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El Nuevo Diario

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MARTES 15 JUNIO 2021 | AÑO NO. 40 • EDICIÓN 12701 | SANTO DOMINGO, R.D. | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

Abinader insiste en pedir a Haití detener canal

El gobierno propone Pacto por el Agua; invertirían US$8,500 MM El Gobierno presentó ayer el Compromiso Nacional para el Pacto Nacional del Agua con una inversión de 8,500 millones de dólares informó el presidente Abinader. Busca garantizar un suministro "universal, seguro y sostenido". El mandatario insistió en que Haití debe detener la construcción del canal a expensa del río Masacre P.04-10

EDITORIAL @maldonadopersio

DERROTAR LA BUROCRACIA La gestión estatal se complica por los excesos burocráticos. Los procesos están llenos de escollos para avanzar con agilidad y calidad en una buena gerencia. Son, además, una magnífica excusa para que los funcionarios oculten sus propias ineficacias. Y, contrario a lo que se piensa, son generadores de corrupción. Lo que es contrario a la transparencia. Los controles para ser efectivos han de ser simplificados y fáciles en los procedimientos para su ejecución. Tienen que ser, por tanto, factores de dinamización económica. Somos muy perezosos para producir los cambios y derrotar los efectos negativos de la burocracia, la que se constituye en un enorme poder para obstaculizar; y, excesivamente costosa.

NUEVO DEFENSOR DEL PUEBLO, ULLOA, PIDIÓ MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA EXPEDICIONARIOS DEL 1J4 SANTO DOMINGO.- Pablo Ulloa, juramentado este lunes por el Senado como el nuevo Defensor del Pueblo, afirmó que asume este reto y compromiso junto a un equipo de hombres y mujeres decididos a hacerlo bien. Le tomó el juramento el presidente del Senado, Eduardo Estrella, en presencia de otros legisladores. Durante su discurso, Ulloa definió de histórica la fecha de su juramentación, por conmemorarse el 62 aniversario del desembarco de los expedicionarios del 14 junio de 1959 contra la dictadura de Rafael Leonidas Trujillo, por lo que pidió un minuto de silencio en memoria del sacrificio, amor a la Patria, a la libertad y la democracia de los héroes de esa gesta, así como por el dolor de sus familiares. P.08


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02 DE ENTRADA

FUNDADO EL 8 DE MAYO DE 1981

DE ENTRADA

Miembro de la Sociedad Dominicana de Diarios, Inc. Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) CONSEJO DE DIRECTORES

Comerciantes: A partir de hoy la unidad del pan costará 10 pesos Lo que dice la gente... @ELNUEVODIARIORD

SANTO DOMINGO.- La Asociación de Medianos, Pequeños y Micro Productores en Panaderías, Repostería y Ventas Dulces, informó que a partir de este martes el pan costará 10 pesos la unidad. Durante una rueda de prensa, la agrupación dijo que el aumento se produjo tras el alto costo de la materia prima para la preparación del alimento. “Teníamos unos días haciendo estudio de costo pa-

ra ver lo mínimo que podíamos aumentar, pero los costos no nos dieron otros, vamos hacer ese aumento, pero vamos seguir soportando los aumentos, porque los aumentos no se paran de la materia prima”, expresó el coordinador general, Julián Polanco. Asimismo, explicó que el pan costará 7 pesos para los colmaderos, mientras que el precio final será de 10 pesos para la población. De su lado, el asesor de

NÚMEROS PREMIADOS

(14-06-2021)

QUINIELA PALÉ 1º 10

2º

84

3º

43

SUPER KINO T V 03 50

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07 55

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LOTO POOL 01

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37 69

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43 78

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PEGA 3 MÁS 22

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Teníamos unos días haciendo estudio de costo para ver lo mínimo que podíamos aumentar, pero los costos no nos dieron otros, vamos hacer ese aumento, pero vamos seguir soportando los aumentos, porque los aumentos no se paran de la materia prima”, expresó el coordinador general, Julián Polanco.

la asociación Frank Soto, indicó que hay más de dos millones de empleados laborando en ese sector, mientras en el país hay un promedio 4,500 panaderías.

ameliareyesrd: Más un café de 10 son 20 😍

marlee_27: Eso pane vienen con jamón y queso adentro en el nombre del señor amén 🙏

alfredo_silverio33: Le estan haciendo un favor a los que sufren de sobrepeso que le gusta la harina naileanebot_24: Suben el pan todo el mundo protestando, le suben 10 pesos a la cerveza y nadie se queja en fin la doble moral.😁 😁

Editora El Nuevo Diario S.A. Avenida Francia No. 41, Esq. Rocco Cochia.

Santo Domingo, R. D.

Tel.: 809-687-7450 Fax: 809-687-3205 • Publicidad Legales 221/234 • Ventas 239/233/249 • Redacción 226/241 • Administración 237 • Recursos Humanos 235 • Circulación y Suscripción 228 • Contabilidad 227 • Caja 231 • Cobro 230 • Impreso 248

Oficina Santiago ruthemp.1991: En serio deberíamos protestar por qué le están subiendo mucho a las cosas

JCE realiza operativo manual de declaración tardía en SDN SANTO DOMINGO NORTE.- La Junta Central Electoral (JCE) realizó un operativo manual de declaración tardía de nacimiento en la Parroquia Santa Lucía de la Hacienda Estrella, ubicada en Santo Domingo Norte, para dar asistencia a casos de ciudadanos dominicanos que carecen de registro. El operativo fue organizado por la Unidad Central

Presidente: Persio Maldonado Primer Vicepresidente: Héctor Corominas Peña Segundo Vicepresidente: Aura Minerva González Secretario: Francisco Pérez Encarnación Tesorero: Mario Viñas Betances Vocales: Roberto Lama, Vincenzo Mastrolilli, Carlos Bonilla Sánchez, Martha Camarena Director: Persio Maldonado Directora Ejecutiva: Cosette Bonnelly Jefe De Redacción: Luis Brito Gerente General: Persio Maldonado Bonnelly

de Declaraciones Tardías de la JCE en coordinación con el Padre José Agustín Ortíz de la Parroquia Santa Lucía de la Hacienda Estrella, y fueron asistidos 220 ciudadanos, de los cuales la JCE recibió 43 expedientes de personas mayores de 16 años; registró 1 menor de 16 años en la Oficialía de la 2da. Circunscripción del Distrito Nacional, y 4 de estos últi-

mos fueron encontrados declarados. También, 7 ciudadanos fueron referidos a las oficialías del Estado Civil de la 5ta. y 7ma. Circunscripción de Santo Domingo Norte, y fueron asistidos 23 casos de correcciones de datos. El Padre José Agustín Ortíz mostró su agradecimiento a la JCE por facilitar con estos operativos el registro de la mayor cantidad de

Calle Mella Esq. General Cabrera. R. D. Teléfonos: 809-583-1578 Fax.: 809-581-6542 El Nuevo Diario redaccionnd@gmail.com info@elnuevoadiario.com.do

personas que no poseen documentos de identidad. “Lo que me ha llevado a solicitar a la JCE las declaraciones tardías y el arreglo de documentos de estos ciudadanos fue ver la realidad de personas mayores de edad sin papeles, sin documentos, sin seguro médico y de personas que, además, han sido estafadas por algunos abogados a lo largo de más de tres años para obtener sus documentos”, dijo Ortíz.

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DE ENTRADA 03

Rep. Dom., entre los países de mayor mejoría para combatir la corrupción administrativa

Comunicadora Lorenny Solano: Hay gente muriendo a diario por la falta de sangre

LONDRES, INGLATERRA.- La lucha para combatir la corrupción en América Latina experimentó una nueva ola de retrasos el pasado año a consecuencia de la pandemia global de coronavirus, según se desprende del llamado índice CCC 2021, presentado en Londres este lunes. En el caso de la República Dominicana fue uno de los que más mejoró -del 13 al 10- al darse avances significativos en la categoría de capacidad legal, “reflejo de un

SANTO DOMINGO.- En ocasión del Día Mundial del Donante de Sangre, que se celebra cada año el 14 de junio, la comunicadora y productora de televisión Lorenny Solano manifestó que diariamente en la República Dominicana están muriendo personas por falta de sangre a tiempo, pudiéndose en muchos casos evitar. En este sentido, dio a conocer que el déficit que existe en el país es de más de 200 mil pintas de sangre al año y que “esas estadísticas

impulso anticorrupción del presidente Luis Abinader”, según explica el documento. La Americas Society /Council of the Americas (AS/COA) y Control Risks, la empresa de consultoría especializada en riesgos globales, lanzaron, por tercer

año consecutivo, este ranking de Capacidad para Combatir la Corrupción (CCC) a fin de evaluar la capacidad de los países latinoamericanos para descubrir, castigar y detener la corrupción. En un comunicado difundido en la fecha, el vicepresidente de política de la citada AS/COA, Brian Winger, destacó que ese ranking revela que “los esfuerzos para combatir la corrupción son más necesarios en 2021 que nunca”.

Comunicadora Lorenny Solano.

no se tienen establecidas porque no se prescribe que fueron muertes por falta de sangre. ¿Cómo va a hacer que a una gente muriéndose no se le pueda servir la sangre que necesita?”, comentó. Destacó la importancia

de contar con sangre segura y suficiente, para beneficiar con un tratamiento oportuno a embarazadas en labor de parto, pacientes de hemodiálisis, de anemia así como para otras personas que llegan a sufrir algún accidente de tránsito y la requieren con urgencia. “Donar es un acto de amor que salva vidas, pero, no nos damos cuenta de cuán importante es la sangre hasta que no nos vemos en la necesidad de requerirla”, manifestó Solano.

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04 NACIONALES

NACIONALES

INFORME DEL TIEMPO En horas de la madrugada tendremos el tránsito sobre aguas del Mar Caribe de una onda tropical, se pronostican algunas lluvias en la zona costera Caribeña y por la vaguada hacia el interior del país.

Luis Abinader pide a Haití detener construcción canal en río Masacre SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader pidió este lunes al Gobierno de Haití detener la construcción del canal de riego en el fronterizo río Masacre, al tiempo que afirmó que el país tiene “muchas opciones” desde el punto de vista diplomático para hacer cumplir su solicitud. “Ellos deben detener

En la composición fotográfica el presidente Luis Abinader y su homólogo Jovenel Moïse.

esos trabajos”, consideró Abinader, al responder una

pregunta de la prensa en el marco de la presentación

del Compromiso Nacional para el Pacto por el Agua (2021-2036), en el Palacio Nacional. El presidente dijo, además, que el canal no podrá conectarse al río porque, según explicó, para ello se requiere de la construcción de un dique, algo “muy difícil” en la zona. Asimismo, dijo que el país tiene “muchas opcio-

Abinader reveló el 29 de mayo que presentará a las autoridades de Haití la construcción de una presa en el río Artibonito, que nace en República Dominicana y desemboca en la nación fronteriza.

nes” desde el punto de vista diplomático para exigir a Haití la paralización de dichos trabajos, pero insistió en que quisiera “una acuerdo en ese sentido”, por lo que apeló a la sensatez del vecino país. A la vez, informó de que el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi) trabaja otras alternativas al respecto.

Fulcar dice docencia finalizará 29 de julio; vacunarían estudiantes mayores 12 años te mes de junio, como demandan algunos sectores. Fulcar dijo que la referida fecha para culminar el año escolar se estableció en 2020 debido a que hubo un retraso en el inicio del mismo. Explicó que la docencia

YHANELLY RODRÍGUEZ

SANTO DOMINGO.- El ministro de Educación, Roberto Fulcar, aseguró este lunes que el actual año escolar terminará en todo el país el 29 de julio y no en el presen-

DEL LUNES 14-06-2021 1er.

2do.

3err.

2

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73 49 655 32 10 37 39 40 255 47 07 19 1er.

2do.

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25 64 188 06

@LOTEKARD WWW.LOTEKA.COM.DO

Roberto Fulcar, ministro de Educación.

en el país completo retornó a la docencia virtual, debido al incremento de los casos de COVID-19. Aseguró que solo un aproximado del 11.5 % de los colegios privados mantuvo sus puertas abiertas, ”el resto no lo hizo”. El titular de Educación informó que les solicitaron al Gabinete de Salud facilitar un lugar en la preferencia para vacunar a los profesores, a los directivos y demás personal.

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NACIONALES 05

A los de “La Raza Inmortal” POR MARICELA VARGAS (Especial para El Nuevo Diario)

SANTO DOMINGO.- Se cumple un año más de la llegada al país de la gloriosa Expedición de Constanza, Maimón y Estero Hondo. La Gesta de Junio de 1959, marcó un antes y un después en el devenir histórico, demostró, con su heroísmo, al ofrendar sus vidas, que el Tirano y sus cómplices eran vulnerables. Cuando se toma una decisión de trabajar como pionero, para el bien de las generaciones futuras, se trasciende nuestra propia pequeñez, y nos volvemos ciudadanos del mundo, por eso la Sociedad Dominicana les llama “Los Miembros de la Raza Inmortal”. Un país, camina hacia la madurez, cuando reconoce, el aporte de sus mejores hijos, los que, con su actuación, abren surcos, de honor, de entrega, de heroísmo y de amor a sus semejantes, al entregar sus vidas para que se instale una verdadera Democracia, con un trato igualitario para todos. En mi pantalla mental, me traslado, a las montañas de Constanza, y veo a esos hombres más que hombres, caminar con pasos seguros,

Expedicionarios previo a la salida desde Cuba.

con su mochila llena de sacrificio, de su heroísmo y de su honor, trillaron los caminos, con su fusil y fueron cayendo uno a uno, con la frente en alto del deber cumplido. Otros fueron apresados y masacrados, vejados y torturados sin misericordia; los que quedaron vivos, (los cubanos Delio Gómez Ochoa y Pablito Mirabal Guerra, y los dominicanos Francisco Merardo Germán, Poncio Pou Saleta, Antonio Gonzalo Almonte Pacheco y Mayobanex Vargas y Vargas), pasaron muchas penalidades, pero pudieron servir de voceros, de sus compañeros, que ya no podían hablar. El sacrificio de esos valientes hombres, encendió en los corazones de los dominicanos la antorcha de la

libertad e hicieron vibrar las conciencias de Las Hermanas Mirabal (Las Mariposas), de los que ajusticiaron al tirano Rafael Leónidas Trujillo, encabezados por Antonio de la Maza; de Manolo Tavárez Justo, comandante del Frente de Manaclas y sus compañeros. De Fernández Domínguez, ideólogo de la Guerra de Abril, de Francisco Caamaño, Comandante de Abril y Playa Caracoles. De Amaurys Germán, quien murió combatiendo junto a sus compañeros. De los que murieron en las ergátulas Trujillistas, de los que mataron, a veces familias enteras, como los Perozo, los Mainardi, los de La Maza y de tantos anónimos que murieron por revelarse, ante esa oprobiosa y cruel

tiranía. Esa sangre derramada no ha sido redimida, nos falta mucho por lograr, algunas cosas puntuales como son: La separación de forma real de los tres poderes del Estado, el Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Un poder Ejecutivo que administre y ejerza el poder, con pulcritud, transparencia

e igualitario. Un Poder Congresional, que legisle en beneficio de la sociedad y no en su beneficio, o al partido que pertenece. Sin barrilitos ni cofrecitos. Un Poder Judicial, que le ponga la venda de nuevo a su logo, para que haga cumplir las leyes, con imparcialidad. Una Ciudadanía, que cumpla con sus deberes y derechos, se mantenga vigilante, frente a la actuación de los Poderes del Estado. El mejor homenaje, que podemos hacer, los que llevamos la sangre de esos héroes y mártires, es llevar a una vida acorde a los ideales, por los que ellos entregaron sus vidas, al traicionarlos, renegamos y olvidamos, su sacrificio y no sé cómo podemos alzar la

vista hacia ellos. Hasta que nos quede un hálito de vida, tenemos el sagrado deber, de luchar y uniros a todo lo que sea sano y beneficie a los demás. Como ejemplo de ello, los jóvenes que idearon los actos en La Plaza de la Bandera, hizo renacer, una pequeña luz de esperanza en nuestros corazones, debemos apoyarlos para que continúen en ese sendero de reclamar, cuando nos pisotean y violan las leyes. Así podemos disfrutar de un nuevo amanecer, que nos caliente el alma y nos dé fuerza y haga florecer en todos los dominicanos, todo lo bueno, bello y verdadero. Loor a los miembros de la Raza Inmortal!! Serán siempre nuestro ejemplo por el amor a la libertad.

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06 NACIONALES

Milton Morrison revela encontró mafia en Edesur Minou Tavárez exige justicia “para verdugos de SANTO DOMINGO.- El gerente general de Edesur, Milton Morrison, reveló este lunes que encontró una mafia interna con las empresas contratistas y empleados que a lo largo de la historia de la compañía han estructurado esquemas ilegales de cobros de energía fuera de lo que es la distribuidora. Expresó que han descubierto varios casos así y de igual manera se encuentran sancionando y desvinculando a las personas involucradas, estas declaraciones las ofreció durante una entrevista realizada en el progra-

Milton Morrison.

ma “Una Nueva Mañana” conducido por Colombia Alcántara y transmitido de lunes a viernes a las 7 a.m. por Teleradioamérica. El funcionario explicó que el reto más importante de cualquier empresa distri-

buidora es el combatir la cultura de hurto y robo de energía y de no pagar la factura. Aseveró que la pandemia ha impactado de manera económica trayendo como consecuencia que en los últimos meses 700 o más clientes comerciales e industriales han dado de baja a su servicio, declarando que no pueden pagarlo, pero muchos han tendido a ir a la ilegalidad y que actualmente se encuentran trabajando para romper con ese esquema de ilegalidad y llevar a esos usuarios a clientes.

la gesta”; reconocen a luchadora antitrujillista

SANTO DOMINGO.- La Comisión de Efemérides Patria celebró este lunes el 62 aniversario de la Gesta del 14 de Junio, en Constanza Maimón y Estero Hondo, donde Minerva Josefina Tavárez Mirabal (Minou), hija de Manolo Tavárez Justo y de Minerva Mirabal, reclamó justicia ”para los verdugos de la gesta”. ”Hay que ir poniendo las cosas en su lugar, nada de borrón y cuenta nueva… a los sobrevivientes y a los familiares de las víctimas les debemos el reconocimiento

de su dignidad y la sanción posible a sus victimarios”, expresó Minou. En su discurso resaltó que Elsa Peña Nadal “el 22 de septiembre de 1971 presen-

ció con 8 meses de embarazos como agentes del Estado asesinaban a su esposo en una calle de Santo Domingo”. Tavárez Mirabal, también pronunció unas palabras en honor al ingeniero Leandro Guzmán, destacando la necesidad de conocer el pasado. Mientras que Ysabel Vargas, presidenta de la Fundación Héroes de Constanza Maimón y Estero Hondo, dijo que la gesta de hace 62 años posibilitó conciencia democrática y garantías de derechos.

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Alexis Victoria Yeb se perfila como presidente del Senado; recibe apoyo de legisladores del PRM y FP SANTO DOMINGO.- El senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia María Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb, se perfila como el próximo presidente del Senado de la República tras el apoyo que ya empieza a recibir de sus colegas. Al menos 12 senadores del PRM apoyan a Victoria Yeb y unos cuatro de la Fuerza del Pueblo, según establece un comunicado de prensa. Otro de los aspirantes es el senador por Sánchez Ramírez, Ricardo de los Santos, según reveló este lunes el propio legislador.

Alexis Victoria Yeb, Senador.

De los Santos sostuvo que otros senadores del PRM también están aspirando a dirigir ese órgano legislativo, cuya escogencia está prevista para el 16 de agosto. “Dentro del PRM hay muchos aspirando. Están Santiago Zorrilla, de El Sei-

bo; Franklin Romeo, de Duarte; Lía Díaz, de Azua; Ginete Bournigal, de Puerto Plata; Alexis Victoria, de María Trinidad Sánchez y quien les habla de provincia Sánchez Ramírez”, indicó De los Santos al ser entrevistado en el programa Hoy Mismo, que se transmite por Color Visión. Sostuvo que los estatutos del PRM establecen que la candidatura la determina la Dirección Ejecutiva del partido. De acuerdo a informaciones extraoficiales, el actual presidente, Eduardo Estrella, también buscaría repetir en el cargo.

¿Por qué han subido de precios los materiales de construcción en RD?; ingeniero explica razones SANTO DOMINGO.-El ingeniero y promotor inmobiliario Ivanov Collado, afirmó ayer que los aumentos que han registrado los precios de los artículos de la construcción se deben a una combinación de factores, entre los que citó merma en la producción de materiales debido a la pandemia del coronavirus. Collado entiende, además, que dichos aumentos también se deben al cierre del mercado chino, por la causa indicada más arriba, ya que, según dijo, este país es desde donde se importa la mayoría de materiales de construcción al territorio dominicano. “A esto le sumamos el precio del flete marítimo, donde a principios de la pandemia un contenedor de 40 pies traído desde China pagaba US$1,973.00 y al día de hoy, el mismo contenedor, paga cerca de los US$12,500.00, para un aumento de alrededor de un

600 %”, indicó Collado a través de un documento remitido a la prensa. En ese sentido, Collado recordó que, en todos los mercados, a mayor demanda, mayor es el precio. El experto en el tema sostuvo que el sector inmobiliario en la República Dominicana y en el mundo, tuvo un gran repunte en ventas durante la pandemia y atribuyó una parte importante de ese repunte a las ayudas federales del gobierno de los Estados Unidos, que es el principal exportador de remesas hacia República Dominicana. ¿Eso fue bueno o fue malo?, se pregunta el ingeniero y promotor inmobiliario. “En el mercado de

Estados Unidos la madera ha aumentado cerca del 250 % y en los mercados asiáticos el acero cuesta alrededor de 800 dólares la tonelada (atado)”, indicó. Collado afirmó que en todos los países de Latinoamérica el saco de 42.5 kilogramos (kg) de cemento portland ronda los 10 dólares, así como se ha producido un aumento de más de un 40 % en los materiales de electricidad y plomería. Mano de obra

“En el área de pisos hemos tenido un aumento a nivel mundial de más de un 25 % por causa de los precios del transporte marítimo, sin mencionar la mano de obra, que se ha incrementado cerca de un 18 %”, apuntó. Dijo que, debido a la demanda, el precio de los terrenos “en nuestra ciudad” ha aumentado en más de un 50 %, con tendencia a subir.

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NACIONALES 07


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08 NACIONALES

Pablo Ulloa al jurar como el nuevo Defensor del Pueblo: “Estamos decididos a hacerlo bien” Pidió un minuto de silencio en memoria de expedicionarios LILLIAM MATEO Foto: Daniel Duvergé

SANTO DOMINGO.- El doctor Pablo Ulloa afirmó este lunes, tras ser juramentado como nuevo Defensor del Pueblo en el Senado de la República, que asume este reto y compromiso, junto a un equipo de hombres y mujeres, que están decididos a hacerlo bien. El juramento fue tomado por el presidente del Senado, Eduardo Estrella, en un acto que contó con la participación del titular de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, otros legisladores e invitados especiales. “Venimos a contribuir con el fortalecimiento institucional y democrático de la República Dominicana a través del respeto de la Dignidad Humana y la consolidación del Estado Social Democrático de Derecho, tal cual nos manda la Constitución de la República”, dijo. El ingeniero Estrella aseguró que el Senado y la Cámara de Diputados agotaron un proceso transparente e independiente para elegir al Defensor, suplentes y adjuntos. También se juramentaron, Roberto Carlos Quiroz,

Pablo Ulloa, al ser juramentado por el presidente del Senado, Eduardo Estrella, junto a los adjuntos y suplentes; Roberto Carlos Quiroz, Miguel Antonio Maldonado, Ana Leticia Mateo y Darío Antonio Nin.

Ulloa consideró que es tiempo de unión, de responsabilidad, conciencia y esperanza como nación. “Atravesamos la más grande crisis sanitaria y económica en más de 100 años, a causa de la pandemia del COVID-19. Y este es el momento, cuando la Patria nos convoca, y nos necesita unidos”, precisó. Día histórico

primer suplente; Miguel Antonio Puello, segundo suplente. Asimismo, como primer adjunto, Ana Leticia Martich, y Darío Antonio Nin, como segundo adjunto. Ulloa, acompañado de su esposa Marleni Pimentel Cavagliano, y de su hijo Enrique, expresó que inicia una gestión de seis años, con una tarea inmensa. “Vamos a ser canalizadores de soluciones. Ofreceremos nuestras manos de amistad y de convivencia armoniosa, pero siempre con la energía necesaria para exigir lo que por ley o mandato constitucional le corresponde a todo ciudadano”, subrayó. Comenzarán, señaló, con un acercamiento con los ciudadanos y ciudadanas para que conozcan el Defensor, cuáles son sus funciones y

dad a la Constitución de la República”, agregó. Buena administración

VER VIDEO

las vías de cómo la institución puede asistirse en caso que lo necesiten. Resumió la gestión en tres grandes columnas: Educativa, Garantista y Organizacional. “Con el objetivo de que al concluir con nuestro deber, el corazón se nos llene de júbilo, por haber Legitimado Socialmente la institución, basado en los resultados que le presentaremos a la Sociedad Dominicana y la fideli-

“Convertiremos el Defensor del Pueblo en un genuino garante de la buena administración pública y un referente en el Estado de la gestión de los procesos basados en la calidad”, garantizó Ulloa. Asimismo, se comprometió con lograr una institución fundamentada en valores como la independencia, accesibilidad, transparencia y eficiencia. Adelantó que para poder ofrecer una buena defensa, tienen que disponer de las condiciones adecuadas para que el personal labore de manera digna. Unión en estos tiempos

Ulloa calificó este lunes, 14 de junio, como día histórico, pues se conmemora el 62 aniversario de las Expediciones de Junio de 1959, contra la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. Pidió un minuto de silencio en memoria del sacrificio, amor a la patria, a la libertad y la democracia de los héroes de la gesta, así como por el dolor de sus familiares. En homenaje a los expedicionarios, recordó, la zona donde está ubicado el Palacio del Congreso Nacional, se denomina Centro de los Héroes de Constanza Maimón y Estero Hondo. Tres ejes para hacer gestión de calidad

Su propuesta, dijo a El

Nuevo Diario, la construyó en tres ejes fundamentales: legitimar socialmente al Defensor del Pueblo mediante un proceso de modernización e institucionalización; el nuevo Defensor del Pueblo será accesible, transparente y eficiente e independiente. Para lograrlo, manifestó Ulloa, diseñó junto a un equipo un “Plan de Gestión con tres ejes fundamentales: El Garantismo, secretaria general robusta enfocada en la atención al Ciudadanía; investigación: la notificación y Litigio Estratégico cuando fuese necesario, basado en el principio de neutralidad. Segundo: educativo, oficina de oportunidades a través de la Escuela del Defensor del Pueblo, trabajo directo con jóvenes, defensor delegado donde entrarán los grupos organizados; creación del Instituto de Altos Estudios; tecnología de Información, control ciudadano, Educación de los Derechos Fundamentales de la Primera Infancia. Tercero: Organización, que genere los manuales de reglamentos y fortalezca el relanzamiento institucional necesario; Cuarto: El ser humano, el DF debe ser experto en administración Pública.

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DRA. NANCY ÁLVAREZ www.NancyAlvarez.com

No vinimos a la Tierra a vivir solos En mi país dicen que las mujeres que se quejan por no encontrar pareja y temen al matrimonio, "le prenden 10 velas a los santos para conseguir marido, pero por detrás le prenden 20 para que no aparezca". Otros insisten en que el matrimonio es la "tumba del amor", y algunos viven juntos y no se casan por miedo a que "todo se dañara, se derrumbara". Con este tema hicimos un programa en dranancy.com, y la verdad es que fue muy interesante. Un venezolano preguntó a una colombiana si ella no encontraba hombre. Le contestó que sí. Le pide a Dios un compañero, pero reconoce que tiene miedo al compromiso. Tomó la decisión de no hablar de miedo y seguir creyendo que Dios tiene algo para ella. Prefiere estar sola, y no un hombre que venga a "joderle la vida". Por miedo a quedarse solterona, pidió a su mamá un consejo, y ella le dio la novena de San Antonio… y se le perdió el santo, nunca lo encontró. Decidió hablar directamente con Dios, sin intermediarios. "Él sabe lo que necesito", dice. Y ella espera que él se lo mande. Entonces me dirijo al venezolano, y le digo: los hombres son los que nunca se quieren casar, ¿verdad? ¿A usted no le pasó lo mismo? Él dice que una mujer segura no está detrás de nadie, no tiene la necesidad de correr detrás de otro. Para buscar una pareja, debes antes aprender a vivir solo. Entro yo al tema: la realidad es que la gente se casa sin saber escoger pareja. En EEUU, las mujeres se casan por dinero, por no estar solas, etcétera. Una pareja es un espacio de comunicación de emociones y sentimientos. Cada persona busca pareja para resolver temas no resueltos de la niñez. Una pareja se debe escoger bien. Usted no se casa por estar enamorada. Nadie tampoco le está pagando para recoger toda la porquería que hay en el mundo. El matrimonio es algo serio. Dicen los dos que tienen miedo a la intimidad, y creen que convivir acaba el amor y la pareja. No quieren mudarse juntos. Cada uno en su casa. Les molesta estar pegados y abrazados en la cama. Cada quien por su lado. Cierro el programa contando mi historia y mi miedo a la intimidad. Les cuento cómo hoy amo a mi pareja y soy muy feliz: dormimos abrazados como dos chicles, nos encanta andar juntos y casi nunca nos separamos. Perder el miedo al matrimonio y al compromiso, no fue fácil. Lo logré después de ir a terapia por años, de trabajar mi miedo a entregarme. Enfrentar los miedos y superarlos es el único camino. El hombre no vino a la Tierra a vivir solo. Solo el matrimonio ayuda a crecer emocionalmente.

NACIONALES 09

María Cristina Camilo, la preferida por los lectores y seguidores de El Nuevo Diario para ganar el Gran Soberano 2021 La centenaria profesional de la comunicación inició su carrera en la locución, luego de asistir a una convocatoria de La Voz del Yuna, que escuchó a través de una publicación en la cual solicitaban a cinco locutores, resultando ser ella una de las electas. HÉCTOR ROMERO hector@dparranda.net

El esperado día para la celebración de Premios Soberano 2021 ha llegado a su hora cero, y desde ya muchos fanáticos han apostado a que sus artistas favoritos se llevarán algunas de las estatuillas a sus casas. Uno de los reconocimientos que más ansias ha causado es el del Gran Soberano, máxima distinción de cada premiación, que hasta el momento la Asociación de Cronistas de Arte (Acroarte) no han aclarado si solo se entregará uno en la edición 36 del premio o serán dos para dividirlo entre el 2019 y 2020. Entre los nombres que el público ha expresado que espera que se lleven la más grande estatuillas están la comunica y actriz Maía Cristina Camilo; el presentador de televisión Jochy Santos; los bachateros Luis Segura y José Manuel Calderón; la cantante Angela Carrasco, y el salsero José Alberto “El Canario”. En la encuesta realizada por El Nuevo Diario, la ganadora por preferencia de los lectores ha sido María Cristina Camilo quien obtuvo el 64 % de los votos, mientras que en

NUESTRA ENCUESTA ¿Quién debe ser el gran Soberano 2021? MARÍA CRISTINA CAMILO 65%

LUIS SEGURA 15%

segundo lugar quedó Luis Segura con 15 %, José Manuel Calderón 8 %, Jochy Santos 7 % y Ángela Carrasco 6 %.

