JUEVES 04 FEBRERO 2021 | AÑO NO. 40 • EDICIÓN 12590 | SANTO DOMINGO, R.D. | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
EDITORIAL @maldonadopersio
MENSAJE AL PRESIDENTE
EXJUECES TC: ACUERDO TRANSPORTE AÉREO RD-EEUU ES VERGÜENZA Y VULNERA SOBERANÍA SANTO DOMINGO.- Cuatro exjueces del Tribunal Constitucional (TC) calificaron ayer de inconstitucional el acuerdo suscrito entre los gobiernos de República Dominicana y Estados Unidos sobre la preautorización en el transporte aéreo, y alertan que el mismo representa serias implicaciones para “el supremo interés de nuestro país”, ya que vulnera el principio de no intervención, por lo que constituye una “vergüenza nacional”. Advierten que el verdadero propósito del referido acuerdo es para Estados Unidos poder prevenirse de los terroristas y de otras amenazas a su seguridad nacional a través del ingreso de personas al territorio estadounidense. En la foto, de izquierda a derecha, Jottin Cury, Katia Miguelina Jiménez, Leyda Margarita Piña y Wilson Gómez, ex jueces de la alta corte. P.07
En la provincia Hermanas Mirabal se ha desarrollado una capacidad de unir a diferentes sectores para trabajar por el bien común. Incluso, respetándose la militancia política. En esos trabajos sociales han creado el Consejo Provincial para la Reforma Carcelaria desde donde realizan una labor en la cárcel del Ejército Nacional, que es digna de admirar y de apoyar. Han logrado recuperar la dignidad de las personas que guardan prisión por distintos delitos, incorporándolos al trabajo, al ejercicio físico y a la reflexión humana. Frente a acciones encaminadas a desconocer esos esfuerzos, un grupo de ciudadanos están escribiéndole al presidente Luis Abinader para que lo evite. Ojalá y le preste atención.
Abinader recibe CONEP y hablan de reformas
Invertirán más de RD$2 mil millones en viviendas en SDE El presidente Abinader encabezó ayer el inicio de la construcción de 1,168 viviendas económicas, a un costo de RD$2,362 millones, como segunda fase del residencial Ciudad Altos P.02-06 de la Riviera, en Santo Domingo Este. Asimismo, el mandatario recibió ayer a la nueva junta de directores del CONEP, con quienes conversó diversos temas de interés
TOGA
EL MUNDO
NACIONALES
TRABAJO ESPECIAL
JULISSA BÁEZ
Consejo Superior Policial elimina de manera inmediata la Dican, tras una breve reunión
Covax anuncia iniciará la distribución de 337 millones de vacunas que tiene negociadas
Guakía Ambiente, una organización que lleva ocho años trabajando por el desarrollo sostenible de RD
Asegura uso cenizas PC para fabricar cemento es tema de debate
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Sin fecha para proceso de socialización plan de vacunas covid-19; diputados deploran Gobierno no tenga programa P.03
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02 DE ENTRADA
FUNDADO EL 8 DE MAYO DE 1981
DE ENTRADA
Miembro de la Sociedad Dominicana de Diarios, Inc. Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) CONSEJO DE DIRECTORES
Fallece Hugo Beras Goico, Abinader recibe nueva directiva CONEP y abordan temas y reformas pendientes el padre de Hugo Beras LUIS BRITO
SANTO DOMINGO.Falleció la noche de este miércoles el señor Hugo Beras Goico a consecuencia de covid-19, padre de Hugo Beras, secretario general del Ayuntamiento del Distrito Nacional y productor y conductor del programa “Vehículos en La Radio”. El deceso se produjo en una clínica de esta capital. Hugo Beras Goico era hermano de Máximo, Tutín, Salvador y Freddy Beras Goico, este último destacado productor y presentador de televisión, así como uno de los mejores humoristas dominicanos de todos los tiempos. Hugo era el más joven de los cinco hermanos y el único sobreviviente de ellos. A la hora de su muerte tenía 75 años de edad, que los
Hugo Beras Goico, fallecido.
cumpliría en este mes de febrero. La información del fallecimiento de Beras Goico fue confirmada por su hijo Hugo, en conversación telefónica con este periodista. Oscar Cury, hijo del extinto destacado jurista Jottin Cury, definió a Hugo Beras como una persona de gran calidad humana, condición que dijo lo distinguió toda su vida. Asimismo, añadió que era un patriota, un hombre íntegro, justo, leal, inteligente y culto, “en fin, una pérdida irreemplazable para el país, y a quienes distinguió”.
SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader y la vicepresidenta de la República, Raquel Peña, recibieron este miércoles en el Palacio Nacional a la nueva junta directiva del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), donde abordaron diversos temas y reformas pendientes. Uno de los problemas tratados con el presidente, indicó el principal directivo del CONEP, Pedro Brache, al término del encuentro, fue
El empresario sostuvo también que el Pacto Eléctrico fue otro de los temas abordados y adelantó que el mismo podría firmarse los próximos días. lo relativo “al choque que está causando que se eleven los precios de algunas
NÚMEROS PREMIADOS
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HUGO BERAS GOICO El Consejo de Desarrollo Económico y Social de Santo Domingo (CODESSD) lamenta el triste fallecimiento del señor Hugo Beras Goico, acontecido el miércoles 3 de Febrero del año 2021, y expresa su solidaridad y más sentido pésame a sus familiares y cercanos, en especial a su hijo Hugo Beras. Paz eterna para su alma.
materias primas, y tenemos que ver cómo paliamos eso como sector privado y como Estado para que no cree una inflación en los precios al consumidor". El empresario sostuvo también que el Pacto Eléctrico fue otro de los temas abordados y adelantó que el mismo podría firmarse los próximos días. Mientras que, de acuerdo a un despacho de prensa de la Presidencia, los directivos del CONEP manifestaron el apoyo del sector empresarial al Gobierno, tras resaltar “las buenas intenciones del primer mandatario por hacer un gran trabajo en bien del país”. En el encuentro, Abinader también estuvo acompañado de los ministros de la Presidencia, Lisandro Macarrulla, y Administrativo, José Ignacio Paliza; de Trabajo, Miguel De Camps, y Víctor (Ito) Bisonó, de Industria, Comercio y Mipymes. Mientras que por parte de los empresarios además de Brache, estuvieron César Dargam, vicepresidente ejecutivo del CONEP; Celso
Presidente: Persio Maldonado Primer Vicepresidente: Héctor Corominas Peña Segundo Vicepresidente: Aura Minerva González Secretario: Francisco Pérez Encarnación Tesorero: Mario Viñas Betances Vocales: Roberto Lama, Vincenzo Mastrolilli, Carlos Bonilla Sánchez, Martha Camarena Director: Persio Maldonado Directora Ejecutiva: Cosette Bonnelly Jefe De Redacción: Luis Brito Administradora: Martha Camarena Gerente General: Persio Maldonado Bonnelly Editora El Nuevo Diario S.A. Avenida Francia No. 41, Esq. Rocco Cochia.
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Juan Marranzini, primer vicepresidente y los demás miembros de la junta directiva. En el encuentro estuvieron representados todos los sectores empresariales e industriales del país. Durante la reunión, los directivos del CONEP reconocieron el esfuerzo del gobierno por dinamizar la economía, preservar los empleos, generar nuevas plazas y vencer la pandemia.
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NACIONALES
NACIONALES 03
INFORME DEL TIEMPO Desarrollos nubosos desde horas matutinas acompañados de lluvias dispersas, aisladas tronadas y ráfagas de viento; hacia localidades de las regiones: norte, nordeste, así como, la llanura oriental y la Cordillera Central.
Sin fecha para proceso de socialización del Plan Nacional de Vacunas covid-19 Diputados deploran que el Gobierno no tenga plan ISMAEL HIRALDO Y SERVICIOS EFE
SANTO DOMINGO.- La República Dominicana aún no tiene una fecha para el proceso de socialización del plan de vacunas contra la covid-19, si bien las dosis llegarán “muy pronto”, según lo declarado este miércoles la viceministra de Salud Colectiva del Ministerio de Salud, Ivelisse Acosta. En la acostumbrada rueda de prensa de los miércoles, la funcionaria dijo que el país “tiene un plan de vacuna”, el cual será “socializado
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Ivelisse Acosta, viceministra de Salud.
en su momento por el Gabinete de Salud y el presidente (Luis Abinader)”, pero aseguró no tener la fecha para su presentación. “Tendremos vacunas muy
pronto”, afirmó, e indicó que el Gobierno “ha estado haciendo muchas gestiones para tener acceso a vacunas seguras”, por lo que negocia “con distintas casas” para adquirirlas. Asimismo, reveló que el pasado fin de semana se realizó un simulacro sobre recepción de vacunas en el Aeropuerto Internacional de Las Américas. El pasado 22 de enero, el Gabinete de Salud, presidido por la vicepresidenta, Raquel Peña, informó que una semana después se iniciaba el proceso de socialización del plan nacional de vacunación contra el coronavirus, lo que no ocurrió.
ron este miércoles que el Gobierno aún no tenga una estrategia definida para iniciar la inoculación en el país. El diputado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Juan Julio Campos, lamentó que el Gobierno “ha demostrado que no se maneja con conocimiento” en cuanto a las vacunas y su plan para establecerlas y deploró que,
aunque los antivirus se adquirieron, no haya un protocolo para manejarlas. “No se siente que haya un plan de vacunación, ni protocolo no estadísticas”, se quejó Campos y denunció que el Gobierno “ha hecho esperar a miles de dominicanos” en una posible estrategia de vacunación. Otro que mostró su pre-
ocupación por la falta de un plan de vacunación fue el diputado Omar Fernández, de la Fuerza del Pueblo, quien teme porque “se pierdan los ocho millones de vacunas y los 95 millones de dólares” que comprende el último acuerdo entre Pfizer y el Ejecutivo, a la vez que calificó como “nefasto” la falta de un plan.
Diputados deploran Gobierno no tenga plan
Después de aprobar un pliego de condiciones para acordar traer al país más de ocho millones de vacunas de Pfizer, los diputados deplora-
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04 NACIONALES
Afirman que RD genera más productos de innovación en relación con nivel inversión
Apresan exalcalde de Licey al Medio acusado de abuso sexual a mujeres
SANTO DOMINGO.- La República Dominicana, según datos del Índice de Innovación Global (GII por sus siglas en inglés) ocupa el puesto once entre dieciocho economías de América Latina y el Caribe. Estos datos, analizados por el empresario tecnológico Arturo López Valerio, indican que -a escala general- el país ocupa la posición 90 entre 131 de un análisis que clasifica las economías mundiales según sus capacidades de innovación, siendo su “intervalo de confianza estadístico” entre los rangos 86 y 99. López Valerio explicó que el GII consta de aproximadamente ochenta indicadores, los cuales son agrupados en entradas y salidas de innovación, y que tienen como objetivo, dijo, “capturar las facetas multidimensionales de la innovación”. Otro dato que resalta el empresario tecnológico y presidente de la Cámara TIC es que el país muestra mejor desempeño en resultados de innovación que en insumos. López Valerio llamó la atención sobre el dato de que República Dominicana ocupó en el GII el puesto 31 entre 37 economías del lla-
SANTO DOMINGO.- La Fiscalía del distrito judicial de Santiago arrestó este miércoles a Lenin Quezada, exalcalde del municipio de Licey al Medio, en esa provincia, a quien acusan de alegadamente abusar sexualmente de varias mujeres. Así lo confirmó una fuente extraoficial de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales. Dijo que Quezada habría abusado sexualmente de varias pacientes en su condición de doctor en medicina.
Arturo López Valerio
mado “grupo de ingresos altos”, lo cual -en su opinión- es sinónimo del “letargo que se ha producido en materia de innovación en los últimos años”. En lo relativo a la relación entre los niveles de ingresos per cápita y el desempeño en el puntaje del GII, el empresario tecnológico señala que este muestra una línea de tendencia “que proporciona una indicación del desempeño de innovación esperado según el nivel de ingresos”. De este modo, continúa, las economías que aparecen por encima de la línea de tendencia se están desempeñando “mejor de lo esperado”, respecto a las que están por debajo de las expectativas. En función de esto, y con relación al PIB, la República Dominicana “se está desempeñando por debajo de las expectativas para su nivel de desarrollo”.
MIÉRCOLES 03-02-2021
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Lenin Quezada, quien dirigió el municipio de Licey al Medio en la boleta del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) desde el 2010 hasta el 2016, es uno de los propietarios del Centro Médico Licey. Actualmente es dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
UE saluda la participación de Rep. Dom. por primera vez como miembro de pleno derecho
SANTO DOMINGO.- La participación de la República Dominicana en la Sexta Reunión Ministerial del Grupo Internacional de Contacto sobre Venezuela (GIC) constituye un hito, por cuanto es la primera vez que el país forma parte de este grupo como miembro pleno de derecho, junto a Chile, reza un comunicado de prensa Es por esto que la Unión Europea agradece la oportunidad de poder fortalecer la cooperación UE-República Dominicana, analizar la situación actual en el país y evaluar perspectivas de promover diálogo pacífico y solución democrática y sostenible en Venezuela, indica el documento. La Sexta Reunión Ministerial GIC se realizó este
Agregaron que parte fundamental de ese proceso será la designación de un Consejo Nacional Electoral independiente y equilibrado (CNE), para eliminar todos los obstáculos a la participación política, con el fin de que se lleven a cabo procesos electorales significativos. miércoles, dada la persistente y preocupante crisis económica, política y social que vive Venezuela, y contó con la presencia del ministro de
Relaciones Exteriores de la República Dominicana, Roberto Álvarez. El objetivo de esta reunión fue analizar la actual situación en el país y evaluar las perspectivas de promover un diálogo pacífico y una solución democrática y sostenible a la crisis en Venezuela. El Grupo fue informado sobre la evolución de la situación humanitaria, incluidos los desafíos presentados por la pandemia de covid-19, y los pasos a seguir en esta materia. El Grupo discutió también cómo coordinar sus actividades con los principales actores internacionales. En la declaración conjunta, los miembros del GIC reiteraron que “la única forma de salir de la crisis es reanudar las negociaciones políticas con prontitud, y establecer con urgencia un diálogo inclusivo y un proceso de transición liderado por Venezuela que conduzca a elecciones creíbles, inclusivas y transparentes de conformidad con las disposiciones de la Constitución y las leyes de Venezuela”.
Medio Ambiente establece límites en montañas, sierras y cordilleras para impedir la ganadería SANTO DOMINGO.- En busca de conservar el agua como recurso fundamental para la vida y mitigar los efectos del cambio climático, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitió la resolución 0004-2021, que establece el límite en los paisajes de montañas, sierras y conjuntos montañosos para impedir prácticas ganaderas en esas zonas. Esta resolución establece
Ministro Orlando Jorge Mera.
el respeto a la integridad y cobertura vegetal desde la falda hasta su cima, tomando en cuenta que, la gana-
dería no debe realizarse a costa de afectar la producción hídrica, que termina con una incidencia negativa para la población en su disponibilidad de agua y que puede provocar la muerte por sed de los propios hatos cuando se produce una sequía extrema. Consciente de que la ganadería es una actividad económica importante, la resolución permite su práctica de forma regulada y ba-
jo normas en los valles y llanuras intramontañas. El ministro de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera, emitió la resolución consciente de que “las diferentes cordilleras, sierras y cadenas de montañas existentes en las diversas regiones del territorio nacional, conjuntamente con su cobertura vegetal, son los productores de las aguas que, para diferentes usos, aprovechan los ciudadanos del país”.
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06 ECONOMICAS
ECONOMICAS Aseguran uso cenizas de Punta Catalina para fabricar cemento, es tema de debate; dicen fly ash reduce CO2 uso de este material reduce el uso de energía requerida para fabricar cemento al igual que las emisiones de CO2 y otros gases de efectos invernaderos”, puntualizó. El ingeniero ha dicho también, que dichas cenizas de carbón pueden ser implementadas en la fabricación de cemento tal como lo hacen en Estados Unidos y la Unión Europea.
JOEL SARDÁ
SANTO DOMINGO.- La fabricación de cemento para la construcción utilizando los residuos de carbón o “fly ash”, que producen las plantas de Punta Catalina, es un tema que está siendo debatido en la República Dominicana entre las empresas productoras y las autoridades locales, teniendo en cuenta que hay que definir ciertas condiciones químicas de dicho material para poder ser integradas a los hornos cementeros. “Aquí las empresas que pueden llevar a cabo este proceso están conversando con las autoridades locales, para cooperar con una mejor disposición de este residuo. Su impacto no es directamente en la calidad del producto o nivel de fraguado, es que el uso del fly ash ayuda en términos ambientales en la reducción de los aditivos colocados en el cemento”, dijo este miércoles la directora ejecutiva de la Asociación Dominicana de Productores de Cemento (ADOCEM), Julissa Báez. Agregó que dicho uso ayudaría tanto al sector como al medio ambiente, dependiendo de las cantidades y proporciones en las que se implemente su uso. Báez hizo los planteamientos durante una entrevista realizada por los periodistas Luis Brito, Enrique Mota y Rafael Zapata, en
Sector afectado por pandemia Julissa Báez, directora ejecutiva de ADOCEM.
el programa El Nuevo Diario AM, el cual se transmite por la plataforma digital de El Nuevo Diario TV. Planteamientos coinciden
El planteamiento sostenido este miércoles por la directora ejecutiva de Adocem, coincide con la del ingeniero Emil G. Bautista, quien en ocasiones anteriores ha manifestado que el país puede aprovechar los residuos de carbón que son generados por las plantas de Punta Catalina, para beneficio del proceso de agilizar la recuperación económica del país. Según lo expresado por el ingeniero Bautista, la inclusión del “fly ash” como material inorgánico, incrementaría el rendimiento de las plantas de fabricación de cemento para la construcción. “Como he indicado, el
Asimismo, Báez dijo que el sector de los productores de cemento del país han sentido fuertemente los embates de la pandemia, asegurando que los primeros meses del año 2020 todo se detuvo, afectando la venta, producción y consumo en las edificaciones. “Una vez se apertura el proceso de construcción y se activan las obras, las cosas fueron mejorando pero nunca jamás podremos comparar lo que teníamos a 2019, donde la construcción iba creciendo de manera significativa y por tanto teníamos buenos resultados”,
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puntualizó. En ese orden, dijo que a la fecha los estados son negativos, razón por la cual esperan que con la reactivación de la construcción y de la economía las cosas mejoren para el 2021. Al ser preguntada sobre el incremento del precio del cemento en el país, la titular de ADOCEM refirió que dicho aumento no ha sido solo en el precio del cemento dentro de los materiales de construcción. Indicó que todo corresponde a un tema universal.
OPEP + optimista 2021 Con el barril de crudo acercándose a los 60 dólares, la OPEP y sus aliados, entre ellos Rusia, ven ahora un panorama optimista para el mercado petrolero en el resto de 2021, según destacó un comité interno del grupo de 23 países al concluir una reunión telemática.
Combustibles
Valor
Gasolina Premiun
RD$228.60 RD$215.00 RD$185.70 RD$171.40 RD$128.10
Gasolina Regular Gasoil Óptimo Gasoil Regular Propano Gas Natural
RD$28.97
Monedas Compra Dollar Euro
$57.00 $68.00
Ventas $58.40 $73.00
Invertirán más de RD$2 mil MM en viviendas bajo costo en SDE; Abinader da primer palazo
Expectativas productores
En lo referente a las expectativas de recuperación de dicho sector con las medidas anunciadas por el Gobierno, Báez dijo que los estados han entendido que los efectos multiplicadores se pueden producir desde el sector de la construcción. “Por eso es que vemos que muchas iniciativas de reactivación económica, en esta etapa que tanto necesitamos, van enfocadas a dinamizar el sector de la construcción”, agregó. Báez también abordó el tema de las emisiones de CO2 en el ambiente, tras indicar que Adocem hizo la presentación de un proyecto desarrollado desde hace varios años, donde se establecería una hoja de ruta para la reducción de estas emisiones en industria del cemento.
SANTO DOMINGO ESTE.- El Presidente Luis Abinader dio este miércoles el primer palazo para la construcción de 1,168 viviendas de bajo costo, proyecto en que se invertirán 2,362 millones de pesos y se involucra a 84 Mipymes. El mandatario informó que el proyecto es parte de las políticas del Gobierno para facilitar viviendas propias a los ciudadanos y que constituye la segunda fase del residencial Ciudad Altos de la Riviera, en Santo Domingo Este. El mandatario indicó que el tema vivienda es fundamental para el Gobierno, al tiempo que resaltó su empeño en potenciar esta política
de Estado. “Estamos determinados a impulsar todas las acciones y acelerar los pasos que sean necesarios para permitir que este derecho se materialice para todos los dominicanos y dominicanas”, expresó el gobernante al pronunciar las palabras centrales de la actividad. Dijo que se trata de la segunda fase de construcción de un complejo habitacional de viviendas de bajo costo que está amparado bajo la ley 189-11 de Fideicomiso y que aplica para Bono Vivienda. Manifestó que el proyecto generará empleos directos, indirectos y beneficios para más de 33 mil personas y casi un centenar de empresas.
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TOGA Afirman acuerdo transporte aéreo RD-EEUU es una vergüenza y vulnera el principio de no intervención
TOGA 07
UN DÍA COMO HOY 1945.- Conferencia de Yalta (Crimea). Roosevelt, Churchill y Stalin tratan los problemas derivados de la Segunda Guerra Mundial y establecen zonas de influencia en Europa. Las tropas alemanas se retiran de Bélgica.
PGR interroga por segunda vez a Argenis Contreras por asesinato de Yuniol Ramírez
Consejo Superior Policial elimina de manera inmediata la Dican, tras una breve reunión
ISMAEL HIRALDO
De izquierda a derecha, Jottin Cury, Katia Miguelina Jiménez, Leyda Margarita Piña y Wilson Gómez, exjueces del TC. LUIS BRITO
SANTO DOMINGO.Cuatro exjueces del Tribunal Constitucional (TC) calificaron de inconstitucional el acuerdo suscrito entre los gobiernos de República Dominicana y Estados Unidos sobre la preautorización en el transporte aéreo, y alertan que el mismo representa serias implicaciones para “el supremo interés de nuestro país”, ya que vulnera el principio de no intervención, por lo que constituye una “vergüenza nacional”. Advierten que el verdadero propósito del referido acuerdo es para Estados Unidos poder prevenirse de los terroristas y de otras amenazas a su seguridad nacional a través del ingreso de personas al territorio estadunidense. Sobre el particular se pronunciaron este miércoles los abogados y expertos constitucionalistas Leyda Margarita Piña, Jottin Cury, Wilson Gómez y Katia Miguelina Jiménez, quienes afirman que el referido acuerdo no está siendo abordado con la debida profundidad que amerita el mismo. Señalan que en lo que
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concierne a la República Dominicana el pacto de preautorización en el transporte aéreo vendrá a acentuar los cuestionables beneficios colaterales que tendría para el turismo dominicano. En ese sentido, apuntan que el argumento del turismo ha sido una especie de maniobra o falso argumento que utilizan los sectores nacionales que lo respaldan para facilitar la aprobación del acuerdo. Los exmagistrados de la alta corte afirman que permitir a EE.UU. autorizar los procesos de migración y aduanas en el transporte aéreo de pasajeros para entrar a ese país, viola los artículos 3 y 6 de la Constitución dominicano, ya que implica ceder la soberanía nacional. “Esto significa una exten-
sión de las fronteras de los Estados Unidos en el territorio dominicano y contradice el procedimiento del Tribunal Constitucional que reafirmó la soberanía de las autoridades dominicanas en consonancia con los artículos 3 y 252 de la ley Fundamental”, exponen. Asimismo, advierten que el acuerdo, también llamado “preclearance” en inglés, se ha convertido en un medio para evitar que los solicitantes de asilo lleguen al destino donde pretenden formalizar su solicitud, que en este caso sería EEUU. Recuerdan que el ámbito de aplicación de la normativa de protección internacional suele estar sujeta al territorio, no siendo consideradas como tal por los Estados Unidos las áreas de preautorización. Piña, Cury, Gómez y Jiménez aseguran que en el anexo del acuerdo se incorpora una tutela por parte de los EEUU de las políticas de asilo de República Dominicana, vulnerándose el principio de no intervención en los asuntos internos o externos del país.
SANTO DOMINGO.- Argenis Contreras, acusado del asesinato al catedrático y abogado Yuniol Ramírez, fue interrogado por segunda vez en la Procuraduría General de la República (PGR) en torno al homicidio y a la supuesta corrupción en la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) que se destapó con el hecho. Este imputado acudió a la Procuraduría para ser interrogado por el magistrado Wilson Camacho, quien lo recibió este martes en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA), tras concluir el interrogatorio, Contreras permaneció en la cárcel del Palacio de Justicia y este jueves volverá a ser interrogado. Uno de los abogados de Contreras, Ángel Sánchez, reveló que el imputado no se había entregado antes a las autoridades porque “todavía en la OMSA existe una mafia siciliana” que no le permitió presentarse a la justicia
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con anterioridad y que amenazaba contra su vida. Asimismo, el defensor aseguró que Contreras, tres años después de su escape, aún se encuentra temiendo por su vida por la mafia a la que hizo referencia, pero, según dijo, los abogados le garantizaron que resguardarían su vida y la de sus familiares. En ese sentido, el jurista agregó que otra de las razones por las que Contreras vino al país fue por la confianza que les tiene a las nuevas autoridades del Ministerio Público con quienes, según el abogado, acordó un convenio para venir al país a responder por sus hechos y a explicar nuevos detalles.
SANTO DOMINGO.- Tras una reunión de poco menos de 30 minutos, el Consejo Superior Policial decidió de “forma unánime” e inmediata la disolución de la Dirección Central de Antinarcóticos (Dican) de la Policía Nacional, acogiendo la disposición del presidente Luis Abinader. Así lo informó el vocero de la Policía, coronel Miguel Balbuena, quien dijo que a partir de “estos momentos la Dican deja de funcionar”. Dican quedó disuelta con la derogación del párrafo cinco de la Orden Especial 0242008, del 31 de mayo de ese año.
A la reunión del Consejo Superior Policial, celebrada a puertas cerradas en el Palacio de la Policía Nacional, participaron el Ministro de Interior y Policía, Jesús Chu Vásquez, quien la encabezó; el director de la Policía, mayor general Edward Sánchez González, y el procurador Adjunto, Rodolfo Espiñeira, en representación de la Procuradora General de la República, Míriam Germán Brito.
