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Clasificados 15 06 2018

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CLASIFICADOS 13

CLASIFICADOS DIVERSOS

BIENES RAICES

Bienes Raices

Automóviles

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Tel: 809 534 7121, 829 836-0443

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RD$300,000

Nissan Sentra 2007

RD$450,000

Toyota Highlander 2005

Empleos

Jeep Grand Cherokee Summit 2016, US$59,500, Transmisión automáticaBlanca- 4WD-Motor 3.6, 6 cilindros Ford Mustang GT 2013 US$32,000 Transmisión mecánica- Gris oscuro- Motor 5.0, 8 cilindros, Supercharged

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Capacitación

Diversos

Legal

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Reid y Compañía. 809-562-7211 ext. 2185

FC357463


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14 LEGAL

AVISOS LEGALES UBLICACIÓN DE DIVORCIO

AVISO

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, que la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, sobre el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores JUAN LEONARDO POLANCO PEÑA y ALEJANDRA MARIA HERNANDEZ JUSTO, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 5TA CIRCUNSCRIPCIÓN de SANTO DOMINGO NORTE, según consta en el Libro No. 00004, Folio 0135, Acta No. 000362, del año 2018.

Los señores MICHAEL RALF JUNGTAUBL Y/O YENEIDA SANTOS KING DE JUNGTAUBL, declaran que han procedido a traspasar el bote de recreo de nombre “PENELOPE-3”, Matricula BR-P42-1422SBS, color BLANCO y AZUL, Casco 4WNMH185J586 de 23’ 0” Pies de Eslora, 7’ 0” pies de Manga y 3´ 0” Pies de Puntal, a la entidad INDUSTRIAL SUPPLY IMPORT, S. R. L. como nuevo propietario, publicación que se realiza para los fines de ley correspondientes.

LIC. GLENIS MARIA GOMEZ MELLA, Abogada.

FC 358927

PUBLICACION DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones de la ley 1306 Bis, sobre divorcio y sus modificaciones, SE HACE DE CONOCIMIENTO PUBLICO, que el señor RICHARD ADOLFO GOTTSCHAL PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 0310232596-0, al día, domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, REPUBLICA DOMINICANA; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICENCIADOEDDY RAMON GARCIA GIL, Abogado de los Tribunales de la República, dominicano, mayor de edad, con cédula de identidad y electoral No. 031-0109485-6, al día, matriculado en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, mediante la matrícula No. 22311-194-00, con estudio profesional abierto en Av. Salvador Estrella Sadhalá No. 59, de la segunda Planta del Edificio INVERSIONES ALTAMIRA, en esta ciudad de Santiago de los Caballeros. ADVIERTE, a su legítima esposa CARMEN MARIA VILLAMAN PICHARDO, cuyo último domicilio y residencia no son conocidos en la República Dominicana, que a la falta de información relativa al lugar de su residencia actual se procederá a emplazar en acción de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres en la persona del Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago, el VIERNES que contaremos a QUINCE (15) del mes de JUNIO del año dos mil Dieciocho (2018), a fin de que comparezca a la audiencia a puertas cerradas que será celebrada el día LUNES que contaremos a VEINTICINCO (25) del mes de JUNIO del año Dos Mil dieciocho (2018), a las once horas (11:00 A. M.) de la mañana por ante la quinta Sala de la Cámara Civil de asuntos de familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en sus atribuciones civiles, la cual celebra sus audiencias, en su salón de audiencias ubicado en la primera planta del Palacio de Justicia de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, FEDERICO CARLOS ALVAREZ, sito en Manzana formada por las Avenidas Circunvalación y 27 de Febrero y las Calles 3 y 4 del Ensanche Román de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, que es donde funciona el Palacio de Justicia, a fin de que conozca de la referida demanda de divorcio y esté presente o se haga representar en la misma. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, a los DOCE (12) días del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

En cumplimiento con las estipulaciones, contenidas en el Artículo No. 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, por medio del presente Aviso, el señor LUIS RAMIREZ GENAO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cédula de identidad y electoral No.031-0420326-4, domiciliado, residente en la calle 02, No. 22, de Villa Gloria, sector de Cienfuegos, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, ADVIERTE, a su legítima esposa, la señora DIANA YAHAIRA ABREU, la cual tenía su último domicilio en la calle 1 No. 4, del Sector de La Unión Primera, de Cienfuegos de esta Ciudad de Santiago de los Caballeros, que procederá por órgano de sus Abogados Apoderados Especiales LICDOS. FRANKLIN AQUINO, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República con el número 74224-243-16, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-1152674-5 y la Licenciada ANA ALTAGRACIA BAEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República, titular de la cédula de identidad y electoral No. 031-0325176-9, con estudio profesional abierto en la Av. Tamboril, edificio No. 11, Módulo 1-2, Monte Rico, Santiago, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente demanda en divorcio, a EMPLAZARLA, en acción de divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, mediante NOTIFICACION en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santiago de los Caballeros, el día miércoles que contaremos a veinte (20) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), a las once (11:00 a. m.) horas de la mañana, a fin de que comparezca en forma legal, a la audiencia que en sus atribuciones civiles celebrará la Quinta Sala de la Cámara Civil para asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago de los Caballeros, el lunes, que contaremos a dieciséis (16) del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018), a las once (11:00 a.m.) horas de la mañana, sito en uno de los apartamentos de la segunda planta del Palacio de Justicia de Santiago Lic. Federico C. Alvarez, ubicado en las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación y las calles E. Guerrero y Lic. Ramón García, del sector ensanche Román II de esta ciudad de Santiago de los Caballeros. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. EDDY RAMON GARCIA GIL,

LIC. ANA ALTAGRACIA BAEZ por sí y por el LICDO. FRANKLIN AQUINO Abogados Apoderados.

Nosotros, JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ y MERCEDES MARTINEZ, dominicanos, mayores de edad, estado civil casados, entre sí, portadores de la cédulas Nos. 0280035848-9 y 028-0053864-3, domiciliado y residentes en el Distrito Municipal de Verón, de esta ciudad de Higüey, provincia La Altagracia. Hacemos de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Título matrícula No. 3000141332, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir el inmueble: Como 506535302506, el cual tiene una porción de 445.02 metros, nos encontrábamos casados entre sí y continuamos casados en la actualidad con la comunidad de bienes.

PERDIDA RECIBO DE DECLARACIÓN CATASTRAL No. 265776-A.

A nombre de: RAMON GENARO MARTINEZ RAMIREZ Y SANTO BENS RODRIGUEZ, Céd: 001-0250302-6 y 0680037174-9, de la mejora ubicada en la C/MATIAS RAMON MELLA No.88, Sector: BRISA DEL ESTE, VALIENTE, LA CALETA, del municipio: BOCA CHICA, Provincia: SANTO DOMINGO. Dentro de la parcela No.213-E (parte), D.C.No.32. AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO En virtud de la Autorización, de fecha 07/06/2018. Se hace de público conocimiento que el día 28/06/2018, a las 08:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Saneamiento, dentro del Solar No.03, de la Manzana No.

Abogado de la parte demandante.

108, Del D. C. No. 1, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua.

AVISO PARA FINES DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones establecidas en el Artículo 22 de la Ley 1306-Bis, y sus modificaciones, sobre DIVORCIO, el señor RAFAEL ANTONIO SIMONO SANCHEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0275686-3, domiciliado y residente en los Estados Unidos de América y en la Republica Dominicana en la calle 4ta. No. 36, Urbanización Jardines de Genoveva, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo domingo; quien tiene como abogado constituido y apoderado a la LICDA. JOHANA GARCIA SUERO, dominicana, mayor de edad, Abogada de los Tribunales de la República, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-1041759-9, con estudio profesional abierto en la calle 20 No. 40, urbanización Villa Satélite, Villa Mella, Santo Domingo Norte, Provincia Santo domingo; ADVIERTE por el presente AVISO, a su legítima esposa, la señora MARIA DE FATIMA NUÑEZ SIRI, quien tiene domicilio conocido en la Calle 5 No. 87, Cerros de Buena Vista Primero, Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo; que a seguida de esta publicación de Ley se procederá a EMPLAZARLA en acción de DIVORCIO por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, de acuerdo a lo que establece el Artículo 69 inciso 8, del Código de Procedimiento Civil; (Domicilio Desconocido), se procederá a notificar en manos del Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, el día Viernes que contaremos a Quince (15) del mes de Junio del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), cuya demanda será conocida, por ante la Séptima Sala Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, el día Miércoles que contaremos a Veintisiete (27) del mes de Junio del año DOS MIL DICIOCHO (2018), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, divorcio este que se efectuará a puerta cerrada, calle Ramón Matías Mella No. 103, Villa Mella, Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo.- La presente publicación la autoriza el infrascrito la LICDA. JOHANA GARCIA SUERO, en su condición de Abogado constituido y apoderado especial del conyugue demandante, señor RAFAEL ANTONIO SIMONO SANCHEZ, a los Trece días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).- (Firmado) la LICDA. JOHANA GARCIA SUERO, } Abogado Apoderado. FC 358809

JUZGADO DE PAZ DEL MUNICIPIO DE HIGUEY, PROVINCIA LA ALTAGRACIA En nombre de la República Dominicana AUTO NUMERO 0013/2018 Nos, DOMINGO ANTONIO GUERRERO CALDERON, Juez de Paz del Municipio de Higüey, asistido de la infrascrita Secretaria en atribuciones, hemos dictado el siguiente auto. VISTA: La solicitud de convocatoria de Asamblea para fines de nombramiento de Administrador Judicial Provisional del Condominio Serena Village. VISTO: La Ordenanza num2018-00367, dictada por el Tribunal de Tierra de Jurisdicción Original de Higüey, en atribuciones de Referimiento, de fecha 9 de abril del año 2018. RESUELVE: PRIMERO: Fija para el día 27 de junio del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, para conocer de la asamblea a los fines de ser nombrado un administrador judicial provisional del condominio Serena Village en la causa seguida a Condominio Serena Village, Lopez Pacio & Asociados, S.R.L. y al señor Edilio Aurelio Flores Veras. SEGUNDO: Ordena la notificación del presente auto a los señores ROSANNA BERSAN POLO LAROCQUE, MICHEL JAMES LAROCQUE, MARLENE M. DOLSON, ARCENIO VALMOREZ, PIRELA SOLARTE, SALIMA KAMIL ROBLES ACEVEDO, JOHANNY EMILIO ROBLES ACEVEDO, DEBORA RODRIGUEZ, JEFRY JOSE RAMIO DE LA CRUZ Y SEAN DESMOND MORAN, ALEXANDER GONZALEZ, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ GIL Y KAROLINA YESENIA ESPINOSA RODRIGUEZ. TERCERO: ORDENA la publicación del presente auto de convocatoria de la Asamblea del Consorcio de Propietarios del Condominio Serena Village a los fines de designar un administrador profesional, en un periódico de circulación nacional e internacional. Dado en el Municipio de Higüey, provincia la Altagracia, Republica Dominicana, a los diez (10) días del mes de mayo del año 2018, años 174 de la independencia y 154 de la Restauración. I por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda, firma y sella: DOMINGO ANTONIO GUERRERO (Juez de Paz Suplente); YORKI ESMILNA BRITO RIVER (Secretaria). Este Auto ha sido dado y firmado por el magistrado, arriba indica, el mismo día, el mes y citados, certificación expedida el 10 de enero del mayo del año 2018. FC 358900

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con el Art.22 de la Ley No.1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios, el SR. JERRY BARNABAS YONGA, estadunidense, mayor de edad, casado, provisto del pasaporte estadunidense No.517423499, domiciliado y residente en 813 COVINGTON AVE. CP 92078- SAN MARCOS, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, quien hace elección de domicilio en la calle Francisco Soñé No.7, Bella Vista, Distrito Nacional; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. MÁXIMO MANUEL BERGÉS CHEZ, dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, provisto de las Cédula de Identidad y Electoral Nos.001-1786296-1, con estudio profesional abierto en la firma Bergés Dreyfous - Abogados, sito en la calle Francisco Soñé No.7, Bella Vista, Distrito Nacional, lugar donde el demandante hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa, la señora MARIEL ALVAREZ PEREZ, cuyo último domicilio conocido fue en la Calle Condado No.3, Buenos Aires de Herrera, de la Provincia Santo Domingo Oeste; que a falta de conocimiento de su actual domicilio, procederá a emplazarla en acción de divorcio por causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia Santo Domingo, el día 19 del mes de junio del año 2018, así como en la puerta del tribunal apoderado, conforme a la Ley, para que comparezca como fuere de derecho a la audiencia que al efecto se celebrará el día 28 de junio del año 2018, en La Sexta Sala Para Asuntos de Familia de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, ubicado en la Calle Reparto Rosa No.52, esquina calle Tercera, las Palmas de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. En el Municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, a los 13 días del mes de junio del año 2018. FC 358850

IGUALAS MÉDICAS SAN JUAN, S.A. Consejo de Administración RNC 118011166

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA De conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales de esta Compañía, se le Convoca por este medio, a que asista a la Asamblea General Ordinaria, que tendrá lugar el día (07) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), a las seis (6:00 p.m.), en el salón Enriquillo hotel Maguana. AGENDA: 1.- Apertura y Bendición del acto. 2.- Pase de Lista y confirmación de quórum. 3.- Aprobación de la agenda. 4.- Lectura Acta anterior. 5.- Aprobación sustitución secretaria del Consejo Administración. 6.- Presentación y deliberación del proyecto de ampliación del CMSJ. 7.- Turnos libres. 8.- Clausura. En la ciudad y municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, República Dominicana, a trece (13) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).

DRA. JUANA AMINTA LAPAIX QUEZADA, Presidente. FP 97931

Exp. No.6642018030296, propiedad de las SRAS. ANNERY MARGARITA SANTANA RAMIREZ Y WENDY ELIZABETH SANTANA RAMIREZ.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE, CODIA – 10019. FC 358924

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En virtud de la Autorización, de fecha 08/06/2018. Se hace de público conocimiento que el día 28/06/2018, a las 09:00 a,m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.652, Del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.6642018035239, propiedad de los SRES. RAFAEL LEONARDO RAMIREZ DIAZ Y MARIA DE LOS ANGELES ANDUJAR MENDEZ.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE, CODIA – 10019. FC 358924


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AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En virtud de la Autorización, de fecha 08/06/2018. Se hace de público conocimiento que el día 28/06/2018, a las 10:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No. 12, Del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No.6642018035141, propiedad del SR. EURIBIADES PAINO BONILLA PEREZ.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE En virtud de la Autorización, de fecha 08/06/2018. Se hace de público conocimiento que el día 28/06/2018, a las 11:00 a.m., se realizará el trabajo de Mensura Para Deslinde, dentro de la Parcela No.1095, Del D. C. No.8, del Municipio de Azua de Compostela, Provincia de Azua. Exp. No. 6642018035115, propiedad del SR. MAXIMO ALEJANDRO MONTERO SANCHEZ.

