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14 LEGAL
AVISOS LEGALES PUBLICACION DE ESTADO CIVIL
PUBLICACION DE SOLTERIA
El señor RICARDO VALERA, portador de la cédula 001-0449425-7 hace constar que su estado civil es casado, pero que al momento de adquirir el inmueble descrito como una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela 10A del Distrito Catastral número 20 del Distrito Nacional, con una superficie de 1,257 mt2, era soltero, que la actual publicación es con el objetivo de hacerlo constar ante el Registro de Títulos de Santo Domingo, a los fines de rectificación de registro de estado civil.
Se hace constar que los señores RAFAEL SENA VALLEJO y GEOVANNY ALTAGRACIA MATEO ROSARIO, portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral Nos. 022-0015411-6 y 001-0952077-5, son solteros, que nunca han estado casados ni entre sí, ni con otras personas y que han convivido en unión libre por más de 10 años, que la actual publicación es con el objetivo de hacerlo constar ante el Registro de Títulos de Santo Domingo, a los fines de rectificación de registro de estado civil. FC 358547
Yo, Norma Yvelice Felix Amarante, Dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 402-2206444-2, hago de público conocimiento el sometimiento a rectificación estado civil por error inducido en el certificado de títulos matrícula No. 010077169, con una superficie de 287.54 metros cuadrados, en la parcela 217-B-2-A-167 del Distrito Catastral No. 6 de mi propiedad en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir la propiedad yo era soltera y por error consta como casada. FC 358544
Publicación Por Pérdida de las Certificacione s del Registro del Acreedor
AVISO DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, Sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha veinte y seis (26) del mes de marzo del año dos mil diez y ocho (2018), la Sexta sala Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo dictó la sentencia Civil No. 531-2018-ECON-00312, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores JOSE GIL ROSARIO Y BERTHA ELISABETH DUBUCHE por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 153/17 instrumentado en fecha 07 de marzo del 2017, por ante el Dr. Rafael Santamaría, Abogado Notario Público del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial de Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se pronuncia, ordena y manda y firma Scarlet R. Vargas, Jueza suplente, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal, Mirtha M. de la Cruz Díaz, Secretaria. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados. La misma ha sido Registrada en Registro Civil y Conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día Quince (15) del mes de mayo del año 2018 en el Libro de Letra A, No. 2018-09824. Asimismo se hace saber que en fecha Veinte y dos (22) del mes de mayo del año Dos mil Diez y ocho (2018) el Oficial del Estado Civil de la Tercera Circunscripción del Santo Domingo procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00003, Folio No. 0017, bajo el Acta No. 000272, del año 2018 así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO del referido divorcio. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día cinco (05) del mes de Junio del año dos mil Diez y Ocho (2018).
Se hace de público conocimiento que el día Lunes 18 de Junio del 2018, a las 02:00 P. M., se dará inicio a la mensura para Deslinde de la Parcela No. 84B-5-T, del Distrito Catastral No. 16, del Distrito Nacional, (actualmente Municipio Santo Domingo Este), Expediente No. 663201802494, propiedad de la señora TANIA JIMENEZ POLANCO, el inmueble se encuentra ubicado en el sector Cancino I, del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 92 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el artículo 83 del Reglamento General, se hace de público conocimiento que EL BANCO NACIONAL DE LAS EXPORTACIONES (BANDEX), Continuador Jurídico del Banco Nacional de Fomento de la Vivienda y la Producción - BNV, continuador del Banco Nacional de la Vivienda, inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes con el Número 1-01-02283-3, notifica la pérdida de la Certificación de Registro del Acreedor del inmueble La Parcela No.102 (ciento dos) del Distrito Catastral No.17 (diecisiete) del Municipio Guayubín, Sección “Cerro Gordo”, Provincia Montecristi, la cual tiene una extensión de (ciento treintiseis) Hectáreas; 57 (cincuentisiete) Áreas; 31 (treintiuna) Centiáreas. Limitada: AL NORTE: Terrenos sin ocupar. Ps 103, 104, 105, 106, 108; AL ESTE: P No. 108, Sucs de Manuel Ramos (Manolito), de Ml. De Js. Flores (Chucho) y camino de Sabaneta; AL SUR: Sucs. de MI. Js. Flores (Chucho) Camino Sabaneta, terrenos sin ocupar y Sucs. de Agapito Núñez; AL OESTE: Terrenos sin ocupar, Sucs. Agapito Núñez, Amado García y Terrenos sin ocupar. Certificado de Título No.24, propiedad de PIMENTEL AGROPECUARIA, S.A. que tiene inscrita una HIPOTECA CONVENCIONAL EN PRIMER RANGO a favor de EL BANCO DE DESARROLLO Y FOMENTO EMPRESARIAL, S.A., por un monto de RD$2,601,802.00. El derecho tiene su origen en contrato hipotecario, según consta en el documento de fecha 19 de Octubre del año 1993, contrato bajo firma privada, legalizado por Dr. José Miguel García, inscrito el 3 de Mayo del año 1994 a las 9:40 A.M. Asentado en el Libro 49, Folio 94, en fecha 10 de Mayo del año 1994; Que el Banco Nacional de la Vivienda, por efecto de la Ley No.183-02, de fecha 22 de noviembre del 2002, y el Convenio de Cesión de Derechos y Obligaciones suscrito entre el Banco Central de la República Dominicana y el Banco Nacional de la Vivienda, en fecha 21 de mayo del 2003, ambos notificados a esa oficina de Registro de Títulos de la Ciudad de Montecristi mediante Acto No. 275/2003 de fecha veintiuno (21) de agosto del 2003; en consecuencia actúa como continuador jurídico del Banco Central de la República Dominicana, subrogándose todos los derechos y acciones que a éste le pertenecían en cuanto a los préstamos otorgados por el Departamento de Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (DEFINPRO). FC 358536
AVISO DE INCORPORACIÓN FUNDACIÓN DIOS ES REAL DE LOS NIÑOS DOMINICO-HAITIANOS (FUNDEH) De acuerdo a lo establecido por La Ley No. 122-05 del 8 de abril del 2005, sobre Regulación y fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, en su Párrafo II.- dice que: En el mismo término de un (1) mes se publicará en un periódico de circulación nacional, un extracto de los documentos constitutivos y de los documentos anexos. Se hace de conocimiento general el proyecto de Incorporación de la sociedad sin fines de lucro, FUNDACIÓN DIOS ES REAL DE LOS NIÑOS DOMINICO-HAITIANOS (FUNDEH), la misma está regida por las leyes de la Republica Dominicana y los estatutos. Esta Fundación tiene Como objeto, Promover los derechos humanos y el desarrollo de las mujeres pobres, trabajadoras y trabajadores sexuales y demás grupos vulnerables de la Republica Dominicana. El Domicilio principal estará ubicado en la C/ Sabaneta, No. 92, Parte Atrás, Distrito Municipal San Luis, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, R.D. Duración: Esta Fundación se constituye por tiempo indefinido. A partir de la certificación del decreto o Resolución No.00132, emitido por el procurador general de la República Dominicana, Domínguez Brito, del 27 de noviembre del 2013 y/o de esta publicación. Esta asociación sin fines de lucro, estará dirigida por: Saintanier Paul, Presidente; José Miguel Martínez, Vicepresidente; Emilio Bautista, Tesorero; Carl Edouard Amisial, Secretario General; Boisilus Vernelus, Vocal.
SAINTANIER PAUL Presidente
Lic. ANGEL TAVERAS, Abogado. FC 358534
AVISO DE TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD Y CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA INVERSIONES COSTA BALLENA, S.A. RNC # 130556301 De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general el Proyecto de transformación de la sociedad INVERSIONES COSTA BALLENA, S. A., a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, dicho proyecto establece: la modificación del nombre de la sociedad INVERSIONES COSTA BALLENA, S. A., la cual se denominará INVERSIONES COSTA BALLENA, S.R.L. La misma estará regida por las leyes de la República Dominicana y los presentes Estatutos; el objeto social de la empresa será: Invertir en la construcción y administración de instalaciones deportivas, realización y ejecución de excursiones turísticas, invertir en empresas comerciales, industriales, agropecuarias, turísticas, sociedades financieras, bienes raíces, bancos, detentar muebles o inmuebles, publicitarias, manejo de personal y servicios de contrataciones externos y de modo general la sociedad podrá dedicarse a cualquier actividad de lícito comercio que no estuviesen expresadas en el presente objeto; el domicilio de la empresa se mantendrá en la carretera Cortecito, Bávaro, Plaza Grumwald II, Local 1, Higüey, República Dominicana; con un capital de CIEN MIL PESOS DOMINICANOS (RD$100,000.00), la empresa será administrada por uno o varios Gerentes; la duración de la empresa será indefinida. A los fines de conocer y aprobar el referido Proyecto así como el balance financiero especial, el informe del Consejo de Directores y un informe general elaborado por el Comisario de Cuentas de la sociedad, se convoca a los accionistas de la sociedad INVERSIONES COSTA BALLENA, S. A., a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el local de la compañía el día quince (15) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018) a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.). El proyecto de transformación de la Compañía, junto con el Informe del Comisario de Cuentas, el balance especial y el informe del Consejo de Directores estarán a disposición de los accionistas en el domicilio de la Compañía. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
GISELLE AVILA BENAVIDES, Presidente. FC 358538
Aviso de Emplazamiento de Divorcio Por Incompatibilidad de Caracteres a la Esposa que tiene domicilio y residencia en el extranjero.
AVISO EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
En virtud de lo que establece la ley 1306-bis párrafo único del Artículo 22 de la Ley vigente de divorcio y sus modificaciones, por medio del presente aviso, el señor José Daniel Paulino Gutiérrez, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0232949-7, con anterior número 353774-001, Domiciliado y residente en la calle Cervantes, No.107, Gazcue, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Dr. R. Nolasco Rivas Fermín, abogado de los Tribunales de la República, con número de colegiatura 29184-147304, estudio profesional común abierto en la intersección formada por la Av. Pasteur Esq. Calle Santiago, Plaza Jardines de Gazcue, local No. 310, sector de Gazcue, Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana, por este mismo medio le avisa a su legítima esposa, Griselda María Richiez De La Cruz, con domicilio y residencia en el 3163 Allison Avenue Indianápolis, Indiana 46224, Estados Unidos de Norte América, que a falta de un domicilio conocido en la República Dominicana, se procederá a emplazarle en divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, a seguida de la publicación en un periódico de circulación nacional, según establece la ley, que dando cumplimiento a esta Ley, procederá por la vía de derecho, a emplazarla en la acción de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres el día viernes que contaremos a cinco (05) del me de junio del 2018, en la persona del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, quien tiene su despacho en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, sito entre las calle Fabio Fiallo, Beller, Arzobispo Portes y Francisco J. Peynado, del sector de Ciudad Nueva del Distrito Nacional, a los fines de que comparezca a la audiencia que a puerta cerrada se celebrará el día JUEVES que contaremos a 21 (veintiuno) del mes de junio del año 2018 a las nueves horas de la mañana (9:00 A.M.), por ante la Sexta Sala de la Cámara Civil Comercial para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual se encuentra ubicada en uno de los salones del primer nivel del Tribunal de Familia, ubicado en la calle Socorro Sánchez # 68 Esq. Calle Santiago del sector de Gazcue, del Distrito Nacional, para que una vez allí, oiga los motivos y conclusiones de la demanda en divorcio por Incompatibilidad de Caracteres incoada por su esposo el señor José Daniel Paulino Gutiérrez, en contra de su esposa la señora Griselda María Richiez De La Cruz.
