará inicio a los Trabajos de Mensura para Saneamiento de tres (3) porciones de terreno ubicadas en el Lugar La Majaguita, Sección Los Dajaos, dentro del D.C. Nº 3, del Municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega. Primera porción reclamada por el señor PORFIRIO LORA, con los siguientes linderos: NORTE: CAMINO LOS MARRANITOS, SUR EUCLIDES RAMIREZ TEJADA, EDDY ALBERTO RAMIREZ RAMIREZ Y CAMINO, ESTE: P.311078634630 (EUCLIDES RAMIREZ TEJADA Y EDDY ALBERTO RAMIREZ RAMIREZ) Y CAMINO LOS MARRANITOS, OESTE: SUCESORES DE CRESENCIO ANTONIO RODRIGUEZ, NICOMEDES PICHARDO Y ANGELICA PICHARDO. AREA: 35,697.48 M2 Segunda porción reclamada por el señor AGUSTIN TORRES MUÑOZ, con los siguientes linderos: NORTE: MILDRED GARCIA SOSA, SUR RAMON MARIA PICHARDO ACOSTA, ESTE: MILDRED GARCIA SOSA, OESTE: CAMINO LOS MARRANITOS. AREA: 628.87 M2 Tercera porción reclamada por el señor RAMON MARIA PICHARDO ACOSTA, con los siguientes linderos: NORTE: AGUSTIN TORRES MUÑOZ, SUR EMILIO MARINE, ESTE: MILDRED GARCIA SOSA, OESTE: CAMINO LOS MARRANITOS. AREA: 1,014.16 M2 Referencia de Ubicación: Lugar La Majaguita, Sección Los Dajaos, del Municipio de Jarabacoa. Por la Carretera Jarabacoa-Constanza, doblamos por el Camino Los Marranitos y recorremos 1.5 km., y a mano derecha, se encuentran los inmuebles. Autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 6 de Noviembre del año 2020. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas.
(AC-19046-PC)
JOSÉ TOMÁS R. RAMÍREZ CASTILLO Agrimensor Contratista CODIA Nº 7594
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Expediente No. 6622020088586 Se citan a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, colindantes, propietarios y público en general al ámbito de la Parcela No. 004-10403, D.C. No. 12 ubicada por la Calle Proyecto, Maimón del Municipio San Felipe de Puerto Plata y Provincia Puerto Plata el día 01 de diciembre del 2020 a las 10:00 A.M., mediante Autorización de fecha 27 de octubre del año 2020, se Procederá a realizar los trabajos de Saneamiento al inmueble propiedad de ORSINIO GUTIERREZ.
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor JHOTTIN JOSE MUÑOZ CEBALLOS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D. cédula no.402-2363029-0; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. GENARO ANTONIO HILARIO PERALTA, cedula No. 047-0128818-7, con estudio profesional abierto en el NO.50- de la Ave. Monseñor Panal Apto.502 de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora DAIME ANABELLE ALCANTARA MONTA cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Principal paraje La Cidra, Burende, de este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el dia 24 del mes de NOVIEMBRE del año 2020 a las 9:00 a.m. como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la a la AUDIENCIA PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, ubicado en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 18 del mes de DICIEMBRE del año 2020 a las 09:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 19 días del mes de NOVIEMBRE del año 2020.
DIEGO ARMANDO DIAZ LIRIANO Agrimensor Contratista CODIA 35593
(AC-19049-WP)
AVISO MENSURA CATASTRAL EXPEDIENTE No. 6622020100764 Se avisa que el día 14 del mes de diciembre del año 2020, a la 10:00 AM, daremos inicio a los Trabajos de Actualización de mensura dentro de la: Posicional(s) No. 314206670420, del Municipio y Provincia La Vega. Área: 401.83 m2 Propiedad del señor: JOSE FERNANDO VALDEZ MATIAS. Estos trabajos fueron autorizados por Mensuras Catastrales Depto. Norte, en fecha 18/11/2020. Se citan los colindantes y demás interesados. (AC-19051-WP)
JUAN SUÁREZ BATISTA Agrimensor Público CODIA No.22812
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXPEDIENTE 6612020026399 Se avisa que el 27 de noviembre del 2020 a las 3:00 p.m., se dará inicio a la Mensura para Deslinde, Dentro del ámbito de la Parcela No. 172, del D.C. 02, de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte. El cual fui autorizado por la Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha: 08 de septiembre del 2020, cuyo propietario es el señor JOSÉ YAPUR RAMIA ROSARIO. En cumplimiento del artículo No. 75 del reglamento General de Mensuras Catastrales. (ER-AC-19052-WP-1/2)
LUIS RAFAEL GABIN Agrimensor CODIA: 22025
LIC. GENARO ANTONIO HILARIO PERALTA (RC-7970-OP-19-20-21/11/2020) Abogado Apoderado
PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad al art. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 07 DE JUNIO del año 2018 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia no. 209-2018SSEN-0000473, cuyo dispositivo dice asi: FALLA : PRIMERO: admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos JUNIOR CESAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y JOSELYN MARIBEL PEÑA BARIAS, conforme el acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por el LIC. ORLANDO JULIAN DIAZ ABREU, Notario Público de los del número para el Municipio de La Vega, en fecha DIECISEIS (16) del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018) transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia asi se pronuncia , ordena, y firma. Magistrada Ircania Victoria Hernandez Trinidad, Jueza Presidenta y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 2DA. Circunscripción municipio LA VEGA, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.6; folio 119; Acta no.560 en fecha 11 de diciembre del año 2018. La Vega, Rep. Dominicana, a los 19 días del mes de noviembre del año 2020.