JOSÉ MANUEL CALDERÓN 8%

Sobre María Cristina Camilo

Con 102 años de edad, María Cristina Camilo es la primera locutora de República Dominicana y el primer rostro femenino en la televisión criolla. La centenaria profesional de la comunicación inició su carrera en la locución, luego de asistir a una convocatoria de La Voz del Yuna, que escuchó a través de una publicación en la cual solicitaban a cinco locutores, resultando ser ella una de las electas.

ÁNGELA CARRASCO 6%

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JOCHY SANTOS 6%

A partir de esa selección se dio origen a lo que en esa época fue considerado un fenómeno en la comunicación en el año 1952, por ser la primera locutora nacional en hablar por La Voz Dominicana, la tercera en América. Además, dejó inaugurada la televisión criolla con el programa Romance Campesino, con Macario y Felipa (Toña Colón, y Luis Mercedes Miches).

María Cristina Camilo


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10 ECONOMICAS

ECONOMICAS Gobierno presenta propuesta para un Pacto por el Agua, supondrá una inversión de US$8, 500 MM LING ALMÁNZAR

Sindicalistas pedirán aumento salarial de un 40 %, mientras los empresarios aguardan

Se derraman 28.000 litros de crudo en Cuba

LA HABANA, CUBA.- Un accidente cuyas circunstancias todavía se desconocen provocó el domingo un derrame de unos 28.000 litros de crudo en la provincia cubana de Matanzas (occidente), informó este lunes el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (Citma) de la isla.

Combustibles

Valor

Gasolina Premiun

RD$252.20 RD$239.30 RD$202.40 RD$184.90 RD$127.10

Gasolina Regular Gasoil Óptimo

SANTO DOMINGO.- Las autoridades presentaron este lunes la propuesta por el Compromiso Nacional para el Pacto por el Agua, en un acto encabezado por el presidente Luis Abinader en el Palacio Nacional, y que supondrá una inversión de 8,500 millones de dólares en los próximos 15 años. Con la participación de los representantes de los principales sectores sociales, el Pacto fue desglosado en sus alcances y se informó que consiste en un plan estratégico a 15 años (20212036), que será financiado con recursos locales, donaciones y préstamos internacionales. En la ocasión, Abinader lo definió como un “pacto por la vida de todos los dominicanos”, y destacó que se trata de una ambiciosa iniciativa que incluye la rehabilitación y mantenimiento de las cuencas y las presas, así como otras obras para asegurar que el líquido llegue a todas las familias del país. Señaló que para el resto de su gestión, ya están identificados los fondos, pero es necesario consensuar y firmar el Pacto para que los próximos gobiernos le den continuidad al Estado. Por cierto, dijo que ponderan la posibilidad de que el acuerdo sea convertido en ley para asegurar que sea respetado y cumplido por futuras gestiones.

LING ALMÁNZAR

Presidente Luis Abinader encabeza presentación de la propuesta sobre el agua.

El mandatario expresó que se pueden solucionar los problemas en el sector agua, pero, para lograrlo, es necesario unir voluntades, capacidades y recursos, en torno a dicha temática. Asimismo, habló de la necesidad de proteger los asentamientos humanos ante posibles catástrofes, y detalló que el Pacto consiste en seis ejes: Gestión del sector, Adecuada atención a las cuencas, Gestión eficiente de la demanda, Priorización del uso, Valoración del agua como recurso vital, Suministro eficiente en calidad y

cantidad. El gobernante precisó que se pondera la construcción de obras como la presa de río Haina, así como la del Alto Yuna y la del Artibonito. Asimismo, fue enfático al afirmar que “ninguna obra que afecte las aguas será aprobada en este Gobierno”, y subrayó la necesidad de aprobar la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo para regular el sector y definir las áreas que ameritan protección medioambiental para evitar desmanes y contaminación ecológica.

Los seis ejes del Pacto: ✔

Gestión del sector

✔

Adecuada atención a las cuencas

✔

Gestión eficiente de la demanda

✔

Priorización del uso

✔

Valoración del agua como recurso vital

✔

Suministro eficiente en calidad y cantidad.

SANTO DOMINGO.- Se habla de un incremento salarial que deberá ser discutido y consensuado por los sectores que conforman el seno del Comité Nacional de Salarios (CNS), y desde ya cada parte prepara su propuesta para presentarla al organismo. Cada uno va preparado, con su as bajo la manga y dispuesto a dialogar. Informaron que pedirán un 40 % de aumento salarial, a partir de este martes que es cuando se reunirá el CNS. Entonces se pondrán las cartas sobre la mesa para empezar a barajar la partida. Esta vez la urgencia es mayor que antes, pues el covid ha desatado también una crisis económica honda y catastrófica: quiebra de negocios, frustración de iniciativas propias, desempleo disparado, bancarrota de muchos bolsillos. Además, los trabajadores sufren la escalada de precios en la canasta básica: los productos más populares se han encaramado, volviéndose inalcanzables para muchas familias.

Rafael –Pepe- Abreu.

Gasoil Regular Propano Gas Natural

RD$28.97

Monedas Compra Dollar Euro

$56.00 $67.00

Ventas $57.50 $72.00

Resaltan incremento exportaciones del oro, el ferroníquel, cobre y zinc SANTO DOMINGO.- La presidenta de la Asociación Dominicana de Exportadores (Adoexpo), Elizabeth Mena, resaltó este lunes el incremento en el mes de abril, de las exportaciones de oro en un 18 %, el ferroníquel en un 4 %, el concentrado de cobre un 123 %, el concentrado de zinc un 87 %. Mena indicó que las referidas exportaciones del renglón de la minería ”registraron de enero a abril del 2021, un monto total exportado de USD$799 millones 798 mil 727”. Destacó que ese sector se encuentra con mayor resiliencia y diversificación tras el impacto provocado por la pandemia del coronavirus. Este martes se celebra el Día Nacional del Exportador y Adoexpo festeja su 49 aniversario. Agregó que Adoexpo está trabajando de la mano con las nuevas autoridades, en especial con el Ministerio de Relaciones Exteriores (MI-

Elizabeth Mena, presidenta de Adoexpo.

REX), ”para articular las estrategias necesarias para afianzar los mercados que tenemos e impulsar las exportaciones a nuevos destinos y diversificar aún más nuestra matriz exportadora”. Aseguró que ”Adoexpo está convencida de que, para lograr una mayor inserción en los mercados internacionales, es de vital importancia poder contar con una estrategia que haga posible desarrollar a nivel local, los sectores con alta productividad y competitividad en los mercados globales”.

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TOGA DGII somete a justicia empresa por un fraude de RD$4,747 MM

SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) empezó un proceso penal por fraude tributario que asciende a RD$4,747 millones contra la empresa Consorcio Tecno Deah y Omar Pedro Tomás Bros Vásquez, quien se encuentra detenido en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva; Irina Pérez Leroux y Jordi Omar Bros Pérez, ambos prófugos de la justicia. El 15 de marzo del 2021, la institución recaudadora depositó una denuncia formal ante el Ministerio Públi-

co contra los acusados por defraudación tributaria, perjurio, fabricación clandestina de alcohol, estafa y lavado de activos contra el Estado dominicano, solicitando la investigación y persecución penal de los mismos. De la investigación que se ha estado llevando junto al Ministerio Público se evidencia que desde el período fiscal 2010 hasta el 2018, el Consorcio Tecno Deah, S.A. empresa dedicada a la destilería de alcohol, por medio de maniobras fraudulentas, indujo al engaño a la admi-

nistración tributaria mediante la simulación de compras locales ficticias, la adquisición de litros de alcohol para producción no reportadas, ventas clandestinas millonarias. De igual forma, la DGII determinó que el Consorcio Tecno Deah vendía clandestinamente materia prima para producir alcohol a otros contribuyentes que tienen casos de delitos tributarios en la justicia. La DGII sostiene que el pasado 13 de abril de 2021 fue ejecutada la orden judicial de allanamiento en el lugar donde opera la oficina administrativa del Consorcio Tecno Deah, S.R.L. RNC 13009423-3, ubicada en la avenida Lope de Vega No. 59, local C-4, Plaza Lope de Vega, tercer piso, ensanche Naco, Distrito Nacional, donde fueron ocupados documentos a través de los cuales “se constató la existencia de un esquema de estafa con el objetivo de inducir al engaño a la Administración Tributaria”.

Presentan acusación contra red de Miky López por drogas SANTO DOMINGO.-El titular de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos, Luis González, y la procuradora fiscal titular de La Vega, Aura Luz García, depositaron acusación contra Miguel Arturo López Florencio, alias Miky López, y otros cuatro integrantes de una organización criminal dedicada al narcotráfico internacional.

Miguel Arturo López Florencio, alias Miky López.

Los magistrados junto a un equipo de fiscales, pudieron concluir la imputación

que han denominado “La acusación de acero”, por la contundencia de las evidencias reunidas, las que facilitarían obtener una condena al cabo de un juicio de fondo. Además de Miky López, fueron acusados sus dos hijos Miguel Arturo López Pilarte y José Miguel López Pilarte, además de Ada María Pilarte y José Antonio Román.

TOGA 11

UN DÍA COMO HOY 15 de junio de 1962, creación del Instituto del Tabaco, fundado como entidad autónoma y descentralizada, mediante la Ley Núm. 5961 y se dispuso que los fondos que percibía pasarían a la Secretaría de Estado de Agricultura.

El MP deposita pedimento de prisión preventiva a implicados Operación 13

Promipyme somete a empleados de pasada gestión por emitir préstamos a fallecidos

Fiscal Mirna Ortíz. (Foto: Daniel Duvergé)

ISMAEL HIRALDO

SANTO DOMINGO.- Las autoridades del Ministerio Público depositaron en la tarde de este lunes ante un juzgado de instrucción el pedimento de prisión preventiva y la declaratoria del caso complejo para todos los implicados en la denominada Operación 13 por supuestas irregularidades en la Lotería Nacional. Un grupo de fiscales, encabezados por Mirna Ortíz, acudió al Palacio de Justicia para hacer el formal depósito de su solicitud luego de que el sábado pasado fueron arrestadas 10 personas por estar supuestamente ligadas a un fraude efectuado en un sorteo de la institución. La coordinadora de los juzgados de instrucción, Kenya Romero, fijó la audiencia de medidas de coerción para este miércoles en horas de la mañana. Ortíz, tras depositar un legajo de pruebas ante el juez de instrucción, expresó que los involucrados en el caso se convirtieron en “verdaderos estafadores de sueños”

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que, a juicio de la fiscal, robaron los sueños de miles de dominicanos que aguardaban la esperanza de salir ganadores en algunos de los sorteos encabezados por la Lotería Nacional. La coordinadora de Litigación de la Procuraduría General (PGR) indicó que este caso, al igual que otros, está jurídicamente blindado con evidencias que demuestran la participación directa de los 10 arrestados. Los arrestados por el caso son el suspendido director de la Lotería, Luis Maisichell Dicent, William Lisandro Rosario Ortíz, Valentina Rosario Cruz, Jonathan Brea, Carlos Berigüete, Miguel Mejía, Felipe Santiago Toribio, Rafael Mesa, Eladio Batista Valerio y Edison Perdomo Peralta.

SANTO DOMINGO.- Al menos cinco empleados del Consejo de Promoción y Apoyo a Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Promipyme), con asiento en Monte Plata, son acusados por el Ministerio Público de realizar una supuesta estafa millonaria. Unos RD$8.4 millones logró obtener el grupo de empleados contratados desde la pasada administración de Gobierno, tras emitir 19 préstamos el mes de marzo, en contubernio con una empleada del Banco de Reservas, a nombre de personas fallecidas y otras que no eran notificadas. Por el hecho, fueron detenidos José Miguel Moreno Castillo, a quien se señala como cabecilla de la banda, y figura en la nómina de Promipyme desde el 2017, Nelson Julio Ortíz Mercedes, alias El Cojo, quien procedía a retirar los préstamos; mientras, se encuentran prófugos de la justicia Víctor Alcántara, Cristian Manuel Santos Arias y Kisairys Elena Mieses Saturria, quien era empleada del banco y firmaba las emisiones de los préstamos, precisa un documento del Ministerio Público. El expediente acusatorio señala que la “banda” se aprovechó de una feria de préstamos otorgados por Promipymes en marzo del presente año por más de RD$26.5 millones para filtrar y mezclar los expedientes falseados con los que agotaron su proceso normal.

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12 NOVEDADES

NOVEDADES

Yandel agradece reconocimiento

El reconocido reggaetonero de origen puertorriqueño, Yandel recibirá este martes un Soberano Internacional por su trayectoria en la música urbana.

Favoritos a ganar Premios Soberano por sus trabajos del 2020 REDACCIÓN END

El día para la celebración de Premios Soberano ya llegó, y cada hora que pasan crecen las expectativas de quienes serán los reconocidos por la Asociación de Cronistas de Arte (Acroarte), en cada una de las categorías de los dos años a evaluar. Como cada edición, El Nuevo Diario les trae los favoritos a ganar, en esta ocasión correspondiente a los nominados por el año 2020: 1. DRAMA CINEMATOGRÁFICO

Wazon Brazobán.

2. DIRECTOR DE CINE

• Iván Herrera, Cabarete • Héctor Valdez, Malpaso • Leticia Tonos, Mis 500 locos 3. ACTOR DE CINE

• Luis José Germán, Mis 500 locos • Luis Bryan Mesa, Malpaso • Adeuri Corniel, Cabarete • Vicente Santos, Malpaso • Amauris Pérez, Papi

Frank Reyes.

Luis José Germán.

8. COMEDIANTE 4. ACTRIZ DE CINE

• Jane Santos, Mis 500 locos • Avril Alcántara, Papi • Olga Bucarelli, Papi 5. PROGRAMA DIARIO DE ENTRETENIMIENTO

• Cabarete, Iván Herrera / Juan Martínez Veras • Malpaso, José Ramón Alamá • Papi, Rafael Elías Muñoz • Mis 500 locos, Rafael Elías Muñoz

Santiago Matías.

• Esta noche Mariasela • El show del Mediodía • De extremo a extremo 6. REVISTA SEMANAL DE VARIEDADES

• Es temprano todavía • Con Jatnna • Noche de Luz • Me gusta de noche • Pamela todo un show

• Noel Ventura • Fausto Mata • Geovanny Jerez • María Tavárez • Gerald Ogando 9. VIDEOCLIP

• Amor Intermitente, Ilegales, Director: Freddy Vargas • Tengo derecho, La Insuperable, Director: Rodrigo Rodríguez • Varón, Vakeró, Director: Luis Gómez Film • Llórame, TechyFatule, Director: Fernando Rivas • 27 mensajes, Lápiz Conciente/Shadow Blow, Director: Wayne Liriano

• El Show de Silvio Mora • William Ramos TV • Zoombando, Manolo Ozuna • La Mesa de Duck Tape • Vladimir Jáquez 12. ORQUESTADOR Y/O ARREGLISTA

• Moisés Sánchez • Edwin García • Antonio González 13. COMPOSITOR Y/O AUTOR DE LETRAS

• Manny Cruz • Pavel Núñez • Daniel Santacruz • Wazon Brazobán 13. BACHATA DEL AÑO

7. COMUNICADOR DESTACADO EN EL EXTRANJERO

• Alipio Cocco • Darling Burdiez • Brea Frank • Rafael Bello • Sergio Carlo

10. YOUTUBER DEL AÑO

• Carlos Durán • Yarissa Rodríguez • Santiago Matías • Sergio Carlos • Adolfo Lora 11. PROGRAMA DIGITAL DEL AÑO

• Carita de inocente, Prince Royce, Comp.: Geoffrey Royce Rojas, Yonayhan Then y D’Lesly Lora • Decidí, Frank Reyes, Comp.: Daniel Monción • El placer del sexo, Elvis Martínez, Comp.: Miguel Braho

14. ARTISTA Y/O AGRUPACIÓN DESTACADA EN EL EXTRANJERO

• Natti Natasha • Prince Royce • El Alfa • Cardi B 15. MERENGUE DEL AÑO

Kiko el Crazy.

• Las Canciones que amo, Ricardo Montaner, Productor: César Suárez Jr. • Más de cien, Johnny Ventura, Productor: René Brea • Stay Home VIP Real, Banda Real, Productor: Bericlito Espinal • Reloaded, Eddy Herrera, Productor: René Brea

• Santo Domingo, Manny Cruz, Comp.: Manny Cruz • Me miró y la mire, Omega, Comp.: Antonio Peter de la Rosa 16. ARTISTA URBANO

• El Alfa • Don Miguelo • Chimbala • Rochy RD • Secreto 17. CONCIERTO STREAMING DEL AÑO

• El Torito Mundial, Héctor Acosta, Productor: René Brea

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18. COLABORACIÓN DEL AÑO

• Ella ya me olvidó, Omega y Kalimete • El Juidero, Bulín 4 7 y Chimbala • Dame Luz, Martha Heredia y Químico Ultramega • Nuestro Amor, Romeo ft. Alex Bueno 19. REVELACIÓN DEL AÑO

• Ross María • Kiko el Crazy • Nino Freestyle • Jay Menez


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TEMARIO NAPOLEÓN BERAS PRATS

Cultura firma junto a 12 instituciones convenio Santo Domingo Ciudad Creativa de la Música; busca junto a la Onda difundir conocimientos sobre derechos de autor Un total de 12 instituciones firmó un convenio con la finalidad de promover a Santo Domingo como Ciudad Creativa de la Música, una designación que le fue otorgada por la Unesco en octubre de 2019. El acuerdo fue rubricado en un acto realizado en la Galería Ramón Oviedo, del que fue anfitriona la ministra de Cultura, Carmen Heredia. Además del Ministerio de Cultura, también figuran como signatarios del convenio, la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores de República Dominicana (MIREX), la Comisión Nacional ante la Unesco, la Liga Municipal Dominicana y el Ayuntamiento de Santo Domingo. Por igual, otras entidades signatarias son: Federación Dominicana de Municipios, Federación Dominicana de Distritos Municipales, el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, el Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste y el Ayuntamiento de Santo Domingo Este.

De izquierda a derecha: Waldys Taveras, Jesús Paniagua, Ramón Santos, Manuel Jiménez, Carolina Mejía, José Leonel (Neney) Cabrera, Carmen Heredia, Andrés L . Mateo, Carlos Guzmán, José Andújar, Alfredo Peralta, Kelvin Cruz y Rafael Santos.

La ministra de Cultura Carmen Heredia manifestó: “Hoy es un momento emocionante y a la vez desafiante, pues no es sino un punto de partida, y como tal nos hace sentar las bases e iniciar el camino ilusionante que supone emprender un proyecto de envergadura, como es dar impulso al programa Red de Ciudades Creativas y facilitar las acciones necesarias para promover a Santo Domingo como Ciudad Creativa de la Música, así como apoyar a las ciudades de Salcedo y La Vega, que serán postuladas ante la UNESCO en las categorías de Artesanía y Arte Popular, respectivamente. Cultura y Onda buscan fortalecer Derechos de Autor Con la intención de que el conglomerado creativo del arte cultural conozca sobre el tema de Derecho de Autor, el director de la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), licenciado José Rubén Gonell Cosme, sostuvo un encuentro con la ministra de Cultura, Carmen Heredia, quien acogió las propuestas expuestas. Durante una visita de cortesía al Ministerio de Cultura, Gonell Cosme mostró su preocupación sobre el desconocimiento que posee la clase creativa dominicana en cuanto a los

beneficios materiales que obtienen al registrar sus obras y la importancia de que éstas pertenezcan a las sociedades de gestión que les correspondan. El director de la Onda propuso ofrecer talleres y seminarios educativos, con el apoyo de Cultura, a todos los creativos culturales para que conozcan sobre sus derechos y manejen el tema del derecho de autor. “Nuestra intención es llevar el conocimiento sobre el derecho de autor a todos los creativos del país, que se edifiquen sobre el tema y para eso buscamos el apoyo del Ministerio de Cultura”, expuso Gonell Cosme. En tanto Carmen Heredia agradeció la visita del funcionario de la Onda y acogió con beneplácito las propuestas expuestas por Gonel Cosme. Reconoció la importancia de educar a los artistas, en todas sus áreas, en cuanto al tema y dijo que el Ministerio de Cultura está en la mejor disposición de colaborar con la Onda en su intención de educar en lo concerniente al derecho de autor. Altice adquiere 12 % de British Telecom Group Esta operación convierte a Altice en el mayor accionista de la empresa de telecomunicaciones británica

Patrick Drahi, fundador del Grupo Altice, anunció la compra de 1, 200 millones de acciones de BT Group, el mayor operador del Reino Unido, consolidándose con esta adquisición como uno de los principales grupos de Patrick Drahi, fundador del Grupo telecomunicaciones a nivel Altice mundial. En un comunicado, Altice explicó que ha hecho esta inversión significativa porque cree en la oportunidad de llevar a cabo la expansión sustancial del acceso a una red de fibra para banda ancha a todo el Reino Unido, lo cual es una de las políticas más importantes del gobierno británico. Drahi destacó que “ BT tiene una importante oportunidad para actualizar y ampliar su red de fibra (banda ancha) para brindar beneficios sustanciales a millones de hogares en todo el Reino Unido. “Apoyamos plenamente la estrategia de la dirección para aprovechar esta oportunidad. Altice se ha establecido como uno de los grandes operadores de telecomunicaciones en los Estados Unidos, Francia, Portugal, Israel y República Dominicana, combinando grandes capacidades de ingeniería, con operaciones eficientes, entregando de este modo altos niveles de innovación y servicio para sus más de 40 millones de clientes a nivel global. “Merengue al Cubo” será un segmento estelar esta noche en Premios Soberano

La Asociación de Cronistas de Arte (Acroarte) y la Cervecería Nacional Dominicana (CND) anunciaron con gran regocijo el segmento musical “Merengue al Cubo” en la ceremonia 36 de Premios Soberano 2021, a celebrarse esta noche, a partir de las 7 de la noche, por Color Visión, con la participación de reconocidos exponentes de nuestro ritmo rey. El merengue llega a Premios Soberano con la participación de los más destacados representantes de varias gene-

NOVEDADES 13

raciones merengueras, en un solo escenario y con un único propósito, resaltar el ritmo más internacional de la República Dominicana. En este segmento estarán presentes con toda su cadencia rítmica: Miriam Cruz, Fernando Villalona, Gabriel Pagán, Omega, Héctor Acosta – El Torito – Manny Cruz y Eddy Herrera. El productor artístico René Brea. al crear y darle vida a esta idea, expresó: “Vamos a elevar exponencialmente el merengue, combinando sus exponentes, entre las nuevas caras con los que ya están establecidos. Apoyar a los talentos nuevos que están interesados en hacer merengue, para dejar claro que nuestro ritmo por excelencia sigue vivo y seguirá vivo, por todas las generaciones, porque el dominicano es merengue por los siglos de los siglos”. Artistas promueven vacunación contra el COVID – 19 con talleres móviles del INFOTEP

Rafael Santos Badía, director general del INFOTEP y Daniel Rivera, ministro de Salud Pública, encabezaron el encuentro con los artistas.

El Ministerio de Salud Pública y el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), realizaron un encuentro con artistas de los géneros urbano, merengue y bachata, con el propósito de promover la vacunación que se realiza a través de los talleres móviles que facilitó la institución formadora. Al encuentro, encabezado por el ministro de Salud, Daniel Rivera y el director general del INFOTEP, Rafael Santos Badía, asistieron los artistas: Rafa Rosario, Héctor Acosta – El Torito – Luis Miguel del Amargue. Topo Point, Bulín 47 y el Mayor Clásico. Todos emitieron mensajes llamando a la población a vacunarse para volver a la normalidad y tener acceso a sus presentaciones. Santos Badía expresó que el INFOTEP tiene una magnífica infraestructura móvil que ha puesto a disposición de Salud Pública para acercar los puntos de vacunación a las comunidades donde viven personas de escasos recursos económicos. “Cuando un alto porcentaje de personas se vacune, tendremos la oportunidad de recuperar el tiempo y los recursos perdidos, ayudando a reanudar la vida social”, enfatizó Santos Badía. De su lado, el ministro de Salud Pública agradeció a cada uno de los artistas que accedieron a promover la campaña de vacunación contra el COVID–19 porque es una forma idónea de competir contra este mal.

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14 LEGAL

AVISOS LEGALES PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA

De conformidad con el artículo 42 de la Ley 1306-bis, se hace de público conocimiento la publicación del divorcio por mutuo consentimiento de los esposos Leonardo Antonio Novas Martínez y Laura Rosanna Ramírez, el cual fue admitido por la Sentencia Civil No.1288-2020-SSEN-00756 de fecha veintinueve (29) del mes de octubre del año dos mil veinte (2020), dictada por la Cuarta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, y cuya parte dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por mutuo consentimiento de los esposos Leonardo Antonio Novas Martínez y Laura Rosanna Ramírez, por haber sido interpuesta conforme al Derecho. SEGUNDO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los conyugues señores Leonardo Antonio Novas Martínez y Laura Rosanna Ramírez, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento, por tratarse de Litis entre esposos. DADA Y FIRMADA vía electrónica ha sido la sentencia que antecede por el magistrado que figura en el encabezado, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día veintinueve (29) del mes de octubre del año dos mil veinte (2020), por ante mi secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos digitales de esta cámara, que se expide, sella y firma a solicitud de la parte interesada, hoy día veintiuno (21) del mes de abril del año dos mil veintiuno ((2021). Firmado mediante firma electrónica, Brenda Adelina Rosario García, secretaria.

VISTA: La autorización de mensura No. 6642021047124, de fecha 27 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por el Sr. BASILIO FELICIANO CEDANO; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha VIERNES 09 de JULIO del año 2021, a las 2:00 de la TARDE, se dará inicio a los trabajos para Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No.236, Distrito Catastral No.08. ubicado en el Cuey, en las coordenadas (x 512857, y 2077757) Municipio de El Seíbo.

VISTA: La autorización de mensura No. 6642021043031, de fecha 15 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por la compañía: SOLID CONSTRUCTION GROUP SCG S.R.L, RNC 1-30-68861-3; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha SABADO 10 de JULIO del año 2021, a las 10:00 de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Sub-División, en el Solar No. 007-5769, Manzana No. 411, Distrito Catastral No.01, ubicado en Residencial Don Pablo, en Bávaro, municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.

FC 407122

Lic. Carlos Francisco Almarante Heredia. Abogado.

AVISO PUBLICACION COMPRA DE ACCIONES DE LA COMPAÑIA PLAZA TURISTICA ARECHE, S.R.L Calle/José Audilio Santana, No.102, Higüey, La Altagracia, Rep. Dom., R.N.C 1-31-95501-2, Registro Mercantil, No. 11012LA De conformidad con la Ley No. 479-08 sobre Sociedades comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitadas y sus modificaciones. Mediante la presente, se hace de público conocimiento, que la indicada compañía ” PLAZA TURISTICA ARECHE, S.R.L en su ASAMBLEA EXTRAORDINARIA, celebrada en fecha 14/05/2021, en la Ciudad de Higüey, Provincia La Altagracia, fue aprobada la transferencia de ciento sesenta mil (160,000) ACCIONES, con valor nominal de cien pesos 00/100 (RD$100.00) cada una, de manos de la señora DILIA AMADA PALACIO CARPIO, en calidad de cedente (vendedora) a favor del señor SERAFIN ARECHE PALACIO en calidad de cesionario (comprador), Conforme consta en el CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE ACCIONES, de fecha 28/05/2021, debidamente notariada la firma por el DR. SISDRO JESUS CALDERON CASTILLO, Notario Público de los del número del Municipio de Salvaleón de Higüey, matricula 6741.

FC 407101

SR. SERAFIN ARECHE PALACIO, Gerente de la compañía

“SUPLIDORA CALBERT, S.R.L.” Capital Social RD$300,000.00 RNC No. 1-19-50198-2 Registro Mercantil No.2561LA

AVISO DE DISOLUCION DE SOCIEDAD De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2018 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, y sus modificaciones y los Estatutos Sociales, se hace de conocimiento general que la empresa SUPLIDORA CALBERT, S.R.L., en asamblea extraordinaria celebrada el 12 de mayo de 2021, ha decidido disolverse y liquidarse, ya que los socios no tienen interés en seguir las operaciones de la sociedad. En Santo Domingo, Distrito Nacional, doce (12) día del mes de junio del año Dos Mil Veinte y Uno (2021).

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CARLOS ENRIQUE ESPIRITUDSANTO CASTILLO Gerente

AVISO DE MENSURA VISTA: La autorización de mensura No. 6642021043013, de fecha 15 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por el Sr. RAMON ANTONIO MERCEDES; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha SABADO 26 de JUNIO del año 2021, a las 8:30 de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No. 5-A, Distrito Catastral No. 04, ubicado en la calle Baudilio Garrido, en el Naranjo, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia. Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 407105

AVISO DE MENSURA VISTA: La autorización de mensura No. 66642021043935, de fecha 18 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por el Sr. JULIAN PACHE DE MOTA; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha VIERNES 09 de JULIO del año 2021, a las 9:00 de la mañana, se dará inicio a los trabajos mensura para Saneamiento, dentro del ámbito de la parcela No. 968, Distrito Catastral No. 11/9., ubicado Camino a Las Albahacas, en la Estancia, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia. Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 407105

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 407105

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 407105

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA

VISTA: La autorización de mensura No. 6642021047116, de fecha 27 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por el Sra. GRASIELLY NAIROBI RIVERA; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS. UNICO: Que en fecha VIERNES 09 de JULIO del año 2021, a las 4:00 de la TARDE, se dará inicio a los trabajos para Deslinde, dentro del ámbito de la parcela No. 204, Distrito Catastral No. 04, ubicado en la calle Enrique Rijo, Sector 21 de enero, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.

VISTA: La autorización de mensura No. 6642021042998, de fecha 15 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por la Sra. OUNIRIS ACOSTA TEJEDA; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha SABADO 10 de JULIO del año 2021, a las 1:00 de la tarde, se dará inicio a los trabajos para Deslinde, Dentro del ámbito de la parcela No. 67-B-419, Distrito Catastral No. 11/3., ubicado en Veron, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 407105

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com FC 407105

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA

VISTA: La autorización de mensura No. 6642021046004, de fecha 24 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por la compañía: DR4SALE, S.R.L, RNC 1-30-43154-1; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS,UNICO: Que en fecha SABADO 10 de JULIO del año 2021, a las 9:00 de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Nueva Mensura y Refundición, en los inmuebles No.506606760096 y No.506606760796, ubicado en la Av. España esq. Alemania, en el Cortesito, del municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.

VISTA: La autorización de mensura No. 6632021028841, de fecha 15 DE MAYO DEL AÑO 2021, Solicitado por el Sra. ROXANNA DEL CARMEN MOLANO SOTO; SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha VIERNES 16 de JULIO del año 2021, a las 10:00 de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Sub-División, en el Solar No.21, Manzana No. 84. Distrito Catastral No. 01, ubicado en la calle Monte Cristi, Próximo a la calle 16 de Julio, Sector San Carlos, en el Distrito Nacional.

