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Clasificados

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MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

CLASIFICADOS 13

CLASIFICADOS DIVERSOS

Bienes Raices

Automóviles

Reid y Compañía. 809-562-7211 ext. 2185 BIENES RAICES

Tel: 809 534 7121, 829 836-0443

RD$365,000

Toyota Corolla 2005

RD$300,000

Nissan Sentra 2007

Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automática- Blanca- 4WD-Motor 3.6, 6 cilindros

Ford Mustang GT 2013 US$32,000 Transmisión mecánicaGris oscuro- Motor 5.0, 8 cilindros, Supercharged

Hyundai Tucson 2014 RD$865,000 Transmisión automática- Gris- Motor 2.0, 4 cilindros

RD$4,200,000

Próximo a Carrefour 200 metros, 3 hab, 3.5 baños, Separa con el 10% y completar el 20% contra entrega!, Inf. Jordi Amargós 829-766-1709

Jardines del Sur - sólo 2 PENTHOUSE disponibles. (A) 210 metros , 3 Hab, 2.5 Baños, Separa con el 10%. Whatsapp/ 829 641 4444/ 829 903 4578

Empleos

Capacitación

Legal

Diversos


MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

14 LEGAL

AVISOS LEGALES CONVOCATORIA

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DE SOLTERÍA

Por este medio se convoca a los miembros de nuestra organización a la Asamblea Extraordinaria para ratificación del comité ejecutivo de la formación de la compañía de Transporte Turístico SUCAVENOMEVILLA, conforme a la nueva ley de transporte 63-17, se efectuará el Domingo 15 de Julio del 2018 a las 3:00 p.m. en el local del sindicato en la C/ Arzobispo Meriño, No. 406, Ciudad Colonial, Santo Domingo D.N. C/ Arzobispo Meriño, No. 406, Ciudad Colonial Tel. 829-433-1924 Santo Domingo, D.N.

Para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha seis (06) Del Mes De Junio Del Año DOS MIL DIECIOCHO (2018), La Octava (8va.) Sala Para Asuntos De Familia De La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Nacional, Dictó La Sentencia Civil No. 01038-18, y fue pronunciado el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre RICHY ANTONIO TEJADA PERALTA y NIKAURY CAROLINA BEATO RODRIGUEZ, pronunciado por ante El Oficial De La Segunda Circunscripción Del Distrito Nacional, REGISTRADO EN EL LIBRO No.00004, FOLIO No. 0044, ACTA No. 000206, AÑO 2018.

A fin De Dar Cumplimiento A Los Requisitos Establecidos Por La Dirección Nacional De Registros De Títulos, Para La Rectificación De Registros Relativos Al Estado Civil Se Hace De Conocimiento Público Que El Señor Fidelio Taveras Taveras, Dominicano, Mayor De Edad, Soltero, Portador De La Cédula De Identidad y Electoral No. 001-1363101-4, Domiciliado Y Residente En La Calle 27 De Febrero, Casa No.2, Del Municipio Del Factor, Prov. María Trinidad Sánchez, Adquirió El Inmueble Descrito A Continuación, Como Soltero “Título No.61-75, Inmueble No.166400165472, Perteneciente A La Parcela No. 825, del D.C. No. 02, Municipio Del Factor, Con Una Extensión Superficial De Mil Doscientos Metros Cuadrado (1,200.00mt2), En Su Totalidad, Y Actualmente Sigo Soltero.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Conforme dispone el Art. 696 del Código de Procedimiento Civil, se hace de conocimiento público que la Magistrada jueza de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, ubicada en uno de los salones de la segunda planta, del edificio que ocupa el Palacio de Justicia del Centro de Los Héroes Constanza, Maimón y Estero Hondo ubicado entre las calles Hipólito Herrera Billini, con Juan De Dios Ventura Simo, ha fijado para el martes que contaremos a Siete (07) del mes de agosto del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las nueve (9:00A.M.) horas de la mañana, la audiencia de pregones para proceder a la venta y adjudicación en pública subasta al mayor postor y ultimo subastador del inmueble siguiente: LA UNIDAD FUNCIONAL C-3 IDENTIFICADA COMO 309455952552: C-3, MATRÍCULA NO. 0100267111, DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL LAURA MICHELLE XXVI, UBICADO EN EL DISTRITO NACIONAL, CON UN PORCENTAJE 7.01% Y UN VOTO EN LA ASAMBLEA DE CONDOMINIO, CONFORMADA POR UN SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO, IDENTIFICADO COMO SE-01-01-021, DEL BLOQUE 01, UBICADO EN EL NIVEL 01, DESTINADO A PARQUEO, CON UNA SUPERFICIE DE 11.50 METROS CUADRADOS; UN SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO, IDENTIFICADO COMO SE-01-01-022 DEL BLOQUE 01, UBICADO EN EL NIVEL 01, DESTINADO A PARQUEO CON UNA SUPERFICIE DE 11.50 METROS CUADRADOS Y UN SECTOR PROPIO IDENTIFICADO COMO SP-01-03-003, DEL BLOQUE 01, UBICADO EN EL NIVEL 03, DESTINADO A APARTAMENTO CON UNA SUPERFICIE DE 170.00 METROS CUADRADOS, PROPIEDAD DE: DANIEL DEL ROSARIO PEREZ, SEGÚN CONSTA EN EL ASIENTO ORIGINAL DEL CERTIFICADO DE TITULO MATRICULA NO. 010663043, REGISTRADO EN EL LIBRO COMPLEMENTARIO NO. 1359, FOLIO 208, EN FECHA 17/AGO/2015 INSCRITO EL 27/JUL/2015 A LAS 10:39 A.M. dicho inmueble ha sido embargado en perjuicio de los señores DANIEL DEL ROSARIO PEREZ Y ZAIMA ROSANNA ADON DIAZ, dominicanos, mayores de edad, portadores de la s cedulas de identidad y electoral No. 224-0023360-1 y 001-1693629-5, domiciliados y residentes en la calle Osvaldo Bazil No. 161, (antigua 11), Villa Consuelo, Santo Domingo, Distrito Nacional a diligencia de la razón social IDL INVERSIONES DE LEON S.R.L., institución organizada de acuerdo a las leyes dominicana, con su domicilio social abierto en La Avenida Las Américas No. 60, Ensanche Ozama, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con su RNC 130748039; debidamente representada por su gerente la señora MELISSA R. SANTOS COMPRES, dominicana, mayor de edad, soltera identificada con la cedula de identidad y electoral numero 223-0041328-7, domiciliada en dicha entidad ; quien tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los licenciados ZACARIAS ENCARNACION MONTERO, JUANA MARIA DE LEON MARTE Y EDUARDO R. CESPEDES REYES, abogados de los tribunales de la República Dominicana, dominicanos, mayores de edad, portadores las cedulas de identidad y electoral No. 0010929184-9, 001-0233251-7, 001-0169135-0, con estudio profesional abierto al público en general en la calle Mustafá Kemal Atactuk No.34, Edificio NP II Suite 2-A, Naco, Distrito Nacional, lugar donde el persiguiente hace formal elección para todos los fines y consecuencias legales del presente procedimiento de Embargo Inmobiliario. El Mandamiento de pago fue notificado en fecha 16 de febrero del 2016, según acto número 165/2016, del Ministerial Ariel A. Paulino C., Alguacil de Estrado de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, según acto numero 038/2016 el Embargo fue trabado en fecha 26 de julio del 2016, por la Notario Público María Leticia Jiménez García matricula numero 3249, según acto numero 637/2016, del ministerial Roberto Eufracia Ureña, Alguacil Ordinario del Tribunal Superior administrativo, en fecha 8 de agosto del año 2016, los actos arriba indicados fueron inscritos por ante el Registrador de Títulos del Distrito Nacional en fecha 19 de agosto del año 2016. El persiguiente ha fijado el precio de la primera puja en DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$2,500.000.00), más los intereses vencidos, gastos y honorarios del procedimiento. Las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogados y todo licitador deberá depositar en la secretaria del Tribunal apoderado, el equivalente al diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, en efectivo o cheque certificado de una entidad bancaria domiciliada en la República Dominicana, sin cuyo requisito no será admitido licitar de conformidad con el pliego de cargas, clausulas y condiciones depositado en la secretaria de dicho tribunal en fecha veintitrés (23) de agosto del año Dos Mil Dieciséis (2016). Hecho y firmado por los abogados del persiguiente, en la ciudad de Santo Domingo, D.N. República Dominicana a los Siete (07) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

De conformidad con el Art.22 de la Ley No.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios, el SR. JERRY BARNABAS YONGA, estadounidense, mayor de edad, casado, provisto del pasaporte estadounidense No.517423499, domiciliado y residente en 813 COVINGTON AVE. CP 92078- SAN MARCOS, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, quien hace elección de domicilio en la calle Francisco Soñé No.7, Bella Vista, Distrito Nacional; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MÁXIMO MANUEL BERGÉS CHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, provisto de las Cédula de Identidad y Electoral Nos.001-1786296-1, con estudio profesional abierto en la firma Bergés Dreyfous - Abogados, sito en la calle Francisco Soñé No.7, Bella Vista, Distrito Nacional, lugar donde el demandante hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legítima esposa, la señora MARIEL ALVAREZ PEREZ, cuyo último domicilio conocido fue en la Calle Condado No.3, Buenos Aires de Herrera, de la Provincia Santo Domingo Oeste; que a falta de conocimiento de su actual domicilio, procederá a emplazarla en acción de divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, el día 16 del mes de julio del año 2018, así como en la puerta del tribunal apoderado, conforme a la Ley, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que al efecto se celebrará el día 30 de julio del año 2018, en La Sexta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, ubicado en la Calle Reparto Rosa No.52, esquina calle Tercera, las Palmas de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. En el Municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, a los 9 días del mes de julio del año 2018.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 92, párrafo 3 de la ley No. 105-05 y en el literal b del artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada de Certificado de Titulo, Libro No.0299, Folio No. 132, relativo a la Parcela No. 328-A-116, del D. C. No. 8, de San Cristóbal, con una extensión superficial de 27.50 metros cuadrados, expedido a favor de la Señora MARIA DOMINGA TURBI.

FIRMA POR LOS LETRADOS LIC. JUANA MARIA DE LEON MARTE. Abogado del Persiguiente. FC359725

LICDA. MEREGILDA ESPIRITUSANTO DE GRACIA DE NIEVES ABOGADA

FC 359715

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el Art. 22 de la ley No. 1306-bis del 21 de mayo de 1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor EDWIN FRANCISCO GARCIA TEJADA, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, cédula No.048-0062992-7, domiciliado y residente en esta ciudad de La Vega R.D.; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial a la LICDA. CARMEN ESTEDI ABREU HERNANDEZ, cédula de identidad y electoral No. 047-0187329-3, con estudio profesional abierto en la calle Padre Adolfo esquina Colon Edif. Gómez Ricourt de esta ciudad de La Vega, Rep. Dominicana, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora YVELISSE ALTAGRACIA BETANCES VERAS, cuyo último domicilio conocido lo fue en el Residencial Gloria Calle 11 Edif. Raíces I de esta ciudad de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 13 del mes de JULIO del Año 2018 a las 9:00 a.m. así como en la puerta del Tribunal APODERADO para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que A PUERTAS CERRADAS al efecto celebrará la SEGUNDA SALA Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, en la en calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 31 de JULIO del Año 2018 a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Republica Dominicana, a los 09 días del mes de JULIO del año 2018.