(AC-19054-WP)
LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU Abogado
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El país de las niñas esposas
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Yorllina Cuevas, posa en su casa, en Barahona.
MANUEL PÉREZ BELLA EFE
SANTO DOMINGO.- Natalia se fugó de su casa, en el interior de República Dominicana, la víspera de su boda. Tenía 16 años y trataba de huir de un matrimonio con un hombre mucho mayor y al que no amaba. Pero su madre le dio caza, la llevó a la iglesia y, mientras le colocaba la tiara, la amenazó: “Si cuando te pregunten que si tú aceptas casarte con él, tú dices que no, yo te mato y me mato yo”. El recuerdo de los golpes que le había propinado su madre en otras ocasiones para impedirle que dejara a su novio dotaba a la amenaza de muerte de una credibilidad incontestable. Así que la joven no tuvo más remedio que acatar la orden materna y comenzar una vida en común con un hombre por el que no sentía ningún afecto y con el que, al cabo de 15 años de relación, ya ha procreado cuatro hijos. El día de su boda, Natalia -nombre ficticio- pudo constatar que no estaba sola. Le rodeaban sus primas, todas ellas adolescentes casadas o con novios formales. Una imagen que ilustra una dura realidad para las niñas en República Dominicana: uno de los países con mayor número de matrimonios infantiles del mundo. Al menos, una de cada cinco dominicanas termina casada o en uniones informales siendo menor de edad, y en muchas ocasio-
nes, con hombres que les doblan la edad. El matrimonio infantil está legalizado a partir de los 15 años para las niñas y, en estos momentos, tramitan dos iniciativas que tratan de prohibirlo, una por la vía judicial y otra por la legislativa, pero las estadísticas muestran que el problema está tan profundamente arraigado que escapa a los límites de la ley. De hecho, en el 12 % de las bodas o uniones que se registran en el país la novia tiene menos de 15 años, una cifra que duplica la media de América Latina (5 %), según datos de Unicef. El machismo imperante
Los motivos que explican tal cantidad de matrimonios infantiles forzados son varios, explica a Efe la ministra de la Mujer, Mayra Jiménez: el hecho de que esta práctica sigue siendo legal, políticas públicas “que han fallado”, además de “un problema cultural” y “un problema de machismo”. También inciden otros factores, como la expectativa de salir de la pobreza, la violencia intrafamiliar, la hipersexualización de las niñas o la religión. Este último fue el caso de Natalia: su madre no concebía que su hija pudiera tener más de una pareja en la vida. La presión de la madre continuó incluso después de la boda, obligando a su hija a satisfacer el apetito sexual de su marido contra su voluntad. “Cuando yo tenía que tener relaciones
Cuando yo tenía que tener relaciones con él, con alguien que yo no amo, que yo no amaba, que ya era obligatorio, muchas veces él me decía cuando yo no quería: voy a hablar con tu mamá. Y como mi mamá es fuerte, yo le tengo miedo, tiene un carácter fuerte, yo accedía. No había de otra”, dice con resignación.
con él, con alguien que yo no amo, que yo no amaba, que ya era obligatorio, muchas veces él me decía cuando yo no quería: voy a hablar con tu mamá. Y como mi mamá es fuerte, yo le tengo miedo, tiene un carácter fuerte, yo accedía. No había de otra”, dice con resignación. Ahora, Natalia asegura que se ha “acostumbrado” y que aguanta con su marido por el sentido de “responsabilidad”, para criar a los cuatro hijos que tienen en común. Escapatoria al maltrato
A los 16 años, Yorllina Cuevas conoció a su futuro marido, entonces de 28 años, mientras lavaba ropa en un canal en La Lista, una aldea en la provincia de Barahona (suroeste), una de las zonas más pobres del país y con tasas más elevadas de bodas infantiles.
Él se sorprendió por los moretones en el rostro y en el torso de Yorllina, causados por las constantes palizas que le daba su padre. Ella vio en aquel hombre una escapatoria. “Era como buscar una protección, mi padre nos maltrataba mucho a mí y a mi madre. Era buscar un refugio, no porque pensaba que yo estaba preparada para un hogar o una familia”, argumenta. Pocos meses después, ya casados, se mudaron a la capital. Yorllina enseguida se quedó embarazada y descubrió entonces el carácter de su marido, un hombre controlador que no la dejaba salir con amigas, ni elegir su ropa. “Fue bien difícil para mí. Y con una barriga bastante grande y la primera vez que estaba embarazada y sin nadie alrededor de mi familia. Yo me sentía como si vivía como un secuestro, pero conociendo al secuestrador”, dijo. El estrés de la relación, asevera, le llegó a provocar un aborto. En una huida hacia adelante, con 21 años, Yorllina dejó a aquel hombre y conoció al padre de su segundo hijo, que le sacaba 20 años de edad. Pero debido a presiones paternas, la relación acabó. Años después conoció a un hombre de su misma edad con el que congenió y tuvo un tercer hijo, pero la relación tampoco fructificó por las infidelidades de él. Ahora vive sola con sus tres hijos en una casa de ladrillo de cemento desnudo y techo
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TRABAJO ESPECIAL 19
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de zinc, frente a una calle de tierra en su pueblo natal. Un problema que va más allá de la ley
La polémica ley que permite casar niñas desde los 15 años figura en el Código Civil de 1884, un texto decimonónico que aún está en vigor y que, a juicio de la ministra de la Mujer es “una vergüenza para el país”. Más reciente (1997), pero no menos polémico, es el artículo del Código Penal que exime de la cárcel al hombre que extraiga de casa o deje embarazada a una menor en el caso de que se case con ella. Actualmente, el Tribunal Constitucional está estudiando un recurso de inconstitucionalidad que aspira a vetar esas dos disposiciones legales. La sentencia será dictada como pronto a partir de finales de noviembre, pero si no hay unanimidad, las deliberaciones se pueden dilatar más tiempo.