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 FC 407105 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com

PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Hyundai, modelo H-1, color blanco, año 2008, placa No. L261608, chasis No. KMFWBH7HP8U078385, propiedad de NOEMI CARO CASTILLO, cédula No. 001-0864497-2. FC 407094 Hago de conocimiento público el cambio de propietario del Bote de Nombre “PINTORERA”, Matrícula No. BR-P232-4758SDG, propiedad del Sr. Luis Alejandro González Leopardi, en lo adelante figurará a nombre del Sr. Carlos Alberto Silverio Pérez. FC 407097 Hago de conocimiento público la Pérdida de la Matrícula del Bote de Nombre “LA BOHEMIA”, de 14´3” pies de eslora, 4” de manga y 2” de puntal, propiedad del Sr. Rafael Antonio Gil Díaz, Céd. 0470014276-5. FC 407096 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: No. 7305360, Vehículo automóvil privado, marca Hyundai, modelo Sonata Y20, año 2011, color gris, motor No. 1289356, de 5 pasajeros, fuerza motriz (hp/cc), año 2000, placa No. A635316, chasis KMHEC41MBBA289356, propiedad de DOLORES DEL CARMEN MENA VASQUEZ. San Francisco de Macorís. FC 407098

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185 FC 407105 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE MENSURA PARA LOS TRABAJOS DE DESLINDE Y SUBDIVISIÓN PARA PARTICIÓN VISTA: La autorización de mensura No. 6642021037218 de fecha 28 DE ABRIL DEL AÑO 2021, Solicitado por los señores LUCIA DEL RIO, WALTER SANTANA DEL RIO, MARTIRES SANTANA DEL RIO, SANTA SANTANA CARABALLO, DANIEL ABREU MARTINEZ, ESTHER DIVINA ABREU NARTINEZ, MILADYS MORLA, JUAN GABRIEL SANTANA DEL RIO, GERMIN ALEXIS SANTANA DEL RIO Y LA LICDA LIDIA MARMOLEJOS DE LA CRUZ en representación del Sr. JULIO LEONEL TAVERAS PIMENTEL., SE AVISA A LA D.R.M.C., COLINDANTES Y PERSONAS INTERESADAS, UNICO: Que en fecha VIERNES 16 de JULIO del año 2021, a las 9:00 horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos para Deslinde y Subdivisión para Partición, de la parcela No. 67-B-429, Distrito Catastral No. 11/3ra. Ubicado en la calle Higüey-Verón, entrando a la izquierda por el cuartel de la Amet, próximo a Inversiones Rodríguez en el municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.

Agrim. Rokeny Castillo de Peña, Codia 27185, FC 407106 Cel. 849 882 1702, Correo: Rokeny03@hotmail.com

AVISO DE MENSURA

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Quien suscribe la presente, AGRIM. JOSÉ MIGUEL DEL VILLAR MARCANO, CODIA Núm. 37541, teléfono (809) 669-5993, correo electrónico agrim.delvillar@gmail.com; avisa por este medio al público en general que el día VEINTICINCO (25) del mes de junio del año dos mil veinte y uno (2021), a las 9:00 a.m.; daremos inicio a los trabajos de Mensura para deslinde, de tres (03) porciones de terreno contiguas, con extensión superficial de 6,288.60, 8,177 y 8,247.61 metros cuadrados, respectivamente, que totalizan veintidós mil setecientos trece punto veintiún (22,713.21) metros cuadrados, ubicadas dentro del ámbito de la Parcela Núm. 134 del Distrito Catastral Núm. 02, Municipio Rancho Arriba, San José de Ocoa, propiedad del SR. IVAN JAVIER TEJADA VELAZQUEZ, estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, mediante el expediente Núm. 6642021028121, por lo que se realiza el presente aviso para su conocimiento y fines de lugar.

De conformidad con las disposiciones del Articulo 42, contenidas en la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en fecha Veintinueve (29) del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó en sus atribuciones civiles, la Sentencia de Divorcio Por mutuo consentimiento marcada con el No. 531-2021SSEN-00940,cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Nicolás de Jesús Henríquez Martínez y Rosaura Antonia Reyes Valdera, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 02/21, instrumentado en fecha 12 del mes de febrero del año 2021, por ante la Dra. Francisca Rufina López H. de Terrero, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza: Mirtha M. De La Cruz Díaz, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismos día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretada que certifica. Mirtha M. De La Cruz Díaz, Secretaria. El presente divorcio fue pronunciado en fecha Trece (13) del Mes de mayo del año Dos Mil Veintiuno (2021) por ante el Oficial del Estado Civil de la 6ta. Circunscripción, Distrito Nacional, inscrito en el Registro de los Divorcios marcado con el Libro No.00002, Folio No.0167, Acta No.000184, de año 2021, en la Oficialía de la 1era Circunscripción de Distrito Nacional, República Dominicana, a los Catorce (14) días del mes de Junio del año Dos mil Veintiún (2021).

FC 407087

JOSÉ MIGUEL DEL VILLAR MARCANO, Agrimensor Contratista. CODIA Núm. 37541.

TRANSFORMACIÓN DE COMPAÑÍA

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

La sociedad FAMAPE & ASOCIADOS C POR A legalmente constituida de conformidad a las leyes de República Dominicana con su RNC No. 101610964, Registro mercantil No. 81817SD, hace de público conocimiento, que en fecha Seis de Julio del año 2021, llevará a cabo la asamblea general Extraordinaria de transformación y cambio de modalidad societaria de: compañía por acciones C POR A, a sociedad de responsabilidad limitada S.R.L; el balance especial como el informe del comisario de cuenta estarán disponible en el local de la compañía, dicha compañía permanece en la misma dirección y con el mismo domicilio establecido en la constitución de la misma.

En virtud de la Autorización de fecha 13 de mayo del 2021. Se hace de público conocimiento que el día martes 29 de junio del Año 2021, a las 12:00 PM., se realizarán los trabajos de DESLINDE en Parcela No. 1-A del Distrito Catastral No.2/2da, amparada en la Matrícula No. 3000152825 del municipio La Romana, provincia La Romana, R.D., ubicado en la Calle S/N, Lugar Brisa Del Mar, municipio La Romana, provincia La Romana, Con un área de 560.00 metros cuadrados, a petición de: ERASMO MONTERO BERAS. Expediente No. 6632021042335.

Eduard Elias Oviedo Abogado

AGRIM. LUIS MAXIMO SEGURA, Agrim. Contratista. Codia 6436.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida de la Certificación de Registro de Acreedor No.87-2675, Parcela No.9 REF.C-1-D-478, D. C. 18, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 272.73 mt2., propiedad de Diesco C. Por A., tiene inscrita una hipoteca en primer rango a favor la Asociación Popular de Ahorros y Préstamo, la cual ha sido totalmente pagada.

Por la presente se hace de público conocimiento que se ha perdido o extraviado el certificado financiero marcado con el número 402-01-162-001244-9, por valor de un millón ciento ochenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,180,000.00), de fecha 31 de mayo del 2011, expedido por el Banco de Reservas de la República Dominicana (Banreservas), a favor de los señores Nelson Agapito Cabrera Figuereo, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral número 0010566990-7 y Pamela Cabrera López, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral número 225-0054421-2, domiciliados y residentes en la calle Miguel Angel Báez, número 4, apartamento 12-C, torre Panorama, Ensanche Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional.

FC 407100

FC 407076

LICDA. MARTINA DOMINGUEZ PEÑA, Abogado.

FC 407069

FC 407076

LICDA. MARTINA DOMINGUEZ PEÑA, Abogado.

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE En virtud de la Autorización de fecha 13 de mayo del 2021. Se hace de público conocimiento que el día martes 29 de junio del Año 2021, a las 12:00 P.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 110-REF-780-A del Distrito Catastral No. 04, amparada en la Matricula No. 2400035819 del municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. R.D. ubicado en la Calle Central No. 112, Lugar Buenos Aires De Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, 140.16 metros cuadrados., a petición de: ANA RAMONA CAMPOS DE GARCIA. Expediente No. 6632021028469.

FC 407079

AGRIM. RAFAEL VARGAS RAMIREZ, Agrim, Contratista. Codia 8933.

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE En virtud de la Autorización de fecha 04 de mayo del 2021. Se hace de público conocimiento que el día martes 29 de junio del Año 2021, a las 8:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 419-D del Distrito Catastral No. 17.3, amparada en la Matrícula No. 01000017416 D/F 30/03/2015 del municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, R.D., ubicado en la Calle Colón esquina Calle Luis Leyba, Sector Bella Vista, municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, Con un área de 969.00 metros cuadrados, a petición de: ROBERT KARL LUTZ. Expediente No. 6632021026458.

FC 407079

AGRIM. RAFAEL VARGAS RAMIREZ, Agrim. Contratista. Codia 8933.

Nelson Agapito Cabrera Figuereo y Pamela Cabrera López.

AVISO DE LIQUIDACIÓN INVERSIONES BASTILLA, S.R.L.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título Duplicado del Dueño matrícula No. 0100024968, Solar 4, Manzana No.3840, D. C. No.01, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 402.14 MT52., propiedad de Elizabeth Vanterpool Lora, célula de identidad y electoral No. 001-1087567-1, tiene inscrita una hipoteca a favor del Banco de Reservas por el valor de RD$1,740,000.00 que aún se mantiene vigente registrada con el No. 010077253.

LEGAL 15

Capital Social: RD$100,000.00 Registro Mercantil número: 7279LR / R.N.C. número: 1-02-33391-2. Avenida La Marina, número 54, Marina Chavón, Casa de Campo, Provincia y Municipio de La Romana, República Dominicana.

Para cumplir con las disposiciones del artículo 419 de la Ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008, modificada por la Ley No. 31-11 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general y se informa a los socios, interesados y al público general, que se ha clausurado la liquidación de ¡a sociedad comercial INVERSIONES BASTILLA, S.R.L. La referida clausura de la liquidación de la sociedad comercial INVERSIONES BASTILLA, S.R.L., fue propuesta, conocida y aprobada por los socios de la sociedad mediante Asamblea General Extraordinaria a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021) y establece en síntesis, lo siguiente: CUARTA RESOLUCION La Asamblea General Extraordinaria de la sociedad comercial INVERSIONES BASTILLA, S.R.L., Sociedad en Liquidación, declara que el patrimonio de la sociedad ha sido liquidado conforme a los Estatutos Sociales y la Ley, por lo cual declara la clausura de la sociedad y rescindido el contrato de sociedad que existía entre los socios. Por tanto, se constata y pronuncia de manera definitiva y absoluta la clausura de la sociedad y en efecto, pronuncia la liquidación de la sociedad por voluntad unánime de todos los socios presentes. En La Romana, Provincia y Municipio de República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

FC 406344

MAURO MASSIMO CASLINI, Liquidador.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

FC 407074

Licda. Ramona Antonia Martínez Florimón, Abogado Apoderada.

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley número 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha (31) del mes de Mayo, del año 2021, la Oficialía del Estado Civil de la 6ta CIRCUNSCRIPCION, Distrito Nacional, dictó una Sentencia Civil marcada con el número 531-2021-SSEN-01029,2021 cuyo dispositivo dice: FALLA: PRIMERO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Virgilio Alberto Sánchez Hernández y Marianely Almonte Peña, conforme al Acto Notarial No. Setenta y Uno (71), instrumentado a los tres (03) días del mes de Mayo del año 2021, por el Licenciado DOMINGO ANTONIO SUAREZ AMEZQUITA, Notario Público de los del número 3640, para el Municipio de Santo Domingo, D.N., transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Compensa las costas. Nuestra Sentencia así se pronuncia, ordena y firma. MAG. SCARLET R. VARGAS ROSSJS (Jueza), MIRTHA M. DE LA CRUZ DÍAZ (Secretaria Auxiliar). El referido Divorcio fue pronunciado en fecha Treinta (31) del mes de Mayo del año 2021, por ante la Oficialía del Estado Civil de la 6TA CIRCUNSCRIPCION del Municipio de Santo Domingo, D.N., inscrito en el libro de registro de Divorcio por mutuo acuerdo número 00003, Folio 0037, bajo el Acta número 000219, del año 2021. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de Junio del año 2021.

FC 407072

LICDO. ANA IRIS MARCELINO URBANO RICART, Abogado de las Partes.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306 Bis sobre Divorcio y para general conocimiento se hace saber que en fecha Seis (06) del mes de Mayo del año 2021, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia No.531-2021 -SSEN-01303, Expediente No.531-2021 -ECON-00788, cuya parte dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo de matrimonial existente entre los señores Ángel Radhames Díaz Díaz y Jennifer Alexandra Peralta Pimentel, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 1/2021, instrumentado en fecha 11 de Febrero del año 2021, por ante el Dr. Ramón Francisco De Jesús Santana Mejía, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: (Firmas: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza: Mirtha M. De La Cruz, Secretaria). La sentencia que antecede ha sido firmada, dada y firmada por la Juez de este Tribunal el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la secretaria que certifica. Mirtha M. De la Cruz Díaz, Secretaria. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Junio del año Dos Mil Veintiuno (2021).

FC 407070

LICDA. ELSA YOLANDA PIMENTEL PEÑA, Abogada.

COLEGIO CRISTIANO CAPULLOS DEL SABER, SRL Aviso de Disolución de Sociedad y Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria Capital Social: RD$100,000.00 Registro Mercantil No.138915SD RNC No.1-31-62545-2

Para general conocimiento y en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor FRANCIS JOEL CARRASCO CRUEL, Dominicano. Mayor de Edad, Portador de la Cédula de Identidad y electoral No. 402-2717893-2, domiciliada y residente en la Ciudad de Santo Domingo; quién tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICD. KATHERYN BASORÁ AYBAR, dominicanos, mayores de edad, abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédula de identidades y electorales No. 402-2299663-5, abogada de los Tribunales de la República, con estudios en la Calle Espaillat 123b, Zona Colonial, Distrito Nacional, República dominicana; le advierte a su legítima esposa, la señora MARLENY TA1NA CAMILO DE CARRASCO, cuyo último domicilio y residencia conocido fue en la Kilómetro 8 de la Carretera Sánchez, calle 16 No.8 Santo Domingo, Distrito Nacional, de esta ciudad, que a falta de información acerca de su domicilio actual, procederá a emplazarla en acción de divorcio por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día MARTES, que contaremos a SEIS (06) del mes de JULIO del año DOS MIL VEINTIUNO (2021), para que comparezca a audiencia a puertas cerradas, la cual será celebrada en la Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia para Asuntos de Familia del Distrito Nacional, a las Nueve (9:00) horas de la mañana, el cual se encuentra ubicado en la Calle Primera Planta del Edificio marcado ubicado Edificio marcado con el calle Socorro Sánchez No. 68, esquina calle Santiago, Primer Nivel, Sector Gazcue, de esta ciudad, a fin de conocer de la DEMANDA EN DIVORCIO que por la CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES incoada por su legítimo esposo, el señor FRANCIS JOEL CARRASCO CRUEL, en su contra. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021).

De acuerdo a lo establecido por la Ley No.479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, (y sus modificaciones a través de la Ley No.31-11, del 9 de Febrero del 2011), se hace de conocimiento general el proyecto de Disolución de la sociedad COLEGIO CRISTIANO CAPULLOS DEL SABER, SRL. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto de Disolución, mediante: El nombramiento del Liquidador a cargo, la designación de un Contador Público autorizado a los fines de que rinda un balance financiero especial del estado de la sociedad, otorgar el correspondiente descargo al Órgano de Gestión, autorizar a un Contador Público Autorizado para que rinda un Informe sobre los Estados Financieros de la sociedad, declarar la Disolución de la sociedad y fijar una fecha para conocer sobre el Informe del Liquidador y sobre lo declaración definitiva de liquidación de la sociedad. En tal sentido, se convoca a los socios de COLEGIO CRISTIANO CAPULLOS DEL SABER, SRL, a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la sociedad, en la calle 5 No.28, Ensanche Isabelita, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo; el día Nueve (9) del mes de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), a las Nueve horas de la mañana (9:00 AM). En Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Catorce (14) días del mes de Junio del año Dos Mil Veintiuno (2021).

LICD. KATHERYN BASORA AYBAR, Abogado Apoderado.

FRANCISCA ESTHER GONZALEZ PEREZ, Gerente.

FC 407108


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

16 LEGAL AVISO: Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título original del inmueble descrito de la Parcela No. 1F del Distrito Catastral No.03, Bayaguana, perteneciente al señor Benito Antonio Mejía Fría, dominicano, portador de la cédula de identidad No.001-0720188-1, domiciliado y residente en la calle Respaldo El Sol, esquina Manolo T. Justo, No. 15 sector Savica, municipio Los Alcarrizos. FC 407078

AVISO DE PERDIDA DE PERMISO AMBIENTAL

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

La QUINTANA INMOBILIARIA, S.R.L informa que se encuentra extraviado el original de la Licencia Ambiental No.0350-18, emitido por El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en fecha 16 de enero del año 2019 Para la Construcción y Operación Del Proyecto “Parque Ecológico Turístico La Cotorra (Fase 1)”. Ubicado en el Paraje La Cotorra, sección El Río, distrito municipal Tireo, municipio Constanza, Provincia La Vega. La presente publicación se está realizando para los fines de ley correspondiente.

De conformidad con el artículo 86, del Reglamento General de Registros de Títulos, que complementa la ley 108-05, de Registro Inmobiliario, del 23 de Marzo del 2005, se hace de público conocimiento que se ha perdido, extraviado y/o desaparecido la Constancia Anotada en el Certificado de Título identificado por la Matrícula No. 2000000467, que ampara los derechos dentro del inmueble, parcela 183-004-9677, del Distrito Catastral No.2, ubicado en San Juan de la Maguana, con una extensión superficial de 200.00 metros cuadrados, registrado a nombre de YAMIL PÉREZ PINALES.

FC 407082

LA QUINTANA INMOBILIARIA, S.R.L. JOSE DELIO GUZMAN QUIROZ, Gerente.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

AVISO DE DESLINDE

EXP. #6612021032929 En virtud de la autorización dictada por la D. R. M. C., Depto. Noreste, d/f 07 de junio del 2021: Se hace público aviso, que el día 28 de junio del 2021, a las 09:00 A.M., iniciamos los trabajos de mensura para saneamiento, dentro del ámbito de la Parcela No. 22, del D.C. No. 05, municipio Cotuí, provincia Sánchez Ramírez. El inmueble se encuentra ubicado: A unos 600 metros de la iglesia católica del paraje Saballo, en el municipio Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, cuyo reclamante es el señor JUAN RAMON ROSARIO PAULINO.

Se avisa al público en general que el día 30 del mes de junio del 2021, a las 7:00 am., se realizara la mensura para fines de Deslinde dentro de la parcela 76 del Distrito Catastral No. 06, del Municipio de Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, Urbanización Brisa Oriental, a nombre de DAVID MANUEL REINOSO ABREU, según Autorización, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central con el No. 6632021034825.

FC 407095

AGRIM. FLORINDA PORTORREAL MORENO, Codia-26838, E-mail: marthaisidra@hotmail.com.

FC 407066

AGRIM. ALEXIS DE JS. MORLA P., CODIA: 12867. Cel: (829)566-9297.

Nota: el presente aviso se realiza para solicitud de una nueva constancia anotada del Certificado de Título por pérdida o deterioro.

INDUSTRIAS HEVIA INDHEVIA, S.R.L. Capital Social: RD$450,000.00 R.N.C. 1-32-13323-4 • Registro Mercantil 113903SD Domicilio social: Palma Rosa No. 10, Cerros de Palmarejo, Santo Domingo Oeste, República Dominicana

AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL De conformidad con lo establecido en el artículo 123, párrafo I, de la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08 y sus modificaciones, así como en los Estatutos Sociales, se hace de público conocimiento que la sociedad INDUSTRIAS HEVIA ANDHEVIA, S.R.L., sociedad constituida y regulada de conformidad con las leyes de la República Dominicana, matriculada en el Registro Mercantil de la provincia de Santo Domingo, e inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes bajo el número 132-13323-4, aprobó formalmente la reducción de su capital social, mediante Asamblea General Extraordinaria de fecha nueve (09) de junio del año dos mil veintiuno (2021), de la suma de dos millones cien mil pesos dominicanos (RD$2,100,000.00) a la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$450,000.00).

FC 407089

ARMANDO HEVIA PEREDA, Gerente.

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA EL PERIODICO

AVISO DE PERDIDAS DE CHEQUE

En virtud de la Autorización de fecha 13 de mayo del 2021. Se hace de público conocimiento que el día martes 29 de junio del Año 2021, a las 10:00 AM., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 85 del Distrito Catastral No. 07, del municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. R.D., ubicado en la Calle Felicita Vargas No. 17, Lugar Palmar De Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, Con un área de 185.52 metros cuadrados, a petición de: JOSE ALTAGRACIA CALCAÑO REYES Expediente No. 6632021028507.

En virtud de la autorización de fecha 10/06/2021, se hace público conocimiento que el día 19/06/2021 a las 10:00 am. Se realizará los trabajos de Deslinde, Propiedad del señor FRANCISCO J. TEJADA CABRAL dentro de la parcela No. 430 del D. C. NO. 11 DEL Municipio Villa Altagracia, Provincia San Cristóbal. Expediente No. 6642021051229.

AGRIM. LUIS MAXIMO SEGURA RODRIGUEZ, Agrim. Contratista. Codia 6436.

AGR. ALFREDO FELIZ GOMEZ, Agrimensor-Contratista. Codia: 26502.

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se hace de público conocimiento las pérdidas del Cheque número No. 075478 de fecha 26 de diciembre del 2012, Banco De Reservas De La República Dominicana, con balances de RD$264,600.00, expedidos por el Banco Agrícola de la República Dominicana, a favor de los señores Julio Alfredo García Guaba e Ivelisse Lara de García, dominicanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral números 001-1813910-4 y 001-1164642-8.

FC 407082

FC 407065

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

En virtud de la Autorización de fecha 10 de mayo del 2021. Se hace de público conocimiento que el día martes 29 de junio del Año 2021, a las 8:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 85 del Distrito Catastral No. 07, del municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo., R.D., ubicado en la Calle Felicita Vargas No. 17, Lugar Palmar De Herrera, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, Con un área de 119 metros cuadrados, a petición de: ANA KENIA CORDEIRO ESPINAL Expediente No. 6632021027462.

Exp. No. 6622021060340 Se hace de público conocimiento que el día 21 de junio del año 2021 a las 10:00 a.m., se procederá a realizar los trabajos de campo correspondiente al Saneamiento sobre el inmueble identificado como: D.C. 5 del Municipio de Jarabacoa, Provincia de La Vega. PROPIEDAD DE LA SRA. ANGELA MARIA BAUTISTA VALERIO, REPRESENTADA POR EL SR. LEONARDO ERNESTO GERMAN RUIZ.

FC 407082

AGRIM. LUIS MAXIMO SEGURA RODRIGUEZ, Agrim. Contratista. Codia 6436.

AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante Resolución 0008-2021, emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación, Titular de la Procuraduría Regional de la Provincia Santo Domingo, en fecha 23 de abril del 2021., fue otorgado el beneficio de incorporación de la asociación sin fines de lucro Fundación Cristiana Semilla de Misericordia (FUNCRISMI)., con su domicilio en la calle México # 49, Buenos Aires de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, esta organización tiene por misión fomentar el bienestar humano con eficiencia a donde las familias se desarrollen humana e integralmente hacia una sociedad más sana y feliz, sembrando la semilla de la palabra de Dios. Proporcionando educación secular, así como alimentos, vestidos y medicina, dentro de nuestras posibilidades, a las personas necesitadas de la comunidad, tiene por objetivos la captación de recursos nacionales e internacionales (cooperación internacional) para suplir aquellas instituciones (ONG) que tienen por objeto el desempeño con personas envejecientes, niños de familias de escasos recursos económicos y ayuda sociales en sectores de todo el país., y sus miembros fundadores son Pedro Ramírez Mariñez, Gleniz Mercedes Jiménez García de Ramírez, Jacqueline Altagracia Díaz Valoy, Michael Merán Ramírez, Guardalupe Almonte y Peña, Amanda Vargas Amador, Rocío Altagracia Ceballos Peña, Amis Deibi Vásquez Arias, Andrea Estephania Méndez Read., el Consejo Directivo tiene una duración de 4 años y está compuesto por Pedro Ramírez Mariñez, Gleniz Mercedes Jiménez García de Ramírez, Jacqueline Altagracia Díaz Valoy miembros; sus funcionarios son Pedro Ramírez Mariñez, Gleniz Mercedes Jiménez García de Ramírez, Jacqueline Altagracia Díaz Valoy, Andrea Estephania Méndez Read. La duración de esta entidad es por tiempo indefinido. En la ciudad de Santo Domingo, hoy día catorce (14) de junio del dos mil veintiuno (2021).

FC 407064

Pedro Ramírez Mariñez, Presidente.

FC 407083

FC 407123

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DE PROPIEDAD En virtud de lo que dispone el artículo 92, Párrafo III de la Ley de Registro Inmobiliario No. 10805 y del artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha PERDIDO la Constancia de Apartamento Anotada en el Certificado de Título Duplicado de Acreedor Hipotecario No.99-5483, expedido por el Registro de Título del Distrito Nacional, a nombre del BANCO POPULAR DOMINICANO, C. POR A., que ampara el siguiente inmueble EL APARTAMENTO No.B-504: Ubicado en el extremo suroeste, de la quinta planta del edificio Bloque B del Condominio RIOSOL II, con un área de construcción de: 190 metros cuadrados. Dos (2) parqueos, ubicado en el lugar indicado en el plano de asignación de parqueos que forma parte de la declaración de sometimiento al régimen de condominio RIOSOL II. Este apartamento tiene acceso directo a la vía pública a través del ascensor o de la escalera, edificado dentro del ámbito del Solar No.3-REFORM. de la Manzana No.516, del Distrito Catastral No. l, del Distrito Nacional.

Agrim. Nattier Ernesto Pérez M., Codia No. 28975.

DOROTEO ARMANDO RODRIGUEZ IRIARTE y JEANNE MARION LANDAIS MESA, PROPIETARIOS. FC 407090

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

En cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Artículo 42 de la Ley No.1306Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Trece (13) del mes de Mayo del año Dos Mil Veintiuno (2021), dictada por la Cuarta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dicto la Sentencia No.1288-2021-Ssen-00262, (Expediente No. 1288-2020-ECOND V-0000l), cuyo dispositivo dice así: FALLA: Primero: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges señores BIANCA GERMAIN PIERRE Y JEAN GERMAIN, para el cual éstos han dado su mutuo consentimiento de manera expresa de no oposición al divorcio; en consecuencia: HOMOLOGA las conclusiones vertidas en el acta de matrimonio número 118, año 2009, registro ALZZ, página 118-1, por ante la Oficina Norte, ciudad de Petion Ville, así como su escrito de conclusiones que se describe a continuación: “PRIMERO: Que admitáis el Divorcio por Mutuo Consentimiento (al vapor) entre los esposos BIANCA GERMAIN PIERRE Y JEAN GERMAIN, Conforme a las cláusulas y estipulaciones contenidas en el acto de divorcio por mutuo consentimiento de fecha trece (13) del mes de febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021) instrumentado por la C. Devi Sanichar, Notario Público del Estado de Nueva York, No. 24-4782811, calificado en el Condado de King; SEGUNDO: Que la menor SARICA BIANDY GERMAIN, quedará bajo la guarda y custodia de su madre la señora BIANCA GERMAIN PIERRE; TERCERO: Que la pensión alimenticia de la menor SARICA BIANDY GERMAIN, será cubierta por el padre señor JEAN GERMAIN; CUARTO: Compenséis las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; QUINTO: Ordenado el pronunciamiento de la sentencia a intervenir por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente. SEGUNDO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de un asunto de familia. TERCERO: Ordena el cumplimiento de todas las demás formalidades prescritas por la ley. El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción de Santo Domingo Este, en fecha Veintisiete (27) del mes de Mayo del año Dos Mil Veintiuno (2021) y la Sentencia que lo admite marcada con el No. 1288-2021-Ssen00262, de fecha Trece (13) del mes de Mayo del año Dos Mil Veintiuno (2021), dictada por la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de la Provincia de Santo Domingo, según Acta registrada bajo el No.000157, Libro No.00002, Folio 0107, del año 2021. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Diez (10) días del mes de Junio del año Dos Mil Veintiuno (2021).

Se avisa al público en general que el día lunes 28 de junio del 2021 a las 10.00 AM. Se dará inicio a los trabajos de Mensura para Deslinde, de una porción de terreno dentro del Ámbito de la P. No. 24 del Distrito Catastral No. 2, en el Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona. Propiedad de los Sres. MARY ANDREA GARO PEREZ Y JOHAN GARO PEREZ. Expediente No. 6642021049127. Autorización de fecha 02 de Junio del 2021.

Se avisa al público en General que el día 25 de junio del año 2021, a las 9:00 am., se dará comienzo a la Mensura Para DESLINDE, REFUNDICION y SUBDIVISION, dentro del ámbito de la P. No. 301951627977, SOLARES Nos. 3-REF.-31 y 3-REF.-32, DEL D. C. No. 1, del Municipio de Constanza, Provincia La Vega. Propiedad de JORGE DIONISIO HERRERA CONTIN y MARGARITA ROSA HERRERA CONTIN DE DIEZ, Expediente No. 6622021074155. Autorización de fecha 7 de junio del 2021.

LICDA. JUANA MARIA FLORES, Abogado.

JULIO CESAR TAVERAS RODRIGUEZ, Agrimensor Contratista. Codia No. 10,681.

FC 407073

FC 407091

MARCOS ANTONIO PEÑA ALCANTARA, Agrimensor. Codia 25032.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 17

SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

Que el día 01 de Julio del año 2021, a las 09:00 A.M., se dará comienzo Al Saneamiento, del Expediente No. 6622021067736 lugar arroyo piedra, sección Cebu, dentro del D.C. No.03, del municipio de Janico, provincia Santiago. Propiedad de la Señora, BRAUDELINDA DEL CARMEN RODRIGUEZ R PEREZ. Este Saneamiento, será practicado por el AGRIM. NELSON V. MARTINEZ, Codia No. 21027, domiciliado y residente en la calle 16 de Agosto, edif. Ramia No. 124, Santiago Norte, Republica Dominicana.

Exp. No. 6642021050095, de fecha 07 Junio 2021. Se hace de público conocimiento que el día 01 de julio 2021, a las 9:00 a.m. de la mañana, se procederá a realizar los trabajos de mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como distrito catastral No. 04 del municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona; reclamada por el Sr. OMAR BELLO NAVARRO.

Expediente No.6622021044698. Se hace de público conocimiento que el día 2 de julio del 2021, a las 9.00 A.M., se procederá a realizar los trabajos de campo, correspondiente al Saneamiento, dentro del D.C No.12 del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, reclamada por el señor RAMON ANTONIO PEREZ AGRAMONTE.

Orlando L. Gómez Gómez Agrimensor-Codia No. 11161

Agrim. Federico Antonio Paulino Codia 19372

SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL

AVISO DE MENSURA

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Que el día 30 de Junio del año 2021, a las 09:00 A.M., se dará comienzo Al Saneamiento, del Expediente No. 6622021067760 lugar arroyo piedra, dentro del D.C. No.03, del municipio de Janico, provincia Santiago. Propiedad de la Señora, ROSA HERMINIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ DE ABREU. Este Saneamiento, será practicado por el AGRIM. NELSON V. MARTINEZ, Codia No. 21027, domiciliado y residente en la calle 16 de Agosto, edif. Ramia No. 124, Santiago Norte, Republica Dominicana.

Exp. No. 6642021049216, de fecha 02 Junio 2021. Se hace de público conocimiento que el día 01 de julio 2021, a las 9:00 a.m. de la mañana, se procederá a realizar los trabajos de mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como distrito catastral No. 04 del municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona; reclamada por el Sr. PAUL BELLO NAVARRO.