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08 TRABAJO ESPECIAL
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“Sobre todo, en los últimos años, debido a la sequía, hemos recibido muchísimas solicitudes de apoyo de grupos rurales para la solución de problemas de acceso al agua”, expresó Izzo.
Estas ejecuciones se realizan trabajando en alianza con otras organizaciones, tanto de cooperación internacional como instituciones gubernamentales y del sector privado. (Fuente externa).
GUAKÍA
Ambiente
mos años, debido a la sequía, hemos recibido muchísimas solicitudes de apoyo de grupos rurales para la solución de problemas de acceso al agua”, expresó Izzo. Dijo que, en muchos de estos casos, Guakía Ambiente apoya proyectos de acueductos con bombeo solar fotovoltaico, los cuales son solicitados por grupos que se acercan a ellos luego de
conocer sobre obras realizadas en otras zonas. Izzo agregó que estas ejecuciones se realizan trabajando en alianza con otras organizaciones, tanto de cooperación internacional como instituciones gubernamentales y del sector privado. Otra de las labores que realiza esta entidad es el que tiene que ver con el manejo integral de
los desechos sólidos, tanto en comunidades rurales como urbanas. De igual manera, de acuerdo a Izzo, también trabajan en el área de la conservación de la biodiversidad, a través de proyectos agroforestales, basado en cacao y café, y proyecto de reforestación, “siempre con un enfoque de manejo integral del territorio a nivel de cuenca”.
una organización que lleva ocho años trabajando por el desarrollo sostenible de RD
RAFAEL ZAPATA G.
SANTO DOMINGO.– Aunque su nombre no es muy conocido en la República Dominicana como el de otras instituciones similares, mediáticamente hablando, Guakía Ambiente lleva ocho años trabajando en favor del desarrollo sostenible y el medio ambiente, en sentido general. Así lo expresó a El Nuevo Diario la doctora Michela Izzo, directora ejecutiva de la entidad, quien agregó que el propósito y misión es reconciliar la esfera humana con la esfera natural “de la cual nosotros somos parte y dependemos para poder vivir y desarrollar nuestras actividades”. Esta entidad, sin fines de lucro, se constituyó legalmente en el 2012 en la República Dominicana, pero
venía trabajando desde el año 2008, expresó Izzo. Dijo que la institución que preside trabaja en toda la geografía nacional y en parte de la zona fronteriza de Haití, con grupos locales organizados. Parte de sus tareas en cada zona es realizar investigaciones y estudios técnicos, los cuales sirven de apoyo en las intervenciones que luego lleva a cabo. Explicó que Guakía Am-
biente, un término taíno que significa nosotros, trabaja en todas las áreas medioambientales pero que permanentemente se enfoca en los proyectos de vida sostenible. En ese sentido, precisó que aprovechan la fuente de energía renovable para, por un lado, el acceso a la electricidad, especialmente en zonas rurales, y para la provisión de agua. “Sobre todo, en los últi-
Guakía Ambiente trabaja de la mano con comunidades rurales.
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Parte de las obras que realiza la institución.
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LEGAL 09
AVISOS LEGALES PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley No. 1306, Bis, del 12 de junio de 1937, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en fecha veinte y dos (22) del mes de Diciembre, del año Dos mil Veinte (2020), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en Materia de Familia, emitió la Sentencia Civil No. 531-2020-SSEN-01736, referente al Expediente No. 531-2020-ECON-01129, cuyo dispositivo ordena lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores HECTOR MANUEL PEÑA MERCEDES y EVELYN JEIMY MERCADO ORTIZ, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 08/2020, instrumentado en fecha 07 del mes de septiembre del 2020, por ante el Dr. Rene Amauris Nolasco Saldaña, Notario Público del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente Divorcio. Así se pronuncia, ordena, manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossi, Jueza; Mirtha M de la Cruz Díaz, Secretaria). La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que Certifica. CERTIFICO: Que la Sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada, en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del veinte nueve (29), mes de Diciembre del año Dos mil veinte (2020). Así mismo se hace de conocimiento público que en fecha trece (13), del mes de Enero del año Dos mil Veinte y uno (2021), la Licda. Marlene Geraldina Segura Alcántara, Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00001, de registros de Divorcio, Folio No. 0109 bajo el Acta No.000055 del año Dos mil veinte uno (2021), efectuando así el PRONUNCIAMIENTO de dicho Divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (03) del mes de febrero del año Dos veinte y uno (2021)
FC 395929
LICDO. HECTOR PERCIVAL CASTILLO
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
Se hace de público conocimiento, y a cualquier interesado, que el día veinte (20) del mes de febrero del año 2021, a las nueve (9:00) horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de mensura para SANEAMIENTO, dentro del ámbito del Distrito Catastral 16 del Municipio de Guayubín, Provincia Monte Cristi. EXP No. 6622021002634, reclamada por el Sr. WILLIAM BILLY RODRIGUEZ VIRUET. AGRIM. VICENTE CASTILLO ROBLES Codia No. 8807
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 15 de febrero del año 2021, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No. 779B-13, del D.C. No. 06, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, localizada en la Calle Segunda, No.10, Urb. Tropical del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con un área superficial de 562.33 m2, a nombre de: JUAN PABLO ISIDRO SANDOVAL GARCIA Y CLAUDIA MARIA SANTANA ROJAS. Expediente No. 6632020036328. Agrim. José Elpidio Méndez Mir Codia No. 9041
AVISO DE PERDIDA POR PERDIDA DE TITULO
Aviso de Mensura para Actualización de mensura, Deslinde, Refundición y Subdivisión del Expediente No.6622021010025. YO, Agrimensora MARCELLE KAMILA GOMEZ PELEGRIN, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad No. 402-2517003-0, CODIA 40259, Estudio Profesional abierto en la calle 30 de Marzo con calle del Sol, en el Edif. Fernández, segundo nivel Mod. 8 en esta ciudad de Santiago, R.D., Cel. 829-851-9350, R.D., correo electrónico: mkgp.02@gmail.com, Contratado por la Sra. ARCADIA MEDINA, dominicana, mayor de edad, soltera, comerciante, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No.037-0009584-1, domiciliada y residente en el centro de la ciudad, en la José E. Kunhardt, casa No. 14 en ciudad de Puerto Plata, para realizar los trabajos de ACTUALIZACIÓN DE MENSURA, DESLINDE, REFUNDICIÓN Y SUBDIVISIÓN, el día Viernes 26 de Febrero del año Dos Mil Veinte y uno (2021), hacer constar que a las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), se dará comienzo dentro de la Parcela No. 248 del Distrito Catastral número 09 y Solar No. 1-Prov-Ref-1-Refund-35, Distrito Catastral No. 01, Porción D, del MUNICIPIO DE SAN FELIPE DE PUERTO PLATA Y PROVINCIA DE PUERTO PLATA, bajo el EXPEDIENTE No.6622021010025.
AGRIM. GABRIEL ROSARIO SALDAÑA CODIA 37236 Tel. 829-849-0510
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el día 12/12/2020, a las 1:00 P.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780-A, del D.C. No. 04, descrito como el Solar No. 22 de la Manzana M-3 ubicado en el Proyecto Lotificación de Engombe, Santo Domingo Oeste Provincia Santo Domingo. Expediente No. 6632020045343 a petición de los Señores: ARISMENDY UREÑA GONZALEZ, Se advierte a todas las personas que tenga algún interés que deben presentarse el día y la hora del deslinde.
Se hace de público conocimiento que el día 13/02/2021, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780-A, del D.C. No. 04, ubicado en la calle Diego Colón, del sector Las Palmas, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 6632021003474, a petición de los señores: RAMON ANTONIO GONZALEZ MARTE. Se advierte a todas las personas que tenga algún interés que deben presentarse el día y la hora del deslinde.
AGRIM. GABRIEL ROSARIO SALDAÑA CODIA 37236 Tel. 829-849-0510
AGRIM. GABRIEL ROSARIO SALDAÑA CODIA 37236 Tel. 829-849-0510
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el día 13/02/2021, a las 2:00 P.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780-A, del D.C. No. 04, descrito como el Solar No-05, Manzana D-15 lotificación Engombe, Santo Domingo Oeste Provincia Santo Domingo. Expediente No. 6632021003490 a petición de los Señores: FRANCISCO ROA FAMILIA Y ALMA ELISABET VILLAMAN DEPRAT. Se advierte a todas las personas que tenga algún interés que deben presentarse el día y la hora del deslinde.
Se hace de público conocimiento que el día 13/02/2021, a las 10:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780-A, del D.C. No. 04, ubicado en la calle Diego Colón, del sector Las Palmas, Santo Domingo Oeste Provincia Santo Domingo. Expediente No. 6632021003474, a petición de los Señores: RAMON ANTONIO GONZALEZ MARTE, EN REPRESENTACION DE YARINA ALEXANDRA SANCHEZ FERNANDEZ. Se advierte a todas las personas que tenga algún interés, que deben presentarse el día y la hora del deslinde.
AGRIM. GABRIEL ROSARIO SALDAÑA CODIA 37236 Tel. 829-849-0510
AGRIM. GABRIEL ROSARIO SALDAÑA CODIA 37236 Tel. 829-849-0510
PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo de carga, marca International, modelo 4400, color blanco, placa No. L399556, chasis 1HTMKAAN0AH247715, propiedad de SOLUCIONES ENERGETICAS TRISO SELMAN S.R.L, RNC No. 1-01-85562-2. FC 395718 PÉRDIDA DE MATRICULA: De la motocicleta, marca Honda, modelo Lead 110, color plateado, año 1994, placa No. K0716590, chasis JF191011490, a nombre de NEUDY ANTONIO DE LA PAZ PEREZ, cédula No. 018-0072321-3. FC 395902
BARBARIN CASTILLO CARPIO Propietario
PÉRDIDA DE MATRICULA: De la motocicleta, marca Loncin, modelo CG125, color negro, año 2012, placa No. N9087273, chasis LLCLPP205CE113103, a nombre de FERNELIS ENCARNACION, cédula No. 018-0038700-1. FC 395891
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
Pablo A. Polanco Castillo Agrimensor-Contratista Codia 34531
Se hace de público conocimiento que el día 13/02/2021, a las 8:00 A.M., se realizarán los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780-A, del D.C. No. 04, ubicado en la calle Las Carreras esquina Trinitaria, Buenos Aires de Herrera, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. Expediente No. 6632021003458 a petición de los señores: DOMINGO PINEDA EN REPRESENTACION DE OSIRIS PINEDA FELIZ Y LA SEÑORA MARGARITA YBIN PEPIN DE PINEDA, Se advierte a todas las personas que tenga algún interés que deben presentarse el día y la hora del deslinde.
MARCELLE KAMILA GOMEZ PELEGRIN Agrimensor Contratista, CODIA 40259
De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, del Art. 92, Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del CERTIFICADO DE TITULO NO. 2000-533, CORRESPONDIENTE AL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARCELA: 2-A-28-A, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 37/1ra, UBICADO EN HIGÜEY, LA ALTAGRACIA, CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE 16,978.99 METROS CUADRADOS, EXPEDIDO POR EL REGISTRO DE TITULOS DE HIGÜEY, PROPIEDAD DEL SEÑOR BARBARIN CASTILLO CARPIO.
VISTO: La autorización No. 6632021003814, de fecha 27 de enero del año 2021, dictada por la Dirección Regional de Mensuras, Departamento Central, mediante la cual se autoriza al Agrimensor Pablo A. Polanco Castillo, para que realice los trabajos de Deslinde sobre una porción de terreno de 199.31 m2, dentro de la Parcela No. 76 del Distrito Catastral No. 6 del Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, propiedad de la señora WENDY RAQUEL FERREIRA HERRERA, ubicada en la calle No. 5, del sector Brisa Oriental, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. En cumplimiento del Artículo 12 Literal (a) de la Resolución No. 355-2009, se avisa a la Dirección Regional de Mensuras, Departamento Central, a los colindantes, a los copropietarios y al público en general, que el día 13 de febrero del año 2021, a las 3:00 P.M., se dará inicio a la Mensura Catastral de la Parcela indicada. SE AVISA: a todas las personas que tengan algún interés en las parcelas a mensurar, que deben comunicarlo con anticipación, al Agrimensor encargado o al Director Regional de Mensuras, Departamento Central.
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep, marca Ford, modelo Escape XLS 4x4, color blanco, año 2011, placa No. G373548, chasis 1FMCU9C72BKA85635, a nombre de JOHANNA LISET SAVIÑON PERALTA, cédula No. 229-0000703-4. FC 395883
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10 LEGAL AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Se hace de público conocimiento que el día. 18 de Febrero del 2021a las 10: 00 a.m., se realizaran los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del D.C. No. 02, del Municipio Galván, Provincia Bahoruco, Reclamante: ORLANDO ASENCIO SALAS. Mediante Autorización de Expediente No. 6642021006622, de fecha 02 de Febrero del 2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este. FC 395914
AGRIM. GERALDO ROA LUCIANO CODIA 26285
AVISO DE CANCELACIÓN DE MATRÍCULA DE EMBARCACIÓN
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
Se hace público conocimiento la solicitud de cancelación de la matrícula de embarcación del Barco de Transporte de Carga de nombre BRODY PAUL, matrícula No. BC-B250-5008SDG, con las siguientes dimensiones: 106.6 de eslora, 25.7 de manga y 11.5 de puntal, color Negro y Blanco, construida en acero, puerto de registro Santo Domingo, de propulsión de motor Interno, con capacidad de 18 pasajeros, propiedad de la sociedad comercial Transporte El Rápido, SRL, RNC No.0-01-73685, debidamente representada por la señora Rosbelis Yanet Cruz Polanco, Cédula Personal No.223-0098127-5, dominicana, ya que la misma será abandera en otro país.
En cumplimiento del Art. 22 de la Ley No.1306-bis del 21/05/1937, sobre Divorcios, se hace saber que el señor ROBERTO ENRIQUE ACOSTA HERNANDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número 001-0507840-6, domiciliado y residente en la calle Respaldo Bohechío No. 34, ensanche Quisqueya, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. JHONNY EUGENIO MARTE NICASIO, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número 001-0569008-5, con estudio profesional abierto en la calle Máximo Ares García Numero 7 esquina Club de Leones, Alma Rosa I, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Tel. 809-425-1711, jhonymarte@gmail.com. ADVIERTE a su legítima esposa SONIA YONIL SALVADOR, dominicana, mayor de edad, cuyo último domicilio y residencia conocido por su esposo fue en la calle 13 número 1, primera planta, Alma Rosa, en el Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, y a que falta de información sobre su residencia actual, será emplazada en Demanda de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en manos del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio Este, Provincia Santo Domingo, el día Miércoles diez (10) de febrero del año dos mil veinte y uno (2021), a fin de que comparezca a la audiencia que de manera VIRTUAL, mediante la plataforma MICROSOFT TEAM, enlace: www.serviciojudicial.gob.do/rolnacionaldeaudiencia, se celebrará el día Martes que contaremos dos (02) días del mes de marzo del año dos mil veinte y uno (2021), a las nueve (9:00am) horas de la mañana, por ante la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, en sus atribuciones civiles, sito en la calle Presidente Vásquez No. 23, ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo, Provincia Santo Domingo, para conocer de dicha demanda de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre dichos cónyuges. La presente publicación ha sido requerida y autorizada por el abogado infrascrito, en el Municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los tres (03) días del mes de febrero del año dos mil veinte y uno (2021).
FC 395897
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO DE DESLINDE
Se hace de público conocimiento que el día. 18 de Febrero del 2021a las 2:00 p.m., se realizaran los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del Ámbito de la Parcela No. 2388, D.C. No. 04, del Municipio Galván, Provincia Bahoruco, Reclamante: HERMOGENES HIJO CASTILLO CASTILLO. Mediante Autorización de Expediente No. 6642021006630, de fecha 02 de Febrero del 2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este
Se avisa al público en general que el día 16 de febrero del 2021 a las 10:30 am, se dará comienzo a la mensura para fines de Deslinde, de una porción de terreno dentro de la Parcela 206-A-5, DC 05, del Distrito Nacional, ubicada en la calle Respaldo 4 #18 del Ensanche Luperón, según Autorización, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, con el No. 6632020049594, de fecha 09 de diciembre del 2020, a nombre de MARIA RAMONA CERDA RODRIGUEZ.
FC 395914
AGRIM. GERALDO ROA LUCIANO CODIA 26285
FC 395900
ELIAS ANTONIO PEREZ GÓMEZ Agrim. Codia-3774, Celular 829-207-7899
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO
AVISO DE PERDIDA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Se hace de público conocimiento que el día. 18 de Febrero del 2021a las 9: 00 a.m., se realizaran los trabajos de Mensura Para Saneamiento, dentro del D.C. No. 02, del Municipio Galván, Provincia Bahoruco, Reclamante: RUDDY CASTILLO CASTILLO. Mediante Autorización de Expediente No. 6642021004069, de fecha 08 de Octubre del 2020, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este.
Se hace de público conocimiento y para fines legales, que se ha extraviado el contrato de arrendamiento referente al solar con el No.1, de la Manzana 227, ubicado en la calle proyecto No.9, casa No.10, en el cual se encuentra levantada una mejora consistente en una casa construida de maderas del país y bloques de cemento, techada de zinc con piso de cemento, con una galería, sala, baño, comedor y cocina, y demás anexidades, publicación que se realiza para los fines de traspaso de contrato de arrendamiento. En la Ciudad y Municipio de San Juan de la Maguana, Republica Dominicana, a los Veintiséis (26) días del mes de Enero del año 2021.
AGRIM. GERALDO ROA LUCIANO CODIA 26285
DR. JOSE HUMBERTO PEREZ M. Solicitante
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE TRANSFORMACION “RH EXPRESS SEA.” Capital Social Autorizado: RD$10,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$4,350,000.00 REGISTRO MERCANTIL No. 17842SD RNC No. 1-01-71079-9
FC 395914
Se hace de público conocimiento, la pérdida del certificado de título, del inmueble identificado con la designación catastrar 206769539385, con la matricula No.2000010370, con una extensión superficial de 201.93m2, ubicado en San Juan de la Maguana, amparado en el certificado de título inscrito el libro 0128, folio 030, inscrito en fecha 12 de enero del año 2018, expedido por la registradora de título de San Juan de la Maguana, aviso de conformidad con el párrafo III del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. AVISO PERDIDA DE DEPÓSITO
Se avisa la pérdida del certificado de depósito No. 5340022781 emitido el 19/08/2004 por el Banco Dominicano del Progreso (ahora Scotiabank) por RD$100,000 a favor de la Sra. Bernardina Luisa Santana G. de Pimentel, cédula #003-0014632-1. Esto se ha notificado a Scotiabank en acto #140 del 22/01/21 del Alguacil de Estrado Dpto. Judicial de San Cristóbal Junior M. Pimentel R. para que proceda a anular el perdido y a emitir uno nuevo. AVISO A QUIEN TENGA INTERES PUBLICO En fiel cumplimiento con el Art. No. 75 del R.G.M.C., se avisa que a las 10:00 A M. del día: 20/febrero/2021, se dará inicio al acto del levantamiento parcelario del Deslinde y Subdivisión para partición ubicado dentro de la P. No. 90, D. C. No. 12, Municipio: Santo Domingo Oeste, Provincia: Santo Domingo; Investida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dpto. Central con el carácter de Oficial Público, mediante Autorización No. 6632021004756 de fecha: 01/febrero/2021. YOARKY L. RECIO S. Agrimensor, CODIA: 22774 Tel. (849)357-0949
De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la compañía RH EXPRESS S.A. a una Sociedad de Responsabilidad Limitada -SRL-; dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la Compañía, RH EXPRESS S.A., la cual se denominará Quisqueyana Express Courier SRL. La misma estará regida por las leyes de la Republica Dominicana, la ley 479-08 y los presentes Estatutos. La empresa tendrá como objeto social, la explotación del negocio de Servicio de correo Expreso Internacional-Courier-, comercio vía internet, servicios de aduanas, transportación, importación y exportación de carga comercial. El domicilio de la empresa estará en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, con un Capital Social de RD$100,000.00 Pesos Dominicanos. La empresa será administrada por su Gerente, designado al efecto; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto, así como el Balance financiero especial, el Informe del Consejo de Directores y un Informe general elaborado por el comisario de Cuentas de la Sociedad, se convoca a los Accionistas de la COMPANIA RH EXPRESS S.A. a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la compañía el día 18 de febrero del 2021 a las 10:00 am. Se conocerá el Proyecto de Transformación de la Compañía, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el Balance Especial y el Informe del Consejo de Directores que estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los 2 días del mes de febrero del 2021.
FC 395717
REGLA ALTAGRACIA HERRERA DE LOS SANTOS, Presidente.
FC 395901
LIC. JHONNY EUGENIO MARTE NICASIO Abogado Apoderado
AVISO DE INCORPORACION Para dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 122-05, que regula y fomenta las Asociaciones sin Fines de Lucro, la señora MARCIA RAMONA MEDINA MARTINEZ, en su calidad de representante de la institución sin fines de lucro ABRAZOS DE ANGELES, publica lo siguiente: PRIMERO: Que mediante la Resolución No. 0001-2021, de fecha 19 de Enero del 2021, el Procurador General De La Corte de Apelación Regional de Santo Domingo, concedió el beneficio de la Incorporación a la institución sin fines de lucro ABRAZOS DE ANGELES que tiene su domicilio en la calle K, No. 35, Urbanización Los Rosales, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; SEGUNDO: Que sus objetivos serán Asistir a Niños, Niñas y Adolescentes que provengan de hogares con violencia de género, así como los hogares de acogida, amigos y relacionados que sirvan de apoyo a estos menores; con las orientaciones y ayudas pertinentes. Además de servir de lazos transmisores entre los sectores que se sienten preocupados por esta grave situación que afecta tanto a nuestro país como otras latitudes del mundo, cuyo domicilio será en la calle K, No. 35, Urbanización Los Rosales, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; TERCERO: Su Consejo Directivo está integrado por cinco (05) miembros, cuyos nombres son: 1.- MARCIA RAMONA MEDINA MARTINEZ (Presidente), WENDY PATRICIA MEDINA MARTINEZ (Vice-Presidente); BARBARITA MARISELA HERRERA HERRERA (Secretaria); BELIX MADELENIS MEDINA MARTINEZ (Tesorera) y NICOLE LUZ GUZMAN MEDINA (Vocal); CUARTO: La Presidenta de la Institución, o quien este delegue, será la persona que representara a la Institución en Justicia y frente a terceros, así como por ante las Instituciones Públicas de la República Dominicana. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de Febrero del año Dos Mil veintiuno (2021).
FC 395855
MARCIA RAMONA MEDINA MARTINEZ, Presidenta.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 06 del mes de DICIEMBRE del año 2017, la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo, especializada en asuntos de familia dictó la sentencia Civil No.550-2017-SSET-01158, expediente No. 550-2017-CIV-01226, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos: Angelina Hiciano Espaillat y José Luis Ureña Morales, Conforme con el acto de estipulación de divorcio instrumentado por ante el Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, Dr. Víctor Manuel Medrano, Notario Público, del Distrito Nacional, en fecha siete (07) del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017) por los motivos expuestos. SEGUNDO: Otorgar la guarda del menor de edad Luis Gabriel, a la señora Angelina Hiciano Espaillat, madre de dicho menor. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio, ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TRANSCRIBIR El referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro destinado a estos fines correspondiéndole el Libro No. 00003 de registros de Divorcio, Folio No. 0009, Acta No. 000205, Año 2020, en la Oficina del Estado Civil de la 5ta. CIRCUNSCRIPCIÓN de SANTO DOMINGO NORTE. FC 395853
PUBLICACION DE DIVORCIO
AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL LE SOLICITAMOS INFORMAR AL PAIS
De conformidad con las disposiciones de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha veintitrés (23) del mes de Noviembre del año DOS MIL VEINTE (2020), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional Séptima Sala, dictó la sentencia Civil No. 532-2020-ssen-01243, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Admite el Divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los señores Rhadamés Alfonso De Jesús Báez y Neyenka Arisleyda De León Hart, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones no. 55, instrumentado en fecha 22 de Julio del año 2020, ante el Dr. Celso Antonio Pavón Moni, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional; debiendo proceder que la sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado Civil Correspondiente. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Sashenka Josefina y Alfonso José Miguel, a cargo de su madre, señora Neyenka Arisleyda De León Hart, concediendo derecho de visita a su padre, señor Rhadamés Alfonso De Jesús Báez, comprometiéndose este último a proporcionarle a sus hijos y en manos de la señora Neyenka Arisleyda De León Hart, una pensión alimenticia en la proporción y formas indicadas en el acto de convenciones y estipulaciones. TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. La Sentencia ha sido emitida y firmada electrónicamente por el Juez Itinerante Misael Isaac Sánchez del Villar, el mismo día, mes y año señalados al inicio de la sentencia, y leída en audiencias públicas por mi Secretaria, con mi firma y sello en original. La sentencia que antecede fue pronunciada el día uno (1) del mes de febrero del año DOS MIL VEINTIUNO (2021), en la Oficialía del Estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, y fue inscrita en el Libro No. 00001, Folio No. 0027, bajo el Acta No. 000014, del año 2021. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de febrero del 2021.
Si “existen” FALLOS MEDIANTE SENTENCIAS DE ESE TRIBUNAL en relación a solicitudes de acciones directas de inconstitucionalidad depositadas por Accionantes contra la Ley 169/14 y/o el Decreto 250/14, las que parecerían no haber sido falladas en fecha 10/4/2018 ni tampoco al 18/12/2020; razón por la cual solicitamos responder públicamente las siguientes preguntas: Si las acciones directas de inconstitucionalidad a que se refirió la periodista Wanda Méndez en el “Listín Diario” en fecha 10/4/2018 YA FUERON FALLADOS; indicar el número y fecha de dichas Sentencias. Si dichas acciones directas de inconstitucionalidad contra la Ley 169/14 y/o el Decreto 250/14 AUN NO HAN SIDO FALLADAS al 15/12/2020; indicar las razones (si las hubieren), por las cuales no se han emitidos las sentencias correspondientes, y Si el “NO FALLO POR PARTE DEL TC” contra la Ley 169/14 y/o el Decreto 250/14 en el plazo indicado por la Ley 137/11 a solicitud de los Accionantes: ¿”CONSTITUYEN” O “NO CONSTITUYEN”?, una “Violación a la Constitución vigente y/o la Ley orgánica de dicho Tribunal” (conforme a lo indicado en su art. No. 43). El “Diario Libre” de fecha 20/1/21 (pag.7) informo: Que el CNM conoció del “INCUMPLIMIENTO” del TC al emitir fallar en los plazos establecidos por la Ley (su Ley). Explicar. Agradeciéndoles la gentileza de responder nuestras preguntas, les sugerimos hacerlo públicamente (vía periódicos de circulación nacional); Atentamente.