De acuerdo a los establecido por el Art. 22 de la Ley de Divorcio, el señor RAFAEL BATISTA, dominicano, mayor de edad, casado, portador del pasaporte No.548214957, domiciliado y residente en Estados Unidos de Norteamérica; quien tiene como abogado apoderado especial al LIC. SANTIAGO TRINIDAD PENALO matricula No. 20215-177-98, con estudio profesional en la calle Obdulio Jiménez No.11, 2do Nivel del Sector Yerba Buena de este Municipio de Jarabacoa. Tel 809-838-0550 y 809-574-7159, donde hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente procedimiento. ADVIERTE a su legítima esposa CLARIDANIA PLACENCIA RAMIREZ cuyo último domicilio conocido lo fue en el sector La Llanada del municipio de La Vega; y cuyo domicilio actual se desconoce, que a falta de conocimiento sobre el actual domicilio se procederá a emplazarle el día 11 de Junio del año 2018, en la persona de la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Judicial de la Vega, así como en la secretaria y puerta del Tribunal apoderado y ultimo domicilio conocido de la demandada, a fin de que COMPAREZCA, el Lunes 25 del mes de Junio del 2018, a las Nueve de la mañana, por ante la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Vega, la cual celebra sus audiencias en uno de los apartamentos de la Tercera Planta del Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, ubicado en la calle García Godoy con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, donde se conocerá de la demanda en divorcio por de incompatibilidad de caracteres y domicilio desconocido hecha por su legítimo esposo señor RAFAEL BATISTA, en contra de su esposa señora CLARIDANIA PLACENCIA RAMIREZ. Jarabacoa. La Vega, hoy 05 del mes de Junio del año 2018.
DR. R. NOLASCO RIVAS FERMIN, Abogado Apoderado.
LIC. SANTIAGO TRINIDAD PENALO Abogado de la parte demandante.
FC 358533
ENRIQUE LIRANZO DIAZ, Agrimensor-Contratista Codia 3160. Tel.809-829-1618 FC358557
AVISO DE MENSURA CATASTRAL PARA DESLINDE Expediente No. 662201805719 VISTA: La Autorización de Mensura, dictada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Norte, de fecha 29 de mayo del 2018, a petición del Sr. RAFAEL DAGOBERTO TAMARES ARACENA Se avisa al público en general, Que el día 11 de junio del 2018, a las 9:00 a.m. se dará comienzo al deslinde dentro de la P. No. 63-D, del D.C. No. 161, del municipio de Santiago, provincia Santiago, Ubicada en El Ingenio Abajo. Agrm. MIGUEL SANTO DELANCE UREÑA Codia 23375
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE DEL EXPEDIENTE 662201805824 YO DIONISIO ANTONIO GARCIA, mayor de edad, casado, portador de la cedula No. 094-0002323-1, CODIA: 15939, domiciliado en Villa González, calle 27 de Febrero No.52; Contratado por la compañía CENTRO DE SERVICIOS TURBI, S.R.L, RNC. No.1-02-33688-1, representada por su gerente, JUAN ANTONIO TURBI DISLA, portador de la cedula de identidad y electoral No.031-0107363-7, domiciliado y residente en la Autopista Duarte, Km siete y medio de esta ciudad de Santiago, para realizar los trabajos de DESLINDE, hacer constar que el día 22 del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las Diez horas de la mañana (10:00 A.m.)Se dará comienzo al proceso dentro de la parcela número 1779 del Distrito Catastral Número 11, del MUNICIPIO DE PUÑAL Y PROVINCIA SANTIAGO, Bajo el EXPEDIENTE No.662201805824.
DIONISIO ANTONIO GARCIA Agrimensor Contratista CODIA 15939
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AVISO MENSURA CATASTRAL
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
EXP. 662201805875 Se avisa que el día 26 de junio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 400m2 en la parcela 41 D.C. 5 ubicada en la Arboleda a 400m aproximadamente de la Iglesia Domingo Savio municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 01/06/2018 propiedad de HECTOR BIENVENIDO PEÑA GUZMAN quedan citados los colindantes y demás interesados.
De conformidad con las disposiciones del Articulo 92, Párrafo 3ro, de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo Matricula número 0300032753, con la Designación Catastral no. 313297103854, del Municipio y Provincia de La Vega, inscrita en el libro 0401, folio 172, hoja 0135, el 7 de noviembre del año 2012, que ampara los derechos de propiedad de una extensión de terreno superficial que mide ochocientos sesenta y cinco punto treinta y cinco Metros Cuadrados (865.35mts2), ubicado en el Municipio y Provincia de La Vega, propiedad del señor REINALDO ANTONIO FERNANDEZ SANCHEZ.
JUAN SUAREZ BATISTA Agrimensor Contratista CODIA 22812
REINALDO ANTONIO FERNANDEZ SANCHEZ Declarante
(AC-13326-RDT-1/4)
LEGAL 15
(JMNRF-RO-17046-PC-3/3)
AVISO MENSURA CATASTRAL
PUBLICACIÓN DE PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO.
AVISO DE MENSURA
EXP. 662201805680 Se avisa que el día 25 de junio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el saneamiento de 120m2 en el solar 4 manzana 24 D.C. 1 ubicada en el Sector San Martín a 100m del cementerio municipal municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 01/06/2018 propiedad de LUIS FRANCISCO VALDEZ FERNANDEZ quedan citados los colindantes y demás interesados.
Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 108-05 SOBRE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA, se hace saber lo siguiente: Que se extraviado el Certificado de Títulos DEL ACREEDOR HIPOTECARIO de la parcela 28-B-1- D.C. 11 de la Vega, sobre una extensión superficial de 384.60 metros, Certificado de Titulo Numero 0300010232, propiedad Registrada a nombre de JOSE FRANCISCO ROSARIO PABLO Y MARIA DOLORES SUBI GARCIA, en el asiento No.030031190 DEL ACREEDOR HIPOTECARIO, CON HIPOTECA CONVENCIONAL, POR EL MONTO DE RD$736,008.00, en favor de INVERSIONES JOSE COLLADO, S.A. Registrado a nombre del señor JOSE COLLADO HERNANDEZ, cualquier información dirigirse a la Oficina del Lic. Nelson De Jesus Mota Lopez, Avenida Monsenor Panal Esquina Las Carreras Ed. Sanmer No. Dos Oficina No. 12, De La Ciudad De La Vega, Tel. Cel.809 370-7395. En La Ciudad, Municipio y Provincia de La Vega, a los (5) días del mes de Junio del año Dos mil dieciocho (2018).
Por autorización No. 663201801893 a petición de NICOLASA ROA TAPIA, SE AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL: Que el día 19 de junio del 2018, a las 09:00 a.m. se dará inicio a los trabajos de DESLINDE, Dentro de la Parcela No. 110REF-780-A, del D.C. No. 4, del Distrito Nacional, a ejecutarse por medio de la Autorización de fecha 23 de abril del 2018. Se les informa a todas las personas interesadas, que deben comunicarlo con anticipación, o al momento de la mensura al Agrimensor Anselmo Aquino y Felipe, o al Director Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.
JUAN SUAREZ BATISTA Agrimensor Contratista CODIA 22812
LIC. NELSON DE JESUS MOTA LOPEZ Abogado Apoderado
(AC-13326-RDT-2/4)
PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
En virtud de lo que establece el Artículo No. 92, Párrafo III de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario y Artículos Nos. 83, 84 y 85 del Reglamento de Registro de Títulos, hacemos de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título Núm. 8061, que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 397, DC 02 con una extensión superficial de 73 ,751.00 mt2 metros cuadrados, ubicada en el municipio de San Cristóbal, provincia, San Cristóbal, Propiedad de la Sociedad Comercial PRODUCTO DEL CALCIO, S.R.L. (PROCALCA).
Con la finalidad de dar cabal cumplimiento a las disposiciones de la Ley No. 183-02, Monetaria y Financiera, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 2170042983, aperturado en fecha 03 del mes de Septiembre del año 2004, a favor de HOMERO LUIS HERNANDEZ SANCHEZ, CHARLOTTE ANNE LAUT HERNANDEZ Y NORA VIRGINIA HERNANDEZ SANCHEZ, de La Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos.
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201805694 Se avisa que el día 23 de junio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 67,657.10m2 en la parcela 108porc-G-1 D.C. 5 ubicada en Jumunuco a 4km aproximadamente de la Granja Avicola municipio Jarabacoa Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 29/05/2018 propiedad de JUAN OCTAVIO PLASEN CIA quedan citados los colindantes y demás interesados. JUAN SUAREZ BATISTA Agrimensor Contratista CODIA 22812 (AC-13326-RDT-3/4)
AVISO MENSURA CATASTRAL
JUAN SUAREZ BATISTA Agrimensor Contratista CODIA 22812 (AC-13326-RDT-4/4)
LIC. YONIS FURCAL AYBAR, Abogado. FC 358537
FC358560
EXP. 662201805693 Se avisa que el día 22 de junio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde de 400m2 en la parcela 240 D.C. 3 ubicada en Arenoso a 250m aproximadamente de la Iglesia municipio y Prov. La Vega autorización de mensuras de fecha 29/05/2018 propiedad de FERNANDO ANTONIO MUÑOZ quedan citados los colindantes y demás interesados.
Anselmo Aquino y Felipe, Codia 2928, Tel. 809-508-3697.
(RC-6933-WP)
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Expediente No. 662201805055 Cumpliendo con los artículos 75, 137, 160 y 161 del Reglamento General de mensuras Catastrales, SE HACE DE PÚBLICO CONOCIMIENTO, que el día 15/06/2018, a las 9:00 AM, daré inicio a la Mensura para Deslinde, dentro de la parcela No. 20 del Distrito Catastral No. 05, ubicada200 metros al sur de la carretera Cabarete - Sosua,del Municipio de Sosua, Provincia Puerto Plata, propiedad de:SUNNYBURRI CORPORATION, S.R.L y representada por Carmen Lissette Diaz. Quedan dados todos los colindantes y demás personas interesadas. Para cualquier inquietud comunicarse con el Agrimensor Contratista.
Agrim. Carlo Manuel Martínez Leyba Tel. 809-868-5024 Codia N 25072 FC358556
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO En virtud de lo que establece el Art. 92, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado de Título DUPLICADO DEL DUEÑO, que está a nombre de la Sra. María Remedio Jiménez García, y ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado como el apartamento No. 4-C, ubicado en el Solar No. 1, Manzana 4691 del DC 01 de Santo Domingo; registrado en el Libro No. 1013, Folio 100-A; con una extensión de 62.66 Mts2; es en esta virtud que se hace la presente publicación a fin de cumplimentar los requisitos establecidos por la Ley y por el Registro de Títulos del Distrito Nacional. FC 358532
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE MENSURA CATASTRAL
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
De conformidad con las disposiciones del Articulo 92, Párrafo 3ro, de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo Matricula número 4000236306, con la Designación Catastral no. 313297349534, del Municipio y Provincia de La Vega, inscrita en el libro de títulos 0446, folio 132, inscrito el 6 de marzo del año 2013, que ampara los derechos de propiedad de una extensión de terreno superficial que mide trecientos noventa y nueve punto ochenta y nueve Metros Cuadrados (399.89mts2), ubicado en el Municipio y Provincia de La Vega, propiedad de la señora AMADA ARACELY PEREZ ORTIZ DE FERNÁNDEZ.
Exp. No. 6642018028240 Se hace de público conocimiento que el día doce (12) del mes de junio del 2018, a las 10:00 a.m., se dará inicio a la Mensura para Saneamiento de una (01) porción de terreno dentro del ámbito del Distrito Catastral No. 01, del Municipio de Baní, Provincia Peravia, con una extensión superficial de 361.60 m2, ubicada en al Calle Manuel de Regla Mota, Barrio INVI en el Municipio de Baní, provincia Peravia, propiedad de JULIANA LORENZO LIRANZO.
AMADA ARACELY PEREZ ORTIZ DE FERNÁNDEZ Declarante
WILSON MOISES ZAPATA Agrimensor – Contratista // Codia 35492 Telf. (809) 522-4461 // (809) 706-7459
De conformidad con el Artículo 92, Párrafo III de la ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que el Certificado de Título Matrícula No. 4000329472, (Certificado de Título a Favor de: Fideicomiso Inmobiliario de Administración Para La El Desarrollo del Proyecto De Vivienda Residencial Bello Hogar), correspondiente al inmueble identificado Unidad Funcional 24-A, identificado como 400570352329:2-4-A, Matrícula No. 4000329472, del Condominio Bello Hogar Etapa II, ubicado en Santo Domingo Norte, Santo Domingo, con una superficie de: 71.5 metros cuadrados. Se encuentra extraviado habiendo sido infructuosas todas las diligencias que se han efectuado, para su localización. 5 junio 2018.
(JMNRF-RO-17046-PC-1/3)
FP 97760
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO
AVISO DE MENSURA
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Y REFUNDICIÓN.