El matrimonio infantil y la unión temprana no son percibidos en las comunidades, sobre todo en las más pobres, como un problema grave”, advierte.
Otra vía legal que podría resultar en la prohibición de los matrimonios infantiles es un proyecto de ley que previsiblemente fue votado y aprobado este miércoles en la Cámara de Diputados, antes de pasar al Senado. “Hay consenso mayoritario en la sociedad de que el matrimonio infantil tiene que ser erradicado de nuestro Código Civil”, dice la ministra Jiménez, confiando en que la iniciativa contará con un apoyo mayoritario en el Parlamento. Sin embargo, advierte de que “esa es una parte” del problema; la otra, de mayor calado, es trabajar para erradicar las uniones a temprana edad, que suponen un mayor número y en muchos casos están fuera de la ley. Las cifras más alarmantes se dan entre la población del quintil más pobre, en el cual el 59 % de las niñas y adolescentes se casa o se une antes de los 18 años y el 23 % antes de los 15. La representante de Unicef en el país, Rosa Encarte, coincide en el análisis: “la modificación de la legislación es un paso fundamental, pero no suficiente”. “El matrimonio infantil y la unión temprana no son percibidos en las comunidades, sobre todo en las más pobres, como un pro-
EMBARAZO Y POBREZA Una de las consecuencias más palpables de las uniones tempranas son los embarazos adolescentes, que acarrean mayores riesgos tanto para la madre como para el feto. El 19,1 % de las adolescentes dominicanas de hasta 19 años ha estado embarazada alguna vez, según los datos de la encuesta oficial Enhogar, divulgada en septiembre pasado por el Gobierno. Tres de cada cuatro embarazos adolescentes en el país son consecuencia de una unión temprana. Con apenas 15 años, Maiky Adames se quedó embarazada de gemelos, pero perdió a uno de los dos durante la cesárea que le hicieron antes de llegar a los ocho meses de gestación, una intervención que a ella casi le cuesta la vida. “El niño duró 17 días en la incubadora. Se moría, revivía…”, recuerda Maiky. Tras múltiples hospitalizaciones, su hijo salió adelante. A los 13 años, le han quedado como secuelas la dificultad para hablar y un 75 % de sordera. “Ha sido un proceso muy difícil que no todas las jóvenes lo aguantarían”, advierte. Otra de las consecuencias más evidentes es la pobreza. La necesidad de criar a los hijos y de darles sustento, en muchas ocasiones sin un marido al lado, aboca a muchas de estas mujeres a la miseria. “Significa la falta de oportunidades para quienes están involucrados. Y significa también posiblemente su condena a la pobreza, a la pobreza extrema y a la condición de vulnerable. Dejan los estudios y generalmente pasan por situaciones sumamente difíciles”, dice la ministra de la Mujer. Maiky -y sus tres hijos- tiene que compartir techo con su madre, su hermano y la mujer de éste en una pequeña casa en las afueras de San Juan de la Maguana, una ciudad agrícola en el suroeste del país. Hace tiempo que no recibe la pensión ali-
menticia por parte de su primer novio. “Al principio sí, se hizo responsable, pero luego fue cambiando. Tuvo muchos más hijos y se fue olvidando de los más grandes”, apostilla. La directora de la ONG Plan Internacional en República Dominicana, Virginia Saiz, explica que “en la mayoría de los casos”, las relaciones ni siquiera perduran en el tiempo. “No son historias de amor románticas que triunfan”. “Que una niña menor de 18 años se case, sea madre, implica en la mayoría de los casos que su futuro potencial de tener un trabajo, de estudiar, se queda ahí. En la mayoría de estos casos, son niñas que no culminan la educación básica y que por tanto no van a poder acceder a ningún tipo de empleo profesional”, elabora. En una situación parecida se deparó Jeidy Dotel. La relación con su pareja terminó cuando ella acababa de cumplir los 17 años y su bebé tenía apenas “seis o siete meses”. A partir de ahí, tuvo que dejar sus estudios en segundo plano para sacar adelante a la criatura. “Tuve que renunciar a mis estudios durante dos años, tuve que terminar el bachillerato prácticamente informal, yendo una sola vez a la semana (…) Luego ingresé a la universidad, me retiré de la universidad, luego
volví e hice un reingreso…”, relata. Años más tarde, casada de nuevo, acaba de colgar su flamante diploma de Magisterio Infantil en la sala de estar, junto a un abecedario y una tabla de multiplicar, de las que se sirve para educar a sus niños mientras las escuelas están cerradas por la pandemia. Por ese mismo motivo, la COVID-19, Jeidy no ha podido comenzar a ejercer de profesora y sigue trabajando con su marido en una minitienda de comestibles que ocupa la fachada de su humilde casa de madera, situada en La Maguana, un poblado en la zona rural de la provincia de San Juan (suroeste). Al igual que Jeidy, Natalia, Yorllina y Maiky interrumpieron sus estudios a consecuencia de sus relaciones, seguidas de rápidos embarazos. Tres de las cuatro han transitado por empleos con los que mal da para subsistir. Tras abandonar la idea de estudiar Enfermería, Maiky pasó de un trabajo a otro, hasta que hizo un curso de belleza y ahora se dedica a arreglar el pelo a las clientas en su propia casa. Yorllina llegó a empezar la licenciatura de Enfermería, pero la abandonó cuando regresó a su pueblo natal para separarse de su primer marido. Hoy en día mantiene a sus tres hijos con el salario que gana en una banca de lotería, que ronda los 6.000 pesos (unos 103 dólares). Natalia proyectaba en su imaginación que sería madre después de ser profesional. Pero al tener un hijo tras otro, tardó cinco años en terminar el último curso de secundaria. Además de sacrificar sus estudios, puntualiza, también tuvo que renunciar a su juventud. “Tuve que renunciar a mi adolescencia, a salir con mis amistades, a hacer lo que yo quería, a desarrollarme como adolescente, a experimentar cosas. Yo no he vivido (…) esa oportunidad me la arrebataron de las manos”, lamenta.