LIC. RHADAMES ALFONSO DE JESUS, ABOGADO.
Luis Ventura S. Franklin Vargas M. Luis Guzmán L.
FC 395856
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PUBLICACION DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio y para conocimiento general, se hace saber lo siguiente: Que en la fecha 28 de febrero del año (2020), la Cámara Civil y Comercial para Asuntos de Familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, regularmente constituida y especializada en asuntos de familia, en sus atribuciones civiles, dictó la sentencia No.531-2020, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señor José Brooks Ordoñez, por no haber comparecido conforme a la ley, no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda entre los esposos MARLENY ROSARIO REYNOSO y JOSE BROOKS ORDOÑEZ, de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres. TERCERO: Ordena el pronunciamiento por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. La presente publicación ha sido autorizada por la LIC. ANA PEREZ AGUILERA, en fecha de 30 de enero del 2021.
FC 395928
LIC. ANA PEREZ AGUILERA Abogada
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Se hace de público conocimiento que el día lunes 22 de Febrero del 2021, a las 02:00 pm, se realizarán los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 35-A-1, del D.C. No. 14/1, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, ubicado en la calle 27 de Febrero, No. 07, entre la calle Prof. Juan Bosch y calle Duvergé, Mejoramiento Social, mismo Municipio y Provincia. Autorización de fecha 27 de Enero del 2021, Expediente No. 6642021006517. Propiedad de los SRES. JOANNI ALICIA VILLANUEVA CARRASCO, BERTHA JULISSA SANLATE CARRASCO, ELIZABETH SANLATE CARRASCO y LEONEL SANLATE CARRASCO, debidamente representados por la Sra. Alicia Carrasco Féliz.
FC 395844
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE)
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
Se hace de público conocimiento que el día viernes 26 de Febrero del 2021, a las 2:00 pm, se realizaran los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 26-B, del D.C. No. 14/1, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, ubicado en la calle 6 esquina calle en proyecto, S/N, Barrio Punta Palma, mismo Municipio y Provincia. Autorización de fecha 22 de Enero del 2021, Expediente No. 6642021005154, propiedad de la SRA. RUTH ESTELA LAMARCHE CAMACHO, debidamente representada por el Sr. Freddy Antonio Marte Mesa.
Por este medio, en virtud del Artículo Número 92, de la Ley Número 108-05, sobre Registro Inmobiliario de la República Dominicana, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título, Matrícula No. 0100268325, expedidos por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, que ampara el derecho de propiedad de la señora FRANCESCA ARNONE, del inmueble: “Unidad Funcional E4, identificada como 400441280475: E-4, matrícula No. 0100268325, del CONDOMINIO RESIDENCIAL ESCORIAL TOWER, ubicado en el DISTRITO NACIONAL, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y las parcelas de 1.49% y 1 voto en la Asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-019, del bloque 00, ubicado en el nivel M1, destinado a PARQUEO, con una superficie de 12.48 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-0204-001, del bloque 02, ubicado en el nivel 04, destinado a Apartamento, con una superficie de 58.37 metros cuadrados; un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO, identificado como SE-02-04-001, del Bloque 02, ubicado en el nivel 04, destinado a BALCÓN, con una superficie de 5.56 metros cuadrados”.
FC 395844
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Se hace de público conocimiento que el día lunes 22 de Febrero de 2021, a las 09:00 am, se realizaran los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 23, del D.C. No. 14/1, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, ubicado en la calle Enriquillo Mota, S/N, casi esquina calle Juan Medina, Urbanización Los Blanquizales, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona. Autorización de fecha 22 de Enero del 2021, Expediente No. 6642021005227, propiedad de la SRA. NARDA ESMERALDA FELIZ SANCHEZ.
FC 395844
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Se hace de público conocimiento que el día viernes 26 de Febrero del 2021, a las 09:00 am, se realizaran los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 21-C, del D.C. No. 14/1, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, ubicado en la calle Prof. Andrea Féliz esquina calle en proyecto, S/N, Barrio Los Maestros, mismo Municipio y Provincia. Autorización de fecha 22 de Enero del 2021, Expediente No. 6642021005219. Propiedad de la SRA. LOURDES PEREZ SUAREZ, debidamente representados por la Sra. Digsa María Pérez Suárez de Sena.
FC 395844
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Se hace de público conocimiento que el día miércoles 24 de Febrero del 2021, a las 09:00 am, se realizaran los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 23-D, del D.C. No. 14/1, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, ubicado en la calle 4ta (cuarta), S/N, Barrio Punta Palma, mismo Municipio y Provincia. Autorización de fecha 22 de Enero del 2021, Expediente No. 6642021005200. Propiedad del SR. JUNIOR PEREZ GOMEZ, debidamente representados por el Sr. Marino Pérez Gómez.
FC 395844
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL (DESLINDE) Se hace de público conocimiento que el día miércoles 24 de Febrero del 2021, a las 02:00 pm, se realizaran los trabajos de Deslinde, dentro de la P. No. 23-D, del D.C. No. 14/1, Municipio Santa Cruz de Barahona, Provincia Barahona, ubicado en la calle 4ta (cuarta), S/N, Barrio Punta Palma, mismo Municipio y Provincia. Autorización de fecha 22 de Enero del 2021, Expediente No. 6642021005235. Propiedad de la SRA. MARIA ANGELA FELIZ RAMIREZ.
FC 395844
AGRIM. JUAN DAVID PEREZ, Codia 15500. Tel. 829-230-1289.
FC 395854
FRANCESCA ARNONE, En calidad de Propietaria.
LEGAL 11 AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXPEDIENTE No. 6622021009671 según autorización de 27 del mes de Enero del año 2021. Se hace de público conocimiento que el día 19 del mes de Febrero del año 2021, a las 1:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE de una porción de terreno, relativo al inmueble identificado como Solar No. 1-PRO-A, Porción ¨F¨, del Distrito Catastral No. 01, con una superficie de 145.91 m2, del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, propiedad la señora RAMONA DEL CARMEN BARET HERNANDEZ DE LASANTA. AGRIM. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA, CODIA No. 23375.
Expediente 6632021002869, en virtud de autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Dpto. Central, se hace de público conocimiento que el día 17 de febrero del 2021, a las 10:00A.M., iniciaremos los trabajos de Deslinde en el ámbito de la Parcela 1-F-2-A-2-1-3 del D.C. No. 03 del Distrito Nacional, Refundición del resultado de este Deslinde con las Parcelas Nos. 1-F-2-A-1-17 y 1-F-2-A-2-1-3-C (Resto) ambas del D.C. No. 03 del Distrito Nacional, a petición de su propietarios la Compañía Limburg Investment, S.R.L., representados por David Sánchez Magri. FC 395860
AVISO DE DISOLUCION DE COMPAÑIA AGENCIA DE VIAJES Y OPERADORA DE TURISMO DAY TOUR, S.R.L. CAPITAL SOCIAL: RD$500,000.00
PUBLICACION DE PERDIDA DE TITULO De conformidad con lo que dispone el art. 92 párrafo 3 de Ley de Registro Inmobiliario 108-05 del 23 de mayo del año 2005 y Art. 86 Letra B del Reglamento de Registro Inmobiliario, se hace Público la pérdida del Certificado de Título ubicado en el UNA PORCIÓN DE TERRENO QUE MIDE DOSCIENTOS VEINTISÉIS PUNTO CINCUENTA (226.50) METROS CUADRADOS, DENTRO DEL SOLAR No. 15; Y LA MANZANA No. 2360, DEL D C NO 1 DE SANTIAGO CON LOS SIGUIENTES COLINDANTE AL NORTE CON LA PARCELA NO. 115; AL ESTE CON EL SOLAR NO, 16; AL SUR CON CALLE PENETRACIÓN Y AL OESTE CON SOLAR NO. 11; INSCRITA EL DÍA 5 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011, BAJO EL NO. 28 FOLIO 198 DEL LIBRO DE INSCRIPCIONES NO.1148 EN EL CERTIFICADO DE TÍTULO MATRICULA NO. 0200009025, DE FECHA 9 DE MARZO DEL AÑO 2011. A NOMBRE DE LOS SEÑORES FRANKLIN RAFAEL PERALTA CABRERA Y DENIA ALTAGRACIA TAVERAS LOMBERT, DE ESTA CIUDAD DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS. En la provincia y municipio de Santiago, República Dominicana, a los DOS (2) días del mes de octubre del año dos mil veintiuno (2021).
LCDA. PILAR DEL R. MEZON DE LOPEZ, Abogada Apoderada.
A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 413 de la ley 479-08, sobre Sociedades Comerciales, se avisa que mediante Asamblea General Extraordinaria de fecha treinta y uno (31) de enero del año dos mil veintiuno (2021), los portadores de las cuotas sociales de NUESTRA OPINIÓN, S.R.L., adoptaron a unanimidad de votos, entre otras, las siguientes Resoluciones: 1) autorizar la disolución definitiva de la Sociedad; 2) La Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad, resolvió designar al señor Juan María Amparo de León, como agente liquidador de los activos de la Sociedad, quien a tales fines deberá presentar un informe a la Segunda Asamblea General Extraordinaria, que será convocada para aprobar o desaprobar dicho informe. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día cuatro (04) de febrero del año dos mil veintiuno (2021). FC 395859
AGRIM. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA, CODIA No. 23375.
Juan María Amparo de León.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL SE AVISA AL PUBLICO EN GENERAL FE DE ERRATA
AVISO DE MENSURA CATASTRAL EXPEDIENTE No. 6622020117276 según autorización de fecha 22 de Diciembre del año 2020. Se hace de público conocimiento que el día 15 del mes de Febrero del año 2021, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE de dos porciones de terreno, relativo al inmueble identificado como Parcela No. 1668, del Distrito Catastral No. 6, con una superficie de 245.00 m2 y 349.42 m2 respectivamente, del Municipio de Santiago De Los Caballeros, Provincia de Santiago, ubicado en la Ciénega, Calle Dulce María Pérez, a 140.00 metros aproximadamente al Este de la carretera La Ciénega, a mano derecha está el inmueble, propiedad de los señores JOSUE DAVID SANTANA ARACENA, CLAIDY VENTURA YANCY MIGUEL GENAO casado con NIURKA GENAO y debidamente representados por el señor: NORMAN GONZALEZ PERDOMO.
AGRM. NAYIBE CHABEBE DE ABEL, Codia 2055.
Vista: La Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, del Departamento Central, (Expediente No. 6632020032438), de fecha, 15/09/2020, se avisa que el jueves, 03/12/2020, a las (9:00 A. M.), se iniciará el acto de levantamiento parcelario (Deslinde) dentro de las Parcelas Nos 206-A-5 del Distrito Catastral No.05 del Distrito Nacional. Ubicada en la Calle José Dolores Cerón No 8 del Ensanche Luperón, propiedad de los señores: ANA JOSEFA MINAYA DE HEREDIA, JESÚS MINAYA MONTERO, HECTOR MINAYA DE LA ROSA, GUILLERMO NICANOR MINAYA VALDEZ, TERESA DE JESÚS MINAYA, GERTRUDIS DE LOURDES MINAYA ESPINOSA LEÓN BOLÍVAR ISAAC MINAYA VALDEZ, y VÍCTOR MANUEL MINAYA RIJO, con una extensión superficial de Doscientos Cuarenta y siete punto coro Siete metros cuadrados (247.07 m2).
FC 395845
WAGNER CLAUDIO MEDINA MOQUETE, Agrimensor Contratista. Codia No. 13891.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
EXPEDIENTE No. 6622021009711 según autorización de 27 del mes de Enero del año 2021. Se hace de público conocimiento que el día 19 del mes de Febrero del año 2021, a las 8:00 A.M, se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE de una porción de terreno, dentro del ámbito de la Parcela No. 26, del Distrito Catastral No. 13, con una superficie de 776.85 m2, del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, propiedad de del señor ANDRES DONATO RODRIGUEZ HERNANDEZ.
Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 9601362567, emitido por el Banco de Reservas de la República Dominicana por valor de TRESCIENTOS MIL PESOS CON 00/100 (RD$300,000.00), más los intereses acumulados emitido a nombre de la señora DENIA MARGARITA ALVAREZ dominicana, portadora de la cedula de Identidad y Electoral No.001-03576013. La presente publicación se hace a los fines de Ley correspondiente.
AGRIM. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA, CODIA No. 23375.
FC 395848
DENIA MARGARITA ALVAREZ, Titular certificado. NELSON FIGUEROA RODRIGUEZ, Abogado apoderado.
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO PERDIDA DE CONSTANCIA DE TITULO
EXPEDIENTE No. 6622021009701 según autorización de 27 del mes de Enero del año 2021. Se hace de público conocimiento que el día 19 del mes de Febrero del año 2021, a las 10:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral correspondiente para Los Trabajos de DESLINDE de una porción de terreno, dentro del ámbito de la Parcela No. 200, del Distrito Catastral No. 10, con una superficie de 150.00 m2, del Municipio de Moca, Provincia Espaillat, propiedad la señora MARIA YAQUELIN BLANCO MARTINEZ DE TRINIDAD.
De conformidad con lo que dispone el Art. 92, Párrafo 3 de la Ley No. 108-05, sobre Registro Inmobiliario, y del artículo 86 del Reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia de Título Matrícula No. 0100314842 (Duplicado del Acreedor Hipotecario), que ampara el Solar No. 13, Manzana No. 467, D.C. No. 01, apartamento 102, segundo piso del Distrito Nacional, que tiene una extensión superficial de 115.88 metros cuadrados, propiedad de la señora ANGELIA MILQUELLA GOMEZ HERNANDEZ, deudora, BANCO AGRICOLA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, Acreedor.
AGRIM. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA, CODIA No. 23375.
FC 395918.
LIC. EFREN ANT. SANCHEZ CRUZ, Abogado.
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
12 LEGAL PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057163, Parcela No. 137-B-4-C- 17. D.C.06 del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 330.62 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No. 1-30-158444.
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057168, Parcela No.137-B-4-C-22. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 633.29 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No.1-30-158444.
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057172, Parcela No.137-B-4-C-26. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 325.65 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No. 1-30-158444.
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
FC 395847
FC 395847
FC 395847
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO ACREEDOR HIPOTECARIO
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057167, Parcela No.137-B-4-C-23. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 2,052.84 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No. 1-30-158444.
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057167, Parcela No.137-B-4-C-21. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 329.32 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY. R.N.C. No.1-30-158444.
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057176, Parcela No.137-B-4-C-30. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 334.79 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No.1-30-158444.
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
Jesús Alberto Tavarez Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
FC 395847
FC 395847
FC 395847
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057164, Parcela No.137-B-4-C-18. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 330.17 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No. 1-30-158444.
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057173, Parcela No.137-B-4-C-27. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 327.43 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No.1-30-158444.
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
FC 395847
FC 395847
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057170, Parcela No.137-B-4-C-24. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 566.66 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No.1-30-158444.
En virtud de lo establecido en la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y el Art. 83, literal b, y Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Acreedor Hipotecario identificado como la matrícula No. 0100057171, Parcela No.137-13-4-C-25. D.C.06, del Municipio Santo Domingo Este (anterior Distrito Nacional), con un área de 327.72 MTS2, expedido a favor de la compañía JAT INVESTMENT AND COMPANY, R.N.C. No. 1-30-158444.
FC 395847
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcios, y para que sea de general conocimiento, se hace saber: Que en fecha trece (13) de Marzo del año 2020, la Cuarta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil marcada con el No. 12882020-SSEN00307, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señor Andrickson Almonte Ramírez, por no concluir al fondo, en el presente proceso. SEGUNDO: Declara como buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido interpuesta conforme a las leyes que rigen la materia. TERCERO: En cuanto al fondo, admite el presente divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores Yenise Altagracia Jiménez Abreu y Andrickson Almonte Ramírez, con todas sus consecuencias legales, por los motivos precedentemente expuestos, en consecuencia: Otorga la guarda y cuidado del menor de edad Scarly Altagracia y Steicy Altagracia, a cargo de su madre, la señora Yenise Altagracia Jiménez Abreu. Fija en la suma de seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,500.00), que el padre señor Andrickson Almonte Ramírez, deberá pagar mensualmente y sin retardo alguno, a la madre señora Yenise Altagracia Jiménez Abreu, por concepto de manutención de sus hijas menores de edad. CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio; QUINTO: Compensa las costas del procedimiento por tratase de una litis entre esposos. SEXTO: Comisiona al ministerial Ángel Pujols, Alguacil de Estrado de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de notificar la presente sentencia. DADA Y FIRMA vía electrónica ha sido la sentencia que antecede por el magistrado que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada el día trece (13) días del mes de marzo del año dos mil veinte (2020); por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original que reposa en los archivos digitales de esta cámara, que se expide, sella y firma, a solicitud de la parte interesada, hoy día dieciséis (16) del mes de octubre del año dos mil veinte (2020). Firmado mediante firma electrónica: Brenda Adelina Rosario García, Secretaria. La sentencia que antecede, cuyo dispositivo figura más arriba, fue pronunciada por el Oficial del Estado Civil de la Treceava Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, en fecha 14/01/2021, registrada en el Libro No.00001, Folio No. 0003, bajo el Acta No.000002, del año 2021. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veintiocho (28) días del mes de Enero del año dos mil veintiuno (2021). LIC. ENRIQUE R. MARTINEZ DOMINGUEZ, FC 395850
Abogado.
De conformidad con el ART. 92 de la Ley de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. TMP4394DB02 (Duplicado del Dueño) que ampara el inmueble que se describe a continuación: “Parcela No. 127-A-15 del Distrito Catastral No. 06, del Municipio Santo Domingo de Guzmán, Provincia Santo Domingo, con una extensión superficial de 9,632.00 Metros Cuadrados, propiedad de la CONGREGACION HERMANAS DE LA CARIDAD DEL CARDENAL SANCHA, RNC No. 401511802, representada por Sor ANGELA HERRERA ESPINAL, Cédula de Identidad No. 036-00289411, domiciliaria en la calle Las Damas No. 4, Zona Colonial. La presente publicación se hace para fines de ley correspondientes. FC 395912
PUBLICACION POR PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR HIPOTECARIO
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L.
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
Jesús Alberto Tavarez, Representante Cía. JAT INVESTMENT AND CONSTRUCCION COMPANY E.I.R.L. FC 395847
AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCROS, FUNDACION CENTRO COMUNITARIO DE APOYO Y DESARROLLO MANOS EXTENDIDAS CCADEME
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Artículo 42 de la Ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: La Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, en sus atribuciones dictó la sentencia civil No. 531-2018-SSEN-02644, de fecha 5 de diciembre del año 2018, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: Primero: Declara regular y válido en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley, y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Willy Silvestre Araujo Cuevas y María Isabel López Rodríguez, por su Mutuo Consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 33-2018, instrumentado en fecha 20 del mes de Septiembre del 2018, por ante el Dr. Bernardo Aba Santana Aquino, Notario Público del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil, correspondiente pronunciar el presente divorcio. El divorcio en cuestión fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Tercera (3ra.) Circunscripción del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No 00001, Acta No. 000023, Folios No. 0043, de fecha 20 del mes de Enero del año 2021. La presente publicación es autorizada por la Licda. María Jacqueline García, Abogada apoderada de los cónyuges.
LICDA. MARIA JACQUELINE, Abogada.
De conformidad con lo establecido en el art. 5 de la ley 122-05, párrafo II que regula y fomenta las Asociaciones Sin Fines de Lucro, se hace de público conocimiento lo siguiente: PRIMERO: Que la fundación FUNDACION CENTRO COMUNITARIO DE APOYO Y DESARROLLO MANOS EXTENDIDAS CCADEME ha quedado formalmente incorporada de acuerdo a la ley 122-05. Con domicilio en la calle Santiago Silvestre No. 39, Sector Centro de la ciudad, Municipio de Hato Mayor del Rey, Provincia Hato Mayor, República Dominicana, según resolución No. 0117/2020 emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación Titular de San Pedro de Macorís en fecha 28 de diciembre 2020. SEGUNDO: que los fines u objetivos son: Fundación sin fines de lucro destinada a planear y coordinar programas para el desarrollo integral individual, familiar y comunitario, que brinden asistencia social, servicios de atención, cuidado y desarrollo integral a la población en situación de vulnerabilidad, promueven alternativas de solución a los problemas que generan la situación de vulnerabilidad de las poblaciones para garantizar la protección de las personas en situación de vulnerabilidad, especialmente de niñas, niños y adolescentes y envejecientes. TERCERO Que los miembros fundadores son: María del Carmen Betancourt C. de Santana, Cristian Santana Cornelio, Mercedes de los A. Betancourt Cambumba, Franchesca Cornelio, Serevia Tejeda Liriano de Betancourt, César Akin Vásquez Betancourt, Mercedes Herminia Peralta Cambumba. CUARTO: Que la fundación está representada ante terceras personas por su presidente María del Carmen Betancourt C. de Santana. QUINTO: La fundación ha sido constituida por tiempo indefinida, según los estatutos. SEXTO: Los funcionarios de la Junta Directiva son: - PRESIDENTE: María del Carmen Betancourt C. de Santana; VICEPRESIDENTE: Cristian Santana Cornelio; SECRETARIO GENERAL: Mercedes de los A. Betancourt Cambumba; SECRETARIA DE ACTAS: Franchesca Cornelio; TESORERO-ENCARGADA DE FINANZAS; Serevia Tejeda Liriano de Betancourt, 1er VOCAL; SECRETARIO DE ASISTENCIA SOCIAL: César Akin Vásquez Betancourt; 2DO VOCAL-ASESOR EDUCATIVO: Mercedes Herminia Peralta Cambumba. Publicación autorizada por María del Carmen Betancourt C. de Santana, Presidente.
En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el art.42 de la ley 1306-bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber que la sentencia civil No.1451-00871-20 dictada en fecha nueve (9) del mes de diciembre del año 2020, por la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores MIGUEL ANGEL RAMIREZ y SUSI MARIA GARCIA, de acuerdo a las estipulaciones pactadas en fecha Veinte y nueve (29) del mes del mes de junio del año 2020, por ante el LIC. MANUEL ENRIQUE ALMONTE BOITEL, Notario Público de los del número para el municipio de Santiago. Ordena a los señores MIGUEL ANGEL RAMIREZ Y SUSI MARIA GARCIA esposos o el que haga de parte más diligente, proceder a transcribir la presente sentencia, pronunciada en el término legal y practicar todos los requisitos exigidos por la ley. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. I por nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma MAGISTRADA MIGUELINA DIAZ PAULINO y por esta misma publicación se hace saber que el citado divorcio fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, transcrita en el Libro de Registro de divorcio No. 00001, Folio No. 0057, bajo el Acta No 000057, de fecha 01/02/202. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los tres días (3) del mes de febrero del año 2021.
DRA. MARIA DEL CARMEN BETANCOURT C. DE S., Abogada.
LICDA. ESTEFANIA DISLA PUNTIEL, Abogada Apoderada.
FC 395909
FC 395913
PUBLICACION DE DIVORCIO
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el ART. 92 de la Ley de Registro Inmobiliario; Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 2400056498 (Duplicado del Dueño) que ampara el inmueble que se describe a continuación: “Parcela No. 127-A-1-A-1-A-1 del Distrito Catastral No. 06, del Municipio Santo Domingo de Guzmán, Provincia Santo Domingo, con una extensión superficial de 1,500.00 Metros Cuadrados, propiedad de la CONGREGACION HERMANAS DE LA CARIDAD DEL CARDENAL SANCHA, RNC No. 401511802, representada por Sor ANGELA HERRERA ESPINAL, Cédula de Identidad No. 036-00289411, domiciliaria en la calle Las Damas No. 4, Zona Colonial. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondientes. FC 395912
PUBLICACIÓN CERTIFICADO DE TÍTULO Para dar cumplimiento a lo que establece la ley de Registro de Tierras, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Matrícula No. 0100068317, de la unidad funcional 301-K, identificada como 401445325139:301-K, del condominio Residencial Dumas VIII, ubicado en Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, expedido por el Registro de títulos de Santo Domingo, a nombre de DULCE MARÍA THEN POLANCO DE JESUS, Cédula No. 001-0709747-9.
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el art 42 de la ley 1306-bis, sobre divorcio, y para general conocimiento, se hace saber que la sentencia civil NO. 1450202020-SSEN-00642 dictada en fecha veintinueve (29) del mes de septiembre del año 2020, por la Quinta Sala de la Cámara Civil de asuntos de familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO. Admite el divorcio por la causa de mutuo consentimiento entre los esposos RUDDY DE JESUS HERNANDEZ DILONE Y ERIKA MABEL ALTAGRACIA ABREU COLON, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio por mutuo consentimiento número, 44, folio 22 de fecha 13 de agosto del 2020 por ante el Licdo. MANUEL ENRIQUE ALMONTE BOITEL, abogado notario público, de los del número para el Municipio de Santiago. Debiendo proceder para que esta sentencia y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratase de una litis entre esposos. I por nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma MAGISTRADO LIC. Juez, y por esta misma publicación se hace saber que el citado divorcio dic pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, transcrita en el Libro de Registro de divorcio No. 00004, Folio No. 0020, bajo el Acta No.000620, de fecha 15/12/2020. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los tres (3) días del mes de febrero del año 2020.
Por medio de la presente hacemos de público conocimiento, que el día 12 del mes de Febrero del año 2021, a las 2:00 P.M., daremos inicio a los trabajos de mensura para Deslinde, dentro de la Parcela No. 498, del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez. Está localizado en la calle Los Filtros y como a 30 metros de la Planta de Tratamiento del Acueducto de Nagua, del Municipio de Nagua, resultando la designación catastral provisional No. 6612021005018, mencionada en la referencia, propiedad de: Cirilo López Pérez. Estos trabajos fueron autorizados por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste, Mediante fecha 29 de Enero del año del 2021, se advierte a todas las persona que tengan algún interés en la porción de terreno a deslindar, que deben comunicarse con el Agrimensor Encargado o con la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Noreste.