LICDA. CARMEN ESTEDI ABREU HERNANDEZ, Abogado apoderado de la parte Demandante. (ALP-AC-13536-CP-09-10-11/07/2018) AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones del Art. 22 de 1a Ley No. 1306 Bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la República Dominicana, Modificada por la Ley 2153 de 1949, el señor GAETANO CASCIO, Italiano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad electoral. No.047-0190479-1, con domiciliado y residente en Calle 2, Residencia Almida, Casa No.6, Centro de la Ciudad, Municipio La Vega, República Dominicana; quien tiene como abogado apoderado a la LICDA. PATRICIA GOMEZ DE COLÓN, dominicana, mayor de edad, casada, portador de la cédula de identidad y electoral números 001-0812125-2, abogada de los Tribunales de la República, con matricula numero 27181-836-03, con estudio profesional abierto en el número 9 de la calle No.22 de Reparto Rosa, de Herrera Municipio Santo Domingo, Oeste de esta ciudad, Teléfonos: 809-922-3376, 809850-8516 y 809-964-4270, correo electrónico: pgfrabel176@gmail.com, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora GRISELDA ORTEGA TAPIA cuyo último domicilio conocido por su esposo lo fue en la Calle 7, No.4, Barrio Enriquillo, La Vega, que a falta de información actual relativa a su” domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres en el Ultimo domicilio de la demandada, en la Secretaria y Puerta del Tribunal apoderado y por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega el día 13 de Julio del año 2018 a las 9:00 a.m., para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Vega, sitio en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, Ubicado en la Calle García Godoy con las Intersecciones de la Calle Duverge y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 6 de Agosto del año 2018 a las 9:00 a.m. para conocer la referida demanda. En la ciudad, Municipio y Provincia de la Vega, República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LICDA. PATRICIA GOMEZ DE COLON Abogado parte demandante (RC-6977-RDT-10-11-12/07/2018)

FC 359746

FC359736 De conformidad con lo establecido en la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, el Reglamento General de Registro de Títulos y los Requisitos ante el Registro de Títulos, hacemos de conocimiento público que se ha cometido un error en el Certificado de Título identificado con la Matrícula No. 1400010183 correspondiente a la Parcela número 410751280870 del Distrito Catastral No.1 del municipio de Cabrera, con una superficie de 476.49 Metros Cuadrados, respecto al Estado Civil del Propietario, señor ROMAN DE JESUS SANTOS VARGAS, ya que se hizo constar que es soltero cuando lo correcto es CASADO con la señora YAGNA JOSEFINA VANDERLINDER RAMON.

LICDA. CLARA ESTHER GARCIA SANTOS Abogada. FC359747

AVISO DE MENSURA CATASTRAL Exp. No. 6642018040267 Se hace de público conocimiento que el día diecisiete (17) de julio del año 2018, a las 10:00 A.M., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento, de una (01) porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 01, del municipio de Baní, provincia Peravia, con una extensión superficial de: 74.77 M2, ubicada en la calle Padre Rosón No. 13, sector Santa Elena, en el municipio de Baní, provincia Peravia, propiedad de: ANGEL NEUROBIS PEÑA MARTINEZ.

WILSON MOISES ZAPATA, Agrimensor-Contratista. Codia 35492. Telf. (809) 522-4461/Cel. (809) 706-7459. FC 359752


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AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se hace de público conocimiento público, que el día 27/07/2018, a las 10:00 a.m., se dará inicio al Levantamiento Parcelario Necesario para Ejecutar los Trabajos de Deslinde, Refundición y Subdivisión, dentro del ámbito de la Parcela No. 110-REF-780 y 110-REF-780-SUB-290-SUB-1-004-11173-11176-006-8621 del Distrito Catastral No. 4 del Distrito Nacional, propiedad de INVERSIONES SCLART, S.R.L. Y LUZ ANDREA TAVAREZ LORA, Expediente No. 6632018024134.

Se hace de público conocimiento que el día 21 de Julio del año 2018, a las 09:00 A.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la Parcela No.1679, del Distrito Catastral No.21, del Municipio de Cambita Garabitos, Provincia San Cristóbal, con una extensión Superficial de (1,562.76 mts2), Estando esta porción de terreno ubicada a unos 300 metros al Sureste de la Carretera la Colonia-Los Cacaos en el Pueblecito de la Colonia Cambita Garabitos, Identificado como Expediente No.6642018040968, propiedad del SR. YSAI REYES QUITERIO.

AGRIM. ROBERTO FRANCISCO OVANDO JIMENEZ CODIA 24716 Tel.: 1-(809) 968-6030

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

LEGAL 15

AVISO PERDIDA CERTIFICADOS DE TITULO DE PROPIEDAD

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLES EMBARGADOS EN VIRTUD DE LA LEY NO. 189-11, DEL 16 DE JULIO DEL 2011

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 92 párrafo 3 de la Ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario y el Art. 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se han extraviado los certificados de titulo de Propiedad DUPLICADOS DEL ACREEDOR HIPOTECARIO, LA ASOCIACIÓN LA VEGA REAL DE AHORROS Y PRÉSTAMOS PARA LA VIVIENDA (ALAVER), RNC. 4-03-00063-1, entidad aprobada del Banco Nacional de la Vivienda, regulada por la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, con asiento social principal en la calle Presidente Antonio Guzmán Fernández esquina calle Juan Rodríguez de la ciudad de La Vega, representada por su Vicepresidente Ejecutivo, Lic. José Francisco Deschamps Cabral, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, Funcionario Bancario, domiciliado y residente en la Avenida José Horacio Rodríguez No. 22, La Vega, provisto de la cédula de identidad y electoral número 047-0015320-0, quien declara lo siguiente: Que era Acreedora Hipotecaria de los señores RAMÓN MARÍA PAULINO DE LA CRUZ Y LIGIA ROSALBA LORA VALDÉZ DE PAULINO, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos. 047-0008918-0 y 047-0098990-0 en virtud de: A) Hipoteca Convencional en Primer Rango, a favor de Alaver por la suma de RD$400,000.00 (Cuatrocientos Mil Pesos Con 00/100 Centavos), según documento (Préstamo con hipoteca) de 06/marzo/1997; inscrito en fecha 07/abril/1997; B) Hipoteca Convencional en Segundo Rango, a favor de Alaver por la suma de RD$74,269.00 (Setenta y Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Nueve Pesos Con 00/100 Centavos), según documento (Préstamo con hipoteca) de 17/mayo/2005; inscrito en fecha 10/junio/2005; C) Hipoteca Convencional en Tercer Rango, a favor de Alaver por la suma de RD$800,000.00 (Ochocientos Mil Pesos Con 00/100 Centavos), según documento (Préstamo con hipoteca) de 05/junio/2006; inscrito en fecha 08/junio/2006; Y D) Mandamiento de Pago por la suma de RD$424,993.45 (Cuatrocientos Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Tres Pesos con 45/100), de Fecha 13/Mayo/1999, inscrito en fecha el 01/Junio/1999, E-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$420,908.34 (Cuatrocientos Veinte Mil Novecientos Ocho Pesos con 34/100), de Fecha 31/Enero/2000, inscrito en fecha el 18/Febrero/2000, F-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$375,849.92 (Trescientos Setenta y Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Nueve Pesos con 92/100), de Fecha 21/Septiembre/2001, inscrito en fecha el 09/Octubre/2001, G-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$409,874.61 (Cuatrocientos Nueve Mil Ochocientos Setenta y Cuatro Pesos con 61/100), de Fecha 12/Julio/2002, inscrito en fecha el 01/Junio/1999, H-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$403,250.59 (Cuatrocientos Tres Mil Doscientos Cincuenta Pesos con 59/100), de Fecha 10/Julio/2003, inscrito en fecha el 28/Julio/2003, I-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$400,405.01 (Cuatrocientos Mil Cuatrocientos Cinco Mil Pesos con 01/100), de Fecha 24/Enero/2004, inscrito en fecha el 13/Febrero/2004, J-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$388,720.80 (Trecientos Ochenta y Ocho Mil Setecientos Veinte Pesos con 80/100), de Fecha 24/Enero/2004, inscrito en fecha, el 18/Enero/2005, K-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$1,150,412.25 (Un Millón Ciento Cincuenta Mil Cuatrocientos Doce Pesos con 25/100), de Fecha 06/Febrero/2007, inscrito en fecha el 18/Febrero/2008, L-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$1,126,730.21 (Un Millón Ciento Veintiséis Mil Setecientos Treinta Pesos con 21/100), de Fecha 09/Junio/2008,. inscrito en fecha el 26/Junio/2008, M-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$244,941.38 (Doscientos Cuarenta y Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Un Pesos con 38/100), de Fecha 20/Febrero/2009, inscrito en fecha el 09/Marzo/2009, N) Mandamiento de Pago por las suma de RD$791,919.95 (Setecientos Noventa y Un Mil Novecientos Diecinueve Pesos con 95/100), de Fecha 19/Marzo/2009, inscrito en fecha el 01/Junio/1999, Ñ-) Mandamiento de Pago por las suma de RD$1,035,795.32 (Un Millón Treinta y Cinco Mil Setecientos Noventa y Cinco Pesos Con 32/100 Centavo, de Fecha 17/Marzo/2009, inscrito en fecha el 19/Marzo/2009, en el Registro de Títulos de La Vega, que grava el inmueble siguiente: “El inmueble identificado como Solar 2, Manzana 23-A, Distrito Catastral No. 1, con una extensión superficial de 251.20 metros cuadrados, ubicado en el Municipio La Vega, Provincia La Vega, amparado por la Matrícula No. 0300001482. Que en virtud de haber recibido Alaver de manos del deudor el saldo total de la deuda, en fecha 06 de diciembre del 2016, por medio del presente acto, autoriza formalmente al Registro de Títulos correspondiente radiar o cancelar la inscripción hipotecaria que pesa sobre el inmueble Precitado, todos expedidos por el Registro de Títulos del Departamento de La Vega, a los fines de obtener los duplicados del acreedor correspondientes. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, Rep. Dominicana a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

De conformidad con las disposiciones de los artículos 158 y 169 de la Ley No 189-11, del 16 de julio del año 2011, sobre el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que la audiencia pública de pregones en la que, luego de dar lectura al Pliego de Condiciones, se procedería a la Venta en Pública Subasta de los inmuebles descritos más abajo, que debió celebrarse el día cuatro (4) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9.00 a.m.), por ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, conforme el aviso publicado en la Página 15, Sección Legal, del periódico “El Nuevo Diario”, de fecha veintitrés(23) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018),fue aplazada en virtud de la sentencia in-voce dictada por dicho Tribunal en la precitada fecha, fijando la audiencia para ser celebrada el día cuatro(4) del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9.00 a.m.), por ante el referido tribunal, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, en su salón de audiencias, ubicado en la primera planta del Palacio de Justicia de San Pedro de Macorís, sito en la calle Laureano Canto, No. 1, en la ciudad, municipio y provincia de San Pedro de Macorís, República Dominicana. Los bienes objeto de la referida Venta en Pública Subasta son los inmuebles propiedad de GULLIGAN DEVELOPMENT CORP., que se describen a continuación:

LIC. ALEXANDER CONCEPCION Abogado (ACFF-B040-OEA-DEV)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Hyundai, placa L176928, color blanco, chasis KMFXKN7BP1U432994, tipo carga, año 2001, propiedad ELIAS ANTONIO DOMINGUEZ, cédula 0020036803-3. FC 359673

PÉRDIDA DE CHAPA: de motocicleta, marca Kawasaki, modelo Z7P, año 1987, color verde, placa y registro NF6216, chasis JKBVNAR151A000733, a nombre de PONCIO RAFAEL TADEO SALCEDO VASQUEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo placa N210637, chasis L4UPCJ50161003472, marca Jinhao, modelo JH125-5, año 2006, color azul, propiedad de JORGE ELIAS LEINES RNANDEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2011, placa y registro A744499, chasis KMHEU41MBBA808369, a nombre de YU AUTO IMPORT, SRL,

PÉRDIDA DE PLACA: de autobús privado, marca Hyundai, color crema, año 2011, placa y registro I056972, chasis KMJHD17BPBC048049, a nombre de JUAN ACEVEDO MEDRANO.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki 120, placa G104074, color gris, tipo jeep, año 1986, chasis 116057, a nombre del señor JOSE AMERICO SANTOS SANTOS, cédula 056-0029135-4. FC 359709

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Toyota, modelo Corolla, color azul, año 1996, placa No. A346177, chasis 2T1BA02E1TC108829, a nombre de SEGUNDINA GONZALEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Foton, color blanco, año 2007, placa y registro L234732, chasis LVAEC5BA46B009496, a nombre de RENNY ALEXANDER GONZÁLEZ.

