VIERNES 16 JULIO 2021 | AÑO NO. 40 • EDICIÓN 12728 | SANTO DOMINGO, R.D. | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
EDITORIAL @maldonadopersio
OBSERVAR CON CUIDADO
SÁNCHEZ CÁRDENAS VE PLAN DE DESESCALADA ESTÁ MAL PLANIFICADO; CONDICIONA 3RA. DOSIS A EVIDENCIAS CIENTÍFICAS P.07
PLD NO RECURRIRÁ DECISIÓN DEL TSA FAVORECIÓ FP-PRD
P.08
ABINADER Y PRODUCTORES BUSCAN SOLUCIÓN A SOBREPRODUCCIÓN DE AJO Y PAPA, CONSTANZA SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader encabezó ayer la mesa técnica agropecuaria con productores y agricultores de Constanza para buscar solución a la sobreproducción de ajo y papa y planificar producciones futuras. Durante el encuentro, realizado en el Palacio Nacional, el mandatario escuchó los inconvenientes que afrontan los productores e hizo énfasis sobre la importancia de la planificación. Por el gobierno, además, estuvieron presentes los principales funcionarios del área agropecuaria, el senador Ramón Rogelio Genao y la gobernadora de la Vega, Luisa de la Mota. P.10
Todo incremento salarial resulta simpático de entrada. Sobre todo, para los asalariados y para los empresarios conscientes de que es necesario distribuir la riqueza que generan las empresas. Es una cuestión incuestionable como concepto. Sin embargo, creemos que estamos viviendo una situación muy particular con la pandemia. Y el proceso inflacionario parece depender, principalmente, de factores externos que no controlamos. Muchas empresas no están bien en la actualidad. Es casi seguro que éstas, que no puedan cumplir, adopten la decisión de reducir personal o traten de inflar los bienes y servicios que colocan en el mercado para compensar. Esto último implica motivar la inflación. Observemos con cuidado.
RD revisa frontera, mantiene colaboración con autoridades Haití
El FBI investiga asesinato Moïse; EEUU aclara no reconoce a nadie Miembros del FBI recabaron ayer en la residencia del asesinado presidente Jovenel Moise, evidencias sobre el magnicidio, y tras varias horas salieron de la vivienda con diversas pruebas. Mientras EE.UU. dice que no reconoce a ninguno de los líderes políticos haitianos, República Dominicana reafirma su colaboración con las autoridades P.37-02
02 DE ENTRADA
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DE ENTRADA
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El gobierno dice mantiene colaboración con las autoridades haitianas; revisan situación frontera
Ministerio de Educación entrega 55 mil equipos tecnológicos a estudiantes SPM
SANTO DOMINGO.- El Gobierno informó este jueves que, a través del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, mantiene la colaboración con las autoridades que investigan el asesinato del presidente de Haití, Jovenel Moise, atendiendo a los requerimientos de información que les sean solicitados. Así lo dio a conocer un comunicado del Palacio Nacional, que da cuenta de la reunión que sostuvo este jueves el consejo para "pasar revista" a la situación en la frontera entre ambos países, en la cual no se han reportado "novedades". El encuentro también se produjo para conocer sobre los resultados de la "apertura limitada" de los mercados binacionales, y a las exportaciones de alimentos para abastecer el comercio de Haití atendiendo "razones humanitarias", como lo
SAN PEDRO DE MACORÍS.- El ministro de Educación, Roberto Fulcar, inició la entrega de 55,000 dispositivos tecnológicos en esta ciudad, la cual entiende marca un antes y un después en la educación dominicana. Fulcar dijo que por mucho tiempo en República Dominicana y en otras partes del mundo se confundió el aprovechamiento de la tecnología con la dotación de una computadora. “Cuando entregamos estos dispositivos tecnológicos a nuestros estudiantes no les estamos entregando un juguete, sino un instrumento, un aliado en sus procesos de aprendizaje que debe ser aprovechado a plenitud”, precisó. Asimismo, destacó que los equipos son entregados con materiales educativos necesarios para cada nivel. Dijo que en el momento que se adquieran los libros de textos serán cargados a esos equipos.
anunció el Gobierno el martes pasado. La reunión, la tercera de este tipo, se celebró en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores "siguiendo instrucciones" del presidente Luis Abinader. "Las instrucciones del presidente Abinader a los miembros del Consejo de Seguridad y Defensa Nacio-
NÚMEROS PREMIADOS
(15-07-2021)
QUINIELA PALÉ 1º 19
2º
19
3º
78
SUPER KINO T V 07 41
14 45
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LOTO POOL 02
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26 68
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33 76
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PEGA 3 MÁS 28
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nal es darle seguimiento al desarrollo de los acontecimientos en el vecino país", agregó el comunicado. El canciller Roberto Álvarez y el ministro de Interior y Policía, Jesús Vásquez Martínez, encabezaron la reunión, que contó también con la participación de los altos mandos militares y policiales del país, así como de los organismos de inteligencia del Estado. Por el magnicidio de Moise, ocurrido la madrugada del 7 de este julio, han sido arrestadas 23 personas, incluyendo 18 exmilitares colombianos y 5 ciudadanos haitiano-estadounidenses, y se han aplicado medidas cautelares contra 24 agentes y responsables de las unidades de seguridad presidencial. La esposa del presidente haitiano sobrevivió al ataque y se recupera en un hospital de Miami, Estados Unidos.
Cuando entregamos estos dispositivos tecnológicos a nuestros estudiantes no les estamos entregando un juguete, sino un instrumento, un aliado en sus procesos de aprendizaje que debe ser aprovechado a plenitud”, precisó.
Presidente: Persio Maldonado Primer Vicepresidente: Héctor Corominas Peña Segundo Vicepresidente: Aura Minerva González Secretario: Francisco Pérez Encarnación Tesorero: Mario Viñas Betances Vocales: Roberto Lama, Vincenzo Mastrolilli, Carlos Bonilla Sánchez, Martha Camarena Director: Persio Maldonado Directora Ejecutiva: Cosette Bonnelly Jefe De Redacción: Luis Brito Gerente General: Persio Maldonado Bonnelly Editora El Nuevo Diario S.A. Avenida Francia No. 41, Esq. Rocco Cochia.
Santo Domingo, R. D.
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“Es la voluntad del gobierno de la República Dominicana, del presidente Luis Abinader, garantizar a cada estudiante, en todas las provincias y en todos los municipios, en los barrios y en los campos, en la capital en igualdad de derecho a cada estudiante un dispositivo tecnológico. Cuando esta jornada concluya habrá quedado cerrada definitivamente la brecha tecnológica en el país”, aseguró.
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Ministro Roberto Fulcar entrega dispositivo tecnológico a una estudiante.
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Presidente Adars propone actualizar catálogo prestaciones “acorde con necesidad afiliados” ISMAEL HIRALDO
SANTO DOMINGO.- El presidente de la Asociación Dominicana de las ARS, José Manuel Vargas, asistió este jueves a las vistas públicas celebradas en el Congreso Nacional para modificar la Ley de seguridad social y allí recomendó que el catálogo de prestaciones que actualmente se utiliza en el país sea modificado y actualizado acorde con las necesidades de los afiliados. En tal sentido, ofreció una
José Manuel Vargas.
serie de recomendaciones para incluir servicios que no están contemplados en los planes de salud nacionales, una acción que, a su juicio, empaña el buen sentido de
la seguridad social. En ese orden, Vargas sugirió que las atenciones por accidentes de tránsito sean incluidas en los planes de salud, ya que actualmente los accidentados no son considerados en los programas. El presidente de Adars vertió sus recomendaciones a un grupo de congresistas que pretende hacer sendas modificaciones a una ley que cumplirá pronto sus 20 años y que está bajo la vigilancia de miles de dominicanos que exigen su reforma.
DE ENTRADA 03
Seguros Reservas ofrece fianzas ambientales en su nueva estación SANTO DOMINGO.Seguros Reservas dejó instalada este miércoles en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales la estación de servicios que ofrece las pólizas de seguros destinadas a la protección del medio ambiente, a fin de brindar las fianzas para garantizar la sostenibilidad de los recursos naturales y el cumplimiento de los proyectos sometidos y aprobados. Esta iniciativa nace de la firma del acuerdo entre am-
bas instituciones el pasado mes de enero del presente año, con el objetivo principal de ofrecer a la ciudadanía las
informaciones, licencias y permisos pertinentes. Los beneficios de obtener esta fianza es que le brinda protección a personas físicas y morales en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el asegurado. La afianzadora asume y responde al beneficiario o contratante del proyecto o servicio, además, es de rápido trámite, adaptable a cualquier tipo de contrato, garantizando proyectos de volúmenes altos.
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04 NACIONALES
NACIONALES
INFORME DEL TIEMPO Aumentos nubosos parciales con aguaceros locales, tronadas y ráfagas de viento en algunas provincias de noreste, sureste y, siendo más intensos en la cordillera Central. en resto del país nubes dispersas y escasas precipitaciones.
VIVA reacciona contra sanción de INDOTEL; asegura que es improcedente y que la recurrirá ante justicia LUIS BRITO
SANTO DOMINGO.- La empresa de telecomunicaciones Trilogy Dominicana, S.A. (VIVA) rechazó “categóricamente” la sanción que le impuso el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), obligándola a pagar RD$77.3 millones y 5.1 millones de dólares por faltas administrativas tipificadas como “muy graves y graves” en la ley que regula el sector. Según la resolución 0642021, del Consejo Directivo del Indotel de julio de este año, VIVA incurrió en la pres-
tación de servicios de telecomunicaciones sin la correspondiente licencia y utilizó sin autorización el espectro radioeléctrico, infringiendo así los artículos 105 y 106 de la Ley General de Telecomunicaciones. En un documento enviado a los medios de prensa, la prestadora de servicios afirma que la sanción de INDOTEL es improcedente y
carente de toda base legal, por lo que interpondrá en su contra los recursos jurídicos y administrativos a su disposición. VIVA señala que la penalidad de INDOTEL fue dictada en violación al principio de legalidad y al debido proceso. Igualmente, apunta que la decisión en su contra adolece de graves problemas
procesales, los cuales asegura le fueron señalados oportunamente al INDOTEL. “La resolución no solo excede olímpicamente las atribuciones sancionadoras otorgadas al INDOTEL por la Ley General de Telecomunicaciones, sino que fue dictada a pesar de que el Tribunal
Superior Administrativo (TSA) se encuentra apoderado de aspectos fundamentales del caso en cuestión y que no han sido aún decididos”, añade el documento de VIVA. Apunta que la sanción en su contra contraviene los antecedentes institucionales
con relación a la materia, “situación que genera una clara discriminación en contra de esta empresa”. VIVA adelantó que de manera particular elevará oportunamente un recurso de reconsideración ante el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones.
Acuerdan impulsar iniciativas de desarrollo y bienestar en población SANTO DOMINGO.- El superintendente de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL),
Jesús Feris Iglesias, y el director del Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN), Jefrey
DEL JUEVES 15-07-2021 1er.
2do.
3err.
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43 85 399 73 78 67 37 44 466 30 45 14 1er.
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2 12 344 24 08
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Lizardo, firmaron un acuerdo interinstitucional este jueves con el objetivo de impulsar iniciativas de desarrollo y bienestar para la población más vulnerable de nuestro país. Mediante este acuerdo, la SISALRIL pactó ofrecer a SIUBEN una base de datos donde se identifiquen los ciudadanos que padezcan enfermedades catastróficas o discapacidad junto a su núcleo familiar, así como sobre la composición de los núcleos familiares afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS), que permita comparar la información levantada por SIUBEN.
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PUBLICIDAD 05
GOBIERNO DE LA
R E P Ú B L I CA D O M I N I CA NA
MANEJO EFICIENTE E Y TRANSPARENTE TRANSP DEL SUBSIDIO ELÉCTRICO GENERA AHORRO ORROS POR 62 MIL MILLONES DE PESOS
Recursos al Sector Eléctrico (Millones RD$) CDEEE Corriente
2020
2021 PGE
21,699.0
27,365.2
40,495.0
48,731.0
3,738.0
3,738.0
36,757.0
44,993.0
a CDEEE EDES Capital
2021
2019
Reestimado
8,872.3
5,813.6
10,279.5
10,279.5
Total por encima de la línea To
30,571.3
33,178.8
50,774.5
59,010.5
Pago acuerdos generadores
20,532.7
11,940.4
-
-
Total por debajo de la línea To
20,532.7
11,940.4
-
-
Asunción Línea de crédito EDEs
26,197.6
26,229.1
Asunción Deuda Generadores
31,738.5
Total recursos al Sector Eléctrico 109,040.1 To
71,348.3
50,774.5
010.5 59,0
Esta administración produce ahorros reales mediante la administración efic eficiente d de e los recursos públicos y no mediante la práctica de registrar gasstos os por debajo de la l línea. Esta es la verdad sobre el manejo de los recursos del sub bsidio idio eléctrico. eléctrico
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06 NACIONALES
Exfuncionario JCE: Fue “ilegal” suspensión de elecciones en 2020, pero evitó una “tragedia” LING ALMÁNZAR
SANTO DOMINGO.- El abogado Herminio Guzmán Caputo, exconsultor Jurídico de la Junta Central Electoral (JCE) y ahora aspirante a juez del Tribunal Superior Electoral (TSE), afirmó este jueves que fue “ilegal” la suspensión de las elecciones municipales de febrero de 2020, porque esa decisión debió tomarla el Tribunal Superior Electoral (TSE) y no la JCE. Sin embargo, dijo que si no se suspendían los comicios, hubiera habido una “tragedia en el país”, dada la presión ciudadana que ha-
Herminio Guzmán Caputo.
bía en ese momento. Así justificó la decisión tomada, alegando que la JCE actuó “de extrema urgencia” y diciendo que, si remitían la decisión al TSE, entonces se habría perdido tiempo. El jurista vertió sus co-
mentarios al ser evaluado como postulante al TSE por el Consejo Nacional de la Magistratura. Guzmán Caputo expresó que si lo hubieran consultado al respecto, quizás la JCE no hubiera tomado la decisión y el tema se hubiera resuelto en el TSE. En ese momento él era consultor jurídico del órgano electoral. Por cierto, manifestó que no lo consultaron para suspender las elecciones y apuntó que, como funcionario de la JCE, se enteraba por la prensa de decisiones adoptadas por el Pleno de esa institución.
CNM continuará este viernes entrevistas aspirantes al TSE
Antoliano Peralta, consultor Jurídico del Poder Ejecutivo. (Fotografía: Vladimir Santos)
El CNM ha evaluado 44 postulantes, por lo que faltarían 33 candidatos por consultar.
LING ALMÁNZAR Y YHANELLY RODRÍGUEZ
SANTO DOMINGO.- El consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, informó que este viernes a las 9:00 de la mañana el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) continuará con las entrevistas a los postulantes a jueces titulares y suplentes del Tribunal Superior Electoral (TSE), luego de haber entrevistado este jueves a 25 candidatos. Peralta agregó que entre los entrevistados en la segunda vista pública estuvo Ramón Arístides Madera Arias, quien actualmente es magistrado del TSE y está aspirando a permanecer en el puesto.
Informó que, para este viernes, el CNM continuará la sesión “con un número aproximado de 14 personas”. El Consejo volverá a sesionar el próximo lunes, para luego reunirse a fin de deliberar y escoger a los cinco jueces y sus respectivos suplentes, quienes posiblemente serán seleccionados el próximo miércoles 21, si no hay variación en la agenda, según destacó el consultor Jurídico.
#VeeranoProntoBella
Asimismo, indicó que el Consejo comenzó a ser presidido por el presidente, Luis Abinader, quien en horas de la tarde fue sustituido por la vicepresidenta Raquel Peña. Además de Madera Arias, están aspirando a repostularse los actuales miembros del TSE, Marcos Antonio Cruz García, Cristian Perdomo Hernández y Santiago Salvador Sosa Castillo. Las vistas públicas se realizan en el salón Las Cariátides del Palacio Nacional con los protocolos sanitarios contra la covid-19. El CNM ha evaluado 44 postulantes, por lo que faltarían 33 candidatos por consultar. Madera Arias pide una segunda oportunidad
Madera Arias, juez del TSE que aspira al mismo cargo, dijo que como magistrado titular de ese organismo ha cumplido todo lo que se propuso, y pidió una segunda oportunidad para permanecer en la misma y seguir en el servicio público. Al ser evaluado en la sesión de este jueves, señaló que en su gestión como magistrado ha combatido la corrupción y la mora judicial y, además, se ha mantenido impoluto actuando con principios e inteligencia emocional.
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Paliza acompaña Gabinete de Salud en jornada vacunación
PUERTO PLATA.- El ministro Administrativo de la Presidencia, José Ignacio Paliza, acompañó este jueves al Gabinete de Salud en la apertura de la jornada de vacunación realizada en los municipios de la zona oeste de la provincia Puerto Plata, donde hizo un llamado a apreciar los esfuerzos del Gobierno para llevar a cabo el plan #VacúnateRD. Paliza, quien fue reconocido por la Alcaldía de Villa Isabela como huésped distinguido del municipio, aplaudió los trabajos de la dirección provincial de Salud, a cargo de Jhonny Tavá-
Estamos muy próximo de llegar a la meta, depende de nosotros volver a una relativa normalidad”, expresó.
rez y su equipo, además de la colaboración de quienes han acogido el llamado en favor de la salud colectiva. “Estamos muy próximo de llegar a la meta, depende de nosotros volver a una relativa normalidad”, expresó.
Segura Foster: “Lamento funcionarios no orienten bien al Presidente sobre precios” SANTO DOMINGO.- El miembro del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Carlos Segura Foster, exhortó este jueves al Presidente de la República a revisar las informaciones que le dan sus funcionarios si quiere dejar de cometer errores, ya que los datos sobre la incorporación de cooperativas, los precios de los alimentos y la situación de los productores del campo que le han suministrado son falsas. Manifestó que de nuevo los funcionarios perremeístas provocan con sus falsas informaciones, que el honorable Presidente haga pro-
nunciamientos públicos que no responden a la verdad y son fáciles desmentir, ya que no es verdad que en los 10 meses de su gobierno se han creado más cooperativas que en los 15 años anteriores a su gobierno. “Eso no refleja la verdad y recomiendo al Presidente revisar la cantidad de cooperativas incorporadas en la actual gestión de gobierno. Eso requiere poco esfuerzo, ya que los datos relativos a las cooperativas de asentamientos campesinos del IAD incorporadas durante los 8 años de gestión de Danilo Medina son de dominio público”, precisó.
NACIONALES 07
PLD no recurrirá decisión del TSA que favoreció a Fuerza del Pueblo SANTO DOMINGO.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) decidió este jueves dejar sin efecto su decisión de recurrir en casación la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que dio categoría de mayoritarios a la Fuerza del Pueblo (FP) y al Partido Revolucionario Dominicano (PRD). "En este sentido, el PLD, luego de un proceso de reflexión sobre la importancia de contribuir al fortalecimiento del sistema de partidos, ha decidido no recurrir la sentencia del Tribunal Superior Administrativo", dijo la organización de oposición en un comunicado. El PLD, sin embargo, consideró que la decisión del TSA carece de los más "elementales fundamentos jurídicos" para elevar a derecho el acceso a los fondos públicos por parte de los partidos políticos, y para decidir la aplicación de manera acomodaticia del principio de favorabilidad en una situación en la que es notoriamente improcedente. La decisión fue tomada durante la reunión que celebró el comité político peledeísta. La organización también condenó la actitud de la Junta Central Electoral (JCE) por acoger de inmediato la sentencia del TSA, al considerar que esa decisión "nunca" adquirió la condición de irrevocablemente juzgada, además de considerar "parcializado" al organismo electoral. La Fuerza del Pueblo elevó una instancia ante el TSA para rechazar que la JCE solo tomara en cuenta al PLD y al oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM), como
La decisión fue tomada durante la reunión que celebró el comité político peledeista. partidos mayoritarios y con ello repartir entre ellos el 80
% de los fondos que el Estado suministra a las agrupa-
ciones políticas.
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08 MÁS NOTICIAS
R. Sánchez Cárdenas: El Plan de desescalada está mal planificado por autoridades Gobierno
Medio Ambiente detalla acciones para presentar solución integral a productores de Valle Nuevo
Condiciona a evidencias científicas 3ra dosis vacuna MAROLIN CASTILLO
SANTO DOMINGO.- El exministro de Salud Pública, Rafael Sánchez Cárdenas, expresó este jueves que el Gobierno ha cometido un error en diseñar un plan de desescalada en tres semanas sin tomar en cuenta, según dijo, el criterio del ciclo viral de los 14 días y que el país cuenta con alrededor de un 60 % de población vulnerable ante la COVID-19 por falta de la aplicación de la segunda dosis. “Yo creo que aquí hay un error en esa planificación por semanas que en total son 21 días, en 21 días estamos abiertos, de manera que hay que esperar los efectos que va a tener la apertura todavía con un 60 % de vulnerables”, manifestó. Sostuvo que en una semana no se puede obtener un indicador del comportamiento del plan que se está implementando. Sánchez Cárdenas emitió sus comentarios durante una entrevista realizada por los periodistas Luis Brito, Enrique Mota, Cristal Acevedo y Rafael Zapata, en el programa El Nuevo Diario AM, el cual se transmite en la plataforma digital de El Nuevo Diario TV, luego de sostener un breve conversatorio e intercambio de ideas con Persio Maldonado Sánchez, director del periódico. También resaltó que el país tiene alrededor de un 39 % de personas con las dos dosis contra la COVID19, y cerca de un 25 % no se ha aplicado aún la primera vacuna, por lo que consideró que se debe completar el esquema de las dos dosis al menos en un 80 % e identi-
Rafael Sánchez Cárdenas y Persio Maldonado Sánchez, durante una visita de cortesía. (Foto: Emmanuel Ángeles)
Yo creo que aquí hay un error en esa planificación por semanas que en total son 21 días, en 21 días estamos abiertos, de manera que hay que esperar los efectos que va a tener la apertura todavía con un 60 % de vulnerables”, manifestó.
ficar quienes aún no se han vacunado. Tercera dosis
Al hablar de la tercera dosis, Sánchez Cárdenas dijo que luego de culminar con el esquema de cobertura de dos vacunas contra el virus no hay espacio para otra, y en caso de que lleguen a existir evidencias que la avalen lo contrario, consideró que no se debe aplicar un fármaco distinto al que usó la persona en primera instancia. “Fue clarificado por la propia Organización Mun-
dial de la Salud (OMS) que no existían estudios concluyentes que dijeran que el cruce de vacuna es totalmente serio”, agregó. Asimismo, señaló que recientemente la vacuna de los Johnson & Johnson está siendo señalada como un fármaco que puede aumentar las probabilidades del síndrome de Guillain Barré, y en torno a eso, expresó que el país debe ser paciente y esperar que las investigaciones continúen. Tras ser preguntado sobre las especulaciones que han surgido por las compras de vacunas que ha hecho el Gobierno, el exministro de Salud consideró que se compró en exceso, sin embargo, manifestó que para lograr la vacunación máxima “ese es el camino que se debe seguir”.
han venido llevando con algunas debilidades, sobre todo en la parte comunicacional. Reconoció que en la pasada gestión fueron quizás “muy intensos” en cuanto a comunicar, sin embargo, sostuvo que con las ruedas de prensa diarias pudieron contener el influjo que tenían las redes sociales en aquel entonces, las que dijo estaban marcando las pautas de la comunicación sobre el comportamiento del virus en el país. Al hablar sobre el Gabinete de Salud y quien lo encabeza, Sánchez Cárdenas consideró que lo importante en este caso es que tanto quien coordina, la vicepresidenta Raquel Peña, como el resto de los integrantes sepan jugar su rol y que el ministro del área, Daniel Rivera, ejerza su función rectora y marque las pautas de conducción. En otro orden, consideró que se debe hacer una planificación que esté dirigida al regreso a clases de manera presencial, bajo la condicionalidad de que la tasa de positividad para ese entonces esté por debajo del 5 % o menos y que la cobertura de vacunación esté por encima de un 70 % en toda la población con las dos dosis.
Manejo de la crisis
Al referirse al manejo que el actual Gobierno ha dado a la crisis sanitaria, el exfuncionario indicó que se ha estado siguiendo el documento base de planificación que dejó su gestión, aunque también dijo que lo
VER VIDEO
Orlando Jorge Mera, ministro Medio Ambiente y Recursos Naturales.
SANTO DOMINGO.- En cumplimiento a la promesa de mostrar alternativas viables a los productores de San José de Ocoa en consonancia con la Resolución 00162021 sobre el rescate del Parque Nacional Valle Nuevo, el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Orlando Jorge Mera, detalló a representantes agrícolas de esta zona, la lista de acciones que permitirán arribar a una solución integral. La lista fue presentada por Jorge Mera en el segundo encuentro con productores de esa provincia, con quienes abrió desde hace alrededor de un mes un ciclo de diálogo para escuchar sus inquietudes. Entre las acciones que ha realizado el Ministerio se encuentra levantamientos estadísticos en la vertiente Sur, así como el inicio de un cen-
so social y agrícola que se desarrollará a final de este mes que arrojará datos sobre la realidad socioeconómica de cada productor agrícola y las familias que residen dentro del parque para presentar soluciones más allá de la reubicación pura y simple. En ese sentido, el ministro destacó que los trabajos para lograr este objetivo se realizan en coordinación con Progresando con Solidaridad (Prosoli), a través de la Dirección de Agricultura Familiar y la Oficina Nacional de Estadísticas, los cuales tiene la misión de identificar cada agricultor en un mapa georreferenciado, con el tipo de producción, ubicación, datos personales y estatus de financiamiento, con el fin de categorizar el tipo de solución que será otorgado en cada caso.
Comedores y CND anuncian plan conjunto de actividades SANTO DOMINGO.Los Comedores Económicos del Estado y el Consejo Nacional de Drogas (CND) pondrán en marcha un amplio programa de corte socialpreventivo, a través del cual serán impactadas de manera positiva miles de personas, en especial niños, niñas, adolescentes y jóvenes, residentes en zonas vulnerables de todo el país. La iniciativa está siendo coordinada por Edgar Feliz, director general de los Co-
medores Económicos, y Jaime Marte Martínez, presidente del CND, quienes realizarán una primera actividad del programa en el sector Capotillo, en esta capital, con motivo al día de los padres, la cual representará un plan piloto. El proyecto fue socializado por ambos funcionarios durante una reunión, donde fue sellada una alianza estratégica a favor de los sectores más vulnerables.
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NOVEDADES 09
NOVEDADES Esther Abinader
Marielle Araujo #FashionFreakTV IG: @FashionFreakClubRD Facebook: Fashion Freak RD www.fashionfreak.com.do
inspira a las mujeres latinas a través de
PODERA
Esther Patricia Abinader Arbaje es nuestra protagonista de la semana, la creadora de la marca de moda dominicana " Podera". Una nueva marca de jeans salió recientemente al mercado nacional e internacional para satisfacer la demanda de la mujer latina que se siente a gusto con su cuerpo. El denim Podera es una pieza de talle alto confeccionado por operarias dominicanas. Viene en dos versiones: el Patricia Light Wash, de color azul claro, y el Patricia Dark Wash de color azul oscuro,
Esther Patricia Abinader Arbaje
confeccionados en las tallas del 0 al 16. Ambos modelos se caracterizan por definir el cuerpo de la mujer y por su tela duradera y ligeramente ajustable que aumenta la
comodidad del diseño. Conformada por un grupo de jóvenes emprendedoras encabezado por Esther Patricia Abinader, la empresa Podera se propone cultivar “el amor propio de la mujer multifacética, moderna y empoderada”, por lo que ha adoptado los valores empresariales de la “sororidad, la empatía, la responsabilidad social y el desarrollo de la moda dominicana”.
La marca cuenta, asimismo, con el pantalón corto “dark biker”, de conveniente su textura para los días de calor y, en edición limitada, el suéter para toda ocasión “Empowering your essence”, de color crema, en las tallas de pequeña a grande. Su modelo insignia es el Patricia Slim Fit. La misma se caracteriza por definir el cuerpo de la mujer y por su tela duradera y ligeramente ajustable. El pasado martes se realizó un Pop UP Shop abierto a todas las mujeres que querían adquirir sus credenciales. Las piezas se pueden adquirir a través de la página www.Podera.net y seguir la marca en @Shop.Podera.
Créditos Estilismo: Giovanna Vásquez Asist. de Estilismo: Mariale Troncoso Makeup: Zoranlly Flores y Andrews Saldaña Hair: Daniel Vargas Fotografía: Natalia Boccalon Video: La Cámara Dorada En el evento contaban con personalización de jeans (@bydoriana.studio ), souvenirs ( @nab.rd @cookiesforyoudr) Decoración: Arbaje Soni Fotografía y video: Nabil y Verónica Madera, Luis Betances.