LICDA. ROSA MARLENY VALDEZ UREÑA, Abogada Apoderada.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
De conformidad con lo que dispone el Art. 92, Párrafo 3 de la Ley No.108-05, sobre Registro Inmobiliario, y del Artículo 86 del Reglamento para su aplicación, por este medio se hace de público conocimiento la pérdida de la Constancia de Título Matrícula No. 0100314842 (Duplicado del Acreedor Hipotecario), que ampara el solar No. 13, Manzana No. 467, D.C. No.01, APARTAMENTO 103, TERCER PISO del Distrito Nacional, que tiene una extensión superficial de 115.88 metros cuadrados, propiedad de la señora ANGELA MILQUELLA GOMEZ HERNANDEZ, Deudora, Banco Agrícola de la República Dominicana, Acreedor.
De conformidad con lo establecido en el Art.42 de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, en la República Dominicana, se hace de público conocimiento, que en fecha ocho (8) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), la Cuarta Sala Civil de Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó la sentencia civil No.1275-2020-SSEN-00961, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: Primero: Admite el divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los esposos: GREGORIO RAMIREZ REYES AMARO Y JOSEFINA GARCIA DE REYES, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de Divorcio por Mutuo Consentimiento núm. 94/2020, de fecha 03 de agosto del año 2020, del Notario Público Licdo. Sabino Arquímedes Collado V., de los del Número para el Municipio de Santiago, ordenando que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEGUNDO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. Firmada por: el Magistrado Filoset Núñez Polanco, Juez y Heidy Núñez, Secretaria. El divorcio así admitido por la sentencia anterior fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Santiago de los Caballeros, quien procedió a su trascripción correspondiente en el Libro No.00001, Folio 0159, bajo Acta No.000080, año. 2021, de fecha 02 de febrero del 2021. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los tres (3) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
LIC. EFREN ANT. SANCHEZ CRUZ Abogado
LIC. ARCADIO ESTEBAN RODRIGUEZ GOMEZ, Abogado Apoderado.
FC 395931
AVISO PERDIDA DE CONSTANCIA DE TITULO
FC 395919
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE ACREEDOR
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha perdido el Duplicado del Acreedor Hipotecario, marcado con el No. 332768115, asentado en el Libro de Registro Complementario No. 621, Folio 220 registrado a nombre del EDWARD ANTONIO MARTINEZ RICHIEZ, respecto de los derechos que le corresponden a la Compañía COMERCIAL GSI INGENIER, SRL, dentro del ámbito de la Parcela No. 506538331549, matrícula No. 3000362784, del municipio de Higüey, ascendentes dichos derechos a la cantidad de 613.19 metros cuadrados.
De conformidad con lo establecido por el artículo 22 reformado, de la Ley número 1306-Bis, de divorcio, el señor ELIAS BURGOS CAPELLÁN, dominicano, mayor de edad, casado, miembro P.N., domiciliado y residente en la ciudad de La Vega, titular de la cédula de identidad y electoral número 047-0007583-3, por el presente AVISO le advierte a su legítima esposa GLADYS TERESA PÉREZ PACHECO, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en la República Dominicana, que a falta de información relativa del lugar de residencia actual, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día Lunes (8) del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, para que comparezca a la AUDIENCIA que a puertas cerradas celebrará la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el día Miércoles veinticuatro (24) del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en el ángulo formado por las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duvergé. La presente publicación es autorizada por la Licenciada CINTHIA MARGARITA ESTRELLA JIMENEZ, en su calidad de abogado constituido y apoderado especial del Demandante. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los dos (2) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021)
FC 395908
LIC. ABEL ARACHE GARCIA, Abogado.
A QUIEN PUEDA INTERESAR PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que la señora CARMELINA ESTHER FRANCISCO CERDA DE PINEDA, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad número 071-0049354-8 con domicilio y residencia en la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, se le ha extraviado dentro de sus archivos, el Certificado Financiero No. 1599916, por un monto de Tres Millones de Pesos Dominicanos (RD$3,000,000.00), emitido en fecha cuatro (4) de agosto del año dos mil veinte (2020), por el Banco Múltiple BHD León, S.A.
FC 395515
Ramón A. Luciano Gómez, Apoderado.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.35060, de la Cooperativa Central (COOPCENTRAL), a nombre de VICTOR MANUEL BATISTA, cédula No.012-0017510-5. San Juan de la Maguana.
LEGAL 13
LICDA. CINTHIA MARGARITA ESTRELLA JIMÉNEZ Abogado
(AC-19659-PC-03-04-05/02/2021-1/2)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido por el artículo 22 reformado, de la Ley número 1306-Bis, de divorcio, el señor SANDY FERNANDO DEL ROSARIO VÁLDEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado domiciliado y residente en la ciudad de La Vega, titular de la cédula de identidad y electoral número 402-4609260-1, por el presente AVISO le advierte a su legítima esposa FÁTIMA MIGUELINA RODRÍGUEZ UREÑA, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en la República Dominicana, que a falta de información relativa del lugar de residencia actual, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día Lunes (8) del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, para que comparezca a la AUDIENCIA que a puertas cerradas celebrará la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el día Miércoles veinticuatro (24) del mes de Febrero del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en el ángulo formado por las calles García Godoy, Monseñor Panal y Duvergé. La presente publicación es autorizada por la Licenciada CINTHIA MARGARITA ESTRELLA JIMENEZ, en su calidad de abogado constituido y apoderado especial del Demandante. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
LICDA. CINTHIA MARGARITA ESTRELLA JIMÉNEZ (AC-19659-PC-03-04-05/02/2021-2/2) Abogado
FC 395885
José Nicanor Diloné Alvarado Agrimensor Contratista, Codia 10175
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 6612021001871. VISTA: La Autorización d/f 13/ENERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de AMELIA TAVERAS HINOJOSA DE ESPINAL, SE AVISA que el 18/FEBRERO/2021, a las 2:00 P.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en Parcela No. 108, D. C. No. 2 del Municipio de Nagua Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en La Calle Oliva Esq. Calle Jaragua De La Urbanización Nueva Nagua, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 3/FEBRERO/2021. LUIS ANTONIO PEREZ FERNANDEZ, Agrimensor Contratista. Codia 4377. Tel. 809-223-6924.
AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Exp. No. 6612021001251. VISTA: La Autorización d/f 13/ENERO/2021, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dep. Noreste, a petición de MONICA JIMENEZ Y SEGUNDO RODRIGUEZ JIMENEZ. SE AVISA que el 18/FEBRERO/2021, a las 9:00 AM., se dará comienzo a la Mensura para Saneamiento en D. C. No. 2 del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en En El Paraje El Picao De Luis, A 225 Mtrs Al Sureste Aproximadamente De La Carretera Nagua A Las Corcobas, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha: 3/FEBRERO/2021.
FC 395886
LUIS ANTONIO PEREZ FERNÁNDEZ, Agrimensor Contratista. CODIA-4377. TEL. 809-223-6924.
FE DE ERRATA AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO VISTA: La Resolución de Autorización dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, mediante Expediente No. 6622021009205, de fecha 28 de Enero del año 2021, a petición de los señores RAFAEL BENJAMIN RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y REINA YANELIS TAVAREZ DE RODRIGUEZ, en calidad de Reclamantes. SE AVISA: Que el día 22 de Febrero del año 2021, a las 11:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura Catastral para Saneamiento de una porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 25, del Municipio y Provincia de Santiago, cuya referencia de ubicación es en la calle Principal Juan Pablo Duarte de Pedro García, a unos 65 Mts. al Noreste del Destacamento de la Policía Nacional de Pedro García, justo en frente de Suplidora Casa Rodríguez. Las personas que puedan tener algún interés deben acudir a dicho acto el día y la hora previamente indicados.
AGRIM. FRANCISCO NORBERTO TAVERAS INFANTE CODIA 40335 Tel. 829-383-8311
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Exp. No. 6622021012192. En virtud de la autorización de fecha 01 de febrero del 2021. Se hace de público conocimiento que el día 22 de febrero del año 2021, a las 09:00 a.m., se dará inicio a la mensura para deslinde de cuatro porciones de terreno, dentro de la parcela No. 70, del Distrito Catastral No. 11, del municipio de Santiago de los Caballeros, Provincia Santiago, con una extensión superficial de: 203.00,448.00,633.00, y 591.00 mtrs2, propiedad de los señores: VANET ALTAGRACIA MARTE RAMOS, HENRY DE JESUS MARTE OSORIA, MARCOS JUAN ARIAS ARIAS Y VINELIS MARIA GARCIA MARTE. LAYS JANERY MARIA UBEN Agrimensor Contratista / Codia: 35520 Tel. 849-220-4410
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Se hace de público conocimiento, la pérdida del Certificado de Título No. 82-881, expedido a nombre de JOSE GABRIEL CHAVEZ GARCIA, “UNA PORCION DE TERRENO CON UN AREA SUPERFICIAL DE SEISCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS (614,00 MTS2), INMUEBLE IDENTIFICADO COMO SOLAR NO.9, MANZANA 19, ZONA 2, DEL PROYECTO PARTICULAR GOLFIMAR DEL DISTRITO CATASTRAL NO.32 DEL DISTRITO NACIONAL, AMPARADA EN EL CERTIFICADO DE TITULO 82-8817, DE FECHA 19/12/1983. Aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA LA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TITULO POR PERDIDA O DETERIORO. FC 395941
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
14 LEGAL AVISO PUBLICO
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
Por medio del presente aviso se hace de público conocimiento para los fines legales correspondientes que a partir de la fecha de la presente publicación, los señores LIC. JORGE MARQUEZ, ABOGADO de ODELISES ALTAGRACIA ANGELES BALBUENA, hacen formal y expresa oposición a que en el presente y el porvenir, los señores MANUEL ANTONIO SANCHEZ OVALLE, supuesto acreedor y LIC. RAFAEL ANTONIO FERNANDEZ FROMETA, actuando en nombre propio o representante legal o supuesto propietario que puedan realizar ninguna operación jurídica, comercial o inmobiliaria, con los bienes muebles o inmuebles que están registrados a nombre de ODELISES ALTAGRACIA ANGELES BALBUENA, por sobre toda las cosas del APARTAMENTO No.D-4, PLAZA LINCOLN, BLOQUE II, EN LA PARCELA 5-A-60BREFD.FORA, DC4 de la carta constancia No.81-5668, L-2594, F-249. Ya que de dicho de inmueble existe proceso judiciales abierto tales como: 1. Litis sobre derecho registrado de fecha 19-01-2021, marcado con el No. de expediente 31012021001194 y del servicio judicial No.791617, por ante la jurisdicción original del Distrito Nacional. 2. Suspensión de ejecución de sentencia de adjudicación en la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, según Suprema Corte de Justicia sentencia 795-2019 de fecha 25-09-2019, dicho inmueble tiene la matrícula No.0100281446 para ambos 3815,4327,0020. 3. Objeción a fuerza pública ante el abogado del Estado, de fecha 25/09/2020 N°0374 querella al Colegio de Abogados por el ejercicio temerario. 4. Fiscalía del Distrito Nacional, se les advierte tanto a persona física, como moral, que cualquier transacción con relación al apartamento en cuestión, sin antes de discutir cualquier causa al respecto, no cuenta con la copropietaria del cincuenta por ciento (50%) del inmueble, ODELISES ALTAGRACIA ANGELES BALBUENA.
De conformidad con las disposiciones establecidas en el Artículo 22 de la ley 1306-BIS y sus modificaciones sobre divorcio, el señor SANDY WILDRIN LUNA, Dominicano, mayor, casado, provisto de la cedula de identidad y electoral no.017-0001168-5 domiciliado y residente en la calle Manuel Germán número del municipio de Padre las Casas, provincia de Azua, quien tiene como abogado apoderado especial al LCDO. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 017-0002284-9, con estudio profesional abierto en la calle 16 de Julio No. 14, del municipio de Padre las Casas, Azua, R.D. Advierte por el presente aviso a su legítima esposa la señora, CHARLOTTE ANN GRIFFIN, con último domicilio conocido en la calle General Cabral No.05 del municipio de Padre Las Casas, provincia de Azua, a seguida de estas publicaciones de ley, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, de acuerdo a lo que establece el artículo 69, inciso 8 del Código de procedimiento civil, domicilio desconocido, se procederá a notificar en manos de Magistrado Procurador Fiscal del municipio de Azua, provincia Azua de Compostela, el día que contaremos a miércoles 10 de febrero, cuya demanda será conocida por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, la cual celebra audiencia en la segunda planta del Palacio de Justicia de la provincia de Azua, sito, en la intersección de la avenida Ramón Matías Mellas esquina Hermanas Nanitas, de la ciudad de Azua de Compostela, el día martes que contaremos a 23 del mes de marzo del años 2021, a la nueve 9:00 A.M., horas de la mañana, divorcio que se efectuará a puerta cerrada. La presente publicación la autoriza el infrascrito LICDO. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, en condición de abogado constituido y apoderado especial del cónyuge demandante señor, SANDY WILDRIN LUNA. A los tres 3 días del mes de febrero del año dos mil veintiuno 2021.
De conformidad con las disposiciones establecida en el ART. 22 de la Ley N0. 1306-Bis y sus modificaciones sobre DIVORCIO en la República Dominicana, el SR. FAUSTO RODRIGUEZ, Dominicano, Mayor de Edad, Casado, Chofer, Portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 0120052658-8, Domiciliado y residente en la Calle Sánchez, casa No. 145, Sector San Juan Bautista, de esta Ciudad de San Juan de la Maguana, quien tiene como Abogado constituido y Apoderado al DR. JOSE FRANKILN ZABALA JIMENEZ, con domicilio profesional abierto en la casa No. 23 (alto) de la calle 16 de Agosto de esta ciudad de San Juan de la Maguana, por este medio advierte a su legítima esposa SRA. ANA COLATICA QUEZADA, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Wenceslao Ramírez, Casa No. 12, Centro de la Ciudad de San Juan de la Maguana, que a falta de información relativa a su actual domicilio y residencia a seguida de esta Tres publicaciones de Ley, se procederá a emplazar, en acción de Divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, de acuerdo con lo que establece el artículo 69 inciso 8 del Código de Procedimiento Civil (Domicilio Desconocido) se procederá a Notificar en mano del Magistrado Procurador Fiscal de San Juan de la Maguana, el día Nueve (09) que será Martes del mes de Febrero del Año Dos Mil Veintiuno (2021), Cuya Demanda será conocida por Ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana, de manera virtual, Mediante la plataforma Team, el día que contaremos a Tres (03) del Mes de Marzo del Año Dos Mil Veintiuno (2021), a la Nueve (9:00 A.M.) hora de mañana, se efectuara a puerta Cerrada; SITO, en la Calle Luis Pelayo Gonzales No. 4, que es donde se encuentra Ubicado el Edificio que aloja el palacio de Justicia de San Juan de la Maguana, Primer Nivel y a la izquierda del mismo. Presente publicación autoriza al infrascrito en su condición de abogado constituido y apoderado especial del conyugue demandante el SR. FAUSTO RODRIGUEZ. En la Ciudad y Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia San Juan; REPUBLICA DOMINICANA, a los Dos (03) día del mes de Febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021).
LIC. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, Abogado.
DR. JOSE FRANKLIN ZABALA JIMENEZ, ABOGADO
FC 395739
LIC. JORGE MARQUEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE LA SEÑORA.
FC 395716
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
De conformidad con lo establecido por el artículo 22 reformado, de la Ley número 1306-Bis, de divorcio, el señor ANGEL MANUEL CRUZ PERALTA, dominicano, mayor de edad, casado, portador pasaporte No. 653215482, domiciliado y residente en los Estados Unidos de América y de tránsito en la Ciudad de La Vega, por el presente AVISO le advierte a su legítima esposa SANTA ALTAGRACIA LARA BAEZ, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en la República Dominicana, que a falta de información relativa del lugar de residencia actual, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día lunes que contaremos a ocho (08) del mes de febrero del año Dos Mil veintiuno (2021), por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, para que comparezca a la AUDIENCIA que a puertas cerrada celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega,, el día miércoles que contaremos a veinticuatro (24) del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, de manera presencial. La presente publicación es autorizada por la Licenciada ANA YAJAIRA BEATO GIL, en su calidad de abogada constituida y apoderada especial del Demandante. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los 03 días del mes de febrero del año 2021.
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor ELIGIO DE LA ROSA PLACENCIO, dominicano, casado, mayor de edad, portador de la cedula de Identidad y Electoral No. 073-0013356-3, domiciliado y residente en los Estados Unidos accidentalmente en el sector Ensanchez Mella 2, calle #28 edificio Vargas Jorge , Apartamento C-1 en la provincia de Santiago de los Caballeros República Dominicana, quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESÚS, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cedula de Identidad y Electoral No.0500037346-3, Abogada de los Tribunales de La República, con estudio profesional abierto en La calle Duverge No.15, Edificio Polanco No.2 alto Jarabacoa, La Vega, R.D., Teléfono:809-574-2788; lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora: ELSA PIEDAD JARA ORELLANA Ecuatoriana casada, mayor de edad, portadora del Pasaporte Extranjero No. 0102749751 , domiciliada y residente en los Estados Unidos accidentalmente en el sector Ensanchez Mella 2, calle #28 edificio Vargas Jorge , Apartamento C-1 en la provincia de Santiago de los Caballeros República Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y Domicilio Desconocido por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día ocho (08) del mes de Febrero del año 2021 a las 11:00 A.m. como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA PRESENCIAL que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 24 del mes de Febrero del año 2021 a las 09.00 A.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, R.D., a los 02 días del mes de Febrero del año 2021.
Para cumplir con lo que dispone el articulo 22 de la ley no. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la República Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, quien suscribe, el señor OMAR URIBE GONELL, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral no. 001-11472437, domiciliado y residente en esta Ciudad de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. RAMON ELIAS GARCIA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República, portador de la cedula de identidad y electoral No. 047-0128338-6, inscrito en el Colegio de Abogados de La República Dominicana Matriculado con el No. 21402449-98, con estudio profesional abierto en la Calle Mella No. 39 APART. 4-B, de esta Ciudad de La Vega, Municipio y Provincia La Vega, República Dominicana; lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa la señora ROSA IVELYS BATISTA UREÑA, cuyo último domicilio conocido lo fue, la Calle 6 casa no. 10, Sector Villa Francisca Segunda, de esta Ciudad de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, Rep. Dominicana, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de la Provincia La Vega, el día Viernes que contaremos a Cinco (05) del mes de Febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021) a las 9:00 a.m. a fin de que comparezca como fuere de derecho a su despacho que se encuentra en la Primera Planta del Palacio de Justicia de La Vega ubicado en la Calle García Godoy, entre las calle Duverge y monseñor panal del Municipio y Provincia de La Vega, ASI COMO EN LA SECRETARIA Y PUERTA DEL TRIBUNAL APODERADO y ultimo domicilio conocido, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que al efecto celebrará la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias publicas en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la Ciudad de La Vega, Provincia La Vega, sito en la Calle García Godoy, entre las Calles Duverge y Monseñor Panal de esta Ciudad de La Vega, el día Miércoles que contaremos a Veinticuatro (24) del mes de Febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021) a las 9:00 horas de la mañana para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, el día Primero (01) del mes de Febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021). ----
LICDA. ANA YAJAIRA BEATO GIL Abogado
LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESÚS Abogada apoderada de la parte Demandante
LIC. RAMON ELIAS GARCIA GARCIA Abogado apoderado de la parte Demandante
(AC-19662-PC-03-04-05/02/2021)
(AC-19647-WP-02-03-04/02/2021)
(AC-19651-WP-02-03-04/02/2021)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En cumplimiento del art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor YIMY ARTURO DIROCHE BELTRE, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega, R.D. y no. 2240074946-5; quien tiene como Abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. HENRY ANTONIO MEJIA SANTIAGO Y SAUL ANTONIO MEJIA RIVERA cedulas nos. 047-0071542-0 y 402-2269658-1, con estudio profesional abierto en la Calle Duverge no.53 de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MASHAIL AMANDA SULAIMANI, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en esta ciudad de La Vega, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 05 del mes de FEBRERO del año 2021 a las 9:00 a.m. así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la audiencia VIRTUAL a través de la plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, ubicada en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega el día 18 del mes de FEBRERO del año 2021 a las 9:35 A.M. para conocer de la referida demanda. Para acceso comunicarse a la secretaria del tribunal al tel. 809-242-2970 ext.264 o acceder al portal https: //serviciojudicial.gob.do en la parte rol de audiencias completando el formulario correspondiente. En la ciudad municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 02 días del mes de FEBRERO del año 2021.
De conformidad con el artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre divorcio, del 21 de Mayo del 1937, se hace de público conocimiento que el señor WILLIAM RAMON BERNARD ROSA, quien es dominicano, mayor de edad, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral número 0310317767-5, domiciliado y residente en la avenida Núñez de Cáceres, casa 15, sector la Piña de Oro, Municipio de Santiago de los Caballeros. Por mediación de su abogado apoderado y constituido especial, el Lic. JOVANNY MARCELO PEREZ TAVAREZ, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número 031-0437521-9, matriculado en el Colegio de Abogados con el número 35081-333-07, con estudio profesional abierto en la calle General Cabrera, número 62, esquina calle Mella, tercer nivel del Edificio Báez Álvarez, módulo 3-13 de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana; ADVIERTE a su legítima esposa, señora MASSIEL VARGAS LUGO, cuyo último domicilio conocido fue en la calle primera, edificio 1, apartamento 1-C, entrando por la Cafetería Olímpica, del Reparto Don Leo, en esta ciudad Santiago, Provincia Santiago, que a falta de información actual de su último domicilio, por su esposo el señor WILLIAM RAMON BERNARD ROSA, se procederá a emplazarla en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, y cuyo emplazamiento le será notificado el día lunes ocho (08) del mes de febrero del año Dos Mil veintiuno (2021), al efecto para que comparezca a la audiencia virtual y a puerta cerrada y a estos fines, la cual se conocerá por ante la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en asuntos de familia, el día MARTES que contaremos a VENTITRES (23) DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), A LAS DIEZ VEINTE (10:20) HORAS DE LA MAÑANA, la cual está ubicada en el primer nivel del Palacio de Justicia Santiago Lic. Federico C. Álvarez, ubicado en la avenida Circunvalación, avenida 27 de Febrero, calle 4 del Ensanche Román de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los dos (02) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
De conformidad a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que la señora AMARILIS COLON MOLINA, ciudadana estadounidense, pasaporte americano No. 528228030, domiciliada y residente en 721 FLAGSTONE, ST. HAINESS CITY, FLORIDA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICDO. CARLOS FEDERICO JIMENEZ GARCIA, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral Número 001-536148-9, con estudio profesional abierto en la Calle Quinta casa número 15, segundo nivel, Urbanización Capotillo, Sector Villa Faro, Municipio Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, lugar donde se hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítimo esposo Sr. MANUEL REGINO BENCOSME RAMIREZ, cédula No. 402-2175874-7, cuyo último domicilio conocido en la República Dominicana fue en la calle Ocho No. 03, Jardines de Alma Rosa, sector Alma Rosa Primera, Santo Domingo Este, Santo Domingo; que a falta de información relativa al lugar de su residencia o domicilio actual, procederá a emplazarlo en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, Municipio de Santo Domingo Este , el día jueves que contaremos a veintiocho (28) del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021), a fin de que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que se celebrara el miércoles que contaremos a diez (10) del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), la Cuarta Sala de la Cámara Civil y comercial para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo , a las nueves (9:00) horas de la mañana, presencial a puertas cerradas, en el lugar donde acostumbra celebrarlas, sito en la Avenida Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. Santo Domingo Este, S.D., 01 de enero del año 2021.
Lic. JOVANNY MARCELO PEREZ TAVAREZ Abogado
LICDO. CARLOS FEDERICO JIMENEZ GARCIA ABOGADO APODERADO
LICDOS. HENRY ANTONIO MEJIA SANTIAGO Y SAUL ANTONIO MEJIA RIVERA Abogados Apoderados (RCT-23797-CEA-02-03-04/02/2021)
PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el párrafo único, del artículo 22, de la ley No.1306 (Bis) sobre divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: Que el señor VICTOR BIENVENIDO DIAZ FILPO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No.035-0020701-8, advierte a su legítima esposa señora esposa YELAYNE VALLES DESTEN, cuyo último domicilio y residencia conocido por su esposo fue en la Avenida 27 de Febrero, calle Cervantes, Edificio Crisnel y, Apto. D-1, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, que a falta de información sobre su domicilio actual, se procederá por medio de su Abogada constituida y apoderada especial LICDA. MARISELA ALTAGRACIA PLASENCIA PENA, Abogada de los Tribunales de la República, matriculada con el No. 74922-383-17, con estudio profesional abierto en la calle Mella No. 2, Frente a la Cruz Roja Dominicana, Centro de la Ciudad, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, donde mi representado hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente Divorcio, a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, el día lunes que contaremos a ocho (08) del mes de febrero del año Dos Mil Veintiuno (2021), en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, en su despacho, situado en el primer nivel del palacio de Justicia Lic. Federico C. Alvarez, sito entre las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación y las calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, para que comparezca en forma legal, por ante LA QUINTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, el día LUNES que contaremos a quince (15) del mes de marzo, del año Dos Mil Veintiuno (2021) a las diez y veinte (10:20 A.M.) horas de la mañana, situada en la Primera planta del palacio de Justicia Lic. Federico C. Alvarez, sito entre las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación y las calles 4 y E. Guerrero del Ensanche Román 1, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, en la cual se procederá a conocer la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido que se propone intentar el señor VICTOR BIENVENIDO DIAZ FILPO, en contra de su legítima esposa. En la ciudad de Santiago de los Caballeros. Municipio y Provincia de Santiago, a los dos (02) días, del mes de febrero, del año Dos Mil Veintiuno (2021).
LICDA. MARISELA ALTAGRACIA PLASENCIA PEÑA, Abogada de la parte demandante.