1. Unidad Funcional No. 508, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899 : 508, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 132.05 metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299567; 2. Unidad Funcional No. 512, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899 : 512, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 122.28 metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299571; 3. Unidad Funcional No. 513, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899 : 513, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 119.3 metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299572; 4. Unidad Funcional No. 600, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899: 600, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 270.7 metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299578; 5. Unidad Funcional No. 607, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899 : 607, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 127.35 metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299585; 6. Unidad Funcional No. 608, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899 : 608, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 132.05 metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299586; 7. Unidad Funcional No. 1006, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899: 1006, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 122.28metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299661; y 8. Unidad Funcional No. 1010, identificada con la Designación Catastral No. 405347517899: 1010, ubicada en Guayacanes, San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 132.05 metros cuadrados (mt2), amparado en la Matrícula No. 4000299665. Los inmuebles antes indicados han sido embargados a requerimiento de la entidad AIC INTERNATIONAL INVESTMENTS LIMITED, compañía organizada bajo las provisiones del Acta de Compañías Internacionales de Negocios (International Business CompaniesAct) mil novecientos noventa y uno (1991) de Barbados, con domicilio en Bush Hill y Bay Street, St. Michael, Barbados, y para el proceso con domicilio en República Dominicana en la oficina de abogados JIMÉNEZ CRUZ PEÑA, sita en el piso catorce (14) de la Torre Citi, ubicada en la avenida Winston Churchill, No. 1099, Sector Piantini, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, debidamente representada por el señor KIP R. THOMPSON, nacional de Trinidad y Tobago, mayor de edad, casado, portador del pasaporte de Trinidad y Tobago No. BA 004896, la cual tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los licenciados MARCOS PEÑA RODRÍGUEZ, ROSA E. DÍAZ ABREU, JULIO A. CANÓ ROLDÁN, FRANCISCO ÁLVAREZ AQUINO, CARLOS MOISÉS ALMONTE, FRANCISCO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, YURY MEJÍA MEDINA y SÓCRATES RODRÍGUEZ LÓPEZ, dominicanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001-0167246-7, 001-1119437-9, 0011775774-0, 001-0107678-4, 001-1139568-7, 001-1807198-4, 012-0070881-4 y 001-0128725-8, respectivamente, con estudio profesional permanente abierto en común en la Oficina de Abogados JIMÉNEZ CRUZ PEÑA, sita en el piso catorce (14) de la Torre Citi, ubicada en la Avenida Winston Churchill, No. 1099, del sector Piantini, ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, y con domicilio procesal ad-hoc en la ciudad de San Pedro de Macorís, Provincia del mismo nombre, en la Calle Altagracia, No. 39, Sector Villa Velásquez, Bufete de Abogados Reyes & Asociados, lugar este último donde la persiguiente y sus abogados han hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de este procedimiento de embargo inmobiliario y, por lo tanto, para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación. El referido embargo ha sido practicado en contra de las entidades: 1) METRO COUNTRY CLUB, S.A., compañía incorporada conforme las leyes de la República Dominicana, con Registro Mercantil No. 20307SD y Registro Nacional de Contribuyente (RNC) No. 1-01-60201-5, con domicilio social y asiento principal localizado en la Avenida Luperón, No. 10, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, en su calidad de deudora; y 2) GULLIGAN DEVELOPMENT CORP., compañía incorporada conforme las leyes de la República de Panamá, con Registro Mercantil No. 67765SD y Registro Nacional de Contribuyente (RNC) No. 1-30-59481-3, con domicilio social y asiento principal localizado en la Avenida Luperón, No. 10, Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, en su calidad de deudora y garante real. El Mandamiento de Pago tendente a Embargo Inmobiliario que dio inicio a este proceso de ejecución fue notificado a las entidades perseguidas y aquellos terceros con aparente relaciónconlos inmuebles objeto del mismo, el cual fue instrumentado al tenor del acto No. 497/2016, y cuya notificación inició el día veintinueve (29) del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016), instrumentado por el ministerial Ramón Villa, Alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia. Una vez convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por la expiración del plazo establecido por el artículo 153 de la referida Ley 189-11, fue inscrito por ante el Registro de Títulos de San Pedro de Macorís el día nueve (9) del mes de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), en estricto respeto del plazo previsto a tales fines por el artículo 154 de la misma Ley. En el Pliego de Condiciones que regirá la señalada Venta en Pública Subasta, depositado en fecha dieciséis (16) del mes de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), la persiguiente ha fijado el precio para la primera puja, para la venta conjunta y en un solo lote de los inmuebles embargados, en el monto de UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (US$1,621,284.00),al cual se añadirá la cantidad que sea aprobada, antes de que se realice la Venta en Pública Subasta, en relación al Estado de Costas y Honorarios depositado por los abogados de la persiguiente. Entre cada puja habrá un incremento no menor de Cincuenta Mil Dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$50,000.00).Se advierte que no se admitirán pujas sino por ministerio de abogado. Para poder licitar todo licitador deberá depositar previamente en la Secretaría del Tribunal apoderado de la Venta una garantía en efectivo, cheque certificado o de administración de una institución bancaria de reconocida solvencia, del diez por ciento (10%) del monto de la primera puja, ascendente a CIENTO SESENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 40/100 (US$162,128.40). Las entidades perseguidas y los terceros con aparente relación con los inmuebles embargados serán citados mediante acto de alguacil para presenciar la Venta en Pública Subasta. En la ciudad, municipio y provincia San Pedro de Macorís, a los diez(10) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

LCDA. ROSA E. DÍAZ ABREU Por sí y por los Lcdos. MARCOS PEÑA RODRÍGUEZ, JULIO A.CANÓ ROLDÁN, FRANCISCO ÁLVAREZ AQUINO, CARLOS MOISÉS ALMONTE, FRANCISCO ÁLVAREZ MARTÍNEZ, YURY MEJÍA MEDINA y SÓCRATES RODRÍGUEZ LÓPEZ Abogados de apoderados de AIC INTERNATIONAL INVESTMENTS LIMITED FC359727


MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se hace de público conocimiento que el día 27 de Julio del año 2018, a las 10:00 A.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro de la Manzana No. 59, del Distrito Catastral No.01, del Municipio de San José de Ocoa, provincia San José de Ocoa, con una extensión Superficial de (115.71 Mts.2). Este inmueble se encuentra ubicado en la calle 30 de Abril del municipio San José de Ocoa, a unos 30 metros al Oeste de la calle La Altagracia, identificado como Expediente No. 6642018038823, reclamante la SRA. MILAGROS ALTAGRACIA DE LOS SANTOS PRESINAL.

Se hace de público conocimiento que el día 21 de Julio del año 2018, a las 02:00 A.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la Parcela No.1679, del Distrito Catastral No.21, del Municipio de Cambita Garabitos, Provincia San Cristóbal, con una extensión Superficial de (629.23 Mts.2), Estando esta porción de terreno ubicada a unos 300 metros al Sureste de la Carretera la Colonia-Los Cacaos en el Pueblecito de la Colonia Cambita Garabitos, Identificado como Expediente No.6642018040984, propiedad del SR. REGIS ARIALDY ABREU SANTANA.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Se hace de público conocimiento que el día 27 de Julio del año 2018, a las 02:00 P.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA SANEAMIENTO, dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 08, del municipio de Baní, provincia Peravia, con una extensión superficial de (5,195.51 Mts.2). Este inmueble se encuentra ubicado en la carretera que va hacia la Caoba, a unos 115.00 metros al Sur del cruce que conduce la carretera hacia Yaguarizo, identificado como Expediente No. 6642018038793, reclamante la SRA. DULCE CHALA.

Se hace de público conocimiento que el día 20 de Julio del año 2018, a las 11:00 A.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la P. No. 411-B, del Distrito Catastral No.02, del Municipio de Baní, provincia Peravia, con una extensión superficial de (5,604.26 Mts.2). Este inmueble se encuentra ubicado aproximadamente 200 Mts., en dirección Sur-Oeste del tanque de agua de Playa Arriba. Identificado como Expediente No. 6642018039536, propiedad de la SRA. CELENIA ROSARIO FORTUNA, representada por la SRA. NERIS CUBILETE GONZALEZ.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

De conformidad con lo establecido por el párrafo del artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, de Divorcio, el señor FREDDY RAFAEL GONZALEZ BLOISE, quien es de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, militar, portador del pasaporte No. SC7510078, con domicilio y residencia en los Estados Unidos y accidentalmente en esta ciudad de La Vega, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. JUAN BENJAMIN JORGE PAULINO, titular de la cédula de identidad y electoral No. 047-0024846-3, con estudio profesional abierto en el número 20, de la calle Las Carreras a esquina Don Antonio Guzmán Fernández, antigua Restauración, de esta ciudad de La Vega, donde el requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto, por el presente Aviso le advierte a su legítima esposa señora ANGELA DEL CARMEN BORBON RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido se encontraba en el NO. 62, de la calle Coronel Franciscano Alberto Caamaño, del sector Guarionex, de esta ciudad de La Vega, y cuyo domicilio actual se desconoce, que a falta de información relativa del lugar de residencia actual, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día viernes que contaremos a trece (13) del mes de julio del año dos mil diez y ocho (2018), por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, a las diez (10:00 A.M.) horas de la mañana, para que comparezca a la audiencia que a puertas cerradas celebrará la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el día lunes que contaremos a veinte y tres (23) del mes de julio del año dos mil diez y ocho (2018), a las nueve (9:00 A.M.) de la mañana, Tribunal que celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la tercera planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, sito en la esquina que forman las avenidas García Godoy, Duvergé y Monseñor Panal, de esta ciudad de La Vega. La presente publicación ha sido autorizada por el LIC. JUAN BENJAMIN JORGE PAULINO, en su calidad de abogado constituido y apoderado especial del demandante. En la ciudad de La Vega, municipio y provincia de mismo nombre, a los seis (06) días del mes de julio del año dos mil diez y ocho (2018).

LIC. JUAN BENJAMIN JORGE PAULINO, Abogado. (AC-13537-WP-09-10-11/07/2018).

AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido aplazada para el día LUNES que contaremos a TRES (03) DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 A.M.) por ante la TERCERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, sito en la Avenida Las Palmas No.23, Las Palmas de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Parcela 36-A-SUB-1805 y sus mejoras, del Distrito Catastral No. 31, que tiene una superficie de 133.03 metros cuadrados, matrícula No.0100071776, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO (dentro del ámbito del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo).” El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la Republica Dominicana No.189-11 de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) ANICARLY GARCIA, americana, naturalizada dominicana, mayor de edad, soltera, empleada privada, con domicilio elegido en la Ciudad Satélite Duarte, Manzana 102, Casa Núm. 15, Vivienda Tipo Elena, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1926378-8, a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, y la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de UN MILLON DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS CON CUARENTA Y UN CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,012,356.41), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, conforme al Pliego de condiciones, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha diez (10) del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en el Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los diez (10) días de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Calle Benito Monción No. 158, Sector Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional Ad-Hoc: Ave. Las Palmas, Condominio Plaza Galaxia, Urbanización Galaxia. FP98371

Se hace de público conocimiento que el día 21 de Julio del año 2018, a las 11:00 A.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la Parcela No.1679, del Distrito Catastral No.21, del Municipio de Cambita Garabitos, Provincia San Cristóbal, con una extensión Superficial de (840.53 Mts.2), Estando esta porción de terreno ubicada a unos 320 metros al Sureste de la Carretera la Colonia-Los Cacaos en el Pueblecito de la Colonia Cambita Garabitos, Identificado como Expediente No.6642018040976, propiedad del SR. EDWAR ALFONSECA RUIZ.

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. Tel. 809-914-3760.

LIC. ANTONIO CARVAJAL MONTERO ABOGADO Av. Núñez de Cáceres No. 60, Apto. 201, Los Prados, Santo Domingo, D.N., Teléfonos: 809-549-6901/809-815-3772. AVISO DE PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 15 de marzo del 2018, la SEPTIMA SALA DEL TRIBUNAL DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dictó la sentencia civil No. 532-2018-SSEN-00484, relativa al expediente No. 532-2017-ECON-02389, la cual contiene el dispositivo que se copia íntegro a continuación: “FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por el señor BOLIVAR RODRIGUEZ REYES en contra de YAHINA PATRICIA MEJIA TAVERAS, por haberse interpuesta conforme al derecho. SEGUNDO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por ambas partes, por ser justas y reposar sobre prueba leal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores BOLIVAR RODRIGUEZ REYES y YAHINA PATRICIA MEJIA TAVERAS, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento. En fecha 30 de mayo del 2018, en curso la Oficialía del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció el divorcio admitido por dicha sentencia, el cual transcribió en el Libro de Divorcios No. 00003, bajo el Acta No. 000268, Folio No. 0149, del año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día 7 de julio del 2018.

LIC. ANTONIO CARVAJAL MONTERO, Por sí y por el LIC. FRANCISCO FELIZ ALCANTARA, Abogados constituidos del cónyuge demandante. FC 359708

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO

Se hace de público conocimiento que el día 20 de Julio del año 2018, a las 09:00 A.M., se daría inicios a los trabajos de MENSURA PARA DESLINDE, dentro de la P. No. 82, del Distrito Catastral No. 07, del Municipio de Baní, provincia Peravia, se va a deslindar una porción de terreno de (507.46 M2). Este inmueble se encuentra ubicado en Cañafistol a unos 30 mts., en Dirección Este de la calle Independencia, identificado como expediente No. 6642018038769, propiedad de los SRES. YANNETT MARGARITA JIMENEZ y CESARIO ANTONIO ORTIZ PUJOLS.