blema grave”, advierte. Que la legislación no haya avanzado para proteger a las menores no es una sorpresa, ya que las relaciones con menores están tan normalizadas en el país, que se han dado casos entre los propios parlamentarios. El caso reciente más sonado es el del exdiputado y exsenador Bernardo Alemán, actualmente de 64 años y quien ha sido llevado a la Suprema Corte de Justicia por denuncias de violación por parte de dos me-
nores edad con las que supuestamente mantuvo relaciones durante meses. El caso de Alemán lleva dos años en la Suprema sin ser juzgado y ahora podría pasar a la jurisdicción convencional, dado que perdió el escaño de diputado en agosto pasado. Alemán ha rechazado hablar con Efe para este reportaje. Otro de los casos más sonoros fue el del diputado Ramón “Papo” Fernández, que pa-
só seis meses en prisión en 2013 por haber sustraído de su casa a una niña de 13 años de edad, con la que mantuvo relaciones sexuales durante seis meses. Papo Fernández, sin embargo, se libró de ser juzgado por el delito de violación, castigado con penas de 10 a 15 años de cárcel, a pesar de que la Suprema consideró probadas las relaciones sexuales. Tras cumplir su condena, regresó a la Cámara baja recuperando su título de honorable diputado.
Adolescentes embarazadas.
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UN DÍA COMO HOY
TOGA Diputados aprueban de urgencia en dos sesiones consecutivas eliminación del matrimonio infantil en Rep. Dom. ISMAEL HIRALDO
SANTO DOMINGO.- Durante una sesión llena de debates y modificaciones que tardó seis horas este miércoles, los diputados aprobaron a unanimidad la eliminación de las dispensas que permitían el matrimonio infantil figurado en el Código Civil de la República Dominicana. “El hombre y la mujer no podrán contraer matrimonio bajo ninguna circunstancia antes de haber cumplido los dieciocho años de edad”, reza el nuevo artículo 144 del Código Civil que fue aprobado en la Cámara de Diputados durante la sesión extraordinaria 0029, propuesto por el legislador José Horacio Rodríguez y que, luego de varias ratificaciones, eliminará las uniones a temprana edad. Asimismo, se derogó el artículo 145 del Código Civil que permitía al Gobierno conceder dispensas para permitir los matrimonios a temprana edad en caso de contar con la anuencia de los padres y si se considerase un hecho de urgencia. Como régimen de consecuencia, los diputados agregaron un tercer párrafo a la legislación que establece que la violación del nuevo artículo 144 del Código Civil, se penará con el pago de 50 a 100 salarios mínimos del sector público, la imposición de reclu-
Asimismo, se derogó el artículo 145 del Código Civil que permitía al Gobierno conceder dispensas para permitir los matrimonios a temprana edad en caso de contar con la anuencia de los padres y si se considerase un hecho de urgencia. sión menor de dos a cinco años y el matrimonio quedará nulo. En el estudio del proyecto de Ley, se generaron fuertes debates y discusiones entre los congresistas cuando se conocían las modificaciones a la pieza, lo que llevó al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, a aperturar una sesión extraordinaria para conocer de urgencia el proyecto. Esto sucedió porque algunos legisladores
entendían que en caso de que la normativa no esté lo suficientemente clara, se malentenderían los artículos y las eliminaciones. Según el proyecto de Ley, se considera a las uniones tempranas como “prácticas nocivas” que afectan a niños y adolescentes y que el mismo limita las oportunidades de desarrollo y acceso a la educación. El informe detalla que el 36 % de las mujeres jóvenes dominicanas se casó antes de los 18 años, una cifra que dobla la media en regional. Antes de la aprobación, el diputado Alexis Jiménez, presidente de la comisión de Justicia, destacó que “muchos trataron” de tergiversar sus lineamientos incluyéndolo como uno de los legisladores que estuvo a favor del matrimonio infantil. También tomó la palabra el principal proponente de la pieza, diputado José Horacio Rodríguez, quien hizo un recuento del tema en la Cámara Baja. Dijo que en el cuatrienio anterior, el tema se había planteado, discutido y sustentado por varias legisladoras.
1996.- Histórica entrevista en el Vaticano entre Juan Pablo II y el presidente cubano, Fidel Castro. El Pontífice acepta la invitación de visitar Cuba.