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO DOMICILIO EN EL EXTRANJERO De conformidad con las disposiciones establecidas en el Artículo 22 de la ley 1306-BIS y sus modificaciones sobre divorcio, el señor JOSE MANUEL VICENTE BRIOSO, Dominicano, mayor, casado, provisto de la cédula de identidad y electoral No.001-0077886-2, domiciliado y residente en la calle Principal Núm.26, Las Laguna del municipio de Padre las Casas, provincia de Azua, quien tiene como abogado apoderado especial al LCDO. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 017-0002284-9, con estudio profesional abierto en la calle 16 de Julio No.34, del municipio de Padre las Casas, R.D., Advierte por el presente aviso a su legítima esposa la señora, ISVELIA ADAMES VICENTE, con domicilio conocido en la calle PLAZA ZALDIARANNO.14 P03IZQ. 01012 VITORIA-GASTEIZ ALAVA, ESPAÑA, que mi requeriente procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en manos de Magistrado Procurador Fiscal del municipio de Azua, provincia azua de Compostela, en cumplimiento al mismo tiempo al ordinal 8 del artículo 69 del Código de Procedimiento civil, a cuyo funcionario se le notificara el día que contaremos a miércoles 10 de febrero del año 2021 cuya demanda será conocida por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de 7ma. la cual celebra audiencia en la segunda planta del Palacio de Justicia de la provincia de Azua, sito, en la intersección de la avenida Ramón Matías Mellas esquina Hermanas Nanitas, de la ciudad de Azua de Compostela, el día martes que contaremos a 23 del mes de marzo del años 2021, a la nueve 9:00AM, horas de la mañana, divorcio que se efectuará a puerta cerrada. La presente publicación la autoriza el infrascrito LICDO. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, en condición de abogado constituido y apoderado especial del cónyuge demandante señor, JOSE MANUEL VICENTE BRIOSO. A los tres 3 días del mes de febrero del año dos mil veintiuno 2021.
FC 395716
LIC. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, Abogado.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO Para darle cumplimiento a las disposiciones de la ley No 1306 (Bis) y sus modificaciones, se advierte a la señora PRISCILLA TAVERAS, cuyo último domicilio fue en la calle Duarte 380, de Mao y se desconoce el actual domicilio en el país, que a falta de información de su dirección, su esposo el señor MAXIMO ANTONIO ROMAN MARTINEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado portador de la cédula de Identidad y Electoral Número 031- 0429708-4, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norteamérica y accidentalmente en le ciudad de Santiago, Provincia de Santiago, por órgano de su abogado constituido y apoderado especial el LIC. ELVING DANIEL MATIAS DURAN, dominicano, mayor de edad, soltero, Abogado de los Tribunales de la República debidamente bajo el número 5057-222-89, portador de la cédula de identidad personal y electoral No. 031-0078987-8, con estudio profesional abierto mi la calle General Cabrera. número 62, Esq. Mella de esta ciudad de Santiago de Los Caballeros, República Dominicana, procederá a emplazarle en acción de divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Valverde, el día martes que contaremos a nueve (9) del mes de Febrero del año dos mil veinte y uno (2021), para que comparezca por ante la SALA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALVERDE), sito en el Edificio que aloja las oficinas del Palacio de Justicia, a la audiencia que celebrara en atribuciones Civiles, el día martes que contaremos a venta y tres (23) del mes de febrero del año dos mil veinte y uno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana. Publicación autorizada por el infrascrito, abogado apoderado especial, en la ciudad de Mao, Provincia Valverde, República Dominicana, a los Veinte y seis (26) días del mes de enero del año dos mil veinte y uno (2021).
LIC. ELVING DANIEL MATIAS DURAN, Abogado Apoderado.
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Suzuki, color rojo, año 2008, placa No. A497328, chasis JS2ZC71SX85400596, a nombre de RAFAEL SECUNDINO RODRIGUEZ
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Loncin, color negro, año 2018, placa No. K1687324, chasis LLCLGL305JA103585, a nombre de EDDY JOEL DOROTEO FRIAS
PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Toyota, color negro, año 2008, placa No. G186168, chasis JTEAK29J700002958, a nombre de GONZALO JESUS PEREZ GONZÁLEZ. PÉRDIDA DE PLACA: Del automóvil privado, marca Hyundai, modelo Sonata, color negro, año 2011, placa No. A619779, chasis KMHEC41MBBA167214, a nombre de GERTRUDIS PATRICIA PEÑA ALMONTE, cédula No. 031-0337870-3.
PÉRDIDA DE CHAPA: Del vehículo marca Hyundai, color negro, año 2016, placa No. G350263, chasis No. KMHJ813BGU040382, a nombre de FERNANDO ANTONIO POLANCO ADAMES. FC 395788
PÉRDIDA DE PLACA: Del jeep, marca Honda, color blanco, año 2016, placa No. G501283, chasis 5J6RM4H73GL050107, a nombre de ULERIO MOTORS SRL, RNC No. 101600349. FC 395719
PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Porsche, color blanco, año 2014, placa No. G393753, chasis WP1ZZZ92ZELA38417, a nombre de SUGEIDY ALEXANDRA RAMIREZ AZCONA
PÉRDIDA DE PLACA: De carga, marca Isuzu, color blanco, año 2007, placa No. L375830, chasis JALE5B16477904388, a nombre de JOSE AMADO ACEVEDO VELEZ PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Audi, modelo A6, año 2012, color blanco, placa No. A572679, chasis No. WAUZZZ4G1CN015684, matrícula No. 8559173, a nombre de JOSE MANUEL RODRIGUEZ CHECO. FC 395579
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Nissan, color blanco, modelo Cabstar, año 2005, placa L192287, chasis JN1CJUD22Z0739591, propiedad de SANDY ZENON LORENZO MORA, cédula 129-0000318-2. San Juan de la Maguana.
PÉRDIDA DE PLACA: De automóvil privado, marca Lexus, color blanco, año 2006, placa No. A540699, chasis JTHBK262165019495, a nombre de PEDRO RAFAEL SANTOS ALMONTE
LEGAL 15
AVISO DE FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Se hace de público conocimiento, en virtud del artículo 158 de la Ley 189-11, del 11 de mayo del 2011, que ha sido fijada la audiencia de pregones para el día jueves que contaremos a CUATRO (04) del mes de MARZO del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, que al efecto celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, ubicado en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia, ubicado en la esquina formada por las calles Beller y Agustín Guerrero de la Ciudad y Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, para proceder a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y último subastador, de los inmuebles y mejoras que se describen a continuación: 1) “Inmueble identificado como 505683905717, que tiene una superficie de 240.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392514, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 2) “Inmueble identificado como 505693000943, que tiene una superficie de 306.99 metros cuadrados, matricula No. 4000392485, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 3) “Inmueble identificado como 505683919084, que tiene una superficie de 261.28 metros cuadrados, matricula No. 4000392486, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 4) “Inmueble identificado como 505683915226, que tiene una superficie de 292.21 metros cuadrados, matricula No. 4000392532, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 5) “Inmueble identificado como 505683917502, que tiene una superficie de 295.82 metros cuadrados, matricula No. 4000392489, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 6) “Inmueble identificado como 505683828084, que tiene una superficie de 359.00 metros cuadrados, matricula No. 4000392524, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 7) “Inmueble identificado como 505683920153, que tiene una superficie de 271.36 metros cuadrados, matricula No. 4000392525, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 8) “Inmueble identificado como 505683827703, que tiene una superficie de 263.55 metros cuadrados, matricula No. 4000392554, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 9) “Inmueble identificado como 505683836366, que tiene una superficie de 209.02 metros cuadrados, matricula No. 4000392505, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 10) “Inmueble identificado como 505683827670, que tiene una superficie de 265.90 metros cuadrados, matricula No. 4000392555, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 11) “Inmueble identificado como 505683827246, que tiene una superficie de 310.10 metros cuadrados, matricula No. 4000392536, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 12) “Inmueble identificado como 505683826845 que tiene una superficie de 261.17 metros cuadrados, matricula No. 4000392553, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 13) “Inmueble identificado como 505683826502, que tiene una superficie de 266.23 metros cuadrados, matricula No. 4000392538, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 14) “Inmueble identificado como 505683826379, que tiene una superficie de 268.70 metros cuadrados, matricula No. 4000392537, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 15) “Inmueble identificado como 505683825977, que tiene una superficie de 258.69 metros cuadrados, matricula No. 4000392552, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 16) “Inmueble identificado como 505683825644, que tiene una superficie de 263.94 metros cuadrados, matricula No. 4000392539, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 17) “Inmueble identificado como 505683824819, que tiene una superficie de 259.20 metros cuadrados, matricula No. 4000392541, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 18) “Inmueble identificado como 505683824776, que tiene una superficie de 261.56 metros cuadrados, matricula No. 4000392540, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 19) “Inmueble identificado como 505683824226 que tiene una superficie de 224.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392600, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 20) “Inmueble identificado como 505683824193, que tiene una superficie de 255.97 metros cuadrados, matricula No. 4000392579, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 21) “Inmueble identificado como 505683823358, que tiene una superficie de 223.91 metros cuadrados, matricula No. 4000392599, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 22) “Inmueble identificado como 505683823055, que tiene una superficie de 255.97 metros cuadrados, matricula No. 4000392580, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 23) “Inmueble identificado como 505683822623, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392597, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 24) “Inmueble identificado como 505683822591, que tiene una superficie de 224.05 metros cuadrados, matricula No. 4000392598, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 25) “Inmueble identificado como 505683822311, que tiene una superficie de 224.05 metros cuadrados, matricula No. 4000392582, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 26) “Inmueble identificado como 505683822188, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392581, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 27) “Inmueble identificado como 505683821765, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392596, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 28) “Inmueble identificado como 505683821453, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392583, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 29) “Inmueble identificado como 505683820618, que tiene una superficie de 224.05 metros cuadrados, matricula No. 4000392585, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 30) “Inmueble identificado como 505683820898, que tiene una superficie de 224.05 metros cuadrados, matricula No. 4000392595, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 31) “Inmueble identificado como 505683820585, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392584, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 32) “Inmueble identificado como 505683820126, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392617, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 33) “Inmueble identificado como 505683820076, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392616, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 34) “Inmueble identificado como 505683819940, que tiene una superficie de 278.04 metros cuadrados, matricula No. 4000392523, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 35) “Inmueble identificado como 505683819247, que tiene una superficie de 224.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392574, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 36) “Inmueble identificado como 505683921508, que tiene una superficie de 221.06 metros cuadrados, matricula No. 4000392497, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 37) “Inmueble identificado como 505683921468, que tiene una superficie de 222.72 metros cuadrados, matricula No. 4000392496, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 38) “Inmueble identificado como 505683920657, que tiene una superficie de 219.71 metros cuadrados, matricula No. 4000392498, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 39) “Inmueble identificado como 505683916051, que tiene una superficie de 297.04 metros cuadrados, matricula No. 4000392534, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 40) “Inmueble identificado como 505683915193, que tiene una superficie de 294.69 metros cuadrados, matricula No. 4000392533, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 41) “Inmueble identificado como 505683913136, que tiene una superficie de 292.02 metros cuadrados, matricula No. 4000392517, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 42) “Inmueble identificado como 505683913580, que tiene una superficie de 287.50 metros cuadrados, matricula No. 4000392530, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 43) “Inmueble identificado como 505683912755, que tiene una superficie de 282.79 metros cuadrados, matricula No. 4000392528, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 44) “Inmueble identificado como 505683912401, que tiene una superficie de 287.50 metros cuadrados, matricula No. 4000392519, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 45) “Inmueble identificado como 505683912278, que tiene una superficie de 289.76 metros cuadrados, matricula No. 4000392518, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 46) “Inmueble identificado como 505683911887 que tiene una superficie de 280.31 metros cuadrados, matricula No. 4000392527, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 47) “Inmueble identificado como 505683911533, que tiene una superficie de 285.07 metros cuadrados, matricula No. 4000392520, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 48) “Inmueble identificado como 505683910708, que tiene una superficie de 280.32 metros cuadrados, matricula No. 4000392522, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 49) “Inmueble identificado como 505683910675, que tiene una superficie de 282.80 metros cuadrados, matricula No. 4000392521, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 50) “Inmueble identificado como 505683910072, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392576, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 51) “Inmueble identificado como 505683907960, que tiene una superficie de 236.83 metros cuadrados, matricula No. 4000392512, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 52) “Inmueble identificado como 505683904971, que tiene una superficie de 296.68 metros cuadrados, matricula No. 4000392515, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 53) “Inmueble identificado como 505683902707, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392578, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 54) “Inmueble identificado como 505683900802, que tiene una superficie de 224.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392560, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 55) “Inmueble identificado como 505683900760, que tiene una superficie de 224.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392559, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 56) “Inmueble identificado como 505683900242, que tiene una superficie de 200.72 metros cuadrados, matricula No. 4000392601, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 57) “Inmueble identificado como 505683900142, que tiene una superficie de 32.97 metros cuadrados, matricula No. 4000392634, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 58) “Inmueble identificado como 505683838027, que tiene una superficie de 213.55 metros cuadrados, matricula No. 4000392502, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 59) “Inmueble identificado como 505683837216, que tiene una superficie de 210.63 metros cuadrados, matricula No. 4000392504, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 60) “Inmueble identificado como 505683837176, que tiene una superficie de 211.99 metros cuadrados, matricula No. 4000392503, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 61) “Inmueble identificado como 505683836406, que tiene una superficie de 207.56 metros cuadrados, matricula No. 4000392506, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 62) “Inmueble identificado como 505683818109, que tiene una superficie de 223.91 metros cuadrados, matricula No. 4000392563, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 63) “Inmueble identificado como 505683818077, que tiene una superficie de 224.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392562, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 64) “Inmueble identificado como 505683816786, que tiene una superficie de 224.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392570, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 65) “Inmueble identificado como 505683816507, que tiene una superficie de 224.05 metros cuadrados, matricula No. 4000392566, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 66) “Inmueble identificado como 505683816474, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392565, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 67) “Inmueble identificado como 505683815649, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392567, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 68) “Inmueble identificado como 505683815221, que tiene una superficie de 224.07 metros cuadrados, matricula No. 4000392609, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 69) “Inmueble identificado como 505683815098, que tiene una superficie de 224.07 metros cuadrados, matricula No. 4000392608, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 70) “Inmueble identificado como 505683814872, que tiene una superficie de 256.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392568, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 71) “Inmueble identificado como 505683814363, que tiene una superficie de 224.05 metros cuadrados, matricula No. 4000392610, ubicado en Higüey,
La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 72) “Inmueble identificado como 505683813538, que tiene una superficie de 224.13 metros cuadrados, matricula No. 4000392612, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 73) “Inmueble identificado como 505683813495, que tiene una superficie de 224.07 metros cuadrados, matricula No. 4000392611, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 74) “Inmueble identificado como 505683812802, que tiene una superficie de 224.14 metros cuadrados, matricula No. 4000392614, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 75) “Inmueble identificado como 505683812760, que tiene una superficie de 224.14 metros cuadrados, matricula No. 4000392613, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 76) “Inmueble identificado como 505683811935, que tiene una superficie de 224.24 metros cuadrados, matricula No. 4000392615, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 77) “Inmueble identificado como 505683809935, que tiene una superficie de 224.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392561, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 78) “Inmueble identificado como 505683809426, que tiene una superficie de 224.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392603, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 79) “Inmueble identificado como 505683809384, que tiene una superficie de 224.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392602, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 80) “Inmueble identificado como 505683808559, que tiene una superficie de 224.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392604, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 81) “Inmueble identificado como 505683807823, que tiene una superficie de 224.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392606, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 82) “Inmueble identificado como 505683807791, que tiene una superficie de 224.04 metros cuadrados, matricula No. 4000392605, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 83) “Inmueble identificado como 505683738328 que tiene una superficie de 256.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392591, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 84) “Inmueble identificado como 505683726905, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392625, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 85) “Inmueble identificado como 505683727656, que tiene una superficie de 180.10 metros cuadrados, matricula No. 4000392622, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 86) “Inmueble identificado como 505683728466, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392620, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 87) “Inmueble identificado como 505683727705, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392623, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 88) “Inmueble identificado como 505683728516, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392621, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 89) “Inmueble identificado como 505683728983, que tiene una superficie de 223.92 metros cuadrados, matricula No. 4000392587 ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 90) “Inmueble identificado como 505683806956, que tiene una superficie de 224.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392607, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 91) “Inmueble identificado como 505683739162, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392593, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 92) “Inmueble identificado como 505683738295, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392592, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 93) “Inmueble identificado como 505683738025, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392588, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 94) “Inmueble identificado como 505683737157, que tiene una superficie de 224.01 metros cuadrados, matricula No. 4000392589, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 95) “Inmueble identificado como 505683736381, que tiene una superficie de 256.11 metros cuadrados, matricula No. 4000392590, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 96) “Inmueble identificado como 505683735045, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392626, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 97) “Inmueble identificado como 505683734245, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392628, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 98) “Inmueble identificado como 505683734195 que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392627, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 99) “Inmueble identificado como 505683733427, que tiene una superficie de 239.31 metros cuadrados, matricula No. 4000392630, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 100) “Inmueble identificado como 505683733395, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392629, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 101) “Inmueble identificado como 505683732569, que tiene una superficie de 224.36 metros cuadrados, matricula No. 4000392631, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 102) “Inmueble identificado como 505683731783, que tiene una superficie de 277.66 metros cuadrados, matricula No. 4000392632, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 103) “Inmueble identificado como 505683729850, que tiene una superficie de 223.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392586, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 104) “Inmueble identificado como 505683729316, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392619, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 105) “Inmueble identificado como 505683729276, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392618, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 106) “Inmueble identificado como 505683832216, que tiene una superficie de 252.13 metros cuadrados, matricula No. 4000392544, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 107) “Inmueble identificado como 505683832529, que tiene una superficie de 281.89 metros cuadrados, matricula No. 4000392547, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 108) “Inmueble identificado como 505683833041, que tiene una superficie de 256.80 metros cuadrados, matricula No. 4000392542, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 109) “Inmueble identificado como 505683833374, que tiene una superficie de 251.55 metros cuadrados, matricula No. 4000392549, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 110) “Inmueble identificado como 505683833406, que tiene una superficie de 249.15 metros cuadrados, matricula No. 4000392548, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 111) “Inmueble identificado como 505683833885, que tiene una superficie de 201.46 metros cuadrados, matricula No. 4000392510, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 112) “Inmueble identificado como 505683835009, que tiene una superficie de 256.29 metros cuadrados, matricula No. 4000392551, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 113) “Inmueble identificado como 505683834232, que tiene una superficie de 253.93 metros cuadrados, matricula No. 4000392550, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 114) “Inmueble identificado como 505683834695, que tiene una superficie de 204.48 metros cuadrados, matricula No. 4000392508, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 115) “Inmueble identificado como 505683834735, que tiene una superficie de 203.03 metros cuadrados, matricula No. 4000392509, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 116) “Inmueble identificado como 505683835545, que tiene una superficie de 205.95 metros cuadrados, matricula No. 4000392507, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 117) “Inmueble identificado como 505683726855, que tiene una superficie de 180.18 metros cuadrados, matricula No. 4000392624, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 118) “Inmueble identificado como 505683832173, que tiene una superficie de 254.37 metros cuadrados, matricula No. 4000392543, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 119) “Inmueble identificado como 505683831348, que tiene una superficie de 249.75 metros cuadrados, matricula No. 4000392545, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 120) “Inmueble identificado como 505683830571, que tiene una superficie de 282.46 metros cuadrados, matricula No. 4000392546, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 121) “Inmueble identificado como 505683830020, que tiene una superficie de 224.05 metros cuadrados, matricula No. 4000392594, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 122) “Inmueble identificado como 505683829837, que tiene una superficie de 216.62 metros cuadrados, matricula No. 4000392500, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 123) “Inmueble identificado como 505683829797, que tiene una superficie de 218.09 metros cuadrados, matricula No. 4000392499, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; 124) “Inmueble identificado como 505683829315, que tiene una superficie de 309.74 metros cuadrados, matricula No. 4000392535, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras; 125) “Inmueble identificado como 505683828987, que tiene una superficie de 215.07 metros cuadrados, matricula No. 4000392501, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”; y 126) “Inmueble identificado como 505683828448, que tiene una superficie de 268.51 metros cuadrados, matricula No. 4000392556, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L. y sus mejoras”. Estos inmuebles y sus mejoras han sido embargados a la entidad INVERSIONES TURISTICAS ULTRACORP S.R.L., sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con domicilio y asiento social en la Suite 202-A, Plaza Arenal Caribe, Cortecito (entrada Los Corales), Bávaro, Distrito Municipal Verón – Punta Cana, municipio de Higüey, provincia La Altagracia, Republica Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyente número 1-31-11740-6, Registro Mercantil No. 5680LA, representada por MIGUEL ANTONIO FERMIN MARRERO, dominicano, mayor de edad, casado, empresario, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 001-13260525, con domicilio y residencia en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, en virtud de las disposiciones de la Ley número 183-02, del 21 de noviembre del 2002 y de la ley 189-11 del 11 de mayo del 2011 y sus modificaciones; embargo realizado a requerimiento y diligencia del señor JESUS MANUEL BARRIOLA SANTANA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0260022347-9, domiciliado y residente en la calle Restauración No. 63, de la ciudad, municipio y provincia de La Romana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICENCIADO AMBIORY JOEL GONZÁLEZ MUESES Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, portador de las cédulas de Identidad y Electoral número 008-0028357-4 con estudio profesional abierto en el Boulevard Turístico del Este, Plaza Bávaro Boulevard Center, local 27-B (próximo a la Avenida España), en el Paraje de Bávaro, Provincia La Altagracia, teléfono 809-795-6762, e-mail: ambgonz@gmail.com, lugar donde el persiguiente realiza formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de embargo inmobiliario y la venta en pública subasta que al efecto se efectuará en la sala de audiencias indicada precedentemente. El Mandamiento de Pago que se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario fue notificado al deudor hipotecario mediante Acto de Alguacil número 260/2020, de fecha veintisiete (27) de noviembre del dos mil veinte (2020), instrumentado por el ministerial RUBEN DARIO ACOSTA, Ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia; y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario el trece (13) de diciembre del 2020 e inscrito en el Registro de Títulos de Higüey el diecisiete (17) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020). El Pliego de Condiciones que regirán la Venta en Pública Subasta fue depositado por ante la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha veintiocho (28) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), según ticket No. 726548, donde constan las condiciones para la venta y adjudicación del inmueble y mejoras embargadas. El precio de la primera puja que ha sido fijado por el persiguiente para el día de la venta en pública subasta, es la suma de UN MILLON CIENTO NOVENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 12/100 (USD$ 1,190,658.12), tal y como indica el pliego de cargas y condiciones, suma a la cual en su oportunidad se le agregarán los gastos y honorarios del procedimiento y el porcentaje legal. Las pujas no se admitirán sino por ministerio de abogado. Todo licitador estará obligado a depositar, como formalidad previa en la Secretaría del Tribunal que conocerá de la venta y adjudicación del inmueble embargado y sus mejoras una suma no menor al 10% del precio de la primera puja, bien sea en dinero efectivo o en cheque certificado conforme las formalidades del tribunal consignado a favor del persiguiente. Todo subastador deberá someterse a lo establecido en el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha veintiocho (28) de diciembre del 2020, donde se encuentra a disposición de los interesados. Hecho y redactado por los infrascritos abogados, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
LIC. AMBIORY JOEL GONZALEZ MUESES Abogado del persiguiente
16 LEGAL AVISO DE FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Se hace de público conocimiento, en virtud del artículo 158 de la Ley 189-11, del 11 de mayo del 2011, que ha sido fijada la audiencia de pregones para el día jueves que contaremos a CUATRO (04) del mes de MARZO del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, que al efecto celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, ubicado en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia, ubicado en la esquina formada por las calles Beller y Agustín Guerrero de la Ciudad y Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, para proceder a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y último subastador, de los inmuebles y mejoras que se describen a continuación: 1)“Inmueble identificado como 506539713083, que tiene una superficie de 120.00 metros cuadrados, matricula No. 1000044570, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de LEGAXY INVESTMENT S.R.L. y sus mejoras”; y 2) “Inmueble identificado como 506539711242, que tiene una superficie de 120.00 metros cuadrados, matricula No. 1000044576, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de LEGAXY INVESTMENT S.R.L. y sus mejoras”. Estos inmuebles y sus mejoras han sido embargados a la entidad LEGAXY INVESTMENTS S.R.L., sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con domicilio y asiento social en la Suite 202-A, Plaza Arenal Caribe, Cortecito, (Entrada Los Corales), Bávaro, Distrito Municipal Verón - Punta Cana, municipio de Higüey, provincia La Altagracia, Republica Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyente número 1-30-92538-2, Registro Mercantil No. 4773LA, representada por RICHARD JOSE FERMIN MARRERO, dominicano, mayor de edad, soltero, comerciante, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1707796-6, con domicilio y residencia en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, en virtud de las disposiciones de la Ley número 183-02, del 21 de noviembre del 2002 y de la ley 189-11 del 11 de mayo del 2011 y sus modificaciones; embargo realizado a requerimiento y diligencia del señor JESUS MANUEL BARRIOLA SANTANA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 026-0022347-9, domiciliado y residente en la calle Restauración No. 63, de la ciudad, municipio y provincia de La Romana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICENCIADO AMBIORY JOEL GONZÁLEZ MUESES Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, portador de las cédulas de Identidad y Electoral número 0080028357-4 con estudio profesional abierto en el Boulevard Turístico del Este, Plaza Bávaro Boulevard Center, local 27-B (próximo a la Avenida España), en el Paraje de Bávaro, Provincia La Altagracia, teléfono 809-795-6762, e-mail: ambgonz@gmail.com, lugar donde el persiguiente realiza formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de embargo inmobiliario y la venta en pública subasta que al efecto se efectuará en la sala de audiencias indicada precedentemente. El Mandamiento de Pago que se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario fue notificado al deudor hipotecario mediante Acto de Alguacil número 259/2020, de fecha veintisiete (27) de noviembre del dos mil veinte (2020), instrumentado por el ministerial RUBEN DARIO ACOSTA, Ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia; y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario el trece (13) de diciembre del 2020 e inscrito en el Registro de Títulos de Higüey el diecisiete (17) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020). El Pliego de Condiciones que regirán la Venta en Pública Subasta fue depositado por ante la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha veintidós (22) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), según ticket No. 719922, donde constan las condiciones para la venta y adjudicación del inmueble y mejoras embargadas. El precio de la primera puja que ha sido fijado por el persiguiente para el día de la venta en pública subasta, es la suma de SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 70/100 (USD$ 79,349.70), tal y como indica el pliego de cargas y condiciones, suma a la cual en su oportunidad se le agregarán los gastos y honorarios del procedimiento y el porcentaje legal. Las pujas no se admitirán sino por ministerio de abogado. Todo licitador estará obligado a depositar, como formalidad previa en la Secretaría del Tribunal que conocerá de la venta y adjudicación del inmueble embargado y sus mejoras una suma no menor al 10% del precio de la primera puja, bien sea en dinero efectivo o en cheque certificado conforme las formalidades del tribunal consignado a favor del persiguiente. Todo subastador deberá someterse a lo establecido en el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha veintidós (22) de diciembre del 2020, donde se encuentra a disposición de los interesados. Hecho y redactado por los infrascritos abogados, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
LIC. AMBIORY JOEL GONZALEZ MUESES Abogado del persiguiente
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del certificado financiero No. 34264, de la Cooperativa Central (COOPCENTRAL), a nombre de YUDELIS MADE LEMOS, cedula No. 402-4205472-0. San Juan de la Maguana. PÉRDIDA DE CHEQUE
Hacemos de conocimiento público que se ha extraviado el Cheque No. 02543200, de fecha 10-12-2020, emitido por Colector de impuestos internos, a nombre MANZANO DUVAL AUTO SRL, por un valor de RD$ 180,512.75. FC 395711
A QUIEN PUEDA INTERESAR PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que la señora CARMELINA ESTHER FRANCISCO CERDA DE PINEDA, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad número 071-0049354-8 con domicilio y residencia en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, se le ha extraviado dentro de sus archivos, el Certificado Financiero No. 1586900, por un monto de Cinco Millones de Pesos Dominicanos (RD$5,000,000.00) emitido en fecha cinco (5) de marzo del año dos mil veinte (2020), por el Banco Múltiple BHD León, S.A.