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10 ECONOMICAS
ECONOMICAS Abinader y productores tratan de buscar solución a sobreproducción de ajo y papa
Advierten alza salarial sin incentivos provocará el cierre de las pequeñas empresas y desempleos
Impulsarán proyectos de desarrollo sostenible
TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Corporación Financiera Internacional (IFC, por sus siglas en inglés), miembro del Grupo Banco Mundial, y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) se comprometieron este jueves a identificar proyectos que faciliten la participación del sector privado en el desarrollo sostenible en la región.
Combustibles
Valor
Gasolina Premiun
RD$256.20 RD$239.30 RD$206.40 RD$184.90 RD$127.10
Gasolina Regular Gasoil Óptimo
Reunión del presidente Luis Abinader con integrantes de la mesa técnica agropecuaria y productores de Constanza.
SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader encabezó este jueves la mesa técnica agropecuaria con productores y agricultores de Constanza, para buscar solución a la sobreproducción de ajo y papa y planificar producciones futuras. Durante el encuentro realizado en el Palacio Nacional, el mandatario hizo énfasis a los productores de Constanza de la importancia de la planificación. “Queremos resolver los inconvenientes, que todos podamos llevar tranquilidad permanente en la produc-
Abinader hizo énfasis a los productores de Constanza de la importancia de la planificación.
Queremos resolver los inconvenientes, que todos podamos llevar tranquilidad permanente en la producción agrícola de Constanza, tanto en la producción de ajo, papa y otros rubros”, dijo Abinader.
ción agrícola de Constanza, tanto en la producción de ajo, papa y otros rubros”, dijo Abinader. En ese sentido, el jefe del Estado les manifestó que pueden contar con el apoyo total del Gobierno dominicano para hacerlo de la mejor manera. Agregó que es competencia del Gobierno garantizar una producción a precios
justos para productores y consumidores, así como brindar asistencia técnica y financiamiento. “Cuenten con nosotros porque este gobierno va a apoyar al hombre y la mujer de trabajo”, añadió el jefe de Estado. Durante su visita a Constanza el pasado sábado, el presidente Abinader les pidió a los productores de Constanza formar una Mesa Técnica y venir este viernes, que él los iba a recibir. En el encuentro del mandatario con los productores, participaron el ministro de Agricultura, Limber Cruz; el senador Ramón Rogelio Genao, y la gobernadora de la Vega, Luisa de la Mota. También el administrador del Banco Agrícola, Fernando Durán; el director del Fondo de Desarrollo Agropecuario (FEDA), Efraín Toribio, entre otros.
SANTO DOMINGO.- La Asociación Dominicana de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Adomipyme), informó este jueves que obligar a ese sector a aplicar un aumento de salarios sin un paquete de incentivos ni apoyo del Gobierno, solo provocará un aumento del desempleo y forzaría a miles de empresas Mipymes a cerrar definitivamente. Mediante un comunicado de prensa, la entidad asegura que las Mipymes (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) están en un momento de subsistencia, en el que el gobierno debe disponer incentivos para que éstas continúen operando. El presidente de Adomipyme, Andry Ramírez, destacó que “el aumento de salarios solo conviene a las grandes empresas, las cuales afirma, se verán menos afectadas debido a que el incremento se le está cargando de manera desproporcional a las pequeñas y medianas empresas”.
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Subsidio eléctrico en 2021 es RD$62 mil millones menos que los últimos dos años SANTO DOMINGO.- El Gobierno destinó en el presupuesto para este año 59 mil millones de pesos para el subsidio del sector eléctrico, una reducción de 12 mil millones de pesos menos que el año pasado y 50 mil millones menos que en el 2019. El ministro de Energía y Minas, Antonio Almonte, explicó que el pasado gobierno en el 2019 transfirió 109 mil millones de pesos para el subsidio de ese sector, y que en el 2020 el monto se redujo a RD$ 71 mil millones, a pesar de que el monto presupuestado fue de 30 mil y 33 mil millones de pesos en ambos años. Dijo que la diferencia de esta gestión, con el gobierno anterior, es que proyectan gastar el mismo monto presupuestado, incluido el presupuesto suplementario. La proyección para este año es de 59 mil millones de pesos. “Este año, lo que se presupuestó originalmente fue 50 mil millones al subsidio
Antonio Almonte, ministro de Energía y Minas.
eléctrico, y con la reestimación mediante el presupuesto complementario, tenemos proyectado 59 mil millones de pesos, es decir, 12 mil millones menos que el año pasado y 50 mil millones menos que el 2019”, detalló. El ingeniero Almonte citó que la pasada administración en el año 2019 presupuestó como gasto de subsidio 30 mil millones de pesos, pero terminó pagando 109 mil millones, dinero que fue tomado de una línea de crédito.
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UN DÍA COMO HOY 16 de julio de 1838, Juan Pablo Duarte y Diez funda la sociedad secreta La Trinitaria, gestora de la independencia nacional.
Fijan exposiciones finales del caso Odebrecht para próximo 26 de julio LILLIAM MATEO
SANTO DOMINGO.- La presidenta del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Giselle Méndez, informó que el próximo 26 de julio el Ministerio Público (MP) iniciará la presentación de sus conclusiones del juicio de fondo Odebrecht, el cual está llegando a su final. Y mientras los seis imputados del caso Odebrecht se muestran positivos con relación al fallo que dará el tribunal, porque según ellos, el MP no ha demostrado en sus más de mil pruebas que “hubo soborno”, los representantes del Ministerio Público afirman que las pruebas aportadas darán una sentencia condenatoria. Este jueves, tras finalizar la defensa del imputado Conrado Pittaluga Arzeno la incorporación de sus pruebas documentales, la jueza anunció que finalizó la etapa de la incorporación de pruebas admitidas. “Y concluidas todas las partes con su incorporación de pruebas, en este momento vamos a suspender el juicio conforme lo establece el artículo 315 del Código Procesal Penal, y dará su continuación el 26 de julio a las 9:00 de la mañana, para que el Ministerio Público inicie con sus argumentos y conclusiones, vale convocatoria para todos los presentes”, dice la magistrada. El juicio por los US$92 mi-
llones de sobornos que la constructora brasileña Odebrecht admitió haber pagado está en su etapa final, además del Ministerio Público, solo falta que los imputados presenten sus conclusiones para que las magistradas juezas elaboren su sentencia.
de la que han tenido que defenderse”, subrayó. El MP en sus conclusiones, dijo Marmolejos, estará pidiendo la presión para cada uno de ellos, así como las multas y penas correspondientes por cada uno de los delitos de corrupción que han sido acusados.
MP espera condena
Expectativas de los imputados
El doctor José Miguel Marmolejos dijo esperar una sentencia condenatoria, contundente, ejemplarizadora para todos los imputados del juicio Odebrecht. “El 26 de julio le diremos a las juezas que las pruebas aportadas por el MP demuestran que estamos ante una acusación contundente”, reiteró. Sobre las reiteraciones de los imputados de que el MP no tiene pruebas en su contra, el representante de la fiscalía dijo que “ellos no tienen razón, ya que cada uno de ellos ha depositado cientos de pruebas ante el tribunal para demostrar que no son culpables”. “Eso demuestra que si ellos se han encontrado con una acusación fuerte
El principal imputado de la acusación del Ministerio Público, el empresario Ángel Rondón Rijo dijo que “ha sido coherente desde que inició el proceso el 11 de enero del 2017”. “La expectativa que tengo de este juicio, es la misma que tengo cuando inició el 11 de enero del 2017, he mantenido una postura firme con relación a la imputación que el MP me hizo; es decir, cuando el exprocurador en una rueda de prensa finalizando dijo que el MP había identificado a la persona que recibió los 92 millones de dólares, el mismo, una hora después me llamó por teléfono para plantear-
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me un acuerdo que nunca yo acepte”, dijo. Mientras el exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, dijo estar “muy optimistas”. Dijo que “hemos desmontado todo, el MP no pudo demostrar nada, lo que tiene es una teoría”. Díaz Rúa calificó como “una vergüenza que los jueces y fiscales hayan perdido su tiempo en cuatro años para ahora darse cuenta que era una acusación que no servía y que quien la hizo, hoy está preso”. “Hemos demostrado que no tiene ninguna prueba llenas de mentiras, falsedades”, precisó. Jorge López Hilario, defensa de Andrés Bautista García, dijo que en este juicio quedó demostrado que Andrés no recibió soborno, que el patrimonio de él y su esposa es fruto del lícito comercio y su relación con el sector productor”. “Que ninguno de los testigos en el juicio pudo señalar y, quedó demostrado que como presidente del Senado y senador fue un legislador ejemplar que su patrimonio”, indicó. Asimismo, dijo que el exprocurador Jean Alain Rodríguez, actualmente cumpliendo prisión preventiva, “fue un obstructor de la justicia y que en este caso de Odebrecht manipuló, sesgó la prueba y actuó de espalda al principio de objetividad”.
Senado inicia estudio del proyecto de ley crearía Dirección Nacional de Inteligencia
SANTO DOMINGO.- El Senado de la República comenzó este jueves el estudio del proyecto de ley que crearía la Dirección Nacional de Inteligencia, iniciativa proveniente del Poder Ejecutivo. La pieza es analizada por una comisión especial que preside el senador Milcíades Franjul, y en el primer encuentro que se desarrolló en el Salón de Comisiones Felipe Parra Pagán, de la Cámara Alta, se acordó el cronograma de trabajo que seguirán los senadores para su estudio. La comisión explicó a tra-
vés de un comunicado de prensa, que el referido proyecto busca crear la Dirección Nacional de Inteligencia, entidad que será dependiente de la Presidencia de la República, ”y según su primer artículo, tendrá la misión de realizar actividades de inteligencia y contrainteligencia para la seguridad nacional e interior, a los fines de prevenir y contrarrestar cualquier riesgo, amenaza o agresión a la Constitución de la República, a las instituciones democráticas y a la seguridad y defensa de la nación”.
Cierran mina e incautan camiones sacaban materiales en Santiago SANTIAGO.- Agentes del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), en conjunto con el técnico de Medio Ambiente, Emilio Osorio, incautaron tres camiones momentos en que extraían materiales de la corteza terrestre (Arena) desde el interior de una mina sin los permisos correspondientes, hecho ocurrido en el sector Las Tres Cruces de Jacagua, en Santiago. El operativo fue realizado por instrucciones de los
ministros de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera, y de Defensa, teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, bajo las órdenes del director general del (SENPA), coronel Ambiorix Cepeda Hernández. Informaron que fueron incautados dos camiones color blanco y otro rojo, mientras que la retro pala logró escapar al notar la presencia de los agentes del SENPA. Además dos conductores fueron detenidos.
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Otro Asunto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ase a la página siguiente)
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VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
/ @:;:E7:EAFED 1@;FEF;G:9@69,
ARS PLAN SALUD DEL BANCO CENTRAL, INC. ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD I4 - 4E IE4. - . ) EE-0E 'E IE . .I 2IE IEK$K$E EK$'# / FA69:HE:;E2 ,
ACTIVOS "INVERSIÓN DE LAS RESERVAS TÉCNICAS Y PARTICIPACIÓN DE LOS REASEGURADORES" :9G@ E?F76HE 7:E 7:D>H@G6HE 3 6E 7:D>H@G6HE FE DAF86E E 6E ?6;E AFE 6D?@>;E 7:E AFE 9:7:;?@>;EE anticipada, en las instituciones del sistema E;F;?@:96E ;F?@6;FA+E HCD:9 @HF7FHE D69E AFE 4CD:9@;G:;7:;?@FE7:E F;?6HE7:EAFE2:D*BA@?FE Dominicana
PASIVOS RESERVAS TÉCNICAS 2020
2019
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6;G9FG6HE 7:E DF9G@?@DF?@>;E E :;E E !@D6G:?FHE FH:1C9F7FHE E ?6;E E ?A CHCAFHE E 7:E 9:?6 D9F+E emitidos por las instituciones del sistema de F!6996HE3EED9 HGF 6HE;F?@6;FA
2020
2:H:9 FHE 7:E E FD69GF?@6;:HE 3E ?6;G9@BC?@6;:HE no devengadas
KK+$$$+$$$
-
-
-
Reservas de reclamaciones por prestaciones 7:EH:9 @?@6HEA@5C@7F7FHE3ED:;7@:;G:HE7:EDF16
K +& #+
+ $K+ '
Reservas de reclamaciones por prestaciones 7:EH:9 @?@6HED:;7@:;G:HE7:EA@5C@7F?@>;
&+ #+# $
+ '#+ $'
Reservas de siniestros 9:D69GF76HE/. )2,
+& $+ &
&+K +K
ocurridos pero no
-;CAF?@>;E 3 6E 9:@;G:196E 7:E ?!:5C:HE D69E 9:?AF F?@6;:H+E :;?@76HE D69E ?F7C?@7F7E 3 6E ?!:5C:HE;6E:;G9:1F76HEFEAFHE 44
-
2019
TOTAL DE LAS RESERVAS TÉCNICAS
-
-
114,049,740
65,059,061
:9G@ E?F76HE7:E@; :9H@>;E:;E:AE F;?6E :;G9FAE 7:E AFE 2:D*BA@?FE 6 @;@?F;F+E ?6;E AFE 6D?@>;E 7:EAFE9:7:;?@>;EF;G@?@DF7F
-
-
FA69:HE : @G@76HE 6E 1F9F;G@8F76HE D69E :AE Estado Dominicano
2I4I2 -4E -2-E ) .) I) .-4E I4 I .-0I4
-
-
FA69:HE 6B :G6E 7:E 6":9GFE D*BA@?FE FCG69@8F7FE D69E AFE 4CD:9@;G:;7:;?@FE 7:E E FA69:HE 7:E AFE 2:D*BA@?FE 6 @;@?F;F
0. - . )I4E 2E2I-4I 2 4E E -4I 2 4
-
-
-
-
0. - . )I4E )E0 4E 2 2I4E IE4-0
-
-
K+ #+# &
#+$$#
-
-
'+ $ +
'+ K + $#
-
-
I) -4E 2E - -2
0:G9FH+E ;6GFHE 7:E 9:;GFHE E FHE 3E ?:9G@ E?F76HE 7:E@; :9H@>;+E?6;E6EH@;E9:7:;?@>;EF;G@?@DF7F+E : @G@76HED69E:AE F;?6E :;G9FAE7:EAFE2:D*BA@?FE Dominicana
-
-
F9G@?@DF?@>;E 7:E A6HE 9:FH:1C9F769:HE :;E AFHE 9:H:9 FHEG ?;@?FH
-
-
TOTAL INVERSIÓN DE LAS RESERVAS TÉCNICAS Y PARTICIPACIÓN DE LOS REASEGURADORES I I . EI)E - -E E -) 4
I) 4E 2E - -2
617,000,000 K#+ +
' +K K+ K
-
-
'K+ ' +$$#
K+# #+
-
-
-
-
TOTAL PASIVOS
Lic. Ingrid González de Ramos Directora Ejecutiva
-
172,695,923
116,931,063
- . -0+E2I4I2 -4E IE - . -0E E I)I . . 4E- 0- 4
-
-
- . -0EI)E- . )I4E4 4 2. E E - -
-
-
FD@GFAEFCG69@8F76
-
-
Acciones no emitidas
-
-
-??@6;:HE:;EG:H69:9 F
-
-
TOTAL SUSCRITO Y PAGADO
-
-
481,641,924
481,641,924
2I4I2 -4E IE - . -0E E I)I . . 4E - 0- 4
-
-
K+ $+ #
-
-
+ K
'+'$#+$K
-
-
2:H:9 FEA:1FAEH:1*;E?>7@16E7:E?6 :9?@6
-
-
716,188,925
598,742,426
:;: E?@6HE/ 97@7FH,EE7:AED:9 676EF?GCFA
&$+ #'+ '#
E/ +'K&+ ,
'+ #+ #
+K# + K
CAPITAL DE LAS ARS Y ARL NO ORGANIZADAS COMO COMPAÑIAS POR ACCIONES
:;: E?@6HE/ 97@7FH,EF?C CAF76H
CUENTAS DE ORDEN
ÍNDICE DE INVERSIONES DE LAS RESERVAS TÉCNICAS Y PARTICIPACIÓN DE LOS REASEGURADORES SOBRE LAS RESERVAS TÉCNICAS EN EL PASIVO
-
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-4 4E . I2. 4
'#+K&$+#&
+$$$+$$$
2 4E- . 4
Valores a riesgos retenidos
K +$KK+K
$+ &+ '
+$$$+$$$
- . 4E.) -) . 0I4
TOTAL ACTIVOS
2 . 4E . I2. 4E
-4 4E - - 4E 2E- I0-) -
2 .I - I4+EI . 4+E .0.-2. 4E
E I 2I .- . )E- 0- -
- 0- . )I4E 2E - -2
522,000,000
I 2I4E 2E -4I 2 4E E 2I-4I 2 4
2-4E.) I24. )I4
2I I) . )I4E IE. I4 4E 2E - -2
2 .4. )I4
- 2 - . )I4E E ) 2. . )I4E 2E 2-2 I) -4E E I) 4E 2E 2-2
K#+K &+ #&
22,979,000,000
23,017,000,000
11,849
11,855
5.41
4CD:9 @GE:;E9: FACF?@>;E7:EF?G@ 6HE3E6G9FHE partidas de capital
-
-
61,851,078
169,439
TOTAL PATRIMONIO
543,493,002
481,811,363
TOTAL PASIVOS, CAPITAL, RESERVAS DE CAPITAL Y BENEFICIOS (PÉRDIDAS) ACUMULADOS
716,188,925
598,742,426
TOTAL RESERVAS DE CAPITAL Y BENEFICIOS ACUMULADOS
8.02
Lic. Ervin Novas Bello 9:H@7:;G:E7:AE 6;H: 6E7:E-7 @;@HG9F?@>;
Lic. Cynthia Román 6;GF769F
JJIHGFEDCBA@?F?@>;EH:E9:FA@8FE7:EF?C:976EFEA6E9:5C:9@76ED69EAFE4CD:9@;G:;7:;?@FE7:E4FAC7E3E2@:H16HE0FB69FA:HE/4.4-02.0,+EH:1*;E:HGFBA:?:EAFE2:H6AC?@>;E)6(E'&K%K$$#E7:E":?!FEK E7:E:;:96E7:EK$$# (E
K
/ FH:EFEAFED 1@;FEH@1C@:;G:,
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, =787B47B>CBA .=8CBC8D76=36)
ARS PLAN SALUD DEL BANCO CENTRAL, INC. ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD F1 * 1B FB F&F + + 1B B F&F + + 1B* -* 1 FBF&F/ B*B + +F /FB FB" " B B FBF&F/ B*B + +F /FB FB" $ , C>367EB78B/ ) AÑO 2020 INGRESOS DE OPERACIONES: *A36DC<=387EB0B<38D6=?@<=387EBE@E<6=DCEB47 78.C4CE 3 =E=387EB47 78.C4CEB67<=?=4CEBE3?67B67CE7.@63EB cedidos
AÑO 2019
OTROS PLANES
PDSS
TOTAL
PDSS
OTROS PLANES
TOTAL
B$ #(H (HH B
B H( #( # B
B # ($ (H B
B ( ( H B
B ( $#(## B
B $( $($ B
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
106,358,335
453,786,969
560,145,304
95,774,530
405,816,667
501,591,197
B$" ( ( B
BH" (
( #B
B (H ($ HB
B$ ( (## B
BH#H( H(## B
B "H(H "(HH"B
3 =E=387EB47 78.C4CEBA36B>3EBA63 3D367EB47BEC>@4
-
-
-
-
-
-
Reaseguros proporcionales incurridos cedidos
-
-
-
-
-
-
Reaseguros no proporcionales contratados
-
-
-
-
-
-
Reservas para contingencias especiales +.@C>CEB0 3B<38 78=3EB<38BA67EDC4367EB47BE76 =<=3EB47B salud 3?76D@6CB47B7 <7E3B47BA 64=4CEB<CDCED6; B<CE TOTAL GASTOS DE OPERACIONES
-
-
-
-
-
-
B H (
B 130,324,414
B ( " ( "B 330,083,218
B#( ( B 460,407,632
B# $( $ B 160,480,483
BH(#$ (#$#B 367,184,280
B (" "( H$B 527,664,763
BENEFICIO (PÉRDIDA) DE OPERACIONES ANTES DE GASTOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS
(23,966,079)
123,703,751
99,737,672
(64,705,953)
38,632,387
(26,073,566)
B$#($ ( H B
B# ( ( #B
B (" ( "#B
B$ (H ( B
B# ("$ (# "B
B (# (#H#B
(40,157,009)
54,623,755
14,466,746
(80,096,907)
(26,582,295)
(106,679,202)
Reclamaciones incurridas a cargo de los reaseguradores TOTALES INGRESOS DE OPERACIONES GASTOS DE OPERACIONES: Reclamaciones incurridas por prestaciones de servicios
CED3EB.7876C>7EB0BC4 =8=ED6CD= 3E BENEFICIO (PÉRDIDA) DE OPERACIONES PROPIAS DEL SERVICIO DE SALUD MÁS: 634@<D3B47B>CEB=8 76E=387EB47B>CEB67E76 CEBD <8=<CE
B ( #( $B
BHH($ ( $B
B ( #( "B
B ( $ ( $ B
BH (" #( # B
B (""H( HB
Otros ingresos
B$$ ( " B
B "( "B
B# ( $ B
B$ ( HHB
B #( B
B # ("" B
Producto de otras inversiones
B # (HH B
B ( # ( $#B
B H#("" B
BH( ##( # B
B ( H($ B
BH(
( B
MENOS:
-
CED3EB =8C8<=763E
-
B" (H" B
B #( $ B
B$ ( HB
B"#( B
B$$"($$ B
B$H ( # B
B$ B
B B
B "B
-
-
-
BENEFICIOS ( PÉRDIDAS) DEL PERIODO
(31,417,993)
91,909,512
60,491,519
(70,062,399)
15,936,011
(54,126,388)
(31,417,993)
91,909,512
60,491,519
(70,062,399)
15,936,011
(54,126,388)
+ A@7ED3BE3?67B>CB678DCBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBB
-
-
-
787 B<=3EBC<@ @>C43EBC>BA6=8<=A=3B47>B7 76<=<=3BBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBB
(31,417,993) , $H($ "("$ )
91,909,512 B $H(H $(# B
60,491,519 B$# ( H B
(70,062,399) B,H "( #($ ")
Transferencia a la reserva legal
-
-
-
Dividendos a accionistas
-
-
Otros
CA=DC>=5C<=;8B47B?787 B<=3EBC<@ @>C43EB!B*/1BA'?>=<CEB0B autogestionadas +8.67E3EB,.CED3E)B3?D78=43EB3B=8<@66=43EB78B7>B7 76<=<=3B BE<C>(BA763BA63 78=78D7EB47B3A76C<=387EB47BC 3EB C8D76=367E%B
-
-
B"" ( B
B # ($
(444,364,228)
506,215,306
Lic. Ingrid González de Ramos Directora Ejecutiva
15,936,011 ($ ($ B
(54,126,388) B ( $ ( # B
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
B,# H(#$ )
B,"( # ( "$)
B,H( "H($ )
(413,172,210)
413,341,649
169,439
B$($ ($" 61,851,078
Lic. Ervin Novas Bello 67E=478D7B47>B 38E7 3B47B*4 =8=ED6C<=;8
B
Lic. Cynthia Román 38DC436C
GGFEDCBA@?>=<C<=;8BE7B67C>=5CB47BC<@7643BCB>3B672@76=43BA36B>CB1@A76=8D78478<=CB47B1C>@4B0B/=7E.3EB-C?36C>7EB,1+1*-/+-)(BE7.'8B7EDC?>7<7B>CB/7E3>@<=;8B&3%B$#"!"
H
B47B 7< CB" B47B78763B47B"
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VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
0*+*5'*51654 !0+656+7*)0&)
ARS PLAN SALUD DEL BANCO CENTRAL, INC. ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO 5 5 95 9 "95 95 5 5 "9$59 5"
EFECTIVO PROVISTO DE: 2020
2019
Operaciones: Beneficio neto (pérdida) del período 60,491,519 Cargos (créditos) al beneficio neto (pérdida) que no requieren uso de efectivo: Aumento en reservas de aportaciones y contribuciones no devengadas Aumento (disminución) en reservas de reclamaciones por prestación de servicios liquidadas y pendientes de pago Aumento (disminución) en reservas de reclamaciones por prestación de servicios pendientes de liquidación Aumento en reservas de siniestros ocurridos pero no reportados (IBNR) Aumento anulación y/o reintegro de cheques por reclamaciones, vencidas por caducidad y/o cheques no entregados Aumento (disminución) en reservas para contingencias especiales Aumento en obligaciones por reaseguros y coaseguros Aumento (disminución) en obligaciones con los promotores de salud Aumento (disminución) en créditos diferidos Aumento en reserva legal según código de comercio Aumento en aportaciones y contribuciones por cobrar Disminución (aumento) en cuentas y documentos por cobrar Aumento en deudores por coaseguros y reaseguros Depreciaciones y amortizaciones Aumento (disminución) en cuentas por pagar Aumento (disminución) en documentos por pagar Aumento (disminución) en retenciones de impuestos por pagar Aumento (disminución) en acumulaciones por pagar Aumento (disminución) en provisiones Disminución en certificados de depósito a plazo fijo Disminución en contratos de participación en hipotecas aseguradas Disminución certificados de inversión en el Banco Central Disminución en valores emitidos o garantizados por el Estado Dominicano Disminución en valores de oferta pública Dismininución de valores emitidos o garantizados por el Estado Dominicano Disminución en letras, notas de rentas fijas y certificados de inversión Venta o disposición de acciones de otras compañías Venta o disposición de instrumentos y títulos negociables de empresas Disminución en préstamos con garantías hipotecarios Venta o disposición de inmuebles adjudicados Venta o disposición de otras inversiones libres Disminución en aportaciones y contribuciones por cobrar Disminución en cuentas y documentos por cobrar Disminución en deudores por coaseguros y reaseguros Venta de propiedades, equipos y mobiliarios Disminución de otros activos Disminución de gastos pagados por adelantado Disminución de activos intangibles Venta de acciones de capital Transferencia a la reserva legal Aumento de beneficios acumulados por reservas de contingencias especiales Ingresos obtenidos en el período fiscal pero proveniente de operaciones de años Total de efectivo provisto
Lic. Ingrid González de Ramos Directora Ejecutiva
Lic. Ervin Novas Bello )*80'*+7*5'*15 &+8* &5'*5 ' 0+087)6/0.+
-
(54,126,388) -
24,347,021
1,810,468
22,240,549 2,403,109
18,780,059 2,967,550
1,468,915 2,120,967 82,065 5,761,270 93 1,190,120
3,423,140 4,232 404,787 1,330,515 136,201 4,320,847 30,000,000 116,208 -
120,105,628
9,167,619
Lic. Cynthia Román
&+76'&)6
::9876543210/6/0.+58*5)*610(65'*56/3*)'&5651&5)*%3*)0'&54&)5165$34*)0+7*+'*+/065'*5$613'5#5"0*8!&85 62&)61*85 $ $ " 58*! +5*87621*/*5165"*8&13/0.+5 & 5 5'*5 */ 65 5'*5*+*)&5'*5 5
4
68*5651654 !0+6580!30*+7*
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0*+*5'*51654 !0+656+7*)0&)
ARS PLAN SALUD DEL BANCO CENTRAL, INC. ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO (Continuación) 5 5 95 9 "95 95 5 5 "9$59 5" EFECTIVO APLICADO EN: Inversiones en certificados de depósito a plazo fijo
2019
(95,000,000)
Inversiones en contratos de participación hipotecas aseguradas Inversiones en certificados de inversión del Banco Central Inversiones en valores emitidos o garantizados por el Estado Dominicano Inversiones en valores de oferta pública Inversiones en letras, notas de rentas fijas y certificados de inversión Compra de acciones de otras compañías Inversiones en instrumentos y títulos negociables de empresas Inversiones en préstamos con garantías hipotecarios Inmuebles adjudicados Otras inversiones libres Aumentos (disminución) en gastos pagados por adelantado Compra de propiedades, equipos y mobiliarios Aumentos (disminución) en intangibles Aumento (disminución) en reservas de aportaciones y contribuciones no devengadas Aumento en cuentas y documentos por cobrar Aumentos (disminución) de otros activos Disminución en reservas de reclamaciones por prestación de servicios liquidadas y pendientes de pago Disminución en reservas de reclamaciones por prestación de servicios pendientes de liquidación Disminución en reservas de siniestros ocurridos pero no reportados (IBNR) Disminución en reservas por reintegro o anulación de cheques Disminución en reservas para contingencias especiales Disminución en obligaciones por reaseguros y coaseguros Disminución en obligaciones con los promotores de salud Disminución en cuentas por pagar Disminución en documentos por pagar Disminución en retenciones de impuestos por pagar Disminución en acumulaciones por pagar Aumento (disminución) en provisiones Disminución créditos diferidos Dividendos a accionistas (Aumento) disminución de beneficios acumulados por reservas de contingencias especiales Gastos incurridos en el periodo fiscal, pero provenientes de períodos anteriores Transferencia a la reserva legal Total de efectivo aplicado
-
(22,510) -
(2,199,782) -
(9,333,234) (384,707) -
(143,111) -
(1,190,121) -
-
(105,930,572)
(3,423,140) (5,766,033)
Aumento o disminución del efectivo
14,175,056
3,401,586
Saldo del efectivo al inicio del período
15,272,732
11,871,146
Saldo del efectivo al final del período
29,447,788
15,272,732
Véase notas a los estados financieros.