Fiscal DN: Plagio de solicitudes de visa a EEUU entre crímenes más comunes de la falsificación SANTO DOMINGO.- La procuradora fiscal titular del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, encabezó una reunión con representantes de la Embajada de Estados Unidos y miembros de la Policía Nacional con el objetivo de crear estrategias y ejecutar acciones que refuercen el combate contra delitos de falsificación de documentos. En el encuentro realizado en la sede de la Fiscalía del Distrito Nacional se presentaron y discutieron los casos que actualmente se encuentran en investigación, a fin de dar una respuesta efectiva en plazos razonables. “Es
necesario que las autoridades trabajemos para que la ciudadanía tenga garantía de sus derechos”, apuntó al respecto la fiscal del Distrito Nacional. La magistrada Rosalba Ramos informó que uno de los crímenes más comunes
en el área de falsificación es el de plagiar solicitudes de visa a Estados Unidos y a raíz de esto fue convocada esta reunión, que sirvió para afinar estrategias respecto a la persecución de quienes forman parte de las redes delictivas.
Recuerda y venera a los mártires de la Hacienda María, 59 años después
SAN CRISTÓBAL.- Los héroes que participaron en la conjura para derrocar la dictadura del sátrapa Rafael Leónidas Trujillo, no deben quedar olvidados en la memoria de la sociedad dominicana. Por ello, la Presidencia de la República, a través de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias (CPEP), en su misión de conmemorar las más gloriosas jornadas
históricas que han ocurrido en la vida de la República, junto a la Alcaldía Municipal de San Gregorio de Nigua y la Fundación 30 de Mayo, celebró este miércoles el acto de recordación por el 59 aniversario del asesinato de los Héroes de Hacienda María, en el Monumento levantado en su honor, en Nigua, San Cristóbal. El acto, que inició a las 9:00 de la mañana con una
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eucaristía en honor a los mártires y a cargo del reverendo padre Modesto, estuvo encabezado por Juan Pablo Uribe, presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias. Igualmente, participaron Jorge Carela, alcalde Municipal de San Gregorio de Nigua; Manuel Tejada, presidente de la Fundación 30 de Mayo; así como los familiares y las viudas de los asesinados, historiadores y representantes de la sociedad civil. Se interpretó el Himno Nacional, a cargo de la Banda de Música y una compañía del Ejército de República Dominicana, y luego se entonaron las notas del vibrante himno del 14 de Junio.
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NOVEDADES
Disney+ Disney+ está disponible a partir de este miércoles en Latinoamérica y en el Caribe, inaugurando una nueva era de entretenimiento para cada miembro de la familia.
Todo listo para “Frank Reyes en concierto para el mundo”
Cheché Abreu una gloria de la música Falleció la noche del pasado martes el famoso merenguero José Abreu Vargas (Cheché Abreu), de 81 años de edad, tras permanecer varios días ingresado en cuidados intensivos luego de ser diagnosticado con COVID-19. Cheché fue el creador de la variante del merengue que denominó “el mangué”. Conocido por su famoso merengue “La Negra Pola”, Cheché Abreu fue uno de los merengueros más destacados en las décadas de los 70 y 80. Sus más sonados éxitos han sido “La Negra Pola”, “El very well”, “Llegó la mañana”, “Navidad con Cheché”, “Ra-
Este músico y cantante se inició en el arte junto a sus amigos de adolescencia, Pablo Eligio -El Pozo-, Tomasito Martínez, Guarín y Pedrito en 1961, cuando todos comenzaron a ejecutar instrumentos musicales. quel”, “El profeta”, entre otros. Las honras fúnebres se
llevaron a cabo en el cementerio Parque del Prado. José Abreu Vargas (Cheché Abreu), nació el 26 de julio de 1939 en Manoguayabo, Santo Domingo, República Dominicana. Hijo de los señores José Abreu Martínez y Rosa Herminia Vargas Germán. Es hermano de Agustina, Manuela, Gregorio, Pablo, Eusebio, Sofía y Ramonita Abreu Vargas. Este músico y cantante se inició en el arte junto a sus amigos de adolescencia, Pablo Eligio -El Pozo-, Tomasito Martínez, Guarín y Pedrito en 1961, cuando todos comenzaron a ejecutar instrumentos musicales. Practicaban con la guita-
"Opción de la Tarde" arriba a onceavo aniversario; personalidades felicitan Al cumplirse un aniversario más del programa radial "La Opción de la Tarde", el expresidente Leonel Fernández felicitó al staff de periodistas que componen el espacio radial, de quienes resaltó la profesionalidad y ética con que realizan diariamente opiniones sobre los diferentes temas de interés nacional. El exmandatario los exhortó a seguir avanzando por el camino de la responsabilidad y a profundizar cada vez más sobre los problemas que afectan a la
sociedad dominicana. De su lado el ministro de Obras Públicas, Deligne Ascención, quien acudió a los estudios de Independencia FM del grupo Telemicro, para felicitar personalmente a los periodistas que forman parte de este importante espacio y los definió como personas morales, con un alto grado
de responsabilidad y objetividad. Se sumaron a las felicitaciones el ministro de Educación, Roberto Fulcar; el ministro de Interior y Policía, Jesús (Chú) Vásquez; el diputado de la Fuerza del Pueblo, Omar Fernández, además el ministro de Energía y Minas, Antonio Almonte, entre otras personalidades.
José Abreu Vargas (Cheché Abreu)
rra, bajo, bongó, conga y la maraca. Algunos de ellos cantaban y así formaron “El Sexteto Manoguayabo”. Posteriormente ingresó a
la Marina de Guerra como constructor naval en los Astilleros Navales, con el rango de raso. A los 4 años de su ingreso se convirtió en sargento.