FC 395515
A QUIEN PUEDA INTERESAR PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Se hace de público conocimiento, en virtud del artículo 158 de la Ley 189-11, del 11 de mayo del 2011, que ha sido fijada la audiencia de pregones para el día jueves que contaremos a CUATRO (04) del mes de MARZO del año dos mil veintiuno (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, que al efecto celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, ubicado en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia, ubicado en la esquina formada por las calles Beller y Agustín Guerrero de la Ciudad y Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, para proceder a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y último subastador, de los inmuebles y mejoras que se describen a continuación: 1) “Inmueble identificado como 506620543180, que tiene una superficie de 9,754.82 metros cuadrados, matricula No. 3000214189, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de SUNTREE DOMINICANA S.R.L. y sus mejoras” y 2) “Inmueble identificado como 506620339188, que tiene una superficie de 60,000.00 metros cuadrados, matricula No. 3000214190, ubicado en Higüey, La Altagracia propiedad de SUNTREE DOMINICANA S.R.L. y sus mejoras”; Estos inmuebles y sus mejoras han sido embargados a la entidad SUNTREE DOMINICANA S.R.L., sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con domicilio y asiento social en la Suite 202-A, Plaza Arenal Caribe, Cortecito, (Entrada Los Corales), Bávaro, Distrito Municipal Verón - Punta Cana, municipio de Higüey, provincia La Altagracia, Republica Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyente número 1-31-11284-6, Registro Mercantil No. 5707LA, representada por MIGUEL ANTONIO FERMIN MARRERO, dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1326052-5, con domicilio y residencia en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, en virtud de las disposiciones de la Ley número 183-02, del 21 de noviembre del 2002 y de la ley 189-11 del 11 de mayo del 2011 y sus modificaciones; embargo realizado a requerimiento y diligencia del señor JESUS MANUEL BARRIOLA SANTANA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 026-0022347-9, domiciliado y residente en la calle Restauración No. 63, de la ciudad, municipio y provincia de La Romana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICENCIADO AMBIORY JOEL GONZÁLEZ MUESES Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, debidamente matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, portador de las cédulas de Identidad y Electoral número 008-0028357-4 con estudio profesional abierto en el Boulevard Turístico del Este, Plaza Bávaro Boulevard Center, local 27-B (próximo a la Avenida España), en el Paraje de Bávaro, Provincia La Altagracia, teléfono 809-795-6762, e-mail: ambgonz@gmail.com, lugar donde el persiguiente realiza formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de embargo inmobiliario y la venta en pública subasta que al efecto se efectuará en la sala de audiencias indicada precedentemente. El Mandamiento de Pago que se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario fue notificado al deudor hipotecario mediante Acto de Alguacil número 270/2020, de fecha cuatro (04) de diciembre del dos mil veinte (2020), instrumentado por el ministerial RUBEN DARIO ACOSTA, Ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia; y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario el veinte (20) de diciembre del 2020 e inscrito en el Registro de Títulos de Higüey el veintidós (22) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020). El Pliego de Condiciones que regirán la Venta en Pública Subasta fue depositado por ante la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha veintinueve (29) del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020), según ticket No. 733336, donde constan las condiciones para la venta y adjudicación del inmueble y mejoras embargadas. El precio de la primera puja que ha sido fijado por el persiguiente para el día de la venta en pública subasta, es la suma de OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS VEINTIUN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 51/100 (USD$ 810,821.51), tal y como indica el pliego de cargas y condiciones, suma a la cual en su oportunidad se le agregarán los gastos y honorarios del procedimiento y el porcentaje legal. Las pujas no se admitirán sino por ministerio de abogado. Todo licitador estará obligado a depositar, como formalidad previa en la Secretaría del Tribunal que conocerá de la venta y adjudicación del inmueble embargado y sus mejoras una suma no menor al 10% del precio de la primera puja, bien sea en dinero efectivo o en cheque certificado conforme las formalidades del tribunal consignado a favor del persiguiente. Todo subastador deberá someterse a lo establecido en el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones depositado por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha veintinueve (29) de diciembre del 2020, donde se encuentra a disposición de los interesados. Hecho y redactado por los infrascritos abogados, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
LIC. AMBIORY JOEL GONZALEZ MUESES Abogado del persiguiente
Ramón A. Luciano Gómez, Apoderado.
Se hace de público conocimiento que la señora CARMELINA ESTHER FRANCISCO CERDA DE PINEDA, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad número 071-0049354-8 con domicilio y residencia en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, se le ha extraviado dentro de sus archivos, el Certificado Financiero No. 1593751, por un monto de Dos Millones de Pesos Dominicanos (RD$2,000,000.00) emitido en fecha cinco (5) de junio del año dos mil veinte (2020), por el Banco Múltiple BHD León, S.A.
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Ramón A. Luciano Gómez, Apoderado.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones de la Ley 2153, que amplía el Art. No. 22 de la Ley No. 1306-Bis, se hace saber por medio del presente aviso, que el señor JOSE TOMAS NUÑEZ TAVERAS, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No.031-0413937-7, domiciliado y residente en la Calle 4, No.4, de Bella Vista de ciudad de Santiago de los Caballeros ADVIERTE a su legítima esposa la señora EDIA DEL CARMEN RODRIGUEZ ALVAREZ, cuyo último domicilio lo fue en la Calle La Piña de Oro No.4, del sector Bella Vista de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, que a falta de información sobre su actual domicilio y residencia, procederá por medio de su abogada constituida y apoderada especial Licda.Tania Sirí, dominicana mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 031-0466472-1, abogada de los Tribunales de la República, matriculada en el Colegio Dominicano de Abogados, bajo el No.39091-395-09, con estudio profesional abierto en la Calle 16 de Agosto No.10, Segundo Nivel, del sector Los Pepines, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, donde le exponente hace expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente acto, Teléfonos 809-587-4045 / 809-269-0936, siritania8@gmail.com para que actuando en mi nombre y representación como si se tratare de mi propia persona, interponga formal demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad De Caracteres por ante la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en sus atribuciones civiles y en audiencias a puertas cerradas, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones del primer nivel del edificio Licdo. Federico Carlos Álvarez, mismo que aloja el Palacio de Justicia de Santiago, sito en las avenidas 27 de Febrero, Circunvalación, Licdo. Ramón García y calle E. Guerrero del Ensanche Román I de esta ciudad de Santiago, mediante notificación que será hecha en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago; el Martes que contaremos a nueve (9) del mes de Febrero del 2021, por el Ministerial Juan Ricardo Marte Checo, Alguacil de estrado de la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, a fin de que comparezca a la audiencia que para estos fines celebrará la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el día Martes que contaremos a dos (2) del mes de Marzo del año dos mil veintiuno (2021), a las once horas de la mañana (11:00 a.m.). En la ciudad de Santiago de los Caballeros República Dominicana, a los un (1) día del mes de Febrero del año dos mil veintiuno (2021).
LICDA.TANIA SIRÍ, Abogada Apoderada.
AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones establecidas en el Artículo 22 de la ley 1306-BIS y sus modificaciones sobre divorcio, el señor TONY ALEXANDER LUNA, Dominicano, mayor, casado, provisto de la cédula de identidad y electoral No.017-0001169-5, domiciliado y residente en la calle Respaldo Mateo Adames Núm.102 del municipio de Padre las Casas, provincia de Azua, quien tiene como abogado apoderado especial al LCDO. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 017-0002284-9, con estudio profesional abierto en la calle 16 de Julio No. 34, del municipio de Padre Las Casas, Azua, R.D., Advierte por el presente aviso a su legítima esposa la señora, GRACIELA RIVERA VEGA, con último domicilio conocido en la calle 16 de Julio No.20 del municipio de Padre las Casas, provincia de Azua, a seguida de estas publicaciones de ley, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, de acuerdo a lo que establece el artículo 69, inciso 8 del código de procedimiento civil-domicilio desconocido-, se procederá a notificar en manos de Magistrado Procurador Fiscal del municipio de Azua, provincia Azua de Compostela el día que contaremos a miércoles 10 de Febrero, cuya demanda será conocida por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, la cual celebra audiencia en la segunda planta del Palacio de Justicia de la provincia de Azua, sito, en la intersección de la avenida Ramón Matías Mellas esquina Hermanas Nanitas, de la ciudad de Azua de Compostela, el día martes que contaremos a 23 del mes de marzo del años 2021, a la nueve 9:00A.M, horas de la mañana, divorcio que se efectuara a puerta cerrada. La presente publicación la autoriza el infrascrito LICDO. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, en condición de abogado constituido y apoderado especial del cónyuge demandante señor, TONY ALEXANDER LUNA. A los tres 3 días del mes de febrero del año dos mil veintiuno 2021.
LIC. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, Abogado.
FC 395716
Perdida de Certificado Financiero por el banco BHD LEON, Certificado No. B 490249, cuenta por un monto de RD$300,000.00, cliente, ID00102530110, cuenta 1465848-00, emitido en fecha 08/09/2017, a favor del señor JUSTINO TORRES ALMONTE. FC 394321
PERDIDA DE CERTIFICADOS FINANCIEROS Se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financieros No. 134011000001917 consecutivo: 75795, por un monto original de (RD$5,000.00), certificado financiero No. 134011000001918 consecutivo: 75796, por un monto original de (RD$5,000.00), y el certificado financiero No. 134011000001923 consecutivo: 75800, por un monto original de (RD$5,000.00), emitido por el BANCO ADOPEM, a nombre de las señoras: JESUCITA DE OLEO, cédula No.0180006362-9 y ANNY MONTERO, cédula No. 012-0111495-4. San Juan de la Maguana.
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace de público conocimiento la Pérdida De Certificado Financiero No. 795645068 del Banco Popular Dominicano, de fecha 01/03/2016 por valor de RD$2,000,000.00 A nombre de: Asociación Dominicana de Exportadores (ADOEXPO), RNC: 401-05154-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 3956430
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el art. 22 de la ley No. 1306-Bis, del 21/05/1937, sobre Divorcio en la República Dominicana, Se hace constar que el señor José Antonio Ramírez Abreu, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad electoral No. 053-0039269-2, domiciliado y residente en arroyo arriba; C/ primera, Jima Abajo, de este municipio de Constanza, Provincia La Vega, República Dominicana. Quien tiene como abogada constituida y apoderada, especial a la LICDA. JUANA MARIA CASTILLO, dominicana, mayor de edad, casada, abogada de la República Dominicana, debidamente matriculada en el colegio de abogado con el Número 30503-324-05, titular de la cédula de identidad electoral no. 053-0000118-6, con estudio profesional abierto en la calle Matilde de Viñas Esquina Duverge, del Municipio de Constanza, La Vega Republica Dominicana, localizada en los números de teléfonos Oficina (809-824-1424 móvil (829-409-3297),correo electrónico castillo Juana 539@gmail.com, lugar donde mi requirente o demandante demanda, Advierte a su legitima esposa señora Mercedes Miguelina Ferreras Rivas, de nacionalidad Dominicana, Cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en esta ciudad de Constanza, R.D., que a falta de información de su actual domicilio, se procederá a emplazar y notificar sobre acción de divorcio por la Causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres en la Persona Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Constanza, y en tribunal de Primera Instancia, el día que contaremos a 9 del mes de febrero del año 2021, para que comparezca a la audiencia a Sala Semi –Virtual en la que será conocida la referida demanda, la cual se celebrara el día diez,( 10) de marzo del año dos mil veintiuno; a 11:05 A.M de la mañana, el divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, el cual se celebrara , la audiencia Sala Semi Virtual ,por ante la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del Municipio de Constanza Provincia La Vega Républica Dominicana, la cual acostumbra a celebrar sus audiencias en uno de los salones de la primera planta del Palacio de Justicia, ubicada en la calle General Luperón No. 11, de la Ciudad de Constanza. En la Ciudad de Constanza Provincia la Vega, Republica dominicana a los 3 días del mes del mes de febrero del año 2021.-
LIC. JUANA MARÍA CASTILLO Abogada
(AC-19663-PC-03-04-05/02/2021)
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Honda, color blanco, año 2015, placa No. A859284, chasis 19XFB2F72FE285336, a nombre de VICTOR EMILIO FERRAND PEREZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep, marca Mitsubishi, color gris, año 2006, placa No. G125894, chasis JMYXRCU5W6U000223, a nombre de AUDI ALVIN GÓMEZ CABRAL, cédula No. 001-0012308-2. FC 395911
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De automóvil privado, marca Toyota, color dorado, año 2001, placa No. A470040, chasis 2T1BR12E71C471695, a nombre de ZORIDA ESTHER PAPATERRA GARCIA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De jeep, marca Toyota, color blanco, año 1998, placa No. G129675, chasis JT3HP10V7W0174760, a nombre de MARIA DEL CARMEN NINA PORTES.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Honda, color gris oscuro, año 2010, placa No. A641877, chasis 19XFA1F8XAE037026, a nombre de EDWARDS ALEXIS DE LA CRUZ.
PÉRDIDA DE PLACA: De carga, marca Nissan, color blanco, año 1997, placa No. L102802, chasis 3N1UGAD21V002156, a nombre de JOSE MANUEL JIMENEZ PEREZ
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De autobús privado, marca Daihatsu, color rojo, año 2007, placa No. I066038, chasis S221G0005853, a nombre de MARCIA GUILLERMINA GOMEZ JIMENEZ.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta, marca Loncin, color rojo, año 2011, placa No. K0513515, chasis LLCLPP204BE110594, a nombre de YVAN DANIEL AMARO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Hyundai, color rojo, año 2010, placa No. A539332, chasis KMHCM41ABAU380718, a nombre de JOSÉ MANUEL TAVERAS MEDINA, cédula No. 001-1332675-5. FC 395887
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De jeep, marca Nissan, color gris, año 2006, placa No. G183101, chasis 5N1AR18U16C617854, a nombre de RAFAEL ARTURO TEJEDA TEJEDA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De automóvil privado, marca honda, color blanco, año 2000, placa No. A487086, chasis EK23101530, a nombre de SUNILDA ALTAGRACIA CORDERO MORALES.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De carga, marca Nissan, color blanco, año 2008, placa No. L250806, chasis JN1CJUD22Z0086422, a nombre de APOLONIA DE JESUS CEDEÑO.
PÉRDIDA DE PLACA: De la motocicleta, marca Honda, color verde, año 1982, placa No. K0409949, chasis C50T095022, a nombre de FACIVENTA S A, RNC No. 102016072. FC 395862
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De jeep, marca Ford, color plateado, año 2010, placa No. G306288, chasis 1FMCU0EG0AKB00205, a nombre de LISETTE JUSTINA ROJAS ROJAS.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De automóvil privado, marca Nissan, color dorado, año 2011, placa No. A555883, chasis KNMC4C2HMBP812897, a nombre de MAIRENI CASILLA VILLAR.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De carga, marca Mack, color rojo, año 1996, placa No. L310976, chasis 1M1AA18Y6TW053045, a nombre de JUAN ERNESTO ENCARNACION GERONIMO.
LEGAL 17 AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR CAUSA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES De conformidad con las disposiciones del artículo 22 de la Ley 1306-Bis del año 1937 y sus modificaciones, sobre proceso de divorcio en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que el señor JUAN REYES REYES, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-1007757-5, domiciliado y residente en la calle Harry Brown No.5, Monte Rey, del Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo; quien tiene como abogado apoderado y constituido especial al LIC. NICOLAS REYES LUCIANO, dominicano, mayor de edad, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0946148-3, con estudio profesional abierto en la Autopista Las Américas, Km 29, casa No. 114, Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo; por medio de la presente se hace saber de su legítima esposa, señora MARIA LUISA VASQUEZ LOPEZ, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No.001-0197724-7, cuyo último domicilio fue en la calle Harry Brown casa No.5, Monte Rey, del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo; que a falta de información y desconocimiento de su domicilio actual, LE ADVIERTE que el día JUEVES que contaremos a VEINTIOCHO (28) del mes de ENERO del año DOS MIL VEINTIUNO (2021), procederá a emplazarla en acción de divorcio por la Causa Prevista y Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo, para que comparezca a la audiencia a puerta cerrada que será celebrada por ante la Octava Sala Civil para Asuntos de Familia del Municipio de Boca Chica, Provincia Santo Domingo; la cual celebra sus audiencias en su local de costumbre, sito en la avenida del Sur No. 4, del Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo; el día MARTES que contaremos a DIECISEIS (16) del mes de FEBRERO del año DOS MIL VEINTIUNO (2021), a las nueve (9:00) horas de la mañana, la cual en sus atribuciones civiles, celebra sus audiencias en su local ubicado en la avenida del Sur No. 4, del Municipio Boca Chica, Provincia Santo Domingo. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de enero del año Dos Mil Veintiuno (2021).
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LIC. NICOLAS REYES LUCIANO, Abogado Apoderado.
PUBLICACION DE DECLARACION DE ESTADO CIVIL Se hace saber de manera pública lo siguiente: que el Señor TOMAS ALBERTO ENCARNACION ADAMES, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 012-0001274-6, domiciliado en la casa No. 30 de la calle Colón, del Municipio de San Juan de la Maguana, mediante Acto de auténtico No. 05 , folio 9 de fecha 15/06/2020, de declaración jurada de Estado Civil, instrumentado por el Dr. Carlos Ml. Mercedes Pérez Ortiz Ortiz, Notario de los números de San Juan de la Maguana , declaro lo siguiente : que nunca ha contraído matrimonio civil ni canónico, ni bajo ningún otro tipo de religión , por lo que , su estado civil es de SOLTERO, publicado para que sirva como de notoriedad a cualquier institución pública o privada que pudiera interesarle . En la ciudad de San Juan de la Maguana, R.D., a los 01 día del mes de Febrero del año 2021.
DR. CARLOS ML. MERCEDES PEREZ ORTIZ, Abogado Notario. PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Honda, modelo Civic Ferio, color negro, año 2000, placa No. A517407, chasis EK33502773, propiedad de NICOLAS ARMANDO MICHELEN RODRIGUEZ, cédula No. 012-0109856-1.
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Bajaj, color negro, año 2018, placa No. K1348771, chasis MD2A76AY9JWG48102, a nombre de LUIS ALBERTO REMIGIO ROQUE
AVISO DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la ley 1306-Bis, que en fecha 28 del mes de febrero del 2020, la 6ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializado de familia, dictó la sentencia civil No. 531-2020-ECIN-00078, y fue pronunciado el divorcio por mutuo consentimiento entre DEIDER STARLIN SIERRA RODRIGUEZ y ANA JULIA RODRIGUEZ AMPARO, pronunciado por ante el Oficial de la 15ta. Circunscripción de Santo Domingo Oeste, registrado en el libro No. 00001, folio No.0010, acta No.000010, del 2018.
DR. NELSON SALAS Abogado
CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA GENERAL DEL CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL CONDOMINIO “LAS QUINTAS DEL COCOTAL” Estimados señores: Quien suscribe, la señora Airanni Jaqueline Bereguete De Hennip, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral número 001-0738697-1, domiciliada en el Residencial Costa Bávaro número 3, Bávaro, distrito municipal Verón Punta Cana, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, actuando en representación de HUGOPOL CONSTRUCCIONES, SRL, sociedad constituida y formada de acuerdo a las leyes de la República Dominicana, registrada bajo el Registro Nacional de Contribuyentes número 130-37623-9, con domicilio social en Ave. España, Plaza Rivera, módulo número 1B, Bávaro, distrito municipal Verón Punta Cana, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana (en lo adelante “LA ADMINISTRADORA”), por medio de la presente tiene a bien exponerle, lo siguiente: POR CUANTO (1): El estado dominicano, mediante decreto número 265-20 fue declarado en estado de emergencia el pasado 20 de julio del año 2020, y fue extendido mediando decreto 6-21 hasta el 1- de marzo de 2021. POR CUANTO (II): El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, en virtud de las atribuciones conferidas y tornando en consideración la evolución epidemiológica del virus COVID-19 en el país, emitió el decreto número 37-21 sobre el toque de queda y precauciones necesarias para combatir el COVID-19, estableciendo en su artículo 13 las medidas de distanciamiento social durante el estado de emergencia, además de la prohibición de los eventos y actividades que impliquen aglomeración de personas. POR CUANTO (III): La Declaración De Constitución Y Reglamento De La Copropiedad y Administración De “Las Quintas De Cocotal” establece en el artículo 35 que la Asamblea General debe reunirse al menos una vez al año dentro de los 90 días subsiguientes al ejercicio fiscal del condominio. POR CUANTO (1V): La Declaración De Constitución Y Reglamento De La Copropiedad y Administración De “Las Quintas De Cocotal” no dispone la modalidad de celebración de asambleas generales anuales en casos de estado de emergencia y tampoco prohíbe su celebración de manera virtual. POR CUANTO (V): La ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firma Digital otorga reconocimiento jurídico de los documentos digitales y mensajes de datos según lo establecido en su artículo 4. En vista de todo lo anterior y de acuerdo con los artículos 22 y 23 de la Declaración de Constitución y Reglamento de la Copropiedad y Administración del Condominio “Las Quintas del Cocotal”, se convoca a todos los propietarios del Condominio Las Quintas del Cocotal, a participar en la celebración de la Asamblea General, que se celebrará en modalidad virtual el día veinticinco (25) del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021), a las once horas de la mañana (11:00 a.m.) horario de la República Dominicana, con el objeto siguiente: Conocer del informe y la rendición de cuentas de LA ADMINISTRADORA sobre el ejercicio financiero y administrativo correspondiente al año 2020; Comprobar el informe de LA ADMINISTRADORA relativo a los propietarios morosos en el pago de sus contribuciones o cuotas a las cargas comunes y autorizar el cobro de dichas cuotas por las vías legales correspondientes, especialmente, la inscripción del privilegio del Condominio y su posterior ejecución; Designar LA ADMINISTRADORA del condominio por el término de un (1) año y fijar su remuneración: Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio financiero y administrativo en curso, y fijar las cantidades con las cuales deberá contribuir cada propietario a las cargas y gastos comunes, cuyos porcentajes están establecidos en el Reglamento; Conocer de cualquier otro asunto de la competencia de la asamblea del consorcio de propietarios en caso de que se haya cursado la correspondiente convocatoria para esos fines; y, Otros temas. Los estados financieros y el listado de los propietarios morosos serán enviados por LA ADMINISTRADORA vía correo electrónico a partir del día 15 de febrero del 2021, al igual que los detalles sobre la plataforma a través de la cual será celebrada la asamblea. Los propietarios que no puedan asistir a la asamblea virtual pueden designar un apoderado, que podrá ser propietario o no, mediante autorización por escrito o poder de representación. Hecho en Bávaro, distrito municipal turístico Verón-Punta Cana, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, el día dos (2) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
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AIRANNI BEREGUETE, En representación de HUGOPOL CONSTRUCCIONES, SRL.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De jeep, marca Suzuki, color blanco, año 1989, placa No. G115676, chasis JS4TA01C7K4110276, a nombre de BASILIO RODRIGUEZ ABREU.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De autobús privado, marca Chevrolet, color blanco, año 2005, placa No. I053180, chasis 1GCGG25V151185736, a nombre de FLASH AIR CARGO SRL.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De automóvil privado, marca Toyota, color azul, año 1994, placa No. A059090, chasis 2T1AE09B9RC056090, a nombre de CARLOS BRUNO CESPEDES.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa K0622735, color azul, chasis LC6PAGA16G0007696, tipo motocicleta, año 2016, propiedad de ARISMENDY VENTURA ALMONTE, cédula 001-0421272-5. FC 395849
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta privada, marca X1000, color negro, año 2014, placa No. K0405077, chasis TBL20P105EHL53882, a nombre de HENRY RIVERA.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, placa K1715191, color rojo, chasis MD902619548, tipo motocicleta, año 1994, propiedad de GENARO PINEDA ACEVEDO, cédula 001-0050237-0. FC 395846
PÉRDIDA DE PLACA: De motocicleta, marca Shineray, color negro, año 2014, placa No. K0506376, chasis LXYPCKL03E0233969, a nombre de EL MUNDO DEL MUEBLE CXA.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa G098694, marca Honda, tipo jeep, color dorado, año 1999, chasis JHLRD1850WC257585, propietario MILAGROS SANCHEZ DIAZ. FC 395852
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta, marca Shineray, color negro, año 2014, placa No. K0506376, chasis LXYPCKL03E0233969, a nombre de EL MUNDO DEL MUEBLE CXA
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa L089626, marca Nissan, tipo carga, color azul, año 1987, chasis 1N6ND11SXHC328985, propietario FRANCISCO HERNANDEZ REINOSO. FC 395851
PÉRDIDA DE PLACA: De jeep, marca Nissan, color gris, año 2004, placa No. G211028, chasis JN8AZ08TX4W216390, a nombre de JULIO CESAR CAMEJO PEREZ
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Mitsubishi, color rojo, año 2006, placa No. A448751, chasis JMYSTCS3A6U001296, a nombre de DANIEL JOVINO ACEVEDO GALAN, cédula No. 001-0772323-1.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De motocicleta, marca Yamaha, color gris, año 1994, placa No. K1228799, chasis SA24J611981, a nombre de EDISON MANUEL TEJADA ROSADO.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Yamaha, modelo RX-S, color verde, año 2007, placa No. N279003, chasis No. MH33HB0086K275533, a nombre de NORMA YOLANDA JOAQUÍN SÁNCHEZ, cédula No. 0920011074-1.