Lic. Ingrid González de Ramos Directora Ejecutiva
Lic. Ervin Novas Bello )*80'*+7*5'*15 &+8* &5'*5 ' 0+087)6/0.+
Lic. Cynthia Román
&+76'&)6
::9876543210/6/0.+58*5)*610(65'*56/3*)'&5651&5)*%3*)0'&54&)5165$34*)0+7*+'*+/065'*5$613'5#5"0*8!&85 62&)61*85 $ $ " 58*! +5*87621*/*5165"*8&13/0.+5 & 5 5'*5 */ 65 5'*5*+*)&5'*5 5
5
68*5651654 !0+6580!30*+7*
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
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GFEDCEBAEB@?@A>=<AEBAE;:;:E9E;:C8 NOTA 1- Entidad que informa G76E5F43E64F2BEBAFE143?0E/A3.<4F-E,3?+-EA*E234E)3.@B4BE*@3E(3A*EBAEF2?<0-E constituida como Administradora de Riesgos de Salud, de acuerdo con la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riesgos de salud, de calidad oportuna y satisfactoria, mediante un plan = *@?0-E F43A*E ?0> FA>A3.4<@0*E 9E 0F23.4<@0*-E <A @4>A3.AE A*.4=FA?@B0E BAE4?2A<B0E?03EF4EFA9E9E*2*E30<>4*E?0> FA>A3.4<@4*+ '4E G76E 5F43E BAE 64F2BE .@A3AE *2E (?@34E 5<@3?@ 4FE A3E F4E 4 A3@B4E 5AB<0E A3< 2A E <A 4-E A* 2@34E ?4FFAE 'A0 0FB0E 4 4<<0-E 643.0E 0>@3 0-E 7A =F@?4E 0>@3@?434+ NOTA 2 - Bases de contabilidad '0*E A*.4B0*E (343?@A<0*E BAE F4E GB>@3@*.<4B0<4E !43E *@B0E <A 4<4B0*E BAE ?03"0<>@B4BE?03EF4*E < ?.@?4*E?03.4=FA*E <A*?<@.4*E 0<EF4E6,6G'7,'E9EAFE /03*A$0E 4?@034FEBAEF4E6A 2<@B4BE60?@4FE / 66 +E)3E?03*A?2A3?@4-EB@?!0*E A*.4B0*E30E <A.A3BA3E <A*A3.4<EF4E*@.24?@ 3E(343?@A<4-EF0*E<A*2F.4B0*EBAE 0 A<4?@03A*E9E 2$0*EBAEA"A?.@ 0EBAEF4EGB>@3@*.<4B0<4EBAE?03"0<>@B4BE?03E F4*E 0<>4*E,3.A<34?@034FA*EBAE,3"0<>4?@ 3E @343?@A<4E ,, + '4*E < ?.@?4*E?03.4=FA*EA*.4=FA?@B4*E 0<EF4E6,6G'7,'E9EAFE/ 66-EB@(A<A3E BAE F4*E ,, +E GF 234*E BAE A*.4*E < ?.@?4*E ?03.4=FA*E 4<.@?2F4<A*-E *03E F4*E *@ 2@A3.A* '4*E < ?.@?4*E?03.4=FA*EA*.4=FA?@B4*E 0<EF4E6,6G'7,'E 2AEB@(A<A3EBAEF4*E 0<>4*E ,3.A<34?@034FA*E BAE ,3"0<>4?@ 3E @343?@A<4E ,, * E A3E 4F 230*E 4* A?.0*-EF4*E<A*2>@>0*E?0>0E*@ 2A ,+EE
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Los montos en exceso de las inversiones permitidas en algunos renglones Medición de los valores razonables .@A3A3E 2AE*A<E?F4*@(?4B0*E?0>0E0.<4*E@3 A<*@03A*E9E30E=4$0E*2E?F4*@(?4?@ 3E GF 234*E BAE F4*E 0F .@?4*E 9E <A AF4?@03A*E ?03.4=FA*E BAE F4EGB>@3@*.<4B0<4E A* A? (?4+E'4*E ,, E30E<A 2@A<A3EA*.4E?F4*@(?4?@ 3+ <A 2@A<A3E F4E >AB@?@ 3E BAE F0*E 4F0<A*E <4 034=FA*-E .43.0E BAE F0*E 4?.@ 0*E 9E ,,+EE '4E 62 A<@3.A3BA3?@4E BAE 64F2BE 9E 7@A* 0*E '4=0<4FA*E 6,6G'7,' E 4*@ 0*E(343?@A<0*E?0>0EBAEF0*E30E(343?@A<0*+ A*.4=FA?AE 2AE F4*E @3 A<*@03A*E 4E ?0<.0E F4 0E BAE 4F.4E F@ 2@BA E 9E 6
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2;756-;2;756,;.25-39;75:7527)0,#-<287 7957= 93 87&;.80;279572;7 5+ .23-;7 843:3-;:;7 6;2187 5:7 -;687 957 ,5043:;-3 :7 +807 -;<6;67 9523-,<86;6 '7 &;7 +081363 :7803 3:;9;7+80756,;78.23 ;-3 :7567956-8:,;9;7;76<71;2807+0565:,57 <,323/;:9872;7,;6;79573:,50 67+08459387+;631;79572867.;:-867-8450-3;2567 65 :7 2;7 3:93-;9;7 +807 527 ;:-87 =5:,0;27 957 2;7 5+ .23-;7 843:3-;:;*7 7 31527 7 05-3867-8,3/;9867 :87;$<6,;986 75:7450-;9867;-,31867+;0;7;-,31867 ;-35:987 <:;7 56,34;-3 :7 ;-,<;03;27 957 2;67 5- ;67 5:7 (<57 2867 .5:5%-3867 650 :7+; ;986' 87+;63186739 :,3-86' 31527 7 ;,86793 505:,5679572867+05-3867-8,3/;98673:-2<398675:7527:31527 *7 + # %& +& %+ '+ % ' (<5765;:78.6501;.2567+;0;7527;-,318787+;6318*7 ;765;79305-,;7 +05-386 787 &;7)943:36,0;980;756, 75 5:,;79527+; 8795734+<56,86*7957;-<50987-8:7287 56,;.25-39875:72;7&5 7: 4'7 768.0572;7 5 <2;-3 :7 7 845:,879572;67 3:9305-,;45:,57 95031;98679572867+05-386 ' 31527 7 ;,867 +;0;7 527 ;-,3187 87 +;63187 (<57 :87 657 .;6;:7 5:7 9;,867 957 )68-3;-38:56763:7 3:567957&<-0879572;7 5+ .23-;7 843:3-;:;' + " "' " + +% " &
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2;7;+08.;-3 :705-3.39;79572;7 )& &'
&867 8,0867 ;-,31867 3:-2< 5:7 2867 +08 0;4;67 957 -84+<,;980;67 7 8,086'7 &;7 La Administradora reconoce sus costos y gastos operacionales en el ;480,3/;-3 :7 957 2867 +08 0;4;67 957 -84+<,;980;67 657 -;2-<2;7 68.057 527 48:,8795+05-3;.25*7(<57-80056+8:957;27-86,87957<:7;-,318745:8676<71;2807 4845:,875:7(<576573:-<005:' 05639<;2' Los costos asumidos por la Administradora de las reclamaciones de planes administrados y los gastos por este concepto se incluyen en el &;7 ;480,3/;-3 :7 657 -;2-<2;7 +;0;7 9;07 957 .;$;7 5:7 -<5:,;67 527 -86,87 957 2867 05: 2 :7957-86,8678+50;-38:;25675:7286756,;9867957.5:5%-387 7.5:5%-3867 programas de computadoras menos sus valores residuales estimados, <,323/;:9875274 ,89879572#:5;705-,;79<0;:,576<7139;7 ,32756,34;9;*72;7-<;27 ;-<4<2;9867(<57657;-84+; ;:' -80056+8:957;7<:7+50#8987957-3:-87; 867 765705-8:8-575:72867056<2,;986' Los gastos de reclamaciones pagadas por prestaciones de servicios son * + %&%# & &+ & % " %& 05-8:8-39867-<;:9872867 056,;980567957 5013-3867957 ;2<97 705+80,;:7 52763:356,087 7657-84+0<5.;7(<5752743648756, 795:,0879572;7-8.50,<0;79527 &867 95654.826867 +86,50380567 657 -;+3,;23/;:7 68287 637 567 +08.;.257 (<57 2;7 )943:36,0;980;7 05-3.;7 2867 .5:5%-3867 5-8: 43-867 <,<0867 ;68-3;9867 -8:7 -8:,0;,8' 2867-86,86' +(% % !" &+'+ &+%# %'$ & 6.1.3 Gastos
+ & #% &+ ' !"% &
+(% % !" &+'+! + '
&;678.23 ;-38:567+807.5:5%-3867;754+25;9867;7-80,87+2;/8765705-8:8-5:7 &;7 )943:36,0;980;7 -2;63%-;7 2867 ;-,31867 %:;:-350867 5:7 2;7 -;,5 80#;7 957 5:72867056<2,;9867-<;:987657+056,;752765013-387052;-38:;98'7 5705-8:8-57 -<5:,;67 7+;0,39;67+807-8.0;0' <:;78.23 ;-3 :7+80752734+80,57(<5765756+50;7+; ;0*76372;7)943:36,0;980;7 &;7)943:36,0;980;7-2;63%-;72867+;631867%:;:-3508675:72;7-;,5 80#;79578,0867 ,35:57 <:;7 8.23 ;-3 :*7 +0565:,5*7 25 ;27 87 34+2#-3,;*7 957 +; ;07 56,57 48:,87 +;631867%:;:-35086' como resultado de servicios pasados prestados por el empleado y se + ,! " &+ + '&" &+ ' !"% &+ )+ %! !"#"% + + ' '+ % + +<5957 ;-507<:756,34;987%;.25' cuentas + ' +$%+ % " + + % &" %& La Administradora reconoce en los resultados, los aportes efectuados mensualmente al Sistema Dominicano de Seguridad Social de conformidad -8:728756,;.25-39875:72;7&5 7957 5 <039;97 8-3;27 &5 7 > '7 6,57636,54;7 <:-38:;7-8:7<:756(<54;7957-<5:,;7957-;+3,;23/;-3 :73:93139<;2*7-8:636,57 5:7 ;+80,567 (<57 95.57 05;23/;07 527 54+25;9807 7 2867 54+25;9867 957 4;:50;7 +;0,3-<2;07 7(<5768:7;943:36,0;9867+807<:;7;943:36,0;980;7957+5:638:56'7 )72;759;9795705,308*752754+25;98705-3.57<:;7+5:63 :75:7.;657;2748:,87957 2867 ;+80,567 05;23/;9867 +807 27 7 6<7 54+25;9807 4 67 527 05:93435:,87 957 2;7 -<5:,;7957-;+3,;23/;-3 :73:93139<;2'
&;7)943:36,0;980;705-8:8-573:3-3;245:,572;67-<5:,;67 7+;0,39;67+807-8.0;07 5:72;7 5- ;75:7(<57657803 3:;:'7 8986728678,0867;-,31867 7+;631867%:;:-350867 657 05-8:8-5:7 3:3-3;245:,57 5:7 2;7 5- ;7 957 2;7 ,0;:6;--3 :*7 -<;:987 2;7 )943:36,0;980;7-8435:/;7;7 804;07+;0,579572867, 043:867-8:,0;-,<;25679527 3:6,0<45:,87%:;:-3508'
&;7 )943:36,0;980;7 9;7 957 .;$;7 5:7 -<5:,;67 <:7 ;-,3187 %:;:-35087 -<;:987 5 +30;:7 2867 9505- 867 -8:,0;-,<;2567 ;7 2867 <$867 957 5 5-,3187 9527 ;-,3187 87 -<;:987,0;:6%505728679505- 867;705-3.3072867 <$8679575 5-,3187-8:,0;-,<;256*7 5:7 <:;7 ,0;:6;--3 :7 5:7 2;7 (<57 657 ,0;:6%505:7 6<6,;:-3;245:,57 ,89867 2867 0356 867 7.5:5%-3867052;-38:;9867-8:7527;-,3187%:;:-3508*787:87,0;:6%5057 6.2.3 Prestaciones laborales :3705,35:576<6,;:-3;245:,57,8986728670356 867 7.5:5%-38679572;7+08+359;97 27 = 93 87 957 0;.;$87 957 2;7 5+ .23-;7 843:3-;:;7 05(<35057 (<57 2867 7:8705,35:57-8:,082768.057527;-,3187,0;:6 50398' +;,08:867+; <5:7<:7;< 32387957+05;13687 7-56;:,#;7;7;(<52286754+25;9867 =<;2(<3507+;0,3-3+;-3 :75:72867;-,31867%:;:-3508679;9867957.;$;75:7-<5:,;67 -< 867 -8:,0;,867 957 ,0;.;$87 65;:7 ,5043:;9867 63:7 -;<6;7 $<6,3%-;9;'7 &;7 (<57 65;7 -05;9;7 87 05,5:39;7 +807 2;7)943:36,0;980;7 657 05-8:8-57 -8487 <:7 )943:36,0;980;7,35:57-8487+82#,3-;7+; ;07<:7;< 32387957+05;13687 7-56;:,#;7 ;-,318787+;6318765+;0;98' ;7,89867286754+25;9867(<57,5043:;:76<67-8:,0;,867957,0;.;$8*7-8: 80457;7 >
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VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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• ;7/614:;8*02414:05:0(:043;81:80:+;'14:80:+2043;3;2614:1:07641204$ Las reservas de siniestros ocurridos, pero no reportados son constituidas ;(: )5;(: 80: -;8;: 704: +12: (14: +12-053;.04: 043;/(0-6814: +12: (;: 9< <&: • 04;+;26-6"5:80:,5:702-;81:;-36*1:+;2;:,5:65432,70531:)5;5-6021$ 41/20: 0(: 71531: 80: (;4: 20-(;7;-61504: 65-,2268;4: 05: 0(: 704$: <;4: reclamaciones incurridas en el mes se determinan mediante la sumatoria
80:(;4:20-(;7;-61504:+;';8;4:7 4:20-(;7;-61504:(6 ,68;8;4:#:+058605304: La Administradora considera la evidencia del deterioro del valor de los 80:+;'1&:7 4:20-(;7;-61504:+058605304:80:*;(68;-6"5:#:(6 ,68;-6"5: ,0: ;-36*14:)5;5-60214:7086814:;(:-1431:;71236 ;81&:3;531:;:56*0(:04+0- )-1: -12204+158;5:;(:704:80(:; 1:05:-,241:70514:(;4:20-(;7;-61504:(6 ,68;8;4: -171: -1(0-36*1$: 1814: (14: ;-36*14: 6586*68,;(70530: 46'56)-;36*14: 415: #: +058605304: 80: +;'1: #: (;4: 20-(;7;-61504: +058605304: 80: *;(68;-6"5: #: 0*;(,;814: 6586*68,;(70530: +12: 803026121: 80: 4,: *;(12$: <14: ,0: 51: 40: (6 ,68;-6"5: ,0:-12204+158;5:;(:76471:704:80(:; 1:;5302612$ 05-,0532;5:04+0- )-;70530:80302612;814&:415:0*;(,;814:-1(0-36*;70530: *) ) ' " ' '%! $# %# +12: -,;( ,602: 803026121: 80(: *;(12: 65-,22681&: +021: ,0: ; 5: 51: ;: 4681: 680536)-;81$: <14: ;-36*14: ,0: 51: 415: 6586*68,;(70530: 46'56)-;36*14: Las reservas para contingencias son constituidas por la Administradora al 415: 0*;(,;814: -1(0-36*;70530: +12: 803026121: 80(: *;(12&: ;'2,+ 581(14&: )5;(:80:-;8;:704&:+12:(14:+12-053;.04:043;/(0-6814:+12:(;: 9< <&:41/20: el exceso de gastos administrativos incurridos por encima de lo permitido -1546802;581:-;2;-302 436-;4:80:2604'1:4676(;204$ ;:(;4:9 &:40' 5:(;:(0'64(;-6"5:*6'0530&:05:20(;-6"5:-15:(;4:;+123;-61504:#: 9(: 0*;(,;2: 0(: 803026121: 80(: *;(12: -1(0-36*1&: (;: 987656432;812;: ,36(6 ;: -15326/,-61504:80*05';8;4$: 43;4:20402*;4:415:-154363,68;4:; 0-3;581:0(: 65 127;-6"5: 643"26-;: ;-02-;: 80: (;: 1+123,568;8: 80: (;4: 20-,+02;-61504: #: +;46*1:#:(14:/050)-614:;-,7,(;814$ 0(:67+1230:80:(;:+ 2868;:65-,2268;&: ;-60581:,5:;.,430:46:(;4:-1586-61504: 0-15"76-;4:#:-208636-6;4:;-3,;(04: ;-05:+21/;/(0: ,0:(;4:+ 2868;4:20;(04: *) ' %! !%# # $!' ' ' % $ ' ! ' ' ' $ ! ' ' 40;5:7;#1204:1:7051204: ,0:(;4:4,'0268;4:+12:(;4:305805-6;4: 643"26-;4$ Servicios de Salud (PSS) 5;: + 2868;: +12: 803026121: 80(: *;(12: 40: -;(-,(;: -171: (;: 86 0205-6;: 05320: <;4: -,053;4: +12: +;';2: ;:
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VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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NOTA 12 - Otros activos
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Nota 14 - Saldos y transacciones con ente relacionado
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Otros
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Otros ingresos
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Saldos al 31 de diciembre de 2019
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Aumento
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Análisis de sensibilidad
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Según la Administradora
Superávit
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DC
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Cuentas y partidas por cobrar
Valor en libros
Valor razonable
2020 :987654390 /70 .-50 675768-50 ,+*94*-50)0(-6,4*4(-*4390/70.'50 reaseguradores &%$#"""#"""
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2020 RD$
2019 RD$
:987654390 /70 .-50 675768-50 ,+*94*-50 )0 &%$#"""#""" (-6,4*4(-*4390/70.'5067-57 6-/'675
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! 7*,48'0790*- -0)0 -9*'5
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79,-50)0/'* 79,'50('60*' 6-6
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Otras inversiones
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#"""#"""00
713,760,797
595,252,507
! 7*,48'0790*- -0)0 -9*'5
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79,-50 )0 /'* 79,'50 ('60 *' 6-6
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Aportaciones y contribuciones por cobrar
Otras inversiones
#"""#"""
#"""#"""
#"""#"""
713,760,797
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VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
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21 - Otras revelaciones
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<%= 5<= <A/7C>B2<= 8>BB?D4>E/7?EC?= <= 3<= ARS Plan Salud del Banco Central, INC.)=D?=7E787,=?E=/787?@-B?=/?=G G =(=;E<37*,=?E=?3=@?D= /?=@<B*>=/?=G GH% -%= 5>D= <A/7C>B?D= <8CA<EC?D= ?E= ?3= 8>@4B>@7D>= /?= 3<= <A/7C>B2<= /?= 3<= ARS Plan Salud del Banco Central, INC.)='A?B>E=3>D=D7&A7?EC?D
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Licda. Sandra M. De la Rosa De la Cruz
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HG
Lic. Palmenio Hernández Ortiz ?&7DCB>=/?= F .5 F5= >%= 9 9
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VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
ARS PLAN SALUD DEL BANCO CENTRAL, INC. ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD K6 / 6G KG60 / 0 + GG/2G )G KG /4 G KG'%')G5G'%'% 1 HC8;<JG<=G4 .
ACTIVOS "INVERSIÓN DE LAS RESERVAS TÉCNICAS Y PARTICIPACIÓN DE LOS REASEGURADORES" <;IB GAH98JG 9<G 9<F@JBI8JG 5 8G 9<F@JBI8JG HG FCH:8G G 8G A8=G CHG 8FAB@=G 9<G CHG ;<9<=AB@=GG anticipada, en las instituciones del sistema
G=H=AB<;8G =HAB8=HC-G JEF<; BJH9HJG F8;G CHG 6EF<;B=I<=9<=ABHG9<G H=A8JG9<GCHG4<F,DCBAHG Dominicana
PASIVOS RESERVAS TÉCNICAS 2021
2020
( '-%%%-%%%*%%
8=I;HI8JG 9<G FH;IBABFHAB@=G G <=G G "BF8I<AHJG HJ<3E;H9HJG G A8=G G AC EJECHJG G 9<G ;<A8 F;H-G emitidos por las instituciones del sistema de H"8;;8JG5GGF; JIH 8JG=HAB8=HC
-
2021
4<J<; HJG 9<G G HF8;IHAB8=<JG 5G A8=I;BDEAB8=<JG no devengadas
''-%%%-%%%*%%
-
-
Reservas de reclamaciones por prestaciones 9<GJ<; BAB8JGCB7EB9H9HJG5GF<=9B<=I<JG9<GFH38
(-$'(-'')*!)
'-( '- ((*))
Reservas de reclamaciones por prestaciones 9<GJ<; BAB8JGF<=9B<=I<JG9<GCB7EB9HAB@=
)%!- %-!%(*$
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-
-
125,738,185.99
71,682,350.86
)-! (-) )*
!- $-( (*)
-
-
Reservas de siniestros ;<F8;IH98JG10 +4.
ocurridos pero no
/=ECHAB@=G 5 8G ;<B=I<3;8G 9<G A"<7E<JG F8;G ;<ACH HAB8=<J-G <=AB98JG F8;G AH9EAB9H9G 5 8G A"<7E<JG=8G<=I;<3H98JGHGCHJG 66
-
TOTAL DE LAS RESERVAS TÉCNICAS
<;IB GAH98JG9<GB= <;JB@=G<=G<CG H=A8G <=I;HCG 9<G CHG 4<F,DCBAHG 8 B=BAH=H-G A8=G CHG 8FAB@=G 9<GCHG;<9<=AB@=GH=IBABFH9H
-
-
HC8;<JG < BIB98JG 8G 3H;H=IB:H98JG F8;G <CG Estado Dominicano
4K6K4 /6G /4/G + 0+ K+ 0/6G K6 K 0/2K6
-
-
HC8;<JG 8D <I8G 9<G 8#<;IHG F,DCBAHG HEI8;B:H9HG F8;G CHG 6EF<;B=I<=9<=ABHG 9<G G HC8;<JG 9<G CHG 4<F,DCBAHG 8 B=BAH=H
20 / 0 +K6G 4G4K/6K 4 6G G /6K 4 6
-
-
-
-
H;IBABFHAB@=G 9<G C8JG ;<HJ<3E;H98;<JG <=G CHJG ;<J<; HJGI A=BAHJ
-
-
TOTAL INVERSIÓN DE LAS RESERVAS TÉCNICAS Y PARTICIPACIÓN DE LOS REASEGURADORES K K 0 GK+G / /G G /+ 6
632,000,000.00
522,000,000.00
(-'(!-(!)*
)(- ! -% (* (
-
-
' -%($-' !*
'-!% -') *
-
/6 6G / / 6G 4G/ K2/+ /
4 0K / K6-GK 0 6-G 020/40 6G G K 4K 0/ 0 +G/ 2/ /
-
ÍNDICE DE INVERSIONES DE LAS RESERVAS TÉCNICAS Y PARTICIPACIÓN DE LOS REASEGURADORES SOBRE LAS RESERVAS TÉCNICAS EN EL PASIVO
Lic. Ingrid González de Ramos Directora Ejecutiva
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-
-
'(-( (-( $*$'
'%- (%-$(!*%%
-
-
156,996,059.70
101,381,389.05
/ 0 /2-G4K6K4 /6G KG / 0 /2G G
K+K 0 0 6G/ 2/ 6
-
-
/ 0 /2GK+G/ 0 +K6G6 6 40 G G / /
-
-
/ 2/ 0 +K6G 4G / /4
4 0 6G 0 K40 6G TOTAL PASIVOS
HFBIHCGHEI8;B:H98
-
-
-
Acciones no emitidas
-
-
-
/AAB8=<JG<=GI<J8;<; H
-
-
TOTAL SUSCRITO Y PAGADO
-
-
481,641,924.44
481,641,924.44
4K6K4 /6G KG / 0 /2G G K+K 0 0 6G / 2/ 6
-
-
'-)( -!%$*)$
-
-
()'-( $*)
$ !-)!!*%!
-
-
4<J<; HGC<3HCGJ<3,=GA@9B38G9<GA8 <;AB8
-
-
599,682,137.97
<=< GAB8JG1 ;9B9HJ.GG9<CGF<; 898GHAIEHC
G1(- ' - $ *($.
G1(- (!- $ *$ .