De conformidad con las disposiciones del Articulo 92, Párrafo 3ro, de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Titulo Matricula número 3000110424, con la Designación Catastral no. 313297106687, del Municipio y Provincia de La Vega, inscrita en el libro 480, folio 172, el 19 de septiembre del año 2013, que ampara los derechos de propiedad de una extensión de terreno superficial que mide trecientos ocho punto veintiún Metros Cuadrados (308.21mts2), ubicado en el Municipio y Provincia de La Vega, propiedad del señor REYNALDO ANTONIO FERNANDEZ SANCHEZ.
En virtud de la autorización, de fecha de 05 de Junio del 2018, Se hace de conocimiento público que el día 11 de Junio del 2018, a las 10:00 a.m. se realizarán los trabajos de Deslinde, de una porción de terreno, dentro del inmueble identificado como la Parcela No. 206-A-5, del Distrito Catastral No. 05, del Distrito Nacional, el Inmueble Está Ubicado en Calle 25 Oeste, No. 03, del Ensanche el Luperón, a favor de la Sra. LUZ CONTRERAS, Exp. No. 663201819823.
Se hace de público conocimiento que en fecha 11/06/2018, a las 09:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE Y REFUNDICIÓN, en las Parcelas Nos.100 y 83, ambas del D.C.02, del municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de los señores FRANCISCO JOSE TORIBIO VASQUEZ y AIDE FELICIA VASQUEZ JOAQUIN expediente No. 661201802354, d/f. 29/05/2018
REYNALDO ANTONIO FERNANDEZ SANCHEZ Declarante
AGRIM. ELISAUL REYES LEGER, Agrim.-Contratista. Codia 31383.
AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224
(JMNRF-RO-17046-PC-2/3)
FC358571
MIERCOLES 06 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
16 LEGAL PUBLICACION DE DIVORCIO.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO
En cumplimiento de la disposiciones en el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio se hace de público conocimiento lo siguiente: que en la fecha veinte (20) del mes de Abril del año dos mil dieciocho (2018), La Sexta Sala Civil de Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dictó una Sentencia marcada con el No. 1451-00533-2018, cuyo dispositivo dice así: FALLA PRIMERO: Admite el Divorcio por la causa de Mutuo Consentimiento entre los esposos: Álvaro Xavier Díaz y Eunice Ureña Peña, según lo pactado en el acto de convenciones y estipulaciones de Divorcio por mutuo consentimiento núm.31-2018, de fecha 20/3/2018, del Notario Público Gregorio Nicolás Disla Muñoz, de los del número para el Municipio de Santiago, debiendo agotar las fases para que esta sentencia sea transcrita y el divorcio pronunciado por el oficial del estado civil correspondiente; SEGUNDO: Otorga la guarda provisional del menor Jeerlyn Díaz Ureña, a su madre, conforme a lo pactado ;TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. Y por esta nuestra Sentencia, Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmada por: la Magistrada Miguelina Díaz Paulino y quien suscribe Heidy Núñez, Secretaria General Que el presente divorcio ha sido pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Municipio y Provincia de Santiago, en fecha 29 del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), bajo el Libro No.00003, Folio No.0141, Acta No.000541, del año dos mil dieciocho (2018). En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana a los cuatro (4) días del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018).
De conformidad con el Artículo 42 de la Ley 1306-bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento que el día cinco (5) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), la Cuarta Sala Civil de Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago dictó la Sentencia Civil No.1275-2018-SSEN-00330, cuyo dispositivo es el siguiente: “FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por incompatibilidad de caracteres y ordena la disolución del matrimonio entre los señores Ana María Rodríguez Pepen y Máximo Ulises Cruz-Ayala López, con todas sus consecuencias legales; SEGUNDO: Otorga la guarda provisional de Máximo Rafael y Mariana, a favor de la madre, señora Ana María Rodríguez Pepen, hasta que la jurisdicción competente una vez apoderada decida sobre el particular; TERCERO: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; CUARTO: Comisiona al Ministerial Richard Rafael Chávez Santana, Alguacil de Estrado para la notificación de la presente sentencia.” Dicho divorcio ha sido pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Municipio de Santiago de los Caballeros, el día treinta (30) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018), registrado en el libro No. 00003, de Registros de Divorcio, Folio No. 0143, Acta No. 000543, Año 2018. La presente publicación es autorizada por el abogado infrascrito, en la ciudad y municipio de Santiago de los Caballeros, Provincia de Santiago, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
LICDA. WENDI NUÑEZ LANTIGUA ABOGADA
LIC. JESÚS DEL CARMEN MÉNDEZ SÁNCHEZ Abogado
OFICINA DE ABOGADOS POLANCO ZARZUELA & ASOC. ABOGADOS NOTARIOS Servicios Judiciales en General
LIC. DOMINGO ANTONIO RAMIREZ (M. A.) AV. Matías Ramón Mella, EDIF. NO. 2-B, apartamento 103, Azua Rep. Dom. Cel. No. 829-967-6487 // Ofic. 809-521-1240
PUBLICACION DE DIVORCIO
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES
En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio y modificaciones, se hace de público conocimiento que en fecha Siete (7) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018). LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, en sus atribuciones civiles de Divorcio, rindió una sentencia cuyo dispositivo es el siguiente: F A L L A PRIMERO: DECLARA regular y valida en cuanto a la forma la presente acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Marco Antonio Marte Escolástico y Michelle Paulino, de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 12, instrumentado en fecha 08 del mes de Marzo del 2018, por ante la Dra. Altagracia Ramona Polanco Zarzuela, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio; Así se pronuncia, ordena, manda y firma (firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Juez Suplente; Mirtha M. de la Cruz, Secretaria.) La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Secretaria que certifica. Certifico: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo Distrito Nacional, en fecha del día Diez (10), mes de Mayo del año 2018, bajo el Libro Letra DG-AJ, Folio No. 201809417. La presente sentencia que antecede previa formalidades de ley ha sido pronunciada y transcripta por la Oficialía del Estado Civil de LA 1RA. CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, en el libro de dvorcio No. 00013, Folio No. 0111, Acta No. 001057 del año 2018, de fecha 22 del mes de mayo del año 2018. La Presente Publicación ha sido requerida por la Abogada de la parte demandante LICDA. ANGIE. JIMENEZ SANTANA, En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana a los 31 días del mes de Mayo año Dos Mil Dieciocho (2018).
LICDA. ANGIE J. JIMENEZ SANTANA Abogada Av. Sabana Larga #92-A Esq. Club Activo 20-30 Apt. 2-B Edif. Gregory del Sector Ens. Ozama de esta Provincia Santo Domingo, Municipio Este, tels. (809) 595-6014 / 595-6018 // cel. (809) 697-6567. FC358559
Para general conocimiento y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 42 de la ley No. 1306-bis, se hace saber lo siguiente: que en fecha 8 de febrero del año del dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, en sus atribuciones civiles, en materia de Divorcio, dictó la sentencia Marcada con número 00128, dictada el día 8 de Febrero del año dos mil dieciocho (2018), (EN DEFECTO), la cual en su parte dispositiva copiada textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: admite el divorcio por la casa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los señores FAUSTO BATISTA DÍAZ y ELCIRA PÉREZ, por las razones indicadas en el cuerpo de esta sentencia. SEGUNDO: Se ordena el pronunciamiento del divorcio que se admite por esta sentencia por ante el oficial del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las demás formalidades legales. TERCERO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos y comisiona al ministerial Lic. Miannudi Abdieser Núñez Abreu, ordinario de la Cámara Civil, Comercial y de trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Azua, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. FE DE ERRATA: esta fue publicada en fecha anterior y la misma se ha extraviado por lo que no fue posible cumplir con el procedimiento.
LIC. DOMINGO ANTONIO RAMIREZ ABOGADO FC358565
Inversiones Inmobiliaria, S.R.L. Capital Social Autorizado: RD$1,500,000.00 Capital Suscrito y Pagado: RD$1,216,900.00 Registro Mercantil: 11434SD Registro Nacional de Contribuyente (RNC): 1-01-06347-5 Domicilio Social: Avenida John F. Kennedy esq. Núñez de Cáceres, Edificio Ferretería MC, Residencial Galá, Santo Domingo, República Dominicana
CONVOCATORIA En cumplimiento de las disposiciones de los Artículos 18.1.1 de los Estatutos Sociales de Inversiones Inmobiliarias, S.R.L. y del Artículo 197 de la Ley No. 479-08 Sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones, se CONVOCA a sus accionistas para que asistan a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL, que será celebrada el día veintiséis (26) de junio del cursante año dos mil dieciocho (2018), a las doce y treinta horas de la tarde (12:30 P.M.), en el domicilio social de la sociedad ubicado en la Avenida John F. Kennedy Esq. Núñez de Cáceres, Edificio Ferretería MC, Residencial Galá, de la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Los puntos a tratar en el Orden del Día de esta Asamblea serán los siguientes: 1. Aprobar la nómina de socios presentes o debidamente representados y la validez de la asamblea para sesionar como Asamblea General Ordinaria Anual. 2. Ratificar el Contrato de Compraventa suscrito en fecha veintiuno (21) del mes de octubre del año dos mil once (2011) debidamente del inmueble descrito a continuación: “Una porción de terreno dentro del ámbito del solar No. 33 (treinta y tres), porción A, del Distrito Catastral No. 1 (uno) de Santiago, con una extensión superficial aproximada de 3,065.02 (tres mil sesenta y cinco punto cero dos) metros cuadrados. 3. Conocer cualquier otro asunto que sea exclusivo de esta clase de Asamblea sometida válidamente. Asimismo, de conformidad con las disposiciones del Artículo 18.1.5 de los Estatutos Sociales, todo accionista que desee hacerse representar en esta Asamblea deberá depositar, en el domicilio social de la sociedad, por lo menos un (1) día hábil antes de la celebración de la Asamblea, un poder de representación, debidamente firmado por el mandatario en el cual exprese claramente su voluntad en tal sentido.
Sebastián Mera Puras Gerente Sebastián Mera Cabral Gerente Juan Carlos Mera Puras Gerente Alberto Abreu Mera Vocal Anabel Mera Cabral Vocal FC358569
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE.
OFICINA JURIDICA
Se hace de público conocimiento que en fecha 11/06/2018, a las 11:00 A.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No.100 del D.C.02, del municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de los señores FRANCISCO JOSE TORIBIO VASQUEZ y AIDE FELICIA VASQUEZ JOAQUIN expediente No. 661201802356, d/f.29/05/2018 AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224 FC358571
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE. Se hace de público conocimiento que en fecha 11/06/2018, a las 02:00 P.M., se realizarán los trabajos de DESLINDE, en la Parcela No.102-REF del D.C.02, del municipio NAGUA, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de la señora MARIA JIMENEZ DUARTE, expediente No. 661201802395, d/f. 30/05/2018 AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224 FC358571
DIVIERTETE, C. por A.
EL LIMON BEACH, C. por A.