PUBLICACION DE CONSTITUCION DE COMPAÑÍA ELECTRO SOLUCIONES CG, SRL, CAPITAL SOCIAL: RD$100,000.00 En cumplimiento de lo dispuesto por el Código de Comercio de la República Dominicana y la Ley No. 479-08, de diciembre del 2008, sobre sociedad comercial y empresas individuales de responsabilidad limitada, se hace público conocimiento que en fecha Diez (10) del mes de Noviembre del año 2020, fue constituida la Compañía ELECTRO SOLUCIONES CG, SRL, con domicilio social ubicado en la calle Aníbal de Espinosa, No. 256, Villas Agrícolas, Sto. Dgo., D. N. Rep. Dom., cuyo objetivo social es reparación y ventas de plantas eléctricas, equipos pesados, exportación de equipos americanos y europeos y toda clase de actividad relacionada con el objetivo principal y de lícito comercio, cuyos Gerentes son los señores LUIS MANUEL CAMPUSANO MERCEDES Y JORGE LUIS GARCIA DOMINGUEZ. En Santo Domingo D.N., Capital de la Rep. Dom., al 1er. día del mes de febrero del 2021. FC 395942
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con el artículo 696 del código de procedimiento civil dominicano, reformado por la ley 764 del Veinte (20) de diciembre del 1944, se hace la presente publicación: fecha de la venta del inmueble ha sido fijada para el día martes que contaremos a dos (2) del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021) a las nueve y cincuenta minutos (9:50 am) horas de la mañana, fecha en la que se llevara a cabo la venta a causa de embargo inmobiliario y en la cual se adjudicara al mejor postor y ultimo subastador el inmueble que se describe a continuación: INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: SOLAR 15, MANZANA 2118, DISTRITO CATASTRAL NO.01, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 130.40 METROS CUADRADOS, MATRICULA NO. 0100011995, UBICADO EN EL DISTRITO NACIONAL, DISTRITO NACIONAL. PROPIEDAD DE SUPLIDORES ELECTRICOS ABREU ESPAILLAT, S.R.L., RNC NO.1-01-78547-2. El tribunal ante el cual se celebrara dicha venta será la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en la modalidad virtual a través de la plataforma virtual Microsoft Teams mediante la página del Poder Judicial, serviciojudicial.gob.do, roles de audiencias, o comunicándose con el tribunal para tener acceso al link de la audiencia, sito uno de los salones de audiencias virtual a través de la página web anteriormente indicada o accediendo al link siguiente:https://teams.microsoft.com/dl/launcher/launcher.html?url=%2F_%23%2Fl%2 Fmeetupjoin%2F19%3Ameeting_YWQzMWMzZjktMWYwMC00ZTY4LWI0ZWUtMzA1YzNhYjE3YjZj%40thread. v2%2F0%3Fcontext%3D%257b%2522Tid%2522%253a%2522e8d8887c-7ec9-494f-bb25-cc084b8cb32 2%2522%252c%2522Oid%2522%253a%2522a5da806c-d0e5-49659dbf4f0544d74298%2522%257d %26anon%3Dtrue&type=meetu-pjoin&deeplinkId=1bb20b14-5ca146f788d-6159604857d99&direct Dl= true&msLaunch=true&enableMobile Page=true&suppressPrompt=true, en la cual se celebrara la audiencia de pregones, el persiguiente: BENJAMIN JIMENEZ FELIZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad y electoral no. 018-0043556-0, casado con la señora CRISTOBALINA CARVAJAL DE JIMENEZ, cédula de identidad y electoral No.018-0007260-4, domiciliados y residentes en Santo Domingo, Distrito Nacional, y el embargado: SUPLIDORES ELECTRICOS ABREU ESPAILLAT, S. R.L., con domicilio en el Km.10 de la Carretera Sánchez No.4, Marginal Norte, Sector Invi, Distrito Nacional, enunciaciones preliminares: A) Acto No.69/2020 de fecha 21 de Julio del 2020, contentivo de Mandamiento de Pago, instrumentado por el ministerial Edward Antonio Samboy Uribe, Alguacil de estrado de la corte de apelación de la cámara penal del distrito nacional, sometido al registro civil en virtud del art. 676 del código de procedimiento civil; B) Acto No.79/2020 de fecha 03 de septiembre del año 2020, contentivo de Proceso verbal de Embargo Inmobiliario, instrumentado por el ministerial Edward Antonio Samboy Uribe, Alguacil de estrado de la corte de apelación de la cámara penal del distrito nacional, sometido al registro civil en virtud del art. 676 del código de procedimiento civil el cual fue inscrito en el registro complementario 1977, folio 230, en fecha martes 15 de septiembre del 2020; C) Acto No.80/2020 de fecha 03 de septiembre del año 2020, contentivo de Denuncia del Proceso verbal de Embargo Inmobiliario, instrumentado por el ministerial Edward Antonio Samboy Uribe, Alguacil de estrado de la corte de apelación de la cámara penal del distrito nacional; sometido al registro civil en virtud del art. 676 del código de procedimiento civil; D) el pliego de condiciones de fecha diez (10) de diciembre del año dos mil veintiuno (2021) que fue leído en fecha veintiocho(28) de enero del año dos mi veintiuno (2021). La fecha fijada para para la venta en pública subasta es para el día martes dos (2) del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021) a las nueve y cincuenta minutos (9:50 am) horas de la mañana, en la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en la modalidad virtual a través de la plataforma virtual Microsoft Teams, el persiguiente ha fijado como precio de primera puja la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RDS$5,855,000.00), más los intereses vencidos y gastos del procedimiento, garantías estipuladas para ser licitador, es necesario depositar en la secretaria del tribunal un diez por ciento (10%) del valor de la venta en efectivo o cheque certificado, tal como lo establece el pliego de condiciones. A los dos (02) del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
FC 395857
LIC. GUILLERMO VARGAS SANTANA, Abogado del persiguiente.
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del Jeep, marca Mercedes Benz, color negro, año 2008, placa No. G260064, chasis No. 4JGBB86E28A368010, a nombre de ABRAHAN HUMBERTO HOLGUIN-VERAS GARCÍA, cédula No. 001-1141067-6.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta, marca Suzuki, año 2010, color negro, placa No. N820495, chasis No. LCMPAGHE4AB050074, propiedad de SENCION GÓMEZ MENDEZ, FC 395916
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo, marca Nissan, modelo Pick Up, año 1992, color blanco, placa No. L054641, chasis No. UCGD21435122, propiedad de PEDRO JOAQUÍN GUZMÁN FC 395938
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Hyundai, modelo Sonata N20, año 2010, color blanco, placa No. A692080, chasis No. KMHEU41MBAA729242, propiedad de PAVEL JUNERLLY RODRÍGUEZ GARCÍA. FC 395917
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del Jeep, marca Toyota, color dorado, año 2005, placa No. G007467, chasis No. JTEBY25J700033989, a nombre de CARLOS EDUARDO DE LA CRUZ GONZÁLEZ, cédula No. 0011542697-5. FC 395932
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep, marca Toyota, modelo Land Cruiser Prado TX.L, color blanco, año 2015, placa No. G360136, chasis No. JTEBH9FJ60K165220, propiedad de CRISTOPHER PÉREZ BATISTA, cédula No. 001-1898441-8. FC 395907
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Automóvil privado, marca Kia, modelo K5, año 2013, color gris, placa No. A831349, chasis No. KNAGN418BDA377786, a nombre de KETIA GERMOSEN JOSEPH DE PICHARDO, cédula No. 0011295670-1. FC 395933
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del automóvil privado, marca Toyota, modelo Vitz, color rojo, año 2015, placa No. A892424, chasis No. KSP1302134432, propiedad de MILEDIS ALTAGRACIA MEJIA FERNÁNDEZ, cédula No. 001-0682532-6 FC 395906
PÉRDIDA DE PLACA: Del vehículo de carga, marca Nissan, color azul, año 1991, placa No. L037119, chasis TL720ME81121, propiedad de ANTONIO MARTÍNEZ AMEZQUITA. FC 395940
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Mitsubishi, modelo Pick Up, año 1990, color azul, placa No. L136455, chasis No. JA7FL24W3LP016195, a nombre MÁXIMO TINEO SANTOS, cédula No. 019-0012062-5. FC 395920
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del jeep privado, marca Honda, modelo Crv, año 1998, color rojo, placa No. G045964, chasis No. JHLRD1850WC231768, a nombre de SANDRA DIAZ PINEDA. FC 395943
PERDIDA DE MATRICULA: Del vehículo de carga, marca Daihatsu, modelo Hijet, color rojo, año 1991, placa No. L115587, chasis No. S80P101983, a nombre de JE JAIMES INGENIEROS C. por A., RNC / Céd. 102620628.
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: De la motocicleta, marca Yamaha, modelo JOG, año 1992, color negro, placa No. KY9292, chasis No. 3VX3124340, a nombre de OSIRIS FERRERAS MELLA, cédula No. 018-0045105-4. FC 395948
PERDIDA DE PLACA: De la motocicleta marca Bajaj, color negro, año 2014, placa No. K0293540, chasis No. MD2A18AZ6EWM17375. A nombre de JULIO CÉSAR RODRÍGUEZ BATISTA. FC 395944
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Hyundai, modelo Santa FE SPORT ZWD, año 2014, color blanco, placa No. G488479, chasis No. 5XYZU3LB9EG164214, a nombre de ANA MELIA COLON SEVERINO, cédula No. 001-1883132-0. FC 395945
PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO Marca TOYOTA modelo COROLLA CE color ROJO Año 1994 placa A24656 Chasis 1NXAE00B5RZ175470 a nombre de MARY DE LOS SANTOS VENTURA – CED. 01100075140 (WM-RCT24803-WP)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Nissan, modelo Cabstar, año 2005, color azul, placa No. L196582, chasis No. 3N6GD13S2ZK852391, a nombre de LUIS OMAR BONILLA MARTÍNEZ, FC 395946
PERDIDA DE MATRICULA: VEHICULO DE CARGA Marca TOYOTA modelo HILUX color PLATEADO Año 2003 placa L362720 Chasis JTFKE626100105605 a nombre de MARCELO QUEZADA VASQUEZ – CED. 05300221768 (JVL-AC-19678WP-2/2)
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Titulo No. 71-4667, marcado con el libro 455, folio 168, (Duplicado del dueño) expedido a nombre de MARIA MORA DE BUCARELLY, correspondiente al solar No.4, Manzana 585, del Distrito Catastral I, Distrito Nacional, con una superficie de 436.28 metros cuadrados. Aviso de conformidad con el párrafo II del articulo 92 de la ley 108-05 del Registro Inmobiliario.
Para general conocimiento y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, léase Las disposiciones del Art.696 del Código de Procedimiento Civil, se saber que :PRIMERO: fueron depositados en la Secretaria de La Tercera (3ra) Sala Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, RD., los siguientes Actos procesales Poder al Alguacil Actuante, Samuel A. Crisóstomo Fdez y Lic. Francis Manolo Fernandez Paulino, otorgado por LA COOPERATIVA POPULAR DE AHORROS CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES INC. (COOPOPULAR), legalizado por el Notario Publico de los del número para el municipio de La Vega. 1-Acto de Alguacil No. 419-2020, de fecha 9 deI mes de Septiembre del Año 2020, instrumentado por el Ministerial Samuel A. Crisóstomo Fdez., le fue notificado al señor FAUSTO DEL CARMEN ANTONIO SANTIAGO, formal MANDAMIENTO DE PAGO, tendente a Embargo Inmobiliario,2- Acto No.647-2020, de fecha 18-11-2020, Instrumentado por el Ministerial Samuel A. Crisóstomo Fdez se procedió a librar ACTA CONTENTIVA DEL PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO, en perjuicio del señor FAUSTO DEL CARMEN ANTONIO SANTIAGO, 3-mediante Acto No.649-2020, de fecha 19-11-2020, del Ministerial Samuel A. Crisóstomo Fdez fue DENUNCIADO EL PROCESO VERBAL DE EMBARGO INMOBILIARIO al señor FAUSTO DEL CARMEN ANTONIO SANTIAGO. 4-Certificación de fecha 8-12-2020, expedida por el Registro de Titulo de La Vega, donde consta la INSCRIPCION DEL EMBARGO INMOBILIARIO sobre el inmueble embargado y en perjuicio del señor FAUSTO DEL CARMEN ANTONIO SANTIAGO . 5-En fecha 8-12-2020, fue depositado en la Secretaria del Tribunal que conocerá del asunto EL PLIEGO DE CLAUSULAS, CARGAS Y CONDICIONES POR EL CUAL SE REGIRA LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA del inmueble embargado, 6-Auto Civil No.367-2020-SAUT- 00270 de fecha 11-12-2020, expedido por la Secretaria del Tribunal que conocerá del caso que fija para fecha 05-1-2021 LA AUDIENCIA DE LECTURA DEL PLIEGO DE CLAUSULAS, CARGAS Y CONDICIONES, por el cual se regirá la venta en Publica Subasta del Inmueble embargado, 7-Acto de Alguacil No.711-2020, de fecha 15-12-2020, del Ministerial Samuel A. Crisóstomo Fernández contentivo de NOTIFICACION AL EMBARGADO DEL DEPOSITO DEL PLIEGO DE CLAUSULA, CARGAS Y CONDICIONES Y CITACION PARA AUDIENCIA DE LECTURA DE DICHO PLIEGO por el cual se regirá la venta en publica subasta del inmueble embargado al señor FAUSTO DEL CARMEN ANTONIO SANTIAGO y en su perjuicio a celebrarse el 5-1-2021, Dicha Audiencia se Aplazó para el día 1 de Febrero del Año 2021. 8- y mediante el Acto de Alguacil No.03-2021, de fecha 6-1-2021, del Ministerial Samuel A. Crisóstomo Fernández contentivo de NOTIFICACION AL EMBARGADO DEL DEPOSITO DEL PLIEGO DE CLAUSULA, CARGAS Y CONDICIONES Y CITACION PARA AUDIENCIA DE LECTURA DE DICHO PLIEGO, se notificó al señor FAUSTO DEL CARMEN ANTONIO SANTIAGO, para que compareciera el día 1 de Febrero del Año 2021, dicha audiencia se conoció y se fijó la Audiencia en Venta en Publica Subasta para el día 9 de Marzo del 2021. SEGUNDO: En fecha que contaremos MARTES NUEVE (9) DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (9:00 A.M.) POR ANTE LA TERCERA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, REPUBLICA DOMINICANA, SITIO, EN LOS SALONES EN DONDE ACOSTUMBRA A CELEBRAR SUS AUDIENCIAS PUBLICAS, EN LOS SALONES EN DONDE ACOSTUMBRA A CELEBRAR SUS AUDIENCIAS PUBLICAS, sito en el Palacio de Justicia de Santiago, LIC.FEDERICO C. ALVAREZ citó entre la calle Avenida Circunvalación y Calle 27 de Febrero, y las calles E. Guerrero y Ramón García, Palacio de Justicia, DONDE SE PROCEDERA A LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA AL MAYOR POSTOR Y ULTIMO SUBASTADOR EL INMUELBE SIGUIENTE: UN TERRENO DESOCUPADO, YERMO , NO TIENE NINGUNA MEJORA, Y ESTA DELIMITADO CON LOS SIGUIENTE LINDEROS: AL NORTE: REDY ELIZABETH GARCIA, AL SUR PABLO INFAN. CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE (500.79MTS2) QUINIENTOS PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, DENTRO DE LA DESIGNACION CATASTRAL NO.312515645094, AMPARADO EN LA MATRICULA NO.0200099631, UBICADO EN SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, CON TODAS SUS DEPEDENCIAS Y ANEXIDADES. Propiedad y en perjuicio del señor FAUSTO DEL CARMEN ANTONIO SANTIAGO, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de identidad y electoral No.031-0463633-1, domiciliada y residente en la calle Interior 3, Apartamento Q4, Residencial Real, Santiago de los caballeros República Dominicana y a diligencia y Persecución LA COOPERATIVA POPULAR DE AHORROS CREDITOS Y SERVICIOS MULTIPLES INC. (COOPOPULAR), Entidad debidamente Constituida y Organizada de conformidad con las leyes Dominicanas con su asiento social abierto en la Calle Colon No.4, de la Ciudad de La Vega, Provista del RNC:430-03436-3, Debidamente representada por su Presidente el señor HENRY MARTIN SANTOS LORA dominicano, mayor de edad, casado, Abogado, portador de la cedula de identidad y electoral número 047-0023523-, domiciliado y residente en la ciudad de La Vega, y domicilio Ad-Hoc en la calle No.3, Casa No.4, Segundo Nivel del sector Miraflores, en la casa de la señora Georgina Pimentel (Humberto Martínez), Celular 809-841-0431, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. FRANCIS MANOLO FERNANDEZ PAULINO, Abogado de los Tribunales Dominicanos debidamente inscrito en el Colegio de Abogados de la Republica Dominicana, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.047-0047569-4, con estudio profesional ubicado en la Avenida Pedro A. Rivera, Esquina Francisco Gómez Estrella (calle de la Junta Central Electoral), Edificio Inversiones Hernández, Primer Nivel, de esta ciudad de La Vega. TERCERO: EL PRECIO DE LA PRIMERA PUJA SERA LA SUMA DE DOS MILLONES CIEN MIL PESOS (RD$2,100,000.00) pesos ORO, MAS LOS INTERESES LEGALES A LA FECHA, MAS LOS GASTOS LEGALES Y HONORARIOS DEL ABOGADO ACTUANTES.
Nota: El presente aviso se realiza a los fines de solicitar u nuevo certificado de titulo por perdida o deterioro. AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO (DUPLICADO DEL DUEÑO) De acuerdo con lo que dispone el párrafo III, Art. 92, Ley 108-05, del Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 86-4213, Libro No. 1340, Folio No. 216, Hoja 0285, correspondiente al Apartamento 4-B, del Edificio No. 1, de la Manzana No. 4705, construido de blocks y hormigón armado, dentro del ámbito del Solar No. 1, de la Manzana 4705, del D.C. No. 1, del D.N., con un área de construcción de (62) metros cuadrados y (66) decímetros cuadrados, a nombre de los señores GREGORIO ELVIN MELLA H. y ÁNGELA V. GÓMEZ. FC 395915
AVISO MENSURA CATASTRAL Expediente No.: 6622021012699 Vista la autorización de Mensuras Catastrales Dpto. Norte de fecha 02/02/2021 Se avisa que el día 18 de febrero del 2021, a partir de la 9:00 a. m., se le dará Inicio A LA MENSURA PARA DESLINDE EN LA PARCELA No. 284, Distrito Catastral NO.03, Ubicado en la Calle Principal a Unos 15.00 Metros de la Calle 2, Residencial Fermín II. Municipio y Prov. La Vega, a favor de INERIS FABRE HURTADO. Se citan los colindantes y demás interesados.
(AC-19670-PC)
AVISO MENSURA CATASTRAL Exp.No. 6612021003015 Se avisa que realizaremos los trabajos de Mensura dentro del ámbito de la la P.No. 30 del Distrito Catastral No.9, Ubicado En La Urb. Andujar del Municipio San Francisco De Macorís, Provincia Duarte que el día 8 de Febrero del año 2021 a las 09:00 a.m. Para DESLINDAR una porción de terreno dentro de la referida parcela. Esta porción es propiedad del Sra.: LUCIA BONIFACIO RODRIGUEZ. Esta notificación se hace para dar cumplimiento al art.No.75 del reglamento general de mensura catastral. Se citan los colindantes y demás interesados.
(AC-19673-WP)
PERDIDA DE MATRICULA: VEHICULO DE CARGA Marca TOYOTA modelo LN166L-PRMDS color GRIS Año 1999 placa L048872 Chasis LN1660021411 a nombre de LUIS DANIEL RESTITUYO APOLINARIO – CED. 04701272082 (DM-RCT-24805-CM)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo, marca Suzuki, modelo AN125HK, color blanco/negro, año 2017, placa No. K1121358, chasis LC6TCJC9XH0004407, propiedad de RAFAEL ZORRILLA. FC 395910
PÉRDIDA DE PLACA: Del jeep marca Honda, modelo CRV, color verde, año 1997, placa No. G115700, chasis JHLRD1850VC050679, a nombre de PEDRO JOSÉ TEJADA BRITO. FC 395792
WILTON AQUINO HENRIQUEZ Agm. Contratista CODIA No.26357
AVISO MENSURA CATASTRAL Expediente Nº 6622021008421 Se avisa que el día 18 de febrero del 2021 a las 2:00 pm., daremos inicio a los trabajos de Mensura para Saneamiento, de una porción de terreno dentro del Distrito Catastral Nº 05 ubicada en Guaigui, del Municipio y provincia, La Vega. Propiedad del señor JOSÉ ANASTASIO MARÍA VELOZ, Autorizados por Mensuras Catastrales Depto. Norte en fecha 26/01/2021. Se citan los colindantes y demás interesados. (HS-AC-19676-WP)
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Del vehículo de carga, marca Toyota, modelo RN50L, año 1987, color plateado, placa No. L175271, chasis No. JT4RN50R8H0299530, propiedad de ISIDORO MATA DE LA CRUZ, cédula No. 071-0032199-6. FC 395947
JOSE A. DE LEON Agrim. Contratista codia 17912
HENRY RICARDO SALVADOR ESTEVEZ Agrimensor Público Codia 30166
En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, a los Dos (2) días del mes de Febrero del Año Dos Mil Veintiuno (2021).
LIC. FRANCIS MANOLO FERNANDEZ PAULINO Abogado del demandante (RCT-24804-RDT)
AVISO PERDIDA CERTIFICADOS DE TITULO DE PROPIEDAD
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley #108-05 sobre Registro Inmobiliario y el art.86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se han extraviado los certificados de titulo de Propiedad : a) matricula no.0300019413 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 300mts.2 en el ámbito del solar No.15 manzana 247 del D.C. No.1 y b) matricula no. 0300019414 que ampara los derechos sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 300mts.2 en el ámbito del solar No.16 manzana 247 del D.C. No.1; ambos del Municipio y Provincia de La Vega a los fines de obtener los DUPLICADOS DEL DUEÑO expedidos por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega a nombre de TONIS CRUZ FERNANDEZ, Propietario. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana, a los 04 días del mes de FEBRERO del año 2021.
Se hace de público conocimiento la pérdida Del Certificado Financiero No.784665119 Del BANCO POPULAR DOMINICANO, de fecha Siete de Marzo de Dos mil catorce (07/03/2014). Por valor de apertura de RD$550,000.00 pesos oro dominicano, con valor a la fecha de RD$697,212.24, a nombre de los señores AQUILES CRUZ SANCHEZ, Cédula No.037-0001242-4 y JUAN ANTONIO CRUZ SANCHEZ, Cédula No.102-0007181-8. La presente publicación se hace para los fines de Ley correspondiente. En la Ciudad de Santo Domingo, D.N., a los días primero (01) del mes de marzo de año 2021.
(AC-19671-WP)
LICDA. CARMEN PADILLA G. Abogada
FC 396680
Lic. VICTOR ANTONIO DEL ROSARIO VALDEZ, Cel. 809-398-2244. Correo. Victordelrosario56@hotmail.com
JUEVES 04 DE FEBRERO 2021 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
Técnicos del PLD analizan la propuesta enviada por el CES sobre Pacto Eléctrico
SANTO DOMINGO.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) dio acuse de recibo al documento del Consejo Económico y Social (CES) en donde se invita a esa organización a participar de las deliberaciones con miras a la firma del Pacto Nacional para la Reforma del Sector Eléctrico. Bajo la firma de Iraima Capriles, el Consejo Económico y Social envió una correspondencia al Partido de la Liberación Dominicana con una copia de la última versión del Pacto, pendiente de firma de los sectores involucrados. El Pacto es un documento de unas 60 páginas con los puntos consensuados entre los diferentes sectores participantes y los artículos en disenso, que también se han incluido. “La Presidencia del Partido de la Liberación Dominicana, conjuntamente con una comisión de técnicos y especialistas en la materia, designada por el Comité Político, están conociendo la documentación para fijar la
El Pacto es un documento de unas 60 páginas con los puntos consensuados entre los diferentes sectores participantes y los artículos en disenso, que también se han incluido. posición oficial”, dice el PLD en un despacho de su Secretaría de Comunicaciones. Se adelantó que la postura peledeísta con relación al tema es de defensa a los intereses de la población y del patrimonio nacional. En la nota periodística se hace saber el grado de consciencia predominante en el Partido de la Liberación Dominica de lo que representa el sector eléctrico como un servicio esencial para lograr el desarrollo económico y social del país.