!- )'-($)*('
' -)'(- ) *
-
-
80,784,196.93
16,658,824.48
TOTAL PATRIMONIO
562,426,121.37
498,300,748.92
TOTAL PASIVOS, CAPITAL, RESERVAS DE CAPITAL Y BENEFICIOS (PÉRDIDAS) ACUMULADOS
719,422,181.07
599,682,137.97
CAPITAL DE LAS ARS Y ARL NO ORGANIZADAS COMO COMPAÑIAS POR ACCIONES
<=< GAB8JG1 ;9B9HJ.GHAE ECH98J
CUENTAS DE ORDEN
'-! -! $*$(
4K K+ 0 +K6G KG0 K6 6G 4G / /4
)- !'-( '*$'
719,422,181.07
Valores a riesgos retenidos
-
-%%%-%%%*%%
/6 6G 0 K40 6 TOTAL ACTIVOS
-
-%%%-%%%*%%
/ 0 6G0+ /+ 0 2K6 4 6G/ 0 6
-(( * '
4 060 +K6
K 4K6G 4G /6K 4 6G G 4K/6K 4 6
4/6G0+ K460 +K6
(-'$)*$$
K+ 6G 4G / /4
/ 4 / 0 +K6G G + 40 0 +K6G 4G 4/4 K+ /6G G K+ 6G 4G 4/4
20 / 0 +K6G +G2 6G 4 4K6G KG6/2 K+ /6G 4G / /4
2<I;HJ-G =8IHJG 9<G ;<=IHJG G HJG 5G A<;IB GAH98JG 9<GB= <;JB@=-GA8=G8GJB=G;<9<=AB@=GH=IBABFH9H-G < BIB98JGF8;G<CG H=A8G <=I;HCG9<GCHG4<F,DCBAHG Dominicana
2020
22,848,000,000.00
23,145,000,000.00
11,793
11,967
5.03
6EF<; BIG<=G;< HCEHAB@=G9<GHAIB 8JG5G8I;HJG partidas de capital TOTAL RESERVAS DE CAPITAL Y BENEFICIOS ACUMULADOS
7.28
Lic. Ervin Novas Bello ;<JB9<=I<G9<CG 8=J< 8G9<G/9 B=BJI;HAB@=
Lic. Cynthia Román 8=IH98;H
LLKJIHGFEDCBAHAB@=GJ<G;<HCB:HG9<GHAE<;98GHGC8G;<7E<;B98GF8;GCHG6EF<;B=I<=9<=ABHG9<G6HCE9G5G4B<J38JG2HD8;HC<JG1606/2402.-GJ<3,=G<JIHDC<A<GCHG4<J8CEAB@=G+8*G)('&'%%$G9<G#<A"HG'!G9<G<=<;8G9<G'%%$ *G
1
1 HJ<GHGCHGF 3B=HGJB3EB<=I<.
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- >898C58C?DCB />9DCD9E87>47*
ARS PLAN SALUD DEL BANCO CENTRAL, INC. ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD G2 + 2C GC G'G , , 2C C G'G , , 2C+ .+ 2 GCG'G0 C+C +0 C GCI"I%C C GCG'G0 C+C +0 C GCI"I" - D?478FC89C0 * AÑO 2021 INGRESOS DE OPERACIONES: +B47ED=>498FC1C=49E7>@A=>498FCFAF=7>EDFC58 89/D5DF
AÑO 2020
OTROS PLANES
PDSS
TOTAL
OTROS PLANES
PDSS
CI$)% )"%!&"$C C% I)" I) & C C% )I%$)$"I& !C
TOTAL
CI$) % )I &$$C C%" ) ) &!IC C% ")I ") & C
4 >F>498FC58 89/D5DFC78=>@>5DFCF4@78C78DF8/A74FC cedidos
-
-
-
-
-
-
Reclamaciones incurridas a cargo de los reaseguradores
-
-
-
-
-
-
26,184,019.06
132,032,583.43
158,216,602.49
26,717,245.66
103,553,537.92
130,270,783.58
C )I! )! I& IC C%" )" )$ $&! C C% I) I) !& $C
C $)" I) $"&% C
C!I)II )% I&I C C%I )I!!) %I& $C
TOTALES INGRESOS DE OPERACIONES GASTOS DE OPERACIONES: Reclamaciones incurridas por prestaciones de servicios 4 >F>498FC58 89/D5DFCB47C?4FCB74 4E478FC58CFD?A5
-
-
-
-
-
-
Reaseguros proporcionales incurridos cedidos
-
-
-
-
-
-
Reaseguros no proporcionales contratados
-
-
-
-
-
-
Reservas para contingencias especiales ,/AD?DFC1 4C=49 89>4FC=49CB78FED5478FC58CF87 >=>4FC58CFD?A5 4@87EA7DC58C8 =8F4C58CB 75>5DFC=DEDFE7< C=DF TOTAL GASTOS DE OPERACIONES BENEFICIO (PÉRDIDA) DE OPERACIONES ANTES DE GASTOS GENERALES Y ADMINISTRATIVOS DFE4FC/8987D?8FC1CD5 >9>FE7DE> 4F BENEFICIO (PÉRDIDA) DE OPERACIONES PROPIAS DEL SERVICIO DE SALUD
-
-
-
-
-
-
C% )I "&""C
C ) !& "C
C ) !!& "C
C I) I & C
C$"")"""&""C
C$ I) I & C
-
-
-
-
-
-
45,311,192.52
107,095,996.44
152,407,188.96
36,124,884.96
92,827,152.28
128,952,037.24
(19,127,173.46)
24,936,586.99
5,809,413.53
(9,407,639.30)
10,726,385.64
1,318,746.34
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C%!) ! )"I &!IC
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(22,336,782.84)
8,752,172.45
(13,584,610.39)
(13,615,413.95)
(5,582,554.21)
(19,197,968.16)
C%)" ) &! C
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MÁS: 745A=E4C58C?DFC>9 87F>498FC58C?DFC78F87 DFCE =9>=DF Otros ingresos Producto de otras inversiones
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C )I !& !C
MENOS: DFE4FC >9D9=>874F
C ) &% C
C% )! %& $C
CI%) ""&""C
C% & C
C &% C
C!I&""C
BENEFICIOS (PÉRDIDAS) DEL PERIODO
Otros
(21,169,032.65)
14,640,537.96
(6,528,494.69)
(11,004,519.96)
4,537,026.01
(6,467,493.95)
(21,169,032.65)
14,640,537.96
(6,528,494.69)
(11,004,519.96)
4,537,026.01
(6,467,493.95)
-
-
-
-
-
-
(21,169,032.65)
14,640,537.96
(6,528,494.69)
(11,004,519.96)
4,537,026.01
(6,467,493.95)
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Transferencia a la reserva legal
-
-
-
-
-
-
Dividendos a accionistas
-
-
-
-
-
-
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898 C=>4FCD=A A?D54FCD?CB7>9=>B>4C58?C8 87=>=>4C
-
-
-
-
-
-
,9/78F4FC-/DFE4F*C4@E89>54FC4C>9=A77>54FC89C8?C8 87=>=>4C CF=D?)CB874CB74 89>89E8FC58C4B87D=>498FC58CD 4FC D9E87>478F&C
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14,449,793.17
72,862,898.45
80,784,196.93
4,742,978.54
18,383,339.89
16,658,824.48
Lic. Ingrid González de Ramos Directora Ejecutiva
Lic. Ervin Novas Bello 78F>589E8C58?C 49F8 4C58C+5 >9>FE7D=><9
Lic. Cynthia Román 49ED547D
HHGFEDCBA@?>=D=><9CF8C78D?>6DC58CD=A8754CDC?4C783A87>54CB47C?DC2AB87>9E89589=>DC58C2D?A5C1C0>8F/4FC.D@47D?8FC-2,2+.0,.*)CF8/(9C8FED@?8=8C?DC08F4?A=><9C'4&C%$I#I""!C58C 8= DCI C58C89874C58CI""! &C
I
VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
26 LEGAL
AVISOS LEGALES AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO PUBLICACION DE DEMANDA DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Y POR DOMICILIO DESCONOCIDO, ART. 22 DE LEY 1306.-BIS. En cumplimiento de las disposiciones del Art. 22 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio el señor LUISMER SALZAR MERAN, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-1655284-5, residente en la calle 5 número 5, Altos de Arroyo Hondo II, Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al DR. WILLIAM REYES DIAZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-0526631-6, abogado de los tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la Avenida Tiradentes esquina Calle Fantino Falcon, Plaza Naco, segunda planta, Local 133, Ensanche Naco, Distrito Nacional, Teléfonos: 809-696-9334, lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales; hace saber a su legítima esposa la SUSYN LYNN SÁNCHEZ, cuyo último domicilio conocido fue NY, Bronx, 3220 Netherland Ave. #5f, Zip 10463, Estados Unidos de América, que a falta de información relativa a su actual domicilio y residencia a seguida de estas tres (3) publicaciones de ley se procederá a EMPLAZARLA en acción de DIVORCIO, POR LA CAUSAS DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, de acuerdo a lo que establece el Art. 69 inciso 8, del Código de Procedimiento Civil (domicilio desconocido), se procederá a notificar en manos del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, que el día martes, que contaremos, a treinta y uno (31) del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las diez y cuarenta horas de la mañana (10:40 A. M.), para que comparezca a la Audiencia que celebrará la Séptima Sala No. 7, de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles, el día Martes treinta y uno (31) del Mes de Agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las diez y cuarenta (10:40) horas de la mañana, en su local ubicado en la Primera planta del Juzgado de las Cámaras Civiles para Asuntos de Familia, Sito en la calle Socorro Sánchez, No. 68, del Sector de Gazcue de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021). La presente publicación la autoriza el infrascrito en su condición de Abogado constituido y apoderado especial del cónyuge demandante, SR. LUISMER SALAZAR MERAN.
FC 409967
DR. WILLIAM REYES DÍAZ, Abogado Apoderado de la parte demandante.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero, propiedad de los Sres. Tania Josefina Genao y José Jesús Peña, provistos de la cédula de identidad y electoral Nos.031-0032681-2 y 032-0025538-2, respectivamente, Certificado No.960-12823407, por monto de Un Millón Trescientos Mil Pesos Dominicanos, RD$1,300,000.00), de fecha 13-052020, emitido por el Banco de Reservas de la República Dominicana. La presente publicación, se hace para los fines de ley correspondiente. FC 409954
Att. Welinton Féliz.
Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guion, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida de los Duplicados de Acreedor Hipotecario en PRIMER RANGO a favor BANCO HIPOTECARIO DOMINICANO, S. A., por la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 CENTAVOS (RD$300,000.00), correspondiente al inmueble identificado como Parcela número ochenta y dos, guion, B, guion, uno, guion, K, guion, Reformada, guion, 14, guion, A (82-B-1-K-REF-14-A), del Distrito Catastral número dieciséis (16), del Distrito Nacional, parcela que tiene una extensión superficial de ciento cincuenta y un (151) metros cuadrados, treinta y seis (36) decímetros cuadrados, y está limitada al Norte, parcela número ochenta y dos, guión, B, guión, uno, guión, K, guión, Reformada, guión, quince (82-B-1-K-Ref-15), al Este, parcela número ochenta y dos, guión, B, guión, uno, guión, K, guión, Reformada, guión, catorce (82-B-1-K-Ref-14); al Sur, parcela número ochenta y dos, guión, B, guión, uno, guión, K, guión, Reformada, guión, diecisiete (82-B-1-K-REF-17); y al Oeste, calle; amparado en el Certificado de Título número ochenta y siete, guión, cinco mil quinientos veintiséis (87-5526), propiedad de INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES DAMER, S.R.L. antes INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES DAMER, C. POR A. FC 409940
RAFENLEO, S.R.L. Capital Social: RD$1,000,000.00 Registro Mercantil Núm. 31041SD R.N.C. Núm. 1-01-67277-3 Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana FE DE ERRATA Se hace constar, para todos los fines legales pertinentes, que en los avisos de disolución y de clausura de liquidación de esta sociedad comercial RAFENLEO, S. R. L., publicados en las ediciones de este mismo diario los días 4 de mayo y 30 de junio del presente año 2021, por un error involuntario, se hizo constar que el número de Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de esta sociedad lo era el número 10182277-3, cuando el número correcto es 1-01-67277-3, tal y como figura en el encabezamiento. Santo Domingo, Distrito Nacional, 16 de julio de 2021.
FC 409990
Lic. Katiuska Jiménez Castillo Liquidadora
AVISO DE DESLINDE
Se hace de público conocimiento que en virtud de Autoriz. D/f 25/02/2021, Depto. Este, el día lunes 28/07/2021, a las 11.00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde y Refundición en las Parcelas Nos.936-B y 936-B1 del D.C.No.03, Provincia Barahona, Municipio de Enriquillo a petición de la: señora MARIA ASUNCION CLIMENT GARCIA. Exp. 6642021017081_1_1. Agrim. RAMON ROJAS ALCANTARA Codia 13741
AVISO DE DESLINDE
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de público conocimiento que en virtud de Autoriz. D/f 25/02/2021, Depto. Este, el día lunes 28/07/2021, a las 11.00 a.m., se realizarán los trabajos de Deslinde en la Parcela No.936-B del D.C.No.03, Provincia Barahona, Municipio de Enriquillo a petición de la señora MARIA ASUNCION CLIMENT GARCIA. Exp. 6642021017071_1_1.
De conformidad con el Artículo 86, del Reglamento General de Registro de Títulos que complementa la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario del 23 de marzo de 2005, se hace de público conocimiento que se ha perdido, extraviado y/o desaparecido la “Constancia anotada No.158 (Anot.8) del Certificado de Título (Duplicado del Dueño) registrado bajo el libro No.111 expedido en fecha 20 del mes de febrero del año 1997, que ampara el derecho de propiedad sobre el inmueble identificado como “Solar 15-PROV, PORC. F, con una extensión dos mil metros cuadrados (2,000.00 m²), ubicado en Santiago de los Caballeros”, perteneciente a la compañía METRO SERVICIOS TURISTICOS, S.A.
Agrim. RAMON ROJAS ALCANTARA Codia 13741
FC 409944
Publicación autorizada por: METRO SERVICIOS TURÍSTICOS, S. A.
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
FE DE ERRATA
De conformidad con el párrafo III Art. 92 de la Ley 10805 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida (carta constancia) del CERTIFICADO DE TITULO No, 4815, AMPARA LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE LA PARCELA 23-L DEL D.C. 14/1RA DEL MUNICIPIO Y PROVINCIA DE BARAHONA, CON UNA EXTENSION DE 500.00 METROS CUADRADOS, A NOMBRE DE PATRICIA FAJARDO DE FELIZ.
Se avisa que en fecha 8 de febrero 2021, salió publicado en este periódico el siguiente aviso de mensura, EXPEDIENTE No. 6632021002737. Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160 y 162, del Reglamento General de Mensuras Catastrales, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO, que el Sábado 20 de Febrero del 2021 a las 9:00 am. daremos inicio a los trabajos de MENSURA para DESLINDE, dentro de la Parcela No. 779-A del D.C. No. 06 (Identificado como porción No.21 de la manzana G) Certificado de Título No. 73-4354, lugar Tropical del Este, Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, propiedad de: RAMON STUBBS INDA. SIENDO LO CORRECTO: Propiedad de: MARIA ANTONIA PEREZ MUÑOZ (compradora). Para cualquier información comunicarse con el Contratista.
PATRICIA FAJARDO DE FELIZ Solicitante
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
De conformidad con el párrafo III, Art. 92 de la Ley 10805 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida (carta constancia) del CERTIFICADO DE TITULO No. 5020, AMPARA LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE LA PARCELA 2637 DEL D.C. 2 DEL MUNICIPIO Y PROVINCIA DE BARAHONA, CON UN EXTENSION DE 1,300.00 METROS CUADRADOS, A NOMBRE DE PATRICIAO FAJARDO DE FELIZ. PATRICIA FAJARDO DE FELIZ Solicitante PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta, marca X-1000, modelo CG-125, color rojo, año 2006, placa No. N319368, chasis No. LF3PCJ5016B003766, a nombre de RAFAEL JONATHAN ESTRELLA CALZADO, cédula No. 0011817150-5. FC 409985 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del volteo, marca Isuzu, modelo ELF250, color blanco, año 2000, placa No. S012056, chasis No. NKR66E7498494, a nombre de RAMON SANTANA VÁSQUEZ, cédula No. 023-0096841-5. FC 410031 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta, marca Yamaha, modelo JOG-SA16J, color negro, año 1994, placa No. K0671275, chasis SA16J519128, a nombre GRISSEL ORLANDA CEDANO MERCEDES, cédula No. 402-2638038-0. FC 410033 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Jeep, modelo Grand Cherokee Limited 4X, año 2015, color negro, placa y registro No. G399497, chasis 1C4RJFBG5FC603048, propiedad de JUAN ANDRES ESPINAL PADILLA, cédula 001-1149073-6. FC 409941
AGRIM. KATIA ALEJANDRINA MARTÍNEZ MEDRANO, CODIA 15307.
FC 409958
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de matrícula No. 0100301928, (Duplicado del dueño), expedido a nombre INMOBILIARIA HAWM, S.R.L, el cual describe el siguiente inmueble “La unidad exclusiva para ser dedicada a residencia o vivienda familiar individualizada bajo la denominación de Apartamento 10-A, identificada como 400413321248: 10-A, matrícula No. 0100301928, del condominio WIND TOWERS SERRALLÉS, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 2.9% y 1 voto en la asamblea de condóminos, Conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-10-003, ubicado en el nivel 10 del bloque 1, destinado a Apartamento, con una superficie de 256 metros cuadrados, un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-001, ubicado en el Nivel M1 del bloque 0, destinado a PARQUEO, con una superficie de 24 metros cuadrados, un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-010, ubicado en el Nivel M1 del bloque 0, destinado a LOCKER, con una superficie de 6 metros cuadrados, un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-014, ubicado en el Nivel M1 del bloque 0, destinado a PARQUEO, con una superficie de 13 metros cuadrados”, aviso de conformidad con el Párrafo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. FC 409960
VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
LEGAL 27
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
PUBLICACION DE DIVORCIO
Expediente No. 6622021085033, Autorización de fecha veintiocho (28) de junio del año dos mil veinte (2021). Se hace de público conocimiento que el día veintisiete (27) de julio del año 2021, a las 2:00 PM, iniciaremos los trabajos de campo para Deslinde de una porción de terreno ubicada en la parcela No. 93 del D.C. No. 09 del municipio de Moca, Provincia Espaillat. Terreno ubicado en la ciudad de Moca, en la Rosa, Cayetano Germosén, a 200 mts. aproximadamente al sur de la carreta la soledad. Inmueble propiedad de LENNY JAVIER CRISOSTOMO CRISOSTOMO. Llamamos a todo interesado para que estén presentes a la hora y día indicado en este aviso.
Por autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, de fecha 15/Marzo/2021, se informa que el día 28 de Julio del 2021, a partir de las 9:00 A.M., se dará inicio a la MENSURA de una porción de terreno dentro de la Parcela No. 1355 del D.C. No. SIETE del Mun. de Baní, propiedad de JOSE LUIS TEJEDA, ubicada en la sección “Boca Canasta”, zona Sur del municipio de Baní, provincia Peravia. Expediente No. 6642021022342.
AGRIM. CESARINA ESPERANZA LIZARDO GARCIA, AGRIMENSOR CONTRATISTA, CODIA No. 32170. Teléfono: 809-864-3190.
Marcos Ant. Pol S. Codia No. 13,104 Agrimensor Contratista
De conformidad con el artículo 42 de la ley No. 1306-Bis sobre Divorcios de fecha Veintiuno (21) del mes de Marzo del año 1937, y sus modificaciones en la República Dominicana, se hace de público conocimiento, que LA SEXTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, en sus atribuciones civiles, dictó LA SENTENCIA DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO ENTRE LOS SRES. JORDANY LOPEZ NEPOMUSENO Y DENISE DIANA ROSARIO, debidamente pronunciada por la Oficialía del Estado Civil de la Décimoquinta (15ta) Circunscripción del Municipio Santo Domingo Oeste, en fecha ocho (08) de julio del 2021, Registrado en el Libro No. 00002, Folio No. 0146, Acta No. 000346, del Año Dos Mil Veintiuno (2021). En el Municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los quince (15) días del mes de julio del Año Dos Mil veintiuno (2021).
FC 409965
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Expediente No. 6622021085505, Autorización de fecha veintiocho (28) de junio del año dos mil veinte (2021). Se hace de público conocimiento que el día treinta (30) de julio del año 2021, a las 8:00 A.M., iniciaremos los trabajos de campo para Deslinde y subdivisión, de una porción de terreno dentro de la parcela No. 4-D, del Distrito Catastral No. 07, del municipio de Moca, provincia Espaillat. Terreno ubicado Juan López, el salitre, al lado del tanque de agua se encuentra el inmueble; propiedad del señor RAMON JACOBO TEJADA GONZALEZ. Llamamos a todo interesado para que estén presentes a la hora y día indicado en este aviso.
Se hace de público conocimiento que el día 23 de Julio del año 2021, a las 9:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de mensura relativo a Deslinde a realizarse en la porción de terreno dentro del ámbito del Solar No. 16, Manzana No. 890 del Distrito Catastral No. 01, del Distrito Nacional, ubicada en el sector: Villa Francisca, a solicitud de la señora LICDA. BRUNILDA DIAZ DIAZ, quien actúa a nombre y representación de los señores: LUIS FELIPE TEJEDA, ERIC CRUZ, DIVINA MERCEDES MORA TEJEDA, ROSA MARIA CRUZ, CARMEN VALENCIA TEJEDA, herederos legítimos de la fallecida THELMA TEJEDA VIUDA CRUZ, según autorización de fecha 28/06/2021, expediente No. 6632021038928.
AGRIM. CESARINA ESPERANZA LIZARDO GARCIA, AGRIMENSOR CONTRATISTA, CODIA No. 32170. Teléfono: 809-864-3190.
PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO “En virtud del Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el duplicado del dueño del Certificado de Título Matrícula No. 0100263080, correspondiente al inmueble identificado como “Parcela 122-A-1-A-FF-8-A-13, Local Comercial 71-A, Primera Planta del Condominio Bella Vista Mall, con área de construcción de 33.50 Mts², del Distrito Catastral No. 03, ubicado en el Distrito Nacional”, propiedad del señor Fabio Antonio Alonzo Bencosme.
FC 409959
Licda. Thania Herrera Mateo, Abogada.
ANDRES ALBERTO HERNANDES JOSE Agrimensor Contratista, CODIA: 33695
Que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y dos (92) de la Ley número ciento ocho guion, cero cinco (108-05) de fecha dos (02) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), sobre Registro Inmobiliario y de la Resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil siete (2007) se publica la pérdida del Duplicado de Acreedor Hipotecario en primer y segundo rango a favor del BANCO HIPOTECARIO DOMINICANO, S.A. por las sumas de RD$250,000.00 RD$150,000.00 respectivamente, correspondiente al inmueble identificado inmueble identificado Parcela 308-A del Distrito Catastral número 32, que tiene una superficie de 691,692.33 metros cuadrados, Matrícula número 0100158208, ubicado en el Distrito Nacional, propiedad de Costa Blanca, S.A
FC 409943
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 19 del mes de mayo del año 2021, la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional mediante la sentencia civil No. 532-2021-SSEN-01296 se ordenó lo siguiente: FALLA: Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por mutuo Consentimiento intentada por los señores Luis Rodolfo Carrasco Fernández y Liliones Smirna Frías Soriano, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. Segundo: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentada por los esposos y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Luis Rodolfo Carrasco Fernández y Lilione Smirna Frías Soriano, por su Mutuo Consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de Divorcio No. 01-2020 instrumentado en fecha 28 de febrero del año 2020, por ante el Dr. Cesar Mejía Reyes Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por lo motivos que preceden. Tercero: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda y firma. Firmada Mag. Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y Secretaria Ilsy Berenice Vigay Cruceta. Así mismo se hace saber que en fecha 14 del mes de julio del año 2021, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00014, de registro de divorcio, bajo el Acta No. 001460, Folio No. 0119, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana, hoy día 15 del mes de julio del año 2021.
FC 409947
FC 410009
LICDO. JOSEFINA NEPOMUCENO PAREDES, Abogado apoderado.
LICDA. MILBIA E. GUERRERO R., Abogada.
PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
“En virtud del Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el duplicado del dueño del Certificado de Título No. 96-3812, el cual ampara el inmueble descrito como “Solar No. 11, Manzana 3846, del Distrito Catastral No. 01, con una extensión superficial de 238.76 Mts², del Distrito Nacional”, propiedad del señor José Roque Amarante Lantigua.
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Veintiuno (21) del mes de Diciembre del año Dos Mil Veinte (2020), la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No. 5322020-SSEN-01474, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por el señor Louis Mar Maldonado Grullón, en contra de la señora Taviana Barbara Luna Bastardo, por haber sido interpuesta conforme al Derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por ambas partes, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Louis Mar Maldonado Grullón y Taviana Bárbara Luna Bastardo, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos indicados. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento, por los motivos expuestos. QUINTO: Comisiona al ministerial Fabio Correa, Alguacil de Estrados de esta Sala, para la notificación de esta sentencia. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda y firma: Firmado: Mag. Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, quien certifica. Así mismo se hace saber que en fecha Veintidós (22) de Junio del año Dos Mil Veintiuno (2021), el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00005 de Registro de Divorcio, bajo el Acta No. 000354, Folio No. 0067, del año 2021, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana, hoy día catorce (14) del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
Se hace de público conocimiento, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Divorcio No.1306-bis, y sus modificaciones, que la Séptima Sala De La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, ha dictado la Sentencia Civil No. 532-2021-SSEN-00987 (Exp. Núm. 532-2021-ECON-00154), de fecha 22 de abril del año 2021, que admite el divorcio entre los señores GIANCARLO FLAMINI GAVIRIA y MELINA PAGAN, cuyo dispositivo dice como sigue: “FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Giancarlo Flamini Gaviria y Melina, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Giancarlo Flamini Gaviria y Melina Pagán, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 14-2020, instrumentado en fecha 14 de diciembre del año 2020, por ante la Licda. Digna Ramona Marisela Matías Pérez, Abogada Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. b) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Nicolás y Emilia, a cargo de su madre la señora Melina Pagan; acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 14-2020, instrumentado en fecha 14 de diciembre del año 2020, por ante la Licda. Digna Ramona Marisela Matías Pérez, Abogada Notario Público de los del Número del Distrito Nacional. C) Homologa el régimen de visita estipulado y pactado por los cónyuges en causa, el cual se encuentra estipulado en el acto de estipulaciones convenciones No. 14-2020, de fecha 14 de diciembre del año 2020, por ante la Licda. Digna Ramona Marisela Matías Pérez, Abogada Notario Público de los del Número del Distrito Nacional. D) Homologa y fija pensión alimentaria estipulado y pactado por los cónyuges en causa de conformidad al acto de convenciones y estipulaciones No. 142020, de fecha 14 de diciembre del año 2020, por ante la Licda. Digna Ramona Marisela Matías Pérez, Abogada Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio.” Dicho divorcio ha sido pronunciado el día veintidós (22) de abril del año dos mil veintiuno (2021) por ante la Oficialía del Estado Civil de la 1RA Circunscripción de Distrito Nacional, inscrito en el Libro No. 00013, de registros de Divorcio, Folio 0147, Acta No. 001374, Año 2021. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
FC 409959
Licda. Thania Herrera Mateo, Abogada.
PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO “En virtud del Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el duplicado del dueño del Certificado de Título No. 9711845, correspondiente al inmueble identificado como “Parcela No. 36- A-1-B-REF.-A-1-REF.-5, del Distrito Catastral No. 8, con una extensión superficial de 1733.12 Mts², ubicada en el Distrito Nacional”, propiedad del Arq. Alejandro Antonio Vigniero Díaz.
FC 409959
Licda. Thania Herrera Mateo, Abogada.
PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO “En virtud del Párrafo III, Art. 92, de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el duplicado del dueño del Certificado de Título No. 20018778, correspondiente al inmueble identificado como “Parcela No. 36-A-1-B-REF.-A-1-REF.-5-A, del Distrito Catastral No. 8, con una extensión superficial de 1733 Mts², ubicada en el Distrito Nacional”, propiedad de la sociedad comercial SKENE, S.R.L. FC 409959
Sr. Guillermo F. López Valdez, Gerente.
FC 409952
LIC. JOSE ALTAGRACIA LAPAIX DIAZ, Abogado.
PUBLICACION DE DIVORCIO
FC 409961
LIC. JONELLE ALEXANDER RIVAS DIAZ, Abogado.
Oficina de Abogados, Consultores Legales y Notaría Calle República del Líbano No. 17, Módulo 2-2, segundo nivel, del edificio Don Miguel, Los Jardines Metropolitanos, Santiago, Rep. Dom., Teléfonos: (809) 336-2880, Móvil/Celular: (809) 996-7854.
De acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 42 de la ley 1306-bis sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la SEPTIMA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, En fecha Veintinueve (29) del mes de Diciembre del año Dos Mil Veinte (2020), dicto en sus atribuciones civiles, una sentencia en materia de divorcio, marcada con el No. 532-2020-SSEN-01742, cuyo dispositivo copiado a la letra es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Luis Albero Benítez y Mercedes Arabellis Martínez Moreta, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Luis Alberto Benítez y Mercedes Arabellis Martínez Moreta, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No.13, instrumentado en fecha 09 del mes de octubre del año 2020, por la Dra. Rosa Herminia Bautista Alcántara, Abogada Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. Otorga la guarda y cuidado del hijo menor de edad Daniel Alberto, a cargo de la señora Mercedes Arabellis Martínez Moreta; acordado el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 13, instrumentado en fecha 09 del mes de octubre del año 2020, por ante el Dra. Rosa Herminia Bautista Alcántara, Abogada Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos que expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio, por los motivos que preceden. Y por esta nuestra sentencia, ordena manda y firma: Firmados: Mag. Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, quien CERTIFICA. La sentencia que antecede fue pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 23 del mes de Marzo del año 2021, inscrito en el Libro No.00007, Folio No.0141, Acta No.000671, del año 2021. Hecho en el Distrito Nacional, República Dominicana, a los Treinta (30) días del mes de Junio del año Dos Mil Veintiuno (2021).
En cumplimiento a las disposiciones del Artículo 42 de la Ley 1306-Bis de Divorcio, los señores EDUARDO LOPEZ CRUZ, dominicano, Mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad personal y Electoral número 031-0554952-5, y MILQUELIA INMACULADA RODRIGUEZ BONILLA, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral número 032-0033897-2, ambos domiciliados y residentes en la ciudad de Santiago de los Caballeros; quienes tienen como abogado constituido y apoderado especial al LICDO. BLANCO PEREZ MATOS, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número 031-0417936-5, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, Matriculada en el Colegio de Abogados con el número 43891-14-11, con estudio profesional en la calle República del Líbano número 17, módulo 2.2, segundo nivel, Jardines Metropolitanos de esta Ciudad de los Castellanos, donde hacen elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación. Por medio de la presente hace público el divorcio admitido por la sentencia 1450-2021-SSEN-00989 de fecha 18 de junio del 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
LICDA. ARIANYS ALCANTARA ORTIZ, Abogada.
LICDO. BLANCO PEREZ MATOS, Abogado.
FC 409953
AVISO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
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28 LEGAL AVISO DE PERDIDA DE MATRICULA DE VEHÍCULO
AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que se han perdido el original de la matrícula de vehículo de motor No. 5503865 emitida a favor de OBRAS Y TECNOLOGIAS, S.R.L., sociedad comercial debidamente constituida de conformidad con las leyes de la República, Registro Nacional de Contribuyentes (R.N.C.) No. 1-01-11269-7, con domicilio legalmente establecido en la calle Manuel de Jesús Troncoso No.21, debidamente representada por el señor ING. ELIAS SANTOS GUZMAN, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0776189-2, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, en calidad de Gerente, matrícula que se describe a continuación: “Vehículo tipo Carga, Marcha Chevrolet, Modelo CK10753 PICK UP, año 1994, color rojo, 5 pasajeros, No. de Registro y Placa L168782, Chasis No. 2GCEK19Z3R1163847, amparado en la matrícula No. 5503865, de fecha 21 de febrero del 2014, a nombre de OBRAS Y TECNOLOGIAS, S.R.L., (R.N.C.) No. 1-01-11269-7”.
PARA: DESLINDE se hace de público conocimiento que el día 28/07/2021, a las 4:00 p.m., se realizaran los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la P. No. 39, del D.C. No. 02, del municipio de Hato Mayor, provincia Hato Mayor, R.D., expediente No. 6642021062761, solicitado por: WANDA MIGUELINA CASTILLO DURAN.