Felipe Polanco, “Boruga”, ingresa a “El Mañanero" El veterano humorista Felipe Polanco, “Boruga”, ingresó este miércoles al programa radial El Mañanero. La información la dio a conocer Bolívar Valera, productor del espacio radial, en su cuenta de Twitter, anunciando que “hoy (miércoles) formalmente entra a formar parte de El Mañanero, Felipe Polanco “Boruga”, con sus ocurrencias y sus personajes”. El comediante tendrá una participación semanal con diferentes personajes y rutinas de humor.
Felipe Polanco, “Boruga”
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Con una producción de luces, sonido y baile, desde el anfiteatro de Ancora Cap Cana, “El Príncipe de la Bachata”, Frank Reyes presentará su primer concierto virtual el 26 y el 28 de noviembre, en una producción de Víctor Dumé. Dumé reveló que para darle un toque de espectacularidad al evento, el director de fotografía David Pou, dirigió un equipo de siete cámaras de última tecnología en un rodaje a 4K, con óptica cinematográfica. Rafa Rosario, líder de Los Hermanos Rosario, es el invitado especial de Frank Reyes, con quien el cantante de música de amargue presenta uno de los momentos más llamativos de “Frank Reyes en concierto para el mundo”.
22 DEPORTES
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DEPORTES ENTREVISTA
MLB
De 6 mil pruebas PCR, solo 18 peloteros Lidom han dado positivo por COVID-19 Viceministro Salud Pública afirma no habrá límites de exámenes
El viceministro de Planificación y Desarrollo de Salud Pública, Edward Guzmán, junto al editor deportivo de este medio, William Aish
WILLIAM AISH EDITOR DEPORTIVO WILLIAMAISH@GMAIL.COM
SANTO DOMINGO.Hasta ayer, unas 6 mil pruebas PCR habían sido realizadas a los peloteros y personal de los seis equipos de Lidom, donde solo 18 jugadores han dado positivo al COVID-19. En casi 45 días de pruebas el total de positivo es de 29, para un 0.4 por ciento, informó a El Nuevo Diario el viceministro de Planificación y Desarrollo de Salud Pública, Edward Guzmán, quien ha trabajado de manera directa con los seis equipos, a través de la Lidom. “Haremos todas las pruebas necesarias, no tenemos limitación”, reveló Guzmán ayer en uno de los palcos del Estadio Quisqueya Juan Marichal, quien indicó que Salud Pública le entrega los resultados a los seis equipos y la Lidom “de ahí ellos sabrán si pueden informar los
resultados a los medios”. Cuestionado sobre si los equipos o la Liga pagarán el servicio de las pruebas, fue enfático al decir “no, Salud Pública paga todo”. “Es un servicio que estamos dando para que se realice el torneo. Es una inversión que hace Gobierno, aquí el dinero pasa a un segundo plano”, argumenta. El funcionario dijo que la institución pública no quiere brecha por contagio o posible brote, por lo que al inicio se realizaban pruebas cada siete días. “Ahora la hacemos cada cinco días en tiempo real estándar para identificar el virus, además, también dentro de ese tiempo hacemos unas aleatorias PCR de antígeno que es simplificada, la misma te da los resultados en 15 minutos, todo eso para minimizar un posible brote”, exclama. El joven funcionario reiteró que en algún momento, diciembre o enero entiende
Robinson Canó suspendido todo 2021 por dopaje NEW YORK, ESTADOS UNIDOS.- Major League Baseball suspendió por 162 juegos al segunda base de los Mets, el dominicano Robinson Canó, luego de que diese positivo por Estanozolol, una sustancia para mejorar el rendimiento, anunció la Oficina del Comisionado ayer. Esta es la segunda suspensión de Canó por violar el Programa para la Prevención y el Tratamiento de las Drogas de MLB.
que habrá fanáticos en los estadios, pues está muy optimista.
Entendemos que en esos dos meses (finales de diciembre o en enero) podríamos tener entre 10 o 20 por ciento de fanáticos en los estadios, todo eso depende de la evolución del virus en el país, aclara.
Informó que unas 80 personas trabajan en conjunto a los equipos y la misma Lidom en el proceso de las pruebas PCR que se hacen a los peloteros, personal de los equipos y hasta los familiares “si ellos (los peloteros) lo piden”. “El trabajo de las pruebas PCR será toda la temporada”, concluyó.
Robinson Canó
Ya había sido suspendido por 80 juegos en el 2018 luego de dar positivo por el uso de un diurético frecuentemente utilizado para ocultar la aparición de sustancias prohibidas en las pruebas de orina. La suspensión de Canó dará inicio cuando comience la temporada 2021.
Esta es la segunda suspensión de Canó por violar el Programa para la Prevención y el Tratamiento de las Drogas de MLB.
Pelota Caliente La selección nacional de Canadá no podrá competir en la ventana de este mes del clasificatorio a la FIBA AmeriCup, que bajo el formato ‘burbuja’ se celebrará en Punta Cana, debido a unas restricciones de viaje impuestas a sus atletas por el gobierno canadiense, con relación a la crisis sanitaria. FIBA informó a Dominicana, que Canadá no asistirá a la burbuja que se celebrará los días 29 y 30 de noviembre donde se enfrentaría a Islas Vírgenes y Cuba.
LIDOM
Polanco: “Emocionado y feliz de volver a jugar pelota invernal”
Gregory Polanco entrenó ayer en el Estadio Quisqueya Juan Marichal.