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE, CODIA – 10019. FC 358924

AGRIM. RAFAEL EMILIO BELTRE AGRAMONTE, CODIA – 10019. FC 358924

VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO

CONSEJO REGULADOR DEL BANANO ORGÁNICO DOMINICANO/CRBOD

En cumplimiento de las formalidades legales vigentes, se hace de público conocimiento que, a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.) del día martes diez (10) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), y en audiencia de pregones que al efecto celebrará la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, en sus atribuciones Civiles, la cual acostumbra celebrar sus audiencias en uno de los salones del edificio que aloja las dependencias del Palacio de Justicia, Segunda Planta, localizado en la calle Restauración No 1, esquina calle Paseo José Martí, Municipio, Ciudad y Provincia de La Romana, República Dominicana; se procederá a la venta y adjudicación, al mayor postor y último subastador, del siguiente inmueble: “INMUEBLE IDENTIFICADO COMO 500385573611, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 1,070.03 METROS CUADRADOS, MATRICULA NO 3000150344, UBICADO EN LA ROMANA, LA ROMANA. Y TODAS SUS MEJORAS, DEPENDENCIAS Y ANEXIDADES. AMPARADO EL DERECHO DE PROPIEDAD EN EL CERTIFICADO DE TITULO, EMITIDO POR EL REGISTRO DE TÍTULOS DE SAN PEDRO DE MACORÍS, A FAVOR DE TENEDORA ALBA, S. R. L.”; embargado por el BANCO MULTIPLE BDI, S. A., entidad constituida según las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social principal sito en la avenida Sarasota No 27, La Julia, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyentes No 101040297; debidamente representado por sus Presidente y Vicepresidente Ejecutivo, Lic. Juan Carlos Rodríguez Copello y Lic. José A. De Moya Cuesta, dominicanos, mayores de edad, casados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos 001-0139964-0 y 001-0085902-4, respectivamente. La cual institución tiene como abogado constituido al Lic. Carlos Alberto del Giudice Goicoechea, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No 001-1202253-8, miembro activo del Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la avenida Sarasota No 27, La Julia, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; abogado que tiene su estudio ad-hoc sito en Coconut Mall, Locales 5 y 6, La Marina Chavón, Casa de Campo, La Romana (Sucursal del Banco Múltiple BDI, S. A.); donde el persiguiente ha realizado y mantiene elección de domicilio, a los fines y consecuencias legales del presente procedimiento ejecutorio; y contra: AMEDA, S. R. L., entidad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyentes No 1-30-84275-2 y Registro Mercantil No 84755SD, con domicilio social principal, según contrato, sito en la avenida Rómulo Betancourt No 2008, del Sector Mirador Sur, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representada por YIRA LISSETE DEL CORAZON RODRIGUEZ DE SOTO, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No 001-0006557-2, de este mismo domicilio, en calidad de DEUDOR(A); y TENEDORA ALBA, S. R. L., entidad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyentes No 1-01-82108-6 y Registro Mercantil No 0001163-04LR, con domicilio social principal sito en la calle Los Lagos No 64, Casa de Campo, La Romana, República Dominicana, debidamente representada por LEO ARTURO MARTINEZ RODRIGUEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No 026-0094801-8, de este mismo domicilio, en su calidad de (FIADOR(A) REAL). La Sra. YIRA LISSETE DEL CORAZON RODRIGUEZ DE SOTO, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No 0010006557-2, domiciliada y residente, según contrato, en la calle César Canó, No 40, Residencial María Eugenia III, Apartamento B-2, del Sector El Millón, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, funge como (FIADOR(A) SOLIDARIO(A). El mandamiento de pago fue notificado en fecha once (11) de mayo del año dos mil dieciocho (2018), mediante acto No 54/2018, de los del protocolo del ministerial José Manuel Rosario Polanco, Alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia; se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario y fue inscrito en fecha cuatro (4) de junio del año dos mil dieciocho (2018) en el Registro de Títulos correspondiente. El pliego de condiciones que regirá la venta fue depositado el once (11) de junio del año dos mil dieciocho (2018), en la Secretaría del tribunal apoderado. El precio de la primera puja ha sido fijado por el persiguiente en la suma de DIEZ MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS PESOS DOMINICANOS CON 54/100 (RD$10,181,322.54), requerida en el Mandamiento de Pago; más los intereses, moras y demás accesorios vencidos y por vencer y de los gastos de ejecución, todo de conformidad con las disposiciones del Pliego de Condiciones que reglamentara la venta, en especial el artículo cuarto del indicado pliego, que calculados desde la fecha de corte consignada en el mandamiento de pago a la fecha de la venta, ascienden a la suma de CUATROCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS SEIS PESOS DOMINICANOS CON 58/100 (RD$401,906.58), para un total de DIEZ MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE PESOS DOMINICANOS CON 12/100 (RD$10,583,229.12). Todo licitador deberá depositar, en la Secretaría del tribunal apoderado, una garantía en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en el país, equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, las cuales no serán recibidas sino por ministerio de abogado. En la ciudad de La Romana, República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

De acuerdo a lo establecido en la ley No. 122-05, del 8 de abril de 2005, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, se hace de conocimiento general el proyecto de incorporación de la sociedad sin fines de lucro denominada CONSEJO REGULADOR DEL BANANO ORGÁNICO DOMINICANO / CRBOD. La misma está regida por las leyes de la República Dominicana y los estatutos y tiene por misión articular los planes, proyectos y acciones necesarios para impulsar el desarrollo de la Indicación Geográfica (IG) Banano Orgánico Dominicano, en beneficio de los distintos operadores económicos de la cadena del banano orgánico en la República Dominicana. Esta entidad se ha constituido por tiempo indefinido y tiene su domicilio principal en la Av. Miguel Crespo, edificio INDENOR, 3er nivel, Mao, provincia Valverde. Ha recibido el beneficio de la incorporación en virtud de la Resolución No. 0006-2018, del 6 de junio de 2018, emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación de Santiago, misma que se hará efectiva tan pronto se efectúe el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 5 de la Ley 122-05. Esta asociación sin fines de lucro ha sido fundada por las siguientes personas jurídicas: Asociación Dominicana de Productores de Bananos Región Noroeste, Inc. (ADOBANANO); Guidom, SRL; Grupo Banamiel, SAS; Asociación Bananos Ecológicos de la Línea Noroeste, Inc. (BANELINO); Plantaciones del Norte, SA; Asociación Agrícola Noroestana, Inc. (ASOANOR); Asociación de Pequeños Productores La Santa Cruz, Inc.; Bio Tropic, SRL. Su Consejo Directivo está integrado por siete (7) miembros, a saber: Erick Guzmán Reyes, Presidente; José Horacio López Taveras, Secretario; Andrea Bolini, Tesorero; Pedro Salvador Estévez Vargas, Aquilino Antonio Cruz Álvarez y Ramón Crisantony Martínez Morel, Vocales, todos miembros de la Junta Directiva para el período 2018-2020. La entidad es representada frente a terceros por su Presidente.

Lic. Carlos Alberto del Giudice Goicoechea, Abogado del Persiguiente. FP 97953

LEGAL 15

PODER JUDICIAL

AVISO DE INCORPORACIÓN

Erick Guzmán Reyes, Presidente. FC 358895

PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA Marca YAMAHA, modelo VINO, color BLANCO, Año 1985, placa N651638, Chasis 5AU139380, a nombre de ANYELI GERMOSEN ALMONTE, CED. 047-0203226-1. (RO-17310-CM-13-14-15/06/2018)

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo MOTOCICLETA, marca YAMAHA, placa N269371, año 2007, color VERDE, chasis MH33HB0086K275417, propiedad de MANUEL ANTONIO SANTANA DELGADO, cédula 001-1845575-7

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Daihatsu, placa G008066, color azul, chasis JDAJ100G000538317, tipo jeep, año 1999, propiedad de JUAN ALEJANDRO DEÑO BRIOSO, cédula 002-0097434-3. FC 358792

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Honda, placa K0452781, color rojo, chasis MD502211218, tipo motocicleta, año 1999, propiedad de REINA YOLANDA VARGAS VALDEZ, cédula 001-0832058-1. FC 358793

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Toyota, color rojo, año 1987, placa No. L105728, chasis JT4RN50R7H0239450, a nombre de PABLO ESCOBOZO DE LOS SANTOS.

República Dominicana. Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original De La Provincia La Vega. Expediente 0998-18-00256. Expediente Antiguo Proceso Contencioso Auto Número. Auto De Fijación De Audiencia 2da. Sala Tribunal De Tierras J.O. - La Vega “En Nombre De La República”. Vista: La Aprobación Técnica dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, mediante la cual aprueba la mensura para Saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmuebles: Provincia LA VEGA Municipio LA VEGA DC/POS 313296221234; VISTOS: Los artículos 1, 3, 10, 23, 25 párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, 23 letra “J”, 26, 27 y 46, del Reglamento de los Tribunales de Tierras de la Jurisdicción Inmobiliaria, RESUELVE: PRIMERO: FIJAR la audiencia oral, pública y contradictoria para el día 05/07/2018 a las 09:00 a.m, a celebrarse en el local que ocupa el Tribunal de Tierras en Avenida García Godoy No.32, Esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia, de la Ciudad LA VEGA de la Provincia LA VEGA. SEGUNDO: Se ordena la publicación en un periódico de circulación nacional, para que comparezcan a la audiencia, del día, hora y lugar indicados. Dado: En Nuestro Despacho En La Ciudad De La Vega, Provincia La Vega, Hoy Día 14 De JUNIO De 2018, Años 174 De La Independencia Y 154 De La Restauración.

ANIBELKA MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO, Jueza de la 2da. Sala Tribunal de Tierras J. O. La Vega. (YCF-AC-13391-CP)

SEGUROS PEPIN, S.A. Capital Social Autorizado: RD$100,000,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$49,281,840.00 RNC No. 1-0101331-1 y Registro Mercantil No.13310SD Domicilio Social: Av. 27 de Febrero 233, Santo Domingo, República Dominicana.

CONVOCATORIA De conformidad con los Arts. 15 y 16 de los Estatutos Sociales, se convoca por este medio a los accionistas de la Compañía, para comparecer a la Asamblea General Ordinaria Anual, que será celebrada el martes tres (03) del mes de julio del cursante año dos mil dieciocho (2018), a las cuatro horas tarde (4:00 p.m.), en el domicilio social, situado en indicada, para conocer de los asuntos contenidos en (Agenda) siguiente: 1. Informe del Consejo de Administración acerca de los resultados obtenidos por la Compañía, durante su ejercicio social finalizado el 31 de diciembre del 2017. 2. Informe del Comisario de Cuentas, en relación con la verificación de las operaciones y cuentas realizadas por la Compañía, durante su ejercicio fiscal terminado el 31 de diciembre del 2017. 3. Aprobar, si procede, los estados financieros correspondientes al indicado ejercicio social finalizado el 31 de diciembre del 2017. 4. Disponer, lo que proceda, en relación con los beneficios netos obtenidos por la Compañía, durante su ejercicio social terminado el 31 de diciembre del 2017. 5. Ratificar, si procede, a los actuales miembros del Consejo de Administración en sus funciones, por un nuevo período, de acuerdo con lo previsto en el Art. 32 de los Estatutos Sociales. 6. Ratificar, si procede, al actual Comisario de Cuentas, para dos ejercicios sociales, de acuerdo con lo previsto en el Art. 248 de la Ley No. 479-08, del 11 de diciembre de 2008, modificado por la No. 31-11 del 18 de febrero de 2011. 7. Disponer, si procede, la designación de nuevos auditores externos de la Compañía o mantener los actuales incumbentes, fijándoles la retribución correspondiente. 8. Tomar acta, si procede, de nuevas acciones que hayan sido emitidas con cargo al capital social autorizado de la Compañía, durante el ejercicio social terminado el 31 de diciembre del pasado año 2017. 9. Conocer de cualquier otro asunto relacionado directa o indirectamente con los puntos anteriores y adoptar las resoluciones correspondientes. Los poderes de representación y los certificados de acciones, deberán ser depositados por los accionistas en el domicilio social, por lo menos un (1) día hábil antes del fijado para la Asamblea General. Se informa a los interesados que a partir de la fecha de la presente convocatoria, podrán tomar conocimiento de los documentos que se enumeran a continuación, los cuales están depositados en el domicilio social: 1.- Informe sobre la gestión anual del Consejo de Administración; 2.- Informe del Comisario de Cuentas, en relación con la verificación de todas las operaciones y cuentas, realizadas por la Compañía durante el ejercicio fiscal finalizado el 31 de diciembre del año 2017; 3.- Estados Financieros del año social 2017; y 4.- Proyectos de resoluciones que serán sometidos a la Asamblea General Ordinaria Anual, por el Consejo de Administración. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del cursante año dos mil dieciocho (2018).