En virtud de la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, en fecha 07 de Mayo del año 2021, se hace de público conocimiento que el día 22 de Julio del año 2021 a las 09:30 A.M. se darán los inicios a los trabajos de DESLINDE, a una porción de terreno en el ámbito de la Parcela No.110-REF-780, del D.C. No. 04, con una superficie de 864.00 Metros Cuadrados, ubicados en el Distrito Nacional, Municipio Distrito Nacional, Propiedad de GLENDA VILLAFAÑE, Expediente No.6632021027225.
FC 409992
FC 409996
AGRIM. RAFAEL SEVERINO CODIA 26413
FC 409997
VINICIO NORBELTO CABREJA RAMIREZ Agrimensor – Codia No.17525
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
VISTA: La AUTORIZACION DE MENSURA Expediente No. 6612021040344 dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha del 06 de julio del año 2021, a petición, señor ALFONSO CRUZ AYBAR, dominicano mayor de edad, titular de la cedula de identidad y electoral No. No.049-0069115-7, residente en la calle principal barrio la cruz Cotuí, Sánchez Ramírez Rep. Dom. SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL: Que el día 30 de julio, a las 8:00 A.M. Se darán comienzo a los trabajos de Deslinde, dentro de la parcela 43, DEL DISTRITO CATASTRAL NO.12, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, ubicado Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez, Rep. Dom. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés en la parcela a mensurar, deben comunicarlo con anticipación o en el momento de la mensura, al Agrimensor encargado o al Director Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, de conformidad con la ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Reglamento General de Mensuras Catastrales.
En virtud de la autorización, de fecha de 11 de Junio del 2021. Se hace de conocimiento público que el día 30 de Julio del 2021, a las 10:00 a.m. se realizaran los trabajos de Mensura Para Saneamiento, de una porción de terreno dentro del Distrito Catastral No. 04, del Municipio de Janico, Provincia Santiago, Este Inmueble está Ubicado en la Carretera Janico a Sabana Iglesia, No. 23, en el Sector Loma del Coral, a 340 Metros al Este de la Cancha de Baloncesto de Janico, a favor de la Señora: CAROLINA MERCEDES SANTANA JIMINIAN. Exp.: 6622021075194.
Por este medio les informamos a cualquier persona física o jurídica que le daré inicio al levantamiento de campo, dentro del ámbito de la parcela No. 204-A, del D.C. 32 de Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este, trabajo autorizado de fecha 07 de junio del 2021, por esta Dirección regional de Mensuras Catastrales Departamento Central, mediante el expediente No. 6632021033616, propiedad de TITO LIZARDO CRESPO. La fecha de inicio del levantamiento será el Día de 26 julio del 2021 a la 10:30 a. m., de esta manera para dar cumplimiento a lo requerido por el art. 75 del reglamento general de Mensuras Catastrales y el Art. 69 de la ley 108-05.
FC 409993
AGRIM. CAROLINA AGRAMONTE CODIA No. 39072
AVISO DE MENSURA CATASTRAL VISTA: La AUTORIZACION DE MENSURA EXPEDIENTE No. 6612021042071, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha del 14-07-2021, a petición, REINA MARGARITA GONZALEZ DIAZ, dominicana, mayor de edad, soltera, ama de casa, portador de la cédula de identidad electoral no. 049-0079240-1 domiciliado y residente en centro ciudad del municipio Cotuí, provincia Sánchez Ramírez R. D. SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL: Que el día (30-07-2021, a las 2:00 P.M. Se darán comienzo a los trabajos de Deslinde, dentro ámbito de la parcela 56, DEL DISTRITO CATASTRAL NO.13 del municipio de Cotuí, Prov. Sánchez Ramírez R.D. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés en la parcela a mensurar, deben comunicarlo con anticipación o en el momento de la mensura, al Agrimensor encargado o al Director Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, de conformidad con la ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Reglamento General de Mensuras Catastrales.
FC 409994
AGRIM. JOAN ANTONIO MEJIA (CODIA No. 35147) EMAIL: joan011986@hotmail.com
AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXP. No. 6612021041235 VISTA La AUTORIZACION DE MENSURA PARA DESLINDE, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste en fecha 09 de JULIO del año 2021, se notifica al público en general que se dará comienzo de la Mensura para Deslinde, el día (30) de julio del 2021, a las 11:00 A.M. dentro PARCELA 415-B, DEL D.C. 3, ubicado en el Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez. Cuya propietaria es la Señora: MORAIMA ALTAGRACIA MARTE A todo el que tenga algún interés en la parcela, comunicarlo con anticipación o en el momento de la mensura, al Agrimensor encargado cel. 829-894-0235, EMAIL: agmjofely@gmail.com. O también al Director Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste.
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JOSEPH F. ROBLES BUACIER AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA No. 32278
NUEVA FECHA PARA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO De conformidad con los artículos 696 y 70 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, se hace de público conocimiento que la subasta que tendría lugar el día siete (7) del mes de julio del año 2021, conforme al aviso publicado en el periódico El Nuevo Diario de fecha 14 de junio del año 2021, ha sido aplazada para tener efecto el día once (11) del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en audiencia de pregones de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicado en uno de los salones del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, sito, en la manzana comprendida entre las calles Lic. Hipólito Herrera Billini, Dr. Horacio Vicioso, Juan de Dios Ventura y Juan B. Pérez, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, y de manera virtual, ingresando en el rol general de audiencias, en el siguiente vínculo de internet o link: https ://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3Ameeting_YTIiZmIwNmMtOTMxOC00Y2UwLWI1NzctNjlzNzMzMGY2NmI3%40thread.v2/0?context=%7B %22Tid%22%3A%22e8d8887c-7ec94 9 4 f. b b 2 5- c c 0 8 4 b 8 c b 3 2 2 % 2 2 % 2 C % 2 2 0 i d % 2 2 % 3 A % 2 2 a 5 d a 8 0 6 c- d 0 e 5- 4 9 6 5- 9 d b f4f0544d74298%22%2C%22Messageld%22%3A%220%22%7D Expediente número 038-2021-ECON-00246; Demanda: Venta en Pública Subasta por causa de embargo inmobiliario, del inmueble que se describe a continuación: APARTAMENTO Núm. 3-A, TERCER PISO, BLOQUE A del condominio TORRE FABRE III, matrícula Núm. 0100264821, con una superficie de 285.00 metros cuadrados, en el Solar 23, manzana 3813, del Distrito Catastral Núm.01, ubicado en el Distrito Nacional. Propiedad de: ROSINA ÁLVAREZ VALDÉZ dominicana, mayor de edad, soltera, Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-0121004-5. El inmueble antes descrito ha sido embargado por la sociedad comercial FONDO ESPECIALIZADO PARA EL DESARROLLO DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS, S.R.L. (FONDEMYPES), sociedad comercial organizada y existente de acuerdo con la leyes de la República Dominicana, con su domicilio social en la Avenida 27 de Febrero esquina calle Barahona, San Carlos, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; debidamente representada por su Administrador General FELIX ROSA ESTRELLA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral Núm. 001-0142052-9; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a LIC. LEONEL A. BENZAN GOMEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral Núm. 001-0115769-1, con Estudio Profesional abierto en el Núm. 2351, de la Avenida Independencia, Centro Comercial El Portal, Suite B-201-A, El Portal, Distrito Nacional; en perjuicio de los señores ERNESTO FABRE y ROSINA ALVAREZ VALDEZ. El precio de la primera puja ha sido fijado por la persiguiente en la suma de SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$6,900,000.00), más los gastos y honorarios del procedimiento, de acuerdo con la ley. Todo subastador deberá depositar por ante la Secretaría del Tribunal el equivalente al diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado, sin cuyo requisito no se aceptará licitar, de conformidad con el Pliego de Condiciones que regirá la venta pública del inmueble embargado.
FC 410017
LIC. LEONEL A. BENZÁN GÓMEZ, Abogado.
FC 409997
AGRIM. ELISAUL REYES LEGER Agrimensor-Contratista. CODIA 31383
PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Toyota, color dorado, año 1999, placa No. A286315, chasis 1NXBR12E6XZ241394, a nombre de JUAN GABRIEL OLIVARES ALCANTARA PERDIDA DE PLACA: Del vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo V 11 8L HY, color azul, año 1993, placa L062380, chasis V11802938, a nombre del señor JOSE ODALIS BEATO HERNANDEZ, cédula No. 001-0259409-0. FC 409760
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta, marca Jincheng, modelo CG 150, año 2013, color negro, placa No. K0011304, chasis No. LJCPCKLJ2CS003869, a nombre de ROBERTO PEÑA ANGOMAS, cédula No. 108-0009342-8. FC 410035 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Toyota, color negro, año 2006, placa No. A561029, chasis No. 1NXBR32E66Z739055, a nombre de JOSÉ MIGUEL SOLANO CONCEPCION, cédula No. 0010946227-5. FC 4010039
PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo de carga, marca Toyota, modelo Hilux, año 1991, color blanco, placa No. L016526, chasis No. YN800004034, propiedad de DAVID ADELFIS SÁNCHEZ ESTRELLA, cédula No. 071-0005418-3. FC 409807
PERDIDA DE PLACA: Un vehículo de carga, marca OM, modelo Lomboy, color amarillo, año 1964, placa No. L073192, chasis No. CW9, propiedad de SIVELY ADAMES ECHAVARRIA, cédula No. 224-0026109-9. FC 409743
PERDIDA DE PLACA: Un vehículo de carga, marca Ford, modelo F750 Super Duty, color blanco, año 2006, placa No. L395439, chasis No. 3FRXF75H66V324965, propiedad de SERCONTELC SRL, RNC No. 1-3095761-4. FC 409743
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Hyundai, color azul, año 2012, placa No. L374733, chasis KMFZSZKACU845542, a nombre de RENARDO CHALE.
FC 409997
AGRIM. VINICIO CABREJA CODIA 17525
PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Kia, color gris, año 2011, placa No. A724401, chasis KNAGN415BBA008123, a nombre de JUAN FRANCISCO MEJIA DE LA GUARDA
PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Honda, color negro, año 2015, placa No. A896616, chasis 19XFB2F51FE019515, a nombre de DAHIRON CLETO PAYANO
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LEGAL 29
AVISO DE MENSURA
AVISO DE DESLINDE
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
En virtud de la autorización, de fecha 03 de Julio 2021. Se hace de público conocimiento que el día martes (27) del mes de Julio 2021, a las 10:00 a.m., daremos inicio a los Trabajos de Deslinde de una porción de terreno, dentro del ámbito de la Parcela No. 17-A, del D.C. No. 02, ubicada en la calle 2da de Crónicas 7:14, Residencial Yamilet I, Canastica, del municipio y provincia de San Cristóbal con una superficie de ochocientos dos metros cuadrados (802.00 m²). Propiedad de: EUDY ANIBAL GURRERO RUIZ Y ESTHEYSI SANCHEZ BRITO. Exp. No. 6642021058851.
En virtud de Autorización de fecha 01/06/2021, Expediente No. 6632021011167, se hace de público conocimiento y a los colindantes, que el día viernes 23 de julio del 2021, a las 11:00 a.m., se iniciarán los trabajos de Deslinde, dentro de la Parcela No. 110Ref-780-A, del Distrito Catastral No. 4, del Distrito Nacional. Con un área de 450.13 Mts2, propiedad del señor Teódulo Mateo Florián. El inmueble se encuentra ubicado en el sector Engombe.
AGRIM. ADRIAN CUEVAS SANTANA CODIA 24736 TEL. (849) 207-2079
LUIS MÁXIMO SEGURA RODRÍGUEZ Agrimensor Contratista CODIA 6436
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 92, párrafo “3” de la ley 108-05, de registro inmobiliario, se hace saber que se ha extraviado el certificado de título (duplicado del dueño) No. 84-160, inscrito en el libro 1367, folio 238, correspondiente al solar No. 4 de la manzana 3032 del D.C. No. 01 del Distrito Nacional, correspondiente al apartamento piso 8 con un área de construcción de 369.00 mts2., con las siguientes distribuciones: recibidor, estar, sala-comedor, balcón, 3 dormitorios con sus closet, cuatro (4) cuartos de baños, cocina, pantry, cuarto de servicio con baño, área de lavado y tendido. este apartamento se beneficiara de un derecho de uso exclusivo sobre dos estacionamiento techado para vehículo de motor, y un parqueo para depósito situado en el sótano, debidamente identificado con el número del apartamento. expedido a favor de inversiones Alga, S.A. en fecha 12 de octubre del 1994.
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LIC. ARELIS ALMONTE DE TRAVIESO
AVISO DE MENSURA
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
En virtud de la autorización, de fecha 03 de Julio 2021. Se hace de público conocimiento que el día martes (27) del mes de Julio 2021, a las 10:30 a.m., daremos inicio a los Trabajos de Deslinde de una porción de terreno, dentro del ámbito de la Parcela No. 1679, del D. C. No. 21, ubicada en un camino, La Colonia, del municipio Cambita Garabito y provincia de San Cristóbal con una superficie de ochocientos mil quinientos treinta y nueve punto veinticinco metros cuadrados (1,539.25 m²). Propiedad de: ESMERALDA MENA ARIAS. Exp. No. 6642021058861.
De conformidad con el párrafo III, Art. 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida (carta constancia) del CERTIFICADO DE TITULO No. 2100006903, con una extensión superficial de TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS (31,443.00 mt2), dentro del ámbito de la parcela 27 del Distrito Catastral 2/4 del municipio de La Romana, provincia La Romana. A nombre de HENRY RAMÍREZ RAMIREZ.
Expediente No. 6642021062409 En virtud de la autorización. En fecha día 13/07/2021, Se hace de público conocimiento que el día 26/07/2021, a las 10:00 PM, se realizaran los trabajos de mensuras para Deslinde de una porción de terreno, Dentro de la Parcela No.93-A del D.C.No.02, con la matricula No.2000000157, y una extensión superficial de 200.00mts², ubicado en el Municipio de San Juan de la Maguana Provincia San Juan. A nombre de la Señora, MARILANDA BOCIO PEÑA., Dominicana, Mayor de Edad, Soltera, Estudiante. ENCONTRÁNDOSE ESTE SOLAR O INMUEBLE, EN LA CALLE 2DA, CASA No.59 URBANIZACIÓN SAN MIGUEL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, PROVINCIA SAN JUAN.
HENRY RAMÍREZ RAMIREZ Solicitante
JUAN ALEJANDRO ENCARNACION VALDEZ AGRIMENSOR CONTRATISTA CODIA 26368 TEL: 829-8650972
PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
En virtud de lo que establece el Art. 92, Párrafo III de la Ley 10805, de Registro Inmobiliario y el Artículo 83, letra B del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TITULO MATRICULA No. 1200008318, CORRESPONDIENTE A LA PARCELA No. 69 DEL DISTRITO CATASTRAL No. 03, MONTE PLATA, CON UN AREA SUPERFICIAL DE 604,962.00 METROS CUADRADOS, CON UNA PROPORCION DEL 20%, PROPIEDAD DE LA SEÑORA NAZARIA BELTRAN FABIAN, y hasta el momento se desconoce su paradero.
De conformidad con el párrafo III, Art. 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida (carta constancia) del CERTIFICADO DE TITULO No. 2100006895, con una extensión superficial de TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS (31,443.00 mt2), dentro del ámbito de la parcela 27 del Distrito Catastral 2/4 del municipio de La Romana, provincia La Romana, a nombre de HENRY RAMÍREZ RAMÍREZ.
EXPEDIENTE No. 6622021093869 Por medio de la presente, se hace de conocimiento público que el día Martes 27 de julio del año 2021, en horario de 11:00 A.M., daremos inicio a los Trabajos de MENSURA PARA DESLINDE de una porción de terreno de aproximadamente 259.10 metros cuadrados, dentro del Solar No. 10, Manzana No. 1289, Matrícula No. 0200112782, del Distrito Catastral No. 01, del Municipio y Provincia de Santiago, a favor de los señores FRANKLIN WINSTON JOSEPH THOMPSON TORRES y ALICIA MARGARITA GARI, representados mediante poder especial por la Licda. MARIA ROSA CRUZ ACOSTA. El inmueble está ubicado en la Calle B, Sector Cerros de Gurabo, a unos 50 metros aproximadamente de la calle Vanesa Ramírez Fañas. Autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 15 de Julio del año 2021.
LIC. ELIZABETH FERRERAS RIVERA Abogada
HENRY RAMÍREZ RAMÍREZ Solicitante
FC 409984
AGRIM. ADRIAN CUEVAS SANTANA CODIA 24736 TEL. (849) 207-2079
AGRIM. BERONICA ALTG. CHAVEZ, Agrimensora Contratista, Codia 39313. Móvil 829-872-2181.
PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: QUINTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO PARA ASUNTOS DE FAMILIA., en fecha quince (15) del mes de MARZO, del año dos mil veintiuno (2021), dictó en sus atribuciones civiles lo sentencio civil número 1450-2021 -SSEN-00280, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de YELAINE VALLES DESTEN, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado. SEGUNDO: ADMITE el divorcio entre los señores Víctor Bienvenido Díaz Filpo y Yeloine Valles Desten, por la causa determinada de incompatibilidad y ordenó el pronunciamiento y transcripción de lo sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de ley. TERCERO: Compensa puro y simplemente los costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al Ministerial Jorge Evertz, alguacil ADSCRITO o este tribunal, pero que le notifique la presente sentencia o la parte demandada. FIRMADO POR: la Magistrado EUGENIA ELIZABETH ALVAREZ RODRIGUEZ, y quien suscribe HEIDY Y. NUÑEZ, Secretaria General, que certifico y doy fe que es copia fiel a su original. Certificación que se expide a solicitud de la parte interesada. Lo sentencio que antecede previa formalidad de la Ley ha sido pronunciado y transcrita por ante el Oficial del Estado Civil de La Primera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha siete (07) días, del mes de julio, del año dos mil veintiuno (2021), inscrito en el Libro 00012 del registro de Divorcio, Folio número 0015, bajo el acto marcada con el número 001008, del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los quince (15) días, del mes de julio, del año dos mil veintiuno (2021).
En virtud de las disposiciones del artículo 42, de la Ley 1306 bis, sobre Divorcio y para general conocimiento se hace saber: Que fecha Quince (15) de enero del año dos mil veintiuno (2021), La Sexta Sala de la Cámara Civil De Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil marcada con el Número 1451-2021-SSEN-00045, que admite el Divorcio entre los señores RAMON OTTONIEL CASTILLO REYES y DENNISSE YNFANTE LUCIANO, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de DENNISSE YNFANTE LUCIANO, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada . SEGUNDO: ADMITE el divorcio entre los señores RAMON OTTONIEL CASTILLO REYES y DENNISSE YNFANTE LUCIANO, por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y Transcripción de la Sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de Ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al Ministerial Jorge Evertz, Alguacil Adscrito a este Tribunal, para que le notifique la presente sentencia a la parte demandada. FIRMADA: por la Magistrada Miguelina Díaz Paulino y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria General que certifico y doy fe que es copia fiel a su original. Certificación que se expide a solicitud de la parte interesada. Que en fecha nueve (09) de julio del año dos mil veintiuno (2021), Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Villa González, procedió al pronunciamiento del Divorcio aludido anteriormente y Transcribió la Sentencia en el Libro No. 00001, Folio No.0125, Acta.000063, del año 2021. La presente publicación es autorizada en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana a los quince (15) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis de Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha trece (13) de mayo del año dos mil Veintiuno (2021) en la Séptima Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dicto en sus atribuciones la sentencia Civil No. 5322021-SSEN-01246, cuyo dispositivo dice así: “FALLA: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores Aneudy Nicolás Correa Liriano y Carmen Miguelina de la Cruz de Correa, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley;. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos, y en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Aneudy Nicolás Correa Liriano y Carmen Miguelina de la Cruz de Correa, por su Mutuo Consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 105-13-2021. Instrumentado en fecha 09 de abril del año 2021, por el Dr. Roberto de Jesús Espinal, Notario Público de los del Numero del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Pedro Marcial Ramírez Salce, JUEZ; Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, SECRETARIA). LA SENTENCIA que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual yo Secretaria que Certifica. El presente divorcio fue pronunciado en ejecución de la sentencia que se publica en fecha dos (02) de junio del dos mil Veintiuno (2021), por el del Estado Civil de la Primera (1era.) Circunscripción del Distrito Nacional, en donde aparece transcrita en el Libro No. 00013, de registro de Divorcio, Folio No. 0161, Acta No. 001381, Año 2021. En la ciudad de Santo Domingo, a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil Veintiuno (2021).
LICDA. MARISELA PLASENCIA PEÑA, Abogada Apoderada.
Licda. FATIMA GRISELDA SALCE, Abogada.
FC 409742
DR. CARLOS GARO ABOGADO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Para conocimiento general y en cumplimiento del Art. 42 de la ley No. 1306-Bis sobre divorcio, se hace saber lo siguiente: a-) Que en fecha catorce (14) del mes de abril del año dos mil veintiuno (2021), la Quinta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santiago, dictó la Sentencia Civil No. 14502021-SSEN-00547 de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ACOGE la presente demanda, en consecuencia ADMITE el divorcio entre Sahilly Marmolejos Lora y Jael Bienvenido Torres Chevalier, por la causa determinada de incompatibilidad; SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente, proceder a hacer transcribir la presente sentencia y a pronunciar el referido divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, una vez cumplido los requisitos de ley; TERCERO: Compensa las costas del procedimiento. La presente sentencia que antecede previa formalidad de la ley ha sido pronunciada y transcrita por la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha seis (06) del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), e inscrito en el Libro de Divorcios No. 00004, Folio No. 0063, Acta No. 000663, del año 2021, el Dispositivo de la Sentencia Civil No. 1450-2021-SSEN-00547. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los quince (15) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
En cumplimiento a las disposiciones consagradas por el artículo 22 modificado de la Ley 1306bis, sobre divorcio, por medio del presente aviso, se le ADVIERTE a la señora ROCIO DEL CARMEN FERNANDEZ VASQUEZ, cuyo último domicilio fue en la entrada Los cocos, Puñal, Santiago, y que en la actualidad se desconoce su actual domicilio, que a falta de información relativa a su actual residencia, su legítimo esposo señor ANYELO DE JESUS DISLA VASQUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral No.402-2583696-0, domiciliado y residente en los Estados Unidos, quien tiene como abogada a la LICDA. ANGELITA GRULLON PAULINO, dominicana, mayor de edad, soltera, Abogada de los Tribunales de la República Dominicana, matriculada en el Colegio de Abogado con el Numero 39335-466-09, con estudio profesional abierto de manera permanente en el segundo nivel, módulo 2-B, del edificio marcado con el No.17 de la calle La Rosita casi esquina calle 1era. del sector Ensanche Román I de ésta ciudad de Santiago, el cual para los fines y consecuencias legales de la presente demanda, constituirá desde ahora y hasta que concluya la acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, mediante que el efecto hará ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago de los Caballeros, el día Jueves que contaremos a veintinueve (29) del mes de Julio del año dos mil veintiuno (2021), a las diez (10:00) horas de la mañana a fin de que comparezca el día Martes diecisiete (17) del mes de Agosto del año dos mil veintiuno (2021), a la una (1:00 P.M.) horas de la tarde por ante la Cámara Civil y Comercial de la Quinta Sala para asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de los Caballeros, de manera presencial, sito en uno de los apartamentos de la primera planta del edificio que ocupa el Palacio de Justicia de esta ciudad, sito en las intersecciones de las avenidas 27 de Febrero, Circunvalación y calles E. Guerrero y 4 del sector El Ensanche Román y cuya demanda de divorcio será conocida en dicha cámara en sus atribuciones civiles. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana a los trece (13) días del mes de Julio del año Dos Mil veintiuno (2021).
En cumplimiento del art. 22 ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. Por Ley 2153 de 1949, el Señor CARLOS JOSE ABREU COSTE, dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en Estados Unidos de norte América, portador de la cedula de identidad y electoral No. 047-0012988-8; quien tiene como Abogada constituido y apoderado especial a la LICDA. CARMEN ALTAGRACIA ARACENA ROSARIO, cedula no. 0470157072-5, con estudio profesional abierto en la avenida García Godoy No. 81, plaza estela Segundo nivel de la Ciudad de La Vega, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa la señora BETMARIE QUINTERO RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido lo fue la calle los 12 No. 42 Sector san Martin de la Ciudad La VEGA provincia la vega R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega,. El día lunes 19 del mes de julio del año 2021 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la segunda SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en la intersección formada por la avenida monseñor panal, Avenida Garcia Godoy y calle duverge de esta ciudad de La Vega provincia La Vega. El día jueves 29 del mes de julio del año 2021 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 13 días del mes de julio del año 20121.
LICDO LISFREDYS DE JS. HIRALDO VELOZ, Abogado Apoderado.
LICDA. ANGELITA GRULLON PAULINO Abogado de la Parte Demandante Cédula No. 047-0030010-8
LICDA. CARMEN ALT. ARACENA Abogado apoderado de la parte Demandante
PUBLICACION DE DIVORCIO
(AC-21428-WP-14-15-16/07/2021)
VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
30 LEGAL AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA LOS FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor AÑORGA BACHILLER VIDAL, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de transito en el municipio de La Vega, R.D., cedula no. 402-3654418-1 quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU, cédula no. 047-0036972-3, con estudio profesional abierto en el Apto.201-B del Edif. Griselda de la Calle 27 de Febrero No. 50 de esta ciudad de La Vega, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora BENITA MARIA GIL, cuyo último domicilio conocido lo fue en Río Verde Abajo, en este municipio de La Vega, R.D.; que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 19 del mes de julio del año 2021 así como en la Puerta y Secretaria del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido de la demandada, para que comparezca a la AUDIENCIA PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 05 del mes de AGOSTO del año 2021 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 14 días del mes de JULIO del año 2021.
Para dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 22, de lo establecido por la ley No.1306 Bis, sobre divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha cuatro (04) de Agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), la Octava Sala para Asuntos de familia de la cámara civil y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicada en la Calle Socorro Sánchez 68, Esq. Santiago, Gazcue, Distrito Nacional, conocerá de la Demanda De Divorcio Por La Causa Determinada de Incompatibilidad, Interpuesta por el señor HERMAN RUIZ, Estadounidense, mayor de edad, portador del pasaporte norteamericano No.596662471, domiciliado y residente en la 139 S Laurel St., CP., 18201, Hazleton, Pennsylvania, Estados Unidor de América; y de tránsito en esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; en contra de su legítima esposa, señora CAROLINA MATEO ROA, el cual tiene como abogado constituido y apoderado especiales LIC. PATRICIO NINA VASQUEZ, conjuntamente con el DR. AUGUSTO ROBERT CASTRO, dominicanos, mayores de edad, abogados de los Tribunales de la Republica, portadores de las cedulas de identidad y electoral Nos.001-0368400-4 y 054-0042747-1, respectivamente con su estudio profesional abierto en común en la calle Espaillat No.123-B, Zona Colonial, de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, que a falta de domicilio conocido de la señora CAROLINA MATEO ROA, el mismo la emplazara en manos del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día que contaremos a diecinueve (19) de Julio del año dos mil veintiuno (2021), como manda la Ley, para que comparezca de manera presencial por ante la Octava sala para Asuntos de familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicada en la Calle Socorro Sánchez 68, Esq. Santiago, Gazcue, Distrito Nacional, a la audiencia a puerta cerrada que se conocerá el día Miércoles cuatro (04) de Agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), fecha está en que se llevará a cabo el conocimiento de dicha Demanda de Divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los trece (13) días del mes de Julio del año dos mil veintiuno (2021).
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor RAMON ANTONIO QUEZADA RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en España y de tránsito en este municipio de La Vega, R.D. cédula no.053-0031204-7; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. GENARO ANTONIO HILARIO PERALTA, cedula No. 047-0128818-7, con estudio profesional abierto en el NO.50- de la Ave. Monseñor Panal Apto.502 de esta ciudad de La Vega, R.D. lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MARIA GLORIMEX PERALTA COLON cuyo último domicilio conocido lo fue en la calle Principal s/n, Sec. Bayacanes, de este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el dia 20 del mes de julio del año 2021 como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la a la AUDIENCIA PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, ubicado en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 17 del mes de AGOSTO del año 2021 a las 09:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 15 días del mes de JULIO del año 2021.
LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-21426-CEA-14-15-16/07/2021)
FC 409710
LIC. PATRICIO NINA VASQUEZ, Por sí y por el DR. AUGUSTO ROBERT CASTRO, Abogados.
LIC. GENARO ANTONIO HILARIO PERALTA Abogado Apoderado (RCT-25370-CEA-15-16-17/07/2021)
PERDIDA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADOS DE ACCIONES
De conformidad con el Artículo 204 de la Ley No. 1542 sobre el Registro de Tierras, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Contrato de Arrendamiento No. 2703, emitido por el Ayuntamiento Municipal de San Juan de la Maguana, de fecha 8 de junio del 2000, correspondiente al Solar No. 3, de la Manzana No. A-B 1, del Municipio de San Juan de la Maguana, con 13.00 metros de frente y 26.50 metros de fondo, o sea, con una extensión superficial de 345.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte: solares municipales 2 y 6, con 33.00 m.; al Sur: solar municipal No.4, con 26.50 m; al Este: calle proyecto, con 13.00.; y al Oeste: calle en proyecto con 13.00; a nombre de la señora ROSSY ALBA CASTILLO TEJEDA, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 012-0050869-3, domiciliada y residente en la casa No.30, de la calle 27 de Febrero, Manoguayabo, de esta ciudad de San Juan de la Maguana.