HANLY RAMÍREZ
SANTO DOMINGO.Desde su debut en la Liga Dominicana de Béisbol Profesional (Lidom), Gregory Polanco se ha constituido en una de las principales figuras de los Leones del Escogido y la pasión que le acompañó la primera vez que vistió esta camiseta y salió al terreno de juego, continúa acompañándolo en la actualidad. “Estoy emocionado y feliz de poder volver a jugar en la pelota invernal, que tanto me ayudó en el inicio de mi carrera, en los años 2012 y 2013”, dijo Polanco al conversar con reporteros de El Nuevo Diario este miércoles, luego de concluir sus entrenamientos en el Estadio Quisqueya Juan Marichal. “Estoy entusiasmado, jugar frente a tu padre, madre y la gente que te conoce, aunque no van a estar en el estadio, es algo que me hace feliz”, expresó el jardinero de los Piratas de Pittsburgh en las Grandes Ligas, quien no esconde su orgullo, por poder jugar en su natal República Dominicana. Aunque se encuentra, se-
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gún sus palabras, en plenitud de condiciones y fue agregado al roster de los Leones, Polanco aún no tiene una fecha para su debut, ya que entiende que debe ver más pitcheo en su preparación, antes de salir a defender los colores de los Leones. “Ayer en la mañana (martes) me enfrenté a varios lanzadores y físicamente estoy ready, no tengo ninguna dolencia y estoy a cien por ciento, pero no puedo entrar sin ver pitchers, para eso, estoy bateando y me siento bien gracias a Dios”, reveló el jugador, quien aseguró que se mantendrá con el equipo por toda la fase regular y de ahí en adelante, es su organización de Grandes Ligas, quien determinará qué tiempo podrá mantenerse en uniforme con el equipo capitalino.
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TENIS
BALONCESTO
Minnesota escoge a Anthony Edwards como primer pick del draft de la NBA se destaca por su capacidad de pasar el balón, aunque los analistas han señalado que debe mejorar considerablemente su disparo de larga distancia. Los Bulls de Chicago se quedaron con Patrick Williams en la cuarta posición de la primera ronda. Isaac Okoro, fue la escogencia de los Cavaliers de Cleveland.
HANLY RAMÍREZ
SANTO DOMINGO.Los Timberwolves de Minnesota seleccionaron ayer a Anthony Edwards como el primer pick del draft de la NBA. Edwards, de 19 años, formado en la Universidad de Georgia, mide 6-5 de estatura y es comparado con jugadores como Víctor Oladipo y Dwyane Wade, con mucha capacidad atlética, la cual deberá pulir en la NBA. En la segunda posición fue escogido James Wiseman, por Golden State. El nuevo hombre de los Warriors, es un centro de 19 años, que jugó para los Memphis Tigers de la NCAA,
Anthony Edwards
que puede ayudar a mejorar la pintura del equipo del Oeste de la NBA, pero que debe trabajar en su defensa para brillar en la liga, según los analistas.
LaMelo Ball, hermano del también jugador de la NBA, Lonzo Ball, fue seleccionado por los Charlotte Bobcats, en la tercera posición a nivel general. El base de 19 años
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Posponen partido Licey-Toros Fedogolf dedicará VI Torneo LA ROMANA.- El partido hoy a las 7:00 de la noche. Interasociaciones a Camacho WILLIAM AISH
SANTO DOMINGO.- La Federación Dominicana de Golf (Fedogolf ) anunció ayer que dedicará el VI Torneo Interasociaciones al ministro de Deportes, Francisco Camacho. Carlos Elmúdesi, presidente de Fedogolf, informó que le rendirán un homenaje al ministro Camacho por su trayectoria deportiva, tanto como atleta, entrenador y propulsor. El evento se jugará en el campo de golf Las Aromas, de Santiago, donde tomarán parte las nueve asociaciones de la Fedogolf: Santo Domingo, Distrito Nacional, San Pedro de Macorís, La Romana, La Altagracia, Monseñor Nouel, La Vega, Santiago de los Caballeros y Puerto Plata.
Francisco Camacho.
El torneo será realizado el domingo 29 del corriente mes. “Todo está listo para el evento más importante entre las asociaciones, el Torneo Interasociaciones”, informó Elmúdesi, quien agregó que el ministro hará el saque de honor a las 8:30 de la mañana. PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca TOYOTA modelo COROLLA color DORADO Año 2003 placa A483780 chasis 1NXBR32E53Z182344 a nombre de YARIELY RAMOS PORTORREAL – CED. 224-0073145-5 (AC-AC19053-CM)
Novak Djokovic.
LONDRES, INGLATERRA.- Novak Djokovic, en uno de esos días en los que la apatía apaga el talento, se deshizo ante el ruso Daniil Medvedev (6-3 y 6-3) ayer y necesitará ganar a Alexan-
der Zverev en la última jornada para clasificarse para las semifinales de las Finales ATP en Londres. El moscovita está ya metido en la penúltima ronda del torneo y como primero de grupo, por lo que lo único que se jugará en su último encuentro, contra el argentino Diego Schwartzman, será los 200 puntos y el dinero del triunfo. Djokovic, que venía de una solvente victoria contra Schwartzman en su debut, mostró la actitud desinteresada que le ha afectado en algunas ocasiones de su carrera.
AVISO CORRECCION ESTADO CIVIL
LIDOM
GOLF
Djokovic se diluye ante el ataque de Medvedev en las Finales ATP
entre Tigres del Licey y Toros del Este pautado para jugarse ayer en el Estadio Francisco Micheli de La Romana, se pospuso debido a las condiciones del terreno por las lluvias caídas en las últimas horas. El encuentro se jugará
Es la segunda suspensión de los Toros en la joven temporada, también se pospuso la jornada inaugural el pasado domingo y el clima también impidió que el juego del martes en San Pedro de Macorís llegue a su conclusión.
PERDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA Marca MAZDA modelo B3000 V6 – PICK UP color NEGRO Año 1994 placa L097722 chasis 4F4CR16U8RTM72288 a nombre de YRENA SUAREZ TEJADA - CED. 0870001853-7 (BAC-RC-7945-WP-1920-21/11/2020)
PERDIDA DE MATRICULA: JEEP Marca TOYOTA modelo HIGHLANDER color DORADO Año 2003 placa G216136 chasis JTEHF21A330126258 a nombre de JEREMIAS GLASS CRUZ – CED. 001-0073247-8 (AM-AC19050-WP)
JURISDICCION INMOBILIARIA
Se hace de público conocimiento que los señores CERAFINA RODRIGUEZ PAULINO Y ADALBERTO DUARTE R., dominicanos, mayores de edad, cedulas nos.031-0281215-7 y 031-00200454-0, respectivamente, domiciliados y residentes en esta ciudad de La Vega, R.D., por medio de la presente publicación hacen constar que en el Certificado de Título de Propiedad matricula No.0300004487 correspondiente a la parcela No.51 del Distrito Catastral No.125 del Municipio y provincia de La Vega, R.D., el cual ampara 314mts.2; figuran POR ERROR que su estado civil es soltero, al momento de adquirir dicho inmueble, siendo lo correcto CASADOS ENTRE SI, a los fines de corrección, registro y nueva expedición, en la Oficina de Registro de Títulos de La Vega. La Vega, R.D., a los 19 días del mes de noviembre del año 2020. CERAFINA RODRIGUEZ PAULINO Y ADALBERTO DUARTE R. Propietarios
(VDS-AC-19055-WP-19-20-21/11/2020)
AVISO DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No.42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 29 del mes de noviembre del 2019, la 6ta sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, especializado de familia, dicto la sentencia civil No.1445-2019-SSEN-00847, y fue pronunciado el divorcio por incompatibilidad de caracteres entre MIGUEL ANGEL VAZQUEZ OSORIO Y PAULA LUNA MENA, pronunciado por ante el oficial de la 15ta Circunscripción Santo Domingo Oeste, registrado en el libro No.00001, folio No.0187, acta No.000187, del 2020.
LICDA. ERICELIS ALTAGRACIA MATA ALVARADO ABOGADA
PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO Por este medio hacemos de conocimiento público que el inmueble identificado como 309451081642, que tiene una superficie de 783.11 metros cuadrados, matrícula No. 3000056886, ubicado en Santo Domingo Oeste, Propiedad del señor Roque Sánchez Gómez, tiene un error en el estado civil de su propietario el señor Roque Sánchez Gómez, donde se estable que es CASADO, cuando la verdad es que para ese tiempo el señor Roque Sánchez Gómez era SOLTERO, por lo que se está solicitando la ratificación para que de manera administrativa se ponga que es soltero. 16-11-2020 FC 390728
Tribunal De Tierras Jurisdiccion Original De Sánchez Ramírez Cotui expediente núm. 5172000231 Parcela No. 1797, Distrito Catastral No. 07, Resultando las Parcelas No. 316134258735 con un área 296.74 mts2 y la parcela No. 316134327772 con un área de 467.46 mts2., Municipio Fantino Provincia Sánchez Ramírez expediente de mensura No. 6612019077931. Motivo: SANEAMIENTO: Agrimensor: Gabino Antonio Padilla Balbuena, CODIA NO. 27511. Reclamantes: Juan De Dios Acevedo Mosquea y Olegario Ventura Faña. Se citan a todos los interesados para que comparezcan a la audiencia por ante este tribunal cito en la Calle Sánchez No. 43, municipio de Cotuí el día 15/12/2020 a las 11:00 a.m. a fin de conocer el saneamiento de dicho inmueble.
(GAP-AC-19045-PC)
LICDO. PLINIO R. CANDELARIA RAMOS Juez de Tierras
AVISO DE RECTIFICACION DE REGISTROS RELATIVO AL ESTADO CIVIL De conformidad con lo establecido en la Octava Disposición, de la Resolución No. 21-0313; sobre los Requisitos por ante los Registros de Títulos de la Republica Dominicana, se hace de público conocimiento el que el señor CARLOS MIGUEL PEREZ PANIAGUA, por intermedio de su abogada y representante legal, LICDA. CELENIA ESMERALDA PEREZ DEL ORBE, ha procedido a solicitar por ante el REGISTRADOR DE TITULOS DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, la RECTIFICACION O MODIFICACION, en lo relativo su ESTADO CIVIL, correspondiente al Certificado de Titulo del inmueble registrado bajo la matricula No. 0100051697, ubicado en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, dicha solicitud se debe a que, en dicho certificado de título, el señor CARLOS MIGUEL PEREZ PANIAGUA aparece casado con la señora KATIRIA DE LA CRUZ DE LA CRUZ, situación que ha cambiado en virtud del divorcio pronunciado entre ambas partes, según consta en el acta de divorcio No. 000014, libro No. 00001, folio No. 0027 del año 2020, emitida por la Oficialía de 13va. Circunscripción de Santo Domingo Este.
FC 390815
LICDA. CELENIA E. PEREZ DEL ORBE Abogada
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DEPORTES
JUEVES 19 DE NOVIEMBRE 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
Canรณ, por segunda vez es suspendido por dopaje P.22
LIDOM
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NBA
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LIDOM
18 PELOTEROS
ANTHONY EDWARDS
POSPONEN JUEGO
han dado positivo por COVID-19
elegido primer pick del draft 2020
Licey-Toros
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