LIC. HECTOR A. R. COROMINAS PEÑA, Presidente. FP 97930


16 LEGAL

VIERNES 15 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO

En cumplimiento de las formalidades legales vigentes, se hace de público conocimiento que, a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.) del día miércoles once (11) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), y en audiencia de pregones que al efecto celebrará la Primera (1era) Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones Civiles, la cual acostumbra celebrar sus audiencias en uno de los salones del edificio que aloja las dependencias del Palacio de Justicia, Segunda Planta, localizado en la calle Hipólito Herrera Billini Esq. Juan B. Pérez, de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; se procederá a la venta y adjudicación, al mayor postor y último subastador, de los siguientes inmuebles: I)”INMUEBLE IDENTIFICADO COMO SOLAR 12, MANZANA 2691, DC 01, MATRICULA NO 0100304680, CON UNA SUPERFICIE DE 326.43 METROS CUADRADOS, UBICADO EN DISTRITO NACIONAL. AMPARADO POR EL CERTIFICADO DE TITULO EXPEDIDO POR EL REGISTRO DE TITULOS DEL DISTRITO NACIONAL A FAVOR DE MIGUEL ANTONIO VALENZUELA, BLANCA ANTIGUA DE VALENZUELA, ANA YEIMY VALENZUELA ANTIGUA, MIGUEL ANTONIO VALENZUELA ANTIGUA y GINIA BERNARDETTE VALENZUELA ANTIGUA; Y TODAS SUS MEJORAS, DEPENDENCIAS Y ANEXIDADES;” y II) INMUEBLE IDENTIFICADO COMO SOLAR 13-A, MANZANA 2691, DC 01, MATRICULA NO 0100304679, CON UNA SUPERFICIE DE 293.72 METROS CUADRADOS, UBICADO EN DISTRITO NACIONAL. AMPARADO POR EL CERTIFICADO DE TITULO EXPEDIDO POR EL REGISTRO DE TITULOS DEL DISTRITO NACIONAL A FAVOR DE MIGUEL ANTONIO VALENZUELA, BLANCA ANTIGUA DE VALENZUELA, ANA YEIMY VALENZUELA ANTIGUA, MIGUEL ANTONIO VALENZUELA ANTIGUA y GINIA BERNARDETTE VALENZUELA ANTIGUA; Y TODAS SUS MEJORAS, DEPENDENCIAS Y ANEXIDADES;” embargado por el BANCO MULTIPLE BDI, S. A., entidad constituida según las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social principal sito en la avenida Sarasota No 27, La Julia, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyentes No 101040297; debidamente representado por sus Presidente y Vicepresidente Ejecutivo, Lic. Juan Carlos Rodríguez Copello y Lic. José A. De Moya Cuesta, dominicanos, mayores de edad, casados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos 001-0139964-0 y 001-0085902-4, respectivamente. La cual institución tiene como abogado constituido al Lic. Carlos Alberto del Giudice Goicoechea, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No 001-1202253-8, miembro activo del Colegio de Abogados de la República Dominicana, con estudio profesional abierto en la avenida Sarasota No 27, La Julia, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; donde el persiguiente ha realizado y mantiene elección de domicilio, a los fines y consecuencias legales del presente procedimiento ejecutorio; y contra: CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS COPROSA, S. A., entidad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyentes No 1-30-40112-8 y Registro Mercantil No 52125SD, con domicilio social principal, en la avenida Abraham Lincoln, Plaza Francesa, suite 212-B, segundo nivel, del Ensanche Piantini, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representada por MIGUEL ANTONIO VALENZUELA ANTIGUA y MIGUEL ANTONIO VALENZUELA, dominicanos, mayores de edad, casados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos 001-1279588-5 y 074-0000233-8, de este mismo domicilio, en calidad de DEUDOR(A); y A) MIGUEL ANTONIO VALENZUELA ANTIGUA, dominicano, mayor de edad, casado con CAROLINA JOSE GUZMAN ALMANZAR, portador de la cédula de identidad y electoral No 001-1279588-5, domiciliado en la calle Banique No 6, Edificio Paula Isabel, piso 6, apartamento 6-B, del sector Renacimiento, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; B) MIGUEL ANTONIO VALENZUELA, dominicano, mayor de edad, casado con BLANCA HIDALIA ANTIGUA DE VALENZUELA, portador de la cédula de identidad y electoral No 0740000233-8, domiciliado en la calle Mairení No 64, del sector Los Cacicazgos, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; C) BLANCA HIDALIA ANTIGUA DE VALENZUELA, dominicana, mayor de edad, casada con MIGUEL ANTONIO VALENZUELA, portadora de la cédula de identidad y electoral No 001-0832120-9, domiciliada en la calle Mairení No 64, del sector Los Cacicazgos, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; D) GINIA BERNARDETTE VALENZUELA ANTIGUA, dominicana, mayor de edad, casada con ARCANGELO MASSIMILIANO TARALLO, portadora de la cédula de identidad y electoral No 001-1514711-8, domiciliada en la calle Interior A No 4, edificio Los Hernández, piso 4, apartamento 4-A, del sector Renacimiento, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; y E) ANA YEIMY VALENZUELA ANTIGUA, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No 001-1355043-8, domiciliada en la calle Mairení No 64, del sector Los Cacicazgos, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en su(s) calidad(es) de (FIADOR(ES) REAL(ES). El mandamiento de pago fue notificado en fecha quince (15) de mayo del año dos mil dieciocho (2018), mediante acto No 436/2018, de los del protocolo del ministerial Ángeles Jorge Sánchez Jiménez, Alguacil Ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario y fue inscrito en fecha cinco (5) de junio del año dos mil dieciocho (2018) en el Registro de Títulos correspondiente. El pliego de condiciones que regirá la venta fue depositado el once (11) de junio del año dos mil dieciocho (2018), en la Secretaría del tribunal apoderado. El precio de la primera puja ha sido fijado por el persiguiente en la suma de VEINTE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS DOMINICANOS CON 52/100 (RD$20,632,955.52), requerida en el Mandamiento de Pago; más los intereses, moras y demás accesorios vencidos y por vencer y de los gastos de ejecución, todo de conformidad con las disposiciones del Pliego de Condiciones que reglamentara la venta, en especial el artículo cuarto del indicado pliego, que calculados desde la fecha de corte consignada en el mandamiento de pago a la fecha de la venta, ascienden a la suma de SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS DOMINICANOS CON 91/100 (RD$631,630.91), para un total de VEINTIUN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 43/100 (RD$21,264,586.43). Todo licitador deberá depositar, en la Secretaría del tribunal apoderado, una garantía en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria domiciliada en el país, equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, las cuales no serán recibidas sino por ministerio de abogado. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

De conformidad con los Artículos 158 y 169 de la Ley No. 189-11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, se efectúa la presente publicación: Ha sido fijada para el día jueves que contaremos a 5 del mes de julio del año 2018, a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador de los inmuebles que se describirán más adelante, la cual tendrá efecto por ante la Segunda Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en el local donde dicho tribunal acostumbra celebrar sus audiencias públicas en uno de los salones de audiencias de la tercera planta del Palacio de Justicia de Santiago Lic. Federico C. Alvarez, sito en la Avenida 27 de Febrero, entre las calles Eugenio Guerrero y Ramón García, en la ciudad y municipio de Santiago De Los Caballeros, Provincia de Santiago, República Dominicana; dichos inmuebles son los siguientes: (A) Inmueble identificado como “Solar 25 – B, manzana 94, del Distrito Catastral No. 1, que tiene una superficie de 415.83 metros cuadrados, matrícula No. 0200018209, ubicado en la ciudad y municipio de Santiago De Los Caballeros, Provincia Santiago De Los Caballeros”, el cual figura registrado a nombre de la sociedad COMERCIAL LOW PRICE, C. POR. A., (actualmente COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S.) según la Certificación de Registro de Acreedor de fecha 9 de marzo del año 2009, emitida por el Registrador de Títulos de Santiago; y (B) Inmueble identificado como “Solar 25 – C, manzana 94, del Distrito Catastral No. 1, que tiene una superficie de 226.30 metros cuadrados, matrícula No. 0200018210, ubicado en la ciudad y municipio de Santiago De Los Caballeros, Provincia Santiago De Los Caballeros”, el cual figura registrado a nombre de la sociedad COMERCIAL LOW PRICE, C. POR. A., [actualmente COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S. según la Certificación de Registro de Acreedor de fecha 9 de marzo del año 2009, emitida por el Registrador de Títulos de Santiago. Dichos inmuebles han sido embargados a requerimiento, persecución y diligencia del BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A., [anteriormente BANCO BHD, S.A.-BANCO MÚLTIPLE], entidad de intermediación financiera organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) No. 1-01-13679-2, con domicilio social y asiento principal ubicado en la Plaza BHD, sita en la esquina formada por las Avenidas 27 de Febrero y Winston Churchill, en el Ensanche Evaristo Morales de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representada por su Vicepresidente Ejecutivo - Consultoría Jurídica, la señora SHIRLEY ACOSTA LUCIANO, dominicana, mayor de edad, abogada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001 – 0126111 – 3, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. FRANCISCO ÁLVAREZ VALDEZ, JULIO CÉSAR CAMEJO CASTILLO, JUAN JOSÉ ESPAILLAT ALVAREZ y ROMINA FIGOLI MEDINA, dominicanos, mayores de edad, casados los tres primeros, abogados de los tribunales de la República, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 001-0084616-1, 0010902439-8, 001-1761786-0 y 001-1881483-9, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en la Oficina de Abogados y Consultores HEADRICK, RIZIK, ÁLVAREZ & FERNÁNDEZ, sita en el sexto piso de la Torre Piantini, la cual se encuentra ubicada en la esquina formada por las Avenidas Gustavo Mejía Ricart y Abraham Lincoln, en el Ensanche Piantini de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, teléfono número (809) 473-4500, y fax número (809) 683-2936, y estudio profesional ad-hoc en la OFICINA DE ABOGADOS DE LA CRUZ ALVARADO, sita en la edificación marcada con el número treinta y tres (33) de la Calle Proyecto I, en el Reparto Oquet de la ciudad de Santiago de los Caballeros, Provincia de Santiago, República Dominicana, lugar este último donde el BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A., ha hecho formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias derivadas del procedimiento de embargo inmobiliario que se sigue en perjuicio de la sociedad COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S, entidad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) bajo el número 1-01-12323-2, con su domicilio social sito en el Edificio Jaragua Muebles, sito en la esquina formada por la Avenida 27 de Febrero y la Calle 30 de marzo, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, de conformidad con el Certificado de Registro Mercantil No. 102742SD emitido por la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, y domicilio de elección contractual en la edificación marcada con el número 47 de la intersección formada por las Calles 30 de marzo e Independencia, en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Provincia de Santiago, República Dominicana, de conformidad con el Contrato de Reconocimiento, Aumento y Prórroga de Línea de Crédito para Capital de Trabajo con Garantía Hipotecaria y Fianza Solidaria, suscrito en fecha 26 de mayo del 2014, entre el BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A., COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S., y el señor JUAN RODRÍGUEZ; en ese sentido, el Mandamiento de Pago tendente a Embargo Inmobiliario fue notificado a COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S., mediante el Acto No. 450/2017 de fecha 3 de noviembre del año 2017, instrumentado por el Ministerial Ramón Villa R., Alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia, registrado en la Dirección del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 9 de noviembre del año 2017, Libro letra “B”, Registro No. 25530, para con él procurar el pago de la suma de DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS (RD$18,633,582.64), adeudada por COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S., al BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A., sin perjuicio de los intereses convencionales y moratorios por vencer, ni de las costas y gastos de ejecución, con declaración de que a falta de satisfacer dicho mandamiento de pago en el plazo improrrogable de quince (15) días, el referido Mandamiento de Pago se convertiría de pleno derecho en EMBARGO INMOBILIARIO, de conformidad con lo previsto en el Artículo 153 de la Ley No. 189-11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, y que sería inscrito por ante el Registro de Títulos de Santiago, dentro de los cinco (5) días posteriores al vencimiento del referido plazo de quince (15) días; que el acto de Mandamiento de Pago convertido de pleno derecho en EMBARGO INMOBILIARIO, fue inscrito en el Registro de Títulos de Santiago en fecha 21 de noviembre del año 2017, bajo los asientos Nos. 020427900 y 020427901, todo de conformidad con lo previsto por los Artículos 149 y siguientes de la Ley No. 189-11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana; que la audiencia para la venta de los supraindicados inmuebles fue inicialmente fijada para el día 9 de enero del año 2018, la cual fue anunciada mediante Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario publicado en la Página 16 de la sección Legal del Periódico El Nuevo Diario en fecha 7 de diciembre del año 2017; que dicho Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario, y el llamamiento a la referida audiencia de venta en pública subasta, le fueron notificados a la sociedad COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S., mediante el Acto No. 508/2017 de fecha 11 de diciembre del año 2017, instrumentado por el Ministerial Ramón Villa R., Alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia, registrado en la Dirección del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 13 de diciembre del año 2017, Libro letra “B”, Registro No. 27906; que la audiencia inicialmente fijada para la venta en pública subasta de los supraindicados inmuebles fue celebrada en fecha 9 de enero del año 2018,por ante la Segunda Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, la cual fue aplazada para el día 13 de marzo del año 2018, a los fines de que el tribunal pudiera emitir su fallo con respecto a las demandas incidentales promovidas por COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S.; que la segunda audiencia para la venta de los supraindicados inmuebles fijada para el día 13 de marzo del año 2018 fue anunciada mediante el Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario publicado en la Página 15 de la sección Legal del Periódico El Nuevo Diario en fecha 26 de febrero del año 2018; que dicho Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario, y el llamamiento a la referida audiencia de venta en pública subasta, le fueron notificados a la sociedad COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S., mediante el Acto No. 71/2018 de fecha 28 de febrero del año 2018, instrumentado por el Ministerial Ramón Villa R., Alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia, registrado en la Dirección del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 2 de marzo del año 2018, Libro letra “A”, Registro No. 4220; que la segunda audiencia fijada para la venta en pública subasta de los supraindicados inmuebles fue celebrada en fecha 13 de marzo del año 2018, por ante la Segunda Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, la cual fue aplazada para el día 30 de mayo del año 2018, en virtud de que el tribunal no había emitido su fallo con respecto a las demandas incidentales promovidas por COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S; que la tercera audiencia para la venta de los supraindicados inmuebles fijada para el día 30 de mayo del año 2018 fue anunciada mediante el Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario publicado en la Página 16 de la sección Legal del Periódico El Nuevo Diario en fecha 2 de mayo del año 2018; que dicho Aviso de Venta en Pública Subasta por causa de Embargo Inmobiliario, y el llamamiento a la referida audiencia de venta en pública subasta, le fueron notificados a la sociedad COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S., mediante el Acto No. 156/2018 de fecha 10 de mayo del año 2018, instrumentado por el Ministerial Ramón Villa R., Alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia, registrado en la Dirección del Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 15 de mayo del año 2018, Libro letra “DG-AJ”, Registro No. 2018-09778; que la tercera audiencia fijada para la venta en pública subasta de los supraindicados inmuebles fue celebrada en fecha 30 de mayo del año 2018, por ante la Segunda Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, la cual fue aplazada para el día 5 de julio del año 2018, en virtud de que el tribunal no había emitido su fallo con respecto a demandas incidentales promovidas por COMERCIAL LOW PRICE, S.A.S; que la presente publicación se hace en cumplimiento de lo previsto por el Artículo 169 de la Ley No. 189-11 del año 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana; El persiguiente reitera que ha fijado el precio relativo a la primera puja en la suma de DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS (RD$18,633,582.64), sin perjuicio de las costas, gastos de ejecución y honorarios a ser aprobados. Asimismo, todo subastador deberá depositar en la Secretaría del Tribunal el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana, en PESOS DOMINICANOS; se advierte que las pujas solo serán recibidas por ministerio de abogado, todo lo anterior de conformidad con el Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría del Tribunal donde se llevará a efecto la venta. Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en la ciudad y municipio de Santiago de los Caballeros, Provincia Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

Lic. Carlos Alberto del Giudice Goicoechea, Abogado del Persiguiente. FP 97954

LICDA. ROMINA FIGOLI MEDINA, Por sí y por los LICDOS. FRANCISCO ALVAREZ VALDEZ JULIO CÉSAR CAMEJO CASTILLO y JUAN JOSÉ ESPAILLAT ALVAREZ, Abogados constituidos y apoderados especiales del BANCO MÚLTIPLE BHD LEÓN, S.A. Publicación autorizada por: HEADRICK RIZIK ALVAREZ & FERNÁNDEZ Oficina de Abogados y Consultores Gustavo Mejía Ricart, esq. Abraham Lincoln Torre Piantini, Piso 6, Santo Domingo, D. N., República Dominicana.

PODER JUDICIAL República Dominicana. Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original Del Distrito Judicial De La Provincia La Vega. Aviso De Requerimiento, Auto De Emplazamiento Y De Fijación De Audiencia. Al Agrimensor: ROLFI GIORDANNY CABRERA. Solicitante: VICTOR ELEAZAR JIMENEZ ROMANO. De la: 1era. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original - La Vega Referencia: Expediente No. 0998-18-00450. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia LA VEGA, Municipio LA VEGA DC Pos 313308690215; A todos a quienes pueda interesar: Narciso Castillo, Clementina Fajardo. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicado en la Avenida García Godoy No.32, Esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia, a la audiencia fijada para el día 24/07/2018 a las 09:00 a.m., a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de LA VEGA, Provincia LA VEGA, hoy día 6 de junio de 2018, Años 175 de la INDEPENDENCIA y 155 de la RESTAURACION. Atentamente, JOVAANE SANTOS FRIAS, Secretaria.

CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ, Juez de la 1era. Sala Tribunal de Tierras J.O. – La Vega. (EMJG-AC-13392-RDT)

PODER JUDICIAL República Dominicana. Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original Del Distrito Judicial De La Provincia La Vega. Aviso De Requerimiento, Auto De Emplazamiento Y De Fijación De Audiencia. Al Agrimensor: FRANCISCA ALTAGRACIA GOMEZ REYES. Solicitante: PAULINO BATISTA. De la: 1era. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original - La Vega Referencia: Expediente No. 0998-18-00341. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia LA VEGA, Municipio LA VEGA DC Pos 312388182991; A todos a quienes pueda interesar: Crecencio Puntiel, Elías Pimentel, Dominga Vásquez (Carlixta). En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicado en la Avenida García Godoy No.32, Esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia, a la audiencia fijada para el día 31/07/2018 a las 09:00 a.m., a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de LA VEGA, Provincia LA VEGA, hoy día 24 de mayo de 2018, Años 175 de la INDEPENDENCIA y 155 de la RESTAURACION. Atentamente, JOVAANE SANTOS FRIAS, Secretaria.

CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ, Juez de la 1era. Sala Tribunal de Tierras J.O. – La Vega. (VP-AC-13393-RDT)

ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES Y PRODUCTORAS AGROPECUARIOS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE LA SECCIÓN SABANA LAS MAYAS (APADECOSAMA) Calle Principal, Centro de Aprendizaje Sabana la Maya, SN, Distrito Municipal los Botados del municipio de Yamasá, Provincia Monte Plata, Rep. Dom. AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento de las disposiciones del articulo 5, párrafo I, II y III de la ley No. 122-05 de fecha ocho (8) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), la cual rige el Fomento y Registro de Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, Se hace de público conocimiento que en fecha VEINTICATRO (24) del mes de MAYO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018) mediante la resolución No. 0008-2018, en su artículo primero, numeral 1, el Magistrado Procurador General de la República, concedió el beneficio de Incorporación Legal a la entidad que lleva por nombre ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES Y PRODUCTORAS AGROPECUARIOS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE LA SECCIÓN SABANA LAS MAYAS (APADECOSAMA), entidad sin fines de lucro, cuya duración es por tiempo indefinido, siendo su finalidad : Contribuir con el desarrollo sostenible de la comunidad y mejorar la calidad de vida de sus miembros, por medio del desarrollo de actividades agropecuarias amigables al medio ambiente, y cualquier otra actividad lícita que no esté prohibida por los estatutos y leyes dominicanas. El domicilio legal se establece en la calle Principal, Centro de Aprendizaje Sabana la Maya, SN, Distrito Municipal los Botados del municipio de Yamasá, Provincia Monte Plata, Rep. Dom. Su miembros fundadores son: 1. Lorenzo Adon Pascual, Presidente; 2. Pedro De Los Santos De La Rosa, Vicepresidente; 3. Juana Francisca Canela, Secretaria de Finanza; 4. Niulka Eligia Adon Moreno, Secretaria de acta y correspondencia; 5. Amado Canela, Enc. de educación, Disciplina y Propaganda; 6. Amado Canela, primer vocal; 7. Modesta Santos Mariano, segundo vocal. El número de miembros de su Directiva es de 7 y el o la presidente es el funcionario que representará la asociación antes terceras personas. Los documentos constitutivos de esta asociación se encuentran depositados en el Juzgado de Paz del Tribunal de Primera Instancia del Municipio de Monte Plata, Provincia de Monte Plata, Rep. Dom. y en la Cámara Civil y Comercial de este mismo tribunal. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, al día catorce (14) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

Lorenzo Adon Pascual, Presidente. FC 358886


VIERNES 15 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

Calle Duarte No. 46, centro de la ciudad, Higüey, Rep. Dom. Tel.: 809-554-6565; Móvil 809-753-1752. e-mail:firmasenex@gmail.com; f.juridicomaster@outlook.com

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42, de la ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace de general y público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veintisiete (27 del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018), La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, mediante la Sentencia Civil número 186-2018SSEN-00392, ordenó lo que indica el dispositivo mostrado más abajo: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Ormandy Vargas De Jesús y Belkis María Altagracia Félix Mercedes conforme al acto de estipulación de divorcio núm. 21/2018, instrumentado por ante el Notario Público de Higüey, Lic. Fernando Augusto Mayans Escovar, de fecha25 de Enero del año 2018, trascrita más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: AUTORIZA el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. TERCERO: COMPENSA las costas del proceso, por tratarse de Lítis entre esposos. Nuestra sentencia así se Pronuncia, ordena, manda y firma: Yimarly Valentina Rodríguez Ángeles, Jueza Presidenta; Alma Ozuna Bernard, Secretaria. Asimismo, se hace saber que en fecha doce (12) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción de Higüey, Provincia La Altagracia, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00168 de registros de Divorcio, Folio No. 0135, Acta No. 000168, del año 2018, efectuándose el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad y municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, a los trece (13) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Publicación autorizada por: Licdos. Fernando Rodríguez De La Cruz y Reynaldo Armando Rubio Paredes Abogados Especiales Apoderados. FC 358904

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento al artículo 43 de la ley de divorcio 1306 BIS, se hace de público conocimiento lo siguiente que en fecha veintidós (22) del mes de Enero del año 2018, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dicto sentencia Civil de Divorcio por Mutuo Consentimiento No.531-2018-SSEN-00071. FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido en fecha de acuerdo a la ley: y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARAR disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Santos Rodríguez Jr. y Nedlly Rafelina Rodríguez Paulino, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 38/2017 de fecha 13 de noviembre de 2017, por ante la licenciada Dolores Linares Santana, Abogado Notario Público de las del Número del Distrito Nacional por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil de la Cuarta (4ta) Circunscripción de Distrito Nacional, a efectuar el pronunciamiento del Divorcio una vez transcurrido los plazos legales; TERCERO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos. Que dicho divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción del Distrito Nacional en fecha Once (11) del mes de abril del año 2018, Libro No.00010, Folio No.0065, donde se procedió a transcribir la sentencia del referido divorcio. Conforme obra en Acta No. 000728, del 2018, todo en cumplimiento a la ley sobre divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los catorce (14) días del mes de junio del año DOS MIL DIECIOCHO (2018).

AVISO DE INCORPORACION FUNDACION GINECOLOGICA INTEGRAL DE LA MUJER DRA. YOCAIRA MENDEZ En el cumplimiento con el artículo 5 párrafos I, II Y III de la ley 122-05, del 8 de abril del año 2005, sobre regulación y el fomento de las asociaciones sin fines de lucro en República Dominicana, se publica para general conocimiento, que mediante la Resolución No. 0009, de fecha 15 de mayo del año 2018, el Procurador General de la República concede el beneficio de incorporación a la FUNDACION GINECOLOGICA INTEGRAL DE LA MUJER DRA. YOCAIRA MENDEZ, con su domicilio en la C/ Dolly #8, Residencial Atlantic, Edificio Azul, Apto. D1, Km.12 de la Independencia, Santo Domingo de Guzmán, la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y sus estatutos sociales. Misión: proporcionar una plataforma de servicios de salud integral sostenible que motive el bien común en la mujer Dominicana. Objetivo: Brindar servicios de salud con calidad a aquellas mujeres que carecen de recursos. Miembros junta directiva: Presidenta YOCAIRA MÉNDEZ DE MEDINA; Vice-Presidente ELVIN ANÍBAL MEDINA SEGURA; Secretario RIDEL L. MÉNDEZ JIMÉNEZ; Tesorera MARILEIDYS RUIZ QUEZADA; Primer vocal YOHAN EMILIO MÉNDEZ BELTRE; Segundo vocal ÁNGELA LUISA BELTRE DE MÉNDEZ; Tercer vocal JOSÉ ANTONIO NOVAS MONTERO. Expedida a los 15 días del mes de junio del 2018.

YOCAIRA MENDEZ, Presidente. FC 358903

AVISO DE INCORPORACION Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley No. 122-05, de fecha 8 de abril del 2005, para la regulación y fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, que derogó la Ordenanza ejecutiva No. 0007-2018, de fecha 15 de mayo 2018, mediante Resolución No. 0007-2018, de fecha 15 de mayo 2018, se concede el beneficio de incorporación a la ASOCIACION DE FABRICANTES TEXTILES DEL MUNICIPIO DE LOS ALCARRIZOS (ASOFTAXMA), con su domicilio en la calle 27 de Febrero No. 19, Obras Públicas, de la ciudad y municipio de Los Alcarrizos, provincia Santo Domingo, República Dominicana. Entidad que se dedicará a unión de personas físicas y jurídicas dedicadas a la fabricación de textiles. La señora LEOPORDA MARTINEZ ROSARIO, es quien representará el centro ante terceras personas, que su junta directiva está compuesta por los señores, MARX GERONIMO, Vicepresidente; LUIS FERMIN MOREL, Secretario-Tesorero. Esta resolución fue aprobada a unanimidad de votos. Y según el artículo __ de nuestros Estatutos. La duración es por tiempo indefinido. En la ciudad de Santo Domingo, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

ciembre del año 2017, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Duarte, Especializada en Asuntos de Familia, dicta sentencia Civil de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres No.123-2017-SCON-00579. FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los esposos, el señor Manuel Hernández García y la señora Francisca Paulino García, por haberse demostrado su incompatibilidad y la perturbación social que esta ha producido. SEGUNDO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Que dicho divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la 2DA. Circunscripción de SAN FRANCISCO DE MACORIS en fecha Once (11) del mes de abril del año 2018, Libro No. 00003, Folio No.0081, donde se procedió a transcribir la sentencia del referido divorcio. Conforme obra en Acta No. 000241, del 2018, todo en cumplimiento a la ley sobre divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los catorce (14) días del mes de junio del año DOS MIL DIECIOCHO (2018).

LIC. RAMON EMILIO GONZALEZ NEDER, Abogado. FP 97933

FC 358818

PUBLICACION DE DIVORCIO

Presidente.

ASOCIACIÓN DE MUJERES EMPRENDEDORAS DE LA SECCIÓN DEL BOSQUE (AMESBO) Calle entrada del Bosque, # 143, Sección el Bosque, Distrito Municipal Don Juan, Municipio Monte Plata, Rep. Dom.

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 14/06/2018, LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó la Sentencia Civil sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores JOSE LEONARDO MEDINA GONZALEZ Y ROSSELYNN CARMEN PEÑA, en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra Circunscripción Distrito Nacional, según consta en el Libro No. 00015, año No. 001149, Folio No. 0099, del año 2018.

AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento de las disposiciones del artículo 5, párrafo I, II y III de la ley No. 122-05 de fecha ocho (8) del mes de abril del año dos mil cinco (2005), la cual rige el Fomento y Registro de Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, Se hace de público conocimiento que en fecha DIECINUEVE (19) del mes de FEBRERO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018) mediante la resolución No. 002-2018, en su artículo primero, numeral 9, el Magistrado Procurador General de la República, concedió el beneficio de Incorporación Legal a la entidad que lleva por nombre ASOCIACION DE MUJERES EMPRENDEDORAS DE LA SECCIÓN DEL BOSQUE (AMESBO), entidad sin fines de lucro, cuya duración es por tiempo indefinido, siendo su finalidad mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comunidad, por medio del desarrollo de actividades agropecuarias y no agropecuarias que permitan abastecimiento de alimentos sanos y de calidad, así como el acceso a otros servicios, y cualquier otra actividad lícita que no esté prohibida por los estatutos y leyes dominicanas. El domicilio legal se establece en la calle entrada del Bosque, # 143, Sección el Bosque, Distrito Municipal Don Juan, Municipio Monte Plata, Rep. Dom. Sus miembros fundadores son: 1. María Catalina Heredia Hernández, Presidente; 2. Juana Julia Caraballo Severino, Vicepresidente; 3. Deimy Severino Familia, Secretaria de Finanza; 4.Confesora de la Rosa Fabián, Secretaria de acta y correspondencia; 5. Wendy Caraballo Caraballo, Enc. de educación, Disciplina y Propaganda; 6. Miguelina Familia Severino, Primer Vocal; 7. Ysidra de la Cruz Bello, segundo vocal. El número de miembros de su Directiva es de 7 y el o la presidente es el funcionario que representará la asociación antes terceras personas. Los documentos constitutivos de la asociación antes nombrada, se encuentran depositados en el Juzgado de Paz del Distrito Municipal de Don Juan del Tribunal de Primera Instancia del Municipio de Monte Plata, Provincia de Monte Plata, Rep. Dom. y en la Cámara Civil y Comercial de este mismo tribunal. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, al día catorce (14) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

María Catalina Heredia Hernández, PRESIDENTE

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento al artículo 43 de la ley de divorcio 1306 BIS, se hace de

LILIAN DEL CARMEN JACINTO TAPIA, Declarante.

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público conocimiento lo siguiente que en fecha veintiséis (26) del mes de Di-

DECLARACION JURADA YO, LILIAN DEL CARMEN JACINTO TAPIA, cédula No. 001-0798564-9, dejo constancia de que No Tengo Ninguna Oposición a que el señor: LEANDRO BIENVENIDO LORA PERDOMO, cédula No. 084-00011188, cambie de su Estado Civil de Casado a Soltero, en el Certificado de Títulos matrícula 0500033170, inscrito en el Libro No. 0336, Folio No. 015, emitido por el Registrador de Títulos del Departamento de Baní, Lic. Edwin Bartolomé Castillo, el cual fue emitido en fecha 27/12/2017, en razón de que somos divorciados mediante sentencia civil No. 538-2017-SSEN-00613, de fecha 31/10/2017, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Peravia.

LEOPORDA MARTINEZ ROSARIO,

LIC. RAMON EMILIO GONZALEZ NEDER, Abogado. FP 97933

LEGAL 17

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO EN VIRTUD DE LA LEY No. 189-11. Ha sido fijada para el día Siete (07) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana, la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrará la Cámara Civil, Comercial y Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, sito en la calle Ramón Matías Mella, esquina Hermana Nanitas de la ciudad de Azua, del inmueble siguiente: UNA PORCION DE TERRENO (SOLAR) UBICADO EN LA CALLE CORAZON DE JESUS No. 18, SECTOR LA PLACETA, DE ESTA CIUDAD DE AZUA, CON UNA CASA CONSTRUIDA DE TABLAS Y CEMENTO, TECHADA DE ZINC, PISO DE CEMENTO, TRES HABITACIONES, SALA, CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400 MT2), DENTRO DE LOS ACTUALES Y SIGUIENTES LINDEROS: AL NORTE: CALLE CORAZON DE JESUS; AL SUR: MANUEL DEL JESUS BATISTA ROSSO; AL ESTE: ESCUELA EL TROMPO; Y AL OESTE: MARIA GONZALEZ, PROPIEDAD DE RAMONA ROSSO, embargado en perjuicio de RAMONA ROSSO, HORACIO ANTONIO BATISTA ROSSO, y MANUEL DE JESUS BATISTA ROSSO, de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11, a requerimiento del señor ARCADIO PEREZ MANCEBO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 010-0004981-5, domiciliado y residente en la calle Villa Juana No. 5, de esta ciudad de Azua de Compostela, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LICDO. RAFAEL AUGUSTO MENDEZ NOVA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los Tribunales de la República Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-11871281-1, con estudio profesional abierto en el No. 43 de la calle Ramón Matías Mella, segundo nivel, de la ciudad de Azua de Compostela, República Dominicana, en cuyo estudio ha hecho elección de domicilio el persiguiente para los fines del procedimiento de embargo inmobiliario. El mandamiento de pago fue notificado a los embargados el día quince (15) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), mediante el Acto No. 33/2018, instrumentado por el Ministerial SALOMON ANT. CESPEDES, Alguacil de Estrados del Juzgado de la Instrucción del municipio de Azua, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, e inscrito por ante el Registro de Conservaduría de Hipotecas de Azua en fecha embargo inmobiliario, e inscrito por ante el Registro de Conservaduría de Hipoteca de Azua, en fecha primero (01) del mes de febrero del año 2018, el persiguiente ha fijado para la primera puja, por la suma de OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL PESOS DOMINICANOS (RD$825,000.00), que es el monto a que asciende la deuda, sin perjuicio de los gastos legales y honorarios de abogado. Todo subastador deberá depositar en manos del Abogado del Persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una instrucción bancaria de la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de Abogado. El deudor y los acreedores inscritos, serán citados por acto de Alguacil para presenciar la venta. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario, deberá tener previamente autorización del Poder Ejecutivo. En la ciudad de Azua de Compostela, República Dominicana, hoy día trece (13) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

FC 358932

LICDO. RAFAEL AUGUSTO MENDEZ NOVA.