De conformidad con el artículo 92 de la Ley de Registro Inmobiliario No. 108-05, se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia Anotada, Duplicado del Dueño, del Certificado de Título No. 33 anotación 1, Libro 813 Folio 40, que ampara los derechos de la señora Josefina de Lourdes Méndez Méndez, dentro del inmueble identificado como Solar No. 7 Manzana No. 1862 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio y Provincia de Santiago, con superficie de 302.30 metros cuadrados, ubicado en Santiago; en el CONDOMINIO RESIDENCIAL VILLA RIO, la VIVIENDA 4; emitido por el Registro de Títulos de Santiago, el 11 de mayo del 2004.- Santiago, R. D., 15 de junio del 2021.

Orlando L. Gómez Gómez Agrimensor-Codia No. 11161

Ma. Carlos Tobías Núñez Filpo Abogado Apoderado

SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA

VISTA: La Autorización de Mensuras, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, en fecha 24 de Mayo del 2021, a petición del señor, JOSE RAFAEL ABIGAIL RODRIGUEZ RODRIGUEZ. Que el día 29 de Junio del año 2021, a las 09:00 A.M., se dará comienzo Al Saneamiento, del Expediente No. 6622021067701 lugar arroyo piedra, sección Cebú, dentro del D.C. No.03, del municipio de Janico, provincia Santiago. Propiedad del Señor, JOSE RAFAEL ABIGAIL RODRIGUEZ RODRIGUEZ. Este Saneamiento, será practicado por el AGRIM. NELSON V. MARTINEZ, Codia No. 21027, domiciliado y residente en la calle 16 de Agosto, edif. Ramia No. 124, Santiago Norte, Republica Dominicana.

Exp. No. 6642021049259, de fecha 02 Junio 2021. Se hace de público conocimiento que el día 01 de julio 2021, a las 9:00 a.m. de la mañana, se procederá a realizar los trabajos de mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como distrito catastral No. 04 del municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona; reclamada por el Sr. ANGEL ROBERT NAVARRO GARABITO.

Expediente No. 6612021028735 Se hace público conocimiento que el día Jueves 24 de Junio del año 2021, a las 10:00 A.M., iniciaremos los trabajos de mensura para Deslinde de mensura de la Parcela 825, del Distrito Catastral 02, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad del SR. FRANCISCO RAFAEL PEÑA RODRÍGUEZ.

Agrim. Nelson V. Martínez Codia No. 21027

Orlando L. Gómez Gómez Agrimensor-Codia No. 11161

Agrim. Nelson V. Martínez Codia No. 21027

Agrim. Nelson V. Martínez Codia No. 21027

FC 407130

FC 407130

FC 407130

FC 407148

AGRIM. DANIEL SANTANA ORTEGA DE LA CRUZ CODIA 36423

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

Exp. No. 6642021050117 de fecha 07 Junio 2021. Se hace de público conocimiento que el día 01 de julio de 2021, a las 9:00 a.m. de la mañana, se procederá a realizar los trabajos de mensura para saneamiento, sobre el inmueble identificado como distrito catastral No. 04 del municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona; reclamada por el Sr. JOSE ANGEL NAVARRO LEDESMA.

DEL EXPEDIENTE 6622021068740. YO agrimensor JOHAN MANUEL VASQUEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No.031-0565010-9, CODIA No. 40262, Estudio profesional abierto en la calle 30 de Marzo con calle del sol, en Edificio Fernández Mod. 8 segundo nivel, en la provincia Santiago, R.D. Cel. 829-527-2655, R.D., correo electrónico: agm.johanvasquez02@gmail.com ; Contratado por a Sra. ANA CORITA DOROTEA PELEGRIN GORDIAN, dominicana, mayor de edad, Soltera, médico, pensionada, portadora de las cedula de Identidad y Electoral Nos. 037-0001529-4, domiciliada y residente en la calle José del Carmen Ariza No.18 , en esta ciudad de Puerto Plata, para realizar los trabajos de DESLINDE el día Miércoles 30 de Junio del año Dos Mil Veinte y uno (2021), hacer constar que a las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), se dará comienzo de la Parcela No. 22-C del Distrito Catastral Núm. 09 del MUNICIPIO DE SAN FELIPE DE PUERTO PLATA Y PROVINCIA DE PUERTO PLATA, bajo el EXPEDIENTE No.6622021068740.

Orlando L. Gómez Gómez Agrimensor-Codia No. 11161

JOHAN MANUEL VASQUEZ Agrimensor Contratista, CODIA 40262

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Cuarta Sala Civil Para Asuntos de Familia, de la Cámara y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Álvarez, en fecha 20 del mes de Enero del año 2021 dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 1275-2021- SSEN-00074, cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de JOSE AMAURY PERALTA DILONE por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado y emplazado, SEGUNDO: Admite el divorcio por incompatibilidad de caracteres y ordena la disolución del matrimonio de los señores SANTA CASIMIRA FLETE GARCIA y JOSE AMAURY PERALTA DILONE, con todas sus consecuencias legales; TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al ministerial JORGE EVERTZ, alguacil de estrados para la notificación de la presente sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma. FIRMADOS: FILOSET NUÑEZ POLANCO juez, HEIDY NUÑEZ, Secretaria general. La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de La Primera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha treinta y uno (31) del mes de mayo del año Dos Mil veintiuno (2021), e inscrita en el Libro 00009 folio 0029 bajo el acta marcada con el No. 000715 del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día catorce (14) del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021).

FC 407130

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Exp. No. 6642021049224, de fecha 02 Junio 2021. Se hace de público conocimiento que el día 01 de julio 2021, a las 9:00 a.m. de la mañana, se procederá a realizar los trabajos de mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como distrito catastral No. 04 del municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona; reclamada por el Sr. ANGEL ROBERT NAVARRO GARABITO.

DEL EXPEDIENTE 6622021068732 YO Agrimensora MARCELLE KAMILA GOMEZ PELEGRIN, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad No. 402-2517003-0, CODIA 40259, Estudio Profesional abierto en la calle 30 de Marzo con calle del Sol, en el Edif. Fernández, segundo nivel, mod. 8, en esta ciudad de Santiago, R.D. Cel. 829-851-9350, R.D., correo electrónico: mkgp.02@gmail.com, contratado por el Sr. STEVIS PEREZ GONZALEZ, dominicano, mayor de edad, Soltero, Abogado, portador de las Cédula de Identidad y Electoral No. 037-0024204-7, domiciliado y residente en esta ciudad de Puerto Plata, y la Sra. JOSEFINA ALTAGRACIA ARVELO PERALTA, dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 037-0019297-8, domiciliada y residente en esta ciudad de Puerto Plata, para realizar los trabajos de DESLINDE el día Jueves 01 de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), hacer constar que a las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), se dará comienzo de la Parcela No. 22-C del Distrito Catastral Núm. 09 del MUNICIPIO DE SAN FELIPE DE PUERTO PLATA Y PROVINCIA DE PUERTO PLATA, bajo el EXPEDIENTE No.6622021068732.

Orlando L. Gómez Gómez Agrimensor-Codia No. 11161

MARCELLE KAMILA GOMEZ PELEGRIN Agrimensor Contratista, CODIA 40259

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Exp. No. 6642021050125, de fecha 07 Junio 2021. Se hace de público conocimiento que el día 01 de julio 2021, a las 9:00 a.m. de la mañana, se procederá a realizar los trabajos de mensura para saneamiento sobre el inmueble identificado como distrito catastral No. 04 del municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona; reclamada por el Sr. MONICA BELLO NAVARRO.

DEL EXPEDIENTE 6622021068708. YO Agrimensora MARCELLE KAMILA GOMEZ PELEGRIN, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad No. 402-2517003-0, CODIA 40259, Estudio Profesional abierto en la calle 30 de Marzo con calle del Sol, en el Edif. Fernández, segundo nivel, mod. 8, en esta ciudad de Santiago, R.D. Cel. 829-851-9350, R.D., correo electrónico: mkgp.02@gmail.com, contratado por la Sra. DOMINGA GONZALEZ DE MERCADO, dominicana, mayor de edad, modista, portadora de la cédula de Identidad y Electoral Nos. 037-0079399-9, casado con el Sr. JOSE ALBERTO MERCADO SUSAÑA, dominicano, mayor de edad, trabajador independiente, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 037-0078433-7, ambos domiciliados y residentes en el Proyecto Sajona, sector Luperón, casa No. 13, en esta ciudad de Puerto Plata, del municipio de San Felipe de Puerto Plata, para realizar los trabajos de DESLINDE el día Jueves 01 de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), hacer constar que a las dos horas de la tarde (02:00 p.m.), se dará comienzo de la Parcela No. 05 del Distrito Catastral Núm. 09 del MUNICIPIO DE SAN FELIPE DE PUERTO PLATA Y PROVINCIA DE PUERTO PLATA, bajo el EXPEDIENTE No.6622021068708.

Cumpliendo con las formalidades de la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio y sus modificaciones, el señor: JOSE MANUEL NAVARRO VILLA, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0092528-8, domiciliado y residente en la ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial, al LIC. JUAN RAMON VILLA FERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 046-0001488-2, abogado de los tribunales de la República, matriculado en el Colegio de abogados de la República, con estudio profesional abierto en la calle 2, casa No. 2 de la urbanización Don Tilo, de la ciudad y Municipio de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, lugar de elección de domicilio del señor JOSE MANUEL NAVARRO VILLA, quien ADVIERTE E INFORMA a la señora: NAVIA DE LOS MILAGROS TERRERO MUÑOZ, cuyo domicilio y paradero se desconoce en la actualidad, que a falta de información de su domicilio actual, procederá a Emplazarla en Demanda en Acción de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres con domicilio desconocido, por ante el despacho de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Santiago Rodríguez, para que comparezca personalmente o legalmente representada el día LUNES, que contaremos a VEINTIOCHO (28) de JUNIO del año 2021, a las 9:00 A.M. (de manera presencial), por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA, CON PLENITUD DE JURISDICCION, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO RODRÍGUEZ, en sus atribuciones civiles, sito, en el local que aloja dicho Tribunal, en la calle Pedro Thomas No. 54 de la ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez. En la ciudad de San Ignacio de Sabaneta, Provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, a los DIEZ (10) días del mes de JUNIO del año dos mil veintiuno (2021).

Orlando L. Gómez Gómez Agrimensor-Codia No. 11161

MARCELLE KAMILA GOMEZ PELEGRIN Agrimensor Contratista, CODIA 40259

LIC. JUAN RAMON VILLA FERNANDEZ Abogado apoderado

FC 407130

FC 407130

LIC. JOSÉ RAMON TAVAREZ BATISTA Abogado apoderado de la parte demandante

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL AVISO DE TRABAJOS PARA DESLINDE

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE TRABAJOS PARA DESLINDE

Por medio de la presente: hacemos de público conocimiento que el día Veintiuno (21) del mes de JUNIO del año 2021, a las 12:00 pm., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito P. No. 100, Del Distrito Catastral No. 2, Donde Existe una Porción de Terreno en la Urbanización Nueva Nagua Del Municipio De Nagua Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad del Sr. RAFAEL ORLANDO MELLA NUÑEZ. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 30 de marzo del año 2021. correspondiente al expediente No. 6612021018578

Para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Art.42 de la ley No.1306-bis sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha dos (2) del mes de marzo del año del año 2021, la Cuarta Sala para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia civil No.1275-2021-SSEN-00215, cuyo dispositivo textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de Edia Del Carmen Rodríguez Álvarez, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado. SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores José Tomas Núñez Taveras y Edia Del Carmen Rodríguez Álvarez, por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de la ley. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona a la Ministerial Richard Rafael Chávez, Alguacil adscrito a este tribunal para qué le notifique de la presente Sentencia a la parte demandada. Nuestra Sentencia así se pronuncia, ordena y firma. El referido divorcio fue pronunciado en fecha 11 de Junio del 2021, por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Municipio y Provincia de Santiago, y la Sentencia que admite transcrita el acta del Estado Civil. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil Veintiuno (2021).

Por medio de la presente: hacemos de público conocimiento que el día Veintiuno (21) del mes de JUNIO del año 2021, a las 10:00 Am., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito Parcela No. 100, Del Distrito Catastral No. 2, Donde Existe una Porción de Terreno en la Urb. Alonzo Del Municipio De Nagua Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad del Sr. MIZAEL GUZMAN ESPINAL La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 03 de mayo del año 2021. correspondiente al expediente No. 6612021025833

FC 407150

WILDI ANTONIO ALVARADO ROJAS Agrimensor Contratista CODIA 38369

AVISO DE TRABAJOS PARA DESLINDE medio de la presente: hacemos de público conocimiento que el día Veintiuno (21) del mes de JUNIO del año 2021, a las 9:00 Am., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito P. No. 3959, Del Distrito Catastral No. 2, Donde Existe una Porción de Terreno en la Capitalita Del Municipio De Nagua Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad del Sra.: MARIA ELENA DE LA CRUZ. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 30 de marzo del año 2021. correspondiente al expediente No. 6612021018543

Licda. Tania Sirí Abogada

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

Por medio de la presente: hacemos de público conocimiento que el día Veintiuno (21) del mes de JUNIO del año 2021, a las 11:00 Am., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito P. No. 825, Del Distrito Catastral No. 2, Donde Existe una Porción de Terreno en Los Limones Del Municipio De El Factor Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad del Sres.: MERCEDITO MEDINA SANTANA y Sra. ANA JOSEFA CUEVAS SUBERBI DE MEDINA. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 30 de Marzo del año 2021. correspondiente al expediente No. 6612021018365

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 1306-bis sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha TREINTA (30) del mes de abril del año Dos Mil Veintiuno (2021) LA CUARTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, ASUNTOS DE FAMILIAS en sus atribuciones civiles y en materia de divorcio, dictó la sentencia civil No.1275-2021-SSEN-00592, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los esposos CHRISTIAN DE JESUS POLANCO GARCIA Y LISELOT DE LOS ANGELES RODRIGUEZ TREJO, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de Divorcios por Mutuo Consentimiento número 106, de fecha 02 de Septiembre del 2020, del Notario Público José Rodríguez, de los del número para el municipio de Santiago, debiendo proceder para que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEGUNDO: COMPENSA pura y simplemente las costas. FIRMADOS: -Mag. Elsa del C. Almonte Sepulveda, Juez Interina y Heidy Y Núñez, secretaria general. Que el divorcio admitido por la sentencia No.1275-2021-SSEN-00592 de fecha TREINTA (30) del mes de Abril del año Dos Mil veintiuno (2021), dictada por LA CUARTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, ASUNTOS DE FAMILIA fue pronunciado y transcrito por ante la Oficial del Estado Civil de La Segunda Circunscripción del Distrito Judicial de Santiago, el día veinte (20) del mes de mayo del año Dos Mil veintiuno (2021). Inscrito en el libro No. 00003, de registro de DIVORCIO, folio 0022. Acta No. 00422, de año 2021. Esta publicación ha sido autorizada por la suscrita abogada, a los siete (07) días del mes de junio del año Dos Mil veintiuno (2021).

WILDI ANTONIO ALVARADO ROJAS Agrimensor Contratista CODIA 38369

LCDA. JACQUELINE GARCIA SIRI DE POLANCO ABOGADA

FC 407150

WILDI ANTONIO ALVARADO ROJAS Agrimensor Contratista CODIA 38369

AVISO DE TRABAJOS PARA DESLINDE

FC 407150

FC 407150

WILDI ANTONIO ALVARADO ROJAS Agrimensor Contratista CODIA 38369

AVISO DE TRABAJOS PARA DESLINDE Por medio de la presente: hacemos de público conocimiento que el día Veinticinco (25) del mes de junio del año 2021, a las 8:00 AM, daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito Parcela No. 26, Del Distrito Catastral No. 6, Donde Existe una Porción de Terreno en la Urb. Jennifer Municipio De San Francisco De Macorís, Provincia Duarte. Propiedad de los Sres. NELSON ANTONIO UREÑA FERMIN Y MINERVA NAZARENA FERNANDEZ JIMENEZ DE UREÑA. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 30 de abril del año 2021. correspondiente al expediente No. 6612021025655

FC 407150

WILDI ANTONIO ALVARADO ROJAS Agrimensor Contratista CODIA 38369

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO: De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 92 de la Ley No. 108-05 (Ley sobre Registro inmobiliario) y el Artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento Público de la pérdida del Duplicado de Dueño Certificado de Títulos de la Carta Constancia Anotada Matricula No. 1400002665, libro de Títulos No.0052, Folio. 120, del departamento de registro de Título de Nagua, que ampara el Derecho de Propiedad de una porción de Terreno dentro de la Parcela 232 del D.C. No. 3 del Municipio de Nagua, con un área superficial de 62,88.34, metros cuadrados, y cuyo Certificado de Títulos fue expedido por el Registrador de Títulos de Nagua, A nombre de DOMINGO ANTONIO GARCIA CONCEPCIÓN, en fecha 14 del mes de enero del año 2009. FC 407144

DOMINGO ANTONIO GARCÍA CONCEPCIÓN.

AVISO DE TRABAJOS PARA DESLINDE

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Por medio de la presente: hacemos de público conocimiento que el día Veintiuno (21) del mes de JUNIO del año 2021, a las 08:00 Am., daremos inicio a los trabajos de Deslinde Dentro del ámbito Parcela No. 192, Del Distrito Catastral No. 2, Donde Existe una Porción de Terreno en la Calle Armanda Benítez Municipio Del Municipio De Nagua Provincia María Trinidad Sánchez. Propiedad de la Sra. CARMEN MILAGROS DIAZ CASTRO. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 30 de abril del año 2021. correspondiente al expediente No. 6612021025647

De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que en fecha treinta (30) de abril del dos mil veintiuno (2021), la Quinta Sala Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó la Sentencia Civil No. 1450-2021-SSNE-00627, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: “PRIMERO: Admite el divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los esposos ROSANNA ALTAGRACIA LLANO PIMENTEL Y FRANCISCO JAVIER ROSARIO ARIAS, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de Divorcio por Mutuo Consentimiento número 25 de fecha 20 de febrero del 2020, del Notario Público JOSE ALFONSO ACEVEDO GARCIA de los del número para el municipio de Santiago, debiendo proceder para que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEGUNDO: OTORGA la guarda provisional de XAVIER, a favor de la madre, hasta que la jurisdicción especializada, una vez apoderada, decida sobre el particular. TERCERO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Firmada por: la Magistrada Miguelina Díaz Paulino, jueza y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria General que certifico y doy fe que es copia fiel a su original, a solicitud de la parte interesada. El divorcio así admitido y pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha cuatro (4) del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), registrado en el libro No. 00003, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0071, Acta No. 000471, Año 2021. La presente publicación la autoriza el suscrito abogado, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero número 9602077965, emitido por el Banco Banreservas, por un valor de RD$25,000.00 (treinta y seis mil dólares Con 00), a nombre de ANA IVELISSE MARTY LEDESMA, cédula de identidad y electoral No.001-04310206. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

FC 407150

WILDI ANTONIO ALVARADO ROJAS Agrimensor Contratista CODIA 38369

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de depósito No. 27108-270048301, expedido por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, en fecha 16 de marzo del 20/12, por el valor de cincuenta mil pesos (RD$50,000.00), a favor de Guillermina Jones, cédula No.001-0048686-9. FC 406475

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONES

Por medio del presente, hacemos de público conocimiento la pérdida del Certificado de Acciones número 00915, por la cantidad de 24,760 acciones ordinarias, con un valor nominal de RD$100.00 cada una, ascendente a RD$2,476,000.00, de fecha nueve (9) de mes de junio del año dos mil nueve (2009), emitido por el Grupo BHD, S. A., a favor del señor Ramón Romero Picazzo, pasaporte español número 50530386. En ese sentido, se ha iniciado el proceso de cancelación del mismo por ante el Grupo BHD, S. A. para obtener un duplicado del mismo a favor del señor Ramón Romero Picazzo, notificado al Grupo BHD, S. A., mediante el acto de alguacil número 372-2021 de fecha 2 de junio del 2021, del ministerial Kelvin Rosario del Rosario, Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo. FC 406473

Ramón Romero Picazzo.

Lic. Jesús Méndez Sánchez Abogado apoderado

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Cuarta Sala Civil Para Asuntos de Familia, de la Cámara y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Álvarez, en fecha 31 del mes de Marzo del año 2021 dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 1275-2021- SSEN00425, cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa de mutuo consentimiento, entre los esposos: YARIEL JOSE PEÑA CASTILLO y SUSANA ESTHER DEJARAN ALMONTE, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento número 186, folio 247 de fecha 11 de diciembre del 2020 del Notario Público Sabino Arquímedes Collado V. de los del número para el Municipio de Santiago, debiendo proceder para que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado Civil correspondiente, SEGUNDO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma. FIRMADOS: ELSA DEL C. ALMONTE SEPULVEDA, Juez interina, HEIDY Y. NUÑEZ GONZALEZ, Secretaria Ad-hoc La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de La Tercera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha veintisiete (27) del mes de abril del año Dos Mil veintiuno (2021), e inscrita en el Libro 00003 folio 0105 bajo el acta marcada con el No. 000253 del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día veintiocho (28) del mes de Abril del año Dos Mil veintiuno (2021).

LICDA. CARMEN JOSEFINA FAÑA Abogada apoderada de las partes

FC 407133

AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, párrafo II, de la ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la resolución No. 0030-2021, de fecha 13 del mes de abril del año 2021, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro GRUPO LATINOAMERICANO DE ESTUDIO, FORMACIÓN Y ACCIÓN FEMINISTA (GLEFAS), con su domicilio en la calle Florencio de León No. 329, Carril, Bajos de Haina, San Cristóbal. Esta institución tiene como fin la formación y acción feminista. Su Consejo Directivo está constituido por cinco personas, quienes son: BIENVENIDA MENDOZA (Presidente), ROSA INES CURIEL PICHARDO (Secretaria General), YUDERKYS ESPINOSA MIOSO (Tesorera), CARMELA CARIÑO TRUJILLO (Secretaria de Acta), y MARIA TERESA GARZÓN MARTINEZ (Vocal 1). La duración de esta asociación es por tiempo indefinido. En Santo Domingo, Distrito Nacional.

BIENVENIDA MENDOZA Presidente INSTITUTO OCULAR UDYAT, S.R.L. (Sociedad en Liquidación) Capital Social: RD$1,000,000.00 RNC 1-31-83240-7/ Registro Mercantil: 152935PSD Domicilio Social: Av. San Vicente de Paul No. 108, Reparto Alma Rosa, Santo Domingo Este, República Dominicana.

AVISO DE DISOLUCIÓN En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 413 de la Ley No. 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, hacemos de público conocimiento que la sociedad INSTITUTO OCULAR UDYAT, S.R.L., mediante Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 7 de mayo del 2021, ordenó su disolución y liquidación, bajo el régimen convencional, de conformidad con lo establecido en las disposiciones estatutarias y legales vigentes. En dicha Asamblea: a) Se declaró la disolución de la entidad; b) Se designó como Liquidador a la Licenciada Ambarina Mejía de Fernández; c) Se le ordenó al Liquidador presentar a la Asamblea General Extraordinaria, un informe sobre las cuentas de la sociedad, con el objeto de decidir sobre la cuenta definitiva de la misma. Toda correspondencia y/o notificación a ser enviada a INSTITUTO OCULAR UDYAT, S.R.L.; en ocasión a su liquidación, deberá ser realizada Av. San Vicente de Paul No. 108, Reparto Alma Rosa, Santo Domingo Este, República Dominicana.

FC 407067

AMBARINA MEJÍA DE FERNÁNDEZ, Liquidador.


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 19

PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 22, de la ley No.1306 (Bis) sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor JOSE ALBERTO COLLADO GUZMAN, dominicano, mayor de edad, casado empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0325640-4 domiciliado y residente en los Estados Unidos de América y de manera transitoria en la autopista Duarte Km. 8, edificio Residencial Collado, piso 2, apto. 2-C, La Rosaleda de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, por medio del presente acto con todas las garantías ordinarias y de derecho, confiero PODER ESPECIAL, tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario, en favor de la LICDA. MILAGROS JOSEFINA COLLADO V., dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de Identidad y Electoral Número 031-0045306-1 matriculada en el Colegio de Abogado de la República Dominicana, bajo el No. 15304-171-94, abogada de los Tribunales de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la calle Mella No. 43 altos, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana donde mi representado hace elección de domicilio y le participa a su legítima esposa la señora CRISTINA MARIA GONZALEZ, cuyo último domicilio conocido en el país por el demandante lo fue en la autopista Duarte Km. 8, edificio Residencial Collado, piso 2, apto. 2-C, La Rosaleda de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, que a falta de información relativa a su lugar de residencia actual se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, el día martes que Contaremos veintidós (22) del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021) en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, en su despacho, sito en el primer nivel del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Alvarez, ubicado en la manzana comprendida por las avenidas Circunvalación y 27 de Febrero, y las calles 34 y Emilio Guerrero del Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, para que comparezca como fuese de derecho por ante la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial para Asunto de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago (expediente 12752021-ECIV-01097), el día Martes que contaremos a veinte (20) del mes Julio del año Dos Mil veintiuno (2021) a las 10:40 horas de la mañana a la audiencia que celebrará en su local, sito en el salón de audiencias de la primera Planta del Palacio de Justicia, ubicado en la manzana comprendida por las avenidas Circunvalación y 27 de Febrero, y las calles 34 y Emilio Guerrero del Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, en la cual se procederá a conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido que ha sido interpuesta por el señor JOSE ALBERTO COLLADO GUZMAN en su contra. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los catorce (14) días del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021).

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Quinta Civil Para Asuntos de Familia, de la Cámara y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Álvarez, en fecha 28 días de Enero del año 2021 dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 1450-2021-SSEN-00108 cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de MARIJKE HOOGENDOORN por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada. SEGUNDO: ACOGE la presente demanda, en consecuencia, ADMITE el divorcio entre JUAN MANUEL TORRES FRANCISCO y MARIJKE HOOGENDOORN, por la causa determinada de incompatibilidad. TERCERO: Ordena a la parte más diligente, proceder a hacer transcribir la presente sentencia y a pronunciar el referido divorcio por ante el Oficia; del Estado Civil correspondiente, una vez cumplido los requisitos de ley, CUARTO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. QUINTO Comisiona al Ministerial JORGE EVERTZ, alguacil de estrados de este tribunal para la notificación de la presente Sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma. FIRMADOS: EUGENIA ELIZABETH ÁLVAREZ RODRÍGUEZ, jueza, HEIDY NUÑEZ, Secretaria General. La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de La Primera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha ocho (8) del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021), e inscrita en el Libro 00009 folio 0159 bajo el acta marcada con el No. 000779 del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día catorce (14) del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021).

Para generar conocimientos y de conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace saber que en fecha 23 de febrero del 2021. La cuarta sala de la cámara civil y comercial del juzgado de primera instancia del distrito judicial de Santiago asunto de familia, dicto la sentencia de divorcio 1275-2021-SSEN-00160 cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA PRIMERO: pronuncia el defecto en contra de ELVIS RODRIGUEZ POLANCO, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado. SEGUNDO: Admite el divorcio ente los señores ISAURA MERCEDES MARTINEZ CASTILLO Y ELVIS RODRIGUEZ POLANCO por la causa determinada de incompatibilidad y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de Ley. TERCERO: Compensa pura y simple las costa del procedimientos por tratarse de una Litis entre esposo. CUARTO: Comisiona al Ministerial Richard Rafael Chávez Santana. Alguacil adscrito a este tribunal para que le notifique la presente sentencia a la parte demandada. Nuestra secretaria así se pronuncia, ordena y firma. Firmado: Mag. Elsa del Carmen Almonte Sepúlveda jueza interina y Zoila H. Quezada Almonte. HEIDY NUÑEZ secretaria general del centro de servicios secretariales de la sala de familia de Santiago certifico y doy fe de que es copia fiel a su original. Certificación que se expide a solicitud de la parte interesada. Sobre la demanda en divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres. Notificada mediante acto número 112/2021. De fecha 10 de febrero del 2021interpuste por ISAURA MERCEDES MARTINES CASTILLO. Nacionalidad dominicana, titular de la cedula de identidad y electoral No.402-2176852-2, con domicilio y residencia en Santiago, cuya representación legal la ostente LUIS CONFESOR RODRIGUEZ MATIAS por sí y por YOEL FRANCISCO HERRERA MONCION, litigante de los tribunales de la república; en contra de ELVIS RODRIGUEZ POLANCO, titular de la cedula de identidad y electoral No. 033-0034734-5, con domicilio desconocido, demás generales no constan: en lo adelante parte demandada. Dicha sentencia ha sido pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de Santiago en fecha 23 de febrero del año 2021, bajo el libro No.00003, folio No.0009, acta No.000409 del año 2021 en la ciudad de Santiago, municipio y provincia Santiago de los caballeros, Republica Dominicana. A los 14 día de junio del año 2021.

LICDA. MILAGROS JOSEFINA COLLADO V., Abogada apoderada de la parte demandante

LICDA, ANGELA DEL CARMEN RODRIGUEZ FERNANDEZ Abogada apoderada de la parte demandante

Lic. YOEL FRANCISCO HERRERA MONCION Abogado de la parte demandante

AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

De Conformidad con las disposiciones de la Ley 2153, de fecha 12 Noviembre de 1949, que agrega un párrafo al artículo 22 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, el Señor: RAMON ENRIQUE RIOPEDRE S. de nacionalidad norteamericana, mayor de edad, casado, portador del pasaporte no. 594440337, domiciliado y residente en la calle cinco (5), Esquina cinco (5), del sector Villa Lora, Apartamento 3-A, Tercer Nivel, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. WELLINGTON JOSE RAMIREZ ROSARIO, abogado, de nacionalidad dominicano, mayor de edad, estado civil casado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 047-02010144-7, con su estudio de abogado abierto en la calle No. 02, esquina 4 de Marzo, del Residencial Gamundi, de esta ciudad de La Vega, teléfono 809-573-8533, correo electrónico lic.wellingtonjrr@hotmail.com; ADVIERTE a su legitima esposa la Señora: MELISSA TAINA MARRERO CORTE DE RIOPEDRE, sin domicilio conocido en la República Dominicana, ni en ninguna parte del mundo, cuyo último domicilio actualmente se desconoce, que a falta de información a su actual residencia, se procederá a emplazar en Demanda en Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado (a) Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, el día JUEVES que contaremos a veinticuatro (24) del mes de JUNIO del año Dos Mil Veintiuno (2021), A los fines de que comparezca a la audiencia que se celebrará por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil Y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, a las nueve (09) horas de la mañana, el día que contaremos a DOCE (12) del mes de AGOSTO del año Dos Mil Veintiuno (2021), sito en la Tercera Planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de La Vega, ubicado en la intersección de las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duverge de esta ciudad de La Vega. La presente publicación ha sido autorizada por el Abogado infrascrito, En la Ciudad de la Concepción de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, Hoy día que contamos a veintiséis (10) del mes de JUNIO, del año Dos Mil Veintiuno (2021).

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Sexta Sala Civil Para Asuntos de Familia, de la Cámara y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Alvarez, en fecha 28 del mes de Enero del año 2021 dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 1451-2021-SSEN-00132, cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de DIGNA ALTAGRACIA ALMONTE por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada, SEGUNDO: Admite el divorcio entre los señores FRANCISCO ELIXANDER FERNÁNDEZ PEÑA y DIGNA ALTAGRACIA ALMONTE, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de ley,; TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al ministerial DORCA YOKELY MARTINEZ HERNÁNDEZ alguacil ordinario de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma. FIRMADOS: MIGUELINA DIAZ PAULINO jueza, ZOILA H. QUEZADA, Secretaria interina. La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de La Tercera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha treinta y uno (31) del mes de mayo del año Dos Mil veintiuno (2021), e inscrita en el Libro 00003 folio 0109 bajo el acta marcada con el No. 0002555 del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día catorce (14) del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021).