De conformidad con el párrafo único, del Art. 22 De la ley 1306 Bis, sobre divorcio; se hace de público conocimiento que la señora LUZ DEL CARMEN HERNANDEZ DIAZ, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1320167-7; domiciliada y residente en la calle Gabriela Mistral No. 7, del Residencial Cabirma del Este, de esta ciudad de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. JOSE MANUEL PEÑA POLANCO, dominicano, mayor de edad, abogado de los tribunales de la República, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0318111-1, domiciliado y residentes en esta ciudad de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con estudio profesional abierto en la Carretera Mella Km. 7 ½, Plaza Willamart, Local No. 204, El Brisal, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; República Dominicana, donde la señora LUZ DEL CARMEN HERNANDEZ DIAZ hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, dicha señora participa y hace saber a su legítimo esposo señor THOMAS HUBERT MICHAEL WENINGER, de nacionalidad Austriaca, esto es nacional de AUSTRIA, mayor de edad, casado, portador del pasaporte No. V0255783, cuyo último domicilio conocido era calle Cachón de Rubia No. 31, del sector Lucerna, de esta ciudad de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, y que debido a que se desconoce su actual domicilio, la señora LUZ DEL CARMEN HERNANDEZ DIAZ, procederá a emplazarla para el día martes, que contaremos a catorce (14) de Agosto de año Dos Mil Dieciocho (2018), por ante la Cámara Civil y Comercial, del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, Cuarta Sala, en atribuciones de tribunal de familia, a la audiencia civil a puertas cerradas que celebrará dicho tribunal en sus salones de audiencias sito en la calle Hermana Carmelita de San José (antigua calle 17) No. 3, del ensanche Ozama, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana. Advirtiéndole al señor JOSE LUIS REYES, que de no estar presente o representado en dicha audiencia se solicitará el pronunciamiento del defecto en su contra. En la ciudad de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a los seis (06) días del mes de Julio del año Dos Mil dieciocho (2018).

AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor Contratista. Codia 27077. Tel. 809-914-3760. AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO. Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de una porción de terreno con una superficie de VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADO (26,233.00 M2), identificado con el No. de parcela 66 del Distrito Catastral No. 3 de la ciudad esperanza, provincia Valverde, sitio y lugar de Maizal, propiedad de los señores AQUILINO CRUZ Y LUCIA RODRIGUEZ SANCHEZ, dominicanos, mayores de edad, solteros, con cedulas de identidad y electoral Nos. 033-0013892-6 Y 031-0358707-1, domiciliados y residentes en Distrito Municipal de Maizal, municipio de Esperanza, provincia Valverde y accidentalmente en esta ciudad de Santiago, provincia Santiago de los caballeros; República Dominicana. A los nueve días (9) del mes julio del año dos mil dieciocho (2018).

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que establece el Art. 92 Párrafo III Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de las Constancias Anotadas, Matrícula No. 3000363473 que amparan los derechos de una porción de Terrero con una extensión superficial de TRESCIENTOS (3000) METROS CUADRADOS identificado como solar No. 19, de la Manzana No. 1471, del Distrito Catastral No. 1, de Santo Domingo, cuyos derechos se encuentran, registrados a favor del señor RUBEN DARIO MOREL MARTÍNEZ. Declarante RAMÓN ANTONIO ENCARNACION ENCARNACIÓN.

LIC. JOSE MANUEL PEÑA POLANCO, Abogado Apoderado. FC 359682

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la Ley No. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por la Ley 2153 de 1949, el señor ANGEL QUEZADA, Estadounidense, mayor de edad, titular del pasaporte No.521824089, domiciliado y residente en el Estado de la Florida, Estados Unidos de Norte América y con domicilio Ad-Hoc en la Ave. Bolívar No. 507, Condominio San Jorge, Apto. 202, Sector Gazcue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, quién tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JUAN MANUEL HERNANDEZ BURET, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1883785-5, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, con estudio profesional abierto en la Ave. Bolívar No. 507, Condominio San Jorge, Apto. 202, Sector Gazcue de esta, Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, atendiendo a que la señora MARIA CHARO DEL ROSARIO MORA, no tiene domicilio ni residencia conocida en la República Dominicana, y para darle cumplimiento a lo que establece nuestra normativa Procesal Civil, procederemos a emplazar a la señora MARIA CHARO DEL ROSARIO MORA, conforme lo establece el numeral 7mo. Del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil Dominicano. ADVIERTE a su legítima esposa señora MARIA CHARO DEL ROSARIO MORA, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional el día Viernes Trece (13) del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a fin de que comparezca a su despacho, sito en la 1ra. Planta del Palacio de Justicia , Ciudad Nueva, ubicado en la calle Fabio Fiallo Esq. Beller, Santo domingo, Distrito Nacional, así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido de la demandada, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEXTA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, sito en el Tribunal de Familia del Distrito Nacional, ubicado en la Calle Socorro Sánchez No.68, Esq. Santiago, Sector Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, el día Treinta y Uno (31) del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los Nueve (9) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

FC 359711

LIC. JUAN MANUEL HERNANDEZ BURET, Apoderado.


MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

A la cuarta resolución de la asamblea constitutiva celebrada el 02 (dos) de Julio del año 2018 (dos mil diez y ocho), procedemos a publicar el extracto de esa asamblea constitutiva. TRANSPORTE ASI LO QUISO DIOS CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO RD$100,000.00 CAPITAL SUCRITO Y PAGADO RD$100,000.00

PUBLICACION DE DIVORCIO

Municipio de Sabana Yegua, Provincia de Azua de Compostela a los 02 (dos días del mes de Julio del año 2018 (dos mil diez y ocho).

De conformidad con las disposiciones del Artículo 42, contenidas en la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en fecha Cuatro (04) del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), la sexta Sala, para asuntos de familias de la cámara civil y comercia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó en sus atribuciones civiles, la Sentencia de Divorcio marcada con el No. 531-2018 SSEN-01092 así como también e1 NCI num.531-2018-ECO-00910, cuyo dispositivo copiado textualmente dice lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la Presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Rafael Anibal Soto Castro Y Ana Lisette Aquino, de conformidad con el acto de convención y de Estipulación de Divorcio No. l 16/2018, instrumentado en fecha 22 de mes de marzo del 2018, por ante el Dr. Evaristo Coco Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al oficial del estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmado:Scarlet R. Vargas Rossis, Juez Suplente; Mirtha M. De la Cruz Díaz, secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la juez de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y Publicada por la Secretaria que certificada. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día 15 mes junio del año 2018, bajo el libro letra DGAJ, Folio No.2018-12445 Mirtha M. De la Cruz Díaz Secretaria El presente divorcio fue pronunciado en fecha Veintinueve (29) del Mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018) por ante el Oficial del Estado Civil de la 6sexta Circunscripción, Distrito Nacional, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, inscrito en el Registro de los Divorcios libro No.00003, folio No.-0105, Acta No.000253, de fecha seis (06) del Mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018). Distrito Nacional, capital de la, República Dominicana, a los nueve (-09) días del Mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018 ).

RAMONA DEISI PIMENTEL ORTIZ Gerente

Licda. Ramona Antonia Martínez Florimón Abogado Apoderada

De acuerdo a al establecido a la ley de sociedades comerciales y empresas individuales de responsabilidad limitada no.479-08 y sus modificaciones, se hace de general conocimiento que: la sociedad TRANSPORTE ASI LO QUISO DIOS SRL, fue constituida en fecha 8 de junio del 2015 en asamblea constitutiva celebrada en esa fecha, aprobando los estatutos sociales que regirán para la sociedad por lo cual es una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. La sociedad tiene como objeto principal el transporte de carga en todo el territorio nacional. Así mismo podrá dedicarse al transporte de pasajeros. El domicilio Residente y domiciliado se reunió en la Calle Ramón Reyes No.67, Proyecto D-1 Ganadero, municipio de Sabana Yegua, Provincia de Azua de Compostela, Republica Dominicana, podrá establecer sucursales y dependencias en cualquier localidad del país y del extranjero de acuerdo con las necesidades y requerimientos de la sociedad y del mercado en el cual se desarrolle. Se designa a RAMONA DEISI PIMENTEL ORTIZ cedula de identidad y electoral numero 010-0026799-5, como gerente en función de gerente general, quien dirigirá la sociedad como lo establece este estatuto social Y Se designa a ZOILO DILANO PEREZ, Cedula de identidad y electoral numero 0100027282-1, como gerente de la sociedad, quien tendrá las mismas funciones que el gerente general ya establecida en estos estatutos cuando el gerente en función de gerente general le delegue o esté ausente por enfermedad o fuera del país.

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PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306 (Bis), sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 28 de Septiembre del año 2017, la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de 1a Provincia Santo Domingo, dictó en su atribuciones civiles la sentencia de divorcio marcada con el No. 1445-2017-SSEN-00160 y 1a resolución No. 1445-2018-SRES-00078 cuyos dispositivos son los siguientes: Sentencia Civil No. 1445-2017-SSEN-00160. FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra del señor José Manuel Encarnación Otaño, por no comparecer, no obstante emplazamiento legal. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por la señora Rosa Herminia Segura Balbuena, en contra del señor José Manuel Encarnación Otaño, por haber sido interpuesta la misma conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, ACOGE la misma, en consecuencia, ADMITE el divorcio entre los señores Rosa Herminia Segura Balbuena y José Manuel Encarnación Otaño, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, relativo al matrimonio suscrito en fecha Veinticuatro (24) del mes de Febrero del año Dos Mil Nueve (2009), e inscrito en el Libro No. 00003, de registros de Matrimonio civil, folio No. 0042, Acta No. 000242, año 2009, en la Oficialía Civil de la 15TA. Circunscripción de Santo Domingo Oeste; en razón de las consideraciones expuestas en la parte motivacional de esta decisión. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento de este divorcio por ante el Oficial del Estado Civil de la 16VA Circunscripción Los Alcarrizos, una vez finalizado el plazo de dos meses de la acción recursiva correspondiente, sin que este se haya ejercido, esto así conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley núm. 1306-BIS. QUINTO: COMPENSA las costas por tratarse de litis en materia de familia. Resolución Núm. 14452018-SRES-00078 RESUELVE: ÚNICO: Ordena la corrección del error involuntario material contenido en la Sentencia No. 14452017-SSEN-00160 de fecha Veintiocho (28) de Septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), relativa de la Demanda en divorcio por incompatibilidad de caracteres, impuesta por el Lic. Jairo Mercedes Fernández, en fecha dos (02) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), a los fines de que se establezcan en la sentencia, donde se hace mención el nombre de la demandante señora Rosa Herminia Segura, que es incorrecto, para que en lo adelante se coloque Rosa Herminia Segura Balbuena, que es lo correcto” El presente divorcio fue pronunciado y transcrito en forma legal, en fecha 6 de Julio del 2018, por el Oficial del Estado Civil de la 16VA. Circunscripción de Los Alcarrizos, MAIDA MARIA DE JESUS FELIPE, en el Libro No. 00001, Folio No. 0085, Acta No. 000043, Año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, D. N, de la República Dominicana, a los Diez (10) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Ha sido aplazada para el día viernes, que contaremos a 27 de julio del año Dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), por ante la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias dicho tribunal, sito: en uno de los salones del edificio situado en la calle Presidente Vásquez No. 23, Ensanche Ozama, Ciudad y Municipio de Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, La Venta en Pública Subasta, al Mayor Postor y Ultimo Subastador, de los bienes inmuebles, con sus mejoras, que se describen a continuación: A) Inmueble identificado como 036400181682, Solar S/S, Manzana S/M, Parcela: 337-C1- C5-D, Título: 842298 de fecha 26/03/1984, Dist. Catastral: 32 Núm. Apart.: N/T, Provincia Santo Domingo, municipio Boca Chica, Sector Boca Chica (CENTRO), Área terreno (m2) 427.40, Área mejora (m2) 140. B) Inmueble identificado como: 03640127948-l, solar SS, Manzana S.M. parcela: 337-C-1-C-5-A-65-REF-003-313, Título: 0100016998 de fecha 02/11/2012, Dist. Catastral: 32, Núm. Apart.: N/T, Provincia Santo Domingo, Municipio: Boca Chica, Sector: Boca Chica (CENTRO), Área terreno (m2):1632.47, área mejora (m2): 220. C) Inmueble identificado como: 036401305814, solar SS, Manzana SM, Parcela: 337-C-1-C-5D, Título: 0 de fecha 15/2/1999, Dist. Catastral: 32, Núm. Apart. N/T, Provincia Santo Domingo, Municipio: Boca Chica, Sector: Boca Chica (CENTRO), área terreno (m2): 598, área mejora: 140, lugar donde funciona el Restaurant Casa Club Neptunos. Los inmuebles antes descritos fueron embargados en fecha dos (2) de abril del 2018, de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Fomento Agrícola No. 6186 del 12 de febrero del 1963, en perjuicio de CASA CLUB NEPTUNOS SRL, RNC No. 1-01682282, con su domicilio en la calle Duarte No. 12, Ciudad y Municipio de Boca Chica, Provincia de Santo Domingo; a persecución del Dr. Reynaldo de Los Santos, dominicano, mayor de edad, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0326934-6, con su domicilio en la calle 5ta. casi esquina calle Club Activo 20-30, Alma Rosa II, Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial el Lic. Flavio L. Bautista T., dominicano, mayor de edad, abogado, portador de la cédula de identidad y electora No. 001-1019278-8, con Estudio Profesional abierto en la calle 5ta. casi esquina calle Club Activo 20-30, Alma Rosa II, Santo Domingo Este, Provincia de Santo Domingo; y la Venta en Pública Subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para la Primera Puja ha sido fijado en la suma de RD$26,650.00 (veinte y seis mil, seiscientos cincuenta peso dominicano con 00/100), que es el monto a que asciende la deuda principal, sin perjuicio de las partidas por concepto de intereses, impuestos, recargos, gastos y honorarios del procedimiento vencidos o por vencer; hasta la adjudicación, conforme al articulo Décimo Noveno de dicho Pliego, tal como fue advertido en Aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición del dia martes 24 de abril del año Dos mil dieciocho (2018). En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los nueve (9) días del mes de julio del año Dos mil dieciocho (2018).