En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 9602954479 fecha de apertura 20/07/2020 expedido por un valor de RD$6,000,000.00 (SEIS MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100) emitido por BANRESERVAS a los fines de que esta entidad bancaria proceda a la anulación de dicho certificado extraviado, el mismo fue expedido a favor de: LELIS NEMESIA ACOSTA, Depositante. Publicación iniciada a los 14 días del mes de Julio del año 2021.-
Se hace de público conocimiento, que se han perdido los certificados Núm. 200629, emitido en fecha 8/05/2018, contentivo de 1347 acciones; y número 200419, emitido en fecha 8/05//2018, contentivo de 300 acciones, emitidos por GRUPO POPULAR, S.A., a favor de la accionista la señora EULALIA SOFIA DOMINGUEZ DIAZ, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula de identidad y electoral Núm. 0010195378-4, domiciliada y residente en la C/9, Núm. 3, Res. RCC-V, Apart. 4-B, Urb. Renacimiento, Sto. Dgo., D.N., la presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.
ROSSY ALBA CASTILLO TEJEDA Propietaria
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO SIN REDENCIÓN ANTICIPADA
De conformidad con las disposiciones legales vigentes al respecto, y a los fines correspondientes, se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado sin Redención Anticipada No.27-40-270052732, por un monto de QUINIENTOS MIL PESOS CON 00/100, emitido en fecha primero (1ro.) del mes de agosto del año dos mil trece (2013), por la ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, a favor de las señoras Rosa A. López Avelino y Rosanna Adelina López. FC 409296
LELIS NEMESIA ACOSTA Depositante
(EC-RCT-25366-DA-14-15-16/07/2021)
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
En cumplimiento a las disposiciones Legales vigentes, se hace de público conocimiento la perdida de los certificados Financieros Nos. 6591, 6809, 6868 y 7225, aperturados en fecha 13/08/2019, 10/07/2020 y 18/09/2019, del Carnet del cliente No. 37792, por los montos de: UN MILLON DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100, (RD$1,000,000.00); UN MILLON DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100, (RD$1,000,000.00); UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100, (RD$1,500,000.00) y MILLON DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100, (RD$1,000,000.00), emitidos por la COOPERATIVA NACIONAL DE SERVICIOS MULTIPLES DE LOS MEDICOS, INC. (MEDICOOP), a los fines que la institución proceda a la anulación de dichos Certificados de Depósitos A Plazo Especial y la expedición de los certificados sustitutos a favor de RAIGNER EMILIO ESCALANTE NOVAS Y/O IRENES NOVAS FELIZ.
Se hace público conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero No. 1012329860, de fecha de apertura 28/julio/2015, expedido por La Asociación Popular de Ahorros y Prestamos (APAP), por la suma de RD$617,000.00 (seiscientos diecisiete mil pesos dominicanos). A favor de TEOFILA BRITO ARIAS.
AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE.
FC 409963
Licda. Angela Denisse Pujols Alcántara, Lic. Elin Santiago, Abogados del Persiguiente.
EULALIA SOFIA DOMINGUEZ DIAZ CED. 001-0195378-4
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADOS DE DEPOSITOS A PLAZO ESPECIAL
FC 409795
Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, se hace saber que: en fecha cuatro (04) de agosto del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia en sus salones de audiencias públicas, sito en uno de los salones del Palacio de Justicia de la Provincia Peravia, ubicado en la Calle Prolongación Máximo Gómez No. 106, de la ciudad de Baní, Provincia Peravia, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador de los siguientes inmuebles: 1) Una Porción de Terrenos con una superficie de 6,919.00 metros cuadrados, identificada con la matricula 0500040745, dentro del inmueble Parcela 1926 del Distrito Catastral No.7, Ubicado en Bani, Peravia, Propiedad de Anselmo Ananías Crousset Ortiz y 2) una porción de terreno con una superficie de 519.17 metros cuadrados, identificada con la matrícula 05000040744, dentro del inmueble parcela 41 del Distrito Catastral No.7, Ubicado en Baní, Peravia, Propiedad de Anselmo Ananías Crousset Ortiz, en cuya Secretaría se encuentra depositado el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que regirá dicha venta, a fin de que cualquier interesado tome conocimiento del mismo. Dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de Ananias Crousset Ortiz a diligencias y persecución de Altagracia Eduardo Báez Pimentel quien tiene como abogado constituido y apoderado especial a los Licenciados Angela Denisse Pujols Alcántara y Elin Santiago, quién tiene su estudio de abogado abierto en la Calle Presidente Billini No. 26, Segundo Nivel, Suite 13, Carlos Plaza, de esta ciudad de Baní, Provincia Peravia en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio la parte persiguiente. ACTOS NOTIFICADOS: 1.- Original registrado del Acto No. 487/2019 de fecha cuatro (4) del mes de Octubre del año dos mil diecinueve (2019), instrumentado por el Ministerial Miguel Esnaides Báez Guerrero, Alguacil Ordinario del Tribunal de Tierras Jurisdicción Peravia, contentivo de MANDAMIENTO DE PAGO A FINES DE EMBARGO INMOBILIARIO notificado a ANSELMO ANANIAS CROUSSET ORTIZ. 2.- Original registrado del Acto No.623/2019 de fecha VEINTICINCO (25) del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), instrumentado por el Ministerial Miguel Esnaides Báez Guerrero, Alguacil Ordinario del Tribunal de Tierras Jurisdicción Peravia contentivo de PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO. 3.- Original registrado del Acto No.649/2019 de fecha tres (3) de diciembre del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019) instrumentado por el Ministerial Miguel Esnaides Báez Guerrero, Alguacil Ordinario del Tribunal de Tierras Jurisdicción Peravia contentivo de DENUNCIA al EMBARGADO DEL PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO. Dicho embargo inmobiliario y denuncia fueron inscritos por ante el Registro de Títulos de Peravia en fecha trece (13) del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021). El precio de la primera puja será la suma de Cinco Millones Cuatrocientos Ochenta y siete Mil seiscientos Pesos Dominicanos (5,487,600.00) a que asciende la deuda del embargo frente al persiguiente más los intereses, gastos legales y honorarios, debiendo todos subastador depositar por ante la Secretaría del Tribunal donde se celebrará la subasta, un diez (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque Certificado. En la ciudad de Bani, Provincia Peravia, República Dominicana, hoy día quince (15) del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
FC 408782
RAIGNER EMILIO ESCALANTE NOVAS, Solicitante.
CORPORACIÓN 15383, S.R.L. Capital social: RD$53, 071, 000.00 Registro Mercantil: 2774LA RNC: 1-30-30315-2 Domicilio social: Palma Real Shopping Village, Business Center, locales 8, 9 y 10, Bávaro, Higüey, La Altagracia, República Dominicana.
AVISO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Para cumplir con el artículo 413 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, modificada por la Ley No. 31-11, (en lo adelante, la “Ley”), se avisa a los interesados y al público en general que los socios de la sociedad comercial CORPORACIÓN 15383, S.R.L., resolvieron disolver y liquidar la sociedad, por decisión unánime comprobada mediante acta de fecha 9 de julio del año 2021, cuya parte dispositiva expresa lo siguiente: PRIMERA RESOLUCIÓN: Los socios de la sociedad comercial CORPORACIÓN 15383, S.R.L., deciden, por unanimidad, declarar la disolución y ordenar la liquidación de la sociedad, con todas sus consecuencias legales, según lo establecido en los estatutos sociales y en la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, modificada por la Ley 31-11, en atención a la siguiente causa: Impedimento para desarrollar el objeto social para lo cual fue constituida. De igual forma, se otorga descargo a los gerentes por sus funciones en la sociedad, hasta la fecha de la presente acta. SEGUNDA RESOLUCIÓN: Los socios de la sociedad comercial CORPORACIÓN 15383, S.R.L., deciden, por unanimidad, designar, como al efecto designan, por un período de 2 años, a la señora NURSANDY FRÍAS MATOS, dominicana, mayor de edad, soltera, contadora, portadora de la cédula de identidad y electoral, número 065-0036589-2, domiciliada y residente en este distrito municipal Verón Punta Cana, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, liquidadora, de la sociedad, con todos los deberes y facultades que le imponen y confieren los estatutos sociales y los artículos 408 a 449 de la Ley No. 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, modificada por la Ley No. 31-11, así como las demás normas legales que le sean aplicables, quedando cesantes los actuales gerentes de la sociedad a partir de la fecha en que el liquidador designado acepte su nombramiento. La liquidadora designada recibirá honorarios, a cargo de la sociedad, por la suma de RD$15,000.00 mensuales, a partir de su aceptación de la presente designación. TERCERA RESOLUCIÓN: Los socios de la sociedad comercial CORPORACIÓN 15383, S.R.L., deciden, por unanimidad, ordenar al liquidador designado que presente a la sociedad un informe sobre las cuentas sociales, al igual que su rendición de cuentas, para que esta decida sobre la cuenta definitiva de la sociedad y constate la clausura de la liquidación, y otorgue al liquidador, si procede, el descargo correspondiente. CUARTA RESOLUCIÓN: Los socios de la sociedad comercial CORPORACIÓN 15383, S.R.L., deciden, por unanimidad, otorgar a la liquidadora designada poderes para que, dentro del mes de la fecha, deposite en el Registro Mercantil los documentos relativos a la disolución de la sociedad y a su nombramiento, así como para que publique un extracto de dichos documentos en un periódico de amplia circulación nacional. Se avisa, asimismo, a los interesados y al público en general que cualquier correspondencia o notificación relacionada con la liquidación de la sociedad podrá enviarse al domicilio de la sociedad. Hecho y firmado en cuatro (4) originales, de un mismo tenor y efecto, en Bávaro, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, a los diez (10) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
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NURSANDY FRÍAS MATOS, Liquidadora aceptante.
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO EN VIRTUD E LA LEY 189-11, DEL 16 DE JULIO DEL AÑO 2011. A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 158 de la ley No. 189-11 del 16 de julio del año 2011, se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día miércoles que contaremos a dieciocho (18) del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00 AM), horas de la mañana, en audiencia pública de pregones, en la que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrará la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia, en sus atribuciones civiles, dicha audiencia de venta en pública subasta se conocerá en el local donde acostumbra a celebrarse audiencias Públicas, situado en uno de los Apartamentos de la Segunda Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de Baní, localizado en la Avenida Máximo Gómez No. 106, edificio del Palacio de Justicia de Baní, de la ciudad de Baní, provincia Peravia, de los inmuebles que se describen a continuación: 1) EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARCELA No 18:28-H, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 07, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 1,094.00 METROS CUADRADOS, MATRICULA NO. 3000450680, UBICADO EN BANI, PROVINCIA PERAVIA, PROPIEDAD DE LUZ ISAURA PAULINO RODRIGUEZ (deudora) y 2) EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARCELA No.1828-G, DEL DISTRITO CATASTRAL No. 07, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 1,674.00 METROS CUADADOS, MATRICULA NO. 3000450238, UBICADO EN BANI, PROVINCIA PERAVIA, PROPIEDAD DE LUZ ISAURA PAULINO RODRIGUEZ (deudora). Estos dos inmuebles fueron embargados en perjuicio de la señora DE LUZ ISAURA PAULINO RODRIGUEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, comerciante, portadora de su debida cédula de identidad y electoral No. 003-0050901-5, domiciliada en la calle E, casa marcada con el No. E-3, del sector Cerros Altos, de la ciudad y municipio de Santiago de Los Caballeros, de acuerdo a las disposiciones de la Ley 189-11 del 16 de julio del año 2011, a persecución y diligencia del señor RUMARDIS MAKENCYS PEÑA PEÑA, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, portador de su debida cédula de identidad y electoral No. 031-0390430-0, domiciliado y residente en la calle Duvergé, en la casa marcada con el No. 18, centro de la ciudad de Baní, Provincia Peravia, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCIS VETILIO DE LOS SANTOS SOTO, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República, portador de su debida cédula de identidad y electoral Nos. 003-0039226-3, Tel. 829-343-1666, con estudio profesional abierto en la calle Presidente Billini No. 28, Esquina Joaquín Incháustegui, segundo Nivel, de esta ciudad de Baní, Provincia Peravia, a lugar donde el persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales que procedan. El mandamiento de pago marcado con el acto No.348-2021, de fecha diecisiete (17) del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial CARLOS ANDRES PEREZ GONZALEZ, Alguacil Ordinario de la Segunda Sala del Juzgado de Trabajo de Santiago, fue notificado a la parte embargada, convertido de pleno derecho en Embargo Inmobiliario e inscrito por ante el Registrador de Títulos de Baní, provincia Peravia, el día cinco (05) del mes de abril del año 2021. El persiguiente ha fijado como precio de la primera puja en la suma de CIENTO CUATRO MIL TRESCIENTOS DOLARES (U$104,300.00) moneda norteamericana, o su equivalente en pesos dominicanos, importe del capital más los intereses vencidos y no pagados hasta el día tres (03) del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021), sin perjuicio de los intereses vencidos y por vencer, de la mora y de los accesorios de derecho, de las costas y de los gastos del procedimiento de ejecución, a partir de la fecha, los cuales serán asumidos por quien resulte adjudicatario del inmueble. Todo subastador deberá depositar en la Secretaría del Tribunal apoderado un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Los deudores y los acreedores inscritos, si los hubiere, serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
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LIC. FRANCIS VETILIO DE LOS SANTOS SOTO, Abogado del persiguiente.
VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que en fecha Miércoles 21 de Julio del 2021, a las 11:00 A. M., se dará comienzo a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 424, del Distrito Catastral No. 3 del Municipio y Provincia de San Cristóbal, R.D., ubicada en el Distrito Municipal de Doña Ana, Municipio de San Cristóbal, R.D., a petición del Sr. VICTOR BAYLEY SOTO RAMIREZ. Expediente No. 6642021061887. Agrim. WILLIAN E. AQUINO Codia 15919
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que en fecha Viernes 23 de Julio del 2021, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de DESLINDE y SUBDIVISION de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780 del Distrito Catastral No. 4 del Municipio de Santo Domingo Oeste y Provincia Santo Domingo, R.D., ubicada en la calle Rubén Darío Esq. calle La Esperanza No. 2, Barrio Enriquillo, sector Herrera, Santo Domingo Oeste, R.D., a petición del Sr. JOHANNES BERNARDUS ENGELBERTINK. Expediente No. 6632021011760. Agrim. DULCE ANT. DE LA CRUZ Contratista
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que en fecha Martes 27 de Julio del 2021, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 1581 del Distrito Catastral No. 3 del Municipio de Cabrera y Provincia María Trinidad Sánchez, R.D., ubicada en la calle Liriano Estrella No. 5, residencial Brisas del Atlántico, Municipio de Cabrera, R.D., a petición de la Sra. MERCEDES GUTIERREZ RODRIGUEZ. Expediente No. 6612021012286. Agrim. DULCE ANT. DE LA CRUZ Contratista
EDICTO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE De conformidad con las disposiciones del Art. 158 de la Ley 189-11, para el Desarrollo de Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, se hace la presente publicación para hacer saber que el día jueves, que contaremos a diecinueve (19) del mes de agosto del año Dos Mil Veintiuno (2021), a las Nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), por ante la Cámara civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Altagracia, en su salón de audiencias públicas, sito en la planta alta del Palacio de Justicia de esta ciudad de Higüey, ubicado en una de las esquinas formadas por la intersección de las calles Agustín Guerrero y Beller de esta ciudad de Higüey, se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del inmueble siguiente: UNA PORCION DE TERRENO CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE DOSCIENTOS SESENTA (260 Mts.2) METROS CUADRADOS Y SUS MEJORAS CONSISTENTES EN TRES (03) LOCALES COMERCIALES EN LA PARTE DE ADELANTE, CONSTRUIDOS DE BLOQUES, TECHADOS DE CONCRETO, PISO DE LOSA Y TRES (03) APARTAMENTOS, DOS (02) DE UNA HABITACIÓN Y UNO (01) DE DOS (02) HABITACIONES, TODOS CONSTRUIDOS DE BLOQUES, TECHADOS DE CONCRETO, SIN PISO, DENTRO DEL ÁMBITO DE LA PARCELA NO. 426, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 10/6TA., DEL MUNICIPIO DE HIGÜEY, MATRÍCULA NO. 3000052979. El inmueble que se acaba de mencionar ha sido embargado en perjuicio del señor JEAN CALISTE PIERRE, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 189-11 de fecha 16 de Julio del año 2011, a requerimiento de la señora JACOBA GUERRERO GUERRERO, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, soltera, comerciante, identificada por la cédula de identidad y electoral No.028-0051399-2, domiciliada y residente en la casa No.3, de la calle José A. Santana, sector Savica de esta ciudad de Higüey, quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a la LICDA. SCARLET DE GRACIA DEL RIO Y DR. PEDRO LIVIO MONTILLLA CEDEÑO, ambos de nacionalidad dominicana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad y electoral No.028.0015794-9 y 0230012280-7, matriculados en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, bajo el No. 20519-279-98 y 3521-20-87, con estudio profesional abierto permanentemente en una de las oficinas que aloja el edificio del Bufete de Abogados del DR. MANUEL JOAQUÍN PATRICIO GUERRERO Y ASOCS., ubicado en la casa No.63, de la calle José A. Santana, sector Savica de esta ciudad de Higüey, lugar donde hacen formal elección de domicilio la persiguiente y sus abogados constituidos. El Mandamiento de Pago fue notificado al señor JEAN CALISTE PIERRE, en fecha catorce (14) del mes de mayo del año Dos Mil Veintiuno (2021), mediante acto No.733/2021, del Ministerial WANDER SOSA MORLA, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, y por falta de pago de los deudores en el plazo establecido por la ley, dicho mandamiento de pago se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario y fue inscrito en el Registro de Títulos de Higüey en fecha dos (02) del mes de junio del año Dos Mil Veintiuno (2021). El Pliego de cargas, cláusulas y condiciones que regirá la venta, fue depositado en el Centro de Servicio Presencial, Palacio de Justicia de La Altagracia, lugar donde está ubicado el Tribunal apoderado, en fecha once (11) del mes de junio del año Dos Mil Veintiuno (2021). La persiguiente ha fijado como precio de primera puja la suma de UN MILLON DOSCIENTOS ONCE MIL PESOS DOMINICANOS (RD$1,211,000.00), que es el monto a que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos de la secretaria de la Cámara Civil apoderada el 10% del monto de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado, todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se efectuará la venta. En la ciudad de Salvaleón de Higüey, Municipio de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
LICDA. SCARLET DE GRACIA DEL RIO, Por mí y por el DR. PEDRO LIVIO MONTILLA CEDEÑO Abogados FC 409998
AVISO DE MENSURA
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
Se hace de público conocimiento que en fecha Miércoles 21 de Julio del 2021, a las 9:00 A. M., se dará comienzo a los trabajos de DESLINDE de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 11-REF-B, del Distrito Catastral No. 2 del Municipio y Provincia de San Cristóbal, R.D., ubicada en la calle Pedro Renville, Villa Valdez, San Cristóbal, R.D., a petición de los Sres. FREDDY ANTONIO PEREZ MAÑANÁ y NEREYDA PEREZ MAÑANÁ. Expediente No. 6642021061909.
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22 reformado de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor JOSE APOLINAR RAMIREZ, Dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, portador del pasaporte No. 547900435, quien tiene como abogado constituido y apoderado a la LICDA. MILDRED VERONICA PEÑA ARIAS, abogado de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en las Carrera, No. 36-A Edf. Acosta Comercial, Apto. 5, La Vega, con los Teléfonos.: 809-848-5259, Correo: Mildred_vp13@hotmail.com, por medio del presente AVISO, el señor JOSE APOLINAR RAMIREZ, Dominicano, ADVIERTE a su legítima esposa señora MARIA FRANCISCA TIBURCIO, cuyo domicilio se desconoce hasta el momento en la República Dominicana, que a falta de información relativa al lugar de su residencia actual tanto dentro de la República Dominicana como en el exterior, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, la cual será notificada en fecha Dieciséis (16) del mes de julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), por ante el Magistrado (a) Procurador (a) Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, a fin de que comparezca el día Lunes que constaremos a veintiséis (26) del mes de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), a las Diez Treinta y Cinco (10:35, A. M.) horas de la Mañana, por ante la Primera (1ra) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual celebra sus audiencias en unos de los salones de la Tercera planta del Palacio de Justicia de La Vega, ubicado en la calle García Godoy de esta ciudad de La Vega. En la ciudad de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Treces (13) días del mes de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021).
Agrim. WILLIAN E. AQUINO Codia 15919
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que en fecha Jueves 29 de Julio del 2021, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 06 del Municipio y Provincia de San Cristóbal, R.D., ubicada en la calle Prolongación Teo Cruz, Cañada Honda, San Cristóbal, R.D., a petición del Sr. RAFAEL ANTONIO PUELLO NINA. Expediente No. 6642021047299. Agrim. WILLIAN E. AQUINO Codia 15919
AVISO DE MENSURA Se hace de público conocimiento que en fecha Jueves 29 de Julio del 2021, a las 11:00 A.M., se dará comienzo a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 02 del Municipio y Provincia de San Cristóbal, R.D., ubicada en Cañada Honda, San Cristóbal, R.D., a petición de la Sra. IRIS MIGUELINA GARRIDO JAPA DE SEGURA. Expediente No. 6642021054651. Agrim. DULCE ANT. DE LA CRUZ Codia 10890
LEGAL 31
LICDA. MILDRED VERONICA PEÑA ARIAS Abogado de la parte demandante
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R. D., modif. por la Ley 2153 de 1949, el señor FAUSTO ANTONIO VALERIO VASQUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Empleado privado, domiciliado y residente en en este municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega, R.D., cedula 050-0032869-9; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. CARMEN JOSEFINA ABREU MORA, cédula no. 050-0025170-1, con estudio profesional abierto en la calle Luperón esquina La Poza de esta ciudad de Jarabacoa, Provincia de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MARIA ELENA RAMOS ABREU, cuyo último domicilio conocido lo fue en Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 20 del mes de JULIO del año 2021 como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 05 del mes de AGOSTO del año 2021 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad y municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., a los 14 días del mes de JULIO del año 2021.
LICDA. CARMEN JOSEFINA ABREU MORA Abogado apoderado de la parte Demandante (RAGM-AC-21426-WP-14-15-16/07/2021)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento general y en cumplimiento a las disposiciones de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, de fecha 21 de mayo del año 1937, se hace saber lo siguiente: Que el señor SAUL NOLBERTO JORGE MERCADO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 031-0289851-1, domiciliado y residente esta ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido al Lic. Ambiel José Polanco, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la Republica, matriculado en el colegio de abogados bajo el no. 76251-139-18, portador de la cedula de identidad y electoral no. 402-2352457-6, con estudio profesional en la Av. Salvador Estrella Sadhala, casi esq. Carretera Jacagua, No. 200, edif. Dr. Nicanor A. Silverio, primer nivel, de esta ciudad de Santiago, hace de público conocimiento la Demanda de Divorcio por la Causa de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido de la esposa, en consecuencia le hace formal advertencia a su esposa la Señora BREISY MARITZA PEÑA, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 038-0010292-7, cuyo último domicilio conocido fue en la 8, Casa No. 16, del Sector de Villa Verde, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, Republica Dominicana, que su esposo el señor SAUL NOLBERTO JORGE MERCADO, procederá a citarla y emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y domicilio desconocido de la mujer, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el día jueves que contaremos a veintinueve (29) del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), que a falta de conocimiento de su domicilio actual se procederá a emplazar en acción de y en la puerta de la Coordinación del Centro de Servicios Secretariales de las Salas Civiles de Asuntos de Familia de Santiago, sito en la Manzana formada por las Avenidas 27 de Febrero y Circunvalación y las Calles 4 y E. Guerrero, del Sector Ensanche Román, de la ciudad de Santiago, para que comparezca como fuera de derecho a la audiencia civil que se celebrará de manera presencial, el día lunes que contaremos a veintitrés (23) del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las a las 09:00 horas de la mañana, sea personalmente o por medio de abogado apoderado por ante la Cuarta Sala Civil para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, Tribunal que celebrará sus audiencias a puerta cerradas en uno de los departamentos del edificio del Palacio de Justicia de la ciudad de Santiago de los Caballeros, sito entre las Avenidas 27 de Febrero y Circunvalación y las Calles 4 y E. Guerrero, del Sector Ensanche Román. En caso de requerir cualquier información adicional comunicarse teléfono del Palacio de Justicia de Santiago 809-582-4010 Sala de Asuntos de Familia, Extensión: 2226. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los doce (12) días del mes de julio del año Dos Mil Veintiuno (2021).
Lic. Ambiel José Polanco Abogado-Apoderado
PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 22, de la ley No.1306 (Bis) sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor el señor RAFAEL BOLIVAR PEÑA MARTE dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2708049-2, domiciliado y residente en los Estados Unidos de América y de manera transitoria en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, por medio del presente acto con todas las garantías ordinarias y de derecho, confiero PODER ESPECIAL, tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario, en favor del LIC. RUBEN DARIO CABRERA MATA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0457869-9, Abogado de los Tribunales de la República, matriculado en el Colegio Dominicano de Abogados, con el No. 44668-341-09, con estudio profesional abierto en la calle Mella No. 55, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, donde mi representado hace elección de domicilio y le participa a su legítima esposa la señora ROSY MARIBEL PEÑA NUÑEZ, cuyo último domicilio conocido en el país por el demandante lo fue en la calle 5 No. 17, del sector Nibaje, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, que a falta de información relativa a su lugar de residencia actual se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, el día Lunes que Contaremos diecinueve (19) del mes de Julio del año Dos Mil veintiuno (2021) en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, en su despacho, sito en el primer nivel del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez, ubicado en la manzana comprendida por las avenidas Circunvalación y 27 de Febrero, y las calles 34 y Emilio Guerrero del Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, para que comparezca como fuese de derecho por ante la Sexta 5 Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial para Asunto de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago (expediente 1451-2021-ECIV-01282), el día Miércoles que contaremos a once (11) del mes agosto del año Dos Mil veintiuno (2021) a las 10:15 horas de la mañana a la audiencia que celebrará en su local, sito en el salón de audiencias de la primera Planta del Palacio de Justicia, ubicado en la manzana comprendida por las avenidas Circunvalación y 27 de Febrero, y las calles 34 y Emilio Guerrero del Ensanche Román 1, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, en la cual se procederá a conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido que ha sido interpuesta por el señor RAFAEL BOLIVAR PENA MARTE en su contra. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los cinco (5) días del mes de Julio del año Dos Mil veintiuno (2021).
LIC. RUBEN DARIO CABRERA MATA Abogado apoderado de la parte demandante
VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
32 LEGAL AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que en fecha Jueves 29 de Julio del 2021, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 56 del Distrito Catastral No. 04 del Municipio y Provincia de San Cristóbal, R.D., ubicada en el Distrito Municipal de Hatillo, del Municipio de San Cristóbal, R.D., a petición de los Sres. CRISTINO AMBRIORI MARICHAL NARTINEZ y HILDA YESENIA MARTE GUZMAN. Expediente No. 6642021054661.
En virtud de la Autorización, de fecha 14/07/2021. Se hace de público conocimiento que el día 30/07/2021, a las 08:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para DESLINDE, dentro de la Parcela No.31-REF., del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.6642021062468, propiedad de: LUIS RICARDO FERNANDEZ DIAZ, MERCEDES MIGUELINA FERNANDEZ DIAZ Y RIXANNA FERNANDEZ DIAZ.
Agrim. WILLIAN E. AQUINO Codia 15919
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AGRIM. JULIO CESAR SANTIAGO HERRERA, CODIA 28303.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISION
AVISO POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO (CONSTANCIA ANOTADA)
Se hace público conocimiento que el día 2 de agosto del año 2021, a las 12:00 m., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, en el ámbito de la Parcela No. 1-Refor-23, del D.C. 02, Municipio Sosúa, Provincia Puerto Plata, autorizado como expediente No. 6622021072500, a petición de: Eugenia García Félix, María Ysabel Heredia y Enmanuela Dalla Costa.