“PUBLICACION DE DIVORCIO EN INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES POR FALTA INFORMACION RESIDENCIA”

LIC. WELLINGTON JOSE RAMIREZ ROSARIO. ABOGADO APODERADO

LICDA. MARIA ALTAGRACIA NINA SANCHEZ Abogada apoderada de la parte demandante

(AC-21067-WP-14-15-16/06/52021)

Conforme a las disposiciones legales establecidas en el Artículo 413 de la Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, y sus modificaciones, se hace de público conocimiento: PRIMERO: Que la sociedad INVERSIONES FORTUNA, S.R.L., mediante Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha veintisiete (27) del mes de mayo del año dos mil veintiuno (2021), decidió a unanimidad de votos de los socios presentes y/o representados, resolver lo siguiente: i) Declarar la validez de la presente Asamblea para deliberar y tomar decisiones válidas como Asamblea General Extraordinaria, por estar todos los socios presentes o debidamente representados. ii) Disolver como al afecto disuelven la sociedad comercial INVERSIONES FORTUNA, S.R.L., de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, y sus modificaciones y las disposiciones contenidas en los Artículos 35 y 36 de los Estatutos Sociales. iii) Designar a la señora Michelle Alexandra Marmolejos Taveras, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 402-2180068-9, como Liquidadora de la sociedad, confiriéndole los poderes de Ley y aquellos establecidos en los Estatutos Sociales, debiendo llevar a cabo un Informe detallado, así como la preparación de los estudios finales de liquidación para ser presentados a la Asamblea General Extraordinaria que habrá de convocarse al efecto, y Otorgar plenos poderes y facultades a la persona indicada precedentemente, para que realice todas las diligencias legales, trámites y cualquier otra actividad, a los fines de llevar a cabo la liquidación de la sociedad, quedando investida con los siguientes poderes, los cuales serán simplemente enunciativos: a) Suscribir, el inventario y balance de la sociedad en el momento de comenzar sus funciones con referencia al día en que se indique la liquidación; b) Llevar, y custodiar los asientos contables y registro de la sociedad y velar por la integridad de su patrimonio; c) Realizar aquellas operaciones pendientes y las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la sociedad; d) Enajenar los bienes sociales o realizar los activos; e) Percibir los créditos en la cuantía necesaria para satisfacer a los acreedores de la sociedad; f) Concertar transacciones sobre los derechos litigiosos y arbitrajes cuando así convenga a los intereses sociales; g) Pagar a los acreedores ateniéndose a las normas que establecen los Estatutos o la Ley; h) Convocar una última Asamblea General Extraordinaria, en el marco de la cual presentarán un informe sobre sus gestiones u operaciones liquidadoras; y, I) Asumir en lo sucesivo la representación plena de la sociedad en liquidación para todos los actos inherentes a sus funciones. iv) Autorizar a la liquidadora designada para realizar las publicaciones correspondientes y el depósito de la documentación requerida ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, así como otorgar poderes para la realización de cualesquiera otros trámites relativos al proceso de disolución y liquidación de la sociedad. v) Ratificar como buenas y válidas todas las gestiones, actuaciones, actos, informes y resoluciones adoptados por las señoras Dilia Carmela Pichardo Lara y Rosa María Pichardo Lara, en su calidad de Gerentes de la sociedad, y en consecuencia, otorgarle descargo total y definitivo por su gestión. SEGUNDO: Que los documentos relativos al proceso de disolución de la sociedad fueron depositados ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Inc. en fecha ocho (8) del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021). TERCERO: Que para todos los fines concernientes al proceso de disolución y liquidación de la sociedad se informa a todos los interesados que podrán remitir y/o enviar la correspondencia y actos concernientes a la liquidación a la siguiente dirección: Calle Julio Ortega Frier #18, Zona Universitaria, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

FC 407107

Michelle Alexandra Marmolejos Taveras Liquidadora

FC 406998

LIC. CARLOS JORDANO VENTURA PIMENTEL ABOGADO DEL DEMANDANTE

PUBLICACION LEGAL DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Art. No. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y sus modificaciones, se hace de público conocimiento que: La Cuarta Sala Civil para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, constituida regularmente en la sala del Palacio de Justicia Lic. Federico Carlos Álvarez, en fecha 19 del mes de Enero del año 2021, dictó en sus atribuciones civiles la sentencia No. 1275-2021- SSEN-00054, cuyo dispositivo dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de MAUREN YOKASTA CUETO OSORIA, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citado y emplazada. SEGUNDO: ACOGE la presente demanda, en consecuencia, ADMITE el divorcio entre GILBERTO DELGADO ADORNO y MAUREN YOKASTA CUETO OSORIA, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y ordena el pronunciamiento y transcripción de la sentencia a intervenir, una vez cumplido los requisitos de ley; TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento, por tratarse de una litis entre esposos. CUARTO: Comisiona al ministerial MALVIN R. CURIEL, alguacil adscrito a esta jurisdicción para la notificación de la presente sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, publica, ordena, manda y firma. FIRMADOS: FILOSET NUÑEZ POLANCO, Juez; HEIDY NUÑEZ, Secretaria. La sentencia que antecede, previa formalidad de la Ley, ha sido pronunciada y transcrita por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha diez (10) del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021), e inscrita en el Libro 00010, folio 0023, bajo el acta marcada con el No. 000812 del año 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, hoy día catorce (14) del mes de Junio del año Dos Mil veintiuno (2021).

De conformidad con la Ley, el señor Francisco José Pérez Leonardo, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, de estado civil: casado, empleado privado, con cédula de identidad y electoral número 029-0005014-3, domiciliado en casa sin número del sector Los Guineos, distrito municipal de El Cedro, municipio de Miches, y quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al Licenciado Ernesto Enrique Leonardo Mercedes, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 029-0001554-2, con domicilio abierto en el segundo nivel del No. 50 de la calle Gastón Fernando Deligne del municipio de Miches, advierte a la señora Marisol García Arroyo, de nacionalidad puertorriqueña, mayor de edad, de estado civil: casada, cuyo último domicilio conocido fue la casa sin número del sector Los Guineos, distrito municipal de El Cedro, municipio de Miches, que se procederá a emplazarla en acción de divorcio por incompatibilidad de caracteres con todas sus consecuencias legales, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de El Seibo, el día Dieciocho (18) del mes de Junio del año Dos Mil Veintiuno (2021), a las 10:00 horas de la mañana, para que comparezca a la audiencia que celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo el día Trece (13) del mes de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), a las 9:00 horas de la mañana, Tribunal que celebra sus audiencias en el segundo nivel del edificio Palacio de Justicia de El Seibo, ubicado en el km. 1 ½ de la carretera Mella, frente al Cuerpo de Bomberos Civiles de esa ciudad.

INVERSIONES FORTUNA, S.R.L. Capital Social: RD$3,000,000.00 Registro Mercantil No. 17436SD Registro Nacional de Contribuyentes: 1-01-82459-1 Calle Julio Ortega Frier #18, Zona Universitaria Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana

En aplicación de las disposiciones de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, artículo 22 del párrafo agregado por la ley 2153 del 12 de noviembre del 1949, se hace del conocimiento general que el señor CLEMENTE SOSA, dominicano, mayor de edad, casado, identificado con el pasaporte No.646624543, domiciliado y residente en la calle Respaldo 18, No.68, ensanche la Fe, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, por medio del presente ADVIERTE a su legítima esposa, señora KELLY MARGARITA SOSA, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en la calle Respaldo 18, No.68, ensanche la Fe, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, que a falta de información relativa al lugar de su residencia, se procederá a emplazarla en acción de divorcio ante el Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el día viernes que contaremos a dieciocho (18) del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021) y el tribunal apoderado la Sexta Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por la CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CAREACTERES, que se conocerá por ante la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, CITANDO a la señora KELLY MARGARITA SOSA para que comparezca el día MARTES que contaremos a SEIS (06) DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (9: 00 A.M.), a la audiencia en la modalidad virtual que a los fines antes expresados celebrara el referido tribunal, vía la plataforma digital MICROSOFT TEAMS, pudiendo acceder mediante el rol de audiencias de la página web del servicio poder judicial en el enlace: https://serviciojudicial.gob.do/rol-general/, así como también en el siguiente enlace: https://serviciojudicial.gob.do/sala/sexta-sala-de-la-camara-civil-y-comercial-del-juzgado-de-primera-instancia-deldistrito-nacional/. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

DR. SABINO ARQUIMEDES COLLADO V. Abogado apoderado de la parte demandante

FC 406985

Lic. Ernesto Enrique Leonardo Mercedes, Abogado de los Tribunales de la República

EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES Y DOMICILIO DESCONOCIDO.

PUBLICACIÓN DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO

De conformidad con el artículo 42 de la ley 1306-BIS, sobre Divorcio en la República Dominicana, por este medio se CITA Y EMPLAZA, a la señora HEICHA E. MELENDEZ AYALA, cuyo domicilio se desconoce para que comparezca como fuere de derecho el día Jueves que contaremos a Quince (15) del mes de Julio del Año Dos Mil Veintiuno (2021), por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, a fin de conocer la audiencia que ha sido fijada para el conocimiento de la DEMANDA DE DIVORCIO incoada por su legítimo esposo, señor YAMAICO NUÑEZ LORA, dominicano, mayor de edad, soltero, estudiante, titular de la Cédula de Identidad y Electoral número 0660017659-5, domiciliado y residente en El Bulevar de Atlántico, casa número 3810, sector La Majagua, del Municipio de Sánchez, Provincia Santa Bárbara de Samaná, República Dominicana.

En cumplimiento a las disposiciones del artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio se hace de público conocimiento, que la señora INDHIRA BERENICE BERNARD UREÑA dominicana, mayor de edad, casada, abogada, titular de la cédula de identidad y electoral Núm. 001-1493863-2, con su domicilio y residencia en la calle Génova No. 22, apartamento 1-B, Urbanización Italia, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial, al Lic. ANGEL EDUARDO FAMILIA JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1103478-1, con estudio profesional abierto, en la Avenida Charles de Gaulle No. 2, Local 201, Plaza Darem, Los Trinitarios II, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del procedimiento de divorcio; por medio del presente AVISO hace de conocimiento a su legítimo esposo, el señor STEVEN AUGUST POULTNEY, cuyo último domicilio y residencia conocido fue 22 Phoenix Avenue, Edison NJ 088337, Estados Unidos de Norteamérica, y que a falta de información de su domicilio actual, procederá a través de su abogado apoderado, a emplazarlo en acción de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, mediante acto notificado y entregado a la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, cuyo despacho está ubicado en el primer nivel del Palacio de Justicia de la Provincia Santo Domingo, ubicado en la Avenida Charles de Gaulle No. 27, dicho acto de emplazamiento será notificado el día jueves que contaremos a diecisiete (17) del mes de junio del año 2021, para que usando los medios de la Ley y del Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) de la República Dominicana, se le notifique el señor STEVEN AUGUST POULTNEY, a los fines de que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL, a través de la plataforma Microsoft Teams que efecto celebrara la Cuarta (4ta.) Sala de la Cámara Civil Para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, ubicada en la calle Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, Santo Domingo Este Santo Domingo Este Santo Domingo, República Dominicana, a las 9:00 hora de la mañana del día lunes doce (12) del mes de julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), para conocer la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaria de dicho tribunal al teléfono 809 593-6111, o ingresando al portal de internet: WWW.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias, completando el formulario correspondiente. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a los 14 días del mes de julio del año 2021.

FC 407146

LICDA. YIREINY CORDERO, Abogada de la parte demandante.

FC 406999

LIC. ANGEL EDUARDO FAMILIA JIMENEZ Abogado-Apoderado


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 CLASIFICADOS PÉRDIDA DE CHAPA: Vehículo motocicleta pública, marca Suzuki, modelo AX 100, año 2002, placa y registro No. K0116169, chasis LXCPAGLGLJ98118825, propiedad de VIAMOTO, C. POR A., RNC 1-1408053-1. FC 406943

PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 2016, placa No. K0745794, chasis LC6PAGA11G0017326, a nombre de FREISI ALCANTARA PEÑA.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa No. K0293339, chasis No. MD502213514, a nombre de ROBERT ESTEVEZ BAEZ, cédula No. 225-0019955-3. FC 407040

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Kia, color negro, año 2015, placa No. A875301, chasis KNAGM4A74F5629811, a nombre de CRISTIAN ALBERTO GONZALEZ JESUS

PERDIDA DE PLACA: Motocicleta Matrícula: 5349378 Marca: HONDA Modelo: C50 Placa: N9015996 Chasis: C500454621 Color: AZUL Año: 1984 Propietario: AGUSTÍN DE JESÚS FERNÁNDEZ GUZMÁN - Cédula: 047-0057368-8 (JLJ-AC-21068-WP14-15-16/06/2021)

PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo de carga, marca Isuzu, modelo TFR10F, color blanco, año 1992, placa No. L036233, chasis No. JAATFR52HN7101997, a nombre de ANDRES NICANDRO MELICAN QUEZADA, cédula No. 001-1154518-2. FC 407041

Se solicita peluquera de blower con experiencia, y otra para tintado de cejas. Ubi. Pedro Livio Cedeño#7, Ensanche la Fe. Cel: 829-931-4851, Tel: 809-541-7276. FC 406948 PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta, marca Loncin, modelo GP250, color negro, año 2017, placa No. K1178967, chasis No. LLCLMM2A4HA100955, a nombre de KEIBI LEONIRKE PÉREZ FERRERAS, cédula No. 223-0000989-5. FC 407051

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Kia, color blanco, año 2015, placa No. A858304, chasis KNAGN418BFA575641, a nombre de RAMON ULISES SANTANA CASTILLO. PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo de carga, marca Toyota, modelo RN50L KRA, color azul, año 1986, placa No. L072009, chasis No. JT4RN50R7G0109845, a nombre de PEDRO LACHAPELL ROA, cédula No. 048-0057890-0. PERDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo V118LHY, color azul, año 1993, placa No. LN-0662, chasis No. V11B02829, propiedad de SANTO MANZUETA SOSA, cédula No. 049-0001149-7. FC 407093 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo marca Toyota, modelo Camry LE, año 1992, color dorado, placa No. A143053, chasis No. JT2SK12E4N0040602, propiedad de MARCIA JOSEFINA CONTRERAS TEJEDA. FC 407102 PERDIDA DE CHAPA: Automóvil privado, marca Toyota, modelo Camey LE, color rojo, año 1992, placa No. A162338, chasis No. 4T1SK12E8NU159698, propiedad de JOSE RAMON BONET SANTANA, cédula No. 001-0664658-1. FC 407092

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta, marca X1000, color mamey, año 2014, placa No. K0309699, chasis TBL15P104EHH55845, a nombre de PASCUAL ESPINOSA URBAEZ. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Motocicleta privada, marca KYM, color negro, año 2007, placa No.K0686257, chasis LJCPAGLH07SA37663, a nombre de WANGER ELPIDIO CABREJA CAMACHO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep, marca MITSUBISHI, color verde, año 2008, placa No.G221390, chasis JMYLYV98W8J000450, a nombre de RAUL ORTIZ. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep, marca PORSCHE, color gris, año 2008, placa No.G246012, chasis WP1AC29P38LA83066, a nombre de MARCEL RAMON CALCAÑO FONT FRIAS.

NEWGATE CAPITAL, S.R.L, Sociedad en Liquidación Registro Mercantil: 100625SD RNC: 1-31-06222-9 Capital Social: RD$100,000.00 Domicilio: Calle José López No. 26, esquina Calle Amelia Francasci, Edificio Gampsa IV, cuarto piso, Local 4-E, Los Prados, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana.

De conformidad con lo establecido en la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, Ley No. 479-08, y sus enmiendas, así como con lo establecido en los Estatutos de la sociedad, se hace de conocimiento general que, en Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha once (11) de junio de dos mil veintiuno (2021), los Socios de la sociedad NEWGATE CAPITAL, S.R.L., Sociedad en liquidación (en lo adelante, “la Sociedad”) presentes y representados en dicha Asamblea, aprobaron la disolución de la Sociedad y aprobaron las siguientes resoluciones: Se aprobó la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Extraordinaria; Se conoció y se aprobó la disolución con liquidación de la Sociedad, así como ordenar su debida publicación en un diario de circulación nacional; Se designó a la liquidadora y se encargó a la liquidadora la elaboración de un informe sobre el estado general de la Sociedad mediante el cual se constate su estado patrimonial; Se aprobó la designación de un Contador Público Autorizado a los fines de que realice un balance Especial del Estado de la Sociedad; Se aprobó el cambio de denominación social de la Sociedad a “Newgate Capital, S.R.L., Sociedad en Liquidación”; Se aprobó la cesación de la representación de los Gerentes para hacer nuevos negocios y contraer nuevas obligaciones; Se convocó a los socios presentes o debidamente representados, a la Asamblea General Extraordinaria que habrá de reunirse para conocer del informe del o de los liquidadores; Se designó domicilio para la recepción de cualquier correspondencia o acto relativo al proceso de liquidación; y Se otorgó los poderes necesarios para el registro y publicidad de las resoluciones tomadas en esta asamblea. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

Carolyn Selman Vargas, Liquidadora de NEWGATE CAPITAL, S.R.L., Sociedad en Liquidación. FC 407110

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día MARTES que contaremos a SEIS (06) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la calle Restauración No. 1, de la ciudad de Romana, provincia de la Romana, la venta en pública subasta del siguiente inmueble: “Unidad funcional D-301, identificada como 409388919850:D-301, matrícula No.4000379319, del condominio RESIDENCIAL ALEXANDER II, ubicado en LA ROMANA, LA ROMANA, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela de 1.15% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un sector propio identificado como SP-00-01-087, ubicado en el nivel 01,del bloque 00, destinado a PARQUEO, con una superficie de 11.50 metros cuadrados; un Sector Propio identificado como SP-10-03-001, ubicado en el nivel 03, del bloque 10, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 90.00 metros cuadrados” a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No.218, sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; la que tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las licenciadas JUDITH TEJADA CUELLO y JANNETTE SOLANO CASTILLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos.001-1294853-4 y 225-0011853-8, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, sector Gascue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; y ad hoc en la avenida Padre Abreu esquina Circunvalación, Suite No.714. 2do Nivel, Reparto Torres donde la(los) persiguiente(s) ha(n) hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El inmueble que se acaba de mencionar ha sido embargado de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio del (la) (los) señor(a) (es) ANAIS PEÑA, estadounidense, mayor de edad, soltera, empleada privada, portadora del pasaporte norteamericano y social security Nos. 556427417 y 054-70-5844, con elección de domicilio en la carretera La Romana-San Pedro de Macorís, Residencial Alexander II, apartamento D-301, La Romana. El mandamiento de pago fue notificado al (la) embargado(a) el día 19 de mayo de 2021 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago de (la) (los) deudor(a), inscrito en las oficinas del Registro de Títulos de San Pedro de Macorís el día 07 de junio de 2021. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja en UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DIEZ PESOS CON 89/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,292,410.89), monto a que asciende a la fecha la deuda hipotecaria contraída por el (la)(los) embargado(a)(s) frente a la entidad persiguiente, de acuerdo al contrato de préstamo No. 45-200-73265778 suscrito en fecha 21 de marzo de 2019. A esta suma le serán adicionados los honorarios y gastos de ejecución hasta el día de la adjudicación definitiva, en aplicación de las obligaciones asumidas por la parte embargada en los artículos duodécimo literal (e) y decimosexto del contrato antes señalado. Todo subastador deberá depositar en la secretaría del tribunal apoderado, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado, de conformidad con el Pliego de Condiciones. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, el deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por los abogados de la persiguiente, en la ciudad y provincia de La Romana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello, -Abogadas del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Calle Benito Monción No. 158, sector Gascue, Santo Domingo, Ad-Hoc: En la avenida Padre Abreu esquina Circunvalación, Suite No.714. 2do Nivel, Reparto Torres, municipio de La Romana, provincia de La Romana. FC 407071


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veinticinco (25) de marzo del año dos mil veintiuno (2021), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, dictó la sentencia civil No. 0506-2021-SSEN-00157, que en cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos HILARIO MIRABAL y DEYANIRA SANTOS REYES, conforme al Acto de Estipulaciones de Divorcio instrumentado por el DR. EURIPIDES SOTO LUNA, Notario Público de los del número para el municipio de Cotuí, marcado con el No. 09/2020, Folio No. 01, en fecha 16 de septiembre del 2020, transcristo más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Autoriza al esposo más diligente presentarse por ante el Oficial del Estado Civil competente. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. Asimismo, se hace saber que en fecha nueve (09) de junio del año dos mil veintiuno (2021), el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de Cotuí, procedió a transcribir la referida sentencia en el libro No. 00001, de registro de Divorcio, Folio No. 0144, Acta No. 000144, año 2021, efectuándose el pronunciamiento del referido divorcio. En la ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, a los trece (13) días de junio del año dos mil veintiuno (2021).

Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No. 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora MARIA ELETICIA JIMENEZ MOREL, dominicana, mayor de edad, casada, cuyo domicilio se desconoce en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo el señor JOEL YSMAEL PERALTA MOREL, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 035-0014931-9, domiciliado y residente en la calle esta ciudad de Santiago de los Caballeros, Republica Dominicana, por órgano de su abogado constituido y apoderado especial, DR. RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ RAMOS, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 031-0234112-4, ahogado de los tribunales de la Republica, matriculado bajo el No. 27975-0092-04, con estudio profesional abierto en la calle 16 de Agosto, No. 59, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, DOMICILIO DESCONOCIDO, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Tribunal de Primera instancia del Distrito Judicial de Santiago, el día lunes, Dieciocho (18) del mes de Junio del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, para que comparezca por ante la SEXTA SALA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO (ASUNTOS DE FAMILIA), sito en el Edificio que aloja las oficinas del Palacio de Justicia Lic. Federico C. Álvarez, en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, situado en la manzana conformada por la Ave. 27 de Febrero, Circunvalación, las Calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román I, a la audiencia que celebra en atribuciones Civiles, el día miércoles que contaremos a Cuatro (4) del mes de Agosto del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana. Publicación autorizada por la infrascrita, abogado apoderado especial, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Junio del año dos mil Veintiuno (2021).

LICDO. RAMON U. SURIEL OTAÑEZ, Abogado.

DR. RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ RAMOS Abogado Apoderado

“AVISO DE CONVOCATORIA” PONTE DE SOR, S.R.L.

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Capital social: RD$1,000,000.00 Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana RNC: 1-24-02677-6 R.M. 6074SD

Se hace de público conocimiento la perdida de certificado financiero No.133011000000488 (049945) del BANCO ADOPEM, Por un valor de RD$24,500.00, A nombre: de HILARIO VICIOSO CLETO, Cedula 008-0005795-2, la presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

LEGAL 21 AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

FC 407099

En observancia a las disposiciones legales establecidas en la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (479-08) promulgada en fecha 11 de diciembre del 2008, modificada por la Ley 31-11 promulgada en fecha 10 de febrero del año 2011, se convoca de manera formal a todos los socios que conforman el capital social de la sociedad PONTE DE SOR, S.R.L., a la celebración de la próxima Asamblea General Extraordinaria de la sociedad PONTE DE SOR, S.R.L., la cual se llevará a cabo en fecha cinco (5) del mes de julio del año en curso 2021, a las nueve horas (9:00a.m.), en el domicilio social ubicado en la calle Heriberto Núñez, #34, Urbanización Fernández, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con la finalidad de conocer y decidir sobre: (I) El traspaso de las cuotas sociales del fenecido socio, señor Miguel Heded Abraham a favor de su único sucesor, el señor Aiki Miguel V Heded Feliz. (II) La emisión de la nueva Lista de Suscriptores de la sociedad PONTE DE SOR, S.R.L. (III) La autorización para la venta de los bienes: “Inmueble identificado como 406379459465, que tiene una superficie de 1,537.25 metros cuadrados, matrícula No.3000104634, ubicado en SAN PEDRO DE MACORIS, SAN PEDRO DE MACORIS”; “Inmueble identificado como 406379454702, que tiene una superficie de 1,360.93 metros cuadrados, matrícula No.3000104693, ubicado en SAN PEDRO DE MACORIS, SAN PEDRO DE MACORIS”; “Inmueble identificado como 406379457653, que tiene una superficie de 1,305.38 metros cuadrados, matrícula No.3000104636, ubicado en SAN PEDRO DE MACORIS, SAN PEDRO DE MACORIS”; e, “Inmueble identificado como 406379455286, que tiene una superficie de 718.65 metros cuadrados, matrícula No. 3000104699, ubicado en SAN PEDRO DE MACORIS, SAN PEDRO DE MACORIS”; y la designación de la persona que estará autorizada para ejecutar la negociación, suscripción de documentos y contratos definitivos requeridos para la formalización de la venta de los inmuebles, y recepción de los valores correspondientes. (IV) La autorización del pago de la comisión de corretaje, equivalente al 3% del monto final de la venta del bien antes descrito. (V) La autorización otorgada a la persona que actuando en nombre y representación de la sociedad y de los socios, podrá recibir las sumas correspondientes a la venta de los precitados inmuebles ubicados en San Pedro de Macorís, o bien, la venta de las cuotas sociales, en caso de que corresponda; y, (VI) Cualquier otro asunto de interés para la sociedad. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

FC 407196

Madelaine Clara Heded Abraham Gerente

“AVISO DE CONVOCATORIA” PONTREMOLI, S.R.L. Capital social: RD$1,000,000.00 Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana RNC: 1-24-02845-2 R.M. 9351SD

FC 405394

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Mediante este aviso se informa que se extravió el Certificado Financiero No.0600013081, con un balance al 10 de junio de dos mil veintiuno (2021) de US$24,106.08, con fecha de apertura el dos (2) de agosto del dos mil cinco (2005), perteneciente al señor JOSE AQUILES HELENA CAMPOS, portador de la cédula de identidad y electoral No.041-0013483-4, dicho Certificado Financiero, está registrado en la intermediación financiera BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, en la sucursal ubicada en la Av. Duarte, No.38, Montecristi, R.D. RNC No. 401-01006-2.

FC 407048 En observancia a las disposiciones legales establecidas en la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (479-08) promulgada en fecha 11 de diciembre del 2008, modificada por la Ley 31-11 promulgada en fecha 10 de febrero del año 2011, se convoca de manera formal a todos los socios que conforman el capital social de la sociedad PONTREMOLI, S.R.L., a la celebración de la próxima Asamblea General Extraordinaria de la sociedad PONTREMOLI, S.R.L., la cual se llevará a cabo en fecha seis (6) del mes de julio del año en curso 2021, a las nueve horas (9:00a.m.), en el domicilio social ubicado en la calle Heriberto Núñez, #34, Urbanización Fernández, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con la finalidad de conocer y decidir sobre: (I) El traspaso de las cuotas sociales del fenecido socio, señor Miguel Heded Abraham a favor de su único sucesor, el señor Aiki Miguel V Heded Feliz. (II) La emisión de la nueva Lista de Suscriptores de la sociedad PONTREMOLI, S.R.L. (III) La autorización para la venta del bien “inmueble identificado como 406379473669, que tiene una superficie de 9,080.32 metros cuadrados, matrícula No. 2100022346, ubicado en San Pedro de Macorís”, y la designación de la persona que estará autorizada para ejecutar la negociación, suscripción de documentos y contratos definitivos requeridos para la formalización de la venta del inmueble, y recepción de los valores correspondientes. (IV) La autorización del pago de la comisión de corretaje, equivalente al 3% del monto final de la venta del bien antes descrito. (V) La autorización otorgada a la persona que actuando en nombre y representación de la sociedad y de los socios, podrá recibir las sumas correspondientes a la venta del inmueble, o bien, la venta de las cuotas sociales, en caso de que corresponda; y, (vi) cualquier otro asunto de interés para la sociedad. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

FC 407196

Madelaine Clara Heded Abraham Gerente

“AVISO DE CONVOCATORIA” LAVINA, SRL Capital Social: RD$10,750,000.00 Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana RNC: 1-30-47921-6 R.M. 57940SD En observancia a las disposiciones legales establecidas en la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (479-08) promulgada en fecha 11 de diciembre del 2008, modificada por la Ley 31-11 promulgada en fecha 10 de febrero del año 2011, se convoca de manera formal a todos los socios que conforman el capital social de la sociedad LAVINA, S.R.L., a la celebración de la próxima Asamblea General Ordinaria de la sociedad LAVINA, S.R.L., la cual se llevará a cabo en fecha ocho (8) del mes de julio del año en curso 2021, a las nueve horas (9:00a.m.), en el domicilio social ubicado en la avenida Abraham Lincoln, #403, Ens. La Julia, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con la finalidad de conocer y decidir sobre: (I) la autorización de la venta del bien inmueble “apartamento no. 701-O del condominio Torre Mencía, matrícula No. 0100071002, con una superficie de 338.50 metros, en el Solar 5, manzana 3031, del Distrito Catastral No. 01, ubicado en el Distrito Nacional,” y la designación de la persona autorizada para ejecutar la negociación, suscripción de documentos y contratos definitivos requeridos para la formalización de la venta del inmueble, y recepción de los valores correspondientes; (II) La autorización del pago de la comisión por corretaje equivalente al 5% del monto final de la venta del bien inmueble “apartamento No. 701-O del condominio Torre Mencia, matrícula No. 0100071002, con una superficie de 338.50 metros, en el Solar 5, manzana 3031, del Distrito Catastral No. 1, ubicado en el Distrito Nacional,”; (III) La autorización otorgada a la persona que actuando en nombre y representación de la sociedad y de los socios, podrá recibir las sumas correspondientes a la venta del inmueble, o bien, la venta de las cuotas sociales, en caso de que corresponda; y, (IV) cualquier otro asunto de interés para la sociedad. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

FC 407196

Madelaine Clara Heded Abraham Gerente

Propiedad del fenecido JOSE AQUILES HELENA CAMPOS

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con la disposición del artículo 158, de la Ley No. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la Republica Dominicana, del 16 de Julio del 2011, se hace de público conocimiento que ha sido fijada para el día Seis (06) del mes de Julio del Dos Mil Veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana la venta en pública subasta al mejor postor y ultimo subastador, que al efecto tendrá la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de María Trinidad Sánchez, en el local que acostumbra conocer sus audiencias públicas, localizado en el segundo nivel del Palacio de Justicia de la ciudad de Nagua, ubicado en calle Emilio Conde esquina Club Rotario, s/n, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, del inmueble que se describe a continuación: Inmueble identificado como: parcela No. 411410198578, con una superficie de CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y DOS PUNTO VEINTISÉIS (4,162.26 M2) metros cuadrados, matricula no. 1400028214, ubicado en Nagua, María Trinidad Sánchez, con sus mejoras consistente en dos construcciones de tabla, techo de zinc, piso de cemento, amparado en la matrícula de Registro de Acreedor No. 1400028214, expedido por el Registro de títulos de María Trinidad Sánchez. El inmueble se encuentra ubicado en el sector Buenos Aires, a unos 800 metros de la Ferretería Calvo, de esta ciudad y municipio de Nagua, provincia María Trinidad, Republica Dominicana, el inmueble descrito precedentemente ha sido embargado en perjuicio de JOSEFINA ESTELA CRUZ TAVERAS, con su domicilio en la Av. Luis María King, No. 117, ciudad y municipio de Nagua, prov. María T. Sánchez, por el señor GUILLERMO ANTONIO SANCHEZ ACOSTA, Dominicano, mayor de edad, soltero, Comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 060-0019550-0, domiciliado y residente en el sector El Puerto, de la ciudad y municipio Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez, quien tiene como abogado legalmente constituido al, LIC. ESTEBAN EVELIO ESPINAL ESCOLÁSTICO, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad y electoral número 0710027644-8, abogado de los Tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la calle Emilio Conde número 64 de la ciudad y Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, localizable en el teléfono: 809-790-8728, donde ha hecho y mantiene su domicilio el persiguiente. El mandamiento de pago le fue notificado mediante el acto No. 176/2021, de fecha (04) de Mayo del 2021, del ministerial ENVER ENRIQUE AMPARO BALDERA, Ordinario del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de María Trinidad Sánchez; y, convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario por falta de pago de la deudora en el plazo establecido por la Ley. El mismo fue inscrito en el Registro de Títulos de Nagua, en fecha 21 del mes de mayo del 2021. El pliego de condiciones que regirá la venta fue depositado en la secretaria del Tribunal apoderado, en fecha 28 del mes de mayo del 2021. El persiguiente ha fijado para la primera puja en la suma de UN MILLÓN CIEN MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$1,100,000.00), que es el monto que asciende la deuda en capital e interés, cortado hasta el 28 del mes de mayo del 2021. Todo subastador deberá depositar en manos de la secretaria de la Cámara el equivalente al Diez (10%) por ciento del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado. Se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado. Todo de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal en donde se efectuará la venta. La deudora y todo el que tenga interés en el inmueble conforme a la certificación emitida por el registro de títulos, serán citados por Acto de Alguacil para presenciar la venta del inmueble objeto de la ejecución. Hecho y firmado por el abogado del persiguiente, en el Municipio Nagua, Prov. María Trinidad Sánchez, a los 15 días del mes de junio del 2021. FC 407143

LIC. ESTEBAN EVELIO ESPINAL ESCOLÁSTICO

Se hace de público conocimiento que en fecha 28/06/2021, a las 04:00 P.M., se realizarán los trabajos de SANEAMIENTO, dentro del Ámbito parcela no. 02, distrito catastral no. 59/1, ubicado en la carretera La Ceja, a unos 50 metros de la calle La Marga, en las Cejas, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de ENEMENCIO ESPAILLAT PEÑA, representado por el LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO expediente No. 6612021029944, d/f. 24/05/2021.