LIC. RAFAEL NICACIO DE JESUS Abogado.

“AVISO DE PUBLICACIÓN DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, DE LA COMPAÑÍA “INVERSIONES CARNAVAL, S.A.” Capital Social Autorizado: RD$600,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$286,500.00 De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, modificada mediante ley No.31-11, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la compañía a una Sociedad de Responsabilidad Limitada SRL, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la compañía INVERSIONES CARNAVAL, S.A., la cual se denominará INVERSIONES CARNAVAL, S.R.L., la misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; la empresa tendrá como objeto social principal la promoción y desarrollo de proyectos inmobiliarios en general, adquirir y vender bienes y derechos, mobiliarios e inmobiliarios; así como toda clase de actividad relacionada con el objeto principal y de lícito comercio; el domicilio de la empresa estará en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana; con un capital social que será fijado en Doscientos Ochenta y Seis Mil Quinientos Pesos (RD$286,500.00), dividido en dos mil ochocientas sesenta y cinco (2,865) cuotas sociales de cien Pesos (RD$100.00) cada una; la empresa será administrada por uno o varios gerentes, designado (s) al efecto frente a los socios, la gerencia podrá llevar a cabo todos los actos de gestión necesarios en interés de la sociedad; frente a los terceros, la gerencia estará investida con los poderes más amplios para actuar, en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido proyecto, así como el balance financiero especial, y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad se convoca a los accionistas de la compañía INVERSIONES CARNAVAL, S.A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en su domicilio social el día dos (02) de julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 9:00 horas de la mañana, a los fines de conocer y aprobar el proyecto de transformación de la compañía, junto con el informe del Comisario de Cuentas, y el balance especial preparado por un Contador Público Autorizado, informes que estarán en el domicilio de la compañía a disposición de los accionistas. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintiocho (28) días de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

ROSANNA ESPAILLAT LORA, Presidente. FC 358894

DR. NEFTALI A. HERNÁNDEZ R. ABOCADO NOTARIO Calle José Gabriel García No. 553, altos-Ciudad Nueva Santo Domingo, D.N., Tel. 809-686-0623. AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO EN DOMICILIO DESCONOCIDO Para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en materia de divorcio se hace de público conocimiento que la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada para asuntos de familia ha fijado audiencia para el día martes, tres (03) de Julio del dos mil dieciocho (2018), a las nueve (9:00) horas de la mañana, para conocer la demanda en divorcio por incompatibilidad de caracteres incoada por el señor FELIPE MONTILLA contra su esposa señora LEYBI MARIA ARAUJO MORLA, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral Núm. 001-0058787-2, cuyo último domicilio conocido estuvo situado en Calle Nicolás Ureña de Mendoza Núm. 103, Los Prados, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y por desconocer en la actualidad su paradero se le avisa a la demandada que el próximo miércoles VEINTE (20) de Julio del Dos Mil Dieciocho (2018) será remplazada por acto de alguacil a domicilio desconocido por ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, para que asista a la indicada audiencia YA indicada, que tendrá efecto a puerta cerrada en la sala ya indicada, situada en el primer piso del edificio ubicado en la calle Socorro Sánchez núm. 68, esquina Santiago del sector de Gazcue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito nacional, para que con su comparecencia a la indicada audiencia tenga la oportunidad formalizar sus medios de defensa; solicitando por este medio a cualquiera persona que sepa el paradero de la demandada, señora LEYBI MARIA ARAUJO MORLA para que la pongan en conocimiento del presente aviso. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los 14 días del mes de Junio del 2018.

DR. NEFTALI A. HERNANDEZ, Abogado. FC 358902


VIERNES 15 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

18 LEGAL

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE MENSURAS LA DESLINDE Y SUB-DIVISION

Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 001024030554, del BANCO POPULAR, de fecha 28-08-95, por valor de RD$10,498.73, a nombre de ROBERTA BATISTA TAVERAS, cédula 0011141446-2. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Exp. No. 6642018035123, de fecha 08 de mes de junio de 2018 se hace de público conocimiento que el día sábado que contaremos a (23) del mes de junio del año dos mil (2018) a las 9:00 a.m., horas de la mañana, se dará inicio a los trabajos de Mensura para deslinde y sub-división dentro del inmueble identificado parcela No. 31-Ref, del Distrito Catastral No. 08 del municipio y provincia de Azua, a petición del señor José Antonio Figuereo.

AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Se hace de público conocimiento, la pérdida del Duplicado del Dueño relativo al Certificado de Titulo matrícula No. 0100005310, expedido a nombre de la señora ROSA ELENA ESPINOSA MIRELES, descrito como: “Unidad funcional 3, identificada como 309389698743 : 3, matrícula No. 0100005310, del CONDOMINIO REFA VI, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 12.5% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-02-001, ubicado en el nivel 02, del bloque 01, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 110.00mt2; un SECTOR COMÚN de uso exclusivo identificado como SE-0101-004, ubicado en el nivel 01, del bloque 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 11.00mt2 y un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO, identificado como SE-01-01-014, ubicado en el nivel 01, del bloque 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 10.00mt2. Propiedad de ROSA ELENA ESPINOSA MIRELES, dominicana, mayor de edad, soltera, Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0095425-4.”, aviso de conformidad con el párrafo II del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario. Nota: EL PRESENTE AVISO SE REALIZA PARA SOLICITUD DE UN NUEVO CERTIFICADO DE TITULO POR PERDIDA O DETERIORO. FC 358912

CENTRO ÓPTICO AMERICANO Tradición de Servicio y Calidad Se hace público conocimiento, que mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la Empresa: Centro Óptico Americano RG, S.R.L, Registro Nacional de Contribuyente No. 1-30-96334-7 y Registro Mercantil No. 91737SD, celebrada el pasado 13 de Junio de 2018, se acordó reducir el capital social sin devolución de aportaciones, en la misma se acordó aprobar la reducción del Capital Social de cuya suma era de Dos Millones de pesos RD$2,000,000.00 para un monto de Cien Mil Pesos (RD$ 100,000.00).

FC 358909

FC 358889

AVISO DE DESLINDE

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Por medio de la presente, se avisa al Público en general que en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución 335-2009, que el día miércoles, que contaremos a Veintisiete (27) de Junio del 2018, a las 10:00 a.m., se dará inicio a los trabajos de DESLINDE dentro del inmueble identificado como Solar 12, Manzana 1747, del Distrito Catastral No. 01, Municipio Distrito Nacional, Provincia Distrito Nacional, en virtud de la autorización de fecha 22 de Mayo del 2018, expediente No. 66320182531, a nombre de LOUIS NELSON LAMARCHE, CELESTE ONDINA LAMARCHE. Este Inmueble está ubicado en La Calle Rafael Augusto Sánchez, Distrito Nacional y está libre de cargas y gravámenes.

Para dar cumplimiento con el artículo 92 de la Ley 108-05, de Registro Inmobiliario. Se hace saber que se ha extraviado el Certificado de Título No.0100275586, que ampara “UNA PORCION DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 1291.85 METROS CUADRADOS, IDENTIFICADO CON LA MATRICULA No.0100275586, DENTRO DEL INMUEBLE PARCELA 110-REF.-780, DEL DISTRITO CATASTRAL NO.4, DEL DISTRITO NACIONAL, DISTRITO NACIONAL”, según el Certificado de Título Matrícula No.0100275586, expedido por los señores Registrador de Títulos del Distrito Nacional, el cual se encuentra a nombre de los señores NICOLAS EDMUNDO QUINTERO RAPOSO y GRECIA MILAGROS GARCÍA MARTINEZ.

AGRIM. JOSE ANTONIO ESPINAL ORTEGA, Codia 2963. Tel. 809-763-1364.

LIC. JOSE MATA SUERO, Abogado.

Dr. RAMIRO GARCIA FELIZ

Se informa que ha sido extraviado el Certificado de Depósito No. 7700439 de fecha 02/02/2005, emitido por THE BANK OF NOVA SCOTIA (SCOTIABANK), a favor de la señora ANDREA PAREDES, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0889947-7, por la suma de 5,000.00.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado financiero No.402-01-261-000096-1, de fecha 11 de marzo del año 2015, por valor de RD$450,000.00, expedido por el Banco de Reservas de la República Dominicana, a nombre de los Señores Ramón Jiménez González y Altagracia Jiménez De Casimiro, provistos de cedulas de identidad y electoral Nos.001-1563295-2 y 001-0860075-0, respectivamente, la presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 358898

FC 358658

Agrim. Jaime de los Santos de la Cruz, Codia No. 6881.

FC 358888

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento que en fecha VIERNES 29-JUNIO2018, a las 9:00 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 10 del D.C. No.31, Sector La Guayiga, CARRETERA HATO NUEVO No.46, en el Municipio PEDRO BRAND y Provincia SANTO DOMINGO, a petición de: HARBIE OVALLE BENCOSME. Expediente 6632018020651. AGRIM. JUAN ANTONIO VILLAR G. Agrimensor – Contratista. Codia No. 7844.

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 051007808-0, documento No.838178 fecha de apertura 16/06/2016, expedido por un valor de RD$196,900.00 (CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 PESOS DOMINICANOS), emitido por BANRESERVAS a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de: MARIA PERSEVERANCIA ABREU ABREU, Depositante. (REMS-RCDEP-6943-WP-ENV-13-14-15/06/2018)

En virtud del Art. 92, Párrafo 3, de la ley 108-5, de registro inmobiliario. Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título de matrícula No. 2004-9308 (duplicado del acreedor hipotecario), a nombre del señor BIENVENIDO MARTINEZ, correspondiente al SOLAR No. 3-A, DE LA MANZANA NO. 732, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 1, DEL DISTRITO NACIONAL, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 200 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: AL NORTE: SOLAR 4, AL ESTE: SOLAR 2, AL SUR: SOLAR 3B, Y AL OESTE CALLE NO. 4.

Se hace de público conocimiento que en fecha VIERNES 29-JUNIO-2018, a las 2:00 p.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 217-B-3-A del D.C. No.6, Sector Los Frailes, CALLE PRIMERA No.21, en el Municipio SANTO DOMINGO ESTE y Provincia SANTO DOMINGO, a petición de: FRANKLIN PAULINO ULERIO. Expediente 6632018020635.

AVISO DE PERDIDA DE TITULO

PERDIDA DE TITULO

AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE

De conformidad con lo que dispone el Párrafo II, Art. 92 de LA Ley 108-05, de Registro Inmobiliario, Por este medio hace la publicación de Pérdida del Certificado de Título correspondiente a: UNA PORCION DE TERRENO CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE 5,854.42 METROS CUADRADOS, IDENTIFICADA CON LA MATRICULA No. 3000200940, DENTRO DEL INMUEBLE: LA PARCELA No. 34-C, DEL D. C. Mo. 18, UBICADO EN SANTO DOMINGO DE GUZMAN, SANTO DOMINGO (DUPLICADO DEL DUEÑO), a nombre de RAFAEL LEONIDAS ARIAS SORIANO.

En virtud del Art. 92, Párrafo 3, de la ley 108-5, hacemos constar que se ha extraviado el Certificado de Título Duplicado del Acreedor amparado en la parcela No. 34-A-REF-185, del Distrito Catastral No. 18, con una superficie de 199.23 metros, Matrícula No.3000118885, ubicado en Santo Domingo de

AGRIM. JUAN ANTONIO VILLAR G. Agrimensor – Contratista. Codia No. 7844.

Se hace de público conocimiento que en fecha VIERNES 29-JUNIO2018, a las 11:00 a.m., se están realizando los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 118-A del D.C. No.04, El Condado, La Ceiba, CALLE EULOGIO MEDINA No.19, en el Municipio y Provincia DISTRITO NACIONAL, a petición de: ALTAGRACIA NUÑEZ MARTINEZ. Expediente 6632018020643. AGRIM. JUAN ANTONIO VILLAR G, Agrimensor – Contratista. Codia No. 7844.

RAFAEL LEONIDAS ARIAS SORIANO Propietario. Cédula No. 001-0330176-8.

Guzmán, Santo Domingo, Propiedad del señor GERALDO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Y CERTIFICACIÓN DE REGISTRO DE ACREEDOR

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE DESLINDE

De conformidad con los Artículos Nos. 92 de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario y 86 del Reglamento General de Registro de Títulos, Hacemos de Público Conocimiento que se han Extraviado el Certificado de Título y las Tres (3) Certificaciones de Registro de Acreedor Matrícula No. 0100307020, Correspondiente al Duplicado del Dueño y los 3 Acreedores, del UNIDAD FUNCIONAL, 702, DEL CONDOMINIO VICSA III, EDIFICADO DENTRO DE LA DESIGNACIÓN CATASTRAL IDENTIFICADA COMO 400422781973: 702, UBICADA EN EL DISTRITO NACIONAL, CON UNA SUPERFICIE DE (236.06M2) Inscrito en el Libro No. 3954, Folio No. 078, Emitido en fecha 13 de Septiembre del año 2016, por el Registro de Títulos del Distrito Nacional; Duplicado del Dueño a favor: los SRES. VICTOR JOSE DE MARCHENA DE LA CRUZ Y SABRINA PAOLA CRUZ DURAN, y los 3 Acreedores a favor de la ASOCIACIÓN LA VEGA REAL DE AHORROS Y PRÉSTAMOS PARA LA VIVIENDA (ALAVER) se hace constar que las Tres (3) Hipotecas han sido Canceladas en dicha Institución véase Actos de Radiación de Hipoteca Convencional.

Se hace de público conocimiento, que de conformidad con las disposiciones del artículo 92 de la ley 108-05 de registro inmobiliario, modificada por la ley 51-07, se ha extraviado el Certificado de Título No.98-9934, con un área de construcción de ciento sesenta y cinco punto veinticinco metros cuadrados (165.25mts2), del condominio Mary I, edificado dentro del ámbito del solar No. 10, manzana No.417, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, el cual es propiedad de la señora MARIA PEREYRA VARGAS, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad No.001-0924307-1.