En cumplimiento del Art. 92, Párrafo III, de la Ley 108-05, Ley de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título (Constancia Anotada) No. 64-209, inscrita en el Libro 5, Folio 76, que ampara la parcela No. 179, Distrito Catastral No. 2 de Nagua, María Trinidad Sánchez, con extensiones superficiales de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200.00 M2), a nombre del señor FELIX MARTINEZ JIMINIAN, avisar al teléfono 809-358-9150. EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TÍTULO POR PÉRDIDA DEL ANTERIOR
AGRIM. FRANKLIN ANTONIO FIGUEROA CODIA: 5085
FC 410042
AVISO PARA AUDIENCIA DE SANEAMIENTO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Se hace de público conocimiento que el día 06 de Agosto del año 2021, a las 9:00 A.M., se va a celebrar la audiencia sobre el Proceso Judicial de SANEAMIENTO dentro de la P. No.75-A-3, porción H3 del Distrito Catastral No.08, resultando la parcela Posicional No.309307591680, del Municipio Bajos de Haina, Provincia San Cristóbal, RECLAMANTE: EL SR. WILLIAM OMAR PÉREZ AQUINO, quien tiene como colindantes AL NORTE: CALLE; AL ESTE: FRANCISCO SANTANA, LAURA ROSA SANTANA, JOSEFINA SANTANA, LOURDES CELESTE SANTANA; AL SUR: FRANCISCA SANTANA DISLA, MANUEL MARINO SANTANA; AL OESTE: FREDDY ESPINAL, ZEILAN EUGENIA CÉSPEDES, FABIO FRANCISCO CAIRO, ALTAGRACIA RODRÍGUEZ, RAINALD ISAÍAS DÍAZ, FRANKLIN ARAUJO. Identificado como Expediente No.0297-21-00136, el cual se encuentra apoderado el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de San Cristóbal, dicha sala está presidida por el Juez MAGISTRADO DOMÉNICO EDUARDO NÚÑEZ PIMENTEL.
De conformidad con las disposiciones del artículo 92, párrafo 3 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) matrícula No. 1400020327, que ampara el derecho de propiedad con una extensión superficial de 251.34 Mts2, ubicada dentro de la designación posicional No. 410361326696 del Municipio de El Factor, Provincia María Trinidad Sánchez, el cual figura a nombre de la señora JUANA DE JESUS MOREL.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 6632021037131
PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DE LA PROVINCIA AZUA
VISTA: La Autorización de Mensura que Autoriza realizar los trabajos de Deslinde, emitida por la Dirección Regional de Mensura Catastrales, Departamento Central, en fecha 21 de junio del año 2021, a petición del propietario, SR. APOLINAR SANTOS SERRANO, SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL, por medio de la presente: Hacemos de público conocimiento que el día veinticuatro (24) del mes de julio del año 2021, a las 11:00. A.M., daremos inicio a los trabajos de Deslinde, de una porción de terreno con una superficie de 1,836.92 M2, dentro de la Parcela No. 264, del D.C. No. 32, Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo, Resultando la Designación Catastral, Provisional Identificada como Parcela No. 32021037131-1-1. AGRIM. YONATAHAN A. MARTINEZ ALMONTE Codia 30464
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 6632021042526 VISTA: La Autorización de Mensura que autoriza realizar los trabajos de Deslinde, emitida por la Dirección Regional de Mensura Catastrales, Departamento Central, en fecha 14 de julio del año 2021, a petición del propietario SR. LUIS ZACARIAS PAULINO ROSARIO, SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL, por medio de la presente: Hacemos de público conocimiento que el día veinticuatro (24) del mes de julio del año 2021, a las 9:00. A.M., daremos inicio a los trabajos de Deslinde, de una porción de terreno con una superficie de 624.10 M2, dentro de la Parcela No. 512, del D.C. No. 32, Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo, Resultando la Designación Catastral, Provisional Identificada como Parcela No. 32021042526-1-1.
AGRIM. YONATAHAN A. MARTINEZ ALMONTE Codia 30464
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADOS DE REGISTROS DE ACREEDOR
Se hace de público conocimiento, que se han extraviado las certificaciones de Registro de Acreedor a favor del Banco Agrícola de la República Dominicana, por los montos de RD$1,000,000.00 y RD$200,000.00, inscritos sobre la parcela No. 410467364978, amparada por la matrícula No. 1400059272, hipotecas inscritas en fechas 25 de octubre del 2009 y 4 de julio del 2012, bajo los asientos 333090288 y 333090297. FC 410043
LIC. MARINO DE LA ROSA POPA. Av. Imbert Esquina Benito González, edificio No. 148, suite 11-B, Santiago de los Caballeros, municipio y Provincia de Santiago de loe Caballeros, Tel.809-570-2611 y 809-772-6321.
PUBLICACIÓN LEGAL DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones contenidas en el artículo No.42, de la Ley 1306- BIS, sobre divorcio, en la República Dominicana, se hace de conocimiento público lo siguiente: Que en fecha veintitrés (23), del mes de marzo, del año dos mil veintiuno (23/03/2021), la Quinta Sala, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, Asuntos de Familia, presidido este Tribunal por la Magistrada EUGENIA ELIZABETH ALVAREZ RODRIGUEZ, quién dicta la Sentencia Civil No. 1450-2021-SSEN-00385, cuya parte dispositiva establece lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de Augusto Eladio Martínez, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores Cándida Archa Martínez González y Augusto Eladio Martínez, por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y transcripción de la Sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al Ministerial Víctor M. Martínez F., alguacil adscrito a este Tribunal, para que le notifique la presente Sentencia a la parte demandada. Firmada: Por la Mag. Eugenia Elizabeth Alvarez Rodríguez, Jueza y Heidy Y. Núñez, Secretaria General. Este divorcio ha sido pronunciado ante la Oficialía del Estado Civil de la 3ra. Circunscripción de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, el cual procedió a transcribir la Sentencia que describimos precedentemente en el Libro de Registro de Divorcio correspondiente al No. 00004, Folio No. 0173, bajo el Acta No. 00387, del año 2021, en fecha doce del mes de julio del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los doce días del mes de julio, del año dos mil veintiuno (12/07/2021).
LIC. MARINO DE LA ROSA POPA, Abogado-Apoderado. Cédula No. 073-0001938-2. Tels. 809-570-2611 y 809-772-6221.
LIC. GLENIS JOSELYN ROSARIO ABOGADA APODERADA Calle República de Líbano No.17, Santiago, Rep. Dom. Tel. 809-515-0305.
PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO En cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Artículo 42 de la ley 1306-BIS sobre Divorcio, se hace saber que en fecha veintiocho (28) del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021) la Quinta Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santiago, dictó la Sentencia Civil Número 1450-2021-SSEN-01116, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los esposos: JOSE ANDRES VERAS SANTANA y JULISSA ALTAGRACIA RAMOS ALMONTE, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de Divorcio por Mutuo Consentimiento número 01-2021, de fecha 11/1/2021, instrumentado por el Licenciado Manuel Espinal Cabrera, Notario de los del Número para el Municipio de Santiago, debiendo proceder para que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial de Estado Civil correspondiente. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Firmada por: la Magistrada Elizabeth Álvarez Rodríguez, y quien suscribe (Heidy Y. Núñez), Secretaria General. Dicha sentencia fue pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción del Municipio de Santiago, en fecha Nueve (09) del mes julio del alto dos mil veintiuno (2021). Libro No.3, del Registro de DIVORCIO. Folio No.93, bajo el Acta No.000247, del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil veinte (2021).
LIC. GLENIS JOSELYN ROSARIO, Abogada Apoderada.
FC 410040
Auto No. 0039/2021, de fecha 24 de Mayo del 2021, del Tribunal de Tierras Jurisdicción Original, Provincia Azua: Asunto: Aviso Requerimiento, Auto de Emplazamiento y Fijación de Audiencia; Expediente No. 0081 -21-00044, Expediente Antiguo No. 6642019075390; El Secretario del Tribunal de Tierras ya todos a quienes pueda interesar, El Abogado Vs. RECLAMANTES, DANNIS MARINO SANCHEZ SANCHEZ, RAMON EMILIO MATOS SÁNCHEZ, LUISA ANTONIA CALDERON MEJIA DE MATOS, CARMEN MARIA SANCHEZ y SAUL DE JESUS CALDERON; COLINDANTES: AL NORTE: TIRSO MELO, ANDERSON MATOS, JULIO VICTOR SANCHEZ y FREDDY MANUEL SANCHEZ SORIANO; AL SUR: CALLE 16 DE MAYO, CALLE y YANET SÁNCHEZ; AL ESTE: MIRIAN JOSEFA SÁNCHEZ, CESAREA MIGUELINA MATOS, NELLY MATOS, VICTOR PEGUERO, MANUEL DE REGLA BAEZ y CALLE TRINITARIA y AL OESTE: GERMANIA CIPRIAN, CALLE y CAÑADA; Inmuebles: P. No. 301444108620, Municipio Azua de Compostela, Provincia Azua y OTROS INTERESADOS: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o potestad en dicho inmueble y sus mejoras para que comparezcan a la audiencia que se celebrará en el Honorable Tribunal antes mencionado el día 27 de Julio del 2021 a las 9:00 a.m., ubicado en la Av. Ramón Matías Mella Esq. Calle Hnas. Nanitas, 2do. Nivel del Palacio de Justicia a fin de que se den a conocer los derechos que pretenden y las pruebas en que se basan para que al efecto formulen sus reclamaciones a esta Jurisdicción Original. En la ciudad de Azua, Municipio Azua de Compostela, República Dominicana, el día 14 de Julio del 2021, años 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
FC 409991
DOY FE: RUNDEY D. GIL PEREZ, Secretaria Ad-Hoc. APODERADO: LICDA. MARTA CLARIBEL ORTIZ SORIANO, Juez del Tribunal de Tierras Jurisdicción Original de la Provincia de Azua.
FUNDACION OFRENDA DE AMOR AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la resolución No. 013-2021 de fecha 17 de Junio del año 2021, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucros FUNDACION OFRENDA DE AMOR, con su domicilio en la Calle Manlio Bobadilla No. 10, La Vega, República Dominicana. Esta institución tiene como fin Propiciar a las personas de bajo recursos una vida digna dentro de la sociedad y se puedan integrar para conocer de sus deberes y derechos, para así tener una mayor participación en la vida diaria. Su Directiva y Miembros fundadores está compuesta por: Carmen Lucitania Hernández de Cortorreal-presidenta, Lesbia Rosa García Almanzar-Vice presidenta, Rosario Moran Subi – Secretaria, Roberto Manuel Pérez Morel – Tesorero, Ángel Rafael Almanzar rosario-Primer vocal, Francisco Javier López- Segundo vocal, Miguel Inoa Valdez- Tercer vocal. La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. En la ciudad, municipio Y Provincia de La Vega, Republica Dominicana, a los días dieciséis (16) del mes de Julio del año Dos mil veintiuno (2021). CARMEN LUCITANIA HERNÁNDEZ DE CORTORREAL Presidenta (FA-AC-21446-WP-1/2)
AVISO DE PUBLICACION DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD FACTORIA Y AGROSERVICIOS JOSE BRITO, E.I.R.L. RNC: No. 1-31-55331-1 De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad limitada y sus modificaciones, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la compañía FACTORIA Y AGROSERVICIOS JOSE BRITO, E.I.R.L., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía FACTORIA Y AGROSERVICIOS JOSE BRITO, E.LR.L,, la cual se denominara FACTORIA Y AGROSERVICIOS JOSE BRITO, S.R.L., la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y sus estatutos; la empresa tendrá como objeto social, realizar la siembra, compra y venta y procesamiento de arroz en cascara, y transporte del mismo. Roturación de suelos, arados y nivelación; producción animal en generar. Desarrollar y financiar proyectos agrícolas, exportación e importación de mangueras agrícolas e insumos para desarrollar el campo. De igual manera arrendamiento y compra de fincas, y alquileres de equipos recolectores de arroz, así como toda clase de actividad relacionada con el objeto principal y de licito comercio...; su domicilio estará en la calle Principal, sin número, Rincón, Bebederos, Municipio Duarte; de Arenoso, provincia Duarte, República Dominicana; con un capital de seiscientos mil pesos dominicanos divididos en cien cuotas sociales con un valor dominical de seis mil pesos dominicanos cada una la sociedad será administrada por un gerente designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del único dueño y un informe general elaborado por el Comisario de la sociedad.- En el municipio de Arenoso, provincia Duarte, República Dominicana, a los ocho días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021).
FC 410044
JOSE MIGUEL BRITO SANTIAGO, Presidente.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 22 reformado de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que el señor ESMERI ANTONIO TORIBIO UREÑA, Dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, titular de la cedula de identidad y electoral No. 031-0375326-9, quien tiene como abogado constituido y apoderado a la LICDA. MILDRED VERONICA PEÑA ARIAS, abogado de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en las Carrera, No. 36-A Edf. Acosta Comercial, Apto. 5, La Vega, con los Teléfonos.: 809-848-5259, Correo: Mildred_vp13@hotmail.com, por medio del presente AVISO, el señor ESMERI ANTONIO TORIBIO UREÑA, Dominicano, ADVIERTE a su legítima esposa señora SANTA ROSA PLACENCIA MORALES, cuyo domicilio se desconoce hasta el momento en la República Dominicana, que a falta de información relativa al lugar de su residencia actual tanto dentro de la República Dominicana como en el exterior, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, la cual será notificada en fecha Dieciséis (16) del mes de julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), por ante el Magistrado (a) Procurador (a) Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, a fin de que comparezca el día Lunes que constaremos a veintiséis (26) del mes de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), a las Diez Cuarenta y Cinco (10:45, A. M.) horas de la Mañana, por ante la Primera (1ra) Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual celebra sus audiencias en unos de los salones de la Tercera planta del Palacio de Justicia de La Vega, ubicado en la calle García Godoy de esta ciudad de La Vega. En la ciudad de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los Treces (13) días del mes de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021),
LICDA. MILDRED VERONICA PEÑA ARIAS Abogado de la parte demandante
VIERNES 16 DE JULIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA
“PUBLICACIÓN DE DIVORCIO” Para conocimiento general y en cumplimiento del Artículo 42 de la ley Núm. 1306-BIS, sobre Divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha cinco (05) del mes de Mayo del año Dos Mil Veintiuno (2021), La Cámara Civil, Comercial, de Trabajo y de Niños, Niñas y Adolescentes del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hermanas Mirabal, dictó una Sentencia Civil, la número 2842019-SSEN-00180, cuyo dispositivo es el siguiente: DECIDE: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha once (11) del mes de marzo del años dos mil veintiuno (2021), en contra de la parte demandada, señora Dahiana Sánchez Pérez, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores Teodoro Andrés Sánchez y Dahiana Sánchez Pérez, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Se Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Se otorga la guarda de la menor Amaya María, de apellidos Sánchez Sánchez, a la madre señora Dahiana Sánchez Pérez, por ser lo más beneficioso para la misma y por los motivos antes indicados. QUINTO: Ordena a la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Villa Tapia, pronunciar el presente divorcio, e inscribirlo en los libros correspondientes. SEXTO: COMISIONA al Ministerial Domingo Cáceres Evangelista, Alguacil de Estrados de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Hermanas Mirabal, para la Notificación de la presente Sentencia. -I POR ESTA NUESTRA SENTENCIA ASI SE PRONUNCIA, ORDENA MANDA Y FIRMA. FIRMADO: JUAN CARLOS JOSE PASCUAL (JUEZ) Y MARTHA EUNICE CEBALLOS CASTILLO (SECRETARIA). La presente sentencia que antecede, previa formalidades de ley, ha sido pronunciada y transcrita por El Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Villa Tapia, República Dominicana, en fecha catorce (14) del mes de julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), e inscrito en el libro núm. 00001, folio núm. 0048, registrada con el núm. 000042, del año Dos Mil Veintiuno (2021).--En el Municipio de Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal, República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021).—
(JMRF-AC-21442-PC)
Lic. Wilson Antonio Peña De Jesús Abogado del demandante
AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio) En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Dos (02) del mes de junio del año dos Mil Veintiuno (2021) la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó la sentencia Civil No.1450-2021-SSEN00818, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Que el once de del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), hemos procedido a pronunciar el divorcio entre el señor ISAIAS SANCHEZ DELGADO y la señora IVONNE ALEXANDRA TAVERAS BLANCO, por la causa de mutuo CONSENTIMIENTO, en fecha dos del mes de junio del año dos mil veintiuno (02/06/2021), cumpliendo las formalidades exigidas por la ley. Asimismo, se hace saber que en fecha once del mes de junio del año 2021, el Oficial del Estado Civil de la 3ra Circunscripción de Santiago de los Caballeros, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00004, Folio No. 0023, bajo el Acta No.000312, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, hoy día Dieciséis (16) del mes de Julio del año Dos mil Veintiuno (2021).
LIC. FRANCISCO JOSE ALVAREZ BURDIE Abogado apoderado (FA-AC-21446-WP-2/2)
AVISO DE AUDIENCIA PARA SANEAMIENTO Se avisa al público en general sobre la audiencia de presentación de pruebas para SANEAMIENTO solicitado por el señor PEDRO JOSE GENAO GEREZ, dominicano, mayor de edad, soltero, cédula No. 050-0027276-4, domiciliado y residente en Pinar Quemado, es propietario de 2,810.06 m2, dentro del ámbito de la parcela 1032 del DC 03 de la cual resulto la Parcela 312141166414, del sector Pinar Quemado municipio Jarabacoa, Prov. La Vega, colindantes: Norte: Cristino Genao; Sur: Adriano Adames; al Este: Alejandro Plasencia Vargas y Oeste: Un Camino. Quedan citados los colindantes y cualquier persona que pudiera tener algún interés en el expediente No.0998-21-00002, cuya audiencia de Presentación de Pruebas será el día 09/08/21, a las 9:00 a.m., por ante la Sala 2 del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicada en la 1ra. Planta del Palacio de Justicia en Ave. García Godoy No. 32, esq. Duverge y Mons. Panal de esta ciudad de La Vega.
(AC-21440-PC)
LIC. JOSE FRANCISCO DIAZ ABREU ABOGADO APODERADO
AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título de Propiedad matricula NO. 83-74 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 2,278.516mts.2 en el ámbito de la parcela no.44 del Distrito Catastral no.25 del Municipio y Provincia La Vega a los fines de obtener el DUPLICADO DEL DUEÑO expedido por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de AVELINO ACEVEDO DIAZ, Propietaria. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 16 días del mes de JULIO del año 2021.
(AC-21447-WP)
LIC. ANDRES DIAZ Abogado
AVISO DE SANEAMIENTO Se avisa que el día 12/08/2021 a las 09:00 a.m., en virtud de auto No.394-2021 de fecha 08/04/2021 de la 1ra. Sala Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original de San Francisco de Macorís Provincia Duarte sito en la calle Ing. Guzmán Abréu esq. Colón Edif. Tribunales de Tierras Provincia Duarte, se conocerá la audiencia de saneamiento a requerimiento de LOIRET MONEGRO DELGADO. Expediente No. 0999-20-00304; Inmuebles: DC/POS 315284486794, 315284590614 Municipio San Francisco de Macorís, Provincia Duarte; Quedan citados los colindantes y demás interesados.
(ER-AC-21443-WP)
Licda. ARELIS CAMILO FERNANDEZ Secretaria Titular
LEGAL 33 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De automóvil privado, marca Volkswagen, color rojo, año 2001, placa No. A017485, chasis WVWZZZ1JZ1W692860, a nombre de VALERY STEPHANIE ADAMS DE PEÑA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo de marca Honda, modelo Civic, color gris, año 2004, placa No. A542581, chasis No. 1HGEM22964L014024, a nombre de CRISTIAN ARSENIO LAPAIX CASTILLO, cédula No. 012-0069698-5.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta privada, marca Suzuki, color negro, año 2017, placa No. K0665248, chasis LC6PAGA12G0013642, a nombre de JAEL MOTA ROA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta, marca Honda, modelo C50, color 1960, color azul, placa No. N926440, chasis No. C50327628, a nombre de RODRIGO JAVIER DIAZ CAMARENA. FC 400038
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta, marca Freedom, color negro, año 2009, placa No. N574418, chasis LLCLXL3C091100020, a nombre de JUAN ALCANTARA CASTILLO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la matrícula, marca X-1000, color negro, año 2017, placa No. K1266669, chasis No. TBL15P102HHH50826, a nombre de YEFRY SAUL ROCHTTI CORDERO. FC 410037
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta, marca Bajaj, color rojo, año 2019, placa No. K1788820, chasis MD2A76AYXKWH47948, a nombre de ALEXANDER MONTES DE OCA TAVERAS.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Kia, modelo Picanto, año 2012, color verde, placa No. A576455, chasis No. KNABE511BCT142094, propiedad de CORPORACION 70208, S.R.L., RNC No. 130372306 FC 410041
PÉRDIDA DE MATRICULA: De jeep, marca Ford, color azul, año 2010, placa No. G387935, chasis 1FMCU0DG0AKA53470, a nombre de ISIDRO DOMINGUEZ DE JESUS.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Nissan, color azul celeste, año 2008, placa No. A626079, chasis No. AK12090333, a nombre de MARÍA DE LOS DOLORES SALAS, cédula No. 001-1078296-9. FC 410036
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 6612021090940
PÉRDIDA DE MATRICULA: De carga, marca Isuzu, color blanco, año 2014, placa No. L326940, chasis MPATFS85JET001889, a nombre de VICTORIA LEBRON PANIAGUA DE MARTINEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Honda, modelo C90, color azul, año 1984, placa No. NQCS54, chasis No. HA021624096, propiedad No. LUIS DANELCY TEJEDA TEJEDA. FC 410034
Se hace de público conocimiento que el día 23/07/2021, a las 09:00 P.M, daremos inicio a los trabajos de Deslinde dentro del Ámbito de la Parcela No. 002-5263, del Distrito Catastral No. 28, del Municipio Jima Abajo, Provincia La Vega, República Dominicana. Dicho inmueble está Ubicado: en la Calle Duarte, después de la entrada del Higo, se encuentra el inmueble a deslindar, municipio Jima abajo Provincia La Vega, Republica Dominicana. Propiedad de la señora: SAGRARIO DEL CARMEN ALEJO PAULINO. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas.
PÉRDIDA DE MATRICULA: De jeep, marca Toyota, color gris, año 1991, placa No. G009494, chasis JT3FJ80W5M0009619, a nombre de MIGUEL RAMON GENEROSO MELLA ABREU.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Honda, placa K0158019, color rojo, chasis MDC501402819, tipo motocicleta, año 1984, propiedad de RAMON JIMENEZ RODRIGUEZ, cédula 001-0027635-1. FC 409942
PÉRDIDA DE MATRICULA: De jeep, marca Mitsubishi, color verde, año 1994, placa No. G071086, chasis JA4MR41H9RJ006058, a nombre de NEURY PINALES DURAN.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca Mazda, modelo B2200, año 2003, color gris, placa y registro No. L067067, chasis MM7UNYO8230323911, propiedad de FRANKLIN JOSE GUZMAN VARGAS, cédula No. 001-1063807-2. FC 409957
PÉRDIDA DE MATRICULA: De jeep, marca Audi, color negro, año 2016, placa No. G362523, chasis WAUZZZ4M2GD021334, a nombre de JOSE ENRIQUE BONO DIAZ.
PÉRDIDA DE CHAPA: Vehículo automóvil privado, marca Kia, modelo Río LX, año 2018, color gris, placa y registro No. A828099, chasis 3KPA241ABJE093544, propiedad de ANDEL STAR, INC., RNC 130379068. FC 409956
PÉRDIDA DE PLACA: De carga, marca Mazda, color blanco, año 2012, placa No. L302727, chasis MM7UNY0W4C0906113, a nombre de SOGETRAS DOMINICANA SRL.
PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta privada, marca Yamaha, placa No. K0284460, modelo RX-S, año 2001, color rojo, chasis No. MH33HB008YK244249, propiedad de DIEGO RODRÍGUEZ ZORRILLA, cédula No. 026-0021092-2. FC 409889
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo de marca Yamaha, modelo RX-S, color negro, año 1996, placa No. N9056369, chasis No. 3HB160746, a nombre de ADLINSON ADAMES TAVARES, cédula No. 0010024823-6.
PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Suzuki, color negro, año 2012, placa No. K0358388, chasis LC6PAGA19C0039228, a nombre de GREGORIO MENDEZ VICENTE.
Ira; Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original La Vega, RD, visto el Auto No. 00187-2021 de fecha, 24 de Mayo 2021 Referencia: Expediente No. 0998-21-00502, Motivo SANEAMIENTO, Reclamante, LUIS ML. DURAN ORTIZ, Inmueble: Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, Pos. 313103880539, se cita a todos los interesados, sobre dicho Inmueble a sanear, a la Audiencia Presencial fijada para el día 31/08/2021 a las 09:00, horas de la mañana, sito en la Sala de Audiencias de este Tribunal ubicado en la Av, García Godoy# 32, esquina Duverge, Monseñor Panal, primera Planta, palacio de Justicia de La Vega.
CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ Juez de la 1era. Sala Tribunal de Tierras J.O. – La Vega (PLM-AC-21441-PC-1/3)
PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA Ira; Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original La Vega, RD, visto el Auto No. 00188-2021 de fecha, 24 de Mayo 2021 Referencia: Expediente No. 0998-21-00459, Motivo SANEAMIENTO, Reclamante, RAFAEL MOTA CEPEDA, Inmueble: Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, Pos. 312141490024, se cita a todos los interesados, sobre dicho Inmueble a sanear, a la Audiencia Presencial fijada para el día 31/08/2021 a las 09:00, horas de la mañana, sito en la Sala de Audiencias de este Tribunal ubicado en la Av, García Godoy# 32, esquina Duverge, Monseñor Panal, primera Planta, palacio de Justicia de La Vega.
CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ Juez de la 1era. Sala Tribunal de Tierras J.O. – La Vega (PLM-AC-21441-PC-2/3)
PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA 2Da; Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original La Vega, RD, visto el Auto No. 00188-2021 de fecha, 24 de Mayo 2021 Referencia: Expediente No. 0998-21-00370, Motivo SANEAMIENTO, Reclamante, TAVITO DURAN AQUINO, Inmueble: Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, Pos. 312172367416, se cita a todos los interesados, sobre dicho Inmueble a sanear, a la Audiencia Presencial fijada para el día 11/08/2021 a las 09:00, horas de la mañana, sito en la Sala de Audiencias de este Tribunal ubicado en la Av, García Godoy# 32, esquina Duverge, Monseñor Panal, primera Planta, palacio de Justicia de La Vega.
ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO Jueza de la 2da. Sala Tribunal de Tierras J. O. La Vega (PLM-AC-21441-PC-3/3)
AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES Codia: 25421
(AC-21445-WP-1/3)
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Expediente No. 6612021037580 Se hace de público conocimiento que el día 27/07/2021, a las 10:00 A.M, daremos inicio a los trabajos de Saneamiento del Distrito Catastral No. 28, dicho inmueble se encuentra Ubicado: está En la Calle Duarte, a 15 metros de la envasadora de agua Clariona, Jima Arriba, municipio de Fantino, provincia Sánchez Ramírez, RD. Reclamante el señor ESTEBAN SUAREZ GALAN. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES Codia: 25421
(AC-21445-WP-2/3)
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Expediente No. 6612021037599 Se hace de público conocimiento que el día 27/07/2021, a las 08:00 A.M, daremos inicio a los trabajos de Saneamiento dentro del Ámbito de la Parcela No. 1797, del Distrito Catastral No. 28, dicho inmueble se encuentra Ubicado: en la calle principal del barrio Botón caliente a 30 metros de la calle el Baquetazo, Jima Arriba, municipio Fantino, provincia Sánchez Ramírez. Reclamante la señora MARIA LANTIGUA SOSA MORILLO. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. AGRIM. JOSÉ MIGUEL CASTILLO ROBLES Codia: 25421
(AC-21445-WP-3/3)
34 MÁS NOTICIAS
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Eliminación de AFP y ARS fue clamor popular en consulta pública para modificar seguridad social
ISMAEL HIRALDO
SANTO DOMINGO.- Alrededor de 56 personas pertenecientes a diferentes colectivos de trabajadores se presentaron este jueves a una amplia consulta pública convocada por diputados y senadores para modificar la ley sobre seguridad social, un evento en el que por más de cinco horas se escucharon las propuestas de diferentes gremios. La eliminación de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) fue el clamor popular de la mayoría de los consultados en la convocatoria, quienes coincidieron en decir a los congresistas que la liquidación de estas
El movimiento ”Toy Jarto” también acudió a las vistas públicas congresuales. Su vocero, Aneudys Pérez, recibió el aplauso de todos los presentes al pronunciar un crítico discurso en contra de las entidades que administran fondos de pensiones. entidades “se hace urgente”. Uno de los presentes en la consulta para modificar la Ley se identificó como César Castro, un trabajador representante de la Fundación Escoba quien propuso la eliminación inminente de las
AFP porque “no aportan nada” y “sólo sirven para beneficiar a sectores poderosos”. Al evento también se presentó el trabajador Francis Díaz, quien acotó que los empleados dominicanos, a pesar de cotizar miles de pesos en pensiones, no ven materializados sus recursos porque “esos beneficios pasan a familias poderosas”, por lo que también se sumó a la eliminación total de las AFP. El Colegio de bioanalistas también hizo presencia en la consulta pública a través de su representante Antonia Suriel, quien consideró que las pensiones otorgadas a los trabajadores dominicanos “son injustas y poco lógicas” ya que, a su juicio, los años de trabajo no se ven compensados.