FC 407149

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA No. 36587/Tel. 809-584-9224

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

Se hace de público conocimiento que en fecha 28/06/2021, a las 09:00 A.M., se realizarán los trabajos de SANEAMIENTO, dentro de la parcela No. 2077-006-9530, del Distrito Catastral No. 07, ubicado en Samaná, Loma de los Báez, a unos 800 metros de la Carretera Nagua-Samaná, municipio y provincia Samaná, propiedad del señor ENRIQUEZ BAEZ CUSTODIO, representada por el LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO expediente No. 6612021029901, d/f. 24/05/2021.

FC 407149

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA No. 36587/Tel. 809-584-9224

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

Se hace de público conocimiento que en fecha 28/06/2021, a las 12:00 M.D., se realizarán los trabajos de SANEAMIENTO, dentro del Ámbito Distrito Catastral No. 02, ubicado en Macedonia, a unos 100 metros de la carretera a la Represa, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de MARIA RAMONA LANTIGUA GOMEZ DE SANCHEZ y CARLOS ENRIQUEZ SANCHEZ, representados por el LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO expediente No. 6612021029928, d/f. 24/05/2021.

FC 407149

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA No. 36587/Tel. 809-584-9224

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO.

Se hace de público conocimiento que en fecha 29/06/2021, a las 09:00 A.M., se realizarán los trabajos de SANEAMIENTO, dentro del Ámbito Distrito Catastral No. 02, ubicado a unos 50 metros de la calle México y a unos 30 metros de la calle 8 de San José de Villa, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de FABIO ANTONIO GIL RAMON, representados por el LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO expediente No. 6612021029952, d/f. 24/05/2021.

FC 407149

AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA No. 36587/Tel. 809-584-9224

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICACIÓN DE REGISTRO DE ACREEDOR De conformidad con el Artículo número 92, Párrafo número 3 de la Ley número 108-05, sobre Registro Inmobiliario y del Artículo número 86 del Reglamento para su Aplicación, por este medio, se hace de público conocimiento, LA PERDIDA DE LAS CERTIFICACIONES DE REGISTRO DE ACREEDOR, por valor de RD$1,700,000.00 (UN MILLON SETECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), expedida a favor del BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, por el REGISTRADOR DE TÍTULOS DE SANTO DOMINGO, en fecha 04 de noviembre del año 2015, correspondiente a los inmuebles UNIDAD FUNCIONAL 401, IDENTIFICADA COMO 401422868849:401, MATRICULA NO. 4000250209, DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL KENCAROL, UBICADO EN SANTO DOMINGO ESTE, SANTO DOMINGO, CON UN PORCENTAJE DE PARTICIPACION SOBRE LAS AREAS COMUNES Y LA PARCELA DEL 6.29% Y UN VOTO EN LA ASAMBLEA DE CONDOMINES, CONFORMADA POR UN SECTOR PROPIO IDENTIFICADO COMO SP-01-04-001, DEL BLOQUE 01, UBICADO EN EL NIVEL 04, DESTINADO A APARTAMENTO, CON UNA SUPERFICIE DE 113.00 METROS CUADRADOS Y UN SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO IDENTIFICADO COMO SE-01-05-001, DEL BLOQUE 01, UBICADO EN EL NIVEL 05, DESTINADO A AZOTEA, CON UNA SUPERFICIE DE 48.59 METROS CUADRADOS. UNIDAD FUNCIONAL P-12, IDENTIFICADA COMO 401422868849: P-12, MATRICULA NO.4000250216, DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL KENCAROL, UBICADO EN SANTO DOMINGO ESTE, SANTO DOMINGO, CON UN PORCENTAJE DE PARTICIPACION SOBRE LAS AREAS COMUNES Y LA PARCELA DEL 1.65% Y UN VOTO EN LA ASAMBLEA DE CONDOMINES, CONFORMADA POR UN SECTOR PROPIO IDENTIFICADO COMO SP-0001-012, DEL BLOQUE 00, UBICADO EN EL NIVEL 01, DESTINADO A PARQUEO, CON UNA SUPERFICIE DE 29.60 METROS CUADRADOS, CUYO INMUEBLE ES PROPIEDAD DE EL SEÑOR SAEL ANTONIO CID MARTINEZ.

FC 407126

LIC. NESTOR C. DE LOS SANTOS. Abogado.


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

22 LEGAL PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep, marca JEEP, marca MITSUBISHI, color gris, año 2011, placa No.G277499, chasis JMYXTGA2WBZ002709, a nombre de META PR RENT A CAR, C. POR A.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta marca Tauro, modelo AX100, color negro, año 2018, placa No. K1658476, chasis No. LJCPAGLF6J1000412, a nombre de GREGORIO TEJADA LORENZO, cédula No. 001-0063571-3. FC 407125

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep, marca MITSUBISHI, color gris, año 2011, placa No.G277494, chasis JMYXTGA2WBZ002535, a nombre de META PR RENT A CAR, C. POR A.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta marca Loncin, modelo PRUSS 200, color blanco, año 2016, placa No. K1155445, chasis No. LLCLGL300GA101400, a nombre de MIGUEL ADALBERTO MEJIA R., cédula No. 025-0039346-3. FC 407127

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca KIA, color azul, año 2007, placa No.A546475, chasis KNAFG524377075107, a nombre META PR RENT A CAR, C. POR A.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep marca Toyota, color gris, año 1998, placa No. G124584, chasis No. JT3HN86R0W0163804, a nombre de JOSÉ LUIS CANDELARIO, pasaporte No. 512373512. FC 407131

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Jeep, marca MITSUBISHI, color azul, año 2008, placa No.G024263, chasis A6006145, a nombre de META PR RENT A CAR, C. POR A.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Nipponia, color rojo, año 2015, placa No. K1712784, chasis XP1CG150AFY04800, a nombre de STARLING JAVIER SANTANA LUNA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo de carga, marca MITSUBISHI, color azul, año 1992, placa No.L164670, chasis D0FK010PP00101, a nombre de MAXIMO DE JESUS MANZUETA.

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Mercedes Benz, color blanco, año 2009, placa No. A607807, chasis WDDGF81X89R062252, a nombre de FRANCIS RAMIREZ FORTUNA.

PÉRDIDA DE PLACA: Motocicleta privada, marca Bajaj, modelo CT 100 ES, año 2019, color rojo, placa y registro No. K1813709, chasis MD2B37AY3KWK41333, propiedad de JOSE LUIS MATOS, cédula 2230171956-7. FC 407081.

PÉRDIDA DE PLACA: De carga, marca JMC, color blanco, año 2012, placa No. L310583, chasis LETACAD17CHP00008, a nombre de EDITORA HOY SAS.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DEL DUEÑO Y DEL ACREEDOR De conformidad con lo que establece el artículo 92, párrafo 3, de la ley de Registro Inmobiliario No. 108-05, se hace de público conocimiento que se ha perdido el certificado de título y del dueño No.2002516, emitidos a favor de MELISSA YAMILKA AQUINO STERLIMG, la cual ampara el siguiente inmueble: apartamento P1-104, Bloque P-I, con un área de construcción de OCHENTA (80) Metros Cuadrados, CERO, CERO Decímetros Cuadrados y la siguiente distribución: Sala- Comedor, Recibidor, Balcón, Cocina, TRES (3) Dormitorios y un (1) Cuarto de Baño. Está situada en la parte sur de la parcela, con acceso a la vía pública a través de un paseo peatonal que comunica con la acera que da a la Calle y está limitada: Al Norte, P1-103; al Este, paso Peatonal; al Sur, calle y al Oeste, Apartamento P-102- del CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS AMERICAS, edificado dentro del ámbito de la parcela No. 200-B-2, del Distrito Catastral No. 32 del Distrito Nacional. Amparado en el certificado de título No.2002-516, anotado en el libro No. 1765, Emitido por el Registrador de títulos del Distrito Nacional, República Dominicana, propiedad de MELISSA YAMILKA AQUINO STERLING.

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2014, placa No. A833847, chasis KMHDG41LBEU902301, a nombre de ALAN ENMANUEL TORRES MARRERO.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Hyundai, modelo Sonata Y20, año 2014, color blanco, placa y registro No. A724572, chasis KMHEC41LBEA608207, propiedad de GRUPO IQ, SRL, cédula 130682178. FC 407068

PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Chevrolet, color gris, año 2013, placa No. G444511, chasis 2GNFLEEK6D6276485, a nombre de WENDY RAFAEL HERNANDEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Jeep, modelo Patriot Sport 4X2, año 2015, color gris, chasis 1C4NJPBA3FD397657, propiedad de WANDA MARLENIS LEGUISAMON REYES. FC 407088

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Hyundai, color blanco, año 2010, placa No. A709377, chasis KMHEU41MBAA776522, a nombre de PAULA DEL CARMEN VALDEZ SANTIAGO.

EXPEDIENTE Nº 6622021043251. Se avisa por este medio que el día 25 del mes de junio del año 2021 a las 3:00 p. m., daremos inicio a los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro de la Parcela Nº 146 del distrito catastral Nº 14 del municipio Concepción de La Vega, provincia, La Vega. Propiedad de los señores Marco Morillo y Alix Griselda Sánchez Tira De Morillo. Área: 318.00 m2. Ubicada en: En sector de El Pino del municipio Concepción de La Vega, provincia, La Vega. Estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte en fecha 5 de abril del año 2021. Serán Ejecutados por

(AC-21080-WP)

Henry R. Salvador Estevez Agrimensor Público Codia 30166

AVISO MENSURA CATASTRAL Expediente: 6622021077316 Vista la autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 13/06/2021, a petición del señor JOSÉ ANTONIO HERNÁNDEZ GARCÍA; tengo a bien comunicar que el día veinticinco (25) del mes de junio del año 2021, a las 08:00 A.M., se le dará comienzo a los trabajos de deslinde, actualización de mensuras y refundición del referido terreno, Referencia de ubicación: En la Av. Rivas, 25 metros al este de la intersección con la calle Comandante Jiménez Moya, San Antonio, La Vega (las coordenadas UTM de referencia son: 339675 Este y 2126463 Norte). Parcelas Nos. 40 y 41 del distrito catastral N° 11, del municipio Concepción de La Vega, provincia de La Vega. Este proceso será presentado por

RAFAEL ANTONIO FERNÁNDEZ DE LEÓN Agrimensor CODIA No. 27067 (RAFECO-AC-21079-WP-T-ACFF)

AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.No. 6612021034573 Por medio de la presente, hacemos de público conocimiento que realizaremos los trabajos de Mensura dentro del ámbito de la la P.No. 5 del Distrito Catastral No.9, Ubicado En La Urb. Los Maestros del Municipio San Francisco De Macorís, Provincia Duarte que el día 18 de Junio del año 2021 a las 09:00 a.m. Para DESLINDAR una porción de terreno dentro de la referida parcela. Esta porción es propiedad del Sr.: OBED FRANCISCO ALVAREZ MENDEZ. Esta notificación se hace para dar cumplimiento al art.No.75 del reglamento general de mensura catastral. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Atentamente:

(AC-21077-WP)

WILTON AQUINO HENRIQUEZ Agrimensor Contratista CODIA No.26357

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 6622021074082 En cumplimiento con el Art. 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, por medio de la presente quedan formalmente citados a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, colindantes, propietarios y público en general al ámbito de la Parcela No. 35-D, D.C. No.05, del Municipio de la vega y Provincia la vega el día 18 de junio del 2021 a las 8:00 P.M., mediante Autorización de fecha 07 de junio del año 2021, se Procederá a realizar los trabajos de Deslinde al inmueble propiedad de RUFINO HERRERA y MARIANELA JIMENEZ GENAO, la vega una porción a deslindar que mide 197.50mt2 del municipio y provincia de la vega. Visado

JOSE ALBERTO TAPIA PERALTA Agrimensor Contratista CODIA 38351 (RERR-AC-21076-WP-1/2)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Honda, modelo Civic, año 2007, color azul, placa No. A601571, chasis No. 2HGFA165X7H500402, propiedad de YENDRY MORETA, cédula No. 223-0117636-2. FC 407124

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2011, placa No. A692427, chasis 5NPDH4AE0BH005149, a nombre de ENMANUEL RAMON GORIS.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Hosuya, color rojo, año 2017, placa No. K1153669, chasis No. LBRSPKW06H9000191, a nombre de TEAM LOGISTICS ALZ SRL, RNC No. 131-51222-4. FC 407129

PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Porsche, color gris, año 2008, placa No. G215635, chasis WP1ZZZ9PZ8LA17774, a nombre de BRAULIO NEICO SANTANA LIZARDO.

FC 407103

AVISO DE CORRECCION DE ESTADO CIVIL POR ERROR MATERIAL

FC 407140

AVISO MENSURA PARA DESLINDE

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Mitsubishi, modelo Montero, año 2002, placa y registro No. G356868, color gris, chasis JA4MT21H22P008288, propiedad de MINERVA CHALES DE FERRERAS, cédula 001-0940354-3. FC 407075

RECIBO DECLARACION DE CATASTRO NACIONAL 097133, ARIEL DE WINTER Y MARTIRE GERMAN, pasaporte No. 521681-M-299435, Art. 4 de la Ley No. 317, sobre Catastro Nacional de fecha 19 de junio del 1968, en la C/Resp. 17, barrio 27 de Febrero No. 43, Distrito Nacional.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Expediente No. 6622021062769 En cumplimiento con el Art. 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, por medio de la presente quedan formalmente citados a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, colindantes, propietarios y público en general al ámbito de la Parcela No142-A, D.C. No.05, del Municipio y Provincia La Vega el día 18 de mayo del 2021 a las 9:00 A.M., mediante Autorización de fecha 13 de mayo del año 2021, SE Procederá a realizar los trabajos de Deslinde al inmueble propiedad de XIOMARA VALERIO, en la vega una porción a deslindar que mide 459.71 mt2 del municipio y provincia de La Vega. Visado

JOSE ALBERTO TAPIA PERALTA Agrimensor Contratista CODIA 38351 (RERR-AC-21076-WP-2/2)

En virtud de lo que dispone la ley de Registro Inmobiliario se hace público que se ha cometido un error en cuanto al estado civil del propietario de los inmuebles identificados como designación catastral 3187927134, con una superficie de 21,151.17 m², matrícula No.1400013205, la designación catastral 318792610257, con una superficie de 267.52 m², matrícula No. 1400013201, la designación catastral 318792519231, con una superficie de 357.71 m², matrícula No.1400013200, ubicado en Nagua, María Trinidad Sánchez, duplicado del dueño, el señor VÍCTOR ALONZO RONDÓN, dominicano, mayor de edad, agricultor, portador de la Cédula Personal de identidad y electoral No. 081-0002848-2, casado, domiciliado y residente en la carretera de la comunidad cono buey, de la sección la Novilla, del Municipio de Río San Juan, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, al decir que está casado con la señora OLIMPIA GUILLEN CASTILLO, portadora de la cédula 0810002848-2, la cual no es copropietaria de ese inmueble

FC 407142

LIC. CRISEYDA VIER BURGOS Abogado

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE ACCIONISTA DE EDESUR DOMINICANA, S.A.

Se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados de Accionista de Edesur Dominicana, S.A., a nombre de: Carlos García López, cédula 018-0049537-4 y de Wendy Yuderka Pérez de García, cédula 018-0014472-5. La presente Publicación se hace para los fines de Ley correspondiente. FC 407128

PERDIDA DE PLACA Por este medio informamos, que se encuentra perdida la Placa: L387975 correspondiente a la Camioneta Marca: NISSAN; Modelo: FRONTIER NP300; Motor: YD25-683082P; 5 Pasajeros; Fuerza Motriz 2500; Año 2019; Chasis: 3N6CD33B2ZK393034; Color: Blanco; perteneciente al Plan de Asistencia Social de la Presidencia RNC: 401506459.

AVISO DE PERDIDA DE MATRICULA Se hace de Público conocimiento pérdida de la Matrícula de Vehículo de Motor a favor de la Entidad Financiera BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA DE SERVICIOS MULTIPLES, S.A. inscrito en el Registrto Nacional de Contribuye Núm.401010062, con su domicilio y oficina Principal en el edificio de la Torre Banreservas, ubicada en la Ave. Winston Churchill Esq. Porfirio Herrera, Ensanche Piantini, Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana, de los Vehículos a saber: 1.- UN JEEP, MARCA SUZUKI, MODELO 120, COLOR NEGRO, CHASIS NUM.TSMYD21S1GM184114, AÑO 2016, REGISTRO Y PLACA NUM.G372199. 2.- AUTOBUS PRIVADO, MARCA JIMBEI, MODELO 120, COLOR BLANCO, CHASIS NUM.LSYHDAAD6CK033754, AÑO 2012, REGISTRO Y PLACA NUM.I095343. 3.- AUTOBUS PRIVADO, MARCA JIMBEI, MODELO 120, COLOR BLANCO, CHASIS NUM.LSYHDAAD8CK033738, AÑO 2012, REGISTRO Y PLACA NUM.I062110. 4.- AUTOBUS PRIVADO, MARCA JIMBEI, MODELO 120, COLOR BLANCO, CHASIS NUM.LSYHDAADODK062233, AÑO 2013, REGISTRO Y PLACA NUM.I062941. 5.- AUTOBUS PRIVADO, MARCA JIMBEI, MODELO 120, COLOR BLANCO, CHASIS NUM.LSYHKAAE4FK055691, AÑO 2015, REGISTRO Y PLACA NUM.I071231. 6.- VEHICULO DE CARGA, MARGA JMC, MODELO 120, COLOR BLANCO, CHASIS NUM. LETYECA2XGHN00506, AÑO 2015, REGISTRO Y PLACA NUM.L341955. 7.- AUTOMOVIL PRIVADO, MARCA PEUGEOT, MODELO 120, CHASIS NUM.VF3DDNFPEGJ501591, COLOR AZUL, AÑO 2016, REGISTRO Y PLACA NUM.A663870. Cualquier información al (809) 960-7100 Ext. 2569?).

FC 407109

Marino Antonio Cordero Núñez, Oficial de Cobro Legal.

PUBLICACIÓN DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO A ESPOSA CON DOMICILIO DESCONOCIDO En cumplimiento a las disposiciones del artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio se hace de público conocimiento, que el señor CARLOS MANUEL FAMILIA JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, casado, mecánico, titular de la cédula de identidad y electoral Núm. 001-1448499-1, con su domicilio y residencia en la calle e, edificio 18, apartamento 2-2, urbanización Eugenio María de Hostos, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana;; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial, a la Lic. ANGEL EDUARDO FAMILIA JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, soltero, abogada de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1103478-1, con estudio profesional abierto, en Avenida Charles de Gaulle No. 2, Local 201, Plaza Darem, Los Trinitarios II, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del procedimiento de divorcio; por medio del presente AVISO hace de conocimiento a su legítima esposa, la señora JENNY FERNANDA HARRINGTON, cuyo último domicilio y residencia conocido fue 241 Ash Grove Dr Nashville, TN. Estado Unidos de Norteamérica, y que a falta de información de su domicilio actual, procederá a través de su abogado apoderado, a emplazarla en acción de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, mediante acto notificado y entregado a la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, cuyo despacho está ubicado en el primer nivel del Palacio de Justicia de la Provincia Santo Domingo, ubicado en la Avenida Charles de Gaulle, dicho acto de emplazamiento será notificado el día jueves que contaremos a diecisiete (17) del mes de junio del año 2021, para que usando los medios de la Ley y del Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) de la República Dominicana, se le notifique a la señora JENNY FERNANDA HARRINGTON, a los fines de que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL, a través de la plataforma Microsoft Teams que efecto celebrara la Cuarta (4ta.) Sala de la Cámara Civil Para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, ubicada en la calle Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, Santo Domingo Este Santo Domingo Este Santo Domingo, República Dominicana, a las 9:00 hora de la mañana del día lunes doce (12) del mes de julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), para conocer la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaria de dicho tribunal al teléfono 809 593-6111, o ingresando al portal de internet: WWW.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias, completando el formulario correspondiente. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a los 14 días del mes de julio del año 2021.

FC406992

LIC. ANGEL EDUARDO FAMILIA JIMENEZ Abogado-Apoderado


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

LEGAL 23

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA

AVISO PERDIDA CERTIFICADOS DE TITULO DE PROPIEDAD

Vista la Autorización de Fecha 13 de junio del 2021, Dictada Por La Dirección Regional De Mensuras Catastrales Departamento Noreste, correspondiente al expediente No. 6612021035391, en cumplimiento a la ley 108-05, Se hace de público conocimiento que el día 26 del mes de junio del año 2021, a las 11:00 AM, se procederá con los trabajos de Mensura para DESLINDE de una porción de terreno localizado en la calle proyecto guanabano, del Municipio de Cotuí, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, de la parcela No. 523, del Distrito Catastral No. 05, del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, cuyo propietario es el Señor: SAMUEL VALENTIN. Este trabajo será ejecutado por el Agrimensor:

Expediente No. 6612021035091 Por medio de la presente hacemos de su conocimiento que; el día 30 del mes de Junio del año 2021, a las 09:00 A.M., daremos inicio a los trabajos de mensuras para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 15-A, Del Distrito Catastral No. 07, del Municipio de La MATA, Provincia Sánchez Ramírez, la misma está ubicada en EL SECTOR BARRIO LINDO Y LA FORTUNA, del Municipio de La MATA, Provincia Sánchez Ramírez, DERECHOS SUSTENTADOS EN DOS CONTRATOS VENTA, los cuales son propiedad del señor, JULIAN BURGOS DIAZ,. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Sin más particular

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se han extraviado los Certificados de Título de Propiedad: 1-) matricula NO. 0300022041 extensión superficial de 314.74mts.2 en el ámbito del Solar 007.6724 manz 319 DC 01 y 2-) matricula 0300022040 extensión superficial de 300.28mts.2 en el ámbito del Solar 007.6723 manz 319 DC 01 ; ambos del Municipio y Provincia La Vega a los fines de obtener los DUPLICADOS DEL DUEÑO expedidos por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de JAIME VALDEZ ROQUE, Propietario. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 15 días del mes de JUNIO del año 2021.

DIOMEDES OTÁÑEZ RODRÍGUEZ CODIA: 27670

(AC-21075-WP)

(AC-21071-WP-5/5)

JORGE LUIS SANCHEZ VASQUEZ Agrimensor Contratista - CODIA: 39663

AVISO MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

Expediente Nº 6622021077839 Se avisa por este medio que el día 30 del mes de junio del año 2021 a las 8:00 a m., daremos inicio a los trabajos de Deslinde de una porción de terreno dentro de la Parcela Nº 77 del Distrito Catastral Nº 11 del municipio Concepción de La Vega, provincia, La Vega. Propiedad de los señores Ruth Elizabeth Cruz de Castillo y Ramón Elías Castillo Torres Área: 280.00 m2. Estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte en fecha 14 de junio del año 2021. Serán Ejecutados por

EXPEDIENTE No. 6622021069151 VISTA: LA AUTORIZACION DE MENSURA PARA SANEAMIENTO, DICTADA POR LA DIRECCION REGIONAL DE MENSURAS CATASTRALES, DEPARTAMENTO NORTE, EN FECHA 28 DE MAYO DEL 2021, A PETICIÓN DEL SEÑOR, JOSÉ ANTONIO GARCÍA ROSARIO. SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL QUE EL DIA, 13 DE JULIO DEL AÑO 2021 A LAS 9:30 AM, SE DARA INICIO A LA MENSURA CATASTRAL PARA SANEAMIENTO DE UNA PORCIÓN DE TERRENO, DENTRO EL AMBITO DEL DISTRITO CATASTRAL No. 28, PROVINCIA, LA VEGA, MUNICIPIO, JIMA ABAJO, SECCIÓN, JIMA ARRIBA, LUGAR, BARRIO “LOS ARROCEROS”. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas.

(AC-21073-WP)

Hugo A. Susana Tiburcio Agrimensor Codia 40386

JUDITH MERCEDES DE LA ROSA GUZMAN AGRIMENSURA CONTRATISTA, CODIA 5086 (HERAGASA-AC-21070-PC)

AVISO DE MENSURA

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Expediente No. 6612021035413 Cortésmente me dirijo a ustedes a los fines de informarle que el día 25 de junio del 2021 a las 10:00 A.M., se Dará inicio a la mensura para deslinde, 417 del Distrito Catastral No.03 del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha 14 de Junio del 2021, cuyo propietario es: WILSON RAFAEL BRETON ALEJO. En cumplimiento Del artículo no.75 del Reglamento General de Mensura Catastrales. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Sin más particular

Expediente Nº 6622021073981 Se avisa que el día 6 del mes de Julio del año 2021, a la 10:00 A.M, daremos inicio a los Trabajos de Deslinde, de una porción dentro de la Parcela Nº 338, del D.C. Nº 3, del Municipio de La Vega, Provincia La Vega. Propiedad de: LUIS RAMON MARMOLEJOS MOTA. Área: 150.00 M2 Referencia de Ubicación: Lugar Residencial Despradel, Municipio de La Vega. Calle Peatonal 2, a 15 metros al sureste de la intersección con la calle C del Residencial Despradel, está el inmueble. Autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Departamento Norte, de fecha 07 de Junio del año 2021. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas.

JORGE LUIS SANCHEZ VASQUEZ Agrimensor Contratista - CODIA: 39663

Lorena Ramírez Henríquez Agrimensora Contratista CODIA Nº 37109

(AC-21071-WP-1/5)

(JTRC-AC-21069-PC)

AVISO DE MENSURA

PUBLICACION DE DIVORCIO

Expediente No. 6612021034360 Cortésmente me dirijo a ustedes a los fines de informarle que el día 25 de junio del 2021 a las 11:00 A.M., se Dará inicio a la mensura para deslinde, 428 del Distrito Catastral No.03 del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha 09 de Junio del 2021, cuyo propietario son: ANYEL MIGUEL GONZALEZ REGALADO, AWILDA MARLENIS ROJAS MARTINEZ. En cumplimiento Del artículo no.75 del Reglamento General de Mensura Catastrales. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Sin más particular

En cumplimiento art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcios, en la Rep. Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha 27 del mes de enero del año 2021, la Segunda Sala Civil y Comercial de la del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, dictó la sentencia civil no. 209-2021-SSEN-00064 cuyo dispositivo dice lo siguiente : FALLA: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia en contra de la parte demandada por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre COSETTE MILAGROS BARINAS JARDINOT Y YOVANNY REYES ORTEGA. TERCERO: ordena que la parte demandante o el que haga de parte diligente comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente para hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y Comisiona al ministerial ANGEL CASTILLO M., Alguacil de Estrado de la 2DA. Sala Cámara Civil y Comercial del Juzgado de 1RA. Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia, asi se pronuncia, ordena, y firma; (Firmados): MAG. IRCANIA VICTORIA HERNANDEZ TRINIDAD – Jueza Presidenta MARIA ALT. RODRIGUEZ FERNANDEZ –Secretaria. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del municipio de Jarabacoa transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.2; folio 41 Acta no.121 en fecha 28 del mes de mayo del año 2021. En la ciudad y municipio de Jarabacoa y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 15 días del mes de junio del Año 2021.

JORGE LUIS SANCHEZ VASQUEZ Agrimensor Contratista - CODIA: 39663 (AC-21071-WP-2/5)

AVISO DE MENSURA Expediente No. 6612021033135 Cortésmente me dirijo a ustedes a los fines de informarle que el día 25 de junio del 2021 a las 09:00 A.M., se Dará inicio a la mensura para deslinde, 15-A del Distrito Catastral No.07 del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha 02 de Junio del 2021, cuyo propietario son: FRANCISCO RONDON REYES, BORALIS RANIERY RODRIGUEZ MORILLO. En cumplimiento Del artículo no.75 del Reglamento General de Mensura Catastrales. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Sin más particular

(AC-21071-WP-3/5)

JORGE LUIS SANCHEZ VASQUEZ Agrimensor Contratista - CODIA: 39663

AVISO DE MENSURA Expediente No. 6612021034352 Cortésmente me dirijo a ustedes a los fines de informarle que el día 25 de junio del 2021 a las 09:00 A.M., se Dará inicio a la mensura para deslinde, 417 del Distrito Catastral No.03 del Municipio de La Mata, Provincia Sánchez Ramírez. El cual fui autorizado por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, en fecha 09 de Junio del 2021, cuyo propietario son: OCTAVINA MARTE ROSARIO. En cumplimiento Del artículo no.75 del Reglamento General de Mensura Catastrales. Quedan citados todos los colindantes y demás personas interesadas. Sin más particular

(AC-21071-WP-4/5)

JORGE LUIS SANCHEZ VASQUEZ Agrimensor Contratista - CODIA: 39663

(AC-21074-WP)

LICDA. CARMEN JOSEFINA ABREU MORA Abogada

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con el art. 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana se hace de público conocimiento que la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia civil no. 208-2021-SSEN-00276 en fecha 17 de marzo del año 2021, cuyo dispositivo dice asi: F A L L A: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado en audiencia de fecha 18/01/2021, en contra de LUZ SENCION LEONARDO LEONARDO, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores IGNACIO BAUTISTA MARMOLEJOS Y LUZ SENCION LEONARDO LEONARDO. TERCERO: Ordena al Oficial Civil correspondiente a pronunciar el divorcio a intervenir, previo el cumplimiento de las formalidades legales. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento y comisiona al ministerial ROY E. LEONARDO PEÑA, Alguacil de Estrado de la Primera Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, para que notifique la sentencia. Nuestra sentencia asi se pronuncia, ordena, y firma. Ylonka Esperanza Brito Henríquez Jueza. Leidy Josefina Lespín Tapia, Secretaria. Fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil del DE LA 1ra. Circunscripcion Del Municipio de La Vega, transcrito en el libro no. 3 folio 169 acta no.285 en fecha 04 de junio del 2021. En la ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, a los 15 Días del mes de junio del año 2021.