Por medio de la presente, se avisa al Público en general que en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución 335-2009, que el día miércoles, que contaremos a Veintisiete (27) de Junio del 2018, a las 12:00 m., se dará inicio a los trabajos de SUBDIVISION dentro del inmueble identificado como: Matrícula 1800009629, Parcela 113-B-REF.-1-005-2627-2630 Distrito Catastral No. 12, en el Municipio de San Cristóbal, Provincia San Cristóbal, en virtud de la autorización de fecha 22 de Mayo del 2018, expediente No. 6642018031071, a nombre de FEDERICO ENRIQUE ARISTIDE RODRIGUEZ ANDUJAR Y CRISTINA ANGELICA RODRIGUEZ ANDUJAR. Este Inmueble está ubicado en el 37 Km. de la Autopista Duarte Tramo - Santo Domingo - Villa Altagracia, y está libre de cargas y gravámenes.

DR. DOMINGO ERASMO REYES FIGUEREO, Abogado-Representante.

LIC. VICTOR GUZMAN, Abogado.

VASQUEZ GOMEZ.

AGRIM. JOSE ANTONIO ESPINAL ORTEGA, Codia 2963. Tel. 809-763-1364.


VIERNES 15 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

VENTA PÚBLICA A CAUSA DE EMBARGO INMOBILIARIO De conformidad con el artículo 158 de la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, se hace la presente publicación: FECHA DE LA ADJUDICACIÓN: El día martes que contaremos a diez (10) del mes de julio del año en curso dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.). TRIBUNAL ANTE EL CUAL SE EFECTUARÁ: La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en su sala de audiencias ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia del municipio de Salvaleón de Higüey, Distrito Judicial de La Altagracia, sita en la calle Agustín Guerrero número 55 a esquina calle Beller, del municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana. INMUEBLES: Los siguientes inmuebles del Condominio Isla Feliz Residenciales, ubicado en el municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana: 1) Unidad funcional A11, identificada con la designación catastral 506615685417 A11; 2) Unidad funcional A13, identificada con la designación catastral 506615685417 A13; 3) Unidad funcional A21, identificada con la designación catastral 506615685417 A21; 4) Unidad funcional A22, identificada con la designación catastral 506615685417 A22; 5) Unidad funcional A23, identificada con la designación catastral 506615685417 A23; 6) Unidad funcional A24, identificada con la designación catastral 506615685417 A24; 7) Unidad funcional A25, identificada con la designación catastral 506615685417 A25; 8) Unidad funcional A26, identificada con la designación catastral 506615685417 A26; 9) Unidad funcional A27, identificada con la designación catastral 506615685417 A27; 10) Unidad funcional A31, identificada con la designación catastral 506615685417 A31; 11) Unidad funcional A34, identificada con la designación catastral 506615685417 A34; 12) Unidad funcional A35, identificada con la designación catastral 506615685417 A35; 13) Unidad funcional A36, identificada con la designación catastral 506615685417 A36; 14) Unidad funcional B11, identificada con la designación catastral 506615685417 B11; 15) Unidad funcional B12, identificada con la designación catastral 506615685417 B12; 16) Unidad funcional B13, identificada con la designación catastral 506615685417 B13; 17) Unidad funcional B14, identificada con la designación catastral 506615685417 B14; 18) Unidad funcional B15, identificada con la designación catastral 506615685417 B15; 19) Unidad funcional B16, identificada con la designación catastra1506615685417 B16; 20) Unidad funcional B17, identificada con la designación catastra1506615685417 B17; 21) Unidad funcional B18, identificada con la designación catastra1506615685417 B18; 22) Unidad funcional B21, identificada con la designación catastral 506615685417 B21; 23) Unidad funcional B22, identificada con la designación catastral 506615685417 B22; 24) Unidad funcional B23, identificada con la designación catastral 506615685417 B23; 25) Unidad funcional B24, identificada con la designación catastral 506615685417 B24; 26) Unidad funcional B25, identificada con la designación catastral 506615685417 B25; 27) Unidad funcional B26, identificada con la designación catastral 506615685417 B26; 28) Unidad funcional B27, identificada con la designación catastral 506615685417 B27; 29) Unidad funcional B28, identificada con la designación catastral 506615685417 B28; 30) Unidad funcional B31, identificada con la designación catastral 506615685417 B31; 31) Unidad funcional B32, identificada con la designación catastral 506615685417 B32; 32) Unidad funcional B33, identificada con la designación catastral 506615685417 B33; 33) Unidad funcional B34, identificada con la designación catastral 506615685417 B34; 34) Unidad funcional B35, identificada con la designación catastral 506615685417 B35; 35) Unidad funcional B36, identificada con la designación catastral 506615685417 B36; 36) Unidad funcional B37, identificada con la designación catastral 506615685417 B37; 37) Unidad funcional B38, identificada con la designación catastral 506615685417 B38; 38) Unidad funcional B41, identificada con la designación catastral 506615685417 B41; 39) Unidad funcional B42, identificada con la designación catastral 506615685417 B42; 40) Unidad funcional B43, identificada con la designación catastral 506615685417 B43; 41) Unidad funcional L11, identificada con la designación catastral 506615685417 L11; 42) Unidad funcional L12, identificada con la designación catastral 506615685417 L12; 43) Unidad funcional L13, identificada con la designación catastral 506615685417 L13. PERSIGUIENTE: Sociedad comercial DISTINCT INVESTMENT HOLDINGS, LLC, una sociedad de responsabilidad limitada (Limited Liability Company) debidamente incorporada y existente bajo las leyes del Estado de la Florida, con domicilio social ubicado en 1319 Seminole Dr., Fort Lauderdale, Florida, 33304, Estados Unidos de América, debidamente representada por el señor JAREK PETER TADLA, de nacionalidad norteamericana, mayor de edad, soltero, empresario, portador del pasaporte número 472542572, domiciliado y residente en los Estados Unidos de América, y provisionalmente en la Plaza Palma Real Shopping Village (Business Center), locales 8, 9, 10, 11 y 12, Bávaro, distrito municipal turístico Verón-Punta Cana, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana; entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales al doctor CHRISTOPH RUDOLF SIEGER y a los licenciados ALFREDO GUZMÁN SALADÍN, FABIO J. GUZMÁN ARIZA, MARIANNE ADELA OLIVARES SANTOS y MANUEL DEL ROSARIO JIMÉNEZ, alemán el primero y dominicanos los demás, mayores de edad, casados los tres primeros y solteros los dos últimos, el primero con cédula de identidad número 001-1286662-9 y los demás con cédulas de identidad y electoral números 031-0388414-8, 056-0009484-0, 402-2111289-5 y 402-2071266-1, inscritos en el Colegio de Abogados de la República Dominicana bajo los números 32774-304-06, 34895-304-06, 1008-2287, 53796-173-14 y 58991-35-15, respectivamente, con estudio profesional común abierto en el bufete Guzmán Ariza, sito en la plaza Palma Real Shopping Village (Business Center), locales 8, 9, 10, 11 y 12, Bávaro, distrito municipal turístico Verón-Punta Cana, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana; lugar donde el persiguiente y sus abogados han hecho formal elección de domicilio. EMBARGADO: Sociedad comercial 33 RENOVA EXPERT, S.R.L., constituida y existente de acuerdo con las leyes de la República Dominicana, inscrita en el Registro Nacional del Contribuyente número 1-31-33926-3, con el Registro Mercantil número 6999LA, y domicilio social ubicado en el Local L-11, Condominio Isla Feliz Residenciales, calle Los Corales, Provincia La Altagracia, República Dominicana. ENUNCIACIONES PRELIMINARES: A) El mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario fue notificado mediante acto número 488/2018 de fecha ocho (8) de mayo de dos mil dieciocho (2018) instrumentado por el ministerial Orlando de la Cruz Toribio, alguacil ordinario del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Higüey; B) El mandamiento de pago convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario en virtud del artículo 153 de la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, fue inscrito en el Registro de Títulos del Departamento de Salvaleón de Higüey, La Altagracia, República Dominicana, en fecha veintinueve (29) de mayo del dos mil dieciocho (2018). PRECIO: El precio fijado por el persiguiente para la primera puja es de TRES MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$3,000,000.00), más los gastos y honorarios del procedimiento, de conformidad con la ley, sumas estas que serán indicadas al comenzar la subasta. GARANTÍA ESTIPULADA PARA SER LICITADOR: Todo licitador deberá depositar, previamente, en la secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, una garantía en cheque certificado de una institución bancaria domiciliada en la República Dominicana, del diez por ciento (10%) del monto de la primera puja, sin lo cual no será admitido como licitador, de conformidad con el Pliego de Condiciones que regirá la venta, depositado en fecha ocho (8) de junio de dos mil dieciocho (2018), en la secretaría de la indicada Cámara Civil. Hecho y firmado por los abogados del persiguiente, en el municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).

LIC. MARIANNE OLIVARES SANTOS Matrícula 53796/173/14 Por sí, por los Licdos. Fabio J. Guzmán Ariza, Alfredo A. Guzmán Saladín, Manuel del Rosario y por el Dr. Christoph R. Sieger, Abogados. Publicación autorizada por: Guzmán Ariza, Abogados y Consultores Oficinas en Bávaro, La Romana, Sosúa, Cabrera, Santo Domingo, Samaná, Las Terrenas y San Fco. de Macorís. www.drlawyer.com FC 358919

LEGAL 19

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No.402-01-248-002011-6, de fecha 16 de agosto del año 2005, por valor de RD$172,354.00, expedido por el Banco de Reservas de la República Dominicana, a nombre del señor Manuel Antonio Núñez, provisto de pasaporte No.433603244. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente.

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 1018318240, del BANCO ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, (APAP), de fecha 3/5/18, por valor de RD$100,000.00, a nombre de DOLORES OFELIA PEREZ ARIZA, cédula 001-0276362-0. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 358787

FC 358897

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace público conocimiento que el día 26 de junio del año 2018, a las 3:00 P.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, de una porción de terreno, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No. 206-A-5, del D.C. No. 5, del Distrito Nacional, con un área superficial de 88.55 M2, a nombre de la SRA. ELIDA DEL CARMEN DURAN TEJEDA DE MARRERO, representada por TERESA DE JESUS TEJEDA. Expediente No. 663201801688. AGRIM. JOSE ELPIDIO MENDEZ MIR, Codia No. 9041.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 3613 (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 1570, del Distrito Catastral No. 3, del municipio y provincia San José de Ocoa, con una extensión superficial de ciento una (101) hectáreas, treinta y dos (32) áreas y diecisiete (17) centiáreas, propiedad de GLORIA CASTILLO CASTILLO, RAFAEL DAVID CASTILLO CASTILLO, JUAN BAUTISTA CASTILLO CASTILLO, LUIS ALBERTO CASTILLO CASTILLO, AYRSA CASTILLO CASTILLO, HECTOR BIENVENIDO CASTILLO CASTILLO y CARLOS ARMANDO CASTILLO CASTILLO.

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y SUBDIVISIÓN DEPARTAMENTO CENTRAL Expediente: 6632018020481 Se les invita a todo aquel que tenga interés a participar en la acción de Deslinde y Subdivisión a realizarse el Viernes 29 de junio a las 9:00 A.M. Dicha labor se realizará dentro del perímetro de la Parcela 168, D.C. 6, con una extensión superficial de 835.54 Mts2, Provincia Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, Lugar Prado Del Este y en atención a las Resoluciones No. 355-2009, 3642-2016, 3644-2016 y 3645-2016, y a los artículos 75 y 12 y Ley de Registro inmobiliario 108-05, a requerimiento del Agrimensor NELSON HOZEL GENAO RODRIGUEZ, Codia 33912, Tel.: 829-848-0569 y 849-201-1069, y la Sra. ADELAIDA HAYDEE AQUINO GARCIA, con fecha de Autorización 7 de Junio del 2018. FC 358901

AVISO DE PERDIDA DE TITULO DE PROPIEDAD Se hace de público conocimiento, que el día Treinta (30) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), se encuentra perdido el siguiente inmueble: IDENTIFICADO COMO EL NUM. 30334696753, TIENE UNA SUPERFICIE DE 1799.72 METROS CUADRADOS, MATRICULA NO. 0500018041, UBICADO EN AZUA DE COMPOSTELA, PROPIEDAD DEL SEÑOR FREDDY MANUEL VARGAS CABREJA. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Doce (12) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

FREDDY MANUEL VARGAS CABREJA.

FC 358885

FC 358879

CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: $100,000.00 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: $100,000.00 RNC No. 1-01-79827-2 AVISO DE TRANSFORMACION DE S. A., SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SRL. De conformidad con el Artículo 445 de la Ley 479-08 de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad; se avisa al público en general, especialmente a todos los relacionados con esta empresa, que por este medio se convoca de manera formal y expresa a todos los accionistas de EMPRESA DE SERVICIOS YANACA, S. A., a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día cuatro (04) de julio del año 2018, a las 4:00 P.M. (cuatro horas de la tarde), en su local de la calle Francisco J. Peynado No154, suite 7, Ciudad Nueva, Santo Domingo, Distrito Nacional, a fines de conocer y sancionar el proyecto de transformación de EMPRESA DE SERVICIOS YANACA, S. A., en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, (SRL.) conforme a la ley 479-08, en el proyecto consta que: a).- El nuevo nombre será EMPRESA DE SERVICIOS YANACA, SRL., b).- el domicilio será igual la calle Francisco J. Peynado No. 154, suite 7, Ciudad Nueva, Santo Domingo, Distrito Nacional; c).- La duración de la sociedad será igual que ahora por tiempo ilimitado; d).- El objeto quedará invariable; e).- El ejercicio fiscal tampoco cambiará; f).- El Capital Social quedará sin cambio $100,000.00 dividido en cuotas de $100.00 cien pesos cada una para un total de 100,000.00, íntegramente aportados y pagados g).- Las cuotas sociales serán libremente transmisibles, entre socios , entre ascendentes y descendientes, pero no podrán ser cedidas a terceros sin el consentimiento de la Asamblea, con una mayoría que representen tres cuarta 3/4 partes de las cuotas sociales , conforme al dictado de la ley; h).- La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deben ser personas físicas, nombrados por los estatutos o particularmente con una duración de hasta (2) años, y podrán ser reelegidos. Se avisa a todos los accionistas que el texto íntegro de los estatutos o proyecto de transformación, así como el balance especial y los estados se encuentran a su disposición en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria de Transformación. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los Catorce (14) días del mes de junio del año 2018.

ANDRES ALBRINCOLE GARCIA, Presidente.

SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO QUE SE HAN EXTRAVIADO LOS CERTIFICADO DE ACCIONES COMUNES: 1.- No. 60938, de fecha 11/08/1997 por la cantidad de 416 acciones, 2- NO. 64684, de fecha 15/06/1998 por la cantidad de 32 acciones; 3- No. 80260, de fecha 19/06/2001 por la cantidad de 92 acciones, 4- No. 85652, de fecha 17/06/2002 por la cantidad de 103 acciones; 5No. 90874, de fecha 13/06/2003 por la cantidad de 111 acciones; 6- No. 110224, de fecha 20/06/2006 por la cantidad de 171 acciones; 7- No. 06664, de fecha 04/06/2007 por la cantidad de 175 acciones, a razón de RD$300.00 C/U, Expedidos por GRUPO POPULAR, S.A. a favor de NILO CARMELO ROSADO BAEZ, cédula número 023-0132802-3. LA PRESENTE PLBLICACION SE HACE PARA LOS FINES DE LEY CORRESPONDIENTE. FC 358881

AVISO DE DESLINDE Expediente No.6632018018630 Se avisa al público en general, que el día Sábado que contaremos a treinta (30) del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las 9:00 a.m., se iniciarán los trabajos de Deslinde de una porción de terreno de 256.37 Mts2, dentro de la Parcela No.180-B, del D. C. No.2, del Distrito Nacional, ubicado en la Av. Correa y Cidrón esquina Hnas. Bosch Gaviño, Ensanche Matahambre, Distrito Nacional, propiedad de la señora GLORIA ALCIRA COLÓN, representada por el señor Armando Paulino Valenzuela Colón. En virtud de Autorización de fecha 29/05/2018, Expediente No.6632018018630, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central. Ruth María Peña Domínguez, Agrimensora Contratista. Codia 4042. FC 358911

AVISO DE MENSURA VISTA: La autorización de fecha 28 de mayo del 2018, emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Del Departamento Noreste, expediente No. 661201802331, para que el agrimensor ALEJANDRO ARIAS OVADO, CODIA No. 19882, realice los trabajos de DESLINDE Y SUBDIVISIÓN, a petición del ESTADO DOMINICANO. SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del artículo 75 del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se les comunica que el día 3 DE JULIO DEL 2018, A LAS 10:00 A.M., se dará inicio a los trabajos de campo de DESLINDE Y SUBDIVISIÓN en la Parcela No. 1-A-1 del D. C. No. 5 del municipio SAMANÁ, provincia Samaná; por un área de 376,389.00 M2. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés sobre el inmueble, que deben comunicarlo al agrimensor contratista el día de la mensura, o a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales Del Departamento Noreste.

AGRIM. ALEJANDRO ARIAS OVADO, Codia No. 19882. Teléfono: 809-686-5959. FC 358906


VIERNES 15 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

20 LEGAL AVISO DE PUBLICACIÓN DE PERDIDA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Hacemos de Público conocimiento la pérdida del Contrato de Arrendamiento entre el Ayuntamiento Municipal de La Romana y el señor Américo Tavarez, el solar No. 16 de la Manzana 71 ubicado en la calle Espaillat No. 108 de la ciudad de La Romana. En la Ciudad, Municipio y Provincia de La Romana, República Dominicana, a los Catorce (14) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

Expediente

663201802548,

en

astrales del Dpto. Central, se hace de público conocimiento que el día 26 de junio las 10:00 A.M, iniciaremos los trabajos de Deslinde del Solar No. 1-A Manzana 135 del D.C. No. 01 Distrito Nacional, a petición de su propietario Induscari, S.R.L Representado por Giovanni D Alessandro.

DR. CELESTINO SANCHEZ DE LEON,

AGRM. NAYIBE CHABEBE DE ABEL, Codia 2055.

Abogado Notario Público. FC 358907

No.

virtud de autorización de la Dirección Regional de Mensuras Cat-

PUBLICACION DE DIVORCIO

FC 358930

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 662201806057. Se avisa que el día 21 de junio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 1,000m2 en la parcela 83-A-REFUNDIDA-2, D.C. 11, ubicada por la Ave. Rivas después de Caribe Tours a unos 80m, municipio y Prov. La Vega, autorización de mensuras de fecha 07/06/2018, propiedad de JUANA JACQUELINE GUTIERREZ CABRAL quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 662201805348. Se avisa que el día 26 de junio 2018 a las 3:00 p.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 115-A, D.C. 5, ubicada en la sección Pontón, municipio y Prov. La Vega, autorización de mensuras de fecha 22/05/2018, propiedad de RODY MERCEDES CRUZ DE REBUFFO Y ALESSANDRO REBUFFO, quedan citados los colindantes y demás interesados.

ROLFI GIORDANNY CABRERA, Agrimensor Contratista. CODIA 27273.

JOSE CELESTINO COLON JIMENEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 26144.

(AC-13388-PC)

(AC-13390-PC-1/3)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 662201806206. Se avisa que el día 29 de junio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 961, D.C. 3, ubicada entre la circunvalación calle proyecto y la calle principal de la urbanización Hernández, Pinar Quemado municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 07/06/2018, propiedad de Rafael Adames, Ercilia Gutierrez Canela, Olga Ilsa Vargas Gutiérrez y Carmen López Gutiérrez, quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 662201805354. Se avisa que el día 25 de junio 2018 a las 3:00 p.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 01, D.C. 5, ubicada en la sección La Estancita, municipio Jarabacoa, Prov. La Vega, autorización de mensuras de fecha 22/05/2018, propiedad de LEONELSON LEONARDO MARICHAL, JOSE EUGENIO RODRIGUEZ VARGAS Y CARMEN MARIBEL GOMEZ MARTE, FRANCISCO ANTONIO DEL ROSARIO REYES, ZOILA MARITZA JOSEFA ABREU DE DEL ROSARIO, ROSA VERUSKA HERNANDEZ RODRIGUEZ, AGUSTINA HILARIO DURAN, LUIS SANTIAGO GARCIA, MARTIN YVAN DE JESUS DE LOS SANTOS, Y BERTHA CAROLINA LEONARDO, quedan citados los colindantes y demás interesados.

ELADIO RAMON MARTE TRINIDAD, Agrimensor Contratista. CODIA 4080.

JOSE CELESTINO COLON JIMENEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 26144.

Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 09/10/2017, LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN CRISTOBAL, dictó la Sentencia Civil No. 0302-2017-SSEN-00314, de fecha 19/06/2017 sobre el Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES entre los señores CLIFTON SPANN Y LUISA MARILYN SOTO en la Oficialía del Estado Civil de la 1ra Circunscripción San Cristóbal, según consta en el Libro No. 00001, Acta No. 000082, Folio No. 0163, del año 2017.

LIC. DAVID ANTONIO ASENCIO, Abogado.

AVISO DE CONOCIMIENTO DE AUDIENCIA DE DIVORCIO Se hace de público conocimiento que en fecha 20-JUNIO-2018, a las 9:00. a.m., se estará celebrando la demanda de divorcio por Incompatibilidad de caracteres y domicilio desconocido interpuesto por el Sr. EDUARDO BARONE GOMEZ en contra de la Sra. BERNARDINA HERNANDEZ DE JESUS, en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San José de Ocoa, ubicado en la Calle General Cabral No.5 de la provincia SAN JOSE DE OCOA en uno de los salones ubicado en el 2do nivel.

LIC. CRISTIAN REYES, Abogado.

(ACFF-B021-PC)

PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 13/03/2018, LA SEPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA SANTO DOMINGO, dictó la Sentencia Civil No. 1516-2018-SSENT-00119, sobre el Divorcio por INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES entre los señores MANUEL JAVIER MERCEDES E IVONNE MARTA MOLINA DE LA CRUZ, en la Oficialía del Estado Civil de la 5ta Circunscripción Santo Domingo Norte, según consta en el Libro No. 00004, Acta No. 000360, Folio No. 0131, del año 2018.

DR. EVARISTO COCO, Abogado.

(AC-13390-PC-2/3)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

PUBLICACION DE DIVORCIO

EXP. 662201805410. Se avisa que el día 27 de junio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 4, D.C. 12, ubicada camino a la Penda haciendo intersección con la Autopista Duarte y la Carretera El Puñal, a unos 550m del antiguo peaje, municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 23/05/2018 propiedad de IDALIA MARTE REYES DE BATISTA, quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 662201804986. Se avisa que el día 23 de junio 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde y subdivisión en la parcela 29-A, D.C. 02, ubicada en la sección Pedregal, municipio Jarabacoa, Prov. La Vega, autorización de mensuras de fecha 14/05/2018, propiedad de ARELIS ALTAGRACIA PIÑA DE LOS SANTOS, DILCIA MERCEDES PIÑA DE LOS SANTOS, ZAIRA MERCEDES PIÑA DE TORRES, RAFAEL RAUL PIÑA DE LOS SANTOS, FAUSTO MANUEL PIÑA DE LOS SANTOS, WILLIAM PIÑA DE LOS SANTOS, CESAR ANTONIO PIÑA DE LOS SANTOS, ANA CRISTINA PIÑA DE MARTE, y MARIA MAGDALENA PIÑA DE LOS SANTOS, quedan citados los colindantes y demás interesados.

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1306-Bis y sus modificaciones, se hace de público conocimiento, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha cuatro (04) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), fue pronunciado en la Oficial del Estado Civil de la 12va Circunscripción De Santo Domingo Este correspondiéndole el Libro No. 00001-D de registros de Divorcio, Folio No. 0085, Acta no. 000043, año 2018 el divorcio de los señores JIN BO LIU ZHANG Y JIANYI WU FONG, por la Causa Determinada de MUTUO CONSENTIMIENTO. El referido divorcio ha sido transcrito en la Oficialía del Estado Civil de la 12va Circunscripción De Santo Domingo Este, en fecha 04-06-2018.

PABLO ANT. BURGOS HERNANDEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 9944.

JOSE CELESTINO COLON JIMENEZ, Agrimensor Contratista. CODIA 26144.

(AC-13389-PC)

PUBLICACION DE DIVORCIO

(AC-13390-PC-3/3)

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Artículo 92 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, se hace de conocimiento Público que se ha extraviado, y por tal motivo será solicitada la expedición de otro por pérdida de la Constancia Anotada del Certificado de Título identificada con la matricula No. 0300006131, Duplicado del dueño, correspondiente a la parcela No. 372, del Distrito Catastral Número dos (2) de la común de Constanza, con un área de 543.00mts2, según consta en el libro 0203, folio 119, expedido por la Registradora de Títulos del Departamento de La Vega, a nombre de los señores Epifania Frías y Giovanni Bucciones, cualquier información puede ser dirigida al No. 25 de la calle Matilde Viñas de la ciudad de Constanza, oficina de la LICDA. ENRIQUETA CRUZ, Abogada apoderada de la parte interesada, TEL. 809-539-3313 y 829-904-8853. A los Catorce (14) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).-

De acuerdo con lo que le dispone el párrafo III, al Art. 92, Ley 108-05, del Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del EL CERTIFICADO DE TITULO MATRICULA NO. 2100021916, CORRESPONDIENTE AL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARCELA NO. 263-A-REF-43, PORC. J, D.C. 6/1, DEL D.C. 12, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE SEICIENTOS CINCUENTA PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (650.45MTS2), UBICADO EN EL MUNICIPIO SAN JOSE DE LOS LLANOS, PROVINCIA SAN PEDRO DE MACORIS, PROPIEDAD DE LA RAZON SOCIAL ESTEVEZ HERNANDEZ Y ASOCIADOS, CONSULTORES JURIDICOS Y EMPRESARIALES.

LICDA. ENRIQUETA CRUZ, ABOGADO APODERADO. (AC-13391-PC-ENV)

ESTEVEZ HERNANDEZ Y ASOCIADOS, CONSULTORES JURIDICOS Y EMPRESARIALES Debidamente representado por JENNIFER ESTEVEZ HERNANDEZ, Propietaria. FC 358931

Expediente 662201804785, en virtud de autorización de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Dpto. Norte, se hace de público conocimiento que el día 27 de junio del 2018, a las 10:00A.M., iniciaremos los trabajos de Deslinde de la Parcela No. 14 y Refundición del resultado de este Deslinde con la P. No. 14-Q, ambas del D.C. No. 5 del Municipio de Cabarete, Provincia Puerto Plata, a petición de su propietario Arena de Cabarete, S.R.L. Representado por Gloria María Viñas Caba. AGRM. NAYIBE CHABEBE DE ABEL, Codia 2055. FC 358930

LIC. CARLOS ORTEGA, Abogado. FC 358880

Para dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio. La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, para Asuntos De Familia, dictó la sentencia Civil No. 156-2018 SSEN-00039 de fecha Diecisiete (17) de Mayo del Dos Mil Dieciocho (17/05/2018), admitiendo el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores FELIZ ANTONIO REINA ZORRILLA y JOCAIRA JULISSA VILLA, pronunciado en fecha 11/06/2018 por ante el Oficial Civil de la Primera Circunscripción de El Seibo, R.D., Acta. No. 000024, Libro 00001 de registros de Divorcios, Folio 0061, del año 2018.

DRA. ANGELA ZOMERI AYBAR RAMOS. FC 358882

AVISO DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No.42 de la ley 1306-bis, que en fecha 10 del mes de mayo del 2018, la 6ta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, especializado de familia, dictó la sentencia civil No.1445-2018-SSEN-00197, y fue pronunciado el divorcio por mutuo consentimiento entre Heriberto Santos Ventura y Rosa Lina Castillo Fajardo, pronunciado por ante el Oficial de la 15ta Circunscripción de Santo Domingo Oeste, registrado en el Libro No.00001, Folio No.0157, Acta No.000157, del 2018.

LICDA. ELIZABETH MOLA DE GARCIA, Abogada.

AVISO DE DESLINDE Se hace de público conocimiento que en virtud de Autoriz. 13/JUNIO/2018, Depto. Central, el día LUNES 25 DE JUNIO DEL AÑO 2018, A LAS 9:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE en la Parcela No. 3-A, D. C. 09, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. A nombre del señor: NIRMIO EDITH REYES ALCANTARA. Exp. 6632018021577. AGRIM. ALMARELIS ENCARNACION MESA, Codia 34294/Cel. 809-816-1777.

VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARGO EJECUTIVO Se hace de público conocimiento, que de conformidad con lo prescrito por el Artículo 617 del Código de Procedimiento Civil, el próximo día LUNES que contaremos a DIECIOCHO (18) del mes de JUNIO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las Ocho (8:00) horas de la Mañana, por ante el MERCADO PUBLICO DE HERRERA sito en la Calle H, S/N, Sector Herrera, Municipio Oeste, Provincia Santo Domingo, R.D., tendrá efecto, la Venta en Pública Subasta de los bienes muebles y efectos mobiliarios Embargados Ejecutivamente a ASOCIACION DE CHOFERES DE CARROS DE LA 27 DE FEBREROS “ASOPROCAVEFE” los cuales consisten en: “UN (01) JEEP, MARCA FORD, MODELO EXPLORER, AÑO 2002, COLOR GRIS, PLACA No. G206898”. Los pagos serán de contado y los licitadores además del precio íntegro de la Venta deberán pagar el Diez (10%) por ciento que establece la ley sobre la materia. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los CATORCE (14) días del mes de JUNIO del año Dos Mil DIECIOCHO (2018).