LIC. JAIRO MERCEDES FERNANDEZ Abogado Actuante

LIC. FLAVIO L. BAUTISTA, Abogado del Persiguiente.

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AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No.1306, Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: a) Que en fecha Veintiséis (26) del mes de abril del año 2018, La Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No.532-2018-SSEN-00808 se ordenó lo siguiente: “F A L L A” PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Alejo Paniagua Rosario y Pamela Argentina Moreno Peña, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: Declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Alejo Paniagua Rosario y Pamela Argentina Moreno Peña, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 1, instrumentado en fecha 8 de enero del 2018, por la Dra. Isabel Consuelo Paulino Paulino, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. TERCERO: Que por tratarse de una acción promovida entre cónyuges procede la compensación de las costas. CUARTO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez. La presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado Pedro Marcial Ramírez Salcé, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Magalis Ana Iris Santana Melenciano, Secretaria. Yo, Magalis Ana Iris Santana Melenciano. Secretaria de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Certifico que la presente copia es fiel y conforme a su original contenida en el Expediente No.532-18-00612, sobre la demanda de Divorcio por Mutuo Consentimiento, interpuesta por los señores Alejo Paniagua Rosario y Pamela Argentina Moreno Peña, el cual reposa en los archivos a mi cargo. En la ciudad de Santo Domingo, D.N., a los 10 días del mes de Mayo del 2018. Magalis Ana Iris Santana Melenciano. Secretaria, y la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día seis (6) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), Letra DG-AJ, Registro No.2018-1 1582. Así mismo se hace saber que en fecha Once (11) de junio del año 2018, el Oficial Suplente del Estado Civil de 11va. Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida Sentencia en el Libro No.00003, Folio No.0155, bajo el Acta No.000271, Sentencia No.532-2018-SSEN00808, de fecha 26 de abril del año 2018, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Nueve (9) días del mes de Julio, del año 2018.

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“NO ERA NECESARIO” Asociación sin Fines de Lucro Domicilio Social: calle Santiago No. 26, Plaza Bambú, local 1-A, sector Gascue, ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Tipo de Asociación: De beneficio público o Servicio a terceras personas. AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento con las disposiciones del Articulo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante Resolución No. 00012, de fecha 27 del mes de junio 2018, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro “NO ERA NECESARIO”. Los documentos constitutivos de dicha Asociación establecen, entre otras disposiciones, las siguientes: I.- Objeto: La presente asociación, es una institución sin fines de lucro cuyo objeto principal es favorecer desde un enfoque social, las condiciones para que las mujeres en edad de la adolescencia con embarazo precoz y niños abandonados o en pobreza extrema, puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a través de programas educaciones, formativas/educativas de entretenimiento, tales como: escuelas de estudio cinematográfico, acción, dirección o producción musical, entre otros. Defender la igualdad efectiva de las mujeres y niñas con embarazos precoz, desde una perspectiva de derechos humanos, con especial atención a los principios de no discriminación, igualdad de oportunidades, inclusión en la comunidad, vida independiente y acción positiva, proponiendo medidas de acción positivas y mejorando sus condiciones de vida y de ciudadanía; II.Miembros fundadores: Sres. Henry Miguel Sosa Esther, Yorleth Cristina Del Mar Romero, Eugenio Peguero Polanco, Edwin Eliezer Flandes Concepción y Carlos Manuel Fulgencio Carvajal; III.- Funcionarios que representan a la Asociación frente a terceras personas: Miembros de la Junta Directiva, a saber: Sres. Henry Miguel Sosa Esther, presidente, Edwin Eliezer Flandes Concepción, vicepresidente y Carlos Manuel Fulgencio Carvajal, secretario general; IV.- Duración de la Asociación: Indefinida; V.- Número de funcionarios: Tres (3). En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Henry Miguel Sosa Esther, Presidente de la Junta Directiva de la Asociación sin Fines de Lucro “NO ERA NECESARIO”.

LICDA. ARIDIA PAULINO ABOGADA FC359735

LEGAL 19

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AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor MIGUEL ANGEL DE JESUS GARCIA GUTIERREZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2220102-8, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norteamérica y accidentalmente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, le advierte a su esposa ARIELIS MERCEDES SANCHEZ PEÑA, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Carlos de Lora No. 26, del Reparto Peralta, Santiago, que a falta de información de su residencia y domicilio actual en este país, por medio de su abogado constituido y apoderado especial el LIC. LUIS ROSA VALERIO, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0206995-6 y matriculado y al día en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, bajo el No. 11682-155-92, con estudio profesional abierto en la calle 2, casa No. 10, 2do. Nivel, de Villa Gloria, Cien Fuego de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, procederá a emplazarla el día veinte (20) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), en acción de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal de Santiago, con su oficina ubicada en uno de los salones del primer nivel del Palacio de Justicia Federico Carlos Alvarez, ubicado en la Manzana formada por las avenida 27 de Febrero, Circunvalación y las calles E. Guerrero y Ramón E. García del sector ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, para que comparezca a la audiencia a puertas cerradas el día dos (2) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), a las 11:00 horas de la mañana, por ante la Quinta Sala para Asuntos de Familia de Santiago, ubicada en el primer nivel del Palacio de Justicia Federico Carlos Alvarez de esta ciudad de Santiago. En la ciudad de Santiago, a los ocho (08) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. LUIS ROSA VALERIO, Abogado de la parte demandante.

AVISO EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO En Cumplimiento de las disposiciones consagrada por la Ley 1306-Bis, en su artículo 22, y su párrafo, agregado por la Ley No. 2153, se hace de público conocimiento que el señor RAFAEL ANTONIO SOSA, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0310038988-5, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros; quien tiene como Abogado al LIC. LUCIANO ANTONIO BARE GUZMÁN, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 031-0329164-1, abogado de los tribunales de la República, matriculado en el Colegio de Abogado con el No. 34482-75-1, con estudio profesional abierto en la calle Anselmo Copello No. 70, barrio Tabacalera, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros; quien por medio del presente acto ADVIERTE, a su legitima esposa, señora DOMINGA SANCHEZ, que a falta de cualquier información relativa al lugar de su domicilio y residencia actual, se procederá a EMPLAZARLA en acción en divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres y Domicilio Desconocido, mediante notificación en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, el día 12 del mes de julio del año 2018, a fin de que comparezca en la forma legal a la audiencia que celebrará a puerta cerrada la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el día que contaremos a veintitrés (23) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), a las NUEVE (9:00) horas de la mañana, en su local ubicado en la tercera planta del Palacio de Justicia, sito en la calle García Godoy, esquina Duvergé, de la ciudad de La Vega. La presente publicación es autorizada por el infrascrito, abogado constituido y apoderado especial del esposo demandante. En la ciudad de La Vega, Municipio y Provincia de La Vega, República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. LUCIANO ANTONIO BARE GUZMAN, Abogado del Esposo Demandante. (RO-17601-RDT-09-10-11/07/2018)

UNION COMERCIAL CONSOLIDADA, S. A. Capital social autorizado…..RD$30,000,000.00 Capital suscrito y pagado…..RD$24,478,700.00 CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 del estatuto social de la sociedad de comercio UNION COMERCIAL CONSOLIDADA, S. A., persona moral constituida de conformidad con las disposiciones legales que rigen la materia, Registro Nacional de Contribuyente -RNC- Núm.1-01-70217-6, Registro Mercantil Núm.15798SD, con domicilio social en el Núm.390, Avenida Isabel Aguiar, Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo; se CONVOCA a todos los accionistas, para que el día VIERNES que contaremos a VEINTISIETE (27) de JULIO del año en curso (2018), a las seis horas de la tarde (6:00 P.M.), asistan a la celebración de la asamblea general ordinaria anual que habrá de efectuarse en el Hotel Barceló Santo Domingo (Antiguo Lina), salón Acuario, sito en el Núm. 53, Avenida Máximo Gómez esquina Avenida 27 Febrero, Santo Domingo, Distrito Nacional; a fin de conocer de la siguiente agenda: PRIMERO : Informe del Consejo de Administración. SEGUNDO : Informe del Comisario de Cuentas. TERCERO : Aprobación, si a lugar, de la gestión del Consejo de Administración, del Presidente, del Balance y de las Cuentas. CUARTO : Destino, si a lugar, de los beneficios del período 2017-2018. QUINTO : Elección del Consejo de Administración. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Raúl Hernández Castaños Presidente


MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL AVISO DE MENSURA Expediente No. 6632018023146, en virtud de autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Dpto. Central, de fecha 25 de JUNIO del 2018, se hace de público conocimiento que el día 14 de JULIO del 2018, a las 10:00 A.M., iniciaremos los trabajos de Deslinde en el ámbito de la P. No. 17 del D.C. No. 17 del Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, a petición de su Propietario MAXIMO ALFREDO HERNANDEZ ZORRILLA.

Agrim. GUSTAVO ALBERTO BUENO CORONADO, Codia 10425.

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 265745, expedido por el BANCO BHD, S.A., a favor de GILDA GARCIA y/o RUBEN DE JESUS, en fecha 25 del mes de mayo del año 2010, por la suma de $4,342,100. FC 359721

AVISO A QUIEN TENGA INTERES PUBLICO

AVISO MENSURA CATASTRAL

En fiel cumplimiento con el Art. No. 75 del R.G.M.C., se avisa que a las 10:00 A.M. del día: 25 de Julio del año 2018, se dará inicio a acto del levantamiento parcelario del Deslinde ubicado dentro de la P. No. 34, D. C. No. 21, Provincia: Santo Domingo y Municipio Pedro Brand, a petición de ANA HILDA AYBAR OVALLES Y BERNARDA AYBAR OVALLES; Investido por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Dpto. Central con el carácter de Oficial Público, mediante Autorización No.6632018022727 de fecha: 21 del mes de Junio del año 2018.

EXP. 662201806318. Se avisa que el día 02 de julio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el saneamiento de 517.65m2 en el D.C. 01, ubicada en la calle Federico Pichardo No.36, próximo al parque del municipio de Jánico, Prov. Santiago, autorización de mensuras de fecha 14/06/2018, propiedad de MARIA VIVIANA INFANTE PEREZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

Leopoldo Alburquerque Medina, Agrimensor-Codia No. 22877. Tel. (809) 877-9450.

TIBERIO ANTONIO CABRERA CRUZ, Agrimensor Contratista. CODIA 27514. (AC-13545-PC)

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

AVISO DE PÉRDIDA DE CHEQUE

Se hace de público conocimiento, que el día martes 24 de julio del 2018, a las 10:00 a.m. se realizarán los trabajos de deslinde en el ámbito de la P. No. 87 del D.C. 18 del municipio de Santo Domingo Norte, a petición del señor Wilson Antonio Santos Vásquez, expediente No. 6632018018657.

AGRIM. DONNY SANTOS VARGAS, CODIA No. 27710. TEL. (809)771-6078. PERDIDA DE CERTIFICADO DE APORTACIONES

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Aportaciones No. 18765, de la COOPERATIVA CENTRAL, a nombre de Juan Augusto Féliz Lapaix, cédula No. 012-0076968-3. San Juan de la Maguana.

Se hace de público, conocimiento que se ha extraviado el Cheque No. 003403, de fecha de apertura 16/3/2018, expedido por el BHD LEÓN, por la suma de RD$172,500.00 (CIENTO SETENTA Y DOSMIL QUINIENTOS PESOS DOMINICANOS), a favor de COLECTOR DE IMPUESTOS INTERNOS.