LICDA. MARITZA ALTAGRACIA VALDEZ VALDEZ Abogada

(AC-21078-WP)

(AL-RCT-25264-WP)

JAIME VALDEZ ROQUE Propietario

PÉRDIDA DE PLACA: De carga, marca Renault, color blanco, año 2017, placa No. L373623, chasis VF18SRFB4HG609337, a nombre de 12 M INGENIERIA E INSTALACIONES MECANICAS SRL.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Jincheng, modelo AX100, color negro, chasis No. LJCPAGLH4G1000791, máquina No. PBG1001351, a nombre de FRANCISCO JAVIER MARTÍNEZ MENDEZ, cédula No. 402-1307315-4. FC 407135

PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Kia, color gris, año 2011, placa No. A653151, chasis KNAHG812BBK356525, a nombre de ALTAGRACIA MARIA RODRIGUEZ CRUZ.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta privada, marca X-1000, modelo CG-200, color negro, año 2014, placa No. K0397273, chasis No. TBL20P109EHL53870, a nombre de CLAUDIS YAMIL MELO MEJIA, cédula No. 003-0110979-9. FC 407134

PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Mitsubishi, color verde, año 2009, placa No. EG01063, chasis MMBGRKH809F000221, a nombre de MINISTERIO DE ECONOMIA PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta privada, marca Suzuki, modelo AX100, color negro, placa No. K0290620, chasis No. LC6PAGA18C0036904, a nombre de CONFESORA DE LA CRUZ CARABALLO, cédula No. 001-1606305-8. FC 407137

PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Suzuki, color blanco, año 2008, placa No. G340057, chasis JS3TE54V384104926, a nombre de DELMIRA CALVO VASQUEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep marca Nissan, modelo TLJNLVAZ50EHABAEA, año 2005, color blanco, placa No. G128791, chasis No. JN1TANZ50Z0003791, a nombre de LIDIA MARÍA NADAL GONZÁLEZ, cédula No. 001-0065158-1. FC 407141

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De carga, marca Toyota, color gris, año 1988, placa No. L148417, chasis JT4RN50R9J5142646, a nombre de JUAN PEREZ.

PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Suzuki, modelo AX100, color negro, año 2004, placa No. N027929, chasis No. LC6PAGA1940812913, a nombre de JOSÉ CASTILLO RODRÍGUEZ, cédula No. 028-0049131-4. FC 407139

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De jeep, marca Suzuki, color blanco, año 2008, placa No. G340057, chasis JS3TE54V384104926, a nombre de DELMIRA CALVO VASQUEZ.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Mazda, color azul, año 2014, placa No. A899758, chasis No. JM1DE1KY1E0177143, a nombre de LUIS EDUARDO NOLASCO, cédula No. 001-0028618-6. FC 407132

PERDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta marca Honda, modelo C50, año 1981, color verde, placa No. NSLT31, chasis No. C508940789, propiedad de JUAN DE LA CRUZ RODRIGUEZ MUÑOZ, cédula No. 054-0054160-2. FC 407145

PERDIDA DE MATRÍCULA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA modelo SA16J color BLANCO Año 1994 placa N473425 chasis SA16J047171 a nombre de MARIA ALTAGRACIA RODRIGUEZ MORALES - CED. 04701826119 (CH-AC-21072-WP)

PERDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Honda, modelo Accord EX, año 1994, color verde, placa No. A334959, chasis No. 1HGCD5662RA029082, propiedad de SIXTO JOSE RAFAEL BISONÓ CRUZ, cédula No. 001-0124586-8. FC 407147

PERDIDA DE MATRÍCULA: JEEP Marca ISUZU modelo RODEO color BLANCO Año 1998 placa G053011 chasis 4S2CM58W1W4318304 a nombre de RAFAEL ANTONIO ORTIZ ABREU - CED. 05000277201 (CH-AC-21062-WP)


24 LEGAL

MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De conformidad con los Artículos 158 y 169 de la Ley No. 189 – 11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, se efectúa la presente publicación: Ha sido fijada para el día Lunes que contaremos a cinco (5) del mes de julio del año 2021, a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador de los inmuebles que se describirán más adelante, la cual tendrá efecto por ante la Quinta Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado Primera Instancia del Distrito Nacional, en el local donde dicho tribunal acostumbra celebrar sus audiencias públicas en uno de los salones de audiencias de la tercera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, sito en la manzana formada por las calles Lic. Hipólito Herrera Billini, Juan de Dios Ventura Simó, Calle A y Calle C del Sector La Feria de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; dichos inmuebles son los siguientes: ( 1 ) Inmueble con una extensión superficial de 13.64 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 1, identificado como 400423009825: M1 – 1, Matrícula No. 0100254437, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.04%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.04% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 001, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 13.64 metros cuadrados.”; ( 2 ) Inmueble con una extensión superficial de 32.25 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 2, identificado como 400423009825: M1 – 2, Matrícula No. 0100314737, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.09%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.09% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 002, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 32.25 metros cuadrados.”; ( 3 ) Inmueble con una extensión superficial de 334.54 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 3, identificado como 400423009825: M1 – 3, Matrícula No. 0100314740, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.98%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.98% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 003, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 334.54 metros cuadrados.”; ( 4 ) Inmueble con una extensión superficial de 22.46 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 4, identificado como 400423009825: M1 – 4, Matrícula No. 0100314757, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.07%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.07% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 004, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 22.46 metros cuadrados.”; ( 5 ) Inmueble con una extensión superficial de 16.84 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 5, identificado como 400423009825: M1 – 5, Matrícula No. 0100314746, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.05%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.05% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 005, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a OFICINA, con una superficie de 16.84 metros cuadrados.”; ( 6 ) Inmueble con una extensión superficial de 27.03 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 6, identificado como 400423009825: M1 – 6, Matrícula No. 0100314753, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.08%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.08% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 006, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a OFICINA, con una superficie de 27.03 metros cuadrados.”; ( 7 ) Inmueble con una extensión superficial de 13.43 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 7, identificado como 400423009825: M1 – 7, Matrícula No. 0100314751, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.04%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.04% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 007, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 13.43 metros cuadrados.”; ( 8 ) Inmueble con una extensión superficial de 162.41 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 8, identificado como 400423009825: M1 – 8, Matrícula No. 0100314745, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.48%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.48% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 008, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a OFICINA, con una superficie de 162.41 metros cuadrados.”; ( 9 ) Inmueble con una extensión superficial de 124.00 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 9, identificado como 400423009825: M1 – 9, Matrícula No. 0100314741, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.36%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.36% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 009, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a OFICINA, con una superficie de 124.00 metros cuadrados.”; ( 10 ) Inmueble con una extensión superficial de 44.68 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M1 – 10, identificado como 400423009825: M1 – 10, Matrícula No. 0100314744, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.13%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.13% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M1 – 010, del bloque 00 ubicado en el nivel M1, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 44.68 metros cuadrados.”; ( 11 ) Inmueble con una extensión superficial de 169.01 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M2 – 1, identificado como 400423009825: M2 – 1, Matrícula No. 0100254438, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.05%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.05% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M2 – 001, del bloque 00 ubicado en el nivel m2, destinado a OFICINA, con una superficie de 169.01 metros cuadrados.”; ( 12 ) Inmueble con una extensión superficial de 32.21 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M2 – 2, identificado como 400423009825: M2 – 2, Matrícula No. 0100254439, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.09%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.09% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M2 – 002, del bloque 00 ubicado en el nivel m2, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 32.21 metros cuadrados.”; ( 13 ) Inmueble con una extensión superficial de 9.57 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M3 – 1, identificado como 400423009825: M3 – 1, Matrícula No. 0100254460, del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.03%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.03% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M3 – 001, del bloque 00 ubicado en el nivel M3, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 9.57 metros cuadrados.”; (14) Inmueble con una extensión superficial de 9.49 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M3 – 2, identificado como 400423009825: M3 – 2, Matrícula No. 0100254461 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.03%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.03% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M3 – 002, del bloque 00 ubicado en el nivel M3, destinado a OFICINA, con una superficie de 9.49 metros cuadrados.”; (15) Inmueble con una extensión superficial de 9.64 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M3 – 3, identificado como 400423009825: M3 – 3, Matrícula No. 0100254462 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.03%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.03% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M3 – 003, del bloque 00 ubicado en el nivel M3, destinado a OFICINA, con una superficie de 9.64 metros cuadrados.”; (16) Inmueble con una extensión superficial de 20.41 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M3 – 4, identificado como 400423009825: M3 – 4, Matrícula No. 0100254463 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.06%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.06% y 1 voto en la

asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – M3 – 004, del bloque 00 ubicado en el nivel M3, destinado a OFICINA, con una superficie de 20.41 metros cuadrados.”; (17) Inmueble con una extensión superficial de 20.85 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M3 – 5, identificado como 400423009825: M3 – 5, Matrícula No. 0100254464 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.06%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.06% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – m3 – 005, del bloque 00 ubicado en el nivel m3, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 20.85 metros cuadrados.”; (18) Inmueble con una extensión superficial de 13.31 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M4 – 1, identificado como 400423009825: M4 – 1, Matrícula No. 0100254478 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.04%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.04% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – m4 – 001, del bloque 00 ubicado en el nivel m4, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 13.31 metros cuadrados.”; (19) Inmueble con una extensión superficial de 15.00 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional M4 – 2, identificado como 400423009825: M4 – 2, Matrícula No. 0100254479 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.04%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.04% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 00 – m4 – 002, del bloque 00 ubicado en el nivel m4, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 15.00 metros cuadrados.”; (20) Inmueble con una extensión superficial de 1,355.91 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 101, identificado como 400423009825: 101, Matrícula No. 0100254360 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.99, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.99% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 00 – M1 – 001, del bloque 00, ubicado en el nivel M1, destinado a LOBBY CASINO, con una superficie de 32.81 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 00 – M2 – 001, del bloque 00, ubicado en el nivel M2, destinado a LOBBY CASINO, con una superficie de 21.72 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 00 – M3 – 001, del bloque 00, ubicado en el nivel M3, destinado a LOBBY CASINO, con una superficie de 18.93 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO, identificado como SE – 00 – M4 – 001, del bloque 00, ubicado en el nivel M4, destinado a LOBBY CASINO, con una superficie de 18.39 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 00 – M5 – 001, del bloque 00 ubicado en el nivel M5, destinado a LOBBY CASINO, con una superficie de 17.88 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01– 001, del bloque 01, ubicado en el nivel 01, destinado a CLUB, con una superficie de 1017.77 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 01 – 001, del bloque 01, ubicado en el nivel 01, destinado a OFICINA, con una superficie de 228.41 metros cuadrados.”; (21) Inmueble con una extensión superficial de 139.41 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 102, identificado como 400423009825: 102, Matrícula No. 0100254361 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.41%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.41% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 139.41 metros cuadrados.”; (22) Inmueble con una extensión superficial de 566.15 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 103, identificado como 400423009825: 103, Matrícula No. 0100254362 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.66%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.66% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 00 – m1 – 002, del bloque 00, ubicado en el nivel m1, destinado a COCINA, con una superficie de 51.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 514.32 metros cuadrados.”; (23) Inmueble con una extensión superficial de 363.26 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 104, identificado como 400423009825: 104, Matrícula No. 0100254363 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.06%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.06% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 00 – 01 – 003, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a COCINA, con una superficie de 110.37 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 252.89 metros cuadrados.”; (24) Inmueble con una extensión superficial de 370.89 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 105, identificado como 400423009825: 105, Matrícula No. 0100254364 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.09%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.09% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 370.89 metros cuadrados.”; (25) Inmueble con una extensión superficial de 92.42 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 106, identificado como 400423009825: 106, Matrícula No. 0100254365 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.27%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.27% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 92.42 metros cuadrados”; (26) Inmueble con una extensión superficial de 75.16 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 107, identificado como 400423009825: 107, Matrícula No. 0100254366 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.22%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.22% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 75.16 metros cuadrados.”; (27) Inmueble con una extensión superficial de 13.94 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 108, identificado como 400423009825: 108, Matrícula No. 0100254367 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.04%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.04% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 13.94 metros cuadrados.”; (28) Inmueble con una extensión superficial de 63.50 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 109, identificado como 400423009825: 109, Matrícula No. 0100254368 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.04%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.04% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 13.94 metros cuadrados.”; (29) Inmueble con una extensión superficial de 49.33 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 110, identificado como 400423009825: 110, Matrícula No. 0100254369 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.14%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.14% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 49.33 metros cuadrados.”; (30) Inmueble con una extensión superficial de 52.49 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 111, identificado como 400423009825: 111, Matrícula No. 0100254370 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.15%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.15% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 011, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a CLUB, con una superficie de 52.49 metros cuadrados.”; (31) Inmueble con una extensión superficial de 243.40 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 112, identificado como 400423009825: 112, Matrícula No. 0100254371 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.71%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.71% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 01 – 012, del bloque 01 ubicado en el nivel 01, destinado a OFICINA, con una superficie de 243.40 metros cuadrados.”; (32) Inmueble con una extensión superficial de

2,222.94 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 201, identificado como 400423009825: 201, Matrícula No. 0100254375 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 6.22%, con un porcentaje de participación en la parcela de 6.22% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a GIMNASIO, con una superficie de 2,222.94 metros cuadrados.”; (33) Inmueble con una extensión superficial de 222.65 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 202, identificado como 400423009825: 202, Matrícula No. 0100254376 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.65%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.65% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 222.65 metros cuadrados.”; (34) Inmueble con una extensión superficial de 194.66 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 203, identificado como 400423009825: 203, Matrícula No. 0100254377 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.57%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.57% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 194.66 metros cuadrados.”; (35) Inmueble con una extensión superficial de 58.59 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 204, identificado como 400423009825: 204, Matrícula No. 0100254378 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.17%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.17% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 58.59 metros cuadrados.”; (36) El inmueble con una extensión superficial de 96.27 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 205, identificado como 400423009825: 205, Matrícula No. 0100254379 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.28%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.28% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 96.27 metros cuadrados.”; (37) Inmueble con una extensión superficial de 151.91 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 206, identificado como 400423009825: 206, Matrícula No. 0100254380 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.45%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.45% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 151.91 metros cuadrados.”;(38) Inmueble con una extensión superficial de 1,338.00 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 207, identificado como 400423009825: 207, Matrícula No. 0100254381 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 3.92%, con un porcentaje de participación en la parcela de 3.92% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 1,338.00 metros cuadrados.”; (39) Inmueble con una extensión superficial de 65.58 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 208, identificado como 400423009825: 208, Matrícula No. 0100254382 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.19%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.19% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 02 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 02, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 65.58 metros cuadrados.”; (40) Inmueble con una extensión superficial de 4,206.77 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 301, identificado como 400423009825: 301, Matrícula No. 0100254397 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 12.33%, con un porcentaje de participación en la parcela de 12.33% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 2503.57 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 03 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a SALA DE CINE, con una superficie de 1582.21 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 03 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 36.90 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 03 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 84.09 metros cuadrados”; (41) Inmueble con una extensión superficial de 232.70 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 302, identificado como 400423009825: 302, Matrícula No. 0100254398 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.68%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.68% y 1 voto en la parcela de 0.68% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 232.70 metros cuadrados.”; (42) Inmueble con una extensión superficial de 151.46 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 303, identificado como 400423009825: 303, Matrícula No. 0100254399 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.44%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.44% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 151.46 metros cuadrados.”; (43) Inmueble con una extensión superficial de 281.47 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 304, identificado como 400423009825: 304, Matrícula No. 0100254400 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.82%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.82% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 281.47 metros cuadrados.”; (44) Inmueble con una extensión superficial de 894.98 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 305, identificado como 400423009825: 305, Matrícula No. 0100254401 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 2.62%, con un porcentaje de participación en la parcela de 6.62% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 894.98 metros cuadrados.”; (45) Inmueble con una extensión superficial de 321.01 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 306, identificado como 400423009825: 306, Matrícula No. 0100254402 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.94%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.94% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 321.01 metros cuadrados.”; (46) Inmueble con una extensión superficial de 18.04 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 307, identificado como 400423009825: 307, Matrícula No. 0100254403 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.05%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.05% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 18.04 metros cuadrados.”; (47) Inmueble con una extensión superficial de 12.63 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 308, identificado como 400423009825: 308, Matrícula No. 0100254404 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.04%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.04% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 03 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 03, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 12.63 metros cuadrados.”; (48) Inmueble con una extensión superficial de 2,728.56 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 401, identificado como 400423009825: 401, Matrícula No. 0100254415 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 8.29%, con un porcentaje de participación en la parcela de 8.29% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado


MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

como SP – 01 – 04 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 813.29 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 57.33 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 40.74 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 011, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a OFICINA, con una superficie de 135.18 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 012, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 81.05 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 013, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a SALÓN DE REUNIONES, con una superficie de 514.15 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 014, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a SALÓN DE REUNIONES, con una superficie de 279.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 015, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a SALÓN DE REUNIONES, con una superficie de 165.84 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 016, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a SALÓN DE REUNIONES, con una superficie de 107.98 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 017, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 16.66 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 018, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a OFICINA, con una superficie de 34.75 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 019, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 153.01 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 020, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a OFICINA, con una superficie de 45.01 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 021, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a OFICINA, con una superficie de 75.05 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 022, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 145.70 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 023, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 49.51 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 024, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 13.54 metros cuadrados”; (49) Inmueble con una extensión superficial de 41.99 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 402, identificado como 400423009825: 402, Matrícula No. 0100314747 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.12%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.12% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a RESTAURANTE, con una superficie de 41.99 metros cuadrados.”; (50) Inmueble con una extensión superficial de 15.75 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 403, identificado como 400423009825: 403, Matrícula No. 0100314754 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.05%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.05% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 15.75 metros cuadrados.”; (51) Inmueble con una extensión superficial de 50.33 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 404, identificado como 400423009825: 404, Matrícula No. 0100314742 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.15%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.15% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a OFICINA, con una superficie de 50.33 metros cuadrados.”; (52) Inmueble con una extensión superficial de 92.59 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 405, identificado como 400423009825: 405, Matrícula No. 0100314756 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.27%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.27% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a SALÓN DE REUNIONES, con una superficie de 92.59 metros cuadrados.”; (53) Inmueble con una extensión superficial de 349.34 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 406, identificado como 400423009825: 406, Matrícula No. 0100314760 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.02%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.02% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a SALÓN DE REUNIONES, con una superficie de 349.34 metros cuadrados.”; (54) Inmueble con una extensión superficial de 92.77 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 407, identificado como 400423009825: 407, Matrícula No. 0100314743 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.27%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.27% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 92.77 metros cuadrados.”; (55) Inmueble con una extensión superficial de 748.06 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 408, identificado como 400423009825: 408, Matrícula No. 0100314748 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 2.19%, con un porcentaje de participación en la parcela de 2.19% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 04 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 04, destinado a BAR, con una superficie de 748.06 metros cuadrados.”; (56) Inmueble con una extensión superficial de 1,336.25 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 501, identificado como 400423009825: 501, Matrícula No. 0100254416 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 4.09%, con un porcentaje de participación en la parcela de 4.09% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a ÁREA DE ESPARCIMIENTO, con una superficie de 1336.25 metros cuadrados.”; (57) Inmueble con una extensión superficial de 7.71 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 502, identificado como 400423009825: 502, Matrícula No. 0100314755 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.02%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.02% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a OFICINA, con una superficie de 7.71 metros cuadrados.”; (58) Inmueble con una extensión superficial de 58.90 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 503, identificado como 400423009825: 503, Matrícula No. 0100314750 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.17%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.17% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 58.90 metros cuadrados.”; (59) Inmueble con una extensión superficial de 84.19 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 504, identificado como 400423009825: 504, Matrícula No. 0100314749 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.25%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.25% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a GIMNASIO, con una superficie de 84.19 metros cuadrados.”; (60) Inmueble con una extensión superficial de 82.41 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 505, identificado como 400423009825: 505, Matrícula No. 0100314738 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.24%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.24% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 82.41 metros cuadrados.”; (61) Inmueble con una extensión superficial de 30.85 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 506, identificado como 400423009825: 506, Matrícula No. 0100314759 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.09%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.09% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a LOCAL COMERCIAL, con una superficie de 30.85 metros cuadrados.”; (62) Inmueble con una extensión superficial de 189.07 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 507, identificado como 400423009825: 507, Matrícula No. 0100314739 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.55%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.55% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a SALÓN MULTIUSOS, con una superficie de 189.07 metros cuadrados”; (63) Inmueble con u-

na extensión superficial de 278.90 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 508, identificado como 400423009825: 508, Matrícula No. 0100314736 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 0.82%, con un porcentaje de participación en la parcela de 0.82% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 05 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 05, destinado a SALÓN MULTIUSOS, con una superficie de 278.90 metros cuadrados.”; (64) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 601, identificado como 400423009825: 601, Matrícula No. 0100254417 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 06 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 06, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (65) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 701, identificado como 400423009825: 701, Matrícula No. 0100254418 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 07 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 07, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (66) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 801, identificado como 400423009825: 801, Matrícula No. 0100254419 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 08 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 08, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (67) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 901, identificado como 400423009825: 901, Matrícula No. 0100254420 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.81%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.81% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 09 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 09, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (68) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1001, identificado como 400423009825: 1001, Matrícula No. 0100254421 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10– 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 10 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 10, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89

LEGAL 25 metros cuadrados”; (69) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1101, identificado como 400423009825: 1101, Matrícula No. 0100254422 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11– 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 11 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 11, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (70) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1201, identificado como 400423009825: 1201, Matrícula No. 0100254423 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.81%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.81% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 12 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 12, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (71) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1301, identificado como 400423009825: 1301, Matrícula No. 0100254424 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.81%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.81% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 13 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 13, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (72) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1401, identificado como 400423009825: 1401, Matrícula No. 0100254425 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 14 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 14, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (73) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1501, identificado como 400423009825: 1501, Matrícula No. 0100254426 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 15 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 15, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (74) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1601, identificado como 400423009825: 1601, Matrícula No. 0100254427 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado


26 LEGAL

MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 16 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 16, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (75) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1701, identificado como 400423009825: 1701, Matrícula No. 0100254428 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 17 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 17, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (76) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1801, identificado como 400423009825: Matrícula No. 0100254429 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 18 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 18, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (77) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 1901, identificado como 400423009825: 1901, Matrícula No. 0100254430 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela del 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 19 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 19, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (78) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2001, identificado como 400423009825: 2001, Matrícula No. 0100254431 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 20 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 20, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (79) Inmueble con una extensión superficial de 616.52 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2101, identificado como 400423009825: 2101, Matrícula No. 0100254432 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97

metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 61.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 21 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 21, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (80) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2201, identificado como 400423009825: 2201, Matrícula No. 0100254433 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 22 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 22, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (81) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2301, identificado como 400423009825: 2301, Matrícula No. 0100254434 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (82) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2401, identificado como 400423009825: 2401, Matrícula No. 0100254435 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 24 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 24, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 24 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 24, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 24 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 24, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 24 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 24, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 23 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 23, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 24 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 24, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 24 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 24, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 24 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 24, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (83) Inmueble con una extensión superficial de 614.69 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2501, identificado como 400423009825: 2501, Matrícula No. 0100254436 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 1.8%, con un porcentaje de participación en la parcela de 1.8% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 64.77 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 69.17 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 55.43 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 004, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.97 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 005, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 60.14 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 006, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 70.00 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 007, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 65.46 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 008, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 57.03 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 009, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 58.83 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 25 – 010, del bloque 01 ubicado en el nivel 25, destinado a HABITACIÓN DE HOTEL, con una superficie de 54.89 metros cuadrados”; (84) Inmueble con una extensión superficial de 795.01 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2601, identificado como 400423009825: 2601, Matrícula No. 0100314758 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 2.33%, con un porcentaje de participación en la parcela de 2.33% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 26 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 26, destinado a SALÓN MULTIUSOS, con una superficie de 60.30 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 26 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 26, destinado a CAMERINO, con una superficie de 36.69 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 26 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 26, destinado a OFICINA, con una superficie de 9.46 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 26 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 26, destinado a AZOTEA, con una superficie de 688.56 metros cuadrados”; y, (85) Inmueble con una extensión superficial de 852.10 metros cuadrados identificado como “Unidad funcional 2701, identificado como 400423009825: 2701, Matrícula No. 0100314752 del Condominio CENTRO COMERCIAL SILVER SUN GALLERY, ubicado en DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes de 2.5%, con un porcentaje de participación en la parcela de 2.5% y 1 voto en la asamblea de los condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP – 01 – 27 – 001, del

bloque 01 ubicado en el nivel 27, destinado a SALÓN MULTIUSOS, con una superficie de 313.67 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 27 – 001, del bloque 01 ubicado en el nivel 27, destinado a TERRAZA, con una superficie de 460.81 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 27 – 002, del bloque 01 ubicado en el nivel 27, destinado a DEPÓSITO, con una superficie de 8.77 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE – 01 – 27 – 003, del bloque 01 ubicado en el nivel 27, destinado a SALÓN MULTIUSOS, con una superficie de 68.85 metros cuadrados”. Dichos inmuebles han sido embargados a requerimiento, persecución y diligencia del BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A., entidad de intermediación financiera organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) No. 1 – 01 – 13679 – 2, con domicilio social y asiento principal ubicado en la Plaza BHD, sita en la esquina formada por las Avenidas 27 de Febrero y Winston Churchill, en el Ensanche Evaristo Morales de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representada por su Vicepresidenta de la Unidad de Gestión Judicial y Reestructuración de la Consultoría Jurídica, la señora LUISA NUÑO NÚÑEZ, dominicana, mayor de edad, abogada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001 – 0195767 – 8, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. FRANCISCO ALVAREZ VALDEZ, JULIO CÉSAR CAMEJO CASTILLO, JUAN JOSÉ ESPAILLAT ALVAREZ y PAMELA DE LOS SANTOS FRANCO, y al DR. JAIME SENIOR FERNÁNDEZ, dominicanos, mayores de edad, casados, abogados de los tribunales de la República, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001 – 0084616 – 1, 001 – 0902439 – 8, 001 – 1761786 – 0, 402 – 2258894 – 5 y 001 – 1568898 – 8, respectivamente, domiciliados y residentes en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en común en la Oficina de Abogados y Consultores HEADRICK, RIZIK, ÁLVAREZ & FERNÁNDEZ, sita en el sexto piso de la Torre Piantini, ubicada en la intersección formada por las Avenidas Gustavo Mejía Ricart y Abraham Lincoln, en el Ensanche Piantini de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con el teléfono número (809) 473 – 4500, y fax número (809) 683 – 2936; lugar este último donde el BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A., ha hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias derivadas del procedimiento de embargo inmobiliario que se sigue en perjuicio de la sociedad DESARROLLOS RDC, S.A., entidad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) bajo el número 1 – 01 – 75814 – 7, Registro Mercantil No. 31618SD, con su domicilio social sito en el número 4 de la Calle Eduardo Vicioso, en el sector La Julia de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; en ese sentido, el Mandamiento de Pago tendente a Embargo Inmobiliario fue notificado a DESARROLLOS RDC, S.A., mediante el Acto No. 64/2021, de fecha 12 de marzo del año 2021, instrumentado por el Ministerial Algeni Félix Mejía, Alguacil de Estrados de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, registrado en la Dirección del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 16 de marzo del año 2021, Libro letra “DG-AJ”, Registro No. 202105246, para con él procurar el pago de la suma de DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISÉIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON TREINTA Y TRES CENTAVOS (USD$18,608,426.33), adeudada por DESARROLLOS RDC, S.A., al BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A., sin perjuicio de los intereses convencionales y moratorios por vencer, ni de las costas y gastos de ejecución, con declaración de que a falta de satisfacer dicho mandamiento de pago en el plazo improrrogable de quince (15) días, el referido Mandamiento de Pago se convertiría de pleno derecho en EMBARGO INMOBILIARIO, de conformidad con lo previsto en el Artículo 153 de la Ley No. 189 – 11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, y que sería inscrito por ante el Registro de Títulos del Distrito Nacional, dentro de los cinco (5) días posteriores al vencimiento del referido plazo de quince (15) días; que el acto de Mandamiento de Pago convertido de pleno derecho en EMBARGO INMOBILIARIO, fue inscrito en el Registro de Títulos del Distrito Nacional en fecha 30 de marzo del año 2021, bajo los asientos Nos. 010961516; 010961527; 010961530; 010961547; 010961536; 010961543; 010961541; 010961535; 010961531; 010961534; 010961517; 010961518; 010961519; 010961520; 010961521; 010961522; 010961523; 010961524; 010961525; 010961466; 010961467; 010961468; 010961469; 010961470; 010961471; 010961472; 010961473; 010961474; 010961475; 010961476; 010961477; 010961478; 010961479; 010961480; 010961481; 010961482; 010961483; 010961484; 010961485; 010961486; 010961487; 010961488; 010961489; 010961490; 010961491; 010961492; 010961493; 010961494; 010961537; 010961544; 010961532; 010961546; 010961550; 010961533; 010961538; 010961495; 010961545; 010961540; 010961539; 010961528; 010961549;010961529; 010961526; 010961496; 010961497; 010961498; 010961499; 010961500; 010961501; 010961502; 010961503; 010961504; 010961505; 010961506; 010961507; 010961508; 010961509; 010961510; 010961511; 010961512; 010961512; 010961514; 010961515; 010961548; 010961542, en cada uno de los inmuebles descritos precedentemente, asientos que corresponden a cada inmueble en el mismo orden en que respectivamente fueron descritos; todo de conformidad con lo previsto por los Artículos 149 y siguientes de la Ley No. 189 – 11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana; que la audiencia fijada para la venta de los supraindicados inmuebles fue inicialmente fijada para el día 7 de junio del año 2021, la cual fue anunciada mediante Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario publicado en las Páginas 18, 19 y 20 de la sección Legal del Periódico El Nuevo Diario en fecha 29 de abril del año 2021; registrado en la Dirección del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 6 de mayo del año 2021, Libro letra “DG – AC”, Registro No. 2021 – 20113; que dicho Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario, y el llamamiento a la referida audiencia de venta en pública subasta, le fueron notificados a la sociedad DESARROLLOS RDC, S.A., mediante el Acto No. 157/2021 de fecha 4 de mayo del año 2021, instrumentado por el Ministerial Algeni Félix Mejía, Alguacil de Estrados de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, registrado en la Dirección del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 6 de mayo del año 2021, Libro letra “DG – AJ” Registro No. 2021 – 09367; que la audiencia inicialmente fijada para la venta en pública subasta de los supraindicados inmuebles fue celebrada en fecha 7 de junio del año 2021, por ante la Quinta Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual fue aplazada para el día 5 de julio del año 2021, a los fines de brindar mayor publicidad a la venta de dichos inmuebles; que la presente publicación se hace en cumplimiento de lo previsto por el Artículo 169 de la Ley No. 189 – 11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana; el persiguiente reitera que ha fijado el precio relativo a la primera puja en la suma de VEINTIÚN MILLONES TREINTA Y UN MIL CIENTO VEINTIDÓS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS (US$21,031,122.48), sin perjuicio de las costas, gastos de ejecución y honorarios a ser aprobados. Asimismo, todo subastador deberá depositar en la Secretaría del Tribunal por lo menos el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja mediante cheque certificado o de administración emitido por una institución bancaria establecida en la República Dominicana; por el equivalente en pesos dominicanos del diez por ciento (10%) del monto de la primera puja, monto que debe ser calculado en base a la tasa de venta de Dólares de los Estados Unidos de América que esté vigente en el Banco Central de la República Dominicana al momento de recepción de las pujas; se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado, todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría de la Quinta Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Tribunal donde se llevará a efecto la venta. Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021).