PUBLICACION DE CONSTITUCION DE COMPAÑÍA TRANSPORTE TURISTICO MARIANKER, SRL, CAPITAL SOCIAL: RD$100,000.00 En cumplimiento de lo dispuesto por el Código de Comercio de la República Dominicana y la Ley No. 479-08, de diciembre del 2008, sobre sociedad comercial y empresas individuales de responsabilidad limitada, se hace público conocimiento que en fecha Veinte (20) del mes de enero del año 2021, fue constituida la Compañía TRANSPORTE TURISTICO MARIANKER, SRL, con domicilio social ubicado en la calle Violeta, No. 6, Prado Oriental, Municipio Santo Domingo Este. Prov. Sto. Dgo., Rep. Dom., cuyo objetivo social es Servicios de Transporte Turístico y toda clase de actividad relacionada con el objetivo principal y de lícito comercio, cuyo Gerentes son los señores: BARTOLO RAFAEL LIRIANO CARMONA Y MARIA NELYS SARMIENTOS PEREZ. En el Municipio Santo Domingo Este, Prov. Sto. Dgo., Rep. Dom., a los dos (2) días del mes de febrero del 2021. FC 395939
MÁS NOTICIAS 19
Refidomsa alcanza hito de 3 MM de horas sin accidentes laborales SANTO DOMINGO.- Durante un acto realizado en las instalaciones principales en Haina, la Gerencia de la Refinería Dominicana de Petróleo (Refidomsa PDV) celebró con sus empleados y contratistas el récord alcanzado de tres millones de horas trabajadas sin accidentes con tiempo perdido. La celebración fue encabezada por el Gerente General de Refidomsa, Néstor Rodríguez, y la ingeniera Viera Lasunova Viera Lasunova, Gerente de Seguridad, Ambiente, Calidad e Integridad, quienes explicaron sobre el esfuerzo que costó la hazaña y la satisfacción de haberla conseguido. Rodríguez felicitó a todos los miembros de la gerencia de seguridad y al resto del personal que se dedicó a trabajar en equipo bajo una
Rodríguez felicitó a todos los miembros de la gerencia de seguridad y al resto del personal que se dedicó a trabajar en equipo bajo una misma idea que es la de proteger la vida humana. misma idea que es la de proteger la vida humana. De su lado, Viera Lasunova explicó que la marca fue conseguida el pasado 30 de enero, manteniéndose en los últimos 915 días, desde el 27 de julio del 2018, agregando que el nuevo hito de seguridad se suma a una lar-
ga trayectoria de logros que la empresa ha cumplido durante los últimos 20 años, llegando a operar en un período de aproximadamente 10 años sin un solo accidente con tiempo perdido. “Refidomsa PDV se complace en destacar que en sus 47 años de operación continua no ha acontecido una fatalidad de ningún empleado o contratista atribuida a un accidente de trabajo. Este excelente desempeño en materia de seguridad industrial es resultado del enfoque sistemático de la alta gerencia en cumplimiento con los estándares internacionales de la industria petrolera, la dedicación de recursos a mantenimiento preventivo y la capacitación constante de su personal”, explicó la ejecutiva.
Juicio contra el acusado de dar muerte a Andrea Celeea continuará el proximo día 9
Gabriel Villanueva
SANTO DOMINGO.-La jueza del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional recesó para el próximo 9 de febrero el juicio de fondo que se le sigue a Gabriel Villanueva por la muerte de quien fuera su pareja sentimental, la joven de origen rumano Andrea Celeea. Se recuerda que el expediente acusatorio presentado por el Ministerio Público indica que la noche del primero de septiembre del 2018, Villanueva habría lanzado a Celeea del octavo piso de un hotel en el sector Bella Vista, del Distrito Nacional, y que la pareja mantuvo dos años y 8 meses de “relación conflictiva”. PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca BR modelo BR105 color MORADO/NEGRO Año 2014 placa K1343706 Chasis LWMXCHLL9ED020111 a nombre de CARLOS GILBERTO ABREU ABREU – CED. 05000060581 (TWP-AC-19677-WP)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el art. 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modif.. por la Ley 2153 de 1949, el Señor LUIS ARCADIO CASADO MINYETY, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D. cedula no. 013-0048676-6 quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. RAMONA ALTAGRACIA CRISOSTOMO CASTILLO, cédula No. 047-0122083-4, con estudio profesional abierto en el 2do. Nivel de la casa No.39-A de la calle Duvergé , de esta ciudad de La Vega, R.D. , lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora YODY DANIELA PEREZ MONTAÑO, cuyo último domicilio conocido lo fue en calle prolongación García Godoy No.43 de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega el día 9 del mes de FEBRERO del año 2021 a las 9:00 a.m. asi como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado, para que comparezca a la AUDIENCIA VIRTUAL a través de la Plataforma Microsoft Teams que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el cual se encuentra en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 04 del mes de MARZO del año 2021 a las 10:15 A.M. para conocer de la referida demanda, para información de acceso comunicarse a la secretaría de dicho tribunal al tel. 809-242-2970 ext. 264 o ingresando al portal de internet: www.serviciojudicial.gob.do enlace rol de audiencias completando formulario correspondiente. En la ciudad La Vega, R.D., a los 04 días del mes de FEBRERO del año 2021.
LICDA. RAMONA ALTAGRACIA CRISOSTOMO CASTILLO Abogada Apoderada
(AC-19674-WP-04-05-06/02/2021)
PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA modelo JOG503YJ color NEGRO Año 1994 placa K1333463 Chasis 3YJ-2782002 a nombre de LUIS MIGUEL ALVAREZ GONZALEZ – CED. 40225600325 (TWP-AC-19675-WP)
PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA modelo JOG EYJ color BLANCO Año 1994 placa N749035 Chasis 3YJ5433797 a nombre de JOSE LUIS PEÑA CORDERO – CED. 04702070469 (JVLAC-19678-WP-1/2)
AVISO AUDIENCIA SANEAMIENTO En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 108-05 del 23 de marzo del 2005 y sus modificaciones, se hace de conocimiento público la audiencia presencial del Proceso de Saneamiento sobre el inmueble identificado como “una porción de terreno con una extensión superficial de 2,544.07 metros cuadrados, dentro de la Parcela No.309307873192, del Distrito Catastral No.08, del municipio de Bajos de Haina, San Cristóbal”, a ser conocida el día 23 de febrero de 2021 a las 11:00 A.M., bajo el expediente No.0297-19-00058, ante el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de la Provincia de San Cristóbal, ubicado en la calle Padre Borbón No.15, esquina General Cabral, Edificio del Palacio de Justicia de San Cristóbal, 2da Planta, municipio de Bajos de Haina, Provincia San Cristóbal. FC 395861
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20 NOVEDADES
NOVEDADES
“La Radiorealidad” Iván Ruiz anunció que llega a la radio dominicana a partir de este lunes 8 de febrero, bajo la producción ejecutiva del empresario Luisín Martí a través de Neón 89.3 FM
La colombiana Farina y el argentino Julián Gil protagonizarán “Flow Calle”
La rapera colombiana Farina, la actriz y presentadora dominicana Clarissa Molina, y el actor y productor argentino, Julián Gil, se cuentan entre los protagonistas de “Flow Calle”, una película dirigida por Frank Perozo que se rodará en República Dominicana y Puerto Rico. La productora Caribbean Films anunció este martes que también tendrán roles
“estelares” en la cinta el intérprete dominicano Manny Pérez y sus paisanos David Maler y Celinés Toribio, así como los cantantes boricuas Myke Towers, Zion y Jay Wheeler. “Flow calle” es en drama urbano cargado de música y baile, historia original del escritor colombiano Andrés López, guionista de “El cartel de los sapos” y “El señor de
los cielos”, mientras que la producción general está a cargo de los cineastas Riccardo Bardellino y Leticia Tonos, precisó la empresa en una nota. El largometraje busca exponer la realidad que se vive en los barrios dominicanos y los de Latinoamérica “con jóvenes talentosos con historias increíbles que contar, que
quizás nunca cumplirán”, agrega la información. “La historia mostrará lo más hermoso de nuestros barrios, destacando la cultura luchadora del dominicano, con mensajes positivos y cargado de valores”, refirió Caribbean Films. Farina Pao Paucar Franco, nombre de pila de la artista colombiana, es reconocida por temas como “Mucho
Anthony Álvarez: “Es esperanzador que las autoridades están abrazando la bachata”
pa’ti”, “Pum pum” o “Mejor que yo”. A lo largo de su carrera ha colaborado con Wyclef Jean, Bryant Myers, J Álvarez, Leslie Grace, Sech, Maluma, Fanny Lu y Thalía. De acuerdo a Zumaya Cordero, ejecutiva de la empresa productora, la película será el resultado de una idea que “hace años teníamos en carpeta desarrollar”.
La historia mostrará lo más hermoso de nuestros barrios, destacando la cultura luchadora del dominicano, con mensajes positivos y cargado de valores. Caribbean Films.
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Álvarez comentó que es “esperanzador, que las nuevas autoridades estén abrazando el ritmo que hoy nos representa ante el mundo, la bachata”. Las palabras estuvieron acompañadas por un video del bailarín de origen dominicano Raudi López, el cual Álvarez reposteó en su cuenta de Instagram. El video de Raudi López, mejor conocido como El Tigre Magmbo, se ha hecho viral. En este López destaca la importancia de que la bachata hoy sea apoyada por las entidades gubernamentales. Algo que él califica como un sueño hecho realidad.
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TEMARIO NAPOLEÓN BERAS PRATS
Ministerio de Cultura hizo entrega del Premio Nacional de Artesanía El Ministerio de Cultura hizo entrega formal de la XVII versión del Premio Nacional de Artesanías Dominicanas FENART 2020. Este premio es un reconocimiento a la creatividad, dedicación personal y artística de los artesanos, como cultores de la identidad y guardianes de la tradición y las técnicas artesanales, que son patrimonio inmaterial del país. El acto de premiación fue realizado en el lobby de la sede del Ministerio de Cultura y estuvo encabezado por la ministra de Cultura, Carmen Heredia, y el director de Fomento y desarrollo de Industrias Culturales, Richardson Díaz. La entrega se hizo respetando el debido protocolo de distanciamiento social dispuesto por el Ministerio de Salud Pública. En la categoría A, Pieza Única, el primer lugar con una dotación de RD$100,000 recayó en el artesano Robert Guerrero Mota, con la obra “Goleta Antigua”. El segundo lugar, con una dotación de RD$80,000 fue otorgado a Genaro Antonio Reyes, con la obra “Viaje en Yola”. El tercer lugar en esta misma categoría lo mereció “25 de noviembre” de la autoría del artesano Gilberto Pacheco Valdez, con una dotación de RD$60,000.
La ministra de Cultura Carmen Heredia junto a funcionarios de dicha cartera y los artesanos galardonados con el Premio Nacional de Artesanía 2020.
En la categoría B, Artesanías de Producción, obtuvo el primer lugar la obra “Innovando la escuela”, del artesano Oriolys Ramírez. El premio tiene una asignación de RD$75,000. El segundo lugar fue para la obra “Lagartos”, del artesano Víctor Manuel Gómez Bolos, que recibió RD$50,000. El tercer lugar con RD$35,000 fue otorgado a la obra “Máscara del Diablo de San Cristóbal”, del artesano Luis Alberto Rivas Ogando. De igual modo fueron entregados dos premios especiales de reciclaje, a las obras “Buho de Pared”, de la artesana Daisy David Abreu y a “Güibia” del artesano Francisco del Rosario Sánchez Robiou, las cuales recibieron como premio RD$25,000. Los ganadores fueron seleccionados por un jurado que estuvo compuesto por los artistas plásticos, Alberto Bass, Dustin Muñoz y la crítica de arte, Marianne de Tolentino. Se recuerda que la FENART 2020 estaba prevista para realizarse en el pasado mes de diciembre en la Fortaleza Ozama, y fue suspendida en cumplimiento con el decreto presidencial 698-20 que establece medidas que regulan a todo el territorio
nacional para la prevención del covid – 19, las cuales contemplan la limitación de reuniones a grupos de 10 personas o menos en espacios públicos. Sin embargo, el MINC anunció que haría la entrega del Premio Nacional de Artesanía y que destinaría más del setenta por ciento del presupuesto total dispuesto para la realización del evento para comprar a los expositores las piezas que tenían previstas comercializar durante los cuatro días de la actividad. Banco Popular invita a ver El Lado Positivo para superar los retos
Ver El Lado Positivo para superar los retos
El Banco Popular Dominicano presentó la campaña de publicidad institucional “El Lado Positivo”, que anima a la sociedad a enfrentar la realidad con optimismo, descubriendo el potencial que todos llevamos dentro para superar las adversidades. A través de piezas audiovisuales, impresas, radiales y para el ecosistema digital, la iniciativa motiva a la reflexión, a valorar lo bueno con lo que se cuenta y a aunar esfuerzos colectivos para contribuir con la reactivación económica y social del país. A ritmo de pop urbano con toques de merengue, la narrativa del comercial recorre las calles de diversas ciudades dominicanas, mostrando cómo la población sale adelante en el dia a dia, gracias a su talante positivo, entusiasta y resiliente, adaptándose a la situación de cada momento y demostrando como, desde el lado positivo, los retos pueden verse como oportunidades que se superan juntos. Con esta campaña, el Banco Popular invita a ver las cosas desde ese ángulo que representa la esencia de los dominicanos y refuerza el mensaje de que para enfrentar con éxito los retos de la vida resultan fundamentales la cooperación y la solidaridad, el propósito de superación y la actitud optimista de toda la población. Banreservas patrocina al equipo dominicano en la Serie del Caribe 2021
El administrador general de Banreservas, Samuel Pereyra, recibe una camiseta del equipo dominicano de manos de Jorge Torres, director técnico de la LIDOM y Angel Ovalles, gerente general de las Águilas Cibaeñas.
NOVEDADES 21
El Banco de Reservas dio a conocer que es el patrocinador oficial del equipo de béisbol que actualmente está representando a la República Dominicana en la Serie del Caribe 2021 que se está desarrollando con gran éxito en Mazatlán, México. El anuncio fue hecho por Samuel Pereyra, administrador general de Banreservas, al recibir en la sede central de la entidad financiera una representación de la Liga Dominicana de Béisbol(LIDOM) y de las Águilas Cibaeñas, actuales campeones del torneo invernal de béisbol 2020-2021. Al recibir la camiseta y la gorra que el equipo dominicano está ya usando en la Serie del Caribe 2021, Pereyra agradeció el presente y dijo que confía en el talento de los jugadores nacionales para entregarle una nueva corona a la República Dominicana. “Desde antes de empezar la temporada de la pelota dominicana 2020-2021, estábamos seguros de que , a pesar de la pandemia, iba a haber béisbol y lo apoyamos cien por ciento. Ahora hay Serie del Caribe y continuamos apoyando nuestro equipo dominicano”, expresó Pereyra. El ejecutivo bancario resaltó que Banreservas ha asumido el compromiso de seguir respaldando el deporte en el país, así como a todos los sectores productivos que contribuyen al bienestar y al desarrollo de los dominicanos. MESCYT apoyará universidades del Este; Monseñor Castro Marte califica labor de impresionante
Dr. Franklin García Fermín y Monseñor Jesús Castro Marte
HIGÜEY:- El Ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, doctor Franklyn García Fermín, realizó una visita de trabajo a la Región Este, donde sostuvo reuniones por separado con los directores de los centros de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y la Universidad Católica del Este (UCADE), en la cual su rector y gran canciller, monseñor Jesús Castro Marte, calificó la labor de la institución estatal como impresionante. García Fermín solicitó a UCADE y los centros de la UASD del Este, presentar programas doctorales en las áreas fundamentales para el desarrollo de la región Este del país, el cual será cubierto totalmente por el órgano regulador estatal. García Fermín dijo que ha visitado todas las universidades y los resultados son positivos porque buscan que la educación superior se fortalezca. De su lado, Monseñor Castro Marte, afirmó: “Para mí es impresionante lo que usted está haciendo con las universidades del país, en medio de las limitaciones del covid -19”.
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22 EL MUNDO
Rusia y EEUU prorrogan el tratado Covax iniciará distribución 337 MM de desarme nuclear Nuevo START de vacunas que tiene negociadas MOSCÚ, RUSIA.- Rusia y Estados Unidos prorrogaron este miércoles por cinco años el último tratado de desarme nuclear vigente entre ambas potencias, el Nuevo START, informó el Ministerio ruso de Asuntos Exteriores. “El 3 de febrero, el Ministerio de Exteriores de Rusia y la Embajada de EEUU en Moscú intercambiaron notas diplomáticas relativas a la finalización de los procedimientos necesarios para la entrada en vigor del acuerdo
de extensión del Nuevo START (…)”, señaló en un comunicado la diplomacia rusa. Rusia y EEUU han prolongado el tratado, suscrito en 2010 en Praga por los entonces presidentes ruso, Dmitri Medvédev, y estadouniden-
se, Barack Obama, dos días antes de su expiración. Un fracaso en las negociaciones hubiera dejado al mundo sin ningún tratado internacional sobre el control de armas estratégicas por primera vez desde 1972. “Este mecanismo clave para mantener la estabilidad estratégica queda preservado y su funcionamiento asegurado sobre una base estrictamente recíproca, al limitar los arsenales nucleares de los dos países”, señaló el Ministerio ruso de Exteriores.
GINEBRA, SUIZA.- El mecanismo COVAX, creado para favorecer un acceso equitativo a las vacunas que se desarrollen contra la covid-19, anunció este miércoles que planea distribuir un total de 337 millones de dosis a países de ingresos medios y bajos en una primera fase que se iniciará entre fines de este mes y comienzos de marzo. Prácticamente la totalidad de estas dosis corresponden a la vacuna desarrollada por AstraZeneca y la Universidad de Oxford, con 96 millones de dosis que serán directamente producidas directamente por esta farmacéutica y 240
millones por el Serum Institute de India (SII), gracias a un acuerdo entre ambas. De la vacuna de Pfizer/BioNTech se distribuirán 1,2 millones de dosis en esta etapa inicial, dijo el director de la alianza para el acceso a las vacunas (GAVI), Seth Berkley, cuya entidad
participa en COVAX. Se anticipa que a partir del segundo trimestre habrá un volumen adicional de vacunas de Pfizer (hasta 40 millones de dosis), según un acuerdo de compra anticipada que la farmacéutica estadounidense ha firmado con GAVI.
LUGARES CON
CONTA TAGIOS DE COV OVID--19 EN REPÚBLICA DOMINICANA A
956
16 140
7087 7
Fallecidos 71 2043 4 457 2 7 75 5 841 4 100 41 1 52 195 00 000 00 2438 389 89 9 59 59 92 20 780 78 0 2846 846 84 46 6 375 9 36 90 6 1 47 10 7 597 3182 97780 3229 9 104 4230 2 2 754 7 84 4 272 729 29 8184 64 6 9 98 8 2 509 12 272 2 63 6 3 17 7 61178 875 5 11785 17 85 5 2462 4 604 4 Puerto Plata
Montecristi
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33
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10
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San José de Ocoa d
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8
Monte Plata
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15
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13
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El Seibo
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San 447 Cristób bal Distr D strrito Naciona iona onal
La Altagracia
San Pedro de Macorís
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53
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La Roman na na
Isla Catalina
Barahona
Isla a Saona
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Pedernales
3
Isla Beata
ESTA TADÍSTIC CA AS
NUEVOS CASOS: 1,357 CONFIRMADOS: 217,277 RECUPERADOS: 160,364 TADOS: 851,41 416 DESCARTA FALLECIDOS: 2,719
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DEPORTES 23
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DEPORTES MLB
Pelota Caliente El argentino Ángel Di María se mostró deseoso de que su compatriota Leo Messi recale en el París Saint Germain y reconoció que “hay muchas posibilidades”, aunque apeló a la tranquilidad y a que “las cosas se desarrollen”. “Sí, sí, eso espero. Hay muchas posibilidades. Tenemos que estar tranquilos y las cosas se desarrollarán”, dijo en Canal + Di María al término del encuentro que el París Saint Germain ganó al Nimes (3-0) ayer.
FÚTBOL
Nelson Cruz confirma firma con Twins; La LDF iniciará su torneo el 17 de Marcell Ozuna niega acuerdo con Rays
abril con 10 equipos en 5 estadios
WILLIAM AISH HANLY RAMÍREZ
SANTO DOMINGO.Mientras que Nelson Cruz confirmó ayer a El Nuevo Diario que firmó por un año y US$13 millones con los Twins, Marcell Ozuna negó haber obtenido un contrato con los Rays de Tampa. “Sí, regreso en el 2021 con los Twins por un año”, dijo Cruz vía telefónica. Cruz cumple 41 años de edad el 1ro de julio, pero las temporadas más productivas de sus 16 años de carrera han sido sus últimas siete. Por su parte, Ozuna expresó en un vídeo colgado ayer en su Instagram lo siguiente: “Hago este vídeo para hacerle saber a todos mis seguidores y la gente que me apoya, que de verdad me quiere, que lo que están diciendo en las redes,
Nelson Cruz y Marcell Ozuna.
Cruz cumple 41 años de edad el 1ro de julio, pero las temporadas más productivas de sus 16 años de carrera han sido sus últimas siete. de que llegué a un acuerdo con Tampa, todo eso es falso, eso no es real”. Según publicaciones en redes sociales ayer, Ozuna
habría acordado un contrato de cuatro años, que le reportaría algo más de 80 millones de dólares por los próximo cuatro años. El toletero dominicano es uno de los principales jugadores de ofensiva, que aún se mantiene en la agencia libre de las Grandes Ligas. La pasada temporada Ozuna fue una pieza clave para los Bravos de Atlanta, quienes cayeron en la Serie de Campeonato de la Liga Nacional ante los Dodgers de Los Ángeles.
OLÍMPICOS
Acosta pide seguir ejemplo de Doñé SANTO DOMINGO.- El movimiento deportivo dominicano rindió un significativo homenaje al finado profesor Nelly Manuel Doñé al que calificaron como “un ente de equilibrio y moderación del olimpismo dominicano”. “Doñé fue una leyenda que se entregó al deporte, con méritos sobrados, un norte a seguir por su gran preocupación por la unidad y el desarrollo institucional del movimiento deportivo”,
subrayó Antonio Acosta (Colin), presidente del Comité Olímpico Dominicano, ante la tumba del extinto deportista, en un acto celebrado al filo del mediodía
de este miércoles en el cementerio Cristo Redentor. El presidente del COD subrayó que la actividad convocada fue para mostrar gratitud por lo que significó y seguirá siendo Doñé para el deporte. “Sus obras fueron para la eternidad en este mundo pasajero”, insistió Acosta, quien estuvo acompañado de Luis Mejía, pasado presidente del COD, así como de Franklin De la Mota, viceministro de Deportes.
SANTO DOMINGO.- La Liga Dominicana de Fútbol (LDF) iniciará el sábado 17 de abril con la participación de 10 equipos que jugarán en cinco estadios, anunció la entidad ayer, mediante un despacho de prensa. El torneo de la LDF 2021 se extenderá hasta el 24 de octubre y tendrá tres etapas: un todos contra todos, una liguilla y playoff con semifinales y final. La liga con los 10 equipos en un solo grupo y bajo formato todos contra todos será a dos rondas y los mejores seis avanzarán a la liguilla, también en formato todos contra todos y a dos rondas. Los mejores cuatro de la liguilla pasarán a las semifina-
Más del 70 por ciento de los partidos tendrá transmisión televisiva y por streaming.
les (1 vs 4, 2 vs 3) para medirse en partidos de ida y vuelta el 2 y el 10 de octubre. Los finalistas chocarán a ida y vuelta en fechas 17 y 24 de octubre. Será un evento de 32 jornadas. Los equipos que terciarán serán: O&M FC, campeón de la LDF 2020, Delfines y Atlético Pantoja, con el Es-
tadio Olímpico Félix Sánchez como sede; Atlético San Cristóbal, en el Estadio Panamericano; Cibao FC y Atlántico FC, en el Estadio Cibao FC; Moca FC y Atlético San Francisco, en el estadio Moca 88; y Atlético Vega Real y Jarabacoa FC compartirán el Cóndor de La Vega.
POLIDEPORTIVO
RD montará último clasificatorio olímpico de Pesas de Tokio 2021 SANTO DOMINGO.- La República Dominicana será la sede del último clasificatorio olímpico hacia Tokio 2020 (Japón), correspondiente al Continente Americano. El certamen, que reunirá a los atletas élites de las 29 naciones que conforman la Federación Panamericana de Levantamiento de Pesas, contará con el respaldo del gobierno dominicano, a través del Ministerio de Deportes. Se disputará en ambas ramas, del 17 al 25 de abril próximo a través de una ‘burbuja” en el hotel Emotions Hodel-
Será el cuarto Panamericano que se celebra en el país en este siglo y el tercero desde el 2014.
pa, de Juan Dolio, San Pedro de Macorís. Los detalles del evento continental fueron suministrados por el presidente de la Federación Dominicana de Pesas, William Ozuna, quien
agradeció de antemano la colaboración que ofrecen el ministro de Deportes, Francisco Camacho, así como las máximas autoridades del Comité Olímpico Dominicano y Creando Sueños Olímpicos (Creso), que respectivamente presiden Antonio Acosta y el empresario Felipe Vicini. Sostuvo que ya las muchas federaciones nacionales de América comenzaron a notificar y formalizar sus inscripciones para el evento que podría reunir a 600 atletas que buscarán cristalizar el sueño olímpico.
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DEPORTES
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Las Águilas Cibaeñas consiguen la victoria 70 en Serie del Caribe MAZATLÁN, México.- Las Águilas Cibaeñas dominicanas derrotaron ayer por 2-0 a los Caribes de Anzoátegui de Venezuela y los pusieron al borde de la eliminación de la Serie del Caribe que transcurre aquí. Dominicana mantuvo el paso perfecto en cuatro apariciones y Venezuela dejó su récord en una
victoria y tres derrotas, a la espera de lo que hagan sus rivales en el resto del torneo. El triunfo de las Águilas se dio por bateo oportuno en el séptimo capítulo, cuando salió el abridor venezolano Williams Pérez, quien dominó a la ofensiva dominicana con sólo dos imparables en seis entradas y seis ponches.
El primer relevista de Pérez, Loiger Padrón, tiró a la borda la gran actuación del abridor al entrar en la séptima. Junior Lake llegó a primera base con un toque de bola sorpresa y una base por bolas a Ramón Torres lo puso en posición de anotar. Un doble de Robel Torres los impulsó a ambos para decidir el duelo. Venezuela dejó en tres entradas
a corredores en posición de anotar, la más clara una casa llena con dos outs en el séptimo episodio. El pitcher ganador fue el relevista Darío Álvarez, quien tiró un tercio en el que regaló una base por bolas. El perdedor fue Padrón, quien aceptó las dos carreras dominicanas. Fernando Abad se apuntó salvamento. (EFE)