Se hace de público conocimiento que el día 16 de Julio del año 2018, a las 08:00 A.M., se dará inicio al levantamiento parcelario relativo a Deslinde a realizarse dentro del ámbito de la Parcela No. 04, del DC No. 01, Municipio de Ramón Santana, Provincia San Pedro de Macorís, a solicitud del señor JESUS MANUEL FERIS FERRUS en representación de la compañía TENEDORA SEJALVO S.R.L. según autorización de fecha 05/07/2018, expediente No. 6642018041204.

VICENTE CASTILLO ROBLES, Agrimensor Contratista, CODIA: 8807.

AVISO DE MENSURA CATASTRAL

AGRIM. SONY ALBERTO ACOSTA CASTRO, Codia 12559. FC 359722

Raúl Hernández Castaños Gerente General

De acuerdo a lo establecido por La Ley No. 122-05 del 8 de abril Del 2005, sobre Regulación y fomento de las Asociaciones Sin Fines de lucro en la República Dominicana, en su Párrafo II, dice que: En el mismo término de un (1) mes se publicará en un periódico de circulación nacional, un extracto de los documentos constitutivos y de los documentos anexos. Se hace de conocimiento general el proyecto de Incorporación de la sociedad sin fines de lucro, La FUNDACION DIFFERENT VISION FOUNDATION (DIVIFOU), la misma está regida por las leyes de la República Dominicana y los Estatutos. Esta Fundación tiene Como objeto, propiciar espacios de capacitación y crecimiento en favor de la juventud, para que desarrollen una visión diferente de su entorno e impulsen de manera diferente las soluciones necesarias para beneficiar sus comunidades, entre otras cosas. El Domicilio principal estará ubicado en la calle Monseñor Panal No.4, del Sector Villa Real, de esta ciudad de La Vega. Duración: Esta Fundación se constituye por tiempo indefinido. A partir de la certificación del decreto o Resolución No.0010-2018, emitido por el Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, del 22 de Junio del 2018 y/o de esta publicación. Esta Fundación sin fines de lucro, estará dirigida por:

Expediente No. 662201807059 Cumpliendo con el artículo 75 y 137, del Reglamento General de Mensura Catastrales, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO, que el día 25 del mes de Julio del año 2018 a las 10:00 A.M. daremos inicio a los trabajos de DESLINDE dentro de la parcela No. 1-A, del D.C. No. 05, del Municipio de Loma de Cabrera, Provincia Dajabón, propietario: JUAN HERNANDEZ, para cualquier información comunicarse con el agrimensor contratista, al Teléfono No. 809-865-6017, dicha porción está ubicada a 200 metros al Oeste de la Casa de la Diputada Yna, Entrando a la derecha. Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los 04 días del mes de julio del año 2018.

Se hace de público conocimiento que el día 24 de julio del 2018, a las 10:00 A. M., se realizarán los trabajos de Deslinde dentro del ámbito de la Parcela No. 78-H, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en la Calle s/n, sector Prado Oriental, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a requerimiento del SR. MIGUEL ANGEL PEÑA FERNANDEZ, debidamente representado por el señor JUAN OSVALDO PEÑA FERNANDEZ, mediante Autorización de Expediente No. 6632018023618, de fecha 27 de junio del año 2018, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Central.

Informe del Consejo de Gerencia. Informe de los Comisarios de Cuentas. Aprobación, si a lugar, de la gestión del Consejo de Gerencia, del Presidente, del Balance y de las Cuentas. Destino, si a lugar, de los beneficios del período 2017-2018. CUARTO : QUINTO : Elección del Consejo de Gerencia. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Se hace de público conocimiento que el día 16 de Julio del año 2018, a las 02:00 P.M., se dará inicio al levantamiento parcelario relativo a Deslinde a realizarse dentro del ámbito de la Parcela No. 163, del DC No. 06, Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a solicitud de la señora YUDELKIS YOKASTA RAMIREZ GUZMAN en representación del señor OSVALDO ANTONIO VICIOSO RIVERA según autorización de fecha 05/07/2018, expediente No.6632018025238.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

FC 359713

PRIMERO : SEGUNDO : TERCERO :

AVISO DE INCORPORACION

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

Visado: Director General de Mensuras Catastrales Departamento Norte. ROMMEL MATIAS FERNANDEZ TAVAREZ, Codia: 35624. Agrimensor Contratista.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 del estatuto social de la sociedad de comercio CENTRO COMERCIAL FARMACIA ENRIQUILLO, S.R.L., persona moral constituida de conformidad con las disposiciones legales que rigen la materia, Registro Nacional de Contribuyente -RNC- Núm. 1-01-586575, Registro Mercantil Núm.30403SD, con domicilio social en el Núm.390, Avenida Isabel Aguiar, Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo; se CONVOCA a todos los accionistas, para que el díaVIERNES que contaremos a VEINTISIETE (27) de JULIO del año en curso (2018), a las diez horas de la mañana (10:00 A.M.), asistan a la celebración de la asamblea general ordinaria anual que habrá de efectuarse en su preindicado domicilio social; a fin de conocer de la siguiente agenda:

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

VICENTE CASTILLO ROBLES, Agrimensor Contratista, CODIA: 8807.

FP 98362

CENTRO COMERCIAL FARMACIA ENRIQUILLO, S.R.L. Capital social… RD$8,000,000.00 CONVOCATORIA

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 92, párrafo 3 de la ley No. 105-05 y en el literal b del artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos se hace de público conocimiento que se ha extraviado la Constancia Anotada de Certificado de Titulo Libro No.0299, Folio No. 114, relativo a la Parcela No. 328-A-117, del D. C. No. 8, de San Cristóbal, con una extensión superficial de 88.50 metros cuadrados, expedido a favor de la Señora MARIA DOMINGA TURBI. FC359736

1: ELMERK JONAS GOMEZ MANCEBO: PRESIDENTE 2: ELBERT ABIUD CORNIELL CACERES: VICE-PRESIDENTE 3: LUIS FLIPE GOMEZ ESPINAL: DIRECTOR EJECUTIVO 4: FREDDERY SANTOS PEÑA: DIRECTOR DE COMUNICACION 5;JUAN BISMARCH GOMEZ MANCEBO: ENCARGADO DE FINANZAS 6: NATIVIDAD MANCEBO ESPINOSA: SECRETARIA GENERAL 7.-CARLA ALTAGRACIA CAPELIAN FAÑA: SECRETARIA DE ORGANIZACION 8: CHRISTOPHER ABARUA HERNANDEZ: RELACIONES EXTERIORES 9: ARQUIDANIA MARIA ACOSTA DE LA CRUZ: PRIMER VOCAL 10: MAXIMA ANTONIA MANCEBO ESPINOSA: SEGUNDO VOCAL 11: ROBERT LEONARDO MARTE ARAUJO: TERCER VOCAL 12:JEFRY HERNANDEZ HOLGUIN: EMPRENDIMIENTO 13: PAOLA DE LA ROSA PEREZ: ASUNTOS DE SALUD 14: KATHERINE ESMELYN ACEVEDO HOLGUIN: ASUNTOS DE MEDIO AMBIENTE 15: ANABEL PICHARDO CONTRERAS: ASUNTOS EDUCATIVOS 16: ANDERSON JOSE HEREDIA MARTE: ASUNTOS DE DEPORTES 17: YORDANIA ALTAGRACIA GIL MELENDEZ: ASUNTOS DE PROTOCOLO 18: DIONYS DE JESUS HERNANDEZ ALCANTARA: ASUNTOS TECNICOS 19.-GENESIS DEL CARMEN AYALA: ASUNTOS DE LA MUJER 20. JESIEL STEVEN FELIPE RODRIGUEZ: ASUNTOS DE LA JUVENTUD 21: ELIAS DE LA CRUZ MATOS: ASUNTOS DE CULTURA.

ELMERK JONAS GOMEZ MANCEBO Presidente


MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título de una porción de terreno con una superficie de VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADO (26,233.00 M2), identificado con el No. de parcela 66 del Distrito Catastral No. 3 de la ciudad esperanza, provincia Valverde, sitio y lugar de Maizal, propiedad de los señores AQUILINO CRUZ Y LUCIA RODRIGUEZ SANCHEZ, dominicanos, mayores de edad, solteros, con cedulas de identidad y electoral Nos. 033-0013892-6 Y 031-0358707-1, domiciliados y residentes en Distrito Municipal de Maizal, municipio de Esperanza, provincia Valverde y accidentalmente en esta ciudad de Santiago, provincia Santiago de los caballeros; República Dominicana. A los nueve días (9) del mes julio del año dos mil dieciocho (2018).

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

PUBLICACION PERDIDA CHEQUE DE ADMINISTRACION

En virtud de lo que establece el Art. 92 Párrafo III Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida de las Constancias Anotadas, Matrícula No. 3000363473 que amparan los derechos de una porción de Terrero con una extensión superficial de TRESCIENTOS (3000) METROS CUADRADOS identificado como solar No. 19, de la Manzana No. 1471, del Distrito Catastral No. 1, de Santo Domingo, cuyos derechos se encuentran, registrados a favor del señor RUBEN DARIO MOREL MARTÍNEZ. Declarante RAMÓN ANTONIO ENCARNACION ENCARNACIÓN.

Se avisa la pérdida del CHEQUE DE ADMINISTRACION NUMERO 02386712, por la suma de RD$150,000.00, de fecha 9 de Febrero del año 2018, emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, a favor del COLECTOR DE IMPUESTOS INTERNOS, para fines de pago de impuestos por transferencia inmobiliaria casa Los Colegios, Santiago, R.D., HECTOR COROMINAS, CEDULA NO. 00101953214.

PUBLICACIÓN POR DETERIORO DE CERTIFICADO DE TITULO DUPLICADO DEL DUEÑO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

De conformidad con las disposiciones del artículo No.86, del Reglamento de Registro de Títulos y de la Ley No.108-05, de Jurisdicción Inmobiliaria, se hace de público conocimiento que se ha deteriorado físicamente el Certificado de Título, No.92-5763 (Duplicado del Dueño), que ampara el derecho de propiedad del “Solar No.22 (Veintidós), de la Manzana No.4811 (Cuatro Mil ochocientos once), del Distrito Catastral No.1 (Uno), del Distrito Nacional, Santo Domingo, Solar que tiene una extensión superficial de Trescientos Treintiocho (338) metros cuadrados, Noventidós (92) decímetros cuadrados, y está limitada: al Norte: Solares Nos. 3 y 4; al Este: Solar No.21; al Sur: Calle 7; y al Oeste: Solar No.23; C/1ra. No.22, Residencial Amapola”, expedido en fecha 18 del mes de Agosto del año 1992, por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional.

DR. KARIN FAMILIA JIMÉNEZ, Abogado.

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 3500012073 documento No.782694 fecha de apertura 15/12/2014, expedido por un valor de RD$62,537.78 (SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 78/100 PESOS DOMINICANOS) emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: CRISTIANA ANTONIA DEL CARMEN

LICDA. MILAGROS PICHARDO, Abogada.

SURIEL DE LEON DE GIL, Depositante. (RO-17604-DA-09-10-11/07/2018)

FC 359753

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DUPLICADO DEL DEUDOR HIPOTECARIO En virtud de la Ley que rige la materia, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Duplicado del Deudor Hipotecario, a favor de JAIME ANTONIO CASTILLO MELO y JOHANNY MARIELY PEGUERO RIVERA DE CASTILLO, perteneciente a la Parcela No. 2293, D.C. No. 7, del municipio de Baní, con una extensión superficial de 257.57 Mts. Dentro de los linderos generales de dicha Parcela 2293, correspondiente al Certificado de Título No. 4902, Baní, provincia Peravia, República Dominicana.

LIC. DOMINGO E. REYNOSO MEJIA, Abogado. FC 359751

LEGAL 21

En cumplimiento del Art. 22 de la ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modif. por la Ley 2153 de 1949, el Señor CARLOS FRANCISCO SALDIVAR VASQUEZ, Dominicano, mayor de edad, casado, empleado público, domiciliado y residente en España y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D., cedula no.047-0162114-8, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. PEDRO HERNANDEZ ACOSTA cédula No. 047-0071921-6, con estudio profesional abierto en la Calle Benito Monción No.24 2do. Nivel, de esta ciudad de La Vega, República Dominicana , lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora ROSALBA JOSEFINA ALEVANTE GARCIA, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en la calle 4 casa no.25 Residencial Fiallo II detrás de la Ferretería El Progreso, de este municipio de La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 17 del mes de JULIO del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 9 del mes de AGOSTO del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad La Vega, Rep. Dominicana, a los 10 días del mes de JULIO del año 2018.