Capital Social Sucrito y Pagado: RD$100,000.00 RNC # 1-01-06425-2
Capital Social Sucrito y Pagado: RD$170,000.00 RNC # 1-01-68129-2
Aviso de Transformación
Aviso de Transformación
Para cumplir con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha 11 de diciembre de 2008, se avisa a los interesados y al público en general que ha sido convocada la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad DIVIERTETE, S.A., para el día veintiuno (21) del mes de del año en curso, a las diez (10:00AM) horas de la mañana, en la Av. Mella No.11, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a fin de conocer del proyecto de transformación de la misma en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. R. L.) Conforme al proyecto de transformación: a) La nueva denominación social de la sociedad será DIVIERTETE, S.R.L.; b) El domicilio social será modificado y establecido en la Calle Padre Peña No.38, de la ciudad, municipio y provincia de Hato Mayor; c) La duración de la sociedad continuará siendo indefinida; d) El objeto social se mantendrá invariable; e) El ejercicio social no cambiará: será anual y coincidirá con el año natural; f) El capital será aumentado en la suma de cien mil pesos (RD$100,000.00), dividido en mil (1,000.) cuotas sociales, las cuales se mantendrán iguales, acumulables e indivisibles, enteramente suscritas y pagadas, cada una con un valor nominal de cien (RD$100.00) pesos, las cuales no tendrán el carácter de valores ni podrán representarse por medio de títulos negociables o anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones o intereses; g) Las cuotas sociales no serán libremente transmisibles entre socios, entre ascendientes y descendientes ni por vía de sucesión o en caso de liquidación de comunidad de bienes entre esposos, sin la previa autorización de los socios que representen las tres / cuartas (3/4) partes de las cuotas sociales; tampoco podrán ser cedidas a terceros extraños a la sociedad sin el consentimiento de la mayoría de los socios que representen, por lo menos, las tres / cuartas (3/4) partes de las cuotas sociales, conforme al procedimiento establecido por la Ley; h) La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deberán ser personas físicas; su nombramiento podrá ser estatutario o por un acto posterior de la sociedad y tendrá una duración de seis (6) años; los gerentes podrán ser reelegidos indefinidamente y ejercerán sus funciones mientras no hayan sido sustituido; i) Frente a los socios, la gerencia podrá llevar a cabo todos los actos de gestión necesarios en interés de la sociedad; frente a los terceros, la gerencia estará investida con los poderes más amplios para actuar, en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad, bajo reserva de los poderes que la Ley les atribuye expresamente a los socios; j) La sociedad se encontrará comprometida por los actos y actuaciones ejecutados por la gerencia aun si estos no se relacionan con el objeto social, a menos que pruebe que el tercero tenía conocimiento de que el acto o actuación era extraño al objeto social o que no podía ignorarlo dado las circunstancias; y k) Todas las decisiones colectivas de la sociedad serán tomadas por los socios reunidos en asamblea o por consulta escrita o por su consentimiento unánime contenido en un acta con o sin necesidad de reunión presencial. Se les avisa a todos los accionistas de la sociedad que el texto íntegro del proyecto de transformación, así como el balance especial y el informe del comisario requeridos por la Ley para las transformaciones societarias, se encuentran actualmente a su disposición en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá de la transformación. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
Para cumplir con las disposiciones del Artículo 445 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha 11 de diciembre de 2008, se avisa a los interesados y al público en general que ha sido convocada la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad EL LIMON , S.A., para el día veintiuno (21) del mes de del año en curso, a las diez (10:00AM) horas de la mañana, en la Av. Mella No.11, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a fin de conocer del proyecto de transformación de la misma en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. R. L.) Conforme al proyecto de transformación: a) La nueva denominación social de la sociedad será EL LIMON BEACH, S.R.L.; b) El domicilio social será modificado y establecido en la Calle Padre Peña No.38, de la ciudad, municipio y provincia de Hato Mayor; c) La duración de la sociedad continuará siendo indefinida; d) El objeto social se mantendrá invariable; e) El ejercicio social no cambiará: será anual y coincidirá con el año natural; f) El capital se mantendrá igual en la suma de ciento setenta mil pesos (RD$170,000.00), dividido en mil setecientas (1,700.) cuotas sociales, las cuales se mantendrán iguales, acumulables e indivisibles, enteramente suscritas y pagadas, cada una con un valor nominal de cien (RD$100.00) pesos, las cuales no tendrán el carácter de valores ni podrán representarse por medio de títulos negociables o anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones o intereses; g) Las cuotas sociales no serán libremente transmisibles entre socios, entre ascendientes y descendientes ni por vía de sucesión o en caso de liquidación de comunidad de bienes entre esposos, sin la previa autorización de los socios que representen las tres / cuartas (3/4) partes de las cuotas sociales; tampoco podrán ser cedidas a terceros extraños a la sociedad sin el consentimiento de la mayoría de los socios que representen, por lo menos, las tres / cuartas (3/4) partes de las cuotas sociales, conforme al procedimiento establecido por la Ley; h) La sociedad será administrada por uno o varios gerentes, socios o no, que deberán ser personas físicas; su nombramiento podrá ser estatutario o por un acto posterior de la sociedad y tendrá una duración de seis (6) años; los gerentes podrán ser reelegidos indefinidamente y ejercerán sus funciones mientras no hayan sido sustituido; i) Frente a los socios, la gerencia podrá llevar a cabo todos los actos de gestión necesarios en interés de la sociedad; frente a los terceros, la gerencia estará investida con los poderes más amplios para actuar, en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad, bajo reserva de los poderes que la Ley les atribuye expresamente a los socios; j) La sociedad se encontrará comprometida por los actos y actuaciones ejecutados por la gerencia aun si estos no se relacionan con el objeto social, a menos que pruebe que el tercero tenía conocimiento de que el acto o actuación era extraño al objeto social o que no podía ignorarlo dado las circunstancias; y k) Todas las decisiones colectivas de la sociedad serán tomadas por los socios reunidos en asamblea o por consulta escrita o por su consentimiento unánime contenido en un acta con o sin necesidad de reunión presencial. Se les avisa a todos los accionistas de la sociedad que el texto íntegro del proyecto de transformación, así como el balance especial y el informe del comisario requeridos por la Ley para las transformaciones societarias, se encuentran actualmente a su disposición en el domicilio social hasta la fecha de la celebración de la Asamblea General Extraordinaria que conocerá de la transformación. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
Antonia María Rondón, Presidente.
Mauricio Alberto Rondón Rubini, Presidente.
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MIERCOLES 06 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE INCORPORACION FUNDACION COMUNIDAD POR EL PROGRESO En cumplimiento con las disposiciones del Artículo 5, Párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No. 0007-2018, de fecha 15 de Mayo del año 2018, fue aprobada la Incorporación de la Asociación sin fines de lucro denominada FUNDACION COMUNIDAD POR EL PROGRESO (FUNCOPRO) con su domicilio en la Calle I-4, No. 18, Los Mina Viejo, Santo Domingo Este, Prov. Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea General Constitutiva celebrada en fecha 17 de Junio del 2017. Esta institución tiene como finalidad promover la salud, el medio ambiente saludable, la educación y la equidad de género encaminados a mejorar las condiciones de vida y elevar la autoestima de las personas más necesitadas de la República Dominicana. Los miembros fundadores de dicha Fundación son los siguientes: Henry Esterling Ureña Zorrilla, Reina Esther Ureña Rodríguez, José Miguel Gil, Euri Ureña Rodríguez, Pablo Almonte, Arianna Luciano Rodríguez y Esmarling Yasmin Fernández Cabrera. La Junta Directiva está constituida por 5 personas. La duración de esta Asociación es indefinida. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 5 días de mes de Junio del año 2018.
LEGAL 17
AVISO DE DIVORCIO En Cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, Sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: que en fecha tres (03) días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), mediante Sentencia civil No. 5312018-SSEN-00806, dictada por LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, Se ordenó lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo con la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Rómulo Antonio Ulloa Abreu y Ysidora Cleto Rosario, de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 45/2018, firmado por los esposo de fecha 05 de marzo del año 2018, por ante el Dr. Roselio Estévez Rosario, Notario público de los Número del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Por ante el Oficialía del Estado Civil de la 10MA. CIRCUNSCRIPCION de DISTRITO NACIONAL se procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00003, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0087, Acta No. 000163, Año 2018, efectuándose así el PRONUNCIAMIENTO de dicho DIVORCIO, en la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional el día cuatro (04) del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018).
HENRY ESTERLING UREÑA ZORRILLA, Presidente.
Lcda. Cedema Esther Sosa Escorbores. Abogada Apoderado.
PUBLICACION DE DIVORCIO
AVISO DE MENSURA CATASTRAL SANEAMIENTO
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306 sobre Divorcio, se hace de Público conocimiento lo siguiente. Que en fecha Veinte (20) del mes de Noviembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera instancia del Distrito Judicial de Monseñor Nouel dicto la Sentencia Civil No.413-2017-ECIV-01204, cuyo dispositivo copiado textualmente dice Así: FALLA, PRIMERO: Ratifica el defecto en contra de la señora Oliva González, por falta de comparecer a la audiencia, no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre Francisco obispo Aquino Martínez y Olivia González Uribe. TERCERO: AUTORIZA al oficial de Estado Civil Correspondiente Pronunciar el divorcio que se admite par la presente Sentencia, y transcribirlo, previo el cumplimiento de las formalidades legales del caso. CUARTO COMPENSA las costas del procedimiento entre las partes en causa y COMISIONA al Ministerial Juan Bautista Rosario Alguacil de Estrado de este Tribunal, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. Firmado Lic. Ramón Rosario Hernández, Juez Civil y Comercial; Kilma N. Rodríguez Henríquez, Secretaria. El Presente divorcio ha sido pronunciado por ante el oficial del Estada Civil de la 1RA Circunscripción, BONAO, en fecha Nueve (09) del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (09/04/2018) el cual ha sido inscrita en el libro 00003, Registro de Divorcio folio 0027, acta 000214 del año 2018. En La Ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, a las Cinco (05) días del mes de Junio del Año Dos Mil Dieciocho (2018).
Se hace de público conocimiento, que el próximo día Dieciocho (18) de Junio del 2018, a las 09:00 A.M., serán realizados los trabajos de SANEAMIENTO, en una porción de terreno dentro del ámbito del D.C. 02, del municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, propiedad de los señores SERGIO GONZALEZ FLORES y MARIO GONZALEZ FLORES, representados por el LIC. JAIRO RICARDO ACOSTA ALONZO. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización D/F 30/05/2018, correspondiente al expediente No. 661201802355, de la D.R.D.N.
VISTA: La autorización No. 6632018019777, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, en fecha 05 de junio del año 2018. Se avisa, que el día 15 de junio del año 2018, a las 09:30 A.M., se dará inicio a los trabajos de campo de dicho Deslinde, ubicado dentro la Parcela 110-Ref.-.780-A, del Distrito Catastral No. 04, del Distrito Nacional, propiedad del SR. LUIS RAFAEL SANTANA SANTANA, quien se encuentra representado por el SR. RAFAEL ARGEDYS SUBERVI SANTANA esta medida será practicada por la Agrimensora LEONORA MATOS CASTILLO, Cel. 829-539-6363, para más información dirigirse a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central.
AGRIM. JERRY ROBERTO ACOSTA ALONZO. CODIA NO. 36587/Tel. 809-584-9224
AGRIM. LEONORA MATOS CASTILLO, Codia No. 34988.
FC 358540
LIC. PRAXEDES NATERA DE LO SANTOS Abogado Fc358558
FC358571
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo AUTOMOVIL PRIVADO, marca KIA, modelo RIO LX, año 2017, placa A703726, color GRIS, chasis KNADM412BH6004452, a nombre de ANDEL STAR INC, RNC 130379068
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO De conformidad con la ley el señor ROBERTO LUIS LAJARA HERNÁNDEZ, dominicana, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 093-0037724-0, domiciliado y residente en esta ciudad de Hato Mayor del Rey y quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a LICDA. ANIBERTHA CASTRO MELLA, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 027-0025252-7, matricula No. 26865-685-03, con estudio profesional abierto en la calle Respaldo Duverge No. 27, Proyecto Rondón sector Puerto Rico de la ciudad de Hato Mayor del Rey, advierte a la señora MATHILDE DARGENTOLLE, cuyo domicilio se desconoce actualmente, que procederá a emplazaría en acción de divorcio por Incompatibilidad de Caracteres con todas sus consecuencias legales, por ante la Magistrada Procuraduría Fiscal de Hato Mayor del Rey el día 19 de Junio del año 2018, para que comparezca a la audiencia que se celebrará en la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia Del Distrito Judicial de Hato Mayor del Rey, ubicada en el Km. 1, carretera Hato Mayor-Salida Hacia Yerba Buena, EN EL TRIBUNAL, de esta ciudad de Hato Mayor, el día 19 de junio del año 2018, a las 9:00 AM., Tribunal que celebra sus audiencias en uno de los salones del Palado de Justicia, ubicado en la carretera Hato Mayor - Yerba Buena Km. 1 de esta ciudad de Hato Mayor del Rey. Fc358555
AVISO DE DIVORCIO En Cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis, Sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha tres (03) días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), mediante Sentencia civil No. 5312018-SSEN-00805, dictada por LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, Se ordenó lo siguiente: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo con la Ley; y en cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Luis Pérez Guzmán y Fiordaliza Zabala De Los Santos por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 50/2018, firmado por los esposo de fecha 18 de octubre del año 2017, por ante el Dr. Roselio Estévez Rosario, Notario público de los Número del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos; SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Por ante el Oficialía del Estado Civil de la 10MA. CIRCUNSCRIPCION de DISTRITO NACIONAL se procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00003, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0090, Acta No. 000164, Año 2018, efectuándose así el PRONUNCIAMIENTO de dicho DIVORCIO, en la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional el día cuatro (04) del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018).