La OSAM y alcaldía de Bayaguana inician taller a mujeres campesinas BAYAGUANA.- La Oficina Sectorial Agropecuaria de la Mujer y la alcaldía de Bayaguana, iniciaron este jueves el taller “Derechos de la ciudadanía, la Mujer Campesina y la Equidad de Género’’ como parte del acuerdo que llevan a cabo ambas instituciones. El alcalde Manuel Pantalio indicó que este taller busca fortalecer la integración de las mujeres campesinas del municipio de Bayaguana. “Estamos asociando a las
mujeres, dándoles apoyo para que produzcan con efectividad, para que se integren a la producción y de esa manera fortalecer la producción agropecuaria en este municipio”, expresó Pantalio. Se recuerda que, el
alcalde del municipio de Bayaguana, Manuel Pantalio Santana, firmó un acuerdo con la Oficina Sectorial Agropecuaria de la Mujer (OSAM) con la finalidad de afianzar el desarrollo de la agricultura en esa localidad.
Falcondo apoya la jornada vacunación en las provincias de Monseñor Nouel y La Vega, en el Cibao MONSEÑOR NOUEL.-La empresa minera Falconbridge Dominicana (Falcondo) anunció este jueves que lleva a cabo una serie de acciones que van en apoyo al Plan Nacional de Vacunación en las provincias de Monseñor Nouel y La Vega. El propósito de la minera es unirse a los esfuerzos de las autoridades de salud de las dos provincias con un aporte inicial de un millón de pesos, y que irá renovándose, con el que busca contribuir a que todos los dominicanos tengan la oportunidad de vacunarse contra el covid-19. La iniciativa se extenderá hasta que se cumplan las metas trazadas para VacúnateRD.
En este sentido, en el caso de la Dirección Provincial de Salud de Monseñor Nouel, Falcondo ofrece apoyo a través de la logística de transporte y provisión de alimentos preparados para el almuerzo del personal de Salud que participa en las labores de vacunación. Además, apadrina desde inicio del mes de julio dos unidades de vacunación con personal y todos los materiales para cumplir este objetivo, ubicadas en las comunidades de Behuco Aplastado y Loma de Blanco, escogidas tomando en cuenta su cercanía a las áreas más pobladas de la provincia.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En cumplimiento de lo que establece el párrafo del Art. 22 de la ley No. 1306Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 28 de julio del año 2021, la 8va. Sala del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones de familia, habrá de conocer audiencia de la demanda de divorcio por incompatibilidad de caracteres en contra de la señora Mariene Amarfalle López, interpuesto por Santo Federico Manzanillo Moreno. Lo cual se hace saber a los fines de darle suficiente publicidad para satisfacer disposiciones de la ley que reglamenta la materia.
FC 409955
LIC. APOLONIO JIMENEZ 809-390-8069
AVISO TRANSFORMACION DE COMPAÑÍA
De conformidad con la Ley No. 479-08, la razón social denominada: DAYELI MOTORS, S.A, será transformada a SRL, la cual será denominada: DAYELI MOTORS, S.R.L, con su mismo domicilio, objeto y capital y convoca a la asamblea general extraordinaria, a celebrarse en fecha 30 de Julio del año dos mil veinte y uno (2021), en la cual se procederá a aprobar la transformación a SRL. PERDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA Marca TOYOTA modelo PICK UP color ROJO Año 1986 placa L112860 chasis JT4RN50R3G0108997 a nombre de ASUNCION ESPINAL SANCHEZ – CED. 04700348990 (JVLAC-21444-WP-16-17-19/07/2021)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: 1343684, del Vehículo Automóvil privado Marca Honda, Modelo ACCORD, Año 1997, Color Dorado, Placa A434465, Chasis 1HGCD5604VA236689, Motor No. De serie 236689, propiedad de Giselda Ortiz Pimentel. FC 409966
PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca TVS modelo APACHE RTR 160 color ROJO Año 2019 placa K1881807 chasis MD634KE43K2A12221 a nombre de ADONIS JAVIER JORGE GARCIA – CED. 40226637888 (JVL-AC21444-WP)
PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca DAYTONA modelo DY105 color BLANCO/NEGRO Año 2015 placa K1322709 chasis LDYTEHC3A15T00608 a nombre de FRANCISCO ANTONIO ACOSTA CONCEPCION – CED. 04700581665 (RCT-25374-WP)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: No.0445083, del Vehículo Automóvil privado, Marca Colt, Modelo A171AEL, año 1980, color Crema, Placa A208967, Chasis A171AEL8001784, Motor No. De serie 11A83212, propiedad de Tomas Henríquez De León. FC 409966
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: No.9101181, del Vehículo, Tipo Jeep, Marca Mazda, Modelo CX-7 4x2, Año 2007, Color Azul, Placa G307852, Chasis JM3ER291470117425, Motor No. De serie 117425, propiedad de Tomas Henríquez De León. FC 409966
PÉRDIDA DE PLACA: Del jeep marca Hyundai, color negro, año 2010, placa No. G413996, chasis 5NMSH4AGXAH341282, a nombre de LILIA ARACELIS FIGUEROA GUILAMO.
PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA PRIVADA Marca SUZUKI modelo AN125HK color NEGRO Año 2008 placa K0488145 chasis LC6TCJC9380804479 a nombre de MIGUEL ANGEL DE LARA INOA – CED. 40221707892 (DR-RCT-25373WP-15-16-17/07/2021)
PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo de carga, marca Toyota, color gris, año 1986, placa No. L078757, chasis JT4RN50R7G0151190, a nombre de RUTH ESTHER VERAS GERONIMO.
PÉRDIDA DE PLACA (chapa): Vehículo privado, marca Kia, modelo Río LX, año 2015, color negro, chasis No. KNADM4A37F6521967, placa No. A829145, propiedad de SABRINA E. SAINT CLAIRE MENA, cédula No. 001-1688285-3. FC 409732
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa L049321, color negro, chasis JT4RN63A2J8006093, tipo carga, año 1988, propiedad de RADHAMES VARGAS POLANCO, cédula 031-0021762-3. FC 409858
PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Kantor, color verde, año 2008, placa No. N622924, chasis No. LAACAKFK685080963, a nombre de BACILIA MORBAN, cédula No. 002-0041630-3.
PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta, marca Honda, color verde, año 1996, placa No. K0185736, chasis No. AA011105291, a nombre de STHEYNELL WHAYAELL GARCÍA CHALAS, cédula No. 003-0105486-2. FC 409892
PERDIDA DE PLACA: Un vehículo de carga, marca Ford, modelo F750, color amarillo, año 2003, placa No. L310869, chasis No. 3FDXF75N03MB09338, propiedad de SERCONTELC SRL, RNC No. 130-95761-4. FC 409743
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Gato, color negro, año 2015, placa No. K1968610, chasis LFETCKP49F1100456, a nombre de JOHNNY ELIAS DIAZ PUJOLS.
PERDIDA DE PLACA: Un vehículo de carga, marca GMC, modelo C5500, color blanco, año 2006, placa No. L413040, chasis No. 1GDE5E1276F433112, propiedad de SERCONTELC SRL, RNC No. 1-3095761-4. FC 409743
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36 LITERATURA
TRAYECTORIAS LITERARIAS
DOMINICANAS RAMÓN SABA
Rannel Báez Nació el 7 de enero de 1963 en el municipio de Las Charcas, Azua (Pudiera decirse que lo trajeron los Reyes Magos). Su nombre completo es Francisco Rannel Báez Díaz. Poeta, narrador, ensayista, guionista de cine, abogado y maestro de ceremonias. Obtuvo el título de licenciado en Derecho por la Universidad Tecnológica del Sur (UTESUR), con méritos magna cum laude; realizó una maestría en Industrias Culturales en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y completó un diplomado en Producción de Radio y Televisión en la Universidad de Salamanca. Fue director de Cultura de la Dirección Regional de la Juventud, director de Cultura de la Universidad Tecnológica del Sur, director de Cultura Ayuntamiento de Azua, director Regional Sur del Ministerio de Cultura, director Centro Cultural Héctor J. Díaz y catedrático de la facultad de Derecho de la Universidad Tecnológica del Sur (2003-2011). Rannel Báez fue también presidente del Círculo de Estudios Literarios Azuano (CIELA); presidente de la Sociedad Cultural Athene; codirector del programa radial Voces del Arte; fundador del Centro de Investigaciones Arqueológicas e Históricas de Azua (CRIHAz); profesor Escuela Diplomática de Azua (EDA); fundador del Grupo Cultural Batey Taíno (CUBATAI) para el Rescate de la Raza Taína y director de la Escuela de Cine de Azua (ESTECINE), entre muchas cosas más. En el haber bibliográfico de Rannel Báez se encuentran los títulos Orbe Per Verso; Teatra, la mujer de Teatro; Cuentos Desechables; Nudos y Alfileres; Azuanías, bajo el Sol; Tinglado; Tripages, Antología de poetas de Azua; Bosch Populis; Batey Taíno; Multivocidad, Antología de jóvenes poetas de Azua; Olfá(c)tico; Pócimas poenemáticas e Historia General de Azua (en tres tomos, co-autor). Actualmente tiene una considerable cantidad de textos inéditos en vía de edición formal. Su biografía pasiva es muy extensa, por lo que sólo pondré algunos ejemplos representativos como aparecer en la revista El Sótano; revista Algarero Cultural de Guatemala; Antología Poética del Sur; Bibliografía del Sur Dominicano; revista Horizontes de Puerto Rico; Señales de Voces. Antología de Cuentos Dominicanos; Eros y Poiesis. Antología temática de la poesía dominicana y Diccionario Biobibliográfico Dominicano, entre muchos más. Rannel Báez ha sido un conferencista, panelista y charlista en muchos espacios culturales, pudiéndose mencionar la “Conferencia Un CC de Inspiración en la Feria Internacional del Libro”, “Conferencia Historia de Azua en la Feria Binacional Ecoturística” y “Conferencias en el Ciclo de Conferencias Culturales de Azua”. Normalmente es el maestro de ceremonias en las actividades que se llevan a efecto en todas las versiones del Festival de Poesía en la Montaña. Ha sido objeto de innumerables reconocimientos y premios en su joven carrera literaria. En este sentido podemos
nombrar el Premio Internacional de Poesía “Casa de Teatro”, 2002, con el libro Orbe Per Verso; Premio Nacional de Teatro de la Universidad Central del Este (UCE) 2000, con el libro Teatra, la mujer de Teatro; dos Menciones de Honor Premio Funglode Pedro Mir de Poesía, 2011, con los Libros Olfà(c)tico y Pócimas poenemáticas; Premio Ciela de Poesía, 1984; Premio Regional Athene de Poesía, 1991; Premio Nacional de Poesía Arte Nativa de la Fundación Gripac, 1992 (contra la Celebración Oficial del V Centenario del descubrimiento de América); declarado Hijo Meritorio de Azua por resolución del Ayuntamiento), gracias a sus aportes al arte, la cultura y la investigación histórica. Rannel Báez ha sido miembro de muchos espacios y grupos literarios, tales como el Círculo de Estudios Literarios Azuano (CIELA); Sociedad Literaria y Cultural ATHENE; Asociación de Escritores y Periodistas Dominicanos (ASEPED); Promotores de Lectura RD y Bibliófilos RD (del cual fue fundador y coordinador). El poeta y crítico peruano Pedro Granados expresa que fue una gratísima sorpresa toparse con un libro como Orbe Per Verso, una vez que se hiciera merecedor al Premio Internacional de Poesía “Casa de Teatro” de aquel año ya que ese poemario/manifiesto, se divide en cinco “Órbitas”, cada una de las cuales va como sigue: I: Movimiento de rotulación, II: Movimiento de aliteración, III: Movimiento de secreción, IV: Movimiento de translación y V: Movimiento de perversión; todo un viaje. Sin embargo, ninguna de estas partes distingue otro tenor que no sea el de una “Arte poética”; es decir, todo este poemario es, aunque matizado mínimamente en cada “Movimiento”, un extenso metapoema. Poeta cerebral y patafísico, paradójico y paródico, con un don extraordinario para la caricatura y dueño de un humor desopilante. Heredero de Huidobro, Oliverio Girondo, Macedonio Fernández, Borges, en tanto metapoeta y “órbico”; y de Nicanor Parra o su antecesor, César Vallejo, por lo antipoeta; pero reitera que Rannel Báez enriquece de modo oportuno y necesario la poesía dominicana de estos días.
La escritora mejicana Livia Díaz aprecia que Rannel Báez tiene tanto que decir que a veces, mejor no dice nada. Y es que él nos entrega su duda ante el poema y hasta leerlo ignoraba haber estado escribiendo “poemas” mientras él hace poesía (o viceversa). Su vocación unívoca se organiza de modo-tiempo en el espacio y gana ante el ritmo y la imprecación del lector. Refiere, además, que el modo de lectura en el poema, él cambia todo el sentido de su discurso, así pues, la crítica organizada en secuencia de frases sin fin fallece con el modo establecido de lectura poética versificada, lo cual no hace menos taladrante y peligrosa su palabra. Finalmente, la escritora puertorriqueña Ada Hilda Martínez de Alicea asegura que la poesía consiste en revelar la interioridad psíquica, la emotividad y el carácter subjetivo del ente lírico; si desempeña, además, la función expresiva del lenguaje; y si la parte material (el significante) del poema corresponde a los grafemas, fonemas, al ritmo y a la musicalidad de la expresión, podemos concluir que la obra poética Orbe Per Verso, sin poesía de Rannel Báez, sí es poesía. Sus versos sorprenden por la enorme cantidad de recursos estilísticos empleados a la hora de formalizar lingüísticamente los contenidos; recursos que ponen en el relieve un asombroso dominio técnico, fruto de la más exigente elaboración literaria. Concluyo esta entrega de TRAYECTORIAS LITERARIAS DOMINICANAS con un poema en prosa del libro Olfà(c)tico de Rannel Báez: NUEVE La rosa abrió sus límites su barlovento de almidón y sorprendida murió desvirgando el aire Nació el polvo para pisar los pétalos para parir putas y poetas penes popolas papanatas y pánico en el paraíso y en el manicomio de cada día con sus olores y hedores con sus narices y ventosas La pausa del primer pasado ya tenía una huella sobre las profecías Soplo que salió desnudo con un nudo en el ombligo Huella lacónica en la quintaesencia del itinerario eres el eco del olor dolorido del dolor oloroso Poeta con ganas poéticas de hacer la rosa sin ganas Hombre con ganas masculinas de hacer las ganas sin la rosa Nada total en un paso de fobia Fundida nulidad en una huella de tabúes ruta de futuro pendenciero filosofía enajenada rosa bruta fantasma testarudo paso pegajoso que nos lleva al miedo.
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EL MUNDO
EL MUNDO 37
EEUU no enviará tropas a Haití WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS.- El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, aseguró ayer que el envío a Haití de tropas estadounidenses tras el magnicidio de Jovenel Moise es algo que su Gobierno no se plantea por ahora. “La idea de enviar fuerzas estadounidenses a Haití no está en la agenda en este momento”, aseguró Biden en una rueda de prensa junto a la canciller alemana, Angela Merkel.
El FBI investiga asesinato del presidente Moise; recoge pruebas en su residencia
Biden lanza mayor programa para combatir pobreza EEUU
EEUU aclara no reconoce a ningún político como líder legítimo
WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS.- El presidente estadounidense, Joe Biden, dio ayer el pistoletazo de salida al mayor programa para combatir la pobreza en EE.UU. en medio siglo, con el foco en las familias con hijos. A partir de este viernes, el Gobierno distribuirá hasta 300 dólares mensuales en un crédito impositivo por cada hijo e hija como ayuda a unos 39 millones de hogares para paliar el impacto de la pandemia de la covid-19, según datos de la Casa Blanca. “Creo que este es un día histórico para continuar construyendo una economía que respeta y reconoce la dignidad de las familias de
PUERTO PRÍNCIPE, HAITÍ.- Miembros del FBI, acompañados por agentes de la Policía Nacional de Haití, estuvieron ayer en la residencia del presidente Jovenel Moise, asesinado a tiros el pasado 7 de julio, para recabar evidencias en relación con el magnicidio. Tras varias horas en el interior de la vivienda, pasadas las 5:00 de la tarde comenzaron a salir miembros de la Policía Científica de Haití con diversas pruebas, todas empaquetadas en fundas plásticas o bolsas de papel, excepto un monitor de computadora. Después de seis viajes transportando pruebas hasta un vehículo tipo camioneta ubicado cerca de la
entrada, el grupo de agentes del FBI salió de la vivienda y abandonó el lugar en tres vehículos, donde aguardaban al menos cuatro agentes más del cuerpo de investigación estadounidense. Durante la recogida de evidencias, el lugar permaneció custodiado por miembros de la Policía haitiana fuertemente armados,
y también agentes de la embajada estadounidense permanecieron en la entrada de la casa, donde se pueden ver los restos del tiroteo que tuvo lugar la noche del asalto a la residencia. Pueden contarse al menos 21 impactos de bala en las puertas de acceso peatonal y del portón para vehículos, cada uno de ellos rodeado de un círculo rojo y
Cuba retoma rutina, aún sin internet ni cifra de detenidos en las protestas LA HABANA, CUBA.- El número de detenidos en las protestas del domingo en Cuba sigue sin esclarecerse, mientras el Gobierno adopta las primeras medidas de urgencia para enfrentar la severa crisis que movilizaron a miles de ciudadanos a manifestarse en las calles. Aunque hay personas arrestadas por su participación en las protestas y disturbios del domingo y en menor grado el lunes, aún
no se precisan cifras sobre el número de privados de libertad. En las redes circulan listados que cuantifican por centenares a los detenidos a
partir de los sucesos en la isla, donde no se han reportado nuevos incidentes, pero se mantiene una visible presencia policial en los espacios públicos. En el país la rutina diaria sigue su curso, las personas acuden al trabajo, continúan realizando colas durante largas horas en las tiendas para comprar alimentos y siguen esperando que se restablezca internet en sus teléfonos móviles.
Tras varias horas en el interior de la vivienda, pasadas las 5.00 de la tarde comenzaron a salir miembros de la Policía Científica de Haití con diversas pruebas, todas empaquetadas en fundas plásticas o bolsas de papel, excepto un monitor de computadora. con una serie de números alrededor. También un todoterreno negro aparcado junto al coche en el que los agentes cargaron las pruebas tiene los cristales rotos a causa de los tiros.
Joe Biden.
clase trabajadora y de clase media”, dijo Biden en un discurso en la Casa Blanca. Según el mandatario, casi todas las familias estadounidenses con hijos que ganan menos de 150.000 dólares al año por pareja o 125.000 en caso de madres o padres solteros recibirán a partir de hoy su primer pago mensual.
OMS persiste en desaconsejar la tercera dosis refuerzo contra la COVID-19 GINEBRA, SUIZA.- La Organización Mundial de la Salud (OMS) pidió este jueves a los países miembros que sean “extremadamente cautos” y “no se vean tentados” a comenzar a administrar terceras dosis de refuerzo de vacunas anticovid, algo que en su opinión no ayudará a equilibrar el reparto global de dosis.
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38 DEPORTES
DEPORTES CIFRA RÉCORD
TENIS
El atleta de RD que gane medalla de oro en Tokio recibirá 12 millones Recibirán beneficios entrenadores, asistentes y federaciones
El ministro de Deportes, Francisco Camacho al dar la noticia sobre la premiación a los atletas. Figuran a su lado Luisito Pie y Félix Díaz.
WILLIAM AISH
SANTO DOMINGO.-En un hecho histórico para el deporte dominicano, el ministro de Deportes, Francisco Camacho, reveló ayer la noticia más esperada para los atletas que van a los Juegos Olímpicos de Tokio. Camacho informó en rueda de prensa en el Miderec que los atletas que conquisten medallas serán remunerados según los colores; el atleta que gane oro se lleva a su casa 12 millones de pesos, los que obtengan plata recibirán 8 millones y quienes se adueñen de preseas de bronce recibirán 6 millones de pesos. Estos incentivos están por encima de los ya anunciados por otros países como Puerto Rico, por ejemplo que dará 50 mil dólares por oro; plata 30,000 y bronce 20,000 dólares. Si se lleva a pesos, 50 mil dólares cambiado a 58, sería unos 2, 900, 000, lo que el
Reveló también que las federaciones cuyos atletas o deportes de conjunto se alcen con medallas de oro en Tokio recibirán un millón y medio de pesos, mientras que las que exhiban preseas de plata obtendrán un millón y las que alcancen bronce 750,000 pesos. Gobierno dominicano triplica los bonos a los atletas boricuas. “El presidente Luis Abinader me ha autorizado dar a conocer unas gratificaciones récords”, dijo Camacho en su alocución ante la prensa. Camacho estuvo acompañado del presidente del Comité Olímpico Dominicano, Antonio Acosta; del miembro COI, Luisín Mejía, además de los atletas Luisito Pie, Deisy Montes de Oca (en sustitución de Gaby Merce-
des); el medallista de oro en Pekín, Félix Díaz, y del piloto Jimmy Llibre. El anuncio del ministro Camacho lo hizo con tiempo, previo a los Juegos Olímpicos de Tokio, con fecha del 23 de julio al 8 de agosto. Para los deportes de conjunto, como las selecciones de béisbol y voleibol femenino, Camacho anunció un incentivo de un 10 % adicional, a los montos de oro, plata y bronce. La delegación que va a Tokio tiene 66 atletas distribuidos en 10 deportes. Otra buena noticia que dio a conocer Camacho fue que los entrenadores principales recibirán tres millones de pesos por el oro alcanzado por sus atletas o equipos que dirijan, dos millones por presea de plata y un millón por medalla de bronce. Además, a los asistentes de los entrenadores se les premiará con 300,000 pesos por medalla de oro, 200,000 por la plata y 100,000 por el bronce.
Semifinales y finales hoy en la Copa Maíz SANTO DOMINGO.- El colombiano Johan Rodríguez continúa validando su condición de primer favorito en el J3 Santo Domingo Copa Maíz, que concluye mañana en el Parque del Este, al alcanzar las semifinales del torneo. Su rival en la próxima ronda será el boliviano Juan Carlos Prado. La otra semifinal masculina será entre el mexicano Rodrigo Pacheco (2) y el estadounidense Sean Daryabeigi.
El mexicano Rodrigo Pacheco.
Por las chicas, las semifinales serán por un lado entre la canadiense Dasha Plekhanova (5) y la estadounidense Mia Slama (6), y por el otro se enfrentarán la estadounidense Olivia Lincer (7) y la canadiense Martyna Ostrzygalo (8). Hoy también se jugarán las finales de dobles, donde también Lincer está involucrada formando equipo con su compatriota Alexia Harmon, con quien enfrentará a las también norteamericanas Gracie Epps y Valeria Ray. La final masculina será entre los duetos de Luca-Julian Hotze y Kurt Miller, de Estados Unidos, y Christophe Clement y Aram Noroozian.
Pelota Caliente Novak Djokovic, número uno del mundo, confirmó su participación en los Juegos Olímpicos de Tokio que se disputarán del 23 de julio al 8 de agosto. El tenista balcánico, que sembró la duda tras ganar el torneo de Wimbledon hace una semana, hizo el anuncio en sus redes sociales. “No puedo decepcionar a mi amigo Koujirou. Reservé mi vuelo para Tokio y me uniré orgulloso al equipo de Serbia para participar en los Juegos Olímpicos”, anunció Djokovic.
BÉISBOL
Vladimir Guerrero y su madre mantendrán tradición y legado
Vladimir Guerrero Jr. junto a familiares en el Juego de Estrellas.
Vladimir Guerrero jugó 16 años en Grandes Ligas y su madre doña Altagracia Alvino estuvo a su lado todo el tiempo, atendiéndolo a él y a sus compañeros de equipo, ahora el hijo del inmortal de Cooperstown Vlady Jr. se hace acompañar de su abuela, que le sigue proporcionando la comida, tradición que seguirá por muchos años.
WILLIAM AISH
SANTO DOMINGO.- La familia Guerrero sigue su tradición en el béisbol. Vladimir Guerrero jugó 16 años en Grandes Ligas y su madre doña Altagracia Alvino estuvo a su lado todo el tiempo, atendiéndolo a él y a sus compañeros de equipo, ahora el hijo del inmortal de Cooperstown Vlady Jr. se hace acompañar de su abuela, que le sigue proporcionando la comida, tradición que seguirá por muchos años. “Nuestra familia sigue el legado, mi madre (doña Altagracia Alvino) ahora vive prácticamente con mi hijo “El Negro” (Vlady Jr.), le ayuda con el almuerzo para él y sus compañeros del equipo de Toronto”, externó el ganador del MVP del 2004, en un mensaje a la prensa, enviado a través de su manejador Virgilio Rojo. “Seguiremos la tradición familiar, fuimos a Denver, Colorado al Juego de Estrellas nuestra madre, hermanos, tíos, primos, todos
fuimos a apoyar a “El Negro”, eso es parte de nuestra tradición, estar en familia, apoyándonos uno a otro”, señaló. Indicó que todo lo que hizo mientras era jugador se lo ha transmitido a su hijo Vlady Jr. “Que siga disciplinado, que muestre valores y que siga transitando por el camino limpio”, destacó el miembro del Salón de la Fama.
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DEPORTES 39
ENTREVISTA
RECTAS DURAS
Y PEGADAS AMÉRICO CELADO S.
El inexorable final Para un atleta de primer nivel resulta difícil aceptar el declive, reconocer que las facultades van mermando y que la hora de decir adiós se acerca. Un segmento importante de la fanaticada dominicana es co-responsable por fortalecer y estimular el ego del atleta, que reclaman su permanencia en las selecciones por trayectoria, arremeten en contra de los técnicos y de las federaciones. Y la gran realidad es que a pesar de los grandes aportes que hacen durante su trayectoria en el punto más alto de apogeo, a la hora de escoger los componentes de un equipo lo que prima son las condiciones inmediatas, nada de “yo fui”. Solo citaré dos casos de los últimos tiempos… recuerdo el triste episodio que provocó la negativa de aceptar la realidad de Jack Michael Martínez cuando se le comunicó que ya no estaba en la selección de baloncesto. El gran capitán atribuyó su salida del equipo nacional a retaliación de parte de Eduardo Najri y del ingeniero Rafael Uribe, presidente de la Fedombal, a quien le declaró desde entonces una guerra a muerte. Y la realidad de todo es que ya los mejores años de Jack Michael habían pasado, sumado a su personalidad controversial y niveles de exigencias… en buen dominicano, le pasaron factura. Otro caso reciente es el de Luguelín Santos, nuestro medallista olímpico, con una carrera atlética cargada de lauros pero las lesiones y falta de disciplina en el último tramo de su carrera, lo han hecho descender sus registros de tal manera, que ni siquiera pudo participar en las eliminatorias para los Juegos Olímpicos de Tokio, Japón, a pesar de contar con el respaldo absoluto de su federación. Tanto es así, que José Ludwing Rubio, el entrenador que desarrolló su talento hasta llevarlo al máximo nivel, escribió en Twitter que para un atleta élite era muy difícil hacer la transición a un sistema de entrenamientos muy diferente al que llevó por más de 10 años. Resaltó además, que a ese cambio se le añade las “bondades” que le brinda entrenar en el país (comida y distracción), que se perdió el rumbo. Traje a colación estos casos por la situación que se ha presentado con Gina Mambrú, quien luego de una evaluación del cuerpo técnico del equipo femenino de voleibol después de participar en la Liga de Naciones, decidió sustituirla por Larysmer Martínez para mejorar la defensa y recepción, para que ayude a Brenda Castillo en los juegos olímpicos. Cuál es la moraleja, que hay que prepararse para decir adiós, porque bien lo dice la salsa, nada es eterno en la vida.
Piloto pide medidas drásticas contra corredores clandestinos ¡ah! excúsame, pero el siniestro ya está”, expresó. Iglesias Ventura emitió sus comentarios durante
una entrevista realizada por los comunicadores Jaime Rincón y Thania Báez, en el programa El Nuevo
Diario en la Tarde, el cual es transmitido por la plataforma digital de El Nuevo Diario TV.
El piloto Alexander Iglesias Ventura fue entrevistado en el programa El Nuevo Diario en la Tarde. CREIDDY PEÑA
SANTO DOMINGO.- El piloto automotriz y miembro del Club Dominicano de Corredores de Kartismo, Alexander Iglesias Ventura, manifestó este miércoles que las autoridades dominicanas deben imponer medidas ejemplificadoras para quienes practican carreras clandestinas de motores, y dio como consejo a los infractores de las vías públicas que dejen de correr en las calles y que piensen en sus familias que son los que sufren las muertes. “Las leyes son flojas en
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este país para eso, porque a quien anda corriendo en la calle deberían meterle tres o cuatro meses, ya que está poniendo en riesgo la seguridad de un tercero, dígase una a persona que puede andar con su hijo o con su madre y tiene un accidente,
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