LIC. PEDRO HERNANDEZ ACOSTA Abogado apoderado de la parte Demandante (RC-6976-RD-10-11-12/07/2018)

AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: a) Que en fecha Veintiséis (26) del mes de abril del año 2018, La Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No.00737-18 se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Juan Ysidro Jerez Núñez y Cristina Polonia Calderón, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 3, instrumentado por el Notario Público del Distrito Nacional, Dra. Isabel C. Paulino Paulino, en fecha 06/03/2018, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día Diez (10) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018); la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día Seis (6) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), en el Libro Letra AG-AJ, No.2018-11583. Rosa Encarnación Ferreras, Secretaria. Así mismo se hace saber que en fecha once (11) de mayo del año 2018, el Oficial Suplente del Estado Civil de la 11ava. Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR la referida Sentencia en el Libro No.00003, Folio No.0157, bajo el Acta No.000272, Sentencia No.00737-18, de fecha 26 de abril del año 2018, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de julio, del año 2018.

LICDA. ARIDIA PAULINO, Abogada. FC 359734

Aviso Pérdida Certificado Financiero

AVISO DE DIVORCIO (Publicación de Divorcio)

Se hace de público conocimiento y para los fines de su nueva expedición, que se ha extraviado el certificado financiero número: número 795925320, por valor de RD$300,000.00 (Trescientos Mil Pesos con 00/100), más los intereses acumulados y pendientes de pago, los cuales se dieron apertura en La Vega en fecha 18 de marzo del 2016, en favor de Bernarda Antonia Santos, Expedido por el Banco Popular Dominicano, Banco Múltiple C. por A.

30 del mes de noviembre del año 2017, la sexta (SALA) Cámara Civil y Comercial del

Bernarda Antonia Santos, (FA-RO-17606-RDT-09-10-11-12/07/2018).

Oficial del Estado Civil de la sexta Circunscripción del Distrito Nacional procedió a

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional mediante la sentencia civil No. 531-2017-SSEN-02771 se ordenó lo siguiente: FALLA: POR LOS SEÑORES JAIRO GUERRERO Y ELIZABETH JAPA BRITO. Así mismo se hace saber que en fecha 04 del mes de diciembre del año 2017 el TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. B bajo el Acta No. 27273, Folio No. -, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio.

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 74-57-33, (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 2, Solar No. 3, Manzana No. 13, del Distrito Catastral No. 6, del municipio de Distrito Nacional, con una extensión superficial de 250 metros cuadrados, propiedad de COMPAÑÍA INMOBILIARIA LOS CORALES.

AVISO CORRECCION ESTADO CIVIL Se hace de público conocimiento que el señor JOSE ALTAGRACIA CORONADO PEÑA, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.047-0102582-9, domiciliado y residente en Pueblo Viejo, Colorado, de esta ciudad de La Vega, R.D., por medio de la presente publicación hace constar que: en el Certificado de Título de Propiedad Matrícula No.0300032408 correspondiente a la Designación Catastral No.313384971776 del Municipio y provincia de La Vega el cual ampara sus derechos de una porción de terreno con una extensión superficial de 4,088.69mts.2; a su nombre, figura POR ERROR que su estado civil es CASADO al momento de adquirir dicho inmueble siendo lo correcto SOLTERO, a los fines de registro, corrección y nueva expedición, en el Registro de Títulos de La Vega. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los NUEVE (09) días del mes de JULIO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018).

LIC. ERNESTO PORFIRIO VERAS ABREU, Abogado Apoderado. (RC-6974-CEA-09-10-11/07/2018)

FC 359671

PUBLICACION PERDIDA CHEQUE DE ADMINISTRACION

Publicación Pérdida de Certificado Financiero

Se avisa la pérdida del CHEQUE DE ADMINISTRACION NUMERO 02386713, por la suma de RD$120,000.00, de fecha 9 de Febrero del año 2018, emitido por el BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, a favor del COLECTOR DE IMPUESTOS INTERNOS, para fines de pago de impuestos por transferencia inmobiliaria a favor de SEGUROS PEPÍN, S. A., RNC NO. 101013311.

Se hace de público conocimiento la pérdida de los Certificados Financieros Nos. 3900025808, emitido por un monto de 17,000.00 Dólares, y 3900003230, Emitido por un monto de 500,000.00, pesos dominicanos, ambos en fecha 1 de Diciembre del año 2014, por la entidad financiera BANRESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, a nombre de MIRIAM EVANGELISTA.

DR. KARIN FAMILIA JIMÉNEZ Abogado.

Lic. Jorge Ramón Pérez Díaz, Abogado.

FC 359630

FC 359576

En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día 9 del mes de julio del año 2018.

LIC. LUCY OVALLES VALENTIN, Abogada. FC 359738

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones legales contempladas en el artículo 22 de la Ley de divorcio 1306 bis y sus modificaciones por la Ley 2153; el señor RUBEN DARÍO VARGAS GOMEZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número 031-0440552-1, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, quien tiene como abogado constituido y apoderado al LICENCIADO HECTOR FRANCISCO JAVIER ROSARIO, abogado de los Tribunales de la República, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados de la República y matriculado con el número 50833-14013, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 031-0244802-8, con estudio profesional abierto en la casa número 152 de la Carretera Turística Luperón del sector Gurabo al Medio de esta ciudad de Santiago de los Caballeras, por este medio le ADVIERTE a su legítima esposa, la señora MONICA JOHANNA KUSTER, cuyo último domicilio conocido en el país era en la avenida Francia edificio G12 Apt. 3a, casi esquina avenida Las Carreras y en el extranjero 105 West104 Street # 33 New York N Y 10025, y que a falta de información y conocimiento de su actual domicilio y lugar de residencia se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres en manos del Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el cual tiene su despacho en la primera planta del Palacio de Justicia de Santiago Lic. Federico Carlos Álvarez, sito en la Manzana comprendida por las calles E. Guerrero y Licenciado Ramón García y las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación de esta ciudad de Santiago, el día miércoles que contaremos a once del mes de julio del cursante año Dos Mil Dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, a los fines de que comparezca a las dos y treinta (2:30 P. M.) horas de la tarde del día miércoles que contaremos a 1ero de agosto del año 2018, por ante la Sexta Sala Civil y Comercial de Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, a la audiencia que a puertas cerradas en atribuciones civiles celebrará dicha sala, ubicada en la primera planta del Palacio de Justicia de Santiago Lic. Federico Carlos Álvarez, sito en la Manzana comprendida por las calles E. Guerrero y Licenciado Ramón García y las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación de esta ciudad de Santiago, a los fines de conocer sobre la demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres y domicilio desconocido, interpuesta por su legítimo esposo el señor RUBEN DARIO GOMEZ VARGAS en contra de su legítima esposa la señora MONIKA JOHANNA KUSTER. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana a los seis (6) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. HECTOR FRANCISCO JAVIER ROSARIO ABOGADO APODERADO


MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

22 LEGAL PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA PRIVADA, Marca TAURO, modelo ECLIPSE 125, color BLANCO, Año 2015, placa K1226552, Chasis LFFSJV3C8F1700672, a nombre de JUSTA PEREZ POLANCO, CED. 061-0002482-4. (AH-AC-13544-CM-10-11-12/07/20181/2)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color negro, año 1998, placa y registro 2T1BR18E4WC046157, a nombre de ANGELA DIVINA HERNANDEZ, cédula 071-0027109-2. FC359748

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Mitsubishi, placa G037281, color rojo, chasis JA4LS31H81P051102, tipo jeep, año 2001, propiedad de RAFAEL AUGUSTO JIMENEZ RAMIREZ, cédula 0280055174-5. FC 359716

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo motocicleta, marca Jincheng, año 2010, color negro, placa y registro No. K0121566, chasis No. LJCPAGLH09SA35006, propiedad de CLAUDINO FRANCISCO MARTE, cédula 002-0035269-8. FP 98361

PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA PRIVADA, MarcaTAURO,modeloCG150,colorNEGRO,Año 2015, placa K1226550, Chasis TARPCK508FC005215,anombredeFRANCISCO NOLASCO MARTINEZ, CED. 097-0005636-0.

(AH-AC-13544-CM-10-1112/07/2018-2/2)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de jeep, marca Toyota, color gris, año 2002, placa y registro G066526, chasis JTEHH20V826054905, a nombre de JOSÉ GONZÁLEZ VASQUEZ.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, placa A371954, color rojo, chasis JT2AE91A9L3382624, tipo automóvil privado, año 1990, propiedad de SAIRIO CALDERON ALVARADO, cédula 060-0004753-7. FC 359714

TRASPASO DE VELERO: JUAN ANDRES PLA GOMEZ y la FRANCESCHA EUSEBIO DE PLA traspasan el velero nombre “PITTA”, color de blanco/azul, de 43’7 de eslora, 13’7 de manga y 6’8 de puntal, registro No. MVR-P5-231BCH, al SR. VEIT LADURNER.

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA PRIVADA, Marca HONDA, modelo DIO, color BLANCO, Año 1994, placa K0787034, Chasis JF311008776, a nombre de GABRIEL GARCIA GUZMAN, CED. 0470189605-4. (AH-AC-13542-WP)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Marca Ford, modelo F-150, año 1997, color blanco, placa y registro L076235, chasis 1FTDX0863VKB11188, a nombre de CÉSAR AURY GUERRERO CARPIO, cédula 028-0058718-6. FC359743

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo jeep, marca Mercedez Benz, color azul, año 2004, placa No. G211224, chasis WDP461331K118222, a nombre de JUAN EMILIO LUCIANO.

TRASPASO DE BOTE: PEDRO MANUEL AGUIRRE REYES traspasa el bote Tsunami, blanco, matrícula No. BP-T1383290SDG, 28’0, de eslora, 8’0 de manga y 4’0 de puntal, al SR. JESUS MARIA ROJAS ALOU.

PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y en virtud de lo establecido por el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, se publica lo siguiente: Que en fecha 30 días del mes de mayo del año 2018, la Octava Sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia Civil No. 00979-18, cuyo dispositivo se transcribe a continuación: FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos MIGUEL ANGEL ESPINAL DE LA CRUZ y YESSENIA CASTILLO GARCIA en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 3/2018, instrumentado por el Notario Público del Distrito Nacional, DR. JUAN DIONICIO MORENO PEREZ en fecha 26/03/2018. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por la Magistrada que figura en el encabezamiento, DAISY MIGUELINA ABREU URBAEZ, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, ROSA ENCARNACION FERRERAS, Secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la cual expido, firmo y sello a solicitud de la parte interesada. Asimismo, se hace saber que el presente divorcio fue pronunciado en fecha 12 del mes de junio del año 2018, por ante el Oficial del Estado Civil de la 11va. Circunscripción del Distrito Nacional, esto según Libro No. 00003, Folio No. 0163, Acta No. 000275, del año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de julio del año 2018.

LICDA. DULCE MARIA MARTE ROSARIO, Abogada. FC 359723.