Lcda. Cedema Esther Sosa Escorbores. Abogada Apoderado. FC358553
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo AUTOMOVIL PRIVADO, marca KIA, modelo RIO LX, año 2015, placa A641576, color BLANCO, chasis KNADM412BF6476718, a nombre de ANDEL STAR INC, RNC 130379068.
“AÑO DEL FOMENTO DE LAS EXPORTACIONES”
CONVOCATORIA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA El Banco Agrícola de la República Dominicana, convoca a todos los intere-
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo DE CARGA, marca NISSAN, modelo FRONTIER NP300, año 2016, placa L350934, color BLANCO, chasis 3N6CD33B1ZK356301, a nombre de SERVICOLT SRL, RNC FC358431
PERDIDA DE PLACA: MOTOCICLETA, Marca GACELA, modelo CG200, color BLANCO, Año 2012, placa N822180, Chasis LXAPCM508CC000365, A nombre de SAMUEL HIERRO FLORENTINO, CED.047-0195850-8. (RO-17040-TA-04-05-06/06/2018)
PERDIDA DE PLACA: AUTOBUS PRIVADO, Marca HYUNDAI, modelo STAREX, color CREMA, Año 1999, placa I034738, Chasis KMJWWH7BPXU121159, A nombre de CARLOS MANUEL ESPINOSA NERIS, CED.048-0043824-6. (ARP-AC-13316-WP-04-05-06/06/20181/2)
sados a participar de la Venta en Pública Subasta de veintinueve (29) vehículos de motor tipo camioneta, mobiliarios de oficina y otros artículos de descargo, a ser licitados mediante proceso de venta en pública subasta al mejor postor, el día 14 de junio del 2018, a las 10:00 A. M., mediante acto público a celebrarse en las instalaciones de la sede principal del BAGRICOLA, ubicada en la Avenida George Washington, no. 601, de la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Los interesados en participar, podrán verificar la condición de los vehículos y demás artículos a subastar dirigiéndose a la sede principal del BAGRICOLA, ubicada en la dirección ut-supra indicada, en horarios de 9:00 A. M. a 3:00 P. M., hasta la fecha 13 de junio del 2018 a las 12:00 P.M., previa coordinación con la Dirección de Servicios Administrativos a través del no. 809-535-8088, ext. 4303, o vía correo electrónico a la dirección m.ferreira@bagricola.gob.do. Carlos Segura Foster Administrador General
MIERCOLES 06 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
18 LEGAL “AVISO ADVERTENCIA MUJER DEMANDADA EN DIVORCIO POR FALTA INFORMACION RESIDENCIA” En aplicación de las disposiciones de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio, articulo 22, del párrafo agregado por la ley 2153, del 12 de noviembre del 1949, se hace del conocimiento general que el señor FRANCISCO ANTONIO NUÑEZ DIAZ, dominicano, mayor de edad, casado, identificada con la cedula de identidad y electoral No.005-0035865-0, domiciliado y residente en la Calle Enriquillo No. 03, San Carlos, Distrito Nacional, República Dominicana, por medio de la presente advierte a su legítima esposa, señora MARY cuyo último domicilio conocido por su esposo fue en Calle Enriqulllo No. 03, San Carlos, Distrito Nacional, República Dominicana que a falta de información sobre su actual domicilio o residencia, procederá por medio de su abogado constituido y apoderado especial LICDA. ODESIS MARGARITA NOVA RAMIREZ, abogado de los tribunales de la República, debidamente inscrito en el Colegio de Abogados de la República Dominicana, bajo el No. 52057-2013 y con estudio profesional abierto permanentemente en la Ave. Lope de Vega No. 108, apto. 203, Edificio la Moneda, Ens. Piantini de esta Ciudad, lugar donde el espeso hace formal y expresa elección de domicilio para todos los efectos del presente acto y para los fines de la presente demanda de divorcio por la CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, por ante la sexta sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles y en audiencia a puertas cerradas, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones de la Esq. Santiago Sector de Gazcue, Calle Socorro Sánchez 68, Santo Domingo, D. N. 10205 República Dominicana, mediante notificación que será hecha en persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito nacional de Santo Domingo, para que comparezca a la audiencia que a los fines antes expresados que celebrara el día JUEVES, que contaremos a VEINTINUO (21) DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018) a las 9:00 am ante la sexta sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles y en audiencia a puertas cerradas, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones de la Esq. Santiago Sector de Gascue, Calle Socorro Sánchez 88, Santo Domingo, D.N 10205 República dominicana. A los (04) días del mes deJunio del año Dos Mil dieciocho (2018).
LICDA. ODESIS MARGARITA NOVA RAMIREZ ABOGADO DEL DEMANDANTE
PODER JUDICIAL República Dominicana Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original De La Provincia La Vega. Expediente 0998-18-00345. Auto De Fijación De Audiencia 2da. Sala Tribunal de Tierras J.O. - La Vega “En Nombre De La República”. Vista: La Aprobación Técnica dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, mediante la cual aprueba la mensura para Saneamiento dentro del inmueble que se describe a continuación: Inmuebles: Provincia LA VEGA Municipio LA VEGA DC/POS 312331470684 VISTOS: Los artículos 1, 3, 10, 23, 25 párrafo 8 y 26 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, 23 letra “J”, 26, 27 y 46, del Reglamento de los Tribunales de Tierras de la Jurisdicción Inmobiliaria, RESUELVE: PRIMERO: FIJAR la audiencia oral, pública y contradictoria para el día 16/07/2018 a las 09:00 a.m, a celebrarse en el local que ocupa el Tribunal de Tierras en Avenida García Godoy No.32, Esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia, de la Ciudad LA VEGA de la Provincia LA VEGA. SEGUNDO: Se ordena la publicación del presente auto en un periódico de circulación nacional, para que comparezcan a la audiencia, del día, hora y lugar indicados. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de LA VEGA, Provincia LA VEGA, hoy día 21 de mayo de 2018, Años 174 de la INDEPENDENCIA y 154 de la RESTAURACION.
ANIBELKA RODRIGUEZ DELGADO,
AVISO DE NUEVA VENTA DE PÚBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO De conformidad con el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil, reformado por la Ley 764 del 20 de diciembre de 1944, y la Ley No. 6186 de febrero del 1963, se hace constar que el día jueves veintiocho (28) del mes de junio del año 2018, a las nueve (9:00) horas de la mañana, la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, en su local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, sito en uno de los salones de la tercera planta del edificio ubicado en la calle Padre Borbón No. 15, de la ciudad de San Cristóbal, para proceder a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y último subastador, del inmueble y mejora que describe a continuación: UN LOCAL COMERCIAL CONSTRUIDO DE BLOCKS, TECHADO DE CONCRETO Y ZINC, DENTRO DE UN SOLAR CON UNA EXTENSIÓN DE 9.40 METROS DE FONDO POR 11 METROS DE FRENTE, EQUIVALENTE A 103.4 METROS CUADRADOS, UBICADO EN LA CALLE PRINCIPAL, SEMANA SANTA YAGUATE, PROVINCIA SAN CRISTOBAL, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: AL NORTE: PROPIEDAD DE ERIDANIA GOMEZ; AL SUR: PROPIEDAD DE FERNANDO ROSA; AL ESTE: PROPIEDAD DE LA SUCESIÓN DE ESTERVINA MEJIA Y AL OESTE: CALLE PRINCIPAL DE YAGUATE. Este inmueble está ocupado por los señores MILDRES GEOGINA GOMEZ MEJIA y JUAN YSIDRO DE LOS SANTOS. Este embargo es realizado, a requerimiento y diligencia de la señora TEMPORA CONCEPCION ROMERO, dominicana, mayor de edad, soltera, comerciante, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0253986-3, domiciliada y residente en la Prolongación Av. Venezuela, Apartamento No. 3-C, del residencial Proesa, del municipio Santo Domingo Este, contra los quien tiene como Abogados constituidos y apoderados especiales LICDOS. JUAN ALBERTO UREÑA DE JESUS y SANTA CONCEPCION, Abogados de los Tribunales de la República Dominicana, dominicano, mayores de edad, casados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0947814-9 y 0120027065-8, con sello hábil, con estudio profesional común, abierto en la Av. Ozama No. 07, Urbanización Las Frutas, del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, y domicilio ad-hoc en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, sito en la calle Padre Borbón No. 15, tercera planta del Palacio de Justicia, lugares donde indistintamente la persiguiente hace formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del procedimiento de embargo inmobiliario y la venta en pública subasta aquel al efecto se efectuará en la Sala de audiencia indicada precedentemente. El Mandamiento de pago que se convirtió de pleno derecho en embargo inmobiliario fue notificado los deudores por acto del Ministerial RAYBEL HERNANDEZ JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2546296-5, domiciliado y residente en la calle General Cabral No. 93, San Cristóbal, Alguacil Ordinario del Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Judicial de San Cristóbal, mediante acto No. 385/2017, en fecha veintinueve (29) de septiembre del 2017, debidamente registrado. Proceso verbal de embargo inmobiliario mediante Acto Auténtico No. 12/2017, del fecha 27 de diciembre del 2017, del Dr. Lucas Cormorán, Notario Público de los del municipio de San Cristóbal, inscrito por ante el Registro Civil del Ayuntamiento Municipal de Yaguate, provincia San Cristóbal, en el Libro No. 03, Folio No. 291, No. 2017-02344, de fecha 22 de enero del 2018, denuncia proceso verbal de Embargo inmobiliario mediante Acto No. 010/2018, de fecha 9 de enero del 2018, Ministerial RAYBEL HERNANDEZ JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2546296-5, domiciliado y residente en la calle General Cabral No. 93, San Cristóbal, Alguacil Ordinario del Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Judicial de San Cristóbal, inscrito por ante el Registro Civil del Ayuntamiento 02340, de fecha 22 de enero del 2018. El pliego de Condiciones fue depositado en la Secretaría de al Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, el día siete (7) de febrero del 2018, donde constan las condiciones para la venta y adjudicación del inmueble y mejoras embargado. El precio de primera puja que ha sido fijado por persiguiente para el día de la venta en pública subasta, por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$2,275,560.00), sin perjuicio de los intereses vencidos y por vencer, tal y como indica el Pliego de Condiciones. Todo licitador estará obligado a depositar, como formalidad previa, en manos de los abogados del persiguiente o en la Secretaría del Tribunal que conocerá de la venta y adjudicación del inmueble embargado y sus mejoras una suma no menor al diez por ciento (10%) del precio de la primera puja, bien sea en dinero efectivo o en cheque certificado expedido a favor de los abogados del persiguiente o en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, sin cuyo requisito no será admitido licitar, de conformidad con el pliego de condiciones depositado en la Secretaría de dicho Tribunal en fecha siete (7) de febrero del año dos mil dieciocho (2018), y que por sentencia in-voce de fecha 17 de mayo del presente año, el honorable Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, aplazó la venta para la fecha más arriba señalada, de conformidad con lo establecido en el Art. 702, del Código de Procedimiento Civil. En la ciudad del Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (05) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
LICDOS. JUAN ALBERTO UREÑA DE JS. Y SANTA CONCEPCION, Abogados de la persiguiente. FC 358568
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
Jueza de la 2da. Sala Tribunal de Tierras J. O. La Vega. (ECB-RC-6932-WP)
PODER JUDICIAL República Dominicana Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original Del Distrito Judicial De La Provincia La Vega. Aviso De Requerimiento, Auto De Emplazamiento Y De Fijación De Audiencia Al Agrimensor: MARIELA FRIAS POLANCO. Solicitante: DIANELVA ALTAGRACIA HERNANDEZ PLASENCIA. De la: 1era. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original - La Vega Referencia: Expediente No. 0998-18-00340. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia LA VEGA, Municipio LA VEGA DC Pos 312322653768; A todos a quienes pueda interesar: Gladis Lajara, Natividad Mercedes Rodríguez Núñez de Hernández, Dianelva Altagracia Hernández Plasencia. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicado en la Avenida García Godoy No.32, Esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia, a la audiencia fijada para el día 31/07/2018, a las 09:00 a.m., a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de LA VEGA, Provincia LA VEGA, hoy día 23 de mayo de 2018, Años 175 de la INDEPENDENCIA y 155 de la RESTAURACION. Atentamente, JOVAANE SANTOS FRIAS, Secretaria.
CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ, Juez de la 1era. Sala Tribunal de Tierras J.O. – La Vega. (ECB-RC-6931-RDT-1/2)
VISTA: La autorización No. 6642018033368, dada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Central, en fecha 01 de junio del año 2018. Se avisa, que el día 15 de junio del año 2018, a las 10:30 A.M., se dará inicio a los trabajos de campo de dicho Deslinde, ubicado dentro la Parcela 1-Ref., del Distrito Catastral No. 02, del municipio y provincia de San Cristóbal, propiedad del SR. RAMON ESPINAL ARAUJO esta medida será practicada por la Agrimensora LEONORA MATOS CASTILLO, Cel. 829-539-6363, para más información dirigirse a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Este.
AGRIM. LEONORA MATOS CASTILLO, Codia No. 34988. AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO Para dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 92 párrafo tercero de la Ley 108-5 de Registro Inmobiliario, se hace de público conocimiento que se ha perdido del Certificado de Título Matrícula No. 0500021491, que ampara los derechos pertenecientes a MEANWOOD WORLDWIDE INVESTMENTS, S.R.L., sociedad de responsabilidad limitada, Registro Nacional de Contribuyente (RNC) No. 1-30-843864, Registro Mercantil No. 84938SD, del siguiente inmueble: Inmueble identificado como 30329449777, que tiene una superficie de 2,821,014.03 metros cuadrados, matrícula No. 0500021491, ubicado en Azua de Compostela, Azua el derecho tiene su origen en actualización de mensura, según consta en el documento de fecha 30 de enero del 2014, Resolución No. 008120140026, emitida por Tribunal de Tierras Jurisdicción Original de Azua, inscrita en el libro Diario el 14 de febrero del 2014, a las 4:22, emitido por el Registrador de Título de Baní, a nombre de MEANWOOD WORLDWIDE INVESTMENTS, S.R.L. La presente publicación es autorizada por el suscrito LICDO. MARTIN ANIBAL PIMENTEL ORTIZ. En la ciudad de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, hoy día cinco (05) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
PODER JUDICIAL República Dominicana Tribunal De Tierras De Jurisdicción Original Del Distrito Judicial De La Provincia La Vega. Aviso De Requerimiento, Auto De Emplazamiento y De Fijación De Audiencia. Al Agrimensor: MARIELA FRIAS POLANCO. Solicitante: LIC. ELADIO DE JESUS CAPELLAN BATISTA Y DIANELVA ALTAGRACIA HERNANDEZ PLASENCIA. De la: 1era. Sala Tribunal de Tierras Jurisdicción Original La Vega. Referencia: Expediente No. 0998-18-00392. Motivo: SANEAMIENTO. Inmuebles: Provincia LA VEGA, Municipio LA VEGA, DC Pos. 312321795016, 312321895337; A todos a quienes pueda interesar: Yanny Antonio Báez Hernández, Dianelva Altagracia Hernández Plasencia (Hija) de Lorenzo Antonio Hernández Hernández. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, Se citan: A las personas mencionadas y a todas aquellas que crean tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Vega, ubicado en la Avenida García Godoy No.32, Esquina Duvergé, Monseñor Panal, Palacio de Justicia, a la audiencia fijada para el día 31/07/2018, a las 09:00 a.m., a fin de dar conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este Tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de LA VEGA, Provincia LA VEGA, hoy día 23 de mayo de 2018, Años 175 de la INDEPENDENCIA y 155 de la RESTAURACION. Atentamente, JOVAANE SANTOS FRIAS, Secretaria.
LICDO. MARTIN ANIBAL PIMENTEL ORTIZ, Abogado Apoderado. FC 358551
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones Legales Vigentes, se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 40016-003798-6, de la ASOCIACIÓN CIBAO DE AHORROS Y PRÉSTAMOS, por un valor de DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS DOMINCANOS (RD$ 270,000.00), a nombre de los señores JUSTINA ABREU Y JOSÉ MANUEL GUILLÉN ABREU, portadores de las cédulas de Identidad y electoral no. 039-0001605-0 y no. 031-0386352-2 respectivamente. La presente publicación se realiza para los fines de Ley correspondiente.
CRISTINA SOBEIDA GUTIERREZ NUÑEZ, Juez de la 1era. Sala Tribunal de Tierras J.O. - La Vega. (ECB-RC-6931-RDT-2/2)
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento con las disposiciones de la ley 2153 del 12 de noviembre del 1949, la cual agrega un párrafo al Artículo 22 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, el señor ISRAEL GARCIA VARGAS, dominicano, mayor de edad, casado, informático, portador de la cédula de identidad y electoral No.048-0104850-7, domiciliado y residente en la calle Juan Rodríguez No.14, Villa Francisca de esta ciudad de La Vega, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. LUIS ALBERTO ALMONTE MARMOLEJOS, Abogado de los tribunales de la República, con su estudio profesional abierto en el No.94 de la calle Antonio Guzmán Fernández de esta ciudad de La Vega, le advierte a su esposa, señora ESTEFHANNI VIZNNEY MORA PICHARDO, cuyo actual domicilio se desconoce, que a falta de información relativa al lugar de su residencia, se procederá a emplazarla en acción de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, el día martes que contaremos a doce (12) del mes de junio del año en curso dos mil dieciocho (2018), en la persona de la magistrada Procuradora Fiscal del D. J. de La Vega, para que comparezca el día dos (2) del mes julio del año dos mil dieciocho (2018) a las nueve (9:00) horas de la mañana, por ante la Primera Sala Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del D. J de La Vega, en su local, sito en la intersección formada por las calles García Godoy con Duverge de esta ciudad de La Vega. En la ciudad, municipio y provincia de La Vega, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de Junio del año dos mil dieciocho (2018).
LIC. LUÍS ALBERTO ALMONTE MARMOLEJOS ABOGADO DEL DEMANDANTE. (RC-6929-RDT-06-07-08/06/2018)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO POR DOMICILIO DESCONOCIDO De conformidad con las disposiciones del Art.22 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio; el señor DALWIN ISAAC ALCANTARA ALMANZAR, dominicano, mayor de edad, empleado privado, casado, cédula de identidad y electoral número 402-2225708-7, domiciliado y residente en los Estados Unidos de Norteamérica y de tránsito en la calle Francisco Villaespesa, edificio 27-B, apto. 4-B, 2do. Villa Juana, D.N.; advierte a su legítima esposa, señora DIANA GISELA HOWLEY PEREZ, cuyo último domicilio conocido fue en la casa número 24, segundo piso, Cliff avenue, Yonkers, New York, área code 10705, Estados Unidos de Norteamérica; que a falta de información de su actual domicilio y residencia, procederá por medio de su abogado apoderado especial el Licdo. RAMON SALDIVAR DE LA CRUZ, abogado de los Tribunales de la República, cédula de identidad personal número 001-1168210-0, Matrícula del Colegio de Abogados de la República, No. 15635-200-94, estudio profesional en la calle Dr. Betances No. 105-A, sector Mejoramiento Social, Distrito Nacional, donde el demandante hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias de su divorcio, a emplazarla en Acción de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, por ante la 6ta. Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, República Dominicana, sita en la 1ra. planta del edificio ubicado en la calle Socorro Sánchez número 68, esquina calle Santiago, sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional; mediante notificación que será hecha en la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, ubicado entre las calles Francisco J. Peynado, Beller y Fabio Fiallo; el día viernes ocho (8) de junio del año dos mil dieciocho (2018), a los fines de que comparezca a la audiencia de acción de divorcio en su contra y que celebrará dicha 6ta. Sala para Asuntos de Familia, a las 9:00 horas del día Martes (10) del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018). En la ciudad de Santo Domingo, D.N., a los Cuatro (4) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 13 de junio del año 2018, a las 10:00 A.M., se daría inicio a los trabajos de Mensura para Deslinde, dentro de la Parcela No. 728, del Distrito Catastral No. 03, del municipio de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, con una extensión superficial de (5,181.00 Mts.2), estando esta porción de terreno ubicada en la carretera El Cerro-Ingenio Nuevo, lugar Ingenio Nuevo del municipio de San Cristóbal, identificado como Expediente No.6642018030873, propiedad del SR. JUAN RAMON GUERRERO ROMAN.
AGRIM. CRISTIAN SERRANO LOPEZ, Agrimensor-Contratista-Codia 27077. Tel. 809-914-3760. FP 97744
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con las disposiciones del artículo No. 92, párrafo 3 de la Ley Registro Inmobiliario y del artículo 83 del Reglamento General de los Registros de Títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el Certificado de Título No. 77-5009, (Duplicado del Dueño) que ampara el derecho de propiedad de la Parcela 71-B-38-Ref.-2, del Distrito Catastral No. 03, del municipio de (D.N.) Santo Domingo Oeste, con una extensión superficial de 123.2 M2, metros cuadrados, propiedad de MARIA ENCARNACION PICHARDO FERNANDEZ.
AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 662201805676. Se avisa que el día 13 de junio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en el solar 03, Manzana 83, D.C. 01, ubicado en la calle Mella casi Esq. calle Durvergé frente a la Cooperativa Vega Real a unos 50m del Cuartel General de la Policía Nacional, municipio y Prov. La Vega, autorización de mensuras de fecha 29/05/2018, propiedad de SERGIO ANTONIO HERNANDEZ EDUARDO Y PEDRO ANTONIO HERNANDEZ EDUARDO quedan citados los colindantes y demás interesados.
LUIS ANTONIO ROMERO PAULINO, Agrimensor Contratista. CODIA 25634. (AC-13327-PC)
MIERCOLES 06 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO
EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
En cumplimiento con la disposiciones de la Ley No.2153 del 12 de noviembre del año 1949, la cual agrega un párrafo al artículo 22 de la ley No.1306-Bis, sobre divorcio el señor CARLOS JUAN RODRIGUEZ SOSA, dominícano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.023-0140454-3, domiciliado y residente en la calle No.28, Sector Lindo, San Pedro de Macorís, República Dominicana, quien tiene como abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. MARIA ROSA OVALLE REYNOSO, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No.001-0346785-8, abogada de los Tribunales de la República, con domicilio abierto y profesional en la Av. Charles de Gaulle, No.20, Suite No.6, Edif. Rubiera, Belleza de Los Altos, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana; LE ADVIERTE, a su esposa BELLANIRA ZAPATA FERRER, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad y electoral No.031-055702-9, domiciliada y residente en la Manzana B, Edif. 19, apartamento 1-02, residencial Villa de Los Milagros, Villa Mella, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana y que a falta de información de su residencia actual el día MIERCOLES que contaremos a 20 del mes de junio del 2018, procederá a EMPLAZAR en acción de divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en su último domicilio conocido como y en la persona de la MAGISTRADO (A) PROCURADOR (A) FISCAL DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, para que comparezca el día 20 de julio del año 2018, a las 9:00 horas de la mañana, por ante la SEPTIMA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DEL MUNIPIO SANTO DOMINGO NORTE, a la audiencia civil de puertas cerradas que se celebrará en dicho tribunal, ubícado en la calle Ramón Matías Mella No.103, Villa Mella, República Dominicana. En el municipio de Santo Domingo Este, a los Cuatros (4) días del mes junio del año dos mil dieciocho (2018).
En virtud de las disposiciones legales vigentes y contenidas en el artículo 22 de la ley 1306 Bis. De Divorcios y sus modificaciones sobre Divorcios, se hace de público conocimiento lo siguiente: que el SR. BEATO TAVERAS ALVARADO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad y electoral no. 001-1515295-1, domiciliado y residente en 988 Boston Rd. Avt. 3 A, Bronx, N.Y 10456, y con domicilio de elección en la República Dominicana en calle 3ra no. 8, del sector de Honduras, Santo Domingo Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. JULIAN ALVARADO dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-01216828, con domicilio profesional abierto en la Avenida José Contreras, No. 98, Apto. 206, Edificio Santa María del Sector La Julia de esta Ciudad de Santo Domingo, D. N., lugar donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para los fines y consecuencias legales de la presente citación. Por medio del presente aviso se le ADVIERTE a su legitima esposa YOHANNA MIGUELINA PEREZ SANCHEZ, cuyo último domicilio conocido fue en 1195, FULTON GU., APT. 2C, BRONX N.Y 10456, y en la actualidad se desconoce otro domicilio que a falta de información relativa a su actual residencia en la República Dominicana o fuera del país, su legitimo esposo el SR. BEATO TAVERAS ALVARADO, por órgano de su Abogado Constituido y apoderado Especial, procederá a emplazarla el día Lunes que contaremos a Cuatro (4), Martes que contaremos a Cinco (5) y Miércoles que contaremos a Seis (6) del mes de Junio del año 2018, en un periódico de circulación Nacional, en acción de Divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES en manos del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, a fin de que comparezca el día Lunes que contaremos a Once (11); del mes de Junio del año 2018, a las Nueves horas de la mañana (9:00 A.M), por ante la Sexta sala de la Cámara Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en atribuciones de Divorcio , la cual celebra sus audiencias a puerta cerrada en uno de los salones de la primera planta de dicho Tribunal , ubicado en la Av. Socorro Sánchez, no.68, esq. Santiago, del sector Gazcue, de esta ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de Mayo del año Dieciocho (2018).