LICDO. JULIO CÉSAR CAMEJO CASTILLO Por sí y por los LICDOS. FRANCISCO ALVAREZ VALDEZ, JUAN JOSÉ ESPAILLAT ÁLVAREZ, PAMELA DE LOS SANTOS y el DR. JAIME SENIOR FERNÁNDEZ Abogados constituidos y apoderados especiales del BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A. Publicación autorizada por: HEADRICK RIZIK ALVAREZ & FERNÁNDEZ Oficina de Abogados y Consultores Gustavo Mejía Ricart, esq. Abraham Lincoln Torre Piantini, Piso 6, Santo Domingo, D. N., República Dominicana.

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MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

Obras Públicas y APORDOM acuerdan construir y rehabilitar puertos pesqueros

El ministro del MOPC, Deligne Ascención, y el director de APORDOM, Jean Luis Rodríguez, rubrican el documento.

SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Obras Públicas (MOPC) y la Autoridad Portuaria Dominicana (APORDOM) firmaron este lunes un convenio interinstitucional para ejecutar el “Plan Nacional de Rehabilitación, Remozamiento y Construcción de los Muelles Pesqueros”. De acuerdo al comunicado de prensa, con este convenio, ambas instituciones promoverán el desarrollo económico y dignificación de los microempresarios de dicho sector. En el documento rubricado por el ministro del MOPC, Designe Ascensión, y el director de APORDOM, Jean Luis Rodríguez, se establece que ambas instituciones se comprometen a restablecer las estructuras de los muelles existentes, así como a construir muelles e instalaciones en zonas idóneas para ello, atendiendo a las condiciones socioeconómicas, ambientales y marítimas. En ese sentido, Ascención destacó la importancia

De acuerdo al comunicado de prensa, con este convenio, ambas instituciones promoverán el desarrollo económico y dignificación de los microempresarios de dicho sector. de dicho acuerdo y dijo que el mismo se hace atendiendo instrucciones del presidente Luis Abinader, quien está interesado en dignificar la vida de los hombres y mujeres que viven de la pesca. De su lado, el director de la APORDOM, Jean Luis Rodríguez, tras agradecer al ministro Ascención el pronto accionar para hacer realidad los trabajos, refirió que tan pronto llegó a la institución comprobó las penurias en que viven los pescadores, con el deterioro de los puertos pesqueros.

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Piden al Gobierno desarrollar plan de producción rubros de ciclo corto en las áreas rurales

E. Polanco: “En vez de deserción, la UASD está creciendo en docencia y estudiantes”

SANTO DOMINGO.- La Asociación Nacional de Profesionales Agropecuarios (ANPA) recomendó este lunes al Gobierno desarrollar un plan agresivo de producción de rubros de ciclo corto, tales como batata, yuca, guineos, plátanos, para así evitar las importaciones, lo que favorecería que bajen los precios de la canasta familiar. El ingeniero Danilo Severino, presidente del gremio, mostró preocupación debido a la situación que enfrentan los productores y profesionales agropecuarios en la actualidad, por los altos costos de los insumos, los cuales, a su entender, se han duplicado en un cien por ciento, entre ellos citó los abonos, pesticidas, combustibles y para la producción de pollo, el maíz, sorgo, soya. Por otra parte, agregó que el financiamiento de la tasa cero ha sido insuficiente ya que esta ayuda la han recibido menos de un 10 %, los pequeños y medianos productores En una nota enviada a los medios, Severino reveló que, en los poblados de Estancia, Pedro Corto, Vallejuelo, de las Matas de Farfán, 1,600 sacos de cebollas, han sido votados, por falta de comercialización, así como cientos de quintales de tomates, y zanahorias, debido a que el mercado binacional está cerrado, producto de la pandemia que azota al país. Consideró que el Ministerio de Agricultura, debe completar la cantidad de técnicos por áreas, ya que de las 1,054 que hay, solo laboran 748 extensionistas, por lo que faltan 307 técnicos, entiende que en esa institución hay que nombrar mil técnicos.

SANTO DOMINGO.- A pesar de la pandemia y sus estragos, la estatal Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) no ha sufrido grandes deserciones y, por el contrario, tiene para este año 22 mil nuevas solicitudes de ingreso a la academia. La información fue servida este lunes por la misma rectora de la UASD, Emma Polanco, en un acto realizado en el Palacio Nacional. En otro contexto, la UASD anunció que exigirá la tarjeta de vacunación contra la covid-19 a todos sus alumnos, además de al personal docente y de apoyo, de cara al próximo semestre académico. Polanco informó que por razones obvias, la docencia seguirá siendo virtual este verano, y comunicó que a los estudiantes se les requerirá sus tarjetas de vacunación, cuando la docencia sea presencial en el próximo cuatrimestre (agosto-diciembre).

LING ALMÁNZAR

Emma Polanco, rectora UASD.

Por cierto, señaló que solo están impartiendo materias semipresenciales en casos excepcionales (laboratorios), y que se está subrayando el uso correcto de la mascarilla, y el debido distanciamiento físico. La máxima autoridad de la UASD apuntó que habrá mil sesiones disponibles para este curso de verano. Ahora, hablemos de presupuesto ¿Cómo van las finanzas uasdianas? ¿Resulta suficiente su presupuesto para este año?

La academia ha pasado de lo tradicional a la virtualidad y, aunque se ha “manejado precariamente”, ha hecho las inversiones en los puntos clave. El presupuesto da por el momento, pero si ingresan los miles que quieren hacerlo este año, la academia necesitaría más fondos para atender toda esa demanda. Según la rectora, antes había 300 sesiones y hoy más de 30 mil; antes había unas 6 aulas virtuales, y hoy cerca de 13 mil. Se trata de un salto a los nuevos tiempos.

Comisión senadores escucha opiniones sobre proyecto de ley de ciberseguridad SANTO DOMINGO.- La Comisión Permanente de Transporte y Telecomunicaciones del Senado, se reunió este lunes para escuchar las opiniones de representantes de instituciones del Estado en torno al proyecto de ley sobre gestión de la ciberseguridad en la República Dominicana, de la autoría de la senadora Faride Rafúl. Esta normativa busca crear el Centro Nacional de Ciberseguridad (CNSC), que dependería del Ministerio de la Presidencia, la cual se-

ría una entidad de derecho público y con personalidad jurídica propia en base a su autonomía funcional y presupuestaria. La iniciativa legislativa presentada por la senadora Raful establece que la direc-

ción ejecutiva del Centro Nacional de Ciberseguridad (CNSC) estará representada por su director, quien sería el secretario del máximo órgano administrativo y miembro de pleno del consejo, que tendrá voz pero no voto.

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28 EL MUNDO

MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

EL MUNDO Los contagios globales bajan por séptima semana consecutiva, pero suben en África EE.UU. se acerca a 600.000 muertos pese a amplia vacunación GINEBRA, SUIZA.- Los contagios globales por COVID-19 bajaron por séptima semana consecutiva, lo que supone el mayor periodo a la baja desde el comienzo de la pandemia, pero ello oculta que en algunas áreas los casos siguen en fuerte aumento, caso de África, advirtió este lunes la Organización Mundial de la Salud (OMS). "El fuerte aumento en África es especialmente preocupante debido al escaso acceso en la región a vacunas, diagnósticos y oxígeno", señaló en rueda de prensa el director general de la OMS,

El gobierno británico anunció que decidió retrasar el desconfinamiento para evitar una tercera ola del COVID.

Tedros Adhanom Ghebreyesus. El experto etíope también subrayó que, aunque las cifras absolutas de África son menores que en otros continentes, esa zona tiene

la mayor tasa de mortalidad en pacientes graves, como mostró un estudio recientemente publicado en la revista médica "The Lancet". Tedros subrayó además que las muertes diarias glo-

bales no están bajando a un ritmo tan rápido como los casos, y sigue habiendo unas 10.000 cada jornada. "Sólo en el tiempo que dura esta rueda de prensa habrán fallecido 420 personas más", ejemplificó el responsable de la OMS.

Perú sin final a la vista: Keiko Fujimori Promulgan plantea auditoría y demanda amparo certificado LIMA, PERÚ.- entró en una semana decisiva para conocer a su nuevo presidente electo, en medio de la batalla política y legal que protagonizan el izquierdista Pedro Castillo y la derechista Keiko Fujimori, quien decidió solicitar una auditoría al órgano electoral. De forma paralela, un ciudadano planteó una demanda de amparo constitucional para evitar que Fujimori pueda beneficiarse de una posible ampliación del plazo legal para plantear pedidos de nulidad de los votos. Esta información elevó la

COVID para viajar seguro

Keiko Fujimori.

tensión en las redes sociales -nuevo foco de la tormenta en el país- donde fue interpretada como una medida impulsada por simpatizantes de la candidata precisamente para forzar dicha ampliación.

La mira del país entero está centrada ahora en los recursos legales presentados por el partido de Fujimori y los esfuerzos de las autoridades por controlar los ataques contra sus opositores en las redes sociales.

BRUSELAS, BÉLGICA.Los líderes de las tres principales instituciones comunitarias promulgaron este lunes el certificado digital de la covid, que "permitirá viajar con más seguridad este verano" y con el que los Veintisiete pretenden avanzar en la recuperación de "una Europa sin barreras". Es el mensaje lanzado en una declaración conjunta por los presidentes de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen; y del Parlamento Europeo, David Sassoli; junto al primer ministro portugués.

China arremete contra el G7 PEKÍN, CHINA.- China reprobó este lunes la declaración final de la cumbre del G7 acordada en Carbis Bay (Reino Unido) en la que sus miembros pidieron a Pekín que respete los derechos humanos, especialmente en la provincia noroccidental de Xinjiang, y garantice un alto nivel de autonomía en Hong Kong.

La OTAN planta cara a "regímenes autoritarios" como Rusia o China BRUSELAS, BÉLGICA.Los líderes de la OTAN concluyeron su cumbre de este lunes en Bruselas con la determinación de plantar cara a las amenazas procedentes de "regímenes autoritarios" como Rusia o China, indicó el secretario general de la Alianza, Jens Stoltenberg. "Hay fuerte convergencia entre los aliados" frente a las amenazas para la seguridad que representa el refuerzo militar de China, indicó Stoltenberg en una rueda de prensa al término del encuentro, en la que aludió igualmente a la "agresividad" de Rusia, refiriéndose a ambos países como "regímenes autoritarios". "Europa y Norteamérica

deben permanecer fuertes juntos para defender nuestros valores e intereses, especialmente en un momento en el que regímenes autoritarios como Rusia y China amenazan el orden internacional basado en reglas", afirmó el ex primer ministro noruego.

Nicaragua defiende arrestos líderes opositores y exige la "no injerencia" MANAGUA, NICARAGUA.- Nicaragua defendió este lunes los arrestos de varios dirigentes opositores, incluido el de cuatro aspirantes a la Presidencia y dos históricos exguerrilleros, y exigió la "no injerencia de cualquier Gobierno extranjero" en sus asuntos internos. El Gobierno que preside el sandinista Daniel Ortega advirtió que verá "como un ataque frontal" a su soberanía cualquier intento "de socavar una investigación" contra los líderes opositores detenidos en los últimos días. En un pronunciamiento titulado "Nicaragua: En defensa de la soberanía nacio-

Daniel Ortega.

nal y el estado de derecho", el Ejecutivo afirmó no ser "una amenaza para ningún país del mundo", y demandó el cese de las sanciones internacionales que, según dijo, en tiempos de pandemia "eleva su ilegalidad al nivel de crimen de lesa humanidad".

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DEPORTES 29

MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

DEPORTES

Pelota Caliente Al parecer, el proyecto de la Liga de Verano que la Federación Dominicana de Béisbol junto a la Lidom tenían previsto montar este año con varios equipos, será movido para el 2022, por la pandemia del COVID-19.

POLIDEPORTIVO

Ministro de Deportes afirma es “asequible a atletas y federados”

No trata caso de Julio Luciano; dice no está en chisme, sí en trabajo

Cuestionado sobre el exatleta Julio Luciano, quien el sábado se enfrentó con el ministro, a quien le reclamó el pago, por ser empleado de Miderec, Camacho se limitó a decir “ni quisiera te voy a responder, no estoy en chisme, estoy en trabajo”.

WILLIAM AISH EDITOR DEPORTIVO WILLIAMAISH@GAMIL.COM

SANTO DOMINGO.- El ministro de Deportes, Francisco Camacho, afirmó que su despacho siempre ha tenido las puertas abiertas no solo para los atletas, también a los presidentes de las federaciones deportivas nacionales. Dijo, en rueda de prensa celebrada ayer en el Pabellón de la Fama del Deporte Dominicano, que es un ministro asequible, tanto así que no anda con seguridad, “porque el que quiera me puede abordar”. En la rueda de prensa el ministro estuvo acompañado por la cúpula completa del Miderec, los viceministros Franklin de la Mota, Elvys Duarte y Kennedy Vargas. Además de los directores de departamentos, presidente de federaciones, amigos y relacionados. Confesó que ya resolvió el impase con el atleta Luguelín Santos, quien declaró el sábado que no ha tenido el soporte del Miderec. “Ese atleta (Luguelín Santos) dice que recibe ayuda de la Federación de Atletismo, pues el Ministerio de Deportes es quien le da la subvención a su federación”, alardeó Camacho, quien re-

Midrec “sembrará” canchas de baloncesto en Cristo Rey Francisco Camacho, ministro de Deportes, habla en rueda de prensa, acompañado de Antonio Acosta, presidente del COD y Gerardo Suero Correa, además de los viceministros, Franklin De la Mota, Elvys Duarte, Kennedy Vargas, y el presidente del Club Los Cachorros, Santos Marí.

cibió cientos de aplausos por parte de los presentes. “Pero no para un atleta”, añade el ministro. “Esto es institucional, es a todos, también el Parni le ayuda, del cual reciben un salario mensual, seguro médico, transporte, alimentación, alojamiento y otras facilidades para sus familiares directos”, detalló. Confirmó que una vez Luguelín le hizo la solicitud de los boletos aéreos “desde este lunes, ya tienen esos

boletos en sus manos”. El ministro mostró su celular a los presentes, afirmando que ya esos tickets aéreos están listos. Puso a su federación, la de taekwondo, como ejemplo, que hay tres atletas con clasificación para los Juegos Olímpicos (Bernardo Pie, Moisés Hernández y Katherine Rodríguez), quienes reciben 50 mil pesos, “porque cada federación tiene su política”. Subrayó que es un ministro con accesibilidad y

Este lunes, el presidente de la Federación Dominicana de Tenis, Persio Maldonado, reveló en el programa Matinal, del Canal 5, que la Fedotenis solicitó por escrito una reunión con el ministro Camacho, sin embargo, no ha tenido respuesta alguna por parte del Miderec. reveló que todos los presidentes de federaciones deportivas tienen un carné, desde agosto del año pasado, con el que pueden llegar al despacho “sin citas” para resolver todos los casos que lleven. “Reto a un presidente de alguna federación

a decir que yo no le he recibido, aquí hay muchos y le pueden preguntar”, aseveró. “El que le dijo eso a usted (eso de no recibirlo) debe revisarse”, precisó. El Nuevo Diario abordó a varios federados, quienes no quisieron identificarse, sin embargo, expresaron que no han recibido tarjeta para entrar al despacho del ministro, además de que no han sido recibidos por Camacho. Este lunes, el presidente de la Federación Dominicana de Tenis, Persio Maldonado, reveló en el programa Matinal, del Canal 5, que la Fedotenis solicitó por escrito una reunión con el ministro Camacho, sin embargo, no ha tenido respuesta alguna por parte del Miderec. Sobre Julio Luciano

El Miderec hará entrega de 100 canchas móviles de baloncesto a Cristo Rey, una iniciativa que se inscribe en el plan que ejecuta el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana a los fines de reducir los niveles de delincuencia en esa populosa barriada. Al hacer el anuncio, Camacho resaltó que inundará ese sector de canchas para mantener a los jóvenes alejados de los vicios. “Se trata de un hecho sin precedentes en el deporte dominicano a así lo iremos haciendo en cada uno de los barrios del organigrama que tiene el Consejo de Seguridad para ayudar y poner nuestro granito de arena”, declaró. Camacho consideró que este ha sido uno de los pasos más importante que ha dado en los nueve meses que tiene al frente de ese Ministerio.

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MARTES 15 DE JUNIO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

30 DEPORTES MLB

NBA

Vladimir Jr. lidera votaciones para el Juego de Estrellas GL PRIMERA BASE L.A. 1. Vladimir Guerrero Jr., TOR, 51% 2. José Abreu, CWS, 9% 3. Yuli Gurriel, HOU, 8% L.N. 1. Max Muncy, LAD, 23% 2. Freddie Freeman, ATL, 16% 3. Anthony Rizzo, CHC, 12% SEGUNDA BASE L.A. 1. Marcus Semien, TOR, 34% 2. José Altuve, HOU, 20% 3. DJ LeMahieu, NYY, 9% Vladimir Guerrero Jr.

NEW YORK, Estados Unidos.- El dominicano Vladimir Guerrero Jr. encabeza a todos los jugadores en las votaciones para el Juego de Estrellas 2021, anunció MLB ayer. En el segundo lugar está el venezolano Ronald Acuña Jr. La Boleta Google del Juego de Estrellas 2021 continuará en su primera fase hasta el 24 de junio. El día 27 de dicho mes, serán anunciados los primeros

tres votados de cada posición (incluyendo nueve jardineros). Dichos jugadores avanzarán a la segunda fase de las votaciones. Guerrero, quien anoche conectó el jonrón 22 en lo que va de temporada, ha recibido 857,956 votos. Aparte de Acuña Jr. (834,287 votos) en la Nacional, el dominicano Fernando Tatis Jr. ha recibido un total de 701,251 votos y encabeza a los torpederos del circuito.

L.N. 1. Ozzie Albies, ATL, 17% 2. Adam Frazier, PIT, 12% TERCERA BASE L.A. 1. Rafael Devers, BOS, 28% 2. Yoán Moncada, CWS, 13% 3. Alex Bregman, HOU, 12% L.N. 1. Kris Bryant, CHC, 29% 2. Nolan Arenado, STL, 14% 3. Justin Turner, LAD, 12% CAMPO CORTO L.A. 1. Xander Bogaerts, BOS, 31% 2. Bo Bichette, TOR, 15% 3. Tim Anderson, CWS, 11% L.N. 1. Fernando Tatis Jr., SD, 40% 2. Javier Báez, CHC, 13%

3. Corey Seager, LAD, 9% JARDINES L.A. 1. Mike Trout, LAA, 15% 2. Aaron Judge, NYY, 11% 3. Byron Buxton, MIN, 8% 4. Adolis García, TEX, 7% 5. Teóscar Hernández, TOR, 5% 6. Randal Grichuk, TOR, 4% 7. Alex Verdugo, BOS, 4% 8. Randy Arozarena, TB, 4% 9. Michael Brantley, HOU, 3% L.N. 1. Ronald Acuña Jr., ATL, 16% 2. Nick Castellanos, CIN, 11% 3. Jesse Winker, CIN, 9% 4. Mookie Betts, LAD, 8% 5. Juan Soto, WSH, 4% 6. Chris Taylor, LAD, 4% 7. Bryce Harper, PHI, 3% 8. Trent Grisham, SD, 3% 9. Ketel Marte, ARI, 3% RECEPTORÍA L.A. 1. Salvador Perez, KC, 43% 2. Yasmani Grandal, CWS, 9% 3. Martín Maldonado, HOU, 7% L.N. 1. Buster Posey, SF, 30% 2. Yadier Molina, STL, 16% 3. Willson Contreras, CHC, 11% BATEADOR DESIGNADO 1. Shohei Ohtani, LAA, 33% 2. J.D. Martínez, BOS, 18% 3. Yordan Álvarez, HOU, 9%

BALONCESTO

Selección de básquet RD salió a Lituania para repechaje SANTO DOMINGO.- El dirigente Melvyn López anunció ayer los 12 jugadores que integran el equipo nacional de baloncesto que competirá en el repechaje olímpico que se jugará en la ciudad de Belgrado, en Serbia, entre el 29 de junio y el 4 de julio. López hizo pública la lista de los jugadores que conforman la escuadra tricolor horas antes de partir por el Aeropuerto de Punta Cana, en la Provincia La Altagracia, con rumbo a Alemania, donde hará escala, para luego seguir hacia Lituania y finalmente a Serbia.

El capitán Víctor Liz durante la sesión de entrenamientos del equipo la mañana del lunes, junto a Sadiel Rojas y Ángel Núñez.

Los 12 atletas seleccionados por Melvyn para la competencia de Serbia son Adonys Henríquez, Mike To-

rres, Andrés Féliz, Gelvis Solano, Víctor Liz y Brandon Francis. Así como, Rigoberto

Hawks vuelven a despegar con ayuda de Trae Young y empatan la serie con 76ers

Mendoza, Ángel Núñez, Luis Santos, Jonathan Araújo, Sadiel Rojas y Eloy Vargas, quien se unirá a sus compañeros en suelo serbio en los próximos días. El cuerpo técnico que acompaña a Melvyn está compuesto por el inmortal del deporte José –MaítaMercedes, David Díaz y Luis Guzmán, y como preparadores físicos estarán Eliezer Dubin y Marvin Zamora. La escuadra dominicana integra el equipo A del repechaje con Filipinas y Serbia. El primer partido de Dominicana será el martes 29 de junio ante Serbia.

HANLY RAMÍREZ

SANTO DOMINGO.Trae Young encestó los puntos claves para que los Hawks de Atlanta derrotaran anoche 103-100 a los 76ers de Filadelfia, logrando de esta manera empatar a dos triunfos su serie de segunda ronda en los playoffs de la NBA. Young, quien terminó el encuentro con 25 puntos y 18 asistencias, fue el eje fundamental de los Hawks, quienes nuevamente despegaron su vuelo para vencer al equipo de Filadelfia. El base anotó los últimos seis puntos del equipo de Atlanta, que de esta manera evitó caer por tercera ocasión en esta serie. Los Hawks contaron con

el respaldo de Bogdan Bogdanovic, quien anotó 22 unidades, mientras John Collins terminó con un doble-doble de 14 puntos y 12 rebotes. Joel Embiid tuvo un dobledoble de 17 puntos y 21 rebotes, además de cuatro asistencias, en el que sin duda ha sido su juego menos efectivo en esta serie, lanzando de 20-4 desde el campo, incluyendo de 4-1 desde la línea de tres puntos.

El quinto partido de esta serie será efectuado mañana a las 7:30 de la noche en Filadelfia.

MLB

Marte, Jugador de la Semana NEW YORK, ESTADOS UNIDOS.- El guardabosque dominicano de los Marlins, Starling Marte, fue elegido ayer el Jugador de la Semana en la Liga Nacional. En siete encuentros la semana pasada, el veterano tuvo promedio de .500 (de 28-14) con dos jonrones, un doble, cinco remolcadas,

OPS de 1.298 y cuatro estafadas. Marte se lleva por primera vez el galardón semanal y es el primer miembro de los peces en ser Jugador de la Semana desde que el también dominicano Marcell Ozuna y Giancarlo Stanton dividieron el reconocimiento en la última semana de septiembre del 2017.

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DEPORTES 31

CICLISMO

VOLEIBOL

Reinas del Caribe vencen a Holanda en Liga Naciones

Jineirys Martínez y Priscilla Rivera celebran el triunfo ante Holanda 3-1. (Fuente externa).

RIMINI, ITALIA.- El sexteto femenino de la República Dominicana cerró ayer su cuarta semana en la Liga de Naciones con un contundente triunfo 3-1 (25-23, 23-25, 30-28 y 25-22) sobre Holanda, ahora octavo en el ranking mundial y así quebró una racha negativa de 2-0 que tenía ante sus rivales en la Liga Naciones, que organiza la Federación Internacional de Voleibol. Ese triunfo ante Holanda, las dominicanas ocupan

En las versiones 2018 y 2019 de la Liga de Naciones, Holanda había derrotado 3-0 a las dominicanas, con marcador de 22-22, 25-21 y 25-18 y en el 2019, con pizarra de 25-18, 2521 y 25-19.

ahora el 7mo lugar a sus rivales que ahora pasaron al 8vo lugar en el ranking mundial de la FIVB. Las dominicanas batallaron durante más de dos horas y 29 minutos para llevarse el triunfo y ahora colocan su marca en siete ganados y cinco perdidos, en el séptimo puesto de la justa. El ataque ofensivo de las caribeñas fue conducido por Brayelin Martínez con 19 puntos, Jineirys Martínez se fue con 15, Bethania de la Cruz aportó 13 y Eve Mejía con siete. Por las holandesas, Daalderop Nika fue la mejor con 23 tantos, Anne Buijs con 16 y Julieta Lohuis y Celeste Plak con 11, cada una. La República Dominicana descansa ahora y regresará el próximo viernes cuando se enfrente a Japón, número cinco en el ranking mundial, a las 6:00 de la mañana (hora dominicana).

Adames triunfa en ciclismo de ruta DN

Ramón Adames ganador de la élite.

SANTO DOMINGO.- Ramón Adames se alzó con los máximos honores en la categoría élite en la celebración del Campeonato de Ruta del Distrito Nacional, certamen celebrado a la distancia de 126 kilómetros en la avenida Circunvalación de la Autopista Duarte. Asimismo, Frankel Rodríguez, Madelin Canela, Jorge Luis Berihuete, Jhoan Rodríguez, Audry Marte, Cristian Ciriaco, Luis Miguel Martí-

nez, Francisco Castillo, Francisco Muñoz salieron airosos en las demás categorías del evento ciclístico que estuvo organizado por la Asociación de Ciclismo del Distrito Nacional (Asocidisna). Adames, representantes de Drinks To Go dominó la mayor categoría al recorrer los 126 kilómetros en tiempo de tres horas, 05 minutos y 18 segundos para superar al veterano Augusto Sánchez, de Aero Cycling Team,

en tanto que Juan Carlos Merán, de Evolution Cycling arribó en tercero. De su lado, Frankel Rodríguez, de Inteja Doglosy triunfó en la sub 23 recorriendo la distancia de 124 kilómetros en tiempo de 3:06;21, ocupando su compañero de equipo Jesús Marte el segundo puesto y Cristian Concepción, de ACT finalizó tercero. En la femenino élite, los palmares fueron para Madelin Canela, de ACT, quien venció a la veterana Juana Fernández. Canela recorrió los 63 kilómetros en tiempo de 1:51;39.

BALONCESTO

Profesor Nelson Fulcar entrega cancha remozada sector El Edén SANTO DOMINGO NORTE.- Comprometido con el deporte, la juventud y los comunitarios del municipio Santo Domingo Norte, el profesor Nelson Fulcar, entregó el domingo totalmente remozada la cancha del sector El Edén, de esa comunidad donde se sumaron a colaborar en dicha obra, miembros de las juntas de vecinos. Con su lema “En el barrio con Nelson Fulcar”, el docente señaló que esta iniciativa no es nueva, ya que durante toda su trayectoria como comunitario ha venido reali-

zando este tipo de actividad en beneficio de los ciudadanos de los diferentes sectores del municipio. Fulcar dijo que atendiendo el llamado hecho por los

jóvenes deportistas del sector, que le solicitaron ir en auxilio del remozamiento de dicha cancha. La obra fue entregada a José Luis Díaz, secretario de

deportes de la junta de vecinos, quien dijo que si todos los funcionarios del Gobierno hicieran el trabajo que está haciendo Nelson Fulcar, estarían ayudando al presidente Luis Abinader a reducir la delincuencia del país. La cancha fue entregada con nuevos colores en su remozamiento, con pintura, canastos, mallas, así como tableros, los cuales fueron donados por la DNCD y en la misma actividad fueron entregadas pelotas de sóftbol, caretas, bases, copas, guantillas, entre otros útiles deportivos.

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En la misma rama, pero en juvenil, se impuso Audry Marte, de los Inagotables y Gyranda Ventura, del Team Caribe cerró en segundo lugar.


DEPORTES

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Un golazo de Messi no le basta a Argentina que empata con Chile en Copa América RÍO DE JANEIRO, BRASIL.- Un golazo de Messi de tiro libre no alcanzó a la selección Argentina, que desperdició varias opciones de gol ante una fortalecida selecciones chilena, y cedió un empate 1-1 ayer en el estadio Nilton Santos de Río de Janeiro en el primer partido del Grupo A de la Copa América. Los dirigidos por el uruguayo Martín Lasarte dominaron el balón durante el inicio del partido pero la Albiceleste supo contrarrestar y ser incisivo a partir de Lautaro Martínez. En un tiro libre ejecutado con impecable

técnica el capitán de la Albiceleste superó la barrera y clavó el balón lejos del alcance de Claudio Bravo, su excompañero del Barcelona. Corría el minuto 33 y la balanza la desequilibraba un golazo. El primer tiempo terminó con una opción en el minuto 37 para Lautaro Martínez que se perdió una situación clarísima tras pase de Gonzalo Montiel que salió desviado. Para la segunda parte Chile salió con todo a empatar y Argentina, repitiendo los descuidos en defensa del último partido por eliminatorias, salió desconcentrado y se vio sorprendido por el ímpetu de los de La Roja.

Así, en el minuto 8 una jugada a favor de Chile que fue analizada por el VAR se convirtió en penalti contra Argentina concedida por el árbitro colombiano Wilmar Roldán. En el minuto 11 Eduardo Vargas tomó el rebote después de que Emiliano Martínez contuviera el remate a Arturo Vidal con lo que llegó el empate de la Roja. Messi lo intentó y en el minuto 69 realizó un tirazo que pegó en un defensor chileno y se fue al tiro de esquina pero Argentina no se vio claro, desperdició varias opciones y Chile se mantuvo fuerte en defensa. El viernes próximo, en la segunda jornada

del grupo A, Chile se verá las caras con Bolivia y Argentina protagonizará el clásico del Río de la Plata. Messi: "Nos faltó tranquilidad"

Lionel Messi, dijo que a Argentina le "faltó tranquilidad" para ganarle a Chile. "Nos faltó tranquilidad, cuando estuvimos en ventaja no pudimos tenerla, la cancha mucho no ayudaba. Nos faltó tener el control de la pelota, jugar más rápido, cosa que sí hicieron ellos. El penal no lo veo pero cambia el partido", dijo 'la Pulga'. EFE.


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Los Bancos Reservas y Banco Agrícola no fungen como proovedores del Estado Dominicano, sino, como canales para el pago a proveedores con cuentas bancarias en monedas extranjeras o en su defecto como beneficiarios de cesiones de creditos realizadas con los suplidores quienes son los que realizan los procesos de venta.

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