AVISO DEMANDA DE DIVORCIO CON DOMICILIO DESCONOCIDO PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA PRIVADA, Marca NIPPONIA, modelo EVOLUTION 110, color AMARILLO, Año 2014, placa K0562174, Chasis XF1NC11E2EL502237, a nombre de MIGUEL ANGEL TIBURCIO DURAN, CED. 402-2062552-5. (JD-AC-13543-WP-1/2)

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Peterbirlt, placa YX01102, corojo, chasis lor 2NPLHZ7X26M640499, tipo de carga, año 2006, propiedad de SOCOCO DE COSTA RICA DOMINICANA, SAS 130412618. FC 359740

PERDIDA DE MATRICULA: MOTOCICLETA, Marca X1000, modelo CG150, color NEGRO, Año 2011, placa N775832, Chasis LF3PCK500BB012880, a nombre de CARLOS YENERSIS DE LA CRUZ ABREU, CED. 402-2128161-7. (JD-AC-13543-WP-2/2)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca X1000, placa K0557486, color verde, chasis TBL15P107FHE46386, tipo motocicleta, año 2015, propiedad de CHUBY V B COMERCIAL, SRL 130846490. FC 359739

PERDIDA DE MATRICULA: JEEP, Marca TOYOTA, modelo RAV-4, color VERDE, Año 1997, placa G027959, Chasis JT3HP10V6V7038156, a nombre de TOMAS ARISTIDES CORREA FERNANDEZ, CED. 047-0130244-2, (RC-6978-CM)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Jin Cheng, placa y registro K0646217, color negro, chasis LJCPAGLH1F1002156, año 2015, a nombre de CHUBY V B COMERCIAL S.R.L., RNC 130846499.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Jeep, modelo Liberty Sport, color rojo, año 2010, placa G419700, chasis No. 1J4PP2GK1AW112196, a nombre del señor GUSTAVO HEIVER, cédula No. 402-2005655-6. Lic. Camilo Herrera Castro, Abogado. FC 359744

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Ssang Yong, color negro, año 2011, placa y registro N831327, chasis LXMTCJPM3B0016764, a nombre de LORDEN ROSSEMELI EDUARDO SARANTE, cédula 071-0056026-2. FC359732

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Jeep, modelo Liberty Sport, color blanco, año 2010, placa G406479, chasis No. 1J4PP2GK6AW107382, a nombre del señor GUSTAVO HEIVER, cédula No. 402-2005655-6. Lic. Camilo Herrera Castro, Abogado. FC 359744

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Yamaha, año 1997, color rojo vino, placa y registro NN3534, chasis 96L1L1-601353, a nombre de la COOPERATIVA DE COMERCIANTES DETALLISTAS DE COTUÍ. FC359728

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Ford, año 2013, modelo Flex Limited, color negro, placa G413312, chasis No. 2FMGK5D86DBD13026, a nombre del señor GUSTAVO HEIVER, cédula No. 402-2005655-6. Lic. Camilo Herrera Castro, Abogado. FC 359744

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Toyota, modelo Camry CE, año 2002, color azul, placa y registro A175208, chasis 4T1BE32K82U607586, a nombre de LEONIDAS ALTURO ABREU MEDINA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Honda, modelo CR-V 4X4, año 2008, placa G189462, color gris, chasis JHLRE48508C205534, propiedad de CARMELO MOREL ROSARIO, cédula 001-0330749-1. FC 359745

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: marca Dodge, modelo Ram 50, año 1988, color gris, placa y registro L052927, chasis JB7FM45EXJP051220, a nombre de MANUEL ESPINOSA MEDINA.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo placa A534264, chasis 2HGES16583H582830, color rojo, marca Honda, modelo Civic, año 2003, propiedad de EVELYN ALTAGRACIA DEL ROSARIO CONCEPCION, cédula 012-0095678-5. San Juan de la Maguana.

PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de motocicleta, marca Honda, color azul, año 1935, placa y registro N547530, chasis C503029393, a nombre de MOTONEVERAS LAS CAOBAS C. POR A. 114014474. FC359737

Perdida de Contrato de Alquiler Santo Domingo 05.07.2018 Por medio de la presente se hace de público conocimiento la pérdida del contrato original de alquiler emitido en la fecha 30 de febrero del 2007, entre los señores: César Augusto Regalado Muñoz, portador de la cédula de identidad y electoral no. 001-0059724-4, propietario y de la otra parte, los señores: Ghassan Youssef Zeidan, 001-1619081-0 y Carmen Orozco Martínez, 001-0125814-3, inquilinos, correspondiente al inmueble: “UN PUNTO COMERCIAL PARA NEGOCIO DE COMIDAS Y BEBIDAS (CAFETERIA) Y UN SALON EN LA PRIMERA PLANTA DEL EDIFICIO 2. ENTRE LAS CALLES 30 DE MARZO. AVE. BOLIVAR Y 16 DE AGOSTO, DISTRITO NACIONAL. INCLUYENDO SUS AJUARES Y MOBILIARIOS”. Correspondiente al solar 2, manzana 296, con un área de 260.15 mts2, amparado por el certificado de título no. 81-5676 (en proceso de deslinde y titulación) Agradecemos de ante manos la atención que le puedan prestar, Sin otro particular, se despide,

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, Art. 22, del párrafo agregado por la Ley 2153, del 12 de noviembre del año 1949, se hace de conocimiento general que el señor EMMANUEL GARCIA, de nacionalidad filipina, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1345845-9, ingeniero, domiciliado y residente en la Villa Monte Verde, residencial El Edén, Bávaro, de esta ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, por medio de la presente advierte a su legítima esposa, la señora SHIRLEY MORENO GUEVARA, cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en la Villa Monte Verde, residencial El Edén, Bávaro, de esta ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, y que a falta de información de su actual domicilio o residencia, procederá por medio de los LICDOS. IRIS ELENA CASTILLO E. DE CARPIO, Abogada de los Tribunales de la República, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 028-0006185-1 y LICDO. JOAB ABNER CASTILLO RICHIEZ, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0280092022-1, ambos con su estudio profesional ubicado en la calle Huáscar Tejeda, Esq. Daniel Herrera, No. 143, de esta ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, lugar donde el esposo hace formal y expresa elección de domicilio para todos los efectos del presente acto y paga los fines de la presente demanda de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, con domicilio desconocido, por ante el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de La provincia La Altagracia, en sus atribuciones civiles, y en audiencia pública, la cual celebran sus audiencias en el segundo nivel de uno de los salones del Palacio de Justicia, de la provincia La Altagracia, sito en la calle Agustín Guerrero Esq. Beller casa marcada con el No. 55, mediante notificación que será hecha en la persona del Magistrado Procurador Fiscal de dicho Distrito, en fecha dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), para que comparezca a la audiencia que a los fines antes expresados celebra la Sala Civil del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Higüey, provincia La Altagracia, el día primero (01) del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana. En la ciudad de Higüey, provincia La Altagracia del mismo nombre, a los seis (06) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

LICDA. IRIS ELENA CASTILLO E. DE CARPIO, Abogada.

LEONIDAS BELLIARD SECRETARIO GENERAL FFPUM REP. DOMINICANA. FC359749

LICDO. JOAB ABNER CASTILLO RICHIEZ, Abogado. FC 359742

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306 (Bis), sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que en fecha 16 de Marzo del año 2018, la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó en su atribuciones civiles la sentencia de divorcio marcada con el No. 000482-18, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Eddy Alberto Ramírez Peña y Paula Dolores Torres Pereyra, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 163-2017. Instrumentado por ante el Notario Público del Distrito Nacional Dr. Miguel A. Cabral Hernández en fecha 29/12/2017, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Otorga la guarda y cuidado de los menores Charlyn Yojabel Ramírez Torres, Paul Andrés Ramírez Torres y Abdiel Esteban Ramírez Torres, a cargo de su madre Paula Dolores Torres Pereyra. TERCERO: Fija la suma de Cinco Mil Pesos (RD$5,000.00) la pensión alimenticia que tendrá que pagar el señor Eddy Alberto Ramírez Peña, la cual pagará en manos de la madre, la señora Paula Dolores Torres Pereyra. CUARTO: Ordena al oficial del Estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. El presente divorcio fue pronunciado y transcrito en forma legal, en fecha 18 de Mayo del 2018, por el Oficial del Estado Civil de la 10MA. Circunscripción del Distrito Nacional, FRANCISCA DE LOS SANTOS DE LOS SANTOS, en el Libro No. 00003, Folio No. 0128, Acta No. 000176, Año 2018. En la ciudad de Santo Domingo, D. N. de la República Dominicana, a los Diez (10) días del mes de Julio año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento del Art. 42 ley 1306-bis, sobre divorcio en la Rep. Dom. Se hace de público conocimiento que la 4ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la provincia Santo Domingo dictó la Sentencia civil No. 1288-2018SSEN-00497 de fecha Veintiuno (21) de Junio del año 2018, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de convenciones y estipulaciones marcado con el número ocho (08-2017), de fecha tres (03) de Agosto del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el Dr. Víctor Daniel Martínez Pimentel, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, matrícula No.7217, por haber sido hecho conforme a la ley; SEGUNDO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges señores FRANCISCO ALBERTO LEREBOURS FELICIANO Y GLENNY MARLEN DE LOS SANTOS MATEO con todas sus consecuencias legales; TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de la sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado civil de la 4ta. Circunscripción, Santo Domingo este en fecha cuatro (4) del mes de julio del 2018. en la ciudad de Santo Domingo Este, Rep. Dominicana, trancrito en el Folio No. 0175, Acta No. 000188, año 2018. En la ciudad de Santo Domingo Este, República Dominicana, a los 06 días del mes de julio del año 2018.

LIC. JAIRO MERCEDES FERNANDEZ Abogado Actuante

LICDA. LISSETTE MATEO PEÑA, Abogada.

FC359733

FC 359741

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No.1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: a) Que en fecha cinco (5) del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017) por ante la Sexta Sala para Asunto de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la Sentencia Civil No.01325-17, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de la señora: Cándida Leger Cuevas, por no haber comparecido no obstante estar legalmente citada y emplazada. SEGUNDO: Admite el Divorcio entre los esposos Silfredo Antonio Recio Mercedes y Cándida Leger Cuevas, por la causa de incompatibilidad de caracteres con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio e inscribirlo en el libro correspondiente. CUARTO: Comisiona al Alguacil de estrado actuante para la notificación de la Sentencia pronunciada por el Magistrado. La presente publicación ha sido autorizada por el abogado que suscribe, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve(9) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018).

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber: Que en fecha veintiséis (26) del mes de junio del año dos mil catorce (2014), en la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, mediante la sentencia civil No. 000216/2014. FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos ANDRIALIS JIMENEZ ESTEVEZ y CARMEN ORFELINA CEPEDA GARCIA, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio No. Tres (03) y cuatro (04), instrumentado por ante la Notaria Pública, la LICDA. BERNARDINA PEÑA JIMENEZ. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La sentencia que antecede ha sido firmada por la Magistrada Juez JACQUELINE YNMACULADA RAMOS UREÑA, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mí Secretaria ELISANIA MARIA PEREZ HEREDIA, que certifica. Así mismo se hace saber que en fecha siete (7) del mes de julio del año dos mil catorce (2014), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Sánchez Ramírez, procedió al pronunciamiento de la referida sentencia de divorcio, inscripta en el Libro de Registro de Divorcio No. 00001, Folio No. 0167, Acta No. 000085, del año 2014. En la ciudad de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, hoy día nueve (09) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

Lic. Denis Perdomo Mojica. Abogado Apoderado.

LICDA. BEATRIZ ESTEVEZ RONDON, Abogada.

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MARTES 10 DE JULIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

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MJ: Impacta 3,500 jóvenes con programa Hablemos de Todo RD SANTO DOMINGO.- El Ministerio de la Juventud continúa empoderando a los jóvenes dominicanos de todo el país. En esta ocasión impactó alrededor de 600, en la provincia Monseñor Noel, donde se llevó a cabo el cuarto conversatorio Hablemos de Todo RD, con lo que suman más de 3,500 los que han formado parte de este programa bandera de la institución. Hablemos de Todo RD busca crear espacios de sensibilización, educación y acompañamiento a jóvenes para que puedan, de manera abierta y sin tabúes, conocer temas de interés, que componen las causas de los problemas por los cuales

atraviesan en la actualidad. Encabezado por la ministra de la Juventud, Robiamny Balcácer, y conducido por Liondy Ozoria, las orientaciones de este cuarto conversatorio estuvieron a cargo de la educadora sexual y comunicadora Elaine Féliz, quien habló sobre la prevención de las infecciones de transmisión sexual y el VIH/Sida, embarazo en adolescentes y sexualidad responsable. Los participantes tuvieron la oportunidad de escuchar y hacer preguntas acerca de la importancia de planear los proyectos de vida y el impacto de ello para cada joven y su desarrollo,

Reconocimiento

la función del aparato reproductor masculino y femenino, cómo ocurre el embarazo, los métodos anticonceptivos, entre otros tópicos. TRASPASO DE BOTE: BRUNO IVAN DIAZ MONTAS traspasa el bote CESARINA-III, blanco, matrícula No. BR-C2-015BCH, 22’0 de eslora, 8’0 de manga y 2’0 de puntual, al SR. JUAN MAXIMILIANO MARTE.

La meta es impactar a 50 mil jóvenes del territorio nacional y que ellos encuentren el espacio idóneo de expresarse sin temor sobre sus inquietudes.

El conversatorio se realizó en el Bonao Country Club y contó con la presencia de autoridades de la provincia, entre ellos el alcalde, Darío Rodríguez, quien en nombre de la Alcaldía de ese municipio reconoció la buena labor y el compromiso institucional que exhibe la ministra de la Juventud, Robiamny Balcácer. También fue parte del reconocimiento, el Consejo

Municipal de la Juventud de Bonao, en la persona de su coordinador, César Canela, quien distinguió la trayectoria y el desempeño de Balcácer. Anterior al de Monseñor Nouel, el conversatorio se realizó en Santo Domingo Oeste, Santo Domingo Norte y en la provincia Hermanas Mirabal. Los próximos Hablemos de Todo se llevarán a cabo en Elías Piñas, el próximo lunes 23, y en Puerto Plata y San Juan de la Maguana, en el mes de agosto.


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