LICDA. MARIA ROSA OVALLE REYNOSO, Abogada apoderada.
DR. JULIAN ALVARADO ABOADO FC358470
FC 358497
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento del Art. 22 de la Ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor ANGEL QUEZADA, Ciudadano Estadounidense, mayor de edad, titular del pasaporte No. 521824089, domiciliado y residente en el Estado de la Florida, Estados Unidos de Norte América y con domicilio Ad-Hoc en la Ave. Bolívar No. 507, Condominio San Jorge, Apto. 202, Sector Gazcue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, quién tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. JUAN MANUEL HERNANDEZ BURET, dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1883785-5, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, con estudio profesional abierto en la Ave. Bolívar No. 507, Condominio San Jorge, Apto. 202, Sector Gazcue de esta, Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, atendiendo a que la señora MARIA CHARO DEL ROSARIO MORA, no tiene domicilio ni residencia conocida en la República Dominicana, y para darle cumplimiento a lo que establece nuestra normativa Procesal Civil, procederemos a emplazar a la señora MARIA CHARO DEL ROSARIO MORA, conforme lo establece el numeral 7mo. Del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil Dominicano. ADVIERTE a su legitima esposa señora MARIA CHARO DEL ROSARIO MORA, que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional el día Miércoles Seis (06) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a fin de que comparezca a su despacho, sito en la 1ra. Planta del Palacio de Justicia, Ciudad Nueva, ubicado en la calle Fabio Fiallo esq. Beller, Distrito Nacional, así como en la secretaria y puerta del tribunal apoderado y último domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEXTA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, sito en el Tribunal de Familia del Distrito Nacional, ubicada en la Calle Socorro Sánchez esq. Santiago, Sector Gazcue, Distrito Nacional, el día Diecinueve (19) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las 9:00 a.m. para conocer de la referida demanda. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, a los Cuatros (4) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).
LIC. JUAN MANUEL HERNANDEZ BURET APODERADO FC358416
AVISO RECTIFICACIÓN DE REGISTROS RELATIVOS AL ESTADO CIVIL Por este medio, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo 1, Octava Disposición, Actuación No. 31, de la Resolución No. 19-0312, sobre los Requisitos ante los Registros de Títulos de la República Dominicana, se hace de público conocimiento el sometimiento a corrección por rectificación de registros relativos al estado civil en el Certificado de Título (Duplicado del Dueño) No. 3000269063, que ampara el derecho de propiedad y acreencia sobre el inmueble identificado como “Solar 14, Manzana 4036-BIS, del Distrito Catastral No.01, que tiene uno superficie de 183.92 metros cuadrados, amparado en el Certificado de Título matrícula No.3000269063, ubicado en SANTO DOMINGO DE GUZMÁN, SANTO DOMINGO”, Referente al estado civil del SR. GERALDO ANTONIO CORDERO ARIAS Y LESBIA DE LOS SANTOS, quienes figuran en el mencionado Certificado de Título (Duplicado del Dueño) con la omisión del estado civil, quienes al momento suscribir el Contrato de Compra-Venta e Hipoteca suscrito entre la ASOCIACIÓN POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS (en calidad de Vendedora - Acreedora), y los señores GERALDO ANTONIO CORDERO ARIAS Y LESBIA DE LOS SANTOS (en calidad de Deudores - Compradores) de fecha primero (01) del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis (1986), cuyo objeto era la adquisición, del inmueble identificado anteriormente, los declarantes se encontraban SOLTEROS. SIQUEILY REYES, Abogada.
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO En cumplimiento al artículo 22 de la ley 1306-Bis, del 21 de mayo 1937, sobre Divorcio, de la Republica Dominicana, modificada por la ley 2153 del 1949, el señor RAMON POLANCO MARTE, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad y electoral No.001-0227828-0, docilitado y residente en la calle 51 No.15, Ensanchez La fe, Distrito Nacional, quien tiene como abogado al LICDA. OLGA LIDIA MARTE RODRIGUEZ, abogado de los Tribunales de la República, titular de la cedula de identidad y electoral No.071-0033751-3, con estudio profesional abierto en la Av. Nicolás de Ovando No.386, Cristo Rey, Distrito Nacional, lugar donde el demandante hace elección de domicilio para los fines y consecuencias de la presente publicación, advierte a su legitima esposa, señora ANA MARIA DE JESUS CEPIN PORTORREAL, cuyo último domicilio conocido fue en la calle 41, No.161, Cristo Rey, Distrito Nacional, por falta de información actual de domicilio, procederá a emplazarla en acción de divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres por ante la Magistrada Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, el día Siete (07) del mes de Junio del año 2018, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrara la Séptima Sala Para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el día Veinte (20) del mes de Junio del 2018, a las NUEVE (9:00) AM, horas de la mañana, la cual está situada en la primera planta del Edificio marcado con el No. 68 de la calle Socorro Sánchez, Esquina calle Santiago, del sector de Gascue del Distrito Nacional, que es donde acostumbra a celebrar sus audiencias a puerta cerrada la Séptima Sala del Tribunal Para Asuntos de Familia del Distrito Nacional. En el Distrito Nacional, el Primer (01) días del mes de Junio del (2018).
LICDA. OLGA LIDIA MARTE RODRÍGUEZ ABOGADO FC358465
AVISO EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Conforme art. 22 ley #1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dom., modif.. por Ley 2153 de 1949, el Sr. DARIO ANTONIO NUÑEZ ABREU, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, cedula 031-0117156-3, domiciliado y residente en los E.U.A. y de tránsito en esta ciudad de La Vega, R.D.; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. VICTOR JULIAN MARTE MOTA, Matriculado Colegio de Abogados con #10234-206-91, cédula #047-0011543-1 con estudio profesional abierto en el no.49 de la Calle Padre Adolfo esquina Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, R.D., lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MARIA AMARILIS ABREU PAYANO, cuyo último domicilio conocido fue en la casa no.86, calle Principal Sección El Caimito, de este municipio de La Vega, R.D.; que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D. J. de La Vega el día 7 de junio del año 2018 a las 9:00 a.m. asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 18 de junio del año 2018 a las 9:00 A.M. En la ciudad de La Vega, R.D., a los 4 días del mes de junio del año 2018.
LIC. VICTOR JULIAN MARTE MOTA Abogado apoderado de la parte Demandante (AC-13318-RD-04-05-06/06/2018)
LEGAL 19 AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero Reinvertido No.1013515420, expedido por el banco Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, por la suma de DOCE MIL PESOS DOMINICANOS (RD$12,000.00), a favor de la señora DORISIS MARIA CAMACHO DELGADO, cedula No. 224-0054162-3, emitido en fecha, Once de Abril del 2016. FC358567
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
Pérdida Certificado Financiero No. 1278445, del Banco BHD León con fecha de apertura 27 de Octubre del año 2014, por la suma de RD$200,000.00, a nombre de José Manuel de Oleo de Oleo. FC 358075
AVISO PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO DE LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRÉSTAMOS
ADQUIRIENTES: RICHARD ALEJO CAMPUSANO MOREL, cédula: 001-0490340-6. CERTIFICADO FINANCIERO No.17-113-170749893. De Conformidad Con Las Regulaciones Que Aparecen En El Presente Certificado Financiero, Esta Inversión Se Ha Adquirido Por Un Monto En Peso RD$600,000.00, Donde Fue Adquirido En Fecha 5 De Abril Del 2013. En Santo Domingo, República Dominicana. FC 357825
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para cumplir con lo que dispone el articulo 22 de la ley no. 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la Rep. Dominicana, modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor FELIPE GARCIA DURAN, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, domiciliado y residente en esta ciudad de Jarabacoa, Provincia de La Vega, R.D. cedula NO.050-0028335-7; quien tiene como Abogada constituida y apoderada especial a la LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESUS; cedula de no. 050-0037346-3, con estudio profesional abierto en el NO.2 de la Calle Duvergé Edif. Polanco II Altos de esta ciudad de Jarabacoa, provincia La Vega, R.D., lugar donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora LUZ DIANA OTERO QUIÑONES, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en el sector Venecia, Municipio Jarabacoa, Provincia La Vega, R.D., que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de La Vega, el día 7 del mes de junio del año 2018 a las 09:00 a.m., asi como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la PRIMERA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, sito en uno de los apartamentos de la 3RA. Planta del Palacio de Justicia ubicado en calle García Godoy No.32 con las intersecciones de la Calle Duvergé y Ave. Monseñor Panal de esta ciudad de La Vega, el día 18 del mes de junio del año 2018 a las 9:00 A.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad, municipio DE JARABACOA y provincia de La Vega, Republica Dominicana, a los 04 días del mes de junio del año 2018.
Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero No. 1447045 04, emitido en fecha 3/04/2017 del Banco BHD LEÓN, Cliente: 0193372 JULIO CESAR BUGUE PINALES cedula No. 012-0009033-8, de San Juan de la Maguana. FC97912
LICDA. YGNACIA LEOPOLDA DE JESUS Abogada apoderada de la parte Demandante (AC-13317-WP-04-05-06/06/2018)
AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO
“Año del Fomento de las Exportaciones”
En cumplimiento del art. 22 ley 1306-bis del 21/05/1937, sobre divorcios en la R.D., modificado por la Ley 2153 de 1949, el Señor JOSE ALEJANDRO DIAZ DURAN, Dominicano, mayor de edad, casado, operario, domiciliado y residente en la casa s/n Dicayagua Abajo, municipio Jánico, Provincia Santiago, R.D., cédula no.035-0013179-6; quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. EDDY ALBERTO ABREU CRUZ, matricula CARD no. 49265-542-12, con estudio profesional abierto en la tercera planta, modulo No.6, Edificio Monegro, marcado con el no.18, Ave. Juan Pablo Duarte, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, R.D. lugar donde el demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente publicación, ADVIERTE a su legitima esposa señora MARIA EFIGENIA BONIFACIO PERALTA, cuyo ultimo domicilio conocido lo fue en el no.11 de la calle NO.3 del Sector La Bendición de Cienfuegos, Municipio Santiago de los Caballeros, Provincia Santiago, R.D. que a falta de información actual relativa a su domicilio, procederá a emplazarla en acción de DIVORCIO por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres por ante el Magistrado Procurador Fiscal del D.J. de Santiago, el día 7 del mes de junio del año 2018 a las 09:00 a.m., así como en la Secretaria y puerta del Tribunal Apoderado y ultimo domicilio conocido, para que comparezca a la audiencia que al efecto celebrará la SEXTA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, en Asuntos De Familia, sito en uno de los apartamentos de la primera planta del Palacio de Justicia LIC. FEDERICO C. ALVAREZ, ubicado en la manzana formada por la Ave. 27 De Febrero, Ave. Circunvalación, y las calles 4 y E. Guerrero del Ens. Roman I de la ciudad de Santiago de los Caballeros, el día 20 del mes de JUNIO del año 2018 a las 02:30 P.M. para conocer de la referida demanda. En la ciudad Santiago de los Caballeros, R.D., a los 04 días del mes de junio del año 2018.
El Ministerio de Defensa avisa por este medio a la ciudadanía en general, especialmente a los habitantes de las Proximidades del Proyecto ISABELA-I, ubicado en la Provincia Y Municipio de Hato Mayor del Rey, R. D. que desde el 21/05 al 21/06/2018, La Empresa PROYECTOS MINEROS, S.R.L. (PROMINCA), realizará trabajos de Voladuras. El presente aviso, tiene como finalidad evitar falsas alarmas entre los habitantes de las indicadas localidades.
LIC. EDDY ALBERTO ABREU CRUZ Abogado apoderado de la parte Demandante (RO-17043-CEA-04-05-06/06/2018)
DIRECCION DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO, J-5 Y RELACIONES PUBLICAS, MIDE.