PAVER MONTE DE OCA, Alguacil en funciones de Vendutero Público. FC 358933


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22 LEGAL

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE

VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido fijada para el día Miércoles que contaremos a once (11) del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las Nueve (9:00) horas de la mañana, para proceder a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador en la audiencia de pregones que al efecto celebrará LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, sito en uno de los salones de la segunda planta del Palacio de Justicia de Cotuí, localizado en la intersección de las calles Sánchez con Cuatro del Sector La Esperanza de esta ciudad, del siguiente inmueble: EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO 317086337556, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 720.73 METROS CUADRADOS, MATRÍCULA No.0400010810, UBICADO EN COTUÍ, SÁNCHEZ RAMÍREZ. El inmueble que se acaba de mencionar ha sido embargado en perjuicio de la señora FLOR VIANNETTY BENITEZ, domiciliada y residente en el Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, a requerimiento del BANCO DE AHORRO Y CREDITO BANCOTUI, S. A., entidad de intermediación financiera organizada de conformidad con las Leyes de la República Dominicana y especialmente por la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 de fecha 21 de Noviembre del 2002, con asiento social en el edificio localizado en la intersección de las calles Sánchez esquina Juan Sánchez Ramírez de la ciudad de Cotuí, debidamente representada por su Gerente - General, LIC. JULIO C. TEJEDA M., dominicano, mayor de edad, casado, funcionario bancario, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-00047845-6, domiciliado y residente en la ciudad de Cotuí, la que tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. EURIPIDES SOTO LUNA, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 049-0000893-3, matriculado bajo el No.913-3496, al día, con estudio profesional abierto en el No.27 de la calle Enriquillo de la ciudad de Cotuí, lugar en donde la persiguiente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente acto. El mandamiento de pago fue notificado a la embargada en fecha 06 de Febrero del 2018 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho por falta de pago del deudor, fue inscrito en el Registro de Títulos de Cotui, en fecha 09 de Marzo del 2018. La persiguiente ha fijado para la primera puja la suma de RD$1,681,214.04 (UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS CON 04/100), más los gastos y honorarios del procedimiento. Todo subastador deberá depositar en manos del secretario del tribunal apoderado el equivalente a un Diez Por Ciento (10%) del precio de la primera puja, en efectivo o en cheque certificado por una de las instituciones bancarias de las establecidas en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán admitidas por ministerio de abogado, todo lo anterior de conformidad con el pliego de condiciones que se encuentra depositado en la Secretaría de LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SÁNCHEZ RAMÍREZ, lugar en donde se llevará acabo la venta, el deudor será citado por acto de alguacil para presenciar la venta. En la Ciudad y Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

DR. EURIPIDES SOTO LUNA, ABOGADO.

Se hace de público conocimiento que para el día DIECIOCHO (18) de JUNIO del año 2018, a las 9:00 A.M., se iniciarán los trabajos de DESLINDE de 465.45 metros cuadrados, dentro del inmueble identificado como parcela 110-REF-780-C del D. C. No. 4 en el municipio de DISTRITO NACIONAL, Provincia DISTRITO NACIONAL (Calle Lic. César Cano esquina Carmen Mendoza de Cornielle), a favor de los señores SUCESORES DE JUANA COLOME, REPRESENTADO POR JESUS MARIA CHIRINO COLOME, propietarios. Dichos trabajos serán realizados por el AGRIM. EDDYS L. SOLER G. Codia No. 2568, correspondiente al expediente No.663201801510 de fecha 3 de ABRIL del 2018.

AVISO DE MENSURA Expediente No. 662201804168, se avisa que el día sábado 23 de junio del 2018, a las 10:00 a.m., se dará comienzo a la mensura catastral para el Deslinde, Refundición y Subdivisión, propiedad de la siguiente persona: RAMON ANTONIO NUÑEZ PAYAMPS e INMOBILIARIA CORFYSA, S.R.L., dentro de las Parcelas Nos. 31-Reformada, y 31-Reformada-1, del ámbito del Distrito Catastral No. 4, del municipio de Villa González, provincia Santiago, ubicadas en la Autopista Joaquín Balaguer, frente a Embutidora AGROFEM.

AGRIM. EDDYS L. SOLER GONZALEZ, Solicitante.

AGRIM. GREGORIO ALTAGRACIA AQUINO, Codia 8412, Teléfono: 809-292-8727.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3, de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público, que se ha extraviado el Certificado de título No. 302, propiedad de la señora MARIA JUANA NUÑEZ DIAZ, Parcela No. 1, del Distrito Catastral No. 8 del Municipio de Azua.

AVISO DE MENSURA Expediente No. 662201805989, se avisa que el día sábado 23 de junio del 2018, a las 10:00 a.m., se dará comienzo a la mensura catastral para el Deslinde, Refundición y Subdivisión, propiedad de JACOBO MANUEL TAVAREZ FERNANDEZ, en las Parcelas Nos. 1796 y 1795, del Distrito Catastral No.11, del municipio de Puñal, provincia Santiago, ubicadas en la Autopista Duarte tramo Santiago-La Vega, en la entrada de la sección Colorado, que es la planta de gas licuado de petróleo (COCIGAS), que se ubica desde Santiago, Autopista Duarte hacia La Vega, a la derecha, luego de la Plaza La Concha.

FC 358921

FC 358905

AGRIM. GREGORIO ALTAGRACIA AQUINO, Codia 8412, Teléfono: 809-292-8727. PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE MENSURA CATASTRAL SANEAMIENTO

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306, Bis, sobre Divorcio, y para conocimiento se hace saber que en fecha (30) del mes de Septiembre, del año dos mil dieciséis (2016), la Cámara Civil Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, dicta la sentencia Civil No. 0478-2016-SCIV-00355NCI Núm. 0478-2016-ECIV-00331, cuya parte dispositiva copiada textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD de CARACTERES, entre los esposos: HANLE ANTONIO GARCIA, y ANGELA ALEXANDRA GARCIA PINEDA, pronunciado en audiencia en fecha 08/08/2016, mediante la sentencia No. 355, contra la parte demandada, señora ANGELA ALEXANDRA GARCIA PINEDA, por falta de comparecer, no obstante emplazamiento legal instrumentada por el Alguacil de Estrado. SALOMON ANT. CESPEDES, con el Acto Núm. 938-2016; SEGUNDO: Dicha pareja no procrearon hijos, ni adquirieron bienes patrimoniales por lo que no se advienen a división. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente Pronunciar el presente divorcio. DADA y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por el Magistrado OMAR SANTANA MARTINEZ, la cual ha sida leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí Secretaria, quien certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firma y sello a solicitud de la parte interesada, hoy día Treinta (30) del mes de Septiembre del año dos mil dieciséis, (2016). El presente divorcio fue pronunciado en fecha diecinueve (19) del mes de Septiembre del año dos mil dieciséis (2016), en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Azua, la misma ha sido inscrito en Libro No.3 de Registros de DIVORCIO, Folios del No.23 al 24, bajo el Acta No.212 del año (2016). En la ciudad de Azua de Compostela, Rep. Dom., a los veinte (08) días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis (2016).

Se hace de público conocimiento, que el próximo día Veintiocho (28) de Junio del 2018, a las 09:00 A.M., serán realizados los trabajos de SANEAMIENTO, en una porción de terreno dentro del ámbito del D.C. 02, del municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de la señora ALEJANDRINA GARCIA BURGOS, representada por el LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización D/F 11/06/2018, correspondiente al expediente No. 661201802473, de la D.R.D.N.

AGRIM. LENYN ENRIQUE AMPARO BALDERA, CODIA No. 33901/Cel. 809-782-8848.

FC 358918

Atentamente, CESARINA ALT. MORA MEJIA, Secretaria.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo 86 del Reglamento General de Registro de Títulos y la ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de publico conocimiento que se ha extraviado la Constancia anotada en el certificado de Título 81-203, anotado en el libro 752, folio 126, que ampara el derecho de propiedad dentro de la parcela 71-A64 del Distrito Catastral número 3 de Santo Domingo Oeste (antiguo Distrito Nacional) con una superficie de 399.81 metros cuadrados, propiedad de los señores José Leonidas Acosta y José Arístides Acosta.

DR. BENJAMIN DE LA ROSA VALDEZ, Abogado.

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE CONSTITUCIÓN E INCORPORACIÓN DE LA FUNDACIÓN “MINISTERIO EVANGÉLICO FUENTE DE VIDA ABUNDANTE”

FC 358926

LICDA. MAURA MARIA CASTRO BONIFACIO, Abogada Apoderada.

Aviso de Requerimiento, Auto de Emplazamiento y de Fijación de Audiencia. Al: Agrimensor FRANCISCO JOSE MARTINEZ B. Solicitante: EDUARDO GOMEZ TINEO Y COMPARTES. De la: 1ra. Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de la provincia Santiago. Referencia: Expediente No. 0495-18-01101. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia Santiago, municipio Puñal, D.C. Pos. 312452758470. A todos a quienes pueda interesar. En virtud del artículo No. 50, del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, ubicado en la calle Lic. Ramón García No. 77, ensanche Román I, en el edificio de la Jurisdicción Inmobiliaria, provincia Santiago, a la audiencia fijada para el día 30/07/2018, a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulen su reclamación ante este Tribunal de primer grado. Dado en la provincia y municipio de Santiago, el día 7 de junio del 2018, del año 175 de la Independencia y 155 de la Restauración.

FC 358925

LICDA. SILVIA PEREZ TERRERO, Abogada Apoderada.

De conformidad con el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcios, y para que sea de público conocimiento, se hace saber: Que la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia dictó una Sentencia Civil en materia de divorcio por Mutuo Consentimiento, marcada con el No.531-2018-SSEN-00685, Exp. No.531-2018ECON-00459, de fecha 18/04/2018, pronunciada por la Oficialía del Estado Civil de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 01/06/2018, en el Libro No.00014, Folio No.0117, Acta No.001163, del año 2018; cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores MELVIN ANTONIO SANTOS MANCEBO y CAROLINA MERCEDES MORONTA MEDINA, de conformidad con el Acto de Convención y de Estipulación de Divorcio No.132018, instrumentado en fecha 18 de febrero del 2018, por ante el DR. NICOLAS HIDALGO CRUZ, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: SCARLET R. VARGAS ROSSIS, Jueza; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, Secretaria). En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).

PODER JUDICIAL, REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA PROVINCIA SANTIAGO

De conformidad con lo que disponen los artículos 42 del Código de Comercio, y de la ley 122-05 de fecha 08 del mes de Abril del año 2005, se hace público conocimiento siguiente: 1° En fecha Quince (15) del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018), fueron aprobados los Estatutos de la FUNDACIÓN “CENTRO DE REHABILITACIÓN FUENTE DE VIDA ABUNDANTE”, quedando definitivamente constituida, conforme acta de fecha Dieciséis (16) del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018). 2º Esta fundación ha sido constituida por tiempo indefinido, estando su domicilio ubicado en la carretera Mella Km.13, sección la Enea, en esta ciudad de Higüey, La Altagracia, República Dominicana, teniendo por objeto rescatar adictos y reintegrarlos a la sociedad, impregnando en ellos un conocimiento bíblico. 3° Los organismos de dirección de la Fundación son: Asamblea General, Junta Directiva y el Consejo de Disciplina. 4° Los Miembros de la primera Junta Directiva son: a.- YORDANY HERRERA RIJO - Presidente; b.- SAGRARIO MARTÍNEZ VILLAVICENCIO – Vicepresidenta; c.- RUTH JOSEFINA SOTO CEDEÑO – Secretaria; d.- NICOLÁS CEDANO ÁVILA - Tesorero; e.- GERSON BIENVENIDO ARIAS – Primer Vocal. El tiempo de duración de este Consejo Ejecutivo es de Quince (15) años. 5° La incorporación de la asociación sin fines de lucro “CENTRO DE REHABILITACIÓN FUENTE DE VIDA ABUNDANTE” fue solicitada al Procurador de la Corte de Apelación, recibiendo ésta el beneficio incorporación conforme Resolución No. 0069-2018; DE FECHA 11 DE MAYO DEL AÑO 2018. 6º Los documentos contentivos de esta Fundación fueron depositados ante el Juzgado de Paz del Municipio de Higüey y por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Altagracia, en fecha 07 del mes de Junio del año 2018. En la ciudad de Salvaleón de Higüey, Municipio de Higüey, Provincia de La Altagracia, República Dominicana, a los SIETE (07) días del mes de JUNIO del año DOS MIL DIECIOCHO (2018).

FIDELINA GERTRUDIS BATISTA GRULLON, Juez de la 1ra. Sala, TJO de la provincia Santiago. FO. 85163

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO En virtud de la Ley No.189-11, del 16 de julio del 2011. Ha sido fijada para el día martes 10 de julio del 2018, a las 9:00 horas de la mañana, por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, sito en la calle Agustín Guerrero No. 55, municipio de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, la audiencia pública de pregones en la que se procederá a la venta en pública subasta al mayor postor y último subastador del siguiente inmueble: Inmueble identificado como 505669125169, marcado con la matricula No. 3000054758, el cual consta de un área de 1,680.15 mts2, ubicado en Higüey, La Altagracia, propiedad del señor Wilrmin Alberto Castillo Vásquez, dominicano, mayor de edad, empleado privado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 4022048348-7, domiciliado y residente en el Residencial Alba, Apartamento No. 2-A, Pueblo Bávaro, municipio de Verón Punta Cana, provincia La Altagracia; a requerimiento del BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S.A., sociedad comercial legalmente constituida, con Registro Nacional de Contribuyente No. 1-01-04359-8, con su domicilio social en la avenida John F. Kennedy No. 3, Miraflores, Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada por el señor MARK F. SILVERMAN, español, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 402-2102183-1, de este mismo domicilio y residencia, el cual tiene como abogados constituidos al doctor JULIO CURY, y al Ldo. PAUL E. CONCEPCION, dominicanos, provistos de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0061872-7, 4022091526-4, respectivamente, con estudio profesional en la avenida Abraham Lincoln No. 305, esquina Sarasota, La Julia, Santo Domingo, Distrito Nacional, y ad hoc en la calle Altagracia Esquina calle Dora Botello, de este municipio y provincia, lugar donde funciona una sucursal del BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S.A. el cual es Acreedor inscrito en virtud de la Certificación de Registro de Acreedor siguiente: Certificado de Acreedor No. 331368022, expedido por el Registrador de Títulos de Higüey, el 2 de julio del 2015, mediante el mandamiento de pago tendente a embargo inmobiliario No. 293/2018 del 4 de mayo del 2018, del ministerial Edwin Enrique Martínez Santana, Ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, inscrito en el Registro de Títulos de Higüey el 28 de mayo del 2018. El persiguiente ha fijado para la primera puja en la suma de un millón sesenta mil trescientos cuarenta y cuatro pesos dominicanos con 10/100 (RD$1,060,344.10), más los gastos y honorarios del procedimiento de conformidad con la ley. Todo subastador deberá depositar en manos del abogado del persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o en cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. En el municipio de Salvaleón de Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana, a los 15 días de junio del 2018.

Ldo. PAUL E. CONCEPCIÓN, Por si y por el Dr. JULIO CURY,

LICDA. ORQUIDEA CAROLINA ABREU SANTANA, FIRMADO. FC 358913

Abogados del BANCO DOMINICANO DEL PROGRESO, S.A. FC 358920


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Clasificados 15 06 2018 by El Nuevo Diario - Issuu