FC 358570
MIERCOLES 06 DE JUNIO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD
20 LEGAL PERDIDA DE PLACA: VEHICULO DE CARGA, Marca TOYOTA, modelo PICK UP, color BLANCO, Año 1987, placa L084622, Chasis JT4RN50R1H0240349, A nombre de KELVIN ACOSTA, CED.402-2692465-8. (ARP-AC-13316-WP-04-05 -
móvil privado, año 2003, propiedad de JOSE ANSELMO GORIS ABREU, cédula 056-0000133-2. FC 358549 PÉRDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Toyota, placa G040364, color azul, chasis JT111GJ9500150365,
cin, color rojo, año 2014, placa No. K0609670, chasis LLCLPP20XEE111656, a nombre de ELIZABETH BARIA SANTANA.
06/06/2018-2/2)
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Bajaj, placa K1149444, color negro, chasis MD2A76AZ4HWH48062, tipo motocicleta, año 2017, propiedad de CHUBY V B COMERCIAL, SRL, cédula 130846499. FC 358499
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Z3000, modelo CG150, color negro, placa y registro K1191806, chasis LZ3JL5T16G3K80470, a nombre de MAURI DE LA CRUZ BERROA.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo de carga, marca Mack, modelo R685ST, año 1988, color azul, placa y registro L031820, chasis 1M2P143Y0JA005565, a nombre de CÉSAR GERARDO MEJÍA PUELLO, cédula 001-0070766-0. FC 358208
tipo jeep, año 2000, propiedad de DANIEL ALBERTO VASQUEZ BEATO, cédula 225-0037929-6. FC 358545
color azul, chasis JDAJ122G000504912, tipo jeep, año 2006, propiedad de LUIS FRANCISCO CARDENAS SANTAMARIA, cédula 530470863. FC 358539
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Mack, color blanco, año 1999, placa y registro L133621, chasis 1M2P264C1XM028940, a nombre de AGENTES Y ESTIBADORES PORTUARIOS, SRL, RNC: 101194987. FC358467
PÉRDIDA DE PLACA: de carga, marca Daihatsu, modelo Hi Jet, color blanco, año 1992, placa y registro L218633, chasis S82P071698, a nombre de MELVIN ORIBIO OLVERO SEGURA. ODRÍGUEZ, cédula 031-0229908-2.
PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Delta, color rojo, año 2009, placa y registro N652555, chasis RDGHDT2000900788, a nombre de MARCOS LONCIO DE LA CRUZ ACEVEDO, cédula 001-1722056-6. FC358469
PÉRDIDA DE PLACA: marca Jincheng, modelo AX100-BD, año 2013, color blanco, placa y registro K0282059, chasis LJCPAGLM0DS018305, a nombre de SEBASTIÁN MONTERO.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Z3000, placa KO611403, color gris, tipo motocicleta, año 2015, chasis LZ3GJL5T14AK45115, propiedad de DIOGENES RAFAEL LOPEZ GONZALEZ, cédula 001-0411332-9.
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Mack, año 1999, modelo DM690S, color blanco, placa chasis L133758, 1M2B209CXXM024658, propiedad de CEMEX DOMINICANA, S.A. (antigua razón social Cementos Naciona-
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, modelo AX100, año 2012, color negro, registro K0290869, chasis LC6PAGA19C0032246, propiedad de NATHANAEL DE LA ROSA DE LOS SANTOS.
les, S.A.).
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Volkswagen, placa A616543, color blanco, chasis 3VW251AJ5DM293918, tipo automóvil privado, año 2013, propiedad de CLAUDIA CATRAIN CALDERON, cédula 001-1204409-4. FC 358490
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta privada, marca Gato, color negro, año 2016, placa No. K0718924, chasis LFETCJP36G1400040, a nombre de PEDRO LUIS MATEO
GOMERA. PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Yamaha, placa N237420, color negro, chasis 36LB-001983, tipo motocicleta, año 2007, propiedad de JUAN MANUEL MEJIA REYES, cé-
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo motocicleta, marca Lon-
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehículo marca Daihatsu, placa G127975,
PÉRDIDA DE MATRÍCULA: Vehí-
PUBLICACION DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el Artículo No.42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 9/05/2018, Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Dictó la Sentencia Civil No.00651-18, sobre el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores OSCAR ANTONIO MATEO Y CATERIN DE JESUS pronunciado por el Oficial Civil de la 6ta Circunscripción del Distrito Nacional, según consta en el Libro No. 00003, Acta No.000208, Folio 0015 del año 2018.
LICDA. RAISA E. ARAGONEZ FLORES. FC 358530
AVISO DE PERDIDA DE PLACAS
Se hace de público concimiento la PÉRDIDA DE LAS PLACAS DD NO: DD01172, DD01332, DD01495,
dula 037-0104871-6. FC 35854 PERDIDA DE MATRICULA: AUTOMOVIL PRIVADO, Marca SUZUKI, modelo RW416NT, color PLATEADO, Año 2008, placa A521428, Chasis JS2YC21S985101032, A nombre de
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Bajaj, placa K0448092, color negro, chasis MD2A18AZ3FWD28237, tipo motocicleta, año 2015, propiedad de JULIO CESAR NOVAS CABRERA, cédula 016-0012536-1. FC 358484
JOMARA RAFAELINA LOCKHART RODRIGUEZ, CED.031-0297428-8. (YCF-AC-13325-WP) PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de automóvil privado, marca Toyota, color rojo, año 2011, placa y registro A648863, chasis 4T1B3EKXBU584661, a nombre de ANGELA
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Suzuki, placa G422260, color negro, blanco y rojo, chasis TSMYE21S5HM228890, tipo jeep, año 2017, propiedad de JULISSA JINETTE PADRON GUTIERREZ, cédula 001-1760412-4. FC 358487
MARÍA PICHARDO, cédula 0010056153-9. FC358562 PÉRDIDA DE MATRÍCULA: de carga, marca Isuzu, color blanco, año 2015, placa y registro L335069, chasis MPATFS85JFT001184, a nombre
PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo motocicleta, marca Kym, color negro, año 2008, placa No. N532050, chasis LJCPAGLH08SA57730, a nombre de VICTOR BRIOSO.
de PARTIDO HUMANISTA DOMINICANO, RNC: 430019879. FC358564 PÉRDIDA DE MATRICULA: Vehículo marca Mercedes Benz, placa A493157, color negro, chasis WDBUF65J33A218175, tipo auto-
LIC. JOSE FCO. ESPINAL VALDEZ Abogado FC358566
Nosotros, MANUEL OSCAR BRITO MENDOZA y YOKASTA MIGUELINA VALENZUELA DE BRITO, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, con Cédulas de Identidad y Electoral números 001-1669362-3 y 001-1817769-0, hacemos de público conocimiento el sometimiento a corrección material por error inducido en el Certificado de Título matrícula 0100172558, en lo referente al estado civil, el cual al momento de adquirir la copropiedad del inmueble: Unidad funcional 8-202, identificada como 309467311777: 8202, matrícula No.0100172558, del condominio CIUDAD REAL II M-H 2, ubicado en el Distrito Nacional, estábamos casados entre sí y continuamos casados en la actualidad. FC 358492
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento de la pérdida del certificado financiero No. 7782-02374 expedido por el BANCO POPULAR DOMINICANO, por un monto de CIENTO DIECICHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO Y SESENTA Y SEIS CENTAVOS (RD$ 118,084.66), a favor de SELENIA JIMENEZ DE PAGAN y TOMASA PAGAN FC358449
DD01670, DD01782, DD01784, DD01872, DD01875 y DD01133, a nombre de GRUPO VIAMAR, S.A.
PUBLICACIÓN DE DIVORCIO Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo 42 de la Ley 1306-Bis, que la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó la Sentencia Civil sobre el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores EDWIN ANGOMAS FONT y BERKYS NUÑEZ DE LA CRUZ, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 5ta. Circunscripción de Santo Domingo Norte, según consta en el libro No. 00004, folio 0091, acta No. 000346, del año 2018.
AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado Financiero No. 2480087113, Por el valor de RD$1,600.000.00 Un Millón Seiscientos Mil Pesos, emitido por el Banco de Reservas de la Republica Dominicana, en fecha 13-06-2016, a nombre de ALBA YRIS ZABALA ZABALA. La presente publicación se hace para los fines legales correspondientes. fc358441
LIC. RAFAEL I. ENCARNACION D. Abogado
PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Mitsubishi, color verde, año 2001, placa y registro G140430, chasis JA4MT31H51P004711, a nombre de LUÍS JAVIER PÉREZ UREÑA, cédula 001-0364668-3. FC358506
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis sobre Divorcio en la R.D., hacemos de conocimiento publica que en fecha 27 de marzo de 2017, mediante Sentencia Núm. 531-2017SSEN-00991, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del D.N. especializada en Asuntos de Familia, que admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre los esposos RUFINO SILVERIO Y MATILDE JAQUEZ VALDEZ, pronunciado ante el Oficial del Estado Civil de la 2da. Circunscripción, D.N., Libro No. 00005, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0055, Acta No. 000394 del Año 2017.
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No. 9600593274 del Banco Banreservas de fecha 13/3/2018, por valor de RD$100,000.00, a nombre de: CRUZ DIVINA NOVAS DE SANCHEZ, cédula 0010897963-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 358510
Se hace de público conocimiento que se han extraviado los Certificados de Acciones Comunes No. 8011 de fecha 28/04/1981, por 1 acciones, No. 45763, de fecha 29/07/1994, por 162 acciones, No. 50320, de fecha 26/06/1995, por 415 Acciones, No. 55191, de fecha 24/06/1996, por 240 acciones, No.59367, de fecha 23/06/1997, por 170 acciones, No. 63330, de fecha 15/06/1998, por 186 Acciones, No. 69657, de fecha 24/06/1999, por 206 acciones No. 74516, de fecha 13/06/2000, por 226 acciones, No. 78846, de fecha 19/06/2001, por 267 acciones; No. 84289, de fecha 17/06/2002, por 312 acciones; No. 89555, de fecha 13/06/2003, por 368 acciones, No. 102480, de fecha 03/06/2005, por 270 Acciones, No. 108814, de fecha 20/06/2006, por 583 acciones, No. 144907, de fecha 30/05/2011, por 221 acciones, expedidos por GRUPO POPULAR, S. A., a favor de Wilson Demetrio Acosta De Dios, céd. 001-0101266-4. La presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. FC 358541
AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA POR CAUSA DE EMBARJO EJECUTIVO Se hace de público conocimiento, que el día Jueves siete (7) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.M.), en el mercado público de Pueblo Nuevo, sito en la intercepción formada por las calles Armando Bermúdez y 17 de Abril, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, se procederá a la VENTA EN PUBLICA SUBASTA al mayor postor y último subastador por causa de EMBARGO EJECUTIVO, del siguiente bien mueble: “Un vehículo tipo Automóvil, marca Honda, Modelo Accord DX, año 2010, color blanco, Placa No. A616989, Chasis No. 1HGCP2F71AA068496. Se advierte a los licitadores que de acuerdo con la ley, el bien mueble a subastar debe ser pagado al contado, en efectivo y en el mismo lugar de la subasta, más el diez por ciento (10%) sobre el precio de adjudicación, en manos del Alguacil actuante, en funciones de Vendutero público. En el municipio Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018).
RAFAEL AMBIORIX SANTOS ACEVEDO, Alguacil en funciones de Vendutero Público. FC 358548
Junta Distrital Las Lagunas Entrada Cacique, Las Lagunas, Moca, provincia Espaillat, R.D. PNC-4-06-01133-1
AVISO DE SUBASTA La Junta Distrital las Lagunas, subastara el viernes 15 de junio del 2018 en calidad de chatarras los siguientes artículos: -Autobús marca Polo 2002 color blanco -Un camión compactador, marca Mitsubishi Carter, color blanco. -Un camión ambulancia, marca Ford, mod. c350 del año 1991, color blanco, 8 cil. 7300 cc -Dos (2) camas de camión, gomas, hierros, dos (2) carretillas inservibles, piezas de vehículos, sillas, un (1) bebedero, botas viejas, una (1) estufa, lámparas inservibles, bomba de rociar dañada, entre otras chatarras.
Ing. Ramón MI. Pérez Núñez Director de la Junta distrital Las Lagunas Sr. Rigoberto García Presidente del Concejo FC358554